Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

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Manual Examen Cédula B

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CONTENIDO

INTRODUCCION Y MARCO JURIDICOMARCO CONCEPTUAL Y GENERALIDADES................... ......................................... 6

Diferencias entre planes individuales y de grupoGrupos AsegurablesMercadosGrupo y Colectivo

REGLAMENTO DE SEGURO DE GRUPO ..................... .............................................. 9Conceptos fundamentales del Reglamento del Seguro de GrupoLeyes y reglamentos complementarios

RIESGOS EMPRESARIALES DEL SEGURO DE PERSONAS

VIDA INDIVIDUAL GRUPO Y COLECTIVO.................. ................................................ 23Estructura de la pólizaAdministración y Aspectos OperativosSiniestrosHombre clave y Seguro de Socios

CONTENIDO TEMATICOCONTENIDO TEMATICOCONTENIDO TEMATICOCONTENIDO TEMATICO

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GASTOS MEDICOS MAYORES ............................ ....................................................... 49Estructura de la PólizaAdministración y Aspectos OperativosSiniestros

ACCIDENTES PERSONALES ...... ...................... ........................................................ 57Estructura de la Póliza

RIESGOS EMPRESARIALES DEL SEGURO DE DAÑOS

INTRODUCCION Y MARCO JURIDICO (DAÑOS).............. ......................................... 66Marco conceptual y GeneralidadesMarco JurídicoPrincipios de Administración del Riesgo

SEGURO DE AUTOMOVILES.............................. ......................................................... 78Conceptos BásicosEstructura de la PólizaSiniestros

INCENDIO ............... .....................................................................................................83 Conceptos EspecíficosEstructura de la PólizaSiniestros

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CONTENIDO

TRANSPORTE DE MERCANCIAS........................... ..................................................... 118 Conceptos EspecíficosMarco LegalEstructura de la PólizaSiniestros

RESPONSABILIDAD CIVIL ............................. .............................................................132 Conceptos EspecíficosMarco LegalEstructura de la Póliza de Responsabilidad CivilSiniestros

DIVERSOS MISCELANEOS............................... .......................................................... 152(ROBO CON VILENCIA, EFECTIVO Y VALORES, ROTURA DE CRISTALES, ANUNCIOS LUMINOSOS,

OBJETOS PERSONALES)

Conceptos EspecíficosEstructura de la Póliza de cada seguroSiniestros

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Siniestros

DIVERSOS RAMOS TECNICOS .................................................................................... 160(EQUIPO ELECTRONICO, ROTURA DE MAQUINANARIA, CALDERAS Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESION, EQUIPO

CONTRATISTAS, MONTAJE, OBRA CIVIL)

Conceptos EspecíficosEstructura de la Póliza de cada seguroSiniestros

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I.- MARCO CONCEPTUAL Y GENERALIDADES

I.1 DIFERENCIAS ENTREPLANES INDIVIDUALES YGRUPALES

Los seguros de Grupo (o colectivo) se origina como unreemplazo racional de la antigua práctica de “pasar elsombrero” para beneficio de un compañero de trabajocuando enferma o de su familia cuando este fallece.

El concepto básico se ha ampliado y el término seguroGrupo (o colectivo) cubre ahora una amplia gama deprogramas de seguros con ciertas característicascomunes.

Los principios que forman la base fundamental delseguro Grupo o Colectivo son los mismos que los delSeguro de Vida Individual, pero existen característicasespecíficas que los diferencian desde los puntos devista del método de venta, de la selección de riesgos yde la administración de la póliza. Las principales

� Varios asegurados bajo un solo contrato.

� Personas reunidas con un vínculo común previo e independiente del seguro.

� Los costos son reducidos en función de su manejo.

� La negociación se realiza con un representante de toda la

� Un asegurado por cada contrato

� El seguro esta sujeto a la voluntad de cada asegurado

� La selección del riesgo es por cada individuo

INDIVIDUALES GRUPO

INTRODUCCIÓN Y MARCO JURÍDICOINTRODUCCIÓN Y MARCO JURÍDICOINTRODUCCIÓN Y MARCO JURÍDICOINTRODUCCIÓN Y MARCO JURÍDICO

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de la administración de la póliza. Las principalescaracterística de un seguro de Grupo o Colectivo son:

•Varios asegurados bajo un solo contrato.

•Personas reunidas con un vínculo común, previo e independiente del seguro, esto es, que no se han reunido para asegurarse o conseguir condiciones preferenciales.

•El beneficio se determina mediante una regla objetiva y general.

•Los costos son reducidos en función de un manejo racional y simple, por lo cual son productos generalmente de corto plazo y con actualización negociada.

•Requiere la aplicación de criterios específicos.

•La negociación se realiza con un representante de toda la colectividad.

•La unidad de selección del riesgo es el propio Grupo y no el Individuo.

•Tiende a haber homogeneidad en cuanto a ocupación.

•Inclusión automática de los elegibles.

•Predeterminación de la Suma Asegurada.

•La selección individual se reduce al máximo.

•Cobranza global.

•Colaboración administrativa del contratante.

Ausencia de contacto directo con los asegurados.

un representante de toda la colectividad.

� La selección del riesgo es sobre el grupo.

� Homogeneidad en cuanto a la ocupación.

� Inclusión automatica de los elegibles

� Cobranza Global

� Colaboración administrativa del contratante

� Cobranza individual

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GRUPOS ASEGURABLESPara definir los grupos asegurables en el caso estrictodel seguro de Grupo sobre la vida nos debemos remitiral art. 2o del Reglamento del Seguro de Grupo el cual setranscribe a continuación:

ART. 2o. Son grupos asegurables en los términos deeste Reglamento los que a continuación se mencionan:

a) Los empleados u obreros de un mismo patrón oempresa, los grupos formados por una misma clase enrazón de su actividad o lugar de trabajo, que preste susservicios a ese mismo patrón o empresa.

b) Los sindicatos, uniones o agrupaciones detrabajadores en servicio activo y sus secciones ogrupos.

c) Los cuerpos del ejército, de la policía o de losbomberos, así como las unidades regulares de losmismos, y

d) Las agrupaciones legalmente constituidas y quepor la clase de trabajo u ocupación de sus miembros,constituyan grupos asegurables.

SEGUROS DE GRUPO

(Art. 2o. RSG)

Empleados u obreros de un mismo patrón o empresa.

Formados por una misma clase en razón de su actividad o lugar de trabajo.

Sindicatos, Uniones o Agrupaciones

De trabajadores en servicio activo

Cuerpos del ejército, la policía, los

Así como las unidades regulares delos mismos

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Sólo en el caso de este inciso, las institucionesaseguradoras presentarán para su aprobación ante laComisión Nacional de Seguros, las características delgrupo que pretendan asegurar y las reglas que sirvanpara determinar las sumas aseguradas.

Según el art. 1o, El Grupo deberá estar constituido porlo menor por el 75% de los miembros que lo formen.Para el inciso a), el mínimo de participantes es de 10, ypara los demás incisos el mínimo es de 25.

Para otorgar el seguro de Grupo, además de cumplircon lo marcado en el Reglamento respectivo, esimportante tomar en cuenta las siguientes reglas ydefiniciones:

Servicios activo: Empleados. Podrán ingresar a la pólizatodos los empleados elegibles al servicio del contratante quese encuentren desempeñando en forma regular susactividades en la fecha de expedición de la póliza. Losempleados que en esta fecha estuvieran incapacitados pormás de 30 días por cualquier causa, podrán ingresar a lamisma una vez que se reincorporen a sus labores habituales

la policía, los bomberos

regulares delos mismos

Agrupaciones legalmente constituidas

Que por la clase de trabajo u ocupación de sus miembros, constituyan grupos asegurables.

¿CÓMO DEBERAN ESTAR CONSTITUIDOS?

a) Empleados u obreros de un mismo patrón o empresa.

POR LO MENOS DEL 75% DE LOS MIEMBROS QUE LO FORMAN

Mínimo 10 participantes

b) Sindicatos, Uniones o Agrupaciones

c) Cuerpos del ejercito, la policía, los bomberos

d) Agrupaciones legalmente constituidas

Mínimo 25 participantes

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Jubilados: Podrán seguir perteneciendo a la póliza sinincluir beneficios adicionales, las personas queadquieran la calidad de jubilados mientras la póliza seencuentre en vigor, siempre y cuando el contratantehaya extendido la protección del seguro de grupo a todosu personal jubilado.

En los casos de contratarse nuevas pólizas, previoanálisis de las características de asegurabilidad delgrupo propuesto, podrá asegurarse a todo el personaljubilado de una empresa sin incluir beneficiosadicionales, siempre y cuando también se solicite elseguro para el personal activo, dentro de la mismapóliza.

La regla para determinar la suma asegurada delpersonal jubilado no podrá exceder a la regla aplicada alpersonal activo.

Tal como se indicó, las reglamentaciones y políticasexpuestas anteriormente, opera estrictamente en elcaso del Seguro de Grupo sobre la Vida. En los temassiguientes se observará, que los Grupos Asegurablespueden ser más amplios para el caso de colectividadesy otros ramos.

MERCADOS

SERVICIO ACTIVO

EMPLEADOS . Podrán ingresar a lapóliza todos lo empleados elegibles alservicio del contratante que seencuentren desempeñando en formaregular sus actividades en la fecha deexpedición de la póliza.

Los empleados que se encontránincapacitados por mas de 30 días porcualquier causa, podrán ingresar a lamisma una vez que se reincorporen a

sus labores habituales.

JUBILADOS

Podrán seguir perteneciendo a la pólizasin incluir beneficios adicionales,mientras la póliza se encuentre en vigor,

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De acuerdo a los cuatro incisos enunciados en el art. 2o

del Reglamento del Seguro de Grupo el mercado que setiene para el seguro de grupo estrictamente hablando sebasa principalmente en los grupos formados a través deuna relación laboral específica, ya sea trabajando conun patrón específico o por la relación gremial entre susmiembros.

I.2 CONCEPTOS YCARÁCTER ´SITICAS DE GRUPOY COLECTIVOA un conjunto de personas agrupada para asegurarsese le llama una Colectividad. Cuando una Colectividadsatisface los criterios especificados en el Reglamentodel Seguro de Grupo (RSG), entonces será consideradoun Grupo.

Es decir, los Seguros de Grupo son un subconjunto delos Seguros Colectivos. Grupo se denomina cuando unacolectividad cumple con todos los criterios indicados enel RSG y Colectivo se le llamará a las demáscolectividades que no satisfacen dichos criterios.

En el desarrollo de los siguientes capítulos se mostraráa detalle la diferencia entre Grupo y Colectivo para losdiferentes ramos, pero tomando como punto de partidala presente consideración.

SEGURO DE GRUPO

Cuando unacolectividadcumple conTODOS loscriterios indicadosen el R.S.G.

Se les llama a lasdemáscolectividades queno satisfagan loscriterios delReglamento.

mientras la póliza se encuentre en vigor,siempre y cuando el contratante hayaextendido esta protección a todo supersonal jubilado.

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II.1.- CONCEPTOS FUNDAMENTALES

Art. 1o . Para la celebración del seguro de grupo, enlos términos del artículo 191 de la ley sobre el Contratode Seguro, el contratante deberá solicitar un seguro, sinnecesidad de examen médico obligatorio, sobre la vidade un grupo asegurable constituido, por lo menos, del75% de los miembros que lo formen, siempre que ese75% no sea inferior a 10 Personas en el caso del incisoa) del artículo 2o. y de 25 personas en los demás casos.

Art. 2o. Son grupos asegurables en los términos deeste Reglamento, los que a continuación se mencionan:

Los empleados u obreros de un mismo patrón oempresa, los grupos formados por una misma clase enrazón de su actividad o lugar de trabajo, que prestensus servicios a ese mismo patrón o empresa.

b) Los sindicatos, uniones o agrupaciones de trabajadores

Porcentaje de la colectividad constituida por los menos del:

75%

Siempre que este porcentaje no sea inferior en el caso del

Inciso (a) Inciso ( b,c,d,)

10 personas 25 personas

CONSTITUCION DE LOS GRUPOS ASEGURABLES

II.- REGLAMENTO DE SEGURO DE GRUPO

Empleados u obreros de un mismo patrón o empresa.

GRUPOS ASEGURABLES

a)

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b) Los sindicatos, uniones o agrupaciones de trabajadoresen servicio activo, y sus secciones o grupos.

c) Los cuerpos del ejército, de la policía o de losbomberos, así como las unidades regulares de los mismos.

d) Las agrupaciones legalmente constituidas y que porla clase de trabajo u ocupación de sus miembros. Constituyangrupos asegurables.

Sólo en el caso de este inciso. Las instituciones aseguradoraspresentarán para su aprobación ante la Comisión Nacional deSeguros y Fianzas. Las características del grupo quepretendan asegurar y las reglas que sirvan para determinar lassumas aseguradas.

Art. 3o. El contratante del seguro de grupo será, enel caso del inciso a), del artículo anterior, el patrón oempresa; tratándose del inciso b) La persona moral; enel caso del inciso c), El Gobierno Federal, el de losEstados, el de los Territorios, el del Distrito Federal, losMunicipios; y cuando se trate del inciso d) por analogíacon los incisos anteriores, la persona moralcorrespondiente.

Sindicatos, Uniones o Agrupaciones

Cuerpos del ejercito, la policía, los bomberos

Agrupaciones legalmente constituidas

b)

c)

d)

CONTRATANTE

Empleados u obreros de un mismo patrón o empresa.

Sindicatos, Uniones o Agrupaciones

Cuerpos del ejército, la policía, los bomberos

Agrupaciones legalmente constituidas

a)

b)

c)

d)

PATRON O EMPRESA

PERSONA MORAL

GOBIERNO FEDERAL

PERSONA MORAL

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Art. 4o. . La suma asegurada deberá determinarsepara cada miembro del grupo asegurado, por reglas queeviten la selección adversa a la institución aseguradora.

El máximo de suma asegurada que se podrá concedersobre una vida, en ningún caso será superior a la queresulte de multiplicar la suma asegurada promedio delgrupo. por los factores que aparecen a continuación deacuerdo con el número de asegurados en el mismogrupo.

No. de Asegurados Factor

10-24 225-49 350-99 4100-149 5150-199 6200-299 7300-399 8400-499 9500 o más 10

La suma asegurada promedio de un grupo es la queresulta de dividir la suma asegurada total del grupo entreel número de asegurados que lo componen.

Art. 5º. El seguro de grupo para el caso de muerte, sepracticará siempre en el plan temporal ya sea de un añoo de períodos menores.

MAXIMA SUMA ASEGURADA

En ningún caso será superior a lo que resulte de multiplicar:

Suma asegurada promedio

Factores de la tabla

PLANES Y PLAZOS DE CONTRATACION

RIESGO DE MUERTE

PLAN TEMPORAL

A UN AÑO O DE PERIODOS MENORES

Art. 4o

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o de períodos menores.

Art. 6º. Los miembros del grupo asegurable puedencontribuir al pago de la prima.

Nuevo Reglamento: Tratándose se Grupo y Colectivo, en su carácter de asegurados podrán contribuir al pago de la prima en los términos en los que se haya establecido en la póliza.

Anteriormente: El asegurado no puede participar en más del 75%

Art. 7º. La solicitud u oferta para celebrar el contrato,deberá contener especialmente, lo siguiente:

a) Naturaleza de riesgo por asegurar.

b) Declaración sobre la existencia decircunstancias que se consideren determinantes paraapreciar la posibilidad de catástrofe, con relación a laactividad que a través del grupo asegurable realice laempresa, patrón u organización a la que pertenezcadicho grupo.

PERIODOS MENORES

Los miembros del grupo

Pueden contribuir al pago de la prima

Nuevo Reglamento: Tratándose se Grupo y Colectivo, en su carácter de asegurados podrán contribuir al pago de la prima en los términos en los que se haya establecido en la póliza.

Anteriormente: El asegurado no puede participar en más del 75%

Art. 6o

Art. 7o

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c) Características del grupo asegurable; número depersonas asegurables y el de las que van a asegurar

d) T arifa de primas.

e) Reglas para determinar las sumas aseguradas, paracada uno de los miembros del grupo

f) Porcentaje con el que los miembros del grupocontribuyen en su caso, al pago de la prima.

g) C omo anexo, el consentimiento de cada uno de losmiembros del grupo en el que deberá expresarse:ocupación, fecha de nacimiento, suma asegurada o laregla para determinarla, designación de los beneficiariosy si ésta se hace en forma irrevocable, y cuando el objetodel contrato del seguro de grupo de vida, sea el degarantizar prestaciones legales, voluntarias ocontractuales, a cargo del mismo contratante. Deberáexpresarse esta circunstancia en la solicitud y en elconsentimiento a que se refiere el inciso anterior.

�Art . 8o. El contratante no podrá ser designado

REQUISITOS PARA SOLICITAR UN SEGURO

1

2

3

4

5

6

Naturaleza del riesgo a asegurar

Declaración de la existencia de circunstancias que permitan evaluar el riesgo de la colectividad

Características del gupo asegurable (Número de personas del grupo y número de personas por asegurar)

Tarifa de Primas (para determinar la suma asegurada de cada asegurado)

Porcentaje con el que los asegurados contribuyen al pago de la prima

Consentimiento de cada uno de los miembros del grupo. (Ocupación, fecha de nacimiento, suma asegurada, designación de beneficiarios)

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�Art . 8o. El contratante no podrá ser designadobeneficiario. salvo que el objeto del contrato sea el degarantizar créditos concedidos por el contratante oprestaciones legales, voluntarias o contractuales a cargodel mismo.

Art. 9o. Las Instituciones Aseguradoras formarán elregistro de asegurados que deberá contener lossiguientes datos:

a) Nombre y edad de cada uno de los miembros delgrupo. Suma asegurada que le corresponda

b) Fecha en que entren en vigor los seguros de cada unode los miembros del grupo y fecha de terminación de losmismos

c) Número del certificado individual

La Institución Aseguradora deberá entregar alcontratante copia autorizada de cada uno de estosregistros.

DESIGNACION DE BENEFICIARIOS

NO PODRA SER EL CONTRATANTE SALVO CUANDO:

El objeto del contrato de seguros sea para garantizarcréditos concedidos por el contratante o prestacioneslegales.

LA INSTITUCION ASEGURADORA

REGISTRO DE ASEGURADOS

� Nombre de cada uno de los miembros del grupo

� Suma asegurada que les corresponda

� Fecha en la que entren en vigor los seguros de cada uno de los miembros del grupo y fecha de terminación de los mismos

� Número del certificado individual

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Art. 10. La póliza deberá contener:

a) Características del grupo asegurado

b) Tarifa de primas

c) La regla para determinar la suma aseguradaque

a cada miembro del grupo corresponda.

d) La trascripción íntegra de los artículos 13. 14. 15.16 y en sus tres primeros párrafos los artículos 17.18. 19.20.21. 22. 23 Y 24 de este Reglamento.

Art. 11. Será obligación del contratante:

a) Comunicar a la Institución Aseguradora losnuevos

ingresos al grupo, remitiendo los consentimientosrespectivos, que deberán contener los datos queexige el ineciso g) del articulo 7o.

b) Comunicar a la Institución Aseguradora lasseparaciones definitivas del grupo asegurado.

c) Dar aviso a la Institución Aseguradora dentrodel término de quince días de cualquier cambio que

� Características del grupo asegurado

� Tarifa de primas

� La regla para determinar la suma asegurada que a cada miembro del grupo corresponda

� Transcripción integra de los articulos 13,14,15,16, y 17,18,19,20,21,22,23,24

CONTENIDO DE LA POLIZA

� Comunicar los nuevos ingresos

� Comunicar las separaciones definitivas

OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE

INSTITUCION ASEGURADORA

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se opere en la situación de los asegurados y quesea necesario para la aplicación de las reglasestablecidas para determinar las sumasaseguradas. Las nuevas sumas aseguradassurtirán efectos desde la fecha del cambio decondiciones.

d). Enviar a la Institución Aseguradora los nuevosconsentimientos de los asegurados, en caso demodificación de las reglas para determinar lassumas aseguradas.

Art. 12. Las Instituciones Aseguradoras, deberánexpedir un certificado para cada uno de losmiembros del grupo asegurado que entregarán alcontratante.

� El certificado deberá contener cuando menoslos siguientes datos:

� Número de la póliza y del certificado,

� Nombre y fecha de nacimiento del asegurado.

� Fecha de vigencia del seguro.

� Suma asegurada o la regla para determinarla.

� Nombre de los beneficiarios y en su caso elcarácter de irrevocable

� Trascripción íntegra del texto de los artículos 13.15

16.19. 20, 21 y 22 de este reglamento.

Los certificados serán expedidos y firmados por laInstitución Aseguradora.

� Comunicar cualquier cambio que opere en la situación de los asegurados (dentro del termino de 15 días)

� Enviar los nuevos consentimientos de los asegurados (en caso de modificacion de las reglas para determinar la suma asegurada)

CONTRATANTE

POLIZA MATRIZ

CERTIFICADOS

� Número de la poliza y del Certificado

� Nombre y fecha de nacimiento del Asegurado

� Fecha de vigencia del Seguro

� Suma asegurada o la regla para determinarla

� Nombre de los beneficiarios y en su caso el carácter de irrevocable

� Transcripción integra de los articulos 13,15,16, 19,20,21,22,

Expedidos y firmados por la Institución Asegurada.

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EN CAPACITACION

Art. 13 . Si con posterioridad a un siniestro sedescubre que la suma asegurada que aparece enel certificado no concuerda con la regla paradeterminarla, la Institución Aseguradora pagará lasuma asegurada que corresponda, aplicando laregla en vigor, si la diferencia se descubre antesdel siniestro la Institución Aseguradora por supropio derecho o a solicitud del contratante hará lamodificación correspondiente. substituyendo elcertificado.

En uno y otro caso deberá ajustarse la cuota a lanueva suma asegurada desde la fecha en que seoperó el cambio.

No concuerda con la regla

para determinarla:

SUMA ASEGURADASUMA

ASEGURADA

SE DESCUBRE

La Institución Aseguradora

pagará la SUMA ASEGURADA que

corresponda aplicando la regla

en vigor.

CON POSTERIORIDAD AL SINIESTRO

SE DESCUBRE

La Institución Aseguradora por su propio derecho o a solicitud del

contratante hara la modificación,

sustituyendo el CERTIFICADO

SI ANTES DEL SINIESTRO

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Art. 14. Los miembros que ingresen al grupoasegurable después de la celebración del contratoy hubieren dado su consentimiento dentro de lostreinta días siguientes a su ingreso, quedaránasegurados sin examen médico, si están enservicio activo desde el momento en queadquirieron las características para formar parte delgrupo asegurable.

La empresa aseguradora podrá exigir un examenmédico a los miembros del grupo asegurable queden su consentimiento después de treinta días dehaber adquirido el derecho de formar parte delgrupo asegurado, en este caso, quedaránasegurados desde la fecha de aceptación por laInstitución Aseguradora.

INGRESO A LA COLECTIVIDAD CON Y SIN EXAMEN MEDICO

COLECTIVIDAD ASEGURABLE

Si dan suCONSENTIMIENTO

DENTRO DE LOS 30 días siguientes

a su ingreso

Quedarán asegurados SIN

EXAMEN MEDICO

La Aseguradora podrá exigir EXAMEN

MEDICO

Si dan suCONSENTIMIENTO

DESPUES DE LOS 30 días siguientes a su

ingreso

Nuevo ingreso

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EN CAPACITACION

Art. 15. Las personas que se separendefinitivamente del grupo asegurado dejarán de estaraseguradas desde el momento de la separación,quedando sin validez alguna el certificado individualexpedido. En este caso, la Institución Aseguradorarestituirá al contratante la parte de la cuota medía nodevengada por meses completos. No se consideranseparados definitivamente los asegurados que seanjubilados o pensionados, y por lo tanto continuarándentro del seguro hasta la terminación del período delseguro en curso.

Art. 16. La Institución Aseguradora tendráobligación de asegurar sin examen médico y por unasola vez, al miembro que se separe definitivamente delgrupo asegurado, en cualquiera de los planesindividuales de seguro en que opere dicha empresa,con excepción del seguro temporal y sin incluirbeneficio adicional alguno, siempre que su edad estécomprendida dentro de los límites de admisión de lacompañía. Para ejercer este derecho, la personaseparada del grupo deberá presentar su solicitud a la

COLECTIVIDAD ASEGURABLE

Dejarán de estar asegurados desde el momento de la

separación

Quedará si validez el CERTIFICADO

INDIVIDUAL

La Institución Aseguradora restituirá al contratante la

parte de la cuota media no devengada por meses

completos

COLECTIVIDAD ASEGURABLE

Podrán solicitar un plan de seguro individual, si su edad se encuentra dentro de los

límites de aceptación

A excepcion del Seguro Temporal

Sin ningún beneficio adicional

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separada del grupo deberá presentar su solicitud a lainstitución aseguradora, dentro del plazo de treintadías a partir de su separación.

El solicitante deberá pagar a la compañía, la primaque corresponda a la edad alcanzada y a suocupación en la fecha de su solicitud, según la tarifade primas que se encuentre en vigor.

La Iinstitución Aseguradora que practique el seguro degrupo vida deberá operar cuando menos en el planordinario.

Art. 17. Los efectos del contrato cesaránautomáticamente treinta días después de la fecha devencimiento de la prima no pagada, si dentro delplazo mencionado ocurre un siniestro, la InstituciónAseguradora podrá deducir del imparte del seguro laprima total del grupo correspondiente a los treinta díasde espera.

ASEGURABLE Temporal adicional

Presente su SOLICITUD a Aseguradora

DENTRO DE LOS 30 DIAS A PARTIR DE SU SEPARACION

Deberá pagar a la compañía la prima que corresponda a la edad alcanzada y a su ocupación en la fecha de su solicitud

LOS EFECTOS DEL CONTRATO:

Cesarán automáticamente

30 DIAS DESPUES

Del vencimiento de laprima no pagada.

si dentro del plazo mencionado ocurre unsiniestro.

La Institución aseguradora podrá deducir del importe delseguro. la prima total del grupo correspondiente a lostreinta días de espera.

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EN CAPACITACION

Art. 18. La prima total del grupo será la suma de lasprimas que correspondan a cada miembro del grupoasegurado de acuerdo con su edad, ocupación ysuma asegurada.

En cada fecha de vencimiento del contrato secalculará la cuota promedio por millar de sumaasegurada que se aplicará en el periodo. La cuotapromedio es la que resulte de dividir la prima totalentre la suma asegurada total.

A cada miembro del grupo que no ingreseprecisamente en la fecha de aniversario del contrato ya los que se separen definitivamente del grupo se lesaplicará la cuota promedio por meses completos.

Art. 19. Si después de ocurrido un siniestro. sedescubre que hubo falsedad en la declaración relativaa la edad del asegurado y ésta se encuentra dentro delos límites de edad admitidos, la InstituciónAseguradora pagará la cantidad que resulte demultiplicar la suma asegurada por el cociente obtenidode dividir las primas relativas a la edad inexacta y real

Será la suma de las primas quecorrespondan a cada miembrodel grupo asegurado de acuerdocon su edad. ocupación y sumaasegurada.

PRIMA TOTAL DEL GRUPO

Si después de ocurrido unsiniestro.

LIMITES DE EDAD

La Institución

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de dividir las primas relativas a la edad inexacta y realdel asegurado en el último aniversario de la póliza.

Art. 20. El contrato de seguro dentro del primer añode su vigencia siempre será disputable por omisión oinexacta declaración de los hechos necesarios queproporcione el contratante para la apreciación delriesgo. Tratándose de miembros de nuevo ingreso algrupo asegurado, el término para hacer uso delderecho a que se refiere el párrafo anterior, se contaráa partir de la fecha en que quedó asegurado.

siniestro.

Se descubre falsedaden la declaración de laedad del asegurado

y ésta se encuentra dentrode los límites de edadadmitidos.

La cantidad que resulte de multiplicarla suma asegurada por el cocienteobtenido de dividir las primasrelativas a la edad inexacta y real delasegurado en el último aniversario dela póliza.

La Institución pagará:

EL CONTRATO, SIEMPRESERA DISPUTABLE POROMISION O INEXACTADECLARACION

PRIMER AÑO DE VIGENCIA

COLECTIVIDAD ASEGURABLE

La Disputabilidad contará después de un año a partir de la fecha en que quedó asegurado.

Tratandose de miembros de Nuevo ingreso

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EN CAPACITACION

Art. 21 . Cuando el miembro del grupo asegurado nocubra al contratante la parte de prima a que se obligó,éste podrá solicitar su baja del grupo a la InstituciónAseguradora.

Art. 22. Los beneficiarios designados tendránacción directa para cobrar de la InstituciónAseguradora la suma asegurada que corresponda,conforme a las reglas establecidas en el contrato.

Art . 23

Cuando el miembro del grupoasegurado no cubra alcontratante la parte de prima aque se obligó.

La Institución podrá solicitar subaja del grupo a la instituciónaseguradora.

DESIGNACION DE BENEFICIARIOS

Los beneficiarios designados tendrán acción directapara cobrar de la institución aseguradora la sumaasegurada que corresponda, conforme a las reglasestablecidas en el contrato.

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Art . 23. Cuando haya cambio de contratante en elcaso del inciso a) del articulo 20. la InstituciónAeguradora podrá rescindir el contrato dentro de lostreinta días siguientes a la fecha en que tengaconocimiento del cambio; sus obligaciones terminarántreinta días después de haber sido notificada larescisión de manera fehaciente al nuevo contratante.la Institución Aseguradora reembolsará a éste la primano devengada.

CUANDO HAYA CAMBIO DE CONTRATANTE:

La institución aseguradora podrá rescindir el contrato dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que tenga conocimiento del cambio

Sus obligaciones terminarán treinta días después de haber sido notificada la recisión

La institución aseguradora reembolsará a éste laprima no devengada.

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Page 17: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

Art. 24. Las Instituciones Aseguradoras estaránobligadas a renovar los contratos. medianteendoso en la póliza en las mismas condicionesen que fueron contratadas siempre que sereúnan los requisitos del presente reglamento enla fecha del vencimiento del contrato, en cadarenovación se aplicará la tarifa de primas en vigoren la fecha de la misma.

R La Aseguradora podrá renovar los contratosde Seguro de Grupo cuando la temporalidad seade un año o menor, respectando las condiciones

LAS INSTITUCIONES ASEGURADORAS

� Estarán obligadas a renovar los contratos. medianteendoso en la póliza.

� En las mismas condiciones en que fueron contratadas.

� Siempre que se reúnan los requisitos del presenteReglamento en la fecha del vencimiento del contrato.

� En cada renovación se aplicará la tarifa de primas envigor en la fecha de la misma.

� R: La Aseguradora podrá renovar los contratosde Seguro de Grupo cuando la temporalidad

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CCCCGGGG

contratadas; siempre y cuando se reúnan losrequisitos del reglamento y conscientes de laactualización de las tarifas correspondientes.

Art. 25. Cuando las Instituciones Aseguradorasque practiquen el seguro de grupo de Vidaotorguen participación en utilidades, ésta sesujetará a las reglas generales que fije laComisión Nacional de Seguros y Fianzas.

Art. 26. En los contratos de seguro de grupo dejubilación, se aplicarán en lo conducente. lospreceptos de este reglamento.

de Seguro de Grupo cuando la temporalidadsea de un año o menor, respectando lascondiciones contratadas; siempre y cuando sereúnan los requisitos del reglamento yconscientes de la actualización de las tarifascorrespondientes.

Que practiquen el seguro de grupo de vida.otorguen participación en utilidades, esta se sujetaráa las reglas generales que fije la Comisión Nacionalde Seguros y Fianzas.

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Page 18: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

II.2 LEYES Y REGLAMENTOS COMPLEMENTARIOS

Ley del Impuesto sobre la RentaCAPITULO II.- Sección I, de las Deducciones en GeneralesArtículo 24 Requisitos para las deducciones.Las deducciones autorizadas en este título deberán reunir lossiguientes requisitos.Fracción XIIPrevisión SocialCuando se trate de gastos de previsión social, las prestacionescorrespondientes se destinen a jubilaciones, fallecimientos,invalidez, servicios médicos y hospitalarios, subsidios porincapacidad, becas educacionales para los trabajadores o sushijos, fondos de ahorro, guarderías infantiles o actividadesculturales y deportivas y otras de naturaleza análoga.Beneficio GeneralDichas prestaciones deberán otorgarse en forma general enbeneficio de todos los trabajadores.Requisitos de los planesEn todos los casos deberán establecerse planes conforme a losplazos y requisitos que se fijen en el reglamento de esta Ley.Fracción XIIIPrimas por Seguros y FianzasQue los pagos de primas por seguro fianzas se hagan conformea las leyes de la materia y correspondan a conceptos que esta

Ley del Impuesto sobre la Renta.

Que beneficie a toda la colectividad sin discriminar

Ej. Un bono de natalidad para toda la población femenina.

PREVISIONSOCIAL

Ayudar al trabajador con prestaciones:

Gastos efectuados por lospatrones a favor de sustrabajadores , que tengancomo objeto satisfacercontingencias presentes ofuturas y otorgar beneficios afavor de los trabajadorestendientes a su superaciónfísica, social, económica ocultural

BENEFICIO DE INDOLE

GENERAL

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a las leyes de la materia y correspondan a conceptos que estaLey señala como deducibles o que en otras se establezca laobligación de contratarlos y siempre que, tratándose de seguros,durante la vigencia de la póliza no se otorguen préstamos apersona alguna, por parte de la aseguradora, con garantía delas sumas aseguradas, de las primas pagadas o reservamatemáticaBeneficios a los trabajadoresEn los casos en que los seguros tengan por objeto otorgarbeneficios a los trabajadores deberá observarse lo dispuesto enla fracción anterior. si mediante el seguro se trata de resarcir alcontribuyente de la disminución que en su productividad pudieracausar la muerte, accidente o enfermedad de técnicos odirigentes, la deducción de las primas procederá siempre que elseguro se establezca en un plan en el cual se determine elprocedimiento para fijar el monto de la prestación y satisfaga losplazos y requisitos que se fijen en disposiciones de caráctergeneral

Esta Ley determina que las primas de ciertos tipos de seguros,son consideradas como gastos deducibles para la empresacontribuyente, si cumplen con los requisitos y condicionesmarcados en ellos.El seguro de grupo puede ser deducible de impuestos si cumplecon lo establecido las facciones XII y XIII del artículo 24 de laLey del Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Artículo 19 delReglamento de la misma Ley, que en términos generales indicaque las prestaciones tiene que ser otorgadas a todos losempleados a menos que se clasifique de la siguiente forma:I. Otorgadas de manera generalII. Su pago a los trabajadores serán deducibles por los patronesIII.Personal de confianzaIV. Personal sindicalizadoV. Tipo de riesgo

toda la población femenina.prestaciones:

Jubilación, educacionales, fallecimiento, Servicios Médicos,

DEDUCIBILIDAD DE IMPUESTOS

Otorgadasde

manera general

Su pago a los

trabajadores serán

deducibles por los

patrones

Perso-nal sindica-lizado

Personal de

confianza

Tipo

de

riesgo

De acuerdo a Contratos Colectivos de Trabajo

Erogaciones deducibles sea promedio aritmético en un monto igual o menor a las erogaciones, excluidas las aportaciones de seguridad social, efectuadas por trabajadores sindicalizados

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Page 19: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

CAPÍTULO II Sección I De las Deducciones en GeneralArtículo 19 Requisitos de los gastos de Previsión SocialLos gastos de previsión social a que se refiere la fracciónXII del artículo 24 de la Ley, satisfagan los siguientesrequisitos:

Fracción I

Que se otorguen en forma general

Fracción II

Que se otorguen a todos los trabajadores sobre las mismasbases, a menos que se trate de:

a) Planes de previsión social a favor de los empleados deconfianza y de los demás trabajadores, los cuales podráncontener beneficios diferentes para unos y otros;

b) Planes para trabajadores de una misma empresa en laque existen varios sindicatos, en cuyo caso los beneficiospactados con cada sindicato podrán no ser equivalentes;

c) Personal sometido a un riesgo sensiblemente mayor queel resto de los trabajadores, en cuyo caso la naturaleza delriesgo debe ser concordante con la del beneficio, éstedebe ser independiente de que se trate de empleados deconfianza o de los demás trabajadores;

d) Personal que labore en establecimientos ubicados en elextranjero, los cuales podrán tener beneficios diferentespor país

Fracción III

Que tratándose de planes de seguros de vida sólo seasegure a los trabajadores.

Artículo 20 Cómputo de la previsión social deducible parala deducibilidad de los gastos de previsión social a que serefiere el artículo anterior, se observará lo siguiente:

El PLAN NO DEBE SER DISCRIMINATORIO

.

� Cuando un trabajador operario tiene unaprestación mayor que a los de nivel superior sise les puede beneficiar masEj a los operarios un bono de 1000 y a los niveles superiores 500

� A los que manejan mayor riesgo si se lespuede beneficiar sin considerar el concepto dediscriminación .

Ej. A todos los que maneja torno un bono adicional

� Empleados que trabajan en el extranjeroEj. Un empleado que esta en Texas puede tener un mayorbeneficio para mantenerlo motivado y para que su salario sehomologue con los de aquél país.

Se contrate un plan temporal

PREVISION

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refiere el artículo anterior, se observará lo siguiente:

Fracción 1

Si el importe de los gastos de previsión social previstos enel plan que correspondan a empleados de confianza,considerados con los que conceden las InstitucionesPúblicas de Seguridad Social, es proporcionalmente mayorpara salarios superiores, sólo podrán deducirse del gastototal incurrido que correspondería si se les hubieraotorgado a todos los participantes los beneficios aplicablesa los salarios menores, la diferencia no será deducible. lalimitación a que se refiere esta fracción deberáconsiderarse en forma independiente tratándose de loscasos a que se refiere el artículo 19 de este reglamento.No se aplicará lo dispuesto en esta fracción cuando losbeneficios sean proporcionalmente superiores para salariosmenores.

Fracción II

En ningún caso los beneficios a los empleados deconfianza que se establezcan en cada uno de los planesserán proporcionalmente superiores a los que se otorguena los demás trabajadores conforme a dichos planes,considerados con los que proporcionen las InstitucionesPúblicas de Seguridad Social. Para determinar, en su caso,los gastos no deducibles, se dividirá el imparte de losgastos en el ejercicio correspondiente a cada grupo entresus sueldos en el mismo periodo, si el coeficiente quecorresponda al grupo de empleados de confianza, essuperior al de los demás trabajadores, la diferencia semultiplicará por el imparte de los sueldos de los empleadosde confianza. los sueldos a que se refiere esta fracciónserán calculados basándose en salario cuota diaria.

Fracción III

Cuando el plan contenga aportaciones de los trabajadoreso empleados de confianza deberán participar por lo menosel 75% de los elegibles.

Fracción IV

los planes de previsión social deberán constar por escritoindicando la fecha a partir de la cual se inicie cada plan yse comunicarán al personal dentro del mes siguiente adicho inicio.

Condiciones paraque

Este seguro seaDeducible

PREVISION SOCIAL

BENEFICIO DE INDOLE GENERAL

SE BENEFICIE A UN

TRABAJADOR DE MENOR

NIVEL

SE BENEFICIE A UN TRABAJADOR CON MAYOR RIESGO DE

TRABAJO

Los pagos del seguro de vidaserán deducibles, cuando cubran:

� Muerte del titular� Invalidez o incapacidad para realizar un trabajo remunerado

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Page 20: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

Seguro de técnicos o dirigentesLos planes relativos a seguros de técnicos o dirigentesa que se refiere la fracción XIII del artículo 24 de laLey, deberán ajustarse a lo siguiente:

Fracción 1

Los contratos de seguros serán temporales a un plazono mayor de veinte años y de prima nivelada.

Fracción II

El asegurado deberá tener relación de trabajo con laempresa, o ser socio industrial.

Fracción III

El contribuyente deberá reunir la calidad decontratante y beneficiario irrevocable.

Fracción IV

En caso de terminación del contrato de seguro, lapóliza será rescatada y el contribuyente acumulará asus ingresos el imparte del rescate en el ejercicio enque este ocurra.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Los contratos serán

temporales a un plazo no mayor a 20

años

El asegurado deberá tener relación de

trabajo con la empresa o ser socio industrial

El contribuyente deberá tener la calidad de contratante y beneficiario irrevocable

En caso de terminación

del contrato la póliza será

rescatada y el importe del

rescate será del

contribuyente

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LEY FEDERAL DEL TRABAJOEsta Ley define los términos:

� Riesgo

�Accidentes

�Enfermedad de trabajo

Nos señala las distintas incapacidades, lasindemnizaciones y otros aspectos importantes, que lospatrones deberán cumplir en caso de que sustrabajadores sufran un accidente o enfermedad detrabajo.

Ley que reglamenta el apartado A del Artículo 123 esla Ley Federal del Trabajo, misma que publicó el 18 deagosto de 1931 y la Ley Federal de los Trabajadoresal Servicio del Estado que entró en vigor el 19 de abrilde 1970.

Por lo que la Ley Federal del Trabajo regula conceptostales como:

� Contratos individuales de trabajo

� Jornadas de trabajo

� Días de descanso

� Vacaciones

� Aguinaldos

� Reparto de utilidades

� Salarios

industrial irrevocable

• Se promulgó en 1931 la Ley Federalde Trabajo (Se establece la protección alos trabajadores para cubrirenfermedades y accidentes inherentes asu trabajo)

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Page 21: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

LEY DEL SEGURO SOCIAL

La Seguridad Es la garantia, a que tiene derechoel ser humano, a la salud, a la asistencia Socialmédica, la protección de los medios de subsistencia ylos servicios sociales necesarios para su bienestar,tanto individual como colectivo.

El Estado Mexicano concede la organización yadministración del seguro social al ente públicodescentralizado, denominado: Instituto Mexicano delSeguro Social, para la organización, administración,reglamentación y funcionamiento de este instituto, seexpidió la Ley del Seguro Social

Esta Ley es de observancia general en toda IaRepública. en los terminos que Ia misma establece,sus disposiciones son de orden público y de interéssocial. asi, con su publicación el 19 de enero de 1943.se da cumplimiento a otra de las disposiciones de laConstitución Politica de los Estados Unidos Mexicanosen materia de Trabajo y Prevision Social, entrando envigor el 1 de enero de 1944, en el Distrito Federal, y enfechas posteriores en todo el territorlo Nacional.

Si relacionamos esta ley, con lo que se menciona en iafrancción décimacuarta del apartado “A” de la

• Se promulgó en 1931 la LeyFederal de Trabajo (Seestablece la protección a los

SEGURIDAD SOCIAL

Su finalidad es garantizar el derecho a la salud, laasistencia médica y los medios de subsistencia ylos servicios sociales, necesarios para elbienestar individual y colectivo, así como elotorgamiento de una pensión que en su caso yprevio cuplimiento de los requisitos legales, serágarantizada por el estado.

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francción décimacuarta del apartado “A” de laConstitución Politica, tenemos que: en materia deriesgos de trabajo, el patrón que haya asegurado alos trabajadores a su servicio contra riesgos detrabajo, quedará relevado, en los términos queseñala esta ley.

por lo anterior, el patrón no deberá preocuparse porpagar las indemnizaciones aplicables a los casos defallecimiento e incapacidad. motivadas por un riesgode trabajo. ya que el Instituto Mexicano del SeguroSocial (IMSS). se hará cargo de esta situación.

1942

establece la protección a lostrabajadores para cubrirenfermedades y accidentesinherentes a su trabajo)

• En 1942 se aprobó la Leydel Seguro Social. LaAtención a la salud de lostrabajadores adquirió uncarácter prioritario y esencialdentro de la misión de laseguridad social.

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Page 22: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

LEY DEL SEGURO SOCIAL

El articulo 2° de esta ley menciona que:

La Seguridad Social tiene por finalidad garantizar elderecho a la salud, la asistencia médica, la proteccionde los medios de subsistencia y los servicios socialesnecesarios para el bienesiar individual y colectivo, asicomo el otorgamiento de una pension que en su casoy previo cumplimiento de los requisitos legales, serágarantizada por el estado.

El articulo 6° dice que el Seguro Social comprende:

� El regimen obligatorio

� El regimen voluntario

El regimen obligatorio abarca desde diversos tipos deseguros, pasando entre otros por Ia integración delsalario, prestaciones en especie y en dinero.

El regimen voluntario resalta el seguro de salud paraotorgar sólo, como es el de enfermedades ymaternidad prestaciones en especie.

Las prestaciones en especie consisten en:�Asistencia Médica

�Asistencia Quirürgica

�Farmacéutica

�Servicio de Hospitalización

TIPO DE REGIMEN

REGIMEN OBLIGATORIO

REGIMEN VOLUNTARIO

PRESTACIONES EN ESPECIE

PRESTACIONES EN DINERO

PRESTACIONES EN ESPECIE

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�Servicio de Hospitalización

�Aporatos de Prótesis y Ortopedia

�Servicio de Rehabilitación

Las prestaciones en dinero consisten en:�Subsidio por Incapacidad

�Subsidio por Invalidez

�Pensión

�Ayuda Matrimonial

�Ayuda Asistencial

�Asignaciones Familiares

o Los beneficios se dividen en:

�Beneficios a derechohabientes (trabajadores)

�Beneficios a dependientes económicos (familiares)

El regimen obligatorio comprende losseguros de:

I.Riesgos de trabajo

II.Enfermedades y maternidad

III.Invalidez y vida

IV.Retiro. cesantia en edad avanzada yvejez

V.Guarderías y Prestaciones Sociales

El regimen obligatorio comprende los seguros de:

I.Riesgos de trabajo

II.Enfermedades y maternidad

III.Invalidez y vida

IV.Retiro. cesantia en edad

avanzada y vejez

V.Guarderías y Prestaciones Sociales

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Page 23: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

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Page 24: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

GRUPO COLECTIVO

Planes

Requisitos de Selección

Suma Asegurada

Temporal a un año renovable

Sin requisitos

Se determina tomando la misma regla para todos

Básica y Beneficios

Técnicamente, cualquier plan básico sin importar la temporalidad

Se toma un mayor énfasis en la selección individaul

Hay mayor flexibilidad en la elección de sumas aseguradas

Básica y Beneficios

II.2.- ESTRUCTURA DE LAS PÓLIZAS

DIFERENCIAS ENTRE GRUPO Y COLECTIVO

Como se indicó anteriormente, la principal diferencia entreGrupo y Colectivo en Vida es que Grupo se apega totalmente alos lineamientos del Reglamento del Seguro de Grupo, mientrasque Colectivo tiende a apegarse al Reglamento, pero conexcepciones y peculiaridades. A continuación se muestranalgunas diferencias entre ambos tipos de Seguro.

GRUPO:Planes: Temporal a un año renovable.

Requisitos de Selección: Sin requisitos.

Suma Asegurada: Se determina tomando la misma regla paratodos.

Cobertura: Básica y Beneficios Adicionales tanto de Accidentescomo de Invalidez.

Cuota: Al inicio de la cobertura, según edad y sumaasegurada. Al incluirse un miembro nuevo en el Grupo duranteel transcurso de la cobertura, se cobra a prima promedio.

Contribución: Existen reglas para la contribución delasegurado en el pago de la prima.

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CoberturaBásica y Beneficios Adicionales tanto de Accidentes como de Invalidez

Básica y Beneficios Adicionales tanto de Accidentes como de Invalidez

Cuota

Contribución

Deudores

Disputabilidad

Al inicio de la cobertura, según edad y suma asegurada. Al incluise un miembro nuevo, se cobra la prima promedio.

Existen reglas para la contribución del asegurado en el pago de la prima

No se utiliza para respaldar deudas

UN AÑO

Corresponde a cada participante según edad y ocupación. En algunos casos se utiliza cuota promedio

Puede ser contributorio al 100%

Se puede utilizar para respaldar deudas

DOS AÑO

asegurado en el pago de la prima.

Deudores:No se utiliza para respaldar deudas.

Disputabilidad: 1 Año.

Al separarse del grupo se tendrá derecho a contratar seguroindividual sin examen médico.

COLECTIVO:Planes: Técnicamente, cualquier plan básico sinimportar la temporalidad.

Requisitos Asegurabilidad : Se toma un mayor énfasis en laselección individual

Suma Asegurada: Hay mayor flexibilidad en la elección desumas aseguradas.

Coberturas:Igual que en Grupo.

Cuota: Correspondiente a cada participante según edad yocupación. En determinados casos se utiliza cuota promedio.

Contribución:Puede ser contributorio al 100%.

Deudores: Se puede utilizar para respaldar deudas.

Disputabilidad: 2 Años.

Al salir de la colectividad, el asegurado no tiene derecho a optarpor un seguro individual sin presentar requisitos deasegurabilidad.

Observamos que hay diferencias importantes entre Grupo yColectivo tanto a nivel de riesgos cubiertos como de planes,requisitos de asegurabilidad y administración. Sin embargoestas diferencias esenciales las vamos a observar con mayorclaridad profundizando en la estructura de ambos tipos deseguros, por lo que, para fines didácticos, primero analizaremosla estructura del Seguro de Grupo, y al final se indicarán laspeculiaridades de las distintas modalidades del SeguroColectivo.

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Page 25: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

DIFERENCIAS DE GRUPO Y COLECTIVO

Grupos Asegurables

Jubilados, podrán seguir perteneciendo a la pólizasin incluir beneficios adicionales, las personas queadquieran la calidad de jubilados mientras la pólizase encuentre en vigor, siempre y cuando elcontratante haya extendido la protección del segurode grupo a todo su personal jubilado.

En los casos de contratarse nuevas pólizas, previoanálisis de las características de asegurabilidadgrupo propuesto, podrá asegurarse a todo elpersonal jubilado de una empresa sin incluirbeneficios adicionales, siempre y cuando también sesolicite el seguro para el personal activo, dentro de lamisma póliza.

la regla para determinar la suma asegurada delpersonal jubilado no podrá exceder a la reglaaplicada al personal activo.

SEGURO DE GRUPO VIDA:COBERTURA BÁSICAEl Seguro de Vida Grupo ofrece básicamente cobertura por fallecimiento cualesquiera que sea la causa, excepto el suicidio durante el primer año de cobertura, siguiendo un objetivo fundamental: Mantener el mismo nivel socioeconómico en que se

JUBILADOS

Podrán seguir perteneciendo a la pólizasin incluir beneficios adicionales, mientrasla póliza se encuentre en vigor, siempre ycuando el contratante haya extendido estaprotección a todo su personal jubilado.

COBERTURA

BÁSICA

� FALLECIMIENTO� INVALIDEZ E INCAPACIDAD

(LEYES DE SEGURIDAD SOCIAL)

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Mantener el mismo nivel socioeconómico en que se desenvuelve la familia del asegurado fallecido, durante un lapso de tiempo razonable que le permita reorganizarse.El Seguro de Vida Grupo es una cobertura temporala un año que se puede renovar indefinidamente (deacuerdo a las políticas de edad de aceptación de laaseguradora), otorgando un beneficio básico queconsiste en el pago de la suma asegurada al ocurrirel fallecimiento de alguno de los integrantes de lacolectividad. Los miembros de la colectividad seaseguran sin necesidad de presentar examenmédico (art. 1 RSG) hasta el máximo establecidopara ese fin (art. 4 RSG).

FINALIDAD DEL SEGURO:� El Seguro de Vida Grupo .- Tiene como finalidad otorgar cualesquiera de los seguro de vida, a los miembros de un grupo perfectamente definido, en apego a las características que señala el Reglamento de Grupo.� El Seguro Colectivo .- Tiene como finalidad otorgar cualesquiera de los seguros de vida, a miembros de una colectividad, comunidad, asociación, liga, coalisión, gremio,etc

TIPOS DE PLANES:Contributorio .- Plan en el que el contratante como miembro del grupo participan en el pago de primas. En el caso de que el grupo se forme por los trabajadores de una empresa y sea un seguro de vida grupo, esta contribución no será mayor del 75% del pago total ni de un peso mensual por millar de suma asegurada.No Contributorio .- Plan en el cual el pago de la suma asegurada es asumido en su totalidad por el contratante.

Finalidad del Seguro de Grupo Vida

SEGURO DE GRUPO VIDA A miembros definidos por el RSG

SEGURO COLECTIVOPara miembros de una colectividad

Tipos de planes

CONTRIBUTORIO: El contratante participa en el pago de prima

NO CONTRIBUTORIO:El pago de la sumaAsegurada lo asumeEl contratante

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Page 26: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

II.2.- COBERTURAS ADICIONALES, EXISTENTES Y SUS EXCLUSIONES

Este producto. ofrece la oportunidad de cubrir,adicionalmente. riesgos por invalidez y/o por accidente.a través dc coberturas que se adaptan a estosbeneficios. siempre y cuando. la suma asegurada seaigual o menor que la cobertura básica.

Coberturas por Accidente :� Muerte accidental,� Pérdidas Orgánicas,� Doble Indemnización por accidente colectivo� Beneficios Adicionales� Pago Anticipado por Invalidez Total Permanente� Coberturas por Invalidez Total y Permanente ACCIDENTE

Se entenderá por accidente, aquelacontecimiento sufrido por el asegurado,proveniente de una causa externa, súbita,fortuita y violenta que le produzca lesionescorporales o la muerte. No se consideraránaccidente las lesiones corporales o la muerteprovocada intencionalmente por el asegurado.

COBERTURAS ADICIONALES VIDA GRUPO

BENEFICIOS

POR ACCIDENTEBENEFICIOS POR INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE

� EXENCION VITALICIA DEL PAGO DE PRIMAS POR INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE TEMPORAL O VITALICIA

� PAGO ANTICIPADO DE LA SUMA ASEGURADA

� MUERTE ACCIDENTAL

� PERDIDAS ORGANICAS

� DOBLE INDEMNIZACION POR ACCIDENTE COLECTIVO

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ACCIDENTE COLECTIVO

INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE

�Mientras viaje como pasajero en cualquiervehículo público que no sea aéreo, impulsadomecánicamente y operado regularmente por unaempresa de transporte público con boleto pagadosobre una ruta establecida o normalmente para elservicio de pasajeros y sujeta a itinerariosregulares.�Mientras viaje como pasajero en un ascensorque opere para servicio público, excepto minas.�A causa de un incendio en cualquier teatro, hotelo edificio público.

Cuando el asegurado haya sufrido lesionescorporales o padezca una enfermedad que loimposibilite permanentemente para desempeñarun trabajo remunerado u ocupación de la quepueda derivar alguna utilidad pecuniariacompatible con sus conocimientos. aptitudes yposición social y cuando se presuma que dichaimposibilidad es de carácter permanente ysiempre que dicha invalidez haya sido continuapor un período no menor de seis meses.

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Page 27: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

COBERTURAS POR ACCIDENTE

Para que la muerte de una persona se considerecomo accidente. ésta deberá ocurrir almomento del accidente o dentro de los noventadías siguientes al hecho.

Muerte Accidental :Esta cobertura es efectiva. siempre y cuando el

fallecimiento del asegurado. sea comoconsecuencia de lesiones sufridas por unaccidente. o bajo las circunstanciasmencionadas en el párrafo anterior. Así, elbeneficiario designado recibirá además de lasuma asegurada por la cobertura básica, lacantidad que corresponda a este beneficios.

Pérdidas Orgánicas:Esta cobertura opera si como consecuencia de un

accidente cubierto por la póliza. se sufrieraalguna o algunas de las pérdidas orgánicasdescritas.

El pago de la indemnización por la pérdidas sufrida

COBERTURAS ADICIONALES

BENEFICIOS POR ACCIDENTE

MUERTE ACCIDENTAL

PERDIDAS ORGANICAS

DOBLE INDEMNIZACION

Dentro de los 90 días siguientes a la fecha del evento.

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El pago de la indemnización por la pérdidas sufridase calcula aplicando a la suma asegurada elporcentaje que corresponda a la pérdidarespectiva.

Al mismo tiempo, esta cobertura, debe decontratarse con el de muerte accidental, ya quelas indemnizaciones correspondientes a lasmismas. están correlacionadas entre sí,afectando el pago de una de ellas a la sumaasegurada de la otra. Dichas correlaciones son:

� Cuando se paga la suma asegurada correspondientea la Muerte accidental, no procede ningún pago porpérdidas orgánicas.

� Las cantidades que se hubiesen liquidado porpérdidas orgánicas. se deducirán de la que procedapor muerte accidental.

� Las cantidades que se hubiesen liquidado porpérdidas orgánicas con motivo de un accidente,reducirán en ése monto las obligaciones de laaseguradora por pérdidas orgánicas que seproduzcan en accidentes posteriores.

Doble Indemnización por Muerte accidentalEsta cobertura también se le conoce comotriple indemnización y sólo puede contratarse juntocon Muerte accidental y Pérdidas Orgánicas, siendoefectiva cuando el accidente es considerado comoColectivo.

Se otorga unasuma aseguradaen adición a lasuma aseguradacontratada.

Si el aseguradofallece a causa deun accidente.

Dentro de los 90días siguientes a lafecha del evento.

Cuando se paga lasuma asegurada pormuerte accidental noprocede el pago porpérdidas orgánicas.

Las cantidades que sehubieran liquidado porpérdidas orgánicas sededucirán de las queprocedan de la muerteaccidental.

Las cantidades que sehubieran liquidado porpérdidas orgánicas conmotivo de unaccidente, reducirán enese monto lasobligaciones de laaseguradora porpérdidas orgánicas quese produzcan enaccidentes posteriores.

ACCIDENTAL ORGANICAS INDEMNIZACION POR ACCIDENTE

Triple Indemnización

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Page 28: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

Exclusiones de estas coberturas

Las principales son:

� Suicidio o intento del mismo.� Lesiones auto infligido� Envenenamiento� Inhalación de gases y humo� Padecimientos corporales o mentales� Drogadicción� Actos de servicio militar, guerra, rebelión,insurrección o bandidaje.� Hernias o eventraciones.� Abortos, cualquiera que sea la causa.� Infecciones, con excepción de las que ocurrancomo consecuencia de un accidente� Lesiones como consecuencia de la práctica dealgún deporte peligroso.� Viajar como pasajero o miembro de la tripulaciónde cualquier aeronave que no sea de una línearegular de pasajeros.� Lesiones como consecuencia de contiendas develocidad. seguridad o resistencia en cualquier tipode vehículo motorizado.

COBERTURAS ADICIONALES

BENEFICIOS POR ACCIDENTE

MUERTE ACCIDENTAL

PERDIDAS ORGANICAS

DOBLE INDEMNIZACION POR ACCIDENTE

EXCLUSIONES

� Suicidio o intento del mismo

� Padecimientos corporales o mentales

� Infecciones

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Cobertura por Invalidez Total yPermanente.

Los estados de invalidez pueden ser comoconsecuencia de un accidente o de una enfermedady dichos estados de invalidez se pueden dividir.dependiendo de dos factores, en:

Severidad-TotalTemporalidad- Permanente

Las coberturas adicionales. sólo amparan losestados de invalidez total y permanente, sinembargo. es conveniente recordar que la LeyFederal del Trabajo, obliga al patrón a indemnizar altrabajador en cualquiera de las combinacionesposibles.

� Lesiones autoinfringidas

� Envenenamiento

� Inhalación de gases y humo

� Drogadicción

� Actos de servicio militar

� Hernias o eventraciones

� Abortos

� Infecciones

� Participación en actos delictivos o riñas

� Viajar como pasajero o miembro de la tripulación de cualquier aeronave

� Lesiones como consecuencia de contiendas de velocidad.

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Page 29: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

BENEFICIOS POR INVALIDEZ TOTAL Y

PERMANENTE

ACCIDENTE ENFERMEDAD

ESTADOS QUE SE CLASIFICAN DE ACUERDO A

DOS FACTORES

SEVERIDAD TEMPORALIDAD

A). TOTAL

B). PARCIAL

A). PERMANENTE

B). TEMPORAL

Las coberturas adicionales solo amparan los estados de invalidez total y permanente.

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Exención del Pago de Primas por Invalidez Total y Permanente

Seguro Saldado por Invalidez Total yPermanenteSi algún asegurado se invalida en forma total ypermanente por cualquier causa, la aseguradora leexpedirá. sin más pago de primas. un seguro saldado.por la suma asegurada contratada. mismo que estaráen vigor mientras persista dicho estado de invalidez.

Este seguro podrá quedar sin efecto, si desapareceel estado de invalidez total y permanente o si elasegurado se niega a presentar las pruebas quesolicite la aseguradora para comprobar que aúnpersiste dicho estado.A esta cobertura, también se le conoce como:“Pago de la Suma Asegurada por Invalidez Totaly Permanente”

Pago Anticipado por Invalidez Total yPermanente por Accidente.

BENEFICIOS POR INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE

EXCENCION DE PAGO DE

PRIMAS

PAGO ANTICIPADO

DE SUMA ASEGURADA

VITALICIA

POR INVALIDEZ TOTAL Y

PERMANEN

TE

TEMPORAL

POR INVALIDEZ TOTAL Y

PERMANENTE

POR

ACCIDEN-TE O

ENFERME-DAD

POR

ACCIDEN-TE

29··

Page 30: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

EXCLUSIONES DE ESTA COBERTURA

Las principales exclusiones de las coberturasde invalidez, son:

• Ocurridas durante el servicio militar, actos deguerra. rebelión o insurrección.

• Lesiones auto infligidas, aún cuando seanprovocadas en estado de enajenación mental.,

• Participación en actos delictivos de cualquiertipo, o riñas

• Lesiones como consecuencia de contiendasde velocidad. seguridad o resistencia encualquier tipo de vehículo, motorizado o no.

• Lesiones como consecuencia de la práctica dealgún deporte peligroso

• Intento de suicidio.

EXCENCION DE PAGO DE PRIMAS

PAGO ANTICIPADO DE

SUMA ASEGURADA

EXCLUSIONES

• Ocurridas durante el servicio militar, actos de guerra,rebelión, insurrección.

• Lesiones autoinfringidas• Participar en actos delictivos de cualquier tipo o riñas• Lesiones como consecuencia de contiendas de

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

• Intento de suicidio.• Viajar como pasajero o miembro de la

tripulación de cualquier aeronave que no seade una línea regular de pasajeros

• Lesiones como consecuencia de contiendas develocidad,

• Lesiones como consecuencia de la práctica de algúndeporte peligroso.

• Intento de suicidio.• Viajar como pasajero o miembros de la tripulación de

cualquier aeronave

30··

Page 31: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

I.2.3 BASES DE DETERMINACIÓN DE DIVIDENDOS (EXPERIENCIA GLOBAL Y PROPIA)

DIVIDENDOS

El Contratante participará de la utilidad que obtenga laInstitución por concepto de mortalidad favorable. Para efectode determinar el dividendo se podrá pactar reunir distintasempresas de un mismo Contratante. Se podrán elegircualquiera de las dos siguientes opciones:

a) Experiencia Global

b) Experiencia Propia

Experiencia Global:

En esta opción se incluyen todos aquellos grupos cuyonúmero de asegurados es menor de 500 y el dividendodependerá de la siniestralidad experimentada por todas laspólizas que conforman esta cartera.

Experiencia Propia:

En este caso, los dividendos dependen de los resultados dela siniestralidad del Grupo Asegurado, independientementede lo que ocurra en la cartera global, esto es, se fija unporcentaje de la prima como dividendo y de esta cantidad sedescuentan los siniestros pagados y el sobrante será eldividendo que el Contratante recibirá a la renovación de lapóliza. En el caso de dividendos con forma de cálculo

EXPERIENCIA GLOBAL

EXPERIENCIA PROPIA

Trimestral82.0 %1000 – 2000

Semestral78.0 %500 – 1000

Anual74.0 %250 – 500

Anual70.0 %.80 – 250

Período Calculado

del Dividendo

Fórmula del Dividendo

% p-s

Rango de Primas AnualesS.M.G.M

Trimestral82.0 %1000 – 2000

Semestral78.0 %500 – 1000

Anual74.0 %250 – 500

Anual70.0 %.80 – 250

Período Calculado

del Dividendo

Fórmula del Dividendo

% p-s

Rango de Primas AnualesS.M.G.M

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

póliza. En el caso de dividendos con forma de cálculomensual se otorgarán en forma vencida.

Esta opción se concede a grupos con 500 ó másparticipantes de acuerdo a la tabla anexa.

En donde

P = Primas pagadas en el perìodo de cáculo

S = Siniestros ocurridos en el perìodo de cálculo

SMGM = Salario Mínimo General Mensual vigente en elDistrito Federal a la fecha de expediciòn o renovación de lapóliza

Modificación del ReglamentoDividendos: El otorgamiento de dividendos por siniestralidad favorable, en los Seguros de Grupo se sujetará a lo siguiente:1.- Los Dividendos, que en su caso se otorguen, se calcularán otorgando la Experiencia Propia del Grupo, o la Experiencia Global de la aseguradora que se trate, lo que se justificará en la nota técnica respectiva al momento del registro del producto de Seguro de Grupo.2.- Experiencia Global .- No referimos a ella cuando la prima del Grupo no esté determinada con base en su Experiencia Propia. Es decir que los dividendos deberán determinarse utilizando la experiencia total de la cartera de la aseguradora ( Fracc. III)Se pagarán al finalizar el ejercicio fiscal correspondiente ( Fracc. V, inciso b)

Mensual90.0 %4000 o más

Mensual87.5 %3000 – 4000

Mensual85.0 %2000 – 3000

Trimestral82.0 %1000 – 2000

Mensual90.0 %4000 o más

Mensual87.5 %3000 – 4000

Mensual85.0 %2000 – 3000

Trimestral82.0 %1000 – 2000

Dividendos: El otorgamiento de dividendos por siniestralidad favorable, en los Seguros de Grupo se sujetará a lo siguiente:

1.- Los Dividendos, que en su caso se otorguen, se calcularán otorgando la Experiencia Propia del Grupo, o la Experiencia Global de la aseguradora que

se trate, lo que se justificará en la nota técnica respectiva al momento del registro del producto de Seguro de Grupo.

2.- Experiencia Global.- No referimos a ella cuando la prima del Grupo no esté determinada con base en su Experiencia Propia.

Es decir que los dividendos deberán determinarse utilizando la experiencia total de la cartera de la aseguradora ( Fracc. III)

Se pagarán al finalizar el ejercicio fiscal correspondiente ( Fracc. V, inciso b)

Modificación del Reglamento

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Page 32: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

II.2.1 SUMA ASEGURADADe acuerdo con el art. 4o. del Reglamento del

Seguro de Grupo, la suma asegurada deberádeterminarse para cada miembro del grupoasegurado, por reglas que eviten la selecciónadversa a la institución aseguradora.

El máximo de suma asegurada que se podráconceder sobre una vida, en ningún caso serásuperior a la que resulte de multiplicar la sumaasegurada promedio del grupo por los factores queaparecen en la tabla de dicho artículo.

La suma asegurada promedio de un grupo es la queresulta de dividir la suma asegurada total del grupo,entre el número de asegurados que lo componen.

Cuando la suma asegurada de algún participante dela colectividad rebase lo expresado en la reglacorrespondiente, la compañía aseguradora podrásolicitar requisitos de asegurabilidad específicamentepara la suma excedente.

Por otro lado hay que tomar en cuenta loslineamientos fiscales vigentes respecto a los límitesde los beneficios que se pueden Por otro lado hay

II.2 ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DEL SEGURO DE GRUPO

En ningún caso será superior a la que resulte de:

Suma Asegura-da Prome-dio

*Los factores que aparecen en la tabla del art. 4

Cuando la Suma Asegurada rebasa esta regla

La compañía aseguradora podrá solicitar

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

de los beneficios que se pueden Por otro lado hayque tomar en cuenta los lineamientos fiscalesvigentes respecto a los límites de los beneficios quese pueden otorgar a los empleados para que la primainvertida en ello sea deducible de impuestos y noacumulable para el trabajador.

Otorgar a los empleados para que la prima invertidaen ello sea deducible de impuestos y no acumulablepara el trabajador.Este punto se refiere fundamentalmente a losprocedimientos de altas, bajas, cobro de primas

ALTAS:

Cuando ingresa un nuevo participante a lacolectividad asegurable.

BAJAS:

Se refiere cuando el participante deja de pertenecera la empresa, por renuncia, la compañía les da laopción de continuar asegurados, cambiando lascaracterísticas por las de un plan individual.

La compañía aseguradora podrá solicitarrequisitos de asegurabilidad específicamentepara la suma excedente.

ALTAS BAJAS PRIMAS

Se da cuandouna personacumple con ladefinciónestablecidaparapertenecer ala colectividadasegurable

Cuando sedeja depertenecer ala colectividadasegurable,deja de estarcubierto por laInstituciónAsegurdora.

Es el pagopara tenerderecho a laprotección

DIVIDEN -DOS

Es la utilidadque seobtiene pormortalidadfavorable.

Administración del Seguro De Grupo Vida

32··

Page 33: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

II.2.2 PROCEDIMIENTO DE ALTAS, BAJAS Y CAMBIOS DE ASEGURADOS

ALTASUn Alta se da cuando una persona cumple con ladefinición establecida para pertenecer a lacolectividad asegurable.

Al Inicio de la vigencia de la póliza, el contratanterequisita una solicitud maestra, y cada uno de losparticipantes de la colectividad deberán llenar yfirmar el consentimiento correspondiente. En estecaso, la prima para cada asegurado se cobrará deacuerdo a la edad y riesgo que cada uno de ellospresenta.

Una vez que la póliza entra en vigor, cualquier nuevomiembro de la colectividad, por el simple hecho depertenecer a ella, queda amparadoautomáticamente, teniendo la obligación de llenar el

SOLICITUD MATRIZ

CONSENTIMIENTOS

POLIZA ENTRA EN

VIGOR

Cualquier nuevomiembro quedaamparado

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

automáticamente, teniendo la obligación de llenar elconsentimiento dentro de los primeros treinta díassiguientes a su ingreso.

En caso de no llenar dicho consentimiento en eltiempo indicado, la institución aseguradora tendráderecho a solicitar requisitos de asegurabilidad paradicho participante, y este quedará cubierto hasta elmomento en que dicha institución acepte el riesgo.

Cada uno de los participantes deben llenar y firmar el consentimiento

amparadoautomáticamente.

Tiene la obligaciónde llenar suconsentimientodentro de los 30 díassiguientes a suingreso.

Si no cumple la Aseguradora le puede requierir requisitos de asegurabilidad

33··

Page 34: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

BAJASEn el momento en que una participante deja depertenecer a la colectividad asegurable, deja de estarcubierto por la institución aseguradora. En esemomento, el asegurado tiene derecho a solicitar dentrode los 30 primeros días siguientes a su separación de lacolectividad, a solicitar a la institución aseguradora unseguro de vida individual hasta por la misma sumaasegurada que se tenía en la colectividad, sinnecesidad de presentar pruebas de asegurabilidad.Para esto se requiere que el plan no sea temporal, nose consideran beneficios adicionales y se debe pagar laprima correspondiente.

R Separación Definitiva : Previa solicitud del cliente enun plazo no mayor a 30 días naturales a partir de suseparación definitiva del grupo, tendrá derecho a serasegurado sin beneficios adicionales, sin requisitosmédicos, y por una sola vez ; en algunos de planesindividuales vigentes, siempre y cuando cumpla con losrequisitos de éste.

COLECTIVIDAD ASEGURABLE

Dejará de estar asegurado desde el

momento de la separación

EL ASEGURADO sale de la Colectividad

¿A QUE TIENE DERECHO?

A solicitar dentro de los primeros 30 días siguientes a suseparación, un seguro de vida individual hasta por la mismasuma asegurada que tenía en la colectividad, sin presentarpruebas de asegurabilidad.

R Separación Definitiva : Previa solicitud del cliente en un

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

II.2.3 SISTEMAS DEADMINISTRACIÓNExisten básicamente dos tipos de Administración de laPóliza, según la participación que en ella tenga elContratante:

1.Normal, y

2.Autoadministrada

R Separación Definitiva : Previa solicitud del cliente en unplazo no mayor a 30 días naturales a partir de su separacióndefinitiva del grupo, tendrá derecho a ser asegurado sinbeneficios adicionales, sin requisitos médicos, y por una solavez ; en algunos de planes individuales vigentes, siempre ycuando cumpla con los requisitos de éste.

Permite reducir los gastos

Es la administración tradicional

Normal Autoadministrada

Sistemas de Administración

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Page 35: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

Administración Normal

Como requisitos de expedición deben presentarse enforma clara y completa la siguiente documentación:

• Solicitud de Seguro de Grupo, firmada por elContratante.

• Los consentimientos individuales firmados por losasegurados y el Contratante.

• En el caso de asociaciones. o agrupaciones. serárequisito indispensable presentar el acta constitutivay el padrón de socios para la emisión de la póliza.

• Los movimientos de altas y bajas de asegurados.deberán ser reportados a la Institución dentro de lostreinta días calendario siguientes a la fecha en quese originó dicho movimiento: en el caso de altas.deberán de enviar los consentimientos respectivos.La fecha de alta al seguro será la fecha de firma delconsentimiento.

• A aquellos Asegurados que presenten suconsentimiento después de transcurridos treinta díascalendario a partir de la fecha en que hayan pasadoa formar parte de la Colectividad Asegurable. laInstitución les podrá solicitar requisitos deasegurabilidad.

Sist. Adm. Tradicional

GRUPOS ASEGURABLES DE AL MENOS EL 75% DE LOS EMPLEADOS ACTIVOS

Solicitud firmada por el Contratante y consentimientos firmados por los asegurados y el contratante

LOS MOVIMIENTOS DE ALTA O BAJA

(MAXIMO 30 DIAS CALENDARIO A LA FECHA DEL MOVIMENTO)

LOS AJUSTES DE LA PRIMA AL MOMENTO DE LA ALTA(PRIMAS POR DEVENGAR POR MESES COMPLETOS)

POR BAJAS (DEVOLVIENDO

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

asegurabilidad.• Sólo se respetará la fecha de firma del

consentimiento cuando se presente una carta debuena salud firmada por él y el Contratante.

• Los ajustes de primas por movimientos en el caso dealtas. serán cobrando la parte de la prima pordevengar por meses completos en el caso de bajas.devolviendo la parte de la prima no devengada pormeses completos.

.

Los que rebasen este plazo, la Institución le podrá requerir examen médico .

FECHA DEL MOVIMENTO) POR BAJAS (DEVOLVIENDO LA PRIMA NO DEVENGADA POR MESES COMPLETOS..

35··

Page 36: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

Sistema Auto administradoComo requisitos de expedición deben presentarseen forma clara y completa la siguientedocumentación:

� Solicitud de Seguro de Grupo firmada por elContratante.

� Bajo este sistema los consentimientosindividuales de los Asegurados son recabados porel Contratante quien a su vez expide loscertificados correspondientes.

� Listado del personal o nómina con la siguiente

información:

� Nombre

� Fecha de Nacimiento o R. F. C.

� Sueldo o Suma Asegurada

� Fecha de ingreso a la Empresa, categoría o

Sistema AUTOADMINISTRADO

SOLICITUDDEL

SEGURO

CONVENIO DE

AUTO-ADMINISTRA-

CION

GRUPO ASEGURA-

BLE

MOVIMIENTOS DE ALTAS Y

BAJAS

Firmada por el contratante Anexo a la

póliza debera

Las pólizasde

Bajo este sistema, no se

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

� Fecha de ingreso a la Empresa, categoría ocualquier otro dato para el cálculo de la SumaAsegurada.

� Se deberá anexar a la póliza el Convenio deAuto administración del Seguro de Grupo, cuyacopia certificada por el Contratante deberá serentregada a la Institución en un plazo de 15 días.

� Bajo las pólizas de participación voluntaria nopodrán ser auto administradas, a menos que secontrate para el 100% del grupo Asegurable.

�Bajo este sistema, no se darán reportes demovimientos de altas y bajas durante el año póliza,comprometiéndose la compañía a proteger a losnuevos Asegurados desde la fecha en que reúnanlos requisitos de elegibilidad correspondientes,hasta la Suma Asegurada máxima sin requisitos deasegurabilidad. El Contratante se obliga a emitir elcertificado consentimiento dentro de los 3o díashábiles en que el nuevo asegurado cumpla lascondiciones anteriores, debiendo recabar ladesignación de Beneficiarios y la firma del propioAsegurado.

Los consentimien-tos recabados por el contratante

Los certificados emitidos por el contratante

póliza debera estar el convenio de autoadministra-ción

La copia del convenio debera entregase a la Institución en un plazo de 15 días.

departicipaciónvoluntariano podránser autoadministradas, a menosque secontratepara el100% delgrupoAsegurable

sistema, no se darán reportes de movimientos de altas y bajas durante el año póliza, comprometién-dose la compañía a proteger a los nuevos Asegurados desde la fecha en que reúnan los requisitos de elegibilidad correspondientes, hasta la Suma Asegurada máxima sin requisitos de asegurabilidad

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Page 37: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

�En caso de cambio de reglas para determinar laSuma Asegurada o nuevos beneficios, elcontratante debe emitir nuevos certificados -consentimientos o en su defecto notificar lasnuevas condiciones a los Asegurados.

�El incremento porcentual máximo de la SumaAsegurada sobre la Vida de una persona sinpruebas médicas será el que corresponda a 1.25veces el incremento promedio del grupo calculadodesde la última fecha de incremento de la SumaAsegurada del Asegurado. Las aplicaciones de esteincremento porcentual quedarán sujetas al límitemáximo sin requisitos de asegurabilidad.

�Los ajustes de primas por movimientos de altasbajas y aumentos de Suma Asegurada individual secalcularán de acuerdo a cualquiera de lassiguientes alternativas:

a) Calculando al final del año la diferencia entre laSuma Asegurada en ese momento y la Suma Aseguradaal principio del año póliza inmediato anterior,determinando la diferencia y aplicando el 50% de la cuotapromedio. El ajuste se hará una vez al año al vencimientode la póliza.

Sistema Auto administrado

�En caso de cambio de reglas para determinar laSuma Asegurada o nuevos beneficios, elcontratante debe emitir nuevos certificados -consentimientos o en su defecto notificar lasnuevas condiciones a los Asegurados.

�El incremento porcentual máximo de la SumaAsegurada sobre la Vida de una persona sinpruebas médicas será el que corresponda a 1.25veces el incremento promedio del grupo calculadodesde la última fecha de incremento de la SumaAsegurada del Asegurado. Las aplicaciones deeste incremento porcentual quedarán sujetas allímite máximo sin requisitos de asegurabilidad

�Los ajustes de primas por movimientos de altasbajas y aumentos de Suma Asegurada individualse calcularán de acuerdo a cualquiera de lassiguientes alternativas:

Calculando al final del año la diferencia entre la SumaAsegurada en ese momento y la Suma Asegurada alprincipio del año póliza inmediato anterior,

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

de la póliza.

b) Calculando al inicio del año póliza elporcentaje que represente la prima del seguro segúnforma de pago, respecto a la nómina o Suma Aseguradadel Contratante, y aplicando dicho porcentaje a latotalidad de salarios vigentes en cada periodo de pago deprimas como importe de las mismas. De esta forma seevitarán los ajustes de primas por movimientos de altasbajas y aumentos de Sumas Aseguradas individuales ogenerales.

�El Asegurado que desee cambiar a susbeneficiarios, deberá notificarlo al Contratante,quien a su vez sustituirá el certificado con unonuevo que contenga la leyenda "Este certificadocancela y sustituye al anterior con número X ".

�En caso de siniestros el contratante deberáenviar una carta, junto con toda la documentación ala institución en la que indique que el certificadoque se anexa representa la voluntad final delasegurado. En caso de existir un beneficiario nocontemplado y que demostrará que tiene derechossobre la póliza, el contratante asume laresponsabilidad de la póliza frente a dichobeneficiario.

principio del año póliza inmediato anterior,determinando la diferencia y aplicando el 50% de lacuota promedio. El ajuste se hará una vez al año alvencimiento de la póliza.

b) Calculando al inicio del año póliza elporcentaje que represente la prima del seguro segúnforma de pago, respecto a la nómina o SumaAsegurada del Contratante, y aplicando dichoporcentaje a la totalidad de salarios vigentes en cadaperiodo de pago de primas como importe de lasmismas. De esta forma se evitarán los ajustes deprimas por movimientos de altas bajas y aumentos deSumas Aseguradas individuales o generales.

�El Asegurado que desee cambiar a susbeneficiarios, deberá notificarlo al Contratante,quien a su vez sustituirá el certificado con unonuevo que contenga la leyenda "Este certificadocancela y sustituye al anterior con número X ".

�En caso de siniestros el contratante deberáenviar una carta, junto con toda la documentacióna la institución en la que indique que el certificadoque se anexa representa la voluntad final delasegurado. En caso de existir un beneficiario nocontemplado y que demostrará que tienederechos sobre la póliza, el contratante asume laresponsabilidad de la póliza frente a dichobeneficiario.

37··

Page 38: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

OTROS ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

Aumentos Retroactivos.

�En los casos de solicitudes retroactivas paraaumentos generales de Suma Asegurada por virtudde revisiones sindicales o acuerdos contractuales osalariales, el plazo máximo que se concederá paradicha retroactividad será de 30 días.

Edades. Políticas de aceptación.

�Los beneficios quedarán canceladosautomáticamente para cada Asegurado, sinnecesidad de declaración expresa de la Institución,en el aniversario siguiente de la póliza en que laedad cumplida del Asegurado sea la establecida oen edades de contratación

.

Extra primas.

�Cuando una colectividad tenga una ocupaciónque presente un riesgo mayor al normal, defallecimiento, de sufrir algún accidente, deinvalidarse, se le aplicará un recargo a la prima, alcual se le denomina extra prima y estará en función

Aumentos Retroactivos

Edades. Políticas de aceptación

Extra primas.

Plazo máximo será de 30 días en los casos de solicitudes para aumento de S.A. por acuerdos sindicales , contractuales o salariales

Los beneficios quedarán cancelados automáticamente para cada Asegurado en el aniversario siguiente de la póliza en que la edad cumplida del Asegurado sea la establecida

colectividad tenga una ocupación que presente un riesgo mayor al normal, se le denomina extra prima y estará en función del riesgo ocupacional que represente el grupo

OTROS ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

cual se le denomina extra prima y estará en funcióndel riesgo ocupacional que represente el grupo.Asimismo la Institución se reserva el derecho deextra primar a aquellos asegurados con riesgossubnormales de salud.

�Situaciones no aceptadas.

�No se aceptará más de un conducto de venta pornegocio.

�Para efectos de cotización oficial se deberácontar con el censo de la colectividad a asegurar,eliminando tarifas a edad promedio, ya seasupuesta o estimada.

II.2.4 RENOVACIONSegún el art. 24 del Reglamento de Seguro de Grupo, las Instituciones Aseguradoras estarán obligadas a renovar los contratos, mediante endoso en la póliza, en las mismas condiciones en que fueron contratadas siempre que se reúnan los requisitos del presente Reglamento, en la fecha del vencimiento del contrato.

En cada renovación se aplicará la tarifa de primasen vigor en la fecha de la misma.

RENOVACION

Las Instituciones Aseguradoras estarán obligadas a renovar los contratos, mediante endoso

En cada renovación se aplicará la tarifa de primas en vigor en la fecha de la misma.

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Page 39: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

II.3.1 DOCUMENTACIÓN YTRÁMITESLa reclamación y solicitud de la indemnizacióncorrespondiente ante un siniestro ocurrido, lapodrá realizar directamente el asegurado o elbeneficiario, según corresponda.

Para el pago de cualquier reclamación, se deberáremitir a la Institución la siguiente documentación:

Fallecimiento :a) Certificado de Seguro de Grupo.

b) Original o copia certificada del acta dedefunción.

c) Original o copia certificada del acta denacimiento, pasaporte o fe de bautizo delAsegurado.

GRUPO Y COLECTIVO SINIESTROS

DOCUMENTACION Y TRÁMITES

FALLECIMIENTOACCIDENTAL

�Certificado de grupo

�Original y copia Acta de defunción

� Original y copia Acta de nacimiento

� Declaración I.- Llena por los beneficiarios

�Declaración II.- Médico tratante o que extiende acta defunción

�Declaración III.-Persona que vió el cadáver

�La documentación anterior excepto Declaración II.

�Actuaciones completas del M.P.

FALLECIMIENTO

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CCCCGGGG

d) DeclaraciónI: Llenada por él (los) beneficiario(s).

e) Declaración II:Llenada por el médico queatendió al Asegurado durante su enfermedad, o elque extendió el certificado de defunción.

f) Declaración III: Llenada por la persona que hayavisto el cadáver.

g) Original del acta de matrimonio si el beneficiarioes el cónyuge u original del acta de nacimiento decualquier otro beneficiario.

h) Último recibo de nómina firmado por elasegurado.

i) Las instituciones podrán requerir cualquierinformación adicional en caso necesario.

j) Forma del alta al IMSS

k) Si la regla es por meses de sueldo, el últimomovimiento del sueldo ante el IMSS.

Fallecimiento Accidental :� La misma documentación señalada en el

apartado anterior, excepto la declaración delmédico que lo atendio en su enfermedad

� Actuaciones completas del ministerio público

cadáver

� Original acta de matrimonio si el conyuge es beneficiario o acta nacimiento otro benficiario

�Último recibo de nómina firmado por el asegurado

� Información adicional necesaria

� Forma alta al IMSS

� Ültimo movimiento de sueldo ante IMSS.

39··

Page 40: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

Pérdidas Orgánicas :� Los puntos a), c) y h) del apartado por

fallecimiento.

� Informe del médico tratante (particular o IMSS,forma MT-3).

� Radiografías, específicamente si se trata depérdida de los dedos de las manos.

� Últimos resultados de exámenes practicados encaso de pérdida de la vista.

Invalidez :

� Los puntos a) y h) del inciso por fallecimiento.

� Forma MT-4 expedida por el IMSS.

� Último recibo de nómina.

� En caso necesario. La institución practicará losexámenes médicos que considere necesarios, a

PÉRDIDAS ORGANICAS INVALIDEZ

� Certificado de grupo

�Último recibo de nómina firmado por el asegurado

�Informe de médico tratante (particular, IMSS forma MT-4)

� La Institución practicará exámenes médicos necesarios a la persona que se incapacite.

�Certificado de grupo

�Original y copia Acta de nacimiento

�Último recibo de nómina firmado por el asegurado

� Informe de médico tratante (particular, IMSS forma MT-3)

DOCUMENTACION Y TRÁMITES

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

exámenes médicos que considere necesarios, ala persona que se incapacite.

� Los puntos j y k del apartado por fallecimiento.

� Forma alta al IMSS

� Ültimo movimiento de sueldo ante IMSS

3)

� Últimos resultados de exámenes prácticados en caso de pérdida de la vista.

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Page 41: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

PARTICULARIDADES DEL SEGURO COLECTIVO DE VIDA

SEGURO COLECTIVO DE VIDAEs un seguro para colectividades que por sus

características no satisfacen los criterios delReglamento del Seguro de Grupo, pero que en sufuncionamiento tiende a apegarse a dichoesquema.

El Seguro Colectivo de Vida protege en una solapóliza a un conjunto de personas con un vínculo encomún entre sí y el contratante generalmente esuna empresa o asociación legalmente constituida.

Coberturas:Las mismas que en Grupo

Mercado:�Clubes deportivos o culturales formalmente

constituidos

�Colegios de Profesionistas

PARTICIPANTES DE LA COLECTIVIDAD

50%

Voluntario y Contributorio

Obligatorio yNo contribu-

torio.

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

�Colegios de Profesionistas

�Empleados de Empresas que deseen protección complementaria

�Asociaciones formalmente constituidas de colonos o padres de familia

Número de Participantes� 50% de la Colectividad

�25 personas en casos voluntarios y contributorios

� 5 personas en casos obligatorios y nocontributorios

Primas.-Tarifa más alta que en Grupo

Selección de Riesgos:Se requiere presentar requisitos de Asegurabilidad

desde el primer peso de Suma Asegurada

Dividendos:Igual que en Grupo

Administración:

Solo se utiliza Sistema Normal

25 personas 5Participantes

41··

Page 42: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

COLECTIVO DE DEUDORESDIVERSOSEs una modalidad del Seguro de Vida Colectivo,es unaaplicación especial de los seguros colectivos para lasnecesidades de las empresas que han prestadorecursos económicos a personas físicas a fin degarantizar el pago del saldo insoluto en caso de que eldeudor muera o se invalide, sin exceder en ningún casola suma segurada fijada por persona.

Coberturas:Solo Básica

Características de la Colectividad:�El Contratante es una Persona Moral

�El Seguro es de Afiliación Obligatoria y puede ser Contributorio o no Contributorio

Características de la Deuda:�Deuda documentada con un contrato en donde el deudor faculta al Acreedor a contratar un Seguro de

El contratante

Es una persona moral

PRIMA ES CUOTA PROMEDIO

COLECTIVO DE DEUDORES

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

deudor faculta al Acreedor a contratar un Seguro de Vida para el fin señalado

�Solo se amparan préstamos ordinarios con un saldo decreciente descrito por una tabla de amortización

Suma Asegurada:�El Saldo Insoluto al momento del fallecimiento

�Una Suma Asegurada Fija con beneficiario preferente

Dividendos:Igual que en Grupo menos Experiencia Combinada

Administración:Se utiliza una adaptación del Sistema Simplificado

Prima:Se calcula una Cuota Promedio

Reportes:De forma mensual se reporta el saldo total de adeudo

Reclamaciones:Además de la información usual se debe presentar elEstado de Cuenta a la fecha de fallecimiento delparticipante.

Es el saldo insoluto al momento del fallecimiento

SUMA ASEGURADA

Suma Asegurada

REPORTES: Mensualmente se

reporta saldo total de adeudo

RECLAMACIONES: Presentar estado

de cuenta a la fecha del fallecimiento

42··

Page 43: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

II.4.1 HOMBRE CLAVE Y SEGURO DE SOCIOS

II.4.2 DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL HOMBRE CLAVE (Técnico o Dirigente) Y DE SOCIOS

HOMBRE CLAVE:

Representa experiencia para una empresa y unaconfianza en el futuro, ya sea porque ocupa un puestoprincipal o un cargo importante en el desarrollo decualquier área de una empresa y se identifica facilmentepor cualquiera de las siguientes características que:

�Ocupa la Dirección

�Su ausencia provocaría una vacante que no podrá ser cubierta por el personal actual, de forma inmediata.

¿qué es un hombre clave?

Es toda aquella persona que son parte importante del desarrollo de una Organización

� Ocupa la Dirección

� Su ausencia provocaría una vacante que no podrá ser cubierta por el personal actual, de forma inmediata.

� Su ausencia causaría a la empresa pérdida de clientes

� Su ausencia interrumpiría las operaciones normales

CEBULA B1

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

�Su ausencia causaría a la empresa pérdida de clientes o cuentas importantes.

�Su ausencia interrumpiría las operaciones normales, ya sean de control financiero, administrativo o de producción.

�Cuenta con el carisma de hacer progresar a los clientes, empleados y funcionarios.

�Es aquel que causa envidia de nuestro competidor o con quién empezaríamos un nuevo negocio.

También pueden ser todas aquellas personas que sonparte importante del desarrollo de una Organización.No es difícil detectar a un Hombre clave, por sucategoría principal o secundaria. Obviamente requiereuna previa investigación elemental del negocio de quese trate, para ubicarlo dentro de la misma, ya que deuna u otra forma, su ausencia repercutiría en unquebranto de los resultados propuestos o proyectadosen una empresa.

� Cuenta con el carisma de hacer progresar a los clientes, empleados y funcionarios.

� Es aquel que causa envidia de nuestro competidor o con quién empezaríamos un nuevo negocio.

43··

Page 44: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

OBJETO DEL SEGURO DE HOMBRE CLAVE

Su fin es resarcir las pérdidas financieras que puedanproducirse con el fallecimiento, enfermedad o accidenteque ocasionen invalidez permanente de uno o másHombres Clave existentes en una empresa y quepuedan afectarla en cualquiera de las siguientes formas:

� Baja de Ventas.

� Pérdida de experiencia direccional o administrativa.

� Disminución de los créditos de la empresa.

� Gastos de búsqueda y entrenamiento de unsustituto

� Baja de producción.

Es deber de una empresa contar con los recursosfinancieros que permitan afrontar de inmediato lasituación ocurrida por la pérdida de un Hombre Clave yen consecuencia que la continuidad de las actividadesproductivas de la misma no se trastoquen.

II.4.3 ASPECTOS FISCALES DEL

Su fin es resarcir las pérdidas financieras quepuedan producirse con el fallecimiento, enfermedado accidente que ocasionen invalidez permanente deuno o más Hombres Clave existentes en unaempresa.

Objetivo del seguro de hombre clave

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

II.4.3 ASPECTOS FISCALES DEL HOMBRE CLAVE

NORMAS PARA DETERMINAR LA SUMA ASEGURADA

Señalamos anteriormente que el Seguro de Hombre Clave, es un plan de protección por medio del cual el contratante, la empresa, transfiere a la aseguradora el riesgo de la pérdida financiera por muerte, enfermedad o accidente que ocasionen la invalidez permanente de su Hombre Clave (Asegurado).

Lo anterior nos enfrenta a la interrogante de cómocuantificar la pérdida financiera que finalmente seriacubierta con Ia Suma Asegurada.

Normalmente se reunen Ia Empresa y su Hombre Clavepara determinar Ia Suma Asegurada que estimannecesaria para afrontar Ia perdida que se ocasiona encaso de muerte o de invalidez permanente. Sinembargo existen diversos métodos que ayuden en Iadecisión para efectuar una correcta evaluación de IaSuma Asegurada.

Se requiere hacer un cálculo del tiempo que tomaría aIa empresa encontrar, reclutar, capacitar y desarrollar auna persona con las características del Hombre Clave.Este periodo es variable de acuerdo a lascaracterísticas del puesto del Hombre Clave de que setrate, así como de la empresa.

•PEM = Perdidas económicas mensual•T = Tiempo en meses para la restitución del recurso humano perdido•CR = Costo del Reclutamiento•CC = Costo de la Capacitación• I = Impuestos por ingreso de Suma Asegurada.•S.A.= Suma Asegurada

¿Cómo se determina la Suma Asegurda para un Seguro de Hombre Clave?

( Pem x T ) + CR + CC + I = S.A.

44··

Page 45: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

ASPECTOS FISCALES

El tratamiento fiscal para el Seguro del Hombre Clavelo encontramos en el art. 24 del Reglamento de laLey del Impuesto sobre la Renta , el cual setranscribe a continuación.

Artículo 24 .- PRIMAS DE SEGUROS DE TÉCNICOSY DIRIGENTES.

Los planes relativos a seguros de técnicos o dirigentes

a que se refiere la fracción XIII del artículo 24 de laLey, deberán ajustarse a lo siguiente:

I. Los contratos de seguros serán temporales aun plazo no mayor de 20 años y de prima nivelada.

II. El asegurado deberá tener relación de trabajocon la empresa, o ser socio industrial en el caso desociedad de personas o en comandita por acciones.

III. El contribuyente deberá de reunir la calidad decontratante y beneficiario irrevocable.

IV. En caso de terminación del contrato de seguro,la póliza será rescatada y el contribuyente acumulará

Los contratos serán

temporales a un plazo no mayor a 20

años

El asegurado El contribuyente

En caso de terminación del

contrato la póliza sera

rescatada y el importe del

rescate seran del

contribuyente

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

la póliza será rescatada y el contribuyente acumularáa sus ingresos el importe del rescate en el ejercicio enque esto ocurra.

El asegurado deberá tener relación de

trabajo con la empresa o ser socio industrial

El contribuyente debera tener la

calidad de contratante y beneficiario irrevocable

45··

Page 46: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

II.4.4 ASPECTOS FISCALES DELSEGURO DE SOCIOS

A continuación se enuncian algunos problemas quepueden llegar a tener las sociedades mercantiles,constituidas por socios capitalistas al ocurrir elfallecimiento de alguno de ellos:

1.Falta de liquidez para pagar el importe de las acciones delsocio muerto, a sus beneficiarios (cónyuge y / o hijos) queafecta a la economía de la sociedad.

2.En caso de tener que aceptar al beneficiario del sociofallecido por carecer de recursos económicos para liquidarsu capital la presencia de éste dentro de la administraciónde la empresa indudablemente afectará la armonía y trabajode los socios supervivientes.

3.El beneficiario del socio fallecido que no participa dentro deldesarrollo empresarial, puede suponer que los sociossupervivientes pueden obtener ventajas sobre sus intereses,aprovechando su ignorancia que no tenía el titular.

4.El beneficiario del socio ausente, ha de designar a otrapersona que sí conozca el tipo de negocio como surepresentante legal y mediante un poder amplio con derechoa voz y voto ante las Asambleas de Accionistas. Pudiendollegar a ser una persona ligada con empresas competidoras

SEGURO DE SOCIOS

Los socios son todas aquellas personas que forman parte de una sociedad en la cual tienen intereses creados.

ASPECTOS FISCALES DEL SEGURO DE SOCIOS

� Falta de liquidez para pagar el importe de las acciones del socio

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

llegar a ser una persona ligada con empresas competidorasdel propio negocio.

5.El socio fallecido posiblemente desempeñaba un puesto talcomo Gerente. Tesorero, Director, Jefe de Fábrica. Etc.,además de ser Accionista, por lo tanto la parte de trabajopodría ser subsanada en las mismas condiciones con unempleado a sueldo o se distribuyen tales funciones enalguno de los socios supervivientes, pero persiste laliquidación de su capital aportado.

6.Si de acuerdo con el acta constitutiva de la sociedad noestá previsto que el beneficiario del socio muerto puedavender sus acciones preferentemente a los demásAccionistas supervivientes, puede darse el caso que éstevenda su parte a un tercero con o sin la aprobación de lossocios supervivientes y este nuevo accionista cree conflictospor ser extraño al resto de los socios.

7.Si alguno o varios de los socios supervivientes seinteresaran en adquirir las acciones del beneficiario, podríallegar a crear divisiones entre los primeros, tanto por susamplias o limitadas capacidades económicas, como porqueen tales circunstancias, un socio minoritario, podríaconvertirse en un mayoritario.

importe de las acciones del socio muerto,

� El Ingreso del beneficiario afectará la armonía y trabajo de los socios supervivientes.

� La inclusiòn del beneficiario pueden obtener ventajas sobre sus intereses, aprovechando su ignorancia que no tenía el titular.

� El beneficiario del socio ausente, ha de designar a otra persona que sí conozca el tipo de negocio como su representante legal y mediante un poder amplio con derecho a voz y voto ante las Asambleas de Accionistas.

46··

Page 47: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

.

8. Si este evento se presenta y los socios supervivientesno tienen individual o colectivamente los recursos económicospara liquidar las acciones del beneficiario, podría llegar alimitar la estabilidad de la empresa, y tal vez las metas deproductividad fueran muy inferiores, persistiendo el problemadel beneficiario del socio desaparecido

9. La participación del beneficiario, su apoderado legal oun nuevo accionista, pueden entorpecer las políticas que sellevaban antes de fallecido el socio.

10. Se eliminaría la oportunidad de que los sociossupervivientes pudieran incrementar su capitalproporcionalmente a los porcentajes en que se fundó lasociedad.

Para evitar cualesquiera de las situaciones anteriores, lasolución es una póliza de socios.

Operación de la

Póliza de Seguro de socios

SEGURO DE SOCIOS

Operación de la Póliza de Seguro de Socios

� La contratación sería con pólizas individuales, una por cada socio. Con sumas aseguradas en proporción al capital aportado de cada cual, o por su valor comercial actual o por éste más un % de incremento a futuro.

� Las primas de los seguros deberán ser pagadas por cada socio en función de que aún

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

• * En Acta Notarial todos los socios aceptan adquirirun seguro de vida por el monto de sus acciones, dejandocomo beneficiarios a los demás socios en el porcentajeaccionario correspondiente, para que con este dinero puedancomprar a sus beneficiarios el total de sus acciones.

• * La contratación sería con pólizas individuales, unapor cada socio. Con sumas aseguradas en proporción alcapital aportado de cada cual, o por su valor comercial actualo por éste más un % de incremento a futuro.

• * Las primas de los seguros deberán ser pagadas porcada socio en función de que aún cuando la empresa loscontrate, el gasto no es deducible, de conformidad con la Leycorrespondiente.

• * En caso de ocurrir el fallecimiento de alguno de lossocios, los demás deberán observar que los beneficiarios delsocio fallecido cumplan la promesa de venta hecha por elsocio en el acta notarial.

• * Para llevar a cabo este procedimiento, deberánestar asegurados todos los socios sin excepción alguna.

Para su decisión definitiva es conveniente consultar a sucontador sobre todo lo contable administrativo así como a sudepartamento jurídico para todo lo relacionado con el aspectolegal.

pagadas por cada socio en función de que aún cuando la empresa los contrate, el gasto no es deducible, de conformidad con la Ley correspondiente.

� En caso de ocurrir el fallecimiento de alguno de los socios, los demás deberán observar que los beneficiarios del socio fallecido cumplan la promesa de venta hecha por el socio en el acta notarial.� Para llevar a cabo este procedimiento, deberán estar asegurados todos los socios sin excepción alguna.

47··

Page 48: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

SEGURO DE SOCIOS

TIPOS DE SOCIOS

Una sociedad anónima está conformada através de socios que son clasificados de lasiguiente manera:

Consejo de Directores:

Está conformado por un grupo de personascuya función principal es la administración delnegocio.

Consejo de Administración:

Los miembros nombran al presidente delconsejo

TIPO DE SOCIEDADES

Sociedad Anónima : Son entidades legales

TIPOS DE SOCIOS:Consejo de Directores.- Grupode personas que administran elNegocio.Consejo de Administración .-Los miembros nombran al presidente del consejo.

TIPOS DE SOCIOS:Consejo de Directores.- Grupode personas que administran elNegocio.Consejo de Administración .-Los miembros nombran al presidente del consejo.

TIPOS DE SOCIEDADES:

S.A..- Dueños de accionesTIPOS DE SOCIEDADES:

S.A..- Dueños de acciones

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG

Sociedad Anónima : Son entidades legalesindependientes integradas por dueños deacciones.

Sociedad Cerrada: Puede estar conformadapor una sola persona que puede ser Director yEjecutivo al mismo tiempo.

SUMA ASEGURADA

CANTIDAD FIJA: Según la participación en lasacciones de cada socio.

VALOR NETO: Según los libros del negocio.

ACTIVOS menos PASIVOS, según laparticipación de cada socio.

UTILIDADES: Un porcentaje promedio durantelos últimos 5 años, multiplicado por el factor decrecimiento de la industria en cuestión.

S.A..- Dueños de accionesSOC. CERRADAS .- Una solapersona es Director y Ejecutivoal mismo tiempo

S.A..- Dueños de accionesSOC. CERRADAS .- Una solapersona es Director y Ejecutivoal mismo tiempo

SUMA ASEGURADA:

Cantidad fija: Según participación acciones

Valor neto: Libros del negocio (activos- pasivos)

Utilidades: % promedio de últimos 5 años

X el factor de crecimiento

48··

Page 49: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG49··

Page 50: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

GASTOS MÉDICOS

El plan de gastos médicos mayores es, dentro del ramo de los seguros de accidentes y enfermedades, el plan que ofrece la protección más completa por lo que respecta a los gastos médicos derivados de un accidente o una enfermedad.

Ahora se hace referencia al plan colectivo de gastosmédicos mayores que sin duda es el que ha tenido unamayor demanda en el medio empresarial.

3.1 ESTRUCTURA DE LA PÓLIZA

COBERTURAEl plan colectivo de gastos médicos, a diferencia del

plan individual ha tenido un desarrollo constante, el cualha tendido a optimizar la protección restringiendo almínimo las limitaciones.

De este modo, es conveniente señalar que en losplanes de gastos médicos existen diferentes alternativasde contratación las cuales se generan en parte por lasnormas de aceptación de las aseguradoras. HONORARIOS

Los honorarios por una intervención

Beneficio Máximo Es el límite de responsabilidad dela aseguradora para cada accidenteo enfermedad

Período de beneficio

Plazo en el que se reembolsarán los gastosmédicos realizados por el asegurado, para unpadecimiento específico.

Su límite máximo es de dos años contados apartir del primer gasto médico, por cadaenfermedad o accidente cubierto ó hasta que lapóliza este vigente.

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG50··

normas de aceptación de las aseguradoras.

Sin embargo para los fines de nuestro curso,describiremos el plan que tiene una mayor aplicaciónpráctica en el mercado actual.

Gastos Cubiertos en el Plan• Honorarios de médicos, especialistas, cirujanos yen general los profesionistas en medicina que esténlegalmente autorizados para el ejercicio de su profesión.

• Erogaciones realizadas por hospitalizaciónconsiderándose los siguientes conceptos:

Habitación.

Alimentos.

Medicinas

Estudios, análisis, etc.

Derecho de sala de operaciones, etc.

Costo de anestesia y honorarios de anestesistas.

• Laboratorios estudios médicos tales comoelectrocardiogramas, encefalogramas, rayos X, y engeneral aquellos que sean necesarios para eldiagnóstico o tratamiento de un accidente oenfermedad.

HONORARIOS MEDICOS

Los honorarios por una intervenciónquirúrgica, incluyendo honorarios delayudante y las consultas postoperatoriasusuales y acostumbradas

CONSULTAS MEDICAS

Como máximo una consulta diaria ensanatorio u hospital, consultorio o domicilio.

ENFERMERACuando el paciente requiera cuidadosespeciales, con un máximo de 3 turnos pordía.

ANESTESISTACon un límite del 30% de lo que cobre elcirujano o con el porcentaje marcado en latabla de honorarios quirúrgicos.

MEDICAMENTOSLos adquiridos fuera del hospital, siempre quesean prescritos por el médico tratante y secomprueben.

TRASPLANTE DE ORGANOS Gastos para efectuar el transplante

AYUDANTE El 20% de lo tabulado por el cirujano

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ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

� Costo de transfusiones de sangre,

� Plasma, suero, oxigeno y otras sustanciassemejantes.

� Gastos derivados de alquiler de muletas, sillas deruedas, camas especiales para enfermos,pulmón artificial y otros aparatos semejantes.

� Costo de tratamiento de radio o terapiaradioactiva.

� Gastos originados por intervenciones de cirugíacorrectiva en malformaciones congénitas de hijosdel asegurado que nazcan durante la vigencia dela póliza que se haya contratado.

� Gastos por aparatos de prótesis, ojos, miembrosartificiales y aparatos ortopédicos que serequieran.

� Gastos derivados de complicaciones porembarazo generalmente limitado a lasintervenciones quirúrgicas realizadas con motivode embarazos extrauterinos, los estados defiebre puerperal, eclampsia y toxicosis gravídica,así como operación de cesárea.

� Es importante indicar que normalmente en estosdos últimos tipos de gastos se limitan a un 10%de la suma asegurada que se haya contratado

PADECIMIENTOS CONGÉNITOS

De los hijos nacidos durante la vigencia delseguro.

�ENFERMEDADES, PADECIMIENTOS, OPERACIONES

GASTOS NO CUBIERTOS POR ACCIDENTE

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG51··

Como se puede apreciar, dentro del plan colectivo de

gastos médicos existe una mayor flexibilidad en

virtud de que en Ia mayoría de los casos contempla

menores restricciones que en el caso de los seguros

individuales e incluso algunos colectivos que

establecen límites para conceptos tales como

intervenciones quirúrgicas, anestesista, servicios de

enfermeras, etc.

No obstante la flexibilidad en cuanto a gastos

cubiertos, es importante mencionar que este plan

también está sujeto a su renglón de gastos no

cubiertos:

Gastos no cubiertos

Por accidente:Enfermedades, padecimientos u operacionesquirúrgicas de cualquier naturaleza, que no seanmotivadas directamente por lesiones provocadas por unaccidente, Infecciones, exceptuando las que acontezcancomo consecuencia directa de la lesión accidental

QUIRÚRGICAS, NO PROVOCADAS POR ACCIDENTE

�INHALACIÓN DE GASES Y HUMO

�HOMICIDIO

�MUTILACIÓN VOLUNTARIA

�LESIONES EN RIÑA

� LESIONES EN SERVICIO MILITAR O NAVAL

� ACTOS DELICTUOSOS POR EL ASEGURADO

� GASTOS DERIVADOS POR ACOMPAÑANTES

�PADECIMIENTOS PREEXISTENTES

�CURAS DE REPOSO

�PILOTO O MECÁNICO EN AERONAVE NO COMERCIAL

�COMO PILOTO TAXI AEREO

� OCUPANTE AUTOMOVIL O VEHÍCULO DE CARRERAS, VELOCIDAD, RESISTENCIA

Page 52: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

Gastos no cubiertos

Por accidente:Enfermedades, padecimientos u operaciones quirúrgicas

de cualquier naturaleza, que no sean motivadasdirectamente por lesiones provocadas por un accidente.Infecciones, exceptuando las que acontezcan comoconsecuencia directa de la lesión accidental

� Inhalaciones de gas de cualquier clase. Homicidios(simple o calificado), suicidio (consciente o inconsciente)o conato de, cualesquiera que sean las causas o lascircunstancias que la provoquen.

� Mutilación voluntaria, aún cuando se cometa enestado de enajenación mental.

� Lesiones producidas en riña, con o sin provocaciónpor parte del asegurado o intencionalmente ocasionadasal asegurado por cualquier persona.

� Lesiones sufridas al prestar servicio militar o navalen tiempo de guerra, huelgas, alborotos populares einsurrecciones.

� Actos delictuosos cometidos por el propioasegurado.

� Gastos realizados por acompañantes delasegurado durante la internación de éste en un sanatoriou hospital, tales como cuarto y alimentos extras.

Por enfermedad

Padecimientos preexistentes entendiéndose como talesaquellos que en fecha anterior al inicio de la vigencia delcertificado:

~ Fueron diagnosticados por un medico.

�PADECIMIENTOS PREEXISTENTES

�ENAJENACIÓN MENTAL

�AFECTACIONES PROPIAS DEL EMBARAZO

�TRATAMIENTOS DENTALES

� TRATAMIENTOS DENTALES, ALVEOLARES

�INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS ESTÉTICAS

�ANTEOJOS, LENTES DE CONTACTO

�GASTOS DEL ACOMPAÑANTE

� CURAS DE REPOSO

GASTOS NO CUBIERTOS POR ENFERMEDAD

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG52··

~ Fueron diagnosticados por un medico.

~ Fueron aparentes a la vista.

~ Fueron de los que por sus síntomas o signos nopudieran pasar desapercibidos.

- Trastornos por enajenación mental, estados dedepresión psíquica o nerviosos, histeria, neurosis opsicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestacionesclínicas.

- Afectaciones propias del embarazo, abortos, partosprematuros, partos normales o anormales, legrados,cualesquiera que sea su causa, y toda complicación delembarazo, del parto o del puerperio, cualesquiera quesea su causa.

-Dado que el seguro colectivo de gastos médicosmayores no cubre estos, se menciona en otro punto elbeneficio por maternidad-.

- Tratamientos dentales, alveolares o gingivales, seanmédicos o quirúrgicos, cualesquiera que sea sunaturaleza u origen, así como sus complicaciones.

-Intervenciones quirúrgicas de carácter estético oplástico, excepto las reconstructivas que resulten aconsecuencia de una enfermedad contraída durante lavigencia del seguro

-Anteojos, lentes de contacto y aparatos auditivos.

-Gastos realizados por acompañantes del aseguradodurante la intervención de éste en un sanatorio uhospital, tales como cuarto a alimentos extras.

- Curas de reposo o exámenes médicos generales parala comprobación del estado de salud, conocidos con elnombre de check-up.

� En taxis aéreos o en aeronaves que nopertenezcan a una línea comercial legalmenteestablecida y autorizada para el servicio detransporte regular de pasajeros.

� Como piloto, mecánico en vuelo miembrode Ia tripulación de cualquier aeronave.

� Como ocupante de algún automóvil ocualquier otro vehículo en carreras, pruebas ocontiendas de seguridad, resistencia ovelocidad.

GASTOS CUBIERTOS POR CONVENIO EXPRESO

Page 53: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

Exclusiones Relativas

Por otra parte existen una serie de aspectos específicos queno están amparados por el plan colectivo de gastos médicospero que pueden cubrirse mediante convenio expreso:

En taxis aéreos o en aeronaves que no pertenezcan a unalínea comercial legalmente establecida y autorizada para elservicio de transporte regular de pasajeros.

Como piloto, mecánico en vuelo miembro de Ia tripulación decualquier aeronave.

Como ocupante de algún automóvil o cualquier otro vehículoen carreras, pruebas o contiendas de seguridad, resistenciao velocidad.

COBERTURAS AMPARADAS MEDIANTECONVENIO EXPRESO

Protección Complementaria por GastosMédicos Catastróficos

Actualmente es usual encontrar en el mercado Ia opción decontratar una cobertura que complemente el plan básico,otorgando Ia posibilidad de ampliar la suma asegurada.

Esta cobertura nace de Ia necesidad de contar con sumasaseguradas en exceso, que soporten a los constantesincrementos en Ia atención medica y, sobre toda, que

GASTO CUBIERTO

PERÍODO DE ESPERA

CESÁREA 10 MESES

CIRCUNCISIÓN 2 AÑOS

TUMORACIÓN MAMARIA

1 AÑO

HEMORROIDES, FISTULAS RECTALES O PROLAPSOS DEL RECTO

1 AÑO

AMIGDALITIS Y ADEINOIDES, HERNIAS

1 AÑO

TRATAMIENTOS MÉDICOS O QUIRÚRGICOS DE NARÍZ, SENOS PARANASALES Y EVENTRACIONES.

1 AÑO

CONVENIO EXPRESO

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG53··

incrementos en Ia atención medica y, sobre toda, quesatisfagan los requerimientos en caso de accidente oenfermedad con tratamientos costosos.

El beneficio de esta cobertura entra en vigor a partir de Iafecha en que el reembolso de los gastos pagados por una ovarias enfermedades o accidentes sobrepasen Ia sumaasegurada contratada en Ia póliza principal, y consiste enatorgar el reembolso de los gastos médicos en exceso de Iasuma asegurada hasta una suma máxima que puede ser$5,000,000.00 adicionales y que se reembolsan sin aplicardeducible o coaseguro.

Beneficio de Maternidad

Por último, mencionaremos que cuando el riesgo dematernidad es previsible, existe una cobertura que amparalos gastos médicos en base a las siguientes variantes:

a) En caso de Parto Normal, se reembolsará la cantidadcontratada.

b) En caso de Aborto, se reembolsará Ia mitad de Iacantidad contratada.

Por otra parte, esta cobertura se puede contratar con o sinperíodo de espera.

Si se contrata sin periodo de espera, los gastos médicosquedarán amparados desde la fecha de iniciación de Iaasegurada.

Si se contrata con período de espera, los gastos quedaránamparados solo si eI embarazo de Ia asegurada se iniciócuando ya estaba incluida en la póliza.

Considerando las características de Ia cobertura, solo secobra prima a las participantes cuya edad sea menor a 45años.

Parto normal.- reembolsa cantidad contratada a)

b)

BENEFICIO DE MATERNIDAD

Se contrata con o sin período de espera

c) Aborto se reembolsa la mitad cantidad contratada

EVENTRACIONES.

PADECIMIENTOS ANORECTALES, GINECOLÓGICOS

1 AÑO

INSUFICIENCIA VENOSA, VARICES DE LAS EXTREMIDADES INFERIORES O INSUFICIENCIA DEL PISO PINEAL

1 AÑO

SIDA

PARTO Y SUS COMPLICACIONES

SEGÚN POLÍTICAS

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ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

FUNCIONAMIENTO:

El seguro colectivo de gastos médicos mayores requierepara ser contratado, por Io menos de una colectividadintegrada por 25 asegurados principales. Es importantemencionar que invariablemente las aseguradoras se sujetana lo establecido por el artículo primero del Reglamento delSeguro de Grupo el cual establece que el grupo asegurabledeberá estar constituido por lo menos del 75% de losmiembros que la integren y que ese 75% no sea menor a 25personas.

Elegibilidad

En el seguro colectivo podrán asegurarse todos lasmiembros de la colectividad asegurable cuya edad no seamayor a 60 años (en algunos casos este límite puede sermayor) considerándose hasta la edad de 65 años por efectosde renovación.

Por lo que respecta a las dependientes económicos,recordemos que éstos podrán ser el cónyuge del aseguradoprincipal y los hijos solteros que no tengan ingresos portrabajo personal, siempre y cuando sean menores de 19años de edad o de 24 años si se encuentran estudiando;también se pueden considerar como dependientes aaquellas personas que vivan con el asegurado y no tenganremuneración por trabajo personal.

Asimismo, es conveniente señalar que los hijos de Ia parejamatrimonial de asegurados, nacidos cuando el plan esté envigor, quedarán cubiertos automáticamente desde su fechade nacimiento.

Este aspecto es muy importante, ya que en caso de que un

�Colectividad con edad menor de 65 años.�Dependientes Económicos: Conyuge, hijos solteros menor de 19 años o 24 si estudian, vivan con el asegurado y no tengan remuneración.�Hijos nacidos en plan en vigor quedan asegurados desde fecha de nacimiento�Hijo que al nacer presente padecimientos congénitos serán amparados por el plan� Asegurado que cantraiga matrimonio en vigencia del plan, conyuge estará asegurada con fecha de matrimonio civil

ELEGIBILIDAD

FUNCIONAMIENTO

25 Asegurados principales-75% de la colectividad no sea menor de 25

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG54··

Este aspecto es muy importante, ya que en caso de que unhijo al nacer tuviera padecimientos congénitos, estos seríanamparados por el plan, el cual representa un beneficioadicional.

Por otra parte, cuando un asegurado contraiga matrimoniodurante Ia vigencia del seguro, la esposa quedará cubierta apartir de la fecha del matrimonio civil.

Particularidades

Como hemos indicado anteriormente, el plan colectivo esmás flexible que los seguros individuales por lo que esconveniente señalar algunas de sus características quegeneralmente operan.

a) El plan no limita los reembolsos derivados de lasintervenciones quirúrgicas, visitas médicas, enfermeras,ambulancia y anestesista.

b) No se considera el deducible y coaseguro en caso degastos médicos por accidente.

c) El coaseguro no se incrementa cuando se efectúangastos médicos en el extranjero.

d) No se aplica el deducible en caso de recaídas.

e) Cubre algunos padecimientos que generalmente sonexcluidos de los seguros individuales e incluso de algunoscolectivos conservadores, como es el caso de amigdalitis y lacesárea sin importar su número.

f) En el caso de gastos derivados de prótesis el porcentajees recuperable.

A)Plan no limita los reembolsos derivados de intervenciones

B)No aplica deducible y coaseguro para G:M por accidente

C)El coaseguro no incrementa cuando son GM en el extranjero

D)No aplica deducible en recaidas

E)Ampara amigdalitis y césarea sin importar su número

F)Gastos derivados de prótesis el % es recuperable

G)G.M. por cada accidente o enfermedad se reembolsarán por período máximo de 730 días. Tratamiento prolongados.

H)Inclusión automática de hijos y cónyuge, aviso hasta 30 días naturales

matrimonio civil

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ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

g) los gastos cubiertos por cada accidente o enfermedad sereembolsarán por un período máximo de 730 días. Esteaspecto es de particular importancia en aquellos casos enque el tratamiento médico sea prolongado.

h) Por último, como indicamos en el punto anterior, lainclusión de hijos y cónyuge es automática, aún cuandológicamente debe reportarse a la aseguradora la inclusión,contándose para ellao hasta 30 días naturales.

Existe una gran variedad de planes colectivos que tienenmenor a mayor flexibilidad, además de que en este tipo deplanes las condiciones de contratación varían dependiendodel volumen de asegurados, importe de primas, además detodos los aspectos selectivos de cada aseguradora.

III.2.1. ADMINISTRACIÓN YASPECTOS ADMINISTRATIVOSMecánica de Operación

La mecánica de operación del plan colectivo de gastosmédicos es similar al del seguro individual, sin embargo esconveniente repasar algunos conceptos que varían dadaslas características del seguro colectivo.

Deducible

El Deducible puede ser en función a una cantidad fija a bienun % sobre la suma asegurada elegida.

Asimismo, y aún cuando ya no es de mucha aplicación,

SISTEMA DE RECLAMACIONES

REEMBOLSO PAGO DIRECTO

DEDUCIBLE% S.A.

RED DE PROVEEDORES

CCCCCCCCTTTT

CCCCGGGG55··

Asimismo, y aún cuando ya no es de mucha aplicación,existe Ia variante de contratar un Deducible anual para locual se fija una cantidad de común acuerdo que al agotarsepor uno o varios eventos permiten Ia recuperación de lossubsecuentes gastos sin aplicar deducciones. Generalmenteno se aplica deducible en los reembolsos de gastos médicosderivados de accidente.

Coaseguro

Al igual que en el seguro individual, el seguro colectivo degastos médicos mayores se ha diseñado con objeto de quelos asegurados estén en posibilidades de medir el alcancedel seguro a través de una participación de los gastos.

En el plan colectivo el coaseguro se aplica solo en caso deenfermedad e invariablemente es un porcentaje que puedevariar de un 10 a un 25% del monto de Ia reclamaciónpresentada.

Alcance

El seguro colectivo de gastos médicos cubre durante 24 Hrs.del días, en cualquier lugar del mundo sin importar que sehaya requerido internación en hospitales o sanatorios.

La cobertura terminará automáticamente respecto a cadauno de los asegurados, con el agotamiento de Ia sumaasegurada máxima que se haya contratado, por Ia aplicaciónde dicha cantidad a uno o mas accidentes o enfermedadessufridas por cada asegurado durante la vigencia de la póliza.

COASEGURO:10 - 25 %

ALCANCE:Cubre 24 horas del día, en cualquier lugar del mundo sin importar que haya requerido internación en hospitales o sanatorios.

ALCANCE:Cubre 24 horas del día, en cualquier lugar del mundo sin importar que haya requerido internación en hospitales o sanatorios.

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ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

III.3 SINIESTROS

III.3.1 ADMINISTRACIÓN DE SINIESTROSBAJO EL ESQUEMA DE CASH FLOW Y STOPLOSSCash Flow

Este es un esquema de administración de siniestros quefunciona de la siguiente manera:

Cuando un contratante tiene una gran cantidad deasegurados, puede tomar la decisión de retener el riesgoutilizando el monto de las primas para auto asegurarse,sobre todo si se tiene una buena experiencia desiniestralidad. Pero en este proceso de auto aseguramiento,el Contratante no tiene la experiencia para administrar lareserva que constituyó, para enfrentar los gastos derivadosde los siniestros. Para ello, a través del esquema de CashFlow, puede pedir a una Compañía Aseguradora que utilicesu experiencia e infraestructura para administrar el fondodestinado para ello.

La ventaja de este esquema, es que si la experiencia desiniestralidad es buena, puede existir un gran ahorrorespecto al monto de la prima correspondiente. Ladesventaja es que si se excede la siniestralidad esperada, elfondo se puede agotar antes de cumplir cubrir los siniestrosque la colectividad pueda tener en determinado lapso detiempo.

Stop Loss

Reaseguro de exceso de siniestralidad (“Stop lossReinsurance”). Es aquel en que Ia cedente fija el porcentajemáximo de siniestralidad global que está dispuesta a

Cash Flow

Stop Loss

. En este plan, la aseguradorano es responsable por sufuncionamiento ya que estádiseñado y suscrito por elcontratante, sin que tampocoasuma la responsabilidad por lasuficiencia del fondo. Ademásde que no es un seguro porquela compañía de seguros noasume ningún riesgo.

Sobre una determinada cartera,este tipo de seguro cubre unaproporción específica del montode los siniestros que supera unlímite máximo total hasta unaresponsabilidad máxima fijadaEs requisito indispensable quesea 100% igual a la del planbase.

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máximo de siniestralidad global que está dispuesta asoportar en determinado ramo o modalidad de seguro,corriendo a cargo del reasegurador el exceso que seproduzca. Si, por ejemplo, este reaseguro afecta al ramo deAccidentes y Enfermedades y el tope de siniestralidadestablecido es del 75%, quiere decir que, al final del año, elreasegurador satisfará el importe que exceda en Iasiniestralidad conjunta del ramo, del indicado porcentaje. Silas primas recaudadas a largo del ejercicio son, por ejemplo,$300,000,000 de pesos y los siniestros han ascendido a$280,000,000 de pesos, el reasegurador habrá de satisfacerel exceso del 75% de Ia siniestralidad ($225,000,000), esdecir, $55,000,000 de pesos.

III.3.2 SINIESTROS

FORMA DE INDEMNIZAR CUANDO EXISTENOTROS SEGUROS DE GASTOS MÉDICOS

Los asegurados que, además de un seguro colectivo, cuenten con otros seguros de gastos médicos, las reclamaciones pagaderas en su totalidad por todas las pólizas no excederán a los gastos reales incurridos. En caso de que otra institución haya cubierto en forma parcial los gastos realizados, el asegurado deberá presentar copia simple de todos los comprobantes así como el finiquito emitido por la otra institución.

SISTEMA DE RECLAMACIONES

OTROS SEGUROS SUMA ASEGURADA

Adicional al colectivo

Reinstalación de S.A.Para nuevos eventos

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ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

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Page 58: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

IV.- ESTRUCTURA DE LA PÓLIZA

CONCEPTOS ESPECÍFICOS

Riesgos Cubiertos:Muerte accidental sin acumulaciones

Pérdidas orgánicas sin acumulaciones y dos escalas deindemnización.

Subsidio diario (sólo para personas que tienen ingresos)

Reembolso de gastos médicos por accidente

Alcance de la CoberturaEstas coberturas amparan a los participantes durante las24 hrs. del día y en cualquier lugar del mundo siempre ycuando sus lesiones o muerte sean a consecuencia de unaccidente.

Quien Puede Ser AseguradoTodos los grupos de empleados u obreros de un mismo

MUERTE ACCIDENTAL

COBERTURA BÁSICA

SECCIONES DE LAS

COBERTURAS ADICIONALES

PERDIDAS ORGÁNICAS SIN ACUMULACIONES

ESCALAS A Y B

SUBSIDIO DIARIO

REEMBOLSO DE GASTOS

MÉDICOS POR ACCIDENTE

COBERTURAS BÁSICA Y ADICIONALES

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Todos los grupos de empleados u obreros de un mismopatrón o empresa, los sindicatos, las uniones detrabajadores en servicio activo siempre y cuando el grupoasegurable conste de por lo menos el 75% de lacolectividad y que ese 75% no sea menor a 10 personas.En ocasiones se considera el cobro de una prima mínimaindependientemente del número de asegurados

Edades de AdmisiónLas edades de admisión son de 12 a 65 años cuando se

expide la póliza, en caso de renovación se amplía ellimite hasta los 69 años de edad cancelándose laprotección en el aniversario siguiente en que elparticipante cumpla los 70 años de edad.

Exclusiones del Seguroa) Enfermedades u operaciones quirúrgicas de cualquiernaturaleza, que no sea motivada por un accidente

b) Infecciones, exceptuando las originadas por lesiónaccidental.

c) Envenenamiento de cualquier clase.

ALCANCE DE LA COBERTURA

COLECTIVIDADASEGURABLE

EDADES DEADMISIÓN

24 HORAS DEL DÍA EN CUALQUIER LUGAR DEL MUNDO

EMPLEADOS U OBREROS DE UN MISMO PATRÓN 10 PART.

12 A 70 AÑOS

Exclusiones:a) Enfermedades u operaciones quirúrgicas de cualquier naturaleza, que no sea motivada por un accidente

b) Infecciones, exceptuando las originadas por lesión accidental.

c) Envenenamiento de cualquier clase.

Page 59: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

�Inhalaciones de gases o humo.

�Homicidio, suicidio (consciente o inconsciente) oconato de éI

�Mutilaciones voluntarias

Enajenaciones mentales

� Lesiones Auto inflingidas

� Lesiones producidas al prestar servicio militar entiempo de guerra, revoluciones, alborotos populares oinsurrección

�Actos delictuosos cometidos por el propio asegurado

�Abortos cualesquiera que sea su causa.

� Hernias y eventraciones.

� Radiaciones ionizantes

� Deportes peligrosos como son buceo,paracaidismo, tauromaquia, equitación, carreras develocidad o de resistencia, motociclismo a cualquieractividad similar.

EXCLUSIONES DE ACCIDENTE:

EXCLUSIONES DE INVALIDEZ:

� Suicidio o intento � Lesiones autoinfringidas� Envenenamiento� Inhalaciones de gases y humo� Padecimientos corporales y mentales� Drogadicción� Participar en actos delictivos� Actos en servicio militar, guerra,

rebelión� Hernias y eventraciones� Abortos cualquiera que sea su causa� Infecciones, excepto las ocurridas de

un accidente

� Suicidio o intento � Lesiones autoinfringidas� Padecimientos corporales y

mentales� Drogadicción� Participar en actos delictivos� Actos en servicio militar, guerra,

rebelión� Práctica de deportes peligrosos� Viajar como pasajero o miembro de

tripulación de aerolínea privada� Práctica de contiendas de

velocidad, resistencia

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� Aviación particular

Esta última limitación se puede amparan medianteconvenio expreso con Ia compañía aseguradora ynormalmente, se cobra un recargo de un tanto, esdecir, Ia prima total es dos veces la prima normal.

Descuentos Por Volumen

Estos seguros tienen un descuento por volumen deasegurados con 10%. La prima por aseguradosprincipales se puede ver disminuida de acuerdo a laspolíticas de cada compañía.

un accidente� Práctica de deportes peligrosos� Viajar como pasajero o miembro de tripulación de aerolínea privada� Práctica de contiendas de velocidad,

resistencia en vehículo motorizado

velocidad, resistencia en vehículo

motorizado

Descuentos Por Volumen

Estos seguros tienen un descuento por volumen de asegurados con 10%. La prima por asegurados principales se puede ver disminuida de acuerdo a las políticas de cada

compañía.

Page 60: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

IV.1.2 ACCIDENTESPERSONALES EN VIAJE

La finalidad del seguro de accidentes personales enviaje, es cubrir precisamente el riesgo que tienen laspersonas que viajan por cuenta de su empresa pormotivo de trabajo y ésta tiene Ia obligación de darlesuna protección adicional en virtud de que por su tipo detrabajo, están más expuestos a un accidente que losdemás empleados o personas que no viajan.

Riesgos CubiertosMuerte accidental.

Pérdidas orgánicas (escala de indemnización sinacumulaciones).

Reembolso de gastos médicos por accidente (5% de Lasuma asegurada principal).

Alcance de la Cobertura

ACC. PERSONALES EN VIAJE

ASEGURADO ABORDO, EN, O AL BAJAR DELVEHÍCULO AÉREOMARÍTIMO O TE –RRESTRE CONAUTORIZACIÓNDE PASAJEROS,BOLETO PAGADO.

� Muerte Accidental� Pérdidas Orgánicasescala A.�R.G.M. 5% S.A. principal

COB. ADICIONAL:�Viaje en auto particular Como conductor o pasa-jero.

COB. BÁSICA

24 HORAS DEL DÍA

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• La cobertura es efectiva durante las 24 hrs. del día, encualquier lugar del mundo, siempre que el asegurado seencuentre viajando por orden del contratante yprecisamente para Ia atención de asuntos relacionadoscon la empresa.

•La cobertura inicia su vigencia desde que el empleadosalga de su casa u oficina hasta que regrese acualquiera de las dos ubicaciones mencionadas.

Colectividades AsegurablesSe pueden asegurar cualquier grupo de empleados de

una misma empresa, siempre y cuando se reúna unmínimo de 10 asegurados.

Edades de Admisión• Las edades de admisión en este seguro, varían de 12a 70 años de edad, tanto en pólizas iniciales como enrenovaciones.

ALCANCE DE LA COBERTURA

COLECTIVIDADASEGURABLE

EDADES DEADMISIÓN

24 HORAS DEL DÍA EN CUALQUIER LUGAR DEL MUNDO

EMPLEADOS U OBREROS DE UN MISMO PATRÓN 10 PART.

12 A 70 AÑOS

Page 61: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

ExclusionesLas exclusiones del seguro de accidentes personales

en viaje son exactamente las mismas que estudiamosen el colectivo contra accidentes personales, ademásque no cubre viajes de trabajo por una distancia menora 50 Km.

Aviación ParticularEl riesgo de aviación particular se puede ampararcobrando el doble de las primas, tanto de la mínima ydel depósito (se describe en el punto siguiente), como Iacorrespondiente a Ia de cada día de viaje de laspersonas que utilicen este tipo de transporte.

Prima Por Viajes EfectuadosLa prima por cada día de viaje será de 1.50 por cada

100,000 de suma asegurada.

Prima Mínima y de DepósitoLa prima mínima y de depósito se calcula en base a los

� Suba a bordo o baje de :1.- Miembro de la tripulación Excepto en auto particular, Cuando haya contratado laCobertura adicional.2.- Aviones particulares, fletadosTaxis aéreos.3.- Vehículo en competencia o Resistencia.4.- Choferes de oficio en actividad5.- Viajes de trabajo por una distancia menor de 50 Km.

EXCLUSIONESEXCLUSIONES

Aviación Particular

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La prima mínima y de depósito se calcula en base a losviajes previstos durante el año correspondiente. Elcontratante se obliga a declarar mensualmente (enforma veraz) los viajes realizados por el personal quetrabaja con él durante el mes inmediato anterior,indicando el medio de transporte y el número de días deviaje por cada uno de los participantes. Al final del añopóliza se hará un ajuste final cobrando Ia aseguradoraIa diferencia entre Ia prima mínima y de depósito y Iaprima real en caso de existir.

1.- Se amparar cobrando el doble de las primas,tanto de la mínima y del depósito

Prima por viajes efectuados:a).- Por cada día de viaje 1.50 por cada 100,000 S.A.

Prima mínima y de depósito:a).- En base a los viaje previstos en el añob).- Declaraciones mensuales indicando:� medio de transporte� número de días de viaje por cada participante� Ajuste al fin de año (diferencia de prima mínima

y de depósito y la real si existiese.)

Page 62: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

COLECTIVO DE RIEGOS PROFESIONALES

Esta póliza tiene la finalidad de amparan aquellosaccidentes que se pueden considerar como riesgo detrabajo, incluyendo la trayectoria del empleado de sucasa a Ia oficina y viceversa.

Riesgos Cubiertos

• Muerte accidental (sin acumulaciones)

• Pérdidas orgánicas (escala de indemnización A o Bsin acumulaciones)

•Reembolso de gastos médicos por accidente (10% dela suma asegurada principal)

Alcance de la CoberturaAl igual que las otras pólizas de accidentes que hemos

visto, cubre en cualquier parte del mundo y durante las

ACC. RIESGOS PROFESIONALES

RIESGOS DE TRABAJO.

� Muerte Accidental� Pérdidas Orgánicasescala A. Sin acumulación�Pédidas Orgánicasescala B. Sin acumulación

•Reembolso de gastos médicos por accidente (10% de la suma asegurada principal)

COB. BÁSICA

24 HORAS DEL DÍA

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24 hrs. del día, siempre y cuando el participante seencuentre por parte de la empresa en donde trabaja,asistiendo o participando en eventos organizados ysupervisados por la misma; Viajando por cuenta de Iacompañía (viajes de negocios), dirigiéndose a su trabajodesde su domicilio o viceversa

Colectividades AsegurablesSe puede asegurar cualquier grupo de empleados de

una misma empresa siempre y cuando se reúna unmínimo de 10 asegurados.

Edades de AdmisiónLas edades de admisión de este seguro son de 12 a 65

años de edad para negocios nuevos, en caso derenovaciones se amplia la edad hasta 69 añoscancelándose Ia protección en el aniversario siguienteen que el asegurado cumpla los 70 años de edad.

ExclusionesLas exclusiones son las normales que se utilizan en Ia

póliza de colectivos contra accidentes personales

ALCANCE DE LA COBERTURA

COLECTIVIDADASEGURABLE

EDADES DEADMISIÓN

24 HORAS DEL DÍA EN CUALQUIER LUGAR DEL MUNDO

EMPLEADOS U OBREROS DE UN MISMO PATRÓN 10 PART.

12 A 65 AÑOS

Exclusiones:Las mismas que aplican en Ia póliza de colectivos contra accidentes personales

Page 63: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

IV.1.3 COLECTIVO ACCIDENTES ESCOLARES

La finalidad principal de este seguro es cubrir a losniños y personal de las escuelas, de los gastosoriginados por Ia atención médica e indemnizacionespor pérdidas orgánicas por algún accidente que puedansufrir.

Riesgos CubiertosMuerte Accidental (a partir de los 12 años de edad).

Pérdidas orgánicas (escala A. sin acumulaciones).

Reembolso de gastos médicos por accidente.

Colectividades AsegurablesLos grupos o colectividades que pueden ser cubiertos

en este seguro son los estudiantes, maestros y personaladministrativo de una misma institución educativa,siempre y cuando se reúna un mínimo de 25asegurados.

Alcance de la Cobertura

ACC. ESCOLARES

COB. BÁSICA

COLECTIVIDADASEGURABLE

ALUMNOSMAESTROSADMINISTRATIVOS

ALUMNOSADMINISTRATIVOS

�Muerte Accidental�Pérdidas Orgánicas

escala A s/ acumulaciones�Reembolso de

gastos por accidente

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Alcance de la CoberturaEste plan cubre exclusivamente durante la actividad

escolar, entendiéndose como tal desde el momento enque el niño o el empleado inicia su viaje de Ia casa alcolegio, su estancia en el edificio o predio y el regreso asu domicilio.

También ampara las excursiones, eventos deportivos oculturales y cualquier actividad organizada ysupervisada por las autoridades de Ia escuela.

Edades de AdmisiónEste seguro cubre a los alumnos cuyas edades estén

entre los 3 y 20 años inclusive; en el caso del personaldocente y administrativo Ia edad se amplía hasta los 70años. Usualmente Ia prima por millar no varia en ningúncaso y es sumamente económica.

ExclusionesAdemás de las exclusiones mencionadas en el colectivocontra accidentes personales, este seguro no cubre losaccidentes que ocurran cuando el niño o empleado viajeen motocicleta o motoneta y los ocurridos fuera deltiempo cubierto por Ia póliza.

ALCANCE DE LACOBERTURA

EDADES DEADMISIÓN

VIAJE CASA-COLEGIOESTANCIA COLEGIOREGRESO A CASA

3 – 20 ALUMNOSHASTA 70 AÑOS MAESTROS Y PERS. ADMON.

Exclusiones:

Accidentes que ocurran cuando el niño o empleado viaje en motocicleta o motoneta y los ocurridos fuera del tiempo cubierto por Ia póliza

Page 64: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

MODALIDADES DE PÓLIZAS COLECTIVAS DE A.P.

AP COLECTIVO

AP EN VIAJE AP RIESGOS PROFESIONALES

AP ESCOLAR AP A CORTO PLAZO

RIESGOS CUBIERTOS

M.A. S/A

P.O. Escalas A y B

Subsidio diario

RGM ( 50% cob. básica)

M.A. S/A

P.O. Escalas A

RGM ( 5% cob. básica)

M.A. S/A

P.O. Escalas A y B

RGM ( 10% M:A)

M.A. S/A

P.O.

RGM ( 50% cob. básica)

M.A. S/A

P.O.

RGM ( 5% cob. básica)

ALCANCE

DE LA COBERTURA

Las 24 horas del día cualquier lugar del mundo

Las 24 horas durante viajes de trabajo

Las 24 horas del día cualquier lugar del mundo

Actividades escolares y trayectos

Las 24 horas del día por plazos de 3 a 160 días

COLECTIVIDAD

ASEGURABLE

Empleados de un mismo patrón, sindicatos, 75% de la

Empleados de un mismo patrón

Mínimo 10 pers.

Grupo de empleados de una misma empresa

Alumnos y Personal Admo. y Docente

Mínimo 25 pers.

Grupos de vacacionistas, convencionistas o trabajadores

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LE75% de la colectividad

Mínimo 10 pers. Mínimo 25 pers.trabajadores

EDADES DE ADMISIÓN

12 – 65 años

Cancelación 70 años

12 – 70 años 12 – 65 años

Cancelación 70 años

3 – 20 años alumnos

Personal hasta 70

12 – 65 años

PRIMA Clasificación del riesgo.

Descuento por volumen

1.50 por 100,000 de S.A. Por día de viaje

Descuento por volumen de asegurados con 10%.

Con altas y bajas o con ajustes anuales

Según cantidad de días cubiertos

EXCLUSIONES

Enfermedades,

operaciones,

Infecciones, en

venenamiento,

no motivados

por accidente

Miembro tripu-

lación. Aviación

particular,autos

de resisten o ve

locidad, chofe -

res de oficio yviajes de trabajomenor a 50 km.

Enfermedades

operaciones, in

fecciones, en-

venenamiento,

No motivadas

por accidente.

Niño o empleado viaje en motocicleta o motoneta

Enfermedades,

operaciones,

Infecciones, en

venenamiento,

no motivados

por accidente

Page 65: Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

ASESORES INTERDISCIPLINARIOS

EN CAPACITACION

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IMPORTANTE:Todas las partes de este manual, así como losmateriales complementarios (instruccionales ydidácticos) tienen Derechos Reservado mediante actanúmero 29537. La reproducción de estos materiales ode cualquiera de sus partes sin permiso escrito deAsesores Interdisciplinarios en Capacitación,S.C,,queda estrictamente prohibida.