Riesgos
-
Upload
michael-david-altamirano-mackenzie -
Category
Documents
-
view
2 -
download
0
description
Transcript of Riesgos
SEGURIDAD INDUSTRIAL DE MINAS
RIESGOS EN
MINERIA
Ing. Raimundo Pèrez Gómez
FACTORES DE RIESGO OCUPACIONALES
Causas de riesgo de todo tipo pueden generarse en un microclima de trabajo:
En las personas En los equipos En los materiales En la tecnología o técnica
utilizada en la producción En actos administrativos
RIESGOS OCUPACIONALES
PELIGRO: Inminencia de sufrir accidente o enfermedad
RIESGO: Posibilidad de que ocurra un accidente
o perturbación funcional a la persona expuesta.
Tipos de riesgo por características energéticas:
RIESGO ESTATICO: Posibilidad de accidente o enfermedad depende de la actitud de la persona expuesta.
RIESGO DINAMICO: Posibilidad de accidente o enfermedad depende de la energía cinética del objeto o sustancia y de la actitud de la persona que se halla en su área de influencia
RIESGOS OCUPACIONALES
Tipos de riesgo por las características legales o contractuales existentes:
RIESGO COMUN: Posibilidad de sufrir un accidente o enfermedad en y durante cualquier actividad cotidiana no laboral.
RIESGO OCUPACIONAL: Posibilidad de sufrir un accidente o enfermedad en y durante la realización de una actividad laboral no necesariamente con vinculo contractual
RIESGO PROFESIONAL: Posibilidad de sufrir un accidente o enfermedad en y durante la realización de una actividad laboral con vinculo laboral vigente.
FACTOR DE RIESGO: Condición de amenaza real y cotidiana que puede dejar de ser posibilidad y materializarse al estar presente en las personas, equipos, materiales o en el ambiente laboral
CLASE DE RIESGOS PROFESIONALES
Decreto 2100 de 1995 se adoptó la Tabla de clasificación de Actividades económicas para el Sistema General de Riesgos profesionales
Decreto 1607 de 2002 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social
modifica la Tabla de clasificación de las actividades económicas que asume el Sistema General de Riesgos Profesionales (SGRP)
El Articulo 26 del Decreto 1295 de 1994 (Organización y Administración del SGRP) establece las clases de riesgo que tienen las actividades económicas de las empresas:
Clase V Riesgo Máximo (Minería, Policía, Bomberos) Clase IV Riesgo Alto (Curtiembres, Papel, Vidrio) Clase III Riesgo Medio (Fabricas - Hospitales) Clase II Riesgo Bajo (Empresas Agropecuarias) Clase I Riesgo Minino (Oficinas – Almacenes)
COTIZACIONES PARA LAS CLASES DE RIESGOS
PROFESIONALES Decreto 1772 de 1994 (afiliación y cotizaciones al SGRP) en Art. 12 estipula el monto
de cotizaciones a cargo del empleador con rango entre 0,348% y 8,7% de la nómina mensual de la empresa
Articulo 13. Tabla de cotizaciones mínimas y máximas. En desarrollo del artículo 27 del Decreto 1295 de 1994, se adopta la siguiente tabla de cotizaciones para cada clase de riesgo
CLASE DE RIESGO VALOR MINIMO VALOR INICIAL VALOR MAXIMO I 0. 348% 0.522% 0.696% II 0.435% 1.044% 1.653% III 0.783% 2.436% 4.089% IV 1.740% 4.350% 6.060% V 3.219% 6.960% 8.700%
El Decreto 1772 de 1994 fue modificado por el Decreto 326 de 1996 (Organización régimen recaudación de aportes para Sistema de Seguridad Social Integral), el cual fue derogado por el Decreto 1406 de 1999
ACTIVIDADES ECONOMICAS DE ALTO RIESGO
Decreto 1281 de 1994 reglamenta las actividades económicas de alto riesgo para la salud del trabajador.
Decreto 1835 de 1994 reglamenta las actividades económicas de alto riesgo de los servidores públicos.
Decreto 2090 de 2003 deroga, entre otros, los Decretos 1281 y 1835 de 1994 (Define las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y se modifican y señalan las condiciones y beneficios del régimen de pensiones a los trabajadores que laboran en dichas actividades)
ACTIVIDADES ECONOMICAS DE ALTO RIESGO Art. 2 Decreto 2090 - 2003
1. Trabajos en minería que impliquen prestar el servicio en socavones o en subterráneos.
2. Trabajos que impliquen la exposición a altas temperaturas, por encima de los valores límites permisibles, determinados por las normas técnicas y de salud ocupacional.
3. Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes.4. Trabajos con exposición a sustancias comprobadamente
cancerígenas.5. En la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil o la entidad que
haga sus veces, la actividad de los técnicos aeronáuticos con funciones de controladores de tránsito aéreo, con licencia expedida o reconocida por la Oficina de Registro de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, de conformidad con las normas vigentes.
6. En los Cuerpos de Bomberos, la actividad relacionada con la función específica de actuar en operaciones de extinción de incendios.
7. En el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, la actividad del personal dedicado a la custodia y vigilancia de los internos en los centros de reclusión carcelaria
CLASIFICACION DE LOS FACTORES DE RIESGO
Grupo 1 Factores de riesgo del ambiente de trabajo o microclima laboral
Grupo 2 Factores de riesgo contaminantes del ambiente
De tipo físicoDe tipo químicoDe tipo biológico
Grupo 3 Factores de riesgo de insalubridad locativa y ambiental deficiente
CLASIFICACION DE LOS FACTORES DE RIESGO
Grupo 4 Factores de riesgo productores de sobrecarga física De tipo disergonómico (Posiciones y Posturas inadecuadas) Factores de riesgo psicosociales (Tipo y Organización del trabajo)
Grupo 5 Factores de riesgo productores de sobrecarga psíquica
Grupo 6 Factores de riesgo productores de inseguridad De tipo mecánico De tipo físico-químico De tipo locativo
• Instalaciones y superficies de trabajo en mal estado• Procedimientos peligrosos• Orden y aseo deficientes
CONSECUENCIAS DE LOSFACTORES DE RIESGO
EMPRESA
EMPRESA
FACTORES DE RIESGO
ENFERMEDAD GENERAL O
COMUN
ENFERMEDAD OCUPACIONAL
ACCIDENTE DE TRABAJO
AUSENTISMO DAÑOS
PERDIDA
TRABAJADOR FAMILIA EMPRESA S0CIEDAD