Revista Lex Forum 11 Abril 2012

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DERECHO · CULTURA · SOCIEDAD NO. 11 AÑO I ABRIL 2012 $25.00 M.N. Egresa primera generación de postgraduados en el Instituto Universitario Puebla, Campus Tabasco “Jorge Carpizo McGregor y Juventino V. Castro y Castro, Juristas ejemplares. In memoriam” Sobre latinos y sajones José AntonioMÁRQUEZ GONZÁLEZ Acciones internacionales y nacionales de los gobiernos para la protección del medio ambiente Martha SALGADO MIRANDA y Areanna HERNÁNDEZ JIMÉNEZ Presentación del libro: Antología sobre Introducción al Estudio del Derecho

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Derecho - Cultura - Sociedad

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D E R E C H O · C U LT U R A · S O C I E D A D

NO. 11 AÑO I ABRIL 2012 $25.00 M.N.

Egresa primera generación de postgraduados en el Instituto Universitario Puebla, Campus Tabasco

“Jorge Carpizo McGregor y Juventino V. Castro y Castro,Juristas ejemplares. In memoriam”

Sobre latinos y sajonesJosé AntonioMÁRQUEZ GONZÁLEZ

Acciones internacionales y nacionales de los gobiernos parala protección del medio ambienteMartha SALGADO MIRANDA y Areanna HERNÁNDEZ JIMÉNEZ

Presentación del libro:Antología sobre Introducción al Estudio del Derecho

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E d i t o r i a l

D E R E C H O · C U LT U R A · S O C I E D A D

Abril 2012 DIRECTORIO

VI Cumbre de las AméricasLa esperada VI Cumbre de las Américas catalogada por unos como la “Cumbre del dialogo y la sinceridad” y por otros como la “Cumbre de la rebelión de América Latina y el Caribe” concluyó sin una declaración final debido a la negativa de Estados Unidos y Canadá en aceptar la propuesta para que Cuba participe en las próximas cumbres, así como de no respaldar a Cristina Kirchner, Presidenta de Argentina en el reclamo de la soberanía de las Islas Malvinas.

Pesé a la inquietud de países como Guatemala, Colombia, Perú y Bolivia, de debatir nuevas políticas contra las drogas así como su despenalización, fue otro punto más en los cuales no hubo consenso por parte de los asistentes, si bien, Estados Unidos su mayor opositor accedió al debate del mismo, la postura de su Presidente Barack Obama dejó en claro que la legalización de las drogas no es la salida ideal para enfrentar el problema.

Y aunque la posibilidad de la legalización o despenalización de las drogas no tuvo grandes avances, lo cierto es que a iniciativa de México se acordó la creación del Sistema Interamericano contra el Crimen Organizado con sede en nuestro país, con el fin de crear una red continental para articular políticas y tener un plan de acción hemisférico contra la delincuencia trasnacional, ya que consideran que la Organización de Estados Americanos (OEA) tiene el conocimiento para encontrar otras soluciones contra la lucha de las drogas.

A vista de todos es, que esta Cumbre se realizó en tiempos de elecciones presidenciales, caso México y Estados Unidos, por lo que tomar decisiones en estos momentos podría sumarles o restarles simpatías, sin embargo temas como la inclusión de Cuba, la soberanía de las Islas Malvinas y las drogas, así como el respaldo que existe entre los países de América Latina, representa una fuerte presión que de no ponerse en la mesa podría afectar futuras reuniones entre los mandatarios de la OEA.

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PORTADA Abril 2012

Abril 2012

SECCIONES. Suprema Corte de Justicia de la Nación11. En Síntesis18. Federación Mexicana de Colegios de Abogados, A.C.18. En Re-des19. Libros23. Servicios Jurídicos y Notariales en México29.

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Sobre latinos y sajones5

Acciones internacionales y nacionales de los gobiernos para la protección del medio ambiente

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16Egresa primera generación de postgraduados en elInstituto Universitario Puebla, Campus Tabasco

Establece la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco vínculos con universidades iberoamericanas 20Rechaza el presidente de CunduacánRecomendación de Derechos Humanos

Reconocen como “de avanzada” a la Ley de Discapacidad de Tabasco

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Semblanza curricular del Dr. Jorge Carpizo McGregor+ 22Benito Juárez 24 (ÚLTIMA PARTE). El Nacimiento de Tabasco y sus Constituciones 26 (III PARTE).

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1. Historia de dos países. Había una vez, en las cercanías de un río muy grande y muy largo, ya próximo a adentrarse en el mar, un pueblo que vivía en un territorio muy montañoso, cuyas alturas casi siempre estaban cubiertas de brumas y humedad. Sus habitantes practicaban la minería y tal vez ello provocaba que fuesen, en el carácter, un poco circunspectos y, en lo físico, algo pálidos de color. Además, vivían encerrados en ciudades poderosamente amuralladas, presumían de saber de magia, de cosas ocultas y misteriosas, de evocar a los dioses del Averno y ser muy buenos augures, a tal grado que infundían temor en sus vecinos. De hecho, mantenían cierta reputación de gente cruel y sombría y, en efecto, el lugar donde vivían -en las montañas más altas y remotas- era precisamente conocido como “el país de las sombras” o “los lugares sombríos”. El poeta Virgilio les imputaba una tradición de gente cruel, soberbia y abominable, porque tenían la costumbre de amarrar los prisioneros, vivos, a los prisioneros …muertos. La verdad es que, como decía Dionisio, no se parecían a ningún otro pueblo de la antigüedad y ellos mismos afirmaban venir de lejos, muy lejos, tal vez allende el mar, en Asia. No sabemos siquiera cómo se llamaban a sí mismos, porque su lengua se ha perdido y hace dos mil años que sus hablantes han desaparecido en las brumas de la historia.

En la margen opuesta, no muy lejos de ahí, pero en una zona de valles y planicies, vivía una raza muy distinta, de agricultores y pastores; eran gente práctica, algo dicharachera y de rostro bronceado, gente que, por cierto, estaba acostumbrada a resolver dificultades y a no complicarse mucho la vida. De hecho, eran tan prácticos que cuando se encontraban frente a un problema, no lo rehuían jamás, sino que buscaban resolverlo en la mejor forma posible, para que no tuvieran necesidad –decían–

de volver a ocuparse de él. Les gustaba vivir con el refinamiento que permitían las circunstancias, aunque nunca olvidaban el cumplimiento puntual de un deber para con la ciudad y sus dioses, y amaban especialmente a su patria y a su terruño de origen.

Puedo decir ahora el nombre del río que dividía ambos países: era el río Tíber. En cuanto a las tribus, Heródoto, el gran historiador griego de la antigüedad, llamaba tirrenos al primer pueblo (la palabra tirano viene precisamente de este gentilicio). Los habitantes de Italia les decían tusci o etruscis. Por esta última razón la historia les ha dado, a la postre, el nombre ficticio de etruscos. El segundo pueblo, en cambio, vivía en una región llamada Lazio (es decir, en el país de la tierra amplia y plana), y por eso se llamaban a sí mismos latinos, simplemente latinos, o sea, la gente que vivía en las planicies, en contraposición a la gente del país de las montañas sombrías.

Con el correr del tiempo, estos latinos alcanzaron una civilización sumamente avanzada y, por consiguiente, un derecho cada vez más evolucionado. Es claro que este derecho, sin duda, recogió una marcada influencia de la civilización etrusca, pero también de otras culturas. Tal vez, como dice Quintiliano, los latinos tuvieron la suerte de estar en el lugar adecuado y de vivir en el momento oportuno, porque recibieron esa influencia, y como gente práctica que eran, supieron aprovecharla.

2. El derecho de los latinos. Este ensayo trata precisamente de revisar algunos pasajes peculiares que, en mi opinión, caracterizaron notablemente la transmisión de esta sabiduría al derecho romanista o latino. Luego trataré de contraponer

SOBRE LATINOS Y SAJONES*

José AntonioMÁRQUEZ GONZÁLEZ*

Sumario: 1. Historia de dos países; 2. El derecho de los latinos; 3. Inicia la leyenda; 4. El punto de vista anglosajón; 5. La fuerza de las diferencias; 6. La fuerza de lo viejo.

* Doctor en Derecho por la UNAM, Notario Público en Orizaba, Veracruz, México.* Una primera versión de este ensayo fue publicada en el libro Derecho y Globalización, Memoria del Seminario Internacional de Derecho y Globalización”, con el título “El sistema jurídico latino”, ediciones Cultura Veracruzana, Xalapa-Enríquez, 2006, pp. 68-75. Se reproduce con el permiso correspondiente.

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SOBRE LATINOS Y SAJONES

esta cultura jurídica latina a la distinta tradición anglosajona destacando algunas particularidades.

Mi primera cita se refiere a la influencia del modo de pensar de los griegos. He seleccionado un diálogo donde Sócrates está platicando con Critón. El filósofo espera a tomar la cicuta, encadenado en su celda y resignado a su suerte. Critón se acerca a decirle que se fugue, porque ha sobornado al guardia, que es su amigo. Le dice: “Sócrates, vámonos de aquí, no es justo dejar que te maten” y trata de convencerlo. Todo es en vano, porque Sócrates replica: “pero dime Critón: ¿qué cosa es lo justo; qué cosa es lo injusto? Y el condenado se pone a platicar como si nada con Critón, hablando en forma genérica acerca de la justicia y de hacer el bien, etc. He aquí el ejemplo de que hablo:

Critón:- Además Sócrates, cometes una acción injusta entregándote tu mismo cuando puedes salvarte. […]Sócrates: -¡Pero qué! ¿Es permitido hacer mal a alguno o no lo es? Critón: -No, sin duda, Sócrates. Sócrates: -¿Pero es justo volver el mal por el mal, como lo quiere el pueblo, o es injusto? Critón: -Muy injusto. Sócrates: -¿Es cierto que no hay diferencia entre hacer el mal y ser injusto? Critón: -Lo confieso.Sócrates: -Es preciso, por consiguiente, no hacer jamás injusticia ni volver el mal por el mal, cualquiera que haya sido el que hayamos recibido. (Platón, Diálogos, Critón o del deber.)

Aun tengo otro ejemplo de esta forma griega de razonar, esta vez sobre la virtud de la santidad. Como se recordará, el padre de Eutifrón había castigado a un esclavo con tal severidad que el esclavo había muerto. Eutifrón considera un deber de santidad acudir al juzgado a denunciar a su padre por homicidio, puesto que es más importante obedecer las leyes de los dioses que el amor hacia los padres. El texto es como sigue:

Sócrates: - Ahora, en nombre de los dioses, dime lo que hace poco me asegurabas saber tan bien: qué es lo santo y lo impío; sobre el homicidio, por ejemplo, y sobre todos los demás objetos que pueden presentarse. La santidad ¿no es siempre semejante a sí misma en toda clase de acciones? Y la impiedad, que es su contraria, ¿no es igualmente siempre la misma? Eutifrón: -Seguramente, Sócrates. (Platón, Diálogos, Eutifrón o de la santidad.)

Esta era la forma de pensar de los griegos: una forma especulativa, sin duda, cargada de una gran cientificidad, que contribuyó no poco a su bien ganada fama de grandes filósofos y científicos. (Es sin duda cierto que en ambos casos la discusión se provoca por un asunto particular, pero no es esto lo que interesa a los griegos y de hecho, es un mero pretexto para el análisis.)

¡Qué distintos eran los latinos! Es que simplemente ellos se planteaban problemas concretos, por ejemplo: ¿Qué pasa si queriendo yo dar un puñetazo a mi esclavo, sobre el cual tengo derecho, te hubiera golpeado sin querer a ti, que estabas a su lado? Bueno, pues que no respondo por injurias. (Dig. 47, 10, 4.)

Lo que me interesa destacar aquí es la diferente naturaleza del tratamiento. El griego se perdía en especulaciones filosóficas; el romano era de lo más práctico: ¿qué es lo que pasa aquí? ¿qué es lo justo en el caso concreto? (aunque, sin duda, el romano no era solamente práctico, porque supo asimilar este conocimiento especulativo de los griegos).

La técnica se ilustra muy bien en una cita del Digesto de Justiniano: varios niños se ponen a jugar a la pelota y resulta que está un barbero por ahí afeitando a un parroquiano y la pelota va a dar precisamente en el codo del barbero. El barbero corta al parroquiano y los romanos se ponen a discutir: ¿quién tiene la culpa? y por tanto, ¿quién debe de pagar?

Si varios jugasen a la pelota y uno habiendo golpeado la pelota con más fuerza la hubiese lanzado sobre la mano de un barbero de tal modo que a un esclavo al que el barbero estaba afeitando le hubiera cortado la garganta con la navaja, queda obligado por la ley Aquilia cualquiera de los que fueran culpables. (Dig. 9, 2, 11.)

Próculo dá una opinión ligeramente distinta: Próculo dice que la culpa está en el barbero, y ciertamente, si afeitaba allí donde era costumbre jugar o donde el tránsito era frecuente, hay motivo para imputarle la responsabilidad.

También dice acertadamente que si alguien se confía a un barbero que tiene colocada la silla en un lugar peligroso, sólo él tiene la culpa. (Dig. 9, 2, 11.) Por otra parte, el derecho romano recibió también la influencia de la tradición legal judía. Un ejemplo elocuente es tal vez la enumeración del Decálogo que podemos encontrar en el Antiguo Testamento (Ex. 20 y Dt. 5), aunque hay muchos otros. Cito algunos pasajes:

Los que convertís en ajenjo el juicio, y la justicia la echáis por tierra. Al que hablaba lo recto abominaron. Sé que afligís al justo, y recibís cohecho, y en los tribunales hacéis perder su causa a los pobres. Por tanto, el prudente en tal tiempo calla, porque el tiempo es malo. Aborreced el mal, y amad el bien, y estableced la justicia en juicio. (Amós, 5, 7-15.)

Jueces y oficiales pondrás en todas tus ciudades que Jehová tu Dios te dará en tus tribus, los cuales juzgarán al pueblo con justo juicio. No tuerzas el derecho; no hagas acepción de personas, ni tomes soborno; porque el soborno ciega los ojos de los

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sabios, y pervierte las palabras de los justos. La justicia, la justicia seguirás, para que vivas y heredes la tierra que Jehová tu Dios te da. (Dt., 16, 18-20.)

No se tomará en cuenta a un solo testigo contra ninguno en cualquier delito ni en cualquier pecado, en relación con cualquiera ofensa cometida. Sólo por el testimonio de dos o tres testigos se mantendrá la acusación. (Dt., 19, 15.)

En el marco de la tradición propiamente cristiana, mi ejemplo favorito es un párrafo de Mateo (Mt. 5:33-37). Es un pasaje donde el apóstol se refiere al juramento y dice: acuérdate, no hay que jurar el nombre de Dios en vano -y sigue-: no debes de jurar ni por la tierra ni por Jerusalén; por nada, ni por tu cabeza -dice-. Cuando tu digas “sí” es que es “sí”; si tú dices que “no” -cosa que también es legítima-, es que “no”. Cualquier violación a esta palabra, concluye, viene del demonio.

Este breve párrafo de Mateo ha tenido una gran influencia, no solamente en el derecho matrimonial -de aquí la indisolubilidad del matrimonio-, sino también en el derecho contractual: dijiste que sí, pues ahora respeta el contrato. También ha tenido influencia en el derecho internacional: debes cumplir con aquello a lo que te has obligado. Una cita relacionada es la siguiente:

No te des prisa con tu boca, ni tu corazón se apresure a proferir palabra delante de Dios; porque Dios está en el cielo, y tu sobre la tierra; por tanto, sean pocas tus palabras. Porque de la mucha ocupación viene el sueño, y de la multitud de las palabras la voz del necio. Cuando a Dios haces promesa, no tardes en cumplirla; porque él no se complace en los insensatos. Cumple lo que prometes. (Ec. 5:2-4.)

Esta doble influencia de la tradición, primero judía, luego cristiana, significó una notable evolución en la acusada formalidad inicial del derecho romano. Ayudó a que el derecho se perfeccionara y se hiciera más justo. Lo ejemplifican los siguientes pasajes, que afirman: “obedece y pórtate bien no sólo por razón del castigo, sino por razón de tu conciencia” (Rm., 13:15). Igual puede verse en la idea natural del “hombre justo” en la historia de Sodoma (Gn., 18:23-32) y en una cita notable de Isaías: “ajustaré el juicio a cordel y a nivel la justicia” (Is., 28-17).

Son todos ellos pasajes valiosos, que otorgan un valor ético a la acción jurídica. Estas ideas significaron una influencia apreciable -como la de la especulación metafísica griega- en el pensamiento jurídico romano.

3. Inicia la leyenda. Muchos siglos después, Dante Alighieri en La Divina Comedia (El Paraíso, V, VI), habría de referirse a Justiniano, el gran compilador, comparándolo con el lucero de la mañana. Dante, en efecto, hace decir a Justiniano: “César un tiempo fui, soy Justiniano y por querer del primer amor que siento (se refiere a la emperatriz Teodora) le quité a las leyes lo sobrante y lo vano”.

La magna recopilación mandada a hacer por Justiniano, condensada en el Digesto o Pandectas, las Instituta, el Codex y las Novellae, ya había adoptado el nombre de Corpus iuris civilis y ejercería una notable influencia en la formación de las raíces mismas de la civilización europea. La ciudad de Roma, su derecho y su idioma, adquirieron la característica de la inmortalidad y cristalizaba así la leyenda de un derecho romano imperecedero, factor esencial como elemento civilizador y humanista. Ciertamente, no deja de llamar la atención la manera en que un sistema jurídico que regía para un imperio de apenas 50 millones de gentes (que viajaban a pie y en carretas), sea ahora, 18 siglos después, la base del derecho de sociedades altamente evolucionadas, de cientos de millones de personas, que se comunican casi a la velocidad del pensamiento.

Y por cierto, no hay que olvidar que el gran amor de Justiniano, la bellísima Teodora, estuvo animándolo a culminar su gran recopilación legislativa, a construir una iglesia digna y a expandir las fronteras del imperio. Se recordará que Teodora era plebeya y, por añadidura, bailarina en el circo de su papá, quien era un amaestrador de fieras. Justiniano se había enamorado de ella y según la tradición le había confiado a su tío, el emperador Justino, que se quería casar con Teodora. El tío contestó: “pero ¿cómo va a ser?, ¿no sabes que no puedes? está prohibido por la ley”. Sin más, Justiniano le responde: “tío, ¿y si derogamos la ley?” Finalmente, Justiniano se casó con Teodora y la mujer, de bailar en los circos, se convirtió en emperatriz. Ella fue la que animó decididamente a Justiniano para hacer su recopilación legislativa, y por eso habla Dante con tanto elogio acerca de ambos.

Muchos siglos después, Friedrich Karl von Savigny escribía con elogio en su Sistema de Derecho Romano actual -poco antes de su muerte, en 1861-, acerca de la inmortal tradición histórica del derecho romano y de su influencia perenne en la elaboración de los tres grandes códigos modernos (Prusia, 1753; Austria, 1767 y Francia, 1804). En contrapartida, afirmaba que en sus tiempos –es decir, en el siglo XIX– no se tenía vocación alguna para redactar codificaciones legales.

La leyenda del derecho romano culmina tal vez con la obra magistral de Rudolf von Jhering (El espíritu del Derecho Romano). Esta famosa, famosísima obra, contiene un magnífico estudio acerca de los orígenes del derecho romano, sus características generales y su técnica, con elogiosas palabras acerca del pueblo latino y de las funciones de los juristas como redactores y escribanos (cavere y scribere), como consejeros (respondere) y como árbitros (receptum arbitri).

En suma, el derecho romano se convirtió en una tradición perenne que se mezcló con lo mejor del derecho foral peninsular, del droit de costumes francés y del derecho de los espejos germánicos, entre otros, para poder desembocar en la cristalización de las codificaciones de fines del siglo XVIII y principios del XIX, y aun en los modernos textos de derecho uniforme de la última década del siglo XX. Tanto, que en 1804

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Jean Etienne Marie Portalis escribió en su celebrado Discurso preliminar al código civil francés, que “La historia de la legislación de Roma, es más o menos, la legislación de todos los pueblos”. Y en efecto, en el mismo discurso oficial presentado al cuerpo legislativo, se estableció que las modernas compilaciones, o sea, las de hace 200 años, “resultaban del estilo de la que dispuso Justiniano”.

4. El punto de vista anglosajón. Es sin duda una gran cosa estudiar el derecho romano, sobre todo cuando tenemos 17 o 18 años -aún con espinillas en la cara- y el primer día en la facultad de derecho nos sentamos allí muy discretamente y escuchamos anhelantes lo que el profesor va a decir. Es cierto que todavía estamos pensando en la disco, tal vez en la novia, en la canción que está de moda y en cosas por el estilo. Pero nos cautiva el derecho romano y sentimos, con el paso del tiempo, una cierta veneración hacia él.

Pero no todos piensan así: en el mundo en que ahora vivimos hay varios sistemas de derecho. Fundamentalmente, hay dos que nos atañen: el nuestro, el derecho latino o romanista, y el derecho anglosajón. Tal vez los anglosajones no opinan siempre lo mismo del derecho romano. Mencionaré solamente unos pocos ejemplos.

Mi primer ejemplo son algunos pasajes del filósofo, economista y jurista Jeremías Bentham. Referiré aquí dos citas de sus obras The principles of Morals and Legislation (1781) y el Tratado de las Pruebas Judiciales (1823). Pues bien, Bentham se refería al derecho romano como “esa enorme masa de confusión e inconsistencia” que ha contribuido no poco al “estado deplorable de la ciencia de la legislación”. Al propio tiempo, enfatizaba su célebre “principio de utilidad” (que luchaba entre los puntos extremos del dolor y del placer) como un principio básico de su filosofía jurídica y, en realidad, de la filosofía pragmática anglosajona: “El objeto de las leyes –decía- cuando son ellas lo que deben ser, es producir, en el más alto grado posible, la felicidad de la mayor cantidad de personas”.

Mi segundo ejemplo se refiere a John Austin, abogado litigante y profesor en Londres. Es autor de un único libro -de publicación póstuma por su esposa- llamado precisamente On the utility of the study of the Jurisprudence (1861). Es cierto que Austin marchó a Europa continental a estudiar el derecho romano, pero no se pronunciaba con mucho entusiasmo acerca de esta asignatura. Hablaba del derecho germánico, por ejemplo, y decía que era un buen ejemplo de lo que, a su parecer, “no estaba muy influenciado por el derecho romano”. También decía que el derecho inglés no desmerecía en nada con respecto al romano, suponiendo que éste tuviese muchas virtudes.

Mi tercer y último ejemplo tiene que ver con Oliver Wendell Holmes, el gran juez de los norteamericanos. Holmes escribió un librito llamado The Path of Law (1898), que tal vez ni merezca llamarse libro (ya ven como son los americanos: era una

conferencia que el célebre juez dio alguna vez en Boston y se tomó la molestia de escribirla). En este pequeño librito, Holmes califica al derecho romano como una “reliquia fósil de la historia”. Más adelante habla de los jóvenes, esos jóvenes que entran el primer día a la facultad, a los cuales ya me he referido, y les dice: “el consejo que nosotros los maestros mayores podemos dar a los jóvenes corre el riesgo de estar muy apartado de la realidad de lo que piensan éstos y entre los menos realistas coloco la recomendación de estudiar Derecho Romano”.

La cuestión, sin embargo, rebasa el ámbito puramente científico y trasciende al lenguaje coloquial, incluso como resultado de distintas actitudes de carácter moral y religioso. Como se sabe, el pueblo norteamericano conserva los valores morales de una sociedad puritana en virtud de los cuales la palabra empeñada y aun el simple apretón de manos para concluir un acuerdo, deben ser necesariamente honrados. Expresiones típicamente anglosajonas con repercusiones jurídicas son, por ejemplo, el fair play o el gentlemen’s agreement.

Pero el asunto va más allá. Incluso hay expresiones que definen lacónicamente ciertas actitudes doctrinales. Así, los norteamericanos hablan, por ejemplo, de doctrinas como las siguientes:

– Last clear chance (que nuestro ordenamiento recoge en el art. 1922, CCF), actualmente casi en desuso, para distinguir entre la negligencia no determinante de aquella otra irremediable.

– Mailbox theory, una vieja teoría (de 1818) que justifica el momento de perfección del contrato celebrado entre ausentes (arts. 1803 y 1807 del CCF y 80 del Código de Comercio).

– The Four Corner rule, que cree decidir “de un vistazo” si un determinado contrato ha sido redactado cumpliendo todos sus requisitos más importantes.

– Knock out, que se refiere al presunto acuerdo en cláusulas estándar substancialmente comunes entre ambas partes.

– Last bang, que remite, en caso de pluralidad de ofertas y contraofertas, a la hipótesis de que el acuerdo tuvo lugar conforme al último envío o referencia (o “último disparo”).

– Reasonable person, comercial standards of fair dealing, reasonable alternative, y términos similares, que los norteamericanos frecuentemente emplean en sus leyes.

– Three day cooling off period (para la revocación de la oferta en ventas a domicilio o door to door).

Renglón aparte merece la conocida tendencia de los norteamericanos para referirse a ciertas leyes por sus características más distintivas, el nombre de su autor o el de su principal protagonista. He aquí unos pocos ejemplos:

– Enoch Arden Law, para presumir la muerte del cónyuge ausente.

– Miranda Law, que protege los derechos de las personas bajo arresto.

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– No-Knowk Law, que permite a la autoridad, en los casos de cateo, omitir algunas formalidades para evitar la pérdida de pruebas.

– Son of Sam Law, que intenta evitar las ganancias por regalías de aquellos criminales que gustan de divulgar masivamente sus historias.

– Lemon Laws, que se refieren al derecho a devolver un automóvil nuevo porque no haya tenido arreglo en cuatro sucesivos intentos de reparación (o por haber estado fuera de servicio en treinta días).

– Grandfather clauses, una ley que no permitía a los negros votar a menos que su abuelo ya lo hubiera hecho.

– Jim Crow Laws, leyes que restringían o excluían a los negros de ciertas instalaciones públicas como hoteles, restaurantes, trenes y autobuses. Tampoco podían prestar el servicio en jurados y su testimonio en un proceso legal no tenía el mismo valor que el de los blancos. Además, se les restringía el acceso a empleos y estaban prohibidos los matrimonios interraciales, etc.

5. La fuerza de las diferencias. Todos los latinos somos hermanitos. Nos gusta decirnos así. Y sí, esta parte del cuento podría llamarse “historias de familia”, porque todos nos sentimos miembros de algo deliberadamente vago, atractivo, misterioso y rancio, llamado latinidad. Una latinidad que no se acaba de entender, pero que los afanes imperialistas de Maximiliano y de la Francia del siglo XIX supieron capitalizar muy bien. También lo han hecho los españoles al decir que todos somos “Hispanoamérica”, y los mismos estadounidenses al etiquetarnos como “los demás americanos” y afirmar que existe algo así como “las Américas”. Sí, las Américas, en plural.

Se trata, con todo, de una latinidad que nos define, nos ubica, nos hace iguales -a algunos más iguales que otros- y nos permite compartir una larga, larguísima historia. Pues bien, latinos y sajones parecemos venir de mundos distintos. Y en efecto, somos distintos, muy distintos. Véase por ejemplo el aspecto físico. Yo no voy a hablar mal de los anglosajones y menos aun de los norteamericanos –cariñosamente llamados gringos–. Al contrario, yo voy a hablar bien de ellos: la tele dice que son altos, guapos, de ojos azules, pelo rubio, llenos de pecas y, como dice Cantinflas, desde chiquitos hablan inglés, “a más de ser güeritos y tener grandes los pies”, como dice Cri-Cri. Es cierto que son algo pesados –pesados de gordura y tal vez también de entendimiento–. En cambio, con excepción de los argentinos que afirman asemejarse a los europeos, nosotros los latinos –y especialmente los mexicanos–, somos gorditos, panzoncitos, nalgoncitos, chaparros y de pelo chinito. Pero, eso sí, muy listos para el doble sentido y los albures.

En cuanto al idioma, casi todos los latinos hablamos español y aun nos entendemos muy bien con los brasileños en “portuñol”. Es distinto con los norteamericanos, porque ellos parecen hablar al revés. Si nosotros decimos “una casa bonita”; los gringos prefieren decir, no sé por qué, “¡Qué una bonita casa!”. Y si

nosotros decimos –como todo mundo dice– “compraventa”, ellos prefieren decir “venta-compra” (sale and purchase). Y hasta para contar ellos cuentan al revés: en vez de uno, dos, tres, cuatro, cinco, ellos cuentan así: “diez…, nueve, ocho, siete, seis, cinco”, …, cuando es mucho más sencillo decir “¡a la una, a las dos y a las tres…!”.Y en verdad, nosotros como latinos somos algo rebuscados para hablar y evitamos a toda costa las frases negativas rotundas o tajantes; además, siempre decimos “para servirle”, “mande usted”, y nos gusta iniciar la conversación -aunque no tenga ningún sentido- con la consabida frase “disculpe usted…”. En suma, nos tomamos todos los trabajos del mundo para no herir los sentimientos de los demás. En general, nos sentimos orgullosos de esta especie de humildad latina, y en ciertas ocasiones consideramos hasta de mal gusto hablar en primera persona; en cambio, otra vez, los norteamericanos, no vacilan en decir “Yo” siempre con mayúsculas.

Es cierto que en cuanto a la religión todos somos -de nuevo- hermanitos, esta vez incluso con la cariñosamente llamada “hermana república de Yucatán”. Pero con los Estados Unidos, no. Somos tal vez “hermanos en la fe”, pero nos cuidamos de aclarar que ellos son “hermanos separados” y al final preferimos llamarlos coloquialmente “los primos del Norte”, como manteniendo prudentemente las distancias en el parentesco.

En este mismo aspecto de la religión, está claro que los latinos veneramos a los santitos, creemos en la virgencita de Guadalupe, nuestros futbolistas se persignan al entrar a la cancha, y decimos para casi todo “por Diosito Santo”, “primero Dios” y “si Dios quiere”; pero aun en ámbitos más triviales es lugar común afirmar que los latinos somos más desorganizados y sobre todo impuntuales, y todavía es muy frecuente la actitud del despachador de la gasolinera que se considera siempre obligado a decir “¿ceros, eh?” Por su parte, es fama que los norteamericanos observan en su trabajo una ética protestante más o menos rigurosa, seguramente heredada del puritanismo de los colonizadores, aprecian sin duda el valor de la franqueza y desde luego aborrecen las mentiras. Suelen decir oh, my God!

La historia también nos separa. Hace cien años los mexicanos éramos afrancesados. A principios del siglo XX, en efecto, los llamados asesores “científicos” del presidente Díaz veneraban lo francés, y toda la clase alta de la burguesía mexicana gustaba de la música, los pasos de baile, la moda, la cocina y los libros franceses, y mandaban a sus hijos a estudiar a prestigiosas universidades en París, y cuando algo les gustaba decían que estaba muy chic. Ahora en cambio somos pro yanquis y ahorramos afanosamente porque la jovencita vaya a cualquier universidad a Nueva York, Boston, Los Ángeles o ya, de perdida, a Miami (cuando digo “de perdida”, me refiero a la ciudad). Y si algo nos gusta, ahora decimos que está muy cool o very nice.

Mucha gente piensa que incluso nuestros destinos son distintos: los norteamericanos son ricos, y nosotros parecemos

SOBRE LATINOS Y SAJONES

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eternamente pobres. Hasta pensamos que siempre les va mejor a ellos y que nosotros debemos sufrir todas las penalidades del mundo por una especie de castigo divino. Y en efecto hemos sido víctimas, especialmente de los gringos. Aun recientemente lo fuimos, como cuando Samuel Huntington afirmó, con toda desfachatez, que los mexicanos indocumentados son un grave riesgo para la identidad nacional de los gringos. Y sí, en lugar de sentirnos villanos, otra vez nos sentimos ofendidos. Una especie, pues, de efecto Mateo: nosotros perpetuando nuestros errores mientras que ellos, como dice la radio de La Comadre, ¡puros éxitos..! Bien decía Mateo que “al que tiene le será dado, y tendrá más; y al que no tiene, aun lo que tiene le será quitado” (Mt., 25:29), lo cual recuerda muy bien la cantaleta de “los de adelante corren mucho y los de atrás se quedarán…”.

Pero eso sí, nos encanta aclarar que “como México, no hay dos” y alguna vez alardeamos de decir que aquí ya teníamos universidades cuando en las llanuras de los gringos sólo había manadas de bisontes. También dicen –y parece estar probado por encuestas científicas– que los latinos, a diferencia de los anglosajones, somos más felices y más propensos a la risa, a la burla y al lenguaje en doble sentido y que, en suma, tendemos más a expresar nuestras emociones.

Después de todo, tal vez todo esto no responda sino a una secreta envidia y quizás en el fondo subyace un doble lazo de amor y odio –alternativos– que ha caracterizado la relación entre latinos y anglosajones o como, en nuestro caso, entre mexicanos y estadounidenses.

6. La fuerza de lo viejo. Para terminar, deseo comentar un pasaje de una novela que parece venir muy bien al caso. Se trata de la novela inmortal de Fernández de Lizardi, El Periquillo Sarniento (1816).

Resulta que Perico, Periquillo, que no tiene trabajo ni nada, ni es hombre de provecho, se mete en distintos lugares a trabajar: trabaja en un convento, en una funeraria, en un hospital, en una botica, en el reclusorio y en un juzgado. También se mete de militar, de marino, de sacristán y de zapatero. Y en todas partes lo hace mal.

Pues bien, por azares del destino, este Perico se mete a trabajar a un despacho de abogados e incluso a una notaría. En esta última oficina acontece algo muy gracioso que deseo narrar aquí. De momento, sucede que se va el notario y le dice: “Perico, ahí te encargo la oficina. Atiendes a la gente si viene alguien”. El tipo, que ya casi se siente escribano, se pone efectivamente a atender la notaría. Pues sucede que llega una persona, una señora encumbrada llamada doña Damiana Acevedo, y le dice: “Señor escribano, quiero que me redacte una escritura. Tengo mucha prisa y necesito venderle al caballero aquí presente”. Perico dice: “Sí, como no, pase usted”, y se pone a redactar una escritura porque le han dicho que es muy sencillo: es solamente cuestión de tomar un modelo, de esos antiquísimos modelos que

hay, y copiar casi tal cual. Se cambian los nombres, el domicilio, la edad, el precio, naturalmente, y asunto resuelto: uno se ha ganado el dinero del día de hoy.

Perico comienza a hacer la escritura y él entiende que tiene que ponerle lo que dice el formulario. Y éste contiene cosas así: “Que renuncia a la excepción de non numerata pecunia”, y él dice: “no tengo ni idea de qué es esto, pero igual lo pongo”. Y efectivamente lo pone, y luego dice “Que la mujer también renuncia al senadoconsulto veleyano” y sigue escribiendo como si tal cosa (ya nada más le faltó el macedoniano).En fin, las partes están presentes, se ha convenido el negocio y él está escribiendo cosas como ésta: “Doña Damiana Acevedo, por sí, y en nombre de sus herederos, sucesores, hijos, nietos, bisnietos, que no los tiene, pero por si algún día los tuviere, vende para siempre jamás -así, con cierto aire de nostalgia-, a don Hilario Rocha”. Perico sigue redactando:

[…] que el inmueble -la casa- la vendedora no la tiene vendida, ni enajenada ni empeñada; que está libre de tributo, memoria, capellanía, vínculo, patronato, fianza, censo, hipoteca y cualquier otra especie de gravamen. Que la dona con todas sus entradas, salidas, usos, costumbres y servidumbres en cuatro mil pesos en moneda corriente y sellada con el cuño mexicano. Y hace decir Perico a la vendedora:

[…] desde hoy en adelante para siempre jamás, la vendedora abdica, se desprende, desapodera, desiste, quita y aparta, para ella y sus sucesores, de la propiedad, dominio, título, posesión, usufructo, voz, recursos”, etc. Y para que la tome, la goce, la disfrute y la haga suya (se refiere al inmueble), con justo y legítimo título, declara que el precio son los dichos cuatro mil pesos. Que no vale más, pero si valiere más, de todas formas se la vende, porque no ha hallado quien le dé más por ella.

El Periquillo Sarniento fue escrita hace casi doscientos años. Todavía puede observarse en ella, sin duda, la influencia perdurable del derecho romano en la práctica cotidiana de la época. Allí también se advierte esta veneración por el antiguo derecho.

Vuelvo ahora a mi punto central: la relación entre nosotros los latinos y nuestros vecinos los sajones. Que nuestros sistemas jurídicos, nuestra organización judicial y nuestra forma de entender el derecho son distintos, está fuera de duda. El punto es tratar de lograr un entendimiento entre ambos.

No sé cómo va terminar este cuentito que narré al principio de la charla. Es una historia que empezó hace 2800 años y que nos abisma en dos mundos distintos, el mundo latino y el mundo sajón, cada uno con sus virtudes y con sus defectos. Está claro que somos distintos: está claro también que debemos encontrar una forma de entendernos.

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DERECHO A UNA PENSIÓN NO ENCUENTRA LIMITANTES POR RAZÓN DE GÉNERO

• Lo que se prohíbe es todo tipo de discriminación que atente contra la dignidad humana y anule o menoscabe los derechos y libertades del varón y la mujer, porque ambos deben ser protegidos por la ley sin distinción alguna, precisaron los ministros.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reiteró la inconstitucionalidad de la fracción III del artículo 75 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, vigente hasta el 31 de marzo de 2007, ya que establece una diferenciación entre el viudo y la viuda en una misma situación jurídica, como lo es su estado de viudez, sin mayor razón que las diferencias por cuestión de género, lo cual vulnera el artículo 1 y 4, en relación con el 123, apartado B, fracción XI, inciso a), de la Constitución Federal. De los hechos contenidos en el amparo en revisión 824/2011, se desprende que una persona solicitó a la autoridad correspondiente del Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el otorgamiento de una pensión de viudez, la cual fue negada por la referida autoridad, de acuerdo a la citada fracción, que exige mayores requisitos para que el viudo pueda acceder a la pensión respectiva en comparación a los exigidos para la viuda.

Inconforme, promovió amparo en contra de la referida norma del Instituto.

El juez de Distrito competente le concedió el amparo solicitado. Por lo anterior, la autoridad responsable interpuso recurso de revisión el cual fue enviado por el tribunal colegiado a este Alto Tribunal.

Al declarar la inconstitucionalidad del precepto impugnado, la Sala señaló que el derecho a una pensión no encuentra limitantes por razón de género, pues se refiere en general a los trabajadores.

Esto es, si una trabajadora desempeñó la misma labor que una persona del sexo masculino, cotizó de igual forma para tener acceso a los derechos que otorga la citada ley y, además, su estado civil también es el mismo, sus familiares tienen acceso al disfrute de los derechos que la institución concede, en la misma forma que lo tiene un trabajador varón. Los ministros argumentaron que no existe justificación para que ante una misma situación jurídica, es decir, el estado de viudez del cónyuge sobreviviente de una trabajadora o de un trabajador, se les dé un trato diferente, en tanto que se establecen mayores requisitos para que el viudo pueda acceder a dicha pensión en comparación a los que se exige a la viuda, sin razones válidas que lo justifiquen, pues tales exigencias se basan simplemente en el sexo de la persona en estado de viudez.

Diferenciar, agregaron, entre uno y otro (viudo y viuda), sin mayor razón que las diferencias por cuestión de género es claramente violatorio de lo dispuesto en los artículos 1 y 4, en relación con el 123, apartado B, fracción XI, inciso a), de la constitución.

Máxime que los preceptos constitucionales en cita tutelan el derecho del gobernado a ser tratado en la misma forma que todos los demás y el correlativo deber jurídico de la autoridad de garantizar un trato idéntico a todas las personas ubicadas en las mismas circunstancias. Lo que prohíbe, precisó la Sala, es todo tipo de discriminación que atente contra la dignidad humana y anule o menoscabe los derechos y libertades del varón y la mujer, porque ambos deben ser protegidos por la ley sin distinción alguna.

Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación (México)

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INTRODUCCIÓN.

a investigación señala los tratados y principios internacionales recto-res para la ejecución de las agen-

das ambientales nacionales, así como los organismos más importantes responsables en su aplicación.

La realización del trabajo abarca el desa-rrollo histórico social a través de un análisis descriptivo de las teorías y disciplinas de las ciencias sociales. Haciendo referencia al estudio exploratorio, tomando como ele-mentos la investigación cualitativa, para co-nocer las políticas implementadas por los gobiernos del orbe concretadas en accio-nes para la conservación de la naturaleza.

Las acciones internacionales y nacionales muestran el interés y los logros alcanzados a través de los acuerdos concertados a fin de proteger y conservar el capital natural.

EL INICIO EN LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.

La década de los setenta se caracterizó por la participación de los países en la elabora-ción de lineamientos de protección y con-servación del medio ambiente. El primer referente se encuentra en la “Conferencia de las Naciones Unidas Sobre el Medio Ambiente Humano, celebrada en junio de 1972”. (López y Ferro. 2006. p. 54). Las naciones se reunieron con la finalidad de tomar acuerdos y aplicar acciones interna-cionales traducidas en: la Declaración de Estocolmo de 26 principios sobre el com-

portamiento de los pueblos en la preser-vación del medio ambiente, definido como “el conjunto de componentes físicos, quí-micos, biológicos y sociales, capaces de afectar de forma directa o indirecta, en un plazo corto o largo, sobre los seres vivos y las actividades humanas. Un programa de Acción para el Medio Ambiente con 106 recomendaciones, un fondo con aporta-ciones de los Estados y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, (PNUMA)”. (López y Ferro. 2006. p. 55).

Para dar cumplimiento los países integran-tes del sistema capitalista, se comprome-tieron adecuar sus formas de producción en prácticas racionadas de bienes y servi-cios. En este contexto surge la ideología del ecodesarrollo, noción que presenta una nueva ética hacia la naturaleza, prin-cipios de solidaridad con las generaciones futuras y de conservación de los recursos renovables en su producción. (Leff. 2004. p. 315.) El modelo trata de una nueva vi-sión de la relación hombre-naturaleza, tendiente a transformar la percepción de-predadora, utilitaria e infinita de los recur-sos naturales. De ahí la necesidad de crear y proponer formas alternativas de comba-te a la extinción de la riqueza natural.

A dos décadas de haberse emitido la De-claración de Estocolmo, se celebró la Con-ferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, deno-minada Cumbre de la Tierra, efectuada en Río de Janeiro, Brasil en Junio de 1992, teniendo como resultado la Declaración de Río con 27 principios que señalan una

alianza mundial de cooperación entre los Estados, en los que se proteja la integri-dad del sistema ambiental y el desarrollo mundial, definiendo en el principio 3 el derecho al desarrollo, que responda equi-tativamente a las necesidades de las gene-raciones presentes y futuras. Ambas declaraciones reflejan una visión holística al describir al medio ambiente como un sistema organizado y sistemati-zado de interacciones, en el que interesa considerar fundamentalmente el compor-tamiento de los conceptos para definir el objeto real del estudio interdisciplinario. Entre los elementos del sistema ponen de manifiesto las llamadas propiedades emer-gentes que surgen del comportamiento global. En la reunión de Río se formó “un binomio inseparable conceptualmente re-ducido a dos palabras: desarrollo susten-table”. (López y Ferro. 2006. p. 62). Ex-puesto en el informe Nuestro Futuro Co-mún, como el desarrollo económico que “satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer las propias” (Sempere y Riechmann. 2004. p. 299).

De este documento se produjo: la Agen-da del Siglo XXI, la Convención Marco sobre el Cambio Climático, antecedente del Protocolo de Kyoto, cuya finalidad en común es la disminución de gases conta-minantes a la atmósfera; así también el Convenio sobre la Diversidad Biológica ante la devastadora reducción de la flora y fauna; establece como prioridad políticas que permitan su conservación y derivado

Acciones internacionales y nacionales de los gobiernos para la protección del medio ambiente

*Maestra en Ciencias Sociales por la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades. Profesora-Investigadora y asesora de tesis en Ciencias Sociales.

* Maestra en Derecho por la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades. Profesora investigadora en Derecho Ambiental.

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de éste, el Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la Biotecnología. (López y Ferro. 2006. P. 68-73).

El principio del desarrollo sustentable se fortalece el 4 de septiembre de 2002 al efectuarse en Johannesburgo, Sudáfrica la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible. El aumento de la pobreza y el continuo deterioro del medio ambiente propiciaron dos documentos pendientes de aprobación: una declaración política intitulada “El Compromiso de Johannes-burgo por un Desarrollo Sostenible, cen-trado en las necesidades básicas de la dig-nidad humana y un plan de aplicación de las decisiones de la Cumbre cuyo objetivo principal es erradicar la pobreza. (López y Ferro. 2006. p. 76).

Las propuestas han generado aciertos e instrumentos para la conservación del ca-pital natural, sin embargo su degradación continúa en un porcentaje mayor cada día, situación que induce la tendencia al des-equilibrio por la retroalimentación nega-tiva de las actividades humanas en contra del resguardo. Cuando transciende lo indi-vidual y procede de la estructura social, es una lucha por los valores y por el estatus, el poder y los recursos escasos (Coser. 1961. p. 23) surge así un conflicto de intereses entre todos estos factores, gobernantes frente a gobernados, economistas contra ambientalistas, desarrollistas hacia con-servacionistas, en el curso del cual desean neutralizar sus prioridades. En el transcur-so de las luchas de poder el impacto del deterioro ambiental y social crecen.

Es relevante señalar que la Asamblea Ge-neral de las Naciones Unidas es la insti-tución impulsora de las Conferencias de Estocolmo, de Río y la creadora del Pro-

grama de las Naciones Unidas para el Me-dio Ambiente (PNUMA). La Comisión de Desarrollo Sostenible (CDS) y el PNUMA son los organismos más relevantes en el ámbito internacional.

El Consejo Económico y Social creó por su lado la CDS siguiendo una recomendación de la Asamblea General luego de la con-ferencia de Río. El objeto principal de la Comisión es la de asegurar la ejecución de los principios derivados de la Conferencia, animando así la cooperación internacional y la aplicación de la Agenda 21. Sin embar-go las evidencias señalan que las discusio-nes de la CDS llevan a cabo desaciertos en asuntos triviales, sin promover una apro-piada representatividad de los Estados.

Dentro de la estructura organizacional de la Organización de Naciones Unidas (ONU) existen otras instituciones que es-tablecen también programas para la pro-tección del medio ambiente entre ellas se encuentran: la Organización de las Nacio-nes Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organi-zación Mundial de la Salud (OMS), el Or-ganismo Internacional para las Migraciones (OIM) y el Organismo Internacional de Energía Atómica (AIEA). Esta variedad de órganos surge cada vez que hay una confe-rencia o una nueva regulación.

La variedad de estos organismos conllevan a la reflexión de especialistas en la mate-ria, quienes señalan, los acuerdos concer-tados por la ONU presentan complejidad “la gobernabilidad internacional se torna pesada y compleja por la participación de numerosos actores internacionales suma-

dos a la sociedad civil y la proliferación de recomendaciones y pronunciamientos de los órganos de la ONU” (Olarte. 2005. p. 443). La administración internacional del medio ambiente se revela dificultosa. Complejidad para los estados, el existir numerosas organizaciones internacionales los desestimula, esto es más apreciado en los países en vía de desarrollo en virtud de la necesidad de satisfacer primordialmente sus necesidades básicas y de resolver los conflictos apremiantes, destinan menos recursos para la protección del medio am-biente.

Lo expuesto conforma un área del Dere-cho vista como “el conjunto de normas que imponen deberes y confieren faculta-des, que establecen las bases de conviven-cia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia” (Pereznieto. 2009. p. 36) que insti-tucionaliza la regulación jurídica del medio ambiente, sus fuentes e instituciones, así como los efectos de las actividades huma-nas sobre éste, el Derecho Internacional Ambiental. Disciplina basada en principios que establecen instrumentos axiológicos, sociales, políticos y jurídicos a fin de alcan-zar los objetivos que la orientan.

La doctrina señala “ninguna ley de orien-tación, deja de mencionar los grandes principios, principios fundamentales de ley, generales del derecho, reglas con va-lor constitucional, el ambiente no escapa a esta pasión, contribuyendo sólidamente a esta actividad creadora”. (Cafferatta. 2004. p. 17).

Los tratados, acuerdos y convenios inter-nacionales ambientales son el soporte de la protección al medio ambiente en sus di-

MarthaSALGADO MIRANDA*

AreannaHERNÁNDEZ JIMÉNEZ*

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versas manifestaciones, de ahí se despren-den principios generales reguladores de conductas y relaciones públicas y privadas, tendientes al uso racional de los recursos naturales para su conservación. “Principios comunes a los distintos Estados que ya han alcanzado una cierta objetivización en el derecho interno” (Ortiz. 2000. p.152).

Tales principios son: cooperación inter-nacional para la protección del medio ambiente, prevención del daño ambiental transfronterizo, responsabilidad y repa-ración de daños ambientales, evaluación de impacto ambiental, precaución, caute-lar o de acción precautoria, participación ciudadana y quien contamina paga. Este último principio se debe a la recomenda-ción generada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Econó-mico (OCDE) al incluir una serie de re-comendaciones de políticas ambientales, emitidas el 26 de mayo de 1972, el prin-cipio del que contamina paga o PPP por sus siglas en inglés Polluter Pays Principle. (Meixueiro. 2007 p.4). Donde se mencio-na que las autoridades deben aplicar dis-posiciones para que el contaminador se responsabilice de su control y los costes de ésta.

ACCIONES NACIONALES PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.

Los acuerdos y principios internacionales, efectuados con el consenso de las nacio-nes miembros de la ONU, obligaron al Estado mexicano a la implementación de instrumentos jurídicos que le permita a su vez como Estado parte, dar cumplimiento a los compromisos contraídos. En México se registran cinco décadas de política ambiental, en sus inicios en la década setenta, estuvo orientada a la co-rrección de los efectos ambientales, en las áreas de salud, asentamientos urbanos y contaminación generada por actividades productivas. Sin mayor relevancia en reco-mendaciones dictadas por la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Am-biente Humano realizada en 1972, precur-sora en este ámbito. (Glender y Lichtinger. 1994. p. 400).

Institucionalmente se efectuaron los si-guientes avances: la promulgación de la Ley Federal de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental de 1971, la am-pliación de facultades del Consejo de Salu-bridad General para prevenir y combatir la contaminación ambiental y la creación de la Subsecretaría de Mejoramiento del Ambiente, dentro de la Secretaría de Salu-bridad y Asistencia de 1972. La problemá-tica ambiental quedó entonces incluida en las políticas de Estado, pero limitada a los fenómenos de contaminación y sus efectos en la salud, por lo que se atendió desde ese sector.

El Estado institucionalmente regula las ac-ciones como conducta social, entendida por todos los miembros de la sociedad, como políticas auto formuladas por alguna autoridad externa.

Las instituciones internacionales son con-sustanciales a la idea de orden económico, social y político, por lo que se relacionan en torno a las normativas de la administra-ción pública. Las instituciones se definen como las reglas de juego que moldean la interacción humana en una sociedad (Var-gas. 2008. p. 3).

México se ha caracterizado por institucio-nalizar las acciones protectoras del medio ambiente, atendiendo los principios inter-nacionales en su derecho interno. Asi las instituciones son el conjunto de derechos y obligaciones que delinean de manera di-recta e indirecta el rumbo de la vida cul-tural del Estado, reglas formales que mo-delan la interacción entre los individuos y las organizaciones y cumplen funciones so-ciales, determinan el equilibrio de poder, viven y se apoyan en nuestros modelos mentales, valorativos y actitudinales.

Como parte de las acciones institucio-nales, la nación mexicana ha incluido en su regulación los temas de: restauración ecológica, ordenamiento territorial, con-servación, aprovechamiento y enriqueci-miento de los recursos naturales, así como la formación de una conciencia ambiental, incorporados a partir de la década de los ochenta en un capítulo de ecología den-tro del Programa Nacional de Desarrollo

(PND 1983-1988). Se creó también la Se-cretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE), con una Subsecretaría de Ecolo-gía encargada de planear y dirigir la política ambiental. El documento rector de la po-lítica ambiental fue el Programa Nacional de Ecología (PNE 1984-1988), atribuye la responsabilidad principal del deterioro de la naturaleza a la forma de producción y se desarrollaron mecanismos e instrumen-tos para introducir la dimensión ambiental en las estrategias de desarrollo e incorpo-rarlas en las decisiones económicas de las empresas. Un avance importante fue la promulgación de la Ley General del Equi-librio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) en 1988. (Glender y Lichtinger. 1994. pp. 401-409).

Un año de transición para la política am-biental mexicana fue 1992, por las deri-vaciones ecológicas del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Canadá (TLCAN), del cual derivaron la mayor elaboración de reglamentos, normas, pro-gramas y acciones especiales en diferentes áreas, la creación de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodi-versidad y la aprobación del Plan Integral Ambiental Fronterizo.

ACCIONES INTERNACIONALES Y NACIONALES DE LOS GOBIERNOS PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

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La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología se transformó en la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) con la atri-bución de conducir la política general de desarrollo social, asentamientos humanos, desarrollo regional y urbano, vivienda y ecología, las atribuciones de la SEDESOL en materia ambiental se ejercerían a tra-vés de la Comisión Nacional de Ecología, conformada por el Instituto Nacional de Ecología. (Glender y Lichtinger. 1994. pp. 409-411).

El 28 de junio de 1999 se incluye el de-recho a un medio ambiente adecuado al texto constitucional, el artículo 4º párrafo cuarto de la Constitución Federal, precep-túa “toda persona tiene derecho a un me-dio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar”. La LGEEPA de 1988 ley ge-neral o marco fue modificada y adicionada por las reformas a este artículo. De igual manera se han producido un importante número de leyes sectoriales creadas para la protección de diversos elementos am-bientales y para protegerlos de los efec-tos de algunas actividades (Brañes. 2001. p.11), las cuales dan cuenta de las acciones para proteger al medio ambiente en el ám-bito nacional.

El actual Plan Nacional de Desarrollo en su eje rector cuarto titulado Sustentabili-dad ambiental menciona: “la sustentabili-dad ambiental debe convertirse en el eje rector de las políticas públicas, presente en todas las actividades de gobierno, en la que el desarrollo de nuevas actividades económicas en regiones rurales y semiru-rales, contribuya a que el ambiente se con-serve en las mejores condiciones posibles, en la construcción de un desarrollo huma-no sustentable.” (PND 2007-2012).

Los sucesos citados reflejan las acciones de la protección al medio ambiente en Méxi-co, con la inclusión del tema ambiental en las estrategias gubernamentales a través de la implementación de leyes, planes, programas y dependencias titulares en el área, frente a un contexto internacional priorizado. En tanto se busca transformar al mundo, a través de la cultura, la edu-cación, la información, la participación de la sociedad, de organismos internaciona-

les y nacionales, así como la cooperación internacional a través del intercambio de conocimientos científicos y tecnológicos y la transferencia de tecnologías.

CONCLUSIÓN

Las acciones realizadas a través de los acuerdos y organismos internacionales, nos acercan al análisis de los nuevos esce-narios hasta ahora identificados, nos con-ducen a comprender que somos ciudada-nos del mundo y que tenemos el deber de procurarlo y el derecho a estar en paz con el entorno que nos rodea. Para apo-derarnos de los instrumentos de nuestra realidad cultural y poder así participar en él, debemos informarnos y prepararnos. La información producida y que afecta nuestras vidas como ciudadanos, ofrecen las condiciones instrumentales requeridas por los nuevos escenarios para poder ac-tuar, participar y transformar la realidad de acuerdo a las acciones de los gobier-nos.

Vivimos en un mundo tan imprevisible y sujeto a tantas variaciones, es posible mantener una cultura estructurada por especialidades y funciones, con una visión conservacionista de nuestro entorno natu-ral, con fragmentaciones del conocimien-to, en una realidad disociada del mundo y de la vida, con sistemas rígidos de control. Cuando todo a su alrededor es movimien-to debemos sobrevivir siendo responsable de la formación de generaciones de niños, jóvenes y adultos que viven en un mundo en transformación.

La investigación nos lleva a la construcción sistemática de las acciones tomadas por los acuerdos y organismos antes mencio-nados, integrando al medioambiente en un sistema, que se edifica como un todo. Para ello las Organizaciones Internaciona-les caracterizan este paradigma concili-ador que está recurriendo al mundo de la ciencia, la tecnología y la investigación con la necesidad apremiante de la reconstruc-ción del ser humano y de la realidad, que se concreten en un conjunto de creencias, valores y concepciones que sean la base a una visión global de conservación.

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ACCIONES INTERNACIONALES Y NACIONALES DE LOS GOBIERNOS PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

16 DERECHO.CULTURA.SOCIEDAD16

Instituto Universitario Puebla, Campus Tabasco

Egresa primera generación de postgraduados en el

Lic. Andrés Madrigal Sánchez; Mtro. Gustavo Santin Nieto Rector del IUP; Mtra. María Isabel Zapata Vázquez; Mtra. Ana María Rosas Muciño y M.A. Audiel Hipólito Durán, Director del IUP, Campus Tabasco

Egresados de la Maestría en DerechoDoctoranda Mari Carmen Bravo Guzmán

17DERECHO.CULTURA.SOCIEDAD

on la presencia del Rector del IUP el Mtro. Gustavo Santin Nieto, del M.A. Audiel Hipólito Durán General del IUP Campus Tabasco, se dieron cita alumnos de las maestrías en Derecho, Psicología Jurídica y Criminología,

Doctorado en Derecho y en Ecoeducación, así como invitados especiales y familiares para ser participes de la ceremonia de entrega de constancias para los egresados.

Al hacer uso de la voz, el Rector Mtro. Gustavo Santin Nieto expresó su complacencia a los maestrantes y doctorandos por el esfuerzo y el impetú para seguir preparándose, asimismo destacó que el IUP se encuentra en crecimiento constante y que su esfuerzo como una institución comprometida en la educación, la ubica a nivel nacional dentro de las mejores opciones académicas, lo cual manifestó ante la Mtra. María Isabel Zapata Vázquez, Subsecretaria de Coordinación y Desarrollo de la Educación Media Superior y Superior de la Secretaría de Educación, del Lic. Andrés Madrigal Sánchez, Secretario del Consejo de la Judicatura y de la Mtra. Ana María Rosas Muciño, Directora Académica del IUP.

En su intervención la Doctoranda Mari Carmen Bravo Guzmán representante de la Generación 2010-2012, con emotividad se dirigió a los presentes mostrando su gratitud al IUP e incentivó a sus compañeros a conducirse con rectitud y honestidad, honrando a sus profesiones.

Por su parte la Mtra. María Isabel Zapata Vázquez dijo darle gusto que no solo los jóvenes deciden continuar su preparación, también motivó a los maestrantes y doctorandos a no quedarse como egresados, sino que continúen sus trámites, ya que será más gratificante obstentar el título de su respectivo grado académico.

Asimismo las maestrantes Yedidya y Elda Beatríz Orueta Méndez fueron distinguidas por su excelencia académica en la Maestría en Derecho.

Instituto Universitario Puebla, Campus Tabasco

Con satisfacción concluyen sus estudios la primera generación 2010-2012 del Instituto Universitario

Puebla (IUP), Campus Tabasco.

Egresados de la Maestría en Derecho

En síntesisNotas relevantes en el derecho, cultura y sociedad

efrendando el compromiso asumido en busca de la unidad gremial así como la afiliación y participación de otras asociaciones colegiadas en

el país, el Presidente del Consejo Directivo de la Federación Mexicana de Colegios de Abogados, A.C. (FEMECA), Mtro. Ulises Chávez Vélez, efectuó reunión de trabajo con el líder de la Federación de Colegios y Asociaciones de Abogados de Sinaloa, A.C. (FAS), Lic. Carlos Valle Saracho.

Como parte de la agenda de trabajo, se acordó la participación de la FAS a los trabajos de la FEMECA, lo cual se concretará conforme a los estatutos en el XL Congreso y Asamblea Nacional próximo a realizarse Aguascalientes, Mexico.

Además la FAS externó la posibilidad de plantear en la próxima Asamblea la sede del próximo Congreso Nacional en el año 2013, que de ser aprobado en la Asamblea Nacional, el estado de Sinaloa sería el anfitrión de tan importante evento que reúne a abogados de todo el país.

En reunión de trabajo con el Secretario de Gobierno de Sinaloa, Lic. Gerardo Vargas Landero, se abordaron diversos temas de interés para el gremio de abogados de

Sinaloa, intercambiando puntos de vista y propuestas diversas. En ese encuentro el Mtro. Ulises Chávez Vélez manifestó que siempre han reconocido a Sinaloa como un Estado participativo y que aporta mucho al gremio de los abogados, por lo que pidió apoyo para todos los abogados de ese estado.

Se reúne la Federación Mexicana de Colegios de Abogados, A.C. y la

Federación de Colegios y Asociaciones de Abogados

de Sinaloa, A.C.

Mtro. Ulises Chávez Vélez, Presidente de la FEMECA

Juventino V. Castro y Castro nació el 16 de julio de 1918, en Nuevo Laredo, Tamaulipas. Durante la década de 1930, cursó las carreras de Derecho y Filosofía y Letras en la Universidad Nacional Autónoma de MAéxico (UNAM).

Ocupó cargos como secretario de Estudio y Cuenta de la SCJN (1947-1952), jefe del Departamento Jurídico de la Lotería Nacional (1953-1977), Secretario Jurídico del Subsecretario de Gobernación (1979-1982), Director y Consultor Jurídico de la Procuraduría General de la República (1982-1988), y Director General de Asuntos Jurídicos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (1988-1995).

Alternó su labor como funcionario público con la docencia y la investigación. De 1969 a 1995 fue titular de la cátedra de Derecho Constitucional en la Escuela Libre de Derecho, y a partir de 1992 de la de Garantías y Amparo Penal en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM, donde se desempeñó como tutor.

Sus obras jurídicas se enfocaron en torno a la figura del amparo, como Garantías y Amparo, Hacia el Amparo Evolucionado, el Sistema del Derecho de Amparo y El Artículo 105 Constitucional.

Como ministro de la Suprema Corte, formó parte de una comisión que investigó lo ocurrido en la comunidad de Aguas Blancas, en el estado de Guerrero, donde fueron asesinadas 17 personas el 28 de junio de 1995. La SCJN responsabilizó de violaciones graves a las garantías individuales al que era el gobernador de la entidad, Rubén Figueroa.

Aunque el dictamen no tuvo consecuencias jurídicas, Juventino Castro y Castro se empeñó en hacer pública la opinión de la Corte, para dejar un testimonio a la ciudadanía, según se relata en el libro Semblanzas. Vida y Obra de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En su discurso de despedida de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el 28 de noviembre de 2003, agradeció a su esposa quien murió en 2010, el apoyo recibido:

“Estoy en el más alto Tribunal del Poder Judicial de la Federación. Estoy cierto de que no volveré a ocuparlo. Porto por última vez, en público, la toga de ministro que con tanto orgullo he llevado por muchos años. Precisamente por ello, y porque estoy consciente de ello, quiero que mis palabras finales en este recinto, en este acto y en esta tribuna sean las siguientes: Nada he hecho, nada hubiera podido hacer, sin el apoyo e inspiración de una gran dama, mi compañera de toda una vida, doña María Cristina Sariñana, por su propia voluntad de Castro”, expresó el abogado.

Tras jubilarse de la SCJN, Castro y Castro se integró en octubre de 2005 al equipo de asesores de Andrés Manuel López Obrador, que en ese momento era precandidato a la presidencia de la izquierda mexicana rumbo a la elección del 2006.

Con más de 90 años de edad, fue designado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) como diputado plurinominal para el periodo 2009-2012.

Semblanza del ex Diputado Federal

Juventino V. Castro y Castro+

19DERECHO.CULTURA.SOCIEDAD

En RedesLo mas destacable sobre temas de derecho, cultura y sociedad comentado en las redes sociales

John M. Ackerman @JonhMackermanSi de nadie surge la exigencia de que los candidatos debatan termi-naremos ahogados en una eterna pasarela: http://bit.ly/Hsz8Sj

dvalades @dvaladesEs contradictorio con nuestra historia que el gobierno de México censure un acto soberano de Argentina en materia de petróleo.

Gerardo Laveaga @GLaveaga“Cada vez que repruebo a un alumno”, decía Juventino Castro, “repruebo yo mismo: fracasé al tratar de contagiarle el interés por la materia”

Abogados233 @juristasUNAM“Los niños no reclaman nuestra consideración, si no acciones para vivir una vida lejos de riesgos, vicios y barbaridades.” José Dávalos

IFE @IFEMexico Cifra histórica: 79 millones 571 mil 297 ciudadanos tienen credencial vigente y podrán votar el 1° de julio. http://ow.ly/abAkc

Miguel Carbonell @MiguelCarbonell“(Si fuera príncipe o legislador) no perdería mi tiempo en decir lo que es necesario hacer; lo haría o guardaría silencio”, J. J. Rousseau.

Criminologamex Criminología MéxicoEs necesario que los prob. penitenciarios sean expuestos por los medios de comunicación para lograr su inclusión en la agenda formal de gob.

UNESCO México UNESCOMexicoLa UNESCO publica las directrices sobre políticas para el acceso abierto a la información científica http://ht.ly/abkkT

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Secretario de Gobierno de Sinaloa, el Lic. Gerardo Vargas Landero; Mtro. Ulises Chávez Vélez, Presidente de la FEMECA y Lic. Carlos Valle Saracho y Directivos de la FAS

20 DERECHO.CULTURA.SOCIEDAD

l Dr. Wilfrido Miguel Con-treras, Sánchez Secretario de Investigación, Posgrado y

Vinculación, participó en representa-ción del Rector de la UJAT, el Dr. José Manuel Piña Gutiérrez, en la Asam-blea General Ordinaria de la Asocia-ción Universitaria Iberoamericana de Posgrado (AUIP) celebrada en la Uni-versidad de Granada, España.

Acompañado por el director de Pos-grado de la UJAT, Dr. Stefan Louis Arriaga Weiss, se establecieron los primeros vínculos de colaboración académica y se sentó las bases para la cooperación internacional en mate-

ria de posgrado con las universidades Estatal Paulista (Brasil), Oberta de Ca-talunya (España), Antonio Narro (Co-lombia) y la Universidad Carlos III de Madrid (España), instituciones con las que se buscará celebrar convenios de colaboración a corto plazo.

En su participación en la mesa redon-da “Doctorados cooperativos Espa-ña-Latinoamérica a la luz de la nueva legislación española” el Secretario de Investigación, Posgrado y Vinculación, intercambió con los demás panelis-tas sus experiencias y reflexiones en

Establece la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco vínculos con universidades

iberoamericanas

La máxima casa de estudios participó en la asamblea general ordinaria de la AUIP realizada en la Universidad de Granada, España.

torno al reciente Decreto Real sobre doctorados en España que facilita la posibilidad de la implementación de doctorados cooperativos -interinsti-tucionales en el contexto de la UJAT- entre universidades españolas e ibero-americanas. Lo cual promueve la par-ticipación de todas las Divisiones Aca-démicas de la UJAT en cada una de las convocatorias que se presentan a ni-vel nacional e internacional, en temas como Movilidad Académica, Redes de Investigación, Premios a la Calidad del Posgrado, así como asistencia a foros, seminarios y misiones técnicas.

Dr. Wilfrido Miguel Contreras, Sánchez Secretario de Investigación, Posgrado y Vinculación de la UJAT

Rechaza el presidente de CunduacánRecomendación de Derechos Humanos

a Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) notifica formalmente por este conducto a los habitantes de Cunduacán que el H. Ayuntamiento de

ese municipio, a través de su primer regidor, ha rechazado acep-tar la Recomendación 61/2011, derivada de quejas presentadas tras inundaciones.

La notificación de la Primera Visitaduría General de la CNDH a los habitantes de Cunduacán se realiza a través de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) en un espacio de colaboración “en razón de que esta Comisión Nacional no cuenta con domicilio alguno para su localización”.

La solicitud de colaboración destaca: “por lo anterior, con funda-mento en lo dispuesto por el artículo 138, fracción I, del reglamen-to interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Recomendación 61/2011 se tiene como NO ACEPTADA, lo que se hará público en el próximo informe de la Comisión Nacional”.

Se destaca que en la segunda decena de febrero último la CNDH notificó de manera oficial a los habitantes del municipio de Cárde-nas y de la colonia Las Gaviotas, y del fraccionamiento La Gloria, en Centro, la no aceptación de la Recomendación 61/2011 emi-tida a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) derivada de quejas presentadas tras inundaciones.

El folio de los expedientes de queja que se tramitaron ante la CNDH son: CNDH/1/2010/5313/Q, CNDH/1/2010/5314/Q y CNDH/1/2010/5315/Q “relacionados con el caso de las inunda-ciones ocurridas en diversas localidades del Estado de Tabasco, en este organismo nacional, los cuales se concluyeron al emitir la Recomendación…”

Las notificaciones se hicieron públicas a través del Periódico Ofi-cial del Gobierno de Tabasco, suplemento 7248 C, del 22 de fe-brero del presente año.Fuente: Comisión Estatal de Derechos Humanos, (Tabasco).

Reconocen como “de avanzada” a la Ley de Discapacidad de Tabasco

l participar en el taller Presuntas Semejanzas,

Supuestas Diferencias, el Doctor Jesús Manuel

Argáez de los Santos manifestó que la ignorancia es la

verdadera discapacidad ante la falta de conciencia que

permita entender que todos somos iguales.

Ante la profesora Lidia Pedrero, Presidenta de la

Federación de Asociaciones de Discapacidad en el Estado,

el Arquitecto Carlos Ignacio Ramírez García, coordinador

de Diseño Universal del Consejo para la Atención e

Inclusión de Personas con Discapacidad en el Estado

de Jalisco, consideró que expresiones como inválido,

minusválido, sordomudo, discapacitado, cieguito, sordito,

persona con capacidades diferentes, invidente y personas con

capacidades especiales, no son las formas adecuadas para

referirse a ellos, por lo que sugirió llamarles “persona con

discapacidad, asimismo propuso comunicación alternativa,

como es la lengua de señas, el sistema Braille, tableros de

comunicación y tecnología de la información.

El Secretario Ejecutivo del Consejo para la Atención e

Inclusión de Personas con Discapacidad en el Estado de

Jalisco, Licenciado Héctor Figueroa Solano, reconoció

el diseño de casillas incluyentes y la incorporación del

sistema Braille en las boletas electorales que se utilizarán

próximamente en Tabasco, además de considerar como

“de avanzada” La ley de discapacidad para Tabasco.

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22 DERECHO.CULTURA.SOCIEDAD

l mundo del derecho se vio consternado al recibir la noti-cia de que el Dr. Jorge Carpizo

McGregor había fallecido, aunque re-presenta una gran pérdida humana, aca-démica y laboral, hoy forma parte de la historia a la cual solo pueden acceder los grandes, como un reconocimiento a su legado, compartimos la semblan-za curricular sintetizada del Dr. Jorge Carpizo McGregor +.

“Jorge Carpizo, doctor en Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Investigador Emérito de la UNAM adscrito al Instituto de In-vestigaciones Jurídicas. Investigador Na-cional Emérito del Sistema Nacional de Investigadores. Presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitu-cional.

Publicó 21 libros entre los que destacan: “La Constitución Mexicana de 1917”, “El Presidencialismo Mexicano”, “Estu-dios Constitucionales” y “Concepto de democracia y sistema de gobierno en América Latina”. Ha escrito 109 artícu-los y 550 trabajos de menor extensión para revistas especializadas. Varias de sus obras han sido traducidas a otros idio-mas: inglés, francés, alemán e italiano.

Se desempeñó como profesor en las Facultades de Derecho y Ciencias Po-líticas y Sociales de la UNAM. Durante tres años fue profesor en los estudios de posgrado de la Universidad Complu-tense de Madrid, titular de la Cátedra de Estudios Mexicanos de la Universidad de Amberes, Bélgica y Categoría Espe-cial de Profesor de la Universidad de La Habana. Múltiples universidades mexi-canas y del extranjero lo han declarado Profesor huésped, honorario y ad-vitam.

Participó en 154 congresos de carácter jurídico, tanto en México como en otras naciones. Ha impartido 216 conferen-cias en instituciones académicas y judi-ciales de veintidós países en tres conti-nentes.

Intervinó en la redacción de treinta y dos proyectos de reformas constitucio-nales y legislativas.

Recibió 96 premios y distinciones. Entre ellos se pueden mencionar: el de Inves-tigación en Ciencias Sociales 1982 de la Academia de Investigación Científica de México; la Medalla Henri Capitant de Francia; el nombramiento de Maes-tro Honoris Causa de la Universidad de Querétaro; la Eisenhower Fellowship; los Doctorados Honoris Causa de las Universidades Externado de Colombia; Autónoma de Campeche; de Tel-Aviv, Israel; de la Western California School of Law, Estados Unidos; de la Complu-tense de Madrid; de Colima; de Calgary, Canadá, de Xalapa, Viscaya de las Amé-ricas y Autónoma de San Luis Potosí; los premios de Derechos Humanos “Con-tinental” y “René Cassin”; la Medalla y el Diploma al Mérito Universitario de la Unión de Universidades de América Latina y la Medalla al Mérito Constitu-cionalista otorgada por el Senado de la República.

Diversos países lo condecoraron, espe-cialmente de América Latina; Italia con el Mazorco y Francia con la Orden de la Legión de Honor en grado de Comen-dador y la Orden Nacional del Mérito en grado de Gran Oficial.

En la UNAM entre algunos de los varios cargos que ocupó, se pueden mencionar los siguientes: Rector, Abogado General, Coordinador de Humanidades, Director del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Presidente de la Comisión Editorial. Desempeñó la presidencia del Consejo Ejecutivo de la Unión de Universidades de América Latina, la vicepresidencia de la Asociación Iberoamericana del Om-budsman, la Secretaría General Ejecuti-va del Instituto Iberoamericano de De-recho Constitucional y la presidencia del Bhavan de La India en México.

Ocupó los cargos de Ministro numera-

rio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Presidente fundador de la Co-misión Nacional de Derechos Humanos, Procurador General de la República, Se-cretario de Gobernación y Embajador de México en Francia.

Perteneció a numerosas asociaciones profesionales y académicas, entre otras, se puede mencionar que es miembro de la Societé de Législation Comparée de Francia, miembro correspondiente del Instituto de Derecho Político y Consti-tucional de la Universidad de La Plata y de la Academia Brasileira de Letras Ju-rídicas. Miembro asociado de la Acadé-mie Internationale de Droit Comparé. Miembro Honorario del Instituto de De-recho Constitucional de la Universidad de Córdoba, Argentina y del Instituto de Estudios Constitucionales Carlos Res-trepo Piedrahita de Colombia. Miembro de Honor del Consejo General de la Abogacía Española.”

Fuente: Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Semblanza curricular del Dr. Jorge Carpizo McGregor+

23DERECHO.CULTURA.SOCIEDAD

Ante autoridades universitarias de la DACSYH de la UJAT, así como de académicos, estudiantes y público en general, se llevo a cabo la presentación del libro Antología sobre la Introducción al Estudio del Derecho, obra en la cual se abordan temas como la seguridad de la justicia, moral y derecho, entre otros temas de gran interés.

Sustentado en obras como de Agustín Basa de Fernández, Maule Toledo Villan, Efraín Moto Salazar y Mario Álvarez Ledesma, es como los maestros Jesús Cecilio Hernández y Sergio Javier Cedillo Rosillo autores de la obra, crean un material de lectura que exponga la definición y alcances de la palabra derecho. Cabe destacar que la presentación del libro estuvo a cargo del Dr. Jesús Antonio Piña Gutiérrez y la Dra. Felipa Nerý Sánchez.Sin duda es una gran aportación que académicos de la DACSYH, contribuyan en la difusión de obras y conocimiento del derecho.

Antología sobre Introducciónal Estudio del Derecho

Presentación del libro

JUÁREZ

Momentos de su obra y de su tiempoFredislandy

CORNELIO MANUEL*

* Maestro en Derecho Constitucional, Amparo y Derechos Humanos por la Universidad Juárez

II Y ÚLTIMA PARTE BENITO

2. El respeto al derecho ajeno es la paz

“Después de vencer definitivamente a la Intervención y al Imperio, y el día en que triunfalmente entró a la capital de la Repúbli-ca por la garita de Belem y la calle Bucareli, el reformador mexicano expidió el siguiente manifiesto”:

“Benito Juárez, Presidente Constitucio-nal de la República Mexicana.

Mexicanos: El Gobierno Nacional vuelve hoy a establecer su residencia en la ciu-dad de México, de la que salió hace cua-tro años. Llevó entonces la resolución de no abandonar jamás el cumplimiento de sus deberes, tanto más sagrados, cuanto mayor era el conflicto de la Nación. Fue con la segura confianza de que el pueblo mexicano lucharía sin cesar contra la ini-cua invasión extranjera. En defensa de sus derechos y de su libertad. Salió el gobierno para seguir sosteniendo la bandera de la Patria por todo el tiempo que fuera nece-sario, hasta obtener el triunfo de la causa santa de la Independencia y de las institu-ciones de la República.Lo han alcanzado los buenos hijos de Méxi-co, combatiendo solos, sin auxilio de nadie, sin recursos, sin los elementos necesarios para la guerra. Han derramado sangre con sublime patriotismo, arrostrando todos los sacrificios, antes que consentir en la pérdi-da de la República y de la libertad.

En nombre de la Patria agradecida, tributo el más alto reconocimiento a los buenos mexicanos que la han defendido, y a sus dignos caudillos. El triunfo de la Patria, que ha sido el objeto de sus nobles aspiracio-nes, será siempre su mayor título de gloria y el mejor premio de sus heroicos esfuer-zos.

Lleno de confianza en ellos, procuró el Go-bierno cumplir sus deberes, sin concebir

jamás un solo pensamiento de que le fuera lícito menoscabar ninguno de los derechos de la Nación. Ha cumplido el Gobierno el primero de sus deberes, no contrayendo ningún compromiso en el exterior ni en el interior, que pudiera perjudicar en nada la independencia y soberanía de la República, la integridad de su territorio o el respeto debido a la Constitución y a las leyes. Sus enemigos pretendieron establecer otro gobierno y otras leyes, sin haber podido consumar su intento criminal. Después de cuatro años, vuelve el Gobierno a la ciudad de México, con la bandera de la Consti-tución y con las mismas leyes, sin haber dejado de existir un solo instante dentro del territorio nacional.

No ha querido, ni ha debido antes el Go-bierno, y menor debiera en la hora del triunfo completo de la República, dejarse inspirar por ningún sentimiento de pasión contra los que lo han combatido. Su de-ber ha sido, y es, pesar las exigencias de la justicia con todas las consideraciones de la benignidad. La templanza de su conduc-ta en todos los lugares donde ha residido, ha demostrado su deseo de moderar en lo posible el rigor de la justicia, conciliando la indulgencia con el estrecho deber de que se apliquen las leyes, en lo que sea indis-pensable para afianzar la paz y el porvenir de la Nación.

Mexicanos: Encaminemos ahora todos nuestros esfuerzos a obtener y a consolidar los beneficios de la paz. Bajo sus auspicios será eficaz la protección de las leyes y de las autoridades para los derechos de todos los habitantes de la República.

Que el pueblo y el Gobierno respeten los derechos de todos. “Entre los individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz”.

Confiemos en que todos los mexicanos, aleccionados por la prolongada y dolorosa experiencia de las calamidades de la gue-rra, cooperaremos en lo adelante al bien-estar y a la prosperidad de la Nación, que

Momentos de su obra y de su tiempo

25DERECHO.CULTURA.SOCIEDAD

sólo pueden conseguirse con un inviolable respeto a las leyes, y con la obediencia a las autoridades elegidas por el pueblo.

En nuestras instituciones, el pueblo mexi-cano es el árbitro de su suerte. Con el único fin de sostener la causa del pueblo duran-te la guerra, mientras no podía elegir sus mandatarios, he debido, conforme al espí-ritu de la Constitución, conservar el poder que me había conferido. Terminada ya la lucha, mi deber es convocar desde luego al pueblo, para que sin ninguna presión de la fuerza y sin ninguna influencia ilegítima, elija con absoluta libertad a quien quiera confiar sus destinos,

Mexicanos: Hemos alcanzado el mayor bien que podíamos desear, viendo consu-mada por segunda vez la independencia de nuestra Patria. Cooperemos todos para poder legarla a nuestros hijos en camino de prosperidad, amando y sosteniendo siempre nuestra independencia y nuestra libertad2”.

México, 15 de julio de 1867.Benito JUÁREZ

3. Los bienes de Juárez

“Cuando murió Juárez, después de haber desempeñado durante largos años altos pu-estos, el de Gobernador de Oaxaca, Minis-tro de Estado y Presidente de la Suprema Corte de Justicia, y durante catorce años el de Presidente de la República y de habérsele concedido seis veces facultades extraordi-narias omnímodas en Guerra y Hacienda, dejó una fortuna de $151,233.81, según apa-rece del inventario de bienes de su sucesión hereditaria, formado el 18 de abril de 1873 por los señores Don Pedro Santacilia y Li-cenciado don Manuel Dublán, aprobado por el Juez Tercero de lo Civil de la capital y el-evado a escritura pública por el Notario don José Villela, el 19 de mayo del propio año.

He aquí la lista del cuerpo de bienes”:

“Diametralmente opuesta fue la conducta de Maximiliano, en cambio.

Dieciséis días después de su arribo a la capi-tal de la República –hecho el 12 de junio de 1864-, el emperador expidió dos decretos”:

• “Por el primero se asignó el sueldo de un millón y medio de pesos al año (treinta veces más que el de Juárez); y

• Por el segundo votó doscientos mil pesos “para alfileres de su imperial consorte”.

“Maximiliano creyó a los conservadores que le ofrecían un lecho de rosas y desestimó la profecía de Emilio Castelar que, a su paso por España, le previno en esta admonición: “Hombre, no prosigas por ese camino sem-brado de precipicios, te espera un trono a tu llegada, pero como el de Iturbide, vaci-

• Dinero encontrado en la casa mortuoria, según la cuenta del albaceazgo: …………• Dinero en poder de los señores Merodio y Blanco cobrado de la Tesorería General

por cuenta de sus alcances como Presidente de la República, antes de que se expi-diera la liquidación que obra en autos:……………………………............................…

• Cobrado en la misma oficina después de expedida la liquidación, según la cuen-ta del albaceazgo: ……………………………………..............................………………

• Productos de las casas de México, desde el 19 de julio de 1872 hasta la fe-cha:…………………………..................................................……………….

• Importan los alcances como Presidente de la República deduciendo de la liquidación la cantidad que expresa la parte anterior: ………......……………………………………

• En alhajas…………………………………………...................................………………….• En muebles y menaje de casa:……………….........................…........………………….• Una calesa usada y un tronco de mulas:……................................……………………• La casa Núm. 4 del Portal de Mercaderes: .............................………………………• La casa Núm. 3 de la 2ª. de San Francisco: ...................................……………………• La casa Núm. 18 de la calle de Tiburcio: .............................…………………………• La casa en Oaxaca en la calle de Coronel: ..............................………………………• Libros, su valor: ................................……………………………………………………...• Acciones de minas y ferrocarril: ..............................…………………………………...• Ropa de uso: ...................................………………………………………………………...• Importa el cuerpo de bienes: ..................……………………………………

$573.00

$1,500.00

$5,000.00

$5,120.00

$12,479.45$562.00

$4,153.25$500.00

$29,827.67$33,235.82$28,754.00$3,566.46$3,566.46$4,770.00

$149.75$151,233.813

lante y combatido; tu trono se derrumbará en un abismo”.

“El boato palaciego del imperio formaba rudo contraste con la austeridad repub-licana, máxime que el 6 de abril de 1861 Juárez había expedido un decreto rebaján-dose el sueldo de treinta y seis mil pesos anuales a treinta mil, “considerando la nece-sidad imperiosa de introducir en los gastos públicos economías que faciliten la reorga-nización del erario”4.

Benito Juárez vivió una de las épocas más importantes de México, considerada por muchos historiadores como la consoli-dación de la nación como República. Juárez marcó un parteaguas en la historia nacional, siendo protagonista de primer nivel de esta época. Su biografía durante los años que ocupó la presidencia es casi en su totalidad también la historia de México.

2. Zamarripa M., Florencio, Apuntes para mis Hijos, De Benito Juárez, Centro Mexicano de Estudios Culturales, Abelardo Ruiz-Editor, México, 19813. Ibídem, nota 3 pp. 71-72.4. Ibídem. P. 72.

26 DERECHO.CULTURA.SOCIEDAD

El Nacimiento de Tabasco y sus Constituciones

José LuisGONZÁLEZ MARTÍNEZ*

CAPITULO III3.1. TIPO DE GOBIERNO DURANTE LA PRIMERA ETAPA DE LA NUEVA ESPAÑA

l comenzar el siglo XVIII, la provincia de Tabasco instituida como alcaldía mayor, estaba bajo la jurisdicción política del Virrey de Nueva España

y la Eclesiástica de Yucatán, lo cual, en un principio, se nos hace extraño y con poco fundamento, por lo cual es indispensable remontarse en el tiempo.

La Audiencia de México, de la que como decimos, dependía Tabasco, fue fundada en 1527, asignándosele las provincias propiamente del noroeste y las de Yucatán, Cozumel y Tabasco, hasta que, en 1543, se fundo la Audiencia de los Confines, en la Ciudad de Gracias a Dios, confiándole la jurisdicción sobre Yucatán, Tabasco, Chiapas y Guatemala, aunque sólo sería por poco tiempo, pues años mas tarde se reincorporaron a la Audiencia de México, por petición de los vecinos de Mérida, que se quejaban de la lejanía de la Audiencia Centroamericana.

Sin embargo, en Real Cédula de 7 de julio de 1550, se vuelven a reincorporar Yucatán y Tabasco a la Audiencia de

los Confines, pues ésta ya tenia, entonces, como Capital a Guatemala, y se consideró que por tanto era más accesible para ambas provincias, que, no obstante, iniciaron nuevas peticiones, hasta conseguir que, en Real Cédula de 2 de enero de 1560, Felipe II resolviera que, definitivamente, Yucatán y Tabasco permanecieran dentro del distrito de la Audiencia de México. Tal decreto se promulgó en 1561, y en 1564 se estableció la Gobernación o Capitanía General de Yucatán, nombrándose al primer Gobernador, bajo cuya jurisdicción quedarían las provincias de Yucatán, Campeche y Tabasco, que en 1567 quedaría también unida en lo eclesiástico.

Así pues, en el siglo XVII nos aparece la provincia de Tabasco subordinada a la Gobernación de Yucatán, que a su vez dependía de la Audiencia de México. Sin embargo, a fines del mismo siglo, Tabasco quedo sujeta directamente, en lo civil, a la Audiencia Mexicana, tras haber sido segregada del gobierno de Yucatán, de la que siguió dependiendo en lo eclesiástico. “Nada se sabe de cierto sobre los motivos de tal separación, aunque según una tradición se ocasiono por la muerte de un alcalde mayor, y el descuido e indiferencia que manifestó el gobierno de Yucatán, al no nombrar a un interino mientras se comunicaba la vacante y se hacían las diligencias oportunas para nombrar sucesor, manteniéndose entretanto la provincia sin un representante gubernamental

* Miembro de la Comisión México-Canadá para la profesionalización de los abogados mexicanos, Presidente de la Barra Tabasqueña de Abogados, Colegio de Abogados, A.C.

27DERECHO.CULTURA.SOCIEDAD

16. Obispo de Chiapas a S.M., Ciudad Real, 3 de febrero de 1663, cit. Noticias de la negociación y giro del palo de Campeche, Madrid, 28 de marzo de 1757, A.G.I., México, 3,099., Citado en Eugenio Martínez, María Ángeles, La defensa de Tabasco 1600-1717, Consejo Editorial del Gobierno del Estado de Tabasco, Segunda edición, México, 1981, Págs. 30 y 31.

17. Rubio Mañe, J. Ignacio: Introducción al estudio de los Virreyes de Nueva España, 3 Vols. (México, Universidad Nacional Autónoma, 1959-1961), Tomo II, Pág. 29-Obispo de Yucatán a S.M., Mérida, 12 de marzo de 1759, A.G.I., México, 1,031., Citado en Eugenio Martínez, María Ángeles, La defensa de Tabasco 1600-1717, Consejo Editorial del Gobierno del Estado de Tabasco, Segunda edición, México, 1981, Pág.31.

18. Gil y Sáenz, op. Cit., Pág. 61, Citado en Eugenio Martínez, María Ángeles, La defensa de Tabasco 1600-1717, Consejo Editorial del Gobierno del Estado de Tabasco, Segunda edición, México, 1981, Pág.31

19. Eugenio Martínez, María Ángeles, La defensa de Tabasco 1600-1717, Consejo Editorial del Gobierno del Estado de Tabasco, Segunda edición, México, 1981, Pág.27.

y expuesta a toda clase de abusos y libertades.”16

“La primera capital de la provincia de Tabasco fue la Villa de Santa María de la Victoria, cuya localización se desconoce, y que fue incendiada por los piratas ingleses en 1597.”17

“Trasladados sus habitantes más al interior y centro de la provincia, erigióse como capital otra villa, con el nombre de Nueva Villa de la Victoria, o Villa Hermosa (hoy San Juan Bautista), que también tuvo que ser abandonada hacia 1677, por los mismos motivos que la anterior, estableciéndose definitivamente, hasta la época de la independencia, en la Villa de Tacotalpa, pueblo del partido de la Sierra, a cuarenta leguas de la costa.”18 3.2. LAS COMUNICACIONES

Las comunicaciones entre estos pueblos se realizan casi exclusivamente a través de los ríos, en embarcaciones pequeñas como canoas y las denominadas “falcas”, como llaman a dos piraguas grandes amarradas fuertemente una a la otra.

Aunque había otros caminos, como el que conducía a Chiapas, quiero destacar dos principalmente, que nos dan el panorama justo de cómo la provincia de Tabasco se hallaba aislada del resto de la civilización, por su difícil acceso al mismo, que provoco desde sus inicios su rezago histórico, que aun hoy nos sigue doliendo.

Yucatán era para nosotros de vital importancia, ya que como veremos mas adelante no-solo era nuestra hermana mayor, sino estábamos bajo su jurisdicción eclesiástica.

México, el asiento de los poderes virreinales, constituía para

nuestros antepasados una importante y necesaria relación, que se dificultaba por el difícil acceso de los caminos que se tenían que transitar, como nos lo describen testimonios aquí presentados.

a) Caminos hacia Campeche y Mérida

“La conexión de Tabasco con Yucatán se realiza en el siglo XVII, bien desde Campeche por mar hasta la Laguna y de ahí a Tabasco, bien desde Mérida hasta Villa Hermosa, cuya distancia es de 140 leguas, de las que 110 se hacen por mar o por ríos, como el Pacaytún, y el San Pedro Mártir, que están provistos de canoas, y el resto todo por camino llano, sin sierras ni barrancos. La mitad de este camino puede hacerse con mayor comodidad en canoa, desde el pueblo de Chichul, último de Yucatán, al de Kanisán (o canisán) de Tabasco, aunque hay que pasar por un terreno completamente despoblado, pero bien provisto de ranchos y canoas, que sirven para transitar por los dos ríos que hay de aguas muertas.

Las distancias desde Tabasco a Mérida son por mar cincuenta leguas, que suponen unas veinticuatro horas o dos días, a lo sumo, de viaje, y por tierra veinticinco leguas, desde el rio Oyuyxil (Oxuyxil), donde llega el último pueblo de la provincia de Yucatán hasta el pueblo de Usumacinta de la jurisdicción de Tabasco.”19

b) Caminos hacia México

Mucho más difícil es la comunicación con México, por la mucha distancia que hasta allí existe, unas doscientas cincuenta leguas, y por el terreno que hay que transitar, pantanoso, desierto, sin cultivos, poco habitado, sin ríos,

III PARTE

28 DERECHO.CULTURA.SOCIEDAD

EL NACIMIENTO DE TABASCO Y SUS CONSTITUCIONES

esteros ni lagunas, por lo que la mayor parte del año, sobre todo en invierno, esta sin transito. Cuando éste tiene lugar se realiza a través del denominado paso o Camino Real de Huimanguillo, por el paso de Tancochapa que, situado entre montañas y cerrado por montes de cañas y abrojos, es el único camino de comunicación y comercio entre México y Tabasco.”20

CAPITULO IV4.1. SUEÑOS DE LIBERTAD

En Tabasco había ya dos partidos, el de la corona y el de los independientes. En este concepto es ya de suponerse que los ánimos andaban muy agitados, y para mantener el orden se arreglaron cuatro brigadas de la costa y una compañía de los voluntarios españoles fieles, vecinos, y al mando del Capitán Don Juan de Molina, pues en 1811 había ya un cuerpo de infantería nombrado por Fernando VII. La cabeza visible insurgente en Tabasco era Don José María Jiménez, jefe del partido insurgente. Nació en Villahermosa, y sus padres fueron el Coronel Don Francisco Jiménez, de origen español, y Doña Antonia Garrido, natural de Jalpa.

Desde que la idea de la emancipación de la Metrópoli comenzó a extenderse por el país, el Capitán Jiménez la acogió con calor y entusiasmo no disimulado, haciéndose por tal motivo sospechoso para el gobierno de la provincia, que lo sujeto a perpetua vigilancia sin perderle nunca de vista, pero cuando supo aquel la proclamación del Plan de Iguala, no pudo ya contenerse más, y, reuniendo a todos los patriotas de Villa-hermosa, comenzó a celebrar reuniones secretas y a madurar el plan que debía dar al traste con el gobierno colonial.

Sus proyectos fueron descubiertos gracias a la indiscreción de un amigo suyo, y el Gobernador lo envío en agosto de 1821 con grillos y esposas preso al punto militar que se hallaba en la barra del Grijalva, con destino a San Juan de Ulúa. Para fortuna del él, se presento un corsario frente a la barra y la embarcación en que debía ser conducido no pudo salir. Veinte días mas tarde la misma guarnición del punto militar facilito la evasión del patriota y de su hijo Don José Víctor el mismo que más tarde fue Gobernador del Estado, y por muchos años Jefe del Partido Liberal Avanzado de Tabasco.

Cuando padre é hijo remontaban el río con objeto de levantar las fuerzas en las poblaciones rurales y marchar en seguida sobre la Capital de la provincia, encontraron el

correo que conducía la orden de libertad que el Teniente Coronel Don Juan Nepomuceno Fernández, Jefe de la fuerzas Insurgentes que acababan de apoderarse de Villahermosa, había decretado en nueve de septiembre de 1821.

4.2. INDEPENDENCIA EN TABASCO

Transcribo a continuación un documento histórico que se guarda en los anales de la historia tabasqueña, y es la nota dirigida a Iturbide por el comandante de la 11ª. División del Ejército trigarante, con motivo de la ocupación de Tabasco.

“Comandancia en gefe de la 11ª. División del Ejército trigarante.- La Provincia de Tabasco, una de las integrantes de este imperio y que por la riqueza de sus productos ha sido vista siempre con grande interes, llamó toda mi atención desde que ocupé felizmente la Villa de Alvarado y una línea extensísima de la costa de Sotavento. Me preparaba a esta expedición en mayo, con una fuerza de 600 hombres; persuadido de las ventajas que ocasionaba la libertad de un territorio pingüe y de que Veracruz ha sacado su subsistencia y toda clase de recursos.

Conocidos los talentos militares e ideas patrióticas del Capitán D. Juan Nepomuceno Fernández, le confié esta empresa, haciendolo marchar desde Cosamaloápan con una fuerte división a Corral Nuevo, Acayúcan y Coatzacoalcos, que fueron luego presas de su valor. Hice que sin pérdidas de momento se dirigiera a Tabasco, ya engrosadas sus tropas con los nuevamente adictos, y hoy mi General, me cabe la indecible satisfacción de participar a V.S. que el 31 del mes anterior se ha proclamado y jurado el sistema de independencia en Villa-hermosa, capital de la provincia, y en la mayor parte de ella con regocijo universal de aquellos habitantes que bendicen a V.S. como el héroe y libertador de la patria. El benemérito Fernández tomó 300 fusiles, la plaza, y cuenta con 200 hombres más, que unidos al resto de aquella denodada división, marcharon sobre el Mayor de Plaza, que con unos cuantos se fugo a campeche, seguido del odio y execración universal.

La campaña es gloriosísima, y el Capitán Juan Nepomuceno Fernández es superior a todo elogio y muy digno de las gracias que V.S. quiera concederle. Me lisonjé General, de ver cumplidos mis deseos, de que la patria haya sido servida a medida de voluntad en asunto tan interesante a su futura felicidad.

“Dios guarde a V.S. muchos años. Jalapa, 30 de septiembre de 1821.-Antonio López de Santa Anna.-Sr. D. Agustín de Iturbide, primer Jefe del Ejercito Imperial de Tres Garantias”.21

Continuará

20. Obispo de Chiapas a S,M,, Ciudad Real, cit.-Testimonios presentados al Juez para la cuestión de la agregación de Tabasco al Obispado de Chiapas, Tacotalpa, 4 de agosto de 1776. A.G.I., México 3,102. Réplica del Obispo de Yucatán a la necesidad de la segregación de Tabasco, cit., Citado en Eugenio Martínez, María Ángeles, La defensa de Tabasco 1600-1717, Consejo Editorial del Gobierno del Estado de Tabasco, Segunda edición, México, 1981, Pág.29

21. Arias Gómez, Ma. Eugenia, Lau Jaiven, Ana, y Sepúlveda Otaíza, Ximena, Tabasco textos de su historia, Volumen 1, Instituto de Investigaciones “José Ma. Luis Mora”, Gobierno del Estado de Tabasco, Villahermosa, Tabasco, México, Primera edición, 1985, Pág. 111..

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