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Revista de la Federación Nacional de Empresarios Pintores nº40 - Abri 2017

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Revista de la Federación Nacional de Empresar ios Pintores

nº40 - Abri 2017

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Dirija sus pedidos a:ANSPI Camino Ibarsusi, s/n. - Edificio Arzubi - 48004 BILBAOTfno.: 94 641 50 30 - Fax: 94 305 05 94 - Móvil: 600 570 569E-mail: [email protected]

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Mundo ANSPI es una publicación de

ANSPI

Federación Nacional de Empresarios Pintores

Presidente

Miguel Ángel Soro

Secretaria adjunta a presidencia

Eva Colino Vela

© ANSPI

(Federación Nacional de Empresarios Pintores)

Camino Ibarsusi, s/n. - Edificio Arzubi

48004 BILBAO

Tel.: 94 641 50 30 - Fax: 94 305 05 94

Móvil: 600 570 569

www.anspi-fnep.com

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Diseño, maquetación y preimpresión:

Iker Villalain Saez

Impreso en España

Depósito Legal: B-19455-2006

Imprime: Gráficas Lizaso , SL

Queda prohibida la reproducción total o parcial de la

información contenida en esta publicación, de ninguna

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del propietario del copyright.

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RESIMORTER APLICATIONS

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REPRESENTA EN EL ÁMBITO ESTATAL LOS INTERESES DE TODOS LOS EMPRESARIOS DE PINTURA DECORATIVA E INDUSTRIAL

ESTAR ASOCIADO A ANSPI SUPONE TENER A TU DISPOSICIÓN LAS ÚLTIMAS NOVEDADES Y NORMATIVAS PARA NUESTRA PROFESIÓN

QUIENES SOMOS?ANSPI, Federación Nacional de Empresarios Pin-tores, es una asociación empresarial sin ánimo de lucro, fundada en 1973 y dedicada a la represen-tación y defensa de los intereses de las empresas y profesionales dedicados a todas las modalidades de pintura.

CUALES SON NUESTROS OBJETIVOS?Nuestros principales objetivos son :

- Representar al gremio- Llevar a cabo todas aquellas actuaciones que

salvaguarden y promuevan los intereses de los profesionales del sector

- Estudiar las cuestiones profesionales, proble-mas y oportunidades de interés común- Promover el intercambio de experiencias e información entre los asociados- Estimular la colaboración entre las empresas asociadas

QUE SERVICIOS TE OFRECEMOS?Los servicios más importantes que ANSPI presta a sus asociados son:

- Asesoría técnica gratuita- Asesoría legal y laboral gratuita- Representación del sector ante instituciones

nacionales (Gobierno Central) e internaciona-les (Gobierno de la CEE), en defensa de nues-tros intereses como gremio

- Revista ANSPI gratuita, con noticias del sector y precios orientativos por m2

- Seguros de R.C. con una relación calidad-pre-cio sin competencia, gracias a nuestro acuerdo de colaboración con ARAL3 CONSULTING

- TARJETA SOLRED gratuita y sin avales para nuestros asociados, con descuentos de hasta 8 céntimos por litro de carburante

- Servicio de Prevención ajeno, formación, ges-tión de residuos y un largo etcétera.

- Página web en la que podrá encontrar bolsa de trabajo, publicidad gratuita a través del direc-torio de empresas asociadas, noticias de inte-rés para el gremio, normativa legal, etc.

Sin embargo, por encima de todas estos servicios, tu principal ventaja como asociado va a ser el for-mar parte de una asociación que cuenta con más de 40 años de andadura y experiencia en el sector, que va a luchar por defender tus intereses y en la que vas a poder compartir experiencias, proble-mas e inquietudes con un nutrido grupo de profe-sionales, encontrando soluciones que te ayuden en el día a día de tu empresa.

Para mayor información acerca de ANSPI contacten por favor con las siguientes señas:

ANSPIFederación Nacional de Empresarios Pintores

Camino Ibarsusi, s/n. - Ed. Arzubi 48004 BILBAO

Tel.: 94 641 50 30 - Fax: 94 305 05 94

Móvil: 600 570 569

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¿Quienes somos?

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Queridos compañeros pintores, como dice el tí-

tulo, no hay mal que cien años dure ni cuerpo

que lo aguante. Yo, os puedo contar mi pequeña

historia personal para que os pueda servir de

ánimo y esperanza en estos tiempos que nos

han tocado vivir.

Mi empresa familiar fue fundada en 1900 por mi

abuelo, luego siguió con ella mi padre, posterior-

mente yo y a día de hoy la continua mi hijo, so-

breviviendo a la conocida maldición de la tercera

generación. Y todo ello se debe a cuatro gene-

raciones de trabajadores que valiéndose de

profesionalidad, empeño, honradez, atención al

cliente y buena gestión siempre han conseguido

mantener la empresa, si bien es cierto que se

han ido alternando siempre momentos de gran

actividad con otros de flaqueza en los que es más difícil mantener la pasión por la profesión,

pero siempre buscando dignificar la profesión de MAESTRO PINTOR.

Durante todos estos años se ha ido avanzando y

mejorando el aprendizaje del profesional desde

la base para formar mejores profesionales en la

pintura, muchos de ellos tienen incluso su propia

empresa de pinturas, se ha avanzado en la ges-

tión del trabajo mejorando el control de gastos

y costes.

Es muy importante además adaptarse a los nue-

vos tiempos con rapidez, siempre estar dispues-

to a aprender y conectar con otros profesionales

que nos den la oportunidad de estar al día de las

nuevas técnicas y formas de desarrollar nuestra

profesión.

Desde los comienzo de ANSPI (Federación Na-

cional de Empresarios Pintores) nos abrimos a

esa sinergia entre todos los asociados, amplian-

do los conocimientos y experiencias gracias a

los maestros pintores de toda España. Pero lo

más importante de todo es y será el trato hu-

mano de todos sus asociados, el esfuerzo cons-

tante de los directivos. Como asociado, siempre

me sorprendió la unión entre los compañeros,

la información y asesoramiento y el no sentirme

nunca solo ante las adversidades, creando unos

lazos de unión por todo el territorio nacional,

desde el norte hasta el sur. Haciendo que los

miembros nos sintamos más fuertes y unidos.

Para ir terminando, quiero deciros que me siento

muy orgulloso de pertenecer a ANSPI y que en-

tre todos tenemos que ayudarla a seguir siendo

importante y referente para todas las empresas

aplicadoras de pintura del país.

Un saludo

Francisco Gómez Rodríguez

Vicepresidente 2º Vocal Andalucía Occidental

Editorial

NO HAY MAL QUE 100 AÑOS DURE...

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Noticias

El número de empresas de nueva creación registra-

do en los dos primeros meses del año alcanzó las

17.497 sociedades, lo que supone un 8,86% menos

que en 2016, según el Estudio sobre Demografía

Empresarial elaborado por la consultora Informa

D&B. En el mes de febrero, las constituciones de

sociedades descendieron un 16,27% respecto al

año anterior, hasta las 9.052 nuevas empresas.

La construcción es, después del comercio, el sector

donde se crearon más empresas, tanto en el acu-

mulado anual, con 3.525 empresas como en el mes

de febrero, cuando se registraron 1.844 constitucio-

nes.

Sin embargo, comercio y construcción son también

EN LO QUE VA DE AÑO SE HAN CREADO 3.525 EMPRESAS DEDICADAS AL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

los sectores que han sufrido más recortes en

lo que va de año, con 462 y 344 constituciones

menos, respectivamente. Esto supuso un 8,89%

menos de empresas dedicadas a la construc-

ción creadas menos en comparación con el año

anterior.

Las cifras de capital invertido en sociedades del

sector de la construcción han crecido un 13,77%

en lo que va de año, hasta los casi 292 millones

de euros, y un 6,12% en febrero, alcanzando los

154 millones de euros.

Cifras globales

A pesar del retroceso en la creación de empre-

sas, los datos de capital invertido crecen un

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22,72% en lo que va de año, hasta alcanzar casi

1.300 millones de euros, y un 12% en febrero, re-

gistrando los 564 millones de euros.

Cabe destacar que es la primera vez desde junio de

2016 que la cifra de creación de sociedades supera

el umbral de las 9.000 empresas.

Datos regionales

Cataluña es la Comunidad donde han nacido más

empresas en lo que va de año, con 3.567 nuevas

compañías constituidas, seguida de Madrid (3.349)

y Andalucía (2.861).

No obstante, en términos interanuales, la disminu-

ción en la creación de empresas en el mes de febre-

ro se pudo apreciar en casi todas las Comunidades

Autónomas, salvo en Navarra (+14,95%), Castilla

y León (+0,92%) y Ceuta, que no presentó varia-

ciones respecto al año pasado. Las bajadas más

importantes se observaron en Cataluña (-20,16%),

Madrid (-16,13%) y Andalucía (-14,57%).

El Consejo de Mi-

nistros aprobó

el pasado

viernes un

acuerdo por el

que se establecen las

cuantías máximas de las ayudas estatales para las

subvenciones de la prórroga, durante al año 2017

del Plan Estatal de Vivienda 2013-2016.

En concreto, se destinarán 321,61 millones de eu-

ros para ayudas estatales al alquiler de viviendas y

a la rehabilitación y renovación de viviendas y ba-

rrios. El mismo importe que para el mismo objeto se

destinó en el año 2016.

Se prevé que esta inversión posibilite la concesión

de más de 100.000 ayudas al alquiler y la rehabi-

litación o renovación de aproximadamente 35.000

viviendas. Ello supondrá la generación de aproxi-

madamente 12.700 puestos de trabajo.

A estas ayudas hay que sumar 140 millones de eu-

ros que aportará el Ministerio de Fomento durante

el ejercicio 2017 para las ayudas de subsidiación

de préstamos vinculados a la vivienda, que benefi-

ciarán a 140.000 familias.

Fomento destinará 321,61 millones de euros a ayudas estatales a la vivienda durante 2017

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Las empresas con un nivel bajo de accidentes y

enfermedades laborales entre sus trabajadores

tendrán una rebaja del 5% en las cotizaciones por

contingencias profesionales. Así lo regula el Real

Decreto aprobado el pasado viernes por el Con-

sejo de Ministros que quiere ampliar la concesión

de los bonos a las empresas por reducir su sinies-

tralidad.

El ministro de Educación, Cultura y Deporte y por-

tavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, ex-

plicó que el nuevo texto legal “establece una

serie de incentivos, basados en sistemas

objetivos, para premiar a las empresas

que adoptan medidas que contribuyen,

de manera eficaz, a prevenir o a reducir los accidentes o enfermedades profesionales”.

La cuantía del incentivo será del 5% del importe

de las cuotas por contingencias profesionales de

cada empresa correspondientes al periodo de ob-

servación, con posibilidad de reconocer un incen-

tivo adicional del 5%, hasta el 10%, si invierten en

mejorar las condiciones de salud e higiene de sus

empleados.

La financiación irá a cargo al Fondo de Contingen-

cias Profesionales de la Seguridad Social. El volu-

men máximo de los recursos a disposición de las

mutuas en cada ejercicio económico para este fin será del 3% del saldo de dicho Fondo.

Como requisitos para beneficiarse de la reduc-

ción en las cuotas, se exige el cumplimiento

de los índices de siniestralidad general y si-

niestralidad extrema, una declaración res-

ponsable del cumplimiento de deter-

minadas obligaciones por parte del

empresario e informar de la solicitud

de los incentivos a los delegados de

prevención.

El Gobierno reducirá las coti-zaciones a las empresas con

baja siniestralidad laboral

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Cuéntales a tus compañeros las ventajas de pertenecer a ANSPI, porque además de defender

nuestro sector, te ofrecemos:

- Asesoría legal y técnica gratuita

- Seguro de RC en unas condiciones excepcionales de precio y cobertura

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Asociaciones

El pasado mes de enero, Anspi y Asefapi firmaron un acuerdo de colaboración que formaliza las ex-

celentes relaciones que ambas asociaciones han

venido manteniendo a lo largo de toda su historia

Este acuerdo se basó en los siguientes conside-

randos

I Que ambas instituciones tienen objetivos comu-

nes y/o complementarios, y que por tanto la cola-

boración permitirá aprovechar al máximo sus po-

tenciales.

II Que tiene interés positivo la coordinación de las

dos instituciones a fin de sumar esfuerzos para es-

tablecer caminos de actuación que favorezcan e

incrementen el beneficio mutuo.III Que ambas instituciones han mantenido contac-

tos a través a lo largo de su historia en áreas rela-

cionadas con temas afines.IV Que, sobre la base de lo anteriormente expues-

to, se abre un amplio espectro de posibilidades de

colaboración, por lo cual, se considera oportuno

suscribir un protocolo que permita un aprovecha-

miento de los recursos más óptimo y una coope-

ración activa en el desarrollo de temas de interés

común.

V Que las dos Asociaciones declaran su voluntad

de participar en forma conjunta en actividades que

persigan un mejor conocimiento y uso de la pintura

y su aplicación, propiciando aumentar los vínculos

entre sus miembros y otros propios de su actividad,

El principal objetivo de este convenio de colabora-

ción es el de enmarcar y coordinar la actuación de

ambas asociaciones en los intercambios de infor-

mación y en la realización de proyectos de mutuo

interés.

ANSPI Y ASEFAPI FIRMAN UN ACUERDO DE COLABORACION

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En 1977 un grupo de empresarios crearon la Aso-ciación Española de Fabricantes de Pinturas, a la que, ese mismo año se unieron otras compañías. Diecinueve de aquellas empresas siguen hoy for-mando parte de la Asociación.

La falta de canales estables de comunicación jus-tificó la creación de ASEFAPI. Desde aquel 1977 la Asociación ha evolucionado con el tiempo, amoldándose a las necesidades de las empresas y la sociedad, ganando prestigio y protagonismo en el mundo industrial.

En 40 años muchas cosas han cambiado, exis-tiendo ahora en la cartera de todas las compañías una variedad de productos, inimaginables enton-ces, respaldados por la más alta capacidad tec-nológica.

El mundo globalizado se ha ido enfrentado a la, cada vez mayor, necesidad de atender a una creciente cantidad de información.

Esta información, la recibida y la generada, se multiplica debido a las nuevas tecnologías. Nin-guna empresa en solitario puede hacer frente a esta situación.

Actualmente 100 empresas, concienciadas con los nuevos retos aúnan sus esfuerzos a través de la Asociación Española de Fabricantes de Pinturas y Tintas de Imprimir.

De esta forma disponen de mayor potencia para hacerse escuchar, y de mayores posibi-lidades de captar la información clave para su negocio.

40 años de ASEFAPI

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Guía de servicios a asociados

MEJORAMOS EL SEGURO DE RC PARA NUESTROS ASOCIADOS

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por un capital de 12.000 € (franquicia de

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- Mejoramos la prima anual para factu-

raciones superiores a 200.000 €

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En San José Abogados llevan más de 20 años

prestando un asesoramiento jurídico integral a per-

sonas, empresas, e instituciones públicas, gracias

a un sistema de trabajo dirigido a la obtención de

los mejores resultados para sus clientes.

Actuan en los Juzgados y Tribunales de todo el te-

rritorio nacional, y mantienen una estrecha relación

con firmas internacionales, para aquellos asuntos que trascienden de nuestras fronteras.

San José Abogados está compuesto por un grupo

de profesionales que destacan por su vocación por

el Derecho, su experiencia, y su profunda implica-

ción en los asuntos que se les encomiendan.

ASESORÍA LEGAL GRATUITA

Entre sus componentes se encuentran profesores

de la Universidad de Deusto, árbitros del Consejo

Superior de Cooperativas de Euskadi, investigado-

res que han participado en proyectos de Universi-

dades como Harvard (Cambridge-EE.UU.) o en el

Max Planck Institut (Hamburgo-Alemania); todos

ellos especialistas en diferentes campos del Dere-

cho, que participan activamente en la publicación

de libros, artículos y reglamentos.

En caso de que precises hacer uso de este servicio,

no tienes más que enviar tus consultas por email

a ANSPI y serán tramitadas a la mayor brevedad

posible

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La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión

Europea de 21 de diciembre de 2016, reconoce la

retroactividad total de los efectos de

la nulidad de las cláusulas suelo, lo

que permitirá a los afectados por la

misma recuperar lo pagado de más

desde el inicio de la relación

hipotecaria, cantidades que

en la mayoría de las ocasio-

nes superan con creces los

6.000 €.

Otra importante sentencia

de 23 de diciembre de 2015

permite a los consumidores

reclamar una serie de gastos

asociados a la constitución

de la hipoteca que, con ca-

rácter general, son cargados in-

debidamente a las personas que

acuden a la entidad financiera a solicitar un préstamo hipoteca-

rio (gastos de notaría, registro,

informe de tasación e, incluso en

algunos caso, el Impuesto sobre

Actos Jurídicos Documentados).

Se estima que el importe medio de los gastos de

constitución de una hipoteca sobre una vivienda de

120.000 euros supera los 1.000€.

Es preciso un correcto asesoramiento

no sólo para conocer exactamente las

cantidades que se tiene derecho a

recuperar, sino para formular una

reclamación que obligue al ban-

co a efectuar una propuesta.

Si has suscrito un préstamo

hipotecario posiblemente seas

uno de los afectados.

Desde ANSPI, en colaboración

con San José Abogados, nos ofre-

cemos a analizar sin ningún tipo

de coste ni de compromiso para

nuestros asociados, tu documen-

tación y situación personal, para

informarte de las cantidades que

puedas tener derecho a recla-

mar.

Ponte en contacto con ANSPI

¿TIENES UNA HIPOTECA?

¿LA HAS CANCELADO EN LOS ULTIMOS AÑOS?¿SABES SI TIENES CLAUSULA SUELO?

¿HAS PAGADO GASTOS QUE NO TE CORRESPONDÍAN?

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Gracias al acuerdo de colaboración entre ANSPI y

SOLRED, todos nuestros asociados se pueden be-

neficiar de MAYORES DESCUENTOS en la com-

pra de carburantes.

Hemos mejorado las condiciones de este

acuerdo de colaboración:

- Disponer de la tarjeta SIN AVAL para consumos infe-riores a 2000 €/mes (previa aprobación por la compa-ñía que evalúa el riesgo)

- Descuentos :

DIESEL: 8 cts€/l por los consumos rea-

lizados en una Red de EE.SS. Preferentes

de REPSOL, CAMPSA y PETRONOR en España

En las no preferentes, el descuento es de 1,20 cts/l

GASOLINA: 1,80 cts€/l para todos los consumos

de gasolina realizados en todas las EE.SS. Repsol,

Campsa y Petronor.

La tarjeta SOLRED es un medio de pago que ade-

más brinda a sus titulares las siguientes ventajas:

- VIA T para pagar los peajes de auto-pista y túneles. El coste para 5 años es de 10 € en total.

- Factura mensual y extracto de operaciones de

cada vehiculo, lo que facilita que se desgraven del

IVA de cualquier operación de repostaje, peaje, lu-

bricante, talleres, o lavados, aunque no disponga

del ticket.

- SOLRED Directo on line, herramienta que permite

acceder a través de Internet a toda la información

detallada de movimientos y consumos, relación de

Estaciones con descuento, etc.

- Ofertas de bonificaciones en hoteles (Sol Melia, Zenit, As, NH, IHG) Florline,

Viajes Barceló, Alquiler de Vehículos

(Europcar, Hertz, ATESA, Avis) ,

etc. al ser cliente de Solred.

- Puntos TRAVEL, IBERIA….

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ANSPI mantiene su

acuerdo de colabora-

ción con el Banco Sa-

badell, por el que todos nuestros asociados pueden

beneficiarse de unas condiciones muy especiales a la hora de contratar diversos servicios como:

- Cuenta expansión

- Tarjetas de crédito

- Productos de ahorro- inversión

- Financiación personal y profesional

Por ser miembro de la Federación Nacional de

Empresarios Pintores, le ayudamos financiando su proyecto profesional con condiciones exclusivas,

ANSPI MANTIENE SU ACUERDO DE COLABORACIÓN CON EL SABADELL

un tipo de interés preferente y comisiones re-

ducidas.

Y esta es solo una de todas las ventajas de

trabajar con Banco Sabadell. Y es que si so-

mos el banco de las mejores empresas, tam-

bién es lógico pensar que debemos ser el

banco de los mejores profesionales: el suyo.

Por eso, preferimos empezar a trabajar y ha-

cerlo en persona. Le esperamos en su ofici-na de Banco Sabadell más cercana, o si lo

prefiere contacte con nosotros en el número de teléfono 902 383 666 e identifíquese como

miembro de ANSPI

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ANSPI ha firmado un acuerdo de colaboración

con SPMAS, con el fin de facilitar a todos sus aso-

ciados un Servicio de Prevención Ajeno de calidad

y en unas condiciones muy favorables.

SPMAS está acreditada como Servicio de Preven-

ción (Acreditación SP/1/1997/N)

SPMAS cuenta con una red de centros que llega a

todo el territorio estatal, con más de 500 profesio-

nales y más de 30 años de experiencia.

El principal objetivo de SPMAS, es la prestación del

servicio de prevención en la modalidad de ‘servicio

de prevención ajeno’, ofreciendo a las empresas un

servicio integral que incluye cualquier tipo de ase-

soramiento relacionado con la prevención de ries-

gos laborales y la seguridad.

SPMAS cuenta con un departamento especializa-

do en el sector de la construcción, con una amplia

experiencia en el mismo, ofreciendo servicios como

la realización de coordinaciones de seguridad y sa-

lud, tanto en fase de proyecto como de ejecución,

elaboración de estudios y estudios básicos de se-

guridad y salud, planes de seguridad y salud, di-

recciones e inspecciones de andamios, planes de

montaje de andamios, etc.

Su departamento jurídico proporciona a sus clien-

tes asesoramiento para la correcta aplicación de

la normativa de prevención de riesgos laborales y

SERVICIO DE PREVENCION AJENO PARA LOS MIEMBROS DE ANSPI

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ACUERDO CON EL M.A.Z. (MUTUA DE ACCIDENTES DE

ZARRAGOZA)

En fechas recientes,

Anspi ha firmado un acuerdo de colabo-

ración con M.A.Z.

(Mutua de Accidentes de Zaragoza) para que

preste sus servicios a nuestros asociados en

unas condiciones preferentes

La Mutua colaborará con ANSPI en la organi-

zación de actos diversos, tales como charlas,

conferencias, cursos, etc., dirigidos tanto a sus

asociados o adheridos a MAZ como a sus tra-

bajadores, a fin de orientar, formar e informar a unos y otros en el conocimiento de la norma-

tiva y de las actividades que han de observar

en materia preventiva en el ámbito de la Segu-

ridad Social, así como de las restantes funcio-

nes que constituyen el cometido de la Mutua

como Entidad Colaboradora con la Seguridad

Social.

otras gestiones relacionadas con la seguridad y sa-

lud en el trabajo, como es el asesoramiento por re-

querimientos de la Autoridad Laboral.

SPMAS ofrece pues un servicio integral a sus

empresas

SPMAS pone a disposición de sus clientes la web

www.spmas.es, donde todo aquel usuario registrado

tendrá a su disposición en cualquier momento y lu-

gar, simplemente disponiendo de un ordenador con

conexión a internet, toda la documentación objeto

del contrato en formato electrónico, con la posibili-

dad de realizar descargas directas y no únicamente

para su consulta. Igualmente se podrá realizar un se-

guimiento online de toda la actividad preventiva. Con

ello se pretende aportar rapidez, facilidad y agilidad

en el acceso a la documentación.

SPMAS está especializada en la formación práctica,

aportando un amplio catálogo de contenidos: carreti-

llas (acreditados de acuerdo con la norma UNE), ca-

rretillas elevadoras, plataformas elevadoras, puen-

tes grúa, trabajos en altura, espacios confinados…Por otro lado son especialistas en el desarrollo pla-

nes de formación A MEDIDA aplicándolos en las

propias instalaciones de sus clientes. Gestionan la

bonificación de la formación a través de la Fundación Tripartita de manera gratuita

Al hacerse cliente de SPMAS,

todos los trabajadores de la

empresa y sus familiares di-

rectos tienen acceso a dispo-

ner sin cargo de Bonos de

Servicios Sanitarios de Glo-

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20

ANSPIinforma

LAS MUTUAS Y EL TRABAJADOR AUTÓNOMO. A QUÉ TIENE DERECHO?

Desde el 1 de Enero del 2008, los trabajadores au-

tónomos tienen la OBLIGACIÓN de optar por dar

cobertura a las prestaciones de INCAPACIDAD

TEMPORAL con una mutua, siempre que no ten-

gan derecho a dicha prestación por razón de la ac-

tividad realizada en otro régimen de la Seguridad

Social.

COBERTURA POR CONTINGENCIAS

COMUNES

Tras la reforma del año 2003, a través del Real De-

creto 1273/03, las prestaciones del Régimen Ge-

neral de Trabajadores por Cuenta Propia y Autóno-

mos serán las mismas que en el Régimen General:.

Requisitos:

• Alta en RETA y cobertura de la prestación de IT

por contingencias comunes con mutua colaborado-

ra con la Seguridad Social.

• Periodo de cotización mínimo: Será requisito in-

dispensable para causar derecho a la prestación

de incapacidad temporal derivada de enfermedad

común tener cotizados 180 días en los cinco años

inmediatamente anteriores a la fecha de la baja

médica. Dicho requisito no se exige en los casos

de incapacidad temporal derivada de accidente no

laboral.

- Cuantía

Será abonada la prestación durante la baja médica

de acuerdo al siguiente cálculo :

- Del 4º al 20º días de baja el 60% de su base re-

guladora.

- A partir del 21º día, el 75%.

La potestad para la emisión de partes de Baja,

Alta y Confirmación, en estos supuestos será res-

ponsabilidad del médico de familia de la Seguridad

Social. La Mutua Colaboradora con la Seguridad

Social, será la encargada de realizar la presta-

ción económica derivada de incapaci- dad

temporal por

contingencias

comunes.

La ventaja de te-

ner esta cobertu-

ra suscrita con una

Mutua y dado que son

entidades colaboradoras

con la Seguridad Social,

es que pueden colaborar

adelantando pruebas o rehabilita-

ción a pacientes de baja de Enfermedad

Común que así lo precisen, siempre que venga

prescrito por el Servicio Público de Salud y con

previo consentimiento de Inspección Médica.

COBERTURA POR CONTINGENCIAS

PROFESIONALES

De qué se trata:

Todos los autónomos que en el

momento del accidente tengan

dadas de alta la cobertura de las

Contingencias de Accidente de

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21

Trabajo y Enfermedades

Profesionales con una

Mutua, tendrán derecho

a esta prestación, bene-

ficiándose de atención médica, rehabilitación, y el

abono de todos los gastos

derivados de su accidente:

asistencia sanitaria, farma-

cia, desplazamientos para

tratamiento y control etc.

Se abonarán las prestaciones

durante la baja médica:

Cuantía:

- La cuantía diaria del

subsidio será el 75%

de la base regula-

dora desde el día

siguiente a la

baja médica.

- Por incapacidad permanente o fallecimiento nos

ocupamos de su pensión o indemnización.

Esta cobertura tiene carácter voluntario, siendo

excepción el TRADE, o trabajador autónomo eco-

nómicamente dependiente, y para aquellos que es-

tén sujetos a formalizar esta protección debido al

desempeño de una actividad profesional que lleve

implícito un elevado riesgo de siniestralidad.

En todos los casos la cobertura de las contingen-

cias profesionales será suscrita con la misma en-

tidad colaboradora con la que se haya suscrito la

cobertura por contingencias comunes / incapacidad

temporal.

CESE DE ACTIVIDAD

Esta prestación en la actualidad:

• La protección por cese es voluntaria e indepen-

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diente de la cobertura de contingencias profesiona-

les.

• El nivel de pérdidas exigido al autónomo para in-

currir en una situación de necesidad se rebaja del

20 al 30 % de los ingresos hasta el 10 %.

• Se modifica el periodo de reconocimiento del de-

recho pasando de ser desde el día primero del mes

siguiente al cese al día primero del segundo mes

después del cese.

• Se amplía la cobertura a los TRADE no formali-

zados.

• Se amplía la posibilidad de invitar al pago de las

cuotas adeudadas en el periodo de los 12 meses

inmediatamente anteriores a la fecha de cese.

• En caso de establecimiento abierto al público se

exigirá el cierre del mismo durante la percepción

del subsidio o bien su transmisión a terceros. No

obstante, el autónomo titular del inmueble donde

se ubica el establecimiento podrá realizar sobre el

mismo los actos de disposición o disfrute que co-

rrespondan a su derecho, siempre que no supon-

gan la continuidad del autónomo en la actividad

económica o profesional finalizada.

Beneficiarios:Trabajadores en situación de alta y que tengan cu-

biertas la protección por cese en la actividad en el

Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta

Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de

los Trabajadores del Mar.

Cuantía y Duración:

70% de base reguladora, que es el promedio de

las bases de cotización de los 12 meses inmediata-

mente anteriores, incluido el mes del cese, con apli-

cación de topes máximos y mínimos. La duración

dependerá del periodo cotizado.(Mínimo: 2 meses

de prestación y máximo 12 meses). Difiere para los autónomos en general y para los mayores de 65

años.

AUTONOMOS EN GENERAL

12a 17 meses 2 meses

18 a 23 meses 3meses

24 a 29 meses 4meses

30 a 35 meses 5 meses

36 a 42 meses 6 meses

43 a 47 meses 8 meses

Más de 48 meses 12 meses

RIESGO EN EL EMBARAZO Y LA LACTANCIA

Corresponde a la Mutua el reconocimiento de de-

recho a percibir la prestación por riesgo durante el

embarazo/lactancia cumpliendo y aportando una

serie de requisitos.

Beneficiarios:Las trabajadoras por cuenta ajena o cuenta propia,

incluidas en cualquier Régimen de la Seguridad So-

cial, en situación de suspensión del contrato de tra-

bajo por riesgo durante el embarazo, siempre que

estén afiliadas y en alta en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social en la fecha en

que se inicie dicha suspensión y se cumplan los re-

quisitos.

Cuantía:

100% de la base reguladora de Contingencias Pro-

fesionales, con descuento de la cuota obrera co-

rrespondiente a las cotizaciones a la Seguridad So-

cial. Corresponde abono desde el día siguiente a la

suspensión de su actividad.

AUTONOMOS >65 AÑOS

12a 17 meses 2 meses

18 a 23 meses 4 meses

24 a 29 meses 6 meses

30 a 35 meses 8 meses

36 a 42 meses 10 meses

Más de 43 meses 12 meses

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BUZÓN DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE LABORALEs por todos conocido que el trabajo no declarado,

el empleo irregular y el fraude a la Seguridad So-

cial constituyen una de las mayores amenazas al

estado del bienestar, al conculcar los derechos de

los trabajadores que en un contexto de crisis eco-

nómica son más vulnerables, y afectan a la compe-

titividad de las empresas por la competencia des-

leal que genera para la mayoría de las empresas

cumplidoras.

La Inspección de Trabajo y S.S. en el ejercicio de

sus funciones, planifica sus actuaciones con el ob-

jetivo de conseguir el cumplimiento de la normativa

laboral y evitar en lo posible las irregularidades la-

borales.

No obstante para una mejor identificación de las mismas, el Ministerio de Empleo y Seguridad So-

cial, a través de la Dirección General de la Inspec-

ción de Trabajo y Seguridad Social, pone a dis-

posición de todos los ciudadanos un “BUZÓN DE

LUCHA CONTRA EL FRAUDE LABORAL” donde

todo aquel conocedor de algún incumplimiento de

la normativa ya sea laboral, de Seguridad Social o

de Prevención de Riesgos, puede ponerlo en cono-

cimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad

Social (ITSS), cumplimentando el formulario que

aparece en el siguiente link http://www.empleo.

gob.es/buzonfraude/index.jsp.

Es IMPORTANTE destacar que con la comuni-

cación de estos datos a la ITSS a través de este

buzón, el objetivo es facilitar la organización y eje-

cución de las funciones que la ITSS tiene enco-

mendadas. El comunicante no tendrá que aportar

ningún dato personal y el buzón solo recogerá infor-

mación sobre las presuntas irregularidades de las

que se tenga conocimiento. Se ruega que los datos

sean lo más detallados posible, con el objetivo de

que si se considera oportuno, puedan planificarse las actuaciones de la manera más adecuada.

Para que la ITSS pueda considerar al denunciante

parte o interesado en el procedimiento (a los efec-

tos de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-

ministrativo Común, así como la Ley 23/2015, de

21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección

de Trabajo y Seguridad Social y el Real Decreto

928/1998 que aprueba el Reglamento para la Im-

posición de Sanciones en el Orden Social), estos

TENDRÁN QUE PRESENTAR DENUNCIA FOR-

MAL siguiendo el procedimiento del que se informa

en el siguiente enlace: http://www.empleo.gob.es/

itss/web/Atencion_al_Ciudadano/COMO_DENUN-

CIAR_ITSS.html

En este caso deberán cumplimentar todos los datos

personales y utilizar las diferentes vías para el re-

gistro formal de la denuncia.

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24

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Page 25: Revista de la Federación Nacional de Empresarios Pintores · que en 2016, según el Estudio sobre Demografía Empresarial elaborado por la consultora Informa D&B. En el mes de febrero,

25

El Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre,

de medidas para favorecer la contratación estable y

mejorar la empleabilidad de los trabajado-

res incluye en la Ley del Estatuto de los

Trabajadores una disposición que con-

templa el registro diario de la jornada

de los trabajadores y la obligación

del empresario de llevar el cóm-

puto de las horas de sus trabaja-

dores a tiempo parcial y a tiempo

completo.

Los registros de jornada deberán

conservarse durante un periodo

mínimo de cuatro años.

Respecto a las consecuencias en

caso de incumplimiento de estas obli-

gaciones por parte del empresario, el

contrato del trabajador contratado a

jornada parcial se presumirá auto-

máticamente a jornada completa.

Además, si el incumplimiento se

REGISTRO DE JORNADA debiera a cuestiones formales o documentales se

contemplaría una multa de entre 60 y 625 euros por

una infracción considerada leve contemplada en el

Art.6.6 de la Ley de Infracciones del Orden Social

(LISOS).

Aunque no existe un modelo ofi-

cial, la información que debe

contener ese registro es la si-

guiente:

· Identidad de la empresa

· Identificación del trabaja-

dor

· Especificación de la jorna-

da de trabajo recogida en el

contrato de trabajo

· Detalle de las horas labo-

rales, ordinarias y comple-

mentarias, realizadas y des-

glosadas por día efectivo de

trabajo

· Firma del representante le-

gal de la empresa

· Recibo del trabajador (esto

implica que el trabajador debe

firmar los partes de trabajo)

Do

cum

en

top

ub

licit

ari

o.Fe

cha

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em

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1 /6Este número es indicativo del riesgo

del producto, siendo 1/6 indicativo demenor riesgo y 6/6 de mayor riesgo.

Banco de Sabadell, S.A. se encuentra adherido alFondo Español de Garantía de Depósitos deEntidades de Crédito. La cantidad máxima

garantizada actualmente por el mencionado fondoes de 100.000 euros por depositante.

Page 26: Revista de la Federación Nacional de Empresarios Pintores · que en 2016, según el Estudio sobre Demografía Empresarial elaborado por la consultora Informa D&B. En el mes de febrero,

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Un pulverizador Airless empuja la pintura a alta

presión a través del pequeño orificio de la boqui-lla. Dicha boquilla indica a la bomba la intensidad

con la que debe trabajar para mantener la presión

necesaria garantizando que la pintura se

atomice según un determinado caudal y

anchura de abanico.

Una boquilla adecuada garantizará una me-

nor sobrepulverización y, por lo tanto, un mejor

control y acabado, aumentando su rendimiento,

mejorando la calidad de su trabajo y controlando

los costes.

Las nuevas boquillas RAC X™ FF LP de Graco

MEJORA LA PULVERIZACIÓN DE TU AIRLESS(Fine Finish Low Presure, alto acabado a baja pre-

sión) pulverizan hasta a un 50 % menos de pre-

sión reduciendo la sobrepulverización y facilitando

la obtención de un abanico de pulverización más

suave y mejor gestionado, lo cual evita el uso de un

exceso pintura y el riesgo de descuelgue.

Los bordes más lisos y difuminados también fa-

cilitan la obtención de un excelente solapado,

evitando la aparición de rayas o

concentraciones de pintura. El aba-

nico de pulverización suave facilita la

aplicación de cualquier producto en

cualquier superficie, funcionando con cualquier pulverizador Airless y permitien-

do la pulverización de todo tipo de materiales,

además de ser más eficaces en temperaturas bajas que las boquillas convencionales.

Una menor sobrepulverización también redu-

Nuevas boquillas de pulverización reducen la sobrepulverización y mejoran el acabado

Page 27: Revista de la Federación Nacional de Empresarios Pintores · que en 2016, según el Estudio sobre Demografía Empresarial elaborado por la consultora Informa D&B. En el mes de febrero,

27

MEJORA LA PULVERIZACIÓN DE TU AIRLESScirá la preparación y limpieza, porque la pintura se

deposita en el lugar deseado, evitando esa nube

tan molesta e innecesaria que muchas veces ob-

servamos.

Otra ventaja adicional de trabajar con menor pre-

sión será la posibilidad de utilizar una longitud de

manguera mayor y/o un diámetro de manguera

menor, aumentando la accesibilidad a lugares de

difícil alcance, así como la eficiencia y comodidad en el lugar de trabajo.

Además, una pulverización a menor presión implica

una menor presión en el pulverizador y, por consi-

guiente, menos esfuerzo. La bomba y la boquilla de

pulverización no se desgastan tan rápidamente, por

lo que alargaremos la vida de nuestra unidad y sus

componentes.

La tecnología SmartTip™

mejora la geometría in-

terna de boquilla exclusi-

va de Graco que reduce

la energía necesaria para

atomizar pinturas, tintes y otros productos, con un

acabado superior y trabajando a menor presión. Se

ha diseñado para que funcione con el sistema de

gestión de presión exclusivo de Graco SmartCon-

trol™ ajustándose automáticamente la velocidad

del motor al tamaño de la boquilla. El resultado es

un abanico de pulverización siempre uniforme a

baja presión, lo que lo convierte en un complemen-

to perfecto para las nuevas boquillas FF LP.

Para obtener más información sobre la nueva gama

de boquillas RAC X™ FF LP de Graco, visite www.

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Graco CED District Manager

Las nuevas boquillas RACX™ FF LP de Graco presentan un diseño revolucionario que reduce la presión de pulverización y la sobrepulverización, ofreciendo un alto acabado.

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28

Nuestros asociados:Resimorter Aplications

FORNER jugador de pintura es un personaje, fic-

ción de una realidad que hilvana con pulso firme todo lo que comparten y en común tienen su obra

artística, la persona (Juan Carlos Forner Adán) y

sus proyectos profesionales (RESIMORTER APLI-

CACIONS, S.L.)

Arte, sujeto y predicado profesional. Una oración

conjugada en pasado y presente.

El pasado personal, y familiar, con los inicios profe-

sionales en España del progenitor, Joaquín Forner

Bernabeu, en 1972 tras sus aprendizajes de la téc-

nica mural previamente en Francia.

Y el pasado profesional, que ya es presente, de

J.C. Forner Adán. Un pasado con arranque en 1997

y en el que ha ido cubriendo etapas y alcanzan-

do metas; 1999- constitución de la Mercantil JUAN

C.FORNER S.L, 2007- inicio de su actividad docen-

te en pintura como profesor en los cursos PROFE-

SIONALES EOCA 10 PINTOR, 2010- integración

de la empresa APLIC RUBIO, S.L. en el organigra-

ma de negocio desembocando en la constitución,

FORNER, jugador de pintura

en 2011, de la sociedad RESIMORTER APLICA-

CIONS S.L.

El presente profesional en costura con un pasado

cosido a la vertiente artística y personal, desde

aquellos primeros estudios en una Academia de

pintura de Valencia en el año 2000, a la posterior

formación universitaria y su licenciatura en Bellas

Artes por la Facultad San Carlos de la UPV en el

2013. El subsiguiente recorrido expositivo, des-

de la muestra del proyecto de final de carrera “TA-

QUES” a los últimos trabajos expuestos “smARTsi-

ze” o la actual actividad en galerías.

Un presente confeccionado a medida de ese pa-

sado personal y artístico con repuntes y parches,

que le otorgan una personalidad única en el mundo

profesional de la pintura.

FORNER jugador de pintura en el ámbito de este

presente profesional ejerce la función de gestor en

lo que nos gusta denominar “consultoría de es-

pacios para la ejecución de proyectos en pintura”.

Desde su actividad artística a la labor docente y

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RESIMORTER APLICACIONS, S.L. C/ El Barranc, 3 P.I. La Xara46680 ALGEMESÍ (Valencia)

Tfn. 96 201 80 08Email. [email protected]

formativa o la gerencia en RESIMORTER APLICA-

CIONS S.L.

En esta mercantil se vertebran y organizan los dife-

rentes grupos de trabajos específicos y especializa-

dos para distintas actividades:

- Equipo especialista en pintura mural, vivienda par-

ticular, comercios y empresas.

- Equipo especialista en fachadas. Desarrollo del

Sistema ATE.

- Equipo especialista en tratamiento superficial: chorro de arena, fresado, escarificado, pulido dia-

mante, etc.

- Equipo especialista en pintura industrial. Ejecu-

ción de procesos propios para estructuras de hie-

rro, tratamientos anticorrosivos, tratamientos de

hormigón, impermeabilizaciones, inyecciones de

resina (gel, agua-reactivas...), sellado con mortero,

rehabilitación de silos (sistema alimentario), varie-

dad de procedimientos con ataques térmicos y quí-

micos, etc.

- Equipo especialista en pavimentos continuos. De

resinas expoxi, poliuretanos, especiales para plan-

tas industriales, alimentarias, logística, parking, slu-

rrys.

Un conjunto de PROFESIONALES dotados de una

gran autonomía que garantiza un servicio de la

mayor calidad avalado por la confianza que, año tras año, nos muestran nuestros clientes. Mas de

40 años de bagaje familiar-profesional y un amplio

catálogo de servicios cualificados en pintura deco-

rativa, la constante inquietud por la formación con-

tinua (a través de cursos y certificados oficiales) y esa innegable personalidad propia anteriormente

citada, nos otorgan la garantía con la que podemos

ofrecerles, satisfechos y seguros, nuestro asesora-

miento y servicios.

Una historia de presente y pasado, el pasado de

aquel que fue un niño que jugaba entre pinceles y

cubos de pintura en el taller de su padre. Ese niño

que hoy es FORNER jugador de pintura.

Page 30: Revista de la Federación Nacional de Empresarios Pintores · que en 2016, según el Estudio sobre Demografía Empresarial elaborado por la consultora Informa D&B. En el mes de febrero,

30

LA PRESCRIPCIÓN DE LAS DEUDAS

Tras la reforma operada por la Ley

42/2015, de 5 de octubre, las ac-

ciones personales que no tengan

plazo especial prescriben a los

cinco años, es decir, el plazo para

reclamar estas deudas es de cinco

desde que pudo exigirse el cumpli-

miento de la obligación.

En las obligaciones continuadas

de hacer o no hacer, el plazo co-

menzará cada vez que se incum-

plan. Esta ley introduce un cam-

bio importante en nuestro sistema

puesto que hasta entonces el

LLa prescripción es la institución que determina el plazo en el que se podemos ejercitar nuestro de-recho para reclamar una deuda. A

este respecto señala el artículo 1.961 del Código civil que las acciones prescriben por el mero lapso del tiempo fijado por la ley. ¿De qué plazo disponemos realmente para evitar que se extinga nuestro dere-cho?

ConsultasLegales

plazo general de prescripción era de 15 años.

En todo caso, la Disposición transitoria quinta de

esta misma norma establece el régimen de pres-

cripción aplicable a las relaciones ya existentes a

la entrada en vigor de la norma disponiendo expre-

samente que el tiempo de prescripción de las ac-

ciones personales que no tengan señalado término

especial para su reclamación, nacidas antes de la

fecha de entrada en vigor de esta Ley, se regirá por

lo dispuesto en el artículo 1939 del Código Civil.

Es decir, a las relaciones surgidas con ante-

rioridad a la entrada en vigor de la Ley para

las que no existía un plazo de prescripción

específico se le aplicará el régimen de pres-

cripción más amplio de 15 años y habrá que

estar a lo que reste para cumplir ese plazo

para reclamar una deuda. Si lo que resta

fuese superior a cinco años, se aplicará el

nuevo plazo de cinco años introducido por

la Ley.

Plazo de 3 años

Sin embargo, este plazo general de cinco

años para reclamar una deuda puede ver-

• Deudas Hipotecarias.

• Deudas comerciales con otras empresas

• Deudas de alquiler tanto de rentas como de otras cantidades asimiladas.

• Deudas de suministros (electricidad, teléfono, gas, etc).

• Deudas de abogados, procuradores, jueces, registradores o notarios

PLAZOS DE PRESCIPCIÓN DE DEUDAS HIPOTECARIAS

20 años desde la fecha de vencimiento que tiene fijada el prés-tamo.

5 años (desde la nueva reforma LEC).

5 años.

5 años, conforme al artículo 1966.3 del Código Civil. Sin em-bargo, en ocasiones los juzgados aplican el plazo de 3 años, establecido en el artículo 1967.3, según el cual establece los plazos para abonar a los comerciantes el precio de los géneros vendidos.

3 años

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31

se reducido por la naturaleza de la deuda. Así por

el transcurso de tres años prescriben las acciones

para el cumplimiento de la obligación de pagar:

(i) a los jueces, abogados, registradores, notarios,

peritos, agentes y curiales sus honorarios y dere-

chos, y los gastos y desembolsos que hubiesen

realizado en el desempeño de sus cargos u oficios en los asuntos a que las obligaciones se refieran; (ii) a los Farmacéuticos las medicinas que suminis-

traron;

(iii) a los Profesores y Maestros sus honorarios por

la enseñanza que dieron, o por el ejercicio de su

profesión, arte u oficio; (iv) a los jornaleros el importe de sus servicios, y

el de los suministros o desembolsos que hubiesen

hecho concernientes a los mismos;

(v) a los posaderos la comida y habitación, y a los

mercaderes el precio de los géneros vendidos a

otros que no lo sean, o que siéndolo se dediquen

a distinto tráfico.

Plazo de 1 año

Y por el transcurso de un año prescriben las recla-

maciones derivadas de los servicios de transporte

y las reclamaciones fundadas en la reclamación

extracontractual del artículo 1.902 del Código civil

(la responsabilidad civil derivada de la culpa o ne-

gligencia).

Interrupción

Para que una deuda prescriba tienen que cumplirse

los siguientes requisitos:

(i) Que el acreedor no haya ejercido ninguna acción

extrajudicial o judicial como envío de cartas de for-

ma fehaciente, requerimiento notariales, etc;

(ii) Que el deudor no haya reconocido, ni de forma

expresa, ni tácita, la veracidad de la deuda recla-

mada.

Por ello, en el caso de tener un derecho de crédito

frente a alguien, para evitar que prescriba debe-

mos reclamarle fehacientemente el pago de la deu-

da. Con esta comunicación lo que conseguimos es

que el plazo se interrumpa y empiece a contar de

nuevo.

Lynn Trigueros Gómez

Abogada

Las acciones personales que no tengan plazo especial

prescriben a los 5 años

Page 32: Revista de la Federación Nacional de Empresarios Pintores · que en 2016, según el Estudio sobre Demografía Empresarial elaborado por la consultora Informa D&B. En el mes de febrero,

32

En los últimos tiempos el Derecho Bancario está

experimentando un considerable desarrollo debido

a la mala praxis de bancos y cajas de ahorro, y San

José Abogados es un Despacho de referencia en

la materia.

El último varapalo a las entidades financieras ha sido la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión

Europea de 21 de diciembre de 2016, reconociendo

la retroactividad total de los efectos de la nulidad de

las cláusulas suelo, lo que permitirá a los afectados

por la misma recuperar lo pagado de más desde el

inicio de la relación hipotecaria (cantidades que en

la mayoría de las ocasiones superan con creces los

6.000 euros).

Ésta es sin duda la noticia jurídica que más porta-

das ha ocupado. No obstante, junto a ella existe

otra importante sentencia de 23 de diciembre de

2015 que permite a los consumidores reclamar una

serie de gastos asociados a la constitución de la

hipoteca que con carácter general son cargados

indebidamente a las personas que acuden a la en-

tidad financiera a solicitar un préstamo hipotecario (gastos de notaría, registro, informe de tasación e,

incluso en algunos caso, el Impuesto sobre Actos

Jurídicos Documentados).

A este respecto, se estima que el importe medio de

los gastos de constitución de una hipoteca sobre

una vivienda de 120.000 euros supera los 1.000€:

• Gastos de notaría 295€

• Gastos de Registro 181€

HIPOTECAS, CLAUSULAS SUELO Y GASTOS DE CONSTITUCION

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• Gastos de gestoría 200€

• Informe de tasación 350€

En relación con este tema, el Gobierno aprobó un

Real-Decreto Ley para intentar que las entidades

financieras hagan frente a estas responsabilidades sin necesidad de que la persona afectada tenga

que recurrir a la vía judicial.

No obstante, esta norma deja muchos puntos pen-

dientes que hacen necesario que los perjudicados

por las cláusulas suelo y otras consideradas abu-

sivas se asesoren correctamente antes de aceptar

cualquier propuesta que realice la entidad financie-

ra. Así, por ejemplo:

a) La entidad financiera no está obligada a dirigirse a cada persona afectada para informarle de su con-

creta situación;

b) Sólo en el caso de que una persona presente

una reclamación, la entidad financiera está obliga-

da a darle una solución personalizada y ajustada a

su caso concreto;

c) Es la entidad financiera quien decide qué afecta-

dos tienen derecho a la devolución de las cantida-

des pagadas de más;

d) Es la entidad financiera quien establece la canti-

dad objeto de devolución;

e) El Real Decreto no obliga a las entidades finan-

cieras a incluir entre las partidas reembolsables los

gastos de constitución de hipoteca anteriormente

mencionados.

En definitiva, es preciso un correcto asesoramiento no sólo para conocer exactamente las cantidades

que se tiene derecho a recuperar, sino para formu-

lar una reclamación que obligue al banco a efectuar

una propuesta.

El asunto es de gran trascendencia, no sólo por la

cuantía, sino también por el número de personas

afectadas. Si usted o alguna persona de su entorno

ha suscrito un préstamo hipotecario posiblemente

sea una de ellas.

Por ello, desde este despacho profesional nos

ofrecemos a analizar sin ningún tipo de coste ni de

compromiso su documentación y situación perso-

nal para informarle de las cantidades que pueda

tener derecho a reclamar.

Estaremos encantados de ayudarle

San José Abogados

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Agenda / Calendario de Ferias y Eventos

FERIAS NACIONALES E INTERNACIONALES DE 2017

25.04.2017 - 29.04.2017

SMOPYC

Salón Maquinaria Obras Públicas, Construcción y Minería.

Feria de Zaragoza - Zaragoza.

-

23.05.2017 - 26.05.2017

Beyond Building Barcelona

Feria de la Construcción bienal en Barcelona.

Fira Barcelona, Montjuic - Barcelona.

-

19.09.2017 - 21.09.2017

Firamaco

Feria de Reforma y Rehabilitación Alicante Energy 2017.

IFA, Institución Ferial Alicantina - Alicante

-

05.10.2017 - 07.10.2017

Instalándulus

Feria del sector de la instalación.

Palacio de Ferias y Congresos de Málaga - Málaga

-

24.10.2017 - 26.10.2017

Municipalia

Feria de equipamientos municipales.

Fira de Lleida - Lleida

-

22.11.2017 - 23.11.2017

FICON

Feria Ibérica de la Construcción.

Institución Feria de Extremadura - Badajoz

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