Revista Agricola 17 - Agricola

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AGRÍCOLA COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS AGRÍCOLAS Y PERITOS AGRÍCOLAS DE VALENCIA Y CASTELLÓN n.º 17 diciembre 2006 nueva normativa

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AGRÍCOLACOLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS AGRÍCOLAS Y PERITOS AGRÍCOLAS DE VALENCIA Y CASTELLÓN

n.º 17 diciembre

2006nueva normativa

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AGRíCOLA

Edita: Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Valencia y Castellón.

Dirección: Isabel Pérez Brull.

Coordinación: Ana Valdés Pastor.

Colaboradores: Antonio Gallardo Izquierdo, Leonor Lapeña Barrachina, Rocío Macho Ronco, Jéssica OrtegaComes, Tere Pilán Lozano, Salvador Gallarte Alepuz, Roberto Asensi Haya, Enrique Alejandro Contelles Díaz.

Nuestro agradecimiento a todos aquellos que de alguna forma han prestado parte de su tiempo y conocimientospara hacer posible esta publicación.

Administración: Amelia Cubel, secretaria del COITA.

C./ Santa Amalia, 2 - Entlo. 1.º (Edificio Torres del Turia) - 46009 Valencia

Tel.: 96 361 10 15 Fax: 96 393 46 08

Producción y publicidad: produccióninformativaC./ Mestre Racional, 2 - 14.ª - 46005 Valencia

Tel. y Fax: 96 334 34 01

Depósito Legal: V-5114-1995

La Dirección de la revista AGRÍCOLA no se hace responsable de los artículos y opiniones que en ella aparecen.

Queda prohibida la reproducción total o parcial de cualquier trabajo aparecido en esta revista sin previoacuerdo con la Dirección.

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s u m a r i oN.º 17 ● Diciembre 2006

Editorial● Isabel Pérez Brull, presidenta del COITAVC.

Nueva normativa● Código Técnico, la nueva normativa de la

edificación. Pág. 6

● La Ingeniería Técnica Agrícola y el CódigoTécnico. Pág. 10

● CTE: Documento Básico Seguridad en caso de

Incendio. Pág. 14

● CTE: Documento Básico Seguridad de Utili-zación. Pág. 20

● CTE: Documento Básico Ahorro de Energía.Pág. 26

Pág. 6

Pág. 4

Nueva normativa● Nueva Ley de Prevención y Control de laContaminación. Pág. 34

● Intervención administrativa ambiental en laLey 2/2006. Pág. 38

● Medidas correctoras para prevenir y reducirla contaminación. Pág. 42

Pág. 34

Entrevista● Agroalimed agrupará los núcleos I+D+I de laComunitat.

Pág. 30

Recomendaciones técnicas● Contenido simplificado para la AAI en la tra-mitación de granjas.

Pág. 49

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e d i t o r i a l

El Colegio, siempre atento a todo aquello quepueda afectar al desarrollo profesional, dedi-ca este número de AGRÍCOLA a las importan-tes modificaciones de las normativas que rigenlos proyectos necesarios, tanto para la instala-ción y legalización de las actividades, comopara la obtención de las licencias y ejecuciónde las obras.

La Ley 16/2002 de 1 de julio, de Prevencióny Control Integrados de la Contaminación, asícomo su trasposición a la Comunidad Valen-ciana en la Ley 2/2006 de Prevención de laContaminación y Calidad Ambiental, y la entra-da en vigor del Decreto 127/2006 de 15 deseptiembre, del Consell, por el que se desa-rrolla; suponen, entre otros grades cambios, ladesaparición de las Licencias de Actividad y lasLicencias de las actividades inocuas, amplián-dose el contenido del proyecto para su legali-zación como Licencias Ambientales y Comuni-caciones Ambientales. Aparece además una nuevafigura de intervención administrativa ambien-tal, la Autorización Ambiental Integrada, AAI,que es de aplicación a aquellas actividades einstalaciones, que siendo potencialmente las máscontaminantes, son susceptibles de afectar a laseguridad, la salud de las personas o al medioambiente.

El enfoque integrado de la contaminaciónambiental, IPPC, reúne las autorizaciones nece-sarias para el funcionamiento de las instala-ciones en un permiso único, agilizando así sutramitación y potenciando la colaboración delpeticionario al darle participación en el proce-so. Consigue además un mejor control para pre-

venir la contaminación ambiental, al estar todaslas medidas correctoras referenciadas en el infor-me ambiental y potencia una conservación ade-cuada porque su vigencia es de 8 años y ten-drá que renovarse.

Hemos impartido un curso en el que se ha desa-rrollado esta nueva normativa y algunas de susponencias aparecen aquí resumidas en artícu-los que, una vez más, esperamos puedan ser-vir de referente en la materia.

Por otro lado, la Ley 38/1999 de Ordenaciónde la Edificación (LOE) establecía los requisi-tos básicos de la Edificación, para cuyo cum-plimiento facultaba al gobierno para la apro-bación del Código Técnico de la Edificación,que se ha plasmado en el Real Decreto 314/2006de 17 de marzo. Su aplicación se puede con-siderar en todo tipo de obras ya que sus excep-ciones son, entre otras, las obras que “no afec-ten a la seguridad de las personas”.

Con una estructura clara, consta de un primerbloque genérico y seis grandes grupos de exi-

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gencias básicas, que marcan lo que los edifi-cios deben cumplir en cada caso para alcan-zar la calidad demandada ya desde los requi-sitos básicos de la LOE. Para cada una de lasexigencias básicas existen Documentos Básicos,que facilitan su cumplimiento ya que determi-nan la forma en que pueden cumplirse, su espe-cificación y cuantificación.

El CTE, ya en vigor, establece periodos de apli-cación voluntaria, en coexistencia con las anti-guas normas. Este periodo ha finalizado paratres de los Documentos Básicos, (Seguridad con-tra Incendios, DB-SI; Seguridad de Utilización,DB-SU; y Ahorro de Energía, DB-HE) y ha revo-lucionado la concepción antigua de los pro-yectos de obra. Tanto estos documentos comotodo el Código suponen grandes cambios enlas condiciones sobre el contenido y redacciónde los proyectos, en las exigencias que se debenconsiderar en el control de los visados, y en loscondicionantes que deben cumplirse tanto en laejecución y la dirección de obra (controles exi-gidos para los materiales, recepción en la obra,etc), como en la obra ejecutada.

El Colegio, atento a este gran cambio, ha orga-nizado una jornada divulgativa sobre estos pri-meros DBs, de la que también queda constan-cia en este número de AGRÍCOLA, y seguirádivulgando el resto de DBs antes de su aplica-ción obligatoria, en marzo de 2007, para faci-litar a los colegiados su correcto cumplimiento.

Quiero destacar aquí que ya tenemos implan-tado el visado telemático, lo que supone unagran comodidad para los colegiados de ejerci-cio libre que así lo soliciten, al no tener quedesplazarse para realizar el trámite de visado.Además el Colegio, tras la firma de un conve-

nio con la Autoritat de Certificació de la Comu-nitat Valenciana, ha sido acreditado por la Gene-ralitat como “punto de expedición de firma elec-trónica”, tanto para la firma de dichos visados,como para cualquier relación jurídica con laGeneralitat, las Administraciones Públicas y empre-sas que hayan suscrito convenio con la Admi-nistración de la Generalitat.

En los últimos números de AGRÍCOLA siemprehe hecho referencia, en estas páginas, a losmás recientes cambios relacionados con elE.E.E.S. y la homologación de los Títulos encumplimiento del Proceso de Bolonia; y esta vezno podía ser menos, aunque “lo que está claroes que sigue sin haber nada claro y definido”en la fecha en que escribo. Las propuestas delMinisterio tienen distintas interpretaciones, segúnintereses, y otra vez se vuelven a reiterar lasreivindicaciones de cada uno. Lo que sí pare-ce claro es el afán decidido de que el tema seresuelva con rapidez, así que confiemos en quese produzca en 2007 y de forma satisfactoriapara la Ingeniería Técnica Agrícola.

Las modificaciones de los Estatutos Generalesdel Colegio, así como su Reglamento de Régi-men Interior, ya han sido ratificados por laGeneralitat y estamos a la espera de su publi-cación en el DOGV. Para su general conoci-miento y obligado cumplimiento, los editaremospara distribuirlos a toda la colegiación.

Estando próximas las Navidades, desde aquíquiero desearos que paséis unas felices fiestasy que el Nuevo Año 2007 nos traiga muchascosas buenas.

Isabel Pérez BrullPresidenta del COITA de Valencia y Castellón

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El CódigoTécnico, lanueva normativade la edificaciónAprobado por el Consejo de Ministros en marzode 2006, el Código Técnico de la Edificaciónsupone el más completo texto legal en estamateria existente hasta ahora en España. Trasfinalizar el primer periodo de convivencia conlas antiguas Normas Básicas de la Edifica-ción, sus disposiciones generales y tres de susDocumentos Básicos son ya de aplicación obli-gatoria.

Seis años de gestación y la participación de más de800 expertos han sido necesarios para que el Consejode Ministros aprobara el Código Técnico de la Edifica-ción, una normativa en vigor desde marzo de 2006,calificada por el Gobierno como “la mayor reforma enmateria de edificación desde la aprobación de la Cons-titución”.

El objetivo principal del Código Técnico es establecerunas normas y procedimientos que satisfagan las exi-gencias básicas de calidad para los edificios que elmismo Código plantea, las cuales responden a los requi-sitos básicos de la Edificación establecidos en la Ley38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE).

Plazos de la Ley

Desde la entrada en vigor del Código Técnico, el pasa-do marzo, la nueva normativa estableció dos periodosde aplicación voluntaria, en convivencia con las anti-guas Normas Básicas de la Edificación (NBE), median-te las que hasta ahora se regulaba el ejercicio de laconstrucción. El primero ha finalizado. Y con él, tresDocumentos Básicos (Ahorro Enegético, Seguridad con-

tra Incendios y Seguridad de Utilización) son ya de apli-cación obligatoria. El segundo periodo finaliza en marzode 2007, y con él, el CTE será el marco normativo paracualquier profesional relacionado con la construcción.

Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación del CTE son todas aquellas edi-ficaciones de nueva construcción cuyo proyecto necesi-te licencia o autorización legalmente exigible, exceptolas construcciones de sencillez técnica y escasa entidadconstructiva que carezcan de carácter residencial o públi-co, se desarrollen en una sola planta y no afecten a laseguridad de las personas.

También están sujetas al CTE las obras de ampliación,reforma o rehabilitación en edificios ya existentes, siem-pre que las obras sean compatibles con la naturalezade la intervención o el grado de protección del edificio.

Contenido de la normativa

Este conjunto normativo se desarrolla en dos partes: laprimera parte contiene las disposiciones generales de

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Seguridad Estructural (SE)

DB- SE-1 Criterios generales.

DB-SE-AE Acciones en la edificación.

DB-SE-C Cimentaciones (incluye estudio geotécnico).

DB-SE-F Estructuras de Fábrica.

DB-SE-M Estructuras de Madera.

DB-SE-A Estructuras de Acero.

Seguridad contra Incendios (SI)

DB-SI-1 Propagación interior.

DB-SI-2 Propagación exterior

DB-SI-3 Evacuación ocupantes

DB-SI-4 Instalaciones de protección contra incendios.

DB-SI-5 Intervención de bomberos.

DB-SI-6 Resistencia al fuego de la estructura.

Seguridad de Utilización

DB-SU-1 Seguridad frente a riesgo de caídas.

DB-SU-2 Seguridad frente a riesgo de inpacto.

DB-SU-3 Seguridad frente a riesgo de aprisionamiento.

DB-SU-4 Seguridad frente a riesgo derivado de iluminacióninadecuada.

DB-SU-5 Seguridad frente a riesgo derivado de altas ocu-paciones.

DB-SU-6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento.

DB-SU-7 Seguridad frente a riesgo relacionado con vehícu-los en movimiento.

DB-SU-8 Seguridad frente al riesgo relacionado con la accióndel rayo.

Salubridad (HS)

DB-HS-1 Protección frente a la humedad.

DB-HS-2 Eliminación de residuos.

DB-HS-3 Calidad del aire interior.

DB-HS-4 Suministro de agua.

DB-HS-5 Evacuación de aguas residuales.

Ahorro de Energía (HE)

DB-HE-1 Limitación demanda energética.

DB-HE-2 Rendimiento de las instalaciones térmicas.

DB-HE-3 Eficiencia energética de las instalaciones de ilumi-nación.

DB-HE-4 Contribución solar mínima de agua caliente sani-taria.

DB-HE-5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléc-trica.

Documentos Básicos pendientes

DB-HR Protección frente al Ruido.

DB-FA Accesibilidad (posiblemente).

DOCUMENTOS BASICOS DEL CTE

aplicación y las exigencias básicas que se deben cum-plir tanto en el proyecto, como en la construcción, elmantenimiento y la conservación de los edificios y suscorrespondientes instalaciones. Estas exigencias básicasy los procedimientos para satisfacerlas se desarrollanen los Documentos Básicos, objeto de la segunda partedel Código, donde también aparecen los DocumentosReconocidos.

Documentos Básicos

Los Documentos Básicos (DB) del Código Técnico de laEdificación se refieren a la seguridad estructural de losedificios, seguridad en caso de incendio, seguridad deutilización, salubridad y ahorro energético. Todos ellosse basan en el conocimiento consolidado de las técni-cas constructivas y se prevé que su actualización seaperiódica.

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Documentos Reconocidos

Siguiendo el criterio prestacional del Código Técnico dela Edificación nacen los Documentos Reconocidos, quepretenden igualmente facilitar el cumplimiento de las exi-gencias básicas establecidas por la normativa, pero otor-garán un carácter más dinámico al Código. Estos docu-mentos recogerán propuestas e innovaciones del sectorde la edificación que, convenientemente evaluadas, per-mitirán una mejor aplicación del CTE. De esta forma,los Documentos Reconocidos consisten en especificacio-nes, guías técnicas, soluciones constructivas, programasinformáticos, etc. cuya aplicación será, como la de losDocumentos Básicos, garantía técnica y jurídica de cum-plimiento de la normativa.

Como complemento al CTE, el Gobierno también haaprobado la creación del CISCE, el Consejo para laSostenibilidad, Innovación y Calidad en la Edificación,organismo que realizará el seguimiento y evaluación dela aplicación del CTE, además de la actualización perió-dica del mismo cuando la evolución técnica y la deman-da social lo requieran.

Asimismo, se ha ratificado el registro General del Códi-go Técnico, que será de carácter público e informativo,en el que se inscribirán y harán públicos los Documen-tos Reconocidos.

Novedades que introduce el CTE

El principal cambio normativo que supone la aparicióndel Código Técnico es la derogación de las NBE, cuyospreceptos mantienen, modifican y amplían. Aunque unaexcepción queda pendiente de integrarse en el CTE: laNorma Básica NBE-CA 88 de condiciones acústicas, quese derogará con la incorporación al Código de la nor-mativa de Protección Contra el Ruido.

Todas las NBE quedarán derogadas en el plazo de unaño desde la entrada en vigor del Código, excepto las

que ya han sido sustituídas por los DBs de Ahorro Ener-gético (DB-HE), Seguridad contra Incendios (DB-SI) ySeguridad de Utilización (DB-SU).

Algunas de las novedades que incorpora esta recientenormativa se encuentran en el Documento Básico rela-tivo a la seguridad estructural. Así, el DB-SE-M de Estruc-turas de Madera permite proyectar con estructuras demadera maciza, madera laminada y madera técnica cer-tificada. Este DB es inédito en España, ya que no teníaNorma Básica antecesora. A pesar de esta novedad, elCódigo Técnico no incluye en el DB de Seguridad Estruc-tural las estructuras de hormigón, que seguirán regu-lándose por la Norma Básica EHE y la EFHE.

Además, en el Documento Básico de Salubridad (DB-HS) el CTE incluye un nuevo concepto: la resbalacidad.Este concepto maneja parámetros asociados a la resis-tencia al deslizamiento de los suelos. Además, en elmismo Documento se exige una calidad del aire inte-rior de los edificios relacionada con la ventilación.

Un empuje a la sostenibilidad

El Código Técnico de la Edificación apuesta por la sos-tenibilidad. En la Comunidad Valenciana, la LOFCE (Leyde Ordenación y Fomento de la Calidad en la Edifica-ción) ya se adelantaba al criterio del CTE, incorporan-

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do a los requisitos básicos de la LOE conceptos comola minimización del impacto ambiental, además de desa-rrollar para ello una serie de directrices que quedabanpendientes de reglamentación.

El Código Técnico es más incisivo en este aspecto. Enel DB-HS (Salubridad) hace hincapié en el diseño deprotecciones contra la penetración de humedades, la eli-minación de residuos, la calidad del aire interior (ven-tilación), la evacuación de aguas residuales y el sumi-nistro sostenible del agua.

Asimismo, el DB-HE de Ahorro de Energía es una impor-tante innovación del Código Técnico, ya que no sólolimita la demanda energética; sino que además intro-duce nuevas exigencias, como la contribución solar míni-ma de Agua Caliente Sanitaria (ACS), o la eficienciade instalaciones de iluminación.

Accesibilidad

La accesibilidad tendrá su propio Documento Básico,todavía sin incluir en el Código Técnico de la Edifica-ción. Mientras el documento se prepara, ya se incor-poran algunos criterios en el DB-SU de Seguridad deUtilización, como las señalizaciones físicas y ópticas, lasprotecciones en los cambios de nivel, los riesgos poralta ocupación, etc.

Novedades en el Proyecto

Otra de las innovaciones que aporta la nueva normati-va es la regulación del contenido de los proyectos, enlo que el Código Técnico es pionero. En su primera partese incluye un artículo completo dedicado a las condi-ciones del proyecto, además de un anejo que detallaexplícitamente cada epígrafe que lo compone: la memo-ria, los planos, el pliego de condiciones, las medicio-nes y presupuesto, etc. con observaciones descriptivasque profundizan aún más en su contenido.

Un Código esperado

El Código Técnico de la Edificación es ya una realidad.La aplicación obligatoria de todo el conjunto normativoestá cada vez más cerca. En marzo de 2007 finaliza elperiodo de coexistencia del CTE con las antiguas Nor-mas Básicas de la Edificación, así como la voluntarie-dad de su aplicación.

Quedan, por tanto, aproximadamente cuatro meses paraque el CTE sea la única normativa que regule el ejer-cicio de la construcción en nuestro país. Un periodorelativamente breve para alcanzar un conocimiento exhaus-tivo de tan complejo compendio normativo, que preci-sará una rápida adaptación a las nuevas exigenciaslegales por parte de los profesionales afectados.

INDUSTRIAS Y ESPACIOS AGROPECUARIOS

Y ALIMENTARIOS

En la construcción de industrias agroalimentarias, el CTEtambién modifica los proyectos y varía los reglamentosde seguridad.

Los Documentos Básicos que se aplican directamente aestos usos son:

- DB-SE de Seguridad Estructural.

- DB-SU de Seguridad de Utilización

- DB-SI de Seguridad contra Incendios.

- DB-HE 4 de Suministro de Agua.

El DB-SI es de aplicación voluntaria para las industrias,ya que en éstas las exigencias básicas de la LOE secumplen mediante el Reglamento de Seguridad ContraIncendios en Establecimientos Industriales (RSIEI).

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La IngenieríaTécnicaAgrícola y elCódigo TécnicoLa irrupción en el marco legal del Código Téc-nico de la Edificación, y el comienzo de suaplicación obligatoria, supone un nuevo retoy una herramienta útil para los ingenieros téc-nicos agrícolas, tanto en la redacción y eje-cución de proyectos, como en la tramitacióndel visado necesario para llevarlos a cabo.Este artículo trata de clarificar éste y otrosasuntos destacados de la nueva normativa.

Con la entrada en vigor del Código Técnico de la Edi-ficación (CTE), se fijan las exigencias básicas de cali-dad de los edificios y de sus instalaciones para cumplircon los requisitos básicos referentes a la salubridad,seguridad estructural, de utilización, contra incendios,ahorro energético y protección contra el ruido, que yase había previsto mediante la aprobación de la Ley38/1999, de Ordenación de la Edificación.

La condición reglamentaria del Código obliga al cum-plimiento de las disposiciones de carácter general, téc-nico y administrativo que en el mismo se establecen,tanto en la fase de proyecto y ejecución, como en lasposteriores fases de uso y mantenimiento, al tiempo quese fijan las exigencias básicas que han de cumplir losedificios. Estas exigencias básicas se desarrollan en losDocumentos Básicos.

Contenido de los Documentos Básicos

Los Documentos Básicos (DB) contienen la caracteriza-ción de las exigencias básicas y su cuantificación, enla medida en que el desarrollo científico y técnico dela edificación lo permite, mediante el establecimiento de

los niveles o valores límite de las prestaciones de losedificios o sus partes, entendidas dichas prestacionescomo el conjunto de características cualitativas o cuan-titativas del edificio, identificables objetivamente, quedeterminan su aptitud para cumplir las exigencias bási-cas correspondientes.

Estos Documentos también contienen los procedimientoscuya utilización acredita el cumplimiento de aquellasexigencias básicas, concretados en forma de métodosde verificación o soluciones sancionadas por la prácti-ca. También podrán contener remisión o referencia ainstrucciones, reglamentos u otras normas técnicas a losefectos de especificación y control de los materiales,métodos de ensayo y datos o procedimientos de cálcu-lo, que deberán tenerse en cuenta en la redacción delproyecto del edificio y su construcción.

Soluciones para cumplir con las exigencias básicas

Existen distintas opciones para justificar que un edificiocumple con las exigencias básicas establecidas por elCódigo. Así, se pueden adoptar soluciones técnicas basa-das en los DB, cuya aplicación en el proyecto, en la

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ejecución de la obra o en el mantenimiento y conser-vación del edificio, es suficiente para acreditar el cum-plimiento de las exigencias básicas relacionadas condichos DB, y por tanto con el CTE.

Asimismo, el Código recoge la posibilidad de otras solu-ciones alternativas, entendidas como aquellas que seaparten total o parcialmente de los DB. El proyectista oel director de obra pueden, bajo su responsabilidad yprevia conformidad del promotor, adoptar solucionesalternativas, siempre que justifiquen documentalmenteque el edificio proyectado cumple las exigencias bási-cas del CTE porque sus prestaciones son, al menos, equi-valentes a los que se obtendrían por la aplicación delos Documentos Básicos.

Construcciones a las que se aplica

El CTE es de aplicación a cualquier edificación de nuevaconstrucción cuyo proyecto necesite la obtención de unalicencia o autorización legalmente exigible. Se excep-túan las construcciones de sencillez técnica y escasaentidad constructiva, que no tengan carácter residencialo público, se desarrollen en una sola planta y no afec-ten a la seguridad de las personas.

También se debe aplicar a las obras de ampliación,modificación, reforma o rehabilitación en edificios exis-tentes, siempre y cuando dichas obras sean compatiblescon la naturaleza de la intervención o con el grado deprotección del edificio. Además, en los cambios del usocaracterístico del edificio, aunque ello no implique nece-sariamente la realización de obras, deberá comprobarseel cumplimiento de las exigencias básicas del CTE. Hayque tener en cuenta que el mismo CTE define edificiocomo: construcción fija, hecha con materiales resisten-tes, para habitación humana o para albergar otros usos.

Periodo de aplicación voluntaria

Con la entrada en vigor del CTE, el pasado 29 de marzode 2006, se estableció un periodo de aplicación volun-taria para los Documentos Básicos de Seguridad en casode Incendio, Seguridad de Utilización y Ahorro de Ener-gía, y aunque la nueva normativa no es de aplicacióna las obras que tenían solicitada la licencia de edifi-cación con anterioridad a esta fecha, éstas deberáncomenzar en el plazo máximo de tres meses desde laconcesión de la misma, de no ser así, los proyectosdeberán adaptarse a las nuevas exigencias del CTE.

El CTE deroga la mayor parte de la normativa técnicaanterior, relacionada en la disposición derogatoria única

del R.D. 314/2006, aunque se establecen dos periodostransitorios, de seis y de doce meses, durante los cua-les se podrá aplicar esta normativa o los DocumentosBásicos. Una vez transcurridos ambos periodos, seránde aplicación las disposiciones normativas contenidasen el Código Técnico de la Edificación o en los Docu-mentos Reconocidos, que aunque no tendrán carácternormativo, tendrán que ser aceptados por el Ministeriode Vivienda, e inscritos en el Registro General del Códi-go Técnico de la Edificación.

Normas que siguen vigentes

Aunque la aprobación de la nueva normativa supone uncambio importante, tenemos que considerar que muchosde los reglamentos técnicos de aplicación a los proyec-tos de edificación continúan vigentes: las instruccionesEHE, EFHE, la norma de construcción sismorresistenteNCSE, el reglamento electrotécnico de baja tensión REBT,el de instalaciones térmicas RITE, el reglamento de segu-

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ridad contra incendios en establecimientos industrialesRSIEI, etc.; además de tener en cuenta que puede habernormativa autonómica o municipal de obligado cumpli-miento, por lo que el criterio a adoptar debe ser siem-pre el de aplicación de la normativa más restrictiva.

Del control establecido por el CTE sobre el proceso deedificación, tanto en las fases de proyecto, ejecución yposterior uso de los edificios, respecto a la anterior nor-mativa cabe destacar:

El contenido del proyecto

El Anejo I del R.D. 314/2006, establece el contenidodel proyecto de edificación, sin perjuicio de lo que, ensu caso, establezcan las Administraciones competentes.También se señala el contenido que debe acompañar alproyecto básico, además establece que si el proyecto sedesarrolla mediante proyectos parciales u otros docu-mentos técnicos, se hará referencia a éstos y a su con-tenido en la memoria, y se integrarán en el proyectocomo documentos diferenciados de tal forma que no seproduzca duplicidad de los mismos, ni en los honora-rios a percibir por los autores de los distintos trabajos.

En el Proyecto, se debe incluir obligatoriamente un apar-tado específico de justificación del cumplimiento del CTE(3. Cumplimiento del CTE), así como las condiciones deuso y mantenimiento del edificio terminado.

La ejecución de la obra

En el Anejo II se detalla, con carácter indicativo, la docu-mentación del control de la obra, tanto la exigida regla-mentariamente, como la del control realizado a lo largode la misma, sin perjuicio de lo que puedan establecerotras Administraciones Públicas competentes.

Uso, conservación y mantenimiento del edificio

El CTE también establece la obligación de hacer un usoadecuado del edificio y de sus instalaciones, que se uti-

lizarán adecuadamente de conformidad con las ins-trucciones de uso, y de conservar dicho edificio en buenestado mediante un adecuado mantenimiento.

El visado

El artículo 68 de los Estatutos Generales de los Cole-gios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas, apro-bados por el Real Decreto 2772/1978, de 29 de sep-tiembre, estableció que son objeto de visado todos lostrabajos profesionales suscritos por Ingenieros TécnicosAgrícolas y que el visado colegial es un acto de con-trol profesional que comprende la comprobación de lossiguientes datos:

- La identidad y habilitación legal del Ingeniero Técni-co Agrícola autor del proyecto.

- La integridad formal de la documentación integrantedel trabajo.

- El cumplimiento de todas las normas, legales o cole-giales, sobre especificaciones técnicas.

- La observancia de la normativa, profesional y cole-gial, aplicable al trabajo de que se trate.

El Real Decreto 314/2006 de 17 de marzo, que aprue-ba el Código Técnico, tiene idéntico rango normativoque el de aprobación de los Estatutos Generales y ensus anejos se regulan tanto los contenidos del proyectode edificación (Anejo I), como la documentación delseguimiento de la obra para la realización de la direc-ción de obra (Anejo II). Por este motivo, es por lo quese tiene que adaptar la función de visado que tiene asig-nado el Colegio a las exigencias del CTE.

Tramitación del visado

Durante el trámite de visado de los proyectos afectadospor la aplicación del CTE, se tendrá en cuenta princi-palmente:

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- Que se adaptan a los contenidos establecidos en elAnejo I del mismo.

- Que se justifica el cumplimiento de las exigencias bási-cas mediante la aplicación de los DB correspondienteso solución alternativa debidamente justificada.

- Que se adjuntan los anejos necesarios para la defi-nición y justificación de la obra proyectada.

Pero como el CTE también regula la fase de ejecucióndel proyecto, para el visado del certificado final de ladirección de obra de estos proyectos, se deberá cum-plir con los requisitos siguientes:

- Previamente y en caso de ser necesario, se tendrá quehaber retirado del colegio:

1. El Libro de Órdenes y Asistencias de acuerdo con loprevisto en el Decreto 461/1971, de 11 de marzo.

2. El Libro de Incidencias en materia de seguridad ysalud, según el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octu-bre.

- El certificado final se realizará según lo dispuesto enel apartado II.3 del Anejo II del Código Técnico de laEdificación.

- Se le unirán como anejos los siguientes documentos:

1. Descripción de las modificaciones que, con la con-formidad del promotor, se hubiesen introducido duran-te la obra, haciendo constar su compatibilidad con lascondiciones de la licencia;

2. La relación de los controles realizados durante la eje-cución de la obra y sus resultados.

- Se le adjuntará también, la documentación exigidapara el seguimiento del control de la obra.

Además, debemos tener en cuenta que al ser tambiénde aplicación el Código Técnico de la Edificación en las

obras de ampliación, modificación, reforma o rehabili-tación en edificios existentes y en los cambios del usocaracterístico del edificio, aunque no se realicen obras;en el trámite del visado se comprobará el cumplimien-to de las exigencias básicas del CTE en este tipo de tra-bajos.

Aunque la entrada en vigor de esta normativa repre-senta un cambio importante en nuestra forma habitualde trabajar, debemos recordar que uno de los trámitesprincipales del visado es la comprobación del cumpli-miento de todas las normas legales, sobre especifica-ciones técnicas que afecten a un determinado trabajo yque esto, aunque suponga alguna dificultad, redunda-rá en el beneficio de toda la profesión.

Tere Pilán Lozano Secretaría Técnica del COITAVC

2º PERIODO TRANSITORIO CTE-NBE(FINALIZA EL 28/03/07)NBE-AE-88 Acciones en

la edificación

HASTA MARZO 2007CONVIVEN CON

HASTA MARZO 2007CONVIVEN CON

DB-SE de SeguridadEstructural

NBE-CPI 96

NBE-CT 79

SI (Seguridad encaso de incendio)

HE (Ahorroenergético)

SU (Seguridad deUtilización)

DB-HS de Salubridad

NBE-AE-95 Estructurasacero edificación

NBE-FL-90 Inst. Murosresistentes fábrica de ladrillo

NB NISA-75 Instalacionesinteriores suministro agua

1ER PERIODO TRANSITORIO CTE-NBE

(FINALIZO EL 29/09/06)

DEROGADAS CTE-DB

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CTE: DocumentoBásico Seguridaden caso deincendio

INTRODUCCION

Innovaciones en el ámbito de la Seguridad en casode Incendio

La protección contra incendios regulada hasta ahora porla NBE CPI/96 se ha visto revisada y sustituida por lanecesidad de la adaptación a la normativa europea, laadopción de un marco normativo basado en prestacio-nes, y los avances técnicos en materia de protección con-tra incendios. El Documento Básico de Seguridad en casode Incendio del Código Técnico de la Edificación (enadelante, CTE) sustituye a la NBE CPI/96 teniendo encuenta los aspectos enunciados anteriormente.

Las ‘Euroclases’ de fuego incorporadas

Por otro lado, el DB-SI establece las condiciones de reac-ción y de resistencia al fuego que deben cumplir loselementos constructivos conforme a los nuevos sistemasde clasificación armonizados en el ámbito europeo (euro-clases) como consecuencia de la aplicación de la Direc-tiva 89/106/CE sobre productos de construcción, aban-donando los anteriores sistemas nacionales de clasificaciónaplicados por la NBE-CPI/96.

Incluidos los edificios de pública concurrencia

La normativa actual no trata específicamente los edifi-cios de pública concurrencia, a pesar de ser en estetipo de espacios donde los riesgos son mayores, debi-do a que las grandes aglomeraciones entorpecen larápida y segura evacuación de las personas en caso deincendio. El CTE resuelve esta carencia habilitando solu-ciones para espacios de grandes dimensiones y granocupación.

Mayor facilidad de aplicación

Desde el punto de vista formal y editorial, el DB-SI desa-rrolla gran parte de su contenido mediante tablas y cua-dros de más fácil y cómoda lectura y aplicación que elactual texto de la NBE-CPI/96.

DB SI: GENERALIDADES Y DIFERENCIAS CON LA NBE CPI-96

Objetivo básico de este Documento Básico: establecerreglas y procedimientos que permitan cumplir lasExigencias Básicas de seguridad en caso de incendio.Las secciones de este Documento Básico (en adelanteDB) se corresponden con las Exigencias Básicas (en

Entre las novedades que introduce el CódigoTécnico de la Edificación se encuentra el Docu-mento Básico de Seguridad contra Incendios,que sustituye a la NBE CPI-96. La necesidadde adaptación a la normativa europea, unidaa los nuevos materiales y condiciones de losedificios, han propiciado este documento queregula la protección contra incendios.

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AGRÍCOLA 15

adelante EB) SI1 a SI6 de manera que la correctaaplicación de cada sección supone el cumplimiento dela EB correspondiente.

A continuación se exponen las EB, entendiéndose comotales aquellas Prestaciones de carácter cualitativo quelos edificios deben cumplir en seguridad y habitabili-dad para alcanzar la calidad que la sociedad deman-da. Su especificación y cuantificación quedan estable-cidas en los DB y en éstos se determinan la forma enla que deben cumplirse dichas exigencias.

*Exigencia Básica SI1 – Propagación interior: para limi-tar el riesgo de propagación del incendio por el inte-rior del edificio, tanto al mismo edificio como a otrosedificios colindantes.

*Exigencia Básica SI2 – Propagación exterior: para limi-tar el riesgo de propagación del incendio por el exte-rior del edificio, tanto al mismo edificio como a otrosedificios colindantes.

*Exigencia Básica SI3 – Evacuación de los ocupantes:para facilitar los medios de evacuación adecuados quegaranticen que los ocupantes puedan abandonar el edi-ficio o alcanzar un lugar seguro en su interior en casode declararse un incendio.

*Exigencia Básica SI4 – Instalaciones de protección con-tra incendios: para disponer en el edificio de los equi-pos e instalaciones adecuados para hacer posible ladetección, el control y la extinción del incendio, asícomo la transmisión de la alarma a sus ocupantes.

*Exigencia Básica SI5 – Intervención de Bomberos: parafacilitar la intervención de los equipos de rescate y deextinción de incendios.

*Exigencia Básica SI6 – Resistencia estructural al incen-dio: para garantizar que la estructura portante del edi-ficio mantendrá una resistencia al fuego óptima duran-

te el tiempo necesario para que puedan cumplirse lasanteriores exigencias básicas.

Con la adecuada aplicación del conjunto de este DB sesupone satisfecha la “seguridad en caso de incendio”.

El contenido de este DB hace referencia únicamente alas exigencias básicas relacionadas con el requisito bási-co “Seguridad en caso de incendio” debiéndose cum-plir también las exigencias básicas de los demás requi-sitos básicos aplicándose, por tanto otros requisitos básicos(En la realización de Planes de Emergencia y Evacua-ción, fundamentalmente los contenidos en el DB SU) ensoluciones y dimensionados aplicables a elementos decirculación (pasillos, escaleras, rampas…), iluminaciónnormal y alumbrado de emergencia.

Pueden utilizarse otras soluciones diferentes a las con-tenidas en este DB, en cuyo caso deberá documentar-se en el proyecto el cumplimiento de las Exigencias Bási-cas correspondientes.

Este DB establece las condiciones de reacción al fuegoy de resistencia al fuego de los elementos constructivosconforme a las nuevas clasificaciones europeas estable-cidas mediante el RD 312/2005 de 18 de marzo y alas normas de ensayo y clasificación que allí se indican.

Repasemos la terminología y clasificación de materia-les utilizadas según este RD para que el lector puedacomprender referencias posteriores establecidas confor-me a esta nomenclatura tanto en este artículo como enla propia normativa redactada en el CTE.

Pasemos a ver ahora con ayuda de la tabla 2 la clasi-ficación de los diferentes tipos de materiales utilizadosen construcción, en suelos o en el aislamiento térmicode tuberías en función del tipo de reacción al fuego yaque ello supone una diferencia notable respecto de laclasificación realizada en la NBE-CPI-961.

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16 AGRÍCOLA

Tipología de los distintos materiales en función de la capacidad para la producción dehumo y partículas inflamadas. (RD 312/05)

Tabla 3

PRODUCTOS DE LA CONSTRCCIÓN SUELOS PRODUCTOS LINEALES PARAEL AISLAMIENTO TÉRMICO

DE TUBERÍAS

s1=SMOGRA ≤ 30 m2*S-2 s1=SMOGRA ≤ 105 m2*S-2TSP600S ≤ 50 m2 TSP600S ≤ 250 m2

s1 = humo ≤ 750% minPRODUCCIÓN DE HUMO s2=SMOGRA ≤ 180 m2*S-2 s2=SMOGRA ≤ 580 m2*S-2

TSP600S ≤ 200 m2 s2 = no s1 TSP600S ≤ 1600 m2

s3=ni s1 ni s2 s3=nis1ni s2

d0=sin caída de gotas y partículas d0=sin caída de gotas y partículas

inflamadas en 600 s. inflamadas en 600 s.

CAÍDA DE GOTAS / d1=sin caída de gotas y partículas d1 = sin caída de gotas y partículasPARTÍCULAS INFLAMADAS inflamadas durante más de 10 s. en 600 s. inflamadas durante más de 10 s. en 600 s.

d2=ni d0 ni d1 d2=ni d0 ni d1

Clases de reacción al fuego de los distintos tipos de productos. (RD 312/05)Tabla 2

PRODUCTOS DE LA CONSTRUCCIÓN PRODUCTOS PARA SUELOS PRODUCTOS LINEALES PARA ELAISLAMIENTO TÉRMICO DE TUBERÍAS

A1 A1FL A1L

A2 A2FL A2L

B BFL BL

C CFL CL

D DFL DL

E EFL EL

F FFL FL

FIGRA Fire Growth Rate Index Velocidad de propagación del fuego

THR600S Total Heat Released over the first 10 minutes Emisión total de calorafter primary burner ignition

LFS Lateral Flame Spread Propagación lateral de las llamas

SMOGRA Smoke Growth Rate Index Velocidad de propagación del humo

TSP600S Total Smoke production over the first 10 minutes Producción total de humo

FS Flame Spread Propagación de las llamas

Extracto de la terminología utilizada en el RD 312/2005. (RD 312/05)Tabla 1

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AGRÍCOLA 17

En la tabla 4 observamos también la diferencia de uti-lización en la simbología para expresar las resistenciasal fuego. En ella podemos apreciar la diferencia frentea la utilizada por la NBE-CPI-96 (RF, EF, y PF).

A efectos de aplicación de este DB, los términos quefiguran en letra cursiva deben utilizarse conforme al sig-nificado y condiciones que se establecen para cada unode ellos, en el anejo SI A si se trata de términos rela-cionados únicamente con el requisito básico “Seguridaden caso de incendio” o en el Anejo III parte I del CTEcuando se trate de términos de uso común.

COMPARTIMENTACION EN SECTORES DE INCENDIOS. COMPARATIVA

CON LA ANTERIOR NBE-CPI-96

Los edificios se deben compartimentar en sectores deincendio según las condiciones generales que se esta-blecen en la tabla 6 donde se establece una compara-tiva entre la actual normativa y la anterior NBE-CPI-96.Las superficies máximas indicadas en dicha tabla para

nueva normativa

Extracto de la clasificación en función de lascaracterísticas de resistencia al fuego de los elementos yproductos de construcción. (RD 312/05)

Tabla 4

R Capacidad portante

E Integridad

I Aislamiento

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los sectores de incendio pueden duplicarse, al igual queya ocurría con la anterior normativa, cuando estén pro-tegidos con una instalación automática de extinción queno sea exigible conforme a este DB.

Durante la realización de un Plan de Emergencia es muyprobable, sobre todo en edificios de cierta envergadu-ra, elaborar el documento nº1 “Evaluación del riesgo”en base a:

- El cálculo de la ocupación (determinación del aforo).

- El número de salidas y longitud de los recorridos deevacuación hasta éstas teniendo en cuenta siempre queal menos una de ellas permanecerá bloqueada durantela evacuación (hipótesis mas desfavorable o de bloqueo).

- Asignación de los ocupantes a cada medio de eva-cuación.

Para llevar a cabo todos los pasos anteriormente men-cionados, nos basaremos en las correspondientes refe-rencias y tabulaciones realizadas en el CTE en su sec-ción SI 3, donde prácticamente no se presentan variacionessignificativas respecto de la NBE-CPI-96 a excepción de:

- Cálculo de la ocupación para zonas de público en res-taurantes de “comida rápida” (hamburgueserías, pizze-rías…), que queda establecida en 1,2 p/m2 (anterior-mente se englobaba en “recintos o zonas de densidadelevada” a razón de 1 p/m2).

- En escaleras no protegidas no se admite una alturade evacuación ascendente superior a 2,80 m. que sirvaa mas de 100 personas, independientemente de la anchu-ra que presente la escalera. La tabulación, por tantopresentada en el CTE es para alturas de evacuación ≤≤2,80 m.

18 AGRÍCOLA

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Extracto de la adaptación de las clases de reacción al fuego según RD 312/05

Tabla 5

TIPOS DE ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS CLASE SEGÚN REFERENCIA CLASE SEGÚN RD 312/2005 YNBE - CPI -96 UTILIZADA EN EL CTE - 06

Portantes sin función de separación frente al fuego EF - t R t

Portantes con función de separación frente al fuego RF - t REI t

PF - t RE t

Particiones con función de separación frente al fuegoRF - t EI t

PF - t E t

Techos con resistencia intrínseca al fuego RF - t EI t

Fachadas (muros-cortina) y muros exterioresRF - t EI t

(incluidos elementos de vidrio) PF - t E t

PF - t E - C t

Puertas de piso de ascensor PF - t E t

Conductos y patinillos para instalaciones y servicios RF - t EI t

Sistemas de obturación (sellado) de penetraciones RF - t EI tde cables y tuberías

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Compartimentación en sectores de incendio: consideraciones generales. (Elaboración del autor)Tabla 6

USO NBE-CPI-96 CTE

GENERAL superficie total construida < 2.500 m2 No se establece sup. Gral. de sectorización.Sí la necesidad de compartimentación

Establecimiento de uso docente, RESIDENCIAL VIVIENDA administrativo o residencial no precisan superficie total construida < 2.500 m2

sector S < 500 m2 y RF 60 El 60

ADMINISTRATIVO superficie total construida < 2.500 m2 superficie total construida < 2.500 m2

Único sector SI 90% superficie construida enESPACIO DIÁFANO una planta, 75% perímetro de fachada ÍDEM

y no existe zona habitable sobre este recinto

RESIDENCIAL PÚBLICOSector de incendio independiente

superficie total construida < 2.500 m2

cuando P > 500

DOCENTE1 planta: no hace falta compartimentación

IDEM+ 1 planta: STC: < 4.000 m2

Zonas de hospitalización o con unidades Zonas de hospitalización o con unidadesespeciales al menos 2 sectores de incendio con especiales al menos 2 sectores de incendio con

HOSPITALARIO s < 1.000 m2 y capaz de albergar a los s < 1.500 m2 y capaz de albergar a losocupantes de sectores colindantes. ocupantes de sectores colindantes.

Resto zonas superficie total construida < 2.500 m2 Resto zonas superficie total construida < 2.500 m2

superficie total construida < 2.500 m2

Excepciones:Compartimentaciones EI 120,

PÚBLICA CONCURRENCIA Remite reglamentación específica salidas de planta a sector de riesgo mínimo,vestíbulo independiente o espacio exterior

seguro y revestimientos con resistencia específicaconforme a normativa europea.

+ 5 vehículos: sector de incendios Normales: sector diferenciadoAPARCAMIENTO diferenciado independientemente de independientemente de la superficie

la superficie Robotizados: sup. < 10.000 m2

También podemos observar algunos cambios en los pará-metros de aproximación y entorno de los edificios asícomo la accesibilidad por fachada de los equipos pro-fesionales de la extinción.

Por último, la aprobación del CTE supone un nuevo retopara que su éxito esté asegurado. Ello es porque elCódigo supone un cambio importante en cuanto a lareglamentación, por lo que será necesaria la organiza-ción de cursos y seminarios dirigidos a técnicos, y futu-ros profesionales haciendo uso de las nuevas tecnolo-gías de comunicación a través de Internet junto con losclásicos cursos y seminarios de carácter presencial.

Enrique Alejandro Contelles DíazIngeniero Técnico Agrícola

Director Territorial de Prevención NEXGRUP - HCP SALUD, S.L.

Bibl iograf ía

n REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por elque se aprueba el Código Técnico de la Edificación. BOENº 74, de 28 de marzo.

n REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por elque se aprueba el Código Técnico de la Edificación. BOENº 74, de 28 de marzo. Anexos.

n REAL DECRETO 312/2005, de 18 de marzo, por elque se aprueba la clasificación de los productos de cons-trucción en función de sus propiedades de reacción y deresistencia frente al fuego.

n Boletín Oficial del Estado.

n www.codigotecnico.org.

n Apuntes y documentación personal elaborada por elpropio autor.

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20 AGRÍCOLA

El Código Técnico de la Edificación plasma los requisi-tos básicos que debe cumplir la edificación, estableci-dos por la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Orde-nación de la Edificación, con el fin de garantizar, entreotros, la seguridad y habitabilidad de las nuevas cons-trucciones, aspectos que van a garantizar los derechosbásicos de los ciudadanos como usuarios de las edifi-caciones y en referencia a su seguridad, y prestandouna especial atención a la accesibilidad, especialmen-te de los ciudadanos discapacitados, con el fin de garan-tizar el disfrute de sus derechos, al garantizar el acce-so a todos los lugares a los que cualquier ciudadanono discapacitado puede acceder.

El establecimiento de los mínimos que garanticen la segu-ridad y habitabilidad en la utilización de las edifica-ciones aparecen recogidos en el documento que se deno-mina Documento Básico Seguridad de Utilizacióndebiéndose cumplir estas exigencias básicas estableci-das en el proyecto, la construcción, el mantenimiento yla conservación de los edificios y sus instalaciones.

Es pues, el objetivo principal del requisito básico Segu-ridad de Utilización eliminar o en su defecto reducir alímites aceptables el riesgo de que los usuarios sufrandaños inmediatos durante el uso previsto de los edifi-

cios, como consecuencia de las características de su pro-yecto, construcción, uso y mantenimiento, en los aspec-tos que vamos a desglosar seguidamente.

DOCUMENTO BASICO SEGURIDAD DE UTILIZACION (DB SU)

El Documento Básico de Seguridad de Utilización (DBSU en adelante) tiene por objeto establecer reglas y pro-cedimientos cuyo cumplimiento permite cumplir las exi-gencias básicas de seguridad de utilización, y la supe-ración de los niveles mínimos de calidad propios delrequisito básico de seguridad de utilización.

Para alcanzar este objetivo, los edificios se proyecta-rán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma quese cumplan estas exigencias básicas, que se agrupanen ocho apartados, y que recogemos de manera resu-mida a continuación.

Exigencia Básica SU 1: Seguridad frente al riesgo de caídas

Regula las situaciones que puedan generar riesgos paralos usuarios por resbalones, tropiezos, caídas... siem-pre favoreciendo la accesibilidad, garantizándola sobretodo para aquellas personas que tengan disminuida sumovilidad. Al respecto se establecen las condiciones

CTE: DocumentoBásico Seguridad deUtilizaciónSeguridad frente al riesgo de caídas, de impac-to o atrapamiento, de aprisionamiento, deahogamiento, causado por iluminación ina-decuada, por situaciones con alta ocupación,por vehículos en movimiento y por la accióndel rayo. Roberto Asensi explica las diferen-tes secciones del Documento Básico Seguri-dad de Utilización (DB SU), reglas y proce-dimientos para cumplir las exigencias básicascon las que se corresponden estas secciones.

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mínimas de los suelos y/o superficies de tránsito (sue-los, escaleras, pasillos, etc.), que garantizan la accesi-bilidad por ellas, así como las condiciones mínimas deseguridad exigibles durante las operaciones de limpie-za de zonas acristaladas.

Se contemplan los siguientes aspectos:

- Características de los suelos respecto de su resbala-dicidad, y las exigencias al respecto en función de suutilización.

- Las discontinuidades de las superficies de tránsito ysus posibles soluciones de forma que se eviten riesgosde caída.

- La existencia de desniveles, sus protecciones (baran-dillas, barreras de protección, etc.) y las característicasde dichas protecciones.

- Los accesos a zonas de diferente nivel a través derampas, escaleras y pasillos escalonados; sus caracte-rísticas constructivas, dimensionado, uso y proteccionesde las mismas.

- Las características y dimensionamiento mínimos de ven-tanales cristaleras, de su estructura, y los elementos einstalaciones de limpieza que garanticen la seguridadtanto desde el interior como desde el exterior de laspersonas que la realicen.

Exigencia Básica SU 2: Seguridad frente al riesgo de impacto y de atrapamiento

Regulará las situaciones de riesgo en donde los usua-rios puedan sufrir golpes y/o atrapamientos con ele-mentos fijos o practicables, (es decir, que pueden defi-nir un giro alrededor de un eje), que se encuentran enlas zonas de paso de los edificios.

En la primera parte de este apartado se definen las exi-gencias mínimas que van a garantizar que los despla-zamientos que se realicen por las distintas dependen-

cias de los edificios no supongan ningún riesgo de gol-pes contra elementos fijos o practicables existentes endichas zonas, definiéndose unas distancias mínimas libresde dichos elementos, zonas libres de dichos elementos,la resistencia mínima de paramentos acristalados conlos que se pueda chocar, las características que permi-tan identificar paramentos, puertas, cristaleras, etc., quepuedan confundirse con zonas de paso expeditas, lasexigencias visuales que eviten el impacto con elementosinsuficientemente perceptibles de grandes superficies acris-taladas que puedan ser confundidos con puertas o aber-turas, y los medios de que se dispondrán para evitardichos riesgos, tales como de señalización, rotulación,etc.

La segunda parte de la exigencia marca las pautas quedeben cumplir los elementos móviles de las puertas corre-deras y las partes fijas adjuntas a éstas con el fin de evi-tar el riesgo de atrapamiento entre ambas partes.

Exigencia Básica SU 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento

Se recogen en este apartado las exigencias mínimas quedeben evitar las situaciones de riesgo en las cuales losusuarios de los locales puedan quedar accidentalmenteaprisionados o atrapados en recintos.

Así pues, se regula los sistemas de desbloqueo de laspuertas que dispongan de dispositivos para su encla-

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22 AGRÍCOLA

vamiento interior (baños, aseos, etc.) y las característi-cas de utilización por personas con y sin movilidad redu-cida de los sistemas de apertura de las puertas de loslocales.

Exigencia Básica SU 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminacióninadecuada

Regula las situaciones que originan daños a las perso-nas debido a una iluminación insuficiente o deficiente.

En primer lugar, nos indica los niveles de iluminaciónmínimos de los que deben disponer las zonas de trán-sito, tanto interiores como exteriores, así como las carac-terísticas exigibles en caso de necesitar niveles menorespor exigencias de la actividad (pasillos de cines, tea-tros, etc.)

Si bien, donde el apartado es mas exigente, tanto encaracterísticas como en marcar dotaciones, ubicación,intensidad de iluminación, etc., es en el alumbrado deemergencia y evacuación.

Este tipo de alumbrado evita las situaciones de penum-bra durante los fallos del alumbrado ordinario, evitan-do por tanto caídas, golpes y posibilitando su desalo-jo de forma segura y sin peligro, ya que no sólo iluminalas vías de evacuación, sino además la señalización deseguridad y emergencia.

Exigencia Básica SU 5: Seguridad frente al riesgo causado por situacionescon alta ocupación

Esta exigencia garantiza las condiciones mínimas quedeben cumplir los edificios para evitar daños a losusuarios por situaciones con alta ocupación. Estascondiciones se dan en los graderíos de estadios,pabellones polideportivos, centros de reunión, otrosedificios de uso cultural, etc. previstos para más de3.000 espectadores de pie. Se completa con las

condiciones de evacuación que aparecen en la SecciónSI 3 del Documento Básico DB-SI.

Se regulan las condiciones que en este tipo de grade-ríos deben de cumplir los dispositivos antiaglomeracióno “barreras antiolas” que deben disponer, de sus acce-sos y las salidas.

Exigencia Básica SU 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento

Recoge este apartado las condiciones mínimas que debenrecoger las piscinas, depósitos, pozos y similares paraminimizar los daños por caídas, y el consiguiente ries-go de ahogamiento y caída a distinto nivel, en el casode estar vacíos.

Las exigencias en lo referente a las piscinas sólo sonde aplicación a las piscinas de uso colectivo, quedan-do excluidas las destinadas exclusivamente a competi-ción o a enseñanza, las cuales tendrán las característi-cas propias de la actividad que se desarrolle, así comolas piscinas de viviendas unifamiliares, los baños ter-males, los centros de tratamiento de hidroterapia y otrosdedicados a usos exclusivamente médicos, los cualescumplirán lo dispuesto en su reglamentación específica.

La reglamentación que regula las dimensiones y carac-terísticas del vaso y otros elementos de las piscinas reco-ge los siguientes aspectos:

- Profundidad y pendientes máximas permisibles.

- Materiales de suelos y paramentos y sus tonalidades.

- Protección perimetral.

- Andenes y/o playas circundantes.

- Escaleras de acceso al vaso.

En lo referente a otras construcciones como pozos, depó-sitos, o conducciones accesibles a personas y presentenriesgo de ahogamiento, deberán estar equipados con

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Zona Iluminancia mínima

Exterior Exclusiva para personas Escaleras 10Resto de zonas 5

Para vehículos o mixtas 10

Interior Exclusiva para personas Escaleras 75Resto de zonas 50

Para vehículos o mixtas 50

Niveles mínimos de iluminación

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sistemas de protección, tales como tapas o rejillas, conla suficiente rigidez y resistencia, así como con cierresque impidan su apertura por personal no autorizado.

Exigencia Básica SU 7:Seguridad frente al riesgo causado por vehículos enmovimiento

Se regulan las situaciones donde pueda aparecer el ries-go causado por vehículos en movimiento.

Esta exigencia sólo es aplicable a las zonas dedicadasa uso para aparcamiento y vías de circulación de vehí-culos existentes en los edificios, con excepción de losaparcamientos de las viviendas unifamiliares.

Se regulan las características que dichas zonas debencumplir, así tenemos:

- Las dimensiones mínimas de las plazas de aparca-miento y de los accesos de los vehículos a las mismas.

- Los accesos de los peatones, sus dimensiones, tipolo-gía de suelo y protecciones que dispondrán, que ven-drá en función de las dimensiones del recinto y de losdesniveles existentes.

- La señalización se adaptará a las exigencias del códi-go de circulación, garantizando los siguientes aspectos:

✱ El sentido de la circulación y las salidas.

✱ La velocidad máxima de circulación.

✱ Las zonas de tránsito y paso de peatones.

✱ Los gálibos y las alturas limitadas en los aparca-mientos de los vehículos de transporte pesado.

✱ Se delimitarán y señalizarán mediante marcas vialeslas zonas destinadas a almacenamiento y a carga odescarga.

✱ Las marcas viales garantizarán una resbaladicidadmínima, que garantice la accesibilidad de los viandan-tes.

Exigencia Básica SU 8: Seguridad frente al riesgo causado por la acción delrayo

Esta exigencia protege frente al riesgo de electrocucióny de incendio causado por la acción del rayo, median-te el diseño de las instalaciones adecuadas de protec-ción contra este fenómeno atmosférico.

Se establecen las necesidades mínimas de protección con-tra los rayos, siendo obligatoria cuando la frecuenciaesperada de impactos sea mayor que el riesgo admisi-ble, así como en aquellos edificios en que se manipulensustancias tóxicas, radioactivas, altamente inflamables oexplosivas y los edificios cuya altura sea superior a 43metros.

Las características de las protecciones se establecen enfunción de la frecuencia de impactos que se recogengeográficamente, y del riesgo admisible, que se obtie-ne a partir de unos parámetros que se establecen enfunción del tipo de construcción, de su contenido, deuso y del tiempo de continuidad de las actividades desa-rrollas en el edificio.

CONCLUSION FINAL

La aprobación del Código Técnico de la Edificaciónsupone, por una parte, la mejora técnica y moderniza-ción del vigente marco normativo de la edificación enEspaña, regulado por el Real Decreto 1.650/1977 de10 de junio, sobre normativa de la edificación, que esta-blecieron las Normas Básicas de la Edificación, comodisposiciones de obligado cumplimiento en el proyectoy la ejecución de los edificios. Además, esta nueva normao conjunto de normas, derogan también parcialmen-te los artículos 2 al 9, ambos inclusive, y los artículos20 a 23, ambos inclusive, excepto el apartado 2 delartículo 20 y el apartado 3 del artículo 22, del RealDecreto 2.816/1982, de 27 de agosto (Reglamento Gene-ral de Policía de Espectáculos y Actividades Recreati-vas), con el mismo fin: garantizar los derechos básicos

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AGRÍCOLA 25

de la ciudadanía sobre salud, seguridad y accesibilidaden los locales destinados al ocio.

Sin embargo tendremos, por otra parte, que las exi-gencias del Código Técnico de la Edificación se apli-carán sin perjuicio de la obligatoriedad del cumplimientode la normativa de prevención de riesgos laborales queresulte aplicable. Así como también hemos de apostillarque la protección de los usuarios frente a los riesgos

relacionados con instalaciones y equipos no se recogenen el documento DB SU que aquí se analiza, y que lamisma se consigue mediante el cumplimiento de los regla-mentos específicos de seguridad a los cuales están suje-tos.

La entrada en vigor y aplicación de estas exigenciasque se recogen en el DB SU, se realizan de manerapaulatina durante los seis meses posteriores a la entra-da en vigor de este Real Decreto, que lo hace al díasiguiente de la publicación del mismo en el Boletín Ofi-cial del Estado, que es el día 29 de marzo de 2006.Una vez finalizado el referido período transitorio, seráobligatoria la aplicación de las disposiciones normati-vas contenidas en el DB SU, por lo que a partir del 29de septiembre del presente año, estas nuevas obliga-ciones del DB SU son ya de obligado cumplimiento enlos términos que se recogen en dicho Real Decreto.

Roberto Asensi HayaIngeniero Técnico Agrícola

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CTE: DocumentoBásico Ahorro deEnergíaConseguir un uso racional de la energía, redu-cicendo su consumo y obteniéndo parte de lamisma mediante fuentes renovables, es el obje-tivo principal del DB-HE, el Documento Bási-co de Ahorro de Energía del Código Técni-co. Para ello, desarrolla cinco exigencias básicas,de obligada aplicación en determinados usosy edificaciones. Salvador Gallarte realiza unrecorrido general sobre uno de los más exten-sos Documento Básicos del CTE.

El Documento Básico Ahorro de Energía (DB-HE) esta-blece reglas y procedimientos para cumplir con las exi-gencias básicas de ahorro de energía y, con ellas, satis-facer el requisito básico de la Ley de Ordenación de laEdificación del mismo nombre. El objetivo principal esconseguir un uso racional de la energía necesaria, tantoen edificios y viviendas como en industrias, reduciendoa límites sostenibles su consumo y obteniendo una partede este consumo de fuentes de energía renovable. Todoello como consecuencia de las características de su pro-yecto, construcción, uso y mantenimiento.

Para cumplir con el Documento Básico se ha de asegu-rar la aplicación correcta de cada una de las seccio-

nes que lo forman. Las diferentes secciones correspon-den a cinco exigencias básicas, cuya satisfacción segarantiza con el cumplimiento de los parámetros indi-cados en el DB y el seguimiento de los procedimientosindicados en el mismo.

Exigencia básica HE 1:Limitación de demanda energética

Se aplica a edificios de nueva construcción y reformaso rehabilitaciones con una superficie útil mayor de 1.000m2, donde se renueve más del 25% del total de sus cerra-mientos. Se excluyen, entre otros, edificaciones abier-tas, construcciones provisionales, instalaciones industriales,talleres y edificos agrícolas no residenciales, y edificios

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aislados con superfice útil total inferior a 50 metros cua-drados.

Se trata de lograr unas características en la envolven-te del edificio que limiten adecuadamente la demandaenergética para la consecución del bienestar térmico(condiciones interiores de temperatura, humedad y velo-cidad del aire establecidas que se considera que pro-ducen una sensación de bienestar adecuada y sufucientea sus ocupantes). Todo ello teniendo en cuenta el climade la localidad, el uso del edificio y el régimen de vera-no y de invierno así como las características de aisla-miento, permeabilidad y exposición al sol del propioedificio.

Exigencia básica HE 2:Rendimiento de las instalaciones térmicas

La aplicación de esta exigencia quedará definida en elproyecto del edificio y velará por un rendimiento conposibilidad de regulación de la instalación térmica y detodos sus equipos. El Documento Básico no desarrollaesta exigencia, sino que se remite al RITE (Reglamentode Instalaciones Térmicas en los Edificios), que sigue envigor.

Exigencia básica HE 3:Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación

Se aplica a edificios de nueva construcción y reformaso rehabilitaciones con una superficie útil mayor de 1.000m2, donde se renueve más del 25% de la superficie ilu-minada. Se excluyen, entre otros, construcciones provi-sionales, instalaciones industriales, talleres y edificiosagrícolas no residenciales, edificios independientes consuperfice útil total inferior a 50 m2 e interiores de vivien-das. No obstante, en los casos excluidos deberán justi-ficarse en proyecto las soluciones adoptadas, en su caso,

para el ahorro de energía en la instalación de ilumi-nación.

Según esta Exigencia, los edificios deberán disponer deinstalaciones de iluminación inteligentes que se adecuen

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a las necesidades demandadas por los usuarios y seaneficaces energéticamente, incluyendo sistemas de con-trol que ajusten el encendido a la ocupación, así comocon capacidad de optimizar la luz natural cuando éstaesté presente.

Exigencia básica HE 4:Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria

Es exigible en cualquier uso donde exista demanda deagua caliente sanitaria y/o climatización de piscinacubierta. Una parte de las necesidades energéticas tér-micas derivadas de esta demanda deberá cubrirse consistemas de captación, almacenamiento y utilización deenergía solar de baja temperatura.

Esta energía solar de baja temperatura consiste en unacaptación directa. La temperatura alcanzada está pordebajo del punto de ebullición y no supera los 70-80ºC.sus aplicaciones se centran en agua caliente sanitaria(ACS), calefacción (baja tª), calentamiento piscinas einstalaciones industriales (baja tª).

Exigencia básica HE 5:Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica

Se aplica, con algunas excepciones justificadas que indi-ca el mismo DB, a los edificios con los siguientes usos:

- Naves de almacenamiento de más de 10.000 m2 cons-truidos.

- Hipermercados de más de 5.000 m2 construidos.

- Multitiendas y centros de ocio de más de 3.000 m2

construidos.

- Administrativos de más de 4.000 m2 construidos.

- Hoteles y hostales de más de 100 plazas.

- Hospitales y clínicas de más de 100 camas.

- Pabellones de recintos feriales de más de 10.000 m2

construidos.

La exigencia básica se centra en la incorporación, enestos edificios, de sistemas de captación y transforma-

ción de energía solar en energía eléctrica a través deprocedimientos fotovoltaicos, para uso propio o sumi-nistro a la red.

Contenido

Cada una de las secciones incluye un amplio conteni-do de desarrollo, con caracterización y cuantificaciónde los valores para cada exigencia, cálculo y dimen-sionado, caraterísticas exigibles a los productos de cons-trucción y el control de recepción de los mismos, el con-trol de la ejecución y de la obra terminada, elmantenimiento y la conservación, así como apéndicesútiles para el desarrollo de cada epígrafe.

Salvador Gallarte AlepuzIngeniero Industrial

Sering 2000, S.L. Servicios de Ingeniería

Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética enEspaña (E4) 2004-2012.

- Documento marco para desarrollo de políti-cas ahorro y eficiencia energética en España.

- Objetivo de reducción de la intensidad ener-gética primaria en un 7,2%, en el periodo 2004-2012.

En fase de transposición Directiva 2002/91/CErelativa a la eficiencia energética de los edificios,mediante:

- Código Técnico Edificación CTE (aprobado el28/3/2006).

- Revisión del Reglamento de Instalaciones Tér-micas en edificios RITE (previsto finales 2005).

- Certificación edificios.

MARCO LEGAL

Sistema solar térmico

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30 AGRÍCOLA

entrevista

La Generalitat Valenciana, la Universidad Politécnica deValencia y la Asociación de Investigación de la Indus-tria Agroalimentaria, AINIA, decidieron, en abril de2005, ampliar su cooperación, coordinar sus actuacio-nes y potenciar los recursos en materia de investiga-ción, desarrollo e innovación tecnológica agroalimen-taria. El resultado, la creación de Agroalimed, la Fundaciónde la Comunidad Valenciana para la Investigación Agro-alimentaria. Fernando Hernández Guijarro, gerente deAgroalimed, explica, durante la entrevista concedida ala revista Agrícola, los objetivos que persigue la Fun-dación y las actuales líneas de trabajo.

La Fundación Agraolimed se creó en 2005, ¿cómo surgeel proyecto?

Agroalimed es una fundación de la Generalitat que sepromueve desde la Conselleria de Agricultura, Pesca yAlimentación. Se trata, desde el principio, de un pro-yecto con el que se quiere agrupar a todos los núcleosI+D+I de la Comunitat Valenciana. En ella participanlos centros o institutos de investigación de la Universi-dad Politécnica de Valencia, el IVIA, como organismoautónomo de la Generalitat, y el AINIA como asocia-ción privada. La Comunitat Valenciana goza de unaamplia oferta de investigación que se vertebra a través

de una serie de institutos o centros de investigación,equipados con infraestructuras, un gran número de inves-tigadores y el mejor equipamiento, la tarea de la Fun-dación es convertirse en un núcleo donde se aglutinentodos los esfuerzos investigadores del sector agroali-mentario.

Respecto a las metas marcadas, ¿se puede decir quese están alcanzando, cómo van los proyectos?

La Fundación se constituye a mediados de 2005. Pocoa poco se fue dotando del personal y medios necesa-rios, y ya en 2006, durante el pasado mes de sep-tiembre, se han firmado dos proyectos de investigacióncon la Universidad Politécnica de Valencia.

¿En qué consisten estos convenios?

La Fundación se ha comprometido, a través de ellos, adesarrollar dos proyectos de investigación, el primerosobre “El desarrollo de variedades de pimiento tipo Cali-fornia adaptados a la Vega Baja”, proyecto que ini-cialmente se firmó por parte de la Fundación con laUniversidad Politécnica, pero cuya previsión es desdo-blarse para que también puedan formar parte del mismoel sector privado y las propias cooperativas afectadaspor este producto. Y esto es precisamente lo que recien-

Agroalimed agruparálos núcleos I+D+I dela ComunitatLa oferta en investigación que presenta Valen-cia cubre diferentes áreas de conocimiento,desde la agricultura hasta la tecnología delos alimentos. Esta oferta se vertebra a tra-vés de una serie de centros de investigaciónagrupados, recientemente, en la FundaciónAgroalimed, creada para reunir, según expli-ca a Agrícola su gerente, Fernando Hernán-dez Guijarro, todos los esfuerzos investiga-dores del sector agroalimentario.

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temente se ha firmado en Pilar de la Horadada dondeel conseller Juan Cotino, como presidente del Patrona-to, firmó el convenio con la cooperativa Surinver, dePilar de la Horadada, Hortamira de Murcia, Anecoop,y Caja Mar como entidad financiera. Según el conve-nio firmado, estas entidades pasan a formar un con-sorcio para impulsar el proyecto a nivel financiero, detal forma que los resultados que se obtengan derivadosde las ventas de esas semillas y los royalties se distri-buyan según la proporción invertida. Así, las coopera-tivas podrán adquirir esas semillas siendo titulares delas mismas, sin necesidad de comprarlas de Holanda,donde se pagan unos royalties que cada vez suponenun mayor coste de adquisición y la reducción de la ren-tabilidad para nuestra agricultura.

Hablaba de dos convenios, ¿en qué consiste el segun-do proyecto en desarrollo?

Otro de los proyectos que estamos desarrollando con laUPV es un estudio sobre la producción de los cítricos amedio plazo, por el cual, aprovechando el SIG CITRí-COLA, y con la colaboración del Departamento de Esta-dística del Politécnico, se están haciendo unos cálculosy estimaciones en función de la edad, las variedades ylos metros cuadrados que hay por variedad plantada,para intentar extraer unas estimaciones aproximadas deproducción citrícola para los años futuros, estimacionesque se irán revisando cada dos años, ya que las gra-nizadas, heladas o sobreinjertos masivos podrían alte-rar los datos. Esto son actividades, en lo que se refie-re a proyectos de investigación.

¿Qué otras labores desempeñan?

Realizamos también labores de coordinación de los cen-tros de investigación de la Comunitat. Un ejemplo deesta coordinación es el reciente acuerdo al que se llegóen el Patronato según el cual, la Fundación tiene laintención de crear un equipo de investigadores, que-riendo destacar que dicha iniciativa tuvo su origen enuna reunión de los miembros de Agroalimed con el pre-sident de la Generalitat el pasado mes de septiembre.Como consecuencia de ello, ya se han sacado siete pla-zas, en función de unas líneas de investigación deter-minadas que se están desarrollando en los centros delPolitécnico y del propio IVIA. Así, mañana mismo seincorporan a sus nuevas plazas los tres primeros “Inves-tigadores Agroalimed”. Después de las pruebas de selec-ción, y por razones cronológicas, se ha escogido a sietepersonas que se incorporarán escalonadamente, maña-na tres, a finales de años otros dos y en febrero se espe-ra que finalmente se hayan incorporado los siete. Ade-

más, esperamos que el próximo año se puedan unir ala plantilla otros 6 ó 7 investigadores más.

¿Cuál es el objetivo de este acuerdo?

Tras muchas reuniones con personal del IVIA, de la Uni-versidad Politécnica, y con el propio conseller, se ha lle-vado adelante este proyecto. Se trata de dar a nuestrosinvestigadores una salida con un contrato fijo que lesdé estabilidad laboral y que les permita seguir reali-zando las tareas en las que ellos son especialistas, yaque cada puesto se crea para una línea de investiga-ción en concreto y los investigadores que se incorporanya conocen el proyecto tras trabajar en él durante años.

Se podría apreciar cierta similitud entre las funcionesde Agroalimed y las del IVIA, ¿qué les une y qué lesdiferencia?

El IVIA es uno de los centros que consituyen la Funda-ción, es un instituto, un organismo público de la Gene-ralitat, y la Fundación Agroalimed es una fundaciónpública de la Generalitat. Ambos están resguardadosbajo un mismo paraguas, el IVIA se dedica a la inves-tigación y la Fundación lo que hace es agrupar a todoslos centros que tienen en común el I+D+I agroalimenta-rio. Un proyecto de la Fundación puede desarrollarsesobre una materia en la que el IVIA también es com-petente, siempre que no se dupliquen esfuerzos, lo mismoocurre con todos los centros de la Universidad Politéc-nica que pertenecen a Agroalimed. Todos tienen finesparecidos a los de la Fundación, precisamente lo quese ha pretendido es unir esfuerzos para que Agroali-med pueda ayudar a cada centro de muchas formasdiferentes: a través de financiación, organizando con-gresos, incluso en los masters públicos que se harán enla Universidad Politécnica. Detrás de todos ellos lo quese verá es la apuesta por el I+D+I agroalimentario enla Comunitat Valenciana.

Entonces, ¿se podría decir que algunas de las líneasde investigación de Agroalimed se desarrollan a tra-vés del IVIA y otras a través de otros centros de inves-tigación?

El proyecto del pimiento se hace mediante un conveniocon un Centro Agroalimed, en este caso es el COMAV(Centro de Conservación y Mejora de la Agrodiversi-dad) pero también está previsto, y se está pensandocolaborar en este aspecto con el IVIA, apoyándose ensus investigadores, y medios materiales, o incluso median-te un convenio por el cual se contrate un investigadorque se adscriba a ese centro. En este caso, la Funda-ción estará dando agilidad a los proyectos, cada cen-

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32 AGRÍCOLA

tro seguirá realizando sus trabajos pero con un nexode unión común, la Fundación Agroalimed.

Por tanto, los resultados son comunes pero cada unotrabaja desde su propio centro

Es como poner en un plano varios centros de investi-gación y darles un nexo de unión, no jerárquico, queaúne esfuerzos para que cuando surja cualquier tipo denecesidad de personal, financiera, o de coordinaciónse acuda a la Fundación que les dará ese apoyo. Todosvamos en el mismo barco, todos queremos impulsar lomismo, el I+D+I de la Comunitat Valenciana, ya que anivel mundial, la labor de investigación de nuestra comu-nidad en centros como el IVIA y la Universidad Poli-técnica es de reconocido prestigio internacional. Por ello,es un honor ser gerente de esta Fundación y poder apo-yar en todas las posibilidades y con todos los esfuer-zos todo este tipo de iniciativas.

En este sentido, ¿qué objetivos os habéis planteado acorto plazo?.

El 2 de noviembre, tuvimos una sesión del patronatodonde se desarrollaron los presupuestos. Así, para elaño que viene tenemos previsto llevar a cabo varios pro-yectos en materia de investigación, en el ámbito de for-mación, así como sobre transferencia tecnológica.

Respecto a los proyectos de investigación, tenemos pre-visto continuar con los que ya hemos iniciado, por ejem-plo el proyecto del pimiento es a cinco años, es plu-rianual, hay que hacer varios ensayos en el campo dePilar de la Horadada para sacar la variedad específi-ca que se adapte a nuestro campo, tierra y climatolo-gía. Encontrar la semilla óptima para el campo valen-ciano sería como un renacer porque supondría no estarsujeto al proveedor holandés, que es además un com-petidor.

Además de continuar con los proyectos en desarrollo,se tiene previsto iniciar dos nuevos trabajos. Uno deellos será sobre biocombustibles y los otros se destina-rán a apoyar la investigación sobre el picudo rojo.

¿Respecto al apoyo en el ámbito formativo...?

A efectos de formación pretendemos seguir apoyandotanto los cursos que se realizan, a través de la Funda-ción para la Promoción de la Ingeniería Agronómica,cursos organizados por el Colegio Oficial de Ingenie-ros Técnicos y Peritos Agrícolas de Valencia y Caste-llón, como varios congresos y masters organizados porel propio IVIA, o los institutos de la Universidad Poli-técnica de Valencia.

Por otro lado, la transferencia de tecnología siempre hasido una asignatura pendiente que Agroalimed quiereimpulsar. Se trata de hacer llegar directamente al agri-cultor todo lo que en estos centros se está desarrollan-do para él. El objetivo es acabar con el salto que exis-te desde el investigador hasta el agricultor que aplicarátodos los avances. De ahí surge la idea, por ejemplo,de crear, desde la Conselleria de Agricultura, una redde Centros Tecnológicos de los cuales ya hay dos enproyecto. Así, en Carlet está previsto construir un cen-tro de Hortofruticultura para el cual el ayuntamiento yaha cedido a la Generalitat el solar donde se va a ubi-car y donde Conselleria construirá el centro tecnológi-co que la Fundación y el propio sector gestionará. EnNovelda está previsto ubicar el Centro de Uva de Mesa.La idea es que estos centros se conviertan en instala-ciones al servico del agricultor donde se le pueda pres-tar apoyo directo cuando acuda allí a resolver cualquierproblema, de tal manera que los técnicos le puedanayudar incluso personándose en su campo. Se trata decomplementar la cadena desde el investigador hasta elagricultor poniendo en medio la red de Centros Tecno-lógicos.

En cuanto a la transferencia de tecnología a través depublicaciones tenemos varios libros que edita la Fun-dación sobre los congresos que se van celebrando. Tam-bién esta previsto, durante el día de hoy, 15 de noviem-bre, y a lo largo de esta misma mañana, firmar unconvenio con varias organizaciones agrarias que tienenrevistas para su colectivo por el cual la Fundación inclui-rá una adenda en esas revistas de forma que éstas incor-poren información importante para el agricultor, sobretoda la tecnología que se está desarrollando en estoscentros.

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entrevista

También está previsto que la Fundación realice serviciosde gestión y defensa de derechos sobre variedades vege-tales y de las patentes que realizan los centros e insi-tutos de investigación. Así ya hemos gestionado variassolicitudes de registro de variedades vegetales que sehan realizado en el IVIA, de frutales, de productos soft-ware…

Finalmente, ¿qué puede encontrar el Ingeniero Técni-co Agrícola en Agroalimed?

La red de Centros Tecnológicos creo que será un sitiodonde tendrán cabida estos profesionales, ya que soncentros donde se desarrollará un trabajo de aplicaciónde conocimientos prácticos. Cuando estos centros esténconstruidos necesitarán personal que asista directamen-te la demanda de los servicios y problemas que se lespresenten a los propios agricultores de la zona. Por ellose intentan ubicar estas instalaciones donde se encuen-tre el núcleo de producción de dicho producto, por ejem-plo en el caso de la mesa de uva, en Novelda. La plan-tilla y cuerpo técnico de esta red de Centro Tecnológicospienso que puede estar perfectamente formada por estosprofesionales.

Centros o Instituciones que constituyen Agroalimed

- Asociación de Investigación de la Industria Agro-alimentaria (AINIA).

- Centro de Conservación y mejora de la Agrodi-versidad Valenciana (COMAV, UPV).

- Centro de Ecología Química Agrícola (CEQA,UPV).

- Centro Valenciano de Estudios sobre el Riego(CVER, UPV).

- Instituto Agroforestal Mediterráneo (IAM, UPV).

- Instituto de Biología Molecular y Celular de Plan-tas (IBMCP, UPV-CSIC).

- Instituto de Ingeniería de Alimentos para el Desa-rrollo (IAD, UPV).

- Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias(IVIA, CAPA).

Ctra. Moncada Km 4,5 · 46113 Moncada (Valencia)Tel.: 96 342 41 12 · www:agroalimed.es

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34 AGRÍCOLA

nueva normativa

Nueva Ley dePrevención yControl de laContaminación

Una mejora de la calidad medioambiental yla prevención de la contaminación son losobjetivos principales de la Ley 2/2006, envigor desde mayo de 2006. En este artículo,Agrícola detalla las condiciones y procedi-mientos necesarios para obtener la autoriza-ción, o en su caso, la licencia ambiental queesta Ley exige para el inicio de una activi-dad que potencialmente pueda afectar al medioambiente.

La Ley 2/2006 de 5 de mayo de Prevención y Controlde la Contaminación y Calidad Ambiental clarifica yconcreta los procedimientos administrativos previos alinicio de una actividad que pueda afectar al medioambiente y la salud de las personas en la ComunidadValenciana.

Esta ley encuentra su origen en la Ley 16/2002 de Pre-vención y Control Integrados de la Contaminación, deámbito nacional, que emana de la Directiva Europea96/61/CE. El objeto de la Ley de 2002 es adoptarmedidas para evitar o reducir las emisiones contami-nantes, condicionando el inicio de actividades incluidasen su ámbito de aplicación a la obtención de una auto-rización ambiental única, la Autorización Ambiental Inte-grada (AAI), creando así un elevado nivel de protec-ción del medio ambiente en su conjunto.

Un primer decreto, el 40/2004, desarrollaba en la Comu-nidad Valenciana la Ley 16/2002; sin embargo, dichodecreto ha sido derogado en su práctica totalidad conel nuevo Decreto 127/2006, exceptuando sus Anexos I

y II, que describen la relación de documentos y el con-tenido de la memoria básica para la obtención de laAutorización Ambiental Integrada.

De esta forma un nuevo decreto, el 127/2006 de 15de septiembre, en vigor desde el 30 de septiembre,desarrolla la Ley 2/2006 de Prevención y Control dela Contaminación y es el verdadero instrumento prácti-co para la aplicación de la Ley por parte de los inge-nieros técnicos agrícolas.

Derogada la Ley de Actividades Calificadas

Mediante la nueva Ley se deroga en la ComunidadValenciana la Ley 3/1989 de Actividades Calificadas,lo que conlleva la desaparición de la Licencia de Acti-vidades Inocuas y la Licencia de Actividad para las acti-vidades calificadas. No obstante, se conserva el nomen-clátor de actividades molestas, insalubres, nocivas ypeligrosas; a la espera de la aprobación de una regla-mentación que lo sustituya.

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AGRÍCOLA 35

nueva normativa

Ámbito de aplicación de la Ley 2/2006

Desde su entrada en vigor, la Ley 2/2006, de ámbitoautonómico, es de aplicación obligada para toda ins-talación nueva o modificación sustancial de una insta-lación.

Esta ley no contraviene en nada a la nacional, sino quela amplía y clarifica. Para las instalaciones que ya exis-tieran con anterioridad a la ley, finaliza el plazo deobtención de la Autorización Ambiental Integrada (AAI)el 30 de octubre de 2007, con un periodo de tramita-ción de 10 meses. Por tanto, la documentación perti-nente se deberá presentar antes del 1 de enero de 2007.

Entre los aspectos relevantes que introduce están losValores Límite de Emisión (VLE) y las Mejores TécnicasDisponibles (MTD), para conseguir su eliminación o mino-ración.

La Autorización Ambiental Integrada

La Ley 16/2002 contempla una intervención adminis-trativa que engloba diferentes autorizaciones, antes dis-persas en autorizaciones de la Administración del Esta-do, de la Comunidad Autónoma y los ayuntamientos.

Se trata de la Autorización Ambiental Integrada (AAI),en la que se consideran todas y cada una de las fasesdel proceso productivo de una instalación; se relacionala cuantía de las emisiones contaminantes con las carac-terísticas del medioambiente receptor; tiene en cuentala transferencia de la contaminación desde un medioreceptor a otro; coordina el procedimento y las condi-ciones de autorización para las actividades nuevas y lasexistentes; y emite una autorización única para su fun-cionamiento. La vigencia de la Autorización AmbientalIntegrada es de 8 años, debiendo iniciarse los trámitesde renovación 10 meses antes.

ÁMBITO DE APLICACION EN LA ITA

(Anexos I y II de la Ley 2/2006)

ANEXO I

9. Industrias agroalimentarias y explotaciones ganaderas:

9.1. Instalaciones para:

a. Mataderos con una capacidad de producción de canalessuperior a 50 toneladas/día.

b. Tratamientos y transformación destinados a la fabricación deproductos alimenticios a partir de:

b.1. Materia prima animal (que no sea leche) de una capa-cidad de producción de productos acabados superior a 75 tone-ladas/día.

b.2. Materia prima vegetal de una capacidad de producciónde productos acabados superior a 300 toneladas/día (valormedio trimestral).

c. Tratamiento y transformación de la leche, con una cantidadde leche recibida superior a 200 toneladas por día (valor medioanual).

9.2. Instalaciones para la eliminación o el aprovechamiento decanales o desechos de animales con una capacidad de trata-miento superior a 10 toneladas/día.

9.3. Instalaciones destinadas a la cría intensiva de aves de corralo de cerdos que dispongan de más de:

a. 40.000 emplazamientos si se trata de gallinas ponedoras odel número equivalente para otras orientaciones productivas deaves.

b. 2.000 emplazamientos para cerdos de cría (de más de 30Kg.)

c. 750 emplazamientos para cerdas.

ANEXO II

1. Agricultura, acuicultura y ganadería.

1.1. Instalaciones para la acuicultura intensiva que tengan unacapacidad de producción superior a 500 toneladas al año.

6. Industrias agroalimentarias

6.1 Instalaciones para la eliminación o el aprovechamiento decanales o desechos de animales.

7. Proyectos de gestión del agua.

7.1. Instalaciones de desalación o desalobración de agua conun volumen nuevo o adicional superior a 3.000 metros cúbi-cos/día.

7.2. Plantas de tratamiento de aguas residuales cuya capaci-dad sea superior a 10.000 habitantes-equivalentes.

7.3. Estaciones de tratamiento de aguas potables con una capa-cidad superior a 10.000 metros cúbicos/día.

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36 AGRÍCOLA

nueva normativa

Solicitud +Doc. Art. 12

Requerimiento

TrámiteAudienciainteresado

Propuestaresolución

Notificación Publicación

ComisiónAnálisis

AmbientalResolución AAI

Subsanación dedocumentación Requerimiento

Subsanación dedocumentación

Órganocompetente

Alegaciones

Admisión atrámite

InformaciónPública CTV-

Ayto. (30 días)

Petición InformesIdoneidad (30 días)(Ayto.,CH, AAGG)

Solicitud informes +Declaración Impacto

Ambiental (Ayto., CH,Industria)

GENERALITATVALENCIANAConselleria deTerr i tor io yVivienda

10 MESES

SILENCIO NEGATIVO

10 días

10 días

Declaración ImpactoAmbiental

AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA

Nuevos instrumentos de intervención administrativa

Además de la Autorización Ambiental Integrada, la Ley2/2006 introduce dos nuevos instrumentos de interven-ción administrativa ambiental: la Licencia Ambiental,para las actividades no sometidas al régimen de AAI;y la Comunicación Ambiental, para actividades no some-tidas a Autorización Ambiental Integrada ni a LicenciaAmbiental, es decir, actividades de muy poca entidadque coinciden con las antiguas actividades inocuas.

Procedimiento simplificado para la Autorización Ambiental

El Decreto 127/2006, que desarrolla la Ley 2/2006,incluye también un procedimiento simplificado para lasintervenciones administrativas en autorizaciones de lasactividades agropecuarias definidas en el punto 9.3 delAnexo I de la Ley.

Estas actividades se refieren a las instalaciones desti-nadas a la cría intensiva de aves de corral o de cer-dos, que dispongan de más de 40.000 emplazamien-tos (en el caso de gallinas ponedoras), 2.000 emplazamientospara cerdos de cría de más de 30 Kg. o 750 empla-zamientos para cerdas.

Obtención de la AAI

La AAI es previa a cualquier otra legalización indus-trial, así como a la inscripción o registro industrial. Elcontenido de la solicitud de la AAI figura en el artícu-lo 25 del Decreto 127/2006.

Primero, en las actividades sometidas a Evaluación deImpacto Ambiental, la Comisión de Análisis AmbientalIntegrado (CAAI) debe emitir la Propuesta de Informede Impacto Ambiental, que será remitida al órgano per-tinente de la Generalitat para que emita el Informe,pudiendo dicho órgano asumirlo o discrepar, en cuyocaso será el Conseller competente en materia de medioambiente quien resolverá definitivamente.

Cuando se trate de actividades incluídas en el Anexo Ide la Ley 2/2006, el órgano competente para otorgarla AAI será la Comisión de Análisis Ambiental Integra-do (CAAI), dependiente de la Conselleria de Territorioy Vivienda.

En el caso de las AAI de actividades incluidas en elAnexo II, se encargará la Comisión Territorial de Aná-lisis Ambiental Integrado (CTAAI) de cada provincia,dependiente de la Dirección Territorial.

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AGRÍCOLA 37

nueva normativa

UNA GRANJA PORCINA OBTIENE LA AAI

La Conselleria de Territorio ha concedido, por primera vez enla Counidad Valenciana, la Autorización Ambiental Integradaa una granja porcina situada en Useras, Castellón. El sistemautilizado por esta granja para la recogida del purín serámediante balsas de deyecciones en el suelo de las naves, quese encontrarán separadas según los departamentos. Además,dispondrá de una balsa cubierta con capacidad para alma-cenar más de 300 metros cúbicos de purín y aguas de lim-pieza impermeabilizada. Esta instalación tiene capacidad para2.500 madres y sus crías y su producción de purín se va autilizar como abono orgánico en fincas agrícolas propias yconcertadas. Según afirma el director general de Calidad Ambien-

tal, Jorge Lamparero, “la AAI es el mayor certificado ambien-tal que se puede conceder a las instalaciones industriales poten-cialmente más contaminantes, a través del cual el Consell con-trola que se empleen las Mejores Técnicas Disponibles (MTD)”.

La duración del trámite es de 10 meses para las acti-vidades incluidas en el Anexo I y de 8 meses para lasdel Anexo II, siendo en ambos casos negativo el silen-cio. Una vez obtenida la resolución favorable, el inte-resado deberá solicitar la “Autorización de inicio deactividad”, que se otorga mediante silencio positivo enel plazo de 2 meses.

Actuación de los ayuntamientos

La labor del Ayuntamiento en el procedimiento se limi-ta a la emisión de un informe previo acreditativo decompatibilidad urbanística, la comunicación a los veci-nos de la tramitación de una Autorización AmbientalInterada y la emisión de un informe relativo a la ade-cuación de las instalaciones, con todos los aspectosambientales de la actividad que son competencia muni-cipal (ruidos, vibraciones, calor, olores, vertidos al sis-tema de saneamiento o al alcantarillado municipal, incen-dios, seguridad o sanitarios.)

Tramitación de la Licencia Ambiental

El contenido de la solicitud lo establece el artículo 53del Decreto y, como en las AAI, el ayuntamiento corres-pondiente debe emitir previamente un Certificado decompatibilidad urbanística. Después se debe solicitar alorganismo competente la emisión de un Informe Ambien-tal.

En el caso de localidades de 50.000 habitantes, dichoinforme deberá ser emitido por el ayuntamiento; en muni-cipios entre 10.000 y 50.000 habitantes, lo emitirá elayuntamiento si justifica los medios técnicos suficientes,o si no la CTAAI.

La CTAAI será, por tanto el órgano competente en laslocalidades con menos de 10.000 habitantes. La reso-lución de la solicitud tarda seis meses y en este caso elsilencio administrativo es positivo.

Para la realización de las obras, la solicitud deberáacompañarse del proyecto, que será tramitado conjun-tamente con la Licencia Ambiental. También se debesolicitar, antes del inicio de la actividad, la “licencia deapertura”, que se emitirá en 1 mes mediante silenciopositivo. La vigencia de la Licencia Ambiental es inde-finida.

La Comunicación Ambiental

Tras el Certificado de compatibilidad urbanística, emi-tido por el ayuntamiento en un plazo de 15 días en estecaso, se presentará la solicitud de Comunicación Abien-tal acompañada de la memoria técnica, el citado certi-ficado y la certificación técnica acreditativa de que lasinstalaciones y la actividad cumplen los requisitos ambien-tales que exige la Ley y demás requisitos preceptivos.

La Comunicación Ambiental es otorgada por el ayun-tamiento de la localidad donde se vaya a ubicar la acti-vidad. La resolución se emite en el plazo de 1 mes y elsilencio es positivo. La licencia de apertura está implí-cita en la comunicación que deberá renovarse ante eltraslado, la modificación de la clase de actividad o lamodificación sustancial de la misma.

Isabel Pérez BrullComisión de Visados y Asistencia Técnica

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38 AGRÍCOLA

nueva normativa

Con la aprobación de la Ley 2/2006 de Prevención yControl de la Contaminación se establece un nuevo mode-lo de intervención administrativa ambiental, que debe-rá aplicarse a cualquier actividad que pueda afectar almedio ambiente o a la salud de las personas.

Este nuevo modelo tiene un carácter integrado y pre-ventivo en el tratamiento de la contaminación, que refle-ja el interés y preocupación que la protección y con-servación del medio ambiente ha despertado en los últimosaños, tanto en el marco de la Unión Europea como enla Constitución Española, que en su artículo 45 ya reco-nocía el derecho a disfrutar de un medio ambiente ade-cuado para el desarrollo de la persona y el deber deconservarlo. En la Constitución también se les reconocea las administraciones públicas el deber básico y fun-damental de velar por el uso racional de los recursosnaturales en el desarrollo de sus acciones públicas.

Fruto de la política europea

Como base de nuestra legislación, se ha desarrolladouna política europea dirigida a la prevención, conser-vación y mejora del medio. La trasposición de la direc-tiva 96/61/CE del Consejo, relativa a la Prevención yControl Integrado de la Contaminación, se hizo a tra-vés de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención yControl Integrado de la Contaminación, que establecemecanismos de acción preventiva en materia de conta-minación de origen industrial, y condiciona la puesta en

marcha y funcionamiento de las instalaciones incluidasen su ámbito de aplicación a la obtención de una auto-rización de carácter ambiental, que deberá otorgarsede forma coordinada si en el procedimiento intervienenmás de una autoridad administrativa con competenciaen la materia.

Los nuevos instrumentos de carácter integrador preten-den simplificar el anterior sistema de actividades, carac-terizado por un tratamiento sectorial, con la interven-ción de diferentes administraciones públicas sobre lamisma actividad y un importante número de procedi-mientos administrativos, autorizaciones y pronunciamientosambientales.

La Ley 2/2006

Posteriormente, la aprobación en la Comunidad Valen-ciana de la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevenciónde la Contaminación y Calidad Ambiental ha venido a

Intervenciónadministrativaambiental en laLey 2/2006La Ley 2/2006 de Prevención y Control de la Contaminación en la Comunidad Valenciana intro-duce novedades en los instrumentos de intervención administrativa ambiental, así como nuevascondiciones para la tramitación del visado de un proyecto básico o de instalaciones, necesariopara solicitar una Autorización Ambiental Integrada, máximo certificado ambiental según la Ley.

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nueva normativa

definir y reestructurar el sistema autorizatorio ambien-tal vigente, con la implantación de un nuevo modelo deintervención administrativa aplicable a todo tipo de acti-vidades que puedan afectar al medio ambiente, y quese caracteriza por la adopción del enfoque integrado ypreventivo en el tratamiento de la contaminación esta-blecido en la legislación europea, así como por su coor-dinación, simplicidad y agilidad, dirigidas a reducir lacarga burocrática previa a la puesta en marcha y fun-cionamiento de las actividades.

La Ley 3/1989, derogada

Esta Ley deroga la 3/1989, de 2 de mayo, de la Gene-ralitat, de Actividades Calificadas, aunque se mantienela vigencia del Nomenclátor de Actividades Molestas,Insalubres, Nocivas y Peligrosas, mientras no se aprue-be reglamentariamente la relación de actividades quelo sustituya. Regula tres procedimientos, la AutorizaciónAmbiental Integrada, la Licencia Ambiental, y la Comu-nicación Ambiental, a los que deberán someterse lasinstalaciones donde se desarrollen alguna de las activi-dades incluidas en su ámbito de aplicación, según suincidencia ambiental.

El Decreto 127/2006

Más adelante se aprobó el Decreto 127/2006 de 15de septiembre, del Consell, que desarrolla la Ley 2/2006,en el que se regulan el Registro de Instalaciones y elRegistro de Emisiones de la Comunitat Valenciana. Res-pecto a la Autorización Ambiental Integrada se con-cretan aspectos ya previstos en la Ley 2/2006, como elde su renovación, la modificación y la inserción del pro-nunciamiento del órgano competente en materia de impac-to ambiental en el procedimiento.

Para las licencias ambientales se concreta algún aspec-to de procedimiento; se desarrolla la modificación deestos instrumentos, estableciendo un trámite administra-tivo ágil; se regulan las autorizaciones de inicio de laactividad y licencia de apertura, necesarios para la pues-

ta en marcha de las actividades; y se desarrollan cier-tos aspectos del procedimiento de comunicación ambien-tal y la coordinación de los distintos trámites para suobtención.

El visado de proyecto de instalación

Por lo tanto, y como consecuencia de la entrada en vigorde la Ley 2/2006, el trámite de visado del proyecto deinstalación o actividad, y la memoria técnica que se tie-nen que acompañar en la solicitud de cada uno de losinstrumentos ambientales que se deben tramitar para laobtención de la correspondiente licencia por parte dela Administración, tiene que adaptarse a la misma, conel inconveniente que supone que todavía no se hayanconcretado los contenidos de estos proyectos y/o memo-rias mediante el desarrollo reglamentario correspondiente;a excepción de la Autorización Ambiental Integrada yde la simplificada, cuyo contenido se desarrolla para laprimera en el Anexo II del Decreto 40/2004, de 5 demarzo, del Consell de la Generalitat.

Este anexo desarrolla el régimen de prevención y con-trol integrados de la contaminación en la ComunidadValenciana, que sigue vigente hasta que se concrete sunuevo contenido mediante Orden del conseller compe-tente en materia de Medio Ambiente. La AutorizaciónAmbiental simplificada figura en el Anexo II del Decre-to127/2006, que afecta exclusivamente a las instala-

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ciones ganaderas incluidas en la categoría 9.3 del AnexoI de la ley 2/2006 de 5 de mayo.

De esta forma, en el caso de que se tenga que visar unproyecto básico o de instalación para la solicitud deuna Autorización Ambiental Integrada o AutorizaciónAmbiental Integrada simplificada, en el trámite de visa-do se revisará que se adapte en su contenido a lo esta-blecido en los anexos señalados en el párrafo anterior,pudiendo incluirse también en el punto C de la versiónsimplificada la información que se refiere a residuos oemisiones por malos olores, humos, gases, nieblas y pol-vos en suspensión y el riesgo de incendio, deflagracióny explosión; quedando completada de este modo lainformación necesaria referida a los aspectos de com-petencia municipal.

En la Licencia Ambiental

Respecto de los proyectos que acompañan a la solici-tud de Licencia Ambiental, y como de momento no seha regulado su contenido reglamentariamente, se con-trolará que describan detalladamente la actividad,haciendo hincapié en las fuentes de las emisiones a laatmósfera, al agua y al suelo, las medidas correctorasy las de prevención y/o reducción de dichas emisiones;así como los aspectos de competencia municipal relati-vos a ruidos, vibraciones, calor, olores y vertidos al sis-tema de saneamiento o alcantarillado municipal y, ensu caso, los relativos a incendios, seguridad y sanita-rios.

En la Comunicación Ambiental

En el caso de tratarse de la memoria técnica que acom-paña a la solicitud de Comunicación Ambiental, éstadeberá contener información suficiente para describir lainstalación y la actividad, sin olvidarnos de incluir lavaloración de todos aquellos aspectos de competencia

municipal, a fin de justificar que la incidencia sobre elmedio o las personas es mínima, teniendo en cuenta loque dispongan las ordenanzas municipales y previen-do que el Ayuntamiento podrá requerir la mejora de lamemoria técnica o la subsanación de deficiencias, asícomo la imposición de medidas correctoras o de segu-ridad necesarias para la puesta en marcha de la acti-vidad, en el caso de que la información contenida enla memoria presentada sea insuficiente.

En todos los casos el título del trabajo deberá adap-tarse al contenido del mismo, dejando de usar las ante-riores denominaciones de “actividad calificada” o “ino-cua”, sustituyéndose éstas por el nombre del procedimientoque se vaya a solicitar según el instrumento ambientalque corresponda, que se deberá reflejar en el puntoreferido a objeto del proyecto o memoria.

Evaluación del ruido

Otro aspecto muy importante que se tendrá en cuentaal realizar el trámite del visado, será que la evaluacióndel ruido que, en su caso, se haga para las activida-des se realice de acuerdo con la legislación vigente enla materia, aplicando la metodología establecida en elAnexo II del Decreto 266/2004 de Prevención y Correc-ción de la Contaminación Acústica en relación con acti-vidades, instalaciones, edificaciones, obras y servicios,para la mediación y evaluación del nivel sonoro de lasactividades o instalaciones.

Además de los contenidos, otro de los aspectos funda-mentales que se valorará para el visado de cualquiertrabajo, será que éste cumpla unos requisitos mínimosde calidad en lo referido a redacción, edición, encua-dernado y formato normalizado de los planos que seadjunten, con el fin de elaborar un documento que repre-sente la profesionalidad del ingeniero técnico agrícola.

Tere Pilán LozanoSecretaría Técnica del COITAVC

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La Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Pre-vención de la Contaminación y Calidad Ambiental, tienepor objetivo la protección preventiva del medio ambien-te mediante la implantación de un sistema autorizatoriode las actividades e instalaciones industriales incluidasen su ámbito de aplicación.

Su núcleo fundamental lo configura la regulación de lostres procedimientos de intervención administrativa ambien-tal a los que deberán someterse las instalaciones dondese desarrollen alguna de las actividades incluidas en suámbito de aplicación, de acuerdo con su incidencia ambien-tal. Estos instrumentos son: la autorización ambiental inte-grada, la licencia ambiental y la comunicación ambien-tal.

En los dos primeros instrumentos se alude a la presen-tación de un proyecto que incluya, en mayor o menormedida, el diseño de los sistemas correctores y las medi-das de prevención de las emisiones al agua y a la atmós-fera procedentes de la instalación, así como las medi-das relativas a la prevención, reducción y gestión de losresiduos generados.

Tales medidas correctoras se trataron y discutieron enel “Curso de proyectos de actividad” que organizó elColegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peri-tos Agrícolas de Valencia y Castellón en su sede de Cas-tellón. En este artículo se procede a resumir lo que allíse expuso.

MEDIDAS CORRECTORAS PARA PREVENIR Y REDUCIR LA CONTAMINACION

POR AGUAS RESIDUALES

Según la Directiva 91/271/ CE se definen las aguasresiduales industriales (ARI) como “las aguas residualesvertidas desde locales utilizados para efectuar activida-des comerciales o industriales, que no sean aguas resi-duales domésticas ni de escorrentía pluvial”. Las com-posición de las ARI es muy variada y depende tanto delsector industrial como del proceso y tamaño de la acti-vidad industrial.

El sector de las industrias agrarias se puede dividir endos grandes grupos en función de la composición desus aguas residuales (Seoanez, 1995): las que produ-cen aguas con productos minerales y orgánicos y las

Medidas correctoraspara prevenir yreducir lacontaminación

Bajo el título “Medidas correctoras para pre-venir y reducir la contaminación y gestión deresiduos industriales”, Antonio Gallardo y Leo-nor Lapeña exponen los sistemas correctoresy medidas de prevención de emisiones al aire,contaminación por aguas residuales y ges-tión de residuos. Según la Ley 2/2006 dePrevención de la Contaminación y CalidadAmbiental, deben incluirse en el proyecto parala obtención de la autorización ambientalintegrada y de la licencia ambiental.

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que producen aguas con productos orgánicos. Las pri-meras la forman la industria de la celulosa y papel, tex-til, piel, madera, etc. Los agentes contaminantes de lasaguas son principalmente: detergentes y sales, hidro-carburos y derivados (fenoles, benzol, alquitranes, etc.),aceites minerales, grasas, colorantes, sulfuros y lejías.

El segundo grupo lo forman las explotaciones agrarias(agrícolas, forestales, mataderos y sus derivados y explo-taciones ganaderas) e industrias agroalimentarias (plan-tas lecheras, destilerías, industria de la cerveza, azu-careras, conserveras, aceite y derivados, etc.). Los agentescontaminantes serían: residuos de animales y vegetales(carne, huesos, pelo, fibras vegetales, etc.), materia ensuspensión (tierra, arena, arcilla, etc.), materia en diso-lución (sales, plaguicidas, etc.) y materia putrescible(grasas, azúcares, proteínas, etc.).

Aun haciendo esta clasificación, es difícil diseñar siste-mas de tratamiento comunes para cada sector. Sin embar-go, sí es posible realizar un estudio de las operacionesunitarias de tratamiento, y después de conocer la com-posición de las aguas residuales a tratar, diseñar un sis-tema compuesto por aquellas operaciones necesarias enel tratamiento, en función de las características de lasaguas residuales y de la calidad exigida al efluente.

Las operaciones de tratamiento se clasifican en (Ferreret al., 1997):

- FISICAS: métodos en los cuales el cambio en la calidaddel agua se lleva a cabo mediante la aplicación de lafuerza física (ejemplo: tamizado, filtración, etc.).

- QUIMICAS: procesos en los que la eliminación del con-taminante se realiza por adición de productos químicoso a través de reacciones químicas (ejemplo: desinfec-ción).

- BIOLOGICAS: la eliminación del contaminante se lleva acabo por procesos biológicos (ejemplo: fangos activos).

Las operaciones físicas tienen como objetivo eliminarprincipalmente sólidos en suspensión. Los métodos actua-les también pueden eliminar sólidos disueltos, gases eiones. Las operaciones más utilizadas son:

- TAMIZADO: su objetivo es la eliminación de materia ensuspensión con un diámetro del orden de milímetros.Para ello se utilizan dispositivos mecánicos entre los quese encuentran las rejas gruesas y finas, rejas autolim-piables y tamices rotativos. El resultado es una corrien-te de agua residual sin dichos sólidos y un residuo sóli-do asimilable a urbano con una elevada humedad.

- FLOCULACION: su objetivo es aumentar el tamaño de laspartículas en suspensión (de diámetro del orden de micras)con el fin de acelerar el proceso de sedimentación. Elproceso consiste en la formación de flóculos (partícu-las gruesas) a partir de la adhesión de partículas finascon la ayuda de material floculante y el movimiento lentodel fluido. El floculante es un polielectrolito orgánico osustancias inorgánicas. El resultado es un agua con unabaja turbidez y un fango que en función de su compo-sición se puede gestionar, una vez secado, como unresiduo peligroso o no peligroso.

- SEDIMENTACION: su objetivo es el de separar partículassólidas discretas o floculadas de naturaleza mineral uorgánica (arena, gravas, semillas, etc.). La operación sebasa en aprovechar la acción de la gravedad para sepa-rar aquellas partículas más densas que el agua. El resul-tado es un agua con una baja turbidez y un fango queen función de su composición se puede gestionar comoun residuo peligroso o no peligroso. Los dispositivos uti-lizados son tanques de sedimentación cuadrados o cir-

Aguas industriales, tratamiento Tratamiento de aguas

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culares y tanques de sedimentación lamelares (o de pla-cas y tubos), estos últimos de tamaño mucho más redu-cido.

- FLOTACION: se utiliza para eliminar sólidos en suspen-sión y emulsiones de aceites y grasas de densidadessimilares o menores a la del agua. El proceso consisteen la elevación de material a la superficie y su extrac-ción del agua. La aplicación más extendida es la deespesamiento de fangos biológicos y fangos de trata-miento químico. Los productos resultantes son un efluen-te libre de este material y un fango que requiere un tra-tamiento de estabilización.

- FILTRACION: su objetivo es la mejora de las caracterís-ticas físicas, químicas y biológicas del agua (elimina-ción de partículas sólidas, algas, coloides, virus, fibrasde asbestos, etc.). El proceso consiste en hacer pasar elagua a través de un medio filtrante (arena) quedandolos contaminantes retenidos en la superficie o en el senodel filtro. Los dispositivos más extendidos son los filtrosde arena. Los productos resultantes son un agua trata-da con muy baja turbidez y un agua de lavado quesuele volver a cabecera del sistema.

- OSMOSIS INVERSA: Su objetivo es separar sales inorgá-nicas y algunos compuestos orgánicos (desalinizaciónde aguas salobres y de mar, eliminación de nitratos,metales pesados, etc.). Son dispositivos de membranatubulares. Se genera un perneado, agua tratada, y unconcentrado que requiere una gestión posterior. El aguaa tratar requiere un tratamiento previo para eliminarpartículas sólidas y aceites. La principal característicaes su alto coste energético debido a las elevadas pre-siones a las que se trabaja (20-100 at.).

- ELECTRODIALISIS: su objetivo es separar especies iónicasde residuos líquidos (metales pesados, desalinización,etc.). Es un proceso de membrana combinado con la

electrólisis (aplicación de un campo eléctrico). Se obtie-ne un agua tratada y un concentrado que requiere unagestión posterior. El agua a tratar requiere un trata-miento previo para eliminar partículas sólidas y acei-tes.

- SEPARACION POR AIRE (STRIPPING): Su objetivo es el deseparar gases o compuestos orgánicos volátiles disuel-tos en el agua (sulfuro de hidrógeno, amoniaco, dióxi-do de azufre, etc.). El proceso consiste en hacer pasara contracorriente el agua residual y un gas (suele seraire). Los contaminantes son transferidos de la fase acuo-sa a la gaseosa. Los dispositivos utilizados son las torrespulverizadoras y las torres de relleno. Como resultadose obtiene un agua depurada y una emisión de gasesque precisa un tratamiento posterior sobre carbón acti-vo.

Las operaciones químicas tienen como objetivo eliminarcompuestos orgánicos e inorgánicos disueltos en lasaguas. Las operaciones más utilizadas son:

- ADSORCION: su objetivo es separar compuestos orgá-nicos disueltos y algunos inorgánicos (fenoles, coloran-tes, compuestos orgánicos halogenados, cianuros, cromo,etc.). En el proceso se transfieren los compuestos disuel-tos en la fase líquida y se concentran sobre la superfi-cie de un sólido. Los dispositivos más comunes son lascolumnas de carbón activo.

- COAGULACION: su objetivo es desestabilizar partículascoloidales (con carga eléctrica superficial de carácternegativo, que forman suspensiones estables difícilmentesedimentables) para permitir su agregación y facilitarsu separación. Tras la coagulación se obtiene un aguacon sólidos en suspensión de gran tamaño que median-te sedimentación o filtración serán eliminados. Los coa-gulantes utilizados son sales a aluminio o hierro (Com-pany, 2000). Normalmente el proceso completo escoagulación/floculación/sedimentación.

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- INTERCAMBIO IONICO: su objetivo es separar aniones ocationes (ablandamiento de aguas, eliminación de meta-les, etc.). Se basa en la sustitución de uno o varios ionespresentes en el agua residual por otros que forman partede una fase sólida (resinas aniónicas o catiónicas), sinalterar su estructura física y pudiéndose regenerar pos-teriormente. Los productos resultantes son un efluentetratado y una disolución de regeneración que debe sertratada. Esta operación se utiliza como fase final de unproceso completo de tratamiento.

- DESINFECCION: su objetivo es destruir los microorganis-mos causantes de enfermedades. Existen diferentes méto-dos: químicos (cloración y ozonización), radiación UVy medios mecánicos (tamizado). Dependiendo del usoque se le vaya a dar al agua tratada se utilizará unou otro método.

- PRECIPITACION QUIMICA: su objetivo es eliminar contami-nantes disueltos (sales solubles) por transformación ensólidos insolubles sedimentables (sales insolubles). Parala eliminación de metales pesados (As, Cd, Cr, Cu, Pb,etc.) los precipitantes más utilizados son: Ca(OH)2, Al2(SO4)3,Fe2(SO4)3. Tras la precipitación se obtiene un agua conmayor concentración en sólidos suspendidos que seránseparados por sedimentación y/o sistema de filtración.

Las operaciones biológicas tienen por objetivo princi-pal eliminar la materia orgánica biodegradable. Tam-bién se pueden eliminar mediante estos métodos el nitró-geno amoniacal, el fósforo y algunos patógenos. Lasoperaciones existentes son:

- FANGOS ACTIVOS: Descomponen la materia orgánicabiodegradable a través de un proceso aerobio. La bio-degradación es producida por bacterias aerobias sus-pendidas en el medio acuoso. El intercambio de oxíge-no se produce al hacer burbujear aire en el medio. Trasel proceso se obtiene agua depurada, emisiones a la

atmósfera de aerosoles y sustancias volátiles y lodos. Lagestión de los lodos depende de sus características, hayque considerar la presencia de metales pesados y com-puestos orgánicos no biodegradables.

- LAGUNAJE: el objetivo y proceso coinciden con los fan-gos activos, pero en este caso el aporte de oxígeno noes forzado, sino que se hace de forma natural. Paraello son necesarios tanques (o lagunas) de gran super-ficie y muy poco calado, el intercambio de oxígeno seproduce en la superficie de la laguna. El resultado essimilar a los fangos activos, pero el tiempo empleadoen el proceso es mucho mayor, por el contrario el costeenergético es nulo.

- FILTROS PERCOLADORES: el objetivo es el mismo que enlos casos anteriores pero varía el mecanismo del pro-ceso. En este caso el intercambio de oxígeno se pro-duce al hacer circular a través de un medio poroso aguaresidual y aire a contracorriente. La materia orgánicaes biodegradada en la superficie del soporte (biopelí-cula).

Tratamiento de aguas residuales por lagunaje

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- BIODISCOS: son una variante de los filtros percolado-res. Aquí la película de bacterias está adherida a unosdiscos sumergidos un 40-60% en el agua residual queestán en continuo movimiento. El intercambio de oxíge-no se produce cuando la biopelícula sale a la atmósfe-ra.

MEDIDAS CORRECTORAS PARA PREVENIR Y REDUCIR LAS EMISIONES

AL AIRE

La contaminación atmosférica se puede definir como laaparición de sustancias extrañas en la atmósfera o con-centraciones superiores a las normales. La Ley 38/1972de protección del Ambiente Atmosférico la define como“la presencia en el aire de sustancias o formas de ener-gía que alteran su calidad, de modo que implique ries-go, daño o molestia grave para las personas y bienesde cualquier naturaleza”.

Estas sustancias se pueden clasificar en función de suestado de agregación en aerosoles y contaminantes gase-osos. Los primeros son sistemas en suspensión sólido-aire (polvo, fibras, hollín y humos) y sistemas líquido-

aire (nieblas, brumas, y smog). Los contaminantes gase-osos lo componen principalmente los compuestos azu-frados, nitrogenados, compuestos inorgánicos del car-bón, compuestos orgánicos volátiles, metales tóxicos ycompuestos halogenados.

Para la limpieza de los gases se dispone de dos gran-des grupos de dispositivos: depuradores de partículas yde gases (Bueno et al, 1997).

Los dispositivos de eliminación de partículas son:

- CAMARA DE SEDIMENTACION: El mecanismo de elimina-ción de partículas aprovecha la fuerza de la gravedady el efecto de la variación de la cantidad de movimientopara desviar la partícula de su línea de corriente y quesedimente. Estos dispositivos se suelen utilizar para elpretratamiento de corrientes gaseosas (elimina partícu-las mayores a 40 micras de diámetro). Las partículasson extraídas en estado sólido.

- DISPOSITIVOS INERCIALES: En este caso se induce un movi-miento circular al aire de forma que la fuerza centrífu-ga desvía de su trayectoria a las partículas más pesa-das. Los dispositivos se llaman ciclones y se utilizan paraeliminar partículas de entre 0’1 – 1.000 micras. Las par-tículas son extraídas en estado sólido.

- LAVADORES DE PARTICULAS: en este caso además de eli-minar partículas también se pueden eliminar gases. Elmecanismo consiste en poner en contacto la corrientede gas con un líquido, las partículas (o moléculas gase-osas) impactan con el líquido y son arrastradas y eli-minadas de la corriente gaseosa. Las alternativas tec-nologías existentes son: torres pulverizadoras, lavadorescon lecho de contacto y lavadores venturi. En este casoel sólido contaminante se obtiene en forma de lodo.Dependiendo de cada caso, la gestión de este lodo

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puede suponer un problema o aumentar considerable-mente el coste de depuración. Se eliminan partículas deentre 0’1 – 10 micras.

- FILTRACION: Se hace pasar la corriente gaseosa a tra-vés de un medio poroso (filtros de mangas) donde laspartículas quedan atrapadas en su superficie. Las par-tículas son extraídas en estado sólido. Se eliminan par-tículas de entre 0’01 – 100 micras.

- PRECIPITADOR ELECTROSTATICO: se fundamenta en hacerpasar la corriente contaminante entre dos placas conuna elevada diferencia de potencial (30-100 Kv). Laspartículas del gas se ionizan y se desplazan al poloopuesto. Se eliminan partículas de entre 0’1 – 100 micrascon un rendimiento del 99%. En el proceso se generaozono, por lo que hay que tener precaución en la sali-da del gas.

Los dispositivos de eliminación de gases son:

- DISPOSITIVOS DE ADSORCION: Se eliminan los contami-nantes gaseosos mediante su transferencia del mediogaseoso a un medio sólido. Las fuerzas moleculares dela superficie del sólido no se encuentran compensadas,la superficie tenderá a compensar esas fuerzas rete-niendo ciertos gases que se ponen en contacto. El absor-bente más utilizado es el carbón activo. Los dispositivosutilizados son lechos estacionarios o móviles. Los pro-ductos resultantes son una corriente depurada y un sóli-do contaminado.

- DISPOSITIVOS DE ABSORCION: En este caso los contami-nantes gaseosos se transfieren del medio gaseoso a unmedio a líquido. Los dispositivos utilizados son las torrespulverizadoras (o spray) y las torres de platos. Los pro-ductos resultantes son una corriente depurada y un lodocontaminado.

GESTION DE RESIDUOS

Los residuos son aquellos materiales generados en lasactividades de producción, transformación y consumo,que no alcanzan ningún valor comercial en el contextodonde son producidos. La Ley 10/98 de Residuos losdefine como “cualquier sustancia u objeto pertenecien-tes a alguna de las categorías que se recogen en suAnejo y del cual se desprenda su poseedor o tenga obli-gación de desprenderse en virtud de las disposicionesnacionales vigentes”.

En una actividad industrial pueden generarse residuosde diferente naturaleza. Éstos se pueden clasificar en nopeligrosos y peligrosos. Dentro de la primera categoríaestarán los inertes y los asimilables a urbanos. La segun-da categoría vienen definidos por la legislación (Ley10/98) como “aquellos que figuran en la lista de resi-duos peligrosos, aprobada en el R.D. 952/97, así comolos recipientes y envases que los hayan contenido, losque hayan sido calificados por la CE y los que puedanaprobarse en el futuro”.

La gestión de todos ellos viene definida y regulada porla legislación nacional y valenciana. Concretamente, por

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los R.D. 833/88 y R.D. 952/97, la Ley 11/97 de Enva-ses y Residuos de Envases, Ley 10/98 de Residuos; y anivel de la Comunidad Valenciana, por la Ley 10/2000de Residuos y las Órdenes 6 de julio de 1994, y la de5 de diciembre de 2002. Esta es la normativa básica,pero dependiendo de la actividad puede ser de aplica-ción alguna otra más específica (aceites usados, pilas ybaterías, etc.).

Según la legislación, la “gestión de los residuos” con-siste en el almacenamiento, la transferencia, transporte,valorización y eliminación, llevadas a cabo sin poner enpeligro el medio ambiente y la salud humana. En la ela-boración del proyecto para la autorización ambiental,será necesario definir cada una de estas etapas. En lamayoría de los casos se reduce al almacenamiento, trans-ferencia y transporte. Cuando la actividad incluye el tra-tamiento de sus propios residuos, el proyecto se com-plica puesto que hay que definir y justificar todas lasinstalaciones necesarias para el tratamiento más ade-cuado. La última etapa, eliminación, corresponde a acti-vidades específicas para tal fin (incineradoras y verte-deros).

El almacenamiento de los residuos viene definido en lanormativa: R.D. 833/88, R.D. 379/2001 (mercancíaspeligrosas), Ley 10/98 de residuos y acuerdo ADR (Acuer-do europeo sobre transporte internacional de mercancí-as peligrosas por carretera). Los residuos peligrosos nose pueden almacenar más de 6 meses. El diseño delrecinto donde se almacenan, las condiciones de seguri-dad y la protección del medio ambiente, todo ello vienecompletamente definido en la normativa y es necesarioincluirlo en el proyecto. Es de destacar la necesidad dediseñar un plan de recogida selectiva de residuos en laempresa con el objeto no solo de cumplir la ley, sinotambién de abaratar el coste de tratamiento.

Los residuos antes de ser almacenados deben ser carac-terizados, bien por una entidad colaboradora de la Admi-

nistración (ECA) o por la empresa gestora. Ello consis-te en determinar sus características física, químicas ybiológicas y expresarlas mediante un código. Existencuatro codificaciones diferentes según: el Catálogo Euro-peo de Residuos (codificación de 6 dígitos según la natu-raleza del residuo), el R.D. 833/88, la legislación auto-nómica y el ADR. Dependiendo de la situación habráque utilizar uno a varios de ellos.

La transferencia consiste en el traspaso de los residuosdel generador al gestor autorizado. Esta etapa vieneregulada por la Orden de 6 de julio de 1994 para lospequeños productores (<10.000 Kg./año) y por el Regla-mento 833/88 para el resto. Los productores están obli-gados a entregar sus residuos solo a gestores autoriza-dos. Es responsabilidad del productor comprobar la autorizacióndel gestor.

La etapa de transporte habrá que definirla en el pro-yecto cuando sea la propia actividad la que lo efectúe.En caso contrario simplemente se debe tener en cuentaque si lo realiza un tercero distinto del productor y elgestor, éste debe estar autorizado y registrado comotransportista autorizado.

Antonio Gallardo IzquierdoINGRES Ingeniería de Residuos.

Dpto. Ingeniería Mecánica y ConstrucciónLeonor Lapeña Barrachina

Dpto. Ciencias Agrarias y del Medio NaturalUniversitat Jaume I de Castellón

Bibl iograf ía

n Bueno, J.L.; Sastre, H. y Lavin, A.G. (1997).Contaminación e ingeniería ambiental: conta-minación atmosférica. Ed. FICYT.

Company, J. (2000). Coagulantes y floculantesaplicados al tratamiento de aguas. Ed. GpE.

n Ferrer, J y Seco, A. (1997). Tratamientos deaguas. Tomos 1, 2 y 3. Tratamientos físicos, quí-micos y biológicos. Ed: Univ. Pol. Valencia.

n Seoanez, M. (1995). Ecología Industrial: Inge-niería Medioambiental Aplicada a la Industriay a la Empresa. Ediciones Mundi-Prensa.

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recomendaciones técnicas

CONTENIDO DEL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO

A. INFORMACION GRAFICA

B. INFORMACION DESCRIPTIVA

C. INFORMACION SOBRE RESIDUOS Y EMISIONES

D. ADECUACION A LA NORMATIVA SECTORIAL

E. ESTADO AMBIENTAL (Si no es necesario el Estudio deImpacto Ambiental)

A. INFORMACION GRAFICA

Plano de situación (influencia en:)

- Núcleo urbano.

- Otras explotaciones ganaderas e industriales.

- Red viaria.

- Captación de aguas.

Planos de edificaciones e instalaciones.

B. INFORMACION DESCRIPTIVA

Con el apoyo, si procede, de información gráfica, (siem-pre fotos en legalizaciones).

Introducción. Se expondrá una breve explicación delporqué del proyecto, así como la capacidad del peti-cionario para desarrollar la actividad.

Objeto del proyecto. Es obtener la Autorización Ambien-tal Integrada para ejercer la actividad de una granjade porcino, (poner el tipo: engorde, madres,....), cum-pliendo las disposiciones reglamentarias y adoptandolas medidas de seguridad e higiene preceptivas.

Calendario previsto de ejecución del proyecto y de lafecha de inicio de la actividad. Si la ejecución de la

obra es por fases o no. El inicio siempre en fecha pos-terior a la obtención de las Licencias, tanto de obracomo de actividad.

Descripción de la actividad. Identificación. Nombre. Domicilio social. C.I.F. Representante legal y poderes de representación. (Segúnart. 32 de la Ley 30/1992).

B1. DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE EXPLOTACION

Superficie de instalaciones y finca. (De acuerdo con losdatos catastrales y del proyecto).

Situación: Término Municipal, Partida, Polígono y Par-cela. Coordenadas UTM. (Dato facilitado por el Ayun-tamiento).

Accesos. (Información que permita llegar a la granjadesde un punto conocido).

Sistemas de suministros: Agua y Energía.

- Agua:

Procedencia, si es de pozo justificar su autorización parael uso y el no aumento del consumo máximo autoriza-do, calculando las necesidades medias de agua por ani-mal/día, así como para distintos usos: limpieza, aseos,cuarto del veterinario, etc. Si es municipal con certifi-cado de incidencia negativa en el resto de usuarios.

- Energía:

Eléctrica, calculando el consumo según las instalacionesy la iluminación.

La calefacción de los lechones: cómo será generada ycálculo de consumo del combustible utilizado.

Contenido simplificadopara la AAI en latramitación de granjasLa Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, quese desarrolla por el Decreto 127/2006, de 5 de mayo, del Consell de la Generalitat, prevé unProcedimiento simplificado para las instalaciones ganaderas incluidas en el punto 9.3. A conti-nuación se detalla un ejemplo de granja de porcino.

Page 50: Revista Agricola 17 - Agricola

50 AGRÍCOLA

recomendaciones técnicas

Consumos anuales previstos. Justificar bajos consumospor su incidencia en la rentabilidad de la granja. Expli-car alguno: Luminarias de bajo consumo; Motores, enlos sinfines del pienso, de escasa potencia y funciona-miento silencioso.

Calefacción: estrictamente la necesaria.

Piensos con formulaciones estudiadas, para el aprove-chamiento de los nutrientes.

Infraestructura Medioambiental. Se pueden considerarinversiones para minorizar la contaminación del medioambiente, aquellos elementos instalados en la actividad,que favorecen el descenso de la contaminación. Se rela-cionan y justifican.

1.- Sistema de recogida/limpieza de las deyecciones yaguas residuales si procede.

Explicar si se recoge para llevar a una planta de tra-tamiento o es recogida por la cuba para su traslado yuso agrícola, según normativa vigente. Limpieza exhaus-tiva de las naves, método “Todo dentro, todo fuera”.

2.- Estercolero y/o balsas de purines.

Justificar su impermeabilidad, tamaño adecuado al purínproducido y a la necesidad de almacenamiento, hastaun uso adecuado. (Capacidad para 3 meses de pro-ducción).

Ubicación de los canales de purines bajo las naves.Explicar el almacenamiento del purín en los canales.Fases de decantación. Paso a la balsa y extracción.

3.-Sistemas de tratamiento de estiércoles aplicados enla explotación.

Si se hace, explicar el tratamiento aplicado al purín,para mejorar la carga contaminante.

- Infraestructura Sanitaria (cerramiento perimetral, vadosanitario en puertas de la granja, tela pajarera en ven-tanas, alfombrillas desinfectantes en puertas nave.)

- Instalaciones auxiliares (sala del veterinario, cuarto deresiduos orgánicos, etc).

B.2 DE LA ACTIVDAD PROYECTADA

Tipo de ganado y capacidad de alojamiento, expresa-da en número de plazas para cada tipo de ganado. Lacapacidad de la granja, (en este ejemplo), será de 2.500cerdas de cría, equivalente a 750 UGM, con sus lecho-nes, unos 8.500 al año.

Descripción de la capacidad de alojamiento y uso decada nave.

Descripción detallada de todos los ciclos productivosque se llevan a cabo en la explotación. Edad fértil delas madres, tiempo de celo, parto, paso por las dife-rentes naves. Desvieje y renuevo.

Capacidad productiva de la instalación. Se indicaránel número de unidades productivas (animales) de acuer-do con el sistema de explotación de la instalación pro-puesto. Capacidad de producción y producción anual.Explicar número de madres, nº de partos al año, nº delechones por parto y por año .... La salida de la gran-ja de los cerditos, que han alcanzado el peso requeri-do, en vehículos autorizados y siempre cumpliendo lasindicaciones del Decreto de Bienestar Animal.

Sistema de explotación que comprenda, como mínimodatos sobre:

1. Alimentación. Diferentes tipos de piensos compues-tos con los que se alimenta a los animales, justificaruna composición adecuada para un máximo aprove-chamiento de nutrientes, y una disminución de las excre-ciones, consumo de cada tipo de pienso según el tipoy número de animales.

Sistema de almacenamiento.- Silos en serie.

Conducciones.- Tornillos sinfín

Dosificadores

Tolvas de alimentación

2. Bebida

Almacenamiento. Balsa de regulación, depósitos en naves,capacidad, tratamiento para su mantenimiento.

Conducciones.

Sistemas de suministro. Cazoletas, chupete...

Consumo. Según tipo y número de animales (Cuidadocon no sobrepasar la concesión del pozo).

3. Ventilación

Dispondrá de ventilación controlada por ordenador, (ennaves de partos y lechonera, describir) y suficiente através de las ventanas, que estarán protegidas por telapajarera, para el caso de una emergencia.

Las naves de parque y cubrición tendrán ventilaciónnatural a través de las ventanas, situadas tal como seindica en el plano.

4. Calefacción

Calefacción para los lechones (tipo y consumo ya des-crito). Ubicación en la lechonera. Justificar su legaliza-ción con proyecto específico, si es necesario.

Page 51: Revista Agricola 17 - Agricola

AGRÍCOLA 51

recomendaciones técnicas

5. En su caso, equipos de gestión

Relación de maquinaria.- Líneas de comederos y bebe-deros, en cada nave. Diferentes tipos de jaulas. Auto-matismos en las naves

C. INFORMACIÓN SOBRE RESIDUOS Y EMISIONES

C.1 DEYECCIONES.

Plan de gestión de las deyecciones ganaderas dondese especifique su descripción, la cantidad generada, laaplicación, el tratamiento (si se hace), las característi-cas y capacidad de los sistemas de almacenamiento.

Realizar el cálculo del purín producido de acuerdo conlo especificado en el cuadro inferior.

Justificar su almacenamiento en canales y balsas de puri-nes estancos, por sus características constructivas, y concapacidad suficiente.

Traslado desde la granja al destino sin ningún tipo defugas.

Destino final. En el caso de que el destino sea el apro-vechamiento agrícola como fertilizante en tierras de cul-tivo propias ó concertadas, se debe acreditar su dispo-nibilidad y su suficiencia mediante un programa deabonado.

Aplicar Real Decreto 261/1996, de la Presidencia delGobierno, sobre Protección de las Aguas contra la Con-

taminación Producida por Nitratos de Fuentes Agrarias,sin sobrepasar en ningún momento las dosis recomen-dadas.

En su aplicación debe cumplirse el Código Valencianode Buenas Prácticas Agrarias. Con estos cumplimientos,se puede justificar la no contaminación de:

- Aguas superficiales y freáticas.

- Suelo (Para los principales componentes: N, P, K, Fe,Ca...).

Descripción de las mejores técnicas disponibles a apli-car. El ámbito de aplicación del BREF de ganaderíaintensiva está basado en el apartado 6.6 del anexo Ide la Directiva 96/61/CE de PCIC. Se basa en:

- Alimentación (controlada en cantidad y calidad paracada edad y estado fisiológico del animal).

- Almacenamiento (ubicación y tipo).

- Tratamiento (si se hace) y

- Aplicación del purín. En el caso de que la totalidad oparte de los purines y estiércoles producidos se entre-guen a un gestor para su tratamiento y/o aplicación, seindican el plan de entrega y la identificación del gestor.

C.2 ANIMALES MUERTOS Tanto de los animales muertos,como de los restos orgánicos del parto, justificar:

Producción estimada anual. Con estimación de mor-tandad en adultos y lechones. Sistema de gestión de la

Equivalencias en UGM de los distintos tipos de ganado porcino y el contenido en nitrógeno de susestiércoles al inicio del periodo de almacenamiento

Tipo de ganado (plaza) Estiercol líquido y semilíquido Contenido en Nitrógeno Equivalencia en UGM(m3/año) kg./plaza/año

Cerda en ciclo cerrado 17,75 57,60 0,96

Cerda con lechoneshasta destete(de 0 a 6 Kg.)* 5,10 15,00 0,25

Cerda con lechones (hasta 20 Kg.)* 6,12 18,00 0,30

Cerda de reposición 2,50 8,50 0,14

Lechones de 6 a 20 Kg. 0,41 1,19 0,02

Cerdo de 20 a 50 Kg. 1,80 6,00 0,10

Cerdo de 50 a 100 Kg. 2,50 8,50 0,14

Cerdo de cebo de 20 a 100 Kg. 2,15 7,25 0,12

Verracos 6,12 18,00 0,30

*Incluye la madre y su descendencia hasta la finalización del cebo

Page 52: Revista Agricola 17 - Agricola

52 AGRÍCOLA

recomendaciones técnicas

explotación. Si se dispone de contenedores, casetas,etcétera.

Destino final (Describir el método utilizado).

(Aquellos que tienen contratado el seguro de retiradapueden aportar copia del contrato y resumen de canti-dades retiradas, si se proyecta ampliar la actividaddeberán ampliar el contrato).

C.3 RESIDUOS ESPECIALES (zoosanitarios, fitosanitarios)

Producción: Tipo de residuos y volumen o peso de pro-ducción anual para cada uno de ellos.

Sistema de gestión y destino final.

Deberá codificarse e identificarse de acuerdo con elcódigo LER. Orden MAM/ 304/2002. En el capítulo degestión se detallará zona de almacenamiento y carac-terísticas de la misma, ej. cubierta y pavimento (siem-pre impermeable), así como el tipo de envase utilizadopara el almacenamiento.

Relación de focos generadores de residuos y ubicaciónde los mismos.

Separar dónde se producen: en cuarto del veterinariopueden producirse restos de vacunas, jeringuillas, medi-camentos y envases que serán depositados en un con-tenedor para su eliminación. Justificar si con gestor ocómo.

Eliminación de cadáveres y restos biológicos del parto,justificar si se dan a un gestor o cómo se eliminan sincontaminar.

Eliminación de luminarias, necesitan un gestor autori-zado para su eliminación.

Hay que presentar contratos para su justificación.

Caracterización según la Orden MAM 304/2002. (B.O.E19-II-02) (Como ejemplo, no limitativo).

- Si hay obra civil, justificar durante ella los residuosproducidos en las diferentes fases.

El movimiento de tierras se cuantifica según las medi-ciones del proyecto de obra. Se puede justificar el empleode un 50% para rellenos.

- Construir un depósito de materiales de construcciónsobre el terreno, justificar sus dimensiones, y caracte-rísticas constructivas.

17 Residuos de la construcción y demolición17 01 Hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerá-

micos.

17 01 01 Hormigón, bloques prefabricados parael cerramiento y la estructura.

17 01 02 Ladrillos, se utilizan para la tabiqueríainterior.

17 01 03 Tejas y materiales cerámicos.

- Si no hay obra civil y no se producen restos inertes,tenemos que aplicar, al menos:

02 Residuos de la agricultura, horticultura, acui-cultura, silvicultura, caza y pesca; residuos de la pre-paración y elaboración de alimentos.

02 01 01 Lodos de lavado y limpieza. No se pro-ducirán, ya que forman parte del purín y se elimina conél.

02 01 02 Residuos de tejidos de animales. En elmomento del parto y con la expulsión de la placenta seproducen restos de tejidos que son eliminados, cómo.

02 01 06 Heces de animales, orina y estiércol yfluentes recogidos selectivamente y tratados fuera dellugar donde se generan. Como se ha dicho, se recogenen las balsas de purines y posteriormente son traslada-dos a fincas rústicas para su utilización como abonoorgánico.

02 01 09 Residuos agroquímicos distintos de losmencionados en el código 02 01 08,8. Se pueden con-siderar los restos de medicamentos, vacunas, plásticoso jeringuillas que son depositados en el contenedor,para su eliminación. Cantidades producidas de residuosno peligrosos. Para cada uno de los residuos clasifica-dos anteriormente calcular la cantidad producida y hallarel porcentaje en relación con el total de residuos. Des-cripción de los agrupamientos, pretratamientos y trata-mientos in situ previstos, para cada uno de los grupos.Si está previsto dar un tratamiento al purín, explicarcuál y las ventajas.

C.4 EMISIONES A LA ATMOSFERA, EXCEPTUANDO LAS DIFUSAS.(Emisiones, no necesariamente visibles, que son impo-sibles de canalizar por un conducto).

Caracterización. Sistema de tratamiento, con descrip-ción de las instalaciones.

Sistema de control (Se incluyen las relativas a calde-ras, incineradores, grupos electrógenos).

Propuesta de límites de emisión a cumplir para la tota-lidad de contaminantes emitidos, adoptando las mejo-res técnicas disponibles. Según el Registro Estatal deEmisiones y Fuentes contaminantes (EPER-ESPAÑA).

Page 53: Revista Agricola 17 - Agricola

AGRÍCOLA 53

recomendaciones técnicas

Ejemplo para (2.500 cerdas de cría) 2.000 madres conlechones y 500 de reposición Contaminantes y concen-traciones emitidas a la atmósfera. Descripción para cadafoco del método de determinación de dichas emisiones.Se consideran:

- Emisiones de amoniaco por gestión de estiércol;

- Emisión de óxido de nitroso por gestión de estiér-col;

- Emisión de metano por fermentación entérica;

- Emisión de metano por gestión de estiércol.

Medidas correctivas para prevenir o reducir las emi-siones atmosféricas, justificando la adopción de las mejo-res técnicas disponibles. (El BREF (documento de refe-

rencia sobre mejores técnicas disponibles) realizado conarreglo a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 16de la Directiva 96/61/CE del Consejo.

Plan de mantenimiento de dichas medidas correctivas.Las MTD para minimizar emisiones de amoniaco a laatmósfera, (ya que es el contaminante atmosférico quese emite en mayor cantidad y su reducción lleva implí-cita la de los demás), es en la granja, el control delpienso, la limpieza, y los vacíos sanitarios.

C.5 DATOS SOBRE EMISIONES DE RUIDO

Medidos de acuerdo con el Decreto 266/2004 de 3 dediciembre, del Consell, por el que se establecen normas

Emisiones de amoniaco por gestión de estiércol (Código SNAP 97-2:1005)

Eemisión de óxido nitroso por gestión de estiércol (Código SNAP 97-2:1005)

Categoría Nº plazas Volatización establo Volatización Volatización deA Almacenamiento exterior abonado

Kg NH3-N Kg NH3-N Kg NH3-N

B C = AxB D E = DxA F G = FxA

Madres conlechones 2.000 6,3579 12.715,8 4,5004 9.000,8 2,6989 5.387,8

hasta 20 Kg

Cerdas 500 3,0036 1.501,80 2,1261 1.063,05 1,2750 637,5Reposición

TOTAL 14.217,6 10.063,85 6.025,30

Categoría Nº plazas Emisión de óxido nitroso Emsión de óxido nitrosoen el almacenamiento en el abonado

A Kg N20-N Kg N20-N

H I = HxA J K = JxA

Madres con lechones hasta 2.000 0,006751 13,502 0,1012 202,40

20 Kg

Cerdas 500 0,003189 1,595 0,0478 23,90Reposición

TOTAL 15,097 226,30

Page 54: Revista Agricola 17 - Agricola

54 AGRÍCOLA

recomendaciones técnicas

de prevención y corrección de la contaminación acústi-ca en relación con actividades, instalaciones, edifica-ciones, obras y servicios (DOGV 13/12/04). En el mismose establecen los límites, para zonas de uso dominanteindustrial, niveles de recepción externos de 70 dB(A)durante el día y 60 dB(A) durante la noche.

Hay que: Identificar el sonómetro y su calibración.

En estado preoperacional realizar tres medidas en hora-rio diurno y tres en nocturno.

Al no estar realizada la obra, estimar el ruido que seproducirá, ver las diferencias y justificar con un méto-do autorizado que no se molestará a vecinos.

Plan de auditoria acústica. Una vez comenzada la acti-vidad, se realizará una auditoria acústica que lo corro-bore.

C.6 MALOS OLORES

Para evitarlos:

Periódicamente limpieza, desinfección y vacío sanitario.

El purín utilizado como abono orgánico, enterrándoserápidamente y evitando la proximidad de vías de comunica-ción, núcleos de población y pozos o cauces de agua

C.7 HUMOS, GASES, NIEBLAS Y POLVOS EN SUSPENSION

Justificar que con la calefacción por agua caliente,(en este ej., en otros describir) calentada por gasoil ydotando el cuarto de la caldera de chimenea de extrac-ción, en la actividad no se producen gases, nieblas nipolvo en suspensión.

C.8 RIESGO DE INCENDIO, DEFLAGRACION Y EXPLOSION

Calcular la carga de fuego, para el sector más desfa-vorecido, entendiéndose por tal, el poder calorífico totalde los materiales y sustancias combustibles medidos en:megacalorías por metro cuadrado de superficie en plan-ta del sector de incendios, calculada según las siguien-tes expresiones analíticas:

Emisión de de metano por fermentación entérica (Código SNAP 97-2:1005)

Emisión de metano por gestión de estiércol (Código SNAP 97-2:1005)

Categoría Nº plazas Factor de emisión Emisión de metanoA Kg CH4/plaza Kg CH4

Madres con lechones 2.000 1,5 3.000hasta 20 Kg

Cerdas Reposición 500 1,5 750

TOTAL 3.750Estos datos totales figuran en la resolución

Categoría Nº Excreción Peso Producción Factor de Factor de Emisión deplazas media de específico potencial conversión emisión metano

sólidos de metano de metano de metanovolátiles provincial

A Kg Kg/m3 m3/Kg VS Kg CH4/plaza Kg CH4

B C D E F=(BxCxDxE) G=AxF

Madres y 2.000 445,12 0,67 0,45 0,20345 27,30373 54.607,4773Lechones

hasta 20 Kg

Cerdas 500 178,05 0,67 0,45 0,20345 10,92161 5.460,8090Reposición

TOTAL 60.068,2863

Según tabla I el factor de conversión del metano en la provincia de Castellón es de 0,20345

Page 55: Revista Agricola 17 - Agricola

AGRÍCOLA 55

recomendaciones técnicas

Siendo:

Qt= Carga térmica total.

S= Superficie total del almacenamiento de material com-bustible.

R= Coeficiente de ponderación de riesgo de activaciónen la actividad

pi= Peso en Kg. de materiales y sustancias combustibles

q= Poder calórico en Mcal/Kg. de cada uno de los mate-riales.

ci= Coeficiente de peligrosidad de los productos.

Además calcular:

- Nivel de riesgo intrínseco de la actividad.

- Resistencia al fuego (aplicar la nueva nomenclatura).

- Calculo del numero de extintores.

D. ADECUACIÓN A LA NORMATIVA SECTORIAL

Se indicarán pormenorizadamente todas las que le sonde aplicación, tanto a nivel nacional, como autonómico.Normativa de obligado cumplimiento y recomendable.Clasificación de la actividad según normativas vigentes:

Descripción y clasificación de la actividad. Según AnexoI de la Ley 2/2006, de 5 de mayo de Prevención de laContaminación y Calidad Ambiental (coincide íntegra-mente con la Ley 16/2002 IPPC). Desarrollo reglamen-tario Decreto 127/2006 de 15 de septiembre. (Proce-dimiento simplificado)

Según el IPPC la calificación es Código SNAP 97-2:1005 y son el objeto de este proyecto. (Hasta desarro-llo reglamentario de nuevo Nomenclátor).

Según el Decreto 54/1990 por el que se aprueba elNomenclátor de Actividades Calificadas, se clasifica como:Agrupación 0,2; grupo 0,23. Molesta: 4-5. Nociva: 2.Insalubre: 1-3. Peligrosa: 0-1. Calificación decimal 012-24 y 43; molesta por la producción de malos olores ynociva e insalubre por la posibilidad de producción deenfermedades infecto-contagiosas. Justificar en qué pará-metros estará la que se va a proyectar.

Se encuentra sometida al procedimiento de Estimaciónde Impacto Ambiental, que se redacta según los con-

tenidos mínimos que señala la Orden de 3 de enero de2005 de la Conselleria de Territorio y Vivienda.

E. ESTADO AMBIENTAL

Si no es necesario el Estudio de Impacto Ambiental,Justificar el estado ambiental del lugar donde se ubiquela instalación y posibles impactos, incluso los produci-dos por situaciones anormales por pésrdidas de aguao purín. Justificar que no se van a producir y que en elcaso de avería serán mínimas por los controles de corteen las conducciones. Justificar los impactos en caso decese de actividad.)

En este caso es necesario el Estudio de Impacto Ambien-tal y se adjunta, redactado con los contenidos mínimosde la Orden 3-01-05, que, además, exige:

- Autorización previa de la Confederación Hidrográfi-ca del Jucar, para vertidos y utilización de agua de con-sumo, 6 meses para emitir. (Anterior a la resolución).

- Informe según el artículo 11 de la Ley 4/1998, de11 de junio, de Patrimonio Cultural Valenciano sobreincidencias sobre el patrimonio paleontológico y afec-ciones patrimoniales (arqueológica, etnológica y arqui-tectónica).

CONCLUSIÓN

Con lo que antecede y planos, el Ingeniero que suscri-be encuentra definidos todos los extremos a realizar yel peticionario al someterlo a la consideración de lasautoridades competentes, solicita su favorable informey resolución.

Fecha (00-00-0000)

Ingeniero Técnico Agrícola

Colegiado nº

FIRMA

VISADO

Isabel Pérez Brull

Comisión de Visados y Asistencia Técnica

COITAVC

RQt = ∑ Pi·Qi·Ci

S

Page 56: Revista Agricola 17 - Agricola

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