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página 1 índice página 1 índice Año XII - N° 2553 :: BUENOS AIRES, Viernes 27 de Mayo de 2016 :: página 1 índice Resolución N° 0851 BUENOS AIRES, 23 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0004704-3, la Resolución N° 002/DE/15, y CONSIDERANDO: Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que la modificación estructural aprobada hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que en ese sentido se estima procedente designar, en la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, a partir de la fecha y en las funciones que en cada caso se indica, a las personas que se nominan en el Anexo I que integra la presente, con la correspondiente inclusión en las previsiones del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo y Agrupamiento que se detalla, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y régimen laboral de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que en atención a las tareas encomendadas a la Asesoría Jurídica de la precitada Dirección, cuyas funciones se delegan en el señor Francisco TAUSSIG (CUIL N° 20-36949992-1), y sin perjuicio del nivel jerárquico que estructuralmente se asigna a la aludida unidad orgánica, corresponde su inclusión en los alcances del inciso c), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13. Que asimismo, y en función de lo expresado precedentemente, corresponde designar, a partir de la fecha que en cada caso se indica, en la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, para llevar a cabo tareas de asesoramiento, a las personas que se nominan en el Anexo I, reubicándolas en el Agrupamiento, Tramo y carga horaria que se detalla, acuerdo a lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y régimen laboral conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07. Que sin perjuicio de lo mencionado precedentemente, procede incluir al señor Sebastián Omar CEREZO (CUIL N° 20- 305255820-3), en los alcances del inciso e) del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, al solo efecto remunerativo. Que, por otra parte, atento la complejidad de las tareas de la Secretaría General Técnico Médica, entre las cuales se encuentran las de índole jurídica, resulta necesario trasladar, a partir del 1° de marzo de 2016, a la agente Karina Norma PRIETO (Legajo 64529 PROF TRA CH45SEM INI), de la Gerencia de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaría General Técnico Jurídica, a la Secretaría General Técnico Médica, manteniendo su actual situación de revista en lo que respecta a Tramo, Agrupamiento y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, correspondiendo, en función de las tareas asignadas, incluirla en los alcances del inciso e) del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, al solo efecto remunerativo. Que en esa misma línea de acción, y en función de las tareas encomendadas a la agente Natalia Andrea GADEA (Legajo 64905 PROF TRA CH45SEM INI), de la Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, corresponde su inclusión en los alcances del inciso e) del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, al solo efecto remunerativo, manteniendo su actual situación de revista en lo que respecta a Tramo, Agrupamiento y carga horaria Resolución N° 0851 Designa en la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios....pág.1 Resolución N° 0852 Designa en la Coordinación Legal - SGTO .........................pág.3 Resolución N° 0853 Designa en la SGTO y reubica ............................................pág.4 Resolución N° 0854 Autoriza ampliación de jornada laboral - SGTO ..................pág.5 Resolución N° 0855 Autoriza ampliación de jornada laboral - SGTO ..................pág.6 Resolución N° 0856 Autoriza ampliación de jornada laboral - UGL XXI ..............pág.7 Resolución N° 0857 Reubica agente ...................................................................pág.7 Resolución N° 0858 Reubica agente - Gcia. de Planificación y Admin. de UGL ..pág.8 Convenio N° 0043 Adenda de Convenio de Cooperación Internacional ...........pág.8 Resolución N° 0861 Adjudica TS N° 2001/16 - Oxigenoterapia Domiciliaria .......pág.9 Disposición Conjunta N° 0257-GA-GESP-16 Renueva contrat. - LP N° 69/14 - Residuos Patogénicos.. pág.11 Disposición Conjunta N° 0258-GA-SGRI-16 Adjudica LP N° 18/16 - Mejora de atención al afiliado ...... pág.11

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Año XII - N° 2553 :: BUENOS AIRES, Viernes 27 de Mayo de 2016 ::

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Resolución N° 0851

BUENOS AIRES, 23 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0004704-3, la Resolución N° 002/DE/15, y CONSIDERANDO: Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que la modificación estructural aprobada hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que en ese sentido se estima procedente designar, en la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, a partir de la fecha y en las funciones que en cada caso se indica, a las personas

que se nominan en el Anexo I que integra la presente, con la correspondiente inclusión en las previsiones del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo y Agrupamiento que se detalla, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y régimen laboral de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que en atención a las tareas encomendadas a la Asesoría Jurídica de la precitada Dirección, cuyas funciones se delegan en el señor Francisco TAUSSIG (CUIL N° 20-36949992-1), y sin perjuicio del nivel jerárquico que estructuralmente se asigna a la aludida unidad orgánica, corresponde su inclusión en los alcances del inciso c), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13. Que asimismo, y en función de lo expresado precedentemente, corresponde designar, a partir de la fecha que en cada caso se indica, en la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, para llevar a cabo tareas de asesoramiento, a las personas que se nominan en el Anexo I, reubicándolas en el Agrupamiento, Tramo y carga horaria que se detalla, acuerdo a lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y régimen laboral conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07. Que sin perjuicio de lo mencionado precedentemente, procede incluir al señor Sebastián Omar CEREZO (CUIL N° 20-305255820-3), en los alcances del inciso e) del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, al solo efecto remunerativo. Que, por otra parte, atento la complejidad de las tareas de la Secretaría General Técnico Médica, entre las cuales se encuentran las de índole jurídica, resulta necesario trasladar, a partir del 1° de marzo de 2016, a la agente Karina Norma PRIETO (Legajo 64529 PROF TRA CH45SEM INI), de la Gerencia de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaría General Técnico Jurídica, a la Secretaría General Técnico Médica, manteniendo su actual situación de revista en lo que respecta a Tramo, Agrupamiento y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, correspondiendo, en función de las tareas asignadas, incluirla en los alcances del inciso e) del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, al solo efecto remunerativo. Que en esa misma línea de acción, y en función de las tareas encomendadas a la agente Natalia Andrea GADEA (Legajo 64905 PROF TRA CH45SEM INI), de la Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, corresponde su inclusión en los alcances del inciso e) del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, al solo efecto remunerativo, manteniendo su actual situación de revista en lo que respecta a Tramo, Agrupamiento y carga horaria

Resolución N° 0851Designa en la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios....pág.1

Resolución N° 0852Designa en la Coordinación Legal - SGTO .........................pág.3

Resolución N° 0853Designa en la SGTO y reubica ............................................pág.4

Resolución N° 0854Autoriza ampliación de jornada laboral - SGTO ..................pág.5

Resolución N° 0855Autoriza ampliación de jornada laboral - SGTO ..................pág.6

Resolución N° 0856Autoriza ampliación de jornada laboral - UGL XXI ..............pág.7

Resolución N° 0857Reubica agente ...................................................................pág.7

Resolución N° 0858Reubica agente - Gcia. de Planificación y Admin. de UGL ..pág.8

Convenio N° 0043Adenda de Convenio de Cooperación Internacional ...........pág.8

Resolución N° 0861Adjudica TS N° 2001/16 - Oxigenoterapia Domiciliaria .......pág.9

Disposición Conjunta N° 0257-GA-GESP-16Renueva contrat. - LP N° 69/14 - Residuos Patogénicos ..pág.11

Disposición Conjunta N° 0258-GA-SGRI-16Adjudica LP N° 18/16 - Mejora de atención al afiliado ......pág.11

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de cuarenta y cinco (45) horas semanales. Que por otra parte, corresponde dejar constancia que las personas que se designan por la presente, conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirían con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que la incorporación de los señores Mario Pablo RAMIREZ (CUIL N° 23-18287477-9), Maximiliano GIANGIACOMO (CUIL N° 20-29748267-0), y Ramiro SOUSA (CUIL N° 20-36949992-1), también quedará sujeta, al informe a la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos. Que procede dejar constancia que las agentes Karina Norma PRIETO y Natalia Andrea GADEA deberán realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución las designaciones que se propician mediante el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 002/04-PEN y el artículo 1° del Decreto N° 86/15-PEN,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, en la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, a partir de la fecha y en las funciones que en cada caso se indica, a las personas que se nominan en el Anexo I que integra la presente, con la correspondiente inclusión en las previsiones

del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo y Agrupamiento que se detalla, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y régimen laboral de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 2°.- Incluir, a partir de la fecha de designación, al señor Francisco TAUSSIG (CUIL N° 20-36949992-1), en el inciso e), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, conforme lo expresado en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 3°.- Designar, a partir de la fecha que en cada caso se indica, en la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, para llevar a cabo tareas de asesoramiento, a las personas que se nominan en el Anexo I, reubicándolas en el Agrupamiento, Tramo y carga horaria que se detalla, de acuerdo a lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y régimen laboral conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 4°.- Incluir al señor Sebastián Ornar CEREZO (CUIL N° 20-305255820-3), a partir de la fecha de su designación, en los alcances del inciso e) del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, al solo efecto remunerativo. ARTÍCULO 5°.- Trasladar, a partir del 1° de marzo de 2016, a la agente Karina Norma PRIETO (Legajo 64529 PROF TRA CH45SEM INI), de la Gerencia de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaría General Técnico Jurídica, a la Secretaría General Técnico Médica, manteniendo su actual situación de revista en lo que respecta a Tramo, Agrupamiento y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, incluyéndola en los alcances del inciso e) del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 120 de la Resolución N° 833/DE/13, al solo efecto remunerativo. ARTÍCULO 6°.- Incluir, a partir del 1° de marzo de 2016, a la agente Natalia Andrea GADEA (Legajo 64905 PROF TRA CH45SEM INI) de la Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, en los alcances del inciso e) del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 120 de la Resolución N° 833/DE/13, al solo efecto remunerativo, manteniendo su actual situación de revista en lo que respecta al Tramo, Agrupamiento y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor. ARTÍCULO 7°.- Dejar constancia que las personas que se designan por la presente, conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia

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de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirían con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 8°.- Dejar establecido que la incorporación de los señores Mario Pablo RAMIREZ (CUIL N° 23-18287477-9), Maximiliano GIANGIACOMO (CUIL N° 20- 29748267-0), y Ramiro SOUSA (CUIL N° 20-36949992-1), también quedará sujeta, al informe a la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos. ARTÍCULO 9°.- Dejar constancia que las agentes Karina

Norma PRIETO y Natalia Andrea GADEA deberán realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 10°.- Dejar estipulado que de no tener principio de ejecución las designaciones que se propician mediante el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 11°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0851Dr. Carlos J. REGAZZONI - Director Ejecutivo

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 0851-16SECRETARÍA GENERAL TÉCNICO MÉDICA

APELLIDO Y NOMBRE CUIL N° AGRUPAMIENTO / FUNCIÓN

TRAMO/CARGA HORARIA

ADIC. FUNC. JERÁRQUICA

FECHA INGRESO

DIRECCION DE ATENCION MEDICA NO PROGRAMADA Y PROGRAMADA

RAMIREZ, Mario Pablo 23-18287477-9 Profesional / Titular Unidad de Recepción y Despacho

A / 45 Hs. semanales INC. c) art. 38 01/02/2016

GIANGIACOMO, Maximiliano 20-29748267-0 Administrativo / Jefe División Ambulancias

A / 45 Hs. semanales INC. f) art. 38 01/02/2016

TAUSSIG, Francisco 20-30592589-7 Profesional / Jefe Asesoría Jurídica

A / 45 Hs. semanales INC. e) art. 38 01/04/2016

SOUSA, Ramiro 20-36949992-1 Administrativo / Jefe División Dotación INC. f) art. 38 01/05/2016

GERENCIA DE EFECTORES SANITARIOS PROPIOS

CEREZO, Sebastián Omar 20-30525820-3 Profesional A / 45 Hs. semanales INC. e) art. 38 01/04/2016

GAETA, Marianela 27-30927482-8 Administrativo A / 45 Hs. semanales 01/04/2016

RE, Patricio Roger 20-27569014-2 Profesional B / 45 Hs. semanales 01/04/2016

LATOR CABRERA, Giannina Bernardette 27-32890972-9 Profesional A / 45 Hs.

semanales 01/04/2016

Resolución N° 0852

BUENOS AIRES, 23 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006668-4, las Resoluciones N° 002/DE/15, N° 003/DE/16, y

CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito

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Año XII - N° 2553 :: BUENOS AIRES, Viernes 27 de Mayo de 2016 ::

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de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las modificaciones estructurales implementadas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que asimismo se estima necesario designar, a partir del 19 de abril de 2016, en la Coordinación Legal, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora Florencia Iara BISCARDI (CUIL N° 27-36170645-0), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, quien desempeñara tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, la señora Florencia Iara BISCARDI (CUIL N° 27-36170645-0), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04-PEN y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir del 19 de abril de 2016, en la Coordinación Legal, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora Florencia Iara BISCARDI (CUIL N° 27-36170645-0), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, quien desempeñara tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, la señora Florencia Iara BISCARDI (CUIL N° 27-36170645-0), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese e el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0852 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0853

BUENOS AIRES, 23 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006663-3, y las Resoluciones N° 002/DE/1, N° 003/DE/16, yCONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades

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y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE/16, y con carácter complementario de la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las modificaciones estructurales implementadas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que asimismo se estima necesario designar, a partir del 26 de abril de 2016, en la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Federico ACUÑA (CUIL N° 20-33476117-8), reubicándolo en el Tramo B, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñara tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, el señor Federico ACUÑA (CUIL N° 20-33476117-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir del 26 de abril de 2016, en la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Federico ACUÑA (CUIL N° 20-33476117-8), reubicándolo en el Tramo B, dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor, conforme lo establecido en la Resolución N° 1002/DE/07, quien desempeñara tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, el señor Federico ACUÑA (CUIL N° 20-33476117-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0853 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0854

BUENOS AIRES, 23 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006237-9, la Nota N° 373/SGTO/16, y CONSIDERANDO: Que mediante la nota mencionada en el Visto de la presente se solicita la ampliación de la carga horaria, a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, del agente Pierre Antonio Julien MORISSET (Legajo N° 64830 PROFTRB CH40SEM INI), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa.

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Que por lo expuesto se estima procedente hacer lugar a lo peticionado, autorizando, a partir de la fecha de notificación, la ampliación de la carga horaria a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, del agente Pierre Antonio Julien MORISSET (Legajo N° 64830) correspondiendo la percepción del adicional por Mayor Carga Horaria, previsto en el artículo 23° de la Resolución N° 1523/DE/05. Que corresponde dar intervención a la Gerencia de Recursos Humanos para que proceda a la liquidación de la diferencia salarial correspondiente a la mayor carga horaria autorizada. Que por último se deja constancia que el agente Pierre Antonio Julien MORISSET deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 086/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar, a partir de la fecha de notificación, la ampliación de la jornada laboral a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor del agente Pierre Antonio Julien MORISSET (Legajo N° 64830 PROFTRB CH40SEM INI), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, correspondiendo la percepción del adicional por Mayor Carga Horaria previsto en el artículo 23° de la Resolución N° 1523/DE/05. ARTÍCULO 2°.- Dar intervención a la Gerencia de Recursos Humanos para que proceda a la liquidación de la diferencia salarial correspondiente a la mayor carga horaria autorizada al agente Pierre Antonio Julien MORISSET (Legajo N° 64830), a partir de la fecha de notificación. ARTÍCULO 3°.- Disponer que el agente Pierre Antonio Julien MORISSET deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0854Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0855

BUENOS AIRES, 23 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006238-7, la Nota N° 375/SGTO/16, y

CONSIDERANDO: Que mediante la nota mencionada en el Visto de la presente se solicita la ampliación de la carga horaria, a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, del agente PEREZ Rodrigo Ariel (Legajo N° 64832 ADMTRB CH40SEM INI), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa. Que por lo expuesto se estima procedente hacer lugar a lo peticionado, autorizando, a partir de la fecha de notificación, la ampliación de la carga horaria a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, del agente PEREZ Rodrigo Ariel (Legajo N° 64832) correspondiendo la percepción del adicional por Mayor Carga Horaria, previsto en el artículo 23° de la Resolución N° 1523/DE/05. Que corresponde dar intervención a la Gerencia de Recursos Humanos para que proceda a la liquidación de la diferencia salarial correspondiente a la mayor carga horaria autorizada al agente PEREZ Rodrigo (Legajo N° 64832), a partir de la fecha de notificación. Que por último se deja constancia que el agente Rodrigo, Ariel Pérez deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 086/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar, a partir de la fecha de notificación, la ampliación de la jornada laboral, a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, del agente PEREZ Rodrigo Ariel (Legajo N° 64832 ADMTRB CH40SEM INI), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, correspondiendo la percepción del adicional por Mayor Carga Horaria previsto en el artículo 23° de la Resolución N°1523/DE/05. ARTÍCULO 2°.- Dar intervención a la Gerencia de Recursos Humanos para que proceda a la liquidación de la diferencia salarial correspondiente a la mayor carga horaria autorizada al agente PEREZ Rodrigo Ariel (Legajo N° 64832) a partir de la fecha de notificación. ARTÍCULO 3°.- Disponer que el agente Rodrigo Ariel Pérez deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0855Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Page 7: Reubica agente - Gcia. de Planificación y Admin. de UGLinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/27-05-16.pdf · ARTÍCULO 2°.- Incluir, a partir de la fecha de designación,

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Resolución N° 0856

BUENOS AIRES, 23 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0810-2016-0000171-1, yCONSIDERANDO: Que por el citado expediente tramita la ampliación de la carga horaria, a cuarenta (40) horas semanales de labor, del agente Carlos Rolando IBALETA (Legajo N° 53925 ADM C CH35SEM INI), de la Coordinación Médica, Unidad de Gestión Local XXI - San Juan, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del País), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa. Que las instancias jerárquicas correspondientes han tomado intervención, prestando conformidad a la ampliación horaria en razón de la creciente demanda en el área a su cargo, instancia orgánica de impacto directo en la mejora de la atención a los beneficiarios. Que por lo expuesto se considera procedente hacer lugar a lo peticionado, autorizando, a partir de la fecha de notificación, la ampliación de la carga horaria a cuarenta (40) horas semanales de labor, del agente Carlos Rolando IBALETA, correspondiendo la percepción del adicional por Mayor Carga Horaria, previsto en el artículo 23° de la Resolución N° 1523/DE/05. Que sin perjuicio de lo señalado precedentemente corresponde dejar aclarado que la diferencia salarial producto de la ampliación de la carga horaria, se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a su notificación. Que por último se deja constancia que el agente Carlos Rolando IBALETA deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 086/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar, a partir de la fecha de notificación, la ampliación de la jornada laboral, a cuarenta (40) horas semanales de labor, del agente Carlos Rolando IBAZETA (Legajo N° 53925 ADM C CH35SEM INI), de la Coordinación Médica, Unidad de Gestión Local XXI - San Juan, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del País), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa. ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que la diferencia salarial, correspondiente a la ampliación de la carga horaria, que se autoriza por el artículo 1° de la presente, se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a su notificación. ARTÍCULO 3°.- Disponer que el agente Carlos Rolando IBAZETA

deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0856Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0857

BUENOS AIRES, 23 MAY 2016 VISTO la Resolución N° 1375/DE/06, la Nota N° 384/SGTO/16, y CONSIDERANDO: Que por acto resolutivo citado en el VISTO se aprobó la apertura en Tramos y Niveles de los Agrupamientos en los cuales fueran encasillados los trabajadores incluidos en la Resolución N° 1523/DE/05. Que conforme lo detallado en el Anexo I del acto normativo aludido en el considerando que antecede, cada AGRUPAMIENTO está compuesto por cuatro “TRAMOS”, de acuerdo a la complejidad de las tareas, autonomía en el desarrollo de las mismas y conocimientos específicos para su ejecución, que se identifican con las letras “A”, “B”, “C” y “D”, con excepción del Agrupamiento de Servicios Generales y Mantenimiento que está compuesto por los TRAMOS “B”; “C”, y “D”. Que mediante la nota mencionada en el Visto, se solicita reubicar, a la agente Silvanna Mabel GIECO (Legajo N° 60785 PROF TRC CH35SEM INI), dentro del Tramo B del Agrupamiento Profesional, con motivo de las funciones que la misma desempeña. Que por lo expuesto se estima procedente reubicar, a partir de la fecha de notificación, a la agente Silvanna Mabel GIECO (Legajo N° 60785), en el Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 40 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que por último se deja constancia que la agente Silvanna Mabel GIECO, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:

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Año XII - N° 2553 :: BUENOS AIRES, Viernes 27 de Mayo de 2016 ::

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ARTÍCULO 1°.- Reubicar, a partir de la fecha de notificación, a la agente Silvanna Mabel GIECO (Legajo N° 60785), en el Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que la agente Silvanna Mabel GIECO, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”; a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0857Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0858

BUENOS AIRES, 23 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006521-1, la Nota N° 419/16 procedente de la Secretaría General Técnico Operativa, y CONSI DERANDO: Que mediante la nota mencionada en el Visto de la presente se solicita la reubicación en el Tramo B, y la ampliación de la carga horaria, a cuarenta (40) horas semanales de labor, del agente Julián Ignacio SOSA (Legajo N° 63604 AD C CH35SEM INI), que presta servicios en la Gerencia de Planificación y Administración de UGL. Que por lo expuesto se estima procedente hacer lugar a lo peticionado, reubicando, a partir de la fecha de notificación, al agente Julián Ignacio SOSA, en el Tramo B, dentro del Agrupamiento Administrativo, conforme lo establecido en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1523/DE/05, con un régimen laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor, correspondiendo la percepción del adicional por Mayor Carga Horaria, previsto en el artículo 23° de la Resolución N° 1523/DE/05. Que sin perjuicio de lo señalado precedentemente corresponde dejar aclarado que la diferencia salarial producto de la reubicación y ampliación de la carga horaria, se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a su notificación. Que por último se deja constancia que el agente Julián Ignacio SOSA deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 086/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Reubicar, a partir de la fecha de notificación, al agente Julián Ignacio SOSA (Legajo N° 63604 AD C CH35SEM INI), de la Gerencia de Planificación y Administración de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, en el Tramo B, dentro del Agrupamiento Administrativo, conforme lo establecido en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1523/DE/05, con un régimen laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor, correspondiendo la percepción del adicional por Mayor Carga Horaria, previsto en el artículo 23° de la Resolución N° 1523/DE/05. ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que la diferencia salarial, correspondiente a la reubicación y ampliación de la carga horaria, que se autoriza por el artículo 1° de la presente, se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a su notificación. ARTÍCULO 3°.- Disponer que el agente Julián Ignacio SOSA deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0858Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Convenio N° 0043

ADENDA N° 043-16 CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL N°

016-13 Entre HELPAGE INTERNATIONAL, representada en este acto por el Director Regional para América Latina y el Caribe, Sr. Joost Martens, con domicilio en Avda. del Parque 4161, Oficina 103, Huechuraba, Santiago de Chile, Chile, en adelante “HELPAGE”, por una parte, y por la otra, el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, representado en este acto por su Director Ejecutivo, Dr. Carlos Javier Regazzoni, con domicilio en la Avda. Corrientes 655 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, en adelante el “INSTITUTO”, convienen celebrar la presente Adenda del Convenio de Cooperación Internacional N° 016-13, suscripto entre las partes el día 22 de marzo de 2013, sujeto a las siguientes cláusulas: PRIMERA: las partes acuerdan prorrogar el plazo de vigencia del Convenio expresado ut supra por el término de tres (3) años contados a partir de su vencimiento, siendo su renovación automática en forma sucesiva y por el mismo lapso, salvo que

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una de las partes comunique fehacientemente a la otra, con una anticipación no menor de treinta (30) días, su voluntad de rescindirlo, sin que ello les origine responsabilidad alguna. SEGUNDA: las partes acuerdan incorporar al apartado 3 de la CLAUSULA CUARTA del Convenio la siguiente propuesta: - Apoyo al gobierno y a la sociedad civil de la República Argentina en su participación en el “Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre el Envejecimiento de la Organización de las Naciones Unidas, en pos de la pronta elaboración y aprobación de una Convención Internacional sobre la protección de los derechos de las Personas Mayores; así como también su participación en el seguimiento y la evaluación del Plan de Acción Internacional sobre el Envejecimiento Madrid 2002, con especial énfasis en la inclusión de las personas mayores dentro de los programas y planes de desarrollo a nivel nacional en observancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030, acordados por los Estados Miembros ante la Organización de las Naciones Unidas. TERCERA: Ambas partes ratifican la totalidad de las cláusulas correspondientes al Convenio expresado ut supra, en todo aquello que no haya sido modificado por la presente. En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del mes de Mayo del año 2016. Por: Help Age International Joost MARTES - Director Regional Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo

Resolución N° 0861

BUENOS AIRES, 24 MAY 2016 VISTO la Resolución N° 135/I/03, la Licitación Pública N° 6/2016, la Disposición N° 49/SDE/16, el Expediente N° 0200-2016-0006319-7, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la contratación de los servicios de oxigenoterapia domiciliaria para atender la demanda de los afiliados del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP) en el ámbito de la Unidad de Gestión Local XI - Mar del Plata, por el término de seis (6) meses o hasta que se lleve a cabo una nueva licitación y resulte adjudicado un nuevo proveedor, lo que suceda primero, siendo dicho plazo renovable de común acuerdo. Que a través de la Licitación Pública N° 6/2016 se solicitó el servicio de oxigenoterapia domiciliaria para todos los afiliados del país, por el término de seis (6) meses, la cual fue declarada desierta mediante Resolución N° 277/DE/2016 para las áreas comprendidas por la UGL III - Córdoba y UGL XI - Mar del Plata por falta de oferentes.

Que en consecuencia, mediante la Disposición N° 49/SDE/16, la Subdirección Ejecutiva autorizó el llamado a Trámite Simplificado encuadrando la citada contratación en los términos del artículo 19, inciso d) apartados 1 y 10, artículo 25, inciso b) y c), artículo 27 y artículo 28 del Anexo I del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales deI INSSJP, aprobado por Resolución N° 135/I/03, y asimismo se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos para la contratación. Que el mencionado llamado fue registrado por la Subgerencia de Compras y Contrataciones como Trámite Simplificado N° 2001/16, fijándose la presentación y apertura de ofertas para el día 12 de mayo de 2016. Que con arreglo a lo previsto en el artículo 38 del Anexo I de la Resolución N° 135/I/03, la convocatoria a presentar ofertas fue debidamente publicada en la página web del Instituto. Que asimismo fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro de Proveedores del Instituto. Que según surge del Acta de Apertura se presentó un (1) oferente, a saber: GRUPO LINDE GAS ARGENTINA S.A. Que se han detectado incumplimientos subsanables y a los fines de no restringir el principio de concurrencia de ofertas, en consonancia con lo establecido en el artículo 8° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, la Gerencia de Administración solicitó al oferente los puntos que merecían aclaración y/o subsanación. Que recibida la información solicitada, y habiéndose realizado el análisis de los requisitos formales y técnicos correspondientes, la Gerencia de Prestaciones Médicas, área técnica competente, manifestó que la oferta presentada se ajusta técnicamente a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que rigiera la presente contratación, por lo cual, corresponde declararla admisible. Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y la calidad de lo ofrecido, se propicia adjudicar el Trámite Simplificado N° 2001/16 al oferente GRUPO LINDE GAS ARGENTINA S.A. por un monto total de PESOS QUINCE MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 15.611.985,00). Que las Gerencias de Prestaciones Médicas y de Administración han tomado la intervención de sus competencias. Que la Secretaría General Técnico Jurídica ha tomado intervención en el marco de su competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:

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ARTÍCULO 1°.- Declarar admisible la oferta presentada por el oferente GRUPO LINDE GAS ARGENTINA S.A. en el Trámite Simplificado N° 2001/16, por el que tramita la contratación de los servicios de oxigenoterapia domiciliaria para atender la demanda de los afiliados del Instituto en el ámbito de la Unidad de Gestión Local XI - Mar del Plata, por el término de seis (6) meses o hasta que se lleve a cabo una nueva licitación y resulte adjudicado un nuevo proveedor, lo que suceda primero, siendo dicho plazo renovable de común acuerdo. ARTÍCULO 2°.- Adjudicar el Trámite Simplificado N° 2001/16 a la firma GRUPO LINDE GAS ARGENTINA S.A., por un monto total de PESOS QUINCE MILLONES SEISCIENTOS ONCE

MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO ($15.611.985,00), de acuerdo al Anexo que integra la presente. ARTÍCULO 3°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a emitir y suscribir las respectivas Órdenes de Compra a favor de la empresa adjudicataria facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme la adjudicación dispuesta en el artículo 2° de la presente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 0861 Dr. Carlos J. REGAZZONI - Director Ejecutivo

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 0861-16 GRUPO LINDE GAS ARGENTINA S.A.

Renglón ítem Descripción Cantidades estimadas Máximas

Precio Unitario Monto Total

1

1 Alquiler mensual de tubo de oxigeno fijo 1050 $ 400 $ 420.000,00 2 Alquiler diario de tubo de oxigeno fijo 555 $ 14 $ 7.770,00 3 Alquiler mensual de tubo de oxigeno portátil 1584 $ 500 $ 792.000,00 4 Alquiler diario de tubo de oxigeno portátil 555 $ 20 $ 11.100,00 5 Alquiler mensual de concentrador de oxigeno 3204 $ 1.037 $ 3.322.548,00 6 Alquiler diario de concentrador de oxigeno 2250 $ 35 $ 78.750,00 7 Alquiler mensual de mochila de oxigeno liquido 1722 $ 4.813 $ 8.287.986,00 8 Alquiler diario de mochila de oxigeno Liquido 840 $ 160 $ 134.400,00 9 Carga de m3 de tubo de oxigeno fijo 1350 $ 60 $ 81.000,00 10 Carga de m3 de tubo de oxigeno portátil 120 $ 60 $ 7.200,00

2

1 Alquiler mensual de CPAP 1150 $ 1.037 $ 1.192.550,00 2 Alquiler diario de CPAP 450 $ 35,00 $ 15.750,00 3 Alquiler mensual de Auto CPAP 314 $ 1.350 $ 423.900,00 4 Alquiler diario de Auto CPAP 270 $ 45,00 $ 12.150,00 5 Alquiler mensual de BPAP 60 $ 1.880 $ 112.800,00 6 Alquiler diario de BPAP 45 $ 62 $ 2.790,00 7 Alquiler mensual de BPAP con frecuencia de Back up 64 $ 2.820 $ 180.480,00 8 Alquiler diario de BPAP con frecuencia de Back up 120 $ 94 $ 11.280,00 9 Alquiler mensual de respirador 9 $ 7.000 $ 63.000,00 10 Alquiler diario de respirador 15 $ 233 $ 3.495,00

3

1 Alquiler mensual de Humificador/Calentador 506 $ 466 $ 235.796,00 2 Alquiler diario de Humificador/Calentador 150 $ 15 $ 2.250,00 3 Alquiler mensual de Nebulizador/Aspirador de secreciones 440 $ 188 $ 82.720,00 4 Alquiler diario de Nebulizador/Aspirador de secreciones 105 $ 6 $ 630,00 5 Alquiler mensual de Saturómetro/Oximetro 158 $ 800 $ 126.400,00 6 Alquiler diario de Saturómetro/Oximetro 120 $ 27 $ 3.240,00

TOTAL HASTA $ 15.611.985,00

EL MONTO TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN ASCIENDE A LA SUMA DE PESOS QUINCE MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 15.611.985,00).

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Año XII - N° 2553 :: BUENOS AIRES, Viernes 27 de Mayo de 2016 ::

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Disposición Conjunta N° 0257

BUENOS AIRES, 26 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 520-2008-18190-2-0000, yCONSIDERANDO: Que po r l as p resentes ac tuac iones se t rami tó la contratación del servicio de recolección, retiro, transporte, t ratamiento y disposic ión f inal de HASTA ochenta y nueve mil setecientos sesenta (89.760) kilogramos de residuos patogénicos y HASTA siete mil ochocientos (7.800) kilogramos de residuos peligrosos, generados en los inmuebles ubicados en Sarmiento 373, Sarmiento 455 y Olive 1159, de la Ciudad de Rosario, por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período. Que mediante Disposición Conjunta N° 155/GAyGESP/15, se adjudicó la Licitación Pública N° 69/14.a la firma SOMA S.A., emitiéndose en su favor la Orden de Compra N° 4500104370/15 por el período comprendido entre el 1 de Junio de 2015 y el 31 de Mayo de 2016. Que la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios manifiesta que es menester hacer uso de la opción de renovación prevista en la contratación original, a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de doce (12) meses. Que habiéndose realizado la correspondiente consulta, la firma manifiesta que acepta la renovación, solicitando un aumento del 26,15% aproximadamente en el valor del servicio. Que se dio intervención al Departamento Estudios Económicos dependiente Gerencia Económico Financiera quien informa que considera adecuado el incremento solicitado para proceder a la renovación. Que en virtud de lo expuesto resulta procedente renovar a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de doce (12) meses, la contratación efectuada por Licitación Pública N° 69/14 a la firma SOMA S.A.. Que la renovación en cuestión se encuentra contemplada en el artículo 82° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales de este Instituto aprobado por Resolución N° 135/I/03, modificado por Resolución N° 140/DE/15. Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución N° 821/DE/15 procedió a efectuar la reserva de la correspondiente Partida Presupuestaria. Que de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución N° 140/DE/15 se emitió la correspondiente Comunicación de Disposición de Recursos a la Subdirección Ejecutiva, prevista en el Anexo II de la Resolución N° 589/DE/14. Que la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Administración ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N° 0589/DE/14 y N° 0140/DE/15,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EL GERENTE DE EFECTORES SANITARIOS PROPIOS DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

DISPONEN: ARTÍCULO 1°.- Renovar, en los términos del artículo 82° del Anexo I de la Resolución N° 135/03/I, que fuera modificado por el artículo 1° de la Resolución N° 140/15/DE, a partir de la fecha de vencimiento y por el término de doce (12) meses, la contratación efectuada por Licitación Pública N° 69/14 a la firma SOMA S.A., por el servicio de recolección, retiro, transporte, tratamiento y disposición final de HASTA ochenta y nueve mil setecientos sesenta (89.760) kilogramos de residuos patogénicos y HASTA siete mil ochocientos (7.800) kilogramos de residuos peligrosos, generados en los inmuebles ubicados en Sarmiento 373, Sarmiento 455 y Olive 1159, de la Ciudad de Rosario, conforme al Anexo que se agrega y pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 2°.- El monto total de la presente renovación asciende a la suma de HASTA PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS CINCO CON 04/100 ($ 2.660.405,04). ARTÍCULO 3°.- Autorizar a la Subgerencia de Compras y Contrataciones a emitir y suscribir la correspondiente Orden de Compra, facultándola a disponer su liberación al sólo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme la renovación dispuesta en los Artículos 1° y 2° de la presente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0257/GA-GESP/2016 Enrique M. NOLTING – Gerente de Administración Dr. Guillermo M. LEMA – Gerente de Efectores Sanitarios Propios

Disposición Conjunta N° 0258

BUENOS AIRES, 26 MAY 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0002086-2, yCONSIDERANDO: Que por el Expediente citado se tramita la contratación de un servicio de análisis, desarrollo de marca, modernización y mejora del servicio de atención al afiliado. Que por Disposición N° 1091/GA/16, se autorizó la realización de un llamado a Licitación Pública en los términos establecidos por los Artículos 19° inciso a) del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificatorias, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la

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Año XII - N° 2553 :: BUENOS AIRES, Viernes 27 de Mayo de 2016 ::

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contratación. Que el llamado fue registrado por la Subgerencia de Compras y Contrataciones como Licitación Pública N° 18/16 fijándose la presentación y apertura de ofertas para el día 03 de Mayo de 2016. Que la convocatoria a presentar ofertas se publicó mediante avisos en el Boletín Oficial de la República Argentina (Tercera Sección) los días 18 y 19 de Abril de 2016, así como también en la página de Internet del Instituto. Que por correo electrónico fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro de Proveedores del Instituto. Que según surge del Acta de Apertura se presentaron dos (2) oferentes, a saber: DAS BRANDING & DESIGN y LA COCINA IDENTIDAD DE MARCAS S.R.L. Que por Disposición N° 57/SDE/16 se designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora correspondiente a la Licitación Pública N° 18/16. Que habiendo detectado incumplimientos subsanables, y a los fines de no restringir el principio de concurrencia de ofertas en consonancia con lo establecido por el Artículo 7° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, la citada Comisión procedió a comunicar al oferente LA COCINA IDENTIDAD DE MARCAS S.R.L. los distintos puntos que merecían aclaración y/o subsanación. Que recibida la información solicitada y, habiéndose realizado el análisis de los requisitos formales y técnicos correspondientes, la Comisión actuante manifiesta que la oferta de las firma LA COCINA IDENTIDAD DE MARCAS S.R.L. cumple con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos, por lo que corresponde declararla admisible. Que en relación a la oferta presentada por la firma DAS BRANDING & DESIGN se entiende que deviene abstracto su análisis por cuanto la misma no constituye oferta alguna; no debiendo, en consecuencia, ser considerada. Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, la Comisión Evaluadora recomienda adjudicar la Licitación Pública N° 18/16 a la firma LA COCINA IDENTIDAD DE MARCAS S.R.L. Que la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Administración ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N° 589/DE/14 y N° 004/DE/15,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EL SECRETARIO GENERAL DE RELACIONES

INSTITUCIONALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

DISPONEN: ARTÍCULO 1°.- Declárase admisible la oferta presentada por la firma LA COCINA IDENTIDAD DE MARCAS S.R.L. en la Licitación Pública N° 18/16, para la contratación de un servicio

de análisis, desarrollo de marca, modernización y mejora del servicio de atención al afiliado. ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la Licitación Pública N° 18/16 a la firma COCINA IDENTIDAD DE MARCAS S.R.L. por la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000,00.-), de conformidad con el anexo que se agrega y que pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la Subgerencia de Compras y Contrataciones a emitir y suscribir la correspondiente Orden de Compra a favor de la empresa adjudicataria, facultándola a disponer su liberación al sólo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme la adjudicación dispuesta en el Artículo 3° de la presente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICION CONJUNTA N° 0258/GA-SGRI/2016Enrique M. NOLTING – Gerente de AdministraciónDr. Martín VOSS – Secretario de Relaciones Institucionales

ANEXO - DISPOSICION CONJUNTA N° 0258-16 COCINA IDENTIDAD DE MARCAS S.R.L.

DESCRIPCION MONTO TOTAL Servicio de análisis, desarrollo de marca, modernización y mejora del servicio de atención al afiliado.

$ 1.200.000,00.-

EL MONTO TOTAL DE LA PRESENTE ADJUDICACION ASCIENDE A LA SUMA DE PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000,00.-).

Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0895/DE/12, 0385/DE/14 y 0039/DE/16

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director EjecutivoDr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo

ISO 9001:2008Management Systemwww.tuv.com ID 9105061801

Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa

[email protected] / [email protected]