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Normas Internacionales de ContabilidadNICs

NIC 1 Presentacin de Estados FinancierosEsta Norma establece las bases para la presentacin de los estados financieros de propsito general, para asegurar que los mismos sean comparables, tanto con los estados financieros de la misma entidad correspondientes a periodos anteriores, como con los de otras entidades. Esta Norma establece requerimientos generales para la presentacin de los estados financieros, guas para determinar su estructura y requisitos mnimos sobre su contenido. Un juego completo de estados financieros comprende: a. un estado de situacin financiera al final del periodo; b. un estado del resultado integral del periodo; c. un estado de cambios en el patrimonio del periodo; d. un estado de flujos de efectivo del periodo; e. notas, que incluyan un resumen de las polticas contables ms significativas y otra informacin explicativa;f. un estado de situacin financiera al principio del primer periodo comparativo, cuando una entidad aplique una poltica contable retroactivamente o realice una re expresin retroactiva de partidas en sus estados financieros, o cuando reclasifique partidas en sus estados financieros. Una entidad cuyos estados financieros cumplan las NIIF efectuar, en las notas, una declaracin, explcita y sin reservas, de dicho cumplimiento. Una entidad no sealar que sus estados financieros cumplen con las NIIF a menos que satisfagan todos los requerimientos de stas. Se presume que la aplicacin de las NIIF, acompaada de informacin adicional cuando sea preciso, dar lugar a estados financieros que proporcionen una presentacin razonable. Al elaborar los estados financieros, la gerencia evaluar la capacidad que tiene una entidad para continuar en funcionamiento. Una entidad elaborar los estados financieros bajo la hiptesis de negocio en marcha, a menos que la gerencia pretenda liquidar la entidad o cesar en su actividad, o bien no exista otra alternativa ms realista que proceder de una de estas formas. Cuando la gerencia, al realizar esta evaluacin, sea consciente de la existencia de incertidumbres importantes, relativas a eventos o condiciones que puedan aportar dudas significativas sobre la posibilidad de que la entidad siga funcionando normalmente, proceder a revelarlas en los estados financieros.La NIC 1 requiere que una entidad presente, en el estado de cambios en el patrimonio, todos los cambios en el patrimonio que proceden de los propietarios. Todos los cambios en el patrimonio que no proceden de los propietarios (Es decir en el resultado integral) se requiere que se presenten en un estado del resultado integral o en dos estados (un estado del resultado separado y un estado del resultado integral). NIC 2 InventariosEl objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los inventarios. Un tema fundamental en la contabilidad de los inventarios es la cantidad de costo que debe reconocerse como un activo, para que sea diferido hasta que los ingresos correspondientes sean reconocidos. Esta Norma suministra una gua prctica para la determinacin de ese costo, as como para el subsiguiente reconocimiento como un gasto del periodo, incluyendo tambin cualquier deterioro que rebaje el importe en libros al valor neto realizable. Tambin suministra directrices sobre las frmulas del costo que se usan para atribuir costos a los inventarios. Los inventarios se medirn al costo o al valor neto realizable, segn cul sea menor.Valor neto realizable es el precio estimado de venta de un activo en el curso normal de la operacin menos los costos estimados para terminar su produccin y los necesarios para llevar a cabo la venta.El costo de los inventarios comprender todos los costos derivados de su adquisicin y transformacin, as como otros costos en los que se haya incurrido para darles su condicin y ubicacin actuales.El costo de los inventarios ser asignado siguiendo el mtodo de primera entrada primera salida (FIFO) o el coste medio ponderado. La entidad utilizar la misma frmula de costo para todos los inventarios que tengan una naturaleza y uso similares. Para los inventarios con una naturaleza o uso diferente, puede estar justificada la utilizacin de frmulas de costo tambin diferentes. El costo de los inventarios de productos que no son habitualmente intercambiables entre s, as como de los bienes y servicios producidos y segregados para proyectos especficos, se determinar a travs de la identificacin especfica de sus costos individuales. Cuando los inventarios sean vendidos, el importe en libros de los mismos se reconocer como gasto del periodo en el que se reconozcan los correspondientes ingresos de operacin. El importe de cualquier disminucin de valor, hasta alcanzar el valor neto realizable, as como todas las dems prdidas en los inventarios, sern reconocidas como gasto en el periodo en que ocurra la disminucin o la prdida. El importe de cualquier reversin de la disminucin de valor que resulte de un incremento en el valor neto realizable, se reconocer como una reduccin en el valor de los inventarios, que hayan sido reconocidos como gasto, en el periodo en que la recuperacin del valor tenga lugar.

NIC 7 Estados de Flujos de EfectivoEl objetivo de esta Norma es requerir el suministro de informacin sobre los cambios histricos en el efectivo y equivalentes al efectivo de una entidad mediante un estado de flujos de efectivo en el que los flujos de fondos del perodo se clasifiquen segn que procedan de actividades de operacin, de inversin y de financiacin. Flujos de efectivo son las entradas y salidas de efectivo y equivalentes al efectivo. El efectivo comprende tanto la caja como los depsitos bancarios a la vista. Los equivalentes al efectivo son inversiones a corto plazo de gran liquidez, que son fcilmente convertibles en importes determinados de efectivo, estando sujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor.El estado de flujos de efectivo informar acerca de los flujos de efectivo habidos durante el periodo, clasificndolos por actividades de operacin, de inversin y de financiacin. Actividades de operacin: Son las actividades que constituyen la principal fuente de ingresos de la entidad, as como otras actividades que no puedan ser calificadas como de inversin o financiacin. Los flujos de efectivo procedentes de las actividades de operacin se derivan fundamentalmente de las transacciones que constituyen la principal fuente de ingresos de actividades ordinarias de la entidad. Por tanto, proceden de las operaciones y otros sucesos que entran en la determinacin de las ganancias o prdidas netas.Actividades de inversin: Son las de adquisicin y disposicin de activos a largo plazo, as como de otras inversiones no incluidas en el efectivo y los equivalentes al efectivo. La presentacin separada de los flujos de efectivo procedentes de las actividades de inversin es importante, porque tales flujos de efectivo representan la medida en la cual se han hecho desembolsos por causa de los recursos econmicos que van a producir ingresos y flujos de efectivo en el futuro.Actividades de financiacin: Son las actividades que producen cambios en el tamao y composicin de los capitales propios y de los prstamos tomados por parte de la entidad. Es importante la presentacin separada de los flujos de efectivo procedentes de actividades de financiacin, puesto que resulta til al realizar la prediccin de necesidades de efectivo para cubrir compromisos con los suministradores de capital a la entidad.Efectivo y equivalentes al efectivo: Una entidad revelar los componentes del efectivo y equivalentes al efectivo, y presentar una conciliacin de los importes de su estado de flujos de efectivo con las partidas equivalentes sobre las que se informa en el estado de situacin financiera. La entidad debe revelar en sus estados financieros, acompaado de un comentario por parte de la gerencia, cualquier importe significativo de sus saldos de efectivo y equivalentes al efectivo que no est disponible para ser utilizado por ella misma o por el grupo al que pertenece.NIC 8 Polticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y ErroresEl objetivo de esta Norma es prescribir los criterios para seleccionar y modificar las polticas contables, as como el tratamiento contable y la informacin a revelar acerca de los cambios en las polticas contables, de los cambios en las estimaciones contables y de la correccin de errores. La Norma trata de realzar la relevancia y fiabilidad de los estados financieros de una entidad, as como la comparabilidad con los estados financieros emitidos por sta en periodos anteriores, y con los elaborados por otras entidades. Polticas Contables: Son los principios especficos, bases, acuerdos, reglas y procedimientos adoptados por la entidad en la elaboracin y presentacin de estados financieros. Cuando una Norma o Interpretacin sea especficamente aplicable a una transaccin, otro evento o condicin, la poltica o polticas contables aplicadas a esa partida se determinarn aplicando la Norma o Interpretacin en cuestin, y considerando adems cualquier Gua de Implementacin relevante emitida por el IASB para esa Norma o Interpretacin.En ausencia de una Norma o Interpretacin que sea aplicable especficamente a una transaccin o a otros hechos o condiciones, la gerencia deber usar su juicio en el desarrollo y aplicacin de una poltica contable, a fin de suministrar informacin que sea: Al realizar los juicios descritos en el prrafo 10, la gerencia deber referirse, en orden descendente, a las siguientes fuentes y considerar su aplicabilidad: a. los requisitos y guas establecidas en las Normas e Interpretaciones que traten temas similares y relacionados; y b. las definiciones, as como los requisitos de reconocimiento y medicin, establecidos para activos, pasivos, ingresos y gastos en el Marco Conceptual.Cambio en una estimacin contable: La utilizacin de estimaciones razonables es parte esencial en la elaboracin de los estados financieros, y no socava su fiabilidad. Un cambio en una estimacin contable es un ajuste en el importe en libros de un activo o de un pasivo, o en el importe del consumo peridico de un activo, que se produce tras la evaluacin de la situacin actual del elemento, as como de los beneficios futuros esperados y de las obligaciones asociadas con los activos y pasivos correspondientes. Los cambios en las estimaciones contables son el resultado de nueva informacin o de nuevos acontecimientos y, en consecuencia, no son correcciones de errores.

NIC 10 Hechos Ocurridos despus del Periodo sobre el que se InformaEl objetivo de esta Norma es prescribir: (a) cundo una entidad debera ajustar sus estados financieros por hechos ocurridos despus del periodo sobre el que se informa; y (b) la informacin a revelar que una entidad debera efectuar respecto a la fecha en que los estados financieros fueron autorizados para su publicacin, as como respecto a los hechos ocurridos despus del periodo sobre el que informa. La Norma requiere tambin que una entidad no debera elaborar sus estados financieros bajo la hiptesis de negocio en marcha, si los hechos ocurridos despus del periodo sobre el que informa indican que dicha hiptesis no resulta apropiada. Los hechos ocurridos despus del periodo sobre el que informa son todos aquellos eventos, ya sean favorables o desfavorables, que se han producido entre el final del periodo sobre el que informa y la fecha de autorizacin de los estados financieros para su publicacin. Pueden identificarse dos tipos de eventos:(a) aquellos que proporcionan evidencia de las condiciones que existan al final del periodo sobre el que informa (hechos ocurridos despus del periodo sobre el que se informa que implican ajuste); y(b) aquellos que son indicativos de condiciones que han aparecido despus del periodo sobre el que se informa (hechos ocurridos despus del periodo sobre el que se informa que no implican ajuste).Una entidad ajustar los importes reconocidos en sus estados financieros, para reflejar la incidencia de los hechos ocurridos despus del periodo sobre el que se informa que impliquen ajustes. Una entidad no ajustar los importes reconocidos en sus estados financieros, para reflejar hechos ocurridos despus del periodo sobre el que se informa que no impliquen ajustes. Si hechos ocurridos despus del periodo sobre el que se informa que no implican ajuste son materiales, no revelar esta informacin puede influir en las decisiones econmicas que los usuarios puedan tomar sobre la base de los estados financieros. Por consiguiente, una entidad revelar la siguiente informacin sobre cada categora significativa de hechos ocurridos despus del periodo sobre el que se informa que no implican ajuste: (a) la naturaleza del evento; y(b) una estimacin de sus efectos financieros, o un pronunciamiento sobre la imposibilidad de realizar tal estimacin. Si, despus del periodo sobre el que se informa, una entidad recibiese informacin acerca de condiciones que existan al final del periodo sobre el que se informa, actualizar la informacin a revelar relacionada con esas en funcin de la informacin recibida.

NIC 11 Contratos de ConstruccinEl objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los ingresos de actividades ordinarias y los costos relacionados con los contratos de construccin. Debido a la naturaleza propia de la actividad llevada a cabo en los contratos de construccin, la fecha en que la actividad del contrato comienza y la fecha en la que termina el mismo caen, normalmente, en diferentes periodos contables, Por tanto, la cuestin fundamental al contabilizar los contratos de construccin es la distribucin de los ingresos de actividades ordinarias y los costos que cada uno de ellos genere, entre los periodos contables a lo largo de los cuales se ejecuta. Esta Norma debe ser aplicada para la contabilizacin de los contratos de construccin, en los estados financieros de los contratistas. Un contrato de construccin es un contrato, especficamente negociado, para la fabricacin de un activo o un conjunto de activos, que estn ntimamente relacionados entre s o son interdependientes en trminos de su diseo, tecnologa y funcin, o bien en relacin con su ltimo destino o utilizacin.Los requisitos contables de esta Norma se aplican, generalmente, por separado para cada contrato de construccin. No obstante, en ciertas circunstancias y a fin de reflejar mejor la esencia econmica de la operacin, es necesario aplicar la Norma independientemente a los componentes identificables de un contrato nico, o juntar un grupo de contratos a efectos de su tratamiento contable.Los ingresos de actividades ordinarias del contrato deben comprender: (a) el importe inicial del ingreso de actividades ordinarias acordado en el contrato; y (b) cualquier modificacin en el trabajo contratado, as como reclamaciones o incentivos: a. En la medida que sea probable que de los mismos resulte un ingreso de actividades ordinarias; y b. Siempre que sean susceptibles de medicin fiable. Los ingresos de actividades ordinarias del contrato se miden por el valor razonable de la contraprestacin recibida o por recibir. Los costos del contrato deben comprender: (a) los costos que se relacionen directamente con el contrato especfico;(b) los costos que se relacionen con la actividad de contratacin en general, y pueden ser imputados al contrato especfico; y (c) cualesquiera otros costos que se puedan cargar al cliente, bajo los trminos pactados en el contrato. Cuando el resultado de un contrato de construccin puede ser estimado con suficiente fiabilidad, los ingresos de actividades ordinarias y los costos asociados con el mismo deben ser reconocidos como ingreso de actividades ordinarias y gastos respectivamente, con referencia al estado de terminacin de la actividad producida por el contrato al final del periodo sobre el que se informa.

NIC 12 Impuesto a las GananciasEl objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias. Para los propsitos de esta Norma, el trmino impuesto a las ganancias incluye todos los impuestos, ya sean nacionales o extranjeros, que se relacionan con las ganancias sujetas a imposicin. El impuesto a las ganancias incluye tambin otros tributos, tales como las retenciones sobre dividendos, que se pagan por parte de una entidad subsidiaria, asociada o negocio conjunto, cuando proceden a distribuir ganancias a la entidad que informa.El principal problema al contabilizar el impuesto a las ganancias es cmo tratar las consecuencias actuales y futuras de: a. la recuperacin (liquidacin) en el futuro del importe en libros de los activos (pasivos) que se han reconocido en el estado de situacin financiera de la entidad; b. las transacciones y otros sucesos del periodo corriente que han sido objeto de reconocimiento en los estados financieros.Reconocimiento. El impuesto corriente, correspondiente al periodo presente y a los anteriores, debe ser reconocido como un pasivo en la medida en que no haya sido liquidado. Si la cantidad ya pagada, que corresponda al periodo presente y a los anteriores, excede el importe a pagar por esos perodos, el exceso debe ser reconocido como un activo. Los pasivos (activos) corrientes de tipo fiscal, ya procedan del periodo presente o de perodos anteriores, deben ser medidos por las cantidades que se espere pagar (recuperar) de la autoridad fiscal, utilizando la normativa y tasas impositivas que se hayan aprobado, o cuyo proceso de aprobacin est prcticamente terminado, al final del periodo sobre el que se informa.Medicin .Los activos y pasivos por impuestos diferidos deben medirse empleando las tasas fiscales que se espera sean de aplicacin en el periodo en el que el activo se realice o el pasivo se cancele, basndose en las tasas (y leyes fiscales) que al final del periodo sobre el que se informa hayan sido aprobadas o prcticamente terminado el proceso de aprobacin.Distribucin Esta Norma exige que las entidades contabilicen las consecuencias fiscales de las transacciones y otros sucesos de la misma manera que contabilizan esas mismas transacciones o sucesos econmicos. As, los efectos fiscales de transacciones y otros sucesos que se reconocen en el resultado del periodo se registran tambin en los resultados. Para las transacciones y otros sucesos reconocidos fuera del resultado (ya sea en otro resultado integral o directamente en el patrimonio), cualquier efecto impositivo relacionado tambin se reconoce fuera del resultado (ya sea en otro resultado integral o directamente en el patrimonio).

NIC 16 PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPOLas propiedades, plantas y equipos son activos de empresa, para usarlos en produccin de bienes y servicios, arrendados a terceros opara uso y de los cuales se espera una duracin dems de un periodo. Un activo debe ser reconocidocomo parte del rubro cuando es probable que ste provea a la empresa beneficios econmicos futuros y cuando su costo pueda ser cuantificado confiablemente.Estos deben ser registrados y mantenidos a costo de adquisicin o construccin, incluidos los derechos de importacin e impuestos no recuperables respecto de la compra, y deben presentarse rebajados de su correspondiente depreciacin acumulada.Las mejoras en propiedad, plantay equipos se suman a su valor en libro cuando es probable que se generenbeneficios econmicos futuros en exceso de los ya obtenidos. Los activos fijos deben incluir todos los costos incurridos para adquisicin o construccin hasta que entran en funcionamiento(transporte, instalacin y otros).Los bienes inmuebles, ya sea el costo del terreno y costo construccin se registran separados. Al demoler, el costo de construccin y gatos de demolicin se agregan al valor del terreno y se deduce los montos por venta de escombros y otros. Las adiciones y mejoras con objetode extenderla vida til del bien o mejorar su capacidad productiva en forma significativa, deben sercontabilizadas en el activo fijo. Los activos fijos se corrigen monetariamente yse deprecian en el periodo contable.

NIC 17 ARRENDAMIENTOSLos contratos de arriendo pueden serfinancieros u operativos, dependems de la sustancia del contrato que de su forma legal. Arrendamiento financiero: utiliza el bien durante la mayor parte de su vidatil asumiendo todos los riesgos, a cambio de laobligacin de pagaral arrendador por este derecho.Al inicio del contrato, el arrendatario debe registrar un activo por el bienarrendado y un pasivo por los pagos futuros. La depreciacin del activo se debe registrar encada periodo durante el tiempode este sea utilizado, as como tambin y un cargopor el pago de la obligacin.El arrendador debe registrar el bienen arriendo como una cuenta por cobrar y no como propiedad, planta y equipo. Adicionalmente, debe registrar los pagos del arriendo como pagos de capital oreembolso de la inversin efectuada.Arrendamiento operativo: consiste en que no se transfieren sustancialmente los riesgos y beneficios del propietario al arrendatario. El arrendatario debe cargar a resultados las rentas pagadas en el periodo contable correspondiente, mientras que el arrendadordebe registrar los bienes como propiedad, planta y equipo.Los estados financieros del arrendatario deben revelar el monto de los activos arrendados (si es financiero, los pasivos asociados, los periodos del vencimiento de los pagos y cualquiera otra restriccin o contingencia relacionada con el arrendamiento.Y el otro debe presentar la inversin bruta en arrendamiento financiero, los ingresos no devengados por ese concepto y los valores residuales estimados. Esta norma no se aplicaa contratos para exploracin o uso derecursos naturales.Contrato de arrendamiento o leasing: contrato en que una persona naturalo jurdica, traspasa a la otra el derecho de usar un bien fsico a cambio de compensacin, pago peridico portiempo determinado, al trmino del cual el arrendatario tiene opcin de comprar el bien, renovar contrato o devolver el bien.El leasing financiero y el operativo.Leasing financiero: al terminar el contrato se transfiere la propiedad del bienal arrendatario. El valor de la opcin de compradeterminada es mucho ms inferior que el valorde mercado actual. El valor actual de las cuotas de arrendamiento corresponde al 90% o ms del valor del contrato. El 75% o ms de la vida til del bien esta cubierta por el contrato. Los riesgos y control de la propiedad han sido asumidos por el arrendatario. Los bienes han sido comprados por el arrendador apeticin del arrendatario. El valor actual de las cuotas de arrendamiento son mucho mayores que la proporcin del a vida til cubierta porel contrato.El arrendatario debe tratar el contrato de leasing, como una compra deactivo fijo, deprecindolo y corrigindolo. El arrendador lo har como una venta de activo fijo. Debiendo registrar la deuda por cobrar y los intereses diferidos por recibir.Leasing operativo: se contabiliza en forma similar a un contrato de arriendo normal. El arrendatario debe contabilizar las cuotas pagadas como un gasto operacional del periodo. Si es el caso, deber diferir el pago anticipado y amortizar las cuotas a medidaque se devengan.Y el otro debe registrar en resultados operacionales los ingresos devengados por este concepto. Si recibe pagos anticipados, deber registrarlos como un pasivo transitorio y traspasarlos a resultados a medida que se devengan.

NIC 18 INGRESOS ORDINARIOSEntrada recursos a empresa fuente distinta delos propietarios, generan por actividades ordinarias en el periodo. No se consideran ingresos aquellas transacciones relacionadas con intercambio bienes y servicio (como datos opermutas).Ingresos en cta. Bienes: riesgos y beneficios son transferidos comprador, empresa no tiene control sobre bien.Prestacin servicio: ingreso se determina junto al monto, la etapa puede ser determinada a fecha estado financieros y costo incurridos pueden ser cuantificados con seguridad.La empresa debe revelar Estado Financiero, polticas contables, ingresos, etapas prestacin servicio, cantidad ingresos reconocidos por tipo transaccin (venta, servicios). Ventas y otros ingresos no deben reconocerse anticipadamente o registrados por montos distintos reales. Los costos y gastos deben asociarse con esos ingresos, debe existir corte contable para relacionar costos e ingresos.

NIC 19 BENEFICIOS A EMPLEADOSLos planes beneficios por retiro son: convenios formales en la que la empresa proporciona beneficios a empleado al momento de dejar la empresa o posterior.

Pueden ser por ley o partes. El costo beneficios ms trabajador presta servicios y la empresa reconoce como gasto periodo servicios son prestados.Los beneficios la empresa los debe pagar por ajustes de planes servicios y prestadas o ajustes por otros motivos se deben reconocer gasto o ingresos en periodo vida remanente de trabajo que esperan los trabajadores.

NIC 20 CONTABILIZACION DE LAS SUBVENCIONES DEL GOBIERNOLas subvenciones del gobierno, incluyendo las de carcter no monetario por su valor razonable, no debern ser reconocidas hasta que no exista una prudente seguridad de que: (a) la entidad cumplir con las condiciones ligadas a ellas; (b) se recibirn las subvenciones. Una subvencin del gobierno no ser reconocida como tal hasta que exista una razonable seguridad de que la entidad cumplir las condiciones asociadas a ella, y que, por tanto, la recibir en la forma predeterminada. El mero hecho de recibir la subvencin no constituye una evidencia concluyente de que las condiciones asociadas a la misma han sido o sern cumplidas.Las subvenciones del gobierno se reconocern en resultados sobre una base sistemtica a lo largo de los periodos en los que la entidad reconozca como gasto los costos relacionados que la subvencin pretende compensar.

NIC 21 EFECTOS DE LAS VARIACIONES EN LOS TIPOS DE CAMBIO DE LA MONEDA EXTRANJERALas actividades extranjeras son 2 tipos: transacciones en monedas extrajeras y operaciones extranjeras.Transacciones monedas extranjeras: deben serliquidadas en moneda distinta a la informada en estado financiero (compra o venta de mercadera como prestamos y contratos) a la fecha de los estados financieroslas partidas monetarias deben estar tipo de cambio de cierre, las partidas no monetaria registran costos histricos y deben estar al tipode cambio de la fecha de transaccin, registran el valor de mercado.Las diferencias deben ser reconocidas como gastos o ingresos en el periodo que las originan, para informar las transacciones con distintas tasas.Operaciones Extranjeras: son subsidiarias, asociadas, negocios conjuntos o sucursales establecidas en pas distinto de laentidad reportadora, estas se dividen: operaciones extranjeras (integrales a las operaciones de la entidad que informa) y entidad extranjeras.Define 2 tipos de inversiones: instrumento de renta fija e inversiones en acciones o derechos en sociedad.Inversiones en instrumentos derenta fija: se expresa en moneda pactada, debe valorizarse a costo histrico corregido y los intereses se reconocen a medida que son de vengados.Inversin en acciones o derecho ensociedad: encontramos las inversiones temporales y permanentes.Temporales: se valorizan al costo histrico y se deben corregir. Los intereses se reconocen al percibirlos.Permanente: se valorizan aplicando mtodo de ValorPatrimonial Proporcional (vpp).

NIC 22 COMBINACIONES DE NEGOCIOS

Una combinacin de negocios nace cuando dos o mas entidades separadas se unen para darpaso a una sola, debidoa la unin de inters eso porque una pasa a tomar el control de otra.Si la operacin consiste en una adquisicin de activos, estos deben ser registrados al valoren que los activos podran ser vendidos y los pasivos liquidados en situacin de libre mercado. Los activos y pasivos de la subsidiaria deben ser registrados en el estado deresultado y balance de la controladora. La fecha de adquisicin es aquella en que elcontrol de los activos es traspasado efectivamente a los clientes.Si la transaccin es a travs de acciones,el valor pagado debe ser identificado con los activos y pasivos que realmente se est adquiriendo. Cuando la compra deacciones se efecta en varias etapas, el valorde los activos y pasivos asociados pueden variar a la fecha de la transaccin.

NIC 23 COSTOS POR FINANCIAMIENTOLos costos por prstamos que sean directamente atribuibles a la adquisicin, construccin o produccin de un activo apto forman parte del costo de dichos activos. Los dems costos por prstamos se reconocen como gastos. Son costos por prstamos los intereses y otros costos en los que la entidad incurre, que estn relacionados con los fondos que ha tomado prestadosUna entidad capitalizar los costos por prstamos que sean directamente atribuibles a la adquisicin, construccin o produccin de activos aptos, como parte del costo de dichos activos. Una entidad deber reconocer otros costos por prstamos como un gasto en el periodo en que se haya incurrido en ellos. Un activo apto, es aquel el que requiere, necesariamente, de un periodo sustancial antes de estar listo para el uso al que est destinado o para la venta. En la medida en que los fondos se hayan tomado prestados especficamente con el propsito de obtener un activo apto, la entidad determinar el importe de los mismos susceptibles de capitalizacin como los costos por prstamos reales en los que haya incurrido por tales prstamos durante el periodo, menos los rendimientos conseguidos por la inversin temporal de tales fondos.Una entidad comenzar la capitalizacin de los costos por prstamos como parte de los costos de un activo apto en la fecha de inicio. La fecha de inicio para la capitalizacin es aquella en que la entidad cumple por primera vez toda y cada una de las siguientes condiciones: (a) incurre en desembolsos en relacin con el activo; (b) incurre en costos por prstamos; y (c) lleva a cabo las actividades necesarias para preparar al activo para el uso al que est destinado o para su venta.

NIC 24 INFORMACIN A REVELAR SOBRE PARTES RELACIONADASSe considerar que existen partes relacionadas cuando una de las compaas involucradas ejerce control y tiene influencia significativa en la toma de decisiones de la otra.Los entes sujetos a estas normativas son aquellas compaas que directa o indirectamente controlan o son controladas porotra compaa.Si han existido transacciones se debe informarla naturaleza, tipos y elementos de ellas.Aunque durante el periodo no hayan existido transacciones entre partes relacionadas, la relacin entre ellas debe revelarse

Al comparar las normas, se encuentra que hay una relacin existente entre la entidad que informa y sus afiliadas. Las inversiones en otras entidades se contabilizan segn el mtodo del VPP, y aquellas compaas que influyen o son influidas significativamente en la toma de decisiones para la informante.Dado que las transacciones entre partes relacionadas puede afectar significativamente la situacin financiera y el resultado de una entidad, deben ser presentadas en los estados financieros o reveladas en notas, incluyendo la naturaleza, monto y efecto en los resultados delos ejercicios y tambin deben ser expuestas de manera que facilite el anlisis y comprensin delos estados financieros.

NIC 26. Contabilizacin e Informacin Financiera sobre Planes de Beneficio por Retiro

Esta Norma se aplica a los estados financieros de planes de beneficio por retiro, cuando stos se preparan. Los planes de beneficio por retiro son conocidos, en ocasiones, con otros nombres, tales como planes de pensiones, sistemas complementarios de prestaciones por jubilacin o planes de beneficios por retiro. Los planes de beneficio por retiro se consideran, en la Norma, como entidades diferentes de los empleadores y de las personas que participan en dicho planes. El resto de las Normas son aplicables a las informaciones procedentes de los planes de beneficio por retiro, en la medida en que no queden derogadas por la presente Norma.

Los planes de beneficio por retiro pueden ser de aportaciones definidas o de beneficios definidos. Muchos de ellos exigen la creacin de fondos separados, que pueden o no tener personalidad jurdica independiente, as como pueden o no tener fideicomisarios que reciben las aportaciones y pagan los beneficios por retiro. Aplica con independencia de la creacin del fondo separado o de la existencia de fideicomisarios. Los planes de beneficio por retiro cuyos activos han sido invertidos en una compaa de seguros, estn sometidos a las mismas obligaciones de contabilidad y capitalizacin que aqullos donde las inversiones se administran privadamente. Por consiguiente, estos planes quedan dentro del alcance de esta Norma, a menos que el contrato con la compaa de seguros se haya hecho en nombre de un participante especfico o de un grupo de participantes, y la obligacin sobre los beneficios por retiro recaiga exclusivamente sobre la citada compaa. No se ocupa de otros tipos de ventajas sociales de los empleados tales como las indemnizaciones por despido, los acuerdos de remuneracin diferida, las gratificaciones por ausencia prolongada, los planes de retiro anticipado o de reestructuracin de plantilla, los programas de seguros de enfermedad y de previsin colectiva o los sistemas de bonos a los trabajadores. Tambin se excluyen del alcance de la Norma los programas de seguridad social del gobierno.En la informacin procedente de un plan de aportaciones definidas, debe incluirse un estado de los activos netos para atender beneficios, as como una descripcin de la poltica de capitalizacin. Algunos planes de beneficio por retiro son financiados por personas distintas de los empleadores; esta Norma tambin es de aplicacin a la informacin financiera sobre tales planes. La mayora de los planes de beneficio por retiro se basan en un acuerdo contractual. Algunos planes son informales, pero han adquirido un carcter obligatorio como resultado de costumbres establecidas por los empleadores. Mientras que ciertos planes permiten al empleador terminar, en algn momento, con todas las obligaciones derivadas de los mismos, normalmente es difcil para el empleador cancelar un plan si los empleados han de permanecer a su servicio. Las mismas bases de contabilidad e informacin financiera se aplican a los planes formales y a los informales.

NIC 27 Estados Financieros Consolidados y SeparadosEst Norma ser de aplicacin en la elaboracin y presentacin de los estados financieros consolidados de un grupo de entidades bajo el control de una controladora. En el caso de que una entidad opte por presentar estados financieros separados, o est obligada a ello por las regulaciones locales, aplicar tambin esta Norma al contabilizar las inversiones en subsidiarias, entidades controladas de forma conjunta y asociadas.Una controladora no necesita presentar estados financieros consolidados si, y slo si: a) la controladora es, a su vez, una subsidiaria total o parcialmente participada por otra entidad y sus otros propietarios, incluyendo los titulares de acciones sin derecho a voto, han sido informados de que la controladora no presentar estados financieros consolidados y no han manifestado objeciones a ellob) Los instrumentos de pasivo o de patrimonio de la controladora no se negocian en un mercado pblico (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado no organizado, incluyendo mercados locales y regionales).c) La controladora no registra, ni est en proceso de hacerlo, sus estados financieros en una comisin de valores u otra organizacin reguladora, con el propsito de emitir algn tipo de instrumentos en un mercado pblico.d) La controladora ltima, o alguna de las controladoras intermedias, elaboran estados financieros consolidados que estn disponibles para el pblico y cumplen con las Normas Internacionales de Informacin Financiera.Se presumir que existe control cuando la controladora posea, directa o indirectamente a travs de otras subsidiarias, ms de la mitad del poder de voto de otra entidad, excepto en circunstancias excepcionales en las que se pueda demostrar claramente que esta posesin no constituye control. Tambin existir control cuando una controladora, que posea la mitad o menos del poder de voto de una entidad.Al elaborar los estados financieros consolidados, una entidad combinar los estados financieros de la controladora y sus subsidiarias, lnea por lnea, agregando las partidas que representen activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos de contenido similar. Para que los estados financieros consolidados presenten informacin financiera del grupo, como si se tratase de una sola entidad econmica.Cuando una entidad elabore estados financieros separados, contabilizar las inversiones en subsidiarias, entidades controladas de forma conjunta y asociadas: a) Al costo, o b) De acuerdo con la NIIF 9.

NIC 28. Inversiones en AsociadasEsta Norma se aplicar al contabilizar las inversiones en asociadas. No obstante, no ser de aplicacin a las inversiones en asociadas mantenidas por: a) Entidades de capital riesgo, o b) Instituciones de inversin colectiva, fondos de inversin u otras entidades similares, entre las que se incluyen los fondos de seguro ligados a inversiones que se miden al valor razonable con cambios en resultados de acuerdo con la NIIF 9 Instrumentos Financieros. Una entidad medir estas inversiones al valor razonable con cambios en resultados de acuerdo con la NIIF 9. Una entidad que mantenga una inversin de esa naturaleza revelar la informacin a revelar.Se presume que el inversor ejerce influencia significativa si posee, directa o indirectamente (por ejemplo, a travs de subsidiarias), el 20 por ciento o ms del poder de voto en la participada, salvo que pueda demostrarse claramente que tal influencia no existe. A la inversa, se presume que el inversor no ejerce influencia significativa si posee, directa o indirectamente (por ejemplo, a travs de subsidiarias), menos del 20 por ciento del poder de voto en la participada, salvo que pueda demostrarse claramente que existe tal influencia. La existencia de otro inversor, que posea una participacin mayoritaria o sustancial, no impide necesariamente que se ejerza influencia significativa. Segn el mtodo de la participacin, la inversin en una asociada se registrar inicialmente al costo, y se incrementar o disminuir su importe en libros para reconocer la porcin que corresponde al inversor en el resultado del periodo obtenido por la entidad participada, despus de la fecha de adquisicin. El inversor reconocer, en su resultado del periodo, la porcin que le corresponda en los resultados de la participada. Las distribuciones recibidas de la participada reducirn el importe en libros de la inversin. Podra ser necesaria la realizacin de ajustes para recoger las alteraciones que sufra la participacin proporcional en la entidad participada, como consecuencia de cambios en otro resultado integral de la entidad participada. Un inversor dejar de aplicar el mtodo de la participacin desde la fecha en que cese de tener una influencia significativa sobre una asociada y contabilizar desde ese momento la inversin de acuerdo con la NIIF 9, siempre que la asociada no se haya convertido en una subsidiaria o en un negocio conjunto, segn se definen en la NIC 31. Si se produce la prdida de influencia significativa, el inversor medir a valor razonable la inversin que mantenga en la anterior asociada. El inversor reconocer en resultados las diferencias entre: a) El valor razonable de cualquier inversin retenida y el producto de la disposicin de parte de la participacin en la asociada; y b) El valor en libros de la inversin en la fecha en que se pierda la influencia significativa.

NIC 29 Informacin Financiera en Economas HiperinflacionariasLa presente Norma ser de aplicacin a los estados financieros incluyendo a los estados financieros consolidados, de una entidad cuya moneda funcional es la moneda correspondiente a una economa hiperinflacionaria. En una economa hiperinflacionaria, la informacin sobre los resultados de las operaciones y la situacin financiera en la moneda local sin re expresar no es til. Prdidas del poder de compra de la moneda a tal ritmo que resulta equvoca cualquier comparacin entre las cifras procedentes de transacciones y otros acontecimientos ocurridos en diferentes momentos del tiempo, incluso dentro de un mismo periodo contable.Es preferible que todas las entidades que presentan informacin en la moneda de la misma economa hiperinflacionaria apliquen esta Norma desde la misma fecha. No obstante, la norma es aplicable a los estados financieros de cualquier entidad, desde el comienzo del periodo contable en el que se identifique la existencia de hiperinflacin en el pas en cuya moneda presenta la informacin.Las entidades que elaboren estados financieros sobre la base contable del costo histrico lo harn de esta forma, independientemente de los cambios en el nivel general de precios o del incremento de precios especficos de los pasivos o activos reconocidos. Constituyen excepciones a lo anterior aquellos activos y pasivos para los que se requiera que la entidad los mida a valor razonable, o para los que ella misma elija hacerlo. Por ejemplo, las propiedades, planta y equipo pueden ser revaluadas a valor razonable y los activos biolgicos generalmente se requiere que sean medidos por su valor razonable. No obstante, algunas entidades presentan sus estados financieros basados en el mtodo del costo corriente que refleja los efectos de los cambios en los precios especficos de los activos posedos.Los estados financieros de una entidad cuya moneda funcional sea la de una economa hiperinflacionaria, independientemente de si estn basados en el mtodo del costo histrico o en el mtodo del costo corriente, debern expresarse en trminos de la unidad de medida corriente en la fecha de cierre del periodo sobre el que se informa. Tanto las cifras comparativas correspondientes al periodo anterior, requeridas por la NIC 1La presente Norma exige que todas las partidas del estado de resultado integral vengan expresadas en la unidad monetaria corriente al final del periodo sobre el que se informa. Para ello, todos los importes necesitan ser re expresados mediante la utilizacin de la variacin experimentada por el ndice general de precios, desde la fecha en que los gastos e ingresos fueron recogidos en los estados financieros.La re expresin de los estados financieros, conforme a lo establecido en esta Norma, exige el uso de un ndice general de precios que refleje los cambios en el poder adquisitivo general de la moneda. Es preferible que todas las entidades que presenten informacin en la moneda de una misma economa utilicen el mismo ndice.

NIC 31 Participaciones en Negocios Conjuntos.Esta Norma se aplicar al contabilizar las participaciones en negocios conjuntos y para informar en los estados financieros sobre los activos, pasivos, ingresos y gastos de los partcipes e inversores, con independencia de las estructuras o formas que adopten las actividades de los negocios conjuntos. No obstante, no ser de aplicacin en las participaciones en entidades controladas de forma conjunta mantenidas por: a) Entidades de capital riesgo; b) Instituciones de inversin colectiva, fondos de inversin u otras entidades similares, entre las que se incluyen los fondos de seguro ligados a inversiones;Que se miden al valor razonable con cambios en resultados de acuerdo con la NIIF 9 Instrumentos Financieros. Una entidad medir estas inversiones al valor razonable con cambios en resultados de acuerdo con la NIIF 9. Un partcipe que mantenga una participacin de esa naturaleza.Los negocios conjuntos pueden tener diferentes formas y estructuras. En esta Norma se identifican tres grandes tiposoperaciones, controladas de forma conjunta, activos controlados de forma conjunta y entidades controladas de forma conjunta, todos ellos cumplen la definicin y se describen habitualmente como negocios conjuntos. Las siguientes son caractersticas comunes a todos los negocios conjuntos: a) Tienen dos o ms participantes ligados por un acuerdo contractual; y b) El acuerdo contractual establece la existencia de control conjunto.La operacin de algunos negocios conjuntos implica el uso de los activos y otros recursos de los participantes, en lugar de la constitucin de una sociedad por acciones, asociacin con fines empresariales u otra entidad, o una estructura financiera independiente de los participantes. Cada participante utilizar sus propiedades, planta y equipo y llevar sus propios inventarios. Tambin incurrir en sus propios gastos y pasivos, obteniendo su propia financiacin, que representar sus propias obligaciones. Las actividades del negocio conjunto podrn llevarse a cabo por los empleados del participante, al tiempo que realizan actividades similares para ste. Normalmente, el acuerdo del negocio conjunto establecer la forma en que los participantes compartirn los ingresos de actividades ordinarias provenientes de la venta del producto conjunto y cualquier gasto incurrido en comn.El tratamiento contable de los activos controlados de forma conjunta, reflejar la esencia y realidad econmicas, y generalmente la forma legal del negocio conjunto. Los registros contables separados del negocio conjunto pueden quedar limitados a los gastos incurridos en comn por los participantes, que sern finalmente distribuidos entre ellos de acuerdo con las proporciones convenidas. Podran no elaborarse estados financieros del negocio conjunto, aunque los participantes pueden preparar informes para la gerencia con el objeto de evaluar el rendimiento del negocio conjunto.

NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentacin.El objetivo de esta Norma es establecer principios para presentar los instrumentos financieros como pasivos o patrimonio y para compensar activos y pasivos financieros. Ella aplica a la clasificacin de los instrumentos financieros, desde la perspectiva del emisor, en activos financieros, pasivos financieros e instrumentos de patrimonio; en la clasificacin de los intereses, dividendos y prdidas y ganancias relacionadas con ellos, y en las circunstancias que obligan a la compensacin de activos financieros y pasivos financieros.El objetivo de esta Norma es establecer principios para presentar los instrumentos financieros como pasivos o patrimonio y para compensar activos y pasivos financieros. Ella aplica a la clasificacin de los instrumentos financieros, desde la perspectiva del emisor, en activos financieros, pasivos financieros e instrumentos de patrimonio; en la clasificacin de los intereses, dividendos y prdidas y ganancias relacionadas con ellos, y en las circunstancias que obligan a la compensacin de activos financieros y pasivos financieros.El emisor de un instrumento financiero lo clasificar en su totalidad o en cada una de sus partes integrantes, en el momento de su reconocimiento inicial, como un pasivo financiero, un activo financiero o un instrumento de patrimonio, conformidad con la esencia econmica del acuerdo contractual y con las definiciones de pasivo financiero, de activo financiero y de instrumento de patrimonio.Un instrumento financiero con opcin de venta incluye una obligacin contractual para el emisor de recomprar o reembolsar ese instrumento mediante efectivo u otro activo financiero en el momento de ejercer la opcin. Como excepcin a la definicin de un pasivo financiero, un instrumento que incluya dicha obligacin se clasificar como un instrumento de patrimonio si rene todas las caractersticas.Algunos instrumentos financieros incluyen una obligacin contractual para la entidad emisora de entregar a otra entidad una participacin proporcional de sus activos netos solo en el momento de la liquidacin. La obligacin surge bien porque la liquidacin ocurrir con certeza y fuera del control de la entidad o bien porque es incierto que ocurra pero es una opcin del tenedor del instrumento. Como excepcin a la definicin de un pasivo financiero, un instrumento que incluya dicha obligacin se clasificar como un instrumento de patrimonio si rene todas las caractersticas.Un activo y un pasivo financiero sern objeto de compensacin, de manera que se presente en el estado de situacin financiera su importe neto, cuando y slo cuando la entidada) Tenga, en el momento actual, el derecho, exigible legalmente, de compensar los importes reconocidos; yb) Tenga la intencin de liquidar por el importe neto, o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultneamente.

NIC 33 Ganancias por Accin.El objetivo de esta Norma es establecer los principios para la determinacin y presentacin de la cifra de ganancias por accin de las entidades, cuyo efecto ser el de mejorar la comparacin de los rendimientos entre diferentes entidades en el mismo periodo, as como entre diferentes periodos para la misma entidad. Aunque el indicador de las ganancias por accin tiene limitaciones a causa de las diferentes polticas contables que pueden utilizarse para determinar las ganancias, la utilizacin de un denominador calculado de forma uniforme mejora la informacin financiera ofrecida. El punto central de esta Norma es el establecimiento del denominador en el clculo de las ganancias por accin.Esta Norma deber aplicarse a a) Los estados financieros separados o individuales de una entidad: Cuyas acciones ordinarias o acciones ordinarias potenciales se negocien en un mercado pblico (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado no organizado, incluyendo los mercados locales y regionales), o Que registre, o est en proceso de registrar, sus estados financieros en una comisin de valores u otra organizacin reguladora, con el fin de emitir algn tipo de instrumento en un mercado pblico; y a) Los estados financieros consolidados de un grupo con una controladora: Cuyas acciones ordinarias o acciones ordinarias potenciales se negocien en un mercado pblico (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado no organizado, incluyendo los mercados locales y regionales), o Que registre, o est en proceso de registrar, sus estados financieros en una comisin de valores u otra organizacin reguladora, con el fin de emitir algn tipo de instrumento en un mercado pblico.Una entidad calcular el importe de las ganancias por accin bsicas correspondientes al resultado del periodo atribuible a los tenedores de instrumentos ordinarios de patrimonio de la controladora y, si el importe se ha presentado en los estados financieros, al resultado del periodo de las operaciones continuadas atribuibles a dichos tenedores de instrumentos de patrimonio. Las acciones preferentes que proporcionan un dividendo inicial reducido para compensar a la entidad por la colocacin de las acciones preferentes con un descuento, o un dividendo por encima del de mercado en periodos posteriores con el objetivo de compensar a los inversionistas son por la compra de acciones preferentes con prima, se denominan habitualmente acciones preferentes de tipo creciente.

NIC 34 Informacin Financiera IntermediaEl objetivo de esta Norma es establecer el contenido mnimo de la informacin financiera intermedia, as como prescribir los criterios para el reconocimiento y la medicin que deben ser seguidos en los estados financieros intermedios, ya se presenten de forma completa o condensada. La informacin financiera intermedia, si se presenta en el momento oportuno y contiene datos fiables, mejora la capacidad que los inversionistas, prestamistas y otros usuarios tienen para entender la capacidad de la entidad para generar beneficios y flujos de efectivo, as como su fortaleza financiera y liquidez.Esta Norma es de aplicacin tanto si la entidad es obligada a publicar este tipo de informacin, como si ella misma decide publicar informacin financiera intermedia siguiendo las Normas Internacionales de Informacin Financiera (Se entiende como informacin financiera intermedia toda informacin que contenga, o bien un juego completo de estados financieros (como se describe en la NIC 1 Presentacin de Estados Financieros (revisada en 2007)), o bien un juego de estados financieros condensados (como se describe en esta Norma), para un periodo intermedio. Periodo intermedio es todo periodo contable menor que un periodo anual completo).En beneficio de la oportunidad y del costo de la informacin, as como para evitar la repeticin de datos anteriormente publicados, la entidad puede estar obligada a, o decidir por s misma, la publicacin de menos informacin en los periodos intermedios, que la suministrada en sus estados financieros anuales. En esta Norma se delimita el contenido mnimo de la informacin financiera intermedia, que incluye estados financieros condensados y notas explicativas seleccionadas. La informacin financiera intermedia se elabora con la intencin de poner al da el ltimo conjunto de estados financieros anuales completos. De acuerdo con lo anterior, se pone nfasis en las nuevas actividades, sucesos y circunstancias, y por tanto no se duplica la informacin publicada previamente. No hay ningn prrafo en esta Norma que prohba o desaconseje a las entidades publicar dentro de la informacin intermedia, en lugar de los estados condensados y las notas seleccionadas, un conjunto de estados financieros completos (como los descritos en la NIC 1). Si la entidad publica un conjunto de estados financieros completos en su informacin financiera intermedia, la forma y contenido de tales estados deben cumplir las exigencias establecidos en la NIC 1, para un conjunto de estados financieros completosLa entidad debe aplicar, en los estados financieros intermedios, las mismas polticas contables que aplica en sus estados financieros anuales, salvo por lo que se refiere a los cambios en las polticas contables llevados a cabo tras la fecha de cierre de los estados financieros anuales ms recientes, que tendrn su reflejo en los prximos que presente. Para conseguir tal objetivo, las mediciones realizadas de cara a la informacin intermedia deben abarcar todo el intervalo transcurrido desde principio del periodo anual hasta la fecha final del periodo intermedio.

NIC 36 Deterioro del Valor de los ActivosEl objetivo de esta Norma consiste en establecer los procedimientos que una entidad aplicar para asegurarse de que sus activos estn contabilizados por un importe que no sea superior a su importe recuperable. Un activo estar contabilizado por encima de su importe recuperable cuando su importe en libros exceda del importe que se pueda recuperar del mismo a travs de su utilizacin o de su venta. Si este fuera el caso, el activo se presentara como deteriorado, y la Norma exige que la entidad reconozca una prdida por deterioro del valor de ese activo. En la Norma tambin se especifica cundo la entidad revertir la prdida por deterioro del valor, as como la informacin a revelar. Identificacin de un activo que podra estar deteriorado: La entidad evaluar, al final de cada periodo sobre el que se informa, si existe algn indicio de deterioro del valor de algn activo. Si existiera tal indicio, la entidad estimar el importe recuperable del activo. Con independencia de la existencia de cualquier indicio de deterioro del valor, la entidad deber tambin: a. Comprobar anualmente el deterioro del valor de cada activo intangible con una vida til indefinida, as como de los activos intangibles que an no estn disponibles para su uso, comparando su importe en libros con su importe recuperable. Esta comprobacin del deterioro del valor puede efectuarse en cualquier momento dentro del periodo anual, siempre que se efecte en la misma fecha cada ao. La comprobacin del deterioro del valor de los activos intangibles diferentes puede realizarse en distintas fechas. No obstante, si dicho activo intangible se hubiese reconocido inicialmente durante el periodo anual corriente, se comprobar el deterioro de su valor antes de que finalice el mismo. b. Comprobar anualmente el deterioro del valor de la plusvala adquirida en una combinacin de negocios, de acuerdo con los prrafos 80 a 99. Si existiera algn indicio del deterioro del valor de un activo, el importe recuperable se estimar para el activo individualmente considerado. Si no fuera posible estimar el importe recuperable del activo individual, la entidad determinar el importe recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que el activo pertenece (la unidad generadora de efectivo del activo). Medicin del importe recuperableImporte recuperable de un activo o de una unidad generadora de efectivo es el mayor entre su valor razonable menos los costos de venta y su valor en uso. No siempre es necesario calcular el valor razonable del activo menos los costos de venta y su valor en uso. Si cualquiera de esos importes excediera al importe en libros del activo, ste no habra sufrido un deterioro de su valor, y por tanto no sera necesario calcular el otro valor.Valor razonable menos los costos de venta es el importe que se puede obtener por la venta de un activo o unidad generadora de efectivo, en una transaccin realizada en condiciones de independencia mutua, entre partes interesadas y debidamente informadas, menos los costos de venta o disposicin por otra va.Valor en uso es el valor presente de los flujos futuros de efectivo estimados que se espera obtener de un activo o unidad generadora de efectivo.Reconocimiento y medicin de la prdida por deterioro del valor. El importe en libros de un activo se reducir hasta que alcance su importe recuperable si, y slo si, este importe recuperable es inferior al importe en libros. Esta reduccin se denomina prdida por deterioro del valor. La prdida por deterioro del valor se reconocer inmediatamente en el resultado del periodo, a menos que el activo se contabilice por su valor revaluado de acuerdo con otra Norma (por ejemplo de acuerdo con el modelo de revaluacin previsto en la NIC 16. Propiedad, Planta y Equipo). Cualquier prdida por deterioro del valor, en los activos revaluados, se tratar como un decremento de la revaluacin efectuada de acuerdo con esa otra Norma. Plusvala: Para el propsito de comprobar el deterioro del valor, la plusvala adquirida en una combinacin de negocios se distribuir, desde la fecha de adquisicin, entre cada una de las unidades generadoras de efectivo o grupos de unidades generadoras de efectivo de la entidad adquirente, que se espere se beneficiarn de las sinergias de la combinacin de negocios, independientemente de que otros activos o pasivos de la entidad adquirida se asignen a esas unidades o grupos de unidades. Reversin de las prdidas por deterioro del valor. La entidad evaluar, al final de cada periodo sobre el que se informa, si existe algn indicio de que la prdida por deterioro del valor reconocida, en periodos anteriores, para un activo distinto de la plusvala, ya no existe o podra haber disminuido. Si existiera tal indicio, la entidad estimar de nuevo el importe recuperable del activo.

NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos ContingentesEl objetivo de esta Norma es asegurar que se utilicen las bases apropiadas para el reconocimiento y la medicin de las provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes, as como que se revele la informacin complementaria suficiente, por medio de las notas, como para permitir a los usuarios comprender la naturaleza, calendario de vencimiento e importes, de las anteriores partidas. La NIC 37 prescribe la contabilizacin y la informacin financiera a suministrar cuando se haya dotado una provisin de pasivo, o bien cuando existan activos y pasivos de carcter contingente, exceptuando los siguientes: (a) aqullos que se deriven de los instrumentos financieros que se lleven contablemente segn su valor razonable; (b) aqullos que se deriven de los contratos pendientes de ejecucin, salvo si el contrato es de carcter oneroso y se prevn prdidas. Los contratos pendientes de ejecucin son aqullos en los que las partes no han cumplido ninguna de las obligaciones a las que se comprometieron, o bien aqullos en los que ambas partes han ejecutado parcialmente, y en igual medida, sus compromisos; (c) aqullos que aparecen en las compaas de seguro, derivados de las plizas de los asegurados; o (d) aqullos de los que se ocupe alguna otra Norma.Medicin: El importe reconocido como provisin debe ser la mejor estimacin, al final del periodo sobre el que se informa, del desembolso necesario para cancelar la obligacin presente. Pasivos contingentes. Una obligacin posible, surgida a raz de sucesos pasados y cuya existencia ha de ser confirmada slo por la ocurrencia o no ocurrencia de uno o ms eventos inciertos en el futuro, que no estn enteramente bajo el control de la entidad; o Un activo contingente es un activo de naturaleza posible, surgido a raz de sucesos pasados, cuya existencia ha de ser confirmada slo por la ocurrencia, o en su caso por la no ocurrencia, de uno o ms eventos inciertos en el futuro, que no estn enteramente bajo el control de la entidad.

NIC 38 Activos IntangiblesEl objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los activos intangibles que no estn contemplados especficamente en otra Norma. Esta Norma requiere que las entidades reconozcan un activo intangible si, y slo si, se cumplen ciertos criterios. La Norma tambin especifica cmo determinar el importe en libros de los activos intangibles, y exige revelar informacin especfica sobre estos activos. Un activo intangible es un activo identificable, de carcter no monetario y sin apariencia fsica. Reconocimiento y medicin: El reconocimiento de una partida como activo intangible exige, para la entidad, demostrar que el elemento en cuestin cumple: a. la definicin de un activo intangible y b. el criterio de reconocimiento Este requerimiento se aplicar a los costos soportados inicialmente, para adquirir o generar internamente un activo intangible, y para aqullos en los que se haya incurrido posteriormente para aadir, sustituir partes del mismo o realizar su mantenimiento. Un activo es identificable si: a. es separable, es decir, es susceptible de ser separado o escindido de la entidad y vendido, transferido, dado en explotacin, arrendado o intercambiado, ya sea individualmente o junto con un contrato, activo identificable o pasivo con los que guarde relacin, independientemente de que la entidad tenga la intencin de llevar a cabo la separacin; o b. surge de derechos contractuales o de otros derechos de tipo legal, con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables de la entidad o de otros derechos y obligaciones. Un activo intangible se reconocer si, y slo si: a. es probable que los beneficios econmicos futuros que se han atribuido al mismo fluyan a la entidad; y b. el costo del activo puede ser medido de forma fiable.Activos intangibles con vidas tiles finitas: El importe amortizable de un activo intangible con una vida til finita, se distribuir sobre una base sistemtica a lo largo de su vida til. Importe amortizable es el costo de un activo, o el importe que lo haya sustituido, menos su valor residualActivos intangibles con vidas tiles indefinidas: Los activos intangibles con una vida til indefinida no se amortizarn. Segn la NIC 36, la entidad comprobar si un activo intangible con una vida til indefinida ha experimentado una prdida por deterioro del valor comparando su importe recuperable con su importe en libros (a) anualmente, y (b) en cualquier momento en el que exista un indicio de que el activo puede haber deteriorado su valor.

NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y MedicinEl objetivo de esta Norma es el establecimiento de principios para el reconocimiento y la medicin de los activos financieros y pasivos financieros, as como de algunos contratos de compra o venta de partidas no financieras. Los requerimientos para la presentacin de informacin sobre los instrumentos financieros se establecen en la NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentacin. Los requerimientos relativos a la informacin a revelar sobre instrumentos financieros estn en la NIIF 7 Instrumentos Financieros: Informacin a Revelar.Esta norma clasifica los instrumentos financieros en las cuatro categoras siguientes: a. Activo financiero o pasivo financiero al valor razonable con cambios en resultados b. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento c. Prstamos y cuentas por cobrar d. Activos financieros disponibles para la venta Una modificacin a la Norma, emitida en junio de 2005, permite que una entidad designe cualquier activo o pasivo financiero (o un grupo de activos financieros, pasivos financieros o ambos), en el momento de su reconocimiento inicial, como una partida (o partidas) a ser medida(s) al valor razonable, reconociendo en resultados los cambios en el valor razonable. Para imponer disciplina en esta clasificacin, se prohbe que una entidad reclasifique posteriormente instrumentos financieros hacia esta categora o desde ella.Reconocimiento inicial: Una entidad reconocer un activo o un pasivo financiero en su estado de situacin financiera cuando, y slo cuando, se convierta en parte obligada, segn las clusulas contractuales del instrumento en cuestin. Medicin inicial de activos y pasivos financieros: Al reconocer inicialmente un activo o un pasivo financiero, una entidad lo medir por su valor razonable ms, en el caso de un activo o un pasivo financiero que no se contabilice al valor razonable con cambios en resultados, los costos de transaccin que sean directamente atribuibles a la compra o emisin del mismo. Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre un comprador y un vendedor interesado y debidamente informado, que realizan una transaccin libre.Para los activos financieros y los pasivos financieros llevados al costo amortizado, se reconocern ganancias o prdidas en el resultado del periodo cuando el activo o pasivo financiero se d de baja o se haya deteriorado, as como a travs del proceso de amortizacin. Sin embargo, para activos y pasivos financieros que se designen como partidas cubiertas, para la contabilizacin de la ganancia o prdida se atender a los prrafos 89-102.

NIC 40 Propiedades de InversinEl objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de las propiedades de inversin y las exigencias de revelacin de informacin correspondientes. Propiedades de inversin son propiedades (terrenos o edificios, considerados en su totalidad o en parte, o ambos) que se tienen (por parte del dueo o por parte del arrendatario que haya acordado un arrendamiento financiero) para obtener rentas, plusvalas o ambas, en lugar de para: a. su uso en la produccin o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos; o b. su venta en el curso ordinario de las operaciones. Un derecho sobre una propiedad que se mantenga por un arrendatario en rgimen de arrendamiento operativo, se podr clasificar y contabilizar como una propiedad de inversin siempre que: a. se cumpla el resto de la definicin de propiedad de inversin; b. el arrendamiento operativo se contabilice como si fuera un arrendamiento financiero, de acuerdo con la NIC 17 Arrendamientos; y c. el arrendatario utilice el modelo del valor razonable establecido en esta Norma para medir el activo reconocido. Las propiedades de inversin se reconocern como activos cuando, y slo cuando: a. sea probable que los beneficios econmicos futuros que estn asociados con tales propiedades de inversin fluyan hacia la entidad; y b. el costo de las propiedades de inversin pueda ser medido de forma fiable. Las propiedades de inversin se medirn inicialmente al costo. Los costos asociados a la transaccin se incluirn en la medicin inicial. El costo inicial del derecho sobre una propiedad mantenida en rgimen de arrendamiento financiero y clasificado como propiedad de inversin, ser el establecido para los arrendamientos financieros en el prrafo 20 de la NIC 17; esto es, el activo se reconocer por el menor importe entre el valor razonable de la propiedad y el valor presente de los pagos mnimos por arrendamiento. De acuerdo con ese mismo prrafo, se reconocer como pasivo, un importe equivalente.La prdida o ganancia resultante del retiro o la disposicin de una propiedad de inversin, se determinarn como la diferencia entre los ingresos netos de la transaccin y el importe en libros del activo, y se reconocer en el resultado del periodo en que tenga lugar el retiro o la desapropiacin (a menos que la NIC 17 exija otra cosa, en el caso de una venta con arrendamiento posterior).

NIC 41 AgriculturaEl objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable, la presentacin en los estados financieros y la informacin a revelar en relacin con la actividad agrcola. Actividad agrcola es la gestin, por parte de una entidad, de la transformacin y recoleccin de activos biolgicos, para destinarlos a la venta, para convertirlos en productos agrcolas o en otros activos biolgicos adicionales. La transformacin biolgica comprende los procesos de crecimiento, degradacin, produccin y procreacin que son la causa de los cambios cualitativos o cuantitativos en los activos biolgicos. Un activo biolgico es un animal vivo o una planta. Producto agrcola es el producto ya recolectado, procedente de los activos biolgicos de la entidad. La cosecha o recoleccin es la separacin del producto del activo biolgico del que procede, o bien el cese de los procesos vitales de un activo biolgico. Prescribe, entre otras cosas, el tratamiento contable de los activos biolgicos a lo largo del perodo de crecimiento, degradacin, produccin y procreacin, as como la medicin inicial de los productos agrcolas en el punto de su cosecha o recoleccin. Se requiere la medicin de estos activos biolgicos al valor razonable menos los costos estimados en el punto de venta, a partir del reconocimiento inicial realizado tras la obtencin de la cosecha, salvo cuando este valor razonable no pueda ser medido de forma fiable al proceder a su reconocimiento inicial. Esta Norma se aplica a los productos agrcolas, que son los productos obtenidos de los activos biolgicos de la entidad, pero slo hasta el punto de su cosecha o recoleccin. A partir de entonces son de aplicacin la NIC 2 Inventarios, o las otras Normas relacionadas con los productos. De acuerdo con ello, esta Norma no trata del procesamiento de los productos agrcolas tras la cosecha o recoleccin.. Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre un comprador y un vendedor interesado y debidamente informado, que realizan una transaccin libre. Los costos en el punto de venta incluyen las comisiones a los intermediarios y comerciantes, los cargos que correspondan a las agencias reguladoras y a las bolsas o mercados organizados de productos, as como los impuestos y gravmenes que recaigan sobre las transferencias. En los costos en el punto de venta se excluyen los transportes y otros costos necesarios para llevar los activos al mercado. Tales transportes y otros costos son deducidos en la determinacin del valor razonable (esto es, el valor de razonable es el precio de mercado menos los transportes y otros costos necesarios para llevar los activos al mercado).Exige que los cambios en el valor razonable menos los costos estimados en el punto de venta, de los activos biolgicos, sean incluidos como parte de la ganancia o prdida neta del periodo en que tales cambios tienen lugar. En la actividad agrcola, el cambio en los atributos fsicos de un animal o una planta vivos aumenta o disminuye directamente los beneficios econmicos para la entidad.

Normas Internacionales de AuditoriaNIAs

NIA 200. Objetivos y principios que gobiernan una auditoraEsta norma seala que el objetivo de una auditora de estados contables es permitirle al auditor expresar una opinin acerca de si los estados contables estn preparados razonablemente, en los aspectos significativos, de acuerdo con un marco de referencia para los estados e informes contables. Para ello el contador pblico debe cumplir con las prescripciones del Cdigo de tica, con las de las NIA y con otras normas legales o reglamentarias aplicables manteniendo una actitud de escepticismo dado que los estados contables pueden contener errores importantes.Expresa la norma que una auditora practicada de acuerdo con las NIA est dirigida a proveer una seguridad razonable de que los estados contables tomados en su conjunto estn libres de errores significativos.Finalmente, la norma, claramente destaca que es de la responsabilidad de la direccin del ente la preparacin de los estados contables, mientras que la responsabilidad del auditor se circunscribe a su examen.

NIA 210. Acuerdo sobre los trminos del trabajo de auditoraEsta norma tiene como propsito establecer una gua para acordar con el cliente los trminos del trabajo de auditora y, en su caso, ilustra sobre la posicin que debe adoptar un auditor ante un requerimiento del cliente para cambiar los trminos convenidos para pasar a otro trabajo de nivel ms bajo de seguridad que el que proporciona la auditora.La carta o acuerdo del compromiso de la auditora debe ser enviada al cliente al comienzo del trabajo, de manera de evitar malos entendidos respecto de las cuestiones claves del compromiso.El contenido vara segn el tipo de cliente pero, en general, incluye: objetivo del trabajo; responsabilidad del cliente por la preparacin de los estados contables; alcance del trabajo; forma que pueden asumir los informes del auditor; riesgo de la auditora por limitaciones al alcance o cuestiones inherentes a las cuentas o al control interno establecido; acceso irrestricto a la documentacin por parte del auditor; cuestiones relativas al planeamiento, expectativas del cliente; honorarios pactados y modalidad de cobro; apoyo del personal del cliente a la auditora; etc.En las auditoras repetitivas, el auditor deber considerar si existen circunstancias que requieran revisar los trminos del compromiso.Finalmente, si al auditor le fuera solicitado disminuir el alcance del trabajo luego de ponerse de acuerdo en los trminos de un compromiso de auditora completa, debera considerar, segn los elementos de juicio que proporciona esta NIA, si es apropiado aceptar el pedido y, si no fuera adecuado, decidir si corresponde renunciar al compromiso. En tal caso deber comunicar los hechos a la direccin de la empresa o a la asamblea de accionistas, segn corresponda.

NIA 220. Normas sobre control de calidadEl propsito de esta NIA es establecer reglas y guas de procedimiento para el control de la calidad del trabajo de auditora.Las polticas y procedimientos de control de calidad deben ser implementadas tanto al nivel de la firma de auditora como respecto de un trabajo de auditora en particular.Respecto de las firmas profesionales, las polticas y procedimientos tienen que estar diseadas para asegurar que todas las auditoras se conducen de acuerdo con las NIA

NIA 240. Fraude y error en los estados contablesEsta NIA establece normas sobre la responsabilidad del auditor respecto de la existencia de fraude y error en los estados contables sometidos a su examen.La norma destaca que el auditor debe considerar el riesgo de la existencia de errores significativos y fraude en los estados contables, cuando planea la auditora, ejecuta los procedimientos necesarios para tal fin y rinde el informe respectivo.La norma distingue los fraudes de los errores e incluye sus caractersticas. Asimismo, destaca la responsabilidad primaria de la direccin del ente por la prevencin y deteccin de los fraudes y errores que pudieran existir.Por otra parte, seala como responsabilidad del auditor, tal cual se ha dicho al comentar la NIA 200, la de conducir una auditora cumpliendo con las NIA de manera que los procedimientos seleccionados estn dirigidos a expresar una opinin acerca de si los estados contables examinados, en sus aspectos significativos, estn libres de errores y fraudes importantes. Cabe notar que, claramente, la norma destaca que el auditor no es responsable por la prevencin del fraude y el error.La NIA que se comenta, se ocupa de destacar las limitaciones inherentes a una auditora respecto de obtener absoluta seguridad de detectar fraudes y errores aun cuando la auditora haya sido eficientemente planeada y eficazmente ejecutados los procedimientos de acuerdo con las NIA. Por ello, la opinin del auditor se emite en un marco de razonable seguridad y no de certeza.Aclarado lo precedente, la norma reclama del auditor el cumplimiento de determinados requisitos y procedimientos para mitigar el riesgo de que fraudes y errores importantes pudieran no ser descubiertos. As le requiere que realice el trabajo con una actitud de escepticismo profesional, que mantenga discusiones de planeamiento con la direccin del ente inquiriendo sobre la susceptibilidad de la organizacin al riesgo de fraude o error y a la evaluacin que hace la direccin sobre tal posibilidad.La norma hace un anlisis detallado del riesgo de la auditora (dar una opinin equivocada sobre los estados contables sujetos a examen) y de sus componentes: el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de deteccin, explicando cada uno de ellos e indicando que actitud debe asumir el auditor frente a ellos.Tambin la norma hace un anlisis de los procedimientos que debe cumplir el auditor cuando existen circunstancias que indican una posible distorsin de los estados contables y, en particular, cuando la distorsin se debe a un posible fraude. Adems de los procedimientos requeridos, la norma establece los efectos que pueden tener esas distorsiones en el informe del auditor.Finalmente, otras cuestiones tratadas en la NIA 240 se refieren a la documentacin en los papeles de trabajo del auditor de los factores de riesgo de fraude o error detectados; los procedimientos ejecutados en conexin con ellos; las representaciones de la direccin que debe obtener; las comunicaciones de los hallazgos de fraude o error a la direccin; las comunicaciones de debilidades importantes de control interno; las cuestiones que se suscitan si el auditor no fuera capaz de completar el trabajo; la comunicacin al auditor sucesor propuesto y otros temas relacionados.NIA 250. Responsabilidad del auditor frente a las leyes y reglamentos en la auditora de estados contablesDice esta NIA que: a) cuando el auditor planifique y ejecute los procedimientos de auditora y b) en la evaluacin y comunicacin de los resultados de su trabajo, debe reconocer que el incumplimiento por parte de la entidad de las leyes y regulaciones pueden afectar significativamente los estados contables sujetos a examen.A su vez, la norma expresa la responsabilidad de la direccin del ente por el cumplimiento de las leyes y reglamentos, pero destaca la obligacin del auditor de considerar la actitud de la organizacin frente a esas regulaciones y el riesgo involucrado. En orden al plan de auditora, el auditor debe obtener una comprensin general de la estructura legal y reglamentaria a la que est sujeta tanto la entidad como el ramo de actividades en la que acta y cmo ella cumple con ese marco.Luego de comprender la estructura legal, el auditor debe ejecutar procedimientos de auditora para identificar instancias de incumplimiento y determinar de qu modo ellas afectan a los estados contables sujetos a examen. La norma requiere tambin que el auditor obtenga una representacin escrita de la direccin sobre la revelacin de cualquier incumplimiento que ella tenga noticia y que deba ser considerado en la preparacin de estados contables.Finalmente, la norma trata de los procedimientos por seguir cuando se detectan incumplimientos; las comunicaciones al respecto por hacer a la direccin, a los usuarios de los estados contables y, en su caso, a las autoridades. Tambin trata de la necesidad en ciertos casos del retiro del auditor del compromiso de trabajo asumido.NIA 260. Comunicacin de los hallazgos de auditora a los encargados del gobierno del enteEsta norma establece las guas para determinar las materias que el auditor debe comunicar a las autoridades del ente y que surgen de su trabajo de auditora. A su vez, indica la oportunidad y la forma en que tales cuestiones deben ser comunicadas y la debida confidencialidad que debe guardar respecto de los hallazgos de auditoraNIAS 300-499 Evaluacin de Riesgo y Respuesta a los Riesgos EvaluadosNIA 300. Planeamiento del trabajoLa norma regula las guas para el planeamiento efectivo de un trabajo recurrente y distingue los aspectos que debe considerar en una primera auditora. En rigor se trata del plan general, de la debida documentacin de ese plan y de las materias que deben ser consideradas por el auditor. Incluye el programa de auditora en el que se determina el alcance, la naturaleza y la oportunidad de las pruebas de auditora, sobre bases dinmicas. Esto quiere decir, que est sujeto a cambios en la medida de los hallazgos del auditor.

NIA 310. Conocimiento del negocioPara la ejecucin adecuada de la auditora el auditor y su equipo deben obtener un apropiado conocimiento del negocio tal que les permita identificar los sucesos, las transacciones y las prcticas relevantes que tengan efecto sea en los estados contables auditados tomados en su conjunto como en el informe de auditora.NIA 315. Comprensin del ente y su ambiente y evaluacin del riesgo de errores significativosEl auditor debe obtener una comprensin de la entidad y de su ambiente incluido el control interno que sea suficiente para identificar y evaluar los riesgos de errores significativos en los estados contables debido a fraudes o simplemente errores y que sea suficiente para disear y ejecutar los procedimientos de auditora apropiados. Entre los procedimientos que el auditor debera ejecutar para obtener el conocimiento a que se alude ms arriba, se encuentran la indagacin oral a la direccin y otros funcionarios del ente, la revisin analtica preliminar y la observacin e inspeccin. Todos estos aspectos deben ser discutidos por el auditor con su equipo de trabajo. Esta norma es muy detallada y se refiere muy explcitamente a todos los pasos que debe dar el auditor para cumplir con este importante cometido. En particular, la graduacin de los riesgos observados, los controles de la entidad para mitigar esos riesgos y los procedimientos de auditora que disear para obtener suficiente seguridad en su opinin sobre los estados contables objeto del examen. NIA 320. Significacin relativaEl auditor cuando conduce una auditora debe considerar la significacin relativa y sus relaciones con el riesgo de auditora. La norma define el concepto de significacin en forma similar a la contabilidad y se refiere al objetivo de la auditora que es permitirle al auditor expresar una opinin acerca de si los estados contables estn libres de errores significativos. La norma provee guas para la determinacin de la significacin, su relacin con el riesgo de auditora y la evaluacin de los efectos de los errores. Asimismo, se refiere al efecto que los errores significativos tienen en el informe del auditor.NIA 330. Procedimientos de auditora para responder a los riesgos evaluadosLa norma establece las guas para responder en forma global a la evaluacin de los riesgos de errores significativos en los estados contables a travs de la aplicacin de los procedimientos de auditora. Estos procedimientos de auditora estn dirigidos para responder a los riesgos en el nivel de las afirmaciones contenidas en los estados contables. Incluyen pruebas de controles que mitiguen los riesgos evaluados y, en su caso, la determinacin de naturaleza extensin y oportunidad de la aplicacin de los procedimientos sustantivos adecuados. Finalmente, la norma incluye elementos para evaluar la suficiencia de los elementos de juicio obtenidos y expresa de qu modo deben documentarse en papeles de trabajo los resultados de los procedimientos aplicados

NIA 402 - CONSIDERACIONES DE AUDITORIA RELATIVAS A ENTIDADES QUEUTILIZAN ORGANIZACIONES DE SERVICIOS

Se establece una organizacin de servicio aquella que sirve a la Compaa y desarrolla parte de las actividades que esta requiere para operar. Por lo tanto una organizacin deservicio puede establecer y ejecutar polticas y procedimientos que afecten los sistemas de contabilidad y control interno de un cliente, los cuales estn fsicamente separados de la organizacin del cliente. Al planear la auditora con un enfoque efectivo, el auditor deber considerar cmo afecta a los sistemas de contabilidad y de control interno una organizacin de servicio que puede establecer y ejecutar polticas y procedimientos. El auditor deber determinar la importancia de las actividades de la organizacin de servicio para el cliente y para la auditora.NIA 500 - EVIDENCIA DE AUDITORA

La evidencia de auditora se obtiene de una mezcla apropiada de pruebas de control y de procedimientos sustantivos. Las pruebas de control estn diseadas para obtener evidencia de auditora sobre lo adecuado del diseo y operacin efectiva de los sistemas de contabilidad y de control interno y los procedimientos sustantivos son pruebas realizadas para obtener evidencia de auditora para detectar representaciones errneas de importancia relativa en los estados financieros y son de dos tipos: pruebas de detalles de transacciones y saldos y procedimientos analticos.

NIA 501 - EVIDENCIA DE AUDITORIA CONSIDERACIONES ADICIONALES PARA PARTIDAS ESPECIFICAS

Cuando el inventario es de importancia relativa para los estados financieros, el auditordeber obtener evidencia suficiente apropiada de auditora respecto de su existencia y condicin, asistiendo al conteo fsico del inventario a menos que no sea factible. El auditor deber llevar a cabo procedimientos para enterarse de cualquier litigio y reclamaciones que involucren a la entidad que puedan tener un efecto importante sobre los estados financieros. En el caso de que el litigio exista, o el auditor cree que existe, el auditor deber buscar comunicacin directa con los abogados de la entidad. Cuando las inversiones a largo plazo son de importancia relativa para los estados financieros, el auditor deber obtener evidencia suficiente apropiada de auditora respecto de su valuacin y revelacin. Si la informacin por segmentos es de importancia relativa para los estados financieros, el auditor deber obtener evidencia suficiente apropiada de auditora respecto de su revelacin de acuerdo con el marco de referencia para informes financieros identificados.

NIA 505 - CONFIRMACIONES EXTERNAS

Esta norma establece que la confirmacin externa es el proceso de obtener y evaluarevidencia de auditora a travs de comunicacin directa de una tercera parte. Se usan normalmente para saldos de cuentas as como para confirmar los trminos de convenios o transacciones. Como esta evidencia de auditora es ms confiable por ser externa a la entidad y por ser escrita, ayuda a reducir a un nivel aceptablemente bajo el riesgo de auditora para las aseveraciones relacionadas. Cuando realice procedimientos de confirmacin, el auditor deber mantener el control sobre todo el proceso y debe evaluar las respuestas obtenidas con los resultados de otros procedimientos realizados.

NIA 510 - TRABAJOS INICIALES - BALANCES DE APERTURA

Para trabajos de auditora inciales, el auditor deber obtener evidencia suficiente apropiada de auditora de que los saldos de apertura no contengan representaciones errneas que afecten los estados financieros del periodo actual; los saldos de cierre han sido pasados o expresados correctamente en el periodo actual; las polticas contables son aplicadas consistentemente o los cambios en dichas polticas se han realizado de forma adecuada.

NIA 520 - PROCEDIMIENTOS ANALTICOSLa norma define procedimientos analticos como aquellos relacionados con el anlisis de ndices y tendencias significativas incluyendo la investigacin resultante de fluctuaciones y relaciones que son inconsistentes con otra informacin relevante o que se desvan de las cantidades pronosticadas. El auditor deber aplicar procedimientos analticos en las etapas de planeacin y revisin global de la auditora.

NIA 530 - MUESTREO EN LA AUDITORA Y OTROS PROCEDIMIENTOS ENPRUEBAS SELECTIVAS

La norma define Muestreo de auditora como la aplicacin de procedimientos de auditora menos del 100% de las partidas que integran el saldo de una cuenta o clase de transacciones. Muestreo estadstico se define como cualquier enfoque al muestreo que tenga como caractersticas la seleccin al zar de una muestra y el uso de la teora de la probabilidad para evaluar los resultados de la muestra. Al disear los procedimientos de auditora, el auditor deber determinar los medios apropiados para seleccionar las partidas sujetas a prueba a fin de reunir evidencia en al auditora que cumpla los objetivos de sta. El muestreo en la auditora para pruebas de control es generalmente utilizado cuando el control deja evidencia de su aplicacin. En los procedimientos sustantivos puede usarse para verificar una o ms caractersticas sobre una cifra de los estados financieros o para hacer una estimacin d alguna partida en particular.

NIA 540 - AUDITORIA DE ESTIMACIONES CONTABLESEl auditor deber obtener suficiente evidencia de apropiada de auditora respecto de las estimaciones contables. Las estimaciones contables son hechas por la administracin y en algunos casos basadas en condiciones de incertidumbre, por lo tanto el riesgo de representacin errnea importante es mayor cuando implican estimaciones contables. El auditor debera evaluar si los datos sobre los que la estimacin se basa son exactos, completos y relevantes, adems, de evaluar si son reunidos, analizados y proyectados apropiadamente para formar una base razonable para determinar la estimacin contable.

NIA 550 - PARTES RELACIONADASEl auditor deber desempear procedimientos de auditora diseados para obtenerevidencia suficiente apropiada de auditora resp