Resumen Masc
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MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Generalmente, cuando existen conflictos entre la sociedad actual, se manejan
distintas formas de aplicar estrategias que permitan resolver la situación. Una de
las opciones más tediosas y usadas es por medio de la judicialidad, en la cual, el
estado interviene por medio de sus leyes, a controlar y darle fin al conflicto con la
toma de sus decisiones. Sin embargo, se conoce que este se da a través de
tribunales, donde se presentan serie de eventos incomodos que generan además
altos costos para los participantes.
Para evitar que se tenga que llegar siempre a estas instancias, existen los
Mecanismos Alternativos de Solución de conflictos, los cuales brindan opciones
para mejorar la situación de manera más económica, amigable, en el que
normalmente las partes involucradas voluntariamente las eligen. Dichos
mecanismos pueden ser:
Directos:
Negociación
Transacción
Conciliación
Mediación
Indirectos
Arbitraje
Amigable composición
Juez de paz
Justicia ordinaria
En cuanto a los directos, estos se caracterizan porque las personas involucradas
en el conflicto promueven la resolución de este, por si mismas, es decir, si tienen
un tercero que los ayuda a solucionar el conflicto, en sus manos no está la toma
de decisiones para sanear el beneficio de las dos partes, simplemente se tiene en
cuenta su aporte para a través de este experto, los copartícipes sepan cómo
actuar.
Por otro lado, en los indirectos, se resuelve el conflicto por medio de las
decisiones de un tercero que da pautas de que se debe hacer ante cada situación.
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La negociación, se da a través de un acuerdo entre las partes, en el cual estos
confrontan sus intereses particulares, que efectúe un beneficio común por medio
del intercambio satisfactorio.
La transacción por otra parte, es un conflicto donde las partes no son amigables,
pero que tienen la voluntad de solucionarlo por medio de concesiones entre
ambos. Es un contrato bilateral, oneroso.
La conciliación, es aquel proceso en donde interviene un intermediario neutral, que
opina sobre las soluciones posibles, pero la capacidad de aceptar o no la tienen
las partes involucradas, se determina por medio de un acta.
La mediación, por otra parte, involucra un tercero que se encarga de iniciar un
dialogo entre las partes para generar un acuerdo. Sin embargo, este intermediario
no puede brindar alternativas de solución, es decir, se limita a propiciar el dialogo.
Los métodos indirectos, a diferencia de los directos si requiere un intermediario
que resuelva el conflicto, donde los partícipes no tienen toda la potestad de
escoger sus opciones.
El arbitraje, se caracteriza por que el tercero, se encarga de resolver el conflicto
por medio de la evolución de argumentos de cada una de las partes.
Normalmente, las partes difieren de los árbitros. Actúan elementos como el árbitro,
el secretario, el pacto arbitral y la cláusula compromisoria.
La amigable composición, se caracteriza por tener un intermediario que tiene la
capacidad de determinar una controversia de libre disposición entre dos partes, ya
sean particulares o entes públicos.
El juez de paz, se busca un tercero considerado así porque debe ser pacifico ante
la resolución del conflicto, este no se da en Colombia.
Y finalmente la justicia ordinaria, que es aquella en que los conflictos se resuelven
a través de los tribunales de justicia con un juez que imparte la autoridad. Este
resulta ser un poco más costoso que las modalidades alternativas.
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En la economía nacional, se puede decir que estos inciden en que ayuda al estado
a solventar de una mejor manera sus estrados judiciales, ya que se economiza
enfrentar métodos jurídicos debido a que si se realizan más resoluciones de
conflictos de forma alternativa, estos ayudan a disminuir los costos judiciales. A
nivel internacional, se aplican exhaustivamente, de hecho más que en nuestro
país. En el caso de Europa, existe el Plan de acción de Viena de 1998, por el cual
el ministerio de Justicia de estos países se inspira.
También se tiene en cuenta mucho el arbitraje internacional, por medio de leyes
que sobrepasan las de cada país, ya que se derivan de factores directamente
relacionados con la controversia que exista. Esta se puede dar entre varios
países, o conflictos de ciudadanos de un país, que tienen conflictos con otros de
otros países.
BIBLIOGRAFIA
- http://www.ciac-iacac.org/contenido/contenido.aspx?catID=805&conID=7437
- http://www.observatorio.casanare.gov.co/Info/Nivel_2/2011-06-09_12-34-39-pmII %20Mecanismos%20Alternativos%20de%20Resolucion%20de%20Conflictos.pdf
- Material de Estudio Unidad 3