Resumen del PLAN SEXPE-GOBEX delGobierno de Extremadura

28
PLAN DEL SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS ESPECIFÍCOS DIRIGIDOS A PERSONAS DESEMPLEADAS. Consejería de Empleo, Mujer y Política Social y Consejería de Educación y Cultura.

Transcript of Resumen del PLAN SEXPE-GOBEX delGobierno de Extremadura

PLAN DEL SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS ESPECIFÍCOS DIRIGIDOS A PERSONAS DESEMPLEADAS.

Consejería de Empleo, Mujer y Política Social y Consejería de Educación y Cultura.

Objetivo del plan:

Desarrollar programas específicos dirigidos a la impartición de formación destinada a personas con especiales dificultades de integración en el mercado de trabajo, significativamente jóvenes entre 16 y 25 años y mujeres desempleadas de larga duración, conducente a la obtención de títulos.

•  De Educación Secundaria Obligatoria.

•  Certificados de superación de las competencias claves necesarias para el acceso a los certificados de Profesionalidad,

•  Titular profesional Básico. Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional del sistema educativo.

 

Como formación básica e imprescindible para mejorar su empleabilidad y como acción específica de formación e inserción profesional para incrementar su ocupabilidad

Destinatarios:

•  Estos programas están dirigido a jóvenes en situación de desempleo y mujeres con dificultades para su inserción laboral, desempleadas de larga duración que no dispongan de ninguna titulación básica académica.

Plan Educativo:

•  PROGRAMA I: Obtención Título de Graduado Educación Secundaria Obligatoria que permitirá su realización en uno o dos cursos, de acuerdo con su normativa que regula las enseñanzas de personas adultas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

•  PROGRAMA II: OBTENCIÓN de las competencias claves necesarias para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente a los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3.

•  PROGRAMA II. Obtención del Título profesional básico, que le permita la obtención de cualificaciones profesionales de nivel I del CTNC, cuya realización será de dos cursos académicos y que además permita el acceso a ciclos formativos de grado medio. Asimismo, podrá obtener el título de Graduado en educación Secundaria Obligatoria por cualquiera de las dos opciones previstas en la LOE 2/2006.

•  PROGRAMA IV. Obtención del título de Técnico y técnico superior de formación profesional que le permita la obtención de cualificaciones profesionales de nivel II o nivel III del CNCP.

Programa I. Obtención Título Graduado Educación Secundaria.

Programa I.

Objetivos: •  Obtención del Título en Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Destinatarios: •  Jóvenes en stiuación de desempleo con edades comprendidas entre 18 y 25 años y mujeres con dificultades para su inserción laboral, desempleadas de larga

duración sin límite de edad que NO dispongan del graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Becas: •  El programa lleva asociada una beca supeditada al rendimiento académico del alumno, siendo obligatoria la superación de todas las materias o módulos en 

los que esté matriculado.

•  Como medida de fomento de la conciliación, se prevé la concesión de una beca destinada a cubrir las necesidades específicas de las mujeres con dificultades para su inserción laboral, especialmente en el ámbito rural, que accedan a la formación y que tengan a su cargo a hijos / as menores u otras personas dependientes. Esta beca se dirige a cubrir los costes de una persona de ayuda doméstica (servicio del hogar familiar) con una jornada de 20 horas a la semana durante la duración del curso.

Normativa interna:

•  Circular de la Dirección General de Formación Profesional y Universidad por la que se dictan normas para la coordinación de actuaciones en los centros de educación de personas adultas nombrados como centros de referencia en el programa de formación dirigido a adultos desempleados de 18 a 25 años para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Proceso de admisión y matriculación; Resolución de 26 de Mayo de 2014,de la Dirección General de Formación Profesional y Universidad, sobre admisión del alumnado centros docentes que imparten Enseñanzas Iniciales, Secundaria Obligatoria, Bachillerato y programas no formales.

 

•  El alumno deberá matricularse de la totalidad de los módulos pendientes para obtener el título de la ESO, límite 6 módulos por curso académico. Excepcionalmente para aquellos que al inicio de curso tuvieran 7 módulos y durante el primer cuatrimestre hayan superado al menos uno de los seis módulos de los que se matriculó, podrán ampliar matrícula al objeto de obtener el título a la finalización del curso.

 

Solicitud de Matrícula Enseñanza Secundaria Adultos.

Resolución de 26 de Mayo de 2014 Dirección

General de Formación Profesional y Universidad

Sobre admisión del alumnado en centros docentes

Que imparten Enseñanzas Iniciales, Secundaria Obligatoria

Bachillerato y programas no formales.

Régimen de funcionamiento del programa; se regirá por la normativa de la ESPAD, Orden 1 de Agosto de 2008

Niveles Ámbito de la Comunicación Ámbito Social Ámbito Científico-Tecnológico

Nivel I Módulo I Módulo I Módulo I

Módulo II Módulo II Módulo II

Nivel II Módulo I Módulo I Módulo I

Módulo II Módulo II Módulo II

Alumnos que superan los requisitos académicos para la obtención de la beca.

•  Un alumno se considerará apto, si para cada uno de los módulos en los que estuviera matriculado ha obtenido calificación positiva en la evaluación ordinaria o extraordinaria.

Becas;

•  Decreto 271/2014, de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las becas a personas desempleadas de entre 18 y 25 años y mujeres desempleadas de larga duración, sin límite de edad, que obtengan el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria dentro del Plan Formación del Servicio Extremeño Público de Empleo y la Consejería de Educación y

Cultura y se establece su convocatoria para el curso académico 2014/2015.

Solicitud y Documentación de la Beca.

Lugar de Presentación.

Decreto 271/2014, de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las becas a personas desempleadas de entre 18 y 25 años y mujeres desempleadas

de larga duración, sin límite de edad, que obtengan el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria dentro del Plan Formación del Servicio Extremeño

Público de Empleo y la Consejería de Educación y Cultura y se establece su convocatoria para el curso académico 2014/2015

El plazo de vigencia de la presente convocatoria a efectos de las solicitudes será desde la entrada en vigor del presente decreto hasta el 30 de septiembre de 2015.

Los interesados deberán presentar una solicitud al final de cada uno de los cuatrimestres cursados, en el plazo de 30 días naturales siguientes a la publicación en los tablones de anuncios de los centros educativos, de las Delegaciones Provinciales y en las paginas web de la Consejería de Educación y Cultura, de la relación definitiva de alumnos que, cumpliendo los requisitos académicos, han cursado con aprovechamiento y superado las etapas en que estuviesen matriculados conforme al artículo 7.1 de este Decreto.

La solicitud de la beca se presentará en el modelo normalizado con forme el anexo, debidamente firmado por el interesado y cumplimentada por éste en todos los extremos.

Programa II. Pruebas de Certificación de Competencias Claves.

Pruebas de Certificación de Competencias Claves

Objetivo;

•  El acceso a la for mación de Certificados de Profesionalidad precisa estar en posesión de determinadas titulaciones mínimas. Para todas aquellas personas que no posean dichas titulaciones, se establecen las pruebas de competencias clave.

Destinatarios;

•  Este programa está dirigido a personas trabajadoras desempleadas que tengan como mínimo 18 años de edad, a 31 de diciembre del curso académico en que se matrícula.

 

Certificados de profesionalidad:

•  Un certificado de profesionalidad configura un perfil profesional entendido como conjunto de competencias profesionales identificable en el sistema productivo, y reconocido y valorado en el mercado laboral.

•  Los certificados de profesionalidad tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, acreditan las correspondientes cualificaciones profesionales a quienes los hayan obtenido, y son expedidos en Extremadura por el Servicio Extremeño Público de Empleo.

El certificado de profesionalidad es el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo

Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la Administración laboral que

acredita la capacitación para el desarrollo de una actividad laboral con significación para

el empleo

Requisitos de acceso a la formación de los certificados de profesionalidad

Nivel 1 Nivel 2 Nivel 3

No es necesario ningún

requisito.

Título Graduado Educación Secundaria Obligatoria

Título Bachiller.

Certificado de Profesioanloidad del mismo nivel del módulo o módulos formativos y/o del

certificado de profesioanlidad al que se desea acceder.

Certificado de Profesioanloidad del mismo nivel del módulo o módulos formativos y/o del

certificado de profesioanlidad al que se desea acceder

Certificado de Profesioanldiad de nivel 1 de la misma familia y área profesional.

Certificado de Profesioanldiad de nivel 2 de la misma familia y área profesional.

Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio, o bien

haber superado las correspodneitnes pruebas de acceso reguladas por las adminitraciones

educativas.

Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado superior, o bien

haber superado las correspodneitnes pruebas de acceso reguladas por las adminitraciones

educativas

Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de

45.

Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de

45

Tener las competencias claves necesarias para cursar con aprovechamiento la

formación correspondiente al Certificado de Profesionalidad

Tener las competencias claves necesarias para cursar con aprovechamiento la

formación correspondiente al Certificado de Profesionalidad

Qué son las competencias claves?.

•  Son competencias que permitirán al alumnado adquirir conocimientos básicos para poder cursar con aprovechamiento la formación correspondiente a los Certificados de Profesionalidad.

•    Las citadas competencias están inspiradas en los ámbitos establecidos en la recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006 sobre las competencias calves para el aprendizaje permanente(2006/962(CE) y en el Marco Común Europeo de referencia para las lenguas.

Para qué sirve?.

•  Las personas que no posean alguna de las titulaciones o certificaciones

exigidas y quieran acceder a la formación de los módulos formativos de un certificado de Profesionalidad de nivel 2 o 3, deberán obtener la competencia matemática y de comunicación en lengua castellana en el nivel que corresponda.

•  Si se quiere acceder a un certificado de Profesionalidad de nivel 2, deberá obtener las competencias clave de nivel 2.Si lo que quiere es cursar un Certificado de Profesionalidad de nivel 3, entonces deberán conseguir las competencias claves de nivel 3.

•  Para aquellos cursos que incluyan un módulo de lengua extranjera(inglés),se deberá conseguir la competencia en comunicación en lengua extranjera(inglés)en el correspondiente nivel.

Cómo puedo conseguir las competencias claves?.

    Superando una prueba.

Se establecen dos tipos de pruebas:

a) Pruebas para la obtención del Certificado de superación de las competencias claves necesarias para el acceso a certificados de profesionalidad de nivel 2.

b) Pruebas para la obtención del Certificado de superación de las competencias claves necesarias para el acceso a certificados de profesionalidad de nivel 3.

 

Superando un curso

Haber superado con evaluación positiva un curso que incluya las competencias clave de nivel 2 0 3.

Estos cursos se realizarán en aquellos centros inscritos por la Consejería de Empleo.

LAS PRUEBAS COMPRENDERÁN LAS SIGUIENTES PARTES:

-COMPETENCIA MATEMÁTICA N-2/N-3

-COMPETENCIA EN LENGUA CASTELLANA N-2/N-3

-COMPETENCIA EN LENGUA EXTRANJERA N-2/N-3

•  A quien van dirigidas las pruebas de Competencias Clave:

A todos aquellos trabajadores que NO tengan las titulaciones mínimas requeridas para acceder a Certificados de Profesionalidad de nivel 2 y nivel 3, sean estos empleados o estén en proceso de búsqueda de empleo.

•  Validez de las pruebas: La superación de las pruebas de competencias clave permitirá el acceso a los procesos de selección en cursos de formación en todos los certificados de profesionalidad, o módulos formativos del nivel correspondiente, que se financien o autoricen por el órgano competente en materia de formación para el empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Quién se puede presentar a las pruebas?:

Títulos académicos equivalentes a la ESO:

Títulos o estudios superados Norma reguladora

Técnico Auxiliar de la Ley 14/1970 Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo de Educación.

Disposición adicional trigésimoprimera.3

2º de Bachillerato Unificado y polivalente Real decreto 986/1991, de 14 de junio. Anexo I.

2º curso del primer ciclo experimental de reforma

de las enseñanzas medias

Real decreto 986/1991, de 14 de junio. Anexo II.

3º Comunes plan 63 o 2º comunes experimental de

Artes aplicadas y Oficios Artísticos.

Real decreto 986/1991, de 14 de junio. Anexo IV.

2º de BUP con un máximo de dos materias

pendientes de los dos primeros cursos.

Orden EDU/1603/2009.Art 2.1.

Para las competencias clave necesarias para el acceso a certificados de profesionalidad de nivel 2, las personas que tengan cumplidos 18 años de edad a 31 de diciembre del año

natural en que se realicen las citadas pruebas y no estar en posesión del título de

educación Secundaria o equivalente o de un título de mayor nivel académico

Quién se puede presentar a las pruebas?:

Títulos académicos o estudios superados

equivalentes al Título de BACHILLER:

Títulos o estudios superados Norma reguladora

Título Bachiller LOGSE RD 806/2006 de 30 de junio .Art 16.

Curso de Orientación Universitaria RD 986/1991 de 14 de junio. Anexo I.

2º Curso de una modalidad de Bachillerato

experimental.

RD 986/1991 de 14 de junio .Anexo II.

Curso Preuniversitario EDU/1603/2009,de 10 de junio, redacción de la

Orden EDU/520/2011,de 7 de marzo.Art2.3.

Maestro de enseñanza primaria EDU/1603/2009,de 10 de junio ,redacción de la

Orden EDU/520/2011,de 7 de marzo.Art 2.4.

. Para las competencias clave necesarias para el acceso a certificados de profesionalidad de nivel 3, las personas que tengan cumplidos 19 años de edad a 31 de diciembre del año natural en que se realicen las pruebas y no estar en posesión del título de bachiller o equivalente o de un título de mayor nivel

académico.

 

Cuando se convocan las pruebas?:

•  La normativa establece dos convocatorias anuales, la primera en el mes de marzo y la segunda en el mes de junio.

Normativa reguladora:

•  Orden de 23 de enero de 2015 por la que se convocan las pruebas para la obtención del certificado de superación de competencias claves necesarias para el acceso a certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Dónde puedo obtener más información?:

•  PÁGINA WEB CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA;

•  http://www.educarex.es/eda/pruebas-acceso-certificados-profesionalidad.html

Normativa interna; INSTRUCCIÓN Nº 13/2014, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDAD, POR LA QUE SE REGULA LOS PROGRAMAS PARA AL OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE SUPERACIÓN DE LAS COMPETENCIAS CLAVES NECESARIAS PARA EL ACCESO A LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

OBJETO; Convocar cursos de preparación de estas pruebas

FINALIDAD;

•  Afrontar con garantía la prueba para la obtención del certificado de superación de las competencias claves necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3.

REQUISITOS:

•  Personas trabajadoras desempleadas que tengan como mínimo 18 años de edad a 31 de diciembre de 2014.

•  No esta r en posesión de ninguna titulación académica o acreditación profesional que permita acceso directo a la formación de los certificados de profesionalidad.

CENTROS EDUCATIVOS AUTORIZADOS:

•  Todos los CEPAS.

CRITERIOS DE ADMISIÓN.

•  Según el orden de entrada de la solicitud de admisión.

Distribución Horaria. Cursos de Preparación Pruebas de Competencias Claves.

Cursos de preparación de las Pruebas.

Pruebas para la obtención del Certificado de

superación de las competencias claves.

Programa para al obtención del certificado de superación de las competencias claves necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad.

CALENDARIO

CURSO 2014/2015.