resumen criminologiaI

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LECCION I LA CRIMINOLOGIA. Etimología. Deriva del Latín Criminis que significa crimen o delito y del griego logos tratado o ciencia, por tanto, es una ciencia o tratado del delito o crimen. ORIGEN Es una ciencia relativamente nueva, porque tuvo su origen a partir del siglo XIX, influenciada por los positivistas conocidos como los Evangelistas Del Derecho Penal: Cesar Lombroso, Enrique Ferri, Rafael Garófalo y ayudado por Franz Exner. CARÁCTER Es autónoma porque tiene sus propios métodos, teorías y conceptos para estudiar las causas del delito. Pero también la Criminología se relaciona con otras ciencias que no estudian el delito, es decir, es interdependiente con: la Sociología, la Psiquiatría, la Psicología y el Psicoanálisis. OBJETO Estudia y se ocupa de: El delito, El delincuente, La víctima y El control social. CIENCIAS QUE LA INTEGRAN. la sociología criminal, estudia los fenómenos del delito como hechos sociales; la psiquiatría criminal, la salud mental del delincuente que también interesa al derecho penal; la antropología criminal, factores de la herencia, edad, raza, sexo; la estadística criminal, método por excelencia para el estudio de la delincuencia como fenómeno social o de masa; la psicología criminal se divide en la Metafísica que no da importancia a la investigación y la Empírica que es rigurosamente de observación, y que son las ciencias que la integran. AREAS DE ESTUDIO DE LA CRIMINOLOGÍA: EL DELITO. EL DELINCUENTE. LA VÍCTIMA. EL CONTROL SOCIAL. El delito el hecho punible descrito y sancionado en la norma El delincuente – la persona que comete el hecho punible La víctima , que antes no contaba con la atención de nuestra ciencia, pero sin embargo estudios han demostrado que la persona victima de un delito en mucha ocasiones se convierte en victimario al percibir que el estado no le brinda la protección o el amparo El control social se ocupa del delito y castigo de una persona responsable del mismo, también la criminología debe de ocuparse de la forma de reacción frente a la delincuencia, de la eficacia del sistema de sanciones LA CRIMINOLOGÍA EN LA ACTUALIDAD. TENDENCIAS Y ORIENTACIONES. Es una ciencia empírica e interdisciplinaria que se ocupa del estudio del crimen, de la personalidad del infractor, de la víctima y el control social del comportamiento delictivo con intención de esclarecer el fenómeno criminal, Fenómenos como el alcoholismo, la prostitución, la asociabilidad, dado que son comportamientos que pueden desembocar en delitos. DEFINICIÓN DE DERECHO PENAL. Son un conjunto de normas jurídicas dictada por el estado para prevenir delitos ejercer la defensa social con medidas represivas preventivas y/o regeneradoras. ANÁLISIS DE SUS CARACTERES

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criminologia segundo semestre

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LECCION ILA CRIMINOLOGIA. Etimologa. Deriva del Latn Criminis que significa crimen o delito y del griego logos tratado o ciencia, por tanto, es una ciencia o tratado del delito o crimen.ORIGENEs una ciencia relativamente nueva, porque tuvo su origen a partir del siglo XIX, influenciada por los positivistas conocidos como los Evangelistas Del Derecho Penal: Cesar Lombroso, Enrique Ferri, Rafael Garfalo y ayudado por Franz Exner.CARCTEREsautnomaporque tiene sus propios mtodos, teoras y conceptos para estudiar las causas del delito.Pero tambin la Criminologa serelacionacon otras ciencias que no estudian el delito, es decir, esinterdependientecon: la Sociologa, la Psiquiatra, la Psicologa y el Psicoanlisis.OBJETOEstudia y se ocupa de: El delito, El delincuente, La vctima y El control social.CIENCIAS QUE LA INTEGRAN. la sociologa criminal, estudia los fenmenos del delito como hechos sociales; la psiquiatra criminal, la salud mental del delincuente que tambin interesa al derecho penal; la antropologa criminal, factores de la herencia, edad, raza, sexo; la estadstica criminal, mtodo por excelencia para el estudio de la delincuencia como fenmeno social o de masa; la psicologa criminal se divide en la Metafsica que no da importancia a la investigacin y la Emprica que es rigurosamente de observacin, y que son las ciencias que la integran.AREAS DE ESTUDIO DE LA CRIMINOLOGA: EL DELITO. EL DELINCUENTE. LA VCTIMA. EL CONTROL SOCIAL. El delito el hecho punible descrito y sancionado en la norma El delincuente la persona que comete el hecho punible La vctima, que antes no contaba con la atencin de nuestra ciencia, pero sin embargo estudios han demostrado que la persona victima de un delito en mucha ocasiones se convierte en victimario al percibir que el estado no le brinda la proteccin o el amparo El control social se ocupa del delito y castigo de una persona responsable del mismo, tambin la criminologa debe de ocuparse de la forma de reaccin frente a la delincuencia, de la eficacia del sistema de sancionesLA CRIMINOLOGA EN LA ACTUALIDAD. TENDENCIAS Y ORIENTACIONES.Es una ciencia emprica e interdisciplinaria que se ocupa del estudio del crimen, de la personalidad del infractor, de la vctima y el control social del comportamiento delictivo con intencin de esclarecer el fenmeno criminal, Fenmenos como el alcoholismo, la prostitucin, la asociabilidad, dado que son comportamientos que pueden desembocar en delitos.DEFINICIN DE DERECHO PENAL.Son un conjunto de normas jurdicas dictada por el estado para prevenir delitos ejercer la defensa social con medidas represivas preventivas y/o regeneradoras.ANLISIS DE SUS CARACTERESCompilada en cdigos, con reglas de carcter general que califican los delitos, mide las penas de acuerdo a su gravedad y participacin, sea como autor, cmplice, encubridores, etc. A travs de la pena, el Estado busca prevenir los delitos para la defensa social y rehabilitar al delincuente.RELACIONES ENTRE EL DERECHO PENAL Y LA CRIMINOLOGA.Tanto la criminologa y el Derecho Penal tiene su punto de relacin en el delito o crimen una disciplina busca explicar la causa el motivo de la comisin del delito en tanto que la otra establece normas de represin prevencin y rehabilitacin ni una ciencia puede existir sin la participacin de la otra ambas se complementan.INTERDISCIPLINARIEDAD CONSTRUCTIVA: DERECHO PENAL CRIMINOLOGA- POLTICA CRIMINAL.DERECHO PENAL OBJETOEl derecho penal a est orientado hacia la proteccin del delincuente es el lmite de la poltica criminal pues introduce garantas del ciudadano que no pueden vulnerarse Mtodo normativo y deductivo: deber serCRIMINOLOGIAEstudia el crimen o la personalidad de los delincuentes, la vctima y el control social del comportamiento delictivoPOLITICA CRIMINALLa poltica criminal est orientada hacia la proteccin de la sociedad y la prevencin y represin del delito.

LECCION IIMETODOS DE LA CRIMINOLOGIA. MTODOS DE LAS DISCIPLINAS NATURALES:EXPERIMENTACIN Y OBSERVACIN.Como ya sabemos la Criminologia es una ciencia por decir empirica por eso utiliza mtodos naturales como la experimentacin que consiste en observaciones, pero no de los hechos tales como se presentan de por s sino que provocados intencionalmente. Este mtodo se encuentra restringido a la criminologa porque no se puede hacer un estudio realizando experimento en o al hombre y la criminologa estudia las causas que llevan al hombre a cometer delitos. Y la observacin es el otro mtodo, este mtodo debe dirigirse a observar la personalidad del delincuente, a la conducta y a la repeticin de los hechos que la sociedad considera delito o que atentan contra la convivencia social.CASOS INDIVIDUALES, LA OBSERVACION: a) Autobiografa del delincuente. b) Observador participante. c) Observacin documental y observacin directa. Ventajas y desventajas de cada uno de los mtodos. Biografa del DelincuenteConsiste en escuchar la propia declaracin biogrfica del delincuente, explicando as el propio punto de vista del delincuente sobre su acto.Proporcionada por l mismo(autobiografa) opor su entorno.Desventaja: puede falsear datos, primero por la desconfianza, luego por observaciones realizada por algn profesional que ejerci la defensa del mismo, y tambin porque muchas veces es producto de una desviacin o falta de valores morales o squicos.OBSERVADOR PARTICIPANTESe introduce un investigador encubierto dentro del mbito deldelincuente para poder comprender sin deformaciones de las opiniones personales Cuando el investigador convive con el mundo del delincuente, con los riesgos de ser descubierto y/o ser arrastrado a ese modo de vidaOBSERVACION DOCUMENTAL Y DIRECTAAnalizar no slo los datos que proporciona el delincuente, tambin el COMO los otorga (modulacin de voz, miradas fijas, extraviadas o firmes, etc.) Registrar toda esta informacin de modo apoder contrastarla posteriormentecon nuevas declaracionesdel implicado.CASOS COLECTIVOS:Estudia a un grupo social determinado, se establece la forma de vida, la educacin, los delitos cometidos en esa comunidad. El mtodo preferido para la conclusin de este tipo de estudio es La Estadstica, para estudiar al delincuente como un fenmeno de masa o social, sacando una conclusin en forma numrica.REGISTRO GENERAL DE ACTIVIDADES. Caractersticas.consiste en realizar un seguimiento a un nmero determinado de personas, tomando apuntes de todas sus actividades, incluso desde su concepcin y hasta una edad de 30 aos aproximadamente.Desventajas: necesita un gran nmero de personas, la persona con el tiempo puede viajar mudarse, consentimiento de los padres o de los mismos observados quienes se pueden negar por violar su privacidad, onerosa por la cantidad de investigadores.ESTADSTICA: Interpretacin de datos.Se encarga de la recoleccin de datos concretos para convertirlos en nmeros, y sacar una conclusin porcentual realizando comparaciones, como por ejemplo edad, sexo, tipo de delito, nivel socio cultural, econmico etc.La estadstica tiene sus desventajas, pero da una referencia aproximada al investigador. En ese sentido podemos citar: Delitos cometidos y no descubiertos: abortos, los cometidos en la clandestinidad por la polica, traficantes etc. Delitos cometidos pero no denunciados: aborto, abuso sexual, contra el pudor etc. Delitos cometidos denunciados pero no comprobados judicialmente: tal vez por el tiempo que pas desde el hecho hasta la sentencia, o por inaccin de los auxiliares de la justicia etc.La Investigacin Criminalista Como Mtodo Cientfico.La Criminalstica es una ciencia auxiliar del Derecho Penal, es conocida como la ciencia de la pesquisa. Estudia a travs de mtodos a los agentes del crimen, dando respuesta a preguntas de: como, cuando, donde, quien o quienes cometieron el delitoConcepto de Criminalstica. Es la disciplina que tiene como finalidad el descubrimiento del delito, en sus diversos aspectos, lo que da lugar a una serie de actividades que constituyen esta ciencia y disciplina.La Criminalstica se compone de la Dactiloscopia, creada por un inmigrante Argentino de nombre Juan Vucetich su trabajo de organizar las huellas dactilares lo realizo en dicho pas, por lo cual fue considerado creador de dicha ciencia y se lo confunde de nacionalidad.-Identikit o retrato hablado, (actualmente existen programas de computadoras) Anlisis laboratoriales como el grupo sanguneo, ADN, recoleccin liquido seminal etc., Balstica estudio del arma proyectil.

LECCION IIIIdeas del Delito y de la Pena en los tiempos primitivos.Como sabemos en los tiempos primitivos haban clanes y tribus, que tenan como enemigos naturales a otros clanes y a los TABUES propios de cada clan. Los tabes eran (y son) costumbres que se tienen por negativas para la sociedad en general y cuyorompimiento acarreaba sanciones que podanser pena demuerte o expulsin del clan(destierro).La idea predominante era la de mantener laPAZ dentro del clan yque aquel que atentaba contra la paz, mereca un castigo.Primer Perodo: La Venganza Privada. Discusin. Individual y colectiva.La venganza PrivadaClan totmico con Tabes, cdigo protector de la sociedad, el queviolaba el tab era purificado ocastigado conpena de muerte.La Venganza Privada Individual:Era el tomar recurso de defensa por parte del ofendido, sin ms ley, podaejercerjusticiapormanopropiainclusoocasionandolamuertedelofensor,porlevequehayasido la ofensa.La VenganzaColectiva ode SangreTcnicamente es lo mismo que la venganza individual, pero en lugar de tratarse de personas especficas,hablamos ya de clanes y de tribus enteras, donde uno o varios de los miembros era ofendidopor losde otra.Instituciones: El Talin. Nocin. El Talin; nocin. Como sistema del derecho penal corresponde al primer periodo, consiste en retribuir el mal fsico por otro mal fsico de la misma naturaleza.La composicin. Origen. Concepto.Tuvo su origen a raz de la inspeccin del derecho al Asilo en la cual la permanencia en un lugar sagrado era inviolable, es decir, no podra penetrarse en los lugares santos, donde se practicaban liturgias sagradasLa diferencia entre el Talin y la Composicin se da en que el primero se basa en la idea de igualdad de dao, dado que la idea de justicia encierra para este sistema una equivalencia entre delito y pena. En la composicin se establece una especia de tarifa o monto para cada hecho que atentaba contra la convivencia, una vez abonada la sancin pecuniaria al estado y a la victima el delito quedaba extinguidoSegundo Perodo: La influencia teocrtica. La venganza divina como fundamento del Derecho Penal. Al primer periodo donde predomina el Derecho de Castigar sucede el periodo Teocrtico. La Justicia tena por fundamento la Venganza Divina que era ejercida por sumo Sacerdote o el Rey. Por lo que el delito era considerado una ofensa a la divinidad. La religin era la base de las Instituciones humanas de la antigedad, donde conceban la existencia de un ser superior al hombre. Durante este periodo el delito se confunda con el pecado y al que incurra en algunas faltas era penado por sacerdotes, pontfices, etc. la persona o el pecador prefera sufrir o padecer en la tierra por sus pecados que morir y su alma este cubierta o sucia y no sea merecedora de ser salvo/a.Sistema de expiacin y retribucin como base de la pena.no espera de la pena ninguna finalidad superior. No trata de enmendar al culpable, ni hacer feliz a la sociedad evitando la accin de elementos criminales, la razn de ser de la pena es el de infligir un castigo que envuelve la idea de EXPIACION.LA EXPIACION: es la imposicin del mal de castigo al mal del delito. La Expiacin en los pueblos Orientales sirvi de base a la pena porque el que rompa la armona impuesta a la divinidad, mereca castigo. Legislacin Penal Antigua: IndiaEl Derecho penal de la IndiaEl Cdigo de MANU El Derecho penal se aplicaba segn las castas. En este sentido exista una profunda desigualdad en la justicia, siendo los Brahamanes o Sacerdotes de Dios en la tierra los que aplicaban las penas, y el Derecho de castigar se conceba como una emanacin del Dios supremo a travs de los mismos sacerdotes.Persia: En Persia no cesa el carcter moral y religioso de las leyes, carcter que puede decirse es comn a todas las legislaciones antiguas.Zoroastro es un legislador religioso. Segn el cdigo dejado por l, la pena no es ms que una purificacin, el medio para obtener el triunfo del principio bueno, haciendo volver al culpable semejante a la luz. Las penas mediante las cuales se puede obtener esta transformacin son crueles y comprende la muerte, que se produce aplastando la cabeza del culpable, vacindole estao fundido en los odos, quitndole lentamente la piel o sepultndole vivo.Egipto:En el antiguo Egipto la expiacin es a menudo, debido no solamente por el reo, sino tambin por toda su familia para aplacar la ofensa a la divinidad. Por lo que el concepto de expiacin tiene su origen en la idea de la purificacin. Las penas son generalmente mutilaciones de toda clase.Derecho Penal Hebreo: La legislacin penal del pueblo de Israel se haya contenida en los cinco libros del antiguo testamento: el gnesis, xodo, levtico, nmero y Deuteronomio.La pena en la legislacin hebrea no tena solamente una finalidad expiatoria, sino tambin ejercan una coaccin psicolgica por medio de la anunciacin de la pena, es decir, con las penas esperar corregir y evitar la comisin de delitos.DEFINICIN DEDELITOUndelitoes un comportamiento que, ya sea por propia voluntad o por imprudencia, resultacontrario a lo establecido por la ley. El delito, por lo tanto, implica una violacin de las normas vigentes, lo que hace que merezca uncastigoopena.Definicin de la penaes lacondena, lasancino lapunicinque un juez o un tribunal impone, segn lo estipulado por la legislacin, a la persona que ha cometido undelitoo una infraccin.CLASES DE PENAS. A) CAPITALES: 1.- Pena de muerte. 2.- Servicio perpetuo en minas. 3.- Perdidas de los derechos civiles. B)NO CAPITALES: 1.- Corporales: Mutilacin. 2.-INFAMANTES: Expulsin de Casos pblicos.3.- PATRIMONIALES: Confiscacin, multas.El Derecho Penal en los Pueblos Precolombinos: Las dos lneas de accin geogrficas.Derecho penal Guaran: La cuestiones personales se resolvan en una especia de duelo reglamentario. Los ancianos aplicaban las penas de acuerdo a las costumbres. El asesinato se castigaba con la muerte y en caso de haber atenuante con el destierro. La brujera tambin era fuertemente castigada. En cuanto a la mujer, garantizaron con una fuerte penalidad, lo mismo que para el adulterio que castigaba con la muerte, ya que exista el divorcio. Derecho Penal Azteca: Comprenda la doble forma de penal: corporal y pecuniaria. No se tiene noticia si existi una de las formas con exclusin de la otra. La venganza de sangre es caracterstica de la organizacin gentilicia y ms tarde la composicin en principio sustituye a aquella como forma normal de reparacin. El robo, homicidio y el adulterio eran llamados crmenes enormes. Igual que la traicin al rey o al Estado, los atentados contra la autoridad o majestad. Derecho Penal Incaico: El derecho penal se encontraba sumamente desarrollado en la poca de la conquista. El carcter exclusivamente publico pues aun si no haba querella se actuaba de oficio. La violacin de la ley constitua un sacrilegio., debido a la naturaleza teocrtica de la organizacin poltica. Al delincuente no se le castigaba por el delito, sino por quebrantar el mandamiento y roto la palabra del Inca. Tena un carcter intimidatorio, por la dilacin del castigo se atrevan mucho a delinquir. La justicia era muy lenta. La responsabilidad no era estrictamente individual, pues en los delitos graves la pena amenazaba a un considerable nmero de personas.

LECCION IVEl Derecho Penal en GRECIA: PRIMERA ETAPA: Carcter divino.Esta etapa tambin se la conoce con el nombre de Legendaria. Las primeras explicaciones del delito tuvieron carcter bsicamente religioso. El delito constitua una infraccin a las leyes que regulaban la vida social; pero como esas normas tenan fundamentos religiosos provenan de mandatos divinos, infringirlas equivalan a oponerse a Dios o los Dioses.SEGUNDA ETAPA: Funcin soberana del Estado.La Segunda Etapa de Grecia se denomina Histrica, y el derecho de castigar evoluciona, de la divinidad al delito con base en el derecho natural. Las leyes variaban por los diversos Estados existentes, es decir que en cada Estado se aplicaban leyes distintasATENAS: Dracn y SolnGrecia estaba formada por una serie de ciudades-estado independientes. Las dos polis griegas ms importantes fueron Esparta y Atenas. A finales del siglo VII se promulgo la primera legislacin de la Ciudad de Atenas, el Cdigo de Dracn.el Siglo VII a.c., al legislador Dracon o Draco se le atribuye la primera codificacin de las leyes de la ciudad que hasta ese momento eran transmitidas oralmente.El rigor del cdigo que contemplaba penas muy severas an para infracciones menores, dio origen a la expresin draconiano para indicar lo riguroso del castigo. A todos los convictos se les aplicaba la pena mxima aunque fuera leve su falta, prcticamente todos los delitos o faltas tenan la pena de muerte.SOLON: Vivi en el siglo VI a.c. reform la sociedad en un momento de crisis poltica, militar y econmica, con esta reforma suavizo las leyes de Dracn con otras ms benvolas. Puso las bases para la democracia ateniense, libero a los campesinos de su endeudamiento y elimino la servidumbre por deudas, clasifico a los ciudadanos en cuatro clases de acuerdo a su riqueza. Se reconoci a los jueces la facultad para juzgar las acciones no tipificadas con base en la equidad.ESPARTA: Licurgo.A partir del siglo VII a.c. el legislador Licurgo introdujo las reformas militaristas que hicieron de Esparta una ciudad hoslita.Con las Leyes de Licurgo en el siglo VII, se instituye una Eunomia o igualdad de todos ante las leyes. Pero a diferencia de Atenas la Eunomia espartana era sinnimo de una enorme disciplinaLos principios que se le atribuyen son: la subordinacin de todos los intereses privados al bien pblico, la imposicin de una estructura social modelada por la vida militar, la educacin de los jvenes encomendada al propio estado, y la obligacin de la sobriedad en la vida privada.DOCTRINA PENAL DE LOS FILOSOFOS: Pitgoras. Platn y Aristteles.Pitgoras:Para Pitgoras la pena era el sufrimiento por romper la armona natural, as nace la Teora de la Expiacin. El estado armnico del mundo lo representa a travs de la clsica balanza de la Justicia, donde por un lado se encuentra el delito y en el otro la pena simbolizando con esta figura el orden y la armona.PLATN.Sostiene que el objeto de laverdadera ciencia son las ideas. Asigna al estado lamisin de hacer reinar la virtuddictando leyes. La funcin penal tiene por objeto corregir al delincuente. El fundamentodel Derecho a castigar es la defensa dela armona social.ARSTOTELESAfirma que lanica realidad es el individuo, no hay consideracin como causaal individuo, si nobuscar, la verdadera causas. Proclama la responsabilidad moral de nuestros actos.El Derecho Penal en ROMA Evolucin. Ley de las XII Tablas (Siglo V a. c ) poca Imperial. Caracteres.Los delitos y las penas.EN LA REPBLICA. La Ley de las 12 Tablas. Introdujeron importantes reformas como: Divisin de los Delitos:a) Delitos perseguidos incondicionalmente. b) Delitos perseguidos condicionalmente. c) delitos que merecen sanciones civiles. Otras Divisiones: a) Delitos Pblicos: Atentados contra la vida y el estad. b) Delitos Privados: Hurto Injuria.EN EL IMPERIO.- Se formaronlas clebres escuelas: a) SABINIANA: Daba importancia a los principios de equidad. B)PROCULEYANA: Aplicacin del derecho estricto.- LEY PENAL: Papiniano la defini Es la represin de los delitos cometidos voluntariamente o por ignoranciaEL DELITO SE DIVIDE EN3: a) PUBLICOS: Atentar contra el estado. b) PRIVADOS: Hurtos. c) EXTRAORDINARIOS: Contra la propiedad, violacin de sepulcros, engao, aborto, sin el conocimiento del marido. PENAS: Era el mal que en retribucin por un delito cometido se impona a unapersona. CLASES DE PENAS. A) CAPITALES: 1.- Pena de muerte. 2.- Servicio perpetuo en minas. 3.- Perdidas de los derechos civiles. B)NO CAPITALES: 1.- Corporales: Mutilacin. 2.-INFAMANTES: Expulsin de Casos pblicos.3.- PATRIMONIALES: Confiscacin, multas.El Derecho Penal en la EDAD MEDIA. Durante este largo periodo, el derecho penal evoluciona lentamente, se transforma a medida del avance de los pueblos con su civilizacin. El estudio del derecho penal comprende el derecho penal germnico, feudal y eclesistico.Derecho Penal Germano.este grupo tena su propio Derecho y como era distinto al romano, ante este conflicto la solucin fue crear un sistema personal de derecho en que cada pueblo se regira por la ley a la que perteneciera.Este sistema de convivencia paralela obligo a los juristas a establecer la Professio Juris, mediante la cual se obligaba a cada persona a declarar explcitamente as como probar con toda claridad cual era la ley suya por la cual deba regirse,. Este sistema subsisti hasta el establecimiento del rgimen feudal en Europa. Por lo tanto a la hora de dictar justicia el Juez deba consultar los textos Romanos si el individuo era ciudadano de Roma; por el contrario cules eran las costumbres de los pueblos Germnicos.Intervencin del Estado en la justicia penal.El estado se constituye paradar garantas a la libertad. En el Derecho Penal se not el poder creciente del Estadopara ejercer la Justicia. El Derecho era la Paz.El Delincuente rompa la paz. La rupturapoda ser: PBLICA (Comunidad) y PRIVADA (Unapersona).Instituciones Penales propias: LA FAIDA. EL VEREGILDO. EL FREDUS. LAS ORDALIAS.LAFAIDA: Especie devenganza colectiva. Consista en una guerra privada (entre familias o entre dospersonas) por haber cometido una de ellas undelito. La victima tena derecho adeclarar la guerra, pero lo especial erapedir una TREGUA DE DIOS es de sumaimportancia porque en el lapso se poda llegar aun acuerdo.EL VEREGILDO. Consiste en pagar una deuda endinero, como tributo de guerra el delincuente al pagar nopoda ser atacado pues volva otra vez al estado dePaz.EL FREDUS. Cuando se cometa un delito y el estado intervena, cobraba una contribucin llamada FREDUS.LAS ORDALIAS. Institucin que dejaba actuar a la divinidad paraasegurar la verdad en una causa criminal. Normas casi sagradasque se componan de tres partes: Adjutario, El exorcismus, La InvocattioDerecho Penal FEUDAL: Caracteres.En esta poca se mantiene el Sistema Penal Germnico. Con la invasin de los visigodos a Espaa se trasplantanlas leyes y las costumbres de los Germanos a Europa Occidental. La base de la justicia penal sersiempre la COMPOSICIN y en su defecto la guerra. En esta poca solo existieron cambios de organizacin. Leyes Espaolas: FUERO JUZGOS LAS 7 PARTIDAS. CONCEPTO DEDELITO: Malos hechos que se hacen a placer de unaparte o a deshonra de otra.Provee dos modos de intencin criminal: a) El dolo y; b) La culpa.Derecho Penal ECLESIASTICO. Influencia.El poder punitivo se ejerca en nombre de Dios. La iglesia discuti y admiti como base de la responsabilidad LA INTENCIN ms tardese constituy en el principio central de la Ley Moderna. Aporto principios como: castigo por suicidio, aborto voluntario considerados como delitos contra las buenas costumbres.Sistemas Penales. Leyes de estos pueblos.En el Derecho Cannico se distinguieron dos clases de delito:1 Delicta Eclesiastica: Que era la violacin del Derecho Divino2. Delicta Mere Secularia: Delitos que ofendan a los intereses meramente humanosLos primeros eran castigados con las penas sacras y los segundos con las penas laicas.El derecho penal cannico tambin influy con algunos principios, como: castigar el suicidio, el aborto voluntario, considera delito toda relacin carnal fuera del matrimonio, la usura, entre otros.Derecho Penal en la EDAD MODERNA: Revolucin Mercantil. Siglo XV al sigloXVIIIDurante la Edad Moderna se inici unsistema de procedimientos extremadamente injusto, llamado PROCEDIMIENTO INQUISITIVO, donde los procuradores del rey o losjusticieros del Rey ejercan de oficio la accin. En este sistema el acusado ocupa un lugar de inferioridad al acusador. Una de las caractersticas del Derecho penal de los pueblos modernos, en los siglo que van del XV al XVIII, es la arbitrariedad de las penas debido a que los jueces o soberanos tenia la ms amplia facultad de imponer penas que no estaban prefijados en las ordenanzas.

REDUCCIONISMO CRIMINOLOGICO-TEOCRATICO DEL DERECHO PENAL.Caractersticas. Penas legales y extralegales. Legislacin Penal.Como dije anteriormente era muy injusta las leyes y haba una gran desigualdad entre delito y pena, se crey que con el rigor de las penas se terminara con la criminalidad. Durante la edad moderna la pena se aplicaba segn los rangos. Dominaba el principio de ser castigado segn su calidad. Caractersticas. Penas legales y extralegales. Ya en el siglo XVII, las penas se dividieron en:Penas Legales, aquellas fijadas en cdigos penales u ordenanzasPenas Extralegales, las que no estaban fijadas en los cdigos, y podan ser aplicadas por los jueces a su capricho sin ajustarse a ley alguna.Legislacin Penal.Estas legislaciones estaban tenan connotaciones teolgicas y morales,Entre los delitos ms graves figuraban: Los crmenes de LESA MAJESTAD DIVINA: hereja, ateismo, sacrilegio, blasfemia, magia y hechicera. Los crmenes de LESA MAJESTAD HUMANA; alta traccin, atentados a la vida del Rey o Prncipe, conspiraciones contra el Estado, rebelin, sedicin. Entre las penas ms severas figuraban la rueda, la orca, la hoguera, y tambin la prisin.

LECCION VREVOLUCION INDUSTRIAL: S. XVIII a XX. Contexto Histrico.La revolucin industrial significo un periodo de cambio en la vida y costumbre de los hombres. Teniendo en cuenta el invento mquina de vapor, de las herramientas y maquinarias que remplazaban la mano del hombre, Esto causo que aquel padre de familia desocupado por la maquinacin, tenga que buscar el sustento u otro medio de vida que empez a escasear por lo que tuvo que mendigar e incluso caer en la tentacin u obligacin de cometer delitos como el hurto, el robo etc., La mujer con el roce fuera del hogar empez a socializarse a realizar actividades que en la antigedad estaban vedadas a las mujeres, esto provoco que aumentara los delitos cometidos por la mujeres. Y los nios crecan con una conducta inapropiada con toda clase de costumbre adquiridas fuera del hogar que hizo que en su mayora tenga una fuerte tendencia al desvi de su conducta si es que antes no terminaba accidentado o muerto por el trabajo sin experiencia.PRIMERA ETAPA: S.XVIII a mediados del XIX PERIODO FILOSOFICO-JURIDICO DE LA CRIMINOLOGIADurante este periodo se tuvo un cambio en el pensamiento social de la poca influenciado estudiosos y pensadores conocidos Rousseau,Voltaire, Montesquieu, Hobbes ellos influyeron para que todo un sistema penal de la poca cambiara basndose en el respeto y reconocimiento de la dignidad humana y aportaron notablemente al derecho que se concreto con la Revolucin Francesa. Dejo de haber tortura, traros inhumanos, pena de muerte, mejor trato con los presos y cosas asi.Fundamentos del Derecho de Castigar: Este derecho a evolucionado a travs del tiempo fue tema de los juristas y filsofos de todos los tiempos para explicar los fundamentos es este derecho El estudio de este aspecto del derecho penal es importante por varias razones, en primer lugar por la diversidad de opiniones y doctrina que el derecho penal ir recogiendo para estructurarlo mejor y en forma definida, y en segundo trmino, la sociedad de acuerdo a los postulados aceptados dirigir su lucha contra la criminalidad.Competencia de la Sociedad para el ejercicio del jus puniendi. Atribuciones del Estado.Reconocido la legitimidad que tiene el Estado de ejercer la justicia positiva. Este fundamento se refiere al modo de ejercer larepresin o la finalidad de la pena.ENCICLOPEDISTAS.Rousseau: sostiene que el hombre es naturalmente bueno, y que la sociedad es la que corrompe, teoras influyeron poderosamente en la revolucin francesa y su sentimentalismo y amor a la naturaleza son precursores del romanticismo.Voltaire Francisco: se dedico mas activamente en difusin de su filosofa a travs de su diccionario de filosfico, funda su moral en la tolerancia y la razn.Montesquieu: El Espritu De Las Leyes su obra capital donde desarrolla su idea de la divisin de los poderes, base del parlamentarismo moderno.Hobbes Tomas: filosofo Ingles autor del Leviatn, obra en la que sostiene en Filosofa el Materialismo, Moral el Utilitarismo, y el Despotismo en Poltica.TEORIAS ABSOLUTAS Y RELATIVAS:Teora absoluta o la de retribucin o expiacin. Tiene como antecedente la escuela Pitagrica, queparte de el principiode que la naturaleza es armona, el que larompe debe sufrir una pena a findeestablecer el orden. La pena es una retribucin al mal del delito.CRTICA. Radica la pena en forma abstracta. Parte de unprincipio concebido a priori de que la pena siempre es justa. El fundamento de castigar debe resistir en el hombre.Teoras relativas o de defensa social:La pena se aplica para evitar que se cometa un delito implica una idea de fin. El carcter expiatorio de la pena se sustituye por el principio de la defensa social. La DefensaSocial puede ejercitarse de diversos Modos:Intimidacin. Significa que la pena se aplica al sujeto a fin de que por el ejemplo otros no cometan delitos, se castiga no precisamente por el hecho cometido, sino para impedir que en el futuro se siga faltando al orden publico. Algunos dividen esta teora en: Preventivas, por la sola enunciacin de la pena y la Ejecutiva, por la ejecucin de la pena.Defensa social. Romagnosi Impulso Criminal Y LaContra Impulsin Penal.Sostieneque la justicia penal tiene por objeto prevenir y no reprimir. La penase justifica por lanecesidad de la sociedad de defenderse. Sostiene que la impunidad traera caos enlasociedad.Coaccin psicolgica. Anselmo Feurbach, sostiene que la coaccin es la sicolgica, no admite que se intimide al individuo por el dolor de la pena ejecutada contra el delincuente, la coaccin consiste, en que, a travs de la pena prevista en la ley se amenace de esta manera, la amenaza es squica, interna, rechaza la intimidacin por el sufrimiento del delincuente, la amenaza se opera desde la propia ley.Advertencia. ANTONIO BAUER. Expone que la PENA tiene por fin evitar la perpetracin de los actos delictuosos, mediante una advertencia. Noadmite la intimidacin y la coaccin Psicolgica como fundamento de represin.Utilidad. Jeremas Benthan se funda en el principio de la utilidad socialEl fundamento del derecho penal es la utilidad. La sociedad reprime las consecuencias del delito si le es til.Se puede prevenir el delito de tres manera:1 Quitndole el poder fsico, no pudiendo ya el hombre cometer el delito y esto mediante la separacin de la sociedad, por el aislamiento.2 Hacindole perder el deseo de cometerlo, es decir, imponindole una pena tan grave que pierda la aspiracin de cometer el delito, y3 Quitndole la audacia de cometer por medio del temor, que puede inspirarle por ejemplo en la seguridad de la justicia, etc., o puede quererlo pero no se atreve.

LECCION VIPERIODO FILOSOFICO Y HUMANITARIO. Renovacin iniciada por el italiano CESAR BONESANA, MARQUES DE BECCARIA en 1.764.Sus principios sehallan en su obra DELOS DELITOS Y LAS PENAS. Con su obra seorigina la ESCUELACLSICA. Su obra constituye un combate contra la justicia penal de susiglo, en la cualse halla una reinante arbitrariedad, falta degaranta para el acusado, ausenciasdereglas invariables. BECARIA no solo quiere reformar el sistema penal sino reformar lasinstituciones penales; aprovechando las ideas de los Revolucionarios FRANCECES paraexponer sus doctrinas.Anlisis de su obra De los delitos y de las penas. Postulados del Marqus de Beccaria.Ley a ROSSEAU, MONTESQUIEU, quienes eranllamados ENCICLOPEDISTASy cuyos principios filosficos le sirvieron de inspiracin. El pensamiento central del sigloXVIII gira alrededor de la LIBERTAD. Se observa quela idea era oponer los derechos delas personas frente a la tirana delos reyes. Beccaria sostiene que debe existir una relacin entre el Delito y la Pena. Propone una PROPORCIONALIDAD: Un delito quecausa mayor perjuicio sedebe imponer mayor pena Reforma Penitenciaria: John Howard. Principios. El sistema celular o de aislamiento.Jeremas Bentham: El Panptico.Howard comenz a fines del siglo XVIII la transformacin delrgimen penitenciario. Inici un sistema CELULAR estableciendo que los condenadosdeban estar separados de noche en susceldas y de da trabajar en comn. Laspenitenciarias pronto seorganizaron con los siguientes caracteres:1.- El trabajo comomedio de regeneracin. 2.- La enseanza religiosa. 3.- Edificios adecuados y limpios.JEREMAS BENTHAM: EL PANPTICO. Bentham ide una crcel en la cual se vigilara todo desde un punto, sin ser visto. Bastara una mirada que vigile, y cada uno, sintindola pesar sobre s, terminara por interiorizarla hasta el punto de vigilarse a s mismo. Bentham se dio cuenta de que "el panptico" era una gran invencin no slo til para una crcel, sino tambin para las fbricas. Si bien el modelo de Bentham fue criticado (aunque l lo consideraba una genialidad), de alguna forma todas las crceles, escuelas y fbricas a partir de aquella poca se construyeron con el modelo panptico de vigilancia.

LECCION VIISEGUNDA ETAPA: mediados del S. XIX a fines del XX. LAS ESCUELAS: ESCUELA CLASICA: Denominacin.La obra de Beccaria titulada DE LOS DELITOSY DE LAS PENAS no fue una obra jurdica y cientfica, fue una obra que puedeconsiderarse el origen de la ESCUELA CLSICA del Derecho Penal. Fue producto de laFilosofa Racionalista del siglo XVIII. Se caracteriza por el espritu individualista ypretende defender al individuo delestado.Postulados Esenciales: 1) Mtodo Especulativo: Se basa en el Sistema Dogmtico donde todas las instituciones penales eran a priori. Era un mtodo riguroso. Eleva la responsabilidad moral a la categora de dogma inalterable.2) Imputabilidad y Responsabilidad Penal: libre albedro, culpabilidad moral, el dolo y la culpa. El hombre normal y consciente es libre en determinarse. Es capaz de obrar voluntariamente hacia el bien o el mal. La responsabilidad es producto de un acto cometido con voluntad y conciencia.3) Fundamento de la Pena Es la retribucin del mal o sufrimiento. Rossi: la pena en s es un mal que recae sobre el autor de un delito y por causa de l Debe ser un padecimiento grave o leve. Es un castigo. Es una defensa social ejercitada por distintos medios.4) El Delito como ente jurdico. La esencia reside en una relacin que exige el concurso de elementos de los cuales resulta el conflicto del hecho con la ley civil, constituye la criminalidad en accin.Anlisis de la definicin del delito de FRANCISCO CARRARA.EL DELITO ES LA INFRACCIN DE LA LEY DEL ESTADO, PROMULGADA PARA PROTEGER LA SEGURIDAD DE LOS CIUDADANOS, RESULTANTE DE UN ACTO EXTERNO DEL HOMBRE, POSITIVO O NEGATIVO, MORALMENTE IMPUTABLE Y POLTICAMENTE DAOSOESCUELA CORRECCIONALISTA: Denominacin. Postulados Esenciales. Exposicin de la doctrina segn CARLOS DAVID AUGUSTO ROEDER.De la enmienda o de la reforma. Fue autor de varias obras de Filosofa del Derecho Era un derecho que tena el delincuente a ser corregido de aquellas tendencias que lo haban llevado directamente a la comisin del delito. Cuando un hombre cometa un delito era porque haba en l algo que estaba en contradiccin con el medio ambiente en que viva porque su voluntad estaba enferma, psicologa deficiente, condicin psquica en condiciones de ir al delito, no comprende lo que representa el delito ni para l ni para la sociedad.Anlisis de la obra de PEDRO DORADO MONTERO: EL DERECHO PROTECTOR DE LOS CRIMINALES. Aplicacin actual de los principios del CORRECCIONALISMO.Prestigiosa mentalidad del Derecho Penal. Libro: El Derecho protector de los criminales. Causa del Delito: La voluntad del Delincuente, surge por duda. Fundamento: PREVENTIVO Y PRESERVADOR. La pena no tiene como objeto castigar ni compensar sino impedir el delito futuro por medio de la transformacin del delincuente. Procura el mejoramiento del hombre.

LECCION VIIIPRECURSORES DE LA TEORIA DE CESAR LOMBROSO: Teora de la FISONOMIA y de la FRENOLOGIA. Francisco Gall y Juan Gaspar Lavater.PRECURSORES DE LA TEORIA DE CESAR LOMBROSOLafisiognoma(delGrieg.) physis (naturaleza) y gnomon (juzgar, interpretar) es considerada habitualmente como unaciencia folklrica, basada en la idea de que por el estudio de la apariencia externa de una persona, sobre todo sucara, puede conocerse el carcter o personalidad de sta.El principal promotor de la fisiognoma en tiempos modernos fue el pastor suizoJohann Caspar Lavater(1741-1801),LaFrenologatambin ha sido relacionada con la fisiognoma. Creada alrededor del ao1800por el mdico alemnFranz Joseph GallyJohann Spurzheimgoz de amplia popularidad durante el siglo XIX enEuropay los Estados Unidos. Sin embargo la frenologa examina rasgos de la forma de la cabeza, bajo el supuesto racional de que el desarrollo desigual de las partes del cerebro interviene a la vez en el carcter y en la forma del crneo. Tambin puede relacionarse con la fisiognoma laAntropologa criminaldeCesare Lombroso, que consigui una efmera influencia a fines del siglo XIX.ESCUELAPOSITVIA Denominaciones FundadoresLa nueva tendencia que se levanta contra la Escuela Clsica adquiere el nombre de Escuela Positiva, llamada tambin Antropolgica o Itlica, no por un sistema filosfico, sino por la aplicacin de un mtodo de observacin y experimentacin en el campo de las ciencias penales. Entre sus exponentes ms importantes tenemos a CESAR LOMBROSOO, ENRIQUE FERRI y RAFAEL GAROFALO.Fases de evolucin de la Escuela Positiva: Fase Antropolgica, Fase Sociologa, Fase JurdicaFASE ANTROPOLOGICA (CESAR LOMBROSO) Observ caractersticas similares en reclusos indisciplinados -Tuvo la oportunidad de observar el cadver de un famoso delincuente italiano (Villela), de cuya observacin se percat que tenia rasgos anatmicos anormales, - Con cada nueva observacin en reclusos hallaba cada vez ms cantidad de anormalidades, lo que le impuls a crear una teora que la dio a conocer en su obra: EL hombre delincuente La existencia de un tipo Criminal segn Lombroso: Caracteres Anatmicos: Menor capacidad craneana. Altura del rostro mayor de lo normal; maxilar inferior ms desarrollado, frente estrecha; escasa pilosidad.Caracteres Biolgicos: Mayor agilidad, mayor sensibilidad de los estmulos (olfativos, meteorolgicos) Caracteres Psquicos: Carente de moral. Contradiccin en el individuo. Inestabilidad emocional. Tendencia a la venganza. Los criminales son perezosos y pocos dados al trabajo. CLASIFICACION DE LOS CRIMINALES SEGN LOMBROSO, CRIMINAL NATO: Impulsado por su propia naturaleza, comete delitos. Tiene por excelencia los caracteres lombrosianos. CRIMINAL PASIONAL O DE IMPETU: Operan a causa de sentimientos como el sentido de honor, el patriotismo.CRIMINALES LOCOS: Incluye tanto a anormales graves como aquellos que se encuentran en situaciones limites. CRIMINALES OCASIONALES: Delinquen por influencia de factores externos. Critica a la teora de LombrosoInexistencia de un criminal nato como especie de genero humano aparte. Preocupacin exclusiva del lado naturalistico del delito. Uso exclusivo de mtodos de las ciencias naturales. FASE SOCIOLOGICA. ENRIQUE FERRIObra ms importante Sociologa Criminal Nunca acept la idea absoluta del delincuente nato, para l, el delincuente obraba bajo la influencia de la sociedad; el delito es producto del factor social. El delito es un fenmeno social que no puede existir sin la sociedad. No busca el fundamento de Castigar al delincuente sino busca que ello no se vuelva a repetir y para ello salva a la sociedad enviando a ese individuo a prisin por medio de la DEFENSA SOCIAL. Las cusas del delito: Factor Antropolgico (constitucin orgnica; caracteres psquicos, y personal como el estado civil y la educacin) Factor fsico (clima); Factor Social (como la densidad de la poblacin, la religin, la economa; la familia, las costumbres, etc.)FASE JURIDICA. RAFAEL GAROFALO, Obra ms importante Criminologa Acepta las ideas de Lombroso pero no en su integridad. Crea su doctrina de la Temeridad. Sostena que la crcel no intimida a los asesinos, por lo que consideraba a la pena de muerte como el recurso para evitar males mayores.TEORA DE LA PENA.- El Estado debe eliminar al delincuente que no se adapta a la sociedad y a las exigencias de la convivencia. La Pena ha de estar en funcin de las caractersticas concretas de cada delincuente, entendiendo indicada la pena de muerte para criminales violentos, ladrones profesionales y criminales habituales en general. Postulados de la Escuela PositivaRechaza el Mtodo Dogmatico y acepta el Mtodo experimental EL fundamento del Derecho Penal es el principio de Responsabilidad Social y de la Defensa Social El hombre como sujeto de la ley penal, Todo ilcito constituye un delitoLa imputabilidad debe ser objetiva (determinacin de la temibilidad en equilibrio entre derechos individuales y garantas sociales) EL fin principal de la pena es la Prevencin Responsabilidad Social derivada del determinismo y TemibilidadEL ideal del Cdigo Positivista consiste en adaptar a cada delincuente una sancin basada exclusivamente en el peligro que represente a la sociedad en que vive. EL delito como ente natural y social producido por el hombreEL delito era un acto que se encontraba en contradiccin con la vida del grupo. Toda conducta reveladora de una tendencia antisocial, por ese solo hecho era delictuosa. EL Delitos es pues algo existente por si mismo, con independencia de las leyes que lo sancionan. La pena no como castigo, sino como medio de defensa social,La medida de la sancin debe ser la temibilidad. La pena es una sancin que la sociedad debe utilizar para evitar delitos futuros. Si el estado de temibilidad es mnima la sancin debe ser breve.

LECCION IXESCUELA FRANCESA: Denominacin. Fundador: ALEJANDRO LACASAGNE.ALEJANDROLAQCASSAGNE, inicia la tarea de combatir los argumentos de la ESCUELA PENALPOSITIVA, sostenida por LOMBROSO, FERRI, GARFALO, acerca delos argumentosreferentes a la Teora Atvica, Epilepsia, Locura Moral, Delincuente Nato. Estima quelas causas de la delincuencia son principales sociales. Sostiene que el factor social esdeterminante del delito. El Criminal es el Microbio y la Sociedad el caldo de cultivo que desarrolla mala TendenciaTeora del Medio Ambiente o MesolgicoEl medio ambiente como causade la criminalidad es importante en el estudio de las escuelas penales y laCriminologa. Estudiando la naturaleza de dichas causas se pueden elaborar medios deprevencin y reposicin contra la criminalidad. MESO (medio) LOGO (estudio o tratado)MESOLOGA: Estudio del Medio Ambiente.ELANTROPLOGO L. MANOUVRIER (1850-1927).Sostuvo que las investigaciones antomicas no haban revelado un carcter exclusivo de los criminales. (Refuta lo sostenido por LOMBROSO, le da mucha importancia a lo biolgico).CONCEPTO DECRIMINAL DE MANOUVRIER.El criminal es productodel medio ambiente social.Corrientes de la Escuela Francesa: a) Escuela Antroposociolgica de LacasagnePara Lacassagne el delito es por causas de factores sociales. Pero estas causas sociales actan sobre ciertos hombres, a quien l llama Hombres Predispuestos, por consiguiente el Concepto del Criminal Nato de Lombroso, que va al crimen por fuerza ciega, es rechazada, puesto que el hombre no trae al nacer el concepto del sentido moral, sino que se adquiere en la vida de relacin que se opera en distintas formas en una persona.Teora socialista de LORIA: obra PROBLEMASSOCIALES CONTEMPORANEOS aborda lascausas de la criminalidad con criterio esencialmente econmico. Turati: ObraDELITO Y CUESTIONES SOCIALES sostiene la admisin de tres factores de la criminalidad: 1.- Los Fsicos. 2.- Los individuos. 3.- Los sociales.COLAJANNI: Obra SOCIOLOGA CRIMINAL sostiene que las deficienciaseconmicas llevan al hombre al delito.Carlos Marx y el Capitalismo. Segn Carl Marx se les confiere una clara prioridad criminolgica (etiolgica) y poltica-criminal a los factores sociales que da origen al determinismo econmico, el materialismo histrico marxista que demostr la inexistencia del libre albedro. La defensa de la sociedad es el objetivo mximo de la justicia penal.Tersa Scuola: El eclecticismo penal. Conceptos. Exponentes. Manuel Carnevale y Bernardino Alimena. La nocin del delincuente nato de Lombroso, que era el delincuente instintivo que iba al delito llevado por una fuerza que l no poda evitar, viene a oponerse de una manera categrica a la doctrina anterior, es decir, a la Escuela Clsica, que deca que los hombres tenan el derecho de elegir el mal o el bien, en una palabra que presupona el libre albedro, fue precisamente el motivo central que dio origen a una nueva escuela Eclctica que llev el nombre de Tersa Scuola, siendo los fundadores dos criminalistas: Carnevale y Alimena Pero esta escuela quiso unificar en una teora intermedia los principios de la Escuela Clsica basada en la existencia del libre albedro y el factor determinante de la Escuela Positiva. Lineamientos.1. Fundamento de la pena: El fundamento del derecho de castigar descansaba en la defensa social, como lo establece la Escuela Positiva, pero no una defensa social en el sentido naturalizado ni en el sentido de una reaccin de la sociedad contra el delito que trata de combatir, sino que para la Tersa Scuola la defensa social era de carcter utilitario, utilizaba para la sociedad la defensa social porque le era til, no como reaccin instintiva sino como la medida ms conveniente.1. Defensa Social: los representantes de esta escuela afirman que la pena no es un castigo, no es una retribucin al mal del delito; la pena es una sancin proveniente de la Defensa Social. En este punto est de acuerdo con la escuela positiva, pero al mismo tiempo obra sobre el individuo que sufre la pena y obra sobre los dems que van a aplicar la pena. Es decir, la pena tiene al mismo tiempo una faz de coaccin psicolgica que obra sobre el individuo y los dems miembros de la sociedad.1. Criminalidad Adquirida: La Tersa Scuola sostiene no hay criminalidad congnita, no hay delincuente nato; hay s criminalidad adquirida. Delincuentes que despus del primer acto ocasional y en razn de una mala educacin y del ambiente en que han vivido adquieren condiciones de delincuencia que los convierten en criminales habituales que ejercen la profesin del delito como cualquier otra profesin.La Escuela de Poltica Criminal La Unin Internacional del Derecho penal. Exponentes Francisco Vons Listzt, Adolf Prins, Gerardo Von Hamel Creada en 1889 por Von Liszt, Van Hamel y Prins, se encausa en la lnea de las escuelas intermedias. Este positivismo crtico sustentado por la tendencia poltico criminal logr imponer su criterio en varios cdigos. La poltica criminal como ciencia es el estudio del conjunto de medios de lucha contra la delincuencia. LineamentosMtodo ExperimentalEl delito como ente natural y ente jurdicoPenas y medidas de seguridadEscuela penal tcnico-jurdica o neoclsica: exponentes Arturo Rocco, Vicenzo Manzini y Felipe Gripigni. Surge en el siglo XIX en Europa por una serie de penalistas que tratan hacer el cdigo penadle cada pas, la preocupacin por la ciencia penal el principal representante de la Escuela Penal Tcnico Jurdico o Neoclsico es el italiano Arturo Rocco. Para la escuela neoclsica la base de la responsabilidad radica en la capacidad de entender y querer. Desde el punto de vista de la imputabilidad, hay dos clases de delincuentes: los imputables y los no imputables. A los primeros se le aplican las penas y a los segundos las medidas de seguridad. La pena tiene un valor retributivo, es el mal impuesto al delito. Sostiene que la defensa social es la base del Derecho Penal. La defensa social segn Rocco tiene ntima relacin con el mantenimiento y reintegracin del orden Jurdico General y defensa de la sociedad contra el delincuente, para evitar la comisin de nuevos delitos.La base de la responsabilidad penal es la capacidad de entender y quererClases de DelincuentesImputables: se les aplican las penasNo imputables: se les aplican las medidas de seguridad.Postulados.Revaloriza el mtodo lgico abstracto. El delito es un ente eminentemente jurdico que genera un vnculo entre los gobernados y el Estado.Para determinar la imputabilidad hace a un lado el libre albedro. Distingue a los sujetos imputables y los inimputables. Reconoce como consecuencias jurdicas del delito a las penas y las medidas de seguridad.

. LECCION XDIVISIN PRIMITIVA DE JOS INGENIEROS. 1.- ETOLOGA CRIMINAL:Se ocupade las causas que determinan el delito, establece que el delito no es producto del librealbedro del delincuente sino que est determinado por la constitucin orgnica deldelincuente y las influencias de lascondiciones del ambiente en quevive.2.- CLINICACRIMINOLGICA: Estudia las mltiples formas en que se manifiestan los actosdelictuosos y los caracteres bio-siquicos. No requieren establecer grados de temibilidadpara con la sociedad y nola responsabilidad del delincuente.3.- TERAPETICACRIMINAL: Estudia las medidas sociales e individuales de represin del delito. No setrata de CASTIGO sino de asegurar la defensasocial contra la actividad morbosa del delincuenteCONTENIDO DE LA CRIMINOLOGA SEGN EDMUNDO MEZGER. 1 CONCEPCINANTROPOLGICA DEL DELITO: El delincuente es una especie de gnero humano.Para su estudio toma la misma conformacin fsica del delincuente que hace de el unaespecie aparte dentro del genero humano.2 CONCEPCIN PSICOPATOLGICA DELDELITO: Establece que el delito es una enfermedad si tiene una conformacin normal(sano, honesto, bueno) pero si se deforma(es malo, se convierte en delincuente).3CONCEPCIN BIOLGICA DEL DELITO: Es una tesis de correlacin corporal, anmica,somtica y squica. El hombre esta compuesto de cuerpo y alma.4 CONCEPCIN SOCIOLGICA DEL DELITO: Influjos sociolgicos en la produccin del delito.Denominada tambin teora del medio ambiente, otorga importancia a los factoresexgenos o co-humanos, entre los cuales destaca importancia especial a laeconoma.Todo el mundo es culpable,excepto el criminal.5 CONCEPCIN DINMICA DEL DELITO: El delito es producto de la disposiciny del mediocircundante. El delito es algo singular que no serepite, cada caso esdiferente y debe tenderse a la comprensin de cada uno de ellos.LA CRIMINOLOGA SEGN EL PROFESOR BENIGNO DI TULIO: Bajo ladenominacin deANTROPOLOGA CRIMINAL analiza las causas del delitoen: CAUSASBIOSOCIOLGICAS: Admite una construccin delincuencial que no esun estado morboso y que caracterizara aciertos individuos incluidos al delito. Tienen del delito una concepcin naturalista.

LECCION XIDE LA CRIMINOLOGIA ETIOLOGICA A LA CRIMINOLOGIA DE LAREACCION SOCIAL (1.970/1985)Tiene tambin como denominacin la criminologa crtica o radical, hace un anlisis de tipo poltico de los problemas de desviacin partiendo del concepto de Estado, como organizacin surgida para la proteccin de la burguesa, demuestra los intereses empresariales y los procedimientos y aparatos del Estado. La polica, los rganos jurisdiccionales y las penitenciaras como una fuerza al servicio de la clase dominante, y a la ley como un acto poltico. Est integrada: Por la Criminologa Interaccionista, Por la Criminologa Crtica o Radical que estudia las reacciones sociales, Criminologa Socialista o Marxista.REVOLUCION TECNOLOGICA (fines del s.xx) Globalizacin. Hegemona deldiscurso sociolgico en lo acadmico.REVOLUCIN TECNOLGICAEntre las funciones de la publicidad adems de la econmica, financiera, sustitutiva nos interesa las que actan especficamente en el comportamiento del individuo como son: Funcin estereotipadora. Efectan cambios sociales influyendo no solo en hbitos de consumo sino en relaciones afectivas y modos de vida.Funcin desproblematizadora. Pretende quitar o aminorar el dramatismo de la vida cotidiana. Mediante referencias placenteras, mediante una infinidad de mtodos, incentivando el ocio por ejemplo.En la comunicacin no importa lo que uno dice sino lo que otro entienda. De ah la importante gravitacin que ejerce la prensa en el proceso no solo informtico sino en el proceso de desarrollo de la cultura a partir de ello la accin de la prensa puede proporcionar resultados desfavorables, cuando difunde con fines sensacionalistas los hechos punibles cometidos.La criminologa en la actualidad. Tendencias y orientaciones. 1. Internet y delito1. Televisin y delito1. Radio y el delito