RESOLUCIÓN N°: 290/15 - CONEAU

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"2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES" 1 Res. 290/15 Buenos Aires, 20 de mayo de 2015 Carrera Nº 30.315/13 VISTO: la solicitud de acreditación de la carrera de Maestría en Salud Ambiental, de la Universidad Nacional del Litoral, Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas, que se dicta en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, el informe del Comité de Pares, la respuesta a la vista de la institución y lo dispuesto por la Ley 24.521, las Resoluciones del Ministerio de Educación Nº 51/10 y Nº 160/11, la Ordenanza N° 045 CONEAU, la Resolución N° 1143 - CONEAU - 12, y CONSIDERANDO: Los fundamentos que figuran en el Anexo de la presente resolución. Por ello, LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- ACREDITAR la carrera de Maestría en Salud Ambiental, de la Universidad Nacional del Litoral, Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas, que se dicta en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, por un periodo de 6 años, con los compromisos que se establecen en el artículo 3º. ARTÍCULO 2º.- CATEGORIZAR la mencionada carrera como C. ARTÍCULO 3º.- ESTABLECER los siguientes compromisos para el mejoramiento de la calidad de la carrera: RESOLUCIÓN N°: 290/15 ASUNTO: Acreditar con compromisos de mejoramiento la carrera de Maestría en Salud Ambiental, de la Universidad Nacional del Litoral, Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas, que se dicta en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

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"2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES"

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Res. 290/15

Buenos Aires, 20 de mayo de 2015

Carrera Nº 30.315/13

VISTO: la solicitud de acreditación de la carrera de Maestría en Salud Ambiental, de la

Universidad Nacional del Litoral, Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas, que se dicta

en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, el informe del Comité de Pares, la respuesta a

la vista de la institución y lo dispuesto por la Ley 24.521, las Resoluciones del Ministerio de

Educación Nº 51/10 y Nº 160/11, la Ordenanza N° 045 – CONEAU, la Resolución N° 1143 -

CONEAU - 12, y

CONSIDERANDO:

Los fundamentos que figuran en el Anexo de la presente resolución.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN

Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- ACREDITAR la carrera de Maestría en Salud Ambiental, de la Universidad

Nacional del Litoral, Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas, que se dicta en la ciudad

de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, por un periodo de 6 años, con los compromisos que se

establecen en el artículo 3º.

ARTÍCULO 2º.- CATEGORIZAR la mencionada carrera como C.

ARTÍCULO 3º.- ESTABLECER los siguientes compromisos para el mejoramiento de la

calidad de la carrera:

RESOLUCIÓN N°: 290/15

ASUNTO: Acreditar con compromisos de

mejoramiento la carrera de Maestría en Salud

Ambiental, de la Universidad Nacional del

Litoral, Facultad de Bioquímica y Ciencias

Biológicas, que se dicta en la ciudad de Santa

Fe, Provincia de Santa Fe.

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- Se actualice la bibliografía de los módulos relacionados con la salud humana y

ambiental y se amplíe la bibliografía relacionada con los impactos a la salud de los

módulos Ambiente y Salud: Aires y Suelo.

- Se refuercen las políticas destinadas a lograr que los alumnos se gradúen en los plazos

previstos.

ARTÍCULO 4º.- RECOMENDAR:

- Se orienten investigaciones a aspectos vinculados con la salud humana ambiental.

ARTÍCULO 5º.- Al vencimiento del término expresado en el Art. 1º, la institución deberá

solicitar una nueva acreditación, conforme a las convocatorias que establezca la CONEAU.

La vigencia de esta acreditación se extiende hasta que se resuelva al respecto. En esa

oportunidad la CONEAU verificará el cumplimiento de los compromisos y analizará la

situación de la carrera según los estándares de calidad establecidos en la normativa vigente.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, archívese.

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ANEXO

EVALUACIÓN ANTERIOR DE LA CARRERA

Esta carrera fue evaluada anteriormente y resultó acreditada con categoría Bn por 3 años

mediante Resolución CONEAU Nº 209/09. Las recomendaciones y observaciones efectuadas

en esa oportunidad fueron:

CRITERIOS RECOMENDACIONES / OBSERVACIONES

Normativa Se gestione el reconocimiento y la validez nacional del título de la carrera.

Plan de estudios Se incrementen las cargas horarias de las materias que abordan temas específicos del

posgrado en el ciclo básico.

De acuerdo con la información presentada por la carrera, se han realizado una serie de

modificaciones que a continuación se consignan:

CRITERIOS MODIFICACIONES

Normativa Se modificaron el Reglamento General del Cuarto Nivel y el Reglamento de la

carrera.

Plan de estudios

Se modificó el plan de estudios de la carrera, que pasó de ser semiestructurado a

estructurado. Se incluyó un curso de Suelo, en Fisiopatología Ambiental se incorporó el tema Patologías emergentes asociadas al cambio climático y se

incluyeron temas de importancia regional en el programa del Seminario avanzado.

Se modificado las condiciones para la admisión y readmisión a la carrera (art. 6).

Cuerpo académico Se ha modificado el cuerpo docente

Investigación Se ha promovido la participación de alumnos en las actividades de investigación y

transferencia de la carrera.

Trabajo Final Se definen las características de la modalidad de evaluación final en el artículo 4

del Reglamento de la carrera.

Seguimiento de alumnos Se ha modificado el mecanismo de seguimientos de alumnos, se ha implementado

un mecanismo de seguimiento de graduados.

Infraestructura y

equipamiento

Se han remodelado y equipado 2 aulas de uso común para los posgrados de la

Institución. Se adquirió equipamiento científico de uso común en actividades de

formación práctica mediante fondos concursados institucionalmente o a través de

subsidios obtenidos por grupos de investigación. Se han realizado modificaciones

y ampliaciones en laboratorios y se ha sostenido y ampliado la red telemática.

Acceso a bibliotecas Se adquirieron nuevos textos y manuales.

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I. INSERCIÓN, MARCO INSTITUCIONAL Y ESTRUCTURA DE GESTIÓN

Inserción institucional y marco normativo

La carrera de Maestría en Salud Ambiental, de la Universidad Nacional del Litoral,

Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas se inició en el año 2006, en la ciudad de Santa

Fe, Provincia de Santa Fe, posee una modalidad de dictado presencial y de carácter continuo.

La institución informa que esta carrera se corresponde con el perfil de maestría académica

definido en la Resolución Ministerial Nº 160/11.

Se presenta la siguiente normativa: Resolución Consejo Superior (Res. C.S) Nº 191/04,

de creación de la carrera y su Modificatoria (Res. CS Nº 169/06); Res. CS Nº 275/13 C. S,

que aprueba las modificaciones del plan de estudios y del reglamento de la carrera, el

reglamento del Comité Académico de la Maestría y las Normas para la presentación de la

tesis; Resolución Nº 560/13 Consejo Directivo (C.D) que designa a los integrantes de la

estructura de gestión (Director, Comité Académico y Coordinador del Comité Académico).

Asimismo, en respuesta al informe de evaluación la institución adjunta la Res. CS Nº 414/13,

que aprueba el Reglamento General de Cuarto Nivel de la Universidad Nacional del Litoral.

Además, en la entrevista se adjuntaron la Res. Consejo Directivo N° 414/14, que

aprueba las designaciones de los jurados de tesis y la Res. CS Nº 563/13, de creación del

Instituto de Salud y Ambiente del Litoral (ISAL).

La normativa presentada contempla los principales aspectos del funcionamiento de la

carrera.

La estructura de gobierno está conformada por un Director y un Comité Académico

integrado por 5 miembros.

A continuación, se enumera la información presentada sobre la Directora de la carrera:

Directora de la carrera

Información referida a los títulos obtenidos

Bioquímica y Doctora en Ciencias Biológicas, títulos

otorgados por la Universidad Nacional del Litoral.

Además es Especialista en Perinatología, título

otorgado por la Universidad de la República.

Información referida a los cargos que desempeña en

la actualidad

Profesora titular de la cátedra de Patología Humana

de la Facultad de Bioquímica y Farmacia de la

Universidad Nacional del Litoral.

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Informa antecedentes en la docencia universitaria Sí

Informa antecedentes en la gestión académica Sí

Informa antecedentes en ámbitos no académicos No

Informa desempeño en centros de salud No

Informa adscripción a organismos de promoción

científico-tecnológica.

Sí. Investigadora Principal del CONICET y Categoría

1 del Programa Nacional de Incentivos.

Informa participación en proyectos de investigación Sí

Informa antecedentes en la dirección de tesis Sí

Informa producción en los últimos 5 años

Sí. Ha efectuado 21 publicaciones en revistas con

arbitraje, una en medio sin arbitraje, 3 capítulos de

libros, un libro y ha presentado numerosos trabajos

en reuniones científicas.

Informa haber integrado jurados de concursos

docentes y/o de tesis, ha sido convocado a instancias

de evaluación y/o acreditación de carreras, ha

conformado comités editoriales y ha participado en la

evaluación de becarios, investigadores, proyectos o

programas

Sí, jurado de concursos, y de tesis, evaluación de

becarios, investigadores, de programas y proyectos,

para comité editorial, evaluaciones y/o acreditaciones

de carreras de grado y posgrado.

La estructura de gobierno es adecuada. Del análisis sobre las trayectorias de sus

integrantes se advierte que son adecuados para las responsabilidades y funciones a cumplir.

En respuesta al informe de evaluación la institución aclara que el Coordinador cumple

funciones administrativas.

Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

II. PLAN DE ESTUDIOS

Se consigna la siguiente información respecto del plan de estudios:

Plan de estudios

Aprobación del Plan de Estudios por Res. CS Nº 275/13

Tipo de maestría: académica

Tipo de actividad curricular Cantidad Carga

horaria

Materias comunes (cursos, seminarios o talleres) 13 540 horas

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Materias electivas (cursos, seminarios o talleres) - -

Actividades obligatorias de otra índole:

Seminario avanzado Elaboración, defensa y aprobación de la tesis

1

60 horas

375 horas

Carga horaria total de la carrera 975 horas

Duración de la carrera en meses reales de dictado (sin incluir el trabajo final): al menos 4 cuatrimestres (16

meses).

Plazo para presentar el trabajo final, a partir de la finalización del cursado: 2 años

Organización del plan de estudios:

Resolución C.S Nº 275/13

El plan de estudios es estructurado y está integrado por un Ciclo de Formación Superior. El Ciclo de Formación Superior (carga horaria total 540 hs), consta de los siguientes cursos teórico-prácticos

obligatorios: Ambiente y Salud I: Aire (30 hs), Ambiente y Salud II: Agua y Saneamiento (30 hs), Ambiente

y Salud III: Suelos (30 hs), Ambiente y Salud IV: Alimentos (30 hs), Fisiopatología Ambiental (60 hs),

Toxicología Ambiental y Principios de Ecotoxicología (45 hs) , Epidemiología y Ecoepidemiología (75 hs),

Hábitat y Salud (60 hs), Microbiologia en Salud y Ambiente (30 hs), Estadística Aplicada y Diseño

Experimental (60 hs), Evaluación de Impacto Ambiental (30 hs), Educación Ambiental y Comunicación en

Salud (30 hs) y Ética, Política y Legislación en Salud Ambiental (30 hs).

El Seminario Avanzado tiene como objetivo profundizar, a través de un proceso que involucre una

investigación activa por parte de los estudiantes, los conocimientos sobre un tópico específico, relevante en el

campo de la Salud Ambiental. Posee una carga horaria total de 60 horas.

La carga horaria destinada al cursado de materias se distribuye en 400 horas teóricas y

140 horas prácticas, según se consigna en el formulario electrónico.

La organización del plan de estudios y los contenidos de los módulos son adecuados.

Con respecto a la bibliografía, se recomienda actualizar y ampliar la referente a los temas

vinculados a salud humana y ambiental, incorporando las Guías de Calidad de Aire de OMS,

la Enciclopedia de la Organización Internacional del Trabajo, el marco normativo argentino

para calidad de aire y de suelos, evaluación de sitios contaminados, niveles guía de calidad de

suelo para uso residencial, industrial o agrícola, contaminación con metales, hidrocarburos,

enfermedades ambientales endémicas como fluorosis o HACRE, cianobacterias.

En el marco de las asignaturas, los alumnos desarrollan actividades prácticas que

comprenden análisis y resolución de casos, actividades de laboratorio, trabajos de campo,

seminarios de discusión bibliografía, entre otras. En el caso de las prácticas de laboratorio, no

se describe en qué consisten. Asimismo, sería recomendable la incorporación de prácticas (o

al menos visitas con elaboración de informes) en instituciones u organismos de saneamiento o

control de la contaminación.

Requisitos de admisión

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Para el ingreso al posgrado se exige que el aspirante posea título de Bioquímico,

Licenciado en Biotecnología, Licenciado en Saneamiento Ambiental, Licenciado en

Nutrición, Médico o título universitario de carreras afines otorgado por una universidad

legalmente reconocida. El Consejo Directivo podrá exigir para la admisión la aprobación de

cursos de grado complementarios, previo informe del Comité Académico de la carrera.

Excepcionalmente, en concordancia con el art. 39 bis de la Ley Nacional de Educación,

el Comité Académico podrá recomendar la admisión de un aspirante que no posea título

universitario cuando sus antecedentes acrediten que ha desarrollado actividades laborales y/o

académicas en áreas o temáticas afines al perfil de la carrera. En este caso, el Comité

Académico implementará una evaluación de suficiencia que el aspirante deberá aprobar,

pudiendo agregar el requerimiento adicional de cursar asignaturas o tramos de carreras de

grado universitario afines al área de la Maestría.

Los requisitos de admisión se establecen en el Reglamento de la carrera aprobado por la

Resolución Nº 275/13 del C. S y son adecuados.

Conclusión

Por lo expuesto, se establece el siguiente compromiso:

- Se actualice la bibliografía de los módulos relacionados con la salud humana y

ambiental y se amplíe la bibliografía relacionada con los impactos a la salud de los

módulos Ambiente y Salud: Aires y Suelo.

Asimismo, se formula la siguiente recomendación:

- Se incorporen prácticas que contemplen actividades en instituciones u organismos de

saneamiento o control de la contaminación.

III. CUERPO ACADÉMICO

De acuerdo a las fichas docentes presentadas, el cuerpo académico se compone de 39

integrantes estables.

Docentes Título de

Doctor

Título de

Magister

Título de

Especialista

Título de

Grado

Otros

Estables: 39 25 7 4 3 -

Invitados:- - - - -

Mayor dedicación en la institución 29

Residentes en la zona de dictado la

carrera

35

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De acuerdo con los antecedentes informados, el plantel docente presenta las siguientes

características:

Áreas disciplinares en las que se han formado los docentes

Medicina, Epidemiología,

Ciencias Agropecuarias,

Biología, Veterinaria,

Filosofía, Bioquímica, Ciencia y Tecnología de

los alimentos, Matemática,

Medio Ambiente,

Educación, Salud Pública,

Biotecnología, Derecho

Cantidad de docentes con antecedentes en la dirección de tesis 23

Cantidad de docentes con producción en los últimos 5 años 37

Cantidad de docentes con participación en proyectos de investigación 36

Cantidad de docentes adscriptos a organismos de promoción científico-

tecnológica 33

Cantidad de docentes con trayectoria profesional ajena al ámbito académico 13

Todos los docentes son estables. En cuanto al nivel de titulación, se observa que 32 de

los 39 docentes tienen título igual o superior al que otorga la carrera.

Las trayectorias de los integrantes del plantel muestran que tienen antecedentes para

cumplir con las tareas asignadas. Tres de los 7 docentes que no poseen título igual o superior

al que otorga la carrera son responsables de los módulos de Hábitat y Salud, Ambiente y

Salud y Ambiente Laboral y Salud. Éstos tienen mérito equivalente ya que cuentan con

antecedentes en docencia, están categorizados, participan de proyectos de investigación, han

publicado en revistas científicas y tienen experiencia en formación de recursos humanos. Los

otros 4 docentes también tienen antecedentes para cumplir con las funciones propuestas.

Supervisión del desempeño docente

Existen mecanismos de seguimiento del desempeño docente. El reglamento de cursos de

la Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas establece que, a la finalización del dictado

de cada curso de posgrado, el docente responsable debe elevar un informe sobre el desarrollo

del mismo y los resultados alcanzados. Estos informes y los resultados de las encuestas

anónimas de los alumnos, son analizados por el Comité Académico para efectuar las

modificaciones que se consideren pertinentes.

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Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

IV. ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN VINCULADAS A LA CARRERA

Las actividades de investigación informadas son numerosas, están vinculadas directa o

indirectamente con la salud y el medio ambiente, con énfasis en temas relacionados con

efectos disruptores hormonales y con impactos de plaguicidas sobre organismos centinela.

Estas actividades involucran a investigadores con suficientes antecedentes científicos y tienen

una adecuada financiación por parte de la Universidad Nacional del Litoral, el CONICET, la

Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica o la Secretaría de Ciencia,

Tecnología e Innovación de la Provincia de Santa Fe. A partir de estas actividades se han

publicado resultados en revistas con referato y se han presentado trabajos a congresos

nacionales e internacionales. El número de proyectos ejecutados en los últimos años y la

cantidad de investigadores involucrados, muchos de ellos docentes de la carrera, resultaría

suficiente para albergar a los maestrandos en la etapa de elaboración de sus tesis. Las líneas

de investigación desarrolladas, si bien son coherentes con la temática general, podrían estar

más orientadas a aspectos de salud humana, tal como se enuncia en los objetivos de la carrera.

En el acta se deja constancia que las investigaciones evaluadas por la propia institución

la realiza a través de la agencia nacional de promoción científico-tecnológica que contempla a

pares externos.

Total de actividades de investigación informadas 26

Cantidad de actividades vigentes a la fecha de presentación (y hasta el año anterior) 11

Cantidad de actividades en las que participan docentes de la carrera 26

Cantidad de docentes de la carrera con participación en las actividades de investigación 18

Cantidad de alumnos de la carrera con participación en las actividades de investigación 6

Cantidad de actividades que informan resultados 19

Cantidad de actividades con evaluación externa 26

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La carrera evidencia mejoras en los siguientes aspectos: se incrementaron las

actividades de investigación y se ha incorporado la participación de alumnos a las mismas.

Además, se ha creado el Instituto de Salud y Ambiente como unidad ejecutora de doble

dependencia (CONICET-UNL). Durante la entrevista se adjuntan la Resolución N° 4001/13 y

N° 4262/13 de CONICET y la Resolución CS N° 563/13 de creación del Instituto de Salud y

Ambiente (ISAL) como documentación de respaldo.

Conclusión

Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

Asimismo, se recomienda:

- Se orienten investigaciones a aspectos de la salud humana.

V. EVALUACIÓN FINAL / REQUISITOS PARA LA GRADUACIÓN

Características

La modalidad de evaluación final consiste en una tesis. Se presenta copia de una tesis

completa aprobada, una tesis completa aún no defendida y 4 proyectos de tesis.

La calidad de los trabajos presentados es adecuada y sus temáticas son pertinentes. Los

resultados obtenidos, la discusión y conclusiones de las dos tesis presentadas se corresponden

con el título y los objetivos de los trabajos. En ambos casos se observa una extensa

recopilación de antecedentes. Los 4 proyectos presentados cumplen con las mismas

consideraciones respecto de la pertinencia de las temáticas.

Directores de evaluaciones finales

Los docentes que informan antecedentes en la dirección de tesis son 23. Esta cantidad es

suficiente. Los antecedentes de los mismos resultan adecuados considerando las áreas

temáticas de competencia y la experiencia acreditada en la formación de recursos humanos.

El jurado evaluador debe estar compuesto por 3 miembros titulares y 2 suplentes. Al

menos uno de los titulares debe ser externo a la Universidad Nacional del Litoral.

En la ficha de tesis presentada del único graduado, se advierte la composición del jurado

informado ha cumplido con lo establecido en la RM Nº 160/11.

Seguimiento de alumnos y de egresados

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Los ingresantes a la carrera, desde el año 2006 hasta el año 2012, han sido 19, de los

cuales 9 pertenecen a cohortes para las que se ha cumplido el plazo necesario para la

graduación. Desde el año 2006 se ha graduado un estudiante. En el acta de entrevista se deja

constancia que la carrera cuenta con un graduado, un alumno está la espera de la defensa y 4

se encuentran elaborando la tesis.

La orientación y supervisión de la actividad de los alumnos se encuentra a cargo del

Comité Académico de la carrera. Para llevar a cabo esta función, entrevista inicialmente a los

aspirantes, y luego supervisa el desarrollo de sus actividades a través de la evaluación de los

informes que los alumnos deben presentar anualmente. En la etapa final de la carrera, la

orientación y dirección de cada alumno está a cargo del director de tesis.

Recientemente se ha implementado un sistema de seguimiento de graduados para las

carreras de posgrado de la Facultad, que permitirá conocer dónde están radicados los

graduados y en qué áreas se están desempeñando.

Con respecto a la evolución de las cohortes, se puede afirmar que existe una demora

considerable en la presentación de los trabajos finales, si se tiene en cuenta que la

primera cohorte inició en 2006 y hasta la fecha hay un solo graduado. En respuesta a

esta observación, la institución informa que se han establecido mecanismos de tutorías

para los alumnos de la segunda cohorte de la carrera a los efectos de ayudarlos en la

búsqueda de posibles directores de tesis y en la definición de los temas a abordar en sus

trabajos. Se espera que las implementación de estas medidas colabore a reducir los

plazos de graduación.

Conclusión

Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

Asimismo, se formula la siguiente recomendación:

- Se refuercen las políticas destinadas a lograr que los alumnos se gradúen en los plazos

previstos.

VI. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

Los alumnos disponen de aulas, una sala de informática equipada con 16 computadoras

personales, un bioterio y diversos laboratorios equipados (de aguas, de inmunología Bás, de

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ecotoxicología, de saneamiento ambiental, de Patología y de Fisiología, de serología, de

extracción y otros). Se han ampliado los recursos disponibles para actividades de formación

práctica mediante la compra de equipamiento científico de uso común a través de fondos

concursados institucionalmente y a través de subsidios obtenidos por los diferentes grupos de

investigación. Se concluye que la infraestructura y el equipamiento son adecuados, sobre todo

teniendo en cuenta que un porcentaje importante de las actividades prácticas, también son de

desarrollo áulico.

El fondo bibliográfico consta de 77 volúmenes vinculados con la temática del posgrado

y 30 suscripciones a revistas especializadas. Además, se dispone de acceso a bases de datos y

bibliotecas virtuales.

El acervo bibliográfico disponible es amplio y suficiente para la formación que imparte

la Maestría.

Conclusión

Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

CONCLUSIONES

Esta carrera fue evaluada anteriormente y resultó acreditada con categoría Bn por un

periodo de 3 años mediante Resolución CONEAU Nº 209/09.

En la actual evaluación se pudo constatar, con respecto a su normativa, que la misma

contempla los principales aspectos implicados en el funcionamiento de la Maestría.

La inserción institucional de la carrera se considera adecuada.

La estructura de gobierno y las funciones de las instancias que la componen están

claramente establecidas.

La organización del plan de estudios y los contenidos de los módulos son adecuados, no

obstante, la bibliografía debe actualizarse y en los casos particulares ampliarse.

Los requisitos y mecanismos de admisión permiten un perfil de ingresantes acorde a las

exigencias que plantea la carrera.

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En relación con el cuerpo académico, la formación y titulación de los docentes son

pertinentes para el ejercicio de sus funciones y su trayectoria se considera adecuada ya que

poseen antecedentes de gestión, investigación y docencia acordes a la carrera.

Respecto de las actividades de investigación, el número de proyectos ejecutados en los

últimos años y la cantidad de investigadores involucrados, muchos de ellos docentes de la

carrera, resultan suficientes para albergar a los maestrandos en la etapa de elaboración de

tesis. Las líneas de investigación desarrolladas se consideran coherentes con la temática

general de la salud ambiental, pero se recomienda desarrollar proyectos que traten aspectos de

la salud humana, a fin de orientarlos a los objetivos que propone la carrera.

La modalidad de evaluación final es apropiada. La calidad de los trabajos presentados es

suficiente y los temas elegidos forman parte del currículo de la carrera.

Existen mecanismos de seguimiento de alumnos y se han propuesto acciones tendientes

a mejorar la tasa de graduación.

La infraestructura y el equipamiento son adecuados.