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    RESOLUCIÓN DIRECTORAL

    Nº00137-2020-PRODUCE/DGAAMI]

    13/03/2020

    VISTOS, el Registro N.º 00017662-2020 (05.03.20), y sus Adjuntos correspondientes, a través de los cuales la empresa CORPORACIÓN ACEROS AREQUIPA S.A. solicitó la evaluación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto denominado “Modificación del sistema de regulación y medición primario de suministro de gas natural” a desarrollarse al interior de la “Planta N.º 2 – Pisco”, ubicada en la carretera Panamericana Sur Km. 241, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica.

    CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N.° 017-2015-PRODUCE se aprobó el Reglamento

    de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, en adelante el Reglamento Ambiental Sectorial, con el objetivo de promover y regular la gestión ambiental, la conservación y aprovechamiento sostenible de recursos naturales en el desarrollo de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno, así como regular los instrumentos de gestión ambiental, los procedimientos y medidas de protección ambiental aplicables a éstas;

    Que, el numeral 48.1 del artículo 48 del Reglamento Ambiental Sectorial, señala que

    cuando el titular de un proyecto en ejecución o de una actividad en curso, que cuenta con instrumento de gestión ambiental aprobado, decide modificar componentes auxiliares o hacer tecnológicas en las operaciones, no se requerirá un procedimiento de modificación del instrumento de gestión ambiental; sino que el titular se encuentra obligado a hacer un Informe Técnico Sustentatorio (ITS). Asimismo, la autoridad competente emitirá la respectiva Resolución para resolver el procedimiento administrativo de evaluación de Informe Técnico Sustentatorio (ITS);

    Que, el Informe Técnico Sustentatorio (ITS), propuesto por la empresa CORPORACIÓN

    ACEROS AREQUIPA S.A., se enmarca dentro del supuesto de modificación de componente auxiliar con impacto ambiental no significativo, el cual se implementará dentro de las instalaciones de su “Planta N.° 2 – Pisco”, ubicada en la carretera Panamericana Sur Km. 241, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica; que, cuenta con una Actualización del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) aprobado mediante Resolución Directoral N.º 308-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM (04.07.16).

    Que, el literal d) del artículo 115 del Reglamento de Organización y Funciones del

    Ministerio de la Producción (ROF PRODUCE), aprobado por Decreto Supremo N.° 002-2017-

  • Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas en la siguiente dirección web: "https://edocumentostramite.produce.gob.pe/verificar/" e ingresar clave: CF9EJQEE

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    PRODUCE, establece como una de las funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, la de conducir el proceso de evaluación de impacto ambiental de la actividad industrial manufacturera y de comercio interno, conforme a la materia ambiental y en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales, planes nacionales y especiales, los sistemas funcionales y marco normativo vigente;

    Que, revisada la solicitud de evaluación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS)

    presentada por la empresa CORPORACIÓN ACEROS AREQUIPA S.A., la Dirección de Evaluación Ambiental (DEAM), en el marco de sus funciones asignadas en el literal a) del artículo 118 del ROF PRODUCE, elaboró el Informe Técnico Legal N.° 0028-2020-PRODUCE/DEAM-umarins de fecha 13 de marzo de 2020, en el cual se recomienda aprobar el Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto “Modificación del sistema de regulación y medición primario de suministro de gas natural”, el cual se constituye en un supuesto de modificación de componente auxiliar con impacto ambiental no significativo; puesto que, el mismo, prevé la renovación de equipos y accesorios, así como la instalación de todo el piping y valvulería necesaria para facilitar la instalación de los equipos futuros y reducir los tiempos de indisponibilidad de la estación; y que, se desarrollará, dentro de las instalaciones de su “Planta N.° 2 – Pisco”; cumpliéndose con los requisitos exigidos en el Reglamento Ambiental Sectorial para dicho instrumento.

    Que, de acuerdo al numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N.°

    27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS, la presente Resolución Directoral se sustenta en los actuados en el procedimiento administrativo y en los fundamentos y conclusiones del Informe Técnico Legal N.° 0028-2020-PRODUCE/DEAM-umarins, por lo que, este y sus anexos forman parte integrante del presente acto administrativo;

    De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción,

    Decreto Legislativo N.° 1047; el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS; el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N.° 017-2015-PRODUCE; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N.° 002-2017-PRODUCE, y demás normas reglamentarias y complementarias;

    SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Informe Técnico Sustentatorio (ITS), presentado por la empresa

    CORPORACIÓN ACEROS AREQUIPA S.A., del proyecto denominado “Modificación del sistema de regulación y medición primario de suministro de gas natural”, a desarrollarse al interior de su “Planta N.° 2 – Pisco”, ubicada en la carretera Panamericana Sur Km. 241, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, de conformidad con el Informe N.° 0028-2020-PRODUCE/DEAM-umarins, y sus Anexos, el cual forma parte integrante del presente acto administrativo, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

    Artículo 2º.- La empresa CORPORACIÓN ACEROS AREQUIPA S.A. deberá cumplir

    con lo establecido en el Informe Técnico Sustentatorio (ITS) antes referido, así como, con las conclusiones, y recomendaciones del Informe N.° 0028-2020-PRODUCE/DEAM-umarins, y la presente Resolución Directoral; ello, sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en las normas ambientales vigentes.

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    Artículo 3º.- La aprobación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) no constituye el otorgamiento de permisos, licencias, autorizaciones y otros que requiera el titular.

    Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral y del Informe Técnico

    Legal que la sustenta, a la empresa CORPORACIÓN ACEROS AREQUIPA S.A. y al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) para los fines correspondientes.

    Regístrese y comuníquese

    VLADEMIR A. LOZANO COTERA Director General

    DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES DE INDUSTRIA Viceministerio de MYPE e Industria

    Firmado digitalmente por: GUILLEN VIDAL Luis Alberto FAU20504794637 hardEmpresa: MINISTERIO DE LA PRODUCCIONLugar: PerúMotivo: Soy autor del documentoFecha/Hora: 20/03/2020 11:18:46

    Firmado digitalmente por: LOZANO COTERA Vlademir AlcidesFAU 20504794637 hardEmpresa: MINISTERIO DE LA PRODUCCIONLugar: PerúMotivo: Soy autor del documentoFecha/Hora: 20/03/2020 14:47:52

  • “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

    “Año de la Universalización de la Salud”

    I Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria

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    INFORME Nº 00000028-2020-PRODUCE/DEAM-umarins Para : GUILLÉN VIDAL, LUIS ALBERTO

    DIRECTOR DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

    De : MARÍN SÁNCHEZ, ULERT DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

    Asunto : Evaluación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto “MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE REGULACIÓN Y MEDICIÓN PRIMARIO DE SUMINISTRO DE GAS NATURAL”, previsto a ser desarrollado en la “Planta Nº 2 – Pisco” de titularidad de la empresa CORPORACIÓN ACEROS AREQUIPA S.A., localizada en el distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica.

    Referencia : 00017662-2020 – E

    Fecha : 13/03/2020 Mediante el presente nos dirigimos a usted. 1. ANTECEDENTES: 1.1. La empresa CORPORACIÓN ACEROS AREQUIPA S.A., cuenta con los siguientes

    instrumentos de gestión ambiental aprobados por el Ministerio de la Producción:

    Tabla 1: Antecedentes

    Tipo Documento de

    aprobación Fecha de

    aprobación Proyecto o actividad

    PAMA Oficio N° 947-2000-MITINCI-VMI-DNI-

    DAAM 10/10/2000

    Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de Corporación Aceros Arequipa S.A.

    Informe Técnico Sustentatorio – ITS

    R.D. N° 042-2016-PRODUCE/DVMYPE-

    I/DIGGAM 21/01/2016

    Implementación de nuevas cucharas de Acería.

    Actualización del PMA de PAMA.

    R.D. N° 308-2016-PRODUCE/DVMYPE-

    I/DIGGAM 04/07/2016

    Actualización del Plan de Manejo Ambiental (PMA) del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de la Sede N° 2 – Pisco.

    Informe Técnico Sustentatorio – ITS

    R.D. N° 324-2016-PRODUCE/DVMYPE-

    I/DIGGAM 21/07/2016

    Ampliación y Mejoramiento del Almacén Central de Residuos Sólidos.

    Informe Técnico Sustentatorio - ITS

    R.D. N° 325-2016-PRODUCE/DVMYPE-

    I/DIGGAM 22/07/2016

    Adecuación de la Nave Laminador N° 2 para el almacenamiento y despacho de producto terminado e implementación de la segunda zona de evacuación de producto terminado y sistema automático de transporte y alimentación de palanquilla al Horno de Precalentamiento de la Planta de Laminación N° 2.

    Informe Técnico Sustentatorio – ITS

    R.D. N° 363-2016-PRODUCE/DVMYPE-

    I/DIGGAM 19/08/2016

    Instalación del Sistema de Cribado y Limpieza de Chatarra dentro de la Planta N° 2.

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    Tipo Documento de

    aprobación Fecha de

    aprobación Proyecto o actividad

    Declaración de Adecuación

    Ambiental – DAA.

    R.D. N° 015-2017-PRODUCE/DVMYPE-

    I/DIGGAM 11/01/2017

    Patio de Almacenamiento de Materiales Industriales y Reprocesables.

    Declaración de Impacto Ambiental –

    DIA (Categoría I)

    R.D. N° 124-2017-PRODUCE/DVMYPE-

    I/DGAAMI 20/04/2017 Disposición Final de Polvo de Acería.

    Informe Técnico Sustentatorio - ITS

    R.D. N° 148-2018-PRODUCE/DVMYPE-

    I/DGAAMI 15/06/2018

    Montaje de Máquinas para Fabricación de Armaduras.

    Informe Técnico Sustentatorio – ITS

    R.D. N° 262-2018-PRODUCE/DVMYPE-

    I/DGAAMI 28/09/2018 Modernización de la Planta de Acería.

    Informe Técnico Sustentatorio – ITS

    R.D. N° 050-2019- PRODUCE/DVMYPE-

    I/DGAAMI 16.01.2019

    Ampliación de la Capacidad del Sistema de Almacenamiento Central, Implementación del Almacén de Bienes, Adecuación de material de descarte.

    Informe Técnico Sustentatorio – ITS

    R.D. N° 149-2019- PRODUCE/DVMYPE-

    I/DGAAMI 13.02.2019

    Modernización del Tren Laminador N° 1, Reducción del Riesgo de Potencia de la Acería, Nuevo Acceso Sur.

    Informe Técnico Sustentatorio – ITS

    R.D. N° 723-2019- PRODUCE/DVMYPE-

    I/DGAAMI 19.08.2019

    Ampliación del sistema de tratamiento de aguas residuales con infiltración en el terreno por instalación adicional de tres (03) componentes.

    1.2. A continuación, se presentan los actuados en el marco de la atención del registro de la

    referencia:

    Tabla 2: Actuados N° Documento Numero Fecha Emitente Asunto

    01 Registro 00017662-

    2020 05.03.20

    CORPORACIÓN ACEROS

    AREQUIPA S.A.

    Presenta el Informe Técnico Sustentatorio (en adelante, el ITS) para el Proyecto denominado “Modificación del sistema de regulación y medición primario de suministro de gas natural” a implementarse al interior de la “Planta Nº 2 – Pisco”.

    2. BASE LEGAL

    2.1 Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la

    Producción. 2.2 Ley N° 23407, Ley General de Industrias. 2.3 Ley N° 28611, Ley General del Ambiente. 2.4 Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. 2.5 Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. 2.6 Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del

    Ministerio de la Producción. 2.7 Decreto Supremo N° 008-2005-PCM, Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del

    Sistema Nacional de Gestión Ambiental. 2.8 Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema

    Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. 2.9 Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, Reglamento de Gestión Ambiental para la

    Industria Manufacturera y Comercio Interno. 2.10 Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la

    Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos

  • “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

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    I Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria

    LAGV/ums/dmvl Página 3 de 11 Ministerio de la Producción Calle Uno Oeste N° 060 – Urbanización Córpac – San Isidro – Lima T. (511) 616 2222 www.produce.gob.pe

    Ambientales. 2.11 Decreto Supremo N° 010-2015-PRODUCE, que aprobó el Texto Único de Procedimientos

    Administrativos del PRODUCE, modificado por Decreto Supremo N° 011-2016-PRODUCE y por Resolución Ministerial N° 010-2018-PRODUCE.

    2.12 Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

    3. ASPECTOS NORMATIVOS

    3.1. Tal como fuera indicado en los antecedentes del presente Informe, la empresa

    CORPORACIÓN ACEROS AREQUIPA S.A., cuenta con diversos instrumentos de gestión ambiental aprobados, para su “Planta N.º 2 – Pisco”, ubicada en la carretera Panamericana Sur Km. 241, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, respecto de la cual prevé modificar el sistema de regulación y medición primario de suministro de gas natural; en base a ello, mediante el Registro de la referencia, ha presentado a evaluación el ITS del proyecto antes indicado.

    3.2. En ese sentido, se tiene que el numeral 48.1 del artículo 48 del Reglamento de Gestión

    Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno aprobado por Decreto Supremo N.° 017-2015-PRODUCE (en adelante, RGA), ha previsto que cuando un titular de un proyecto de inversión en ejecución o de una actividad en curso, que cuenta con instrumento de gestión ambiental aprobado, decide modificar componentes auxiliares o hacer ampliaciones que tienen impacto ambiental no significativo o se pretendan hacer mejoras tecnológicas en las operaciones, no se requerirá un procedimiento de modificación del instrumento de gestión ambiental; sino que el titular se encuentra obligado a hacer un Informe Técnico Sustentatorio (ITS) justificando estar en dichos supuestos.

    3.3. En cuanto a los aspectos procedimentales, se aprecia que la solicitud de la empresa

    cumplió con los requisitos establecidos en el Procedimiento N.° 166 del TUPA de PRODUCE aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2015-PRODUCE: Evaluación del informe Técnico Sustentatorio en caso de Modificación de Proyectos de Inversión o Actividades en Ejecución de la Industria Manufacturera o Comercio Interno, verificados por la Oficina General de Atención al Ciudadano (OGACI) del PRODUCE, al momento del ingreso del expediente por mesa de partes1.

    3.4. Se debe tener presente que, el numeral 19.1 del artículo 19 del RGA aprobado por

    Decreto Supremo N.° 017-2015-PRODUCE, precisa que las declaraciones vertidas en todo instrumento de gestión ambiental presentado al PRODUCE, tiene el carácter de declaración jurada2. En ese sentido, toda la información vertida en el ITS por parte de la empresa CORPORACIÓN ACEROS AREQUIPA S.A., tiene carácter de declaración jurada.

    1 El administrado cumplió con los requisitos establecidos en el procedimiento administrativo: solicitud, formulario DGAAMI-009, un (01) ejemplar

    impreso y en formato digital (CD) del Informe Técnico Sustentatorio (ITS), elaborado por una consultora ambiental autorizada por PRODUCE para elaborar estudios ambientales.

    2 En la misma línea, tenemos al numeral 1.7 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (TUO de la Ley N° 27444) el cual establece que, en la tramitación del procedimiento administrativo, se presume que los documentos y declaraciones formulados por los administrados en la forma prescrita por esta Ley, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman. Esta presunción admite prueba en contrario.

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    4. ASPECTOS TÉCNICOS DEL ITS3:

    Tabla 3: Datos del administrado

    Razón Social Datos Registrales

    RUC Partida Registral Zona Registral Sede

    CORPORACIÓN ACEROS AREQUIPA S.A.

    70627037 IX Lima 20370146994

    Representante Legal4 Fernando Bustamante Cillóniz (DNI: 09752668)

    Datos de Notificación5 [email protected]

    Datos de la actividad consignada en la DAA

    Actividad económica que desarrolla

    La empresa se dedica a realizar actividades de fabricación de fierro corrugado, alambrón, platinas, barras cuadradas, entre otras. Esta actividad corresponde a la Clasificación Internacional Industrial Uniforme-CIIU (Rev.4), Clase N.° 2410: “Industria básica de Hierro y Acero”. Sección C, Industrias Manufactureras, actividad que se encuentra bajo competencia del sector Industria del PRODUCE.

    Dirección de la planta Distrito Provincia Departamento

    Carretera Panamericana Sur km. 241

    Paracas Pisco Ica

    Tabla 4: Descripción del proceso productivo actual

    Etapa Actividades

    Operación

    La Planta N.º 2 – Pisco, en su proceso productivo, realiza las siguientes actividades industriales:

    - Almacenamiento e industrialización de la materia prima. - Área de Reducción Directa (RD). - Área de Acería. - Área de laminación. - Procesos alternativos. - Sistemas de tratamiento de agua.

    Respecto al actual sistema de suministro de gas natural, actualmente, la Planta N° 2 – Pisco, cuenta con un sistema de distribución de gas natural, que tiene como objetivo; filtrar, regular y medir el gas natural; a las condiciones requeridas por la mencionada planta. El gas natural es usado como combustible en el horno eléctrico, hornos rotatorios y hornos de laminación, así como otros procesos auxiliares. Este sistema de distribución de gas natural, está diseñado para operar a una presión mínima de operación de 19 bar y presión máxima de 100 bar, siendo su caudal de diseño de 11,000 Sm3/h. La empresa señala que no se modificará la distribución interna de gas natural actual. El actual sistema de distribución de gas natural cuenta con las siguiente actividades o subsistemas:

    - Sistema de Bloqueo – Line break. - Sistema de Filtración. - Sistema de Calentamiento. - Sistema de Regulación. - Sistema de Medición. - Sistema de odorización.

    4.1 Descripción del proyecto: El Sistema de Regulación y Medición Primario de Suministro

    de Gas Natural (en adelante, el ERMP), tiene como funciones, filtrar, medir y regular el gas natural, suministrado por el proveedor de gas, a las condiciones requeridas por la Planta N.° 2 - Pisco de la empresa CAASA (las actividades productivas se mantienen).

    3 La información que se presenta a continuación ha sido declarada por el administrado en su ITS. 4 Los poderes de representación (Según Asiento 0006 de la Partida Registral 01252399) han sido revisados en la presente evaluación y se adecuan

    a lo señalado por el artículo 64 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

    5 Conforme a lo consignado en el formulario 009, del Registro N° 00017662-2020 (10.12.19), el administrado ha consignado dicha dirección física a efectos del procedimiento, con lo cual se enmarca dentro de lo señalado por el numeral 21.1, del artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

  • “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

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    Las modificaciones corresponden a la renovación de equipos y accesorios e instalación de otros adicionales. Se instalará todo el piping y valvulería necesaria para facilitar la instalación de los equipos futuros y reducir los tiempos de indisponibilidad de la estación.

    Tabla 5: Datos del proyecto planteado como ITS

    Objetivo Monto de inversión

    La modificación del sistema de regulación y medición primario de suministro de gas natural, dentro de las instalaciones de la Planta N° 2 Pisco. Se implementará el Sistema de Regulación y Medición Primario de Suministro de Gas Natural (en adelante ERMP).

    US$. 812 256.36

    Justificación Plazo de ejecución

    Los cambios previstos en el presente ITS son mejoras técnicas y operativas, que permitirán asegurar el abastecimiento continuo de gas natural para la Planta N° 2 - Pisco. Por tal motivo, se pretende modificar el actual sistema de regulación y medición primario de suministro de gas natural, para poder cubrir los requerimientos energéticos en la menciona planta. Cabe señalar que en la Actualización del PMA del PAMA aprobado mediante Resolución Directoral N° 308-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM (04.07.2016), se indica que la Planta N° 2 - Pisco cuenta con un sistema de suministro de gas natural para todas sus instalaciones que sean requeridas, siendo suministrada por la empresa CONTUGAS S.A.C. En ese sentido, el proyecto se plantea como “Modificación de componente auxiliar con Impacto Ambiental No significativo”, lo cual se justifica en el Ítem de evaluación de impactos.

    Noventa y tres (93) días.

    Ubicación del proyecto Vida útil

    El área aproximada donde se desarrollará del proyecto, materia de ITS, es de 146.4 m2, dentro la Planta Nº 2 – Pisco. Las coordenadas de la ubicación central del proyecto son:

    Coordenadas UTM WGS 84

    Este Norte

    373512 8476308

    La empresa adjunta el “Plano de ubicación y distribución de ERMP” (Véase Anexo N.º 4 del ITS).

    Acorde a la vida útil de la Planta N.º 2 – Pisco.

    Nombre de la consultora Documento de aprobación

    WAYRA CONSULTING GROUP S.A.C. Registro Nº 410, del Registro de Consultores Ambientales del Sector

    Industria.

    Tabla 6: Etapas del proyecto

    Etapa Actividades

    Construcción

    Las actividades que se realizarán durante esta etapa son las siguientes:

    Obras provisionales. - Campamento, almacén y oficinas - Centro de copio para materiales - Cerramientos provisionales

    Obra civil: - Desmonte y limpieza - Localización, trazado y replanteo - Excavaciones para fundaciones de estructuras - Colocación y/o vaceado de concreto - Armado de acero de refuerzo.

    Obra mecánica - Sistema de distribución eléctrica - Tablero de distribución general y estabilizado - Cables - Canalizaciones - Luminarias - Sistema de puesta a tierra - Central detectora de gas

    Obras de instrumentación

    Obra varios - Estructura de cimentación - Estructura del recinto - Revestimiento del recinto

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    Etapa Actividades

    - Losa para intercambiadores de calor - Losa para skid de odorización

    Pruebas hidráulicas y de hermeticidad de la ERMP - Prueba Hidráulica - Prueba de Hermeticidad

    Operación y mantenimiento

    Es preciso señalar que la instalación de la Estación ERMP, busca facilitar el abastecimiento y disponibilidad de gas natural para toda la Planta Nº 2 – Pisco y de las futuras ampliaciones, que se llevarán a cabo como parte del proyecto (ITS): “Modernización de la Planta Acería”, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 262-2018-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI. Asimismo, es preciso mencionar que el proceso productivo de la Planta Nº 2-Pisco (fabricación de fierro corrugado, etc.), se mantendrá conforme a los IGAs aprobados para la Planta Nº 2 – Pisco. Las actividades o etapas que tendrá la Estación ERMP, son las siguientes:

    - Válvulas de corte al ingreso y salida de la estación - Sistema de filtración - Sistema de medición - Sistema de regulación - Sistema de calentamiento

    La operación de la ERMP, será la siguiente: En la ERMP se instalarán 02 brazos de filtración y medición de 30,000 Sm3/h cada uno (uno siempre en servicio y el otro en stand by). Asimismo, la regulación tendrá 04 brazos de 10,000 Sm3/h cada uno, para cubrir las necesidades actuales y de los próximos 10 años; de esta manera en la situación de máximo consumo, estarán 03 brazos de regulación en operación y uno en stand by. Los brazos irán entrando en operación en la medida que se vayan concretando los consumos, siempre con el criterio que deberá existir 01 brazo de regulación en stand by, para cubrir cualquier eventual falla que pudiera ocurrir. Por otro lado, de acuerdo a la disponibilidad energética de la ERMP, en el sistema de calentamiento, se instalará, además de los 02 intercambiadores de calor existentes, un tercer calentador de igual capacidad. Estos intercambiadores de calor estarán conectados a un cabezal nuevo de 6”, y operarán en un esquema de tal manera que siempre exista 01 intercambiador de calor en stand by. Para el arreglo final, cuando se llegue al consumo máximo de los 30.000 Sm3/h, se requerirán 03 intercambiadores de calor operando y un cuarto calentador de respaldo en stand by. Para la condición actual, será suficiente colocar 02 brazos de regulación en servicio y podría estar 01 solo brazo en stand by. De esta manera solamente se requeriría 03 brazos y el cuarto brazo instalarlo posteriormente cuando se concrete la ampliación que exija un consumo instantáneo por encima de 20,000 Sm3/h.

    Tabla 7: Recursos a ser usados para la etapa de Construcción (Implementación)

    Personal y horario Servicios Materia prima

    e insumos Maquinaria y equipos

    Horario de trabajo: De 08:00 a 18:00 h. Colaboradores: Se requerirán 08 personas, entre operarios y técnicos.

    Agua: Se utilizará para las obras de concreto, siendo el consumo aproximado de 25 m3, que será de la red que abastece a la Planta Nº 2 - Pisco. Energía: El suministro eléctrico será abastecido de la red eléctrica con la que cuenta la Planta Nº 2 - Pisco.

    Propios de la instalación del Sistema ERMP, serán los siguientes:

    - Electrodos

    - Disco de corte - Polifan - Cerámica - Arena fina - Cemento

    - Accesorios varios para las instalaciones

    Serán los necesarios para la construcción e instalación como:

    - Compactador manual

    - Mezcladora de 1 bulto - Herramientas menores - Máquina de soldar

    eléctrica

    - Horno de soldadura - Amoladoras - Equipo topográfico

    Tabla 8: Recursos usados para la etapa de Operación

    Horario y personal Recursos

    - Horario de trabajo: Será el mismo horario que el de la planta industrial.

    - Colaboradores: El nuevo sistema solo requerirá de un (01) operario.

    Agua: Para la etapa operativa de la ERMP y/o para el mantenimiento de la misma, el consumo de agua en la será de 8 m3/año, el cual será provista de la red de abastecimiento de agua de la Planta N° 2 - Pisco. Este consumo será para el funcionamiento del sistema de calentamiento de la ERMP. Cabe señalar que este sistema contará con una estación de bombeo para la recirculación de agua, para el funcionamiento de los intercambiadores de calor de agua y gas, y para los calentadores de agua. Cabe señalar que en el proceso productivo de la Planta N° 2 - Pisco (producción de acero) no se requerirá de un aumento de consumo de agua.

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    Horario y personal Recursos

    Energía: Para las actividades de operación, el suministro eléctrico será obtenido de la red eléctrica con que cuenta la Planta N° 2 Pisco. El consumo energético de la ERMP será de 0,6 MWh/mes.

    Tabla 9: Materia prima - Etapa de operación

    Materia prima Cantidad

    Gas Natural El gas natural a utilizarse en la ERMP estará compuesto por metano, proveniente del gas natural de Camisea, siendo suministrado por la empresa CONTUGAS S.A.C.

    Tabla 10: Equipos y/o componente - Etapa de operación Equipo o componente - principal Cantidad

    Intercambiador de calor 02 intercambiadores nuevos (en total 03 en operación y 01 de respaldo para la condición 4).

    Calentador de agua Se requiere 01 calentador de agua de 208,000 kcal/h para que en la condición 4 se utilicen 02 calentadores en simultáneo y 01 equipo quedará de respaldo

    Estación de bombas 02 bombas centrífugas, una para cada calentador del sistema, lo cual exige tener 01 bomba adicional para respaldo.

    Capacidad de producción: La capacidad de producción de la Planta Nº 2 - Pisco, no variará, por tanto, no forma parte de la evaluación del ITS. Capacidad de abastecimiento: Para el arreglo final, se tendrá un consumo máximo 30000 Sm3/h. Es importante precisar que el presente proyecto, materia de ITS, no incrementa el consumo de gas natural, ni modifica la capacidad productiva de la la Planta Nº 2 - Pisco. Descargas al ambiente:

    Tabla 11: Descargas al ambiente – Etapa de construcción

    Tipo descarga Fuente de generación Descripción del tratamiento

    (de ser el caso)

    Emisiones atmosféricas

    Generación de material particulado y emisiones por el funcionamiento de maquinaria y equipos. Serán mínimos por la corta duración de la instalación

    No requiere, en tanto precisa que el material particulado generado se realizará en pocas concentraciones, dentro de las instalaciones de la Planta Nº 2 – Pisco.

    Efluentes domésticos Servicios Higiénicos Baños químicos portátiles, evacuados por una EO-RS autorizada.

    Ruido Ambiental Los equipos y maquinaras durante la instalación de los componentes del

    proyecto.

    No requiere en tanto indica que el mismo se dará de forma localizada por lo que no se prevé un efecto importante fuera de los linderos de la Planta Nº 2 – Pisco.

    Generación de residuos sólidos

    - Peligrosos: plásticos de pintura, trapos contaminados, etc.

    - No peligrosos: restos de estructura metálica, plásticos, papeles, etc.

    No requiere. Serán gestionados conforme al Plan de Minimización y Manejo de Residuo Sólidos de la Planta Nº 2 - Pisco.

    Tabla 12: Descargas al ambiente – Etapa de operación

    Tipo descarga Fuente de generación Descripción del tratamiento

    (de ser el caso)

    Emisiones atmosféricas

    La empresa declara que por el funcionamiento de la ERMP no se generarán emisiones atmosféricas.

    No requiere.

    Efluentes industriales No se generarán No Aplica

    Ruido Ambiental Funcionamiento de la ERMP. No requiere en tanto señala que el ruido generado no afectará fuera de los linderos de la planta.

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    Tipo descarga Fuente de generación Descripción del tratamiento

    (de ser el caso)

    Residuos sólidos - Se generarán residuos sólidos

    (peligrosos) por el mantenimiento y limpieza de la ERMP.

    No requiere. Serán gestionados conforme al Plan de Minimización y Manejo de Residuo Sólidos de la Planta Nº 2 - Pisco.

    Descripción del entorno: Respecto a la descripción del área de influencia (directa e indirecta), medio físico, medio biológico y medio socioeconómico, el estudio ambiental indica (véase Capítulo 5 del ITS) que al desarrollarse el proyecto en el interior de la “Planta Nº 2 - Pisco”; cuyo entorno inmediato no ha variado desde la aprobación de la Actualización del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental - PAMA (2016) dado que se ubica en una zona ya intervenida, con zonificación industrial; y, considerando que no se generarán nuevas descargas al ambiente; las características del área de influencia y del entorno se mantienen de forma similar, siendo estas consideradas para el presente ITS en evaluación. En ese sentido, las características del entorno son las mismas que fueran descritas en la Actualización del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de la Planta Nº 2 – Pisco, aprobado Resolución Directoral Nº 308-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM (04.07.16).

    Evaluación de impactos ambientales y medidas de manejo:

    Tabla 13: Metodologías empleadas

    Metodología empleada para la identificación de impactos ambientales

    Metodología empleada para la evaluación de impactos ambientales

    Matriz Causa - Efecto Matriz de Importancia-Conesa (2010)

    Tabla 14: Impacto ambientales y medidas de manejo ambiental

    Impacto ambiental

    (solo negativo) Fuentes impactantes

    Calificación propuesta

    Medida ambiental propuesta

    ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

    Ruido ambiental

    Se generarán por las actividades de transporte de materiales de construcción, movimiento de tierras, los cuales serán de corta duración. El potencial impacto no será significativo fuera de las instalaciones de la planta.

    No significativo

    - Mantenimiento constante de maquinarias y equipos.

    Calidad de aire (material

    particulado y gases de

    combustión)

    Emisión de gases de combustión de los vehículos y maquinarias a utilizar requeridos para la instalación, además del levantamiento de material particulado será mínima por la corta duración de la obras a ejecutar.

    No significativo

    - Implementación de un programa de riego de frentes de trabajo en el área del proyecto (terreno).

    Calidad de suelo – Generación de

    residuos sólidos

    Se tiene la generación parcial y mínima de residuos sólidos, los cuales serán manejados acorde al Plan de Minimización de Residuos Sólidos No Municipales con el que cuenta la planta.

    No significativo

    - Se continuar con la gestión de residuos sólidos conforme al Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos.

    ETAPA DE OPERACIÓN

    Ruido ambiental

    La operación de abastecimiento y distribución de gas natural mediante la ERMP, genera ruido ambiental mínimo. No serán percibidos en los exteriores de la Planta Nº 2 – Pisco.

    No significativo

    - Mantenimiento preventivo y correctivo de la ERMP.

    Emisiones atmosféricas

    El funcionamiento de la ERMP, no generará emisiones atmosféricas, ya que solo distribuirá el gas natural en las redes internas de la Planta Nº 2 -Pisco.

    No significativo

    - Mantenimiento preventivo y correctivo de la ERMP.

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    Tabla 15: Planes y Programas específicos

    Planes específicos Contenido básico

    Plan de Manejo y Minimización de Residuos Sólidos

    La empresa presenta su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, con el que cuenta para todas sus operaciones en el complejo siderúrgico (Planta Nº 2 - Pisco, que será aplicable a las actividades de construcción y operación del presente proyecto.

    Plan de contingencia La empresa cuenta con el Plan de Contingencias ante situaciones antrópicas y naturales, aprobado en la Actualización del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), el mismo que aplicará al presente proyecto.

    Plan de cierre (conceptual) Se aplicará el plan de cierre conceptual aprobado en la Actualización del Plan de Manejo Ambiental (PMA) del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA).

    Plan de seguimiento y control: El titular industrial en el capítulo 7.2 del ITS propone continuar con el programa de monitoreo actual con el que cuenta la Planta Nº2 - Pisco, debido a que no habrá cambios ni modificaciones en el proceso productivo, que pudieran generar descargas adicionales en la operación de toda la planta industrial. En ese sentido, la empresa Corporación Aceros Arequipa S.A., deberá continuar con el programa de monitoreo ambiental establecido en la Actualización del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) aprobado mediante Resolución Directoral Nº 308-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM.

    5. ANÁLISIS DEL PLANTEAMIENTO DEL ITS

    5.1 De la evaluación realizada por esta Dirección, se precisa que, la metodología empleada

    por la empresa para la evaluación de impacto ambiental de las actividades realizadas en su planta industrial (metodología Matriz de Conesa), ha permitido la identificación de las interacciones entre las actividades desarrolladas actualmente en la planta industrial y los factores ambientales que pueden verse afectados por su ejecución. Cabe señalar que, dicha metodología es internacionalmente aceptada, en vista de lo cual, la misma se encuentra dentro de los alcances de la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 011-2016-PRODUCE6.

    5.2 En base a lo antes indicado, de la información detallada en la Tabla N.° 14 del presente

    informe, se precisa que, de la evaluación de impactos realizada, a equivalencia a lo señalado en el numeral 48.1 del Artículo 48 del RGA, éstos son calificados como NO SIGNIFICATIVOS, lo cual es concordante con la calificación Irrelevante/Leve, ello debido a que es el rango más bajo de calificación de los impactos de acuerdo a este método. Además, también son considerados como compatibles o de baja significancia.

    5.3 De la evaluación de impactos realizados, la empresa manifiesta que no se generarán

    descargas ambientales con características distintas, ni en mayor cantidad a las declaradas en el en la Actualización del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) aprobado mediante Resolución Directoral Nº 308-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM, dado que no se ha advertido la generación de nuevas emisiones puntuales, difusas o fugitivas; señalando, por tanto, que no se

    6 En tanto no se apruebe las metodologías a que se refiere la Novena Disposición complementaria Final del Reglamento de Gestión Ambiental

    para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, los titulares de proyectos de inversión y actividades en cuso podrán emplear metodologías de evaluación aceptadas internacionalmente u otras técnicamente sustentadas.

    Calidad de suelo

    Se generarán residuos sólidos peligrosos en cantidades mínimas por el mantenimiento de la ERMP, los mismos que serán gestionados acorde con el Plan de Manejo y Minimización de RRSS para su planta.

    No significativo

    - Ejecutar las actividades señaladas en el Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos de la empresa.

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    tendrán potenciales impactos acumulativos ni sinérgicos.

    5.4 Se precisa que la implementación del proyecto (objeto de la presente evaluación), durante su etapa de operación, no requerirá la variación de las medidas ambientales aprobadas en mediante Resolución Directoral Nº 308-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM (04.07.16); toda vez que, los impactos que han sido identificados son no significativos, y no implican la variación ni el incremento de los impactos que fueran evaluados en la citado Actualización.

    5.5 Por consiguiente, la prevención, mitigación y corrección de los mismos, será realizada a

    través del cumplimiento de las medidas permanentes establecidas en el Plan de Manejo Ambiental aprobado mediante Resolución Directoral Nº 308-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM (04.07.16). No obstante, la empresa ha propuesto medidas puntuales para la etapa de construcción (instalación de los sistemas de control de material particulado y ruido ambiental), las cuales deberán estar implementadas previa inicio de operaciones. Asimismo, para la etapa de operación las medidas propuestas son de mantenimiento preventivo y correctivo para el control de emisiones y ruido ambiental, las mismas que deberán ser cumplidas en los plazos establecidos según cronograma interno de la Planta Nº 2 - Pisco.

    5.6 Con base en lo expuesto, se tiene que los impactos ambientales resultantes de la

    ejecución del proyecto tendrán una importancia no significativa, siendo que, como ha sido ya indicado, para ambas etapas, serán aplicables las medidas permanentes que fueran previstas en la Actualización del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de la Planta Nº 2 – Pisco, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 308-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM (04.07.16), ya que de acuerdo a la evaluación realizada en los ítems anteriores no se requerirá de la adopción de medidas adicionales.

    5.7 Respecto al programa de monitoreo ambiental, la propuesta de mantener lo aprobado en

    la Actualización del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de la Planta Nº 2 – Pisco, es conforme dado que el proyecto materia de ITS, no supone la adición de fuentes de emisión atmosféricas adicionales ni generación de material particulado, asimismo, no se generarán fuentes de ruido que puedan repercutir en el ambiente externo; por tanto, no se requiere de puntos adicionales de control de ruido ambiental; en ese sentido, los parámetros y frecuencias, se mantienen conforme fueran aprobados mediante Resolución Directoral Nº 308-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM (04.07.16).

    6. OPINIONES TÉCNICAS

    Tomando en cuenta las características de la actividad que desarrolla la planta industrial, no se han identificado componentes que por sus características generen impactos ambientales cuya evaluación esté atribuida o relacionada a otro Sector; por lo que, no se requirió solicitar opinión técnica.

    7. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

    7.1. El ITS del proyecto denominado “Modificación del sistema de regulación y medición

    primario de suministro de gas natural” de titularidad de la empresa CORPORACIÓN ACEROS AREQUIPA S.A., se encuentra dentro del supuesto de modificación de

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    componente auxiliar con impacto ambiental no significativo, regulado en el numeral 48.1 del artículo 48 del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y de Comercio Interno; por lo que, se recomienda su aprobación, así como la emisión de la Resolución Directoral correspondiente.

    7.2. De acuerdo a lo señalado en el presente informe, la empresa CORPORACIÓN ACEROS

    AREQUIPA S.A., como resultado de la aprobación del presente ITS, cumplirá con los compromisos y obligaciones específicos indicados en la Tabla N.º 14 para la etapa de construcción del proyecto; mientras que, para la etapa de operación y mantenimiento, cumplirá con el Plan de Manejo Ambiental (PMA) y Programa de Monitoreo Ambiental establecidos en la Actualización del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) aprobado mediante Resolución Directoral N.º 308-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM.

    7.3. La aprobación del ITS no constituye el otorgamiento de permisos, licencias,

    autorizaciones y otros que requiera la empresa, para la implementación de su proyecto, ni regulariza los incumplimientos en los que pudiera haber incurrido el titular, con respecto a los compromisos asumidos en sus instrumentos de gestión ambiental o a la normativa ambiental aplicable.

    7.4. Se recomienda remitir copia de los actuados a la empresa CORPORACIÓN ACEROS

    AREQUIPA S.A., y al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) para las acciones de supervisión y fiscalización correspondientes, de acuerdo a sus competencias.

    Es cuanto tenemos que informar a usted. Marín Sánchez, Ulert Especialista Ambiental de la DEAM Vega Landa, Daniel Moisés Especialista Legal de la DEAM La dirección hace suyo el informe. GUILLÉN VIDAL, LUIS ALBERTO DIRECTOR DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

    Firmado digitalmente por: GUILLEN VIDAL Luis Alberto FAU20504794637 hardEmpresa: MINISTERIO DE LA PRODUCCIONLugar: PerúMotivo: Soy autor del documentoFecha/Hora: 13/03/2020 17:06:35

    Firmado digitalmente por: VEGA LANDA Daniel Moises FIR41935342 hardLugar: PERÚMotivo: SOY EL AUTOR DEL DOCUMENTOFecha/Hora: 13/03/2020 17:24:42

    Firmado digitalmente por: MARIN SANCHEZ Ulert FAU20504794637 softEmpresa: MINISTERIO DE LA PRODUCCIONLugar: PerúMotivo: Soy autor del documentoFecha/Hora: 13/03/2020 17:29:07