RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 042-2019-MPLM·SM/A

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Página 1de3 Que, de acuerdo al numeral 2.1 del Decreto Supremo nº 018-2019-EF, establece que: "El Titular de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público"; CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú y el Artículo 11 del Título Preliminar, de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; VISTOS: El Informe Nº 021-2019-MPLM-SM/OPP-EPH de fecha 31 de enero del 2019; Decreto Supremo nº 018-2019-EF, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 24 de enero del 2019, en 07 folios, y; San Miguel , 31 de Enero del 2019 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 042-2019-MPLM·SM/A Que, mediante Decreto Supremo nº 018-2019-EF, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 24 de enero del 2019; Autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019 a favor del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Gobierno Regional del Departamento de Lima y de treinta y un (31) Gobiernos Locales, destinado a financiar trescientas veintisiete (327) intervenciones comprendidas y aprobadas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios; de los cuales según anexo adjunto del referido Decreto Supremo corresponde a la Municipalidad Provincial de La Mar la suma de S/ 2'944,296.00 los cuales deben ser incorporados al Presupuesto Institucional vía Transferencias de Partidas, que constituyen modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional / /;;o~i>Rov1'110 Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 46º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto ( tf1 ""~;:~~·· t Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, Constituyen modificaciones \j-- ,, .. ~~n,ú. i presupuestarias en el Nivel Institucional: los Créditos Suplementarios y las ... ~ ......_~ ·~ '*J Transferencias de Partidas, los que son aprobados mediante Ley: 1. Los Créditos ·,x:'.1:11 -~v~Y Suplementarios, constituyen incrementos en los créditos presupuestarios autorizados, provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público; y, 2. Las Transferencias de Partidas, constituyen traslados de créditos presupuestarios entre Pliegos. 46.2 En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los créditos suplementarios que se aprueben en el marco del párrafo 50.4 del artículo 50 y del artículo 70 se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal según sea el caso;

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Que, de acuerdo al numeral 2.1 del Decreto Supremo nº 018-2019-EF, establece que: "El Titular de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público";

CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú y el Artículo 11 del Título Preliminar, de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

VISTOS: El Informe Nº 021-2019-MPLM-SM/OPP-EPH de fecha 31 de enero del 2019; Decreto Supremo nº 018-2019-EF, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 24 de enero del 2019, en 07 folios, y;

San Miguel, 31 de Enero del 2019

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 042-2019-MPLM·SM/A

Que, mediante Decreto Supremo nº 018-2019-EF, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 24 de enero del 2019; Autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019 a favor del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Gobierno Regional del Departamento de Lima y de treinta y un (31) Gobiernos Locales, destinado a financiar trescientas veintisiete (327) intervenciones comprendidas y aprobadas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios; de los cuales según anexo adjunto del referido Decreto Supremo corresponde a la Municipalidad Provincial de La Mar la suma de S/ 2'944,296.00 los cuales deben ser incorporados al Presupuesto Institucional vía Transferencias de Partidas, que constituyen modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional

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/;;o~i>Rov1'110 Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 46º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto ( t• f1 ""~;:~~·· t Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, Constituyen modificaciones \j-- ,, .. ~~n,ú. i presupuestarias en el Nivel Institucional: los Créditos Suplementarios y las

... ~ ......_~ ·~ '*J Transferencias de Partidas, los que son aprobados mediante Ley: 1. Los Créditos ·,x:'.1:11 -~v~Y Suplementarios, constituyen incrementos en los créditos presupuestarios autorizados,

provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público; y, 2. Las Transferencias de Partidas, constituyen traslados de créditos presupuestarios entre Pliegos. 46.2 En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los créditos suplementarios que se aprueben en el marco del párrafo 50.4 del artículo 50 y del artículo 70 se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal según sea el caso;

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SI 930,542.00

: 2422801 RENOVACIÓN DE VIAS URBANAS; EN EL(LA) AV. MARISCAL RAMON CASTILLA (TRAMO 2-124 DESDE JR. ALAMEDA HASTA HOSPITAL SAN MIGUEL, TRAMO 2-125 DESDE PSJE. JOSÉ OLAYA HASTA JR. ALAMEDA Y EL TRAMO 2-126 DESDE JR. GARCILAZO DE LA VEGA HASTA PSJE. JOSÉ OLAYA) DISTRITO DE SAN MIGUEL, PROVINCIA LA MAR, DEPARTAMENTO AYACUCHO.

SI 227, 704.00 GASTO CAPITAL 2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

: 2428908 REPARACIÓN DE UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO (UBS); EN EL(LA) EN EL SISTEMA DE SANEAMIENTO BASICO EN LA LOCALIDAD NINABAMBA, DISTRITO DE SAN MIGUEL, PROVINCIA LA MAR, DEPARTAMENTO AYACUCHO.

PROYECTO

SI 305,912.00 GASTO CAPITAL 2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

PROYECTO

: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS. : 050501 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA MAR. : 0083 PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

0148 REDUCCIÓN DE TIEMPO. INSEGURIDAD Y COSTO AMBIENTAL EN EL TRANSPORTE URBANO

: 2428778 REPARACIÓN DE PTAR; EN EL(LA) SISTEMA DE SANEAMIENTO BASICO DE PATIBAMBA Y PUCARUMI DISTRITO DE SAN MIGUEL, PROVINCIA LA MAR, DEPARTAMENTO AYACUCHO.

En soles EGRESOS SECCIÓN SEGUNDA PLIEGO CATEGORIA PRESUPUESTAL

SI 2'944,296.00 SI 2'944,296.00

En soles INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO TOTAL INGRESOS

SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 018-2019-EF, por un monto de DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 SOLES (S/ 2'944,296.00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, de acuerdo al siguiente detalle:

Que, estando los fundamentos expuestos, y haciendo uso de las facultades conferidas en el Inciso 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

San Miguel, 31 de Enero del 2019 Que, mediante Informe nº 021-2019-MPLM-SM/OPP de fecha 31 de enero del 2019, el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, comunica que de acuerdo al Decreto Supremo nº 018-2019-EF autorizan la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobiernos Locales; en ese contexto vuestra entidad también fue favorecida con dicho decreto hasta por un importe. de SI 2'944,296.00 afecto a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficinales de Crédito, con la finalidad de ejecutar diversos proyectos de inversión como saneamiento básico y renovación de vías urbanas; en ese sentido solicita la autorización para la desagregación de estos recursos a fin de ser incorporados al presupuesto institucional vía Transferencia de Partidas y por consiguiente la aprobación bajo acto resolutivo del titular del pliego;

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REGÍSTRESE COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR, la presente resolución al área usuaria y a los órganos estructurados de la Municipalidad Provincial de La Mar - San Miguel, para su cumplimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto elaborar las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

SI 142,915.00 GASTO CAPITAL 2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

: 2422921 RENOVACIÓN DE VIAS URBANAS; EN EL(LA) EN EL TRAMO 2-916 JR. MARIA PARADO DE BELLIDO DESDE JR. TUPAC AMARU HASTA JR. FRANCISCO BOLOGNESI, DISTRITO DE SAN MIGUEL, PROVINCIA LA MAR, DEPARTAMENTO AYACUCHO.

PROYECTO

SI 179, 785.00 GASTO CAPITAL 2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

: 2422918 RENOVACIÓN DE VIAS URBANAS; EN EL(LA) TRAMO 2-900. JR. LA MAR DESDE JR. 9 DE DICIEMBRE HASTA PUENTE ORNOS PATA. DISTRITO DE, SAN MIGUEL, PROVINCIA LA MAR, DEPARTAMENTO AYACUCHO.

PROYECTO

SI 194,573.00 GASTO CAPITAL 2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

: 2422852 RENOVACIÓN DE VIAS URBANAS; EN EL(LA) EN EL TRAMO 2-836 JR. ANDRES AVELINO CACERES (AV. MARISCAL RAMÓN CASTILLA-PLAZA PRINCIPAL), TRAMO 2-847 JR. AYACUCHO (JR. GENERAL CORDOVA-JR. MARIA PARADO DE BELLIDO) Y EL TRAMO 2-880 JR. GENERAL CORDOVA (JR. AYACUCHO-JR. 9 DE DICIEMBRE) DISTRITO DE SAN MIGUEL, PROVINCIA LA MAR, DEPARTAMENTO AYACUCHO.

PROYECTO

SI 402,030.00 GASTO CAPITAL 2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

San Miguel, 31 de Enero del 2019 : 2422804 RENOVACIÓN DE VIAS URBANAS; EN EL(LA) JR. ALFONSO LIGARTE (TRAMO 2-831, TRAMO 2-832, TRAMO 2-833 Y EL TRAMO 2-834) DESDE EL JR. SIMÓN BOLIVAR HASTA PSJE. SIN DISTRITO DE SAN MIGUEL, PROVINCIA LA MAR, DEPARTAMENTO AYACUCHO.

PROYECTO

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PROYECTO : 2422922 RENOVACIÓN DE VIAS URBANAS; EN EL(LA) JR. SIMON BOLIVAR (TRAMO 2- 947, TRAMO 2-947 Y EL TRAMO 2-948), DESDE JR. AMANIEL CASTRO HASTA PUENTE ORNOS PATA, DISTRITO DE SAN MIGUEL, PROVINCIA LA MAR, DEPARTAMENTO AYACUCHO.

¡>.I) PRO(!¡, GASTO CAPITAL 11";:.\J oFrcJNAot o/~'~2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS SI 560,835.00 ' .S. AD1.1¡r._t_;¿jfRAC/6N e" r g Yt-rt.¡/.l,N S C- ~· º ~ UENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO. , ~ ' ·<··~~~E, ON .f, ::::===::::::::==:::::::::::::::::::::==:::=::::::::=:::::=::=::::::::::::::::==:::::::::::::=:=:=::::

,"' ,.. ""' Q-< ·'- * TOTAL PLIEGO SI 2'944,296.00 '<!.~~.!...!.9-\.) 4 ==========:::;:==-=========================================================================;::::;:::;::;;;::;;;:;::;::;;:;::;::;::;;:::;:

~~~~ 'j~~, Municipalidad Provincial de fil L~tr,~AR - ~RAEM-----~