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Proyecto fin de Carrera: Plan de negocio de un Complejo Residencial Página 122/218 Proyecto fin de Carrera, Ingeniero de Organización Industrial 2010 –2011 Autor del Proyecto: David Cruz Barrios 10 CAPITULO 10: ANEXOS ANEXOS

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10 CAPITULO 10: ANEXOS

ANEXOS

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A FIGURAS DE APOYO- ANÁLISIS DE ENTORNO

Figura 6. Población según grupos de edad y sexo. Año 2007

Figura 7. Población mas de 65 años, nacionalidad . Año 2008.

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Figura 8. Pirámides de población proyectadas. 1990, 2000 y 2010.

Tabla 2. Indicadores de servicios sociales para personas mayores

Atención Residencial. España 2005-2007

Enero 2005 Enero 2007 Var.2007/2005

Población >65 6.739.558 7.276.620 537.062

Indicadores

Nº total plazas(1) 199.058 251.826 52.768

Pl.Propias 51.413 62.577 11.164

Pl.Concertadas 26.028 43.599 17.571

Pl.Privadas no conc. 120.917 145.650 24.733

Nº total centros(2) 3.720 4.890 1.170

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Centros propios 484 817 333

Centros concertad. 755 1.237 482

Centros privados 1.948 2.836 888

Figura 9. Media anual de viviendas construidas en Europa. En valor absoluto y en tasa por cada 1.000 habitantes. 1996-2000.

Figura 10. Evolución de los precios de las viviendas en Europa.

En números índice de los valores corrientes. Base 1990=100. 1990-1999.

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B FIGURAS DE APOYO- ANÁLISIS DEL SECTOR

Figura 11 . Temperaturas medias en Málaga (España) [I. N. Meteorología]

Temperaturas - Málaga (España)

5

10

15

20

25

30

Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic

ºC

Máximas

Mínimas

Media

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Figura 12 . Población total en la UE-27, Euro area y por países (F. Eurostat)

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Figura 13 . Proporción de población con 65 o más años en 2010(F. Eurostat)

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Figura 14 . Población extranjera + 65 años. (Fuente: INE 2007)

Figura 15 . Evolución de la población por grandes grupos de edad. INE.

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Figura 16 . Evolución de la población mayor. España 1900-2050 (miles).

Figura 17 . Expectativas sobre la forma de residencia deseada en la vejez, según la edad del

entrevistado, 2009. Fuente: CIS.

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

En su casa de siempre Con sus hijos/as u otrosfamiliares

Regresar al lugar de origenfamiliar

En una ciudad residencialpara personas mayores

18-24 años

25-34 años

35-44 años

45-54 años

55-64 años

65 y más años

Fuente: CIS, Estudio 2.439, noviembre 2001.

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Figura 18 . Expectativas sobre la forma de residencia en la vejez por grupos de edad, 2009

0

10

20

30

40

50

60

70

80

18-24 años 25-34 años 35-44 años 45-54 años 55 -64 años 65 y másaños

Adaptando su propia casa

En su casa, recibiendo ayuda de alguien aquien paga

Ofrecerá alojamiento y comida a un estudiante

En su casa, recibiendo ayuda de voluntarios

Compartiendo su casa con amigos y conocidos

En su vivienda con otras personas de su edad

En una ciudad residencial

En una residencia

Fuente: CIS, Estudio 2.439, noviembre 2001.

Figura 19 . Oferta de plazas públicas. Fuente: IMSERSO.

Plazas Publicas

2917

237

33

12133

10925

3665

226

1118

43

0 20 40 60 80 100 120 140

Nº de centros

Canarias

Andalucia

Murcia

Extremadura

Baleares

Castilla La Mancha

Valencia

Madrid

Castilla Leon

Cataluña

Aragon

La Rioja

Navarra

Euskadi

Cantabria

Asturias

Galicia

Plazas Publicas

29292182

4202855

310439

1.9326.186

8.3606.220

3.8274.058

6522.354

1.1459.122

2.146

0 2000 4000 6000 8000 10000

Nº de Plazas

Canarias

Andalucia

Murcia

Extremadura

Baleares

Castilla La Mancha

Valencia

Madrid

Castilla Leon

Cataluña

Aragon

La Rioja

Navarra

Euskadi

Cantabria

Asturias

Galicia

Figura 20 . Oferta de plazas concertadas. Fuente: IMSERSO.

Plazas Concertadas

1928

1654

135

16430

5879

11563

9913

5868

0 100 200 300 400 500

Nº de centros

Canarias

Andalucia

Murcia

Extremadura

Baleares

Castilla La Mancha

Valencia

Madrid

Castilla Leon

Cataluña

Aragon

La Rioja

Navarra

Euskadi

Cantabria

Plazas Concertadas

599484511

3394946

340319

10.0721.599

5.5093.814

1.472214197

9462.3652.489

0 2000 4000 6000 8000 10000 12000

Nº de Plazas

Canarias

Andalucia

Murcia

Extremadura

Baleares

Castilla La Mancha

Valencia

Madrid

Castilla Leon

Cataluña

Aragon

La Rioja

Navarra

Euskadi

Cantabria

Asturias

Galicia

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Figura 21 . Oferta de plazas privadas. Fuente: IMSERSO.

Plazas Privadas

66146

27150

5219

183488

372216

1677

1644

16571

0

0 100 200 300 400 500 600

Nº de centros

Canarias

Andalucia

Murcia

Extremadura

Baleares

Castilla La Mancha

Valencia

Madrid

Castilla Leon

Cataluña

Aragon

La Rioja

Navarra

Euskadi

Cantabria

Asturias

Galicia

Plazas Privadas

69835100

2.9525946

34561938

8.16125.696

18.51410.420

11.4878.110

1.3313.279

1.48415.028

0

0 5000 10000 15000 20000 25000 30000

Nº de Plazas

Canarias

Andalucia

Murcia

Extremadura

Baleares

Castilla La Mancha

Valencia

Madrid

Castilla Leon

Cataluña

Aragon

La Rioja

Navarra

Euskadi

Cantabria

Asturias

Galicia Figura 22. Proporción de familias con vivienda en propiedad, EU-15 (en %). 2009. Eurostat.

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Figura 23. Familias y carga financiera por costes de vivienda, EU-15 (en %), 2009 Eurostat.

Figura 24. Producto interior bruto por habitante. Año 2009. Fuente: Eurostat. New Cronos.

Figura 25. Convergencia entre España y UE-15. Banco de España.

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Figura 26. Coste de residencias de alto standing (Fuente: Grupo Júbilo Comunicación)

Figura 27. Coste por plaza de residencia.

Residencia Provincia Plazas Inversión Inversión/plazaValterna Valencia 168 6.000.000 € 35.714 €Fabra i Puig Barcelona 150 7.000.000 € 46.667 €San Carlos Málaga 159 6.000.000 € 37.736 €Playa de San Juan Alicante 112 5.000.000 € 44.643 €Motevil Gijón 177 7.000.000 € 39.548 €Olmos Málaga 175 6.000.000 € 34.286 €Zaragoza Zaragoza 150 8.000.000 € 53.333 €Modelo Vigo 180 7.000.000 € 38.889 €Can Piteu Barcelona 210 6.000.000 € 28.571 €Estación Norte Barcelona 210 12.000.000 € 57.143 €Vistahermosa Alicante 140 6.000.000 € 42.857 €Promedio 1831 76.000.000 € 41.507 €

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C Tablas de apoyo-Análisis del sector

Tabla 3. Principales competidores (Fuente: www.expocasa.com)

Competidor Accionistas Comentarios

Quavitae Caja Madrid, Mapfre

100M € activo total. €55m ingresos. 2900 empleados. 33% endeudamiento. Cuenta con “Azul Marbella” en Málaga, como residencia para mayores.

www.quavitae.es

Grupo Eulen Capital privado

Grupo de empresas 49.000 personas. €753m facturados en 2003.

Actualmente se dirigen 11 residencias de gestión integral y 33 de gestión parcial, atendiendo a más de 6.000 personas mayores

www.flexiplan.es

Grupo Sar

Confide Residencial, Torreal, Catalana Occidente

SAR (Servicios Asistenciales y Residenciales), dispone de 19 residencias en servicio con 2.877 plazas y 8 residencias en ejecución para 1.347 plazas en Andorra, Barcelona, Madrid, Sevilla, Toledo y Mallorca.

Ballesol Capital privado

Grupo Ballesol mantiene actualmente 21 residencias en funcionamiento, y 13 en construcción.

Su objetivo es gestionar 47 residencias y 8.000 camas en los próximos tres años.Invertirá €240m hasta 2006.

Sanyres

Grupo PRASA, Cajasur, Bancaza, Caixa Catalunya, Grupo Corporativo Landon, Mutua Pelayo.

Sanyres tienen en construcción hasta 31 residencias para Mayores por toda la geografía española con lo que llegará a ofertar 20.000 plazas en el año 2007. Supondrá una inversión de €800m y 10.000 trabajadores.

Metroces Capital privado

Gers Grupo Sanitas (grupo británico BUPA).

21 centros residenciales,, 15 en propiedad y el resto gestionadas. 2.408 plazas y una facturación de €33m.

Tabla 4. Centros residenciales (Fuente: www.jubilo.es)

Centro Residencial Datos

Sensara Benalmádena

Dirección: Avda. Manuel Mena 9, Edificio Suite Benalmádena Costa 29630 (Málaga) Teléfono: 902 012 002 E-mail: [email protected] www.sensara.com

Cortijo de Santa Cruz

Dirección: Ctra. Suspiro del Moro, Km.1 Almuñécar (Granada) Teléfono: 958 63 44 77 www.cortijosantacruz.info

Sol Andalusí Dirección: C/ Doña Cristian, 2, Ed. Málaga Plaza. Oficina 101 29007 Málaga

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Teléfono: 952 96 30 96 www.solandalusi.com

Sanyres Puerto Banús

Dirección: Avda. de las Naciones Unidas, s/n. Urb Playas Españolas 29660 Puerto Banús (Málaga) Teléfono: 902 200 065 www.sanyres.es

Apartamentos Rosalía de Castro

Dirección: C/Antonio Maura, 7, 6º Dcha. 28014 (Madrid) Teléfono: 91 373 17 35 www.calendashispanas.com

Fórum Mare Nóstrum

Dirección: Camino del Pinxo, s/n. Alfaz del Pí (Alicante) Teléfono: 966 87 84 00 www.forum-marenostrum.com

Oasis de Tabernas

Dirección: Urb. Los Hidalgos Carretera Nacional 340, km. 143 29692 Manilva (Málaga) Teléfono: 952 89 30/ 950 36 50 62 www.maf-mand.com

Azul Marbella

Dirección: Urb. Azalea Beach. Ctra.Málaga-Cádiz 172,8 29660 Nueva Andalucía, Marbello (Málaga) Teléfono: 902 45 65 85 www.azulmarbella.com

Metroces Vitoria

Dirección: C/ Camino Alto del Prado, s/n 01007 (Vitoria) Teléfono: 945 15 42 15 www.metroces.com

Novo Sancti Petri

Dirección: C/ Camino Alto del Prado, s/n 01007 (Vitoria) Teléfono: 945 15 42 15 www.metroces.com

Jardines de Azahar

Dirección: Calle de la Paz, nº44 1º-1ª 46003 – Valencia Teléfono: 96 310 6214 E-mail: [email protected] www.jardinesdeazahar.com

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Tabla 5. Comparativa de competidores (Fuente SABI)

Promedio G6 BALLESOL GERS METROCES SANYRES SAR QUAVITAE

2003 2003 2002 2002 2003 2003 2002 Ingresos de explotación 22.160.200 22.126.170 14.100.141 10.914.728 6.556.551 33.677.493 45.586.116 Result. ordinarios antes Impuestos 70.464 1.207.173 -968.982 1.252.032 -752.910 -350.697 36.170 Total Activo 57.795.699 22.511.248 51.426.373 4.279.975 127.087.306 55.670.374 85.798.918 Fondos propios 21.921.892 16.633.071 6.377.895 768.453 65.833.212 24.510.737 17.407.984 Rentabilidad económica (%) 3 2 -2 20 -1 -1 1 Rentabilidad financiera (%) 16 2 -15 109 -1 -1 3 Liquidez general 1 3 1 1 2 1 1 Endeudamiento (%) 63 26 88 82 48 56 80 Número empleados 459 319 1.579 2.214

BALANCES DE SITUACIÓN Inmovilizado 81% 46.984.693 11.353.251 45.851.219 1.963.578 112.111.081 42.948.077 67.680.950 Inmovilizado inmaterial 14% 8.039.092 1.788.823 8.017.540 1.388.658 29.055.297 2.623.157 5.361.077 Inmovilizado material 53% 30.518.383 2.401.159 12.805.256 251.036 72.051.461 34.643.715 60.957.672 Otros activos fijos 15% 8.427.218 7.163.269 25.028.423 323.884 11.004.323 5.681.205 1.362.201 Activo circulante 19% 10.811.007 11.157.997 5.575.154 2.316.397 14.976.226 12.722.297 18.117.968 Existencias 0% 121.231 10.058 24.639 23.847 0 416.086 252.756 Deudores 11% 6.510.521 2.143.240 4.395.291 927.735 5.696.450 10.400.371 15.500.037 Otros activos líquidos 7% 4.179.255 9.004.699 1.155.224 1.364.815 9.279.776 1.905.840 2.365.175 Tesorería 4% 2.506.953 8.892.140 766.056 940.935 589.025 1.650.964 2.202.599 Total activo 100% 57.795.699 22.511.248 51.426.373 4.279.975 127.087.306 55.670.374 85.798.918

Fondos propios 38% 21.945.153 16.633.071 6.377.895 768.453 65.833.212 24.560.152 17.498.136 Capital suscrito 30% 17.471.056 331.812 6.300.000 194.427 66.717.744 18.661.350 12.621.000 Otros fondos propios 8% 4.474.098 16.301.259 77.895 574.026 -884.532 5.898.802 4.877.136 Pasivo fijo 45% 25.868.655 2.063.262 36.924.092 1.840.490 52.479.848 15.587.900 46.316.338 Acreedores a L. P. 45% 25.855.007 2.061.459 36.924.092 1.840.490 52.479.848 15.587.900 46.236.255 Otros pasivos fijos 0% 16.377 1.803 0 0 0 80.083 Pasivo líquido 17% 9.981.891 3.814.915 8.124.386 1.671.033 8.774.246 15.522.322 21.984.444 Deudas financieras 9% 5.131.244 1.189.951 1.805.350 106.912 8.584.180 13.969.825 Acreedores comerciales 3% 2.009.601 1.474.720 1.504.057 926.403 1.525.205 4.617.618 Otros pasivos líquidos 7% 4.031.188 1.150.244 4.814.979 637.718 8.774.246 5.412.937 3.397.001 Total pasivo y capital propio 100% 57.795.699 22.511.248 51.426.373 4.279.975 127.087.306 55.670.374 85.798.918

Fondo de maniobra 9% 4.957.085 678.578 2.915.873 25.179 5.696.450 9.291.252 11.135.175 Número empleados 459 319 1.579 2.214

CUENTAS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Ingresos de explotación 100% 22.160.200 22.126.170 14.100.141 10.914.728 6.556.551 33.677.493 45.586.116 Importe neto de Cifra de Ventas 91% 20.128.863 21.704.922 13.581.492 10.714.756 1.498.648 32.293.686 40.979.671 Consumo de mercaderías y de materias 12% 2.715.682 3.831.921 45.690 845.549 4.298.674 1.858.787 5.413.471 Resultado bruto 88% 19.444.518 18.294.249 14.054.451 10.069.179 2.257.877 31.818.706 40.172.645 Otros gastos de explotación 84% 18.544.475 17.246.695 14.280.442 8.843.702 1.196.528 31.567.268 38.132.214 Resultado Explotación 4% 900.043 1.047.554 -225.991 1.225.477 1.061.349 251.438 2.040.431 Ingresos financieros 1% 198.701 228.458 507.653 73.999 53.277 190.593 138.224 Gastos financieros 5% 1.028.279 68.839 1.250.644 47.443 1.867.536 792.728 2.142.485 Resultado financiero -4% -829.579 159.619 -742.991 26.556 -1.814.259 -602.135 -2.004.261 Result. ordinarios antes Impuestos 0% 70.464 1.207.173 -968.982 1.252.032 -752.910 -350.697 36.170 Impuestos sobre sociedades 0% -24.183 205.865 -101.923 436.688 -409.716 12.840 -288.852 Resultado Actividades Ordinarias 0% 94.647 1.001.308 -867.059 815.344 -343.194 -363.537 325.022 Ingresos extraordinarios 1% 163.958 23.690 90.125 34.531 38.044 567.319 230.039 Gastos extraordinarios 1% 305.023 642.676 153.349 12.441 456.024 501.408 64.242 Resultados actividades extraordinarias -1% -141.065 -618.986 -63.224 22.090 -417.980 65.911 165.797 Resultado del Ejercicio 0% -46.418 382.321 -930.283 837.433 -761.174 -297.626 490.819

Materiales 12% 2.715.682 3.831.921 45.690 845.549 4.298.674 1.858.787 5.413.471 Gastos de personal 67% 14.788.848 10.548.295 8.214.717 4.564.674 20.954.583 29.661.973 Dotaciones para amortiz. de inmovil. 5% 1.023.525 621.105 627.883 90.571 822.064 1.605.578 2.373.947 Gastos financieros y gastos asimilados 5% 1.028.279 68.839 1.250.644 47.443 1.867.536 792.728 2.142.485

Cash flow 4% 977.106 1.003.426 -302.400 928.004 60.890 1.307.952 2.864.766 Valor agregado 65% 14.305.243 11.826.425 9.061.038 5.976.809 1.518.710 23.068.103 34.380.372 Impuestos sobre sociedades 0% -24.183 205.865 -101.923 436.688 -409.716 12.840 -288.852 Resultado del Ejercicio 0% -46.418 382.321 -930.283 837.433 -761.174 -297.626 490.819 Importe neto de Cifra de Ventas 91% 20.128.863 21.704.922 13.581.492 10.714.756 1.498.648 32.293.686 40.979.671

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Tabla 6. Balances para sector de prestación de servicios con alojamiento. CNAE 8531 (Fuente SABI)

CNAE 8531Actividades de prestación de servicios sociales con alojamientoDatos en miles de euros

2003 2003 2002 2001 2000Numero de Empresas incluidas 306 312 284 236Ingresos de explotación 549.842 584.649 491.103 376.078Result. ordinarios antes Impuestos 7.520 9.470 16.497 14.946Total Activo 845.054 970.650 753.802 568.009Fondos propios 280.772 316.201 275.571 199.713Número empleados 18.658 19.848 17.343 10.543

BALANCES DE SITUACIÓN 2003 2003 2002 2001 2000Inmovilizado 74,5% 629.504 727.682 540.695 413.579

Inmovilizado inmaterial 5,2% 43.705 55.348 36.334 21.522Inmovilizado material 59,4% 501.684 569.397 425.987 346.626Otros activos fijos 10,0% 84.111 102.937 78.366 45.442

Activo circulante 25,5% 215.130 241.885 210.082 153.136Existencias 1,1% 9.147 13.209 9.058 5.233Deudores 16,0% 134.879 144.542 122.998 98.808Otros activos líquidos 8,4% 71.115 84.125 78.036 49.086Tesorería 7,4% 62.845 76.396 72.280 44.401

Total activo 100% 844.630 969.562 750.773 566.710

Fondos propios 33,2% 280.398 315.271 272.694 198.536Capital suscrito 22,5% 190.312 210.341 178.679 127.506Otros fondos propios 10,7% 90.083 104.935 94.011 71.018

Pasivo fijo 34,2% 289.016 391.467 247.180 183.167Acreedores a L. P. 33,9% 286.728 388.251 244.283 180.355Otros pasivos fijos 0,3% 2.284 3.217 2.895 2.810

Pasivo líquido 32,6% 275.214 262.807 230.884 185.006Deudas financieras 7,7% 64.825 44.583 48.042 34.287Acreedores comerciales 2,0% 17.084 26.565 25.860 17.606Otros pasivos líquidos 22,9% 193.305 191.655 156.979 133.112

Total pasivo y capital propio 100% 844.630 969.562 750.773 566.710

Fondo de maniobra 15% 126.943 131.186 106.193 86.441Número empleados 18.658 19.848 17.343 10.543

CUENTAS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS 2003 2003 2002 2001 2000Ingresos de explotación 100% 549.842 584.649 491.103 376.078Importe neto de Cifra de Ventas 94,2% 518.159 540.976 454.416 346.830Consumo de mercaderías y de materias 15,1% 83.129 91.179 72.036 56.536Resultado bruto 84,9% 466.707 493.470 419.067 319.549Otros gastos de explotación 80,9% 444.866 468.148 392.266 295.277Resultado Explotación 4,0% 21.832 25.328 26.811 24.273Ingresos financieros 0,5% 2.567 3.393 3.474 1.887Gastos financieros 3,1% 16.877 19.266 13.786 11.219Resultado financiero -2,6% -14.309 -15.863 -10.311 -9.325 Result. ordinarios antes Impuestos 1,4% 7.520 9.470 16.497 14.946Impuestos sobre sociedades 0,9% 4.855 4.883 11.312 5.871Resultado Actividades Ordinarias 0,5% 2.664 4.577 5.190 9.083Ingresos extraordinarios 1,6% 8.927 9.261 14.289 3.943Gastos extraordinarios 0,9% 4.781 4.233 4.079 2.700Resultados actividades extraordinarias 0,8% 4.148 5.029 10.206 1.239Resultado del Ejercicio 1,2% 6.824 9.601 15.391 10.319

Materiales 15,1% 83.129 91.179 72.036 56.536Gastos de personal 53,4% 293.579 315.106 267.732 200.397Dotaciones para amortiz. de inmovil. 5,5% 30.231 28.925 24.127 18.054Gastos financieros y gastos asimilados 2,9% 15.880 18.416 13.825 10.281

Cash flow 6,7% 37.060 38.547 39.528 28.386Valor agregado 63,9% 351.243 376.871 332.332 244.870Impuestos sobre sociedades 0,9% 4.725 4.818 11.242 5.822Resultado del Ejercicio 1,2% 6.824 9.601 15.391 10.319Importe neto de Cifra de Ventas 94,2% 518.159 540.976 454.416 346.830

TASA DE VARIACIÓN (%) 2003 2002 2001 2000Importe neto de Cifra de Ventas -4,22% 19,05% 31,02% 39,01%Consumos de explotación -8,83% 26,57% 27,42% 22,99%Gastos de personal -6,83% 17,69% 33,60% 45,87%Total Activo -12,94% 28,77% 32,71% 36,64%Fondos propios -11,20% 14,74% 37,98% 25,04%Acreedores a largo plazo -26,15% 58,93% 35,45% 36,17%

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D NOTAS DE PRENSA-ANALISIS DEL SECTOR

D.1 Especial Complejos Residenciales

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Ejemplos de complejos residenciales para mayores

• Sensara Benalmádena :

• Cortijo de Santa Cruz

• Sol Andalusí

• Sanyres Puerto Banús

• Apartamentos Rosalía de Castro

• Fórum Mare Nóstrum

• Oasis de Tabernas

• Azul Marbella

• Metroces Vitoria

• Novo Sancti Petri

• Jardines de Azahar

D.2 Apéndice: Competidor “Sensara Benalmádena”

D.3 Urbanizaciones exclusivas para mayores de 55 años. Inmoley.com

Tercera Edad. Andalucía. Málaga es la provincia española con mayor número de promociones de urbanizaciones exclusivas para mayores de 55 años o jubilados al tener cinco de ellas, según un estudio realizado por la consultora Irea. Se trata de un producto inmobiliario denominado 'seniors resorts' que ya está consolidado en países como Estados Unidos, y que en España tiene un gran futuro, según la citada consultora. Su clientela potencial es sobre todo de extranjeros. Irea señala que las nacionalidades alemanas y británicas, unas de las de mayor poder

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adquisitivo de Europa, son las más representativas en este colectivo, y sus preferencias de centran en las provincias de Málaga y Alicante.

D.4 Negocios con la tercera edad. El Mundo.

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D.5 Costes y rentabilidad

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D.6 Sector

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E MEMORIA CONSTRUCTIVA BUNGALOW

•••• Cimentación y estructura. De hormigón armado.

•••• Cerramientos y tabiquería. Cerramientos exteriores con material cerámico y revestimiento monocapa. Divisiones interiores de viviendas con ladrillo hueco doble. Separación entre viviendas con citara de ladrillo fonoresistente.

•••• Pavimentos. Pavimentos y rodapié de mármol en toda la vivienda.

•••• Revestimientos. Cocinas y baños alicatados con plaqueta cerámica vitrificada. Interiores de viviendas y zonas comunes, guarnecidos y enlucidos con yeso.

•••• Fontanería y saneamiento. Red de fontanería en cobre según normativa vigente. Aparatos sanitarios en porcelana vitrificada. Grifería de cartucho cerámico monomando.

•••• Instalación eléctrica. Ejecutada según reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

•••• Aire acondicionado. Aire acondicionado frío/bomba de calor completamente instalado.

•••• Carpintería interior. Puerta de entrada a la vivienda blindada, con bisagras antipalanca y cerradura de seguridad. Puertas interiores en madera. Cocina amueblada y electrodomésticos.

•••• Carpintería exterior. Perfiles de aluminio lacado con persianas enrollables de láminas de aluminio inyectado. Acristalamiento doble tipo "Climalit".

•••• Pinturas. Pintura plástica en toda la vivienda. Barniz sobre carpintería de madera y pintura al esmalte en cerrajería.

•••• Elementos zonas comunes. Ascensores con puertas automáticas en cabina y plantas, dotados de llavín para acceso al sótano. Instalación de video-portero. Instalación de telefonía, TV-FM con dos tomas por vivienda y antena parabólica. Puerta de entrada al garaje con cerradura eléctrica, equipo para el telemando y llave por plaza de aparcamiento, Piscina comunitaria.

F MEMORIA CONSTRUCTIVA DEL EDIFICIO COMÚN

Movimiento de tierras y cimentación

Dada la naturaleza del terreno donde se ubica el edificio, se ha estimado la solución de cimentación superficial como la más idónea. Para su ejecución se realizara el vaciado de tierras con medios mecánicos hasta conseguir la cota apropiada, para excavar a partir de esa cota la cimentación.

Saneamiento

Se ha diseñado un sistema unitario de evacuación de aguas pluviales y de fecales, eligiéndose el PVC como material tanto en la red vertical como horizontal.

Estructura

Está prevista una estructura formada por forjados reticulares sobre soportes, todo ello en hormigón armado, con hormigón HA-25 y acero B400S. En algunos casos concretos se han empleado losas armadas para resolver aspectos concretos como escaleras, aleros, etc.

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Albañilería

Los cerramientos exteriores y las divisiones interiores se han proyectado con fabrica de ladrillo tomadas con mortero de cemento, con distinta solución según los casos. En cerramientos exteriores se ha empleado capuchina de citara de l.h.d., aislamiento térmico, cámara de aire y tabicón.

En divisiones interiores se ha empleado tabicón, citara y fábrica de 1 pie, en las distintas posibilidades del ladrillo ya sea hueco, perforado y macizo según los requerimientos y exigencias necesarios. En las divisiones entre viviendas se ha empleado doble citara de l.h.d. con aislamiento acústico en su interior.

Cubiertas

Se han previsto cubiertas planas transitables, con membrana impermeabilizante y aislamiento térmico de planchas rígidas terminadas con baldosa cerámica y rodapié del mismo material en las transitables y terminada en grava las no transitables.

Solados y revestimientos

Los suelos se han resuelto en el interior del edificio a base de baldosas de terrazo En exteriores se han empleado pavimentos de baldosa cerámica antideslizante.

En cuanto a los revestimientos exteriores se han resuelto con revestimiento monocapa y enfoscado de mortero. En paramentos interiores verticales de baños se han previsto alicatados con azulejo de 1ª calidad, en el resto de cuartos húmedos azulejo blanco 20x20. El resto de paramentos se prevén enlucido de yeso.

Los techos se han previsto de placas registrables de 60x60 en zonas comunes y de escayola lisa en habitaciones.

Carpintería y cerrajería

Para la carpintería interior de paso se ha optado por madera lisa para barnizar. Se dispondrán en habitaciones armarios y altillos con puertas abatibles del mismo material que las puertas de paso.

La carpintería exterior se realizará en aluminio lacado en color a determinar, colocada sobre premarcos con monobloc para persiana de aluminio del mismo color.

Existen una serie de elementos incluidos en este apartado que merece la pena destacar como son las barandas y puertas de cuartos de maquinas, que se han previsto en pletina o tubo de acero y chapa.

Instalación de fontanería

La distribución de agua se realiza mediante tuberías de cobre según se indicará en los planos. La instalación será registrable en todo momento con sus correspondientes llaves de paso a la entrada a los cuartos húmedos.

Instalación eléctrica

Desde un Centro de Transformación (CT) existente se acomete hasta la Caja General de Protección (CGP) situada en fachada. La Línea Repartidora será empotrada y protegida bajo tubo hasta el equipo de medida.

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La instalación de distribución se realizará mediante bandejas registrables, con cuadros parciales según sectorización, principalmente por planta desde donde se controlarán los elementos comunes y de servicio.

Se dispone en cada habitación de un cuadro de mando y protección. La instalación interior en habitaciones será empotrada y protegida bajo tubo flexible de PVC, con mecanismos de primera calidad de acuerdo a los planos correspondientes.

Vidriería y pinturas

Los vidrios previstos son los habituales: luna pulida de 4 mm. en carpintería interior de madera y climalit en carpintería de aluminio.

La pintura para exteriores será pétrea lisa. En interiores y según los casos se ha dispuesto pintura al gotelet o lisa según sean en paredes y techos.

En carpintería de madera se aplicará barniz de poliuretano y en cerrajería interior pintura al esmalte sintético.

G DESCRIPCIÓN DE INSTALACIONES DE LA CAFETERIA

La cafetería/bar contará con las siguientes instalaciones: •••• Zona de mesas: 8 mesas con 4 sillas cada una. (96 m2) •••• Zona de barra: barra de 8 m de largo (5 x 4 m), contando con los espacios necesarios

detrás y delante de la barra. Equipada con: o 4 expositores frigoríficos o cámaras de conservación de bebidas o plancha o cafetera o microondas. o Grifo de cerveza, enfriador y propelente o Exprimidor de naranjas

•••• Cocina ( 75 m2 ), equipada con: o Fogón industrial de 4 fuegos o 2 hornos o campana extractora o 2 frigoríficos industriales o 2 mesas de preparación de alimentos o 1 mueble de cubertería y enseres o 2 lavavajillas industriales o Despensa frigorífica.

•••• Aseos: (14 m2: 2 x 4 + 6 m2) 3 aseos, dos normales, uno por género, y uno adaptado para minusválidos.

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H DESCRIPCIÓN DE INSTALACIONES DEL RESTURANTE

Se dotará al restaurante con las siguientes instalaciones: •••• Zona de mesas: 8 mesas con 4 sillas cada una. (96 m2) •••• Cocina ( 35 m2 ), equipada con:

o Fogón industrial de 4 fuegos o Parrilla de carbón o 1 horno o 2 campanas extractoras o 1 frigorífico industrial o 1 mesa de preparación de alimentos o 1 mueble de cubertería y enseres o 1 lavavajillas industriales

•••• Despensa – almacén (16 m2). •••• Aseos: (14 m2: 2 x 4 + 6 m2) 3 aseos, dos normales, uno por género, y uno adaptado para

minusválidos.

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I Escritura de Constitución de la sociedad mercantil

NUMERO

EN LA CIUDAD DE SEVILLA, a treinta de Octubre de dos mil once. -------

ANTE MI, --------------------------, Notario de MADRID, Ilustre

Colegio de Madrid. --------------------------------------------------------------------------------

=== COMPARECEN ===

DON DAVID CRUZ BARRIOS, mayor de edad, soltero y vecino de Sevilla, AVD. Jimenez Becerril nº 26, con DNI XX56087B.--------------

Todos de nacionalidad española, y tienen a mi juicio capacidad legal para otorgar esta escritura de CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD, teniéndolo convenido lo llevan a efecto en las siguientes. --------------------------------------------------------------------------------------------

=== ESTIPULACIONES ===

A) .- Los comparecientes DON DAVID CRUZ BARRIOS, constituyen la sociedad mercantil de forma limitada, denominada DOLCE VITA, SOCIEDAD LIMITADA, denominación no adoptada por otra, según se acredita con certificación del Registro Mercantil Central, que dejo unida a esta matriz, que se regirá por los Estatutos que expedidos en ocho folios de papel común escritos a máquina, les leo por su renuncia en voz alta y encontrándolos conformes los firman a su final a mi presencia, y por mi rubricados y debidamente reintegrados dejo unidos a esta matriz, en lo en ellos no dispuesto por su Ley especifica y demás disposiciones legales aplicables en derecho, su objeto, domicilio, duración y fecha de comienzo de actividades se dicen en los Estatutos unidos y no transcribo por evitar repeticiones. -----------------------------------------------

B) .- El capital social es de OCHENTA MIL EUROS, representado en cien participaciones sociales, iguales, acumulables e indivisibles, de diez euros de valor nominal cada una, y totalmente desembolsadas, numeradas del 1 al 100 ambos inclusive. ---------------

DESEMBOLSO.- Los comparecientes me entregan y dejo unidas a esta matriz, certificaciones expedidas por el Banco de la Pequeña y Mediana Empresa, con fecha 31 de Diciembre de 2004 acreditativas del ingreso en cuenta a nombre de la Sociedad del importe del capital social desembolsado en metálico.- El Órgano Administrador de la Sociedad podrá disponer de dichos fondos desde este momento.

C) .- Los socios dando a este acto el carácter de JUNTA GENERAL, cuya celebración aceptan por unanimidad, acuerdan también por unanimidad: optar como Órgano Administrador de la Sociedad por UN ADMINISTRADOR con todas las facultades que le corresponden por Ley y estatutos a DON DAVID CRUZ BARRIOS, cuyas circunstancias personales se dicen en la comparecencia, por tiempo indefinido. --------------

Los nombrados, aceptan los cargos los cargos y manifiestan no estar incursos en causa alguna de incapacidad, incompatibilidad, o prohibición establecidas por normas de carácter estatal o autonómico y conforme a ellas advierto la prohibición de ocuparlos a las personas que se mencionan. -------------------------------------------------

EL ÓRGANO ADMINISTRADOR según queda configurado, se encargará inicialmente de la administración y representación de la sociedad. -----------------------

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D) Los comparecientes se apoderan para que cualquiera de ellos, otorgue las escrituras de rectificación, subsanación o aclaración de la presente y de sus Estatutos unidos, tendientes a la inscripción en el Registro Mercantil. -------------------------------

E) Se solicita del Sr. Registrador Mercantil, su inscripción en el mismo, su inscripción en le mismo; y en todo caso, y conforme a la calificación registral, a los efectos del articulo 63 del vigente Reglamento del Registro Mercantil, prestan su consentimiento a la inscripción parcial de esta escritura. ------------------------------------------------------

Hago las reservas y advertencias legales y las de carácter fiscal (obligación de autoliquidación y afección de bienes al pago del impuesto). -------------------------------

Permito a los otorgantes la lectura de esta escritura, la aprueban y firman; y yo doy fe de identificarlos por sus documentos de identidad, de los consignado y que queda extendida en tres folios del timbre del estado exclusivo para documentos notariales números el del presente y anteriores en orden.- Están las firmas de: DON DAVID CRUZ BARRIOS.- Signado:------.- Rúbricas y sello de la Notaría. --------------------------------------------------

Estatutos de la Sociedad

=== TITULO I ===

Artículo 1º.- Con la denominación de DOLCE VITA, SOCIEDAD LIMITADA palabras las dos ultimas que podrán abreviarse por sus iniciales SL, se constituye una sociedad de responsabilidad limitada, que se rige por la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada (en adelante “La Ley” y demás disposiciones de obligado cumplimiento. ------------------------------------------------------

Artículo 2º.- El objeto social es la comercialización de todo tipo de servicios y equipos de telecomunicación e informática.- La sociedad podrá realizar sus actividades de modo directo o indirecto, y en este caso mediante la participación en empresas y sociedades de idéntico o análogo objeto social.- La sociedad no desarrolla actividades para las que las leyes exijan licencias fiscales o condiciones específicas, en tanto no dé exacto cumplimiento a las mismas. ---------------------------------------------------------------------

Artículo 3º.- La sociedad tiene duración indefinida y da comienzo a sus actividades el día 1 de Enero de 2004. -------------------------------------------------------------------------

Artículo 4º.- El domicilio social se fija en Madrid, Calle Arquitecto Carrilero, 10 Bajo-I. – El Órgano Administrador podrá establecer sucursales, agencias o delegaciones, y cambiar el domicilio social dentro de la misma población, así como suprimir y trasladar aquellas. Para cambiar el domicilio social a otro término municipal dentro del territorio nacional, será preciso acuerdo de la Junta de Socios. -----------------------

=== TITULO II ===

Artículo 5º.- El capital social es de OCHENTA MIL EUROS, dividido en cien participaciones sociales, de ochocientos euros cada una, acumulables e indivisibles, que no podrán incorporarse a títulos negociables, ni denominarse acciones y totalmente desembolsadas.

Artículo 6º.- Por el hecho de adquirir una participación de capital social, a título de propietario o nudo propietario, se adquiere la condición de socio, que supone la sumisión a estos estatutos, y a los acuerdos válidos de sus órganos de gobierno. En particular el socio tiene los siguientes derechos. ---------------------------------------------

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A) información de los asuntos sociales y participación en los órganos sociales, en la

forma que se determina en la Ley y estos Estatutos. ---------------------------------------

B) transmitir su derecho, percibir el beneficio social, la cuota de liquidación, ejercitar

el derecho de suscripción preferente en caso de ampliación de capital social, conforme a estos Estatutos. ---------------------------------------------------------------------

Para ejercitar los derechos de socio, frente a la Sociedad o frente a otros socios, se precisa inscripción previa por parte del socio en el Libro Registro. El Órgano Administrador llevará un Libro Registro de socios, en el que hará constar nombre, apellidos, estado civil, vecindad, domicilio y nacionalidad del socio. La práctica del asiento se hará por el titulo legítimo de adquisición. En dicho libro se inscribirá las participaciones de los socios fundadores, las de los nuevos socios, y los derechos reales que se constituyan sobre ellas. ---------------------------------------------------------

Artículo 7º.- Los socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la Junta, o verbalmente durante ella los informes o aclaraciones que precisen sobre los asuntos del ORDEN DEL DÍA, el órgano Administrador estará obligado a proporcionar dicha información, salvo caso en que a su juicio tal publicidad perjudique los intereses sociales (esta excepción no procederá, si la petición es apoyada por socios que representen, al menos, la cuarta parte del capital social). ----

Artículo 8º.- Los aumentos de capital social que se lleven a efecto, causarán para los socios, un derecho de suscripción preferente, proporcional al número de participaciones que cada socio posea. El plazo de ejercicio del derecho será el de 30 días, no obstante los socios podrán dentro de dicho plazo renunciar al derecho. Para su ejercicio o renuncia bastará notificación al Órgano Administrador en forma fehaciente, acompañada del desembolso en su caso. Transcurrido el plazo sin hacer uso del derecho de suscripción, se ofrecerán las participaciones no suscritas a los demás socios que hubieran ejercitado el derecho y quienes en el plazo de un mes podrán suscribir las no ampliadas, si fueran varios socios los que optaran, se prorratearán entre ellos proporcionalmente a las que ya posean, transcurrido este último plazo, las no suscritas podrán ser ofrecidas por el Órgano Administrador a terceras personas, incluso no socios. ----------------------------------------------------------

Artículo 9º.- El socio que se proponga transmitir intervivos su participación o participaciones sociales a persona extraña a la Sociedad, que no sea su cónyuge, descendiente o ascendiente, deberá comunicarlo por escrito dirigido al órgano Administrador, quien lo notificará a los socios en el plazo de QUINCE DÍAS. Los socios podrán optar a la compra dentro de los treinta días siguientes a la notificación, y si son varios los que desean adquirir la participación o participaciones, se distribuirá entre todos ellos a prorrata de sus respectivas partes sociales. En el caso de que ningún socio ejercite de tanteo, podrá adquirir la Sociedad esas participaciones (por acuerdo de la Junta de Socios) en el plazo de treinta días, para ser amortizadas, previa reducción del capital social.-----------------------------------------

Transcurrido este último plazo, el socio quedará libre para transmitir sus participaciones sociales en la forma y modo que tenga conveniente.---------------------

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Para el ejercicio del derecho de tanteo que se concede en el presente artículo, el precio de venta, en caso de discrepancia, será fijado por tres peritos, nombrados uno por cada arte, y un tercero, de común acuerdo, o si éste no se logra, por el Juez.--

Serán nulas las transmisiones que no se ajusten a lo establecido en este artículo. ----

La transmisión de las participaciones sociales se formalizará en documento público. -

Artículo 10º.- Caso de fallecimiento de algún socio sus participaciones pasarán sin limitación a su heredero o legatario, siempre que éste sea cónyuge, ascendiente o descendiente del socio fallecido. Si sus herederos fueran distintos de los expresados, comunicará su carácter por escrito al Órgano Administrador de la Sociedad, en el plazo de tres meses contados desde el fallecimiento del causante, y los socios (pero no la Sociedad), podrán adquirir dichas participaciones en los plazos y demás condiciones dichas en el artículo anterior. Si los socios no hacen uso de este derecho de preferente adquisición, el heredero o legatario será el nuevo socio. ------------------

Artículo 11º.- Toda adquisición de participaciones por cualquier medio, deberá ser comunicada por el adquiriente al Órgano Administrador, indicando nombre o denominación social, nacionalidad y domicilio del nuevo socio, sin cumplir este requisito no podrá pretender el socio ejercer sus derechos como tal en la sociedad.—

Artículo 12º.- Queda prohibido a los socios interesarse o intervenir directa o indirectamente en empresas o negocios, cuyo objeto social sea similar al de la presente sociedad, sin consentimiento escrito del resto de socios. -----------------------

=== TITULO III ===

GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD

Artículo 13º.- La sociedad se rige: a) Por la JUNTA DE SOCIOS.- b) Por DOS A

CINCO ADMINISTRADORES SOLIDARIOS. ---------------------------------------------

Artículo 14º.- La Junta de Socios, debidamente constituida es el órgano soberano de la Sociedad y sus acuerdos obligan a los socios, incluso ausentes o que no voten a favor del acuerdo, salvo siempre en su caso, la facultad de impugnar acuerdos nulos ante la autoridad judicial. Las Juntas de socios serán ORDINARIAS o EXTRAORDINARIAS. Las Ordinarias se celebrarán dentro del primer semestre de cada año, para examinar y en su caso aprobar la actividad, balance y cuentas del ejercicio anterior. Las Extraordinarias se celebran para cualquier otro asunto mediante convocatoria del Órgano Administrador a su propia iniciativa o a la de socios que representan al menos la décima parte del capital social. ----------------------

Artículo 15º.- Las Juntas se convocarán con diez días de anticipación a la fecha de reunión, en carta certificada dirigida por el Órgano Administrador a los socios precisando el lugar, día, hora de celebración y Orden del Día. Asimismo se expresará fecha y hora de la segunda convocatoria, debiendo mediar entre la primera y segunda convocatoria al menos VEINTICUATRO HORAS. No obstante quedará validamente constituida la Junta, cuando estando presente la totalidad de los socios, acuerden unánimemente su celebración y ORDEN DEL DÍA. ------------------------------

Artículo 16º.- Podrán asistir a la Junta los socios propietarios o nudo-propietarios de participaciones sociales que tengan inscrito su derecho en el Libro Registro, por sí o por

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representación especial para cada Junta por escrito y a favor de otro socio. Serán Presidente y Secretario de las Juntas los que la propia Junta designe. El Secretario redactará las Actas de las reuniones, y las certificaciones de ellas se expedirán por el Órgano Administrador. Las actas se aprobarán por los socios a continuación de haberse celebrado la Junta. -------------------------------------------------

Artículo 17º.- Sin perjuicio de los requisitos de asistencia establecidos en la Ley para la validez de los acuerdos se precisará mayoría relativa, y se entiende por tal, cuando voten a favor del acuerdo, socios que representen al menos más de la mitad del capital social presente o representado. Se exceptúan de esta regla los casos previstos en los artículos 13 y 17 de la Ley. --------------------------------------------------

Artículo 18º.- La dirección, gestión y representación de la Sociedad queda encomendada al Órgano Administrador dicho en el artículo 13º de estos Estatutos. Sus facultades serán todas las no atribuidas por la Ley o estos Estatutos a la Junta de Socios, en general todas las referidas a los asuntos que versen sobre el giro y tráfico de la Empresa, y en particular. ---------------------------------------------------------

1º. REPRESENTAR a la compañía ante toda clase de autoridades y en general ante terceras personas, usar la firma social para suscribir toda clase de documentos, firmar y recoger la correspondencia postal y telegráfica. -----------------------------------

2º. DIRIGIR y administrar la Sociedad, tanto en los actos de administración ordinaria, como extraordinaria y representarla judicial y extra-judicialmente. En particular intervenir en concursos y subastas con plenas facultades, contratar obras y servicios con el Estado, Provincia, Municipio, Comunidades Autónomas, y personas jurídicas públicas o privadas o individuales. --------------------------------------------------

3º. ACORDAR la celebración de toda clase de actos, hechos, negocios, contratos y en particular aceptar y contraer obligaciones, acordar la adquisición de bienes por cualquier título, enajenarlos, gravarlos, hipotecarlos, darlos en arrendamiento y depósito, concretar seguros sobre los mismos, ya se trate de muebles, inmuebles, efectos públicos, títulos, valores, derechos, créditos y acciones, constituyendo, creando, reconociendo, aceptando, modificando o cancelando toda clase de derechos reales o personales, sin limitación alguna, dando o recibiendo en préstamo u otras formas de crédito, constituyendo o aceptando garantías reales o personales, incluso pignoración de efectos públicos, valores cotizables o no, o la garantía hipotecaria que podrá en cualquiera de sus formas constituir, aceptar, modificar, ampliar, reducir, novar, posponer o cancelar. Asimismo fundar sociedades con igual objeto social a ésta, modificarlas o disolverlas, aportando capitales y ejercitando los derechos y deberes del socio. ---------------------------------------------------------------------------------

4º. REALIZAR toda clase de operaciones de operaciones bancarias en cualesquiera clase de Entidades de Crédito, Bancos, incluso el de España y Banca Oficial, Cajas de Ahorro. Abrir, movilizar y cancelar cuentas corrientes, cartillas, disponer de sus fondos, suscribiendo talones, cheques, transferencias, etc. Librar, aceptar, endosar, avalar, cobrar, negociar, pagar y protestar letras de cambio, talones cheques y demás documentos de giro y crédito. -----------------------------------

5º. CELEBRAR toda clase de contratos de trabajo con empleados y obreros y ejercitar en relación a los mismos los derechos y deberes, tanto en su relación privada como en sus

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consecuencias sindicales, de Seguridad Social, Administrativa y jurisdiccionales. -----------------------------------------------------------------------------------

6º. RECLAMAR, percibir y cobrar los que se deba a la Sociedad, cualquiera que sea el origen de la deuda, su naturaleza y la persona deudora, incluida la Hacienda Pública, o cualquiera de los Organismos de la Administración del Estado, Provincia, Municipio y Comunidades Autónomas. ---------------------------------------------------------

7º. COMPARECER ante Juzgados y Tribunales de cualquier jurisdicción, en actos de conciliación, con avenencia o no, en juicios civiles, en diligencias de jurisdicción voluntaria, en causas criminales, pudiendo firmar querellas, recibir el ofrecimiento del procedimiento; seguir toda clase de procedimientos judiciales por todos sus trámites, incidencias y recursos, comparecer en juicios ante la Magistratura de Trabajo y en los recursos contra sus fallos, promover y seguir expedientes de toda clase, especialmente ante la Dirección General de Contribuciones y Régimen de Empresas, ante las Centrales Sindicales, y todos los Organismos de su Jurisdicción, promover y seguir reclamaciones económico administrativas y recursos administrativos, y sin reserva ni limitación, intervenir en toda de expedientes, juicios, causas, ante cualquiera administración y jurisdicción, por todos sus trámites e incidencias, consintiendo resoluciones, desistiendo de instancias o presentando contra los fallos dictados los recursos que las Leyes consientan, pidiendo la ejecución de sentencias y demás fallos definitivos, y otorgar poderes generales y especiales, a favor de Procuradores, Abogados y Gestores Administrativos. ----------------------------

8º. OTORGAR compromisos, cláusulas compromisorias y transacciones.

Intervenir en reclamaciones colectivas de concurso o quiebra o suspensión de pagos, cesión de bienes, judiciales o extrajudiciales, y sus convenios. ----------------------------

9º. DELEGAR en todo o parte de sus atribuciones en Apoderados o Gerentes, con las facultades manconunadas o solidarias, autorizando a los mismos la representación de la compañía (para aquellas facultades que sean delegables). ------

El Órgano de Administración ejercerá su cargo por tiempo indefinido, o hasta que la Junta acuerde su separación por socios que representen la mayoría de capital, excepto cuando hayan sido nombrados en la escritura fundacional, que se observará lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley. -------------------------------------------------------

=== TITULO IV ===

EJERCICIO SOCIAL, BALANCE Y DISTRIBUCIÓN DE BENEFICIOS

Artículo 19º.- Los ejercicios sociales son anuales, dando comienzo el 1 de Enero y finalizando el 31 de Diciembre de cada año. El primer ejercicio social comienza hoy y termina el 31 de Diciembre próximo. ----------------------------------------------------------

Artículo 20º.- Dentro de los tres primeros meses del año civil, se formará las cuentas anuales por el Órgano Administrador con los requisitos del artículo 26 de la Ley. El derecho del socio para examinar las cuentas anuales será de veinte días anteriores a la celebración de la Junta Ordinaria. -----------------------------------------------------------

Artículo 21º.- La Junta de Socios resolverá sobre la aplicación del resultado del ejercicio conforme al balance aprobado y destinará a Fondo de Reserva Voluntario en su caso, la cantidad y en las condiciones que libremente resuelva, cubiertas las previsiones legales. -------------------------------------------------------------------------------

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=== TITULO V ===

FUSIÓN, ESCISIÓN, DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Artículo 22º.- La Fusión o escisión de la Sociedad, deberá ser acordada con los requisitos exigidos en el artículo 14 de la Ley, ajustándose al proyecto de fusión o escisión, y se regirán en cuanto le sean aplicables por las normas que rigen la fusión o escisión de las Sociedades Anónimas. -------------------------------------------------------

Artículo 23º.- La sociedad se disolverá por las causas señaladas en la Ley. Disuelta la Sociedad se abrirá el período de liquidación. Terminado éste, los liquidadores formarán el balance Final, éste, con los requisitos legales, se aprobará por la Junta de Socios, y en defecto de impugnación, se procederá al reparto del haber social entre los socios. -----------------------------------------------------------------------------------

=== TITULO VI ===

Artículo 24º.- Cuantas cuestiones o diferencias se susciten durante la vida de la sociedad o en el período de su liquidación entre los socios con relación a sus derechos u obligaciones como tales, serán dirimidos por Árbitros conforme a la Ley de Arbitraje Privado de 5-diciembre-1988. Este procedimiento no es aplicable a los casos en que es preceptivo la resolución de Organismos jurisdiccionales del Estado. A todos los efectos legales se considerará a los socios, domiciliados en la ciudad del domicilio social, y sujetos a la jurisdicción de sus Juzgados y tribunales, con renuncia al propio fuero de cada uno de ellos. ----------------------------------------------------------

Artículo 25º.- No podrán ocupar cargos en la Sociedad las personas declaradas incompatibles por la Ley 26-Diciembre-1983 o por otras disposiciones de obligado cumplimiento, estatales o autonómicas. -------------------------------------------------------

Sevilla, a 9 de Octubre de 2011

J Trámites Administrativos y Legales de Comienzo de la Actividad

Los trámites a seguir para comenzar una actividad empresarial comprenden por lo general los siguientes pasos, que serán explicados por separado a continuación:

•••• Registro de Denominaciones.

•••• Entidad Financiera: certificación bancaria.

•••• Notaría.

•••• Registro Mercantil.

•••• Registro Industrial.

•••• Registro de Patentes y Marcas.

•••• Licencia del Ayuntamiento.

•••• Hacienda.

•••• Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

•••• Número de Inscripción.

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•••• Alta y Afiliación de trabajadores: Régimen General y Régimen de Autónomos.

•••• Apertura del Centro de Trabajo. Libro de visitas.

•••• Instituto Nacional de Empleo (INEM).

Registro de Denominaciones

El primer paso que se debe dar es conseguir la Certificación Negativa del Nombre, que es una certificación acreditativa de que el nombre elegido por la Sociedad no coincide con el de otra existente.

La constitución de una sociedad mercantil de responsabilidad limitada en un Registro Mercantil, exige la obtención previa en el Registro Mercantil Central de una certificación favorable que recoja la expresión denominativa con la que va a ser identificada la sociedad como sujeto de derechos y obligaciones en todas sus relaciones jurídicas.

El articulo 413 del vigente Reglamento del Registro Mercantil en su apartado primero establece, que “No podrá autorizarse escritura de constitución de sociedades y demás entidades inscribibles o de denominación, sin que se presente al notario la certificación que acredite que no figura registrada de la denominación elegida”.

La denominación habrá de coincidir exactamente con la que conste en la Certificación Negativa del Nombre expedida por el Registro Mercantil Central. Expedida la certificación de que no figura registrada la denominación, ésta quedará registrada a nombre del interesado o beneficiario de la misma durante el plazo de quince meses, contados desde la fecha de expedición.

La Certificación Negativa del Nombre tendrá una vigencia de dos meses a efectos de otorgamiento de la escritura, contados desde la fecha de su expedición por el Registro Mercantil Central. Caducada la certificación el interesado podrá solicitar su renovación con la misma denominación. A la solicitud deberá acompañar la certificación caducada. Transcurridos los quince meses de reserva de denominación sin haberse realizado la inscripción en el Registro Mercantil Provincial correspondiente, la denominación causará baja en la Sección de Denominaciones del Registro Mercantil Central, por lo que deberá solicitarse una nueva certificación sometida a calificación por parte del registrador.

Se puede solicitar la Certificación Negativa del Nombre por cualquiera de los siguientes medios:

•••• Directamente en las oficinas del Registro Mercantil Central, con un impreso de solicitud de certificación.

•••• Por correo, remitiendo una solicitud o una carta a las oficinas del Registro Mercantil Central. El Registro contestará remitiendo la certificación contra reembolso a la dirección indicada en la solicitud.

•••• A través de Internet, rellenado el formulario existente en la web del Registro Mercantil Central (www.rmc.es).

Entidad Financiera

Se necesita también una Certificación original de la realización del desembolso del capital inicial exigido por la ley en función de la forma jurídica elegida, emitida por una entidad financiera en

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la que los socios habrán creado una cuenta bancaria con la denominación elegida seguida del término “en constitución” e ingresando dicho capital. En la certificación debe figurar el nombre de la empresa, el importe desembolsado, la fecha del desembolso y el número de la cuenta bancaria (20 dígitos).

Notaría

El otorgamiento de Escritura Pública es el acto en el cual los socios fundadores firman la escritura de constitución ante un Notario, que actúa como fedatario público.

En dicha escritura figuran sus datos personales junto a los estatutos que regulan el funcionamiento de la sociedad.

El Registro Mercantil, se encarga de publicar la constitución de la Sociedad. Con su inscripción ésta adquiere personalidad jurídica. Debe solicitarse dentro del mes siguiente a la fecha de constitución de la misma.

El Registro exige aportar los siguientes documentos: la primera copia de la escritura de constitución, la certificación del registro de denominaciones de la no existencia del nombre elegido, la certificación del desembolso del capital emitida por la entidad bancaria y el justificante del pago del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Registro Industrial

La creación de nuevos establecimientos industriales, así como la ampliación y traslado de los ya existentes, debe comunicarse al Registro de Establecimientos Industriales creado a partir de la entrada en vigor de la ley 21/1992, dependiente de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Industria y Energía, siempre que las empresas desarrollen alguna de las actividades previstas en dicha ley, entre las que se encuentran: actividades relativas al medicamento y a la sanidad, relacionadas con el transporte y las telecomunicaciones, relativas al fomento de la cultura, instalaciones nucleares y radioactivas…

La inscripción se tramita a través de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de cada Comunidad (consejería de Economía y Empleo) antes de los tres meses posteriores al inicio de la actividad.

Registro de Patentes y Marcas

Las marcas distinguen nuestro producto de los de los de nuestros competidores y pueden ser denominaciones, gráficos, mixtos, etiquetas, etc. Se puede trabajar mediante una única marca o marcas de múltiples.

Cualquier particular puede solicitar la concesión de una marca acudiendo al Registro de la Propiedad Industrial y lo único que impide su registro es la existencia de una marca igual o muy parecida. La obtención de la marca da derecho sobre los productos que se hayan solicitado durante diez años a partir de la fecha de concesión. Si una marca caduca por falta de pago de las tasas correspondiente, cualquiera puede registrarla de nuevo y comercializarla.

En caso de que alguien utilice una marca similar, es el propio titular quien debe ejercer las acciones legales oportunas.

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El Registro de la Propiedad Industrial es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Industria y se llama Oficina Española de Patentes y Marcas, que aunque comparten oficina de registro son dos ramas absolutamente separadas.

Licencia del Ayuntamiento

Licencia de Obras

Es necesaria si para la puesta en marcha de la empresa es preciso llevar a cabo obras en los locales o terrenos en los que se va a ejercer la actividad. Habitualmente podemos encontrar tres procedimientos:

Actos Comunicados: cuando las obras no afectan a la estructura, distribución ni aspecto exterior de los locales. Deberán ser puestos en conocimiento del Ayuntamiento previamente a su ejecución y no están sujetos a la obtención de licencia.

Procedimiento Abreviado: son solicitudes de licencias de obras que no afectan al patrimonio protegido y no necesitan proyecto firmado por técnico competente. Se tendrá que presentar en el Ayuntamiento los documentos requeridos y una vez presentado el expediente de solicitud los servicios técnicos municipales procederán a su informe, resolviendo el mismo en un plazo no superior a dos meses desde su inicio.

Procedimiento Normal: son actuaciones urbanísticas que precisan de un proyecto técnico. Una vez presentado el expediente de solicitud los servicios técnicos municipales procederán a su informe, resolviendo el mismo en un plazo no superior a dos meses desde su inicio.

Licencia de Actividades e Instalaciones:

Esta licencia es necesaria para efectuar las instalaciones que nos permitan poner en marcha nuestra empresa y con su concesión el Ayuntamiento reconoce la adecuación de las mismas a la normativa vigente. Una vez realizadas las obras, el Ayuntamiento realiza una Inspección por parte de los Servicios Técnicos Municipales y en caso favorable nos darán el Acta de Ocupación y Funcionamiento. En este apartado hay que tener en cuenta las normas especificas de cada Ayuntamiento en el que se localice el negocio. Es conveniente que antes de la compra o alquiler del local, informarse de que la actividad que se va a desarrollar va a ser permitida tanto por la situación como por las condiciones físicas del mismo (altura, superficie, etc.).

Hacienda

En el caso de una Sociedad Mercantil, una vez otorgada la escritura pública en el Notario y constituida la Sociedad, el primer paso a seguir es conseguir el Código de Identificación Fiscal, que se realiza en la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal y se conseguirá de forma provisional presentando una copia simple de la escritura de constitución, junto al impreso de declaración censal (Modelo 036 o 037) y la fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante, que debe ser uno de los apoderados. La tarjeta definitiva será entregada cuando se presente la Escritura de Constitución ya registrada en el Registro Mercantil.

Antes de presentar la escritura en el Registro Mercantil para su inscripción, se debe liquidar el Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados (Modelo 600). Para su liquidación se debe aportar el pago del Modelo 600, una copia simple y la copia autorizada o

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primera copia de la escritura de constitución en el plazo de 30 días hábiles desde el otorgamiento de la misma.

El alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) debe darse con anterioridad al inicio de la actividad (10 días hábiles) y se renueva automáticamente cada año salvo indicación contraria, debiéndose efectuar tantas altas en sus epígrafes correspondientes como actividades vayan a realizarse, en el modelo establecido a tal efecto (Modelo 845), si es de ámbito municipal. Es obligatorio para toda sociedad. Para su tramitación se deberá aportar la siguiente documentación: impreso debidamente cumplimentado, Código de Identificación Fiscal y el Documento Nacional de Identidad del apoderado en el caso de sociedades.

Actualmente algunos Ayuntamientos gestionan directamente el impuesto, debiendo presentar el mismo directamente en sus dependencias sin pasar por la Delegación de Hacienda, en modelos propios y distintos para cada uno de ellos.

El Impuesto de Actividades Económicas es un tributo directo de carácter local, cuyo pago es anual, que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas que se ejerzan o no en local determinado y está regulado por la Ley de Haciendas Locales 39/1988 de 28 de Diciembre que entró en vigor en Diciembre de 1992 y que aúna los siguientes impuestos:

•••• Licencia fiscal.

•••• Impuesto Municipal de Radicación.

•••• Impuesto de Publicidad.

•••• Impuesto sobre actos suntuarios, excepto a los cotos de caza y pesca.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Cuando se establece una relación laboral entre la empresa y los trabajadores que prestan sus servicios en la misma, está sujeta a la normativa específica en materia laboral desarrollada en este campo, entre la que destaca el Estatuto de los Trabajadores, los convenios Colectivos, las Reglamentaciones de Régimen Interno y las Normas de Seguridad Social.

Número de Inscripción

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos, no están sujetos a contrato de trabajo aunque a su vez contraten a otras personas, pero están obligados a inscribirse en el régimen especial de Trabajadores Autónomos a la vez que se dan de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Si la empresa contrata trabajadores, deberá inscribirse también en el Régimen General como el resto de los empresarios, estando en este caso obligados a inscribirse como tal en el Régimen General de la Seguridad Social, a nombre de la persona física o jurídica titular de la empresa en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma correspondiente al domicilio de la empresa. El número de inscripción que se asigna, será único por provincia, debiendo inscribirse tantas veces como provincias en las que tenga ubicados centros de trabajo. La inscripción de empresas individuales se realiza a nombre de la persona física que sea titular y no del nombre comercial si lo hubiese.

Para la inscripción de la empresa en la Seguridad Social, se deberá aportar la siguiente documentación:

•••• Modelo TA.6 por triplicado, haciendo constar el Número de Identificación Fiscal.

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•••• Póliza de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional por duplicado, suscrita con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o documento de asociación o propuesta de asociación con una Mutua de Accidentes. El documento debe estar firmado y sellado por la empresa y la Mutua de Accidentes.

•••• Documento Nacional de Identidad del titular o representante legal de la empresa (original y copia). Cuando la documentación está cumplimentada por una persona distinta del empresario, se deberá aportar el poder notarial que acredite la representación de la empresa.

•••• Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

•••• Alta de los trabajadores en los modelos que correspondan, junto con la copia del Documento Nacional de Identidad del trabajador.

•••• Documento emitido por el Ministerio de Economía y Hacienda asignando el Número de Identificación Fiscal.

•••• Escritura de Constitución inscrita en el Registro Mercantil o justificante de haber solicitado la misma (original y copia o copia compulsada).

Alta y Afiliación de los Trabajadores

La empresa está obligada a afiliar a los trabajadores que trabajen para ella y que no se hayan afiliado anteriormente, presentando la solicitud en la Administración de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social correspondiente al domicilio de la empresa o del autónomo, antes del inicio de la prestación de servicios. La presentación de documentos podrá hacerse directamente o por fax. La afiliación se realiza una sola vez en toda la vida laboral del trabajador y el número de afiliación asignado, es único y vitalicio. La empresa también está obligada a comunicar a la Seguridad Social el alta de los trabajadores que entren a su servicio con anterioridad al comienzo del mismo.

La documentación a aportar para el alta en el Régimen General de la Seguridad Social es la siguiente:

•••• Modelo TA.2/S de solicitud de alta.

•••• Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del trabajador o documento acreditativo para los extranjeros.

•••• Fotocopia del documento de afiliación del trabajador (Modelo TA.1).

•••• Las empresas deben cotizar a la Seguridad Social por distintos conceptos:

•••• Contingencias Comunes. La cotización por este concepto está destinada a la cobertura de las situaciones incluidas en la acción protectora del Régimen General de la Seguridad Social, siempre que deriven de enfermedad común y accidente no laboral, así como maternidad y riesgo durante el embarazo.

•••• Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. La cotización por este concepto está destinada a la cobertura de estas contingencias, siempre que se produzcan con ocasión o por consecuencia del trabajo que se ejecute por cuenta ajena. A su vez se desglosa en cotización por Incapacidad Temporal y cotización por Incapacidad Permanente, Muerte y Supervivencia.

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•••• Horas Extraordinarias. La remuneración que obtienen los trabajadores por horas extraordinarias está sujeta a una cotización adicional que se destina a incrementar los recursos generales de la Seguridad Social. Esta cotización adicional varía según sean las horas extraordinarias debidas a fuerza mayor o no.

•••• Desempleo. Para la cobertura de este riesgo por la pérdida de un empleo o reducción de jornada.

•••• Fondo de Garantía Salarial. Tiene por objeto garantizar a los trabajadores deudas de contenido económico frente a la crisis de la empresa. Las cooperativas de trabajo asociado y las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra no cotizan al Fondo de Garantía Salarial (Res. 11.9.87).

•••• Formación Profesional. Se destina a fines de formación, reciclaje, recalificación y reclasificación profesionales.

Para cada categoría profesional existen bases de cotización máximas y mínimas y distintos tipos de cotización para empresa y trabajador por cada concepto, menos en el caso de accidentes de trabajo, en los que sólo cotiza la empresa.

Alta en el Régimen de Autónomos

Con la Ley 50/98 de 30 de Diciembre de “Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social”, B.O.E. de 31 de Diciembre de 1998, este régimen es obligatorio para empresarios individuales y sus familiares directos, para los socios de compañías colectivas y comanditas, socios trabajadores de comunidades de bienes y sociedades civiles, socios administradores o miembros de órganos de administración de sociedades mercantiles y socios de sociedades mercantiles capitalistas que posean el control efectivo de las mismas (directa o indirectamente), que ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador o presten servicios a la misma sociedad, a titulo lucrativo y de forma habitual, personal o directa.

Se entiende por control efectivo de las sociedades los siguientes casos:

•••• Cuando al menos, la mitad del capital de la sociedad está directamente en poder de quien presente sus servicios a dicha sociedad, o indirectamente esté distribuido entre socios con los que conviva y a quienes se encuentre unido con vínculo conyugal o parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción hasta segundo grado.

•••• Que la participación en el capital social sea igual o superior a la tercera parte del mismo.

•••• Que la participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad.

•••• Cuando, en los casos que no concurran las circunstancias anteriores, la administración pueda demostrar, por cualquier medio de prueba, que el trabajador dispone de control efectivo de la sociedad.

La documentación a aportar para darse de alta en el Régimen de Autónomos es la siguiente:

• Modelo TA.0521/B por duplicado, firmado por otro de los socios de la sociedad.

• Fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas.

• Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante.

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• Escritura pública y Código de Identificación Fiscal.

La cotización a la Seguridad Social se establece en función de unas bases que se publican anualmente. El autónomo debe abonar una cuota mensual, coincidiendo con los meses naturales, que es el 28,30% de la base elegida e incluye la protección por incapacidad temporal, pudiendo renunciar a esta prestación lo que reduce el pago de la cuota mensual pasando del 28,30% al 26,50% de la base elegida.

Se puede cambiar de base cada año pero debe notificarse antes del 1 de Octubre. La primera vez que el interesado se da de alta como autónomo puede escoger la base de cotización si tiene menos de 50 años. A partir de los 50 años hay una base de cotización mínima.

Los autónomos no cotizan por las Contingencias de Desempleo, Fondo de Garantía Salarial, Formación Profesional y Accidentes de Trabajo, lo que quiere decir que tampoco se beneficia, llegado el caso, de prestaciones por estos conceptos. La protección por incapacidad temporal supone que la Seguridad Social abona el 75% de la base en caso de enfermedad a partir del decimoquinto día de baja, estando obligado el trabajador, a seguir pagando las cuotas mensuales.

El abono de las cuotas en ambos regímenes se realiza en cualquiera de las oficinas donde estén inscritos los empresarios (bancos y cajas de ahorro), presentando el documento de cotización durante el mes siguiente al del devengo, por mensualidades vencidas para el Régimen General, y dentro del mes al que corresponda el devengo mediante boletines de cotización emitidos por la Seguridad Social en el caso del Régimen de Trabajadores Autónomos.

Comunicación de Apertura del Centro de Trabajo y Libro de Visitas.

Esta comunicación va dirigida a empresas que procedan a la apertura del centro de trabajo o reanuden la actividad. Se debe realizar dentro de los 30 días siguientes al inicio de la actividad en la Dirección Provincial de Trabajo de la Comunidad Autónoma correspondiente. El empresario además de comunicar la apertura del centro de trabajo, con independencia de su actividad, debe adquirir y sellar en la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el libro de visitas, que deberá encontrarse en la empresa a disposición de la autoridad laboral, aunque no existan trabajadores a cargo del empresario.

La legalización del libro de visitas se realizará en la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social. De la Comunidad Autónoma correspondiente.

El extravío o falta de formalización y legalización de este libro, puede ir acompañado de fuertes sanciones impuestas por la Inspección de Trabajo.

Anualmente la empresa debe elaborar y situar en lugar visible en cada centro de trabajo, el calendario laboral correspondiente, en él figuran los días inhábiles a escala nacional y los establecidos por cada Comunidad Autónoma y cada Ayuntamiento.

Instituto Nacional de Empleo (INEM)

Las altas comunicadas a la Seguridad Social, deberán formalizarse mediante los correspondientes contratos de trabajo, que una vez cumplimentados y firmados por el trabajador y la empresa, se registrarán en la Oficina de Empleo, en un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de alta presentada en la Seguridad Social.

En los últimos años se han adoptado, por parte de la Administración, medidas para fomentar el empleo, mediante diversas modalidades de contratación adaptables a las necesidades del

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empresario y que potencian la colocación de determinados colectivos de trabajadores desempleados.

K Régimen aplicable a las sociedades limitadas

Responsabilidad de los Administradores

Los Administradores Sociales, en cumplimiento de su función, deben tomar decisiones y adoptar acuerdos de trascendencia jurídica y económica, por lo que su actuación es constantemente fiscalizada por: accionistas, trabajadores, acreedores, Administración Tributaria, Seguridad Social…

La reforma de la Ley de Sociedades Anónimas (L.S.A.), motivó un nuevo tratamiento fiscal de la responsabilidad civil de los Administradores, que en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (RD Legislativo 154/1989) establece su aplicación de forma directa a las Sociedades Anónimas (S.A.) y por extensión a otros tipos de sociedades.

Las Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L.), establecen en su ley reguladora (ley 2/1995) que la responsabilidad de sus administradores se rige por lo establecido en la Ley de Sociedades Anónimas.

La responsabilidad de los administradores sociales establecida en la Ley de Sociedades Anónimas puede calificarse como:

•••• Responsabilidad legal: los estatutos no pueden exonerar a los administradores de dicha responsabilidad, pero sí la pueden agravar.

•••• Responsabilidad de derecho privado.

•••• Responsabilidad personal.

•••• Responsabilidad por culpa.

•••• Responsabilidad orgánica: no resulta aplicable a quienes no formen parte de los órganos de administración (apoderados, gerentes, directores generales, etc.).

Deberes Generales de los Administradores en el Ámbito Mercantil

Administrar: no basta con que el administrador cumpla formalmente los deberes que le fije la Ley y los Estatutos; cabe distinguir entre una actividad conservativa (conservación de lo administrado) y una actividad productiva (persigue la obtención de máximo rendimiento económico). Deben elegir los medios para conseguir un fin, el interés social, sin apartarse del objeto social.

Diligencia: entendiendo por tal la conducta que sigue los usos de comercio y las buenas prácticas de la gestión empresarial, ya que el artículo 127 de la Ley de Sociedades Anónimas dice que “desempeñan su cargo con la diligencia de un ordenado empresario y de un representante legal”. El calificativo de ordenado empresario se debe interpretar como prudente y competente profesionalmente.

Lealtad: también en el artículo 127 se establece que “deberán guardar secreto sobre las informaciones de carácter confidencial, aún después de cesar en sus funciones”, imponiendo a los administradores la obligación de lealtad y fidelidad ya que en caso de conflicto de intereses sociedad-administrador, deberá atender a los intereses de la sociedad antes que a los suyos

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propios. Los administradores deben abstenerse de obtener cualquier beneficio personal a expensas de la sociedad. Al contrario que con respecto a las Sociedades Anónimas, los administradores de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, no pueden dedicarse por cuenta propia o ajena al mismo, análogo o complementario género de actividad que constituye el objeto social de la actividad, salvo autorización expresa mediante acuerdo de la Junta General o por su inclusión en los estatutos de la sociedad.

Deberes Generales de los Administradores en el Ámbito Tributario

Responsabilidad subsidiaria: el artículo 38 de Ley General Tributaria establece que “responderán solidariamente de las obligaciones tributarias todas las personas que sean causantes o colaboren en la realización de una infracción tributaria”.

Responsabilidad solidaria: varia en función de la calificación de la infracción:

•••• Infracciones simples: la responsabilidad del administrador se limita a la sanción.

•••• Infracciones graves: el administrador responde de la totalidad de la deuda tributaria.

Delito fiscal: son delitos contra la Hacienda Pública y en particular es la figura típica del delito de defraudación tributaria. En el ámbito de la sociedad, el delito es imputable a quien o quienes se hallen al frente de la gestión social, en calidad de gerentes o administradores, ejerzan de manera efectiva la administración y tengan atribuidos poderes de decisión. La cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones indebidamente obtenidos o disfrutados debe ser superior a 90.000 euros en cada período impositivo o declaración (si se trata de tributos, retenciones, ingresos a cuenta o devoluciones periódicas o declaración periódica). En los demás supuestos, la cuantía se entiende referida a cada uno de los conceptos por los que un hecho imponible es susceptible de declaración.

Delito contable: el administrador está obligado por la ley tributaria a llevar contabilidad mercantil, libros o registros fiscales. La consideración de delito requiere que se hayan omitido declaraciones tributarias o que las presentadas fueran reflejo de la falsa contabilidad y que la cuantía de los cargos o abonos omitidos o falseados exceda, sin compensación aritmética entre ellos, de 180.000 euros por casa ejercicio económico.

Deberes Generales de los Administradores en el Ámbito Laboral

Suministrar al comité de empresa el balance, la cuenta de resultados y la memoria.

Suministrar al comité de empresa los datos necesarios cuando exista un despido colectivo o la fusión, absorción o modificación del estatus jurídico de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo.

Garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo y prevenir los riesgos laborales, de las que es el primer obligado y el principal responsable, ya que su incumplimiento dará lugar a responsabilidades administrativas, penales y civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse.

Delito de defraudación a la Seguridad Social. Por acción u omisión de:

•••• Eludir el pago de las cuotas.

•••• Obtener indebidamente devoluciones de las cuotas.

•••• Disfrutar de deducciones indebidas y con ánimo fraudulento.

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Para que se considere delito, la cuantía de las cuotas o deducciones ha de exceder de 90.000 euros y se castiga con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía. La citada cuantía se determina según lo defraudado en cada liquidación, devolución o deducción en cada año natural.

Responsabilidad de los Administradores Respecto al Medio Ambiente

Aunque los problemas medioambientales deben preocupar a los administradores, por la evidencia de que las actividades que incumplen las exigencias medioambientales deterioran también su propio patrimonio, tradicionalmente el administrador cuantificaba las consecuencias administrativas del incumplimiento de las normas y tomaba sus decisiones buscando el menor coste para la empresa.

El administrador actual debe entender que el componente medioambiental debe ser parte esencial de la gestión de la empresa, siendo hoy día la conservación de los países desarrollados, en la medida en que no es posible construir un desarrollo sostenible para las próximas generaciones si no se cuida al máximo el medio ambiente.

La empresa debe tratar de convertir el problema medioambiental en una serie de oportunidades que pueden reforzar su negocio.

Desde el punto de vista administrativo podemos hablar de tres tipos de normas básicas:

•••• Normas imperativas y sancionadoras:

o Normas preventivas (protegen la contaminación y el deterioro medioambiental antes de que éste se produzca).

o Normas de control de la contaminación en el momento en que ésta se produce (existe normativa sectorial en materia de aguas, aire, suelos, residuos, envases, ruido y zonas protegidas).

o Normas sobre la responsabilidad por daños ocasionados al medio ambiente, una vez producido el deterioro.

•••• Normas que crean instrumentos normalizados de gestión medioambiental: Las empresas pueden adherirse, con carácter voluntario, a un sistema europeo de gestión (ecogestión) y auditoría (ecoauditoría) medioambiental. Diseñado para incorporar esta variable al sistema general de gestión, estableciendo métodos de control objetivos y periódicos de los procesos industriales de la empresa, con objeto de desarrollar una política de respeto al medio ambiente e informar al público de los resultados.

•••• Normas que crean incentivos económicos o de otro tipo: por ellas, la empresa asume voluntariamente una correcta gestión medioambiental, tanto en el ámbito europeo como estatal. Existen diversos instrumentos financieros que contemplan subvenciones y ayudas económicas de las que pueden beneficiarse las empresas en sus proyectos ambientales. También la Administración concede desgravaciones fiscales (deducción por inversiones destinadas a la protección del medio ambiente), tributos y cánones medioambientales y estímulos en materia de contratación administrativa.

Frente a estas normas externas, la empresa puede imponerse normas internas por la vía de la contratación, tanto con otros particulares como con los entes públicos.

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Las contingencias medioambientales serán a corto plazo uno de los problemas con los que se pueden encontrar las empresas en sus transacciones jurídicas, ya que como ya sucede en otros países, las entidades financieras, compañías de seguros o compradores no van a aceptar la corresponsabilidad en el traspaso de los riesgos ambientales sin que previamente la empresa demuestre de forma objetiva el nivel de cumplimiento de la normativa y calidad de su gestión medioambiental.

Organización del Sistema de la Seguridad Social

La competencia en materia de Seguridad Social se organiza de una forma física mediante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Pero para una gestión más directa y menos burocrática la gestión de la Seguridad Social la llevan a cabo Entidades Gestoras:

•••• Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

•••• Instituto Nacional de la Salud (INSALUD).

•••• Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO).

•••• Instituto Nacional de la Marina (INSMAR).

Existen para todos ellos unos Servicios Comunes que son la Tesorería General la Seguridad Social y la Gerencia de Informática.

En colaboración con la Entidades Gestoras y los Servicios Comunes se encuentran las Entidades Colaboradoras, voluntaria u obligatoriamente (Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y las Empresas).

En situaciones y aspectos concretos, la gestión de la Seguridad Social es atribuida a Organismos Autónomos: Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo y al INEM.

Inscripción de Empresas en el Sistema de la Seguridad Social

Una empresa una vez constituida, habiéndose dado todos los pasos necesarios para su creación, es cuando empieza su andadura laboral, es decir, empieza a contratar trabajadores y es en este momento cuando, como requisito previo e indispensable a la iniciación de sus actividades, solicita su inscripción en el Régimen General de la Seguridad Social en modelo oficial, haciendo constar la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales que haya de asumir la protección por estas contingencias del personal a su servicio.

Los empresarios habrán de comunicar cualquier variación que se produzca en los datos facilitados al solicitar su inscripción especialmente cuando se trate de cambio de Mutua de Accidentes y Enfermedades profesionales.

La inscripción habrá de efectuarse en la Administración correspondiente de la Tesorería General de la Seguridad Social, que vendrá determinada por el código postal del domicilio del centro de trabajo de la Empresa, a nombre de la persona natural o jurídica de la misma.

Además de la Inscripción en la Seguridad Social de la Empresa cuando se contratan a trabajadores por cuanta ajena, hay que proceder a la apertura de la misma en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales al igual que a la legalización del Libro de Visitas.

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Es obligación de los empresarios proceder a la Afiliación, cuando corresponda, así como dar de alta y comunicar las bajas de sus trabajadores.

Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

Cuando se inscribe la Empresa en la Seguridad Social uno de los requisitos es la elección de la Mutua Patronal que se va a encargar de la cobertura de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, aunque también está cobertura se ha extendido a las enfermedades comunes.

El Art. 68 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social las define como aquellas asociaciones debidamente autorizadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que con tal denominación se constituyan, sin ánimo de lucro y con sujeción a las normas reglamentarias que se establezcan, por empresarios que asuman una responsabilidad mancomunada y con el principal objeto de colaborar en la gestión de la Seguridad Social.

La colaboración en la gestión de la Seguridad Social comprende las siguientes actividades:

•••• Colaboración en la gestión de Contingencias de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

•••• Prevención y recuperación.

•••• Colaboración en la gestión de la prestación económica de Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes.

•••• Actividades que la Seguridad Social les atribuya legalmente.

La elección de una Mutua para la cobertura de lo anterior no implica ningún coste adicional para la Empresa, ya que las mismas se nutren con los recursos de las cotizaciones que se hace a la Seguridad Social. La cotización por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, que es obligatoria, sólo la hace la Empresa y se recauda conjuntamente con el resto de las cotizaciones de la Seguridad Social y ésta las destina a la Mutua elegida.

Gestión Recaudatoria de las Cuotas de la Seguridad Social

El cumplimiento de la obligación de cotizar se realiza mediante el pago de las cuotas devengadas que puede efectuarse en dos momentos diferenciados: en periodo voluntario o por vía de apremio, si se sobrepasa el periodo voluntario.

La competencia para la gestión recaudatoria la tiene exclusivamente la Tesorería de la Seguridad Social.

La recaudación de cuotas en periodo voluntario se realiza de acuerdo a lo siguiente:

•••• Lugar: En cualquiera de las Oficinas Recaudadoras de la Provincia, esto es: Bancos, , previamente autorizadas por la Dirección General de la Tesorería.

•••• Forma: La liquidación de las cuotas se efectúa mediante la presentación en la correspondiente entidad recaudadora de los documentos de cotización que constan, en el Régimen General, de un Boletín de Cotización (TC-1) una relación nominal de trabajadores (TC-2).

En la actualidad existe la llamada “forma simplificada” que consiste en presentar únicamente el modelo TC-1, y que se aplica cuando existe un solo trabajador de alta en la empresa en periodo de liquidación.

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Los documentos que hay que tener en cuenta para formalizar la cotización son:

o TC-2: Relación nominal de trabajadores que se presenta unida a cada ejemplar del modelo TC-1, consta de los datos identificativos de la Empresa en la cabecera; los relativos a los trabajadores en el cuerpo central; y las diligencias de formalización y movimiento cuantitativo de trabajadores, al pie de la misma.

o Para deducir de la liquidación de las cuotas de la Seguridad Social las bonificaciones o reducciones concedidas como consecuencia de las contrataciones como medida para el fomento del empleo, se utiliza este mismo modelo.

o TC-1: En este modelo figura la liquidación, es decir, el dinero que hay que pagar, y se rellena a partir de los datos que aparecen en la relación nominal de trabajadores (TC-2). El total del modelo TC-2 debe coincidir con el total del modelo TC-1.

•••• Plazo: Dentro del mes siguiente al que corresponda su devengo (por ejemplo, las cuotas que se hayan generado en el mes de Febrero se pagan durante todo el mes de Marzo).

Cuando existan causas que lo justifiquen y siempre que reúnan los requisitos establecidos legalmente, las empresas pueden solicitar de la Seguridad Social el aplazamiento del pago de las cuotas así como su fraccionamiento.

Ley de Arrendamientos Urbanos (L.A.U.)

Los arrendamientos urbanos se rigen en la actualidad por la Ley 29/1994 de 24 de Diciembre (L.A.U.). Sus ejes principales son:

•••• Lograr el equilibrio entre las prestaciones del arrendador (o dueño del inmueble) y el arrendatario (o inquilino).

•••• Establece una duración mínima para el contrato de arrendamiento de viviendas de cinco años, plazo obligatorio para el arrendador y elimina la prórroga forzosa y las subrogaciones.

•••• Libertad de pacto para los arrendamientos destinados a usos distintos del de vivienda.

•••• Establece un régimen transitorio para intentar poner límite a la prórroga forzosa y distinto trato a los contactos de arrendamiento de vivienda y locales de negocio, con condiciones más suaves en el primer caso.

Se analiza por su interés potencial para el promotor algunas características de la Ley de Arrendamientos Urbanos aplicables a los locales de negocio:

•••• A la celebración del contrato, será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a dos mensualidades.

•••• Las Comunidades Autónomas podrán establecer la obligación de que los arrendadores depositen el importe de la fianza a disposición de la Administración Autonómica, sin devengo de ningún interés.

•••• La fianza no se utilizará en ningún caso como pago de las mensualidades de alquiler.

•••• La Ley de Arrendamientos Urbanos establece el sistema de actualización de renta para el arrendamiento de vivienda, existiendo libertad de pacto en los demás casos, por lo

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que las partes podrán establecer el régimen de actualización que crean conveniente. El método más frecuente es el de actualizar la renta anualmente en función de la variación experimentada por el Índice de precios al Consumo (I.P.C.) publicado mensualmente por el Instituto Nacional de Estadística (I.N.E.).

•••• El pacto por el que el arrendatario se hace cargo de los gastos generales, debe constar por escrito.

•••• Los gastos que se individualicen mediante contadores (gas, electricidad, agua y teléfono) deberán correr siempre a cargo del arrendatario. Este es quien disfruta de estos servicios y será quien deba abonarlos, salvo pacto expreso en sentido contrario.

•••• En el concepto de tributos habitualmente se incluye el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.) y la Ley señala que el pacto que se acuerde no afecta a la Administración, de tal forma que quien sea el sujeto pasivo del impuesto, será quien responda del pago frente a la Administración, aunque se hubiera pactado su pago a cargo del arrendatario.

•••• Se aconseja a los arrendatarios incluir una cláusula de posible rescisión voluntaria del contrato unilateralmente, preavisando al arrendador con un plazo definido en el contrato de arrendamiento (habitualmente de 60 días) en previsión del posible traslado o fracaso del negocio, ya que el arrendador nos podría exigir el pago de la totalidad de las rentas acordadas hasta el fin del contrato.

L Contrato de Servicio del hilo musical

CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO SOLUCIÓN ADSL HILO MUSICAL.

Las Condiciones Generales descritas a continuación (en adelante, las "Condiciones Generales") regulan las relaciones contractuales entre TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, TELEFÓNICA DE ESPAÑA) y el usuario de ADSL conectado a la Red RIMA de TELEFONICA DE ESPAÑA (en adelante, el CLIENTE), en todo lo relativo a la prestación del Servicio Solución ADSL Hilo Musical (en adelante, el SERVICIO),

La utilización del Servicio se encuentra sometida a todos los avisos, reglamentos de uso e instrucciones puestos en conocimiento del CLIENTE por TELEFÓNICA DE ESPAÑA, y específicamente a las Condiciones Generales de aplicación de los Servicios Soluciones ADSL, en la modalidad que haya contratado el CLIENTE, y que se encuentren publicadas a tal efecto en la URL: http://telefonica.terra.es/contratos/portada.cfm. Las citadas Condiciones Generales de aplicación a los Servicios Soluciones ADSL completan lo previsto en estas Condiciones Generales en cuanto no se opongan a las mismas. 1.OBJETO Las presentes Condiciones Generales tienen por objeto regular la prestación y la utilización del Servicio Solución ADSL Hilo Musical que TELEFONICA DE ESPAÑA, pone a disposición del CLIENTE, así como la contraprestación a pagar por el CLIENTE a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, mediante el pago de una cuota de alta más una cuota mensual fija, de acuerdo con los precios que figuran en el Anexo I de las presentes Condiciones Generales.

2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO El servicio SOLUCIÓN ADSL HILO MUSICAL permite la difusión de canales de música de TELEFÓNICA SERVICIOS DE MÚSICA, S.A.U. (en adelante, TELEFÓNICA SERVICIOS DE MÚSICA) sobre las conexiones de Banda Ancha de Telefónica de España. El servicio se compone de un paquete básico de seis canales de audio y unas opciones de megafonía. 2.1 Paquete Básico:

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El paquete básico incluye seis canales de audio, 24 horas al día, 365 días al año, renovación de contenidos, mantenimiento y asistencia técnica del receptor y su conexión. Cada uno de los canales de audio reproduce música clasificada según una temática. Los seis canales son:

• Canal 1 Disco House: Música electrónica de actualidad.

• Canal 2 Atmósfera: Música Chill Out, New Age.

• Canal 3 Ambiental: Música instrumental de ambiente.

• Canal 4 Novedades: Radio fórmula con los temas de más actualidad.

• Canal 5 Romántico: Canal de grandes éxitos de la música romántica.

• Canal 6 Clásico Popular: Música clásica popular

2.2 Megafonía: Existe la opción de adquirir equipos de megafonía para la prestación del servicio adaptados a las dimensiones y características del emplazamiento del usuario final. En base a ello, se distinguen las siguientes modalidades de megafonía:

• Para local de 100 m2: AM 30W + 4 ALT + 1 AT.

• Para local de 200 m2: AM 30W + 8 ALT + 2 AT.

• Para local de 300 m2: AM 60W + 15 ALT + 4 AT.

• Para local de 400 m2: AM 120W + 20 ALT + 6 AT.

• Para local de 500 m2: AM 120W + 25 ALT + 8 AT.

La Megafonía es propiedad del cliente, por lo que tendrá una garantía de 2 años de acuerdo a la ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías de la Venta de Bienes de Consumo.

3. PRESTACIÓN DEL SERVICIO 3.1 OPCIONES DE CONTRATACIÓN Dependiendo del equipamiento ADSL (MODEM) del cliente, éste podrá contratar el servicio con una solución Hardware, para clientes con Módem Router, o con una solución Software, reservada esta última a aquellos clientes de ADSL con Módem USB que no deseen migrar a MODEM Router. 3.1.1 Solución Hardware. Se instala el equipo HMIP en el domicilio del cliente. Este equipo se conecta al ADSL y al equipo de amplificación de audio, y funciona de forma automática y desatendida por parte del cliente. 3.1.2 Solución Software. Se instala un software (en adelante el Programa) en el PC del cliente y se conecta al equipo de amplificación y megafonía.

3.2 CONDICIONES PARA LA UTILIZACIÓN DEL SERVICIO Los requisitos necesarios para la prestación del Servicio son los siguientes:

1. Para darse de alta en el servicio es necesario ser titular de la línea telefónica que soporte el SERVICIO (RTB y/o RDSI).

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2. Este Servicio está dirigido a todos los usuarios que tengan contratado un Servicio de acceso en la modalidad ADSL con TELEFÓNICA DE ESPAÑA.

3. Este servicio es incompatible con los Servicios Imagenio y ADSL Satélite. La Solución software del Servicio, (descrita en el punto 3.1.2), es incompatible con el servicio Facturación por Tiempo.

4. Bajo ningún pretexto podrá el abonado conectar elementos distintos a los que componen el Servicio, alterar las instalaciones ni operar en ellas.

5. El equipo para la recepción del Servicio Solución ADSL Hilo Musical en la modalidad de Solución Hardware, la cual se describe en el punto 3.1.1, se entregará al CLIENTE en régimen de alquiler mientras éste permanezca abonado al servicio.

6. TELEFÓNICA DE ESPAÑA, o cualquier otra empresa del GRUPO TELEFÓNICA, se reserva la propiedad de todos los equipos objeto de la compraventa, hasta tanto su importe no haya sido abonado íntegramente por el cliente.

7. La instalación de los enchufes de toma de corriente para la alimentación de los equipos asociados al Servicio no serán por cuenta de TELEFÓNICA DE ESPAÑA, ni la realizarán sus instaladores.

8. Los equipos adquiridos en propiedad objeto de este contrato quedan garantizados durante el plazo de dos años contra todo defecto de fabricación y/o funcionamiento, salvo en el caso de que las averías o defectos de funcionamiento se deban a mal uso, manipulación indebida o conservación incorrecta de los mismos.

4. SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE El CLIENTE dispondrá de un Servicio de Atención en relación con la prestación del Servicio Solución ADSL Hilo Musical. TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá prestar el Servicio de Atención al CLIENTE por sí misma o a través de un Servicio de Asistencia Técnica autorizado. El Servicio de Atención al CLIENTE consiste en un Servicio de Atención Comercial y un Servicio de Asistencia Técnica. 4.1 El Servicio de Atención Comercial al CLIENTE Consiste en un Servicio de Asistencia Comercial telefónica, al cual se accederá a través del número del Centro de Atención al Cliente (de ahora en adelante CAC) habilitado a tal efecto por TELEFONICA DE ESPAÑA, desde dónde se intentará resolver al CLIENTE todo tipo de dudas comerciales. El número del CAC es: 900 555 022 (PYMES) y 1004 (Profesionales) 4.2 El Servicio de Asistencia Técnica al CLIENTE Es un servicio de consulta telefónica que comprende un Servicio de Diagnóstico y un Servicio de Resolución de Incidencias. Se accederá al mismo mediante el número del Centro de Atención Técnica (de ahora en adelante CAT) de TELEFÓNICA DE ESPAÑA. El operador del CAT intentará diagnosticar y resolver la incidencia técnica que se le presente al CLIENTE. En caso de no ser posible la resolución, se le pasará la incidencia a la segunda línea CAT de TELEFÓNICA SERVICIOS DE MÚSICA, que tratará de resolverla y se pondrá en contacto directo con el CLIENTE. Este Servicio no comprende la asistencia técnica de incidencias en el equipo informático del CLIENTE. El número del CAT de TdE (primera línea) es: 902 357 022

5. OBLIGACIONES DEL CLIENTE El CLIENTE asume las siguientes obligaciones, durante el período de comercialización del SERVICIO:

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5.1 Remuneración 5.1.1 Precio del SERVICIO Tarifas Como contraprestación por el SERVICIO, el CLIENTE vendrá obligado a satisfacer el precio correspondiente a la modalidad de SERVICIO contratada, de conformidad con las Tarifas reseñadas en Anexo I. de las presentes Condiciones Generales. Dicho precio no incluye el importe correspondiente al canon por comunicación pública debido a la SGAE, el cual deberá ser abonado por el CLIENTE directamente a dicha entidad de gestión. Por el contrario, el precio satisfecho por el CLIENTE sí incluye el importe correspondiente al canon por comunicación pública debido a la AGEDI y a la AIE. 5.1.2 Forma de Pago TELEFÓNICA DE ESPAÑA facturará al CLIENTE las sumas previstas en el Cuadro General de Tarifas vigente en cada momento, de la forma en que se indica a continuación:

i. Las cuota de alta y la primera mensualidad de la modalidad del SERVICIO contratada serán presentadas al cobro por TELEFONICA DE ESPAÑA al CLIENTE, mediante domiciliación bancaria, conjuntamente en la factura telefónica, en los siete primeros días siguientes a la fecha de alta en el Servicio.

ii. La segunda y sucesivas cuotas mensuales, cuyo pago se efectuará a mes vencido, se efectuará mediante la modalidad de pago contratada y se incluirá en la factura telefónica.

iii. En caso de retraso en el pago, TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá suspender temporal o definitivamente la prestación de los Servicios si, tras haber requerido el pago al CLIENTE, éste no lo hubiera hecho efectivo en un plazo de siete (7) días desde dicho requerimiento.

5.2 Uso correcto del SERVICIO El CLIENTE se compromete a utilizar el SERVICIO de conformidad con la ley, la moral, las buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público, así como a abstenerse de utilizar el Servicio con fines o efectos ilícitos, prohibidos en la presentes Condiciones Generales, lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que de cualquier forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar los Servicios, los equipos informáticos de otros CLIENTES o de otros usuarios de Internet (hardware y software) así como los documentos, archivos y toda clase de contenidos almacenados en sus equipos informáticos (hacking), o impedir la normal utilización o disfrute de dichos Servicios, equipos informáticos y documentos, archivos y contenidos por parte de los demás CLIENTES y de otros usuarios. En concreto, el Cliente se compromete a abstenerse de:

i. Realizar actos de ingeniería inversa, descompilar, desensamblar, reproducir, alterar o transformar el Programa o alguna de sus partes o componentes, así como de crear programas derivados del Programa, salvo en la forma y con los efectos previstos en estas Condiciones Generales;

ii. Utilizar el SERVICIO para cualquier finalidad que difiera de la establecida en las Condiciones Generales;

iii. Desarrollar actividad alguna que vulnere derechos de terceros, en particular a través del uso, comunicación o puesta a disposición pública, reproducción, distribución o modificación de comunicaciones o materiales que vulneren derechos pertenecientes a terceros de propiedad intelectual, derechos de propiedad industrial u otros derechos;

iv. El CLIENTE será responsable del uso incorrecto de los servicios contratados.

5.3 Utilización del buzón del CLIENTE por parte de TELEFÓNICA DE ESPAÑA. El CLIENTE acepta y autoriza que TELEFÓNICA DE ESPAÑA utilice su buzón para comunicarse con él y remitirle mensajes, como por ejemplo, las comunicaciones que TELEFÓNICA DE ESPAÑA puede remitir al CLIENTE de conformidad con las presentes Condiciones Generales o desde listas de correo automáticas (como mensajes relativos a información técnica, operativa y comercial acerca de productos y servicios ofrecidos por TELEFÓNICA DE ESPAÑA o a través de TELEFÓNICA DE ESPAÑA, etc.).

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5.4 Colaboración con TELEFÓNICA DE ESPAÑA El CLIENTE se obliga a facilitar a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, la colaboración necesaria para todas aquellas cuestiones y actividades que se planteen durante el período de comercialización o que guarden relación con el mismo. 5.5 Suspensión del servicio TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá retirar o suspender en cualquier momento y sin necesidad de previo aviso, la prestación del servicio a aquellos clientes que incumplan lo establecido en estas Condiciones. En este caso, o cuando por cualquier otra causa se produjera la expiración del presente contrato, TELEFÓNICA DE ESPAÑA o cualquier otra empresa del GRUPO TELEFÓNICA procederá a la retirada de los equipos (en caso de que estos se disfrutaran en régimen de alquiler), sin necesidad de acudir a los Tribunales de Justicia. En dichos supuestos, el cliente se compromete a entregar a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, o a cualquier otra empresa del GRUPO TELEFÓNICA que ésta designe, los equipos que sean propiedad de ésta o a permitir que los mismos sean retirados por personal debidamente acreditado, incluso en el supuesto que considere que le asiste cualquier tipo de acción frente a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, para cuyo ejercicio podrá solicitar la tutela judicial. 5.6 Disponibilidad del documento de pago El documento de pago del servicio de ambientación musical, debe conservarse a disposición de los inspectores o empleados de la A.G.E.D.I. y de la A.I.E. 5.7 Copia del software proporcionado por el servicio El CLIENTE sólo podrá realizar una única copia del Software y sólo para su instalación en el disco duro del equipo informático desde el que se establezca la conexión con el Servicio. El CLIENTE se abstendrá de efectuar ninguna otra copia del Software, de enviar copias del Software a terceros o poner el Software a disposición de terceros por cualquier medio, así como también se abstendrá de utilizar el software con una finalidad distinta de la prevista en estas Condiciones Generales.

6. OBLIGACIONES DE TELEFÓNICA DE ESPAÑA 6.1 Compromiso de Nivel de servicio 6.1.1. Disponibilidad TELEFÓNICA DE ESPAÑA hará todos sus esfuerzos para que las interrupciones o alteraciones en la prestación del SERVICIO se solventen en el menor plazo posible, de forma que el CLIENTE se vea afectado mínimamente. TELEFÓNICA DE ESPAÑA quedará exenta de toda responsabilidad en caso de que la interrupción del SERVICIO se deba a causas de fuerza mayor o causas imputables al propio CLIENTE. 6.1.2. Responsabilidad por falta de disponibilidad TELEFONICA DE ESPAÑA responderá por la falta de disponibilidad del Servicio, cuando se deba a una causa directamente imputable a TELEFONICA DE ESPAÑA. Cuando la falta de disponibilidad del servicio se deba a una causa no imputable a TELEFONICA DE ESPAÑA, ésta responderá, única y exclusivamente, en el caso de que la prestación del mismo se interrumpa durante un tiempo superior a las doce (12) horas, de forma continua o intermitente, en un mismo mes natural, computadas de conformidad con lo previsto en la condición 6.1.3, y sin perjuicio de lo dispuesto en la condición 6.1.1. En tal caso, TELEFÓNICA DE ESPAÑA estará obligada a devolver al CLIENTE la cantidad equivalente a aquella parte de la cuota mensual del SERVICIO correspondiente al tiempo efectivo de la interrupción que exceda de doce (12) horas. ESTA ES LA UNICA COMPENSACIÓN QUE ESTÁ OBLIGADA TELEFONICA DE ESPAÑA A SATISFACER AL USUARIO POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE EL USUARIO

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PUEDA SUFRIR POR LA FALTA DE DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO, SIN PERJUICIO DE AQUELLAS OTRAS QUE IMPONGA EL ORDENAMIENTO JURIDICO. No constituirá falta de disponibilidad a estos efectos:

a. La interrupción del SERVICIO como consecuencia de las operaciones de mantenimiento de la red, en cuyo caso Telefónica de España notificará al Cliente las fechas de dichas interrupciones con un plazo razonable

b. La discontinuidad en el SERVICIO causada por la introducción por el CLIENTE de elementos de Hardware o de Software que provoquen un mal funcionamiento general de su equipo o que resulten incompatibles con los elementos precisos en dicho equipo para el acceso Internet a través del Servicio;

c. Las averías identificadas en el tramo de red de acceso no perteneciente a TELEFÓNICA DE ESPAÑA (Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones y Red de Cliente).

d. La interrupción del Servicio de acuerdo con lo dispuesto en la condición 6.1.1.

6.1.3. Duración de la falta de disponibilidad garantizada A los efectos previstos en la Condición 6.1.2. la falta de disponibilidad garantizada del SERVICIO se computará desde el momento en que se reciba el aviso de avería del CLIENTE, a través del centro de Atención Técnica hasta el momento en que se solucione la avería avisada y se restablezca efectivamente el SERVICIO. 6.2. Servicios de Atención al Cliente TELEFONICA DE ESPAÑA se obliga a prestar al CLIENTE el Servicio de Atención al Cliente en los términos indicados en la Condición 4.

7.RESPONSABILIDAD POR EL USO DEL SERVICIO 7.1. Responsabilidad por los servicios 7.1.1. Continuidad del SERVICIO TELEFÓNICA DE ESPAÑA sólo garantiza la continuidad de la prestación del SERVICIO en los términos establecidos en la Condición 6.1. 7.1.2. Utilidad y fiabilidad de los Servicios y contenidos accesibles a través de los servicios. TELEFÓNICA DE ESPAÑA no garantiza que el SERVICIO sea útil para la realización de ninguna actividad en particular, ni la infalibilidad de los Servicios y contenidos accesibles a través del SERVICIO. TELEFONICA DE ESPAÑA EXCLUYE TODA RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUDIERAN DEBERSE A LA DEFRAUDACIÓN DE LA UTILIDAD QUE LOS USUARIOS HUBIEREN PODIDO ATRIBUIR A LOS SERVICIOS Y A LA FALIBILIDAD DE LOS SERVICIOS Y CONTENIDOS ACCESIBLES A TRAVES DE LOS SERVICIOS. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la Condición 6.1.1 7.1.3. Privacidad y seguridad en la utilización de los Servicios. TELEFÓNICA DE ESPAÑA no garantiza la privacidad y la seguridad en la utilización del Acceso a Internet de Banda Ancha por parte de los CLIENTES y, en particular, no garantiza que terceros no autorizados no puedan tener conocimiento de la clase, condiciones, características y circunstancias del uso de Internet que puedan hacer los CLIENTES o que no puedan acceder y, en su caso, interceptar, eliminar, alterar, modificar o manipular de cualquier modo los Contenidos y comunicaciones de toda clase que los CLIENTES transmitan, difundan, almacenen, pongan a disposición, reciban, obtengan o accedan a través del Acceso a Internet de Banda Ancha. TELEFÓNICA DE ESPAÑA, EXCLUYE, CON TODA LA EXTENSIÓN QUE PERMITE EL ORDENAMIENTO JURÍDICO, TODA RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE CUALQUIER NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE AL CONOCIMIENTO QUE PUEDAN TENER LOS TERCEROS DE LA CLASE, CONDICIONES, CARACTERÍSTICAS Y CIRCUNSTANCIAS DEL USO DE INTERNET QUE PUEDAN HACER

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LOS USUARIOS O QUE PUEDAN DEBERSE AL ACCESO Y, EN SU CASO, A LA INTERCEPTACIÓN, ELIMINACIÓN, ALTERACIÓN, MODIFICACIÓN O MANIPULACIÓN DE CUALQUIER MODO DE LOS CONTENIDOS Y COMUNICACIONES DE TODA CLASE QUE LOS USUARIOS TRANSMITAN, DIFUNDAN, ALMACENEN, PONGAN A DISPOSICIÓN, RECIBAN, OBTENGAN O ACCEDAN A TRAVÉS DEL ACCESO A INTERNET DE BANDA ANCHA. 7.2. Responsabilidad por los Contenidos 7.2.1. Calidad. TELEFÓNICA DE ESPAÑA no controla con carácter previo y no garantiza, la ausencia de virus en los Contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través del Acceso a Internet de Banda Ancha, ni la ausencia de otros elementos que puedan producir alteraciones en el equipo informático del CLIENTE o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados en o transmitidos desde el equipo informático del CLIENTE. TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA PRESENCIA DE VIRUS O A LA PRESENCIA DE OTROS ELEMENTOS LESIVOS EN LOS CONTENIDOS TRANSMITIDOS, DIFUNDIDOS, ALMACENADOS, RECIBIDOS, OBTENIDOS, PUESTOS A DISPOSICIÓN, O ACCESIBLES A TRAVÉS DEL SERVICIO. 7.2.2. Licitud, falibilidad y utilidad. TELEFÓNICA DE ESPAÑA es completamente ajena a, no interviene en la creación, transmisión ni en la puesta a disposición de y no ejerce ninguna clase de control previo ni garantiza la licitud, la infalibilidad y utilidad de los Contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través del SERVICIO. TELEFÓNICA DE ESPAÑA excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la transmisión, difusión, puesta a disposición, recepción, obtención o acceso a los contenidos a través del SERVICIO y, en particular, aunque no de modo exclusivo, por los daños y perjuicios que puedan deberse a:

a. el incumplimiento de la ley, la moral y las buenas costumbres generalmente aceptadas o el orden público como consecuencia de la transmisión, difusión, puesta a disposición, recepción, obtención o acceso a los contenidos a través del SERVICIO;

b. la infracción de los derechos de propiedad intelectual e industrial, de los secretos empresariales, de compromisos contractuales de cualquier clase, de los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la imagen de las personas, de los derechos de propiedad y de toda otra naturaleza pertenecientes a un tercero como consecuencia de la transmisión, difusión, puesta a disposición, recepción, obtención o acceso a los contenidos a través del SERVICIO;

c. la realización de actos de competencia desleal y publicidad ilícita como consecuencia de la transmisión, difusión, puesta a disposición, recepción, obtención o acceso a los contenidos a través del SERVICIO;

d. la falta de veracidad, exactitud, exhaustividad, pertinencia y/o actualidad de los contenidos transmitidos, difundidos, recibidos, obtenidos, puestos a disposición o accesibles a través del SERVICIO;

e. la inadecuación para cualquier clase de propósito de y la defraudación de las expectativas generadas por los contenidos transmitidos, difundidos, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través del SERVICIO;

f. el incumplimiento, retraso en el cumplimiento, cumplimiento defectuoso o terminación por cualquier causa de las obligaciones contraídas por terceros y contratos realizados con terceros a través de o con motivo del acceso a los contenidos transmitidos, difundidos, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través del SERVICIO;

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g. los vicios y defectos de toda clase de los productos y servicios comercializados, adquiridos o prestados a través de los servicios de terceros accesibles a través del SERVICIO.

7.3. Usos no autorizados TELEFÓNICA DE ESPAÑA no controla el acceso ni la utilización que el CLIENTE u otros usuarios hacen del SERVICIO. En particular, TELEFÓNICA DE ESPAÑA no garantiza que el CLIENTE u otros usuarios accedan a y/o utilicen el SERVICIO de conformidad con lo dispuesto en estas Condiciones Generales o, en su caso, con las condiciones particulares que puedan resultar de aplicación. TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUDIERAN DEBERSE AL ACCESO A Y/ LA UTILIZACIÓN DEL SERVICIO POR EL CLIENTE O POR OTROS USUARIOS EN CONTRA DE LO DISPUESTO EN ESTAS CONDICIONES GENERALES.

7.4. Identidad e información relativa a los CLIENTES proporcionada por los mismos TELEFÓNICA DE ESPAÑA no controla ni ofrece ninguna clase de garantía sobre la veracidad, vigencia, exhaustividad y/o autenticidad de los datos que los CLIENTES proporcionan sobre sí mismos a o hacen accesibles a otros CLIENTES. TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA INCORRECTA IDENTIDAD DE LOS CLIENTES Y A LA FALTA DE VERACIDAD, VIGENCIA, EXHAUSTIVIDAD Y/O AUTENTICIDAD DE LA INFORMACIÓN QUE LOS CLIENTES PROPORCIONAN ACERCA DE SÍ MISMOS Y PROPORCIONAN O HACEN ACCESIBLES A OTROS USUARIOS Y, EN PARTICULAR, AUNQUE NO DE MODO EXCLUSIVO, POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA SUPLANTACIÓN DE LA PERSONALIDAD DE UN TERCERO EFECTUADA POR UN CLIENTE O USUARIO EN CUALQUIER CLASE DE COMUNICACIÓN O TRANSACCIÓN REALIZADA A TRAVÉS DEL SERVICIO

8.MODIFICACIONES Y CANCELACIÓN DEL SERVICIO Las características del SERVICIO podrán verse modificadas con la finalidad de adaptarlas a su evolución técnica, cuando existan razones para ello, en cuyo caso, TELEFÓNICA DE ESPAÑA lo comunicará al CLIENTE en el plazo de preaviso establecido a continuación, y éste podrá optar por resolver el contrato, sin penalización alguna, de acuerdo con lo establecido en la Condición 15.2. Asimismo, TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá cancelar, en cualquier momento, aquellos de los servicios y/o prestaciones que proporciona. TELEFÓNICA DE ESPAÑA comunicará al CLIENTE la cancelación o la modificación del SERVICIO, con un plazo de quince (15) días de antelación respecto del día en que deba ser efectiva dicha cancelación o modificación. Esta facultad de TELEFÓNICA DE ESPAÑA no perjudica la facultad de desistimiento reconocida al CLIENTE en la Condición de Terminación, punto 15.1, sin que ello implique para el Cliente penalización o coste alguno.

9. RETIRADA Y SUSPENSION DEL SERVICIO TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá retirar o suspender, cautelarmente, la prestación del SERVICIO a aquellos CLIENTES que incumplan lo establecido en estas Condiciones Generales, comunicándolo debidamente.

10 NO LICENCIA TELEFÓNICA DE ESPAÑA autoriza al CLIENTE la utilización de los derechos de propiedad intelectual, de los derechos de propiedad industrial y de los secretos empresariales relativos al SERVICIO de los que es titular, únicamente para utilizar el SERVICIO de conformidad con lo establecido en estas Condiciones Generales. TELEFÓNICA DE ESPAÑA no concede ninguna otra licencia o autorización de uso de ninguna clase sobre sus derechos de propiedad intelectual, de propiedad industrial, sobre los secretos empresariales o sobre cualquier otra propiedad o derecho relacionado con los Servicios.

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11 TRATAMIENTO AUTOMATIZADO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 11.1. A efectos de lo dispuesto en la normativa vigente, Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, TELEFÓNICA DE ESPAÑA informa al CLIENTE de la existencia de ficheros automatizados con datos de carácter personal creados por ella y bajo responsabilidad de la misma, cuya finalidad es realizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual con el CLIENTE así como de las labores de información del servicio Solución ADSL Hilo Musical y otros servicios asociados así como actividades relacionadas con los mismos. Asimismo le informa de la posibilidad de ejercitar, de acuerdo con lo establecido en dicha normativa, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose a los números de atención comercial al cliente o mediante escrito dirigido a Telefónica de España, Apartado de Correos 46155 Ref. Datos 28080 Madrid. TELEFÓNICA DE ESPAÑA se compromete al cumplimiento de la obligación de secreto respecto a los datos de carácter personal y de su deber de guardarlo, adoptando las medidas de seguridad que impone la legislación vigente para evitar su alteración, perdida, tratamiento o acceso no autorizado. 11.2. La prestación del SERVICIO objeto del contrato puede exigir que alguna de las facilidades que integran el mismo sean provistas por otra empresa distinta de Telefónica de España. Por dicha razón, el cliente consiente por medio de esta condición que Telefónica de España comunique a Telefónica Servicios de Música SAU los datos personales indispensables así como de productos y servicios contratados que resulten necesarios para la provisión del servicio, para la atención comercial y técnica del mismo y para proceder al pago de los cánones procedentes a las entidades de Gestión de Derechos SGAE y AGEDI-AIE. Dicha comunicación a Telefónica Servicios de Música SAU solo podrá realizarse para las finalidades anteriormente descritas así como para realizar las labores de información y comercialización que posibiliten al cliente el acceso a los productos y servicios más avanzados de telecomunicaciones. En razón a lo anterior, el cliente consiente que Telefónica Servicios de Música SAU comunique a las entidades de Gestión de Derechos SGAE y AGEDI-AIE los datos personales estrictamente indispensables para que la primera proceda al cobro de su canon, y para que la segunda pueda comprobar el correcto pago del mismo por parte de Telefónica Servicios de Música SAU. 11.3. Si el cliente no desea que sus datos personales y el tratamiento de sus datos de facturación puedan ser utilizados con fines promocionales ajenos a los de los servicio contratados, deberá comunicarlo a los números de atención comercial al cliente de Telefónica de España (1004) o enviar un escrito dirigido a Telefónica de España Apartado de Correos 46.155 Ref. DATOS 28080 Madrid. Asimismo, le significamos que de no recibir noticias suyas en el plazo de un mes, se entenderá otorgado su consentimiento, que en todo caso podrá revocar en cualquier momento mediante escrito dirigido a la dirección indicada 11.4 El cliente consiente el envío de comunicaciones comerciales de TELEFONICA DE ESPAÑA sobre productos y servicios de TELEFONICA DE ESPAÑA o comercializados por esta a su dirección electrónica. No obstante, si no desea recibir esta información puede revocar su consentimiento en cualquier momento comunicándolo a la dirección indicada en el apartado primero de la presente condición.

12. PROCEDIMIENTO EN CASO DE VIOLACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL En el caso de que un CLIENTE o un tercero considere que la puesta a disposición de cualquiera de los Contenidos a través del SERVICIO infringe sus derechos de propiedad intelectual, deberá ponerse en contacto con el CAC del SERVICIO dónde se le comunicarán todos los datos necesarios para enviar una notificación a TELEFÓNICA DE ESPAÑA en la que se contengan los siguientes extremos:

a. datos personales: nombre, NIF/CIF, dirección, número de teléfono y dirección de correo electrónico del reclamante.

b. firma auténtica o equivalente, con los datos personales del titular de los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos o de la persona autorizada para actuar en nombre y por cuenta del titular de los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos;

c. indicación precisa y completa de los Contenidos protegidos mediante los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos, así como de su localización.

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d. declaración expresa y clara de que la puesta a disposición de los Contenidos indicados se ha realizado sin el consentimiento del titular de los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos.

e. declaración expresa, clara y bajo la responsabilidad del reclamante de que la información proporcionada en la notificación es exacta y de que la introducción de los contenidos constituye una violación de sus derechos de propiedad intelectual.

13.CESIÓN DE DERECHOS TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá ceder el Contrato o los derechos dimanantes del mismo a cualquier Sociedad del GRUPO TELEFÓNICA que pueda prestar en un futuro el SERVICIO, viniendo obligada a comunicarlo al CLIENTE en los términos previstos en la Condición 15.1., sin perjuicio de que éste pueda solicitar la baja en el servicio.

14.VIGENCIA El Contrato entre TELEFÓNICA DE ESPAÑA y el CLIENTE entrará en vigor a partir de la fecha en que se produzca el alta en el SERVICIO. Dicho contrato tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de la facultad de terminación unilateral o desistimiento reconocida en la condición 15.1.

15.TERMINACIÓN 15.1. Desistimiento: 15.1.1.Por voluntad del CLIENTE, comunicada a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, con diez (10) días de antelación respecto a la fecha en que hubiera de tener lugar la terminación efectiva de la prestación de los servicios, mediante el procedimiento que le facilitarán en el número de atención comercial. 15.1.2.Por voluntad del CLIENTE, motivada por la modificación por Telefónica de España de las condiciones de prestación del servicio, de acuerdo con lo establecido en la Condición 8. 15.1.3. TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá dar por finalizado el presente acuerdo por cesación en la prestación del SERVICIO, previa comunicación al CLIENTE con QUINCE (15) días de antelación sobre la fecha prevista para dicha cesación. 15.2. Resolución TELEFONICA DE ESPAÑA y el CLIENTE tienen reconocida la facultad de resolver el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones de la otra parte, siempre que tal incumplimiento no fuera subsanado en un plazo máximo de siete (7) días tras la petición escrita de la otra parte solicitando la subsanación del incumplimiento, a no ser que dicho incumplimiento se considerara insubsanable o hiciera imposible el cumplimiento del presente acuerdo para la parte denunciante, en cuyo caso la resolución podrá ser inmediata. Ello, en todo caso, dejando a salvo la reclamación que por daños y perjuicios pueda corresponder a la parte cumplidora, así como la facultad de retirada y suspensión del SERVICIO prevista en la Condición 9. 15.3.Efectos. Terminada la prestación del Servicio objeto de estas Condiciones Generales, TELEFÓNICA DE ESPAÑA facturará, en su caso, el importe correspondiente a la parte proporcional de la última cuota mensual, en función de la fecha de efectividad de la baja, sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Condición.

16. NOTIFICACIONES Todas las notificaciones, modificaciones y comunicaciones por parte de TELEFÓNICA DE ESPAÑA al CLIENTE se realizarán de alguna de las siguientes maneras según proceda:

a. envío por correo postal al domicilio indicado por el CLIENTE.

b. envío por correo electrónico a cualquiera de los buzones que el CLIENTE dispone como parte del SERVICIO;

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c. comunicación por medio de una llamada telefónica al número de teléfono indicado por el CLIENTE en el Formulario de Solicitud de Alta en el SERVICIO, o modificado posteriormente por el CLIENTE conforme a esta Condición.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá, además, informar de las incidencias relacionadas con el SERVICIO, mediante la publicación en sus páginas Web, cuando dicha información sea de carácter general para todos los CLIENTES. A estos efectos, el CLIENTE manifiesta que todos los datos facilitados por él son ciertos y correctos, y se compromete a comunicar a TELEFÓNICA DE ESPAÑA todos los cambios relativos a su domicilio, datos de cobro y todo tipo de información necesaria para la gestión y mantenimiento de la relación contractual entre TELEFÓNICA DE ESPAÑA y el CLIENTE. Las comunicaciones del CLIENTE a TELEFÓNICA DE ESPAÑA deberán dirigirse al Servicio de Atención al CLIENTE utilizando los números de atención comercial.

17 LEY APLICABLE La prestación del SERVICIO objeto de este Contrato se regirá por la legislación española.

18 JURISDICCIÓN TELEFÓNICA DE ESPAÑA y el CLIENTE, se someten a los Juzgados y Tribunales que resulten competentes en cada momento, conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, para cualquier controversia que pudiera derivarse de la prestación del Servicio objeto de estas Condiciones Generales. 18.1Resolución de conflictos

i. Interpuesta una reclamación por el CLIENTE contra TELEFÓNICA DE ESPAÑA, si no se hubiera resuelto en el plazo de un mes o sí, resuelta no fuera estimada, el CLIENTE podrá presentar la reclamación a la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) en el plazo de un (1) mes desde la resolución de TELEFÓNICA DE ESPAÑA o desde la finalización el plazo para responder.

ii. TELEFÓNICA DE ESPAÑA y el CLIENTE, se someten a los Juzgados y Tribunales que resulten competentes en cada momento, conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, para cualquier controversia que pudiera derivarse de la prestación del SERVICIO objeto de estas Condiciones Generales.

ANEXO I

PRECIOS COSTE

LISTA DE PRECIOS Año 2005

CUOTA CONEXIÓN

Solución ADSL Hilo Musical (HW)

120 €

Solución ADSL Hilo Musical (SW)

40 €

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CUOTA MENSUAL

Solución ADSL Hilo Musical (HW)

22,90 €/mes

Solución ADSL Hilo Musical (SW)

22,90 €/mes

TABLA DE PRECIOS NETOS POR VENTA DE EQUIPOS DE MEGAFONÍA Año 2011

LOCALES

DETALLE

PRECIO

Local de 100 m2

1 Amplificador 30 W + 4 Altavoces + 1 Atenuador

645 €

Local de 200 m2

1 Amplificador 30 W + 8 Altavoces + 2 Atenuadores

1.027 €

Local de 300 m2

1 Amplificador 60 W + 15 Altavoces + 4 Atenuadores

1.880 €

Local de 400 m2

1 Amplificador 120 W + 20 Altavoces + 6 Atenuadores

2.408 €

Local de 500 m2

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1 Amplificador 120 W + 25 Altavoces + 8 Atenuadores

2.917 €

Cánones de SGAE no incluidos I.V.A no incluido

(Todos los precios están en euros) TELEFONICA DE ESPAÑA podrá realizar variaciones en los mismos por razones comerciales a efectos de hacer paquetes de servicios o promociones informando al CLIENTE de los mismos, en la forma especificada en las Condiciones Generales

M Descripción del equipamiento informático

Ordenador portátil Dell Inspiron 6000 - 679€ sin IVA ni portes

Ofrece movilidad sin que por ello se sacrifique su excelente rendimiento y capacidad de entretenimiento. Gracias a la combinación de los chips móviles Intel 915PM o 915GM y el consumo eléctrico reducido del procesador Intel® Pentium® M o Intel® Celeron® M, no necesita depender de la batería cuando desee disfrutar de las aplicaciones multimedia o de productividad fuera de de la oficina. Viene equipado con el sistema operativo Microsoft® XP que elija y un módulo LAN inalámbrico interno que ofrece flexibilidad para trabajar desde prácticamente cualquier lugar.

Las pantallas de formato ancho Inspiron 6000 de 15,4 pulg. y la novedosa tecnología de

acelerador de tarjetas gráficas compartidas Intel® 900TM se unen para proporcionar una experiencia visual excelente. Para aplicaciones de 3D más complejas compatibles con Direct X 9.0® , también puede actualizar a memoria de vídeo dedicada de 64 o 128 MB con el chip gráfico ATI® MobilityTM Radeon® X300.

El diseño llamativo en color plateado glacial y blanco alpino incorpora un lector de tarjetas SD (Secure Digital) y botones multimedia de acceso frontal para controlar fácilmente discos CD de audio o DVD. Con Inspiron 6000 es sencillo conectar todos sus dispositivos digitales multimedia. Incluye un puerto S-Video (salida de televisión), IEEE 1394 (Firewire) y cuatro interfaces USB 2.0 integradas.

* Tecnología móvil Intel® CentrinoTM : hasta procesadores Intel® Pentium® M 770 (2,13 GHz, memoria caché de nivel 2 de 2 MB, 533 MHz FSB) y conexión de red inalámbrica Intel® Pro 2100 (802.11b) o procesador Intel® Celeron® M 350 (1,30 GHz, memoria caché de nivel 2 de 1 MB, 400 MHz FSB).

* Microsoft® Dolce Vitadows® XP Professional.

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* Sensacional área visual con las pantallas de formato ancho UltraSharpTM de 15,4 pulg. con resoluciones WXGA (1280 x 800), WSXGA+ (1680 x 1050) y WUXGA (1920 x 1200).

* Acelerador de tarjeta de gráficos Intel® integrada 900TM con hasta 128 MB de memoria del sistema compartida o ATI® MOBILITYTM RADEON® X300 gráficos con 64MB o 128MB de memoria video para une imagen fina, de videos fluidos y gráficos de alta calidad.

* Antena integrada de doble banda (802.11 a/b). Conexiones de red inalámbricas integradas Intel® PRO 2100 (802.11b), 2200 (802.11b/g) o 2915 (802.11a/b/g). El enrutador de banda ancha inalámbrico Dell 2350 puede utilizarse para conectar su casa de manera inalámbrica La solución inalámbrica Bluetooth integrada (1.2) DellTM TrueMobileTM 350 sólo está disponible en el momento de compra.

* Productividad continua hasta por 5 horas sin necesidad de cargar la batería.1

* 512 MB de SDRAM con DDR 2 a 400 MHz para un rendimiento del sistema excelente.

* Unidad de DVD-ROM, unidad combinada de CD-RW/DVD o 8x DVD+/-RW2(compatible con la tecnología de doble capa3 )

* Microsoft® Works TM que incluye procesador de textos de Works, hoja de cálculo, base de datos, calendario y organizador Mis proyectos

* Conjunto de chips Intel® 915GM (con tarjeta gráfica integrada Intel® GMA 900TM )

* 3,0 kg, 4 con unidad de DVD-ROM y batería de 6 celdas

Ordenador de sobremesa Dell Dimension 3000 - 629€ sin IVA ni portes

El nuevo equipo DimensionTM 3000 dispone de la tecnología más avanzada que incluye un procesador Intel® de hasta 3,4 Ghz, el sistema operativo Microsoft® Dolce Vitadows® más avanzado y memoria RAM DDR2, proporcionándole la potencia que necesita para las tareas empresariales cotidianas. Es el sistema ideal para pequeñas empresas que buscan un rendimiento básico a un precio asequible y en un sistema ampliable y escalable. DimensionTM 3000 ofrece la posibilidad de elegir entre los procesadores Intel® Pentium® 4 y Celeron® y es compatible con la memoria DDR de canal dual. Además, ofrece el

rendimiento necesario para satisfacer las necesidades informáticas básicas actuales y futuras.

* Procesador Intel® Pentium® 4 con tecnología HT (hasta 3,40 GHz, caché de nivel 2 de 1 MB y bus frontal lateral a 800 MHz) o procesador Intel® Celeron® D (hasta 3,06 GHz, caché de nivel 2 de 256 KB y bus frontal lateral a 533 MHz)

* Microsoft® Dolce Vitadows® XP Professional

* 2048 MB de memoria del sistema con DDR de canal dual para mejorar la productividad cuando se ejecuten aplicaciones potentes.

* Disco duro de 160 GB a 7200 RPM

* Tarjetas gráficas Intel® Extreme 2 integradas

* Adaptador de red integrado Intel® 10/100 Pro.

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N Contrato servicio de ofimática

En Sevilla, a 30 de Abril de 2011

REUNIDOS

De una parte, SERVICIOS EXTERNOS DE SOPORTE, INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES S.L., con CIF [�], con domicilio social en [�]. (en lo sucesivo el “Proveedor”), representada por D. [�], con Número de Identificación Fiscal [�].

Y de otra parte, RESIDENCIAL DOLCE VITA., con C.I.F. [�] , con domicilio social en San Pedro de Alcantara, Malaga, [�] (en lo sucesivo el “Cliente”) representada por [�], con Número de Identificación Fiscal [�].

Ambas Partes, reconociéndose mutua capacidad para otorgar el presente Contrato,

EXPONEN

I. El Cliente desea realizar la planificación y el mantenimiento in situ de los elementos constitutivos de la Infraestructura Técnica y de Comunicación de Sistemas del Cliente.

II. El Proveedor manifiesta tener el conocimiento de detalle necesario para realizar los servicios de planificación y mantenimiento in situ de los elementos referidos en el Expositivo I anterior, así como estar en posesión de todas las autorizaciones legales y administrativas para el desarrollo de su objeto social, y contar con los medios económicos y organización empresarial suficientes para llevar a cabo satisfactoriamente el objeto del presente Contrato.

III. En virtud de lo anterior, las Partes deciden suscribir el presente Contrato de Mantenimiento, que llevan a efecto con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- Objeto

Constituye el objeto del presente Contrato la prestación por parte del Proveedor durante su vigencia de servicios de apoyo (en lo sucesivo, los “Servicios de Mantenimiento”) a la explotación y optimización de los elementos constitutivos de la Infraestructura Técnica y de Comunicación de Sistemas del Cliente (en lo sucesivo, los “Sistemas Distribuidos”).

Los servicios a los que se hace referencia en el párrafo anterior incluirán (aunque no estarán limitados a) las siguientes actuaciones:

a) Suministro, instalación, configuración y puesta en servicio de la red LAN que mejor se ajuste a las necesidades del cliente en base a los requerimientos de capacidad de las diversas instalaciones.

b) Mantenimiento del sistema de comunicación del Cliente. c) Administración de redes LAN. d) Instalación, desinstalación y configuración de comunicaciones. e) Suministro, instalación, configuración y puesta en servicio del ERP Micros Fidelio (en lo sucesivo, el

“ERP”) f) Mantenimiento y atención del sistema de ERP del Cliente. g) Configuración y adaptación de los sistemas informáticos de acuerdo a los requisitos del Cliente, entre

los que cabe citar carga de software, formateo de discos duros, etc. h) Realización de back-up diarios de la información residente en los discos de los servidores del Cliente,

con el fin de poder rescatar la información en cualquier momento que sea solicitada.

Asimismo, constituye el objeto del presente Contrato la prestación de servicios de consultoría por parte del Proveedor al Cliente para la producción de cualesquiera obras, documentos, mapas, sistemas, planes, informes, manuales, análisis, proyectos, diseños o materiales, en relación con la planificación y mantenimiento de los elementos constitutivos de la Infraestructura Técnica de Sistemas del Cliente (en lo sucesivo, los “Servicios de Consultoría”).

SEGUNDA.- Condiciones de prestación de los Servicios de Mantenimiento

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La prestación de servicios será realizada por un equipo de trabajo (en lo sucesivo, el “Equipo de Trabajo”) inicialmente integrado por los siguientes miembros:

(a) Un (1) responsable técnico. (b) Un (1) técnicos informáticos o de soporte.

Todos los integrantes del Equipo de Trabajo deben estar debidamente especializados y experimentados en las actividades descritas en el objeto de este Contrato.

El Equipo de Trabajo podrá ser modificado con carácter mensual, debiendo ser notificada dicha modificación por parte del Cliente con quince (15) días de antelación.

El Proveedor asegurará al Cliente la presencia de al menos un técnico en las oficinas del Cliente que éste en cada caso designe durante la jornada laboral del Cliente y durante el tiempo que excepcionalmente sea necesario para la prestación efectiva de los Servicios de Mantenimiento.

(a) Por las mañanas: de 9 horas a 14 horas.

(b) Por las tardes: de 15:30 horas a 18:30 horas.

TERCERA.- Precio y facturación

El importe correspondiente a los servicios que se presten por el Proveedor en el marco del presente Contrato asciende a 4.950 euros/mes (en adelante, el “Precio”).

Si con carácter general pudiera preverse, en un período determinado, una extensión de los tiempos en los que el Proveedor deberá prestar los Servicios de Mantenimiento, esta circunstancia deberá ser comunicada previamente por el Cliente al Proveedor por escrito por el Director o persona en que delegue. En tal caso, las Partes llegarán a un acuerdo sobre el precio que el Proveedor deberá facturar al Cliente por ese período específico, en función de los trabajos efectivamente realizados, del horario de su realización y de la categoría profesional de quienes los realicen (en adelante, la “Contraprestación Adicional”).

Asimismo, las Partes mantendrán con una periodicidad bimensual una reunión con el objeto de analizar si es necesario incrementar o reducir, con carácter general, el ámbito de prestación de los Servicios de Mantenimiento, a los efectos de la posible revisión del Precio por la prestación de dichos Servicios, que ambas Partes acordarían en tal supuesto de forma razonable y según criterios de proporcionalidad.

El anterior Precio incluye la prestación por parte del Proveedor de los Servicios de Consultoría asociados al mantenimiento.

El Cliente reembolsará al Proveedor, previa justificación, cuantos gastos tenga que llevar a cabo como consecuencia de los desplazamientos que, fuera del lugar habitual de trabajo y en cumplimiento de sus funciones, efectúe el personal adscrito al Proyecto al que se refiere el presente Contrato. Dichos desplazamientos deberán ser autorizados previamente por el Director o persona en la que delegue, y serán comunicados por escrito al Proveedor.

A estos efectos se entenderá por lugar habitual de trabajo las sedes que el Cliente dispone en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Proveedor facturará al Cliente el Precio y, en su caso, la Contraprestación Adicional y los gastos incurridos, a mes vencido, a contar desde la fecha de firma del presente Contrato.

Todos los importes anteriormente citados no incluyen el Impuesto sobre el valor Añadido (IVA) u otros impuestos que puedan resultar aplicables.

El pago de las facturas se realizará de alguna de las siguientes formas: • El Proveedor emitirá y remitirá al Cliente las correspondientes facturas por los servicios prestados. Dicha

factura será abonada por el Cliente mediante transferencia bancaria (número de cuenta: [�]) los días 5 ó 20 del mes inmediatamente posterior al transcurso de noventa (90) días desde la fecha de recepción de factura por el Cliente (o el primer día hábil posterior si la fecha en cuestión resultase ser un día inhábil en Anadalucía); o

• mediante el sistema de confirming que el Cliente tenga contratado con una entidad financiera. Si el Proveedor opta por esta forma de pago, deberá comunicarlo al Cliente en el momento de remisión de la(s) factura(s), en cuyo caso el Cliente remitirá la(s) factura(s) a la entidad financiera para que se haga cargo del pago.

CUARTA.- Duración

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La duración del presente Contrato se extenderá desde la firma del mismo por ambas Partes hasta el 31 de diciembre de 2005. A la fecha de vencimiento del presente Contrato, las Partes podrán acordar la prórroga del mismo por escrito, sin que deba entenderse que existe prórroga tácita del Contrato por el solo hecho de que no exista notificación sobre su terminación.

QUINTA.- Obligaciones adicionales del Proveedor

El Proveedor se obliga a:

a) Desarrollar su actividad con diligencia y calidad, según el estado de la técnica actual.

b) Suministrar regularmente al Cliente y a su requerimiento toda la información oral y escrita relativa a aquellas materias relacionadas con la prestación de los Servicios de Mantenimiento realizada de acuerdo con los términos de este Contrato.

c) A que sus empleados respeten, en todo momento, las normas internas, y de seguridad e higiene que resulten de aplicación en el centro o centros de trabajo del Cliente en los que presten sus servicios.

d) Mantener indemne al Cliente de cualquier perjuicio que se pudiera derivar de los servicios que constituyen el objeto del presente Contrato.

SEXTA.- Obligaciones adicionales del Cliente

El Cliente se obliga a: (a) Poner a disposición del Proveedor todos los elementos necesarios para la realización de los Servicios de

Mantenimiento objeto del presente Contrato. (b) Informar al Proveedor, desde el momento en que tenga conocimiento de los mismos, de todos los elementos

o circunstancias nuevos que aquél razonablemente no conozca y que sean capaces de influenciar la prestación de los Servicios.

(c) Designar un responsable investido de poder de decisión con respecto a soluciones propuestas. (d) Proporcionar al Proveedor toda la información relativa al horario en el centro de trabajo en el que se vayan a

prestar los servicios, condiciones de seguridad e higiene, normas internas de trabajo y demás que resulten de aplicación.

SÉPTIMA.- Arrendamiento de servicios

Ambas Partes reconocen expresamente que el presente Contrato tiene la naturaleza de un arrendamiento de servicios.

Para la realización de los Servicios de Mantenimiento, el Proveedor actuará como contratante independiente, y no podrá ser considerado, en ningún caso, trabajador dependiente o agente del Cliente, no teniendo ninguna autorización, ya sea expresa o tácita, para crear obligaciones o responsabilidades en nombre y por cuenta del Cliente.

Todo el personal que el Proveedor asigne a la ejecución del objeto del presente Contrato debe encontrarse debidamente contratado por el Proveedor y afiliado a la Seguridad Social. El Proveedor deberá observar en la ejecución de los Servicios objeto del presente Contrato cuantas medidas de prevención de riesgos laborales, seguridad e higiene exijan las disposiciones legales vigentes o, aun sin ser legalmente exigibles, aconseje la prudencia, para evitar que se produzcan accidentes, se causen daños o perjuicios a terceros o se incurra en infracciones sancionables penal o administrativamente, de todo lo cual será único y directo responsable el Proveedor respecto al Cliente. Asimismo, el Proveedor será único y directo responsable respecto al Cliente de cualesquiera daños o perjuicios que, como consecuencia de la prestación de los Servicios, puedan sufrir las instalaciones, el material, los equipos y el personal del Cliente, así como terceros.

OCTAVA.- Propiedad intelectual e industrial

El Proveedor reconoce que cualquier trabajo, total o parcial, patentable o no, efectuado por el mismo que traiga causa o consecuencia del presente Contrato, pertenece al Cliente, quien retendrá todos los derechos para explotarlo o disponer del mismo libremente y otorgar cuantos actos o licencias estime oportunos, sin otra obligación hacia el Proveedor que satisfacerle los honorarios correspondientes a los trabajos realizados en el marco del presente Contrato.

NOVENA.- Confidencialidad

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Toda información que el Proveedor revele al Cliente, y viceversa, como consecuencia del presente Contrato, se considerará confidencial (en adelante, “Información Confidencial”), comprometiéndose ambas Partes a guardar formalmente el más estricto secreto.

En consecuencia cada una de las Partes se obliga a:

(a) Emplear la máxima diligencia y cuidado para proteger la Información Confidencial. Las Partes garantizan que sus medios son totalmente seguros para proteger la Información Confidencial.

(b) Limitar tanto como sea posible el número de personas que tendrán acceso a la Información Confidencial.

(c) Mantener el secreto de toda la Información Confidencial y, de no mediar previo consentimiento por escrito de la otra Parte, no revelar tal información, total o parcialmente, a cualquier persona física o jurídica distinta de aquellos directores, empleados, agentes y asesores que participen activa y directamente en este contrato, siempre y cuando en este último caso haya cumplido con lo dispuesto en el apartado (d) siguiente.

(d) Informar a los mencionados directores, empleados, agentes y asesores de la existencia de este contrato y de la naturaleza secreta de la Información Confidencial, siendo cada una de las Partes responsable de que cada uno de ellos observe las restricciones sobre confidencialidad contenidas en el mismo.

(e) No reproducir, transformar ni, en general, hacer uso de la Información Confidencial por ninguna razón distinta del objeto para el que ha sido obtenida o facilitada.

(g) Devolver o destruir, a la terminación de este Contrato y a requerimiento de la otra Parte, la totalidad de los materiales que incluyan Información Confidencial.

La obligación de confidencialidad se mantendrá en vigor incluso después de la terminación del Contrato.

DÉCIMA.- Domicilios a efectos de notificaciones

Se señalan como domicilios a efectos de notificaciones los siguientes:

El Proveedor: SERVICIOS EXTERNOS DE SOPORTE, INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES S.L, [�]. Atn.: [�].

El Cliente: RESIDENCIAL DOLCE VITA., [�]. Atn.: D. Tomás Alonso Marcos.

Cualquier notificación hecha a los domicilios citados tendrá plenos efectos contractuales.

Si cualquiera de las Partes modificara su domicilio, comunicará esta circunstancia a la otra Parte por escrito, a los efectos de lo previsto en la presente Cláusula.

UNDÉCIMA.- Modificación

Cualquier modificación de las condiciones pactadas en el presente Contrato sólo será válida si consta por instrumento escrito firmado por ambas Partes.

DUODÉCIMA.- Contrato completo

El presente Contrato constituye la totalidad de lo acordado y convenido entre las Partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto todo otro acuerdo, contrato o manifestación escrita o verbal celebrado o efectuado anterior o simultáneamente respecto de dicho objeto.

DECIMOTERCERA.- Ley y jurisdicción

El presente Contrato se regirá por la legislación española.

Las Partes, con renuncia expresa a su propio fuero, si otro tuvieran, se someten con igual carácter a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital para conocer de cualesquiera cuestiones que pudieran surgir como consecuencia de la interpretación o cumplimiento del presente Contrato.

Y para que conste firman este documento por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha al principio indicados.

________________________ ________________________

D. [�] D. David Cruz Barrios SERVICIOS EXTERNOS DE SOPORTE, INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES S.L. RESIDENCIAL DOLCE VITA.

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O Especificaciones del servidor Dell PowerEdge 2800

Características del modelo:

Soporte Spare Row Online Hasta 8Gb ECC DDR2 SDRAM Activación opcional de PERC 4/di integrada con controladora Ultra 320 RAID Servicio Dell OpenManage Integrada 2 Cooper Gigabit NIC Controladora SCSI Dual integrada U320 Rapid rack rail Discos duros hot-plug Con dos canales Sata. Para poder poner hasta dos discos Sata Soporte para 8 discos duros, hasta un máximo de 876GB Hasta dos procesadores Intel®Xeon® con soporte Hyper-Threading 4 PCI-X 64 bits/133Mhz, 1x32bit/33MHz. Intel® Chipset E7520 Puerto paralelo opcional

¡Descuento Especial!:

¡Oferta Especial! ¡Benefíciese de un Descuento Especial de 80 Euros! (descuento ya incluido en el precio)

Chasis:

Torre

Kit de Montaje en Rack:

No incluido

Bezel:

Chasis en torre

Fuente de Alimentación:

Dos fuentes de alimentación redundante de 675 cada una. (+ EUR EUR 350.00)

Procesador:

¡Oferta Especial! Dos Intel®Xeon® a 2.8GHz con 1Mb de memoria caché

Memoria:

1Gb DDR2 SDRAM 266Mhz (4x256Mb)

Opcion de Disketera interna de 3.5":

No incluido

Dispositivos ópticos:

CD-Rom 24x IDE

Main Bay Hard Drive Blackplane:

No incluido

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Monitores:

Monitor Dell Value 15'' pantalla plana (+ EUR EUR 420.00)

Teclado:

Teclado Dell performance negro (+ EUR EUR 35.00)

Disco duro - 1:

Disco duro 73GB Ultra 3 SCSI a 10 000 rpm

Disco duro - 2:

Disco duro 73GB Ultra 3 SCSI a 10 000 rpm (+ EUR EUR 290.00)

Disco duro - 3:

Disco duro 73GB Ultra 3 SCSI a 10 000 rpm (+ EUR EUR 290.00)

Disco duro - 4:

Disco duro 73GB Ultra 3 SCSI a 10 000 rpm (+ EUR EUR 290.00)

Disco duro - 5:

No incluido

Disco duro - 6:

No incluido

Disco duro - 7:

No incluido

Disco duro - 8:

No incluido

Disco duro adicional:

Disco duro 73GB Ultra 3 SCSI a 10 000 rpm (+ EUR EUR 440.00)

Configuración interna RAID de los discos duros-Simplex:

C4 RAID 5 ensamblado en la controladora Raid, requiere tres o más discos duros identicos

Primera controladora RAID o controladora SCSI:

Controladora PERC 4/DC RAID 128MB (2 canal int) (+ EUR EUR 900.00)

Configuración del disco duro interno-Complex:

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C10 RAID 5 para drivers internos, RAID 1 para discos duros media bay, ambos ensamblados en la RAID

Segunda controladora RAID o controladora SCSI:

No incluido

Cabina de Back Up Externo para PowerVault:

PV110T DLT VS160 80/160GB interno TBU(ni controladora ni cable) (+ EUR EUR 2,000.00)

Cables para Unidades de BackUp:

Cable para el PV100 DAT72 interno TBU(si usas controladora SCSI) (+ EUR EUR 35.00)

Cabina de Back Up Externo para PowerVault:

No incluido

Tape Backup Esencial para PowerVault Tape Drives:

DLT VS160 (VS1) cartucho, 80/160 GB, single (+ EUR EUR 65.00)

Software Copias de Seguridad (ExecBackup):

DELL Backup Software (Veritas Backup Exec) Basic Suite (+ EUR EUR 350.00)

Tarjeta de red adicional:

Intel Pro 100S NIC (+ EUR EUR 50.00)

Gestión Remota avanzada:

No incluida la tarjeta DRAC 4 PCI

Suscripción al servicio OpenManage:

Sin suscripción

Comunicaciones:

No incluído

PowerConnect Switch:

No incluido

Monitores:

Monitor Dell Value 17'' pantalla plana (+ EUR EUR 120.00)

Ratón:

Ratón PS/2 Dell Mouse 2 botones (+ EUR EUR 15.00)

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Sitema de alimentación Ininterrumpida:

No incluido

Servicio de mantenimiento:

3 Años de garantía Gold, con acceso directo a los expertos de Dell (24x7) (+ EUR EUR 633.00)

Sistema operativo:

Microsoft® Dolce Vitadows® Server 2003 ,5 Licencias (+ EUR EUR 680.00)

Microsoft® Dolce Vitadows® Small Business Server:

No incluido

Licencias adicionales para Microsoft Dolce Vitadows 2000:

10 Licencias adicionales CAL para Microsoft Dolce Vitadows 2000 Server (+ EUR EUR 440.00)

Documentación del sistema:

Documentos en papel no incluídos (aunque disponibles en versión electrónica en el CD Dell OpenManage)

Servicio de garantía:

3 Años de Garantía Bronze In Situ (NBD)

Servicio de instalación:

Server Installation 1 unidad (+ EUR EUR 189.00)

Opciones de Instalación:

Opción de configuración de PowerEdge (+ EUR EUR 110.00)

Servivio de Instalación (Fuera del Horario Comercial):

No incluido

Precio (sin IVA) IVA Precio con IVA

System 8.871€ 18% 10,290,30€

Entrega 99€ 18% 114,84€

Total 8.970,€ 10.405,20€

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P Oferta de servicios de seguridad

Dolce Vita

Attn. D. David Cruz.

Sevilla, 9 de Septiembre de 2011

Muy Sres. nuestros:

De acuerdo con las conversaciones mantenidas con Uds., referentes a los servicios indicados de seguridad integral, procedemos a remitirles la oferta.

Agradeciendo la confianza depositada en nuestra Compañía, aprovechamos la ocasión para enviarles un cordial saludo. Atentamente,

Fdo.: xx.

DIRECTOR DE GRANDES CLIENTES

Ref.: xx-1/JMV-SG.

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Página 193/218 © 2005 Grupo 4 – MBA Executive 2004 – 05 Andrés Javierre, Santiago Graña, David Cruz, Emiliano García, Tomás Alonso, Roberto Mejías

DOLCE VITA

09/09//2011

CENTRO OPERATIVA IMPORTE

MENSUAL PRECIO HORA

Residencia Dolce Vita � 1 Vigilante de Seguridad sin arma en turno de

24 horas todos los días. 7.153,88.- € Hora Diurna: 9,54 .€

Hora Nocturna: 11,36 .€

Residencia Dolce Vita � 1 Vigilante de Seguridad con Plus en turno de

24 horas todos los días. 9.168,71.- €. Hora Ampliación: 12,55 €

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Q CONTRATO DE RENTING DEL MICROBUS

Se dispone de una copia del mismo en papel. Para consultas específicas contactar con David Cruz

R CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA

Se dispone de una copia del mismo en papel. Para consultas específicas contactar con David Cruz.

S Normativa NBE-CPI / 96

Según el Artículo 4 de dicha normativa, el total de la edificación se ha compartimentado en varios sectores, en función de su uso.

La ocupación se ha calculado según el Artículo 6. El resultado se muestra en la siguiente tabla. El edificio se aplicará el uso residencial, hospitalario, administrativo o docente, según el caso que corresponda.

SectorizacionesSector Dependencia(uso) Superficie Densidad OcupaciónS-1 (nivel 1) Centro de formacion (aulas) 175,00 1,50 116,67

Centro de formacion (centros docentes) 185,00 10,00 18,50Sala Usos Múltiples 115,00 1,00 115,00Tanatorio (salas de espera) 55,00 2,00 27,50

S-2 (nivel1) Lavandería (zonas de servicio) 120,00 20,00 6,00S-3 (nivel1) Cocina (zonas de servicio) 200,00 20,00 10,00S-4 (nivel 1) Sala de instalaciones 225,00 --- ---S-5 (nivel 1) Zonas de Servicio y almacenes 255,00 20,00 12,75

Zonas de paso 200,00 --- ---Subtotal 1.530,00

S-6 (nivel 2) Zona de estar (zonas de uso público) 130,00 2,00 65,00Comedor 230,00 1,50 153,33Oficio-cocina (zonas de servicio) 70,00 20,00 3,50Recepción-Administración 170,00 10,00 17,00Zonas de estar (polivalentes) 60,00 2,00 30,00Zonas de paso y servicio módulo 1 172,00 --- ---Zonas de paso 290,00 --- ---Módulo 1 de habitaciones (residencial) 81,06 10,00 8,11sala polivalente 426,40 2,00 213,20Cafeteria 80,00 1,00 80,00

Subtotal 1.709,46

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Como puede observarse cada planta de habitaciones cuenta con al menos dos sectores, cada uno de los cuales tiene superficie suficiente para albergar a los ocupantes del sector colindante (Art. H.4.1.a). Para zonas de hospitalización se requiere 1.5m2 de espacio en el sector adyacente para cada ocupante del sector a evacuar. Se cuenta con una zona de 60m2, superficie suficiente para albergar también el personal que asiste a los residentes (Art. H.7.1.6.b)

El origen de evacuación se considera cualquier punto ocupable de las zonas comunes y en la puerta de salida de las habitaciones.

Existen dos escaleras en todo el edificio, para lo cual todas son protegidas (Art. H.7.3.1.a).

Para las salidas del edificio, las plantas con acceso directo al exterior cuentan con varias salidas. El nivel 2 sale directamente al exterior desde su cota y puede salir al exterior también por la planta inferior o nivel 1, que cuenta en toda la planta con dos salidas al exterior desde zonas comunes de circulación y tres salidas más desde recintos de riesgo especial.

Los recorridos de evacuación cumplen en todo momento con lo establecido en la normativa a justificar, no siendo superiores a 25m cuando son únicos y 35m cuando tienen un segundo recorrido alternativo.

El dimensionado de pasillo, puertas y escaleras se ha realizado conforme al articulado de la NBE-CPI/96 considerando un máximo de 200 personas por cada metro de anchura de puertas y pasillos, y un total de 328 personas por cada escalera (art. 7.4.2.c) por tener 1,40m de anchura.

En cuanto a las características específicas en zonas de hospitalización, se han considerado las dimensiones mínimas establecidas en el artículo H.7.4.3 de anchura libre de puertas y huecos de 1.05m; de pasillos de 2,20m, salvo en pasos de puertas que será de 2,10m. Las escaleras, al ser obligatorio el giro de 90º, serán de 1,40m de anchura.

Aquellas mesetas de escaleras que requieran un cambio de dirección de 180º serán de 2.00m de profundidad (Art. H.9.b) Este caso se da únicamente en la escalera de residentes, ya que las de servicio poseen varios tramos y el giro es exclusivamente de 90º.

Los vestíbulos de independencia de las escaleras de servicio cuentan con una distancia entre las puertas de 4.00m de acuerdo al artículo H.10.3.

T PLAN DE EMERGENCIAS

T.1 Factores de riesgo y elementos vulnerables

T.1.1 Factores de riesgo derivados de los edificios

El edificio se ha clasificado como de RIESGO ALTO, debido a que su utilización será de Centro Residencial para personas mayores de 55 años, y con movilidad reducida en algunos casos.

T.1.1.1 Factores de riesgo derivados de las Actividades e Instalaciones

Se considera que las actividades del Centro no suponen un riesgo grave de incendio.

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Todas estas instalaciones deberán cumplir con las revisiones periódicas que les son de aplicación por la normativa de Seguridad Industrial actualmente vigente.

T.1.1.2 Factores de Riesgo derivados de los Materiales manipulados

En el Centro no se manipulan ni almacenan materiales especialmente peligrosos.

T.1.1.3 Factores de Riesgo derivados del Entorno

No hay factores de riesgo apreciables en el entorno.

T.1.1.4 Elementos vulnerables

• Ocupantes. Se puede considerar que la mayoría de los ocupantes del Centro son especialmente vulnerables.

• Edificio, materiales e instalaciones. Ya se han descrito en los puntos anteriores.

T.2 Clasificación de Emergencias

Se establecen tres niveles de emergencia en función del grado de dificultad existente para su control y posibles consecuencias:

• Conato de Emergencia

• Emergencia Parcial

• Emergencia General

Se considera Conato de Emergencia, al pequeño incidente que no afecta, de inmediato, al normal desenvolvimiento de las demás instalaciones del Centro, y que se estima en principio, puede ser controlado y dominado de forma sencilla y rápida por el personal y medios de protección del local.

Se considera Emergencia Parcial, al incidente que requiere la actuación de los equipos de emergencia del Centro no afectando la misma a sectores colindantes ni a terceras personas.

Se considera Emergencia General, a la emergencia que no puede ser dominada por los medios de protección del Centro. Comporta la evacuación de alguna de las zonas o la totalidad del edificio y la solicitud de ayuda exterior (bomberos, ambulancias, etc.).

ANTE LA MENOR DUDA EN LA MAGNITUD DEL INCENDIO, EL JEFE DE EMERGENCIA DECLARARÁ SIEMPRE EL ESTADO DE EMERGENCIA GENERAL.

T.2.1 Organización del servicio de seguridad

Para la lucha contra las emergencias definidas, se hace necesario implantar un Servicio de Seguridad, cuyos componentes estarán familiarizados con los sistemas y equipos de protección, teléfonos de emergencia, vías de evacuación, etc.

Esta estructura organizativa ha de mantenerse siempre en horario de atención al público (turnos de mañana y tarde).

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El número de personas que compondrán el Servicio de Seguridad viene reflejado en el siguiente cuadro:

JEFES/EQUIPOS COMPOSICION ZONA DE ACTUACION

JEFE EMERGENCIA

Se nombrarán un titular y un

suplente en caso de ausencia del

primero

Todo el edificio

JEFE DE

INTERVENCION

Se nombrarán un titular y un

suplente en caso de ausencia del

primero

Todo el edificio

EQUIPOS DE INTERVENCIÓN

Se formará un equipo compuesto

por cuatro personas

Su zona de actuación es todo

el edificio

EQUIPOS DE ALARMA Y EVACUACION

Se formarán los siguientes equipos:

Nivel 1: 4 personas

Nivel 2: 4 personas

Su zona de actuación es la

planta correspondiente

EQUIPO DE PRIMEROS AUXILIOS

Se formará un Equipo compuesto

por tres personas

Su zona de actuación es todo

el edificio

T.3 Plan de Actuación en caso de incendio

La Autoprotección exige una organización de los medios humanos y una adecuada dotación de los medios materiales para la lucha contra el fuego. La organización de los medios humanos requiere el desarrollo de los planes siguientes:

• Prevención

• Detección y Alarma

• Evacuación

• Extinción

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Dichos planes se completan con los nombramientos de los diferentes Jefes (Jefe de Emergencia y Jefe de Intervención) y Equipos de Emergencia (Equipos de Intervención y Alarma y Evacuación).

T.3.1 Plan de Prevención de Incendios

Constituye el medio más eficaz y sencillo de protección, ya que permite alcanzar una gran seguridad con el menor costo y esfuerzo.

La prevención es un deber de todo el personal del Centro, debiendo manifestarse en todo momento y de una forma activa.

Las consignas básicas de prevención de incendios que debe conocer todo el personal de las Instalaciones.

T.3.2 Plan de Detección y Alarma (comunicación de emergencias)

Cualquiera que sea el medio por el que se detecte un incendio, es preciso hacerlo saber, con la máxima urgencia al Centro de Control.

La persona que recibe la comunicación de emergencia en el Centro de Control, se informa con claridad de los datos del incendio recibido y se lo comunica inmediatamente al Jefe de Emergencia, el cual se personará de inmediato en dicho Centro.

T.3.3 Plan de Evacuación

El principal objetivo de este Plan es la seguridad de las personas. El medio más eficaz de protegerlas, en caso de incendio declarado, es la evacuación.

Las personas evacuadas se concentrarán en el Punto de Reunión previamente fijado .

Las personas evacuadas nunca bloquearán los caminos de accesos al Centro.

T.3.4 Plan Extinción

Si a pesar de las medidas de protección adoptadas llega a desencadenarse el incendio, debe intentarse la extinción del mismo con los medios con que se disponen en las instalaciones.

El éxito de la extinción depende, principalmente, de la inmediata y decidida intervención, cuando el incendio se encuentra aun en su fase incipiente y se le ataca con el medio extintor adecuado.

Por ello todo el personal debe saber manejar los medios de protección y conocer la situación de los mismos.

Mover la boquilla de lado a lado, cubriendo con el agente extintor todo el área del fuego, según las siguientes figuras.

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FORMA DE ATAQUE AL FUEGO LUGAR DE ATAQUE AL FUEGO

BIEN MAL

• Conozca la clase de extintor que tiene en las cercanías de su puesto de trabajo.

• Rompa el precinto y quite el pasador.

• Bocas de Incendio Equipadas de 25 mm.

Para utilizar las Bocas de Incendio Equipadas ( BIE ) abrir el armario utilizando la llave

de apertura, y si es necesario romper el cristal ( para evitar cortes, el golpe se efectuará

en la parte superior del cristal

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• El manejo de las BIE´S de 25 mm. puede ser realizado por una persona.

ROMPASE EN

CASO DE

INCENDIO

BOQUILLA

DEVANADERA

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T.4 Desarrollo del Plan de Emergencias Contra Incendio

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U Plan de Seguridad y Salud

U.1 Análisis de riesgos

Los riesgos que se presenten durante la ejecución de las obras serán los correspondientes a las unidades de obra y a los distintos oficios. A continuación se relacionan aquellos riesgos que con mayor frecuencia pueden presentarse y que afecten a las distintas fases constructivas de la obra:

•••• Atropellos por máquinas y vehículos. •••• Aprisionamientos y arrollamientos. •••• Desprendimientos del terreno. •••• Sobre esfuerzos por manejo de materiales. •••• Colisiones y vuelcos de vehículos. •••• Caída de personas al mismo nivel. •••• Caída de personas a distinto nivel. •••• Caída de cargas. •••• Derrumbamientos. •••• Proyección de partículas a los ojos. •••• Atrapamientos por máquinas y herramientas. •••• Emanaciones de gases. •••• Rotura de conductos. •••• Contacto eléctrico. •••• Incendio. •••• Explosión de botellas de gases. •••• Quemaduras. •••• Dermatitis. •••• Inhalación de polvo. •••• Ruido. •••• Vibraciones.

U.2 Equipos de Protección Personal (EPI)

Los equipos de protección individual serán como mínimo los siguientes: •••• Casco de seguridad no metálico, clase N, aislante para baja tensión, para todos los

operarios, incluidos visitantes. •••• Botas de seguridad para todo el personal que maneje cargas pesadas. •••• Guantes de uso general, de cuero y anticorte para manejo de materiales y objetos. •••• Monos o buzos de trabajo, teniéndose en cuenta las reposiciones a lo largo de la obra,

según Convenio Colectivo Provincial de aplicación. •••• Trajes de agua, especialmente en los trabajos que no puedan suspenderse con

meteorología adversa. •••• Botas de agua homologadas en las mismas condiciones que los trajes de agua y, en

trabajos en suelos enfangados o mojados. •••• Gafas contra impactos y antipolvo en todas las operaciones en que pudieran producirse

proyecciones de partículas.

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•••• Cinturón de seguridad, del tipo apropiado en cada trabajo. •••• Cinturón antivibratorio. •••• Mascarilla antipolvo. •••• Protectores auditivos. •••• Guantes de goma finos. •••• Guantes dielécticos. •••• Botas dielécticas.

U.3 Sistemas de Protección Colectiva (SPC)

En este tipo de protecciones no existe una única alternativa, ya que las soluciones a adoptar pueden ser muy variadas en función de las circunstancias presentes en cada tipo de trabajo y que son válidas en tanto cumplan con la normativa y distintos reglamentos vigentes.

V Referencias

• Ordenanza reguladora de las tasas por licencias de aperturas de establecimientos.

En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 144 de la Constitución y por los artículos 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 de la Ley 39/1.988, de 28 de Diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece las "TASA DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS", que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 58 de la citada Ley 39/1.988.

Referencia: http://www.ayuntamientodemijas.es

• Tasas por actuaciones urbanísticas

En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y siguientes de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la "TASA POR ACTUACIONES URBANISTICAS", que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en el artículo 58 de la citada Ley 39/1988.

Referencia: http://www.ayuntamientodemijas.es

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W REFERENCIAS APLICABLES. ORDEN DE 29 DE JULIO DE 2000 RELATIVA

A CENTROS RESIDENCIALES PARA MAYORES

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X PETICIÓN DE CERTIFICACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE CALIDAD,

MEDIOAMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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Y Plan de Marketing: Tablas y figuras

Figura 28. Inmigraciones procedentes del extranjero. Año 2010

Unidades: personas

AlmeríaBalears (Illes)

Barcelona CádizCastellón de

la PlanaGranada Huelva Madrid Málaga Murcia

Palmas (Las)

Sta. Cruz de Tenerife

Valencia

UNION EUROPEA 4.152 7.855 14.419 2.617 1.333 2.143 707 12.427 14.299 5.702 5.915 9.311 6.774Alemania 267 2.499 1.446 278 155 120 62 677 931 341 1.356 1.638 401Austria 3 112 137 22 3 16 3 66 61 15 90 106 21Bélgica 80 124 292 35 58 48 6 140 245 44 91 245 54

Dinamarca 11 51 137 21 10 47 3 54 346 16 44 30 30España 544 701 2.940 778 341 528 172 6.676 1.791 733 946 2.513 1.981

Finlandia .. 22 96 4 2 3 3 39 364 14 55 50 4Francia 153 597 2.242 139 170 121 24 1.076 536 305 223 357 664Grecia 12 40 110 9 3 4 3 96 16 12 23 25 23Irlanda 35 54 140 48 9 25 1 113 335 68 100 60 46Italia 131 1.229 3.686 153 191 142 17 1.766 946 219 865 1.400 1.013

Luxemburgo .. 8 9 1 .. 2 .. .. 7 4 7 6 1Países Bajos 65 191 667 67 40 55 24 236 549 93 126 140 108

Portugal 48 160 932 69 98 49 232 748 165 300 207 247 409Reino Unido 2.797 1.955 1.358 977 245 957 155 616 7.655 3.506 1.661 2.401 1.985

Suecia 6 112 227 16 8 26 2 124 352 32 121 93 34RESTO DE EUROPA 6.933 3.378 11.680 842 8.083 2.213 1.890 39.836 5.334 3.931 1.327 1.232 11.615

Inmigraciones procedentes del extranjero

Figura 29. Porcentaje de ingleses por país de destino en vacaciones

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Figura 30. Categoría de unidad familiar en función de la edad

Fuente: http://www.statistics.gov.uk/CCI/nugget.asp?ID=1165

Figura 31. Población de 65 y más años discapacitada por grupo de edad y grado de discapacidad. 1999

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Figura 32. Personas con discapacidad y tasas de prevalencia en tantos por mil por edad y género

Figura 33. Renta media semanal de pensionistas en Reino Unido

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Z Relación de puntos de distribución de información publicitaria

País Club Dirección Reino Unido The Carlton Club Londres The Royal Northern and

University Club Aberdeen, +44 01224 583 292

The New Club Edinburgh, +44 0131 226 4881 Victoria Club Jersey, +44 01534 723381 The Hurlingham Club London, +44 020 7736 8411 City of London Club London, +44 020 7588 7991 City University Club London, +44 020 7626 8571 Northern Counties Club Newcastle-upon-Tyne, +44 0191 232 2744 Ulster Reform Club Northern Ireland, +44 01232 323 411 Alemania International Club Berlin, +49 30 306 722 Industrie-Club EV Dusseldorf, +49 211 13 9050 Frankfurter Gesellschaft

Frankfurt am Main fur Handel Industrie u., +49 69 726 579

Anglo-German Club EV Hamburg, +49 40 4501 5512/13 Suecia The Royal Bachelors’ Club Gothenburg, +46 31 201 732 Sällskapet Stockholm, +46 8 679 559 Noruega Shippingklubben Oslo, +47 47 23 23 98 00 Holanda De Amstel Club Amsterdam, +31 20 520 3149 Nieuwe of Litteraire Sociëteit

de Witte The Hague, +31 70 360 7933

España Círculo Ecuestre Barcelona, +34 93 415 6000 Sociedad Bilbaína Bilbao, +34 94 423 1407 Real Gran Peña Club Madrid, +34 91 522 4613 Casino de Madrid Madrid, +34 91 523 4432 Luxemburgo Cercle Munster Luxembourg, +352 47 06 43 1 Bélgica Cercle Royal Gaulois Brussels, +32 2 500 1080

Z.1 Clubes de golf en Málaga

Club de Golf Dirección Alhaurín Golf Hotel & Resort Alhaurín el Grande - Málaga 27 Club de Golf Los Almendros Estepona - Málaga 9 Aloha Golf Club Marbella - Nueva Andalucía - Málaga 27 Club Deportivo Antequera Golf Club Antequera - Málaga S/Campo Golf Antequera S.L. Antequera - Málaga 9 Añoreta Golf Rincón de la Victoria - Málaga 18 Los Arqueros Golf & Country Club Marbella - San Pedro de Alcántara - Málaga 18 Atalaya Golf & Country Club Estepona - Málaga 36 Baviera Golf SA Caleta de Vélez - Málaga 18 Benahavís Club de Golf Benahavis - Málaga S/Campo Real Club de Golf Las Brisas Marbella - Málaga 18 Cabopino Golf Marbella - Málaga 18

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Club de Golf Dirección La Cala Resort Mijas Costa - Málaga 36 Campanario Club de Golf Málaga - Málaga 9 Club de Golf Cancelada

Estepona - Málaga S/Campo

Club de Golf El Candado Málaga - Málaga 9 Club La Costa Golf Rincón de la Victoria - Málaga S/Campo Club de Golf El Coto Estepona - Málaga 9 Golf La Dama de Noche Marbella - Nueva Andalucia - Málaga 9 La Duquesa Golf & Country Club Manilva - Málaga 18 Escuela Internacional de Golf Costa del Sol Marbella - Málaga S/Campo Club de Golf Estebbuna Estepona - Málaga S/Campo Club de Golf El Faro La Cala de Mijas - Málaga S/Campo Flamingos Golf & Resort Marbella - Málaga 36 Club de Golf Ghost Málaga - Málaga S/Campo Greenlife Golf Club Marbella - Málaga 9

Guadaiza Club de Golf Marbella - San Pedro de Alcántara - Málaga S/Campo

Guadalhorce Club de Golf Campanillas - Málaga 18 Guadalmina Club de Golf Marbella - San Pedro de Alcántara - Málaga 45 Lauro Golf Alhaurín de la Torre - Málaga 27 Magna Marbella Golf Nueva Andalucía - Málaga 9 Real Club de Campo de Málaga Málaga - Málaga 27 Club de Golf Marbella Marbella - Málaga S/Campo Marbella Golf & Country Club Marbella - Málaga 18 Mijas Golf Internacional Fuengirola - Málaga 36 Miraflores Golf Academy Mijas Costa - Málaga S/Campo Miraflores Golf Mijas Costa - Málaga 18 Monte Mayor Golf Club Benahavis - Málaga 18 Monte Paraíso Golf Marbella - Málaga 9 Los Naranjos Golf Club Marbella - Nueva Andalucia - Málaga 18 Golf Internacional Nerja Society Málaga - Málaga S/Campo La Noria Golf And Resort La Cala de Mijas - Málaga 9 Club de Golf PAR 1 Fuengirola - Málaga S/Campo Fuengirola - Málaga S/Campo El Paraiso Club de Golf El Paraiso Club de Golf Estepona - Málaga 18 International Players Golf Club Marbella - Málaga S/Campo Escuela de Golf La Quinta Marbella - San Pedro Alcantara - Málaga S/Campo La Quinta Golf & Country Club Marbella - Nueva Andalucía - Málaga 27 Club Pool Los Rabazos Mijas Costa - Málaga S/Campo Golf Rio Real Marbella - Málaga 18 Club de Golf Royal and Country Club Estepona - Málaga S/Campo San Pedro Golf Club Marbella - San Pedro Alcántara - Málaga S/Campo Santa María Golf & Country Club Marbella - Málaga 18 Club de Golf La Siesta Mijas Costa - Málaga 9 Santa Mónica Golf Club Fuengirola - Málaga S/Campo Santa Clara Golf Marbella - Málaga 18 Club de Golf El Swing Mijas Costa - Málaga S/Campo Club de Golf Tamisuel Fuengirola - Málaga S/Campo

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Club de Golf Dirección Golf Torrequebrada Benalmádena Costa - Málaga 18 Club de Campo La Zagaleta Benahavís - Málaga 18

Z.2 Hipódromos en Málaga

Hipódromo Dirección Llanos de la Venta, SC.

Dirección: Avda. Juan Carlos I. Venta Garrido. - 29150 Almogía Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 615366450 - 619860839

Club Hípico Benalmádena

Dirección: Finca Los Caballeros. Urb.Torrequebrada Norte - 29649 Mijas Teléfono: 952568484; Fax: 952568200

Finca La Mota Dirección: Partido Urique. Ctra. Fueng.-Alh. El Grande - 29649 Mijas Teléfono: 952596648-608337452

Finca Krimalina Dirección: Ctra. Fuengirola-Coín, km. 7. Mijas Costa - 29649 Mijas Teléfono: 952119432-670668964

Rancho La Paz Dirección: Osunilla Baja.Torreblanca Sol. Mijas Costa - 29649 Mijas Teléfono: 952486793

Club Hípico El Dorado

Dirección: Finca El Dorado. Entrerríos. Mijas Costa - 29649 Mijas Teléfono: 952119292-607474362

Centro Hípico Hoppla

Dirección: Entrerríos, 49. Buzón 149. Mijas Costa - 29649 Mijas Teléfono: 952119074; Fax: 670642507

Finca La Peseta Dirección: Loma del Flamenco, 14. Urb.Mijas Golf - 29649 Mijas Teléfono: 649127457; Fax: 952119096

Escuela de Equitación Cartujano

Dirección: Camino de Campanales, 71. Mijas Costa - 29649 Mijas Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 952463599; Fax: 952463599

Centro Ecuestre El Rengo

Dirección: Ctra. Cerros del Aguila, La Vega. Mijas Costa - 29649 Mijas Teléfono: 952588674

Centro Ecuestre El Castillo

Dirección: Ctra. de Cádiz, Urb. Marina del Sol - 29649 Mijas Teléfono: 952472780-619568117

Hipódromo de la Costa del Sol

Dirección: Urb. El Chaparral. Mijas Costa. - 29649 Mijas Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 952592700-01; Fax: 952592718

Z.3 Clubes de tenis en Málaga

Club de Tenis Delegación de Tenis de Málaga Teléfono: 952.217.278 A.D.LAURO TORRE F.S. ASOC.TENIS Y DEPORTES BENALMADENA ASOCIACION DEPORTIVA MATAGRANDE ASOCIACION RECREATIVA ARUNDA C.D.DE TENIS COSTA DEL SOL C.D.TENIS HUMILLADERO CENTRO DE TENIS CHURRIANA CLUB ATLETISMO MIJAS CLUB DE TENIS BEL-AIR CLUB DE TENIS EL CAPITAN

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Club de Tenis CLUB DE TENIS ESTEPONA CLUB DE TENIS JENNY HOAD CLUB DE TENIS LA COLINA CLUB DE TENIS MALAGA CLUB DE TENIS MARBELLA CLUB DE TENIS PUENTE ROMANO CLUB DE TENIS SAN LUIS CLUB DE TENIS TORREMOLINOS CLUB DEPORTIVO CERRADO DE CALDERON CLUB DEPORTIVO COLEGIO SAN JOSE CLUB DEPORTIVO DEL SOL FEDERADO CLUB DEPORTIVO PINOS DEL LIMONAR CLUB DEPORTIVO TENIS CALDERON CLUB PADEL Y TENIS NUEVA ALCANTARA CLUB TENIS ALHAURIN DE LA TORRE CLUB TENIS FUENTEMORA CLUB TENIS PARQUE DOÑA SOFIA CLUB TENIS SIERRA BLANCA EL CANDADO DE TENIS REAL CLUB MEDITERRANEO TENIS CLUB ANDALUZ DE NERJA

Z.4 Casinos en Málaga

Casino Localización Casino Torrequebrada Dirección: Ctra. N. IV, Km. 226 - 29630 Benalmádena

Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 952442545-6000

Casino Marbella

Dirección: Hotel Andalucía Plaza - 29660 Marbella Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 952814000