Requisitos Programa de Atencion a la Niñez y Adolescencia

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Principios generales para la firma de convenios con la Direccion General de Niñez y Adolescencia.

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Gobierno de la Ciudad de Buenos AiresDirección General de Niñez y

Adolescencia

PROGRAMA DE ATENCIÓN A LA NIÑEZ Y

ADOLESCENCIA EN SITUACION DE VULNERABILIDAD

SOCIAL

PRINCIPIOS GENERALES PARA LA FIRMA DE CONVENIOS CON LA DGNYA

La Dirección General de Niñez y Adolescencia es el organismo especializado que tiene a su cargo el diseño, la implementación y monitoreo de circuitos y programas tendientes a la prevención, atención y restitución de aquellos derechos que les han sido vulnerados a todo niño, niña y adolescentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La atención de los niñ@s y adolescentes en Organizaciones de la Sociedad Civil, es uno de los recursos con que cuenta la DGNyA para lograr su misión, proponiendo un abordaje co-gestivo entre estas organizaciones, aportando cada una sus propias potencialidades y el Programa de Atención Integral de la niñez y adolescencia en situación de vulnerabilidad social, como articulador, supervisor y garante de la provisión de recursos económicos, institucionales y de contención suficientes.

La DGNyA se propone articular con los distintos organismos que tengan como denominador común la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, estableciendo ejes comunes tanto en la teoría como en las prácticas, estableciendo marcos de referencia que definan las perspectivas, acciones e intervenciones que sean consideradas como las más apropiadas en el ámbito de los distintos programas de atención integral a niños, niñas y adolescentes.

Para sostener prácticas concertadas y asociativas es importante establecer que debe aportar cada uno de los actores sociales. Los acuerdos se formalizarán por medio de convenios, en los que se establecerán las condiciones específicas para su atención.En ningún caso se firmará convenio alguno con instituciones cuyos miembros

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presenten antecedentes o causas ligadas a la violación de derechos humanos

Criterios que deben regir la Atención de los niñ@s y adolescentes

Protección Integral, interés superior del niño/a y efectivización de derechos

Todas las instituciones deben garantizar a los niños/as la protección y cuidados que sean necesarios teniendo en cuenta el interés superior de los mismos. En tal sentido, la incorporación de los niños en organismos de atención sólo será un recurso subsidiario y excepcional.

Transitoriedad Se define como tránsito a la estadía de niños/as. Dicha estadía implica el desarrollo de acciones y estrategias entre el ingreso a la institución y regreso del niño a su entorno familiar, afectivo o comunitario. De este modo la temporalidad del tránsito quedará definida por la singularidad de la historia particular y dependerá de las estrategias desplegadas.

Atención Personalizada Frente a la vulneración de derechos en los que se involucren niños/as y adolescentes se requerirá de las instituciones convocadas desarrollar modalidades de intervención que fortalezcan la atención personalizada, promuevan el fortalecimiento familiar o comunitario, los aspectos socioculturales, educativos, de salud, recreación y capacitación inherentes al proceso evolutivo de cada niño/a.

Modalidades de Atención

La singularidad de cada historia requiere de acciones, estrategias y modalidades de atención que se adecuen a cada situación. Para ello la DGNyA establece convenios:

Sobre proyectos regulares con diferentes modalidades de atención: Hogares Convivenciales, Hogares de atención especializada, Hogares maternos, Hostales, Hogares para niños y niñas con necesidades especiales, Hogares de tránsito y Paradores.

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Sobre proyectos especiales, que se encuadran en las mismas condiciones que los proyectos regulares pero ofrecen diferentes modelos de atención con un valor social agregado, con diferentes variables contractuales.

Sobre proyectos excepcionales, teniendo en cuenta la especificidad y/o complejidad del servicio ofrecido o del tratamiento que deben recibir algunos casos.

Los proyectos presentados deberán ajustarse a la definición conceptual y los lineamientos metodológicos establecidos por la DGNyA. La DGNyA se propone financiar, asistir técnicamente y monitorear el cumplimiento del proyecto de las ONG's.Queda entendido por ONG lo expresado en la Ley Nacional 26.061, capítulo 4, arts. 65 y 66.Art. 65 (...) se consideran organizaciones no gubernamentales de niñez y adolescencia a aquellas que, con Personería Jurídica y que en cumplimiento de su misión institucional desarrollen programas c servicios de promoción, tratamiento, protección y defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Art. 66 OBLIGACIONES. Las organizaciones no gubernamentales mencionadas en esta ley deben cumplir con los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional, la Convención sobre Los Derechos del Niño, Tratados Internacionales sobre los de Derechos Humanos en los que la República Argentina sea parte, y observar los siguientes principios y obligaciones:

a)Respetar y preservar la identidad de las niñas, niños y adolescentes y ofrecerles un ambiente derespeto, dignidad y no-discriminación:

b)Respetar y preservar los vínculos familiares o de crianza de las niñas, niños y adolescentes y velar porsu permanencia en el seno familiar;

c)No separar grupos de hermanos;

d)No limitar ningún derecho que no haya sido limitado por una decisión judicial;

e)Garantizar el derecho de las niñas, niños y adolescentes a ser oídos y a que su opinión sea tenida encuenta en todos los asuntos que les conciernan como sujetos de derechos;

f) Mantener constantemente informado a la niña, niño o adolescente sobre su situación legal, en caso deque exista alguna causa judicial donde se pueda tomar una decisión que afecte sus intereses, ynotificarle, en forma personal y a través de su representante legal, toda novedad que se produzca enforma comprensible cada vez que la niña, el niño o el adolescente lo requiera;

g)Brindar a las niñas, niños y adolescentes atención personalizada y en pequeños grupos;

h) Ofrecer instalaciones debidamente habilitadas y controladas por la autoridad de aplicación respecto de las condiciones edilicias, salubridad, higiene, seguridad y confort;

i) Rendir cuentas en forma anual ante la autoridad de aplicación, de los gastos realizados clasificados según su naturaleza; de las actividades desarrolladas descriptas en detalle; de

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las actividades programadas para el siguiente ejercicio descriptas en detalle, su presupuesto, los gastos administrativos y los recursos con que será cubierto.

Se dará cuenta también de las actividades programadas para el ejercicio vencido que no hubieran sidc cumplidas, y las causas que motivaron este incumplimiento.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS / DOCUMENTACIÓN

PROCEDIMIENTO POR PARTE DE LA ORGANIZACION NO GUBERNAMENTAL

A) Nota de presentación de la ONG al Programa de Atención Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Vulnerabilidad Social de la DGNyA.

B) Presentación de la documentación requerida: Proyecto Institucional.

- Carátula: Nombre de la Organización, naturaleza jurídica, Resolución IGJ, nº de CUIT, Nombre y DNI del Responsable Legal, Nombre y DNI del responsable técnico, Nombre del proyecto, Población objetivo, Localización geográfica, Breve descripción del proyecto.

- Objetivos generales y específicos.- Metodología de trabajo.- Desarrollo de ejes en lo personal, grupal, familia, salud,

educación. - Actividades.- Evaluación cualitativa y cuantitativa.- Estrategias de egreso.- Plantilla profesional especificando función y carga horaria.

Personería jurídica de la ONG con la debida constancia en la IGJ. Estatuto. Acta Constitutiva. Última acta de Asamblea con nómina de autoridades. Copia de la última presentación de memoria y balance a la Inspección

General de Justicia. Constancia de inscripción en el CENOC- Centro Nacional de

Organizaciones de la Comunidad. Constancia de inscripción en el CIOBA.( sólo en hogares de la CABA) Constancia de inscripción en el Registro de ONGs del Consejo de

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Derechos de Niñas, niños y adolescentes. Constancia que no recibe otro subsidio para el proyecto presentado. Deudores alimentarios morosos ( registro del presidente de la ong). CUIT vigente Habilitación comercial o nota de habilitación en trámite otorgada por la

Dirección General de Habilitaciones y Permisos. Planos de habilitación visados por la Dirección General de

Habilitaciones y Permisos. Libro Registro de Inspecciones, conforme lo establecido en el Articulo

1.2,4 del Código de Habilitaciones y Verificaciones. Titulo de propiedad, contrato de alquiler, comodato, cesión u otro. Póliza de seguro de responsabilidad civil Plan de evacuación, aprobado por la autoridad competente. Certificado de desinfección mensual del inmueble, extendido por

empresa autorizada. Certificado semestral de Limpieza y Desinfección integral de tanques de

agua para consumo humano - Ordenanza 45.593 (BM 19243) y su Decreto Reglamentario 2045-93 (BM19755)

Certificado de reincidencia del responsable o director del instituto El inmueble donde se desarrolle la actividad se debe adecuar a la

normativa de la ley 2881.

PROCEDIMIENTO POR PARTE DE LA COORDINACION DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD SOCIAL

A) Entrevista con los responsables de la Institución a conveniar.

B) Solicitud de análisis y realización de Informe al Área de Supervisión y Monitoreo.

C) Devolución de la evaluación a las autoridades de la ONG.

PROCEDIMIENTO POR PARTE DEL AREA DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO

A) Análisis del Proyecto Institucional presentado, por parte del Equipo Técnico del Área de Supervisón y Monitoreo del Programa.

B) Visita institucional realizada por equipo técnico del área de Supervisón y

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Monitoreo del Programa a fin de conocer el lugar a desarrollar el proyecto.

C) Elaboración del informe de evaluación.

PROCEDIMIENTO POR PARTE DEL AREA LEGAL ADMINISTRATIVA DE LA DGNyA

A) Chequeo de la documentación Legal presentada por la Institución.

B) En caso de aprobación, firma de convenio y protocolización.

REQUISITOS OBLIGATORIOS A CUMPLIR POR LAS ORGANIZACIONES CONVENIADAS

El establecimiento habilitado como Hogar de Niños, Niñas y Adolescentes (en cualquiera de sus modalidades), deberá poseer en lugar accesible y en forma permanente y actualizada, para ser presentada cuando las autoridades competentes la soliciten, la siguiente documentación:

a) Carpeta Institucional: Debe constar toda la documentación exigida para conveniar.

b) Legajo personal: Todo niño, niña y adolescente contará con un legajo debidamente foliado, en orden cronológico, en el que se consignará:

Carátula/ Ficha personal donde constarán todos los datos generales personales, familiares, escolares y de salud.

Nota de derivación del niño, niña y adolescente emitida por la DGNyA.

Comunicación a la Asesoría Tutelar General del Ministerio Público de la Ciudad de Buenos Aires y al Consejo de los Derechos de niñas, niños y adolescentes del ingreso del niño, niña o adolescente al hogar.

Medida tomada por la autoridad de aplicación competente.

Documentación personal: partida de nacimiento, DNI, libreta sanitaria, boletines escolares, etc.

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Informes completos y actualizados.

Área Salud Física: Constarán fecha, consultas, chequeos, medicación indicada, nombre del personal médico, lugar de atención, planilla de vacunación.

Área de Salud Mental: Constancia de las diferentes intervenciones, medicación indicada si la hubiere CON EL RESPECTIVO RESPALDO DOCUMENTAL, con fecha, firma y aclaración del responsable de cada una de ellas.

Área Vinculaciones: Constarán los diferentes contactos, entrevistas, visitas, estrategias de vinculación, socioambientales.

c) Libro foliado de registro permanente y actualizado de los niños, niñas y adolescentes que se albergan o concurren al mismo debiendo consignar nombre, apellido, edad, sexo, nacionalidad, fecha de ingreso y egreso, documento de identidad, y domicilio de los padres o los responsables, lugar de procedencia y el Organismo Oficial que haya efectuado la derivación, motivo de ingreso y egreso.

d)Carpeta de Supervisión: donde consten las Actas de visita de supervisión , las devoluciones escritas por parte del área de supervisión del Programa, planteando fortalezas y debilidades en la ejecución del proyecto institucional, plantillas de chequeo institucional semestral y plantilla de chequeo de atención integral .

e) En toda la documentación oficial de los Hogares Infantiles debe consignarseexpresamente la Modalidad de Atención.

f)Los Hogares deben exhibir en lugar visible ,dentro del área administrativa del establecimiento: el certificado de habilitación, el plano de evacuación, organigrama del personal especificando día y carga horaria, certificado de desinfección, listado actualizado de niñas, niños y adolescentes alojados, menú tentativo acorde con la estación y requerimientos de la población atendida.

g) Legajo del Personal que trabaja en la institución, cuyo control será competencia del o de los organismos competentes conforme lo establecido en la

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Ley 114, que deberá incluir:

1. Fotocopia certificada de los títulos del personal y/o constancias deexperiencia laboral en la temática de infancia y adolescencia

2. Libreta sanitaria, extendida por establecimiento hospitalario oficial yrenovable anualmente.

3. Certificado extendido por el Registro de Deudores Alimentarios (Ley 269), que acredite que no son deudores alimentarios.

4. Certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidentes, que acredite que no registren antecedentes de delitos contra la integridad física y sexual de las personas.

h) Certificación de la realización de simulacro de evacuación, semestrales, emergencias o catástrofes emitido por la autoridad competente.

i) Distribución y características de los espacios físicos: Se debe cumplimentar lo dispuesto en la ley 2881.

EN CASO DE INCUMPLIMIENTO (Ley Nacional 26.061, Capítulo IV, art. 67)Si la institución incurriere en faltas al convenio celebrado, la DGNyA tomará las medidas de prevención o de protección que considere pertinentes hasta tanto se subsanen las mismas, respetando las leyes vigentes y asumiendo las responsabilidades que le competen como Organismo de Estado.El sistema de sanciones para caso de incumplimiento estará compuesto de distintas instancias que respondan a la gravedad de la falta y se aplicarán en forma gradual:• Llamado de atención.• Apercibimiento.• Suspensión de la derivación de asistidos.• Derivación de los niños/as a otras instituciones• Rescisión del convenio.

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