República de Colombia Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

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República de Colombia Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. DESARROLLO TERRITORIAL. Calidad de vida. ¿CUÁL ES EL FIN DEL DESARROLLO TERRITORIAL?. Actividades productivas. Conservación y protección de los recursos naturales. SU RESULTADO: - PowerPoint PPT Presentation

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DESARROLLO TERRITORIAL

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¿CUÁL ES EL FIN DEL DESARROLLO TERRITORIAL?

SU RESULTADO:

Mejoramiento de la Calidad de Vidade la Población bajo un enfoque de sostenibilidad

Actividades productivas Actividades productivas

Conservación y protecciónde los recursos naturales

Conservación y protecciónde los recursos naturales

Calidad de vida

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1. VISION URBANO 1. VISION URBANO REGIONALREGIONAL

Funciones urbanas - regionales

Sostenibilidad ambiental

Movilidad poblacional

2. DIMENSIONES 2. DIMENSIONES DEL DESARROLLODEL DESARROLLO

3.3. ATRIBUTOSATRIBUTOS FISICOSFISICOS

Cultural

Ambiental

Social

EconómicaPolítica

Suelo

Equipamientos

Vivienda

Espacio público

Servicios públicos Vías y transporte

¿ QUÉ DEBE TENER EN CUENTA EL PLANIFICADOR ?

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COMPONENTES DEL DESARROLLO TERRITORIAL

• Regiones Funcionales

• Planes Parciales

• Espacio Público

• Gestión del Suelo y Bancos Inmobiliarios

• Renovación Urbana

• Incorporación de Amenazas y riesgos en el Ordenamiento

• Asistencia Técnica para armonización

• Asistencia Técnica para Información, Control y Seguimiento

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DECRETOS 2060 Y 2083 DE 2004

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MARCO JURIDICO DECRETO

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

MARCO TECNICO DECRETO

SITUACION ACTUAL VIS: SUBSIDIOS

SINTESIS

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MARCO JURIDICO DECRETO

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

MARCO TECNICO DECRETO

SITUACION ACTUAL VIS: SUBSIDIOS

SINTESIS

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PLAN NACIONAL DE DESARROLLO: OBJETIVOS

• Seguridad democrática

• Impulso al crecimiento económico sostenible y generación de empleo

• Construcción de equidad social

• Consolidación de un País de Propietarios

• Vinculación del estado en el gasto social eficiente y en la protección a los sectores más vulnerables.

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PLAN SECTORIAL MAVDT: HACIA UN PAIS DE PROPIETARIOS CON DESARROLLO

SOSTENIBLE

• Impulso a la vivienda con criterio empresarial y responsabilidad social.

• Respuesta eficiente a los crecientes déficit habitacionales y prioritariamente dirigida al grupo de población de menores ingresos mediante ampliación y optimización del subsidio familiar.

• Compromiso de financiar 400.000 unidades VIS.

• Definición de un modelo de desarrollo urbano-regional como marco para implementar la política de VIS.

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“País de propietarios, calidad de vida urbana y capitalismo social en los servicios públicos son las herramientas que aseguran la integración de la

vivienda con los elementos estructurales del espacio público y los servicios públicos domiciliarios”

PLAN SECTORIAL MAVDT: HACIA UN PAIS DE PROPIETARIOS CON DESARROLLO

SOSTENIBLE

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MARCO JURIDICO DECRETO

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

MARCO TECNICO DECRETO

SITUACION ACTUAL VIS

SINTESIS

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SITUACION ACTUAL VIS: SUBSIDIOS

•En Cali solo el 8% de los subsidios asignados se tradujeron en viviendas

•El 92% restante, no encuentra oferta o no consigue crédito: el municipio no está utilizando un recurso que el Gobierno Nacional ha dispuesto para los más necesitados.

•El comportamiento de la ciudad esta por debajo del resto del país, donde el 37% de los subsidios asignados se tradujeron en viviendas.

No. No. No.BOGOTA D.C. 3.924 630 16,1%MEDELLIN 1.223 553 45,2%CALI 814 66 8,1%BARRANQUILLA 313 214 68,4%CARTAGENA 534 7 1,3%BUCARAMANGA 593 72 12,1%SANTA MARTA 203 6 3,0%

TOTAL NACION 20.289 7.545 37,2

PORCENTAJE

SUBSIDIOS ASIGNADOS POR FONVIVIENDA (A JULIO 21 DE 2004)

CIUDAD ASIGNACION DESEMBOLSOS

Antioquia: distribución de subsidios por

entidad (agosto 2002 - dic 2003)

Antioquia: distribución de subsidios por entidad (agosto 2002 - dic 2003)

Antioquia: distribución de subsidios por entidad (agosto 2002 - dic 2003)

Antioquia: distribución de subsidios por entidad (agosto 2002 - dic 2003)

Antioquia: distribución de subsidios por entidad (agosto 2002 - dic 2003)Antioquia: distribución de subsidios por entidad (agosto 2002 - dic 2003)

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SITUACION ACTUAL VIS: SUBSIDIOS

• La principal razón para la no oferta de VIS tipo 1 y 2 está relacionada con normas urbanas que restringen la viabilidad financiera de los proyectos

• Optimizar la forma de distribución y ocupación del suelo favorece el mantenimiento de estándares de calidad urbana y posibilita financieramente los proyectos

TIPO VIS*TIPO

CIUDAD*VIVIENDA EN SMMV*

VIVIENDA EN PESOS ($)***

SUBSIDIO EN SMMV**

SUBSIDIO EN PESOS ($)***

1

Menor de 500.000 hab. Hasta 40 Hasta

14’320.00021 7’518.000

Mayor a 500.000 hab. Hasta 50 Hasta

17’900.000

2 Todas Hasta 70 Hasta 25’060.000

14 5’012.000

*Ley 812 de 2003** Decreto 975 de 2004***Calculado sobre SMMV 2004: $358.000

TIPO DE VIS PRIORITARIA

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MARCO JURIDICO DECRETO

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

MARCO TECNICO DECRETO

SITUACION ACTUAL VIS: SUBSIDIOS

SINTESIS

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MARCO JURIDICO

Constitución Política, articulo 51El Estado debe fijar las condiciones necesarias para hacer efectivo el derecho de

todos los colombianos a una vivienda digna, promoviendo planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda

Ley 3 de 1991, articulo 40El Gobierno Nacional reglamentará las normas mínimas de calidad de vivienda de

interés social, especialmente en cuanto a espacio, servicios públicos y estabilidad de la vivienda.

Ley 812, artículo 8Con el fin de lograr el desarrollo sostenible de las ciudades, el Gobierno

implementará el desarrollo de instrumentos y mecanismos de control para garantizar la calidad de los proyectos habitacionales.

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Ley 546 de 1999Los Planes de Ordenamiento Territorial deben facilitar la construcción de

todos los tipos de vivienda de interés social definidos por los Planes de Desarrollo y por las reglamentaciones del Gobierno Nacional, de tal manera que se garantice el cubrimiento del déficit habitacional para la vivienda de interés social.

Ley 388 de 1997, artículo 15Las normas para la urbanización y construcción de vivienda no podrán limitar el

desarrollo de programas de vivienda de interés social, de tal manera que las especificaciones entre otros de loteos, cesiones y áreas construidas deberán estar acordes con las condiciones de precio de este tipo de vivienda

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MARCO JURIDICO DECRETO

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

MARCO TECNICO DECRETO

SITUACION ACTUAL VIS: SUBSIDIOS

SINTESIS

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MARCO TECNICO: CONCEPTUALIZACION

La calidad del hábitat está cada vez más en relación directa con la calidad y cantidad de los espacios urbanos y la prestación de los servicios públicos básicos, y su justa

relación con la dimensión de la vivienda

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MARCO TECNICO: CONCEPTUALIZACION

• El decreto promueve una estrategia de gestión eficiente del suelo urbano, esa gestión eficiente es una función de las administraciones municipales.

• En la medida en que la administración municipal promueva procesos concertados público-privado de la gestión del suelo, se favorece la disminución del precio del mismo y disminuye en gran medida el precio del producto final VIS.

• El aumento de número de lotes, y en consecuencia la optimización y uso racional del suelo favorece altos estándares urbanísticos que se reflejan en alta calidad urbana de los espacios públicos.

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• Los componentes estructurales de los POT no son alterados por las regulaciones establecidas en el decreto. Estas regulaciones corresponden al desarrollo de normas complementarias que pueden derivarse del POT, como los Planes Parciales de Vivienda Social.

• Se regula el lote mínimo y no la vivienda mínima: sobre ese lote y de acuerdo con la capacidad de gestión municipal es posible adelantar una estrategia de vivienda mínima y/o vivienda progresiva.

• La regulación establece un mínimo y no un único. En consecuencia es de esperar que la aplicación de los POT y la buena gestión pública municipal favorezca la oferta de mayores dimensiones de lote, en concordancia con el mercado del suelo.

MARCO TECNICO: CONCEPTUALIZACION

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La regulación establece un mínimo y no un único. En consecuencia es de esperar que la aplicación de los POT y la

buena gestión pública municipal favorezca la oferta de mayores dimensiones de lote, en concordancia con el

mercado del suelo.

MARCO TECNICO: CONCEPTUALIZACION

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MARCO TECNICO: CONCEPTUALIZACIONÁrea mínima de lote para VIS Tipo 1 y 2:

TIPO DE VIVIENDA LOTE MÍNIMOFRENTE MÍNIMO

AISLAMIENTO POSTERIOR

MÍNIMO

Vivienda unifamiliar 35 m2 3.50 m 2.00 m

Vivienda bifamiliar 70 m2 7.00 m 2.00 m

Vivienda multifamiliar 120 m2 •- •-

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MARCO TECNICO: CONCEPTUALIZACION

Porcentaje de cesiones urbanísticas gratuitas:

El porcentaje mínimo de las cesiones urbanísticas gratuitas para el desarrollo de programas VIS Tipo 1 y 2 será del 25% del Área Neta Urbanizable, distribuido así:

Para espacio público •Entre el 15% al 20% del área neta urbanizable

Para equipamiento •Entre el 5% al 10% del área neta urbanizable

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En las áreas urbanas y de expansión por desarrollar en cada municipio, existen unas áreas reservadas en el POT para la localización y construcción de la infraestructura urbana (Sistema vial, transporte, redes de servicios públicos).

Al iniciar la estructuración del proyecto se deben descontar al área del predio a desarrollar, las áreas correspondientes a las afectaciones urbanísticas y las destinadas por el POT a la protección de los recursos naturales.

Area Bruta del lote

TIPO AREA TIPO AREA NORMA QUE APLICANORMA QUE APLICA %%

AREA BRUTA LOTE 100

Afectaciones urbanas POT

Protección Recursos Naturales

POT

1. AREA BRUTA DEL LOTE

MARCO TECNICO: APLICACION

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Una vez obtenida el Area Neta Urbanizable resultado de descontar las afectaciones y las áreas para la protección de los recursos naturales; se descuenta de esta área el porcentaje de las Cesiones urbanísticas Gratuitas, establecidas en los decretos 2060 y 2083 de 2004; igualmente se descuenta el área correspondiente de aplicar los perfiles viales definidos en el POT.

TIPO AREA TIPO AREA NORMA QUE APLICANORMA QUE APLICA %%

Área Neta Urbanizable 100

Cesiones Urbanísticas Gratuitas:

Espacio Público y Zonas Verdes

Decreto 2060 de 2004 25

Perfil vías locales POT

Cesión de equipamiento

Vías locales

Cesión de Espacio Público

2. AREA NETA URBANIZABLE

MARCO TECNICO: APLICACION

Área Neta Urbanizable

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El área útil es el área que resulta de descontar del Area Neta Urbanizable de un terreno que se va a urbanizar, las áreas de Cesiones Urbanísticas Gratuitas (Espacio Público y equipamiento) y las vías locales y/o secundarias.

En el área útil se calcula el número posible de soluciones de vivienda resultado de aplicar el área del lote de los decretos 2060 y 2083 de 2004; con la exigencia de parqueaderos establecida en el Plan de Ordenamiento Territorial.

TIPO AREA TIPO AREA NORMA QUE APLICANORMA QUE APLICA %%

Loteo Decreto 2083 de 2004

Parqueaderos privados - visitantes

POT

3. AREA UTIL

Area a ocupar

Parqueaderos proyecto

MARCO TECNICO: APLICACION

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• Beneficios para las ciudades colombianas

- Favorecer la gestión y administración racional del suelo urbano

- Promover el uso del instrumental de la Ley 388/97

- Garantizar estándares de calidad en el espacio público

- Facilitar la oferta de vivienda tipo 1 y 2, garantizando en todo caso un lote mínimo

MARCO TECNICO: VISION URBANA

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MARCO TECNICO: NORMA POT CALI

Porcentaje de cesiones urbanísticas gratuitas:

Las áreas de cesión de la malla vial de los predios objeto del proceso de desarrollo urbanístico.- Areas de cesión pública: para espacio público, equivalente al 18% del área bruta y para equipamientos, equivalentes al 3% del área bruta.

Para espacio público •18% del área bruta

Para equipamiento •3% del área bruta

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Sistemas de Organización Espacial de Unidades Prediales.

Sistema de Loteo Individual. Se aplica a proyectos cuyas condiciones de organización espacial permitan producir unidades prediales privadas, vinculadas directamente al espacio público, las cuales se rigen tanto para desarrollo normal como desarrollo progresivo, por las siguientes dimensiones mínimas:

MARCO TECNICO: NORMA POT CALI

Tipo de Vivienda Lote Mínimo Frente Mínimo

Viviendas unifamiliares 72 M² 6 metros

Viviendas bifamiliares 105 M² 7 metros

Viviendas multifamiliares 252 M² 12 metros

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Sistema de Agrupación o de Conjunto. Se aplica a proyectos cuyas condiciones de organización espacial permiten producir unidades de propiedad privada, que pueden tener diversas formas de propiedad común, tales como la propiedad horizontal o copropiedad. El sistema de agrupación permite desarrollar unidades de construcción con diseño arquitectónico unificado en superlotes o en agrupaciones de lotes con régimen de copropiedad.

MARCO TECNICO: NORMA POT CALI

Agrupación Unifamiliar Vivienda de Interés Social

Indice Sin Transferencia Con Transferencia

Indice máximo de Ocupación (IO) sobre ANU

0.70 0.78

Altura máxima 3 pisos 3 pisos

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