REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA
-
Upload
orestes-kristopher -
Category
Documents
-
view
67 -
download
3
description
Transcript of REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACION UNIVERSITARIAUNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELAESCUELA NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
ESPECIALIDAD EN GESTIÓN JUDICIAL
Venezuela
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
CUMPLIMIENTO = EJECUCIÓN = PAGOCUMPLIMIENTO = EJECUCIÓN = PAGO
Artículo 1.264 C.C.
“Las obligaciones deben cumplirse exactamente como han sido contraídas. El deudor es responsable de
daños y perjuicios en caso de contravención.”
Cumplimiento en especie
(Ejecución tal como fue contraída)
Cumplimiento en equivalente
(Pago de los dañosy perjuicios)
www.annurlaluz.wordpress.com MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
Artículo 1.270 C.C.
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
www.annurlaluz.wordpress.com
EFECTOS DEL CUMPLIMIENTO
EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN
LIBERACIÓN DEL
DEUDOR
EXTINCIÓNDE LAS
ACCIONES DEL ACREEDOR
MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
1.- FORMAS GENERALES 1.- FORMAS GENERALES DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONESDE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
A.- La Ejecución de la Prestación
Ejecución en Especie o Específica
Ejecución por Equivalente
B.- Voluntariedad en el Cumplimiento
Cumplimiento Voluntario
Cumplimiento Forzoso
c.- Persona que Ejecuta la Obligación
Cumplimiento o Ejecución directa
Cumplimiento o Ejecución Indirecta
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
www.annurlaluz.wordpress.com MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
A.- Según la ejecución de la prestación tal como se contrajo:
Art. 1264 C.C.
Principio de identidad Art. 1290
C.C.
Principio de Integridad Art. 1291
C.C.
Ejecución en Especie o Específica
El objeto perece o indisponible Por la naturaleza de la ejecución Por voluntad de las partes
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
www.annurlaluz.wordpress.com MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
Generalmente el Pago de Daños y Perjuicios
- Por inejecución de la obligación (Daños y perjuicios compensatorios)
- Por retardo en la ejecución (Daños y perjuicios moratorios)
Artículos 1264-1290 C.C.
Limitaciones: Mora del deudor: Interés del acreedor –Art. 1266 y 1268 C.C.-Art. 1167 C.C.
Principio de la Prioridad de la
Ejecución es Especie
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
www.annurlaluz.wordpress.com
Art. 1264 – 1271 C.C
MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
FORMAS GENERALES
- Cumplimiento Voluntario:
Es aquella en la cual el deudor por su propia voluntad y sin medio coactivo alguno, cumple la obligación contraída.
-Cumplimiento Forzoso: Consiste en el cumplimiento coactivo que le es impuesto el deudor por los tribunales de justicia, a petición del acreedor, cuando no cumple voluntariamente su obligación.
¿ La ejecución forzosa es igual a la ejecución por equivalente?
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
www.annurlaluz.wordpress.com MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
- Cumplimiento Directo:
Consiste en la ejecución de la obligación por la misma persona del deudor que la ha contraído.
Obligaciones que exigen sean ejecutadas por el propio deudor: Las personalísimas, Artículo 1284 C.C.
- Cumplimiento Indirecto:
Consiste en la ejecución de la obligación por persona o medios distintos del deudor que la contrajo.
Ejemplos: Artículos 1266 y 1268 C.C. Entrega material por el Tribunal.
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
www.annurlaluz.wordpress.com MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
-Fundamento Legal: Art. 1285 C.C.1p. Excepción: Art. 1285 C.C. 2p.
-Modo de Cumplimiento: Articulo 1161 C.C.-Excepciones: Art. 1 LVCRD, Término o condición.
Obligaciones consecuenciales de dar: - Artículo 1293 C.C. - Artículo 1294 C.C.
www.annurlaluz.wordpress.com
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
- Ser titular de derecho real- Capacidad negocial
2.- MODOS DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE DAR, HACER Y NO HACER
MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
- Cumplimiento en Especie: - Cumplimiento directo:
Art. 1284 C.C. ¿Interés?
- Cumplimiento indirecto: Art. 1266 C.C. ¿Autorización?
- Cumplimiento por equivalente: Pago de daños y perjuicios compensatorios Art. 1264 y 1271 C.C.
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
www.annurlaluz.wordpress.com
2.- MODOS DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE DAR, HACER Y NO HACER
MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
www.annurlaluz.wordpress.com
2.- MODOS DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE DAR, HACER Y NO HACER
-Cumplimiento en especie parcial. Art. 1266, 2 p. - 1268 C.C.
-Cumplimiento por equivalente
¿Daños y perjuicios moratorios?
-El Incumplimiento
es Definitivo
MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
3. CUMPLIMIENTO FORZOSO DE LAS
OBLIGACIONES
C.P.C. Artículos 527 528 529 530 531
www.annurlaluz.wordpress.com
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
¿ EN QUE CONSISTE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ?
EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
Es la inejecución de la obligación, al no realizar el deudor el comportamiento o conducta que se ha comprometido.
Puede ser total o parcial; permanente o temporal; por hechos imputables al deudor o causas extrañas no imputables al mismo.
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
www.annurlaluz.wordpress.com MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
www.annurlaluz.wordpress.com
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
- FORMAS GENERALES DE INCUMPLIMIENTO.
a.- Según su naturaleza propia: Puede ser total o parcial.
b.- Según su duración: Puede ser definitivo o temporal.
c.- Según su origen consista en hechos imputables al deudor: Imputable al deudor o por causa extraña no imputable.
MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
a.- Según su naturaleza propia: Puede ser total o parcial.
TOTAL: Absoluta inejecución de la obligación.
PARCIAL: No se realiza la prestación en las condiciones establecidas.
b.- Según su duración: Puede ser definitivo o temporal.
DEFINITIVO O PERMANENTE: Ha vencido el término esencia, ha perecido la cosa, manifestación de no cumplimiento.
TEMPORAL: Consiste en un retardo en la ejecución de la obligación.
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
www.annurlaluz.wordpress.com
FORMAS GENERALES DE INCUMPLIMIENTO.
MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
c.- Según su origen consista en hechos imputables al deudor:
- Por causa extraña no imputable o incumplimiento involuntario:
La inejecución deviene por hechos, obstáculos o causas sobrevenidas, es decir luego del nacimiento de la obligación, que son independientes de la voluntad del deudor.
- Imputable al deudor o incumplimiento voluntario o culposo:
Consiste en la inejecución motivada por un obstáculo o causa que objetivamente es imputable al deudor.
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
www.annurlaluz.wordpress.com
FORMAS GENERALES DE INCUMPLIMIENTO.
MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
Ha sido una Hermosa y Productiva Jornada…
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
www.annurlaluz.wordpress.com MARBELLA FLORVILLE OROCOPEY
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
MARBELLA FLORVILLE OROCOPEYAbogada
www.annurlaluz.wordpress.com