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www.gobiernoenlinea.gov.co SISTEMA ÚNICO DE TRÁMITES Página 1 de 5 Asignación, reconocimiento o renovación de código de Notificación Sanitaria Obligatoria para productos Cosméticos INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS Todo requisito, para que sea exigible al administrador deberá encontrarse inscrito en el Sistema Único de Información de Trámites - SUIT, que coordina el Departamento Administrativo de la Función Pública [ Ley 962 de 2005 ]. En qué consiste... Realizar aviso de la puesta del producto en el mercado, con el fin de que sea asignado, renovado o reconocido el código de notificación sanitaria obligatoria por el INVIMA Resultado... * Notificación sanitaria obligatoria para productos cosméticos (1 DIA(S) HÁBIL(ES)) Fundamento legal... * Resolución 2014034350 del año 2014 todos http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=36483 * Resolución 2014026516 del año 2014 todos http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=36482 * Resolución 1229 del año 2013 todos http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=16965 * Resolución 1482 del año 2012 todos http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=16967 * Resolución 1333 del año 2010 todos http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=16968 * Resolución 797 del año 2004 http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=11924

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Asignación, reconocimiento o renovación de código deNotificación Sanitaria Obligatoria para productos Cosméticos

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOSTodo requisito, para que sea exigible al administrador deberá encontrarse

inscrito en el Sistema Único de Información de Trámites - SUIT, que coordinael Departamento Administrativo de la Función Pública [ Ley 962 de 2005 ].

En qué consiste...

Realizar aviso de la puesta del producto en el mercado, con el fin de que sea asignado, renovado oreconocido el código de notificación sanitaria obligatoria por el INVIMA

Resultado...

* Notificación sanitaria obligatoria para productos cosméticos (1 DIA(S) HÁBIL(ES))

Fundamento legal...

* Resolución 2014034350 del año 2014 todoshttp://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=36483

* Resolución 2014026516 del año 2014 todoshttp://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=36482

* Resolución 1229 del año 2013 todoshttp://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=16965

* Resolución 1482 del año 2012 todoshttp://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=16967

* Resolución 1333 del año 2010 todoshttp://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=16968

* Resolución 797 del año 2004http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=11924

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* Resolución 3774 del año 2004http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=11925

* Resolución 3773 del año 2004http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=11928

* Resolución 3132 del año 1998http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=11919

* Ley 399 del año 1997http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=11892

* Norma internacional 783 del año 2013 todoshttp://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=16964

* Norma internacional 777 del año 2012 todoshttp://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=16963

* Norma internacional 516 del año 2002http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=16961

* Decreto 219 del año 1998 Artículos 13-85http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=11900

* Resolución 34419 del año 2013http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=40677

* Circular 100001382004 del año 2009http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=40678

* Circular 100004392013 del año 2013http://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=40680

* Resolución 3772 del año 2013 todoshttp://www.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?A=40681

Qué se necesita...

1. Realizar pago

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* Pago:Asignación, reconocimiento o renovación de código de notificación sanitaria obligatoria deproductos cosméticos. código 1027 (1,859,514.00 Pesos ($))

Información bancaria:* Banco Davivienda (CORRIENTE-002869998688)

2. Reunir documentos

* Formulario: FORMULARIO ÚNICO DE SOLICITUD NSO NUEVA DE COSMÉTICOS. Elformulario debe encontrarse debidamente diligenciado y firmado por el Representante Legal y elResponsable Técnico que debe ser un Químico Farmacéutico, que debe encontrarse domiciliado enel país de la subregión CAN..

* Formulario: FORMATO ÜNICO DE SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE NSO PARACOSMÉTICOS. El formulario debe encontrarse debidamente diligenciado y firmado por elRepresentante Legal y el Responsable Técnico que debe ser un Químico Farmacéutico, que debeencontrarse domiciliado en un país de la subregión..

* Formulario: FORMATO ÚNICO DE SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE NSOPARA COSMÉTICOS. El formulario debe encontrarse debidamente diligenciado y firmado por elRepresentante Legal y el Responsable Técnico que debe ser un Químico Farmacéutico, que debeencontrarse domiciliado en un país de la subregión..

* Verificación: Estar inscrito en la Cámara y Comercio como persona jurídica o persona natural.

* Documento: Certificado de venta libre. En la cual conste que el producto ha sido autorizadopara su utilización en el territorio del país de origen expedido por la autoridad sanitaria donde seindique el nombre del producto, forma cosmética y grupo cosmético.Este documento deberá estarautenticado por el respectivo cónsul colombiano y por el Ministerio de Relaciones Exteriores ocon sello de Apostillé, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 48, 65 y 259 del Códigode Procedimiento Civil, según sea el caso y cuando no estén en idioma castellano requerirántraducción oficial. La fecha de expedición de estos documentos deberá ser inferior a cinco (5) añoscontados desde la fecha de presentación de la correspondiente notificación sanitaria obligatoria.Este documento solo aplica para productos importados provenientes de terceros países que no seencuentren en la Subregión.

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* Documento: Autorización de fabricante al importador. Aplica si el producto cosmético esimportado

* Documento: Contrato de fabricación suscrito entre el titular y el fabricante. El cual indique elnombre del producto a fabricar, actividades de fabricación y controles de calidad si aplica, suscritoentre las dos partes. Solo aplica para productos nacionales

* Documento: Proyecto de artes finales a color de etiquetas, rótulos y empaques. La etiqueta debedar cumplimiento a lo estipulado en los artículos 18-22 de la Decisión 516 de 2002

* Documento: Justificación de las bondades y proclamas de carácter cosmético. Cuya no veracidadpueda representar un problema para la salud. No se aceptarán proclamas de tipo terapéutico.

* Documento: Ficha técnica con fórmula cualitativa básica y secundaria. Con parámetrosestablecidos en nomenclatura INCI

* Documento: Ficha técnica con fórmula cuantitativa para sustancias de uso restringido y activos.Con parámetros establecidos en nomenclatura INCI

* Documento: Ficha técnica con especificaciones organolépticas y fisicoquímicas del productoterminado.

* Documento: Especificaciones microbíológicas. Cuando corresponda a la luz de la resolución1482 de 2012

* Documento: Instrucciones de uso del producto. Cuando corresponda

* Documento: Material del envase primario.

* Documento: Recibo de pago o comprobante de transferencia electrónica. al carbón.

* Documento: Declaración del fabricante en caso de maquila. En caso de regímenes desubcontratación o maquila para productos fabricados fuera de la subregión

Excepción: En caso de actuar por medio de abogado

* Verificación: Que el establecimiento cuente con certificado de capacidad de producción omínimo el acta de visita con concepto favorable, el cual se verificará en la base de datos de INVIMA

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3. Radicar documentos

* Canal de atención: Entregar la documentación en la ventanilla de atención al usuario o enviarla documentacíón mediante correo certificado.En caso de no allegar la documentación completa, sedevolverán los documentos y no se radicará la solicitud

Medio: PRESENCIAL

4. Recibir por correo electrónico el código de notificación sanitaria obligatoria asignado por INVIMA

* Canal de atención:Medio: WEB (http://web.sivicos.gov.co:8080/documentos/consdoc_encab.jsp)

Medio para seguimiento...

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOSCarrera 10 No. 64 - 282948700

* WEB.Chathttps://www.invima.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=2661&Itemid=145

* TELEFONICO.Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 4:30 p.m.2948700 Ext: 3716

* PRESENCIAL.INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOSBOGOTA, DISTRITO CAPITAL (BOGOTÁ D. C.)Lunes a Viernes 7:30 am a 3:30 pmCR 10 # 64 - 282948700