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Page 1: REPÚBLICA DE COLOMBIA Orden...y Orden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PlIBLlCO '.'1".: .1' DECRETO· 7 O 4 Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario

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REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

1

libertod yOrden

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PlIBLlCO

1 1

DECRETOmiddot 7 O 4

Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten

de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos de empleados y

las asociaciones mutuales

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por los numerales 11 y 25 del artiacuteculo 189 de la Constitucioacuten Poliacutetica los literales f g Y h del numeral 1 del artiacuteculo 48 del Estatuto Orgaacutenico del Sistema Financiero el artiacuteculo 46 del Decreto Ley 1480 de 1989 los artiacuteculos 22 y 23 del Decreto Ley 1481 de 1989 y el paraacutegrafo 2deg del artiacuteculo 39 de la Ley 454 de 1998 y

CONSIDERANDO

Que las organizaciones de la economiacutea solidaria que prestan servicios de ahorro y creacutedito esto es las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las asociaciones mutuales requieren de herramientas efectivas que les permitan atender adecuadamente las obligaciones derivadas de las sumas depositadas en la organizacioacuten

Que para el efecto el caacutelculo de la exposicioacuten al riesgo de liquidez y la constitucioacuten de un fondo de liquidez constituyen los principales mecanismos de administracioacuten de dicho riesgo para el sector

Que en esta materia se ha identificado la necesidad de ajustar algunas disposiciones vigentes con el fin de acoger los uacuteltimos avances de los estaacutendares internacionales que involucran etapas de identificacioacuten medicioacuten control y monitoreo del riesgo de liquidez asiacute como eliminar arbitrajes regulatorios y optimizar el funcionamiento y la supervisioacuten del cumplimiento de tales disposiciones

administracioacuten

DECRETO DE704 2 de 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 5 Decreto Uacutenico del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y

riesgo de liquidez ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las

mutuales

Que dentro del traacutemite del proyecto de Decreto se cumplioacute con las formalidades previstas en el numeral 8 artiacuteculo 8 de la Ley 1437 2011 y artiacuteculo 212114 del Decreto 1081 de 201

Que el Consejo Directivo la Unidad Administrativa de Proyeccioacuten Normativa y Estudios de Regulacioacuten Financiera-URF aproboacute por unanimidad el contenido del presente Decreto de conformidad con el No 002 del 20 febrero de 9

Artiacuteculo 1 Modifiacutequese el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 2115218 del Decreto 1068 de 201 el cual quedaraacute

Paraacutegrafo 2 El fondo de liquidez que trata el Capiacutetulo II del Tiacutetulo 7 la 11 Libro 2 presente Decreto se clasificaraacute acuerdo con la categoriacutea que corresponda a las inversiones lo componen

del Decreto 1 068 201 el cual quedaraacute Artiacuteculo Modifiacutequese el artiacuteculo 11

Artiacuteculo 2115225 Concentracioacuten de aportes sociales y captaciones Superintendencia de la Solidariacutea impartiraacute instrucciones necesarias para la identificacioacuten medicioacuten control y monitoreo del riesgo de liquidez los Fondos de Empleados de categoriacutea plena derivado de la concentracioacuten de aportes sociales y captaciones en depoacutesitos ahorro a la vista a teacutermino contractual y modalidades captacioacuten en un asociado o grupo conectado de asociados

Artiacuteculo 3 Modifiacutequese la denominacioacuten del Tiacutetulo 7 de la Parte 11 del Libro 2 del Decreto 1068 de 201 la cual quedaraacute

TiacuteTU 7

NORMAS SOBRE LA GESTiOacuteN Y ADMINISTRACiOacuteN DE RIESGO DE LIQUIDEZ DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREacuteDITO LAS COOPERATIVAS

MULTI ACTIVAS E INTEGRALES CON SECCiOacuteN DE AHORRO Y CREacuteDITO LOS FONDOS DE EMPLEADOS Y LAS ASOCIACIONES MUTUALES

Artiacuteculo 4 Modifiacutequese el artiacuteculo 211 12 del Decreto 1068 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 1171 Identificacioacuten medicioacuten control y monitoreo del riesgo de liquidez Las cooperativas de ahorro y ito cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las asociaciones mutuales una gestioacuten y administracioacuten del de liquidez que les permita identificar medir controlar y monitorear su exposicioacuten tanto en las

DECRETO DE 3 8704 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y creacutedito multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito

mutuales

posiciones del balance como fuera de eacutel con el objeto cambios que ocasionen peacuterdidas en los estados

Superintendencia de la Economiacutea Solidaria impartiraacute las para la identificacioacuten medicioacuten control y monitoreo riesgo liquidez a lo previsto en el presente Tiacutetulo En lo no previsto la entidad de tomaraacute en cuenta las recomendaciones del Comiteacute para Bancaria consultando en todo caso la naturaleza de presente Tiacutetulo

Sin perjuicio lo anterior la Superintendencia que entidades de que trata el presente medicioacuten control y monitoreo del riesgo de con una estructura acorde con sus caracteriacutesticas su tamantildeo y la complejidad adopten poliacuteticas para el manejo de liquidez que cumplan los

las mismas sean incorporadas en sus manuales y procedimientos

1 Cada entidad debe contar con una estrategia general para la gestioacuten de su de liquidez la cual debe ser aprobada por Consejo de Administracioacuten y la Alta

orcnll~ y comunicada a toda la organizacioacuten Dicha incorporar la definicioacuten de planes que permitan mitigar la exposicioacuten al liquidez en

normales de operacioacuten de la entidad como los planes contingencia se ejecutaraacuten en situaciones excepcionales o de crisis de la o

El Consejo de Administracioacuten debe asegurarse que los gerentes necesarias para monitorear y controlar el riesgo de liquidez y de cualquier cambio significativo

estrategia para el manejo de liquidez debe contener entre poliacuteticas para su mitigacioacuten los liacutemites de exposicioacuten y los adecuada implementacioacuten y funcionamiento del de riesgo

4 Cada entidad debe tener un sistema adecuado de control interno administracioacuten de riesgo de liquidez que incluya entre otros

regulares y evaluaciones permanentes internos o externos sistema para garantizar que se efectuacuteen resultados de dichas revisiones deben estar disponibles supervisioacuten

5 Cada entidad debe tener un mecanismo para un nivel revelacioacuten de informacioacuten de la organizacioacuten de economiacutea solidaria con el fin

permitir la percepcioacuten del puacuteblico sobre la realidad de la organizacioacuten y su situacioacuten

Artiacuteculo Modifiacutequese el artiacuteculo 211713 del 1068 cual quedaraacute

lo previsto en los artiacuteculos

y administracioacuten del riesgo

informacioacuten necesarios

DECRETO 70 4 de 8

Continuacioacuten del Decreto el cual se modifica el Decreto 1068 de 201 Uacutenico Reglamentario del Sector y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez cooperativas de ahorro y multiactiacutevas e integrales con ahorro y creacutedito los fondos asociaciones mutuales

Artiacuteculo 21171 Criterios para la identificacioacuten control y monitoreo del riesgo de Superintendencia de Economiacutea impartiraacute instrucciones definir entre otros la metodologiacutea y paraacutemetros para el caacutelculo exposicioacuten al riesgo de liquidez la distribucioacuten de saldos con sus vencimientos contractuales o los horizontes de anaacutelisis y corte para su evaluacioacuten Para el consideraraacuten los diferentes supervisioacuten lo previsto en el inciso

211712 y en el caso de Empleados de categoriacutea plena disposiciones del artiacuteculo 211 presente Decreto

El anaacutelisis del grado de exposicioacuten riesgo de liquidez no deberaacute proyecciones de futuras captaciones y colocaciones respecto de las un compromiso contractual

Paraacutegrafo Se entiende por vencimiento esperado aquel que es mediante anaacutelisis estadiacutesticos debido a que para algunos nO se conocen las fechas vencimiento

Artiacuteculo 6 Modifiacutequese el inciso artiacuteculo 211714 del Decreto 1068 2015elcualquedaraacute

de este comiteacute no eximiraacute responsabilidades que en identificacioacuten medicioacuten control y monitoreo los riesgos tienen el Consejo

Administracioacuten los representantes y los demaacutes administradores entidad

Artiacuteculo 7 Modifiacutequese el artiacuteculo 11 1 del Decreto 1068 de 201 quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 211715 Objetivos del Interno de Administracioacuten del de Liquidez El objetivo primordial Liquidez seraacute Consejo de Administracioacuten y a la institucioacuten en la apetito y la tolerancia al como la definicioacuten seguimiento y control

y 11 1 del presente Decreto para lo deberaacute cuando menos cumplir COn siguientes funciones

las poliacuteticas y mecanismos adecuados para la velar por la capacitacioacuten del personal

en lo referente a este tema y por el establecimiento de los

2 Asesorar al Consejo de Administracioacuten en la definicioacuten de los liacutemites de exposicioacuten riesgo de liquidez los planes que permitan mitigar la exposicioacuten a en

situaciones normales de operacioacuten contingencia y las medidas mitigacioacuten de dicho riesgo

fiscal

Paraacutegrafo 1 Respecto

DECRETO DE 5 de 8 704 Continuacioacuten del Por el se modifica el Decreto 1068 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten las de y creacutedito cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos empleados y las asociaciones mutuales

Presentar perioacutedicos Consejo Administracioacuten sobre anaacutelisis y recomendaciones en relacioacuten con la exposicioacuten riesgo liquidez de la organizacioacuten y las acciones correctivas que deben adoptarse

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese la denominacioacuten del Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 7 de la Parte 11 del 2 del 1068 de 201 la cual asiacute

CAPITULO 11

Fondo de liquidez para cooperativas de ahorro y creacutedito cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten ahorro y creacutedito fondos

empleados y asociaciones mutuales

Artiacuteculo 9 Modifiacutequese artiacuteculo 11 21 Decreto 1 068 2015 quedaraacute

Artiacuteculo 211 Monto exigido Las entidades de trata el Tiacutetulo deberaacuten mantener permanentemente un monto equivalente a por lo menos el diez por ciento (10) de los en las siguientes entidades

1 Establecimientos de creacutedito vigilados por la Superintendencia Financiera de efecto los recursos se deberaacuten mantener en cuentas ahorro

cuentas certificados de depoacutesito a teacutermino certificados de ahorro a teacutermino o bonos ordinarios emitidos por la entidad

fondos de inversioacuten colectiva administrados por fiduciarias o sociedades comisionistas de vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia fondos corresponder exclusivamente a fondos inversioacuten colectiva mercado monetario o fondos inversioacuten colectiva abiertos pacto de permanencia cuya poliacutetica de inversioacuten yo composicioacuten se asimilen a los fondos inversioacuten colectiva del mercado

mantenerse en instrumentos o tiacutetulos maacutexima liquidez y seguridad

ambos casos los recursos

El monto del fondo se estableceraacute tomando para efecto el de depoacutesitos registrado en los financieros del periacuteodo objeto de rI verificados

los ahorros permanentes monto miacutenimo a mantener como fondo de liquidez seraacute el dos por ciento (2) saldo de depoacutesitos

y cuando estatutos la entidad que los mismos pueden ser uacutenicamente al momento de la desvinculacioacuten definitiva asociado los

estatutos que ahorros permanentes ser retirados en forma parcial el minimo a mantener en fondo de por este concepto seraacute del por ciento (10)

DECRETO 70 DE Paacutegina 6 de 8

Continuacioacuten del Decreto el cual se el Decreto 1068 Decreto Uacutenico del y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y

administracioacuten de riesgo liquidez de las de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos empleados y

mutuales

Paraacutegrafo 2 La Superintendencia de la Solidaria establecer liacutemites individuales para los instrumentos previstos en los numerales 1 y 2 del

artiacuteculo

artiacuteculo 211 del Decreto 1 de 2015 el cual

Artiacuteculo 211722 Cumplimiento del fondo de liquidez se constante y en forma permanente durante el periacuteodo El fondo

liquidez podraacute disminuir solamente por utilizacioacuten de los recursos para atender de originadas en la de obligaciones derivadas de los

de la entidad o por efecto de una disminucioacuten de los depoacutesitos de la entidad

permaneceraacuten o en un LJ Lv

Financiera de

artiacuteculo 211 del Decreto 1 068

la custodia del Centralizado

y deberaacuten

2015 el clJal

211723 Condiciones especiales para el uso del fondo de que trata el Tiacutetulo podraacuten fondo

previo aviso a Superintendencia Economiacutea entidad que verificaraacute que su utilizacioacuten obedecioacute exclusivamente a las causas descritas en artiacuteculo 11722 del Decreto Con aviso las entidades deberaacuten informar

los recursos seraacuten utilizados y un plan de accioacuten reconstitucioacuten

Paraacutegrafo 1 Solidaria no implica

en forma previa a la Superintendencia previa por parte la entidad

Paraacutegrafo Para todos sus efectos el plan de del fondo liquidez corresponde a un incumplimiento

y mantener liquidez

la Economiacutea y control

reconstitucioacuten la obligacioacuten de

Modifiacutequese artiacuteculo 211 del Decreto 1068 de 2015 el cual

Artiacuteculo 211724 Presentacioacuten que trata el Tiacutetulo deberaacuten a la iacutea Solidaria el

monto y composicioacuten fondo de liquidez como el saldo de sus depoacutesitos en el formato para el defina el ente control y con la periodicidad

iexclente a cada nivel de supervisioacuten extractos cuenta y demaacutes comprobantes que determine la Superintendencia de la Solidaria expedidos por la entidad depositaria de los deben reposar en organizacioacuten y disponibles en todo momento para autoridades de supervisioacuten

maacuteximo de instrucciones de

704 DE

Continuacioacuten de Decreto el cual se modifica el Decreto 1068 Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo administracioacuten de riesgo de las de ahorro y multiactivas e integrales con de y creacutedito los fondos

mutuales

informes a que se el presente artiacuteculo deberaacuten validados y auditados por parte del revisor de la entidad

11 1 del Decreto 1

Paacutegina 7 8

2015 Decreto Uacutenico con la gestioacuten y las cooperativas

empleados y

debidamente

de 2015 el cual Artiacuteculo 1 Modifiacutequese quedaraacute

Artiacuteculo 211731 Supervisioacuten vigilancia y control verificacioacuten del cumplimiento de lo previsto en el presente Tiacutetulo a cargo la Superintendencia

necesarias liquidez y demaacutes

de la Economiacutea Solidaria que ademaacutes impartiraacute las para la identificacioacuten control y monitoreo del riesgo disposiciones necesarias la aplicacioacuten previsto en el Tiacutetulo

En todo la respectiva entidad de supervisioacuten deberaacute efectuar un seguimiento mensual los costos captaciones de una de las entidades de acuerdo con los formatos que se adopten para el efecto

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 211 Decreto 1 201 el cual quedaraacute

1733 Armonizacioacuten de terminologiacutea Para del presente entenderse que referencias hechas a Consejos de Administracioacuten se

entienden extensivas a Juntas Directivas fondos de y de las mutuales Del mismo modo cuando Tiacutetulo se

Vigilancia tal referencia se a las juntas control social mutuales ya los comiteacutes control social de empleados

Artiacuteculo

Juntas de

Instrucciones la Superintendencia de la Economiacutea Solidaria La de la Economiacutea Solidaria expedir y publicar instrucciones

yo modificaciones a las instrucciones vigentes que resulten para el cumplimiento del presente decreto a maacutes (6) meses siguientes a la fecha de publicacioacuten del presente

Dichas instrucciones deberaacuten prever un cronograma aplicacioacuten en cuenta caracteriacutesticas y tipos de organizaciones El plazo

un (1) antildeo contado a partir de la fecha publicacioacuten presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1 Reacutegimen de transicioacuten Las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas con de ahorro y los fondos empleados y las asociaciones mutuales dar cumplimiento a las presente decreto a partir de las que determine el cronograma previsto en inciso segundo del artiacuteculo anterior

Artiacuteculo 17 Vigencia El decreto rige a partir de la fecha su publicacioacuten sin perjuicio del reacutegimen de transicioacuten previsto en artiacuteculo 16 del mismo y modifica la denominacioacuten del Tiacutetulo 7 la 11 del Libro 2 y su Capiacutetulo 11 paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 115218 artiacuteculo 11 artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo 21171 inciso tercero artiacuteculo 21171 el artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo

dentro de

DECRETO 704 DE Paacutegina 8 de 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las asociaciones mutuales

211721 el artiacuteculo 211722 el artiacuteculo 211723 el artiacuteculo 211724 el artiacuteculo 211731 y el artiacuteculo 211733 del Decreto 1068 de 2015

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERAiquest

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administracioacuten

DECRETO DE704 2 de 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 5 Decreto Uacutenico del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y

riesgo de liquidez ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las

mutuales

Que dentro del traacutemite del proyecto de Decreto se cumplioacute con las formalidades previstas en el numeral 8 artiacuteculo 8 de la Ley 1437 2011 y artiacuteculo 212114 del Decreto 1081 de 201

Que el Consejo Directivo la Unidad Administrativa de Proyeccioacuten Normativa y Estudios de Regulacioacuten Financiera-URF aproboacute por unanimidad el contenido del presente Decreto de conformidad con el No 002 del 20 febrero de 9

Artiacuteculo 1 Modifiacutequese el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 2115218 del Decreto 1068 de 201 el cual quedaraacute

Paraacutegrafo 2 El fondo de liquidez que trata el Capiacutetulo II del Tiacutetulo 7 la 11 Libro 2 presente Decreto se clasificaraacute acuerdo con la categoriacutea que corresponda a las inversiones lo componen

del Decreto 1 068 201 el cual quedaraacute Artiacuteculo Modifiacutequese el artiacuteculo 11

Artiacuteculo 2115225 Concentracioacuten de aportes sociales y captaciones Superintendencia de la Solidariacutea impartiraacute instrucciones necesarias para la identificacioacuten medicioacuten control y monitoreo del riesgo de liquidez los Fondos de Empleados de categoriacutea plena derivado de la concentracioacuten de aportes sociales y captaciones en depoacutesitos ahorro a la vista a teacutermino contractual y modalidades captacioacuten en un asociado o grupo conectado de asociados

Artiacuteculo 3 Modifiacutequese la denominacioacuten del Tiacutetulo 7 de la Parte 11 del Libro 2 del Decreto 1068 de 201 la cual quedaraacute

TiacuteTU 7

NORMAS SOBRE LA GESTiOacuteN Y ADMINISTRACiOacuteN DE RIESGO DE LIQUIDEZ DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREacuteDITO LAS COOPERATIVAS

MULTI ACTIVAS E INTEGRALES CON SECCiOacuteN DE AHORRO Y CREacuteDITO LOS FONDOS DE EMPLEADOS Y LAS ASOCIACIONES MUTUALES

Artiacuteculo 4 Modifiacutequese el artiacuteculo 211 12 del Decreto 1068 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 1171 Identificacioacuten medicioacuten control y monitoreo del riesgo de liquidez Las cooperativas de ahorro y ito cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las asociaciones mutuales una gestioacuten y administracioacuten del de liquidez que les permita identificar medir controlar y monitorear su exposicioacuten tanto en las

DECRETO DE 3 8704 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y creacutedito multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito

mutuales

posiciones del balance como fuera de eacutel con el objeto cambios que ocasionen peacuterdidas en los estados

Superintendencia de la Economiacutea Solidaria impartiraacute las para la identificacioacuten medicioacuten control y monitoreo riesgo liquidez a lo previsto en el presente Tiacutetulo En lo no previsto la entidad de tomaraacute en cuenta las recomendaciones del Comiteacute para Bancaria consultando en todo caso la naturaleza de presente Tiacutetulo

Sin perjuicio lo anterior la Superintendencia que entidades de que trata el presente medicioacuten control y monitoreo del riesgo de con una estructura acorde con sus caracteriacutesticas su tamantildeo y la complejidad adopten poliacuteticas para el manejo de liquidez que cumplan los

las mismas sean incorporadas en sus manuales y procedimientos

1 Cada entidad debe contar con una estrategia general para la gestioacuten de su de liquidez la cual debe ser aprobada por Consejo de Administracioacuten y la Alta

orcnll~ y comunicada a toda la organizacioacuten Dicha incorporar la definicioacuten de planes que permitan mitigar la exposicioacuten al liquidez en

normales de operacioacuten de la entidad como los planes contingencia se ejecutaraacuten en situaciones excepcionales o de crisis de la o

El Consejo de Administracioacuten debe asegurarse que los gerentes necesarias para monitorear y controlar el riesgo de liquidez y de cualquier cambio significativo

estrategia para el manejo de liquidez debe contener entre poliacuteticas para su mitigacioacuten los liacutemites de exposicioacuten y los adecuada implementacioacuten y funcionamiento del de riesgo

4 Cada entidad debe tener un sistema adecuado de control interno administracioacuten de riesgo de liquidez que incluya entre otros

regulares y evaluaciones permanentes internos o externos sistema para garantizar que se efectuacuteen resultados de dichas revisiones deben estar disponibles supervisioacuten

5 Cada entidad debe tener un mecanismo para un nivel revelacioacuten de informacioacuten de la organizacioacuten de economiacutea solidaria con el fin

permitir la percepcioacuten del puacuteblico sobre la realidad de la organizacioacuten y su situacioacuten

Artiacuteculo Modifiacutequese el artiacuteculo 211713 del 1068 cual quedaraacute

lo previsto en los artiacuteculos

y administracioacuten del riesgo

informacioacuten necesarios

DECRETO 70 4 de 8

Continuacioacuten del Decreto el cual se modifica el Decreto 1068 de 201 Uacutenico Reglamentario del Sector y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez cooperativas de ahorro y multiactiacutevas e integrales con ahorro y creacutedito los fondos asociaciones mutuales

Artiacuteculo 21171 Criterios para la identificacioacuten control y monitoreo del riesgo de Superintendencia de Economiacutea impartiraacute instrucciones definir entre otros la metodologiacutea y paraacutemetros para el caacutelculo exposicioacuten al riesgo de liquidez la distribucioacuten de saldos con sus vencimientos contractuales o los horizontes de anaacutelisis y corte para su evaluacioacuten Para el consideraraacuten los diferentes supervisioacuten lo previsto en el inciso

211712 y en el caso de Empleados de categoriacutea plena disposiciones del artiacuteculo 211 presente Decreto

El anaacutelisis del grado de exposicioacuten riesgo de liquidez no deberaacute proyecciones de futuras captaciones y colocaciones respecto de las un compromiso contractual

Paraacutegrafo Se entiende por vencimiento esperado aquel que es mediante anaacutelisis estadiacutesticos debido a que para algunos nO se conocen las fechas vencimiento

Artiacuteculo 6 Modifiacutequese el inciso artiacuteculo 211714 del Decreto 1068 2015elcualquedaraacute

de este comiteacute no eximiraacute responsabilidades que en identificacioacuten medicioacuten control y monitoreo los riesgos tienen el Consejo

Administracioacuten los representantes y los demaacutes administradores entidad

Artiacuteculo 7 Modifiacutequese el artiacuteculo 11 1 del Decreto 1068 de 201 quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 211715 Objetivos del Interno de Administracioacuten del de Liquidez El objetivo primordial Liquidez seraacute Consejo de Administracioacuten y a la institucioacuten en la apetito y la tolerancia al como la definicioacuten seguimiento y control

y 11 1 del presente Decreto para lo deberaacute cuando menos cumplir COn siguientes funciones

las poliacuteticas y mecanismos adecuados para la velar por la capacitacioacuten del personal

en lo referente a este tema y por el establecimiento de los

2 Asesorar al Consejo de Administracioacuten en la definicioacuten de los liacutemites de exposicioacuten riesgo de liquidez los planes que permitan mitigar la exposicioacuten a en

situaciones normales de operacioacuten contingencia y las medidas mitigacioacuten de dicho riesgo

fiscal

Paraacutegrafo 1 Respecto

DECRETO DE 5 de 8 704 Continuacioacuten del Por el se modifica el Decreto 1068 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten las de y creacutedito cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos empleados y las asociaciones mutuales

Presentar perioacutedicos Consejo Administracioacuten sobre anaacutelisis y recomendaciones en relacioacuten con la exposicioacuten riesgo liquidez de la organizacioacuten y las acciones correctivas que deben adoptarse

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese la denominacioacuten del Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 7 de la Parte 11 del 2 del 1068 de 201 la cual asiacute

CAPITULO 11

Fondo de liquidez para cooperativas de ahorro y creacutedito cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten ahorro y creacutedito fondos

empleados y asociaciones mutuales

Artiacuteculo 9 Modifiacutequese artiacuteculo 11 21 Decreto 1 068 2015 quedaraacute

Artiacuteculo 211 Monto exigido Las entidades de trata el Tiacutetulo deberaacuten mantener permanentemente un monto equivalente a por lo menos el diez por ciento (10) de los en las siguientes entidades

1 Establecimientos de creacutedito vigilados por la Superintendencia Financiera de efecto los recursos se deberaacuten mantener en cuentas ahorro

cuentas certificados de depoacutesito a teacutermino certificados de ahorro a teacutermino o bonos ordinarios emitidos por la entidad

fondos de inversioacuten colectiva administrados por fiduciarias o sociedades comisionistas de vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia fondos corresponder exclusivamente a fondos inversioacuten colectiva mercado monetario o fondos inversioacuten colectiva abiertos pacto de permanencia cuya poliacutetica de inversioacuten yo composicioacuten se asimilen a los fondos inversioacuten colectiva del mercado

mantenerse en instrumentos o tiacutetulos maacutexima liquidez y seguridad

ambos casos los recursos

El monto del fondo se estableceraacute tomando para efecto el de depoacutesitos registrado en los financieros del periacuteodo objeto de rI verificados

los ahorros permanentes monto miacutenimo a mantener como fondo de liquidez seraacute el dos por ciento (2) saldo de depoacutesitos

y cuando estatutos la entidad que los mismos pueden ser uacutenicamente al momento de la desvinculacioacuten definitiva asociado los

estatutos que ahorros permanentes ser retirados en forma parcial el minimo a mantener en fondo de por este concepto seraacute del por ciento (10)

DECRETO 70 DE Paacutegina 6 de 8

Continuacioacuten del Decreto el cual se el Decreto 1068 Decreto Uacutenico del y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y

administracioacuten de riesgo liquidez de las de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos empleados y

mutuales

Paraacutegrafo 2 La Superintendencia de la Solidaria establecer liacutemites individuales para los instrumentos previstos en los numerales 1 y 2 del

artiacuteculo

artiacuteculo 211 del Decreto 1 de 2015 el cual

Artiacuteculo 211722 Cumplimiento del fondo de liquidez se constante y en forma permanente durante el periacuteodo El fondo

liquidez podraacute disminuir solamente por utilizacioacuten de los recursos para atender de originadas en la de obligaciones derivadas de los

de la entidad o por efecto de una disminucioacuten de los depoacutesitos de la entidad

permaneceraacuten o en un LJ Lv

Financiera de

artiacuteculo 211 del Decreto 1 068

la custodia del Centralizado

y deberaacuten

2015 el clJal

211723 Condiciones especiales para el uso del fondo de que trata el Tiacutetulo podraacuten fondo

previo aviso a Superintendencia Economiacutea entidad que verificaraacute que su utilizacioacuten obedecioacute exclusivamente a las causas descritas en artiacuteculo 11722 del Decreto Con aviso las entidades deberaacuten informar

los recursos seraacuten utilizados y un plan de accioacuten reconstitucioacuten

Paraacutegrafo 1 Solidaria no implica

en forma previa a la Superintendencia previa por parte la entidad

Paraacutegrafo Para todos sus efectos el plan de del fondo liquidez corresponde a un incumplimiento

y mantener liquidez

la Economiacutea y control

reconstitucioacuten la obligacioacuten de

Modifiacutequese artiacuteculo 211 del Decreto 1068 de 2015 el cual

Artiacuteculo 211724 Presentacioacuten que trata el Tiacutetulo deberaacuten a la iacutea Solidaria el

monto y composicioacuten fondo de liquidez como el saldo de sus depoacutesitos en el formato para el defina el ente control y con la periodicidad

iexclente a cada nivel de supervisioacuten extractos cuenta y demaacutes comprobantes que determine la Superintendencia de la Solidaria expedidos por la entidad depositaria de los deben reposar en organizacioacuten y disponibles en todo momento para autoridades de supervisioacuten

maacuteximo de instrucciones de

704 DE

Continuacioacuten de Decreto el cual se modifica el Decreto 1068 Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo administracioacuten de riesgo de las de ahorro y multiactivas e integrales con de y creacutedito los fondos

mutuales

informes a que se el presente artiacuteculo deberaacuten validados y auditados por parte del revisor de la entidad

11 1 del Decreto 1

Paacutegina 7 8

2015 Decreto Uacutenico con la gestioacuten y las cooperativas

empleados y

debidamente

de 2015 el cual Artiacuteculo 1 Modifiacutequese quedaraacute

Artiacuteculo 211731 Supervisioacuten vigilancia y control verificacioacuten del cumplimiento de lo previsto en el presente Tiacutetulo a cargo la Superintendencia

necesarias liquidez y demaacutes

de la Economiacutea Solidaria que ademaacutes impartiraacute las para la identificacioacuten control y monitoreo del riesgo disposiciones necesarias la aplicacioacuten previsto en el Tiacutetulo

En todo la respectiva entidad de supervisioacuten deberaacute efectuar un seguimiento mensual los costos captaciones de una de las entidades de acuerdo con los formatos que se adopten para el efecto

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 211 Decreto 1 201 el cual quedaraacute

1733 Armonizacioacuten de terminologiacutea Para del presente entenderse que referencias hechas a Consejos de Administracioacuten se

entienden extensivas a Juntas Directivas fondos de y de las mutuales Del mismo modo cuando Tiacutetulo se

Vigilancia tal referencia se a las juntas control social mutuales ya los comiteacutes control social de empleados

Artiacuteculo

Juntas de

Instrucciones la Superintendencia de la Economiacutea Solidaria La de la Economiacutea Solidaria expedir y publicar instrucciones

yo modificaciones a las instrucciones vigentes que resulten para el cumplimiento del presente decreto a maacutes (6) meses siguientes a la fecha de publicacioacuten del presente

Dichas instrucciones deberaacuten prever un cronograma aplicacioacuten en cuenta caracteriacutesticas y tipos de organizaciones El plazo

un (1) antildeo contado a partir de la fecha publicacioacuten presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1 Reacutegimen de transicioacuten Las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas con de ahorro y los fondos empleados y las asociaciones mutuales dar cumplimiento a las presente decreto a partir de las que determine el cronograma previsto en inciso segundo del artiacuteculo anterior

Artiacuteculo 17 Vigencia El decreto rige a partir de la fecha su publicacioacuten sin perjuicio del reacutegimen de transicioacuten previsto en artiacuteculo 16 del mismo y modifica la denominacioacuten del Tiacutetulo 7 la 11 del Libro 2 y su Capiacutetulo 11 paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 115218 artiacuteculo 11 artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo 21171 inciso tercero artiacuteculo 21171 el artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo

dentro de

DECRETO 704 DE Paacutegina 8 de 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las asociaciones mutuales

211721 el artiacuteculo 211722 el artiacuteculo 211723 el artiacuteculo 211724 el artiacuteculo 211731 y el artiacuteculo 211733 del Decreto 1068 de 2015

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERAiquest

Page 3: REPÚBLICA DE COLOMBIA Orden...y Orden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PlIBLlCO '.'1".: .1' DECRETO· 7 O 4 Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario

DECRETO DE 3 8704 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y creacutedito multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito

mutuales

posiciones del balance como fuera de eacutel con el objeto cambios que ocasionen peacuterdidas en los estados

Superintendencia de la Economiacutea Solidaria impartiraacute las para la identificacioacuten medicioacuten control y monitoreo riesgo liquidez a lo previsto en el presente Tiacutetulo En lo no previsto la entidad de tomaraacute en cuenta las recomendaciones del Comiteacute para Bancaria consultando en todo caso la naturaleza de presente Tiacutetulo

Sin perjuicio lo anterior la Superintendencia que entidades de que trata el presente medicioacuten control y monitoreo del riesgo de con una estructura acorde con sus caracteriacutesticas su tamantildeo y la complejidad adopten poliacuteticas para el manejo de liquidez que cumplan los

las mismas sean incorporadas en sus manuales y procedimientos

1 Cada entidad debe contar con una estrategia general para la gestioacuten de su de liquidez la cual debe ser aprobada por Consejo de Administracioacuten y la Alta

orcnll~ y comunicada a toda la organizacioacuten Dicha incorporar la definicioacuten de planes que permitan mitigar la exposicioacuten al liquidez en

normales de operacioacuten de la entidad como los planes contingencia se ejecutaraacuten en situaciones excepcionales o de crisis de la o

El Consejo de Administracioacuten debe asegurarse que los gerentes necesarias para monitorear y controlar el riesgo de liquidez y de cualquier cambio significativo

estrategia para el manejo de liquidez debe contener entre poliacuteticas para su mitigacioacuten los liacutemites de exposicioacuten y los adecuada implementacioacuten y funcionamiento del de riesgo

4 Cada entidad debe tener un sistema adecuado de control interno administracioacuten de riesgo de liquidez que incluya entre otros

regulares y evaluaciones permanentes internos o externos sistema para garantizar que se efectuacuteen resultados de dichas revisiones deben estar disponibles supervisioacuten

5 Cada entidad debe tener un mecanismo para un nivel revelacioacuten de informacioacuten de la organizacioacuten de economiacutea solidaria con el fin

permitir la percepcioacuten del puacuteblico sobre la realidad de la organizacioacuten y su situacioacuten

Artiacuteculo Modifiacutequese el artiacuteculo 211713 del 1068 cual quedaraacute

lo previsto en los artiacuteculos

y administracioacuten del riesgo

informacioacuten necesarios

DECRETO 70 4 de 8

Continuacioacuten del Decreto el cual se modifica el Decreto 1068 de 201 Uacutenico Reglamentario del Sector y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez cooperativas de ahorro y multiactiacutevas e integrales con ahorro y creacutedito los fondos asociaciones mutuales

Artiacuteculo 21171 Criterios para la identificacioacuten control y monitoreo del riesgo de Superintendencia de Economiacutea impartiraacute instrucciones definir entre otros la metodologiacutea y paraacutemetros para el caacutelculo exposicioacuten al riesgo de liquidez la distribucioacuten de saldos con sus vencimientos contractuales o los horizontes de anaacutelisis y corte para su evaluacioacuten Para el consideraraacuten los diferentes supervisioacuten lo previsto en el inciso

211712 y en el caso de Empleados de categoriacutea plena disposiciones del artiacuteculo 211 presente Decreto

El anaacutelisis del grado de exposicioacuten riesgo de liquidez no deberaacute proyecciones de futuras captaciones y colocaciones respecto de las un compromiso contractual

Paraacutegrafo Se entiende por vencimiento esperado aquel que es mediante anaacutelisis estadiacutesticos debido a que para algunos nO se conocen las fechas vencimiento

Artiacuteculo 6 Modifiacutequese el inciso artiacuteculo 211714 del Decreto 1068 2015elcualquedaraacute

de este comiteacute no eximiraacute responsabilidades que en identificacioacuten medicioacuten control y monitoreo los riesgos tienen el Consejo

Administracioacuten los representantes y los demaacutes administradores entidad

Artiacuteculo 7 Modifiacutequese el artiacuteculo 11 1 del Decreto 1068 de 201 quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 211715 Objetivos del Interno de Administracioacuten del de Liquidez El objetivo primordial Liquidez seraacute Consejo de Administracioacuten y a la institucioacuten en la apetito y la tolerancia al como la definicioacuten seguimiento y control

y 11 1 del presente Decreto para lo deberaacute cuando menos cumplir COn siguientes funciones

las poliacuteticas y mecanismos adecuados para la velar por la capacitacioacuten del personal

en lo referente a este tema y por el establecimiento de los

2 Asesorar al Consejo de Administracioacuten en la definicioacuten de los liacutemites de exposicioacuten riesgo de liquidez los planes que permitan mitigar la exposicioacuten a en

situaciones normales de operacioacuten contingencia y las medidas mitigacioacuten de dicho riesgo

fiscal

Paraacutegrafo 1 Respecto

DECRETO DE 5 de 8 704 Continuacioacuten del Por el se modifica el Decreto 1068 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten las de y creacutedito cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos empleados y las asociaciones mutuales

Presentar perioacutedicos Consejo Administracioacuten sobre anaacutelisis y recomendaciones en relacioacuten con la exposicioacuten riesgo liquidez de la organizacioacuten y las acciones correctivas que deben adoptarse

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese la denominacioacuten del Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 7 de la Parte 11 del 2 del 1068 de 201 la cual asiacute

CAPITULO 11

Fondo de liquidez para cooperativas de ahorro y creacutedito cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten ahorro y creacutedito fondos

empleados y asociaciones mutuales

Artiacuteculo 9 Modifiacutequese artiacuteculo 11 21 Decreto 1 068 2015 quedaraacute

Artiacuteculo 211 Monto exigido Las entidades de trata el Tiacutetulo deberaacuten mantener permanentemente un monto equivalente a por lo menos el diez por ciento (10) de los en las siguientes entidades

1 Establecimientos de creacutedito vigilados por la Superintendencia Financiera de efecto los recursos se deberaacuten mantener en cuentas ahorro

cuentas certificados de depoacutesito a teacutermino certificados de ahorro a teacutermino o bonos ordinarios emitidos por la entidad

fondos de inversioacuten colectiva administrados por fiduciarias o sociedades comisionistas de vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia fondos corresponder exclusivamente a fondos inversioacuten colectiva mercado monetario o fondos inversioacuten colectiva abiertos pacto de permanencia cuya poliacutetica de inversioacuten yo composicioacuten se asimilen a los fondos inversioacuten colectiva del mercado

mantenerse en instrumentos o tiacutetulos maacutexima liquidez y seguridad

ambos casos los recursos

El monto del fondo se estableceraacute tomando para efecto el de depoacutesitos registrado en los financieros del periacuteodo objeto de rI verificados

los ahorros permanentes monto miacutenimo a mantener como fondo de liquidez seraacute el dos por ciento (2) saldo de depoacutesitos

y cuando estatutos la entidad que los mismos pueden ser uacutenicamente al momento de la desvinculacioacuten definitiva asociado los

estatutos que ahorros permanentes ser retirados en forma parcial el minimo a mantener en fondo de por este concepto seraacute del por ciento (10)

DECRETO 70 DE Paacutegina 6 de 8

Continuacioacuten del Decreto el cual se el Decreto 1068 Decreto Uacutenico del y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y

administracioacuten de riesgo liquidez de las de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos empleados y

mutuales

Paraacutegrafo 2 La Superintendencia de la Solidaria establecer liacutemites individuales para los instrumentos previstos en los numerales 1 y 2 del

artiacuteculo

artiacuteculo 211 del Decreto 1 de 2015 el cual

Artiacuteculo 211722 Cumplimiento del fondo de liquidez se constante y en forma permanente durante el periacuteodo El fondo

liquidez podraacute disminuir solamente por utilizacioacuten de los recursos para atender de originadas en la de obligaciones derivadas de los

de la entidad o por efecto de una disminucioacuten de los depoacutesitos de la entidad

permaneceraacuten o en un LJ Lv

Financiera de

artiacuteculo 211 del Decreto 1 068

la custodia del Centralizado

y deberaacuten

2015 el clJal

211723 Condiciones especiales para el uso del fondo de que trata el Tiacutetulo podraacuten fondo

previo aviso a Superintendencia Economiacutea entidad que verificaraacute que su utilizacioacuten obedecioacute exclusivamente a las causas descritas en artiacuteculo 11722 del Decreto Con aviso las entidades deberaacuten informar

los recursos seraacuten utilizados y un plan de accioacuten reconstitucioacuten

Paraacutegrafo 1 Solidaria no implica

en forma previa a la Superintendencia previa por parte la entidad

Paraacutegrafo Para todos sus efectos el plan de del fondo liquidez corresponde a un incumplimiento

y mantener liquidez

la Economiacutea y control

reconstitucioacuten la obligacioacuten de

Modifiacutequese artiacuteculo 211 del Decreto 1068 de 2015 el cual

Artiacuteculo 211724 Presentacioacuten que trata el Tiacutetulo deberaacuten a la iacutea Solidaria el

monto y composicioacuten fondo de liquidez como el saldo de sus depoacutesitos en el formato para el defina el ente control y con la periodicidad

iexclente a cada nivel de supervisioacuten extractos cuenta y demaacutes comprobantes que determine la Superintendencia de la Solidaria expedidos por la entidad depositaria de los deben reposar en organizacioacuten y disponibles en todo momento para autoridades de supervisioacuten

maacuteximo de instrucciones de

704 DE

Continuacioacuten de Decreto el cual se modifica el Decreto 1068 Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo administracioacuten de riesgo de las de ahorro y multiactivas e integrales con de y creacutedito los fondos

mutuales

informes a que se el presente artiacuteculo deberaacuten validados y auditados por parte del revisor de la entidad

11 1 del Decreto 1

Paacutegina 7 8

2015 Decreto Uacutenico con la gestioacuten y las cooperativas

empleados y

debidamente

de 2015 el cual Artiacuteculo 1 Modifiacutequese quedaraacute

Artiacuteculo 211731 Supervisioacuten vigilancia y control verificacioacuten del cumplimiento de lo previsto en el presente Tiacutetulo a cargo la Superintendencia

necesarias liquidez y demaacutes

de la Economiacutea Solidaria que ademaacutes impartiraacute las para la identificacioacuten control y monitoreo del riesgo disposiciones necesarias la aplicacioacuten previsto en el Tiacutetulo

En todo la respectiva entidad de supervisioacuten deberaacute efectuar un seguimiento mensual los costos captaciones de una de las entidades de acuerdo con los formatos que se adopten para el efecto

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 211 Decreto 1 201 el cual quedaraacute

1733 Armonizacioacuten de terminologiacutea Para del presente entenderse que referencias hechas a Consejos de Administracioacuten se

entienden extensivas a Juntas Directivas fondos de y de las mutuales Del mismo modo cuando Tiacutetulo se

Vigilancia tal referencia se a las juntas control social mutuales ya los comiteacutes control social de empleados

Artiacuteculo

Juntas de

Instrucciones la Superintendencia de la Economiacutea Solidaria La de la Economiacutea Solidaria expedir y publicar instrucciones

yo modificaciones a las instrucciones vigentes que resulten para el cumplimiento del presente decreto a maacutes (6) meses siguientes a la fecha de publicacioacuten del presente

Dichas instrucciones deberaacuten prever un cronograma aplicacioacuten en cuenta caracteriacutesticas y tipos de organizaciones El plazo

un (1) antildeo contado a partir de la fecha publicacioacuten presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1 Reacutegimen de transicioacuten Las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas con de ahorro y los fondos empleados y las asociaciones mutuales dar cumplimiento a las presente decreto a partir de las que determine el cronograma previsto en inciso segundo del artiacuteculo anterior

Artiacuteculo 17 Vigencia El decreto rige a partir de la fecha su publicacioacuten sin perjuicio del reacutegimen de transicioacuten previsto en artiacuteculo 16 del mismo y modifica la denominacioacuten del Tiacutetulo 7 la 11 del Libro 2 y su Capiacutetulo 11 paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 115218 artiacuteculo 11 artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo 21171 inciso tercero artiacuteculo 21171 el artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo

dentro de

DECRETO 704 DE Paacutegina 8 de 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las asociaciones mutuales

211721 el artiacuteculo 211722 el artiacuteculo 211723 el artiacuteculo 211724 el artiacuteculo 211731 y el artiacuteculo 211733 del Decreto 1068 de 2015

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERAiquest

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lo previsto en los artiacuteculos

y administracioacuten del riesgo

informacioacuten necesarios

DECRETO 70 4 de 8

Continuacioacuten del Decreto el cual se modifica el Decreto 1068 de 201 Uacutenico Reglamentario del Sector y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez cooperativas de ahorro y multiactiacutevas e integrales con ahorro y creacutedito los fondos asociaciones mutuales

Artiacuteculo 21171 Criterios para la identificacioacuten control y monitoreo del riesgo de Superintendencia de Economiacutea impartiraacute instrucciones definir entre otros la metodologiacutea y paraacutemetros para el caacutelculo exposicioacuten al riesgo de liquidez la distribucioacuten de saldos con sus vencimientos contractuales o los horizontes de anaacutelisis y corte para su evaluacioacuten Para el consideraraacuten los diferentes supervisioacuten lo previsto en el inciso

211712 y en el caso de Empleados de categoriacutea plena disposiciones del artiacuteculo 211 presente Decreto

El anaacutelisis del grado de exposicioacuten riesgo de liquidez no deberaacute proyecciones de futuras captaciones y colocaciones respecto de las un compromiso contractual

Paraacutegrafo Se entiende por vencimiento esperado aquel que es mediante anaacutelisis estadiacutesticos debido a que para algunos nO se conocen las fechas vencimiento

Artiacuteculo 6 Modifiacutequese el inciso artiacuteculo 211714 del Decreto 1068 2015elcualquedaraacute

de este comiteacute no eximiraacute responsabilidades que en identificacioacuten medicioacuten control y monitoreo los riesgos tienen el Consejo

Administracioacuten los representantes y los demaacutes administradores entidad

Artiacuteculo 7 Modifiacutequese el artiacuteculo 11 1 del Decreto 1068 de 201 quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 211715 Objetivos del Interno de Administracioacuten del de Liquidez El objetivo primordial Liquidez seraacute Consejo de Administracioacuten y a la institucioacuten en la apetito y la tolerancia al como la definicioacuten seguimiento y control

y 11 1 del presente Decreto para lo deberaacute cuando menos cumplir COn siguientes funciones

las poliacuteticas y mecanismos adecuados para la velar por la capacitacioacuten del personal

en lo referente a este tema y por el establecimiento de los

2 Asesorar al Consejo de Administracioacuten en la definicioacuten de los liacutemites de exposicioacuten riesgo de liquidez los planes que permitan mitigar la exposicioacuten a en

situaciones normales de operacioacuten contingencia y las medidas mitigacioacuten de dicho riesgo

fiscal

Paraacutegrafo 1 Respecto

DECRETO DE 5 de 8 704 Continuacioacuten del Por el se modifica el Decreto 1068 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten las de y creacutedito cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos empleados y las asociaciones mutuales

Presentar perioacutedicos Consejo Administracioacuten sobre anaacutelisis y recomendaciones en relacioacuten con la exposicioacuten riesgo liquidez de la organizacioacuten y las acciones correctivas que deben adoptarse

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese la denominacioacuten del Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 7 de la Parte 11 del 2 del 1068 de 201 la cual asiacute

CAPITULO 11

Fondo de liquidez para cooperativas de ahorro y creacutedito cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten ahorro y creacutedito fondos

empleados y asociaciones mutuales

Artiacuteculo 9 Modifiacutequese artiacuteculo 11 21 Decreto 1 068 2015 quedaraacute

Artiacuteculo 211 Monto exigido Las entidades de trata el Tiacutetulo deberaacuten mantener permanentemente un monto equivalente a por lo menos el diez por ciento (10) de los en las siguientes entidades

1 Establecimientos de creacutedito vigilados por la Superintendencia Financiera de efecto los recursos se deberaacuten mantener en cuentas ahorro

cuentas certificados de depoacutesito a teacutermino certificados de ahorro a teacutermino o bonos ordinarios emitidos por la entidad

fondos de inversioacuten colectiva administrados por fiduciarias o sociedades comisionistas de vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia fondos corresponder exclusivamente a fondos inversioacuten colectiva mercado monetario o fondos inversioacuten colectiva abiertos pacto de permanencia cuya poliacutetica de inversioacuten yo composicioacuten se asimilen a los fondos inversioacuten colectiva del mercado

mantenerse en instrumentos o tiacutetulos maacutexima liquidez y seguridad

ambos casos los recursos

El monto del fondo se estableceraacute tomando para efecto el de depoacutesitos registrado en los financieros del periacuteodo objeto de rI verificados

los ahorros permanentes monto miacutenimo a mantener como fondo de liquidez seraacute el dos por ciento (2) saldo de depoacutesitos

y cuando estatutos la entidad que los mismos pueden ser uacutenicamente al momento de la desvinculacioacuten definitiva asociado los

estatutos que ahorros permanentes ser retirados en forma parcial el minimo a mantener en fondo de por este concepto seraacute del por ciento (10)

DECRETO 70 DE Paacutegina 6 de 8

Continuacioacuten del Decreto el cual se el Decreto 1068 Decreto Uacutenico del y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y

administracioacuten de riesgo liquidez de las de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos empleados y

mutuales

Paraacutegrafo 2 La Superintendencia de la Solidaria establecer liacutemites individuales para los instrumentos previstos en los numerales 1 y 2 del

artiacuteculo

artiacuteculo 211 del Decreto 1 de 2015 el cual

Artiacuteculo 211722 Cumplimiento del fondo de liquidez se constante y en forma permanente durante el periacuteodo El fondo

liquidez podraacute disminuir solamente por utilizacioacuten de los recursos para atender de originadas en la de obligaciones derivadas de los

de la entidad o por efecto de una disminucioacuten de los depoacutesitos de la entidad

permaneceraacuten o en un LJ Lv

Financiera de

artiacuteculo 211 del Decreto 1 068

la custodia del Centralizado

y deberaacuten

2015 el clJal

211723 Condiciones especiales para el uso del fondo de que trata el Tiacutetulo podraacuten fondo

previo aviso a Superintendencia Economiacutea entidad que verificaraacute que su utilizacioacuten obedecioacute exclusivamente a las causas descritas en artiacuteculo 11722 del Decreto Con aviso las entidades deberaacuten informar

los recursos seraacuten utilizados y un plan de accioacuten reconstitucioacuten

Paraacutegrafo 1 Solidaria no implica

en forma previa a la Superintendencia previa por parte la entidad

Paraacutegrafo Para todos sus efectos el plan de del fondo liquidez corresponde a un incumplimiento

y mantener liquidez

la Economiacutea y control

reconstitucioacuten la obligacioacuten de

Modifiacutequese artiacuteculo 211 del Decreto 1068 de 2015 el cual

Artiacuteculo 211724 Presentacioacuten que trata el Tiacutetulo deberaacuten a la iacutea Solidaria el

monto y composicioacuten fondo de liquidez como el saldo de sus depoacutesitos en el formato para el defina el ente control y con la periodicidad

iexclente a cada nivel de supervisioacuten extractos cuenta y demaacutes comprobantes que determine la Superintendencia de la Solidaria expedidos por la entidad depositaria de los deben reposar en organizacioacuten y disponibles en todo momento para autoridades de supervisioacuten

maacuteximo de instrucciones de

704 DE

Continuacioacuten de Decreto el cual se modifica el Decreto 1068 Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo administracioacuten de riesgo de las de ahorro y multiactivas e integrales con de y creacutedito los fondos

mutuales

informes a que se el presente artiacuteculo deberaacuten validados y auditados por parte del revisor de la entidad

11 1 del Decreto 1

Paacutegina 7 8

2015 Decreto Uacutenico con la gestioacuten y las cooperativas

empleados y

debidamente

de 2015 el cual Artiacuteculo 1 Modifiacutequese quedaraacute

Artiacuteculo 211731 Supervisioacuten vigilancia y control verificacioacuten del cumplimiento de lo previsto en el presente Tiacutetulo a cargo la Superintendencia

necesarias liquidez y demaacutes

de la Economiacutea Solidaria que ademaacutes impartiraacute las para la identificacioacuten control y monitoreo del riesgo disposiciones necesarias la aplicacioacuten previsto en el Tiacutetulo

En todo la respectiva entidad de supervisioacuten deberaacute efectuar un seguimiento mensual los costos captaciones de una de las entidades de acuerdo con los formatos que se adopten para el efecto

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 211 Decreto 1 201 el cual quedaraacute

1733 Armonizacioacuten de terminologiacutea Para del presente entenderse que referencias hechas a Consejos de Administracioacuten se

entienden extensivas a Juntas Directivas fondos de y de las mutuales Del mismo modo cuando Tiacutetulo se

Vigilancia tal referencia se a las juntas control social mutuales ya los comiteacutes control social de empleados

Artiacuteculo

Juntas de

Instrucciones la Superintendencia de la Economiacutea Solidaria La de la Economiacutea Solidaria expedir y publicar instrucciones

yo modificaciones a las instrucciones vigentes que resulten para el cumplimiento del presente decreto a maacutes (6) meses siguientes a la fecha de publicacioacuten del presente

Dichas instrucciones deberaacuten prever un cronograma aplicacioacuten en cuenta caracteriacutesticas y tipos de organizaciones El plazo

un (1) antildeo contado a partir de la fecha publicacioacuten presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1 Reacutegimen de transicioacuten Las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas con de ahorro y los fondos empleados y las asociaciones mutuales dar cumplimiento a las presente decreto a partir de las que determine el cronograma previsto en inciso segundo del artiacuteculo anterior

Artiacuteculo 17 Vigencia El decreto rige a partir de la fecha su publicacioacuten sin perjuicio del reacutegimen de transicioacuten previsto en artiacuteculo 16 del mismo y modifica la denominacioacuten del Tiacutetulo 7 la 11 del Libro 2 y su Capiacutetulo 11 paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 115218 artiacuteculo 11 artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo 21171 inciso tercero artiacuteculo 21171 el artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo

dentro de

DECRETO 704 DE Paacutegina 8 de 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las asociaciones mutuales

211721 el artiacuteculo 211722 el artiacuteculo 211723 el artiacuteculo 211724 el artiacuteculo 211731 y el artiacuteculo 211733 del Decreto 1068 de 2015

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERAiquest

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fiscal

Paraacutegrafo 1 Respecto

DECRETO DE 5 de 8 704 Continuacioacuten del Por el se modifica el Decreto 1068 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten las de y creacutedito cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos empleados y las asociaciones mutuales

Presentar perioacutedicos Consejo Administracioacuten sobre anaacutelisis y recomendaciones en relacioacuten con la exposicioacuten riesgo liquidez de la organizacioacuten y las acciones correctivas que deben adoptarse

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese la denominacioacuten del Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 7 de la Parte 11 del 2 del 1068 de 201 la cual asiacute

CAPITULO 11

Fondo de liquidez para cooperativas de ahorro y creacutedito cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten ahorro y creacutedito fondos

empleados y asociaciones mutuales

Artiacuteculo 9 Modifiacutequese artiacuteculo 11 21 Decreto 1 068 2015 quedaraacute

Artiacuteculo 211 Monto exigido Las entidades de trata el Tiacutetulo deberaacuten mantener permanentemente un monto equivalente a por lo menos el diez por ciento (10) de los en las siguientes entidades

1 Establecimientos de creacutedito vigilados por la Superintendencia Financiera de efecto los recursos se deberaacuten mantener en cuentas ahorro

cuentas certificados de depoacutesito a teacutermino certificados de ahorro a teacutermino o bonos ordinarios emitidos por la entidad

fondos de inversioacuten colectiva administrados por fiduciarias o sociedades comisionistas de vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia fondos corresponder exclusivamente a fondos inversioacuten colectiva mercado monetario o fondos inversioacuten colectiva abiertos pacto de permanencia cuya poliacutetica de inversioacuten yo composicioacuten se asimilen a los fondos inversioacuten colectiva del mercado

mantenerse en instrumentos o tiacutetulos maacutexima liquidez y seguridad

ambos casos los recursos

El monto del fondo se estableceraacute tomando para efecto el de depoacutesitos registrado en los financieros del periacuteodo objeto de rI verificados

los ahorros permanentes monto miacutenimo a mantener como fondo de liquidez seraacute el dos por ciento (2) saldo de depoacutesitos

y cuando estatutos la entidad que los mismos pueden ser uacutenicamente al momento de la desvinculacioacuten definitiva asociado los

estatutos que ahorros permanentes ser retirados en forma parcial el minimo a mantener en fondo de por este concepto seraacute del por ciento (10)

DECRETO 70 DE Paacutegina 6 de 8

Continuacioacuten del Decreto el cual se el Decreto 1068 Decreto Uacutenico del y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y

administracioacuten de riesgo liquidez de las de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos empleados y

mutuales

Paraacutegrafo 2 La Superintendencia de la Solidaria establecer liacutemites individuales para los instrumentos previstos en los numerales 1 y 2 del

artiacuteculo

artiacuteculo 211 del Decreto 1 de 2015 el cual

Artiacuteculo 211722 Cumplimiento del fondo de liquidez se constante y en forma permanente durante el periacuteodo El fondo

liquidez podraacute disminuir solamente por utilizacioacuten de los recursos para atender de originadas en la de obligaciones derivadas de los

de la entidad o por efecto de una disminucioacuten de los depoacutesitos de la entidad

permaneceraacuten o en un LJ Lv

Financiera de

artiacuteculo 211 del Decreto 1 068

la custodia del Centralizado

y deberaacuten

2015 el clJal

211723 Condiciones especiales para el uso del fondo de que trata el Tiacutetulo podraacuten fondo

previo aviso a Superintendencia Economiacutea entidad que verificaraacute que su utilizacioacuten obedecioacute exclusivamente a las causas descritas en artiacuteculo 11722 del Decreto Con aviso las entidades deberaacuten informar

los recursos seraacuten utilizados y un plan de accioacuten reconstitucioacuten

Paraacutegrafo 1 Solidaria no implica

en forma previa a la Superintendencia previa por parte la entidad

Paraacutegrafo Para todos sus efectos el plan de del fondo liquidez corresponde a un incumplimiento

y mantener liquidez

la Economiacutea y control

reconstitucioacuten la obligacioacuten de

Modifiacutequese artiacuteculo 211 del Decreto 1068 de 2015 el cual

Artiacuteculo 211724 Presentacioacuten que trata el Tiacutetulo deberaacuten a la iacutea Solidaria el

monto y composicioacuten fondo de liquidez como el saldo de sus depoacutesitos en el formato para el defina el ente control y con la periodicidad

iexclente a cada nivel de supervisioacuten extractos cuenta y demaacutes comprobantes que determine la Superintendencia de la Solidaria expedidos por la entidad depositaria de los deben reposar en organizacioacuten y disponibles en todo momento para autoridades de supervisioacuten

maacuteximo de instrucciones de

704 DE

Continuacioacuten de Decreto el cual se modifica el Decreto 1068 Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo administracioacuten de riesgo de las de ahorro y multiactivas e integrales con de y creacutedito los fondos

mutuales

informes a que se el presente artiacuteculo deberaacuten validados y auditados por parte del revisor de la entidad

11 1 del Decreto 1

Paacutegina 7 8

2015 Decreto Uacutenico con la gestioacuten y las cooperativas

empleados y

debidamente

de 2015 el cual Artiacuteculo 1 Modifiacutequese quedaraacute

Artiacuteculo 211731 Supervisioacuten vigilancia y control verificacioacuten del cumplimiento de lo previsto en el presente Tiacutetulo a cargo la Superintendencia

necesarias liquidez y demaacutes

de la Economiacutea Solidaria que ademaacutes impartiraacute las para la identificacioacuten control y monitoreo del riesgo disposiciones necesarias la aplicacioacuten previsto en el Tiacutetulo

En todo la respectiva entidad de supervisioacuten deberaacute efectuar un seguimiento mensual los costos captaciones de una de las entidades de acuerdo con los formatos que se adopten para el efecto

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 211 Decreto 1 201 el cual quedaraacute

1733 Armonizacioacuten de terminologiacutea Para del presente entenderse que referencias hechas a Consejos de Administracioacuten se

entienden extensivas a Juntas Directivas fondos de y de las mutuales Del mismo modo cuando Tiacutetulo se

Vigilancia tal referencia se a las juntas control social mutuales ya los comiteacutes control social de empleados

Artiacuteculo

Juntas de

Instrucciones la Superintendencia de la Economiacutea Solidaria La de la Economiacutea Solidaria expedir y publicar instrucciones

yo modificaciones a las instrucciones vigentes que resulten para el cumplimiento del presente decreto a maacutes (6) meses siguientes a la fecha de publicacioacuten del presente

Dichas instrucciones deberaacuten prever un cronograma aplicacioacuten en cuenta caracteriacutesticas y tipos de organizaciones El plazo

un (1) antildeo contado a partir de la fecha publicacioacuten presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1 Reacutegimen de transicioacuten Las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas con de ahorro y los fondos empleados y las asociaciones mutuales dar cumplimiento a las presente decreto a partir de las que determine el cronograma previsto en inciso segundo del artiacuteculo anterior

Artiacuteculo 17 Vigencia El decreto rige a partir de la fecha su publicacioacuten sin perjuicio del reacutegimen de transicioacuten previsto en artiacuteculo 16 del mismo y modifica la denominacioacuten del Tiacutetulo 7 la 11 del Libro 2 y su Capiacutetulo 11 paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 115218 artiacuteculo 11 artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo 21171 inciso tercero artiacuteculo 21171 el artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo

dentro de

DECRETO 704 DE Paacutegina 8 de 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las asociaciones mutuales

211721 el artiacuteculo 211722 el artiacuteculo 211723 el artiacuteculo 211724 el artiacuteculo 211731 y el artiacuteculo 211733 del Decreto 1068 de 2015

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERAiquest

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Continuacioacuten del Decreto el cual se el Decreto 1068 Decreto Uacutenico del y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y

administracioacuten de riesgo liquidez de las de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos empleados y

mutuales

Paraacutegrafo 2 La Superintendencia de la Solidaria establecer liacutemites individuales para los instrumentos previstos en los numerales 1 y 2 del

artiacuteculo

artiacuteculo 211 del Decreto 1 de 2015 el cual

Artiacuteculo 211722 Cumplimiento del fondo de liquidez se constante y en forma permanente durante el periacuteodo El fondo

liquidez podraacute disminuir solamente por utilizacioacuten de los recursos para atender de originadas en la de obligaciones derivadas de los

de la entidad o por efecto de una disminucioacuten de los depoacutesitos de la entidad

permaneceraacuten o en un LJ Lv

Financiera de

artiacuteculo 211 del Decreto 1 068

la custodia del Centralizado

y deberaacuten

2015 el clJal

211723 Condiciones especiales para el uso del fondo de que trata el Tiacutetulo podraacuten fondo

previo aviso a Superintendencia Economiacutea entidad que verificaraacute que su utilizacioacuten obedecioacute exclusivamente a las causas descritas en artiacuteculo 11722 del Decreto Con aviso las entidades deberaacuten informar

los recursos seraacuten utilizados y un plan de accioacuten reconstitucioacuten

Paraacutegrafo 1 Solidaria no implica

en forma previa a la Superintendencia previa por parte la entidad

Paraacutegrafo Para todos sus efectos el plan de del fondo liquidez corresponde a un incumplimiento

y mantener liquidez

la Economiacutea y control

reconstitucioacuten la obligacioacuten de

Modifiacutequese artiacuteculo 211 del Decreto 1068 de 2015 el cual

Artiacuteculo 211724 Presentacioacuten que trata el Tiacutetulo deberaacuten a la iacutea Solidaria el

monto y composicioacuten fondo de liquidez como el saldo de sus depoacutesitos en el formato para el defina el ente control y con la periodicidad

iexclente a cada nivel de supervisioacuten extractos cuenta y demaacutes comprobantes que determine la Superintendencia de la Solidaria expedidos por la entidad depositaria de los deben reposar en organizacioacuten y disponibles en todo momento para autoridades de supervisioacuten

maacuteximo de instrucciones de

704 DE

Continuacioacuten de Decreto el cual se modifica el Decreto 1068 Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo administracioacuten de riesgo de las de ahorro y multiactivas e integrales con de y creacutedito los fondos

mutuales

informes a que se el presente artiacuteculo deberaacuten validados y auditados por parte del revisor de la entidad

11 1 del Decreto 1

Paacutegina 7 8

2015 Decreto Uacutenico con la gestioacuten y las cooperativas

empleados y

debidamente

de 2015 el cual Artiacuteculo 1 Modifiacutequese quedaraacute

Artiacuteculo 211731 Supervisioacuten vigilancia y control verificacioacuten del cumplimiento de lo previsto en el presente Tiacutetulo a cargo la Superintendencia

necesarias liquidez y demaacutes

de la Economiacutea Solidaria que ademaacutes impartiraacute las para la identificacioacuten control y monitoreo del riesgo disposiciones necesarias la aplicacioacuten previsto en el Tiacutetulo

En todo la respectiva entidad de supervisioacuten deberaacute efectuar un seguimiento mensual los costos captaciones de una de las entidades de acuerdo con los formatos que se adopten para el efecto

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 211 Decreto 1 201 el cual quedaraacute

1733 Armonizacioacuten de terminologiacutea Para del presente entenderse que referencias hechas a Consejos de Administracioacuten se

entienden extensivas a Juntas Directivas fondos de y de las mutuales Del mismo modo cuando Tiacutetulo se

Vigilancia tal referencia se a las juntas control social mutuales ya los comiteacutes control social de empleados

Artiacuteculo

Juntas de

Instrucciones la Superintendencia de la Economiacutea Solidaria La de la Economiacutea Solidaria expedir y publicar instrucciones

yo modificaciones a las instrucciones vigentes que resulten para el cumplimiento del presente decreto a maacutes (6) meses siguientes a la fecha de publicacioacuten del presente

Dichas instrucciones deberaacuten prever un cronograma aplicacioacuten en cuenta caracteriacutesticas y tipos de organizaciones El plazo

un (1) antildeo contado a partir de la fecha publicacioacuten presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1 Reacutegimen de transicioacuten Las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas con de ahorro y los fondos empleados y las asociaciones mutuales dar cumplimiento a las presente decreto a partir de las que determine el cronograma previsto en inciso segundo del artiacuteculo anterior

Artiacuteculo 17 Vigencia El decreto rige a partir de la fecha su publicacioacuten sin perjuicio del reacutegimen de transicioacuten previsto en artiacuteculo 16 del mismo y modifica la denominacioacuten del Tiacutetulo 7 la 11 del Libro 2 y su Capiacutetulo 11 paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 115218 artiacuteculo 11 artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo 21171 inciso tercero artiacuteculo 21171 el artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo

dentro de

DECRETO 704 DE Paacutegina 8 de 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las asociaciones mutuales

211721 el artiacuteculo 211722 el artiacuteculo 211723 el artiacuteculo 211724 el artiacuteculo 211731 y el artiacuteculo 211733 del Decreto 1068 de 2015

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

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maacuteximo de instrucciones de

704 DE

Continuacioacuten de Decreto el cual se modifica el Decreto 1068 Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo administracioacuten de riesgo de las de ahorro y multiactivas e integrales con de y creacutedito los fondos

mutuales

informes a que se el presente artiacuteculo deberaacuten validados y auditados por parte del revisor de la entidad

11 1 del Decreto 1

Paacutegina 7 8

2015 Decreto Uacutenico con la gestioacuten y las cooperativas

empleados y

debidamente

de 2015 el cual Artiacuteculo 1 Modifiacutequese quedaraacute

Artiacuteculo 211731 Supervisioacuten vigilancia y control verificacioacuten del cumplimiento de lo previsto en el presente Tiacutetulo a cargo la Superintendencia

necesarias liquidez y demaacutes

de la Economiacutea Solidaria que ademaacutes impartiraacute las para la identificacioacuten control y monitoreo del riesgo disposiciones necesarias la aplicacioacuten previsto en el Tiacutetulo

En todo la respectiva entidad de supervisioacuten deberaacute efectuar un seguimiento mensual los costos captaciones de una de las entidades de acuerdo con los formatos que se adopten para el efecto

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 211 Decreto 1 201 el cual quedaraacute

1733 Armonizacioacuten de terminologiacutea Para del presente entenderse que referencias hechas a Consejos de Administracioacuten se

entienden extensivas a Juntas Directivas fondos de y de las mutuales Del mismo modo cuando Tiacutetulo se

Vigilancia tal referencia se a las juntas control social mutuales ya los comiteacutes control social de empleados

Artiacuteculo

Juntas de

Instrucciones la Superintendencia de la Economiacutea Solidaria La de la Economiacutea Solidaria expedir y publicar instrucciones

yo modificaciones a las instrucciones vigentes que resulten para el cumplimiento del presente decreto a maacutes (6) meses siguientes a la fecha de publicacioacuten del presente

Dichas instrucciones deberaacuten prever un cronograma aplicacioacuten en cuenta caracteriacutesticas y tipos de organizaciones El plazo

un (1) antildeo contado a partir de la fecha publicacioacuten presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1 Reacutegimen de transicioacuten Las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas con de ahorro y los fondos empleados y las asociaciones mutuales dar cumplimiento a las presente decreto a partir de las que determine el cronograma previsto en inciso segundo del artiacuteculo anterior

Artiacuteculo 17 Vigencia El decreto rige a partir de la fecha su publicacioacuten sin perjuicio del reacutegimen de transicioacuten previsto en artiacuteculo 16 del mismo y modifica la denominacioacuten del Tiacutetulo 7 la 11 del Libro 2 y su Capiacutetulo 11 paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 115218 artiacuteculo 11 artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo 21171 inciso tercero artiacuteculo 21171 el artiacuteculo 211 1 el artiacuteculo

dentro de

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Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las asociaciones mutuales

211721 el artiacuteculo 211722 el artiacuteculo 211723 el artiacuteculo 211724 el artiacuteculo 211731 y el artiacuteculo 211733 del Decreto 1068 de 2015

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

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DECRETO 704 DE Paacutegina 8 de 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en lo relacionado con la gestioacuten y administracioacuten de riesgo de liquidez de las cooperativas de ahorro y creacutedito las cooperativas multiactivas e integrales con seccioacuten de ahorro y creacutedito los fondos de empleados y las asociaciones mutuales

211721 el artiacuteculo 211722 el artiacuteculo 211723 el artiacuteculo 211724 el artiacuteculo 211731 y el artiacuteculo 211733 del Decreto 1068 de 2015

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EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

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