REPÚBLICA DE COLOMBIA - Presidencia · General de Seguridad Social en Salud o se encuentren con...

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es un , coordinación y I universalidad y ser garantizado a todos continua, , una vez la provisión de un servicio ha sido REPÚBLICA DE COLOMBIA PRESIDENCIA DE LA REP BLlCA SECRETARíA JURIDI A MINISTERIO y PROTECCiÓN SOC1'l ......_____--+-_ DECRETO NÚMERO' O 6 4 DE 2020 NE 2020 Por el cual se modifican artículos 2.1.3.11, 2.1.3.13, 2.1.5.1, 2.1 2.1 Y 2.1.3.17, Yse adicionan los artículos 1.5.4 y 2.1.5.5 del Decreto 780 201 en relación con los afiliados régimen subsidiado, la afiliación de oficio y se dictan otras disposiciones LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, conferidas por 154 y 1 de la 100 14 literal a) de la Ley 11 11 En ejercicio constitucionales y legales, y en artículo 189 de la Constitución Política, 2001, 2011, de las artículos 1993, el numeral 42.3 de la 715 artículo el artículo 32 de la Ley 1 artículo de la Ley 1955 de 2019 y, CONSIDERANDO Que el artículo 48 la Constitución Política establece que la servicio público obligatorio que se presta bajo la control del con sujeción a los principios de solidaridad, ser un derecho irrenunciable, que los habitantes del territorio nacional. Que constituyen principios del Sistema General de Seguridad en Salud, entre otros, la universalidad y la continuidad, este último, entendido como la garantía que tiene toda habiendo ingresado al Sistema, tiene vocación permanencia y no en principio, ser separado del mismo cuando en peligro su calidad de vida e fundantes de la Ley 1751 de 2015 es la continuidad, que se T''''''''''''' las personas a recibir los salud de manera no puede ser interrumpido por razones administrativas o sentido, la normatividad apuntar a que la cobertura se a de manera continua, sin se vea afectada por trámites administrativos funjan como barreras o permitan vacíos que afecten el acceso a los Que, en marco la universalización del aseguramiento, consagra en su artículo 32, un mecanismo de incorporación General de Seguridad en Salud para todas las personas, independientemente de su nacionalidad. que no estén afiliadas y que requieran atención en salud, y asigna al Gobierno Nacional la obligación de desarrollar mecanismos garantizar la afiliación. Que, literal h) del artículo 5 de la Ley 1751 de 2015 como una de las obligaciones del la de formular y adoptar políticas de dirigidas a garantizar

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es un coordinacioacuten y

I universalidad y ser garantizado a todos

continua una vez la provisioacuten de un servicio ha sido

REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

PRESIDENCIA DE LA REP BLlCA SECRETARiacuteA JURIDI A

MINISTERIO y PROTECCiOacuteN SOC1l _____--+-_

DECRETO NUacuteMERO O 6 4 DE 2020

NE 2020 Por el cual se modifican artiacuteculos 21311 21313 2151 21 21 Y

21317 Yse adicionan los artiacuteculos 154 y 2155 del Decreto 780 201 en relacioacuten con los afiliados reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras

disposiciones

LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

conferidas por 154 y 1 de la 100 14 literal a) de la Ley 11

11 En ejercicio constitucionales y legales y en

artiacuteculo 189 de la Constitucioacuten Poliacutetica 2001 2011

de las artiacuteculos

1993 el numeral 423 de la 715 artiacuteculo el artiacuteculo 32 de la Ley 1 artiacuteculo

de la Ley 1955 de 2019 y

CONSIDERANDO

Que el artiacuteculo 48 la Constitucioacuten Poliacutetica establece que la servicio puacuteblico obligatorio que se presta bajo la control del con sujecioacuten a los principios de solidaridad ser un derecho irrenunciable que los habitantes del territorio nacional

Que constituyen principios del Sistema General de Seguridad en Salud entre otros la universalidad y la continuidad este uacuteltimo entendido como la garantiacutea que tiene toda habiendo ingresado al Sistema tiene vocacioacuten permanencia y no en principio ser separado del mismo cuando en peligro su calidad de vida e ~~t1

fundantes de la Ley 1751 de 2015 es la continuidad que se T las personas a recibir los salud de manera

no puede ser interrumpido por razones administrativas o sentido la normatividad apuntar a que la cobertura se a de manera continua sin se vea afectada por traacutemites administrativos funjan como barreras o permitan vaciacuteos que afecten el acceso a los

Que en marco la universalizacioacuten del aseguramiento consagra en su artiacuteculo 32 un mecanismo de incorporacioacuten General de Seguridad en Salud para todas las personas independientemente de su nacionalidad que no esteacuten afiliadas y que requieran atencioacuten en salud y asigna al Gobierno Nacional la obligacioacuten de desarrollar mecanismos garantizar la afiliacioacuten Que literal h) del artiacuteculo 5 de la Ley 1751 de 2015 como una de las obligaciones del la de formular y adoptar poliacuteticas de dirigidas a garantizar

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DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 2 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21 311 21313 2151 21 77 21 78 Y 21317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

el goce efectivo del derecho en igualdad de trato y oportunidades para toda la poblacioacuten asegurando para ello la coordinacioacuten armoacutenica de las acciones de todos los agentes del Sistema y el artiacuteculo 11 por su parte consagra como sujetos de especial proteccioacuten entre otros a los nintildeos nintildeas y adolescentes y a las mujeres en estado de embarazo los que deben ser priorizados en los mecanismos de afiliacioacuten que defina el Estado

Que mediante la Ley 1955 de 2019 se expidioacute el Plan Nacional de Desarrollo 2018 shy2022 normativa que en su artiacuteculo 236 con la finalidad de lograr la cobertura universal del aseguramiento dispuso que se hace necesario que la entidad territorial competente en coordinacioacuten con las Entidades Promotoras de Salud -EPS y con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPS puacuteblicas o privadas afilien a las personas cuando requieran la prestacioacuten de servicios de salud al reacutegimen que corresponda teniendo en cuenta su capacidad de pago

Que en razoacuten a la crisis econoacutemica poliacutetica y social que afronta la Repuacuteblica Bolivariana de Venezuela se desencadenoacute el ingreso masivo de migrantes venezolanos desde el antildeo 2015 de los cuales seguacuten informacioacuten de Migracioacuten Colombia a 31 de agosto de 2019 se encuentran en nuestro paiacutes 1488373 migrantes venezolanos de los cuales 750918 se encuentran en estado regular y 737455 en condicioacuten irregular permaneciendo gran parte de ellos en condiciones de vulnerabilidad dada su afectacioacuten socioeconoacutemica

Que a traveacutes de la Resolucioacuten 3015 de 2017 el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social incluyoacute el Permiso Especial de Permanencia - PEP como documento vaacutelido de identificacioacuten ante el Sistema de Proteccioacuten Social

Que en el CONPES 3950 de 2018 se establece la poliacutetica que define la ruta para la atencioacuten de la poblacioacuten migrante desde la Repuacuteblica Bolivariana de Venezuela en el mediano plazo buscando fortalecer las capacidades del Estado colombiano para atender el fenoacutemeno a nivel nacional y territorial fijando para el sector salud entre otras liacuteneas de accioacuten la de brindar asistencia teacutecnica para aumentar la afiliacioacuten al Sistema General de Seguridad Social en Salud de las personas migrantes regulares y retornados procedentes de Venezuela y el seguimiento de las atenciones a personas migrantes irregulares

Que los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud teniendo el deber de reportar la novedad de movilidad en la actualidad la mayoriacutea no lo hacen poniendo en riesgo su continuidad en el Sistema General de Seguridad Social en Salud quedando en ocasiones sin el acceso a la prestacioacuten de servicios de salud

Que el Departamento Nacional de Planeacioacuten en cumplimiento de las recomendaciones del CONPES 3877 de 2016 adelantoacute un operativo de barrido en todo el paiacutes desde diciembre de 2017 con el objetivo de actualizar la informacioacuten registrada en la base de datos del SISBEN resultado que pondraacute a disposicioacuten de las entidades del orden nacional y de las entidades territoriales los puntajes de Sisbeacuten 111 actualizados previa la implementacioacuten del Sisbeacuten IV

Que con fundamento en lo previsto en el artiacuteculo 266 de la Constitucioacuten Poliacutetica yen el numeral 7 del artiacuteculo 5 del Decreto 1010 de 2000 dentro de las competencias de la Registradora Nacional del Estado Civil se encuentra la de expedir copias del registro civil

06lt1 NUacuteMERO ________--____ 2020 HOJA No 3 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arlfculos 21Oacute4 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los affliados al

subsidiado la affliacioacuten de oficio y se dictan otras aIS)OSIClores

a de que el General de Seguridad Social en Salud preveacute dentro de sus principios la universal a la fecha poblacioacuten que no se encuentra

hacieacutendose necesario implementar que garanticen no solo la afiliacioacuten de dicha poblacioacuten sino tambieacuten la continuidad de la raCT

debieacutendose priorizar a los nacidos y menores edad y su grupo migrantes venezolanos identificados con el Permiso Especial de

meacuterito de lo expuesto

DECRETA

ARTiacuteCULO 10 Modifiacutequese artiacuteculo 1 11 Decreto 780 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

UArtiacuteculo 21311 Afiliacioacuten de recieacuten nacido y de sus padres no afiliados Cuando los padres del recieacuten nacido no se encuentren al Sistema General de Seguridad Social en Salud o se encuentren con novedad terminacioacuten de inscripcioacuten en la el prestador de servicios de salud en la fecha de su procederaacute conforme a lo siguiente

1 Cuando alguno de los padres condiciones pertenecer al reacutegimen contributivo registraraacute en Sistema de Afiliacioacuten Transaccional e inscribiraacute en una EPS de dicho reacutegimen que en domicilio padre obligado a y al recieacuten nacido afiliacioacuten disponga Sistema de Afiliacioacuten Transaccional

2 Cuando los padres declaren ante el prestador servicios de salud no cumplen las condiciones pertenecer al reacutegimen contributivo y se encuentran clasificados en niveles I y 11 del SISBEN o pertenezcan a alguna poblacioacuten especial sentildealadas en artiacuteculo 2 15 1

Decreto registraraacute e inscribiraacute a los y al recieacuten al reacutegimen subsidiado conformidad con lo establecido en el 2 154 del presente decreto

3 Cuando a los padres no les ha sido aplicada la encuesta SISBEN o no a alguna poblacioacuten especial de sentildealadas en el artfculo

presente y declaren ante el prestador de servicios situacioacuten y no cumplen las condiciones para pertenecer

a la inscripcioacuten en la EPS la aplicacioacuten de la SISBEN

Efectuada inscnpclOn y recieacuten nacido y sus padres al General Seguridad Social en Salud el Sistema Afiliacioacuten Transaccional notificaraacute dicha novedad a territorial a y a la Unidad Administrativa Especial de Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccioacuten Social - acuerdo con el 1 la Parte Libro 2 del 1068 de 2015

realizar esta prestador deberaacute consultar la informacioacuten que para tal efecto

ron contributivo se registraraacute al recieacuten y a los padres en de Afiliacioacuten Transaccional y los

reacutegimen subsidiado que en el municipio domicilio de los nJlnriexcl

quienes deberaacuten soliacutecitar dentro de los cinco (5) dfas haacutebiles

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DECRETO NlIMERO DE 2020 HOJA No 4 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los articulas 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Paraacutegrafo 1 En los casos sentildealados en los numerales 2 y 3 la entidad territorial verificaraacute en un plazo no mayor a cuatro (4) meses si la persona acredita las condiciones para pertenecer al reacutegimen subsidiado y en caso que no cumplan la entidad territorial reportaraacute la novedad de terminacioacuten de la inscripcioacuten de los padres uacutenicamente y seraacute efectiva desde el momento de su reporte En aquellos lugares donde no es posible aplicar la encuesta SSBEN el plazo de que trata el presente numeral se contaraacute a partir de la disponibilidad de la encuesta

Paraacutegrafo 2 En caso que no se pueda efectuar el reporte de esta novedad en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional el prestador del servicio deberaacute realizar la afiliacioacuten del recieacuten nacido y de sus padres directamente ante la EPS en coordinacioacuten con la respectiva entidad territorial y realizaraacute las notificaciones previstas en el paraacutegrafo anterior a maacutes tardar dentro de los tres (3) diacuteas calendario siguientes a la misma

Paraacutegrafo 3 Para los efectos previstos en este artiacuteculo el prestador de servicios de salud aplicaraacute lo previsto en el artiacuteculo 2154 del presente decreto

Paraacutegrafo 4 Las reglas contenidas en el presente artiacuteculo tambieacuten aplicaraacuten a los menores de edad que no sean recieacuten nacidos esto es a los mayores de 1 mes de nacido y menores de 1B antildeos cuando demanden servicios de salud

ARTiacuteCULO 20 Modifiacutequese el artiacuteculo 21313 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21313 Aporte del registro civil de nacimiento El registro civil de nacimiento debe ser aportado a maacutes tardar dentro de los tres (3) meses siguientes al nacimiento no obstante si el registro no ha sido allegado dentro de este teacutermino la EPS deberaacute garantizar la continuidad en la prestacioacuten de los servicios de salud del plan de beneficios y tendraacute derecho al reconocimiento de la correspondiente UPG Para el efecto procederaacute conforme a las siguientes reglas

1 En el diacutea haacutebil siguiente al primer mes de vida del recieacuten nacido la EPS deberaacute enviar una comunicacioacuten al cotizante o cabeza de familia o a los padres o en ausencia de estos a quien tenga la custodia o cuidado personal del menor en la que le recuerde su obligacioacuten de aportar el registro civil del menor y las consecuencias de que el mismo no sea aportado Esta comunicacioacuten deberaacute ser enviada cada mes hasta que el registro civil sea aportado La comunicacioacuten se podraacute enviar por cualquier mecanismo que sea comprobable Cuando la direccioacuten de recepcioacuten no sea la vigente con la devolucioacuten de la primera comunicacioacuten se entiende cumplida la obligacioacuten del requerimiento del registro civil de nacimiento En todo caso la EPS deberaacute demostrar que agotoacute todos los mecanismos posibles para contactar al afiliado o a quien tenga la custodia

2 Siacute vencidos los tres (3) meses no ha sido allegado el Registro Civil de Nacimiento las EPS deberaacuten dar aviso a la Entidad Territorial para que solicite ante la Registraduriacutea Nacional del Estado Civil la expedicioacuten de los registros civiles de nacimiento del recieacuten nacido para lo cual deberaacute suministrar la informacioacuten de contacto de los padres registrada en el Sistema asiacute mismo denunciaraacuten ante el Instituto Colombiano de

Contributivo o

064 DE 2020 HOJA No 5 13DECRETO NUacuteMERO ---------------shy

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulas 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artIculas 2154 y 2155 del Decreto 780 de en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diacuteSIJOSIciolles

Familiar-ICBF O las Comisariacuteas Familia tal circunstancia lo de su competencia

Paraacutegrafo cada una de comunicaciones guardar constancia la EPS y mismas podraacuten ser requeridas por autoridades del en cualquier momento para la revisioacuten anaacutelisis y enau la informacioacuten las EPS registren en las bases sobre estos l1ll1ll1UfOK

ARTiacuteCULO 30 Modifiacutequese el artiacuteculo 2151 del 780 de 2016 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 151 Afiliados al Reacutegimen Son en el Reacutegimen Subsidiado las que sin tener calidades para ser afiliados en el Reacutegimen de Excepcioacuten o Especial cumplan las siguientes condiciones

1 identificadas en los niveles I y 11 SISBEN o en el instrumento que modifique de acuerdo con los puntos de corte que adopte el Ministerio de Salud y Social

2 identificadas en el nivel 111 del o en el instrumento que lo modifique y que a vigencia de la 1122 de 2007 se encontraban

al Reacutegimen Subsidiado

3 que dejen ser madres comunitarias o madres sustitutas y sean beneficiarias del subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del

de Pensional en teacuterminos de los artiacuteculos 164 de Ley 1450 de 1 y 111 de 1769 de 2015 Instituto

Colombiano de Familiar listado

4 Nintildeos Nintildeas Adolescentes y Joacutevenes en Proceso Administrativo para Restablecimiento de sus derechos y poblacioacuten perteneciente al Sistema

Responsabilidad Penal para Adolescentes El listado censal de beneficiarios seraacute elaborado por el Instituto Colombiano Bienestar

5 Menores desvinculados del conflicto armado El listado censal de beneficiarios para afiliacioacuten al Subsidiado Salud de los menores desvinculados del conflicto armado bajo la deIICBF

elaborado por Instituto Colombiano de Bienestar

6 Poblacioacuten infantil vulnerable bajo proteccioacuten en instituciones diferentes al ICBF Elistado de beneficiarios esta poblacioacuten elaborado por alcaldiacuteas municipales o distritales y departamentos que tienen a cargo corregimientos

7 Comunidades Indiacutegenas La identificacioacuten y elaboracioacuten los listados censaes de a poblacioacuten indiacutegena para la asignacioacuten subsidios se efectuaraacute de conformidad con lo previsto en el articulo 5 la Ley 691 de

y las normas que la modifiquen adicionen o sustituyan No obstante cuando autoridades tradicionales y legiacutetimas lo soliciten

aplicarse encuesta SISBEN sin que ello limite su derecho al acceso a los en salud Cuando la poblacioacuten beneficiaria

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 6 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arllculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arllculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

identificada a listado no coincida con la poblacioacuten indiacutegena certificada por el Departamento Administrativo Nacional Estadiacutestica (DANE) la autoridad municipal lo y validaraacute manera conjunta con la autoridad tradicional para del registro individual en la de datos de beneficiarios y afiliados del Reacutegimen Subsidiado de

8 Poblacioacuten desmovilizada El listado censal de beneficiarios para afiliacioacuten al Subsidiado de las desmovilizadas y su nuacutecleo familiar deberaacute ser elaborado por la Agencia

la Reincorporacioacuten y la Normalizacioacuten o quien haga sus veces Cuando el desmovilizado cabeza familia se mantendraacute la rlIlIu de su nuacutecleo familiar

9 Adultos mayores en centros de proteccioacuten Los adultos mayores escasos recursos y en condicioacuten de abandono se encuentren en centros de proteccioacuten listado de beneficiarios de esta poblacioacuten

elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales y departamentos que tienen a cargo corregimientos

10 Poblacioacuten Rom listado censal beneficiarios para la afiliacioacuten Reacutegimen Subsidiado de Salud de poblacioacuten Rom se realizaraacute mediante un listado elaborado por la autoridad legiacutetimamente constituida (SheroRom o portavoz de cada Kumpania) y reconocida ante la

Etnias del Ministerio del Interior El listado ser registrado y verificado por alcaldiacutea del municipio o distrito en donde se encuentren las Kumpania No obstante cuando las autoridades legiacutetimas del pueblo Rom lo soliciten podraacute aplicarse encuesta

11 Personas incluidas en el Programa de Proteccioacuten a Testigos El censal de beneficiarios para la afiliacioacuten al Reacutegimen Subsidiado de

la poblacioacuten incluida en el de Proteccioacuten de Testigos elaborado por Fiscaliacutea General de la Nacioacuten

Viacutectimas conflicto armado conformidad con lo sentildealado en Ley 1448 de 2011 y que se encuentren en elRegistro Uacutenico de Viacutectimas elaborado por Unidad Administrativa la Atencioacuten y Reparacioacuten a las Vctimas

13 Poblacioacuten privada de la libertad a cargo de las entidades territoriales del orden departamental distrital o municipal que no cumpla las condiciones para cotizar al Sistema General de Seguridad Social en Salud e inimputables trastorno en cumplimento de medida de seguridad listado censal poblacioacuten elaborado por las gobernaciones o alcaldiacuteas distritales o seguacuten sea el caso

14 Poblacioacuten migrante colombiana repatriada o que ha retornado voluntariamente al paiacutes o han sido deportados o expulsados la Repuacuteblica de Venezuela y su nuacutecleo familiar El listado censal de esta poblacioacuten seraacute por municipales o distritales y departamentos que a cargo corregimientos

Poblacioacuten habitante de calle liacutestado censal poblacioacuten elaborado por alcaldiacuteas municipales o distritales

064DECRETO NUacuteMERO ________ DE 2020 HOJA No 7 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 21313 2151 2 177 2 1 78 Y 21317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

16 Los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana Cruz Roja Colombiana y cuerpos de bomberos asiacute como su nuacutecleo familiar salvo que sean cotizantes o beneficiarios del Reacutegimen Contributivo El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por la entidad a la cual pertenezca el voluntario que seraacute la responsable de la informacioacuten suministrada y de su acreditacioacuten como activo

17 Personas con discapacidad en centros de proteccioacuten Los adultos entre 18 y 60 antildeos en condicioacuten de discapacidad de escasos recursos y en condicioacuten de abandono que se encuentren en centros de proteccioacuten El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las gobernaciones o las alcaldiacuteas distritales o municipales

18 Migrantes Venezolanos Los migrantes venezolanos sin capacidad de pago pobres y vulnerables con Permiso Especial de Permanencia - PEP vigente asiacute como sus hijos menores de edad con documento de identidad vaacutelido en los teacuterminos del artIculo 2 135 del presente decreto que permanezcan en el paiacutes El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales

Paraacutegrafo 1 Las condiciones de pertenencia al Reacutegimen Contributivo o a un Reacutegimen Especial o Exceptuado prevalecen sobre las de pertenencia al Reacutegimen Subsidiado salvo lo dispuesto para la afiliacioacuten del recieacuten nacido y las poblaciones de que tratan los numerales 4 5 Y 6 del presente artiacuteculo En consecuencia cuando una persona reuacutena simultaacuteneamente las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo al Reacutegimen Especial o al Exceptuado o al Reacutegimen Subsidiado deberaacute registrarse e inscribirse a una EPS del Reacutegimen Contributivo o afiliarse al Reacutegimen Especial o Exceptuado seguacuten el caso

Paraacutegrafo 2 Las reglas de afiliacioacuten y novedades de la poblacioacuten indiacutegena y de las comunidades Rom se seguiraacuten por las normas vigentes a la expedicioacuten del presente decreto hasta tanto el Gobierno Nacional reglamente la afiliacioacuten y los instrumentos para garantizar la continuidad en la afiliacioacuten y el goce efectivo del derecho a la salud de esta poblacioacuten evento en el cual el Gobierno Nacional adelantaraacute la consulta previa

Paraacutegrafo 3 Cuando variacutee la situacioacuten socioeconoacutemica de las personas beneficiarias del numeral 3 del presente articulo y ello las haga potenciales afiliadas al Reacutegimen Contributivo asiacute lo informaraacute a la EPS respectiva quien deberaacute reportar allCBF lo pertinente para la actualizacioacuten del listado censal

Paraacutegrafo 4 Cuando cualquier autoridad nacional o territorial advierta que un afiliado del Reacutegimen Subsidiado cumpla las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo informaraacute a la entidad territorial para que adelante las medidas tendientes a la terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS La omisioacuten de esta obligacioacuten por parte de las autoridades territoriales daraacute lugar a las acciones disciplinarias admiriIacutestrativas fiscales y penales a que hubiere lugar

Paraacutegrafo 5 Los migrantes venezolanos afiliados deberaacuten acreditar su permanencia en el paiacutes actualizando la informacioacuten de su domicilio cada cuatro (4) meses ante la entidad territorial municipal donde se encuentren domiciliados La entidad territorial deberaacute reportar esta informacioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional 11

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 8 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artlculos 2154 Y 2155 del Decreto 780 de en relaci6n con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diSl)Osiciorles

ARTiacuteCULO 40 Adicioacutenese el artiacuteculo 1 del 780 de 2016 en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2154 Afiliacioacuten de oficio una persona no se encuentre afiliada al Sistema General de Social en Salud o se encuentre con novedad de terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS el prestador de servicios de salud o la entidad territorial seguacuten corresponda efectuaraacute la afiliacioacuten de manera inmediata siguientes reglas

1 Cuando la persona reuacutena condiciones para pertenecer al reglmen contributivo la registraraacute en Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una reacutegimen

2 Cuando la Flor no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y se clasificado en Jos niveles I y 11 del SISBEN la 1CriexclQrrl~ de Afiliacioacuten Transaccional y 0 inscribiraacute en una EPS del nnbullbull rnc en respectivo municipio

3 Cuando la persona no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y no sido la encuesta SISBEN o que no pertenece a alguna poblacioacuten de las sentildealadas en el artiacuteculo 2 15 1 la registraraacute en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una del reacutegimen subsidiado que opere en el municipio de domicilio Cuando se trate de afiliados a los que no ha sido aplicada la del la entidad territorial gestionar de manera traacutemite necesario para la aplicacioacuten encuesta al gtTIIgtn

4 La persona de no hacerlo el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional EPS que tenga mayor cobertura en jurisdiccioacuten territorial o la Institucioacuten Prestadora de Servicios de Salud le informaraacute a la persona dicha inscripcioacuten

Sin embargo la el derecho a la libre escogencia de dentro los (90) diacuteas calendario contados a partir de la

inscripcioacuten

casos en los numerales 2 y 3 la entidad territorial no mayor a cuatro (4) meses si la persona acredita

subsidiado y en caso que no cumplan rorrror la novedad de terminacioacuten de la inscripcioacuten los

nlonr y desde el momento de su reporte aquellos rUUN no es posible aplicar la encuesta SISBEN el plazo de que

el presente numeral se contaraacute a partir de la disponibilidad de la encuesta los en los numerales anteriores el prestador de servicios salud y la territorial seguacuten corresponda deberaacuten consultar la informacioacuten tal efecto disponga el Sistema de Afiliacioacuten

Paraacutegrafo 2 la inscripcioacuten y registro de la subsidiado o contributivo seguacuten corresponda el Sistema Transaccional notificaraacute dicha novedad a la entidad territorial a

----------------06DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 9 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los aftlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los aftculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Administradora de los Recursos Sistema shy y a la EPS corresponda

caso de que no se pueda efectuar e inscripcioacuten a lttArrlQ de Afiliacioacuten Transaccional el seNCIOS salud

con la entidad territorial realizar la afiliacioacuten directamente y realizaraacute las previstas en paraacutegrafo anterior

Paraacutegrafo entidad territorial de oficio a personas vaacutelidamente identificadas en el Estado colombiano y guardaraacute constancia de las acciones adelantadas Asiacute mismo deberaacute informar por escrito al afiliado resultado la transaccioacuten la cual debe contener como miacutenimo la EPS seleccionada y los de contacto dicha entidad

ARTiacuteCULO 50 el artiacuteculo 1 del Decreto 780 201 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

UArticulo 155 Verificacioacuten las condiciones de los migran tes venezolanos afiliados al Reacutegimen Subsidiado La entidad territorial municipal del domicilio del migran te venezolano afiliado de que numeral 18 del artiacuteculo 2151 del presente decreto recibiraacute la que presente migrante acreditando su permanencia y la reportaraacute al de Afiliacioacuten Transaccional

Cuando el migran te venezolano afiliado no haya acreditado su permanencia en el pals en los teacuterminos del paraacutegrafo 6 del articulo 2151 del decreto la entidad territorial reportaraacute la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional T o la registraraacute en de Datos Uacutenica de Afiliados - BDUA La uacuteltima entidad territorial migrante venezolano su informacioacuten domicilio la responsable de reportar la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS

Con la novedad terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS para esta la obligacioacuten garantizar la prestacioacuten los seNicios de salud del Plan de Beneficios y el pago de la UPC por parte de la Administradora los Recursos del Sistema sin perjuicio de la validacioacuten de la vigencia documento por parte de la Administradora de los del Sistema-ADRES el pago de la Unidad por Capitacioacuten shy

Sistema Transaccional T notificaraacute las novedades a la entidad territorial a los Recursos del Sistema -ADRES y a la

artiacuteculo 21 del Decreto 780 el cualARTiacuteCULO 60 quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2177 Movilidad entre regiacutemenes La movilidad es cambio de reacutegimen dentro misma EPS para afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud focalizados en los niveles I y 11 del y las

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DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 10 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arliacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

poblaciones especiales de que trata el artiacuteculo 2151 de la presente parte seguacuten corresponda

En virtud de la movilidad los afiliados descritos en el inciso anterior podraacuten cambiar de un reacutegimen a otro con su nuacutecleo familiar sin solucioacuten de continuidad manteniendo su inscripcioacuten en la misma EPS

Cuando los afiliados ejerzan la movilidad y residan en un municipio diferente a aquel en que les fue aplicada la encuesta SISBEN el puntaje obtenido en la encuesta practicada por el municipio de origen se consideraraacute vaacutelido hasta tanto el municipio en el que actualmente estaacute domiciliado el afiliado le realice la encuesta El cambio de domicilio en ninguacuten caso podraacute afectar la continuidad del aseguramiento ni el reconocimiento de la UPG

Cuando un afiliado al reacutegimen subsidiado se traslade de EPS el puntaje obtenido en la uacuteltima ecuesta SISBEN seraacute vaacutelido hasta tanto se realice una nueva encuesta

Paraacutegrafo Los afiliados manifestaraacuten su voluntad de ejercer la movilidad en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico que adopte el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y se suscribiraacute y reportaraacute ante la EPS de manera individual y directa cuando se realice al reacutegimen subsidiado y de manera conjunta con su empleador si fuere el caso cuando se realice al reacutegimen contributivo La verificacioacuten del nivel del SISBEN estaraacute a cargo de la EPS del reacutegimen contributivo a traveacutes de la herramienta de consulta masiva que para el efecto dispone el Departamento Nacional de Planeacioacuten

ARTiacuteCULO 70 Modifiacutequese el articulo 2178 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2178 Registro y reporte de la novedad de movilidad El Sistema de Afiliacioacuten Transaccional dispondraacute de los mecanismos para que los requisitos de movilidad se puedan verificar con la informacioacuten disponible y para que los afiacuteliados puedan realizar directamente el traacutemite de movilidad asiacute como la notificacioacuten de la movilidad a las EPS a los afiliados cotizantes a los afiliados cabeza de familia a los integrantes del nuacutecleo familiar a los aportantes y a las entidades territoriales

El afiliado deberaacute registrar en la solicitud de la movilidad a los integrantes de su nuacutecleo familiar con derecho a ser inscritos en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico de acuerdo con lo previsto en la presente Parte

La novedad de moviacutelidad del reacutegimen contributivo al reacutegimen subsidiado deberaacute ser registrada por el afiliado al diacutea siguiente de la terminacioacuten de la vinculacioacuten laboral o de la perdida de las condiciones para seguir cotizando como independiente y a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea calendario del respectivo mes o al diacutea siguiente del vencimiento del periacuteodo de proteccioacuten laboral o del mecanismo de proteccioacuten al cesante si los hubiere

ninguacuten caso la podraacute registrar la novedad de movilidad sin que se haya mecanismo de proteccioacuten al

si los no autorizada y si incurre las UPC por estos afiliados el le

hubiere reconocido

cumplido el periacuteodo proteccioacuten laboral o se tendraacute como

en ella la EPS rlolraacute

mes

DECRETO NUacuteMERO 064 DE 2020 HOJA No 11 de 13 ------~~~-----

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

La novedad de movilidad del subsidiado al rflrn contributivo ser por el afiliado diacutea en que una vinculacioacuten laboral o condiciones para cotizar como independiente

Cuando el usuario no solicitud de movilidad del reacutegimen al reacutegimen subsidiado la deberaacute reportarla en aDUA e informar al afiliado y a respectiva entidad territorial tal novedad

Las EPS contributivo y subsidiado reportaraacuten a la Administradora de los del Sistema Seguridad en Salud -ADRES las movilidad correspondiendo a las entidades territoriales realizar respectivas se trate de la movilidad

un afiliado cuya fue por un mUniCIpiO al domiciacuteliacuteado uacuteltimo el esponsable validar las rrIlNUIr1ltl

permanecer en el Reacutegimen Subsidiado

Adicionalmente la deberaacute remitir a la Administradora de del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES certificacioacuten por representante y el revisor fiscal de en la que novedades cargadas en materia de movilidad entre regiacutemenes cumplen a cabalidad condiciones descritas en el presente decreto

anterior sin fas acciones inspeccioacuten vigilancia y control a cargo de la Superintendencia Nacional C LlLI en el marco de las sanciones previstas en la Ley de 2019

Las EPS deberaacuten reportar la novedad de movilidad a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes contados a partir del primer dfa calendario del mes en que eacutesta se produce Cuando se reporte por fuera de dicho teacutermino Sistema reconoceraacute la correspondiente a partir del mes en que se produzca el reporte

ARTiacuteCULO 80 Modifiacutequese el artiacuteculo 1317 Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21317 Terminacioacuten de la inscripcioacuten en una EPS inscripcioacuten en la EPS en cual se encuentra inscrito el afiliado y su nuacutecleo familiar se terminaraacute en los siguientes casos

1 Cuando se traslada a

2 Cuando el empleador reporta la de retiro laboral del trabajador dependiente y afiliado no novedad de como independiente como afiliado adicional o como beneficiario dentro de la misma EPS y no opere o se hubiere agotado el periacuteodo proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al ni la movilidad regiacutemenes

-----------------DECRETO NUacuteMERO 06 DE 2020 HOJA No 12 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 213 Y se adicionan los articulos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

conforme a las normas previstas en la presente Parte

3 Cuando el trabajador independiente no reuacutene las condiciones para ser cotizante no reporte novedad como afiliado adicional o como beneficiario

de la misma y no opere o se agotado perlado proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al cesante ni la movilidad entre regiacutemenes conforme a normas previstas en presente

4 Cuando en el caso de los beneficiarios desaparezcan condiciones establecidas en la presente Parte ostentar dicha condicioacuten y no reporten

novedad cotizante dependiente cotizante independiente afiliado adicional o de movilidad regmenes conforme a las normas previstas en la presente

5 Cuando afiliado cotizan te y su nuacutecleo familiar fijen su residencia fuera paiacutes y la novedad correspondiente a la o a traveacutes del de Afiliacioacuten Transaccional

6 Cuando el afiliado cumpla con condiciones para pertenecer a un reacutegimen exceptuado o especial legalmente establecido

7 Cuando por disposicioacuten de las autoridades competentes se determine que personas inscritas en una EPS del reacutegimen subsidiado reuacutenen condiciones para tener la calidad de cotizan tes o pertenecer reacutegimen contributivo

8 Cuando prestacioacuten los servicios de salud de las personas de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan con sus madres en

establecimientos de reclusioacuten a cargo Fondo Nacional de Salud Personas Privadas la Libertad En el caso las personas privadas libertad que se encuentren obligadas a cotizar la terminacioacuten de la

inscripcioacuten soacutelo para cotizante y el menor de tres (3) que conviva con la madre cotizan te

9 Cuando transcurridos (4) meses contados desde afiliacioacuten entidad territorial verifique que la persona no es elegible para pertenecer reacutegimen subsidiado en los teacuterminos establecidos en los artiacuteculos 2 13 11 Y 2154 presente decreto en ninguacuten caso impliacuteque la terminacioacuten de la afiliacioacuten a la del nacido o el menor de

10 Cuando el migrante venezolano no acredite la permanencia en el paiacutes en los teacuterminos establecidos en numeral del artiacuteculo 2151 del presente decreto y en consecuencia no continuaraacute contando con aseguramiento en salud

Paraacutegrafo 1 Cuando el afiliado cotiacutezante o el cabeza de familia y su nuacutecleo familiar fijen su residencia del paiacutes deberaacuten reportar esta novedad

afiliado cotizante reportar dicha novedad a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea del mes en que eacutesta se produzca y no habraacute lugar al pago las cotizaciones durante los periOdos por los que se termina la inscripcioacuten Cuando el afiliado cotizante que fije su fuera paiacutes no reporte la novedad se mantendraacute la inscripcioacuten en EPS y se causaraacute e intereses moratorias

DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)

Page 2: REPÚBLICA DE COLOMBIA - Presidencia · General de Seguridad Social en Salud o se encuentren con novedad terminación de inscripción en la el prestador de servicios de salud, en

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DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 2 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21 311 21313 2151 21 77 21 78 Y 21317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

el goce efectivo del derecho en igualdad de trato y oportunidades para toda la poblacioacuten asegurando para ello la coordinacioacuten armoacutenica de las acciones de todos los agentes del Sistema y el artiacuteculo 11 por su parte consagra como sujetos de especial proteccioacuten entre otros a los nintildeos nintildeas y adolescentes y a las mujeres en estado de embarazo los que deben ser priorizados en los mecanismos de afiliacioacuten que defina el Estado

Que mediante la Ley 1955 de 2019 se expidioacute el Plan Nacional de Desarrollo 2018 shy2022 normativa que en su artiacuteculo 236 con la finalidad de lograr la cobertura universal del aseguramiento dispuso que se hace necesario que la entidad territorial competente en coordinacioacuten con las Entidades Promotoras de Salud -EPS y con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPS puacuteblicas o privadas afilien a las personas cuando requieran la prestacioacuten de servicios de salud al reacutegimen que corresponda teniendo en cuenta su capacidad de pago

Que en razoacuten a la crisis econoacutemica poliacutetica y social que afronta la Repuacuteblica Bolivariana de Venezuela se desencadenoacute el ingreso masivo de migrantes venezolanos desde el antildeo 2015 de los cuales seguacuten informacioacuten de Migracioacuten Colombia a 31 de agosto de 2019 se encuentran en nuestro paiacutes 1488373 migrantes venezolanos de los cuales 750918 se encuentran en estado regular y 737455 en condicioacuten irregular permaneciendo gran parte de ellos en condiciones de vulnerabilidad dada su afectacioacuten socioeconoacutemica

Que a traveacutes de la Resolucioacuten 3015 de 2017 el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social incluyoacute el Permiso Especial de Permanencia - PEP como documento vaacutelido de identificacioacuten ante el Sistema de Proteccioacuten Social

Que en el CONPES 3950 de 2018 se establece la poliacutetica que define la ruta para la atencioacuten de la poblacioacuten migrante desde la Repuacuteblica Bolivariana de Venezuela en el mediano plazo buscando fortalecer las capacidades del Estado colombiano para atender el fenoacutemeno a nivel nacional y territorial fijando para el sector salud entre otras liacuteneas de accioacuten la de brindar asistencia teacutecnica para aumentar la afiliacioacuten al Sistema General de Seguridad Social en Salud de las personas migrantes regulares y retornados procedentes de Venezuela y el seguimiento de las atenciones a personas migrantes irregulares

Que los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud teniendo el deber de reportar la novedad de movilidad en la actualidad la mayoriacutea no lo hacen poniendo en riesgo su continuidad en el Sistema General de Seguridad Social en Salud quedando en ocasiones sin el acceso a la prestacioacuten de servicios de salud

Que el Departamento Nacional de Planeacioacuten en cumplimiento de las recomendaciones del CONPES 3877 de 2016 adelantoacute un operativo de barrido en todo el paiacutes desde diciembre de 2017 con el objetivo de actualizar la informacioacuten registrada en la base de datos del SISBEN resultado que pondraacute a disposicioacuten de las entidades del orden nacional y de las entidades territoriales los puntajes de Sisbeacuten 111 actualizados previa la implementacioacuten del Sisbeacuten IV

Que con fundamento en lo previsto en el artiacuteculo 266 de la Constitucioacuten Poliacutetica yen el numeral 7 del artiacuteculo 5 del Decreto 1010 de 2000 dentro de las competencias de la Registradora Nacional del Estado Civil se encuentra la de expedir copias del registro civil

06lt1 NUacuteMERO ________--____ 2020 HOJA No 3 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arlfculos 21Oacute4 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los affliados al

subsidiado la affliacioacuten de oficio y se dictan otras aIS)OSIClores

a de que el General de Seguridad Social en Salud preveacute dentro de sus principios la universal a la fecha poblacioacuten que no se encuentra

hacieacutendose necesario implementar que garanticen no solo la afiliacioacuten de dicha poblacioacuten sino tambieacuten la continuidad de la raCT

debieacutendose priorizar a los nacidos y menores edad y su grupo migrantes venezolanos identificados con el Permiso Especial de

meacuterito de lo expuesto

DECRETA

ARTiacuteCULO 10 Modifiacutequese artiacuteculo 1 11 Decreto 780 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

UArtiacuteculo 21311 Afiliacioacuten de recieacuten nacido y de sus padres no afiliados Cuando los padres del recieacuten nacido no se encuentren al Sistema General de Seguridad Social en Salud o se encuentren con novedad terminacioacuten de inscripcioacuten en la el prestador de servicios de salud en la fecha de su procederaacute conforme a lo siguiente

1 Cuando alguno de los padres condiciones pertenecer al reacutegimen contributivo registraraacute en Sistema de Afiliacioacuten Transaccional e inscribiraacute en una EPS de dicho reacutegimen que en domicilio padre obligado a y al recieacuten nacido afiliacioacuten disponga Sistema de Afiliacioacuten Transaccional

2 Cuando los padres declaren ante el prestador servicios de salud no cumplen las condiciones pertenecer al reacutegimen contributivo y se encuentran clasificados en niveles I y 11 del SISBEN o pertenezcan a alguna poblacioacuten especial sentildealadas en artiacuteculo 2 15 1

Decreto registraraacute e inscribiraacute a los y al recieacuten al reacutegimen subsidiado conformidad con lo establecido en el 2 154 del presente decreto

3 Cuando a los padres no les ha sido aplicada la encuesta SISBEN o no a alguna poblacioacuten especial de sentildealadas en el artfculo

presente y declaren ante el prestador de servicios situacioacuten y no cumplen las condiciones para pertenecer

a la inscripcioacuten en la EPS la aplicacioacuten de la SISBEN

Efectuada inscnpclOn y recieacuten nacido y sus padres al General Seguridad Social en Salud el Sistema Afiliacioacuten Transaccional notificaraacute dicha novedad a territorial a y a la Unidad Administrativa Especial de Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccioacuten Social - acuerdo con el 1 la Parte Libro 2 del 1068 de 2015

realizar esta prestador deberaacute consultar la informacioacuten que para tal efecto

ron contributivo se registraraacute al recieacuten y a los padres en de Afiliacioacuten Transaccional y los

reacutegimen subsidiado que en el municipio domicilio de los nJlnriexcl

quienes deberaacuten soliacutecitar dentro de los cinco (5) dfas haacutebiles

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DECRETO NlIMERO DE 2020 HOJA No 4 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los articulas 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Paraacutegrafo 1 En los casos sentildealados en los numerales 2 y 3 la entidad territorial verificaraacute en un plazo no mayor a cuatro (4) meses si la persona acredita las condiciones para pertenecer al reacutegimen subsidiado y en caso que no cumplan la entidad territorial reportaraacute la novedad de terminacioacuten de la inscripcioacuten de los padres uacutenicamente y seraacute efectiva desde el momento de su reporte En aquellos lugares donde no es posible aplicar la encuesta SSBEN el plazo de que trata el presente numeral se contaraacute a partir de la disponibilidad de la encuesta

Paraacutegrafo 2 En caso que no se pueda efectuar el reporte de esta novedad en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional el prestador del servicio deberaacute realizar la afiliacioacuten del recieacuten nacido y de sus padres directamente ante la EPS en coordinacioacuten con la respectiva entidad territorial y realizaraacute las notificaciones previstas en el paraacutegrafo anterior a maacutes tardar dentro de los tres (3) diacuteas calendario siguientes a la misma

Paraacutegrafo 3 Para los efectos previstos en este artiacuteculo el prestador de servicios de salud aplicaraacute lo previsto en el artiacuteculo 2154 del presente decreto

Paraacutegrafo 4 Las reglas contenidas en el presente artiacuteculo tambieacuten aplicaraacuten a los menores de edad que no sean recieacuten nacidos esto es a los mayores de 1 mes de nacido y menores de 1B antildeos cuando demanden servicios de salud

ARTiacuteCULO 20 Modifiacutequese el artiacuteculo 21313 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21313 Aporte del registro civil de nacimiento El registro civil de nacimiento debe ser aportado a maacutes tardar dentro de los tres (3) meses siguientes al nacimiento no obstante si el registro no ha sido allegado dentro de este teacutermino la EPS deberaacute garantizar la continuidad en la prestacioacuten de los servicios de salud del plan de beneficios y tendraacute derecho al reconocimiento de la correspondiente UPG Para el efecto procederaacute conforme a las siguientes reglas

1 En el diacutea haacutebil siguiente al primer mes de vida del recieacuten nacido la EPS deberaacute enviar una comunicacioacuten al cotizante o cabeza de familia o a los padres o en ausencia de estos a quien tenga la custodia o cuidado personal del menor en la que le recuerde su obligacioacuten de aportar el registro civil del menor y las consecuencias de que el mismo no sea aportado Esta comunicacioacuten deberaacute ser enviada cada mes hasta que el registro civil sea aportado La comunicacioacuten se podraacute enviar por cualquier mecanismo que sea comprobable Cuando la direccioacuten de recepcioacuten no sea la vigente con la devolucioacuten de la primera comunicacioacuten se entiende cumplida la obligacioacuten del requerimiento del registro civil de nacimiento En todo caso la EPS deberaacute demostrar que agotoacute todos los mecanismos posibles para contactar al afiliado o a quien tenga la custodia

2 Siacute vencidos los tres (3) meses no ha sido allegado el Registro Civil de Nacimiento las EPS deberaacuten dar aviso a la Entidad Territorial para que solicite ante la Registraduriacutea Nacional del Estado Civil la expedicioacuten de los registros civiles de nacimiento del recieacuten nacido para lo cual deberaacute suministrar la informacioacuten de contacto de los padres registrada en el Sistema asiacute mismo denunciaraacuten ante el Instituto Colombiano de

Contributivo o

064 DE 2020 HOJA No 5 13DECRETO NUacuteMERO ---------------shy

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulas 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artIculas 2154 y 2155 del Decreto 780 de en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diacuteSIJOSIciolles

Familiar-ICBF O las Comisariacuteas Familia tal circunstancia lo de su competencia

Paraacutegrafo cada una de comunicaciones guardar constancia la EPS y mismas podraacuten ser requeridas por autoridades del en cualquier momento para la revisioacuten anaacutelisis y enau la informacioacuten las EPS registren en las bases sobre estos l1ll1ll1UfOK

ARTiacuteCULO 30 Modifiacutequese el artiacuteculo 2151 del 780 de 2016 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 151 Afiliados al Reacutegimen Son en el Reacutegimen Subsidiado las que sin tener calidades para ser afiliados en el Reacutegimen de Excepcioacuten o Especial cumplan las siguientes condiciones

1 identificadas en los niveles I y 11 SISBEN o en el instrumento que modifique de acuerdo con los puntos de corte que adopte el Ministerio de Salud y Social

2 identificadas en el nivel 111 del o en el instrumento que lo modifique y que a vigencia de la 1122 de 2007 se encontraban

al Reacutegimen Subsidiado

3 que dejen ser madres comunitarias o madres sustitutas y sean beneficiarias del subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del

de Pensional en teacuterminos de los artiacuteculos 164 de Ley 1450 de 1 y 111 de 1769 de 2015 Instituto

Colombiano de Familiar listado

4 Nintildeos Nintildeas Adolescentes y Joacutevenes en Proceso Administrativo para Restablecimiento de sus derechos y poblacioacuten perteneciente al Sistema

Responsabilidad Penal para Adolescentes El listado censal de beneficiarios seraacute elaborado por el Instituto Colombiano Bienestar

5 Menores desvinculados del conflicto armado El listado censal de beneficiarios para afiliacioacuten al Subsidiado Salud de los menores desvinculados del conflicto armado bajo la deIICBF

elaborado por Instituto Colombiano de Bienestar

6 Poblacioacuten infantil vulnerable bajo proteccioacuten en instituciones diferentes al ICBF Elistado de beneficiarios esta poblacioacuten elaborado por alcaldiacuteas municipales o distritales y departamentos que tienen a cargo corregimientos

7 Comunidades Indiacutegenas La identificacioacuten y elaboracioacuten los listados censaes de a poblacioacuten indiacutegena para la asignacioacuten subsidios se efectuaraacute de conformidad con lo previsto en el articulo 5 la Ley 691 de

y las normas que la modifiquen adicionen o sustituyan No obstante cuando autoridades tradicionales y legiacutetimas lo soliciten

aplicarse encuesta SISBEN sin que ello limite su derecho al acceso a los en salud Cuando la poblacioacuten beneficiaria

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 6 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arllculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arllculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

identificada a listado no coincida con la poblacioacuten indiacutegena certificada por el Departamento Administrativo Nacional Estadiacutestica (DANE) la autoridad municipal lo y validaraacute manera conjunta con la autoridad tradicional para del registro individual en la de datos de beneficiarios y afiliados del Reacutegimen Subsidiado de

8 Poblacioacuten desmovilizada El listado censal de beneficiarios para afiliacioacuten al Subsidiado de las desmovilizadas y su nuacutecleo familiar deberaacute ser elaborado por la Agencia

la Reincorporacioacuten y la Normalizacioacuten o quien haga sus veces Cuando el desmovilizado cabeza familia se mantendraacute la rlIlIu de su nuacutecleo familiar

9 Adultos mayores en centros de proteccioacuten Los adultos mayores escasos recursos y en condicioacuten de abandono se encuentren en centros de proteccioacuten listado de beneficiarios de esta poblacioacuten

elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales y departamentos que tienen a cargo corregimientos

10 Poblacioacuten Rom listado censal beneficiarios para la afiliacioacuten Reacutegimen Subsidiado de Salud de poblacioacuten Rom se realizaraacute mediante un listado elaborado por la autoridad legiacutetimamente constituida (SheroRom o portavoz de cada Kumpania) y reconocida ante la

Etnias del Ministerio del Interior El listado ser registrado y verificado por alcaldiacutea del municipio o distrito en donde se encuentren las Kumpania No obstante cuando las autoridades legiacutetimas del pueblo Rom lo soliciten podraacute aplicarse encuesta

11 Personas incluidas en el Programa de Proteccioacuten a Testigos El censal de beneficiarios para la afiliacioacuten al Reacutegimen Subsidiado de

la poblacioacuten incluida en el de Proteccioacuten de Testigos elaborado por Fiscaliacutea General de la Nacioacuten

Viacutectimas conflicto armado conformidad con lo sentildealado en Ley 1448 de 2011 y que se encuentren en elRegistro Uacutenico de Viacutectimas elaborado por Unidad Administrativa la Atencioacuten y Reparacioacuten a las Vctimas

13 Poblacioacuten privada de la libertad a cargo de las entidades territoriales del orden departamental distrital o municipal que no cumpla las condiciones para cotizar al Sistema General de Seguridad Social en Salud e inimputables trastorno en cumplimento de medida de seguridad listado censal poblacioacuten elaborado por las gobernaciones o alcaldiacuteas distritales o seguacuten sea el caso

14 Poblacioacuten migrante colombiana repatriada o que ha retornado voluntariamente al paiacutes o han sido deportados o expulsados la Repuacuteblica de Venezuela y su nuacutecleo familiar El listado censal de esta poblacioacuten seraacute por municipales o distritales y departamentos que a cargo corregimientos

Poblacioacuten habitante de calle liacutestado censal poblacioacuten elaborado por alcaldiacuteas municipales o distritales

064DECRETO NUacuteMERO ________ DE 2020 HOJA No 7 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 21313 2151 2 177 2 1 78 Y 21317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

16 Los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana Cruz Roja Colombiana y cuerpos de bomberos asiacute como su nuacutecleo familiar salvo que sean cotizantes o beneficiarios del Reacutegimen Contributivo El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por la entidad a la cual pertenezca el voluntario que seraacute la responsable de la informacioacuten suministrada y de su acreditacioacuten como activo

17 Personas con discapacidad en centros de proteccioacuten Los adultos entre 18 y 60 antildeos en condicioacuten de discapacidad de escasos recursos y en condicioacuten de abandono que se encuentren en centros de proteccioacuten El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las gobernaciones o las alcaldiacuteas distritales o municipales

18 Migrantes Venezolanos Los migrantes venezolanos sin capacidad de pago pobres y vulnerables con Permiso Especial de Permanencia - PEP vigente asiacute como sus hijos menores de edad con documento de identidad vaacutelido en los teacuterminos del artIculo 2 135 del presente decreto que permanezcan en el paiacutes El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales

Paraacutegrafo 1 Las condiciones de pertenencia al Reacutegimen Contributivo o a un Reacutegimen Especial o Exceptuado prevalecen sobre las de pertenencia al Reacutegimen Subsidiado salvo lo dispuesto para la afiliacioacuten del recieacuten nacido y las poblaciones de que tratan los numerales 4 5 Y 6 del presente artiacuteculo En consecuencia cuando una persona reuacutena simultaacuteneamente las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo al Reacutegimen Especial o al Exceptuado o al Reacutegimen Subsidiado deberaacute registrarse e inscribirse a una EPS del Reacutegimen Contributivo o afiliarse al Reacutegimen Especial o Exceptuado seguacuten el caso

Paraacutegrafo 2 Las reglas de afiliacioacuten y novedades de la poblacioacuten indiacutegena y de las comunidades Rom se seguiraacuten por las normas vigentes a la expedicioacuten del presente decreto hasta tanto el Gobierno Nacional reglamente la afiliacioacuten y los instrumentos para garantizar la continuidad en la afiliacioacuten y el goce efectivo del derecho a la salud de esta poblacioacuten evento en el cual el Gobierno Nacional adelantaraacute la consulta previa

Paraacutegrafo 3 Cuando variacutee la situacioacuten socioeconoacutemica de las personas beneficiarias del numeral 3 del presente articulo y ello las haga potenciales afiliadas al Reacutegimen Contributivo asiacute lo informaraacute a la EPS respectiva quien deberaacute reportar allCBF lo pertinente para la actualizacioacuten del listado censal

Paraacutegrafo 4 Cuando cualquier autoridad nacional o territorial advierta que un afiliado del Reacutegimen Subsidiado cumpla las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo informaraacute a la entidad territorial para que adelante las medidas tendientes a la terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS La omisioacuten de esta obligacioacuten por parte de las autoridades territoriales daraacute lugar a las acciones disciplinarias admiriIacutestrativas fiscales y penales a que hubiere lugar

Paraacutegrafo 5 Los migrantes venezolanos afiliados deberaacuten acreditar su permanencia en el paiacutes actualizando la informacioacuten de su domicilio cada cuatro (4) meses ante la entidad territorial municipal donde se encuentren domiciliados La entidad territorial deberaacute reportar esta informacioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional 11

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 8 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artlculos 2154 Y 2155 del Decreto 780 de en relaci6n con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diSl)Osiciorles

ARTiacuteCULO 40 Adicioacutenese el artiacuteculo 1 del 780 de 2016 en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2154 Afiliacioacuten de oficio una persona no se encuentre afiliada al Sistema General de Social en Salud o se encuentre con novedad de terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS el prestador de servicios de salud o la entidad territorial seguacuten corresponda efectuaraacute la afiliacioacuten de manera inmediata siguientes reglas

1 Cuando la persona reuacutena condiciones para pertenecer al reglmen contributivo la registraraacute en Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una reacutegimen

2 Cuando la Flor no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y se clasificado en Jos niveles I y 11 del SISBEN la 1CriexclQrrl~ de Afiliacioacuten Transaccional y 0 inscribiraacute en una EPS del nnbullbull rnc en respectivo municipio

3 Cuando la persona no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y no sido la encuesta SISBEN o que no pertenece a alguna poblacioacuten de las sentildealadas en el artiacuteculo 2 15 1 la registraraacute en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una del reacutegimen subsidiado que opere en el municipio de domicilio Cuando se trate de afiliados a los que no ha sido aplicada la del la entidad territorial gestionar de manera traacutemite necesario para la aplicacioacuten encuesta al gtTIIgtn

4 La persona de no hacerlo el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional EPS que tenga mayor cobertura en jurisdiccioacuten territorial o la Institucioacuten Prestadora de Servicios de Salud le informaraacute a la persona dicha inscripcioacuten

Sin embargo la el derecho a la libre escogencia de dentro los (90) diacuteas calendario contados a partir de la

inscripcioacuten

casos en los numerales 2 y 3 la entidad territorial no mayor a cuatro (4) meses si la persona acredita

subsidiado y en caso que no cumplan rorrror la novedad de terminacioacuten de la inscripcioacuten los

nlonr y desde el momento de su reporte aquellos rUUN no es posible aplicar la encuesta SISBEN el plazo de que

el presente numeral se contaraacute a partir de la disponibilidad de la encuesta los en los numerales anteriores el prestador de servicios salud y la territorial seguacuten corresponda deberaacuten consultar la informacioacuten tal efecto disponga el Sistema de Afiliacioacuten

Paraacutegrafo 2 la inscripcioacuten y registro de la subsidiado o contributivo seguacuten corresponda el Sistema Transaccional notificaraacute dicha novedad a la entidad territorial a

----------------06DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 9 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los aftlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los aftculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Administradora de los Recursos Sistema shy y a la EPS corresponda

caso de que no se pueda efectuar e inscripcioacuten a lttArrlQ de Afiliacioacuten Transaccional el seNCIOS salud

con la entidad territorial realizar la afiliacioacuten directamente y realizaraacute las previstas en paraacutegrafo anterior

Paraacutegrafo entidad territorial de oficio a personas vaacutelidamente identificadas en el Estado colombiano y guardaraacute constancia de las acciones adelantadas Asiacute mismo deberaacute informar por escrito al afiliado resultado la transaccioacuten la cual debe contener como miacutenimo la EPS seleccionada y los de contacto dicha entidad

ARTiacuteCULO 50 el artiacuteculo 1 del Decreto 780 201 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

UArticulo 155 Verificacioacuten las condiciones de los migran tes venezolanos afiliados al Reacutegimen Subsidiado La entidad territorial municipal del domicilio del migran te venezolano afiliado de que numeral 18 del artiacuteculo 2151 del presente decreto recibiraacute la que presente migrante acreditando su permanencia y la reportaraacute al de Afiliacioacuten Transaccional

Cuando el migran te venezolano afiliado no haya acreditado su permanencia en el pals en los teacuterminos del paraacutegrafo 6 del articulo 2151 del decreto la entidad territorial reportaraacute la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional T o la registraraacute en de Datos Uacutenica de Afiliados - BDUA La uacuteltima entidad territorial migrante venezolano su informacioacuten domicilio la responsable de reportar la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS

Con la novedad terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS para esta la obligacioacuten garantizar la prestacioacuten los seNicios de salud del Plan de Beneficios y el pago de la UPC por parte de la Administradora los Recursos del Sistema sin perjuicio de la validacioacuten de la vigencia documento por parte de la Administradora de los del Sistema-ADRES el pago de la Unidad por Capitacioacuten shy

Sistema Transaccional T notificaraacute las novedades a la entidad territorial a los Recursos del Sistema -ADRES y a la

artiacuteculo 21 del Decreto 780 el cualARTiacuteCULO 60 quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2177 Movilidad entre regiacutemenes La movilidad es cambio de reacutegimen dentro misma EPS para afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud focalizados en los niveles I y 11 del y las

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DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 10 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arliacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

poblaciones especiales de que trata el artiacuteculo 2151 de la presente parte seguacuten corresponda

En virtud de la movilidad los afiliados descritos en el inciso anterior podraacuten cambiar de un reacutegimen a otro con su nuacutecleo familiar sin solucioacuten de continuidad manteniendo su inscripcioacuten en la misma EPS

Cuando los afiliados ejerzan la movilidad y residan en un municipio diferente a aquel en que les fue aplicada la encuesta SISBEN el puntaje obtenido en la encuesta practicada por el municipio de origen se consideraraacute vaacutelido hasta tanto el municipio en el que actualmente estaacute domiciliado el afiliado le realice la encuesta El cambio de domicilio en ninguacuten caso podraacute afectar la continuidad del aseguramiento ni el reconocimiento de la UPG

Cuando un afiliado al reacutegimen subsidiado se traslade de EPS el puntaje obtenido en la uacuteltima ecuesta SISBEN seraacute vaacutelido hasta tanto se realice una nueva encuesta

Paraacutegrafo Los afiliados manifestaraacuten su voluntad de ejercer la movilidad en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico que adopte el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y se suscribiraacute y reportaraacute ante la EPS de manera individual y directa cuando se realice al reacutegimen subsidiado y de manera conjunta con su empleador si fuere el caso cuando se realice al reacutegimen contributivo La verificacioacuten del nivel del SISBEN estaraacute a cargo de la EPS del reacutegimen contributivo a traveacutes de la herramienta de consulta masiva que para el efecto dispone el Departamento Nacional de Planeacioacuten

ARTiacuteCULO 70 Modifiacutequese el articulo 2178 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2178 Registro y reporte de la novedad de movilidad El Sistema de Afiliacioacuten Transaccional dispondraacute de los mecanismos para que los requisitos de movilidad se puedan verificar con la informacioacuten disponible y para que los afiacuteliados puedan realizar directamente el traacutemite de movilidad asiacute como la notificacioacuten de la movilidad a las EPS a los afiliados cotizantes a los afiliados cabeza de familia a los integrantes del nuacutecleo familiar a los aportantes y a las entidades territoriales

El afiliado deberaacute registrar en la solicitud de la movilidad a los integrantes de su nuacutecleo familiar con derecho a ser inscritos en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico de acuerdo con lo previsto en la presente Parte

La novedad de moviacutelidad del reacutegimen contributivo al reacutegimen subsidiado deberaacute ser registrada por el afiliado al diacutea siguiente de la terminacioacuten de la vinculacioacuten laboral o de la perdida de las condiciones para seguir cotizando como independiente y a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea calendario del respectivo mes o al diacutea siguiente del vencimiento del periacuteodo de proteccioacuten laboral o del mecanismo de proteccioacuten al cesante si los hubiere

ninguacuten caso la podraacute registrar la novedad de movilidad sin que se haya mecanismo de proteccioacuten al

si los no autorizada y si incurre las UPC por estos afiliados el le

hubiere reconocido

cumplido el periacuteodo proteccioacuten laboral o se tendraacute como

en ella la EPS rlolraacute

mes

DECRETO NUacuteMERO 064 DE 2020 HOJA No 11 de 13 ------~~~-----

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

La novedad de movilidad del subsidiado al rflrn contributivo ser por el afiliado diacutea en que una vinculacioacuten laboral o condiciones para cotizar como independiente

Cuando el usuario no solicitud de movilidad del reacutegimen al reacutegimen subsidiado la deberaacute reportarla en aDUA e informar al afiliado y a respectiva entidad territorial tal novedad

Las EPS contributivo y subsidiado reportaraacuten a la Administradora de los del Sistema Seguridad en Salud -ADRES las movilidad correspondiendo a las entidades territoriales realizar respectivas se trate de la movilidad

un afiliado cuya fue por un mUniCIpiO al domiciacuteliacuteado uacuteltimo el esponsable validar las rrIlNUIr1ltl

permanecer en el Reacutegimen Subsidiado

Adicionalmente la deberaacute remitir a la Administradora de del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES certificacioacuten por representante y el revisor fiscal de en la que novedades cargadas en materia de movilidad entre regiacutemenes cumplen a cabalidad condiciones descritas en el presente decreto

anterior sin fas acciones inspeccioacuten vigilancia y control a cargo de la Superintendencia Nacional C LlLI en el marco de las sanciones previstas en la Ley de 2019

Las EPS deberaacuten reportar la novedad de movilidad a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes contados a partir del primer dfa calendario del mes en que eacutesta se produce Cuando se reporte por fuera de dicho teacutermino Sistema reconoceraacute la correspondiente a partir del mes en que se produzca el reporte

ARTiacuteCULO 80 Modifiacutequese el artiacuteculo 1317 Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21317 Terminacioacuten de la inscripcioacuten en una EPS inscripcioacuten en la EPS en cual se encuentra inscrito el afiliado y su nuacutecleo familiar se terminaraacute en los siguientes casos

1 Cuando se traslada a

2 Cuando el empleador reporta la de retiro laboral del trabajador dependiente y afiliado no novedad de como independiente como afiliado adicional o como beneficiario dentro de la misma EPS y no opere o se hubiere agotado el periacuteodo proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al ni la movilidad regiacutemenes

-----------------DECRETO NUacuteMERO 06 DE 2020 HOJA No 12 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 213 Y se adicionan los articulos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

conforme a las normas previstas en la presente Parte

3 Cuando el trabajador independiente no reuacutene las condiciones para ser cotizante no reporte novedad como afiliado adicional o como beneficiario

de la misma y no opere o se agotado perlado proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al cesante ni la movilidad entre regiacutemenes conforme a normas previstas en presente

4 Cuando en el caso de los beneficiarios desaparezcan condiciones establecidas en la presente Parte ostentar dicha condicioacuten y no reporten

novedad cotizante dependiente cotizante independiente afiliado adicional o de movilidad regmenes conforme a las normas previstas en la presente

5 Cuando afiliado cotizan te y su nuacutecleo familiar fijen su residencia fuera paiacutes y la novedad correspondiente a la o a traveacutes del de Afiliacioacuten Transaccional

6 Cuando el afiliado cumpla con condiciones para pertenecer a un reacutegimen exceptuado o especial legalmente establecido

7 Cuando por disposicioacuten de las autoridades competentes se determine que personas inscritas en una EPS del reacutegimen subsidiado reuacutenen condiciones para tener la calidad de cotizan tes o pertenecer reacutegimen contributivo

8 Cuando prestacioacuten los servicios de salud de las personas de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan con sus madres en

establecimientos de reclusioacuten a cargo Fondo Nacional de Salud Personas Privadas la Libertad En el caso las personas privadas libertad que se encuentren obligadas a cotizar la terminacioacuten de la

inscripcioacuten soacutelo para cotizante y el menor de tres (3) que conviva con la madre cotizan te

9 Cuando transcurridos (4) meses contados desde afiliacioacuten entidad territorial verifique que la persona no es elegible para pertenecer reacutegimen subsidiado en los teacuterminos establecidos en los artiacuteculos 2 13 11 Y 2154 presente decreto en ninguacuten caso impliacuteque la terminacioacuten de la afiliacioacuten a la del nacido o el menor de

10 Cuando el migrante venezolano no acredite la permanencia en el paiacutes en los teacuterminos establecidos en numeral del artiacuteculo 2151 del presente decreto y en consecuencia no continuaraacute contando con aseguramiento en salud

Paraacutegrafo 1 Cuando el afiliado cotiacutezante o el cabeza de familia y su nuacutecleo familiar fijen su residencia del paiacutes deberaacuten reportar esta novedad

afiliado cotizante reportar dicha novedad a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea del mes en que eacutesta se produzca y no habraacute lugar al pago las cotizaciones durante los periOdos por los que se termina la inscripcioacuten Cuando el afiliado cotizante que fije su fuera paiacutes no reporte la novedad se mantendraacute la inscripcioacuten en EPS y se causaraacute e intereses moratorias

DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)

Page 3: REPÚBLICA DE COLOMBIA - Presidencia · General de Seguridad Social en Salud o se encuentren con novedad terminación de inscripción en la el prestador de servicios de salud, en

06lt1 NUacuteMERO ________--____ 2020 HOJA No 3 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arlfculos 21Oacute4 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los affliados al

subsidiado la affliacioacuten de oficio y se dictan otras aIS)OSIClores

a de que el General de Seguridad Social en Salud preveacute dentro de sus principios la universal a la fecha poblacioacuten que no se encuentra

hacieacutendose necesario implementar que garanticen no solo la afiliacioacuten de dicha poblacioacuten sino tambieacuten la continuidad de la raCT

debieacutendose priorizar a los nacidos y menores edad y su grupo migrantes venezolanos identificados con el Permiso Especial de

meacuterito de lo expuesto

DECRETA

ARTiacuteCULO 10 Modifiacutequese artiacuteculo 1 11 Decreto 780 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

UArtiacuteculo 21311 Afiliacioacuten de recieacuten nacido y de sus padres no afiliados Cuando los padres del recieacuten nacido no se encuentren al Sistema General de Seguridad Social en Salud o se encuentren con novedad terminacioacuten de inscripcioacuten en la el prestador de servicios de salud en la fecha de su procederaacute conforme a lo siguiente

1 Cuando alguno de los padres condiciones pertenecer al reacutegimen contributivo registraraacute en Sistema de Afiliacioacuten Transaccional e inscribiraacute en una EPS de dicho reacutegimen que en domicilio padre obligado a y al recieacuten nacido afiliacioacuten disponga Sistema de Afiliacioacuten Transaccional

2 Cuando los padres declaren ante el prestador servicios de salud no cumplen las condiciones pertenecer al reacutegimen contributivo y se encuentran clasificados en niveles I y 11 del SISBEN o pertenezcan a alguna poblacioacuten especial sentildealadas en artiacuteculo 2 15 1

Decreto registraraacute e inscribiraacute a los y al recieacuten al reacutegimen subsidiado conformidad con lo establecido en el 2 154 del presente decreto

3 Cuando a los padres no les ha sido aplicada la encuesta SISBEN o no a alguna poblacioacuten especial de sentildealadas en el artfculo

presente y declaren ante el prestador de servicios situacioacuten y no cumplen las condiciones para pertenecer

a la inscripcioacuten en la EPS la aplicacioacuten de la SISBEN

Efectuada inscnpclOn y recieacuten nacido y sus padres al General Seguridad Social en Salud el Sistema Afiliacioacuten Transaccional notificaraacute dicha novedad a territorial a y a la Unidad Administrativa Especial de Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccioacuten Social - acuerdo con el 1 la Parte Libro 2 del 1068 de 2015

realizar esta prestador deberaacute consultar la informacioacuten que para tal efecto

ron contributivo se registraraacute al recieacuten y a los padres en de Afiliacioacuten Transaccional y los

reacutegimen subsidiado que en el municipio domicilio de los nJlnriexcl

quienes deberaacuten soliacutecitar dentro de los cinco (5) dfas haacutebiles

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DECRETO NlIMERO DE 2020 HOJA No 4 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los articulas 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Paraacutegrafo 1 En los casos sentildealados en los numerales 2 y 3 la entidad territorial verificaraacute en un plazo no mayor a cuatro (4) meses si la persona acredita las condiciones para pertenecer al reacutegimen subsidiado y en caso que no cumplan la entidad territorial reportaraacute la novedad de terminacioacuten de la inscripcioacuten de los padres uacutenicamente y seraacute efectiva desde el momento de su reporte En aquellos lugares donde no es posible aplicar la encuesta SSBEN el plazo de que trata el presente numeral se contaraacute a partir de la disponibilidad de la encuesta

Paraacutegrafo 2 En caso que no se pueda efectuar el reporte de esta novedad en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional el prestador del servicio deberaacute realizar la afiliacioacuten del recieacuten nacido y de sus padres directamente ante la EPS en coordinacioacuten con la respectiva entidad territorial y realizaraacute las notificaciones previstas en el paraacutegrafo anterior a maacutes tardar dentro de los tres (3) diacuteas calendario siguientes a la misma

Paraacutegrafo 3 Para los efectos previstos en este artiacuteculo el prestador de servicios de salud aplicaraacute lo previsto en el artiacuteculo 2154 del presente decreto

Paraacutegrafo 4 Las reglas contenidas en el presente artiacuteculo tambieacuten aplicaraacuten a los menores de edad que no sean recieacuten nacidos esto es a los mayores de 1 mes de nacido y menores de 1B antildeos cuando demanden servicios de salud

ARTiacuteCULO 20 Modifiacutequese el artiacuteculo 21313 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21313 Aporte del registro civil de nacimiento El registro civil de nacimiento debe ser aportado a maacutes tardar dentro de los tres (3) meses siguientes al nacimiento no obstante si el registro no ha sido allegado dentro de este teacutermino la EPS deberaacute garantizar la continuidad en la prestacioacuten de los servicios de salud del plan de beneficios y tendraacute derecho al reconocimiento de la correspondiente UPG Para el efecto procederaacute conforme a las siguientes reglas

1 En el diacutea haacutebil siguiente al primer mes de vida del recieacuten nacido la EPS deberaacute enviar una comunicacioacuten al cotizante o cabeza de familia o a los padres o en ausencia de estos a quien tenga la custodia o cuidado personal del menor en la que le recuerde su obligacioacuten de aportar el registro civil del menor y las consecuencias de que el mismo no sea aportado Esta comunicacioacuten deberaacute ser enviada cada mes hasta que el registro civil sea aportado La comunicacioacuten se podraacute enviar por cualquier mecanismo que sea comprobable Cuando la direccioacuten de recepcioacuten no sea la vigente con la devolucioacuten de la primera comunicacioacuten se entiende cumplida la obligacioacuten del requerimiento del registro civil de nacimiento En todo caso la EPS deberaacute demostrar que agotoacute todos los mecanismos posibles para contactar al afiliado o a quien tenga la custodia

2 Siacute vencidos los tres (3) meses no ha sido allegado el Registro Civil de Nacimiento las EPS deberaacuten dar aviso a la Entidad Territorial para que solicite ante la Registraduriacutea Nacional del Estado Civil la expedicioacuten de los registros civiles de nacimiento del recieacuten nacido para lo cual deberaacute suministrar la informacioacuten de contacto de los padres registrada en el Sistema asiacute mismo denunciaraacuten ante el Instituto Colombiano de

Contributivo o

064 DE 2020 HOJA No 5 13DECRETO NUacuteMERO ---------------shy

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulas 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artIculas 2154 y 2155 del Decreto 780 de en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diacuteSIJOSIciolles

Familiar-ICBF O las Comisariacuteas Familia tal circunstancia lo de su competencia

Paraacutegrafo cada una de comunicaciones guardar constancia la EPS y mismas podraacuten ser requeridas por autoridades del en cualquier momento para la revisioacuten anaacutelisis y enau la informacioacuten las EPS registren en las bases sobre estos l1ll1ll1UfOK

ARTiacuteCULO 30 Modifiacutequese el artiacuteculo 2151 del 780 de 2016 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 151 Afiliados al Reacutegimen Son en el Reacutegimen Subsidiado las que sin tener calidades para ser afiliados en el Reacutegimen de Excepcioacuten o Especial cumplan las siguientes condiciones

1 identificadas en los niveles I y 11 SISBEN o en el instrumento que modifique de acuerdo con los puntos de corte que adopte el Ministerio de Salud y Social

2 identificadas en el nivel 111 del o en el instrumento que lo modifique y que a vigencia de la 1122 de 2007 se encontraban

al Reacutegimen Subsidiado

3 que dejen ser madres comunitarias o madres sustitutas y sean beneficiarias del subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del

de Pensional en teacuterminos de los artiacuteculos 164 de Ley 1450 de 1 y 111 de 1769 de 2015 Instituto

Colombiano de Familiar listado

4 Nintildeos Nintildeas Adolescentes y Joacutevenes en Proceso Administrativo para Restablecimiento de sus derechos y poblacioacuten perteneciente al Sistema

Responsabilidad Penal para Adolescentes El listado censal de beneficiarios seraacute elaborado por el Instituto Colombiano Bienestar

5 Menores desvinculados del conflicto armado El listado censal de beneficiarios para afiliacioacuten al Subsidiado Salud de los menores desvinculados del conflicto armado bajo la deIICBF

elaborado por Instituto Colombiano de Bienestar

6 Poblacioacuten infantil vulnerable bajo proteccioacuten en instituciones diferentes al ICBF Elistado de beneficiarios esta poblacioacuten elaborado por alcaldiacuteas municipales o distritales y departamentos que tienen a cargo corregimientos

7 Comunidades Indiacutegenas La identificacioacuten y elaboracioacuten los listados censaes de a poblacioacuten indiacutegena para la asignacioacuten subsidios se efectuaraacute de conformidad con lo previsto en el articulo 5 la Ley 691 de

y las normas que la modifiquen adicionen o sustituyan No obstante cuando autoridades tradicionales y legiacutetimas lo soliciten

aplicarse encuesta SISBEN sin que ello limite su derecho al acceso a los en salud Cuando la poblacioacuten beneficiaria

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 6 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arllculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arllculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

identificada a listado no coincida con la poblacioacuten indiacutegena certificada por el Departamento Administrativo Nacional Estadiacutestica (DANE) la autoridad municipal lo y validaraacute manera conjunta con la autoridad tradicional para del registro individual en la de datos de beneficiarios y afiliados del Reacutegimen Subsidiado de

8 Poblacioacuten desmovilizada El listado censal de beneficiarios para afiliacioacuten al Subsidiado de las desmovilizadas y su nuacutecleo familiar deberaacute ser elaborado por la Agencia

la Reincorporacioacuten y la Normalizacioacuten o quien haga sus veces Cuando el desmovilizado cabeza familia se mantendraacute la rlIlIu de su nuacutecleo familiar

9 Adultos mayores en centros de proteccioacuten Los adultos mayores escasos recursos y en condicioacuten de abandono se encuentren en centros de proteccioacuten listado de beneficiarios de esta poblacioacuten

elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales y departamentos que tienen a cargo corregimientos

10 Poblacioacuten Rom listado censal beneficiarios para la afiliacioacuten Reacutegimen Subsidiado de Salud de poblacioacuten Rom se realizaraacute mediante un listado elaborado por la autoridad legiacutetimamente constituida (SheroRom o portavoz de cada Kumpania) y reconocida ante la

Etnias del Ministerio del Interior El listado ser registrado y verificado por alcaldiacutea del municipio o distrito en donde se encuentren las Kumpania No obstante cuando las autoridades legiacutetimas del pueblo Rom lo soliciten podraacute aplicarse encuesta

11 Personas incluidas en el Programa de Proteccioacuten a Testigos El censal de beneficiarios para la afiliacioacuten al Reacutegimen Subsidiado de

la poblacioacuten incluida en el de Proteccioacuten de Testigos elaborado por Fiscaliacutea General de la Nacioacuten

Viacutectimas conflicto armado conformidad con lo sentildealado en Ley 1448 de 2011 y que se encuentren en elRegistro Uacutenico de Viacutectimas elaborado por Unidad Administrativa la Atencioacuten y Reparacioacuten a las Vctimas

13 Poblacioacuten privada de la libertad a cargo de las entidades territoriales del orden departamental distrital o municipal que no cumpla las condiciones para cotizar al Sistema General de Seguridad Social en Salud e inimputables trastorno en cumplimento de medida de seguridad listado censal poblacioacuten elaborado por las gobernaciones o alcaldiacuteas distritales o seguacuten sea el caso

14 Poblacioacuten migrante colombiana repatriada o que ha retornado voluntariamente al paiacutes o han sido deportados o expulsados la Repuacuteblica de Venezuela y su nuacutecleo familiar El listado censal de esta poblacioacuten seraacute por municipales o distritales y departamentos que a cargo corregimientos

Poblacioacuten habitante de calle liacutestado censal poblacioacuten elaborado por alcaldiacuteas municipales o distritales

064DECRETO NUacuteMERO ________ DE 2020 HOJA No 7 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 21313 2151 2 177 2 1 78 Y 21317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

16 Los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana Cruz Roja Colombiana y cuerpos de bomberos asiacute como su nuacutecleo familiar salvo que sean cotizantes o beneficiarios del Reacutegimen Contributivo El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por la entidad a la cual pertenezca el voluntario que seraacute la responsable de la informacioacuten suministrada y de su acreditacioacuten como activo

17 Personas con discapacidad en centros de proteccioacuten Los adultos entre 18 y 60 antildeos en condicioacuten de discapacidad de escasos recursos y en condicioacuten de abandono que se encuentren en centros de proteccioacuten El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las gobernaciones o las alcaldiacuteas distritales o municipales

18 Migrantes Venezolanos Los migrantes venezolanos sin capacidad de pago pobres y vulnerables con Permiso Especial de Permanencia - PEP vigente asiacute como sus hijos menores de edad con documento de identidad vaacutelido en los teacuterminos del artIculo 2 135 del presente decreto que permanezcan en el paiacutes El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales

Paraacutegrafo 1 Las condiciones de pertenencia al Reacutegimen Contributivo o a un Reacutegimen Especial o Exceptuado prevalecen sobre las de pertenencia al Reacutegimen Subsidiado salvo lo dispuesto para la afiliacioacuten del recieacuten nacido y las poblaciones de que tratan los numerales 4 5 Y 6 del presente artiacuteculo En consecuencia cuando una persona reuacutena simultaacuteneamente las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo al Reacutegimen Especial o al Exceptuado o al Reacutegimen Subsidiado deberaacute registrarse e inscribirse a una EPS del Reacutegimen Contributivo o afiliarse al Reacutegimen Especial o Exceptuado seguacuten el caso

Paraacutegrafo 2 Las reglas de afiliacioacuten y novedades de la poblacioacuten indiacutegena y de las comunidades Rom se seguiraacuten por las normas vigentes a la expedicioacuten del presente decreto hasta tanto el Gobierno Nacional reglamente la afiliacioacuten y los instrumentos para garantizar la continuidad en la afiliacioacuten y el goce efectivo del derecho a la salud de esta poblacioacuten evento en el cual el Gobierno Nacional adelantaraacute la consulta previa

Paraacutegrafo 3 Cuando variacutee la situacioacuten socioeconoacutemica de las personas beneficiarias del numeral 3 del presente articulo y ello las haga potenciales afiliadas al Reacutegimen Contributivo asiacute lo informaraacute a la EPS respectiva quien deberaacute reportar allCBF lo pertinente para la actualizacioacuten del listado censal

Paraacutegrafo 4 Cuando cualquier autoridad nacional o territorial advierta que un afiliado del Reacutegimen Subsidiado cumpla las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo informaraacute a la entidad territorial para que adelante las medidas tendientes a la terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS La omisioacuten de esta obligacioacuten por parte de las autoridades territoriales daraacute lugar a las acciones disciplinarias admiriIacutestrativas fiscales y penales a que hubiere lugar

Paraacutegrafo 5 Los migrantes venezolanos afiliados deberaacuten acreditar su permanencia en el paiacutes actualizando la informacioacuten de su domicilio cada cuatro (4) meses ante la entidad territorial municipal donde se encuentren domiciliados La entidad territorial deberaacute reportar esta informacioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional 11

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 8 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artlculos 2154 Y 2155 del Decreto 780 de en relaci6n con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diSl)Osiciorles

ARTiacuteCULO 40 Adicioacutenese el artiacuteculo 1 del 780 de 2016 en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2154 Afiliacioacuten de oficio una persona no se encuentre afiliada al Sistema General de Social en Salud o se encuentre con novedad de terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS el prestador de servicios de salud o la entidad territorial seguacuten corresponda efectuaraacute la afiliacioacuten de manera inmediata siguientes reglas

1 Cuando la persona reuacutena condiciones para pertenecer al reglmen contributivo la registraraacute en Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una reacutegimen

2 Cuando la Flor no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y se clasificado en Jos niveles I y 11 del SISBEN la 1CriexclQrrl~ de Afiliacioacuten Transaccional y 0 inscribiraacute en una EPS del nnbullbull rnc en respectivo municipio

3 Cuando la persona no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y no sido la encuesta SISBEN o que no pertenece a alguna poblacioacuten de las sentildealadas en el artiacuteculo 2 15 1 la registraraacute en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una del reacutegimen subsidiado que opere en el municipio de domicilio Cuando se trate de afiliados a los que no ha sido aplicada la del la entidad territorial gestionar de manera traacutemite necesario para la aplicacioacuten encuesta al gtTIIgtn

4 La persona de no hacerlo el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional EPS que tenga mayor cobertura en jurisdiccioacuten territorial o la Institucioacuten Prestadora de Servicios de Salud le informaraacute a la persona dicha inscripcioacuten

Sin embargo la el derecho a la libre escogencia de dentro los (90) diacuteas calendario contados a partir de la

inscripcioacuten

casos en los numerales 2 y 3 la entidad territorial no mayor a cuatro (4) meses si la persona acredita

subsidiado y en caso que no cumplan rorrror la novedad de terminacioacuten de la inscripcioacuten los

nlonr y desde el momento de su reporte aquellos rUUN no es posible aplicar la encuesta SISBEN el plazo de que

el presente numeral se contaraacute a partir de la disponibilidad de la encuesta los en los numerales anteriores el prestador de servicios salud y la territorial seguacuten corresponda deberaacuten consultar la informacioacuten tal efecto disponga el Sistema de Afiliacioacuten

Paraacutegrafo 2 la inscripcioacuten y registro de la subsidiado o contributivo seguacuten corresponda el Sistema Transaccional notificaraacute dicha novedad a la entidad territorial a

----------------06DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 9 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los aftlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los aftculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Administradora de los Recursos Sistema shy y a la EPS corresponda

caso de que no se pueda efectuar e inscripcioacuten a lttArrlQ de Afiliacioacuten Transaccional el seNCIOS salud

con la entidad territorial realizar la afiliacioacuten directamente y realizaraacute las previstas en paraacutegrafo anterior

Paraacutegrafo entidad territorial de oficio a personas vaacutelidamente identificadas en el Estado colombiano y guardaraacute constancia de las acciones adelantadas Asiacute mismo deberaacute informar por escrito al afiliado resultado la transaccioacuten la cual debe contener como miacutenimo la EPS seleccionada y los de contacto dicha entidad

ARTiacuteCULO 50 el artiacuteculo 1 del Decreto 780 201 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

UArticulo 155 Verificacioacuten las condiciones de los migran tes venezolanos afiliados al Reacutegimen Subsidiado La entidad territorial municipal del domicilio del migran te venezolano afiliado de que numeral 18 del artiacuteculo 2151 del presente decreto recibiraacute la que presente migrante acreditando su permanencia y la reportaraacute al de Afiliacioacuten Transaccional

Cuando el migran te venezolano afiliado no haya acreditado su permanencia en el pals en los teacuterminos del paraacutegrafo 6 del articulo 2151 del decreto la entidad territorial reportaraacute la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional T o la registraraacute en de Datos Uacutenica de Afiliados - BDUA La uacuteltima entidad territorial migrante venezolano su informacioacuten domicilio la responsable de reportar la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS

Con la novedad terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS para esta la obligacioacuten garantizar la prestacioacuten los seNicios de salud del Plan de Beneficios y el pago de la UPC por parte de la Administradora los Recursos del Sistema sin perjuicio de la validacioacuten de la vigencia documento por parte de la Administradora de los del Sistema-ADRES el pago de la Unidad por Capitacioacuten shy

Sistema Transaccional T notificaraacute las novedades a la entidad territorial a los Recursos del Sistema -ADRES y a la

artiacuteculo 21 del Decreto 780 el cualARTiacuteCULO 60 quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2177 Movilidad entre regiacutemenes La movilidad es cambio de reacutegimen dentro misma EPS para afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud focalizados en los niveles I y 11 del y las

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DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 10 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arliacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

poblaciones especiales de que trata el artiacuteculo 2151 de la presente parte seguacuten corresponda

En virtud de la movilidad los afiliados descritos en el inciso anterior podraacuten cambiar de un reacutegimen a otro con su nuacutecleo familiar sin solucioacuten de continuidad manteniendo su inscripcioacuten en la misma EPS

Cuando los afiliados ejerzan la movilidad y residan en un municipio diferente a aquel en que les fue aplicada la encuesta SISBEN el puntaje obtenido en la encuesta practicada por el municipio de origen se consideraraacute vaacutelido hasta tanto el municipio en el que actualmente estaacute domiciliado el afiliado le realice la encuesta El cambio de domicilio en ninguacuten caso podraacute afectar la continuidad del aseguramiento ni el reconocimiento de la UPG

Cuando un afiliado al reacutegimen subsidiado se traslade de EPS el puntaje obtenido en la uacuteltima ecuesta SISBEN seraacute vaacutelido hasta tanto se realice una nueva encuesta

Paraacutegrafo Los afiliados manifestaraacuten su voluntad de ejercer la movilidad en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico que adopte el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y se suscribiraacute y reportaraacute ante la EPS de manera individual y directa cuando se realice al reacutegimen subsidiado y de manera conjunta con su empleador si fuere el caso cuando se realice al reacutegimen contributivo La verificacioacuten del nivel del SISBEN estaraacute a cargo de la EPS del reacutegimen contributivo a traveacutes de la herramienta de consulta masiva que para el efecto dispone el Departamento Nacional de Planeacioacuten

ARTiacuteCULO 70 Modifiacutequese el articulo 2178 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2178 Registro y reporte de la novedad de movilidad El Sistema de Afiliacioacuten Transaccional dispondraacute de los mecanismos para que los requisitos de movilidad se puedan verificar con la informacioacuten disponible y para que los afiacuteliados puedan realizar directamente el traacutemite de movilidad asiacute como la notificacioacuten de la movilidad a las EPS a los afiliados cotizantes a los afiliados cabeza de familia a los integrantes del nuacutecleo familiar a los aportantes y a las entidades territoriales

El afiliado deberaacute registrar en la solicitud de la movilidad a los integrantes de su nuacutecleo familiar con derecho a ser inscritos en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico de acuerdo con lo previsto en la presente Parte

La novedad de moviacutelidad del reacutegimen contributivo al reacutegimen subsidiado deberaacute ser registrada por el afiliado al diacutea siguiente de la terminacioacuten de la vinculacioacuten laboral o de la perdida de las condiciones para seguir cotizando como independiente y a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea calendario del respectivo mes o al diacutea siguiente del vencimiento del periacuteodo de proteccioacuten laboral o del mecanismo de proteccioacuten al cesante si los hubiere

ninguacuten caso la podraacute registrar la novedad de movilidad sin que se haya mecanismo de proteccioacuten al

si los no autorizada y si incurre las UPC por estos afiliados el le

hubiere reconocido

cumplido el periacuteodo proteccioacuten laboral o se tendraacute como

en ella la EPS rlolraacute

mes

DECRETO NUacuteMERO 064 DE 2020 HOJA No 11 de 13 ------~~~-----

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

La novedad de movilidad del subsidiado al rflrn contributivo ser por el afiliado diacutea en que una vinculacioacuten laboral o condiciones para cotizar como independiente

Cuando el usuario no solicitud de movilidad del reacutegimen al reacutegimen subsidiado la deberaacute reportarla en aDUA e informar al afiliado y a respectiva entidad territorial tal novedad

Las EPS contributivo y subsidiado reportaraacuten a la Administradora de los del Sistema Seguridad en Salud -ADRES las movilidad correspondiendo a las entidades territoriales realizar respectivas se trate de la movilidad

un afiliado cuya fue por un mUniCIpiO al domiciacuteliacuteado uacuteltimo el esponsable validar las rrIlNUIr1ltl

permanecer en el Reacutegimen Subsidiado

Adicionalmente la deberaacute remitir a la Administradora de del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES certificacioacuten por representante y el revisor fiscal de en la que novedades cargadas en materia de movilidad entre regiacutemenes cumplen a cabalidad condiciones descritas en el presente decreto

anterior sin fas acciones inspeccioacuten vigilancia y control a cargo de la Superintendencia Nacional C LlLI en el marco de las sanciones previstas en la Ley de 2019

Las EPS deberaacuten reportar la novedad de movilidad a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes contados a partir del primer dfa calendario del mes en que eacutesta se produce Cuando se reporte por fuera de dicho teacutermino Sistema reconoceraacute la correspondiente a partir del mes en que se produzca el reporte

ARTiacuteCULO 80 Modifiacutequese el artiacuteculo 1317 Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21317 Terminacioacuten de la inscripcioacuten en una EPS inscripcioacuten en la EPS en cual se encuentra inscrito el afiliado y su nuacutecleo familiar se terminaraacute en los siguientes casos

1 Cuando se traslada a

2 Cuando el empleador reporta la de retiro laboral del trabajador dependiente y afiliado no novedad de como independiente como afiliado adicional o como beneficiario dentro de la misma EPS y no opere o se hubiere agotado el periacuteodo proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al ni la movilidad regiacutemenes

-----------------DECRETO NUacuteMERO 06 DE 2020 HOJA No 12 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 213 Y se adicionan los articulos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

conforme a las normas previstas en la presente Parte

3 Cuando el trabajador independiente no reuacutene las condiciones para ser cotizante no reporte novedad como afiliado adicional o como beneficiario

de la misma y no opere o se agotado perlado proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al cesante ni la movilidad entre regiacutemenes conforme a normas previstas en presente

4 Cuando en el caso de los beneficiarios desaparezcan condiciones establecidas en la presente Parte ostentar dicha condicioacuten y no reporten

novedad cotizante dependiente cotizante independiente afiliado adicional o de movilidad regmenes conforme a las normas previstas en la presente

5 Cuando afiliado cotizan te y su nuacutecleo familiar fijen su residencia fuera paiacutes y la novedad correspondiente a la o a traveacutes del de Afiliacioacuten Transaccional

6 Cuando el afiliado cumpla con condiciones para pertenecer a un reacutegimen exceptuado o especial legalmente establecido

7 Cuando por disposicioacuten de las autoridades competentes se determine que personas inscritas en una EPS del reacutegimen subsidiado reuacutenen condiciones para tener la calidad de cotizan tes o pertenecer reacutegimen contributivo

8 Cuando prestacioacuten los servicios de salud de las personas de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan con sus madres en

establecimientos de reclusioacuten a cargo Fondo Nacional de Salud Personas Privadas la Libertad En el caso las personas privadas libertad que se encuentren obligadas a cotizar la terminacioacuten de la

inscripcioacuten soacutelo para cotizante y el menor de tres (3) que conviva con la madre cotizan te

9 Cuando transcurridos (4) meses contados desde afiliacioacuten entidad territorial verifique que la persona no es elegible para pertenecer reacutegimen subsidiado en los teacuterminos establecidos en los artiacuteculos 2 13 11 Y 2154 presente decreto en ninguacuten caso impliacuteque la terminacioacuten de la afiliacioacuten a la del nacido o el menor de

10 Cuando el migrante venezolano no acredite la permanencia en el paiacutes en los teacuterminos establecidos en numeral del artiacuteculo 2151 del presente decreto y en consecuencia no continuaraacute contando con aseguramiento en salud

Paraacutegrafo 1 Cuando el afiliado cotiacutezante o el cabeza de familia y su nuacutecleo familiar fijen su residencia del paiacutes deberaacuten reportar esta novedad

afiliado cotizante reportar dicha novedad a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea del mes en que eacutesta se produzca y no habraacute lugar al pago las cotizaciones durante los periOdos por los que se termina la inscripcioacuten Cuando el afiliado cotizante que fije su fuera paiacutes no reporte la novedad se mantendraacute la inscripcioacuten en EPS y se causaraacute e intereses moratorias

DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)

Page 4: REPÚBLICA DE COLOMBIA - Presidencia · General de Seguridad Social en Salud o se encuentren con novedad terminación de inscripción en la el prestador de servicios de salud, en

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DECRETO NlIMERO DE 2020 HOJA No 4 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los articulas 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Paraacutegrafo 1 En los casos sentildealados en los numerales 2 y 3 la entidad territorial verificaraacute en un plazo no mayor a cuatro (4) meses si la persona acredita las condiciones para pertenecer al reacutegimen subsidiado y en caso que no cumplan la entidad territorial reportaraacute la novedad de terminacioacuten de la inscripcioacuten de los padres uacutenicamente y seraacute efectiva desde el momento de su reporte En aquellos lugares donde no es posible aplicar la encuesta SSBEN el plazo de que trata el presente numeral se contaraacute a partir de la disponibilidad de la encuesta

Paraacutegrafo 2 En caso que no se pueda efectuar el reporte de esta novedad en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional el prestador del servicio deberaacute realizar la afiliacioacuten del recieacuten nacido y de sus padres directamente ante la EPS en coordinacioacuten con la respectiva entidad territorial y realizaraacute las notificaciones previstas en el paraacutegrafo anterior a maacutes tardar dentro de los tres (3) diacuteas calendario siguientes a la misma

Paraacutegrafo 3 Para los efectos previstos en este artiacuteculo el prestador de servicios de salud aplicaraacute lo previsto en el artiacuteculo 2154 del presente decreto

Paraacutegrafo 4 Las reglas contenidas en el presente artiacuteculo tambieacuten aplicaraacuten a los menores de edad que no sean recieacuten nacidos esto es a los mayores de 1 mes de nacido y menores de 1B antildeos cuando demanden servicios de salud

ARTiacuteCULO 20 Modifiacutequese el artiacuteculo 21313 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21313 Aporte del registro civil de nacimiento El registro civil de nacimiento debe ser aportado a maacutes tardar dentro de los tres (3) meses siguientes al nacimiento no obstante si el registro no ha sido allegado dentro de este teacutermino la EPS deberaacute garantizar la continuidad en la prestacioacuten de los servicios de salud del plan de beneficios y tendraacute derecho al reconocimiento de la correspondiente UPG Para el efecto procederaacute conforme a las siguientes reglas

1 En el diacutea haacutebil siguiente al primer mes de vida del recieacuten nacido la EPS deberaacute enviar una comunicacioacuten al cotizante o cabeza de familia o a los padres o en ausencia de estos a quien tenga la custodia o cuidado personal del menor en la que le recuerde su obligacioacuten de aportar el registro civil del menor y las consecuencias de que el mismo no sea aportado Esta comunicacioacuten deberaacute ser enviada cada mes hasta que el registro civil sea aportado La comunicacioacuten se podraacute enviar por cualquier mecanismo que sea comprobable Cuando la direccioacuten de recepcioacuten no sea la vigente con la devolucioacuten de la primera comunicacioacuten se entiende cumplida la obligacioacuten del requerimiento del registro civil de nacimiento En todo caso la EPS deberaacute demostrar que agotoacute todos los mecanismos posibles para contactar al afiliado o a quien tenga la custodia

2 Siacute vencidos los tres (3) meses no ha sido allegado el Registro Civil de Nacimiento las EPS deberaacuten dar aviso a la Entidad Territorial para que solicite ante la Registraduriacutea Nacional del Estado Civil la expedicioacuten de los registros civiles de nacimiento del recieacuten nacido para lo cual deberaacute suministrar la informacioacuten de contacto de los padres registrada en el Sistema asiacute mismo denunciaraacuten ante el Instituto Colombiano de

Contributivo o

064 DE 2020 HOJA No 5 13DECRETO NUacuteMERO ---------------shy

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulas 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artIculas 2154 y 2155 del Decreto 780 de en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diacuteSIJOSIciolles

Familiar-ICBF O las Comisariacuteas Familia tal circunstancia lo de su competencia

Paraacutegrafo cada una de comunicaciones guardar constancia la EPS y mismas podraacuten ser requeridas por autoridades del en cualquier momento para la revisioacuten anaacutelisis y enau la informacioacuten las EPS registren en las bases sobre estos l1ll1ll1UfOK

ARTiacuteCULO 30 Modifiacutequese el artiacuteculo 2151 del 780 de 2016 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 151 Afiliados al Reacutegimen Son en el Reacutegimen Subsidiado las que sin tener calidades para ser afiliados en el Reacutegimen de Excepcioacuten o Especial cumplan las siguientes condiciones

1 identificadas en los niveles I y 11 SISBEN o en el instrumento que modifique de acuerdo con los puntos de corte que adopte el Ministerio de Salud y Social

2 identificadas en el nivel 111 del o en el instrumento que lo modifique y que a vigencia de la 1122 de 2007 se encontraban

al Reacutegimen Subsidiado

3 que dejen ser madres comunitarias o madres sustitutas y sean beneficiarias del subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del

de Pensional en teacuterminos de los artiacuteculos 164 de Ley 1450 de 1 y 111 de 1769 de 2015 Instituto

Colombiano de Familiar listado

4 Nintildeos Nintildeas Adolescentes y Joacutevenes en Proceso Administrativo para Restablecimiento de sus derechos y poblacioacuten perteneciente al Sistema

Responsabilidad Penal para Adolescentes El listado censal de beneficiarios seraacute elaborado por el Instituto Colombiano Bienestar

5 Menores desvinculados del conflicto armado El listado censal de beneficiarios para afiliacioacuten al Subsidiado Salud de los menores desvinculados del conflicto armado bajo la deIICBF

elaborado por Instituto Colombiano de Bienestar

6 Poblacioacuten infantil vulnerable bajo proteccioacuten en instituciones diferentes al ICBF Elistado de beneficiarios esta poblacioacuten elaborado por alcaldiacuteas municipales o distritales y departamentos que tienen a cargo corregimientos

7 Comunidades Indiacutegenas La identificacioacuten y elaboracioacuten los listados censaes de a poblacioacuten indiacutegena para la asignacioacuten subsidios se efectuaraacute de conformidad con lo previsto en el articulo 5 la Ley 691 de

y las normas que la modifiquen adicionen o sustituyan No obstante cuando autoridades tradicionales y legiacutetimas lo soliciten

aplicarse encuesta SISBEN sin que ello limite su derecho al acceso a los en salud Cuando la poblacioacuten beneficiaria

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 6 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arllculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arllculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

identificada a listado no coincida con la poblacioacuten indiacutegena certificada por el Departamento Administrativo Nacional Estadiacutestica (DANE) la autoridad municipal lo y validaraacute manera conjunta con la autoridad tradicional para del registro individual en la de datos de beneficiarios y afiliados del Reacutegimen Subsidiado de

8 Poblacioacuten desmovilizada El listado censal de beneficiarios para afiliacioacuten al Subsidiado de las desmovilizadas y su nuacutecleo familiar deberaacute ser elaborado por la Agencia

la Reincorporacioacuten y la Normalizacioacuten o quien haga sus veces Cuando el desmovilizado cabeza familia se mantendraacute la rlIlIu de su nuacutecleo familiar

9 Adultos mayores en centros de proteccioacuten Los adultos mayores escasos recursos y en condicioacuten de abandono se encuentren en centros de proteccioacuten listado de beneficiarios de esta poblacioacuten

elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales y departamentos que tienen a cargo corregimientos

10 Poblacioacuten Rom listado censal beneficiarios para la afiliacioacuten Reacutegimen Subsidiado de Salud de poblacioacuten Rom se realizaraacute mediante un listado elaborado por la autoridad legiacutetimamente constituida (SheroRom o portavoz de cada Kumpania) y reconocida ante la

Etnias del Ministerio del Interior El listado ser registrado y verificado por alcaldiacutea del municipio o distrito en donde se encuentren las Kumpania No obstante cuando las autoridades legiacutetimas del pueblo Rom lo soliciten podraacute aplicarse encuesta

11 Personas incluidas en el Programa de Proteccioacuten a Testigos El censal de beneficiarios para la afiliacioacuten al Reacutegimen Subsidiado de

la poblacioacuten incluida en el de Proteccioacuten de Testigos elaborado por Fiscaliacutea General de la Nacioacuten

Viacutectimas conflicto armado conformidad con lo sentildealado en Ley 1448 de 2011 y que se encuentren en elRegistro Uacutenico de Viacutectimas elaborado por Unidad Administrativa la Atencioacuten y Reparacioacuten a las Vctimas

13 Poblacioacuten privada de la libertad a cargo de las entidades territoriales del orden departamental distrital o municipal que no cumpla las condiciones para cotizar al Sistema General de Seguridad Social en Salud e inimputables trastorno en cumplimento de medida de seguridad listado censal poblacioacuten elaborado por las gobernaciones o alcaldiacuteas distritales o seguacuten sea el caso

14 Poblacioacuten migrante colombiana repatriada o que ha retornado voluntariamente al paiacutes o han sido deportados o expulsados la Repuacuteblica de Venezuela y su nuacutecleo familiar El listado censal de esta poblacioacuten seraacute por municipales o distritales y departamentos que a cargo corregimientos

Poblacioacuten habitante de calle liacutestado censal poblacioacuten elaborado por alcaldiacuteas municipales o distritales

064DECRETO NUacuteMERO ________ DE 2020 HOJA No 7 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 21313 2151 2 177 2 1 78 Y 21317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

16 Los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana Cruz Roja Colombiana y cuerpos de bomberos asiacute como su nuacutecleo familiar salvo que sean cotizantes o beneficiarios del Reacutegimen Contributivo El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por la entidad a la cual pertenezca el voluntario que seraacute la responsable de la informacioacuten suministrada y de su acreditacioacuten como activo

17 Personas con discapacidad en centros de proteccioacuten Los adultos entre 18 y 60 antildeos en condicioacuten de discapacidad de escasos recursos y en condicioacuten de abandono que se encuentren en centros de proteccioacuten El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las gobernaciones o las alcaldiacuteas distritales o municipales

18 Migrantes Venezolanos Los migrantes venezolanos sin capacidad de pago pobres y vulnerables con Permiso Especial de Permanencia - PEP vigente asiacute como sus hijos menores de edad con documento de identidad vaacutelido en los teacuterminos del artIculo 2 135 del presente decreto que permanezcan en el paiacutes El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales

Paraacutegrafo 1 Las condiciones de pertenencia al Reacutegimen Contributivo o a un Reacutegimen Especial o Exceptuado prevalecen sobre las de pertenencia al Reacutegimen Subsidiado salvo lo dispuesto para la afiliacioacuten del recieacuten nacido y las poblaciones de que tratan los numerales 4 5 Y 6 del presente artiacuteculo En consecuencia cuando una persona reuacutena simultaacuteneamente las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo al Reacutegimen Especial o al Exceptuado o al Reacutegimen Subsidiado deberaacute registrarse e inscribirse a una EPS del Reacutegimen Contributivo o afiliarse al Reacutegimen Especial o Exceptuado seguacuten el caso

Paraacutegrafo 2 Las reglas de afiliacioacuten y novedades de la poblacioacuten indiacutegena y de las comunidades Rom se seguiraacuten por las normas vigentes a la expedicioacuten del presente decreto hasta tanto el Gobierno Nacional reglamente la afiliacioacuten y los instrumentos para garantizar la continuidad en la afiliacioacuten y el goce efectivo del derecho a la salud de esta poblacioacuten evento en el cual el Gobierno Nacional adelantaraacute la consulta previa

Paraacutegrafo 3 Cuando variacutee la situacioacuten socioeconoacutemica de las personas beneficiarias del numeral 3 del presente articulo y ello las haga potenciales afiliadas al Reacutegimen Contributivo asiacute lo informaraacute a la EPS respectiva quien deberaacute reportar allCBF lo pertinente para la actualizacioacuten del listado censal

Paraacutegrafo 4 Cuando cualquier autoridad nacional o territorial advierta que un afiliado del Reacutegimen Subsidiado cumpla las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo informaraacute a la entidad territorial para que adelante las medidas tendientes a la terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS La omisioacuten de esta obligacioacuten por parte de las autoridades territoriales daraacute lugar a las acciones disciplinarias admiriIacutestrativas fiscales y penales a que hubiere lugar

Paraacutegrafo 5 Los migrantes venezolanos afiliados deberaacuten acreditar su permanencia en el paiacutes actualizando la informacioacuten de su domicilio cada cuatro (4) meses ante la entidad territorial municipal donde se encuentren domiciliados La entidad territorial deberaacute reportar esta informacioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional 11

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 8 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artlculos 2154 Y 2155 del Decreto 780 de en relaci6n con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diSl)Osiciorles

ARTiacuteCULO 40 Adicioacutenese el artiacuteculo 1 del 780 de 2016 en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2154 Afiliacioacuten de oficio una persona no se encuentre afiliada al Sistema General de Social en Salud o se encuentre con novedad de terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS el prestador de servicios de salud o la entidad territorial seguacuten corresponda efectuaraacute la afiliacioacuten de manera inmediata siguientes reglas

1 Cuando la persona reuacutena condiciones para pertenecer al reglmen contributivo la registraraacute en Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una reacutegimen

2 Cuando la Flor no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y se clasificado en Jos niveles I y 11 del SISBEN la 1CriexclQrrl~ de Afiliacioacuten Transaccional y 0 inscribiraacute en una EPS del nnbullbull rnc en respectivo municipio

3 Cuando la persona no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y no sido la encuesta SISBEN o que no pertenece a alguna poblacioacuten de las sentildealadas en el artiacuteculo 2 15 1 la registraraacute en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una del reacutegimen subsidiado que opere en el municipio de domicilio Cuando se trate de afiliados a los que no ha sido aplicada la del la entidad territorial gestionar de manera traacutemite necesario para la aplicacioacuten encuesta al gtTIIgtn

4 La persona de no hacerlo el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional EPS que tenga mayor cobertura en jurisdiccioacuten territorial o la Institucioacuten Prestadora de Servicios de Salud le informaraacute a la persona dicha inscripcioacuten

Sin embargo la el derecho a la libre escogencia de dentro los (90) diacuteas calendario contados a partir de la

inscripcioacuten

casos en los numerales 2 y 3 la entidad territorial no mayor a cuatro (4) meses si la persona acredita

subsidiado y en caso que no cumplan rorrror la novedad de terminacioacuten de la inscripcioacuten los

nlonr y desde el momento de su reporte aquellos rUUN no es posible aplicar la encuesta SISBEN el plazo de que

el presente numeral se contaraacute a partir de la disponibilidad de la encuesta los en los numerales anteriores el prestador de servicios salud y la territorial seguacuten corresponda deberaacuten consultar la informacioacuten tal efecto disponga el Sistema de Afiliacioacuten

Paraacutegrafo 2 la inscripcioacuten y registro de la subsidiado o contributivo seguacuten corresponda el Sistema Transaccional notificaraacute dicha novedad a la entidad territorial a

----------------06DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 9 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los aftlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los aftculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Administradora de los Recursos Sistema shy y a la EPS corresponda

caso de que no se pueda efectuar e inscripcioacuten a lttArrlQ de Afiliacioacuten Transaccional el seNCIOS salud

con la entidad territorial realizar la afiliacioacuten directamente y realizaraacute las previstas en paraacutegrafo anterior

Paraacutegrafo entidad territorial de oficio a personas vaacutelidamente identificadas en el Estado colombiano y guardaraacute constancia de las acciones adelantadas Asiacute mismo deberaacute informar por escrito al afiliado resultado la transaccioacuten la cual debe contener como miacutenimo la EPS seleccionada y los de contacto dicha entidad

ARTiacuteCULO 50 el artiacuteculo 1 del Decreto 780 201 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

UArticulo 155 Verificacioacuten las condiciones de los migran tes venezolanos afiliados al Reacutegimen Subsidiado La entidad territorial municipal del domicilio del migran te venezolano afiliado de que numeral 18 del artiacuteculo 2151 del presente decreto recibiraacute la que presente migrante acreditando su permanencia y la reportaraacute al de Afiliacioacuten Transaccional

Cuando el migran te venezolano afiliado no haya acreditado su permanencia en el pals en los teacuterminos del paraacutegrafo 6 del articulo 2151 del decreto la entidad territorial reportaraacute la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional T o la registraraacute en de Datos Uacutenica de Afiliados - BDUA La uacuteltima entidad territorial migrante venezolano su informacioacuten domicilio la responsable de reportar la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS

Con la novedad terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS para esta la obligacioacuten garantizar la prestacioacuten los seNicios de salud del Plan de Beneficios y el pago de la UPC por parte de la Administradora los Recursos del Sistema sin perjuicio de la validacioacuten de la vigencia documento por parte de la Administradora de los del Sistema-ADRES el pago de la Unidad por Capitacioacuten shy

Sistema Transaccional T notificaraacute las novedades a la entidad territorial a los Recursos del Sistema -ADRES y a la

artiacuteculo 21 del Decreto 780 el cualARTiacuteCULO 60 quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2177 Movilidad entre regiacutemenes La movilidad es cambio de reacutegimen dentro misma EPS para afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud focalizados en los niveles I y 11 del y las

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DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 10 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arliacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

poblaciones especiales de que trata el artiacuteculo 2151 de la presente parte seguacuten corresponda

En virtud de la movilidad los afiliados descritos en el inciso anterior podraacuten cambiar de un reacutegimen a otro con su nuacutecleo familiar sin solucioacuten de continuidad manteniendo su inscripcioacuten en la misma EPS

Cuando los afiliados ejerzan la movilidad y residan en un municipio diferente a aquel en que les fue aplicada la encuesta SISBEN el puntaje obtenido en la encuesta practicada por el municipio de origen se consideraraacute vaacutelido hasta tanto el municipio en el que actualmente estaacute domiciliado el afiliado le realice la encuesta El cambio de domicilio en ninguacuten caso podraacute afectar la continuidad del aseguramiento ni el reconocimiento de la UPG

Cuando un afiliado al reacutegimen subsidiado se traslade de EPS el puntaje obtenido en la uacuteltima ecuesta SISBEN seraacute vaacutelido hasta tanto se realice una nueva encuesta

Paraacutegrafo Los afiliados manifestaraacuten su voluntad de ejercer la movilidad en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico que adopte el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y se suscribiraacute y reportaraacute ante la EPS de manera individual y directa cuando se realice al reacutegimen subsidiado y de manera conjunta con su empleador si fuere el caso cuando se realice al reacutegimen contributivo La verificacioacuten del nivel del SISBEN estaraacute a cargo de la EPS del reacutegimen contributivo a traveacutes de la herramienta de consulta masiva que para el efecto dispone el Departamento Nacional de Planeacioacuten

ARTiacuteCULO 70 Modifiacutequese el articulo 2178 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2178 Registro y reporte de la novedad de movilidad El Sistema de Afiliacioacuten Transaccional dispondraacute de los mecanismos para que los requisitos de movilidad se puedan verificar con la informacioacuten disponible y para que los afiacuteliados puedan realizar directamente el traacutemite de movilidad asiacute como la notificacioacuten de la movilidad a las EPS a los afiliados cotizantes a los afiliados cabeza de familia a los integrantes del nuacutecleo familiar a los aportantes y a las entidades territoriales

El afiliado deberaacute registrar en la solicitud de la movilidad a los integrantes de su nuacutecleo familiar con derecho a ser inscritos en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico de acuerdo con lo previsto en la presente Parte

La novedad de moviacutelidad del reacutegimen contributivo al reacutegimen subsidiado deberaacute ser registrada por el afiliado al diacutea siguiente de la terminacioacuten de la vinculacioacuten laboral o de la perdida de las condiciones para seguir cotizando como independiente y a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea calendario del respectivo mes o al diacutea siguiente del vencimiento del periacuteodo de proteccioacuten laboral o del mecanismo de proteccioacuten al cesante si los hubiere

ninguacuten caso la podraacute registrar la novedad de movilidad sin que se haya mecanismo de proteccioacuten al

si los no autorizada y si incurre las UPC por estos afiliados el le

hubiere reconocido

cumplido el periacuteodo proteccioacuten laboral o se tendraacute como

en ella la EPS rlolraacute

mes

DECRETO NUacuteMERO 064 DE 2020 HOJA No 11 de 13 ------~~~-----

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

La novedad de movilidad del subsidiado al rflrn contributivo ser por el afiliado diacutea en que una vinculacioacuten laboral o condiciones para cotizar como independiente

Cuando el usuario no solicitud de movilidad del reacutegimen al reacutegimen subsidiado la deberaacute reportarla en aDUA e informar al afiliado y a respectiva entidad territorial tal novedad

Las EPS contributivo y subsidiado reportaraacuten a la Administradora de los del Sistema Seguridad en Salud -ADRES las movilidad correspondiendo a las entidades territoriales realizar respectivas se trate de la movilidad

un afiliado cuya fue por un mUniCIpiO al domiciacuteliacuteado uacuteltimo el esponsable validar las rrIlNUIr1ltl

permanecer en el Reacutegimen Subsidiado

Adicionalmente la deberaacute remitir a la Administradora de del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES certificacioacuten por representante y el revisor fiscal de en la que novedades cargadas en materia de movilidad entre regiacutemenes cumplen a cabalidad condiciones descritas en el presente decreto

anterior sin fas acciones inspeccioacuten vigilancia y control a cargo de la Superintendencia Nacional C LlLI en el marco de las sanciones previstas en la Ley de 2019

Las EPS deberaacuten reportar la novedad de movilidad a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes contados a partir del primer dfa calendario del mes en que eacutesta se produce Cuando se reporte por fuera de dicho teacutermino Sistema reconoceraacute la correspondiente a partir del mes en que se produzca el reporte

ARTiacuteCULO 80 Modifiacutequese el artiacuteculo 1317 Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21317 Terminacioacuten de la inscripcioacuten en una EPS inscripcioacuten en la EPS en cual se encuentra inscrito el afiliado y su nuacutecleo familiar se terminaraacute en los siguientes casos

1 Cuando se traslada a

2 Cuando el empleador reporta la de retiro laboral del trabajador dependiente y afiliado no novedad de como independiente como afiliado adicional o como beneficiario dentro de la misma EPS y no opere o se hubiere agotado el periacuteodo proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al ni la movilidad regiacutemenes

-----------------DECRETO NUacuteMERO 06 DE 2020 HOJA No 12 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 213 Y se adicionan los articulos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

conforme a las normas previstas en la presente Parte

3 Cuando el trabajador independiente no reuacutene las condiciones para ser cotizante no reporte novedad como afiliado adicional o como beneficiario

de la misma y no opere o se agotado perlado proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al cesante ni la movilidad entre regiacutemenes conforme a normas previstas en presente

4 Cuando en el caso de los beneficiarios desaparezcan condiciones establecidas en la presente Parte ostentar dicha condicioacuten y no reporten

novedad cotizante dependiente cotizante independiente afiliado adicional o de movilidad regmenes conforme a las normas previstas en la presente

5 Cuando afiliado cotizan te y su nuacutecleo familiar fijen su residencia fuera paiacutes y la novedad correspondiente a la o a traveacutes del de Afiliacioacuten Transaccional

6 Cuando el afiliado cumpla con condiciones para pertenecer a un reacutegimen exceptuado o especial legalmente establecido

7 Cuando por disposicioacuten de las autoridades competentes se determine que personas inscritas en una EPS del reacutegimen subsidiado reuacutenen condiciones para tener la calidad de cotizan tes o pertenecer reacutegimen contributivo

8 Cuando prestacioacuten los servicios de salud de las personas de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan con sus madres en

establecimientos de reclusioacuten a cargo Fondo Nacional de Salud Personas Privadas la Libertad En el caso las personas privadas libertad que se encuentren obligadas a cotizar la terminacioacuten de la

inscripcioacuten soacutelo para cotizante y el menor de tres (3) que conviva con la madre cotizan te

9 Cuando transcurridos (4) meses contados desde afiliacioacuten entidad territorial verifique que la persona no es elegible para pertenecer reacutegimen subsidiado en los teacuterminos establecidos en los artiacuteculos 2 13 11 Y 2154 presente decreto en ninguacuten caso impliacuteque la terminacioacuten de la afiliacioacuten a la del nacido o el menor de

10 Cuando el migrante venezolano no acredite la permanencia en el paiacutes en los teacuterminos establecidos en numeral del artiacuteculo 2151 del presente decreto y en consecuencia no continuaraacute contando con aseguramiento en salud

Paraacutegrafo 1 Cuando el afiliado cotiacutezante o el cabeza de familia y su nuacutecleo familiar fijen su residencia del paiacutes deberaacuten reportar esta novedad

afiliado cotizante reportar dicha novedad a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea del mes en que eacutesta se produzca y no habraacute lugar al pago las cotizaciones durante los periOdos por los que se termina la inscripcioacuten Cuando el afiliado cotizante que fije su fuera paiacutes no reporte la novedad se mantendraacute la inscripcioacuten en EPS y se causaraacute e intereses moratorias

DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)

Page 5: REPÚBLICA DE COLOMBIA - Presidencia · General de Seguridad Social en Salud o se encuentren con novedad terminación de inscripción en la el prestador de servicios de salud, en

Contributivo o

064 DE 2020 HOJA No 5 13DECRETO NUacuteMERO ---------------shy

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulas 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artIculas 2154 y 2155 del Decreto 780 de en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diacuteSIJOSIciolles

Familiar-ICBF O las Comisariacuteas Familia tal circunstancia lo de su competencia

Paraacutegrafo cada una de comunicaciones guardar constancia la EPS y mismas podraacuten ser requeridas por autoridades del en cualquier momento para la revisioacuten anaacutelisis y enau la informacioacuten las EPS registren en las bases sobre estos l1ll1ll1UfOK

ARTiacuteCULO 30 Modifiacutequese el artiacuteculo 2151 del 780 de 2016 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 151 Afiliados al Reacutegimen Son en el Reacutegimen Subsidiado las que sin tener calidades para ser afiliados en el Reacutegimen de Excepcioacuten o Especial cumplan las siguientes condiciones

1 identificadas en los niveles I y 11 SISBEN o en el instrumento que modifique de acuerdo con los puntos de corte que adopte el Ministerio de Salud y Social

2 identificadas en el nivel 111 del o en el instrumento que lo modifique y que a vigencia de la 1122 de 2007 se encontraban

al Reacutegimen Subsidiado

3 que dejen ser madres comunitarias o madres sustitutas y sean beneficiarias del subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del

de Pensional en teacuterminos de los artiacuteculos 164 de Ley 1450 de 1 y 111 de 1769 de 2015 Instituto

Colombiano de Familiar listado

4 Nintildeos Nintildeas Adolescentes y Joacutevenes en Proceso Administrativo para Restablecimiento de sus derechos y poblacioacuten perteneciente al Sistema

Responsabilidad Penal para Adolescentes El listado censal de beneficiarios seraacute elaborado por el Instituto Colombiano Bienestar

5 Menores desvinculados del conflicto armado El listado censal de beneficiarios para afiliacioacuten al Subsidiado Salud de los menores desvinculados del conflicto armado bajo la deIICBF

elaborado por Instituto Colombiano de Bienestar

6 Poblacioacuten infantil vulnerable bajo proteccioacuten en instituciones diferentes al ICBF Elistado de beneficiarios esta poblacioacuten elaborado por alcaldiacuteas municipales o distritales y departamentos que tienen a cargo corregimientos

7 Comunidades Indiacutegenas La identificacioacuten y elaboracioacuten los listados censaes de a poblacioacuten indiacutegena para la asignacioacuten subsidios se efectuaraacute de conformidad con lo previsto en el articulo 5 la Ley 691 de

y las normas que la modifiquen adicionen o sustituyan No obstante cuando autoridades tradicionales y legiacutetimas lo soliciten

aplicarse encuesta SISBEN sin que ello limite su derecho al acceso a los en salud Cuando la poblacioacuten beneficiaria

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 6 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arllculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arllculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

identificada a listado no coincida con la poblacioacuten indiacutegena certificada por el Departamento Administrativo Nacional Estadiacutestica (DANE) la autoridad municipal lo y validaraacute manera conjunta con la autoridad tradicional para del registro individual en la de datos de beneficiarios y afiliados del Reacutegimen Subsidiado de

8 Poblacioacuten desmovilizada El listado censal de beneficiarios para afiliacioacuten al Subsidiado de las desmovilizadas y su nuacutecleo familiar deberaacute ser elaborado por la Agencia

la Reincorporacioacuten y la Normalizacioacuten o quien haga sus veces Cuando el desmovilizado cabeza familia se mantendraacute la rlIlIu de su nuacutecleo familiar

9 Adultos mayores en centros de proteccioacuten Los adultos mayores escasos recursos y en condicioacuten de abandono se encuentren en centros de proteccioacuten listado de beneficiarios de esta poblacioacuten

elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales y departamentos que tienen a cargo corregimientos

10 Poblacioacuten Rom listado censal beneficiarios para la afiliacioacuten Reacutegimen Subsidiado de Salud de poblacioacuten Rom se realizaraacute mediante un listado elaborado por la autoridad legiacutetimamente constituida (SheroRom o portavoz de cada Kumpania) y reconocida ante la

Etnias del Ministerio del Interior El listado ser registrado y verificado por alcaldiacutea del municipio o distrito en donde se encuentren las Kumpania No obstante cuando las autoridades legiacutetimas del pueblo Rom lo soliciten podraacute aplicarse encuesta

11 Personas incluidas en el Programa de Proteccioacuten a Testigos El censal de beneficiarios para la afiliacioacuten al Reacutegimen Subsidiado de

la poblacioacuten incluida en el de Proteccioacuten de Testigos elaborado por Fiscaliacutea General de la Nacioacuten

Viacutectimas conflicto armado conformidad con lo sentildealado en Ley 1448 de 2011 y que se encuentren en elRegistro Uacutenico de Viacutectimas elaborado por Unidad Administrativa la Atencioacuten y Reparacioacuten a las Vctimas

13 Poblacioacuten privada de la libertad a cargo de las entidades territoriales del orden departamental distrital o municipal que no cumpla las condiciones para cotizar al Sistema General de Seguridad Social en Salud e inimputables trastorno en cumplimento de medida de seguridad listado censal poblacioacuten elaborado por las gobernaciones o alcaldiacuteas distritales o seguacuten sea el caso

14 Poblacioacuten migrante colombiana repatriada o que ha retornado voluntariamente al paiacutes o han sido deportados o expulsados la Repuacuteblica de Venezuela y su nuacutecleo familiar El listado censal de esta poblacioacuten seraacute por municipales o distritales y departamentos que a cargo corregimientos

Poblacioacuten habitante de calle liacutestado censal poblacioacuten elaborado por alcaldiacuteas municipales o distritales

064DECRETO NUacuteMERO ________ DE 2020 HOJA No 7 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 21313 2151 2 177 2 1 78 Y 21317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

16 Los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana Cruz Roja Colombiana y cuerpos de bomberos asiacute como su nuacutecleo familiar salvo que sean cotizantes o beneficiarios del Reacutegimen Contributivo El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por la entidad a la cual pertenezca el voluntario que seraacute la responsable de la informacioacuten suministrada y de su acreditacioacuten como activo

17 Personas con discapacidad en centros de proteccioacuten Los adultos entre 18 y 60 antildeos en condicioacuten de discapacidad de escasos recursos y en condicioacuten de abandono que se encuentren en centros de proteccioacuten El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las gobernaciones o las alcaldiacuteas distritales o municipales

18 Migrantes Venezolanos Los migrantes venezolanos sin capacidad de pago pobres y vulnerables con Permiso Especial de Permanencia - PEP vigente asiacute como sus hijos menores de edad con documento de identidad vaacutelido en los teacuterminos del artIculo 2 135 del presente decreto que permanezcan en el paiacutes El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales

Paraacutegrafo 1 Las condiciones de pertenencia al Reacutegimen Contributivo o a un Reacutegimen Especial o Exceptuado prevalecen sobre las de pertenencia al Reacutegimen Subsidiado salvo lo dispuesto para la afiliacioacuten del recieacuten nacido y las poblaciones de que tratan los numerales 4 5 Y 6 del presente artiacuteculo En consecuencia cuando una persona reuacutena simultaacuteneamente las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo al Reacutegimen Especial o al Exceptuado o al Reacutegimen Subsidiado deberaacute registrarse e inscribirse a una EPS del Reacutegimen Contributivo o afiliarse al Reacutegimen Especial o Exceptuado seguacuten el caso

Paraacutegrafo 2 Las reglas de afiliacioacuten y novedades de la poblacioacuten indiacutegena y de las comunidades Rom se seguiraacuten por las normas vigentes a la expedicioacuten del presente decreto hasta tanto el Gobierno Nacional reglamente la afiliacioacuten y los instrumentos para garantizar la continuidad en la afiliacioacuten y el goce efectivo del derecho a la salud de esta poblacioacuten evento en el cual el Gobierno Nacional adelantaraacute la consulta previa

Paraacutegrafo 3 Cuando variacutee la situacioacuten socioeconoacutemica de las personas beneficiarias del numeral 3 del presente articulo y ello las haga potenciales afiliadas al Reacutegimen Contributivo asiacute lo informaraacute a la EPS respectiva quien deberaacute reportar allCBF lo pertinente para la actualizacioacuten del listado censal

Paraacutegrafo 4 Cuando cualquier autoridad nacional o territorial advierta que un afiliado del Reacutegimen Subsidiado cumpla las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo informaraacute a la entidad territorial para que adelante las medidas tendientes a la terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS La omisioacuten de esta obligacioacuten por parte de las autoridades territoriales daraacute lugar a las acciones disciplinarias admiriIacutestrativas fiscales y penales a que hubiere lugar

Paraacutegrafo 5 Los migrantes venezolanos afiliados deberaacuten acreditar su permanencia en el paiacutes actualizando la informacioacuten de su domicilio cada cuatro (4) meses ante la entidad territorial municipal donde se encuentren domiciliados La entidad territorial deberaacute reportar esta informacioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional 11

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 8 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artlculos 2154 Y 2155 del Decreto 780 de en relaci6n con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diSl)Osiciorles

ARTiacuteCULO 40 Adicioacutenese el artiacuteculo 1 del 780 de 2016 en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2154 Afiliacioacuten de oficio una persona no se encuentre afiliada al Sistema General de Social en Salud o se encuentre con novedad de terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS el prestador de servicios de salud o la entidad territorial seguacuten corresponda efectuaraacute la afiliacioacuten de manera inmediata siguientes reglas

1 Cuando la persona reuacutena condiciones para pertenecer al reglmen contributivo la registraraacute en Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una reacutegimen

2 Cuando la Flor no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y se clasificado en Jos niveles I y 11 del SISBEN la 1CriexclQrrl~ de Afiliacioacuten Transaccional y 0 inscribiraacute en una EPS del nnbullbull rnc en respectivo municipio

3 Cuando la persona no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y no sido la encuesta SISBEN o que no pertenece a alguna poblacioacuten de las sentildealadas en el artiacuteculo 2 15 1 la registraraacute en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una del reacutegimen subsidiado que opere en el municipio de domicilio Cuando se trate de afiliados a los que no ha sido aplicada la del la entidad territorial gestionar de manera traacutemite necesario para la aplicacioacuten encuesta al gtTIIgtn

4 La persona de no hacerlo el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional EPS que tenga mayor cobertura en jurisdiccioacuten territorial o la Institucioacuten Prestadora de Servicios de Salud le informaraacute a la persona dicha inscripcioacuten

Sin embargo la el derecho a la libre escogencia de dentro los (90) diacuteas calendario contados a partir de la

inscripcioacuten

casos en los numerales 2 y 3 la entidad territorial no mayor a cuatro (4) meses si la persona acredita

subsidiado y en caso que no cumplan rorrror la novedad de terminacioacuten de la inscripcioacuten los

nlonr y desde el momento de su reporte aquellos rUUN no es posible aplicar la encuesta SISBEN el plazo de que

el presente numeral se contaraacute a partir de la disponibilidad de la encuesta los en los numerales anteriores el prestador de servicios salud y la territorial seguacuten corresponda deberaacuten consultar la informacioacuten tal efecto disponga el Sistema de Afiliacioacuten

Paraacutegrafo 2 la inscripcioacuten y registro de la subsidiado o contributivo seguacuten corresponda el Sistema Transaccional notificaraacute dicha novedad a la entidad territorial a

----------------06DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 9 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los aftlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los aftculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Administradora de los Recursos Sistema shy y a la EPS corresponda

caso de que no se pueda efectuar e inscripcioacuten a lttArrlQ de Afiliacioacuten Transaccional el seNCIOS salud

con la entidad territorial realizar la afiliacioacuten directamente y realizaraacute las previstas en paraacutegrafo anterior

Paraacutegrafo entidad territorial de oficio a personas vaacutelidamente identificadas en el Estado colombiano y guardaraacute constancia de las acciones adelantadas Asiacute mismo deberaacute informar por escrito al afiliado resultado la transaccioacuten la cual debe contener como miacutenimo la EPS seleccionada y los de contacto dicha entidad

ARTiacuteCULO 50 el artiacuteculo 1 del Decreto 780 201 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

UArticulo 155 Verificacioacuten las condiciones de los migran tes venezolanos afiliados al Reacutegimen Subsidiado La entidad territorial municipal del domicilio del migran te venezolano afiliado de que numeral 18 del artiacuteculo 2151 del presente decreto recibiraacute la que presente migrante acreditando su permanencia y la reportaraacute al de Afiliacioacuten Transaccional

Cuando el migran te venezolano afiliado no haya acreditado su permanencia en el pals en los teacuterminos del paraacutegrafo 6 del articulo 2151 del decreto la entidad territorial reportaraacute la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional T o la registraraacute en de Datos Uacutenica de Afiliados - BDUA La uacuteltima entidad territorial migrante venezolano su informacioacuten domicilio la responsable de reportar la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS

Con la novedad terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS para esta la obligacioacuten garantizar la prestacioacuten los seNicios de salud del Plan de Beneficios y el pago de la UPC por parte de la Administradora los Recursos del Sistema sin perjuicio de la validacioacuten de la vigencia documento por parte de la Administradora de los del Sistema-ADRES el pago de la Unidad por Capitacioacuten shy

Sistema Transaccional T notificaraacute las novedades a la entidad territorial a los Recursos del Sistema -ADRES y a la

artiacuteculo 21 del Decreto 780 el cualARTiacuteCULO 60 quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2177 Movilidad entre regiacutemenes La movilidad es cambio de reacutegimen dentro misma EPS para afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud focalizados en los niveles I y 11 del y las

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DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 10 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arliacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

poblaciones especiales de que trata el artiacuteculo 2151 de la presente parte seguacuten corresponda

En virtud de la movilidad los afiliados descritos en el inciso anterior podraacuten cambiar de un reacutegimen a otro con su nuacutecleo familiar sin solucioacuten de continuidad manteniendo su inscripcioacuten en la misma EPS

Cuando los afiliados ejerzan la movilidad y residan en un municipio diferente a aquel en que les fue aplicada la encuesta SISBEN el puntaje obtenido en la encuesta practicada por el municipio de origen se consideraraacute vaacutelido hasta tanto el municipio en el que actualmente estaacute domiciliado el afiliado le realice la encuesta El cambio de domicilio en ninguacuten caso podraacute afectar la continuidad del aseguramiento ni el reconocimiento de la UPG

Cuando un afiliado al reacutegimen subsidiado se traslade de EPS el puntaje obtenido en la uacuteltima ecuesta SISBEN seraacute vaacutelido hasta tanto se realice una nueva encuesta

Paraacutegrafo Los afiliados manifestaraacuten su voluntad de ejercer la movilidad en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico que adopte el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y se suscribiraacute y reportaraacute ante la EPS de manera individual y directa cuando se realice al reacutegimen subsidiado y de manera conjunta con su empleador si fuere el caso cuando se realice al reacutegimen contributivo La verificacioacuten del nivel del SISBEN estaraacute a cargo de la EPS del reacutegimen contributivo a traveacutes de la herramienta de consulta masiva que para el efecto dispone el Departamento Nacional de Planeacioacuten

ARTiacuteCULO 70 Modifiacutequese el articulo 2178 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2178 Registro y reporte de la novedad de movilidad El Sistema de Afiliacioacuten Transaccional dispondraacute de los mecanismos para que los requisitos de movilidad se puedan verificar con la informacioacuten disponible y para que los afiacuteliados puedan realizar directamente el traacutemite de movilidad asiacute como la notificacioacuten de la movilidad a las EPS a los afiliados cotizantes a los afiliados cabeza de familia a los integrantes del nuacutecleo familiar a los aportantes y a las entidades territoriales

El afiliado deberaacute registrar en la solicitud de la movilidad a los integrantes de su nuacutecleo familiar con derecho a ser inscritos en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico de acuerdo con lo previsto en la presente Parte

La novedad de moviacutelidad del reacutegimen contributivo al reacutegimen subsidiado deberaacute ser registrada por el afiliado al diacutea siguiente de la terminacioacuten de la vinculacioacuten laboral o de la perdida de las condiciones para seguir cotizando como independiente y a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea calendario del respectivo mes o al diacutea siguiente del vencimiento del periacuteodo de proteccioacuten laboral o del mecanismo de proteccioacuten al cesante si los hubiere

ninguacuten caso la podraacute registrar la novedad de movilidad sin que se haya mecanismo de proteccioacuten al

si los no autorizada y si incurre las UPC por estos afiliados el le

hubiere reconocido

cumplido el periacuteodo proteccioacuten laboral o se tendraacute como

en ella la EPS rlolraacute

mes

DECRETO NUacuteMERO 064 DE 2020 HOJA No 11 de 13 ------~~~-----

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

La novedad de movilidad del subsidiado al rflrn contributivo ser por el afiliado diacutea en que una vinculacioacuten laboral o condiciones para cotizar como independiente

Cuando el usuario no solicitud de movilidad del reacutegimen al reacutegimen subsidiado la deberaacute reportarla en aDUA e informar al afiliado y a respectiva entidad territorial tal novedad

Las EPS contributivo y subsidiado reportaraacuten a la Administradora de los del Sistema Seguridad en Salud -ADRES las movilidad correspondiendo a las entidades territoriales realizar respectivas se trate de la movilidad

un afiliado cuya fue por un mUniCIpiO al domiciacuteliacuteado uacuteltimo el esponsable validar las rrIlNUIr1ltl

permanecer en el Reacutegimen Subsidiado

Adicionalmente la deberaacute remitir a la Administradora de del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES certificacioacuten por representante y el revisor fiscal de en la que novedades cargadas en materia de movilidad entre regiacutemenes cumplen a cabalidad condiciones descritas en el presente decreto

anterior sin fas acciones inspeccioacuten vigilancia y control a cargo de la Superintendencia Nacional C LlLI en el marco de las sanciones previstas en la Ley de 2019

Las EPS deberaacuten reportar la novedad de movilidad a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes contados a partir del primer dfa calendario del mes en que eacutesta se produce Cuando se reporte por fuera de dicho teacutermino Sistema reconoceraacute la correspondiente a partir del mes en que se produzca el reporte

ARTiacuteCULO 80 Modifiacutequese el artiacuteculo 1317 Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21317 Terminacioacuten de la inscripcioacuten en una EPS inscripcioacuten en la EPS en cual se encuentra inscrito el afiliado y su nuacutecleo familiar se terminaraacute en los siguientes casos

1 Cuando se traslada a

2 Cuando el empleador reporta la de retiro laboral del trabajador dependiente y afiliado no novedad de como independiente como afiliado adicional o como beneficiario dentro de la misma EPS y no opere o se hubiere agotado el periacuteodo proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al ni la movilidad regiacutemenes

-----------------DECRETO NUacuteMERO 06 DE 2020 HOJA No 12 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 213 Y se adicionan los articulos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

conforme a las normas previstas en la presente Parte

3 Cuando el trabajador independiente no reuacutene las condiciones para ser cotizante no reporte novedad como afiliado adicional o como beneficiario

de la misma y no opere o se agotado perlado proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al cesante ni la movilidad entre regiacutemenes conforme a normas previstas en presente

4 Cuando en el caso de los beneficiarios desaparezcan condiciones establecidas en la presente Parte ostentar dicha condicioacuten y no reporten

novedad cotizante dependiente cotizante independiente afiliado adicional o de movilidad regmenes conforme a las normas previstas en la presente

5 Cuando afiliado cotizan te y su nuacutecleo familiar fijen su residencia fuera paiacutes y la novedad correspondiente a la o a traveacutes del de Afiliacioacuten Transaccional

6 Cuando el afiliado cumpla con condiciones para pertenecer a un reacutegimen exceptuado o especial legalmente establecido

7 Cuando por disposicioacuten de las autoridades competentes se determine que personas inscritas en una EPS del reacutegimen subsidiado reuacutenen condiciones para tener la calidad de cotizan tes o pertenecer reacutegimen contributivo

8 Cuando prestacioacuten los servicios de salud de las personas de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan con sus madres en

establecimientos de reclusioacuten a cargo Fondo Nacional de Salud Personas Privadas la Libertad En el caso las personas privadas libertad que se encuentren obligadas a cotizar la terminacioacuten de la

inscripcioacuten soacutelo para cotizante y el menor de tres (3) que conviva con la madre cotizan te

9 Cuando transcurridos (4) meses contados desde afiliacioacuten entidad territorial verifique que la persona no es elegible para pertenecer reacutegimen subsidiado en los teacuterminos establecidos en los artiacuteculos 2 13 11 Y 2154 presente decreto en ninguacuten caso impliacuteque la terminacioacuten de la afiliacioacuten a la del nacido o el menor de

10 Cuando el migrante venezolano no acredite la permanencia en el paiacutes en los teacuterminos establecidos en numeral del artiacuteculo 2151 del presente decreto y en consecuencia no continuaraacute contando con aseguramiento en salud

Paraacutegrafo 1 Cuando el afiliado cotiacutezante o el cabeza de familia y su nuacutecleo familiar fijen su residencia del paiacutes deberaacuten reportar esta novedad

afiliado cotizante reportar dicha novedad a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea del mes en que eacutesta se produzca y no habraacute lugar al pago las cotizaciones durante los periOdos por los que se termina la inscripcioacuten Cuando el afiliado cotizante que fije su fuera paiacutes no reporte la novedad se mantendraacute la inscripcioacuten en EPS y se causaraacute e intereses moratorias

DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)

Page 6: REPÚBLICA DE COLOMBIA - Presidencia · General de Seguridad Social en Salud o se encuentren con novedad terminación de inscripción en la el prestador de servicios de salud, en

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 6 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arllculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arllculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

identificada a listado no coincida con la poblacioacuten indiacutegena certificada por el Departamento Administrativo Nacional Estadiacutestica (DANE) la autoridad municipal lo y validaraacute manera conjunta con la autoridad tradicional para del registro individual en la de datos de beneficiarios y afiliados del Reacutegimen Subsidiado de

8 Poblacioacuten desmovilizada El listado censal de beneficiarios para afiliacioacuten al Subsidiado de las desmovilizadas y su nuacutecleo familiar deberaacute ser elaborado por la Agencia

la Reincorporacioacuten y la Normalizacioacuten o quien haga sus veces Cuando el desmovilizado cabeza familia se mantendraacute la rlIlIu de su nuacutecleo familiar

9 Adultos mayores en centros de proteccioacuten Los adultos mayores escasos recursos y en condicioacuten de abandono se encuentren en centros de proteccioacuten listado de beneficiarios de esta poblacioacuten

elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales y departamentos que tienen a cargo corregimientos

10 Poblacioacuten Rom listado censal beneficiarios para la afiliacioacuten Reacutegimen Subsidiado de Salud de poblacioacuten Rom se realizaraacute mediante un listado elaborado por la autoridad legiacutetimamente constituida (SheroRom o portavoz de cada Kumpania) y reconocida ante la

Etnias del Ministerio del Interior El listado ser registrado y verificado por alcaldiacutea del municipio o distrito en donde se encuentren las Kumpania No obstante cuando las autoridades legiacutetimas del pueblo Rom lo soliciten podraacute aplicarse encuesta

11 Personas incluidas en el Programa de Proteccioacuten a Testigos El censal de beneficiarios para la afiliacioacuten al Reacutegimen Subsidiado de

la poblacioacuten incluida en el de Proteccioacuten de Testigos elaborado por Fiscaliacutea General de la Nacioacuten

Viacutectimas conflicto armado conformidad con lo sentildealado en Ley 1448 de 2011 y que se encuentren en elRegistro Uacutenico de Viacutectimas elaborado por Unidad Administrativa la Atencioacuten y Reparacioacuten a las Vctimas

13 Poblacioacuten privada de la libertad a cargo de las entidades territoriales del orden departamental distrital o municipal que no cumpla las condiciones para cotizar al Sistema General de Seguridad Social en Salud e inimputables trastorno en cumplimento de medida de seguridad listado censal poblacioacuten elaborado por las gobernaciones o alcaldiacuteas distritales o seguacuten sea el caso

14 Poblacioacuten migrante colombiana repatriada o que ha retornado voluntariamente al paiacutes o han sido deportados o expulsados la Repuacuteblica de Venezuela y su nuacutecleo familiar El listado censal de esta poblacioacuten seraacute por municipales o distritales y departamentos que a cargo corregimientos

Poblacioacuten habitante de calle liacutestado censal poblacioacuten elaborado por alcaldiacuteas municipales o distritales

064DECRETO NUacuteMERO ________ DE 2020 HOJA No 7 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 21313 2151 2 177 2 1 78 Y 21317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

16 Los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana Cruz Roja Colombiana y cuerpos de bomberos asiacute como su nuacutecleo familiar salvo que sean cotizantes o beneficiarios del Reacutegimen Contributivo El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por la entidad a la cual pertenezca el voluntario que seraacute la responsable de la informacioacuten suministrada y de su acreditacioacuten como activo

17 Personas con discapacidad en centros de proteccioacuten Los adultos entre 18 y 60 antildeos en condicioacuten de discapacidad de escasos recursos y en condicioacuten de abandono que se encuentren en centros de proteccioacuten El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las gobernaciones o las alcaldiacuteas distritales o municipales

18 Migrantes Venezolanos Los migrantes venezolanos sin capacidad de pago pobres y vulnerables con Permiso Especial de Permanencia - PEP vigente asiacute como sus hijos menores de edad con documento de identidad vaacutelido en los teacuterminos del artIculo 2 135 del presente decreto que permanezcan en el paiacutes El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales

Paraacutegrafo 1 Las condiciones de pertenencia al Reacutegimen Contributivo o a un Reacutegimen Especial o Exceptuado prevalecen sobre las de pertenencia al Reacutegimen Subsidiado salvo lo dispuesto para la afiliacioacuten del recieacuten nacido y las poblaciones de que tratan los numerales 4 5 Y 6 del presente artiacuteculo En consecuencia cuando una persona reuacutena simultaacuteneamente las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo al Reacutegimen Especial o al Exceptuado o al Reacutegimen Subsidiado deberaacute registrarse e inscribirse a una EPS del Reacutegimen Contributivo o afiliarse al Reacutegimen Especial o Exceptuado seguacuten el caso

Paraacutegrafo 2 Las reglas de afiliacioacuten y novedades de la poblacioacuten indiacutegena y de las comunidades Rom se seguiraacuten por las normas vigentes a la expedicioacuten del presente decreto hasta tanto el Gobierno Nacional reglamente la afiliacioacuten y los instrumentos para garantizar la continuidad en la afiliacioacuten y el goce efectivo del derecho a la salud de esta poblacioacuten evento en el cual el Gobierno Nacional adelantaraacute la consulta previa

Paraacutegrafo 3 Cuando variacutee la situacioacuten socioeconoacutemica de las personas beneficiarias del numeral 3 del presente articulo y ello las haga potenciales afiliadas al Reacutegimen Contributivo asiacute lo informaraacute a la EPS respectiva quien deberaacute reportar allCBF lo pertinente para la actualizacioacuten del listado censal

Paraacutegrafo 4 Cuando cualquier autoridad nacional o territorial advierta que un afiliado del Reacutegimen Subsidiado cumpla las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo informaraacute a la entidad territorial para que adelante las medidas tendientes a la terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS La omisioacuten de esta obligacioacuten por parte de las autoridades territoriales daraacute lugar a las acciones disciplinarias admiriIacutestrativas fiscales y penales a que hubiere lugar

Paraacutegrafo 5 Los migrantes venezolanos afiliados deberaacuten acreditar su permanencia en el paiacutes actualizando la informacioacuten de su domicilio cada cuatro (4) meses ante la entidad territorial municipal donde se encuentren domiciliados La entidad territorial deberaacute reportar esta informacioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional 11

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 8 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artlculos 2154 Y 2155 del Decreto 780 de en relaci6n con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diSl)Osiciorles

ARTiacuteCULO 40 Adicioacutenese el artiacuteculo 1 del 780 de 2016 en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2154 Afiliacioacuten de oficio una persona no se encuentre afiliada al Sistema General de Social en Salud o se encuentre con novedad de terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS el prestador de servicios de salud o la entidad territorial seguacuten corresponda efectuaraacute la afiliacioacuten de manera inmediata siguientes reglas

1 Cuando la persona reuacutena condiciones para pertenecer al reglmen contributivo la registraraacute en Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una reacutegimen

2 Cuando la Flor no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y se clasificado en Jos niveles I y 11 del SISBEN la 1CriexclQrrl~ de Afiliacioacuten Transaccional y 0 inscribiraacute en una EPS del nnbullbull rnc en respectivo municipio

3 Cuando la persona no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y no sido la encuesta SISBEN o que no pertenece a alguna poblacioacuten de las sentildealadas en el artiacuteculo 2 15 1 la registraraacute en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una del reacutegimen subsidiado que opere en el municipio de domicilio Cuando se trate de afiliados a los que no ha sido aplicada la del la entidad territorial gestionar de manera traacutemite necesario para la aplicacioacuten encuesta al gtTIIgtn

4 La persona de no hacerlo el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional EPS que tenga mayor cobertura en jurisdiccioacuten territorial o la Institucioacuten Prestadora de Servicios de Salud le informaraacute a la persona dicha inscripcioacuten

Sin embargo la el derecho a la libre escogencia de dentro los (90) diacuteas calendario contados a partir de la

inscripcioacuten

casos en los numerales 2 y 3 la entidad territorial no mayor a cuatro (4) meses si la persona acredita

subsidiado y en caso que no cumplan rorrror la novedad de terminacioacuten de la inscripcioacuten los

nlonr y desde el momento de su reporte aquellos rUUN no es posible aplicar la encuesta SISBEN el plazo de que

el presente numeral se contaraacute a partir de la disponibilidad de la encuesta los en los numerales anteriores el prestador de servicios salud y la territorial seguacuten corresponda deberaacuten consultar la informacioacuten tal efecto disponga el Sistema de Afiliacioacuten

Paraacutegrafo 2 la inscripcioacuten y registro de la subsidiado o contributivo seguacuten corresponda el Sistema Transaccional notificaraacute dicha novedad a la entidad territorial a

----------------06DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 9 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los aftlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los aftculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Administradora de los Recursos Sistema shy y a la EPS corresponda

caso de que no se pueda efectuar e inscripcioacuten a lttArrlQ de Afiliacioacuten Transaccional el seNCIOS salud

con la entidad territorial realizar la afiliacioacuten directamente y realizaraacute las previstas en paraacutegrafo anterior

Paraacutegrafo entidad territorial de oficio a personas vaacutelidamente identificadas en el Estado colombiano y guardaraacute constancia de las acciones adelantadas Asiacute mismo deberaacute informar por escrito al afiliado resultado la transaccioacuten la cual debe contener como miacutenimo la EPS seleccionada y los de contacto dicha entidad

ARTiacuteCULO 50 el artiacuteculo 1 del Decreto 780 201 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

UArticulo 155 Verificacioacuten las condiciones de los migran tes venezolanos afiliados al Reacutegimen Subsidiado La entidad territorial municipal del domicilio del migran te venezolano afiliado de que numeral 18 del artiacuteculo 2151 del presente decreto recibiraacute la que presente migrante acreditando su permanencia y la reportaraacute al de Afiliacioacuten Transaccional

Cuando el migran te venezolano afiliado no haya acreditado su permanencia en el pals en los teacuterminos del paraacutegrafo 6 del articulo 2151 del decreto la entidad territorial reportaraacute la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional T o la registraraacute en de Datos Uacutenica de Afiliados - BDUA La uacuteltima entidad territorial migrante venezolano su informacioacuten domicilio la responsable de reportar la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS

Con la novedad terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS para esta la obligacioacuten garantizar la prestacioacuten los seNicios de salud del Plan de Beneficios y el pago de la UPC por parte de la Administradora los Recursos del Sistema sin perjuicio de la validacioacuten de la vigencia documento por parte de la Administradora de los del Sistema-ADRES el pago de la Unidad por Capitacioacuten shy

Sistema Transaccional T notificaraacute las novedades a la entidad territorial a los Recursos del Sistema -ADRES y a la

artiacuteculo 21 del Decreto 780 el cualARTiacuteCULO 60 quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2177 Movilidad entre regiacutemenes La movilidad es cambio de reacutegimen dentro misma EPS para afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud focalizados en los niveles I y 11 del y las

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DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 10 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arliacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

poblaciones especiales de que trata el artiacuteculo 2151 de la presente parte seguacuten corresponda

En virtud de la movilidad los afiliados descritos en el inciso anterior podraacuten cambiar de un reacutegimen a otro con su nuacutecleo familiar sin solucioacuten de continuidad manteniendo su inscripcioacuten en la misma EPS

Cuando los afiliados ejerzan la movilidad y residan en un municipio diferente a aquel en que les fue aplicada la encuesta SISBEN el puntaje obtenido en la encuesta practicada por el municipio de origen se consideraraacute vaacutelido hasta tanto el municipio en el que actualmente estaacute domiciliado el afiliado le realice la encuesta El cambio de domicilio en ninguacuten caso podraacute afectar la continuidad del aseguramiento ni el reconocimiento de la UPG

Cuando un afiliado al reacutegimen subsidiado se traslade de EPS el puntaje obtenido en la uacuteltima ecuesta SISBEN seraacute vaacutelido hasta tanto se realice una nueva encuesta

Paraacutegrafo Los afiliados manifestaraacuten su voluntad de ejercer la movilidad en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico que adopte el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y se suscribiraacute y reportaraacute ante la EPS de manera individual y directa cuando se realice al reacutegimen subsidiado y de manera conjunta con su empleador si fuere el caso cuando se realice al reacutegimen contributivo La verificacioacuten del nivel del SISBEN estaraacute a cargo de la EPS del reacutegimen contributivo a traveacutes de la herramienta de consulta masiva que para el efecto dispone el Departamento Nacional de Planeacioacuten

ARTiacuteCULO 70 Modifiacutequese el articulo 2178 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2178 Registro y reporte de la novedad de movilidad El Sistema de Afiliacioacuten Transaccional dispondraacute de los mecanismos para que los requisitos de movilidad se puedan verificar con la informacioacuten disponible y para que los afiacuteliados puedan realizar directamente el traacutemite de movilidad asiacute como la notificacioacuten de la movilidad a las EPS a los afiliados cotizantes a los afiliados cabeza de familia a los integrantes del nuacutecleo familiar a los aportantes y a las entidades territoriales

El afiliado deberaacute registrar en la solicitud de la movilidad a los integrantes de su nuacutecleo familiar con derecho a ser inscritos en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico de acuerdo con lo previsto en la presente Parte

La novedad de moviacutelidad del reacutegimen contributivo al reacutegimen subsidiado deberaacute ser registrada por el afiliado al diacutea siguiente de la terminacioacuten de la vinculacioacuten laboral o de la perdida de las condiciones para seguir cotizando como independiente y a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea calendario del respectivo mes o al diacutea siguiente del vencimiento del periacuteodo de proteccioacuten laboral o del mecanismo de proteccioacuten al cesante si los hubiere

ninguacuten caso la podraacute registrar la novedad de movilidad sin que se haya mecanismo de proteccioacuten al

si los no autorizada y si incurre las UPC por estos afiliados el le

hubiere reconocido

cumplido el periacuteodo proteccioacuten laboral o se tendraacute como

en ella la EPS rlolraacute

mes

DECRETO NUacuteMERO 064 DE 2020 HOJA No 11 de 13 ------~~~-----

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

La novedad de movilidad del subsidiado al rflrn contributivo ser por el afiliado diacutea en que una vinculacioacuten laboral o condiciones para cotizar como independiente

Cuando el usuario no solicitud de movilidad del reacutegimen al reacutegimen subsidiado la deberaacute reportarla en aDUA e informar al afiliado y a respectiva entidad territorial tal novedad

Las EPS contributivo y subsidiado reportaraacuten a la Administradora de los del Sistema Seguridad en Salud -ADRES las movilidad correspondiendo a las entidades territoriales realizar respectivas se trate de la movilidad

un afiliado cuya fue por un mUniCIpiO al domiciacuteliacuteado uacuteltimo el esponsable validar las rrIlNUIr1ltl

permanecer en el Reacutegimen Subsidiado

Adicionalmente la deberaacute remitir a la Administradora de del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES certificacioacuten por representante y el revisor fiscal de en la que novedades cargadas en materia de movilidad entre regiacutemenes cumplen a cabalidad condiciones descritas en el presente decreto

anterior sin fas acciones inspeccioacuten vigilancia y control a cargo de la Superintendencia Nacional C LlLI en el marco de las sanciones previstas en la Ley de 2019

Las EPS deberaacuten reportar la novedad de movilidad a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes contados a partir del primer dfa calendario del mes en que eacutesta se produce Cuando se reporte por fuera de dicho teacutermino Sistema reconoceraacute la correspondiente a partir del mes en que se produzca el reporte

ARTiacuteCULO 80 Modifiacutequese el artiacuteculo 1317 Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21317 Terminacioacuten de la inscripcioacuten en una EPS inscripcioacuten en la EPS en cual se encuentra inscrito el afiliado y su nuacutecleo familiar se terminaraacute en los siguientes casos

1 Cuando se traslada a

2 Cuando el empleador reporta la de retiro laboral del trabajador dependiente y afiliado no novedad de como independiente como afiliado adicional o como beneficiario dentro de la misma EPS y no opere o se hubiere agotado el periacuteodo proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al ni la movilidad regiacutemenes

-----------------DECRETO NUacuteMERO 06 DE 2020 HOJA No 12 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 213 Y se adicionan los articulos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

conforme a las normas previstas en la presente Parte

3 Cuando el trabajador independiente no reuacutene las condiciones para ser cotizante no reporte novedad como afiliado adicional o como beneficiario

de la misma y no opere o se agotado perlado proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al cesante ni la movilidad entre regiacutemenes conforme a normas previstas en presente

4 Cuando en el caso de los beneficiarios desaparezcan condiciones establecidas en la presente Parte ostentar dicha condicioacuten y no reporten

novedad cotizante dependiente cotizante independiente afiliado adicional o de movilidad regmenes conforme a las normas previstas en la presente

5 Cuando afiliado cotizan te y su nuacutecleo familiar fijen su residencia fuera paiacutes y la novedad correspondiente a la o a traveacutes del de Afiliacioacuten Transaccional

6 Cuando el afiliado cumpla con condiciones para pertenecer a un reacutegimen exceptuado o especial legalmente establecido

7 Cuando por disposicioacuten de las autoridades competentes se determine que personas inscritas en una EPS del reacutegimen subsidiado reuacutenen condiciones para tener la calidad de cotizan tes o pertenecer reacutegimen contributivo

8 Cuando prestacioacuten los servicios de salud de las personas de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan con sus madres en

establecimientos de reclusioacuten a cargo Fondo Nacional de Salud Personas Privadas la Libertad En el caso las personas privadas libertad que se encuentren obligadas a cotizar la terminacioacuten de la

inscripcioacuten soacutelo para cotizante y el menor de tres (3) que conviva con la madre cotizan te

9 Cuando transcurridos (4) meses contados desde afiliacioacuten entidad territorial verifique que la persona no es elegible para pertenecer reacutegimen subsidiado en los teacuterminos establecidos en los artiacuteculos 2 13 11 Y 2154 presente decreto en ninguacuten caso impliacuteque la terminacioacuten de la afiliacioacuten a la del nacido o el menor de

10 Cuando el migrante venezolano no acredite la permanencia en el paiacutes en los teacuterminos establecidos en numeral del artiacuteculo 2151 del presente decreto y en consecuencia no continuaraacute contando con aseguramiento en salud

Paraacutegrafo 1 Cuando el afiliado cotiacutezante o el cabeza de familia y su nuacutecleo familiar fijen su residencia del paiacutes deberaacuten reportar esta novedad

afiliado cotizante reportar dicha novedad a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea del mes en que eacutesta se produzca y no habraacute lugar al pago las cotizaciones durante los periOdos por los que se termina la inscripcioacuten Cuando el afiliado cotizante que fije su fuera paiacutes no reporte la novedad se mantendraacute la inscripcioacuten en EPS y se causaraacute e intereses moratorias

DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)

Page 7: REPÚBLICA DE COLOMBIA - Presidencia · General de Seguridad Social en Salud o se encuentren con novedad terminación de inscripción en la el prestador de servicios de salud, en

064DECRETO NUacuteMERO ________ DE 2020 HOJA No 7 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 21313 2151 2 177 2 1 78 Y 21317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

16 Los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana Cruz Roja Colombiana y cuerpos de bomberos asiacute como su nuacutecleo familiar salvo que sean cotizantes o beneficiarios del Reacutegimen Contributivo El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por la entidad a la cual pertenezca el voluntario que seraacute la responsable de la informacioacuten suministrada y de su acreditacioacuten como activo

17 Personas con discapacidad en centros de proteccioacuten Los adultos entre 18 y 60 antildeos en condicioacuten de discapacidad de escasos recursos y en condicioacuten de abandono que se encuentren en centros de proteccioacuten El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las gobernaciones o las alcaldiacuteas distritales o municipales

18 Migrantes Venezolanos Los migrantes venezolanos sin capacidad de pago pobres y vulnerables con Permiso Especial de Permanencia - PEP vigente asiacute como sus hijos menores de edad con documento de identidad vaacutelido en los teacuterminos del artIculo 2 135 del presente decreto que permanezcan en el paiacutes El listado censal de esta poblacioacuten seraacute elaborado por las alcaldiacuteas municipales o distritales

Paraacutegrafo 1 Las condiciones de pertenencia al Reacutegimen Contributivo o a un Reacutegimen Especial o Exceptuado prevalecen sobre las de pertenencia al Reacutegimen Subsidiado salvo lo dispuesto para la afiliacioacuten del recieacuten nacido y las poblaciones de que tratan los numerales 4 5 Y 6 del presente artiacuteculo En consecuencia cuando una persona reuacutena simultaacuteneamente las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo al Reacutegimen Especial o al Exceptuado o al Reacutegimen Subsidiado deberaacute registrarse e inscribirse a una EPS del Reacutegimen Contributivo o afiliarse al Reacutegimen Especial o Exceptuado seguacuten el caso

Paraacutegrafo 2 Las reglas de afiliacioacuten y novedades de la poblacioacuten indiacutegena y de las comunidades Rom se seguiraacuten por las normas vigentes a la expedicioacuten del presente decreto hasta tanto el Gobierno Nacional reglamente la afiliacioacuten y los instrumentos para garantizar la continuidad en la afiliacioacuten y el goce efectivo del derecho a la salud de esta poblacioacuten evento en el cual el Gobierno Nacional adelantaraacute la consulta previa

Paraacutegrafo 3 Cuando variacutee la situacioacuten socioeconoacutemica de las personas beneficiarias del numeral 3 del presente articulo y ello las haga potenciales afiliadas al Reacutegimen Contributivo asiacute lo informaraacute a la EPS respectiva quien deberaacute reportar allCBF lo pertinente para la actualizacioacuten del listado censal

Paraacutegrafo 4 Cuando cualquier autoridad nacional o territorial advierta que un afiliado del Reacutegimen Subsidiado cumpla las condiciones para pertenecer al Reacutegimen Contributivo informaraacute a la entidad territorial para que adelante las medidas tendientes a la terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS La omisioacuten de esta obligacioacuten por parte de las autoridades territoriales daraacute lugar a las acciones disciplinarias admiriIacutestrativas fiscales y penales a que hubiere lugar

Paraacutegrafo 5 Los migrantes venezolanos afiliados deberaacuten acreditar su permanencia en el paiacutes actualizando la informacioacuten de su domicilio cada cuatro (4) meses ante la entidad territorial municipal donde se encuentren domiciliados La entidad territorial deberaacute reportar esta informacioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional 11

----------------06

DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 8 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artlculos 2154 Y 2155 del Decreto 780 de en relaci6n con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diSl)Osiciorles

ARTiacuteCULO 40 Adicioacutenese el artiacuteculo 1 del 780 de 2016 en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2154 Afiliacioacuten de oficio una persona no se encuentre afiliada al Sistema General de Social en Salud o se encuentre con novedad de terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS el prestador de servicios de salud o la entidad territorial seguacuten corresponda efectuaraacute la afiliacioacuten de manera inmediata siguientes reglas

1 Cuando la persona reuacutena condiciones para pertenecer al reglmen contributivo la registraraacute en Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una reacutegimen

2 Cuando la Flor no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y se clasificado en Jos niveles I y 11 del SISBEN la 1CriexclQrrl~ de Afiliacioacuten Transaccional y 0 inscribiraacute en una EPS del nnbullbull rnc en respectivo municipio

3 Cuando la persona no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y no sido la encuesta SISBEN o que no pertenece a alguna poblacioacuten de las sentildealadas en el artiacuteculo 2 15 1 la registraraacute en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una del reacutegimen subsidiado que opere en el municipio de domicilio Cuando se trate de afiliados a los que no ha sido aplicada la del la entidad territorial gestionar de manera traacutemite necesario para la aplicacioacuten encuesta al gtTIIgtn

4 La persona de no hacerlo el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional EPS que tenga mayor cobertura en jurisdiccioacuten territorial o la Institucioacuten Prestadora de Servicios de Salud le informaraacute a la persona dicha inscripcioacuten

Sin embargo la el derecho a la libre escogencia de dentro los (90) diacuteas calendario contados a partir de la

inscripcioacuten

casos en los numerales 2 y 3 la entidad territorial no mayor a cuatro (4) meses si la persona acredita

subsidiado y en caso que no cumplan rorrror la novedad de terminacioacuten de la inscripcioacuten los

nlonr y desde el momento de su reporte aquellos rUUN no es posible aplicar la encuesta SISBEN el plazo de que

el presente numeral se contaraacute a partir de la disponibilidad de la encuesta los en los numerales anteriores el prestador de servicios salud y la territorial seguacuten corresponda deberaacuten consultar la informacioacuten tal efecto disponga el Sistema de Afiliacioacuten

Paraacutegrafo 2 la inscripcioacuten y registro de la subsidiado o contributivo seguacuten corresponda el Sistema Transaccional notificaraacute dicha novedad a la entidad territorial a

----------------06DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 9 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los aftlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los aftculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Administradora de los Recursos Sistema shy y a la EPS corresponda

caso de que no se pueda efectuar e inscripcioacuten a lttArrlQ de Afiliacioacuten Transaccional el seNCIOS salud

con la entidad territorial realizar la afiliacioacuten directamente y realizaraacute las previstas en paraacutegrafo anterior

Paraacutegrafo entidad territorial de oficio a personas vaacutelidamente identificadas en el Estado colombiano y guardaraacute constancia de las acciones adelantadas Asiacute mismo deberaacute informar por escrito al afiliado resultado la transaccioacuten la cual debe contener como miacutenimo la EPS seleccionada y los de contacto dicha entidad

ARTiacuteCULO 50 el artiacuteculo 1 del Decreto 780 201 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

UArticulo 155 Verificacioacuten las condiciones de los migran tes venezolanos afiliados al Reacutegimen Subsidiado La entidad territorial municipal del domicilio del migran te venezolano afiliado de que numeral 18 del artiacuteculo 2151 del presente decreto recibiraacute la que presente migrante acreditando su permanencia y la reportaraacute al de Afiliacioacuten Transaccional

Cuando el migran te venezolano afiliado no haya acreditado su permanencia en el pals en los teacuterminos del paraacutegrafo 6 del articulo 2151 del decreto la entidad territorial reportaraacute la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional T o la registraraacute en de Datos Uacutenica de Afiliados - BDUA La uacuteltima entidad territorial migrante venezolano su informacioacuten domicilio la responsable de reportar la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS

Con la novedad terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS para esta la obligacioacuten garantizar la prestacioacuten los seNicios de salud del Plan de Beneficios y el pago de la UPC por parte de la Administradora los Recursos del Sistema sin perjuicio de la validacioacuten de la vigencia documento por parte de la Administradora de los del Sistema-ADRES el pago de la Unidad por Capitacioacuten shy

Sistema Transaccional T notificaraacute las novedades a la entidad territorial a los Recursos del Sistema -ADRES y a la

artiacuteculo 21 del Decreto 780 el cualARTiacuteCULO 60 quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2177 Movilidad entre regiacutemenes La movilidad es cambio de reacutegimen dentro misma EPS para afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud focalizados en los niveles I y 11 del y las

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DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 10 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arliacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

poblaciones especiales de que trata el artiacuteculo 2151 de la presente parte seguacuten corresponda

En virtud de la movilidad los afiliados descritos en el inciso anterior podraacuten cambiar de un reacutegimen a otro con su nuacutecleo familiar sin solucioacuten de continuidad manteniendo su inscripcioacuten en la misma EPS

Cuando los afiliados ejerzan la movilidad y residan en un municipio diferente a aquel en que les fue aplicada la encuesta SISBEN el puntaje obtenido en la encuesta practicada por el municipio de origen se consideraraacute vaacutelido hasta tanto el municipio en el que actualmente estaacute domiciliado el afiliado le realice la encuesta El cambio de domicilio en ninguacuten caso podraacute afectar la continuidad del aseguramiento ni el reconocimiento de la UPG

Cuando un afiliado al reacutegimen subsidiado se traslade de EPS el puntaje obtenido en la uacuteltima ecuesta SISBEN seraacute vaacutelido hasta tanto se realice una nueva encuesta

Paraacutegrafo Los afiliados manifestaraacuten su voluntad de ejercer la movilidad en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico que adopte el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y se suscribiraacute y reportaraacute ante la EPS de manera individual y directa cuando se realice al reacutegimen subsidiado y de manera conjunta con su empleador si fuere el caso cuando se realice al reacutegimen contributivo La verificacioacuten del nivel del SISBEN estaraacute a cargo de la EPS del reacutegimen contributivo a traveacutes de la herramienta de consulta masiva que para el efecto dispone el Departamento Nacional de Planeacioacuten

ARTiacuteCULO 70 Modifiacutequese el articulo 2178 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2178 Registro y reporte de la novedad de movilidad El Sistema de Afiliacioacuten Transaccional dispondraacute de los mecanismos para que los requisitos de movilidad se puedan verificar con la informacioacuten disponible y para que los afiacuteliados puedan realizar directamente el traacutemite de movilidad asiacute como la notificacioacuten de la movilidad a las EPS a los afiliados cotizantes a los afiliados cabeza de familia a los integrantes del nuacutecleo familiar a los aportantes y a las entidades territoriales

El afiliado deberaacute registrar en la solicitud de la movilidad a los integrantes de su nuacutecleo familiar con derecho a ser inscritos en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico de acuerdo con lo previsto en la presente Parte

La novedad de moviacutelidad del reacutegimen contributivo al reacutegimen subsidiado deberaacute ser registrada por el afiliado al diacutea siguiente de la terminacioacuten de la vinculacioacuten laboral o de la perdida de las condiciones para seguir cotizando como independiente y a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea calendario del respectivo mes o al diacutea siguiente del vencimiento del periacuteodo de proteccioacuten laboral o del mecanismo de proteccioacuten al cesante si los hubiere

ninguacuten caso la podraacute registrar la novedad de movilidad sin que se haya mecanismo de proteccioacuten al

si los no autorizada y si incurre las UPC por estos afiliados el le

hubiere reconocido

cumplido el periacuteodo proteccioacuten laboral o se tendraacute como

en ella la EPS rlolraacute

mes

DECRETO NUacuteMERO 064 DE 2020 HOJA No 11 de 13 ------~~~-----

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

La novedad de movilidad del subsidiado al rflrn contributivo ser por el afiliado diacutea en que una vinculacioacuten laboral o condiciones para cotizar como independiente

Cuando el usuario no solicitud de movilidad del reacutegimen al reacutegimen subsidiado la deberaacute reportarla en aDUA e informar al afiliado y a respectiva entidad territorial tal novedad

Las EPS contributivo y subsidiado reportaraacuten a la Administradora de los del Sistema Seguridad en Salud -ADRES las movilidad correspondiendo a las entidades territoriales realizar respectivas se trate de la movilidad

un afiliado cuya fue por un mUniCIpiO al domiciacuteliacuteado uacuteltimo el esponsable validar las rrIlNUIr1ltl

permanecer en el Reacutegimen Subsidiado

Adicionalmente la deberaacute remitir a la Administradora de del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES certificacioacuten por representante y el revisor fiscal de en la que novedades cargadas en materia de movilidad entre regiacutemenes cumplen a cabalidad condiciones descritas en el presente decreto

anterior sin fas acciones inspeccioacuten vigilancia y control a cargo de la Superintendencia Nacional C LlLI en el marco de las sanciones previstas en la Ley de 2019

Las EPS deberaacuten reportar la novedad de movilidad a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes contados a partir del primer dfa calendario del mes en que eacutesta se produce Cuando se reporte por fuera de dicho teacutermino Sistema reconoceraacute la correspondiente a partir del mes en que se produzca el reporte

ARTiacuteCULO 80 Modifiacutequese el artiacuteculo 1317 Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21317 Terminacioacuten de la inscripcioacuten en una EPS inscripcioacuten en la EPS en cual se encuentra inscrito el afiliado y su nuacutecleo familiar se terminaraacute en los siguientes casos

1 Cuando se traslada a

2 Cuando el empleador reporta la de retiro laboral del trabajador dependiente y afiliado no novedad de como independiente como afiliado adicional o como beneficiario dentro de la misma EPS y no opere o se hubiere agotado el periacuteodo proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al ni la movilidad regiacutemenes

-----------------DECRETO NUacuteMERO 06 DE 2020 HOJA No 12 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 213 Y se adicionan los articulos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

conforme a las normas previstas en la presente Parte

3 Cuando el trabajador independiente no reuacutene las condiciones para ser cotizante no reporte novedad como afiliado adicional o como beneficiario

de la misma y no opere o se agotado perlado proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al cesante ni la movilidad entre regiacutemenes conforme a normas previstas en presente

4 Cuando en el caso de los beneficiarios desaparezcan condiciones establecidas en la presente Parte ostentar dicha condicioacuten y no reporten

novedad cotizante dependiente cotizante independiente afiliado adicional o de movilidad regmenes conforme a las normas previstas en la presente

5 Cuando afiliado cotizan te y su nuacutecleo familiar fijen su residencia fuera paiacutes y la novedad correspondiente a la o a traveacutes del de Afiliacioacuten Transaccional

6 Cuando el afiliado cumpla con condiciones para pertenecer a un reacutegimen exceptuado o especial legalmente establecido

7 Cuando por disposicioacuten de las autoridades competentes se determine que personas inscritas en una EPS del reacutegimen subsidiado reuacutenen condiciones para tener la calidad de cotizan tes o pertenecer reacutegimen contributivo

8 Cuando prestacioacuten los servicios de salud de las personas de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan con sus madres en

establecimientos de reclusioacuten a cargo Fondo Nacional de Salud Personas Privadas la Libertad En el caso las personas privadas libertad que se encuentren obligadas a cotizar la terminacioacuten de la

inscripcioacuten soacutelo para cotizante y el menor de tres (3) que conviva con la madre cotizan te

9 Cuando transcurridos (4) meses contados desde afiliacioacuten entidad territorial verifique que la persona no es elegible para pertenecer reacutegimen subsidiado en los teacuterminos establecidos en los artiacuteculos 2 13 11 Y 2154 presente decreto en ninguacuten caso impliacuteque la terminacioacuten de la afiliacioacuten a la del nacido o el menor de

10 Cuando el migrante venezolano no acredite la permanencia en el paiacutes en los teacuterminos establecidos en numeral del artiacuteculo 2151 del presente decreto y en consecuencia no continuaraacute contando con aseguramiento en salud

Paraacutegrafo 1 Cuando el afiliado cotiacutezante o el cabeza de familia y su nuacutecleo familiar fijen su residencia del paiacutes deberaacuten reportar esta novedad

afiliado cotizante reportar dicha novedad a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea del mes en que eacutesta se produzca y no habraacute lugar al pago las cotizaciones durante los periOdos por los que se termina la inscripcioacuten Cuando el afiliado cotizante que fije su fuera paiacutes no reporte la novedad se mantendraacute la inscripcioacuten en EPS y se causaraacute e intereses moratorias

DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)

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DECRETO NUacuteMERO 2020 HOJA No 8 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artlculos 2154 Y 2155 del Decreto 780 de en relaci6n con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras diSl)Osiciorles

ARTiacuteCULO 40 Adicioacutenese el artiacuteculo 1 del 780 de 2016 en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2154 Afiliacioacuten de oficio una persona no se encuentre afiliada al Sistema General de Social en Salud o se encuentre con novedad de terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS el prestador de servicios de salud o la entidad territorial seguacuten corresponda efectuaraacute la afiliacioacuten de manera inmediata siguientes reglas

1 Cuando la persona reuacutena condiciones para pertenecer al reglmen contributivo la registraraacute en Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una reacutegimen

2 Cuando la Flor no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y se clasificado en Jos niveles I y 11 del SISBEN la 1CriexclQrrl~ de Afiliacioacuten Transaccional y 0 inscribiraacute en una EPS del nnbullbull rnc en respectivo municipio

3 Cuando la persona no cumple las condiciones para pertenecer al reacutegimen contributivo y no sido la encuesta SISBEN o que no pertenece a alguna poblacioacuten de las sentildealadas en el artiacuteculo 2 15 1 la registraraacute en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional y la inscribiraacute en una del reacutegimen subsidiado que opere en el municipio de domicilio Cuando se trate de afiliados a los que no ha sido aplicada la del la entidad territorial gestionar de manera traacutemite necesario para la aplicacioacuten encuesta al gtTIIgtn

4 La persona de no hacerlo el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional EPS que tenga mayor cobertura en jurisdiccioacuten territorial o la Institucioacuten Prestadora de Servicios de Salud le informaraacute a la persona dicha inscripcioacuten

Sin embargo la el derecho a la libre escogencia de dentro los (90) diacuteas calendario contados a partir de la

inscripcioacuten

casos en los numerales 2 y 3 la entidad territorial no mayor a cuatro (4) meses si la persona acredita

subsidiado y en caso que no cumplan rorrror la novedad de terminacioacuten de la inscripcioacuten los

nlonr y desde el momento de su reporte aquellos rUUN no es posible aplicar la encuesta SISBEN el plazo de que

el presente numeral se contaraacute a partir de la disponibilidad de la encuesta los en los numerales anteriores el prestador de servicios salud y la territorial seguacuten corresponda deberaacuten consultar la informacioacuten tal efecto disponga el Sistema de Afiliacioacuten

Paraacutegrafo 2 la inscripcioacuten y registro de la subsidiado o contributivo seguacuten corresponda el Sistema Transaccional notificaraacute dicha novedad a la entidad territorial a

----------------06DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 9 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los aftlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los aftculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Administradora de los Recursos Sistema shy y a la EPS corresponda

caso de que no se pueda efectuar e inscripcioacuten a lttArrlQ de Afiliacioacuten Transaccional el seNCIOS salud

con la entidad territorial realizar la afiliacioacuten directamente y realizaraacute las previstas en paraacutegrafo anterior

Paraacutegrafo entidad territorial de oficio a personas vaacutelidamente identificadas en el Estado colombiano y guardaraacute constancia de las acciones adelantadas Asiacute mismo deberaacute informar por escrito al afiliado resultado la transaccioacuten la cual debe contener como miacutenimo la EPS seleccionada y los de contacto dicha entidad

ARTiacuteCULO 50 el artiacuteculo 1 del Decreto 780 201 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

UArticulo 155 Verificacioacuten las condiciones de los migran tes venezolanos afiliados al Reacutegimen Subsidiado La entidad territorial municipal del domicilio del migran te venezolano afiliado de que numeral 18 del artiacuteculo 2151 del presente decreto recibiraacute la que presente migrante acreditando su permanencia y la reportaraacute al de Afiliacioacuten Transaccional

Cuando el migran te venezolano afiliado no haya acreditado su permanencia en el pals en los teacuterminos del paraacutegrafo 6 del articulo 2151 del decreto la entidad territorial reportaraacute la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional T o la registraraacute en de Datos Uacutenica de Afiliados - BDUA La uacuteltima entidad territorial migrante venezolano su informacioacuten domicilio la responsable de reportar la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS

Con la novedad terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS para esta la obligacioacuten garantizar la prestacioacuten los seNicios de salud del Plan de Beneficios y el pago de la UPC por parte de la Administradora los Recursos del Sistema sin perjuicio de la validacioacuten de la vigencia documento por parte de la Administradora de los del Sistema-ADRES el pago de la Unidad por Capitacioacuten shy

Sistema Transaccional T notificaraacute las novedades a la entidad territorial a los Recursos del Sistema -ADRES y a la

artiacuteculo 21 del Decreto 780 el cualARTiacuteCULO 60 quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2177 Movilidad entre regiacutemenes La movilidad es cambio de reacutegimen dentro misma EPS para afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud focalizados en los niveles I y 11 del y las

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DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 10 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arliacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

poblaciones especiales de que trata el artiacuteculo 2151 de la presente parte seguacuten corresponda

En virtud de la movilidad los afiliados descritos en el inciso anterior podraacuten cambiar de un reacutegimen a otro con su nuacutecleo familiar sin solucioacuten de continuidad manteniendo su inscripcioacuten en la misma EPS

Cuando los afiliados ejerzan la movilidad y residan en un municipio diferente a aquel en que les fue aplicada la encuesta SISBEN el puntaje obtenido en la encuesta practicada por el municipio de origen se consideraraacute vaacutelido hasta tanto el municipio en el que actualmente estaacute domiciliado el afiliado le realice la encuesta El cambio de domicilio en ninguacuten caso podraacute afectar la continuidad del aseguramiento ni el reconocimiento de la UPG

Cuando un afiliado al reacutegimen subsidiado se traslade de EPS el puntaje obtenido en la uacuteltima ecuesta SISBEN seraacute vaacutelido hasta tanto se realice una nueva encuesta

Paraacutegrafo Los afiliados manifestaraacuten su voluntad de ejercer la movilidad en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico que adopte el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y se suscribiraacute y reportaraacute ante la EPS de manera individual y directa cuando se realice al reacutegimen subsidiado y de manera conjunta con su empleador si fuere el caso cuando se realice al reacutegimen contributivo La verificacioacuten del nivel del SISBEN estaraacute a cargo de la EPS del reacutegimen contributivo a traveacutes de la herramienta de consulta masiva que para el efecto dispone el Departamento Nacional de Planeacioacuten

ARTiacuteCULO 70 Modifiacutequese el articulo 2178 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2178 Registro y reporte de la novedad de movilidad El Sistema de Afiliacioacuten Transaccional dispondraacute de los mecanismos para que los requisitos de movilidad se puedan verificar con la informacioacuten disponible y para que los afiacuteliados puedan realizar directamente el traacutemite de movilidad asiacute como la notificacioacuten de la movilidad a las EPS a los afiliados cotizantes a los afiliados cabeza de familia a los integrantes del nuacutecleo familiar a los aportantes y a las entidades territoriales

El afiliado deberaacute registrar en la solicitud de la movilidad a los integrantes de su nuacutecleo familiar con derecho a ser inscritos en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico de acuerdo con lo previsto en la presente Parte

La novedad de moviacutelidad del reacutegimen contributivo al reacutegimen subsidiado deberaacute ser registrada por el afiliado al diacutea siguiente de la terminacioacuten de la vinculacioacuten laboral o de la perdida de las condiciones para seguir cotizando como independiente y a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea calendario del respectivo mes o al diacutea siguiente del vencimiento del periacuteodo de proteccioacuten laboral o del mecanismo de proteccioacuten al cesante si los hubiere

ninguacuten caso la podraacute registrar la novedad de movilidad sin que se haya mecanismo de proteccioacuten al

si los no autorizada y si incurre las UPC por estos afiliados el le

hubiere reconocido

cumplido el periacuteodo proteccioacuten laboral o se tendraacute como

en ella la EPS rlolraacute

mes

DECRETO NUacuteMERO 064 DE 2020 HOJA No 11 de 13 ------~~~-----

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

La novedad de movilidad del subsidiado al rflrn contributivo ser por el afiliado diacutea en que una vinculacioacuten laboral o condiciones para cotizar como independiente

Cuando el usuario no solicitud de movilidad del reacutegimen al reacutegimen subsidiado la deberaacute reportarla en aDUA e informar al afiliado y a respectiva entidad territorial tal novedad

Las EPS contributivo y subsidiado reportaraacuten a la Administradora de los del Sistema Seguridad en Salud -ADRES las movilidad correspondiendo a las entidades territoriales realizar respectivas se trate de la movilidad

un afiliado cuya fue por un mUniCIpiO al domiciacuteliacuteado uacuteltimo el esponsable validar las rrIlNUIr1ltl

permanecer en el Reacutegimen Subsidiado

Adicionalmente la deberaacute remitir a la Administradora de del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES certificacioacuten por representante y el revisor fiscal de en la que novedades cargadas en materia de movilidad entre regiacutemenes cumplen a cabalidad condiciones descritas en el presente decreto

anterior sin fas acciones inspeccioacuten vigilancia y control a cargo de la Superintendencia Nacional C LlLI en el marco de las sanciones previstas en la Ley de 2019

Las EPS deberaacuten reportar la novedad de movilidad a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes contados a partir del primer dfa calendario del mes en que eacutesta se produce Cuando se reporte por fuera de dicho teacutermino Sistema reconoceraacute la correspondiente a partir del mes en que se produzca el reporte

ARTiacuteCULO 80 Modifiacutequese el artiacuteculo 1317 Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21317 Terminacioacuten de la inscripcioacuten en una EPS inscripcioacuten en la EPS en cual se encuentra inscrito el afiliado y su nuacutecleo familiar se terminaraacute en los siguientes casos

1 Cuando se traslada a

2 Cuando el empleador reporta la de retiro laboral del trabajador dependiente y afiliado no novedad de como independiente como afiliado adicional o como beneficiario dentro de la misma EPS y no opere o se hubiere agotado el periacuteodo proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al ni la movilidad regiacutemenes

-----------------DECRETO NUacuteMERO 06 DE 2020 HOJA No 12 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 213 Y se adicionan los articulos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

conforme a las normas previstas en la presente Parte

3 Cuando el trabajador independiente no reuacutene las condiciones para ser cotizante no reporte novedad como afiliado adicional o como beneficiario

de la misma y no opere o se agotado perlado proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al cesante ni la movilidad entre regiacutemenes conforme a normas previstas en presente

4 Cuando en el caso de los beneficiarios desaparezcan condiciones establecidas en la presente Parte ostentar dicha condicioacuten y no reporten

novedad cotizante dependiente cotizante independiente afiliado adicional o de movilidad regmenes conforme a las normas previstas en la presente

5 Cuando afiliado cotizan te y su nuacutecleo familiar fijen su residencia fuera paiacutes y la novedad correspondiente a la o a traveacutes del de Afiliacioacuten Transaccional

6 Cuando el afiliado cumpla con condiciones para pertenecer a un reacutegimen exceptuado o especial legalmente establecido

7 Cuando por disposicioacuten de las autoridades competentes se determine que personas inscritas en una EPS del reacutegimen subsidiado reuacutenen condiciones para tener la calidad de cotizan tes o pertenecer reacutegimen contributivo

8 Cuando prestacioacuten los servicios de salud de las personas de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan con sus madres en

establecimientos de reclusioacuten a cargo Fondo Nacional de Salud Personas Privadas la Libertad En el caso las personas privadas libertad que se encuentren obligadas a cotizar la terminacioacuten de la

inscripcioacuten soacutelo para cotizante y el menor de tres (3) que conviva con la madre cotizan te

9 Cuando transcurridos (4) meses contados desde afiliacioacuten entidad territorial verifique que la persona no es elegible para pertenecer reacutegimen subsidiado en los teacuterminos establecidos en los artiacuteculos 2 13 11 Y 2154 presente decreto en ninguacuten caso impliacuteque la terminacioacuten de la afiliacioacuten a la del nacido o el menor de

10 Cuando el migrante venezolano no acredite la permanencia en el paiacutes en los teacuterminos establecidos en numeral del artiacuteculo 2151 del presente decreto y en consecuencia no continuaraacute contando con aseguramiento en salud

Paraacutegrafo 1 Cuando el afiliado cotiacutezante o el cabeza de familia y su nuacutecleo familiar fijen su residencia del paiacutes deberaacuten reportar esta novedad

afiliado cotizante reportar dicha novedad a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea del mes en que eacutesta se produzca y no habraacute lugar al pago las cotizaciones durante los periOdos por los que se termina la inscripcioacuten Cuando el afiliado cotizante que fije su fuera paiacutes no reporte la novedad se mantendraacute la inscripcioacuten en EPS y se causaraacute e intereses moratorias

DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)

Page 9: REPÚBLICA DE COLOMBIA - Presidencia · General de Seguridad Social en Salud o se encuentren con novedad terminación de inscripción en la el prestador de servicios de salud, en

----------------06DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 9 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los aftlculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los aftculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

Administradora de los Recursos Sistema shy y a la EPS corresponda

caso de que no se pueda efectuar e inscripcioacuten a lttArrlQ de Afiliacioacuten Transaccional el seNCIOS salud

con la entidad territorial realizar la afiliacioacuten directamente y realizaraacute las previstas en paraacutegrafo anterior

Paraacutegrafo entidad territorial de oficio a personas vaacutelidamente identificadas en el Estado colombiano y guardaraacute constancia de las acciones adelantadas Asiacute mismo deberaacute informar por escrito al afiliado resultado la transaccioacuten la cual debe contener como miacutenimo la EPS seleccionada y los de contacto dicha entidad

ARTiacuteCULO 50 el artiacuteculo 1 del Decreto 780 201 el cual quedaraacute en siguientes teacuterminos

UArticulo 155 Verificacioacuten las condiciones de los migran tes venezolanos afiliados al Reacutegimen Subsidiado La entidad territorial municipal del domicilio del migran te venezolano afiliado de que numeral 18 del artiacuteculo 2151 del presente decreto recibiraacute la que presente migrante acreditando su permanencia y la reportaraacute al de Afiliacioacuten Transaccional

Cuando el migran te venezolano afiliado no haya acreditado su permanencia en el pals en los teacuterminos del paraacutegrafo 6 del articulo 2151 del decreto la entidad territorial reportaraacute la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional T o la registraraacute en de Datos Uacutenica de Afiliados - BDUA La uacuteltima entidad territorial migrante venezolano su informacioacuten domicilio la responsable de reportar la novedad terminacioacuten inscripcioacuten en la EPS

Con la novedad terminacioacuten de la inscripcioacuten en la EPS para esta la obligacioacuten garantizar la prestacioacuten los seNicios de salud del Plan de Beneficios y el pago de la UPC por parte de la Administradora los Recursos del Sistema sin perjuicio de la validacioacuten de la vigencia documento por parte de la Administradora de los del Sistema-ADRES el pago de la Unidad por Capitacioacuten shy

Sistema Transaccional T notificaraacute las novedades a la entidad territorial a los Recursos del Sistema -ADRES y a la

artiacuteculo 21 del Decreto 780 el cualARTiacuteCULO 60 quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2177 Movilidad entre regiacutemenes La movilidad es cambio de reacutegimen dentro misma EPS para afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud focalizados en los niveles I y 11 del y las

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DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 10 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arliacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

poblaciones especiales de que trata el artiacuteculo 2151 de la presente parte seguacuten corresponda

En virtud de la movilidad los afiliados descritos en el inciso anterior podraacuten cambiar de un reacutegimen a otro con su nuacutecleo familiar sin solucioacuten de continuidad manteniendo su inscripcioacuten en la misma EPS

Cuando los afiliados ejerzan la movilidad y residan en un municipio diferente a aquel en que les fue aplicada la encuesta SISBEN el puntaje obtenido en la encuesta practicada por el municipio de origen se consideraraacute vaacutelido hasta tanto el municipio en el que actualmente estaacute domiciliado el afiliado le realice la encuesta El cambio de domicilio en ninguacuten caso podraacute afectar la continuidad del aseguramiento ni el reconocimiento de la UPG

Cuando un afiliado al reacutegimen subsidiado se traslade de EPS el puntaje obtenido en la uacuteltima ecuesta SISBEN seraacute vaacutelido hasta tanto se realice una nueva encuesta

Paraacutegrafo Los afiliados manifestaraacuten su voluntad de ejercer la movilidad en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico que adopte el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y se suscribiraacute y reportaraacute ante la EPS de manera individual y directa cuando se realice al reacutegimen subsidiado y de manera conjunta con su empleador si fuere el caso cuando se realice al reacutegimen contributivo La verificacioacuten del nivel del SISBEN estaraacute a cargo de la EPS del reacutegimen contributivo a traveacutes de la herramienta de consulta masiva que para el efecto dispone el Departamento Nacional de Planeacioacuten

ARTiacuteCULO 70 Modifiacutequese el articulo 2178 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2178 Registro y reporte de la novedad de movilidad El Sistema de Afiliacioacuten Transaccional dispondraacute de los mecanismos para que los requisitos de movilidad se puedan verificar con la informacioacuten disponible y para que los afiacuteliados puedan realizar directamente el traacutemite de movilidad asiacute como la notificacioacuten de la movilidad a las EPS a los afiliados cotizantes a los afiliados cabeza de familia a los integrantes del nuacutecleo familiar a los aportantes y a las entidades territoriales

El afiliado deberaacute registrar en la solicitud de la movilidad a los integrantes de su nuacutecleo familiar con derecho a ser inscritos en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico de acuerdo con lo previsto en la presente Parte

La novedad de moviacutelidad del reacutegimen contributivo al reacutegimen subsidiado deberaacute ser registrada por el afiliado al diacutea siguiente de la terminacioacuten de la vinculacioacuten laboral o de la perdida de las condiciones para seguir cotizando como independiente y a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea calendario del respectivo mes o al diacutea siguiente del vencimiento del periacuteodo de proteccioacuten laboral o del mecanismo de proteccioacuten al cesante si los hubiere

ninguacuten caso la podraacute registrar la novedad de movilidad sin que se haya mecanismo de proteccioacuten al

si los no autorizada y si incurre las UPC por estos afiliados el le

hubiere reconocido

cumplido el periacuteodo proteccioacuten laboral o se tendraacute como

en ella la EPS rlolraacute

mes

DECRETO NUacuteMERO 064 DE 2020 HOJA No 11 de 13 ------~~~-----

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

La novedad de movilidad del subsidiado al rflrn contributivo ser por el afiliado diacutea en que una vinculacioacuten laboral o condiciones para cotizar como independiente

Cuando el usuario no solicitud de movilidad del reacutegimen al reacutegimen subsidiado la deberaacute reportarla en aDUA e informar al afiliado y a respectiva entidad territorial tal novedad

Las EPS contributivo y subsidiado reportaraacuten a la Administradora de los del Sistema Seguridad en Salud -ADRES las movilidad correspondiendo a las entidades territoriales realizar respectivas se trate de la movilidad

un afiliado cuya fue por un mUniCIpiO al domiciacuteliacuteado uacuteltimo el esponsable validar las rrIlNUIr1ltl

permanecer en el Reacutegimen Subsidiado

Adicionalmente la deberaacute remitir a la Administradora de del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES certificacioacuten por representante y el revisor fiscal de en la que novedades cargadas en materia de movilidad entre regiacutemenes cumplen a cabalidad condiciones descritas en el presente decreto

anterior sin fas acciones inspeccioacuten vigilancia y control a cargo de la Superintendencia Nacional C LlLI en el marco de las sanciones previstas en la Ley de 2019

Las EPS deberaacuten reportar la novedad de movilidad a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes contados a partir del primer dfa calendario del mes en que eacutesta se produce Cuando se reporte por fuera de dicho teacutermino Sistema reconoceraacute la correspondiente a partir del mes en que se produzca el reporte

ARTiacuteCULO 80 Modifiacutequese el artiacuteculo 1317 Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21317 Terminacioacuten de la inscripcioacuten en una EPS inscripcioacuten en la EPS en cual se encuentra inscrito el afiliado y su nuacutecleo familiar se terminaraacute en los siguientes casos

1 Cuando se traslada a

2 Cuando el empleador reporta la de retiro laboral del trabajador dependiente y afiliado no novedad de como independiente como afiliado adicional o como beneficiario dentro de la misma EPS y no opere o se hubiere agotado el periacuteodo proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al ni la movilidad regiacutemenes

-----------------DECRETO NUacuteMERO 06 DE 2020 HOJA No 12 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 213 Y se adicionan los articulos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

conforme a las normas previstas en la presente Parte

3 Cuando el trabajador independiente no reuacutene las condiciones para ser cotizante no reporte novedad como afiliado adicional o como beneficiario

de la misma y no opere o se agotado perlado proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al cesante ni la movilidad entre regiacutemenes conforme a normas previstas en presente

4 Cuando en el caso de los beneficiarios desaparezcan condiciones establecidas en la presente Parte ostentar dicha condicioacuten y no reporten

novedad cotizante dependiente cotizante independiente afiliado adicional o de movilidad regmenes conforme a las normas previstas en la presente

5 Cuando afiliado cotizan te y su nuacutecleo familiar fijen su residencia fuera paiacutes y la novedad correspondiente a la o a traveacutes del de Afiliacioacuten Transaccional

6 Cuando el afiliado cumpla con condiciones para pertenecer a un reacutegimen exceptuado o especial legalmente establecido

7 Cuando por disposicioacuten de las autoridades competentes se determine que personas inscritas en una EPS del reacutegimen subsidiado reuacutenen condiciones para tener la calidad de cotizan tes o pertenecer reacutegimen contributivo

8 Cuando prestacioacuten los servicios de salud de las personas de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan con sus madres en

establecimientos de reclusioacuten a cargo Fondo Nacional de Salud Personas Privadas la Libertad En el caso las personas privadas libertad que se encuentren obligadas a cotizar la terminacioacuten de la

inscripcioacuten soacutelo para cotizante y el menor de tres (3) que conviva con la madre cotizan te

9 Cuando transcurridos (4) meses contados desde afiliacioacuten entidad territorial verifique que la persona no es elegible para pertenecer reacutegimen subsidiado en los teacuterminos establecidos en los artiacuteculos 2 13 11 Y 2154 presente decreto en ninguacuten caso impliacuteque la terminacioacuten de la afiliacioacuten a la del nacido o el menor de

10 Cuando el migrante venezolano no acredite la permanencia en el paiacutes en los teacuterminos establecidos en numeral del artiacuteculo 2151 del presente decreto y en consecuencia no continuaraacute contando con aseguramiento en salud

Paraacutegrafo 1 Cuando el afiliado cotiacutezante o el cabeza de familia y su nuacutecleo familiar fijen su residencia del paiacutes deberaacuten reportar esta novedad

afiliado cotizante reportar dicha novedad a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea del mes en que eacutesta se produzca y no habraacute lugar al pago las cotizaciones durante los periOdos por los que se termina la inscripcioacuten Cuando el afiliado cotizante que fije su fuera paiacutes no reporte la novedad se mantendraacute la inscripcioacuten en EPS y se causaraacute e intereses moratorias

DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)

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DECRETO NUacuteMERO DE 2020 HOJA No 10 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los arlfculos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los arliacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

poblaciones especiales de que trata el artiacuteculo 2151 de la presente parte seguacuten corresponda

En virtud de la movilidad los afiliados descritos en el inciso anterior podraacuten cambiar de un reacutegimen a otro con su nuacutecleo familiar sin solucioacuten de continuidad manteniendo su inscripcioacuten en la misma EPS

Cuando los afiliados ejerzan la movilidad y residan en un municipio diferente a aquel en que les fue aplicada la encuesta SISBEN el puntaje obtenido en la encuesta practicada por el municipio de origen se consideraraacute vaacutelido hasta tanto el municipio en el que actualmente estaacute domiciliado el afiliado le realice la encuesta El cambio de domicilio en ninguacuten caso podraacute afectar la continuidad del aseguramiento ni el reconocimiento de la UPG

Cuando un afiliado al reacutegimen subsidiado se traslade de EPS el puntaje obtenido en la uacuteltima ecuesta SISBEN seraacute vaacutelido hasta tanto se realice una nueva encuesta

Paraacutegrafo Los afiliados manifestaraacuten su voluntad de ejercer la movilidad en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico que adopte el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y se suscribiraacute y reportaraacute ante la EPS de manera individual y directa cuando se realice al reacutegimen subsidiado y de manera conjunta con su empleador si fuere el caso cuando se realice al reacutegimen contributivo La verificacioacuten del nivel del SISBEN estaraacute a cargo de la EPS del reacutegimen contributivo a traveacutes de la herramienta de consulta masiva que para el efecto dispone el Departamento Nacional de Planeacioacuten

ARTiacuteCULO 70 Modifiacutequese el articulo 2178 del Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 2178 Registro y reporte de la novedad de movilidad El Sistema de Afiliacioacuten Transaccional dispondraacute de los mecanismos para que los requisitos de movilidad se puedan verificar con la informacioacuten disponible y para que los afiacuteliados puedan realizar directamente el traacutemite de movilidad asiacute como la notificacioacuten de la movilidad a las EPS a los afiliados cotizantes a los afiliados cabeza de familia a los integrantes del nuacutecleo familiar a los aportantes y a las entidades territoriales

El afiliado deberaacute registrar en la solicitud de la movilidad a los integrantes de su nuacutecleo familiar con derecho a ser inscritos en el Sistema de Afiliacion Transaccional-SA T o en el formulario fiacutesico de acuerdo con lo previsto en la presente Parte

La novedad de moviacutelidad del reacutegimen contributivo al reacutegimen subsidiado deberaacute ser registrada por el afiliado al diacutea siguiente de la terminacioacuten de la vinculacioacuten laboral o de la perdida de las condiciones para seguir cotizando como independiente y a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea calendario del respectivo mes o al diacutea siguiente del vencimiento del periacuteodo de proteccioacuten laboral o del mecanismo de proteccioacuten al cesante si los hubiere

ninguacuten caso la podraacute registrar la novedad de movilidad sin que se haya mecanismo de proteccioacuten al

si los no autorizada y si incurre las UPC por estos afiliados el le

hubiere reconocido

cumplido el periacuteodo proteccioacuten laboral o se tendraacute como

en ella la EPS rlolraacute

mes

DECRETO NUacuteMERO 064 DE 2020 HOJA No 11 de 13 ------~~~-----

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

La novedad de movilidad del subsidiado al rflrn contributivo ser por el afiliado diacutea en que una vinculacioacuten laboral o condiciones para cotizar como independiente

Cuando el usuario no solicitud de movilidad del reacutegimen al reacutegimen subsidiado la deberaacute reportarla en aDUA e informar al afiliado y a respectiva entidad territorial tal novedad

Las EPS contributivo y subsidiado reportaraacuten a la Administradora de los del Sistema Seguridad en Salud -ADRES las movilidad correspondiendo a las entidades territoriales realizar respectivas se trate de la movilidad

un afiliado cuya fue por un mUniCIpiO al domiciacuteliacuteado uacuteltimo el esponsable validar las rrIlNUIr1ltl

permanecer en el Reacutegimen Subsidiado

Adicionalmente la deberaacute remitir a la Administradora de del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES certificacioacuten por representante y el revisor fiscal de en la que novedades cargadas en materia de movilidad entre regiacutemenes cumplen a cabalidad condiciones descritas en el presente decreto

anterior sin fas acciones inspeccioacuten vigilancia y control a cargo de la Superintendencia Nacional C LlLI en el marco de las sanciones previstas en la Ley de 2019

Las EPS deberaacuten reportar la novedad de movilidad a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes contados a partir del primer dfa calendario del mes en que eacutesta se produce Cuando se reporte por fuera de dicho teacutermino Sistema reconoceraacute la correspondiente a partir del mes en que se produzca el reporte

ARTiacuteCULO 80 Modifiacutequese el artiacuteculo 1317 Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21317 Terminacioacuten de la inscripcioacuten en una EPS inscripcioacuten en la EPS en cual se encuentra inscrito el afiliado y su nuacutecleo familiar se terminaraacute en los siguientes casos

1 Cuando se traslada a

2 Cuando el empleador reporta la de retiro laboral del trabajador dependiente y afiliado no novedad de como independiente como afiliado adicional o como beneficiario dentro de la misma EPS y no opere o se hubiere agotado el periacuteodo proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al ni la movilidad regiacutemenes

-----------------DECRETO NUacuteMERO 06 DE 2020 HOJA No 12 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 213 Y se adicionan los articulos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

conforme a las normas previstas en la presente Parte

3 Cuando el trabajador independiente no reuacutene las condiciones para ser cotizante no reporte novedad como afiliado adicional o como beneficiario

de la misma y no opere o se agotado perlado proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al cesante ni la movilidad entre regiacutemenes conforme a normas previstas en presente

4 Cuando en el caso de los beneficiarios desaparezcan condiciones establecidas en la presente Parte ostentar dicha condicioacuten y no reporten

novedad cotizante dependiente cotizante independiente afiliado adicional o de movilidad regmenes conforme a las normas previstas en la presente

5 Cuando afiliado cotizan te y su nuacutecleo familiar fijen su residencia fuera paiacutes y la novedad correspondiente a la o a traveacutes del de Afiliacioacuten Transaccional

6 Cuando el afiliado cumpla con condiciones para pertenecer a un reacutegimen exceptuado o especial legalmente establecido

7 Cuando por disposicioacuten de las autoridades competentes se determine que personas inscritas en una EPS del reacutegimen subsidiado reuacutenen condiciones para tener la calidad de cotizan tes o pertenecer reacutegimen contributivo

8 Cuando prestacioacuten los servicios de salud de las personas de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan con sus madres en

establecimientos de reclusioacuten a cargo Fondo Nacional de Salud Personas Privadas la Libertad En el caso las personas privadas libertad que se encuentren obligadas a cotizar la terminacioacuten de la

inscripcioacuten soacutelo para cotizante y el menor de tres (3) que conviva con la madre cotizan te

9 Cuando transcurridos (4) meses contados desde afiliacioacuten entidad territorial verifique que la persona no es elegible para pertenecer reacutegimen subsidiado en los teacuterminos establecidos en los artiacuteculos 2 13 11 Y 2154 presente decreto en ninguacuten caso impliacuteque la terminacioacuten de la afiliacioacuten a la del nacido o el menor de

10 Cuando el migrante venezolano no acredite la permanencia en el paiacutes en los teacuterminos establecidos en numeral del artiacuteculo 2151 del presente decreto y en consecuencia no continuaraacute contando con aseguramiento en salud

Paraacutegrafo 1 Cuando el afiliado cotiacutezante o el cabeza de familia y su nuacutecleo familiar fijen su residencia del paiacutes deberaacuten reportar esta novedad

afiliado cotizante reportar dicha novedad a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea del mes en que eacutesta se produzca y no habraacute lugar al pago las cotizaciones durante los periOdos por los que se termina la inscripcioacuten Cuando el afiliado cotizante que fije su fuera paiacutes no reporte la novedad se mantendraacute la inscripcioacuten en EPS y se causaraacute e intereses moratorias

DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)

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ninguacuten caso la podraacute registrar la novedad de movilidad sin que se haya mecanismo de proteccioacuten al

si los no autorizada y si incurre las UPC por estos afiliados el le

hubiere reconocido

cumplido el periacuteodo proteccioacuten laboral o se tendraacute como

en ella la EPS rlolraacute

mes

DECRETO NUacuteMERO 064 DE 2020 HOJA No 11 de 13 ------~~~-----

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 21311 213 2151 2177 2178 Y 21317 Y se adicionan los artculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

La novedad de movilidad del subsidiado al rflrn contributivo ser por el afiliado diacutea en que una vinculacioacuten laboral o condiciones para cotizar como independiente

Cuando el usuario no solicitud de movilidad del reacutegimen al reacutegimen subsidiado la deberaacute reportarla en aDUA e informar al afiliado y a respectiva entidad territorial tal novedad

Las EPS contributivo y subsidiado reportaraacuten a la Administradora de los del Sistema Seguridad en Salud -ADRES las movilidad correspondiendo a las entidades territoriales realizar respectivas se trate de la movilidad

un afiliado cuya fue por un mUniCIpiO al domiciacuteliacuteado uacuteltimo el esponsable validar las rrIlNUIr1ltl

permanecer en el Reacutegimen Subsidiado

Adicionalmente la deberaacute remitir a la Administradora de del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES certificacioacuten por representante y el revisor fiscal de en la que novedades cargadas en materia de movilidad entre regiacutemenes cumplen a cabalidad condiciones descritas en el presente decreto

anterior sin fas acciones inspeccioacuten vigilancia y control a cargo de la Superintendencia Nacional C LlLI en el marco de las sanciones previstas en la Ley de 2019

Las EPS deberaacuten reportar la novedad de movilidad a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes contados a partir del primer dfa calendario del mes en que eacutesta se produce Cuando se reporte por fuera de dicho teacutermino Sistema reconoceraacute la correspondiente a partir del mes en que se produzca el reporte

ARTiacuteCULO 80 Modifiacutequese el artiacuteculo 1317 Decreto 780 de 2016 el cual quedaraacute en los siguientes teacuterminos

Artiacuteculo 21317 Terminacioacuten de la inscripcioacuten en una EPS inscripcioacuten en la EPS en cual se encuentra inscrito el afiliado y su nuacutecleo familiar se terminaraacute en los siguientes casos

1 Cuando se traslada a

2 Cuando el empleador reporta la de retiro laboral del trabajador dependiente y afiliado no novedad de como independiente como afiliado adicional o como beneficiario dentro de la misma EPS y no opere o se hubiere agotado el periacuteodo proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al ni la movilidad regiacutemenes

-----------------DECRETO NUacuteMERO 06 DE 2020 HOJA No 12 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 213 Y se adicionan los articulos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

conforme a las normas previstas en la presente Parte

3 Cuando el trabajador independiente no reuacutene las condiciones para ser cotizante no reporte novedad como afiliado adicional o como beneficiario

de la misma y no opere o se agotado perlado proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al cesante ni la movilidad entre regiacutemenes conforme a normas previstas en presente

4 Cuando en el caso de los beneficiarios desaparezcan condiciones establecidas en la presente Parte ostentar dicha condicioacuten y no reporten

novedad cotizante dependiente cotizante independiente afiliado adicional o de movilidad regmenes conforme a las normas previstas en la presente

5 Cuando afiliado cotizan te y su nuacutecleo familiar fijen su residencia fuera paiacutes y la novedad correspondiente a la o a traveacutes del de Afiliacioacuten Transaccional

6 Cuando el afiliado cumpla con condiciones para pertenecer a un reacutegimen exceptuado o especial legalmente establecido

7 Cuando por disposicioacuten de las autoridades competentes se determine que personas inscritas en una EPS del reacutegimen subsidiado reuacutenen condiciones para tener la calidad de cotizan tes o pertenecer reacutegimen contributivo

8 Cuando prestacioacuten los servicios de salud de las personas de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan con sus madres en

establecimientos de reclusioacuten a cargo Fondo Nacional de Salud Personas Privadas la Libertad En el caso las personas privadas libertad que se encuentren obligadas a cotizar la terminacioacuten de la

inscripcioacuten soacutelo para cotizante y el menor de tres (3) que conviva con la madre cotizan te

9 Cuando transcurridos (4) meses contados desde afiliacioacuten entidad territorial verifique que la persona no es elegible para pertenecer reacutegimen subsidiado en los teacuterminos establecidos en los artiacuteculos 2 13 11 Y 2154 presente decreto en ninguacuten caso impliacuteque la terminacioacuten de la afiliacioacuten a la del nacido o el menor de

10 Cuando el migrante venezolano no acredite la permanencia en el paiacutes en los teacuterminos establecidos en numeral del artiacuteculo 2151 del presente decreto y en consecuencia no continuaraacute contando con aseguramiento en salud

Paraacutegrafo 1 Cuando el afiliado cotiacutezante o el cabeza de familia y su nuacutecleo familiar fijen su residencia del paiacutes deberaacuten reportar esta novedad

afiliado cotizante reportar dicha novedad a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea del mes en que eacutesta se produzca y no habraacute lugar al pago las cotizaciones durante los periOdos por los que se termina la inscripcioacuten Cuando el afiliado cotizante que fije su fuera paiacutes no reporte la novedad se mantendraacute la inscripcioacuten en EPS y se causaraacute e intereses moratorias

DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)

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-----------------DECRETO NUacuteMERO 06 DE 2020 HOJA No 12 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los articulos 21311 21313 2151 2177 2178 Y 213 Y se adicionan los articulos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

conforme a las normas previstas en la presente Parte

3 Cuando el trabajador independiente no reuacutene las condiciones para ser cotizante no reporte novedad como afiliado adicional o como beneficiario

de la misma y no opere o se agotado perlado proteccioacuten laboral o el mecanismo de proteccioacuten al cesante ni la movilidad entre regiacutemenes conforme a normas previstas en presente

4 Cuando en el caso de los beneficiarios desaparezcan condiciones establecidas en la presente Parte ostentar dicha condicioacuten y no reporten

novedad cotizante dependiente cotizante independiente afiliado adicional o de movilidad regmenes conforme a las normas previstas en la presente

5 Cuando afiliado cotizan te y su nuacutecleo familiar fijen su residencia fuera paiacutes y la novedad correspondiente a la o a traveacutes del de Afiliacioacuten Transaccional

6 Cuando el afiliado cumpla con condiciones para pertenecer a un reacutegimen exceptuado o especial legalmente establecido

7 Cuando por disposicioacuten de las autoridades competentes se determine que personas inscritas en una EPS del reacutegimen subsidiado reuacutenen condiciones para tener la calidad de cotizan tes o pertenecer reacutegimen contributivo

8 Cuando prestacioacuten los servicios de salud de las personas de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan con sus madres en

establecimientos de reclusioacuten a cargo Fondo Nacional de Salud Personas Privadas la Libertad En el caso las personas privadas libertad que se encuentren obligadas a cotizar la terminacioacuten de la

inscripcioacuten soacutelo para cotizante y el menor de tres (3) que conviva con la madre cotizan te

9 Cuando transcurridos (4) meses contados desde afiliacioacuten entidad territorial verifique que la persona no es elegible para pertenecer reacutegimen subsidiado en los teacuterminos establecidos en los artiacuteculos 2 13 11 Y 2154 presente decreto en ninguacuten caso impliacuteque la terminacioacuten de la afiliacioacuten a la del nacido o el menor de

10 Cuando el migrante venezolano no acredite la permanencia en el paiacutes en los teacuterminos establecidos en numeral del artiacuteculo 2151 del presente decreto y en consecuencia no continuaraacute contando con aseguramiento en salud

Paraacutegrafo 1 Cuando el afiliado cotiacutezante o el cabeza de familia y su nuacutecleo familiar fijen su residencia del paiacutes deberaacuten reportar esta novedad

afiliado cotizante reportar dicha novedad a maacutes tardar el uacuteltimo diacutea del mes en que eacutesta se produzca y no habraacute lugar al pago las cotizaciones durante los periOdos por los que se termina la inscripcioacuten Cuando el afiliado cotizante que fije su fuera paiacutes no reporte la novedad se mantendraacute la inscripcioacuten en EPS y se causaraacute e intereses moratorias

DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)

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DECRETO NUacuteMERO ____nJ=6_4--_ DE 2020 HOJA No 13 de 13

Continuacioacuten del decreto Por el cual se modifican los artiacuteculos 2 13 11 2 13 13 2 15 1 2 177 2 178 Y 21 317 Y se adicionan los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 en relacioacuten con los afiliados al reacutegimen subsidiado la afiliacioacuten de oficio y se dictan otras disposiciones

por el no pago de las cotizaciones en los teacuterminos previstos en el artiacuteculo 2 193 del presente decreto seguacuten el caso

Cuando el afiliado regrese al paiacutes deberaacute reportar la novedad al Sistema de Afiliacioacuten Transaccional mediante la inscripcioacuten en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes seguacuten corresponda

Paraacutegrafo 2 Hasta tanto entre en operacioacuten el Sistema de Afiliacioacuten Transaccional las novedades previstas en la presente Parte deberaacuten reportarse directamente a la EPS II

ARTiacuteCULO 9 El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten y modifica los artiacuteculos 2131121313215121772178 Y 21317 Y adiciona los artiacuteculos 2154 y 2155 del Decreto 780 de 2016 Uacutenico Reglamentario del Sector Salud y

Proteccioacuten Social 2OE N E 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

IVAacuteN DARiacuteo GONZAacutelEZ ORTiacutez Ministro de Salud y Proteccioacuten Social (E)