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GOBERNACION Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Reserva de Biosfera Seaflower “LIVING ISLANDS FOR ALL” 1 REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA "CONVOCATORIA PÚBLICA DE OFERENTES No 003 DE 2010” CONDICIONES PARA LA SELECCIÓN DE LOS SOCIOS ESTRATEGICOS QUE CONFORMARAN CON EL DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA UNA SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA DENOMINADA “TRÁNSITO DE SAN ANDRES ISLAS S.A”, PARA PRESTAR LOS SERVICIOS DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE EN EL DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA San Andrés Isla, Octubre de 2010

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REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y

SANTA CATALINA

"CONVOCATORIA PÚBLICA DE OFERENTES No 003 DE 2010”

CONDICIONES PARA LA SELECCIÓN DE LOS SOCIOS ESTRATEGICOS QUE CONFORMARAN CON EL DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA UNA SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA DENOMINADA “TRÁNSITO DE SAN ANDRES ISLAS S.A”, PARA PRESTAR LOS SERVICIOS DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE EN EL DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA

San Andrés Isla, Octubre de 2010

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INTRODUCCIÓN El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA de conformidad con los mandatos constitucionales y legales, en especial, de acuerdo a lo establecido en la ley 769 de 2002 y la ley 80 de 1993 en sus artículos 13, 32 y 40, modificada por la ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios, conforme a lo reglado por el Decreto 2474 de 2008, y en concordancia con la ley civil y comercial Colombiana actualmente aplicable a la materia, y en virtud de la autorización expedida mediante la Ordenanza Departamental No. 008 de Mayo 11 de 2010, ordenó la apertura del PROCESO DE CONVOCATORIA PUBLICA DE OFERENTES cuyo objeto es la escogencia de los socios estratégicos que concurrirán en unión con el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA para la constitución de una sociedad de economía mixta, quien será la entidad del orden departamental que ejercerá las funciones del Organismo de Tránsito del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA que administre y organice la parte operativa que mediante una adecuada logística efectúe una inversión que implique un avance en la modernización del organismo de tránsito con recursos humanos, económicos y tecnológicos, que garantice una eficiente y adecuada atención al usuario en los servicios de Tránsito. Así entonces, siendo claro que los organismos de tránsito y transporte ya sean de carácter municipal o departamental cumplen un papel preponderante dentro del sistema nacional de transporte, se les ha encomendado y asignado la función de otorgar y expedir las licencias, permisos y certificaciones necesarios, para que los particulares previo el cumplimiento de los requisitos que la ley y los reglamentos exigen, puedan desarrollar sus actividades en el marco del servicio público o privado de transporte, como también ejercer su derecho de libre circulación (tránsito). Dentro de este marco señala el Artículo 38 de la Ley 105 de 1993, al expresar que deben contribuir al logro de los objetivos trazados por el legislador, sobre el deber ser del tránsito y transporte: “ARTÍCULO 38 ADECUACIÓN INSTITUCIONAL DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES. Para el cumplimiento de los objetivos del sistema de transporte establecidos en esta Ley, las entidades territoriales por determinación de las Asambleas Departamentales o de los Concejos Municipales, según el caso, podrán adoptar las reformas que consideren indispensables en sus estructuras administrativas y plantas de personal, con fundamento en los principios definidos en el artículo anterior, fusionando, suprimiendo o reestructurando, los organismos del sector central o descentralizado de la respectiva entidad, vinculados con el sistema.”

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Luego bajo la modalidad de una Sociedad de Economía Mixta, el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, busca lograr la operatividad, efectividad de resultados, cumplimiento de las estrategias, metas y objetivos, de la política de fortalecimiento institucional para el cumplimiento de las funciones relacionadas en materia de tránsito y transporte. De acuerdo a lo anterior, el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA en desarrollo de la obligación constitucional y legal de garantizar la prestación eficiente y continua de los servicios a los asociados, previo los estudios y análisis relacionados con la prestación del Servicio de Tránsito y Transporte, determinó como la alternativa más viable para garantizar la prestación de los mismos la constitución de una sociedad de economía mixta, con la finalidad de que dicha sociedad ejerza las competencias de la actual Oficina de Tránsito y Transporte del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA. En este orden de ideas, el señor Gobernador pretende adelantar los trámites legales tendientes a la constitución de una sociedad con la participación de particulares especializados y con experiencia con el fin de garantizar la prestación del servicio de tránsito incluido sus componentes y actividades conexas y/o complementarias, buscando de esta manera la conformación de una sociedad de Economía Mixta (descentralización) que garantice la prestación eficiente y continua de éste servicio, dando cumplimiento a los principios de economía, celeridad, eficacia, moralidad, igualdad, imparcialidad y publicidad, convocando a los interesados en participar en la creación de la sociedad que reúnan las condiciones que se establecen en estos pliegos. En cumplimiento de lo anterior, se informa que la sociedad aspira a ser constituida con un capital por valor de MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($1.200.000.000.oo ) y por un término de duración mínimo de veinticinco (25) años, con domicilio social en el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, y cuyo objeto social será la prestación del servicio de Tránsito y Transporte en el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, en las condiciones que señalen las normas vigentes, las autoridades competentes y sus propios estatutos.

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La elección de socios estratégicos para la conformación de una sociedad prestadora del servicio de tránsito, con participación del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, forma parte de un propósito de la administración que busca modernizar la administración, a través de la implementación de mecanismos de tecnología de punta, que permitan mejorar la movilidad y disminuir los sucesos de accidentalidad en las vías ubicadas en la jurisdicción del ente territorial. Además que se busca prestar un servicio altamente eficiente, de fácil acceso al ciudadano, con estricto cumplimiento de la ley y los reglamentos y con la menor carga fiscal al presupuesto del DEPARTAMENTO.

CAPITULO I

1. INFORMACIÓN Y CONDICIONES GENERALES 1.1 RÉGIMEN LEGAL APLICABLE DE LA CONVOCATORIA Y DEL CONTRATO DE SOCIEDAD El presente proceso de Selección pública y el contrato de constitución de la sociedad prestadora de servicios de Tránsito y transporte, se rigen por el derecho privado y por el régimen jurídico aplicable a las sociedades de economía mixta, de acuerdo a lo previsto en el Título VII del Código de Comercio, que determinan los requisitos para la Conformación de este tipo de sociedades, la Ley 489 de 1998, y demás normas concordantes. Complementan este marco, las demás leyes, reglamentaciones y regulaciones que se encuentren vigentes o se expidan durante el término de duración de la sociedad de Economía mixta que se constituya como consecuencia de este proceso de selección de oferentes. Sin embargo, con el fin de preservar los principios de la contratación estatal el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA hace una Convocatoria Publica de Oferentes a fin que participen con plena libertad todos los interesados en asociarse con el DEPARTAMENTO para este propósito. Así mismo serán aplicables a la presente convocatoria pública de oferentes, la normatividad especial que rige para el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, contenidas en la Constitución Política de Colombia, la Ley 47 de 1993, la Ley 915 de 2.004, en el Decreto No. 2762 de 1991, en el Decreto Departamental 0036 de 2008, así como en las demás normas que las complementen, modifiquen o deroguen, y las señaladas en éste documento, y las disposiciones contenidas en la Ley 80 de 1993, 1150 de 2007 y en sus decretos reglamentarios, en todo aquello que resulte aplicable.

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1.2 OBJETO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE OFERENTES EL DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, a través del presente proceso de convocatoria pública de oferentes, busca seleccionar los socios estratégicos para la conformación de una sociedad de economía mixta cuyo objeto social será la prestación de servicios de Tránsito y Transporte en el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, como organismo de Tránsito clase A, y cuyas funciones principales se describen a continuación, sin defecto de aquellas convenidas entre los socios al momento de elevar a escritura pública y registrar el acta de constitución de la sociedad: a) Dirigir, organizar y controlar todo lo relacionado con el tránsito Departamental de vehículos

y personas y velar por el cumplimiento de las disposiciones sobre la materia y rendir los informes que le soliciten las autoridades superiores.

b) Practicar los exámenes y pruebas estatuidos en el Código Nacional de Tránsito. c) Otorgar, modificar, cancelar, revalidar, elaborar, personalizar y comercializar toda clase de

licencias de conducción, de acuerdo con los procedimientos y requisitos consagrados en el Código Nacional de Tránsito

d) Entregar, elaborar y comercializar las placas vehiculares de que habla el Código Nacional de

Tránsito

e) Autorizar las modificaciones en las licencias de tránsito, los traslados de cuenta de los vehículos de acuerdo con lo dispuesto en el Código Nacional de Tránsito

f) Prestación de servicios integrales de administración de los organismos de tránsito en otras

ciudades distintas al domicilio principal de la sociedad.

g) Atención de trámite de tránsito y transporte

h) Custodia de documentos y registros relacionados con el ejercicio de las funciones de la

autoridad de tránsito

i) Aplicación del código nacional de tránsito en lo referente a comparendos, registros de conductores y automotores

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j) Selección, contratación y administración de agentes de tránsito k) Ejecución de cobro coactivo de comparendos

l) Las demás que le asignen la Ley, los decretos reglamentarios, actos administrativos

expedidos por el Ministerio de Transporte y las Ordenanzas

m) De igual forma, integrarán el catálogo funcional del organismo de tránsito, las siguientes actividades:

Adquirir, elaborar, expedir y controlar las series y rangos de especies venales, tales como Placa Única Nacional para automotores y motocicletas, licencias de tránsito, licencias de conducción, certificados de movilización y el Formulario Único Nacional, así como el recaudo del valor por el uso de las mismas, de acuerdo con las normas vigentes o las que modifiquen deroguen o adicionen y que para el efecto expida el Ministerio de Transporte o la respectiva autoridad.

De acuerdo con el Artículo 134 de la ley 769 de 2002 conocer de las faltas ocurridas dentro del territorio de su jurisdicción.

1.3 LIBERTAD DE ENTRADA En virtud de las normas legales, todas las personas tienen derecho a constituir junto con un ente estatal empresas de economía mixta, en un ambiente de libre competencia, sin que se requiera para su conformación el cumplimiento de requisitos distintos a los contemplados en el régimen jurídico de estas sociedades y en estos pliegos de condiciones. Para efectos de la propuesta, los interesados en participar deberán analizar la normatividad señalada y la relacionada con este servicio, con el propósito que conozcan a cabalidad el régimen jurídico que regula el presente proceso de concurrencia de oferentes y selección, la minuta del Contrato Societario (Estatutos) y las particularidades de la prestación del servicio de Tránsito y Transporte. La sociedad de economía mixta que se constituya para la prestación del servicio de Tránsito y Transporte del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, se someterá en todo caso a las normas regulatorias del Código Nacional de Tránsito, los actos administrativos expedidos por el Ministerio de Transporte y las autoridades competentes y demás normas que lo modifiquen o adicionen.

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Para efectos de la elaboración y presentación de la propuesta, se reitera que los interesados en participar deberán analizar la normatividad especial que rige para el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, contenidas en la Constitución Política de Colombia, la Ley 47 de 1993, la Ley 915 de 2.004, en el Decreto No. 2762 de 1991, en el Decreto Departamental 0036 de 2008, así como en las demás normas que las complementen, modifiquen o deroguen. 1.4 OBJETO DEL CONTRATO SOCIETARIO El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, a través del presente Proceso de Selección PUBLICA, adelantará el procedimiento tendiente a la selección de socios privados estratégico para la conformación con el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA de una Sociedad de Economía Mixta para la prestación de los servicio de Tránsito y Transporte del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, como organismo de Tránsito, cuyas funciones principales corresponden a las que se describieron en el numeral 1.2 de este documento. 1.5 APORTE DE CAPITAL PARA LA CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA Los socios estratégicos seleccionados deberán realizar para la Constitución de la Sociedad de Economía Mixta de Prestación de Servicios de Tránsito y Transporte, como mínimo, un aporte por el valor de MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($1.200.000.000.oo), en los términos dispuestos en el artículo 98 del código de comercio y dentro de los plazos que demanden las alternativas de suscripción y cancelación del capital suscrito y pagado de las sociedades anónimas, sin perjuicio de los incrementos de capital que la sociedad misma autorice, conforme a continuación se explica: Al momento de constituirse la sociedad, el capital suscrito de la misma ascenderá al valor

mencionado en el presente numeral como monto total de los aportes efectuados por el socio estratégico, sin defecto de la suma que estatutariamente las partes acuerden como capital autorizado, la cual no podrá ser superior a dos (2) veces al valor dispuesto como capital suscrito.

Al constituirse la sociedad deberá suscribirse no menos del 50% del capital autorizado y pagarse no menos de la tercera parte del valor de cada acción del capital que se suscriba. Al darse a conocer el capital autorizado se deberá indicar, a la vez, la cifra del capital suscrito y la del pagado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 376 del Código de Comercio.

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El valor no cubierto de cada acción suscrita se cancelará posteriormente en doce (12) cuotas

iguales, pagaderas mensualmente, sin que el tiempo dispuesto para el pago total de las mismas exceda el término de Doce (12) meses, contados a partir de la fecha de su suscripción.

Para el cumplimiento de lo anteriormente expuesto, se suscribirán DOCE MIL (12.000.) acciones, cuyo valor nominal ascenderá a la suma de Cien Mil Pesos ($100.000) moneda legal Colombiana, cada una.

En todo caso, a pesar del monto de los aportes efectuados por los socios estratégicos, su participación accionaría no será superior al Setenta por ciento (70%) del capital suscrito, toda vez que el Treinta por ciento (30%) restante corresponderá al DEPARTAMENTO, cuyos aportes se identificaran de la forma prevista en el artículo 100 de la ley 489 de 1998 de Organización y Funcionamiento de la administración pública Nacional, y artículo 463 del Decreto 410 de 1971.

1.6 PLAZO DE LA OPERACIÓN El término de duración de la sociedad de economía mixta prestadora del servicio de Tránsito y Transporte que se constituya entre el DEPARTAMENTO y los particulares escogidos por intermedio de esta convocatoria será de VENTICINCO (25) años. 1.7 ÁREA DE LA OPERACIÓN El área de la operación Inicial corresponde al perímetro urbano y rural del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, definido en el Plan de Ordenamiento Territorial del DEPARTAMENTO, sin perjuicio de las consideraciones que al respecto se hagan en el objeto social de la sociedad. 1.8 CRONOGRAMA DEL PROCESO Las fechas de apertura, cierre y demás de la presente convocatoria, se han fijado así:

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ACTIVIDAD FECHA

1. Acto administrativo de apertura del proceso de selección.

20 de Octubre de 2010

2. Publicación de los pliegos de condiciones en el SECOP y en la página WEB de la entidad.

20 de Octubre de 2010

3. Aviso de Prensa en un diario de amplia circulación 20 de Octubre de 2010

4. Apertura del Plazo de la Convocatoria Pública (Fecha a partir de la cual se pueden presentar propuestas).

20 de Octubre de 2010

5. Cierre del Plazo de la Convocatoria Pública (Fecha de finalización del plazo para la presentación de propuestas).

Octubre 27 de 2010. Hora: 3:00 p.m. Lugar: Oficina Jurídica del Departamento Archipiélago de San Andrés Islas (para la presentación de las propuestas). Edificio Coral Palace. 2º. Piso.

6. Plazo para la elaboración de la evaluación de las ofertas presentadas

Del 28 al 29 de Octubre de 2010

7. Publicación del Informe de Evaluación Del 29 de Octubre al 03 de Noviembre de 2010

8. Traslado de evaluaciones a participantes y recepción observaciones a las mismas

Del 29 de Octubre al 03 de Noviembre de 2010, en el horario de las 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

9 Resolución de Escogencia de los Socios Noviembre 4 de 2010

10. Notificación de adjudicación y comunicación a los demás proponentes

Noviembre 5 y 8 de 2010 (Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la expedición de la resolución de escogencia de los socios)

11. Suscripción del contrato societario

Del 9 al 16 de Noviembre de 2010 (Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación y comunicación de los proponentes).

Nota: Las fechas podrán variar de acuerdo a lo que establezca el DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, reduciendo o ampliando los plazos previstos en los pliegos de condiciones De las variaciones a que haya lugar, se dará oportuno aviso a los interesados.

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1.9 PRÓRROGA DEL PLAZO DE CIERRE DEL PROCESO El DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, cuando lo estime conveniente, tendrá la facultad discrecional de prorrogar, antes de su vencimiento, la fecha prevista para el cierre de la convocatoria. Así mismo, al prorrogar la fecha de cierre del proceso, lo anunciará a los interesados en participar, por medio de comunicación escrita que será publicada en la página web de la entidad. 1.9.1 CORRESPONDENCIA Los Proponentes deberán dirigir su correspondencia en original y dos (2) copias a: Señores GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA - OFICINA JURÍDICA Avenida Newball – Coral Palace San Andrés isla Se entiende para todos los efectos de la presente Selección PUBLICA, que la única correspondencia oficial del proceso y por tanto susceptible de controversia será aquella enviada por los interesados por escrito de la manera indicada. 1.10 FECHAS DE APERTURA Y CIERRE DE LA SELECCIÓN PÚBLICA La presente Selección PUBLICA se abrirá y se cerrará en el lugar, fecha y hora señalados en el cronograma del proceso. 1.11 ADENDAS Cualquier modificación o adición a las Condiciones se hará mediante adenda que será publicada previo el cierre de la presente Selección pública, en el Portal Único de Contratación en www.contratos.gov.co y en la página www.sanandres.gov.co en el link contratación. El proponente tendrá que tener en cuenta las adendas para la elaboración de la propuesta.

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1.12 CONSULTA DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES El presente documento se podrá consultar en la Oficina Jurídica del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO o en el Portal Único de Contratación en www.contratos.gov.co y en la página www.sanandres.gov.co en el link contratación, durante el plazo indicado en el cronograma del proceso. De conformidad con la Ley 1150 de 2007 y el Decreto No 2474 de 2008, los Pliegos de Condiciones no tendrán valor alguno. 1.13 ACLARACIONES A LOS DOCUMENTOS DE LA SELECCIÓN PÚBLICA Los interesados podrán solicitar por escrito aclaraciones del presente documento hasta dos (2) días hábiles anteriores a la fecha inicial de cierre de la Selección PUBLICA, establecida en el cronograma del proceso, dirigiéndose a: Señores GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA - OFICINA JURÍDICA Avenida Newball – Coral Palace San Andrés isla a) Concluido el anterior término, El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES,

PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA no aceptará en las etapas subsiguientes del proceso de Selección PUBLICA, cuestionamientos sobre el contenido y alcance de las estipulaciones y exigencias establecidas en el presente documento

b) La información sobre preguntas y respuestas y las modificaciones que llegaren a hacerse a

los documentos del proceso se publicarán en el Portal Único de Contratación en www.contratos.gov.co y en la página www.sanandres.gov.co, en el link contratación y deberán tenerse en cuenta para la elaboración de la propuesta. Igualmente se podrán consultar en la Oficina Jurídica del DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, de San Andrés Isla.

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1.14 CONSULTAS Y ACLARACIONES Para garantizar la adecuada participación y concurrencia de oferentes en esta convocatoria pública, las condiciones del presente proceso se publicarán en la página web del DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, en las fechas establecidas en el numeral 1.8 de estos pliegos de condiciones. Las condiciones del presente proceso podrán consultarse en la Oficina Jurídica del DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, en las fechas establecidas en el numeral 1.8 de los pliegos de condiciones, en el horario de 8:30 a m – 11:00 a m y de 2:30 p m – 5:00 p m. 1.15 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS 1.15.1 PREPARACIÓN PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deberán presentarse escritas por medio mecanográfico o por computador, paginadas, y con un índice donde se relacione el contenido total de la propuesta; deberán entregarse en la Oficina Jurídica del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA ubicada en la Avenida Newball – Coral Palace, hasta el día y hora fijados para el cierre de la Selección PUBLICA. Las propuestas deberán presentarse en (1) ORIGINAL Y DOS (2) COPIAS, en sobres separados, debidamente cerrados y marcados, así: Señores GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA - OFICINA JURÍDICA Avenida Newball – Coral Palace San Andrés isla SELECCIÓN PÚBLICA N°: ________ DE 2010 OBJETO: ____________________________ OFERENTE: __________________________ Dirección: ___________________________ Teléfono: _____________ Fax: ___________

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CONTIENE, según el caso: ORIGINAL o COPIA La propuesta no deberá contener textos entre líneas, tachones ni enmendaduras o raspaduras. No se aceptarán propuestas enviadas por correo. Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora fijadas para su entrega serán consideradas como extemporáneas, lo que originará su devolución inmediata. En caso de discrepancias entre el original y la copia, prevalece el contenido de la propuesta original. Si los sobres fuesen entregados sin cerrar o sin las condiciones exigidas, EL DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, no tendrá responsabilidad alguna en caso de que la propuesta sea traspapelada o abierta prematuramente. 1.16 APERTURA DE LAS PROPUESTAS Las propuestas serán abiertas en el lugar, fecha y hora señalados para el cierre de la Selección pública. La apertura de este sobre, así como la devolución de aquellas propuestas cuya solicitud de retiro se hubiere efectuado dentro de los términos señalados en el numeral 1.17, se hará en presencia de los proponentes que deseen asistir al acto de cierre de la Selección PUBLICA. De lo anterior se levantará un acta donde se consignarán los siguientes aspectos de cada propuesta: -Nombre del proponente -Precio de la propuesta -Número de folios que conforman la propuesta -Nombre de la empresa que expide la póliza de seriedad de la propuesta y número de póliza 1.17 TÉRMINO PARA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS Los proponentes podrán solicitar el retiro de sus propuestas antes de la fecha y hora previstas para el cierre de la Selección PUBLICA; en este caso se les devolverá sin abrir y se dejará constancia de esta devoluión en el acta de cierre de la Selección PUBLICA y recibo de propuestas.

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1. 18 TÉRMINOS DE LA SELECCIÓN PÚBLICA 1.18.1 CIERRE DE LA SELECCIÓN PÚBLICA Y RECIBO DE PROPUESTAS El plazo para el recibo de propuestas es aquel comprendido entre la fecha señalada para la apertura de la Selección PUBLICA y la fecha y hora establecidas para el cierre de la misma, las cuales se señalan en el cronograma del proceso. Este plazo podrá ser prorrogado cuando El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA lo estime conveniente o cuando lo soliciten las dos terceras partes de las personas que hayan adquirido el presente documento, hasta por la mitad del término inicialmente establecido. 1.18.2 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA efectuará la verificación jurídica, técnica y económica de las propuestas dentro del plazo señalado en el Cronograma del proceso, el cual comenzará a contarse a partir del día hábil siguiente al cierre de la Selección PUBLICA. En dicho período El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA podrá solicitar a los proponentes que en el plazo perentorio fijado para el efecto, presenten las aclaraciones de sus propuestas o los documentos que conduzcan a ello, conforme con lo establecido en los Pliegos de Condiciones de la presente Selección PUBLICA. En ejercicio de esta facultad, los proponentes no podrán modificar o mejorar sus propuestas. Cuando el plazo para la evaluación resulte insuficiente, El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA podrá prorrogarlo, de lo cual informará previamente a los proponentes. 1.18.3 DISCREPANCIAS Y ERRORES ARITMÉTICOS Si existiere discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto en palabras, si existe discrepancia entre parciales y totales, o entre factores y los totales, prevalecerán los parciales ó factores.

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Si de las correcciones efectuadas se derivara(n) alguna(s) modificación(es) en las propuestas, el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA procederá a comunicar a todos los proponentes la(s) modificación(es) realizada(s) a través de la página Web de la Gobernación www.sanandres.gov.co en el link contratación y en el portal único de contratación www.contratos.gov.co. Si el proponente afectado no aceptara la corrección realizada, su propuesta será rechazada. 1.18.4 CONSULTA DEL INFORME DE EVALUACIÓN Efectuada la verificación jurídica, financiera, técnica y evaluación económica, los proponentes podrán consultar el informe en la Oficina Jurídica del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA o en el Portal Único de Contratación en www.contratos.gov.co y en la página www.sanandres.gov.co en el link contratación, para que en el término establecido en el cronograma, presenten las observaciones que consideren pertinentes. En ejercicio de esta facultad, los proponentes no podrán modificar o mejorar sus propuestas 1.18.5 ADJUDICACIÓN El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA adjudicará mediante resolución motivada y comunicará a los proponentes, a través de la página web de la entidad www.sanandres.gov.co el resultado del estudio de las observaciones formuladas al informe de evaluación en la misma. Cuando dos o más propuestas obtengan la misma calificación se considerará que hay empate. En tal caso se aceptará la propuesta con el valor más bajo Si hay empate en valor, El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA definirá la aceptación de propuesta por sorteo con balotas, en presencia de los proponentes que se encuentren en tal situación, en audiencia pública. El plazo para adjudicar la propuesta que de manera objetiva se ajuste más a los intereses de El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, es el descrito en el Cronograma del Proceso, el cual comenzará a contarse a partir del día siguiente del vencimiento del plazo para presentar observaciones. Cuando dicho plazo, a juicio de El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, no sea suficiente, éste podrá prorrogarlo antes de su vencimiento, hasta por la mitad del plazo inicialmente establecido.

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La adjudicación se hará mediante resolución motivada, que se notificará al proponente favorecido El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. 1.19 FIRMA DEL CONTRATO El contrato deberá firmarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación. Si no se pudiere firmar el contrato dentro de dicho periodo, El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA solicitará que se amplíe la validez de la propuesta aceptada y la vigencia de la garantía de seriedad por el tiempo que se requiera para la suscripción del contrato. Si dentro del plazo previsto no se legaliza el contrato por responsabilidad del contratista, El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la propuesta.

1.20 RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y la recomendación para la adjudicación que más se ajuste al interés de El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, no podrá ser revelada a los proponentes ni a terceros hasta que El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA comunique a los primeros que los informes de evaluación se encuentran disponibles para que presenten las observaciones correspondientes. 1.21 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS Se procederá al rechazo de la(s) propuesta(s) ante la ocurrencia de una o más de las siguientes eventualidades: a) La falta de capacidad jurídica para presentar la propuesta a la fecha de cierre de la Selección

PUBLICA

b) Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado u obtenido correspondencia interna, proyectos de conceptos de evaluación o de respuesta a observaciones no enviados oficialmente a los proponentes.

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c) Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes tendiente a alterar la aplicación de los principios fijados por El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA para el procedimiento de contratación.

d) Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos

tergiversados, alterados o que contengan errores que determinen el resultado de la evaluación.

e) Cuando la propuesta se reciba con posterioridad a la fecha y hora fijadas para el cierre de la

Selección PUBLICA o haya sido enviada por correo.

f) En el caso que el proponente se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la Constitución y la Ley.

g) Cuando durante el proceso de Selección PUBLICA se presenten circunstancias que

alteren sustancial y desfavorablemente la capacidad económica del proponente.

h) Cuando el proponente no cumpla alguno de los requisitos habilitantes para participar en el proceso de selección, o no cumpla con alguno de los factores técnicos de escogencia, o su propuesta sea considerada no favorable.

i) Cuando El DEPARTAMENTO haya solicitado presentar algún documento o aclarar alguna

información necesarios para el cumplimiento de los requisitos habilitantes o de los referidos a los factores técnicos de escogencia, y el proponente no aporte o aclare lo pertinente en los plazos y condiciones determinados por El DEPARTAMENTO.

j) Cuando la propuesta sea alternativa o parcial, o cuando en ella se formulen condiciones

contractuales diferentes a las establecidas en el presente pliego de condiciones.

k) Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuenten con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta.

l) Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal se

encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas constitucionales y legales.

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m) Cuando una persona natural o jurídica participe directamente en más de una propuesta, bien sea como proponente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las propuestas que incurran en la situación descrita.

n) Cuando el proponente, persona natural o jurídica, o uno de los integrantes del

consorcio o unión temporal, sea partícipe en la conformación de otra persona jurídica que participe en el mismo proceso de selección En este caso se rechazarán todas las propuestas que incurran en la situación descrita.

o) Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, o sus

representantes legales, se encuentre relacionado en la Lista de Contratos liquidados unilateralmente, en el DEPARTAMENTO.

p) Cuando no se presente la propuesta económica impresa 1.22 CAUSALES PARA DECLARATORIA DE DESIERTA El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA podrá declarar desierta la presente Selección PUBLICA cuando no pueda adelantar una selección objetiva. Entre otras, serán causales para declarar desierto el proceso las siguientes: a) Cuando ninguna de las propuestas presentadas se ajuste al presente documento

b) Cuando no se presente propuesta alguna

c) Cuando se descubran acuerdos o maniobras fraudulentas por parte de los proponentes

durante el proceso que impidan o no garanticen la selección objetiva de la propuesta En cualquiera de los eventos anteriores, la decisión se notificará a todos los proponentes, a través de la página web de la entidad www.sanandres.gov.co.

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CAPITULO II 2. REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y VERIFICACIÓN DE LOS MISMOS De conformidad con lo señalado en los artículos 5 y 6 de la Ley 1150 de 2007, a continuación se señalan los requisitos, documentos y criterios habilitantes de los proponentes, los cuales serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos de habilitación para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje. 2.1 NATURALEZA DE LOS OFERENTES El propósito del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina es constituir una sociedad de economía mixta, bajo la forma de las sociedades anónimas, de ahí la necesidad de asociarse con un colectivo no menor de cuatro (4) personas, naturales o jurídicas, colombianas o extranjeras, para integrar el número de socios necesarios para conformar éste tipo de sociedad comercial, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 374 del Código de Comercio. Sin embargo, teniendo en cuenta las complejidades que implicaría la realización de varias convocatorias públicas y/o la determinación de criterios de selección divergentes entre sí o que permitan el cumplimiento parcial de los mismos, el Departamento Archipiélago de San Andrés Islas determina exhortar a las personas interesadas en participar en la convocatoria a presentarse a la misma bajo cualesquiera de las formas de participación asociativa que contempla la ley y que permitan su selección conjunta por parte de la administración local. Es oportuno aclarar, que el sistema de participación colectiva propuesto en esta convocatoria es exclusivo para el proceso de selección, toda vez que una vez escogido el grupo de futuros asociados éstos tendrán una participación individual en la sociedad, cuyo porcentaje se prorrateará proporcionalmente de acuerdo a los niveles de participación establecidos en la figura asociativa escogida para su participación. Es así como, si bien podrán hacer parte de la forma asociativa en mención todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, que cumplan con las exigencias previstas en estos pliegos, no se aceptará la participación de ninguna de éstas, para efectos de la presente convocatoria, de forma individual. Es así como, si bien podrán hacer parte de la forma asociativa en mención todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, que cumplan con las exigencias previstas en estos pliegos, no se aceptará la participación de estas, para efectos de la presente convocatoria, de forma individual.

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Así las cosas, los proponentes que se presenten bajo la forma de Consorcios, Uniones Temporales, alianzas estratégicas u otras alternativas de asociación, deberán constituirse mínimo con cuatro (4) integrantes, quienes deberán cumplir los siguientes requerimientos:

1. Tener dentro de su objeto social, actividad comercial la implementación, operación o administración de organismos de tránsito, o cualquiera de las siguientes actividades conexas:

2. Escuelas de conducción con certificación en calidad;

3. Empresa legalmente constituida bajo la legislación colombiana, cuyo objeto social

principal sea la evaluación y certificación de candidatos a conductores, bajo el alcance de la Resolución 1555 de Junio 2 de 2002, y normas posteriores complementarias, con habilitación vigente ante el Ministerio de Transporte, y debidamente acreditadas por la Superintendencia de Industria y Comercio, o el Organismo Nacional de Acreditación, ONAC, y mas de dieciocho (18) meses de experiencia en la expedición de los certificados médicos bajo la acreditación mencionada.

4. Desarrollo o comercialización de software, sistemas y equipos informáticos;

5. Centro de Diagnóstico Automotriz acreditados;

6. Fabricación y/o comercialización y ventas de especies venales;

7. Actividades de apoyo a la gestión de recuperación de multas por infracciones de tránsito

y/o sustentación de cobros coactivos de impuestos, con certificación de calidad en ISO 9001. Sustentación de actos Administrativos.

8. Personalizadores de licencias de conducción con software homologado ante el Ministerio de Transporte.

9. Experiencia en la implementación de sistemas de información de la gestión de Tránsito

en empresas de tecnología de sistemas de información o en organismos de Tránsito.

10. La implementación, operación o administración de organismos de tránsito deberá constar por lo menos, en el objeto social de uno (1) de los integrantes de la forma asociativa participante en la convocatoria en cuestión

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Cada uno de los miembros de la forma asociativa que presente propuesta, deberá:

a) Manifestar por escrito la intención de asociarse con el DEPARTAMENTO para la constitución de una Sociedad de Economía Mixta para la Prestación de los Servicios Públicos de Transito y Transporte en San Andrés Isla.

b) Manifestar por escrito el compromiso de permanecer en la sociedad de economía mixta

que constituya con el DEPARTAMENTO por el tiempo de duración de la misma, sin defecto de las facultades de negociabilidad de acciones que contempla la ley y los estatutos.

2.2 PATRIMONIO DEL PROPONENTE El proponente deberá demostrar que posee un patrimonio mínimo sumado igual o mayor a tres (3) veces el valor del capital de la sociedad cuya conformación se pretende, teniendo en cuenta la información financiera que cada uno de los miembros presente con corte a 31 de diciembre de 2009. 2.3 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Quienes se encuentren incursos en cualquiera de las incompatibilidades e inhabilidades establecidas por la ley, no podrán presentar propuestas ni celebrar el contrato respectivo. Cuando ocurra una inhabilidad o incompatibilidad sobreviviente, el proponente renunciará a la participación en el proceso de selección y a los derechos que llegaren a surgir del mismo, si aun no se hubiese suscrito el contrato de sociedad. En caso que se haya celebrado el contrato, dentro de los estatutos se establecerá que el socio inhabilitado cederá su participación inicialmente a los otros miembros de la sociedad y en caso que estos no estén interesados, la cesión se realizará a un tercero, previa autorización de los otros miembros de la sociedad. En todo caso, el proponente deberá afirmar en la carta de presentación de la propuesta, bajo la gravedad del juramento, que no se encuentra incurso en las mencionadas prohibiciones. El juramento se entenderá prestado con la firma de la carta de presentación de la propuesta.

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2.4 CONDICIONES DE APTITUD LEGAL REQUERIDAS Para ser elegibles dentro de la presente selección, los interesados en participar deberán cumplir al momento de la presentación de su propuesta los siguientes requisitos: • Acreditar su existencia y representación legal, en caso de ser necesario • Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato • Acreditar que su objeto social principal permite a la persona la celebración y ejecución del contrato, teniendo en cuenta a estos efectos el alcance, la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere y lo manifestado en este escrito de condiciones. 2.4.1 ANÁLISIS JURÍDICO Se evalúa el cumplimiento de los requisitos habilitantes legales mínimos exigidos en este escrito de condiciones. En caso de que las propuestas no cumplan, se califican como “no cumple” y se procede a cesar su evaluación; cualquier condición habilitante que no se cumpla elimina, por lo tanto, la propuesta. 2.4.2 ACREDITACIÓN DE LA APTITUD LEGAL La aptitud legal del proponente se acreditará mediante los siguientes documentos: 1. Carta de presentación de la propuesta y compromiso de permanencia en la sociedad,

debidamente firmada por el representante legal designado por el proponente y por cada uno de los integrantes del mismo (Anexo No. 1 ­ Formato No. 1).

2. Garantía de seriedad de la propuesta, acompañada de su correspondiente recibo de caja original expedido por la entidad aseguradora, en donde conste que fue debidamente cancelado el valor de la prima de la póliza de seguros.

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3. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar copia del acta en la que conste la decisión que autorice la presentación de la propuesta, la suscripción del contrato y la actuación del representante en los demás actos requeridos para el presente proceso de escogencia de socios estratégicos adoptada por el órgano social facultado para ello, y autenticada por el funcionario competente de la Sociedad.

4. Acreditar que cada una de las personas integrantes del consorcio o unión Temporal cumplen

cabalmente con la totalidad de los requisitos de aptitud legal establecidos en estos pliegos de condiciones para las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, según el caso, y particularmente, que tienen capacidad jurídica para la constitución del consorcio o unión temporal, así como para la celebración y ejecución del contrato.

5. Acreditar la existencia del consorcio o de la unión temporal u alternativa de participación

colectiva y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual deberá declararse de manera expresa en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las actividades y participación porcentual de los miembros en la propuesta.

6. Acreditar el nombramiento de un representante legal único para todas las personas

consorciadas o unidas temporal, mediante el otorgamiento de un único mandato con carácter irrevocable, suscrito por todos los integrantes del grupo proponente, que le conceda al mandatario facultades suficientes para la representación sin limitaciones en los aspectos que se requieran para su participación a través de consorcio o unión temporal en la presente convocatoria pública, incluyendo las potestades de presentar la propuesta y comprometer a través de ella a las personas integrantes del consorcio o unión temporal, recibir notificaciones, recibir y responder requerimientos en nombre del grupo proponente y los demás eventos que estimen necesarios en el desarrollo de la misma.

7. La presentación, como mínimo a través de uno de sus miembros, de la acreditación

como organismo de certificación en el área de personal debidamente expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, o cualquier otro organismo competente y el registro y declaración del cumplimiento de esta condición por parte del Ministerio de Transporte, con una experiencia mayor de dieciocho (18) meses.

8. Carta de aceptación del compromiso de pago de las obligaciones existentes con el prestatario anterior del servicio de Alumbrado Público si las hubieren, en la eventualidad que estas existan, debidamente soportadas y aceptadas por el Departamento. El proponente aceptará, mediante documento escrito incluido en la propuesta, que como

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miembro de la sociedad de economía mixta acepta que la misma asuma con sus propios recursos las obligaciones existentes entre el DEPARTAMENTO y el antiguo prestatario del servicio de Alumbrado Público en la Isla de San Andrés, de acuerdo con las condiciones, montos y plazos de pago acordados al momento de la liquidación del contrato y/o convenio respectivo.

9. Carta de intención, expedida por una entidad vigilada por la Superintendencia Bancaria o

Superintendencia de Valores, manifestando su disponibilidad de otorgar un crédito al proponente con destinación exclusiva para la presente convocatoria pública de oferentes, por un valor equivalente, cuando menos, a la suma de UN MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/L ($1.200.000.000). Dicha carta debe ir a nombre del proponente, y dirigida al Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina como futuro socio de la Sociedad de Economía Mixta.

10. Certificado actualizado (con fecha de expedición no mayor a 30 días calendarios anteriores a la fecha de cierre del presente proceso) de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de las personas jurídicas que integren al oferente.

11. No estar reportado como responsable fiscal por la Contraloría General de la República de

acuerdo con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, dicho requerimiento deberá acreditarse con la presentación del certificado expedido por la Contraloría General de la República, para tales efectos.

12. Certificación expedida por la Procuraduría General de la Nación de no registrar antecedente

disciplinario del representante legal del proponente.

13. Certificación expedida por el Departamento Administrativo de Seguridad D.A.S. sobre antecedentes penales del representante legal.

14. Acreditar mediante certificación encontrarse al día en el pago de los aportes parafiscales y el

pago al sistema de seguridad social integral.

Parágrafo: Cada miembro integrante de la forma asociativa deberá acreditar lo dispuesto en los numerales 11, 12, 13 y 14 anteriores.

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2.4.2.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La carta de presentación de la Propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el Anexo No 1 “Carta de Presentación de la Propuesta” y será firmada por el Proponente. Si la Propuesta es presentada por una persona jurídica deberá venir suscrita por el representante, debidamente facultado en los términos de ley. 2.4.2.2 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA El proponente deberá constituir a su costa y presentar con su propuesta una garantía de seriedad expedida por un Banco o por una Compañía de Seguros legalmente establecidos en Colombia por el 10% del valor del aporte del socio estratégico es decir la suma de CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS ($120.000.000.oo), y con vigencia de dos (2) meses contados a partir de la fecha y hora fijadas para el cierre de la Selección PUBLICA. La garantía deberá ser otorgada a favor del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA. La no presentación de la garantía de seriedad de la propuesta, será un requisito no subsanable y genera el rechazo de la propuesta. La garantía de seriedad de la propuesta, una vez seleccionados los socios estratégicos, se suscriba y se perfeccione el contrato societario objeto del presente proceso de Libre Concurrencia de Oferentes, será devuelta a los demás proponentes. Las garantías de seriedad de las propuestas serán devueltas a todos los proponentes cuando se declare desierto el proceso. Los riesgos amparados por la póliza de seriedad serán los siguientes: a) La no firma del Contrato Societario dentro del plazo fijado para ello b) El incumplimiento por parte del adjudicatario de los requisitos previstos para la legalización y perfeccionamiento del Contrato Societario La garantía de seriedad de la Propuesta se hará efectiva en los casos previstos en la ley, entre otros:

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Si el proponente retira su propuesta antes de terminar el período de validez estipulado para ésta en estos Pliegos, una vez vencido el término de cierre del proceso, acorde con lo establecido en el cronograma del proceso 2.4.2.3 ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CON LOS SISTEMAS

GENERALES DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES Si el proponente es persona jurídica deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas generales de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales y de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley o, en caso contrario, por el contador Público. En caso de personas naturales se debe aportar la constancia de pago de los últimos seis (6) meses, de los aportes a salud, pensiones y riesgos profesionales. En caso de no estar aportando al sistema de riesgos profesionales aportar con la presentación de la propuesta, la respectiva afiliación En caso de consorcios o uniones temporales cada integrante deberá cumplir con este requisito de manera individual dependiendo de su calidad, ya sea persona jurídica o natural. 2.4.2.4 VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES FISCALES DEL PROPONENTE De conformidad con lo señalado en la Circular No 005 de fecha 25 de Febrero de 2008, expedida por la Contraloría General de la República, en concordancia con lo señalado en el inciso tercero del artículo 60 de la Ley 610 de 2000, el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, verificará que el proponente (Sea Persona natural o Jurídica), no aparezca en el boletín de responsables fiscales emitido por la Contraloría General de la República 2.4.2.5 COPIA DEL CERTIFICADO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA RELACIONADO CON ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS El Proponente con su propuesta allegara copia del certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación. En caso de ser persona jurídica, se presentará el certificado de esta y del representante legal.

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2.4.2.6 RÉGIMEN TRIBUTARIO AL QUE PERTENECE EL PROPONENTE –RUT- El proponente deberá anexar copia del Registro Único Tributario en el que se indique el Régimen Tributario al que pertenece, ya sea Simplificado o Común. En el caso de Personas Jurídicas se deberá anexar el de esta. 2.4.2.7 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Las personas jurídicas proponentes deberán acreditar su existencia, representación legal y facultades del representante legal mediante la presentación del certificado expedido por la Cámara de Comercio respectiva, el cual deberá haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la Selección PUBLICA y en el que conste que la sociedad está registrada o tiene sucursal domiciliada en Colombia. Si el representante legal tiene limitaciones para comprometer o contratar a nombre de la persona jurídica, se deberá presentar copia del acta de la Junta de Socios o Junta Directiva o, en su defecto, certificado del secretario de la Junta, según el caso, en el que conste que el representante legal está facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato en el evento de adjudicación. 2.5 INFORMACIÓN FINANCIERA Los proponentes deberán diligenciar el Anexo 2 y presentar copia legible del balance general con sus notas a los estados financieros a diciembre 31 de 2009, declaración de renta correspondiente al año 2009 y su correspondiente conciliación fiscal si a ello hubiere lugar, debidamente firmados por el representante legal, el contador público y dictaminados por el revisor fiscal si a ello hubiere lugar, según lo dispuesto por el parágrafo 2 del artículo 13 de la ley 43 de 1990. Igualmente tanto el balance como las notas deberán estar firmados por el representante legal, el contador y el revisor fiscal si a ello hubiere lugar. Para el contador y el revisor fiscal se deberá anexar el certificado de vigencia de la matrícula profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios Las sociedades extranjeras en cuanto al revisor fiscal deberán cumplir lo dispuesto en el numeral 6° del artículo 472 del código de comercio, pero en todo caso los estados financieros, la declaración de renta y los demás documentos financieros que se pretendan valer en el proceso deberán ser revisados y avalados por un revisor fiscal con domicilio en Colombia, lo cual deberá ser acreditado por las leyes Colombianas.

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El contador y el revisor fiscal que avalan los documentos anteriores deberán anexar fotocopia legible de la tarjeta profesional de Contador Público, el certificado de vigencia de la matrícula profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores. EL DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA podrá verificar la información financiera de los proponentes. Igualmente podrá verificar ante la Junta Central de Contadores los antecedentes disciplinarios de quienes suscriben la información financiera en calidad de contador y revisor fiscal. 2.6 ANÁLISIS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos necesarios para constituirse en el socio estratégico del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, el proponente deberá ofertar la aportación como mínimo de los siguientes componentes funcionales para la operación de los servicios de tránsito y transporte: 2.7 SISTEMAS DE INFORMACION El proponente debe comprometerse a diseñar, desarrollar, implementar y actualizar el sistema de gestión de los servicios de Tránsito y transportes cada vez que sea conveniente conforme a requerimientos de la Unidad de Tránsito, requerimientos del R U N T (Registro Único Nacional Automotor), cambios en la normatividad del Ministerio de Transporte, integración a través de web services con el R U N T, SIMIT (Sistema de Información de Multas e Infracciones de Tránsito) y cualquier entidad que así lo requiera garantizando además que corresponda a un desarrollo de ultima generación, o sea una plataforma integrada modular, parametrizable, operada sobre una base de datos relacionales, en un ambiente cliente-servidor, web enable, con interfaz grafica de usuario (GUI) sobre Windows XP profesional, que permita la operación simultanea desde múltiples puntos de atención. Como mínimo debe contemplar los siguientes módulos:

1. Accidentalidad 2. Auditoria 3. Cartera 4. Comercialización (Tramites) 5. Control de especies venales 6. Control de patios

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7. Expedición de certificados 8. Proceso contravencional 9. Gestión administrativa y financiera 10. Seguridad 11. Transporte publico

El desempeño de este aplicativo debe permitir realizar los trámites en el menor tiempo posible, bajo extremas condiciones de seguridad. Debe cumplir con la incorporación de información al Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT, sistema centralizado que operará en línea y cuya funcionalidad es validar, registrar y autorizar las transacciones de automotores, conductores, licencias de tránsito, empresas de transporte, centros de enseñanza, remolques y semi-remolques, maquinaria agrícola y de construcción autopropulsada, infracciones, seguros, accidentes de tránsito, personas naturales o jurídicas que presten servicios al sector público; de acuerdo a lo establecido en el articulo 8 del Código Nacional de Tránsito, el cual permitirá una coordinación total, permanente y obligatoria entre el Ministerio de Transporte y los organismos de tránsito de todo el país. Adicional el sistema debe: 1. Liquidar y registrar los trámites minimizando los tiempos de espera, de forma tal que cada técnico de registro pueda atender la mayor cantidad de clientes prestando un servicio ágil y seguro 2. Generar un recibo por cada transacción que realice el cliente 3. Garantizar el acceso a la base de datos registrando logs de auditoría para garantizar el control de la información 4. Desarrollar todo el proceso contravencional ajustado a lo reglamentado en el Código Nacional de Tránsito, permitiendo el registro de la información, la comparecencia, la notificación y el cobro coactivo, si es del caso 5. Generar todo tipo de reportes 6. Generar todo tipo de documentos utilizados en la gestión de tránsito

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Además de este sistema de información de la gestión de tránsito y transporte, el Organismo deberá contar con los software de ofimática, antivirus, redes y digitalización de correspondencia y hojas de vida de los vehículos automotores 2.7.1 HARDWARE La prestación de los servicios de tránsito y transportes por el organismo que se creará exige la utilización de un (1) servidor de base de datos, un (1) servidor de red, y un (1) servidor de correos; computadores portátiles, computadores de escritorio con monitores de alta definición, impresoras multifuncionales, impresoras de matriz de punto, escaners, UPS, faxes, puntos de red, voz y datos; puntos de corriente regulada, swiches y centro de cableado, central telefónica, de acuerdo a la estructura funcional y administrativa mínima que se exigirá en términos de la convocatoria que se realizará 2.8 INFRAESTRUCTURA FISICA La sede de funcionamiento del organismo Departamental de Tránsito y Transporte de SAN ANDRES ISLAS (propia o alquilada) debe contar con las siguientes funcionalidades y características:

1. Sala de recepción e información, dotada de una maquina dispensadora de turnos, y sillas tándem

2. Mostradores de atención y servicio al cliente, mínimo tres (3) módulos (Dos) (2) para recaudo y tramites y uno (1) para el RUNT)

3. Oficina para el Gerente y/o Director de la Sociedad 4. Modulo de secretaria 5. Oficinas modulares para los jefes de transporte, operaciones, empresas, y planeación,

cuando el desarrollo del organismo de Tránsito así lo amerite 6. Inspección de tránsito 7. Oficina para los agentes de tránsito 8. Oficina para el área jurídica 9. Oficina de archivo, dotada con archivadores rodantes con capacidad para cuarenta mil

(40.0000) historiales de vehículos automotores 10. Oficina de sistemas 11. Almacén 12. Baños usuarios 13. Baños funcionarios

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Para el cumplimiento del anterior requisito el proponente deberá suscribir una carta de compromiso donde se responsabiliza a la aportación de estos requerimientos técnicos, de conformidad a lo establecidos en los estatutos que rigen el contrato societario 2.9 DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA EXPERIENCIA EN TRABAJOS SIMILARES Los Proponentes deberán acreditar, a través de cualquiera de sus integrantes, como experiencia técnica mínima en la prestación del servicio tránsito y transporte y/o sus actividades conexas, así: 2.9.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE Los proponentes, a través de cualquiera de sus integrantes, deberán acreditar experiencia, mediante los contratos o las certificaciones expedidas por las entidades a las cuales se les ha prestado el servicio de tránsito y transporte y/o sus actividades conexas, de la siguiente manera: Personas naturales o jurídicas • Persona jurídica. Las personas jurídicas deberán acreditar su experiencia específica demostrando que su objeto social les permite ejecutar esta actividad (certificado de existencia y representación legal) y presentando certificación escrita de por lo menos tres (3) organismos de Tránsito diferentes, de los contratos ejecutados o en ejecución, en desarrollo e implementación de sistemas de Gestión de Tránsito y Transporte • Persona Natural Las personas naturales deben ostentar el título profesional de Administrador de Empresas, Ingeniero Industrial, Ingeniero ó Tecnólogo en Sistemas, con experiencia no menor de cinco (5) años en el desarrollo e implementación de sistemas de Gestión de Tránsito en empresas de Tecnología de Desarrollo en Sistemas de Información y/o con experiencia en el manejo de sistemas de información en Organismos de Tránsito con más de cuarenta mil (40.000) vehículos registrados, presentando certificación escrita que acredite su experiencia expedida por las empresas y/o Organismos de Tránsito a los cuales haya prestado sus servicios.

CAPITULO III 3. PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y REQUISITOS DE PONDERACIÓN DE LAS OFERTAS Para presentar sus propuestas todo proponente deberá estudiar cuidadosamente la totalidad de las condiciones estipuladas en el presente documento y las informaciones adicionales, utilizando todos los medios disponibles para informarse a cabalidad de las reglas que regentan esta convocatoria.

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Es deber igualmente de los proponentes conocer las leyes y reglamentos relacionados con la prestación del servicio Tránsito y Transporte y cualquier otra clase de normas, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables. Cualquier omisión por parte del proponente sobre este respecto, será de su propio riesgo y sólo el proponente será responsable de los errores u omisiones en que incurra. La propuesta deberá elaborarse de conformidad con el alcance definido en este documento y sus anexos. Toda información contenida en este proceso se suministra al proponente exclusivamente para su uso en la elaboración de su propuesta. Por consiguiente, el proponente, deberá guardar absoluta reserva sobre la información contenida en este proceso. El riesgo por las diferencias que puedan presentarse entre la información y la realidad corre por cuenta de LOS PROPONENTES. Así mismo, tampoco podrá el proponente que resultare adjudicatario alegar en su favor restablecimiento económico y financiero del Contrato Societario, como resultado de una disminución del número de vehículos matriculados en cualquier momento de la ejecución del objeto social. 3.1 CONOCIMIENTO TOTAL DE LOS TÉRMINOS DE LA CONVOCATORIA La presentación de la propuesta por parte del proponente, constituye prueba de que estudió, inspeccionó y consideró todas y cada una de las circunstancias de prestación del servicio de Tránsito y Transporte, objeto de este proceso de selección. De la misma manera, significa que el proponente estudió cuidadosamente las especificaciones, anexos y demás documentos de este proceso Igualmente, que identificó las condiciones actuales de administración, operación y comercialización de los servicios y que recibió las aclaraciones necesarias por parte del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, sobre inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que los documentos e informes para identificar el objeto de la presente solicitud de propuestas están completos, compatibles y adecuados. Todo error u omisión o indebida interpretación del formato de presentación de propuestas es por cuenta y riesgo del proponente, por lo tanto, estos hechos no darán lugar a reconocimientos económicos por parte del DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA.

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El DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA no aceptará motivos de reclamación, ni reconocerá indemnización alguna por el hecho de que el proponente no ofrezca u olvide ofrecer alguna de las actividades necesarias para la ejecución cabal del objeto de este proceso contractual o no las haya tenido en cuenta al elaborar su propuesta. Tampoco se aceptará reclamación alguna cuando ésta se sustente en las diferencias encontradas entre la información provista o recabada y las realidades operativas que evidencie la prestación del servicio de tránsito 3.2 VIGENCIA Las propuestas deberán tener vigencia de dos (2) meses a partir de su presentación. En caso de que se amplíe el plazo para la evaluación de las propuestas, EL DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA podrá solicitar la ampliación de la vigencia de las propuestas y los proponentes procederán de conformidad, so pena de que se entienda que desisten de sus propuestas, caso en el cual deberán ampliarse por igual termino la garantía de seriedad de oferta requerida sobre el particular 3.3 IDIOMA Y MEDIO La propuesta que presente el proponente, deberá estar redactada y presentada en idioma español. 3.4 MONEDA Los valores correspondientes a los aportes que se presenten en la propuesta, deberán estar expresados en PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA. 3.5 PROPUESTAS PARCIALES No se admitirá la presentación de propuestas parciales. La que se haya entregado en esta forma no será objeto de evaluación. Para los anteriores efectos, se entiende por propuesta parcial aquella que no se refiere a la totalidad de las tareas específicas definidas en estos pliegos.

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3.6 EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS La evaluación se realizará teniendo en cuenta los parámetros establecidos en los Pliegos de Condiciones, según las diferentes actividades consideradas así: FACTOR PUNTOS (Hasta)

EVALUACIÓN JURÍDICA

No otorga puntaje pero habilita para que se pueda evaluar técnica y económicamente. EVALUACION DE LA EXPERIENCIA

No otorga puntaje pero habilita para que se pueda evaluar técnica y económicamente CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS

No otorga puntaje pero habilita para que se pueda evaluar técnica y económicamente PROPUESTA TÉCNICA

• Experiencia especifica del proponente 300 puntos • Desempeño Financiero y Capacidad Económica del proponente 300 puntos • Plan de Comercial 400 puntos

TOTAL MÁXIMO PUNTAJE DE CALIFICACIÓN 1.000 El puntaje de cada uno de los proponentes se aproximará, por exceso o por defecto, a la segunda cifra decimal, de tal manera que si la tercera cifra decimal es inferior a cinco (5) la segunda cifra decimal permanecerá idéntica, pero, si la tercera cifra decimal es superior o igual a cinco, la segunda cifra decimal se aproximará a la unidad inmediatamente superior

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La evaluación de los proponentes y de las propuestas se realizara únicamente en la documentación y la información suministrada por el proponente en su Propuesta. La evaluación de las propuestas se efectuará en el término indicado en el cronograma del proceso, plazo que podrá ser ampliado con el propósito de garantizar el deber de selección objetiva, lo cual se comunicará a los proponentes incluidos en el Acta de Recepción de Ofertas, a través de la página web de la entidad www.sanandres.gov.co A continuación se describen los parámetros a considerar para cada uno de los factores de evaluación:

ITEM A EVALUAR PUNTAJE

EXPERIENCIA ESPECIFICA 300

CAPACIDAD FINANCIERA 300

PLAN COMERCIAL Y DE INVERSIONES 400

MÁXIMO PUNTAJE DE CALIFICACIÓN 1000

3.7 PROPUESTA TÉCNICA 3.7.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE (300 puntos) Los Proponentes deberán acreditar, a través de cualquiera de sus integrantes, como experiencia técnica mínima en la prestación del servicio tránsito y transporte y/o sus actividades conexas, así: Los proponentes, a través de cualquiera de sus integrantes, deberán acreditar experiencia, mediante los contratos o las certificaciones expedidas por las entidades a las cuales se les ha prestado el servicio de tránsito y transporte y/o sus actividades conexas, de la siguiente manera: Personas naturales o jurídicas • Persona jurídica. Las personas jurídicas deberán acreditar su experiencia específica demostrando que su objeto social les permite ejecutar esta actividad (certificado de existencia y representación legal) y presentando certificación escrita de por lo menos tres (3) organismos de Tránsito diferentes, de los contratos ejecutados o en ejecución, en desarrollo e implementación de sistemas de Gestión de Tránsito y Transporte

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• Persona Natural Las personas naturales deben ostentar el título profesional de Administrador de Empresas, Ingeniero Industrial, Ingeniero ó Tecnólogo en Sistemas, con experiencia no menor de cinco (5) años en el desarrollo e implementación de sistemas de Gestión de Tránsito en empresas de Tecnología de Desarrollo en Sistemas de Información y/o con experiencia en el manejo de sistemas de información en Organismos de Tránsito con más de cuarenta mil (40.000) vehículos registrados, presentando certificación escrita que acredite su experiencia expedida por las empresas y/o Organismos de Tránsito a los cuales haya prestado sus servicios. 3.7.2 CAPACIDAD FINANCIERA DEL PROPONENTE (300 puntos) Teniendo en cuenta que los futuros socios deben ser personas jurídicas o naturales con capacidad y solvencia financiera, se calificarán con un puntaje máximo de trescientos (300) puntos a los proponentes que demuestren los siguientes aspectos financieros, así:

CAPACIDAD FINANCIERA PUNTAJES Patrimonio Líquido 300 Puntos

PATRIMONIO LÍQUIDO: ACTIVO TOTAL - PASIVO TOTAL

PATRIMONIO LIQUIDO PUNTAJE

De O hasta 10.000 Millones de pesos 100 Puntos

De 10.001 Millones hasta 20.000 Millones de pesos 200 Puntos

De 20.001 Millones en adelante 300 Puntos

Para la acreditación de lo anterior, el DEPARTAMENTO sumará el patrimonio líquido de los miembros de la forma asociativa oferente. Todas las cifras y rubros que se indican en la definición contable de la razón financiera indicada, deberá ser tomadas de los estados financieros al corte de Diciembre 31 del año de 2009, auditados y aprobados por el representante legal del proponente, contador público y el revisor fiscal, este último en caso que la estructura jurídica del proponente lo contemple, haciéndose necesario que todos sus integrantes presenten sus estados financieros al corte 31 de diciembre del año 2009.

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3.7.2.1 ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA DE LOS PROPONENTES La capacidad económica del proponente se acreditará con observancia de las siguientes condiciones previstas en el presente pliego, tomando en consideración los Estados Financieros de todos los integrantes del grupo proponente, debidamente auditados y con corte al 31 de diciembre de 2009, total que se tendrá para todos los efectos como el valor acreditado.

3.7.3 PLAN COMERCIAL Y DE INVERSIONES (400 Puntos). Cada uno de los proponentes debe presentar un Plan Comercial y de Inversiones que articule y dinamice todos los ingresos de la sociedad por concepto de los servicios de Tránsito y transporte, para lo cual debe tomar como parámetros, además de la información presente en los estudios previos, los siguientes criterios:

1. Número de vehículos matriculados actualmente en el organismo de Tránsito departamental

2. Promedio de licencias de conducción (nuevas, duplicados, refrendaciones, revalidaciones, re-categorizaciones) que se expiden en el departamento

3. Imposición, sanción y recaudo de las multas por infracciones de Tránsito

4. Actividades de regulación, educación y cultura vial que posicionen al

5. organismo de Tránsito

6. Actividades de promoción, propaganda y publicidad

7. Inversión Proyectada

Para cada uno de estos conceptos se deben enunciar actividades, proponer metas y determinar el plazo de realización de las inversiones, que en todo caso no podrá ser superior a 18 meses, contados a partir de la constitución de la sociedad. El plan comercial y de inversiones que de acuerdo a los parámetros anteriores genere un mayor beneficio para el DEPARTAMENTO será el que obtendrá el puntaje máximo asignado.

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3.8 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS Y CRITERIOS DE ESCOGENCIA DE LOS SOCIOS

ESTRATÉGICOS La escogencia de los socios estratégicos se hará, previos los estudios del caso y efectuado los análisis comparativos correspondientes, al oferente cuya propuesta se estime más favorable para el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, que en este caso corresponde a la que obtenga la mayor calificación en puntaje. 3.9 CRITERIOS DE DESEMPATE En caso de presentarse empates en el puntaje total, se tendrán para la adjudicación como criterios para resolverse los siguientes en orden secuencial: En caso de presentarse empate de proponentes en el primer lugar, tendrá prelación la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el plan comercial, si persiste el empate, tendrá prelación la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en la capacidad económica y financiera, si persiste el empate, tendrá prelación la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje por concepto de la experiencia específica, si aún persiste el empate, el Comité de Evaluación procederá a efectuar un sorteo con balotas en audiencia que se efectuará con la participación de los representantes legales de los proponentes empatados. 4. AUDIENCIA DE SORTEO EN CASO DE MAS DE 10 MANIFESTACIONES DE INTERES PARA

PARTICIPAR EN EL PROCESO Cuando el número de posibles oferentes, que hayan manifestado su interés de participar sea superior a diez (10), la entidad en audiencia pública realizará un sorteo por el sistema de balotas para escoger entre ellos un número no inferior a éste, y conformar la lista consolidada de quienes podrán presentar oferta en el presente proceso de convocatoria pública oferente.

Quienes manifestaron su interés para participar en el proceso, deberán asistir personalmente o a través de representante debidamente autorizado por medio de poder autenticado a la audiencia de sorteo, quienes no se hagan presentes no serán tenidos en cuenta en el sorteo y serán descartados inmediatamente Los participantes del sorteo deberán presentar y anexar a la Audiencia de Sorteo los siguientes documentos:

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1. Presentar la cédula de ciudadanía y anexar fotocopia de quien asista a la Audiencia 2. En caso de Personas Jurídicas deberá allegar en original certificado de existencia y representación legal con expedición no mayor a 30 días. Cuando el representante legal no asista y autorice a un tercero deberá allegar poder debidamente autenticado adjuntando el certificado de representación legal antes mencionado. 3. En caso de Uniones Temporales y Consorcios, el documento de conformación de este. Cuando el representante legal no asista y autorice a un tercero deberá allegar poder debidamente autenticado adjuntando el documento antes mencionado. 4. Poder debidamente autenticado en caso de representación Quien no presente los anteriores documentos debidamente según la exigencia de los presentes pliegos de condiciones, no serán tenidos en cuenta en el sorteo y serán descartados inmediatamente. No se aceptará que una persona represente varias firmas, en caso de presentarse no serán tenidos en cuenta en el sorteo y serán descartados inmediatamente. De todo lo anterior la entidad dejará constancia escrita en acta que será publicada en el Portal Único de Contratación en www.contratos.gov.co y en la página www.sanandres.gov.co en el link contratación.

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ANEXOS

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Fecha: ____________ Señores ________________________________ REF. : SELECCIÓN PÚBLICA No 002 de 2010 Respetados señores: En respuesta al proceso citado, cuyo objeto es la selección de asociados privados para la conformación con el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA de la sociedad de economía mixta que preste los servicios de tránsito y transporte en el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, de acuerdo con los Pliegos de Condiciones, en nombre y representación legal de ___________________________________________ presento toda la documentación requerida en la convocatoria de la referencia. En nombre y representación de_________________________________, hago constar que:

1. Garantizo (Garantizamos) la veracidad y exactitud de toda la información entregada en nuestra propuesta, y en consecuencia autorizo (autorizamos) al DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, para comprobar la veracidad de los documentos y demás documentación presentada y para obtener aclaraciones o informaciones adicionales en caso de ser necesario

2. Conozco (Conocemos) y he (Hemos) estudiado y analizado detenidamente el contenido

del Pliego de Condiciones, y sus anexos, aclaraciones y modificaciones En consecuencia declaro (Declaramos) que la propuesta se ciñe a lo dispuesto en esos documentos y nuestra conformidad, aceptación y sometimiento a la documentación entregada.

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3. No me (Nos) encuentro (encontramos) incurso en ninguna de las prohibiciones e inhabilidades señaladas en las disposiciones legales vigentes

4. En caso de ser seleccionado(s) en el presente Proceso de Libre Concurrencia de

Oferentes acepto (aceptamos) suscribir y perfeccionar el Contrato Societario dentro del plazo establecido, y cumplir con todas y cada una de las cláusulas generales que se establezcan en el modelo de minuta de Estatutos

5. Declaro (Declaramos) que el DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES,

PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, no asumirá ninguna responsabilidad por cualquier error u omisión del proponente, ni por los compromisos que hubiere adquirido en la preparación y presentación de la propuesta y que verifiqué (verificamos) bajo mi (nuestra) responsabilidad, los datos suministrados y todas aquellas condiciones que pudieran afectar su costo y/o realización

6. Acepto (aceptamos) incondicionalmente el procedimiento establecido por la Alcaldía de

SAN ANDRES ISLAS, para la evaluación de las propuesta, que concluirá con la selección de la propuesta más conveniente

7. Acepto (aceptamos) las responsabilidades y obligaciones relacionadas con la entrega de

la propuesta

8. Tengo (tenemos) la facultad para efectuar los trámites que sean necesarios en este proceso

9. Declaro (Declaramos) que el Proponente XXXX cuenta con los recursos económicos

para efectuar el aporte de capital de constitución de la nueva empresa

10. La propuesta es irrevocable y la mantendré (mantendremos) vigente hasta el día ________ de 2009, dentro del término de dos (2) meses, contados a partir de la fecha límite para la presentación de propuestas

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RESUMEN DE LA PROPUESTA: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROPONENTE: __________________________ CÉDULA DE CIUDADANÍA O NIT: _______________________________________ REPRESENTANTE LEGAL: ____________________________________________ PAÍS DE ORIGEN DEL PROPONENTE: ___________________________________ VALOR DE LA PROPUESTA: ___________________________________________ PLAZO DE EJECUCIÓN: _______________________________________________

(En caso de presentarse la Propuesta en consorcio, unión temporal o asociación se debe indicar el nombre y país de origen de cada uno de los integrantes) VALIDEZ DE LA PROPUESTA: Para todos los efectos, se entenderá que es por una vigencia igual a la de la garantía de seriedad de la Propuesta GARANTÍA DE SERIEDAD: _____________________________________________ BANCO O CIA DE SEGUROS: __________________________________________ VALOR ASEGURADO: ________________________________________________ VIGENCIA: Desde (_________) Hasta (___________) (Día, mes, año) (Día, mes, año) Me permito informar que las comunicaciones relativas a esta Selección PUBLICA las recibiré en la siguiente Dirección: Dirección: ____________________________________ Ciudad: ______________________________________ Teléfono(s): ___________________________________ Fax: _________________________________________ Firma: Nombre: C C :

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ANEXO 2

INFORMACIÓN FINANCIERA Proponente Concepto Dic 31/2009 Activo Corriente Pasivo Corriente Liquidez: Activo Corriente/ pasivo Corriente OBSERVACIONES:

1. Los datos se reflejarán en millones de pesos ($000 000)

2. Se diligenciará un formato por proponente