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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2020 - Año del General Manuel Belgrano Resolución Número: Referencia: Expediente N° EX-2020-40773485- -ANSES-DC#ANSES- Adjudica Contratación por Emergencia COVID-19 – Nº 12/2020 – Proceso Comprar Nº 63-0042-CDI20, VISTO el Expediente N° EX-2020-40773485- -ANSES-DC#ANSES del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto Reglamentario Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y 287 de fecha 17 de marzo de 2020, ambos en el marco de la “EMERGENCIA SANITARIA”, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de 2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Disposición ONC N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Contratación por Emergencia COVID-19 – Nº 12/2020 – Proceso Comprar Nº 63-0042-CDI20, tendiente adquirir MIL QUINIENTAS (1500) pantallas sanitarias para ser distribuidas en las dependencias de esta Administración Nacional para prevenir el contagio de Coronavirus COVID- 19. Que por el Decreto Nº 260/20, modificado por su similar N° 287/20, se amplió por el plazo de UN (1) año el alcance de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541, a fin de abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al Coronavirus COVID-19. Que, por su artículo 15 ter, se estableció que durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional. Que a través de la Decisión Administrativa de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 409/20, complementada por la Disposición ONC N° 48/20, se establecieron los procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia, que habilitan a todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales a utilizar herramientas que otorguen celeridad y eficacia a la atención de las necesidades que se presenten con relación al

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2020 - Año del General Manuel Belgrano

Resolución

Número:

Referencia: Expediente N° EX-2020-40773485- -ANSES-DC#ANSES- Adjudica Contratación por Emergencia COVID-19 – Nº 12/2020 – Proceso Comprar Nº 63-0042-CDI20,

 

VISTO el Expediente N° EX-2020-40773485- -ANSES-DC#ANSES del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto Reglamentario Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y 287 de fecha 17 de marzo de 2020, ambos en el marco de la “EMERGENCIA SANITARIA”, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de 2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Disposición ONC N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Contratación por Emergencia COVID-19 – Nº 12/2020 – Proceso Comprar Nº 63-0042-CDI20, tendiente adquirir MIL QUINIENTAS (1500) pantallas sanitarias para ser distribuidas en las dependencias de esta Administración Nacional para prevenir el contagio de Coronavirus COVID-19.

Que por el Decreto Nº 260/20, modificado por su similar N° 287/20, se amplió por el plazo de UN (1) año el alcance de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541, a fin de abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al Coronavirus COVID-19.

Que, por su artículo 15 ter, se estableció que durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

Que a través de la Decisión Administrativa de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 409/20, complementada por la Disposición ONC N° 48/20, se establecieron los procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia, que habilitan a todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales a utilizar herramientas que otorguen celeridad y eficacia a la atención de las necesidades que se presenten con relación al

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virus.

Que la presente contratación obedece al requerimiento formulado por la Dirección de Obras e Infraestructura mediante la Nota de orden 3 y la Subdirección Ejecutiva de Prestaciones mediante la Nota de orden 6, donde manifestaron la urgente necesidad de contar con las pantallas para ser instaladas en los escritorios del personal de ANSES que esté en contacto directo con los beneficiarios, a los efectos de preservar la salud del personal de ANSES que se encuentre en efectivo cumplimiento de sus labores y de los beneficiarios que concurran a las oficinas de atención al público, quienes por su condición de adultos mayores conforman el sector de mayor riesgo ante la pandemia decretada por la Organización Mundial de la Salud.

Que en ese sentido se elaboraron las Especificaciones Técnicas, N°  IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES y N° IF-2020-40726378-ANSES-DOEI#ANSES, a órdenes 9 y 10 respectivamente y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N°  PLIEG-2020-40779206-ANSES-DC#ANSES de orden 12, llamados a regir la presente compulsa.

Que de las actuaciones surge que se encuentra cumplido el requisito de publicidad que debe darse al llamado, conforme Disposiciones ONC N° 48/2020 y sus modificatorias, habiéndose publicado en el sistema COMPR.AR según surge del documento de orden 15 y la constancia de invitación realizada a los posibles interesados a la puja obrante a orden 16.

Que a orden 17 obra la Circular Aclaratoria N° PLIEG-2020-41125097-ANSES-DC#ANSES, mediante la cual se brindó respuesta a las consultas realizadas que obran a orden 19.

Que a orden 18, obra el Acta de Apertura, que da cuenta de la presentación de CATORCE (14) propuestas, de ONCE (11) oferentes para el RENGLON 1, presentadas en la plataforma COMPR.AR, a saber: SECAVIT S.A. (oferta base y 3 alternativas, denominadas en la plataforma COMPR.AR como Alternativas 1, 2, 3 y 4), LO=PUB PRODUCCIONES PERIODISTICAS Y PUBLICITARIAS S.R.L., MAVATEC S.R.L., TONO STANDS MUEBLES S.A., DECORSAN S.R.L., HUGO EDUARDO ISON, SICHER OBRAS Y SERVICIOS S.R.L, IMAK ARGENTINA S.R.L., MEGACER S.R.L., AMERICAN LENOX S.A., EME ESTRUCTURAS S.A., luciendo a orden 74, el Cuadro Comparativo de Ofertas.

Que a orden 98, la Dirección de Obras e Infraestructura elaboró el informe técnico respectivo, concluyendo que las ofertas presentadas por las firmas SECAVIT S.A. (oferta base, denominada en la plataforma COMPR.AR como Alternativa 1), TONO STANDS MUEBLES S.A., SICHER OBRAS Y SERVICIOS S.R.L., MEGACER S.R.L.y DECORSAN S.R.L., cumplen técnicamente con lo requerido.

Que en cuanto a las ofertas presentadas por SECAVIT S.A. (ofertas alternativas 1, 2 y 3, denominadas en la plataforma COMPR.AR como Alternativas 2, 3 y 4), LO=PUB PRODUCCIONES PERIODISTICAS Y PUBLICITARIAS S.R.L., MAVATEC S.R.L., HUGO EDUARDO ISON, IMAK ARGENTINA S.R.L., AMERICAN LENOX S.A., EME ESTRUCTURAS S.A no cumplen con las especificaciones técnicas, haciendo un pormenorizado detalle de los incumplimientos.

Que a orden 102,  toma intervención el titular de la Unidad Operativa de Contrataciones, emitiendo la correspondiente recomendación, en la que aconseja, por resultar admisible y económicamente conveniente, adjudicar la oferta base presentada por la firma SECAVIT SA (denominada en la plataforma COMPR.AR como alternativa 1), por la suma unitaria de PESOS CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE ($5.187) y un total de PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS ($ 7.780.500,00) y establecer el segundo orden de mérito a la oferta presentada por la firma DECORSAN S.R.L..

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Qué asimismo, en dicha recomendación propone desestimar las ofertas alternativas presentadas por la firma SECAVIT S.A. por las siguientes causas, la alternativa 1, denominada en la plataforma COMPR.AR como  Alternativa 2, por no cumplir con lo requerido en las Especificaciones Técnicas N° IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES y N° IF-2020-40726378-ANSES-DOEI#ANSES; respecto a sus ofertas alternativas 2 y 3, denominadas en la plataforma COMPR.AR como Alternativas 3 y 4, por no presentar muestra y, aun así, de la documental aportada en sus ofertas, por no cumplir con lo requerido atento lo informado por la Dirección de Obras e  Infraestructura mediante documento N° IF-2020-42463035-ANSES-DOEI#ANSES.

Que en ese orden de ideas, la Dirección de Contrataciones aconseja desestimar las ofertas presentadas por LO=PUB PRODUCCIONES PERIODISTICAS Y PUBLICITARIAS S.R.L.y MAVATEC S.R.L por no cumplir con lo requerido en las Especificaciones Técnicas N° IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES y N° IF-2020-40726378-ANSES-DOEI#ANSES y por no encontrarse inscripto en SIPRO (conforme Disposición ONC N° 48/2020).

Que respecto la oferta presentada por TONO STANDS MUEBLES S.A., también recomienda desestimarla por no encontrarse inscripto en SIPRO (conforme Disposición ONC N°48/2020).

Que desestima la oferta presentada por, HUGO EDUARDO ISON, por no presentar muestra y aun así, de la documental aportada en sus ofertas, por no cumplir con lo requerido atento lo informado por la Dirección de Obras e Infraestructura mediante documento N° IF-2020-42463035-ANSES-DOEI#ANSES.

Que la mencionada Dirección, recomienda desestimar la oferta presentada por la firma SICHER OBRAS Y SERVICIOS S.R.L., por no encontrarse inscripto en SIPRO (conforme Disposición ONC N° 48/2020) y por resultar su oferta antieconómica respecto al valor estimado por el área requirente.

Que se desestima la oferta presentada por, IMAK ARGENTINA S.R.L. por no cumplir con lo requerido en las Especificaciones Técnicas IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES e IF-2020-40726378-ANSES-DOEI#ANSES a orden 9 y 10 respectivamente.

Que se desestima la oferta presentada por, MEGACER S.R.L. por resultar su oferta antieconómica respecto al valor estimado por el área requirente.

Que también desestima la oferta presentada por, AMERICAN LENOX S.A., por no presentar muestra y aun así, de la documental aportada en sus ofertas, por no cumplir con lo requerido atento lo informado por la Dirección de Obras e Infraestructura mediante documento N° IF-2020-42463035-ANSES-DOEI#ANSES y por no encontrarse inscripto en SIPRO (conforme Disposición ONC N° 48/2020).

Que se desestima la oferta presentada por, EME ESTRUCTURAS S.A., por no presentar muestra y aun así, de la documental aportada en sus ofertas, por no cumplir con lo requerido atento lo informado por la Dirección de Obras e Infraestructura mediante documento N° IF-2020- 42463035-ANSES-DOEI#ANSES y por resultar su oferta antieconómica respecto al valor estimado por el área requirente.

Que a orden 115 la Dirección General de Asuntos Jurídicos toma intervención de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7º inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que a orden 13, la Dirección de Gestión Presupuestaria, ha tomado la intervención de su competencia, conforme surge de la cesta aprobada N° 110032637.

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

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Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto Reglamentario Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de 2020 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Disposiciones ONC N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus modificatorias, y las Resoluciones Nros. RESOL-2020-8-ANSES-ANSES de fecha 20 de enero de 2020 y RESOL-2020-114- ANSES-ANSES de fecha 8 de mayo de 2020.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR EJECTUVO DE ADMINISTRACIÓN

DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébanse el procedimiento realizado en el marco de la Contratación por Emergencia COVID-19Nº 12/2020 – Proceso Comprar Nº 63-0042-CDI20, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2020-40779206-ANSES-DC#ANSES y las Especificaciones Técnicas N° IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES y N° IF-2020-40726378-ANSES-DOEI#ANSES y todo lo actuado, tendiente a adquirir  MIL QUINIENTAS (1500) pantallas sanitarias para ser distribuidas en las dependencias de esta Administración Nacional para prevenir el contagio de Coronavirus COVID-19.

ARTÍCULO 2°-Desestimanse las ofertas presentadas por las firmas SECAVIT S.A. (alterntivas 1, 2 y 3, denominadas en la plataforma COMPR.AR como Alternativas 2, 3 y 4), LO=PUB PRODUCCIONES PERIODISTICAS Y PUBLICITARIAS S.R.L., MAVATEC S.R.L., TONO STANDS MUEBLES S.A, HUGO EDUARDO ISON, SICHER OBRAS Y SERVICIOS S.R.L, IMAK ARGENTINA S.R.L., MEGACER S.R.L., AMERICAN LENOX S.A., EME ESTRUCTURAS S.A, por los motivos expuestos precedentemente.

ARTÍCULO 3°.-Apruebase en primer orden de mérito la oferta base presentada por la firma SECAVIT S.A., denominada en la plataforma COMPR.AR como Alternativa 1 y en segundo orden de mérito a la oferta presentada por la firma DECORSAN S.R.L.

ARTÍCULO 4°.-Adjudicase, en el marco de la Contratación por Emergencia COVID-19- Nº 12/2020 –Proceso Comprar Nº 63-0042-CDI20, conforme a los lineamientos de la presente Resolución para el RENGLÓN N°1 correspondiente a MIL QUINIENTAS (1500) pantallas sanitarias a la oferta base presentada por firma SECAVIT SA (denominada en el sistema COMPR.AR como Alternativa 1), por la suma unitaria de PESOS CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE ($5.187) y un total de PESOS SIETE MILLONES SETESCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS ($ 7.780.500), por los motivos indicados en los considerandos precedentes.

ARTICULO 5º: Encomiéndase en el Director de Contrataciones la suscripción, en nombre y representación del organismo de la respectiva orden de compra.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente.

ARTÍCULO 7º.- Notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, comuníquese, pase a las Direcciones de Contrataciones y de Gestión Presupuestaria para la intervención de su competencia y oportunamente, archívese.

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Acrilico

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Hoja Adicional de Firmas

Informe gráfico

Número:

Referencia: Imagen ilustrativa - Pantalla de protección para atención de público

 El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 2 pagina/s.

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Informe firma conjunta

Número:

Referencia: Anexo I - Especificaciones Técnicas - Adquisición de pantallas sanitarias

 

Anexo I - Especificaciones Técnicas

Adquisición de Pantallas Sanitarias

 

Las Especificaciones Técnicas y Cantidad Máxima Requerida son las consignadas en el cuadro siguiente:

 

N° de Renglón Descripción del Material Unidad

Cantidad Máxima Requerida

 

1

PANTALLA ACRILICA DE PROTECCION

PANELES DIVISORIOS - MATERIAL: ACRILICO;

TAMAÑO: 90 X 60 CM; VIDRIO: SIN; TERMINACION; CAÑO

u. 1500

 

DETALLE TÉCNICO DEL BIEN:

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PANTALLA DE PROTECCION PARA ESCRITORIO

Pantalla de acrílico de 3mm. Medida 90 x 60cm•Acrílico adherido al marco con silicona transparente. La silicona no debe sobresalir del marco•Compuesta por patas de caño de 40 x 20mm y marco de 10 x 10mm. El mismo deberá estar totalmente soldado.

Soporte de planchuela de hierro soldado de 3mm de espesor pintado gris claro: código sinteplas 8289•Terminación 1 mano de antióxido y 2 manos de pintura. Terminación laqueada color gris claro: código sinteplas 8289

Mariposa roscada de ½´ metalica de sujeción con tope de goma, arandela•Se entregará un repuesto de mariposa con tope de goma por cada dos pantallas•Soporte de planchuela de hierro con cantos pulidos. No deben tener rebarbas ni filos•Regatones de PVC reforzado, color gris claro: código sinteplas 8289•Las soldaduras tienen que estar realizadas de forma prolija, lijadas y masilladas.•

Se adjunta imagen ilustrativa.

 

Consideraciones:

a) Los oferentes podrán realizar una cotización total y/o parcial de los insumos requeridos y se adjudicará preferentemente a un único oferente si cotiza el total requerido y/o a distintos oferentes, si sólo se presentan cotizaciones parciales hasta alcanzar el total de la cantidad requerida, ello conforme al orden de mérito asignado.

b) Los artículos a proveer deben ser nuevos sin uso, en perfecto estado de mantenimiento y conservación.

c) Documentación necesaria que deberá acompañar el Oferente:

Información del producto y Ficha técnica.

d) El adjudicatario deberá dar una garantía de 12 meses desde la fecha de entrega de los artículos, efectivizando su reemplazo, en el caso que los mismos sean defectuosos e inutilizable para la finalidad esperada, dentro de los CINCO (5) días hábiles de la notificación fehaciente de efectuado el reclamo.

e) Modalidad y Frecuencia de Entrega:

El adjudicatario deberá efectivizar la primera entrega dentro de los DIEZ (10) días corridos siguientes, contados desde el primer día hábil siguiente de la notificación fehaciente de la emisión de la Orden de Compra, por la cantidad de bienes a convenir con la Dirección de Obras e Infraestructura, de acuerdo con las necesidades Organismo.

Las siguientes Solicitudes de Provisión podrán ser requeridas con una frecuencia semanal aproximada, de acuerdo con las necesidades Organismo, durante el plazo de SESENTA (60) días corridos, contados desde el primer día siguiente de la notificación fehaciente de la emisión de la Orden de Compra, pudiendo el proveedor ofrecer entregas escalonadas.

A esos efectos, el contacto con la Dirección de Obras e Infraestructura será a través de los siguientes emails [email protected], [email protected].

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f) Lugar de Entrega:

Con cada Solicitud de Provisión que se le realice al adjudicatario, las entregas se realizarán en el Depósito General, sito en Perito Moreno 375, Parque Industrial Canning, Ezeiza - Provincia de Buenos Aires, previo acuerdo con el personal responsable del Área a través de los siguientes emails [email protected], [email protected].

g) Criterio de Evaluación de ofertas:

La adjudicación recaerá sobre la oferta más conveniente para la ANSES, teniendo en cuenta que además de dar cumplimiento a la totalidad de las exigencias establecidas en la presente invitación resulte la de menor precio.

h) Se deberá presentar una muestra de una (1) unidad de las pantallas a proveer, a fin que la Dirección Obras e Infraestructura de ANSES evalúe que las mismas cumplan con los requisitos de calidad y características solicitados. La muestra podrá entregarse hasta un (1) día hábil anterior a la fecha de apertura de ofertas en la calle Defensa 363, para lo cual deberán contactarse previamente para coordinar su entrega con la Dirección de Obras e Infraestructura, a través de los siguientes emails  [email protected], [email protected].

i) Cada oferente deberá presentar de manera obligatoria e insubsanable, en calidad de muestra, una (1) unidad del producto cotizado, con la finalidad de que se realice la evaluación correspondiente a efectos de determinar el cumplimiento de las especificaciones técnicas dadas a efectos de cumplir con la finalidad esperada. La presentación de las muestras resulta un requisito excluyente y no será evaluada la oferta que no presente la muestra en el plazo indicado.

j) La presentación de las muestras deberá cumplir en un todo y con exactitud lo indicado en estas Especificaciones Técnicas y su adjunto. El Oferente deberá describir las características, cualidades, calidades, y marcas de los artículos en su Oferta.

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CLÁUSULAS PARTICULARES. En el marco de los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 y 287/2020 “EMERGENCIA SANITARIA” de fecha 12/03/2020 y 17/03/2020 respectivamente, y a raíz de la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18/03/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros y las Disposiciones ONC N° 48/2020 y sus modificatorias, se emiten las presentes clausulas particulares. Se solicita cotizar de acuerdo al siguiente detalle:

Renglón Cantidad

Unidad

de Medida

Número de catálogo/Descripción

Precio unitario con IVA incluido

Precio total con IVA incluido

1 1500 UNIDAD 4.3.7-1799.158 - Pantalla acrílica de protección.

Plazo de entrega máximo: El adjudicatario deberá efectivizar la primera entrega dentro de los DIEZ (10) días corridos siguientes, contados desde el primer día hábil siguiente de la notificación fehaciente de la emisión de la Orden de Compra, por la cantidad de insumos a convenir con la Dirección de Obras e Infraestructura, de acuerdo con las necesidades Organismo. Las siguientes Solicitudes de Provisión podrán ser requeridas con una frecuencia semanal aproximada, de acuerdo con las necesidades del Organismo, durante el plazo de SESENTA (60) días corridos contados desde el primer día siguiente de la notificación fehaciente de la emisión de la Orden de Compra pudiendo el proveedor ofrecer entregas escalonadas. Admite cotización parcial: SI. Los oferentes podrán realizar una cotización total y/o parcial de los insumos requeridos por cada renglón. Se adjudicará preferentemente a un único oferente si cotiza el total requerido y/o a distintos oferentes si sólo se presentan cotizaciones parciales hasta alcanzar el total de la cantidad requerida, ello conforme al orden de mérito asignado según Pliego de Especificaciones Técnicas IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES. Cotización: La Oferta deberá ser expresada en MONEDA NACIONAL, incluyendo el I.V.A. sin discriminar, en atención a que ANSES reviste ante el Impuesto al Valor Agregado el carácter de “I.V.A. EXENTO”, siendo su Clave Única de Identificación Tributaria la Nº 33-63761744-9. Garantía de Mantenimiento de Oferta: Para la presente contratación en el marco de la EMERGENCIA SANITARIA COVID-19, NO se exige garantía de mantenimiento de Oferta, por lo que tampoco será requisito identificar la misma en la Plataforma COMPRAR.

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Muestras: Si. Cada Oferente deberá presentar de manera obligatoria e insubsanable UNA (1) unidad del producto cotizado de acuerdo a lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES. Las mismas deberán ser entregadas hasta UN (1) día hábil inmediato anterior a la fecha fijada para la apertura de ofertas en la calle Defensa 363 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para lo cual deberán contactarse previamente para coordinar su entrega con la Dirección de Obras e Infraestructura a través de los siguientes emails: [email protected], [email protected]. Lugar y forma de entrega: Conforme lo especificado en el Pliego de Especificaciones Técnicas IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES, el adjudicatario realizará las entregas en el Depósito General, sito en Perito Moreno 375, Parque Industrial Canning, Ezeiza - Provincia de Buenos Aires, previa coordinación a través de los mails: [email protected] y [email protected] . A todos los efectos de la ejecución del contrato, serán válidas las notificaciones efectuadas a la dirección de correo electrónico consignada en SIPRO.

PRESENTACIÓN DE OFERTAS – Hasta el día y el horario previsto en COMPR.AR para el Acto de Apertura. Las ofertas se presentarán a través del sistema COMPR.AR - https://comprar.gob.ar utilizando el formulario electrónico que suministre la plataforma mencionada.

ACTO DE APERTURA - Según fecha y hora registradas en COMPR.AR La apertura de ofertas se efectuará a través del sistema COMPR.AR - https://comprar.gob.ar. En forma electrónica y automática se generará el Acta de Apertura de Ofertas correspondiente.

Lugar de presentación de ofertas en forma física para casos de excepción: Dirección de Contrataciones, sita en Av. Córdoba N° 720, piso 3, C.A.B.A. Criterio de selección de las ofertas: La evaluación y selección de la oferta se efectuará a favor de aquella que, ajustándose a lo solicitado en las presentes clausulas particulares, al Pliego de Especificaciones Técnicas IF-2020-40733045-ANSES-DOEI#ANSES, a los requisitos formales, legales, técnicos y a la aplicación de las disposiciones contempladas en la normativa vigente, teniendo en cuenta el precio, la calidad e idoneidad del oferente, resulte la más conveniente para ANSES. Plazo y forma de pago: No se abonarán montos superiores a los Precios Máximos establecidos por la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020 o aquellos que se dispongan en el futuro. Se informa que en forma previa al libramiento de la orden de pago se verificará la inexistencia de deudas tributarias o previsionales de acuerdo a la normativa aplicable. La facturación se realizará en MONEDA NACIONAL y las facturas deberán ser remitidas a la Dirección Contabilidad, una vez emitida la Recepción Definitiva, a la casilla de correo electrónico [email protected], o del modo que ANSES oportunamente notifique.

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En cada factura constará: a) Número y fecha de la Orden de Compra o Contrato a que corresponda. b) Número de expediente. c) Número de proceso COMPRAR d) Período facturado. e) Número y fecha de los remitos que corresponda. f) Número y especificación del renglón. g) Importe total bruto de la factura. h) Monto y tipo de los descuentos si correspondieran. i) Importe neto de la factura. j) Número de beneficiario del Sistema Integrado de Información Financiera – SIDIF (de no poseerlo deberá solicitarlo previo a la adjudicación). k) Todo otro dato de interés que pueda facilitar su tramitación (factura parcial, total, lugar donde se entregó la mercadería, etc.). Asimismo, deberá cumplir con las disposiciones de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Para el caso de Adjudicatarios que ante el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) revistan el carácter de “Responsable Inscripto”, deberán presentar factura del Tipo “B”, cumpliendo con los requisitos de facturación establecidos por la Resolución General AFIP N° 1415/03, sus complementarias y modificatorias, a presentar en original. De no revestir el Adjudicatario tal carácter, deberá emitir facturas del Tipo “C”, cumpliendo con los requisitos de facturación establecidos por la Resolución General AFIP N° 1415/03, sus complementarias y modificatorias, a presentar en original. El Adjudicatario deberá presentar juntamente con su primera factura la documentación que acredite la situación que reviste frente a:

Impuesto al Valor Agregado Impuesto a las Ganancias. Ingresos Brutos.

En virtud de encontrarse ANSES incorporada al régimen de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de retención del Impuesto a las Ganancias, en todos los casos y adjunto con la primera factura el Adjudicatario deberá presentar, en caso de corresponder, copia de la documentación emitida por la AFIP, que respalde las posibles exenciones vigentes, a fin de proceder a realizar o no la retención establecida por las normas citadas. Si se modificara la condición del Adjudicatario ante la AFIP, deberá hacer conocer a esta Administración tal circunstancia acompañando la documentación que así lo acredite. Todos los proveedores de esta Administración cobrarán sus acreencias mediante transferencia electrónica en sus cuentas bancarias, debiendo para ello cumplimentar el Formulario PF 1.25 "Autorización de Acreditación de Pagos de ANSES en Cuenta Bancaria". El mismo puede ser bajado de la página web de ANSES en la dirección http://www.anses.gob.ar/prestacion/normativa-anses-155. Una vez presentado el citado Formulario, el proveedor sólo deberá cumplimentarlo nuevamente para sucesivos pagos en caso de querer modificar la CBU informada previamente o en caso de querer direccionar nuevos pagos por otros servicios a una cuenta distinta de la anterior. En este último caso en el que el proveedor tenga necesidad de conservar

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vigentes ambas cuentas, deberá adjuntar al Formulario citado una nota indicando los motivos y operaciones que lo justifiquen. El proveedor beneficiario deberá presentar certificación bancaria original de la cuenta bancaria denunciada, conteniendo: 1) Titularidad: Nombre del Beneficiario (titularidad del emisor de las facturas) 2) Número de Cuenta 3) Tipo de cuenta: Caja de Ahorros / Cuenta Corriente 4) Número de CBU 5) Numero de CUIT 6) Firma de autoridad responsable de la Entidad Bancaria, en donde se encuentre radicada la cuenta. En virtud de los términos de la RESOLUCIÓN GENERAL AFIP Nº 4291/18 en su artículo 41, se informa que TODAS LAS FACTURAS EMITIDAS A ESTA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DEBERÁN SER FACTURAS ELECTRÓNICAS, cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa vigente para ello. Las FACTURAS ELECTRÓNICAS se identifican con la sigla CAE al pie de la misma. Las excepciones o exclusiones particulares deberán ser verificadas por el Adjudicatario. Se detallan algunos casos:

Obligado a emitir por controlador fiscal. Por actividad del Adjudicatario Categorización del Adjudicatario como sujeto IVA EXENTO, El proveedor que esté alcanzado por la Res. 2926/10 y pueda emitir factura

electrónica anticipada (CAEA). Dicha situación deberá ser informada mediante nota adjunta a la factura con el detalle de la normativa que lo exime de presentar la factura electrónica. Asimismo, se informa que se habilitará una casilla de mail para la recepción de dichas facturas. El Adjudicatario en el asunto del mail deberá completar: “CUIT Nº……. y factura Nº……” Se aclara que el envío a la casilla de mail no lo exime de su presentación en soporte papel. A partir de la fecha de presentación de las facturas en tiempo, forma y lugar precedentemente estipulado, se iniciará el plazo de TREINTA (30) días corridos para que la Administración proceda al pago, el cual se efectuará en pesos ($). Toda copia de documentación adjunta a la facturación presentada deberá estar autenticada por el Adjudicatario “ES COPIA FIEL” firma, aclaración y cargo. Garantía de cumplimiento de contrato: El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de CINCO (5) días de notificada la Orden de Compra o el Contrato. Si el cocontratante no integrara la garantía de cumplimiento del contrato en el plazo fijado, la Unidad Operativa de Contrataciones lo podrá intimar para que la presente, otorgándole un nuevo plazo, o podrá propiciar la rescisión del contrato ante la autoridad competente y se deberá intimar al pago del importe equivalente al valor de la mencionada garantía. Si el cocontratante no cumpliera con el contrato la jurisdicción o entidad podrá adjudicar

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el contrato al que le siga en orden de mérito, previa conformidad del respectivo oferente, y así sucesivamente. No será necesario presentar garantía de cumplimiento de contrato en los siguientes casos: - Cuando el monto de la Orden de Compra o contrato no supere la cantidad que represente UN MIL MÓDULOS (M 1.000), siendo el valor del MÓDULO el fijado por el artículo 28 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios. - Ejecución de la prestación dentro del plazo de integración de la garantía. - Cuando el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones. - Cuando el oferente sea un organismo provincial, municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2020 - Año del General Manuel Belgrano

Hoja Adicional de Firmas

Pliego

Número:

Referencia: CLÁUSULAS PARTICULARES - COMPULSA COVID 19 N° 12 - PANTALLAS SANITARIAS.

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