RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS...

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000 Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx 1 RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS CONTRA ACTOS DE LA ANTERIOR COMISIÓN DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y LA ACTUAL COMISIÓN DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN. 1.- Amparo Indirecto: 1100/2003 Juzgado: 1° Primero de Distrito en Materia Administrativa Quejoso: José Daniel Ruiz Sepúlveda Autoridad demandada: C.A.I.P. Acto reclamado: Suspensión de labores sin goce de sueldo por el periodo de tiempo de diez días. Estado actual: Se negó el Amparo y Protección de la Justicia Federal. 2.- Amparo Indirecto: 114/2004 Juzgado: 3° Tercero de Distrito en Materia Administrativa. Quejoso: Luis Manuel Garza Villarreal. Acto reclamado: Destitución como Presidente de la Comisión de Acceso a la Información Pública de Nuevo León. Estado actual: Se desiste el quejoso, se sobresee y causa estado. 3.- Amparo Indirecto: 531/2004 Juzgado: 1° Primero de Distrito en Materia Administrativa. Quejoso: Donato Saldívar Rodríguez (Director del Hospital Universitario) Expediente de origen: 002/2004 Peticionario: Angélica Robles Rangel Autoridad demandada: Titular o Director del Hospital Universitario Acto reclamado: Resolución de fecha 22/06/2004, en la que se impuso a la autoridad demandada la multa prevista en el artículo 50 fracción III Estado actual: Se concedió el Amparo y Protección de la Justicia Federal, SE DEJÓ SIN EFECTOS MULTA. 4.- Amparo Indirecto: 804/2004 Juzgado: 2° Segundo de Distrito en Materia Administrativa. Quejoso: Tomas Ángel Martínez Chapa. Expediente de origen: 067/2004.

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RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS CONTRA

ACTOS DE LA ANTERIOR COMISIÓN DE ACCESO A LA

INFORMACIÓN PÚBLICA Y LA ACTUAL COMISIÓN DE

TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DEL ESTADO DE

NUEVO LEÓN.

1.- Amparo Indirecto: 1100/2003

Juzgado: 1° Primero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: José Daniel Ruiz Sepúlveda

Autoridad demandada: C.A.I.P.

Acto reclamado: Suspensión de labores sin goce de sueldo por el periodo de

tiempo de diez días.

Estado actual: Se negó el Amparo y Protección de la Justicia Federal.

2.- Amparo Indirecto: 114/2004

Juzgado: 3° Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Luis Manuel Garza Villarreal.

Acto reclamado: Destitución como Presidente de la Comisión de Acceso a la

Información Pública de Nuevo León.

Estado actual: Se desiste el quejoso, se sobresee y causa estado.

3.- Amparo Indirecto: 531/2004

Juzgado: 1° Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Donato Saldívar Rodríguez (Director del Hospital Universitario)

Expediente de origen: 002/2004

Peticionario: Angélica Robles Rangel

Autoridad demandada: Titular o Director del Hospital Universitario

Acto reclamado: Resolución de fecha 22/06/2004, en la que se impuso a la

autoridad demandada la multa prevista en el artículo 50 fracción III

Estado actual: Se concedió el Amparo y Protección de la Justicia Federal, SE

DEJÓ SIN EFECTOS MULTA.

4.- Amparo Indirecto: 804/2004

Juzgado: 2° Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Tomas Ángel Martínez Chapa.

Expediente de origen: 067/2004.

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Peticionario: Tomas Ángel Martínez Chapa.

Autoridad demandada: C. Gobernador del Estado de Nuevo León.

Acto reclamado: La falta de contestación al escrito de solicitud de

intervención presentado ante esta Comisión en fecha 05/10/2004.

Estado actual: Se negó el Amparo y Protección de la Justicia Federal.

5.- Amparo Indirecto: 805/2004

Juzgado: 2° de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Tomas Ángel Martínez Chapa.

Expediente de origen: 066/2004

Peticionario: Tomas Ángel Martínez Chapa.

Autoridad demandada: Rubén Martínez Donde, Secretario de Finanzas y

Tesorero General del Estado de Nuevo León.

Acto reclamado: La falta de contestación al escrito de solicitud de

intervención presentado ante esta Comisión en fecha 01/10/2004.

Estado actual: Se tiene al peticionario por desistiéndose del amparo;

Comisión interpone recurso de revisión en contra del auto donde se le tiene

por desistido, al considerarse que se debió de multar al quejoso; se dicta

resolución dentro del recurso de revisión el día 24-veinticuatro de febrero de

2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión.

6.- Amparo Indirecto: 830/2004

Juzgado: 1° de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Hortensia Guerrero Esquivel.

Expediente de origen: 070/2004

Peticionario: Hortensia Guerrero Esquivel.

Autoridad demandada: C. Gobernador del Estado de Nuevo León.

Acto reclamado: La falta de contestación al escrito de solicitud de

intervención presentado ante esta Comisión en fecha 014/10/2004.

Estado actual: Se negó el Amparo y Protección de la Justicia Federal.

7.- Amparo Indirecto: 846/2004.

Juzgado: 2° de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Tomas Ángel Martínez Chapa.

Expediente de origen: 066/2004

Peticionario: Tomas Ángel Martínez Chapa.

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Autoridad demandada: Rubén Martínez Donde, Secretario de Finanzas y

Tesorero General del Estado de Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución definitiva de fecha 26-veintiséis de octubre de

2004-dos mil cuatro, mediante la cual el Pleno de la Comisión de Acceso a la

Información Pública pone fin a la solicitud de intervención.

Estado actual: Se concede el amparo al peticionario, para que se deje

insubsistente la resolución reclamada y se dicte una nueva; se dicta

resolución, autoridad interpone recurso de queja en contra del cumplimiento

por supuesto exceso en el mismo; se dicta resolución de la queja el día 25-

veinticinco de septiembre del año en curso, se declara improcedente;

autoridad interpone recurso de queja en contra de dicha resolución. SE

TIENE POR CUMPLIDA EJECUTORIA.

8.- Amparo Indirecto: 847/2004

Juzgado: 2° de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Norma Alicia Hernández Hernández.

Expediente de origen: 075/2004.

Peticionario: Norma Alicia Hernández Hernández.

Autoridad demandada: Gobernador Constitucional del Estado.

Acto reclamado: La falta de contestación al escrito de solicitud de

intervención presentado ante esta Comisión en fecha 025/10/2004.

Estado actual: Se negó el Amparo y Protección de la Justicia Federal.

9.- Amparo Indirecto: 873/2004.

Juzgado: 3° de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Norma Alicia Hernández Hernández.

Expediente de origen: 075/2004.

Peticionario: Norma Alicia Hernández Hernández.

Autoridad demandada: Gobernador Constitucional del Estado.

Acto reclamado: Resolución Definitiva de fecha 19-diecinueve de noviembre

de 2004-dos mil cuatro, emitida dentro del expediente 075/2004, por el Pleno

de la Comisión de Acceso a la Información Pública en el Estado de Nuevo

León

Estado actual: El juzgado 3° tercero de Distrito en Materia Administrativa se

declaró incompetente para conocer del presente Juicio de Garantías.

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10.- Amparo Indirecto: 918/2004.

Juzgado: 1° primero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Clara Luz Flores Carrales. (Secretario del R. Ayuntamiento del

Municipio de General Escobedo, Nuevo León.)

Expediente de origen: 078/2004.

Peticionario: Carlos Meléndez Icaza.

Autoridad demandada: Secretario del Ayuntamiento del Municipio de

General Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución Definitiva de fecha 29-veintinueve de noviembre

de 2004-dos mil cuatro, mediante la cual se acordó imponer al Secretario del

R. Ayuntamiento multa prevista en el artículo 50 fracción I.

Estado actual: Se concedió el Amparo y Protección de la Justicia Federal a la

quejosa. SE DEJÓ SIN EFECTOS LA MULTA.

11.- Amparo Indirecto: 927/2004.

Juzgado: 1° primero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Zeferino Salgado Almaguer (Diputado)

Expediente de origen: 068/2004.

Peticionario: Zeferino Salgado Almaguer.

Autoridad demandada: Presidente Ejecutivo del Consejo de Desarrollo Social

del Estado.

Acto reclamado: Resolución Definitiva de fecha 30-treinta de noviembre de

2004-dos mil cuatro.

Estado actual: Se negó el Amparo y Protección de la Justicia Federal.

12.- Amparo Indirecto: 06/2005.

Juzgado: 2° Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Tomas Ángel Martínez Chapa

Expediente de origen: 067/2004.

Peticionario: Tomas Ángel Martínez Chapa.

Autoridad demandada: C. Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo

León.

Acto reclamado: Resolución Definitiva de fecha 15-quince de diciembre de

2004-dos mil cuatro.

Estado actual: Se dicta resolución constitucional 28-veintiocho de febrero de

2005-dos mil cinco, el Juzgado de Distrito se declara incompetente para

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conocer del juicio de garantías, declina la competencia a favor del Tribunal

Colegiado de Circuito en materia Administrativa; Tribunal Colegiado remite

los autos al Juzgado para que conozca del asunto; se dicta resolución el 11-

once de febrero de 2005-dos mil cinco, se concede el amparo al quejoso, se

cumple resolución, se dicta de nueva cuenta resolución definitiva el 16-

dieciséis de junio de 2005-dos mil cinco.

13.- Amparo Indirecto: 860/2005-I

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Alberto Sada Martínez.

Autoridad demandada: C.A.I.P y otras.

Acto reclamado: Separación temporal del cargo de Comisionado Propietario.

SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 23-veintitrés de diciembre

de 2005-dos mil cinco, se DETERMINA Sobreseer el presente juicio de

amparo, LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE AL

QUEJOSO.

14.- Amparo Indirecto: 849/2005.

Juzgado: 1° Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Rubén Eduardo Martínez Donde. (Secretario de Finanzas y

Tesorero General del Estado.)

Expediente de origen: 029/2005.

Peticionario: Carlos Meléndez Icaza.

Autoridad demandada: C. Secretario de Finanzas y Tesorero General del

Estado.

Acto reclamado: Resolución Definitiva de fecha 06-seis de julio de 2005-dos

mil cinco, mediante la cual se acordó imponer al C. Secretario de Finanzas y

Tesorero General del Estado, multa prevista en el artículo 50 fracción I.

Estado actual: Se concede el amparo y la Protección de la Justicia Federal al

quejoso. SE DEJA SIN EFECTOS MULTA.

15.- Amparo Indirecto: 145/2006

Juzgado: 2° segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Julián Quiroga Almaguer.

Expediente de origen: 52/2005

Peticionario: Armando Pérez Solís.

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Autoridad demandada: Dirección de Recaudación de la Subsecretaría de

Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.

Acto reclamado: Resolución definitiva de fecha 10 –diez de febrero de 2006-

dos mil seis, mediante la cual se le impuso a la autoridad demandada la

sanción prevista en el artículo 50 fracción I.

Estado actual: Se dicta resolución constitucional el 31-treinta y uno de mayo

de 2006-dos mil seis, se sobresee por improcedente remite al Tribunal de lo

Contencioso Administrativo del Estado-principio de definitividad-; quejoso

interpone recurso de revisión en contra de dicha resolución, se revoca la

sentencia recurrida se repone procedimiento; se dicta resolución

constitucional el 29-veintinueve de enero de 2007-dos mil siete, se concede el

amparo y la Protección de la Justicia Federal al quejoso para que se deje

insubsistente multa. SE DEJA SIN EFECTOS MULTA. SE TIENE POR

CUMPLIDA EJECUTORIA.

16.- Amparo Indirecto: 320/2006.

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Alberto Sada Martínez.

Autoridad demandada: Pleno del Tribunal Superior de Justicia en el Estado.

Acto reclamado: La Comisión interpone recurso de queja en contra del exceso

en el cumplimiento de la resolución de fecha 20-veinte de diciembre de 2007-

dos mil siete, pronunciada por la autoridad demandada en acatamiento a la

ejecutoria emitida el 29-veintinueve de noviembre de 2007-dos mil siete por el

Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, al

conocer del recurso de revisión sustanciado bajo el número de índice

199/2007, dentro del presente juicio de amparo. Se resuelve declarando

fundado el recurso de queja interpuesto. La quejosa interpone recurso de

queja en contra de la anterior resolución. Se declara fundado el recurso de

queja, por lo que se ordena dar cumplimiento a la ejecutoria en cuestión. La

Comisión presenta recurso de queja en contra del acuerdo de fecha 02-dos de

abril del 2009-dos mil nueve. Se suspende el procedimiento de ejecución de

sentencia exclusivamente en cuanto a la autoridad responsable CTAINL. El

Juzgado de Distrito requiere a la partes designen un perito contable, ante lo

cual, en el mes de enero de 2010, la Comisión promovió recurso de queja. La

Comisión se encuentra en vías de cumplimiento. La Comisión acató el

mandato de la autoridad federal, por lo que por auto de fecha 23-veintitrès de

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diciembre de 2010-dos mil diez, el Juzgado de Distrito declara que el fallo

protector ha quedado cumplido.

17.- Amparo Indirecto: 410/2006

Juzgado: 2° segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Eloiza Mendoza Ortiz.

Expediente de origen: 28/2006

Peticionario: Eloiza Mendoza Ortiz.

Autoridad demandada: Unidad de Enlace y Acceso a la Información de la

Universidad Autónoma de Nuevo León.

Acto reclamado: Acuerdo de fecha 24-veinticuatro de mayo de 2006-dos mil

seis mediante el que se desechó por extemporánea la solicitud de

intervención planteada por la peticionaria.

Estado actual: Se concede el Amparo y Protección de la Justicia Federal.

18.- Amparo Indirecto: 453/2006

Juzgado: 1° primero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Ruperto González Aldape.

Expediente de origen: 072/2005

Peticionario: Ruperto González Aldape

Autoridad demandada: Secretaría de Finanzas y Tesorería General del

Estado, Departamento de Control de Vehículos.

Acto reclamado: Resolución definitiva de fecha 22 –veintidós de de junio de

2006-dos mil seis, mediante la cual se desecho la solicitud de intervención del

Peticionario.

Estado actual: Se negó el Amparo y Protección de la Justicia Federal, se

sobresee.

19.- Amparo Indirecto: 569/2006

Juzgado: 2° Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Pablo Rivera Carrillo.

Expediente de origen: 007/2006

Peticionario: Víctor Zavala Rivera

Autoridad demandada: Unidad de Enlace y Acceso a la Información Pública

de la Universidad Autónoma de Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución definitiva de fecha 09–nueve de agosto de 2006-

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dos mil seis, mediante la cual se le impuso la multa prevista en el artículo 50

fracción III de la Ley de la materia.

Estado actual: Se confirma la sentencia recurrida por el Gobernador del

Estado, la Justicia de la Unión ampara y protege al quejoso, en contra del acto

reclamado de la Comisión. SE DEJA SIN EFECTOS MULTA. SE TIENE POR

CUMPLIDA EJECUTORIA.

20.- Amparo Indirecto: 963/2006

Juzgado: 3° Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Emilio Rangel Woodyard. (Director General de Servicios de Agua y

Drenaje de Monterrey, I.P.D.)

Expediente de origen: 54/2006

Peticionario: Luís García Santos

Autoridad demandada: Dirección General de Servicios de Agua y Drenaje de

Monterrey, I.P.D.

Acto reclamado: Resolución definitiva de fecha 09 –nueve de noviembre de

2006-dos mil seis, mediante la cual se le impuso la multa prevista en el

artículo 50 fracción I.

Estado actual: Se dicta resolución constitucional, se concede el amparo,

Ejecutivo interpone recurso de revisión, se confirma la resolución del Juez de

Distrito, se otorga la protección de la Justicia de la Unión. SE DEJA SIN

EFECTOS MULTA.

21.- Amparo Indirecto: 467/2007

Juzgado: 2° Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Juan Antonio Mata Guerrero

Expediente de origen: SI/001/2007

Peticionario: Juan Antonio Mata Guerrero

Solicitó información a la Comisión

Acto reclamado: La resolución de fecha 30-treinta de enero de 2007-dos mil

siete, pronunciada dentro del recurso de reconsideración interpuesto por el

peticionario, en contra del acuerdo de fecha 11-once del mismo mes y año.

Estado actual: Se dicta resolución constitucional en fecha 02-dos de agosto del

año en curso, se sobresee el juicio de garantías respecto del acto que reclamó

de la CAIPNL; en atención a que ninguna de las partes interpuso recurso de

revisión en contra de la resolución citada, se declaró que la misma causó

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ejecutoria para todos los efectos legales.

22.- Amparo Indirecto: 608/2007

Juzgado: 2° Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Javier Gerardo Pérez Cortés (Secretario de Vialidad y Tránsito del

Municipio de Monterrey, Nuevo León.)

Expediente de origen: 004/2007

Peticionario: Luis Alberto Arrellano Molina

Autoridad demandada: Secretario de Vialidad y Tránsito del Municipio de

Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: La resolución definitiva de fecha 02-dos de marzo de 2007-

dos mil siete, mediante la cual se acordó imponer en su contra la multa

prevista en la fracción I del artículo 50 de la Ley de la materia.

Estado actual: Se dicta resolución constitucional en fecha 27-veintisiete de

agosto de 2007-dos mil siete, se concede el amparo y la protección de la

justicia federal al quejoso, para que se deje insubsistente la multa citada

(Nota: esta multa es de las que en su momento se establecían como fijas).

Gobernador interpone recurso de revisión en contra de la citada resolución.

SE DICTA EJECUTORIA EN FECHA 29-VEINTINUEVE DE ENERO DE

2008-DOS MIL OCHO, SE CONFIRMA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL.

Por acuerdo del 31-treinta y uno de enero de 2008-dos mil ocho, el Pleno de

esta Comisión deja insubsistente multa. POR AUTO DEL 05-CINCO DE

JUNIO DE 2008-DOS MIL OCHO, SE TIENE POR CUMPLIDO FALLO

PROTECTOR. SE ORDENA ARCHIVO.

23.- Amparo Indirecto: 655/2007-I

Juzgado: 3° Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: José Grimaldo Jasso. (Director de la Escuela Secundaria No.24

“Guillermo Prieto”)

Expediente de origen: 059/2006

Peticionario: José Luis Carlos Treviño

Autoridad demandada: Director de la Escuela Secundaria No.24 “Guillermo

Prieto”

Acto reclamado: La resolución definitiva de fecha 16-dieciséis de marzo de

2007-dos mil siete, mediante la cual se acordó imponer en su contra la multa

prevista en la fracción III del artículo 50 de la Ley de la materia.

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Estado actual: Audiencia incidental 25-veinticinco de abril de 2007-dos mil

siete; fecha audiencia Constitucional 23-veintitrés de mayo de 2007-dos mil

siete. Se dicta resolución constitucional el 29-veintinueve de mayo de 2007-

dos mil siete, se concede el amparo y la protección de la Justicia Federal al

quejoso, para que se deje insubsistente la multa citada; Gobernador interpone

recurso de revisión en contra de la aludida sentencia constitucional,

pendiente resolverse recurso, SE DICTA EJECUTORIA DENTRO DE LA

REVISIÓN, se confirma resolución constitucional, se requiere cumplimiento

24 horas; se dicta auto donde se deja insubsistente multa. SE DEJA SIN

EFECTOS MULTA. POR AUTO DE FECHA 15-QUINCE DE ENERO DE

2008-DOS MIL OCHO, SE TIENE POR CUMPLIDA LA EJECUTORIA

DICTADA EN EL PRESENTE ASUNTO.

24.- Amparo Indirecto: 740/2007-I

Juzgado: 3° Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: José Grimaldo Jasso. (Director de la Escuela Secundaria No.24

“Guillermo Prieto”)

Expediente de origen: 073/2006

Peticionario: José Luis Carlos Treviño

Autoridad demandada: Director de la Escuela Secundaria No.24 “Guillermo

Prieto”

Acto reclamado: Acuerdo de fecha 23-veintitrés de mayo de 2007-dos mil

siete, mediante la cual se acordó imponer en su contra la multa prevista en la

fracción III del artículo 50 de la Ley de la materia en vigor a partir del 08-ocho

de febrero de 2007-dos mil siete.

Estado actual: Se dicta resolución constitucional en fecha 13-trece de agosto

de 2007-dos mil siete, la Justicia la Unión no ampara ni protege al quejoso.

Pendiente revisión (Nota: esta multa es de las que se contemplan en la

reforma de febrero de 2007-dos mil siete, mínimos y máximos). QUEDA

FIRME MULTA. CAUSA EJECUTORIA.

25.- Amparo Indirecto: 768/2007

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: María de los Ángeles García Cantú (Síndico Segundo del R.

Ayuntamiento de Monterrey, N.L.)

Expediente de origen: 003/2007

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Peticionario: María de Lourdes Rojas Velázquez

Autoridad demandada: R. Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 17-diecisiete de mayo de 2007-dos mil

siete, mediante la cual se acordó imponer en su contra la multa prevista en la

fracción I del artículo 50 de la Ley de la materia con vigencia antes del 08-de

febrero de 2007-dos mil siete.

Estado actual: Audiencia incidental 18-dieciocho de junio de 2007-dos mil

siete; fecha audiencia Constitucional se difiere al 20-veinte de agosto de 2007-

dos mil siete; se dicta resolución constitucional el 30-treinta de octubre de

2007-dos mil siete, se concede el amparo solicitado por la parte quejosa, para

que se deje insubsistente el acto de aplicación del artículo 50 fracción I de la

Ley de Acceso a la Información Pública de Nuevo León (antes de la reforma,

multa fija), se decreta la inconstitucionalidad del mismo; SE INTERPONE

RECURSO DE REVISIÓN EN CONTRA DE RESOLUCIÓN. SE DICTA

EJECUTORIA DENTRO DE LA REVISIÓN, se confirma resolución

constitucional, se requiere cumplimiento 24 horas; se dicta auto de fecha 05-

cinco de junio de 2008-dos mil ocho, donde se deja insubsistente multa. SE

DEJA SIN EFECTOS MULTA.

26.- Amparo Indirecto: 1128/2007

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Juan Alberto Lozano González en representación de la empresa

JASNA, S.A.

Expediente de origen: 157/2007

Peticionario: Juan Alberto Lozano González en representación de la empresa

JASNA, S.A.

Autoridad demandada: Dirección de Adquisiciones y Servicios Generales de

la Oficialía Mayor de Gobierno del Estado de Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 29-veintinueve de noviembre de 2007-

dos mil siete, en la cual se determinó que no procedía la solicitud de

intervención.

Estado actual: Audiencia Constitucional 11-once de febrero de 2008-dos mil

ocho; se rinde informe justificado 15-quince de enero de 2008-dos mil ocho;

DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES PRESENTA RECURSO DE QUEJA, SE

SUSPENDE PROCEDIMIENTO. SE DICTA RESOLUCIÓN DENTRO DE

RECURSO DE QUEJA, SE DECLARA IMPROCEDENTE. SE DICTA

Page 12: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

12

RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL 25-VEINTICINCO DE JUNIO DE 2008-

DOS MIL OCHO, Se concede el amparo al quejoso, para que se deje sin

efectos la resolución del 29-veintinueve de noviembre de 2007-dos mil siete, y

en su lugar se dicte otra donde se resuelve lo conducente con estricto apego al

primer párrafo del artículo 16 de la Carta Magna de los Estados Unidos

Mexicanos. SE INTERPONE RECURSO DE REVISIÓN por parte de esta

Comisión, y del Director de Adquisiciones y Servicios Generales de la

Oficialía Mayor de Gobierno. SE DICTA EJECUTORIA DENTRO DE LA

REVISIÓN, se confirma resolución constitucional, se requiere cumplimiento;

se dicta nueva resolución de fecha 08-ocho de diciembre de 2008-dos mil

ocho, donde se ordena la entrega de la información. SE TIENE POR

CUMPLIDO FALLO PROTECTOR.

27.- Amparo Indirecto: 1129/2007

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Juan Alberto Lozano González en representación de la empresa

JASNA, S.A.

Expediente de origen: 162/2007

Peticionario: Juan Alberto Lozano González en representación de la empresa

JASNA, S.A.

Autoridad demandada: Secretaría de la Función Pública del Municipio de

San Nicolás de los Garza, Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 11-once de diciembre de 2007-dos mil

siete, en la cual se determinó que no procedía la solicitud de intervención.

Estado actual: Audiencia Constitucional 11-once de febrero de 2008-dos mil

ocho; se rinde informe justificado 15-quince de enero de 2008-dos mil ocho;

SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL 24-VEINTICUATRO DE

JUNIO DE 2008-DOS MIL OCHO, Se concede el amparo al quejoso, para que

se deje sin efectos la resolución del 11-once de diciembre de 2007-dos mil

siete, y en su lugar se dicte otra fundada, motivada y congruente con lo

vertido por cada una de las partes. SE PRESENTA RECURSO DE REVISIÓN

por parte de la Comisión. SE DICTA EJECUTORIA DENTRO DE LA

REVISIÓN, se confirma resolución constitucional, se requiere cumplimiento;

se dicta nueva resolución de fecha 10-diez de noviembre de 2008-dos mil

ocho, donde se determina que no ha procedido la solicitud de intervención.

SE TIENE POR CUMPLIDO FALLO PROTECTOR.

Page 13: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

13

28.- Amparo Directo: 56/2008

Tribunal: Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto

Circuito.

Quejoso: Gilberto Montiel Amoroso. (Secretario de Salud del Estado)

Expediente de origen: 147/2007

Peticionario: Edilberto de la Garza González

Autoridad demandada: Secretario de Salud del Estado de Nuevo León

Acto reclamado: Resolución de fecha 11-once de diciembre de 2008-dos mil

ocho, en la cual se determinó imponer en su contra la multa prevista en la

fracción I del artículo 50 de la Ley de la materia con vigencia después del 08-

de febrero de 2007-dos mil siete.

Estado actual: El tribunal Colegiado no asume competencia, remite las

constancias al Juzgado Administrativo del Cuarto Circuito en Turno para el

trámite correspondiente.

29.- Amparo Indirecto: 47/2008-I

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Luis David Ortiz Salinas. (Titular de la Agencia para la Planeación

del Desarrollo Urbano de Nuevo León)

Expediente de origen: 175/2007

Peticionario: Guillermo Presa Andrade

Autoridad demandada: Titular de la Agencia para la Planeación del

Desarrollo Urbano de Nuevo León

Acto reclamado: Resolución de fecha 11-once de enero de 2008-dos mil ocho,

en la cual se determinó imponer en su contra la multa prevista en la fracción I

del artículo 50 de la Ley de la materia con vigencia después del 08-de febrero

de 2007-dos mil siete.

Estado actual: Audiencia Constitucional 10-diez de marzo de 2008-dos mil

ocho; Resolución Constitucional 13-trece de junio de 2008-dos mil ocho; LA

JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE AL QUEJOSO. SE

PRESENTA RECURSO DE REVISIÓN por parte del quejoso. Se confirma

resolución.

30.- Amparo Indirecto: 462/2008

Juzgado: Juzgado Tercero en Materia Administrativa del Cuarto Circuito.

Page 14: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

14

Quejoso: Gilberto Montiel Amoroso. (Secretario de Salud del Estado)

Expediente de origen: 147/2007

Peticionario: Edilberto de la Garza González

Autoridad demandada: Secretario de Salud del Estado de Nuevo León

Acto reclamado: Resolución de fecha 11-once de diciembre de 2008-dos mil

ocho, en la cual se determinó imponer en su contra la multa prevista en la

fracción I del artículo 50 de la Ley de la materia con vigencia después del 08-

de febrero de 2007-dos mil siete.

Estado actual: Se admite a trámite, se difiere audiencia constitucional para el

24-veinticuatro de abril de 2008-dos mil ocho. SE DICTA RESOLUCIÓN

CONSTITUCIONAL el 25-veinticinco de abril de 2008-dos mil ocho, se

DETERMINA Sobreseer el presente juicio de amparo, el Juez considera que se

debió agotar el principio de definitividad, y acudir ante el Tribunal de lo

Contencioso Administrativo en el Estado. PARTE QUEJOSA interpone

recurso de revisión, se remite al Tribunal Colegiado en materia

Administrativa en Turno, se admite por el Tercer Tribunal. Dicta resolución el

Tercer Tribunal Colegiado y resuelve que LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO

AMPARA NI PROTEGE AL QUEJOSO.

31.- Amparo Indirecto: 950/2008

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Ricardo Tamez Flores

Acto reclamado: La negativa de la Comisión en recibir promoción de término

del quejoso.

Estado actual: Audiencia Constitucional 22-veintidós de agosto de 2008-dos

mil ocho. Se comunica resolución constitucional pronunciada el 01-uno de

septiembre de 2008-dos mil ocho; Se sobresee el juicio de amparo, no se

concede la protección de la justicia federal al quejoso.

32.- Amparo Indirecto: 985/2008

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Juan Francisco Espinoza Eguía. (Presidente Municipal de Dr.

Arroyo, Nuevo León.)

Expediente de origen: 005/2008

Peticionario: Sergio Cedillo Ojeda

Autoridad demandada: Presidente Municipal de Dr. Arroyo, Nuevo León

Page 15: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

15

Acto reclamado: Auto de fecha 12-doce de junio de 2008-dos mil ocho, en la

cual se determinó imponer en su contra la multa prevista en la fracción III del

artículo 50 de la Ley de la materia, vigente en el área metropolitana de esta

ciudad capital en el año 2008-dos mil ocho. Estado actual: Audiencia

Constitucional 20-veinte de agosto de 2008-dos mil ocho. Se concede

suspensión provisional por resolución incidental del 07-siete de agosto de

2008-dos mil ocho, para efectos de que no se haga efectiva sanción. SE DICTA

RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 30-treinta de octubre de 2008-dos mil

ocho, se DETERMINA Sobreseer el presente juicio de amparo, LA JUSTICIA

DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE AL QUEJOSO. HA CAUSADO

EJECUTORIA.

33.- Amparo Indirecto: 1040/2008

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Guillermo Blanco Arvizo. (Secretario de Administración del

Municipio de Monterrey, Nuevo León. )

Expediente de origen: 026/2008

Peticionario: Carlos Meléndez Icaza y Otro

Autoridad demandada: Secretario de Administración del Municipio de

Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 03-tres de julio de 2008-dos mil ocho, en

la cual se determinó imponer en su contra la multa prevista en la fracción III

del artículo 50 de la Ley de la materia, vigente en el área metropolitana de

esta ciudad capital en el año 2008-dos mil ocho. Estado actual: Audiencia

Constitucional 17-diecisiete de septiembre de 2008-dos mil ocho. Se dicta

resolución incidental, SE CONCEDE la suspensión definitiva. Se concede el

amparo al quejoso, para que se deje sin efectos la resolución del 03-tres de

julio de 2008-dos mil ocho, y en su lugar se dicte otra donde se resuelve lo

conducente con estricto apego a los límites establecidos en el artículo 113 de

la Carta Magna de los Estados Unidos Mexicanos. SE INTERPONE

RECURSO DE REVISIÓN por parte de esta Comisión, se admite. SE DICTA

RESOLUCIÓN el 07-siete de mayo de 2009-dos mil nueve, por lo que el

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA

DETERMINA confirmar la resolución impugnada, por lo que LA JUSTICIA

DE LA UNIÓN AMPARA Y PROTEGE AL QUEJOSO, en virtud de lo cual,

se deberá emitir una nueva resolución bajo los lineamientos señalados en la

Page 16: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

16

ejecutoria, específicamente en lo concerniente a la individualización de la

multa. Se declara que la ejecutoria dictada en el presente juicio ha quedado

cumplida.

34.- Amparo Indirecto: 1124/2008

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Jesús Fernández Garza. (Director de Comercio del Municipio de

Monterrey, Nuevo León.)

Expediente de origen: 099/2008

Peticionario: Eduardo Vázquez Solís

Autoridad demandada: Director de Comercio del Municipio de Monterrey,

Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 06-seis de agosto de 2008-dos mil ocho,

en la cual se determinó imponer en su contra la multa prevista en la fracción I

del artículo 50 de la Ley de la materia, vigente en el área metropolitana de

esta ciudad capital en el año 2008-dos mil ocho. Estado actual: Audiencia

Constitucional 02-dos de octubre de 2008-dos mil ocho. Se dicta resolución

incidental, SE CONCEDE la suspensión definitiva. Se dicta resolución

constitucional, SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN AL QUEJOSO.

SE PRESENTA RECURSO DE REVISIÓN por parte de la Comisión. SE

DICTA RESOLUCIÓN el 02-dos de abril de 2009-dos mil nueve, por lo que el

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA

DETERMINA revocar la resolución impugnada, por lo que LA JUSTICIA DE

LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE AL QUEJOSO.

35.- Amparo Indirecto: 1304/2008

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Ulises Carlín de la Fuente.

Expediente de origen: 121/2008

Peticionario: Ulises Carlín de la Fuente.

Autoridad demandada: Contralor Municipal de San Pedro Garza García,

Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 29-veintinueve de octubre de 2008-dos

mil ocho, en la cual se determinó sobreseer el procedimiento de

inconformidad. Estado actual: Audiencia Constitucional 13-trece de enero de

2009-dos mil nueve. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 11-

Page 17: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

17

once de marzo de 2009-dos mil nueve, se DETERMINA que LA JUSTICIA DE

LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE AL QUEJOSO.

36.- Amparo Indirecto: 1325/2008

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Juan Alberto Lozano González en representación de la empresa

JASNA, S.A.

Expediente de origen: 162/2007

Peticionario: Juan Alberto Lozano González en representación de la empresa

JASNA, S.A.

Autoridad demandada: Secretaría de la Función Pública del Municipio de

San Nicolás de los Garza, Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 10-diez de noviembre de 2008-dos mil

ocho, en la cual se determinó que no procedía la solicitud de intervención.

Estado actual: Audiencia Constitucional 02-dos de febrero de 2009-dos mil

nueve. Se difiere audiencia para el 19-diecinueve de mayo de 2009-dos mil

nueve. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 08-ocho de junio de

2009-dos mil nueve, se DETERMINA que LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO

AMPARA NI PROTEGE AL QUEJOSO. El quejoso Interpone RECURSO DE

REVISIÓN. En fecha 08-ocho de marzo de 2010-dos mil diez, se resolvió el

recurso, determinando el Tercer Tribunal Colegiado que la justicia de la

unión NO AMPARA NI PROTEGE al quejoso.

37.- Amparo Indirecto: 183/2009

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Karla Jeovany García Valdez.

Expediente de origen: 003/2009

Peticionario: Karla Jeovany García Valdez.

Autoridad demandada: Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología del

Municipio de Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: Acuerdo de fecha 12-doce de marzo de 2009-dos mil nueve,

en la cual se determinó que se le tenía por no presentando el procedimiento

de inconformidad.

Estado actual: Audiencia Constitucional 12-doce de mayo de 2009-dos mil

nueve. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 22-veintidòs de

diciembre de 2009-dos mil nueve, se DETERMINA que LA JUSTICIA DE LA

Page 18: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

18

UNIÓN AMPARA Y PROTEGE AL QUEJOSO. La Comisión interpone

RECURSO DE REVISIÓN. El Tribunal Colegiado determina que la Comisión

carece de legitimación para interponer recurso de revisión, por lo que deja

subsistente la resolución de primera instancia. Se da cumplimiento al fallo.

38.- Amparo Indirecto: 464/2009 y otras.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Constructora Maiz Mier y otros.

Expediente de origen: 005/2009 y 006/2009.

Peticionario: Jesús Hinojosa Tijerina.

Autoridad demandada: Director General de Servicios de Agua y Drenaje de

Monterrey.

Acto reclamado: Resoluciones de fecha 24-veinticuatro de junio de 2009-dos

mil nueve, en las cuales se determinó que se revocaba, modificaba y

confirmaba la clasificación de confidencial realizada por el sujeto obligado

respecto a diversa información, ordenando la entrega de la misma.

Estado actual: Audiencia Constitucional 22-veintidós de septiembre de 2009-

dos mil nueve. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 10-diez de

diciembre de 2009-dos mil nueve, se DETERMINA que LA JUSTICIA DE LA

UNIÓN AMPARA Y PROTEGE A LOS QUEJOSOS únicamente en cuanto a

la información clasificada como confidencial, dejando subsistente el fallo de la

Comisión respecto a la revocación de la clasificación de la información como

reservada. La Comisión interpone RECURSO DE REVISIÓN. El Tribunal

Colegiado determina que la Comisión carece de legitimación para interponer

recurso de revisión, por lo que deja subsistente la resolución de primera

instancia. Se da cumplimiento al fallo.

39.- Amparo Indirecto: 495/2009 y otras.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Prisma Desarrollos y otros.

Expediente de origen: 007/2009.

Peticionario: Eliut Alvarado Cervantes.

Autoridad demandada: Director General de Servicios de Agua y Drenaje de

Monterrey.

Acto reclamado: Resolución de fecha 29-veintinueve de julio de 2009-dos mil

nueve, en la cual se determinó revocar la clasificación de confidencial y

Page 19: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

19

reservado realizada por el sujeto obligado respecto a diversa información

requerida, ordenando la entrega de la misma.

Estado actual: Se difiere Audiencia Constitucional al 12-doce de febrero de

2010-dos mil diez. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 26-

veintisèis de febrero de 2010-dos mil diez, se DETERMINA que LA JUSTICIA

DE LA UNIÓN AMPARA Y PROTEGE A LOS QUEJOSOS únicamente en

cuanto a la información clasificada como confidencial, dejando subsistente el

fallo de la Comisión respecto a la revocación de la clasificación de la

información como reservada. La Comisión interpone RECURSO DE

REVISIÓN. El Tribunal Colegiado determina que la Comisión carece de

legitimación para interponer recurso de revisión, por lo que deja subsistente

la resolución de primera instancia. Se da cumplimiento al fallo.

40.- Amparo Indirecto: 559/2009 y otras.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Construcciones GV S.A. de C.V. y otros.

Expediente de origen: 008/2009.

Peticionario: Juan Manuel Páez Rubio.

Autoridad demandada: Director General de Servicios de Agua y Drenaje de

Monterrey.

Acto reclamado: Resolución de fecha 05-cinco de agosto de 2009-dos mil

nueve, en la cual se determinó revocar la clasificación de confidencial y

reservado realizada por el sujeto obligado respecto a diversa información

requerida, ordenando la entrega de la misma.

Estado actual: Audiencia Constitucional 09-nueve de noviembre de 2009-dos

mil nueve. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 26-veintisèis de

noviembre de 2009-dos mil nueve, se DETERMINA que LA JUSTICIA DE LA

UNIÓN AMPARA Y PROTEGE A LOS QUEJOSOS únicamente en cuanto a

la información clasificada como confidencial, dejando subsistente el fallo de la

Comisión respecto a la revocación de la clasificación de la información como

reservada. La Comisión interpone RECURSO DE REVISIÓN. El Tribunal

Colegiado determina que la Comisión carece de legitimación para interponer

recurso de revisión, por lo que se desecha el mismo y se deja subsistente la

resolución de primera instancia. Se tiene por cumplido fallo protector.

41.- Amparo Indirecto: 557/2009 acumulado al expediente 495/2009.

Page 20: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

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Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Prisma Desarrollo S.A. de C.V.

Expediente de origen: 008/2009.

Peticionario: Juan Manuel Páez Rubio.

Autoridad demandada: Director General de Servicios de Agua y Drenaje de

Monterrey.

Acto reclamado: Resolución de fecha 05-cinco de agosto de 2009-dos mil

nueve, en la cual se determinó revocar la clasificación de confidencial y

reservado realizada por el sujeto obligado respecto a diversa información

requerida, ordenando la entrega de la misma.

Estado actual: Audiencia Constitucional 15-quince de diciembre de 2009-dos

mil nueve. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 26-veintisèis de

febrero de 2010-dos mil diez, se DETERMINA que LA JUSTICIA DE LA

UNIÓN AMPARA Y PROTEGE A LOS QUEJOSOS únicamente en cuanto a

la información clasificada como confidencial, dejando subsistente el fallo de la

Comisión respecto a la revocación de la clasificación de la información como

reservada. La Comisión interpone RECURSO DE REVISIÓN. El Tribunal

Colegiado determina que la Comisión carece de legitimación para interponer

recurso de revisión, por lo que deja subsistente la resolución de primera

instancia. Se da cumplimiento al fallo.

42.- Amparo Directo: 334/2009.

Juzgado: H. Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto

Circuito.

Quejoso: Jorge Guadalupe González González.

Expediente de origen: 022/2009.

Peticionario: Jorge Guadalupe González González.

Autoridad demandada: Secretario de Educación del Estado.

Acto reclamado: Resolución de fecha 09-nueve de septiembre de 2009-dos mil

nueve, en la cual se determinó confirmar la respuesta brindada por el sujeto

obligado respecto a que no obraba en sus archivos diversa información

requerida.

Estado actual: El tribunal Colegiado no asume competencia, remite las

constancias al Juzgado Administrativo del Cuarto Circuito en Turno para el

trámite correspondiente.

Page 21: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

21

43.- Amparo Indirecto: 680/2009.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Heliodoro Vargas Durán.

Expediente de origen: 034/2009.

Peticionario: Heliodoro Vargas Durán.

Autoridad demandada: Directora de la Red Estatal de Autopistas del Estado.

Acto reclamado: Acuerdo de fecha 19-diecinueve de octubre de 2009-dos mil

nueve, en la cual se determinó que el procedimiento de inconformidad se

desechaba por extemporáneo.

Estado actual: Audiencia Constitucional 14-catorce de diciembre de 2009-dos

mil nueve. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 06-seis de enero

de 2010-dos mil diez, se DETERMINA que se SOBRESEE el juicio de

garantías.

44.- Amparo Indirecto: 785/2009.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Heliodoro Vargas Durán.

Expediente de origen: 039/2009.

Peticionario: Heliodoro Vargas Durán.

Autoridad demandada: Directora de la Red Estatal de Autopistas del Estado.

Acto reclamado: Acuerdo de fecha 19-diecinueve de octubre de 2009-dos mil

nueve, en la cual se determinó que el procedimiento de inconformidad se

desechaba por extemporáneo.

Estado actual: Audiencia Constitucional 16-diecisèis de febrero de 2010-dos

mil diez. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 22-veintidòs de

febrero de 2010-dos mil diez, se DETERMINA que LA JUSTICIA DE LA

UNIÓN AMPARA Y PROTEGE AL QUEJOSO. La Comisión interpone

RECURSO DE REVISIÓN. Se confirma resolución del juzgado de Distrito, se

ordena cumplimiento. La Comisión admite procedimiento de inconformidad

y acata el fallo de la justicia federal, por lo que se le tiene por cumplido.

45.- Amparo Indirecto: 079/2010.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Jorge Guadalupe González González.

Expediente de origen: 022/2009.

Peticionario: Jorge Guadalupe González González.

Page 22: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

22

Autoridad demandada: Secretario de Educación del Estado.

Acto reclamado: Resolución de fecha 09-nueve de septiembre de 2009-dos mil

nueve, en la cual se determinó confirmar la respuesta brindada por el sujeto

obligado respecto a que no obraba en sus archivos diversa información

requerida.

Estado actual: SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 27-

veintisiete de abril de 2010-dos mil diez, se DETERMINA que LA JUSTICIA

DE LA UNIÓN AMPARA Y PROTEGE AL QUEJOSO. Se cumple fallo

protector.

46.- Amparo Indirecto: 191/2010.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Rosa Elvia Ramos García.

Expediente de origen: 009/2010.

Peticionario: Cristino Salinas Hinojosa.

Autoridad demandada: Presidenta Municipal de Melchor Ocampo Nuevo

León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 03-tres de marzo de 2010-dos mil diez,

en la cual se determinó que la información requerida por el particular era

pública, al tratarse de la nómina municipal, por lo que se ordeno su entrega.

Estado actual: Audiencia Constitucional 11-once de junio de 2010-dos mil

diez. Se interpone recurso de queja en contra de la ADMISIÒN. En fecha 10-

diez de junio de 2010-dos mil diez, el Primer Tribunal Colegiado en Materia

Administrativa del Cuarto Circuito, declaró fundado el recurso de queja

interpuesto por esta Comisión, por lo que se ordenó desechar la demanda de

garantías de la quejosa.

47.- Amparo Indirecto: 357/2010.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Luis Gerardo Álvarez Villanueva.

Expediente de origen: PNF/027/2010.

Peticionario: Luis Gerardo Álvarez Villanueva.

Autoridad demandada: Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología del

Municipio de Monterrey.

Acto reclamado: Acuerdo de fecha 23-veintitrès de abril de 2010-dos mil diez,

en el cual se determinó desechar por extemporáneo el procedimiento de

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

23

inconformidad.

Estado actual: Audiencia Constitucional 22-veintidòs de junio de 2010-dos

mil diez. En fecha 23-veintitrès de julio de 2010-dos mil diez, el Juzgado

Primero de Distrito determinó sobreseer el juicio de amparo y en

consecuencia, NEGÒ la protección de la justicia federal al quejoso.

48.- Amparo Indirecto: 357/2010.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Rosa Elvia Ramos García.

Expediente de origen: PNF/022/2010.

Peticionario: Ponciano López Ramos.

Autoridad demandada: Presidenta Municipal de Melchor Ocampo, Nuevo

León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 21-veintiuno de abril de 2010-dos mil

diez, en el cual se determinó multar a la autoridad por no responder una

solicitud de información dentro del plazo legal correspondiente.

Estado actual: Audiencia Constitucional 15-quince de julio de 2010-dos mil

diez. En fecha 29 de octubre de 2010, se dicta RESOLUCIÒN

CONSTITUCIONAL, que determina sobreseer el juicio de garantías. La

quejosa interpone recurso de revisión. Se confirma la sentencia recurrida y

por lo tanto, se SOBRESEE el juicio de amparo.

49.- Amparo Indirecto: 401/2010.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Rosa Elvia Ramos García.

Expediente de origen: PNF/024/2010.

Peticionario: Ponciano López Ramos.

Autoridad demandada: Presidenta Municipal de Melchor Ocampo, Nuevo

León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 06-seis de mayo de 2010-dos mil diez,

en el cual se determinó multar a la autoridad por no responder una solicitud

de información dentro del plazo legal correspondiente así como también se le

ordenó entregar la nómina municipal requerida.

Estado actual: Audiencia Constitucional 18-dieciocho de agosto de 2010-dos

mil diez. Se promueve recurso de queja en contra de la admisión, por lo que

en fecha 26 de agosto de 2010, se declara infundado dicho recurso, y se difiere

Page 24: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

24

audiencia constitucional para el día 13 de diciembre del año en curso. En

fecha 28-veintiocho de febrero de 2011-dos mil once, SE DICTA

RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL, en la que se DETERMINA que se

SOBRESEE el juicio de garantías.

50.- Amparo Indirecto: 455/2010.

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Gerardo Maltos Martínez.

Expediente de origen: DIP/003/2010.

Peticionario: Gerardo Maltos Martínez.

Autoridad demandada: Ayuntamiento de Juárez, Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 11-once de mayo de 2010-dos mil diez,

en el cual se determinó multar a la autoridad por no publicar información en

su portal de internet.

Estado actual: Audiencia Constitucional 26-veintisèis de julio de 2010-dos mil

diez. En fecha 25 de octubre de 2010, SE DICTA RESOLUCIÓN

CONSTITUCIONAL, en la que se DETERMINA que se SOBRESEE el juicio

de garantías. El quejoso interpone recurso de revisión. Se confirma la

sentencia recurrida, por lo que se SOBRESEE el juicio de amparo.

51.- Amparo Indirecto: 512/2010.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Alberto Sada Martínez.

Expediente de origen: SIE-CTAINL-087-2009.

Peticionario: Alberto Sada Martínez.

Autoridad demandada: Director de Asuntos Jurídicos de la CTAINL.

Acto reclamado: Respuesta de la solicitud de información SIE-CTAINL-087-

2009.

Estado actual: Audiencia Constitucional 02-dos de septiembre de 2010-dos

mil diez. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL en fecha 02-dos de

septiembre de 2010-dos mil diez, y se SOBRESEE el juicio de amparo.

52.- Amparo Indirecto: 522/2010.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Alberto Sada Martínez.

Expediente de origen: SIE-CTAINL-088-2009.

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

25

Peticionario: Alberto Sada Martínez.

Autoridad demandada: Director de Asuntos Jurídicos de la CTAINL.

Acto reclamado: Respuesta de la solicitud de información SIE-CTAINL-088-

2009.

Estado actual: Audiencia Constitucional 18-dieciocho de agosto de 2010-dos

mil diez. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 18-dieciocho de

agosto de 2010-dos mil diez, se SOBRESEE el juicio de amparo.

53.- Amparo Directo: 292/2010.

Juzgado: H. Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto

Circuito.

Quejoso: Mirna Araceli Ramos de la Cruz.

Expediente de origen: 046/2010.

Peticionario: Mirna Araceli Ramos de la Cruz.

Autoridad demandada: Secretaría de Seguridad Pública en el Estado.

Acto reclamado: Resolución de fecha 24-veinticuatro de agosto de 2010-dos

mil diez, en la cual se determinó confirmar la respuesta brindada por el sujeto

obligado respecto a la reserva de la información solicitada.

Estado actual: El tribunal Colegiado no asume competencia, remite las

constancias al Juzgado Administrativo del Cuarto Circuito en Turno para el

trámite correspondiente. Se le dio trámite en el juicio de amparo indirecto

número 716/2010 ventilado en el Juzgado Tercero de Distrito en materia

administrativa de la cuarta circunscripción.

54.- Amparo Indirecto: 604/2010.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Martín Zamarripa Rodríguez y Luis Eduardo Prado Casanova.

Expediente de origen: PNF/051/2010

Peticionario: Sandra Elizabeth Pàmanes Ortiz.

Autoridad demandada: Presidente Municipal de Hualahuises, Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 04-cuatro de agosto de 2010-dos mil

diez, en la cual se determinó ordenar al Presidente Municipal de Hualahuises,

Nuevo León, la entrega de información pública y se le multó por no

responder la solicitud de información.

Estado actual: Audiencia Constitucional 06-seis de octubre de 2010-dos mil

diez. Se promueve recurso de queja en contra de la admisión, se desecha

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

26

dicho recurso. En fecha 06-seis de enero del 2011-dos mil once, la autoridad

resolvió sobreseer el presente juicio de garantías.

55.- Amparo Indirecto: 716/2010.

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Mirna Araceli Ramos de la Cruz.

Expediente de origen: 046/2010

Peticionario: Mirna Araceli Ramos de la Cruz.

Autoridad demandada: Secretaría de Seguridad Pública en el Estado.

Acto reclamado: Resolución de fecha 24-veinticuatro de agosto de 2010-dos

mil diez, en la cual se determinó confirmar la respuesta brindada por el sujeto

obligado respecto a la reserva de la información solicitada.

Estado actual: Audiencia Constitucional 12-doce de noviembre de 2010-dos

mil diez. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 23-veintitrés

febrero de 2011-dos mil once, y se NEGÓ EL AMPARO Y LA PROTECCIÓN

DE LA JUSTICIA FEDERAL a la quejosa.

56.- Amparo Indirecto: 588/2010.

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Rodolfo Garza Riojas.

Expediente de origen: PNF/047/2010

Peticionario: Rodolfo Garza Riojas.

Autoridad demandada: Secretaría de Finanzas y Tesorería General del

Estado.

Acto reclamado: Resolución de fecha 14-catorce de julio de 2010-dos mil diez,

en la cual se determinó sobreseer el procedimiento, al no tratarse de una

solicitud de información.

Estado actual: Audiencia Constitucional 30-treinta de septiembre de 2010-dos

mil diez. En fecha 06-seis de diciembre de 2010-dos mil diez, la autoridad

resolvió sobreseer el presente juicio de amparo.

57.- Amparo Indirecto: 740/2010.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Marco Enrique Aguilera Calderón.

Expediente de origen: 091/2010

Peticionario: Carlos Melendez Icaza y otros.

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

27

Autoridad demandada: Presidente Municipal de Santa Catarina, Nuevo

León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 13-trece de octubre de 2010-dos mil

diez, en la cual se determinó revocar la respuesta brindada por el sujeto

obligado respecto a la reserva de la información solicitada y se le ordena su

entrega.

Estado actual: Audiencia Constitucional 10-diez de diciembre de 2010-dos

mil diez. SE DICTA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL el 22-veintidós

febrero de 2011-dos mil once, y se concedió EL AMPARO Y LA

PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL a la quejosa, por lo que se ordena

darle vista como tercero interesado en el procedimiento de inconformidad y

dictar posteriormente una nueva resolución tomando en cuenta sus alegatos.

58.- Amparo Indirecto: 158/2011.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Baude Alberto Barrientos.

Expediente de origen: 114/2010

Peticionario: Baude Alberto Barrientos.

Autoridad demandada: Secretaría de Finanzas y Tesorería General del

Estado.

Acto reclamado: Resolución de fecha 19-diecinueve de enero de 2011-dos mil

once, en la cual se determinó confirmar la respuesta brindada por el sujeto

obligado respecto a la reserva de la información solicitada.

Estado actual: Audiencia Constitucional 15-quince de abril de 2011-dos mil

once. En fecha 23-veintitrés de mayo de 2011-dos mil once, la autoridad

resolvió sobreseer el presente juicio de amparo.

59.- Amparo Indirecto: 215/2011.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Gerardo Leija Hernández.

Expediente de origen: 126/2010

Peticionario: Gerardo Leija Hernández.

Autoridad demandada: Presidente Municipal de Monterrey, Nuevo León y

otros.

Acto reclamado: Resolución de fecha 23-veintitrés de febrero de 2011-dos mil

once, en la cual se determinó sobreseer el procedimiento al no ser

Page 28: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

28

competencia de esta Comisión resolver el mismo.

Estado actual: Audiencia Constitucional 05-cinco de abril de 2011-dos mil

once. En fecha 30-treinta de agosto de 2011-dos mil once, la autoridad

resolvió conceder el amparo de la justicia federal. La Comisión interpuso

recurso de revisión. Se dicta resolución al recurso de revisión en fecha 16 de

febrero de 2012, en la cual se confirma la sentencia recurrida.

60.- Amparo Indirecto: 309/2011.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Técnicos Especialistas en Procesos de Seguridad, Sociedad

Anónima de Capital Variable.

Expediente de origen: No existe.

Peticionario: Mirna Araceli Ramos de la Cruz.

Autoridad demandada: Comisión de Transparencia y Acceso a la

Información del Estado de Nuevo León y otras autoridades.

Acto reclamado: La Ley de Transparencia y Acceso a la Información y la

solicitud de acceso a diversa información.

Estado actual: Audiencia Constitucional 26-veintiséis de mayo de 2011-dos

mil once. Se niega suspensión definitiva de los actos reclamados a esta

Comisión. Si dicta resolución en fecha 21-veintiuno de septiembre de 2011-

dos mil once, en la cual se SOBRESEE el juicio de amparo. La parte actora

promueve recurso de revisión. Se confirma la sentencia.

61.- Amparo Indirecto: 310/2011.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Innovaciòn e Ingeniería Sustentable S.A de C.V.

Expediente de origen: No existe.

Peticionario: Mirna Araceli Ramos de la Cruz.

Autoridad demandada: Comisión de Transparencia y Acceso a la

Información del Estado de Nuevo León y otras autoridades.

Acto reclamado: La Ley de Transparencia y Acceso a la Información y la

solicitud de acceso a diversa información.

Estado actual: Audiencia Constitucional 25-veinticinco de mayo de 2011-dos

mil once. Si dicta resolución en fecha 02-dos de agosto de 2011-dos mil once,

en la cual se SOBRESEE el juicio de amparo. La parte actora promueve

recurso de revisión. Se confirma la sentencia.

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

29

62.- Amparo Indirecto: 310/2011.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Waxe Internacional S.A de C.V.

Expediente de origen: No existe.

Peticionario: Mirna Araceli Ramos de la Cruz.

Autoridad demandada: Comisión de Transparencia y Acceso a la

Información del Estado de Nuevo León y otras autoridades.

Acto reclamado: La Ley de Transparencia y Acceso a la Información y la

solicitud de acceso a diversa información.

Estado actual: Audiencia Constitucional 12-doce de mayo de 2011-dos mil

once. Si dicta resolución en fecha 06-seis de octubre de 2011-dos mil once, en

la cual se SOBRESEE en juicio de amparo. La parte actora promueve recurso

de revisión. Se confirma resolución de Juzgado de Distrito.

63.- Amparo Indirecto: 311/2011.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Consultoría Integral de Manufactura, Administración y Seguridad

Industrial S.A de C.V.

Expediente de origen: No existe.

Peticionario: Mirna Araceli Ramos de la Cruz.

Autoridad demandada: Comisión de Transparencia y Acceso a la

Información del Estado de Nuevo León y otras autoridades.

Acto reclamado: La Ley de Transparencia y Acceso a la Información y la

solicitud de acceso a diversa información.

Estado actual: Audiencia Constitucional 12-doce de mayo de 2011-dos mil

once. Si dicta resolución en fecha 13-trece de octubre de 2011-dos mil once, en

la cual se SOBRESEE en juicio de amparo. La parte actora promueve recurso

de revisión. Se dicta resolución al recurso de revisión interpuesto en fecha 12

de abril de 2012, en la cual se REVOCA la sentencia recurrida y se ordena

reponer el procedimiento. Se repone y se dicta nueva resolución en fecha 04

de junio de 2012, y se SOBRESEE el juicio de amparo.

64.- Amparo Indirecto: 313/2011.

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Sociedad de Ingenieros y Técnicos en Seguridad de Nuevo León,

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

30

Asociación Civil.

Expediente de origen: No existe.

Peticionario: Mirna Araceli Ramos de la Cruz.

Autoridad demandada: Comisión de Transparencia y Acceso a la

Información del Estado de Nuevo León y otras autoridades.

Acto reclamado: La Ley de Transparencia y Acceso a la Información y la

solicitud de acceso a diversa información.

Estado actual: Audiencia Constitucional 13-trece de mayo de 2011-dos mil

once. Si dicta resolución en fecha 13-trece de septiembre de 2011-dos mil

once, en la cual se SOBRESEE en juicio de amparo. La parte actora promueve

recurso de revisión. Se revoca la sentencia y se ordena reponer el

procedimiento.

65.- Amparo Indirecto: 314/2011.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Ingeniería y Sistemas contra Incendio S.A. de C.V.

Expediente de origen: No existe.

Peticionario: Mirna Araceli Ramos de la Cruz.

Autoridad demandada: Comisión de Transparencia y Acceso a la

Información del Estado de Nuevo León y otras autoridades.

Acto reclamado: La Ley de Transparencia y Acceso a la Información y la

solicitud de acceso a diversa información.

Estado actual: Audiencia Constitucional 16-dieciséis de mayo de 2011-dos mil

once. Se dicta resolución en fecha 06-seis de octubre de 2011-dos mil once, en

la cual se SOBRESEE el juicio de amparo. La parte actora promueve recurso

de revisión. Se revoca la sentencia. Se emite nueva sentencia y se SOBRESEE

el juicio de amparo.

66.- Amparo Indirecto: 596/2011.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Mirna Araceli Ramos de la Cruz.

Expediente de origen: 003/2011.

Peticionario: Mirna Araceli Ramos de la Cruz.

Autoridad demandada: Comisión de Transparencia y Acceso a la

Información del Estado de Nuevo León y otras autoridades.

Acto reclamado: La resolución de fecha 06-seis de julio de 2011-dos mil once,

Page 31: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

31

en la que se confirmó la respuesta de la autoridad.

Estado actual: Audiencia Constitucional 19-diecinueve de septiembre de

2011-dos mil once. Se dicta resolución en fecha 23-veintitrés de febrero de

2012-dos mil doce, en la cual NO SE PROTEGE NI AMPARA a la quejosa. La

parte actora promueve recurso de revisión. Se resuelve el recurso revocando

la resolución del juzgado de Distrito, al considerar como inconstitucional el

artículo 59 de la Ley de Administración Financiera del Estado, por lo que se

ordena la entrega de la información.

67.- Amparo Indirecto: 936/2011.

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Katia Lucía Santaolaya Ramírez.

Expediente de origen: 075/2011.

Peticionario: Katia Lucía Santaolaya Ramírez.

Autoridad demandada: Comisión de Transparencia y Acceso a la

Información del Estado de Nuevo León y otras autoridades.

Acto reclamado: La resolución de fecha 23-veintitrés de noviembre de 2011-

dos mil once, en la que se confirmó la respuesta de la autoridad.

Estado actual: Audiencia Constitucional 25-veinticinco de enero de 2012-dos

mil doce. Se dicta resolución en fecha 13-trece de marzo de 2012-dos mil doce,

en la cual se PROTEGE Y AMPARA a la quejosa al declarar inconstitucional

el artículo de la ley aplicada. El Consejero Jurídico del Gobernador promueve

recurso de revisión. Se confirma la sentencia recurrida, por lo que se ordena

la entrega de la información al considerar como inconstitucional el artículo 59

de la Ley de Administración Financiera del Estado.

68.- Amparo Indirecto: 18/2012.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa

Quejoso: Carlos Treviño Vives.

Expediente de origen: 083/2011.

Peticionario: Carlos Treviño Vives.

Autoridad demandada: Comisión de Transparencia y Acceso a la

Información del Estado de Nuevo León.

Acto reclamado: La resolución de fecha 30-treinta de noviembre de 2011-dos

mil once, en la que se confirmó la respuesta de la autoridad.

Estado actual: Audiencia Constitucional 24-veinticuatro de febrero de 2012-

Page 32: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

32

dos mil doce. Se dicta resolución en fecha 18-dieciocho de abril de 2012-dos

mil doce, en la cual se SOBRESEE el juicio de amparo.

69.- Amparo Directo: 218/2012.

Juzgado: H. Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto

Circuito.

Quejoso: Cristóbal Ramón Santillana Hernández.

Expediente de origen: 171/2012.

Peticionario: Cristóbal Ramón Santillana Hernández.

Autoridad demandada: Subsecretaría de Protección al Medio Ambiente y

Recursos Naturales del Estado.

Acto reclamado: Resolución de fecha 12-doce de junio de 2012-dos mil doce,

en la cual se determinó confirmar la respuesta brindada por el sujeto obligado

respecto a la reserva de la información solicitada y se entregará una versión

pública de la misma.

Estado actual: El tribunal Colegiado no asume competencia, remite las

constancias al Juzgado Administrativo del Cuarto Circuito en Turno para el

trámite correspondiente. Se dio trámite en el expediente 563/2012 en el

Juzgado Tercero de Distrito en materia Administrativa del cuarto circuito.

70.- Amparo Indirecto: 563/2012.

Juzgado: Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Cristóbal Ramón Santillana Hernández.

Expediente de origen: 171/2012.

Peticionario: Cristóbal Ramón Santillana Hernández.

Autoridad demandada: Subsecretaría de Protección al Medio Ambiente y

Recursos Naturales del Estado.

Acto reclamado: Resolución de fecha 12-doce de junio de 2012-dos mil doce,

en la cual se determinó confirmar la respuesta brindada por el sujeto obligado

respecto a la reserva de la información solicitada y se entregará una versión

pública de la misma.

Estado actual: Audiencia Constitucional 04-cuatro de septiembre de 2012-dos

mil doce. Se dicta resolución, en la cual la Justicia de la Unión no ampara ni

protege al quejoso.

71.- Amparo Indirecto: 485/2012.

Page 33: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

33

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Cristóbal Ramón Santillana Hernández.

Expediente de origen: 173/2012.

Peticionario: Cristóbal Ramón Santillana Hernández.

Autoridad demandada: Secretaría de Desarrollo Urbano del Municipio de

Juárez, Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 12-doce de junio de 2012-dos mil doce,

en la cual se determinó desechar por extemporáneo el procedimiento.

Estado actual: Audiencia Constitucional, se difiere para el 03-tres de octubre

de 2012-dos mil doce. Se dicta resolución en fecha 22-veintidós de enero de

2013-dos mil trece, en la cual la Justicia de la Unión ampara y protege al

quejoso. El 6-seis de febrero del 2013-dos mil trece, la Comisión interpone

Recurso de Revisión en contra de dicha resolución. En fecha 06-seis de

septiembre del 2013-dos mil trece, el Juzgado de Distrito tuvo al Segundo

Tribunal Colegiado informando la confirmación de la resolución donde se

Ampara y protege al quejoso.

72.- Amparo Indirecto: 1032/2012.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Juan Manuel Dávila Contreras.

Expediente de origen: 218/2012.

Peticionario: Juan Manuel Dávila Contreras.

Autoridad demandada: Subsecretario de Gobierno del Estado de Nuevo

León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 26-veintiséis de octubre de 2012-dos mil

doce, en la cual se determinó Confirmar la respuesta del sujeto obligado.

Estado actual: Audiencia Constitucional, para el 23-veintitrés de enero de

2013-dos mil trece. Se dicta resolución en fecha 08-ocho de marzo de 2013-dos

mil trece, en la cual la Justicia de la Unión ampara y protege al quejoso. El 26-

veintiséis de marzo del 2013-dos mil trece, la Comisión interpone Recurso de

Revisión en contra de dicha resolución. Se confirma la resolución.

73.- Amparo Indirecto: 1033/2012.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Juan Manuel Dávila Contreras.

Expediente de origen: 219/2012.

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

34

Peticionario: Juan Manuel Dávila Contreras.

Autoridad demandada: Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo

León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 31-treinta y uno de octubre de 2012-dos

mil doce, en la cual se determinó Confirmar la respuesta del sujeto obligado.

Estado actual: Audiencia Constitucional, se difiere para el 18-dieciocho de

febrero de 2013-dos mil trece. Se dicta resolución en fecha 29-veintinueve de

abril de 2013-dos mil trece, en la cual la Justicia de la Unión no ampara ni

protege al quejoso. El quejoso interpone Recurso de Revisión en contra de

dicha resolución. El Juzgado de Distrito en fecha 30-treinta de agosto del

2013-dos mil trece, tiene al Colegiado confirmando la resolución de la

Justicia de la Unión que no ampara un protege al quejoso.

74.- Amparo Indirecto: 1176/2012.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Pablo González de la Cruz.

Expediente de origen: PNF/033/2012.

Peticionario: Pablo González de la Cruz.

Autoridad demandada: Secretaría General de Gobierno del Estado de Nuevo

León.

Acto reclamado: Acuerdo de fecha 28-veintiocho de noviembre de 2012-dos

mil doce, en la cual se determinó sobreseer el procedimiento por haber

acreditado la respuesta a la solicitud.

Estado actual: Audiencia Constitucional, se difiere para el 12-doce de marzo

de 2013-dos mil trece. Se dicta resolución en fecha 11-once de junio de 2013-

dos mil trece, en la cual la Justicia de la Unión ampara y protege al quejoso

solamente para efecto de que la Comisionada Supernumeraria emita el

razonamiento de su voto particular. El quejoso interpone Recurso de Revisión

en contra de dicha resolución. El día 09-nueve de diciembre del 2013-dos mil

trece, el Juzgado de Distrito tuvo al Colegiado por informando que confirmó

la resolución.

75.- Amparo Indirecto: 0002/2013.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Quejoso: Juan Manuel Dávila Contreras.

Expediente de origen: 245/2012.

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

35

Peticionario: Juan Manuel Dávila Contreras.

Autoridad demandada: Subsecretaría de Gobierno del Estado de Nuevo

León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 05-cinco de diciembre de 2012-dos mil

doce, en la cual se determinó Confirmar la respuesta a la solicitud.

Estado actual: Audiencia Constitucional, se difiere para el 14-catorce de

marzo de 2013-dos mil trece. Se dicta resolución, en la cual la Justicia de la

Unión no ampara ni protege al quejoso. El impetrante presenta recurso de

revisión en contra de la sentencia. El 01-primero de julio del 2013 se notifica la

resolución del recurso, la cual confirma la sentencia y por lo tanto se niega el

amparo al quejoso. Mediante auto de fecha 12-doce de agosto del 2013-dos

mil trece se ordena archivar el asunto como totalmente concluido.

76.- Amparo Indirecto: 702/2013.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: PNF/003/2013.

Autoridad demandada: Secretaría de Contraloría y Transparencia del

Municipio de Santa Catarina, Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 27-veintisiete de febrero de 2013-dos

mil trece, en la cual se determinó sobreseer por improcedente el asunto.

Estado actual: Audiencia Constitucional, para el 19-diecinueve de septiembre

de 2013-dos mil trece. Mediante Resolución publicada el día 06-seis de enero

del 2014-dos mil catorce, por un lado se sobresee el juicio de amparo; y, por

otro la Justicia de la Unión no ampara ni protege al quejoso. Causa ejecutoria,

se ordena su archivo.

77.- Amparo Indirecto: 870/2013.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: PDP/001/2013.

Autoridad demandada: Comisión Estatal Electoral.

Acto reclamado: Resolución de fecha 05-cinco de abril de 2013-dos mil trece,

en la cual se determinó que no era procedente la denuncia en contra del

sujeto obligado.

Estado actual: Audiencia Constitucional, para el 26‐veintiséis de junio de

2013‐dos mil trece. Se dicta resolución en fecha 17‐diecisiete de octubre de

2013‐dos mil trece, en la cual se SOBRESEE el juicio de amparo, al ser

Page 36: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

36

fundada la causal de improcedencia hecha valer por la Comisión. Causa

ejecutoria, se archiva.

78.- Amparo Indirecto: 931/2013.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: 264/2013.

Autoridad demandada: Secretaría de Educación en el Estado.

Acto reclamado: Resolución de fecha 10-diez de abril de 2013-dos mil trece,

en la cual se determinó que se modificaba la respuesta del sujeto obligado y

se ordenaba la entrega de diversa información.

Estado actual: Audiencia Constitucional, para el 09-nueve de septiembre de

2013-dos mil trece. Mediante Resolución de fecha 13-trece de Diciembre del

2013-dos mil trece publicada el día 16-dieciséis de Diciembre del 2013-dos mil

trece, la justicia de la Unión amparo y protege al quejoso. Mediante acuerdo

de fecha 24-veinticuatro de Diciembre del 2013-dos mil trece publicado el día

26-veintiséis de Diciembre del 2013-dos mil trece, se tiene a la Comisión

interponiendo Recurso de Revisión en contra de dicha resolución y se

ordenan remitir los autos al Tribunal Colegiado en turno. Mediante acuerdo

de fecha 21-veintiuno de febrero del 2014-dos mil catorce publicado el día 24-

veinticuatro de febrero del 2014-dos mil catorce se ordeno remitir el Recurso

de Revisión al Tribunal Colegiado en turno. Con auto publicado en fecha 27-

veintisiete de Febrero del 2014-dos mil catorce se admitió el Recurso de

Revisión que la Comisión interpuso en el Tribunal Colegiado en materias del

Trabajo y Administrativa del Cuarto Circuito. 07-siete de mayo del 2014-dos

mil catorce, se agrega oficio mediante el cual la superioridad resolvió

confirmar el amparo concedido en primera instancia. En fecha 21-veintiuno

de mayo del 2014-dos mil catorce, se publicó el auto de fecha 20-veinte de

mayo del año que transcurre, mediante el cual se tuvo a esta Comisión por

remitiendo oficio mediante el cual se informa el cumplimiento a la Resolución

Constitucional, dándole vista a la parte quejosa para que dentro del término

de tres días manifestara lo que a su derecho conviniera. El día 07-siete de

Febrero del 2014-dos mil catorce, se ordena archivarse el asunto como

totalmente concluido.

79.- Amparo Indirecto: 951/2013.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

37

Expediente de origen: 013/2013.

Autoridad demandada: Presidente Municipal y R. Ayuntamiento de

Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 17-diecisiete de abril de 2013-dos mil

trece, en la cual se determinó que se confirmaba la respuesta de los sujetos

obligados al no obrar la información en sus archivos.

Estado actual: Audiencia Constitucional, para el 06-seis de septiembre de

2013-dos mil trece. Se dicta resolución en fecha 28-veintiocho de noviembre

de 2013-dos mil trece, en la cual se NIEGA el juicio de amparo al quejoso.

Quejoso promueve recurso de revisión, el cual el día 23/01/2014 por el

Tribunal Colegiado fue desechado por extemporáneo. 11/03/2014 se ordenó

su archivo.

80.- Amparo Indirecto: Amparo Indirecto: 952/2013

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: 016/2013.

Autoridad demandada: Secretaría de Administración y Dirección de

Recursos Humanos, ambos del municipio de Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 17-diecisiete de abril de 2013-dos mil

trece, en la cual se determinó que se confirmaba la respuesta de los sujetos

obligados al no obrar la información en sus archivos.

Estado actual: En trámite. Audiencia Constitucional, para el 23-veintitrés de

agosto de 2013-dos mil trece, la cual se difirió para las 10:45-diez horas con

cuarenta y cinco minutos del día 09-nueve de octubre de 2013-dos mil trece.

En fecha 03-tres de marzo de 2014-dos mil catorce la justicia de la Unión no

ampara ni protege al quejoso. Causa ejecutoria. Se ordena el archivo del

presente juicio constitucional.

81.- Amparo Indirecto: 1027/2013.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: No existe.

Autoridad demandada: UANL.

Acto reclamado: Se niega el acto reclamado.

Estado actual: En trámite. Se difiere nuevamente la Audiencia Constitucional

y se fija para el 24-veinticuatro de marzo de 2014-dos mil catorce. Se difiere

Audiencia Constitucional para las 11:30 horas del día 12 de junio del 2014. Se

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

38

difiere Audiencia Constitucional para las 09-nueve horas con 50-cincuenta

minutos del día 28-veintiocho de agosto del 2014-dos mil catorce. Se difiere

Audiencia Constitucional para las 10 horas con 30 minutos del día 12-doce de

noviembre del 2014-dos mil catorce. Mediante acuerdo de fecha 12/11/2014 se

difiere audiencia para las 11:30 del día 06 de enero del 2015. 25/05/2015 Se

sobresee y por otro lado la Justicia de la Unión no ampara, ni protege a la

quejosa. Mediante acuerdo de fecha 02/09/2015 se declara ejecutoria la

Resolución Constitucional.

82.- Amparo Indirecto: 1117/2013.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: No se indica en la demanda.

Autoridad demandada: No se indica en la demanda.

Acto reclamado: Se niega el acto reclamado.

Estado actual: Se niega la suspensión definitiva. Se dicta resolución en fecha

06-seis de septiembre de 2013-dos mil trece, en la cual se SOBRESEE el juicio

de amparo. Causa ejecutoria y se archiva.

83.- Amparo Indirecto: 767/2013.

Juzgado: Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: 048/2013.

Autoridad demandada: Secretaría del Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo

León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 29-veintinueve de mayo de 2013-dos

mil trece, en la cual se determinó que se confirmaba la respuesta del sujeto

obligado al no obrar la información en sus archivos.

Estado actual: El Tribunal Colegiado no asume competencia, remite las

constancias al Juzgado Administrativo del Cuarto Circuito en Turno para el

trámite correspondiente. Se dio trámite con el amparo indirecto 1391/2013, el

cual ya ha sido resuelto.

84.- Amparo Indirecto: 1391/2013.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: 048/2013.

Autoridad demandada: Secretaría del Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo

León.

Page 39: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

39

Acto reclamado: Resolución de fecha 29-veintinueve de mayo de 2013-dos

mil trece, en la cual se determinó que se confirmaba la respuesta del sujeto

obligado al no obrar la información en sus archivos.

Estado actual: Audiencia constitucional para las 11:40 horas del día 11 de

diciembre del 2013. Se difiere audiencia constitucional para las 11:20 horas

del día 11 de febrero del 2014. 21/04/2014 Se sobresee juicio de amparo.

18/06/2014 causa ejecutoria. 04/07/2014 Se ordena el archivo del expediente.

85.- Amparo Indirecto: 1568/2013.

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: PNF/043/2013.

Autoridad demandada: Presidente y Tesorero de Melchor Ocampo, Nuevo

León.

Acto reclamado: Acuerdo de fecha 21-veintiuno de agosto de 2013-dos mil

trece, en el cual se determinó que no se cumplió la resolución de dicho

expediente y se multó a ambos servidores públicos.

Estado actual: Audiencia Constitucional para las 9:30 horas del día 02 de

diciembre del 2013-dos mil trece. Se difiere audiencia constitucional para las

9:20 horas del día 17 de marzo del 2014. Se reprograma audiencia

constitucional para el día 05 de junio del 2014. Se difiere audiencia

constitucional para las 13:10 horas del día 11-once de julio del 2014-dos mil

catorce. Se difiere audiencia constitucional para las 13:10 horas del día 18-

dieciocho de agosto del 2014-dos mil catorce. Se difiere audiencia

constitucional para las 12:00 horas del día 17-diecisiete de octubre del 2014-

dos mil catorce. El día 13/01/2015 Se sobresee el actual juicio de amparo.

28/07/2015 Causa ejecutoria y se ordena el archivo.

86.- Amparo Indirecto: 1612/2013.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: 017/2013.

Autoridad demandada: Secretaría de Policía Municipal de Monterrey y otros.

Acto reclamado: La omisión respecto al dictado de la Resolución del

procedimiento de inconformidad precitado.

Estado actual: Audiencia constitucional para las 10:40 horas del día 13 de

diciembre del 2013. Se difiere Audiencia Constitucional para el día 20-veinte

de marzo del 2014-dos mil catorce. 20/03/2014 Se sobresee el juicio de amparo.

Page 40: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

40

18/06/2014 Causa ejecutoria y se ordena el archivo del juicio de amparo de

mérito.

87.- Amparo Indirecto: 1917/2013.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: 139/2013.

Autoridad demandada: Consejería Jurídica del Gobernador del Estado de

Nuevo León.

Acto reclamado: Resolución de fecha 21‐veintiuno de noviembre de 2013‐dos

mil trece, en la cual se determinó que se confirmaba la respuesta del sujeto

obligado al no obrar la información en sus archivos.

Estado actual: Se fija Audiencia Constitucional para el día 23-veintitrés de

abril del 2014-dos mil catorce. Se difiere Audiencia Constitucional para las 11-

once horas con 50-cincuenta minutos del día 24-veintincuatro de junio del

2014-dos mil catorce. Se concedió el amparo a la parte quejosa. Se interpuso

recurso de revisión y la parte quejosa se adhirió al mismo, el cual ya fue

admitido por la superioridad. El Tercer Tribunal Colegiado de Circuito en

materia Administrativa en el Estado confirmó la Resolución Constitucional.

Se ordenó el cumplimiento en términos del amparo concedido. 30/04/2015 se

tiene agregado el oficio mediante el cual esta Comisión comunica que se dio

cumplimiento a la ejecutoria. Mediante auto de fecha 10/09/2015 se declara

por cumplida la ejecutoria.

88.- Amparo Indirecto: 12/2014.

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: 017/2013.

Autoridad demandada: Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad de

Monterrey, Nuevo León y otras.

Acto reclamado: La resolución de fecha 04-cuatro de diciembre del 2013-dos

mil trece que confirma la postura defensista del sujeto obligado.

Estado actual: Se fija Audiencia Constitucional para el día 19-diecinueve de

marzo del 2014-dos mil catorce. Por carga laboral se ordena remitir el

presente asunto a la oficina de correspondencia común de los juzgados de

distrito en materia administrativa en el estado de Nuevo León, para que por

su conducto lo remita a su vez a la oficina de correspondencia común del

centro auxiliar de la decima región, con residencia en Saltillo, Coahuila, y este

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

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a su vez lo turne al Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la

citada decima región. Se sobresee el juicio de amparo. Mediante auto de

fecha 20-veinte de junio del 2014-dos mil catorce se tiene a la parte quejosa

promoviendo recurso de revisión. Mediante auto de fecha 23-veintitrés de

julio del 2014-dos mil catorce se ordena remitir al Tribunal Colegiado el

recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa. Mediante auto de fecha

07-siete de agosto del 2014-dos mil catorce la Superioridad admitió a trámite

dicho recurso de revisión. Mediante auto de fecha 20 de noviembre del 2014

se agregó el testimonio de Superioridad, se confirmó la resolución recurrida

(sobreseimiento).

89.‐ Amparo Indirecto: 622/2014

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: PNF/013/2011.

Autoridad demandada: Presidente Municipal de Melchor Ocampo, Nuevo

León y otro.

Acto reclamado: La multa que se le impuso en la Resolución del

Procedimiento de Inconformidad por negativa ficta precitado.

Estado actual: Se fija Audiencia Constitucional para el día 26-veintiséis de

mayo del 2014-dos mil catorce. Se sobresee el juicio de amparo en cuestión.

En fecha 21-veintiuno de julio del 2014-dos mil catorce se dio cuenta del

escrito mediante el cual la parte quejosa promueve recurso de revisión. En

virtud de no haber dado cumplimiento a la prevención para exhibir copias de

traslado, se tuvo por no presentado el recurso en cuestión. 07/01/2015 La

resolución Constitucional quedó firme.

90.‐ Amparo Indirecto: 623/2014

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: PNF/015/2011.

Autoridad demandada: Presidente Municipal de Melchor Ocampo, Nuevo

León y otro.

Acto reclamado: La multa que se le impuso en la Resolución del

Procedimiento de Inconformidad por negativa ficta precitado.

Estado actual: Se fija Audiencia Constitucional para el día 26-veintiséis de

mayo del 2014-catorce. Se difiere audiencia constitucional y se fijan las 11:10

horas del día 30-treinta de julio del 2014-dos mil catorce. Se sobresee el juicio

Page 42: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

42

y por otro lado la Justicia no ampara ni protege al quejoso. Mediante auto de

fecha 02 de diciembre del 2014 se tiene a la parte quejosa interponiendo

recurso de revisión, el cual fue admitido a trámite. 23/04/2015 se tuvo por

allegado el testimonio mediante el cual la Superioridad, en ejecutoria,

modifica la Resolución Constitucional al sobreseer el juicio de amparo.

91.- Amparo Indirecto: 737/2014

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: 1673/2013.

Autoridad demandada: Secretaría de Educación.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha 12

de febrero del 2014-dos mil catorce

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para el día 09-

nueve de junio del 2014-dos mil catorce. La Justicia de la Unión ampara y

protege a la parte quejosa Mediante acuerdo 26 de septiembre del 2014 se nos

tuvo por interponiendo recurso de revisión, el cual ya fue admitido por la

Superioridad. Mediante auto de fecha 30 de enero del 2015 se agregó el

testimonio de la Superioridad, mediante el cual confirma la Resolución

constitucional que concede el amparo. Se ordena el cumplimiento de la

ejecutoria que concedió el juicio de amparo. Mediante acuerdo de fecha 20 de

febrero del 2015 se tiene por informando el cumplimiento a la ejecutoria en

cuestión. 15/07/2015 se tiene por cumplida la ejecutoria.

92.- Amparo Indirecto: 806/2014

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: 120/2013

Autoridad demandada: Contraloría y Transparencia Gubernamental del

Estado de Nuevo León.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha 19

de febrero del 2014-dos mil catorce

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para el día 18-

dieciocho de junio del 2014-dos mil catorce. Se difiere audiencia

constitucional para las 10-diez horas con 40-cuarenta minutos del día 22-

veintidós de agosto del 2014-dos mil catorce. Se presentó recurso de queja, en

contra de la ampliación de la demanda, el cual se admitió a trámite y se

declaró improcedente. Mediante auto de fecha 28/08/2014 se difiere la

Page 43: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

43

audiencia constitucional para las 10 horas con 30 minutos del día 05 de

noviembre del 2014. Mediante auto de fecha 24/10/2014 se agregó el

testimonio de alzada mediante el cual se declaró infundado el recurso de

queja. Se sobresee el juicio de garantías por no agotar el principio de

definitividad. 27/04/2015 se tiene a la quejosa interponiendo recurso de

revisión. 13/05/2015 se tiene al Tercero interesado adhiriéndose al recurso de

revisión interpuesto por la quejosa. Mediante auto de fecha 09/10/2015 se

ordenó la remisión del expediente al tribunal de alzada para el trámite del

recurso de revisión. 20/10/2015 Superioridad admitió recurso de revisión.

16/12/2015 Superioridad confirmó, en ejecutoria, la Resolución Constitucional

de Sobreseimiento.

93.- Amparo Indirecto: 872/2014

Juzgado: Juzgado Octavo de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda

Región con residencia en San Andrés Cholula, Puebla.

Por Conclusión de funciones del Juzgado anteriormente señalado.

Actualmente.

Amparo Indirecto: 185/2014

Juzgado: Juzgado Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región

con residencia en San Andrés Cholula, Puebla.

Expediente de origen: No existe

Autoridad demandada: No existe

Acto reclamado: La omisión o falta de aplicación del artículo 78 de la Ley

General del Servicio Profesional Docente.

Estado actual: Se fija audiencia constitucional para las diez horas con diez

minutos del día 26-veintiséis de junio del 2014-dos mil catorce. Se sobresee el

juicio de garantía promovido. 04/11/2014 causó ejecutoria.

94.- Amparo Indirecto: 1129/2014

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: Acumulado 3177-3676/2014

Autoridad demandada: Presidente Municipal de Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha

30-treinta de mayo del 2014-dos mil catorce

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 11:20

horas del día 27-veintisiete de agosto del 2014-dos mil catorce. Se concedió la

Page 44: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

44

suspensión definitiva a la parte quejosa. Se difiere la audiencia constitucional

para las 10 diez horas con 30 treinta minutos del día 07 siete de noviembre del

2014 dos mil catorce. Se difiere la audiencia constitucional para las 11:10

horas del día 13 de enero del 2015. Se concede el Amparo y protección del a

Justicia Federal a la quejosa. Mediante acuerdo de fecha 25 de febrero del

2015 se tuvo a la CTAINL promoviendo Recurso de Revisión en contra de la

Resolución Constitucional. 30/04/2015 se tiene a Superioridad informando la

admisión del recurso de revisión interpuesto. Mediante auto de fecha

25/08/2015 se agrega el testimonio de Tribunal de Alzada, el cual, revocó la

Sentencia y la Justicia federal no ampara, ni protege a la quejosa. Es

ejecutoria.

95.- Amparo Indirecto: 1130/2014

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: Acumulado 1674-1969/2014 y del 1971-2173/2014

Autoridad demandada: Presidente Municipal de Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha

30-treinta de mayo del 2014-dos mil catorce

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 10:50

horas del día 27-veintisiete de agosto del 2014-dos mil catorce. Se concedió la

suspensión definitiva a la parte quejosa. Se concede el Amparo y protección

del a Justicia Federal a la quejosa. Mediante acuerdo de fecha 24 de febrero

del 2015 se tuvo a la CTAINL promoviendo Recurso de Revisión en contra

de la Resolución Constitucional. 23/06/2015 se tiene a la Superioridad

revocando la Resolución Constitucional recurrida por la Comisión y

determinando que la Justicia de la Unión no ampara ni protege a la quejosa.

Es ejecutoria.

96.- Amparo Indirecto: 1131/2014

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: Acumulado 2674-3173/2014

Autoridad demandada: Presidente Municipal de Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha

30-treinta de mayo del 2014-dos mil catorce

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 10:40

horas del día 01-primero de septiembre del 2014-dos mil catorce. Se concedió

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

45

a la parte quejosa la suspensión definitiva. Se difiere la audiencia

constitucional para las 11 once horas con 30 treinta minutos del día 11 once de

noviembre del 2014 dos mil catorce. Se difiere la audiencia constitucional

para las 12:10 del día 22 de diciembre del 2014. Se concede el Amparo y

protección del a Justicia Federal a la quejosa. Mediante acuerdo de fecha 25

de febrero del 2015 se tuvo a la CTAINL promoviendo Recurso de Revisión

en contra de la Resolución Constitucional. 24/04/2015 se tiene a Superioridad

comunicando que admitió a trámite el recurso de revisión promovido.

Mediante auto de fecha 28/08/2015 se agrega el testimonio de Tribunal de

Alzada, el cual, revocó la Sentencia y la Justicia federal no ampara, ni protege

a la quejosa. Es ejecutoria.

97.- Amparo Indirecto: 1130/2014

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: Acumulado 3677-4176/2014

Autoridad demandada: Presidente Municipal de Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha

30-treinta de mayo del 2014-dos mil catorce

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 11:50

horas del día 09-nueve de septiembre del 2014-dos mil catorce. Se concedió la

suspensión definitiva a la parte quejosa. Se difirió la audiencia constitucional

para el día 04 de noviembre del 2014. Se concede el Amparo y protección del

a Justicia Federal a la quejosa. 15/06/2015 la Comisión interpone Recurso de

revisión en contra de la Resolución Constitucional. 02/07/2015 Tribunal

Colegiado admite a trámite el recurso de revisión. 12/11/2015 Llega

testimonio de Superioridad, se revoca fallo Constitucional y no Ampara ni

protege a quejosa. Se ordena archivo.

98.- Amparo Indirecto: 1131/2014

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: Acumulado 4693-5192/2014

Autoridad demandada: Presidente Municipal de Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha

30-treinta de mayo del 2014-dos mil catorce

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 11:40

horas del día 09-nueve de septiembre del 2014-dos mil catorce. Se concedió la

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

46

suspensión definitiva a la parte quejosa. Se difirió audiencia constitucional

para las 09:40 del día 16 de enero del 2015. Se concede el amparo a la quejosa.

Esta Comisión interpuso recurso de revisión, el cual, en el mes de Septiembre,

fue admitido a trámite. 05/11/2015 Mediante ejecutoria, Superioridad revoca

el fallo constitucional, no se ampara ni se protege a la quejosa. Se ordena

archivo.

99.- Amparo Indirecto: 2448/2014

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: PNF/142/2014

Autoridad demandada: Presidente, Tesorero y Síndico todos del Municipio

de Melchor Ocampo, Nuevo León.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha

10-diez de septiembre del 2014-dos mil catorce

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 09:20

horas del día 12-doce de diciembre del 2014-dos mil catorce. Se negó la

suspensión definitiva a la parte quejosa. El día 17/03/2015 se ordenó la

remisión del expediente al Centro Auxiliar de la Decima Región, en Saltillo,

Coahuila, para ser turnado al Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar

de la Decima Región. Se sobresee el actual juicio de amparo. 22/04/2015 se

notifica a quejoso de la Resolución Constitucional, no hay constancia de que

se promoviera recurso de revisión.

100.- Amparo Indirecto: 2819/2014

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: PNF/143/2014

Autoridad demandada: Presidente y Tesorero ambos del Municipio de

Melchor Ocampo, Nuevo León.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha

10-diez de septiembre del 2014-dos mil catorce

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 11:20

horas del día 17-dicisiete de diciembre del 2014-dos mil catorce. Se difiere la

audiencia constitucional para las 11:40 del día 17 de febrero del 2015.

Mediante auto de fecha 09/03/2015 se ordenó Remitir el presente expediente

al Juzgado Tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con

Residencia en Saltillo, Coahuila, para el Auxilio del Dictado de la Sentencia

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

47

Correspondiente, en los términos precisados en el Presente Proveído. Se

concedió el amparo al quejoso. 07/05/2015 la Comisión presentó recurso de

revisión. 30/10/2015 Superioridad admite recurso de revisión. 25/05/2016

Superioridad revoca sentencia, se sobresee. 10/06/2016, se ordena el archivo

como asunto totalmente concluido.

101.- Amparo Indirecto: 2904/2014

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: PNF/131/2014

Autoridad demandada: Presidente, Tesorero y Síndico todos del Municipio

de Melchor Ocampo, Nuevo León.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha

03-tres de octubre del 2014-dos mil catorce.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 11:20

horas del día 18-dieciocho de diciembre del 2014-dos mil catorce. Se negó la

suspensión definitiva a la parte quejosa. Se difirió audiencia constitucional

para las 11:00 del día 30 de diciembre del 2014. El actual juicio de amparo fue

Sobreseído. 07/09/2015 se notificó a la parte quejosa la Resolución

Constitucional por tabla de avisas, no hay constancias que se presentara

recurso de revisión.

102.- Amparo Indirecto: 3010/2014

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: PNF/99/2014

Autoridad demandada: Secretaría de Seguridad Pública Municipal de San

Pedro Garza, García, N.L.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha

30-treinta de octubre del 2014-dos mil catorce

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 09:30

horas del día 18 de febrero del 2015. Se difiere audiencia constitucional para

las 11 horas con 30 treinta minutos del día 15 de abril del 2015. Se negó el

amparo al quejoso. Mediante auto de fecha 10/09/2015 el actual juicio de

amparo ha causado ejecutoria. El 20 de junio de 2016, se ordena archivo como

completamente concluido.

103.- Amparo Indirecto: 3027/2014

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

48

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: PNF/98/2014

Autoridad demandada: Secretaría de Seguridad Pública Municipal de San

Pedro Garza, García, N.L.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha

30-treinta de octubre del 2014-dos mil catorce

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 10:50

horas del día 25 de febrero del 2015. Se concedió la suspensión definitiva al

quejoso. Se difiere audiencia constitucional para las 12:48 horas del día 25 de

marzo del 2015. Se sobresee y por otra parte se niega el amparo al quejoso.

17/06/2015 se notifica al quejoso por lista la Resolución Constitucional, no hay

constancia de que se presentara revisión.

104.- Amparo Indirecto: 1169/2015

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: PNF/141/2014

Autoridad demandada: Tesorero Municipal de Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha

26-veintiséis de junio del 2015-dos mil quince

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 13:38

trece horas con treinta y ocho minutos del día 21-veintiuno de septiembre del

2015-dos mil quince. Se difiere audiencia constitucional para las 13:40 trece

horas con cuarenta minutos del día 20-veinte de octubre del 2015-dos mil

quince. El día 24/08/2015 se concede la suspensión definitiva. Se difiere

audiencia constitucional para las 13:40 horas del día 19-diecinueve de

noviembre del 2015-dos mil quince. Se sobresee el juicio. 07/12/2015 se

notifica al quejoso por lista la Resolución Constitucional, no hay constancia

de promoción de recurso de revisión.

105.- Amparo Indirecto: 1175/2015

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: 41/2015

Autoridad demandada: Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología del

municipio de Monterrey, Nuevo León.

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

49

Acto reclamado: La Resolución Emitida por este órgano colegiado en fecha

01-uno de julio del 2015-dos mil quince.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 11:15

once horas con quince minutos del día 23 de septiembre del 2015. Se difirió la

audiencia constitucional para las 11:19-once horas con diecinueve minutos del

día 20-veinte de octubre del 2015-dos mil quince. Juzgado Segundo de

Distrito del Centro Auxiliar de la décima Región remite Resolución

Constitucional, que en apoyo, emitió. 04/02/2016 la parte quejosa interpone

recurso de revisión. 24/02/2016. Superioridad confirma al Juez de Distrito que

admitió el recurso de revisión.

106.- Amparo Indirecto: 1192/2016

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: 58/2016

Autoridad demandada: Universidad Autónoma de Nuevo León.

Acto reclamado: La negativa de proporcionar una debida tutela jurisdiccional

en los plazos que la ley de la materia fija.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 12:25 diez

horas con veinte minutos del día 08 ocho de diciembre de 2016-dos mil

dieciséis. Se rindió informe justificado el día 19 diecinueve de septiembre de

2016 dos mil dieciséis, informando a la autoridad federal el desistimiento del

particular en el procedimiento de donde derivan los actos reclamados. En

fecha 26 veintiséis de septiembre de 2016 dos mil dieciséis, juzgado de distrito

solicita certificaciones de acuerdo que recayó al desistimiento. Con fecha 28

veintiocho de septiembre de 2016 dos mil dieciséis Presidente del Pleno hace

llegar al juzgado de distrito certificación de la resolución del pleno que

sobresee el procedimiento de inconformidad.

107.- Amparo Indirecto: 1580/2016

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: 86/2015

Autoridad demandada: Secretaría del Ayuntamiento de Linares, Nuevo

León.

Acto reclamado: Multa por no comparecer a procedimiento de

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

50

inconformidad.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 09:30

nueve horas con treinta minutos del día 30 treinta de enero de 2017 dos mil

diecisiete. Se rindió informe previo el día 05 cinco de octubre de 2016 dos mil

dieciséis y el justificado el día 24 veinticuatro de octubre de 2016 dos mil

dieciséis, informando a la autoridad federal el desistimiento del particular en

el procedimiento de donde derivan los actos reclamados. Con fecha 05-dinco

de diciembre de 2016-dos mil dieciséis se notificó la suspensión definitiva de

los actos reclamados.

108.- Amparo Directo 551/2016

Autoridad: Tercer Tribunal en Materia Administrativa del cuarto Circuito.

Expediente de origen: 061/2015

Autoridad demandada: Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología del

Municipio de Monterrey, Nuevo León.

Acto reclamado: Sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal de

Justicia Administrativa del Estado de Nuevo León.

Estado actual: Se compareció a formular alegatos en fecha 29-veintinueve de

noviembre de 2016-dos mil dieciséis.

109.- Amparo Indirecto: 1879/2016

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/034/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 10:00 diez

horas del día 02 dos de marzo de 2017 dos mil diecisiete. Se rindió informe

justificado el día 04 cuatro de noviembre de 2016 dos mil dieciséis.

110.- Amparo Indirecto: 1924/2016

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/036/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

51

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 09:20

nueve horas con veinte minutos del día 04 cuatro de enero de 2017 dos mil

diecisiete. Se rindió informe justificado el día 04 cuatro de noviembre de 2016

dos mil dieciséis.

111.- Amparo Indirecto: 2006/2016

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/050/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 10:30 diez

horas con treinta minutos del día 11 once de enero de 2017 dos mil diecisiete.

Se rindió informe justificado el día 11 once de noviembre de 2016 dos mil

dieciséis.

112.- Amparo Indirecto: 2009/2016

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/041/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 10:30 diez

horas con treinta minutos del día 12 doce de enero de 2017 dos mil diecisiete.

Se rindió informe justificado el día 11 once de noviembre de 2016 dos mil

dieciséis.

113.- Amparo Indirecto: 2012/2016

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/053/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 09:55

nueve horas con cincuenta y cinco minutos del día 27 veintisiete de enero de

2017 dos mil diecisiete. Se rindió informe justificado el día 11 once de

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

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noviembre de 2016 dos mil dieciséis.

114.- Amparo Indirecto: 2015/2016

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/052/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 11:00

once horas del día 23 veintitrés de marzo de 2017 dos mil diecisiete. Se rindió

informe justificado el día 11 once de noviembre de 2016 dos mil dieciséis.

115.- Amparo Indirecto: 2014/2016

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/047/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 11:40

once horas con cuarenta minutos del día 07 siete de marzo de 2017 dos mil

diecisiete. Se rindió informe justificado el día 11 once de noviembre de 2016

dos mil dieciséis.

116.- Amparo Indirecto: 2047/2016

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/058/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 09:40

nueve horas con cuarenta minutos del día 20 veinte de enero de 2017 dos mil

diecisiete. Se rindió informe justificado el día 16 dieciséis de noviembre de

2016 dos mil dieciséis.

117.- Amparo Indirecto: 2049/2016

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

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Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

53

Expediente de origen: RR/046/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 09:10

nueve horas con diez minutos del día 24 veinticuatro de enero de 2017 dos

mil diecisiete. Se rindió informe justificado el día 16 dieciséis de noviembre

de 2016 dos mil dieciséis.

118.- Amparo Indirecto: 2044/2016

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: N/A

Autoridad demandada: N/A

Acto reclamado: No contestación por parte del Municipio de Melchor

Ocampo, Nuevo León a una solicitud de información del particular.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 10:50 diez

horas con cincuenta minutos del día 09 nueve de enero de 2017 dos mil

diecisiete. Se rindió informe justificado el día 16 dieciséis de noviembre de

2016 dos mil dieciséis.

119.- Amparo Indirecto: 2048/2016

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/049/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 09:30

nueve horas con treinta minutos del día 11 once de abril de 2017 dos mil

diecisiete. Se rindió informe justificado el día 18 dieciocho de noviembre de

2016 dos mil dieciséis.

120.- Amparo Indirecto: 2047/2016

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/045/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

Page 54: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

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del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 10:10 diez

horas con diez minutos del día 06 seis de abril de 2017 dos mil diecisiete. Se

rindió informe justificado el día 25 veinticinco de noviembre de 2016 dos mil

dieciséis.

121.- Amparo Indirecto: 2096/2016

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/095/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 11:10

once horas con diez minutos del día 31 treinta y uno de enero de 2017 dos mil

diecisiete. Se rindió informe justificado el día 25 veinticinco de noviembre de

2016 dos mil dieciséis.

122.- Amparo Indirecto: 2098/2016

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/048/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 11:20

once horas con veinte minutos del día 31 treinta y uno de enero de 2017 dos

mil diecisiete. Se rindió informe justificado el día 25 veinticinco de noviembre

de 2016 dos mil dieciséis.

123.- Amparo Indirecto: 2101/2016

Juzgado: Segundo de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/060/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 09:30

nueve horas con treinta minutos del día 01 uno de febrero de 2017 dos mil

Page 55: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

55

diecisiete. Se rindió informe justificado el día 25 veinticinco de noviembre de

2016 dos mil dieciséis.

123.- Amparo Indirecto: 2104/2016

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/059/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 10:50 diez

horas con cincuenta minutos del día 04 cuatro de abril de 2017 dos mil

diecisiete. Se rindió informe justificado el día 29 veintinueve de noviembre de

2016 dos mil dieciséis.

124.- Amparo Indirecto: 2103/2016

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/057/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 11:00

once horas del día 05 cinco de abril de 2017 dos mil diecisiete. Se rindió

informe justificado el día 01 uno de diciembre de 2016 dos mil dieciséis.

125.- Amparo Indirecto: 2101/2016

Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/054/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 09:40

nueve horas con cuarenta minutos del día 21 veintiuno de abril de 2017 dos

mil diecisiete. Se rindió informe justificado el día 01 uno de diciembre de 2016

dos mil dieciséis.

125.- Amparo Indirecto: 2102/2016

Page 56: RELACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INTERPUESTOS ...ctainl.org.mx/descargas/rel_amparos/amparos2016.pdf2005-dos mil cinco, se confirma el auto sujeto a revisión. 6.- Amparo Indirecto:

Constitución Pte. 1465-1, Edif. Maldonado. Zona Centro. Monterrey, NL, México. CP64000

Conmutador: 1001-7800 ctainl.org.mx

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Juzgado: Primero de Distrito en Materia Administrativa.

Expediente de origen: RR/056/2016

Autoridad demandada: Contralor Municipal de Escobedo, Nuevo León.

Acto reclamado: Desechamiento de recurso en contra de diversas autoridades

del Municipio de General Escobedo, Nuevo León.

Estado actual: Se fija fecha para la audiencia constitucional para las 10:40 diez

horas con cuarenta minutos del día 05 cinco de abril de 2017 dos mil

diecisiete. Se rindió informe justificado el día 01 uno de diciembre de 2016

dos mil dieciséis.