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'■ '* ^ l \V.é-C^.V*-T L) .J CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO. PUBLICADO BAJO LA DIRECCION DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO Registrado como correspondencia de segunda clase con fecha 17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Características 11282816 Epoca 6a. Villahermosa, Tabasco 3 DE FEBRERO DE 2018 V- Suplemento 7869 3 No.- 8770 REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA SOCIAL “APOYO AL GAS DOMESTICO” (PROYECTO IS043) W DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO. com alcalgo VBMBM i ,, w i »m vflie vw | irw r^ w v w t AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL 2016 * 2016 AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALCALCO 2016-2018 DIRECCIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO Y TURISMO i 1 *r- j i C. JAVIER MAY RODRIGUEZ, Presidente Municipal de Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Comalcalco, Tabasco, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos: 115 Fracción Ifj^FTT^T^Qonstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 Fracción I de la Constitución Pol(ticket S^ádaLitóre yrSbberano 7f£ de Tabasco; 29, 30, 31, 33 y 83 Fracción XII de la Ley Orgánica de los Municipios d e £ ' CONSIDERANDO Lr-.,, PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido por los artículos 115 de la Cotf^tjjg^H TF&fiiLá" de los Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 2 y 3 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; el municipio de Comalcalco, tiene personalidad jurídica propia y su función primordial es propiciar el gobierno democrático para el constante mejoramiento económico, social y cultural de sus habitantes, mediante la prestación de los servicios públicos. SEG U N D O : Que de conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 29,30, 31 y 33 de la Ley .Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, el Municipio tiene la facultad y la obligación de promover, coordinar, expedir, examinar, remitir, aprobar, vigilar,

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PUBLICADO BA JO LA DIRECCION DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO Registrado como correspondencia de segunda clase con fecha 17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Características 11282816

Epoca 6a. Villahermosa, Tabasco 3 DE FEBRERO DE 2018V -

Sup lem ento7869 3

No.- 8770

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA SOCIAL “APOYO AL GAS DOMESTICO” (PROYECTO IS043) W

DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO. c o m a l c a l g oV B M B M i , , w i » m v f l i e v w | i r w r ^ w v w t AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL2016 * 2016

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALCALCO 2016-2018

DIRECCIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO Y TURISMO

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C. JA V IER MAY RODRIGUEZ, Presidente Municipal de Ayuntamiento Constitucional del Municipio de

Comalcalco, Tabasco, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos: 115 Fracción Ifj^FTT^T^Q onstitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 Fracción I de la Constitución Pol(ticket S^ádaLitóre yrSbberano7f£

de Tabasco; 29, 30, 31, 33 y 83 Fracción XII de la Ley Orgánica de los Municipios d e £ '

CON SIDERAN DO

Lr-.,,

PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido por los artículos 115 de la Cotf^tjjg^H TF&fiiLá" de los

Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 2 y 3

de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; el municipio de Comalcalco, tiene personalidad

jurídica propia y su función primordial es propiciar el gobierno democrático para el constante mejoramiento

económico, social y cultural de sus habitantes, mediante la prestación de los servicios públicos.

SEG U N D O : Que de conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Constitución Política del

Estado Libre y Soberano de Tabasco; 29,30, 31 y 33 de la Ley .Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco,

el Municipio tiene la facultad y la obligación de promover, coordinar, expedir, examinar, remitir, aprobar, vigilar,

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PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

' otorgar, asignar, designar y participar en el desarrollo integral del municipio y la correcta prestación de los servicios ^

públicos municipales, con el objeto de abatir las carencias y rezago que afecten a los pueblos y comunidades f)C.

indígenas. -S,¡

\S-\ TER C ER O : Que de acuerdo a la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, en su artículo 83, Fracción 1

V YXII en la que prevé que le corresponde a la Dirección de Fomento Económico y Turismo, el despacho que le

^i^rlbuye expresamente las leyes, reglamentos y las que le encomiende directamente el Ayuntamiento o el .

Presidente Municipal,

CUA R TO : El articulo 29 Fracción lll .de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, faculta al

/ ^Ayuntamiento para expedir y aplicar el Bando de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y demásL^

disposiciones administrativas de observación general, dentro de sus respectivas jurisdicciones; de manera particular

las que organicen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la

participación ciudadana y vecinal, sujetándose a las reglas establecidas para ello en la citada Ley. Por lo que se

emite el siguiente:

AC U ER D O POR EL Q U E SE DAN A C O N O CER LAS R EG LAS D E OPERACIÓN D EL PR OGR AM A DE

A S ISTEN C IA SO CIAL “APOYO A L G AS D O M ESTICO ” ( P R O Y E C TO )D EL MUNICIPIO DE

C O M A LCALCO , TA B A S C O .

7 /

TITU L O I Disposiciones

Generales Capítulo I

Del Objeto de las Reglas

Articulo 1. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las Reglas de

apoyo:

•&f SE TAÍV.r'- Opera diion'’pera la aplicación del

I. Programa de Asistencia social y atención a grupos vulnerables:

1 a) Gas domestico.

Este programa de carácter aslstencial tiene como objetivo la reducción de la marcada desigualdad social y

alimentaria en las distintas localidades que integran el municipio de Comalcalco, de tal forma que las familias /

más desprotegidas tengan pleno acceso a un mejor nivel de vida a través de este programa.

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 3

Capítulo II

De la obtención de los apoyos

Sección I

De los criterios de elegibilidad y requisitos generales

Artículo 2. Son sujetos de este programa las familias del Municipio de Comalcalco que previo estudio

^ socioeconómico aplicado por la autoridad municipal, resulten con un grado de pobreza alimentaria^goqsiderabie y

que por io mismo carezcan de las posibilidades mínimas de una nutrición equilibrada.

{

Articulo 3. El ciudadano que resulte apto para ser candidato a beneficiario del'programa, deberá cubrir los

siguientes requisitos generales que deberán presentarse adjuntos a la solicitud de apoyo:

?a) Acreditar ser mayor de edad o menor legalmente casado o que públicamente viva' en unión libre, en la

localidad de que se trate;

b) Presenten como identificación oficial credencial de elector vigente (IFE o INE), cuando ésta contenga la C U R P

no será necesario presentar ésta;

c) Presentar la CURP;

d) Comprobante de domicilio actualizado.

Una vez cotejados serán devueltos inmediatamente los documentos originales.

Sección II

Del procedimiento para la obtención de apoyos

i _ S H C H cArticulo 4. Para la obtención del apoyo en el programa apoyo al consumo de gas domestico, el interesado

deberá formular por escrito solicitud precisando el programa asistendal que requieren, en las fechas establecidas

i

y publicadas en la ventanilla única divulgada por la Instancia ejecutora, anexando los requisitos a los que se refiere

el artículo 3.

% -<3

Para la implementación del programa de apoyo, al que se refieren estas reglas de operación se seguirá el siguiente f

en v

p e

' -

procedimiento:

I. Selección de localidades.

\ ^ " ^ e procede a la selección de las localidades en las que se implementará el programa de asistencia social tomando

^y\en cuenta el total de localidades que conforman el Municipio: la Ciudad de Comalcalco, como cabecera municipal,

ciudad de Tecolutilla, 19 colonias, 26 fraccionamientos, 3 villas, 3 poblados, 87 rancherías y 31 ejidos, dando

x^prior^dad a aquellas que presenten mayor índice dé rezago social y que por su grado de marginación las

ppsíBilldades de acceso a los servicios de salud, educación y alimentación son escasas.

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4 P E R IO D IC O O F IC IA L 3 DE FEBRERO DE 2018

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A

Seleccionada la localidad, se procederá a levantar la información socioeconómica de los habitantes para

identificar aquellas familias elegibles para el programa, en base a los criterios citados.

II. Metodología de la focatlzación para la identificación de beneficiarios y su permanencia en el programa.

La Dirección de Fomento Económico y Turismo es la unidad administrativa responsable de la captura,

procesamiento y resguardo de la información. El estudio socioeconómico y el análisis respectivo, será realizado por

el personal que a efecto autorice el Ayuntamiento.

Lá información socioeconómica se obtendrá de un estudio de campo validado en asamblea comunitaria, en el

que se consideren entre otros datos, las características del hogar, las condiciones socioeconómicas del

entrevistado.

Esta información debe ser proporcionada por el solicitante, quien deberá residir h lpÉtual

los datos de todos los integrantes ce la familia. l\ & t¡" ^ f-' //

L.a incorporación y permanencia de un hogar en el programa, será determinada en b a s e ^ ú i-concjjotórfde pobreza,

aproximada a través de su ingreso estimado, con atención prioritaria a la pobreza alirT Í&§ltfp\jE í A H • A

Identificadas las familias elegibles, se atenderá a los hogares diferenciando los siguientes criterios de prioridad:

1) Hogares con mayor pobreza;

2) Hogares en condiciones de carencia alimentaria.

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;onocer

III. Entrega de apoyo o subsidio.

Para el otorgamiento de los apoyos a ios beneficiarios del programa regulado en las presentes Reglas de Operación,

consistirá en la entrega de vales por un valor de $150.00 (00/M.N.) canjeables por gas domestico.

V \A rtícu lo 5. Cualquier solicitud de apoyo deberá ser resuelta y notificada personalmente al titular beneficiario, por

'kGonducto del Delegado, Subdelegado, Jefe de Sector o personas expresamente autorizados por el Ayuntamiento,

^Ncoñ Independencia de su publicación en la página electrónica del Ayuntamiento.

Capítulo ill

De los derechos y obligaciones de los beneficiarios

— ^ A rtíc u lo 6. Son derechos de los beneficiarios:

1. Recibir información y orientación clara, sencilla y oportuna sobre la operación del programa;

2. Recibir atención oportuna a sus solicitudes, quejas y sugerencias;

3. Recibir oportuna y gratuitamente los apoyos y beneficios.>/}

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 5

Artículo 7. Son obligaciones de los beneficiarios:

1. Cumplir con los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de las presentes reglas de operación;

2. Mantener actualizados los datos de la familia, reportando al programa, el nacimiento,

definitiva de los integrantes así como reportando la corrección de datos personales y

Capítulo IV

Programa de desarrollo de capacidades y extensionismo rural

ausencia

r.

\ reHun&á? ¿/que se /Artículo 8. El objetivo del programa es fortalecer la economía de las personas con

encuentran en estado de vulnerabilidad como son los niños, niñas, adultos mayores, personas con alguna

.discapacidad física o mental y mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, para así mejorar su calidad de

vida al proporcionarles el apoyo de gas domestico. ^

N

\

Sección I

Del componente apoyos para la integración de proyectos.£

Artículo 9. El objetivo especifico es mejorar la calidad de vida de los sectores sociales más desprotegidos y

asentados en las villas, poblados, rancherías y ejidos del Municipio, a través de mecanismos de planeación,

unicación y concertación permanente, que les permita ser participes de las políticas, planes y programas de

rollo rural ¡mplementados por el gobierno municipal.

I. Los conceptos de apoyo y montos máximos contenidos son los siguientes:

a) Cada familia beneficiada obtendrá de manera un vale que ampara la cantidad de $150.00 comoy

apoyo para la adquisición de gas domestico.

/ /II. Las instancias que intervienen en este componente son:

A a) La Dirección de Fomento Económico y Turism o: Será responsable de la captura, procesamiento y

resguardo de la Información y del análisis de la información socioeconómica de las familias.

III. Las fechas de apertura son las siguientes: durante el año 2018, Iniciarán el 01 de enere

durante el ejercicio fiscal 2018.Y / V ' í

-.p ilca d o /

Sección II \\ » ¡¡

Del componente desarrollo de capacidades y extensionismo rurafx>Y, ■

Artículo 10. Con el objeto de beneficiar al mayor número de población, de acuerdb^a'- Ü ^ í^ lrh l^ ilid a d

presupuestal, el programa tendrá cobertura para las familias más vulnerables y carentes de los recursos económicos ,

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6 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

mínimos para su alimentación, ubicadas tanto en el ámbito rural como urbano del municipio; integrado por

la ciudad de Comalcalco, caberca municipal, y la ciudad de Tecolutilla; 19 colonias, 26 fraccionamientos, 3 villas,

3 poblados, 87 rancherías y 31 ejidos.

La Ciudad de Comalcalco, se conforma por: /

Colonias: 1.- Centro, 2.- Adolfo López Mateos, 3.- Balón, 4.- Gustavo de lá Fuente Dorantes, 5.- Lázaro

^7 cá rd e n a s del Río, 6 - Morelos, 7.- Santa Amalia, 8.- San Francisco, 9.- San Miguel, 10.- San Silverio, 11.- Tomás

anido Canabal, 12.- Vicente Guerrero, 13 - Xochimilco, 14.- Ecológica Carlos Alberto Madrazo Becerra I, 15.-

Ecológica Carlos Alberto Madrazo Becerra II, 16.- 27 de Febrero, 17.- Villa Romero, en la Ranchería Norte

primera sección, 18.- Arboledas, y 19.- Urania Franyutti de Vázquez, en la Ranchería Ignacio Zaragoza 1ra. Sección.

Fraccionamientos: 1.- Las Rosas, 2.- Jorge Díaz Serrano, 3.- Unidad Habitacional Las Delicias, 4 .- Santo

Domingo, 5.- Conjunto Habitacional Comalcalco, 6.- La Esperanza, 7.- San Isidro, 8.- Solidaridad Nacional A. C.,

9.- Villa Maya I, 10.- Villa Maya II, 11.- Palma Real, 12.- Magisterial i, 13.- Fovisste (dentro de la Colonia

Moretes), 14.- Magisterial II, 15.- Conjunto Habitacional Presidentes I, 16.- Conjunto Habitacional Presidentes II,

17.- Asturias, 18.- Las Palmas, 19 - La Joya, 20.- Villas de Oriente, 21.- Conjunto Habitacional July-Car, 22.-

Buenavista, 23.- Empleados de Confianza de PEMEX, 24.- Conjunto Habitacional Gobernadores en la Ranchería

Jesús Carranza, 25.- Conjunto Habitacional La Quinta, en la ranchería Jesús Carranza, y 26.- Bicentenario.

£

C\La ciudad de Tecolutilla se conforma por las siguientes colonias cuyas denominaciones son: Bethania,

Bicentenario, Centro, La Conchita, La Lupita, Nueva Creación y Siglo XXI;

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Villas: 1.- Aldama, 2.- Carlos Greene y 3.- Chlchicapa.

Poblados: 1. Cupilco, 2. Cocohital, y 3. Miguel Hidalgo.

Rancherías: 1.- Colonia Sur de Villa Aldama, 2.- Aldama Segunda Sección (Manguito d&j|egpy\é)^| E ^ ld a m a r

Tercera Sección (Huapacallto), 4.- Aldama Cuarta Sección (El Naranjito), 5.- Arena P r im ^ ip {S {^ ¡f$ vj¡3.[-/iV e n a ' g

Segunda Sección, 7.- Arena Tercera Sección, 8.- Arena Cuarta Sección, 9.- Arena Quinta Sección, 10.- Arena

Sexta Sección, 11.- Arroyo Hondo Primera Sección, 12.- Arroyo Hondo Segunda Sección, 13.- Arroyo Hondo

Tercera Sección, 14.- Arroyo Hondo Cuarta Sección, 15.- Bellsario Domínguez, 16.- Carlos Greene Segunda -j

Sección, 17.- Carlos Greene Tercera Sección, 18.- Carlos Greene Cuarta Sección, 19.- Centro Tular Primera ^

Sección, 20.- Centro Tular Segunda Sección, 21.- Cuxcuxapa, 22.- Chicozapote, 23.- Emiliano Zapata Primera / V~

Sección, 24.- Emiliano Zapata Segunda Sección, 25.- Francisco I. Madero Primera Sección, 26.- Francisco I. Madero

Segunda Sección, 27.- Francisco Trujillo Gurría, 28.- Gregorio Méndez Primera Sección, 29,- Gregorio Méndez ^

Segunda Sección, 30.- Gregorio Méndez Tercera Sección, 31,- Guayo Primera Sección, 32,- Guayo Segunda / e

Sección, 33.- Guayo Tercera Sección, 34.- Hermenegildo Galeana, 35.- Ignacio Gutiérrez Gómez, 36.- Ignacio

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL

ragoza Primera Sección, 37.- Ignacio Zaragoza Segunda Sección, 38.- Ignacio Zaragoza Torcera Sección, 39.-

Jgnacio Zaragoza Cuarta Sección, 40.- Independencia Primera Sección, 41.- Independencia Segunda Sección,

'23 Independencia Tercera Sección, 43.- Jesús Carranza, 44.- José María Pino Suárez Primera Sección,

45.- José María Pino Suárez Segunda Sección, 46.- José María Pino Suárez Tercera Sección,

f 47.- Lagartera, 48.- Lázaro Cárdenas Primera Sección, 49.- Lázaro Cárdenas Segunda SeccjóríT^O.- Lázaro

"Tre órr^ra te Primera Sección, 52.- León Zárate Segunda Sección (Palma Únacaf, 53.- Miguel Hlcñfl fo" S©¡Junda

Sección (Nueva Creación), 54.- Norte Primera Sección, 55.- Norte Segunda Sección, 56.- Occidente Primera

Sección, 57. Occidente Segunda Sección, 58.- Occidente Tercera Sección, 59.- Occidente Cuarta Sección, 60.-

Oriente Primera Sección, 61.- Oriente Segunda Sección, 62.- Oriente Tercera Sección, 63.- Oriente Cuarta Sección,

,64.- Oriente Quinta Sección, 65.- Oriente Sexta Sección, 66.- Paso de Cupilco, 67.- Patastal Primera Sección, 68.-

Patastal Segunda Sección, 69.- Patastal Tercera Sección, 70.- Potrerillo, 71.- Progreso Tular Primera Sección,

72.- Progreso Tular Segunda Sección, 73.- Reyes Hernández Primera Sección, 74.- Reyes Hernández Segunda

'Sección, 75.- Sargento López Primera Sección, 76.- Sargento López Segunda Sección, 77.- Sargento López Tercera

Sección, 78.- Sargento López Cuarta Sección, 79,- Sur Primera Sección, 80.- Sur Segunda Sección, 81.- Sur

Tercera Sección, 82.- Sur Cuarta Sección, 83.- Sur Quinta Sección, 84.- Tránsito Tular, 85.- Zapotal Primera

Sección, 86.- Zapotal Segunda Sección, y 87.- Zapotal Tercera Sección.

Ejidos: 1. Ejido Agua Negra o Carlos Greeno, 2. Ejido Aldama,3. Ejido Arenas, 4.

Cupilco, 6. Ejido Chlchicapa, 7. Ejido Cocohital, Chicozapote, 8. Ejido Guayo, 9. Ejic

Comalcalco, 11. Ejido Fernando Segovia, 12. Ejido Ignacio Gutiérrez Gómez, 13. Ej¡

pdo

3W. Ejido

Srez,

14. Ejido Lázaro Cárdenas, 15. Ejido Nanchital, 16. Ejido Norte 1ra. Secc. (Buenavista^>5 .,É Jfd o ^ S íjr íT0, Sur

2da, Sargento López, Oriente, 18. Ejido Francisco I. Madero, 19. Ejido Miguel Hidalgo, 2C^ ^^(|:f^ipfií)i)tíl(a, 21.

Ejido Tío Moncho, 22. Ejido Guatemalán, 23. Ejido Carlos Pelllcer Cámara, 24. Ejido San Femando (Norte 1ra),

25. Ejido San Fernando Pueblo Nuevo, 26. Ejido San Julián (Norte 1ra), 27. Ejido Río Playa, 28. Ejido Hernán

Rabelo Wade (Norte 2da), 29. Ejido El Ángel, 30. Centro de Población Carlos Salinas de Gortari, 31. Centro de

Población Agapito Domínguez.

Sección III

Del componente inspección y vigilancia

Artículo 11. Con el objeto especifico que se aprovechen los recursos, las familias beneficiadas están sujetas al

proceso de validación, el cual consiste en evaluar nuevamente sus condiciones socioeconómicas y demográficas

de conformidad a la metodología de focalización establecida en estas reglas de operación.

*

a

V-La7"revalidación de las familias beneficiadas que se incorporaron a partir del 2016, 2017 y 2018 se realizará de

t^foirna anual.

Las familias beneficiadas sujetas al proceso de revalidación, con basa en el resultado de este, podrán

permanecer en el Padrón Activo de Beneficiarios recibiendo los apoyos del Programa sí siguen continúan siendo

elegibles, o causar baja definitiva si ya no cumplen con los criterios de elegibilidad.

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I

8 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

Á

\

s.

Artículo 12. Suspensión de los apoyos del programa.

Los apoyos sociales se podrán suspender en forma provisional, por tiempo indefinido o definitivamente:

1. Cuando cambie la situación socioeconómica del beneficiario;

2. Cuando el beneficiario cambie de domicilio, fuera del lugar en donde se le otorgo el apoyo;

3. Cuando el beneficiario haga mal uso de los vales del programa, como por ejemplo comercializarlos u otros

similares;

4. Cuando el beneficiario no acuda a recoger el vale por dos ocasiones consecutivas;

5. Cuando el beneficiario no haga uso del vale durante el tiempo de su vigencia;

6. Por muerte del beneficiario;

7. Por falta de recursos presupuéstales y financieros por parte del otorgante;

8. Por conflicto legal entre familiares, como pensión alimenticia, divorcio, guarda\

beneficio se otorgará a la parte que más lo necesite;

9. Por renuncia del beneficiario;

10. Por haberse inscrito el beneficiario en dos o más comunidades;

11. Por alterar el orden público en las reuniones en ias que se haga entrega del apoyo;

12. Cuando la familia beneficiada sea visitada en dos ocasiones por el personal que el ayuntamiento autorice y

no se localice al informante adecuado, o bien, no sea posible obtener la información socioeconómica completa

por causa imputables a la familia;

13. Porque expire el ciclo de la familia beneficiada;

14. La familia beneficiada no permita la verificación de sus condiciones socioeconómicas y demográficas.

Los beneficiarios suspendidos ya no podrán ser reactivados o reincorporados al programa, excepto cuando se

compruebe que el motivo de la suspensión no le es imputable.

SECRETAR!’1'

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t V resolución de baja de la familia beneficiada, deberá contener los motivos, razones y circunstancias, asi como

^ufydamento legal por el cual se le suspenden los apoyos en especie, para tal efecto, el Director de Fomento

Económico, queda facultado para suscribir la baja, una vez que haya sido determinada, debiéndose notificar

personalmente al titular beneficiario, por conducto del Delegado, Subdelegado, Jefe de Sector o personas

expresamente autorizados por el Ayuntamiento.

Artículo 13. Temporalidad

Las familias beneficiarías permanecerán e j el programa mientras mantengan su condición de elegibilidad, la cual

se podrá corroborar a través de la evaluación de sus condiciones socioeconómicas y demográficas, conforme a

la metodología de focalización establecidas en estas reglas de operación.

Artículo 14. Verificación permanente de condiciones socioeconómicas.

El padrón de beneficiarios del programa, se verificará de manera continua y permanente, a fin de constatar la

iVO

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PERIODICO OFICIAL 93 DE FEBRERO DE 2018

información socioeconómica y demográfica de cada familia e identificar a aquellas

criterios de elegibilidad del Programa, conforme a la metodología de focallzación

Las familias que al realizarse la verificación permanente de criterios para

programa, no cumplan con los requisitos de elegibilidad y permanencia, cau

inmediata del Padrón Activo de Beneficiarios.

cumplen oon los ^

reglas.

íadas del ( \ —

efinitiva e

§SECRETARIAArtículo 15. Atención e información a las familias beneficiadas.

La participación de las familias beneficiadas es fundamental para favorecer las acciones de transparencia,

supervisión y seguimiento de la operación del Programa y para que los apoyos y servicios en materia de

alimentación y vales de subsidio al gas se entreguen de acuerdo a los lincamientos establecidos en reglas -

de operación, con pleno respeto a los derechos de los usuarios y en términos de transparencia, calidad,

honestidad y eficiencia.

Capítulo V

Característica del apoyo del programa

yN Artícu lo 16. El programa otorga a las familias beneficiarías apoyos en especie a través de vales canjeables por

yS^gas domestico, para contribuir a que mejoren la calidad y diversidad de su alimentación buscando por esta vía

NSel^var su estado de nutrición.

Sección I

Quienes podrán ser beneficiados

7 Articulo 17. Podrán ser beneficiados para este programa:

a) El jefe o jefa de familia, acreditada por la autoridad de la localidad y aprobada asamblea;

b) Los mexicanos por nacimiento;

> ] c) Los que se ubiquen en un nivel socioeconómico, conforme a los criterios de prioridad señalados en las reglas

de operación;

d) Los grupos vulnerables.

s

Sección II

De las obligaciones

Articulo 18. Las familias beneficiarías del programa adquieren los siguientes comproii^ 1. Deberán presentar sus vales en los establecimientos o camiones autorizados parí

domestico;2. Destinar el apoyo al mejoramiento de alimentación de sus integrantes;

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no

10 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

3, Utilizar adecuadamente el qas domestico para los miembros de su familia, en especial si ^us^miSrííbros están

integrados por niños, niñas, adultos mayores, personas con alguna discapacidad física o m eñlár '

4. Mantener actualizados los datos de su familia, reportando al programa, ausencia definitiva de los integrantes,

asi como la Corrección de datos personales y los cambios de domicilio.

Capítulo VI Mecánica

de operación Sección I

Incorporación de la familia

Articulo 19. La incorporación de familias es el proceso mediante el cual se lleva a cabo la inclusión al programa

\ SV de nuevas familias que, siendo elegibles, no recibían los beneficios del mismo.

X » incorporación de las familias se confirma cuando se determina su elegibilidad considerando la disponibilidad

presupuestal dol programa.

£

A

X

i

Sección II

Identificación del titular de la familia beneficiaría

Articulo 20. Por cada familia beneficiaría se Identificará a un titular, que podrá ser de manera indistinta el

la madre de familia, quien recibirá directamente los vales otorgados en el programa de asistencia social y deberá

tener una edad mínima de 18 años. Excepcionalmente, se podrá otorgar a menores de edad que acrediten

estar legalmente casados o que vivan públicamente en unión libre y hayan procreado hijos producto de esa relación.

Sección III

Integración del padrón de beneficiarios

Articulo 21. Los beneficiarlos de este programa conformaran el padrón de base, el cu a lx ^itf^n ^j^Nj

familias elegibles para el proceso dé Incorporación al programa y el Padrón Activo de Bel

Capítulo Vil

Requisitos para ser prestador de servicios

SECRETARIAArticulo 22. Para ser prestador de servicios se requiere:

1. Acreditar ser una persona física o moral legalmente constituida y estar inscrita en el régimen fiscal que

corresponda ante el Servicio de Administración Tributaría de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

2. Presentar declaración anual del ejercicio fiscal anterior;

3. Contar con domicilio fiscal en el Estado de Tabasco;

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 11

; 4. Encontrarse inscrito en el padrón de proveedores del Municipio de Comalcalco;

5. Sujetarse a los procedimientos administrativos que correspondan para la asignación del servicio;

6. Suscribir ei contrato que corresponda con el Municipio de Comalcalco;

7. Garantizar el cumplimiento de la obligación contraída.

y

Sección I

Recisión del contrato al prestador de servicios

Artículo 23. Son causales de rescisión del contrato que se otorgue al prestador de servicios en el programa de,

asistencia social de apoyo al gas domestico:

1. Que no entregue en tiempo y forma los vales a que se haya obligado;

2. No cumplir con las condiciones y características requeridas por el contratante para la prestación del servicio;

3. Canjear los vales por cilindros incompletos o deteriorados que representen un grave peligro para el

beneficiarlo.

4. - El programa podra suspenderse o cancelarse por modificaciones presupuéstales.

Capítulo Vil Información

programática Sección I

Control y auditoría

Articulo 24. Con el objeto de cumplir con las normas presupuestarias y demás ord« la

eficaz, eficiente y honesta aplicación de los recursos, el programa de asistencia

canjeables por gas domestico, serán fiscalizados por la Contraloría Municipal quits ti (a

implementará las visitas que considere necesarias a las comunidades beneficiadas.'í^^resultaj

revisados y atendidos por la misma y de conformidad a su competencia, resolverá las contn$?ersil^S^¿ígí^Wieran /\^

encontrar, ¡

Sección II

Transparencia del programa

Articulo 25. Será responsabilidad de la Dirección de Fomento Económico y Turismo, el apego estricto a estas /

reglas de operación.

\ \ W Dir.. Dirección de Fomento Económico y Turismo elaborará materiales de difusión dirigidos a los beneficiarios del

'programa de vales canjeables por carnes de origen animal, con el fin de sensibilizarlos sobre la transparencia del

v ^tnism o. Dichos materiales serán previamente validados por el sector correspondiente y contendrán la siguiente

leyenda: "El condicionamiento electoral o político de los programas sociales constituye un delito federal quo

se sanciona de acuerdo con las leyes correspondientes. Ningún servidor público puede útilizajváu?puesto o

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12 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

sus recursos para promover el voto a favor o en contra de algún partido o candidato. Este programa es de

í '\ -^carácter público y su otorgamiento o continuidad no depende de partidos políticos o candidatos. Los

r j partidos políticos no podrán utilizar o referir este programa en su propaganda” .

$

síí

o3

Sección illv

Manejo y difusión de la Información

Articulo 26. La Dirección de Fomento Económico y Turismo es responsable de la

validación, mantenimiento, uso y difusión de la información contenida en las bases de

los hogares y localidades así como del padrón de beneficiarlos. ((" f "

V o ^ t s T r .'^ g ' oEstas tareas se llevarán a cabo garantizando la seguridad e integridad de la información,'t^djánTeí^ tfn te s de

operación y consulta con acceso restringido a las bases de datos, de forma tal que solo las pp;rsó^|s:^^(|z^das

puedan realizar modificaciones a la información contenida en dicha base de datos. J ...... '

El padrón de beneficiarios deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social

de las personas morales beneficiarlas, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas,

unidad territorial, en su caso, edad y sexo, siendo responsabilidad de la Dirección de Fomento Económico y

Turismo. Lo anterior con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Transparencia y

Acceso a la Información Pública y con el firme propósito de contribuir en la coordinación de acciones con

otros programas que son complementarlos, Intercambiando la información y evitando con ello la duplicidad de •¡?Q^

ti^ \apoyos,

\ ]NCapítulo VIII

A Sección I

4 ' Mecanismo de entrega de vales de gas domestico

VArticulo 27, Para la entrega de vales canjeables por gas domestico se deberán seguir ios. siguientes

procedimientos:

"^ j j c T / ^ ^'idad municipal convocará a asamblea de beneficiados y de manera personal jSftíMÜ'Wg

mismo, realizará la entrega de vales a los beneficiarios;

b) Se Indicará a los beneficiarios las fechas y la vigencia para canjear los vales;

\ cV EJ vate de gas domestico, tendrá una vigencia establecida.

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 13

Sección III

Mecanismo de comprobación de gastos del programa de vales canjeables por gas domestico y pago al

proveedor.

Artículo 28. Para la comprobación de los gastos generados por la entrega mensual de vales canjeados por gas:

a) El proveedor integrará la comprobación de los vales canjeados, durante los 3 d l a s t e r m i n a c i ó n

de la vigencia de los vales a la Dirección de Fomento Económico y Turismo; /r*'c¡?(/? _r 7-\\

ar y leí./* jr' eás”;

b) La Dirección de Fomento Económico y Turismo, verificará que los vaies coiffMgp

hará entrega de un recibo de vales al proveedor; \\ *

c) La Dirección de Fomento Económico y Turismo, enviará la comprobación eK

Dirección de Administración, para realizar el trámite administrativo para generar el paí

los 10 días hábiles posteriores; - S E C R E T A R I A

d) La Dirección de Finanzas, realizará el pago a los proveedores.

3

Capítulo IX

Quejas y denuncias

Artículo 29. Las quejas y denuncias que se deriven de la operación del programa serán canalizadas a la

-AXpirección de Contrataría, en los términos de las disposiciones jurídicas administrativas y reglamentarias

\V^plicables a cada caso.

La Dirección de Fomento Económico y Turismo, en apego a tas lincamientos y criterios que determine el

presente reglamento realizará acciones tendientes a garantizar la atención oportuna y eficiente de las quejas(

denuncias, peticiones o sugerencias que presenten las familias beneficiarías y el público en general.

TRA N SIT O R IO S

Artículo Primero.* Lo no previsto en las presentes Reglas de Operación, será resuelto de acuerdo a lo que

establezcan tas ordenamientos legales aplicables.

Articulo Segundo.* Las presentes Reglas de Operación, entraran en vigor al día siguiente de su publicación en

, el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, derogando cualquiera otras r e g la ^ á ^ ó jjp f^ ^ ^ x p e d id a s con

anterioridad,

EXPED ID O EN LA SALA DEL CABILDO MUNICIPAL DEL AYUNTAM I

MUNICIPIO DE COMALCALCO, TAB ASCO .A LOS 30

DEL MES DE NOVIVIERMBRE DEL 2017.

ÍAL DEL

/■

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14 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

, POR LO S REGIDORES Q U E INTEGRAN EL CABILDO Q U fEN SS FIRMAN (c R fc lñ fH Wfc MARGEN !

DE LA PR ESEN TE, POR Y AN TE EL SECR ETA R IO DEL A Y U N TA M IE N TO QUIEN C ER TIFIC A Y DA

F E --------------------------------------------------

LILIA LOPEZ SANDOVAL

Segundo Regidor y Sindica de Hacienda de

Ingresos

C. JA V IER MAY RO DR IGUEZ

Primer Regidor Propietario y Presidente Municipal

IRMA DOMINGUEZ MENDEZ

Cuarta Regidora

Jípela. GoKG2_< S O (U P / L ^ o__________

JU A N A GOM EZ GUILLERM O

A R TU R O S A N TO S RODRIGUEZ

Tercer Regidor y Síp^ipó de Hacienda de Egresos

fQ .Ma r t i n D o m í n g u e z a b a l o s

Quinto Regidor

A N TO N IO PEREZ AR IASN

N?

€o

c ^J D

Décimo Cuarto Regidor

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 15

EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS AR TICULOS 29 FRACCION III, 47, 51, 52, 63, 54 y 65

FRACCION II, DE LA LEY ORGANICA DE LOS MUNICIPIOS DEL E S TA D O DE TA B A SC O , SE PROMULGAN

LAS PRESENTES, R EG LAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAM A DE A S IS TE N C IA SO C IA L “A P O Y O A L GAS

5^ D O M ESTICO " (P R O YECTO IS043 ) DEL MUNICIPIO DE C O M A LC A LC O , TA B A S C O .

^ PARA SU DEBIDA PUBLICACION Y OBSERVANCIA, EN LA CIUDAD DE CO M ALCALCO, TAB ASCO .

RESIDENCIA OFICIAL DEL AYUN TAM IEN TO CO N STITU CIO N A L DEL

MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO, A LOS 30.DIAS DEL M ES DE NOVIEMBRE

Ayuntamiento Constitucional de Comalcalco. Plaza Juárez s/n. C.P. 86300 Centro. Comalcalco, Tabasco. i r .

DEL AÑ<

Ú

. j Q/

MUNICIPIO CON ESPERANZA

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16 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

EL QUE SU SCR IBE LIC, DAVID DÍAZ OROPEZA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE

COMALCALCO, TABASCO.

C E R T I F I C A

QUE EL PRESENTE DOCUMENTO CONSTANTE DE (18) OIECIOCHO FOJAS VALIDAS EN SU ANVERSO, SON COPIA

FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL DE LA CUAL TENGO A. LA VISTA Y QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE ESTE

AYUNTAMIENTO DE COMALCALCO, TABASCO, M ISMA QUE CERTIFICO, SELLO Y RUBRICO A LOS VEINTINUEVE

DÍAS DEL M ES DE D IC IEM BRE DEL AÑO DO S MIL DIECISIETE.

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 17

No.- 8771

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA “FORTALECIENDO TU NEGOCIO”, EN DIVERSAS LOCALIDADES (PROYECTO IS077) DEL MUNICIPIO

DE COMALCALCO, TABASCO.

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALCALCO 2016-2018

DIRECCIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO Y TURISMO

c oCOMALCALCOAYUNTAMIENTO CONSTITUClONAl 2014* 2018

CONSIDERANDO

C. JA V IE R MAY RODRIGUEZ, Presidente Municipal de Ayuntamiento Constitucional del Munidpto^a^omalcalco, /

Tabasco, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos: 115 Fracción II y IV de la Constitución 'Pblíjjca^EÍe los

Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 Fracción I de la Constitución Política del Estado Lib

29, 30, 31, 33 y 83 Fracción XII de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tal

1 ít'

S E C - Rc j y />

PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados _£«i:

Unidos Mexicanos; 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 2 y 3 de la Ley r ^

Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; el municipio de Comalcalco, tiene personalidad jurídica propia

y su función primordial es propiciar el gobierno democrático para el constante mejoramiento eoonómlco, social y

cultural de sus habitantes, mediante la prestación de los servicios públicos. j

SEG UN D O : Que de conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Constitución Política del Estado

Libre y Soberano de Tabasco; 29, 30, 31 y 33 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, el

Municipio tiene la facultad y la obligación de promover, coordinar, expedir, examinar, remitir, aprobar, vigilar, otorgar,

asignar, designar y participar en el desarrollo integral del municipio y la correcta prestación de los servicios públicos

municipales, con el objeto de abatir las carencias y rezago que afecten a los pueblos y comunidades Indígenas.

'S

TE R C E R O : Que de acuerdo a la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, en su articulo 83, Fracción

XII en la que prevé que le corresponde a la Dirección de Fomento Económico y Turismo, el despacho que le

atribuye expresamente las leyes, reglamentos y las que le encomiende directamente el Ayuntamiento o el Presidente

Municipal.

V \ c p A R T O : El artículo 29 Fracción III de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, faculta al

\ A y .u n (amiento para expedir y aplicar el Bando de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y demás

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18 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

u

' disposiciones administrativas de observación general, dentro de sus respectivas jurisdicciones; de manera particularj^^J

las que organicen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la ' y

participación ciudadana y vecinal, sujetándose a las regias establecidas para ello en la citada Ley. Por lo que se .

emite el siguiente: ‘i C

V,

A C U ER D O POR EL Q U E SE DAN A C O N O C ER LAS REGLAS DE O P ER A CIÓ N D É L R rM '*u £ U*|. M

“ FO R TALECIEN D O TU N EG O CIO ” , EN DIVERSAS LO CALID AD ES D EL M U N ^ I P ^ ^ C^M AÍlC A LC O , (

^ ^ C I A L

P R O Y E C TO IS077) TA B A S C O .

, j

$•v

■ £ £ t* * •.*- <•1. DEFINICION DEL PROGRAMA.

El Programa Fortaleciendo a tu Negocio tiene como objetivo aquellos habitantes del municipio que se encuentran

en un estado de vulnerabilidad, que por diversos motivos no han tenido la oportunidad de incorporarse a la vida

productiva, y que requieren de apoyo económico para iniciar o desarrollar un pequeño negocio, que les permita

autoemplearse y al mismo tiempo generar fuentes de trabajo para otros. Ei Programa, atenderá las necesidades

de financiamiento y fomentará el autoempleo del sector más vulnerable del municipio, todo ello para alentar el

desarrollo económico de Comalcalco, desde su base más amplia.

t 2. O B JETIV O GENERAL

El Programa de Apoyo económico para el fomento al comercio tiene como objetivo fomentar y fortalecer a los

sectores más vulnerables.de la población, al tiempo de combatir el desempleo, la pobreza y los altos Indices de ^

V } marglnación en el Municipio de Comalcalco.

3. O B JETIV O S ESPECÍFICOS

El programa tiene como objetivos especfficos los siguientes:

• Otorgar apoyos financieros a ios productores del sector agropecuario del municipio.

• Fortalecer a las mujeres y a las madres solteras

• Apoyar a las microempresas que no cuenten con los elementos tanto económicos cp rn ^á M p i

desarrollo. /yV\. ;o~,'fi -> .ty'V-í• Promover el autoempieo y la generación de nuevos empleos a través del a p w o --W ^p j$ f)

II i?1n de contribuir al desarrollo de sus actividades productivas. \

, ...

municipio a fin

CAP ÍTU LO I.- CONSIDERACIONES G EN ER A LES

A R TÍC U LO 1.- Las presentes reglas de operación tienen como objeto establecer la mecánica operativa que regirá

el otorgamiento de apoyos económicos para el fortalecimiento de los negocios. Su observancia será obligatoria

para las áreas responsables de su operación, asi co^no para los sujetos de apoyo.

&

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 19

\ A R TÍC U LO 2.- C O B ER TU R A

Las comunidades del Municipio de Comalcalco que cumplan con las presentes Reglas de Operación.

A R TIC U L O 3. PO BLACIÓ N O B JETIV O

VV

nj

O

Este programa estará dirigido a personas mayores de 18 años de edad, con posibilidades de desarrollar una

actividad económica y que residan en el municipio de Comalcalco, o bien que se encuentren en difícil situación

económica.

CAP ITU LO II.- S U JE TO S DE AP O YO

A R TÍC U L O 4.- Sólo se podrán considerar como sujetos de apoyo financiero, a las personas mayores de I8 años

de edad, con posibilidades de desarrollar una actividad económica y que residan en el municipio de Comalcalco,

N ^ o b ie n que se encuentren en difícil situación económica, debido a que:

^on personas que padecen alguna discapacidad física que no les permite tener un empleo;

S on víctimas de alguna enfermedad grave, que no les permite tener un empleo, o con poco tiempo de haberla

superado.

Son personas de la tercera edad y que por ello no pueden ser contratados jAT^ 'V

Son madres solteras que no han encontrado empleo; o

Jóvenes entre 18 y 29 años de edad que al no tener empleo ni la oportunidad de seguir estudiando, tienen la

inquietud de iniciar un pequeño negocio y requieren de financiamiento para hacerlo posible.

uTambién podrá considerar como sujetos de apoyo a aquellos hombres y mujeres, mayores.d^’T8'afidsí

/ / „ V . . .

con una micro o pequeña empresa, orientada a proyectos comerciales, de producci^Qvservrptds-,// ¿y "v

autoempleado realizando una actividad económica. ! (iti

CAP ITU LO III.- C A R A C TER ISTIC A S D EL A P O YO

\\o íy “O i r / ■\V/.

t X P i ■A R TIC U L O 5.* Los sujetos de apoyo, recibirán un apoyo económico de $3,000.00 (Tres mil pesos ÍDÓ/100 M.N.)

en una sola exhibición.

A R TÍC U L O 6.- La..Contralorla Municipal, en ejercicio de sus atribuciones, calificará, regulará y supervisará la

operación del Programa.

V, 1

"3V*

jsU

A R TÍC U L O 7.- Para efectos de análisis, aprobación, propuestas e información de las solicitudes de apoyo

económico para el fortalecimiento de los negocios, la Dirección de Fomento Económico y Turismo será la

responsable.

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20 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

CAP ITU LO IV.- REQ UISITOS DE ACU ER D O A LAS M ODALIDADES DE APO YO S FINANCIEROS

8

A R TÍC U LO 8.- Son requisitos generales para la obtención del Apoyo económico, los siguientes;

a) Presentar la solicitud en original en formato libre.

b) Original (para cotejo) y copia de Identificación oficial (IFE o lNE vigente).

x \cjijCornprobante do domicilio original (para cotejo) y copia (Recibo de Teléfono, Luz, Agua o Constancia

Residencia).

CAPITU LO V.- DE LAS OPERACION ES

b

A R TÍC U L O 9.- Las Dirección responsable del programa podrá, por sí misma o por terceros, realizar visitas

periódicas a los sujetos de apoyo para verificar el destino de estos recursos.

A R TÍC U LO 10.- Si durante el desarrollo y operación del programa se presentaren situac¡ot^§^me=preyistas en las

presentes reglas de operación, se podrá hacer uso de los recursos destinados a lo s '^b yó s ' 'flHáncierps, paraLa -

subsanar las mismas, sin que esto comprometa el cumplimiento de los objetivos p la n t ^ < á .W :'^ í { i $ ^ > "•

! t f e S R í C aU <- V . ¡A su. \CAPÍTULO VI.- DEL DESTINO DE LOS A P O YO S FINANCIERO

ti

A R TÍC U LO 11.- Los apoyos económicos que se otorguen se destinarán al establecimiénfó,-^fortalecimiento y/o

modernización de las micro y pequeñas empresas, destinando el financiamiento a la compra de mercancías,'

maquinarla o herramienta, publicidad, estudios de factibilidad, permisos o licencias y/o modernización, ampliación /

o compra de infraestructura; ello con el propósito de fomentar actividades relacionadas a algún negocio que ya se|

encuentra en marcha o que se tiene planeado iniciar.

üiV

CAP ÍTU LO Vil. - DE LA DIFUSIÓN Y PROM OCIÓN DEL PROGRAM A

A R TÍC U LO 12.- La Dirección responsable del programa dará a.conocer los lineamientos generales de las presentes

Reglas de Operación, los términos, montos y alcances de la misma, así como los lugares de atención, de entrega |

y recepción de solicitudes.

AR TÍC U LO 13.- La difusión y promoción, así como los términos, montos y alcances de las mismas, dependerá de

la asignación presupuestal con que cuenten la Direcciones responsables para el programa, en el ejercicio

rvirrA.Q n n?i HIA nf fi

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o 11

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 21

CAP ÍTU LO VIII.- DE LOS M ONTOS Y LINEAM IENTOS DE LO S A P O Y O S FIN A N CIER O S

A R TÍC U L O 15.- El monto de los apoyos otorgados será de $3,000.00 (Tres mil pesos 00/100 M.N).

A R TÍC U L O 16.- Los apoyos económicos estarán sujetos a los siguientes lineamientos:

' ía) La Dirección de Fomento Económico y Turismo, integrará los expedientes de cada uno de ios solicitantes, l

cuidando que se cumpla con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operacióí&V'-" 0

A R TÍC U L O 17.- En casos excepcionales, y en forma específica, se podrá determinar

por montos mayores al establecido en las presentes Reglas de Operación, previo

Va

ifflft&ék Dltíección

responsables, quien dará vista al Presidente Municipal, tomando en cuenta las condiciqqfe.s ''d'Ciivjábtlidad. y la

naturaleza de los proyectos productivos en cuanto al beneficio social y económico que gapere?^»>L..l.::.'.'•i'?,’, i ¡¡'v- - •

" 1 <• r/ílv//.;

C A P ITU LO IX.- PROCEDIM IENTO PARA EL O TO R G A M IEN TO DE A P O Y O S FINANCIEROS A R TÍC U L O 18.-

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Una vez realizada la difusión y promoción referida en el Capítulo Vil de las presentes Reglas de

Operación, la Dirección responsable llevará a cabo las acciones necesarias para la tramitación y en su caso

calificación, seguimiento y evaluación de los apoyos con base en las presentes Reglas de Operación.

A R TÍC U L O 19.- Las Dirección responsable recabará las solicitudes que sean presentadas en sus oficinas y aquellas'""',

que le presenten los promotores, con la finalidad de revisar que cumplan con los requisitos establecidos en e lv C ^

Capítulo IV de las presentes Reglas de Operación, para su análisis y, en su caso, calificación, ratificación o rechazo.

En aquellos casos en los que se determine la improcedencia de la solicitud, debido a que no se cumpla con los

requisitos establecidos en las presentes Reglas de operación, la Dirección responsable establecerá contacto con

los solicitantes para darles a conocer los motivos de improcedencia.

A R TÍC U L O 20.- Al analizar las solicitudes, la Dirección considerará los siguientes criterios para emitir su calificación:

í^ a J -L a condición socioeconómica del solicitante, dando prioridad a las personas que se encuentran en condición do /\ t ’

alta vulnerabilidad; . \ \ \ '

\ ^ E I impacto económico social que generaría el negocio en la comunidad; />i\ / \ w*

c) El impacto que generaría el negocio para la creación y conservación de empleos;

d) La fecha de presentación de la solicitud, dando prioridad a aquellas que se encuentren en reserva.

^ A R T Í C U L O 21 .- En aquellos casos en los que las solicitudes se hayan presentado en tiempo y forma, y que se

determine su improcedencia, debido a que se agoten los recursos económicos destinados para el programa en el -v

ejercicio presupuestal correspondiente, quedarán en reserva para ser consideradas, en forma prioritaria,'-'en. la

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22 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

convocatoria inmediata siguiente. En tales casos, se informará a los solicitantes que su solicitud qúé'dará ónbs^átCií»'

de reserva, pudiendo acceder al programa en la convocatoria próxima, para lo cual, sól

trámites necesarios para la actualización de su solicitud.

CAPÍTULO X.- DE LA EN TR EG A DE LOS A P O YO S FINANCIEROS

« a »

%\v

« i .

A R TÍC U L O 22.- En todos los casos ¡a Dirección responsable integrará un expediente, de acuerdo a las presentes

Reglas de Operación, en el que se haga constar el proceso de asignación y seguimiento de cada apoyo otorgado. ^

A R TÍC U L O 23.- La entrega de los apoyos podrá efectuarse de manera individual o en un acto de entrega masiva,

cuidando siempre que sea de manera personal a cada sujeto de apoyo.

' CAPITULO XI.- DE LA COORDINACIÓN INSTITUCIO N ALi

0

A R TÍC U LO 24.- El Municipio de Comalcalco, a través de la Dirección de Fomento Económico y Turismo, deberá

bd promover todo tipo de actos, contratos q convenios, con otras instancias gubernamentales o de carácter privado,

(A) para lograr el cumplimiento de los objetivos del Programa.

A R TÍC U L O 25.- UNIDADES ADM INISTRATIVAS RESPONSABLE

La dependencia responsable de la ejecución del programa es la Dirección de Fomento Económico y Turismo, quien

deberá trabajar en coordinación con las Direcciones de Desarrollo y Atención a las Mujeres para efecto de optimizar

\ los recursos del programa.

A\ V A R TÍC U LO 26.- INSTANCIAS DE C O N TR O L Y VIGILANCIA.

A \^Corresponderá a la Dirección Responsable vigilar la adecuada operación del programa, atendiendo las presentes

\ \Reglaste Operación, dando cumplimiento a los presentes lineamientos.

El municipio de Comalcalco, asegurará el buen uso, manejo y destino de los recursos para lo cual podrá ordenar

evaluaciones y visitas periódicas para validar la información que se obtenga de los informes que rindan los

\ beneficiarios así como los promotores de apoyos financieros.

La Dirección de Fomento Económico y Turismo, en coordinación con las Direcciones de Desarrollo y Atención a

las mujeres, dará seguimiento a los apoyos otorgados con la finalidad de asegurar que e|.

sea para el fortalecimiento de los negocios y así garantizar ia autosuficiencia de los se

ser sujetos de apoyo de programas futuros.-ó

<T

igf^te lqs recursos

Otes, lo'büaííeócpermitar y s & W - o 'A -

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V l \

V3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 23

CAP ITU LO XII.- EVALUACIÓN N v . ....... „• <■■ ■ / .'

?. £"A R TÍC U L O 27.- EVALUACIÓN INTER N A ~ ‘ L t '£ T/\

Corresponderá a la Dirección responsable llevar a cabo las acciones necesarias que permitan evaluar y dar

seguimiento a las acciones propias de la ejecución del programa, asi como recabar, concentrar y resguardar las

bases de datos que se generen con la operación del programa, asi como rendir los Informes correspondientes al

Presidente Municipal y a las instancias facultadas para solicitar dicha información.

CA P ITU LO XIII.- Q U EJA S Y DENUNCIAS

• Contraloría Municipal de Comalcalco.- Plaza Juárez S/N Col. Centro, Comalcalco, Tabasco. C.P. 86300.

Tel. (933) 114-00-00 Ext. 127

CAP ITU LO XIV.- DIFUSIÓN O PUBLICIDAD EN TÉRM INOS DE L A LEY

Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tabasco.

7 C A P ITU LO XV.- TRANSPARENCIA

'v ^ a ^ lre c c io n Fomento Económico y Turismo dará á conocer los presentes lineamientos, asi como los resultados

^LdéNk>s apoyos otorgados y beneficios logrados con el Programa, en términos de ia Ley de Transparencia y Acceso

á ,¡3 Información Pública del Estado de Tabasco.

TRANSITOR IO S

Artículo Primero.- Lo no previsto en las presentes Reglas de Operación, será resuelto de acuerdo a lo que

establezcan los ordenamientos legales aplicables.

Articulo Segundo.- Las presentes Reglas de Operación, entraran en vigor al día sigui^t^,é>sí£i■Y 1 vi'-.iuu.

Periódico Oficial del Gobierno del Estado, derogando cualquiera otras reglas//-‘~

anterioridad.

jcación eri el

das con

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24 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

POR LOS REGIDORES Q U E INTEGRAN EL CABILDO QUIENES FIRMAN AL C Á LC E :Y?AjAJWflESGEN DE LA f ^

P R ESEN TE, POR Y A N TE EL SECR ETA R IO DEL AYUN TAM IEN TO QUIEN C ER TIFIC A Y DA FE ------------------------- ~

ALILIA LOPEZ SA N D O V AL

Segundo regidor y Sindica de Hacienda de Ingresos Tercer Re<¡gidor y ^ í l

IRMA DOM ÍNGUEZ M ÉNDEZ

Cuarta Regidora

RODRIGUEZ

idico de Hacienda de Egresos

m .M ARTÍN DOM ÍNGUEZ A B A L O S

Quinto Regidor

J u w ' j ' 1 Guóft.c'i.( i i ____________

JU A N A GÓ M EZ GUILLERM O

Sexta Regidora

M ARLÉNE M AR TIN EZR UIZ

¿)és!¡iia-R«gtaom

OtílOA N TO N IO PEREZ ARIAS

Séptimo Regidor

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 25

mJESÚS3B£VALCS^ÍRNÁNDEZ

Décimo Cuarto Regidor

EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 29 FRACCION lll, 47, 51, 52, 53, 54 y 65

FRACCION II, DE LA LEY ORGANICA DE LOS MUNICIPIOS DEL E S TA D O DE TA B A SC O , S E PROMULGAN

LAS PR ESEN TES R EG LAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAM A SO C IA L “FO R TA LE C IE N D O T U N E G O C IO ”, EN

DIVERSAS LOCALID AD ES (PR O YECTO IS077) D EL MUNICIPIO DE C O M A LC A L C O , TA B A S C O .

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26 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

EL QUE SU SC R IB E LIC. DAVID DÍAZ OROPEZA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE

CONIALCALCO, TABASCO.

C E R T I F I C A

QUE EL PRESEN TE DOCUMENTO CONSTANTE DE (11) ONCE FOJAS VALIDAS EN SU ANVERSO, SON COPIA FIEL Y

EXACTA DEL ORIGINAL, DE LA CUAL TENGO A LA VISTA Y QUE OBRA EN LOS ARCH IVOS DE ESTE

AYUNTAMIENTO DE COMALCALCO, TABASCO, M ISMA QUE CERTIFICO, SELLO Y RUBRICO A LOS VEINTINUEVE

DÍAS DEL M ES DE D IC IEMBRE DEL AÑO DO S MIL DIECISIETE. *

*

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 27

No.- 8772

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL “FORTALECIENDO TU NEGOCIO 2DA ETAPA”,

EN DIVERSAS LOCALIDADES (PROYECTO IS079) DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO.

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALCALCO 2016-2018 •

DIRECCIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO Y TURISMO

c oOOMAtCALOOAYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL

2016 • 2016

C .JA V IER MAY RODRIGUEZ . Presidente Municipal de Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Comalcalcb,

Tabasco. con fundamento en lo dispuesto por los Artículos: 115 Fracción II y IV de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 64 y6 5 Fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco;

29, 30, 31, 33 y 83 Fracción XII de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, y

\CONSIDERANDO S;

A

PRIM ERO: Que de conformidad con lo establecido por los artículos 115 de la Const¡tút^n-P8lítíc^;l^ábs Éétados¡I v <*< r-'A. \

Unidos Mexicanos; 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano loe ta||Ley

Orgánica de los.Municipios del Estado de Tabasco; el municipio de Comalcalco, tie n e '^rs^^í^|^.ü rtd id a j^opia f

y su función primordial es propiciar el gobierno democrático para el constante m e Jo ra n ^r^p ^^m icO ^'^o cia l y :C

cultural de sus habitantes, mediante la prestación de los servicios públicos. ■■ ••>.- v t ¡ A. H¡/'\

S E G U N D O : Que de conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Constitución Política del Estado

Ubre y Soberano de Tabasco; 29, 30, 31 y 33 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, el

Municipio tiene la facultad y la obligación de promover, coordinar, expedir, examinar, remitir, aprobar, vigilar, otorgar,

asignar, designar y participar en el desarrollo integral del municipio y ia correcta prestación de los servicios públicos

municipales, con el objeto de abatir las carencias y rezago que afecten a los pueblos y comunidades indígenas.

TE R C E R O : Que de acuerdo a la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, en su artículo 83, Fracción

\ x -vXII en la que prevé que le corresponde a la Dirección de Fomento Económico y Turismo, el despacho que le

¿tribuye expresamente las leyes, reglamentos y las que le encomiende directamente el Ayuntamiento o el Presidente

Municipal.

C U A R TO : El artículo 29 Fracción III de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, faculta al

Ayuntamiento para expedir y aplicar el Bando de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y demás /

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28 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

/

&

disposiciones administrativas de observación general, dentro de sus respectivas jurisdicciones; de manera particular ¡

las que organicen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren !a>/

participación ciudadana y vecinal, sujetándose a las reglas establecidas para ello en la citada Ley. Por lo que'se

emite ei siguiente:

A C U E R D O POR EL QUE SE DAN A C O N O CER LAS R EG LAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAM A SO C IA L

"FO R TA LEC IEN D O TÜ N EGOCIO 2DA ETA P A “ , EN DIVERSAS LO CA LID A D ES (P R O YECTO IS079 )”

DEL MUNICIPIO DE CO M A LCALCO , TA B A S C O .

1. DEFINICIÓN DEL PROGRAMA.

El programa de Apoyo económico para fomento al comercio, en diversas localidades (Programa Fortaleciendo a

tu Negocio) tiene como objetivo aquellos habitantes del municipio que se encuentran e f ^ r ^ ^ p áó)^lnerabilidad,

que por diversos motivos no han tenido la oportunidad de incorporarse a la v i d a ^ w ^ 5 g ^ | t ó | é refirieren de ,//£ ''' '

apoyo económico para Iniciar o desarrollar un pequeño negocio, que les permita auto^nf}fi^p|í^!i)rhisfrio tiempo

generar fuentes de trabajo para otros. El Programa, atenderá las necesidades c ^ f ln i^ ^ ^ | ^ ^ f f b r p 'é h t a r á el

autoempleo del sector más Vulnerable del municipio, todo ello para alentar el desarra® -ectin^icb de>domalcalco,

desde su base más amplia.S E C R E T A R I A

**N.V

\ 2. O B JE TIV O GENERAL

El Programa de Apoyo económico para el fomento al comercio tiene como objetivo fomentar y fortalecer a los

° sectores más vulnerables de la población, al tiempo de combatir el desempleo, la pobreza y los altos índices de

marginación en el Municipio de Comalcalco.

t v

t v

A3. O B JE TIV O S ESPECÍFICOS

El programa tiene como objetivos específicos los siguientes:

Otorgar apoyos financieros a los productores del sector agropecuario del municipio.

Fortalecer a las mujeres y a las madres solteras

Apoyar a las microempresas que no cuenten con los elementos tanto económicos como técnicos para su

desarrollo.

• Promover el autoempleo y la generación de nuevos empleos a través del apoyo a emprendedores del

municipio a fin de contribuir al desarrollo de sus actividades productivas.

C A P ÍTU LO I.- CONSIDERACIONES G EN ER A LES

A R TÍC U L O 1.- Las presentes reglas de operación tienen como objeto establecer la mecánica operativa que regirá

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 29

iA.0

Í0

A R TÍC U L O 2.- C O B ER TU R A V\ & í( )J A\V Ü i

Las comunidades del Municipio de Comalcalco que cumplan con las presentes

A R TIC U L O 3. POBLACIÓN O B JE TIV O ^ C ? ? T A R ! A

Este programa estará dirigido a personas mayores de 18 años de edad, con posibilidad.es de desarrollar

actividad económica y que residan en el municipio de Comalcalco, o bien que se encuentren en difícil situación SA5¡

económica.

A \

1

CAP ITU LO II.- S U JE TO S DE APOYO

A& TÍc Ól O 4.- Sólo se podrán considerar como sujetos de apoyo financiero, a las personas mayores de 18 años

de edad, con posibilidades de desarrollar una actividad económica y que residan en el municipio de Comalcalco,

o bien que se encuentren en difícil situación económica, debido a que:

• Son personas que padecen alguna discapacidad física que no les permite tener un empleo;

• Son víctimas de alguna enfermedad grave, que no les permite tener un empleo, o con poco tiempo de haberla

superado.

• Son personas de la tercera edad y que por ello no pueden ser contratados

• Son madres solteras que no han encontrado empleo; o

\

J/

Jóvenes entre 18 y 29 años de edad que al no tener empleo ni la oportunidad de seguir estudiando, tienen la

Ij'/ in q u ie tu d de iniciar un pequeño negocio y requieren de financiamiento para hacerlo posible.

También podrá considerar como sujetos de apoyo a aquellos hombres y mujeres, mayores de 18 años, que cuenten

con una micro o pequeña empresa, orientada a proyectos comerciales, de producción o servicios, que se han

autoempleado realizando una actividad económica.

I

v'•V

CAP ITU LO III.-C A R A C TER IS TIC A S DEL AP O YO

A R TIC U L O 5.- Los sujetos de apoyo, recibirán un apoyo económico de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.)

en una sola exhibición.< o

A R TÍC U L O 6.» La Contraloría Municipal, en ejercicio de sus atribuciones, calificáis

operación del Programa.

l^-éupfratisará la

~ tí !‘

A R TÍC U L O 7.- Para efectos de análisis, aprobación, propuestas e información apoyo

económico para el fortalecimiento de los negocios, las Dirección de Fomento Economisctíy=Turñsmo será la

y>3

h

oáresponsable. SECRETARIA

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30 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

N J

\

C A P ITU LO IV.- REQ UISITOS DE ACU ER D O A LAS M ODALIDADES DE A P O Y O S FINANCIEROS

A R TÍC U LO 8.- Son requisitos generales para ia obtención del Apoyo económico, los siguientes:

a) Presentar la solicitud en original en formato libre,

b) Original (para cotejo) y copia de Identificación oficial (IFE o INE vigente).

c) Comprobante de domicilio original (para cotejo) y copia (Recibo de Teléfono, Luz, Agua o Constancia

de Residencia).

V

CAP ITU LO V.- DE LAS OPERACIONES

A R TÍC U L O 9.- Las Dirección responsable del programa podrá, por sí misma o por terceros, realizar vi

periódicas a los .sujetos de apoyo para verificar el destino de estos recursos.

á

í .

7

A R TÍC U L O 10.- Si durante el desarrollo y operación del programa se presentaren situaciones no previstas en las

presentes reglas de operación, se podrá hacer uso de los recursos destinados a los apoyos financieros, para

subsanar las mismas, sin que esto comprometa el cumplimiento de los objetivos planteados.

CAP ÍTU LO VI.- DEL DESTINO DE LOS A P O YO S FINANCIEROS

modernización de las micro y pequeñas empresas, destinando el financiamiento a la'Tjeirapra

maquinaria o herramienta, publicidad, estudios de factibilidad, permisos o licenc¡as'¿/oijriocjem

o

i

A R TÍC U L O 11.- Los apoyos económicos que se otorguen se destinarán al establecimiento, fortalecimiento y/o

^mercancías,

Ampliación... *.• '7

o compra de. infraestructura; ello con el propósito de fomentar actividades relacionada^ a-,.^i^ftíf3m©e¡0 'qtie ya se: .? 7 ' i

encuentra en marcha o que se tiene planeado iniciar.

CAP ÍTU LO Vil. - DE LA DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN DEL PROGRAMA.

— A R TÍC U L O 12.- La Dirección responsable del programa dará a conocer los lineamientos generales de las presentes

'O Reglas de Operación, los términos, montos y alcances de la misma, así como los lugares de atención, de entrega

y recepción de solicitudes.

A R TÍC U L O 13.- La difusión y promoción, asi como los términos, montos y alcances de las mismas, dependerá de

la asignación presupuesta! con que cuenten la Direcciones responsables para el programa, en el ejercicio

A ^---N

V

f T

A R TÍC U L O 14.- La difusión y promoción se hará a través de la Dirección de Fomento Económico y Turismo.

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 31

/

CAPÍTU LO VIII.- OE LOS M ON TOS Y LINEAM IENTOS DE LO S A P O Y O S FINANCIEROS

A R TÍC U L O 1 5 . -^ monto de los apoyos otorgados será de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N).

A R TÍC U L O 16.- Los apoyos económicos estarán sujetos a los siguientes lineamientos:

a) La Dirección de Fomento Económico y Turismo, integrará los expedientes de cada uno de los solicitantes,

cuidando que se cumpla con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación.

*A R TÍC U L O 17.- En casos excepcionales, y en forma específica, se podrá determinar el otorgamiento de apoyos

por montos mayores al establecido en las presentes Reglas de Operación, previo análisis de la Dirección

responsables, quien dará vista al Presidente Municipal, tomando en cuenta las condiciones de viabilidad y la

naturaleza de los proyectos productivos en cuanto al beneficio social y económico que .gepemnr==»--*.

C A P ITU LO IX.- PROCEDIMIENTO PARA EL O TO R G A M IEN TO DE A P O Y O S 18.-

•L |Úna vez realizada la difusión y promoción referida en el Capítulo Vil de

Operación,-la Dirección responsable llevará a cabo las acciones necesarias para l a ^ ^ t a 'á ó n ^ e r í su caso

calificación, seguimiento y evaluación de los apoyos con base, en las presentes Reglastdg

A R TÍC U L O 19.- La Dirección responsable recabará las solicitudes que sean presentadas en sus oficinas y aquellas

que le presenten los promotores, con la finalidad de revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el

Capítulo IV de las presentes Reglas de Operación, para su análisis y, en su caso, calificación, ratificación o rechazo.

En aquellos casos en los que se determine la improcedencia, de la solicitud, debido a que no se cumpla con los

equisitos establecidos en las presentes Reglas de operación, la Dirección responsable establecerá contacto con

los solicitantes para darles a conocer los motivos de improcedencia.

■V

a

NS^y/jkRTÍCULO 2 0.-Al analizar las solicitudes, la Dirección considerará los siguientes criterios para emitir su calificación:

\L a condición socioeconómica del solicitante, dando prioridad a las personas que se encuentran en condición de

' Oalta vulnerabilidad; ^ y

b) El impacto económico social que generaría el negocio en la comunidad;

c) El impacto que generaría el negocio para la creación y conservación de empleos;

d) La fecha de presentación de la solicitud, dando prioridad a aquellas que se encuentren en reserva. /

A R TÍC U L O 21 .-E n aquellos casos en los que las solicitudes se hayan presentado en tiempo y forma, y que se

< l y / determine su improcedencia, debido a que se agoten los recursos económicos destinados para el programa en el

•J ejercicio presupuestal correspondiente, quedarán en reserva para ser consideradas, en forma prioritaria, en la

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32 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

oCd

convocatoria inmediata siguiente. En tales casos, se informará a los solicitantes que su solicitud quedará en estatus

de reserva, pudiendo acceder al programa en la convocatoria próxima, para lo cual, sólo deberán efectuar los

trámites necesarios para la actualización de su, solicitud.

CAP ÍTU LO X .- DE LA EN TR EG A DE LOS A P O Y O S FIN AN CIER O S

A R TÍC U L O 22.- En todos los casos la Dirección responsable Integrará un expediente, de a cu e rd ^^R p r^se n te s

Reglas de Operación, en el que se haga constar el proceso de asignación y seguimiento devisada.áf$8$6s otorga®?.

¡ í í - íA R TÍC U L O 23.- La entrega de los apoyos podrá efectuarse de manera Individual o en un'\'pctd. de-:|mreg^}qai6¡vav

cuidando siempre que sea de manera personal a cada sujeto de apoyo.

C A P ITU LO XI.- D E L A COORDINACIÓN IN S TITU C IO N A L p I A

A R TÍC U L O 24.- El Municipio de Comalcalco, a través de la Dirección de Fomento Económico y Turismo, deberá

promover todo tipo de actos, contratos o convenios, con otras instancias gubernamentales o de carácter privado,

para lograr el cumplimiento de los objetivos del Programa.

V

io

b .

jOs

9

A R TÍC U L O 2 5 .-UNIDADES AD M IN ISTRATIVAS RESPONSABLE

La dependencia responsable de la ejecución del programa es la Dirección de Fomento Económico y Turismo, quien

eberá trabajar en coordinación con las Direcciones de Desarrollo y Atención a las Mujeres para efecto de optimizar

los recursos del programa.

C U L O 2 6 .-INSTANCIAS DE C O N TR O L Y VIGILANCIA.

Corresponderá a la Dirección Responsable vigilar la adecuada operación del programa, atendiendo las presentes

Reglas de Operación, dando cumplimiento a los presentes lineamientos.

y

El municipio de Comalcalco, asegurará el buen uso, manejo y destino de los recursos para lo cual podrá ordenar I

evaluaciones y visitas periódicas para validar la Información que se obtenga de los informes que rindan losJA y

beneficiarios así como los promotores de apoyos financieros.

La Dirección de Fomento Económico y Turismo, en coordinación con las Direcciones de Desarrollo y Atención a

las mujeres, dará seguimiento a los apoyos otorgados con la finalidad de asegurar que el destino de los recursos j'J

sea para el fortalecimiento de los negocios y así garantizar la autosuficiencia de los solicitantes, lo cual les permita

ser sujetos de apoyo de programas futuros. C3

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 33

CAP ITU LO XII.- EVALU ACIÓ N

A R TÍC U L O 27.- EVALUACIÓ N INTERNA

Corresponderá a la Dirección responsable llevar a cabo las acciones necesarias que

seguimiento a las acciones propias de la ejecución del programa, así como recabar,

bases cíe datos que se generen con la operación del programa, así como rendir Tos ¡n

Presidente Municipal y a las instancias facultadas para solicitar dicha información.

CAP ITU LO XIII.- Q U E JA S Y DEN U N CIAS

• Contraloría Municipal de Comalcalco.- Plaza Juárez S/N Col. Centro, Comalcalco, Tabasco. C.P.

Tel. (933) 114-00-00 Ext. 127

CAP ITU LO XIV.- DIFUSIÓN O PUBLICIDAD EN TÉR M IN O S D E L A L E Y

^Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tabasco.

CAP ITU LO XV.- TR A N SPAR EN CIA

La Dilección de Fomento Económico y Turismo darán a conocer los presentes lineamientos, así como los , >

resultados de los apoyos otorgados y beneficios logrados con el Programa, en términos de la Ley de Transparencia

y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco. ' Á

TR A N SITO R IO S

Artículo Primero.- Lo no previsto en las presentes Reglas de Operación, será resuello de acuerdóla"

establezcan los ordenamientos legales aplicables.

Articulo Segundo.- Las presentes Reglas de Operación, entraran en vigor al día siguiente de su publicación en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado, derogando cualquiera otras reglas de operación expedidas con

anterioridad. ^

\

EXPEDIDO EN LA SALA DEL CABILDO MUNICIPAL DEL A Y U N TA M IEN TO C O N S TITU C IO N A L DEL MUNICIPIO

^ DE COM ALCALCO, TAB ASCO , A LOS 30 DIAS DEL MES DE NOVIEM BRE DEL AÑ O D O S MIL DIECISIETE, Jjj

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34 P E R IO D IC O O F IC IA L 3 DE FEBRERO DE 2018

J POR LO S REGIDORES Q U E INTEGRAN EL CABILDO Q U IEN ES FIRMAN AL C A LC E Y AL MARGEN D E LA

P R ESEN TE, POR Y A N TE EL SECR ETA R IO DEL A YU N TAM IEN TO QUIEN CER TIFICA Y DA F E -------------------------

í&ico. j u a n i í ' 6 t i < í l

J U A S Á GÓ M EZ GUILLERMO

Sexta Regidora

ANTjáNÍO P É R E Z A R IA S

Séptimo Regidor

§VOen

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I »

Décimo Cuarto Regidor

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 35

EN CUMPLIM IENTO A LO DISPUESTO PO R LO S ARTICULOS 29 FRACCION III, 47, 51. 52, 53, 54 y 65 ^

FRACC IO N lí, DE LA LEY ORGANICA DE LOS M UNIC IP IO S DEL ESTADO DE TABASCO, S E PROMULGAN ^

LAS PR ESEN T ES R EG LA S DE O PERAC IÓN DEL P R O G R A M A SO C IA L “FO RTALEC IEN D O TU NEG O C IO 2DA £

ETAPA", EN D IVERSAS LO CALID AD ES (PROYECTO IS079)" DEL M UNICIPIO DE C O M A LCA LCO , TABASCO. ^

DEL MUNICIPIO DE COM ALCALCO TAB ASCO 2018 PARA SU DEBIDA PUBLICACION Y OBSERVANCIA, EN ^

LA CIUDAD DE COM ALCALCO, TABASCO , RESID ENCIA OFICIAL DEL A Y U N TA M IEN TO CO N STITU C IO N A L

EL QUE SU SCR IBE LIC. DAVID DfAZ OROPEZA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE

COMALCALCO, TARASCO.

C E R T I F I C A

QUE E.L PRESENTE DOCUMENTO CONSTANTE DE (11) ONCE FOJAS VALIDAS EN SU ANVERSO, SON COPIA FIEL Y

EXÁCTA DEL ORIGINAL, DE LA CUAL TENGO A LA VISTA Y QUE OBRA EN LOS ARCH IVOS DE ESTE

AYUNTAMIENTO DE COMALCALCO, TABASCO, M ISM A QUE CERTIFICO, SELLO Y RUBRICO A LOS VEINTINUEVE

DÍAS DEL M ES DE D IC IEM BRE DEL AÑO DO S MIL DIECISIETE.

/

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36 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

N o .-8773

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA SOCIAL “APOYO AL CONSUMO DE CARNES”

(PROYECTO IS033) DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO.

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALCALCO 2016-2018

DIRECCIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO Y TURISMO

GOCOMALCALCOAVÜÑftMIENTO CONSTITUCIONAL 20H - 2016

>N ,

k

J

oD

C. JAV IER M AY RODRIGUEZ, Presidente Municipal de Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Comalcalco,

Tabasco, con fundamento en lo dispuesto p o f los Artículos: 115 Fracción II y IV de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 Fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y. Sób^ranode Tabasco;

29, 30, 31, 33 y 83 Fracción XII de la Ley Orgánica de los Municipios del'Estado de Tabág¡cd;; ' ' \t/,

: i y f f l m WCO NSIDERANDO

PRIMERO; Que de conformidad con lo establecido por los artículos 115 de la ConstitudÓn jPgíttica dé tos Estados

Unidos Mexicanos; 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabáscdj; & ¡y 3 de la Ley

Orgánica de los' Municipios del Estado de Tabasco; el municipio de Comalcalco, tiene personalidad jurídica propia

y su función primordial es propiciar el gobierno democrático para el constante mejoramiento económico, social y

cultural de sus habitantes, mediante la prestación de los servicios públicos.

SEGUNDO: Que de conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Constitución Política del Estado

Libre y Soberano de Tabasco; 29, 30, 31 y 33 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, el

Municipio tiene la facultad y la obligación de promover, coordinar, expedir, examinar, remitir, aprobar, vigilar,

otorgar, asignar, designar y participar en ei desarrollo integral del municipio y la correcta prestación de los servicios

públicos municipales, con el objeto de abatir las carencias y rezago que afecten a los pueblos y comunidades

indígenas.

V\ TERCERO: Que de acuerdo a la Ley Orgánica de los Municipios dei Estado de Tabasco, en su artículo 83, Fracción

XJI en la que prevé que le corresponde a la Dirección de Fomento Económico y Turismo, el despacho que le

atribuye expresamente las leyes, reglamentos y las que le encomiende directamente el Ayuntamiento o el

Presidente Municipal.

•*s.V«s

C.

f4I S

r C

& CUARTO: El artículo 29 Fracción III de la Ley Orgánica de los Municipios det Estado de Tabasco, faculta al

^/Ayuntamiento para expedir y aplicar el Bando de Policie y Gobierno, ios reglamentos, circulares y demás

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VJ.C

J V'L

i, L.

3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 37

\ disposiciones administrativas de observación general, dentro de sus respectivas jurisdicciones; de manera particular

las que organicen las materias, procedimientos, fundones y servicios públicos de competencia y aseguren la

participación ciudadana y vecinal, sujetándose a las reglas establecidas para ello ¿n la citada Ley. Por lo que se

^ emite el siguiente:

t01

r> o»

1 5CD

A C U ERD O POR EL Q UE S E DAN A C O N O C ER LAS! R E G L A S DE O PER A C IÓ N DEL P R O G R A M A SOCI • \“APO YO A L CO NSUM O D E C A R N E S” (PRO YECTO ) DEL M UNIC IP IO D E COMALC/J-CO , TABASCO .

TITULO I

Disposiciones Generales

Capítulo I

Del Objeto de las Reglas

S E C U T A R I AArticulo 1. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las Reglas de Operación para la aplicación del apoyo:

I. Programa de Asistencia social y atención a grupos vulnerables:

a) Carne de origen animal ( peces y aves podrán ser en pie o en canal, bovino, porcino y ovino serón en canal)

Este programa de carácter aslstencial tiene como objetivo la reducción de la marcada desigualdad social y

alimentaria en las distintas localidades que integran el municipio de Comalcalco, de tal forma que las familias más

desprotegidas tengan pleno acceso a un mejor nivel de vida a través de este programa.

Capítulo II

De la obtención del apoyo

Sección I

De los criterios de elegibilidad y requisitos generales

Artículo 2. Son sujetos de este programa las familias del Municipio de Comalcalco que previo estudio

socioeconómico aplicado por la autoridad municipal, resulten con un grado de pobreza alimentaria considerable y

que por lo mismo carezcan de las posibilidades mínimas de una nutrición equilibrada.

Articulo 3. El ciudadano que resulte apto para ser candidato a beneficiario del programa, deberá cubrir los

siguientes requisitos generales que deberán presentarse adjuntos a la solicitud de apoyo:

,a] Acreditar ser mayor de edad o menor legalmente casado o que públicamente viva en unión libre, en la localidad

3 de que se trate;

b) Presenten como identificación oficial credencial de elector vigente (IFE o INE), cuando ésta contenga la CU RP

^ no será necesario presentar ésta;

^ c) Presentar la CURP;

d) Comprobante de domicilio actualizado.

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38 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

f Una vez cotejados serán devueltos inmediatamente los documentos originales.

*Sección II

Del procedimiento para la obtención del apoyo

órá formularArticulo 4. Para la obtención del apoyo en el programa subsidio al consumo de carne, ólf4ffiei

v por escrito solicitud precisando el programa asistencial que requieren, en las fechas establecidas y publicadas en

la ventanilla única divulgada por la Instancia ejecutora, anexando los requisitos a los que se refiere el artículo 3.

■jj-' Para la implementación del programa de apoyo al que se refieren estas reglas de operación se seguirá el siguiente

procedimiento:

I. Selección de localidades.

Se procede a la selección de las localidades en las que se ¡mplementará el programa de asistencia social tomando

en cuenta el total de localidades que conforman el Municipio: la Ciudad de Comalcalco, como cabecera municipal,

y la ciudad de Tecolutilla, 19 colonias, 26 fraccionamientos, 3 villas, 3 poblados, 87 rancherías y 31 ejidos, dando

prioridad a aquellas que presenten mayor índice de rezago social y que por su grado de marginación las

posibilidades de acceso a los servicios de salud, educación y alimentación son escasas.

aleccionada la localidad, se procederá a levantar la información socioeconómica de los habitantes para Identificar

aquellas familias elegibles para el programa, en base a los criterios citados.

II. Metodología de la focalización para la identificación de beneficiarios y su permanencia en el programa,

La Dirección de Fomento Económico y Turismo es la unidad administrativa responsable de la captura, /

procesamiento y resguardo de la información. El estudio socioeconómico y el análisis respectivo, será realizado

portel personal que a efecto autorice el Ayuntamiento. l

*La información socioeconómica se obtendrá de un estudio de campo validado en asamblea comunitaria, én el que

A se consideren entre otros datos, las características del hogar, las condiciones socioeconómicas del entrevistado.^^

j — "TÉsta información debe ser proporcionada por el solicitante, quien deberá residir habltualmente en el lugar y conocer

los datos de todos los integrantes de la familia.

i

La incorporación y permanencia de un hogar en el programa, será determinada en base a su condición de pobreza,

aproximada a través de su ingreso estimado, con atención prioritaria a la pobreza alimentaria.

Identificadas, las familias elegibles, se atenderá a los hogares diferenciando los si¡

1) Hogares con mayor pobreza;

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3 D E F E B R E R O D E 2018 P E R IO D IC O O F IC IA L 36

} 2) Hogares en condiciones de carencia alimentaria.

III. Entrega de apoyo o subsidio.iPara el otorgam iento de l apoyo a los beneficiarios del p ro gram a regulado en las presentes Reglas de Operación,

consistirá en la entrega de vales por un valor de 2 kg canjeables en carne de origen animal ya antes mencionados.( 4

^ Artículo 5. Cualquier solicitud de apoyo deberá ser resuelta y notificada personalmente al titular beneficiario, por

r ^ conducto del Delegado, Subdelegado, Jefe de Sector o personas expresamente autorizados por el Ayuntamiento,: vu‘ w con Independencia de su publicación en la página electrónica del Ayuntamiento.

Capítulo lli

De los derechos y obligaciones de los beneficiarios

L Artículo S. Son derechos de los beneficiarios:

1. Recibir información y orientación clara, sencilla y oportuna sobre la operación del programa;

2. Recibir atención oportuna a sus solicitudes, quejas y sugerencias;

3. Recibir oportuna y gratuitamente los apoyos y beneficios.

5 Artículo 7. Son obligaciones de los beneficiarios:

1. Cumplir con los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de las presentes reglas de operación;

2. Mantener actualizados los datos de la familia, reportando al programa, el n

ausencia definitiva de los integrantes asi como reportando la corrección de datos

domicilio.

01rU %u

O6

Capítulo IV

Programa de desarrollo de capacidades y extensionismo ruraLr t C N b T A R l A

Artículo 8. El objetivo del programa es fortalecer la economía de las personas con escasos recursos o que se

encuentran en estado de vulnerabilidad como son los niños, niñas, adultos mayores, personas con alguna

discapacidad física o mental y mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, para así mejorar su calidad de

vida al proporcionarles el apoyo al consumo de carne. .

Sección I

Del componente apoyos para la ihtegradón de proyectos.

tfculó 9. El objetivo especifico es mejorar la calidad de vida de los sectores sociales más desprotegidos

asentados en las villas, poblados, rancherías y ejidos del Municipio, a través de meoanismos de planeación,

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40 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

comunicación y goncertación permanente, que les permita ser partidpes de las políticas, planes y programas de

\ desarrollo rural imptemeotados por el gobierno municipal.

I. Los conceptos de apoyo y montos máximos contenidos son ios siguientes:

a) Cada familia benefidada obtendrá un vale que ampara la cantidad de 2 KG y que será canjeable por

carnes de origen animal de acuerdo a la vigencia del programa;

b) El programa de vale de carnes se podrá suspender o cancelar por modificaciones presupuéstales.

II. Las instandas que intervienen en este componente son:

'-v

o

% *d ¿

X" l e í

a) La Dirección de Fomento Económico y Turismo: Será responsable de la captura, procesamiento y resguardo

de la informadón y del análisis de la información socioeconómica de las familias.

III. Las fechas de apertura son las siguientes: durante el año 2018, iniciarán el 01 de i

durante el ejercicio fiscal 2018.

Sección II

Del componente desarrollo de capacidades y extenslonismo rural.n - , ~ t___„« ‘.« í T a r i a

Artículo 10. Con el objeto de beneficiar al mayor número de población, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal,

el programa tendrá cobertura para las familias más vulnerables y carentes de los recursos económicos mínimos

para su alimentación, ubicadas tanto en el ámbito rural como urbano del municipio, integrado por la ciudad de

Comalcalco, cabecera municipal, y la ciudad de Tecolutilla; 19 colonias, 26 fraccionamientos, 3 villas, 3 poblados, /

87 rancherías y 31 ejidos.

Ciudad de Comalcalco, se conforma por:

lonias: 1.- Centro, 2.- Adolfo López Mateos, 3.- Belén, 4.- Gustavo de la Fuente Dorantes, 5.- Lázaro Cárdénas

aj^Río, 6.- Morelos, 7.- Santa Amalia, 8.- San Francisco, 9.- San Miguel, 10.- San Silverio, 11.- Tomás Garrido

^ x ^ J ^ n a b a l, 12.- Vicente Guerrero, 13 - Xochimilco, 14.- Ecológica Carlos Alberto Madrazo Becerra I, 15.- Ecológica

Carlos Alberto Madrazo Becerra II, 16.- 27 de Febrero, 17.- Villa Romero, en la Ranchería Norte primera sección,

18.- Arboledas, y 19.- Urania Franyutti de Vázquez, en la Ranchería Ignacio Zaragoza 1ra. Sección.

Fraccionamientos: 1.- Las Rosas, 2.- Jorge Díaz .Serrano, 3.- Unidad Habitacionál Las Delicias, 4.- S a n t o V ^ / j

Domingo, 5.- Conjunto Habitacional Comalcalco, 6.- La Esperanza, 7.- San Isidro, 8.- Solidaridad Nacional A. C., ^

9.- Villa Maya 1,10.-Villa Maya II, 11.- Palma Real, 12.- Magisterial I, 13.- Fovlsste (dentro de la Colonia Morelos),

14,; Magisterial II, 15.-Conjunto Habitacional Presidentes 1,16.-Conjunto Habitacional Presidentes II, 17.-Asturias,

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3 D E F E B R E R O D E 2018 PERIODICO OFICIAL 41

J

X ~

18.- Las Palmas, 19.- La Joya, 20.- Villas de Orlente, 21.* Conjunto Habltacional July-Car, 22.* Buenavista, 23.-

Empleados de Confianza de PEMEX, 24.- Conjunto Habltacional Gobernadores en la Ranchería Jesús Carranza,

25.- Conjunto Habltacional La Quinta, en la ranchería Jesús Carranza, y 26.* Bicentenario.

La ciudad de Tecolutilla se conforma por las siguientes colonias cuyas denominacjpnea ^ q n: Bethania,

Bicentenario, Centro, La Conchita, La Lupita, Nueva Creación y Siglo XXI;

Villas: 1.- Aldama, 2.- Carlos Greene, y 3.- Chichlcapa.

* .

Poblados: 1. Cupllco, 2. Cocohltal, y 3. Miguel Hidalgo. ’ '

Rancherías: 1.- Colonia Sur de Villa Aldama, 2.- Aldama 8egunda Sección (Manguito de Segovia), 3.- Aldama

Tercera Sección (Huapacalito), 4.- Aldama Cuarta Sección (El Naranjito), 5.- Arena Primera Sección, 6 . -Arena

V A .

v

J Jí Segunda Sección, 7.- Arena Tercera Sección, 8.- Arena Cuarta Sección, 9.- Arena Quinta Sección, 10.- Arena 30 o Sexta Sección, 11.- Arroyo Hondo Primera Sección, 12.- Arroyo Hondo Segunda Sección, 13.- Arrayo Hondo

r 4 Tercera Sección, 14.- Arroyo Hondo Cuarta Sección, 15.- Bellsario Domínguez, 16.- Carlos Groen» Segunda

j — Sección, 17.- Carlos Greene Tercera Sección, 18.- Carlos Greene Cuarta Sección, 19.- Centro Tütar Primera

? 3 Sección, 20.- Centro Tular Segunda Sección, 21.- Cuxcuxapa, 22.- Chicozapote, 23.- Emiliano Zapata Primera

Sección, 24.- Emiliano Zapata Segunda Secolón, 25.* Francisco I. Madero Primera Sección, 26.- Francisco I.

Madero Segunda Sección, 27.- Francisco Trujlllo Gurrla, 28.- Gregorio Méndez Primera Sección, 29.- Gregorio

Méndez Segunda Sección, 30.- Gregorio Méndez Tercera Sección, 31.- Guayo Primera Sección, 32.- Guayo

egunda Sección, 33.- Guayo Tercera Sección, 34.- Hermenegildo Galbana, 35.- Ignacio Gutiérrez Gómez, 36.-

l(jnac!o Zaragoza Primera Sección, 37.- Ignacio Zaragoza Segunda Sección, 38.- Ignacio Zaragoza Tercera

acción, 39.- Ignacio Zaragoza Cuarta Sección, 40.* Independencia Primera Sección, 41.- Independencia Segunda

s ^ Sección, 42.- Independencia Tercera Sección, 43.- Jesús Carranza, 44.- José María Pino Suárez Primera Sección,

. 45?Ajosó María Pino Suárez Segunda Sección, 46.- José María Pino Suárez Tercera Sección, 47.- Lagartera, 48.-

$ Lázaro Cárdenas Primera Sección, 49.- Lázaro Cárdenas Segunda Sección, 50.- Lázaro Cárdenas Tercera

Sección; 51.- León Zárate Primera Sección, 52.- León Zárate Segunda Sección (Palma Huaca), 53.- Miguel Hidalgo

Segunda Sección (Nueva Creación), 54.- Norte Primera Sección, 56.- Norte Segunda Sección, 56.- Occidente/*--^

Primera Sección, 57. Occidente Segunda Sección, 58.- Occidente Tercera Sección, 59.- Occidente Cuarta Sección,

60.- Oriente Primera Sección, 61.- Oriente Segunda Sección, 62.- Oriente Tercera Sección, 63.- Oriente Cuarta'

ección, 64.- Oriente Quinta Sección, 65.- Oriente Sexta Sección, 66.- Paso de Cupilco, 67,- Patastal Primera

Sección, 68.- Patastal Segunda Sección, 69.- Patastal Tercera Sección, 70.- Potrerillo, 71.- Progreso Tular Primera

Sección, 72.- Progreso Tular Segunda Sección, 73.- Reyes Hernández Primera Sección, 74.- Reyes Hernández

Segunda Sección, 75.- Sargento López Primera Sección, 76.- Sargento López Segunda Sección, 77.- Sargento

López Tercera Sección, 78.- Sargento López Cuarta Sección, 79.- Sur Primera Sección

81.- Sur Tercera Sección, 82.- Sur Cuarta Sección, 83.- Sur Quinta Sección, 84.-

Primera Sección, 86.- Zapotal Segunda Sección, y 87.- Zapotal Tercera Sección.

______ .Sección,

: “ vJjS.-oSépotal

F3

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42 P E R IO D IC O O F IC IA L 3 D E FE B R E R O D E 2018

-X'') Ejidos: 1. Ejido Agua Negra o Carlos Greene, 2. Ejido Aldama.3. Ejido Arenas, 4.

Cúprico, 6. Ejido Chlchicapa, 7. Ejido Cocohital, Chicozapote, 8. Ejido Guayo, 9. Ejido* L .

o■I

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■ir*'J ‘ v <rCeñjroi-Talpr;^0 . Ejido

ffá, 10. Ejido

Comatcalco, 11. Ejido Fernando Segovia, 12. Ejido Ignacio Gutiérrez Gómez, 13. Ejido José Ma;JPif¡cl'áuárez, 14.

Ejido Lázaro Cárdenas, 15. Ejido Nanchital, 16. Ejido Norte 1ra. Secc. (Buenavista), 17, Ejido Sur 1a, Sur 2da,

Sargento López, Oriente, 18. Ejido Francisco I. Madero, 19. Ejido Miguel Hidalgo, 20. Ejido Tecolutilla, 21. Ejido

Tío Moncho, 22. Ejido Guatemalán, 23. Ejido Carlos Pellicer Cámara, 24. Ejido San Femando (Norte 1 ra), 25. Ejido

San Femando Pueblo Nuevo, 26. Ejido San Julián (Norte 1ra), 27. Ejido Río Playa, 28. Ejido Hernán Rabelo Wade

(Norte 2da), 29. Ejido El Ángel, 30. Centro de Población Carlos Salinas de Gortari, 31. Centro de Población Agapito(

Domínguez.

Sección III

Del componente inspección y vigilancia

qtículo 11. Con el objeto especifico que se aprovechen los recursos, las familias, beneficiadas están sujetas al

'{proceso de validación, el cual consiste en evaluar nuevamente sus condiciones socioeconómicas y demográficas

desconformidad a la metodología de focalización establecida en estas reglas de operación.

La revalidación de las familias beneficiadas que se incorporaron a partir del 2016, 2017 y 2018 se realizará de

^ forma anual.

Las familias beneficiadas sujetas al proceso de revalidación, con base en el resultado de este, podrán permanecer

en él Padrón Activo de Beneficiarios recibiendo los apoyos del Programa si siguen continúan siendo elegibles, o j

causar baja definitiva si ya no cumplen con los criterios de elegibilidad.

-— ^A rtíc u lo 12. Suspensión de los apoyos del programa.

Los apoyos sociales se podrán suspender en forma provisional, por tiempo indefinido o definitivamente:

. 1. Cuando cambie la situación socioeconómica del beneficiario;

^ 2. Cuando el beneficiario cambie de domicilio, fuera del lugar en donde se le otorgo el apoyo;

t

í o

3. Cuando el beneficiario haga mal uso de los vales del programa, como por ejemplo.í n —/similares;

i \ 4 . flnan rir t a l hanafiH arin n n an u d a a r a n v u r al v a la n n r d o s n n aa ir tn as rnnaamitiws&tó' "<Íp2Sj)íIÍS‘Í ’/<i

! el tiempo de su vigencia; $ i

% I ;

Cuando el beneficiario no acuda a recoger el vale por dos ocasiones consecuf

5. Cuando el beneficiario no haga uso del vale durante

6. Por muerte del beneficiario;

7. Por falta de recursos presupuéstales y financieros por parte del otorgante;

8. Por conflicto legal entre familiares, como pensión alimenticia, divorcio, guarcfá^rqys

beneficio se otorgará a la parte que más lo necesite;

9. Por renuncia del beneficiario;

10. Por haberse inscrito el beneficiario en dos o más comunidades;

' ( 1; ’en este caso el

• 'S /V ¡A

atcializarlos u otros

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\3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 43

I

11. Por alterar el orden público en las reuniones en Ia3 que se haga entrega del apoyo;

12. Cuando la familia beneficiada sea visitada en dos ocasiones por el personal que el ayuntamiento autorice y no

se localice al informante adecuado, o bien, no séa posible obtener la Información socioeconómica completa por,

(5> causa Imputables a la familia;

á\\'V 13. Porque expire el ciclo de la familia behfeflcladál

^14. La familia beneficiada no permita la verificación de sus condiciones socioeconómicas y demográficas.

Los beneficiarios suspendidos ya no podrán ser reactivados o reincorporados al programa, excepto cuando se

v tV\ compruebe que el motivo de la suspensión no le es Imputable.

"• '"^ a Resolución de baja de la familia beneficiada, deberá contener los motivos, razones y circunstancias, así como

¿I fündamento legal por el cual se le suspenden los apoyos en especie, para tal efecto, el Director de Fomento

Económico, queda facultado para suscribir la baja, Utia vez que haya sido determinada, debiéndose notificar

\ personalmente ai titülar beneficiario, por conducto del Délegado, Subdelegado/ Jefe de Sector o personas

T expresamente autorizados por ei ÁyUritáffiléhto.

) Artículo 13. Temporalidad

Las familias beneficiarlas permanecerán en el programa mientras mantengan su condición de elegibilidad, la cual

se podrá corroborar a través de la evaluación de suá Gandiciones socioeconómicas y demográficas, conforme a la

metodología de focalización establecidas en estas reglas de

/

A\

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a

'J Artículo 14. Verificación permanente de condiciones socioeconómicas, /

El padrón de beneficiarios del programa, se Verificará de manera continua y

información socioeconómica y demográfica de cada familia e identificar a aatífi

criterios de elegibilidad del Programa, conforme a la metodología de focalizaciron

i o ccconstatar la

Osumt;Je n con los- ,vA ó

J f t í l a ' s reglas.

Las familias que al realizarse la verificación permanente de criterios para c ^ i^ i^ i^ ^ ^ o ^ w ie f ic ia d a s del

° programa, no cumplan con los requisitos de elegibilidad y permanencia, c a u s ^ á n -^ a y a ^ ñ a n e ra definitiva e

inmediata del Padrón Activo de Beneficiarios.

<<>

§

6

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$

Artículo 15. Atención e información a las familias beneficiadas.

La participación de las familias beneficiadas es fundamental para favorecer las acciones de transparencia,

supervisión y seguimiento de la operación del Programa y para que los apoyos y servicios en materia de

alimentación se entreguen de acuerdo a los lineamientos establecidos en estas reglas de operación, con pleno l\.1

respeto a los derechos de los usuarios y en términos de transparencia, calidad, honestidad y eficiencia.

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*

44 P ER IO D IC O O F IC IA L 3 D E F E B R E R O D E 2018

Capítulo V

Característica del apoyo del programa

Áítícu lo 16. El programa otorga a las familias beneficiarías apoyos a través de vales canjeables por carnes de

origen animal, para contribuir a que mejoren la calidad y diversidad de su alimentación buscando por esta vía

elevar su estado de nutrición.

*

>

Sección I

Quienes podrán ser beneficiados

)

r*-

o

Articulo 17. Podrán ser beneficiados para este programa:

3) El jefe o jefa de familia, acreditada por la autocldad de la localidad y aprobada asamblea;

b) Los mexicanos por nacimiento;

c) Los que se ubiquen en un nivel sodoeconómido, conforme a ios criterios de prioridad señalados en las reglas

de operación;

d) Los grupos vulnerables. / / * KS ' *

Sección ll

De las obligacionesv . v * >

Articulo 18. Las familias beneficiarías del programa adquieren ios siguientes compinorriléos:' A /? J/\1. Acudir a los establecimientos autorizados donde se podrá cambiar su vale por carne de origen animal;

2. Destinar el apóyo al mejoramiento de alimentación de sus integrantes;

3. Utilizar adecuadamente los complementos alimenticios de carne de origen animal para los miembros de su

familia, en especial si su s miembros están integrados por niños, niñas, adultos mayores, personas con alguna

discapacidad física o mental.

4. Mantener actualizados los datos de su familia, reportando al programa, ausencia definitiva de los integrantes,

así como la corrección de datos personales y los cambios de domicilio.

Capítulo VI

Mecánica de operación

Sección I

Incorporación de la familia

Articulo 19. La Incorporación de familias es el proceso mediante el cual se lleva a cabo la inclusión al programa

de nuevas familias que, siendo elegibles, no recibían los beneficios del mismo.

S

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3 D E F E B R E R O D E 2018 P E R IO D IC O O F IC IA L 45

La incorporación de las familias se confirma cuando se determina su elegibilidad considerando la disponibilidad ¿

presupuesta! del programa. ^

r

Sección II

Identificación del titular de la familia beneficiaría,

0 Articulo 20. Por cada familia beneficiaría se identificará a un titular, que podrá ser de manera indistinta el padre o

**7 le madre de familia, quien recibirá directamente los vales otorgados en el programa de asistencia social y deberá

tener una edad mínima de 18 años. Excepcionalmente, se podrá otorgar a menores de edad que acrediten estar

legalmente casados o que vivan públicamente en unión líbre y hayan procreado hijos producto de esa relación.

) Sección III

Integración del padrón de beneficiarios

Articulo 21. Los beneficiarios de este programa conformaran el padrón de base, el

3 \ familias elegibles para el proceso de incorporación al programa y el Padrón Activo de

CapituloVIl

Requisitos para ser prestador de servicios

Articulo 22. Para ser prestador de servicios se requiere:

1. Acreditar ser una persona física o moral legaimente constituida y estar inscrita en el régimen fiscal que

corresponda ante el Servicio de Administración Tributaría de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público;

2. Presentar declaración anual del ejercicio fiscal anterior;

3. Contar con domicilio fiscal en el Estado de Tabasco;

4. Encontrarse inscrito en el padrón de proveedores del Municipio de Comalcalco;

5. Sujetarse a los procedimientos administrativos que correspondan para la asignación dei servicio;

6. Suscribir el contrato que corresponda con el Municipio de Comalcalco;

7. Garantizar el cumplimiento de la obligación contraida.

A

Sección I

Recisión del contrato aí prestador de servicios

Articulo 23. Son causales de recisión dei contrato que se otorgue al prestador de servidos en el programa de

asistenda social de subsidio económico al consumo de carné los siguientes:

1. Que no entregue en tiempo y forma (os vales a que se haya obligado;

2, No cumplir con las condidones y características requeridas por el contratante para ia prestación dé! servido;

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46 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

v

3.

4.

Canjear los vales por productos de mala calidad;

Entregar una cantidad menor de producto a la que representa el vale respectivo;

Capítulo Vil

Sección I

Control y auditoría

' <0 i \J

Articulo 24. Con el objeto de cumplir con las normas presupuestarias y demás ordenamientos que regulan la

eficaz, ■ eficiente y honesta aplicación de los recursos, el programa de asistencia social de apoyo con vales

canjeables por carne de origen animal, será fiscalizado por la Contraloría Municipal quien con plena autonomía

¡mplementará las visitas que considere necesarias a las comunidades beneficiadas. Los resultados serán revisados

y atendidos por la misma y de conformidad a su competencia, resolverá las controversias que pudieran encontrar.

Sección II

Transparencia del programa

Articulo 25. Será responsabilidad de la Dirección de Fomento Económico y Turismo, el apego estricto a estas

de operación.

v£a'Dirección de Fomento Económico y Turismo elaborará materiales de difusión dirigidos a los beneficiarlos del

b

programa de vales canjeables por carnes de origen animal, con el fin de sensibilizarlos sobre la transparencia del

mismo. Dichos materiales serán previamente validados por el sector correspondiente y contendrán la siguiente-

le y e ra : .“El condicionamiento electoral o político de los programas sociales constituye un d^litoTederal que

se sanciona de acuerdo con las leyes correspondientes. Ningún servidor público puede utilizar su puesto o

sus recursos para promover el voto a favor o en contra de algún partido o candidato. Este programa es de1 N

carácter público y su otorgamiento o continuidad no depende de partidos políticos o candidatos. Los í.

\ ípartidos políticos no podrán utilizar o referir este programa en su propaganda”. m

Sección III

Manejo y difusión de la información ......

Articulo 26. La Dirección de Fomento Económico y Turismo es responsable de la integración;’oj:

mantenimiento, uso y difusión de la Información contenida en las bases de datos de l é y a n - L . „ „ „' fe-y localidades asi como del padrón de beneficiarios. ' ••>í0'i7v

v ' í w j u * . { 3

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 47

Aj\\

Estas tareas se llevarán a cabo garantizando la seguridad e integridad de la información, i^ & ^ ® T é ^ t e m a s de* *] fr í ■

operación y consulta con acceso restringido a las bases de datos, de forma tal que solo las personas Autorizadas

puedan realizar modificaciones a la información contenida en dicha base de datos.

O

El padrón de beneficiarlos deberá contener lós siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social

de las personas morales beneficiarlas, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas,

unidad territorial, en su caso, edad y sexo, siendo responsabilidad de la Dirección de Fomento Económico y

Turismo. Lo anterior con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Transparencia y

Acceso a la Información Pública y con el firme propósito de contribuir en la coordinación de acciones con otros

programas que son complementarios, intercambiando la información y evitando con ello la duplicidad de apoyos.

/ / i

Capítulo VIII

Sección I

Mecanismo de entrega de vales de carne

I/

Articulo 27. Para la entrega mensual de vales canjeables por carne de origen animal se deberán seguir los

siguientes procedimientos: lC

a) La autoridad municipal convocará a asamblea de beneficiarios y de manera personal previa identificación del ^

S mismo, realizará la entrega de vales a los beneficiarios;

b) Se indicará a ios beneficiarios las fechas y la vigencia para canjear los vales;

. c) El vale de carne tendrá una vigencia establecida.

Sección III

Mecanismo de comprobación de gastos del programa de vales canjeables por carne de^

proveedor.

ínimál-ry■*/>.

30 al

)s

I ARIA

Articulo 28. Para la comprobación de los gastos generados por la entrega de vales c a ^ a ^ s Tpi%i^cri§^' // ¿1

a) El proveedor entregará en la Dirección de Administración la factura que ampara lá '^ ^ c iju d f^ n ^ it i^ ^ o r el

ayuntamiento, previa entrega de los vales;

b) La Dirección de Finanzas, realizará el pago al proveedor;

c) La Dirección dé Fomento Económico y Turismo, entregará las listas firmadas por los beneficiarios del programa,

que ampara la entrega de los vales por el ayuntamiento;

d) La Dirección de Fomento Económico y Turismo, enviará la comprobación el dia 15 de cada mes a la D ire cció n /^

de Administración. v,l*

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48 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

Capitulo IX

Quejas y denuncias\

Articulo 29. Las quejas y denuncias que se deriven de la operación del programa serán canalizadas a la Direcoión

de Contralorfa, en los tóiminos de las disposiciones jurídicas administrativas y reglamentarias aplicables a cada

aso. ■

Dirección de Fomento Económico y Turismo, en apego a los iíneamientos y criterios que determine ef presente

ito realizará acciones tendientes a garantizar la atención oportuna y eficiente de las quejas, denuncias,

^ p e tic io n e s o sugerencias que presenten las familias beneficiarías y ei público en general.

TR A N S ITO R IO S

establezcan los ordenamientos legales aplicables.

Articulo Segundo.- Las presentes Reglas de Operación, entraran en vigor al día siguiente de su publicación en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado, derogando cualquiera otras reglas de operación expedidas con

anterioridad.

EXPEDIDO EN LA SALA DEL CABILDO MUNICIPAL DEL AYU N TA M IEN TO C O N S TITU C IO N A L D EL MUNICIPIO

DE COM ALCALCO, TABASCO, A LOS 30 DIAS D EL M ES DE NOVIEM BRE DEL AÑ O D O S MIL DIECISIETE, < . <<? POR LOS REGIDORES Q U E INTEGRAN EL CABILDO QU IEN ES FIRMAN AL C ALCE Y AL M ARGEN DE LA

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 49

A r t u r o s a n t o r i g u e z

i Tercer Regidor y Sínaico/de Hacienda de Egresos* N u

_A U 'A.A) !=V G. O {"c czJá'QJ. í ___________

JU A N A GOM EZ GUILLER M O

Sexta Regidora

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yMARTIN DOMINGUEZ AB ALO S

Quinto Regidor

A N TO N IO PER EZ AR IAS

Séptimo Regidor

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50 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

EN CUM PLIM IENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 29 FRACCION III, 47, 51, 52, 53, 54 y 65

FR A CCIO N II, DE LA LEY ORGANICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTA D O DE TA B ASCO , SE PROMULGAN

\pr\O Tccra7auvíá; u e l MUNICIPIO DE COM ALCALCO TA B A S C O 2018 PARA SU 'L

EL QUE SUSCRIBE LIC. DAVID D ÍA Z OROPEZA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE

COMALCALCO, TABASCO.

C E R T I F I C A

QUE EL PRESENTE DOCUMENTO CONSTANTE DE (18) DIECIOCHO FOJAS VALIDAS EN SU ANVERSO, SON COPIA

FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL, DE LA CUAL TENGO A LA VISTA Y QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE ESTE

AYUNTAMIENTO DE COMALCALCO, TABASCO, M ISMA QUE CERTIFICO, SELLO Y RUBRICO A LOS VEINTINUEVE

DÍAS DEL M ES DE D IC IEM BRE DEL AÑO DO^ MIL DIECISIETE.

A t e n t a m e n t e

LIC, DAVID DIAZ

SECRETAR IO DEL'AYUNTAMIENTO

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 51

No.- 8774

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL “APOYO ECONÓMICO A TAXISTAS, (PROYECTO SOSO)” W

DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO. ggggISfflggjou*aou

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALCALCO 2016-2018

DIRECCIÓN DE FOMENTO ECONÓMCO Y TURISMO

__ C r JA V IER MAY RODRIGUEZ, Presidente Municipal de Ayuntamiento Constitucional del Municipio de ComafcaJuéC

Tabasco, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos: 115 Fracción II y IV de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 Fracción I de la Constitución Política del Estado Ubre y Sqper^lS ifeTabaseo;

•> 29, 30, 31, 33 y 83 Fracción XII de la Ley Orgánica de los Municipios del Fetartn de Tabesúó,' i, /- v \

CONSIDERANDO bVSl SSf* 1\ PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido por los artículos 115 de la Constitución P6Htic$ derítJb^EáradosJ S F r ' ^ - r r ^^ Unidos Mexicanos; 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; la Ley

Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; el municipio de Comalcalco, tiene personalidad jurídica propia

y su función primordial es propiciar el gobierno democrático para el constante mejoramiento económico, social y

cultural de sus habitantes, mediante la prestación de los servicios públicos.

cL.

b

ü$

SEG U NDO : Que de conformidad con io establecido en los artículos 64 y 65 de lá Constitución Política del Estado

Libre ylsoberano de Tabasco; 29, 30, 31 y 33 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, el

Municipio tiene la facultad y la obligación de promover, coordinar, expedir, examinar, .remitir, aprobar, vigilar, otorgar,

asignar, designar y participar en el desarrollo integral del municipio y la correcta prestación de los servicios públicos

municipales, con el objeto de abatir las carencias y'rezago que afecten a los pueblos y comunidades indígenas.

TERCERO : Que de acuerdo a la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, en su articulo 83, Fracción

XII en la que prevé que le corresponde a la Dirección de Fomento Económico y Turismo, el despacho que le

atribuye expresamente las leyes, reglamentos y las que le encomiende directamente el Ayuntamiento o el Presidente

Municipal.

_$UARTO: El artículo 29 Fracción III de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, faculta al

Ayuntamiento para expedir y aplicar el Bando da Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y demás

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52 P E R IO D IC O O F IC IA L 3 DE FEBRERO DE 2018

disposiciones administrativas de observación general, dentro de sus respectivas jurisdicciones; de manera particular

las que organicen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la * A

participación ciudadana y vecinal, sujetándose á las reglas establecidas para ello en la citada Ley. Por lo que se 'A

_emite el siguiente:

P

S

A C U E R D O POR E L Q U E S E DAN A C O N O C E R LAS R EG LAS DE O P ER A CIÓ N D EL PR O G R AM A SO CIAL

“A P O Y O CON M ICROCREDITOS A TA X IS TA S (P R O Y E C TO ) ” D EL M U N I C I ^ Ó ^ E ^ ^ L C A L C O ,

TA B ASCO ., '</s;

1. OEFINICION D EL PROGRAMA. I\ 'i. V .# .- cy/

El programa de Apoyo con microcredltos a taxistas, tiene como objetivo apoyar taxistas^ dej^KÍnicipio, que

requieren de apoyo económico para su unidad de trabajo.

2. O B JE TIV O G EN ER AL

El Programa de Apoyo con microcreditos a taxistas tiene como objetivo apoyar su actividad de servicios f

(unidades) con el mejoramiento de su área de trabajo en el que se desempeñan día a dia. /,

L

d

3. O B JE TIV O S ESPECÍFICOS

El programa tiene como objetivos específicos los siguientes:

• Otorgar apoyos a taxistas del municipio.

• Apoyar él mejoramiento de sus unidades o equipamiento.

A-A> <<>/»,»o , ,. v a

C A P ÍTU LO I.- CONSIDERACIONES G E N E R A L E S ;^ * ' *J.

j A R TÍC U L O 1.- Las presentes reglas de operación tienen como objeto establecer lá■A %■ rt.'A-vrí1

ifetlVB

, así como para los sujetos de apoyo.

V A R TÍC U L O 2.- C O B E R TU R ASECixtTAÍ\!: ■

Los taxistas del Municipio de Comalcalco que cumplan con las presentes Reglas de Operación.

A R TIC U L O 3. POBLACION O B JETIV O

Este programa estará dirigido a personas mayores de 18 años de edad, y que residan en el municipio de

Ique regirá , L.

V '<'r'y.r vt ¡jel otorgamiento de apoyos de microcreditos para taxistas. Su observancia será'Oblihatoríá^@¿el,^rea//esponsable .-

•Vo 'VT*TWrv.ife.‘ ,o/< SO

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Comalcalco. A

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 83

C A P ITU LO II.- S U JE TO S DE A P O Y O

a k i i u u l u 4.- soio se podran considerar como sujetos de apoyo financiero, a las personas mayores de I8 años ^

de edad, y que residan en el municipio de Comalcalco y sean taxistas.' V - 'n?

C A P ITU LO III.- CAR ACTER ISTICA S D EL AP O YO \

A R TIC U L O S.- Los sujetos de apoyo, recibirán un apoyo económico de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.n I) A -

\ \ep una sola exhibición.

\R TÍC U LO 6.- La Contraloria Municipal, en ejercicio de sus atribuciones, calificará, regulará y supervisará la

^ operación del Programa.y

A R TÍC U L O 7.- Para efectos de análisis, aprobación, propuestas e información de las solicitudes de apoyo

con microcreditos para taxistas , las Dirección de Fomento Económico y Turismo será la responsable.

CAP ITU LO IV.- REQUISITOS DE ACU ER D O A LAS M OD ALID AD ES DE A P O Y O S FINANCIEROS

A R TÍC U L O 8.- Son requisitos generales para la obtención del Apoyo económico, los siguientes:

a) Presentar la solicitud en original en formato libre.

b) Original (para cotejo) y copia de Identificación oficial (IFE o INE vigente)., .■.-•V- ci

c) Comprobante de domicilio original (para cotejo) como (Recibo de luz, Telefop'g,. A ^u ^c

de residencia del delegado. •/ v?

^ d) Constancia de la Unión de taxistas que los acredite como tal.

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C A P ITU LO V.- D E LAS O PER ACIO N ES

A R TÍC U L O 9.- Las Dirección responsable del programa podrá, por sí misma o por terceros, realizar visitas 's j [

periódicas a los sujetos de apoyo para verificar el destino de estos recursos.

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A R TÍC U L O 10.- Si durante el desarrollo y operación del programa se presentaren situaciones no previstas en las Aj

presentes reglas de operación, se podrá hacer uso de los recursos destinados a los apoyos financieros, para ^

( subsanar las mismas, sin que esto comprometa el cumplimiento de los objetivos planteados.

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54 P E R IO D IC O O F IC IA L 3 DE FEBRERO DE 2018

C A P ÍTU LO VI.- D E L D E S TIN O D E LO S A P O Y O S F I I U ^ C Í | R Ó ^ f ^

A R TÍC U L O 11.- Los apoyos económicos que se otorguen se destinarán

accesorios que requiera el beneficiario para su unidad de trabajo.*l f

V e. J /

§C A P ÍTU LO Vil. - D E LA DIFUSIÓN Y PROM OCIÓN D E L PR O G R AM A A R I

A R T ÍC U L 0 12.- La Dirección responsable del programa dará a conocer los lincamientos generales de las presentes

Reglas do Operación, los términos, montos y alcances de la misma, así como los lugares de atención, de entrega

J y recepción de solicitudes.

A R TÍC U L O 13.- La difusión y promoción, asi como los términos, montos y alcances de las mismas, dependerá Ib la asignación presupuestal con que cuenten la Direcciones responsables para el programa, en el ejercicio ^

correspondiente. y‘A :

^ A R TÍC U L O 14 .- La difusión y promoción se hará a través de la Dirección de Fomento Económico y Turismo.N

C A P ÍTU LO VIII.- DE LOS M ONTOS Y LINEAM IENTOS DE L O S A P O Y O S FINANCIEROS

A R T ÍC U L 0 18.- El monto de los apoyos otorgados será de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N)

A R T ÍC U L 0 16.- Los apoyos económicos estarán sujetos a los siguientes iineamientos:

a) La Dirección de Fomento Económico y Turismo, Integrará los expedientes de cada uno' de los solicitantes,

cuidando que se cumpla con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación.

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A R TÍC U L O 17.- En casos excepcionales, y en forma especifica, se podrá

por montos mayores al establecido en las presentes Reglas de Opera<

responsables, quien dará vista al Presidente Municipal, tomando en cuenl

naturaleza de los proyectos productivos en cuanto al beneficio social y econói

¡DtóTjgáfníénto de apoyos" > o\\

léi. la Dirección

4® viabilidad y laa* r

CA P ITU LO IX.- PROCEDIM IENTO PARA E L O TO R G A M IEN TO DE APgfYjpS F ljS lA ^ lé R O S

A R TÍC U L O 18.- Una vez realizada la difusión y promoción referida en el Capitulo Vil de las presentes Reglas de

Operación, la Dirección responsable llevará a cabo las acciones necesarias para la tramitación y en su caso

calificación, seguimiento y evaluación de los apoyos con base en las presentes Reglas de Operación.

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 55

^ ar tícu lo 19.- La Dirección responsable recabará las solicitudes que sean presentadas en sus oficinas y aquellas ^~ que le presenten los promotores, con la finalidad de revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el

r> Capítulo IV de las presentes Reglas de Operación, para su análisis y, en su caso, calificación, ratificación o rechazo.En aquellos casos en los que se determine la improcedencia de la solicitud, debido a que no se cumpla con los

requisitos establecidos en las presentes Reglas de operación, la Dirección responsable establecerá contacto con

los solicitantes para darles a conocer los motivos de improcedencia.

i A R TÍC U L O 20.-Al analizar las solicitudes, la Dirección considerará los siguientes criterios para emitir su calificación:

l

)

/

\

K \-a.)J3pr socios de ja unión de taxistas del municipio

b) La fecha de presentación de la solicitud, dando prioridad a aquellas que se encuentren en reserva.

A R TÍC U L O 21.- En aquellos casos en los que las solicitudes se hayan presentado en tiempo y forma, y'que se

determine su improcedencia, debido a que se agoten los recursos económicos destinados para el programa en el

ejercicio presupuestál correspondiente, quedarán en reserva para ser consideradas, en forma prioritaria, en la

convocatoria inmediata siguiente. En tales casos, se Informará a los solicitantes que su solicitud quedará en estatus

de reserva, pudiendo acceder al programa en la convocatoria próxima, para lo cual, sólo deberán efectuar los

trámites necesarios para la actualización de su solicitud.

C A P ÍTU LO X> DE LA E N TR E G A DE LOS A P O Y O S F I N A N C I E R O ^ !

x A R TÍC U L O 22.- En todos los casos la Dirección responsable

Reglas de Operación, en el que se haga constar el proceso de asignación y seguimiento, de Cf^ta^yo^otQfd^do.XC4. ' "-'■i: ■ ■■< ' .^/7

A R TÍC U L O 23.- La entrega de los apoyos podrá efectuarse de manera individual o en un acto/dp éntrégájiriasiva,¿i \. ♦ * *cuidando siempre que sea de manera personal a cada sujeto de apoyo.

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C A P ITU LO XI.- D E L A COORDINACIÓN IN STITU CIO N AL

A R TÍC U L O 24.- El Municipio de Comalcalco, a través de la Dirección de Fomento Económico y Turismo, deberá

promover todo tipo de actos, contratos o convenios, con otras instancias gubernamentales o de carácter privado, ^

para lograr el cumplimiento de los objetivos del Programa.

A R TÍC U LO 25.- UNIDADES ADM IN ISTRATIVAS R ESPO N SABLE

La dependencia responsable de la ejecución del programa es la Dirección de Fomento Económico y Turismo.

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66 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

N T íiívu C W w ÍM R S W W C iR TO P TJO n n w m n cirR w cK rv )^Corresponderá a la Dirección Responsable vigilar la adecuada operación del programa, atendiendo las presentes

\T ^ íg l^ s de Operación, dando cumplimiento a los presentes lineamientos.

El municipio de Comalcaico, asegurará el buen uso, manejo y destino de los recursos para lo cual podrá ordenar

Aevaluaciones y visitas periódicas para validar la información que se obtenga de los informes que rindan los

beneficiarlos así como los promotores de apoyos financieros. \

"La Dirección de Fomento Económico y Turismo, dará seguimiento a los apoyos otorgados con la finalidad de

fasegurar que el destino de los recursos sea para mantemiento de la misma unidad, compra

que el beneficiarlos elija, lo cual les permita ser sujetos de apoyo de programas f u tó ^ ^ ' ■,/A> *$' (i

CAPITULO XII.- EVALUACIÓN í f W

V

ART ÍCU LO 27.- EVALUACIÓ N INTERNA\

accesorioso

Corresponderá a la Dirección responsable llevar a cabo.las acciones necesarias^up ^ermitari ^valuar y dar

seguimiento a las acciones propias de la ejecución del programa, así como recabar, concentrar y resguardar las

bases de datos que se generen con la operación del programa, así como rendir los informes correspondientes al

Presidente Municipal y a las instancias facultadas para solicitar dicha información.

CAPITULO X III.-Q U EJA S Y D EN U N C IAS

• Contraloría Municipal de Com alcaico.- Plaza Juárez S/N Col. Centro, Comalcaico, Tabasco. C.P. 86300.

Tel. (933) 114-00-00 Ext. 127

CAPITULO XIV.- D IFU SIÓ N O PU BLIC IDAD EN TÉRM IN O S DE LA LEY

Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libra y Soberano de Tabasco.

CAPITULO XV.- T RA N SPAREN C IA

r-

vLa¿ Direcciones deFomento Económico y Turismo darán a conocer los presentes lineamientos, así como los

\re^ultados de los apoyos otorgados y beneficios logrados con el Programa, en términos de la Ley de Transparencia

. y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.^ J

TRAN SITO R IO S

Artículo Primero.- Lo no previsto en las presentes Reglas de Operación, será resuelto de acuerdo a lo que

establezcan los ordenamientos legales aplicables.

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P E R IO D IC O O F IC IA L 57

A rria d o Segundo.- Las presentes Reglas de Operación, entraran en vigor al día slguieri^ de su^sjfttUcatión en elK \ \ W i s ''¿N

Periódico Oficial del Gobierno del Estado, derogando cualquiera otras reglaft^e4¿poi ( <á^|5e idas con

anterioridad- //» * ^ s y e B S S m . c > \\ \

EXPED ID O EN LA SALA DEL CABILDO MUNICIPAL DEL A YU N TA M IEN TO C O N S Í ^ c S I ^ ^ Í lJ jUNICIPIO

DE COM ALCALCO, TAB ASCO , A LOS 30 DIAS DEL MES D E NOVIEM BRE DEL A N ^ O ^ I í ' ^ I E C I S I E T E ,

N" POR LOS REG IDORES Q U E INTEGRAN EL CABILDO QUIENES FIRMAN AL C A L C É Y^á l / f^ÁRG tN DE L A

i P R ES EN TE , POR Y A N TE EL SECRETARIO DEL A YUN TAM IEN TO

*

C JA V IE R M AY RODRIGUEZ

Presidente Municipal

LILIA LÓPEZ SANDOVAL

Segundo regidor y Sindica de Hacienda de Ingresos

A R T URO

Tercer Regidor y ^fndia» de Hacienda de Egresos

IRMA DOM ÍNGUEZ MÉNDEZ

Cuarta Regidora

y u 6 c h C 2. é t o . lL C -e H ^

JU A N A GÓM EZ GUILLERM O

Sexta Regidora

-M lJMÍNGUIM ARTÍN DOM ÍNGUEZ A B A L O S

Quinto Regidor

A N TQ N IÓ PÉR EZ ARIAS

Séptimo Regidor

Noveno Regidor

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JESÚ S AREVACÚ 'H ERNÁNDEZ

Décimo Cuarto Regidor

EN CUM PLIM IENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 29 FRACCION III, 47, 51, 52, 53, 54 y 65

FRACCION II, DE LA LEY ORGANICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTA D O DE TA B ASCO , SE PROM ULGAN

LAS P R ESEN TES REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DE “APO YO EC O N O M IC O A

TAX ISTAS, (PROYECTO IS080 )“ DEL M UNICIPIO DE CO M ALCALCO , TABASCO . D EL M U N IC IP IO DE

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 59

EL QUE SU SCR IBE LIC. DAVID DÍAZ OROPEZA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE

COMALCALCO, TABASCO.

C E R T I F I C A

QUE EL PRESENTE DOCUMENTO CONSTANTE DE (11) ONCE FOJAS VALIDAS EN SU ANVERSO, SON COPIA FIEL Y

EXACTA DEL ORIGINAL, DE LA CUAL TENGO A LA VISTA Y QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE ESTE

AYUNTAMIENTO DE COMALCALCO, TABASCO, M ISMA QUE CERTIFICO, SELLO Y RUBRICO A LOS VEINTINUEVE

DÍAS DEL M ES DE D IC IEM BRE DEL AÑO DO S MIL DIECISIETE.

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» " g r p n n p r « / \ n rA O

No.- 8775

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA SOCIAL “APOYO AL CONSUMO DE CARNES”

(PROYECTO IS040) DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TARASCO.

G OO O M A IC A IO OAVUNMáMNIO COMIflfUCtONM.

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALCALCO 2016-2018

DIRECCIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO Y TURISMO

C. JAV IER MAY RODRIGUEZ, Presidenta Municipal de Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Comalcalco,

Tabasco, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos: 115 Fracción li y IV de la Constitución Polftica délos

Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 Fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco;

29, 30, 31, 33 y 83 Fracción XII de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, y

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que de conformidad con lo establecidd por los artículos 115 de la Constitución Polftica de los Estados

Unidos Mexicanos; 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano dé Tabasco; 2 y 3 de la Ley

Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; el municipio de Comalcalco, tiene personalidad jurídica propia

y su función primordial es propiciar el gobierno democrático para el constante mejoramiento económico, social y

cultural de sus habitantes, mediante la prestación de los servicios públicos.

SEGUNDO: Que de conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Constitución Política del Estado

Libre y Soberano de Tabasco; 29, 30, 31 y 33 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, el

Municipio tiene la /acuitad y la obligación de promover, coordinar, expedir, examinar, remitir, aprobar, vigilar,

otorgar, asignar, designar y participar en el desarrollo integral del municipio y la correcta prestación de los servicios

públicos municipales, con el objeto de abatir las carencias y rezago que afécten a los pueblos y comunidades

indígenas. ,

TER CER O : Que de acuerdo a la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, en su articulo 83, Fracción

XII en la que prevé que le corresponde a la Dirección de Fomento Económico y Turismo, el despacho que le

atribuye expresamente las leyes, reglamentos y las que le encomiende directamente el Ayuntamiento o el

Presidente Municipal.

C U A R TO : El articulo 29 Fracción III de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, faculta al

Ayuntamiento para expedir y aplicar el Bando de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y demás

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3 D E F E B R E R O D E 2018 P E R IO D IC O O F IC IA L 81

disposiciones administrativas de observación general, dentro de sus respectivas jurisdicciones; de manera particular .

las que organicen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la

participación ciudadana y vecinal, sujetándose a las reglas establecidas para ello en la citada Ley. Por lo que so

emite el siguiente:

ACU ERD O PO R EL Q UE S E DAN A CO N O CER LA S REG LAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAM A SO C IAL

“APOYO A L CO NSU M O DE C A R N E S" (PROYECTO IS040) DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TARASCO.

TITULO I

Disposiciones Generales

Capftulo I

Del Objeto de las Reglas

Articulo 1. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las Reglas de Operación para la aplicación del apoyo:

I. Programa de Asistencia social y atención a grupo* vulnerables:

a) Carne de origen animal ( peces y ave» podrán ser en pie o en canal, bovino, porcino y ovino, serán en canal)

Este programa de carácter asistencia! tiene como objetivo la reducción• de -la marcada' desigualdad social y

alimentaria en las distintas localidades que integran al munldplo de Gomalcnlco. de tatforma que las familias más '

desprotegidas tengan pleno acceso a un mejor nivel de vida a través do esto programa.

Capitulo II

De la obtención dol apoyo

8acclón l

De los criterios da elegibilidad y requisitos generales

Artículo 2. Son sujetos de este programa las familias «fbf Municipio'-de Comalcaico que previo estudio

socioeconómico aplicado por la autoridad municipal, resulten con un grado: de pobreza alimentaria considerable y

que por lo mismo carezcan de las posibilidades mínimas de una nutrición equilibrada.

Articulo 3. El ciudadano que resulte apto para ser candidato a beneficiario del programa, deberá cubrir, ios

siguientes requisitos generales que deberán presentarse adjuntos a la solicitud de apoyo:

a) Acreditar ser mayor de edad o menor legálmente casado o que públicamente viva en unión libre, en la localidad

de que se trate;

.b),prgjBenten como identificación.oficial cradancial.de elector vigente (IFE o INE), cuando ésta contenga la CURP

, . np.ser¿ necesario prosear,ésta; „

c) Presentar la CURP; , -

d) Comprobante de domicilio actualizado.

. Una vez cotejados serán devueltos Inmediatamente los documentos originales..

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Sección ii

Del procedimiento para la obtención del apoyo

Articulo 4. Para la obtención del apoyo en el programa subsidio ál consumo de carne, el interesado deberá formular

por escrito solicitud precisando el programa asistencial que requieren, en las fechas establecidas y publicadas en

la ventanilla única divulgada por la instancia ejecutora, anexando los requisitos a los que se refiere el articulo 3.

Para la implementación del programa de apoyo al que se refieren estas reglas de operación se seguirá el siguiente

procedimiento: , . „ ____

[. Selección de localidades.

Se procede a la selección de las localidades en las que se implementará el programa de asistencia social tomando

en cuenta el total de localidades que conforman el Municipio: la Ciudad de Comalcalco, como cabecera municipal,

y la ciudad de Tecolutilla, 19 colonias, 26 fraccionamientos, 3 villas, 3 poblados, 87 rancherías y 31 ejidos, dando

prioridad a aquí las que presenten mayor Indice de rezago social y que por su grado de marginación las

posibilidades de icceso.a los servicios de salud, educación y alimentación son escasas.

Seleccionada ia localidad, se precederá a levantar la Información socioeconómica de los habitantes para identificar

aquellas familias elegibles para el programaren base a los criterios citados.

II. Metodología de la focajización para la identificación de beneficiarios y su permanencia en el progrühia.

La Dirección de Fomento Económico y Turismo es la unidad administrativa responsable de la captura,

procesamiento y resguardo de la información. El estudio socioeconómico y él análisis respectivo, será realizado

por el personal que a efecto autorice el Ayuntamiento.

La información socioeconómica se obtendrá de un estudio de campo validado en asamblea comunitaria, en el que

se consideren entre otros datos, las características del hogar, las condiciones socioeconómicas del entrevistado.

Esta información debe ser proporcionada por el solicitante, quien deberá residir habitualmente en el lugar y conocer

los datos de todos los integrantes de la familia.

La incorporación y permanencia de un hogar en el programa, será determinada en base a su condición de pobreza,

aproximada a través de su Ingreso estimado, con atención prioritaria a la pobreza alimentaria

Identificadas las familias elegibles, se atenderá a los hogares diferenciando los siguientes criterios de prioridad:

1) Hogares con mayor pobreza;

2) Hogares en condiciones de carencia alimentaria.

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 63

III. Entrega de apoyo o subsidio.

Para el otorgamiento del apoyo a los beneficiarios del programa reguiado en las presentes Reglas de Operación,

consistirá en la entrega de vales por un valor de 2 kg canjeables en carne de origen animal ya antes mencionados.

Articulo 5. Cualquier solicitud de apoyo deberá ser resuelta y notificada personalmente al titular beneficiario, poriconducto del Delegado, Subdelegado, Jefe de Sector o personas expresamente autorizados por el Ayuntamiento,

con independencia de su publicación en la página electrónica del Ayuntamiento.

Capitulo III

De tos derechos y obligaciones de los beneficiarios

Artículo 6. Son derechos de los beneficiarios:

1. Recibir información y orientación clara, sencilla y oportuna sobre la operación del programa;

2. Recibir atención oportuna a sus solicitudes, quejas y sugerencias;

3. Recibir oportuna y gratuitamente los apoyos y beneficios.

Articujo 7. Son obligaciones de los beneficiarlos;

1. Cumplir con los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de las presentes reglas de operación;

2. Mantener actualizados los datos de la familia; reportando al programa, el nacimiento, alta, fallecimiento o

ausencia definitiva de los integrantes asi como reportando la corrección de datos personales y los cambios de

domicilio. .

Capitulo IV

Programa de desarrollo de capacidades y extensionismo rural

Articulo 8. El objetivo del programa es fortalecer la economía de las personas con. escasos recursos o que se

encuentran en estado de vulnerabilidad como son los niños, hiñas, adultos mayores, personas con alguna

discapacidad física o mental y mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, para asi mejorar su calidad de

vida al proporcionarles el apoyo al consumo de carne.

Sección I

Del componente apoyos para la integración de proyectos.

Artículo 9. El objetivo especifico es mejorar la calidad de vida de los sectores sociales más desprotegidos

asentados en las villas, poblados, rancherías y ejidos del Municipio, a través de mecanismos de planeación,

comunicación y concertación permanente, que les permita ser participes de las políticas, planes y programas de

desarrollo rural implementados por el gobierno municipal.

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64 P E R IO D IC O O F IC IA L 3 DE FEBRERO DE 2018

I. Los conceptos dé apoyo y monto* máximo* oontontoo* son los siguientes:

a) Cada familia beneficiada obtendrá un vál* qu* ampara la cantidad de 2 KG y que será canjeable por

carnes de origen animal d* *ou*rcto a te vigencia del programa;

. b) El programa de val* de cam a* * * podrá suspender o cancelar por modificaciones presupuéstales.

II. Las instancias que intervienen en eete oomponenle son:

a) La Dirección de Fomento Económico y TUriemo; Será responsable de la captura, procesamiento.y resguardo

de la información y del análisis de la lotormaoton eooloaoondmica de las familias.

III. Las fechas de apertura son la* siguiente*: durante al eto 2017, Iniciarán el 01 de marzo de 2017 y será aplicado

durante el ejercido fiscal 2017.

M oción II

Del componente desarrollo do capacidades y axtensionismo rural.

Artículo 10. Con el objeto de beneficiar al mayor número de población, de acuerdo a la disponibilidad presupuesta!,

el programa tendrá cobertura para las familia* máa vulnerables y carentes de los recursos económicos mínimos

para su alimentadón, ubicadas tanto en el ámbito'rural como urbano del municipio, integrado por la ciudad de

Comalcalco, cabecera municipal, y la dudad da TeoolutINa; 19 colonias, 26 fraccionamientos, 3 villas, 3 poblados,i‘ ' • •

87 rancherías y 31 ejidos. ■

- La Ciudad de Comalcalco, se conforma por:

‘ Colonias: 1.- Centro, 2.- Adolfo López Mateos, 3.- Belén, 4.- Gustavo de la Fuente Dorantes, 5.- Lázaro Cárdenas

del Río, 6.- Morelos, 7.- Santa Amalla, 8.- Sen Frandsco, 9.- 8an Miguel, 10.- San SByério, 11.- Tomás Garrido ' . \

Carta bal, 12.- Vicente Guerrero, 13 - Xochlmlloo, 14.- Ecdóglca Carlos Alberto Madrazo Becerra I, 15.- Ecológica

Carlos Alberto Madrazo Becerra II, 16.- 27 de Febrero, 17.- Villa gomero,’en la Ranchería Norte; primera áéCción,''* * * , # .* * . . rf • , ’ • 1

18.-Arboledas, y 19.-Urania Franyutti de Vázquez, en la Rsnchería Ignacio Zaragoza Ira. Sección.

Fraccionamientos: 1.- Las Rosas, 2.- Jorge Díaz Serrano, 3>- Unidad Habitacional Las Delicias, 4.- Santo

Domingo, 5.- Conjunto Habitacional Comalcalco, 6.- La Esperanza, 7.- San Isidro, 8.- Solidaridad Nacional A. C.,

9.- Villa Maya I, 10.- Villa Maya II, 11.- Palma Real, 12.- Magisterial 1,13.- Fovisste (dentro de la Colonia Morelos),

14.- Magisterial II, 15.- Conjunto Habitacional Presidentes 1,16.- Conjunto Habitacional Presidentes !Í, 17.-Asturias,

18.- Las Palmas, 19.- La Joya, 20.- Villas de Oriente, 21.- Conjunto Habitacional July-Car, 22.- Buenavista, 23.-

Empieados de Confianza de PEMEX, 24.- Conjunto Habitacional Gobernadores en la Ranchería Jesús Carranza,

25.- Conjunto Habitacional La Quinta, en la ranchería Jesús Carranza, y 26.- Bicentenario.

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 65

La ciudad de Tecolutilla se conforma por las siguientes colonias cuyas denominaciones son: Bethania,

Bicentenario, Centro, La Conchita, La Lupita, Nueva Creación y Siglo XXI;

Villas: 1 Aldama, 2.- Carlos Greene, y 3.- Chichicapa.

Poblados: 1. Cupilco, 2. Cocohital, y 3. Miguel Hidalgo.

Rancherías: 1.- Colonia Sur de Villa Aldama, 2.- Aldama Segunda Sección (Manguito de Segóviá), 3.- Aldarhá

■ Tercera Sección (Huapacalito), 4.- Aldama Cuarta Sección (El Naranjito), 5,- Arena Primera Sección, 6.- Arena

Segunda Sección, 7.- Arena Tercera Sección, 8.- Arena Cuarta Sección, 9.- Arena Quinta Sección, 10.- Arena

Sexta Sección, 11.- Arroyo Hondo Primera Sección, 12.- Arroyo Hondo Segunda Sección, 13 - Arroyo Hondo

Tercera Sección, 14.- Arroyo Hondo Cuarta Sección, 15.- Belisario Domínguez, 16.- Carlos Greené Segunda

Sección, 17.- Carlos Greene. Tercera Sección, 18.- Carlos Greene Cuarta Sección, 19.- Centro Tular Primera

Sección, 20.- Centro Tular Segunda Sección, 21.- Cuxcuxapa, 22.- Chicozapote, 23.- Emiliano'Zapata Primera

Sección, 24.- Emiliano Zapata Segunda Sección, 25.- Francisco .I. Madero Primera Sección, 26.- Francisco I.

Madero Segunda Sección, 27.- Francisco Trujillo Gurría, 28.- Gregorio Méndez Primera Sección, 29.» Gregorio

Méndez Segunda Sección, 30.- Gregorio Méndez Tercera Sección, 31.- Guayo Primera Sección, 32.- Guayo

Segunda Sección, 33.- Guayo Tercera Sección, 34.- Hermenegildo Galeana, 35.- Ignacio Gutiérrez Gómez, 36.-

Ignacio Zaragoza Primera Sección, 37.- Ignacio Zaragoza Segunda Sección, 38.- Ignacio Zaragoza Tercera

Sección, 39.- Ignacio Zaragoza Cuarta Sección, 40.- Independencia Primera Sección, 41.- Independencia Segunda

Sección, 42.- Independencia Tercera Sección, 43.- Jesús Carranza, 44.- José María Pino SuáreZ Fírtmera £écdón,' ■

45.- José María Pino Suárez Segunda Sección, 46.- José María Pino Súárez Tercera Sección, 47.- Lagartera; 48.-

' Lázaro Cárdenas Primera Sección, 49.- Lázaro Cárdenas Segunda Sección, 50.- Lázaro Cárdenas Tflrcpra

: Sección, 51;-.Leóri;Zárate Primera Sección, 52.- León Zárate Segunda Sección (Palma Huacá), 53.- Miguel ftídalgtf.

Segunda Sección (Nueva Creación), 54.- Norte Primera Sección, 55.- Norte Segunda Sección, 56.- Occidente

Primera Sección, 57. Occidente Segunda Sección, 58.- Occidente Tercera Sección, 59.- Occidente Cuarta Sección,

60.- Oriente Primera Sección, 61.- Oriente Segunda Sección, 62.- Oriente Tercera Sección, 63.- Oriente Cuarta

Sección, 64.- Oriente Quinta Sección, 65.- Oriente Sexta Sección, 66.- Paso de Cupilco, 67.- Patástal Primera

Sección, 68.- Patastal Segunda Sección, 69.- Patastal Tercera Sección, 70.- Potrerillo, 71.- Progreso Tular Primera

Sección, 72.- Progreso Tular Segunda Sección, 73.- Reyes Hernández Primera Sección, 74.- Reyes Hernández

Segunda Sección, 75.- Sargento López Primera Sección, 76.- Sargento López Segunda Sección, 77.- Sargento

López Tercera Sección, 78.- Sargento López Cuarta Sección, 79.- Sur Primera Sección, 80.- Sur Segunda Sección,

81.- Sur Tercera Sección, 82.- Sur Cuarta Sección, 83.- Sur Quinta Sección, 84.- Tránsito Tular, 85..- Zapotal

Primera Sección, 86.- Zapotal Segunda Sección, y 87.- Zapotal Tercera Sección.

Ejidos: 1. Ejido Agua Negra o Carlos Greene, 2. Ejido Aldama,3. Ejido Arenas, 4. Ejido Centro Tular, 5. Ejido

Cupilco, 6. Ejido Chichicapa, 7. Ejido Cocphital, Chicozapote, 8. Ejido Guayo, 9. Ejido Emiliano Zapata, 10. Ejido

Comalcalco, 11. Ejido Fernando Segovia, 12. Ejido Ignacio Gutiérrez Gómez, 13. Ejido José Ma. Pino Suárez, 14.

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66 P E R IO D IC O O F IC IA L 3 D E F E B R E R O D E 2018

Ejido Lázaro Cárdenas, 15. Ejido Nanchital, 16. Ejido Norte 1ra. Seco. (Buenávista), 17. Ejido Sur 1* Sur 2da,

Sargento López, Oriente, 18. Ejido Francisco I. Madero, 19. Ejido Miguel Hidalgo, 20. Ejido Tecdutilla, 21. Ejido

T(o Moncho, 22. Ejido Guatemalán, 23. Ejido Carlos Pellicer Cámara, 24. Ejido San Femando (Norté 1ra), 25. Ejido

San-Femando Pueblo Nueyo, 26. Ejido San Julián (Norte 1ra), 27. Ejido Río Playa, 28. Ejido Hernán Rabeio Wade

(Norte 2da), 29. Ejido El Ángel, 30. Centro de Población Carlos Salinas de Gortari, 31. Centro de Población Agapito

Domínguez.

Sección III

Del componente inspección y vigilancia

Articulo 11. Con el objeto especifico que se aprovechen los recursos, las familias beneficiadas están sujetas al

proceso de validación, el cual consiste en evaluar nuevamente sus' condiciones socioeconómicas y demográficas

de conformidad a.la metodología de focalización establecida en estas reglas de operación. .

t • *

La revalidación de las familias beneficiadas que se incorporaron a partir del 2016, 2017 y 2018 se realizará de

temía anual. ' '« . , .•*.-» .. •. •

Las familias beneficiadas sujetas al proceso de revalidación, con base en el resultado de esté, podrán permanecer

en el Padrón Activo de Beneficiarios recibiendo los apoyos del Programa al siguen continúan siendo elegibles, o

causar baja definitiva si ya no cumplen con los criterios de elegibilidad.'

Artículo 12. Suspensión de los apoyos del programa.

Los apoyos sociales se podrán suspender en forma provisional, por tiempo indefinido o definitivamente:

1. Cuando cambie la situación socioeconómica del beneficiarlo;

2. Cuando el beneficiario cambie de domicilio, fuera del lugar en donde se le otorgo al apoyo;

3. Cuando ei beneficiario haga mal uso de los vales del programa, como por ejemplo comercializarlos u otros

similares;

4. Cuando el beneficiario no acuda a recoger el vale por dos ocasiones consecutivas;

5. Cuando el beneficiario no haga uso del vale durante el tiempo de su vigencia;

6. Por muerte del beneficiario;

7. Por falta dé recursos presupuéstales y financieros por parte del otorgante;

8. Por conflicto legal entre famijiares, como pensión alimenticia, divorcio, guarda y custodia; en este caso el

beneficio se otorgará a la parte que más lo necesite;

9. Por renuncia del beneficiario;

10. Por haberse inscrito el beneficiario en dos o más comunidades;

11. Por alterar el orden público en las reuniones en las que se haga entrega del apoyo;

12. Cuando la familia beneficiada sea visitada en dos ocasiones por el personal que el ayuntamiento autorice y no

se localice al informante adecuado, o bien, no sea posible obtener la información socioeconómica completa por

causa Imputables a la familia;

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3 D E F E B R E R O D E 2018 P E R IO D IC O O F IC IA L 67

13. Porque expire el ciclo de la familia beneficiada;

14. La familia beneficiada no permita la verificación de sus condiciones socioeconómicas y demográficas.

Los beneficiarios suspendidos ya no podrán ser reactivados o reincorporados al programa, excepto cuando se

compruebe que el motivo de la suspensión no le es imputable.• • * '

La resolución de baja de la .familia beneficiada, deberá contener los motivos, razones y cirpunstah'cias. ási como'

el fundámentp legal por el cual se le suspenden los apoyos en especie, para tal efecto, el Director de Fomento

Económico, queda facultado para suscribir la baja, una vez que haya sido, determinada, debiéndose notificar

personalmente al titular beneficiarlo, por conducto del Delegado, Subdelegado, Jefe de Sector o personas

expresamente autorizados por el Ayuntamiento.

Artículo 13. Temporalidad

Las familias beneficiarías permanecerán en el programa mientras mantengan su condición de elegibilidad, la cual

se podrá corroborar a través de la evaluación de sus condiciones socioeconómicas y demográficas, conforme a la

metodología de focalización establecidas en estas reglas de operación.

Artículo 14. Verificación permanente de condiciones socioeconómicas.

El padrón de beneficiarios del programa, se verificará de manera continua y permanente, a fin de constatar la

información socioeconómica y demográfica de cada familia e identificar a aquellas que ya no cumplen con los

criterios de elegibilidad del Programa, conforme a la metodología de focalización establecida en estas reglas.

Las familias que al realizarse la verificación permanente de criterios para continuar siendo beneficiadas del

programa, no cumplan con los requisitos de elegibilidad y permanencia, causarán baja de manera definitiva e

inmediata defPadrón Activo de Beneficiarios.

Artículo 15. Atención e información a las familias beneficiadas.

La participación de las familias beneficiadas es fundamental para favorecer las acciones de transparencia,

supervisión y seguimiento de la operación del Programa y para que los apoyos y servicios en materia de

alimentación se entreguen de acuerdo a los lincamientos establecidos en estas reglas de operación, con pleno

respeto a los derechos de los usuarios y en términos de transparencia, calidad, honestidad y eficiencia.

Capitulo V

Característica del apoyo del programa

' Artículo 16. El programa otorga a las familias beneficiarías apoyos a través de vales canjeables por carnes de

origen animal, para contribuir a que mejoren la calidad y diversidad de su alimentación buscando por esta vía

elevar su estado de nutrición. 1

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68 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

Sección I

Quienes podrán ser beneficiados

Articulo 17. Podrán ser beneficiados para este programa:

a) El jefe o jefa de familia, acreditada por la autoridad de la localidad y aprobada asamblea;

b) Los mexicanos por nacimiento;

c) Los que se ubiquen en un nivel socioeconómico, conforme a los criterios de prioridad señalados en las reglas

de operación;

d) Los grupos vulnerables.

Sección II

De las obligaciones

Articulo 18. Las familias beneficiarios del programa adquieren los siguientes compromisos:

1. Acudir a los establecimientos autorizados donde se podrá cambiar su vale por carne de origen animal;

2. Destinar el apoyo ai mejoramiento de alimentación de sus integrantes;

3. Utilizar adecuadamente los complementos alimenticios de carne de origen animal para los miembros de su

familia, en especial si sus miembros están integrados por niños, niñas, adultos mayores, personas con alguna

discapaddad física o mental.

4. Mantener actualizados los datos de su familia, reportando al programa, ausencia definitiva de los integrantes,

asi como la corrección de datos personales y ios cambios de domicilio.

Capítulo VI

Mecánica de operación

Sección I

Incorporación de la familia

Articulo 19. La incorporación de familias es el proceso mediante el cual se lleva a cabo la inclusión al programa

de nuevas familias que, siendo elegibles, no recibían los beneficios del mismo.

La incorporación de las familias se confirma cuando sé determina su elegibilidad considerando la disponibilidad

presupuestal del programa.

Sección II

Identificación del titular de la familia beneficiarla

Art¡cuto20. Porteada familia beneficiaría se identificará a un titular, que podrá ser de manera indistinta el padre o

la madre de familia, quien recibirá directamente los vales otorgados en el programa de asistencia social y> deberá

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 69

tener una edad mínima de 18 años. Excepcionalmente, se podrá otorgar a menores d t edad qu* MVtafltan H ilf

legalmente casados o que vivan públicamente en unión libre y hayan procreado hijos producto do ooo rotación.'

Sección lll

Integración del padrón de beneficiarios

Articulo.21. Los beneficiarlos de este programa conformaran el padrón de base, el cual contieno lo rotación do

familias elegibles , para el proceso de incorporación al programa y el Padrón Activó de Beneficiarlos.

Capítulo Vil

Requisitos para ser prestador de servicios ’•

Articulo 22. Para ser prestador de servicios se requiere: ’ • ¡

1. Acreditar ser una persona física o moral legalmente constituida y estar inscrita en el régimen fiscal qué

corresponda anta el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaria de Haclenda y Créditó Públlob;'

2. Presentar declaración anual del ejercicio fiscal anterior;

3. Contar con domicilio fiscal en el Estado de Tabasco;

4. Encontrarse inscrito en el padrón de proveedores del Municipio de Comalcalco;

5. Sujetarse a los procedimientos administrativos que correspondan para la asignación del servido; *

6. Suscribir el contrataque corresponda con el Munidpio de Comalcalco; .

7. Garantizar el cumplimiento de la obligadón contraída.

Sección I .

Recisión del contrato al prestador de servidos

Articulo 23. Son causales de redsión del contrato que se otorgue al prestador de servicios en el programa de

asistencia social de subsidio económico al consumo de carne los siguientes:

1. Que no .entalegue en tiempo y forma los vales a que se haya obligado;

2. No cumplir con las condidones y características requeridas por el contratante para la prestación del servido;

3. Canjear los vales por productos de mala calidad; \

4. Entregar una cantidad menor de producto a la que representa el vale respectivo;

5. Por modificaciones presupuéstales.

Capitulo Vil

Informadón programática

Sección I

Control y auditoria

Articulo 24, Con el objeto de cumplir con las normas presupuestarias y demás ordenamientos que regulan la

eficaz, efidente y honesta aplicación de los recursos, el programa de asisténda soda! de apoyo con valias

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70 P E R IO D IC O O F IC IA L 3 D E F E B R E R O D E 2018

canjeables por carne de origen animal, será fiscalizado por la Corítralorla Municipal quien con plana autonomía implementará las visitas que considere necesarias a las comunidades beneficiadas; Los resultados sarán revisados

y atendidos por la misma y de conformidad a su competencia, resolverá las controversias que pudieran encontrar.

Sección II 1

Transparencia del programa

Articulo 25. Será responsabilidad de la Dirección de Fomento Económico y Turismo,, el apego estricto a setas

reglas de operación.

Sección III

Manejo y difusión de la información

Articulo 26. La Dirección de Fomento Económico y Turismo es responsable de la integración, operación, validación,

mantenimiento, uso y difusión de la información contenida en las bases de datos de levantamiento de los hogares

y localidades asi como del padrón de beneficiarios.

Estas tareas se llevarán a cabo garantizando la seguridad e integridad de la información, mediante sistemas de

operación y consulta con acceso restringido a las bases de datos, de forma tal que solo las personas autorizadas

puedan realizar modificaciones a la información contenida en dicha base de datos.

El padrón de beneficiarios deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social

de las personas morales beneficiarías, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas,

unidad territorial, en su caso, edad y sexo, siendo responsabilidad de la Dirección de Fomento Económico y

Turismo. Lo anterior con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Transparencia y

Acceso a la Información Pública y con el firme propósito de contribuir en la coordinación de acciones con otros

programas que son complementarios, intercambiando la información y evitando con ello la duplicidad de apoyos.

Capitulo VIII

Sección I

Mecanismo de entrega de vales de carne

Articulo 27. Para la entrega mensual de vales canjeables por carne de origen animal se deberán seguir tos

siguientes procedimientos'.

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3 D E F E B R E R O D E 2018 P E R IO D IC O O F IC IA L 71

a) La autoridad municipal convocará a asamblea da beneficiarios y de manera personal previa identificación del

mismo, realizará la entrega de vales a los beneficiarios;

b) Se indicará a los beneficiarios las fechas y la vigencia para canjear los vales;

c) El vale de carne tendrá una vigencia establecida.

Sección III

Mecanismo de comprobación de gastos del programa de vales canjeables por carne de origen animal y pago al

proveedor.

Articulo 28. Para la comprobación de los gastos generados por la entrega de vales canjeados por carne:

a) El proveedor entregará en la Dirección de Administración la factura que ampara la solicitud, emitida por el

ayuntamiento, previa entrega de los vales;

b) La Dirección de Finanzas, realizará el pago al proveedor;

c) La Dirección de Fomento Económico y Turismo, entregará las listas firmadas por los. beneficiarios del programa,

que ampara la entrega de los vales por el ayuntamieiito;

d) La Dirección de Fomento Económico y Turismo, enviará la comprobación el día 15 de cada mes a la Dirección

de Administración.

Artículo 29. Las quejas y denuncias que se deriven de la operación del programa serán canalizadas a la Dirección

de Contralorla, en los términos de las disposiciones jurfcDcas administrativas y reglamentarías aplicables .a cada

caso.

La Dirección de Fomento Económico y Turismo, en apego a los lineamientos y criterios que determine el presente

reglamento realizará acciones tendientes a garantizar la atención oportuna y eficiente de las quejas, denuncias,

peticiones o sugerencias que presenten las familias beneficiarías y el público en general.

Capitulo IX

' Quejas y denuncias

TRAN SITO R IO S

Articulo Primero.- Lo no previsto en las presentes Reglas de Operación, será resuelto de acuerdo a lo que

establezcan los ordenamientos legales aplicables.'

Articulo Segundo.- Las presentes Reglas de Operación, entraran en vigor al día siguiente de su publicación en el

“•ficial del Gobierno del Estado, derogando cualquiera otras reglas de operación expedidas con

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72 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

EXPED IDO EN LA SALA DEL CABILDO MUNICIPAL DEL AYUN TAM IEN TO CO N STITUCIO N AL DEL MUNICIPIO

DE COMALCALCO, TABASCO , A LOS 31 DIAS DEL MES DE O C TU B R E DEL AÑ O DOS MlLsD'IECISIETE, PORil ■

LOS R EG ID O R ES .QUE INTEGRAN EL CABILDO QUIENES FIRMAN AL CALCE Y AL 'MARGEN DE LA

PRESENTE. POR Y A N TE EL SECR ETA R IO DEL AYUN TAM IEN TO QUIEN CER TIFICA Y DA FE

C. J/yVIER MAY RODRIGUEZ. Presidente fv/unicipal

C. DAVID DIAZ O R O P E Z A Secretario d,efAyuntam iento de

C o m a lca lco , T ab asco .

LILIA LÓPEZ SANDOVALSegundo-Regidor y Sindica de Hacienda de Ingresos

ARTURO SANTOS RODRÍGUEZ-

Tercer Regidor y Síndico de Hacienda de Egresos '•

• IRMA DOMÍNGUEZ MÉNDEZ

Cuarto Regidora

MARTIN DO M ÍNGUEZ ABALOS

Quinto Regidor.

__________JUANA 5.ÓMEZ GUILLERMO

Sexta Regidora

ELIDE ULIN TORRES

Octava Regidora

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 73

EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS.29 FRACCION III, 47, 51, 52, 53, 54 y. 65 FRACCION II, DE LA LEY ORGANICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO, SE PROMULGAN LAS PRESENTES REGLA DE OPERACIÓN, DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA SOCIAL “APOYO AL CONSUMO DE CARNES" PROYECTO IS040 DEL MUNICIPIO DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO DEL AÑO 2017, PARA SU DEBIDA PUBLICACION Y OBSERVANCIA, EN LA CIUDAD DE'COMALCALCO, TABASCO, RESIDENCIA OFICIAL DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

"c; ja v ieR m ay Ro d r íg u ezPresidente Municipal

C. D A V ID M A Z O R O P E Z A Secretario^del/Ayuntanniento de

Com alqalco , Tabasco.

E L Q U E .S U S C R IB E LIC . D A V ID D ÍA Z O R O P E Z A , S E C R E T A R IO D E L

A Y U N T A M IE N TO C O N S T IT U C IO N A L D E C O M A L C A L C O , T A B A S C O .

C E R T I F I C A

Q U E E L P R E S E N T E D O C U M E N T O C O N S T A N T E D E D IE C IS IE TE (17) F O J A S

V A L ID A S EN S U A N V E R S O , S O N C O P IA FIEL Y E X A C T A D E L O R IG IN A L , D E L A

C U A L T E N G O A L A V IS T A Y Q U E O B R A EN L O S A R C H IV O S D E E S T E

A Y U N T A M IE N TO D E C O M A L C A L C O , T A B A S C O , M ISM A Q U E C E R TIF IC O , S E L L O

Y R U B R IC O A L O S D IE C IO C H O DIAS D E L M ES DE D IC IEM B R E D E L A Ñ O D O S MIL

D IE C IS IE TE .

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74 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

No.-8776

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA SOCIAL “APOYO AL GAS DOMESTICO”

(PROYECTO IS043) DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO.

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALCALCO 2016-2018

DIRECCIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO Y TURISMO

C. JAV IER MAY RODRIGUEZ, Presidente Municipal de Ayuntamiento Constitucional del Municipio de

Comalcalco, Tabasco, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos: 115 Fracción II y IV de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 Fracción l de la Constitución Política del Estado Ubre y Soberano

de Tabasco; 29, 30, 31, 33 y 83 Fracción XII de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, y

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido por los artículos 115 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 2 y 3

de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; el. municipio de Comalcalco, tiene personalidad

jurídica propia y su función primordial es propiciar el gobierno democrático para el constante mejoramiento

económico, social y cultural de sus habitantes, mediante la prestación de los servicios públicos.

SEG UN DO : Que de conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Constitución Política del

Estado Libre y Soberano de Tabasco; 29, 30, 31 y 33 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco,

el Municipio tiene la facultad y la obligación de promover, coordinar, expedir, examinar, remitir, aprobar, vigilar,

otorgar, asignar, designar y participar en el desarrollo integral del municipio y la correcta prestación de los servicios

públicos municipales, con el objeto de abatir las carencias y rezago que afecten a los pueblos y comunidades

indígenas.

TER C ER O : Que de acuerdo a la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, en su artículo 83, Fracción

XII en la que prevé que le corresponde a la Dirección de Fomento Económico y Turismo, el despacho que le

atribuye expresamente las leyes, reglamentos y las que le encomiende directamente el Ayuntamiento o el

Presidente Municipal.

CUA R TO : El articulo 29 Fracción lll de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, faculta al

Ayuntamiento para expedir y aplicar el Bando de Policía y Gobierno, (os reglamentos, circulares y demás

disposiciones administrativas de observación general, dentro de sus respectivas jurisdicciones; de manera particular

las que organicen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la

c oCOMALCALCOa y u n t a m ie n t o c o n s t it u c io n a l

2016-2018

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 75

participación ciudadana y vecinal, sujetándose a las reglas establecidas para ello en la citada Ley, Por lo que se

emite el siguiente: ■ > 'j f¡

ACUERD O POR EL Q U E SE DAN A C O N O C ER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE

ASISTENCIA SOCIAL “APOYO A L G A S DOMESTICO" ( PROYECTO IS043)DEL MUNICIPIO DE

COM ALCALCO, TABASCO.

TITU L O I Disposiciones

Generales Capítulo I

Del Objeto de las Reglas

Articulo 1. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las Reglas de Operación para la aplicación del

apoyo:

I. Programa de Asistencia social y atención a grupos vulnerables:

a) Gas domestico.

Este programa de carácter asistehcial tiene como objetivo la reducción de la marcada desigualdad social y

alimentaria en las distintas localidades que integran el municipio de Comalcalco, de tal forma que las familias

más desprotegidas tengan pleno acceso a un mejor nivel de vida a través de este programa.

Capítulo II

. De la obtención de los apoyos

Sección I

De los criterios de elegibilidad y requisitos generales

Artículo 2. Son sujetos de este programa las familias del Municipio de Comalcalco que previo estudio

socioeconómico aplicado por la autoridad municipal, resulten con un grado de pobreza alimentaria considerable y

que pqr lo mismo carezcan de las posibilidades mínimas de una nutrición equilibrada.

/Articulo 3. El ciudadano que resulte, apto para ser candidato a beneficiario del programa, deberá cubrir los

siguientes requisitos generales que deberán presentarse adjuntos a ia solicitud de apoyo:

a) Acreditar ser mayor de edad o menor legalmente casado o que públicamente viva en unión libre, en la

localidad de que se trate;

b) Presenten como identificación oficial credencial de elector vigente (IFE o INE), cuando ésta contenga la CURP

no será necesario presentar ésta;

c) Presentar la CURP;

d) Comprobante de domicilio actualizado.

/Una vez cotejados serán devueltos Inmediatamente los documentos originales.

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76 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

Sección II

Del procedimiento para la obtención de apoyos

Articulo 4. Para la obtención del apoyo en el programa apoyo di consumo de gas domestico, el interesado

deberá formular por escrito solicitud precisando el programa aslstendal que requieren, en las fechas establecidas

y publicadas en la ventanilla única divulgada por la instancia ejecutora, anexando los requisitos a los que se refiere

el artículo 3.

Para la implementación del programa de apoyo al que se refieren estas reglas de operación se seguirá el siguiente

procedimiento:

I. Selección de localidades.

Se procede a la selección de las localidades en las que se implementará el programa de asistencia social tomando

en cuenta el total de localidades que conforman el Municipio: la Ciudad de Comalcalco, como cabecera municipal,

y la ciudad de Tecolutilla, 19 colonias, 26 fraccionamientos, 3 villas, 3 poblados, 87 rancherías y 31 ejidos, dando

prioridad a aquellas que presenten mayor índice de rezago social y que por su grado de marginación las

posibilidades de acceso a los servicios de salud, educación y alimentación son escasas.

Seleccionada la localidad, se procederá a levantar la información socioeconómica de los habitantes para

identificar aquellas familias elegibles para el programa, en base a los criterios citados.

II. Metodología de la focalizaclón para la identificación de beneficiarios y su permanencia en el programa.

La Dirección de Fomento Económico y Turismo es la unidad administrativa responsable de la captura,

procesamiento y resguardo de la información. El estudio socioeconómico y el análisis respectivo, será realizado por

el personal que a efecto autorice el Ayuntamiento.

La información socioeconómica se obtendrá de un estudio de campo validado en asamblea comunitaria, en el

que se consideren entre otros datos,' las características del hogar, las condiciones socioeconómicas del

entrevistado.

Esta información debe ser proporcionada por el solicitante, quien deberá residir habitualmente en el lugar y conocer

los datos de todos los integrantes de la familia.

La incorporación y permanencia de un hogar en el programa, será determinada en base a su condición de pobreza,

aproximada a través de su ingreso estimado, con atención prioritaria a la pobreza alimentaria.

Identificadas las familias elegibles, se atenderá a los hogares diferenciando los siguientes criterios de prioridad:

1) Hogares con mayor pobreza;

2) Hogares en condiciones de carencia alimentaria.

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3 DE FEBRERO DE 2018 P E R IO D IC O O F IC IA L 77

III. Entrega de apoyo o subsidio.

Para el otorgamiento de los apoyos a los beneficiarios del programa regulado en las presentes Reglas de Operación,

consistirá en la entrega de vales por un valor de 10 KG canjeables por gas domestico.

Artículo 5. Cualquier solicitud de apoyo deberá ser resuelta y notificada personalmente al titular beneficiarlo, por

conducto del Delegado, Subdelegado, Jefe de Sector o personas expresamente autorizados por el Ayuntamiento,

con independencia de su publicación en la página electrónica del Ayuntamiento.

Capítulo III

De los derechos y obligaciones de los beneficiarios

Artículo 6. Son derechos de los beneficiarios:

1. Recibir información y orientación clara, sencilla y oportuna sobre la operación del programa;

2. Recibir atención oportuna a sus solicitudes, quejas y sugerencias;

3. Recibir oportuna y gratuitamente los apoyos y beneficios.4

Artículo 7. Son obligaciones de los beneficiarios:

1. Cumplir con los requisitos exigidos en lós artículos 2 y 3 de las presentes reglas de operación;

2. Mantener actualizados los datos de la familia, reportando al programa, el nacimiento, alta, fallecimiento o ausencia

definitiva de los integrantes asi como reportando la corrección de datos personales y los cambios de domicilio.

Capítulo IV

Programa de desarrollo de capacidades y extensionismo rural

Artículo 8. El objetivo del programa es fortalecer la economía de las personas con escasos recursos o que se

encuentran en estado de vulnerabilidad como son los niños, niñas, adultos mayores, personas con alguna

discapacidad física o mental y mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, para así mejorar su calidad de

vida al proporcionarles el apoyo de gas domestico.

Sección I

Del componente apoyos para la integración de proyectos.

Artículo 9. El objetivo especifico es mejorar la calidad de vida de los sectores sociales más desprotegidos

asentados en las villas, poblados, rancherías y ejidos del Municipio, a través de mecanismos de planeación,

comunicación y concertación permanente, que les permita ser participes de las políticas, planes y programas de

desarrollo rural implementados por el gobierno municipal.

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78 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

I. Los conceptos de apoyo y montos máximos contenidos son los siguientes:

a) Cada familia beneficiada obtendrá un vale que ampara la cantidad de 10 KG como apoyo para la

adquisición de gas domestico.

II. Las instancias que intervienen en este componente son:

a) La Dirección de Fomento Económico y Turismo: Será responsable de la captura, procesamiento y

resguardo de la información y del análisis de la información socioeconómica de las familias.

III. Las fechas de apertura son las siguientes: durante el año 2017, iniciarán el 01 de marzo de 2017 y será aplicado

durante el ejercicio fiscal 2017.

Sección II

Del componente desarrollo de capacidades y extensionlsmo rural.

Articulo 10. Con el objeto dé beneficiar al mayor número dé población, de acuerdo a la disponibilidad

presupuestal, el programa tendrá cobertura para las familias más vulnerables y carentes de los recursos económicos

mínimos para su alimentación, ubicadas tanto en el ámbito rural como urbano del municipio, Integrado por

la ciudad de Comalcalco, caberca municipal, y la ciudad de Tecolutilla; 19 colonias, 26 fraccionamientos, 3 villas,

3 poblados, 87 rancherías y 31 ejidos.

La Ciudad de Comalcalco, se conforma por:

Colonias: 1.- Centro, 2.- Adolfo López Mateos, 3.- Belén, 4.- Gustavo de la Fuente Dorantes, 5.- Lázaro

Cárdenas del Rio, 6,- Morelos, 7.- Santa Amalla, 8.- San Francisco, 9.- San Miguel, 10.- San Silverío, 11.- Tomás

Garrido Canabal, 12.- Vicente Guerrero, 13 - Xochimilco, 14.- Ecológica Carlos Alberto Madrazo Becerra I, 15.-

Ecológlca Carlos Alberto Madrazo Becerra II, 16.- 27 de Febrero, 17.- Villa Romero, en la Ranchería Norte

primera sección, 18,- Arboledas, y 19.- Urania Franyutti de Vázquez, en la Ranchería Ignacio Zaragoza 1ra. Sección.

Fraccionamientos: 1.- Las Rosas, 2.- Jorga Díaz Serrano, 3.- Unidad Habitacionál Las Delicias, 4.- Santo

Domingo, 5.- Conjunto Habitacional Comalcalco, .6,- La Esperanza, 7.- San Isidro, 8.- Solidaridad Nacional A. C.,

9.- Villa Maya I, 10,- Villa Maya II, 11.- Palma Real, 12.- Magisterial I, 13.- Fovisste (dentro de la Colonia

Morelos), 14.- Magisterial II, 15.- Conjunto Habitacional Presidentes I, 16.- Conjunto Habitacional Presidentes II,

17.- Asturias, 18.- Las Palmas, 19.- La Joya, 20.- Villas de Oriente, 21.- Conjunto Habitacional July-Car, 22.-

Buenavista, 23.- Empleados de Confianza de PEMEX, 24.- Conjunto Habitacional Gobernadores en la Ranchería

Jesús Carranza, 25.- Conjunto Habitacional La Quinta, en la ranchería Jesús Carranza, y 26.- Blcentenario.

La ciudad de Tecolutilla se conforma por las siguientes colonias cuyas denominaciones son: Bethanla,

Blcentenario, Centro, La Conchita, La Lupita, Nueva Creación y Siglo XXI;

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 79

Villas: 1.- Aldama, 2.- Carlos Greene, y 3.- Chlchicapa.

Poblados: 1. Cupilco, 2. Cocohltal, y 3. Miguel Hidalgo.

Rancherías: 1.- Colonia Sur de Villa Aldama, 2.- Aldama Segunda Sección (Manguito de Segovia), 3.- Aldama

Tercera Sección (Huapacallto), 4.- Aldama Cuarta Sección (El Naranjlto), 5.- Arena Primera Sección, 6.- Arena

Segunda Sección, 7.- Arena Tercera Sección, 8.- Arena Cuarta Sección, 9,- Arena Quinta Sección, 10.- Arena

Sexta Sección, 11.- Arroyo Hondo Prinnera Sección, 12.- Arroyo Hondo Segunda Sección, 13.- Arroyo Hondo

Tercera Sección, 14.- Arroyo Hondo Cuarta Sección, 15.- Beiisario Domínguez, 16.- Carlos Greene Segunda

Sección, 17.- Carlos Greene Tercera Sección, 18.- Carlos Greene Cuarta Sección, 19.- Centro Tular Primera

Sección, 20.- Centro Tular Segunda Sección, 21.- Cuxcuxapa, 22.- Chicozapote, 23.- Emiliano Zapata Primera

Sección, 24.- Emiliano Zapata Segunda Sección, 25.- Francisco I. Madero Primera Sección, 26.- Francisco I. Madero

Segunda Sección, 27.- Francisco Trujillo Gurría, 28.- Gregorio Méndez Primera Sección, 29.- Gregorio Méndez

Segunda Sección, 30.- Gregorio Méndez Tercera Sección, 31.- Guayo Primera Sección, 32.- Guayo Segunda

Sección, 33.- Guayo Tercera Sección, 34.- Hermenegildo Galeana, 35.- Ignacio Gutiérrez Gómez, 36.- Ignacio

Zaragoza Primera Sección, 37.- Ignacio Zaragoza Segunda Sección, 38.- Ignacio Zaragoza Tercera Sección, 39.-

Ignacio Zaragoza Cuarta Sección, 40.- Independencia Primera Sección, 41.- Independencia Segunda Sección,

42.- Independencia Tercera Sección, 43.- Jesús Carranza, 44.- José María Pino Suárez Primera Sección,

45.- José María Pino Suárez Segunda Sección, 46.- José María Pino Suárez Tercera Sección,

47.- Lagartera, 48.- Lázaro Cárdenas Primera Sección, 49.- Lázaro Cárdenas Segunda Sección, 50,- Lázaro v ^ ^ S í^ i 'e r c e r a

i^ ñ " fa ra te Primera Sección, 52.- León Zárate Segunda Sección (Palma Huaca), 53.- Miguel Hld£15jí>' S^Junda

Sección (Nueva Creación), 54.- Norte Primera Sección, 55.- Norte Segunda Sección, 56.- Occidente Primera

Sección, 57. Occidente Segunda Sección, 58.- Occidente Tercera Sección, 59.- Occidente Cuarta Sección, 60.-

Orlente Primera Sección, 61.- Oriente Segunda Sección, 62.- Oriente Tercera Sección, 63.- Oriente Cuarta Sección,

64.- Oriente Quinta Sección, 65.- Orlante Sexta Sección, 66.- Paso de Cupilco, 67.- Patastal Primera Sección, 68.-

Patastal Segunda Sección, 69.- Patastal Tercera Sección, 70.- Potrerlllo, 71,- Progreso Tular Primera Sección,

72.- Progreso Tular Segunda Sección, 73.- Reyes Hernández Primera Sección, 74.- Reyes Hernández Segunda

Sección, 75.- Sargento López Primera Sección, 76.- Sargento López Segunda Sección, 77.- Sargento López Tercera

Sección, 78.- Sargento López Cuarta Sección, 79.- Sur Primera Sección, 80.- Sur Segunda Sección, 81.- Sur

Tercera Sección, 82.- Sur Cuarta Sección, 83.- Sur Quinta Sección, 84.- Tránsito Tular, 85.- Zapotal Primera

Sección, 86.- Zapotal Segunda Sección, y 87.- Zapotal Tercera Sección. *

Ejidos: 1. Ejido Agua Negra o Carlos Greene, 2. Ejido Aldama,3. Ejido Arenas, 4. Ejido Centro Tular, 5. Ejido

Cupilco, 6. Ejido Chichicapa, 7. Ejido Cocohltal, Chicozapote, 8. Ejido Guayo, 9. Ejido Emiliano Zapata, 10. Ejido

Comalcalco, 11.. Ejido Fernando Segovia, 12. Ejido Ignacio Gutiérrez Gómez, 13. Ejido José Ma. Pino Suárez,

14, Ejido Lázaro Cárdenas, 15. Ejido Nanchital, 16. Ejido Norte 1ra. Secc. (Buenavista), 17. Ejido Sur 1*. Sur

2da, Sargento López, Oriente, 18. Ejido Francisco I. Maderq, 19. Ejido Miguel Hidalgo, 20. Ejido Tecoiutllla, 21.

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80 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

Ejido Tío Moncho, 22. Ejido Guatema|án, 23. Ejido Carlos Peilicer Cámara, 24. Ejido San Fernando (Norte 1ra),

25. Ejido San Fernando Puebjo Nuevo, 26. Ejido San Julián (Norte 1ra), 27. Ejido Rio Playa, 28. Ejido Hernán

Rabelo Wade (Norte 2da), 29. Ejido El Ángel, 30. Centro de Población Carlos Salinas de Gortari, 31. Centro de

Población Agapito Domínguez.

Sección III

Del componente inspección y vigilancia

Artículo 11. Con el objeto especifico que se aprovechen los recursos, las familias beneficiadas están sujetas al

proceso de validación, el cual consiste en evaluar nuevamente sus condiciones socioeconómicas y demográficas

de conformidad a la metodología de focalización establecida en estas reglas de operación.

La revalidación de las familias beneficiadas que se Incorporaron a partir del 2016, 2017 y 2018 se realizará de

forma anual.9

Las familias beneficiadas sujetas al proceso de revalidación, con base en el resultado de este, podrán tí

permanecer en el Padrón Activo de Beneficiarios recibiendo los apoyos del Programa si siguen continúan siendo

elegibles, o causar baja definitiva si ya no cumplen con los criterios de elegibilidad.

Articulo 12. Suspensión de los apoyos del programa.

Los apoyos sociales se podrán suspender en forma provisional, por tiempo indefinido o definitivamente:

1. Cuando cambie la situación socioeconómica del beneficiario;

2. Cuando el beneficiario cambie de domicilio, fuera del lugar en donde se le otorgo el apoyo;

3. Cuando el beneficiario haga mal uso de los vales del programa, como por ejemplo comercializarlos u otros

similares;

4. Cuando el beneficiario no acuda a recoger el vale por dos ocasiones consecutivas;

5. Cuando el beneficiario no haga uso del vale durante el tiempo de su vigencia;

6. Por muerte del beneficiario;

7. Por falta de recursos presupuéstales y financieros por parte del otorgante;

8. Por conflicto legal entre familiares, como pensión alimenticia, divorcio, guarda y custodia; en este caso el

beneficio se otorgará a la parte que más lo necesite;

9. Por renuncia dei beneficiario;

10. Por haberse inscrito el beneficiario en dos o más comunidades;

11. Por alterar el orden público en las reuniones en las que se haga entrega del apoyo;

12. Cuando la familia beneficiada sea visitada en dos ocasiones por el personal que el ayuntamiento autorice y

no se localice al informante adecuado, o bien, no sea posible obtener la información socioeconómica completa

por causa Imputables a la familia;

13. Porque expire el ciclo de la familia beneficiada;

14. La familia beneficiada no permita la verificación de sus condiciones socioeconómicas y demográficas.

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 81

Los beneficiarios suspendidos ya no podrán ser reactivados o reincorporados al programa, excepto cuando se

compruebe que el motivo de la suspensión no le es Imputable.

La resolución de baja de la familia beneficiada, deberá contener los motivos, razones y circunstancias, así como

el fundamento legal por el cual se le suspenden los apoyos en especie, para tal efecto, el Director de Fomento

Económico, queda facultado para suscribir la baja' una vez que haya sido determinada, doblándose notificar personalmente al titular beneficiario, por conducto del Delegado, Subdelegado, Jefe de Sector o personas

expresamente autorizados por el Ayuntamiento.

Artículo 13. Temporalidad

Las familias beneficiarías permanecerán en el programa mientras mantengan su condición de elegibilidad, la cual

se podrá corroborar a través de la evaluación de sus condiciones socioeconómicas y demográficas, conforma a

la metodología de focalización establecidas en estas reglas de operación.

Artículo 14. Verificación permanente de condiciones socioeconómicas.

El padrón de beneficiarios del programa, se verificará de manera continua y permanente, a fin de constatar la

información socioeconómica y demográfica de cada familia e identificar a aquellas que ya no cumplan con loe

criterios de elegibilidad del Programa, conforme a la metodología de focalización establecida en estas reglas.

Las familias que al realizarse la verificación permanente de criterios para continuar siendo beneficiadas dsl

programa, no cumplan con los requisitos de elegibilidad y permanencia, causarán baja de manera definitiva a

inmediata del Padrón Activo de Beneficiarios.

Artículo 15. Atención e información a las familias beneficiadas.

La participación de las familias beneficiadas es fundamental para favorecer las acciones de transparencia,

supervisión y seguimiento de la operación del Programa y para que los apoyos y servicios en materia de

alimentación y vales de subsidio al gas se entreguen de acuerdo a los llneamientos establecidos en estas reglas

de operación, con pleno respeto a los derechos de los usuarios y en términos de transparencia, calidad,

honestidad y eficiencia.

Capitulo V

Característica del apoyo del programa

Artículo 16. El programa otorga a las familias beneficiarías apoyos en especie a través da vales canjeables por

gas domestico, para contribuir a que mejoren la calidad y diversidad de su alimentación buscando por asta vía

elevar su estado de nutrición.

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82 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

Sección I

Quienes podrán ser beneficiados

Articulo 17. Podrán m t beneficiados para este programa:

e) El Jefe o jefe de familia, acreditada por la autoridad de la localidad y aprobada asamblea;

b ) loe mexicanos por nacimiento;

e) loe que ee ubiquen en un nivel socioeconómico, conforme a los criterios de prioridad señalados en las reglas

ootfidóñ!

d) loa grupos vulnerables.

Sección II

De las obligaciones

Articulo 18. Las familias beneficiarlas del programa adquieren los siguientes compromisos:

1. Deberán presentar sus vales en los establecimientos o camiones autorizados para la distribución de gas

domestico;

2. Destinar el apoyo al mejoramiento de alimentación de sus integrantes;

3. Utilizar adecuadamente el gas domestico para los miembros de su familia, en especial si sus miembros están

integrados por niños, niñas, adultos mayores, personas con alguna discapacidad física o mental.

4. Mantener actualizados los datos de su familia, reportando al programa, ausencia definitiva de los integrantes,

asi como la corrección de datos personales y los cambios de domicilio.

Capítulo VI Mecánica

de operación Sección I

Incorporación de la familia

Articulo 19. La incorporación de familias es el proceso mediante el cual se lleva a cabo la inclusión al programa

de nuevas familias que, siendo elegibles, no recibían los beneficios del mismo.

La Incorporación de las familias se confirma cuando se determina su elegibilidad considerando la disponibilidad

presupuestal del programa.

Sección II

Identificación del titular de la familia beneficiarla

Articulo 20. Por cada familia beneficiaría se Identificará a un titular, que podrá ser de manera indistinta el padre

o la madre de familia, quien recibirá directamente los vales otorgados en el programa de asistencia social y deberá

tener una edad mínima de 18 años. Excepcionalmente, se podrá otorgar a menores de edad que acrediten

estar legalmente casados o que vivan públicamente en unión libre y hayan procreado hijos producto de esa relación.

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 83

Sección iil

Integración del padrón de beneficiarios

Articulo 21'. Los beneficiarios de este programa conformaran el padrón de base, el cual contiene la relación de

familias elegibles para el proceso de incorporación al programa y el Padrón Activo de Beneficiarios.

Capítulo Vil

Requisitos para ser prestador de servicios

Articulo 22. Para ser prestador de servicios se requiere:

1. Acreditar ser una persona física o moral legalmente constituida y estar inscrita en el régimen fiscal que

corresponda ante el Servicio de Administración Tributaria de la Secretarla de Hacienda y Crédito Público;

2. Presentar declaración anual del ejercicio fiscal anterior;

3. Contar con domicilio fiscal en el Estado de Tabasco;

4. Encontrarse inscrito en el padrón de proveedores del Municipio de Comalcalco;

5. Sujetarse a los procedimientos administrativos que correspondan para la asignación del servicio;

6. Suscribir el contrato que corresponda con el Municipio de Comalcalco;

7. Garantizar el cumplimiento de la obligación contraída.

Sección I

Recisión del contrato al prestador de servicios

Articulo 23. Son causales de rescisión del contrato que se otorgue al prestador de servicios en el programa de

asistencia social de apoyo al gas domestico:

1. Que no entregue en tiempo y forma los vales a que se haya obligado;

2. No cumplir con las condiciones y características requeridas por el contratante para la prestación del servido;

3. Canjear los vales por cilindros incompletos o deteriorados que representen un grave peligro para el

beneficiario.

4. - El programa podra suspenderse o cancelarse por modificaciones presupuéstales.

Capítulo Vil Información

programática Sección I

Control y auditoria

Articulo 24. Con el objeto de cumplir con las normas presupuestarias y demás ordenamientos que regulan la

eficaz, eficiente y honesta aplicación de los recursos, el programa de asistencia social de apoyo con vales

canjeables por gas domestico, serán fiscalizados por la Contraloria Municipal quien con plena autonomía

implementará las visitas que considere necesarias a las comunidades beneficiadas. Los resultados sarán

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84 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

revisados y atendidos por la misma y da conformidad a su competencia, resolverá las controversias que pudieran

encontrar.

Sección II

Transparencia del programa

Articulo 25. Será responsabilidad de la Dirección de Fomento Económico y Turismo, el apego estricto a estas

reglas de operación.

Sección III /. U l o

Manejo y difusión de la información

Articulo 26. La Dirección de Fomento Económico y Turismo es responsable de la integración, operación,

validación, mantenimiento, uso y difusión de ia información, contenida en las bases de datos de levantamiento de

los hogares y localidades asi como del padrón de beneficiarios,

Estas tareas se llevarán a cabo garantizando la seguridad e integridad de la información, mediante sistemas de

operación y consulta con acceso restringido a las bases de datos, de forma tal que solo las personas autorizadas

puedan realizar modificaciones a la información contenida en dicha base de datos.

El padrón de beneficiarios deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social

de las personas morales beneficiadas, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas,

unidad territorial, en su caso, edad y sexo, siendo responsabilidad de la Dirección de Fomento .Económico y

Turismo. Lo anterior con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Transparencia y

Acceso a la Información Pública y con el firme propósito de contribuir en la coordinación de acciones con

otros programas que son complementarios, intercambiando la información y evitando con ello la. duplicidad de

apoyos.

Capitulo VIII

Sección I

Mecanismo de entrega de vales de gas domestico

Articulo 27. Para la entrega de vales canjeables por gas domestico se deberán seguir los siguientes

procedimientos:

a) La autoridad municipal convocará a asamblea de beneficiarios y de manera personal previa identificación del

mismo,'realizará la entrega de vales a los beneficiarios;

b) Se Indicará a los beneficiarios las fechas y la vigencia ;para canjear los vales;

c) El vale de gas domestico, tendrá una vigencia establecida a partir de la fecha de su entrega;

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 85

Sección llt XV i v -

Mecanismo de comprobación de gastos del programa de vales canjeables por gas domestico y pago al

proveedor.

Articulo 28. Para la comprobación de los gastos generados por la entrega mensual de vales canjeados por gas:

a) El proveedor integrará la comprobación de los vales canjeados, durante los 3 días posteriores a la terminación

de la vigencia de los vales a la Dirección de Fomento Económico y Turismo;

b) La Dirección de Fomento Económico y Turismo, verificará que los vales correspondan al mes a pagar y le

hará entrega de un recibo de vales al proveedor;

c) La Dirección de Fomento Económico y Turismo, enviará la comprobación el día 15 de cada mes a la

Dirección de Administración, para realizar el trámite administrativo para generar ei pago al proveedor dentro de

los 10 días hábiles posteriores;

d) La Dirección de Finanzas, realizará el pago a los proveedores.

Capítulo IX

Quejas y denuncias

Artículo 29. Las quejas y denuncias que se deriven de la operación del programa serán canalizadas a la

Dirección de .Contraloria, en los términos de las disposiciones jurídicas administrativas y reglamentarias

aplicables a cada caso.

TRANSITOR IO S

Artículo Primero.- Lo no previsto en las presentes Reglas de Operación, será resuelto de acuerdo a lo que

establezcan los ordenamientos legales aplicables.

Articulo Segundo.- Las presentes Reglas de Operación, entraran en vigor al día siguiente de su publicación en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado, derogando cualquiera otras reglas de operación expedidas con

anterioridad.

EXPEDIDO EN LA SALA DEL CABILDO MUNICIPAL DEL AYUN TAM IEN TO .CON STITUCIO NAL DEL MUNICIPIO

DE COM ALCALCO, TABASCO , A LOS 31 DÍAS DEL MES DE O C TU B R E DEL AÑO DOS MILvplECISIETE, PORH ■

LOS REGIDORES Q U E INTEGRAN EL CABILDO QUIENES FIRMAN AL CALCE Y AL 'MARGEN DE LA

PRESENTE, POR Y A N TE EL SEC R ETA R IO DEL AYUN TAM IEN TO QUIEN CER TIFICA Y DA FE .

c. Javier may Rodríguez. Presidente iv/unlcipal

C. DAVID DIAiq OROPEZA Secretario de^y,untam iento de

Comalcalco, Tabasco.

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86 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

LILIA LÓPEZ SANDOVAL

Segundo-Regidor y Sindica de Hacienda de .Ingresos

ARTURO SANTOS RODRÍGUEZ*

Tercer Regidor y Síndico de Hacienda-de Egresos

IRM A DOMÍNGUEZ MÉNDEZ

Cuarto Regidora

J u Ajo». S o n c z

JUANA GÓMEZ GUILLERMO

Sexta Regidora

ELIDE ULIN TORRES

Octava Regidora

OLGA LJDÍÁ^ÉtfÉGRINO VALENZUH

Décima Segunda Regidora

JOSE tm-'REYES CORDOVA

Noveno regidor

MARTIN DO M ÍNGUEZ ASALOS

Quinto Regidor

JACOB REGUERO LOPEZ l- . . . .

Décimo Primer Regidor ' -

EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 29 FRACCION III, 47, 51, 52, 53, 54 y 65 FRACCION l'l, DE LA LEY ORGANICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO, SE PROMULGAN LAS PRESENTES REGLA DE OPERACIÓN, DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA SOCIAL "APOYO AL GAS DOMESTICO" PROYECTO IS043 DEL MUNICIPIO DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO DEL AÑO 2017, PARA SU DEBIDA PUBLICACION Y OBSERVANCIA, EN LA CIUDAD DE COMALCALCO, TABASCO, RESIDENCIA •OFICIAL DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO .DÉ.

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 87

COMALCALCO, TABASCÓ, A LOS TREINTA Y UÑ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DELAÑO DOS MIL DIECISIETE. .

c; j a v b R m a y Ro dr íguezPresidente Municipal

• C. DAVID DIAZ OROPEZA Secretario 4 e f Ayjuntam iento de

Comalcalco, Tabasco.

EL Q U E S U S C R IB E LIC . D A V ID D ÍA Z O R O P E Z A , S E C R E T A R IO D E L

A Y U N T A M IE N T O C O N S T IT U C IO N A L D E C O M A L C A L C O , T A B A S C O .

C E R T I F I C A

Q U E E L P R E S E N T E D O C U M E N T O C O N S T A N T E D E D IE C IS IE T E (17) F O J A S

V A L ID A S E N S U A N V E R S O , S O N C O P IA F IE L Y E X A C T A D E L O R IG IN A L , D E L A

C U A L T E N G Ó A L A V IS T A Y Q U E O B R A EN L O S A R C H IV O S D E E S T E

A Y U N T A M IE N T O D E C O M A L C A L C O , T A B A S C O , M IS M A Q U E C E R T IF IC O , S E L L O

Y R U B R IC O A L O S D IE C IO C H O D IA S D E L M E S £ E IU £ I E M B R E D E L Á Ñ O D O S M IL

D IE C IS IE T E .

A T E N T

LIC. D A V ID D I

S E C R E T A R IO

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88 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

No.- 8777

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL “APOYO ECONÓMICO PARA EL FOMENTO AL COMERCIO,

EN DIVERSAS LOCALIDADES (PROYECTO IS077)” DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO.

GOCOMALCALCOAYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL

20U*20T8

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALCALCO 2016-2018

DIRECCIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO Y TURISMO

C. JA V IE R MAY RODRIGUEZ, Presidente Municipal de Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Comalcalco,

Tabasco, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos: 115 Fracción II y IV de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 Fracción I de la Constitución Política del Estado Líbre y Soberano de Tabasco;

29, 30, 31,- 33 y 83 Fracción XII de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, y

CONSIDERANDO

.PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos; 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 2 y 3 de la Ley

Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; el municipio de Comalcalco, tiene personalidad jurídica propia

y su función primordial es propiciar el gobierno democrático para el constante mejoramiento económico, social y

cultural de sus habitantes, mediante la prestación de los servicios públicos.

SEGUNDO: Que de conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Constitución Política del Estado

Lbre y Soberano de Tabasco; 29, 30, 31 y 33 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, el

Municipio tiene ia facultad y la obligación de promover, coordinar, expedir, examinar, remitir, aprobar, vigilar, otorgar,

asignar, designar y participar en el desarrollo integral del municipio y la correcta prestación de los servicios públicos

municipales, con el objeto de abatir las carencias y rezago que afecten a los pueblos y comunidades indígenas.

TER CER O : Que de acuerdo a la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, en su artículo 83, Fracción

XII en la que prevé que le corresponde a la Dirección de Fomento Económico y Turismo, el despacho que le

atribuye expresamente las leyes, reglamentos y las que le encomiende directamente el Ayuntamiento o el Presidente

Municipal.

CU A R TO : El articulo 29 Fracción III de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, faculta al

Ayuntamiento para expedir y. aplicar el Bando de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y demás

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 89

disposiciones administrativas de observación general, dentro de sus respectivas jurisdicciones; de manera particular

las que organicen las materias, procedimientos, funciones y servidos públicos de su competencia y aseguréhja

participación ciudadana y vecinal, sujetándose.a las reglas establecidas para ello en la citada Ley. Por lo que se

emite el siguiente:

A C U ER D O POR EL QUE SE DAN A C O N O CER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL

“AP O YO CON MICROCREDITOS, EN DIVERSAS LOCALIDADES (PROYECTO IS077)" DEL MUNICIPIO DE

‘CO M A LCALCO , TABASCO.

1. DEFINICIÓN D EL PROGRAMA.

El programa de Apoyo económico para fomento al comerdo, en diversas localidades (Programa Fortaleciendo a

tu Negocio) tiene como objetivo aquellos habitantes del municipio que se encuentran en un estado de vulnerabilidad,

que por diversos motivos no han tenido la oportunidad de Incorporarse a la vida productiva, y que requieren de

apoyo económico para iniciar o desarrollar un pequeño negocio, que les permita autoemplearse y al mismo tiempo

generar fuentes de trabajo para otros. El Programa, atenderá las necesidades de financlamlento y fomentará el

autoempleo del sector más vulnerable del municipio, todo ello para alentar el desarrollo económico de Comalcalco,

desde su base más amplia.

2. O B JETIV O GENERAL

El Programa de Apoyo económico para el fomento al comercio tiene como objetivo fomentar y fortalecer a los

sectores más vulnerables de la población, al tiempo de combatir el desempleo, la pobreza y los altos índices de

marginación en el Municipio de Comalcalco.

3. O B JETIV O S ESPECÍFICOS

El programa tiene como objetivos específicos los siguientes:

® Otorgar apoyos financieros a los productores dei sector agropecuario del municipio.

® Fortalecer a las mujeres y a las madres solteras

® Apoyar a las microempresas que no cuenten con los elementos tanto económicos como técnicos para su

desarrollo.

® Promover el autoempleo y la generación de nuevos empleos a través del apoyo a emprendedores del

municipio a fin de contribuir al desarrollo de sus actividades productivas.

CAPÍTULO I.- CONSIDERACIONES GENERALES

A R TÍC U L O 1.- Las presentes reglas de operación tienen como objeto establecer la mecánica operativa que regirá

el otorgamiento de apoyos económicos para el fortalecimiento de los negocios. Su observancia será obligatoria

para las áreas responsables de su operación, así como para los sujetos de apoyo.

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90 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

A R TÍC U L O 2.» CO B ER TUR A

Las comunidades del Municipio de Comalcalco que cumplan con las presentes Reglas de Operación.

A R TIC U L O 3. POBLACIÓN OBJETIVO

Este programa estará dirigido a personas mayores de 18 años de edad, con posibilidades de desarrollar una

actividad económica y que residan en el municipio de Comalcalco, o bien que se encuentren en difícil situación

económica.

CAPITULO II.-SU JETO S DE APOYO

A R TÍC U L O 4.- Sólo sa podrán considerar como sujetos de apoyo financiero, a las personas mayores de I8 años

de edad, con posibilidades de desarrollar una actividad económica y que residan en el municipio de Comalcalco,

o bien que se encuentren en difícil situación económica, debido a que:

• Son personas que padecen alguna riiscapacidad física que no les permite tener un empleo;

• Son victimas de alguna enfermedad grave, que no les permite tener un empleo, o con poco tiempo da haberla

superado.• Son personas de ja tercera edad y que por ello no pueden ser contratados

• Son madres solteras que no han encontrado empleo; o

• Jóvenes entre 18 y 29 años de edad que al no tener empleo ni la .oportunidad de seguir estudiando, tienen la

inquietud de iniciar un pequeño negocio y requieren de financiamiento para hacerlo posible.

También podrá considerar como sujetos de apoyo a aquellos hombres y mujeres, mayores de 18 años, que cuenten

con una micro o pequeña empresa, orientada a proyectos comerciales, de producción o servicios, que se han

autoempleado realizando una actividad económica.

x

CAP ITU LO III.- CARACTERISTICAS DEL APOYO

AR TICULO 5.* Los sujetos de apoyo, recibirán un apoyo económico de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.)

en una sola exhibición.

AR TÍCULO 6.- La Contralorla Municipal, en ejercicio de sus atribuciones, calificará, regulará y supervisará la

operación del. Programa.

AR TÍCULO 7.- Para efectos de análisis, aprobación, propuestas e información de las solicitudes de apoyo

económico para el fortalecimiento do los negocios, las Dirección de Fomento Económico y Turismo será la

responsable.

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 91

CAPITULO IV.- REQUISITOS DE ACUERDO A LAS MODALIDADES DE APOYOS FINANCIEROS

ARTÍCULO 8.- Son requisitos generales para la obtención del Apoyo económico, los siguientes:

a) Presentar la solicitud en original en formato libre.

b) Origina] (para cotejo) y copia de Identificación oficial (IFE o INE vigente).

c) Comprobante de domicilio original (para cotejo) y copia (Recibo de Teléfono, Luz, Agua o Constancia

de residencia). .

CAPITULO V.- DE LAS OPERACIONES

AR TÍCULO 9.- Las Dirección responsable dei programa podrá, por sí misma o por terceros, realizar visitas

periódicas a los sujetos de apoyo para verificar el destino de estos recursos.

AR TÍCULO 10.- Si durante el desarrollo y operación del programa se presentaren situaciones no previstas en las

presentes reglas de operación, se podrá hacer uso de los recursos destinados a los apoyos financieros, para '

subsanar las mismas, sin que esto comprometa el cumplimiento .de los objetivos planteados.

CAP ÍTU LO V I.-D EL DESTINO DE LOS APO YO S FINANCIEROS

AR TÍCULO 11.- Los apoyos económicos qué se otorguen se destinarán al establecimiento, fortalecimiento, y/o

modernización de las micro y pequeñas empresas, destinando el financiamiento a la compra de mercancías,

maquinaria o herramienta, publicidad, estudios de factibilidad, permisos o licencias y/o modernización, ampliación

o compra de infraestructura; ello con el propósito de fomentar actividades relacionadas a algún negocio que ya se

encuentra en marcha o que se tiene planeado iniciar.

CAP ÍTU LO Vil. - DE LA DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN DEL PROGRAMA

A R T ÍC U L 0 12.- La Dirección responsable del programa dará a conocer los lineamientos generales de las presentes

Reglas de Operación, los términos, montos y alcances de la misma, así como los lugares de atención, de entrega

y recepción de solicitudes. .

AR TÍCULO 13.- La difusión y promoción, así como los términos, montos y alcances de las mismas, dependerá de

la asignación presupuestal con que cuenten la Direcciones responsables para el programa, en el ejercicio

correspondiente.

AR TÍCULO 14.- La difusión y promoción se hará a través'de la Dirección de Fomento Económico y Turismo.

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92 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

CAPÍTU LO VIII.- DE LOS M ONTOS Y LINEAMIENTOS DE LOS APOYOS FINANCIEROS

AR TÍCULO 15.- El monto de los apoyos otorgados será de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N).

AR TÍCULO 16.- Los apoyos económicos estarán sujetos a los siguientes lineamientos:

a) La Dirección de Fomento Económico y Turismo, integrará los expedientes de cada uno de los solicitantes,

cuidando que se cumpla con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación. ■

AR TÍCULO 17.- En casos excepcionales, y en forma específica, se podrá determinar el otorgamiento de apoyos

por montos mayores al establecido en las presentes Reglas de Operación, previo análisis de la Dirección

responsables, quien dará vista al Presidente Municipal, tomando en cuenta las condiciones de viabilidad y la

naturaleza de los proyectos productivos en cuanto al beneficio social y económico que generen.

CAPITULO IX.- PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAM IENTO DE APOYOS FINANCIEROS AR TÍCULO 18.-

Una vez realizada la difusión y promoción referida en el Capítulo Vil de las presentes Reglas de

Operación, la Dirección responsable llevará a cabo las acciones necesarias para la tramitación y en su caso

calificación, seguimiento y evaluación de los apoyos con base en |as presentes Reglas de Operación.

AR TÍCULO 19 .- La Dirección responsable recabará las solicitudes que sean presentadas en sus oficinas y aquellas

que le presenten ios promotores, con la finalidad de revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el

Capítulo IV de las presentes Reglas de Operación, para su análisis y, en su casó, calificación, ratificación o rechazo.

En aquellos casos en los que se determine la improcedencia de la solicitud, debido a que no se cumpla con los

requisitos establecidos en las presentes Reglas de operación, la Dirección responsable establecerá contacto con

los solicitantes para darles a conocer los motivos de improcedencia.

AR TÍCULO 20.- Al analizar las solicitudes, la Dirección considerará los siguientes criterios para emitir su calificación:

a) La condición socioeconómica del solicitante, dando prioridad a las personas que se encuentran en condición de

alta vulnerabilidad;

b) El impacto económico social que generaría el negocio en la comunidad;

c) El impacto que generarla el negocio para la creación y conservación de empleos;

d) La facha de presentación de la solicitud, dando prioridad a aquellas que se encuentren en reserva.

AR TÍCU LO 2 1 En aquellos casos en los que las solicitudes se hayan presentado én tiempo y forma, y qué se

determine su improcedencia, debido a que se agoten los recursos económicos destinados para el programa en el

ejercicio presupuestal correspondiente, quedarán en reserva para ser consideradas, en forma prioritaria, en la •

convocatoria inmediata siguiente. En tales casos, se informará a los solicitantes que su solicitud quedará en estatus

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 93

de reserva, pudiendo acceder al programa en la convocatoria próxima, para lo cual, sólo deberán efectuar jo*

trámites necesarios para la actualización de su solicitud.

CA P ÍTU LO X .-D E LA EN TREGA1 DE LOS APOYOS FINANCIEROS

A R TÍC U LO 22.- En todos los casos la Dirección responsable Integrará un expediente, de acuerdo a las presentes

Reglas de Operación, en el que se haga constar el proceso de asignación y seguimiento de cada apoyo otorgado,

A R TÍC U LO 23.- La entrega de los apoyos podrá efectuarse de manera individual o en un acto de entrega masiva,

cuidando siempre que sea de manera' personal a cada sujeto de apoyo,

CAPITULO X I.-D E LA COORDINACIÓN INSTITUCIONAL

A R TÍC U LO 24.- El Municipio de Comalcalco, a través de la Dirección de Fomento Económico y Turismo, deberá

promover todo tipo de actos, contratos o convenios, con otras Instancias gubernamentales o de carácter privado,

para lograr el cumplimiento de los objetivos del Programa. ’

' A R TÍC U LO 2 5 .-UNIDADES ADMINISTRATIVAS RESPONSABLE

La dependencia responsable de la ejecución del programa es la Dirección de Fomento Económico y Turismo, quien

deberá trabajar en coordinación con las Direcciones de Desarrollo y Atención a las Mujeres para efecto de optimizar

los recursos del programa.

A R TÍC U LO 26.- INSTANCIAS DE CONTRO L Y VIGILANCIA.

Corresponderá a la Dirección Responsable vigilar la adecuada operación del programa, atendiendo las presentes

Reglas de Operación, dando cumplimiento a los presentes lincamientos.

El municipio de Comalcalco, asegurará el buen uso, manajo y destino ds los recursos para lo cual podrá ordenar

evaluaciones y visitas periódicas para validar la Información que se obtenga de los- Informes que rindan los

beneficiarios asi como los promotores de'apoyos financieros.

Lat Dirección de Fomento Económico y Turismo, en coordinación con las Direcciones de Desarrollo y Atención a

las mujeres, dará seguimiento a los apoyos otorgados con la finalidad de asegurar que el destino de los recursos

sea para el fortalecimiento de los negocios y así garantizar la autosuficiencia de los solicitantes, lo cual les permita,

ser sujetos de apoyo da programas futuros.

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94 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

C A P ITU LO XII.- EVALUACIÓN

A R TÍC U LO 27.- EVALUACIÓN INTERNA

Corresponderá a la Dirección responsable llevar a cabo las acciones necesarias que permitan evaluar y dar

seguimiento a las acciones propias de la ejecución del programa, así domo recabar, concentrar y resguardar las

bases de datos que se generen con la operación del programa, asi como rendir los Informes correspondientes al

Presidente Municipal y a las instancias facultadas para solicitar dicha Información.

CAPITULO XIII.- QUEJAS Y DENUNCIAS

•.Contrataría Municipal de Comalcalco.- Plaza Juárez S/N Col, Centro, Comalcalco, Tabasco. C.P. 86300.

Tel. (933) 114-00-00 Ext. 127

CAPITULO XIV.- DIFUSIÓN O PUBLICIDAD EN TÉRMINOS DE LA LEY

• Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Ubre y Soberano de Tabasco.

CA P ITU LO XV.- TRANSPARENCIA

Las Direcciones de Desarrollo, Atención a las Mujeres, y Fomento Económico y Turismo darán a conocer los

presentes lineamientos, asi como los resultados de los apoyo» otorgados y beneficios logrados con el Programa,

en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.

'TRAN SITO RIOS’ i. '" -•

Artículo Primero.- Lo no previsto 'en las presantes Reglas de Operación,‘será resuelto de acuerdo a lo que

establezcan los ordenamientos legales aplicables,

Articulo Segundo.- Las presentes Reglas de Operación, entraran en vigor al día siguiente de su publicación en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado, derogando cualquiera qtras reglas de operación expedidas con

anterioridad.

EXPEDIDO EN LA SALA DEL CABILDO MUNICIPAL DEL AYUNTAM IENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO

DE COMALCALCO, TABASCO , A LOS 31 OÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL ANO DOS MIL<ÓlECISIETE, POR

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 95

LOS REGIDORES Q U E INTEGRAN EL CABILDO QUIENES FIRMAN AL CALCE Y AL 'MARGEN DE LA

PRESENTE, POR Y A N TE EL SECR ETA R IO DEL AYUNTAM IENTO QUIEN CERTIFICA Y DA FE

Cuarto Regidora Quinto Regidor

jLo-hjJp. QoM-C'i__________

JUANA GÓMEZ GUILLERMO

Sexta Regidora

EUDE ULIN TORRES

Octava Regidora .

Décimo Primer Regidor

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96 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 29 FRACCION III, 47, 51, 52, 53, 54 y 65 FRACCION II, DE LA LEY ORGÁNICA DE' LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO,. SE PROMULGAN LAS PRESENTES REGLAS' DE OPERACIÓN, "APOYO ECONÓMICO PARA FOMENTAR AL COMERCIO; EN DIVERSAS LOCALIDADES (PROGRAMA FORTALECIENDO A TU NEGOCIO) DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO DEL AÑO 2017, PROYECTOS ISO77,PARA SU DEBIDA PUBLICACION Y OBSERVANCIA, EN LA CIUDAD DE 'COMALCALCO, . TABASCO, RESIDENCIA OFICIAL DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL ‘ MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MILDIEC " . ■ ■ ■ ■

EL Q U E S U S C R IB E LIC. D A V ID DÍAZ O R O P E Z A , S E C R E T A R IO D E L

A Y U N T A M IE N T O C O N S T IT U C IO N A L DE C O M A L C A L C O , T A B A S C O .

Q U E E L P R E S E N TE D O C U M E N T O C O N S T A N T E D E D IEZ (10) F O J A S V A L ID A S

EN S U A N V E R S O Y R E V E R S O , S O N C O P IA FIEL Y E X A C T A D E L O R IG IN A L , DE

LA C U A L T E N G O A L A V IS T A Y Q U E O B R A EN L O S A R C H IV O S D E E S T E

A Y U N T A M IE N TO D E C O M A L C A L C O , T A B A S C O , M ISM A Q U E C E R T IF IC O , S E L L O

C/JAV1 . . 2Presidente Municipal

•. C. DAVID DLÁZiOROPEZA S e cre ta rlo d e jA y u n ta m ie n to de

Com alcalco, Tabasco.

C E R T I F I C A

M B R E D E L A Ñ O D O S MIL

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3 DE FEBRERO DE 2018 PERIODICO OFICIAL 97

N o.- 8778

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL “APOYO ECONÓMICO PARA EL FOMENTO AL COMERCIO,

EN DIVERSAS LOCALIDADES (PROYECTO IS079)” o o m a ic a ic o DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO.

GOAYUNUMIfNTO CONSTITUCIONAL

2014 * 2016

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALCALCO 2016-2018

DIRECCIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO Y TURISMO

C. JA V IE R M A Y RO DRIGUEZ, Presidente Municipal de Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Comalcalco,

Tabasco, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos: 115 Fracción II y IV de la ConstitucipífcEatííicg de los

Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 Fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y S^5§rs fü»d^Ja//•i' ' '

29, 30, 31, 33 y 83 Fracción XII de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabs

CO N SIDER AN DON\

V

PRIM ERO: Que de conformidad con lo establecido por los artículos 115 de la Constitución Polltlcfífi

Unidos Mexicanos; 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; de la Ley

Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; el municipio de Comalcalco, tiene personalidad jurídica propia

y su función primordial es propiciar el gobierno democrático para el constante mejoramiento económico, social y

cultural de sus habitantes, mediante la prestación de los servicios públicos.

S E G U N D O : Que de conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Constitución Política del Estado

Libre y Soberano de Tabasco'; 29, 30, 31 y 33 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, el

Municipio tiene la facultad y la obligación de promover, coordinar, expedir, examinar, remitir, aprobar, vigilar, otorgar,

asignar, designar y participar en el desarrollo integral del municipio y la correcta prestación de los servicios públicos

municipales, con el objeto de abatir las carencias y rezago que afecten a los pueblos y comunidades indígenas.

TE R C E R O : Que de acuerdo a la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, en su artículo 83, Fracción

XII en la que prevé que le corresponde a la Dirección de Fomento Económico y Turismo, el despacho que le

atribuye expresamente las leyes, reglamentos y las que le encomiende directamente el Ayuntamiento o él Presidente

Municipal.

C U A R TO : El artículo 29 Fracción lll de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, faculta al

Ayuntamiento para expedir y aplicar el Bando de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y demás

disposiciones administrativas de observación general, dentro de sus respectivas jurisdicciones; de manera particular

las que organicen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la

participación ciudadana y vecinal, sujetándose a las reglas establecidas para ello en la citada Ley. Por lo que se

emite el siguiente:

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98 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

L*

A C U É R D O P O R EL Q U E SE DAN A C O N O C E R LA S R EG LAS DE OPERACIÓN DEL PR OGR AM A SO CIAL

"A P O Y O EC O N O M IC O PA R A FO M E N TO A L COM ER CIO, EN DIVERSAS LO C A LID A D ES " DEL

MUNICIPIO DE C O M A LC A L C O , TA B A S C O .

1. DEFINICIÓN DEL PROGRAMA. ' /A?

El programa de Apoyo económico para fomento al comercio, en diversas localidades (Prdmfeífia^éOTit^^^los'ila

tu Negocio) tiene como objetivo aquellos habitantes del municipio que se encuentran en un estado

que por diversos motivos no han tenido la oportunidad de incorporarse a la vida productiva, y^ j^ ^ q u ip re ;:

apoyo económico para iniciar o desarrollar un pequeño negocio, que les permita autoemplearse y al misraont^Si^b''''•í. 1

generar fuentes de trabajo para otros. El Programa, atenderá las necesidades de financiamlento y ‘fomentará el

autoempleo del sector más vulnerable del municipio, todo ello para alentar el desarrollo económico de Comalcalco,

desde su base más amplia.

2. OBJETIVO G EN ER AL

El Programa de Apoyo económico para el fomento al comercio tiene como objetivo fomentar y fortalecer a los

sectores más vulnerables de la población, al tiempo de combatir el desempleo, la pobreza y los altos Indices de

marginación en el Municipio de Comalcalco.

3. OBJETIVO S ESPECÍFICOS

El programa tiene como objetivos específicos los siguientes:

® Otorgar apoyos financieros a los productores del sector agropecuario del municipio.

® Fortalecer a las mujeres y a las madres solteras

® Apoyar a las microempresas que no cuenten con los elementos tanto económicos como técnicos para su

desarrollo.

® Promover el autoempleo y la generación de nuevos empleos a través del’ apoyo a emprendedores del

municipio a fin de contribuir al desarrollo de sus actividades productivas.CAPÍTULO I.- CONSIDERACIONES GENERALES

A R TÍC U LO 1.- Las presentes reglas de operación tienen como objeto establecer la mecánica operativa que regirá

el otorgamiento de apoyos económicos para el fortalecimiento de los negocios. Su observancia será obligatoria

para las áreas responsables de su operación, asi como para los sujetos de apoyo.

A R TÍC U LO 2 .-CO B ER TU R A

Las comunidades del Municipio de Comalcalco que cumplan con las presentes Reglas de Operación.

A R TIC U LO 3. POBLACIÓN OBJETIVO

Este programa estará dirigido a personas mayores de 18 años de edad, con posibilidades de desarrollar una

actividad económica y que residan en el municipio de Comalcalco, o bien que se encuentren en difícil situación

económica.

CAPITULO II.-S U JE TO S DE APOYO

A R TÍC U LO 4.- Sólo se podrán considerar como sujetos de apoyo financiero, a las personas mayores de I8 años

de edad, con posibilidades de desarrollar una actividad económica y que residan en el municipio de Comalcalco,

o bien que se encuentren en difícil situación económica, debido a que:

• Son personas que padecen alguna discapacidad física que .no les permite tener un empleo;

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• Son víctimas de alguna enfermedad grave, que no les permite tener un empleo, o con poco tiempo de haberla

superado.• Son personas de la tercera edad y que por ello no puedén ser contratados

• Son madres solteras que no han encontrado empleo; o

• Jóvenes entre 18 y 29 años de edad que al no tener empleo ni la oportunidad de seguir estudiando, tienen la

inquietud de iniciar un pequeño negocio y requieren de financiamiento para hacerlo posible.

También podrá considerar como sujetos de apoyo a aquellos hombres y mujeres, mayores de 18 años, que cuenten

con una micro o pequeña empresa, orientada a proyectos comerciales, de producción o servicios, que se han

autoempleado realizando una actividad económica.

CAPITU LO III.- CARACTERISTICAS DEL APOYO

AR TICULO 5.- Los sujetos de apoyo, recibirán un apoyo económico de $3,000.00 (Tres mil pesos 00/100 M.N.)

en una sola exhibición.

AR TÍCU LO 6.- La Contraloría Municipal, en ejercicio de sus atribuciones, calificará, regulará y supervisará la

operación del Programa.

AR TÍCULO 7.- Para efectos de análisis, aprobación, propuestas e información de las solicitudes de apoyo,

económico para el fortalecimiento de los negocios, las Dirección de Fomento Económico y Turismo será la

responsable.

CAPITULO IV.- REQ UISITOS DÉ ACUERD O A LAS MODALIDADES DE APO YO S FINANCIEROS

AR TÍC U LO 8.- Son requisitos generales para la obtención del Apoyo económico, los siguientes:

a) Presentar la solicitud en original en formato libre.

b) Original (para cotejo) y copia de Identificación oficial (IFE o INE vigente).

c) Comprobante de domicilio original (para cotejo) y copia (Recibo de Teléfono, Luz, Agua o Predial).

CAPITULO V.- DE LAS OPERACIONES.

AR TÍC U LO 9.- Las Dirección responsable del programa podrá, por sí misma o por terceros, realizar visitas

periódicás a los sujetos de apoyo para verificar el destino de estos recursos. •

A R TÍC U LO 10.- Si durante el desarrollo y operación del programa se presentaren situaciones no previstas en las

presentes reglas de operación, se podrá hacer uso de los recursos desfinados a los apoyos financieros, para

subsanar las mismas, sin que esto comprometa el cumplimiento de los objetivos planteados.

CAP ÍTU LO Vi,- DEL DESTINO DE LOS APOYOS.FINANCIEROS

A R TÍC U LO 11.- Los apoyos, económicos que se otorguen se destinarán al establecimiento, fortalecimiento yló

modernización de las micro y pequeñas empresas, destinando el financiamiento a la compra de mercancías,

maquinaria o herramienta, publicidad, estudios de factibilidad, permisos o licencias y/o modernización, ampliación

o compra de infraestructura; ello con el propósito de fomentar actividades relacionadas a algún negocio que ya se

encuentra en marcha o que se tiene planeado Iniciar.

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100 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

C A P ÍTU LO Vil. - DE LA DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN DEL PROGRAMA

A R T ÍC U L 0 12.- La Dirección responsable del programa dará a conocer jos lineamientos generales de las presentes

Reglas de Operación, los términos, montos y alcances de la misma, asi como los lugares de atención, de entrega

y recepción de solicitudes.

A R TÍC U LO 13.- La difusión y promoción, así como los términos, montos y alcances de las mismas, dependerá de

la asignación presupuestal con que cuenten la Direcciones responsables para el programa, en el ejercicio

correspondiente.

A R TÍC U LO 14.- La difusión y promoción se hará a través de la Dirección de Fomento Económico y Turismo.

CAPÍTULO VIII.- DE LOS M ONTOS Y LINEAMIENTOS DE LOS APOYOS FINANCIEROS

AR TÍCULO 15.- El monto de los apoyos otorgados será de $3,000.00 (Tres mil pesos 00/100 M.N).

AR TÍCULO 16.- Los'apoyos económicos estarán sujetos a los siguientes lineamientos:

a) La Dirección de Fomento Económico y Turismo, Integrará los expedientes de cada uno de los solicitantes,

cuidando que se cumpla con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación.

ARTÍCULO 17.- En casos excepcionales, y en forma específica, se podrá determinar el otorgamiento de apoyos

por montos mayores al establecían en las presentes Reglas de Operación, previo análisis de la Dirección

responsables, quien dará vista al Presidente Municipal, tomando en cuenta las condiciones de viabilidad y la

naturaleza de los proyectos productivos en cuanto al beneficio.social y económico que generen.

CAPITULO IX.- PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAM IENTO DE APOYOá FINANCIEROS AR TÍCULO 18.-

Una vez realizada la difusión y promoción referida en el Capítulo Vil de las presentes Reglas de

Operación, la Dirección responsable llevará a cabo las acciones necesarias para la tramitación y en su caso

calificación, seguimiento y evaluación de los apoyos con base en las presentes Reglas de Operación.

AR TÍCULO 19.- Las Dirección responsable recabará las solicitudes que sean presentadas en sus oficinas y aquellas

que le presenten los promotores, con la finalidad de revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el

Capftulo IV de las presentes Reglas de Operación, para su análisis y, en su caso, calificación, ratificación o rechazo.

En aquellos casos en los que se determine la improcedencia de la solicitud, debido a que no se cumpla con los

requisitos establecidos en las presentes Reglas .de operación, la Dirección responsable establecerá contacto con

los solicitantes para darles a conocer los motivos de Improcedencia.

AR TÍCULO 20.- Al analizar las solicitudes, la Dirección considerará los siguientes criterios para emitir su calificación:

a) La condición socioeconómica del solicitante, dando prioridad a las personas que se encuentran en condición de

alta vulnerabilidad;^,

b) El impacto económico social que generaría el negocio en la comunidad;

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c) El impacto que generarla el negocio para la creación .y conservación de empleos;

d) La fecha de presentación de la solicitud, dando prioridad a aqueHas que.se encuentren en reserva.

AR TÍC U LO 21.- En aquellos casos en los que las solicitudes se hayan presentado en tiempo y forma, y que se

determine su improcedencia, debido a que se agoten los recursos económicos destinados para el programa en el

ejercicio presupuestal correspondiente, quedarán en reserva para ser consideradas, en forma prioritaria, en la

convocatoria inmediata siguiente. En tales casos, se informará a los solicitantes que su solicitud quedará en estatus

de reserva, pudlendo acceder al programa en la convocatoria próxima, para lo cual, sólo deberán efectuar los

trámites necesarios para la actualización de su solicitud.

CAPÍTULO X .-D E LA ENTREGA DE LOS APOYOS FINANCIEROS

A R TÍC U LO 22.- En todos los casos la Dirección responsable Integrará un expediente, de acuerdo atas presentes

Reglas de Operación, en el que se haga constar el proceso de asignación y seguimiento de cada apoyo otorgado.

A R TÍC U LO 23,- La entrega de los apoyos podrá efectuarse de manera individual o en un acto de entrega masiva,

cuidando siempre que sea de manera personal a cada sujeto de apoyo,

CAPITULO XI.- DE LA COORDINACIÓN INSTITUCIONAL

A R TÍC U LO 24.- El Municipio de Comalcalco, a través de la Dirección de Fomento Económico y Turismo, deberá

promover todo tipo de actos, contratos o convenios, con otras instancias gubernamentales o de carácter privado,

para lograr el cumplimiento de ios objetivos del Programa.

A R TÍC U LO 25.- UNIDADES ADMINISTRATIVAS RESPONSABLE

La dependencia responsable de la ejecución del programa es la Dirección de Fomento Económico y Turismo, quien

deberá trabajar en coordinación con las Direcciones de Desarrollo y Atención a las .Mujeres para efecto de optimizar

los recursos del programa.

A R TÍC U LO 26.- INSTANCIAS DE CONTRO L Y VIGILANCIA.

Corresponderá a la Dirección Responsable vigilar la adecuada operación del programa, atendiendo las presentes

Reglas de Operación, dando cumplimiento a los presentes lineamientos.

El municipio de Comalcaico, asegurará el buen uso, manejo y destino de los recursos para lo cual podrá ordenar

evaluaciones y visitas periódicas para validar la información que se obtenga de los informes que rindan los

beneficiarlos asi como los promotores de apoyos financieros.

La Dirección de Fomento Económico y Turlsmo. en coordinación con las Direcciones de Desarrollo y Atención a

las mujeres, dará seguimiento a los apoyos otorgados con la finalidad de asegurar que el destino de los recursos

sea para el fortalecimiento de los negocios y así garantizar la autosuficiencia de los solicitantes, lo cual les permita

ser sujetos de apoyo de programas futuros.

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102 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

CAPITU LO XII.- EVALUACIÓN

A R TÍC U LO 27.- EVALUACIÓN INTERNA

Corresponderá a la Dirección responsable llevar a cabo las acciones necesarias que permitan evaluar y dar

seguimiento a las acciones proplais de la ejecución del programa, asi como recabar, concentrar y resguardar las

bases de datos que se generen con la operación del programa, así como rendir los informes correspondientes al

Presidente Municipal y a las instancias facultadas para solicitar dicha información.

CA P ITU LO XIII.-Q U EJAS Y DENUNCIAS

• Contraloría Municipal de Comalcalco.- Plaza Juárez S/N Col. Centro, Comalcalco, Tabasco: C.P. 86300.

Tel. (933) 114-00-00 Ext. 127

CAPITULO XIV.- DIFUSIÓN O PUBLICIDAD EN TÉRMINOS DE LA LEY

• Periódico Oficial del. Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tabasco.

CAP ITU LO XV.- TRANSPARENCIA

Las Direcciones de Desarrollo, Atención a las Mujeres, y Fomento Eponómico y Turismo darán a conocer los

presentes lineamientos, asi como los resultados de los apoyos otorgados y beneficios logrados con el Programa,

en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.

TRANSITORIOS* ‘ .. .

Artículo Primero,- Lo no previsto en las presentes Reglas de Operación, será resuelto de acuerdo a lo que

establezcan los ordenamientos legales aplicables.

Articulo Segundo,- Las presentes Reglas de Operación, entraran en vigor al día siguiente de su publicación en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado, derogando cualquiera otras reglas de operación expedidas con

anterioridad.

EXPEDIDO EN LA SALA DEL CABILDO MUNICIPAL DEL A YUN TAM IEN TO CO N STITUCIO N AL DEL MUNICIPIO

DE COM ALCALCO, TABASCO , A LOS 31 DÍAS DEL MES DE O C TU B R E DEL AÑO DOS MILíDIECISIETE, POR( ■

LOS REGIDORES Q U E INTEGRAN EL CABILDO QUIENES FIRMAN AL CALCE Y AL MARGEN. DE LA

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.........* » r ' ■LILIA LÓPEZ SANDOVAL

Segundo Regidor y Sindica de Hacienda deJngresos

vaIRM A DOMÍNGUEZ MÉNDEZ

Cuarto Regidora.•4 * -

- iv j-fc jjp . Q o H-c~iATo t [ i^-o _________ _JUANA GÓMEZ'GUILLERMO

Sexta Regidora

ELIDE ULIN TORRES

Octava Regidora

ARTURO SÁNTOS RODRÍGUEZ'

Tercer Regidor y Síndico de Hacienda-de Egresos

J z >MARTIN DOM ÍNGUEZ ABALOS

Quinto Regidor

EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 29 FRACCION III, 47, 51, 52, 53, 54 y 65 FRACCION II, DE LA LEY ORGÁNICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO, SE PROMULGAN LAS PRESENTES REGLAS DE OPERACIÓN, "APOYO ECONÓMICO PARA FOMENTAR AL COMERCIO, EN DIVERSAS LOCALIDADES (PROGRAMA FORTALECIENDO A TU NEGOCIO) DEL MUNICIPIO'DE OOMÁLCALCO,'TABASCO DEL AÑO 2017, PROYECTOS IS079, PARA SU DEBIDA PUBLICACION Y OBSERVANCIA, EN LA CIUDAD ' DE COMALCALCO, TABASCO, RESIDENCIA OFICIAL DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO,

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104 PERIODICO OFICIAL 3 DE FEBRERO DE 2018

TABASCO, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS

c; jAVim m ay Ro d r íg u ezPresidente Municipal

C. DAVID DIAZ OROPEZA Secretario de^Ayuntamiento de

Comalcálco,Tabasco.

E L Q U E S U S C R IB E LlC. D A V ID DÍAZ O R O P E Z A , S E C R E T A R IO D E L

A Y U N T A M IE N TO C O N S T IT U C IO N A L D E C O M A L C A L C O , T A B A S C O .

C E R T I F I C A

Q U E E L P R E S E N TE D O C U M E N T O C O N S T A N T E D É D IEZ (10) F O J A S V A L ID A S

EN SU A N V E R S O Y R E V E R S O , S O N C O P IA FIEL Y E X A C T A D E L O R IG IN A L , D E

L A C U A L T E N G O A L A V IS T A Y Q U E O B R A EN L O S A R C H IV O S D E E S T E

A Y U N T A M IE N TO DE C O M A L C A L C O , T A B A S C O , M IS M A Q U E C E R T IF IC O , S E L L O

Y R U B R IC O A LO S D IE C IO C H O D IA S D E L M ES D E D IC IE M B R E D E L A Ñ O D O S MIL

D IE C IS IE TE .

É TGobierno del 'IdbSSCO

Estado de Tabasco cambia contigo

‘2018, Año del V Centenario del Encuentro de Dos M undos en Tabasco"

El Periódico Oficial circula loa miércoles y sábados.

Impreso en la Dirección de Talleres Gráficos de la Secretaria de Administración, bajo la Coordinación de la Dirección General de Aeuntos Juridlcoe de la Secretaria de Gobierno.

Las leyes, decretos y demás disposiciones superiores son obligatorias por el hecho de ser publicadas en este periódico.

Para cualquier aclaración acerca de los documentos publicados en el mismo, favor de dirigirse al inmueble ubicado en la calle Nicolás Bravo Esq. José N. Rovirosa #399,1* piso zona Centro o a los teléfonos 131 -37-32, 312-72-78 de Vlllahermosa, Tabasco.