Reglamento sena completo

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CAROLINA RIAÑO YINA PEDREROS JOHANNA ALVARADO ÁNGELA CORONADO VÍCTOR LÓPEZ Sena 2010

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CAROLINA RIAÑOYINA PEDREROSJOHANNA ALVARADOÁNGELA CORONADOVÍCTOR LÓPEZ

Sena 2010

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REGLAMENTO SENA

 

SER APRENDIZ SENA

¡BIENVENIDO AL SENA, CONOCIMIENTO PARA TODOS LOS COLOMBIANOS!, usted tiene el privilegio de formarse en la entidad de mayor trayectoria y cobertura del país.

Durante su formación, el SENA contribuirá para el desarrollo de su perfil como libre pensador, con capacidad crítica, líder, solidario, emprendedor y creativo.  

ESIMPORTANTE SER:

Libre pensador y con capacidad crítica

Solidario

Líder

- Emprendedor y creativo

Su compromiso como APRENDIZ con el SENA y con la sociedad colombiana, reafirma la responsabilidad que asume en el momento de la matrícula en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada.

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CAPITULO 1 Campo de aplicación ARTÍCULO 1°. El presente reglamento se aplica a todas las personas matriculadas en los

programas de formación profesional del SENA, en sus diferentes modalidades, o inscritos para el desarrollo de proyectos en sedes de Tecnoparque o Tecnoacademia, quienes durante el tiempo que desarrollen su formación o proyectos, se denominan Aprendices, independientemente del tipo de formación elegido.

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CAPITULO 2 Derechos del Aprendiz SENA

ARTÍCULO 2°. El derecho es la facultad que tiene el Aprendiz de hacer lo establecido en las normas vigentes del SENA, sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar o nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica.

DEBEMOS TENERE EN CUENTA QUE DE CARACTER ACADEMICO SON 12

Como recibir inducciones, carnets, el acceso a diferentes fuentes de conocimiento , a recibir formación profesional, a usar apropiadamente los ambientes, disfrutar el aprendizaje, recibir orientación ayuda apoyo etc.

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Carácter comportamental

Contamos con seis derechos como por ejemplo

b.1. Recibir trato digno y respetuoso por todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

b.2 Ser escuchado y atendido en sus peticiones, siguiendo el debido proceso.

b.3. Expresar con libertad ideas y pensamientos, respetando el derecho a la educación, al trabajo, a la libertad de expresión y a la locomoción de los demás integrantes de la comunidad educativa, sin recurrir a la violencia, causar daños o perturbar el orden de las sedes del SENA, de los procesos de formación y del lugar en el que se adelante el aprendizaje.

b.4. Usar la indumentaria y los elementos de protección personal propios del programa de formación profesional, para protegerse de los riesgos.

Además de estos derechos, el Aprendiz en formación virtual del SENA tendrá los siguientes derechos de carácter académico:

Pertenecer a la comunidad Educativa Virtual del SENA

Tener acceso a todo el material didáctico (obligatorio y adicional) ofrecido en el curso en el que está matriculado, en forma electrónica, multimedia y para descargar, respetando la propiedad intelectual y los derechos de autor.

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ARTÍCULO 3°. Estímulos e incentivos Son beneficios y distinciones que se otorgan a los aprendices, como reconocimiento o valoración

de actuaciones meritorias o logros sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional.

Los estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendices y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los aprendices, entre ellos están:

Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de formación.

Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.

Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en el programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que se requiera su aporte.

Formar parte del semillero de nuevos instructores del SENA cuando termine su proceso formativo, si así lo desea.

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CAPITULO 3Deberes del Aprendiz SENA ARTÍCULO 4°. Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la

persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos, para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común y la seguridad de las personas y de los bienes de la institución.

 

Son deberes del aprendiz SENA durante el proceso de ejecución de la formación, los siguientes:

De carácter Académico:

 a.1. Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de mejoramiento, definidas durante su proceso de aprendizaje.

a.2. Participar activamente en las actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el programa de formación, con el fin de gestionar su proceso de formación.

a.3. Dar a conocer oportunamente al instructor las solicitudes o novedades que se le presenten durante el proceso de aprendizaje, utilizando medios virtuales y/o físicos… entre otros

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De carácter Disciplinario

Encontramos 13 disciplinas tales como :

En caso de pérdida de carnet el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo en tesorería con base en la normatividad dada por Dirección General.

b.1 Conocer y asumir las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el Reglamento del Aprendiz SENA, y convivir en comunidad de acuerdo con ellos.

b.2. Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, durante su proceso de formación, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula.

b.5. Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia; obrar con honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justicia, compañerismo y solidaridad con la totalidad de los integrantes de la comunidad educativa y expresarse con respeto, cultura y educación, en forma directa o a través de medios impresos o electrónicos (como foros de discusión, Chat, correo electrónico, blogs, etc.).

b.16. Suscribir oportunamente el Acta de compromiso como Aprendiz SENA y/o como Aprendiz usuario de Tecnoparque o Tecnoacademia, elaborada por la Dirección General de la entidad

Respetar los comentarios o participaciones realizadas por los demás integrantes de la comunidad educativa.

Cumplir con los trabajos indicados por los Tutores, enviando puntualmente las actividades definidas en el cronograma del curso.

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CAPITULO 4Prohibiciones ARTÍCULO 5°. Se considerarán prohibiciones para los aprendices del SENA, las siguientes:

De carácter académico: tales como

Incumplir las actividades de aprendizaje acordadas en su proceso de formación y los compromisos adquiridos como aprendiz SENA, sin justa causa.

a.4. Realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de formación o en concursos, juegos o competencias deportivas o culturales.

 

De carácter Disciplinario: tales como

b.1 Aportar documentación o información que difiera con la real, para el ingreso a la entidad o para obtener cualquier beneficio de la misma.

b.2. Ingresar, comercializar, promocionar, ingerir o suministrar bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas, dentro de las instalaciones del SENA, o ingresar a la entidad en estado que indique alteraciones ocasionadas por el consumo de éstos.

b.3 Ingresar o portar armas, objetos corto-punzantes, explosivos u otros artefactos que representen riesgo o puedan ser empleados para atentar contra la vida o la integridad física de las personas, para destruir o deteriorar la planta física o los bienes del SENA o de las instituciones con las cuales se adelanten actividades de aprendizaje, culturales, recreativas, deportivas y sociales. Los miembros de la fuerza pública y organismos de seguridad del estado, que se encuentren en un proceso de formación, no podrán portar armas de fuego en el Centro de Formación.

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CAPITULO 5Etapa práctica de los programas de formación  ARTICULO 6°. Apropiación y desarrollo del conocimiento. La etapa práctica del programa de

formación es aquella en la cual el Aprendiz SENA aplica, complementa, fortalece y consolida sus

competencias, en términos de conocimiento, habilidades y destrezas, actitudes y valores. de problemas reales del sector productivo, los conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa de formación, asumiendo estrategias y metodologías de autogestión. La etapa práctica que desarrollan los Aprendices en cualquier programa de formación, debe permitirles aplicar en la resolución

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ARTÍCULO 7°. Alternativas de Permanencia en los programas de formación durante la etapa práctica. Para la realización de la etapa práctica requerida en el proceso de formación de los aprendices del

SENA,  se deben considerar las siguientes alternativas:  

Desempeño en una empresa a través del Contrato de Aprendizaje en las diferentes empresas obligadas, o con cuotas voluntarias, incluido el SENA.

Desempeño a través de vinculación laboral o contractual en actividades relacionadas con el programa de formación.

PARÁGRAFO. La permanencia del Aprendiz en la etapa práctica podrá gestionarse con el acceso a cualquiera de las alternativas planteadas en este artículo, o a la combinación de varias de ellas durante el proceso de formación.

ARTÍCULO 8°. Registro de la Etapa práctica. Es responsabilidad del aprendiz registrarse en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices, para poder optar a un contrato de aprendizaje; el Aprendiz es responsable de actualizar permanentemente los datos que registre en este sistema, y verificar que sean iguales a los registrados en el sistema para la gestión de la formación, así como consultar periódicamente las oportunidades de contrato de aprendizaje que se reportan por parte de los empresarios.

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CAPITULO 6 Trámites realizados o solicitados por los aprendices del SENA

ARTÍCULO 10º. Los trámites académicos son aquellas diligencias que los Aprendices adelantan para obtener su registro académico o documentos originales o duplicados, tales como: certificados, títulos, actas de grado o constancias académicas, o para gestionar solicitudes de traslado,

aplazamiento, reingreso y retiro voluntario. ARTÍCULO es el 11. Registro Académico. El registro académico procedimiento que protocoliza las

acciones académicas y disciplinarias del Aprendiz SENA, y actualiza su ficha académica durante el proceso de formación.

ARTÍCULO es el 12. La certificación es el procedimiento de administración de la formación de tal forma se hace reconocimiento formal de los resultados obtenidos por el aprendiz SENA.

ARTICULO 13. EXPEDICION DE CERTIFICADOS Y DE CONSTANCIAS ACADEMICAS. La expedición por primera vez de certificados o títulos, con sus documentos anexos, no tendrán costo para el aprendiz. Para programas de formación titulada se certifica titulo , acta de grado si el programa lo

contempla y constancias de evaluación.

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CAPITULO 7 PROCESO DE FORMACION, INCUMPLIMIENTO Y DESERCION ARTICULO 17. PARTICIPACION Y CUMPLIMIENTO. El aprendiz SENA debe participar de manera activa

y oportuna en las diferentes actividades de aprendizaje , de acuerdo con lo concertado entre el instructor tutor y aprendiz se evaluara el cumplimiento o no de las actividades de la ruta de aprendizaje asi:

INCUMPLIMIENTO JUSTIFICADO. Se da cuando deja de cumplir con la presentacion de evidencias de aprendizaje pactadas en la ruta, informando previamente al instructor a mas tardar de los dos dias habiles siguientes.

INCUMPLIMIENTO INJUSTIFICADO. Es el incumplimiento del aprendiz en la entrega de evidencias de aprendizaje aquellas que no fueron reportadas ni justificadas por el aprendiz al coordinador academico, previamente o dentro de los dos dias habiles siguientes a su ocurrencia o cuando las razones expuestas no justifican el incumplimiento.

REVISION DE LOS RESULTADOS DE EVALUACION. En caso de desacuerdo con evaluacion de su formacion podra ejercer el derecho a que se le revisen los resultados siguiendo su respectivo procedimiento .

DESERCION. Cuando el aprendiz injustificadamente no se presenta a las actividades de su programa de formacion durante un mes continuo

Cuando al terminar el periodo de aplazamiento aprovado por el sena no reingresa al programa de formacion.

Cuando transcurrido dos años a partir de la fecha de terminacion lectiva del programa no ha presentado la evidencia de la realizacion de la etapa practica.

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CAPITULO 8. FALTAS ACADEMICAS Y DISCIPLINARIAS. ARTICULO 18. FALTAS QUE AFECTAN EL PROCESO DE FORMACION Y LA VCONVIVENCIA. Se

consideran faltas las acciones u omisiones que afectan el proceso de formacion y la convive ncia o el desempeño academico del aprendiz o de sus compañeros y que al presentarse origina la necesidad de una medida sansionatoria y o formativa.

ARTICULO 19. CLASIFICACION DE LAS FALTAS.

FALTAS ACADEMICAS. Estan relacionadas directamente con el compromiso del aprendiz de apropiacion y transferencia del conocimiento. Se configura la fatal academica cuando el aprendiz incurre con su actuacion u omision en una de las prohibiciones de carácter academico.

FALTAS DISCIPLINARIAS. Estan relacionadas directamente con factores comportamentales del aprendiz.

ARTICULO 20. CALIFICACION DE FALTAS. Las faltas academicas y disciplinarias se califican como leves, graves o gravisimas.

ARTICULO 21. CRITERIOS PARA CALIFICAR LA FALTA. Para los tres grados señalados anteriormente se tienen en cuenta criterios como:

1. Daños causados y sus efectos

2. Grado de participacion

3. Antecendentes del aprendiz

4. Rendimiento del aprendiz

5. Confesion de las faltas entre otros.

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CAPITULO 9. MEDIDAS FORMATIVAS Y SANCIONES. ARTICULO 22. MEDIDAS FORMATIVAS. Son aquellas acciones que se aplican al aprendiz SENA

matriculado en cualquier tipo de formacion sin afectar los deberes derechos y prohibiciones o que se adopta con el fin de prevenir su ocurrencia entre ellas encontramos.

1. Llamado de atencion verbal

2. Plan de mejoramiento academico

3. Plan de mejoramiento disciplinario

ARTICULO 23. SANCIONES. Son las medidas adoptadas por el sena ante una falta academica o disciplinaria. Estas sanciones deben ser registradas en el sistema de gestion de la formacion las sanciones que pueden imponerse por faltas academicas o disciplinarias como:

1. Llamado de atencion escrito

2. Condicionamiento de la matricula

3. Cancelacion de la matricula

ARTICULO 24. PRINCIPIOS RECTORES PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES.

1. Publicidad

2. Contradiccion

3. Presuncion de inocencia

4. Valoracion integral de las pruebas y descargos

5. Motivacion de la decision

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CAPITULO 10.PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES. ARTICULO 25. Se inicia con el informe o queja presentada por un servidor publico, contratista, aprendiz ,

o cualquier persona que tenga conocimiento sobre los hechos que puedan constituir falta disciplinaria o academica determinada en este reglamento.

Este informe o queja podra ser presentada al coordinador academico o al subdirector del centro de formacion y debera contener como minimo:

1. Fecha de informe o queja

2. Descripcion detallada de los hechos

3. Testitgos y o pruebas que aporta

4. Direccion del informante o quejoso

5. Firma

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CAPITULO 11.DE LA PRESENTACION DE LOS APRENDICES. ARTICULO 32. La representacion es un ejercicio democratico.

Para postularse y ejercer como representante no puede tener llamados de atencion escritos condicionamiento de matricula, ni haber sido sansionado con cancelacion de matricula en procesos de formacion en el pasado.

ARTICULO 33. REPRESENTANTE DE LOS APRENDICES EN EL CENTRO. En consideracion a su comportamiento liderazgo. Actitud critica competencia innovadora buen rendimiento y propuestas para el desarrollo o mejoramiento del centro.

ARTICULO 34. NUMERO DE REPRESENTANTES Y PERIODO: Por cada jornada se elegeria un representante es decir hasta tres por cada centro.

La eleccion de los representantes sera por un año lectivo.

ARTICULO 36. RESPONSABILIDADES DEL REPRESENTANTE DE APRENDICES EN EL CENTRO. Son responsabilidades de los representantes de los aprendices las siguientes:

1. Actuar como canal de comunicación

2. Organizar sus actividades para cumplir con su plan de formacion

3. Motivar a la comunidad educativa para participar en diferentes eventos

4. Promover, en coordinacion con los lideres de programas

5. Paricipar en la formulacion del plan B de Bienestar de los aprendices del Centro de Formacion que adopte el Subdirector de Centro

6. Participar como integrante del comité deevaluacion y seguimiento entre otros.

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CAPITULO 12.DE LA REPRESENTATIVIDAD DE LOS LIDERES DE PROGRAMA. ARTICULO 40. APRENDICES LIDERES DE PROGRAMA. Son aquellos que desde la induccion

muestran capacidades de liderazgo positivo que benefician el hacer del programa de formacion y de la comunidad educativa.

ARTICULO 41. REQUISITOS Y CONDICIONES PARA SER LIDERES DE PROGRAMA. Ser postulados por los aprendices del mismo programa, tener disponiblilidad para trabajar en equipo, conocer y aplicar los temas de induccion y demostrar interes actuar de acuerdo con lo estipulado en el presente reglamento tener cualidades y capacidades de lider con actitud critica y constructiva y cumplir con las responsabilidades como lider de programa.

ARTICULO 42. RESPONSABILIDADES DE LOS LIDERES DE PROGRAMA. Son las siguientes.

1. Promover la participacion de todos los aprendices en las diferentes acitividades

2. Asumir compromisos como veedores y participes de los procesos , para garantizar, participacion, y educacion ciudadana, formacion permanente de la comunidad educativa, una comunidad educativa bien informada, el cuidado del medio ambiente.

ARTICULO 43. ELECCION DE LOS LIDERES DE PROGRAMA. EL procedimiento de eleccion y de revocatorio quedara ratificado en acto administrativo, firmado por el subdirector del centro de formacion.