Reglamento Prostíbulo

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Capítulo 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas relativas al funcionamiento del centro de entretenimiento nocturno “Men’s Club Royal” Artículo 2. Para efectos de este reglamento se considera por: A) Centro de entrenamiento nocturno: Establecimiento legalmente autorizado para ofrecer al público mayor de edad, servicios referentes al consumo de bebidas alcohólicas, música grabada o viva, baile y diversión de cualquier género. B) Bebidas Alcohólicas: los líquidos potables que a la temperatura de 15ºC tengan una graduación alcohólica mayor de 2ºG.L. C) Diversión de cualquier género: espectáculo de música y baile erótico/sexual Artículo 3. Queda estrictamente prohibida la entrada al establecimiento a menores de edad así como la venta y consumo de estupefacientes/psicotrópicos al interior del lugar Artículo 5. El horario de servicio de Men’s Club Royal será de 12:00 de la noche a las 3:30 de la mañana del día siguiente de Martes a Domingo. Del Personal Laboral Artículo 4. Pueden hacer uso de las instalaciones el personal autorizado así como los clientes en la medida que a cada uno corresponda Artículo 7. Los empleados del establecimiento tendrán como horario laboral de 9 de la noche a 6:00 de la mañana del día siguiente de Martes a Domingo.

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Capítulo 1DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas relativas al funcionamiento del centro de entretenimiento nocturno “Men’s Club Royal”

Artículo 2. Para efectos de este reglamento se considera por:

A) Centro de entrenamiento nocturno: Establecimiento legalmente autorizado para ofrecer al público mayor de edad, servicios referentes al consumo de bebidas alcohólicas, música grabada o viva, baile y diversión de cualquier género.

B) Bebidas Alcohólicas: los líquidos potables que a la temperatura de 15ºC tengan una graduación alcohólica mayor de 2ºG.L.

C) Diversión de cualquier género: espectáculo de música y baile erótico/sexual

Artículo 3. Queda estrictamente prohibida la entrada al establecimiento a menores de edad así como la venta y consumo de estupefacientes/psicotrópicos al interior del lugar

Artículo 5. El horario de servicio de Men’s Club Royal será de 12:00 de la noche a las 3:30 de la mañana del día siguiente de Martes a Domingo.

Del Personal Laboral

Artículo 4. Pueden hacer uso de las instalaciones el personal autorizado así como los clientes en la medida que a cada uno corresponda

Artículo 7. Los empleados del establecimiento tendrán como horario laboral de 9 de la noche a 6:00 de la mañana del día siguiente de Martes a Domingo.

Artículo 8. Es obligación de los empleados cubrir todas y cada una de sus tareas asignadas (limpieza, acomodo del inventario, corte de caja, etc)

Artículo 9. El personal que se encarga de show de baile (bailarinas) tendrán como horario laboral de 11:00 de la noche a 5:00 de la mañana del día siguiente.

De Los Clientes

Artículo 6. Los clientes al pagar su cuota de entrada obtienen el derecho de hacer uso de nuestras instalaciones así como de presenciar el espectáculo y/o solicitar algún otro servicio.

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Artículo 10. Durante el show de baile queda estrictamente prohibido actos de acoso sexual por parte de los clientes hacia las bailarinas.

Artículo 11. Queda estrictamente prohibido mantener relaciones sexuales dentro

Del Establecimiento

Artículo 12. Men’s Club Royal se reserva el derecho de admisión

Artículo 13. El personal encargado de la seguridad de Men’s Club Royal se encuentra autorizado para desalojar del lugar a quien provoque cualquier tipo de disturbio dentro de él

Artículo 14. Men’s Club Royal se regirá por todas las disposiciones legales que el gobierno del Distrito Federal haya destinado para la regulación de los centros de entretenimiento nocturno.

Sanciones

Artículo 15.- Men’s Club Royal al detectar cualquier actividad ilícita dentro de sus instalaciones se ve en la obligación de darte parte a las autoridades de las ,personas involucradas en ello así como de prohibir la entrada al establecimiento de por vida.