Reglamento peritos catatrales chihuahua

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REGLAMENTO DE PERITOS CATASTRALES DEL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- El presente Reglamento contiene las normas y procedimientos que deberán observarse para la elaboración de Planos Catastrales de predios urbanos, suburbanos y rústicos, en un ámbito de aplicación circunscrito al Municipio de Chihuahua, además de establecer las facultades de la comisión de Peritos Catastrales. ARTÍCULO 2.- La aplicación y vigilancia del cumplimiento de este Reglamento corresponde a la Tesorería Municipal. CAPITULO II FACULTADES DE LA TESORERÍA ARTÍCULO 3.- Corresponde a la Tesorería : I.- Vigilar el cumplimiento del Reglamento y proponer reformas al mismo, con la participación de la Comisión de Peritos de Catastrales. II.- Revisar que los Planos Catastrales cumplan con los requisitos que establece el presente reglamento y notificar a la Comisión los casos en que se detecten irregularidades. III.- Proponer anualmente la tarifa por concepto de Derecho que deberá ser publicada en la Ley de Ingresos para el Municipio de Chihuahua correspondiente a la alta y refrendo de firma para elaborar planos catastrales. Se tomara en cuenta como pago de refrendo el que se realice como director responsable de obra por su vigencia correspondiente. IV.- Verificar que los peritos catastrales, reúnan los requisitos establecidos por este Reglamento.

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REGLAMENTO DE PERITOS CATASTRALES DEL MUNICIPIO DECHIHUAHUA

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1.- El presente Reglamento contiene las normas y procedimientosque deberán observarse para la elaboración de Planos Catastrales de prediosurbanos, suburbanos y rústicos, en un ámbito de aplicación circunscrito alMunicipio de Chihuahua, además de establecer las facultades de la comisiónde Peritos Catastrales.

ARTÍCULO 2.- La aplicación y vigilancia del cumplimiento de este Reglamentocorresponde a la Tesorería Municipal.

CAPITULO II

FACULTADES DE LA TESORERÍA

ARTÍCULO 3.- Corresponde a la Tesorería :

I.- Vigilar el cumplimiento del Reglamento y proponer reformas al mismo, con laparticipación de la Comisión de Peritos de Catastrales.

II.- Revisar que los Planos Catastrales cumplan con los requisitos queestablece el presente reglamento y notificar a la Comisión los casos en que sedetecten irregularidades.

III.- Proponer anualmente la tarifa por concepto de Derecho que deberá serpublicada en la Ley de Ingresos para el Municipio de Chihuahuacorrespondiente a la alta y refrendo de firma para elaborar planos catastrales.

Se tomara en cuenta como pago de refrendo el que se realice como directorresponsable de obra por su vigencia correspondiente.

IV.- Verificar que los peritos catastrales, reúnan los requisitos establecidos poreste Reglamento.

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V.- Llevar el registro de peritos autorizados para la elaboración de planoscatastrales.

VI.- Coordinarse con la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, paramantener actualizado el registro, tanto de peritos catastrales como losdirectores responsables de obra, a efecto de aceptar los planos catastralesfirmados por los mismos.

VII.- Proponer anualmente la tarifa por concepto de información cartográfica.

VIII.- Cuando por circunstancias de tipo social, en que sea evidente el beneficioa la colectividad, el Subdirector de Catastro, estará facultado para firmar PlanosCatastrales, pudiendo delegar dicha atribución en la persona que al efecto yexpresamente se designe para esa acción especifica.

IX.- Proporcionara a las diferentes Asociaciones de peritos previa petición porescrito la información digital necesaria incorporada al plano de la ciudadrelativa a números de sector, nombres de colonias, manzanas y calles a fin deque el perito cumpla con las disposiciones del presente reglamento.

X.- Citara a la comisión de peritos a las reuniones mensuales así como asesiones extraordinarias.

XII.- Propondrá las adecuaciones en sitio web del Municipio para que envíentodos aquellos peritos catastrales autorizados su trabajo en forma digital.

XIII.- Proporcionara los formatos con el que solicitan su registro como elrefrendo.

CAPITULO III

DEL PERITOS DE CATASTRAL.

Artículo 4.- El Perito Catastral es la persona física que cumpla con losrequisitos establecidos por el presente reglamento para tal efecto o bien seencuentre acreditado como director responsable de obra ante la Dirección deDesarrollo Urbano y Ecología.

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Artículo 5.- El Perito será responsable de que los levantamientos topográficosy la elaboración de los Planos Catastrales cumplan con las disposiciones delpresente reglamento y de que la información sea verídica, asumiendo lassanciones correspondientes, por cualquier violación a las disposiciones delpresente Reglamento.

Artículo 6.- Será obligación de los peritos visitar y verificar físicamente lasmedidas y colindancias de los inmuebles objeto del levantamiento yelaboración de plano catastral.

Artículo 7.- Abstenerse de ofrecer sus servicios en las inmediaciones deedificios u oficinas públicas así como en el interior de los mismos.

Artículo 8.- El refrendo para los directores responsables de obra deberá sercada dos años, correspondiendo avisar anualmente a la Tesorería Municipal enel primer bimestre del año con excepción de los Topógrafos que seráanualmente.

CAPITULO IV

DE LA COMISIÓN DE PERITOS CATASTRALES.

Artículo 9.- Existirá una Comisión que se encargará de dictaminar sobre laadmisión y la actuación de los Peritos Catastrales, determinando las sancionesa que estos se hagan acreedores por violaciones al Reglamento:

La Comisión de Peritos, estará integrada por:

I.- Dos representantes de la Tesorería Municipal ; El Tesorero Municipal fungirácomo presidente el cual tendrá el voto de calida y el Sub Director de Catastroquien desempeñara el cargo de secretario.

II.- Un representante de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología.

III.- Un representante de cada una de las Asociaciones de Colegio deIngenieros Civiles, Colegio y Asociación de Topógrafos, Barra y Colegio deArquitectos de Chihuahua.

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IV.- Por cada uno de los miembros se designará un suplente.

CAPITULO V

FACULTADES Y ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN

Articulo 10.- De las Facultades:

I.- La comisión deberá sesionar el tercer lunes de cada mes en el edificio de laTesorería debiendo levantarse acta en cada sesión.

II.- Imponer las sanciones que señala el articulo 13 del presente Reglamento.

III.- Supervisar el registro de peritos catastrales.

Articulo 11.- De las Atribuciones:

I.- Llevar a cabo el registro de peritos.

CAPITULO VI

REQUISITOS PARA OBTENER EL REGISTRO COMO PERITO DECATASTRAL

Artículo 12.- Se deberán cubrir los siguientes requisitos:

I.- Ser de nacionalidad mexicana o los extranjeros que obtengan licencia parapoder ejercer una profesión a fin.

II.- Tener estudios profesionales, en alguna de las siguientes disciplinas:Arquitectura, Ingeniería Civil, Ingeniero Topógrafo y/o Técnico en Topografía ydibujo.

III.- Estar autorizado por la Oficina de profesiones del Gobierno del Estado paraejercer, y acreditarlo con copia de la cédula profesional.

IV.- Copia del Curp.

V.- Currículo Vitae.

VI.- Que no se le haya privado del ejercicio de la profesión por resoluciónJudicial.

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VIl.- Ser miembro activo del Colegio o Asociación al que corresponda suprofesión.

VIII.- Entregar solicitud correspondiente debidamente signada.

CAPITULO VI

SUSPENSIÓN DEL REGISTRO COMO PERITO CATASTRAL.

Artículo 13. – La TesorerÍa Municipal previa resolución de la comisión de peritospodrá suspender el registro en los siguientes casos:

I.- Cuando haya obtenido su inscripción proporcionando datos falsos,

II.- Cuando en la elaboración de planos existan reiteradas deficiencias oanomalías a juicio de la comisión.

III.- Cuando no se hubiese cubierto el derecho anual por refrendo de firma, enel plazo establecido.

IV.- El haber perdido su calidad de ciudadano fracción VI del articulo 12 delpresente reglamento.

Artículo 14.- Las sanciones establecidas por acuerdo de la comisión serán deacuerdo a su gravedad las siguientes:

I.- Se amonestará por escrito.

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II.- Se suspenderá por un lapso de uno a seis meses.

III.- Se inhabilitará hasta por un año.

CAPITULO VII

DE LOS PLANOS CATASTRALES.

Artículo 15.- Características que deberán presentar los planos catastrales.

I.- FORMATO.- El formato será en papel para dibujo tamaño oficiodejando un margen de tres centímetros al lado izquierdo y de uncentímetro en lados derecho, superior e inferior.

II.- PAPEL.- Cualesquier papel para dibujo.

III.- LEYENDA.- Texto que describe los generales de un predio talescomo:

a).- PLANO.- palabra con la que deberá iniciarse la leyenda, debiendoser mayor en altura y grosor al resto del texto.

b).- NOMBRE DE LA CALLE.- Deberá llevar el nombre completo de lacalle utilizando únicamente las abreviaturas oficiales (en caso de que lacalle haya modificado su nombre se deberá aportar también señalándoloel nombre anterior de la misma).

c).- NÚMERO OFICIAL DEL LOTE.- se respetará la numeración oficialdeterminada por la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología Municipal;

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para el caso de lotes baldíos este número será sustituido por el númerode lote y manzana.

d).- NOMBRE DE LA COLONIA O FRACCIONAMIENTO.- Deberáanotarse la denominación autorizada por la Dirección de Desarrollo Urbano yEcología Municipal.

e).- CLAVE CATASTRAL.- La cual estará conformada por sector, manzana ylote que asigne la Tesorería Municipal. En el caso de que un predio no cuentecon la misma deberá solicitarla en el departamento técnico de la Sub Direcciónde Catastro.

f).- LUGAR Y FECHA DE ELABORACIÓN DEL PLANO.- El planodeberá contener la fecha de elaboración además del lugar.

g).- NOMBRE DEL PROPIETARIO O POSEEDOR.- Este deberá ser demayor tamaño y grosor en su impresión que el resto de la información del plano;sin abreviaturas. Si es persona física deberá contener Nombre completo; si espersona moral la denominación de la empresa.

h).- ESCALA.- Se utilizara la escala 1:200, con excepción de aquelloscasos donde por las condiciones propias del predio o por convenir auna mejor interpretación de la información, podrá utilizarse otra escalade uso común. En caso, dependiendo del tamaño del predio podrápresentarse la superficie construida en escala distinta.

i).- SUPERFICIE DE TERRENO.- La superficie de terreno deberácalcularse con base en las medidas físicas del mismo; si la superficie delterreno construido no coincide con las medidas de la escritura, deberán:señalarse ambas en el plano una superficie física y otra superficie deescritura.

En el caso de predios rústicos su acotación será en metros ycentímetros, cambiando su escala a la que se considere másconveniente. Dependiendo de las medidas del predio, la superficie serámarcada en metros cuadrados, y si es mayor o igual a una hectárea, semarcarán utilizando la especificación (00-00-00 = hectáreas-áreas-centiáreas).

j).- TIPO DE PLANO.- En este concepto se tendrá que considerarprincipalmente el uso del inmueble: habitacional, escuela, templo,hospital o clínica, comercial, industrial, terreno baldío y/o terreno rusticoespecificando de este su uso.

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La diferenciación en el plano catastral, de los conceptos anteriores, escon el fin de aplicar los valores de construcción en forma precisa.

k).- SUPERFICIE CONSTRUCCIÓN.- Serán tomadas físicamente,respetando el alineamiento marcado por la Dirección de DesarrolloUrbano y Ecología Municipal y acotadas en metros y centímetros.

Se deberá clasificar el tipo de construcción y los metros cuadradosconstruidos de acuerdo a los diferentes tipos de edificación en las tablasde valores y desglosando las áreas comunes construidas.

l).- MEDIDAS Y COLINDANCIAS.- Estas deberán ser exclusivamenteen número del lote definido por el fraccionador. Las colindancias seespecifican en la forma anterior para poder ubicar cartográficamente elpredio, deberá anotar la medida física y de escritura en cada uno de suslados o especificándolo mediante un cuadro de construcción.

m).- CROQUIS DE LOCALIZACIÓN Y ACCESO.- Se utilizará en el casode los lotes urbanos de difícil localización; en caso de los prediosrústicos se deberá incluir además la ruta de acceso mediante cuadro decoordenadas UTM con datum wgs84 de las deflexiones máspronunciadas.

n).- LIGA O DISTANCIA A LA ESQUINA.- La distancia deberá tomarsea partir del costado de cualquiera de los dos vértices frontales del lote ala esquina más próxima de cualquiera de las dos aceras en caso deutilizarse la acera de enfrente se deberá incluir croquis de localización.

ñ).- ORIENTACIÓN.- Se deberá incluir el norte y preferentemente al ladoizquierdo y en forma vertical.

o).- FIRMA.- Llevara el número de registro, folio, nombre y firma, estaultima en color azul.

p).- VIGENCIA.- Para llevar acabo un trámite ante la Tesorería será deseis meses a partir de la fecha de elaboración.

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IV.- REPRESENTACIONES GRAFICAS.- Son los diferente tipos deáreas que se deben representar en el plano de planta del lote a dibujar.

Área habitacional: Se representan los muros, ventanas, escaleras yhuecos de puertas.

a.- Sótano.

b.- Planta baja.

c.- Planta alta y demás niveles

II.- Cocheras:

III.- Porches.

IV.- Terrazas techadas.

V.- Tejabanes.

VI.- Los diferentes tipos de usos:

a.- Comercial.

b.- Industrial.

c.- Bodega.

Artículo 16.- Anotaciones u observaciones por parte del perito queafecten en el desempeño de su trabajo.

Artículo 17.- La omisión de alguno de los elementos será causa dedevolución.

CAPITULO VIII

Artículo 18.- Los actos serán recurribles mediante los mediosde impugnación que contemple el Código Municipal

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TRANSITORIO.

I.- Se otorgara un plazo de dos meses para que se constituya la Comisión dePeritos Catastrales después de aprobado el presente reglamento.

II.- Todos los trámites iniciados con anterioridad a la vigencia de este Reglamentocontinuaran vigentes en los términos que fueron concedidos.

III.- El presente reglamento entrara en vigor al día siguiente de su publicación, enel Periódico Oficial del Estado de Chihuahua.