REGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENOR PARA COLUMNAS …

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COMITÉ TÉCNICO DE CERTIFICACIÓN SOPORTES DE ALUMBRADO SECRETARÍA: ANFALUM Dirección Cl Jorge Juan 47 Teléfono 914 35 32 23 Fax 914 35 34 94 28001 MADRID RP 19.02 rev. 6 1/33 2011-03-29 REGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENOR PARA COLUMNAS Y BÁCULOS DE ALUMBRADO DE ACERO O ALUMINIO RP 19.02

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COMITÉ TÉCNICO DE CERTIFICACIÓN

SOPORTES DE ALUMBRADO

SECRETARÍA: ANFALUM

Dirección Cl Jorge Juan 47 Teléfono 914 35 32 23 Fax 914 35 34 94

28001 MADRID

RP 19.02 rev. 6 1/33 2011-03-29

REGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENOR PARA COLUMNAS Y BÁCULOS DE

ALUMBRADO DE ACERO O ALUMINIO

RP 19.02

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ÍNDICE

1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN

2 DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES

4 ÓRGANO DE GESTIÓN

5 REQUISITOS MÍNIMOS PARA LA CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR

6 CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR

7 MANTENIMIENTO DEL CERTIFICADO AENOR

8 PRODUCTOS NO CONFORMES

9 MARCADO DE LOS PRODUCTOS CERTIFICADOS

10 LISTA DE LABORATORIOS DE ENSAYO

11 CONTROL INTERNO DEL FABRICANTE

ANEXO A IMPRESO DE SOLICITUD DE CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR

ANEXO B CUESTIONARIO DE INFORMACIÓN GENERAL DEL FABRICANTE

ANEXO C CUESTIONARIO DESCRIPTIVO DEL PRODUCTO

ANEXO D REQUISITOS DEL SISTEMA DE LA CALIDAD

ANEXO E ENSAYO DE LA PROTECCION CONTRA IMPACTO MECANICO DE LAS

PUERTAS

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1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN

Este Reglamento Particular describe, en cumplimiento del apartado

3.2 del Reglamento General de Certificación de Productos y

Servicios Marca AENOR, el sistema particular de certificación para

las columnas y báculos de acero o aluminio de alumbrado.

La Marca AENOR para “Columnas y báculos de acero o aluminio de

alumbrado”, en adelante la Marca, es una Marca de conformidad de

estos productos con las normas UNE-EN 40-5 y 40-6 respectivamente.

Se aplica a columnas que no sobrepasen los 20 m de altura, para

luminarias montadas en la parte superior, y a báculos que no

sobrepasen los 18 m de altura, para luminarias con entrada

lateral.

2 DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

A continuación se relacionan las referencias y títulos completos

de los documentos o normas que se citan en este Reglamento

Particular. En lo sucesivo se citarán únicamente por su

referencia, y se entenderá aplicable la última edición publicada:

Reglamento General para la Certificación de Productos y

Servicios Marca AENOR y AENOR MEDIO AMBIENTE. (rev. 3, octubre

de 2000)

UNE 72401:1981 – Candelabros. Definiciones y términos.

UNE-EN 40-2:2006 – Columnas y báculos de alumbrado. Parte 2:

Requisitos generales y dimensiones.

UNE-EN 40-3-1:2001 – Columnas y báculos de alumbrado. Parte 3-1: Diseño y verificación. Especificación para de cargas

características.

UNE-EN 40-3-2:2001 – Columnas y báculos de alumbrado. Parte 3-2: Diseño y verificación. Verificación mediante ensayo.

UNE-EN 40-3-3:2003 – Columnas y báculos de alumbrado. Parte 3-3: Diseño y verificación. Verificación por cálculo.

UNE-EN 40-5:2003 – Columnas y báculos de alumbrado. Parte 5:

Requisitos para las columnas y báculos de alumbrado de acero.

UNE-EN 40-6:2003 – Columnas y báculos de alumbrado. Parte 6:

Requisitos para las columnas y báculos de alumbrado de aluminio.

UNE-EN ISO 9001:2008 - Sistemas de gestión de la calidad.

Requisitos.

UNE-ENV 1991-1-4:2007 – Acciones en estructuras. Acciones de

viento.

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UNE-EN ISO 1461:2010 – Recubrimientos de galvanización en

caliente sobre piezas de hierro y acero. Especificaciones y

métodos de ensayo.

Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (2002). Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-09. Guía Técnica de Aplicación

GUÍA-BT-09.

UNE 20324: 1993 – Grados de protección proporcionados por la

envolventes (Código IP).

UNE-EN 50102: 1996 - Grados de protección proporcionados por la envolventes de materiales eléctricos contra los impactos

mecánicos externos (Código IK).

3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES

Se define como “familia” al conjunto de columnas o báculos de

alumbrado que tienen las mismas características en cuanto a:

material.

sección.

conicidad.

configuración de abertura de puerta (incluido refuerzo).

configuración de placa base.

Dentro de cada “familia” y con el fin de determinar las muestras a

ensayar, las columnas o báculos se podrán agrupar en función de:

diámetro en punta.

espesor.

vuelo y radio (para báculos).

dimensiones de abertura de puerta.

superficie de exposición al viento y peso máximos.

velocidad de viento de referencia.

categoría de terreno.

De esta forma, sólo será necesario ensayar aquella columna o

báculo que, dentro de cada grupo, tenga las características más

desfavorables desde el punto de vista estructural, para cada uno

de los ensayos a realizar recogidos en la Tabla 2.

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4 ÓRGANO DE GESTIÓN

La gestión del sistema particular de certificación para “Columnas

y báculos de acero o aluminio de alumbrado” se encomienda, en los

términos previstos en los Estatutos de AENOR y en el Reglamento

General para la certificación de Productos y servicios, Marca

AENOR, al Comité Técnico de Certificación AEN/CTC-019 “Soportes de

alumbrado”, en adelante el Comité.

Los trabajos del Comité se rigen por el Reglamento de los Comités

Técnicos de Certificación y el Reglamento Particular del propio

Comité.

Las funciones de Secretaría del Comité están desempeñadas por

ANFALUM. Su dirección, teléfono y fax se encuentran en la portada

de este documento.

5 REQUISITOS MÍNIMOS PARA LA CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR DE

PRODUCTO

El peticionario de la Marca tendrá implantado, con al menos seis

meses de antelación a la presentación de la solicitud, un sistema

de la calidad conforme a la norma UNE-EN ISO 9001:2008 en el que

se incluyan, en la medida en que sea de aplicación, procedimientos

específicos referidos a los distintos productos del presente

reglamento.

En caso de que el peticionario de la Marca subcontrate la

ejecución de alguna etapa o fase de la producción, el peticionario

aplicará al subcontratista los procesos de control e inspección

adecuados para garantizar la conformidad del proceso

subcontratado.

6 CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR

6.1 Proceso de concesión

El proceso de concesión se ajustará a lo establecido en el

capítulo 4 del Reglamento General y en el resto de este capítulo.

6.2 Solicitud

Las empresas que deseen obtener el Certificado AENOR de producto

para báculos o columnas cumplimentarán el impreso de solicitud

(Anexo A), por triplicado, y lo remitirán al domicilio de la

Secretaría, Calle Jorge Juan 47, 28001 MADRID, indicando los

productos para los que se hace la solicitud.

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Con el impreso cumplimentado deberán acompañar la siguiente

documentación:

cuestionario de información general del fabricante (Anexo B) por triplicado, tanto del peticionario como de los subcontratistas

si los hubiera (sólo en primera solicitud o si se produjesen

cambios),

cuestionario descriptivo de cada modelo (Anexo C), por

triplicado, incluyendo el diseño del conjunto acotado con las

secciones necesarias para la buena comprensión del dibujo, Este

cuestionario debe enviarse también en el formato Excel que será

facilitado por la Secretaría.

en el caso de que el fabricante escoja realizar la verificación del diseño mediante cálculo en lugar de mediante ensayo, un

ejemplar de la verificación del diseño del tipo más

desfavorable, desde el punto de vista de resistencia mecánica,

de cada uno de los modelos para los que se hace la solicitud, de

acuerdo con las especificaciones indicadas en el apartado 6.3.

6.3 Verificación del diseño

La columna o báculo estarán diseñados para soportar con toda

seguridad el peso propio, las cargas debidas al viento y las

cargas de diseño especificadas en la norma UNE-EN 40-3-1.

El diseño estructural de la columna o báculo de alumbrado será

verificado bien por cálculo, de acuerdo con UNE-EN 40-3-3, o bien

por ensayo, de acuerdo con UNE-EN 40-3-2.

La verificación del diseño mediante cálculos se realizará

partiendo de las cargas características indicadas en la norma UNE-

EN 40-3-1, y con arreglo a los siguientes criterios de cálculo:

1) Los coeficientes de ponderación de las cargas de viento y peso propio serán los correspondientes a la clase A definida en el

UNE-EN 40-3-3.

2) La velocidad de referencia del viento será la más desfavorable descrita en la norma UNE-ENV 1996-1-1. Vref= 28 m/s.

3) Los cálculos se realizarán con una categoría del terreno mínima de II.

4) Luminaria tipo. Los soportes de alumbrado se calcularán para soportar la luminaria prevista. Cuando no sea conocida, podrá

calcularse para soportar, en su extremo libre, una luminaria

tipo de forma paralelepípeda de 4500 centímetros cuadrados de

superficie plana de exposición al viento en cualquier dirección

y una masa de 30 Kg.

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Si se prevé la posibilidad de disponer más de una luminaria, el

cálculo se realizará para tantas luminarias como se proyecten

situadas en la posición que ocupen efectivamente según el

diseño.

5) El espesor mínimo de la columna o báculo, en relación con el diámetro de la sección, será el que figura en la siguiente

tabla, con una tolerancia de –10 por 100:

Diámetro (mm) Espesor (mm)

< 140 2,5

140 200 3,0

> 200 4,0

6) Secciones distintas de las circulares y octogonales:

6.1) Coeficiente de forma:

Secciones rectangulares y poligonales regulares (pentágono,

hexágono, decágono, dodecágono, de 16 y 18 lados)

Se tomarán los coeficientes especificados en el apartado 7.8

del eurocódigo UNE-ENV 1991-1-4.

En caso de que debido a la sección, el Cf no pueda obtenerse del

eurocódigo, se presentará la propuesta del fabricante al Comité

para su estudio.

6.2) Para este tipo de secciones se comprobará que la tensión

equivalente de Von Mises, una vez calculados los momentos

flectores y de torsión, es menor que la tensión máxima

admisible (límite elástico del material).

7) Coeficiente de comportamiento dinámico : el fabricante

calculará este coeficiente considerando la masa total del

sistema (báculo o columna más luminaria) y corresponderá al

primer periodo de vibración (o periodo fundamental) que puede

ser excitado por la carga de viento aplicada en cada dirección.

El fabricante declarará en el anexo C.

8) Resistencia a la sección transversal: El fabricante

proporcionará los valores necesarios para la comprobación de Ae teniendo en cuenta los apartados a) y b) del apartado 5.6.2.3

de la UNE-EN 40-3-3.

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Para la verificación del cálculo de las columnas o báculos que

cuenten con el refuerzo tipo 1 (fig. 6 del apartado 8 UNE-EN 40-3-

3), se considerará la superficie real de la sección transversal

del refuerzo.

6.4 Requisitos establecidos por el Reglamento Electrotécnico para

Baja Tensión (2002)

En el caso de poseer una abertura para alojar en el interior de la

columna o báculo los equipos eléctricos de protección y maniobra, la

parte inferior de dicha abertura estará situada, como mínimo, a 300

mm de la rasante.

Dicha abertura estará dotada de una puerta o trampilla con grado de

protección IP44 según UNE 20324 e IK10 según UNE-EN 50102. El grado

de protección requerido podrá obtenerse, bien por la propia

construcción de la puerta o trampilla, o bien mediante la

utilización suplementaria de una caja u otra envolvente que esté

alojada en el interior de la columna o báculo, de forma que el

conjunto de soporte y envolvente completamente montada proporcione

el grado de protección exigido. En este último caso, en la

documentación del fabricante deberán estar definidas las

características de la caja necesaria.

Además la puerta o trampilla solamente se podrá abrir mediante el

empleo de útiles especiales y dispondrá de un borne de tierra cuando

sea metálica. Cuando el equipo eléctrico se aloje en una caja

cerrada aislante o metálica puesta a tierra en el interior de la

columna o báculo, podrá evitarse la colocación del borne de tierra

en la puerta o trampilla. En cualquier caso, siempre se instalará en

el fuste de la columna o báculo un borne de toma de tierra.

6.5 Visita inicial

En la visita inicial al centro de producción los servicios de

AENOR:

Evaluarán conforme a lo establecido en el documento "Requisitos del sistema de la calidad" (Anexo D), el sistema de calidad del

peticionario si éste no dispusiera del Certificado de Registro

de Empresa de AENOR,

Verificarán el cumplimiento del control interno del fabricante según lo especificado en el capítulo 11, y que este control

interno está implantado desde, por lo menos, tres meses antes de

la visita,

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Elegirán y referenciarán las muestras necesarias para la

realización de los ensayos siguiendo lo indicado en el apartado

6.6, levantando el correspondiente acta.

Realizarán sobre al menos una referencia de cada modelo para los

que se solicita la certificación de producto los ensayos descritos

en la tabla siguiente:

Tabla 1

Relación de ensayos a realizar por el inspector en fábrica

Normas de referencia

ENSAYOS NORMAS DE

REFERENCIA

VERIFICACIÓN DIMENSIONAL

- longitud/saliente

- sección transversal

- abertura de puerta

- ranura de entrada de cables

- profundidad de instalación

- dimensiones de la placa de brida

- dimensiones de la placa base

- diámetro, longitud y ángulo de fijación

de la luminaria

UNE-EN 40-2

SOLDADURA

UNE-EN 40-5 Ó 40-6

UNIONES

UNE-EN 40-5 Ó 40-6

ACABADO INTERIOR

UNE-EN 40-5 Ó 40-6

ABERTURA DE PUERTA

- altura de parte inferior

REBT

Los Servicios de AENOR emitirán un informe por duplicado sobre

todo lo anterior y someterán un ejemplar a AENOR y uno a la

Secretaría del Comité.

6.6 Toma de muestras

Los Servicios de AENOR marcarán las siguientes muestras:

1) Una muestra de acero sin revestir o aluminio, para el ensayo del material, de la misma chapa de cada uno de los espesores y

tipos y grados de acero o aluminio que intervienen en la fabri-

cación de los modelos para los que se solicita el Certificado.

Las probetas tendrán unas dimensiones de 500 mm x 50 mm.

2) Una probeta de una columna o báculo de cada uno de los modelos para los que se solicita el certificado, de aproximadamente 1

metro de longitud mínima, en la que quede incluida la abertura

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de puerta (con la condición de que cada extremidad de la

probeta se extienda al menos 300 mm por encima y por debajo de

la abertura), para realizar el ensayo de impacto según lo

indicado en el apartado 9 de la UNE-EN 40-5 (IK08 para el

fuste) y en el REBT (IK10 para la puerta o trampilla).

3) Una probeta de una columna o báculo de cada uno de los modelos de abertura de puerta para los que se solicita el certificado,

de 700 mm de longitud máxima, en la que quede incluida la

abertura de puerta, para realizar el ensayo del código IP

establecido en el REBT. En el caso de que el grado de

protección requerido se obtenga mediante la utilización

suplementaria de una caja u otra envolvente alojada en el

interior de la columna o báculo, se deberán definir las

características de la caja necesaria.

Las muestras para el ensayo del grado IP deberán ser enviadas

al laboratorio con ambos extremos sellados.

4) En el caso de las columnas de acero, una muestra galvanizada de cada uno de los modelos para los que se solicita el

certificado, para realizar el ensayo de protección contra la

corrosión según lo indicado en el apartado 11 de la UNE-EN 40-

5.

Se separarán dos juegos de muestras idénticos, de los que uno será

enviado por el fabricante al laboratorio y el otro se reservará en

fábrica para posibles contraensayos (según el apartado 6.7).

Las muestras que envíe el fabricante al laboratorio irán

acompañadas de un acta de toma de muestras en la que vendrá

identificado el tipo y grado de acero, y en el caso de

troncocónicas, el diámetro de la circunferencia a media altura de

la puerta donde se realizará el ensayo de impacto.

En el caso de que el acero o el aluminio empleados como materia

prima dispongan del certificado AENOR de producto, no será preciso

realizar ensayos sobre él, ni por tanto proceder a la toma de

muestras. El fabricante que emplee aceros certificados por AENOR

deberá remitir a la Secretaría copia de los certificados AENOR de

los productos que esté utilizando, indicando sobre que modelos de

su gama los emplea.

En el supuesto de que el fabricante solicite que la verificación

del diseño se realice mediante ensayo, los Servicios de AENOR

referenciarán dos columnas o báculos de cada uno de los modelos

para los que se hace la solicitud. Se separarán dos juegos de

muestras idénticos, de los que uno será enviado por el fabricante

al laboratorio y el otro se reservará en fábrica para posibles

contraensayos (ver 6.7).

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6.7 Comprobaciones y ensayos

El laboratorio de ensayo será seleccionado por el peticionario

entre los relacionados en el capítulo 10 de este documento.

Dicho laboratorio realizará los ensayos siguientes:

Tabla 2

Relación de ensayos a realizar por el laboratorio

Normas de referencia

ENSAYOS NORMAS DE REFERENCIA

MATERIALES

- Ensayo de tracción

- Composición química

UNE-EN 40-5

UNE-EN 40-6

VERIFICACIÓN DEL DISEÑO

- por cálculo

- por ensayo

Apdo. 6.3

UNE-EN 40-3-1

PROTECCIÓN CONTRA ACCESO A PARTES

PELIGROSAS, PENETRACIÓN CUERPOS

SÓLIDOS Y PENETRACIÓN DE AGUA

(CÓDIGO IP)

UNE 20324

RESISTENCIA AL IMPACTO

(IK08 PARA EL FUSTE E IK10 PARA LA

PUERTA O TRAMPILLA)

UNE-EN 50102

PROTECCIÓN CONTRA CORROSIÓN ISO 1461

De los resultados obtenidos en estos ensayos y de las

comprobaciones efectuadas de los cálculos de diseño, el

laboratorio elaborará un informe por triplicado y someterá un

ejemplar a AENOR y dos a la Secretaría del Comité.

En caso de que se produzca un informe negativo del laboratorio, la

Secretaría del Comité se lo comunicará a la empresa peticionaria,

la cual podrá, en el plazo de quince días desde la recepción de la

citada comunicación, solicitar la realización de nuevos ensayos.

Estos ensayos se llevarán a cabo en el laboratorio que realizó los

primeros ensayos y podrán ser presenciados por técnicos de la

empresa y por un representante nombrado por el Comité.

6.8 Acuerdos

El Comité, en un plazo no superior a treinta días desde la

recepción del último informe, deberá reunirse para adoptar el

acuerdo que corresponda sobre la solicitud. En caso de denegación,

se comunicarán al peticionario las razones y se le dará un plazo

para una nueva solicitud.

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6.9 Ampliación del certificado AENOR del producto

Un titular podrá solicitar la certificación de nuevos modelos de

soportes de alumbrado. Para ello deberá cumplimentar el impreso de

solicitud (anexo A), por triplicado, y remitirlo al domicilio de

la Secretaría.

Con el impreso cumplimentado deberán acompañar la siguiente

documentación:

cuestionario descriptivo de cada modelo (anexo C), por tripli-cado, incluyendo el diseño del conjunto acotado con las seccio-

nes necesarias para la buena comprensión del dibujo, Este

cuestionario debe enviarse también en el formato Excel que será

facilitado por la Secretaría.

en el caso de que el fabricante escoja realizar la verificación del diseño mediante cálculo en lugar de mediante ensayo, un

ejemplar de la verificación del diseño de todos los modelos para

los que se hace la solicitud, de acuerdo con las especifica-

ciones del 6.3, que podrá hacerse en soporte papel o

informático.

Si los servicios de AENOR consideran correctos los cálculos del

diseño, será necesaria la realización de una visita para:

Tomar muestras para la realización de los ensayos descritos en la tabla 2, siempre que no hayan sido ensayados anteriormente y

no se trate de producto certificado por AENOR.

Realizar los ensayos descritos en la tabla 1, de al menos el 10% de las referencias para las que se solicite la ampliación.

Cuando no haya que realizar los ensayos recogidos en la tabla 2

porque ya hayan sido ensayados anteriormente o se trate de

producto certificado por AENOR, no será necesario el

desplazamiento a las instalaciones del fabricante para realizar la

comprobación dimensional de los productos solicitados.

En este caso, se admitirá que el fabricante remita a la Secretaría

del Comité los autocontroles, relativos a las características

recogidas en la tabla 1 de este documento, de al menos el 10% de

las referencias solicitadas. Así mismo, se deberá conservar, en

condiciones óptimas, las muestras de la provienen los

autocontroles enviados, con el fin que en la próxima visita de

seguimiento, el inspector realice las mediciones correspondientes

y, de cuyo resultado se dejará registro en el informe de visita.

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Si todas las actividades realizadas desprendieran un resultado

satisfactorio con las especificaciones, la Secretaría presentará a

AENOR la propuesta de ampliación del Certificado para los modelos

solicitados, informando al Comité en su próxima reunión.

En cualquier otra situación, la Secretaría elaborará un informe,

que distribuirá por vía electrónica a todos los miembros del

Comité, con el fin que éste adopte el acuerdo que corresponda al

respecto.

7 MANTENIMIENTO DEL CERTIFICADO AENOR

7.1 Período de validez y renovación

El período de validez del Certificado AENOR de producto es de

cinco años.

Transcurrido este período, se procederá de acuerdo con el capítulo

6 del Reglamento General para la Certificación de Productos y

Servicios.

7.2 Actividades de seguimiento

Las actividades de seguimiento se ajustarán a lo establecido en el

capítulo 5 del Reglamento General y en el resto de este capítulo.

7.3 Visitas de seguimiento

Durante período de validez del Certificado AENOR de Producto, los

servicios de AENOR efectuarán, al menos, una visita anual, en la

que realizarán los siguientes servicios:

Auditoría del sistema de la calidad de la empresa, verificando el correcto funcionamiento del sistema de la calidad,

comprobando que las acciones correctoras consecuencia de las

auditorías internas o externas han sido aplicadas y auditando

las áreas que el Comité indique o que el auditor considere

necesario de acuerdo a lo indicado en el documento "Requisitos

del sistema de la calidad" (Anexo D).

Comprobación del control interno de acuerdo a lo indicado en el capítulo 11 de este documento;

Comprobación del marcado de los productos, que debe ajustarse a lo indicado en el apartado 9 de este Reglamento Particular.

El quinto año desde la concesión del certificado y coincidiendo con la renovación del mismo, se seleccionarán muestras de chapa

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de 2 de las categorías y espesores de acero o aluminio que se

utilizan en la fabricación de los productos certificados.

Realización de los ensayos descritos en la tabla 1 sobre un

mínimo de 5 de las referencias certificadas.

Los servicios de AENOR emitirán un informe por duplicado sobre

todo lo anterior y someterán un ejemplar a AENOR y otro a la

Secretaría del Comité.

7.4 Toma de muestras en el mercado

El Comité podrá elaborar un plan anual de seguimiento en el

mercado de los productos certificados.

7.5 Ensayos

Las muestras tomadas serán sometidas, en el laboratorio designado,

a los ensayos indicados en la tabla 2 (apartado 6.7).

De los resultados obtenidos en los ensayos, el laboratorio emitirá

un informe por triplicado y someterá un ejemplar a AENOR y dos a

la Secretaría del Comité.

Sobre las muestras referenciadas en el punto 6.6 se realizarán los

ensayos definidos en la tabla 1.

8 PRODUCTOS NO CONFORMES

Se entiende por productos no conformes, aquellos productos que

denotan una falta de cumplimiento de los requisitos especificados.

Si se descubre la existencia de alguna partida de tales productos

no conformes dentro de la fabricación de productos certificados,

el titular debe proceder a su destrucción o adecuación, no

pudiendo comercializar tal partida bajo ningún concepto mientras

no haya superado satisfactoriamente los controles adecuados.

9 MARCADO DE LOS PRODUCTOS CERTIFICADOS

Los soportes de alumbrado deberán ir adecuadamente marcados, en

lugar fácilmente visible, una vez instalados, e inamovible.

El marcado será legible aún después de haber aplicado al soporte

de alumbrado la protección superficial especificada para el mismo.

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El logotipo de la Marca AENOR, con sus dimensiones, está definido

en el anexo A del Reglamento General para la Certificación de

Productos y Servicios.

Los licenciatarios no podrán comercializar el producto certificado

sin que, de forma indeleble, y sobre el propio producto aparezca

como mínimo la siguiente información:

Logotipo de la marca AENOR, con un tamaño mínimo de A= [0,75] mm.

número del contrato con AENOR,

Nombre o símbolo del fabricante,

Mes y año de fabricación,

Referencia a la norma UNE-EN 40-5 ó 40-6

El marcado será formado, bien en el material o por pintura,

estampación o mediante una etiqueta fijada de modo seguro.

10 LISTA DE LABORATORIOS DE ENSAYO

- CEIS CENTRO DE ENSAYOS, INNOVACIÓN Y SERVICIOS.

CR Villaviciosa de Odón - Móstoles Km 1,5

28935 MÓSTOLES MADRID

TELÉFONO: 91 6169710

CONTACTO: D. Carlos Muñoz

UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA.

CENTRO POLITÉCNICO SUPERIOR.

Dpto. Ingeniería Mecánica

Edificio Agustín de Betancourt

C/ María de Luna, s/n

50018 – ZARAGOZA

TELÉFONO: 976 76 19 13

CONTACTO: D. José Cegoñino

11 CONTROL INTERNO DEL FABRICANTE

11.1 Objeto y alcance

El control interno del fabricante define el tipo y el número

mínimo de controles a realizar para asegurar la continuidad del

cumplimiento con las normas de los productos que se suministran.

Todos los registros relativos al control interno estarán a

disposición de la Secretaría del Comité, cuando este lo solicite.

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11.2 Sistemática de control

Se realizará según las prescripciones de los artículos 13.2 a

13.10, 14 y 15 de las normas UNE-EN 40-5 y 40-6, con la frecuencia

indicada en el apartado 13.2.

El control interno se refiere a las siguientes verificaciones:

Control de materiales

Control dimensional

Rectitud

Verificación del diseño

Soldadura

Resistencia al impacto

Protección contra corrosión

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ANEXO A

SOLICITUD DE CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR

PARA COLUMNAS Y BÁCULOS DE ALUMBRADO DE ACERO O ALUMINIO

D. ……………………………………………………………………………………, con DNI ……………………………………, en

nombre y representación de ……………………………………………………………………………………………………

con domicilio social en ……………………………………………………………………………………………………………,

E X P O N E

1 Que conoce y se compromete a acatar el Reglamento General para

la Certificación de Productos y Servicios, el Reglamento

Particular de la Marca AENOR para columnas y báculos de acero o

aluminio, así como los compromisos que en ellos se indican.

2 Que se compromete a pagar los gastos que le corresponda según

viene establecido en el reglamento particular.

3 Que se compromete a acatar, sin reserva, los acuerdos de AENOR

relativos a la tramitación de esta solicitud y de las

verificaciones y controles posteriores que se hagan en

consecuencia.

Por todo ello:

S O L I C I T A

Le sea concedido el Certificado AENOR para los productos o

servicios indicados en los cuestionarios descriptivos adjuntos, de

marca comercial ………………………………, referencia …………………………, producidos en

la fábrica de …………………………………………………………………………………………………………………………………………

en…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

Laboratorio elegido: …………………………………………………………………………………………………………………….

……………………………………… a…… de……………… de 20……

FIRMA Y SELLO

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ANEXO B

CUESTIONARIO DE INFORMACIÓN GENERAL DEL FABRICANTE (A rellenar por el fabricante. Un cuestionario por cada fábrica)

1.1 EMPRESA:

1.2 DOMICILIO SOCIAL:

1.3 Teléfono:

1.4 Telefax:

1.5 Correo electrónico:

1.6 N.I.F:

1.7 Persona que firmará el contrato con AENOR:

1.8 Cargo (de 1.6):

1.9 D.N.I. (de 1.6):

1.10 Persona de contacto:

2.1 DOMICILIO DE LA FÁBRICA:

2.2 Información sobre accesos a la fábrica (croquis de situación,

estación de tren más cercana, aeropuerto, etc)

2.3 Teléfono:

2.4 Telefax:

2.5 Correo electrónico:

2.6 C.I.F.

2.7 Nombres y cargos de los responsables de la fábrica de:

2.7.1 Producción: 2.7.2 Calidad:

2.8 Persona de contacto en fábrica:

3.1 Productos, nombres comerciales y referencias u otras

identificaciones de los productos para los que se ha

solicitado la concesión del derecho de uso del Certificado de

Conformidad:

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RP 19.02 rev. 6 19/33 2011-03-29

4.1 Número de personal total de la empresa

— Directivos y técnicos:

— Administrativos:

— Producción:

— Calidad:

4.2 Cualificación del responsable del Departamento de la

Calidad:

5.1 Materias primas y/o componentes que se compran:

5.2 Descripción breve de las principales etapas de fabricación y

los medios de producción:

5.3 Relación breve de los trabajos subcontratados y nombre de

las empresas:

6.1 Documentación de la calidad que poseen:

Especificaciones de producto

Manual de la calidad

Manual de procedimientos de la calidad

Instrucciones técnicas de la calidad

Hojas de protocolo de pruebas, verificaciones y ensayos

Hojas de ruta

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Otros (detallar)

6.2 Enumeración de los equipos de control de la calidad:

6.3 Enumeración de los ensayos que se realizan, indicando si son

en cadena o en laboratorio, y en qué porcentaje se hacen:

7.1 Relación de las Marcas obtenidas para los modelos

solicitados:

7.2 Relación de las entidades que le han asesorado en los

últimos tres años.

La veracidad de los datos contenidos en este cuestionario queda

bajo la responsabilidad del peticionario.

……………………………………… a…… de……………… de 20……

FIRMADO:

(Nombre, cargo, firma y sello)

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ANEXO C

CUESTIONARIO DESCRIPTIVO DEL PRODUCTO

COLUMNA BÁCULO

MODELO DIMENSIONES BÁSICAS ESPESORES LUMINARIA COEF. DE SEGURIDAD

ModeloReferencia

(optativa)

Altura

(m)

Diámetro en

punta (mm)

Vuelo

(m)

Radio

(m)

E. fuste

(mm)

E. placa

base

(mm)

Masa

luminaria (kg)

SUPxCf

(m2)Conicidad

(tanto por mil)

Calidad acero/

aluminio (1)Base Registro Critica

Vref del viento ................................... Clase de deformación horizontal 1 2 3

Categoría del terreno I II

Prestaciones ante el impacto ....................... (Nombre, firma y sello)

(1)Tipo y grado del acero o aluminio empleado. Ejemplo: S 235 JR

NOTA - Junto a este cuestionario debe incluirse el dibujo del diseño acotado, con las secciones necesarias para su comprensión

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ANEXO D

REQUISITOS DEL SISTEMA DE LA CALIDAD

1 OBJETO

El presente documento tiene por objeto definir los requisitos

mínimos exigibles a los sistemas de aseguramiento de la calidad

que deben ser implantados y mantenidos en aquellas empresas que

soliciten u ostenten el derecho al uso del Certificado AENOR de

Producto para soportes de alumbrado, conforme a lo establecido en

el presente Reglamento Particular.

2 NORMA DE REFERENCIA

El sistema de la calidad implantado en la factoría deberá

satisfacer las exigencias de la Norma UNE-EN ISO 9001:2008 con los requisitos adicionales o excepciones contemplados en el capítulo 4

del presente documento.

Para cada uno de dichos requisitos se indicará su grado de

aplicación, exclusión y /o conveniencia en su aplicación, según

corresponda.

Dichas exclusiones permitidas deberán quedar convenientemente

reflejadas en el Manual de la Calidad de la organización (ver

4.2.2) de la norma.

3 TERMINOS Y DEFINICIONES

Serán de aplicación los términos y definiciones dados en la Norma

UNE-EN-ISO 9000:2005 “Sistemas de Gestión de la Calidad.

Fundamentos y vocabulario”.

Los términos utilizados para describir la cadena de suministro

serán los siguientes:

PROVEEDOR................ ORGANIZACIÓN....................CLIENTE.

4 SISTEMA DE GESTION DE LA CALIDAD

4.1 Requisitos generales

Aplicable en todo su contenido.

Cuando una organización contrate externamente procesos o parte de

procesos que afecten a la conformidad del producto con los

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RP 19.02 rev. 6 23/33 2011-03-29

requisitos establecidos, la organización deberá de asegurarse de

ejercer un control sobre dichos procesos.

Tanto los procesos contratados externamente como el control que se

ejerza sobre los mismos, deben de estar identificados dentro del

Sistema de Gestión de la Calidad.

La selección, evaluación y re-evaluación de los proveedores

correspondientes (subcontratistas) debe de ajustarse a los

requisitos establecidos en 7.4.1. de la norma.

Es conveniente que las organizaciones establezcan modelos de

Sistemas de Gestión de la calidad basados en modelos de gestión

por procesos.

Es conveniente que las organizaciones enfoquen sus Sistemas de

Gestión de la calidad siguiendo los principios establecidos en 0.2

de la Norma UNE-EN ISO 9001:2008. Se han identificado ocho

principios generales de Gestión de la Calidad que pueden ser

utilizados por las organizaciones:

Enfoque al cliente.

Liderazgo.

Participación del personal.

Enfoque basado en procesos.

Enfoque del Sistema hacia la gestión.

Mejora continua.

Enfoque basado en hechos para la toma de decisiones.

Relaciones mutuamente beneficiosas con el proveedor.

4.2 Requisitos de la documentación

4.2.1 Generalidades

Aplicable en todo su contenido.

4.2.2 Manual de la Calidad

Aplicable en todo su contenido.

El Manual de la Calidad debe de incluir la estructura organizativa

(organigrama o similares) de la organización. En cuanto a la

definición de funciones y responsabilidades, deben de figurar como

mínimo las del primer nivel de la organización. (ver 5.5.1 de la

norma).

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RP 19.02 rev. 6 24/33 2011-03-29

4.2.3 Control de los documentos

Aplicable en todo su contenido.

El control de los documentos será de aplicación tanto a los

documentos internos como a documentos externos aplicables al

Sistema de Gestión de la Calidad (normas, reglamentos,

especificaciones de clientes,...).

4.2.4 Control de los registros

Aplicable en todo su contenido.

El período mínimo de conservación de los registros de la calidad

que demuestren el cumplimiento de los requisitos aplicables a la

conformidad del producto suministrado será de siete años. Para el

resto de registros de la calidad identificados, el período mínimo

de conservación será de tres años.

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ANEXO E

ENSAYO DE LA PROTECCION CONTRA IMPACTO MECANICO DE LAS PUERTAS

Se debe realizar un ensayo de tipo sobre cada modelo de puerta o

trampilla, el cual debe cumplir con una categoría de protección

contra impacto de IK-10 especificada en la norma UNE-EN 50102.

El equipo de ensayo debe ser o bien un martillo de péndulo o bien

un martillo de caída libre vertical.

Se realizará un solo impacto y deberá aplicarse en el centro de la

puerta o trampilla.

Se considerará valido el ensayo del código IK-10 de la puerta o

trampilla de registro cuando una vez realizado el ensayo dicha

puerta o trampilla no haya entrado en contacto con la caja

portafusibles o en el caso de no llevarla con el punto donde esté

ubicada la tensión

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RP 19.02 rev. 6 26/33 2011-03-29

5 RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCION

5.1 Compromiso de la dirección

Aplicable en todo su contenido.

5.2 Enfoque al cliente

Aplicable en lo relativo a los apartados 7.2.1 y 8.2.1. de la

norma.

5.3 Política de la calidad

Aplicable en todo su contenido.

Debe de estar definida y han de existir evidencias tanto de su

revisión periódica (por ejemplo, en el marco de revisión del

Sistema de la Calidad), como de su comunicación y difusión dentro

de la organización.

5.4 Planificación

5.4.1 Objetivos de la calidad

Aplicable en todo su contenido.

Deben de existir objetivos medibles, así como evidencias de un

seguimiento periódico de la evolución de los mismos. No será

aceptable la existencia de objetivos de la calidad relativos al

cumplimiento de requisitos de la Norma UNE-EN ISO 9001:2008. (Por

ejemplo: realizar auditorías internas, evaluar a proveedores,...).

Será recomendable que las organizaciones introduzcan

paulatinamente objetivos de mejora aplicables a todos los aspectos

de la organización, en especial para aquellos procesos

relacionados con la prestación de servicios directamente asociados

al suministro de productos.

5.4.2 Planificación del Sistema de la Calidad

Aplicable a la planificación de los objetivos de calidad: debe de

evidenciarse una planificación documentada (a modo de metas,

fases, actuaciones, recursos necesarios, responsables, plazos,...)

para la consecución de los objetivos establecidos.

5.5 Responsabilidad, autoridad y comunicación

5.5.1 Responsabilidad y autoridad

Aplicable en todo su contenido.

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Como se ha indicado en 4.2.2. de la norma, en el Manual de la

Calidad se debe de incluir un organigrama y la definición de

responsabilidades hasta el primer nivel de la organización, como

mínimo. Para el resto de funciones que afecten al Sistema de la

Calidad, las responsabilidades asociadas pueden estar definidas en

otros documentos del Sistema (por ejemplo, en perfiles de puesto

de trabajo, en procedimientos organizativos,...).

5.5.2 Representante de la Dirección

Aplicable en todo su contenido. La función de representante de la

dirección puede ser realizada por el Comité de Calidad (si

existe), siempre y cuando esté definida su composición, sus

atribuciones y su nivel de autoridad.

5.5.3 Comunicación interna

Aplicable en lo relativo a la comunicación interna de datos e

información relacionada directamente con el producto suministrado.

5.6 Revisión por la dirección

Aplicable en todo su contenido. La periodicidad mínima de dichas

revisiones será anual.

Previamente a la auditoría inicial por parte de los Servicios de

AENOR, se deberá disponer de los documentos que justifiquen que

se ha realizado la revisión por la Dirección.

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6 GESTION DE LOS RECURSOS

6.1 Provisión de recursos

Aplicable de forma general para los procesos de realización del

producto.

6.2 Recursos humanos

Aplicable en lo referente al punto 13.6 de la norma UNE- EN 40-5 y

UNE-EN 40-6.

6.3 Infraestructura

La organización debe de determinar (al menos a nivel de familias

de equipos) la infraestructura necesaria para lograr la

conformidad con los requisitos de producto.

Deben existir registros que demuestren la realización del

mantenimiento previsto, al menos de los equipos de proceso

(subapartado b) y en la medida en que afecten a los requisitos de

producto, los equipos e infraestructura indicados en los

subapartados a) y c).

En caso de que dichas actividades de mantenimiento se subcontraten

externamente, los proveedores correspondientes deberán estar

sometidos a los requisitos establecidos en 7.4.1 en lo relativo a

su evaluación, selección y re-evaluación.

6.4 Ambiente de trabajo

Solamente aplicable cuando suponga riesgo claro de incumplimiento

de requisitos de producto.

No debe de confundirse con requisitos de un sistema de prevención

de riesgos laborales.

7 REALIZACIÓN DEL PRODUCTO

7.1 Planificación de la realización del producto

Solamente será de aplicación cuando se hayan introducido en el

alcance de la certificación nuevos productos/familias de productos

y/o nuevos procesos de producción, o cuando se hayan realizado o

se tenga previsto realizar modificaciones en dichos procesos

productivos, así como ampliaciones de centros productivos.

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7.2 Procesos relacionados con el cliente

Aplicable en todo su contenido.

7.3 Diseño y desarrollo

Aplicable en lo referente al apartado 6 de las normas UNE-EN 40-5

y UNE-EN 40-6. En caso de litigio se someterá al Comité Técnico de

Certificación

7.4 Compras

Aplicable en todo su contenido.

7.5 Producción y prestación de servicio

7.5.1 Control de la producción y prestación del servicio

La organización deberá definir e identificar los parámetros de

control críticos de su proceso productivo, así como el sistema de

control y seguimiento de los mismos. Asimismo se deberán

establecer las acciones a tomar en caso de que dichos parámetros

críticos sobrepasen los límites establecidos, y quién tiene la

responsabilidad y autoridad para tomar dichas medidas (en lo

relativo tanto al proceso como al producto afectado).

7.5.2 Validación de los procesos

Aplicable en lo relativo al proceso de soldadura.

7.5.3 Identificación y trazabilidad

En la identificación del producto será exigible lo establecido en

los reglamentos particulares correspondientes.

La trazabilidad del producto no se considera exigible en su

totalidad (desde las materias primas hasta el producto final),

aunque sí recomendable.

7.5.4 Propiedad del cliente

No aplicable.

7.5.5 Preservación del producto

Aplicable en todo su contenido, incluyendo el transporte del

producto hasta el cliente.

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7.6 Control de los dispositivos de seguimiento y medición

Aplicable en todo su contenido. El suministrador establecerá una

lista de todos los equipos que precisen una calibración para

asegurar la calidad del producto final. En esta lista es exigible

que estén todos los necesarios para realizar los ensayos de

control interno.

8 MEDICION, ANÁLISIS Y MEJORA

8.1 Generalidades

Aplicable en lo relativo a los subapartados a) (determinar la

conformidad del producto) y b) (asegurarse de la conformidad del

Sistema de Gestión de la calidad).

Recomendable en lo relativo al apartado c) (mejorar continuamente

la eficacia del Sistema de Gestión).

La utilización de técnicas estadísticas como método de medición y

análisis será aplicable en lo relativo a las características de

los productos; recomendable para otros procesos y actividades del

Sistema de Gestión.

8.2 Seguimiento y medición

8.2.1 Satisfacción del cliente

Aplicación parcial. Al menos será exigible que uno de los métodos

utilizados por la organización para obtener información sobre la

percepción de sus clientes con respecto al cumplimiento de los

requisitos establecidos sea la atención de sus quejas y

reclamaciones.

A tal efecto, la organización deberá de establecer y documentar en

un procedimiento el proceso seguido para atender y gestionar

dichas quejas y reclamaciones efectuadas por los clientes respecto

a los productos certificados. En dicho procedimiento se deberá

además incluir quién dentro de la organización está designado y

tiene autoridad para tomar decisiones respecto a los conflictos

planteados.

La organización deberá mantener registros de dichas quejas y

reclamaciones, así como las acciones a que hayan dado lugar (ver

8.5.2).

Es recomendable la utilización de otras fuentes de información

complementarias relativas al conocimiento del grado de

satisfacción de los clientes, tales como:

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RP 19.02 rev. 6 31/33 2011-03-29

- Cuestionarios y encuestas,

- Informes de organizaciones de consumidores.

- Estudios sectoriales comparativos.

- Comunicación directa con los clientes (entrevistas)....

8.2.2 Auditoría interna

Aplicable en todo su contenido.

Las auditorías internas se deben de programar teniendo en cuenta

que al menos anualmente han ser auditados todos los procesos y

actividades básicas del Sistema de gestión de la calidad de la

organización.

No es aceptable considerar las auditorías de clientes o las

auditorías de certificación como auditorías internas.

8.2.3 Seguimiento y medición de los procesos

Aplicable a los parámetros y variables de control del proceso

establecidos por la organización (ver 7.5.1 de la norma).

Recomendable su aplicación paulatina a otros parámetros de proceso

sobre los cuales se pueda hacer seguimiento y medición, tales

como:

- Capacidad del proceso.

- Rendimientos.

- Tiempos de ciclos, y su optimización.

- Parámetros de consumo: energético, materiales,

desperdicios,...

8.2.4 Seguimiento y medición del producto

Aplicable en todo su contenido.

Los ensayos y la frecuencia de los mismos será como mínimo la

establecida en los correspondientes Reglamentos Particulares de

producto.

Los servicios de AENOR examinarán con cada fabricante los

resultados de estos controles en el curso de visitas periódicas

que se prevén en el Reglamento Particular. Por tanto el fabricante

debe registrar los resultados de cada ensayo, poniendo dichos

registros a disposición de los servicios de AENOR.

Los controles por muestreo sobre la producción se efectuarán según

las especificaciones de los artículos 13.2 al 13.10, 14 y 15 de

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RP 19.02 rev. 6 32/33 2011-03-29

las Normas UNE-EN 40-5 y 40-6, con la frecuencia indicada en el

apartado 13.2

8.3 Control del producto no conforme

Aplicable en todo su contenido, considerando lo siguiente:

Se entiende por producto no conforme aquel que estando en

posesión de la Marca AENOR de certificación, no cumple con

los requisitos técnicos establecidos.

Cuando se detecta la existencia de alguna partida de producto

no conforme, la organización deberá proceder a su destrucción

y/o reprocesado; en ningún caso podrá comercializar dicha

partida amparada por la Marca AENOR como material conforme.

Debe de existir un procedimiento documentado donde se

establezcan los controles, responsabilidades y autoridad

relativas a la gestión y tratamiento de dichos productos no

conformes.

Cuando cualquier producto (en curso o finalizado) es

clasificado como no conforme se ha de garantizar su no

utilización y entrega; asimismo se identificará

inequívocamente y se mantendrán registros de la naturaleza y

magnitud de las no conformidades y de las acciones tomadas al

respecto.

8.4 Análisis de datos

Aplicable en lo relativo al apartado b) (análisis de los datos

apropiados que proporcionen información... sobre la conformidad

con los requisitos del producto).

Recomendable para el resto de aspectos contemplados (satisfacción

de los clientes, características y tendencias de los procesos,

relaciones con proveedores).

8.5 Mejora

8.5.1 Mejora continua

Exigible en cuanto al planteamiento de acciones de mejora

relativas al producto suministrado. Recomendable su aplicación a

otros aspectos y procesos de gestión dentro de la organización

(por ejemplo: acciones de mejora en los procesos de

comercialización de los productos, en los procesos de gestión de

las compras, en los procesos de marketing,...).

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Tal y como señala la Norma UNE-EN-ISO 9001:2008, el uso de la

política de la calidad, los objetivos de la calidad, los

resultados de las auditorías, el análisis de datos, las acciones

correctivas y preventivas y la revisión del sistema por la

dirección son herramientas que la organización debe de tener en

cuenta a la hora de plantearse acciones de mejora.

8.5.2 Acciones correctivas

Aplicable en todo su contenido.

8.5.3 Acciones preventivas.

Aplicable en todo su contenido.