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REGLAMENTO PARA LA HABILITACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA Y SOCIAL SAPS HUMA. CAPITULO I OBJETO Y FINES Artículo 1°: Es objeto de la presente normativa la regulación para la habilitación y funcionamiento del servicio de atención psicológica y social a alumnos, docentes, personal administrativo y comunidad en general así como la regulación de los talleres brindados a alumnos de las distintas carreras por parte de docentes de la Facultad de Humanidades, Ciencias Sociales y Cultura Guaraní como de otras Unidades Académicas de la Universidad Nacional de Itapúa.- Artículo 2°: El proyecto de “Servicio de Atención Psicológica y Social SAPS HUMA ÑAÑOÑANGAREKOtendrá los siguientes fines: Ofrecer atención psicológica integral que favorezcan al desarrollo personal y profesional de las personas y familias. Brindar atención personalizada, que permita orientarlas en la solución de sus dificultades. Atender los requerimientos de la comunidad universitaria y administrativa, cumpliendo con el propósito de la proyección institucional. Brindar talleres a los alumnos de la Facultad de Humanidades, Ciencias Sociales y Cultura Guaraní como de otras Unidades Académicas de la Universidad Nacional de Itapúa a los efectos de fortalecer su desarrollo personal con miras al futuro rol profesional. CAPITULO II DE LOS BENEFICIARIOS Y DE LAS ACTIVIDADES Artículo 3°: Serán beneficiarios del Proyecto “SERVICIO DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA Y SOCIAL SAPS HUMA” los alumnos, los docentes, personal administrativo y comunidad en general en los siguientes:

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REGLAMENTO PARA LA HABILITACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL

SERVICIO DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA Y SOCIAL SAPS – HUMA.

CAPITULO I

OBJETO Y FINES

Artículo 1°: Es objeto de la presente normativa la regulación para la habilitación y

funcionamiento del servicio de atención psicológica y social a alumnos, docentes,

personal administrativo y comunidad en general así como la regulación de los talleres

brindados a alumnos de las distintas carreras por parte de docentes de la Facultad de

Humanidades, Ciencias Sociales y Cultura Guaraní como de otras Unidades

Académicas de la Universidad Nacional de Itapúa.-

Artículo 2°: El proyecto de “Servicio de Atención Psicológica y Social SAPS – HUMA

ÑAÑOÑANGAREKO” tendrá los siguientes fines:

Ofrecer atención psicológica integral que favorezcan al desarrollo personal y

profesional de las personas y familias.

Brindar atención personalizada, que permita orientarlas en la solución de sus

dificultades.

Atender los requerimientos de la comunidad universitaria y administrativa,

cumpliendo con el propósito de la proyección institucional.

Brindar talleres a los alumnos de la Facultad de Humanidades, Ciencias Sociales

y Cultura Guaraní como de otras Unidades Académicas de la Universidad

Nacional de Itapúa a los efectos de fortalecer su desarrollo personal con miras al

futuro rol profesional.

CAPITULO II

DE LOS BENEFICIARIOS Y DE LAS ACTIVIDADES

Artículo 3°: Serán beneficiarios del Proyecto “SERVICIO DE ATENCIÓN

PSICOLÓGICA Y SOCIAL SAPS – HUMA” los alumnos, los docentes, personal

administrativo y comunidad en general en los siguientes:

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Los Servicios son presentados en bloques de trabajos interdisciplinarios, psicológicos y

sociales, algunos con características internas y externas. Esto posee una significación en

el sentido de que serán favorecidos los servicios a la comunidad social como a la

interinstitucional:

Orientación y/o Consultoría Psicológica general.

Evaluación para niños, adolescentes, adultos y familias.

Entrevista general.

Evaluación conductual y emocional (observación).

Psicodiagnósticos. Aplicación e interpretación de test psicológicos (proyectivos

y psicométricos).

Evaluación de preferencias personales-Orientación Vocacional (jóvenes).

Psicoterapias. Consejería psicológica (apoyo psicoterapéutico).

Talleres, seminarios y cursos.

Abordaje del ausentismo, el desgano y deserción escolar.

Trabajo con familias de los alumnos en situación problemática.

Informar sobre el estado socioeconómico de las familias solicitantes de becas o

ayudas.

Elaborar diagnósticos sociales para establecer las situaciones problemáticas

del estudiante.

Artículo 4°: Por medio del Proyecto “Servicio de Atención Psicológica SAP – HUMA”

se realizarán dos tipos de actividades:

Consultas psicológicas.

Talleres – seminarios, charlas y conferencias.

Artículo 5°: Las consultas psicológicas se desplegarán a través de las siguientes

modalidades: asesoramiento y orientación, consultoría, psicoterapia individual y

familiar, Programas de formación y talleres en distintas áreas. (OMITIR)

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CAPITULO III

DE LAS CONSULTAS PSICOLÓGICAS Y SOCIALES

Artículo 6°: Las consultas psicológicas y sociales en las distintas modalidades, serán

coordinadas y llevadas a cabo por profesionales Psicólogos y Trabajadores Sociales.

Artículo 7°: En el caso de Asesoramiento, Orientación y Psicodiagnóstico, podrán ser

llevadas a cabo por alumnos de Psicología en carácter de pasantía, bajo la supervisión y

tutoría de un profesional psicólogo, encargado de la asignatura en cuestión (Por

ejemplo: profesor/a titular de Psicodiagnóstico).

Artículo 8°: Las consultas psicológicas y sociales se limitarán a las descriptas a

continuación. En el caso de constatarse casos de relevancia y graves que requieran una

atención psiquiátrica y/o farmacológica serán derivadas a otras instituciones o

profesionales aptos e idóneos.

SECCION I

DEL ASESORAMIENTO, ORIENTACIÓN Y PSICODIAGNÓSTICO

Artículo 9°: El asesoramiento y la labor de orientación pueden abarcar aspectos

personales, académicos, vocacionales y profesionales, los cuales se realizarán en un

máximo de cuatro sesiones.

Artículo 10°: Cada sesión tendrá una duración máxima de 60 y 90 minutos,

dependiendo de la modalidad.

Artículo 11°: En el caso de tratarse de alumnos que requieran orientación en el marco de

proyectos de extensión, deberán los mismos presentar un proyecto de acuerdo a lo

establecido en el Reglamento de Extensión Universitaria de la Universidad Nacional

Itapúa.

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SECCION II

DE LA CONSULTORÍA

Artículo 12°: La consultoría se limitará a tres sesiones como máximo, en el cual no se

desplegará trabajo psicoterapéutico alguno.

Artículo 13°: En las consultorías, específicamente, se responden a consultas vinculadas

al análisis y aprendizaje de nuevas estrategias de funcionamiento.-

Artículo 14°: El análisis y aprendizaje de nuevas estrategias de funcionamiento abarca

asesoramiento en déficit en habilidades sociales, conflictos en la resolución de

dificultades, Asertividad, etc., abarcándose casos preferentemente preventivos y

primarios.-

Artículo 15°: En el caso de constatarse en la última sesión que el/la consultante

requiriese otro tipo de consulta psicológica, el psicólogo interviniente le sugerirá

iniciarlo dentro del marco del proyecto siempre y cuando se corresponda a una de las

previstas por el proyecto “Servicio de Atención Psicológica y Social SAPS – HUMA”.-

SECCION III

DE LA PSICOTERAPIA

Artículo 16°: El tratamiento psicológico o psicoterapia se llevará a cabo a través del

enfoque de intervenciones breves.

Artículo 17°: La psicoterapia atenderá principalmente casos de nivel primario y

secundario.

Artículo 18: Se entiende, a los efectos del cumplimiento del presente reglamento, que el

nivel primario atiende todo tipo de dificultades y problemas psicológicos que no

presenten complicaciones ni riesgos para la propia persona ni para los demás. El

segundo nivel abarca problemas y trastornos psicológicos más complicados que

requieren bien la atención conjunta con otros especialistas o bien ser derivados a otros

profesionales especializados.

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Artículo 19°: La Psicoterapia abarcará como máximo 10 sesiones por personas.

Artículo 20°: La Psicoterapia podrá desplegarse en distintas formas atendiendo a los

sujetos, pudiendo ser individual, de pareja, familiar, niños, adolescentes, adultos.

Artículo 21°: Dentro de las posibilidades de intervención del Servicio de Atención

Psicológica y Social se encuentran las siguientes: a) Intervención psicoterapéutica para

prevención de problemas personales, b) Intervención psicoterapéutica para la resolución

de problemas personales, c) Intervención para el crecimiento y desarrollo personal, d)

Intervención en crisis. Las cuatro primeras intervenciones pueden efectuarse de forma

individual o bien de forma familiar.

CAPITULO IV

DE LOS TALLERES

Artículo 22°: Los talleres serán dirigidos a los estudiantes, docentes, administrativos e

interesados en general de la Facultad de Humanidades, Ciencias Sociales y Cultura

Guaraní de la Universidad Nacional de Itapúa.

Artículo 23°: Los talleres seminarios serán impartidos por profesionales psicólogos,

trabajadores sociales, preferentemente docentes de la Facultad de Humanidades y de las

demás Unidades Académicas de la Universidad Nacional de Itapúa como también por

los alumnos de último año de Psicología y Trabajo Social en carácter de Pasantía.-

Artículo 24°: Los talleres tendrán una duración de dos horas semanales durante todo el

año lectivo, distribuyéndose la carga horaria de acuerdo a cada taller en particular.

Artículo 25°: Los talleres serán impartidos en la Facultad de Humanidades, Ciencias

Sociales y Cultura Guaraní de la Universidad Nacional de Itapúa, quien otorgará

créditos o certificación de distinta configuración por la asistencia y participación por los

mismos.

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Artículo 26°: Los talleres podrán ser:

De entrenamiento en técnicas de relajación y de respiración;

De entrenamiento en habilidades sociales y desarrollo de la asertividad;

De afrontamiento de la ansiedad ante los exámenes;

De afrontamiento frente a la ansiedad para hablar en público en situaciones

formales;

Taller para el desarrollo de estrategias cognitivas y metacognitivas para llevar a

cabo un aprendizaje autorregulado;

De drogodependencias: alcoholismo, tabaquismo y otras;

De sexualidad;

Taller sobre trastornos de la alimentación;

De duelo;

De desarrollo personal;

CAPITULO V

DE LOS INFORMES, DEL ARCHIVO Y DE LA CONFIDENCIALIDAD

Artículo 27°: Los informes de las distintas consultas que pudieren llevarse a cabo,

podrán ser emitidas y expedidas a los interesados, consultantes y padres, en casos de

menores de 18 años por parte del profesional interviniente. En caso de asesoramiento,

orientación y psicodiagnóstico llevado a cabo por alumnos, en carácter de pasantía, los

informes podrán ser expedidos por el profesional psicólogo supervisor o tutor que estará

presente en las sesiones.

Artículo 28°: Los informes psicológicos deberán estar suscriptos por un profesional

psicólogo matriculado, registrado y habilitado por Ministerio de la Salud Pública y

Bienestar Social.

Artículo 29°: El profesional Psicólogo encargado de llevar adelante las consultas o de

intervenir en carácter de supervisor o tutor, deberá tener un archivo de todas las

consultas e informes que se registrarán mediante códigos y al cual solo tendrá acceso el

profesional psicólogo interviniente.

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Artículo 30°: El profesional Psicólogo interviniente deberá elevar informe al Decanato y

al Departamento de Extensión e Investigación acerca de la cantidad de sesiones y

cantidad de consultantes.

Artículo 31°: Se acuerda que es de total confidencialidad la calidad de información

obtenida por parte del Profesional Psicólogo y Trabajador Social respecto de los/las

consultantes.

CAPITULO VI

DE LOS COBROS

Artículo 32°: Las consultas psicológicas tendrán un costo de veinte mil guaraníes por

consultante (Gs. 20.000) y los talleres dirigidos a los alumnos diez mil guaraníes por

alumno (Gs. 10.000). (A DECISIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO)

Artículo 33°: Las consultas y talleres serán cobrados por la Administración de la

Facultad de Humanidades, Ciencias Sociales y Cultura Guaraní de la Universidad

Nacional de Itapúa.- (A DECISIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO)

Artículo 34°: En casos excepcionales, tratándose de personas insolventes o

imposibilitadas de pagar la consulta psicológica (en cualquiera de sus modalidades) y

dada la urgencia o necesidad de recibir consulta o terapia, la secretaria del servicio de

Atención Psicológica SAP – HUMA le proveerá un formulario para acceder al servicio

gratuitamente, luego de ser aprobado o autorizado por EL Decano de la Facultad de

Humanidades, Ciencias Sociales y Cultura Guaraní.

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Coordinación SAPS – HUMA

Secretario/a Trabajador

Social

Psicólogo/a Secretaria

Estructura del Funcionamiento

Universidad Nacional de Itapúa

Rector

Consejo Directivo Facultad de Humanidades

Decanato

Departamento de Extensión e Investigación

Servicio de Atención Psicológica SAPS – HUMA

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Banguero Harold y Quintero Víctor Manuel. “los proyectos sociales I” Guía para

su identificación, selección, formulación y evaluación. . Programa de gerencia

social. Edición FES Colombia. S.f.

Fried Schnitman, Dora (2005) Afrontamiento de crisis y conflictos: Una

perspectiva Generativa. Edición en SISTEMAS FAMILIARES y otros sistemas

humanos. ejemplar N°1-2. Bs As.

Anderson Harlene (1999 ) “Conversación Lenguaje y posibilidades” Un

enfoque pos moderno de la terapia. Argentina. Editorial Amorrortu.Pág.79.

Shotter John, (2001) “REALIDADES CONVERSACIONALES” La

construcción de la vida a través del lenguaje. Buenos Aires Argentina . Editorial

Amorrortur.Pág.183

Montero, M (2009 )“Introducción a la Psicología Comunitaria, Desarrollo

Conceptos y proceso” Bs As. Editorial Paidós.

Montero, M (2004) “Teoría y Práctica de la Psicología Comunitaria. Editorial

Paidós Bs As.

Estatuto de la Universidad Nacional de Itapúa. 2015.

www. terapia breve com/web 09 htpm .

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ANEXOS

Formato de Proyecto reglamentado por el Dpto. de Extensión Universitaria de la

UNI

Artículo 25

Los proyectos de extensión deberán especificar los siguientes elementos:

a) Denominación del Proyecto

b) Facultad o dependencia organizadora

c) Facultades, Instituciones u Organizaciones involucradas

d) Beneficiarios del Proyecto

e) Objetivos

f) Metas

g) Actividades

h) Resultados esperados y formas de evaluación de esos resultados. Impacto

sobre la sociedad que incluya la generación de capacidad de autogestión

en los destinatarios y el efecto multiplicador de la actividad de la

Universidad.

i) Los Recursos humanos que participarán en el proyecto: comprenden la

cantidad de alumnos, docentes y funcionarios, como así también las

personas involucradas de otras instituciones y organizaciones.

j) Beneficiarios del proyecto

k) Presupuesto

l) Calendario del proyecto

- Fechas estimadas para la ejecución del proyecto

m) Otras informaciones que se consideren importantes.

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EVALUACIÓN DE SEMINARIOS Y TALLERES

No es necesario escribir su nombre en este cuestionario.

Marque el número que representa su opinión.

Aspectos del taller. P R B E

Formato/agenda/horario del programa 1 2 3 4

Duración del taller 1 2 3 4

Horario del taller. 1 2 3 4

Actualidad de la información 1 2 3 4

Relevancia de la información a mis necesidades. 1 2 3 4

Oportunidad para hacer preguntas 1 2 3 4

Interacción con los participantes y facilitadores. 1 2 3 4

Materiales y recursos 1 2 3 4

Películas o videos. 1 2 3 4

Aspectos culturales y sociales del taller. 1 2 3 4

Lugar y ambiente del taller 1 2 3 4

P: Pobre R: Regular B: Bueno E: Excelente.

Describa algo importante que aprendió.

¿Qué le gustó más de este seminario, taller, charla?

¿Qué le gustó menos de este taller, seminario?

POR FAVOR ESCRIBA SUS SUGERENCIAS Y COMENTARIOS DE TEMAS

PARA FUTUROS TALLERES, SEMINARIOS.

GRACIAS!!!!

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Modelo de informe mensual

INFORME MENSUAL

A: DPTO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA

De: ÁREA DE CORDINACIÓN DE SAPS-HUMA

Fecha:

MES

SEMANA

ACTIVIDADES

CANTIDAD DE

ATENCIONES

CANTIDAD DE

ESTUDIANTES

PARTICIPANTES

CASOS

INTERVENIDOS