REGLAMENTO INTERNO Y CONVIVENCIA - Comunidad Escolar · 2018. 8. 7. · El presente Reglamento...

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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y REGLAMENTO

INTERNO 2020 ESCUELA ROMILIO ADRIAZOLA

TROVOLHUE

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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y REGLAMENTO INTERNO

INTRODUCCIÓN El Manual de Convivencia Escolar y Reglamento Interno es un instrumento técnico, pedagógico y administrativo, de carácter formativo, que regula, norma y facilita el accionar establecido en el Proyecto Educativo Institucional, identificando y regulando la estructura y funciones de los distintos estamentos de la Escuela. Lo anterior se traduce en las normas, proyectos, programas, planes y acciones a desarrollar, tendientes a lograr un efectivo desarrollo de los niveles de Educación parvularia y básica, en contextos normales y de contingencia sanitaria y social. CAPITULO 1 1.1 FUNDAMENTACIÓN Siendo “la convivencia escolar un conjunto de interacciones y relaciones que se producen entre todos los actores de la comunidad abarcando no solo aquellas entre individuos, sino también las que se producen entre los grupos, equipos, cursos y organizaciones internas que forman parte de la institución. Incluye también la relación de la comunidad escolar con las organizaciones del entorno en que se encuentra inserta” (Mineduc 2011), es que este instrumento es un conjunto de normas y procedimientos que regulan funciones, responsabilidades, orgánica, derechos y deberes de los miembros de la comunidad Escuela Pública Romilio Adriazola, y regula la relación entre todos los miembros de la institución. Tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca las relaciones de respeto, de inclusión, de participación democrática. Asimismo establece una serie de protocolos de actuación para los casos que afecten la vida escolar, los que deberán motivar la resolución pacífica de conflictos. Lo anterior, sin perjuicio de impulsar acciones de prevención a través de: El Plan de formación ciudadana; Plan de afectividad, sexualidad y género, los que contemplan acciones de índole pedagógica y talleres de habilidades socio-afectivas, valóricas y habilidades para la vida. Finalmente el Reglamento Interno, tiene como objetivo asegurar el normal desarrollo de las actividades académicas, velar permanentemente por validad los derechos de los estudiantes, junto con cautelar los derechos de todos los integrantes de la comunidad educativa, en un marco de respeto, tolerancia y autocuidado, entendiéndose a los estudiantes como sujetos de derecho y a los adultos, sean profesionales, asistentes, padres, apoderados, como los garantes de dichos derechos.

IMPORTANTE: En el presente documento se utilizan de manera inclusiva términos como “el docente”, “el estudiante”, “el profesor”, “el alumno”, “el compañero” y sus respectivos plurales (así como otras palabras equivalentes en el contexto educativo) para referirse a hombres y mujeres.

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1.2 VISION Escuela cuyo centro sean sus estudiantes, generando pensamientos y prácticas inclusivas través de todo el quehacer educativo, para que sean los protagonistas de su proceso de aprendizaje. 1.3.- MISIÓN La misión de la Escuela Romilio Adriazola es entregar una educación integral, de calidad y equidad a través de la incorporación de proyectos, programas y acciones pedagógicas que favorezcan la participación, la no discriminación, el desarrollo sociocognitivo y valórico de los estudiantes, estableciendo metas que promuevan el aprendizaje, el autocuidado y la sana convivencia, con el propósito de formar estudiantes capaces de insertarse constructivamente en la sociedad. 1.4.-SELLO EDUCATIVO: Sello intercultural que favorece la integración y potencia la convivencia armónica entre todos los integrantes de la comunidad educativa y su entorno, propiciando el respeto a la diversidad desde las características individuales e intereses personales, propios y de los demás, a través de acciones culturales, artístico- deportivas y pedagógicas. 1.5.-OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

• Ordenar y normar la estructura, funciones e interrelaciones de los distintos estamentos de la institución escolar, con el propósito de lograr la consecución de los objetivos propuestos en el Proyecto Educativo Institucional (PEI)

• Crear conciencia y cautelar los derechos de los integrantes de la comunidad escolar, promoviendo su desarrollo personal, social de los estudiantes.

• Contribuir a crear las condiciones técnico-pedagógicas y administrativas que propicien un clima organizacional adecuado a las necesidades del Establecimiento, con el fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo.

• Propiciar y regular las relaciones entre el establecimiento educacional y la comunidad organizada, en función del logro de los propósitos educativos.

• Crear las condiciones necesarias en la comunidad educativa para que los integrantes puedan expresarse de acuerdo a los principios y valores universales, desarrollando positivamente su creatividad y aprendiendo a convivir en comunidad con aceptación y respeto mutuo.

• Escuchar y acoger las necesidades que presentan los integrantes de la comunidad educativa, procurando dar respuestas adecuadas a su realidad singular, promoviendo acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones remediales para los afectados, en los casos que lo requieran.

• Promover y establecer acciones de prevención de la violencia escolar.

• Propiciar el buen trato y autocuidado.

• Propiciar la participación, la inclusión, y la valoración de la diversidad.

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• Generar disposiciones según situación social, comunitaria, nacional, (como contingencias sanitarias y sociales)

1.6.- FUNDAMENTOS LEGALES DEL REGLAMENTO INTERNO

• Constitución Política dela República de Chile

• Ley General de Educación N° 20.370

• Ley Sobre Violencia Escolar N°20.536

• Declaración de los Derechos Humanos

• Convención sobre los Derechos del Niño

• Ley N° 20.422 sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad

• Decreto 170 establece las normas y políticas del funcionamiento del PIE.

• Ley Nº 20.248 de la Subvención Escolar Preferencial, junio 2008

• Ley 20.000 sobre drogas, tráfico y consumo.

• Ley Nº 18962 estudiantes en situación de embarazo y maternidad.

• Ley 20. 06 6 Sobre violencia intrafamiliar

• Ley de responsabilidad penal juvenil y adolescente 20.084 / 20.586

• Ley 20.370 alumnas en situación de embarazo y maternidad.

• Ley 20.066 violencia intrafamiliar

• Circular Nº1, versión N° 4 de la Superintendencia de Educación

• Proyecto Educativo Institucional

• Ley 20.550 modifica la Ley nº 20.248, de subvención escolar preferencial

• Ley 20.529 sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y su fiscalización

• Ley de inclusión

• Ley 20.845 de inclusión escolar

• Ley N° 20.609

• Ley N° 21.128 “Aula Segura”

1.7.- PERFIL VALÓRICO DEL ESTABLECIMIENTO El ser humano es único e irrepetible, por lo tanto, en esta comunidad de aprendizaje se reconocerá el valor de cada persona y se aceptará tal cual es, se inculcará el respeto a sí mismo y a los demás, aceptación de opiniones y cualidades diferentes a las propias y el respeto por el entorno físico, social y cultural, favoreciendo las normas de sana convivencia. El aprendizaje colaborativo potenciará la solidaridad y posibilitará la construcción de relaciones cordiales en un clima propicio para el aprendizaje. En nuestro Establecimiento Educacional se propician los siguientes valores y actitudes: Empatía: La empatía es la capacidad que tienen las personas de percibir y entender las necesidades y sentimientos de otra persona. Una persona empática se pone en el lugar de los demás y responde en relación a sus emociones y necesidades. Esto facilita la

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comprensión mutua y fomenta una comunicación más respetuosa y asertiva. Por ello, se concluye que la empatía es una ventaja social pues mejora las relaciones interpersonales y fomenta el desarrollo personal. En educación, está demostrando que existe una fuerte relación entre el aprendizaje socioemocional y el desarrollo cognitivo. Los estudiantes que desarrollan la inteligencia emocional obtienen mejor rendimiento académico. -Tolerancia: Ser tolerante significa entender, aceptar y respetar las ideas, creencias,

pensamientos y diferencias de los demás, incluso si son contrarias a las propias. Ser tolerante se trata de reconocer que el mundo y la sociedad es diversa, y que tal diversidad debe ser aceptada y respetada; es saber que aunque el otro puede pensar o actuar de forma diferente a la mía, esa es su forma de hacerlo y ello no le hace menos o más persona que yo, sino simplemente diferente. Es importante que los niños desde pequeños aprendan el valor de la tolerancia, ya que es uno de los valores que sentará las bases para el adecuado establecimiento de las relaciones positivas en su futuro.

Respeto Mutuo: Disposición tolerante con capacidad de dialogo que propicia el valor de las diferencias, la aceptación de las particularidades propias y de los demás, respeto a sí mismos, a la patria sus valores y sus símbolos, al medio ambiente a las normas establecidas y a todas las formas diversidad. -Autonomía: Según Lawrence Kohlberg en la continuación de los estudios de Piaget, establece tres estadios de moralidad en los niños y niñas, que, en progresión determinan su maduración; el estadio preconvencional (la norma se cumple o no: para evitar un castigo y/para lograr un premio). El estadio convencional: la norma se cumple en función del orden establecido (la norma se cumple para satisfacer a los demás y/o para mantener el orden social). El estadio postconvencional: la norma se cumple en función de la aceptación individual y de los valores que comportan (por consenso en beneficio común y basada en la dignidad de los demás). Mientras más avanza en estos estadios el niño(a) mayor autonomía se ha desarrollado. La autonomía es moral o decisoria y se entiende por la capacidad del individuo para hacer elecciones y tomar decisiones asumiendo las consecuencias de las mismas. La autonomía es un conjunto de habilidades. -Responsabilidad: Capacidad fundamental para desarrollar la autonomía y hacerse cargo de las consecuencias de ejercerlas que garantiza el cumplimiento de los compromisos adquiridos y genera confianza y tranquilidad entre los integrantes de la comunidad educativa. 1.8- PERFIL DEL ESTUDIANTE La Unidad Educativa tiene entre sus objetivos generales formar estudiantes que al egresar de Enseñanza Básica sean capaces de: • Ser honestos, solidarios, respetuosos de sí mismos y de los demás, de su familia, y

de su patria. • Ser personas con sentido de responsabilidad y autodisciplina personal. • Tener capacidades, habilidades y destrezas que le permitan enfrentar situaciones de

la vida cotidiana exitosamente.

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• Enfrentar el mundo, los avances científicos y tecnológicos adecuadamente.u • Ser capaces de trabajar en grupo, participativos y reflexivos. • Tener una forma y estilo que lo identifique con el colegio, diferenciándose

claramente por su lenguaje, trato, cultura, actitudes y valores. • Conocer sus derechos y deberes. • Capaces de conocerse, reconociendo sus potencialidades y errores, procurando la

superación permanente. • Que cuida y valora su salud mental y física. • Que actúa en armonía y respeto con su medio natural, social y cultural. • Asume el futuro con espíritu creativo y capacidad de adaptación a los cambios

constantes, propios de la globalización. Estudiante con altas expectativas que se proyecta con estudiante de enseñanza

media. 1.9.- FUNCIONAMIENTO NIVELES Y MODALIDADES QUE ATIENDE EL ESTABLECIMIENTO -Nivel de educación pre básica NT I y NT II: Funciona en la jornada de mañana de 09.30 a 14.30 horas de lunes a jueves, y de 09 .00 a 13.30 los viernes, con un curso por nivel. -Educación General Básica: Funciona en jornada escolar completa de 08.30 a 15.45 horas de lunes a jueves y 08.30 a 13.30 horas el viernes. - Se cuenta con un curso por nivel de primero a octavo año básico, con una capacidad máxima de 35 estudiantes por curso. 1.10 NÚMERO DE DOCENTES Y PROFESIONALES DE APOYO.

✓ 1 Director ✓ 1 Encargado de UTP ✓ 1 Encargada de Convivencia Escolar ✓ 2 Educadoras de párvulos ✓ 25 Profesores de Ed. Gral. Básica ✓ 4 Profesores de apoyo al aula ✓ 2 asistentes de párvulos ✓ 1 Fonoaudióloga ✓ 1 Psicólogo ✓ 1 Asistente Social ✓ 2 Asistentes técnicos ✓ 1 Encargado del Hogar Estudiantil ✓ 5 Inspectores internado ✓ 2 auxiliares de servicio internado ✓ 2 manipuladoras de alimento internado ✓ 5 inspectores escuela ✓ 2 asistentes administrativos ✓ 7 auxiliares de servicio escuela

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✓ 3 manipuladoras de alimentos escuela 1.10.1 ORGANIGRAMA DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

Servicio Local Costa Araucanía

Directora

Equipo de Gestión

U.T.P.

Gestión Recursos Conv.Escolar

r

Consejo Escolar

Centro de Padres

Centro de

Estudiantes

Comité

Seguridad

Escolar

Comité Convivencia Escolar

Consejo de

Profesores

Asistentes

Profesional

es

Asistentes

Técnicos

Inspectores

Auxiliares

de Servicio

Coord. PIE Coord. De Ciclos Coord. CRA

Coord. Enlaces

Equipo PIE Ed. Parvularia

1° ciclo

2° ciclo

Estudiantes

Hogar

Estudiantil

Inspectores

Auxiliares de s.

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1.10.2.- MATRICULA: PROCESO DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA

1.- La matrícula se realizará según sistema de admisión nacional, en plataforma, con apoyo de personal facultado para el efecto en este Establecimiento, o personalmente desde el lugar de permanencia del apoderado. Una vez completado el trámite, debe esperar resultados de postulación y aprobar resultado o apelar según la necesidad del estudiante. 2.- Las matrículas que se generen en el transcurso el año se realizarán con el llenado de hoja de matrícula vigente en el Establecimiento, la cual será ingresada al SIGE por docente encargada de admisión. 3.- Para este trámite se solicitará certificado de nacimiento y último certificado de estudio del estudiante, y documento de traslado del otro Establecimiento, cuyo trámite y permanencia será sin fines de lucro, lo que le otorga total derecho a la gratuidad de sus estudios. 4.- La disponibilidad de cupos se podrá observar en plataforma al momento de postular y además esta información estará disponible para todos los apoderados interesados en la Dirección del colegio. 5.- La recepción de matrículas sólo dependerá de la disponibilidad de cupos por curso, que no puede exceder de 35 estudiantes, contando el Establecimiento con un curso por nivel por espacio físico disponible. 6.- Los y las estudiantes matriculadas en este Establecimiento podrán permanecer en el durante el tiempo que su padre, madre o apoderado lo estime, accediendo a todos los beneficios correspondientes a Ley SEP, JUNAEB, PIE, si lo requiere, y otros a que el Establecimiento postule para beneficio de todos sus estudiantes. 7.- Se informará a los apoderados a través de: - Facebook del Establecimiento “Escuela Romilio Adriazola” - Informativos impresos desde Dirección. 8.- Será responsable de entregar la información de admisión y cupos, la Encargada de Admisión Escolar, Sra. Alison Silva Carter. 9.- Serán responsable de traslados y nuevos ingresos (matrículas) la Directora Sra. Marta Astudillo y Encargada de Admisión 1.10.3 TRASLADOS DE ESTABLECIMIENTO DE LOS Y LAS ESTUDIANTES 1.- La decisión de trasladar (retirar) al estudiante de la escuela es responsabilidad exclusiva del apoderado titular, debiendo presentar dato de la escuela a la cual incorporará a su pupilo, no pudiendo la escuela impedirlo ni negar la entrega de la documentación correspondiente. 2.- La recepción de estudiantes trasladados desde otros establecimientos estará sujeta a la capacidad física (35 estudiantes cupos por curso) CAPITULO 2 2.1 NORMAS TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO

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2.1.1 DIRECTOR Responsabilidades y facultades: 1.- Analizar, evaluar y actualizar, conjuntamente con el Equipo de Liderazgo escolar, el Consejo de Profesores y Consejo Escolar: el PME, el PEI y el PAA teniendo presente los intereses y las necesidades de la comunidad educativa. 2.- Dirigir el establecimiento educacional de acuerdo a los principios de la administración educacional del Servicio Local de Educación Costa Araucanía, teniendo presente que la función del establecimiento es educar, y prevalece sobre lo administrativo u otra, en cualquier circunstancia y lugar. 3.- Ante la ausencia de los demás estamentos de la U.E., el Director tendrá la facultad de decidir lo que según la Ley, sea lo más conveniente para la comunidad educativa. 4.- Distribuir, coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo. 5.- Propiciar un clima de armonía y respeto entre: el equipo directivo, profesores, profesionales de apoyo, asistentes de la educación, estudiantes y apoderados, dentro de la unidad educativa. 6.- Vincular positiva y colaborativamente a la escuela con las demás organizaciones de la comunidad. 7.- Organizar la unidad educativa para lograr un óptimo aprovechamiento de los recursos humanos y materiales, asignando responsabilidad a los distintos estamentos de la unidad educativa. 8.- Velar para que en la U.E. los estudiantes encuentren un ambiente seguro y atractivo que les permita un crecimiento y un desarrollo de sus potencialidades de acuerdo a sus aptitudes, capacidades e intereses. 9.- Velar para que en la U.E. se haga efectivo el cumplimiento de su misión, considerando la premisa de que todos los estudiantes son capaces de aprender, sin dejar de considerar a quienes son apoyados por el Programa de Integración Escolar (PIE) 10.- Propiciar el funcionamiento de la UTP como organismo técnico-pedagógico encargado de velar por la mejora continua del proceso educativo. 11.- Mantener una comunicación permanente y adecuada con las entidades superiores, ya sean de carácter administrativo y/ o técnico pedagógico (Seremi de Educación, Mineduc, Agencia de Calidad y Superintendencia de Educación y Servicio Local de Educación Pública). 12.- Velar por el cumplimiento de la normativa vigente relacionada con el uso y mantenimiento de documentos oficiales. 13.- Organizar y entregar directrices para el óptimo funcionamiento del Equipo de Liderazgo. 14.- Mantener un monitoreo constante en relación a las peticiones que se realizan al Director Ejecutivo del SLEP Costa Araucanía, y sus respectivas áreas, a través de documentos oficiales y exigir la respuesta escrita en un corto período de tiempo para darla a conocer al Consejo de Profesores u otras instancias. 15.- Liderar el Consejo Escolar, Comité de Convivencia Escolar, Equipo de Liderazgo escolar, y participar en las reuniones generales de la Unidad Educativa.

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2.1.2 CONFORMACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO ESCOLAR Componen el Consejo Escolar: -Sostenedor o un representante del SLEP Costa Araucanía -Directora del Establecimiento -Profesor representante del Consejo de Profesores -Representante del Centro General de Padres, madres y Apoderados -Representante del Centro de Estudiantes -Representante de los Asistentes de la Educación. -Representante de Educadoras de Párvulos -Representante de Profesionales Asistentes de la Educación. Funciones: El Consejo Escolar de la Escuela Pública Romilio Adriazola, a través de sus representantes podrá, informarse, proponer, opinar, evaluar, aprobar, sobre materias relevantes para el mejoramiento de la calidad de la educación de este Establecimiento. Constituir el Consejo Escolar es una invitación a hacer de la escuela un espacio de participación ciudadana, que acoge la diversidad e integra las opiniones y necesidades y perspectiva de cada uno de sus estamentos, enriqueciendo así su Proyecto Educativo. 2.1.3. ATRIBUCIONES DEL CONSEJO ESCOLAR El Consejo Escolar no tiene atribuciones sobre materias técnico pedagógicas, las que son responsabilidad del equipo directivo o de gestión, siendo en esta materia de tipo consultivo, informativo, propositivo. El carácter resolutivo del Consejo Escolar se ejerce en materias como: -Determinar nuevas reuniones -Resolver acerca del calendario anual, actividades extracurriculares. -Resolver sobre Plan de Gestión de Convivencia Escolar y Reglamento Interno del Establecimiento. 2.1.3.1 FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR

• Incorporación de nuevos miembros: la ley deja abierta la posibilidad para integrar nuevos miembros a petición de cualquier integrante del consejo o por iniciativa del Director.

• Sesiones ordinarias: Mínimo se deben realizar 4 sesiones ordinarias durante el año. Se pueden establecer más sesiones ordinarias, de acuerdo a los objetivos, temas y tareas que asuma el Consejo.

• Reuniones extraordinarias: Las citaciones a reuniones extraordinarias deben ser realizadas por el/la Director/a del establecimiento, a petición de una mayoría simple de los miembros del consejo.

• Información a la comunidad: Se debe definir un mecanismo para informar a la comunidad escolar lo discutido y acordado en las sesiones del Consejo (Ej. Circulares, reuniones de consejos de delegados, entre otras).

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• Toma de decisiones: En el caso que el sostenedor le otorgue al Consejo facultades resolutivas, es necesario definir la forma en que se tomarán los acuerdos, estableciendo un quórum mínimo.

• Levantamiento de informe de las reuniones y presentación a cada integrante del Consejo Escolar con el propósito de realizar la bajada de información a todos los estamentos representados.

2.1.4 EQUIPO DE LIDERAZGO ESCOLAR (ELE o EGE)

• Director del Establecimiento

• Encargado de UTP

• Encargado de convivencia

• Encargado de gestión de recursos 2.1.4.1 FUNCIONES DEL EQUIPO DE LIDERAZGO ESCOLAR

✓ Grupo de trabajo destinado a colaborar estrechamente con la Dirección en la elaboración y puesta en marcha de proyectos y de la marcha general de la unidad educativa.

✓ Participar en la elaboración, postulación, puesta en marcha del PME de la escuela. ✓ Participar en la elaboración, actualización, puesta en marcha y evaluación del y PEI

de la Unidad Educativa. ✓ Reunirse periódicamente para planificar el trabajo Técnico Pedagógico que se

realizará en los Consejos de Profesores y otras gestiones relacionadas. ✓ Responsables de las evidencias de las acciones de cada área de mejoramiento del

PME y que están distribuidas entre los miembros del equipo de liderazgo. ✓ Aprobar los proyectos de la unidad educativa.

2.1.5 UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA Funciones: 1.- Colaborar con la Dirección y el profesorado en los aspectos técnico-pedagógicos que le

sean solicitados. 2.- Monitorear del cumplimiento de los programas vigentes a través de la revisión de las

planificaciones y triangulaciones: libro, planificaciones y actividades de los estudiantes, observación de avances y desarrollo de Consejos técnicos-pedagógicos trimestrales y semestrales e interperiodos.

3.- Coordinar, monitorear y evaluar ensayos SIMCE aplicados a los diferentes cursos que la escuela haya determinado, presentando resultados para definir propuestas de mejora.

4.- Coordinar las visitas de acompañamiento al aula según pauta y protocolo estipulada en el PME.

5.- Verificar que las planificaciones incluyen actividades de aprendizaje y evaluación diversificadas, considerando a los estudiantes con NEE y aquellos adscritos al programa de Integración.

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6.- Promover la aplicación de métodos y técnicas de educación que aseguren un aprendizaje permanente de los educandos facilitando modelos de pruebas, guías de trabajo, páginas web u otros.

7.- Organizar los Consejos Técnicos de Profesores en coordinación con la Directora, cuando sean requeridos u organizados por calendario.

8.- Informar al profesorado en cuanto a la correcta interpretación y aplicación de las normas y reglamentos legales vigentes sobre evaluación, planificación, orientación y otros.

9.- Asesorar a los profesores jefes y docentes en general en las diferentes etapas anuales del proceso enseñanza aprendizaje.

2.1.6 CONVIVENCIA ESCOLAR 2.1.6.1 ENCARGADO CONVIVENCIA ESCOLAR El Artículo 15 de la Ley sobre Violencia Escolar, que modifica el mismo artículo de la LGE, señala que todos los Establecimientos Educacionales deben contar con un encargado de convivencia escolar, cuyo nombramiento y definición de funciones deben constar por escrito, lo que será fiscalizado por la Superintendencia de Educación. De acuerdo a la LSVE, se establece que sus principales funciones son: 1.- Es el responsable de elaborar plan de gestión de convivencia escolar en conjunto con el

comité de convivencia escolar e implementar las medidas y acciones que determine el Consejo Escolar y/o el Comité de Convivencia, las cuales deberán plasmarse en un Plan de Gestión, y será quien establezca relaciones entre los miembros de la comunidad educativa en los temas de convivencia escolar.

2.- Coordinar iniciativas de capacitación interna sobre promoción de la buena convivencia y manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad educativa.

3.- Promover el trabajo colaborativo en torno a la Convivencia Escolar entre los actores de la comunidad educativa en la elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la sana convivencia escolar.

4.- Mantener los registros de los estudiantes atendidos durante el año escolar, con entrevistas, aplicación e protocolos, mediaciones cuando corresponda.

5.- Recopilar evidencias relacionadas Al Plan De Gestión De Convivencia escolar como de las acciones contenidas en el PME referidas al ámbito de Convivencia Escolar

F) Atender a estudiantes que hayan sido derivado por la Dirección o cuyo profesor jefe lo haya solicitado dada la complejidad del caso y analizar y orientar el proceso para mejorar la conducta de estos estudiantes; y de ser necesario enviarlos al profesional competente o a la red que tenga atingencia con el caso en conjunto con el Comité de C.E. (Las redes externas apoyan el trabajo de la comunidad escolar a través de intervenciones, programas y/ o proyectos, talleres y otros recursos que propenden a apoyar integralmente a los estudiantes y sus familias.)

G) Propiciar el respeto y confidencialidad de los casos.

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2.1.6.2 COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR: Está conformado por:

- La Directora del Establecimiento, - Encargada de Convivencia Escolar - Psicólogo - Asistente Social - Encargado de UTP (en los casos que implican el funcionamiento técnico-

pedagógico) Su principal responsabilidad será planificar, implementar y monitorear las actividades que se acuerden en los planes de gestión de convivencia, aprobados por el Consejo Escolar. Este Equipo tendrá reuniones periódicas para analizar su funcionamiento y el curso de las acciones enmarcadas en el Plan de gestión de Convivencia Escolar. El comité de convivencia se reunirá según requerimientos, para establecer los mecanismos de trabajo en relación a las acciones definidas en el ámbito, ya sea con respecto a las necesidades de los cursos, como a las actividades establecidas en el PME de la escuela y en el Plan De Gestión de Convivencia Escolar, en planes de prevención, resolución de conflictos, revisión de casos, mediaciones, seguimientos, evaluación de acciones y aplicación de protocolos. Dependiendo de la complejidad de los casos, se contará con la presencia, apoyo y mediaciones, por parte de la Unidad de convivencia escolar del SLEP Costa Araucanía. Tendrá una mirada proyectada hacia estrategias para atender cada vez con mayor eficacia, situaciones de violencia escolar suscitadas al interior del establecimiento educacional, siendo los propios estudiantes los que se potencien en la resolución de conflictos escolares con el propósito de mejorar la convivencia escolar. Establece estrategias para capacitar a docentes, padres, madres y apoderados en la aplicación de normas de convivencia, y protocolos de actuación con sentido formativo. 2.1.6.3 RESPONSABILIDADES SOBRE COMPORTAMIENTOS QUE AFECTEN LA SANA

CONVIVENCIA ESCOLAR. Descripción de acciones y responsables de llevarlas a efecto: 1.- En primera instancia, los casos de disciplina que afecten la sana convivencia, deben ser atendidos por los profesores de aula y/o profesores jefes de curso, según corresponda, dejando registro de los casos en la hoja de vida del o los estudiantes implicados, sean afectados como transgresores de las normas de sana convivencia, con conocimiento de la medida por parte de los estudiantes implicados, firmado por el o la profesora responsable de la medida aplicada, con fecha, asignatura. Además, incluirá registro de fecha de entrevista a apoderado y firma en el apartado que se encuentra en la parte inferior de la hoja de vida de los estudiantes. Las anotaciones se realizarán al reiterarse una falta, lo cual debe evidenciarse en la redacción del caso. 2.- Aquellos casos que no se resuelvan por el o los profesores, dada su complejidad o reiteración de la falta sin mejora de la actitud o comportamiento, a pesar de haber establecido acuerdos de mejora, serán atendidos, por derivación, al encargado de convivencia escolar, por el profesor que tenga conocimiento del caso, aportando las

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evidencias de las acciones llevadas a cabo con anterioridad a la derivación, y el encargado de convivencia escolar presentará el caso al equipo de convivencia escolar. 3.- Recibido el caso, se debe estampar, especificando los sucesos, medidas que se tomarán, acuerdos y compromisos adquiridos con firmas y fecha, en Bitácora de Convivencia escolar, incluyendo entrevistas a estudiantes, apoderados, funcionarios (en los casos que corresponda), propiciando un clima de respeto y resguardando la confidencialidad. 4.- Siguiendo el protocolo, se deriva a los profesionales competentes, con documento que acredite la derivación, con el debido conocimiento y consentimiento del apoderado. 5.- Una vez definidas las acciones para dar el apoyo correspondiente a los estudiantes, entre las cuales se establecen: -entrevistas, -mediaciones, -aplicación de test a estudiantes (previa autorización de apoderados) -acuerdos, compromisos, -aplicación de medidas (desde carácter formativo, llamadas pedagógicas hasta sanciones, según sea el caso y la edad del o los estudiantes), -derivación a redes (si corresponde) -seguimiento del caso, evaluando las acciones y sus efectos por el Equipo de Convivencia Escolar, dejando registro del análisis y acuerdos en bitácora de C. E. con firma de los integrantes del Comité de C.E. Este seguimiento podría incluir nuevas entrevistas si se considera necesario. 6.- Si el caso es presentado por asistentes de la educación y/o apoderados, será recepcionado inmediatamente por la encargada de convivencia escolar o la Directora, dejando registro en bitácora, siguiendo las mismas acciones correspondientes a faltas a las normas de sana convivencia. Dependiendo de la gravedad será derivado al Comité de Convivencia escolar para seguir las acciones correspondientes, que deberán desarrollarse en un plazo no superior a diez días hábiles. En caso de necesitar más tiempo, será comunicado a las partes. 7.- Si el caso amerita constatación de lesiones, producto de acto de indisciplina con agresiones, o golpes involuntarios, caídas u otros similares el protocolo correspondiente será liderado por la Dirección del Colegio, o quien se encuentre representando la Dirección en su ausencia, con derivación inmediata al centro médico más cercano, lo que será comunicado al apoderado con el propósito de que se ponga en conocimiento del hecho y se acerque al CESFAM o centro de salud al que será derivado(a) el o la estudiante. 8.- El profesor(a) deberá estampar lo sucedido en la hoja de vida del o la estudiante, en caso de haber un agresor y un agredido, deberá registrar en ambas hojas de vida. 9.- Aquellos casos de estudiantes que mantengan comportamientos que afecten la convivencia armónica, serán evaluados por el comité de convivencia escolar para seguir nuevas acciones de apoyo como derivación a otros profesionales o redes. 10.- Será monitoreado el caso en conjunto con profesionales, profesores jefes y apoderados, lo cual quedará registrado en bitácora de convivencia escolar, registro psicológico y/o de asistente social.

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2.1.6.4 PSICOLOGO 1.- Será parte del Comité de Convivencia Escolar, participando en las reuniones a las que sea convocado. 2.- Participará en la elaboración del Plan de Gestión de convivencia escolar. 3.-Se encargará de preparar y relatar los talleres a los apoderados, estudiantes y funcionarios, según los requerimientos del Establecimiento y la calendarización de las reuniones de apoderados y talleres definidos por el comité de convivencia escolar. 4.- Atenderá casos derivados según corresponda, como apoyo al desarrollo cognitivo y/o socio-afectivo de los y las estudiantes que lo requieran. (Los casos de apoyo psicológico pasarán desde convivencia escolar por petición del apoderado, quien firmará la solicitud de apoyo) 5.- Participará en reuniones con dupla psicosocial y otros profesionales del CESFAM u otras redes de apoyo a la gestión de Convivencia escolar. 6.- Participará en las evaluaciones y seguimiento de los casos, y emitirá informes cuando se requiera. 7.- Derivará casos a psicología clínica según evaluaciones de los casos. 8.- Levantará informes o reportes de su gestión cuando le sean solicitados por la Directora, resguardando la confidencialidad de determinada información. 2.1.6.5 ASISTENTE SOCIAL 1.- Será parte de la dupla psicosocial y comité de convivencia escolar. 2.- Participará en reuniones a las que sea convocada. 3.- Se encargará de hacer visitas domiciliarias a familias cuyo caso requiera seguimiento de dupla psicosocial, levantando informe según requerimiento de la Dirección del colegio. 4.- Llevará registro de casos y reuniones en Bitácora. 5.- Participará en la evaluación de casos, según necesidades del comité de convivencia escolar, velando por la confidencialidad de los casos tratados en el Establecimiento. 6.- Levantará informes y o reportes de su gestión cuando sea requerido por la Dirección del Establecimiento. 2.1.7 DE LOS PROFESORES 2.1.8 CONSEJO ADMINISTRATIVO DE PROFESORES. 1.- Estará presidido por el Directora del establecimiento y en su ausencia, por el Jefe de UTP o cualquier integrante del Equipo de Liderazgo u otro designado. 2.- Es un organismo en el cual participan todos los docentes de la Unidad Educativa, para la toma de conocimientos y análisis de los aspectos administrativos que tienen que ver con la buena marcha del Establecimiento, en un clima de respeto mutuo. 3.- Se analizan los casos específicos de bajo rendimiento y casos especiales de desadaptación al medio escolar de algún estudiante o de grupos de estudiantes con conductas disruptivas en los diferentes cursos y proponer medidas para darles soluciones adecuadas, y escuchando las sugerencias de los profesionales del PIE, Equipo de Liderazgo u otros profesionales de apoyo y según protocolos establecidos.

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4.- Todos los acuerdos deben quedar registrados en el acta del Consejo. 5.-Todos los docentes deberán tomar conocimiento de cada información entregada, llevando un registro escrito con fecha de cada reunión de Consejo. En caso de no asistir a la reunión de Consejo de profesores, será su responsabilidad ponerse en conocimiento de informaciones, acuerdos y otros, ejerciendo su derecho a la información y participación. 6.- Los participantes de las reuniones del Consejo de Profesores, deberán mantener la reserva de los casos tratados e informaciones entregadas, cautelando la confidencialidad de casos. 7.- Tomar conocimiento de la evaluación general realizada por la Dirección y UTP de la escuela. 8.- Analizar y participar en la elaboración y actualización de las acciones para el PME, PEI y demás Planes y Reglamentos del establecimiento. 9.- Todos los acuerdos que tome el Consejo de Profesores son consultivos y/o resolutivos en los aspectos técnicos, y casos graves de indisciplina que ameriten cancelación de matrícula y expulsión, siempre que no contradigan las normas establecidas por la ley. 10.- Evaluar todas las acciones implementadas a través de los planes, programas y proyectos desarrollados, como término del proceso y/o con medidas de mejora. 11.- Todos los docentes tienen derecho a exponer situaciones, realizar consultas, aclarar dudas o inquietudes y proponer, sobre su quehacer profesional y acciones del Establecimiento, en el desarrollo de las reuniones del Consejo, con el debido respeto y con el propósito de mejorar y aportar al buen funcionamiento del Establecimiento. 12.- Los docentes deberán desarrollar las acciones correspondientes a su rol, sea como profesor jefe, de asignatura u otras funciones asignadas, según información recibida y acuerdos tomados en cada reunión de Consejo de Profesores. 13.- Los docentes deberán asistir a las reuniones de Consejo Administrativo de Profesores con los documentos que les sean solicitados con antelación y poner a disposición las informaciones que sean requeridas. 14.- En todas las reuniones del Consejo Administrativo de Profesores se debe dejar registro de firmas de participación, permisos administrativos, licencias médicas, en caso de no firmar este registro, se entenderá como inasistente. 2.1.8.2 CONSEJO TÉCNICO PEDAGÓGICO 1.- Estará presidido por la Directora del Establecimiento y/o Jefe Técnico. 2.- Participan en los Consejos Técnicos Pedagógicos, todos los profesores de la Unidad Educativa y en casos necesarios participan Profesionales de apoyo. 3.- Todos los participantes deben llevar registro escrito con fecha de cada Consejo Técnico Pedagógico. 4.- Los profesores participantes del Consejo T.P. deben presentarse con los documentos técnicos solicitados con antelación por la Dirección. 5.- Se analizarán los casos específicos de bajo rendimiento escolar, trimestralmente y según la necesidad en interperiodos. 6.- En Los Consejos T.P. se aunarán criterios en la aplicación de formato de planificaciones, calendario de evaluaciones, planes de mejora o remediales, metodologías, técnicas pedagógicas y otros, los cuales podrán ser modificados y mejorados en el transcurso del

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año, si el Consejo lo estima necesario, y según requerimientos de la Unidad Pedagógica del SLEP Costa Araucanía. 7.- El encargado de UTP debe coordinar y verificar el cumplimiento de los planes de estudio en vigencia de las diferentes asignaturas, lo cual irá informando en las reuniones del Consejo Técnico periódicamente. 8.- Entre las facultades del Consejo Técnico Pedagógico, se propondrá y recomendará medidas para el mejoramiento del proceso educativo y disciplinario en la escuela. 9.- Colaborar con UTP en la planificación de metodologías de orientación que la escuela estime necesarias y útiles para el buen funcionamiento del acompañamiento docente. 10.- Proponer y motivar estrategias destinadas al perfeccionamiento y auto-perfeccionamiento de los docentes del establecimiento según “plan local de formación docente”, en el cual participarán todos los docentes según necesidades y potencialidades. 11.- Sugerir y consensuar planes remediales para cursos con problemas específicos y generalizados de aprendizaje y disciplinarios. 12.- Analizar resultados de aplicación de diagnósticos, evaluación progresiva, de aprendizajes clave, velocidad lectora, Simce. 13.- Analizar y elaborar acciones para el PME, Planes y Reglamentos del establecimiento. 14.- Analizar casos con riesgo de repitencia y definición de planes estratégicos con apoyos al aula. 15.- Definición de directrices para acompañamiento al aula y retroalimentaciones. 16.- Desarrollar jornadas de evaluación trimestral, semestral, anual y planificación del trabajo pedagógico y su impacto. 17.- Evaluar las necesidades de perfeccionamiento docente para incorporar acciones atingentes. 18.- Evaluar el impacto de los perfeccionamientos en el equipo docente. 2.1.8.3 FUNCIONES DE RESPONSABILIDAD DE PROFESORES JEFES Y DE ASIGNATURAS

1. Velar por la calidad y el avance del proceso de enseñanza aprendizaje de los estudiantes de su curso y de los cursos en que imparta asignaturas.

2. Las reuniones de padres y apoderados de los cursos deberán informarse a la inspectora encargada del ingreso al establecimiento. Debiendo dejar calendario y horario de reuniones de sub centro acordado y definido según disponibilidad horaria en conjunto con los apoderados de su curso.

3. Respetar el protocolo de reuniones de padres, madres y apoderados vigente en el Establecimiento.

4. Mantener clima propicio en el desarrollo de reuniones de padres, madres y apoderados.

5. Mantener ordenada y al día la documentación que tiene relación con la identificación, calificaciones y disciplina de los estudiantes y apoderados del curso en que tiene jefatura.

6. Participar responsablemente de los turnos correspondientes, dando sentido pedagógico a las actividades.

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7. Apoyar el proceso de orientación educacional y/o vocacional (cuando corresponda) en el campo de la formación conductual y valórica de los estudiantes y organizativa de su curso.

8. Informar periódicamente a padres y apoderados de la situación de cada estudiante de su curso.

9. Asistir y participar en las reuniones del consejo de profesores, talleres técnicos y actividades planificadas por el Establecimiento.

10. Exponer situación del curso y necesidades ante el Consejo de profesores, según requerimiento de la Dirección.

11. Registrar en los libros de clases o en otro documento, cualquier informe positivo o negativo que conduzca a un mejor conocimiento de los estudiantes, las actividades y la asistencia a clases.

12. Registrar en la hoja de vida del estudiante, las entrevistas con su apoderado, con fecha y firmas.

13. Fomentar e internalizar los valores implementados en el PEI. 14. Conocer los procesos desarrollados por el Equipo PIE con los estudiantes con NEE

de su curso. 15. Realizar responsablemente las actividades de colaboración asignadas por la

Dirección. 16. Cumplir responsablemente el horario de clases o la carga horaria que estipula su

contrato. 17. Responsabilizarse por la apropiación y el desarrollo integral de Bases curriculares y

Programas establecidos desde el Ministerio de Educación de la asignatura que le corresponda impartir.

18. Participar en las actividades que organice la Unidad Educativa. 19. Conocimiento general del programa de alimentación escolar y programas de salud

y responsabilizarse de la hora de desayuno, colación y almuerzo de los estudiantes del curso, solicitando la información necesaria a quien corresponda para su conocimiento.

20. Programar, ejecutar y controlar la marcha de todos los programas complementarios (proyectos) en que la U.E. ha decidido participar.

21. Preocuparse de que los leccionarios se encuentren al día tanto en la asistencia como en el registro de materias y firmas según protocolo de uso del libro de clases.

22. Confeccionar la documentación de finalización semestral y anual del curso. 23. Preocuparse y velar por el mantenimiento del orden y aseo de su sala de clases y de

aquella en que imparta asignaturas. 24. Dar un trato deferente, sin emitir juicios de valor o trato que afecte la integridad

física y psicológica de los estudiantes y apoderados. 25. Velar por el cumplimiento y control de la inasistencia y atrasos de los estudiantes. 26. Presentar la sumatoria de asistencia de su curso, el último día hábil del mes a las

11.00 horas ante la encargada de plataforma SIGE. 27. Tener un catastro de identificación de estudiantes prioritarios y preferentes de su

curso. 28. Hacerse cargo de la formación valórica y ciudadana de sus estudiantes.

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29. Atender casos de indisciplina, tomando las medidas establecidas en el Reglamento Interno.

30. Conocer la información de casos derivados a Convivencia Escolar, Judiciales u otros que atañen a los estudiantes de su curso, reservando y resguardando la confidencialidad de dicha información según protocolos.

31. Conocer el PEI, Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, Reglamento de Evaluación, el PME y los Planes y Programas vigentes.

32. Conocer y aplicar protocolos de acción según se establece en el R. Interno 33. Aportar oportunamente información de su curso a la Dirección cuando este

estamento lo requiera. 34. Mantener Agenda de Plan de Actividades y Bitácora al día, según corresponda. 35. Apuntar toda información relevante entregada en Consejo Técnico – Administrativo

y Reuniones Extraordinarias, apuntando la fecha de dicha reunión para su conocimiento y fines.

36. Informar licencias médicas a la Dirección del Establecimiento, aun con ingreso electrónico.

2.1.8.3.1 PROHIBICIONES 1.- Mantener contacto personal con estudiantes a través de redes sociales a excepción de educación remota por contingencia sanitaria o social, en el cual se utilizarán medios como WhatsApp, correos electrónicos o llamados, con carácter exclusivamente pedagógico y de contención emocional. 2.- Mantener relaciones amorosas con estudiantes. 3.- Agredir a funcionarios, apoderados y estudiantes de cualquier forma y medio. 4.- Faltar a sus funciones sin previa información a la Dirección del Establecimiento. 5.- Falsear documentos oficiales. 6.- Sacar estudiantes de la sala mientras imparte clases, por disrupción o faltas a la norma, a modo de castigo. 7.- Enviar a estudiantes a realizar actividades de necesidad personal, sea dentro o fuera del Establecimiento. 8.- Trasladar a estudiantes en vehículo particular sin autorización de los padres y apoderados. 9.- Menoscabar a otros funcionarios, padres, madres, apoderados o estudiantes a través de redes sociales u otros medios. 10.- Exponer información confidencial de estudiantes, apoderados o funcionarios. 11.- Utilizar biblioteca u otras dependencias del Establecimiento como zona de castigo. 12.- Realizar actividades personales en redes sociales en horario de trabajo en aula. 13. Recibir órdenes de padres, madres, apoderados o terceros y llevarlas a cabo, afectando la normativa del Establecimiento. 14. Exponer fotos o videos de estudiantes en redes sociales sin autorización firmada de padres, madres y apoderados. 15.- Autorizar o exponer a estudiantes a la observación de películas o videos de alta connotación violenta y/o sexual en horarios de clases.

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2.1.8.4 FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL PIE Y DEL EQUIPO PIE

1. Coordinar la elaboración, ejecución y evaluación de las distintas etapas y actividades comprometidas en el PIE.

2. Conocer la Normativa Vigente y preparar las condiciones en los establecimientos educacionales para el desarrollo del PIE.

3. Conformar los equipos técnicos y establecer las funciones y responsabilidades de cada uno de los integrantes del PIE.

4. Informarse de los diversos programas que el establecimiento se encuentra implementando y colaborar con el equipo de gestión para articular el PIE con dichos planes y programas (PME).

5. Gestionar el buen uso del tiempo, de los espacios y los materiales comprometidos en la planificación, liderando la instalación de una cultura de colaboración en el establecimiento.

6. Asegurar la inscripción de los profesionales en el “Registro Nacional de Profesionales de la Educación Especial para la Evaluación y Diagnóstico”, de acuerdo con las orientaciones del MINEDUC y la normativa vigente.

7. Definir y establecer procesos de detección y evaluación integral de estudiantes con NEE permanentes y/o transitorias.

8. Velar por la confidencialidad y buen uso de la información de los alumnos y sus familias.

9. Monitorear permanentemente los aprendizajes de los estudiantes. 10. Asesorar y hacer seguimiento al uso del Registro de Planificación y Evaluación PIE. 11. Participar en los equipos de observación de clases, retroalimentar, etc. 12. Establecer y coordinar mecanismos de evaluación del PIE, implementando, entre

otras medidas, estrategias para conocer la satisfacción de los usuarios. 13. Coordinar acciones de capacitación, a partir de las necesidades detectadas en las

comunidades educativas, en función de las NEE de los estudiantes. 14. Disponer sistemas de comunicación con la familia, para que éstas cuenten con

información oportuna sobre los establecimientos que implementan respuestas educativas de calidad a las NEE que presenten sus hijos e hijas.

15. Cautelar el cumplimiento del número de horas profesionales que exige la normativa, asegurando las 3 horas cronológicas destinadas al trabajo colaborativo para los profesores de educación regular que se desempeñan en cursos con estudiantes en PIE.

16. Contar con información actualizada de las familias. 17. Liderar, coordinar y monitorear procesos de demostración de la práctica pedagógica

asociada al PIE (estrategias de trabajo colaborativo; evaluación diagnóstica integral de calidad) a fin de difundir buenas prácticas y como medio de capacitación de otros docentes del establecimiento y de otros establecimientos.

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2.1.8.5 ENCARGADO BIBLIOTECA CRA Su función principal es la gestión administrativa y atención de usuarios. • Administrar: Debe disponer los recursos de acuerdo con las necesidades y

requerimiento de los usuarios, ordenando lo existente en función de los grandes objetivos dispuestos por la unidad educativa y proyectando las adquisiciones de acuerdo a las necesidades reales para el cumplimiento de las metas de aprendizaje esperadas.

• Facilitar: Debe disponer los recursos al servicio del docente para una enseñanza efectiva y activa, sugiriendo materiales y métodos para que la labor educativa logre los aprendizajes significativos específicos a tratar en una unidad determinada.

• Mediar: Debe disponer los recursos al servicio de los estudiantes u otros usuarios con el objetivo de posibilitar, ampliar y aumentar las posibilidades de aprendizaje y de desarrollo a través del uso activo y efectivo de los diversos materiales que el CRA puede poner a su disposición, ya sea en un trabajo individual o colectivo.

2.1.8.6 COORDINADOR DE INFORMÁTICA

• Coordinar las actividades de laboratorio de computación.

• Planificación de horarios de los cursos.

• Capacitar y Asesorar monitores de los cursos (velar porque esto se cumpla).

• Velar porque las actividades se realicen de acuerdo a la planificación (siempre y cuando los computadores estén operativos y el ayudante de la sala de informática esté disponible en función de los cursos).

2.1.9 DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION

2.1.9.1 PROFESIONALES DE APOYO (Sicólogo, Fonoaudiólogo, kinesióloga, Asistente Social, otros.) Son el grupo de personas que cuentan con un título profesional y que cumplen roles y funciones de apoyo a la función educativa que realiza el docente con los estudiantes (en algunos casos con familias de estudiantes apoyados).

1. Realizar diagnósticos a estudiantes con necesidades educativas, a grupos de estudiantes y a las familias de acuerdo a necesidades y normativa.

2. Aplicar instrumentos de evaluación de acuerdo a su especialidad, a las necesidades y requerimientos de atención y normas vigentes.

3. Elaborar informes de resultados de evaluaciones de acuerdo a especialidad y formatos que correspondan.

4. Aportar sugerencias específicas al establecimiento, a los docentes y familias de acuerdo a resultados del diagnóstico.

5. Realizar las reevaluaciones cuándo corresponda de acuerdo a necesidades y normas establecidas.

6. Incorporar en los planes de trabajo, acciones bajo el enfoque de prevención de problemas, dificultades para aprender y áreas a mejorar.

7. Decidir y planificar las acciones de apoyo al establecimiento, a los estudiantes y sus familias.

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8. Planificar el trabajo a realizar y coordinar la organización de apoyos con docentes técnicos y administrativos del establecimiento.

9. Realizar tratamientos de habilitación y rehabilitación en forma integral a través de planes y programas de apoyo individuales y grupales.

10. Desarrollar planes curriculares para favorecer la integración de los estudiantes. 11. Integrar a las familias y profesores en los trabajos con los estudiantes. 12. Participar en reuniones con docentes, padres y apoderados asesorándolos en temas

técnicos y de apoyo a los estudiantes. 13. Participar en talleres de perfeccionamiento docente, aportando estrategias para

mejorar la situación escolar de los alumnos en condiciones de apoyo. 14. Realizar reuniones multidisciplinarias en función del mejoramiento y desarrollo de

los estudiantes. 15. Realizar acciones de seguimiento de los alumnos en el aula. 16. Evaluar la evolución de apoyos en trabajos de equipo con docentes de aula, técnicos

y directivos del establecimiento. 17. Elaborar informes de evolución de apoyos especializados y reportes de la gestión

cuando sea requerido por la Dirección del Establecimiento. 18. Participar con equipos multidisciplinarios en la construcción de Informes de síntesis

sobre la evolución del desarrollo de los estudiantes. 19. Incorporar en las Reuniones de Evaluación, elementos que afecten el desarrollo de

su función, con el propósito de mejorarlas. 20. Mantener al día la bitácora de actividades.

2.1.9.2 ASISTENTES DE PARVULOS 1.- Contribuir a los objetivos de programas y bases curriculares, realizando labores complementarias a la tarea educativa, dirigidas a desarrollar, apoyar y controlar el proceso de enseñanza aprendizaje, elaborando y organizando material pedagógico, y ambientes de aprendizaje, velando por la seguridad y el cuidado de niños, en un ambiente de convivencia favorable a su adaptación, desarrollo y aprendizajes, coordinándose permanentemente con la educadora de párvulos y otros profesionales de apoyo al nivel. 2.- Acompañar en el trabajo pedagógico a la educadora de párvulos. 3.- Acompañar y apoyar el traslado de los párvulos, según necesidad, en giras o relacionados. 4.- Mantención de orden y el aseo de la sala de clases. 5.- Organizar y preparar los materiales de acuerdo a las necesidades del nivel. 6.- Integrar el equipo de trabajo de la escuela, participando en las actividades que en el se realizan y en lo que la Directora del establecimiento determine. 2.1.9.3 INSPECTORES Y SUS FUNCIONES Realizar tareas administrativas de atención al público, organización y elaboración de documentación, registros varios, según necesidades del Establecimiento y dispuestas por la Dirección.

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• Asistir al docente en clases, si se requiere en actividades de aprendizaje en terreno, comedor, patios, etc.

• Colaborar en eventos, ceremonias, levantamientos de escenografías, exposiciones, etc.

• Cumplir con turnos de atención a los alumnos en comedor escolar, patios, portería, otros.

• Apoyar en la elaboración y construcción de materiales didácticos u otras herramientas de apoyo a la gestión educativa.

• Colaborar en las actividades del quehacer del Equipo De Liderazgo Escolar. • Administrar los recursos materiales y equipamientos que le sean asignados, salas de

apoyo pedagógico, fotocopias u otros. • Apoyar a los docentes en los aspectos técnicos de computación, biblioteca u otras

especialidades. • Asumir tareas de control y monitoreo que le sean asignadas: atrasos, asistencias,

etc. • Apoyar el trabajo en sala de clases en ausencia de profesores, orientados y guiados

por el Jefe de UTP y/o Inspector General. • Realizar tareas que le asigne el jefe directo fuera del establecimiento. • Informar a sus superiores situaciones irregulares que afecten el desempeño de su

función, de su ámbito de trabajo y/o al establecimiento para la búsqueda de soluciones.

• Apoyar en forma complementaria el proceso de enseñanza aprendizaje de los alumnos de la escuela colaborando con los profesores jefes en la estadística, registro de observaciones control de atrasos y teniendo buena disposición para ello.

• Respaldar la labor de la Dirección del colegio, para su buen funcionamiento educativo.

• Colaborar en las actividades extraescolares. • Vigilar el comportamiento de los alumnos en los recreos, comedores, pasillos y

patios. • Prestar primeros auxilios a los alumnos de la escuela y acompañarlos cuando deban

irse a sus casas por enfermedad. • Colaborar en las actividades cívica, culturales, control de recreos y salida de los

baños. • Es responsable de la fotocopiadora. • Es responsable de los timbres o toques de campana, que indican salida y entrada en

los recreos dentro de la jornada escolar. • Vigilar los pasillos en horas de clases para evitar fugas de alumnos e interrupciones

de apoderados. • Registrar situaciones emergentes en bitácora. 2.1.9.4 PERSONAL AUXILIAR Y SUS FUNCIONES Son los funcionarios que desarrollan labores de cuidado, mantención y limpieza de los bienes e instalaciones de la infraestructura de los establecimientos además de otras tareas de servicios menores que le son encomendadas. Cuentan con licencia de educación media.

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• Mantener en orden y limpieza las dependencias del establecimiento, los patios internos y sectores externos o frontis.

• Mantener ordenados y limpios los bienes materiales y equipamiento del establecimiento.

• Entregar y retirar documentación u otros recursos en dependencias al exterior del establecimiento de acuerdo a indicación de superiores.

• Responsabilizarse de la mantención, cuidado, almacenamiento y uso de los recursos asignados.

• Realizar tareas y labores cotidianas y extraordinarias asignadas por sus jefes directos.

• Integrar y participar en los Consejos Administrativos de Asistentes de la Educación. • Informar y comunicar a su jefe directo, irregularidades que observe en el ámbito de

sus funciones para su mejoramiento. • Reparar o restaurar muebles o instalaciones menores que se le soliciten e informar

de destrozos provocados por los estudiantes. • Controlar las puertas de acceso al establecimiento cuando se les encomiende, según

horarios e instrucciones dadas por la Dirección. • Informar inmediatamente de cualquier riesgo para la integridad de los estudiantes. • Informar a la dirección de cualquier imprevisto que ocurra. 2.1.9.5 MANIPULADORAS DE ALIMENTOS Preparar los alimentos de los alumnos de la escuela en un ambiente ordenado e higiénico, con las medidas de seguridad que ello implica • Consultar al encargado del PAE (programa de alimentación escolar de la JUNAEB), la

cantidad de raciones a preparar de acuerdo a la asistencia del día • Servir los alimentos en los horarios establecidos por la escuela • Cumplir con la minuta y el estrato que corresponda • Ser amables en la entrega de la alimentación. • Mantener un ambiente saludable de buena convivencia, con relaciones cordiales

entre las colegas. • Mantener medida de seguridad pertinentes, según los protocolos establecidos por

la empresa. • Usar indumentaria exigida para la preparación de alimentos. • No traspasar alimentos procesados o en proceso a tercera personas, bajo ningún

pretexto. • No permitir en la cocina personas ajenas al servicio. • No proceder con favoritismos en la entrega de alimentos a los alumnas/os, ni

dialogar con ellos sobre la ingesta de alimentos servidos en la bandeja. • Mantener un adecuado aseo y presentación personal. • No incorporar a los alumnos/as de la escuela sus redes sociales. • No llegar ni salir con paquetes y o bolsas de la cocina, que transporte especies

alimenticias usadas en la preparación de alimentos de los alumnos/as

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2.2 DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICIONES DE LOS FUNCIONARIOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

2.2.1 DEBERES Y PROHIBICIONES DE LOS FUNCIONARIOS.

• Concurrir puntualmente a cumplir con sus funciones, desde el inicio de la jornada hasta su término.

• Velar porque exista en la U.E. un ambiente de sana convivencia, de higiene y de seguridad.

• Observar una presentación personal correcta y adecuada con su función.

• Observar una conducta intachable dentro del establecimiento.

• Desempeñar responsablemente las funciones estipuladas en su contrato.

• Queda prohibido fumar en el establecimiento e ingresar bebidas alcohólicas y drogas ilegales.

• Cautelar el buen uso de los materiales a su cargo.

• Atender en forma adecuada a los estudiantes y apoderados, brindando un buen trato, con amabilidad y respeto.

• Se prohíbe incorporar estudiantes en sus redes sociales.

• Se prohíbe exponer situaciones laborales en redes sociales, con el propósito de menoscabar o afectar a los funcionarios y/o a la institución.

• Mantener un trato respetuoso con los demás funcionarios de la Unidad Educativa.

• Respetar y promover las normas establecidas en la Unidad Educativa.

• Mantener una conducta ética acorde a la función.

• Registrarse con firma al ingreso y salida del Establecimiento. 2.2.2 DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS. • Recibir un trato digno de parte del Sostenedor y de todos los integrantes de la

comunidad educativa. • A desarrollar las actividades que competen a su contrato. • A acordar con la Dirección el mejor aprovechamiento del tiempo de contrato, tanto

para el funcionario como para la U.E. • Hacer uso de sus vacaciones y permisos administrativos según corresponda. • Ser escuchado por la dirección al plantear alguna petición • A disponer de tiempo para participar en actividades gremiales. • Derecho a hacer uso de permisos con goce de sueldo, siempre que presente la

solicitud con 3 días de anticipación y que no entorpezca el funcionamiento de la U.E. • Derecho a hacer uso de licencias médicas cuando corresponda. • Acceder a una correcta aplicación del protocolo ante agresiones entre adultos u

otras instancias que afectan al funcionario. 2.3 DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS 1.- Son apoderados titulares aquellos que quedan inscritos en los registros de matrícula de los estudiantes que se incorporen al establecimiento al momento de llenar la ficha de matrícula.

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2.- Deberán participar en las reuniones de apoderados, asistir a citaciones del Establecimiento y responder ante situaciones referidas a su pupilo. 3.- Los Apoderados Titulares, tendrán derecho a voz y voto en reuniones de Subcentros y reuniones generales de padres, madres y apoderados. 4.- Los apoderados suplentes representarán al apoderado titular, en caso de que este no pueda asistir a reuniones, para recoger información y entregarla al apoderado titular representado. 5.- No tendrán derecho a voto en elecciones de directivas o ante situaciones que atañen al pupilo. 6.- Todo reclamo, consulta, propuesta y denuncia deberán hacerla ante la Dirección del Establecimiento los apoderados titulares, con firma y según protocolos establecidos en este Reglamento. 2.3.1. ELECCIÓN DE DIRECTIVAS DEL CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS: La escuela cuenta con centro general de padres y apoderados con personalidad jurídica RUT 73287900-5 cuyo objetivo principal es apoyar y colaborar en el proceso educativo de sus pupilos, con calidad, equidad, participación, pertinencia, en un marco de autonomía, considerando la convivencia escolar como un lazo positivo entre comunidad y escuela. La institución es dirigida y administrada por un directorio compuesto de un presidente, un vicepresidente, un tesorero, un secretario y un director que permanecerán dos años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos, los que se rigen por las disposiciones generales del reglamento del centro general de padres que son: 1.-Representar al estamento en el Consejo Escolar del Establecimiento. 2.- Vincular estrechamente el hogar de los alumnos con el establecimiento educacional y propender a que todos sus miembros mantengan y perfeccionen los hábitos, actitudes e ideas que hacen posible su formación escolar. 3.- Aprovechar la labor del establecimiento interesándose por su prestigio moral y prosperidad material. 4.- Cooperar con la labor del establecimiento educacional y estimular la cooperación y participación de la comunidad local hacia ésta. 5.- Mantener mediante reuniones periódicas un vínculo permanente con la dirección del establecimiento para el cumplimiento de los objetivos del centro general de padres. 6.- Propender y patrocinar ante las autoridades del establecimiento iniciativas en beneficio de la educación de todos los estudiantes. 7.- Apoyar a los Subcentros en la formación de sus hijos o pupilos, participando en actividades adecuadas de perfeccionamiento en los aspectos morales, educacionales y cívico social. 8.- Orientar sus recursos preferentemente para dotar al establecimiento en materias como: infraestructura y material didáctico necesario para mejorar la calidad de la educación y bienestar de los estudiantes.

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2.3.2 ELECCIÓN DE LAS DIRECTIVAS DE SUBCENTROS DE PADRES Y APODERADOS Cada año, todos los cursos eligen su directivas de sub-centros la que puede ser reelegida por los años que la asamblea lo determine, siempre que estos sean apoderados titulares y se encuentren en el registro de apoderados del Establecimiento, y se elige un representante como presidente, un tesorero, un secretario, los que deberán, además de participar en la organización de las actividades del curso, ser un nexo entre éste y los acuerdos que se determinen en las reuniones del Centro General De Padres, a las cuales deberán asistir cada vez que sean convocados. 2.3.3 DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICIONES DE LOS PADRES APODERADOS

1. Los padres y apoderados tienen el deber de garantizar todos los derechos de sus pupilos(as), atendiendo cada una de sus necesidades, formándole en hábitos, principios, valores y desarrollando paulatinamente su autonomía, organizando su tiempo en el hogar, promoviendo una sana y positiva identificación con su escuela y entorno, en tiempo normal de clases como en tiempo de contingencias sanitarias o sociales, que modifiquen los horarios y modalidades de aprendizaje a través de planes remotos.

2. Matricular a su hijo(a), garantizándose la gratuidad de dicha matrícula en este Establecimiento.

3. Se garantizará la matrícula de todos los Estudiantes cuyos padres deseen educar a sus pupilos en este Establecimiento y hayan postulado en la plataforma habilitada para tal efecto, siempre que: se cuente con los medios e infraestructura, cupo por nivel y profesionales pertinentes a las necesidades educativas, físicas y psiquiátricas del o la estudiante.

4. Completar ficha de matrícula firmada por apoderado titular, con información fidedigna, entregando en inspectoría, la documentación completa de su pupilo para su correspondiente archivo.

5. Conocer y respetar íntegramente las normas de convivencia escolar y protocolos, implícitos en el Reglamento Escolar, sugerencias de uso de uniforme (opcional, según posibilidades) y todo documento comunicado por el colegio, quedando constancia bajo firma de su recepción y aceptación. En caso de tiempos de contingencia sanitaria o social, la modalidad de recepción será vía WhatsApp de jefaturas de cursos y correo electrónico de los apoderados, acusando recibo de recepción.

6. Revisar diariamente la libreta de comunicaciones o agenda institucional, para verificar firmas, folios, horarios, justificativos, circulares y comunicaciones, como también tareas, pruebas y controles de su pupilo. Toda comunicación desde el hogar a la escuela debe ser escrita y firmada por el apoderado, en caso contrario no tendrá validez.

7. Cautelar diariamente la asistencia, puntualidad de su pupilo, velando para que este se presente a la escuela con todas sus obligaciones y tareas cumplidas.

8. Deberá establecer en el hogar un horario y espacio apropiados para el estudio y preparación de materiales y tareas, procurando que este sea permanente en el tiempo y supervisado por un adulto responsable del niño(a).

9. Responsabilizarse del comportamiento de su pupilo dentro y fuera de la escuela.

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10. Mantener un trato deferente y respetuoso con todos los funcionarios de la escuela 11. Asistir obligatoriamente a las citaciones realizadas por Dirección, Convivencia escolar,

Unidad Técnico Pedagógica, Profesor Jefe, Profesor de asignatura, Coordinación PIE, según corresponda.

12. Asistir al 100% de las reuniones de subcentros, respetando y acatando los acuerdos que en las reuniones se tomen. En caso de ser imposible su asistencia, justificarla formalmente ante el profesor jefe, ya sea en libreta de comunicaciones del estudiante o comunicación telefónica, con el compromiso de asistir al colegio posteriormente para ponerse en conocimiento de informaciones, acuerdos y disposiciones tomadas en dicha reunión, quedando presente si participa íntegramente en la reunión el apoderado suplente bajo las condiciones antes presentadas en este Reglamento.

13. En caso de no presentarse a reunión, ni justificar su inasistencia, será notificado por el profesor jefe para que se presente en fecha concordada para ponerse en conocimiento de puntos tratados, acuerdos y responsabilidades, como de la situación disciplinaria y pedagógica de su pupilo.

14. Participar en las reuniones de subcentros con actitud respetuosa hacia los docentes y apoderados participantes.

15. Participar como apoderado titular en elección y constitución de directiva de subcentros de cursos en que le corresponda y directiva general de centro de padres y apoderados.

16. En caso de ser elegido(a) como integrante de la directiva del subcentro de padres y apoderados del curso de su pupilo(a), tendrá el deber de asistir a todas las reuniones a que convoque el centro general de padres y apoderados del colegio, ya que representará a los apoderados del curso que lo ha elegido y pondrá en conocimientos de los acuerdos e informaciones a los apoderados representados en la siguiente reunión programada.

17. Solicitar con anticipación entrevista para ser atendido por profesionales de la escuela, respetando los horarios de atención de apoderados de los docentes, así como también el horario y fecha de citación que indica la comunicación que establezca el Colegio.

18. Dirigirse en primera instancia a la inspectora de entrada, cuando concurra al Establecimiento sin previa citación de algún estamento. Usar el contacto telefónico con el establecimiento, para dejar recados a sus pupilos, sólo en casos de extrema urgencia.

19. Autorizar bajo firma, salidas del establecimiento de su pupilo, con fines académicos. Esta autorización sólo podrá realizarla el apoderado titular.

20. Comunicar personalmente y sólo a la Dirección la decisión de cambio de apoderado, presentando a quien tendrá la responsabilidad de apoderado desde esa fecha en adelante.

21. Informarse periódicamente de la situación académica y conductual de su pupilo. 22. Responsabilizarse de la asistencia a clases de su pupilo y academia en que se haya

incorporado, previa autorización escrita y firmada por apoderado titular. 23. Los apoderados deben velar porque su pupilo haga uso adecuado del material que la

escuela le entrega bajo el marco del proyecto de mejoramiento educativo, financiado por la ley SEP y JUNAEB según corresponda.

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24. Los apoderados deberán velar para que su pupilo consuma los alimentos correspondientes a la beca alimenticia de JUNAEB, con que ha sido beneficiado. En caso de no aceptar este beneficio es deber del apoderado garantizar la alimentación adecuada de su pupilo mientras permanece en el Establecimiento, la cual no podrá consistir en golosinas, bebidas o comida chatarra.

25. Los apoderados que traigan almuerzos a sus hijos, deberán solicitar autorización para ingresar al Establecimiento e informar por escrito que su pupilo(a) no recibirá la alimentación de JUNAEB.

26. Los apoderados cuyos pupilos estén incorporados al PIE (Programa de Integración Escolar) deberán colaborar según disposiciones, para el buen desarrollo del programa en beneficio de los aprendizajes de los estudiantes, asistiendo a reuniones, entregando información fidedigna y apoyando las acciones planificadas.

27. Los apoderados de cursos que rindan Simce deberán garantizar la asistencia a clases de sus pupilos y completar cuadernillo con información real y fidedigna.

28. Los apoderados titulares deben plantear en forma privada, personalmente o por escrito, los problemas que afecten a su pupilo, respetando el conducto regular, establecido en acciones o los protocolos de actuación, con el propósito de solucionar dichas dificultades, sean estas de carácter personal o de situaciones generadas al interior del colegio, respetando y garantizando las medidas establecidas en este Reglamento, sean de carácter formativo o pedagógico, como sanciones por incumplimiento a las normas establecidas.

29. Los apoderados deben garantizar la correcta presentación personal de su pupilo(a) según lo estipulado en el reglamento interno, “sugiriendo” uso de pantalón gris, camisa blanca y suéter azul marino para los varones y para las niñas: blusa blanca, jumper o falda azul marina, calceta azul marina, para ambos en lo posible buzo azul marino o lo más parecido al color. Cabello corto en varones, y cabello tomado en el caso de las niñas.

30. La dirección se reserva el derecho de exigir el cambio de apoderado en los casos que este no cumpla con las disposiciones generales que este manual exige, y específicamente cuando calumnie y/o agreda física, verbalmente y o a través de redes sociales a cualquier miembro de la unidad educativa (Ley Aula Segura N° 21.128)

31. En estos casos, la dirección del Establecimiento citará al apoderado para comunicarle la pérdida de su condición de tal y le solicitará que en el plazo no superior a una semana, nombre oficialmente a alguien en su reemplazo. Si el apoderado no respeta esta normativa, se procederá a poner fin a la relación de este con la escuela, sin afectar el derecho del estudiante a pertenecer al colegio.

32. Los apoderados deben justificar personalmente o por escrito las inasistencias y atrasos de sus pupilos, considerando que el porcentaje mínimo legal de asistencia es el 85%, que existe la ley de instrucción primaria obligatoria y que obliga a enviar todos los días a clases a sus pupilos.

33. Si el alumno falta reiteradamente sin que medie una justificación por parte de su apoderado, el colegio agotará todos los medios para conocer situación del estudiante y motivos de inasistencia, para tomar las medidas correspondientes, ya sea a través de la asistente social u otro funcionario asignado por la Dirección.

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34. Los apoderados deben elevar un documento, (otorgado por la escuela) a la Dirección del establecimiento solicitando la exención del requisito de asistencia, siempre que el estudiante no alcance el porcentaje mínimo exigido para la promoción, por razones de salud; en este documento debe adjuntar los certificados médicos correspondientes inmediatamente otorgados por el profesional de la salud.

35. Los apoderados cuyos pupilos(as) no accedan a clases de religión tienen el deber de informar mediante documento escrito y firmado, quien deberá mantenerse dentro de la sala durante el desarrollo de la clase, dado que seguirá siendo responsabilidad del docente encargado de la asignatura, resguardar la integridad del estudiante. (Decreto Supremo N° 924/1983)

36. Es deber del apoderado comunicar al establecimiento si su pupilo presenta enfermedad o infecciones contagiosas tales como: impétigo, sarna, TBC u otras debiendo permanecer en su hogar hasta que una certificación médica autorice su reincorporación.

37. En caso de que el estudiante se enferme estando en su hogar, es deber de su apoderado llevarlo hasta el centro médico más cercano, dando garantías de una atención y tratamiento oportuno para su pupilo(a).

38. Es deber del apoderado garantizar el tratamiento médico a que deba someterse su pupilo(a), sea este atención médica, cuya asistencia será responsabilidad total del apoderado, o suministro de medicamentos, los cuales deberán ser informados al Establecimiento con documento médico.

39. Es deber de los apoderados garantizar el cumplimiento de licencias médicas de sus pupilos, informando la medida médica al profesor jefe y presentando en el Establecimiento el documento que acredita dicha licencia.

40. En caso de que el estudiante se enferme en el Establecimiento, será enviado(a) al centro médico más cercano y previa comunicación con su apoderado, éste deberá presentarse en el lugar de atención para hacerse cargo desde ese momento de su pupilo(a).

41. Los apoderados deben responsabilizarse por la asistencia a atención médica de su pupilo conseguida a través de JUNAEB u otro, tramitado por el Establecimiento, según necesidades del estudiante.

42. Es deber del apoderado garantizar el uso y cuidado de lentes otorgados por JUNAEB a sus pupilos(as), y solicitar cambio o reposición estos lentes en caso de daños.

43. El ingreso de los apoderados durante el periodo de clases podrá ser con previa citación del profesor/a o por alguna situación imprevista. El apoderado será acompañado por un asistente de la educación a cargo del ingreso, hasta la dirección, en donde se garantizará que su atención por parte de un docente no afectará el normal desarrollo de las clases, quedando estrictamente prohibido que un apoderado ingrese sin autorización hasta las salas para hablar con algún profesor(a).

44. Al término de cada jornada los apoderados que retiren a sus pupilos, esperarán en la entrada del Establecimiento, previo acuerdo con la inspectoría y dirección.

45. Los apoderados, cuyos pupilos sean trasladados en los furgones escolares, deberán respetar recorridos y horarios, evitando atrasar dichos recorridos. Los apoderados no tendrán la facultad de alterar el recorrido y horario establecido para los furgones.

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46. Queda estrictamente prohibido a los apoderados(as); llamar la atención o agredir verbal, física o psicológicamente, a través de cualquier forma o medio a otro estudiante del Establecimiento por alguna situación que implique a su pupilo, sea esto al interior o fuera del Establecimiento, debiendo permitir al Colegio realizar investigación de los casos según protocolos establecidos.

47. En caso de que un apoderado insulte, menoscabe o agreda, sea física, verbal, psicológicamente y/o a través de redes sociales u otras formas posibles a un funcionario del Establecimiento, deberá asumir los procedimientos legales (Ley Aula Segura N° 21.128) y perderá la facultad de apoderado, debiéndose buscar un nuevo apoderado para él o la estudiante. En ningún caso será afectada la matrícula del estudiante por acciones de su apoderado(a), ingresándose el caso a la justicia a través de denuncia formal.

48. Todos los apoderados cuyos pupilos destruyan material e infraestructura o extravíen didácticos, libros de BiblioCRA u otros, deberán hacerse responsables de reponer dichos daños en plazos concordados con la Dirección o en Convivencia Escolar.

49. Todos los apoderados tienen derecho a ser atendidos en forma respetuosa y oportuna. 50. Tienen derecho a solicitar toda la información requerida de su pupilo, concerniente a

su situación escolar. 51. Tienen derecho a ser escuchados, ya sea para estampar un reclamo, realizar una

solicitud o propuesta, realizar apelación en caso derivado a convivencia escolar o solicitar apoyo, relacionado con el apropiado desarrollo de su pupilo.

52. Tiene derecho a participar en todas las actividades organizadas por el Establecimiento cuando sea pertinente.

53. Los apoderados tienen derecho a recibir información de procedimientos y resultados de los casos en que se ve involucrado su pupilo.

54. Los apoderados tienen derecho a saber si su pupilo(a) es prioritario, preferente o a. queda fuera de estas categorías y los beneficios que esto implica.

55.- Es deber del apoderado informar al profesor jefe, cambio de número telefónico, domicilio y tutela de su pupilo (en caso de tratarse de caso con dictamen de Tribunales) 2.4 DE LOS ESTUDIANTES 2.4.1 TAREAS Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

✓ El estudiante tiene derecho a conocer el reglamento de convivencia escolar y las normas vigentes en el Establecimiento.

✓ Tiene derecho a recibir un trato digno y respetuoso y recibir una educación pertinente, efectiva y de calidad.

✓ Tiene derecho a permanecer en un ambiente limpio, grato y que le que otorgue seguridad y hacer uso de mobiliario y materiales en buen estado para su seguridad y facilitar sus aprendizajes.

✓ Hacer uso de los materiales adquiridos con recursos SEP, JUNAEB, otros, según corresponda.

✓ Los Estudiantes de 1º a 8º año de educación general básica tienen derecho a organizarse y ser considerados en el Consejo Escolar, según lo establecido por Decreto Ministerial.

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✓ Los estudiantes prioritarios, preferentes y de residencia lejana, tendrán derecho a recibir alimentación de la JUNAEB según nómina estregada por el MINEDUC y postular a las becas de estudio respectivas.

✓ Tendrán derecho a usar todos los espacios educativos como: la sala de computación, biblioteca, salas de clases, gimnasio, patios y otros.

✓ Derecho a ser escuchados, en primera instancia, por: el Profesor Jefe, de asignatura, Dirección u otra instancia de la unidad educativa, cuando deseen manifestar alguna inquietud.

✓ El estudiante tiene derecho a conocer las normas de prevención de riesgos y seguridad escolar.

✓ El estudiante tiene derecho a participar en representaciones del colegio en cualquier instancia educativa que sus condiciones o competencias lo permitan.

✓ El estudiante tiene derecho a conocer la observación anotada por el Profesor o profesora; de ser Negativa Grave, recurrir a la Dirección oportunamente o cuando sea citado o citada.

✓ En caso de faltas al reglamento de convivencia escolar, el alumno y su apoderado tendrán derecho a conocer la sanción y a presentar su apelación a la misma junto a su apoderado. Posterior a este proceso, el estudiante deberá cumplir con la sanción que corresponda, sean estas de carácter disciplinario y/o pedagógicas.

✓ El y la estudiante tiene derecho a recibir materiales escolares adquiridas por Ley SEP.

✓ Toda la comunidad educativa tiene el derecho a saber para qué sirven y dónde se encuentra la señalética establecida en el plan de seguridad escolar.

✓ Tiene derecho a ser atendido(a) y trasladado(a) a un centro médico, según protocolos, en caso de accidente escolar y enfermedad.

✓ Tiene derecho a conocer con antelación las modalidades en que será evaluado en todos los procesos educativos y los resultados de sus evaluaciones.

✓ Tiene derecho a solicitar, con el respeto debido, que se modifique una evaluación en caso de que se compruebe un error en conteo de puntaje, lo cual se tratará con el profesor correspondiente, posterior a la entrega de la prueba o trabajo.

✓ Los alumnos que pertenecen al programa PIE tienen derecho a recibir atención especialista, ser evaluado en forma diferenciada a través de pruebas y/o trabajos adaptados según sus necesidades y capacidades.

✓ Los alumnos(as) de sectores alejados del Establecimiento, tiene derecho a ser trasladados en furgón escolar, previo acuerdo con sus apoderados y la Dirección, según las posibilidades del Establecimiento.

2.4.2 FOMENTO A LA CONTINUIDAD DE ESTUDIOS DE PADRES, MADRES O ESTUDIANTES EMBARAZADAS U OTROS. 1.- En caso de que haya una alumna embarazada, la escuela procurará darle todas las facilidades para que continúe realizando sus actividades académicas. Esta medida se aplica a los estudiantes que sean padres o madres, para gestionar horas médicas, licencias por enfermedad de su hijo(a), amamantamiento, garantizando el Establecimiento todas las facilidades, así como también flexibilizando horarios y calendarios de evaluaciones.

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2.- En caso de enfermedad, justificando con certificado médico, se dará facilidades para cumplir con sus obligaciones escolares y apoyo de especialista en caso necesario. 3.- En caso de riesgo social, abandono, violencia intrafamiliar, se apoyará al alumno/a y/o familia gestionando con redes de apoyo, para asegurar su continuidad de estudios. 4.- En caso de consumo de drogas, el colegio apoyará a través de programas pertinentes y atención de especialistas. 5.- En caso de prostitución, se informará a red correspondiente, se prestará apoyo (psicólogo, redes de apoyo) y la escuela garantizará la protección del o la estudiante afectada. 6.- En caso de presentar capacidades diferentes, se prestará el apoyo necesario tanto para la movilidad como para el avance cognitivo del alumno (redes de apoyo). 7.- Se apoyará a todos los alumnos que tengan problemas disciplinarios y/o académicos y sean posibles desertores del sistema, para que terminen su año escolar. 8.- Se apoyará en el Programa de Integración Escolar a todos los alumnos y alumnas que presente Necesidades Educativas Especiales para mejorar su rendimiento escolar según decreto 170. 2.4.3 DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

• Favorecer la Misión de la Escuela y la sana convivencia en el aula y en todo espacio educativo a través de las actitudes, compromisos y comportamiento.

• Tener buena disposición y actitud positiva frente al desafío planteado y con todos los miembros de la unidad educativa.

• Mantener una relación de respeto con todos los miembros de la unidad educativa.

• Los y las estudiantes deberán utilizar un vocabulario adecuado (sin groserías entre pares o con cualquier integrante de la comunidad educativa) y además contestar en forma correcta al profesor(a), asistente de la educación u otro profesional integrante de la unidad educativa que se dirija a ellos y ellas.

• El comportamiento dentro de la sala de clases debe ser de respeto mutuo (entre pares, profesor, alumno y otros), escuchando y participando de acuerdo a las instrucciones dadas.

• Se prohíbe la salida de estudiantes del establecimiento durante la jornada de clases, sólo se autorizará a petición escrita y firmada del apoderado, bajo su responsabilidad.

• Se prohíbe la venta de todo tipo de productos dentro del Establecimiento, de manos de los y las estudiantes, con fines personales.

• Sólo se realizarán ventas organizadas por el Establecimiento, para campañas en beneficio, como la Teletón u otro.

• No deben interrumpir clases de otro curso, solo en casos autorizados como colectas y citaciones, e informaciones del Centro de Alumnos. Solo colectas debidamente autorizadas por la Dirección del colegio.

• Se prohíbe usar aparatos que interfieren dentro de la sala de clases o cualquier otro espacio escolar (celulares, computadores, juegos de videos, juguetes, dispositivos de música, u otros), la escuela no se hace responsable de su perdida, el o la estudiante que insista en su uso durante la jornada escolar se le retendrá, y se

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entregará a la Encargada de Convivencia Escolar, donde solo podrá ser retirado por el apoderado.

• Deberá demostrar en toda circunstancia y lugar una conducta acorde a su calidad de estudiante, tanto en su presentación personal como en su comportamiento,

• ateniéndose a las normas establecidas en el presente reglamento, en toda actividad, sea esta interna o actividades civiles y comunitarias.

• Mantener y cuidar los materiales didácticos y audio-visuales, el mobiliario, los vidrios, baños y la infraestructura, el aseo de la sala de clases y la escuela.

• Mantener y proteger el estado de su ropa (uniforme) y sus útiles escolares.

• Asistir a clases y a cualquier actividad en que la escuela participe, correctamente uniformado, o vestido de acuerdo a lo estipulado en este reglamento. Sólo se

eximirán aquellos(as) estudiantes cuyos apoderados expresamente lo hayan manifestado a los profesores jefes, en forma oportuna.

• Comunicarse dentro y fuera de la escuela con un lenguaje adecuado, evitando groserías y faltas de respeto y mantener una conducta apropiada en el establecimiento y no agredir verbal, física y/o sicológicamente a sus compañeros, profesores, asistentes de la educación u otras personas.

• Los y las estudiantes prioritarios y preferentes deben almorzar en el establecimiento. Los que no desean hacer uso del beneficio, deben expresarlo, a través de un compromiso escrito firmado por el apoderado. Quienes no estén inscritos en el PAE deberán traer almuerzo o concurrir a sus domicilios bajo la responsabilidad de sus padres.

• El y la estudiante que deba usar lentes otorgados por JUNAEB o CESFAM tiene la obligación de usarlos en jornada escolar.

• El o la estudiante tiene el deber de atender instrucciones escuchando con respeto y esperar el turno de opinión y participación.

• El y la estudiante tienen el deber de conocer y participar en las actividades culturales y educacionales del establecimiento y trabajar responsablemente en tareas escolares asignadas.

• El y la estudiante tienen el deber de respetar los horarios de ingreso a clases.

• No incurrir en burlas, desordenes, gestos obscenos, o uso indiscriminado de aparatos electrónicos, sea en clases u otras actividades escolares.

• El alumno(a) tiene el deber de respetar los símbolos patrios, los valores propios de la nacionalidad y los componentes del patrimonio cultural de la nación.

• El y la estudiante deberá permanecer en el patio u otro lugar distinto al de la sala de clases durante el tiempo de recreo. Al toque de campana, el o la estudiante debe esperar en la puerta de su sala o donde se le haya indicado por horario.

• Tiene el deber de respetar a sus semejantes en sus diferencias (por condición física, étnica, económica, cultural, género, edad, sexual y/ o por opción política o religiosa)

• El alumno debe aceptar y participar en la acción pedagógica, remedial, formativa establecida por una falta debidamente comprobada.

• El alumno debe evitar exponerse a accidentes escolares y de trayecto debiendo cuidar de sus beneficios.

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• El alumno debe respetar a sus compañeros que los representen en la Directiva de los Sub-centros y Centro de Alumnos u otros, como también los acuerdos que se adopten, siendo de esta manera respetuosos de las mayorías democráticamente establecidas.

• El alumno que se comprometa a participar en actividades como academias, olimpiadas, concursos tiene el deber, previa autorización de su apoderado de representar al Establecimiento, a menos que en la ocasión se encuentre imposibilitado(a) por razones de fuerza mayor como enfermedad, viaje u otro.

2.4.4. PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES Y USO DE UNIFORME La Escuela Pública Romilio Adriazola cuenta con uniforme y buzo institucional, con el propósito de fomentar la identificación positiva con el establecimiento, que, según las posibilidades, (el buzo) se podrá adquirir para todos los estudiantes con recursos SEP; en su defecto, se le sugerirá al padre, madre o apoderado(a) utilizar vestuario cuyos colores se aproximen al uniforme, en lo posible. En caso de contingencia sanitaria y/o social, así como en trabajo remoto, no se exigirá el uso de uniforme, quedando bajo la responsabilidad de los padres, madres y apoderados la presentación personal de los estudiantes, en las actividades. En ningún caso, los estudiantes serán sancionados por el no uso del uniforme. El mecanismo de información y acuerdos sobre el uso de uniforme con los padres,madres y apoderados, será a través de reuniones de Subcentros de padres, en donde se tomarán acuerdos en forma personal con los profesores jefes. 1.- Los estudiantes podrán usar el uniforme en forma opcional, según las posibilidades de adquirirlos, todos los días de la semana. En caso de no contar con uniforme, deberá ser informado por su apoderado para que el colegio le ayude a solucionar la dificultad, si el apoderado(a) aprueba su uso. En caso de que el apoderado (a) informe que su pupilo lo usará, deberá cumplir con esta opción. 2.- Podrán asistir a clases con buzo escolar los días que tengan: Educación Física y academia de deporte, actividades extraescolares y /o recreativas y cuando los apoderados lo soliciten. 3.- En las actividades formales como actos oficiales, los estudiantes podrán presentarse con uniforme, buzo u otro relacionados y de acuerdo a las posibilidades de ellos, con autorización de los padres, madres y apoderados. 4.-El acto de entrega de licencias de educación básica de 8° año, la presentación de los estudiantes será acordada por el curso, en conjunto con profesor(a) jefe y apoderados. 5.-La higiene y presentación personal debe ser impecable, limpio y ordenado, durante todas las actividades escolares. Las niñas usar cabello tomado, varones, cabello corto. 6.- Las alumnas no pueden ingresar a clases maquilladas, en caso de hacerlo, se les solicitará que retiren el maquillaje.

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7.- Los y las estudiantes no deben asistir a clases usando piercing, aretes largos, cadenas u otros accesorios que pudieran arriesgar la integridad de los mismos, debiendo retirarlos en caso de ingresar con ellos al Establecimiento. 8.- Los alumnos que no respeten las normas de presentación personal, serán amonestados por profesor jefe, de asignatura o Dirección, procurando generar modificación de conducta. 9.- Si esta falta se reitera será citado su apoderado para solucionar el inconveniente, si persiste la falta, se estampará anotación negativa, generando acuerdos de mejora.

2.4.5 HORARIOS, INASISTENCIAS Y ATRASOS • Todo atraso debe ser justificado con comunicación escrita, por parte del apoderado.

Se aceptaran solo hasta tres atrasos quedando registrado en la dirección. Después del tercer atraso deberá concurrir con su apoderado para entregar la justificación respectiva a la Dirección del establecimiento. El docente que reciba en el primer periodo de clases al curso deberá velar por que aquellos que ingresen tarde a la sala, tengan su debida justificación desde inspectoría.

• El alumno/a que encontrándose en la escuela no ingrese a la sala de clases sin autorización ni justificación alguna, será derivado a la dirección.

• En caso de enfermedad deberá el alumno (a) traer el certificado dado por el médico que certifica la atención y su enfermedad, caso contrario el padre o madre debe asistir a justificar en forma personal la inasistencia. En caso de dos o más días de inasistencia el apoderado deberá presentar certificado médico en forma oportuna al profesor jefe del curso, inspector de patio asignado, Dirección, lo cual será registrado en la hoja de vida del estudiante; en caso que la inasistencia sea por otro motivo, el apoderado deberá informar por escrito y/o presentarse a la escuela a conversar con el profesor jefe o el Director sobre los motivos de la inasistencia.

• Para acceder al siguiente nivel los estudiantes deben poseer sobre un 85% de asistencia. Sus faltas serán justificadas en la dirección, únicamente por el apoderado dejando registro en los libros de clases.

• El retiro excepcional de los alumnos antes del término de la jornada, deberá ser justificado por el apoderado (a) personalmente o por medio de una comunicación firmada por el (ella) en la libreta de comunicaciones del colegio. Sólo lo hará el apoderado o persona autorizada, previo aviso del apoderado en forma personal o telefónica y corresponderá a razones de salud o situaciones familiares relevantes o emergentes. El retiro debe hacerlo el apoderado personalmente y será registrado en el libro de salida.

• Toda inasistencia a evaluaciones deberá ser justificada personalmente por el apoderado, con anterioridad al día de la evaluación, aplicándose el procedimiento establecido en el reglamento de evaluación del establecimiento, en caso de existir certificado médico este podrá ser enviado con el alumno.

• El horario de ingreso al establecimiento es hasta las 08:45 horas, las llegadas posteriores a esta hora deberán ser justificadas por el apoderado, quedando registro

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de ello por la persona encargada, cumpliendo el tercer atraso, se citara al apoderado a justificar la falta quedando registro de ello en el registro de disciplina del curso.

• Los alumnos que deban representar a la Escuela en actividades deportivas deberán presentar autorización escrita en la agenda escolar, por los padres y/o apoderados y registrar su salida en inspectoría.

2.4.6 INTEGRIDAD PSICOLÓGICA Todos los integrantes de la Unidad Educativa tienen derecho a ser tratados dignamente. Todos los integrantes de la Unidad Educativa y terceros que se relacionen de cualquier forma con la Escuela tienen la prohibición de: - agredir verbal, física y psicológicamente a los demás integrantes de la Unidad Educativa. -tratar a otros con apremios ilegítimos, abusos, acoso físico, persecución y /o arbitrariedades que causen maltrato.(Ley Aula Segura) 2.4.7 INTEGRIDAD FÍSICA • No debe ocurrir agresiones, riñas con o sin arma blanca o de fuego u otro

instrumento, dentro del colegio o fuera de él. • No se deben realizar juegos entre los estudiantes que arriesguen su integridad física

o que los realicen en lugares en que exista algún peligro (techumbre, leñera, escalera, otros)

• No deben traer al establecimiento corta plumas o armas de fuego, o artefactos incendiarios, explosivos y otros elementos que pudieran ser utilizados como armas.

• No deben formar grupos y agredir a otro(s) alumno(s) dentro de la Escuela o fuera de ella.

• No deben salir del establecimiento sin autorización y menos dirigirse a lugares que revistan algún peligro, fuera de la escuela, en horarios de clases.

• No deben ingresar y/o consumir drogas licitas, alcohol y cigarrillos o ilícitas en el establecimiento o permanecer bajo el efecto de ellos.

• No deben portar, vender y/o incitar a otro al consumo de drogas licitas o ilícitas, dentro del establecimiento.

2.4.8 ELECCIÓN DE DIRECTIVA DEL CENTRO DE ESTUDIANTES Los estudiantes tienen derecho a organizarse democráticamente, para contar con representantes que participen de instancias relevantes, con el Consejo Escolar de la escuela, campañas solidarias y otros, coordinados por un profesor de la escuela teniendo las siguientes funcione: • Crear y promover oportunidades para que los estudiantes manifiesten sus intereses, inquietudes y aspiraciones, con el propósito de satisfacer sus necesidades y las del Establecimiento. • Instalar nexo entre los diversos estamentos de la comunidad educativa. • Incentivar en los estudiantes a la participación democrática y organizada en las diferentes instancias del quehacer educativo. • Participar en el Consejo Escolar.

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Informar a todos los estudiantes, a través de las directivas estudiantiles, sobre las acciones del Establecimiento desde el Consejo Escolar. • Participar junto con el profesor asesor en reuniones de organización de actividades. • Representar a los estudiantes del establecimiento ante la comunidad educativa y frente otras instituciones, cuando fuese necesario. 2.4.9 DE LOS RECONOCIMIENTOS 2.4.9.1 REGISTRO DE ACTITUDES POSITIVAS EN LA HOJA DE VIDA DEL O LA ESTUDIANTE Deben ser apuntadas sólo por profesores, UTP, Directora o Encargada de Convivencia escolar. No podrán hacer las anotaciones estudiantes, apoderados o asistentes de la educación, o un agente externo al establecimiento. Serán motivo de anotación positiva: - Cuando el estudiante ha manifestado un compromiso con la propuesta del establecimiento - Cuando el estudiante ha colaborado con el profesor en el desarrollo de las actividades escolares, sin dejar de cumplir con sus compromisos habituales. - Cuando el estudiante ha colaborado con sus compañeros en el proceso de aprendizaje - Cuando el estudiante se ha integrado en alguna organización en beneficio de sus compañeros (Directiva del curso, Centro de alumnos, otros) - Cuando el estudiante ha superado su rendimiento escolar o su comportamiento. 2.4.9.2 REGISTRO DE ACTITUDES NEGATIVAS EN LA HOJA DE VIDA Previamente comunicadas al estudiante e informadas al apoderado cuando el estudiante:

• Comete falta tipificada en este Manual de convivencia, según gradualidad y reiteración.

• Serán anotadas en hoja de vida aquellas faltas reiteradas, cuyas situaciones hayan sido analizadas y tratadas con el o la estudiante, por el profesor jefe o de asignatura donde ocurrieran.

• Estas anotaciones serán registradas por los profesores, Directora, encargado de UTP y Encargada de Convivencia escolar.

• No podrán ser anotadas por asistentes de la educación, profesionales asistentes, otros estudiantes o apoderados, ni un ente externo al Establecimiento.

• Dichas anotaciones deben ser claras y precisas y escritas con letra legible, apuntando, asignatura, hora, lugar, involucrados y suceso puntual.

• Si el o la estudiante presenta tres anotaciones negativas en su hoja de vida, el profesor jefe deberá citar al apoderado para analizar la situación y tomar acuerdos, para la mejora del comportamiento del o la estudiante, dejando registrado en hoja de vida su asistencia con firma del apoderado.

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2.4.9.3 REGISTRO DE ANOTACIONES POSITIVAS Y DISTINCIONES ESPECIALES A.- Serán registradas las anotaciones positivas, cuyo tenor será destacar y valorar comportamientos y actitudes positivas del o la estudiante, como representaciones voluntarias del curso o escuela, en eventos deportivos, culturales, estudiantiles, fuera o dentro del Establecimiento; actitudes positivas y destacables de buen trato y disposición frente a requerimientos de profesores, asistentes y o compañeros(as). A 1.- Este reconocimiento deberá darse a conocer a los apoderados en reuniones de Subcentros, según surjan los casos. A 2.- Si el o la estudiante acumula anotaciones positivas en su hoja de vida, podrá ser considerado para las distinciones especiales. B.- Se distinguirá según rendimiento, esfuerzo, participación u otras cualidades en actos de fin de semestre o de fin de año u otros en un acto público y en presencia de sus apoderados, con un diploma de honor u otros estímulos, cada vez que: • Halla obtenido un rendimiento escolar destacado entre sus compañeros • Haya merecido el reconocimiento de sus pares y educadores por sus cualidades

positivas y valores institucionales evidenciados en su manera de relacionarse con los demás.

• Haya tenido un comportamiento adecuado en otras áreas del quehacer educativo. • Haya participado en actividades comunales, regionales y nacionales. 2.4.10 DE LAS FALTAS Y MEDIDAS 2.4.10.1 TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS DE LOS ESTUDIANTES Para evaluar adecuadamente la gravedad de la falta, es decir, definir si se trata de una falta leve, grave o gravísima, es necesario considerar los siguientes criterios de evaluación: A.- LEVES (L) : Actitudes y comportamientos que alteran la convivencia pero que no implican daño físico o sicológico a otros miembros de la comunidad. Son aquellas transgresiones de común ocurrencia que no tienen consecuencias mayores pero afectan la sana convivencia escolar. Sin embargo, su acumulación y la no atención a los acuerdos y compromisos las constituyen en faltas graves. Serán sancionadas las actitudes y comportamiento que alteren el normal desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje. Ej.:

• Presentación personal inadecuada.(accesorios y recambio para clases de educación física y deporte, uniforme en actos u otros compromisos formales y deportivos)

• Ingresar a clases con accesorios, joyas o maquilladas.

• Falta de higiene personal.

• Faltar a pruebas u otras evaluaciones sin justificación.

• No traer los materiales y textos para el normal desarrollo de las clases y actividades planificadas por horarios.

• Atrasos reiterados después de los recreos.

• Teniendo su uniforme se presenta sin él a clases u otras actividades en que se requiere.

• Incumplimiento de tareas, compromisos y responsabilidades.

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• Interrumpir la actividad de la clase con situaciones o comentarios ajenos a las que se están realizando.

• Propiciar la falta de respeto mutuo.

• Dañar materiales propios o ajenos.

• Botar basura en la sala, pasillos o dependencias de la escuela.

• Obligar a otros estudiantes a realizar acciones indebidas

• Promover el desorden

• Arriesgarse a daños físicos, corriendo en espacios inapropiados, saltar de espacios de riesgo u otros similares.

• Dar empujones y/ o forcejear con otros estudiantes

• Utilizar vocabulario irrespetuoso ante compañeros y/o personal.

• Hacer gestos groseros y ademanes ante compañeros o ante un llamado de atención.

• Responder al llamado de atención con comentarios irrespetuosos.

B) GRAVES (G): Actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad sicológica y dignidad de otros miembros de la comunidad educativa y del bien común. Son transgresiones que afecten o puedan afectar seriamente la convivencia escolar, realizadas con pleno conocimiento de la mala acción y alteran el normal proceso de aprendizaje. La reiteración de una falta grave la convierte en falta gravísima. Son faltas graves:

• Hacer desorden reiterado en la salas de clases, dando empujones, moviendo las sillas de compañeros, gritando, tirando materiales u otros.

• Se atente contra la integridad física de otra persona.

• Se atente contra la integridad psicológica de la otra persona.

• Falta de respeto al personal.

• Destruir el mobiliario de la sala de clases, u otros espacios del establecimiento y en el furgón escolar.

• Abandonar la sala o el establecimiento sin autorización.

• Lanzar o dejar caer objetos en la sala, furgón escolar u otro espacio educativo, arriesgando la integridad de sus compañeros y profesores o funcionarios.

• No trabajar en clases y no seguir indicaciones del profesor, en forma reiterada.

• Tener un vocabulario soez

• Copiar en las pruebas.

• Interrumpir clases de otros cursos.

• Falsificar firma de apoderados, funcionarios, u otros.

• Mentir comprobadamente sobre información desde el colegio o familia.

• Sustraer objetos ajenos.

• Realizar ventas al interior del colegio, sin autorización y para beneficio personal.

• Traer celular al colegio y utilizarlo en tiempo escolar.

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• Cualquiera de las faltas leves reiteradas en el tiempo.

• No realizar acciones reparatorias, formativas o pedagógicas aplicadas luego de incurrir en faltas a las normas establecidas en este Reglamento y consensuadas en mediación.

C) GRAVÍSIMAS (GV).Actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad física y sicológica personal y/o de otros miembros de la comunidad educativa, como: agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito. Ej: robo, abuso sexual, tráfico y consumo de drogas, acoso escolar. Son aquellas transgresiones que dañan gravemente la convivencia escolar y son ejecutadas con pleno conocimiento, como:

• Destruir intencionalmente objetos, materiales o dependencias del Establecimiento Escolar.

• Pelear a golpes o golpear a un compañero. • Motivar a otros a golpear a compañeros (as). • Realizar hurtos o robos dentro de la sala de clases entre compañeros, a sus

profesores, en cualquier otra dependencia del establecimiento. • Ingresar al establecimiento todo tipo de bebida alcohólica, cigarros, drogas. • Falsificar las firmas de los apoderados, profesores u otros. • Modificar notas en los libros de clases. • Subir a los techos, muros o salir del establecimiento por lugares que no

corresponden. • Ingresar con algún tipo de arma blanca, corto punzante y/ o de fuego, o aparatos

incendiarios al Establecimiento, o portarlos durante el desarrollo de actividades escolares y extraescolares.

• Realizar acto de violación o abusos, dentro y alrededor del establecimiento. • Realizar actos de connotación sexual frente a otros estudiantes. • Agresión verbal y/o física hacia un profesor o funcionario de la escuela. • Amenazar a cualquiera de los integrantes de la unidad educativa. • Menoscabar u ofender a través de redes sociales a compañeros, profesores,

apoderados u otro vinculados a la comunidad educativa. • Grabar o fotografiar a sus compañeros/as y profesores sin su consentimiento y/o

subir dicho material a redes sociales. • Traer al establecimiento material pornográfico (videos, imágenes) y compartirla con

sus compañeros o compañeras. • Traer al establecimiento y compartir material audio visual para mayores de 18 años

de carácter agresivo, sexual, u otros no correspondientes a sus edades. • Ingresar y/o consumir drogas licitas (alcohol y cigarrillos) o ilícitas en el

establecimiento y/o permanecer bajo los efectos de ellos. • Portar, vender y /o incitar a otros al consumo de drogas licitas (alcohol o cigarrillos),

o ilícitas en el establecimiento.

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TIPIFICACIÓN DE FALTAS ENTRE ADULTOS Párrafo sexto de la Ley Aula Segura: “Siempre se entenderá que afectan gravemente la convivencia escolar los actos cometidos por cualquier miembro de la comunidad educativa, tales como profesores, padres y apoderados, alumnos, asistentes de la educación, entre otros, de un establecimiento educacional, que causen daño a la integridad física o psíquica de cualquier miembro de la comunidad educativa o de terceros que se encuentren en las dependencias de los establecimientos, tales como agresiones de carácter sexual, agresiones físicas que produzcan lesiones, uso, porte, posesión y tenencia de armas o artefactos incendiarios, así como también los actos que atenten contra la infraestructura esencial para la prestación del servicio educativo por parte del establecimiento.” Por considerarse que no debería haber situaciones de agresión entre adultos es que, al haberlas se tipificaran todas como GRAVISIMAS

- Amenazas: Sean de ataque físico o psicológico, de persecución u otros, como de muerte, con comprobación del hecho.

- Agresión verbal: insultos, gritos, palabras soeces, descalificaciones o amenazas o a través de comunicaciones escritas.

- Agresión a través de redes sociales: Amenazas, descalificaciones, desprestigio, menoscabo, insultos, promoción de menoscabo evidente.

- Agresión física con o sin lesiones: empujones, golpes, palmadas, puntapié, golpes con objetos, uso de armas blancas de fuego, incendiarias u otros.

Estas faltas deberán ser denunciadas por parte del afectado al Director, quien asegurará la adecuada aplicación del protocolo y asignará a un funcionario para acompañarlo en los trámites pertinentes. 2.4.10.2 CONSIDERACIÓN DE AGRAVANTES Y ATENUANTES De acuerdo con la edad, el rol y la jerarquía de los involucrados varía el nivel de autonomía y de responsabilidad que cada persona tiene sobre sus acciones. Por tanto es necesario conocer:

- Contexto de la falta: considerar siempre el contexto en que se da la falta, por lo que se deberá conocer las versiones de la o las personas involucradas, investigando las circunstancias que rodearon el hecho o la falta.

- Presunción de la inocencia: se debe tomar en cuenta que todas las personas son inocentes hasta que se demuestre lo contrario.

- Edad: Se debe tener en cuenta la edad de los estudiantes transgresores de las normas para la aplicación de sanciones o medidas.

- Hoja de vida: Se deberá considerar el historial del estudiante, a través de las diversas observaciones que dejan los profesores en la hoja de vida.

- Derecho a apelación: Es el derecho que tiene toda persona a ser escuchada ante cualquier aplicación de una norma. El derecho de apelación se ejercerá bajo los siguientes criterios:

- Después de haber realizado la investigación por parte de un integrante del comité de convivencia, y se determina la falta a una norma, por lo cual se le debe aplicar una sanción o medida punitiva al o la estudiante responsable de la acción, el

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apoderado tendrá un plazo de 24 horas para apelar por escrito a dicha medida ante la Dirección del Establecimiento, a excepción de los casos en que la medida que se aplique sea de carácter formativo o pedagógica ( en estos casos no aplica el derecho a apelación)

- El Establecimiento tendrá un plazo de 48 horas hábiles para responder a la apelación del apoderado, informando si se mantiene o modifica la medida y la justificación para dicho procedimiento.

- Esta medida busca que en cada procedimiento se garantice: - la protección del afectado y de todos los involucrados, - el derecho de todas las partes a ser oídas, - la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.

De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita, en la Bitácora de casos de convivencia escolar. 2.4.10.3 ALTERNATIVA DE MODELOS DE MEDIDA FORMATIVA: a.- Mediación: Este es un proceso que busca que dos personas mediadas por un tercero, puedan solucionar un conflicto, en la medida de lo posible llegar a acuerdos preparatorios o compromisos que satisfagan a las partes en conflicto Se prohíbe que un menor de 14 años de edad sea confrontado a un adulto. Los estudiantes mayores de 14 años sólo podrán ser confrontados a un adulto, estando los padres de los menores presentes y bajo su consentimiento. La mediación no podrá ser impuesta, y el Encargado de Convivencia será quien determine si los menores están capacitados para establecer un diálogo como forma de resolver el conflicto. b.- Carácter formativo: La medida será reparatoria para todo(a) estudiante que haya vulnerado una norma del establecimiento, según la falta, los que deben tomar conciencia de las consecuencias de sus actos y responsabilizarse por ellas, desarrollando compromisos de reparación de daños a costa de su propio esfuerzo. c.- Devolución del tiempo: si el o la estudiante no trabaja en clases (no realiza las tareas, trabajo grupal) deberá terminar su trabajo, previo acuerdo con el apoderado, dentro del tiempo escolar, sea este en recreos, o posterior a la hora de clases, sin afectar otras clases. d.- Servicio escolar comunitario: todo(a) estudiante que cometa una falta según su gravedad deberá realizar trabajos de colaboración y reparación, limpieza, asear pasillos, vidrios, patios, otros, previo acuerdo firmado con padres y apoderados. e.- Medida pedagógica: Los (as) estudiantes que cometan alguna falta según su gravedad tendrán que realizar trabajos de investigación sobre el tema que vincula la falta cometida Ej. Registro de una observación de una clase, realizar un diario mural, realizar una investigación con presentación de producto y reflexión personal, entre otras propuestas por el o los profesores, previa información al apoderado.

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f.- Servicios pedagógicos: El estudiante que cometa una falta en perjuicio del proceso de enseñanza o que haya afectado a estudiantes menores que el, podrá realizar actividades para los niveles menores (primer ciclo) como: marcar cuadernos, recolectar material, elaborar material, según indicaciones docentes, con conocimiento y firma de apoderado. 2.4.10.4 ALTERNATIVAS DE RESOLUCIÓN PACIFICA DE CONFLICTOS INDIVIDUALES O COLECTIVOS. Toda persona que aplique una medida reparatoria o pedagógica (profesor jefe, director/a, inspector/a, encargado de convivencia escolar) deben manejar algunas técnicas que permitan afrontar positivamente algunos conflictos. 1.- Técnica de negociación: se debe intentar la participación de las partes involucradas. La Directora, Encargada de convivencia escolar u otro miembro del comité de convivencia escolar designado para el caso, deberá promover una solución negociada para resolver el conflicto. Este proceso quedará registrado en la Bitácora de casos de Convivencia escolar del establecimiento, describiendo el conflicto, fecha, hora, lugar, acuerdo, propuesta de solución, acto reparatoria, compromisos y firmas de las partes. 2.-Técnica de mediación: Se lleva a cabo cuando una de las partes o ambas partes en conflicto solicita la mediación. Esta será preparada y realizada en un plazo no superior a 10 días, para el debido proceso de investigación. El Comité de convivencia escolar definirá los roles para el desarrollo del acto de mediación (Mediador, encargado de elaborar el acta y ministro de fe). El mediador tiene la misión de guiar el dialogo y dar cumplimiento a las partes de la mediación, escuchando a las partes en conflicto, estableciendo acuerdos y compromisos sin presionar a las partes, propiciando el diálogo respetuoso. El sentido de la mediación es que todos los involucrados aprendan de la experiencia y se comprometan con su propio proceso formativo, siendo una medida pacífica de resolución del conflicto que implica: voluntariedad, respeto mutuo y confidencialidad. En caso de no resolverse el conflicto a través del proceso de mediación, entre adultos, el caso será informado al SLEP Costa Araucanía, para investigación sumaria. 3.-Técnica de conciliación y arbitraje: no todos los conflictos son posibles de resolver por las partes, es necesario requerir la ayuda de terceros: árbitro o juez que tiene atribuciones reconocidas por las partes. Las personas en conflicto acatan su decisión tomada en conformidad con los antecedentes disponibles. La dirección del establecimiento determinará el árbitro o juez respectivo. El desarrollo del arbitraje quedará registrado en Bitácora de Casos de Convivencia Escolar. 4.- Investigación interna: En los casos en que es necesario recabar información para tener claridad respecto de los hechos y llegar a una definición de acciones y aplicación del reglamento o su derivación a investigación sumaria, o al tribunal correspondiente. Dicha investigación será organizada y llevada a cabo por el Comité de Convivencia escolar en un

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plazo no superior a 10 días hábiles. Si se tratara de un caso de maltrato escolar, el tiempo de investigación variará entre 24 horas (físico) y 5 días (psicológico), que deberán emitir informes a la Dirección agregando la evidencia o insumos de la investigación. 2.4.10.5 PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS

PROCEDIMIENTO ANTE FALTAS LEVES:

Frecuencia

de falta Procedimiento Tipo Medida

Nivel de

aplicación

Primera vez

Serán atendidos

por el o la

profesora,

asistente o

funcionario que

se ponga en

conocimiento de

la falta o lo haya

observado, quien

lo comunicará al

profesor jefe.

Entrevista con el o los estudiantes

implicados y el profesor (a)

Acuerdos y compromisos entre estudiante

y profesor jefe.

1° a 8º

Reiteración

de la falta

Serán atendidos

por el profesor

presente en el

hecho, aplicará el

protocolo.

Citación al

apoderado(a) con

firma en hoja de

vida del

estudiante.

Se estampará anotación en hoja de vida, con definición de compromisos y/o sugerencias de medidas. Retiro de objetos distractores en el caso de que formen parte de la falta y posterior entrega al apoderado (a). Aplicación de protocolo:

A tres anotaciones, citación de padre, madre o apoderado a cargo del o la profesora jefe, con establecimientos de compromisos. .

1º a 8º

Presentación del

caso a convivencia

escolar. Análisis

del caso.

En caso de no mejorar comportamiento, presentación del caso a convivencia escolar con registro de acciones implementadas para la mejora.

1° a 8°

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Aplicación de

medidas.

Acuerdos y compromisos firmado con participación de estudiante y apoderado y aplicación de medidas pedagógicas: -Trabajo de investigación -Exposición de tema relacionado.

PROCEDIMIENTOS ANTE FALTAS GRAVES:

Frecuencia

de falta Procedimiento Tipo medida

Nivel de

aplicación

Primera

vez

Información

inmediata por

parte del o la

funcionaria que

se ponga en

conocimiento del

suceso a la

Dirección del

colegio quien

convoca al

Comité de

convivencia

escolar.

Presentación del caso en la Dirección

del colegio.

Reunión con comité de convivencia

escolar, con presentación del caso,

acuerdos y definición de

responsabilidades para iniciar la

investigación y aplicación de protocolo

según la falta.

1º a 8º

Citación al

apoderado.

Se cita al o los apoderados de los

estudiantes implicados en la falta a

una entrevista con la encargada de

convivencia escolar, la cual deberá

quedar estampada en bitácora con

fecha, y firma de los entrevistados (si

se tratará de varios apoderados, las

entrevistas se realizarán por separado,

resguardando la confidencialidad del

caso)

1° a 8°

Firma de

compromisos de

quien comete

falta en hoja de

evidencias.

Trabajo especial o medida pedagógica

y formativa si fuere necesario.

(Oservación de opciones 1° a 8º

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Frecuencia

de falta Procedimiento Tipo medida

Nivel de

aplicación

Reiteración

de la falta

Información

inmediata al

Profesor Jefe

Registro de la falta en hoja de vida

(obligatorio) (profesor jefe, dirección,

enc)

1° a 8º

Citación al

apoderado.

Entrevista y acuerdos con padres y

apoderados de estudiantes

involucrados en el hecho, con el

propósito de darles a conocer la

situación y medidas del

Establecimiento según R. I.

1° a 8º

Envío a

Especialista si

corresponde,

con remisión de

Informe a la

Escuela. Considerar

indicaciones de

Especialista.

Presentación

caso a

Superintendenci

a

Condicionalidad de matrícula

1°a 8º

PROCEDIMIENTO ANTE FALTAS GRAVÍSIMAS:

Frecuencia

de falta Procedimiento Tipo de medida

Nivel de

aplicación

Primera vez

Información inmediata al Profesor Jefe, Dirección y equipo de convivencia escolar.

Registro de la falta en Hoja de Vida bajo la responsabilidad de profesor de aula o profesor jefe o encargada de convivencia escolar.

1º a 8°

Citación de apoderado. Entrevista Director y Equipo de convivencia escolar con apoderado.

-Análisis del caso con el Comité de C.E.

-Investigación interna - Derivación del caso a OPD. u otra red de apoyo pertinente

1º a 8º

Exposición del caso al Consejo de Profesores

-Suspensión de clases de 1 a 3 días con acuerdo de apoderados.

1º a 8º

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Intervención de redes externas de apoyo. Envío a Especialista si corresponde.

-Investigación /recabar evidencias. -Condicionalidad de la Matrícula.

Reiteración de la falta

Exposición del caso al Consejo de Profesores

Citación apoderado a entrevista con Director Evaluación del proceso llevado a cabo con el estudiante involucrado, con orientaciones de la Superintendencia de Educación. Suspensión de clases durante el proceso de evaluación del caso (Aplicación Ley Aula Segura) Cancelación de Matrícula con informe al apoderado Presentación derecho de apelación por parte del apoderado Respuesta apelación desde la Dirección Resolución definitiva presentada al apoderado.

1º a 8º

Informe al SLEP Informe a Superintendencia de Educación Aplicación del Reglamento

5° a 8°

Capítulo 3 3.1 PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD PISE 3.1.1INTRODUCCION: Numerosas son las muestras que ha dado la naturaleza en estos últimos años alrededor del mundo tales como terremotos o grandes incendios. Esto nos lleva a pensar en cómo nosotros debemos cuidar nuestra integridad física y psicológica, debido a estos acontecimientos la Escuela Romilio Adriazola ha elaborado un plan de seguridad escolar, pensando en la importancia de mantener y desarrollar un Plan de Seguridad Escolar al interior del Establecimiento, que nos permitirá prever situaciones límites en casos de emergencia. La seguridad se educa, no se improvisa, por ello es de suma importancia el desarrollo de una cultura preventiva; con ello se puede aminorar los efectos de un hecho catastrófico y hacer conciencia de las fuerzas de la naturaleza y otras, las limitaciones de la acción humana. 3.1.2 OBJETIVOS • Implementar y desarrollar un Plan de Seguridad para alumnos (as), profesores y

personal del establecimiento, conocido por todos, con el fin de proteger y evitar

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accidentes, ya sean por causas naturales o por situaciones de riesgo y cuyo fin será el mejoramiento de las condiciones del establecimiento y el bienestar físico de los componentes de la Unidad Educativa.

• Ejercitar en y con la comunidad escolar, medidas de escape y /o evacuación para casos de incendios, temblores y terremotos

• Evitar mediante una cultura de prevención, la existencia de accidentes en situaciones de emergencia y de la vida diaria

3.1.3 MISION DEL COMITÉ Velar por el cumplimiento del Plan de Emergencia y encabezar las medidas que conlleven a un mejor desarrollo y coordinación de las acciones propuestas en el Plan. Así mismo, orientarán las acciones que se generen a partir de la evaluación de las prácticas de simulacros de emergencia, mejorando los tiempos de reacción y la eficiencia en las tareas planificadas. 3.1.4 ACTIVIDADES OBLIGATORIAS PREVIAS A) Revisar y clasificar los tipos de construcción, en relación con su naturaleza y

características que permitan establecer sus riesgos inherentes o puntos críticos. B) Determinar zonas de seguridad dentro de las salas para el agrupamiento de los

alumnos junto a muros, pilares, bajo vigas, dinteles o cadenas, siempre alejadas de ventanales, tabiques, etc.

C) Determinar vías de evacuación entre salas de clases y zonas de seguridad del piso, que ofrezcan más seguridad que la sala.

D) Determinar zonas de seguridad externas al edificio, en sus patios y que ofrezcan seguridad.

E) Determinar vías de evacuación desde salas de clases o piso hacia zona de seguridad externa, que ofrezcan más seguridad en las zonas que se abandonan.

F) Corregir todas las condiciones que puedan generar accidentes durante el sismo, produciendo graves consecuencias a las personas, en especial los existentes en zonas de seguridad y vías de circulación: instalaciones, mobiliario, adornos, alumbrado, almacenamientos, vidrios, cables eléctricos, cornisas, tabiques, murallas débiles, etc.

G) Determinar necesidades de señalizaciones, sistemas de comunicaciones y señales, brigada de emergencia, corte de suministros eléctricos, de gas y agua, sistema de iluminación, ayuda externa, etc.

H) Determinar programas de capacitación de profesores, alumnos y brigadas de emergencia, y prácticas periódicas de acondicionamiento.

3.1.5 RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR DIRECTIVOS: Preside, apoya al comité y sus acciones. Hacer cumplir el Plan de Seguridad Evaluar el Plan de Seguridad Llevar Documentos

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En simulacros de evacuación: -coordinar evacuación -medir tiempos de evacuación -evaluar efectividad de simulacros. -elaborar informes de evacuaciones, con copias a Consejo Escolar y Dirección del establecimiento. PROFESOR ENCARGADO: El Coordinador de Seguridad Escolar del Establecimiento, en representación del Director coordinará todas y cada una de las actividades que efectúe el Comité. La coordinación permite un trabajo armónico en función de un objetivo común: Coordinar Plan de Emergencia Cumplir las tareas encomendadas PROFESORES DE AULA: Conocer el Plan Mantener cursos en calma y evacuar alumnos según protocolos. Mantener en su poder leccionario durante evacuación. Pasar asistencia en lugar de seguridad. ASISTENTES DE LA EDUCACION. Apoyar a los docentes Cumplir con tareas encomendadas, como corte de gas y energía eléctrica. AUXILIAR DE SERVICIOS: Hacerse cargo de tareas encomendadas como Ejemplo; camillas, puertas etc. Apoyar labor de profesores y asistentes de la educación REPRESENTANTES DE PROFESORADO, ESTUDIANTES, PADRES, APODERADOS Y ASISTENTES DE LA EDUCACION: Aportar su visión desde sus correspondientes roles, en relación a la Unidad Educativa, cumplir con las acciones y tareas encomendadas por el Comité. Proyectar o comunidad, hacia sus representados los acuerdos del Comité y la labor general del Establecimiento en relación a la Seguridad Escolar. RECOMENDACIÓN A PADRES Y APODERADOS. A) Confiar en la gestión de los profesores y personal del establecimiento, ante un

evento. B) Evitar pedir explicaciones por teléfono, dado que el establecimiento puede

necesitar el teléfono. Además recordar que en caso de terremoto las líneas telefónicas se saturan.

C) Facilitar la gestión el establecimiento en la protección de los estudiantes ante un evento de riesgo (terremoto, sismo, incendio, derrumbe, otro) 3.1.6 REPRESENTANTES DE LAS UNIDADES DE CARABINEROS, BOMBEROS Y DE SALUD:

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Constituyen instancias de apoyo técnico al comité y su relación con el establecimiento educacional deberá ser formalizada entre el Director y el Jefe máximo de la respectiva unidad (Cruz Roja, empresa privada). Deben ser invitados a formar parte del Comité, para su aporte técnico y aquellas acciones que se les encomiende. ESTRATEGIAS A) Apoyar, difundir y ejecutar el Plan de Emergencia del establecimiento. B) Encargarse de los ensayos del Plan de Emergencia. C) Dar a conocer a Dirección necesidades encontradas. D) Publicar Plan de Emergencia. E) Mantener constante comunicación con equipo de seguridad. F) Implementar plano de evacuación. SEGURIDAD A) Aprovechar las potencialidades existentes. B) Realizar reuniones periódicas según acuerdo y con la venia del Director. C) Mantener al día los registros, documentos y actas que genere el comité. D) Mantener los planos del edificio. E) Mantener contacto y reuniones técnicas con representantes de Bomberos, Carabinero y Salud

CAPÍTULO 4

PROTOCOLOS DE ACTUACION 4.1 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE LA OCURRENCIA DE VIOLENCIA ESCOLAR Ley 20.536 Violencia Escolar Ley 21.128 Aula Segura Qué se entiende por violencia escolar: Un comportamiento agresivo o violento se refiere a un hecho único y no reiterativo que busca provocar daño a una persona. Se manifiesta con agresiones físicas directas entre personas y como un conjunto de fenómenos que afectan a la buena convivencia. Existen cinco categorías: -Vandalismo: Violencia contra las pertenencias del colegio o de otras personas. (indirectas) -Disruptividad: Violencia contra tareas escolares y orden en la sala o actividades escolares. -Indisciplina: Violencia contra las normas de la escuela. -Violencia interpersonal: que afecta a uno o varios estudiantes en igualdad de condiciones. -Violencia potencialmente delictual y/ o criminal: Conductas violentas que afectan a terceros y que pueden tener consecuencias penales. Ley Aula Segura. Otras manifestaciones de violencia casual o única: -Verbales: Insultar, imponer sobrenombres, hablar mal de alguien, sembrar rumores, tratar con groserías y garabatos.

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-Psicológicas: Amenazar para provocar miedo, para lograr algún objeto o dinero, o simplemente, para obligar a la víctima a hacer cosas que no quiere hacer ni debe hacer. -Físicas: Agresiones físicas directas, peleas, palizas o empujones y agresiones físicas indirectas como destrozo de materiales personales.

Una vez que el establecimiento tiene conocimiento de una posible situación de acoso, a través del propio estudiante, o una observación directa, o por otros denunciantes, es preciso adoptar una serie de medidas que podemos agrupar en tres fases: recogida de información, análisis y adopción de medidas y seguimiento. Acciones: 1.- El profesor, asistente de la educación, apoderado o estudiante que tome conocimiento de un hecho de violencia escolar, deberá informar directamente en la Dirección. 2.- Si el estudiante agredido, resulta con lesión física, será derivado al centro de salud más cercano, acompañado por un asistente de la educación asignado por el Director, con hoja de derivación y comunicará al apoderado lo ocurrido, en el mismo momento de conocido el caso. 3.- El Director, deberá convocar al Encargado de Convivencia escolar para informar el caso y llevar a cabo la investigación, en un plazo de 72 horas para esclarecer los hechos, entrevistando al agresor y al agredido por separado, dejando constancia escrita y firmada en ambos casos. 4.- Se le informará a los apoderados de ambos estudiantes implicados, los hechos acaecidos, y el proceso de investigación que el Establecimiento lleva a cabo. 5.- Se entrevistarán a los testigos del caso. Todos con evidencias escritas y firmadas. 6.- Concluida la investigación, el encargado de convivencia escolar remitirá un informe a la Dirección, donde se sugerirá la medida disciplinaria o alternativa para el estudiante agresor y medidas de autocuidado y protección para el estudiante agredido. 7.- El apoderado del estudiante agresor tendrá un plazo de 24 horas para apelar a la Dirección por escrito, si se encuentra disconforme con la medida aplicada a su pupilo. 8.- La Dirección del Establecimiento responderá a la apelación en un plazo de 48 horas hábiles, informando si se mantiene la mediada y se modifica con la debida justificación. Seguimiento: Para el estudiante agredido: 1.- Derivación a atención psicológica si el estudiante lo requiere, para trabajar recursos personales. 2.- Orientación a los profesores para abordar loa situación. 3.- Intervención del grupo curso con talleres preventivos. Para el estudiante agresor: 1.- Sanción por falta gravísima. Aplicación de Ley Aula Segura si el estudiante presenta la edad. 2.- Petición de disculpas a la víctima si fuera pertinente. 3.- Acompañamiento psicológico para trabajar el control de impulsos agresivos y promover un adecuado reconocimiento emocional, con autorización del apoderado.

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4.- Si el agresor es mayor de 14 años de edad se deberá realizar denuncia a tribunal de justicia. 5.- Las medidas adoptadas serán monitoreadas por convivencia escolar, con informe al apoderado, dejando en bitácora de convivencia escolar el registro del seguimiento con análisis del caso y acuerdos en reuniones del comité de convivencia escolar. 4.2.- PROTOCOLO ANTE LA OCURRENCIA DE ACOSO ESCOLAR O BULLYING Ley 20.536 Violencia Escolar Artículo 16 B Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del Establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atente en contra de otro estudiante, valiéndose para ellos de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición. Características el BULLYING: -Es intencional: de uno o varios estudiantes hacia otro para causar dolor y sufrimiento. -Relación desigual o desequilibrio de poder: La víctima se percibe vulnerable, desprotegida y sin los recursos del agresor o de los agresores. -Repetida y continuamente: No es un episodio aislado, conlleva un tiempo. -En relación de pares: Ocurre entre estudiantes. El protocolo consta de tres etapas: 1º ETAPA: RECOGIDA DE INFORMACIÓN Se trata de una fase en la que el principal objetivo es recabar los datos necesarios para dilucidar si los hechos denunciados constituyen o no una situación de acoso escolar. 1. Cualquier persona que detecte una situación de acoso escolar debe acudir a la

Dirección, para realizar la denuncia, estampando el caso en Bitácora de Convivencia Escolar.

2. La Directora y Encargado de convivencia escolar se comunicarán con todos los sujetos implicados, recabará la información necesaria y la comunicar a los estamentos correspondientes para tomar las medidas pertinentes.

3. El director o Encargado de convivencia escolar citará al estudiante afectado a una entrevista individual, en un clima de confianza, respeto y confidencialidad, acogiéndolo y confirmando ante él que el Establecimiento no acepta, ampara ni permite, bajo ninguna circunstancia, este tipo de conductas y que le protegerán y apoyarán de manera permanente.

4. Se tomará registro de toda la información que entregue el estudiante afectado. Esto debe ser firmado por el afectado.

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5. Se citará al acosador a una entrevista individual, en un clima de confianza, respeto y confidencialidad.

6. Se citará a los demás estudiantes implicados en entrevista individual, si los hubiere. 7. El Director citará, en entrevista individual, a las familias del acosador y acosado por

separado. 8. El Director convocará al Comité de Convivencia y a los Profesores de curso, si fuese

necesario, con el objetivo de obtener mayor información. 2ª ETAPA: ANÁLISIS Y ADOPCIÓN DE MEDIDAS. 1. Una vez recabada toda la información sobre los hechos acontecidos, se reunirá el Comité de Convivencia Escolar (Miembros del equipo Directivo y Técnico, el Profesor Jefe) para decidir si los hechos realmente son constitutivos de acoso y, en su caso, se tomarán las medidas necesarias para proteger al o la estudiante afectado(a). Entre las medidas que se adopten, están aquellas tendientes a la protección de la víctima, medidas pedagógicas y disciplinarias para el agresor, estas últimas de acuerdo al Reglamento de Convivencia Escolar del establecimiento, las cuales van desde una amonestación verbal, proceso de intervención de redes de apoyo y profesionales, hasta la Cancelación de Matrícula, dependiendo de la gravedad de la falta (Ley Aula Segura)y de la edad del o los agresores. 2.- Medidas de protección al estudiante afectado: 2.1.- Pautas de autocuidado. 2.2.- Derivación psicosocial con autorización de los padres y apoderados, firmada. 2.3.- Solicitud de colaboración de la familia de la víctima y del agresor, manteniéndoles en todo momento informados de la situación. 2.4.- Talleres grupales de desarrollo personal y colectivo aplicados por dupla psicosocial. 3.- Medidas para el agresor: 3.1.- Apoyo y orientación de red correspondiente, determinada por el Establecimiento o por el Tribunal, si el caso es derivado a esta instancia. 3.2.- Aplicación del Reglamento de Convivencia Escolar. 3.3.- Petición de disculpas a la víctima. 3.4.- Realización de una labor de reflexión de lo ocurrido y sus consecuencias, a cargo de dupla psicosocial del colegio. 3.5.- Si el agresor es mayor de 14 años, se denunciará por parte de la Dirección del colegio a los tribunales competentes, entregando todos los antecedentes del caso que sean requeridos (Ley aula Segura) SEGUIMIENTO Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la fase anterior, el Comité de Convivencia Escolar, hará un seguimiento de la situación, de forma que la misma no vuelva a producirse. Igualmente observará la evolución del afectado.

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4.3.- SE PODRÁN APLICAR LAS SIGUIENTES MEDIDAS EN CASOS DE VIOLENCIA ESCOLAR REITERADA Y ACOSO ESCOLAR: - AMONESTACIÓN VERBAL: Se aplicará por parte de cualquier miembro de la Dirección o Encarga de Convivencia Escolar. - AMONESTACIÓN CON CONSTANCIA ESCRITA: La aplicará el profesor jefe a petición de la Dirección o encargado de convivencia escolar, previo análisis del caso. - CITACIÓN AL APODERADO: La aplicará el profesor Jefe, o Dirección, o Encargado de convivencia escolar. - APOYO PROFESIONAL O DE REDES, si la situación lo amerita. - SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL CASO: Por parte del Comité de convivencia escolar - CONDICIONALIDAD DE MATRÍCULA: La decide el Director con el Consejo de Profesores, en éste caso el estudiante quedará en observación por el resto del período escolar y si su comportamiento no es satisfactorio podrá no ser aceptado como alumno/a para el próximo periodo escolar, previa consulta a la Superintendencia de Educación, con conocimiento del apoderado y aplicación de Ley Aula Segura en caso de estudiantes mayores de 14 años. - CANCELACIÓN DE MATRICULA Es aplicable en casos de falta gravísima, debidamente fundamentados y con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas y evidenciando todos los procesos de apoyo con redes externas. La cancelación de la matricula será propuesta por el Director al Consejo de profesores quienes una vez informados del caso se pronunciarán sobre el tema, decidiendo si procede la cancelación de matrícula y respaldando la situación en acta, la que será remitida al director a quien le compete la decisión. Su aplicación será informada al SLEP Costa Araucanía y Superintendencia de Educación, adjuntando los siguientes antecedentes: 1) Informe fundamentado del profesor jefe y/o docente de aula según corresponda. 2) El Consejo de Profesores deberá constituirse en un plazo no superior a 36 horas una

vez ocurrido los hechos, para analizar la situación y acordar la sanción pertinente de acuerdo al R. I. El acuerdo anterior será refrendado con la firma de a lo menos del 60% de los integrantes de dicho consejo.

3) Se presentará la situación en la Superintendencia de Educación, con respaldo de evidencia de todas las acciones ejecutadas por el Establecimiento para la mejora del comportamiento del estudiante involucrado, o situación que amerita la sanción.

4) Esta resolución señalará taxativamente las razones o cargos concretos que motivan la medida. 5) La Dirección del establecimiento citará al apoderado para a comunicarle la medida

adoptada por el consejo, en forma escrita dentro de 24 horas de tomado el acuerdo, una vez ocurrida la falta gravísima.

6) La reiteración de una falta gravísima podrá dejar la matricula del estudiante en estado condicional. Si a pesar de lo anterior su conducta no mejora, ingresará al proceso de cancelación de matrícula

Considerando:

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• El caso en cuestión se presentara al consejo de profesores, el cual tendrá un carácter de consultivo, y el resolutivo será de exclusiva responsabilidad y competencia de la Dirección del establecimiento.

• Solo podrá ser aplicada cuando no ha sido posible corregir la conducta problema por otros medios.

• Solo se justifica cuando no se dispone de los medios adecuados para proporcionar al o la estudiante la ayuda que necesita o cuando la permanencia del o la estudiante en la escuela perjudique seriamente la formación o integridad de sus compañeros.

• Estar expresamente señalada su causal y condiciones en el reglamento interno el que debe haber sido conocido y aceptado por la familia al matricular a su hijo.

• Basarse en razones fundadas, procedimientos transparentes y criterios no discriminatorios.

• Haber sido informada con anticipación a la familia y al alumno, en un procedimiento que les permite hacer descargos y con una instancia de revisión de los antecedentes al interior de la comunidad escolar.

CONSTITUYEN CAUSALES DE CANCELACIÓN DE MATRICULA Haber cometido falta gravísima y no presentar señales o actitudes asociadas a mejorar su conducta y reparar la falta aún cuando se comprueba el desarrollo del proceso de intervención y apoyo de profesionales y/o redes adecuadas para el apoyo. En esta causal sin perjuicio de lo adoptado por el consejo de profesores el director deberá informar a las instancias que corresponda cada vez que la situación lo amerite y establecer el proceso de apoyo e intervención apropiadas para el caso. Destrucción de materiales e infraestructura, afectando el normal funcionamiento del Establecimiento. Ingreso y uso de artefactos explosivos. Violación, abuso sexual, que tendrá como agravante cada vez que se produzca en situación de indefensión de la víctima. Agresión a uno o más compañeros(as) Agresión a un profesor(a) u otro funcionario. Amenaza de muerte verbal, escrita o a través de redes sociales a cualquiera de los miembros de la Unidad Educativa, todos estos casos con el debido proceso de apoyo e intervención hasta su término y evaluación. PROCEDIMIENTOS DE APELACIÓN: Antes de la aplicación de la medida disciplinaria, el estudiante podrá ser atendido por el profesor correspondiente, Profesor Jefe, Evaluador, Jefe de UTP y/o Inspector, según corresponda; pudiendo hacer los descargos correspondientes. Una vez escuchado al estudiante, y de confirmarse la aplicación de alguna medida disciplinaria de acuerdo a la gravedad de la falta, el apoderado será citado por el Profesor Jefe y/o dirección o Encargado de convivencia escolar, quien(es) le comunicarán la resolución por escrito en la hoja de vida del estudiante, debiendo ser firmada por el apoderado. En caso que la sanción corresponda a cancelación de matrícula, ésta debe ser ratificada por el Consejo de Profesores, por la Superintendencia de Educación y SLEP Costa

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Araucanía y será comunicada por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles por parte del Director del Establecimiento al apoderado; quien podrá apelar por escrito a esta medida, en un plazo de tres días hábiles desde la fecha de notificación de la sanción a la Dirección de la escuela; la que vistos los informes pertinentes, emitirá dentro de los cinco días hábiles siguientes, una resolución final que tendrá carácter de inapelable. Ésta será comunicada al apoderado y a las autoridades educacionales superiores, si esta fuera requerida. Cuando corresponda toda falta constitutiva de delito, se le aplicará el procedimiento que establece la Ley Penal Juvenil o Ley Aula Segura, aplicable de 14 a 18 años, y el establecimiento se pondrá a disposición de las medidas exigidas por el Tribunal de Justicia pertinente. MEDIDAS ANTE FALTAS LEVES • Amonestación verbal por parte del profesor(a) de asignatura previa conversación

con la persona involucrada. • Amonestación verbal de parte del profesor(a) de la asignatura acompañada con un

trabajo especial a determinar por el mismo profesor. • Anotación en el libro de clases según reiteración de falta. • Ante reiteradas faltas leves (3 observaciones en el leccionario); se enviará

comunicación escrita al apoderado por parte del profesor de asignatura y/o profesor jefe, citándolo a una conversación con el alumno (a)

• Comunicación escrita al apoderado por parte del profesor jefe, poniéndolo en conocimiento del servicio escolar, comunitario, o desarrollo de trabajo de investigación, exposición de trabajo u otro que habrá de realizar.

• Citación por la dirección a una entrevista con la asistencia del profesor jefe, el apoderado y el alumno.

• Realizar trabajo comunitario en el colegio. MEDIDAS ANTE FALTAS GRAVES • Amonestación con constancia escrita. • Realización de trabajo comunitario dentro del establecimiento por un día y hasta

por una semana, acordada por la dirección del establecimiento y previa comunicación escrita enviada al apoderado.

• Suspensión de participación en actividades extraescolares y/o recreativas organizadas por el establecimiento, sean dentro o fuera del Establecimiento, si la conducta se reitera.

• Comunicación escrita acordada por el consejo de profesores del curso con la suspensión de actividades extraescolares y de planificación especial.

MEDIDAS ANTE FALTAS GRAVÍSIMAS • Citación de apoderado. • Condicionalidad acordada por el consejo de profesores con una validez de 6 meses,

inclusive el término del año escolar. • No renovación de matrícula acordada por el consejo de profesores.

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• Cancelación de matrícula, acordada por el consejo de profesores. 1. Expulsión del colegio, aprobada por el Consejo de profesores • Todos los apoderados cuyos hijos cometan una falta leve reiterada, una falta grave

y una falta gravísima serán notificados por escrito de su situación, para toma de su conocimiento y presentación de protocolos a seguir.

4.4.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE LA OCURRENCIA DE ABUSO SEXUAL, ESTUPRO Y VIOLACIÓN 1.- Es deber de todo funcionario o apoderado escuchar con atención cuando se reciba

información acerca de la ocurrencia de una situación de vulneración de derechos que afecte a un estudiante, sea de parte de otro adulto o de otro estudiante.

2.- Quien reciba esta información, comunicará inmediatamente a la Dirección y/o al encargado de Convivencia Escolar.

3.- La Dirección convocará al Equipo de convivencia escolar, quien, como primera tarea, recabará y contrastará información que, posteriormente será socializada con las instancias correspondientes, inmediatamente ocurrida la denuncia.

4.- Citar al apoderado(a) de la (el) afectada (o) por acoso o abuso sexual, a fin de informarle la situación que afecta a su hija/o y señalarle las acciones que llevará adelante el establecimiento.

5.- La Dirección ingresará inmediatamente la denuncia ante Carabineros. 6.- Traslado del o la menor hasta el centro de salud más cercano, con notificación a su

apoderado. 7.- Solicitar colaboración por parte de la familia y del Establecimiento. 8.- Si el abusador es un miembro de la comunidad escolar, la Dirección del establecimiento y encargado del proceso, deberán: - Informar a la familia. - Informar al Director Ejecutivo del SLEP Costa Araucanía, si es funcionario. - Estampar la denuncia - Derivación del o la afectada a centro de salud. 9.- En todos los casos (sea o no el abusador miembro de la comunidad escolar) denunciar a Carabineros, antes de 24 horas desde que se tuvo conocimiento del hecho, entregando toda la información de que dispone la escuela para su investigación. 10.- El responsable de hacer la denuncia es el Director del establecimiento o quien lo represente en el momento de ocurrido el hecho y el profesor o funcionario que recibe la declaración del estudiante. 11.- Una vez que se cumple con los procedimientos anteriores, el rol investigativo del colegio se cierra y se desarrollan las siguientes acciones: - Apoyar al o la estudiante afectada por red de profesionales el CESFAM o dupla psicosocial. - Realizar seguimiento de las acciones implementadas. -Desarrollar un proceso de reflexión y evaluación acerca de las formas de actuar de los distintos estamentos de la comunidad escolar implicados, así como de los resultados del proceso.

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4.5.- PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR DE ESTUDIANTES El siguiente protocolo se aplica a beneficio de todos los estudiantes matriculados en la Escuela Romilio Adriazola, desde pre kínder a 8° año básico. El seguro escolar beneficia a aquellos estudiantes que sufran un accidente escolar que pueden ser: A.-Cualquier accidente de Estudiantes que se produzca dentro del establecimiento educacional o en otro lugar, durante la jornada escolar y con motivo de una actividad curricular escolar a cargo de un docente de aula u otro profesional asignado, incluidas las salidas a terreno o paseos pedagógicos, corresponde a un accidente escolar. B.-Cualquier accidente de estudiantes que se produzca de trayecto de ida y/o regreso a su domicilio o colegio, que le produzca incapacidad o muerte, corresponde a un accidente escolar. Para lo anterior el procedimiento es el siguiente: 1.-Comunicar el accidente inmediatamente a la dirección por parte del funcionario que se encuentre a cargo del curso o actividad, o que haya observado el hecho. 2.-Aplicar primeros auxilios por las personas asignadas para el caso: el profesor Jorge Montecinos Riquelme(Paramédico), Mónica Torres Urzúa (Kinesióloga) y Oscar Astudillo Ríos, Rescatista Certificado de Bomberos, mientras se gestiona el traslado al centro de salud más cercano. 3.- El o la estudiante deberá ser enviado inmediatamente a la institución de salud más cercana posible con un adulto responsable asignado por la Dirección ,que deberá ser funcionario del Establecimiento ,si el afectado(a) se encuentra en condiciones de moverse y eventualmente no se observa gravedad, considerándose accidente leve, a priori. 4.- Si el accidente es considerado de carácter grave o de extrema gravedad, como caídas de altura o con pérdida de conocimiento, convulsiones, fracturas u otros posibles, según observación de alguno de los funcionarios calificados para esa situación, la Dirección del colegio u otro responsable en su representación, deberá llamar inmediatamente al centro de salud más cercano para solicitar medio de traslado, evitando mover a él/la accidentado/a. En caso de no contar con ambulancia, se trasladará en el furgón escolar del Establecimiento, patente FDCV 27 u otro que disponga la Dirección. 5.- De no contar con estos medios, se solicitará colaboración a Carabineros y o Bomberos, en su defecto se utilizará un vehículo particular de un funcionario presente en el momento del suceso, que cumpla las condiciones higiénicas y de espacio para el traslado del o la accidentada. Pudiéndose también comunicarse con el apoderado si cuenta con vehículo y próximo al Establecimiento en el momento de ocurrido el accidente, para que participe en el traslado del niño o niña, junto a un funcionario el Establecimiento 6.- El traslado del o la estudiante accidentado en vehículos particulares, solo se realizará por parte de profesores o funcionarios del establecimiento cuando se trate de accidente

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de menor gravedad y no habiendo otra forma de llevar al o la afectado(a) hasta el centro de salud más cercano, siempre que sea autorizado y bajo la responsabilidad de la Dirección del colegio, previo aviso al apoderado, mediante llamado telefónico (452920598- 452921559) 8.- El profesor a cargo del estudiante en momento del accidente, o el profesor jefe o Dirección, o Inspector, según corresponda, deberá informar al instante al apoderado del estudiante afectado de la situación que afecta a su pupilo, con la finalidad de entregarle la información oficial de lo ocurrido, entregar orientaciones, como: quién trasladará al estudiante, quién llevará el documento para activar el seguro escolar y a qué centro de salud será derivado, para que se presente en el lugar de atención a la brevedad, además, para contenerlo(a) ante la situación que afecta a su hijo(a), y responsabilidad de su cuidado una vez iniciado el procedimiento de traslado a centro de salud más cercano. Esta comunicación se realizará vía teléfono del Establecimiento o celular de profesor o Dirección (452920598- 452921559) 9.- El director o quien cumpla esa función en ese momento, deberá completar la hoja de accidente del estudiante, registrando toda la información que el documento exige, con el nombre, firma del suscrito y el timbre del establecimiento. No necesariamente se debe esperar a que el documento esté elaborado para el traslado del afectado, siendo responsabilidad de la Dirección del colegio o su representante, el envío del documento al centro de salud, inmediatamente elaborado, resguardando el interés superior del estudiante afectado. 10.- Deberá existir un registro telefónico (ficha matrícula), que permita la comunicación fluida escuela- apoderado y viceversa, para que en caso de emergencia se pueda coordinar la acción, incluyendo números de familiar para comunicar el suceso en caso de no lograrse la comunicación con el apoderado(a) del estudiante afectado. 11.-En caso que el accidente sea de trayecto casa – escuela o viceversa, quien primero se informe, comunicará al estamento correspondiente para realizar las acciones según el protocolo establecido. 12.- Una vez ingresado el caso al centro de salud, será responsabilidad del apoderado hacerse cargo del cuidado de su pupilo, con apoyo de la Dirección del Establecimiento. 13.- Todo accidente deberá quedar registrado el Libro de registros de accidentes escolares. 4.6 PROTOCOLO ACERCA DE LA LEY DE CONSUMO DE DROGAS, ALCOHOL Y TABACO A.-Drogas ilegales: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de cualquier tipo de sustancia considerada como droga en la Ley de la República 19.366, dentro del Colegio y, fuera de él, en aquellas actividades que sean organizadas o auspiciadas por éste. B.- Psicofármacos: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de psicofármacos dentro del Colegio ni fuera de él, en aquellas actividades que sean organizadas o auspiciadas por éste, exceptuando a las personas que, por tratamiento médico controlado (con receta), tengan que ingerir alguna sustancia de este tipo en el Colegio para su salud. Esta situación se debe informar al Profesor jefe quien informará y entregará evidencia médica del uso a la Dirección y/o Encargada de Convivencia Escolar.

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C.-Alcohol: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de alcohol dentro del Colegio, así como el ingreso al Colegio de alumnos y alumnas bajo la influencia del alcohol. D.- Tabaco: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de tabaco en el Colegio, bajo ninguna condición y en ninguna actividad, según lo establecido por la ley n°19.419. Consideraciones sobre medidas a tomar ante la presencia de: A.- DROGAS ILEGALES: MARIHUANA, U OTRA. 1.- La venta o distribución de drogas dentro del Colegio amerita la expulsión del o la estudiante. 2.- En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo droga o en posesión de ella se informará a los padres o adulto responsable del o la estudiante ante el Establecimiento. 3.-Luego, se le apoyará en conversación con el profesor jefe, Encargado de Convivencia y Dupla psicosocial, quienes determinarán los pasos más adecuados a seguir. 4.-Ante una reincidencia, se citará al apoderado a la Dirección con Encargada de Convivencia, Dupla Psicosocial y el Profesor jefe, quienes, en un trabajo en conjunto con la familia, analizarán las causas y motivaciones del consumo y lo derivarán a diagnóstico de un profesional médico con derivación a la red correspondiente. 5.-La atención profesional, seguimiento y tratamiento deberán ser informados por el apoderado al Encargado de Convivencia. 6.-En caso de no requerir atención externa ni de un tratamiento, la dupla psicosocial se hará cargo del seguimiento por medio de entrevistas personales y familiares, por un período de 2 meses, al cabo de los cuales se reevaluará su conducta. 7.-Si se requiere un tratamiento y hay oposición a realizarlo por parte del apoderado, se comunicará el caso al centro médico tratante para tomar los resguardos legales. 8.- Si durante el tratamiento hay una reincidencia, el Equipo Directivo, en conjunto con el profesor jefe y dupla psicosocial tomarán las medidas, según lo establecido en este Reglamento Interno, con derivación del caso al Tribunal correspondiente. B.- PSICOFÁRMACOS 1.- En caso de venta o distribución: La venta o distribución de psicofármacos dentro del Colegio amerita la expulsión del estudiante y la denuncia penal correspondiente. 2.-En caso de consumo: En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo psicofármacos o bajo su influencia, sin prescripción médica, se informará al apoderado. 3.- Luego, se le apoyará en conversación con el profesor jefe y dupla psicosocial, quienes determinarán los pasos más adecuados a seguir. 4.-Si durante este proceso el o la estudiante no evoluciona positivamente, se exigirá al apoderado tratamiento con especialista. 5.-Estas acciones quedarán registradas en la Hoja de Vida del estudiante, resguardando adecuadamente, su privacidad. 6.- Tanto la atención profesional médica, como su seguimiento y tratamiento son de responsabilidad absoluta del apoderado, quien deberá mantener informado del proceso a la Dirección, o Profesor Jefe o Encargado de Convivencia.

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7.-Si hay oposición a realizar el tratamiento por parte del apoderado, será comunicado por parte de la Dirección al Centro Médico más cercano. 8.-Si durante el tratamiento hay una reincidencia, el Equipo Directivo, en conjunto con el profesor jefe y dupla psicosocial tomarán las medidas y/o sanciones que estimen conveniente. C.- EL ALCOHOL 1.-Venta o distribución de alcohol: La venta de alcohol dentro del Colegio, amerita la denuncia del caso en Carabineros y comunicación al apoderado del estudiante afectado. 2.-Consumo de alcohol: 1.-En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo alcohol en el colegio o en sus alrededores, portándolo o bajo la influencia de alcohol, se informará a los padres inmediatamente observado el hecho. 2.- En el caso en que él o la estudiante ingrese al establecimiento en estado de ebriedad se informará a los padres quienes lo retirarán del establecimiento. De lo contrario será la Dirección de la escuela la encargada de llevarlo de retorno a su hogar y entregarlo a sus padres, dejando constancia en la unidad de carabineros más cercana al establecimiento. 3.- Luego, se le apoyará en conversación con el profesor jefe, el Coordinador de Convivencia y el sicólogo, quienes determinarán los pasos más adecuados a seguir. 4.-Estas acciones quedarán registradas en la Hoja de Vida del estudiante y en Bitácora de convivencia escolar, resguardando adecuadamente, su privacidad. 5.- Si hay una reincidencia, la Directora, Encargada de convivencia, profesor jefe y sicólogo tomarán las siguientes medidas: - Informar a padres y apoderados del estudiante - Derivar a centro de salud más cercano para constatar el consumo de alcohol - Dejar constancia en Carabineros. - Enviar a su domicilio al o la menor. - Poner a disposición de Fiscalía la información con que cuenta el Establecimiento sobre el caso. - Solicitar a redes respectivas el apoyo a la comunidad estudiantil para prevenir el consumo de alcohol y sustancias ilícitas. -Observar casos y evaluar la gestión del colegio en la materia. D.- EL TABACO 1. -Este Protocolo de Convivencia establece como falta de carácter Gravísima el hecho de detectar a un estudiante fumando, portando, distribuyendo o vendiendo tabaco, dentro del Colegio. Conforme al artículo 10 de la Ley N° 19.419. 2.- La sanción para esta falta es “Condicionalidad de matrícula por un semestre”, evaluándose al término de este período dicha condición. En el caso de no existir reincidencia, se levantará la condicionalidad. En caso contrario se caducará la matrícula para el año siguiente, debidamente informada a la Superintendencia de Educación. Todo este procedimiento será informado por el Director y Encargado de Convivencia al apoderado, en entrevista personal.

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3.-Todas las situaciones descritas anteriormente son de confidencialidad de las personas y/o autoridades que analizarán los casos, y las personas involucradas velarán porque se cumpla con esta disposición, a menos que la seguridad del estudiante amerite quebrantar este acuerdo de confidencialidad 4.7 PROTOCOLO DE USO DE TRANSPORTE ESCOLAR El uso de transporte escolar deberá entenderse y reconocerse como un beneficio de acercamiento para los estudiantes, desde su hogar o proximidades del hogar, según condiciones del camino, al Establecimiento y viceversa, siendo responsabilidad de los apoderados el traslado de sus pupilos hasta los puntos de llegada de los vehículos de traslado. Los estudiantes de la Escuela Pública Romilio Adriazola, que sean trasladados en vehículos destinados por SLEP Costa Araucanía, para transporte escolar, deberán contar con autorización de su apoderado, bajo las siguientes condiciones: 1.-La autorización deberá hacerse bajo las condiciones de uso del transporte determinadas por la escuela y establecidas en el protocolo de uso de transporte escolar. 2.-Los apoderados deben conocer recorrido y horario para traslado de los estudiantes. 3.- El uso del transporte escolar será de uso exclusivo para los alumnos matriculados en la escuela, según horarios y recorridos estipulados. Sin embargo, podrá ser solicitado para giras, salidas a terreno o actividades de cuerpo docente o delegaciones, siempre que no afecte los itinerarios establecidos para traslado de los alumnos. 4.-Los alumnos pequeños:*Preescolar y otros a solicitud de sus apoderados, deberán ser recibido por un adulto responsable en sus hogares o dirección previamente acordada con el Establecimiento. En caso de que no sea esperado por un adulto responsable en su hogar, será devuelto al colegio para ser retirado por su apoderado dentro del horario de funcionamiento de la escuela, agotando la Dirección todas las posibilidades de contacto con los familiares del (la) alumno(a).En su defecto el alumno será remitido a Carabineros para resguardo de su integridad. 5.- Los apoderados de los alumnos(as) que tienen el beneficio del transporte escolar vigente en el colegio, deberán garantizar que no se hará esperar al furgón en sus hogares, ya que esto afectará, atrasando todo el recorrido. Si esto sucede, el chofer tendrá la facultad de continuar su recorrido sin recoger al alumno(a), a menos que la Dirección determine otra posibilidad. 6.-Los alumnos trasladados deben ser acompañados por a lo menos un asistente, quien deberá garantizar la integridad de todos los estudiantes usuarios del transporte en el cual trabaja, desde la recepción, subida, ingreso al furgón, traslado, bajada y cruce de calle, hasta la entrega del estudiante a su apoderado. Otorgando un trato respetuoso en el ejercicio de su función. 7.-Es obligación del encargado de traslado asegurar y cautelar la disciplina durante el traslado, informando a la Dirección todo inconveniente y dejará constancia escrita en bitácora.

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8.- En caso de que un alumno(a) provoque daños al interior del vehículo de traslado, o desórdenes reiterados que arriesguen su integridad personal y/o la de los demás, la Dirección del Establecimiento deberá, informar al apoderado y suspender el derecho a movilización, previo análisis del caso. 9.-El apoderado que decida enviar a sus hijos en otros medios de transporte, será responsable de cautelar las condiciones que le ofrece esa alternativa. Si desea cambiar de servicio el apoderado deberá contactarse con la Dirección para solicitar el servicio y firmar condiciones de traslado establecidas por el Colegio, previa evaluación de las posibilidades para acceder al beneficio. 10.- La dirección del colegio será responsable de comunicar a los apoderados toda vez que los vehículos de traslado de estudiantes no se encuentren en condiciones de realizar los recorridos. 4.8.- PROTOCOLOS DE GIRAS DE ESTUDIO, SALIDAS A TERRENO Y SALIDAS POR REPRESENTACIÓN 1.-Las giras están regidas por el MINEDUC y Ministerio de Transporte, debiendo cumplirse dichas disposiciones. 2.-El Director del establecimiento podrá autorizar o no dicha gira de acuerdo a los antecedentes que tenga para su desarrollo, bajo las siguientes condiciones: - El profesor(a) responsable del proyecto de gira deberá presentar dentro de los plazos estipulados por el Establecimiento, la propuesta en formato establecido con todos los datos solicitados. -Incorporar autorización firmada de todos los apoderados del grupo curso, individualizando al alumno(a). -Solicitud de uso del transporte escolar autorizada por autoridad correspondiente -Antecedentes fotocopiados del chofer y vehículo de traslado. 3.-En el caso de salidas a terreno, deberá ser planificada por el profesor correspondiente y autorizados por el jefe de UTP y Dirección, bajo las siguientes condiciones: - Presentación de propuesta pedagógica incorporada al desarrollo curricular correspondiente. - Guía para desarrollo de la salida para los estudiantes. -Formato de evaluación de la actividad pedagógica. -Autorización firmada de los apoderados del grupo curso, quienes afirmarán conocer objetivos, itinerario: hora de salida, llegada y lugar de desarrollo de la actividad. 4.-Realizada la visita, el Profesor evaluará la jornada de acuerdo a criterios preestablecidos, elaborando informe escrito de la actividad remitido al Jefe de UTP y Dirección del Establecimiento. 5.-En todos los casos (giras o salida a terreno) la delegación deberá llevar botiquín de primeros auxilios, formularios de accidente escolar, listado de N° telefónicos de padres y/o apoderados de todos los alumnos participantes. 6.- La delegación será acompañada por personal autorizado por la Dirección del Establecimiento.

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7.- El profesor encargado de la salida y/ o gira será el responsable de mantener el control, disciplina y toma de decisiones ante imprevistos. 8.- El profesor encargado de la salida a terreno de un curso, en los alrededores del colegio, deberá hacer firmar registro de salida de todos los alumnos(as) participantes, previa autorización de encargado de UTP y Dirección 9.- Será obligatorio comunicar incidentes o imprevisto ocurridos en la salida y/o gira, por parte del docente responsable de la actividad a la Dirección del Establecimiento, inmediatamente desarrollado el evento, para seguir indicaciones para el procedimiento posterior, según sea la gravedad del hecho. 10.- En caso de los alumnos que sean nominados para que representen al colegio en certámenes como: concursos, olimpiada, u otros, fuera del colegio, deberán contar con autorización firmada de sus apoderados, quienes deberán conocer previamente el propósito de la salida, personal que les acompañará, lugar de la actividad y horas de salida y regreso. En su defecto, no podrán salir del colegio a la actividad. 11.-La Dirección del Establecimiento será responsable de velar por la integridad de los alumnos(as) que representen al colegio en estos eventos. 12.- El transporte escolar del colegio podrá ser utilizado por los funcionarios para traslados dentro de la comuna por actividades relacionadas con el establecimiento, siempre que no afecte los recorridos e itinerarios de los estudiantes. 4.9.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A LA VULNERACIÓN DE DERECHOS DE UN ESTUDIANTE EN CASO DE MALTRATO POR PARTE DE UN ADULTO Ley N° 20.536 Artículo 16.10. “Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante.” “Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los Establecimientos educacionales, deberán informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo aquello conforme al Reglamento Interno del Establecimiento.” Tipos de Maltrato Maltrato Infantil: La convención de los Derechos de los Niños de las Naciones Unidas en su artículo 19, se refiere al maltrato infantil, como: “Toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la tutela de sus padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”. De acuerdo a la Ley de Menores, N°16.618, podemos definir el maltrato infantil como: “Una acción u omisión que produzca menoscabo en la salud física o psíquica de los menores”.

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Todos los tipos de maltratos constituyen una vulneración a los derechos del niño, los cuales están consagrados como Ley desde el año 1990 en Chile, a través de la ratificación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño. Es así como se hacen diferencias según el tipo de vulneración de derechos: Maltrato fisico: Es cualquier acción no accidental por parte de los padres, madres o cuidadores (as) que provoque daño físico, sea causal de enfermedad en el niño(a) o lo ponga en grave riesgo de padecerla. Esta puede manifestarse a través de moretones, cortes y/o quemaduras, especialmente si estudiante no es capaz de explicar adecuadamente su(s) causa(s). Esto puede aparecer en patrones distintivos, tales como marcas por agarrar o coger al estudiante con fuerza, marcas de mordeduras humanas, quemaduras de cigarrillos o impresiones de otros instrumentos. Además es frecuente que los menores presenten miedo de volver a casa o miedo del padre/madre, y temor ante la posibilidad de que se cite a apoderados para informar de la situación del menor en el colegio. Maltrato emocional o psicologico: El hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño (a) o adolescente. Esto puede manifestarse a través de conductas del estudiante tales como comportamiento destructivo, agresivo o disruptivo o tener un patrón de comportamiento pasivo, aislado o sin emoción. A la vez se pueden apreciar labilidad emocional, la que se detecta debido a reacciones emocionales desproporcionales a los estímulos del ambiente por parte del estudiante. Abandono y negligencia: Se refiere a situaciones en que los padres, madres o cuidadores (as) estando en condiciones de hacerlo no dan el cuidado y protección tanto física como psicológica que los niños y niñas necesitan para su desarrollo. El abandono y la negligencia se manifiesta por ejemplo a través de la mala nutrición, apatía o fatiga constante del menor, conductas tales como robar o suplicar por comida, notoria falta de cuidado personal (mala higiene personal, ropas rotas y/o sucias), falta de atención a necesidades de optometría (lentes), odontológicas (dientes) u otras necesidades médicas, ausencia o tardanza frecuente en la escuela y desatención inadecuada o falta de supervisión de un niño(a).

• Abuso sexual: El abuso sexual infantil ocurre cuando un adulto, o alguien mayor que un niño, abusa del poder, relación de apego o autoridad, que tiene sobre él o ella y/o se aprovecha de la confianza y/o respeto para hacerlo participar de actividades sexualizadas que el niño (a) no comprender y para las cuales e incapaz de dar su consentimiento.

1.- Cualquier integrante de la Unidad Educativa u otra instancia, externa, que tome conocimiento de algún tipo de maltrato contra un estudiante, por parte de un adulto, deberá informar inmediatamente a La Dirección o encargado de Convivencia Escolar, para que registre la situación en bitácora y determinar los pasos a seguir. 2.- Cualquier estudiante que conozca o esté involucrado en una situación de maltrato por parte de un adulto, en cualquiera de sus manifestaciones, deberá denunciar los hechos al profesor jefe o encargado de convivencia escolar, quien deberá informar el hecho a la Dirección.

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3.- La Directora convocará al Equipo de Convivencia Escolar, en conjunto determinarán los roles para el proceso de investigación, activando “protocolo de investigación interna”, la que se llevará a cabo en un plazo no mayor a cinco días, y en caso de ser necesario se extenderá a tres días adicionales, lo que será informado a las partes involucradas, con el propósito de esclarecer los hechos y responsabilidad de los involucrados. Las acciones a seguir son: 4.- Durante el transcurso de la investigación se deberán tomar las medidas necesarias que aseguren la confidencialidad, el respeto y la dignidad de las personas comprometidas. 4.1.- Citar al adulto implicado y darle a conocer oficialmente la acusación que lo involucra en un caso de maltrato hacia un o una estudiante, para informarle que se iniciará una investigación interna y se requerirá entrevistarlo previa notificación. 4.2.- Citar al o la estudiante afectado(a) a través del apoderado, a una entrevista personal dejando constancia escrita y firmada del relato, o para aplicación de test, según sea necesario, previa autorización del apoderado. 4.3.- Citar a los posibles testigos del hecho para recoger información, dejando evidencia escrita. 4.4.- Una vez desarrollado este proceso de recabar la información, el Comité de Convivencia se reunirá con el propósito de analizarla, incluyendo todas las evidencias presentadas y emitir informe del procedimiento. 5.- En caso de comprobar que hubo maltrato por parte de un funcionario perteneciente a la Unidad Educativa hacia un o una estudiante: 5.1.-La Dirección informará el hecho, mediante documento escrito, con carácter de urgencia al Sostenedor del SLEP Costa Araucanía, solicitando investigación sumaria y sugiriendo que funcionario sea apartado de sus funciones mientras se resuelva el proceso de investigación. 5,2.-Citar al apoderado, para informarle sobre proceso de investigación que afecta a su hijo(a), quedando constancia firmada en el registro de Convivencia Escolar. 5.3.-Denunciar a Carabineros o Tribunal, cuando la información así lo amerite, aportando todas las evidencias recabadas en la investigación interna, si esta es solicitada. 5.4-Constatar lesiones en recinto de salud más cercano, si corresponde. 6.- En caso de no comprobarse maltrato escolar, se informará a las partes con documento escrito para la toma de conocimiento. 7.- Se aplicará, en cada caso, un “Plan de Intervención” adecuado a las circunstancias. Las acciones que la Dirección y el encargado de llevar el caso pueden contemplar son: - Entregar tutoría individualizada (especialistas de apoyo) para el o la estudiante, si esta es autorizada por el apoderado(a) - Apoyo profesional para el funcionario agresor, si se mantiene en el servicio. Para el caso de no comprobar maltrato: -Se desarrollarán talleres para estudiantes, docentes, asistentes y apoderados, con el propósito de fortalecer el buen trato escolar. 8.- En caso de que el o la estudiante esté siendo vulnerado(a) por un familiar: Se realizará el mismo procedimiento en los puntos 1,2,3,4, 5.2, 5.3, 5.4, 6,7. 9.- El Comité de convivencia escolar observará la normativa establecida en el Reglamento Interno y evaluará las acciones desarrolladas.

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El rol del establecimiento en la investigación del caso llega hasta que se produce la intervención judicial a través de Carabineros, Fiscalía u otros, evitando toda sobre intervención a él, la o los afectados”. 4.10 PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL DE UN FUNCIONARIO A.- Cualquier accidente de un funcionario/a que se produzca dentro del establecimiento educacional o en otro lugar durante la jornada escolar y con motivo de una actividad curricular que desarrolle el funcionario/a y que tenga relación con su función para lo cual fue contratado, corresponde a un accidente laboral. B.- Cualquier accidente de un funcionario/a que se produzca de trayecto de ida o de regreso de su domicilio al colegio, corresponde a un accidente laboral. Para lo anterior el procedimiento es el siguiente: 1.- El funcionario/a deberá ser enviado inmediatamente al centro de salud más cercano posible, acompañado de otro funcionario/a del mismo establecimiento educacional. 2.- El director deberá informar inmediatamente a la familia la situación que le afecta al funcionario/a, con la finalidad de entregarle la responsabilidad de su cuidado. 3.- A la vez el director o quien cumpla esa función en ese momento, deberá informar al SLEP Costa Araucanía, verbalmente de los hechos de la manera más fidedigna, para que esa repartición solicite los servicios de la ACHS, con la finalidad de derivar al funcionario/a para seguir las acciones correspondientes. 4.- Posteriormente el director o funcionario a cargo deberá enviar oficio conductor, con los antecedentes que corresponden al accidente en cuestión. 5.- Los protocolos referidos a accidentes laborales, corresponden a las indicaciones hechas por el ministerio de educación de acuerdo a la Ley Orgánica Constitucional y la normativa correspondiente al código del trabajo y al estatuto docente. 4.11 PROTOCOLO DE EVACUACIÓN Y CASOS DE EMERGENCIA • Cada profesor en sus correspondientes cursos debe realizar talleres de prevención

de riesgos. • Cada curso debe estar organizado para casos de emergencias y saber lo que deben

hacer según las características del evento que ocurra. • Practicar en forma periódica Plan DEISY, utilizando señalética en lugares

predeterminados. • En simulacros o realidad, cada profesor debe cumplir con lo estipulado en el PISA

salir siempre con su Leccionario, el que permitirá revisar la cantidad de alumnos que estaban en la sala de clases.

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• En caso de un accidente escolar, se le brindarán los primeros auxilios y se trasladará lo antes posible al Hospital de la localidad, se avisará a su apoderado y se completará el Seguro de Accidente Escolar. En caso de riesgo vital, será el SAMU quien determine los pasos a seguir.

• El mobiliario y equipamiento debe estar organizado de tal manera que no entorpezcan el circular de los alumnos/as y personal en condiciones normales ni en caso de emergencia.

• Las superficies de trabajo deben estar libres de elementos que sean potencialmente peligrosos. (mesas, sillas sin tornillos sobresalientes con los extremos de las patas engomados, patios sin piedras, cáscaras u objetos que entorpezcan el normal desarrollo de las actividades).

• Los vidrios quebrados, muebles deteriorados, inodoros y lavamanos trizados, artefactos eléctricos dañados y sin aislamiento constituyen un serio peligro, por lo tanto deben ser reparados o reemplazados en forma inmediata

• Los servicios higiénicos deben ser desinfectados periódicamente para su buen funcionamiento.

• La cocina, comedor y bodega de alimentos deben reunir las condiciones mínimas sanitarias.

• Las manipuladoras de alimentos deberán cumplir con los requisitos estipulados por el ministerio de salud.

• Los profesores deberán recomendar a los alumnos/as que no porten elementos cortantes.

• Los profesores deben informar a los apoderados sobre las normas de higiene y seguridad que deben aplicar sus hijos en el establecimiento, con el fin de evitar accidentes.

• El Establecimiento deberá contar con un botiquín de primeros auxilios. • En la ficha de matrícula debe adjuntarse certificado médico que indique enfermedad

de tratamiento prolongado y certificado médico de eximición de educación física u otra actividad deportiva.

4.12 PROTOCOLO EN CASO DE MALTRATO A UN PROFESOR Y/O FUNCIONARIO POR PARTE DE UN APODERADO U OTRO ADULTO 1.- Si un funcionario del establecimiento es agredido en forma física, verbal o a través de redes sociales, por parte de un apoderado u otro adulto, en su contexto laboral, deberá informar el hecho en forma verbal a la dirección del establecimiento inmediatamente ocurrido. 2.- La Dirección debe comunicar por cualquier medio, inmediatamente recibida a denuncia al SLEP C.A. 3.- Llenar la declaración en documento oficial con detalles del suceso; hora, fecha, lugar y firma del afectado.

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4.- En caso de agresión física, constatar lesiones en centro de salud más cercano, acompañado de funcionario designado. 5.- Dejar constancia en retén de Carabinero o Fiscalía, más cercano. 6.- Designar funcionario que se hará cargo de la investigación. 7.-El encargado de la investigación deberá recabar toda la información entrevistando a todos los involucrados en el hecho, dejando constancia escrita y firmada. 8.- Presentará las evidencias a la Dirección, con informe escrito de resultados de la investigación. 9.- Observar tipificación de falta y aplicación de sanción conforme al Reglamento Interno de la Escuela. 10.- En caso de haber investigación judicial, la Escuela deberá aportar todas las evidencias recabadas en forma interna y gestionar la protección de él, la o los afectados. 11 En caso de que la agresión sea originada por un funcionario del establecimiento, la dirección debe comunicar lo acontecido a Convivencia Escolar del SLEP C. A. para su procedimiento, aportando la información recabada en la investigación interna. 4.13 PROTOCOLO SOBRE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA ALUMNAS EMBARAZADAS, PADRES Y MADRES En caso de que una alumna se embarace durante el año escolar el colegio con la finalidad de favorecer su maternidad dispone de las siguientes medidas: 1.- -El apoderado debe presentar el certificado médico indicando el tiempo de embarazo de la alumna y sus condiciones de salud. 2 Las alumnas que durante el año escolar presenten embarazo, conforme a la normativa vigente, seguirán manteniendo su matrícula como alumnas regulares del establecimiento y con los mismos derechos de todos los alumnos/as. 3.- Estas alumnas utilizaran su uniforme escolar hasta que su condición lo permita. 4.- La Dirección del establecimiento otorgará las facilidades académicas necesarias para que las alumnas en situación de embarazo o maternidad puedan asistir a sus controles médicos, siendo retirada del establecimiento por el apoderado. 5.-La Dirección del establecimiento tomara las medidas para que la alumna sea atendida normalmente y se le apliquen las evaluaciones como caso especial, según reglamento de evaluación del colegio. 6.-La alumna estará obligada a guardar el reposo pre y post natal, en su rol de madre lactante, consensuando en conjunto con la madre y el apoderado las fechas y condiciones de aplicación de pruebas u otros. 7. El establecimiento dará todas las facilidades para que la madre amamante a su hijo y asista a los controles rutinarios de salud u otros. 8.-Una vez finalizado el año escolar, la alumna será promovida si su rendimiento lo amerita. Para ello el profesor (a) jefe en conjunto con el UTP buscarán las estrategias para acompañar dicho proceso, poniendo en conocimiento a los profesores de asignaturas para definir fechas e instrumentos de evaluación, debiendo quedar cerrada su situación académica al término del año escolar.

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4.14 PROTOCOLO PARA LA CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA PARVULARIA Y BÁSICA CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LA CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA: 1. Las clases de Educación Física, como cualquier otra clase, están sujetas al marco de los Reglamentos y Protocolos internos del colegio. En consecuencia, la supervisión y disciplina es de responsabilidad del (la) profesor (a) a cargo del curso. 2. El colegio define e implementa prácticas que ayudan a prevenir el riesgo o daño de los estudiantes dentro del recinto escolar o al practicar actividades recreativas deportivas. Se procura el autocuidado y se evita las actividades riesgosas tanto dentro como fuera del establecimiento. 3. Como colegio se procura el máximo aprovechamiento de este subsector, en cuanto a espacio de aprendizaje tanto para los Objetivos Transversales como los propios de las disciplina. 4. El colegio posee mecanismos para fijar todos aquellos implementos y estructuras deportivas que por su naturaleza o mal uso puedan ocasionar accidentes o que sean condiciones inseguras. 5. Existirá siempre una supervisión eficiente y eficaz hacia el adecuado desempeño de los estudiantes, desde que se inicia la clase hasta la hora en que termina. 6. Durante las clases, bajo ninguna circunstancia, los estudiantes permanecerán solos, sin la supervisión de un docente en alguna dependencia, tales como la bodega de almacenaje, camarines o baños. 7. Los(as) profesores (as) de Educación Física deben conocer y tener actualizado todos los casos de salud que impiden realizar clases prácticas o casos especiales que requieren rutinas pedagógicas distintas por prescripción médica. 8. Frente a cualquier observación, percepción, presunción de algún factor de riesgo en algún (a) estudiante, el docente encargado deberá informar a Inspectoría y/o directamente al apoderado. 9. Inspectoría avisará inmediatamente al Profesor(a) Jefe estos casos quien se comunicará con el apoderado correspondiente para solicitar la certificación médica pertinente. Mientras tanto, ante cualquier sospecha, el estudiante no realizará clases prácticas de Educación Física. En días de Contingencia Ambiental • Alerta Ambiental: Al decretarse Alerta Ambiental, todas las actividades de

Educación Física y Deportes se realizarán como de costumbre, pero de baja intensidad.

• Pre-Emergencia Ambiental: Al decretarse Pre-Emergencia, las clases de Educación

Física y Deportes se suspenderán, éstas se realizarán en las salas de clases, con un carácter teórico apoyado por sistema audiovisual, tratando temas relacionados con la salud, calidad de vida, alimentación saludable, etc.

Otros:

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Será responsabilidad del profesor(a) solicitar revisión de manera periódica del material que se va a ocupar para que al momento de la clase se encuentre en perfecto estado. NECESIDADES PARA REALIZAR LA CLASE: -Los estudiantes, deben presentarse a la clase con el buzo y polera del colegio, utilizar zapatillas de un material que proteja y asegure sus pies (no de género). - Niñas con pelo tomado y sin joyas. - Útiles de aseo: Los estudiantes siempre deben traer una toalla y polera de recambio, marcado con su nombre y curso. SOBRE LA REALIZACIÓN DE LA CLASE: Inicio de la clase: Con los estudiantes de pie, se realiza el saludo, se invita a sentarse. Se solicita que saquen y ubiquen sobre la mesa su toalla (doblada). El Profesor(a) escribe fecha y objetivo en la pizarra, se explica que van a realizar y aprender durante la clase. Se recuerdan normas de seguridad. El profesor(a) de Educación Física verifica la asistencia. El profesor(a) verificará si existen estudiantes que no puedan realizar Educación Física, ya sea por propia afirmación del estudiante o por comunicación desde hogar. Los estudiantes se dirigen formados al gimnasio, se les pide que revisen sus zapatillas y se aten correctamente los cordones, para evitar accidentarse. Niñas con cabello tomado. Varones y niñas sin joyas o elementos que puedan implicar un riesgo para la seguridad personal y de los demás. Consideraciones para el desarrollo de la clase: El docente podrá designar alguna función, según el contenido a tratar, a los estudiantes que por alguna razón no realicen la clase práctica, como por ejemplo: arbitraje, recolector de material liviano, y este no podrá dejar el lugar donde se desarrolla la clase, ya que seguirá bajo la responsabilidad del profesor. Si algún estudiante no realiza Educación Física sin ninguna justificación debe ser registrado en el libro de clase apegándose al Reglamento de Convivencia. Los estudiantes eximidos o con licencias extensas deben estar bajo la vigilancia del profesor(a), en el mismo lugar de la clase y deberán realizar un trabajo de investigación (acorde con la edad del alumno) y exponerlo (leerlo) frente al curso, en fecha que se le indique. Queda estrictamente prohibido que los estudiantes trasladen algún material pesado o que trasladen material liviano sin supervisión de un adulto (como aros de básquetbol o arcos de fútbol). El docente debe verificar que no haya estudiantes realizando acrobacias ni desorden en arcos de fútbol, rejas, etc.

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No puede haber estudiantes recorriendo otras secciones del establecimiento mientras se imparte la clase, a excepción de cuando van al baño. Llamar al Inspector de turno para temas de convivencia escolar que no puedan ser controlados por el docente, para que se tomen las medidas al respecto. Cierre de la clase: Una vez terminada la clase práctica, los alumnos se dirigirán formados a la sala de clases y el (la) profesor (a) enviará en pequeños grupos (6 alumnos) al baño para que realicen su aseo personal y siempre bajo la supervisión de un adulto. La bodega de Educación Física debe quedar con candado y ordenada. 4.15 PROTOCOLO EN CASO DE CONFLICTOS O ACCIONES DE INDISCIPLINA DE ESTUDIANTES A.- Cualquier acto que perturbe el desarrollo normal de las actividades curriculares o extracurriculares en dependencias del colegio o fuera de él, provocado por alumnos y que tengan relación con violencia física, psicológica, faltas de respeto a los compañeros, funcionarios del establecimiento o persona ajenos a él, peleas o disputas, desorden, etc. B.- En caso que un alumno en forma individual o grupal sea agredido física, psicológicamente y sea objeto de abusos o acoso por individuos en el trayecto de la casa al colegio y/o viceversa, o por internet, quien primero se informe comunicará ya sea verbal o telefónicamente al estamento correspondiente para realizar las acciones necesarias, si queda estipulado que él o la alumna se mantenían bajo la responsabilidad del Establecimiento al momento de ocurrido el suceso. En caso contrario, es de responsabilidad de los padres y apoderados la seguridad del o la alumna, en ambos trayectos (ida y vuelta del establecimiento) siendo la familia la encargada de comunicar al Establecimiento lo ocurrido y en qué circunstancias, para los procedimientos respectivos. - El profesor a cargo del alumno en ese momento en la sala de clases, deberá actuar de acuerdo al reglamento de convivencia interno, aplicando su criterio, considerando la gravedad de la falta en la que haya incurrido el alumno o alumna en ese momento. - El profesor a cargo de los alumnos en ese momento del acto de indisciplina, deberá evaluar la gravedad de la falta y desde esa perspectiva solicitar la presencia del director. y /o del profesor/a encargado/a de convivencia Escolar, en el caso que corresponda o que se considere inhabilitado para aplicar el procedimiento. - En caso que el acto de indisciplina de algún alumno o alumna sea fuera de la sala de clases, deberá asumirla el profesor o inspector que se encuentre más cercano al incidente e informar al profesor jefe para que tome la medida de acuerdo al reglamento de convivencia interno, en caso que la situación lo amerite, deberá informar al Director o la profesora encargada de convivencia para tomar las medidas correspondientes.

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C.- Las medidas serán: a.- Escuchar a él o los afectados o afectadas. b.- Citar a los involucrados a una entrevista para recabar y contrastar información, si corresponde. c.- Observar el reglamento para determinar la gravedad de la falta. d.- Aplicar el reglamento vigente según el tipo de falta. Ver acompañamiento según tipo de falta. 4.16 PROTOCOLO PARA INVESTIGACION INTERNA Los casos que ameriten investigación interna, será aquellos que ante una eventualidad denoten ausencia de procedimientos o pruebas u otras irregularidades, para lo cual es imprescindible establecer el siguiente protocolo: 1.- La Directora convoca al Comité de Convivencia Escolar para presentar el caso y definir responsabilidades con el propósito de recabar información relevante que dicte estrecha relación con el caso presentado. 2.- Las entrevistas a los funcionarios se realizarán por un agente externo de la Unidad de Convivencia Escolar del SLEP Costa Araucanía, o la encargada de convivencia escolar del Establecimiento, previa citación a través de correo electrónico o citación escrita. 3.- Estas entrevistas deben ser presentadas para su análisis al Comité de Convivencia escolar. 4.- En el caso de ser necesario entrevistar, aplicar test u otros, a estudiantes, se deberá solicitar autorización a los padres, madres o apoderados, y se aplicará el instrumentos sólo a aquellos estudiantes que presenten la autorización firmada. 5.- En caso de tratarse de un caso de maltrato escolar por parte de un adulto, la entrevista será elaborada y aplicada por el Psicólogo Educacional, quien a su vez, elaborará informe de los resultados, debiendo adjuntar entrevistas o test aplicados. 6.- Desarrollada la investigación, se realizará la observación de los antecedentes recabados por el Comité de Convivencia Escolar y entregados a la Dirección del Establecimiento, quien emitirá un informe de la investigación para presentarlo ante la entidad correspondiente. 4.17 PROTOCOLO DE REUNIONES DE APODERADOS DE CURSOS O SUBCENTROS Las reuniones de Subcentros de padres, madres y apoderados, tienen tres propósitos: 1.- Informativa 2.- Organizativa 3.- Formativas Con el objeto de monitorear y apoyar permanentemente el trabajo y organización de los Sub centros de Padres, Madres y Apoderados, bajo la responsabilidad de los profesores jefes de cada curso, teniendo como eje central, el desarrollo integral de nuestros estudiantes, se ha establecido el siguiente protocolo de reuniones: 1.- Los apoderados recibirán la citación a reunión con una semana de anticipación, por escrito, firmada por el profesor jefe, pudiendo utilizar otros medios sólo como recordatorio.

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2.- Los apoderados tendrán el deber de presentarse en el lugar de reunión, según fecha y hora establecida en la citación. De no asistir, deberá presentarse lo antes posible para hacerse cargo de los acuerdos e informaciones dadas a conocer en dicha reunión. 3.- Las reuniones deberán realizarse siempre al interior del colegio y dentro del horario de funcionamiento de este. 4.- El profesor deberá velar por el correcto desarrollo de la reunión, bajo un clima de respeto entre todos los miembros del sub centro. 5.- En caso de generarse un conflicto que supere las posibilidades de acuerdo y solución respetuosa, el profesor deberá comunicar la situación a la Dirección para el debido acompañamiento, haciendo un llamado a la Dirección en el momento de ocurrida la situación. 6.- Se deberá tomar acta en cada reunión, por parte de un apoderado(a) elegido como secretario(a), por votación en la organización del sub centro. Si por alguna eventualidad no se encuentra el secretario, deberá tomar el acta, otro miembro de la directiva, presente al momento de la reunión. Este documento deberá ser leído, aprobado u objetado, con sus respectivas modificaciones en caso necesario, al inicio de cada reunión y debe dejar estampado cada tema desarrollado y acuerdos tomados, con firmas de los integrantes de la directiva. 7.- El libro de actas deberá estar disponible al ser solicitado por la Dirección, Equipo de Liderazgo, SLEP o Superintendencia de Educación y no podrá ser alterado de ninguna manera, presentando correlación de hojas y número de actas, organizadas según fechas de desarrollo de las reuniones, sean estas de carácter ordinario o extraordinario. 8.- En cada reunión deberá firmarse lista de asistencia bajo la responsabilidad del profesor jefe, la cual debe quedar archivada en el libro a continuación del acta. 9.- Se entregará fotocopia de la lista de asistencia el mismo día o día siguiente a la reunión en la oficina de convivencia escolar, con el propósito de citar a los apoderados insistentes, en horario de atención de apoderados de cada profesor (apuntando sus nombres y número de contacto en la hoja de asistencia en el apartado “Observaciones”) 10.- Cada reunión deberá considerar el siguiente formato de desarrollo:

• Saludo del profesor jefe.

• Lectura de acta de reunión anterior. Aprobación o rectificaciones.

• Presentación de informaciones del colegio y Dirección bajo la responsabilidad del Profesor jefe.

• Análisis de la situación pedagógica del curso, evitando emitir juicios de valor y descalificaciones.

• Análisis de la disciplina del curso y formación de hábitos.

• Análisis del manual de convivencia escolar, seguridad escolar, planes vigentes, otros (de forma parcelada y paulatina, dada la extensión de los documentos)

• Participación de profesionales del establecimiento y/o redes según necesidades del curso y programas establecidos.

• Organización de padres y apoderados relacionados con proyectos de curso y apoyo a la gestión institucional.

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4.18. -Anexo de Protocolo de reuniones de Subcentros Se adjunta formato de actas y otras especificaciones. Acta N°…. Reunión de Subcentro de padres, madres y apoderados Escuela Pública Romilio Adriazola Curso: ………………… Fecha: (Completa. Ejemplo: Lunes, 20 de abril de 2019) Hora de inicio: Dejando sangría se desarrolla la tabla, según este protocolo, exponiendo lo más detallado posible los momentos de la reunión. Apuntar los acuerdos y responsabilidades. Ejemplo: Acuerdos: - - Se indica la hora de término de la reunión. Se debe firmar por el Directorio completo del Subcentro, detallando como el ejemplo siguiente: Firma Firma Firma __________________ ___________________ __________________ Nombre completo Nombre completo Nombre completo Secretario Tesorero Presidente En caso de presentar objeciones, incorporación de nuevos datos o antecedentes no considerados en la elaboración del acta leída, estos deben ser apuntados a continuación de las firmas del acta, especificándolos, con consenso de los participantes y firma de secretario y presidente. No se puede aceptar que un apoderado obligue al secretario a escribir juicios valóricos, improperios o detalles que menoscaben a algún integrante del subcentro, estudiante o funcionario del establecimiento.

IMPORTANTE En el presente documento se utilizan de manera inclusiva términos como “docente”, “profesor”, “apoderado”, “secretario, presidente, tesorero”, “funcionario” y sus respectivos plurales (así como otras palabras equivalentes en el contexto educativo) para referirse a hombres y mujeres.

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4.19 PROTOCOLO DE DERIVACIÓN MÉDICA Y SEGUIMIENTO PIE

DERIVACIÓN

A) Las derivaciones proceden por los profesionales que participan en el proceso de

evaluación diagnóstica integral del estudiante que ingresa o pertenece al Programa de

Integración Escolar (en adelante PIE).

B) Toda derivación realizada en esta evaluación contará con un seguimiento realizada por

Coordinador/a PIE del establecimiento.

C) La entrega de Informes del PIE y/o certificados solicitadas por la familia se realizará 3

días posteriores a la recepción de la “Autorización de entrega de informes y/o

certificados PIE” de la dirección del establecimiento.

Para lo anterior se entenderá por:

- INFORME: Documento que entrega antecedentes personales y relevantes del

estudiante, síntesis diagnóstica de ingreso a PIE y los resultados obtenidos

cuantitativa y/o cualitativamente. Avances u otros datos relevantes desde el área

psicoeducativa, psicológica y/o fonoaudiológica.

- CERTIFICADO: Documento que acredita la pertenencia y/o la atención especializada

de los profesionales del PIE firmada por el profesional que emite dicho certificado.

SEGUIMIENTO DE LAS DERIVACIONES, CONSISTE EN:

A) En el caso de hacer entrega de informes y/o certificado de apoyos PIE, el Programa

tiene la potestad de realizar el seguimiento mediante Coordinador/a PIE.

- Para lo anterior, el Coordinador/a PIE solicitará a la familia una copia del certificado

del médico o especialista que lo evaluó, el cual quedará en la carpeta personal de

cada estudiante.

B) El Coordinador/a PIE enviará “Comunicado de atención” con copia a la familia

señalando el día y hora agendada en el CESFAM u otro centro de salud, para la

atención del estudiante con el Profesional de la salud correspondiente. La copia del

comunicado deberá ser firmado por el apoderado titular o suplente, enviándolo de

vuelta al establecimiento.

C) En el evento que el estudiante no haya asistido al establecimiento para la entrega

del comunicado, se contactará vía teléfono al apoderado titular y/o suplente,

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dejando constancia en la carpeta personal del estudiante acerca del día, hora y

número al cual se contactó.

D) El comunicado quedará archivado y debidamente firmado por el Coordinador/a PIE

y el apoderado en la carpeta personal de cada estudiante.

- Será responsabilidad del apoderado hacer entrega de una copia del certificado

médico al Coordinador/a PIE del establecimiento, que acredite la atención del

estudiante el día y hora señalados.

- El apoderado contará con un plazo de 5 días hábiles posteriores a la atención médica

del estudiante para hacer entrega de tal certificado (el cuál será fotocopiado y este

quedará en la carpeta personal de cada estudiante).

- Si el apoderado no asiste para hacer entrega de tal certificado, se enviará

comunicación para que se acerque al establecimiento para realizar entrega de este

documento. En caso de no haber respuesta del apoderado, el estudiante será

derivado a la asistente social.

- En el caso de no poder asistir a la hora con el médico el apoderado tendrá un plazo

de 5 días hábiles posteriores para informar al Coordinador/a PIE y éste tendrá la

responsabilidad de solicitar la hora nuevamente.

- Si el apoderado no asiste la segunda vez a la hora con el médico en el CESFAM u otro

centro de salud, el estudiante será derivado a la asistente social del establecimiento.

ASISTENTE SOCIAL

Para derivaciones PIE:

- Se derivará mediante ficha donde se señalarán los motivos de la derivación.

- La asistente social procederá a realizar visita domiciliaria.

- Para realizar esta visita se enviará previamente una comunicación señalando el

motivo de la visita, el día y la hora.

- Dicha visita quedará registrada en el libro de actas de la asistente social

especificando la entrega de documentos, acuerdos y compromisos con la familia. Tal

documento deberá ser firmado por las partes, con copia en la carpeta personal del

estudiante.

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- El apoderado podrá hacer entrega del documento (en el caso de que no haya hecho

entrega de copia de certificados o informes médicos) a la asistente social quién los

hará llegar al Coordinador/a PIE.

- En el caso de que los documentos sean originales, será responsabilidad del

Coordinador/a PIE sacar copia y entregar a la familia el documento, mediante

citación.

- Toda información recabada en las visitas domiciliarias realizadas por la Asistente

social será retroalimentada al Equipo PIE en horario de coordinación PIE (Martes

16:00 a 18:00 hrs) quedando en acta de coordinación PIE.

- En el caso que el apoderado pierda las dos horas gestionadas por el coordinador PIE

en el CESFAM u otro centro de salud, es exclusiva responsabilidad del apoderado

solicitar una hora con el médico para interconsulta con especialista (De acuerdo a lo

sugerido en la valoración de salud).

- La asistente social realizará permanente seguimiento a los casos derivados por el

Programa de Integración Escolar.

NOTAS:

- Es exclusiva responsabilidad del apoderado hacer entrega de los certificados o

informes médicos dentro de los plazos señalados.

- El equipo PIE gestionará la hora con el médico sugeridas en las valoraciones de salud,

2 veces.

4.20 PROTOCOLO DE MEDIACIÓN

Definición de mediación: Técnica de resolución pacífica de conflicto en la cual una persona o grupo que no es parte del conflicto, ayuda a las partes en conflicto a llegar a un acuerdo y o resolución del problema. EQUIPO MEDIADOR: 1.- Será conformado por uno o más integrantes del Comité de Convivencia Escolar o por un agente externo designado por la Dirección del Establecimiento. PERFIL DEL MEDIADOR: 1.- Neutral en sus intervenciones, procurando no favorecer o perjudicar a ninguna de las partes. 2.- No emite juicio procurando mantener la objetividad en todo momento. 3.- Empatiza con las partes y usa técnicas de escucha activa. 4.- Mantiene una actitud de ayuda a las partes. 5.- Encausa visión y solución realista

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6.- Apoya la mejora de la relación 7.- Explora los interese y necesidades de las partes. PASOS DE LA MEDIACIÓN: 1.- Pre mediación: 1.1.-La mediación debe ser solicitada por una de las partes o ambas partes en conflicto. 1.2.-También podrá ser sugerida por el Comité de Convivencia Escolar a las partes en conflicto. 1.3.-Se presenta el conflicto y evidencias de la investigación al Comité de Convivencia Escolar. 1.4.-Se definen los roles en el proceso de mediación. 1.5.-El Director del Establecimiento, convoca a las partes mediante citación escrita a través de correo electrónico o por carta certificada, en fecha, hora y lugar estipulado por el Comité de Convivencia Escolar. APLICACIÓN DEL PROTOCOLO ENCUADRE: 1.- Se establecen las normas básicas para el proceso de mediación: -Voluntariedad -Respeto -Confidencialidad 2.- Levantamiento de acta: - Presentación de los mediadores - Presentación de las partes - Presentación del conflicto (resumen) - Exposición de las partes. Cada parte expondrá su planteamiento del problema. - Presentación de medios de verificación (evidencias de la investigación) - Acuerdos: Se establecen acuerdos previa reflexión producto del proceso de mediación. - Compromisos de las partes: Cada parte especifica sus compromisos personales para la resolución del conflicto. - El mediador sintetiza el proceso de mediación. - Firman las partes y mediadores. 3.- Cierre del proceso de mediación. - El mediador sintetiza el proceso de mediación. - Firman las partes y mediadores. EN CASO DE NO RESOLVERSE EL CONFLICTO 1.- El mediador especificará en el acta, en el apartado “Observaciones del mediador”, que no se resolvió el conflicto a través del proceso de mediación. 2.- El Comité de Convivencia Escolar emitirá un informe a la Dirección del Establecimiento, con el resultado de la mediación. 3.- El Director presentará las evidencias con informe escrito al SLEP Costa Araucanía para que inicie una investigación sumaria o administrativa, según corresponda.

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SEGUIMIENTO: 1.- El Comité de Convivencia Escolar se reunirá con el propósito de observar las evidencias de cumplimiento de los compromisos acordados por las partes en etapa de mediación. 2.- De observarse no cumplimiento a los compromisos establecidos, se citará a las partes o a la parte que incumple, para analizar la situación y establecer nuevos compromisos, con levantamiento de acta. 4.21.MODALIDAD DE SOCIALIZACIÓN, ANÁLISIS Y APROBACIÓN DEL REGLAMENTO

INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Será responsabilidad del Consejo Escolar determinar la fecha y modalidad de socialización

y análisis de actualizaciones del Reglamento Interno y Manual de Convivencia Escolar, con

la comunidad escolar.

Esta decisión se tomará en la segunda reunión del Consejo Escolar de cada año.

Los responsables de la socialización de actualizaciones, serán asignados según los apartados

actualizados, considerando a la dupla psicosocial, encargada de convivencia, profesores u

otros elegidos y debidamente informados a la comunidad mediante comunicación escrita,

para convocar a las actividades.

La jornada de socialización y análisis de actualización se realizará entre los meses de marzo

y abril, de cada año, con cierre en la celebración de la semana de la convivencia escolar, en

la que se realizarán talleres de cursos, profesores, asistentes de la educación y apoderados,

cerrando la actividad con un gran plenario o plenarios por estamentos.

El Reglamento Interno de convivencia escolar se encontrará disponible en el

Establecimiento en formato fotocopiado, para quienes requieran observarlo.

Se enviará por correo electrónico a todos los profesores, integrantes el Consejo Escolar para

ser socializado con la comunidad, en reuniones de apoderados, consejos de cursos, talleres

docentes y de asistentes de la educación.

Se incorporará a la plataforma Drive para ser descargado y compartido con los integrantes

de la comunidad escolar que lo requieran.

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ANEXO 1

REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE EDUCACIÓN

PARVULARIA

El presente Reglamento Interno de Educación Parvularia de la Escuela Pública Romilio

Adriazola, se pone a disposición de toda la comunidad educativa con el propósito de ser una

guía que nos permita una buena convivencia escolar con códigos comunes de

comportamiento, instándonos a mantener adecuadas relaciones al interior de nuestro

establecimiento.

El Reglamento, nos permite una instancia de reflexión para velar por los roles y

responsabilidades de cada miembro de nuestra comunidad educativa y resguardar los

derechos de los y las estudiantes de educación Parvularia, siendo además una exigencia

legal.

OBJETIVOS DEL REGLAMENTO:

- Favorecer el ejercicio y cumplimiento efectivo de los derechos y deberes de sus

miembros, a través de la regulación de sus relaciones.

- Fijar normas de funcionamiento, de convivencia y buen trato, y de procedimientos

generales del Establecimiento.

- Asegurar el desarrollo y formación integral de los párvulos, así como el logro de los

objetivos de aprendizaje planteados en el proyecto educativo.

PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA QUE DEBE RESPETAR EL REGLAMENTO

1.- Dignidad del ser humano

2.- Interés superior de niños y niñas

3.- Autonomía progresiva

4.- No discriminación arbitraria

5.- Participación

6.- Autonomía y diversidad

7.- Responsabilidad

8.- Legalidad

9.- Justo y racional procedimiento

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10.- Proporcionalidad

11.- Transparencia

ARTÍCULO 1

REGULACIONES TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO

GENERAL DEL COLEGIO

1.- Niveles Curriculares que imparte la Escuela, según las Bases Curriculares de Educación

Parvularia:

3° Nivel (Transición):

• Pre Kinder

• Kínder

ARTÍCULOS 2

Resumen de los componentes estructurales del currículum

2.1 Ámbitos de Experiencias

Constituyen campos Curriculares donde se organizan y distribuyen los objetivos de

aprendizaje, con el propósito de orientar los procesos de enseñanza y aprendizaje de

educación Parvularia.

2.2 Núcleos de Aprendizajes

Corresponden a focos de experiencias para el aprendizaje, en torno a los cuales se integra

y articula un conjunto determinado de objetivos de aprendizaje. Los que pertenecen al

Ámbito de Desarrollo Personal y Social adquieren un carácter transversal en el currículum.

2.3 Objetivos de Aprendizaje

Establecen los aprendizajes que se esperan de los párvulos en cada nivel educativo,

precisando las habilidades, actitudes y conocimientos que se busca lograr mediante la

práctica pedagógica de la Educación Parvularia. Al interior de ellos, se distinguen objetivos

de aprendizaje transversales (OAT).

2.4 Niveles o tramos Curriculares

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Constituyen una forma de organización temporal de los objetivos de aprendizaje en tres

niveles curriculares, respondiendo con mayor precisión a las necesidades y características

del aprendizaje y desarrollo de los párvulos. Los tres niveles curriculares, que abarcan

tramos de dos años cada uno, se denominan: 1° Nivel (Sala Cuna), 2° Nivel (Medio) y 3° Nivel

(Transición).

En la Escuela Pública Romilio Adriazola se imparte Educación Parvularia del 3° Nivel. Los

párvulos de este nivel siguen en la lógica de adquisición de autonomía progresiva e

identidad, pero se pueden diferenciar de sus pares de 2º Nivel (Medio) gracias a la

manifestación de mayores capacidades: motrices, cognitivas, afectivas y sociales. Se

produce una expansión del lenguaje, incremento del dominio, control y equilibrio en sus

movimientos, mayor conciencia corporal, más empatía, autorregulación, respeto de

normas, mayor desarrollo de las funciones ejecutivas, interés por descubrir el contenido de

textos escritos. Se justifica, además, como grado o grupo independiente, porque constituye

un nivel de transición entre la Educación Parvularia y la Educación Básica, con diseños

curriculares que intentan hacer un puente entre ambos.

2.5 EVALUACIÓN

La evaluación es considerada como un proceso gradual y continuo que acompaña los

distintos tipos de actividad educativa y de aprendizaje, implementada a través de diversos

instrumentos de evaluación que incluyen todos los aspectos del desarrollo de cada

estudiante. Se distinguen como elementos de gradualidad las siguientes etapas:

1° Etapa: evaluación diagnóstica, que debe aplicarse al inicio de cada una de las fases de

aprendizaje, permitiendo adecuar la planificación y los programas a las necesidades,

habilidades, intereses y conocimientos de los estudiantes.

2° Etapa: evaluación de proceso, que tiene un carácter formativo, orientador y regulador

de las actividades e intervenciones educativas, para favorecer el logro de los objetivos.

3° Etapa: evaluación de producto o evaluación sumativa, que tiene como objetivo conocer

y valorar el nivel de logros de los estudiantes en cada semestre, para incrementar la calidad

de los aprendizajes anuales, en todos los aspectos de la formación.

2.6 Informe Pedagógico

Se entregará al apoderado/a un informe pedagógico con observaciones en las fechas

indicadas a continuación:

Informe Semestral: que se entregará en julio y diciembre.

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Se evaluará con los siguientes conceptos:

Escala de Evaluación de los niños y niñas

L Logrado

M/L Medianamente Logrado

P/L Por Lograr

En el Reglamento de Evaluación del Establecimiento, que rige desde el 2020, basado en el

Decreto 67/2019 se especificará la escala de evaluación.

ARTÍCULO 3

NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO

3.1. DE LA PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA

1.- Asistencia y Puntualidad es deber de los padres que sus hijos/as asistan a la totalidad de

la jornada que contempla el calendario escolar, debiendo presentar el correspondiente

certificado médico o justificar de manera oportuna la inasistencia.

2.- En caso de presentar licencia médica, el párvulo deberá permanecer en su hogar durante

el tiempo estipulado por el profesional de salud correspondiente. La licencia médica será el

documento de justifique la inasistencia del párvulo.

3.2 Horario de ingreso al establecimiento

Nivel Jornada Horario

Pre Kínder Mañana De lunes a jueves Entrada: 10.00 horas Salida:14.30 horas Viernes: Entrada: 09.00 horas Salida: 13.30 horas

Kínder Mañana De lunes a jueves Entrada: 10.00 horas

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Salida:14.30 horas Viernes: Entrada: 09.00 horas Salida: 13.30 horas

3.3 Ingreso Kínder y Pre Kinder.

1.- Los niños ingresan por la puerta principal del colegio donde serán recibidos por las

educadoras y/o asistentes de párvulos u otros asistentes designados por la Dirección.

2.- Los padres no pueden ingresar al colegio a dejar a sus hijos, deben ser dejados en el

portón donde serán recibidos y derivados a sus salas por un asistente de la educación

asignado por la Dirección. En una primera etapa consensuada por la Educadora, los párvulos

en proceso de adaptación podrán acceder con los apoderados hasta la sala, por un breve

tiempo.

3.- Los asistentes de los furgones dejan a los niños y niñas en el ingreso principal del colegio

en la medida que las condiciones climáticas lo permitan, en su defecto ingresarán con el

furgón hasta el patio de entrada, para que los párvulos bajen en espacio techado.

4.- La Escuela no debe recibir párvulos antes de la hora estipulada para su ingreso a sus

actividades escolares, siendo responsabilidad de la familia (apoderado(a)) garantizar el

ingreso y permanencia correspondientes al horario establecido para el funcionamiento de

párvulos.

5.- Las situaciones de índole familiar, como ausencia de los adultos responsables para

entregar y recibir a los párvulos, deberán ser resueltas por sus apoderados, no siendo

responsabilidad del Establecimiento los inconvenientes que afecten el debido ingreso y

salida del niño o niña del Establecimiento.

6.- Los apoderados deberán definir un lugar específico para entregar y recibir a los párvulos,

siendo responsabilidad exclusiva del apoderado la entrega de información oficial al

Establecimiento como datos de la persona que reemplazará al apoderado(a) para entregar

o recibir al niño o niña, en el caso de uso de furgón escolar.

7.- En caso de que no se encuentre el adulto responsable de recibir al párvulo, de regreso a

su hogar, el niño o niña será devuelto al Establecimiento hasta que su apoderado, padre o

madre se presente a retirarlo(a), lo que deberá ocurrir dentro del horario de

funcionamiento del colegio.

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3.4 Atrasos en la llegada o salida Pre Kínder y Kínder

1.-Si un niño o niña ingresa después de la hora de inicio, debe esperar junto con el adulto

que lo trae hasta que el funcionario asignado por la Dirección lo lleve a su respectiva sala.

2.-En el caso de la salida, los párvulos permanecerán en su sala con la asistente hasta que

sea retirado por su apoderado (a), respetando el horario de salida.

3.5 Retiro anticipado de la Jornada

1.- La única persona autorizada para retirar al párvulo del establecimiento es su apoderado.

2.- En caso que fuera retirado por otra persona que no sea el apoderado, este deberá estar

registrado como apoderado representante y deberá comunicarlo con anterioridad,

indicando la hora en que será retirado y la persona autorizada para éste fin y el motivo del

retiro, tanto a la Educadora como a la Dirección del Establecimiento, por escrito.

3.- Firmar el registro de salida y esperar que un funcionario asignado retire de la sala al

párvulo y lo lleve a portería.

3.6 Mecanismos de Comunicación con la familia

Libreta de comunicaciones o cuaderno (según lo consignado con la Educadora): Es el

documento oficial de comunicación entre la educadora y los padres, madres y apoderados.

Su uso es obligatorio y se envía diariamente. El apoderado debe firmar las comunicaciones

que reciba diariamente, completar datos de la primera página, así como también

actualizarlos e informar. En caso de perdida de la agenda el apoderado tiene la obligación

de informar a la Educadora y reemplazarla a la brevedad.

En caso de urgencias como accidentes u otras eventualidades, la comunicación será por

teléfono del Colegio 452920598 (o celular de la educadora)

Para informaciones de actividades, el Establecimiento enviará la información impresa.

Teléfono oficial del colegio: Para situaciones de emergencia el apoderado podrá llamar al

teléfono del establecimiento para comunicar la situación (452920598 )

Se prohíbe realizar llamados a las educadoras y asistentes en horario de clases. Después del

horario de clases las educadoras podrán establecer comunicación telefónica para

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situaciones emergentes y en casos excepcionales la Educadora se pondrá en contacto con

la madre, padre o apoderado a través de medios personales.

Redes sociales del establecimiento: se publicará información general utilizando éste

recurso “Facebook Escuela Romilio Adriazola”

PROCESO DE ADMISIÓN: Según plataforma de admisión publicada anualmente

3.7 ALIMENTACIÓN

1.- En el caso de los párvulos que no sean beneficiados por la beca de alimentación de

JUNAEB, su padre, madre o apoderado deberá enviar la alimentación correspondiente, la

cual deberá ser sana, evitando comida chatarra.

2.- Si el párvulo no acepta la alimentación JUNAEB deberá ser su apoderado quien se haga

cargo de enviar la alimentación correspondiente.

3.- Los párvulos que estén adscritos al programa de vida sana por nutrición, deberán cumplir

con la asistencia a controles y cuidar la dieta alimenticia de su hijo dentro del colegio.

4.- Todo esto con registro firmado por los apoderados.

5.- Será responsabilidad de los padres, madres y apoderados informar al Establecimiento si

su hijo(a) padece algún trastorno alimentario como intolerancia a la lactosa, gluten, alergias

u otros y suministrar los alimentos apropiados.

3.8 USO DE UNIFORME ESCOLAR

1.- La Escuela Pública Romilio Adriazola cuenta con uniforme, buzo escolar y delantal para

párvulos.

2.- En caso de no adquirirse a través de Ley SEP se podrá llegar a acuerdos con las

respectivas Educadoras de párvulos para acercar el concepto de uniforme del

Establecimiento como sentido de identidad.

3.- Para participar en actividades oficiales como efemérides, actos comunitarios u otros

eventos de esta naturaleza, se solicitará el uso de uniforme escolar:

-niños: pantalón gris, zapatos negros, polera azul marina con bordes celestes (Institucional)

y chaleco azul marino, cabello corto.

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-niñas: falda azul marina, polera institucional azul marina con borde celeste, chaleco azul

marino, zapatos negros, calcetas azul marina, cabello tomado según acuerdos con las

Educadoras de Párvulos.

4.- Para actividades deportivas y recreativas se debe usar el buzo institucional (azul marino

con franjas celestes o azula marino en su defecto)

5.- Para las actividades en la sala o dentro del colegio se deberá usar el delantal de párvulos

del colegio.

6.- En caso de no contar con los recursos para adquirir el uniforme institucional, buzo y o

delantal, el padre, madre o apoderado(a) deberá informar a la Educadora de Párvulos para

que a través del colegio se le apoye en la adquisición, lo cual no consistirá en dinero en

ningún caso. También podrá proveer a su pupilo de buzo azul marino tradicional.

7.- El incumplimiento de esta norma no será motivo de sanción como la prohibición de

ingresar al Establecimiento, ni suspensión o exclusión de las actividades educativas.

3. 9 HIGIENE Y SALUD

Hábitos higiénicos:

1.- Los párvulos deben presentarse, diariamente limpios en el Establecimiento para sus

actividades escolares.

En la escuela:

1.- Cada baño contará con papel higiénico y toalla húmeda para el uso de los párvulos.

2.- Se lavan las manos con jabón y se secan con toalla de papel que botarán en el basurero.

Podrán usar toalla personal, en consenso con el apoderado, padre o madre.

3.- Realizarán cepillado de dientes después de cada comida, con supervisión de las

Educadoras y/ o sus asistentes.

3.- Las salas se ventilarán de acuerdo a la necesidad.

4.- Las Educadoras establecerán mecanismos de apoyo para la limpieza de juguetes y

elementos de manipulación de los párvulos, en consenso con apoderados y asistentes.

5.- En caso de que el párvulo presente diagnóstico de sarna, pediculosis, herpes, u otro de

tipo contagioso, será responsabilidad del padre, madre o apoderado derivarlo al CESFAM u

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otro centro médico para su correspondiente tratamiento, y aplicación en el periodo que el

profesional médico que atienda el caso lo determine, lo cual deberá ser informado

oportunamente a la Educadora de párvulos, con el documento que lo acredite.

ARTÍCULO 4

Decreto n° 241/2018 modifica decreto N° 315

“No obstante lo anterior, dicho reglamento no podrá establecer sanciones a los niños y

niñas de niveles de educación parvularia por infracciones a la convivencia, lo que no

impedirá la adopción de medidas pedagógicas o formativas orientadas a desarrollar

progresivamente en estos la empatía para la resolución de conflictos y comprensión de

normas”.

PROCEDIMIENTOS DE APOYO

4.1 DEFINICIONES

Seguimiento orientador: es el proceso de acompañamiento del párvulo que tiene como

función apoyarlo en sus desafíos formativos y académicos deficitarios y es realizado en

entrevistas individuales y/o grupales, según amerite la situación por parte de la Educadora,

convivencia escolar, Equipo PIE.

Las entrevistas: constituyen una herramienta de carácter confidencial para abordar los

procesos y problemáticas del párvulo. En ella se resguarda su integridad, por lo cual se

interrumpe solamente si hay riesgo o vulneración de derechos del párvulo o de sus pares.

Las entrevistas a párvulos siempre se realizarán en presencia de su apoderado.

Intervenciones preventivas: son estrategias de carácter pedagógico y formativo que se

realizan con los párvulos que lo requieran, en diferentes momentos del proceso de

resolución de un conflicto, respetando los tiempos establecidos según lo amerite cada caso.

4.2 DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES FORMATIVAS

De acuerdo a la resolución exenta N° 0860, que aprueba circular que imparte instrucciones

sobre reglamentos internos de los establecimientos educacionales parvularios “en el nivel

de Educación Parvularia, la alteración de la sana convivencia entre niños y niñas, como

asimismo entre un párvulo y un integrante de la comunidad educativa, no da a lugar a la

aplicación de ningún tipo de medida disciplinaria en contra del niño o la niña que presenta

dicho comportamiento”. No obstante, no exime de responsabilidad a los miembros adultos

de la comunidad educativa.

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De esta manera, sólo se aplicarán medidas formativas que tienen como objetivo apoyar el

desarrollo integral de los párvulos.

Se aplicarán los siguientes procedimientos:

1. Indagación: La educadora investiga y recopila la información de los actores involucrados

en algún hecho de convivencia escolar. Deberán formarse una idea de dónde, cómo y

cuándo sucedieron los hechos y deberán reunir los antecedentes necesarios para tener

claridad acerca de lo que sucedió y quién o quiénes estuvieron involucrados.

2. Comunicación escrita al apoderado/a: la realizará la educadora, a través de la agenda o

libreta de comunicación para informar sobre alguna situación de convivencia del párvulo.

3. Conversación con el apoderado/a: espacio de diálogo que tiene por objetivo de analizar

la situación y establecer estrategias formativas, compromisos y acuerdos.

Las mediadas formativas buscan fortalecer la internalización de principios, valores y el

desarrollo de una moral autónoma, asegurándoles una vida ciudadana libre, coherente y

responsable, moral y éticamente confiable.

ARTÍCULO 5

ORIENTACIONES SOBRE NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

5.1 Acciones formativas y acciones administrativas asociadas

1.- Corresponde a la educadora mantener el clima de aula y tomar las acciones tendientes

a ello, sea en forma individual o grupal.

2.- Corresponde a todos los adultos propiciar un clima escolar adecuado y seguro fuera del

aula.

3.-Todos los funcionarios de la comunidad educativa que hayan observado una situación de

conflicto deberán apoyar y orientar a través del diálogo con el párvulo y la respectiva

educadora.

4.-La situación debe ser informada a la educadora o encargado de convivencia escolar si se

estima necesario.

5.2 Procedimiento administrativo y consecuencias formativas:

1. Diálogo con el párvulo.

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2. Diálogo de la educadora con el padre, madre o apoderado, con establecimiento de

compromisos y acuerdos.

3. Diálogo entre el encargado de convivencia escolar y los padres o apoderado, con registro

de entrevistas. (Esto dependerá de la gravedad de la situación, en su defecto, será suficiente

con la entrevista aplicada por educadora de párvulos con los padres y los acuerdos y

compromisos adquiridos en esta instancia)

5. Acciones formativas que respondan a la situación de convivencia escolar abordada. (Las

acciones formativas corresponderán a los acuerdos y compromisos asumidos por el o los

adultos responsables del párvulo, tendientes a mejorar o modificar comportamientos del o

la niña)

ARTÍCULO 6

DE NORMAS Y SITUACIONES QUE ALTEREN LA CONVIVENCIA ESCOLAR

6.1 La enseñanza que imparte el establecimiento se sustenta en valores humanos que

educan para la paz, siendo los elementos que fortalecen la convivencia armónica y

construyen comunidad, entre los cuales destacamos como fundamentales para la aplicación

de normas los siguientes:

Respeto: Es aceptar, valorar y honrar a otra persona, tanto sus palabras como sus acciones,

aunque no aprobemos ni compartamos todo lo que haga. El respeto es aceptar a la otra

persona y no pretender cambiarla. Respetar a los otros es ser capaz de comprender y

aceptar que existen esas diferencias individuales y, sobre todo, entender que como

miembros de una sociedad somos iguales. A todas las personas se les debe respeto por el

simple hecho de ser personas.

Honestidad: La honestidad nos une más a las personas y nos ayuda a generar respeto. Ser

honesto es tener una actitud acorde con la verdad en nuestras relaciones con todas las

personas con las cuales nos relacionamos y también con uno mismo. La persona que es

honesta puede reconocerse, entre otras cosas por ser siempre sincero en su

comportamiento, palabras y afectos; cumplir con sus compromisos; aceptar sus defectos y

errores, y esforzarse por superarlos.

6.2

Norma: Respeto y Honestidad Situaciones

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1. Respetar el trabajo de los demás,

cuidando el clima educativo y propiciando

un ambiente de silencio y concentración.

1.1. Interrumpir reiteradamente la clase

con chistes, conversaciones fuera de

contexto.

1.2. Rehusarse a seguir la rutina escolar y/o

seguir las instrucciones de las educadoras

1.3. Rehusarse a trabajar en clases y/o

marginarse de alguna actividad.

2. Cuidar el mobiliario y material de las

salas de clases, patrimonios del Colegio y

los bienes de los miembros de la

Comunidad Educativa.

2.1. Dañar materiales del Centro de

Recursos para el Aprendizaje (CRA),

materiales deportivos, otras dependencias,

así como también artículos personales de

miembros de la Comunidad Educativa.

2.2. Rayar mesas, paredes, sillas, estantes,

ropas, diarios murales u otros.

3. Participar activamente y con respeto en

la clase, actividades de la escuela y en

salidas pedagógicas.

3.1. Abandonar la clase, el gimnasio, el

taller u otro recinto de trabajo escolar sin

autorización de la educadora.

3.2. Interrumpir la clase u actividad de

manera reiterada en forma violenta e

irrespetuosa.

4. Ser amable, educado, cuidadoso y

respetuoso con todos los miembros de la

Comunidad Educativa.

4.1. Falta de respeto o de cortesía hacia los

miembros de la Comunidad Educativa por

cualquier medio.

4.2. Participar en una acción individual y/o

colectiva, de agresión física o verbal contra

compañeros(as) o cualquier miembro de la

Comunidad Educativa.

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4.3. Amenazar, golpear, insultar o

calumniar a un miembro de la Comunidad

educativa, en forma verbal o gestual.

5. Ser honesto, leal y veraz consigo mismo

y con los demás.

5.1. Engañar o mentir a un(a) profesor(a),

Educadora, asistente, o a cualquier persona

de la Comunidad Educativa.

5.2. Invadir y/o revisar pertenencias de

cualquier persona, sin su autorización

(mochilas, carteras, otros).

5.3. Sustraer elementos ajenos.

ARTÍCULO 7

RECONOCIMIENTOS A LOS PÁRVULOS

Con el fin de destacar los aspectos de la formación integral de nuestros estudiantes ha

determinado entregar los siguientes reconocimientos:

Reconocimiento Indicadores

Premio a los logros

Es el Reconocimiento otorgado, al finalizar

el año escolar por la Dirección del

establecimiento, al párvulo que manifiesta

el mayor nivel de logro, de acuerdo a su

etapa, en la internalización y apropiación

de los rasgos definidos por el PEI como

perfil del párvulo.

• Manifiesta actitud positiva y autocrítica.

• Tiene apertura al diálogo y la comunicación.

• Respeta las características de sus compañeros y compañeras.

• Trabaja con entusiasmo para ampliar su conocimiento a través de la investigación y el estudio.

• Favorece el clima de sana convivencia en todas las actividades académicas.

• Valora y se compromete en el trabajo colaborativo.

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• Es solidario con los demás a través de acciones concretas.

• Se relaciona con sencillez, respeto, humildad y alegría con todos los miembros de la Comunidad Educativa.

• Manifiesta valores basado en la verdad, la justicia y la honestidad.

• Cuida y se preocupa del entorno material y del medio ambiente.

• Cuida su higiene personal.

Mejor Compañero

Es el reconocimiento que otorgan, por

votación secreta, sus pares al compañero

de curso que destaca por la vivencia del

compañerismo y la fraternidad.

• Solidario con sus pares a través de acciones concretas.

• Abierto al diálogo y la comunicación.

• Respeta el pensamiento y las acciones de los demás.

• Es empático, comprometido, alegre y respetuoso.

• Colabora en la construcción de aprendizajes colectivos y en la generación de un clima de familia en su curso.

• Es confiable, amistoso y favorece el cuidado mutuo.

Estudiante más esforzado • Responsabilidad: -El párvulo cumple con las actividades

variables que se le otorgan, aunque

requiera de más tiempo.

-Solicita apoyo pedagógico cuando tiene

que cumplir con una tarea.

-Intenta mejorar cuando se le corrige.

• Disposición frente al aprendizaje: -Demuestra perseverancia en aquellos

contenidos en que presenta dificultad.

-Se muestra activo y atento en las

actividades variables participando o

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trabajando en la actividad según

corresponda.

-Muestra tolerancia a la frustración cuando

se le corrige una tarea o un

comportamiento.

PROTOCOLO N°1

SALIDAS PEDAGÓGICAS DE PÁRVULOS

1. Toda salida oficial de párvulos para desarrollar actividades fuera del establecimiento

debe ser informada oportunamente (15 días de anticipación) a las instancias pertinentes al

interior del establecimiento y a los apoderados, mediante comunicación, la cual debe

contener información clara, veraz y completa.

2. La participación de cada párvulo debe ser conocida y autorizada por el apoderado,

mediante el envío al establecimiento de la respectiva autorización con los datos requeridos

y firmada. Por seguridad y resguardo, sólo se acepta la autorización realizada por el

apoderado. Si el párvulo no presenta oportunamente esta autorización con los datos

requeridos y firmada por el/la apoderada (a), no podrá participar en la actividad y deberá

quedarse en su hogar, de acuerdo con la normativa ministerial. Es importante recalcar que,

para estos efectos, no son válidos los mails, llamados telefónicos o autorizaciones por redes

sociales.

3. Entregar hoja de ruta y toda la información solicitada por la Dirección del

Establecimiento.

4. Acompañan en la salida pedagógica los cuatro integrantes de la directiva, educadora, y/o

cuatro apoderados designados por la educadora.

5. Cada apoderado que acompaña lleva un distintivo con su nombre, nombre del

establecimiento y una nómina con los niños a cargo.

6. Toda salida pedagógica, al tratarse de actividades vinculadas al Proyecto Educativo,

tienen el carácter de actividades oficiales del establecimiento, por lo tanto, les resulta

plenamente aplicable el presente Manual de Convivencia y demás normativa interna del

establecimiento.

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9. Para participar en la actividad, se sugiere que la educadora verifique que el párvulo está

en buenas condiciones de salud y puede cumplir con las exigencias y requisitos propios de

la actividad a realizar. En caso de encontrarse enfermo deberá informarle al apoderado que

tendrá que restarse de la actividad a modo de protección de la salud del niño o niña.

10. El adulto responsable de la actividad debe:

• Completar en Portería Libro de Registro de Salidas con los datos solicitados.

• Portar en todo momento la nómina del curso (nombre del apoderado/a y teléfonos

de contacto)

• Deberá portar formato de derivación a centro de salud por accidente escolar en caso

de ser necesario.

• En caso de contratación de servicio exclusivo de transporte, verificar que el vehículo

cumpla con las normas de seguridad exigidas por la autoridad ministerial para estos

fines (cinturón de seguridad habilitados, número de asientos igual o superior al

número de alumnos, etc.). Además, permiso de circulación, revisión técnica, licencia

de conducir, registro de inhabilidad (para trabajar con niños).

• Mantener contacto telefónico para avisar oportunamente el arribo al lugar señalado

y la hora de regreso al Establecimiento, especialmente si hay retraso en el retorno

por algún hecho circunstancial.

• En caso de emergencia y accidentes:

a) Es tarea del adulto responsable de la actividad dar la primera atención al párvulo en caso

de problemas de salud o accidente, evaluar preliminarmente la situación para decidir si

procede permanecer en el lugar que se encuentran, o volver al Establecimiento, llamar a

los padres o apoderados y trasladarlo a un Centro de atención de salud con el documento

de derivación con timbre del Establecimiento.

b) El párvulo debe estar siempre acompañado, hasta la llegada de, al menos, uno de sus

padres.

c) Si es de riesgo vital uno de los funcionarios debe acudir a un centro de Red Pública de

salud más cercano.

d) Los párvulos participantes de la actividad que no estuvieren involucrados en la situación

quedarán a cargo de otro adulto responsable designado por la Educadora.

e) Es esperable que el adulto responsable de la actividad cumpla a cabalidad con su tarea y

mantenga información regular y fluida coordinado con el establecimiento, especialmente

en momentos de dificultad, ya sea para requerir ayuda en los procedimientos a aplicar como

para solicitar apoyo de personal del establecimiento en el lugar de la emergencia (siempre

y cuando aquello sea factible de realizar y cumplir).

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PROTOCOLO N° 2

VULNERACIÓN DE DERECHOS DE ESTUDIANTES

I. PRESENTACIÓN

Los protocolos de actuación son instrumentos que regulan los procedimientos de una

comunidad educativa con la finalidad de enfrentar situaciones que ponen en riesgo y/o

vulneran los derechos de una o más personas de manera oportuna, organizada y eficiente.

Su correcta aplicación se fundamenta en resguardar los derechos de niñas y niños, prevenir

y actuar oportunamente ante situación que pueden poner en riesgo su integridad y

contribuir a la mejora continua de los procesos de enseñanza-aprendizaje en los diferentes

espacios educativos de cada nivel.

Este instrumento específico contempla acciones que involucran a los padres o adultos

responsables, o en caso de ser necesario las acciones que permitan activar la atención y/o

derivación a las instituciones de la red, tales como Tribunales de Familia u Oficina de

Protección de Derechos (OPD) respectiva – al momento en que un funcionario del

establecimiento detecte la existencia de una situación que atente contra el estudiante.

II. MARCO LEGAL

Ley de menores N°16.618

III. CONCEPTOS GENERALES

Mal trato infantil: La convención de los Derechos de los Niños de las Naciones Unidas en su

artículo 19, se refiere al maltrato infantil, como: “Toda forma de perjuicio o abuso físico o

mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual,

mientras el niño se encuentre bajo la tutela de sus padres, de un representante legal o de

cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”.

Mal trato físico: Es cualquier acción no accidental por parte de los padres, madres o

cuidadores(as) que provoque daño físico, sea causal de enfermedad en el niño(a) o lo ponga

en grave riesgo de padecerla. Esta puede manifestarse a través de moretones, cortes y/o

quemaduras, especialmente si el estudiante no es capaz de explicar adecuadamente su(s)

causa(s). Esto puede aparecer en patrones distintivos, tales como marcas por agarrar o

coger al estudiante con fuerza marcas de mordeduras humanas, quemaduras de cigarrillo

o impresiones de otros instrumentos.

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Además es frecuente que los niños presenten miedo de volver a casa o miedo del

padre/madre, y temor ante la posibilidad de que se cite a apoderados para informar de la

situación del niño en el establecimiento.

Abandono y negligencia: Se refiere a situaciones en que los padres, madres o

cuidadores(as) estando en condiciones de hacerlo no dan el cuidado y protección tanto

física como psicológica que los niños y niñas necesitan para su desarrollo. El abandono y la

negligencia se manifiesta por ejemplo a través de la mala nutrición, apatía o fatiga

constante del niño, conductas tales como robar o suplicar por comida, notoria falta de

cuidado personal (mala higiene personal, ropas rotas y/o sucias), falta de atención a

necesidades de optometría (lentes), odontológicas (dientes) u otras necesidades médicas,

ausencia o tardanza frecuente en la escuela y atención inadecuada o falta de supervisión

de un niño(a).

Abuso sexual: El abuso sexual infantil ocurre cuando un adulto, o alguien mayor que un

niño, abusa del poder, relación de apego o autoridad, que tiene sobre él o ella y/o se

aprovecha de la confianza y/o respeto para hacerlo participar de actividades sexualizadas

que el niño(a) no comprende y para las cuales es incapaz de dar su consentimiento.

IV. PROCEDIMIENTO FRENTE A ESTAS SITUACIONES

1.- Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación

vulneración de derechos o considere la existencia de indicios claros, tiene la obligación de

dar a conocer esta situación de manera inmediata a la Dirección del Establecimiento. Es

necesario además guardar confidencialidad sobre la situación, para de esta forma

resguardar la intimidad del párvulo afectado.

2.- Es importante escuchar respetuosamente el relato del párvulo que refiera haber sido

maltratado, acosado o abusado/a sexualmente. Registrar el relato espontáneo del niño,

niña: transcribir textualmente sus palabras y especificar las circunstancias en las que realiza

el relato. De igual forma es necesario registrar todos aquellos datos e informaciones que

puedan ser relevantes en la determinación de las características del caso de manera lo más

objetiva posible y sin emitir juicios de valor. En caso de que sea un adulto quien presenta el

caso, se debe dejar registro escrito con firmas, solicitando la mayor cantidad posible de

datos del caso para informar a la Dirección.

3.- La Directora convoca al Equipo de convivencia escolar para informar el caso y establece

responsabilidades para recabar información aplicando el protocolo consistente en una serie

de acciones como: entrevistas con la educadora, con los apoderados y otros adultos

involucrados Estas entrevistas deben ser registradas, en la bitácora de convivencia escolar.

Entrevistas y aplicación de test a párvulos por parte del Psicólogo del colegio.

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4.- Se comunicarán los resultados a la Director/a del Establecimiento por medio de un

informe emitido por los responsables de la investigación y se tomará la decisión

correspondiente.

5.- En caso de tratarse de maltrato, abuso y violación, se realizarán las derivaciones o

denuncias a las instituciones pertinentes al caso. Ya sea Tribunales de Familia, Oficina de

Protección de Derechos de Ia Infancia de la comuna, derivación a programas ambulatorios

SENAME, centros de salud mental u otra, según corresponda.

6.- Se comunicará la resolución y los pasos a seguir según el caso a los apoderados del

párvulo, salvo si se valora que dicha información pone en riesgo la integridad del estudiante

(abuso sexual intrafamiliar, maltrato físico grave…). En estos casos debe comunicarse la

situación a las instituciones pertinentes.

7.- Se aportará toda información recabada a las entidades correspondientes (Tribunales,

Programas de apoyo, Profesionales médicos)

V. MEDIDAS DE APOYO PEDAGÓGICO Y REPARATORIOS

Nuestro establecimiento educacional realiza las siguientes acciones con carácter

preventivo, para detectar situaciones de vulneración de derechos y potenciar los factores

protectores de la salud mental de los párvulos y su familia:

- Capacitaciones y facilitación de instancias formativas para el cuerpo docente y para

educadora del establecimiento en detección de situaciones de vulneración de derechos de

niños, y primera acogida a cargo de la dupla psicosocial y redes externas facultadas para el

caso.

- Facilitación de espacios pedagógicos en los cuales se aborden temáticas tales como

detección de violencia, derechos de los niños, sana convivencia entre pares.

PROTOCOLO N°3

CAMBIO DE ROPA DE PÁRVULOS

I. PRESENTACIÓN

El establecimiento ha implementado el presente protocolo con el objeto de organizar y

regular el procedimiento de cambio de ropa, en caso que el párvulo se ensucie o moje en el

nivel que atiende.

Las únicas personas autorizadas para llevar a cabo este procedimiento son las Educadoras

debiendo el establecimiento informar al apoderado sobre la situación.

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Al inicio del año escolar o al momento del ingreso del párvulo el apoderado podrá autorizar

por escrito el cambio de ropa de su hijo(a). En caso de no autorizar deberá informarlo

también por escrito a través de una carta dirigida a la educadora.

II. PROCEDIMIENTO CAMBIO DE ROPA

En caso de orinarse:

1. Si el apoderado autoriza (en la primera reunión deja autorización firmada)

1. La educadora o asistente llevará al niño/a al baño, que permanecerá abierta con el

debido resguardo para evitar la exposición del niño(a)

2. El párvulo sin ayuda de los adultos procederá a cambiarse la ropa mojada y ponerse

la ropa interior que traerá de su casa diariamente en una bolsa con su nombre y que

permanecerá en su mochila.

3. El adulto permanecerá en la puerta del baño entregando instrucciones y

supervisando el aseo personal y el cambio.

4. En caso de no traer muda de ropa, se le solicitará al apoderado traer la muda

respectiva

5. La ropa mojada se devolverá en una bolsa de plástico.

2. Si el apoderado no autoriza el cambio de ropa:

1. Se llamará desde secretaria al apoderado quien tendrá que asistir a la brevedad para

proceder a cambiarlo.

2. El estudiante permanecerá en la sala esperando a su apoderado.

En caso de defecarse:

1.- Si se defeca, el niño permanecerá en la sala y desde la secretaria se llamará al

apoderado/a quien debe asistir a la brevedad a cambiarlo y limpiarlo.

2.- Si es necesario se lo llevará haciendo el correspondiente retiro en portería e informando

a la educadora de párvulos.

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PROTOCOLO N° 4

ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VIOLENCIA ENTRE MIEMBROS ADULTOS DEL

NIVEL PARVULARIO

I. INTRODUCCIÓN

Todos los actores que forman parte de la Comunidad Educativa del Nivel Parvulario del

establecimiento, tienen derecho a compartir en un ambiente armónico, así como también

a ser respetados en su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de

tratos degradantes o maltratos psicológicos por parte de otros adultos de la comunidad

educativa. Se incluyen en el presente protocolo las situaciones de maltrato que ocurran

entre:

- Funcionarios.

- Apoderados

- Apoderados y Funcionarios

Se consideran conductas transgresoras entre adultos:

- Falta de respeto entre funcionarios, apoderados y entre apoderados y funcionarios.

- Hacer uso indebido de elementos informáticos para referirse con o sin intención de

perjudicar a personas o a la Institución, atentando contra su dignidad (Chat, Hackear,

Facebook, Blogspot, Twitter, Instagram y otros).

- Crear o publicar material tanto digital como impreso en relación a temas que atentan

contra la dignidad de los adultos.

- Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por

cualquier medio en contra de un adulto del establecimiento.

II. PROCEDIMIENTO POR MALTRATO ENTRE ADULTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Recepción de la denuncia: El adulto debe informar el hecho ocurrido a la Dirección, quien

registrará lo acontecido en registro de entrevista del establecimiento, documento que

deberá ser firmado por el adulto informante. Posteriormente se informará al encargado de

convivencia escolar.

Comunicación y Entrevista a los adultos involucrados: La Directora efectuará el análisis de

la situación en conjunto con el Equipo de Convivencia Escolar y citará a una entrevista

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personal a los involucrados implementándose posteriormente un plan para establecer

compromisos entre los involucrados.

Medidas de reparación: En los registros internos del establecimiento se deberá especificar

las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se

supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en

disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, en caso de

sustracción u otras acciones para reparar o restituir el daño causado. Todo lo anterior de

acuerdo al Anexo Reglamento de Convivencia Escolar de Párvulos del establecimiento.

Medidas y Consecuencias:

a) Entre Funcionarios: Se aplicará protocolo establecido en Reglamento de Convivencia

escolar.

b) Entre Apoderados: Dependiendo de la gravedad de la situación, se efectuarán las

siguientes acciones:

Entrevista personal:

1.-Entrevista con Directora del Establecimiento y los apoderados involucrados acerca de la

situación ocurrida, con el fin de analizar las causas y consecuencias de la falta cometida.

2.-En caso de tratarse de un caso complejo, como amenazas, menoscabo, insultos, u otros

similares, la Directora convocará al comité de convivencia escolar para presentar el caso y

activar el protocolo de investigación interna para esclarecer los hechos.

3.- Determinar medidas, estableciendo acuerdos y compromisos.

Mediación entre las partes: Si la situación lo amerita, y las partes involucradas lo solicitan,

el Comité de Convivencia realizará una mediación entre las partes con el objetivo de lograr

acuerdos y compromisos.

c) De Apoderados a Funcionarios y de Funcionarios a Apoderados: Los apoderados son

miembros del Centro de Padres que se rigen por sus estatutos y normativas internas. No

obstante, lo anterior, como integrantes de la Comunidad Educativa del establecimiento,

también se rigen por las normas del Reglamento Interno de Convivencia Escolar. La

transgresión de esta normativa será evaluada por la Dirección y las consecuencias serán

determinadas de acuerdo a la gravedad de la falta y en consideración a los antecedentes

recopilados, efectuándose las siguientes acciones:

a. Entrevista personal:

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1.- La Directora recibe la información a través de entrevista personal con los involucrados,

con el fin de analizar las causas y consecuencias de la falta cometida, para establecer

medidas, acuerdos y compromisos. Estas entrevistas deben quedar registradas con fecha,

hora y firma de entrevistados.

b. Mediación entre las partes: Si la situación lo amerita el Comité de Convivencia realizará

una mediación entre las partes con el objetivo de lograr acuerdos y compromisos entre los

involucrados.

c. Denuncia a Tribunales por delitos: Si se configura un delito, de un apoderado a un

funcionario y de un funcionario a apoderado, el establecimiento hará la denuncia según la

normativa vigente.

III. RECURSOS O APELACIONES

Los involucrados podrán apelar a la resolución adoptada por escrito y fundadamente en un

plazo de 48 hrs. hábiles a través de una carta dirigida a Dirección, quien resolverá en

conjunto con el Comité de convivencia dentro de cinco días hábiles.

IV. Evaluación y Seguimiento

Luego de quince días hábiles se citará a los adultos involucrados con el fin de analizar el

seguimiento de los compromisos establecidos.

MODALIDAD DE SOCIALIZACIÓN, ANÁLISIS Y APROBACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO

DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Será responsabilidad del Consejo Escolar determinar la fecha y modalidad de socialización

y análisis de actualizaciones del Reglamento Interno y Manual de Convivencia Escolar, con

la comunidad escolar.

Esta decisión se tomará en la segunda reunión del Consejo Escolar de cada año.

Los responsables de la socialización de actualizaciones, serán asignados según los apartados

actualizados, considerando a la dupla psicosocial, encargada de convivencia, profesores u

otros elegidos y debidamente informados a la comunidad mediante comunicación escrita,

para convocar a las actividades.

La jornada de socialización y análisis de actualización se realizará entre los meses de marzo

y abril, de cada año, con cierre en la celebración de la semana de la convivencia escolar, en

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la que se realizarán talleres de cursos, profesores, asistentes de la educación y apoderados,

cerrando la actividad con un gran plenario o plenarios por estamentos.

El Reglamento Interno de convivencia escolar se encontrará disponible en el

Establecimiento en formato fotocopiado, para quienes requieran observarlo.

Se enviará por correo electrónico a todos los profesores, integrantes el Consejo Escolar para

ser socializado con la comunidad, en reuniones de apoderados, consejos de cursos, talleres

docentes y de asistentes de la educación.

Se incorporará a la plataforma Drive para ser descargado y compartido con los integrantes

de la comunidad escolar que lo requieran.

ANEXO 2:

ACTA DE MEDIACIÓN Lugar y Fecha:_______________________________________________________ Datos Mediadores:

Nombre completo:

Rut

Cargo/Función

Nombre completo:

Rut

Cargo/Función

Nombre completo:

Rut

Cargo/Función

Datos Partes en Conflicto:

Nombre completo:

Rut

Cargo/Función

Nombre completo:

Rut

Cargo/Función

RESUMEN DEL CONFLICTO

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NARRACIÓN DE LOS ACONTECIMIENTOS PARTE 1:

PARTE 2:

MEDIOS DE EVIDENCIAS: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDOS: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ COMPROMISOS:

Parte 1 Parte 2:

OBSERVACIONES GENERALES: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ FIRMA DE LOS PARTICIPANTES ___________________________ __________________________________

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ANEXO N° 2: PROTOCOLOS APLICABLES EN CONTINGENCIA SANITARIA POR COVD 19 MODALIDADES DE COMUNICACIÓN PROTOCOLOS USO DEL WHATSAPP Y CORREOS ELECTRÓNICOS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES ANTE PANDEMIA CORONAVIRUS EN TODO EL PAÍS

1.- PROTOCOLO DE CREACIÓN Y USO DE WHATSAPP DE USO PEDAGÓGICO El presente protocolo norma la utilización del WhatsApp a toda la comunidad educativa de nuestro establecimiento. Dada la situación actual para el apoyo

pedagógico y contención emocional a estudiantes y apoderados por suspensión de clases a nivel país.

La creación de los grupos de WhatsApp se regirá bajo las siguientes normas: 1.- Cada curso deberá crear un grupo de WhatsApp, por este tiempo y siempre que estén todos los miembros de acuerdo del uso de WhatsApp y con la única finalidad de realizar labores de apoyo pedagógico y/o psicosocial según corresponda al profesional. Sí algún apoderado no quisiera participar de este grupo de WhatsApp, se deberá respetar su decisión pues no es obligación, sin embargo, este apoderado deberá garantizar y hacerse cargo de otro medio para el apoyo pedagógico que la escuela debe entregar a todos los estudiantes. 2.- El administrador sólo podrá ser el profesor jefe y de asignatura del curso, en este caso especial de contingencia sanitaria. 3.- El profesor jefe y/o de asignatura deberá informar condición, uso y horarios del uso del medio implementado (WhatsApp) 4.- El grupo se utiliza sólo para transmitir información relevante del curso, y que tienen relación con el plan de aprendizaje remoto y contención, que permitan los apoyos pedagógicos correspondientes. 5.- Cada integrante del grupo, deberá ser apoderado titular de su estudiante, o un representante autorizado por el apoderado titular, no podrán ser integrantes de estos WhatsApp de cursos otras personas que no tienen esa condición. 6.- Este medio será utilizado para entregar orientación directa del profesor a los estudiantes en el horario establecido de desarrollo de actividades de aprendizaje planificadas e informadas previamente, ante la presencia de su apoderado o adulto responsable del estudiante. 7.- Sí surge algún conflicto con algún integrante de la comunidad educativa se prohíbe utilizar esta red social para comentar o dar solución al conflicto. 8.- Queda prohibido compartir fotos, videos o comentarios que vulneren la privacidad de algún integrante de la comunidad escolar y/o videos, fotografías estudiantiles sin el consentimiento de los padres de los estudiantes involucrados.

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Para esto deberá dejar registrada la autorización en el mismo WhatsApp, ante la petición también registrada por parte del profesor(a). 9.- Sólo se usarán videos, fotografías de estudiantes, apoderados y/o funcionarios del establecimiento con el pleno consentimiento de las partes y sólo para difusión del trabajo pedagógico que se está realizando en la red de Facebook institucional o del servicio local costa Araucanía según lo solicite. 10.- Queda prohibido discutir, criticar, menoscabar, insultar o faltar el respeto entre los miembros de grupo o algún integrante de la comunidad educativa, quien altere esta norma deberá ser excluido del grupo de WhatsApp. 11.- Los grupos de WhatsApp sirven para gestionar temas de carácter educativo, no de carácter político, personal o religioso. 12.-Se debe respetar los horarios de participación en el WhatsApp, evitando escribir de noche ni en fin de semana, respetando días y horarios por asignaturas y que estos horarios sean previamente avisados a los miembros del grupo de WhatsApp. En caso de existir dificultades para establecer la comunicación en el horario estipulado, deberá concordarse entre el apoderado y el profesor otra modalidad de atención, siempre respetando el tiempo de descanso y de uso personal del o los docents y estudiantes. 13.- No se puede tener conversaciones de índole individual, no pedagógica con estudiantes vía WhatsApp o apoderados. La contención emocional personal deberá realizarse a través de un canal de comunicación personal, resguardando la confidencialidad. 14.- Es decisión de cada Profesor tener comunicación por este medio con el representante del curso para concordar aspectos en beneficio del grupo. 15.- Toda información entregada por este medio es de absoluta responsabilidad de los integrantes del grupo del WhatsApp. 16.- Queda prohibido hacer pantallazos y/o difusión de la información entregada sin autorización y /o acuerdos del grupo, pues el grupo creado es privado y no pueden ser difundidos en otras redes sociales, ya que esto es constituyente de falta administrativa y delito. 17.- Ante cualquier situación que se presente, debe dirigirse vía correo electrónico al Director (a), con copia a la encarga de convivencia escolar, para reportar las situaciones acontecidas, con fecha del suceso y datos completos de quien reporta el hecho, sea apoderado o professor. 18.- El canal de comunicación del apoderado y o estudiante será directo con el profesor jefe, quien derivará la situación a la Dirección, quien según la necesidad, derivará el caso al Equipo de Convivencia,(necesidad de contención emocional o apoyo social u otro) 19.- El profesor administrador del WhatsApp de curso, deberá informar a la Dirección cualquier eventualidad referida al uso de este medio, y cuando se le solicite.

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2.- PROTOCOLO DE USO DE WHATSAPP DE GRUPOS DOCENTES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN EN TIEMPO DE CONTINGENCIA U OTROS 1.- Serán administrados por la Dirección del Establecimiento y o por quien sea encomendado desde la Dirección para tal efecto. 2.- Deberán usarse con el único propósito de entregar y recibir información atingente al grupo, entregar contención emocional grupal, generar espacio breve de reflexión y análisis profesional. 3.- No se debe contaminar el medio de comunicación con bromas, información extraída de fuentes no oficiales, de carácter político y religioso. 4.- Se podrán crear diversos grupos de WhatsApp según la necesidad del Establecimiento, respetando las condiciones establecidas por quien administre dicho medio o según el propósito de la creación del medio. 5.- Participarán en los grupos de WhatsApp profesionales o de funcionarios todos aquellos que correspondan y no serán integrados funcionarios o terceros no relacionados. 6.- Se exige a los integrantes de los grupos de profesionales y funcionarios participantes del grupo de WhatsApp, mantener un trato respetuoso tanto en la entrega de información como en la recepción de esta, en el entendido de la ética profesional y de funcionarios públicos. 7.- Queda estrictamente prohibido utilizar la información del WhatsApp para menoscabar, denostar, o burlarse de uno o más integrantes del grupo, o para fines no correspondientes al propósito de la creación del medio de comunicación, sacando pantallazos o fotos, compartiendo y publicando en otros medios, lo que constituye delito. 3.- PROTOCOLO USO DE CORREO ELECTRÓNICO 1.- Se establece el uso del correo institucional administrado por SLEP Costa Araucanía para la comunicación directa con los profesionales y funcionarios de Educación Pública, como la principal y oficial fuente de comunicación entre el Servicio y la Dirección hacia los docentes y asistentes del Establecimiento. 2.- La Dirección del Establecimiento podrá establecer contacto vía correo electrónico con los funcionarios, ya sea a través del correo institucional como el correo personal de los funcionarios. 3.- Toda información oficial desde El Equipo de Liderazgo se entregará por correo electrónico a los docentes y asistentes profesionales de la Educación, la que además se podrá agilizar vía WhatsApp, según la eventualidad y emergencia, teniendo esta formalidad el mismo valor oficial.

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4.-El receptor de la información por correo electrónico deberá acusar recibo de la información. 5.-Se exige mantener el debido respeto de docentes y asistentes de la educación a través del uso de los medios oficiales y no oficiales de comunicación, según lo mandata la ética profesional y normas de funcionarios públicos.

MODALIDAD DE SEGURIDAD

4.- PROTOCOLO DE TURNOS ÉTICOS

Se entiende por turno ético a la organización de trabajo presencial en horarios acotados

y fechas específicas, con un personal no superior a 10 funcionarios, de acuerdo a

necesidades del Establecimiento en tiempo de contingencia sanitaria

A.-DE LA CONVOCATORIA:

A.1.- Realiza la convocatoria la Directora del Establecimiento, según instrucciones del

SLEPCA.

A.2.- El o la funcionaria convocado(a) a cumplir turno ético deberá asistir en fecha y

horario asignado.

A.3.- Al ingreso deberá estampar en libro de firmas: hora de ingreso y salida, nombre,

apellidos y firma.

A.4.- En caso de que el o la funcionario se encuentre imposibilitado(a) para asistir al turno

ético, deberá informar a la Directora en la misma fecha de la convocatoria.

A.5.- Deberá realizar las actividades específicas para las que fue convocado al

Establecimiento.

B.- DE LA SEGURIDAD:

B.1.- El o la funcionaria convocado(a) a cumplir turno ético deberá respetar las medidas de

seguridad establecidas en tiempo de contingencia sanitaria, usando mascarilla durante todo

el tiempo de permanencia en el Establecimiento.

B.2.- Al ingreso al Establecimiento deberá sanitizar sus manos con alcohol gel disponible en

la entrada del Establecimiento.

B.3.- Deberá respetar el espacio establecido entre personas asistentes al Establecimiento.

B.4.- Deberá cumplir con las actividades asignadas para el turno correspondiente.

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B.5.- En caso de surgir algún inconveniente que afecte la seguridad o funciones durante su

turno, deberá comunicarse inmediatamente con la persona asignada por la Dirección para

dicho efecto o directamente con la Directora.

B.6.- Quedará estrictamente prohibido asistir al turno ético en compañía de un tercero.

B.7.- En caso de encontrarse enfermo, no podrá realizar el turno, debiendo informar a la

Dirección oportunamente.

5.- PROTOCOLO DE SEGURIDAD ANTE LA RECEPCIÓN DE MATERIALES DE APRENDIZAJE Y

CANASTA JUNAEB PARA EL HOGAR

El siguiente protocolo tiene el propósito de proteger de todo riesgo de contagion a los

integrantes de la Comunidad Educativa Romilio Adriazola.

El material de aprendizaje del Plan Remoto, es elaborado por los profesores y profesoras

del Establecimiento, con todas las medidas de higiene y seguridad, sin embargo, es

necesario que los padres, madres y apoderados, mantengan medidas estrictas de

seguridad, propias de su responsabilidad, adoptando los siguientes pasos:

1.- Al ingresar al colegio debe permitir que se le aplique alcohol gel en sus manos.

2.- Debe usar mascarilla en forma obligatoria, cubriendo nariz y boca.

3.- En lo posible usar guantes de látex.

4.- Respetar el espacio demarcado, manteniendo la distancia correspondiente (distancia

social)

5.- No manipular el material hasta llegar a su hogar.

6.- Una vez en su casa, debe limpiar sus zapatos en paño mojado con cloro mezclado con

agua.

7.- Lavarse las manos detalladamente, durante 30 segundos con agua corriendo y con jabón.

8.- Sanitizar (limpiar) la bolsa plástica que contiene todo el material de aprendizaje y/o

canasta Junaeb, con alcohol gel o cloro mezclado con agua, luego eliminarla.

9.- Abrir la bolsa y limpiar todas las superficies del material, como portadas de libros, tapas

rígidas (plastificadas), lápices u otros materiales, cuidando no dañarlos.

10.- Una vez que ha limpiado todo, dejar sobre una mesa o mueble, en lugar ventilado,

evitando manipularlo hasta dejar pasar al menos una hora desde el momento en que hizo

la desinfección.

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11.- Promueva en su familia el lavado habitual de manos, con agua y jabón, cada vez que

regresen a su hogar y antes y después de que sus hijos realicen sus tareas, así como también,

la limpieza de los zapatos en paño humedecido con cloro y agua.

6.- PROTOCOLO DE RECEPCIÓN DE EVIDENCIA FÍSICA DE MATERIAL PEDAGÓGICO DE

ESTUDIANTES NO CONECTADOS

El siguiente protocolo tiene el propósito de establecer medidas y condiciones de envío de

evidencias de avances de actividades escolares, de estudiantes que no pueden conectarse

por diversas situaciones, como:

- No contar con aparato celular

- No contar con señal de internet

- No contar con recursos económicos para recargar aparatos.

- Presentación de evidencias poco clara del reporte de avance de actividades de

aprendizaje (fotos borrosas o ilegibles)

ACCIONES DESDE EL HOGAR: 1.- Será responsabilidad del apoderado(a) del estudiante no conectado(a), enviar las

evidencias de avances de sus actividades de aprendizaje desarrolladas en el hogar.

2.- Las evidencias que deberá enviar al Establecimiento serán aquellas solicitadas

previamente por los profesores de asignaturas, a través de los profesores jefes de cursos.

3.- El material seleccionado para ser enviado al Establecimiento, deberá ser envuelto en una

bolsa de plástico.

4.- El material deberá presentar el nombre, curso y asignaturas correspondientes.

5.- El avance en los libros de asignatura será solicitado al término del periodo escolar, previa

orientación de profesores de asignatura.

6.- El material deberá ser presentado en el establecimiento cada vez que el apoderado se

acerque al colegio a retirar el material para el mes siguiente y/o canasta Junaeb.

7.- En el caso de que el apoderado esté imposibilitado para llegar al Establecimiento, podrá

enviarlo con una persona que lo represente.

ACCIONES EN EL ESTABLECIMIENTO:

7.- La recepción del material de aprendizaje de cada estudiante, será registrada con fecha,

hora y firma del apoderado.

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8.- El o la funcionaria responsable de recepcionar el material, deberá usar guantes de látex,

mascarilla y procederá a sanitizar el material, dejándolo en lugar ventilado por el periodo

de una hora, para su posterior revisión.

9.- El material será entregado a los profesores de asignatura, para su revisión y situación

final del proceso de las asignaturas evaluadas y calificadas.

ATENCIÓN DE CASOS DESDE CONVIVENCIA ESCOLAR

VISITAS DOMICILIARIAS EN TIEMPO DE CONTINGENCIA SANITARIA POR COVID 19

La visita domiciliaria como estrategia pretende promover la instalación de prácticas

protectoras orientadas a la mantención y continuidad en el sistema escolar, de las y los

estudiantes que presenten riesgo socioeducativo asociado a distintos factores que puedan

evidenciar vulneración de derechos que inciden directa e indirectamente en la deserción

escolar.

Esta acción atiende a los principios propuestos por el Ministerio de Educación, referidos a

la Seguridad:(Plan Remoto: aprendizaje en el hogar, para proteger a los y las estudiantes y

sus familias de contraer coronavirus)

Flexibilidad: Autonomía del Establecimiento para organizar el Plan Remoto y sistema de

evaluación, según necesidades y características de la comunidad escolar.

Equidad: Otorgar a todas y todos los estudiantes el derecho a educarse y acortar la brecha

de aprendizaje que afecta a la comunidad en contingencia sanitaria.

Objetivos:

1.- Generar vínculo y acercamiento desde el establecimiento educacional hacia el

estudiante y su familia.

2.- Identificar elementos y factores psicosociales que estén interviniendo en los procesos

de enseñanza aprendizaje de los y las estudiantes.

3.- Apoyar al o las estudiantes y apoderados(as), según situación, con orientaciones, plan

de contención socioemocional y establecimiento de acuerdos y compromisos.

Se realizarán visitas domiciliarias en los siguientes casos:

1.- Falta de reportes de avances en actividades de aprendizaje enviadas al hogar, sea por

falta de recursos, mala conectividad y /o determinación personal de no participar en el

proceso aprendizaje.

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2.- Falta de respuesta por parte de apoderados y/o estudiantes al llamado de profesores

jefes y de asignatura para apoyo pedagógico y /o contención emocional.

3.- Falta de compromisos por parte de apoderados y/ o estudiantes ante acuerdos

establecidos para modificar situación de “no reportados”.

4.- Ausencia en las actividades de aprendizaje por situación de salud personal o familiar. 7.- PROTOCOLO POSTERIOR A VISITAS DOMICILIARIAS SIN RESULTADOS ESPERADOS Las visitas domiciliarias se establecen como una medida de acercamiento, posterior a reportes de profesores jefes y de asignaturas a UTP en plataforma Drive y/ o correo electrónico. 1.- En caso de no lograr establecer acuerdos y compromisos con estudiantes y apoderados, como adultos responsables de los niños y niñas del Establecimiento, aún realizada la visita, se citará al apoderado(a) a entrevista personal, en el Establecimiento, para establecer nuevos acuerdos. 2.- En caso de no modificarse la situación, se procederá a derivar el caso a OPD por posible vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes, con la notificación de la medida al apoderado(a).

8.- PROTOCOLO DE VISITAS DOMICILIARIAS EN CONTINGENCIA SANITARIA POR COVID 19

Dada la necesidad de atender a todos y todas las estudiantes de nuestra Comunidad

Educativa en esta contingencia sanitaria por Covid 19, se ha creado el siguiente protocolo

de seguridad, que deberá ser aplicado por los funcionarios(as) que realicen visitas

domiciliarias, con estricto acuerdo del Equipo de Liderazgo del Establecimiento Educacional

Romilio Adriazola, con el propósito de conocer situación: socioeconómica, emocional, salud

general, de conectividad, y de situación de aprendizaje de los y las estudiantes.

El funcionario(a) visitante:

1.- Deberá atenerse a calendario y horario de visitas domiciliarias establecido por el Equipo

de Convivencia Escolar y validado por el Equipo de Gestión del Establecimiento.

2.- El funcionario(a) visitante, deberá utilizar obligatoriamente: mascarilla, escudo facial,

guantes de látex y portar alcohol gel para aplicar a sus manos y las manos del

entrevistado(a).

3.- El visitante deberá respetar espacio social (1 metro y medio de distancia mínima), con el

apoderado(a) visitado(a), afuera del domicilio.

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4.- El funcionario a cargo de la visita domiciliaria deberá informar al apoderado(a) el motivo

de la visita, debiendo considerar el consentimiento del apoderado(a) para realizar la

conversación, bajo las siguientes temáticas:

✓ Situación emocional y salud general del apoderado(a), estudiante u otros familiares

que viven con el o la estudiante.

✓ Situación socioeconómica de la familia (situación laboral del jefe de familia, entre

otros)

✓ Condiciones de conectividad del estudiante para realizar sus actividades de

aprendizaje, sus reportes de avances y retroalimentación.

✓ Otras situaciones o necesidades que el apoderado(a) desee comunicar al momento

de la visita.

✓ Acuerdos y compromisos.

5.- En caso de que el apoderado(a) no acepte ser entrevistado en la visita domiciliaria, se

dejará registro de su determinación en el formato de informe y se le solicitará que firme su

decisión.

6.- Si accede a la entrevista, una vez concluida la visita, deberá ser acreditada con la firma

del apoderado(a).

7.- El funcionario(a) visitante deberá consultar al apoderado(a) si autoriza tomar una foto

de evidencia de la visita; sólo con su consentimiento, se procederá a realizar el registro

fotográfico, lo cual no será publicado.

8.- El funcionario(a) visitante llenará documento de visita, que posteriormente será firmado

por los participantes. Este documento deberá llevarse y devolverse en funda plástica

individual, para archivar.

9.- El funcionario(a) responsable de la visita, deberá elaborar un informe general de las

visitas realizadas según calendario o necesidades del Establecimiento, que deberá ser

emitido a la Dirección del Establecimiento, vía correo electrónico.

10.- El funcionario(a) visitante deberá mantener actualizado el archivador de evidencias de

visitas y presentarlo cuando sea requerido por la Dirección del Establecimiento, para los

fines correspondientes.

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CONTENCIÓN EMOCIONAL Y ATENCIÓN A NECESIDADES ESTUDIANTILES

9.- PROTOCOLO PARA DERIVACIÓN DE CASOS A CONVIVENCIA ESCOLAR EN TIEMPO DE

PANDEMIA

Serán derivados a convivencia escolar aquellos estudiantes, cuya situación, además de ser atendida por los profesores jefes de cursos o de asignatura, requieran de atención específica, dada su complejidad, como: -Casos de estudiantes en duelo por pérdida de familiar; afectados por enfermedad propia o de familiar. -Estudiantes que no reportan evidencias de actividades de aprendizaje del Plan Remoto (con reiteración en el tiempo) -Casos con necesidad de atención psicológica detectado por apoderados y/o profesores. ACCIONES PARA APOYO PSICOLÓGICO:

1.-Derivación de profesores jefes a Dirección.

2.- Presentación del caso a Convivencia Escolar por parte de la Dirección.

3.- Autorización y consentimiento para la atención psicológica firmado por Apoderado(a).

4.- Trabajo personalizado con carácter confidencial de apoyo psicológico focalizado en el o la estudiante.

5.- Dependiendo de la complejidad el profesional sugerirá apoyo de psicología clínica al apoderado.

ACCIONES PARA ATENCIÓN DE CASOS POR PARTE DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR: 1.- Informe de no reportados por parte de profesores a UTP.

2.- Llamados telefónicos a apoderados de estudiantes que no presentan avances (reportes), por parte de psicólogo o encargada de convivencia escolar, con establecimiento de compromisos.

3.- Visitas domiciliarias a casos reportados que persisten en la no incorporación al sistema de aprendizaje en contingencia sanitaria.

4.- Elaboración de informes a Dirección con acciones implementadas y sus resultados (Puntos 2 y 3)

5.- Citación al apoderado(a) al Establecimiento para entrevista con encargada de convivencia escolar, para tomar acuerdos y compromisos y dar a conocer siguientes medidas, con firma en Bitácora de Convivencia Escolar.

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6.- Derivación de casos a OPD o Tribunal de Familia por posible vulneración de derechos de NNJ.

ACCIONES PARA ENTREGAR CONTENCIÓN EMOCIONAL:

1.- Entregarán contención emocional todos los docentes, en conjunto con actividades de

aprendizaje, a todos los estudiantes de su curso o cursos en que imparta asignaturas,

generando motivación y disposición al autoaprendizaje.

2.- Se realizarán llamados telefónicos a los apoderados para apoyar su gestión y contener

emocionalmente a los estudiantes por parte del psicólogo del Establecimiento de casos que

se evidencien como afectados por la contingencia sanitaria por Covid 19.

3.- Se realizarán llamados telefónicos a apoderados y estudiantes para apoyarles, por el

Equipo de Convivencia Escolar, para contención y motivación.

4.- Se evidenciará monitoreo de trabajo de contención a través de bitácora de llamados, de

los cuales se podrá desprender información para evaluar gestión, con levantamiento de

informe.

En la Escuela Romilio Adriazola todos nos cuidamos del Covid 19