Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100...

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Reglamento Interno Fondo de Inversión Cerrado Fortaleza Factoring Internacional Aprobado mediante Carta de Autorización ASFI/DSVSC/R-92376/2015 de 9 de junio de 2015 y en Asamblea de Participantes de fecha 10 de julio de 2015 reinstalada el 15 de julio de 2015, y aprobado en Reunión de Directorio de fecha 25 de junio de 2015.

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Reglamento Interno

Fondo de Inversión

Cerrado Fortaleza

Factoring Internacional

Aprobado mediante Carta de Autorización ASFI/DSVSC/R-92376/2015 de 9 de

junio de 2015 y en Asamblea de Participantes de fecha 10 de julio de

2015 reinstalada el 15 de julio de 2015, y aprobado en Reunión de

Directorio de fecha 25 de junio de 2015.

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Fortaleza Factoring Internacional es un fondo de

inversión cerrado cuyo objetivo es conservar el

capital y generar ingresos para sus participantes,

sean éstos personas naturales o jurídicas, con

arreglo al principio de distribución de riesgos.

El Fondo proveerá financiamiento post embarque al

segmento de pequeños y medianos exportadores

bolivianos de productos y servicios a través de la

utilización del factoring internacional. A través

de las operaciones de factoring, el Fondo

adelantará financiamiento a estas empresas,

adquiriendo los derechos sobre sus cuentas por

cobrar por exportaciones realizadas,

principalmente, bajo la modalidad de cuenta

abierta (open account) con pago diferido a plazo.

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La documentación presentada a la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros

(SPVS) como parte de la solicitud de autorización e inscripción es de carácter

público y puede ser consultada en las siguientes oficinas:

Registro del Mercado de Valores

Superintendencia de Pensiones, Valores y

Seguros

Calle Reyes Ortiz esquina Federico Zuazo

Edificio Torres Gundlach, Piso 3

La Paz, Bolivia

+591 (2) 233 – 1212

Bolsa Boliviana de Valores S.A.

Calle Montevideo No. 142

La Paz, Bolivia

+591 (2) 244 – 3232

Fortaleza Sociedad Administradora de

Fondos de Inversión S.A.

Av. 16 de julio No. 1591 (El Prado)

La Paz, Bolivia

+591 (2) 236 – 3351

Compañía Americana de Inversiones S.A.

Calle Campero No. 9

Edificio Señor de Mayo, Piso 3

La Paz, Bolivia

+591 (2) 231 – 6980

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Contenido

Fortaleza Factoring Internacional i

Resumen Ejecutivo 1

Condiciones Generales de la Oferta Pública Primaria 1

Objetivos del Fondo 2

Estructura del Fondo 3

Política de Inversiones y Cálculo del Valor del Fondo 3

Administración del Fondo 3

Comité de Inversiones 4

Política de Distribución de Resultados 4

Custodia 4

Comisiones 4

Gastos 5

Atractivos de la Inversión 5

Factores de riesgo 5

Capítulo I: El Fondo 6

Artículo 1.Denominación Social y Marco Legal 6

Artículo 2.Objetivo 6

Artículo 3.Patrimonio del Fondo y cuotas 6

Artículo 4.Duración e inicio de actividades 6

Artículo 5.Activos del Fondo 7

Artículo 6.Modelo de Negocios 7

Artículo 7.Marco Legal 8

Artículo 8.Inversionistas objetivo 8

Capítulo II: Participantes y Cuotas de Participación 9

Artículo 9.Participantes 9

Artículo 10.Las Cuotas de Participación 9

Artículo 11.Colocación de las Cuotas de Participación 9

Artículo 12.Derechos y obligaciones que otorgan las cuotas 10

Artículo 13.Negociación de las Cuotas de Participación 11

Artículo 14.Restricciones 11

Artículo 15.Situaciones excepcionales 11

Capítulo III: ESTRUCTURA DE GOBIERNO DEL FONDO 12

Artículo 16.Órganos del Fondo 12

Artículo 17.Asamblea General de Participantes 12

Artículo 18.Convocatoria a Asamblea General de Participantes 16

Artículo 19.Celebración de la Asamblea General de Participantes 16

Artículo 20.Impugnación de acuerdos de la Asamblea General de

Participantes 15

Artículo 21.Representante Común de Participantes 16

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Contenido

ii Fortaleza Factoring Internacional

Capítulo IV: Administración del Fondo 18

Artículo 22.Estructura de Administración del Fondo 18

Artículo 23.La Sociedad Administradora 19

Artículo 24.Derechos de la Sociedad Administradora 19

Artículo 25.Obligaciones de la Sociedad Administradora 20

Artículo 26.Limitaciones de Responsabilidades 26

Artículo 27.Sustitución de la Sociedad Administradora 26

Artículo 28.El Administrador 27

Artículo 29.El Comité de Inversiones 27

Artículo 30.El Oficial de Cumplimiento 24

Artículo 31.La Sociedad Anónima 24

Artículo 32.Asesores Técnicos 25

Capítulo V: Política de Inversiones 26

Artículo 33.Oportunidad de Inversión 26

Artículo 34.Filosofía de Inversión 26

Artículo 35.Estrategia de inversión 26

Artículo 36.Activos del Fondo 27

Artículo 37.Inversiones en Acreencias Comerciales por Exportaciones 27

Artículo 38.Inversiones en Activos Financieros Nacionales 31

Artículo 39.Acciones 33

Artículo 40.Límites de Inversión del Fondo por Emisor y Contraparte 33

Artículo 41.Límites de Inversión del Fondo por Moneda 44

Artículo 42.Límites a la Liquidez del Fondo 44

Artículo 43.Duración del Portafolio de Inversión del Fondo 44

Artículo 44.Excesos de Inversión 44

Artículo 45.Restricciones de Inversión 45

Artículo 46.Otras restricciones 45

Artículo 47.Política de Endeudamiento 46

Artículo 48.Política de Distribución de Resultados 36

Artículo 49.Custodia 46

Capítulo VI: Valorización Del Fondo 47

Artículo 50.Cálculo del Valor de los Activos del Fondo 47

Artículo 51.Acreencias Comerciales 47

Artículo 52.Activos Financieros 47

Artículo 53.Acciones de Sociedades 47

Artículo 54.Cálculo del Valor de la Cuota de Participación 47

Capítulo VII: Comisiones y Gastos 49

Artículo 55.Comisiones y gastos 49

Artículo 56.Comisión por éxito de corto plazo 49

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Contenido

Fortaleza Factoring Internacional iii

Artículo 57.Comisión por éxito de largo plazo 52

Artículo 58.Gastos del Fondo 44

Artículo 59.Gastos extraordinarios del Fondo 45

Capítulo VIII: Disposiciones Administrativas 46

Artículo 60.Información Periódica 46

Artículo 61.Auditoria Externa 46

Artículo 62.Modificación del Reglamento 46

Artículo 63.Modificación de la Política de Inversión 47

Artículo 64.Garantías 47

Artículo 65.Solución de Controversias 47

Artículo 66.Consultas 48

Capítulo IX: Consideraciones Sobre el Patrimonio del Fondo 49

Artículo 67.Reducción y ampliación del patrimonio del Fondo 49

Artículo 68.Liquidación por vencimiento del plazo del Fondo 49

Artículo 69.Disolución, Transferencia, fusión y liquidación voluntaria 50

Artículo 70.Balance Final del Fondo 50

Artículo 71.Causales de Transferencia, Liquidación y Disolución 50

Capítulo X: Consideraciones Finales de la Inversión 52

Artículo 72.Atractivos de la inversión 52

Artículo 73.Factores de riesgo 53

Artículo 74.Aspectos impositivos 56

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Definiciones y Abreviaciones

BBV Bolsa Boliviana de Valores S.A.

Cuotas de

Participación

Son las Cuotas de Participación Fondo de Inversión

Cerrado Fortaleza Factoring Internacional que

representan el patrimonio del Fondo de Inversión

Cerrado Fortaleza Factoring Internacional.

EDV Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A.

Fondo de Inversión o

Fondo

Es el Fondo de Inversión Cerrado Fortaleza Factoring

Internacional.

RCP Representante Común de los Participantes del Fondo

de Inversión Cerrado Fortaleza Factoring

Internacional.

RMV Registro del Mercado de Valores de la

Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros.

SAFI Sociedad Administradora de Fondos de Inversión

Sociedad

Administradora

Es Fortaleza Sociedad Administradora de Fondos de

Inversión S.A., cuyo rótulo comercial es Fortaleza

SAFI.

Sociedad Anónima Es la Sociedad Anónima en la que el Fondo mantendrá

una participación, dedicada a la actividad de

factoring internacional o a actividades que

coadyuven al desarrollo del factoring internacional.

Esta Sociedad Anónima se desempeñará como “Factor de

Exportación” en representación y por cuenta del

Fondo.

SPVS Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros

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Fortaleza Factoring Internacional 1

RESUMEN EJECUTIVO

CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA PÚBLICA PRIMARIA

Denominación del

Fondo:

Fondo de Inversión Cerrado Fortaleza Factoring

Internacional

Tipo de Fondo: Fondo de inversión cerrado

Tipo de valor a

emitirse:

Cuotas de participación

Denominación de las

cuotas:

Cuotas de Participación Fondo de Inversión

Cerrado Fortaleza Factoring Internacional

Sociedad

Administradora:

Fortaleza Sociedad Administradora de Fondos de

Inversión S.A. (Fortaleza SAFI)

Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de

los Estados Unidos de Norte América).

Precio de la

colocación:

El precio de cada cuota, al momento de su

colocación, será mínimamente a la par del valor

nominal.

Inicio de actividad

del Fondo

La Administradora dará inicio a las actividades

del Fondo cuando se hayan colocado cuando menos

el 50% de las cuotas de participación,

equivalentes a US$ 10.000.000 (diez millones

00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte

América).

Duración del Fondo: Diez años a partir de la fecha de inicio de

actividades del Fondo, prorrogables por períodos

de dos años y solo en dos ocasiones por acuerdo

de la Asamblea General de Participantes.

Valor nominal, serie,

cantidad y numeración

de los valores:

El valor nominal de cada cuota de participación

será de US$ 50.000 (Cincuenta mil 00/100 dólares

de los Estados Unidos de Norte América) y

pertenecerán a una Serie Única, todas de igual

valor y características. La emisión estará

compuesta por cuatrocientas (400) cuotas de

participación cuya numeración correlativa será de

001 hasta 400.

Clave de Pizarra: FFI-E1-07

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2 Fortaleza Factoring Internacional

Forma de

representación y

circulación de las

cuotas:

Las cuotas de participación serán nominativas y

estarán representadas mediante anotaciones en

cuenta en la Entidad de Depósito de Valores de

Bolivia S.A., ubicada en la Av. 16 de Julio Nro.

1642 primer piso, e inscritas en el Registro del

Mercado de Valores de la SPVS.

Estructuradores: Fortaleza Sociedad Administradora de Fondos de

Inversión S.A. y Compañía Americana de

Inversiones S.A. (CAISA Agencia de Bolsa).

Colocador: Compañía Americana de Inversiones S.A. (CAISA

Agencia de Bolsa).

Procedimiento de

colocación:

La colocación primaria de las cuotas será

realizada mediante Oferta Pública bursátil en la

Bolsa Boliviana de Valores S.A.

Fecha de emisión: 3 de marzo de 2008

Bolsa en la cual se

inscribirán las

cuotas:

Las cuotas de participación estarán inscritas en

la Bolsa Boliviana de Valores S.A.

Normas Aplicables: El Fondo se regirá bajo las leyes de la República

de Bolivia. Las principales normas aplicables

son:

Ley del Mercado de Valores y sus

Reglamentos

Normativas emitidas por la

Superintendencia de Pensiones, Valores y

Seguros

Reglamentos emitidos por la Bolsa

Boliviana de Valores S.A.

Otras normas legales vigentes aplicables

Plazo de colocación: El plazo para la colocación primaria de las

cuotas de participación es de ciento ochenta

(180) días calendario a partir de la fecha de

emisión.

Modalidad de

Colocación:

A mejor esfuerzo

Política de

Distribución de

Resultados

Considerando el perfil del Fondo, éste no

distribuirá beneficios o ganancias provenientes

de las inversiones durante la vida del Fondo. Los

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Fortaleza Factoring Internacional 3

resultados serán distribuidos al momento del

cierre, vencimiento o liquidación del Fondo.

Forma de Pago del

Capital

El pago del capital se realizará una vez que la

Asamblea General de Participantes apruebe la

liquidación del Fondo en la fecha de vencimiento

del mismo o de manera voluntaria antes de la

fecha de vencimiento. La liquidación se

realizará según los procedimientos establecidos

en los artículos 68, 69 y 71 del Reglamento

Interno.

OBJETIVOS DEL FONDO

El Fondo de Inversión Cerrado Fortaleza Factoring Internacional tiene como

objetivo conservar el capital y generar ingresos para sus participantes,

mediante la provisión de financiamiento post embarque al segmento de

pequeños y medianos exportadores bolivianos de productos y servicios a

través de la utilización del factoring internacional. En este sentido, el

Fondo adelantará financiamiento a estas empresas, adquiriendo los derechos

sobre sus cuentas por cobrar por exportaciones realizadas, principalmente,

bajo la modalidad de cuenta abierta (open account) con pago diferido a

plazo. Adicionalmente, el fondo realizará inversiones en activos financieros

ofrecidos en el mercado de valores nacional. Esta combinación permitirá

generar un adecuado rendimiento para el inversor y mejorará la

diversificación de riesgo del portafolio.

ESTRUCTURA DEL FONDO

El Fondo es un patrimonio autónomo constituido bajo las leyes de la

República de Bolivia y está representado por cuotas de participación por un

monto de US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 de dólares de los Estados

Unidos de Norte América). El valor nominal de cada cuota de participación

será de US$ 50.000 (Cincuenta mil 00/100 de dólares de los Estados Unidos de

Norte América) y pertenecerán a una Serie Única, todas de igual valor y

características. La emisión estará compuesta por cuatrocientas (400) cuotas

de participación cuya numeración correlativa será de 001 hasta 400.

El Fondo es un fondo de inversión cerrado en el que las cuotas de

participación colocadas entre los inversionistas solamente pueden ser

vendidas o transferidas a un tercero en mercado secundario, o redimidas

directamente por el Fondo en las circunstancias descritas en los artículos

68, 69 y 71 del Reglamento Interno.

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4 Fortaleza Factoring Internacional

La vida del Fondo será de diez (10) años, prorrogables por períodos de dos

(2) años y sólo en dos ocasiones por acuerdo de la Asamblea General de

Participantes.

POLÍTICA DE INVERSIONES Y CÁLCULO DEL VALOR DEL FONDO

La cartera del Fondo estará conformada, en todo momento, por una combinación

de activos que permita al Fondo mantener una calificación de riesgo igual o

superior a la asignada al momento de colocación de las Cuotas de

Participación, y que garantice que las cuotas de participación sean

elegibles como inversión para las carteras administradas por administradores

de fondos de pensiones y otros inversores institucionales.

El Fondo invertirá en acreencias comerciales de pequeñas y medianas empresas

bolivianas por operaciones de exportación y en activos financieros

nacionales. Los activos del Fondo podrán estar denominados en dólares de los

Estados Unidos de Norte América o en cualquier otra moneda utilizada a nivel

mundial.

El Fondo utilizará una metodología de valoración distinta, según tipo de

activo. El cálculo del valor del Fondo se realizará en forma diaria,

incluyendo los sábados, domingos y feriados, desde el día en que Fortaleza

SAFI reciba el aporte de los participantes. La metodología de valoración de

los activos del Fondo y de cálculo del valor de la cuota de participación

del Fondo se describe en los artículos 50 al 54 del Reglamento Interno.

ADMINISTRACIÓN DEL FONDO

Fortaleza SAFI es la Sociedad Administradora del Fondo de Inversión Cerrado

Fortaleza Factoring Internacional y es responsable por la correcta y

adecuada administración del Fondo. Fortaleza SAFI tendrá la facultad de

subcontratar servicios y actividades que forman parte de sus propias

funciones, sin que ello implique disminución o liberación de su propia

responsabilidad.

Fortaleza SAFI suscribirá un contrato de comisión mercantil con la Sociedad

Anónima de propiedad del Fondo, en virtud del cual ésta será designada para

desempeñarse como “Factor de Exportación” en representación y por cuenta del

Fondo, y podrá subcontratar los servicios de asesores técnicos para la

realización de inversiones a nivel nacional.

Fortaleza SAFI es una sociedad administradora de fondos de inversión

inscrita en el Registro de Mercado de Valores (RMV) de la Superintendencia

de Pensiones, Valores y Seguros bajo el No. SPVS-IV-SAF-SFO-009/2000 en

fecha 13/09/2000.

Las funciones de Fortaleza SAFI se encuentran detalladas en el Reglamento

Interno del Fondo, el Prospecto y en la Normativa para los Fondos de

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Fortaleza Factoring Internacional 5

Inversión y sus Sociedades Administradoras – Resolución Administrativa SVPS-

IV-421 del 13 de agosto de 2004 – de la Superintendencia de Pensiones,

Valores y Seguros.

COMITÉ DE INVERSIONES

El Comité de Inversiones es el responsable de evaluar, aprobar y mantenerse

informado sobre el desarrollo del portafolio de inversiones del Fondo. El

Comité de Inversiones estará compuesto por un mínimo de tres (3) y un máximo

de cinco (5) integrantes designados por la Junta General de Accionistas de

la Sociedad Administradora o por su Directorio si es que esa responsabilidad

le hubiese sido delegada por la misma. El Administrador del Fondo deberá

ser miembro del Comité de Inversiones con carácter obligatorio. El Oficial

de Cumplimiento asistirá a las sesiones que realice el Comité y sólo tendrá

derecho a voz y no a voto.

POLÍTICA DE DISTRIBUCIÓN DE RESULTADOS

Considerando el perfil del Fondo, éste no distribuirá beneficios o ganancias

provenientes de las inversiones durante la vida del Fondo. Los resultados

serán distribuidos al momento del cierre, vencimiento o liquidación del

Fondo.

CUSTODIA

Fortaleza SAFI designará y entregará los Valores y documentos relacionados a

la adquisición de acreencias comerciales en los que invierta el Fondo a uno

o varios custodios, los cuales se encargarán de la guarda física de dichos

documentos.

El Fondo utilizará como Custodios a una entidad de depósito de valores en lo

que corresponda y a un banco custodio que tenga una calificación de riesgo

de por lo menos “A1”, de acuerdo a la nomenclatura de la SPVS.

COMISIONES

Fortaleza SAFI cobrará a los participantes una remuneración variable por los

servicios prestados, la cual será referida como “Comisión por Éxito de Corto

Plazo” basada en el incremento del patrimonio neto del Fondo.

Esta remuneración variable será un porcentaje sobre el patrimonio del Fondo

de acuerdo al siguiente detalle:

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6 Fortaleza Factoring Internacional

La comisión sobre la cartera de acreencias comerciales será

equivalente al 2,45% anual

La comisión sobre activos financieros nacionales de la cartera será

equivalente al 1,00% anual

Esta comisión será cobrada solamente si el Fondo ha superado una

rentabilidad neta de gastos.

Adicionalmente, Fortaleza SAFI cobrará al Fondo una Comisión por Éxito de

Largo Plazo de 33,00% sobre el excedente de la ganancia obtenida cuando la

tasa de rendimiento del periodo (basada en el incremento del patrimonio neto

del Fondo) supere el Benchmark, definido como el promedio simple de las

Tasas Promedio Ponderadas Efectivamente Pactadas (TPPE) en depósitos a plazo

fijo en moneda extranjera, a plazos mayores a mil ochenta (1.080) días, de

bancos nacionales que durante todo el periodo de cálculo hayan tenido una

calificación de riesgo igual o superior a AA3.

GASTOS1

Los gastos tendrán un monto máximo anual de US$ 75.000 (setenta y cinco mil

00/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica).

Los gastos extraordinarios tendrán un monto máximo de US$ 50.000 (cincuenta

mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) anuales durante

los diez primeros años de vida del Fondo y los plazos de prórroga acordados

de conformidad con el presente Reglamento.

ATRACTIVOS DE LA INVERSIÓN

Invertir en el Fondo ofrece una serie de atractivos a los inversores, entre

los cuales se pueden mencionar la oportunidad de diversificación, un retorno

financiero acorde al riesgo, así como un retorno social traducido en el

acceso a financiamiento de capital de trabajo para la pequeña y mediana

empresa exportadora.

Otros atractivos de la inversión son el plazo de vida del Fondo, los

beneficios que conllevan que éste sea administrado por una SAFI cuyo mercado

objetivo es la PYME, el aprovechamiento de economías de escala de una SAFI

en funcionamiento y la capacidad de contar con información continúa sobre el

desarrollo del Fondo y sus inversiones.

1 Modificado en Asamblea de Participantes de fecha 12 de abril de 2011, y aprobado en Reunión de Directorio de fecha 7 de abril de

2011.

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Fortaleza Factoring Internacional 7

FACTORES DE RIESGO

Como toda inversión, el ser participante del Fondo implica asumir ciertos

riesgos para poder de esta manera también participar de las rentabilidades

potenciales del Fondo. Los riesgos que el participante asumirá en el Fondo

son:

Riesgo país

Riesgo tributario

Riesgo de crédito

Riesgo de liquidez

Riesgo de incumplimiento

Riesgo jurídico

Riesgo de mercado

Riesgo de tasa

Riesgo de tipo de cambio

Riesgo operacional

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8 Fortaleza Factoring Internacional

CAPÍTULO I: EL FONDO

ARTÍCULO 1. DENOMINACIÓN SOCIAL Y MARCO LEGAL

El Fondo de inversión se denomina Fondo de Inversión Cerrado Fortaleza

Factoring Internacional (“el Fondo”) y es administrado por Fortaleza

Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. (“Fortaleza SAFI” o la

“Sociedad Administradora”).

Fortaleza Factoring Internacional es un fondo de inversión cerrado,

constituido en Bolivia, cuyas cuotas de participación no son redimibles

directamente por el Fondo, salvo en las circunstancias descritas en los

artículos 68, 69 y 71 de este Reglamento. Las actividades del Fondo están

sujetas a lo establecido por la Ley del Mercado de Valores, la Normativa

para Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, por las normas y

disposiciones de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, por su

Reglamento Interno y cualquier otra disposición legal que existiera en el

futuro sobre el particular.

ARTÍCULO 2. OBJETIVO

El Fondo de Inversión Cerrado Fortaleza Factoring Internacional tiene como

objetivo conservar el capital y generar ingresos para sus participantes,

sean éstos personas naturales o jurídicas, con arreglo al principio de

distribución de riesgos.

El objeto del Fondo es proveer financiamiento post embarque al segmento de

pequeños y medianos exportadores bolivianos de productos y servicios a

través de la utilización del factoring internacional. En este sentido, el

Fondo adelantará financiamiento a estas empresas, adquiriendo los derechos

sobre sus cuentas por cobrar por exportaciones realizadas, principalmente,

bajo la modalidad de cuenta abierta (open account) con pago diferido a

plazo.

Adicionalmente, el fondo realizará inversiones en activos financieros

ofrecidos en el mercado de valores nacional. Esta combinación permitirá

generar un adecuado rendimiento para el inversor y mejorará la

diversificación de riesgo del portafolio.

ARTÍCULO 3. PATRIMONIO DEL FONDO Y CUOTAS

El patrimonio del Fondo está denominado en dólares de los Estados Unidos de

Norte América y está representado por cuotas de participación por un monto

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Fortaleza Factoring Internacional 9

de US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 de dólares de los Estados Unidos

de Norte América).

ARTÍCULO 4. DURACIÓN E INICIO DE ACTIVIDADES

El Fondo tendrá un plazo de vida de diez (10) años a partir de la fecha de

inicio de sus actividades, prorrogables por períodos de dos (2) años y sólo

en dos ocasiones por acuerdo de la Asamblea General de Participantes.

La Administradora dará inicio a las actividades del Fondo cuando se hayan

colocado cuando menos el cincuenta por ciento de las cuotas de participación

del Fondo. Las aportaciones que los participantes efectúen como

consecuencia de la suscripción de las Cuotas se depositarán en una

institución bancaria que cuente con una calificación de riesgo no menor a A1

hasta el inicio de actividades del Fondo. En caso de que durante la

colocación no se logre alcanzar el monto mínimo para el inicio de

operaciones, Fortaleza SAFI devolverá los aportes a los inversionistas,

considerando los rendimientos devengados y los costos de transacción de la

Bolsa Boliviana de Valores S.A. y registro en la Entidad de Depósito de

Valores de Bolivia S.A. incurridos durante la colocación, en un plazo de

veinticuatro (24) horas de fenecido el plazo de colocación. La devolución

de aportes se realizará de acuerdo con el procedimiento establecido en el

Reglamento Interno.

ARTÍCULO 5. ACTIVOS DEL FONDO

Para llevar a cabo sus objetivos, el Fondo realizará inversiones en los

siguientes activos, según los términos y límites establecidos en la política

de inversiones:

Acreencias comerciales por exportaciones: el Fondo realizará

inversiones en operaciones de factoring internacional, entendiéndose

por esto a la inversión en créditos representados por cuentas por

cobrar o acreencias comerciales que tienen su origen en una

transacción comercial de exportación y cuyo plazo de vencimiento es

inferior a un año. Estas inversiones permitirán al Fondo canalizar

recursos del mercado de valores hacia pequeñas y medianas empresas

exportadoras bolivianas. Los ingresos del Fondo se generarán por el

diferencial entre el valor de la acreencia comercial y el precio de

compra pactado con el exportador.

Activos financieros: el Fondo mantendrá inversiones en activos

financieros nacionales. Los activos financieros nacionales

permitirán al Fondo obtener ingresos, en tanto sus recursos no sean

canalizados hacia inversiones en factoring internacional.

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10 Fortaleza Factoring Internacional

Acciones de una sociedad anónima: el Fondo mantendrá una inversión en

una sociedad anónima. Durante la vida del Fondo, esta sociedad

anónima actuará como “factor exportador” por cuenta y en

representación del Fondo. Durante el proceso de liquidación del

Fondo, esta sociedad anónima será consolidada como proveedor integral

de servicios de factoring y será transferida como negocio en marcha.

Esta estrategia de transferencia generará plus valía para el Fondo

durante su liquidación.

Todas las inversiones del Fondo se realizarán por cuenta y riesgo de los

Participantes.

ARTÍCULO 6. MODELO DE NEGOCIOS

Las inversiones del Fondo estarán orientadas hacia el desarrollo del negocio

de factoring internacional. El Fondo utilizará una plataforma de inversión

que combinará inversiones nacionales,y acreencias comerciales por

exportación. Este mix de inversiones permitirá, además, lograr un adecuado

nivel de diversificación de riesgo y generar retornos para los

participantes.

.

ARTÍCULO 7. MARCO LEGAL

El Fondo de Inversión Cerrado Fortaleza Factoring Internacional está

constituido en la República de Bolivia y sujeto a las leyes de este país. El

marco legal aplicable a las actividades del Fondo incluye, pero no está

limitado a, la Ley 1834 del Mercado de Valores y sus reglamentos. El Fondo

está sometido, además, a la supervisión y fiscalización de la

Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros y sujeto a las normas

aplicables aprobadas por esa institución.

ARTÍCULO 8. INVERSIONISTAS OBJETIVO

El fondo de inversión está dirigido a inversionistas institucionales

interesados en generar valor para las inversiones que administran e

inversionistas socialmente responsables nacionales e internacionales

interesados en impulsar el crecimiento y desarrollo de los pequeños y

medianos exportadores bolivianos, sujeto a las siguientes consideraciones

generales:

Los inversionistas deben tener un horizonte de inversión de largo plazo, en

línea con el plazo del fondo de inversión.

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Fortaleza Factoring Internacional 11

CAPÍTULO II: PARTICIPANTES Y CUOTAS DE PARTICIPACIÓN

ARTÍCULO 9. PARTICIPANTES

Un Participante es aquel inversionista que adquiere una o más Cuotas de

Participación en el Fondo. La adquisición de la calidad de participante en

el Fondo presupone la sujeción del Participante al Reglamento Interno del

Fondo, las normas que regulan los Fondos de Inversión y demás Normativas.

La calidad de partícipe en el Fondo se adquiere por:

Compra de cuotas de participación en mercado primario.

Adquisición de cuotas de participación en el mercado secundario.

Adjudicación de cuotas por causa de muerte u otras formas permitidas

por las leyes y normativas vigentes en Bolivia.

ARTÍCULO 10. LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN

La participación en el Fondo se dará a través de la adquisición de cuotas de

participación representadas mediante anotaciones en cuenta en la Entidad de

Depósito de Valores de Bolivia S.A., ubicada en la Av. 16 de Julio Nro. 1642

primer piso, e inscritas en el Registro del Mercado de Valores de la SPVS y

en la Bolsa Boliviana de Valores S.A.

El valor nominal de cada cuota de participación será de US$ 50.000

(Cincuenta mil 00/100 de dólares de los Estados Unidos de Norte América) y

pertenecerán a una Serie Única, todas de igual valor y características. La

emisión estará compuesta por cuatrocientas (400) cuotas de participación

cuya numeración correlativa será de 001 hasta 400.

Por tratarse de Valores representados mediante anotaciones en cuenta, el

registro de los Participantes y la titularidad de las Cuotas de

Participación serán llevados por la Entidad de Depósito de Valores de

Bolivia S.A.

ARTÍCULO 11. COLOCACIÓN DE LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN

Las cuotas de participación del Fondo serán colocadas en el Mercado de

Valores a través de oferta pública primaria bursátil (en adelante oferta

pública) en la Bolsa Boliviana de Valores S.A.

El plazo para la colocación primaria de las cuotas de participación es de

ciento ochenta (180) días calendarios a partir de la fecha de emisión. En el

marco de lo establecido en el Reglamento del Registro del Mercado de

Page 22: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

12 Fortaleza Factoring Internacional

Valores, el plazo de colocación puede ser prorrogado por única vez por un

periodo adicional de noventa días. Esta ampliación de plazo deberá ser

propuesta por la Sociedad Administradora y aprobada por los Participantes

que hayan adquirido Cuotas de Participación y la Superintendencia de

Pensiones, Valores y Seguros.

El precio de cada cuota, el día que se inicie el periodo de colocación será,

como mínimo, a la par del valor nominal de las cuotas, equivalente a US$

50.000 (cincuenta mil 00/100 de dólares de los Estados Unidos de Norte

América). A partir del segundo día del periodo de colocación, el precio de

colocación mínimo será el correspondiente a la actualización diaria de

acuerdo a los intereses que devenguen los aportes efectuados por los

participantes, depositados en una institución bancaria con una calificación

de riesgo mínima de A1, más las primas de emisión que pudieran generarse o,

de ser el caso, por la rentabilidad generada por las inversiones del Fondo,

en caso de que éste haya iniciado sus operaciones. En este caso, el precio

o valor cuota a asignar será el calculado e informado por la Sociedad

Administradora según la metodología de valoración descrita en el Reglamento

Interno.

Las Cuotas de Participación que no hubieran sido colocadas en el plazo

fijado para el efecto serán anuladas y perderán toda validez y efecto legal.

En caso de que no se colocara la totalidad de las Cuotas de Participación y

el Fondo no iniciara actividades, Fortaleza SAFI devolverá los aportes a los

inversionistas, considerando los rendimientos devengados y los costos de

transacción de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y registro en la Entidad

de Depósito de Valores de Bolivia S.A. incurridos durante la colocación.

ARTÍCULO 12. DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE OTORGAN LAS CUOTAS

Todas las cuotas ofrecen y sujetan a sus propietarios a los mismos derechos

y obligaciones. La propiedad de las cuotas otorga los siguientes derechos:

Intervenir en las Asambleas Generales de Participantes con voz y

voto.

Ser elegible para desempeñar la función de Representante Común de

Participantes.

Participar en las utilidades del Fondo.

Participar en la distribución del patrimonio del Fondo al momento de

su liquidación.

Impugnar las resoluciones de las Asambleas Generales de

Participantes.

Negociar libremente sus cuotas conforme a lo estipulado en el

Reglamento Interno, Ley del Mercado de Valores, sus reglamentos y

normativas de la SPVS.

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Fortaleza Factoring Internacional 13

Acceder a solo requerimiento a información y documentación sobre el

Fondo.

Otros derechos establecidos en el Reglamento Interno del Fondo.

La propiedad de las cuotas exige las siguientes obligaciones:

La aceptación de los términos y condiciones del Reglamento Interno,

además de las modificaciones posteriores a este documento legalmente

efectuadas, y al sometimiento a las resoluciones de las Asambleas

Generales de Participantes, quedando a salvo el derecho de

impugnación contra resoluciones contrarias a la Ley y al Reglamento

Interno del Fondo.

Las resoluciones de las Asambleas Generales de Participantes obligan

a los participantes presentes, ausentes y disidentes a cumplir dichas

resoluciones, salvándose el derecho de impugnación cuando legalmente

se lo pueda efectuar.

Reconocer que la Sociedad Administradora actúa en todo momento como

intermediario por cuenta y riesgo de los participantes y que la

responsabilidad de la Sociedad Administradora se limita a ejecutar

profesionalmente su trabajo procurando obtener el mejor resultado en

beneficio de los participantes.

Actualizar la información requerida por la Sociedad Administradora en

los medios, forma y periodicidad que ésta establezca.

ARTÍCULO 13. NEGOCIACIÓN DE LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN

Las cuotas de Participación del Fondo serán inscritas para su cotización en

la Bolsa Boliviana de Valores S.A., pudiendo el Participante negociarlas

libremente en el mercado de valores.

La inscripción de las cuotas en la Bolsa Boliviana de Valores S.A. no limita

que éstas puedan ser negociadas o transferidas fuera de ésta, cumpliendo con

lo establecido en la normativa vigente.

La transferencia de las cuotas de participación está sujeta a las

disposiciones establecidas por la Ley del Mercado de Valores, sus

reglamentos y demás normativa emitida por la SPVS, debiendo efectuarse el

registro en la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A.

El Fondo es un fondo de inversión cerrado en el que las cuotas de

participación colocadas entre los inversionistas solamente pueden ser

vendidas o transferidas a un tercero en mercado secundario, o redimidas

directamente por el Fondo en las circunstancias descritas en los artículos

68, 69 y 71 de este Reglamento.

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14 Fortaleza Factoring Internacional

ARTÍCULO 14. RESTRICCIONES

Transcurridos trescientos sesenta (360) días desde la fecha de la emisión,

ningún participante podrá tener más del cincuenta por ciento (50%) del total

de las cuotas de participación del Fondo. En el caso de participantes que

hubiesen adquirido sus cuotas en mercado primario (participantes

fundadores), el plazo se prolonga por ciento ochenta (180) días adicionales.

En caso de que una vez transcurridos los plazos de adecuación algún

participante tuviese más del cincuenta por ciento de las cuotas de

participación del Fondo, la Sociedad Administradora convocará a Asamblea

General de Participantes para proponer y definir los procedimientos a seguir

para revertir esta situación.

ARTÍCULO 15. SITUACIONES EXCEPCIONALES

En caso de fallecimiento de algún participante, la Sociedad Administradora

reconocerá como nuevo beneficiario a la persona o las personas estipuladas

en la declaratoria de herederos y de acuerdo a las normas del Código Civil.

Entre tanto esto suceda, su aporte correspondiente continuará formando parte

del Fondo, siendo reinvertido por Fortaleza SAFI, hasta que la autoridad

competente resuelva el destino de dicho aporte y/o los herederos legales

asuman la titularidad del participante fallecido, sometiéndose al presente

Reglamento.

En el caso que un participante que sea una persona jurídica entre en un

proceso de liquidación o quiebra, se aplicarán las disposiciones

establecidas en los documentos de liquidación, en el Código de Comercio o en

la Ley de Reestructuración Voluntaria, en lo que corresponda. En tanto esto

suceda, su aporte continuará formando parte del Fondo, siendo reinvertido

por Fortaleza SAFI, hasta que la autoridad competente resuelva el destino de

dicho aporte.

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15 Fortaleza Factoring Internacional

CAPÍTULO III: ESTRUCTURA DE GOBIERNO DEL FONDO

ARTÍCULO 16. ÓRGANOS DEL FONDO

El órgano de gobierno del Fondo de Inversión Cerrado Fortaleza Factoring

Internacional será la Asamblea General de Participantes. La Asamblea

General de Participantes elegirá a un Representante Común de los

Participantes (“RCP”). A continuación se detallan las características y

forma de operar de cada uno de estos órganos.

ARTÍCULO 17. ASAMBLEA GENERAL DE PARTICIPANTES

La Asamblea General de Participantes está conformada por los Participantes

del Fondo y debe cumplir, como mínimo, con las siguientes funciones:

Por lo menos una vez al año, y dentro de los primeros cuatro meses

del cierre del ejercicio, aprobar los reportes de la situación

financiera del Fondo.

Elegir y remover al Representante Común de los Participantes y fijar

su retribución.

Aprobar las modificaciones al Reglamento Interno del Fondo,

incluyendo las modificaciones a las comisiones establecidas en el

mismo así como el plazo de Vida del Fondo, siempre que estas

modificaciones sean presentadas por la Sociedad Administradora ante

la Asamblea General de Participantes, para su consideración.

Aprobar las modificaciones de la Política de Inversiones del Fondo.

Designar a los Auditores Externos del Fondo.

Aprobar las condiciones de las nuevas emisiones de cuotas propuestas

por la Sociedad Administradora, fijando el monto a emitir y el plazo

de colocación de las mismas.

Disponer la reducción del patrimonio del Fondo de acuerdo a lo

establecido en el Reglamento Interno.

En caso de disolución de la Sociedad Administradora u otra

circunstancia que pueda afectar los derechos de los participantes,

acordar la transferencia de la administración a otra Sociedad

Administradora o la disolución del Fondo y aprobar el balance final

de dichos procesos.

Resolver los demás asuntos que el Reglamento Interno del Fondo

establezca.

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16 Fortaleza Factoring Internacional

ARTÍCULO 18. CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE PARTICIPANTES

La Asamblea General de Participantes del Fondo deberá ser convocada por la

Sociedad Administradora con al menos diez (10) días de anticipación a su

celebración, a través de un medio de prensa escrito de circulación nacional.

Asimismo, el Representante Común de los Participantes puede convocar a

Asamblea General de Participantes cuando, a su juicio, sea necesario

proteger los intereses del Fondo o cuando se lo soliciten al menos el cinco

por ciento (5%) del total de cuotas vigentes. En este caso, deberá publicar

el aviso de convocatoria dentro de los diez (10) días calendarios siguientes

a la recepción de la solicitud respectiva, indicando los asuntos que los

solicitantes propongan tratar.

La Sociedad Administradora o el Representante Común de los Participantes,

cuando corresponda, deberá publicar un aviso de convocatoria por dos (2)

días consecutivos en un diario de circulación nacional. También deberá

remitir a cada uno de los participantes por correo regular y/o electrónico,

a aquellos Participantes que hubieran registrado el mismo con la Sociedad

Administradora, una comunicación conteniendo la misma información que el

citado aviso.

El aviso deberá señalar como mínimo las materias a tratar en la Asamblea

General de Participantes, el lugar, la fecha y hora en que se llevará a

cabo, y podrá incluir, si se considera conveniente, la información

correspondiente a la segunda convocatoria en caso de que no se logre

celebrar la Asamblea General de Participantes en primera convocatoria. En

este caso, el plazo que deberá mediar entre la primera convocatoria y la

segunda convocatoria no deberá ser menor a cinco (5) días.

La Asamblea General de Participantes podrá reunirse válidamente sin el

cumplimiento de los requisitos previstos para la convocatoria y resolver

cualquier asunto de su competencia siempre y cuando se encuentren presentes

el 100% de las cuotas vigentes.

ARTÍCULO 19. CELEBRACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL DE PARTICIPANTES2

El derecho de concurrencia a las Asambleas Generales de participantes se

establece mediante la verificación de la inscripción del participante en el

Sistema de Registro de Anotaciones en cuenta a cargo de la Entidad de

Depósito de Valores de Bolivia S.A. Los Participantes que por cualquier

razón se hallen impedidos de concurrir personalmente a una Asamblea General

de Participantes podrán (a) participar de la misma en forma virtual

mediante, comunicación telefónica, Video Conferencia o por Internet

conectados en forma virtual, (b) delegar su representación a otro

2 Modificado en Asamblea de Participantes de fecha 27 de abril de 2009, reinstalada en fecha 7 de mayo de 2009 y aprobado en

Reunión de Directorio de fecha 23 de junio de 2009

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Fortaleza Factoring Internacional 17

participante al cual deberán otorgarle una carta poder o dar aviso a la

Sociedad Administradora, o (c) delegar su representación a terceras personas

ajenas a la Sociedad Administradora para lo se requerirá un poder

notariado.

En caso de participación en forma virtual, mediante los tipos de conexión

mencionados en el inciso (a) anterior, la misma será aceptable siempre que

se permita identificar claramente al Participante y escuchar sus opiniones,

participar en las deliberaciones, efectuar consultas y expresar su votación

en los temas sometidos a consideración de las Asambleas Generales de

Participantes, además de que se garantice su participación efectiva sin

interrupciones en la Asamblea, sin importar el lugar en que se encuentre el

Participante. Para tal efecto, las Actas deberán ser firmadas por todos los

Participantes que hubieran participado de la Asamblea General de

Participantes por la vía escogida, a cuyo efecto se entenderá y asumirá que

la sola firma del Acta de la Asamblea implica el reconocimiento de los

Participantes de que se han cumplido con los requisitos mencionados en el

presente párrafo.

La Asamblea General de Participantes quedará válidamente constituida con

quórum simple en primera convocatoria cuando se encuentre representado,

cuando menos, el cincuenta y cinco ciento (55%) de las cuotas vigentes. En

segunda convocatoria será suficiente la concurrencia de cualquier número de

cuotas vigentes. Se aplicará el quórum simple para temas no relacionados al

quórum calificado.

La Asamblea General de Participantes quedará válidamente constituida con

quórum calificado, en primera convocatoria, cuando exista representación de

cuando menos tres cuartas partes (3/4) de las cuotas vigentes o, en segunda

convocatoria, con la concurrencia de por lo menos dos terceras partes (2/3)

de las cuotas vigentes. Se requerirá de quórum calificado para que la

Asamblea General de Participantes adopte válidamente una decisión sobre los

siguientes temas:

Modificaciones al Reglamento Interno del Fondo.

Solicitud de transferencia del Fondo a otra Sociedad Administradora,

por las siguientes causales: (i) negligencia extrema y reiterada de

la Sociedad Administradora en el desempeño de sus funciones, (ii)

conducta inapropiada de la Sociedad Administradora que afecte

significativamente los derechos de los participantes o (iii)

liquidación voluntaria, forzosa o quiebra de la Sociedad

Administradora.

Inversión directa, indirecta o a través de terceros en instrumentos o

derechos sobre bienes de personas vinculadas a la Sociedad

Administradora o en instrumentos emitidos o garantizados por dichas

personas.

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18 Fortaleza Factoring Internacional

Aprobar las modificaciones de la Política de Inversiones del Fondo y

la Política de Endeudamiento del Fondo.

Determinación del monto máximo de los gastos del Fondo relacionados a

honorarios del Representante Común de los Participantes, gastos de

Auditorías Externas, calificación de riesgo del Fondo y honorarios

del Custodio, de ser el caso, y otros gastos similares que

correspondan a la naturaleza del Fondo.

Determinación de las condiciones de las nuevas emisiones de cuotas,

fijando el monto a emitir, precio y el plazo de colocación de éstas.

Aprobar la reducción del patrimonio del Fondo.

La transferencia del Fondo y designación de una nueva Sociedad

Administradora.

La liquidación del Fondo, modificación del procedimiento de

liquidación, así como la aprobación del balance final y la propuesta

de distribución del patrimonio.

Establecer las condiciones para la entrega de los activos del Fondo a

los participantes por redención de las cuotas, en caso de vencimiento

del plazo del Fondo, de ser el caso.

La fusión o escisión del Fondo.

Ampliación del plazo de vigencia del Fondo, por acuerdo adoptado con

al menos un (1) año de anticipación al vencimiento de su plazo de

duración, siendo no prorrogable por un periodo mayor a dos (2) años

en cada prorroga, y solo en dos ocasiones.

Podrá acordar, a sugerencia del Representante Común de los

Participantes, la realización de auditorías especiales, así como la

remoción del Administrador del Fondo, los miembros del Comité de

Inversión y de la Entidad que presta servicios de Custodia, de ser el

caso, por aspectos relacionados a negligencia, incumplimiento a los

objetivos del Fondo y otras causas debidamente justificadas y

comprobadas.

Aprobar los estados financieros auditados del Fondo.

Resolver los demás asuntos que las normas establezcan o que estén

contenidas en el Reglamento Interno del Fondo.

Los acuerdos o decisiones de la Asamblea General de Participantes del Fondo

se adoptarán al menos con el voto favorable de la mayoría absoluta de las

cuotas vigentes representadas en la Asamblea. Cuando se trate de los

asuntos que requieran Quórum Calificado mencionados precedentemente se

requerirá que el acuerdo se adopte con el voto favorable de tres cuartas

(3/4) partes de las cuotas vigentes representadas en la Asamblea General de

Participantes.

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Fortaleza Factoring Internacional 19

Tendrán derecho a participar en las Asambleas Generales de Participantes

aquellos participantes que se encuentren inscritos en el Sistema de Registro

de Anotaciones en cuenta a cargo de la entidad de depósito de valores que

corresponda, hasta los cinco (5) días previos a su celebración.

El participante no podrá ejercer el derecho de voto respecto de las cuotas

cuyo pago no haya cancelado en las condiciones que, cuando corresponda, se

señalen en el Reglamento Interno del Fondo. Dichas cuotas, así como las de

los participantes que no puedan ejercer el derecho a voto de acuerdo con las

normas vigentes, no serán computables para formar el quórum para la

instalación de la Asamblea General de Participantes, ni para establecer la

mayoría necesaria para la adopción de acuerdos o decisiones.

Se establece la suspensión de transferencia de cuotas, desde el día de la

última publicación de la convocatoria a Asamblea General de Participantes

hasta el día posterior al de la realización de dichas juntas, lapso durante

el cual cualquier transferencia que sea realizada y registrada en la Entidad

de Depósito de Valores de Bolivia S.A., no será considerada para esa

Asamblea.

Podrán asistir a las Asambleas Generales de Participantes, con derecho a voz

pero no a voto, los directores, gerentes y Oficial de Cumplimiento de la

Sociedad Administradora, así como los miembros del Comité de Inversiones, el

Administrador del Fondo y el Representante Común de los Participantes. En

todo caso, será facultad de la Asamblea General de Participantes autorizar

la presencia de las personas antes mencionadas, así como de otras que

considere pertinente.

Las actas de las Asambleas Generales de Participantes del Fondo contendrán,

como mínimo, lo siguiente:

Lugar, fecha y hora de realización de la Asamblea General de

Participantes.

Nombres de quienes actúen como presidente y secretario de la Asamblea

General de Participantes o, de ser el caso, del Representante Común

de los Participantes.

Número de participantes y cuotas que representan.

Resultados de las decisiones y acuerdos adoptados, cuando

corresponda.

Relación de observaciones o incidentes ocurridos.

Asimismo, se insertará o adjuntará la hoja de asistencia de los concurrentes

a la Asamblea General de Participantes, así como las fechas y los medios en

que se realizaron las publicaciones del aviso a convocatoria.

Las actas serán firmadas por quienes cumplan funciones de Presidente,

Secretario, Representante Común de los Participantes y un miembro de los

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20 Fortaleza Factoring Internacional

Participantes elegido por la misma Asamblea General de Participantes,

pudiendo hacerlo otros participantes que así lo deseen.

ARTÍCULO 20. IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE LA ASAMBLEA GENERAL DE PARTICIPANTES

Pueden ser impugnados los acuerdos de la Asamblea General de Participantes

que sean contrarios a la Ley, se opongan a las normativas de la SPVS, al

Reglamento Interno o lesionen, en beneficio directo o indirecto de uno o

varios participantes, los intereses del Fondo. No procede la impugnación

cuando el acuerdo haya sido revocado o sustituido por otro adoptado conforme

a Ley, a normativas de la SPVS o al Reglamento Interno.

La impugnación puede ser interpuesta por participantes que hubiesen hecho

constar en el acta su oposición al acuerdo de la Asamblea General de

Participantes o por los participantes ausentes o por los que hubiesen sido

privados ilegítimamente de emitir su voto o por la Sociedad Administradora

en el caso que se le afectasen sus derechos. La impugnación será resuelta

mediante un proceso de arbitraje descrito en el Reglamento Interno.

ARTÍCULO 21. REPRESENTANTE COMÚN DE PARTICIPANTES

El Representante Común de los Participantes será elegido en la primera

Asamblea General de Participantes, la cual se celebrará en un plazo no mayor

a 30 días a partir de la fecha de finalización de la colocación primaria de

las Cuotas de Participación del Fondo. En dicha Asamblea General de

Participantes se fijará además su retribución y la periodicidad de sus

informes, los mismos que deberán ser presentados cuando menos una vez por

trimestre.

Al momento de la elección del Representante, se deberá considerar lo

siguiente:

El Representante Común de los Participantes podrá ser o no

participante del Fondo, debiendo contar con un poder por escrito y

con carácter especial para cada Asamblea General de Participantes,

salvo que éste sea otorgado por escritura pública.

No podrán ser Representantes Comunes de los Participantes de un

Fondo, los accionistas, directores, gerentes y funcionarios de la

Sociedad Administradora, de otras Sociedades Administradoras, de la

entidad que presenta los servicios de custodia o de cualquier otra

persona vinculada a la Sociedad Administradora o a la entidad que

presta los servicios de custodia, así como cualquier otra persona que

actúe en representación de éstos, sus cónyuges y parientes hasta el

segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad.

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Fortaleza Factoring Internacional 21

Los deberes y facultades del Representante Común de Participantes son los

siguientes:

Vigilar que la Sociedad Administradora cumpla con lo estipulado en el

Reglamento Interno del Fondo y sus modificaciones, de acuerdo a la

información que al respecto le proporcione el Oficial de Cumplimiento

de la Sociedad Administradora.

Verificar que la información proporcionada a los Participantes sea

veraz, suficiente y oportuna.

Verificar las acciones seguidas respecto a las observaciones y

recomendaciones de los auditores externos de la Sociedad

Administradora y del Fondo.

Convocar a la Asamblea General de Participantes para dar cuenta de su

gestión y cuando en ejercicio de sus funciones lo considere necesario

o a solicitud de los participantes según el Reglamento Interno del

Fondo.

Otras funciones que sean establecidas en el Reglamento Interno del

Fondo, así como aquellas que le sean delegadas por la Asamblea

General de Participantes.

Participar con voz pero sin voto en las Asambleas Generales de

Participantes.

Revisar que el órgano o persona responsable de verificación del

cumplimiento a las normas internas cumpla con sus funciones.

Proponer las empresas de Auditoría Externa para su elección en

Asamblea General de Participantes.

El Representante Común de los Participantes tendrá derecho a ser informado

plena y documentadamente, en cualquier momento, por la Sociedad

Administradora, el Oficial de Cumplimiento de la Sociedad Administradora, el

Comité de Inversiones y la entidad que presta servicios de custodia, acerca

de aquellos asuntos que considere necesarios para cumplir cabalmente con las

funciones que le son propias.

Page 32: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 22

CAPÍTULO IV: ADMINISTRACIÓN DEL FONDO

ARTÍCULO 22. ESTRUCTURA DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO

El Fondo tendrá su propio órgano de decisión (Asamblea General de

Participantes), un Representante Común de Participantes y será administrado

por Fortaleza Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. (“Sociedad

Administradora” o “Fortaleza SAFI”), según los términos y condiciones

establecidos en este Reglamento Interno.

Gráfico 1. Configuración Estimada del Portafolio de Inversión según la Estrategia de Inversión

Estructura de Administración

Fuente: Elaboración propia.

En representación del Fondo, Fortaleza SAFI suscribirá un contrato de

comisión mercantil con la Sociedad Anónima, en virtud del cual ésta será

designada para desempeñarse como “Factor de Exportación” por cuenta del

Fondo. Este mandato facultará a la Sociedad Anónima para suscribir los

contratos de cesión con el exportador, por cuenta del Fondo, y para

Fondo de Inversión Cerrado

Asamblea

General de

Participantes

ExportadorFactor de

ImportaciónImportador

Sociedad

Anónima

Acreencia

Efectivo

Pago

Bolivia Exterior

Fortaleza

SAFI

Representante

Común de

Participantes

Page 33: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 23

representar al Fondo ante el factor de importación, Factors Chain

International, compañías de seguros y ante terceros, según sea necesario.

ARTÍCULO 23. LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA

Fortaleza SAFI es la Sociedad Administradora del Fondo de Inversión Cerrado

Fortaleza Factoring Internacional y es responsable por la correcta y

adecuada administración del Fondo y por cualquier incumplimiento de la

normativa vigente y del Reglamento Interno, asumiendo como Sociedad

Administradora de Fondos de Inversión toda la responsabilidad de los actos y

gestión de sus administradores y/o apoderados. Fortaleza SAFI tendrá la

facultad de subcontratar servicios y actividades que forman parte de sus

propias funciones, sin que ello implique disminución o liberación de su

propia responsabilidad. La Sociedad Administradora podrá subcontratar los

servicios de asesores técnicos para la realización de inversiones a nivel

nacional

La Sociedad tiene por objeto la prestación de servicios de administración de

Fondos de Inversión constituidos por la captación de aportes de personas

naturales o jurídicas, para su inversión en Valores bursátiles de oferta

pública, bienes y activos por cuenta y riesgo de los aportantes y toda otra

actividad conexa e inherente al objeto principal de la sociedad, efectuando

dichas operaciones con estricta sujeción a la Ley del Mercado de Valores y

su Reglamento, siendo su plazo de duración 99 años, computables a partir de

la inscripción en el Registro de Comercio administrado por FUNDEMPRESA,

pudiendo ser prorrogado por acuerdo de la Junta General Extraordinaria de

Accionistas.

Fortaleza Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. está

legalmente constituida y organizada con domicilio legal establecido en la

ciudad de La Paz, República de Bolivia, con personalidad jurídica reconocida

por Resolución Administrativa No. 17951/2000, pronunciada en fecha

17/5/2000, por el Registro de Comercio administrado por FUNDEMPRESA con

Matricula No. 13699 y con el Número de Identificación Tributaria (NIT)

número 1006933020. La sociedad tiene una duración de 99 años.

Fortaleza Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. se encuentra

inscrita en el Registro de Mercado de Valores (RMV) de la Superintendencia

de Pensiones, Valores y Seguros bajo el No. SPVS-IV-SAF-SFO-009/2000 en

fecha 13/09/2000.

Toda notificación judicial y extrajudicial deberá ser presentada a la

Sociedad Administradora en sus oficinas de la ciudad de La Paz, ubicadas en

la Av. 16 de Julio #1591 (El Prado).

Otros datos de la Sociedad Administradora: Teléfono +591 (2) 236 – 3351,

casilla 2026 y número de fax +591 (2) 237 - 1432.

Page 34: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

24 Fortaleza Factoring Internacional

ARTÍCULO 24. DERECHOS DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA

La sociedad administradora tiene los siguientes derechos:

Percibir una comisión por los servicios de administración que presta

al Fondo.

Modificar el porcentaje de comisiones y gastos establecidos en el

Reglamento Interno de acuerdo a las condiciones de mercado. Dicha

modificación se realizará con la aprobación de la Asamblea General de

Participantes.

Subcontratar los servicios de apoyo comercial, contable, legal y de

sistemas que pueda requerirse para la adecuada administración del

Fondo.

ARTÍCULO 25. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA

Las obligaciones de Fortaleza SAFI son extensivas a todas aquellas que

resulten de la naturaleza y objeto del Fondo, así como de la normativa

aplicable. De esta manera, la Sociedad Administradora es responsable por la

correcta y adecuada administración del Fondo y por cualquier incumplimiento

de la normativa vigente y del Reglamento Interno.

Asimismo, toda actividad que realice Fortaleza SAFI por cuenta del Fondo

debe realizarse bajo el criterio de un buen padre de familia.

En este contexto, Fortaleza SAFI tendrá a su cargo las labores de

administración, control e información de las actividades del Fondo, así como

la evaluación de potenciales inversiones para el Fondo dentro de los

instrumentos permitidos por la Política de Inversiones, su proposición al

Comité de Inversiones y, finalmente, la ejecución de las inversiones que el

Comité autorice. Para estas labores, Fortaleza SAFI deberá administrar la

cartera del Fondo con la diligencia y responsabilidad que corresponde a su

carácter profesional, además de respetar y cumplir lo establecido en el

Reglamento Interno del Fondo, la Normativa para los Fondos de Inversión y

sus Sociedades Administradoras y demás normativa aplicable.

Específicamente, las obligaciones de Fortaleza SAFI son las siguientes:

Sobre las Actividades de Inversión

Preparar el plan de inversiones de acuerdo a la estrategia de

inversiones del Fondo.

Identificar y presentar potenciales inversiones para la evaluación y

aprobación del Comité de Inversiones.

Efectuar las inversiones autorizadas, de acuerdo con los términos

aprobados por el Comité de Inversiones.

Page 35: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 25

Sobre la Información

Generar la información y reportes que permitan mantener informado al

Comité de Inversiones, a los participantes, a la Superintendencia de

Pensiones, Valores y Seguros y a la Bolsa Boliviana de Valores S.A.,

sobre la administración del Fondo.

Remitir a la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros y a la

Bolsa Boliviana de Valores S.A. toda la información que sea requerida

por éstas, en los formatos y plazos dispuestos por la normativa

vigente.

Enviar a los participantes un reporte mensual, que incluya la

composición de la cartera del Fondo y toda otra información

relacionada.

Proveer información al Representante Común de los Participantes y al

Oficial de Cumplimiento.

Informar al público diariamente el valor de cuotas libros.

Sobre las Tareas Administrativas Contables

Llevar la contabilidad del Fondo, registrando las operaciones del

Fondo en forma separada de las operaciones de la Sociedad

Administradora, conforme a las normas contables emitidas por la

Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros.

Registrar los Valores y otras inversiones de propiedad del Fondo, así

como las cuentas bancarias abiertas con recursos del mismo, a nombre

de la Sociedad Administradora seguido del nombre del Fondo.

Efectuar los desembolsos para realizar las inversiones.

Cobrar y abonar en las cuentas bancarias del Fondo los vencimientos

de capital, venta de Valores, intereses y cualquier otro rendimiento

de los Valores e inversiones de la cartera del Fondo.

Llevar los registros de participantes, cuentas e inversiones, de

órdenes y los libros de Actas de la Asamblea General de Participantes

y del Comité de Inversiones.

Encargarse del cumplimiento de las obligaciones tributarias,

laborales, legales, administrativas y cualquier otro compromiso del

Fondo.

Contratar los asesores externos que pudiera requerir el Fondo.

Contratar a la institución que tendrá a su cargo la custodia de los

Valores en que invierta el Fondo.

Valorizar diariamente el patrimonio neto del Fondo y establecer el

valor de la cuota de participación.

Page 36: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

26 Fortaleza Factoring Internacional

Llevar un adecuado control de los límites de inversión y por

participante.

Exigir y coordinar las actividades de auditoría externa y las

auditorías especiales que sean dispuestas por la Asamblea General de

Participantes.

ARTÍCULO 26. LIMITACIONES DE RESPONSABILIDADES

Se establecen las siguientes limitaciones a las responsabilidades del

Administrador:

No responsabilizarse sobre el comportamiento financiero de los

Valores o activos que componen la cartera del Fondo ni de los

emisores de los mismos, ni por la liquidez del mercado.

No responsabilizarse por la demora en los pagos por operaciones de

factoring internacional que fueran consecuencia de los

correspondientes atrasos de terceros. Asimismo, Fortaleza SAFI no es

responsable por la solvencia de la empresa o emisor de los

instrumentos o activos adquiridos para la cartera del Fondo.

ARTÍCULO 27. SUSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA

La transferencia de la administración del Fondo a otra Sociedad

Administradora se produce solamente por los siguientes casos:

Por renuncia expresa de la Sociedad Administradora.

Por práctica deshonesta, dolosa o culposa comprobada en las

actividades del Fondo.

Por negligencia extrema y reiterada en el desempeño de sus funciones.

Por conducta inapropiada que afecte significativamente los derechos

de los participantes.

Si la Sociedad Administradora entra en un proceso de liquidación

voluntaria, forzosa o quiebra.

La solicitud de transferencia deberá ser efectuada por la Asamblea General

de Participantes con quórum calificado donde se deberá probar

fehacientemente los cargos antes descritos. De todas maneras, si la

solicitud de transferencia de la administración del Fondo no fuera aceptada

por la Sociedad Administradora, la controversia y su resolución serán

sometidas a un proceso arbitral acordado por ambas partes (la Asamblea

General de Participantes y la Sociedad Administradora).

Page 37: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 27

ARTÍCULO 28. EL ADMINISTRADOR

La Sociedad Administradora, a través de su Directorio, nombrará a un

Administrador del Fondo facultándole para ejecutar las actividades de

inversión en el marco del Reglamento Interno del Fondo, de los estatutos y

manuales de la Sociedad Administradora y de la Normativa para los Fondos de

Inversión y sus Sociedades Administradoras.

Las principales obligaciones del Administrador del Fondo son ejecutar la

Política de Inversiones del Fondo y proponer al Comité de Inversiones

modificaciones a la misma.

Asimismo, la Sociedad Administradora nombrará a un Administrador Suplente

para el caso de ausencia del Administrador del Fondo, quién deberá estar

igualmente inscrito en el Registro del Mercado de Valores de la SPVS.

ARTÍCULO 29. EL COMITÉ DE INVERSIONES3

Fortaleza SAFI contará con un Comité de Inversión de funcionamiento

permanente, compuesto por un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5)

integrantes designados por la Junta General de Accionistas de la Sociedad

Administradora o por su Directorio si es que esa responsabilidad le hubiese

sido delegada por la misma. El Administrador del Fondo deberá ser miembro

del Comité de Inversiones con carácter obligatorio. El Oficial de

Cumplimiento asistirá a las sesiones que realice el Comité y sólo tendrá

derecho a voz y no a voto.

El Comité de Inversiones se regirá en general por la normativa vigente del

mercado de valores, el Reglamento Interno del Fondo, el Reglamento de Fondos

de Inversión y sus Sociedades Administradoras, el Código de Ética de

Fortaleza SAFI, el Reglamento del Comité de Inversiones, disposiciones de la

Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros y cualquier otra

disposición legal que existiera en el futuro sobre el particular.

El Comité de Inversiones tiene por objeto y responsabilidades las siguientes

actividades:

Supervisar las labores del Administrador del Fondo.

Controlar el cumplimiento de la Política de Inversión y de la

Política de Endeudamiento del Fondo.

Establecer los límites de inversión dentro de lo permitido por la

Política de Inversión y analizar los excesos en límites de inversión,

cuando éstos ocurran.

3 Modificado en Asamblea de Participantes de fecha 22 de agosto de 2013, y aprobado en Reunión de Directorio de

fecha 24 de abril de 2013.

Page 38: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

28 Fortaleza Factoring Internacional

Definir los tipos de riesgos a los que se encuentran sujetos las

inversiones del Fondo y los mecanismos para su cuantificación,

administración y control.

Monitorear y evaluar las condiciones de mercado.

Evaluar y aprobar las nuevas inversiones dentro de lo establecido en

la Política de Inversiones, así como evaluar la evolución del

portafolio de inversiones existentes.

Proponer a la Asamblea General de Participantes modificaciones al

Reglamento Interno en lo referente a la Política de Inversiones y

Política de Endeudamiento.

Aprobar las normas internas de control sugeridas por la Sociedad

Administradora en función a las necesidades del proceso de inversión.

Analizar las oportunidades de inversión de acuerdo con los

lineamientos y Política de Inversiones del Fondo.

Adoptar las decisiones de inversión del Fondo.

Evaluar y efectuar seguimientos a los activos que integran el

patrimonio del Fondo.

Evaluar y aprobar la estrategia de Tesorería sugerida por la Sociedad

Administradora.

Supervisar el manejo de tesorería.

Evaluar y aprobar la estrategia de inversiones del Fondo propuesto

por la Sociedad Administradora.

Proponer a la Asamblea General de Participantes modificaciones para

la distribución de las utilidades del Fondo, en plazos y condiciones

distintos a los señalados en el Reglamento Interno.

Aprobar los lineamientos de la metodología de valorización de las

inversiones del Fondo, así como la determinación del valor razonable

de los activos a solicitud de la Sociedad Administradora.

Las funciones del Comité de Inversión son indelegables. Los miembros del

Comité son responsables solidariamente por las resoluciones que adopten en

el Comité y personalmente por los actos de administración en que

intervengan; se excepciona, en primer caso, el voto disidente fundamentado,

cuya constancia se sienta en acta.

Asimismo, los miembros del Comité de Inversión se encuentran dentro del

alcance de lo establecido por la Ley del Mercado de Valores y el Reglamento

del Registro del Mercado de Valores respecto a la información Privilegiada,

además estarán sujetos a las disposiciones generales del Código de Ética de

Fortaleza SAFI y el Reglamento del Comité de Inversiones.

Page 39: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 29

El Comité de Inversión se reunirá cuantas veces sea convocado por el

Administrador del Fondo o a petición de cualquiera de sus miembros, pero por

lo menos una vez cada trimestre. Las sesiones del Comité de Inversiones

tendrán una duración mínima de una (1) hora.

Las reuniones del Comité serán válidas con la concurrencia de la mitad más

uno de sus miembros y sus decisiones serán aprobadas con la mayoría de los

asistentes. El Comité de Inversiones puede autorizar la votación telefónica,

mediante fax u otros medios escritos en los que en forma fehaciente conste

la opinión de alguno de los miembros que esté fuera de la ciudad.

Asimismo, cualquier observación efectuada por el Oficial de Cumplimiento

debidamente fundamentada constará en acta.

Todas las reuniones del Comité de Inversión serán convocadas y presididas

por el Administrador del Fondo; instalada la reunión se procederá a la

comprobación de quórum y se procederá a la lectura del orden del día.

El Administrador del Fondo llevará un libro de actas en el que se sentarán

todas las deliberaciones y resoluciones del Comité del Fondo. Las actas

deben ser suscritas por todos los miembros asistentes a la reunión.

El Libro de Actas llevará la denominación de FONDO DE INVERSIÓN CERRADO

FORTALEZA FACTORING INTERNACIONAL en la tapa, además estará foliado y

llevará el sello de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros en

cada hoja.

Cualquier modificación a la composición del Comité de Inversiones deberá ser

comunicada a la SPVS.

ARTÍCULO 30. EL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

La Sociedad Administradora contará adicionalmente con un Oficial de

Cumplimiento designado por el Directorio de ésta que tendrá como funciones

principales:

Revisar y controlar que las leyes, normas y regulaciones inherentes a

la actividad de la Sociedad Administradora sean aplicadas

correctamente dentro de la misma.

Velar que las normas y disposiciones de carácter interno establecidas

por la Sociedad Administradora sean adecuadamente aplicadas y

cumplidas.

Comunicar oportunamente al Directorio de la Sociedad Administradora

las modificaciones que existan en las leyes, reglamentos y demás

regulaciones normativas inherentes a la actividad de la Sociedad

Administradora.

Proponer al Directorio normas y políticas de control interno.

Page 40: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

30 Fortaleza Factoring Internacional

Informar oportunamente al Directorio sobre cualquier incumplimiento a

las leyes, normas y regulaciones vigentes, así como a disposiciones

de carácter interno, inherentes a la actividad de la Sociedad

Administradora.

Verificar si las quejas y demandas que pudiesen presentar los

participantes del Fondo ante la Sociedad Administradora provienen de

inobservancias o infracciones a la normativa vigente y evaluar si las

soluciones propuestas o adoptadas son las adecuadas, debiendo

informar al Directorio su opinión.

Revisar que la valoración de la cartera del Fondo cumpla con la

normativa establecida al respecto.

Enviar semestralmente a la Superintendencia de Pensiones, Valores y

Seguros, un informe sobre sus actividades.

Proporcionar información que solicite el Representante Común de los

Participantes, sobre el cumplimiento de la normativa vigente por

parte de la Sociedad Administradora.

Monitorear y supervisar la aplicación del Programa de Cumplimiento.

En forma complementaria, el Oficial de Cumplimiento diseñará e implementará

programas de cumplimiento de acuerdo al artículo 21 y 24 de la Resolución

Administrativa SPVS-IV-No 421 del 13 de agosto de 2004. El Directorio de la

Sociedad Administradora será responsable de la revisión y de la aprobación

del Programa de Cumplimiento presentado por el Oficial de Cumplimiento.

ARTÍCULO 31. LA SOCIEDAD ANÓNIMA4

Fortaleza SAFI suscribirá un contrato de comisión mercantil con la Sociedad

Anónima de propiedad del Fondo, en virtud del cual ésta será designada para

desempeñarse como “Factor de Exportación” en representación y por cuenta del

Fondo. Este Contrato constituirá un mandato que otorga el Fondo a la

Sociedad Anónima para que ésta:

Suscriba los documentos mediante los cuales los exportadores cedan

acreencias comerciales por exportaciones a favor del Fondo;

Realice las gestiones necesarias para contratar cobertura para las

acreencias comerciales de propiedad del Fondo;

Represente jurídicamente al Fondo ante Factors Chain Internacional,

ante factores corresponsales con los que opere el Fondo, ante

compañías de seguros con las cuales el Fondo tuviera contratada una

póliza de seguro de crédito y ante terceros, según sea necesario.

4 Modificado en Asamblea de Participantes de fecha 12 de abril de 2011, y aprobado en Reunión de Directorio de

fecha 7 de abril de 2011.

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Fortaleza Factoring Internacional 31

El Fondo no podrá cancelar ningún monto a favor de la Sociedad Anónima por

los servicios descritos anteriormente, salvo aprobación expresa de la

Asamblea General de Participantes.

La Sociedad Anónima podrá cargar al Fondo los gastos de mantenimiento y

licencia del software especializado para la gestión de la información

relacionada a los títulos y documentos del Fondo, en aplicación del quinto

concepto de gastos establecido en el artículo 58 del presente Reglamento,

así como los gastos por membrecía anual a la cadena de Factors Chain

Internacional relacionados con transacciones y la compra y venta de activos

por cuenta del Fondo, en aplicación del noveno concepto de gastos

establecido en el artículo 58 del presente Reglamento.

ARTÍCULO 32. ASESORES TÉCNICOS

Fortaleza SAFI podrá contratar los servicios de uno o varios asesores

técnicos que presten su apoyo directamente al Comité de Inversiones de la

Sociedad Administradora para la toma de decisiones de inversión. Las

principales responsabilidades de los Asesores Técnicos, podrán incluir, pero

no estarán limitadas a:

Realizar estudios sobre el entorno externo del Fondo relacionados al

desempeño de la economía y los principales sectores económicos.

Identificar potenciales empresas exportadoras de las cuales adquirir

documentos comerciales por operaciones de exportación (factoring

internacional).

Realizar el due diligence de las empresas exportadoras de las cuales

se adquieran documentos comerciales por operaciones de exportación

(factoring internacional).

Page 42: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 32

CAPÍTULO V: POLÍTICA DE INVERSIONES

ARTÍCULO 33. OPORTUNIDAD DE INVERSIÓN

El actual contexto que se vive en Bolivia cuenta con una paradoja que abre

una ventana de oportunidad para inversionistas acostumbrados a canalizar sus

recursos a través del mercado de valores. Fruto de las nuevas Leyes de

Pensiones y de Seguros, los fondos de pensiones administrados por las AFPs y

las Compañías de Seguros deben invertir sus recursos en Valores de oferta

pública a través del mercado de capitales local. Esta nueva demanda por

alternativas de inversión no ha logrado todavía ser satisfecha, por lo cual

éstos y otros inversionistas institucionales (particularmente Fondos Mutuos)

se encuentran actualmente en la búsqueda de nuevas opciones de inversión.

La estrategia de inversión del Fondo está orientada a otorgar al

inversionista un retorno tanto económico como social, utilizando mecanismos

y herramientas financieras innovadoras que otorgan ventajas a todos los

actores (inversores y exportadores bolivianos) y permiten el desarrollo del

factoring internacional en Bolivia.

La adquisición de acreencias comerciales por exportaciones se realizará bajo

estándares internacionales, utilizando plataformas especializadas

disponibles para el comercio internacional (Factors Chain International),

que permitirán al Fondo realizar operaciones de factoring a través de una

amplia red mundial de empresas especializadas (factores de importación).

Factors Chain International es la red internacional de factores más grande

del mundo. Durante los últimos diez años, sus miembros han justificado

aproximadamente la mitad del volumen mundial de factoring internacional y,

durante el 2007, su participación superó el 80% del volumen mundial.

ARTÍCULO 34. FILOSOFÍA DE INVERSIÓN

La filosofía de inversión del Fondo se basa en obtener resultados

consistentes y predecibles en el largo plazo. Su objetivo principal es

preservar el capital invertido y obtener una adecuada rentabilidad en

condiciones de seguridad y diversificación de riesgo.

La cartera del Fondo estará conformada, en todo momento, por una combinación

de activos que permita al Fondo mantener una calificación de riesgo igual o

superior a la asignada al momento de la colocación de las Cuotas de

Participación, y que garantice que las cuotas de participación sean

elegibles como inversión para las carteras administradas por administradores

de fondos de pensiones y otros inversores institucionales.

Page 43: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 33

El Fondo invertirá en acreencias comerciales de pequeñas y medianas empresas

bolivianas por operaciones de exportación y en activos financieros

nacionales. Los activos del Fondo podrán estar denominados en dólares de los

Estados Unidos de Norte América o en cualquier otra moneda utilizada a nivel

mundial.

ARTÍCULO 35. ESTRATEGIA DE INVERSIÓN

La estrategia de inversión del Fondo tiene como objetivo conformar un

portafolio diversificado que genere rendimientos para los inversores,

acordes con el nivel de riesgo asumido. Para lograr este objetivo, el

portafolio del Fondo de inversión estará conformado por derechos sobre

cuentas por cobrar comerciales por exportación adquiridos a través de

operaciones de factoring internacional y por participaciones en sociedades

anónimas cuyo objeto social sea el de desarrollar actividades de factoring

internacional o actividades que coadyuven al desarrollo de actividades de

factoring internacional. En tanto se realicen las inversiones en cuentas

por cobrar comerciales por exportación, el fondo invertirá, de manera

transitoria, en activos financieros nacionales. Las inversiones

transitorias del Fondo estarán limitadas a: bonos, letras y valores de deuda

del Tesoro General de la Nación y del Banco Central de Bolivia, certificados

de depósito a plazo fijo de instituciones financieras, bonos y pagarés de

empresas. Adicionalmente, y según los requerimientos del Fondo, el

administrador podrá mantener parte de estos recursos en cuentas de liquidez

(cuentas corrientes y cajas de ahorro) en instituciones financieras

nacionales.

Para seleccionar los activos que conformarán el portafolio de Inversión,

Fortaleza SAFI utilizará un enfoque de evaluación de inversiones que se

ajuste a las características específicas de cada categoría y se ceñirá a los

lineamientos establecidos en el presente capítulo.

ARTÍCULO 36. ACTIVOS DEL FONDO

El portafolio de inversión del Fondo estará conformado por una combinación

de los siguientes activos:

Acreencias comerciales por exportaciones

Activos financieros

Acciones

Liquidez

Page 44: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

34 Fortaleza Factoring Internacional

ARTÍCULO 37. INVERSIONES EN ACREENCIAS COMERCIALES POR EXPORTACIONES

El Fondo podrá adquirir derechos de pequeños y medianos exportadores

bolivianos sobre cuentas por cobrar comerciales por exportación a través de

operaciones de factoring internacional.

Para los fines del presente documento, se define como Factoring

Internacional aquellas operaciones por las que, mediante la figura de la

cesión de créditos, el Fondo adquiere acreencias comerciales o derechos de

cobro producto de exportaciones bolivianas de bienes o productos. En

consecuencia, esta actividad no está alcanzada por las regulaciones de la

Ley de Bancos y Entidades Financieras, estando sometida únicamente al marco

legal que se describe a continuación.

Las inversiones del Fondo en operaciones de factoring internacional estarán

sujetas a los siguientes lineamientos de inversión:

Selección de Inversiones Fortaleza SAFI seleccionará inversiones

atendiendo factores técnicos, operativos y de

riesgo. Las variables analizadas incluirán,

cuando menos, los siguientes aspectos:

Con relación al exportador: el exportador

deberá ser, preferentemente, una pequeña o

mediana empresa boliviana legalmente

constituida como cualquier persona

jurídica o representada por una persona

natural. La empresa deberá realizar

actividades de producción o

comercialización de productos o servicios

y deberá acreditar experiencia en

exportaciones regulares durante un periodo

no menor a 6 meses.

Con relación al importador: el importador

deberá ser una persona jurídica legalmente

constituida, de la cual un corresponsal

internacional o una empresa de seguro de

crédito pueda proporcionar referencias que

acrediten su desempeño y solvencia.

Con relación a los documentos: los

documentos cedidos a favor del Fondo

deberán cumplir con todas las normas

exigidas para la exportación en Bolivia,

así como también para la importación de

los productos en el país de destino. Los

documentos deberán acreditar que han sido

cedidos en propiedad al Fondo, e indicar

Page 45: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 35

la fecha de transferencia. Al realizarse

la cesión, el exportador deberá entregar

al Fondo todos los documentos que

acrediten la existencia del crédito a

ceder, así como todos los documentos

necesarios para su cobranza. El

exportador deberá garantizar que los

créditos no han sido negociados con

anterioridad y que se encuentran libres de

gravámenes y cualquier limitación de

dominio.

Con relación a la cobertura de riesgo: la

cobertura de riesgo para las operaciones

de factoring internacional realizadas por

el Fondo deberá ser otorgada por empresas

de factoring o áreas especializadas de

bancos o compañías financieras con

conocida trayectoria y asociadas a la red

Factors Chain International.

Alternativamente, la cobertura de riesgo

podrá ser otorgada por una compañía de

seguros boliviana, a través de una póliza

de seguro de crédito. Esta empresa deberá

contar con todas las licencias y registros

exigidos por la Superintendencia de

Pensiones, Valores y Seguros para otorgar

la cobertura citada.

Con relación a la cobranza de las

acreencias comerciales: el Fondo realizará

la cobranza de las acreencias comerciales a

través de los factores corresponsales con

los que efectúe las operaciones o a través

de entidades financieras nacionales y sus

corresponsales en el exterior.

Instrumentos de

Inversión

El Fondo realizará la inversión en acreencias

comerciales por exportación a través de la

suscripción de un Contrato Individual de Cesión

de créditos o acreencias. El Fondo realizará las

inversiones con y sin responsabilidad del

exportador.

Marco Contractual Para realizar operaciones de factoring

internacional, el Fondo suscribirá un Contrato

Marco que se constituirá en el marco referencial

de derechos, obligaciones y procedimientos a los

Page 46: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

36 Fortaleza Factoring Internacional

que se sujetarán el exportador y el Fondo por la

cesión de acreencias o créditos emergentes de

exportación de bienes o servicios.

Adicionalmente, se suscribirá un Contrato

Individual de Cesión, que constituirá una

determinación voluntaria del exportador de ceder

al Fondo una determinada acreencia con cargo a

uno o varios importadores y establecerá las

condiciones de dicha cesión. Existirán dos

modalidades de este Contrato Individual de

Cesión:

Con responsabilidad – bajo esta modalidad,

el exportador realizará la cesión

manteniendo su responsabilidad por el pago

del crédito cedido. En caso de

incumplimiento del importador o de

cualquier causa que impida el pago por

parte del importador, el Exportador se

hará cargo del pago.

Sin responsabilidad – bajo esta modalidad,

el Exportador transferirá totalmente el

riesgo del pago al Fondo. No obstante lo

anterior, el Fondo se reservará el derecho

de exigir el pago al exportador, en caso

de que el importador no realice el pago

por incumplimiento de parte del exportador

con relación a las condiciones que dieron

origen a la acreencia comercial o por

disputas comerciales que pudieran surgir

entre el exportador y el importador.

Cobertura de Riesgo El Fondo realizará operaciones de factoring

internacional utilizando el sistema de dos

factores. En este modelo de negocio, la figura

de factor se desdobla en dos: un factor

exportador y un factor importador, que actúa como

corresponsal del factor exportador para realizar

las funciones que éste no puede llevar a cabo

directamente en el país del importador (cobertura

de riesgo de impago por parte del importador y

cobranza). Estos dos factores actúan mediante

acuerdos de mutua colaboración, generalmente

dentro de grandes asociaciones internacionales

que regulan las normas de funcionamiento y

arbitraje en caso de conflictos entre ellos.

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Fortaleza Factoring Internacional 37

Para hacer viable esta metodología financiera, el

Fondo se integrará a la red mundial Factors Chain

International y utilizará las plataformas legales

y operativas disponibles a través de la misma.

Antes de realizar cualquier operación de

factoring internacional, el Fondo solicitará

cobertura de riesgo a un factor corresponsal

afiliado a Factors Chain International que opere

en el país del importador.

En la eventualidad de que no exista un

corresponsal internacional afiliado a Factors

Chain International en el país del importador o

las condiciones de la operación no sean las más

óptimas bajo el mecanismo de doble factor, el

Fondo podrá solicitar cobertura de riesgo a una

compañía de seguros generales local que cuente

con una calificación mínima de A1 a través de una

póliza de seguro de crédito.

Marco Legal El marco legal aplicable para las actividades de

factoring internacional del Fondo se describe a

continuación:

La cesión y adquisición de acreencias

comerciales para factoring internacional

será realizada en base a los términos y

condiciones contemplados por la

legislación boliviana. Los contratos a

ser suscritos con pequeñas y medianas

empresas bolivianas que exportan productos

y servicios se basarán en la figura de

libertad contractual, establecida en el

artículo 454 del Código Civil, de cesión

de créditos establecida en los artículos

384 y siguientes de ese mismo Código, y a

la eficacia de los contratos establecida

como ley entre las partes, estipulada en

el artículo 519 del mismo Código Civil.

La obtención de cobertura para operaciones

de factoring internacional, los servicios

de cobranza de las acreencias por parte de

factores de importación y la cesión de

acreencias comerciales a factores de

importación estarán reguladas por las

reglas generales para factoring

internacional (General Rules for

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38 Fortaleza Factoring Internacional

International Factoring), las reglas de

edifactoring.com, el acuerdo interfactores

(Interfactor Agreement) y las reglas de

arbitraje de Factors Chain International,

así como por cualquier modificación a

éstas que pudiera darse durante la

vigencia del Fondo o por cualquier norma o

regulación nueva que fuera aprobada por

Factors Chain International durante la

vida del Fondo.

La cobertura de riesgo a través de seguro

de crédito estará sujeta a lo establecido

en la legislación boliviana a través de la

Ley de Seguros y sus reglamentos, así como

las normas aplicables aprobadas por la

Superintendencia de Pensiones, Valores y

Seguros.

Moneda El Fondo podrá adquirir acreencias comerciales

denominadas en Dólares de los Estados Unidos de

Norte América o en la moneda de cualquier otro

país a nivel mundial.

Plazo Las inversiones en acreencias comerciales tendrán

plazos máximos de 180 días. Se estima que el

plazo promedio de estas inversiones será de 75

días.

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Fortaleza Factoring Internacional 39

ARTÍCULO 38. INVERSIONES EN ACTIVOS FINANCIEROS NACIONALES

Las inversiones del Fondo en activos financieros nacionales estarán sujetas

a los siguientes lineamientos de inversión:

Activos Permitidos El Fondo podrá adquirir los siguientes activos

financieros nacionales:

Bonos, letras y valores de deuda del

Tesoro General de la Nación y del Banco

Central de Bolivia.

Certificados de depósito a plazo fijo de

instituciones financieras inscritas en el

Registro del Mercado de Valores de la

Superintendencia de Pensiones, Valores y

Seguros y que se negocien en alguna bolsa

de valores que opere en el país.

Bonos y pagarés de empresas inscritas en

el Registro del Mercado de Valores de la

Superintendencia de Pensiones, Valores y

Seguros y que se negocien en alguna bolsa

de valores que opere en el país

Liquidez

Page 50: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

40 Fortaleza Factoring Internacional

Selección de Inversiones El Fondo seleccionará inversiones en activos

financieros de alta calidad crediticia, que le

permitan preservar el capital invertido y obtener

un rendimiento acorde con el nivel de riesgo

asumido. Al seleccionar inversiones, Fortaleza

SAFI considerará lo siguiente:

Con relación al emisor: el emisor de los

valores podrá ser el Tesoro General de la

Nación, el Banco Central de Bolivia o

cualquier entidad financiera o empresa con

una calificación de riesgo de largo plazo

igual o superior a A1 (N-2 en corto

plazo), otorgada por cualquier empresa

calificadora de riesgo autorizada por la

Superintendencia de Pensiones, Valores y

Seguros.

Con relación al valor: El fondo podrá

invertir exclusivamente en valores de renta

fija, que se encuentren autorizados por la

Superintendencia de Pensiones, Valores y

Seguros y se negocien en alguna bolsa de

valores que opere en el país.

Instrumentos de

Inversión

El Fondo podrá realizar inversiones a través de

los siguientes mecanismos:

Compras en firme de activos permitidos

Compra en reporto de Valores de oferta

pública

Calificación de Riesgo Las inversiones del Fondo en activos financieros

estarán conformadas por valores de emisores que

cuenten con una calificación de riesgo local de

largo plazo A1 o superior o una calificación de

riesgo local de corto plazo N-2 o superior, según

la nomenclatura de la Superintendencia de

Pensiones, Valores y Seguros. La calificación de

riesgo deberá ser otorgada por una entidad

calificadora de riesgo sujeta a la supervisión de

la SPVS.

Moneda El Fondo podrá realizar inversiones en activos

financieros denominados en Dólares de los Estados

Unidos de Norte América y en la moneda nacional

de la República de Bolivia (Bolivianos). Las

inversiones en moneda nacional podrán ser con

Page 51: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 41

mantenimiento de valor con relación al dólar de

los Estados Unidos de Norte América o estar

indexadas a las Unidades de Fomento a la Vivienda

(UFV).

Duración La duración de las inversiones en activos

financieros no podrá exceder dos mil ciento

sesenta (2.160) días.

Liquidez La liquidez del Fondo podrá ser administrada a

nivel nacional a través de cuentas corrientes y

cajas de ahorro, en cualquier entidad financiera

con una calificación de riesgo igual o superior a

A1 (largo plazo) o N2 (corto plazo), otorgada por

cualquier empresa calificadora de riesgo

autorizada por la Superintendencia de Pensiones,

Valores y Seguros.

Las cuentas de liquidez podrán estar denominadas

en Dólares de los Estados Unidos de Norte

América, en moneda nacional de la República de

Bolivia (Bolivianos) o estar indexadas a las

Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV) y deberán

permitir disponibilidad inmediata a los recursos.

Marco Legal Las inversiones en activos financieros nacionales

serán reguladas por la legislación de la

República de Bolivia, que incluye, pero no se

limita a, la Ley del Mercado de Valores, sus

reglamentos y las normas aprobadas por la

Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros,

normativa de la Bolsa Boliviana de Valores S.A..

ARTÍCULO 39. ACCIONES

El Fondo mantendrá una participación en una sociedad anónima dedicada a la

actividad de factoring internacional o a actividades que coadyuven al

desarrollo del factoring internacional. La inversión del Fondo en esta

empresa será de cuando menos dos terceras partes (2/3) de las acciones

vigentes de la Sociedad y le permitirá ejercer control administrativo y

estratégico de la empresa.

La empresa estará constituida en la República de Bolivia y sujeta a las

leyes de este país. La inversión del Fondo estará regulada por la

legislación de la República de Bolivia, que incluye, pero no está limitada,

a la Ley del Mercado de Valores, sus reglamentos y las normas aprobadas por

la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros.

Page 52: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

42 Fortaleza Factoring Internacional

ARTÍCULO 40. LÍMITES DE INVERSIÓN DEL FONDO POR EMISOR Y CONTRAPARTE5

Con el objetivo de controlar el riesgo de crédito del Fondo, la cartera de

éste no podrá sobrepasar los siguientes límites por emisor:

a) El Fondo podrá invertir hasta el 100% de su cartera en valores

emitidos por el Tesoro General de la Nación o el Banco Central de

Bolivia.

b) El Fondo deberá invertir, como mínimo, el 10% de su cartera en

valores emitidos por el Tesoro General de la Nación o el Banco

Central de Bolivia o en valores de emisores que cuenten con una

calificación de riesgo igual a AAA.

c) El Fondo deberá invertir, como mínimo, el 25% de su cartera en

valores de emisores que cuenten con una calificación de riesgo

igual o mayor a AA.

d) El Fondo podrá invertir hasta el 10% de su cartera total en

acreencias comerciales por exportación de un mismo exportador.

e) Las operaciones de factoring internacional con cobertura de un

mismo corresponsal internacional que (i) esté constituido en un

país cuya calificación de riesgo soberana sea igual o mejor que

BBB– y (ii) cuente con calificación de riesgo local igual o mejor

a BBB– no podrán representar más del 20% de la cartera total del

Fondo.

f) Las operaciones de factoring internacional con cobertura de un

mismo corresponsal internacional que (i) esté constituido en un

país cuya calificación de riesgo soberana sea igual o mejor que la

calificación de riesgo soberana de Bolivia pero menor a BBB– y

(ii) cuente con calificación de riesgo local igual o mejor a A+ no

podrán representar más del 10% de la cartera total del Fondo. De

manera agregada, estas operaciones no podrán representar más del

10% de la cartera total del Fondo.

g) El Fondo podrá realizar operaciones de factoring internacional con

cobertura de corresponsales internacionales que (i) estén

constituidos en países cuya calificación de riesgo soberana sea

igual o mejor que la calificación de riesgo soberana de Bolivia y

(ii) no cuenten con calificación de riesgo local , siempre que

éstas operaciones sean aprobadas por el Comité de Inversión del

Fondo y, que una vez sometidas a consideración de la entidad

calificadora de riesgo, ésta determine que la calificación de

riesgo del Fondo se mantendrá igual o superior a la asignada al

momento de colocación de las Cuotas de Participación. Estas

5 Modificado en Asamblea de Participantes de fecha 22 de agosto de 2013, y aprobado en Reunión de Directorio de

fecha 24 de abril de 2013.

Page 53: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 43

operaciones no podrán representar más del 10% de la cartera total

del Fondo.

h) El Fondo podrá realizar operaciones de factoring internacional con

cobertura de corresponsales internacionales que estén constituidos

en países cuya calificación de riesgo soberana sea menor que la

calificación de riesgo soberana de Bolivia, siempre que estas

operaciones sean aprobadas por el Comité de Inversión del Fondo y

que, una vez sometidas a consideración de la entidad calificadora

de riesgo, ésta determine que la calificación de riesgo del Fondo

se mantendrá igual o superior a la asignada al momento de

colocación de las Cuotas de Participación. Estas operaciones no

podrán representar más del 5% de la cartera total del Fondo.

i) Las operaciones de factoring internacional con cobertura de una

misma compañía de seguros nacional no podrán representar más del

20% de la cartera total del Fondo.

j) Las inversiones en depósitos a plazo fijo y saldos de liquidez del

Fondo en una misma institución financiera nacional no podrán

representar más del 20% de la cartera total del Fondo.

k) El Fondo podrá invertir hasta el 20% de su cartera en valores

emitidos por una misma empresa boliviana.

l) De manera agregada, las inversiones en valores de emisores

bolivianos que cuenten con una calificación de riesgo igual a A1

(largo plazo) o N2 (corto plazo) no podrán representar más del 10%

de la cartera total del Fondo.

m) El total de los aportes de capital realizados por el Fondo en la

Sociedad Anónima, de manera acumulativa durante la vigencia del

Fondo, no podrán ser mayores a seiscientos mil dólares de los

Estados Unidos de Norte América (US$ 600.000,00). En caso de que

el Fondo tuviese que realizar nuevos aportes de capital en exceso

de este monto, éstos nuevos aportes deberán ser aprobados por la

Asamblea General de Participantes.

n) Las inversiones en acreencias comerciales por exportaciones serán

realizadas con la cobertura de empresas de factoring, sean éstas

bancos u otro tipo de entidad financiera, o compañías de seguros.

A fin de gestionar el riesgo crediticio, se utilizará la

calificación de riesgo de la empresa de factoring o compañía de

seguros. En caso de que la empresa de factoring no cuente con

calificación de riesgo, se utilizará la calificación de riesgo de

su principal accionista o controlador.

o) El Fondo podrá realizar operaciones de factoring internacional con

cobertura de corresponsales internacionales que: (i) estén

constituidos en países cuya calificación de riesgo soberana sea

igual o mayor a BBB- y (ii) cuenten con una calificación de riesgo

Page 54: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

44 Fortaleza Factoring Internacional

internacional igual o mayor a la calificación de riesgo soberana

de Bolivia. Estas operaciones podrán representar hasta el 20% de

la cartera del Fondo.

ARTÍCULO 41. LÍMITES DE INVERSIÓN DEL FONDO POR MONEDA

Las inversiones en moneda nacional de la República de Bolivia y moneda

nacional indexada a la Unidad de Fomento a la Vivienda y los saldos de las

cuentas de liquidez denominadas en moneda nacional y moneda nacional

indexada a la Unidad de Fomento a la Vivienda no podrán representar más del

50% de los activos totales del Fondo.

Fortaleza SAFI realizará operaciones de tipo forward, swap u otras que

reduzcan la exposición del Fondo al riesgo de tipo de cambio, si es que las

inversiones denominadas en alguna moneda distinta al Dólar de los Estados

Unidos de Norte América, al Boliviano de la República de Bolivia y moneda

nacional indexada a la Unidad de Fomento a la Vivienda representan más del

10% de los activos totales del Fondo.

ARTÍCULO 42. LÍMITES A LA LIQUIDEZ DEL FONDO

Los saldos que mantenga el Fondo en cuentas de liquidez no podrán

representar más del 25% de la cartera total del Fondo.

ARTÍCULO 43. DURACIÓN DEL PORTAFOLIO DE INVERSIÓN DEL FONDO

Independientemente de los límites y restricciones establecidos para las

distintas inversiones del Fondo, la duración de su portafolio no podrá ser

superior a 2.160 (dos mil ciento sesenta) días.

ARTÍCULO 44. EXCESOS DE INVERSIÓN

Los excesos de inversión que se produzcan por causas no imputables a la

Sociedad Administradora serán tratados de la siguiente manera:

Los excesos en Valores de oferta pública a nivel nacional deberán ser

corregidos en un plazo de 60 días calendario computables a partir de

la fecha en que se produjo el exceso.

Los excesos en activos que no sean de oferta pública serán corregidos

en un plazo de 180 días calendario computables a partir de la fecha

en que se produjo el exceso.

La Sociedad Administradora efectuará los esfuerzos necesarios de buena fe

(bona fide) para eliminar los excesos de inversión involuntarios descritos

Page 55: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 45

en este inciso. La Sociedad Administradora no será responsable si causales

exógenos impiden que los excesos de inversión no sean regularizados dentro

de los plazos previstos. No obstante lo anterior, la Sociedad

Administradora deberá informar a la Asamblea General de Participantes y a la

Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros sobre los excesos de

inversión no regularizados.

Las inversiones en los distintos activos a que se refieren los incisos

anteriores podrán superar los distintos límites durante los primeros seis

meses de funcionamiento del Fondo, durante los últimos seis meses antes de

la liquidación del Fondo o durante periodos de fuerza mayor como ser

huelgas, conmoción civil, etc.

ARTÍCULO 45. RESTRICCIONES DE INVERSIÓN

El Fondo no podrá invertir directa, indirectamente ni a través de terceros,

en instrumentos o derechos sobre bienes de personas vinculadas a la Sociedad

Administradora, ni en instrumentos emitidos o garantizados por dichas

personas, ni en bienes inmuebles en los que el constructor de la edificación

sea una persona vinculada a la Sociedad Administradora, excepto en los casos

que la Asamblea General de Participantes acuerde previamente realizar dicha

inversión, en cuyo caso no podrán votar las personas vinculadas a la

Sociedad Administradora.

ARTÍCULO 46. OTRAS RESTRICCIONES

La Sociedad Administradora, sus directores, gerentes, accionistas con una

participación superior al 10% del capital y los miembros del Comité de

Inversiones, así como toda persona que participe en las decisiones de

inversión del Fondo o que en razón de su cargo o posición tenga acceso a

información sobre las decisiones de inversión del Fondo, están prohibidas

de:

Adquirir, arrendar, usufructuar, utilizar o explotar, en forma

directa o indirecta, bienes o derechos del Fondo, ni arrendar o ceder

en cualquier forma a título oneroso, los bienes o derechos de la

Sociedad Administradora al Fondo.

Recibir préstamos o garantías con cargo a los recursos del Fondo.

Efectuar cobros directa o indirectamente al Fondo, por cualquier

servicio prestado y no autorizado.

Ser accionista, director, gerente o miembro del Comité de Inversiones

de otra sociedad administradora registrada ante la SPVS.

Page 56: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

46 Fortaleza Factoring Internacional

ARTÍCULO 47. POLÍTICA DE ENDEUDAMIENTO

El Fondo podrá apalancarse hasta el 20% del valor de su portafolio a través

de la venta en reporto de Valores. El Fondo podrá modificar esta política de

endeudamiento y/o buscar mecanismos alternativos de endeudamiento solamente

con la aprobación de la Asamblea General de Participantes.

ARTÍCULO 48. POLÍTICA DE DISTRIBUCIÓN DE RESULTADOS6

Considerando el perfil del Fondo, éste no distribuirá beneficios o ganancias

provenientes de las inversiones durante la vida del Fondo. Los resultados

serán distribuidos al momento del cierre, vencimiento o liquidación del

Fondo.

ARTÍCULO 49. CUSTODIA

Fortaleza SAFI designará y entregará los Valores y documentos relacionados a

la adquisición de acreencias comerciales en los que invierta el Fondo a uno

o varios custodios, los cuales se encargarán de la guarda física de dichos

documentos.

El Fondo utilizará como Custodios a una entidad de depósito de valores en lo

que corresponda y a un banco custodio que tenga una calificación de riesgo

de por lo menos “A1”, de acuerdo a la nomenclatura de la SPVS.

Fortaleza SAFI es solidariamente responsable por la custodia de los Valores

o activos que se encuentren en la entidad de depósito de valores y/o el

banco custodio.

6 Modificado en Asamblea de Participantes de fecha 20 de noviembre de 2009, y aprobado en Reunión de Directorio de

fecha 25 de noviembre de 2009

Page 57: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 47

CAPÍTULO VI: VALORIZACIÓN DEL FONDO

ARTÍCULO 50. CÁLCULO DEL VALOR DE LOS ACTIVOS DEL FONDO

El Fondo invertirá tanto en activos bursátiles como en activos que no tengan

cotización en bolsa. Por tanto, la forma de valoración de cada activo

dependerá de si el mismo se encuentra o no inscrito en la Bolsa Boliviana de

Valores S.A.

ARTÍCULO 51. ACREENCIAS COMERCIALES

El Fondo adquirirá las acreencias comerciales de exportadores bolivianos a

un descuento con relación a su valor nominal. Este descuento será devengado

en forma diaria durante el plazo de la acreencia comercial.

ARTÍCULO 52. ACTIVOS FINANCIEROS

El valor de los activos financieros nacionales de propiedad del Fondo será

calculado de acuerdo a la Metodología de Valoración de la Superintendencia

de Pensiones, Valores y Seguros.

ARTÍCULO 53. ACCIONES DE SOCIEDADES

Las acciones de sociedades, al no estar inscritas en el Registro del Mercado

de Valores de la SPVS, se valorarán a través del valor patrimonial

proporcional (VPP).

ARTÍCULO 54. CÁLCULO DEL VALOR DE LA CUOTA DE PARTICIPACIÓN

La valorización del Fondo se realizará en forma diaria, incluyendo los

sábados, domingos y feriados, desde el día en que Fortaleza SAFI reciba el

aporte de los participantes. El valor de la cuota se determinará aplicando

la siguiente fórmula:

NC

OBPPCGOALQVCV

Donde:

V: Valor Cuota Libros

Page 58: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

48 Fortaleza Factoring Internacional

VC: Valor de la cartera valorada según la Metodología de

Valoración o lo establecido en el Reglamento Interno del Fondo para

el caso de acreencias comerciales por exportación

LQ: Liquidez que comprende el efectivo en caja, cuentas bancarias u

otras cuentas nacionales, más el devengamiento diario de los

intereses obtenidos por este concepto

OA: Activos pagados por anticipado y otros activos

CG: Comisiones y Gastos del día

PP: Premios devengados por pagar por operaciones de venta en

Reporto

OB: Otras obligaciones

NC: Número de cuotas vigentes del día

La valoración del Fondo se la realizará en dólares de los Estados Unidos de

Norte América. Los Valores o instrumentos que se encuentren en moneda

nacional serán valorados al tipo de cambio de compra publicado por el Banco

Central de Bolivia. Los Valores o instrumentos que se encuentren en otras

monedas serán valorados al tipo de cambio oficial publicado por una

autoridad competente o agencia de información autorizada.

La vigencia del valor cuota será diaria y vencerá a las 18:00 hrs. del final

de cada día.

Asimismo, los participantes podrán remitirse a la cotización de las cuotas

de participación del Fondo en la Bolsa Boliviana de Valores S.A. como

mecanismo de valorización del Fondo a precios de mercado. Por su parte, la

Sociedad Administradora remitirá diariamente a la Bolsa Boliviana de Valores

S.A. y a la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros el valor de la

cartera y el valor de la cuota emergente de la valorización de la cartera

del Fondo.

Page 59: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 49

CAPÍTULO VII: COMISIONES Y GASTOS

ARTÍCULO 55. COMISIONES Y GASTOS7

Corren a cuenta del Fondo las comisiones de la Sociedad Administradora y los

gastos que comprenden los siguientes conceptos.

Comisión por éxito de corto plazo

Comisión por éxito de largo plazo

Gastos del Fondo

Gastos extraordinarios del Fondo

ARTÍCULO 56. COMISIÓN POR ÉXITO DE CORTO PLAZO

Fortaleza SAFI cobrará a los participantes una remuneración variable por los

servicios prestados, la cual será referida como “Comisión por Éxito de

Corto Plazo” basada en el incremento del patrimonio neto del Fondo.

Esta remuneración variable será un porcentaje sobre el patrimonio del Fondo,

de acuerdo al siguiente detalle.

La comisión sobre la cartera de acreencias comerciales será

equivalente al 2,45% anual

La comisión sobre activos financieros nacionales de la cartera será

equivalente al 1,00% anual

Esta comisión será cobrará solamente si el Fondo ha superado una

rentabilidad neta de gastos equivalente a la TRE de DPF´s en dólares

americanos en el sistema bancario nacional. La comisión se cobrará cada fin

de mes (por Periodo Mensual) siempre que la rentabilidad del Fondo (en el

periodo Acumulado) haya superado la TRE.

Se utilizarán las siguientes fórmulas y procedimientos para calcular la

Comisión por Éxito de Corto Plazo:

PRIMERO: Se calculará la comisión por éxito de corto plazo máxima a ser

cobrada al Fondo en términos nominales (dólares americanos) en cada periodo

mensual, de acuerdo a la estructura diaria de la cartera por tipo de activo

(acreencias comerciales y otros activos) y en base a las comisiones por tipo

de activo arriba descrito, con la siguiente fórmula:

7 Modificado en Asamblea de Participantes de fecha 12 de abril de 2011, y aprobado en Reunión de Directorio de

fecha 7 de abril de 2011.

Page 60: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

50 Fortaleza Factoring Internacional

jjiius FwFwCOM $

SEGUNDO: Se calculará el Spread (o excedente) en términos nominales

(dólares americanos) entre la tasa de rendimiento del Fondo y la TRE durante

el Periodo Acumulado.

360

])360

)1[(( 0

000

ttPPTRE

ttSpread n

tt

n

VC

VC

Bs nt

tn

TERCERO: Posteriormente, se compararán estos montos para proceder al cobro

de comisiones al Fondo ajustadas por éxito de acuerdo al siguiente esquema.

1. Si la COM$us es menor o igual al Spread$us, entonces se cobrará la

totalidad de la COM$us para el periodo mensual

2. Si la COM$us es mayor al Spread$us, entonces se cobrará el Spread$us para

el periodo mensual, con un mínimo de cero “0”.

CUARTO: La comisión efectivamente cobrada al Fondo será expresada

porcentualmente sobre el patrimonio promedio del Fondo durante el periodo

mensual, utilizando, cuando corresponda, la COM$us o el Spread$us, de acuerdo

a las siguientes formulas:

)360

()(12

$%

12ttPP

COMCOM

tt

us

ó

)360

()(12

$%

12ttPP

SpreadCOM

tt

us

Los significados de los elementos que componen las ecuaciones arriba

descritas son:

COM$us = Comisión máxima expresada en dólares americanos que debe cargarse al

Fondo en el periodo de cálculo mensual como comisión por éxito de corto

plazo.

wi = Comisión diaria de acreencias comerciales de acuerdo a la comisión por

tipo de activo.

Fi = Tamaño diario de la cartera del Fondo invertida en acreencias

comerciales

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Fortaleza Factoring Internacional 51

wj = Comisión diaria de otros activos de acuerdo a la comisión por tipo de

activo.

Fj = Tamaño diario de la cartera del Fondo invertida en otros activos.

Spread$us = Diferencia nominal (en dólares americanos) que emerge de la

diferencia entre el rendimiento de la cuota del Fondo y la TRE, para el

periodo de cálculo acumulado tn – t0.

VCtn = Valor cuota del Fondo al cierre del periodo de cálculo acumulado.

VCt0 = Valor cuota del Fondo al inicio de cada periodo de cálculo acumulado.

t0 = Inicio de periodo de cálculo acumulado, es decir el primer día de cada

periodo de cálculo para la rentabilidad del Fondo. Para el primer mes de

operaciones del Fondo, t0 corresponde al primer día después del inicio de

operaciones del Fondo que puede ser cualquier día durante el mes.

tn = Fin de periodo para el cálculo de la rentabilidad del Fondo, es decir

el último día de cada periodo acumulado (p.e 30, 60, 90, etc.). Para el

primer mes de operaciones, tn es el último día del mes.

TRE = Promedio de tasas semanales de Referencia Efectiva del sistema

bancario nacional en dólares americanos calculada por el Banco Central de

Bolivia durante el periodo de cálculo acumulado.

PPtn-t0 = Patrimonio promedio del Fondo durante el periodo acumulado de

cálculo tn al t0, calculado en base a estados financieros diarios.

COM% = Comisión efectivamente cobrada al Fondo durante el periodo mensual

y expresada en porcentaje.

t1 = Inicio de periodo de cálculo mensual para el cobro de comisiones, es

decir el primer día de cada periodo de cálculo mensual. Para el primer mes

de operaciones del Fondo, t1 corresponde al primer día después del inicio de

operaciones del Fondo que puede ser cualquier día durante el mes.

Page 62: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

52 Fortaleza Factoring Internacional

t2 = Fin de periodo de cálculo mensual para el cobro de comisiones, es decir

el último día de cada periodo de cálculo mensual.

PPt2-t1 = Patrimonio promedio del Fondo durante el periodo mensual de cálculo

t2 al t1, calculado en base a estados financieros diarios.

Adicionalmente, se debe aclarar lo siguiente:

Estos porcentajes se aplicarán sobre la cartera del Fondo

diferenciado por clase de activo (acreencias comerciales u otros

activos).

La comisión se calculará y liquidará mensualmente.

La rentabilidad del Fondo se calculará para cada periodo acumulado

La Comisión por éxito de Corto Plazo será calculada durante el

periodo de cálculo que equivale a periodos anuales a partir de la

fecha

La rentabilidad del Fondo se calculará para cada periodo acumulado

La Comisión por Éxito de Corto Plazo será calculada durante el

periodo de cálculo que equivale a periodos anuales a partir de la

fecha aniversario.

El Periodo Acumulado será de un año calendario y finalizará cada año

en la fecha aniversario, que será el día calendario (día y mes)

siguiente a la fecha de inicio de operaciones.

ARTÍCULO 57. COMISIÓN POR ÉXITO DE LARGO PLAZO8

Fortaleza SAFI cobrará al Fondo una Comisión por Éxito de Largo Plazo de

33,00% sobre el excedente de la ganancia obtenida cuando la tasa de

rendimiento del periodo (basada en el incremento del patrimonio neto del

Fondo) supere el Benchmark, definido como el promedio simple de las Tasas

Promedio Ponderadas Efectivamente Pactadas (TPPE) en depósitos a plazo fijo

en moneda extranjera, a plazos mayores a mil ochenta (1.080) días, de bancos

nacionales que durante todo el periodo de cálculo hayan tenido una

calificación de riesgo igual o superior a AA3. El Benchmark será revisado

por la Sociedad Administradora por lo menos una vez al año y los resultados

de la revisión realizada y los resultados obtenidos serán remitidos a la

Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros.

8 Modificado en Asamblea de Participantes de fecha 12 de abril de 2011, y aprobado en Reunión de Directorio de

fecha 7 de abril de 2011.

Page 63: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 53

La fórmula para calcular la Comisión de Éxito será la siguiente:

1

133% (( 1) )t

t

VC

lp tVCCE Benchmark PP

Donde:

CElp = Comisión por éxito de largo plazo

VCt = Valor cuota del Fondo al cierre del ejercicio t, neto de comisiones

VCt+1 = Valor cuota del Fondo al cierre del ejercicio t+1, neto de comisiones

Benchmark = promedio simple de la TPPE en depósitos a plazo fijo en moneda

extranjera, a plazos mayores a mil ochenta (1.080) días, de bancos

nacionales que durante todo el periodo de cálculo hayan tenido una

calificación de riesgo igual o superior a AA3. El periodo de cálculo del

Benchmark será el mismo periodo utilizado para calcular el rendimiento del

Fondo.

PPt+1 = Patrimonio promedio del Fondo durante el ejercicio t+1, calculado en

base a estados financieros mensuales

Utilizando la fórmula precedente, el cálculo de esta comisión se efectuará

cada año a partir de la fecha aniversario, que será el día calendario (día y

mes) siguiente a la fecha de inicio de operaciones.

El cálculo de la Comisión de Éxito y de los retornos del portafolio será

auditado por los auditores externos del Fondo.

Todas las Comisiones de la Sociedad Administradora incluyen los impuestos de

ley correspondientes.

Finalmente, el monto de la Comisión por Éxito de Largo Plazo calculado de

acuerdo a la fórmula anterior será cobrado por la Sociedad Administradora, a

partir del cuarto año desde el inicio de actividades, en estricta relación

al volumen de operaciones alcanzado en el periodo de cálculo anual de

acuerdo a los siguientes porcentajes:

Cien por ciento (100%) del monto cuando en el periodo de cálculo

anual se haya alcanzado un volumen de desembolsos de acreencias

comerciales de al menos el equivalente, en dólares americanos, a

cinco (5) millones de euros.

El equivalente al porcentaje de logro cuando en el periodo de cálculo

anual no se haya alcanzado el volumen de cesión de acreencias

comerciales de al menos el equivalente, en dólares americanos, a

cinco (5) millones de euros. El ratio o índice a aplicar para el

cobro de la Comisión de Éxito de Largo Plazo será calculado

dividiendo el volumen de acreencias comerciales cedidas en el año

entre el equivalente en dólares americanos a cinco millones de euros,

con un tope del 100% de la comisión.

Page 64: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

54 Fortaleza Factoring Internacional

ARTÍCULO 58. GASTOS DEL FONDO9

Los gastos del Fondo corresponden a:

Honorarios y gastos legales generados por el Fondo.

Retribución monetaria al Representante Común de los Participantes.

Honorarios profesionales de auditores externos necesarios para

realizar las auditorías externas del Fondo y/o por disposición legal

o reglamentaria, o las acordadas por la Asamblea General de

Participantes.

Gastos de calificación de riesgo del Fondo.

Gastos de custodia, seguros, traslado y, en general, cualquier otro

gasto que ocasionen los títulos y documentos del Fondo.

Gastos de publicaciones obligatorias que deba efectuar el Fondo y de

avisos e informes enviados a la SPVS, la Bolsa Boliviana de Valores

S.A., los participantes y otras entidades; y en general todo otro

gasto derivado de exigencias legales o de la SPVS.

Gastos por concepto de intermediación de Valores.

Gastos por los servicios que presta la entidad de depósito de

valores.

Gastos y costos relacionados con transacciones y la compra venta de

activos por cuenta del Fondo.

Otros gastos similares que correspondan al funcionamiento del Fondo y

que sean necesarios para el eficiente manejo de la estructura del

Fondo, previamente aprobados por la Asamblea General de Participantes

y la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros.

Los gastos tendrán un monto máximo anual de US$ 75.000 (setenta y cinco mil

00/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica). Una vez constituido

el Fondo, Fortaleza SAFI estimará el monto total de estos gastos y realizará

provisiones diarias que serán incorporadas al cálculo del valor cuota. Se

estima que la mayor parte de estos gastos se liquidarán de manera mensual

pero es probable que algunos, por su naturaleza, se liquiden con otra

periodicidad. Cualquier diferencia entre el gasto real y el estimado será

ajustada de manera mensual o cuando el impacto del gasto sea material.

La Asamblea General de Participantes deberá aprobar estos gastos en caso de

que éstos excedan el monto máximo o si se generasen gastos por conceptos

distintos a los estipulados en este artículo.

9 Modificado en Asamblea de Participantes de fecha 12 de abril de 2011, y aprobado en Reunión de Directorio de

fecha 7 de abril de 2011.

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Fortaleza Factoring Internacional 55

La Sociedad Administradora proporcionará a solicitud del Representante Común

de los Participantes un detalle de los gastos.

ARTÍCULO 59. GASTOS EXTRAORDINARIOS DEL FONDO

Los gastos extraordinarios serán pagados directamente con recursos del

Fondo.

Los gastos extraordinarios del Fondo corresponden a los litigios,

procedimientos de arbitraje, honorarios profesionales y otros gastos y

costos legales incurridos en la defensa de los intereses del Fondo.

Los gastos extraordinarios tendrán un monto máximo de US$ 50.000 (cincuenta

mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) anuales durante

los diez primeros años de vida del Fondo y los plazos de prórroga acordados

de conformidad con el Reglamento. La Asamblea General de Participantes

deberá aprobar estos gastos en caso de que éstos excedan el monto máximo o

si se generasen gastos extraordinarios por conceptos distintos a los

estipulados en este artículo.

Page 66: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

56 Fortaleza Factoring Internacional

CAPÍTULO VIII: DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS

ARTÍCULO 60. INFORMACIÓN PERIÓDICA

Los participantes podrán informarse sobre la Composición de la Cartera y

Valor de la Cuota del Fondo diariamente en las oficinas y sucursales de

Fortaleza SAFI. Adicionalmente, el participante podrá informarse del valor

de mercado de la cuota a través de las publicaciones y Boletín Diario de la

Bolsa Boliviana de Valores S.A. cuando corresponda.

Fortaleza SAFI remitirá mensualmente, hasta los diez días hábiles

posteriores al cierre de cada mes, Estados de Cuenta a los participantes,

donde se incluirá la información de la cartera de inversiones del Fondo,

rendimientos y toda otra información relevante para el seguimiento de las

actividades del Fondo y de las cuotas de participación.

En forma trimestral, Fortaleza SAFI enviará a los participantes los estados

financieros no auditados del Fondo al 31 de marzo, 30 de junio, 30 de

septiembre y 31 de diciembre, dentro de los cuarenta y cinco (45) días

siguientes al cierre de cada trimestre.

Dentro de los ciento veinte (120) días posteriores al cierre de cada

gestión, Fortaleza SAFI enviará a los participantes los estados financieros

del Fondo debidamente auditados por la empresa de auditoria externa, así

como la estructura y detalle de la cartera de inversiones y la memoria

anual. La gestión del Fondo comprende el periodo entre el 1 de enero y 31 de

diciembre de cada año.

Finalmente, Fortaleza SAFI cumplirá con el envío y/o publicación de

información de acuerdo a las normativas y reglamentos en vigencia de la

Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros y de la Bolsa Boliviana de

Valores S.A.

ARTÍCULO 61. AUDITORIA EXTERNA

Los estados financieros del Fondo serán auditados anualmente por una empresa

auditora debidamente registrada en el Registro del Mercado de Valores de la

SPVS.

La Asamblea General de Participantes elegirá a la Empresa Auditora que

practicará la auditoría externa anual del Fondo de una lista de por lo menos

tres empresas a ser presentadas por el Representante Común de los

Participantes.

Asimismo, la Asamblea General de Participantes podrá acordar, a sugerencia

del Representante Común de los Participantes, la realización de auditorías

especiales.

Page 67: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 57

El costo de las auditorias correrá por cuenta del Fondo.

ARTÍCULO 62. MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO

Toda modificación al Reglamento Interno del Fondo deberá ser aprobada por el

Directorio de Fortaleza SAFI y presentada a la Asamblea General de

Participantes para su aprobación.

Dicha modificación deberá ser comunicada a la SPVS como hecho relevante.

Cualquier modificación al límite de comisión o gasto explicitado en el

reglamento del Fondo deberá ser aprobada previamente por la Asamblea General

de Participantes y comunicada a la Superintendencia de Pensiones, Valores y

Seguros con cinco (5) días calendario de anticipación a su aplicación.

ARTÍCULO 63. MODIFICACIÓN DE LA POLÍTICA DE INVERSIÓN

Fortaleza SAFI podrá proponer a la Asamblea General de Participantes la

modificación de la Política de Inversiones del Fondo en caso de que se

produzcan o se prevean cambios en las condiciones del mercado que hagan

suponer una modificación significativa en el valor del patrimonio neto del

Fondo.

Se requerirá de quórum calificado en la Asamblea General de Participantes

del Fondo para que las modificaciones a la Política de Inversiones del Fondo

sean aprobadas.

Dicha modificación deberá ser comunicada a la Superintendencia de Pensiones,

Valores y Seguros.

ARTÍCULO 64. GARANTÍAS

La Sociedad Administradora acreditará y mantendrá en todo momento una

garantía de funcionamiento y buena ejecución en favor de la Superintendencia

de Pensiones, Valores y Seguros equivalente al mayor entre $us. 100.000.-

(Cien Mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) y el 0,75%

del total de la cartera del Fondo de acuerdo a lo establecido en la

Normativa para Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras.

ARTÍCULO 65. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cualquier controversia sobre la ejecución e interpretación del reglamento

interno del Fondo, será sometida por las partes a un arbitraje de amigables

componedores, de acuerdo con las normas de Ley de Arbitraje Nº 1770 de fecha

Page 68: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

58 Fortaleza Factoring Internacional

10 de marzo de 1997 y del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara

Nacional de Comercio con sede en La Paz.

El número de árbitros será tres (3), uno a ser designado por cada Parte y el

tercero a ser designado por los otros dos árbitros. Todos los árbitros

deberán ser designados entre los árbitros que se encuentren debidamente

inscritos y registrados en las listas de árbitros de la Cámara Nacional de

Comercio. Si cualesquiera de las Partes no designa su respectivo árbitro en

el plazo de quince (15) días calendario computables a partir de la

notificación a cualesquiera de ellas con la intención de la otra de someter

la controversia a arbitraje, o en el caso de que los árbitros de Parte no

designen al tercer árbitro dentro de los quince (15) días calendario

computables a partir de la designación del último árbitro de Parte, el o los

árbitros no designados deberán ser designados por la Cámara Nacional de

Comercio de Bolivia.

Queda expresamente establecido que, en el caso de que las partes no logren

ponerse de acuerdo sobre la materia controvertida, las mismas delegan

expresamente a los integrantes del Tribunal Arbitral la facultad de

delimitar y determinar de manera específica la(s) controversia(s) que se

someterá(n) a la decisión arbitral.

El laudo arbitral será final, inapelable y obligatorio. El arbitraje se hará

en la ciudad de La Paz, en idioma español.

ARTÍCULO 66. CONSULTAS

Cualquier consulta o reclamo de los participantes deberá presentarse por

escrito en el domicilio de Fortaleza SAFI.

Page 69: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 59

CAPÍTULO IX: CONSIDERACIONES SOBRE EL PATRIMONIO DEL FONDO

ARTÍCULO 67. REDUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DEL PATRIMONIO DEL FONDO

El Fondo podrá variar de capital (patrimonio) durante su vida. Cualquier

variación de capital podrá ser autorizada por la Asamblea General de

Participantes únicamente a solicitud y recomendación de la Sociedad

Administradora.

ARTÍCULO 68. LIQUIDACIÓN POR VENCIMIENTO DEL PLAZO DEL FONDO

Cuando menos un (1) año antes de la fecha establecida para el vencimiento

del Fondo, la Sociedad Administradora deberá convocar a una Asamblea General

de Participantes. En dicha Asamblea, y una vez evaluada la información

presentada por la Sociedad Administradora respecto al desempeño del Fondo y

las condiciones de mercado vigentes, los Participantes podrán:

Resolver ampliar el plazo del Fondo por un periodo adicional de hasta

dos años, contados a partir de la fecha establecida para el

vencimiento del Fondo; o

Aprobar la liquidación del Fondo.

En caso que la Asamblea General de Participantes apruebe ampliar el plazo de

vigencia del Fondo, solo los participantes que votaron en contra de dicho

acuerdo y hubiesen hecho constar en acta su oposición al acuerdo y los

ausentes podrán solicitar, en un plazo máximo de diez días calendarios a

partir de la comunicación de ampliación del plazo de vigencia del Fondo

efectuada a la SPVS, el rescate de sus cuotas al finalizar el periodo

original de vigencia del Fondo. Una vez transcurrido este plazo, los

participantes que votaron en contra de dicho acuerdo y hubiesen hecho

constar en acta su oposición al acuerdo y los ausentes no podrán solicitar

el rescate de sus cuotas.

La redención de las cuotas a los participantes que no deseen continuar en el

Fondo será efectuada y pagada al vencimiento del plazo original del Fondo.

El precio de redención será el valor de cuota diario calculado e informado

por la Sociedad Administradora en la fecha de redención, según la

metodología de valoración descrita en el Reglamento Interno. Antes de

realizarse la redención, la Sociedad Administradora modificará la

composición del portafolio de inversión del Fondo, de manera que se cuente

con la liquidez necesaria para realizar la redención y no sea necesario

convertir la totalidad de los activos del Fondo en efectivo.

En caso de que la Asamblea General de Participantes determinara liquidar el

Fondo, la Sociedad Administradora será responsable de administrar los

Page 70: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

60 Fortaleza Factoring Internacional

activos financieros nacionales del Fondo y liquidarlos en los plazos

aprobados por la Asamblea General de Participantes.

Para la liquidación de la cartera de acreencias comerciales y las

participaciones del Fondo en la sociedad anónima dedicada a actividades de

factoring internacional, la Sociedad Administradora será responsable de: (i)

establecer un valor mínimo de transferencia de los activos, (ii) estructurar

un proceso competitivo de transferencia de los activos y (iii) realizar las

gestiones necesarias hasta el cierre de la transacción..A este efecto, la

Sociedad Administradora recibirá una remuneración a ser cancelada con

recursos del Fondo equivalente a quince por ciento (15,0%) del valor de

liquidación de la cartera de acreencias comerciales y las participaciones

del Fondo en la Sociedad Anonima dedicada a actividades de Factoring

Internacional.

Una vez concluido el proceso de liquidación, se convocará a una nueva

Asamblea General de Participantes, en la cual la Sociedad Administradora

presentará un informe respecto a los resultados del proceso de liquidación.

Asimismo, se presentarán estados financieros de cierre y se establecerá el

valor a ser recibido por cada cuota de participación. Una vez que la

Asamblea General de Participantes apruebe los estados financieros y el valor

de liquidación de cada cuota, se establecerán los plazos y los mecanismos a

través de los cuales se harán efectivos los pagos a los Participantes.

ARTÍCULO 69. DISOLUCIÓN, TRANSFERENCIA, FUSIÓN Y LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA

La transferencia, fusión, disolución y liquidación del Fondo de Inversión,

sea ésta voluntaria o forzosa, se sujetará a lo establecido por la Ley del

Mercado de Valores y por la normativa vigente al momento de producirse

cualquiera de estos hechos.

La transferencia, fusión, disolución o liquidación voluntaria será resuelta

por la Asamblea General de Participantes y autorizada por la

Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, y se sujetará a lo

establecido en el Reglamento Interno del Fondo.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, la transferencia,

fusión, disolución y liquidación voluntaria del Fondo podrá ser también

propuesta a la Asamblea General de Participantes por la Sociedad

Administradora.

En caso de liquidación o quiebra del Fondo, los activos, inversiones y

aportes del Fondo que administre, en virtud del principio del patrimonio

autónomo e independiente, no pasarán a integrar la masa común de la Sociedad

Administradora.

En caso de transferencia voluntaria del Fondo no se podrán realizar

modificaciones al objetivo, al Reglamento Interno del Fondo, ni a las

condiciones o características principales del mismo, excepto aquellas

Page 71: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 61

modificaciones relativas al cambio de Administrador y por tanto de los

responsables de su administración.

La Sociedad Administradora presentará un plan de liquidación voluntaria o de

transferencia del Fondo a la Asamblea General de Participantes para su

aprobación.

ARTÍCULO 70. BALANCE FINAL DEL FONDO

En caso de liquidación voluntaria o por vencimiento del Fondo, la Sociedad

Administradora deberá someter a aprobación de la Asamblea General de

Participantes un informe de liquidación, una propuesta de distribución del

patrimonio neto entre los partícipes, el balance final de liquidación, el

estado de resultados y demás información que corresponda, de acuerdo con las

condiciones que se establezcan mediante acuerdo en la Asamblea General de

Participantes. Aprobado el balance final de liquidación y la propuesta de

distribución del patrimonio, el balance final se deberá publicar por una

sola vez en un diario de circulación nacional.

ARTÍCULO 71. CAUSALES DE TRANSFERENCIA, LIQUIDACIÓN Y DISOLUCIÓN

Podrán ser causales de disolución y liquidación forzosa del Fondo las

siguientes:

Revocación de la Autorización del Fondo.

Incumplimiento de cualesquiera de los artículos del Reglamento de

Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras que rigen la

actividad bursátil.

Práctica deshonesta, dolosa o culposa comprobada en las actividades

del Fondo.

Podrán ser causales de transferencia de la administración del Fondo

solamente si la Sociedad Administradora hubiera tenido:

Negligencia extrema y reiterada en el desempeño de sus funciones;

Conducta inapropiada que afecte significativamente los derechos de

los participantes o;

Entre en un proceso de liquidación voluntaria, forzosa o quiebra.

Asimismo, la Sociedad Administradora podrá renunciar a ser el Administrador

del Fondo y solicitar la transferencia del mismo a otra entidad.

Cualquier controversia sobre la transferencia, liquidación y disolución del

Fondo será sometida por las partes a un arbitraje de amigables componedores,

de acuerdo con las normas de Ley de Arbitraje Nº 1770 de fecha 10 de marzo

de 1997.

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62 Fortaleza Factoring Internacional

CAPÍTULO X: CONSIDERACIONES FINALES DE LA INVERSIÓN

ARTÍCULO 72. ATRACTIVOS DE LA INVERSIÓN

El Fondo ofrece a los Participantes los atractivos de inversión que se

describen a continuación:

Retorno financiero El principal beneficio del Fondo será una

rentabilidad acorde al riesgo de la inversión

dentro de un contexto de inversión de largo

plazo.

Retorno social Este esquema de financiamiento de capital de

trabajo para la pequeña y mediana empresa

exportadora contribuirá de manera sostenida al

crecimiento económico y reducción de la pobreza,

al apoyar a un sector estratégico de la economía

boliviana y de gran importancia en cuanto a la

generación de empleos directos.

Administración

especializada

El Fondo es una plataforma para que los

inversionistas puedan delegar la administración

de sus recursos en manos de profesionales con

amplia experiencia, dedicados al análisis y

búsqueda de inversiones que conlleven la

maximización del rendimiento con el mínimo de

riesgo posible.

Diversificación del

riesgo

Debido a que el Fondo no concentrará sus

inversiones en un solo mercado, en una sola

empresa ni en un solo tipo de activo, el

inversionista podrá contar con un grado de

diversificación razonable de acuerdo a lo

descrito en la política de inversiones.

Economías de escala Los participantes del Fondo tomarán ventaja de

las economías de escala que ofrece el Fondo,

puesto que los gastos y costos legales serán

diluidos entre varios participantes.

Plazo y liquidez Las inversiones del Fondo tendrán un plazo

promedio de 75 días en cuentas por cobrar por

exportaciones realizadas, lo cual permitirá a los

inversionistas materializar una inversión

combinada de baja duración en acreencias

comerciales y de largo plazo en inversiones

Page 73: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 63

financieras. Este promedio podrá variar según las

condiciones de mercado hasta un plazo máximo de

180 días.

Información continua Los inversionistas del Fondo contarán con

información mensual y valoración diaria de las

cuotas del Fondo. Asimismo, Fortaleza SAFI

mantendrá constantemente informado al

Representante Común de los Participantes sobre la

evolución y situación del Fondo.

Nuevas alternativas de

inversión

El inversionista que actualmente opera a través

de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. es

consciente de las pocas alternativas de inversión

existentes en el mercado. El Fondo es una opción

innovadora y distinta para invertir a través del

mercado de capitales boliviano y del exterior.

ARTÍCULO 73. FACTORES DE RIESGO

Los potenciales inversionistas deben estar conscientes de que las

inversiones del Fondo están sujetas a variaciones normales del mercado y

otros riesgos inherentes en los procesos de inversión. El valor de las

cuotas de participación puede bajar así como subir originando que el

inversionista no pueda necesariamente recuperar la totalidad del monto

invertido.

De esta manera, las cuotas de participación del Fondo podrán variar de

acuerdo al entorno que rodea las inversiones subyacentes de éste. A

continuación se detallan los principales factores de riesgo para el Fondo

de Inversión en su conjunto y para Factoring Internacional:

Riesgo País Está relacionado con la posibilidad de que

cambios en la coyuntura política o económica en

Bolivia afecten el normal funcionamiento y

cumplimiento de los objetivos del Fondo o,

incluso, ocasionen pérdidas al Fondo o a sus

Participantes. Según sea el caso, el Fondo

utilizará todos los recursos legales disponibles

para precautelar sus derechos y los de sus

Participantes en los estrados judiciales y

extrajudiciales de Bolivia.

Riesgo Tributario Está relacionado con la posibilidad de que las

normas tributarias que afectan al Fondo o a los

participantes del Fondo sean modificadas en el

tiempo. Los participantes deberán estar

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64 Fortaleza Factoring Internacional

permanentemente informados sobre los cambios en

la normativa tributaria, en razón de que ello

puede influir el rendimiento esperado de sus

inversiones. Los interesados en adquirir

participaciones del Fondo tienen la

responsabilidad de informarse con respecto al

impuesto sobre las utilidades y otros impuestos

relevantes a sus circunstancias específicas y que

puedan afectar la suscripción, tenencia o venta

de cuotas de participación del Fondo o a la

recepción de utilidades.

Riesgo de Crédito Está relacionado con la probabilidad de que

alguna de las partes responsables por el pago de

la acreencia comercial no respondan a sus

obligaciones. El riesgo de crédito en una

operación de factoring corresponde al pagador o

aceptante de los créditos y al corresponsal

internacional que otorga cobertura de riesgo,

garantizando que el pagador cancelará el monto

adeudado. Para mitigar este riesgo, se busca que

el portafolio esté estructurado de una manera que

los responsables de la cobertura de riesgo sean

entidades solventes y con buena capacidad de

pago.

Riesgo de incumplimiento Este riesgo está relacionado con la posibilidad

de que el exportador haya incumplido con alguna

de las condiciones establecidas para la cesión,

incluyendo, pero sin limitarse a:

La posibilidad de que los documentos

cedidos no acrediten una obligación de

parte del importador de pagar al

exportador.

La posibilidad de que el crédito haya sido

objeto de cesión, en dominio o en

garantía, a terceras personas.

La posibilidad de que los bienes o

servicios que originen el crédito que se

cede no hayan sido recibidos a entera

satisfacción del importador y se originen

reclamos o controversias respecto a las

obligaciones que constituyen el crédito

Page 75: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 65

cedido.

Riesgo operacional

Este riesgo hace referencia a la posibilidad de

que los recaudos de los pagos de las facturas se

realicen en condiciones diferentes a las

establecidas originalmente debido a eventos

puramente operacionales, tales como devoluciones,

descuentos, fechas de pago diferentes, etc. Para

mitigar este riesgo, el administrador del

portafolio realizará transacciones bajo

parámetros y estándares internacionales de

comercio exterior y utilizará sistemas de cómputo

especializados.

Riesgo jurídico

Se refiere a la posibilidad de que las

operaciones de factoring que desarrolle el Fondo

se hagan con documentos legales y jurídicos para

realizar dichas operaciones o que una de las

contrapartes de las operaciones de factoring

incumpla con sus obligaciones y en el proceso

legal de cobro se obtengan resultados

desfavorables en derecho. Es función del

administrador del Fondo verificar la legalidad y

validez de los requisitos establecidos en la

legislación para ser exigible el pago de los

créditos por la responsabilidad de los

endosantes.

Riesgo de Mercado Se refiere a la posibilidad de que las

operaciones de factoring no se desarrollen con la

rapidez anticipada por el inversor. Este riesgo

está directamente relacionado con el impacto que

distintos factores puedan tener sobre las

exportaciones. Los factores a los que se hace

referencia incluyen, pero no se limitan, a: (i)

la posibilidad de que los volúmenes exportados se

vean afectados como consecuencia de la

suscripción o no de tratados comerciales

bilaterales o multilaterales entre Bolivia y

cualquiera de sus socios comerciales; (ii) las

restricciones que cualquier país pudiera imponer

a la importación de productos de origen

boliviano; (iii) las variaciones en los precios

de los productos exportados en los países de

destino; o (iv) los cambios en las condiciones

macroeconómicas en los países a los que se

exportan productos bolivianos. El impacto de

Page 76: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

66 Fortaleza Factoring Internacional

este riesgo sobre el desempeño del fondo será

mitigado por las inversiones en activos

financieros que el administrador podrá realizar,

en tanto se normalice cualquier situación que

afecte de manera adversa a la actividad de

factoring internacional.

Riesgo de tasa El comportamiento de las tasas de interés en el

mercado obedece a un conjunto de variables cuyo

control es ajeno a la Sociedad Administradora y

es permanentemente cambiable o susceptible al

cambio. Un cambio en la tasa de mercado

introducirá de inmediato una variación en las

condiciones bajo las cuales el Fondo podrá

realizar nuevas operaciones de factoring

internacional, y a su vez este cambio tendrá

incidencia directa en el futuro desempeño del

Fondo.

Riesgo de tipo de cambio El Fondo está denominado en dólares de los

Estados Unidos de Norte América pero las

acreencias comerciales podrían estar denominadas

en diferentes monedas, según el país de destino

de las exportaciones. Como consecuencia, el

Fondo estará expuesto a riesgo de tipo de cambio,

en la medida en que se produzcan variaciones en

el tipo de cambio entre el dólar de los Estados

Unidos de Norte América y la moneda en que estén

denominadas las operaciones de factoring

internacional, durante la vigencia de estas

operaciones.

Para mitigar este riesgo, y en la medida de lo

posible, se establecerá un valor de cesión en

dólares de los Estados Unidos de Norte América

para las acreencias comerciales denominadas en

monedas distintas a dólares. Al momento de la

liquidación final, el exportador será responsable

por cubrir cualquier diferencia en el valor de

cesión, emergente de variaciones en el tipo de

cambio.

No obstante lo anterior, es posible que no se

pueda establecer un valor de cesión en dólares de

los Estados Unidos de Norte América para una

porción de las acreencias comerciales que sean

transferidas al Fondo. Como consecuencia, el

Fondo estará expuesto a variaciones en el tipo de

Page 77: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

Fortaleza Factoring Internacional 67

cambio que afecten a operaciones que le fueron

cedidas y que se denominen en una moneda distinta

al dólar de los Estados Unidos de Norte América.

En la eventualidad de que estas operaciones

representen más del 10% de los activos totales

del Fondo, Fortaleza SAFI realizará operaciones

de tipo swap y forward de moneda que reduzcan la

exposición del Fondo a este riesgo.

Los principales factores de riesgo para Activos relacionados a Inversiones

Financieras se describen a continuación:

Riesgo de Crédito Está relacionado con la probabilidad de que

alguna de las partes responsables por el pago del

capital o intereses de un valor no responda a sus

obligaciones. El riesgo de crédito en las

inversiones financieras locales corresponde al

emisor de los valores. Para mitigar este riesgo

a nivel nacional, se busca que el portafolio esté

estructurado de una manera que los responsables

del pago de capital e intereses sean entidades

solventes y con buena capacidad de pago.

Riesgo de liquidez El riesgo de liquidez está asociado al

inversionista con la liquidez de las cuotas de

participación. En efecto, dado que se trata de un

fondo cerrado el inversionista no podrá redimir

sus participaciones contra el Fondo, sino solo a

su vencimiento. Ello implica que la liquidez debe

obtenerse en el mercado secundario vendiendo la

respectiva cuota de participación a un tercero.

Dicha liquidez no puede asegurarse por el Fondo

y estará sujeta a que se genere un mercado

secundario.

Riesgo de tipo de cambio El Fondo está denominado en dólares pero parte de

sus inversiones financieras se realizarán en la

moneda de la República de Bolivia (boliviano),

por lo que existe un riesgo futuro, dependiendo

de la tendencia y el comportamiento de los tipos

de cambio de estas monedas.

Riesgo de tasa El comportamiento de las tasas de interés en el

mercado obedece a un conjunto de variables cuyo

control es ajeno a la Sociedad Administradora, es

permanentemente cambiable o susceptible al

cambio. Un cambio en la tasa de mercado

introducirá de inmediato una variación en el

Page 78: Reglamento Interno Fondo Factoring Internacional...Monto: US$ 20.000.000 (veinte millones 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América). Precio de la colocación: El precio

68 Fortaleza Factoring Internacional

valor de cada título, la cual podrá ser positiva

o negativa dependiendo del comportamiento del

mercado, y a su vez este cambio tiene directa

incidencia en el valor del Fondo.

ARTÍCULO 74. ASPECTOS IMPOSITIVOS

Las normas que afecten al Fondo o a los participantes del Fondo son

susceptibles de ser modificadas en el tiempo, por lo que se recomienda al

participante que esté permanentemente informado sobre los cambios en la

normativa tributaria, en razón de que ello puede influir el rendimiento

esperado de sus inversiones. Los interesados en adquirir participaciones

del Fondo tienen la responsabilidad de informarse con respecto al impuesto

sobre las utilidades y otros impuestos relevantes a sus circunstancias

específicas y que puedan afectar la suscripción, tenencia o venta de cuotas

de participación del Fondo o a la recepción de utilidades.

No obstante las anteriores aclaraciones, en el marco de la legislación

vigente a la fecha de autorización del Fondo, se mencionan los siguientes

aspectos tributarios que afectan la inversión en Cuotas de Participación del

Fondo de Inversión Cerrado Fortaleza Factoring Internacional:

El artículo 117° de la Ley del Mercado de Valores No. 1834 (modificado por

la Ley 2064 de Reactivación Económica) establece que las ganancias de

capital, generadas por la compraventa de Valores a través de los mecanismos

establecidos por las bolsas de valores, los provenientes de procedimientos

de valoración determinados por la Superintendencia de Pensiones, Valores y

Seguros, así como los resultantes de la aplicación de normas de contabilidad

generalmente aceptadas, cuando se trate de Valores inscritos en el Registro

del Mercado de Valores de la SPVS no estarán gravadas por el IVA, RC-IVA,

IUE, incluso cuando se realizan remesas al exterior.

En virtud de ello, y dado que las cuotas de participación en el Fondo

estarán inscritas en el Registro del Mercado de Valores de la SPVS, toda

operación de compra venta de las participaciones que se realice dentro de la

Bolsa Boliviana de Valores S.A. estará liberada de impuestos. Asimismo, el

participante que mantenga su participación en el Fondo hasta el momento de

su redención (es decir al momento de la liquidación del Fondo), estará

exento de impuestos (artículo 117 de la Ley 1834 modificado por la Ley 2064

de Reactivación Económica).

No obstante, el participante que venda su(s) cuota(s) de participación en el

Fondo antes del vencimiento de éste y realice la transacción fuera de una

bolsa de valores, deberá asesorarse sobre las obligaciones fiscales

emergentes de dicha operación.

La legislación boliviana establece que la Sociedad Administradora deberá

actuar como agente de retención para el pago del Régimen Complementario al

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Fortaleza Factoring Internacional 69

Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), con una alícuota del trece por ciento

(13%) sobre los ingresos por rendimientos provenientes de la inversión de

capital de personas naturales que no presenten su Número de Identificación

Tributaria (NIT). En el caso de participantes radicados en el exterior, la

Sociedad Administradora retendrá el Impuesto a las Utilidades de las

Empresas Beneficiarios del Exterior (IUE-BE), con una alícuota del doce coma

cinco por ciento (12,5%).