Reglamento Interno - Edificasa

41
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CODIGO: EDIFICA 002 Versión: 01 FECHA: ENERO-2015 REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EDIFICASA F&S Construcciones Inmobiliarias SAC 1

description

REGLAMENTO INTERNO DE RIESGOS

Transcript of Reglamento Interno - Edificasa

Page 1: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD

Y SALUD EN EL TRABAJO

EDIFICASA F&S Construcciones Inmobiliarias SAC

2015

1

Page 2: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

ÍNDICEREGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 4

I. RESUMEN EJECUTIVO 4

II. OBJETIVOS Y ALCANCES 4

A. OBJETIVOS..............................................................................................................4B. ALCANCE.................................................................................................................4

III. LIDERAZGO Y COMPROMISOS, Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD 5

A. LIDERAZGO Y COMPROMISOS............................................................................5B. POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD...................................................................5

IV. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES 6

A. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES................................................................6

1. DE LA EMPRESA:.................................................................................................62. DE LOS TRABAJADORES:...................................................................................7

B. ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.......7

1. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO..........................................................................................72. ORGANIGRAMA DEL COMITÉ:...........................................................................9

C. IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO....................................10D. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN SERVICIOS....................................................................................................................10

V. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES 11

A. TRABAJOS CON ENERGIA ELECTRICA............................................................11B. TRABAJOS CON ESCALERAS, RAMPAS, ANDAMIOS Y PLATAFORMAS DE TRABAJO.......................................................................................................................12C. TRABAJOS EN ALTURA.......................................................................................13D. TRABAJOS DE OPERACIONES DE ESMERILADO, CORTE, PULIDO Y DESBASTE....................................................................................................................14E. TRABAJOS DE SOLDADURA ELECTRICA........................................................15F. ORDEN Y LIMPIEZA EN AREAS DE TRABAJO.................................................15G. USO DE HERRAMIENTAS MANUALES Y EQUIPOS PORTATILES................16H. USO DE EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL...........................................17I. TRABAJOS DE EXCAVACIÓN.............................................................................18J. TRABAJOS DE MOVIMIENTO DE TIERRA.........................................................19

1

Page 3: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

VI. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS ACTIVIDADES CONEXAS20

A. DE LAS OFICINAS EXTERNAS............................................................................20

VII. PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS 21

VIII. Capacitación y Entrenamiento 25

IX. DISPOSICIONES FINALES 26

1

Page 4: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

I. RESUMEN EJECUTIVO

EDIFICASA F&S CONSTRUCCIONES INMOBILIARIAS SAC es una empresa inmobiliaria que se dedica a la construcción y venta de edificios de departamentos.

II. OBJETIVOS Y ALCANCES

A. OBJETIVOS

Art. N° 1: Este Reglamento tiene como objetivos:

a. Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, la integridad física y el bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales.

b. Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en todos los trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa, entidad pública o privada, con el fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

c. Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a fin de evitar y prevenir daños a la salud, a las instalaciones o a los procesos en las diferentes actividades ejecutadas , facilitando la identificación de los riesgos existentes, su evaluación, control y corrección.

d. Proteger las instalaciones y bienes de la empresa, entidad pública o privada, con el objetivo de garantizar la fuente de trabajo y mejorar la productividad.

e. Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de prevención entre los trabajadores, incluyendo regímenes de intermediación y tercerización, modalidad formativa e incluso entre los que presten servicios de manera esporádica en las instalaciones del empleador, con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

B. ALCANCE

Art. N° 2: El alcance del presente Reglamento comprende a todas las actividades, servicios y procesos que desarrolla la empresa en todos sus proyectos a nivel nacional. Por otra parte, establece las funciones y responsabilidades que con relación a la seguridad y salud en el trabajo deben cumplir obligatoriamente todos los trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y

1

Page 5: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades totales o parcialmente en las instalaciones de la empresa.

III. LIDERAZGO Y COMPROMISOS, Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD

A. LIDERAZGO Y COMPROMISOS

Art. N° 3: El personal directivo o la Alta Dirección se compromete a:

a) Liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la organización y para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo a fin de lograr su éxito en la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

b) Asumir la responsabilidad de la prevención de accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, fomentando el compromiso de cada trabajador mediante el estricto cumplimiento de disposiciones que contiene el presente reglamento.

c) Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable.

d) Establecer programas de seguridad y salud en el trabajo, definidos y medir el desempeño en la seguridad y salud llevando a cabo las mejoras que se justifiquen.

e) Operar en concordancia con las prácticas aceptables de la empresa, y con pleno cumplimiento de las leyes y reglamentos de seguridad y salud en el trabajo.

f) Investigar las causas de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes; así como desarrollar acciones preventivas en forma efectiva.

g) Fomentar una cultura de prevención de los riesgos laborales para lo cual se inducirá, entrenará, capacitará y formará a los trabajadores en el desempeño seguro y productivo de sus labores.

h) Exigir que los proveedores y contratistas cumplan con todas las normas aplicables de seguridad y salud en el trabajo.

i) Respetar y cumplir las normas vigentes sobre la materia.

B. POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD

Art. N° 4: Nuestra empresa evidencia a través de esta política la consideración que guarda para su personal y a la vez reafirma sus principios, en los que considera al Recurso Humano como el más valioso capital de la empresa. En tal sentido mantenemos el compromiso de:

Preservar la integridad física y la salud de nuestros trabajadores sean de contratación directa o de subcontrata y personas que visiten nuestras instalaciones; asimismo prevenir y minimizar impactos ambientales negativos, derivados de nuestras actividades, instalaciones y servicios; esta responsabilidad es compartida por el personal a todos los niveles de la organización.

1

Page 6: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

Cumplir con la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud del Trabajador y del Medio Ambiente, asimismo cumplir con los requisitos establecidos por instituciones relacionadas a nuestra actividad.

Propiciar la mejora continua de nuestro desempeño, implementando y manteniendo nuestro Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente.

Llevar a cabo revisiones y auditorias periódicas de nuestro Sistema de Gestión para verificar y evaluar el cumplimiento de nuestros objetivos y metas referidas a Prevención de Riesgos laborales y Medio Ambiente.

Esta Política es difundida todos los niveles de la organización.

IV. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

A. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES

1. DE LA EMPRESA:

Art. N° 5: El empleador asume su responsabilidad en la organización del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo; y, garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones que sobre el particular establece la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, para lo cual:

a) El empleador será responsable de la prevención y conservación del lugar de trabajo asegurando que esté construido, equipado y dirigido de manera que suministre una adecuada protección a los trabajadores, contra accidentes que afecten su vida, salud e integridad física.

b) El empleador instruirá a sus trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa, respecto a los riesgos a que se encuentren expuestos en las labores que realizan y particularmente aquellos relacionados con el puesto o función adoptando las medidas necesarias para evitar accidentes o enfermedades ocupacionales.

c) El empleador desarrollará acciones de sensibilización, capacitación y entrenamiento destinados a promover el cumplimiento por los trabajadores de las normas de seguridad y salud en el trabajo. Las capacitaciones se realizarán dentro de la jornada de trabajo, sin implicar costo alguno para el trabajador.

d) El empleador proporcionará a sus trabajadores los equipos de protección personal de acuerdo a la actividad que realicen y dotará a la maquinaria de resguardos y dispositivos de control necesarios para evitar accidentes.

e) El empleador promoverá en todos los niveles una cultura de prevención de los riesgos en el trabajo.

1

Page 7: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

f) Para el caso del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: El empleador dará facilidades y adoptará medidas adecuadas que aseguren el funcionamiento efectivo del Comité de Seguridad en el Trabajo, y brindará la autoridad que requiera para llevar a cabo sus funciones.

2. DE LOS TRABAJADORES:

Art. N° 6: En aplicación del principio de prevención, todo trabajador está obligado a cumplir las normas contenidas en este Reglamento y otras disposiciones complementarias, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa. En ese sentido, los trabajadores:

a) Harán uso adecuado de todos los resguardos, dispositivos de seguridad y demás medios suministrados de acuerdo con lo dispuesto en el presente Reglamento, para su protección o la de terceros. Asimismo, cumplirán todas las instrucciones de seguridad procedente o aprobada por la autoridad competente, relacionadas con el trabajo.

b) Deberán informar a su jefe inmediato, y estos a su vez a la Instancia Superior, de los accidentes e incidentes ocurridos por menores que estos sean.

c) Se abstendrán de intervenir, modificar, desplazar, dañar o destruir los dispositivos de seguridad o aparatos destinados para su protección y la de terceros; asimismo, no modificarán los métodos o procedimientos adoptados por la empresa.

d) Mantendrán condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y actividades.

e) Se someterán a los exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa, siempre y cuando se garantice la confidencialidad del acto médico.

f) Estarán prohibidos de efectuar bromas que pongan en riesgo la vida de otro trabajador y de terceros, los juegos bruscos y, bajo ninguna circunstancia, trabajar bajo el efecto de alcohol o estupefacientes.

g) Están obligados a cumplir las normas de seguridad adicionales que la empresa implemente quedando claro que el incumplimiento de las mismas tendrá una sanción que puede ir desde una amonestación verbal, amonestación escrita, suspensión por un día, hasta la separación del proyecto; cabe resaltar que las faltas son acumulativas.

B. ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

1. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Art. N° 7: Toda reunión, acuerdo o evento del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, debe ser asentado en un Libro de Actas, exclusivamente destinado

1

Page 8: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

para estos fines. El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá las siguientes funciones:

a) Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de seguridad y salud en el trabajo.

b) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud del empleador.c) Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.d) Conocer y aprobar la Programación Anual del Servicio de S eguridad y Salud en

el Trabajo.e) Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las

políticas, planes y programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, de la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

f) Aprobar el Plan Anual de Capacitación de los trabajadores sobre seguridad y salud en el trabajo.

g) Promover que todos los nuevos trabajadores reciban una adecuada formación, instrucción y orientación sobre prevención de riesgos.

h) Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo; así como, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.

i) Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo.

j) Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros, entre otros.

k) Realizar inspecciones periódicas en las áreas administrativas, áreas operativas, instalaciones, maquinaria y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva.

l) Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de éstos.

m) Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades profesionales.

n) Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficiencia.

o) Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.p) Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo y la asistencia y

asesoramiento al empleador y al trabajador.q) Reportar a la máxima autoridad del empleador la siguiente información:

1

Page 9: Reglamento Interno - Edificasa

PRESIDENTE

SECRETARIO

MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

q.1) El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera inmediata.q.2) La investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas

adoptadas dentro de los diez (10) días de ocurrido.q.3) Las estadísticas trimestrales de accidentes, incidentes y enfermedades

ocupacionales.q.4) Las actividades trimestrales del Comité de Seguridad y Salud en el

Trabajo.

r) Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el Programa Anual, y en forma extraordinaria para analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan.

Art. N° 8: El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá las siguientes responsabilidades:

a) Debe desarrollar sus funciones con sujeción a lo señalado en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, no estando facultado a realizar actividades con fines distintos a la prevención y protección de la seguridad y salud.

b) Coordina y apoya las actividades de los Subcomités o del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, de ser el caso.

c) Realiza sus actividades en coordinación con el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.

d) Anualmente redacta un informe resumen de las labores realizadas.

2. ORGANIGRAMA DEL COMITÉ:

Art. N° 9: El presente organigrama es la representación gráfica de la estructura orgánica del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. El empleador adoptará el siguiente organigrama funcional para el Comité:

ORGANIGRAMA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

PROGRAMA

1

Page 10: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

Art. N° 10: El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobará el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, que es el conjunto de actividades de prevención en seguridad y salud en el trabajo que establece la Empresa, para ejecutar a lo largo de un año.

Este programa deberá ser elaborado por quienes tienen a su cargo la seguridad y salud en el trabajo en la Empresa y forma parte de la documentación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo que debe exhibir el empleador.

Este programa deberá estar en relación a los objetivos contenidos en el presente Reglamento y a los otros elementos que garanticen un trabajo en forma preventiva y sistemática contra los riesgos existentes en los centros de trabajo. Los objetivos deben ser medibles y trazables.

Luego de haber analizado y seleccionado los objetivos, contenidos, acciones, recursos y otros elementos, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobará el mencionado programa; asimismo, participa en la puesta en práctica y evaluación del mismo. El empleador asume el liderazgo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

MAPA DE RIESGOS

Art. N° 11: El Mapa de Riesgos es un plano de las condiciones de trabajo, que puede emplear diversas técnicas para identificar y localizar los problemas y las acciones de promoción y protección de la salud de los trabajadores en la organización del empleador y los servicios que presta.

Es una herramienta participativa y necesaria para llevar a cabo las actividades de localizar, controlar, dar seguimiento y representar en forma gráfica, los agentes generadores de riesgos que ocasionan accidentes, incidentes peligrosos, otros incidentes y enfermedades ocupacionales en el trabajo.

C. IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Art. N° 12: Para la evaluación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, el empleador deberá tener los siguientes registros:

a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas.

b) Registro de exámenes médicos ocupacionales.c) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y

factores de riesgo disergonómicos.d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo. e) Registro de estadísticas de seguridad y salud.

1

Page 11: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

f) Registro de equipos de seguridad o emergencia.g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia.h) Registro de auditorías.

D. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN SERVICIOS

Art. N° 13: Las empresas contratistas, subcontratistas, empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores deberán garantizar:

a. La seguridad y salud de los trabajadores que se encuentren en el lugar donde fueron destacados.

b. La contratación de los seguros de acuerdo a las normas vigentes durante la ejecución del trabajo.

c. El cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo.d. El cumplimiento de todas las disposiciones de seguridad y salud dispuestas por la

Empresa ajustándose a los estándares para efectuar sus trabajos de forma segura.

V. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES

A. TRABAJOS CON ENERGIA ELECTRICA

Art. N° 14: Los trabajos con energía eléctrica se realizarán bajo los siguientes estándares:

a) Los trabajos de instalaciones eléctricas de servicio para la obra, solo podrán ser ejecutados por un electricista.

b) Toda extensión eléctrica temporal deberá cumplir las siguientes especificaciones:• Cables vulcanizados flexibles de calibre adecuado en toda su longitud. No se

permite utilizar cables mellizos, ni tomacorrientes y enchufes de uso doméstico. Si es inevitable empalmar cables se deberá verificar que sean del mismo calibre y utilizar conectores adecuados.

• Enchufes y tomacorrientes tipo industrial con tapa rebatible, blindado y sellado en el empalme con el cable.

• Los cables de las extensiones eléctricas temporales deberán tenderse por zonas no expuestas a bordes afilados, impactos, aprisionamientos o rozamientos mecánicos; así como a chispas o fuentes de calor que puedan dañar su aislamiento. Si hay exposición a estos riesgos se deberá proteger el cable con tablones, tuberías o enterrarlos. Se evitará cableado provisional sobre el piso en vías de circulación peatonal o vehicular.

c) Está terminantemente prohibido conectar el extremo pelado de un cable eléctrico a una llave de cuchilla o directamente a un tomacorriente, siempre se hará con el enchufe correspondiente. Nunca se debe desenchufar tirando del cable, se debe tirar del enchufe.

1

Page 12: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

d) Todos los equipos e instalaciones eléctricas de obra sólo deberán conectarse a circuitos de energía que cuenten con protección de sobrecarga por llaves TERMOMAGNÉTICAS adecuadas y con interruptores diferenciales de desconexión automática en caso de falla a tierra.

e) Si se trabaja en lugares con poca iluminación natural o sin ella, se deberá instalar reflectores adecuados y llevar una linterna de mano para casos de apagón.

f) Si se produce un fuego donde haya electricidad presente, nunca se deberá usar agua para apagarlo. Sólo se debe usar un extintor de polvo químico, o arena a falta de extintor.

g) En general y sobre todo en zonas lluviosas, se deberá proteger las lámparas de iluminación, tableros de distribución eléctrica, cajas de fusibles, tomacorrientes y equipos eléctricos de su exposición a la intemperie. Nunca se debe operar herramientas, equipos o conexiones eléctricas con las manos húmedas o pisando superficies mojadas.

B. TRABAJOS CON ESCALERAS, RAMPAS, ANDAMIOS Y PLATAFORMAS DE TRABAJO

Art. N° 15: Los trabajos con escaleras, rampas, andamios y plataformas de trabajo se realizarán bajo los siguientes estándares:

a) Para usar una escalera portátil se deberá colocar la base de la misma separada del plano vertical de apoyo un cuarto de la distancia entre la base y el punto de apoyo superior (inclinación 75° aprox.). Si la escalera sirve de acceso entre dos niveles, ésta deberá encontrarse amarrada en la parte superior o fijada en la base y sobrepasar el punto de llegada en mínimo 1.00 m. Siempre se deberá subir o bajar por una escalera portátil de frente a la misma, sujetándose a los dos largueros con ambas manos y de una persona a la vez. Las escaleras de tijera deberán estar provistas de sogas, cadenas o cables que limiten su apertura.

b) Las rampas provisionales de madera deben cumplir con las siguientes especificaciones:• Ancho mínimo de 0.60 m con inclinación no mayor a 30°.

• Pasos horizontales equidistantes clavados de ¾” x 1 ½” que cubran todo el ancho de la rampa distanciados no más de 0.50 m. Se podrá dejar un canal central para el acceso de carretillas.

• Barandas laterales a 1.00 m de altura con adecuada rigidez y estabilidad.

• Sistema de soporte con parantes resistentes y aplomados, unidos mediante arriostres laterales y longitudinales que garanticen la estabilidad e inamovilidad de la rampa.

c) Los caballetes metálicos que soportan plataformas de trabajo usarán ángulos de 2” como mínimo, si se usa fierro de construcción, se deberá utilizar varillas de ½” mínimo y controlar la soldadura. Las plataformas de trabajo deben fijarse a los caballetes. Si se usan tablones éstos deberán tener como mínimo 2” de espesor.

d) Los andamios convencionales deben cumplir con las siguientes especificaciones:

1

Page 13: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

• Parantes adecuadamente apoyados sobre base firme. Si se usan tacos de apoyo éstos deben ser de sección cuadrada o en su defecto se deben tomar las precauciones para que no se desplacen. Sólo se permite el uso de ladrillos macizos cuando se confinen los mismos para evitar su desplazamiento.

• Estructura del andamio con crucetas o arriostres laterales completos, bien colocados y fijados.

• En general, los puntos de arriostre deben distribuirse cada 8 m horizontalmente y cada 9 m verticalmente. El montaje o construcción de un andamio que sobrepase los 15 m. de altura desde la base de apoyo, debe ser supervisado por el Maestro de Obra o Supervisor responsable y su uso aprobado por el Ingeniero de Campo.

• Plataformas de trabajo con ancho mínimo de 0.60 m, horizontales y en buen estado, apoyadas y aseguradas adecuadamente a los soportes o travesaños y no a los peldaños de la escalera del andamio. Cuando se usen tablones, éstos tendrán como mínimo 1 ½” de espesor y deberán colocarse juntos. Si se traslapan tablones, el traslape debe apoyar sobre un soporte y tener mínimo 30 cm. No se deberán usar tablones rajados, picados, con nudos o con cualquier otro defecto que afecte su resistencia estructural. Los tablones deberán ser de madera tornillo o de otra madera de resistencia equivalente. No se permite usar pino blanco (madera de embalaje). No deberán pintarse pues la pintura puede ocultar fallas en la madera. Se recomienda igualmente colocar topes en los tablones para evitar desplazamientos laterales y equilibrar la longitud que sobresale de cada soporte, la cual debe ser de 15 a 30 cm.

• Los andamios móviles o rodantes no excederán los tres cuerpos de altura. Se deben colocar cuñas en las ruedas de estos andamios independientemente del sistema de freno que posean.

NOTA: Cuando los andamios tengan más de dos cuerpos de altura sólo podrán ser trasladados manualmente sin ser desmontados si poseen ruedas o garruchas. No se permite trasladar un andamio rodante mientras existan personas, materiales o herramientas en la plataforma del mismo.

e) En general, todas las plataformas de trabajo deberán tener ancho mínimo de 0.60 m y encontrarse adecuadamente fijadas a sus soportes.

f) Los puentes o pasarelas peatonales utilizados para cruzar desniveles, zanjas o excavaciones deberán tener un ancho de 0.90 m como mínimo y poseer baranda lateral de 1.00 m de altura y baranda intermedia a 0.50 m con adecuada rigidez y estabilidad.

C. TRABAJOS EN ALTURA

Art. N° 16: Los trabajos en altura se realizarán bajo los siguientes estándares:

RECOMENDACIONES GENERALESEn general, se deberá evitar la permanencia y circulación de personas y/o vehículos debajo del área sobre la cual se efectúan trabajos en altura, debiendo acordonarse con

1

Page 14: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

cintas de peligro color rojo y señalizarse con letreros de prohibición de ingreso: “CAIDA DE OBJETOS – NO PASAR”Toda herramienta de mano deberá amarrarse al cinturón del trabajador con una soga de nylon (3/8”) y de longitud suficiente para permitirle facilidad de maniobra y uso de la herramienta. Así mismo, la movilización vertical de materiales, herramientas y objetos en general, deberá efectuarse utilizando sogas de nylon de resistencia comprobada cuando no se disponga de medios mecánicos de izaje (winche). El ascenso y descenso del personal a través de andamios y escaleras debe realizarse con las manos libres.

SISTEMA DE DETENCIÓN DE CAÍDASTodo trabajador que realice trabajos en altura debe contar con un sistema de detención de caídas compuesto por un arnés de cuerpo entero y de una línea de enganche con amortiguador de impacto con dos mosquetones de doble seguro (como mínimo), en los siguientes casos:

Siempre que la altura de caída libre sea mayor a 1.80 m. A menos de 2.00 m. del borde de techos, losas, aberturas y excavaciones sin

barandas de protección perimetral. En lugares donde, independientemente de la altura, exista riesgo de caída sobre

elementos punzo cortantes, contenedores de líquidos, instalaciones eléctricas activadas y similares.

Sobre planos inclinados o en posiciones precarias (tejados, taludes de terreno), a cualquier altura.

La línea de enganche deberá acoplarse, a través de uno de los mosquetones, al anillo dorsal del arnés, enganchando el otro mosquetón a un elemento estable y resistente ubicado sobre la cabeza del trabajador, o a una línea de vida horizontal (cable de acero de ½” o soga de nylon de 5/8” sin nudos ni empates), fijada a una estructura sólida y estable. La instalación del sistema de detención de caída debe ser realizada por una persona capacitada y certificada por el Departamento de Prevención de Riesgos y Gestión Ambiental y verificada por el prevencionista de obra.El equipo personal de detención de caídas, compuesto por arnés y línea de enganche, debe ser inspeccionado por el trabajador antes de usarlo, verificando el perfecto estado de costuras, hebillas, remaches, líneas de enganche y mosquetones. Si se observaran cortes, abrasiones, quemaduras o cualquier tipo de daño, el equipo debe ser inmediatamente descartado y reemplazado por otro en buen estado.Todo arnés y línea de vida que haya soportado la caída de un trabajador, deberá descartarse de inmediato. Los demás componentes del sistema de “arresto” (frenos de soga, bloques retráctiles, etc.) deben ser revisados por el distribuidor, antes de ponerse nuevamente en operación.Los arneses y líneas de enganche que se encuentren en uso, deben ser revisados periódicamente por el prevencionista de obra. La periodicidad de revisión se establecerá a través de un programa de inspecciones desarrollado en base a la frecuencia y

1

Page 15: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

condiciones de uso de los equipos, debiendo mantener el registro de las inspecciones hasta el término de la obra.

TRABAJOS SOBRE ANDAMIOSSólo se permitirá fijar la línea de enganche a la estructura del andamio cuando no exista otra alternativa, en cuyo caso debe garantizarse la estabilidad del andamio con anclajes laterales de resistencia comprobada (arriostres), para evitar su desplazamiento o volteo, en caso deba soportar la caída del trabajador. La línea de enganche debe conectarse al andamio, a través de una eslinga de nylon, colocado en alguno de los elementos horizontales del andamio que se encuentre sobre la cabeza del trabajador. Nunca debe conectarse directamente la línea de enganche, a ningún elemento del andamio.

D. TRABAJOS DE OPERACIONES DE ESMERILADO, CORTE, PULIDO Y DESBASTE

Art. N° 17: Los trabajos de operaciones de esmerilado, corte, pulido y desbaste se realizarán bajo los siguientes estándares:

a) Para las operaciones de esmerilado, corte, pulido o desbaste se requiere el uso de las siguientes prendas de protección personal:• Lentes panorámicos de seguridad

• Casco con careta de esmerilar incorporada (barbiquejo si es necesario).

• Guantes de cuero blando

• Mandil de cuerob) Es obligatorio el uso de la guarda de protección en todo equipo de esmerilado, corte,

pulido o desbaste en operación.c) No está permitido el uso de discos de esmeril para corte cuando se realizan

operaciones de desbaste o viceversa.d) La reposición de discos y escobillas deberá realizarse cuando el desgaste alcance

niveles que generen operación insegura por vibración excesiva o “zapateo” del equipo, o cuando se presenten rajaduras y/o roturas.

e) Los esmeriladores deben ubicarse en zonas donde:• No generen riesgo para otros trabajadores.

• No exista riesgo de caída de objetos sobre el esmerilador.

• No exista concentraciones peligrosas de vapores o gases combustibles.

• La proyección de chispas no impacte sobre personas, cables, extensiones, material combustible, mangueras de oxicorte y cilindros de gases comprimidos. Caso contrario se deberá usar pantallas o biombos protectores.

E. TRABAJOS DE SOLDADURA ELECTRICA

Art. N° 18: Los trabajos de soldadura eléctrica se realizarán bajo los siguientes estándares:

a) El equipo de protección personal (EPP) requerido en los trabajos de soldadura eléctrica se detalla a continuación:

1

Page 16: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

Careta de soldador (con casco incorporado, cuando exista riesgo de caída de objetos).

Barbiquejo Lentes de policarbonato (colocados debajo de la careta). Casaca o mangas de cuero-cromo. Mandil de cuero-cromo. Guantes de cuero-cromo (caña alta). Escarpines de cuero-cromo. Botines de cuero con puntera de acero.

b) Las máquinas eléctricas de soldadura por arco deben estar ubicadas sobre superficie seca y estar provistas de:

Cables, pinzas y conexiones con aislamiento suficiente y en buenas condiciones.

Cable de puesta a tierra, conectado “a tierra” en forma efectiva.c) En ambos casos, el área de trabajo debe estar libre de materiales combustibles y

contar con un extintor de polvo químico ABC de 06 Kg. ubicado en lugar accesible debidamente señalizado.

d) En ambos casos, para trabajos en “áreas restringidas”, se requerirá “Permiso para Trabajos en Caliente”. Asimismo, para trabajos en recintos cerrados se requerirá “Permiso de Entrada a Espacio Confinado”.

F. ORDEN Y LIMPIEZA EN AREAS DE TRABAJO

Art. N° 19: El orden y la limpieza en las áreas de trabajo se realizarán bajo los siguientes estándares:

a) La primera ley de prevención de accidentes se llama “Orden y Limpieza” y debería ser una preocupación de todos y cada uno en el trabajo. Las áreas de trabajo ordenadas y limpias son más seguras y productivas que las que no lo están. Mantener el área ordenada y limpia significa que se está trabajando en forma eficiente y segura.

b) Todo el personal debe mantener limpia y ordenada en forma permanente su área de trabajo. Deberán disponer todo residuo de obra (retazos de tubería, alambre, clavos, etc.) en los cilindros destinados para tal fin.

c) Antes de término de la jornada, los supervisores/capataces dispondrán la limpieza de sus áreas de trabajo. Para la limpieza de las áreas comunes de la obra se deberá designar a personal específico.

d) Finalizada las labores, el personal ordenará y guardará todas sus herramientas y equipos. El supervisor/capataz verificará el cumplimiento de esta directiva.

e) Los comedores deberán mantenerse limpios y en condiciones higiénicas. Los restos de comida y desperdicios orgánicos deben ser almacenados en los cilindros destinados para tal fin, los cuales deben poseer tapa.

f) Los residuos de soldadura (electrodos) y residuos metálicos (clavos, alambres, tubos) serán almacenados en recipientes específicos para su posterior eliminación.

1

Page 17: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

g) Los materiales e insumos sobrantes deberán ser devueltos al almacén de la obra.h) Los servicios higiénicos deben mantenerse limpios en todo momento y será

responsabilidad de la administración de obra que se mantengan en buenas condiciones.

i) Se deberá mantener libre de herramientas, equipos, materiales y cables las áreas de circulación.

j) No se permitirá la existencia de madera con clavos en las áreas de trabajo y circulación. Cuando se efectúen operaciones de desencofrado o desembalaje, la zona donde se tenga madera con clavos deberá acordonarse y señalizarse.

k) Los cables, extensiones, mangueras del equipo de oxicorte, y similares se deben tender evitando que crucen por áreas de tránsito de vehículos o personas, a fin de evitar daños a estos implementos y/o caídas de personal.

l) El almacenaje de materiales, equipos y herramientas deberá efectuarse en forma adecuada, cuidando de no obstaculizar vías de circulación o evacuación. El apilado de ladrillos no deberá sobrepasar los 2 m de altura.

G. USO DE HERRAMIENTAS MANUALES Y EQUIPOS PORTATILES

Art. N° 20: El uso de herramientas manuales y equipos portátiles se regirán bajo los siguientes estándares:

a) El cuidado y correcto uso de las herramientas manuales y equipos portátiles, es responsabilidad de cada trabajador.

b) Todo trabajador debe verificar el buen estado de las herramientas manuales y/o equipo portátiles, al momento que estos le sean entregados o antes de usarlos, en caso sean de su propiedad.

c) Debe verificarse que las herramientas manuales y equipos portátiles se encuentren exentos de grasas o aceites antes de su uso o almacenaje.

d) Toda herramienta manual o equipo portátil, se debe de tomar del mango, agarradera o cacha incorporada en la misma herramienta o equipo, para ser usada o transportada. Bajo ninguna circunstancia se deberá tomar la herramienta o equipo de otra parte que no sea la anteriormente señalada.

e) Cuando una herramienta manual o equipo portátil produzca chispas o proyección de partículas sólidas (esquirlas) como característica normal durante su operación o uso, el trabajador que la utilice y los que se encuentren como ayudantes en un radio menor a 5 m. deben protegerse los ojos y la cara con el equipo de protección apropiado (definido por el prevencionista de obra); si produce partículas en suspensión, usarán protección respiratoria y si genera ruido, protección auditiva.

f) Cuando se opere un equipo portátil que produzca chispas o proyección de partículas (esquirlas), se debe colocar pantallas de protección para mantener a los trabajadores que no estén involucrados en la tarea, alejados del radio de proyección de chispas y esquirlas.

g) No se debe acondicionar tubos a manera de palanca a las herramientas de ajuste para aumentar la fuerza de operación.

1

Page 18: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

h) Los equipos portátiles que funcionen con gasolina o petróleo, deben apagarse antes de abastecerse de combustible.

i) Cada herramienta manual o equipo portátil debe tener su propio lugar de almacenamiento. Los equipos portátiles accionados por energía eléctrica deben desconectarse de la fuente de energía cuando ya no estén en uso.

H. USO DE EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL

Art. N° 21: El uso equipos de protección personal se regirá bajo los siguientes estándares:

a) El supervisor o capataz es responsable de verificar el buen estado y correcto uso de los equipos de protección personal antes y durante las actividades diarias.

b) El trabajador al que se le asigne un equipo de protección inadecuado, en mal estado o carezca de éste, deberá informar a su inmediato superior, quien es el responsable de gestionar que se reemplace o provea el implemento adecuado.

c) Las prendas básicas de protección personal de uso obligatorio mientras el trabajador permanezca en obra son: casco, barbiquejo, lentes de seguridad, botines de cuero con punta de acero, guantes y uniforme de trabajo. Estas prendas son de propiedad de la empresa y el capataz o supervisor será responsable de verificar que su personal cuente con ellos antes de iniciar su trabajo. Asimismo el capataz o supervisor verificará el uso correcto de dichas prendas durante toda la jornada de trabajo.

d) Está totalmente prohibido alterarlos y darles otro uso que no sea el establecido. Si por efecto del trabajo se deterioraran, el trabajador informará a su capataz o supervisor quien canalizará el reemplazo de la prenda dañada, la cual deberá ser entregada al momento de la reposición. Si el trabajador no fuera atendido recurrirá al prevencionista o ingeniero responsable de su área de trabajo.

e) Al usar casco protector, no se debe usar sombreros, gorros u otros accesorios que impidan el contacto directo del casco con la cabeza. Para trabajos en altura se deberá contar con barbiquejo para sujeción del casco.

f) Cuando una herramienta o equipo produce proyección de partículas volantes se deberá usar equipo de protección personal para ojos y cara; si produce polvos se usará protección respiratoria; y si genera ruido protección auditiva.

g) Previo a cada uso, el trabajador deberá realizar una inspección visual del arnés de seguridad para garantizar sus buenas condiciones. Cuando se observen cortes, grietas, quemaduras, picaduras, deshilachados, desgaste, elementos metálicos dañados o defectuosos o cualquier otro defecto que comprometa su resistencia, deberán ser reemplazado. Deberá destruirse el arnés que haya soportado la caída de una persona.

I. TRABAJOS DE EXCAVACIÓN

Art. N° 22: Los trabajos de excavación se realizarán bajo los siguientes estándares:

1

Page 19: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

a) Previamente a cualquier excavación, el ingeniero responsable deberá tratar de obtener toda la información referente a la ubicación de instalaciones subterráneas (cables eléctricos, tuberías de agua, desagüe, combustible, gas, líneas de fibra óptica, etc.) en la zona de trabajo. Así mismo, deberá evaluar la clase de material que conforma el terreno a fin de adoptar el tipo de protección más conveniente y solicitar Permiso de Excavación de requerirse.

b) Toda pared de excavación de 1.50 m o más de profundidad deberá contar con un sistema de protección para prevenir posibles fallas de taludes y caída de material. Nadie deberá entrar a la excavación hasta que esté implementada la referida protección, la cual en forma referencial, cuando no se cuente con estudio de suelos, deberá ser la siguiente desde el punto de vista de la estabilidad de taludes:

Notas: En situaciones específicas se pueden considerar otras opciones como son mallas

con “shotcrete”, pantallas protectoras, calzaduras y similares; soluciones a adoptar en base a un Estudio de Suelos.

Para prevenir caída de material se puede recurrir al desquinchado y al pañeteado.c) Se deberá designar a una persona calificada para inspeccionar en forma continua

las excavaciones cuando personal trabaje dentro de ellas para colocar protecciones. La inspección estará orientada a detectar fisuras, grietas, ablandamiento, humedad, vibraciones y otros factores que pueden afectar la estabilidad de los taludes o paredes de la excavación.

d) Si se usa escaleras, éstas deben sobresalir mínimo 1.00 m del punto de apoyo superior y estar aseguradas para evitar su desplazamiento.

e) El material extraído de las excavaciones deberá depositarse a no menos de 0.60 m del borde de las mismas. Para excavaciones de profundidad mayor a 1.20 m, la distancia para el material extraído será la mitad de la profundidad de la excavación.

f) Cuando la estabilidad de edificaciones o paredes cercanas puede comprometerse por la excavación, se deberá implementar sistemas de apuntalamiento o calzadura apropiados.

1

Page 20: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

g) No se permite el uso de equipo o maquinaria que origine vibraciones cerca de las excavaciones cuando haya personal dentro de ellas, salvo que se hayan tomado las precauciones para evitar derrumbes. En general, se deberá definir distancias de seguridad para estacionamiento o circulación de vehículos y equipos de excavaciones.

h) El polvo en suspensión producido durante la ejecución de excavaciones deberá controlarse con el uso de agua u otros métodos. Se proporcionará respirador para polvos a los trabajadores en caso necesario.

i) Los socavados o partes salientes deberán removerse a medida que se avance la excavación.

j) Se colocará señalización de advertencia y acordonamiento (0.80 < h < 1.20 m.) a 1.00 m. del borde de las excavaciones o barreras para prevenir la caída de personal, vehículos o equipo a las mismas; poniendo especial atención a las condiciones de riesgo fuera de los horarios de trabajo en zonas de tránsito peatonal o vehicular.

J. TRABAJOS DE MOVIMIENTO DE TIERRA

Art. N° 23: Los trabajos de movimiento de tierra se realizarán bajo los siguientes estándares:

a) Todo trabajador que opere un equipo pesado, debe acreditar su calificación mediante brevete profesional vigente y certificación aprobada por el residente de obra, además de contar con experiencia probada, estar debidamente instruido sobre la labor a realizar.

b) Antes de realizar cualquier trabajo el operador deberá verificar el estado de su equipo, incluyendo la operatividad de la alarma de retroceso y del cinturón de seguridad, no debiendo operar este, si presenta problemas de dirección, frenos, sistema hidráulico, luces, llantas o fugas de aceite, hidrolina u otros.

c) Es obligatorio el uso en todo momento de las prendas de protección personal básicas y las requeridas de acuerdo al proyecto, además durante el tiempo que dure la operación el operador mantendrá enganchado su cinturón de seguridad.

d) Todo operador deberá obedecer estrictamente las instrucciones de sus supervisores y los avisos y señales de tránsito.

e) No se operará ningún equipo sobre terreno que haya o se sospeche que ha sufrido alteraciones como: fisuras, rajaduras, planos de corte, desplazamiento de taludes, material suelto a punto de derrumbarse; o saturación del suelo por efecto de lluvias, nieves o movimiento sísmico; hasta que se haya eliminado dicha alteración.

f) Está terminantemente prohibido el traslado de personal en: las tolvas de los camiones, el lampón de los cargadores, las cabinas y otras partes de los tractores, motoniveladoras y similares.

g) Se deberá mantener los peldaños, manijas de sujeción y pisos de las máquinas limpias, sin grasa, aceite o barro para prevenir resbalones o caídas durante el ascenso o descenso a las mismas; el cual deberá efectuarse siempre con tres puntos de apoyo simultáneos (dos pies y una mano o dos manos y un pie).

1

Page 21: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

h) Cuando se trabaje en las proximidades de líneas eléctricas aéreas se deberá consultar con el supervisor respecto a las distancias y medidas de seguridad a adoptar.

CAMIONES VOLQUETEa) Para descargar y cargar los camiones estos se colocarán alineados con las líneas

de máxima pendiente y nivelados, para evitar voltearse. Si la descarga se realiza en un pad, botadero o similar (cerca de un talud), ésta se efectuará únicamente si el operador ha verificado la existencia de una berma.

b) Ningún camión debe descargar si se encuentra inclinado hacia la derecha o hacia la izquierda o cuando exista la posibilidad de que el terreno pueda ceder o hundirse, por no estar bien afirmado.

c) Si por alguna circunstancia el camión llegara a atascarse, por ningún motivo deberá ser empujado por otro equipo, debiendo ser remolcado por un equipo de mayor capacidad, preferentemente un tractor o un cargador frontal. Para tal efecto, será estrobado con un cable de resistencia del doble de su peso, correctamente instalado y bajo la dirección de un supervisor.

CARGADOR FRONTALa) Los cargadores frontales trabajarán preferentemente sobre superficies

horizontales. En terrenos inclinados evitaran desplazarse sobre líneas que no sean de máxima pendiente, para no voltearse. Si se trasladan de un lugar a otro lo deben hacer con el cucharón retraído y sin carga.

b) Para su traslado los operadores de los cargadores lo harán con el cucharón retraído y en posición baja, es decir a 35 cm del suelo aproximadamente.

c) Cuando se trabaje en canteras, los cargadores solo levantarán el material movido por los tractores, no levantando material cuya ruma tenga un ángulo mayor que el de reposo del material.

d) Por ningún motivo se levantará material cuando el tractor está cortando o empujando material directamente encima del cargador.

VI. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS ACTIVIDADES CONEXAS

A. DE LAS OFICINAS EXTERNAS

Art. N° 24: Los estándares de seguridad de las oficinas externas son:

a) El mobiliario y los enseres de oficina deberán ubicarse de modo que permitan mantener pasillos amplios que faciliten la evacuación rápida en caso de emergencia. Los armarios y estantes altos se deberán anclar o asegurar para evitar su desplazamiento o caída en caso de sismo.

b) Los pasillos o zonas de tránsito y las salidas deben mantenerse en todos momentos libres de obstáculos (cajas, papeleras, cables, mobiliario, etc.)

1

Page 22: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

c) Los cajones de gabinetes de archivos y escritorios no deben permanecer abiertos, ni abrirse en forma excesiva para prevenir su caída. Asimismo se deben evitar abrir más de un cajón a la vez.

d) El llenado de cajones de armarios y archivadores deberá efectuarse de abajo hacia arriba y el vaciado de arriba hacia abajo. Siempre colocar el contenido más pesado en los cajones de nivel inferior.

e) Verifique siempre que la silla o sillón donde se va a sentar se encuentre en buen estado y cuide de mantener en todo momento las patas del referido mueble apoyadas sobre el piso.

f) Guarde los objetos cortantes y punzantes (tijeras, abrecartas, cuchillas, etc.) en un lugar seguro tan pronto termine de utilizarlos. Nunca los coloque en su bolsillo, salvo que las puntas se encuentren protegidas.

g) Evite almacenar objetos, especialmente los pesados, donde sea difícil alcanzarlos o donde se puedan caer.

h) Cuando levante o traslade mobiliario solicite ayuda si el mueble es muy pesado o difícil de manipular. El traslado de escritorios, archivadores y similares deberá efectuarse retirando la cajonería.

i) Evite sobrecargar las instalaciones eléctricas conectando varios enchufes a un solo tomacorriente. Nunca desconecte los equipos eléctricos tirando del cordón de alimentación, jale del enchufe.

j) Las cafeteras, calentadores eléctricos o similares sólo podrán utilizarse si se encuentran ubicados en lugares asignados. Estos equipos deberán quedar desconectados de las fuentes eléctricas al término de la jornada laboral.

k) El personal debe conocer la ubicación de los extintores y la forma correcta de utilizarlos. Asimismo, deberán conocer las zonas de seguridad, las vías de escape, las salidas y las directivas de actuación en caso de emergencia, para lo cual deben participar en simulacros de evacuación en forma periódica.

VII. PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS

Art. 25: Instrucciones Generales en caso de Movimientos Sísmicos.

a) Mantener la calma y controlar el pánico.b) Durante el movimiento y en oficinas, protegerse junto a un escritorio, columna mesa

o armario.c) Alejarse de las ventanas y puertas de vidrio. Mantenerse listo para evacuar.d) Tener calma y orientar al personal para que se dirijan a los puntos de reunión.e) Pasado el sismo, la evacuación es automática hacerlo de acuerdo a las

instrucciones de los responsables de evacuación, dirigiéndose al punto de reunión. Si se percató de algún empleado herido informar a la brigada de rescate para su evacuación.

1

Page 23: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

Art. 26: Instrucciones Generales para la Evacuación

a) Dada la orden de evacuación, la movilización hacia el punto de reunión asignado comenzará en orden, sin correr, sin gritar.

b) Deberá mantenerse la calma y obedecer las instrucciones de los responsables de Evacuación.

c) Obedecer la voz de mando de quien conduzca la evacuación. No empujarse ni dar indicaciones o realizar comentarios, que puedan ocasionar incertidumbre, confusión y temor al resto.

d) Deberá evitarse el pánico en todo momento.e) Al evacuar, tener cuidado de objetos que puedan caer o encontrarse en la ruta.f) Si un evacuante cae, deberá tratar de levantarse inmediatamente para no

provocar más caídas y amontonamientos, quienes se hallen cerca, deberán ayudar a levantarlo rápidamente.

g) Al llegar al punto de reunión, cada oficina o área se constituirá en orden para verificar si todos se encuentran presentes.

Art. 27: Ante situaciones riesgosas no controlables.

Se declararán situaciones de emergencia en las instalaciones de la empresa ante situaciones riesgosas que no son posibles de controlar o se han salido de control de la brigada de emergencias u otras formas de organización interna, y que ponga en riesgo la seguridad y salud del personal:

a) Incendios que han evolucionado desfavorablemente. b) Desplome de edificaciones o estructuras.c) Intervenciones ilícitas (secuestro, vandalismo, conmoción social, acciones

terroristas)

Art. 28: Mecanismos de Alertas

La empresa cuenta con servicios de comunicación:

a) Directorio telefónico de instituciones especializadasb) Medio de comunicación. Telefónico, celular, radial, electrónico.

Art. 29: Equipo de Respuesta

La empresa mantiene los siguientes organismos internos:

a) Brigadasb) Comité de Seguridad y Salud en el Trabajoc) La empresa cuenta con extintores de incendios, tomas de agua, vehículos de

transporte para apoyar la seguridad y la atención de emergencias.

Art. 30: Comunicación ante Emergencias

La empresa mantiene un Directorio Telefónico actualizado de Ambulancias, Centros

1

Page 24: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

Asistenciales Públicos, Policial, Defensa Civil, Clínicas de salud privadas.

Art. 31: Prevención y protección contra incendios

Condiciones generales de Prevención contra Incendios.

Frente a incendios se deberá tener en cuenta las consideraciones generales siguientes:

a) Evitar que se produzcan incendios mediante la prevención.b) Mantener su área de trabajo limpia, ordenada y en lo posible libre de

materiales combustibles y líquidos inflamables.c) No obstruir las puertas, vías de acceso o pasadizos, con materiales que puedan

dificultar la libre circulación de las personas.d) Informar a su Superior sobre cualquier equipo eléctrico defectuoso.e) Familiarizarse con la ubicación y forma de uso de los extintores y grifos contra

incendios.f) En caso de incendio de equipos eléctricos desconectar el fluido eléctrico. No usar

agua ni extintores que lo contengan si no se ha cortado la energía eléctrica.g) En caso de amagos de incendios, la operación de emplear un extintor dura muy

poco tiempo; por consiguiente, utilícelo bien, acérquese lo más que pueda, dirija el chorro a la base de las llamas, no desperdicie su contenido.

h) Obedecer los avisos de seguridad y familiarícese con los principios fundamentales de primeros auxilios.

Instrucciones Generales en caso de Incendio

a) Cuando se detecta un incendio, actuar de inmediato y sin perder la calma. b) Dar el aviso del incendio inmediatamente.gc) Si algún empleado se encuentra en el lugar del incendio y está entrenado para usar

el equipo extintor apropiado deberá utilizarlo.d) Por ningún motivo, el personal que no tenga puesto asignado o responsabilidad

específica en la Organización de Emergencia, deberá dirigirse al lugar del incendio o abandonar su puesto de trabajo salvo los casos que comprometan su integridad.

Brigadas de Emergencia

El área de Seguridad debe capacitar a los trabajadores en la lucha contra incendios y organizar brigadas de emergencia con los trabajadores más capacitados, estas brigadas deberán ser debidamente entrenadas y atender las tres principales contingencias.

a) Lucha contra el fuego.b) Movilización y evacuación del personal. c) Atención de heridos y primeros auxilios.

La empresa asegurará que los trabajadores que sean seleccionados para formar brigadas estén físicamente aptos para realizar los deberes que les puedan ser asignados

1

Page 25: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

durante las emergencias.

Programación de simulacros de lucha contra incendios

a) El área de Seguridad elaborará un programa de simulacros de lucha contra incendios, los que deben efectuarse, por lo menos, una vez al año con la participación de todo el personal, debiendo coordinarse, si fuera necesario, con las autoridades locales como la Policía Nacional del Perú, el Cuerpo General de Bomberos del Perú, entre otros. Antes de la ejecución de este programa, se deberá verificar la operatividad de los extintores.

b) En aquellos lugares donde se ha proporcionado extintores de incendios portátiles para el uso de los trabajadores, la empresa también proporcionará un programa educativo para familiarizar a los trabajadores con los principios generales del uso del extintor de incendios y los riesgos involucrados con la fase inicial de la lucha contra el fuego.

Extintores portátiles

En el uso de extintores portátiles se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) El área de Seguridad, dotará de extintores de incendios adecuados al tipo de incendio que pueda ocurrir, considerando la naturaleza de los procesos y operaciones.

b) Los aparatos portátiles contra incendios, serán inspeccionados por lo menos una vez por mes y serán recargados cuando se venza su tiempo de vigencia o se utilicen, se gaste o no toda la carga.

c) Cuando ocurran incendios que implican equipos eléctricos, los extintores para combatirlos serán de polvo químico seco; en caso de que el incendio sea en el centro de cómputo, laboratorios o implique equipos sofisticados, se utilizarán los extintores de gas carbónico (CO2), para su extinción.

d) Deberán estar en condiciones operativas, ubicados en sitios accesibles, visibles, debidamente señalizados.

Botiquines de primeros auxilios

En todo centro de trabajo, se dispondrá obligatoriamente de botiquines de primeros auxilios debidamente implementados.

Pasillos y pasadizos

Los pasillos y pasadizos cumplirán con lo siguiente:

a) En los lugares de trabajo, el ancho de los pasillos entre máquinas, instalaciones y rumas de materiales, no será menor de 60 cm.

b) Donde no se disponga de acceso inmediato a las salidas, se dispondrá, en todo momento, de pasajes o corredores continuos y seguros, que tengan un ancho libre no menor de 1.12 m, y que conduzcan directamente a la salida.

1

Page 26: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

Escaleras, puertas y salidas

Las escaleras, puertas y salidas cumplirán lo siguiente:

a. Todos los accesos de las escaleras que puedan ser usadas como medios de salida, serán marcados de tal modo que la dirección de egreso hacia la calle sea clara.

b. Las puertas de salida se colocarán de tal manera que sean fácilmente visibles y no se permitirán obstrucciones que interfieran el acceso o la visibilidad de las mismas.

c. Las salidas estarán instaladas en número suficiente y dispuestas de tal manera que las personas ocupadas en los lugares de trabajo puedan abandonarlas inmediatamente, con toda seguridad, en caso de emergencia. El ancho mínimo de las salidas será de 1.12 m.

d. Las puertas y pasadizos de salida, serán claramente marcados con señales que indique la vía de salida y estarán dispuestas de tal manera que sean fácilmente ubicables.

VIII. Capacitación y Entrenamiento

Art. 32:

La capacitación y entrenamiento en seguridad y salud en el trabajo es un proceso permanente que involucra a todos los miembros de la organización y que tiene como objetivo la optimización de las siguientes competencias: conciencia de seguridad, preservación de la salud y prevención de incidentes y accidentes de trabajo.

Art. 33.

Se aplicará un enfoque por competencias, implementando eventos de capacitación que permitan lograr las competencias generales (dirigidas a todos los trabajadores) y las competencias específicas (dirigidas al personal de la Unidad Orgánica de SST, el Comité de SST y el personal especializado en aspectos específicos del sistema).

a) La empresa tomará las medidas necesarias para transmitir al trabajador información sobre los riesgos en el centro de trabajo, así como las medidas de protección que correspondan.

b) La empresa impartirá capacitación apropiada y oportuna al trabajador, en materia de seguridad y salud en el trabajo, al momento de la contratación, durante el desempeño de su labor y cuando se produzcan cambios tecnológicos y/o en el puesto de trabajo.

c) La capacitación y entrenamiento en seguridad y salud en el trabajo estarán normadas por las Directivas y Reglamentos de Capacitación vigentes y cuentan con la conformidad del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

d) La capacitación y entrenamiento son impartidos mediante eventos (cursos, seminarios, conferencias, talleres, simulacros, etc.) debidamente documentados y que cumplen con los requisitos académicos necesarios para el logro de los objetivos

1

Page 27: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

de capacitación.e) La empresa brindará capacitación y/o entrenamiento sobre los siguientes temas:

1. Inducción en seguridad y salud en el trabajo;2. Seguridad en los procedimientos de trabajo, con énfasis en los riesgos de

los procesos;3. Organización y funcionamiento del Comité de Seguridad y Salud en el

Trabajo; 4. Uso y mantenimiento de equipos de protección;5. Prevención de accidentes y de enfermedades ocupacionales;6. Orden y Limpieza;7. Primeros Auxilios;8. Preparación y respuesta en caso de emergencias;9. Reconocimiento y evitamiento de las condiciones sub-estándar;10. Otros que se consideren necesarios para la mejora continúa del sistema.

IX. DISPOSICIONES FINALES

Art. 34: Disposiciones Finales

a) Los casos no previstos de manera expresa en el presente reglamento, se regirán conforme a las normas legales y/o normas técnicas existentes.

b) Para asegurar el cumplimiento de la norma establecida, es conveniente que la Jefatura de Seguridad y Salud en el Trabajo difunda, oriente y controle las acciones que se estipulen en el presente Reglamento.

c) La Empresa a través del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y de la Jefatura de Seguridad se reserva la facultad de dictar normas administrativas, disposiciones generales y complementarias que juzgue conveniente para la correcta aplicación del presente Reglamento de SST, en las circunstancias y oportunidad que lo considere.

d) El presente reglamento fue aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo en su Asamblea del 12 de Enero de 2015.

Entidad/ institución Teléfono

Cía. de Bomberos de Lima y Callao (Incendios

Rescates)116 / 222-0222

Ambulancias Alerta Médica 225-4040

1

Page 28: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

Emergencias Policiales

(Servicio de emergencia-PNP),105 / 225-02220

Robo de vehículos – DIROVE 328-0353

UDEX (desactivación de explosivos) 433-5991

Serenazgo La Victoria 431-3000

Emergencia de servicio público – Falta de agua (Sedapal)

317-8000

Emergencia de servicio público – Falta de Fluido eléctrico (Luz del Sur)

617-5000

Defensa Civil. 224-2358

Hospital Edgardo Rebagliati M. (Emergencia) 265-4955

Morgue Central de Lima 328-8590

CONSTANCIA DE RECEPCIÓN

Yo, ________________________________________________________ identificado

con DNI N° _____________ , dejo constancia de haber recibido una copia impresa del

Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Empresa EDIFICASA F&S

CONSTRUCCIONES INMOBILIARIAS SAC comprometiéndome a tomar pleno

conocimiento de su contenido y a cumplir fielmente todas las disposiciones descritas en

él, así mismo declaro que aceptaré y acataré todas las disposiciones adicionales que la

Empresa considere necesarias para implementar y mantener una cultura de Prevención

de Riesgos y me someto a las sanciones establecidas por el incumplimiento de las

mismas.

1

Page 29: Reglamento Interno - Edificasa

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

CODIGO:EDIFICA 002

Versión: 01

FECHA:ENERO-2015

Firma

Huella digital:

Fecha:

1