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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR HELLEN´S COLLEGE 2020 “Un colegio para los que piensan en el futuro”

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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

HELLEN´S COLLEGE 2020

“Un colegio para los que piensan en el futuro”

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Í N D I C E

PÁGINAS

1. PRESENTACIÓN 4

2. OBJETIVOS 4

3. DEFINICIONES 5

4. IDEARIO 6

4.1 SELLOS EDUCATIVOS 6

4.2 VALORES Y COMPETENCIAS ESPECIFICAS 6

4.3 VISIÓN 7

4.4 MISIÓN 7

5. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 7

5.1 DERECHOS 7

5.2 DEBERES 8

6 DERECHOS Y DEBERES DE LOS APODERADOS 8

6.1 DERECHOS 8

6.2 DEBERES 8

7. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN 9

7.1 DERECHOS 9

7.2 DEBERES 9

8. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN 9

8.1 DERECHOS 9

8.2 DEBERES 9

9. DERECHOS Y DEBERES DE LOS EQUIPOS DOCENTES DIRECTIVOS

10

9.1 DERECHOS 10

9.2 DEBERES 10

10. DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOSTENEDORES 10

10.1 DERECHOS 10

10.2 DEBERES 10

11. REGULACIONES DE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL 11

11.1 NIVELES DE ENSEÑANZA 11

11.2 REGIMEN ESCOLAR 11 - 12

11.3 ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL Y ROLES 13 - 18

11.4 DE LOS MECANISMOS DE COMUNICACIÓN 18 - 19

11.5 DEL RETIRO DE ESTUDIANTES DURANTE LA JORNADA ESCOLAR 19

11.6 DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL 20

11.7 DE LAS AUSENCIAS A LA JORNADA ESCOLAR 21

11.8 DE LA ASISTENCIA A CLASES Y PUNTUALIDAD 22

11.9 CONSIDERACIONES GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO 23 -25

11.10 DISPOSICIONES REFERIDAS A LA ALIMENTACIÓN USO DEL CASINO 25

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12 DISPOSICIONES REFERIDAS A ADMISIÓN, MATRÍCULA Y ARANCELES 26

12.1 PROCESO DE ADMISIÓN DE LOS ESTUDIANTES NUEVOS 26

12.2 PROCESO DE ADMISIÓN DE LOS ESTUDIANTES ANTIGUOS 26

12.3 DEL RETIRO VOLUNTARIO DE ESTUDIANTES. 27

12.4 DOCUMENTOS SOLICITADOS PARA FORMALIZAR MATRÍCULA. 27

12.5 ARANCELES FINANCIAMIENTO COMPARTIDO 27

12.6 EDAD REGLAMENTARIA PARA PARTICIPAR DEL PROCESO DE ADMISIÓN 27

13. REGLAMENTO DE BECAS 28

13.1 DE LAS POSTULACIONES 28 - 30

13.2 COMISIÓN DE ANÁLISIS DE ANTECEDENTES 30

13.3 DE LAS APELACIONES 30

13.4 DE LA RENUNCIA VOLUNTARIA 31

13.5 DE LA REGULARIZACIÓN DE EXENCIÓN DE PAGO DE ARANCEL 31

14 USO DEL UNIFORME 32

15 REGULACIONES REFERIDAS A LA SEGURIDAD Y RESGUARDO DE DERECHOS 33

15.1 PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR 33 - 50

15.2 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE 50 - 52

DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

15.3 ESTRATEGIA Y PROTOCOLO EN CASO DE ABUSO SEXUAL 52 - 53

15.4 PROTOCOLO FRENTE AL CONSUMO DE ALCOHOL Y/O DROGAS 53 - 55

15.5 DISPOSICIONES DE ORDEN E HIGIENE 55

16 GESTIÓN PEDAGÓGICA Y PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD Y PATERNIDAD

16.1 NORMATIVA 55 - 56

16.2 DERECHOS 56

17 NORMAS FALTAS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y PROCEDIMIENTOS

17.1 DESCRIPCIÓN DE LAS CONDUCTAS ESPERADAS Y ACCIONES QUE SERÁN FALTAS 57 - 58

17.2 DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS 59 - 62

17.3 PROCEDIMIENTOS QUE SE UTILICEN PARA APLICAR LA SANCIÓN 63 - 66

17.4 RECONOCIMIENTOS POR CUMPLIMIENTOS DESTACADOS 66

18. AMBITO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR

18.1 COMPOSICIÓN COMITÉ DE BUENA CONVIVENCIA Y ENCARGADOS 67

DE CONVIVENCIA ESCOLAR

18.2 FUNCIONES DE LOS ESTAMENTOS QUE CONSTITUYEN EL COMITÉ 67

18.3 PLAN DE GESTIÓN ESCOLAR CONVIVENCIA ESCOLAR 68 - 69

18.4 DESCRIPCIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR 70 - 72

18.5 PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN COLABORATIVA 73 - 77

18.6 REGULACIONES DE EXISTENCIA Y FUNCIONAMIENTO DE LA BUENA CONVIVENCIA 78

18.7 PROCEDIMIENTOS PARA LA RESOLUCIÓN COLABORATIVA DE CONFLICTOS 79 - 80

19 REGLAMENTO GENERAL DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS 81 - 82

20 REGLAMENTO INTERNO CENTRO DE ALUMNOS 83 - 87

21 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN

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1. PRESENTACIÓN Nuestro establecimiento es una corporación educacional de administración Particular Subvencionado, cuya denominación es “Corporación Educacional Hellen´s College” RUT: 65.145.511-1, representada y dirigida por la Señora Jinny Castro Cienfuegos. Se encuentra ubicado en Avenida Independencia N° 4025, comuna de Conchalí. Reconocido oficialmente a través del Decreto de Educación N° 4876 del 16 de mayo 1967 que lo declara Cooperador de la Función Educacional del Estado. Rol Base de Datos: 10344-6. Sus Planes y Programas y Decretos de Evaluación son los siguientes: Niveles Planes y Programas Evaluación y Promoción

1° a 6° Básico Decreto N° 2960 de 2012 Decreto N° 67 de 2018

7° y 8° Básico Decreto N° 628 de 2016 Decreto N° 67 de 2018

1° y 2° Medio Decreto N° 1264 de 2016 Decreto N° 67 de 2018 3° Medio Decreto N° 876 de 2019 Decreto N° 67 de 2018

4° Medio Decreto N° 102 de 2012 Decreto N° 67 de 2018

El presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar, ha sido concebido como un conjunto de normas y

disposiciones que regulan la convivencia armónica de toda la comunidad educativa. Se fundamenta en el

Proyecto Educativo Institucional (PEI) y la legislación vigente contenida en los siguientes cuerpos legales:

Constitución Política de la República de Chile; Ley General de Educación (Nº 20.370); Ley sobre Violencia

Escolar (Nº 20.536); Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (Nº 20.084); Ley de Drogas (20.000); Ley de

Inclusión (N° 20.845); Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del

Niño. 2. OBJETIVOS El presente Reglamento permitirá y facilitará el entendimiento entre las partes y hará posible el logro de los siguientes objetivos: 2.1 Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos

que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia y agresión.

2.2 Establecer disposiciones, normativas, medidas y sanciones que normen los deberes que existen en cada uno de los integrantes de la comunidad escolar y por consiguiente, velar por los derechos de todos los miembros de la comunidad.

2.3 Promover y reforzar los valores institucionales para estimular un ambiente educativo afectivo, seguro, grato e inclusivo.

2.4 Fomentar, en la comunidad educativa, la participación, flexibilidad, autonomía, coherencia, capacidad de reflexión y desarrollo de habilidades sociales.

2.5 Impulsar acciones de prevención tales como: talleres de habilidades socio-afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros, teniendo en cuenta especialmente el Proyecto Educativo Institucional.

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3. DEFINICIONES

La convivencia es la potencialidad y/o capacidad de las personas de vivir (con-vivir) en un marco de respeto

mutuo y solidaridad recíproca.

La convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en distintos espacios

formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así como

también los espacios de participación, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Centro de Alumnos, Consejos

de Profesores/as, reuniones de Padres y Apoderados /as.

Tiene un enfoque formativo, en tanto se trata de un aprendizaje enmarcado en los Objetivos Fundamentales

Transversales, y es una responsabilidad compartida por toda la comunidad educativa.

El enfoque formativo contiene una dimensión preventiva, expresada en el desarrollo de conocimientos,

habilidades y actitudes que permiten formar sujetos autónomos, capaces de tomar decisiones personales y de

anticiparse a las situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje o la convivencia, cautelando en todo

momento el proceso formativo y las estrategias pedagógicas. En este sentido, la dimensión preventiva implica

superar la noción de riesgo, no se limita a informar o prohibir, sino que apunta a formar para actuar

anticipadamente.

Las normas de convivencia, ordenadas en un Reglamento de Convivencia, deben constituirse en un

instrumento de carácter formativo, que promueve el desarrollo integral, personal y social de los y las

estudiantes, contemplando, al mismo tiempo, a los demás actores de la comunidad educativa.

Implica el reconocimiento y respeto por la diversidad, la capacidad de las personas de entenderse, de valorar y

aceptar las diferencias; los puntos de vista de otro y de otros.

La convivencia escolar debe ser ejercitada por los adultos, enseñada, aprendida y puesta en práctica en todos

los espacios formales e informales de la vida escolar.

Una convivencia escolar sana tiene incidencias en la calidad de vida de todos los miembros de la comunidad,

en los resultados de aprendizaje y en el mejoramiento de la educación. Aprender a entenderse con otros es el

fundamento de una convivencia social pacífica y democrática.

Nuestro establecimiento educacional incorpora la ley de discriminación arbitraria, que para todos los efectos

se define como toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por

agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de

los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados

internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular

cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el

idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones

gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la

filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad

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4. IDEARIO 4.1 SELLOS EDUCATIVOS Como comunidad, hemos definido sellos educativos que nos identifican, reconocen y distinguen de otros proyectos. Estos elementos sustentan la Visión, la Misión y el perfil de egreso del estudiante, están basados y tienen correlación con los cuatro aprendizajes para el siglo XXI, señalados por la Comisión Delors para la Educación de la UNESCO. Nuestros sellos educativos son:

Conocer y desarrollar las habilidades y competencias propias, por medio del pensamiento reflexivo, crítico, inclusivo y respetuoso, considerando la participación ciudadana.

Fortalecer el trabajo en equipo, el uso adecuado de las TIC´s y el cuidado del medioambiente para

convivir en un contexto de compromiso, confianza y armonía con nuestra comunidad escolar y social. 4.2 VALORES Y COMPETENCIAS ESPECÍFICAS En concordancia con nuestra propuesta educativa, los siguientes son los valores que queremos fomentar en nuestros estudiantes y las competencias que desarrollarán para vivenciarlos:

VALOR COMPETENCIAS ASOCIADAS

Respeto: Reconocer, aceptar, apreciar y valorar las cualidades del prójimo y sus derechos

Tolerancia: Capacidad de respetar y apreciar la dignidad de cada persona, las ideas, actitudes, valores, pensamientos y el derecho a ser diferentes. Autocuidado: es entendido como el cuidado personal, el cual se realiza de forma sistemática y voluntaria para conservar el bienestar tanto físico como psicológico.

Responsabilidad: Es garantía del cumplimiento de los compromisos adquiridos y la generación de confianza.

Ciudadanía local y Global: Capacidad de asumir un rol activo, reflexivo y constructivo en la comunidad local, nacional y global, comprometiéndose con el cumplimiento de los derechos humanos y de los valores éticos universales. Resolución de problemas: Capacidad de plantear y analizar problemas para generar alternativas de soluciónes eficaces y viables.

Solidaridad: La toma de conciencia de las necesidades de los demás y el deseo de contribuir y de colaborar para su satisfacción

Colaboración: Capacidad de trabajar de forma efectiva con otras personas para alcanzar un objetivo común, articulando los esfuerzos propios con los de los demás. Convivencia: Capacidad de las personas de vivir con otras en perfecta armonía

Honestidad: Comportarse y expresarse con sinceridad y coherencia, respetando los valores de la justicia y la verdad.

Pensamiento Crítico: Capacidad de interpretar, analizar, evaluar, hacer inferencias, explicar y clarificar significados.

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4.3 VISIÓN Queremos formar personas comprometidas con su entorno natural y social, ampliando el conocimiento y el uso de las TIC´s, en un ambiente de confianza y armonía con la comunidad educativa, utilizando para ello el pensamiento reflexivo, crítico e inclusivo, que les permita desarrollar sus habilidades y competencias, innovando en los desafíos requeridos por el siglo XXI para ingresar a la educación superior e insertarse como miembros activos de la sociedad.

4.4 MISIÓN El establecimiento Hellen´s College imparte formación humanista científico a estudiantes de Educación Parvularia a Cuarto Medio, comprometido con una enseñanza acorde a las necesidades de la sociedad actual. Esta tarea educativa apunta a brindar un espacio seguro, de sana convivencia, sensible con el medio ambiente, promoviendo el desarrollo de habilidades, competencias, valores, vida sana y participación ciudadana para lograr personas íntegras y de acuerdo con sus proyectos de vida.

5. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 5.1 DERECHOS

Los estudiantes matriculados en nuestro establecimiento adquieren los siguientes derechos: 5.1.1 A conocer el Proyecto Educativo Institucional.

5.1.2 A conocer el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, Reglamento de Evaluación y Promoción.

5.1.3 A que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene.

5.1.4 A elegir y ser elegido democráticamente para participar en la directiva de Curso y Centro de Alumnos.

5.1.5 A recibir Orientación escolar, vocacional y de prosecución de estudios.

5.1.6 A recibir una formación integral en todos los subsectores y actividades que el Establecimiento Educacional

ofrezca de acuerdo a los Planes y Programas proporcionados por el MINEDUC.

5.1.7 A ser respetados en su dignidad de persona.

5.1.8 A ser tratados sin discriminación alguna.

5.1.9 A ser escuchados en sus peticiones y obtener respuesta en términos respetuosos y educados.

5.1.10 A participar responsablemente en actividades oficiales y extraoficiales ya sean deportivas, culturales o de otra

índole que le solicitase el Establecimiento Educacional.

5.1.11 A utilizar los beneficios de implementación de acuerdo a la autorización del Profesor o Directivo que estuviese a

cargo del lugar o espacio físico correspondiente con la responsabilidad y adecuado comportamiento que la

situación exija.

5.1.12 A solicitar el Seguro Escolar en caso de accidente.

5.1.13 A mantener su calidad de alumna regular, encontrándose en estado de embarazo.

5.1.14 A recibir una atención adecuada y oportuna en el caso de tener necesidades educativas especiales

5.1.15 A estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo,

5.1.16 A expresar su opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios

o degradantes y de maltratos psicológicos.

5.1.17 A conservar su matrícula para el año siguiente si repite curso.

5.1.18 A no ser penalizados de forma disciplinaria ni académica por el no cumplimiento del compromiso económico

de sus padres y/o apoderados con el establecimiento educacional.

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5.2 DEBERES Son deberes de los estudiantes: 5.2.1 Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa.

5.2.2 Asistir regular y puntualmente a sus clases, así como de participar en todas las actividades de carácter educativo y cultural que desarrollen dentro y fuera del establecimiento.

5.2.3 Ingresar puntualmente al Colegio, a sus clases e incorporarse de la misma forma a todas y cada una de sus actividades escolares, sea dentro o fuera del Colegio.

5.2.4 Estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades.

5.2.5 Asistir a clases y otras actividades escolares en las condiciones físicas adecuadas para realizar su rol de estudiante.

5.2.6 Comportarse acorde a las normas establecidas en nuestro Reglamento de Convivencia, en la sala de clases, dependencias y actividades del colegio, también en otros entornos, cuando vista el uniforme del colegio y/o actúe en su representación.

5.2.7 Reconocer los errores personales y responsabilizarse por ellos

5.2.8 Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar.

5.2.9 Cuidar la infraestructura educacional.

5.2.10 Respetar y mantener el aseo y ornato de todas las dependencias del establecimiento.

5.2.11 Participar y colaborar en la campaña de reciclaje del establecimiento.

5.2.12 Presentarse con su uniforme “completo” a cualquier actividad programada por la Unidad Educativa 6. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS 6.1 DERECHOS

Los padres, madres y apoderados tienen derecho:

6.1.1 A conocer el PEI y otros instrumentos institucionales como el Manual de Convivencia y Reglamento Interno de Evaluación y Promoción.

6.1.2 A ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los rendimientos

académicos y del proceso educativo de éstos, así como del funcionamiento del establecimiento.

6.1.3 A ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda, aportando al

desarrollo del proyecto educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento.

6.1.4 A solicitar entrevista a cualquier Profesor o autoridad del Establecimiento Educacional y de acuerdo con el conducto regular establecido por el establecimiento

6.2 DEBERES

Son deberes de los padres, madres y apoderados:

6.2.1 Educar a sus hijos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento.

6.2.2 Apoyar decididamente la labor del Colegio, resguardando su prestigio y fomentando su prosperidad integral, teniendo en cuenta que son considerados parte fundamental de ésta labor educativa.

6.2.3 Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional.

6.2.4 Asistir a las reuniones de curso de su pupilo.

6.2.5 Respetar la normativa interna del establecimiento, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la

comunidad educativa.

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7. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN 7.1 DERECHOS

Los profesionales de la educación tienen derecho:

7.1.1 A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.

7.1.2 A que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios,

degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa.

7.1.3 A proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos

por la normativa interna, procurando, además, disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma

su trabajo.

7.2 DEBERES Son deberes de los profesionales de la educación:

7.2.1 Ejercer la función docente en forma idónea y responsable.

7.2.2 Orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda.

7.2.3 Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente.

7.2.4 Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos

por las bases curriculares y los planes y programas de estudio.

7.2.5 Respetar tanto las normas del establecimiento como los derechos de los estudiantes.

7.2.6 Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás miembros de la comunidad

educativa.

8. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

8.1 DERECHOS Los asistentes de la educación tienen derecho:

8.1.1 A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no

pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes.

8.1.2 A recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar.

8.1.3 A participar de las instancias colegiadas de ésta, y a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso

del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.

8.2 DEBERES

Son deberes de los asistentes de la educación

8.2.1 Ejercer su función en forma idónea y responsable.

8.2.2 Respetar las normas del establecimiento.

8.2.3 Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa.

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9. DERECHOS Y DEBERES DE LOS EQUIPOS DOCENTES DIRECTIVOS 9.1 DERECHOS

Los equipos docentes directivos tienen derecho:

9.1.1 A conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen.

9.2 DEBERES Son deberes de los equipos docentes directivos:

9.2.1 Liderar el establecimiento, sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la calidad de éstos.

9.2.2 Desarrollarse profesionalmente.

9.2.3 Promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas

9.2.4 Cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conducen.

10. DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOSTENEDORES 10.1 DERECHOS

Los sostenedores tendrán derecho:

10.1.1 A establecer y ejercer un proyecto educativo, con la participación de la comunidad educativa y de acuerdo a la

autonomía que le garantice esta ley.

10.1.2 A establecer planes y programas propios en conformidad a la ley, y a solicitar, cuando corresponda,

financiamiento del Estado de conformidad a la legislación vigente.

10.2 DEBERES Son deberes de los sostenedores:

10.2.1 Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del establecimiento educacional que

representan.

10.2.2 Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar.

10.2.3 Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos y cuando reciban financiamiento estatal,

rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero del establecimiento a la Superintendencia.

10.2.4 Entregar a los padres y apoderados la información que determine la ley y a someter a sus establecimientos a los

procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley.

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11. REGULACIONES Y ESTRUCTURA DEL FUNCIONAMIENTO GENERAL 11.1 NIVELES DE ENSEÑANZA El establecimiento imparte enseñanza en los siguientes niveles:

Nivel Pre Básico: Pre kínder - Kínder

Nivel Básico: 1° a 8° Básico

Nivel Medio 1° a 4° Medio Humanista Científico

11.2 REGIMEN ESCOLAR 11.2.1 En general, las dependencias administrativas del Colegio permanecerán abiertas durante todo el año calendario,

de lunes a viernes entre las 9:00 y 17:00 horas, con excepción de los feriados legales.

11.2.2 El ingreso de los estudiantes al establecimiento educacional será a partir de las 7:30 horas, siempre y cuando el

personal docente / administrativo se encuentre en sus posiciones para resguardo y seguridad de los estudiantes

al interior.

11.2.3 Al inicio de cada año lectivo, se informará a la comunidad el calendario anual y el horario semanal de cada curso,

el cual se encuentra enmarcado dentro de la siguiente estructura:

Cursos: NT1 y NT2

Día Hora inicio Hora término Nº de horas

Pedagógicas

Tiempo recreos o

juego libre (minutos)

Tiempo almuerzo

(minutos)

Lunes 8:00 15:30 7 hrs. 30 mín. 40mín. 45 mín.

Martes 8:00 15:30 7 hrs. 30 mín. 40 mín. 45 mín.

Miércoles 8:00 15:30 7 hrs. 30 mín. 40 mín. 45 mín.

Jueves 8:00 15:30 7 hrs. 30 mín. 40 mín. 45 mín.

Viernes 8:00 13:25 5 hrs. 25 mín. 30 mín. 45 mín.

TOTAL 35 hrs. 25 mín. 190 mín. 225 mín.

Cursos Enseñanza Básica

Día Hora inicio Hora término Nº de horas Tiempo recreos o

juego libre (minutos)

Tiempo almuerzo

(minutos)

Lunes 8:00 15:25 8 40 45

Martes 8:00 15:25 8 40 45

Miércoles 8:00 15:25 8 40 45

Jueves 8:00 15:25 8 40 45

Viernes 8:00 13:45 6 30 45

TOTAL 38 190 min. 225 min.

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Cursos Enseñanza Media

Día Hora inicio Hora término Nº de horas Tiempo recreos o

juego libre (minutos)

Tiempo almuerzo

(minutos)

Lunes 8:00 16:15 9 45 45

Martes 8:00 16:15 9 45 45

Miércoles 8:00 15:25 8 40 45

Jueves 8:00 16:15 9 45 45

Viernes 8:00 14:35 7 35 45

TOTAL 42 210 min. 225 min.

HORARIO 2019 JEC HORARIOS DIFERIDOS

1° Y 2° BÁSICO 3° A 7° BÁSICO 8° a 4° MEDIO LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES VIERNES

1 8:00 A 8:45 8:00 A 8:45 8:00 A 8:45

2 8:45 A 9:30 8:45 A 9:30 8:45 A 9:30 RECREO BÁSICA

9:30 A 9:50 9:30 a 9:50

3 9:50 a 10:35 9:50 a 10:35 9:30 A 10:15 RECREO MEDIA

10:15 a 10:35

4 10:35 a 11:20 10:35 a 11:20 10:35 a 11:20 RECREO BÁSICA

11:20 A 11:40 11:20 A 11:40

5 11:40 A 12:25 11:40 A 12:25 11:20 a 12:05 RECREO MEDIA

12:05 A 12:25

COLACIÓN 1° Y 2° BÁSICO

12:25 A 13:10

6 13:10 A 13:55 12:25 A 13:10 12:25 A 13:10 COLACIÓN

BÁSICA 13:10 A 13:55

7 13:55 A 14:40 13:55 A 14:40 13:10 A 13:55 COLACIÓN

MEDIA 13:55 A 14:40

8 14:40 A 15:25 14:40 A 15:25 14:40 A 15:25

9 15:25 A 16:10 15:25 A 16:10 15:25 A 16:10 REFLEXIÓN

PEDAGÓGICA DESDE LAS 16:00 HASTA LAS 18:00

10 16:10 A 16:55 16:10 A 16:55 16:10 A 16:55 RECREO MEDIA 16:55 A 17:05

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11.3 ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL Y ROLES 11.3.1 ORGANIGRAMA

13

Sostenedor

Corporación Educacional

Hellen´s College

Consejo Escolar

Inspectoras de Patio

Psicólogo(a)

Subdirector

Contabilidad y Administación

Secretaría

Unidad Técnico Pedagógica

Centro General de Padres y Apoderados

Recuros Humanos

Encargado de Convivencia Escolar

C.R.A

Directora

Comité Paritario

Orientador(a)

Centro de Alumnos

Central de fotocopiado

Inspectoria General

Docentes

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11.3.2 ROL DE DIRECTOR

El Director es el docente encargado de ejecutar y llevar a la práctica el proceso de aprendizaje en cada unidad educativa, despliega todas sus capacidades y saber profesional en la toma de decisiones, para desarrollar el currículo interno. Representa a la unidad educativa ante el MINEDUC y ante la comunidad en general, y sobre su persona recae la responsabilidad de toda la gestión educativa interna, el cabal cumplimiento de los planes y programas vigentes, su evaluación y estudio permanente, a fin de satisfacer las necesidades educativas de los alumnos y sus familias. Entre otras, se destacan las siguientes funciones:

a. Responde ante el MINEDUC por la marcha del proceso educativo y por el fiel acatamiento de la normativa vigente.

b. Supervigila técnicamente a los docentes, sin perjuicio de la relación jurídico laboral que se establece con el Sostenedor en los respectivos contratos.

c. Preside el Consejo General de Profesores, el Equipo de Gestión y todo otro organismo que le señale el Reglamento Interno.

d. Representa a la unidad educativa ante otras organizaciones vivas de la corporación, nacionales e internacionales.

e. Propone al Consejo General de Profesores las directrices para un adecuado trabajo. f. Aplica sanciones y medidas de prevención a los alumnos en cumplimiento del manual interno de

Convivencia Escolar. g. Supervisar la ejecución del Plan Integral de Seguridad Escolar. h. Supervisar la elaboración y desarrollo de planes y programas de educación confeccionados por la

UTP. i. Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional, la Misión y

Visión del Colegio. j. Promover las innovaciones necesarias para procurar la excelencia académica y el cumplimiento de

las metas del Colegio. k. Establecer las estrategias, planes de trabajo y prioridades necesarias para la consecución de los

objetivos del Colegio. l. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo; directivos

docentes, docentes, asistentes de la educación. m. Liderar proyectos orientados a adecuar la Jornada Escolar Completa al espíritu y objetivos de la

Reforma Educativa. n. Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y de evaluación

del currículo del establecimiento, procurando una eficiente distribución de los recursos asignados. o. Velar por el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad dentro del local escolar. p. Remitir al MINEDUC las actas, estadísticas y otros documentos que se le exijan conforme a la

reglamentación vigente y arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión e inspección del MINEDUC, conforme a sus instrucciones.

q. Presentar el Informe de Gestión Anual al Directorio y Comunidad Escolar. r. Intervenir como mediador frente a conflictos internos tratando de garantizar resolución

de los mismos de manera justa. s. Garantizar que todo el personal del Colegio conozca el Proyecto Educativo y el Reglamento

Interno vigente. 14

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t. Realizar anualmente el proceso de admisión al establecimiento educacional en forma coordinada

con el Inspector general. u. Teniendo la nómina de seleccionados deberá solicitar a la secretaria de Dirección que se les

comunique a los padres y apoderados siendo Obligación del Director verificar que esta gestión se haya efectuado

11.3.3 ROL DE LA UNIDAD DE INSPECTORÍA GENERAL

Esta unidad es la encargada de la supervigilancia administrativa de los trabajadores docentes y no docentes y de servicios, relacionados directamente con el proceso de aprendizaje, en cada unidad educativa. El jefe de la Unidad de Inspectoría General es el Inspector General, quien es designado por el Sostenedor. Está bajo la directa supervisión del Director respectivo, y a través de él se vincula las siguientes funciones:

a. Elaborar y presentar al Director un plan anual de trabajo, al inicio de cada año escolar. b. Convocar y presidir al menos una vez por trimestre un consejo de disciplina escolar. c. Subrogar al director en su ausencia. d. Controlar el régimen disciplinario de la unidad educativa, conforme a las Normas de Convivencia

Interna. e. Controlar el cabal cumplimiento de la jornada laboral de todos los trabajadores de la unidad

educativa. f. Participar en la elaboración del horario de clases. g. Vigilar el fiel cumplimiento de la presentación personal del alumnado, docente y no docente. h. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno. i. Resolver la autorización de salida anticipada de los alumnos. j. Mantener actualizada toda la información relativa a los libros de clases y estadísticas generales de

asistencia diaria. k. Mantener un catastro de anotaciones negativas en la hoja de vida de los alumnos, e informar de

inmediato a los padres y apoderados de las mismas con base en discernir su gravedad. l. Llevar al día el libro de registro de matrícula, sus altas y bajas. . m. Remitir al superior directo toda materia que no esté facultado para resolver. n. Debe organizar y realizar ensayos del Plan Integral de Seguridad Escolar. A lo menos cuatro veces al

año, con todos los integrantes del establecimiento educacional. o. Responsabilizarse por el cuidado y mantención de los libros de clases. p. Controlar el registro de asistencia por hora con la respectiva firma del profesor y del registro de

subvención. En caso de errores, omisiones o enmendaduras deberá dar cuenta en forma inmediata al Director.

q. Es tarea y responsabilidad del Inspector General la entrega y posterior recepción del libro, de parte del profesor.

r. Llevar en forma diaria el registro y control de la inasistencia y atrasos de los alumnos.

11.3.4 ROL DE LA UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

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Es la unidad encargada de coordinar, asesorar y evaluar las funciones docentes técnico pedagógico al interior de cada unidad educativa, tales como la orientación educacional y vocacional, diseño y planificación del currículo, evaluación del rendimiento escolar y del desempeño docente, y otras análogas. Asesora a la dirección en todo lo relativo con el proceso de aprendizaje. Es facilitador de la labor educativa y apoya la gestión de cada docente en su área específica. La Unidad Técnico Pedagógica (UTP) se divide de acuerdo con las jornadas y ciclos. Así, habrá una UTP para la Enseñanza Pre Básica y Básica y una para Enseñanza Media. Integran la UTP el Jefe de UTP, que es el encargado y responsable de la unidad y el coordinador académico, los que funcionan en los departamentos respectivos. Entre las funciones de la UTP se destacan:

a. Presentar al inicio de cada año escolar un plan de trabajo anual. b. Trabajar coordinadamente con los profesores en la elaboración y aplicación de los planes y

programas, y en la ejecución de los planes y programas del MINEDUC y su adaptación a la realidad de cada unidad educativa.

c. Planifica y coordinar las estrategias de trabajo del Centro de Recursos de Aprendizaje, conjuntamente con el Consejo de Sectores de Aprendizaje respectivo, a fin de optimizar el empleo de los diferentes recursos de que se cuenta.

d. Recoger los aportes que emanan de los Grupos Profesionales de Trabajo, y junto a los profesores, elaborar estrategias destinadas a mejorar las prácticas educativas para que se produzca el efecto deseado de mejorar la calidad de la educación.

e. Calendarizar la aplicación general de los instrumentos de evaluación que aplique cada docente en particular por cursos.

f. Realizar reuniones con los diferentes sectores de aprendizaje a fin de proponer procedimientos de trabajo comunes.

g. Coordinar el trabajo del Departamento de Orientación. h. Exigir, la entrega de los planes anuales, semanales y diarias de clases a los profesores de

asignatura, y archivarlos en orden cronológico, a fin de evaluar progresivamente su cumplimiento, y si existe relación entre estos y las materias efectivamente tratadas.

i. Verificar que se asienten a diario las materias tratadas en los respectivos libros de clases. j. Elaborar conjuntamente con los diferentes sectores de aprendizaje el Plan Anual Operativo. k. Fiscalizar el riguroso cumplimiento de la carga horaria de los cursos. l. Acatar las órdenes del Director

11.3.5 ROL DEL PROFESOR

El docente y los trabajadores habilitados para el ejercicio de la función docente, son agentes educativos que se comprometen con el proceso de aprendizaje de los alumnos. Es un profesional proactivo, que educa previniendo. Está dotado de un estricto sentido profesional y concibe a la pedagogía no como un apostolado, sino como una profesión en el estricto sentido del término, esto es, la actividad personal ejercida de una manera estable y honrada, al servicio de los demás y en beneficio propio, movida por la propia vocación y con la dignidad que corresponde a una persona humana.

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El grupo de docentes que presta sus servicios a la corporación conforma una verdadera organización para el aprendizaje y de preparación para el mundo del trabajo, tarea ardua y lenta, que los obliga a ser perseverantes, pacientes y voluntariosos, lo que implica cambios de actitudes, de prácticas docentes, de lenguaje, de costumbres, orientados a un trabajo en equipo con liderazgo compartido, convencidos de que en la diversidad está la riqueza inagotable de la organización de aprendizaje. Entre otras, se destacan las siguientes funciones:

a. Planificar, ejecutar y evaluar las actividades anuales de los diferentes cursos. b. Para lo anterior, tomar como base los contenidos mínimos y objetivos fundamentales

vigentes, y los planes y programas propios de cada asignatura. c. Cumplir fielmente las obligaciones que emanan de cada contrato. d. Atender individualmente, cuando corresponda, las situaciones especiales de los alumnos que el

orientador les remita. e. Diagnosticar y remitir con prontitud al orientador, los casos de alumnos con necesidades educativas

especiales. f. Integrar a los alumnos con necesidades educativas especiales de forma gradual. g. Asumir y cumplir eficientemente el cargo de Profesor Jefe. h. Participar en las actividades extracurriculares. i. Realizar el acto cívico que se le asigne de acuerdo con la planificación anual. j. Participar en todos los Consejos de Profesores, Técnicos, de Profesores de Curso, de Profesores

Jefe, de Sectores de Aprendizaje programados por la autoridad respectiva. k. Efectuar reuniones una vez al semestre individualmente con cada apoderado, en la cual se levantará

un acta con un resumen de la reunión, firmadas por todos los asistentes.

11.3.6 ROL INSPECTORES NO DOCENTES

a. Los Inspectores No Docentes son asistentes de la labor educativa de los profesionales de la educación, y en el desempeño de sus funciones, entre otras deberán:

b. Responsabilizarse por el cuidado y mantención de los libros de clases, especialmente los que corresponde al pabellón a cargo.

c. Controlar el registro de asistencia por hora con la respectiva firma del profesor y del registro de la subvención. En caso de errores, omisiones o enmendaduras deberá dar cuenta en forma inmediata al inspector general o director.

d. Llevar en forma diaria el registro y control de la inasistencia y atrasos de los alumnos. e. Mantener un permanente control de la disciplina especialmente del pabellón a su cargo y hacer

cumplir el manual interno de convivencia escolar de los alumnos, orientándolos en su conducta y actitud hacia el cumplimiento de las normas existentes, teniendo especial cuidado de los alumnos que permanecen fuera de la sala de clases.

f. Debe controlar el aseo y cuidado de las dependencias del establecimiento, especialmente los rayados de los muros, extintores, vidrios y luminares, informando al inspector general de cualquier anomalía detectada.

g. Citar y entrevistarse con los padres y apoderados cuando la situación lo requiera. h. Coordinar con Jefatura Técnica la atención de los cursos sin profesor. i. Asistir y participar de los consejos de profesores, cuando sea de aspectos disciplinario. j. Custodiar las llaves de las diferentes dependencias en coordinación con el inspector general. k. Verificar que los profesores se encuentren en sus salas de clases al inicio de los respectivos períodos.

Informar las ausencias y/o la tardanza a su jefe directo.

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l. Asentar las inasistencias de los alumnos diariamente, en el libro de clases y en el sistema implementado para el efecto.

m. Controlar que los alumnos que transiten en horas de clases cuenten con las autorizaciones respectivas.

n. Controlar el buen uso de los servicios higiénicos del sector o pabellón a su cargo. o. Controlar activamente la disciplina de las áreas libres de la unidad educativa, esto es, pasillos, patios

y servicios higiénicos. p. Prevenir toda situación de riesgo, lo que deberá informar a su jefe directo de inmediato de

detectada. q. Controlar la presentación personal del alumno, así como el acatamiento de las normas de

convivencia interna de la unidad educativa. Toda trasgresión debe ser informada al Inspector General respectivo, quien adoptará las medidas del caso.

r. Acompañar y prestar primeros auxilios al alumno que haya sufrido un accidente durante los períodos de recreos o en clases y en caso necesario cuando así lo determine el Inspector General o Directora, acompañar al alumno al centro de atención médica.

s. Colaborar con el Inspector General a las horas de ingreso y salida de los alumnos. t. Anotar en el libro correspondiente, la salida de todo alumno que se produzca antes de la finalización

de la jornada, con indicación de la persona que lo retira señalando el nombre de la autoridad que lo permite.

u. Deberá tomar y cuidar el curso asignado por el Director o inspector general, en caso de ausencia de algún profesor.

11.4 MECANISMOS DE COMUNICACIÓN 11.4.1 Los Padres y/o Apoderados de nuestro Establecimiento Educacional deben cumplir con el deber de

informarse y conocer las disposiciones reglamentarias del Colegio en la página web del establecimiento: www.hellenscollege.cl.

11.4.2 Los Padres y/o Apoderados recibirán de nuestro establecimiento educacional la agenda escolar de manera gratuita para todos los estudiantes. Es responsabilidad de los Padres y/o Apoderados la revisión y firma diaria de esta.

11.4.3 La firma e información registrada en la ficha de matrícula (la cual se debe actualizar cada vez que sea necesario), debe coincidir con la firma del registro de observaciones, agenda y todo informe o comunicación entre el Apoderado y el Establecimiento. Los datos consignados en la ficha de matrícula y otros documentos deben ser fidedignos, para garantizar la gestión eficiente del establecimiento educacional.

11.4.4 Toda actividad y/o cambio de actividad será dada a conocer a nuestro padres y apoderados por intermedio de informativos impresos, los cuales además serán publicados en los paneles informativos ubicados a la entrada del establecimiento.

11.4.5 Cada funcionario de nuestro establecimiento educacional cuenta con un correo electrónico institucional, el cual puede ser utilizado como mecanismo de comunicación, sin que este exima a los Padres y/o Apoderados de la obligatoriedad de asistir a las entrevistas programadas con los distintos estamentos.

11.4.6 Para facilitar un ambiente de respeto y cordialidad en la comunicación entre todos los actores de la comunidad educativa a continuación se establecen los canales de comunicación que permiten exponer o intercambiar ideas, puntos de vista en relación con situaciones que ameritan ser conocidas por los diferentes actores e instancias del Colegio.

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11.4.7 Libro de Sugerencias, Felicitaciones y Reclamos. Está orientado a canalizar situaciones imprevistas que

requieran la atención de las autoridades del colegio, al cual se puede acceder en secretaría. El objetivo general de este sistema es conocer oportunamente la cantidad y frecuencia de las comunicaciones hacia el colegio, para lograr altos niveles de gestión frente a las principales y pertinentes demandes de nuestros Padres o Apoderados.

11.4.8 Entrevistas Individuales. El Profesor Jefe planificará a lo menos una entrevista individual semestral con el apoderado de cada estudiante de su curso, con el propósito de informarles el estado actual de rendimiento, avances observados y establecer compromisos necesarios para lograr mejoras.

11.4.9 Reuniones grupales. Corresponden a instancias formales a las que concurren más de un apoderado con Docentes y/o Directivos del Establecimiento. Las instancias programadas se informarán por medio de comunicaciones escritas y publicación en la página web del Colegio y serán las siguientes:

a. De curso: Se efectuará a lo menos dos por semestre lectivo en cada curso participando la totalidad de

los Padres o Apoderados del respectivo curso con el Profesor Jefe.

b. Del CEPA: Se efectuará al menos una reunión semestral, participando la mayoría absoluta de la

Directiva del CEPA, los delegados de cada curso y un representante de la Dirección.

11.4.10 Con respecto a las situaciones imprevistas que requieran de una reunión entre alguno de los organismos mencionados previamente y las autoridades del Colegio, deberán solicitarlo por escrito, con al menos 5 días hábiles de anticipación, señalando el tema que será abordado y la(s) personas que se requiera estén presente.

11.5 DEL RETIRO DE ESTUDIANTES DURANTE LA JORNADA ESCOLAR

Los estudiantes deben permanecer en el establecimiento hasta el término de la jornada escolar. Solo podrán ser retirados, en forma presencial, por las personas autorizadas en la ficha de matrícula, y cuya fotocopia del carnet debe estar en Inspectoría General, quienes deberán presentar su cédula de identidad y firmar el libro de retiros.

11.5.1 No se realizarán retiros en los siguientes horarios:

a. Recreos (PRE KÍNDER A 7° BÁSICO): de 9:30 hrs. a 9:55 hrs. y desde las 11:25 hrs. a las 11:45 hrs. b. Recreos Enseñanza Media (8° BÁSICO A 4° MEDIO): de 10:15 hrs. a 10:40 hrs. y de las 12:10 hrs. a

12:30 hrs c. Colación: desde PRE KÍNDER HASTA 7° BÁSICO de 12:00 a 14:00 hrs. y faltando UNA hora y/o menos

para el término de la jornada. d. Colación: desde 8° BÁSICO HASTA 4° MEDIO: de 14:00 hrs. hasta las 15:00 hrs. y faltando UNA hora

y/o menos para el término de la jornada. e.

11.5.2 No se autoriza el retiro de estudiantes solicitado por medio de llamado telefónico o comunicación escrita. Si el apoderado está imposibilitado de presentarse él o algún familiar autorizado para el retiro, se podrá hacer siempre y cuando se presente previamente a la fecha del retiro y se tome registro por personal autorizado en el Libro de “Actas para Justificativos de Inasistencias y Retiros”.

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11.6 PRESENTACIÓN PERSONAL Se espera una presentación personal adecuada, el uso correcto y limpio del uniforme. Esto implica:

11.6.1 Damas:

a. Pelo tomado y limpio, sin accesorios llamativos y sin tinturas ni peinados extravagantes. b. Sin maquillaje facial. c. Uñas cortas y sin pinturas. d. Sin pulseras, aros largos, piercing, expansiones ni tatuajes visibles. e. Está prohibido el uso de lentes de sol en las salas de clases, ropas de color, u otros que no se ajusten

plenamente a las disposiciones internas del establecimiento. f. Si como medida de protección a las condiciones climáticas, se usan gorros de lana, bufandas o cuellos,

éstos deben ser de color azul marino y lisos. 11.6.2 Varones:

a. Pelo limpio, peinado y con corte tradicional con las orejas y el cuello de la polera despejado, sin tinturas.

b. Debidamente afeitados sin barbas ni bigotes. c. Sin aros, piercing, expansiones ni tatuajes visibles. d. El uso de prendas no autorizadas en el uniforme escolar, serán retiradas a los estudiantes y entregadas

a sus apoderados de manera presencial, con el compromiso de no recaer en la falta cometida. e. Si por motivos de fuerza mayor el estudiante debe concurrir a clases con ropa no autorizada, es

obligación de los padres y/o apoderados enviar una comunicación explicativa al respecto.

11.6.3 Para los “Jeans Day” la presentación personal deberá ser la siguiente: a. Jeans negro, azul o celeste, sin tratamientos ni orificios. b. Polera de pique Institucional. c. Polerón o polar Institucional. d. Zapatos negros de colegio u/o zapatillas de un solo color.

11.6.4 Para los “Fashion Day” la presentación personal deberá ser la siguiente:

a. Ropa de calle a elección sin el uso de accesorios, tales como aros, piercing, escotes, etc. b. Se prohíbe el uso de pañuelos y pañoletas de color.

11.6.5 Todos los útiles y prendas de vestir de los estudiantes deberán estar debidamente marcados con

indicación de sus nombres completos y visibles. 11.6.6 Los estudiantes deben responsabilizarse por el cuidado y resguardo de sus materiales y prendas de

vestir, debiendo retirarlas al término de la jornada escolar. No se permitirá el ingreso de estudiantes o apoderados a buscar materiales de estudio u otros elementos luego de finalizado el horario de clases.

11.6.7 Los objetos extraviados deben ser recogidos y entregados en el lugar que el establecimiento designe para estos efectos. El establecimiento no se responsabilizará ni repondrá el valor material de los objetos que se extravíen en el establecimiento.

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11.7 DE LAS AUSENCIAS A LA JORNADA ESCOLAR 11.7.1 Se tomará la asistencia al inicio de cada Jornada Escolar, como asimismo, al inicio de cada hora lectiva,

las cuales quedarán registradas en el Libro de Clases de cada curso. 11.7.2 La ausencia a la Jornada Escolar de un/a estudiante deberá ser justificada de las siguientes formas:

a. El apoderado deberá justificar, personalmente, ante el Inspector/a del ciclo correspondiente. b. Entregando licencia médica al Inspector/a del ciclo u/o al profesor jefe, el mismo día que el estudiante

se reintegre a clases. c. La recepción de licencias médicas entregadas en portería serán registradas por Inspectoría General en

un libro especialmente habilitado para este registro. El docente que recepcione licencias médicas, deberá regístralo en la hoja de vida del estudiante.

11.7.3 La ausencia por más de 3 días por razones de enfermedad del estudiante, además de la justificación escrita del apoderado, requerirá de la presentación del certificado médico. No serán aceptadas las justificaciones a través de comunicaciones escritas, llamadas telefónicas ni por correo electrónico.

11.7.4 Todo certificado médico debe ser entregado en un plazo máximo de 48 horas. No se registrarán los certificados médicos emitidos con fecha posterior a las inasistencias.

11.7.5 La ausencia de clases como consecuencia de alguna enfermedad contagiosa, obliga al apoderado a comunicar este hecho al Profesor/a Jefe o Inspector/a de Ciclo correspondiente dentro de las 24 horas siguientes al diagnóstico de la misma, permaneciendo el/la estudiante sin asistir al Colegio hasta que cuente con una certificación médica que indique el alta respectiva. El alumno que contemple 20 días consecutivos de inasistencias sin justificación, perderá su calidad de alumno regular, siendo retirado del registro escolar. Durante el periodo de ausencias del alumno el establecimiento realizará todas las gestiones necesarias para comunicarse con el apoderado y conocer las razones de las ausencias (llamadas telefónicas, carta certificada).

11.7.6 Los apoderados, bajo ninguna circunstancia, deberán enviar a sus pupilos/as al establecimiento estando enfermo.

11.7.7 Si por determinación médica, el estudiante no está en condiciones de participar en las clases de Educación Física, es obligación del Apoderado presentar a Inspectoría General o al Profesor(a) de Asignatura el certificado médico correspondiente en que se indique la razón y el período durante el cual el estudiante será eximido.

11.7.8 Realizar viajes de carácter personal durante el año escolar corresponde a una actividad no contemplada y que no se ajusta a la planificación académica del Colegio, por lo que son de exclusiva responsabilidad del/la estudiante y su apoderado. La inasistencia podría incidir en su promoción.

11.7.9 El apoderado del/la estudiante que se ausente por razones de carácter personal, tendrá la obligación de dejar constancia por escrito en la Inspectoría General del Ciclo correspondiente, a lo menos con una semana de anticipación a su realización, con el objeto de poder proceder acorde al Reglamento de Evaluación.

11.7.10 Aquellos/as estudiantes que realicen viajes de carácter personal durante el año lectivo, deberán cumplir con todos los trabajos que le han sido encargados (a nivel de UTP y profesores), antes y después de realizado el viaje.

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11.8 DE LA ASISTENCIA A CLASES Y PUNTUALIDAD 11.8.1 Los estudiantes tienen la obligación de asistir regular y puntualmente a sus clases, así como de participar en

todas las actividades de carácter educativo y cultural que desarrollen dentro y fuera del establecimiento.

11.8.2 Los estudiantes debe ingresar puntualmente al Colegio, a sus clases e incorporarse de la misma forma a todas y

cada una de sus actividades escolares, sea dentro o fuera del Colegio. Aquellos estudiantes que se incorporen

atrasados al inicio de la Jornada Escolar podrán ingresar a sus cursos y participar en sus clases una vez terminada

la Lectura Silenciosa. Sin perjuicio de lo anterior, este hecho será considerado como una falta que quedará

registrada en la nómina de atrasos que se incorpora en el libro de clases semanalmente.

11.8.3 Todo estudiante que ingrese al establecimiento después de las 10:00 horas debe ser acompañado por su

apoderado, quedará ausente en la planilla de asistencia diaria del libro de clases. Si un estudiante se presenta

sin su apoderado y sin certificado médico de atención, después de las 10:00 horas, solo será permitido su

ingreso al establecimiento y podrá participar de las actividades académicas regulares de su curso cuando se

establezca comunicación con su apoderado, tiempo en el que deberá permanecer en un lugar designado por el

colegio.

11.8.4 Frente a las inasistencias a evaluaciones, regirá lo dispuesto en el “Reglamento Interno de Evaluación y

Promoción Escolar” del establecimiento.

Los Padres y/o Apoderados pueden tener la seguridad de que sus hijos no serán devueltos a sus casas antes del

término de cada jornada, esto porque se desea velar por su seguridad personal. Si se produce algún

imponderable se notificará mediante comunicación escrita y/o llamado telefónico cuando sea necesario

suspender las actividades.

Se hace presente que en ningún caso se devolverá a los estudiantes a sus casas a consecuencia de un atraso.

La reiteración de atrasos de estudiantes desde 3° Básico hasta 4° Medio se tratará de la siguiente manera:

a. Verificado el tercer atraso anual: Conversación y compromiso con el/la Estudiante, que quedará registrado en el

Libro de Atención y Compromisos de estudiantes en Inspectoría General del Ciclo correspondiente, esta gestión

será realizada por el/la inspectora del nivel u/o inspector/a general.

b. Verificado el sexto atraso anual: Citación al apoderado para justificar los atrasos registrados y realizar

compromiso de cumplimiento con la normativa del presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar, que

quedará registrado en el Libro de Actas de Atención de Apoderados de Inspectoría General del ciclo

correspondiente, esta gestión será realizada por el/la Inspector/a de nivel u/o el/la Inspector/a general.

c. Verificado el noveno atraso anual: Citación al apoderado para firmar la Condicionalidad de la Matrícula para el

año en curso, esta gestión será realizada por el/la Inspector/a General.

d. Verificado el quinceavo atraso anual: Citación al apoderado para firmar la Condicionalidad Extrema de la

matrícula del año en curso, esta gestión será realizada por el/la Inspector/a General.

11.8.5 De acuerdo a lo estipulado por el Ministerio de Educación, se espera que el estudiante cumpla como mínimo con

un 85% de asistencia para ser promovido a un curso superior.

Las inasistencias se registran en el libro de clases. La presentación de licencia médica o justificación de una

ausencia por parte de los padres y/o apoderados no implica la modificación del registro legal. Por tanto, el

estudiante que tuviera menos del 85% de asistencia a clases podrá ser promovido (con un artículo especial),

pero este registro de asistencia no será modificado para beneficios efectos tributarios de padres y

apoderados.

11.8.6 El establecimiento velará por el cuidado integral de sus miembros, por lo cual cada vez que un estudiante llegue

en un estado de salud deficiente, será mantenido en la sala de primeros auxilios hasta que sea retirado por su

apoderado.

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11.9 CONSIDERACIONES GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO

11.9.1 El colegio entiende que la labor educativa es un trabajo en equipo y por lo tanto, debemos entender que el Padre y/o Apoderado también cumple ciertos roles y funciones que no pueden ser reemplazadas, ni siquiera por la unidad educativa. Es el Padre y/o Apoderado quien debe apoyar y controlar que haya una continuidad en el trabajo que desarrollaremos.

11.9.2 Los padres de los estudiantes serán sus apoderados por derecho propio, siendo uno de ellos el titular, el cual quedará registrado como tal en el momento de matricular y deberá designar a un apoderado suplente para situaciones especiales, los cuales para efectos del colegio serán los únicos interlocutores válidos en el tratamiento de las materias académicas y disciplinarias relativas a ese estudiante. En la eventualidad de que alguno de los padres fuere imposibilitado legalmente de ejercer su derecho como apoderado del estudiante, se deberá informar al momento de la matrícula con la documentación meritoria de la situación (Certificado del Tribunal de Familia).

11.9.3 En casos excepcionales, cuando el estudiante no viva con sus padres podrá ser otra persona el tutor legal, situación que deberá acreditar con la documentación legal correspondiente, al momento de la matrícula.

11.9.4 Los Apoderados están obligados a respetar el conducto regular frente a cualquier situación especial relacionada con su estudiante (situaciones disciplinarias, académicas). Este conducto es:

11.9.5 No se permitirá el ingreso de los padres y/o apoderados a las zonas académicas o zonas de estudiantes sin la

debida autorización y respetando los protocolos establecidos.

11.9.6 En caso de existir un conflicto al interior del colegio entre un estudiante y otro miembro de la comunidad

educativa, el padre y/o apoderado debe seguir el conducto regular de comunicación establecido en el presente

Manual de Convivencia.

11.9.7 No está permitido tomar fotografías ni realizar grabaciones de clases u otras actividades internas en forma visual

y/o auditiva, sin consentimiento del equipo directivo, docentes o estudiantes, con el fin de respetar el derecho a

la intimidad y como medida precautoria del uso y difusión de imágenes dentro y fuera del colegio que atenten

contra la dignidad de cualquier miembro de la comunidad.

11.9.8 Los padres, apoderados y representantes legales de los (as) estudiantes serán responsables civiles en los

términos previstos en las leyes. En caso necesario la Corporación Educacional se reservará el derecho de realizar

una demanda civil a los padres y/o apoderados del (la) estudiante o a su representante legal.

11.9 .9 Al firmar los documentos referidos a la matrícula, el apoderado se hace responsable solidario de los daños

materiales ocasionados por el (la) estudiante, en situaciones debidamente calificados por la Dirección del

Colegio. Deben cuidar que sus pupilos den un trato correcto a las instalaciones, equipos y, en general, a los

recursos del Colegio.

11.9.10 Los padres y/o Apoderados deberán retirar a sus estudiantes cuando estos se encuentren enfermos(as), a

solicitud del personal del establecimiento.

SITUACIONES DE DISCIPLINA SITUACIONES ACADÉMICAS

Profesor de asignatura Profesor de asignatura

Profesor Jefe Profesor Jefe

Inspector/a de Nivel Unidad Técnico Pedagógica

Inspectoría General Director/a

Director/a

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11.9.11 Una vez concluida la jornada de clases, es responsabilidad del Apoderado hacerse cargo de su Educando. Esto

también incluye a los estudiantes que se transportan en furgones escolares, ya que son los Apoderados los

encargados de fiscalizar este servicio, pues es externo al colegio. En caso de registrar un retraso superior a 30

minutos desde el horario informado de salida, se procederá a dejar registro de esta situación en el libro de actas

de Inspectoría General y/o Portería.

11.9.12 El Establecimiento no se responsabilizará de los estudiantes, una vez finalizada la jornada de clases o las

actividades extracurriculares, ni dispondrá de un funcionario exclusivo para cuidar a los estudiantes que

permanezcan en el colegio en espera del inicio de estas actividades.

11.9.13 El establecimiento educacional realizará mezclas de curso en el nivel que considere pertinente. Esta mezcla será

considerando aspectos pedagógicos y conductuales de los estudiantes, en función de mantener la

homogeneidad de los cursos.

11.9.14 En las reuniones de Padres y Apoderados se tratarán los temas generales vinculados al curso, mientras que los

temas específicos que se vinculen a un estudiante en particular, se tratarán en reuniones privadas con el

Profesor Jefe y/o Jefe de UTP de Ciclo respectivo.

11.9.15 Los Padres y/o Apoderados deben colaborar y apoyar la gestión institucional evitando que su pupilo ingrese al

Establecimiento con audífonos de cualquier forma y tamaño, Mp3, Mp4, celulares, radios, u otros reproductores

de música, juegos electrónicos, piercing, expansiones, aros llamativos, pañuelos de cualquier color, gorros de

cualquier tipo y color, joyas, bebidas y/o sustancias ilícitas. Además, de estar prohibido, el establecimiento no se

responsabilizará por la pérdida de éstos.

11.9.16 Cumplir oportunamente con las indicaciones de derivaciones y tratamientos externos sugeridos por el colegio y

la presentación de los informes correspondientes en los tiempos establecidos es responsabilidad de los Padres

y/o Apoderados. En relación al tratamiento recomendado por el especialista tratante, son los Padres y/o

Apoderados quienes decidirán si lo llevarán a cabo o no. La decisión debe ser informada al momento de la

entrega del informe al establecimiento.

11.9.17 Los padres y/o apoderados deben cumplir con el siguiente protocolo para la entrega de documentos médicos en

relación a evaluación diferenciada, la cual procederá a hacerse efectiva desde el momento de su recepción en

adelante, entendiendo que nuestro establecimiento educacional no cuenta con proyecto de Integración, por

tanto no existe personal específico para Necesidades Educativas Especiales.

INFORME MÉDICO DE

NEURÓLOGO Y/O

PSIQUIATRA

UNIDAD TÉCNICO

PEDAGÓGICA

PROFESOR/A JEFE

JEFE DE UTP DEL CICLO

CORRESPONDIENTE

EL PROFESOR/A LO ENTREGARÁ A UTP,

QUIEN CITARÁ AL APODERADO

CITARÁ AL APODERADO PARA

FIRMAR COMPROMISO EDUCATIVO

RELATIVO A LA EVALUACIÓN

DIFERENCIADA

LO DIFUNDIRÁ A TODOS LOS

DOCENTES MEDIANTE EL CORREO

INSTITUCIONAL Y/O EN CONSEJO DE

PROFESORES

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11.9.18 Los Padres y/o Apoderados deberán proporcionar los antecedentes de tratamientos, evaluaciones psicológicas,

psicopedagógicas u otros necesarios para una eficaz toma de decisiones en los procedimientos académicos.

Cada año esta situación debe ser actualizada por los Padres y/o Apoderados.

11.9.19 Todo estudiante que esté en Jornada Escolar Completa debe almorzar dentro del establecimiento y es

obligación del Apoderado velar porque su pupilo traiga su almuerzo en la hora que corresponde y en los casos

necesarios. No se aceptará el ingreso de apoderados para cumplir esta función, ni se recepcionarán estos en los

horarios de clases.

11.9.20 Aceptar y valorar las indicaciones del Colegio, así como adoptar las medidas correspondientes en el caso que su

pupilo(a) no cumpla con las normas de rendimiento y/o comportamiento del establecimiento.

11.9.21 Aceptar la idoneidad profesional del personal docente del Colegio, y asumir que la labor de ellos es fundamental

en la formación de su pupilo.

11.9.22 Reconocer que la visión que el profesor(a) o directivo tenga de un(a) estudiante puede ser diferente a la de sus

padres, pues se relaciona con ellos en un entorno diferente.

11.9.23 El apoderado debe mantener interés permanente por la formación conductual, académica, socio-afectiva y ética

de su pupilo(a), para la consecución de su desarrollo integral.

11.9.24 Los apoderados que en sus relaciones con el personal del establecimiento educacional tuvieran actuaciones

impropias al rol que les corresponde, no podrán continuar como representantes de su pupilo(a), si la Dirección

una vez calificado el caso, así lo dispusiere.

11.9.25 Todos los estudiantes podrán optar a la clase de Religión. El Establecimiento Educacional imparte educación laica orientada hacia la formación de valores, sin tendencias hacia ninguna de las religiones profesadas en nuestro país.

11.10 DISPOSICIONES REFERIDAS A LA ALIMENTACIÓN USO DEL CASINO 11.10.1 El colegio cuenta con un recinto de Casino habilitado para que los estudiantes almuercen. 11.10.2 Los estudiantes están autorizados para ingresar al Colegio con su almuerzo personal (Lonchera) al

inicio de la Jornada Escolar, siendo de exclusiva responsabilidad del apoderado y del estudiante, la manipulación y conservación de dichos alimentos.

11.10.3 El colegio no se hace responsable por la recepción ni entrega de almuerzos para los estudiantes. Es de exclusiva responsabilidad de padres y/o apoderados y estudiantes.

11.10.4 Para una atención más eficiente, el Colegio, teniendo en consideración la capacidad del Casino, el número de estudiantes y niveles, dispondrá horarios diferidos de almuerzo.

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12. DISPOSICIONES REFERIDAS A ADMISIÓN, MATRÍCULA Y ARANCELES 12.1 PROCESO DE ADMISIÓN DE LOS ESTUDIANTES NUEVOS 12.1.1 El proceso de postulación se extenderá para todos los interesados en formar parte del Proyecto

Educativo Institucional. 12.1.2 Se dará inicio al periodo de inscripción el mes de Agosto y el término será cuando se completen las

vacantes disponibles. 12.1.3 El apoderado que desee postular deberá registrarse en el en el libro de postulación que se encontrará

disponible en secretaría. 12.1.4 La selección de los estudiantes se efectuará según orden de llegada concediendo prioridad a los

hermanos de los alumnos(as) del Colegio e hijos de funcionarios. 12.1.5 Se comunicará vía telefónica a los apoderados del alumno (as) aceptados. Notificando el día y hora

para una entrevista con la encargada del proceso de admisión, quien hará entrega de: ficha de matrícula, documentos que deben adjuntar y plazo de entrega para formalizar la matrícula.

12.1.6 Los apoderados que no asistan a la entrevista; el colegio se reserva el derecho de ocupar la vacante (se llamará a los apoderados de los estudiantes que se encuentran en lista de espera).

12.1.7 Criterios de Postulación: El colegio inscribirá a todos los postulantes de los cursos señalados que deseen formar parte del colegio. Sin embargo, es importante tener presente el número de vacantes que el establecimiento dispone. (Información disponible en: pizarra y página web del colegio).

12.1.8 Documentación Requerida: Para formalizar inscripción debe entregar los siguientes documentos:

Certificado de nacimiento (actualizado)

Para Extranjeros Documento que acrediten identidad y edad del postulante.

Certificado validación de estudios, documento emitido por el MINEDUC

Identificador Provisorio, documento entregado por el Departamento Provincial de Educación Santiago Norte (San Martín 642)

12.1.9 Es importante destacar: El Establecimiento no cuenta con proyecto de integración y la capacidad para la enseñanza básica y media es de 45 estudiantes por salas. A partir de la fecha de confirmación el apoderado será informado del plazo para formalizar la matrícula, de lo contrario, el colegio se reserva el derecho de ocupar la vacante.

12.2 PROCESO DE MATRICULA ESTUDIANTES ANTIGUOS 12.2.1 La renovación de matrícula se efectúa en forma anual y conforme al calendario oportunamente

establecido e informado por la Dirección, a través de la página web de Colegio y en reuniones de Apoderados.

12.2.2 La renovación de matrícula de los estudiantes regulares del Colegio, debe efectuarse de manera presencial exclusivamente por los padres y/o apoderados.

12.2.3 Debe llenar, firmar y entregar los documentos solicitados (Ficha de Matrícula, Pagaré legalizado, 4 fotos tamaño carnet y fotocopia de cedulas de identidad de adultos autorizados para retirar al estudiante).

12.2.4 Se asume que el apoderado conoce que es su responsabilidad el informarse oportunamente de las fechas asociadas a dicho proceso, por lo tanto, una vez finalizado el plazo de renovación, el Colegio se reserva el derecho de disponer de las vacantes de aquellos estudiantes que no hayan formalizado la renovación de su matrícula.

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12.2.5 El colegio se reserva la facultad de reubicar estudiantes en otro curso de igual nivel en los casos que

sea necesario, así como de abrir o cerrar cursos, tanto por razones pedagógicas, administrativas o de otra especie.

12.3 DEL RETIRO VOLUNTARIO DE ESTUDIANTES. 12.3.1 Si el apoderado decide retirar a un(a) estudiante del Colegio durante el año lectivo deberá manifestar

su intención a la Dirección del Colegio, con el propósito de regularizar administrativamente dicho retiro. Esta intención y los motivos quedaran registrados en el libro de actas de UTP u/o Inspectoría General.

12.3.2 Al acoger el retiro voluntario, el estudiante automáticamente liberará la vacante para el año lectivo siguiente.

12.3.3 Cualquier causal de retiro no se realizarán devoluciones de valores cancelados por concepto de colegiatura.

12.4 DOCUMENTOS SOLICITADOS PARA FORMALIZAR MATRÍCULA:

Certificado de Nacimiento

Ficha de Matrícula (Completar con letra comprensible)

Pagaré (Legalizado ante notario)

3 Fotos tamaño carnet (nombre , cédula de Identidad)

Fotocopia del Carnet de Identidad de las personas autorizadas para el retiro.

Informe de Párvulos ( primer semestre)

Informe de Notas (primer semestre)

12.5 ARANCELES FINANCIAMIENTO COMPARTIDO 12.5.1 Se publicará en el mes de marzo de cada año, el monto real pertinente al Financiamiento

Compartido, todo esto debido a que el arancel se calcula de acuerdo a la variación experimentada por el valor la UF correspondiente al mes de marzo.

12.5.2 El establecimiento sólo recibirá cheques al día, los cuales deben ser emitidos a nombre de Corporación Educacional Hellen´s College (se recibirán cheques sólo de apoderados titulares de la cuenta).

12.6 EDAD REGLAMENTARIA PARA PARTICIPAR DEL PROCESO DE ADMISIÓN

La Edad Reglamentaria para participar del proceso de admisión es el siguiente:

Pre Kínder Los postulantes deberán tener 4 años cumplidos al 31 de marzo del año lectivo.

Kínder Los postulantes deberán tener 5 años cumplidos al 31 de marzo del año lectivo.

1° Básico Los postulantes deberán tener 6 años cumplidos al 31 de marzo del año lectivo.

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13. REGLAMENTO INTERNO DE BECAS En cumplimiento de la normativa vigente, se elabora el siguiente Reglamento Interno de Becas, requisito obligatorio para los Establecimientos Educacionales adscritos al sistema de financiamiento compartido.

Con el objetivo y el ánimo de favorecer y estimular a aquellos alumnos/as con situación socio-económica insuficiente, por una parte y por otra para premiar la excelencia académica y el mérito deportivo, artístico o cultural, implementa una normativa interna y propia que regula y organiza un sistema de becas escolares a sus alumnos.

De acuerdo a lo establecido en la normativa legal vigente, dos tercios de las becas se destinarán para alumnos con problemas socioeconómicos y un tercio para los alumnos de buen rendimiento académico y/o destacado en el ámbito deportivo, artístico o cultural y que presenten problemas socioeconómicos.

13.1 DE LAS POSTULACIONES Las postulaciones a exención de pago de mensualidad escolar se realizarán todos los años, en el mes de noviembre del año anterior al período por el cual se desea la exención. El haber recibido el beneficio durante un período, no asegura, bajo ninguna circunstancia, su obtención para el siguiente año académico.

13.1.1 Fechas de postulaciones: Comenzarán el primer lunes de noviembre del año anterior al período de exención, mediante el retiro y la devolución de los formularios elaborados para tal caso y la documentación de apoyo y se extenderán hasta el 31 de marzo del año de exención.

13.1.2 De los requisitos de postulación: a. Podrán postular al beneficio de la exención de arancel todos los alumnos cuya situación

socioeconómica sea deficitaria y cuyo rendimiento académico sea regular a destacado (Sobre promedio 6.0).

b. Excepcionalmente se podrá becar a un estudiante, cuya familia postule a la exención de arancel y que presente un desempeño destacado en el plano deportivo, artístico y/o cultural.

c. Los hijos de funcionarios del Establecimiento que tengan contrato vigente con una antigüedad superior a un año.

d. También podrán postular, presentando todos los antecedentes, aquellas familias que tengan 3 o más hijos en el Establecimiento Educacional a las que en caso de obtener la beca, se otorgará el descuento de la mensualidad de uno de los tres hermanos.

e. Será requisito de postulación para todas las familias, el contar con un historial intachable de responsabilidad y compromiso de parte del apoderado

13.1.3 De quienes no pueden participar en el proceso: No podrán postular a la exención de arancel de mensualidad, aquellos estudiantes:

a. Que tengan las asignaturas de Lenguaje o Matemáticas con promedio final bajo 4.0 durante el año anterior al año de exención de arancel (Para postulaciones por desempeño académico)

b. Cuyos apoderados presentaron documentos o información adulterada o falsa, en la postulación a Beca del año anterior.

c. Cuyos apoderados mantengan deudas en el colegio al momento de presentar su postulación o hayan sido enviados a cobranza

d. Los alumnos y apoderados que no cumplan con estos requisitos serán automáticamente eliminados del proceso, a excepción de aquellos estudiantes que se encuentren en condición de vulnerabilidad, según lo dictaminado por la JUNAEB.

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13.1.4 De los antecedentes de postulación: Los apoderados podrán postular al beneficio mediante la presentación de un formulario de solicitud, el cual podrán retirar en Secretaría del Establecimiento. Además, deberá presentar los siguientes antecedentes, sin exclusión:

a. Registro Social de Hogares (Obligatorio para quienes postulan por condición social). b. Certificado de nacimiento del estudiante que postula. c. Fotocopia de la Cédula de identidad o certificado de nacimiento de todos los integrantes del grupo

familiar. d. Certificado de estudios del padre y la madre. e. Comprobante de ingreso económico de los miembros del grupo familiar que lo perciban:

liquidación de sueldo, liquidación de pensión (invalidez, familiar, asistencial), declaración de impuestos, fotocopia de libreta de depósito de pensión alimenticia, etc., de los 3 últimos meses.

f. En caso de ser trabajador independiente, declaración jurada de ingresos y última declaración de impuestos.

g. Fotocopia legalizada del finiquito de trabajo, si se encuentra cesante. h. Comprobante de pago de arriendo o crédito hipotecario (dividendo) o declaración jurada simple

en caso de ser allegado. i. En caso de ser allegado, certificado de residencia del dueño de la casa en donde viven. j. Libreta de postulación al subsidio habitacional sólo si se encuentra en proceso. k. Certificados médicos en caso de enfermedad crónica, limitante, operaciones u hospitalizaciones

que demanden altos gastos, acreditados por médico competente. l. Certificado de A.F.P m. Fotocopia simple de la cédula de identidad del apoderado, por ambos lados. n. Comprobante de matrícula o pago de arancel del colegio o educación superior de los integrantes

del grupo familiar, que correspondan al año. o. Fotocopia de gastos mensuales de los tres últimos meses (arriendo o dividendo, agua, electricidad,

gas, teléfono, etc.) p. Estimación de gastos mensuales en: salud, vestuario, educación, alimentación, transporte escolar,

deudas, todo acreditado con documentos y boletas (completar planilla de Ingresos y Egresos entregada junto al formulario).

q. En caso de pertenecer a FONASA tramo A, Chile Solidario y/o programa Puente, adjuntar antecedentes actualizados.

r. Certificado de alumno regular de hermanos que estudien en otras escuelas, colegios o instituciones de educación superior.

13.1.5 Cada postulación deberá adjuntar los documentos que acrediten y respalden la información solicitada

en el presente reglamento, cómo además cualquier otro documento que el postulante estime necesario incluir en su solicitud. Los documentos deben ser presentados en originales o fotocopias legalizadas ante notario y no serán devueltos después de terminado el proceso de becas.

13.1.6 Cuando se postule por más de un estudiante, se deberá presentar una ficha de postulación por cada uno de ellos, anexando, en una copia, los papeles solicitados.

13.1.7 Tanto la madre como el padre o apoderado legal del estudiante que postula al beneficio de la exención de pago, declaran que son responsables de la veracidad de la información entregada al Establecimiento Educacional.

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13.1.8 El Establecimiento Educacional se reserva el derecho de verificar la autenticidad y veracidad de los documentos e información proporcionada por los apoderados. Esto es sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales correspondientes que puedan existir.

13.1.9 Los apoderados que presenten documentos o información adulterada o falsa, automáticamente serán excluidos de postular a la eximición de arancel para el próximo año.

13.1.10 Al momento de postular y entregar la documentación, es deber del apoderado asegurarse de que todos los antecedentes solicitados están presentes; la persona encargada de recepción sólo se limitará a recibir los documentos y en ningún caso será su responsabilidad revisar documentación o la falta de alguno de los documentos requeridos.

13.2 COMISIÓN DE ANÁLISIS DE ANTECEDENTES 13.2.1 Para la recepción, análisis de antecedentes y entrega de resultados, se constituirá una “Comisión de

Calificación y Selección de Becas”, la cual estará conformada por las siguientes personas y cargos que desempeñan en el establecimiento: a. Sostenedor o quién designe. b. Inspector general c. Psicólogo(a)

13.2.2 Estas personas u otras que designe el sostenedor del colegio, serán las responsables de analizar los

datos de las postulaciones, asignando puntajes, según una escala determinada por Dirección, en los siguientes ítems:

a. Situación socio económica. b. Rendimiento académico. c. Cantidad de hermanos en edad escolar. d. Enfermedades catastróficas o crónicas (acreditadas) e. Escolaridad de los Padres f. Otros.

13.2.3 Una vez asignados los puntajes, se le otorgará el beneficio de exención de pago de mensualidad escolar a aquellas familias que posean los puntajes más altos. Los resultados se entregarán la segunda semana de clases para aquellos estudiantes que postulasen hasta el 15 de enero y la primera semana de abril para aquellos que lo hiciesen entre el 16 de enero y el 31 de marzo.

13.2.4 Sin prejuicio de lo anterior, el que un alumno(a) postule a una beca de arancel no significa que la obtenga automáticamente, aunque pertenezca a Programas de gobierno, ya que la asignación de becas se hace según tabla de puntajes.

13.3 DE LAS APELACIONES 13.3.1 Todo apoderado que hubiere presentado una solicitud de postulación y en caso de no estar de acuerdo

con el resultado de su solicitud puede hacer uso del recurso de apelación por escrito a la Dirección del Colegio, en un plazo no superior al 31 de marzo, para aquellas familias que presentaron sus postulaciones hasta el 15 de enero y, hasta el 20 de abril, para aquellos que presentaron su documentación hasta el 31 de marzo.

13.3.2 En caso de ser necesario, Dirección citará a entrevista personal, en horario a determinar para recabar más antecedentes sobre el caso.

13.3.3 La dirección traspasará los antecedentes al sostenedor o a quien delegue, y será quien resolverá en última instancia y sin derecho a recurso posterior, durante los 7 días hábiles siguientes.

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13.4 DE LA RENUNCIA VOLUNTARIA

13.4.1 En caso de retiro voluntario del Colegio de un alumno beneficiado o de renuncia voluntaria de un

alumno a la beca, la Comisión deberá proveer de inmediato el cupo, asignándole a uno o más alumnos el porcentaje de exención vacante.

13.4.2 En caso de la renuncia a la exención de arancel, el apoderado deberá presentar una renuncia por escrito, en donde consigne su nombre completo, su RUN, el nombre y RUN del niño becado y la del apoderado que ejecuta la renuncia, además de las razones para hacerlo.

13.4.3 se entenderá como renuncia al beneficio, el hecho de que un apoderado, habiendo sido citado a firmar su comprobante de exención de arancel, no se presentase en la fecha estipulada para ello, asignándosele, inmediatamente, el beneficio a otro alumno.

13.4.4 En caso de que un estudiante, por el motivo que fuese, se retirase del colegio y volviese durante el mismo año u otro posterior, la beca asignada no se mantiene, debiendo postular su apoderado, si así lo quisiese, para el periodo académico posterior.

13.5 DE LA REGULARIZACIÓN DE EXENCIÓN DE PAGO DE ARANCEL

13.5.1 Todo apoderado favorecido deberá firmar una constancia que acredite la obtención de beca, para

hacer válido el beneficio, debiendo cumplir impostergablemente con la fecha designada por Dirección para ello, informada a través de una comunicación al apoderado.

13.5.2 De no cumplir con este trámite en la fecha designada para ello, el establecimiento entenderá que el apoderado no está interesado en obtener el beneficio, por lo que inmediatamente se le asignará a otro alumno (a).

13.5.3 El establecimiento registrará en cada comprobante de pago de escolaridad emitido, a aquellos alumnos beneficiados con una exención, el porcentaje de la beca otorgada.

13.5.4 Toda situación no prevista en el presente reglamento interno de becas, será resuelta en primera instancia por la Comisión de Becas, en segunda instancia por la Dirección en conjunto con el sostenedor del Establecimiento.

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14. USO DEL UNIFORME 14.1 El Consejo Escolar de nuestro Establecimiento considera que el uso del uniforme y la presentación

personal de los estudiantes es una de las preocupaciones primordiales del hogar, tratando que nuestros estudiantes se destaquen en todo lugar por sus modales y su excelente presentación personal.

Nivel Varones Damas

Educación Parvularia (Pre kínder y Kínder)

Buzo Institucional Polera de pique Institucional. Zapatillas deportivas blancas o negras. Polar Institucional. Cotona Institucional. Parka azul.

Buzo Institucional Polera de pique Institucional. Zapatillas deportivas blancas o negras. Polar Institucional. Delantal institucional. Parka azul.

Nivel Varones Damas Educación Básica y Media

Pantalón plomo o gris de vestir, no apitillado.

Polera pique Institucional. Zapatos negros. Calcetines azules. Polar o Polerón Institucional. Parka azul.

Falda con tablas azul marino. Polera pique Institucional. Zapatos negros. Calcetines azules. Polar o Polerón Institucional. Parka azul. Se autoriza el uso de pantalón de vestir (no

pitillo) azul marino entre los meses de Mayo

- Agosto. Educación Física y Taller Deportivo.

Nivel Varones Damas

Educación Básica y Media

Buzo Institucional. Polera deportiva Institucional. Short Institucional. Zapatillas deportivas negras o blancas.

Buzo Institucional. Polera deportiva Institucional. Short Institucional. Calzas azul marino para talleres extra

programáticos. Zapatillas deportivas negras o blancas

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15. REGULACIONES REFERIDAS A LA SEGURIDAD Y RESGUARDO DE DERECHOS 15.1 PLAN INTEGRAL DE SEGURIDADAD ESCOLAR (PISE) 15.1.1 PRESENTACIÓN

El Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE) del establecimiento constituye una metodología de trabajo permanente, mediante la cual queremos lograr una planificación eficiente y eficaz de seguridad para la comunidad escolar, atendiendo las realidades de riesgos y de recursos del establecimiento educacional y un aporte sustantivo a la formación de una cultura preventiva, mediante el desarrollo proactivo de actitudes y conductas de protección y seguridad.

15.1.2 OBJETIVO GENERAL Proporcionar a los miembros de la Comunidad Educativa un ambiente de seguridad integral, contribuyendo a fortalecer actitudes de autocuidado y autoprotección, que les permita responder en forma adecuada en caso que se produzca una emergencia y/o catástrofe.

15.1.3 OBJETIVOS ESPECIFICOS a. Generar en la comunidad escolar una actitud de autoprotección, teniendo por sustento una

responsabilidad colectiva frente a la seguridad. b. Proporcionar a los estudiantes un ambiente de seguridad integral efectivo mientras permanecen en el

establecimiento. c. Constituir en nuestro establecimiento educacional un modelo de protección y seguridad, replicable en

el hogar y en el barrio. d. Diseñar las estrategias necesarias para que se dé una respuesta adecuada en caso de emergencia. e. Establecer un procedimiento normalizado de evacuación para todos los usuarios y ocupantes del

establecimiento educacional. f. Lograr que la evacuación pueda efectuarse de manera ordenada, evitando lesiones que puedan sufrir

los integrantes del establecimiento educacional durante la realización de ésta.

15.1.4 DEFINICIONES a. Alarma: aviso o señal preestablecida para seguir las instrucciones específicas ante la presencia real o

inminente de un fenómeno adverso. Pueden ser campanas, timbres, alarmas u otras señales que se convengan.

b. Altoparlantes: dispositivos electrónicos para reproducir sonido, son utilizados para informar verbalmente emergencias ocurridas en el edificio. Estos altoparlantes sólo serán ocupados por el jefe de emergencia o los guardias entrenados para tal efecto.

c. Amago de incendio: fuego descubierto y apagado a tiempo. d. Comité de seguridad escolar: Conjunto de personas encargadas de diseñar ejecutar actualizar y

difundir continuamente el Plan Integral de Seguridad Escolar.

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e. Coordinador de piso o área: es el responsable de evacuar a las personas que se encuentren en el piso o área asignada, y además guiar hacia las zonas de seguridad en el momento de presentarse una emergencia. El coordinador de piso o área reporta al coordinador general.

f. Coordinador general: autoridad máxima en el momento de la emergencia, responsable de la gestión de control de emergencias y evacuaciones del recinto.

g. Ejercicio de simulación: actuación en grupo en un espacio cerrado (sala u oficina), en la que se representan varios roles para la toma de decisiones ante una situación imitada de la realidad. Tiene por objetivo probar la planificación y efectuar las correcciones pertinentes.

h. Ejercicio de simulacro: ejercicio práctico "en un espacio abierto", efectuado bajo situaciones ficticias controladas, donde participa toda la comunidad educativa y se ejecutan todos los protocolos preventivos.

i. Emergencia: Situación imprevista que requiere una especial atención y debe solucionarse lo antes posible.

j. Evacuación: procedimiento ordenado, responsable, rápido y dirigido de desplazamiento masivo de los ocupantes de un establecimiento hacia la zona de seguridad de éste frente a una emergencia, real o simulada.

k. Extintores de incendio: aparato portable que contiene un agente extinguidor y un agente expulsor, que al ser accionado dirigiendo la boquilla a la base del incendio (llama), permite extinguirlo.

l. Iluminación de emergencia: medio de iluminación secundaria, que proporciona iluminación cuando la fuente de alimentación para la iluminación normal falla.

m. Incendio: fuego que quema cosa mueble o inmueble y que no estaba destinada a arder. Monitor de apoyo: son los responsables de evacuar a las personas de su sector, hacia las zonas de seguridad, al momento de presentarse una emergencia. El monitor de apoyo reporta ante el coordinador de piso o área.

n. Plan de emergencia y evacuación: conjunto de actividades y procedimientos para controlar una situación de emergencia en el menor tiempo posible y recuperar la capacidad operativa de la organización, minimizando los daños y evitando los posibles accidentes.

o. Red húmeda: es un sistema diseñado para combatir principios de incendios y/o fuegos incipientes, por parte de los usuarios o personal de servicio.

p. Sismo: movimiento telúrico de baja intensidad debido a una liberación de energía en las placas tectónicas.

q. Vías de evacuación: camino libre, continuo y debidamente señalizado que conduce en forma expedita a un lugar seguro.

r. Zona de seguridad: lugar de refugio temporal que ofrece un grado de seguridad frente a una emergencia, en el cual se puede permanecer mientras esta situación finaliza.

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15.1.4 COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR

El Comité de Seguridad Escolar de la Comunidad Escolar, a través de la representación de sus diferentes estamentos (alumnos, padres y apoderados, personal docente, Asistentes de la Educación) , tiene como misión lograr una activa y efectiva participación de sus miembros en las acciones de prevención, educación, preparación, ejercitación y atención de emergencias contempladas en el Plan Integral de Seguridad Escolar.

15.1.5 ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD

COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR:

(Nombre del Establecimiento)

HELLEN’S COLLEGE

DIRECTOR (A):

Jinny Castro Cienfuegos

COORDINADOR DE SEGURIDAD ESCOLAR:

Patricia Julio Osorio / Marco Aguilar Barra

Fecha de Constitución del Comité

20 de Diciembre de 2019

Firma Director Establecimiento

Comuna

Conchalí

Rol Base de Datos

10344-6

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15.1.7 NÓMINA DE COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR

NOMBRE ESTAMENTRO CARGO ROL

JINNY CASTRO CIENFUEGOS EQUIPO DE GESTIÓN DIRECTORA Responsable del PISE

PATRICIA JULIO OSORIO EQUIPO DE GESTIÓN INSP. GNERAL Coordina todas las actividades del PISE

MARCO AGUILAR BARRA EQUIPO DE GESTIÓN INSP. GENERAL Coordina todas las actividades del PISE

PAMELA CONTRERAS DOCENTE DOCENTE Encargada de supervisar el sector de básica durante

las actividades contempladas en el PISE

DAVID CORTÉS DOCENTE DOCENTE Encargada de supervisar el sector del patio techado

durante las actividades contempladas en el PISE

ALEJANDRA QUINTANA ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVA Encargada de supervisar el sector de media durante las

actividades contempladas en el PISE

MARIO VILLANUEVA ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVA Encargado recepcionar y ordenar a los alumnos en sus

respectivas zonas de seguridad

GLORIA CATALDO ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN

INSPECTORA Encargada de activar las alarmas en el sector de

enseñanza media

NANCY RUIZ ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN

INSPECTORA Encargada de apoyar la evacuación de los alumnos

en el sector de enseñanza básica

YAEL CONTRERAS ADMINISTRATIVO SECRETARIA Encargada del cierre de las puertas de acceso al colegio

y supervisar la evacuación en el sector de administración

PRESIDENTE CCAA ESTUDIANTIL ESTUDIANTIL Participan en la elaboración y difusión del PISE

PRESIDENTE CCPP PADRES Y APODERADOS PADRES Y APODERADOS Participan en la elaboración y difusión del PISE

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15.1.8 ORGANIGRAMA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR

15.1.9 RESPONSABILIDADES Y TAREAS DEL COMITÉ

a. Sensibilizar a la comunidad educativa respecto de la importancia de gestionar la seguridad en el colegio

y en los hogares.

b. Realizar el diagnóstico de amenazas, vulnerabilidad y capacidades en cada unidad educativa. Para ello,

debe contar con el máximo de información sobre los riesgos o peligros al interior del establecimiento y

entorno o área en que está situado.

c. Actualizar, implementar, monitorear y evaluar el Plan de Seguridad Escolar PISE.

d. Generar, con la comunidad educativa, protocolos de actuación ante casos de emergencia, considerando

el contexto geográfico, social y cultural

e. Preparar y organizar adecuadamente los simulacros de evacuación.

f. El Comité de Seguridad Escolar debe trabajar en conjunto con el Comité Paritario.

g. Crear un sistema de información p de las actividades y resultados del comité de seguridad escolar.

DIRECTORA Miss Jinny Castro Cienfuegos

COORDINADOR GENERAL E. MEDIA Marco Aguilar Barra

COORDINADORA GENERAL E. BÁSICA Miss Patricia Julio Osorio

COORDINADORA DE ÁREA

Miss Alejandra Quintana

CORDINADORA DE ÁREA Miss Pamela Contreras

CORDINADOR DE ÁREA Mario Villanueva Vergara

MONITOR APOYO Miss Yael Contreras

MONITOR APOYO Miss Gloria Cataldo

MONITOR APOYO Miss Nancy Ruiz

CENTRO DE PADRES

Y APODERADOS

CENTRO DE

ALUMNOS

COORDINADOR DE ÁREA David Cortés Soto

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15.1.10 FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR

15.1.10.1 DIRECTORA a. Es responsable de conformar y dar continuidad de funcionamiento al comité, a través del cual se

efectúa el proceso de diseño y actualización permanente del PISE. b. Designar a los Coordinadores Generales del Plan Integral de Seguridad Escolar.

15.1.10.2 COORDINADOR GENERAL a. Conocer y comprender cabalmente el plan de emergencia. b. Liderar toda situación de emergencia al interior del establecimiento educacional. c. Decretar la evacuación parcial o total del edificio en caso de emergencia. d. Coordinar con los equipos externos de emergencia los procedimientos del plan de emergencia. e. Participar de las reuniones del Comité de Seguridad Escolar. f. Coordinar periódicamente los simulacros de evacuación en caso de emergencias (mínimo uno por

semestre). g. En conjunto con el Comité de Seguridad Escolar, revisar periódicamente el plan de emergencia y

actualizar si es necesario. h. Gestionar el nombramiento de los integrantes del Comité de Seguridad Escolar.

15.1.10.3 COORDINADOR DE ÁREAS a. Liderar la evacuación del área asignada. b. Conocer y comprender cabalmente el plan de emergencia. c. Participar de las reuniones del Comité de Seguridad escolar. d. Participar en los simulacros de emergencia de forma activa. e. Difundir los procedimientos a utilizar en caso de emergencias. f. Procurar la operatividad de las vías de evacuación, salidas de emergencia, equipos de emergencia,

sistemas de comunicación y alerta. g. Avisar a su reemplazante cada vez que se ausente del área asignada. h. Asumir el mando inmediato de las personas de su área frente a cualquier emergencia.

15.1.10.4 MONITOR DE APOYO a. Guiar al grupo a la zona de seguridad. b. Conocer y comprender cabalmente el plan de emergencia. c. Participar de las reuniones del Comité de Seguridad Escolar. d. Participar en los simulacros de emergencia de forma activa. e. Promover la mantención de las vías de evacuación y salidas de emergencia libres de obstáculos.

15.1.11 PLAN DE ACCIÓN FRENTE A EMERGENCIAS 15.1.11.1 Consideraciones Generales

El mejor sistema de seguridad es la prevención, con ella podemos minimizar los riesgos en la comunidad escolar. Para lograrlo es necesario tener presente: a. Mantener la calma. b. Actuar con prontitud c. Apegarse a un plan de acción previamente establecido y ensayado. d. Mantener registro de datos de los estudiantes actualizado.

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e. Tener siempre bien abastecido el botiquín escolar. f. Equipos de extintores en condiciones óptimas para ser usados. g. Señaléticas de vías de evacuación y zonas de seguridad visibles a toda la comunidad. h. Tener especial atención en niños con problemas crónicos o cuidados especiales (alergias,

afecciones cardiacas, etc.). Los docentes, paradocentes y directivos deben conocer estos casos particulares.

i. Conocer el lugar de atención de urgencias correspondiente al sector y edad del estudiante afectado.

15.1.11.2 Tipos de Alarmas Ante una emergencia se utilizarán dos tipos de señales que le permitirán a los integrantes de comunidad

educativa seguir las instrucciones y acciones específicas previamente simuladas.

a. Toque continuo de campana: esta nos indica que hay una situación de emergencia en la que deben refugiarse al interior de la sala de clases (bajo los escritorios y alejándose de los ventanales).

b. Sonido de sirena: esta indica que deben evacuar la sala de clases y dirigirse hacia la zona de seguridad correspondiente.

15.1.12 ACCIDENTE O LESIÓN EN LA ESCUELA

Los accidentes en la escuela en su gran mayoría se pueden evitar al establecer reglas de seguridad, campañas de prevención y supervisiones por parte del personal paradocente en las áreas de mayor riesgo en el tiempo de recreo o descanso. Sin embargo, aun con los cuidados que se puedan seguir, pueden ocurrir accidentes que requieran de una atención eficiente y eficaz. Por lo mismo, que en el establecimiento existe una persona encargada de los primeros auxilios y un botiquín debidamente equipado. Todos los estudiantes de nuestro país tienen derecho a un seguro escolar gratuito que los protege en el caso de que sufran un accidente mientras desarrollen sus actividades estudiantiles. El decreto supremo n° 313 del 12 de mayo de 1972 del ministerio del trabajo y previsión social establece lo siguiente: Los estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares de establecimientos fiscales, municipales y/o particulares, dependientes del estado y/o reconocidos por éste, quedarán sujetos al seguro escolar contemplado en el art. 3° de la ley 16.744, por los accidentes que sufran durante sus prácticas educacionales o profesionales, en las condiciones y con las modalidades que se establecen en el presente decreto.

15.1.13 PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR

15.1.13.1 Nuestro establecimiento educacional, clasifica los accidentes escolares de la siguiente manera:

Lesiones o accidentes leves Lesiones o accidentes menos graves Lesiones o accidentes graves

15.1.13.2 Ante un accidente escolar se debe ejecutar el protocolo siguiente: a. En primera instancia, todos los estudiantes que sufran algún tipo de lesión o accidente debe dar aviso

inmediato a un docente o paradocente, quien deberá trasladarlo para su atención a enfermería. b. En el caso de las Lesiones o Accidentes Leves, el encargado de primeros auxilios realizará las atenciones

pertinentes al afectado e informará mediante un llamado telefónico o comunicación al padre, madre o tutor legal del estudiante accidentado.

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c. En el caso de las Lesiones o Accidentes Menos Graves, al ser necesaria la asistencia médica, se llamará

de inmediato a los padres o tutores legales, para acordar el traslado y atención del estudiante en la locación hospitalaria correspondiente de acuerdo a su edad.

d. En el caso de Lesiones o Accidentes Graves, en primer lugar se proporcionará un medio de transporte desde el establecimiento educacional hasta la locación hospitalaria que corresponda de acuerdo a su edad, y paralelamente se avisará a los padres o tutores legales del estudiante.

e. Tanto para las Lesiones o Accidentes Menos Graves y Graves, los padres o tutores legales del estudiante afectado deben concurrir, al momento de ser notificados, al establecimiento educacional. Si no puede asistir al establecimiento debe dirigirse de inmediato al centro asistencial donde será atendido(a) su pupilo(a).

f. Los estudiantes que sufran accidentes de trayecto deben acudir al Centro Asistencial en forma inmediata al accidente consignando allí la calidad de tal y retirando luego el formulario de declaración de accidente escolar en el Establecimiento Educacional.

g. El formulario de declaración de accidente escolar debe ser llenado en el establecimiento educacional por una paradocente o por la secretaria, en el momento de ocurrido el accidente, para ser presentado en el centro asistencial correspondiente.

h. Los estudiantes que realicen salidas a terreno debidamente autorizadas e informadas anticipadamente al establecimiento educacional tendrán derecho al seguro escolar. Se deberá entregar en Inspectoría General una nómina de los estudiantes asistentes con las respectivas autorizaciones emanadas por los padres y/o apoderados, nombre de él o los docentes a cargo de la actividad.

i. Las actividades que realicen los estudiantes por su cuenta (deportivas, paseos, fiestas, etc.) no estarán cubiertas por el Seguro Escolar.

j. El establecimiento educacional no puede tomar decisiones con respecto a la atención y tratamiento de los estudiantes en los centros asistenciales, por lo cual es de vital importancia la asistencia inmediata de los padres o tutores legales del estudiante.

k. En el caso de aquellos padres o tutores legales que por distancia no puedan asistir de inmediato al establecimiento educacional, este proporcionará el traslado para el estudiante en compañía de una paradocente o técnico en párvulos al centro asistencial correspondiente, donde estos deberán acudir lo antes posible. .

l. Si el accidentado(a) es un funcionario(a) se le aplicarán los primeros auxilios y posteriormente será derivado al IST.

NOTA: el transporte del accidentado/a será procedente sólo en caso que la víctima se encuentre impedida de valerse por sí misma o deba efectuarlo por prescripción médica, certificada y autorizada una y otra circunstancia por el médico tratante. (LEY Nº 16.744)

15.1.13.3 Locaciones Hospitalarias que le corresponden del Establecimiento Educacional.

Desde los 4 años hasta los 14 años es en el Hospital Roberto del Río ubicado en Avenida Domingo Santa María Nº 1179, Comuna de Independencia. Desde los 15 años en adelante es en el Hospital San José, ubicado en San José Nº 1196, Comuna de Independencia.

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15.1.13.4 DIAGRAMA DE PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTE O LESIÓN

ACCIDENTE, LESIÓN MANTENER LA CALMA

DERIVAR A ENCARGADO DE

PRIMEROS AUXILIOS

LESIÓN LEVE LESIÓN GRAVE LESIÓN MENOS

GRAVE

EVALUACIÓN Y TOMA DE

DECISIONES

PRIMEROS AUXILIOS

VUELTA A CLASES Y

AVISO A PADRES

MEDIANTE

LLAMADO

TELEFONICO O

COMUNICACIÓN

TRASLADO

INMEDIATO AL

CENTRO

ASISTENCIAL

AVISO A PADRES O

TUTOR LEGAL

ATENCIÓN

ASISTENCIAL

AVISO A PADRES O

TUTOR LEGAL

ATENCIÓN

ASISTENCIAL

TRASLADO AL

CENTRO

ASISTENCIAL CON

PADRES O TUTOR

LEGAL.

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15.1.14 PROTOCOLO EN CASO DE INCENDIO 15.1.14.1 Dentro de las contingencias de seguridad, sin lugar a duda la más peligrosa es en la que se ve involucrado el fuego, no solo por el daño devastador que provoca el calor abrasante, sino por la cantidad de gases tóxicos que emiten los diferentes materiales que actúan como combustibles; es bien sabido que la mayoría de las personas que perecen en un incendio es por intoxicación más que por quemaduras. 15.1.14.2 Es muy importante para la Comunidad Educativa conocer el perímetro de su escuela identificando peligros potenciales relacionados con los incendios, como pueden ser: bodegas, casinos, bibliotecas, salas de informática, exteriores,…Además debe estar preparada para enfrentar este tipo de emergencia y considerar los siguientes aspectos fundamentales:

a. Mantener los extintores en condiciones óptimas y en un lugar visible. b. Contar con personas preparadas para el uso adecuado de los extintores. c. La revisión periódica de la red eléctrica d. Mantener despejadas las vías de evacuación e. Conocer la red húmeda del establecimiento f. Conocer las diferentes fuentes de alimentación de gas licuado y sus respectivas llaves de paso.

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15.1.14.3 DIAGRAMA PROTOCOLO EN CASO DE INCENDIO

INCENDIO

I

MANTENER LA

CALMA

PASAR LISTA EN LA ZONA DE

SEGURIDAD EVALUACIÓN E

INFORME AVISO A BOMBEROS

4ª COMPAÑÍA C.B. CONCHALÍ – HUECHURABA

FONO: 6232672

REALIZAR LA INSPECCIÓN, EVALUAR Y

TOMAR DESICIONES

DAR AVISO A

INSPECTORÍA

REGRESO A

CLASES

VERIFICACIÓN DE

LESIONES

SI NO

COMBATE EL

INCENDIO

COMUNICACIÓN A LOS

PADRES Y APODERADOS

SALIDA DEL

ESTABLECIMIENTO

EVACUACIÓN

UNIDAD DE RESPUESTA

INTERNA

COMBATE EL

INCENDIO

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15.1.15 FUGA DE GAS U OTRO QUÍMICO EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL Cuando existe un suceso en el que se involucra gas natural, butano u otro químico en estado gaseoso, por su fácil propagación en el aire, se debe extremar las medidas de precaución para evitar una explosión o una intoxicación colectiva.

15.1.15.1 CONSIDERACIONES GENERALES

Identificar plenamente los factores de riesgo potenciales Contar con las rutas de evacuación y puntos de reunión previamente señalizados. Revisar periódicamente las instalaciones de gas.

15.1.15.2 DIAGRAMA PROTOCOLO FUGA DE GAS U OTRO QUIMICO

FUGA DE GAS U

OTRO QUIMICO

MANTENER LA CALMA

CONTROLA LA SITUACIÓN

SE DA AVISO A INSPECTORÍA

PASO DE LISTA EN LA ZONA DE

SEGURIDAD

REGRESO A CLASES

EVACUACIÓN

SE REALIZA INSPECCIÓN, EVALÚA Y

TOMA DE DECISIONES

COMUNICACIÓN PADRES O

APODERADOS

SALIDA

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15.1. 16 AMENAZA DE BOMBA EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

Los acontecimientos que se han presentado en distintos países de nuestro continente, conlleva a adoptar medidas específicas para actuar ante una amenaza o contingencia. Todas las amenazas se deben atender como si fueran ciertas, se debe actuar con prontitud, pero con cautela, sin entrar en pánico, y siempre mostrando calma ante los padres y apoderados de familia y mayormente ante los estudiantes. Se debe sensibilizar a la comunidad educativa de lo importante que es no realizar llamadas falsas o de broma, cuando se activa el sistema de emergencia por un llamado de amenaza se despliega y utiliza una gran cantidad de horas/hombre, así como recursos del orden público, sin dejar a un lado el riesgo que tienen los prestadores de servicio para acudir en el menor tiempo posible al centro educacional.

15.1.16.1 CONSIDERACIONES GENERALES

a. Al recibir una amenaza de bomba en el centro educacional se debe de llamar de inmediato a la autoridad (GOPE) y en paralelo evacuar al estudiantado.

b. La persona que reciba la amenaza debe poner atención a todas las indicaciones de la persona, escuchar el timbre de voz, de qué sexo es, si manifiesta nerviosismo o risa, si se escuchan otras personas con ella, etc. Recabar la mayor información posible del interlocutor.

c. En la medida de lo posible, contar con identificador de llamadas. d. Seguir las indicaciones de la autoridad. e. Por ningún motivo se toma a la ligera cualquier amenaza.

15.1.16.2 DIAGRAMA PROTOCOLO DE AMENAZA DE BOMBA

AMENZA DE

BOMBA

SALIDA

MANTENER LA

CALMA

COMUNICACIÓN PADRES DE FAMILIA

REGRESO A CLASES

CONTROL Y EVALUACIÓN DE DAÑOS O

LESIONES

ARRIBO DE LAS FUERZAS ESPECIALES

PASAR ASISTENCIA EN EL PUNTO DE

CONCENTRACIÓN O ZONA DE SEGURIDAD

EVACUACIÓN

SE DA AVISO A INSPECTORÍA

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15.1.17 PROTOCOLO EN CASO SISMOS

Nadie pone en duda la capacidad de los chilenos de SOBREPONERSE a los innumerables eventos destructivos que han afectado a la nación y a sus posibilidades de desarrollo. Sin embargo, se hace urgente reforzar en la población la capacidad de ANTEPONERSE a estas situaciones, como parte de un proceso integral de desarrollo sostenible. La meta a alcanzar es una Cultura Nacional de la Prevención. El cumplimiento de este propósito requiere de cambios de costumbres, de hábitos, de actitudes de vida, lo que, evidentemente, supone un proceso que debe iniciarse a la más temprana edad, para lo cual el Sistema Educacional emerge como la instancia insustituible.

15.1.17.1 PROTOCOLO DE ACCIÓN ANTE SISMOS DE RELATIVA INTENSIDAD

1. Antes del Sismo:

a. Inspeccionar y clasificar tipos de construcción del establecimiento educacional en relación a su calidad

y sus riesgos inherentes. b. Determinar zonas de seguridad junto a pilares, bajo los dinteles de las puertas, cadenas laterales de

estructuras u otras zonas establecidas por el I.S.T., siempre alejadas de ventanas o ventanales, tabiques falsos o livianos, entre otros.

c. Determinar zonas de seguridad por áreas en el establecimiento educacional que sean más seguros que el puesto de trabajo o salas de clases.

d. Determinar situaciones en las que será necesario evacuar las dependencias hacia zonas de seguridad dentro del establecimiento educacional o fuera de éste.

e. Determinar vías de evacuación hacia zonas de seguridad, las que deben estar debidamente señalizadas.

f. Determinar zonas de seguridad externas al edificio:

En edificios de un piso deberán ubicarse mínimo a 15 metros de distancia.

En edificios de dos pisos deberán ubicarse mínimo a 25 metros de distancia.

Las zonas de seguridad externas deberán estar alejadas de vías de tránsito de vehículos, postaciones eléctricas, cables eléctricos y otros que puedan desplomarse alcanzando a las personas.

g. Determinar vías de evacuación hacia zonas de seguridad externa. h. Los planes de evacuación, aparte de ser conocidos por los usuarios habituales del recinto, deben estar

graficadas en lugares visibles para la ubicación del público que ingrese al recinto. i. Corregir todas las condiciones que puedan generar accidentes durante el sismo produciendo lesiones a

las personas, en especial en las zonas de seguridad y vías de circulación. j. Determinar sistemas de comunicación y/o señales, brigadas de emergencias, cortes de suministro

eléctrico, de gas, de agua, sistemas de iluminación de emergencia y apoyo externo. k. Realizar ejercicios de simulacro de sismo

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2. Durante el Sismo en hora de clases:

a. Se deberá mantener la calma y refugiarse bajo el escritorio, aléjese de las ventanas ya que una explosión de vidrios por presión puede causarles serias lesiones, evite gritar a fin de prevenir situaciones de pánico.

b. Mientras dura el sismo se debe mantener bajo las mesas por el riesgo de caída del cielo falso o tubos de iluminación

c. Las puertas y salidas de emergencia se deben abrir y permanecer abiertas hasta que termine la emergencia.

d. Una vez concluido el sismo se deben sentar, conservar la calma y esperar las instrucciones del Comité de Seguridad Escolar.

e. No evacuar la sala de clases si no se ha emitido la alarma para ello. f. Si durante el sismo, el grupo curso se encuentra en el patio, deberán dirigirse de manera inmediata

hacia la zona de seguridad y esperar instrucciones.

3. Después del Sismo: a. Pasado el sismo, el Comité de Seguridad Escolar determinará si es necesario abandonar el

establecimiento hacia las zonas de seguridad externas, previa inspección a los lugares de trabajo o salas de clases para detectar las condiciones de seguridad en las cuales se encuentran.

b. Se activan las alarmas para proceder a la evacuación de toda la Comunidad Escolar hacia las zonas de seguridad previamente establecidas, si es necesario, o en su defecto se continuará con las actividades normales.

c. La evacuación del edificio se debe realizar de manera rápida, sin correr, por la salida de emergencia más cercana a su sala de clases.

d. En la zona de seguridad el profesor a cargo del curso procederá a pasar la asistencia e informará si esta no es coincidente con la asistencia inicial del curso.

e. Se debe procurar dar atención de primeros auxilios a las personas que hayan resultado heridas y determinar traslados a Centros Asistenciales.

f. Se procederá de acuerdo a la información entregada, a rescatar a las personas atrapadas y/o revisar las dependencias del edificio, tanto en sus aspectos estructurales como instalaciones, se cerciorará que no existan amagos de incendio, escapes de gas, combustibles, agua, deterioro eléctrico, para de ésta manera determinar el ingreso a las instalaciones.

g. Si detecta un desperfecto en instalaciones críticas como electricidad, combustibles, etc. se informa a Dirección y al teléfono de emergencia pertinente.

h. En relación a daños de cierta magnitud se deberá solicitar la asesoría técnica externa de personal competente.

i. El Comité de Seguridad Escolar evaluará el regreso a la sala de clases o bien los alumnos esperarán en este lugar la presencia de los apoderados para su retiro.

4. Durante el Sismo en recreo o fuera de la sala de clases:

a. Se deberá mantener la calma y dirigirse a las zonas de seguridad preestablecida, aléjese de las

ventanas ya que una explosión de vidrios por presión puede causarles serias lesiones, evite correr o gritar a fin de prevenir situaciones de pánico.

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b. Todos los docentes deberán de manera inmediata, ante un sismo, salir a los patios, procurando tranquilizar a los estudiantes, dirigiéndolos hacia las zonas de seguridad. Cada Pabellón del establecimiento estará a cargo de un docente y de un paradocente u/o miembro del equipo directivo que colaboraran en la función de dirigir la evacuación.

c. Todos los estudiantes deberán formarse de acuerdo al orden establecido en el plano de seguridad escolar y cada profesor jefe deberá encabezar la formación de su curso, pasando lista para verificar que se encuentren todos en la zona de seguridad. En caso de ausencias de docentes con jefaturas los cursos serán organizados por aquellos que no tienen cursos asignados.

d. Los estudiantes no serán evacuados del establecimiento educacional, a menos de que el grado de intensidad del sismo sea igual o superior a 7 grados Mercalli.

e. Una vez que los estudiantes retornen a sus salas de clases acompañados de su profesor jefe, las puertas de ingreso se abrirán para que los apoderados que lo deseen retiren a sus niños desde la misma sala. Mientras los estudiantes no se encuentren en las aulas, los padres y apoderados no podrán hacer ingreso al establecimiento.

15.1.17.2 DIAGRAMA PROTOCOLO EN CASO DE SISMO

SISMO

I

PASAR LISTA EN LA ZONA DE

SEGURIDAD

EVALUACIÓN E

INFORME

REALIZAR LA INSPECCIÓN, EVALUAR Y

TOMAR DESICIONES

REALIZAR PROCEDIMIENTO DE

SEGURIDAD EN LA SALA DE CLASES

GUARDAR LA

CALMA

REGRESO A

CLASES

VERIFICACIÓN DE

LESIONES

SI NO

COMUNICACIÓN CON PADRES

Y APODERADOS

SALIDA DEL

ESTABLECIMIENTO

EVACUACIÓN DE

SALAS DE CLASES

NO

SI

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15.1.17.3 PAUTA DE EVALUACIÓN PARA SIMULACRO

TIEMPO DE EVACUACIÓN: __________________________________________________________

CANTIDAD DE ALUMNOS PARTICIPANTES: ____________________________________________

OBSERVACIONES:__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

1 2 3 4 5 6 7

1 Durante el sismo alumnos y profesores se protegen debajo de

sus escritorios

2 El profesor encargado del curso guía a sus alumnos hacia la

zona de seguridad.

3 Se utilizan las vías de evacuación y las escaleras según

procedimiento

4 La evacuación se realiza de manera tranquila y segura.

5 Se realiza revisión de salas y baños verificando que no se

encuentre nadie

6 En zona de seguridad se pasa lista a los alumnos verificando

la cantidad de alumnos

7 Las vías de evacuación, pasillos y escaleras, se encuentran

expeditas

8 Las zonas de seguridad están debidamente demarcadas.

9 La evacuación se desarrolla sin accidentes

10 El retorno a las actividades fue realizado en orden.

11 Durante el desarrollo del ejercicio, las personas cumplieron

con las funciones asignadas en el Plan de Emergencia.

12 Los líderes de evacuación están debidamente identificados

13 Las Señaléticas son adecuadas

14 Las alarmas se escuchan en todos los sectores del

establecimiento

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15.1.17.4 PROTOCOLO EN CASO DE EXCEPCIONES AMBIENTALES Ante situaciones de excepción decretadas por las autoridades correspondientes, se adoptaran medidas específicas en relación a las clases de Educación Física y las actividades de recreo, con la finalidad de resguardar la salud de los estudiantes.

Alerta ambiental:

a. Se realizan las clases de Educación Física bajando el nivel de intensidad.

b. Durante el recreo las actividades deben ser moderadas, la práctica de deportes no será permitida.

Preemergencia ambiental:

a. Se suspenden las clases prácticas de Educación Física.

b. Cualquier actividad física como correr y/o practicar deportes no está permitido.

Emergencia ambiental:

a. Se suspenden las clases prácticas de Educación Física.

b. Cualquier actividad física como correr y/o practicar deportes no está permitido.

15.2 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE NIÑOS,

NIÑAS Y ADOLESCENTES Este protocolo de actuación contempla el procedimiento para abordar hechos que conllevan a una vulneración de derechos, como descuido o trato negligente, el que se entenderá como tal cuando:

15.2.1 No se atienden las necesidades físicas básicas como alimentación, vestuario, vivienda. 15.2.2 No se proporciona atención médica básica, o se brinda protección y/o se expone al niño o niña ante

situaciones de peligro. 15.2.3 No se atienden las necesidades psicológicas o emocionales. 15.2.4 Existe abandono y/o cuando se les expone a hechos de violencia o de uso de drogas. 15.2.5 Este protocolo contempla acciones que involucren a los padres o adultos responsables, o en caso de ser necesario las acciones que permitan activar la atención y/o derivación a las instituciones de la red, tales como Tribunales de Familia u Oficina de Protección de Derechos (OPD) respectiva, al momento en que un funcionario del establecimiento detecte la existencia de una situación que atente contra el menor. 15.2.6 Estas acciones responden al resguardo de los derechos de los estudiantes, considerando especialmente los siguientes aspectos:

a. Interés superior del estudiante: vinculado al disfrute pleno y efectivo de todos los derechos de niñas y niños, con el fin de garantizar su integridad física, psicológica, moral y espiritual; como así también promover su dignidad.

b. Protección: velar por un desarrollo integral respondiendo a las necesidades de cada niña y niño, en ambientes libres de violencia que procuren el mínimo riesgo o peligro de acuerdo a la edad o nivel educativo. La vulneración de los derechos del niño, niña se considera falta grave y su reiteración, gravísima. Según lo estipula el reglamento de Convivencia Escolar de nuestro establecimiento.

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15.2.7 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS

PASOS RESPONSABLE ACCIONES

Paso 1:

Recepción de la

denuncia

Miembro de la comunidad

Educativa.

Dentro de 24 horas.

1. Recepcionar la denuncia y entregar la información a

Encargado de Convivencia Escolar

2. Se activa el protocolo de actuación

Paso 2:

Indagación de la

situación

Directora

Encargado(a) de Convivencia

Escolar

Dentro de 24 horas.

1. Iniciar el proceso de indagación de la situación

denunciada.

2. Evaluación preliminar del estudiante vulnerando por

parte de un profesional del equipo de Psicología y

Orientación, resguardando la intimidad e identidad del

estudiante.

Paso 3:

Comunicación a los

padres

Directora

Encargado(a) de Convivencia

Escolar dentro de 48 hora

Citación a entrevista para informar la situación y los

pasos a seguir.

Paso 4:

Traslado a un centro

asistencial, si

corresponde

Directora

Inspector de General y/o

Psicólogas

Dentro de 24 horas.

1. El niño es trasladado al centro asistencial con seguro

de accidente escolar, si corresponde.

2. El lugar de traslado será al Hospital Roberto del Río/

San José (según edad del afectado).

3. El costo del traslado al centro asistencial será asumido

por el establecimiento.

Paso 5:

Reporte de la

investigación

Directora

Encargado(a) de Convivencia

Escolar.

Psicólogas

Dentro de 72 horas.

1. Análisis de los antecedentes recogidos en la

investigación.

2. Análisis de la evaluación realizada al estudiante

vulnerado.

3. Análisis de los antecedentes entregados por los padres

y/o adulto responsable del niño.

Paso 6:

Resolución de la

aplicación del protocolo

y medidas pedagógicas

Directora

Encargado(a) de Convivencia

Escolar.

Psicólogas

Dentro de 5 días.

1. Elaboración de informe concluyente

2. Elaboración del oficio para denunciar la vulneración de

derecho a la Oficina de Protección de la infancia y/o

Tribunal de familia, según corresponda

Paso 7:

Plan de intervención

Directora

Psicólogas

Dentro de 5 días hábiles.

1. Citación a los apoderados del estudiante vulnerado

para comunicar la resolución del protocolo.

2. Medidas formativas que se aplicarán: 2.1 Medidas

psicosociales: Confección de un plan de acompañamiento

para el estudiante vulnerando a nivel individual, grupal

y/o familiar por parte de la Psicóloga del establecimiento,

con seguimiento mensual durante el semestre.

Paso 8:

Medidas internas

Directora

Encargado(a) de Convivencia

Dentro de 48 horas

Si el adulto involucrado en los hechos es funcionario del

establecimiento, se activarán las medidas protectoras en

resguardo de la integridad del estudiante conforme a la

gravedad del caso, según lo estipulado en el Reglamento

interno de convivencia escolar.

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15.2 ESTRATEGIA Y PROTOCOLO EN CASO DE ABUSO SEXUAL

El abuso sexual es definido como cualquier actividad sexual entre dos o más personas sin consentimiento de una de ellas. El abuso sexual puede producirse entre adultos, de un adulto a un menor o incluso entre menores.

15.3.1 ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN DEL ABUSO SEXUAL El establecimiento educacional cuenta con el departamento de Convivencia escolar, constituido por Psicólogas, Orientador e Inspectores Generales/Encargados de Convivencia, quienes de manera preventiva llevan a cabo el plan de Convivencia Escolar, que considera dentro de sus acciones las siguientes estrategias:

a. Capacitación y orientación dentro de las jornadas de reflexión pedagógicas para docentes relativas al Plan de Convivencia Escolar

b. Talleres de autocuidado para estudiantes desde Pre Kínder hasta Cuarto medio. c. Atención psicológica y derivación continúa de estudiantes prioritarios (obligatoria). d. Atención psicológica y derivación continúa de estudiantes no prioritarios, quienes previamente hayan

sido derivados por sus profesores jefes, con autorización de sus Padres y/o Apoderados. e. Charlas externas de PDI, OPD y Carabineros para docentes, asistentes de la educación y estudiantes de

distintos niveles. f. Trabajo mensual coordinado por orientación de los valores institucionales.

15.3.2 PROTOCOLO EN CASO DE ABUSO SEXUAL

Cualquier funcionario del establecimiento educacional que reciba el relato de abuso sexual, tocaciones impropias u otras actividades categorizados dentro de este espectro deberá informar de manera inmediata a el/la Inspector/a General y/o Dirección. Se contactará a los padres u/o apoderados para notificar lo relatado. Se les indicará que deben asistir en un plazo no mayor a 24 horas a realizar la denuncia correspondiente y entregar el comprobante en Inspectoría General. De lo contrario se llevara a cabo el proceso de acuerdo a la normativa legal.

15.3.3 DE LAS DENUNCIAS EN CASOS DE ABUSO SEXUAL: a. El Artículo 175 del Nuevo Código Procesal Penal estipula que “Estarán obligados a denunciar (entre

otros): Los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. La denuncia realizada por alguno de los obligados en este artículo eximirá al resto”.

b. El Artículo 176 del mismo Código Procesal Penal aclara que “Las personas indicadas en el artículo anterior deberán hacer la denuncia dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que tomaren conocimiento del hecho criminal.

c. El Artículo 177 explica qué ocurre si alguno de éstos no denuncia: “Las personas indicadas en el artículo 175 que omitieren hacer la denuncia que en él se prescribe incurrirán en la pena prevista en el artículo 494 del Código Penal, o en la señalada en disposiciones especiales, en lo que correspondiere.

d. La situación de abuso sexual, una vez denunciada, deberá ser informada inmediatamente a la Oficina de Resguardo de Derechos de la Secretaría Ministerial de Educación.

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15.3.4 DEL PROCEDIMIENTO EN LA ATENCIÓN DEL ABUSO SEXUAL a. De un adulto a un niño: En caso de tratarse de un adulto que provoque Abuso Sexual a un niño o niña, y

se encuentra formalizado, el Director o Directora, deberá cambiar de funciones al acusado, alejándolo del contacto con los niños, en tanto se lleva a cabo el proceso judicial.

b. En caso de Abuso Sexual entre menores de edad: Respecto de los supuestos responsables, se debe distinguir: Si se trata de menores de edad sin responsabilidad penal (menores de 14) las autoridades del establecimiento deberán realizar la derivación para atención de especialistas. Si se trata de menores de edad, mayores de 14 años, serán investigados y eventualmente sometidos a proceso judicial, pero hay que recordar que toda persona es inocente hasta que una sentencia dicte lo contrario. Dependiendo de la gravedad del hecho y los antecedentes, se podrán adoptar medidas destinadas a proteger a las víctimas, como suspender al alumno indicado como agresor/a, cuando la víctima sienta, con su presencia, amenazada su integridad física o psíquica. Dicha suspensión deberá velar porque se mantengan los compromisos escolares del agresor y su derecho a la educación, esto es favorecer el estudiante tenga una atención en otro horario y desarrolle en su hogar tareas escolares.

c. En todos los casos, se deberá llevar a cabo un sumario interno, a fin de contar con todos los antecedentes para colaborar con la investigación judicial que se realiza.

d. Es importante considerar que el establecimiento debe contar con un profesional responsable del área, que realice y mantenga actualizada, tanto la elaboración de base de datos, como la derivación a redes de apoyo para atención psicosocial o en ámbitos de carácter preventivo, de salud mental y/o judicial.

15.4 PROTOCOLO FRENTE AL CONSUMO DE ALCOHOL Y/O DROGAS

15.4.1 FUNDAMENTACIÓN

En la actualidad, el consumo de drogas y alcohol se manifiesta como una problemática que ha ido aumentando progresivamente, siendo el inicio de su consumo aproximado desde los 12 a 14 años de edad. Si consideramos los estudios realizados por el SENDA (Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol), podemos apreciar que el período que concentra mayor riesgo de inicio o dependencia del consumo de drogas y alcohol es hasta los 21 años. Junto a lo anterior, se ha podido constatar que el tener acceso a drogas aumenta las posibilidades de consumir entre los estudiantes, por lo que el consumo se asocia directamente con situaciones de violencia, o que afecta la convivencia escolar. Respecto al consumo de alcohol, se puede verificar que es uno de los principales factores de riesgo para la salud pública, esto porque es causa de muerte de 3.3 millones de personas a nivel mundial, representando lamentablemente un 5.9 % de las defunciones constatadas en la orbe (OMS, 2014). Junto a lo anterior, podemos apreciar que el consumo de alcohol estaría siendo un factor importante para el desarrollo de 200 enfermedades y trastornos físicos. En definitiva, el uso y/o abuso de alcohol, drogas ilegales y legales se manifiesta cómo una conducta que se hace cada vez más común en la población adolescente, y se asocia directamente con otras conductas de riesgo ya sea estas: violencia, actividad sexual no planificada, deserción escolar, entre otras. Es por ello que se hace sumamente necesario dar a conocer a la comunidad educativa los efectos nocivos del consumo de drogas y alcohol, pero por sobre todo apuntar desde una mirada preventiva lo referente al uso y/o abusos de distintas sustancias.

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15.4.2 ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN

a. Considerando que la escuela es un espacio de formación integral, la prevención del consumo drogas y alcohol se pueden discutir formativamente, en los diversos ámbitos del quehacer educativo, reforzando así los factores protectores.

b. Las estrategias de prevención buscan evitar el consumo de alcohol y drogas entre los estudiantes, promoviendo estilos de vida y entornos educativos saludables, fortaleciendo así los factores protectores que permitan evitar y enfrentar riesgos.

c. Promover la participación de las redes de apoyo para la realización de talleres y educaciones referidas a la prevención de alcohol y drogas en el establecimiento educacional. (Carabineros, PDI).

d. Permitir instancias dentro del establecimiento para abordar estos temas con toda la comunidad educativa.

e. Asesorar a los alumnos sobre las consecuencias del consumo. f. Realizar talleres de prevención de consumo de alcohol y drogas en la comunidad educativa. g. Difundir desde el reglamento de convivencia escolar orientaciones hacia la prevención y apoyo de los

estudiantes ante el riesgo de consumo de alcohol y drogas, y de las leyes 20.000 (Ley de drogas y estupefacientes) y 20.084 (Ley de responsabilidad penal juvenil) a apoderados, asistentes de educación y profesores.

h. Favorecer y estimular en los estudiantes actividades culturales, deportivas y sociales. i. Trabajar con las familias, como primeros agentes preventivos del consumo de alcohol y drogas. j. Promover hábitos y estilos de vida saludables por parte de la comunidad educativa. k. Velar y vigilar espacios dentro del establecimiento donde puedan ocurrir situaciones de riesgo.

15.4.3 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE CONSUMO DE ALCOHOL Y/O DROGAS

1. Los pasos específicos a seguir en caso de detectar algún estudiante consumiendo alcohol o droga fuera o dentro del establecimiento.

a. Comunicar en forma inmediata los acontecimientos a Inspectoría General. b. Se debe dejar una constancia escrita de la situación ocurrida en libro de acta. c. Contactar telefónicamente al apoderado para que se presente en forma inmediata en el

establecimiento d. Entrevista con el apoderado para explicar las acciones a seguir de acuerdo al Manual de Normas de

Convivencia Escolar. La entrevista debe quedar registrada en el libro de acta de Inspectoría General e. Derivación del estudiante con la psicóloga del establecimiento. f. En caso de drogas lícitas o recetadas por algún profesional del área médica, se debe exigir al

apoderado copia de algún documento que lo acredite la posología y patología atendida. g. Seguimiento del caso para ver posibles derivaciones externas

2. Pasos específicos a seguir en caso de detectar situaciones de micro tráfico dentro o fuera del

establecimiento a. Comunicar de forma inmediata la situación al Inspector(a) General, quien informara lo acontecido a la

Directora.

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b. Contactar telefónicamente al apoderado para que se presente en forma inmediata en el establecimiento

c. Entrevista con el apoderado para explicar las acciones a seguir de acuerdo al Manual de Normas de Convivencia Escolar. La entrevista debe quedar registrada en el libro de acta de Inspectoría General.

d. Hacer la denuncia a Policía de Investigaciones o Carabineros de Chile por parte la Directora, en un plazo máximo de 24 h En cualquier caso, se cautelará en todo momento por la identidad del o los participantes, para evitar cualquier tipo de juicio por parte de algún integrante de la comunidad educativa

15.5 DISPOSICIONES DE ORDEN E HIGIENE 15.5.1 La vida escolar y las clases requieren de un orden e higiene que contribuya a la realización del proceso

educativo. Es responsabilidad directa del personal directivo, docente y de los (as) estudiantes, el mantenimiento del orden e higiene en los distintos espacios.

15.5.2 La dirección del establecimiento realizará labores de fumigación contra plagas por lo menos dos veces al año, al inicio de cada semestre académico. Esto no implica que no se pudiera realizar con mayor frecuencia, si fuese necesario.

15.5.3 Cada docente es responsable de abrir y cerrar las salas. Las llaves de cada una se encuentran en los libros de clases, además de existir una copia en Inspectoría General.

15.5.4 Al término de la jornada diaria, se debe solicitar a todos los estudiantes que dejen las sillas arriba de las mesas, formar al curso y llevarlos hasta la puerta de salida, donde serán entregados.

15.5.5 En caso de lluvia, las salas permanecerán abiertas durante los recreos. 15.5.6 Los profesores de educación física deben ir a buscar a cada curso a la sala de clases, no juntarlos en el

patio. El uso de los camarines debe ser supervisado por el docente encargado de la clase. 15.5.7 El uso de los paneles eléctricos, para conectar u/o desconectar la luz, debe ser llevado a cabo por el

docente, bajo ningún motivo debe ser un estudiante quien ejecute esta labor. 15.5.8 Los docentes y los estudiantes no deben ingresar a la sala de clases con cualquier tipo de líquidos

calientes (te, café, etc.). 15.5.9 Cuando los docentes tengan apoderados citados para entrevista, deben preocuparse de verificar si

estos han llegado. En la medida de lo posible, inspectoría colaborará en agilizar la atención, pero es su responsabilidad notificar donde se encontraran.

16 GESTIÓN PEDAGÓGICA Y PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD Y PATERNIDAD 16.1 NORMATIVA 16.1.1 El apoderado o apoderada de la alumna en situación de embarazo deberá informar oportunamente al

Establecimiento. 16.1.2 La familia deberá asumir la responsabilidad de informar oportunamente de situaciones derivadas de la

condición de embarazo: necesidad de atención de salud o cuidados del embarazo fuera del establecimiento o en horarios de clases.

16.1.3 Los procedimientos relativos a lo disciplinario y de convivencia, sobre las alumnas en estado de embarazo serán los mismos que se establecen para el resto de los alumnos, excepto en lo relativo a la asistencia, atrasos y rendición de pruebas, en cuyos aspectos habrá flexibilidad para facilitar su trabajo escolar y maternidad.

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16.1.4 El/la estudiante deberá presentar el carné de salud o certificado médico correspondientes, cada vez

que falte a clase por razones asociadas al embarazo, maternidad/paternidad. Además deberá mantener informado a su profesor jefe.

16.1.5 La alumna embarazada tendrá derecho a ir al baño cuántas veces lo requiera. La misma situación para una alumna en situación de post- parto reciente.

16.1.6 Durante los tiempos de recreo la alumna embarazada podrá permanecer en su sala de clases u otro lugar tranquilo que le eviten estrés.

16.1.7 La alumna embarazada podrá ser asistida por la psicóloga del colegio, previa autorización de los padres. En caso que los padres decidan por un apoyo externo, el colegio dará todas las facilidades que sean necesarias.

16.1.8 Las alumnas en situación de embarazo o maternidad tendrán derecho a participar en cualquier ceremonia que se realice en la que participen los demás alumnos y alumnas. Asimismo, tendrán derecho a asistir a todas las actividades extra programáticas que se realicen al interior o fuera del establecimiento educacional, con las excepciones que se deriven de las indicaciones del médico tratante.

16.1.9 El apoderado/a deberá notificar al colegio de situaciones como cambio de domicilio o si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

16.2 DERECHOS La estudiante embarazada tiene los siguientes derechos: 16.2.1 A adaptar su uniforme escolar a su condición de embarazo.

16.2.2 A recibir apoyo pedagógico de UTP: supervisar entrega de materiales de estudio, supervisar entrega de calendario de evaluación alternativo cuando sea necesario, supervisar entrega de guías de aprendizaje. Este apoyo se dará mientras que la alumna se ausente por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año. Acreditado por certificado médico.

16.2.3 Cuando el niño o niña nazca. A amamantarlo, para esto puede salir del colegio en los recreos, o en los horarios que ella estime conveniente. Para esto corresponderá como máximo, a una hora de su jornada diaria de clase, sin considerar el tiempo de traslado. Este horario deberá ser comunicado formalmente a la dirección del colegio durante la primera semana de ingreso posterior al parto.

16.2.4 A reprogramación de evaluaciones. Cada vez que la alumna se ausente por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y/o enfermedades del hijo menor de un año, presentando certificado médico o carné de salud.

16.2.5 A ser promovida de curso con un porcentaje de asistencia menor a lo establecido, siempre que sus inasistencias hayan sido debidamente justificadas por médicos tratantes, carné de control.

16.2.6 Cuando el hijo/a menor de un año, presente alguna enfermedad que necesite de su cuidado específico, según conste en un certificado emitido por el médico tratante, el colegio dará, tanto a la madre como al padre adolescente, las facilidades pertinentes.

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17. NORMAS, FALTAS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y PROCEDIMIENTOS Este reglamento, promueve como política de sana convivencia, medidas preventivas y pedagógicas expresadas a través de las siguientes conductas: El (la) estudiante deberá mantener en cada una de las actividades propias del Colegio, actitudes de responsabilidad, lealtad, honestidad, respeto, participación, superación personal, orden y compromiso con el cuidado de sí mismo, de otros y del medio ambiente.

17.1 DESCRIPCIÓN DE LAS CONDUCTAS ESPERADAS Y ACCIONES QUE SERÁN FALTAS 17.1.1 Se entienden como conductas de responsabilidad, lealtad y honestidad:

a. El uso de uniforme completo, dispuesto por el Establecimiento Educacional como presentación personal institucional, el cual será exigido en forma permanente, así como también en presentaciones fuera del colegio.

b. Asistencia y puntualidad en el ingreso y salida del colegio, como asimismo, en relación a cada una de las horas de clases.

c. Justificación oportuna de las ausencias. d. Correcta presentación personal e higiene. e. Comportamiento acorde a las normas establecidas en nuestro Reglamento de Convivencia, en la sala

de clases, dependencias y actividades del colegio, también en otros entornos, cuando vista el uniforme del colegio y/o actúe en su representación.

f. Devolución de objetos encontrados. g. Cumplimiento con tareas, deberes y compromisos. h. Cuidado de los bienes de la comunidad, propios y ajenos. i. Entrega oportuna de las comunicaciones del colegio y sus respuestas cuando procede. j. Respeto profundo por la verdad y actuación conforme a ella. k. Reconocimiento de los errores personales y responsabilizarse por ellos. l. Sentido de honestidad en las relaciones interpersonales, con actitud de acogida y solidaridad con

todos(as) los (as) compañeros. m. Responsabilidad y honradez ante cualquier tarea, deber y modalidad de evaluación o documentación

entregada. n. No tomar fotografías ni realizar grabaciones de clases u otras actividades internas en forma visual y/o

auditivas, sin consentimiento del docente o de estudiantes, con el fin de respetar el derecho a la intimidad de los estudiantes y como medida precautoria del uso y difusión de imágenes dentro y fuera del colegio que atenten contra la dignidad de cualquier miembro de la comunidad.

o. Responsabilizarse de los perjuicios o deteriores ocasionados a los bienes del Establecimiento Educacional y a sus instalaciones.

17.1.2 Se consideran importantes las conductas de respeto por: a. Los símbolos y valores Patrios y del Colegio. b. Las normas establecidas por el Colegio. c. Los integrantes de la comunidad escolar y, en general, por todas las personas que acudan al

establecimiento promoviendo el buen trato. d. La opinión de los demás. e. Las actividades, tanto del colegio como de su grupo curso. f. Las buenas costumbres y la moral. g. El cuidado y conservación del medio ambiente del colegio. h. La diversidad y la interculturalidad.

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i. La salud propia y ajena en todas las actividades internas o externas del Colegio. Se rechaza y prohíbe el

consumo o tráfico de tabaco, alcohol u otras drogas, por atentar gravemente a la salud física y psicológica del (la) estudiante. Al respecto, cualquier situación de esta naturaleza que pueda constituir un delito penalizado por la Ley de Consumo y Tráfico de Estupefacientes deberá ser informado por la Directora a las autoridades respectivas.

j. La seguridad propia y de los demás, por lo cual el estudiante no debe ingresar al Colegio armas (de juguete ni verdaderas), elementos cortantes o corto punzantes que no hayan sido debidamente autorizados por la Dirección del Colegio a través de la lista de útiles escolares, como tampoco, sustancias ni elementos que pongan en riesgo la seguridad de otros (as) estudiantes, profesores, de los apoderados o terceros.

k. Manifestar actitudes y conductas de respeto y tolerancia hacia los demás tanto de pares, docentes, directivos, administrativos y/o asistentes de la educación.

l. Los estudiantes del Establecimiento Educacional, deberán expresar su afectividad con recato y compostura, dentro de los límites de la moral y las buenas costumbres.

m. Deberán mantener una conducta de respeto entre ellos y hacia todas las personas que conforman la Comunidad Educativa.

17.1.3 Se identifican como conductas de participación y superación personal: a. La colaboración activa en las actividades del curso y del colegio.

b. La disposición a contribuir personalmente en el mejoramiento académico y de la convivencia en el curso

y el colegio.

c. La acción solidaria respecto a personas o instancias que requieran de ayuda y apoyo.

d. La autocrítica como base de la disposición permanente de ser mejor persona y estudiante.

e. La visión de crisis y de conflicto como una oportunidad de desarrollo y mejora de las relaciones

interpersonales, con una visión de superación personal como oportunidad de aprendizaje.

17.1.4 Se reconocen como conductas de orden: a. Posibilitar la creación de climas propicios para el aprendizaje en el aula, acatando normas del aula

(respetar turnos, escuchar opiniones de los otros, trabajar en forma concentrada). b. Preocupación y responsabilidad por los útiles y pertenencias personales, de sus compañeros o del

colegio. c. Conservación del orden en todas las instalaciones del Colegio. d. Comprometerse activamente con su desempeño escolar. e. Utilizar los canales de participación establecidos para solucionar cualquier problemática emergente. f. Mantener una actitud de esfuerzo y constancia en el estudio, evidenciado en el cumplimiento de sus

obligaciones escolares como ser tareas, trabajos y solicitud de materiales entre otros. g. Es deber del estudiante cooperar con la mantención y el aseo del Establecimiento y, especialmente, de

la sala de clases. h. Será responsabilidad del estudiante recuperar las materias o contenidos que, durante su ausencia,

hayan sido entregados en clases. i. Todo el daño material en las instalaciones del establecimiento educacional, implementación o

mobiliario escolar deberá ser indemnizado en forma inmediata por el Apoderado para proceder a su pronta reposición y deberá acatar las sanciones que sean asignadas a la situación en sí.

j. En caso de que no sea posible individualizar al responsable del deterioro o destrucción de la implementación o mobiliario escolar, el curso, en forma solidaria, asumirá la responsabilidad por la reposición o reparación de lo dañado.

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17.2 DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Las faltas a las normas de convivencia escolar, serán consideradas de acuerdo a la siguiente gradualidad: leves, graves o gravísimas.

17.2.1 Estas faltas tendrán una directa correspondencia con el hecho, y el nivel de desarrollo y los antecedentes del estudiante que incurra en ella. Por lo que, para una misma falta no necesariamente corresponderá la misma medida disciplinaria. Lo anterior significa que se considerarán las circunstancias previas de cada estudiante antes de aplicar cualquier procedimiento de corrección y restauración de las faltas.

17.2.2 La reiteración de una falta leve, será considerada como grave y la reiteración de una falta grave será considerada como gravísima.

17.2.3 Las conductas no previstas que atenten contra los valores institucionales o contra cualquier personal del establecimiento, dentro o fuera del recinto, conducirán a medidas disciplinarias, determinadas por la Dirección del Colegio.

17.2.4 Así como se considera el registrar en la hoja de vida del libro de clases, las conductas positivas que merecen ser destacadas y reforzadas, también se llevará un registro de las conductas inadecuadas que deben ser corregidas, las que se clasifican como faltas leves, graves y gravísimas.

17.2.5 En el caso de que el estudiante incurra en cualquier tipo de falta, como medida pedagógica, formativa y desarrolladora, el Profesor debe registrar la conducta inadecuada, además conversar con el estudiante con el fin de que reflexione sobre su comportamiento y las consecuencias de su actuar en sí mismo y en los otros.

17.2.6 Clasificación de las faltas 17.2.6.1. Faltas leves:

Se consideran faltas leves actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, o manifiesten un incumplimiento de

normas, sin involucrar daño físico o psicológico a otros miembros de la Comunidad.

Son faltas leves:

1. Ingresar atrasado al inicio de la Jornada Escolar, presentarse atrasado a clases, estando en el

Establecimiento u otra actividad oficial del Colegio.

2. Descuidar la presentación personal a través de un uso inadecuado del uniforme institucional.

3. No justificar debidamente la inasistencia a clases o el ingreso atrasado.

4. No presentar debidamente firmadas por el Padre o Apoderado, las circulares o evaluaciones respecto de las

cuales expresamente se ha requerido dicha firma.

5. No dar cumplimiento a los requerimientos o compromisos asumidos frente al curso o el Colegio.

6. Ingerir alimentos o bebidas en clases.

7. No permitir el normal desarrollo de las clases.

8. Usar reproductores personales de música de cualquier tipo.

9. Usar aparatos electrónicos y de comunicación durante el desarrollo de las clases.

10. No cumplir con las obligaciones escolares, tales como: tareas, útiles necesarios para la clase, equipamiento

deportivo para la clase de Educación Física.

11. Utilizar harinas, huevos, talcos, pinturas y otros elementos similares para realizar celebraciones, portando el

uniforme de la Institución.

12. Escribir o dibujar en las paredes, pupitres, tableros, baños y otros lugares de la planta física del colegio.

13. Cualquier falta a sus obligaciones como estudiante, que altere el buen funcionamiento del colegio y sus

relaciones interpersonales.

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14. Vender, rifar y/o comercializar artículos sin autorización.

Las faltas leves serán sancionadas con amonestación verbal y su reiteración con amonestación escrita y

registro en su hoja de vida.

La reiteración de tres faltas leves se considerará como falta grave.

17.2.6.2 FALTAS GRAVES: Se consideraran faltas graves aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica

y física de otro miembro de la Comunidad Educativa, y del bien común; así como acciones deshonestas e

irrespetuosas que afecten la convivencia, o el buen desempeño escolar, a través de actos de irresponsabilidad,

violencia o falta de ética.

Son faltas graves:

1. Reiteración de falta leve no cumpliendo con los compromisos adquiridos.

2. Comportarse en forma contraria a las normas y/o valores y principios establecidos en el presente Manual de

Convivencia.

3. Salir de la sala de clases sin la autorización otorgada por el profesor.

4. Pelear en clases, en dependencias del establecimiento o fuera de éste.

5. Lanzar o botar los alimentos otorgados por la JUNAEB en la hora de colación.

6. Permanecer fuera de la sala durante la realización de clases, sin autorización.

7. Provocar destrozos a algún material, que deberán ser económicamente repuestos por el apoderado.

8. Promover, interrumpir o alterar el normal desarrollo de clases o actividades cívicas o culturales realizando

acciones como gritos, tirando objetos, molestando a sus compañeros y que alteren el desenvolvimiento de la

actividad.

9. No responder al llamado y no obedecer instrucciones de Directivos, Profesores u otros funcionarios del

establecimiento.

10. Faltarle el respeto a un compañero, lanzándole insultos o provocando que se burlen de él.

11. Hacer proselitismo o manifestaciones colectivas que comprometan el desarrollo normal de las actividades

académicas e incitar a miembros de la comunidad a vincularse a grupos políticos, religiosos o ideológicos.

12. Traer al colegio elementos de carácter pornográfico en cualquiera de sus manifestaciones.

13. Faltar el respeto a estudiantes, apoderados, docentes, directivos, asistentes de la educación, administrativos, ya

sea alzar la voz, decir improperios, dar portazos, hacer gestos groseros o amenazantes o cualquier otra conducta

similar.

14. Hacer mal uso del material del CRA, laboratorios y audiovisuales.

15. Hacer uso de un vocabulario soez.

16. Intentar y/o copiar en prueba, exámenes, trabajos de investigación, etc. y/o ayudar de cualquier forma a sus

compañeros en pruebas escritas u orales.

17. Mentir o engañar.

18. Retirarse del establecimiento antes del término de la jornada de clases sin autorización.

19. Adulterar trabajos de estudiantes de la misma clase o de curso superior o anterior con la finalidad de obtener

provecho en el proceso evaluativo del mismo.

20. Negarse a realizar las actividades escolares dentro de la sala de clases o fuera de ella (Ed. Física, Taller deportivo,

disertaciones u otras) ordenadas por docentes y/o cualquier autoridad del establecimiento.

21. Negarse de manera individual y/o de manera grupal a realizar pruebas en la fecha indicada, salir al pizarrón o ser

interrogados por el profesor. En general, por todo acto o comportamiento que impida el normal desarrollo de la

clase y de cualquier proceso evaluativo (entregar la prueba en blanco, romper la prueba, ocultarse, etc.)

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22. Utilizar elementos tecnológicos para fines que atenten contra la integridad, privacidad y seguridad de

estudiantes, apoderados y funcionarios o que interrumpan el normal desarrollo de las actividades del

Establecimiento (clases, recreos, eventos y actos).

23. Publicar material escrito o visual en medios públicos (Facebook, twitter, Instagram u otros de la red internet,

que atenten contra la integridad de las personas de la unidad educativa, (estudiantes, personal en general o

apoderados).

24. Organizar y/o participar de cualquier actividad que impida el normal desarrollo de las actividades académicas o

extra curriculares, etc.

25. Resistirse en cualquier forma, a cumplir las órdenes o disposiciones emanadas por las autoridades del

Establecimiento Educacional Hellen´s College tales como la Dirección, Jefe de U.T.P., Inspector/a General,

Docentes u otros funcionarios del establecimiento.

26. Utilizar el nombre o símbolo de la institución sin la autorización de la autoridad competente, en hechos que

lesionen la buena imagen del Colegio o para su provecho personal.

27. Participar en actos propios de la política contingente o partidario dentro de los recintos del colegio o donde se

realicen actividades curriculares.

28. Ingresar sin autorización a la sala de computación y laboratorios y talleres estando sin el docente a cargo.

29. Ensuciar y/o rayar murallas, suelos, baños o pegar carteles con consignas de cualquier índole o expresiones

ofensivas a la institución o a las buenas costumbres.

30. Organizar y/o participar de cualquier actividad que impida el normal desarrollo de las actividades académicas o

extra curriculares, etc.

31. Ausencia a clases por cimarra.

32. Ofender los emblemas de la Patria, Himno Nacional, Himno del Colegio, Bandera y escudo.

17.2.6.3 FALTAS GRAVÍSIMAS: Se considerarán faltas gravísimas aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la Comunidad Educativa, agresiones sostenidas en el tiempo y/o conductas tipificadas como delito. Se considerarán faltas gravísimas las siguientes:

1. Las transgresiones de la ética, bienestar y dignidad de algún miembro de la comunidad escolar. 2. Toda falta que trascienda más allá de los espacios escolares causando perjuicio a otras personas o

instituciones. 3. Levantar falso testimonio en relación a otros estudiantes u otras personas a través de cualquier medio. 4. Consumir y/o comercializar elementos nocivos para su salud en dependencias del Establecimiento y/o

fuera de él utilizando el uniforme oficial del Establecimiento Educacional Hellen´sCollege. 5. Fumar en cualquier dependencia de la Unidad Educativa y fuera de esta usando el uniforme del

Colegio. 6. Conductas o actitudes de los estudiantes que los hagan poner en riesgo su propia integridad física o la

de los demás. 7. Ingresar y/o distribuir, sea a cambio de un precio o gratuitamente drogas ilícitas, alcohol, pornografía o

impresos que atenten contra la moral y las buenas costumbres al interior de la unidad educativa. 8. Ingerir drogas, alcohol o evidenciar haberlo ingerido. 9. Consumir drogas dentro y alrededor del establecimiento, en cuyo caso se llamará de inmediato al

padre, madre y/o apoderado y a la PDI. 10. Adulterar, falsificar o destruir instrumentos dispuestos por las autoridades Ministeriales (Libro de

clases, certificados y otros).

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11. Adulterar o falsificar justificativos, certificados, anotaciones, timbres o calificaciones en el Libro de

Clases, o cualquier documento oficial de la institución. 12. Dañar o sustraer libros de clases o documentos públicos. 13. Interferir o infectar con virus los sistemas computacionales de la unidad educativa. 14. Realizar cualquier acción intencionada que perjudique la imagen del colegio ante la opinión pública y/o

Ministerio de Educación. 15. Abusar, hostigar, amenazar, amedrentar, chantajear, sobornar o la venganza contra compañeros o

contra cualquier miembro de la comunidad educativa. 16. Agredir física y/o psicológicamente d manera sostenida en el tiempo, a cualquier miembro de la

comunidad educativa. 17. Maltratar verbal o psicológicamente a cualquier integrante del Establecimiento Educacional. 18. Realizar actos de discriminación en contra de estudiantes u otros miembros de la Comunidad Educativa

ya sea por su condición social, religión, pensamiento político o filosófico, raza, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra circunstancia.

19. Hacer uso de internet para ofender, amenazar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o cualquier otro integrante de la comunidad escolar, así como para exhibir o difundir cualquiera de estas conductas, ya sea mediante chats, blogs, instagram, mensajes de texto para aparatos celulares, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, páginas web, teléfonos y cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

20. Las agresiones, acosos o ataques de connotación sexual, aunque no sean constitutivas de delito. 21. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar. 22. Portar, guardar o hacer uso de todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes,

punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.

23. La reiteración de conductas calificadas como graves. 24. Las acciones de: palabra o de hecho – de actos de violencia o intimidación en contra de alumnos,

docentes directivos, docentes, funcionarios administrativos y auxiliares. 25. Ocasionar daños o destrucción de los bienes del Establecimiento Educacional Hellen´s College. 26. Promover, fomentar o participar en cualquier forma acciones o conductas violatorias del orden público

o jurídico. 27. Organizar y/o promover la indisciplina dentro del aula, que genere daño físico o psicológico a los

estudiantes, profesores y asistentes de la educación. 28. La realización de actos o conductas heterosexuales y/o homosexuales explícitas y manifestaciones que

van en contra de la moral establecida dentro del Colegio o fuera de él vistiendo uniforme oficial. 29. Justificar con personas ajenas a la familia, no siendo ni el apoderado(a) o tutor(a). 30. Agredir físicamente con o sin objetos o instrumentos de cualquier naturaleza a cualquier miembro de

la Comunidad Educativa. 31. Organizar y/o participar de cualquier acto vandálico dentro o fuera del Establecimiento. 32. Frente a la comisión de un delito cometido dentro del Establecimiento Educacional o aquellos que se

cometan fuera del Establecimiento que afecten a los o las estudiantes se efectuarán las denuncias que correspondan ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los Tribunales competentes dentro las 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, de acuerdo a lo establecido en los artículos 175 y 176 del Código de Procedimiento Penal.

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17.3 PROCEDIMIENTOS QUE SE UTILICEN PARA APLICAR LA SANCIÓN 17.3.1 Generalidades

a. El profesor/a o inspector/a que sorprenda algún estudiante que esté incurriendo en una infracción deberá registrar la anotación – de manera inmediata – en la hoja de vida del estudiante, en el libro de clases en el apartado de observaciones.

b. Las infracciones de carácter GRAVE serán notificadas a cualquier miembro del equipo directivo docente o a la Dirección del Establecimiento, quien determinará la sanción establecida en el presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar. Sólo en aquellos casos en que la infracción es reiterativa el cuerpo directivo docente podrá convocar en consulta un Consejo de Profesores extraordinario y podrá sancionar, hasta inclusive la expulsión, de estudiantes del Establecimiento.

c. Las infracciones de carácter GRAVÍSIMA serán notificadas a cualquier miembro directivo docente o a la Dirección del Establecimiento, quien determinará la aplicación de la sanción establecida en el presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

d. Corresponderá al Equipo Directivo ordenar, cuando la situación sea de carácter grave o gravísima, una investigación tan pronto tenga conocimiento de la información por escrito.

e. La investigación tendrá por objeto comprobar la existencia de una infracción y la participación en el (los) acto (s) del (los) estudiante(s). Dicha investigación no podrá durar más de diez días hábiles a menos que existan causas fundadas que justifiquen prórrogas.

f. En casos debidamente calificados por la Dirección del Colegio, podrá suspender al o los estudiantes sujetos a investigación y si fuese sobreseído se deberá conceder el derecho a recuperar las exigencias curriculares que no haya(n) podido cumplir por causa de la suspensión.

g. Siempre se establecerá el derecho del estudiante a ser escuchado frente a una falta grave o gravísima, se citará a los Apoderados para informarles de la situación en la que ha participado su hijo y de las medidas que ha adoptado el Establecimiento.

17.3.2 Sanciones a infracciones a la normativa Las infracciones a una normativa regular será motivo de sanciones que estarán de acuerdo al tipo, recurrencia, circunstancia, atenuantes y agravantes. Estas corresponden a:

1. Diálogo personal y pedagógico: Procede cuando el estudiante manifiesta cualquier conducta inadecuada que no favorezca el ambiente de aprendizaje y la sana convivencia, que transgreda las normas señaladas en este Manual de Convivencia Escolar, cualquier funcionario del Colegio hablará con el estudiante para hacerlo recapacitar y corregir su conducta.

2. Amonestación verbal: Es el llamado de atención que hará el profesor ante alguna infracción de carácter leve que sucede durante el desarrollo de una clase o fuera de ella.

3. Amonestación escrita: Es la censura realizada por el Profesor, Inspector/a, Directivo Docente o Dirección del Colegio frente a la reiteración de alguna falta leve o una falta grave y que siempre será registrada en el libro de observaciones con una notificación y/o citación del Apoderado o Tutor del alumno(a). Junto con su registro en el Libro de Clases por la falta cometida, se recomienda incluir la adquisición de un compromiso del (la) estudiante que rectifique la misma.

4. Suspensión temporal: Procederá cuando el estudiante no cumple un compromiso adquirido, reiterando la falta por la que ha sido previamente sancionado. También procederá cuando la falta lo amerite y así lo determine la Dirección. Se refiere a la separación del estudiante de toda actividad académica o extracurricular, por períodos que van desde los tres a cinco. La gradualidad de la sanción

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está sujeta al análisis del caso por la instancia competente que corresponda y siempre será registrada en el libro de observación con citación y notificación al Apoderado y/o Tutor del estudiante. La suspensión se aplica también a las actividades extracurriculares. Ante el desacato de la medida, si el estudiante se presentará al colegio estando con la disposición de suspensión, éste será suspendido al interior del recinto, sin tener la posibilidad de ingresar a clases. Adicionalmente, el apoderado deberá presentarse al día siguiente para que su pupilo pueda reinsertarse, de no hacerlo, el estudiante estará en calidad de suspendido hasta que el apoderado concurra a una entrevista en Inspectoría General. En el caso que un estudiante causara daño a su persona o a cualquier miembro de la comunidad educativa, será considerado como una falta gravísima y deberá ser suspendido con la finalidad de resguardar su integridad y/o la de otros. El tiempo de la suspensión será el necesario, hasta que el apoderado presente un certificado de un especialista que acredite que el estudiante no constituye un riesgo ni para él, ni para ningún miembro de la comunidad educativa. En el caso de que un(a) estudiante, afectara reiteradamente el clima de aprendizaje alterando la dinámica escolar, será suspendido hasta que presente un certificado de un especialista que acredite que el estudiante está en condiciones de reincorporarse a la jornada escolar, permitiendo el normal desarrollo de las clases.

5. Carta compromiso: De acuerdo a la reiteración de faltas de carácter leves, graves y gravísimas el Consejo de Profesores determinará la necesidad de realizar un compromiso entre el estudiante, el Apoderado y el Establecimiento Educacional para mejorar su conducta y actitud.

6. Condicionalidad: Es aquella aplicada a un alumno por sus faltas. La reiteración de ellas derivará, en la no renovación de matrícula para el año siguiente, suspensión del proceso educativo y el alumno se presenta a rendir pruebas y exámenes y en caso extremo la expulsión del alumno. Con todo El Director en consulta al Consejo de Profesores y/o consejo de coordinación puede levantar la condicionalidad simple o escrita, si sus méritos de comportamiento y rendimiento lo ameritan. a. Procede cuando se reitera la falta que llevo a la Carta de Compromiso o cuando la gravedad de la

falta lo amerite por sí misma. b. El (la) Inspector/a General correspondiente con el Profesor Jefe, propondrá esta medida, la que

será ratificada, rechazada o modificada por la Directora. c. El apoderado será citado por el (la) Inspector/a General y/o el Profesor/a Jefe para firmar el

documento de condicionalidad y analizar la situación del (la) estudiante con respecto a la gravedad de la(s) falta(s) e informarle la medida aplicada.

d. El estudiante debe enmendar su mal comportamiento, si la condicionalidad es de naturaleza conductual.

e. El estudiante debe mejorar su rendimiento académico, si la condicionalidad es de naturaleza académica.

7. Condicionalidad extrema: Procede cuando se reitera la falta que llevó a la aplicación de la medida de Condicionalidad, como una última oportunidad, antes de la cancelación de matrícula, o bien cuando la gravedad de la falta cometida lo amerite por sí misma.

8. Cancelación de matrícula: en caso de producirse la reiteración de faltas graves o faltas gravísimas , existiendo una condicionalidad, y el estudiante continua reiterando un comportamiento inadecuado ni cumplido los compromisos adquiridos con el colegio, previo Consejo de Profesores, se procederá a la cancelación de la matrícula.

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9. Cancelación de matrícula inmediata: Consiste en la separación total del Establecimiento Educacional quedando inhabilitado a volver de manera definitiva y siempre será registrado en el libro de observación con citación y notificación al Apoderado y/o Tutor del alumno y autoridades Educacionales provinciales y regionales, Centro general de Padres, Centro de Alumnos y Consejo Escolar.

17.3.3 Atenuantes y Descargos a. En casos calificados, tales como, buenos antecedentes académicos o su irreprochable comportamiento

anterior la Dirección en consulta al Consejo de Coordinación y/o el Consejo de Profesores podrán imponer al infractor una medida disciplinaria de menor gravedad que las señaladas en los artículos anteriores.

b. Con todo, los estudiantes tendrán derechos a presentar sus descargos y solicitar reevaluación de la medida por escrito, como instancia de apelación, las que serán evaluadas por la Dirección del Establecimiento y se dará respuesta por escrito dentro de los 15 días hábiles a la recepción de la apelación.

c. De aplicarse las medidas de Cancelación de Matrícula o Cancelación de Matrícula Inmediata, el apoderado tiene derecho a solicitar su reconsideración por escrito ante la Directora, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la comunicación de la medida, plazo después del cual no procederá reclamo alguno. Posterior a la realización del Primer y Segundo Consejo de Disciplina las cancelaciones de matrícula serán informadas a la SUPEREDUC en un periodo no superior a 5 días hábiles.

17.3.4 Criterios de aplicación Toda sanción o medida es de carácter formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. Para la toma de decisiones en relación a la sanción o medida, se utilizará los siguientes criterios:

1. La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas 2. La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado. 3. La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

a. La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores. b. El carácter vejatorio o humillante del maltrato c. Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro. d. Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa e. Haber agredido a un docente o funcionario del establecimiento educacional

4. La conducta anterior del responsable 5. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra. 6. La discapacidad o indefensión del afectado.

17.3.5 Procedimientos ante las faltas de carácter leve ENCARGADO: INSPECTOR(A) GENERAL – ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

1. Amonestación verbal de la cual quedará registro en la hoja de vida del estudiante. 2. Ante la reiteración de una falta de carácter leve se realizará registro escrito en el libro de actas de

atención de estudiantes que permanece en Inspectoría General, firmada por el estudiante. 3. Ante una tercera falta leve, esta pasa a ser clasificada como Falta Grave, por tanto se da el

procedimiento correspondiente a este tipo de faltas.

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17.3.6 Procedimientos ante faltas de carácter grave ENCARGADO: DIRECTORA – INSPECTOR(A) GENERAL – ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

1. Ante las faltas de carácter grave se realizará citación al apoderado, donde se le notificará la situación ocurrida, solicitando la colaboración en la corrección a la conducta realizada. El propósito es que el apoderado tome conocimiento de la situación para tomar las medidas pertinentes en favor a mejorar la convivencia escolar y el crecimiento personal del alumno. Esta entrevista se dejará registrada en el libro de actas de Inspectoría General, quedando firmadas por los concurrentes.

2. Ante la reiteración de una falta grave se aplicará la suspensión por 5 días y se aplicará la Condicionalidad u/o Condicionalidad Extrema de matrícula. Lo anterior será informado al apoderado y quedará estipulado en el libro de actas de Inspectoría General con sus respectivas firmas.

3. Ante una tercera falta grave, esta pasa a ser clasificada como Falta Gravísima, por tanto se da el procedimiento correspondiente a este tipo de faltas. Además se cancelará su matrícula para el año lectivo siguiente.

17.3.7 Procedimientos ante faltas de carácter gravísimas 1. Ante faltas de carácter Gravísimas se realizará la suspensión temporal por hasta 5 días. Se presentará el

caso al Consejo de Profesores y/o Equipo de Gestión para determinar la sanción disciplinaria definitiva. Estas sanciones, dependiendo del criterio de aplicación serán las siguientes:

a. Condicionalidad de Matrícula, siempre y cuando el estudiante no tenga antecedentes previos, más suspensión temporal de hasta 5 días.

b. Condicionalidad Extrema de Matrícula, en caso de que exista una Condicionalidad previa en el estudiante, más suspensión temporal de hasta 5 días.

c. Cancelación de Matrícula para el año siguiente.

Todas aquellas faltas establecidas como delito (lesiones, robos, hurtos, amenazas, porte de armas, tráfico de drogas, abusos sexuales y otros) ameritan la expulsión inmediata del estudiante y serán denunciadas por la Institución ante Carabineros, Policía de Investigaciones, Fiscalía del Ministerio Público o los Tribunales competentes, dentro de un plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho. Los padres del estudiante afectado tienen el deber moral de confirmar las denuncias.

17.4 RECONOCIMIENTOS POR CUMPLIMIENTOS DESTACADOS

Toda acción positiva debe ser destacada en la hoja de vida del estudiante. Además, según el caso, podrá destacarse en el mural, acto cívico y página Web del establecimiento sección noticias.

17.4.1 Son acciones positivas para este efecto: 1. Durante el semestre su presentación personal ha sido muy buena. 2. Durante el semestre ha mantenido sus útiles escolares y cuadernos completos y en excelente estado. 3. Ha mantenido una actitud de respeto y colaboración con su profesor, digno de destacarse. 4. Ha demostrado capacidad para reconocer sus errores y tratar de enmendarlos. 5. Ha evidenciado en sus comportamientos una actitud de colaboración y solidaridad por sus compañeros

de curso. 6. En el trato con sus compañeros ha evidenciado respeto y caballerosidad, es digno de destacarse. 7. En el trato con los compañeros varones ha evidenciado respeto y buenos modales de acorde con su

condición de mujer y viceversa.

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8. La preocupación y esfuerzo que ha demostrado en sus estudios, es digno de destacarse. 9. Su compromiso con el estudio ha mejorado notablemente. 10. Ha demostrado excelente conducta durante el semestre. 11. Ha demostrado excelente rendimiento académico durante el semestre. 12. Participa y coopera activamente en actos cívicos y/o Actividades Extra programáticas.

18. AMBITO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR 18.1 COMPOSICIÓN COMITÉ DE BUENA CONVIVENCIA Y ENCARGADOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

El Comité de Buena Convivencia del establecimiento educacional está constituido por los siguientes estamentos:

a. Inspectores Generales / Encargados de Convivencia Escolar b. Psicólogo(a) c. Orientador(a)

18.2 FUNCIONES DE LOS ESTAMENTOS QUE CONSTITUYEN EL COMITE 18.2.1 Inspectores Generales / Encargados de Convivencia: deben velar por el cumplimiento de la normativa

establecida en el presente reglamento interno, tanto a nivel de disciplina como de convivencia escolar, supervisando las actividades dentro y fuera del aula, el uso de los espacios comunes, la atención de Padres y/o Apoderados del establecimiento, asistir a reuniones con entidades externas de intervención de estudiantes, realizar entrevistas formativas con los estudiantes del establecimiento, realizar las citaciones necesarias para velar por el buen funcionamiento y tomar las medidas formativas necesarias dentro del marco legal establecido.

18.2.1 Psicólogas: son las encargadas de realizar entrevistas a todos los estudiantes prioritarios, coordinar charlas de entidades externas para estudiantes y docentes, entrevistas autorizadas por Padres y/o Apoderados de estudiantes no prioritarios, realizar derivaciones a entidades externas para evaluación, diagnóstico y tratamiento de casos evaluados, ejecutar talleres programados de autocuidado para estudiantes desde Pre Kínder hasta Cuarto medio, asistir a reuniones con entidades externas de intervención de estudiantes, ejecutar talleres de perfeccionamiento para temas atingentes tanto a estudiantes, docentes y apoderados, recibir derivaciones de los profesores jefes y entrevistar apoderados requeridos.

18.2.2 Orientador: es el encargado de realizar las planificaciones del trabajo de los valores institucionales, entregar cronograma de valores y sellos escolares a trabajar, atender a estudiantes y apoderados, llevar a cabo la orientación relativa a postulaciones de estudiantes a becas y carreras de educación superior, coordinar ferias y charlas para la educación superior.

18.3 PLAN DE GESTIÓN ESCOLAR CONVIVENCIA ESCOLAR 18.3.1 OBJETIVOS FUNDAMENTALES.

a. Implementar acciones y estrategias que promuevan una convivencia de calidad, en un marco de respeto y solidaridad, expresado en relaciones interpersonales armoniosas y sin violencia y que contribuyan a la formación integral, personal y social de alumnos y alumnas.

b. Mejorar la calidad de los aprendizajes de nuestros estudiantes en un clima de respeto, dialogo, participación e inclusión.

c. Crear instancias de participación de la comunidad educativa para lograr mayor identidad por parte de los miembros del colegio.

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18.3.2 PLAN ANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Objetivos Acciones Responsables Medio de verificación Fecha ejecución

Evaluar Plan de Acción de

Convivencia Escolar 2019

Asamblea Consejo

Escolar.

Reunión Equipo de

Gestión(EGE)

Encargados de

Convivencia Escolar.

EGE

Consejo Escolar.

Acta de reunión del Consejo

Escolar y Equipo de Gestión

Diciembre 2019

Elaborar Plan de Acción de

Convivencia Escolar 2020

Nuevo Plan de Acción

de Convivencia.

Encargados de

Convivencia Escolar.

Departamento de

Orientación.

Plan de Acción de

Convivencia Escolar 2020

(Documento)

Enero 2020

Difundir Reglamento de

Convivencia Escolar y Plan

de Gestión a la Comunidad

Educativa.

Publicación del

Reglamento de

Convivencia Escolar en

la página Web del

colegio.

Análisis del Reglamento

de Convivencia Escolar

y Plan de Acción en el

Consejo de Curso.

Análisis del Reglamento

de Convivencia Escolar

y Plan de Gestión en

Reunión de Apoderado.

Encargado de página

web del colegio.

Profesores Jefes.

Orientador

www.hellenscollege.cl

Registro en leccionario libro

de clases.

Acta de reunión de

Apoderados.

Marzo 2020

Promover habilidades y

actitudes necesarias para la

buena convivencia.

Participación en

actividades del Mes de

la Convivencia Escolar.

Comunidad Educativa Infografías.

Registros gráficos.

Registro en Leccionario del

libro de clases.

Abril

Fomentar la competencia

sana y respetuosa.

Participación en

campeonatos

deportivos.

Participación en

alianzas en el día del

alumno y aniversario

del colegio.

Centro de

Alumno

Profesores asesores.

Profesores de E. Física.

Registro gráfico.

Documento del proyecto de

actividades

Mayo

a

Octubre

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Promover el respeto y

participación en la

Comunidad Educativa que

permita construir un clima

de sana convivencia

Preparación de actos cívicos

Participación en talleres extra

programáticos

Participación en eventos

culturales en el colegio.

Profesor Jefe

Estudiantes

Profesores de asignaturas

UTP.

Monitores

Registro gráfico.

Realización de los actos

cívicos

Exposiciones en

dependencias del colegio

Abril

a

Noviembre

Fomentar la sana

convivencia entre los

integrantes de la

comunidad educativa.

Preparación del diario mural

en la sala de clases con una

temática valórica mensual.

Encargados de Convivencia

Escolar

Profesor Jefe

Estudiantes

Exposición de la temática

mensual, a través del

diario mural.

Registro en Leccionario

del libro de clases.

Abril

a

Noviembre

Favorecer la reflexión de

los estudiantes sobre

temas relacionados a la

convivencia escolar y

formación valórica y

formativa que fomente

conductas sanas y positivas

Desarrollan unidades de

Orientación

Orientador

Profesor Jefe

Estudiantes

Registro en el leccionario

del libro de clases.

Abril

a

Noviembre

Potenciar la búsqueda

de respuestas asertivas y

cooperativas frente a

problemáticas

emergentes.

Realizar talleres grupales

ante problemáticas

emergentes dirigidos a

estudiantes y apoderados.

Entrevistas personales a

estudiantes y apoderados.

Psicóloga

Orientador

Profesor Jefe

Registro gráfico.

Registro en leccionario de

Orientación

Ficha de entrevista

personal.(profesor).

Informe de la psicóloga

Marzo

a

Diciembre

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18.4 DESCRIPCIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR Entendemos por sana convivencia la potencialidad que tienen las personas para vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca. La Convivencia Escolar se genera en la interrelación entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de las y los estudiantes. Una Convivencia escolar sana tiene incidencia en la calidad de vida de todos los miembros en la Comunidad Educativa, en los resultados de aprendizaje y en el mejoramiento de la educación. Aprender a entenderse con otros es el fundamento de una convivencia social pacífica y democrática. Todos los integrantes de la Comunidad Escolar deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la Comunidad Educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

18.4.1 Normas en la Sala de Clases En cada sala se podrán desarrollar reglas propias en el contexto de las siguientes recomendaciones que emanen del Establecimiento Educacional.

a. Mantener siempre las sillas y mesas limpias y ordenadas. b. Cuidar el mobiliario e infraestructura. c. Respetar el derecho y pertenencias de los demás. d. Mantener hábitos adecuados como: no comer, beber, ni mascar chicle durante las clases. e. Se debe mantener un lenguaje y conductas cordiales y respetuosas para con los demás miembros de la

comunidad educativa. f. Se prohíbe la grabación de imagen y/o sonido, total o parcial de clases, conversaciones públicas o

privadas sin el consentimiento de las personas involucradas. g. Uso del uniforme completo en todo momento y según determine el colegio. h. No escuchar música.

18.4.2 Normas de Sana Convivencia

Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar, de acuerdo a las siguientes normas de convivencia:

1. Respetar los horarios y niveles estipulados para los recreos diferidos del Establecimiento Educacional 2. Para discriminar específicamente los problemas de convivencia, traducidos en rivalidades o

desencuentros producidos por diferentes factores como ser estilos de crianza y/o de opinión entre los estudiantes de todos los niveles y edades, es necesario tipificar este tipo de problemas en:

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a. Problemas de indisciplina: incumplimiento de las reglas y normas de convivencia. b. Conducta antisocial: indiferencia grave hacia las normas sociales con ostentación y sin ningún

sentimiento de culpa (robos, destrozo de mobiliario, rallado de paredes, etc.). c. Conductas disruptivas: comportamientos molestos que suceden con impulsividad, falta de

motivación y marginación del trabajo escolar (molestar e interrumpir). d. Desinterés académico: comportamientos de apatía y desinterés, no prestar atención, dormirse,

etc. e. Bullying: se entenderá por Bullying o acoso y violencia escolar: las conductas, tratos y prácticas,

generalmente reiteradas en el tiempo, consistentes en agresiones verbales, físicas o psicológicas o f. inclusive abusos sexuales, o bien en ofensas, vejaciones, chantajes, escarnios o burlas, o bien en

intimidación o amenaza, o bien – finalmente- en acciones de discriminación, segregación o exclusión, que se realizan en el ámbito escolar por parte de uno o más estudiantes en contra de otro que es víctima de su hostigamiento, sustentándose en un sentimiento de superioridad.

g. Ciberbullying: la podemos definir como la manifestación del acoso escolar que se produce mediante plataformas virtuales y herramientas tecnológicas, tales como: chats, blogs, fotologs, twiter, Facebook, mensajes de texto para aparatos celulares, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, páginas webs, teléfonos y otros medios tecnológicos.

3. Se procederá a sancionar cualquier actividad que atente contra la integridad física, psicológica o la honra de las personas, las que serán identificadas como graves, en todas sus manifestaciones, edades y roles, una vez resguardados los siguientes procedimientos que identifiquen la situación particular: a. Evidenciar la situación frente a una denuncia responsable, realizada por el estudiante, Padre y/o

Apoderado, Docente o cualquier funcionario del establecimiento. b. Entregar apoyo a las víctimas y a los victimarios. c. Abrir espacios de diálogos entre los involucrados, estudiantes, familia y colegio. d. Establecer consecuencias claras respecto a la conducta identificada. e. Realizar un seguimiento caso a caso con informes y reuniones concertadas con quienes estén

involucradas en dicha situación. f. Compromisos adquiridos por las partes, junto con la evaluación y supervisión del colegio. g. En caso de no modificarse la conducta, y en casos extremos, el colegio aplicará las máximas

sanciones establecidas. 4. Queda estrictamente prohibido tirar piedras u otros objetos. 5. Usar los artefactos sanitarios para la función que fueron instalados, cuidando la higiene de éstos. 6. Mantener una actitud de respeto y cuidado para con el entorno natural del colegio. 7. Toda salida presume representatividad del Establecimiento Educacional Hellen´s College, por tanto, será

obligatorio el uso del uniforme que corresponda, según la ocasión y que se haya determinado para este efecto. 8. La toma de las dependencias del Colegio se considera como un mecanismo absolutamente contrario a los

aceptados por la Institución para solucionar los conflictos, por cuanto se espera que el respeto, diálogo y la

participación sean los valores que conduzcan nuestra convivencia. Por otra parte, la usurpación de propiedad

privada (tomas) es una figura legal que está penada por la ley, lo cual implica que quienes incurran en esto se

exponen a las sanciones contenidas en la nueva ley procesal penal.

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9. En la sala de clases se prohíbe lanzar papeles y objetos; los gritos o cualquier falta que impide una clase

ordenada y armoniosa. 10. Los estudiantes deberán cuidar dependencias del colegio, especialmente baños, mobiliarios, paredes,

no permitiendo hacer rayas ni menos destrucción de ellos, lo que podrá significar reparar y/o pagar daño, y en caso de actitud maliciosa, puede merecer la suspensión de clases o cancelación en forma inmediata de la matrícula.

11. Los teléfonos celulares no podrán activarse en período de clases, debiendo estar apagados o en modo de silencio. El colegio no se responsabiliza por pérdidas de joyas, celulares, equipos deportivos, calculadoras, equipos de música y otros implementos que deberán ser cuidados por el propio estudiante.

12. Se prohíbe toda clase de compraventas entre estudiantes. 13. Los estudiantes incurrirán en falta gravísima si hacen uso de Red Internet para provocar desórdenes,

ofender, amenazar, injuriar, calumniar o desprestigiar a cualquier integrante de la Comunidad Escolar, provocando daños psicológicos o materiales al o los afectados.

14. Se prohíbe toda manifestación amorosa en los estudiantes ya sea de orden heterosexual u homosexual, con todo, los estudiantes que sean sorprendidos en conductas de orden sexual serán inmediatamente suspendidos y puestos en consideración de la Dirección en consulta si fuese necesario al Consejo de Profesores por falta a la moral, gravísima.

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18.5 PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN COLABORATIVA 18.5.1

DIAGRAMA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN RELACIÓN A SITUACIONES DISCIPLINARIAS

SITUACIÓN

CONFLICTIVA

DISCIPLINARIA

INSPECTOR/A GENERAL Y/O

ENCARGADO DE CONVIVENCIA

ESCOLAR INTERVIENE PARA

SOLUCIONAR EL CONFLICTO

PROFESOR DE LA ASIGNATURA

INTENTA SOLUCIONAR EL

CONFLICTO

O

PROFESOR JEFE PARA

INTERVENIR EN LA SOLUCIÓN AL

CONFLICTO

INSPECTOR/A DEL NIVEL

INTERVIENE PARA SOLUCIONAR

EL CONFLICTO

DIRECTOR/A INTERVIENE PARA

SOLUCIONAR EL CONFLICTO

REGISTRA ANTECEDENTES EN LA

HOJA DE VIDA DEL ESTUDIANTE EN

EL LIBRO DE CLASES.

SI

SI

SI

SI

NO

NO

NO

NO

SI

REGISTRA SITUACIÓN ACONTECIDA

EN CARPETA DE ATENCIÓN DE

APODERADOS.

REGISTRA EN EL LIBRO DE ACTAS DE

INSPECTORÍA

SOLUCIÓN A SITUACIÓN

CONFLICTIVA DISCIPLINARIA Y

REGISTRO EN LIBRO DE ACTAS DE

INSPECTORÍA.

SOLUCIÓN A SITUACIÓN

CONFLICTIVA DISCIPLINARIA Y

REGISTRO EN LIBRO DE ACTAS DE

DIRECCIÓN.

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18.5.2 PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DE PROBLEMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Se sancionará cualquier actividad que atente contra la integridad física, psicológica o la honra de las personas, en todas sus manifestaciones, edades y roles, una vez resguardados los siguientes procedimientos (pasos) que identifiquen la situación particular.

1. Realizar la denuncia de manera responsable bajo registro en libro de actas de el/la Encargado/a de Convivencia Escolar. Esta denuncia puede ser realizada por estudiantes, padres, apoderados, docentes o cualquier funcionario del establecimiento.

2. Ante la denuncia se abrirán espacios de dialogo entre los involucrados, la familia y el colegio. Dentro de las medidas remediales se encuentra la atención por parte de las psicólogas del establecimiento, siempre y cuando el padre y/o apoderado acepte la instancia. Si los padres y/o apoderados no aceptan la instancia de derivación a psicóloga del establecimiento, deberán de manera particular traer un informe del especialista tratante para poder abrir los canales de comunicación para la solución del conflicto.

3. Establecer las consecuencias claras respecto a la conducta identificada, la tipificación de las faltas que se encuentran en el reglamento interno de convivencia escolar.

4. Realizar seguimiento caso a caso con informes y reuniones concertadas con quienes estén involucrados en la situación. Comprobar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la situación.

5. En caso de no existir modificación de la conducta, y en casos extremos, el establecimiento educacional aplicará las máximas sanciones descritas en el presente reglamento interno de convivencia escolar.

18.5.3 Responsabilidad de la Comunidad Educativa Frente al Maltrato Escolar, Bullying y Ciberbullying:

Los miembros de la Comunidad Educativa tienen relevancia en la detección, prevención y erradicación de todas las formas de abuso de acuerdo a las siguientes consideraciones:

1. Los sobrenombres o burlas reiteradas hacia algún estudiante por alguna característica física, psicológica, étnica u otra, no deben ser vistas y toleradas como algo “normal” puesto que daña la dignidad y la autoestima de los estudiantes.

2. Deben utilizarse los canales de comunicación y diálogo entre los docentes, directivos y asistentes de la educación de manera de generar confianzas entre todos los integrantes de la comunidad educativa

3. No se puede justificar ninguna manifestación de hostigamiento. 4. Las situaciones de hostigamiento deben ser conversadas abiertamente, en la familia y con los

integrantes de la Comunidad Educativa, de manera de evitar mantenerlas ocultas. 5. No se puede minimizar una situación en la que alguien es acosado por otro, tampoco comparar ni

justificar el actuar de los estudiantes ante estas conductas; las etapas de desarrollo de los jóvenes no justifican bajo ninguna forma el asedio u hostigamiento a sus pares.

6. Atender y contener a niños y jóvenes asediados u hostigados en forma oportuna.

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18.5.4 PROCEDIMIENTO EN CASO DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN ENTRE ESTUDIANTES

Los Padres y/o Apoderados, estudiantes, docentes, asistentes de la educación y miembros del Equipo Directivo deberán informar a Inspectoría General las situaciones de violencia física o psicológica, agresión que afecte a algún miembro de la comunidad educativa, ya sea dentro o fuera del establecimiento educacional.

1. El funcionario que sorprenda a un estudiante incurriendo en alguna manifestación de agresión deberá registrar la anotación correspondiente, de manera inmediata, en la hoja de vida del estudiante, informando de forma verbal o escrita a Inspectoría General. Asimismo, cualquier estudiante que conozca o esté involucrado en una situación de agresión en cualquiera de sus manifestaciones deberá denunciar los hechos por los conductos previamente señalados en el presente Reglamento de Convivencia Escolar.

2. En relación a la participación de Padres y/o Apoderados en caso de denuncia de hechos de agresión o violencia escolar, deberá denunciar de manera personal (para realizar el registro correspondiente en el libro de actas de inspectoría General) los hechos ocurridos bajo el conducto regular previamente mencionado en el presente Reglamento de Convivencia.

3. De manera automática, al momento de tomar conocimiento los encargados de convivencia escolar derivaran tanto al agresor como al agredido a atención con la psicóloga del establecimiento.

4. Al momento de tomar conocimiento de un hecho de violencia escolar, en cualquiera de sus manifestaciones, los encargados de convivencia escolar, deberán en un plazo no mayor a 24 horas informar a la Directora del establecimiento, de manera verbal, constatando este hecho con la firma y timbre de dirección en el libro de actas.

5. Comenzar la investigación del hecho denunciado, citando a los involucrados y posibles testigos en el conflicto, registrando las entrevistas en el libro de actas de Convivencia Escolar. En caso de conflictos entre terceros se mantendrá la identidad del denunciante en resguardo. Durante el transcurso de la investigación se tomaran las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, respeto y dignidad de las personas comprometidas. El acceso y uso del libro de actas queda reservado al equipo directivo del establecimiento.

6. Los padres y/o apoderados de los estudiantes involucrados tendrán derecho a ser informados de la situación que afecta a sus hijos. Estas entrevistas serán registradas en el libro de actas de convivencia escolar, y se adjuntarán a la investigación en proceso. En relación a esta atención los Padres y/o Apoderados deberán suscribir acuerdos y compromisos desde el rol que les compete, tanto del agredido como del agresor.

7. Para la aplicación de sanciones se seguirán los lineamientos contenidos en el presente Manual de Convivencia, las cuales serán informadas a los afectados por intermedio de los encargados de Convivencia Escolar. Esta instancia será registrada en el Libro de Actas de inspectoría y se consignarán las razones esgrimidas para tales efectos.

8. La situación será monitoreada de manera de evaluar el cumplimiento y resultados de las medidas aplicadas. En caso de ser efectivas se registrara en el libro de actas señalando los cambios presentados por el o los estudiantes, si por el contrario, si las medidas formativas y disciplinarias no han sido efectivas, se evaluará y considerará la aplicación de otras medidas.

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18.5.5 PROCEDIMIENTO EN CASO DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN DE ADULTOS MIEMBROS DEL

ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL HELLEN´S COLLEGE A ESTUDIANTES

Los Padres y/o Apoderados, estudiantes, docentes, asistentes de la educación y miembros del equipo directivo deberán informar a los encargados de convivencia escolar las situaciones de violencia psicológica u hostigamiento que afecten a algún miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, conforme al Reglamento Interno de Convivencia Escolar. El Docente, paradocente o asistente de la educación que vea alguna manifestación de agresión psicológica de un adulto a un estudiante, deberá de manera inmediata, informar a los encargados de Convivencia escolar quien registrará el hecho en el libro de actas. Asimismo, cualquier estudiante que conozca o esté involucrado en una situación de agresión por parte de un adulto en cualquiera de sus manifestaciones deberá denunciar los hechos por los conductos señalados en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar. En relación a la participación de Padres y/o Apoderados en casos de denuncia de hechos de agresión de un adulto a un estudiante, deberá informar en entrevista personal o por escrito la situación a los encargados de convivencia escolar. De acuerdo a lo establecido en la Ley General de Educación los estudiantes tienen derecho a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos, por tanto:

1. Al momento de tomar conocimiento de un hecho de agresión psicológica u hostigamiento de manera verbal o a través de los medios de registro por parte de los encargados de Convivencia escolar, en un plazo no mayor a las 24 horas, deberá informar a la Directora del establecimiento y comenzar la investigación interna. Para garantizar la protección del denunciante, el profesional denunciado, como medida preventiva será removido del curso del curso afectado por el tiempo que dure la investigación. En caso de conflicto entre terceros, se deberá resguardar la identidad del denunciante. Durante el transcurso de la investigación se tomarán las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, respeto y dignidad de las personas. Cada entrevista y/o procedimiento quedará registrado en el libro de actas de Inspectoría General. Este libro será de acceso reservado.

2. Los encargados de convivencia citará de manera reservada a los involucrados y/o testigos de un hecho de violencia escolar a declarar para recabar antecedentes. Los padres y/o apoderados de los estudiantes involucrados tendrán derecho a ser informados permanentemente de la situación que afecta a sus hijos, registrando el medio por el cual se informa en el libro de actas.

3. Para efectos de la aplicación de sanciones los encargados de convivencia escolar presentara a la directora las alternativas, basadas en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

4. Quien aplicará las sanciones a los adultos involucrados en algún incidente de las características descritas anteriormente, será el sostenedor y/o la directora del establecimiento, en base a las herramientas legales de las que disponga. De todo esto quedará registro en los libros de actas correspondientes.

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5. En el caso de agresión física, constitutiva de delito, el sostenedor y/o directora denunciara a la justicia, ya sea a través de Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o en los tribunales competentes de manera tal, que sea la justicia ordinaria la que investigue los hechos denunciados. Se considera que toda medida o sanción debe resguardar en todo momento la integridad de los estudiantes, además de propiciar espacios para la reflexión, en torno al comportamiento de los adultos en términos de resguardar su salud mental y capacidad laboral.

6. En caso de lesiones físicas de moderada a graves, se verificará que el o los estudiantes, estén en condiciones de seguir asistiendo al mismo establecimiento, colaborar con la reubicación del o los estudiantes en el sistema escolar.

7. En el caso de que el agresor sea un apoderado, este perderá automáticamente su condición de tal y queda estrictamente prohibido su ingreso al establecimiento. En un plazo no mayor de 24 horas se debe denunciar al agresor en Carabineros.

8. En el caso de que el agresor sea un funcionario de la institución, se procederá momentáneamente a la suspensión de toda actividad al interior de ella y será denunciado a los organismos competentes inmediatamente (Inspección de trabajo, carabineros o PDI).

18.5.6 PROCEDIMIENTOEN CASO DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN DE ESTUDIANTES A MIEMBROS ADULTOS DEL ESTABLECIMIENTO

1. Los Padres y Apoderados, estudiantes, docentes, asistentes de la educación y miembros del equipo directivos deberán informar al encargado de convivencia escolar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecta a un miembro de la comunidad educativa, ya sea, dentro o fuera del establecimiento educacional y de las cuales tomen conocimiento.

2. El docente o inspector que sorprenda a un estudiante incurriendo en alguna manifestación de agresión deberá registrar la anotación – de manera inmediata – en la hoja de vida del estudiante e informar al encargado de convivencia escolar de manera verbal o escrita.

3. Asimismo, cualquier estudiante u otro miembro de la institución que conozca o esté involucrado en una situación de agresión en cualquiera de sus manifestaciones deberá denunciar los hechos por los conductos señalados en el reglamento interno de convivencia escolar.

4. En relación a la participación de padres y/o apoderados en caso de denuncia de hechos de agresión o violencia escolar, deberá informar por escrito al encargado de convivencia escolar.

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18.6 REGULACIONES DE EXISTENCIA Y FUNCIONAMIENTO DE LA BUENA CONVIVENCIA

Para que se mantenga y funcione el Reglamento de Convivencia interno, se contará con la supervisión y evaluación de los

siguientes estamentos institucionales:

Estamento Compromiso y Participación

Consejo Escolar

Conocer el P.E.I. y el Reglamento de Convivencia Escolar, participando en su elaboración y actualización, considerando como eje central la convivencia escolar.

Promover acciones, medidas y estrategias que fortalezcan la convivencia escolar y que permitan prevenir actos de violencia entre los miembros de la comunidad escolar.

Elaborar, en conjunto con el Encargado de Convivencia Escolar, el Plan de acción para la promoción de una convivencia sana y respetuosa.

Encargados de Convivencia Escolar

Elaborar el Plan de Acción de Convivencia escolar de acuerdo a las indicaciones del Consejo Escolar.

Promover la participación de los diferentes estamentos de la Comunidad Escolar en la implementación y difusión del Plan de Acción de Convivencia del establecimiento.

Ejecutar protocolo de resolución de conflictos.

Dirección y Equipo Directivo

Generar y coordinar jornadas de trabajo que incorporen a los distintos estamentos

de la Comunidad Escolar. Definir y difundir las responsabilidades de los miembros de la Comunidad Escolar en

el fortalecimiento de la convivencia en el establecimiento. Enfatizar el uso de procedimientos justos, claros y comprensibles por todos los

miembros de la Comunidad Escolar.

Profesores y Profesoras

Generar y fomentar estrategias participativas orientadas hacia la formación ciudadana.

Contribuir a establecer relaciones respetuosas y solidarias ntre los miembros de la Comunidad Escolar.

Alumnos y Alumnas

Reconocer y asumir las consecuencias de sus actos, sin buscar impunidad ni

complicidad en acciones que perjudiquen a terceros. Respetar las normas y acatar los Reglamentos, expresando sus inquietudes o

discrepancias en forma respetuosa y en las instancias que correspondan.

Padres, Madres y Apoderados

Cautelar y promover el respeto y solidaridad de sus hijos e hijas con y hacia los

miembros de la Comunidad Escolar. Conocer, compartir y apoyar el P.E.I. y el Reglamento de Convivencia Escolar.

Asistentes de la Educación

Supervisar el ejercicio de una convivencia respetuosa, en las distintas dependencias

del establecimiento. Cumplir rigurosamente las normas y procedimientos instituidos en la Comunidad

Escolar.

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18.7 PROCEDIMIENTOS PARA LA RESOLUCIÓN COLABORATIVA DE CONFLICTOS Todos los conflictos que se deban administrar en una comunidad escolar no provienen de una vulneración de normas. Puede existir una vulneración de norma sin conflicto interpersonal y conflictos escolares que no estén vinculados al atropello de una norma. Mas una situación u otra requieren que la escuela tenga un procedimiento formal e informal de resolución de conflictos, en donde las partes tengan igualdad de oportunidades a un proceso justo de resolución. La experiencia de resolución justa de conflicto o de vulneración a una norma, constituye un aprendizaje para toda la vida en las personas; particularmente si va acompañada de la contención necesaria, del respeto a la dignidad de los y las involucrados/as, y posibilidades de ejercer habilidades autónomas en la definición de alternativas de resolución.

18.7.1 NEGOCIACIÓN Es una técnica de resolución pacífica de conflictos, que se ejecuta a través de dos o más partes involucradas que dialogan cara a cara, analizando la discrepancia y buscando un acuerdo que resulte mutuamente aceptable, para alcanzar así una solución a la controversia. Para negociar, debe existir en las partes involucradas en la disputa la disposición, voluntad y confianza para resolver mediante el diálogo, exponiendo asertivamente la posición de cada uno y lo esperado del proceso. Siempre en una negociación existirá una satisfacción parcial de las necesidades, por cuanto el proceso involucra la capacidad de ceder para que ambas partes ganen en la negociación. La negociación puede ser entendida como un proceso dinámico, en el cual dos o más actores en conflicto –latente o manifiesto–, o con intereses divergentes, entablan una comunicación para generar una solución aceptable de sus diferencias, la que se explicita en un compromiso.

18.7.2 LA MEDIACIÓN Es una técnica de resolución pacífica de conflictos en la cual una persona o grupo que no es parte del conflicto, ayuda a las partes en conflicto a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema. En otras palabras, es cuando dos o más personas involucradas en una controversia no se perciben en condiciones de negociar y buscan, voluntariamente, a un mediador o una mediadora, que represente imparcialidad para las partes involucradas y les ayude a encontrar una solución al problema. La mediación es una práctica que ha sido desarrollada especialmente en diversos ámbitos: judicial, laboral, comunitario, familiar; a la vez que en diversas organizaciones como procedimiento alternativo de resolución de conflictos. En escuelas y liceos de nuestro país, ya han comenzado algunas experiencias educativas desde esta técnica, observando alta valoración en el testimonio de docentes y estudiantes. Al igual que las otras técnicas presentadas en esta cartilla, es una forma de abordaje de los conflictos que no establece culpabilidades ni sanciones, sino busca un acuerdo, reestablecer la relación y reparación cuando es necesario. En el contexto escolar, nos otorga una posibilidad a ser ejecutada por los estudiantes, a modo de Mediación entre Pares, o entre los distintos estamentos como mediación institucional (docentes-estudiantes, codocentes-estudiantes, o entre docentes, por ejemplo).

18.7.3 EL ARBITRAJE Se refiere a un modo de resolución de conflicto, uno de los más tradicionales en la cultura escolar. Es el procedimiento con el cual se aborda el conflicto en donde un tercero, a quien se le ha atribuido con poder, decide la resolución que le parezca justa en relación al conflicto presentado. Si pensamos en esta figura, este rol es muy conocido a través del inspector o inspectora general, orientador y orientadora o un profesor o profesora jefe/a, Dirección del establecimiento. Teniendo presente el contexto escolar y su función pedagógica, se habla de Arbitraje pedagógico al procedimiento de

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resolución del conflicto, guiado por un adulto con atribuciones en la institución escolar, quien a través de un dialogo franco, respetuoso y seguro, escucha atenta y reflexivamente de la posición e intereses de las partes, antes de determinar una salida justa a la situación planteada. ¿Qué es el Arbitraje pedagógico? 55 Capítulo 2 Técnicas alternativas en resolución de conflictos en instituciones escolares En este sentido, el Arbitraje pedagógico corresponde a un proceso privado de resolución, en que el o la docente como tercero o tercera incluida en el proceso, será depositario de la medida de resolución. En esta labor, la resolución del conflicto no sólo pasa por la determinación del adulto como un “juez”, de acuerdo a los límites establecidos en el establecimiento; sino como un adulto que permite a través del diálogo un aprendizaje significativo en los estudiantes en conflicto. Debemos recordar que un objetivo central de esta técnica de resolución de conflictos en la institución escolar, es que el estudiantado y los demás miembros de la institución escolar logren autonomía para la resolución de los conflictos, aprendiendo en la práctica a escuchar y expresar sus emociones asertivamente. Como en las técnicas presentadas anteriormente, en el proceso de arbitraje pedagógico, la posibilidad de dialogar y de escuchar en este espacio de trabajo resultarán centrales. El aprendizaje significativo esperado en esta relación se vincula con la posibilidad de que las partes involucradas relaten sus demandas y que el profesor o profesora en conjunto con los y las estudiantes genere una solución y/o comprendan el sentido de la sanción que resulte en justicia aplicar por alguna falta cometida. Considerando lo expuesto, podríamos entonces describir un método para trabajar la técnica del Arbitraje Pedagógico, en el que se recomienda tener presente estas cinco reglas básicas: • Resguardar la dignidad de las partes, • resguardar el derecho a la educación, • resguardar el restablecimiento de las relaciones, • proponer una salida justa al problema, • reparación del daño implicado en el conflicto.

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19. REGLAMENTO GENERAL DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS

Título I De la Definición, Fines y Funciones Artículo 1º: El presente documento regula y establece las acciones y funcionamiento del Centro de Padres y Apoderados, bajo Decreto Supremo Nº 565 del 06/07/1990. En el se señalan las diligencias con propósitos educativos y sociales, su accionar apoyará organizadamente las labores educativas del Establecimiento y estimulará el desarrollo y progreso de la Unidad Escolar. Artículo 2º: Son funciones del Centro de Padres: 1. Colaborar con los propósitos educativos y sociales del Establecimiento. 2. Promover la solidaridad y la cohesión de los integrantes de la comunidad educativa. 3. Estimular el desarrollo y el proceso de la unidad escolar. 4. Apoyar la labor educativa del Establecimiento, aportando esfuerzos y recursos para favorecer el desarrollo

integral del alumno. 5. Mantener comunicación permanente con los directivos del Establecimiento tanto para obtener o difundir

entre sus miembros la información relativa a las políticas, programas y proyectos educativos del Establecimiento como para plantear, cuando corresponda, las inquietudes, motivaciones y sugerencias de los padres relativas al proceso educativo y la vida escolar.

6. Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación y desarrollo personal de sus hijos y pupilos. 7. Integrar activamente a sus miembros en una comunidad inspirada por principios, valores e ideales

educativos. 8. Proyectar acciones hacia la comunidad, difundir propósitos e ideales, promover la cooperación de

Instituciones y participar en ellas cuando corresponda. 9. Promover y patrocinar acciones solidarias con los miembros de la unidad educativa. 10. Mantener una comunicación permanente y fluida con Dirección para difundir, enriquecer y proponer

acciones en beneficio del proceso educativo.

Título II De la Organización y Funcionamiento. Artículo 3º: La organización y funcionamiento del presente documento está de acuerdo a las características de esta Comunidad educativa y ajustada a la normativa vigente. Artículo 4º: Pertenecen al Centro de Padres la totalidad de los padres y apoderados del Establecimiento. Artículo 5º: Forman parte de la estructura del Centro de Padres, los siguientes organismos: a) Asamblea General. b) Directiva. c) Consejo de Delegados de curso.

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Artículo 6º: Corresponderá elegir democráticamente la Directiva del Centro de Padres a la Asamblea General, representada por un Delegado de cada curso. 1. La elección será dentro de los noventa días iniciado el año escolar y por un período de dos años. 2. La elección se realizará con la asistencia del 50% más uno de los delegados asistentes a dicha elección, de

no cumplirse lo señalado en el primer llamado, en un segundo llamado se elegirá con la audiencia de los delegados presentes.

3. Para ser miembros del Directorio se requiere que el postulante sea mayor de 21 años y que tenga un año de antigüedad en el establecimiento.

4. El Directorio del Centro de Padres estará formado por: a. Un Presidente b. Un Secretario c. Un Tesorero d. Un Delegado por curso.

5. En ausencia del Presidente, éste será reemplazado por el Secretario. 6. Los cargos de Secretario y Tesorero serán reemplazados en ausencia por el Presidente del Centro de

Padres. 7. La Directiva se reunirá cada vez que lo requiera, el Presidente del Centro de Padres, el Profesor Asesor o el

Director del Establecimiento.

Artículo 7º: Son funciones de la Directiva del Centro de Padres y Apoderados: 1. Dirigir el Centro de Padres y administrar sus bienes y recursos en beneficio de la totalidad de la comunidad

escolar. 2. Representar al Centro de Padres ante la Dirección del Establecimiento, la comunidad escolar y demás

organismos con los cuales el Centro debe vincularse. 3. Elaborar los planes, programas y proyectos de trabajo del Centro y difundirlos entre sus miembros. 4. Convocar a reuniones de la Asamblea y del Consejo de Delegados de curso. 5. Proponer comisiones de trabajo. 6. Estimular la participación de Padres y Apoderados en las actividades del Centro, apoyando iniciativas y

programas de trabajo. 7. Informar periódicamente a la Dirección del Establecimiento, acerca del desarrollo de los programas de

trabajo y de las inquietudes e intereses de los padres. 8. Someter a la aprobación del Consejo de Delegados de curso las fuentes de financiamiento del Centro y el

presupuesto anual de entrada de gastos. 9. Elaborar los informes de cuentas que corresponde presentar a los delegados de cada curso. Este informe

se dará a conocer en la primera reunión del año en curso. Título III Disposiciones Generales Artículo 8º: En caso de renuncia, fallecimiento, ausencia o incumplimiento de funciones de alguno de los miembros del Centro de Padres y Apoderados, éste será reemplazado y elegido en votación democrática. Artículo 9º: La Dirección del Establecimiento facilitará al Centro de Padres, el uso del local para reuniones y asambleas, las que no pueden interferir en el desarrollo normal de clases.

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21. REGLAMENTO INTERNO DE CENTRO ALUMNOS

Capítulo I Principios del Centro de Alumnos Art. Nº 1 : El Centro de alumnos es la organización más importante de los estudiantes del establecimiento Hellen´s College, cuyos valores se sustentan en los siguientes principios:

A. El alumno es la persona central y el principal componente de la comunidad educativa. B. El respeto como eje de las relaciones interpersonales de todos los integrantes de la comunidad

educativa, entendido esto como el respeto a uno mismo, respeto por el otro y el entorno. C. La solidaridad y cooperación, como herramientas de superación de dificultades, conflictos y carencias

de los miembros de la Comunidad Educativa. D. Tolerancia como sostenedor de la armonía de la Comunidad Educativa. E. La integración como vínculo efectivo de cada uno de los miembros con la Comunidad Educativa. F. La participación sana y alegre en todos los espacios generados por la Comunidad Educativa. G. La honestidad y transparencia en las acciones y actividades de todos los miembros de la Comunidad

Educativa. H. La autodisciplina y autoconocimiento para favorecer la responsabilidad de sentirse protagonista de su

educación y de las acciones al servicio de la Comunidad Educativa y la sociedad. I. Compromiso entendido como una obligación moral con las actividades desarrolladas por la Comunidad

Educativa. J. El espíritu Democrático, reflexivo y crítico que permitan el buen funcionamiento de la organización

representativa ante la Comunidad Educativa y la preparación para ser actores fundamentales del momento histórico que les toca vivir como ciudadanos.

Capítulo II Las funciones del Centro de Alumnos Art. Nº 2 : El Centro de alumnos como la máxima organización de los estudiantes del establecimiento Hellen´s College debe procurar:

A. Promover la creación e incremento de oportunidades para que los alumnos manifiesten democrática y organizadamente sus intereses, inquietudes y aspiraciones.

B. Promover en el alumnado mayor dedicación a su trabajo escolar, procurando que se desarrolle y fortalezca un adecuado ambiente educativo y una estrecha relación humana entre sus integrantes basada en el respeto mutuo.

C. Orientar sus organismos y actividades hacia la consecución de los Principios valóricos establecidos en el presente Reglamento.

D. Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus miembros respetuosa y democráticamente ante las autoridades u organismo del establecimiento.

E. Procurar el bienestar de sus miembros, tendiendo a establecer las condiciones deseables para su pleno desarrollo.

F. Promover el ejercicio de los derechos humanos universales a través de sus organizaciones, programas de trabajo y relaciones interpersonales.

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G. Designar sus representantes ante las organizaciones estudiantiles con los cuales el Centro se relacione de acuerdo a su Reglamento.

H. Generar actividades que permitan la sana participación de los alumnos y alumnas del Establecimiento. I. Fomentar el compromiso de los alumnos y alumnas con el Establecimiento

Capítulo III Organización y Funcionamiento del Centro de alumnos Artículo Nº 3 :El Centro de alumnos es la organización representativa de todo los estudiantes de 7º año a 4º año Medio del Hellen´s College. Artículo Nº 4 : El Centro de Alumnos se estructurará, con los siguientes organismos:

a) La Asamblea General b) La Directiva Centro de alumnos c) El Consejo de Presidentes de Curso d) El Consejo de Curso

También formarán parte constitutiva del Centro de Alumnos todos aquellos organismos y comisiones de tipo funcional, permanentes o circunstanciales, que para el mejor cumplimiento de sus funciones puedan crear la Asamblea General, la Directiva del Centro de Alumnos o el Consejo de Delegados de Curso. De la Asamblea General

Artículo Nº 5 : La Asamblea General estará constituida por todos los miembros del Centro de Alumnos, es decir, todos los alumnos y alumnas de 7º Básico a 4 º de Enseñanza Media. Le corresponde:

a) Elegir la Directiva de Curso b) Elegir la Directiva del Centro de Alumnos c) Proponer actividades e ideas para realizar por el centro de alumnos. d) Pronunciarse sobre las actividades a realizar por el centro de alumnos durante el año lectivo.

Esta Asamblea General de alumnos, se constituye únicamente, a través de los Consejos de Curso, siendo su representante el presidente de cada curso o un delegado nombrado por el curso para dicha función. De la Directiva del Centro de Alumnos

Artículo 6º : La Directiva del Centro de Alumnos será elegida anualmente en votación universal, unipersonal, secreta e informada, no más allá de 60 días (mes de Abril) después de iniciado el año lectivo correspondiente. Para optar a cargos en la Directiva del Centro, el postulante deberá cumplir dos requisitos:

a) Tener a lo menos un año de permanencia en el establecimiento al momento de postular. b) No haber sido destituido de algún cargo del Centro de Alumnos por infracción a sus reglamentos. c) Haber sido promovido con un promedio de notas igual o superior a 6.0 y haber obtenido un Informe Educacional favorable. d) No tener matrícula condicional.

La Directiva estará constituida por un: 1.- Presidente: será atribución del Presidente representar a la Directiva del Centro de Alumnos ante la Dirección, el Consejo de Profesores del establecimiento, Equipo de Gestión y el Consejo Escolar en todas aquellas ocasiones en que las necesidades y acontecimientos de la vida escolar lo requieran, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan a la Directiva.

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2.- Vicepresidente: Será atribución del Vicepresidente cumplir las funciones del presidente en caso de en qué este no pudiese ejercer su cargo ya sea por enfermedad, destitución o renuncia de su cargo. Además, deberá velar por mantener una comunicación efectiva con todos los presidentes de los cursos del establecimiento. 3.- Secretario: Será atribución del secretario llevar y leer las actas de las reuniones del consejo de presidentes y de la directiva del Centro de alumnos. Además, deberá mantener comunicados a todos los miembros de la directiva, Presidentes o delegados de las reuniones y actividades a realizar. 4.- Tesorero: Será encargado de llevar las cuentas de finanzas del Centro de alumnos. Además, proponer y ejecutar actividades que generen ingresos que permitan financiar el programa del Centro de alumnos. Le corresponde a la Directiva:

a) Dirigir y administrar el Centro de Alumnos en todas aquellas materias de su competencia. b) Elaborar y ejecutar el Plan Anual de Trabajo del Centro de Alumnos. c) Representar al Centro de Alumnos ante la Dirección del establecimiento, el Consejo de Profesores, Equipo de Gestión, Consejos Escolares, el Centro de Padres y Apoderados y las Instituciones de la Comunidad. d) Decidir a propuesta del Consejo de Delegados de Curso la participación del Centro de Alumnos en actividades organizadas por el Ministerio de Educación y/o La municipalidad a la que el establecimiento pertenece. e) Presentar al Consejo de Delegados de Curso, antes de finalizar su mandato, una cuenta anual de las actividades realizadas.

Del Consejo de Presidentes de Curso Art. Nº 7: El Consejo de Delegados de Curso estará formado por un delegado de cada uno de los cursos, desde séptimo básico a cuarto año de educación media, que existan en el establecimiento. El Presidente del Consejo de Curso será por derecho propio el representante de cada curso. Los delegados no podrán ser miembros de la Directiva del Centro de alumnos, por tanto si un presidente de curso ocupase un puesto en la Directiva del Centro de alumnos, el respectivo curso podrá enviar como delegado al Vicepresidente de cada Directiva de Curso. El Consejo de Presidentes de Curso será presidido por el Presidente del Centro de Alumnos y se reunirá tres veces por Semestre como mínimo o de acuerdo a las circunstancias que estime conveniente la Directiva del Centro de Alumnos. El quórum para sesionar será del 75% de sus miembros y los acuerdos deberán adoptarse por simple mayoría, salvo el caso de proposición de modificación del Reglamento Interno, las cuales deberán aprobarse con el voto conforme del 100 % del quórum para sesionar. Corresponde al Consejo de Delegados de Curso:

a) Elaborar el Reglamento Interno del Centro de Alumnos y someterlo a aprobación ante la Comisión señalada en el artículo 12º del Presente Reglamento General. b) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y el Presupuesto elaborado por la Directiva del Centro de alumnos. c) Informar y estudiar las iniciativas, proposiciones y acciones de los diversos cursos y grupos de alumnos con el fin de impulsar las que estime más convenientes. d) Determinar las formas de financiamiento del Centro de Alumnos. e) Servir de organismo informativo y coordinador de las actividades de la Directiva y los Consejos de Curso. f) Proponer a la Directiva la afiliación del Centro a aquellas organizaciones estudiantiles de que se desee formar parte o, en caso contrario, la desafiliación de aquellas en que se está participando.

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g) Constituir los organismos y comisiones permanentes y circunstanciales que se consideren indispensables para cumplir con los objetivos del Centro de Alumnos. h) Pronunciarse sobre la cuenta anual y el balance que debe presentar la Directiva del Centro de Alumnos e informar de ella a la Asamblea General antes de que ésta proceda a la elección de la mesa directiva. i) Determinar las medidas disciplinarias que corresponda aplicar a los miembros del Centro, de acuerdo con lo estipulado en el Reglamento Interno. Las sanciones que se apliquen sólo podrán consistir en medidas que afecten su participación como miembro del Consejo, en caso alguno podrán significar la exclusión del Centro de Alumnos.

Del Consejo de Curso Artículo Nº 8 El Consejo de Curso, como forma de organización estudiantil, constituye el organismo base del Centro de Alumnos. Lo integran todos los alumnos del curso respectivo. Se organiza democráticamente, elige su directiva y representantes ante el Consejo de Presidentes de Curso, cuya fecha máxima de elección es 45 días desde iniciado el año lectivo correspondiente. Participa activamente en los planes de trabajo preparados por los diversos organismos del Centro de Alumnos. Sin perjuicio de las actividades que se desarrollen en la hora de Consejo de Curso contemplada en el plan de estudio que aplica el establecimiento, con acuerdo del Profesor Jefe de Curso, parte de este tiempo puede ser empleado para tratar materias relativas al Centro de Alumnos. Capítulo IV Elecciones, campaña y Junta electoral De las Elecciones Artículo Nº 9 : Las elecciones del Centro de Alumnos son de carácter Democrática y Pluralista, en donde todos los estudiantes del establecimiento participan a través del sufragio personal y secreto. Estas elecciones se realizan en forma anual, siendo su fecha máxima para la elección de la Directiva 60 días después del inicio del año escolar (Mes de Abril) . Los candidatos al centro de alumnos se presentarán en listas cerradas (candidatos y cargos determinados) con sus respectivos programas de trabajo. Todos los miembros deben cumplir con el art. Nº 6 La lista ganadora será la que obtenga el 50% más 1 de los sufragios. Para tal efecto, el universo de los votantes debe alcanzar al 75% (3/4) del total de la matrícula del Establecimiento. Es requisito que a lo menos se presenten dos listas de Candidatos conformes al Art. Nº 6, de lo contrario las elecciones pierden su carácter Democrática. Por Consiguiente, es el Consejo de Presidentes de Cursos, el que debe asumir la dirección del Centro de Alumnos en forma transitoria repartiendo los cargos directivos a través de una elección interna entre los presidentes de cada curso. Esta elección deberá ser supervisada por la Junta Electoral. La Directiva transitoria, tiene un plazo no mayor a 60 días, a contar de la elección, para que se llame una segunda convocatoria para elección democrática de Centros de alumnos. En caso, de no existir las dos listas como mínimo, será el Consejo de Presidentes y la Directiva transitoria quienes terminen el año lectivo correspondiente, con la debida aprobación de la Asamblea General y la junta electoral.

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Articulo Nº 10 La campaña electoral se realizará durante las dos semanas previas a las elecciones. Esta tendrá un carácter de Limpia, en el sentido que no se permitirán rayados en paredes y muros del establecimiento o descalificaciones personales a ningún candidato. Estos podrán hacer uso de los recreos y consejos de cursos para exponer sus programas de trabajo o de algún espacio destinado por la Dirección del Establecimiento. Articulo Nº 11 La Junta Electoral o Tricel( Tribunal Calificador de Elecciones) estará conformado por:

a) El Consejo de Presidentes en pleno. b) 1 Asesor del Centro de alumnos c) 1 Miembro de la Dirección.

Le corresponde organizar, supervigilar y calificar todos los procesos eleccionarios que se lleven a cabo en los organismos del Centro de Alumnos. Capítulo V Asesores del Centro de alumnos De los Asesores del Centro de Alumnos Artículo 12.- El Centro de Alumnos tendrá asesores pertenecientes al cuerpo docente del establecimiento para orientar el desarrollo de sus actividades y para relacionarlo con el mismo. Los asesores de los Consejos de Curso serán sus respectivos Profesores Jefes. La Asamblea General, la Directiva y el Consejo de Presidentes de Curso tendrán en conjunto, a lo menos, dos asesores designados anualmente por la Dirección del establecimiento de una nómina de tres docentes que deberá presentar la Directiva del Centro de alumnos, no más allá de 60 días después de iniciado el año lectivo del establecimiento escolar correspondiente. Estos asesores deberán ser docentes a lo menos con un año de ejercicio profesional. Artículo 13.- La Dirección del establecimiento adoptará las medidas pertinentes para que, en lo posible, el Centro de Alumnos cuente con los asesores que se requieran. Capítulo VI Disposiciones Generales Artículo Nº 14 : Una Comisión será la encargada de estudiar y aprobar en definitiva el proyecto de Reglamento Interno elaborado por el Consejo de Delegados de Curso, la que estará constituida por las personas que se indican: • La Directora del establecimiento. • Un profesor designado por el Consejo de Profesores. • Un Orientador o, a falta de éste, preferentemente uno de los profesores encargados de este tipo de tareas pedagógicas. • El Presidente del Centro de Alumnos. • Dos alumnos elegidos por el Consejo de Presidente de Curso. Artículo Nº 15 : El Reglamento del Centro de alumnos del Hellen´s College, está basado en el DECRETO Nº 524 20 DE ABRIL DE 1990 que establece los requisitos mínimos del Reglamento General de organización y funcionamiento de los Centros de Alumnos de los Establecimientos Educacionales de Educación Media, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación.