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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA Y PARTICIPACION 2011

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REGLAMENTO INTERNO

DE

CONVIVENCIA Y PARTICIPACION

2011

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“Uno de los desafíos de la Educación, en una sociedad que valora la democracia, los derechos humanos y la paz, es: conciliar los derechos del niño con sus obligaciones para con sus compañeros y educadores. En síntesis: es preciso armonizar la necesaria existencia de una disciplina con las características propias de la infancia y adolescencia”.

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA Y PARTICIPACION COLEGIO LIMACHE COLLEGE

TITULO I

DE LAS DISPOSICIONES GENERALESLa convivencia escolar, forma parte de la formación general de las personas y el establecimiento como servicio educativo que tiene como principal misión educar, se hace responsable de la educación en valores en colaboración a la familia de los alumnos.Este reglamento cumple una función orientadora y articuladora del conjunto de acciones que los actores educativos (alumnos, docentes, personal del establecimiento, padres y apoderados) emprenden y emprenderán a favor de la formación y ejercicio de los valores de convivencia en la cultura escolar.La convivencia escolar es, por lo tanto, una construcción colectiva y dinámica, en donde todos los niños y niñas son sujetos de derecho, en donde el desarrollo pleno de las personas sólo es posible en la relación con otros de acuerdo a los roles y funciones que desarrollan en la comunidad educativa y privilegiándose el respeto y protección de la vida privada y pública de las personas y su familia (Convivencia Escolar. Mineduc 2004. Pág. 115).

ARTICULO Nº1: Con el propósito que todos los niños y jóvenes que pertenezcan al establecimiento Educacional Limache College, reciban un trato digno y acorde con su calidad de sujetos de derecho en su etapa de formación, todos los estamentos de la Institución se han comprometido en la discusión, elaboración, revisión y aprobación del presente Reglamento de Convivencia y Participación, todo ello en concordancia con la política de Convivencia Escolar que adopta y promueve el Ministerio de Educación de Chile.

ARTICULO Nº2: El fin último de estas normas así consensuadas por la misma comunidad educativa, es lograr una sana y fructífera convivencia en el establecimiento. En este sentido, el conocimiento de su contenido y la sujeción a este Reglamento es obligatorio para todos los sujetos que involucra, especialmente a padres, apoderados, alumnos, docentes y directivos. Será labor del Colegio dar a conocer este documento a cada apoderado al momento de la matrícula, sin perjuicio de su posterior análisis con los alumnos y apoderados al inicio de cada año escolar. Su contenido en todo caso quedará a disposición de la comunidad tanto a través de la página web institucional, como en la libreta de comunicaciones.

ARTICULO Nº3: Los objetivos acordes con los principios y valores que inspiran este Reglamento y que el establecimiento pretende fortalecer para el desarrollo personal e integral de las alumnas y alumnos, en correspondencia con el Proyecto Educativo Institucional y los Objetivos Fundamentales Transversales que promueve la Reforma Educacional son:1. Reconocer el valor del aprendizaje como una actividad que humaniza al hombre y a la mujer y los eleva a planos de espiritualización, bienestar y felicidad.2. Desarrollar autonomía y responsabilidad personal.3. Practicar el respeto, amor y protección del prójimo.4. Actuar con tolerancia, frente a la diversidad de culturas, razas, religiones, características personales, utilizando el diálogo como factor de consenso y superación de diferencias.5. Practicar la equidad entre los sexos.6. Actuar con verdad y justicia. 7. Reconocer y valorar al trabajo como el medio para mejorar la calidad de vida y realización personal.8. Afianzar los valores practicando la solidaridad, generosidad, participación y lealtad grupal, en todo lo que sea positivo y constructivo.9. Desarrollar el comportamiento autónomo, el espíritu de iniciativa y la capacidad para asumir las consecuencias de sus actos.10. Fomentar el sentido de pertenencia grupal, los sentimientos patrios y el compromiso social, resguardando el medio ambiente y su entorno social.

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TITULO IIDE LOS FINES EDUCATIVOS

ARTICULO Nº4: Sin perjuicio de lo regulado en los respectivos contratos de trabajo, Tanto directivos, docentes, administrativos y auxiliares quedan sujetos a la presente normativa que regula el sistema de convivencia y participación del colegio Limache College. Las normas, no obstante, regulan especialmente la interacción con los alumnos , con lo cual el propósito de este reglamento es conseguir los siguientes fines educativos:

1. Internalizar en los alumnos los valores deseados, tanto por la comunidad escolar como por la sociedad.

2. Fortalecer las capacidades personales para autorregular su conducta sin otros imperativos, como no sean aquellos que brotan de una conciencia éticamente formada y apta.

3. Fortalecer la maduración de una voluntad de acción subordinada a un sólido sentido de responsabilidad personal y social.

4. Desarrollar competencias y destrezas para participar en la vida escolar y social, de una manera que le satisfaga personalmente y le permita enriquecer sus posibilidades de vida.

5. Desarrollar capacidades personales que contribuyen a que los alumnos y alumnas, comprendan los procesos propios de su mundo y asuman su realidad con un fuerte sentido de pertenencia.

6. Enseñar estrategias para la aceptación, valorización, desarrollo y cambio personal que facilite la adaptación frente a la adversidad y la incertidumbre, para el reconocimiento y respeto de su condición de persona sexuada y para que aprenda a convivir con los demás en un ambiente de respeto irrestricto a la dignidad humana y al cuidado y protección del entorno cultural y natural..

7. Desarrollar un pensamiento reflexivo crítico, la imaginación, la creatividad, capacidad para aceptar la innovación y para asumir el riesgo como condición necesaria de todo cambio social.

8. Fomentar la capacidad de asumir y beneficiarse de los procesos sociales, culturales y tecnológicos; y de sus logros con un alto sentido de trascendencia personal y social.

TITULO IIIDE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS

ARTICULO Nº5: El establecimiento educacional “LIMACHE COLLEGE” reconoce y garantiza los siguientes derechos a las alumnas y alumnos del establecimiento:1. A conocer los principios fundamentales contemplados en el Proyecto Educativo Institucional

(PEI). los que serán comunicados y reflexionados por vía consejo de curso.2. A recibir educación en el sistema de subvención compartida, entregada por docentes

titulados o con capacitación que indique idoneidad para servir en esta función.3. A ser respetado en su condición de sujeto en desarrollo, atendiendo sus diferencias

individuales, físicas, sicológicas o sociales.4. A gozar de un ambiente escolar seguro que permita su desarrollo bio-sico-social, teniendo

presente las normas de higiene y seguridad establecidas en la normativa vigente del Estado.5. A ser escuchado y obtener respuesta, individualmente o en grupo, en cada una de las

instancias de interacción con profesores, administradores u otros miembros del personal del Colegio.

6. A recibir un trato respetuoso y deferente por los todos miembros de la comunidad educativa.

7. A participar activamente en el proceso de enseñanza aprendizaje, para potenciar con amplias posibilidades sus aptitudes, valores e intereses y satisfacer sus expectativas vocacionales y educacionales.

8. A que las clases sean impartidas en forma oportuna, eficiente y de acuerdo a las normas establecidas en el Presente Reglamento.

9. A conocer previamente los objetivos de las evaluaciones, así como a conocer los parámetros utilizados en la calificación.

10. A conocer los resultados de cada evaluación dentro de un máximo de 15 días de realizada. 11. A conocer el tenor de las anotaciones en su hoja de vida al momento de ser registradas y

que tanto observaciones positivas como negativas sean informadas en forma periódica al apoderado.

12. A ser reconocido y estimulado por las conductas positivas logradas en su desempeño escolar.

13. A la libre expresión, en un marco de respeto y consideración al P.E.I.14. A realizar su trabajo escolar en un ambiente de convivencia favorable en el que prevalezca

el respeto mutuo entre todos los miembros del colegio.15. A ser atendidos por los organismos del Ministerio de Salud en caso de accidente escolar y

atención médica en conformidad a lo dispuesto por la ley de seguro de accidente escolar.16. A utilizar adecuadamente y según disponibilidad, toda la infraestructura escolar

implementada en su beneficio tales como: salas de clases, laboratorios, libros, computadores, etc.

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17. A ser matriculado(a) en el curso superior en el plazo indicado por su profesor jefe en el pase de matrícula. En caso de repitencia por primera vez, será matriculado sólo si existe vacante y tiene buenos antecedentes conductuales.

18. A tener las mismas condiciones de evaluación en cuanto a tiempo y dificultad cuando eventualmente deba ausentarse de clases para representar al Colegio.

ARTICULO Nº6 : Las alumnas que queden afectas a la Ley de embarazo tienen derecho a terminar sus estudios, siéndoles otorgadas todas las facilidades pertinentes que solicite y que el Colegio disponga. En este sentido, las alumnas acogidas a la circular Ley de embarazo podrán optar a un sistema de evaluación especial, fijado por la Dirección, asesorado por UTP.

ARTICULO Nº7: Todos los alumnos(as), cuyas condiciones lo ameriten, tendrán derecho a optar anualmente a beca parcial o total del pago de los aranceles acordados por el Colegio en su política de financiamiento compartido. Los alumnos(as) que la obtengan deberán mantener los méritos que hicieron propicio su adjudicación.

ARTICULO Nº8: Todo alumno/a que se vea involucrado en un conflicto de convivencia tiene derecho a ser escuchado cuando éste se exprese en términos respetuosos.

ARTICULO Nº9: En los conflictos de convivencia suscitados, especialmente cuando se trate de incidentes graves o gravísimos, los alumnos involucrados así como sus apoderados, tendrán el derecho a que su caso sea tratado con la debida discreción y que los antecedentes sean manejados solo por las personas que este Reglamento autoriza.

ARTICULO Nº10: Cualquier alumno o alumna que se vea perjudicado en el desconocimiento de alguno de sus derechos podrá recurrir por medio de conducto regular ante el docente o directivo que corresponda para reclamar por el íntegro respeto de sus derechos. Inspectoría General y en definitiva la Dirección del Colegio velará en última instancia por su cumplimiento.

ARTICULO Nº11: Los alumnos y alumnas de Limache College tendrán derecho además a ser reconocido y estimulado por las conductas positivas logradas en su desempeño escolar de acuerdo a las disposiciones del título siguiente.

TITULO IVDE LOS ESTÍMULOS PARA LOS ALUMNOS DESTACADOS POR SU COMPORTAMIENTO Y RENDIMIENTO.

ARTICULO Nº12: Los alumnos/as que se destaquen en el aspecto académico se les distinguirá en un “CUADRO DE HONOR” en forma semestral y anualmente con un “Diploma de Honor” en base a las siguientes consideraciones:

1. Se hará un cuadro de Honor por curso, semestralmente, en que se destacará a:a) Alumno de Mejor rendimiento.b) Alumno de Mejor Comportamiento.c) Alumno Perseverante.

2. El Colegio a su vez hará un Cuadro de HONOR en que destacará al curso con:a) Mejor puntualidad.b) Mejor asistencia.c) Mejor comportamiento (acreditado en menor registro de sanciones).

3. El mejor promedio en rendimiento de cada ciclo de enseñanza obtendrá el premio “LIMACHE COLLEGE” en la Ceremonia de Clausura del año lectivo.

4. Los alumnos/as que en el transcurso del año se destaquen por su participación en concursos, academias, talleres o competencias, serán distinguidos anualmente con un “Diploma de Honor” en el acto interno de finalización del año lectivo.

ARTICULO Nº13: En el acto de finalización de la actividad escolar, se premiaran los 3 primeros lugares en rendimiento, el 100% de asistencia, la resiliencia, perseverancia, mejor compañero y al alumno integral. ARTICULO Nº14: En la licenciatura de Cuarto Medio, se premiara además al alumno con el mejor rendimiento de toda la enseñanza media, la mayor antigüedad, permanencia en la banda de guerra y otros aspectos destacables en el ámbito interno o externo de la comunidad escolar.

ARTICULO Nº15: Los alumnos/as de tercer año de enseñanza media y séptimo año de educación básica pueden postular a los cargos honoríficos del colegio portando los emblemas que nos identifican en la comunidad. Esta postulación se sustenta en los méritos personales:

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antigüedad, rendimiento, comportamiento, participación y presentación personal. La comisión encargada de seleccionar a los postulantes a los cargos estará integrada por Equipo gestión directiva, Consejo de profesores y Consejo escolar.

TITULO VDE LOS DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ALUMNOS

ARTICULO Nº 16: Los derechos reconocidos a los alumnos y alumnas en este Reglamento, necesariamente deben ir conectados y armonizados a las responsabilidades que éstos deben cumplir en su vida estudiantil. Las infracciones a este Título serán sancionadas como se especifica en el Título VI

I.- DEL UNIFORME PERSONAL

Artículo Nº17: Limache College desea que sus alumnos y alumnas desarrollen un fuerte sentido de pertenencia e identidad con el establecimiento. En este sentido, resulta de gran significancia, entre otros aspectos, el compromiso con el uso adecuado del uniforme escolar.La imagen corporativa: La insignia, la marca, logotipo, isotipo, uniformes y las acepciones “Colegio Limache College” y “Limache College”, serán de uso exclusivo de la institución y el uso de éstas será autorizado por los Sostenedores y Dirección. Por lo tanto, con fecha Diciembre de 2010 se acordó su uso OBLIGATORIO con los distintos estamentos de la comunidad educativa: Equipo de Gestión. Consejo de Profesores. Centro General de Padres y Apoderados. Centro de alumnos y alumnas. Consejo Escolar.

ARTICULO Nº18: Con este acuerdo, el director del establecimiento establece como obligatorio el uniforme, de acuerdo a las siguientes características:

UNIFORME DE PRESENTACIÓN OFICIAL (Desfile, Ceremonias, Cargos honoríficos y banda)

DAMAS VARONES

Blusa blanca. Corbata reglamentaria. Falda escocesa tableada con fondo

azul y líneas en naranjo y blanco (según modelo institucional).

Zapatos negros, taco bajo sin adornos.

Blazer azul marino con insignia en el bolsillo superior izquierdo.

Sweater azul marino con cuello en V. nombre del colegio, los puños y el cuello con línea naranjo.

Camisa blanca. Corbata reglamentaria. Pantalón largo caída recta gris oscuro (de

vestir tradicional a la cintura). Zapatos de vestir negros (no zapatillas). Vestón azul marino con Insignia del colegio

en el bolsillo superior izquierdo. Sweater azul marino con cuello en V,

nombre del colegio, los puños y el cuello con línea naranjo (según modelo institucional).

UNIFORME DE USO DIARIO

DAMAS VARONES Polera blanca pique con cuello, manga

corta o larga y la insignia del colegio bordado lado izquierdo superior.

Falda oficial del colegio (escocesa tableada con fondo azul y líneas en naranjo y blanco, con largo a media rodilla).

Polera blanca pique con cuello, manga corta o larga y la insignia del colegio bordado lado izquierdo superior.

Pantalón largo, caída recta, gris oscuro (de vestir tradicional)

Zapatos de vestir negros (no zapatillas).

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Medias o ballerina Azul marino. Zapatos negros, taco bajo sin adornos. Sweater azul marino con cuello en V,

nombre del colegio, los puños y el cuello con línea naranjo (según modelo institucional).

En período de invierno las alumnas podrán usar pantalón formal azul marino de casimir, con el distintivo del colegio (una cuarta bajo la cadera izquierda) de corte recto.

Parka oficial. Gorra deportiva negra o con la insignia

del colegio. Uso de lentes de sol (sobrios).

Sweater azul marino con cuello en V, nombre del colegio, los puños y el cuello con línea salmón.

Parka oficial. Gorra deportiva negra o con la insignia

del colegio. Uso de lentes de sol (sobrios).

UNIFORME DEPORTIVO EN CLASES DE EDUCACIÓN FÍSICA.

DAMAS VARONES Polera polo, blanca sin leyenda ni

dibujos, calzas cortas o largas, o pantalón corto negro, medias blancas, zapatillas deportivas.

En invierno las clases podrán realizarse con pantalón deportivo largo de color negro (caída recta, sin modificación) y polera blanca manga larga.

Polera polo, blanca sin leyendas ni dibujos, pantalón corto negro hasta las rodillas, medias blancas, zapatillas deportivas.

En invierno las clases podrán realizarse con pantalón deportivo largo de color negro (caída recta, sin modificación) y polera manga larga.

UNIFORME BUZO DEPORTIVO INSTITUCIONAL SOLO PARA TRASLADO, DE LA CASA AL COLEGIO Y VICEVERSA.

DAMAS VARONES Polera blanca pique con cuello, manga

corta o larga y el logo corporativo del colegio bordado lado izquierdo superior.

Polerón negro con mangas en naranjo y el logo corporativo del colegio bordado lado izquierdo superior.

Pantalón deportivo, largo de color negro a la cintura que permita el normal trabajo en clases (caída recta, sin modificaciones).

Gorra deportiva negra o con el logo corporativo

Uso de lentes de sol (sobrios)

Polera blanca pique con cuello, manga corta o larga y el logo corporativo del colegio bordado lado izquierdo superior.

Polerón negro con mangas en naranjo y el logo corporativo del colegio bordado lado izquierdo superior.

Pantalón largo de color negro a la cintura que permita el normal trabajo en clases (caída recta, sin modificaciones).

Gorra deportiva negra o con el logo corporativo

Uso de lentes de sol (sobrios)

ARTICULO Nº 19: Para ambos sexos El Buzo deportivo oficial del colegio, podrá reemplazar al uniforme el día de la clase de Educación Física y/o clases diferenciadas, talleres extra-programáticos o cuando el profesor así lo solicite.

ARTICULO Nº20: El delantal o capa como parte del uniforme, sólo es obligatorio dentro del colegio en forma permanente para la enseñanza básica. Para la enseñanza media, en clase de artes y clases prácticas de ciencias u otra asignatura.EN NINGUNA ÉPOCA DEL AÑO SERÁ PERMITIDA LA COMBINACIÓN DEL UNIFORME.

ARTICULO Nº21: En caso que un alumno o alumna tenga problema, en cuanto al cumplimiento del uniforme escolar, su apoderado debe dirigirse a Inspectoría General del Establecimiento, para analizar su situación, acordando un plazo de cumplimiento, y el alumno(a) asista a clases.

II.- DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL

ARTICULO Nº22: Mientras los alumnos vistan su uniforme estarán representando al Colegio y a los principios y valores que éste promueve, por tal razón se les exige sobriedad y corrección en su presentación personal. En particular no se permitirá:

1. El uso de joyas y objetos de valor. Se considera razonable para las alumnas, el uso de un par de aros adheridos al lóbulo de las orejas.

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2. El uso de joyas y prendas que no correspondan al uniforme, por ejemplo: aros y/o Piercing en la nariz, boca, párpados y otros lugares visibles del cuerpo.

3. Mostrar una presentación higiénica descuidada.4. Maquillaje ni cabello teñido.5. Uñas pintadas.6. Usar el buzo deportivo en días que no le corresponda actividad práctica de Educación

Física.7. El uso descuidado de su uniforme, por ejemplo: delantales o capas desabrochadas, blusas

fuera de la falda, faldas muy cortas (éstas deben ser a media rodilla), pantalones deliberadamente fuera de talla, etc., y en general cualquier modismo que se aparte de los cánones de sobriedad que le corresponden a todo uniforme.

ARTICULO Nº23: La higiene como rasgo fundamental de la presentación personal se verá atendida en las siguientes indicaciones:

1. El cabello de los varones debe ser uniformemente corto, de tal modo que, no cubra las orejas ni el cuello de la camisa y/o polera.

2. Los varones de los cursos superiores deben asistir con sus barbas rasuradas.3. En caso de alumnos/as que involucren contagio (como pediculosis, sarna u otro) estos no

serán admitidos en clases como medida de protección y salud pública hasta que solucionen el problema.

4. La vestimenta del uniforme no debe ser adicionada de elementos o símbolos que no correspondan a éste y que dañen y/o interfieran con la sana convivencia de la comunidad escolar.

El incumplimiento de las exigencias de este título será reflejado en el Informe de Áreas de desarrollo.

III.- DE LA DISCIPLINA.

ARTICULO Nº24: La conducta y autocontrol por parte del alumno es esencial para el normal desarrollo del proceso de Enseñanza-aprendizaje. A través de sus actos los alumnos evidencian el respeto y tolerancia hacia sus superiores y sus propios compañeros. En este contexto se pide y exige:1. Participar en las clases, actividades extra y co-programáticas que se le haya establecido,

en forma activa y positiva.2. En todo momento y circunstancia una actitud de respeto a la persona, especialmente a

superiores, compañeros/as, personal administrativo y auxiliar.3. Mantener relaciones cordiales y buen trato entre ellos, evitando modales bruscos y

lenguaje inconveniente (palabras o gestos obscenos, garabatos, ofensas, etc.).4. Cuidar el lenguaje y el tono con que se comunique con la comunidad escolar.5. Actuar conforme a las costumbres moralmente establecidas en el aspecto sexual. Tanto al

interior como fuera del Establecimiento, mientras vista uniforme, las demostraciones afectivas entre parejas deberán ser prudentemente moderadas.

6. Resguardar la integridad de documentos oficiales, tales como libros de clases, actas de evaluación, certificados de estudios, informes y pruebas de asignatura.

7. Proteger y conservar la infraestructura, mobiliario, equipos, libros y materiales de uso didáctico, del establecimiento.

8. Portar y mantener en buen estado la Agenda Escolar del colegio, como documento oficial de comunicación entre el Colegio y el Apoderado.

9. Cumplir oportunamente con las asignaciones dadas para el hogar.10. Atender a las indicaciones y deberes establecidos en el presente Reglamento.11. Cumplir con los compromisos contraídos al sancionarle.12. Cuidar su integridad física y la de sus compañeros.13. No lesionar la autoestima de sus compañeros, funcionarios y docentes del

establecimiento.14. Corregir sus actitudes, comportamientos y descuidos que le hayan sido representados.15. Traer al establecimiento sólo los materiales solicitados por los docentes.16. No utilizar durante las horas de clases teléfonos celulares y aparatos electrónicos que

puedan interrumpir el correcto desarrollo de las mismas. Los elementos retirados en clases por perjudicar el desarrollo de éstas, serán entregados al apoderado por el inspector el día sábado entre las 11:30 y las 13:00 horas.

17. El Colegio no se responsabiliza por la pérdida de objetos de valor no pedidos ni autorizados.

18. No traer sustancias ilegales o ilícitas ni comercializarlas al interior del Colegio. Al alumno sorprendido en tráfico al interior de este, le será caducada su matrícula

inmediatamente sin perjuicio de poner los antecedentes en conocimiento del Ministerio Público si así lo ameritaren los hechos.

El alumno sorprendido en consumo será enviado en acuerdo con el apoderado a tratamiento, y en este caso mantendrá su matrícula. De lo contrario esta será caducada de forma inmediata.

19. No traer elementos que sean armas o puedan considerarse armas.

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IV.- DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD.

ARTICULO Nº25: Los alumnos/as tienen el deber de asistir a clases en el horario estipulado para ello y llegar puntualmente ya sea al inicio de la jornada o en el transcurso de esta. Por lo tanto:

1. Según los Decretos de Evaluación Nº 511/97, Nº 112/99 y Nº 112/01, el alumno debe asistir a clases anualmente a 85% de las clases realizadas, en caso contrario, podría repetir el curso al no haber justificado debida y oportunamente las ausencias a clases.

2. Si el alumno/a en el primer semestre no tiene el porcentaje de asistencia requerido para ser promovido/a, quedará condicional a la asistencia. Si al término de año no se ha superado se recomendará cambio de colegio, siempre que las ausencias no estén justificadas oportunamente.

3. Si a petición del apoderado el alumno permanece en el Colegio, será condicional a la asistencia. Si a final de año repite una inasistencia superior al 15 % su matrícula será caducada.

4. Deberá justificar su inasistencia ante el inspector o profesor jefe el día que se reintegra a clases con justificativo escrito en la libreta de comunicaciones del colegio y firmado por el Apoderado. Si el alumno/a se presenta a clases sin cumplir con su justificativo por escrito, deberá presentarlo al día siguiente, y de no cumplir en esta oportunidad, ingresará a clases por ese día, pero su apoderado debe presentarse a Inspectoría General a justificar la inasistencia y así, continuar en clases. De lo contrario no ingresará a clases hasta que el apoderado justifique.

5. Si el alumno/a faltare a clases por enfermedad u otro motivo de falta prolongada, el apoderado deberá comunicarlo a la dirección del colegio, a más tardar, el segundo día de su inasistencia registrando esta justificación personalmente en secretaría en la ficha personal del alumno/a. Esta justificación en primera instancia puede ser telefónica pasando a la brevedad a confirmarla. No obstante, la comunicación escrita deberá ser presentada por el alumno/a el día que éste se reintegre a clases.

6. Todo alumno/a que falte a una prueba fijada con anterioridad y esté justificado oportunamente, se le dará otra oportunidad previo acuerdo con el profesor/a de asignatura. La inasistencia a la nueva oportunidad acordada amerita calificación mínima. En ausencia de tiempo prolongado la U.T.P. estudiará su caso. En otras situaciones de ausencia se regirá por el reglamento de evaluación.

7. Solo con la presencia del apoderado el alumno puede retirarse antes del término de la jornada normal de clases y debe informar al inicio de jornada a través de comunicación escrita a todos los profesores con quienes les corresponda clases después de la hora de su retiro. Rendirá las evaluaciones y/o entregará los trabajos que tenga en estas asignaturas, previo a la hora de retiro. La salida debe ser registrada en el libro de clases tanto en el horario como en la hoja de vida del alumno.

8. El alumno(a) que llegue atrasado a clases al inicio de su jornada, será autorizado para ingresar a clases a las 8:15 horas, por un funcionario de la Unidad de Inspectoría, luego de registrar en la Agenda Escolar la falta de este hábito.

9. El alumno(a) que llegue al colegio después de las 08:15 horas, sólo ingresará a clases si el apoderado lo viene a dejar y justificar.

10. Los atrasos durante la jornada serán registrados por el profesor/a de asignatura en el lugar correspondiente del libro de clases. Estos incrementaran los de inicio de jornada. Por lo tanto los alumnos no abandonarán la sala de clases en los cambios de hora. Si esto ocurriese, deberá solicitar pase en Inspectoría General para reintegrarse. El mismo procedimiento se aplicará a aquellos alumnos que lleguen atrasados después de un recreo.

11. Se citará al apoderado cada tres atrasos, la primera vez será informativo, en el sexto, noveno, decimosegundo y decimoquinto atraso será suspendido/a; en el decimoctavo atraso, quedará condicional a la puntualidad y se recomendará cambio de colegio si a éste no puede llegar puntualmente.

12. Cada 6 atrasos se descontará un día de asistencia para efectos de considerar el porcentaje de asistencia exigido para la promoción.

13. Ningún alumno/a de este colegio será devuelto a su hogar por llegar atrasado. pero el Inspector General podrá determinar otras medidas tales como cumplimiento de horario adicional.

V.- DE LAS ALUMNAS EN ESTADO DE EMBARAZO Y MADRES LACTANTES

ARTICULO Nº26: “El embarazo y la maternidad, no constituyen impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel. Estos últimos deberán, además, otorgar las facilidades académicas del caso” (Ley Orgánica Constitucional N° 19.688 de 05/08/2000).

ARTICULO Nº27: Los procedimientos, en cuanto a sus aspectos disciplinarios y de convivencia, sobre las alumnas en estado de embarazo que se establecen para ellas, son: La menor embarazada deberá mantener su preocupación por sus resultados académicos y las normas de conducta establecidas para cualquier alumno regular detalladas en el presente reglamento.

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ARTICULO Nº28: Los procedimientos, en cuanto a sus aspectos disciplinarios y de convivencia, sobre las alumnas madres lactantes que se establecen para ellas, son: El Apoderado/a informará a la Dirección del Colegio el estado de gravidez avalado por un certificado de profesional idóneo. La dirección junto a la UTP aplicará la reglamentación vigente destinada a favorecer el cumplimiento académico de las Alumnas en esta situación.

TITULO VIDE LAS SANCIONES Y DE SUS PROCEDIMIENTOS

ARTICULO Nº29: Los deberes indican una forma de comportamiento positiva de los alumnos y alumnas, mediante los cuales ellos evidencian su responsabilidad y acatamiento a las directrices de nuestro perfil de alumno Limache College, por lo que su incumplimiento será considerado una falta a las orientaciones de este Reglamento, las que se clasificarán en:

a) Falta Leve,b) Falta Grave,c) Falta Gravísima.Estas faltas serán registradas en la hoja individual de observaciones del libro de clases; y en la ficha personal cuando se atienda al apoderado.

ARTICULO Nº30: Cada alumno /a del Establecimiento contará además del Registro de observaciones del libro de clases, con una ficha personal donde se registren los acuerdos y compromisos adoptados con los apoderados y alumnos respecto a situaciones académicas o disciplinarias. En general, todas las acciones relevantes por parte de los alumnos, se registraran en el libro de clases, en la hoja de Registro de Observaciones o en la ficha personal del alumno, como instrumentos de seguimiento. Tanto los registros en el libro de clases como en la ficha personal, serán de absoluta confidencialidad y su manejo corresponderá sólo a quienes este Reglamento autoriza.

ARTICULO Nº31 :Se consideran observaciones positivas aquellos registros que destacan acciones relevantes de los alumnos/as y que reflejan la internalización de valores, propiciadas por la filosofía educacional de la Entidad Educativa; en los ámbitos del desarrollo personal, formativo, espiritual y social.

ARTICULO Nº32: Se consideran observaciones negativas aquellos registros que constatan acciones reñidas con los principios y normas de la Entidad Educativa especificados en el presente reglamento.

ARTICULO Nº33: Cada alumno/a debe tener una ficha personal, donde se registren las entrevistas a las que sea citado por los distintos profesionales de la Entidad Educativa él y/o su apoderado, señalando en ella los acuerdos tomados en pro del mejoramiento de la situación académica del educando. Deben realizarse mínimo dos entrevistas anuales con cada alumno y su apoderado.

ARTICULO Nº34: El registro de observaciones en el libro de clases y la ficha personal del alumno/a deben mantenerse actualizadas por el profesor/a jefe. Ambos documentos estarán a disposición del Consejo Disciplinario quien los analizará cada vez que sea procedente.

ARTICULO Nº35: Las sanciones que intenten corregir conductas en oposición al espíritu y contenido del presente Reglamento de Convivencia y Participación se aplicarán según cada caso en particular y tendrán la siguiente intensidad y graduación:

1. Amonestación Verbal. Es la que realiza el docente, paradocente o directivo del Establecimiento, cuando el alumno incurre en una falta menor considerada como conducta disruptiva. Sin perjuicio de comunicarse la situación al Profesor/a Jefe, no se llevará registro escrito de ella.

2. Amonestación escrita. Se llevara un registro en el libro de clases de toda falta leve, grave y gravísima, la que será informada oportunamente al apoderado.

3. Citación al apoderado. La entrevista del profesor/a jefe, con el apoderado y el alumno/a procederá por faltas reiteradas en la conducta de su pupilo/a. Se informará al apoderado de las situaciones concretas y se acordará un plan de seguimiento conductual dejando constancia firmada de ello. Además, de acuerdo al conflicto presentado y para evitar una posible suspensión se negociará con el apoderado y el alumno el cumplimiento por parte de éste, de trabajos de servicio comunitario y/o pedagógico, de reparación o de recuperación de estudios.

4. Suspensión de clases Esta medida de carácter excepcional al implicar una interrupción en la continuidad del proceso de aprendizaje, quedará reservada para las faltas graves y será determinada por el Consejo Disciplinario; informando personalmente y dejando registro, en la ficha personal del alumno(a) bajo firma del apoderado. En esta instancia el

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alumno(a) y el apoderado, previo apoyo a través de un plan de seguimiento conductual, serán advertidos acerca de la Condicionalidad o cancelación de matrícula del estudiante si no se observaran cambios positivos y objetivos en su comportamiento.

5. Condicionalidad, esta medida será estudiada y resuelta con consulta al cuerpo docente, cuando a pesar de las medidas disciplinarias anteriores y las estrategias utilizadas para promover un cambio positivo, el alumno/a no modifique sus conductas negativas y sus faltas registradas sean reiterativas.

6. Cancelación de matrícula. Esta medida extrema quedará reservada para las faltas gravísimas y será resuelta cuando aplicado el Estudio del Caso, el plan de apoyo de seguimiento conductual y ante la ausencia de cambios positivos objetivos en su comportamiento; el Consejo Disciplinario del Establecimiento en consulta con el Consejo de profesores, llegue a la convicción que por su gravedad, es la única medida que procede. Esto será comunicado personalmente al apoderado y por escrito a la DEPROV con fotocopia de todos los antecedentes que culminaron en esta decisión. Se entiende que procede esta sanción toda vez que una falta ponga en riesgo la integridad física de algún miembro de la unidad educativa y la reiteración de faltas consideradas graves.

MEDIDAS COMPLEMENTARIAS

1. Calendario especial de evaluaciones, se aplicará excepcionalmente a aquellos alumnos que se encuentren en el caso anterior para que puedan finalizar su semestre o el año escolar. La Unidad Técnico Pedagógica en consulta con los profesores de asignatura confeccionará el calendario y un horario para que el alumno pueda realizar consultas de las materias a evaluar.

2. Retención de elementos no permitidos. Todo elemento que no sea parte del uniforme o de los útiles escolares y que entorpezcan el desarrollo normal de la clase (celulares, cámaras fotográficas, radios y reproductores de música, elementos eléctricos, electrónicos, revistas, juguetes y todo aquello que no corresponda al proceso educativo), a excepción de los que el profesor específicamente solicite, podrán ser retirados y previa anotación en la hoja de vida se requisarán hasta que el apoderado los recupere (la entrega será los días sábados de 11:30 a 13:00 horas), registrándose este hecho en la ficha personal del alumno/a. Si lo anterior es reiterativo, será retirado y devuelto al apoderado al final del semestre respectivo

ARTICULO Nº36: Se calificará como FALTA LEVE, aquellas actitudes y comportamientos que alteren el normal desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, que no involucren daño físico o psíquico a otros miembros de la comunidad. Ejemplo: atrasos, uniforme, olvidar un material, conversar en clase, etc.

ARTICULO Nº37: Se anotará en el registro de observaciones del libro de clases todas las faltas con un máximo de tres faltas leves. En las dos primeras el profesor jefe citará al apoderado a tomar conocimiento para que adopte las medidas para su corrección. A la tercera falta, se derivará al alumno a Inspectoría General, para aplicar la medida disciplinaria correspondiente.

ARTICULO Nº38: Se entenderá por FALTA GRAVE, aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y/o psíquica de otro miembro de la comunidad escolar y del bien común; así como acciones deshonestas que alteren el normal proceso de aprendizaje. Ejemplo: copiar en una prueba, falsear una nota, golpear a un compañero, dañar el bien común, uso indebido del celular, etc.

ARTICULO Nº 39: Se registrará en el libro de clases, en el registro de observaciones todas las faltas con una máximo de 2 Faltas Graves, en la primera de ella se citará al alumno con su apoderado a Inspectoría General y en la segunda Falta Grave, se suspenderá de clases hasta dos días, previa comunicación con el apoderado.

ARTICULO Nº40: Se entenderá por FALTA GRAVÍSIMA, a actitudes y comportamientos que atenten gravemente contra los principios del Establecimiento y contra la integridad física y psíquica de terceros. Ejemplo: fuga del colegio, cimarra, hurto, daño físico, discriminación, tráfico de drogas, abuso sexual, desprestigio público y mal intencionado, utilizando cualquier medio de difusión masiva hacia sus pares, autoridades, docentes o cualquier integrante de la comunidad escolar. Sin perjuicio de la sanción que se deba aplicar por este reglamento y cuando una situación particular lo amerite, serán puestos los antecedentes ante la autoridad pública competente para hacer efectiva la responsabilidad penal de acuerdo a la ley. Serán consideradas gravísimas además, cualquiera acción de violencia que sobrepase los derechos básicos del grupo escolar como son los paros estudiantiles y las tomas del establecimiento, por ser alienatorios a los derechos universales de educación y libre determinación. La reiteración de Faltas Graves, se entenderá como Falta Gravísima.

ARTICULO Nº41: Toda falta considerada gravísima será revisada y resuelta por el Consejo Disciplinario que actuará de manera resolutiva. Se registrará un máximo de 1 Falta Gravísima, en la hoja de vida. Si la Falta Gravísima involucra daño físico como abuso sexual, amenaza o agresión con arma blanca o golpiza, la matrícula será caducada inmediatamente.

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ARTICULO Nº42: Las sanciones disciplinarias para los alumnos de PreKinder, Kinder y 1° Básico serán determinadas por el profesor a cargo, sin perjuicio que pueda consultar a la dirección del Colegio y estableciendo una medida que permita la atención adecuada y especializada que amerita el caso. De igual forma se llevara en el libro de clases, en el registro de observaciones, toda conducta sea positiva o negativa del alumno, como también en la ficha personal el registro de visitas del apoderado en éste ámbito.

TITULO VIIDE LOS CONSEJOS

DEL CONSEJO DISCIPLINARIO

ARTICULO Nº43: El Consejo Disciplinario se reunirá de manera ordinaria bimensualmente y extraordinariamente cada vez que se deba conocer de una cuestión disciplinaria considerada grave o gravísima. Estará conformado por el Director del establecimiento, Inspectoría General, Unidad Técnica Pedagógica, Orientación, Psicología, Asistente de la Educación, Profesor Jefe correspondiente y Profesor de Asignatura cuando corresponda.

ARTICULO Nº44: El Consejo Disciplinario tendrá a su cargo el estudio y análisis de los casos que requieran atención, para lo cual se apoyará en los registros de observaciones y fichas personales de los alumnos, informes de docentes, testimonios de pares y en general en cualquier antecedente que le sea útil para su resolución. En todo caso, siempre antes de resolver se escuchará al afectado y se actuará con la debida reserva y respeto por la intimidad de cada alumno.

ARTICULO Nº45: El Consejo Disciplinario tiene como objetivo principal lograr que el alumno/a asuma la responsabilidad de sus actos, procure la reparación y reconozca la improcedencia de su actuar equivocado, comprometiéndose sinceramente a respetar la convivencia en su grupo.

ARTICULO Nº46: Al resolver cada sanción, el Consejo cuidará que su decisión sea adoptada verazmente informada, privilegiando el carácter formativo pero, también velando por la integridad y los derechos de todos los alumnos cuando la gravedad de la falta sea de tal entidad que no acepte otra solución que una suspensión o cancelación de matrícula.

ARTICULO Nº47: Existirá una instancia de apelación para las sanciones a las faltas graves y gravísimas donde se estudiarán nuevamente todos los antecedentes aportados, pudiendo modificarse, revocarse o mantenerse la medida de manera definitiva. Sin embargo, en casos de tráfico de drogas, abuso sexual y desprestigio público, no se otorgará una segunda oportunidad.

DEL CONSEJO ESCOLAR

ARTICULO Nº48: El establecimiento cuenta con un Consejo Escolar regido por la normativa de la ley 19.979 y el decreto 24/2005. Este Consejo posee solo carácter consultivo, propositivo e informativo y no tiene facultades para intervenir en materias técnico-pedagógicas o administrativas del establecimiento.Este Consejo está integrado por:1. El Director/a del establecimiento que lo presidirá;2. El sostenedor o un representante designado por él;3. Un docente elegido por los profesores del establecimiento;4. El presidente del Centro de Alumnos del Colegio.5. El presidente del Centro de Padres y Apoderados.

TITULO VIIIDE LAS ESTRATEGIAS QUE EMPLEA EL ESTABLECIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE LA AUTODISCIPLINA Y LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR.

ARTICULO Nº49: Para lograr sus fines educacionales así como la eficacia del presente Reglamento, el establecimiento promueve las siguientes estrategias y actividades de refuerzo, que según el tipo de falta o conflicto, se detallan de la siguiente manera:

1. En caso de conflicto entre dos alumnos, entre un alumno y un grupo o entre dos grupos, se procederá a la aplicación de una negociación a cargo del profesor de asignatura o profesores jefes en primera instancia. De no obtener resultados satisfactorios, se procederá a una mediación a cargo del orientador (a), y finalmente en última instancia a un arbitraje a cargo del Consejo Disciplinario.

2. Para la amonestación verbal, el profesor deberá:

- Escuchar al alumno

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- Hacer ver las consecuencias inmediatas y futuras de sus actos. -Ser claro y directo en explicar el sentido de los límites y normas establecidas. -Informar al Profesor/a Jefe para reforzar una actitud más positiva en el alumno/a.

3. En caso de faltas leves:

-El Profesor Jefe citará al Apoderado para dar indicaciones frente a la actitud del alumno/a. -Si la situación es persistente el docente derivará al alumno/a a la Unidad de Inspectoría.

4. En caso de faltas graves :

-El alumno será derivado, por el Profesor Jefe, a la Unidad de Inspectoría, donde será entrevistado junto a su Apoderado. Se asignará un profesor tutor y se recomendará la consulta a un especialista, según sea el caso. -Si la situación es reincidente el alumno podrá ser suspendido por un máximo de dos días y quedará con matrícula condicional al comportamiento.

5. En caso de falta gravísima:

-El alumno será derivado a la Unidad de Inspectoría, junto con su Apoderado. Analizada la situación por el Consejo Disciplinario se procederá a aplicar la sanción correspondiente, que va desde una suspensión de clases por un máximo de cinco días y matricula condicionada al comportamiento, hasta cancelación de matricula.

6. Matrícula condicional:

Todos los alumnos afectos a esta situación, junto a su Apoderado, están en antecedentes que si continúan con indisciplina y/o no cumplen con los acuerdos pactados (registrados en la ficha personal) y previa consulta al Equipo de Gestión Directiva, su matrícula será caducada. La continuidad en el proceso dependerá de sus logros conductuales. Sólo la Dirección y el Equipo de Gestión Directiva, pueden determinar la revocación de dicho estado.

ARTICULO Nº49 BIS: Se entenderá como parte integrante de este reglamento el manual de convivencia escolar del establecimiento el que será aplicado conforme al principio de la especialidad en todos aquellos casos que involucren situaciones de maltrato escolar tal como se definen en el articulo sexto de dicho manual.

TITULO IXDE LOS DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES Y APODERADOS

ARTICULO Nº50: Cada alumno/a del colegio Limache College debe tener un apoderado mayor de edad que lo represente en cada instancia y que se haga responsable de la supervisión del comportamiento y rendimiento escolar de su pupilo/a.

ARTICULO Nº51: Los Padres y Apoderados sin perjuicio de las atribuciones que les otorga el decreto 565/ 90 del Ministerio de Educación, tendrán los siguientes DERECHOS:

1. Conocer el Proceso de Admisión y de matrícula que ofrece el Establecimiento Educacional. 2. Conocer el Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento de convivencia al cual deberán

adherir en todos sus puntos. 3. Conocer el Reglamento Oficial del Centro de Padres. 4. Hacer uso del derecho de Apelación a través de los mecanismos internos y de conducto

regular. 5. Participar activamente en todas las actividades planificadas por la Dirección del

Establecimiento, el Subcentro y/o el Centro General de Padres y Apoderados. 6. Participar en cargos Directivos de los subcentro o del Centro general de Padres y Apoderados,

de acuerdo a la normativa vigente. 7. Conocer y participar en los Proyectos de Mejoramiento Educativo propiciados por el

Establecimiento Educacional. 8. Conocer la cuenta pública, presentada por la Administración y Equipo de Gestión del

Establecimiento. 9. Recibir atención de parte de los docentes del colegio en el horario estipulado para ello.10. Recibir mensualmente en la reunión de subcentro la información relativa al Proceso de

Evaluación de su pupilo a través del Informe escrito de Notas. 11. Recibir oportunamente la información con respecto a las decisiones disciplinarias que

correspondan a su pupilo/a y de la situación final de promoción o reprobación.

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12. Recibir orientación personal y grupal por parte del Departamento de Orientación, con fines de recibir apoyo y asesoría en materias acordes con la etapa escolar de su pupilo/a.

13. Ser atendido con cortesía, amabilidad y en un marco de respeto recíproco, por parte de la comunidad escolar.

ARTICULO Nº52: Las responsabilidades de los padres y apoderados serán los siguientes.

1. El Padre o Apoderado, por el solo hecho de matricular a su pupilo/a en el colegio, acepta y hace suyas las normas y disposiciones establecidas en el presente Reglamento de Convivencia y Participación de los alumnos/as, comprometiéndose a colaborar en su aplicación.

2. El Padre y/o Apoderado se compromete en el momento de la matrícula, a cancelar oportunamente la escolaridad mensual fijada por el Colegio.

3. Cancelación voluntaria del aporte al Centro General de Padres y Apoderados, como una responsabilidad moral libremente adquirida firmando un compromiso de pago.

4. El Padre y/o Apoderado acepta la responsabilidad que le cabe en las faltas que incurre su pupilo/a y deberá tomar las medidas pertinentes para evitar futuras reincidencias, acatando las recomendaciones que se hicieron al respecto.

5. Justificar personalmente las inasistencias producidas en los días que corresponden evaluaciones calendarizadas, preocupándose que esta quede registrada en la ficha personal del alumno.

6. Es obligación del Apoderado asistir a todas las reuniones de subcentro y cada vez que fuere convocado por el Equipo de Gestión Directiva del Colegio. El Apoderado que falte a una reunión sin justificación previa, deberá firmar en la Ficha personal del alumno, ubicada en secretaría del colegio.

7. Si el Apoderado tuviere problemas para asumir las responsabilidades que le correspondan, deberá designar un apoderado suplente, previa aceptación de la Dirección del Colegio.

8. El Apoderado es responsable de velar y tomar las medidas pertinentes con el fin de que su pupilo/a, asista puntualmente a todas las clases y actividades fijadas por el colegio y por las autoridades superiores.

9. Solamente el Apoderado podrá solicitar personalmente a la Dirección del Colegio y por razones justificadas la salida del Establecimiento de su pupilo/a, antes de la finalización de las actividades escolares diarias siempre y cuando no tenga evaluación, quedando indicada ésta en el libro de Registro de Salida de Alumnos y en la hoja de Registro de Observaciones en el libro de clases.

10. Los Apoderados deberán responder por los daños que causaren sus pupilos a los bienes materiales del colegio, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias correspondientes.

11. Es obligación del Apoderado tomar razón y estampar su firma en los boletines informativos que emita el colegio.

12. Es función del Apoderado apoyar la labor educativa así como el prestigio de la institución que ha elegido en forma voluntaria por lo tanto, su responsabilidad es cooperar y hacer que su pupilo/a cumpla con todas aquellas demandas que el colegio señale en pro del mejor y más eficiente desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje

13. Dejar al alumno/a de nivel pre-básico y básico en el frontis del colegio al ingreso y retirarlo puntualmente en el mismo lugar. Se considerará falta gravísima por parte del apoderado el no cumplimiento de esta norma.

14. El Apoderado que necesite información debe dirigirse a secretaría quién derivará a quién corresponda quedando totalmente prohibido el ingreso de Apoderados al aula durante el horario de clases.

15. El apoderado cuya hija se encuentre embarazada debe informar prontamente a la Dirección del Establecimiento.

16. Es deber del apoderado velar y apoyar los principios formativos del establecimiento, aún cuando las sanciones afecten directamente a su pupilo.

TITULO FINALDE LA VIGENCIA Y MODIFICACION DE ESTE REGLAMENTO

ARTICULO Nº53: Las normas del presente Reglamento de Convivencia y Participación tienen vigencia a partir del año 2010.

ARTICULO Nº54: Toda situación no contemplada en este Reglamento y que afecte la buena marcha del Establecimiento, así como las futuras revisiones y modificaciones serán conocidas y resueltas por el Consejo Escolar, con consulta al Consejo de Profesores, Centro de Alumnos y centro de Padres y Apoderados.