REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021.pdf · 2020. 7. 27. · REGLAMENTO INTERNO . INSTITUCION EDUCATIVA...

56
- 1 - REGLAMENTO INTERNO INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA PARROQUIAL “SANDRO DORDI NEGRONI” C A PI T U L OI DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º.-CONCEPTO.- El Reglamento Interno ES UN INSTRUMENTO TÉCNICO NORMATIVO, que regula el funcionamiento, organización, administración, aspecto técnico pedagógico y de gestión de la institución educativa; está sustentado en los principios de respeto a la dignidad de la persona, a los derechos humanos, a la libertad, igualdad, democracia y justicia. ARTÍCULO 2º .-FINALIDAD.- El presente Reglamento tiene por finalidad orientar la Gestión Administrativa y Técnico Pedagógica de la Institución Educativa Privada “SANDRO DORDI NEGRONI”, así como normar las relaciones entre los órganos internos y externos que lo integran, señalando las pautas de comportamiento de cada uno de ellos. ARTÍCULO 3º.- ALCANCES.- El presente reglamento es de cumplimiento obligatorio por todos los miembros de la comunidad educativa: Personal Directivo, Docente, Administrativo, Padres de Familia y estudiantes en general de la Institución Educativa “Sandro Dordi Negroni”. ARTÍCULO 4º.-BASE LEGAL.-El Reglamento Interno se sustenta en las siguientes disposiciones legales: - Constitución Política del Perú. - Acuerdo Estado Peruano - Iglesia D. L. Nº 23211. - Ley Nº 26549,de los Centros Educativos Privados, - Ley Nº 27665, Ley de Protección a la Economía familia respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativos privados. - Ley N° 28044, Ley General de Educación. - Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2012-ED. - Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo 002-2014-MIMP. - Ley N° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de la instituciones educativas públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas, y modifica los artículos 36 y 38 del Código Penal; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-MINEDU. - R.S. N° 001-2007-ED que aprueba el “Proyecto Educativo Nacional al 2021: La educación que queremos para el Perú“. - D. Leg. Nº 713 Descansos remunerados. Reglamentado por D.S. Nº 012-92-TR. - Ley Nº 25129 Asignación familiar y D.S. Nª 035-90-TR. - Ley 27735 Gratificaciones Legales y su reglamento aprobado por D.S. Nª 005-2002-TR. - RVM N° 038-2009-ED Sistema de Supervisión Educativa.

Transcript of REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021.pdf · 2020. 7. 27. · REGLAMENTO INTERNO . INSTITUCION EDUCATIVA...

  • - 1 -

    REGLAMENTO INTERNO

    INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA PARROQUIAL “SANDRO DORDI NEGRONI”

    C A PI T U L OI

    DISPOSICIONES GENERALES

    ARTÍCULO 1º.-CONCEPTO.- El Reglamento Interno ES UN INSTRUMENTO TÉCNICO NORMATIVO, que regula el funcionamiento, organización, administración, aspecto técnico pedagógico y de gestión de la institución educativa; está sustentado en los principios de respeto a la dignidad de la persona, a los derechos humanos, a la libertad, igualdad, democracia y justicia.

    ARTÍCULO 2º .-FINALIDAD.- El presente Reglamento tiene por finalidad orientar la Gestión Administrativa y Técnico Pedagógica de la Institución Educativa Privada “SANDRO DORDI NEGRONI”, así como normar las relaciones entre los órganos internos y externos que lo integran, señalando las pautas de comportamiento de cada uno de ellos. ARTÍCULO 3º.- ALCANCES.- El presente reglamento es de cumplimiento obligatorio por todos los miembros de la comunidad educativa: Personal Directivo, Docente, Administrativo, Padres de Familia y estudiantes en general de la Institución Educativa “Sandro Dordi Negroni”. ARTÍCULO 4º.-BASE LEGAL.-El Reglamento Interno se sustenta en las siguientes disposiciones legales: - Constitución Política del Perú. - Acuerdo Estado Peruano - Iglesia D. L. Nº 23211. - Ley Nº 26549,de los Centros Educativos Privados, - Ley Nº 27665, Ley de Protección a la Economía familia respecto al pago de pensiones en

    Centros y Programas Educativos privados. - Ley N° 28044, Ley General de Educación. - Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas,

    y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2012-ED. - Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo

    N° 002-2014-MIMP. - Ley N° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y

    administrativo de la instituciones educativas públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas, y modifica los artículos 36 y 38 del Código Penal; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-MINEDU.

    - R.S. N° 001-2007-ED que aprueba el “Proyecto Educativo Nacional al 2021: La educación que queremos para el Perú“.

    - D. Leg. Nº 713 Descansos remunerados. Reglamentado por D.S. Nº 012-92-TR. - Ley Nº 25129 Asignación familiar y D.S. Nª 035-90-TR. - Ley 27735 Gratificaciones Legales y su reglamento aprobado por D.S. Nª 005-2002-TR. - RVM N° 038-2009-ED Sistema de Supervisión Educativa.

  • - 2 -

    - D.S. Nª 007-2002-TR Reglamento TUO de la ley de Jornada, Horario y trabajo en sobre tiempo.

    - DD.SS. Nº 001-97-TR / Nº 004-97-TR Reglamento TUO de la CTS. - D.S. Nª 009-2006 Reglamento de centros Educativos Privados. - D.S. Nº 004-98-ED y sus modificatorias con DD.SS. Nº 011-98-ED, 02-2001-ED y 005-2002-

    ED Reglamento de Infracciones y Sanciones para instituciones Educativas particulares. Art. Modificados por Ley 27665.

    - D.S. N° 004-2013-ED. Reglamento de la Ley dela carrera magisterial. - D.S. Nº 011-2012-ED, aprueba el Reglamento de la Ley General de Educación. - D.S.Nº 004-2006-TR, modificado por D.S. Nº 007-2006-TR D.S. Nº 011-2006-TR. Registro de

    control de asistencias y de salida. - R.M. Nº 058-97-TR Síntesis de Legislación Laboral. - Ley Nº 29409 Ley que concede Licencia por Paternidad, modificado por la Ley Nº 30807 (Art.

    2º de la citada Ley). - Ley Nº 30012 Ley que concede el derecho de Licencia a trabajadores con Familiares

    Directos que se encuentran con enfermedad en Estado Grave o Terminal o sufran accidente grave.

    - Decreto Supremo Nº 008-2017-TR Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30012 Ley que concede el derecho de Licencia a trabajadores con Familiares Directos que se encuentran con enfermedad en Estado Grave o Terminal o sufran accidente grave.

    - Ley Nº 26644 Descanso pre y post natal de la trabajadora gestante, modificado por la Ley Nº 30367, Ley que protege a la madre trabajadora contra el Despido Arbitrario y prolonga su periodo de descanso.

    - R.M. N° 321-2017- MINEDU, ( Escritorio limpio). - R.M. N° 665-2018- MINEDU, “Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las

    instituciones educativas y programas de Educación Básica. - D.S. N° 004-2018- MINEDU, que aprueba los Lineamientos para la Gestión de la

    Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes..

    - Resolución Viceministerial N° 025-2019-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica “Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y Programas Educativos de la Educación Básica”.

    ARTÍCULO 5º.-REVISIÒN y/o ACTUALIZACIÒN.- El Reglamento Interno será revisado por lo menos cada dos años, y actualizado de acuerdo a las normas vigentes, la realidad de la Institución y a los principios y acciones establecidos en el Proyecto Educativo Institucional.

    C A P I T U L OII

    DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

    ARTÍCULO 6º.- NOMBRE.- La Institución Educativa se ha denominado “Sandro Dordi Negroni” a mérito de la R.D N° 02419-UGEL.S y tiene como su santo patrón al sacerdote Italiano, Beato de la Iglesia Católica, Alessandro Jussepi Dordi Negroni. ARTÍCULO 7º.-NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS.- La institución educativa, es la primera y principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado. Es una institución de gestión privada, sin fines de lucro, promovida y dirigida por un representante de la DIÓCESIS DE CHIMBOTE, que organiza y conduce su gestión administrativa y económica financiera, establece sus regímenes económicos, de pensiones y de personal docente y administrativo. Garantiza la participación de los padres de familia a través de la Comunidad de Padres de Familia que en delante de denominará (COPAFA).

  • - 3 -

    Fue creada por R.D. Nº 769 el 20 de marzo del 2003, como Institución Educativa Parroquial “Reyna de las Américas” y con R.D. Nª 02419-UGEL.S el 03 de julio del 2006 se cambió el nombre por “Sandro Dordi Negroni” y se estableció como fecha de aniversario todos los 25 de agosto. Brinda servicio educativo en forma escolarizada en los niveles: Inicial, Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular. Atiende en turno de mañana y horario continuo, está ubicada en el Jr. “Marañón” Nº 257 del Distrito de Santa, Provincia del Santa, Departamento Ancash, Región Chavín, y cuanta con un local anexo en Jirón César Vallejo Mz. V-Lt.1. del Programa de Habilitación Urbana de Javier Heraud - Santa, perteneciente a la Jurisdicción educativa UGEL SANTA. ARTÍCULO 8º.-FINES.- La Institución Educativa Privada “Sandro Dordi Negroni”, tiene como fines: a) Brindar servicio educativo, con un enfoque humanista y ético, con soporte en

    principios y objetivos claros, en pos del Desarrollo Humano. b) Formar personas capaces de aprender permanentemente, y dotados de iniciativa

    para su realización ética, intelectual, artística, cultural afectiva, física, espiritual y religiosa.

    c) Desarrollar capacidades y habilidades, en los estudiantes para vincularlos con el mundo del trabajo, la ciencia y la tecnología y afronten los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento;

    d) Contribuir a formar una comunidad democrática, solidaria, justa, inclusiva, tolerante y forjadora de una cultura de paz, teniendo a Cristo como centro de su vida.

    e) Promover la formación y consolidación de la identidad, autoestima, el juicio crítico y habilidades para la solución de problemas, en los estudiantes.

    ARTÍCULO 9º.-OBJETIVOS.- Son objetivos de la institución educativa: a) Brindar una formación integral humanista sustentada en valores y principios, como la

    ética, la equidad, la inclusión, la calidad, la democracia, la conciencia ambiental, la creatividad y la innovación.

    b) Formar y educar a las estudiantes de la institución educativa en las relaciones socio afectivas, comunicativas, estética, ético - moral, espirituales y en los valores, para que sea ciudadanos capaces de desarrollar su proyecto de vida en beneficio propio y de la sociedad.

    c) Orientar y sensibilizar a los padres de familia, en su misión de primeros y principales educadores de sus hijos; y capacitarlos en temas de desarrollo humano.

    d) Estimular hábitos de integración social, de convivencia grupal, de solidaridad y cooperación y de conservación del medio ambiente.

    e) Fortalecer la vinculación entre la institución educativa y la familia. f) Lograr la participación plena de los actores educativos y comunidad en la promoción

    y gestión de los servicios complementarios a los educandos; g) Profundizar la Fé Cristiana y los valores morales, religiosos, y éticos posibilitando en

    el educando un equilibrio entre el desarrollo espiritual, psicológico y cultural. h) Promover la innovación y experimentación de nuevas metodologías y prácticas de

    enseñanza que garanticen la calidad en los resultados de aprendizaje. i) Desarrollar propuestas curriculares y proyectos en función de los intereses,

    necesidades y potencialidades de los estudiantes, adecuando los saberes y desempeños a las transformaciones socio-culturales contemporáneas.

    j) Fomentar y sostener el trabajo colaborativo entre los actores de la educación y de estos con la comunidad, liderazgo que le corresponde a la parte directiva.

    k) Utilizar los medios tecnológicos necesarios para mejorar la calidad del servicio educativo.

  • - 4 -

    C A P I T U L OIII

    DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

    ARTÍCULO 10º.-ESTRUCTURA ORGÁNICA.-La Institución Educativa cuenta con la siguiente estructura orgánica:

    a) Órgano de Dirección:

    - Promotora. - Director(a) de la I.E. - Sub Director(a) Académico. - Sub Director(a) Administrativo.

    b) Órgano de Coordinación:

    - Coordinadores(as) de nivel. - Comités de Trabajo Interno.

    c) Órgano de Ejecución:

    - Profesores(as) por horas. - Profesores(as) de aula.

    d) Órgano de Apoyo:

    - Secretaría. - Docente administrativo - Trabajador de Servicio. - Auxiliar de Educación.

    e) Órgano de Participación:

    - Comité Pastoral de Familia (COPAFA). - Comités de aula. - Consejo Estudiantil. - Vigías Escolares. - Asociación de Ex alumnos.

    ARTÍCULO 11º.-FUNCIONES GENERALES.-La Institución Educativa Privada Diocesana, cumplirá con las siguientes funciones generales: a) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, así como su

    plan anual y su reglamento interno en concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política pertinentes.

    b) Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión institucional y pedagógica. c) Diversificar y complementar el currículo nacional, atendiendo las necesidades e

    intereses, ritmos y estilos de aprendizajes propios de los estudiantes de la I.E; así como sus aspiraciones.

    d) Realizar acciones tutórales, seleccionar o elaborar los textos y materiales educativos, con la participación de padres de familia.

    e) Otorgar certificados, diplomas y títulos según corresponda. f) Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante.

  • - 5 -

    g) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución. h) Organizar y conducir su gestión administrativa y económica financiera, estableciendo

    su régimen económico de pensiones y de personal docente y no docente. i) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión. j) Elevar el nivel religioso, cultural y educativo de su jurisdicción mediante acciones de

    proyección a la comunidad; k) Desarrollar acciones de capacitación, permanente, y apoyar las que realizan otras

    instituciones de la comunidad. l) Promover y participar en certámenes de intercambio cultural, religioso, social,

    deportivo, con fines de perfeccionamiento de la tecnología educativa, la calidad del servicio educativo y otros.

    m) Promover y apoyar las acciones de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de enseñanza-aprendizaje.

    n) Definir su régimen legal de acuerdo a las normas del sector privado. o) Garantizar la participación de los padres de los alumnos a través de la Comunidad

    de Padres de Familia (COPAFA), e individualmente, en el proceso educativos de sus hijos.

    p) Garantizar la participación de los estudiantes en la gestión educativa. q) Rendir cuenta anualmente de su gestión pedagógica y administrativa a la instancia

    educativa inmediata superior. ARTÍCULO 12º.-FUNCIONES ESPECÍFICAS.- Se desarrolla las funciones de cada uno de losórganos que integran la Institución Educativa. ARTÍCULO 13º.- De la Promotora: a) Establecer la línea axiológica e institucional, dentro del respeto a los principios y

    valores establecidos en la Constitución Política del Perú, los principios y fines de la educación establecida en la Ley General de Educación, y el convenio de la Santa Sede con el Estado.

    b) Delinear la gestión pedagógica, institucional, administrativa y económica financiera, estableciendo sus regímenes económico, de selección, de ingresos, disciplinario, sistema de pensiones y de becas.

    c) Establecer la duración del período escolar, la propuesta pedagógica, sistema de evaluación y control de los estudiantes, en coordinación con el/la Director(a).

    d) Administrar los recursos humanos, régimen del personal directivo, jerárquico, docente, administrativo y de servicio.

    e) Establecer obligatoriamente la organización, régimen económico y forma de participación de los padres de familia en el proceso educativo, y de los ex – alumnos.

    f) Gestionar la fusión, transformación, escisión, establecimiento de filiales, sucursales, sedes o anexos, disolución y liquidación del servicio de acuerdo a Ley.

    g) Solicitar la ampliación, suspensión, clausura, receso o reapertura de la Institución Educativa, ante la Dirección Regional de Educación a cuya jurisdicción pertenece la I. E.

    h) Proponer en cargo de confianza al personal directivo, después de 3 años de prueba, como titular y en régimen indeterminado, ante la instancia educativa correspondiente.

    i) Garantizar la existencia de los instrumentos de gestión, monitoreo y evaluación que deben ser aplicados para el funcionamiento de la I.E.

    j) Gestionar la implementación, mejoramiento y/o ampliación de la infraestructura y equipamiento educativo, atendiendo la demanda.

    k) Resolver en segunda instancia recursos de reconsideración a lo resuelto por el/la director(a) del plantel ante situaciones inherentes al funcionamiento de la institución

  • - 6 -

    educativa; evaluación del personal, medidas correctivas a los estudiantes y/o padres de familia.

    l) Garantizar la participación de los padres de familia en el proceso educativo de sus hijos, mediante la organización más adecuada a la realidad institucional y línea axiológica de la I.E.

    m) Establecer un plan de incentivos y capacitación para el personal que labora en la I.E. ARTÍCULO 14º.- Del Director(a): a) Representar legalmente a la I.E. b) Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades técnicas pedagógicas del

    Área de su competencia y actualización docente. c) Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el PAT trimestralmente. d) Formular, coordinar ejecutar y mantener actualizado los documentos de gestión:

    PCI, PCC, RI, …etc. e) Velar por el cumplimiento de los objetivos del nivel y por el buen trato a los alumnos

    dentro o fuera de la Institución Educativa. f) Presidir los comitésinternos de trabajo. g) Informar periódicamente al Promotor, y padres de familia, sobre el desarrollo del

    proceso Aprendizaje - Enseñanza. h) Organizar las actividades de recuperación del educando a lo largo del año lectivo y

    en el periodo vacacional. i) Controlar la asistencia y puntualidad del personal a su cargo y disponer el reemplazo

    de los ausentes, con los docentes disponibles u otros. j) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de los órganos internos de

    la institución educativa. En ese caso presidirán los subdirectores o Coordinadores por delegación.

    k) Ejercer, así mismo, la secretaria de estas reuniones y levantar las actas correspondientes.

    l) Gestionar la asignación del personal docente y no docente y dotación de recursos materiales.

    m) Extender las certificaciones en base a la documentación existente en la institución educativa.

    n) Coordinar y animar la participación de los diferentes actores de la comunidad educativa, en el desarrollo de las actividades académicas y formativas.

    o) Garantizar la existencia de la información sobre la vida institucional de la I.E. p) Programar y realizar jornadas de capacitación y/o actualización docente y no

    docente. q) Organizar el proceso de matrícula y ratificación de matrícula, autorizar traslados de

    matrícula y exoneración de asignaturas, así como pruebas de ubicación y revalidación de estudios en el extranjero.

    r) Organizar y dirigir al servicio de acompañamiento, monitoreo y Supervisión Educativa.

    s) Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor del personal docente de su nivel.

    t) Proponer reconocimientos y/o estímulos al personal docente y no docente, a su cargo, por acciones extraordinarias tanto en el cumplimiento de sus funciones como en otras que redunden en beneficio del estudiante o la institución.

    u) Establecer los horarios y turnos de trabajo del personal. v) Cumplir y hacer cumplir la normativa aplicable a la institución educativa. w) Asesorar, informar oportunamente y/o proponer la cobertura de puestos vacantes, x) Por delegación seleccionar el personal docente y no docente, empleando los

    instrumentos y técnicas que garanticen una buena selección. y) Otorgar permisos, en casos debidamente justificados y/o de emergencia.

  • - 7 -

    z) Justificar las tardanzas e inasistencias del personal, sólo por una vez en el mes, con cargo a los descuentos de ley cuando el caso lo amerite.

    aa) Remitir a la Promotora, mensualmente, el reporte de asistencia del personal y el movimiento económico.

    bb) Elaborar la Memoria Anual en coordinación con los docentes y coordinadores de comités.

    cc) Mantener permanentemente coordinación con Administración de la Diócesis ente rector y promotor.

    dd) Disponer la aplicación de medidas correctivas y/o disciplinarias para los estudiantes y trabajadores docentes y no docentes de la institución educativa, respectivamente.

    ee) Disponer la aplicación de medidas correctivas a los padres de familia en casos de actuaciones que atenten contra la integridad de la familia, estudiantes y/o normal funcionamiento del servicio educativo.

    ARTÍCULO 15º.-De los/las Coordinadores (as): Son funciones de los/las Coordinadores (as) de nivel y de trabajo interno: a) Reemplazar al director(a) en caso de ausencia: Por enfermedad, descanso

    vacacional, comisión de servicios, capacitaciones y otros. b) Desempañar las funciones por delegación, cuando la ausencia del titular es mayor a

    5 (cinco) días, deberá recibir inventariado los bienes y enseres así como el informe económico del mes.

    c) Coadyuvar al logro de los objetivos y metas educacionales del nivel, con el buen trato de los estudiantes dentro y fuera de la I.E.

    d) Monitorear el trabajo técnico pedagógico y la elaboración de los documentos de planificación: Unidades, sesiones de clases.

    e) Resolver con imparcialidad y oportunamente los problemas de carácter técnico pedagógico y cuando el caso lo requiera derivar previo informe a dirección.

    f) Integrar el Comité de supervisión, asesoramiento y monitoreo.

    ARTÍCULO 16º.- Del Personal Docente.- Son funciones de los/las Profesores(as) de aula y por horas: a) Participar con responsabilidad en la actualización, elaboración, ejecución y

    evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI). b) Participar con responsabilidad en la adecuación y aplicación progresiva del Proyecto

    Curricular de Institución Educativa (PCIE). c) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Anual de Trabajo (PAT). d) Participar en la elaboración de la calendarización del año escolar. e) Programar, desarrollar y evaluar, oportunamente, las actividades curriculares y de

    Tutoría, de las secciones de su responsabilidad. f) Conducir y evaluar el proceso aprendizaje-enseñanza, de acuerdo a los intereses,

    necesidades, aspiraciones, ritmos y estilos de aprendizaje del estudiante g) Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la Dirección en las acciones que

    permitan el logro de los objetivos previstos en cada año plan. h) Rendir informe sobre el desempeño de las actividades del comité que integra o

    lidera, trimestralmente o al finalizar el año escolar. i) Orientar al educando y velar por su seguridad durante el tiempo que permanece en

    la institución educativa, incluido las horas de recreo, higiene y alimentación. j) Cooperar en las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes de la I.E.,

    y en caso de pérdida o deterioro se hará conocer a la Dirección en forma oportuna, para su reposición y/o reparación.

    k) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y el comportamiento de los educandos. Respetando y cumpliendo con el rol de atenciones.

  • - 8 -

    l) Acompañar permanentemente al estudiante en las actividades extracurriculares, formativas, religiosas, de control y seguridad al ingreso y salida de las mismas.

    m) Habilitar y manejar obligatoriamente el Cuaderno de Incidencias, como medida de prevención del acoso y violencia escolar.

    n) Reciclarse profesionalmente.

    ARTÍCULO 17º.-De los/las Profesores (as) de Turno.- Son funciones de los/las profesores(as) de turno: a) Dirigir las actividades de “Lunes Cívico”. b) Formar los estudiantes para ingreso y salida a la I.E. como a las aulas, diariamente,

    en coordinación con los vigías escolares. c) Revisar la presentación personal de los alumnos, con apoyo de todo el personal

    docente. d) Dar hora, con el medio más adecuado, para: la formación, recreo, ingreso y término

    de recreo y salida de los estudiantes. e) Vigilar el comportamiento de los estudiantes durante las formaciones, hora de

    recreo, compromisos o ceremonias especiales y otros, con apoyo de los profesores de aula y/o tutores.

    f) Hacer cumplir a los estudiantes los deberes y obligaciones que les corresponde. g) Velar que los estudiantes cumplan con el horario establecido para ingreso y salida

    del plantel. h) Prestar los primeros auxilios a los educandos en caso de accidentes, previa

    coordinación con el profesor de aula y Director, en caso de evacuación a un centro hospitalario actuar con prontitud y diligencia.

    i) Integrar la brigada de seguridad escolar y colaborar con las medidas preventivas y de acompañamiento a la hora de salida de los estudiantes.

    ARTÍCULO 18º.- Del Docente Administrativo.- Son funciones del(la) docente administrativa: a) Participar y colaborar en la adecuación del PCIE y la programación del área o

    sección en que trabajan. b) Asistir a las reuniones, de profesores, que traten temas pedagógicos. c) Turnarse para compartir o estar en algunos recreos con los estudiantes. d) Participar de los eventos y celebraciones del calendario cívico escolar. e) Administrar el Sistema integrado de Administración Académica y/o Económica. f) Informar mensual y anualmente de los ingresos y/o captación en el SIGAA, a

    dirección de la I.E. como a administración y representante de la promotora, respectivamente.

    g) Llevar y mantener actualizado los archivos o acervo documental de la información del SIGAA.

    h) Conducir y evaluar el proceso enseñanza aprendizaje, de acuerdo a las normas vigentes y cumplir oportunamente con la elaboración de la documentación pertinente.

    i) Desempeñar otras funciones afines que le asigne la dirección.

    ARTÍCULO 19 º.-Del Auxiliar de Educación.- Son funciones del(la) auxiliar de educación: a) Orientar el comportamiento de los estudiantes en armonía con las normas internas

    establecidas y llevar con diligencia y oportunidad el registro de incidencias. b) Elaborar información sobre inasistencias y tardanzas frecuentes de los estudiantes. c) Registrar la asistencia diaria de los educandos exigiendo la justificación en caso de

    inasistencia.

  • - 9 -

    d) Controlar la realización de tareas escolares en las aulas en caso de ausencia del profesor.

    e) Exigir a los educandos adecuada presentación personal, el uso del uniforme y la conservación del mobiliario escolar, material educativo o infraestructura.

    f) Apoyar las acciones de Tutoría programadas por el centro educativo. g) Llevar la ficha de conducta diaria de los alumnos, informar a los padres de familia del

    comportamiento de los educandos. h) Colaborar con el proceso de matrícula, en la elaboración de tarjetas de información

    (consignar nombres) y distribución de las mismas, así como en las papeletas de citación de los padres de familia.

    i) Atender en el ingreso y salida, así como auxiliar a los educandos en casos de emergencia.

    j) Dirigir las formaciones Cívico Patrióticas dentro o fuera del plantel. k) Participar en la evaluación de la conducta de los estudiantes a su cargo, con ayuda

    del cuaderno de incidencias y/o Papeletas de Información del Comportamiento diario.

    l) Integrar el comité de Disciplina (Primaria y Secundaria), para tratamiento adecuado de los problemas de conducta, fuera del aula.

    m) Preparar papeleta de salida a los estudiantes en casos especiales o de emergencias, para ser suscritas por la dirección del plantel.

    n) Atender a los profesores, padres de familia y alumnos con amabilidad y respeto. o) Dar señal del cambio de hora a los profesores, así como en el término de las labores

    escolares, después de esta, asegurar la no permanencia de estudiantes en el plantel, ni alrededor del mismo.

    p) Preparar informe sobre récord de tardanzas, inasistencias y/u otro motivo de causal de retiro.

    q) Facilitar el registro de control de dictado de clases. r) Coordinar permanentemente con los docentes de turno y tutores, todo lo relacionado

    con el comportamiento y actitudes de los estudiantes, recomendaciones y apoyo psicológico.

    s) Comunicarse permanentemente con los padres de los niños y niñas para evaluar el Manual de Disciplina y convivencia Escolar, así como la Papeleta de Auto Control y Disciplina Escolar.

    t) Participar en las reuniones convocadas por dirección y/o Comités internos. u) Integrar la brigada de seguridad escolar y colaborar con las medidas preventivas y

    de acompañamiento a la hora de salida de los estudiantes. v) Integrar el Comité de Gestión de Riesgos y desastres de la I.E. w) Reciclarse profesionalmente.

    DE APOYO: Son funciones del personal de apoyo a la auxiliar, además de los literales e), i), m), r), los siguientes: a) En el nivel inicial, apoyar con la higiene de los niños y niñas antes y después de

    tomar los alimentos, así como atenderlos en la higiene después de sus necesidades biológicas.

    b) Desempeñar otras funciones afines que le asigne la dirección. ARTÍCULO 20º.-De la Secretaria.- Son funciones de la secretaria: a) Recibir, registrar, clasificar y/o archivar la documentación en general. b) Realizar seguimiento y control de la documentación y mantener informado de los

    mismos, al Director(a) de la I.E. c) Redactar, mecanografiar documentos variados que le asigna la dirección. d) Preparar la documentación para el envío respectivo a la superioridad.

  • - 10 -

    e) Realiza labores relacionadas con el abastecimiento de materiales y otros sistemas auxiliares.

    f) Atender y orientar al público usuario y estudiantes, con amabilidad, las consultas que se formules sobre trámites gestiones y/o procedimientos administrativos en la I.E.

    g) Preparar, con suma diligencia, la expedición de Certificado de Estudios. h) Imprimir y preparar las Actas de Evaluación del Educando y Nóminas de Educación

    Secundaria para su remisión a la superioridad. i) Mantener actualizado el inventario general de bienes y enseres de la I.E. j) Llevar y mantener actualizado el padrón general de evaluación de subsanaciones,

    registro de expedición de certificados, padrón de notas y otros. k) Tramitar en los plazos establecidos la documentación que se recibe y se genere en

    la institución educativa. l) Evaluar el cuadro de necesidades, así como mantener la existencia y distribución de

    útiles de oficina y escritorio. m) Otras funciones técnico administrativas que le asigne la dirección. ARTÍCULO 21º.- Del/la trabajador (a) de servicio:Son funciones del/la trabajador (a) de servicio. a) Controlar el ingreso y salida del personal y terceros a la I.E, según el horario

    establecido. b) Controlar que los muebles, enseres y otros bienes que salen de la I.E cuenten con la

    autorización oficial del director(a). c) Velar por el mantenimiento y conservación de los bienes y enseres del plantel. d) Realizar limpieza y mantener permanente limpios los Servicios Higiénicos, patios,

    pasadizos, aulas y frontis de la I.E. e) Recibir y distribuir documentos y materiales en general. f) Trasladar y acomodar muebles. g) Mantener en buen estado de conservación e higiene la infraestructura de la I.E.

    durante todo el año. h) Prever que los insumos e instrumentos para la conservación e higiene del plantel se

    adquieran oportunamente. i) Verificar el estado de conservación del mobiliario y bienes a su cargo e informar

    oportunamente para su refacción y/o reposición. j) Utiliza el cuaderno de reportes y/o incidencias para constancia de eventos que

    afecten los bienes y/o infraestructura de la I.E. k) Mantener con seguro las puertas de ingreso y salida de la I.E., permanentemente. l) Realizar las demás funciones inherentes a su cargo que la dirección le asigne. m) Custodiar diligentemente los bienes y enseres. n) Realizar rondas frecuentes por los ambientes de la I.E. o) Realizar el cambio de turno registrando las observaciones del caso en el “Registro

    de Ocurrencias e Incidencias”, previa verificación de la existencia de los bienes y enseres.

    ARTÍCULO 22º.- La COPAFA.-Es el órgano de apoyo de la institución educativa y está constituida por los padres de familia, tutores o apoderados de los estudiantes que están matriculados en la institución educativa. Cumple las siguientes objetivos: a) Promover la cooperación mutua entre los padres de familia de la institución

    educativa y con él mismo. b) Coadyuvar a mejorar el nivel de la educación, teniendo en cuenta que los padres de

    familia tienen el derecho natural de educar a sus hijos, lo que es anterior a cualquier organización.

    c) Fomentar la participación activa y la interacción de padres e hijos en las actividades que programe y realice la I.E.

  • - 11 -

    d) Propiciar la participación de la COPAFA y Comités de aula como vehículo de comunicación entre la I.E. y los padres de familia.

    ARTÍCULO 23º.- La COPAFA participará con la I.E. mediante reuniones ordinarias mensuales y extraordinarias con el (la) Director(a) y/o sus integrantes, las cuales versan sobre los siguientes puntos: a) Información del proceso educativo. b) Políticas institucionales dirigidas a consolidar los valores y significados culturales,

    nacionales y locales; y c) Estado de la infraestructura y mobiliario escolar. d) Coordinar el Plan COPAFA. ARTÍCULO 24º.- La Junta Directiva.-Es el órgano ejecutivo de la COPAFA es un canal de participación y órgano de apoyo a la Dirección de la institución educativa y se rige de acuerdo al presente reglamento. ARTÍCULO 25º.- La Junta Directiva está compuesta por los siguientes miembros: Presidente(a), que es también Presidente de la COPAFA, Secretario(a), Tesorero(a) y dos vocales (Actividades, Pastoral y Deportes). ARTÍCULO 26º.- Son funciones de la Junta Directiva: a) Elaborar el Plan de Trabajo y el Presupuesto Anual de la COPAFA, en coordinación

    con el Director de la institución educativa. b) Ejecutar las acciones que aseguren el cumplimiento del Plan de Trabajo. c) Convocar a reuniones ordinarias mensuales y extraordinarias cuando lo requieran

    los integrantes para abordar asuntos relacionados con el apoyo a la buena marcha institucional.

    d) Integrar los comités internos de trabajo de la I.E., proponiendo sus delegados. e) Administrar los recursos de la COPAFA, dando cuenta del movimiento económico al

    Director(a) de la I.E., mensualmente y/o cuando lo requiera la administración de la I.E.

    f) Dirigir la economía de la COPAFA, ejecutar presupuesto anual y formular los balances anuales junto con la Administración de la institución educativa. El movimiento financiero es refrendado necesariamente por el Presidente, el Tesorero, el Director y la Administración de la I.E.

    g) Llevar los Libros de Actas de las sesiones de la Junta Directiva, y h) Representar a los padres de familia en todas las actividades protocolares. i) Sus integrantes son elegidos por dos años consecutivos, sin opción a reelección. j) La renuncia de uno de los miembros de la COPAFA, se realiza con anticipación y

    por escrito, ante la presidencia. En caso de renuncia de la presidencia lo hará por escrito ante la dirección del plantel y con un mes de anticipación.

    ARTÍCULO 27º.-Constituyen recursos del Comité Pastoral de Familia de la Institución Educativa: a) Las cuotas voluntarias de los padres de familia, tutores o apoderados; b) Los fondos que recaude la comunidad, en las actividades realizadas conforme a lo

    aprobado por la Institución Educativa. c) Multas a sus reuniones, que no excederán al 5% de una pensión de enseñanza.

    Debiendo solicitarlo sustentando con el acuerdo de los representantes de cada comité de aula.

  • - 12 -

    ARTÍCULO 28º.- Las cuotas o aportaciones por concepto de integrantes del Comité de Pastoral de Familia de la Institución Educativa, no son obligatorias y no condicionan la matrícula o permanencia de los alumnos en la respectiva Institución Educativa. ARTÍCULO 29º.- Los fondos o recursos del Comité de Pastoral de Familia, sólo podrán ser invertidos en la correspondiente Institución Educativa de acuerdo al plan de trabajo elaborado al inicio de año académico, lo constituyen: aportes ordinarios, ingresos por actividades y multas a reuniones. ARTÍCULO 30º.- Los padres de familia tienen derecho a ser informados sobre el ingreso y egreso de dichos fondos o recursos, oportunamente. ARTÍCULO 31º.- De los Comités de Aula: Los Comités de Aula son los representantes de los Padres de Familia del Grado y/o sección ante la institución educativa y ante la Junta Directiva de la COPAFA. ARTÍCULO 32º.- Los comités de aula, están conformados por los padres, madres de familia o apoderados debidamente acreditados y que han matriculado, en cada sección. ARTÍCULO 33º.- Son funciones de los Comités de aula: a) Trabajar por la integración de las familias del Grado en fueron elegidos, entre sí, con

    la directiva general y con la institución educativa. b) Colaborar con la institución educativa en las actividades que se realicen a nivel

    general o a nivel de grado. c) Apoyar a la Junta Directiva de la COPAFA, participando en las actividades que ésta

    organice en el cumplimiento de sus fines e informando a los padres de las actividades y proyectos de la misma.

    d) Organizar las actividades que permitan colaborar con los alumnos en la consecución de los fines y objetivos de la Promoción del nivel secundaria y del Consejo Estudiantil de la institución educativa junto con la COPAFA.

    e) Presentar el Plan de Trabajo Anual a la Dirección conjuntamente con el profesor y/o tutor del grado, el que será devuelto con la respectiva aprobación.

    ARTÍCULO 34º.- Cada Comité de Grado, se renueva anualmente y está conformado al menos por los siguientes cargos: Presidente(a), Secretario(a), Tesorero(a), dos vocales. (Actividades y Deporte). ARTÍCULO 35º.- De los Vigías Escolares: “Un vigía escolar es un líder que en todo momento presta atención y confianza a sus compañeros. Su presencia en el aula genera admiración y respeto, ya que siempre estará dispuesto a resolver cualquier dificultad, es elegido por votación secreta por un año. Sus funciones son: a) Ayudar al compañero(a) de aula para que no abandone el servicio educativo, por

    asuntos académicos o propios de su edad. b) Promover la solidaridad y colaboración para resolver cualquier situación de

    adversidad natural fortuita, personal o familiar, de sus compañeros(as). c) Coadyuvar a la realización del trabajo colaborativo en aula y en la solución a los

    diferentes problemas que se presenten, motivando a sus compañeros a la fraternidad y perseverancia.

    d) Tomar la iniciativa para la realización de actividades formativas y de bien común (ambientación, cuidado, orden y limpieza) en bien del aula y de la IE.

    e) Compartir y promover la confianza y respeto entre pares. f) Contribuir a la cultura y promoción de la no violencia entre pares.

  • - 13 -

    g) Alentar al compañero para que no deje de estudiar y apoyar en todo momento a que se recupere de cualquier problema (evasión, desviarse de la ruta, visitar internet o frecuentar lugares dudosos).

    h) Informar a sus compañeros el trabajo que realiza y la Agenda de vigías. i) Mantener el día el registro de asistencia del aula. De esta manera identifica quiénes

    y cuándo han faltado a clases sus compañeros. j) Levar en su cuaderno las direcciones de todos sus compañeros del aula. k) Averiguar el motivo por el cual el compañero(a) ha faltado, visitándolo en su hogar o

    conversando con él/ella o ellos. l) Apoyar al tutor se lleven correctamente los registros de incidencias y uso de material

    multimedia, en el aula. m) Integrar el Comité de Disciplina y seguridad estudiantil. ARTÍCULO 36º.- Del Consejo Escolar: El Municipio Escolar es el organismo que representa a la generalidad de estudiantes de la institución educativa “Sandro Dordi Negroni”, elegido en forma democrática por voto universal, secreto, virtual y tiene como finalidad promover la participación estudiantil para el ejercicio de sus deberes y derechos. ARTÍCULO 37º.- El Municipio Escolar respetará la Axiología y Reglamento interno de la Institución en concordancia con las directivas pertinentes. ARTÍCULO 38º.- La Directiva del Municipio Escolar está constituido por los siguientes cargos: a) Alcalde(sa) b) Teniente alcalde (sa) c) Regidor (a) de educación, cultura y deporte. d) Regidor (a) de salud y medio ambiente. e) Regidor (a) de pastoral y otros servicios. f) Regidor (a) de derechos del niños, niña y adolescente ARTÍCULO 39º.- El Consejo Escolar tendrá su representatividad constituido por cada Delegado (a) de aula, quieres se encargarán de canalizar los intereses y necesidades de cada sección. ARTÍCULO 40º.- Las Funciones de la Directiva del municipio escolar son: a) Elaborar un plan de trabajo en coordinación con las comisiones de trabajo. b) Emitir opinión y propuesta para mejorar el nivel de la calidad en sus diversas esferas

    de la institución educativa. c) Coordinar con la Dirección de la institución educativa para la ejecución de sus

    actividades académicas, deportivas, pastorales y culturales. d) Promover la convivencia y disciplina escolar democrática en la institución educativa. e) Vigilar el cumplimiento del plan de trabajo del municipio escolar. f) Coordinar actividades conjuntas con otros municipios escolares de la mismas

    jurisdicción local, distrital, provincial y/o regional. g) Rendir balance anualmente de las actividades realizadas, las mismas que formarán

    parte de la Memoria Anual de la I.E. ARTÍCULO 41º.- Son funciones del (la) Alcalde (sa) del municipio escolar:

    a) Representar la institución educativa, en actividades internas o externas a actividades

    propias del municipio escolar. Requiere de la autorización de la Dirección de la institución educativa para participar de las invitaciones a dichas actividades.

    b) Coordinar en la elaboración del plan de trabajo del municipio escolar.

  • - 14 -

    c) Convocar y dirigir las asambleas del municipio escolar, con carácter informativo, cuando sea necesario. Para ello debe contar con el voto de la mitad más uno de los integrantes del Consejo escolar. Se requiere la autorización de la Directora de la Institución Educativa. No debe haber pérdida de clases.

    d) Promulgar ordenanzas del Municipio Escolar. e) Dictar decretos. f) Trabajar coordinadamente con sus regidores y apoyar las comisiones de trabajo. g) Informar de los acuerdos tomados a la Directora de la Institución Educativa. h) Rendir cuentas de sus gestión por lo menos dos veces durante su mandato, en

    forma escrita. i) Dar un informe al término de su mandato con copia a la dirección de la Institución

    Educativa. ARTÍCULO 42º.- Son funciones de (la) Teniente Alcalde (sa): a) Reemplazar al (la) alcalde (sa) en caso de ausencia. b) Revisar y aprobar los informes de las comisiones de trabajo. ARTÍCULO 43º.- Son funciones del regidor de cultura y deporte del municipio escolar: a) Presidir la comisión de educación, cultura y deporte del municipio escolar de la

    Institución Educativa y coordinar sus actividades. b) Promover la formación de talleres referentes a las diversas áreas del desarrollo

    curricular del grado, en coordinación con sus docentes y director de la Institución Educativa.

    c) Editar y difundir el boletín informativo o el periódico mural del municipio escolar. d) Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones de la directiva y concepto

    escolar. ARTÍCULO 44º.- Son funciones del regidor de salud y medio ambiente del municipio escolar:

    a) Presidir la comisión de salud y medio ambiente del municipio escolar y coordinar sus

    actividades con el área Ecológica de la Institución. b) Promover campañas que favorezcan el orden, salud, el ornato y cuidado del medio

    ambiente en la Institución Educativa. c) Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones de la directiva y Concejo

    Escolar.

    ARTÍCULO 45º.- Son funciones del regidor pastoral y servicios del municipio escolar: a) Promover el espíritu de hermandad, ayuda y otros servicios del Municipio Escolar y

    coordinar con la Área Pastoral y con el Área de Personal Social. b) Colaborar en las acciones de orientación vocacional implementadas en la institución

    educativa. c) Promover la organización de pequeños proyectos de servicio, ayuda y producción

    con apoyo de la institución educativa. d) Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones de la directiva y Consejo

    Escolar. ARTÍCULO 46º.- Son funciones del regidor de Derechos del niño, niña y adolescente del Municipio Escolar: a) Presidir la comisión de los derechos del niño, niña y adolescente del Municipio

    Escolar y coordinar sus actividades.

  • - 15 -

    b) Participar en campañas por el respeto a los hermanos menores y promover actividades especialmente en la semana nacional de los Derechos del Niño.

    c) Informar sobre sus actividades al Municipio Escolar. d) Difundir los derechos de los niños, niñas y adolescentes de su Institución Educativa. e) Asumir el cargo de promotores defensores en la Instituciones Educativas donde se

    han implementado Defensorías Escolares de niños y adolescentes (DESNAS), de acuerdo con lo señalado en la Directiva Nº 002-2006- VMGO-DITOE.

    ARTÍCULO 47º.- Las funciones de los delegados de aula son los siguientes: a) Representar al aula en las actividades realizadas por el Municipio Escolar. b) Conformar las comisiones de trabajo correspondiente a cada regiduría. c) Promover en cada aula la participación de los(as) estudiantes. d) Organizar y realizar las actividades propias de cada aula en coordinación con el

    Reglamento Interno de la Institución y ordenanza de sus Tutores. ARTÍCULO 48º.- De la Asociación de los Ex – Alumnos.-Los estudiantes que egresan de la I.E. al concluir el quinto de secundaria se asocian sin fines de lucro y registran en el padrón Institucional, con objetivos definidos, metas claras y respetando la línea axiológica de la institución. ARTÍCULO 49º.- Las Asociaciones de Ex-alumnos tendrán la siguiente estructura orgánica: ORGANOS DEL GOBIERNO: - Asamblea General; - Junta Directiva; y - Asamblea de Presidentes de Promoción.

    ORGANOS DE APOYO: - Comités de Promoción; y - Comisiones ARTÍCULO 50º.- Objetivos.- Son objetivos de la Asociación de Ex-alumnos, los siguientes: a) Participar dinámica y positivamente en las acciones educativas que programa,

    organiza y ejecuta el Centro Educativo o Instituto Superior, con proyección a la comunidad;

    b) Propiciar la cooperación y unión entre los asociados, padres de familia, comunidad educativa y personas e instituciones del área de influencia de la institución educativa.

    c) Participar en el proceso educativo de su I.E., de la organización y ejecución de actividades que coadyuven a su mejoramiento institucional.

    d) Integran a los ex-alumnos y trabajar en fines comunes y humanitarios manteniendo y acreditando los vínculos de amistad entre sus miembros; y

    e) Estimular el fomento de valores y actividades positivas y promoción y/o profundización de la conciencia cívico-democrática y solidaria entre sus asociados.

    ARTÍCULO 51º.- Funciones.- Son funciones de la Asociación de Ex–alumnos: a) Participar en la programación, organización y ejecución de actividades que tengan

    como fin el mejoramiento institucional integral de la I.E. de la cual han egresado;

  • - 16 -

    b) Promover el respeto permanente a su I.E. c) Rendir homenaje a los Ex-Directores y Ex-Personal docente y/o administrativo que

    en actividad desarrollaron una meritoria labor formativa de los educandos; d) Fomentar la permanente solidaridad e integración entre los miembros de la

    asociación como práctica efectiva de los principios de amistad y fraternidad institucional;

    e) Propiciar la formación de cooperativas en beneficio de los asociados; f) Realizar acciones de proyección social en beneficio de la comunidad local, regional

    y/o nacional; y g) Coordinar con la Dirección de la I.E. los programas que en beneficio de los alumnos

    y/o participantes realice la asociación. ARTÍCULO 52º.- Las Asociaciones de Ex-alumnos no deberán intervenir en actividades de carácter político-partidario, en acciones de proselitismo ni propiciar actividades discriminatorias contrarias a sus fines. De los Asociados ARTÍCULO 53º.-Los miembros que integran las Asociaciones de ex-alumnos son de dos clases: Miembros natos (Activos y pasivos) y Miembros honorarios. ARTÍCULO 54º.-Son miembros natos de la asociación, todos los ex–alumnos egresados de la institución educativa. Aclárese como egresados los que han concluido el quinto grado de secundaria en la I.E. ARTÍCULO 55º.- Son miembros activos los ex-alumnos egresados de la I.E. que aportan sus cuotas y participan en todas las actividades que realiza la Asociación estén o no residiendo en la localidad o área de influencia de la entidad educativa. Tiene derecho a voz y voto. ARTÍCULO 56º.- Son miembros pasivos los ex – alumnos egresados de la I.E. que no aportan sus cuotas de asociados y participan eventualmente en las Asambleas y/o actividades de la Asociación. Tienen derecho a voz pero no a voto. ARTÍCULO 57º.-Son miembros honorarios las personas que han cumplido una labor excepcional a favor de la institución y que se han hecho merecedores de tal designación por acuerdo de Asociación. ARTÍCULO 58º.- Los miembros pasivos pueden adquirir la condición de miembros activos aportando sus cuotas a la asociación, concurre por lo menos a una Asamblea General anual de la Asociación y de la promoción, respectivamente; y participan en las actividades que realiza la Asociación, directa o indirectamente, por causales debidamente justificadas y/o que las ha comunicado en su oportunidad. ARTÍCULO 59º.- Son derechos de los miembros activos: a) Elegir y ser elegidos como integrantes de la Junta Directiva, Comité de Promoción o

    Comisiones de conformidad con el presente Reglamento y el Reglamento Interno de la respectiva Asociación;

    b) Tener derecho a voz y voto en las Asambleas Generales de Comité de Promoción y de Comisiones;

    c) Solicitar a la Junta Directiva con la adhesión de los 1/5 de los asociados, reunión del Comité o de la Asamblea General, en forma extraordinaria, según los casos.

    d) Solicitar la presentación de balance semestral o anual.

  • - 17 -

    ARTÍCULO 60º.- Son obligaciones de los socios activos: a) Velar por el prestigio y la buena marcha de la asociación; b) Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento, el Reglamento Interno y las

    disposiciones y acuerdos de las Asambleas y de Junta Directiva; c) Desempeñar los cargos y comisiones para los que fueron elegidos o designados; d) Abonar oportunamente las cuotas ordinarias y extraordinarias que fueran. De la organización ARTÍCULO 61º.- La Asociación de Ex-alumnos, es un órgano de participación de la I.E. y está constituida por el conjunto de sus egresados, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11º y 48º del presente Reglamento. ARTÍCULO 62º.- La Asociación de Ex-alumnos, es reconocida por el Director(a) de la I.E. mediante Resolución Directoral, reconocimiento que es independiente de la inscripción en los respectivos Registros Públicos conforme al Código Civil y normas afines. Copia de la Resolución Directoral será remitida al órgano administrativo inmediato superior para su respectivo registro, control y asesoramientos pendientes. ARTÍCULO 63º.-Los requisitos que debe presentar el Presidente y Secretario de la Junta Directiva de la Asociación al Director de la I.E. para su reconocimiento son: a) Solicitud en el Formulario Único de Trámites; b) Copia del Acta de Elección de la Junta Directiva suscrita por el Comité Electoral; c) Nómina de la Junta Directiva; y d) Proyecto del Reglamento Interno. ARTÍCULO 64º.- En el plantel habrá una sola Asociación cualesquiera sean los niveles que atienda.

    C A P I T U L O IV

    DE LA GESTIÓN PEDAGÓGICA

    DE LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES PEDAGÓGICAS ARTÍCULO 65º.- Del Currículo, programación, implementación y evaluación.

    a) El Currículo.- se concibe como una guía abierta para orientar la práctica docente, a

    partir de la cual se realizarán las actividades de aprendizaje y enseñanza, que explicita y especifica tanto las intenciones educativas como los planes de acción apropiados para alcanzar esos propósitos

    b) El Currículo será flexible y atenderá las características, intereses y necesidades de los y las estudiantes, centro del proceso y que aproveche al máximo las potencialidades educativas de las tecnologías integrando progresivamente las áreas al uso de las tics y al inglés como segunda lengua.

    c) La Propuesta Pedagógica de la Institución Educativa es parte del PEI, concretiza la diversificación curricular a nivel de institución educativa mediante el Proyecto Curricular de la Institución Educativa: PCIE y contiene los estándares institucionales.

    d) El PCIE, es un documento oficial, flexible, que terminado el año escolar se evalúa y luego se pueden incorporar nuevas capacidades, conocimientos, actitudes e

    http://www.monografias.com/trabajos15/curriculum/curriculum.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtml

  • - 18 -

    indicadores de desempeño de acuerdo a las características y demandas socioeconómicas, lingüísticas, geográficas, económico-productivas y culturales de los estudiantes, y que así lo requieran. Es reformulado bienalmente, con la participación de los agentes educativos y aprobado con una Resolución Directoral por el director(a) de institución educativa.

    e) Se ejecuta a través de las Programaciones Curriculares Anuales, Unidades Didácticas, de aprendizajes, módulos y/o proyectos de aprendizajes.

    f) Las PCA, son elaboradas por grados y prioriza las competencias, capacidades, contenidos, actitudes, valores e indicadores de desempeño, en función a las características, intereses y necesidades de los estudiantes del aula, antes del inicio del año escolar.

    g) Las unidades didácticas y/o Unidades de aprendizaje, son programaciones curriculares de corto plazo y su duración es según el nivel (mínimo 6 y máximo 14 semanas). En ellas los enfoques transversales se trabajan en las diferentes áreas del currículo, de modo que se concretizan en los procesos pedagógicos.

    h) Para la elaboración de los programas anuales y unidades de aprendizajes se debe tener en cuenta los pasos del modelo que se presentan con la circular anual en el mes de febrero.

    i) La calendarización del año lectivo será trimestral, con un periodo de dos semanas de vacaciones escolares, uno por trimestre, al finalizar cada trimestre lectivo.

    j) El uso del diario de clases es indispensable, su estructura tendrá los siguientes momentos: Inicio (Motivación y enfoque), proceso o cuerpo (comunicación, análisis, aplicación, síntesis y comprobación) y salida (transferencia, fijación del aprendizaje y evaluación).

    k) El número de unidades didácticas, de aprendizaje, módulos y/o proyectos de aprendizaje en el año escolar, estará en función al calendario escolar del año, la naturaleza de las áreas, los niveles, necesidades y demandas de los estudiantes.

    ARTÍCULO 66º.-De los Proyectos de inversión.

    a) El proyecto de inversión, es una propuesta de acción técnico económica para resolver una necesidad utilizando un conjunto de recursos disponibles, los cuales pueden ser: recursos humanos, materiales y tecnológicos entre otros.

    b) El documento por escrito deberá contener una serie de estudios que permiten a la promotora, que tiene la idea y a los órganos que lo apoyan, saber si la idea es viable, se puede realizar y dará “ganancias” para la reinversión educativa.

    c) Tiene como objetivos aprovechar los recursos para mejorar la calidad del servicio, pudiendo ser a corto, mediano o a largo plazo. Comprende desde la intención o pensamiento de ejecutarlo hasta el término o puesta en operación normal.

    d) El proyecto de inversión debe responder a una decisión sobre uso de recursos con algún o algunos de los objetivos institucionales, de incrementar, mantener o mejorar el servicio educativo. Deberá pasar obligatoriamente por un estudio de mercado, estudio técnico, estudio de organización y estudio financiero.

    e) Es responsabilidad de la promotora y la administración formular viabilizar y ejecutar los proyectos de inversión y gestión privada para la mejora del sercicio.

    ARTÍCULO 67º.-De la Metodología y recursos didácticos. a) Tanto en los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria el docente

    determina las metodologías que deberá emplear para lograr aprendizajes significativos, teniendo en cuenta: La forma de razonamiento, la naturaleza de las áreas, su relación con la realidad (simbólico o intuitivo), las actividades externas de

  • - 19 -

    los estudiantes (activos, pasivos), la sistematización de conocimientos (globalizado o especializado) y la aceptación de lo enseñado (dogmático o por descubrimiento o heurística).

    b) Los rasgos principales de la metodología, que el docente emplee: 1. Será vivencial pues debe dar prioridad el contacto directo del estudiante con

    aquello que se quiere conocer. 2. Buscará que el estudiante vaya afirmándose, ganando confianza en sus

    capacidades, expresándose y trabajando con libertad. 3. Desarrollará la creatividad y la participación constante del estudiante. 4. Hará posible que el estudiante se sienta productor de algo que pueda ofrecer a

    los demás. 5. Conseguirá que los aprendizajes sean estimulantes, activos y significativos. 6. Partirá de la experiencia directa, permitiendo la relación entre el estudiante y la

    realidad. 7. Plantearan retos que tengan su origen en problemas reales, y promuevan la

    búsqueda de soluciones. 8. Permitirá a los estudiantes descubrir la utilidad práctica que cada nuevo

    conocimiento encierra para su vida actual y futura. 9. Priorizará el trabajo en equipo: participación responsable, desarrollo y la práctica

    de valores y actitudes, la práctica de deberes y derechos así como el respeto por las opiniones y los diferentes puntos de vista.

    10. Fomentar la construcción de conocimientos.

    c) El docente selecciona los medios didácticos y materiales educativos de apoyo al proceso de aprendizaje-enseñanza. Se conceptualizan: Medio didáctico es cualquier material elaborado con la intención de facilitar los procesos de enseñanza y aprendizaje. Recurso educativo, es cualquier material que, en un contexto educativo determinado, sea utilizado con una finalidad didáctica o para facilitar el desarrollo de las actividades formativas. Los recursos educativos que se pueden utilizar en una situación de enseñanza y aprendizaje pueden ser o no medios didácticos.

    d) Todo medio, recurso o material educativo en general deberá realizar diversas funciones; entre ellas: 1. Proporcionar información 2. Guiar los aprendizajes de los estudiantes, instruir. Ayudan a organizar la

    información, a relacionar conocimientos, a crear nuevos conocimientos y aplicarlos.

    3. Ejercitar habilidades, entrenar. 4. Utilizar la actividad lúdica y cognitiva del educando. 5. Motivar, despertar y mantener el interés. 6. Evaluar los conocimientos y las habilidades que se tienen. 7. Proporcionar simulaciones que ofrecen entornos para la observación,

    exploración y la experimentación. 8. Proporcionar entornos para la expresión y creación. 9. Estén en función al grado y madurez del educando.

  • - 20 -

    Queda terminantemente prohibido el uso de materiales nocivos o prácticas de sacrificio de animales.

    ARTÍCULO 68º.-Las actividades de Fijación de aprendizajes y/o Fija-extensión, tareas escolares fuera del horario de clase y asignaciones, sirven de refuerzo del aprendizaje y aplicación o transferencia del mismo, estas tareas deben ser dosificadas, variadas, ágiles y compatibles con las posibilidades, limitaciones del estudiante y su realidad familiar y social, y el respeto al tiempo libre. Su realización se hará en base a un esquema preestablecido evitando improvisaciones. ARTÍCULO 69º.- La Tutoría y Orientación Educativa, La Tutoría, es un servicio de acompañamiento permanente y orientado a los alumnos para contribuir a su desarrollo efectivo cognitivo y al mejoramiento de su desempeño escolar. La Dirección es responsable de asegurar en cada sección de cada uno de los Niveles Educativos una hora semanal de tutoría como parte de la jornada laboral del tutor y dependiendo de la problemática se podrá extender a un máximo de 02 horas. Está prohibido que un docente tenga la tutoría de 2 secciones simultáneas. Los tutores son designados por el director de la I.E., en consulta con los subdirectores si los hubiera o coordinadores de nivel, para ello tendrá en cuenta, entre otros la empatía, la capacidad de escucha, la confiabilidad, la ética y los valores. Su Labor será preventiva. ARTÍCULO 70º.-Para fortalecer el servicio de tutoría se implementará los programas y/o talleres de: Educación Sexual Integral, Educación para la prevención de VIH, EL SIDA, promoción para una vida sin drogas. Promover la defensa a los derechos de niño y del adolescente, con actividades que fortalezcan la democracia, la prevención del Maltrato Físico, psicológico, violencia entre padres, abusos sexual. Cada tutor(a) es responsable de llevar el registro de incidencias de aula, el registro anecdótico y ejercer la tutoría en función a las casuísticas de los referidos instrumentos para lo cual cuenta con el apoyo del servicio psicológico en la institución. ARTÍCULO 71º.-La Evaluación del Aprendizaje.- La evaluación del aprendizaje, es un proceso pedagógico continuo, sistemático, participativo y flexible, que forma parte del P-A-E. ARTÍCULO 72º.- Las funciones de la evaluación son dos. La función pedagógica y la función social. La función pedagógica es inherente a la enseñanza y al aprendizaje, permite observar, recoger, analizar e interpretar información relevante acerca de las necesidades, posibilidades, dificultades y aprendizajes de los estudiantes, con la finalidad de reflexionar, emitir juicios de valor y tomar decisiones pertinentes y oportunas para mejorar los aprendizajes. Función social.- permite la acreditación de las capacidades de los estudiantes para el desempeño de determinadas actividades y tareas en el escenario local, regional, nacional e internacional. ARTÍCULO 73º.- Finalidad de la Evaluación.- Las evaluaciones de aprendizaje tiene dos finalidades: La formativa y la informativa. ARTÍCULO 74º.- La función formativa.- Proporciona información continua que le permite al docente, luego de un análisis, interpretación y valoración regular realimentar los procesos de enseñanza y aprendizaje en coherencia con las necesidades, intereses, ritmos de aprendizaje y características de los estudiantes. De igual forma permite al

  • - 21 -

    estudiante, tomar conciencia sobre sus aprendizajes, verificar sus logros, avances, potencialidades, así como sobre sus dificultades y errores para controlarlos y modificarlos. También permite verificar el nivel de logro alcanzado por los estudiantes al final de un periodo o del año académico, con relación a las competencias, capacidades, conocimientos y actitudes previstas en la programación curricular. Esta nos permite además evaluar en forma integrada las áreas con una evaluación final por bloques, respetando las pautas o requisitos para aprobación del grado y/o ciclo según el Ministerio de Educación. ARTÍCULO 75º.- Función Informativa.- Permite que las familias, la promotora y los estamentos inmediatos superiores del sector estén informados de los resultados académicos de los estudiantes y pueden involucrarse en acciones educativas que posibiliten el éxito de los mismo en la I.E. y en su proyecto de vida. Así también permite a los estudiantes conocer mejor sus avances, logros y dificultades, por tal la información de los resultados a los estudiantes y padres de familia serán por unidad y trimestrales. ARTÍCULO 76º.- Los reclamos sobre las evaluaciones, debidamente fundamentados, se presentan por escrito ante el Director(a) de la Institución Educativa, dentro del plazo de 05 días de recibida la libreta de información o instrumento de evaluación. La instancia de apelación es la UGEL – SANTA. ARTÍCULO 77º.- La evaluación del educando se realizará en forma integral, flexible y permanente empleando procedimientos e instrumentos de evaluación adecuados. Será Trimestral y Final obligatoria en los tres niveles. La evaluación trimestral y final es escrita y por bloques, integran las áreas del plan de estudios y utilizan los medios y técnicas propias para convalidar los resultados. La evaluación final se considera una evaluación de salida, del año académico, que servirá para comprobar los aprendizajes y el nivel de preparación para los desempeños a lograr según ciclo o nivel. Es una ECE anual a nivel institucional, base para reajustar el currículo. ARTÍCULO 78º.- Los Educandos y Padres de Familia deben ser informados de los resultados del aprendizaje la semana siguiente de cada trimestre del año escolar. ARTÍCULO 79º.- Los registros oficiales de evaluación permanecerán en la I.E. por un periodo máximo de 5 años, bajo la responsabilidad del Director(a), al término del cual serán dados de baja, quedando como fuente oficial las actas de evaluación integral. ARTÍCULO 80º.- La evaluación del comportamiento se realizará teniendo en cuenta entre otros los criterios la responsabilidad, puntualidad, honradez, veracidad, ayuda mutua y respeto a las personas, afianzamiento de valores Cívico–Patriótico, presentación personal e higiene; ésta evaluación se lleva con fines formativos no determina la promoción de grado. ARTÍCULO 81º.- Si el estudiante no se adapta a la I.E., su entorno más cercano y las normas de convivencia, evidenciadas por comportamientos reiterativos que atentan contra la integridad física, moral y psicológica de sus compañeros, la dirección está obligada a convocar a los padres de familia y entregar la carta de compromiso, en caso de persistir no evidenciar el apoyo desde casa para lograr cambios en el estudiante, la dirección podrá recomendar el cambio de I.E. en salvaguarda de contar con un ambiente y clima propicio para lograr el desarrollo integral, mutuo de los estudiantes. ARTÍCULO 82º.- La supervisión en la institución educativa es responsabilidad del Director (a) y el Comité de Supervisión Interna, comprende acciones de Asesoramiento, Promoción y Evaluación, dirigidos a optimizar la Programación Curricular, enseñanza

  • - 22 -

    aprendizaje, evaluación y otras acciones que aseguren el normal funcionamiento de la institución educativa, salvo resistencia o reincidencias. ARTÍCULO 83º.- El calendario escolar será trimestral y cada trimestre comprende el trabajo de 2 unidades de aprendizaje, independiente de los proyectos o módulos que puedan conllevar a cumplir con la programación curricular anual, en cada uno de los niveles. El año lectivo se inicia la última semana de febrero y culmina la tercera semana del mes de diciembre, salvo eventualidades. ARTÍCULO 84º.- El horario.- El horario de funcionamiento de la Institución Educativa es continuo. En horas de refrigerio, evaluación trimestral, procesamiento de notas fin de año (tercera semana de diciembre) e inicio de año académico (tercera semana de febrero), se suspende la atención al público. Por la mañana inicia sus actividades de organización a las 7.00 H y concluye a las 16.05 H. El horario de atención al público, padres de familia y alumnos será: a) Por la Directora: Los días Lunes y Miércoles: Mañana: De 9:30 a 12.30 H.

    Los días Jueves: Mañana: De 9:30 a 12.30 H. Tardes: De 14.30 a16:00 H. b) El personal docente atenderá: Según rol, elaborado con la dirección. Salvo en

    casos de emergencia en horario diferente. c) El horario de atención en Secretaria será de 9:30 a 13:00 H, de Lunes a Viernes.

    Horario similar al de la Dirección, en semana de evaluaciones. d) El horario para refrigerio del personal directivo docente y administrativo es de

    13:00H a 13:45H. (45 minutos diarios de lunes a viernes) independiente de su jornada de trabajo y la atención a los educandos.

    e) En la semana de evaluaciones no hay atención para los padres de familia tanto por docentes como en dirección.

    f) El día de entrega de resultados de evaluaciones, la atención en secretaria será solo de 09:00 a 11:00 H.

    g) El horario para los estudiantes, se adapta según el nivel:

    Mañanas Actividades 07:10 INGRESO 07:20 Plan Lector (30 minutos obligatorio) 07:50 Primera hora de clase 08:40 Segunda hora de clase 09:30 Tercera hora de clase 10:10 Cuarta hora de clase

    10:00 – 10:30 – 11:00 RECESO 20’ y/o 30’ según nivel 11:30 Proyectos Innovación 11:50 Quinta hora de clase 12:40 Sexta hora de clase 13:30 Séptima hora de clase 14:20 SALIDA

    ARTÍCULO 85º.- Por demanda del servicio u ampliación, mantenimiento y/o remodelación de la infraestructura educativa, se laborará en dos turnos, mañana y tarde y se solicitará para no retrasar el inicio de las labores educativas a la instancia inmediata superior trabajar en horario provisional. En el caso de las secciones de Educación Primaria e inicial el turno u horario de receso será variable y en tiempos diferentes.

  • - 23 -

    ARTÍCULO 86º.- El cuadro de horas será elaborado por una comisión conformada por el director, un docente de ciencias, uno de letras designado por votación y tomando como base el Plan de Estudio. Además de los criterios pedagógicos, administrativos, de personal y el uso racional de la infraestructura. El cuadro de horas será aprobado por el Director del plantel a más tardar la última semana de enero, a fin de garantizar el inicio normal de las clases. ARTÍCULO 87º.- El horario de clases será elaborado por una comisión conformada por el Director, un docente de ciencias, uno de letras designado por votación y tomando como base el cuadro de distribución de horas. Además de los criterios pedagógicos administrativos y el uso racional de la infraestructura. El horario de clases será aprobado por el Director del plantel a más tardar la última semana de febrero, a fin de garantizar el inicio normal de las clases, es flexible y de acuerdo a las exigencias del programa trimestral. ARTÍCULO 88º.- Del Turno de Funcionamiento.- La institución educativa atiende en turno de mañana. En situaciones de riesgo o caso fortuito, la institución educativa resuelve obligatoriamente, atender a la población escolar de jóvenes y adolescentes, en el turno mañana dado las situaciones de riesgo que conlleva la salida en horas de la tarde y los estudiantes de grados menores, por la tarde, teniendo en cuenta el acompañamiento de los padres de familia para los niños de grados menores

    C A P I T U L O V

    DE LA GESTIÓN INSTITUCIONAL

    ARTÍCULO 89º.- El Proyecto Educativo Institucional (PEI) es el conjunto de políticas que dan el marco estratégico a las decisiones que conducen al desarrollo de la educación. Se construye y desarrolla en el actuar conjunto de todos los actores educativos a través de los planes estratégicos y planes anuales de trabajo. Tiene una duración de cinco años. ARTÍCULO 90º.- El PEI será elaborado, actualizado y/o aprobado por la Dirección de la I.E. con la aprobación de la Promotora. ARTÍCULO 91º.-Los Planes y Proyectos: PEI, PAT, PCIE, debe iniciarse su elaboración y/o revisión en el mes de diciembre y estar listo en enero, entendiendo a su caducidad o necesidad de actualizarlo. ARTÍCULO 92º.- El Plan Anual de Trabajo de la Institución Educativa será elaborado, por el Director y los docentes, ejecutado y evaluado por el personal directivo, docente y administrativo, es aprobado con el Vº Bº del Promotor, por el Director antes del inicio del año lectivo siguiente. ARTÍCULO 93º.- El Plan Anual de Trabajo comprende fundamentalmente los siguientes aspectos: Administrativo, De personal, de Capacitación, de Organización y Funcionamiento del proceso educativo; Infraestructura, Equipamiento y mobiliario, Tutoría y Orientación Educativa, Deportes, Calendario Cívico Escolar, Pastoral Religioso y Relaciones Humanas. ARTÍCULO 94º.- Para la materialización de las actividades del PAT se conformarán los Comités Internos: Calidad, Innovación y Aprendizaje, comité de Educación Ambiental y Gestión de Riesgo de Desastres, Comité de Tutoría y orientación Educativa, Comité de

  • - 24 -

    Calendario Cívico Escolar, Supervisión Educativa, Convivencia y Disciplina Escolar, de altas y bajas, Especial de Evaluación/Supervisión, de Pastoral Religioso, Comité de Defensoría del Niño y del Adolescente, adoptando cada uno de ellos la metodología y estrategia adecuada. ARTÍCULO 95º.- El año escolar tiene una duración de 11 meses y se inicia el primer día útil del mes de febrero, termina en el mes de diciembre con LA CLAUSURA DEL AÑO ESCOLAR y comprende tres períodos: a) De planificación y organización. b) Del trabajo escolar. c) De la consolidación. ARTÍCULO 96º.-La planificación y organización del trabajo escolar comprende las siguientes actividades y/o tareas: a) Análisis de los resultados de la gestión educativa del año anterior en reunión

    conjunta, Promotor, personal directivo y docente la penúltima semana del diciembre. b) Proceso de matrícula, que se inicia con el nivel inicial la última semana del mes de

    diciembre, su difusión se realizará en la página Web de la institución educativa, a través del Boletín Informativo.

    c) Revisión y evaluación de los documentos administrativos de Gestión: PEI, PCIE Reglamento Interno, Plan de supervisión, Plan de evaluación del desempaño laboral, Plan de Mejora de aprendizajes y planes internos de trabajo; la última semana de diciembre.

    d) Evaluación de Recuperación y Subsanación según el rol establecido para la segunda semana del mes de febrero;

    e) Actualización y capacitación docente; mes de enero-febrero/ octubre. f) Programación Curricular por grados y/o asignaturas, última semana de febrero a

    nivel de Institución Educativa por los docentes de grados. g) Calendario Cívico Escolar, sorteo de fechas y designación de responsables en el

    mes de febrero por el comité respectivo entre otros. Del trabajo escolar:

    a) Monitorear, asesorar y supervisar el trabajo técnico pedagógico, en general h) Evaluación de estudiantes con curso a cargo “Subsanación” en los meses de junio y

    octubre. i) Autorizaciones de traslados de matrícula, hasta el último día útil del mes de octubre. j) Manejo responsable del registro de resultados de las evaluaciones en el SIAGIE,

    Trimestralmente. El registro de asistencia será diario y de absoluta responsabilidad de los profesores de aula o tutores. De la consolidación

    a) Elaborar las actas de los 5 primeros puestos en secundaria. b) Elaborar las actas de evaluación final de los niveles: Inicial, primaria y secundaria. c) Preparar la Memoria Anual. d) Remitir la documentación requerida por la instancia inmediata superior, así como a

    la Promotora.

    ARTÍCULO 97º.- Las acciones para la capacitación de Docentes y Directivos son asumidos prioritariamente por la Promotora, atendiendo el acompañamiento Pedagógica, la realidad educativa los intereses y necesidades de los usuarios. Se integra y participa de las capacitaciones y/o convenciones planificadas por el Consorcio de Centro Educativos Católicos para afianzar su perfil, política y lineamientos.

  • - 25 -

    ARTÍCULO 98°.- PLAN DE ESTUDIOS: El Plan de estudios es el instrumento técnico pedagógico base para el trabajo por áreas.Las áreas de comunicación, matemática y Ciencia y Tecnología y Ambiente se trabaja por organizadores o denominadas “sub áreas”

    N° Áreas/SEC. -

    POLIDOC Sub áreas Organizadores

    Nivel/PRIMARIA Nivel/INICIAL

    01

    Arit/Algebra Matemática Geometría Matemática Matemática Estadística R.M ( Taller) R.M ( Taller)

    02

    Gramática Literatura Comunicación Ortografía Comunicación Comunicación R.V. ( Taller) R.V. ( Taller)

    03 Ciencia y Física Tecnología Química Ciencia y Ciencia y CC.NN/Biolog. Ambiente Ambiente

    04 Historia Personal Social Geografía/ Cívica Personal soc. Personal soc. Economía

    05 Desarrollo Personal y Ciudadan.

    07 Educación Física. Educación Física. Psicomotricidad.

    08 Educación Religiosa Educación

    Religiosa Educación Religiosa

    09 Educación Artística

    Talleres: Danzas, música, teatro, Dibujo y pintura

    Talleres arte Arte

    10 Educación para el trabajo Taller Computación Computación 4 y 5 años.

    11 Inglés Taller/Inglés Taller/Inglés TUTORÍA X X ARTÍCULO 99º.-Elaboración del cuadro de distribución de horas estará a cargo de la directora del plantel teniendo en cuenta las propuestas presentadas con antelación por el personal docente en el mes de diciembre del año anterior y de conformidad con el plan de estudios y presupuesto institucional. ARTÍCULO 100º.-La implementación de la polidocencia por gados en primaria será real y especializada, el docente de aula actuará como tutor y compartirá las diferentes áreas curriculares con otros docentes, tendiendo a la especialización. La polidocencia se ejecuta desde el 4to. grado de primaria y demanda recursos financieros, humanos y técnicos necesarios para su respectivo desarrollo y monitoreo, no obstante esta será base para generar cambios en lo organizacional, de manera tal que los docentes consoliden su dominio pedagógico, el trabajo colegiado y cooperativo para trabajar el currículo orientado hacia logro de las competencias. Del Proceso de Admisión: Inicia en el mes de diciembre con la inscripción de estudiantes nuevos, reinscripción y matrícula.

  • - 26 -

    ARTÍCULO 101º.-La reinscripción, es un acto administrativo gratuito, que se ejecutará previa solicitud el padre, madre y/o apoderado de la Institución Educativa, con la finalidad de solicitar la renovación del contrato de servicio educativo, teniendo en cuenta que este es anual y por ende ratificar la permanencia del niño o niña en el plantel. Siendo los requisitos para la reinscripción, los siguientes: a) Estar al día con el pago de pensiones. b) Haber cumplido con el compromiso suscrito en el momento de la matrícula y,

    entregar los útiles para el trabajo y uso del niño (a) en el aula, oportunamente. c) Haber tenido una participación activa y puntual en las actividades del año plan. d) Autoevaluación para cumplir con todo lo que ofrece y exige la institución educativa

    como base para el logro de metas y objetivos institucionales. De la Inscripción: Es el acto administrativo que se ejecuta para el ingreso de estudiantes nuevos a la institución educativa, la segunda semana de noviembre. Requisitos: Boucher de Pago al Banco de la Nación, copias de documentos de identidad del niño y padres, copia de constancia de control de vacunas y constancia de no adeudo, y libreta de información del estudiante. De la Matricula ARTÍCULO 102º.-La inscripción de alumnos nuevos, es el proceso de captación de alumnos nuevos, previa evaluación de requisitos (D.N.I, edad, tarjeta de vacunación e información, ser católicos preferentemente) en este se otorgan las vacantes que quedan del proceso de reinscripción y las que existen por retiro y traslados a otros planteles. El costo será el 70% de la matrícula. ARTÍCULO 103°.- La matrícula se realizará desde la última semana del mes de diciembre hasta la primera quincena del mes de febrero, EXCEPCIONALMENTE este periodo se extenderá para los traslados de otras I.E. así como por causas debidamente sustentadas hasta diez días antes de la fecha de cierre de la Nómina de Matrícula. En el nivel inicial y los casos de interferencia para presentar documentos de escolaridad la Matrícula de realizará adicionalmente, estableciéndose como carga docente por sección 23 estudiantes como máximo, reservando las vacantes para niños inclusivos. ARTÍCULO 104°.- La matrícula es general y el principal requisito haber cumplido con el contrato y compromiso con la IE. En caso de rebasar la demanda (metas y/o vacantes establecidas), tendrán preferencia los niños(as) cuyos padres tienen menores hijos estudiando en la I.E., la fecha de nacimiento, el domicilio o cercanía al plantel y en última opción cuyos padres profesan la Religión Católica y además vivencia la Fe y activamente trabajan en la misma, en su parroquia. ARTÍCULO 105°.- Las secciones funcionaran con un máximo de 25 estudiantes y con un mínimo de 15. En caso de no alcanzar la presente meta se procederá a la fusión de secciones. ARTÍCULO 106°.- Fusión de secciones.- Se fusionará secciones cuando la demanda educativa no responda al presupuesto institucional e igual se ejecutará la racionalización del personal docente. Para la fusión de secciones cuando no se logra el mínimo de estudiantes por sección se tendrá que comunicar a los padres de familia con 30 días de anticipación a la culminación del año escolar vigente.

  • - 27 -

    ARTÍCLO 107°.- Tratamiento por exceso en la demanda educativa En caso de exceder la demanda del servicio educativa, para cubrir las vacantes que ofertan se tendrá en cuenta, lo siguiente: a) Haber cumplido con las cláusulas IX numeral 2 del contrato de prestación de

    servicios educativos para el año vigente. Pago puntual de pensiones de enseñanza. b) Haber atendido y apoyado desde casa las recomendaciones para levantar

    observaciones de la Papeleta de Comportamiento del estudiante, que se entrega con los resultados de evaluación, en el año.

    c) Estudiantes con oficios por tardanzas frecuentes. d) Participación en la escuela de padres y madres de familia, del año. e) El domicilio o cercanía a la institución, y f) Finalmente la fecha de solicitud de renovación de contrato y/o vacante para el

    siguiente año. ARTÍCULO 108°.- Es competencia del Director, ejecutar la proyección de matrícula en el mes de diciembre y aprobar la matrícula mediante Resolución Directoral dentro del plazo establecido por el ente rector, UGEL, MED. ARTÍCULO 109°.- Los estudiantes con Traslado de otra IE Privada obligatoriamente deberá presentar constancia de no adeudo para matricularse y pasar una evaluación de diagnóstico después de matriculados. Estos se ejecutan hasta el mes de octubre. ARTÍCULO 110º.- Los docentes del nivel secundaria, elaboran, antes del inicio del año lectivo la programación curricular en base a los planes y programas de estudio y al análisis del medio circundante y del educando, la dosifican en períodos trimestrales y la reajustan progresivamente, considerando los elementos mínimos que establece la superioridad adaptándose de acuerdo a la realidad del plantel. En los niveles Inicial y Primaria elaboran los Proyectos curriculares de Aula, Módulos y las Unidades de Aprendizaje, en función de las competencias y capacidades seleccionadas. ARTÍCULO 111º.-El personal directivo, docente, no docente y estudiantes tienen el deber de participar en las actuaciones Cívico Patrióticas, ACTOS RELIGIOSOS, respetar los símbolos patrios y entonar el Himno Nacional con fervor patriótico. ARTÍCULO 112º.- El uniforme Escolar es obligatorio con los colores distintivos de la I.E. plomo plata, azul noche y blanco, sea este de invierno o de verano. Cualquier cambio será consultado a la COPAFA u comunidad de docentes. ARTÌCULO 113º.-La Educación Religiosa se imparte en todos los grados y debe aportar los elementos para continuar formando la propia conciencia moral, vivencia de valores cristianos y la certeza de la trascendencia de sus actos, como soporte firme para una vida moral estable del estudiante. Asume el principio inclusivo en estos casos. Reforzará el área, la realización de las asambleas litúrgica los días lunes que tienen carácter obligatorio y preferencial; siguiendo un esquema elaborado con apoyo del docente de Educación Religiosa y coordinar con Pastoral Educativa.

  • - 28 -

    La exoneración de cualquier área, será previa solicitud, debidamente sustentado, por el responsable de la matrícula. ARTÌCULO 114º.-El requerimiento de útiles escolares debe cubrir lo esencial, para uso del estudiante en casa, en el aula y garantizar el trabajo pedagógico eficaz, eficiente y efectivo de cada año. Su adquisición en lo posible debe enfatizarse progresivamente de acuerdo con las necesidades del aprendizaje por periodos. Los Padres de Familia son libres de adquirir los útiles escolares en cualquier centro comercial y apoyar la labor educativa con los materiales mínimos de aula, por lo menos a partir de la segunda semana de iniciado el año lectivo. ARTÍCULO 115º En la primera semana del mes de diciembre se reunirán, por comités de aula todos los padres de familia, para decidir los textos y/o Editorial con que el docente trabajará y de acuerdo a ley previo recibirá la terna de textos propuestos para su análisis con diez días de anticipación, bajo responsabilidad de la dirección y el personal docente. ARTÍCULO 116°.- El padre de familia tiene la potestad de evaluar el uso de los textos y su funcionalidad, para ratificar la continuidad o solicitar el cambio, atendiendo el interés, las necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje del estudiante. ARTÍCULO 117°.- La institución educativa deberá brindar todas las facilidades para la obtención e intercambio de textos, obras literarias, cuadernos de trabajo, reusables, que facilitan el trabajo interactivo del estudiante; firmando convenios, alianzas o estableciendo redes de acceso a bibliotecas virtuales, sin fines de lucro. ARTÍCULO 118°.- El uso de textos escolares es indispensable para que los estudiantes tengan una visión o conocimiento más completo de las áreas que llevan, así como para poner en prácticas capacidades de resumir, sinterizar, esquematizar, dar opinión preferentemente para el aprendizaje de las áreas de ciencias, comunicación y reforzamiento de las áreas de matemática e inglés. No es obligatorio que sean nuevos pero si reusables actualizados para que cumplan su función orientadora en el tiempo y en el espacio. ARTÍCULO 119°.- El docente apoyará el proceso aprendizaje-enseñanza con la formulación de separatas, guías, módulos de aprendizaje entre otros documentos que hagan más accesible la información en los estudiantes, todos sin costo alguno, y a la vez que estos le permitan evaluar el desarrollo de capacidades de análisis, síntesis, crítica, autoevaluación, metacognición, desempeños en el aula, así como medir los estándares de aprendizajes. ARTÍCULO 120°.- El material didáctico que servirá para el desarrollo aprendizaje-enseñanza en aula, deberá ser elaborado por el docente teniendo en cuenta las orientaciones pedagógicas, psicológicas, los intereses, necesidades, estilos y ritmos de aprendizajes de los estudiantes así como las metas y objetivos institucionales y entregado sin costo alguno a los estudiantes. Es obligatorio su presentación por lo menos una semana antes de poner en uso, para que cuente con visto bueno de dirección.

  • - 29 -

    C A P I T U L O VI

    DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

    ARTÍCULO 121º.-El Personal Directivo está constituido por el Director y Sub Director Académico de la Institución Educativa, son considerados Personal de Confianza y designados por el Promotor, por el tiempo que estime necesario, el cargo es independiente del personal docente con que cuenta la institución. El cargo de Sub Director Administrativo será cubierto por personal idóneo con estudios afines. ARTÍCULO 122°.- El Personal docente, está constituido por los profesionales de la Educación que según el nivel son contratados por la Promotora en coordinaci