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Colegio Peruano Norteamericano “Abraham Lincoln” REGLAMENTO INTERNO 2013

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 1

33111

Colegio Peruano Norteamericano

“Abraham Lincoln”

RPROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

2008

Indice

Colegio Peruano Norteamericano

“Abraham Lincoln”

REGLAMENTO INTERNO

2013

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Título I : Introducción

Capítulo I : Bases legales

Capítulo II : Principios fines y alcances

Título II: Deberes y Derechos

Capítulo I: Derechos de los Trabajadores

Capítulo II: Deberes de los Trabajadores

Capitulo III : Derechos de los Estudiantes

Capítulo IV: Deberes de los Estudiantes

Capítulo V: Del Sistema de Evaluación de Conducta

Capítulo VI: De los Padres de Familia

Título III: Régimen Académico

Capítulo I : Del Horario de Clases

Capítulo II : Del Control de Asistencia y Responsables de información a los padres de familia

Capítulo III: Del Sistema de Evaluación Académica

Título IV: Régimen Económico

Capítulo I : Ingresos propios, egresos contabilidad

Título V: Régimen Administrativo

Capítulo I : De la Organización de la Institución Educativa

Capítulo II : De los Organigramas

Capítulo III : De la Matrícula, Evaluación y Certificación

Capítulo IV: De los Procedimientos y Registros Administrativos

Capítulo V: De la Supervisión Interna y Evaluación del Desempeño Laboral Docente

Título VI : Recursos Materiales

Capítulo I: Inventario, adquisición, uso

Título VII : Estímulos faltas y sanciones

Capítulo I : De los Estímulos, Faltas y Sanciones del Personal Docente y Administrativo

Título VIII: De las Relaciones y Coordinación

Capítulo I: Con los Padres de Familia

Capítulo II: Con los Exalumnos

Capítulo III: De la Relación y Coordinación con la Comunidad

Título IX: Disposiciones complementarias

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REGLAMENTO INTERNO

TITULO I

INTRODUCCIÓN

El Colegio Peruano Norteamericano “Abraham Lincoln” de gestión no estatal fue creado y es

promovido por la Cooperativa de Servicios Educacionales “Abraham Lincoln” Ltda., imparte

educación escolarizada en los niveles: Preschool (Inicial) - Elementary School (Primaria) y

Secondary School (Secundaria). Su funcionamiento está autorizado por las Resoluciones

Ministeriales N° 1707 de 21 de marzo de 1950, N° 4289 del 26 de mayo de 1952 que autorizan la

enseñanza del idioma inglés, Primaria completa y el 1er. y 2do ciclo de Secundaria y Resolución Directoral

N° 1100 del 20 de octubre de 1989 que autoriza la ampliación del servicio del Nivel Inicial, ubicado en la

Av. José Antonio N° 475. Urb. Parque de Monterrico - La Molina.

Para su organización y funcionamiento la Institución Educativa “Abraham Lincoln” se rige por:

a) Las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación.

b) Las orientaciones axiológicas, académicas y administrativas de la Cooperativa de Servicios

Educacionales “Abraham Lincoln” Ltda. entidad promotora.

c) La enseñanza intensiva del Inglés como segundo idioma es un instrumento de

Cultura y de comunicación internacional.

d) Los principios básicos de educación en democracia con libertad y solidaridad.

e) Los principios y normas desarrolladas y exigidos por la Organización del Bachillerato

Internacional (OBI).

Nuestro Colegio consciente de la responsabilidad innovadora en la gestión pedagógica,

administrativa e institucional, formula y aplica su reglamento interno como un instrumento técnico

normativo de gestión institucional que regula la organización y funcionamiento integral de la

Institución Educativa con la finalidad de garantizar la calidad y eficiencia del servicio educativo

que brinda en los tres niveles y de asegurar el logro de los fines y objetivos propuestos en el marco

de los lineamientos de la política educativa del sistema de la Educación peruana.

El Reglamento Interno es un documento orientador que contiene las obligaciones, deberes y

derechos de los estamentos que integran la institución; responde a propósitos institucionales y

asegura la interrelación de todos sus componentes organizacionales.

CAPITULO I: BASES LEGALES

Art.1°.- El sustento legal del presente Reglamento Interno está conformado por los siguientes

dispositivos vigentes:

a) Ley General de Educación N° 28044

b) Ley N° 26549 Ley de Centros y Programas Educativos Privados.

c) Ley Nº 27337 Código de los niños y adolescentes

d) Reglamento de Educación Básica Regular Decreto Supremo N° 013-2004-ED

e) D.S. N° 009-2006-ED Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación

Básica y Educación Técnico Productiva.

f) Decreto Supremo N°011-2012-ED Reglamento de Ley N°28044, Ley General de

Educación

g) Decreto Supremo N° 50-82-ED

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h) Resolución Ministerial Nº 0405-2007-ED Lineamientos de acción en caso de

maltrato físico y/o psicológico, hostigamiento sexual y violación de la libertada

sexual a estudiantes de Instituciones educativas.

i) Resolución Viceministerial Nº 0022-2007-ED Normas para el fortalecimiento de la

convivencia y Disciplina escolar, el uso adecuado del tiempo y la formación

ciudadana, cívica y patriótica de los estudiantes y programas de la Educación Básica.

j) Resolución Ministerial Nº 409-2006-ED Aplicación de la estrategia Escuelas

promotoras de Salud

k) Resolución Vice Ministerial Nº 004-2007-ED. Campaña Educativa Nacional

permanente de Sensibilización y promoción para una vida sin drogas “Estudiantes

sanos libres sin drogas”.

l) Directiva Nº 001-2006-VMGP/DITOE Normas para el desarrollo de la campaña de

sensibilización y promoción “Tengo derecho al buen trato”.

m) Resolución Suprema N° 010-2012-ED que aprueba el Reglamento de la Ley del

Bulling N° 29719.

n) Reglamento Interno de Trabajo de los trabajadores de la Promotora Cooperativa de

Servicios Educaciones Abraham Lincoln Ltda, aprobado mediante Exp: N° 92138-

2010 Reg. N° 206, acorde al D.S N° 039-91-TR del Ministerio de Trabajo

o) Estatutos de la Cooperativa de Servicios Educacionales “Abraham Lincoln”

CAPITULO II: PRINCIPIOS, FINES Y ALCANCES

Art. 2°.- Principios

Hablar de la educación implica una seria tarea de reflexión sobre nuestro quehacer y

obliga también un planteamiento para dar cara a los nuevos tiempos. La educación es uno

de los temas centrales para el desarrollo del ser humano; en ese sentido es importante

tener claro el horizonte hacia el que nos encaminamos como Institución Educativa y

cuáles son los principios sobre los que van a girar nuestra propuesta.

La educación, como se comprende hoy en día, corre el grave riesgo de terminar siendo

entendida como el entrenamiento de habilidades en lugar de su concepción real que es la

formación integral de la propia persona. Este concepto reducido y pragmático

desnaturaliza completamente el fin de la educación que forja al ser humano en su

totalidad: no hay un verdadero progreso si no se desarrolla la persona en su totalidad.

La tentación en la que muchos educadores han caído, es entender la educación desde la

inmediatez del mundo de hoy; es decir, volver sobre el desarrollo de habilidades,

establecimientos de objetivos, formulación de programas, entre otros; olvidando el

carácter de trascendencia que tiene la educación. La educación integral que promovemos

es un estilo de educación que se dirige a la totalidad de la persona, es decir, aspectos

académicos y formativos. En ella participan activamente el alumno, el maestro y el padre

de familia.

Cuando hablamos de educación, estamos hablando de la formación de la persona, de la

forja del temple del ser humano, formación que debe tratar de dar criterios, valores y

habilidades que constituyan a la persona.

El Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln hace un llamado al compromiso de

los padres de familia y maestros para ser parte del crecimiento personal de cada uno de

los alumnos, lo cual involucra no sólo los aspectos académicos, sino todo lo relacionado

con el aprendizaje y práctica de valores universales del hombre. Por ende se sustenta en

los siguientes principios:

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a) Contar con una estructura organizacional bien definida.

b) Orientar los recursos de la Institución Educativa hacia la innovación tecnológica

dirigida al mejoramiento continuo de la enseñanza.

c) Uso racional de los recursos como parte de una cultura de ahorro y de bien común.

d) Contar con una comunicación e información asertivas, veraces, oportunas y

multidireccionales.

e) Tener canales de información definidos.

f) Participación permanente y democrática de los miembros de la comunidad educativa

en la toma de decisiones.

g) Delegación de funciones alentando el liderazgo y el trabajo en equipos

multidisciplinarios y multidireccionales.

h) Liderazgo participativo en todos los niveles basado en el conocimiento y la

capacidad de conciliar.

i) Política de continuidad en los principios de gestión, independientemente de los

cambios directivos.

Art.3°.- Son fines del presente reglamento

a) Normar las acciones para la planificación, organización y funcionamiento integral del

servicio educativo.

b) Garantizar la eficiencia del servicio educativo en términos de excelente calidad en

todos los niveles.

c) Impulsar el desarrollo de la educación, comprometiendo la participación protagónica

de los agentes educativos

d) Promover e impulsar la práctica de valores.

e) Fortalecer la identidad nacional y el respeto hacia las distintas expresiones de la

cultura nacional.

Art. 4°.- El alcance del presente Reglamento Interno, es a todo el personal que labora en la

cooperativa promotora de la institución educativa, estudiantes, docentes, padres de

familia y ex-alumnos.

TITULO II

DEBERES Y DERECHOS

CAPÍTULO I: DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

Art. 5°.- En el presente capitulo se consignan de manera explícita y no excluyente, algunas de las

principales responsabilidades de la Cooperativa para con su personal que son cumplidas a

través de sus jefes o representantes. El detalle de toda la normativa en relación a los

trabajadores se encuentra en el Reglamento Interno de Trabajo inscrito ante el Ministerio

de Trabajo el 12 de julio del 2010.

Art. 6°.- Entre los principales derechos de los trabajadores se encuentran los siguientes:

a) A recibir un trato adecuado.

b) A recibir una remuneración de acuerdo al trabajo que desarrolla y que esté de

acuerdo a la capacidad financiera de la Cooperativa.

c) A recibir las gratificaciones, vacaciones y/o beneficios que se otorguen de acuerdo a

las disposiciones legales.

d) A presentar por escrito a Gerencia su solicitud de reclamo cuando esta no haya sido

atendida en la instancia que le corresponde.

e) A exigir que se tomen las medidas necesarias en la seguridad e higiene ocupacional.

f) A ser informado oportunamente de cualquier variación en las condiciones de trabajo,

de acuerdo a las necesidades de servicio, sin que éstas perjudiquen su categoría o

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remuneración.

g) A exigir el cumplimiento del Reglamento Interno de Trabajo.

h) A no ser discriminado por motivos de raza, sexo, opinión política o religiosa,

creencias, idioma, condición económica, condición física o por padecer de

enfermedades como VIH, sancionándose a quienes no respeten dicho derecho.

DE LA SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL

Art. 7°.- La Cooperativa proporcionará a los trabajadores las condiciones de seguridad e higiene

ocupacional necesarias para el adecuado desarrollo de sus actividades. En tal sentido, es

deber de todo trabajador cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene que se

impartan en resguardo de la vida y la salud propia así como la de sus compañeros.

Art. 8°.- La Cooperativa se obliga a adoptar medidas que garanticen el apoyo y asistencia a los

trabajadores infectados o afectados a consecuencia del VIH y SIDA. Para tal efecto

promoverá políticas y programas sobre VIH y SIDA mediante la contratación de

entidades u organizaciones expertas que mantengan constantemente informados a los

trabajadores sobre dicha enfermedad y la forma de prevenirla y controlar su progresión.

Art. 9°.-La Cooperativa proporcionará a los trabajadores los uniformes e implementos de seguridad

que requieran en atención a la naturaleza de sus funciones. El uso de estos implementos

es obligatorio, caso contrario la Cooperativa podrá aplicar las sanciones que

correspondan. En caso del personal obrero, el costo total de los uniformes de trabajo son

por cuenta de la Cooperativa.

CAPÍTULO II: DEBERES DE LOS TRABAJADORES

Art. 10°.- Son obligaciones de los trabajadores:

a) Conocer y cumplir las disposiciones legales de carácter laboral referidas al

comportamiento en el trabajo y especialmente aquellas contenidas en este

Reglamento Interno, así como las demás normas que dicte la Cooperativa.

b) Realizar las labores para las cuales fue contratado dentro de un marco de lealtad,

eficiencia, disciplina y moralidad, demostrando respeto hacia sus superiores en el

ejercicio de sus labores, además de cortesía y cordialidad en el trato con los demás.

c) Cuidar y velar por la buena imagen de la Cooperativa, realizando acciones

necesarias para el cumplimiento de este objetivo.

d) Preservar la seguridad, cuidar y defender los intereses de la Cooperativa.

e) Proteger la economía de la Cooperativa, evitando acciones que representen gastos y

egresos innecesarios y que vayan en perjuicio de los objetivos académicos,

económicos, científicos, tecnológicos que debe obtener la Cooperativa.

f) Proporcionar información veraz y comunicar toda variación que se produzca en la

vigencia laboral.

g) Guardar absoluta reserva sobre todo asunto relacionado a la Cooperativa.

h) Ser puntual en la asistencia a su centro laboral.

i) Acatar y cumplir con las órdenes y directivas que por razones de trabajo sean

impartidas por sus jefes y demás superiores. Respetar el orden jerárquico y los

canales establecidos para las reclamaciones y/o solicitudes.

j) Usar los bienes de la Cooperativa para los fines propios de la relación laboral,

reservándose la Cooperativa la potestad de monitorear llamadas telefónicas, el

acceso a páginas web y correos electrónicos de atención al público y socios, que

con dominio de la Cooperativa sean proporcionados a sus trabajadores, los cuales

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no deben ser utilizados bajo ningún supuesto para aspectos personales.

k) Usar permanentemente en lugar visible el fotocheck que otorga la Cooperativa.

l) Someterse a los exámenes que ordene la ley o los que puedan haber sido pactados

con el empleador y que sean determinantes de la relación laboral.

DE LA SEGURIDAD E HIGIENE PERSONAL

Art. 11°.- Queda terminantemente prohibido el uso de prendas de vestir ajenas al uniforme de

trabajo que la Cooperativa proporcione al trabajador, en todo caso se deberá dar estricto

cumplimiento a las instrucciones verbales y/o escritas que sobre este asunto disponga la

Cooperativa.

Art.12°.- Los trabajadores están obligados a efectuar toda acción conducente a prevenir o conjurar

accidentes y de avisar inmediatamente al Jefe de Mantenimiento, Dirección o Gerencia,

en caso de producirse alguno. Asimismo informarán cualquier desperfecto y/o deterioro

que detecten en las instalaciones, equipos, herramientas y demás que puedan causar

lesiones al personal o terceros.

Art. 13°.- Los trabajadores harán uso apropiado de todos los resguardos, dispositivos de seguridad

y demás medios suministrados de acuerdo con este Reglamento para su protección o de

las otras personas, bajo su propia responsabilidad.

Art. 14°.- Ningún trabajador intervendrá, cambiará, desplazará, dañará o destruirá dispositivos de

seguridad y control, en los aparatos destinados para su protección o la de terceros, ni

modificará los métodos de procedimientos.

Art. 15°.- Los trabajadores de la Cooperativa están obligados a dar estricto cumplimiento de las

disposiciones del presente Reglamento y del Reglamento Interno de Trabajo y de las

normas complementarias que puedan dictarse para su mejor aplicación, y de los

Manuales y/o Cartillas que de él deriven.

CAPITULO III: DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Art.16º.- Los estudiantes tienen derecho a:

a) A la preparación para una vida responsable, en una sociedad libre, con espíritu de

solidaridad, comprensión, paz, tolerancia, igualdad entre los sexos, amistad entre los

pueblos y grupos étnicos nacionales y religiosos.

b) A la formación en espíritu democrático y el ejercicio responsable de los derechos y

obligaciones.

c) A La orientación sexual y la planificación familiar.

d) A recibir orientación de tutoría y de las áreas curriculares pertinentes, sobre el

autocuidado, la identificación de riesgos y el manejo de estrategias de afronte y

búsqueda de ayuda frente a estas situaciones.

e) El desarrollo de un pensamiento autónomo, crítico y creativo.

f) A ser respetados por sus educadores y a cuestionar sus criterios valorativos,

pudiendo recurrir a instancias superiores si fuera necesario.

g) A la protección por los directivos en casos de: maltrato físico, psicológico, de acoso,

abuso y violencia sexual; desamparo y otros casos que impliquen violación de los

derechos del niño y el adolescente.

h) A la atención integral de salud, mediante la ejecución de políticas que permitan su

desarrollo físico e intelectual en condiciones adecuadas.

i) A recibir una educación de acuerdo con los postulados de la Ley General de

Educación, la filosofía y objetivos del colegio y el perfil del estudiante lincolino.

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j) A participar de los estímulos y premios que establezca el Colegio.

k) A participar en el Consejo Estudiantil y otros organismos representativos de los

alumnos, eligiendo y/o siendo elegido.

l) A ser atendido en sus inquietudes y necesidades recibiendo la orientación de sus

profesores y/o personal especializado.

m) A expresar libremente sus opiniones de acuerdo con las normas de respeto a la persona

y opiniones ajenas.

n) A no ser discriminado por su condición de discapacidad, ni por causa del estado civil

de sus padres. La niña o la adolescente, embarazada o madre, no debe ser impedida de

iniciar o proseguir sus estudios. Se adoptará las medidas del caso para evitar cualquier

forma de discriminación.

CAPÍTULO IV: DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

Art. 17º.- Son deberes de los estudiantes:

a) Cumplir con los dispositivos establecidos en este Reglamento

b) Cumplir y respetar las normas de convivencia del colegio peruano norteamericano

Abraham Lincoln.

c) Manifestar respeto permanente por sus compañeros, profesores, padres de familia,

personal auxiliar y a toda persona con la que interactúen.

d) Concurrir puntual, perfectamente uniformado y aseado al Colegio.

e) Mostrar un comportamiento adecuado dentro y fuera del Plantel, que exprese el

orgullo de ser Lincolino.

f) Usar permanentemente un vocabulario acorde con las buenas costumbres y el alto

nivel cultural de procedencia.

g) Conservar el medio ambiente.

h) Cuidar su salud personal, evitando el consumo de sustancias dañinas.

i) Respetar las ideas y los derechos de los demás, así como las creencias religiosas

distintas de las suyas.

j) Expresarse con un lenguaje amable, respetuoso, sin uso de expresiones grotescas

k) Respetar a la patria sus leyes, símbolos y héroes.

l) Cumplir puntual y responsablemente con las tareas asignadas.

m) Participar activa y responsablemente en el desarrollo de las clases.

n) Respetar a todos los miembros que conforman la Comunidad Lincolina.

o) Acatar y obedecer las órdenes impartidas por los profesores y autoridades.

p) Representar al Colegio cuando se le solicite.

q) Velar por el cuidado y limpieza de las instalaciones y patrimonio de la Institución

Educativa o programa.

r) Entregar las comunicaciones del Colegio a sus padres o apoderado y devolver, si así se

indicase, los talones desglosables firmados al día siguiente.

s) Llevar a cada clase todo el material necesario para el desarrollo de la misma.

t) Recoger su material de trabajo antes de abandonar una clase.

u) Anotar las tareas escolares en su Journal y/o revisar la intranet diariamente.

v) Cumplir y respetar el horario escolar.

CONSEJO ESTUDIANTIL

Art.18°.- El Consejo Estudiantil (Student Council) es un organismo representativo de los alumnos

del Colegio “Abraham Lincoln”.

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Art.19°.- En el nivel de Elementary School, sólo podrán postular al Student Council los alumnos

que hayan obtenido “A” o “AD” en conducta el año anterior, así como demostrar un

record académico adecuado.

Art. 20°.- En los programas del MYP y Diploma (Secondary School), los requisitos para postular

al Student Council son los siguientes: tener condición de invicto, promedio 15 o más

de conducta en el año anterior a la elección, no tener matricula condicional, (en el año

anterior al momento de postular)

Art. 21°.- El Student Council debe estar instalado al término de la tercera semana del mes de abril

del respectivo año académico.

Art.22°.- Son objetivos del Consejo Estudiantil:

a) Representar al alumnado ante los diferentes estamentos de la Comunidad Lincolina.

b) Apoyar a la formación crítica y creativa de sus integrantes.

c) Mantener y acrecentar el prestigio del Colegio.

d) Crear y mantener un verdadero espíritu de comunidad entre profesores, padres de

familia y alumnos.

e) Contribuir con la organización de las actividades educativas programadas, en

coordinación con los profesores tutores, las Jefaturas de Nivel y la Jefatura de

Actividades.

f) Propiciar el desenvolvimiento personal de los alumnos, fomentando un espíritu de

participación y de diálogo que sirva de verdadera escuela de democracia.

g) Estimular el intercambio de ideas y el crecimiento personal y cultural entre los

alumnos.

h) Crear un instrumento de autoformación y de disciplina personal, obligándose sus

miembros a asumir responsabilidades ante sus compañeros.

i) Permitir la identificación de los verdaderos líderes, que sepan distinguirse por su

espíritu de servicio, esfuerzo, colaboración, compañerismo, responsabilidad,

honestidad, competencia y capacidad intelectual.

j) Crear una plataforma de entendimiento y unidad entre los alumnos, a través del

planteo amistoso de problemas de interés común.

k) Contribuir por medio de sus personeros, al mejoramiento de las actividades

educativas del plantel.

l) Arribar a acuerdos y recomendaciones que puedan constituir un aporte positivo de

servicio a la obra educacional y a la comunidad.

ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

Art. 23°.-El ingreso de los alumnos al colegio es hasta las 7:40 a.m. para Secondary School (MYP

y DP) por las puertas 4 y 5, y hasta las 7:45 a.m. para Preschool y Elementary School por

las puertas 1 y 2. Después de esta hora se cerrarán las puertas y se considerará tardanza,

debiendo ingresar los alumnos sólo por la puerta Nº 3.

Art. 24°.- Los alumnos que lleguen después de las 7:40 a.m. (Secondary School) o 7:45 a.m.

(Preschool y Elementary School) serán registrados por el Coordinador de Normas del

nivel correspondiente.

Art. 25°.- Ante tardanzas reiteradas, el colegio podrá aplicar una sanción formativa.

Art. 26°.-El alumno debe ser puntual tanto en el ingreso como en el término de todas sus

actividades escolares.

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Art. 27°.- Sólo podrán permanecer en el colegio después de la hora de clase aquellos alumnos que

estén debidamente inscritos en los Talleres o aquellos alumnos que cuenten con

autorización previa y supervisión del personal de la institución. Dirección deberá indicar

qué personal reportará y tendrá a su cargo la responsabilidad ante el incumplimiento de

esta norma, por parte del alumno y/o padre de familia.

Art. 28°.- La inasistencia del alumno tendrá que ser justificada por escrito en un máximo de 24

horas de ocurrido el hecho, al tutor/a o al coordinador de Normas Educativas.

USO DEL UNIFORME

Art. 29°.- El alumno debe asistir correctamente uniformado con las prendas autorizadas por el

colegio según el horario de clases, asimismo serán utilizadas adecuadamente.

a) Preschool: buzo del colegio, short, polo blanco con logotipo del colegio, medias

blancas y zapatillas blancas predominantemente.

b) Elementary School y High School:

Varones: casaca del colegio, polo pique, pantalón plomo, correa, medias

azules, zapatos negros.

Damas: casaca del colegio, polo pique, falda pantalón del colegio, medias

azules y zapatos negros.

Uniforme de Educación Física:

Buzo del colegio, short (el que debe ser usado sólo en la clase de educación

física) polo blanco con logotipo del colegio, medias blancas (no taloneras) y

zapatillas blancas predominantemente (no uniforme de selección o

entrenamiento).

DEL INGRESO Y SALIDA DE LOS ALUMNOS

Del ingreso

Art. 30°.- Las puertas de ingreso de cada Nivel son:

Preschool : Puerta N° 01

Elementary School : Puertas N° 02 y 04

High School : Puerta N° 04 y 05

Art. 31°.- Las puertas de ingreso no deberán ser bloqueadas y/u obstruidas. Los padres de familia

y movilidades no permanecerán en las puertas del Colegio ni en los estacionamientos

una vez que los alumnos hayan ingresado, para facilitar la fluidez del tránsito.

De la Salida

Art. 32°.- Los alumnos de Preschool saldrán en dos grupos a la indicación de las tutoras y/o

profesoras:

Con movilidad escolar: Se formarán en el patio de Preschool acompañados de las

profesoras (tutores o regentes) para salir por la puerta N° 02 de acuerdo al número de su

movilidad. Las personas responsables de cada movilidad tendrán que portar la tarjeta

de salida de su grupo de alumnos.

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Con sus padres: Estarán acompañados de sus tutoras y esperarán en sus respectivas

aulas, hasta que sus padres presenten la tarjeta de salida por la puerta N° 01.

Art. 33°.- Los alumnos de Elementary School, a la indicación de sus tutores, saldrán en dos

grupos:

Con movilidad escolar: Se formarán en el patio de Elementary acompañados de las

profesoras (tutores o regentes) de duty para salir por la puerta N° 02 de acuerdo al

número de su movilidad. Las personas responsables de cada movilidad tendrán que

portar la hoja de salida donde figura la relación de alumnos bajo su responsabilidad.

Con sus padres: Se dirigirán con sus profesoras tutoras a la puerta No. 4 en el caso de

los alumnos de 1ro, 2do y 3er grado y/o hermanos mayores y por la puerta No. 5 los

alumnos de 4to y 5to grado. Los padres entregarán la tarjeta de salida para que los

alumnos puedan ser retirados del colegio.

Art. 34°.- Al toque de timbre de salida, los alumnos del MYP y Diploma irán a sus casilleros para

retirar sus útiles y saldrán por la puerta designada a su nivel (puerta Nº 04),

supervisados por el regente y/o profesor asignado a la función (duty). Los alumnos que

salen del colegio no podrán reingresar.

LOS CANALES DE COMUNICACIÓN

Art. 35°.- Los canales de comunicación en la institución están debidamente delimitados y se les

solicita respetar el orden de las siguientes instancias para llevar a cabo las citas que se

coordinarán por medio de la Recepción del colegio:

a) Si la consulta es académica deberá acudir al:

1. Profesor del curso

2. Profesor Tutor

3. Asesor(a) del área

4. Coordinador(a) del Programa BI

b) Si la consulta es conductual deberá acudir al:

1. Profesor del curso

2. Profesor(a) Tutor

3. Coordinador de Normas del Nivel

4.- Jefe(a) de Nivel

(*) De considerarse necesario se solicitará la participación del área de psicopedagogía.

Art.36°.- En todos los casos los Profesores y Padres de Familia firmarán un Informe de entrevista

donde documentarán los acuerdos.

DEL JOURNAL y/o SIANET.

Art. 37°.- El Journal y/o SIANET, es un importante medio de comunicación entre el colegio y el

padre de familia, en el cual se anotan tareas, así como también atenciones en biblioteca

y enfermería, sugerencias, observaciones y otros referentes a las diversas actividades

del colegio.

Art. 38°.-El padre de familia podrá anexar al journal y/o SIANET una nota en sobre cerrado en el

correspondiente día. Se sugiere el uso de lapiceros de tintas azul o negra.

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Art. 39°.- El journal y/o SIANET debe ser revisado y firmado diariamente por el Padre de Familia

o Apoderado. En el caso de los alumnos del Nivel Elementary School deberán firmar

también en forma diaria el registro de conducta.

Art. 40°. - En el journal y/o SIANET deberán registrarse los permisos de salida autorizados y

firmados por el Padre de Familia.

Art. 41°.- El permiso de salida se presentará en la Oficina de Normas durante las primeras horas

del día para su respectiva autorización.

LOS MATERIALES OLVIDADOS

Art. 42°.- Está prohibido ingresar materiales olvidados en casa (trabajos, loncheras, libros,

maletines, etc.) al colegio durante la jornada escolar (7:50 a.m. – 3:10 p.m.).

Art. 43°.- Está prohibido el ingreso de los alumnos a las aulas para recoger materiales olvidados

después de la hora de salida, salvo autorización expresión de la Jefa de Nivel.

Art. 44°.- El personal de vigilancia no tiene autorización para permitir el ingreso al colegio fuera

del horario de clases, así como tampoco el personal de mantenimiento tiene

autorización de abrir los salones fuera de la hora de clases ni apertura de lockers.

LOS CASILLEROS

Art. 45°.- Se asignará un casillero a los alumnos a partir del 5to. Grado de Elementary School al

V de High School, donde guardarán sólo sus útiles. Este casillero deberá mantenerse

ordenado, limpio y cerrado con candado bajo responsabilidad del alumno.

Art. 46°.- El alumno deberá tener el máximo cuidado en la seguridad de su casillero.

Art. 47°.- Si el casillero sufriese algún maltrato, el padre de familia asumirá el gasto de la

reparación del mismo.

Art. 48°.- El colegio no se hará responsable por las pérdidas producidas en él, menos aún de

aquellos objetos no autorizados ni debidamente guardados.

Art. 49°.- Según se considere necesario el tutor, Jefe de Nivel y/o Coordinador de Normas

procederá a la revisión periódica de los casilleros.

Art. 50°.- Si por deterioro del candado o por otra razón perfectamente justificada, se presentara la

necesidad de violentarlo, sólo podrá hacerse previa autorización del Padre de Familia en

forma escrita en su journal (PYP – Elementary School) y con el visto bueno del tutor, la

Jefatura de Nivel y/o Coordinador de Normas Educativas (MYP - Diploma).

VISITAS INSTRUCTIVAS

Art. 51°.- En el Programa de la Escuela Primaria se organizan al menos dos visitas instructivas al

año con la finalidad de apoyar el Programa de Indagación diseñado para cada grado.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 13

Art.52°.- El rol de las visitas es propuesto por las Profesoras Unidocentes del programa,

Coordinación PEP y las Jefatura de Preschool y Elementary School. El costo de las visitas

instructivas es asumido íntegramente por el padre de familia.

Art. 53°.- Los padres de familia son informados de los objetivos, datos de referencia del lugar de

visita, horarios y costo mediante circular. En este documento el padre de familia deberá

también autorizar mediante firma el permiso correspondiente para la asistencia de su

menor hijo a las visitas programadas.

VIAJES DE ESTUDIO

Art. 54°.- En el programa de los Años Intermedios se organiza los Viajes de Estudio al interior del

país que cumplen un fin educativo logrando así una experiencia de aprendizaje

significativa que contribuye al desarrollo de la conciencia intercultural. Siendo esta una

actividad planificada y organizada por el colegio esta estará bajo la supervisión de los

profesores.

Art. 55°.- Durante la actividad los alumnos están regidos bajo las normas establecidas en el

Manual de Convivencia.

VIAJES DE PROMOCIÒN

Art. 56°.- El colegio no se hace responsable de los viajes de promoción. Dicha actividad no

curricular es de entera responsabilidad de los Padres de Familia del grado.

LA ENFERMERÍA

La salud es un bien personal y comunitario que se construye y desarrolla a diario, por tal motivo la

Enfermería del Colegio apoya la labor educativa. La Comunidad educativa puede acudir en caso de

accidente o molestia física para buscar y recibir los primeros auxilios de una manera oportuna e

inmediata.

Todo alumno debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

Art. 57°.- Si un estudiante requiere de los servicios de enfermería en horas de clase, debe contar

con la autorización del profesor responsable de ese periodo y/o regente, quienes

registrarán en el journal y/o SiaNet la hora de salida del alumno del aula.

Art. 58°.- El usuario de la enfermería debe mostrar una actitud acorde al ambiente, evitando el

ruido y respetando al personal y personas que se encuentren en él.

Art. 59°. Para que un estudiante se retire del Colegio por causa de salud, el único criterio válido

es el del doctor o de la enfermera. En su ausencia, el permiso será otorgado por la

Jefatura correspondiente. Toda comunicación con los Padres de familia relacionada con

la salud de los estudiantes será canalizada a través de la Enfermería, quien comunicará

vía correo electrónico a la respectiva Jefatura y tutor(a) sobre la salida del estudiante o

su traslado a la institución de salud que corresponda, previa autorización de los padres.

Art. 60°.- El horario de atención de la Enfermería, corresponderá a la jornada escolar y al de

actividades extracurriculares que se hayan programado.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 14

Art. 61°.- En las salidas pedagógicas y deportivas, la enfermería del Colegio proveerá de un

botiquín y tendrá habilitado un canal de comunicación con la Institución.

LOS TRASLADOS EXTERNOS

Art. 62°.- Los Padres de los alumnos/as que hayan sido incorporados al colegio deberán firmar,

una carta compromiso y someterse a todas sus condiciones siendo los directos

responsables del cumplimiento de lo que en ella figure. Una vez ingresado el (la)

alumno(a) al colegio, los padres adquieren todos los deberes y derechos propios de la

Institución.

DEL USO DE LA BIBLIOTECA

Art. 63°.- La Biblioteca es un medio de consulta e instrumento de trabajo indispensable para el

estudio, la investigación, el fomento de la cultura y la creación de hábitos. Es un centro

de recursos de la comunidad educativa que facilita a los estudiantes la utilización de

libros, publicaciones y materiales adecuados para las diferentes necesidades.

Para hacer uso de la Biblioteca es necesario:

a) Cumplir con el Reglamento Interno de la Biblioteca.

b) Presentar el journal y/o carné para solicitar préstamos de libros y

publicaciones.

c) Los libros serán devueltos dentro de los periodos establecidos por la

bibliotecóloga.

d) En caso de deterioro o pérdida, el padre de familia correrá con el costo de

adquisición/reposición del libro.

e) Los horarios de biblioteca son:

Preschool 7:50 a.m. a 3:00 p.m.

Elementary School 7:50 a.m. a 3:30 p.m.

Secondary School 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

DEL USO DEL KIOSKO

Art. 64°.- Los kioscos están autorizados a atender a los alumnos únicamente durante los recreos y

salidas. Del mismo modo, los alumnos no podrán consumir productos de las máquinas

expendedoras durante horarios de clases.

Art. 65°.- En concordancia con las disposiciones legales vigentes sobre esta materia los kioskos

solo podrán ofrecer para el consumo de los alumnos productos saludables.

CAPITULO V: DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE CONDUCTA

La finalidad de las normas está dentro de los siguientes ámbitos:

Art. 66°.- El colegio estimula o sanciona a los alumnos cuando:

a) Se encuentren en las instalaciones del colegio; que comprende tanto la sede central

como el lote 9.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 15

b) Se encuentren en actividades aprobadas y supervisadas por el colegio, tanto dentro

como fuera del plantel, donde su comportamiento afecte el buen nombre del

colegio.

c) Se encuentren haciendo uso de las movilidades autorizadas en actividades

aprobadas y supervisadas por el colegio.

d) Se encuentre portando el uniforme del colegio y/o sus distintivos de forma tal que

se le identifique como miembro de la institución educativa.

Art. 67°.- No se estimulará o sancionará en forma colectiva ya que se busca que cada alumno/a

sea responsable de sus actos. Se podrá considerar sanciones o estímulos colectivos sólo

en algunas circunstancias, en coordinación con el Consejo de Disciplina.

Art. 68°.- Toda interacción social exige la existencia de normas básicas de convivencia, las mismas

que de diversas maneras implican el establecimiento de límites claros que permiten:

a) Estimular el sentido de autocontrol y autodeterminación.

b) Ordenar las interacciones humanas basadas en la práctica de valores tales como

cooperación, justicia, respeto y tolerancia.

c) Fortalecer el principio de autoridad como base para la vida en familia, la escuela y

en toda actividad humana.

Art. 69º.- El sistema de conducta está formado por cuatro componentes de los que se obtendrá la

nota bimestral.

Los componentes de nuestro sistema de conducta son:

a) Asistencia y Puntualidad: El valor de la puntualidad es la capacidad de

organizarse para cumplir nuestras obligaciones.

b) Presentación Personal: Todos los días dejo ver a los demás mi personalidad y

costumbres a través de mi arreglo personal.

c) Actitud: Una buena actitud es importante para las buenas relaciones, la convivencia

y el trabajo productivo. Se manifiesta a través del respeto hacia toda persona incluida

su dignidad e integridad, respeto al principio de autoridad, la honradez, la tolerancia,

y la solidaridad.

d) Responsabilidad: Siendo responsable promuevo mi autonomía, generando la

confianza de los demás y facilito la convivencia pacífica en sociedad.

Art. 70°.- La conducta de los alumnos es evaluada en base a los componentes establecidos en el

artículo precedente.

Art. 71°.- Cada componente está diseñado con descriptores conductuales que responden a las

características particulares de los alumnos de cada nivel.

Art. 72°.- Se explicitan infracciones (leves, moderadas y graves) y consecuencias graduales con

espíritu y criterio formativo para promover el fortalecimiento del carácter, la capacidad

de autocontrol, la interiorización del sentido de responsabilidad y la reflexión en cuanto

a la necesidad de actuar coherentemente y de vivir en armonía. Ver detalle en Anexo

N°1: Infracciones y Consecuencias.

Art. 73°.- Complementan esta evaluación, los estímulos obtenidos por el alumno al ejercicio de

conductas positivas, considerando como tales toda acción extraordinaria que el alumno

realiza a favor de su desarrollo integral, de sus compañeros o de la institución.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 16

Art. 74°.- El reporte de conducta será entregado bimestralmente con el reporte de notas. En el

caso de Secondary School se incluirá información sobre la conducta en la tarjeta

informativa (informe mensual).

Art. 75°.- Son procedimientos ante infracciones y/o sanciones reiteradas:

a) Comunicación del Tutor y/o Profesor responsable al Padre de Familia (vía journal,

correo electrónico o sistema intranet).

b) Ante falta reiterada, según la gravedad de la infracción, la Jefatura de Nivel

determinará y sustentará que:

El Tutor y/o Profesor responsable se entreviste con el Padre de Familia,

registrando los acuerdos en la Ficha de Entrevista; o

El Tutor, Coordinador de Normas Educativas y/o Psicóloga(o) del Grado se

entrevisten con el Padre de Familia, registrando los acuerdos en la Ficha de

Entrevista.

c) Una vez cumplido el procedimiento anterior y de persistir las conductas inadecuadas,

se procederá a la suspensión del alumno, según criterio de la Jefatura de Nivel,

Coordinador de Normas Educativas y/o Coordinadora de Psicopedagogía.

d) Luego de haber sido suspendido, si el alumno reincide en conductas inadecuadas, se

procederá a una evaluación del caso por el Consejo de Disciplina para determinar y

aplicar la sanción correspondiente.

El Consejo de Disciplina estará conformado por la Dirección, la Jefatura del Nivel

correspondiente, el Coordinador de Normas correspondiente, la Coordinación de

Psicopedagogía y el profesor tutor correspondiente.

Art. 76°.- Se consideran faltas graves:

a) Mentir, brindar información falsa.

b) Falta de respeto a un compañero con algún calificativo ofensivo (uso de términos

obscenos o hacer comentarios racistas, sexistas y/o étnicos) o con amenazas.

c) Manipulación de objetos privados sin autorización.

d) Falta de respeto al personal de la institución (ataque verbal, desafío, insolencia,

insubordinación).

e) Evasión de Detention ( es un error).

f) Evasión de clases.

g) Evasión del colegio.

h) Plagio: Presentar material ajeno como propio, recibir o brindar repuestas en tareas,

asignaciones y/o evaluaciones en general.

i) Falsificación de firmas y/o cambiar información.

j) Ingreso a áreas restringidas.

k) Agredir físicamente y/o pelear con otro alumno.

l) Amenaza, intento de agresión o agresión física a un miembro del personal de la

institución.

m) Uso de objetos que puedan dañar la integridad de sí mismo y/o de los demás.

n) Hurto: tomar o recibir objetos ajenos.

o) Hacer mal uso de los medios y herramientas brindados por el colegio (computadoras,

TV, internet, correo electrónico, etc.

p) Bullying.

q) Posesión, consumo, distribución, venta de cigarrillos, drogas, alcohol u otras

sustancias dañinas dentro del colegio o en actividades organizadas por el colegio.

r) Posesión de armas u objetos que puedan dañar la integridad de sí mismo y/o de los

demás.

s) Posesión, elaboración, uso o acceso a material pornográfico u obsceno.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 17

Art. 77°.- En caso un alumno(a) cometa una falta grave podrán aplicarse las siguientes acciones, a

criterio del Consejo de Disciplina:

a) Carta Compromiso de Conducta

b) Suspensión (interna o externa)

c) Matrícula Condicional

d) Separación del Colegio (en tanto se hayan agotado acciones de carácter formativo).

Art. 78°.- Cualquier falta, sanción o estímulo no contemplado en el Manual de Normas de

Convivencia estará sujeto a evaluación del Consejo de Disciplina.

Art. 79°.- Se firmará una carta de Matrícula Condicional en los siguientes casos:

a) Haber desaprobado dos bimestres en conducta en el año.

b) Haber infringido los requisitos de la carta de compromiso.

c) Haber cometido alguna falta grave a criterio del Consejo de Disciplina.

Art. 80°.- El alumno que estando con matrícula condicional cometiese alguna falta grave, podrá ser

separado del plantel por decisión del Consejo de Disciplina.

Art. 81°.- El alumno que esté con matrícula condicional, deberá obtener como mínimo 14 en

conducta en High School y “A” en Elementary School, en los bimestres restantes del

año calendario. En caso contrario, su permanencia en el colegio será evaluada por el

Consejo de Disciplina.

Art. 82°.- La duración de la matricula condicional es de un año calendario.

Art. 83°.- Los alumnos de V de High School que tengan más de un curso con promedio anual

desaprobatorio o promedio anual de conducta menor a 12, no podrán participar en la

ceremonia de graduación.

Art. 84°.- El Consejo de Disciplina podrá proceder a la separación definitiva de un alumno en los

siguientes casos (cumplido el debido proceso y agotadas todas las acciones formativas y

de acompañamiento a que hubiere lugar):

a) Tener Matrícula Condicional y reincidir en cometer alguna falta grave.

b) Agredir físicamente a algún miembro del colegio.

c) Hurto.

d) Sustracción de documentos, exámenes, base de datos, archivos de software.

e) Repitencia de año por segunda vez durante su permanencia en el Colegio.

f) Bullying

g) Cualquier otra falta grave que sea causal de separación a criterio del Consejo de

Disciplina.

CAPITULO VI: DE LOS PADRES DE FAMILIA

Art.85°.-Se consideran Padres de Familia a quienes tiene uno o más hijos en el colegio, bajo su

inmediata dependencia.

Art.86°.- Son derechos de los Padres de Familia:

a) Recibir información necesaria respecto a la axiología, objetivos y actividades del

Colegio.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 18

b) Recibir informes sobre el aprovechamiento y comportamiento de sus hijos.

c) Seguir el desarrollo de la formación integral de sus hijos.

Art.87°.- Son deberes de los Padres de Familia:

a) Asistir a las reuniones y actividades convocadas por el Colegio.

b) Colaborar corresponsablemente en la gestión educativa del Plantel.

c) Contribuir y mantener el prestigio del Plantel y guardar el debido respeto a las

autoridades y personal de la institución.

d) Respetar la organización del Plantel y no interferir en su normal funcionamiento.

e) Los padres de familia sólo podrán ingresar al Colegio previa cita o por casos

extraordinarios, dejando un documento de identificación en la portería.

f) Velar por la seguridad de sus hijos en las horas de ingreso y salida del Colegio.

g) Abonar las pensiones por el servicio educativo y demás obligaciones contraídas

con el Colegio y/o establecidas por la Asamblea General de Socios.

h) Recabar personalmente la Libreta de Información de Notas al final de cada

período, previa convocatoria hecha por el Director, debiendo para esto estar al día

en sus obligaciones económicas para con la institución.

Art. 88°.- Son limitaciones de los Padres de Familia:

a) Ingresar al Colegio sin haber concertado previamente una cita a través de la

Secretaría.

b) Presentarse a los pabellones y/o otros ambientes del Colegio, cuyo acceso no les está

permitido, salvo en caso de actuaciones, entrega de libretas, y otras actividades

especiales señaladas con anticipación por la Dirección.

c) Participar en acciones que conduzcan al desprestigio del Colegio.

d) Contratar a profesores del Colegio Abraham Lincoln para clases particulares.

e) Faltar el respeto y/o ejercer presiones sobre el personal del Colegio.

DE LOS COMITÉS DE AULA Y GRADO

Art. 89°.- Los Comités de Aula y Grado son organismos que representan a los padres de familia o

apoderados de una sección y grado, para colaborar con el profesor y/o tutor en las

actividades extracurriculares de los alumnos que conforman el aula. Depende de

Asesoría de Actividades.

Art. 90°.- Cada Comité de Aula y Grado estará integrado por tres (3) miembros elegidos entre los

padres de cada sección. Entre ellos se elegirá al Presidente, Secretario y Vocal.

Art. 91°.- Las elecciones se realizarán anualmente dentro de los 30 días posteriores a la iniciación

de clases, bajo la convocatoria de la Dirección, a través de la Coordinación de

Actividades y profesores tutores.

TÍTULO III

DEL REGIMEN ACADÉMICO

CAPÍTULO I : DEL HORARIO DE CLASES

Art. 92°.- El personal del Colegio Peruano Norteamericano “Abraham Lincoln” distribuye su

jornada de trabajo de la siguiente manera:

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 19

a) El Director y los integrantes de la Junta Académica ejercen su cargo a tiempo

completo, en horario de 7:30 a.m. a 5:00 p.m. de lunes a viernes.

b) El personal docente, debe cumplir una jornada completa de 7:30 a.m. a 4:00 p.m.

cuatro veces por semana y de 7:30 a.m. a 5:00 p.m. una vez por semana; de las

cuales entre veinticuatro a treinta horas pedagógicas serán dedicadas para el dictado

de clases y las restantes para tareas diversas inherentes al trabajo docente

(planificación colaborativa, duties, evaluación, reuniones de coordinación, entre

otras).

c) La jornada de trabajo del personal administrativo es de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. y de

servicio (VER), será distribuida para el cumplimiento de funciones específicas,

incluyendo el refrigerio, previa coordinación y autorización de la Gerencia.

Art. 93°.- El control de asistencias, permisos, justificaciones de faltas, tardanzas, y vacaciones, está

bajo la responsabilidad de la Gerencia de la Cooperativa, asimismo es la autorizada de

conceder o denegar permisos y licencias, y todo lo concerniente con el personal de la

cooperativa.

Art. 94°.- Las solicitudes de permisos y licencias, justificaciones de faltas, tardanzas y vacaciones

serán presentados a Dirección en caso de tratarse de personal docente y a Gerencia en

caso de tratarse de personal administrativo, los cuales según el ámbito de sus

competencias calificarán y propondrán si las solicitudes se otorgan con goce o sin goce

de remuneraciones.

Art.95°.- Todo el personal está obligado a registrar su ingreso y salida a la institución a fin de

reflejar fehacientemente su asistencia y puntualidad.

Art.96°.- Una vez que los alumnos ingresen al Plantel permanecerán en él hasta culminar su horario de

clases. Por lo tanto, no está permitido que los Padres de Familia concerten citas con médicos,

odontólogos, etc. para sus hijos durante el horario escolar.

Art.97°.- Las clases se desarrollan de lunes a viernes, en el siguiente horario:

Nursery 7:45 a.m. – 1:40 p.m.

Pre Kinder y Kinder 7:45 a.m. – 2:30 p.m.

Elementary School 7:45 a.m. – 3:10 p.m.

Programa de MYP 7:40 a.m. – 3:14 p.m.

Programa del Diploma 7:40 a.m. – 3:56 p.m.

Art.98°.- Los Talleres Artísticos, Deportivos y Formativos se desarrollarán en horarios de 3:00

p.m. a 5:00 p.m.

Art.99º.- Al toque de timbre de salida, los estudiantes desde el 6to Grado hasta el V de High irán a

sus casilleros para retirar sus útiles y saldrán por la puerta designada a su nivel.

Art.100°.- Al toque de timbre de salida, los estudiantes de 1er a 5to Grado de Elementary School

saldrán en dos grupos:

Los que se van en Movilidad Escolar: Formarán en el patio central y saldrán en fila

por la puerta N° 2. El primero de la fila portará la tarjeta con el número de su

movilidad. Todos deberán portar visiblemente el distintivo de su movilidad.

Los que son recogidos por sus padres: Se dirigirán en fila acompañados por una

Homeroom Teacher del Grado hacia la puerta de salida N° 4. Allí serán recogidos

por sus padres, quienes deberán portar la tarjeta de salida correspondiente.

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CAPÍTULO II: DEL CONTROL DE ASISTENCIA Y RESPONSABLES DE

INFORMACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA

Art.101°.- El ingreso al Colegio deberá realizarse hasta horas 7:40 a.m. para Secondary School

(MYP y DP) y 7:45 a.m. para Preschool y Elementary School. Después de esta hora se

considerará tardanza.

Art.102°.- El estudiante que llegue tarde recibirá una papeleta de tardanza y no podrá ingresar a la

primera hora de clase, debiendo permanecer en el ambiente señalado por el Coordinador

de Normas.

Art.103°.-Al producirse la cuarta tardanza injustificada en un bimestre, se enviará una

comunicación escrita a los padres de familia citándolos a fin de investigar las causas que

originan las tardanzas. Al producirse la siguiente tardanza injustificada, se procederá a

suspender al estudiante.

Art.104°.- Los estudiantes que, en alguna asignatura, tuvieran un 30% de inasistencias justificadas

o un 25% de inasistencias injustificadas, no podrán ser promovidos ni considerados en

las actas promocionales.

Art.105°.-Los estudiantes que falten al Plantel, al reincorporarse deberán presentar una

justificación escrita por sus padres, participando el motivo de la inasistencia

debidamente sustentada. La excusa se entregará en la primera hora de clase al

Homeroom Teacher, y al Jefe de Nivel quien determinará los casos en que no es posible

aceptar alguna excusa, lo cual será comunicado por escrito, al alumno y a los padres.

Art.106°.- Los estudiantes deberán, por cuenta propia, ponerse al día en las lecciones y tareas

dejadas en su ausencia.

Art.107°.- El estudiante que llegue tarde a clase no podrá ingresar inmediatamente al salón durante

la clase que se está dictando, a menos que lleve un permiso firmado por el Jefe de

Nivel. El profesor responsable del curso determinará con criterio el momento más

adecuado para permitir el ingreso del estudiante evitando innecesaria interrupción de la

sesión de aprendizaje y salvaguardando la integridad del mismo, siendo el tiempo

máximo de permanencia fuera del salón cinco minutos.

Art.108°.- La puntualidad intervendrá en la calificación de la conducta en los siguientes casos:

a) Cuando un atraso considerable perjudique el prestigio o funcionamiento del

Plantel, y

b) Cuando se trate de atrasos reiterados o sistemáticos, ya que además de perjudicar a

los alumnos en sus estudios, quebrantan el orden y la disciplina del Centro.

Art.109°.- Una vez ingresado al Plantel, el estudiante no podrá salir hasta finalizar la jornada

escolar. En caso de extrema necesidad en que un padre desee retirar a su hijo, sólo

podrá hacerlo presentando su solicitud en forma personal con 48 horas de anticipación a

la Coordinación de Normas correspondiente y entregando boleta de permiso en Portería.

Si un alumno sale del Colegio transgrediendo lo establecido en este artículo se

considerará falta de alta gravedad.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 21

Art.110°.- Los Padres de Familia deberán solicitar por escrito a la Dirección del Plantel el permiso

correspondiente toda vez que su hijo(a) requiera faltar por viaje u otro motivo de

ausencia prolongada.

Art.111°.- En caso que una enfermedad motive ausencia prolongada (más de cinco días), el Padre

de Familia o Apoderado deberá apersonarse al Colegio presentando el certificado

médico correspondiente.

CAPÍTULO III: DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA

PROMOCIÓN Y REPITENCIA GRADOS DE PRIMARIA

De acuerdo a la Directiva Nº 001-VMGP-2005-ED, aprobada por R.M Nº 234-05-ED, en su

artículo 6.2.2.2. La calificación anual del área dice: “El calificativo anual del área, considerando

que la evaluación es un proceso, será el mismo que obtenga en el Área del último período

(cuarto bimestre)”.

PROMOCION:

Art.112°.- Los estudiantes del 1er. grado son promovidos al grado superior automáticamente.

Art.113°.- Los estudiantes de 2°, 3° y 4° grado deben obtener como mínimo “A” en las Áreas

Curriculares de Lógico Matemático y Comunicación Integral y como mínimo “B” en

las otras Áreas y Talleres Curriculares.

Art. 114°.- Los estudiantes de 5° y 6° grado deben obtener como mínimo “A” en las Áreas

Curriculares de Lógico Matemático, Comunicación Integral, Personal Social y Ciencia

y Ambiente, y como mínimo “B” en las otras Áreas y Talleres Curriculares

Cuadro 1

GRADO

CONDICIÓN POR ÁREAS TALLERES

Lógico

Matemático

Comunicación

Integral

Ciencia y

Ambiente

Personal

Social

Ed. Física Ed. por

el Arte

Edu.

Religiosa Inglés TIC Electivo M.Apr.

2° A A B B B B B B B

3° A A B B B B B B B

4° A A B B B B B B B

5° A A A A B B B B B

6° A A A A B B B B B B B

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 22

REPITENCIA:

Art. 115°- Los estudiantes del 2do. al 6to. Grado que obtengan C en las áreas: Lógico Matemática

y Comunicación Integral, repiten de grado automáticamente.

Cuadro 2

GRADO

CONDICIÓN POR ÁREAS TALLERES

Lógico

Matemático

Comunicación

Integral

Ciencia y

Ambiente

Personal

Social

Ed. Física Ed. por

el Arte

Edu.

Religiosa Inglés TIC Electivo M.Apr.

2° C C B B B B B B B

3° C C B B B B B B B

4° C C B B B B B B B

5° C C A A B B B B B

6° C C A A B B B B B B B

PASAN A RECUPERACIÓN:

Art. 116°.- Los estudiantes que no logren obtener “A” y/o “B” en todas las Áreas requisito y

Talleres Curriculares.

REPITEN DE GRADO:

Art. 117°.- Los estudiantes que al finalizar el Programa de Recuperación no alcanzan los

calificativos requeridos conforme los requisitos de criterio de promoción.

GRADO

CONDICIÓN POR ÁREAS TALLERES

Lógico

Matemático

Comunicación

Integral

Ciencia y

Ambiente

Personal

Social

Ed. Física Ed. por

el Arte

Edu.

Religiosa Inglés TIC Electivo M.Apr.

2° A A B B B B B B B

3° A A B B B B B B B

4° A A B B B B B B B

5° A A A A B B B B B

6° A A A A B B B B B B B

PROMOCIÓN, REPITENCIA Y RECUPERACIÓN DE EVALUACIÓN PARA LOS ALUMNOS

DE HIGH SCHOOL

Art. 118°.- Al término del año escolar repiten de grado los alumnos que desaprueben cuatro o más

áreas curriculares. En el cómputo de áreas desaprobadas se tomará en cuenta el área de

subsanación que el alumno tenga pendiente de aprobación.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 23

Art. 119°.- Participan del Programa de Recuperación Pedagógica los alumnos que hayan

desaprobado hasta en tres áreas, incluyendo los que tengan áreas pendientes de

subsanación de años anteriores.

Art. 120°.- Al término del programa de Recuperación Pedagógica, repiten de grado los alumnos

que desaprueben dos o más áreas curriculares.

Art. 121°.- El alumno no podrá repetir más de una vez durante el período escolar. Si durante su

permanencia en el Colegio repite por segunda vez, será separado del Colegio.

DE LA GRADUACIÓN QUINTO DE HIGH SCHOOL

Art. 122°.- Los requisitos para la Graduación de los alumnos de V son que no tengan más de un

curso desaprobado en el año y un promedio en conducta de 12 como mínimo.

ALUMNO/A INSIGNIA:

Art. 123°.- El/la alumno/a insignia será quien ocupe el primer puesto en el cuadro de mérito

general de la Promoción, de I a IV de secundaria al tercer bimestre del año en curso.

Serán considerados también los alumnos trasladados y/o extranjeros, considerándose las

respectivas calificaciones del colegio de su procedencia.

ESCOLTA:

Art. 124°.- Los alumnos de la escolta tendrán como responsabilidad principal ser modelos a

seguir y apoyar en la disciplina del colegio, en coordinación con el área de Normas

Educativas.

Para que un alumno/a pueda pertenecer a la Escolta:

Art. 125°.- Debe ocupar, en principio, del puesto 02 al 25 en el promedio general de I a IV de

secundaria al tercer bimestre del año en curso. Dado que este grupo deberá estar

representado en una proporción de 50% en hombres y mujeres, los puestos en el ranking

podrán ampliarse hasta el puesto requerido para garantizar la conformación mixta de la

escolta.

Art. 126°.- El promedio general se obtiene de la siguiente forma:

70% promedio académico.

30% promedio conductual.

Art. 127°.- La permanencia de los alumnos integrantes de la escolta se evaluará permanentemente

en cuanto a su disciplina, marcialidad y compromiso con las actividades de la misma.

Art. 128°.- Los alumnos abanderados serán designados por el profesor responsable de la Escolta.

REPRESENTACIONES LINCOLINAS

Art.129°.- Los alumnos seleccionados para representar al colegio deberán asumir con

responsabilidad y dedicación su misión. Si hubiese estado asistiendo a los ensayos o

entrenamientos y no asiste al evento, será sancionado, salvo causa de fuerza mayor

debidamente justificada.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 24

TÍTULO IV

DEL RÉGIMEN ECONÓMICO

CAPÍTULO I : INGRESOS PROPIOS, EGRESOS, CONTABILIDAD

Art.130°.- Constituyen recursos del Colegio los siguientes aportes:

a) Las pensiones por el servicio educativo.

b) Las donaciones destinadas a sostener las actividades del Colegio según Ley

General de Educación N° 23384 Art.° 23.

c) Los aportes de la Cooperativa.

d) Otros ingresos que por cualquier concepto pudiera obtener el Colegio para sostener

sus actividades de servicio educativo.

Art.131°.- Los recursos del Colegio son administrados por el Gerente de la Cooperativa, de

acuerdo a normas específicas y estatutos de la cooperativa de servicios del colegio.

Art.132°.- El alquiler de campos deportivos así como el otorgamiento de concesión para el

funcionamiento de kioskos, se rigen por sus propios Reglamentos.

TÍTULO V

DEL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO I: DE LA ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art.133°.- El Colegio Peruano Norteamericano “Abraham Lincoln”, constituye una comunidad

educativa, donde promotores, profesores, personal administrativo, estudiantes, padres

de familia, ex-alumnos realizan un proyecto educativo con sus propias características,

participando en la vida del Colegio, desde sus respectivos organismos.

Art. 134°.- Los organismos que conforman la comunidad educativa del Colegio son:

a) ORGANO PROMOTOR

Cooperativa de Servicios Educacionales “Abraham Lincoln” Ltda.

Consejo de Administración

Gerencia

b) ORGANISMO DE DIRECCIÓN

Dirección del Colegio Peruano Norteamericano “Abraham Lincoln”

c) ORGANISMO DE ASESORAMIENTO

Áreas de:

Pedagogía

Disciplina

Deportes

Asamblea del Consejo Directivo del Plantel

d) ORGANISMO DE COORDINACIÓN

Comités de:

Aula

Grado

Asociación de Ex-Alumnos

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 25

e) ORGANISMO TÉCNICO PEDAGÓGICO

Jefaturas de Nivel

Preschool

Elementary School

High School

Coordinaciones IB

PYP

MYP

DP

Asesorías de Áreas

Inglés

Ciencias

Tecnología

Humanidades

Arte

Educación Física

Lengua A

Matemática

Coordinación de Psicopedagogía

Psicólogos

Homeroom Teachers (Profesores Tutores)

Coordinador de Normas

Coordinación de Learning Support

Profesores Especialistas

Personal:

Docente

Bibliotecaria y Auxiliar

Adjuntas

Asistentes

f) ORGANISMO DE APOYO ADMINISTRATIVO

Secretaría de Dirección

Secretaría de Actas, Certificados

Secretaria de Admisión

Secretarías de Jefaturas de Nivel

Secretaria de Coordinaciones IB

Secretaria de Actividades y Deportes

DEL ORGANISMO PROMOTOR

Ar.135°.- La Cooperativa de Servicios Educacionales “Abraham Lincoln” Ltda. como entidad

promotora del Plantel, tiene entre otras las siguientes facultades:

a) Sugerir orientaciones axiológicas, académicas y administrativas del Colegio previa

coordinación con los organismos de Dirección y Asesoramiento.

b) Nombrar previo concurso de antecedentes al Director del colegio de la cooperativa.

c) Nombrar, promover, ratificar y contratar, a propuesta de Dirección, a los Jefes de

Nivel y Asesores de Áreas Especializadas.

d) Apoyar al Director, en todas las acciones que tiendan a mejorar el proceso de

aprendizaje.

e) Velar por el cumplimiento del Plan Anual de Trabajo del Plantel.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 26

f) Cautelar el cumplimiento de: Reglamento Interno, Manual de Organización y

Funciones y Reglamento del estudiante.

g) Aplicar el Reglamento de Sanciones Asociativas por Morosidad en caso que los

padres incumplieran con los pagos de pensiones de servicios educativos y cualquier

otro concepto cargado a la boleta.

Art.136°.- Para dar cumplimiento a lo dispuesto en al artículo anterior, la Promotora estará

representada, además de los miembros del Consejo de Administración, por

Gerencia, por los Comités de Pedagogía, Disciplina y Deportes.

DEL PERSONAL DIRECTIVO

EL DIRECTOR

Art.137°.- El Director es la primera autoridad del Colegio, responsable ante el Ministerio de

Educación y el Consejo de Administración del funcionamiento técnico-pedagógico del

Colegio de conformidad los artículos 80° y 84 Estatutos de la Cooperativa de servicios

Educativos Abraham Lincoln Ltda.

Art. 138°.- El cargo de Director es de confianza y es nombrado por el Consejo de Administración

y ejerce sus funciones a tiempo completo y dedicación exclusiva de conformidad al

Art. 81° Estatutos de la Cooperativa.

Art. 139°.- El Director es el responsable ante las autoridades educativas del Ministerio de

Educación, con autoridad y responsabilidad para que se cumplan los fines y objetivos

del Centro Educativo.

Art.140°.- La misión del puesto de Director es la de planificar, organizar, dirigir, supervisar y

evaluar el funcionamiento general del colegio con la finalidad de garantizar la calidad

del proceso educativo centrado en los alumnos, fortaleciendo el espíritu de comunidad

entre todos los estamentos generando mejoras continuas.

Art.141°.- Son funciones del Director del Colegio:

En la gestión pedagógica:

a) Formular proyectos del presupuesto anual para el área educativa ante a ser

aprobado por el Consejo de Administración.

b) Revisar periódicamente el cumplimiento de metas establecidas en el Plan de

Desarrollo Institucional.

c) Autorizar las visitas instructivas, en coordinación con las Jefaturas de Nivel y

Coordinaciones BI.

d) Autorizar viajes de estudios, excursiones y viajes de promoción del alumnado.

e) Representar al colegio ante ADCA, ADECORE, LAHC, ASCIBP, ASCD,

Universidad de Cambridge, ISSE y ante cualquier otra organización de carácter

educativo.

f) Coordinar y supervisar la asignación de cargas horarias y formulación de

horarios de clase al personal docente. g) Promover la administración y procesamiento de la encuesta anual a padres

de familia en relación a los indicadores de gestión del proceso educativo y

evaluar los resultados de las mismas con la Junta Académica para la toma de

decisiones que generen mejora continua, previa autorización del Consejo de

Administración.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 27

h) Coordinar y supervisar la elaboración de listados de textos y útiles escolares y

requerimiento de materiales para el siguiente año escolar junto con las Asesorías de

Área y Coordinaciones BI, con la participación de los padres de familia

representados por el Comité de Pedagogía.

i) Realizar seguimiento sobre la asistencia y puntualidad del personal docente del

colegio durante las actividades regulares y extraordinarias.

j) Velar por la seguridad y el bienestar físico y emocional de los alumnos y el

personal a su cargo.

k) Planificar, organizar y ejecutar reuniones informativas, de coordinación y de

evaluación con el personal docente.

l) Participar en el desarrollo, evaluación y revisión del plan de estudios y brindar el

apoyo requerido para la implementación de los programas aprobados.

m) Establecer y mantener un sistema eficiente de oficina para apoyar las funciones

administrativas del colegio. n) Establecer los mecanismos para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y

erradicar la violencia, el hostigamiento, la intimidación y cualquier acto

considerado como acoso entre los alumnos para fortalecer una convivencia

pacífica.

o) Promover entre los miembros de la comunidad educativa el respeto por las

normas de convivencia y reforzar la disciplina cuando sea necesario de acuerdo

con la política de la institución.

p) Ser l a pr imera autor idad de l colegio, con atribución y responsabilidad

para que se cumplan los fines del centro educativo.

q) Mantener la plena autoridad y responsabilidad d e l á r e a académica del

colegio.

r) Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Trabajo,

con participación del personal directivo, jerárquico, docente, Gerencia y del

Consejo de Administración.

s) Asesorar al Consejo de Administración, a los Comités de Apoyo y a la Gerencia

en los asuntos de su competencia.

t) Presidir la comisión de selección y de promoción del personal docente; así como

proponer su aprobación.

u) Presidir las actividades y ceremonias programadas por el colegio.

v) Crear y mantener el buen clima organizacional mediante el desarrollo del sentido

de pertenencia y filiación a la institución.

w) Presidir las reuniones Técnico Pedagógicas del Colegio.

x) Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno del Colegio, así como proponer sus

modificaciones ante el Consejo de Administración.

y) Coordinar el proceso de ratificación, proponer traslados y exoneraciones de

asignaturas, así como las pruebas de ubicación y convalidación de estudios

realizados en el extranjero.

z) Calificar y proponer permisos y licencias al del personal docente y ponerlos

a consideración de Gerencia quien los otorgará.

aa) Proponer a Gerencia es t ímulos al personal docen t e por acciones

extraordinarias, tanto en el cumplimiento de sus funciones como en otras que

redundan en beneficio del educando, del Colegio y de la Comunidad Lincolina a

través de un programa de incentivos.

bb) Comunicar a Gerencia propuestas de Amonestación verbal o escrita, al personal a

su cargo por incumplimiento de funciones. En casos de reincidencia o gravedad de

la falta, como máxima autoridad del colegio deberá informar por escrito a las

autoridades de la UGEL, en tanto la Gerencia deberá hacer lo propio al Ministerio

de Trabajo y/u autoridades competentes.

cc) Formular y proponer el cuadro de necesidades de bienes y servicios.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 28

dd) Autorizar el uso eventual de los ambientes y equipos del colegio, siempre que no

interfiera con el programa establecido, previa coordinación y

a u t o r i z a c i ó n de la Gerencia o Consejo de Administración.

ee) Coordinar y asistir a las reuniones programadas por el órgano promotor y demás

organismos de la institución.

ff) Establecer anualmente los lineamientos para Desarrollo Profesional y Evaluación

Docente.

En relación a la comunicación:

a) Coordinar con la Gerencia las actividades administrativas del proceso de Admisión

y Matrícula.

b) Promover la comunicación del personal docente con los padres de familia en

relación a aspectos de carácter académico, conductual y formativo.

c) Brindar información oportuna, precisa y pertinente a la comunidad educativa en

relación al quehacer educativo institucional.

d) Promover la convocatoria y participación de equipos multidisciplinarios

(especialistas externos, especialistas Learning Support, psicólogos y docentes del

colegio) con la finalidad de atender a los alumnos que presentan dificultades en

el aspecto académico, conductual y/o emocional durante el año académico.

e) Coordinar con la Gerencia de la institución los aspectos de apoyo administrativo que

requiera.

En relación al desarrollo profesional

a) Liderar la elaboración del plan de capacitación para el personal docente de los tres

niveles educativos.

b) Supervisar, evaluar e informar sobre el desempeño del personal docente y colaborar en el logro de sus metas individuales en cumplimiento de las políticas de desarrollo

profesional y evaluación docente.

c) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo continuo

asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en organizaciones

profesionales, participando en cursos avanzados y suscribiéndose diversas

publicaciones profesionales.

d) Apoyar y promover una cultura de investigación e innovación en el colegio

e) Informar al personal docente sobre las oportunidades de desarrollo profesional

disponibles. f) Acompañar y/o capacitar al personal docente en el manejo y cumplimiento de

Reglamento Interno, Manual de Convivencia, Políticas y Procedimientos de

Evaluación del alumno, Políticas y Procedimientos sobre Desarrollo Profesional y

Evaluación Docente; así como tendencias educativas y normativa vigente de la

Cooperativa.

g) Administrar la documentación oficial del colegio.

h) Emitir oportunamente los informes y la documentación solicitada por las

autoridades educativas, Gerencia y por el Consejo de Administración.

i) Expedir constancias y certificados de estudios.

En la relación a la documentación:

a) Conocer los documentos relacionados con los tres programas IB que se administran

en el colegio.

b) Establecer y mantener un archivo del currículo escrito del colegio.

c) Dirigir el proceso de desarrollo o revisión de los documentos de gestión del colegio.

d) Participar en la elaboración, ejecución y seguimiento del Plan de

Desarrollo Institucional del colegio.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 29

e) Tomar las previsiones para que los archivos de los alumnos, y otros informes y

documentos confidenciales sean mantenidos en reserva; así como la destrucción de

registros de acuerdo a la legislación y las normas vigentes. Los archivos,

documentos e informes confidenciales del personal serán remitidos a Gerencia para

su custodia.

f) Garantizar la correcta actualización de los drives correspondiente para el Senior

Management, Junta Académica, con la finalidad de garantizar continuidad en la gestión.

g) Administrar la documentación oficial del colegio teniendo informada a Gerencia.

DEL JEFE DE NIVEL

Art. 142°.- El Jefe de Nivel es el nexo entre la Dirección del colegio y la comunidad educativa del

Nivel. Planifica, organiza, dirige y supervisa de manera integral los procesos

educativos, formativos y disciplinarios del nivel, de acuerdo con el plan de trabajo

establecido y las políticas internas de la Institución, a fin de facilitar la interacción

entre los alumnos, el personal docente y padres de familia, garantizando una educación

de calidad.

Art. 143°.- Son funciones de los Jefes de Nivel:

En la gestión pedagógica:

a) Elaborar y controlar el desarrollo del plan anual y la calendarización del año escolar.

b) Elaborar la asignación de cargas horarias, horarios de clase, horarios de entrevistas

y duties de los profesores de su nivel.

c) Preparar y gestionar los requerimientos del presupuesto para su nivel y supervisar la

ejecución del presupuesto aprobado.

d) Elaborar los indicadores de gestión del proceso educativo del nivel, midiendo

el comportamiento de los mismos y proponiendo las mejoras respectivas.

e) Administrar y procesar la encuesta anual a padres de familia en relación a los indicadores de gestión del proceso educativo y evaluar los resultados de las

mismas para la toma de decisiones que generen mejora continua.

f) Coordinar y supervisar la elaboración de listados de textos y útiles escolares y

requerimiento de materiales para el siguiente año escolar.

g) Presentar requerimiento de contratación a la Dirección del colegio y participar en el

proceso de evaluación de la terna del personal postulante al nivel.

h) Determinar los reemplazos de profesores en los casos de ausencia, licencias y/o

tardanzas.

i) Verificar y documentar la asistencia y puntualidad del personal docente de su nivel a

las aulas y al colegio durante las actividades regulares y extraordinarias

j) Verificar cumplimiento adecuado y puntual de los duties asignados.

k) Verificar la correcta ambientación, equipamiento y mantenimiento de los

ambientes asignados a su nivel durante el año escolar.

l) Organizar y coordinar el programa de newcomers y nivelación académica.

m) Velar por la seguridad y el bienestar físico y emocional de los alumnos y el personal

a su cargo.

n) Convocar al Consejo de Disciplina para determinar procedimiento y/o sanciones en

caso de falta grave del alumnado.

o) Supervisar la ejecución del plan de trabajo del Consejo Estudiantil. p) Coordinar las actividades complementarias al desarrollo de las asignaturas.

q) Establecer reuniones de trabajo con los comités de grado.

r) Planificar, organizar y ejecutar reuniones informativas, de coordinación y

de evaluación con personal asignado a su Nivel.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 30

s) Ejercer liderazgo en la planificación para mejorar la enseñanza y trabajar con

los Coordinadores de Programas IB, Asesores de Área, y personal docente a su

cargo para cumplir con las metas del colegio.

t) Participar en el desarrollo, evaluación y revisión del plan de estudios y apoyar a la

coordinación correspondiente para la implementación de los programas aprobados.

u) Establecer y mantener un sistema eficiente de oficina para apoyar las

funciones administrativas del nivel.

v) Establecer los mecanismos para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar

la violencia, el hostigamiento, la intimidación y cualquier acto considerado como

acoso entre los alumnos de su nivel para fortalecer una convivencia pacífica.

w) Promover entre los miembros de la comunidad educativa el respeto por las

normas de convivencia y reforzar la disciplina cuando sea necesario de

acuerdo con la política de la institución en coordinación con el Coordinador de

Normas.

x) Planificar acciones de acompañamiento y seguimiento a los alumnos que lo

requieran con apoyo del Departamento de Psicopedagogía.

y) Planear y supervisar los simulacros en casos de incendio y otras

emergencias mensualmente en la medida que se requiera.

z) Asistir a eventos especiales en reconocimiento del logro estudiantil y

otras actividades y eventos auspiciados por el colegio.

aa) Coordinar, participar e informar sobre el proceso de admisión de los alumnos a

su Nivel con Psicopedagogía y la Dirección General.

bb) Desarrollar otras responsabilidades que pueden ser asignadas o requeridas por la

Cooperativa, ley peruana, el reglamento o política institucional y la Dirección

General

En relación a la comunicación:

a) Promover la comunicación del personal docente con los padres de familia en relación

a aspectos de carácter académico, conductual y formativo.

b) Programar y ejecutar reuniones de carácter formativo e informativo con los padres de

familia de su nivel.

c) Brindar información oportuna, precisa y pertinente a la comunidad educativa en

relación al quehacer educativo institucional y propio del nivel. d) Mantener informado al Director de las actividades, necesidades y requerimientos de

su nivel fortaleciendo la gestión colegiada de la institución.

e) Promover la convocatoria y participación de equipos multidisciplinarios (especialistas

externos, especialistas Learning Support, psicólogos y docentes del colegio) con la

finalidad de atender a los alumnos que presentan dificultades en el aspecto

académico, conductual y/o emocional durante el año académico.

f) Actuar como un enlace entre el colegio, hogar y comunidad, explicando políticas,

desarrollando programas y actividades, y promoviendo la participación activa de la

comunidad educativa en los asuntos del colegio.

En relación al desarrollo profesional

a) Elaborar y proponer el plan de capacitación para el personal asignado a su nivel.

b) Supervisar, evaluar e informar sobre el desempeño del personal docente de su nivel y

colaborar en el logro de sus metas individuales en cumplimiento de las políticas de

desarrollo profesional y evaluación docente.

c) Coordinar y supervisar la función y desempeño del personal administrativo y de

servicio asignado a su Nivel previa comunicación y aprobación de la Gerencia.

d) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo continuo

asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en organizaciones

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 31

profesionales, participando en cursos avanzados y suscribiéndose diversas

publicaciones profesionales.

e) Apoyar y promover una cultura de investigación e innovación en el colegio.

f) Informar al personal a su cargo sobre las oportunidades de desarrollo profesional disponibles.

g) Promover espacios de encuentro y camaradería del personal a su cargo y de toda la

institución, con la finalidad de favorecer y fortalecer el adecuado clima institucional.

h) Acompañar y/o capacitar al personal asignado a su área en el manejo y

cumplimiento de Reglamento Interno, Manual de Convivencia, Políticas y

Procedimientos de Evaluación del alumno, Políticas y Procedimientos sobre

Desarrollo Profesional y Evaluación Docente.

En la relación a la documentación:

a) Conocer los documentos relacionados con el programa IB que se administra en su

nivel y fomenta el uso y la comprensión de los mismos.

b) Preparar o supervisar la elaboración de todos los reportes, registros y otros

documentos requeridos o necesarios para la normal operación de su nivel.

c) Establecer y mantener un archivo del currículo escrito de su nivel.

d) Dirigir el proceso de desarrollo o revisión de los documentos de gestión del colegio.

e) Participar en la elaboración, ejecución y seguimiento del Plan de Desarrollo

Institucional del colegio.

f) Tomar las previsiones para que los archivos de los alumnos, del personal y otros

informes y documentos confidenciales sean mantenidos en reserva; así como la

destrucción de registros de acuerdo a la legislación y las normas vigentes.

g) Garantizar la correcta actualización de los drives correspondientes a Jefatura de

Nivel y Junta académica, con la finalidad de garantizar continuidad en la gestión.

DEL COORDINADOR DEL PROGRAMA IB

Art. 144°.- El Coordinación de IB, es el nexo entre la organización del Bachillerato Internacional y

la Dirección del Colegio y entre la Dirección del colegio y la comunidad educativa del

Programa IB a su cargo. Planifica, organiza, dirige y supervisa de manera integral los

procesos de implementación, innovación y consolidación curricular del programa de

acuerdo con las políticas institucionales. Proporciona información, orientación y apoyo

administrativo a los estudiantes, docentes, y padres de familia sobre el desarrollo del

programa en el colegio.

Art. 145° Son funciones de los Coordinadores de Bachillerato Internacional (PEP, PAI y PD):

a) Asesorar y supervisar el diseño y el desarrollo curricular dentro del Programa a

su cargo, para lo cual coordina acciones con los Asesores de Área y jefaturas, según

corresponda.

b) Preparar y gestionar los requerimientos del presupuesto para su nivel y supervisar

la ejecución del mismo.

c) Elaborar el Plan de Estudios del PYP/MYP/DP con el apoyo de la Jefatura de Nivel

y en coordinación con los Asesores de área.

d) Determinar cargas horarias.

e) Coordinar el calendario de actividades académicas con las Jefaturas de Nivel y

las otras Coordinaciones IB.

f) Asesorar la elaboración de documentos de desarrollo curricular tales como carteles

de alcances y secuencias y planificadores de unidad, material a utilizar y

material a publicar en intranet.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 32

g) Revisar los instrumentos de evaluación verificando su pertinencia, validez y

confiabilidad, y el cumplimiento de las políticas sobre el particular.

h) Coordinar actividades académicas con el equipo docente y Jefaturas.

i) Solicitar los requerimientos del material didáctico y de los textos del programa de

acuerdo al presupuesto aprobado.

j) Asesorar y supervisar la elaboración de portafolios Programa De Escuela

Primaria (PEP) de los alumnos de Inicial y Primaria.

k) Asesorar y supervisar la ambientación de aulas

l) . Asesorar, coordinar, revisar y traducir el programa de indagación del año

escolar relacionadas al nivel Inicial y Primaria.

m) Supervisar y coordinar el funcionamiento para el llenado de notas al sistema; así

como enviar datos que se reportarán en la libreta, para lo cual revisa previamente y

coordina con asesores del área.

n) Planificar, organizar, ejecutar y supervisar la exposición, proyecto personal

y monografía según corresponda.

o) Realizar seguimiento de alumnos en reuniones de coordinación por grado o con

la tutora de manera individual.

p) Establecer y mantener un clima eficiente de aprendizaje en el colegio.

q) Ayudar en la selección de materiales de instrucción apropiados y monitorea el

desarrollo de los programas de enseñanza.

r) Participar en el desarrollo, evaluación y revisión del plan de estudios y asumir

la responsabilidad para la implementación de los programas aprobados.

s) Planear y supervisar las actividades propias del programa a su cargo.

t) Preparar y someter los requerimientos del presupuesto para su programa y

supervisar el gasto de los recursos del mismo.

u) Establecer y mantener un sistema eficiente de oficina para apoyar las

funciones administrativas del programa.

v) Supervisar la ejecución del Programa CAS.

w) Asistir a eventos especiales en reconocimiento del logro estudiantil y otras

actividades y eventos auspiciados por el colegio.

x) Participar en el planeamiento y atención con intervención, ofreciendo los

servicios relacionados a los alumnos que tienen dificultad en sus clases con apoyo

del Departamento de Psicopedagogía y Learning Support.

y) Desarrollar otras responsabilidades que pueden ser asignadas o requeridas por la

ley Peruana, el reglamento o política institucional y la Dirección General.

z) Proponer a docentes capacitados para que participen en las reuniones de

desarrollo del currículo.

En relación a la comunicación:

a) Coordinar con Learning Support y Psicopedagogía la atención de los alumnos,

según se requiera.

b) Realizar entrevistas con los padres de familia que lo soliciten.

c) Consolidar informes académicos y elaborar plan de acción para remediar

dificultades.

d) Establecer sistemas para la comunicación y la colaboración entre todo el

personal que participa en la implementación del programa.

e) Realizar reuniones informativas para los padres.

f) Distribuir toda la información pertinente enviada por IBO.

g) Asegurar que se cumplan todos los requisitos establecidos por IBO para la

implementación del programa.

h) Responder a pedidos de información por parte de IBO (por ejemplo, cuestionarios).

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 33

i) Coordinar la comunicación entre IBO y el colegio.

j) Facilitar el contacto con la comunidad del IB utilizando medios tales como los

foros de debate del Centro pedagógico en línea (CPEL), el correo electrónico y las

visitas a colegios.

k) Fomentar el uso del CPEL en la comunidad del colegio.

l) Llevar a cabo reuniones de personal cuando sea necesario para la normal operación

del colegio apoyando de manera activa la filosofía bilingüe del colegio.

m) Planear y supervisar conferencias programadas de manera regular entre padres

de familia y profesores, y coordina conferencias especiales de acuerdo a la

necesidad.

n) Actuar como un enlace entre el colegio, hogar y comunidad, explica

políticas, desarrolla programas y actividades; y promueve la participación

activa de la comunidad en los asuntos del colegio.

o) Mantener informado al Director de las actividades y necesidades del colegio,

trabaja en forma colaborativa en todos los asuntos, informalmente y a través de

informes regulares.

p) Establecer sistemas para la comunicación y la colaboración entre todo el personal

que participa en la implementación de los programas.

q) Publicar artículos relacionados con el programa en el Lincoln News y Staff

Bulletin.

r) Preparar y presentar toda la documentación necesaria para la evaluación del

programa.

En relación al desarrollo personal:

a) Llevar a cabo observaciones periódicas de los miembros del personal

docente, preparar comentarios escritos y ofrecer sugerencias constructivas para la mejora según corresponda.

b) Apoyar una cultura de investigación en el Colegio y promover la mentalidad

internacional del IB.

c) Acompañar y/o capacitar a los profesores en los diferentes elementos

curriculares del PYP/MYP/DP.

d) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo continuo

asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en organizaciones

profesionales, participando en cursos avanzados y suscribiéndose diversas

publicaciones profesionales.

e) Informar al personal sobre las oportunidades profesionales disponibles.

f) Registrar los talleres y las visitas a otros colegios, a fin de garantizar la igualdad de

oportunidades e identificar las necesidades que van surgiendo.

En relación a la documentación:

a) Conocer los documentos relacionados con el programa IB a su cargo y

fomentar el uso y la comprensión de los mismos.

b) Se encargará de que todo el personal del colegio tenga acceso a las publicaciones

del IB pertinentes a sus ámbitos de responsabilidad.

c) Establecer y mantener un archivo del currículo escrito de su nivel.

d) Dirigir el proceso de desarrollo o revisión de los documentos de gestión del colegio.

e) Se encargará de que se formulen acuerdos para la evaluación, para la enseñanza y

el aprendizaje de lenguas.

f) Participar en la elaboración del plan de desarrollo estratégico del colegio.

g) Mantener el archivo de los registros relativos a los trabajos y proyectos MYP/DP.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 34

DEL COORDINADOR DE ACTIVIDADES

Art. 146°.- El Coordinador de Actividades tiene la misión de planificar, organizar, ejecutar,

supervisar y evaluar las actividades curriculares y talleres artísticos establecidas en el

Plan Anual de Trabajo, de acuerdo a los objetivos y normas de la Institución, con la

finalidad de satisfacer las necesidades de la comunidad educativa y garantizando

resultados de calidad.

Art.147°.- Son funciones y responsabilidades del coordinador de Actividades:

En la gestión pedagógica:

a) Participar en la elaboración de las actividades del Plan Anual de Trabajo.

b) Elaborar y presentar a la Dirección el Plan Bimestral de las acciones a realizar en

su área.

c) Coordinar y elaborar con la Junta Académica el Calendario de Actividades.

d) Organizar y supervisar las ceremonias y/o actividades programadas en el Plan Anual

de Trabajo.

e) Coordinar con los asesores del Consejo Estudiantil de los distintos niveles la

ayuda requerida para la ejecución de las actividades del COES.

f) Dirigir las asambleas generales y por niveles de los alumnos.

g) Coordinar con los tres niveles de la institución la ejecución de las visitas

instructivas programadas.

h) Formar comisiones de trabajo con el personal docente, administrativo,

de mantenimiento y de servicio para la ejecución de actividades institucionales.

i) Coordinar y organizar con el área de arte, las actividades que se planifiquen durante

el año.

j) Participar, conjuntamente con la Dirección, en el proceso de evaluación de

profesores propuestos para ocupar las plazas de los talleres artísticos. k) Proponer y planificar las opciones de Talleres Artísticos a realizarse durante el

año escolar.

l) Supervisar y asesorar a los profesores de Talleres Artísticos.

m) Organizar y ejecutar las presentaciones y muestras de los Talleres Artísticos.

n) Verificar el cumplimiento de los horarios de los talleres extracurriculares artísticos.

o) Otorgar constancias en coordinación con la Dirección a los alumnos participantes

en las diferentes actividades.

p) Colaborar con el área de Recursos Humanos, Psicopedagogía e Imagen

Institucional en la planificación y ejecución de actividades para el

mejoramiento del clima institucional.

q) Elaborar con la Gerencia y Dirección el Plan de Defensa Civil.

r) Planear y supervisar, conjuntamente con las Jefaturas y la Dirección del colegio,

los simulacros para casos de sismo, incendio y otras emergencias. s) Promover entre los miembros de la comunidad educativa el respeto de las normas de

convivencia y refuerza la disciplina cuando es necesario.

t) Supervisar la racionalización, el uso de los ambientes y equipos de la Institución.

u) Coordinar con las Jefaturas y la Dirección, las colectas, donaciones y obras de

bien social solicitadas por diversas instituciones o en beneficio de los trabajadores o

alumnos de la Institución con conocimiento de Gerencia.

v) Coordinar con logística la compra de diplomas, medallas, premios y presentes

que serán entregados durante las actividades programadas de acuerdo a lo

presupuestado.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 35

En relación a la comunicación y participación:

a) Representar y acompañar a los alumnos en las actividades culturales y/o

artísticas, donde la Institución se encuentre invitada o tenga que realizar alguna

presentación.

b) Organizar en coordinación con la Jefatura de Secondary School al Comité de

Grado de la Promoción en curso y coordinar sus actividades.

c) Organizar y asesorar a los Comités de Aula y de Grado, así como también presidir

las reuniones convocadas por la Coordinación de Actividades.

d) Promover una comunicación clara y trasparente entre los comités y padres de

familia de su grado.

e) Participar en reuniones de coordinación con las asociaciones a las que el

colegio pertenece, para la realización de eventos.

f) Comunicar oportunamente a los Comités de Aula y Grado, las actividades en las

que deberán colaborar con la institución, otorgándoles un calendario de trabajo.

g) Supervisar conjuntamente con la Jefatura de Nivel el cumplimiento del plan

de trabajo de cada comité de grado.

h) Revisar y corregir, en coordinación con las Jefaturas de Nivel, las comunicaciones

que los comités de aula y grado envían a los padres de familia.

En relación al desarrollo profesional:

a) Supervisar y estimular la capacitación constante del personal que labora en

los talleres artísticos.

b) Supervisar, evaluar e informar sobre el desempeño del personal docente que

labora en los talleres extracurriculares artísticos y colaborar en el logro de sus metas

individuales en cumplimiento de las políticas de desarrollo profesional y evaluación

docente.

c) Apoyar y promover una cultura de investigación e innovación en el colegio.

d) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo continuo

asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en organizaciones

profesionales, participando en cursos avanzados y suscribiéndose diversas

publicaciones profesionales.

e) Informar al personal de talleres extracurriculares a su cargo sobre las

oportunidades de desarrollo profesional disponibles.

f) Promover espacios de encuentro y camaradería del personal a su cargo con la

finalidad de favorecer y fortalecer el adecuado clima institucional.

g) Acompañar y/o capacitar al personal docente a su cargo en el manejo

y cumplimiento de Reglamento Interno, Manual de Convivencia, Políticas y

Procedimientos de Evaluación del alumno, Políticas y Procedimientos sobre

Desarrollo Profesional y Evaluación Docente.

DE LA COORDINACIÓN DE PSICOPEDAGOGÍA

Art. 148°.- La misión de la Coordinación Pedagógica es coordinar, orientar y supervisar la labor

psicopedagógica orientada a promover el desarrollo cognitivo, emocional, social y

moral de los estudiantes, a través de la orientación brindada a los padres de familia

y personal docente, contribuyendo a la formación integral de los estudiantes. Art. 149°.- Son funciones de la Coordinación de Psicopedagogía:

En la gestión pedagógica:

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 36

a) Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo de la Institución, Proyecto

Educativo Institucional, Manual de Organización y Funciones, Plan de

Acompañamiento Pedagógico, Reglamento Interno, Normas de Convivencia y

otros documentos que le indique la Dirección.

b) Elaborar la asignación de grados, cargas horarias y horarios de entrevistas

del personal a su cargo.

c) Preparar y gestionar los requerimientos del presupuesto para su área y supervisar

la ejecución del mismo, de acuerdo a su presupuesto aprobado.

d) Participar en el diseño y ejecución de los talleres o charlas con los alumnos, padres

de familia y personal docente, en coordinación con los psicólogos de grado y

Jefaturas de Nivel.

e) Participar en el proceso de evaluación del personal postulante al área.

f) Coordinar con Dirección, Jefaturas de Nivel, Coordinadores de Programa,

Asesores y/o Recursos Humanos, la evaluación psicológica de selección de

personal, según las necesidades del caso, con la participación del Comité de

Pedagogía y Gerencia.

g) Coordinar y planificar la realización de actividades orientadas a la prevención,

orientación y/o formación personal, con los alumnos, padres de familia y

personal de la institución.

En relación a la comunicación:

a) Participar en entrevistas con padres de familia, según las necesidades del caso.

b) Supervisar y verificar la realización de entrevistas con padres de familia, por parte

de los psicólogos de grado.

c) Supervisar y verificar la comunicación con especialistas externos, por parte de los

psicólogos de grado.

d) Supervisar la participación de los psicólogos de grado en las reuniones

de coordinación con la Jefatura de Nivel, Coordinadores de Programas y/o Tutores.

e) Supervisar el acompañamiento que realizan los psicólogos de grado a los tutores.

f) Supervisar la adecuada aplicación del Plan Tutorial, mediante observaciones del

período de Tutoría.

g) Supervisar el acompañamiento de los psicólogos de grado a los alumnos que se

encuentran en seguimiento.

h) Programar y ejecutar, en coordinación con las Jefaturas de Nivel, charlas y/o

talleres con los padres de familia, con la finalidad de brindarles orientación para

favorecer la formación de sus hijos y promover el bienestar familiar.

i) Programar y ejecutar, en coordinación con las Jefaturas de Nivel, charlas y/o

talleres con el personal docente, con la finalidad de promover un mejor clima organizacional, favorecer la interacción positiva de los profesores con los alumnos

y fortalecer las estrategias de aprendizaje y el manejo conductual en el aula.

j) Planificar y ejecutar actividades con los profesores tutores para favorecer su

labor tutorial.

k) Programar y ejecutar charlas, talleres, programas o planes de intervención de

carácter preventivo y/o formativo para los alumnos, según sus necesidades.

l) Promover la convocatoria y participación de equipos multidisciplinarios

(especialistas externos, especialistas de Learning Support, psicólogos y docentes

del colegio) con la finalidad de atender y realizar un seguimiento de los alumnos

que presentan dificultades en el aprendizaje o a nivel socioemocional y/o

conductual, durante el año académico. m) Actuar como un enlace entre el colegio, hogar y especialistas externos,

desarrollando estrategias que permitan mejoras en el aprendizaje y en el aspecto

socioemocional de los alumnos.

n) Supervisar la elaboración y administración de las pruebas psicopedagógicas

aplicadas a alumnos y/o personal docente o administrativo postulante al colegio.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 37

o) Participar en la elaboración del Plan Tutorial del colegio, con los aportes de

las Jefaturas de Nivel, Coordinadores de Programas IB y profesores tutores.

p) Supervisar la aplicación y el cumplimiento de la programación del Plan Tutorial en

el colegio, junto con las Jefaturas de Nivel.

q) Participar en la elaboración y revisión del Manual de Normas de Convivencia

del colegio.

r) Participar en el Concejo de Disciplina, según las necesidades del caso.

s) Emitir informes a la Jefatura de Nivel y/o Dirección, con los resultados obtenidos por los alumnos postulantes al colegio.

t) Emitir informes a la Dirección con los resultados obtenidos en los procesos

de Admisión de Nursery y Pre Kinder, así como de selección de personal.

En relación al desarrollo profesional:

a) Coordinar la adquisición de pruebas psicopedagógicas u otro material necesario

para el área.

b) Asistir a las reuniones de la Junta Académica y aportar soluciones en la gestión

educativa de la Institución.

c) Participar de reuniones con los asesores, coordinadores de programas y jefes de

nivel, según las necesidades del caso.

d) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo continuo

asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en organizaciones

profesionales, participando en cursos avanzados y suscribiéndose diversas

publicaciones profesionales.

e) Realizar reuniones de coordinación con los psicólogos del área.

f) Convoca a reuniones individuales con los miembros de su equipo ofreciendo

sugerencias constructivas para la mejora según corresponda.

g) Asistir a las capacitaciones nacionales e internacionales del Bachillerato Internacional.

h) Elaborar y proponer el plan de capacitación para el personal de su área.

i) Supervisar, evaluar e informar sobre el desempeño del personal de su área

y colaborar en el logro de sus metas individuales en cumplimiento de las políticas

de desarrollo profesional y evaluación docente.

En relación a la documentación:

a) Planificar la realización de los Boletines Psicopedagógicos “Maestros en

Acción” y “Padres en Acción”; coordinando, asignando y revisando la

elaboración de los artículos que formarán parte de dichos documentos.

b) Revisar los documentos realizados por el personal a su cargo (informes

psicológicos, informes de selección de personal, guías del tutor, artículos, etc.)

COORDINADOR LEARNING SUPPORT

Art. 150°.- La Coordinación de Learning Support tiene la misión de coordinar, orientar y

supervisar de manera integral, el diseño, aplicación de técnicas y estrategias de

aprendizaje, documentar procedimientos y realizar un acompañamiento a

padres de familia y docentes, con la finalidad de mejorar la formación integral y el

aprendizaje de los estudiantes.

Art. 151°.- Son funciones del Coordinador de Learning Support:

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 38

En la gestión pedagógica:

a) Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo de la Institución, Proyecto

Educativo Institucional, Manual de Organización y Funciones, Plan de

Acompañamiento Pedagógico, Reglamento Interno, Normas de Convivencia y

otros documentos que le indique la Dirección.

b) Elaborar la asignación de cargas horarias, horarios de clase y horarios de

entrevistas del personal a su cargo.

c) Preparar y gestionar los requerimientos del presupuesto para su área y supervisar la

ejecución del mismo, de acuerdo al presupuesto aprobado.

d) Administrar y procesar la encuesta anual a padres de familia en relación al área de

apoyo al aprendizaje y evaluar los resultados de las mismas para la toma

de decisiones que generen mejora continua.

e) Participar en el diseño y elaborar de los planes de intervención, en coordinación

con los especialistas de su equipo y profesores u otros documentos que la

Dirección le indique.

f) Participar en el proceso de evaluación del personal postulante al área.

g) Determinar los reemplazos de profesores en los casos de ausencia, licencias y/o

tardanzas.

En relación a la comunicación.

a) Revisar los informes que serán entregados a los padres de familia.

b) Participar de entrevistas con padres de familia.

c) Programar y ejecutar reuniones de carácter formativo e informativo con los padres

de familia de los niños participantes en el programa.

d) Promover la convocatoria y participación de equipos multidisciplinarios

(especialistas externos, especialistas de Learning Support, psicólogos y docentes

del colegio) con la finalidad de atender a los alumnos que presentan dificultades

en el aprendizaje, durante el año académico.

e) Actuar como un enlace entre el colegio, hogar y especialistas externos,

desarrollando programas que permitan mejoras en el aprendizaje y desarrollo

personal de los niños participantes de Learning Support.

En relación al desarrollo profesional

a) Coordinar la adquisición de material bibliográfico para el área.

b) Asistir a las reuniones de la Junta Académica y aportar soluciones en la gestión

educativa de la Institución.

c) Participar de reuniones con los coordinadores de programas y jefes de nivel.

d) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo continuo

asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en organizaciones

profesionales, participando en cursos avanzados y suscribiéndose diversas

publicaciones profesionales.

e) Realizar reuniones de coordinación con los especialistas del área.

f) Elaborar y proponer el plan de capacitación para el personal de su área.

g) Supervisar, evaluar e informar sobre el desempeño del personal de su área

y colaborar en el logro de sus metas individuales en cumplimiento de las políticas

de desarrollo profesional y evaluación docente.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 39

En relación a la documentación

a) Conocer los documentos relacionados con el programa IB que se administra en

su área y fomentar el uso y la comprensión de los mismos.

b) Documentar el registro y seguimiento de alumnos participantes del programa.

COORDINADOR DE DEPORTES

Art. 152°.- Tiene la misión de planificar, organizar, coordinar, ejecutar, supervisar, evaluar y

asesorar las actividades deportivas internas y externas de la institución educativa,

garantizando a mediano o largo plazo el logro de los objetivos programados, a fin

de brindar un servicio deportivo óptimo.

Art. 153°.- Son funciones y responsabilidades del coordinador de Deportes:

En la gestión pedagógica:

a) Participar en la elaboración de las actividades del Plan Anual de Trabajo.

b) Planificar, organizar y supervisar las actividades deportivas internas y externas de la institución educativa.

c) Coordinar y supervisar los programas de cada disciplina deportiva.

d) Coordinar y elaborar con la Junta Académica el calendario de actividades

deportivas.

e) Coordinar con los asesores del Consejo Estudiantil de los distintos niveles la

ayuda requerida para la ejecución de las actividades del COES.

f) Mantener en orden el material y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía.

g) Coordinar y organizar con el área de Educación física, las actividades

que se planifiquen durante el año.

h) Participar, conjuntamente con la Dirección, en el proceso de evaluación de

entrenadores propuestos para cubrir las vacantes de las distintas disciplinas

deportivas dadas por la institución.

i) Supervisar y asesorar a los entrenadores de los diferentes deportes.

j) Organizar las presentaciones de las distintas selecciones deportivas de la

institución.

k) Verificar el cumplimiento de los horarios de los diferentes deportes dados

por la institución en el presente año.

l) Colaborar con el área de Recursos Humanos, Psicopedagogía e Imagen

Institucional en la organización y ejecución de actividades deportivas para el

mejoramiento del clima institucional.

m) Promover entre los miembros de la comunidad educativa el respeto de las

normas de convivencia y reforzar la disciplina cuando es necesario.

n) Supervisar la racionalización, el uso a d e c u a d o de los ambientes y equipos

de la Institución a nivel deportivo.

o) Coordinar con logística la compra de uniformes, diplomas, medallas,

premios y presentes aprobados según presupuesto y que serán entregados

durante las actividades deportivas programadas.

En relación a la comunicación y representación:

a) Representar y acompañar a los alumnos en las actividades deportivas,

donde la institución se encuentre invitada o tenga que realizar alguna

presentación oficial.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 40

b) Organizar y asesorar al Comité de Deportes, así como también presidir las

reuniones convocadas por la Coordinación de Deportes.

c) Promover una comunicación clara y trasparente entre el Comité de

Deportes, la Coordinación de Deportes y Dirección del colegio.

d) Participar en reuniones de coordinación y participación con las asociaciones a las que el colegio pertenece, y sea invitado.

e) Informar la evaluación de méritos deportivos obtenidos por los diferentes

deportes que participa el colegio.

f) Promover y organizar eventos deportivos internos y externos, entre alumnos,

PPFF y personal de la institución.

En relación al desarrollo profesional:

a) Supervisar y estimular la capacitación constante del personal que labora

en los talleres deportivos.

b) Elaborar informes sobre el desempeño de los entrenadores que laboran en

los diferentes talleres deportivos.

c) Colaborar y asesorar a los entrenadores en el logro de sus metas individuales

en el cumplimiento de su desarrollo profesional.

d) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo continuo

asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en organizaciones

profesionales, participando en cursos avanzados y suscribiéndose diversas

publicaciones profesionales.

e) Promover espacios de camaradería del personal a su cargo para favorecer y

fortalecer el adecuado clima institucional. f) Capacitar a los entrenadores en el manejo y cumplimiento del reglamento

interno como manual de convivencia, políticas y procedimientos de evaluación

del alumno, políticas y procedimientos sobre desarrollo profesional y evaluación

docente.

g) Coordinar charlas y cursos de capacitación para los entrenadores

En relación a la documentación:

a) Realizar en coordinación con la Junta Académica el calendario anual de

actividades deportivas.

b) Elaborar el modelo de evaluación de los talleres deportivos.

c) Diseñar el plan anual de trabajo que será presentado por los entrenadores

de las diversas disciplinas deportivas.

d) Llevar el control de inscripciones de los talleres deportivos y selección.

e) Presentar memorándums solicitando los pedidos con tres días de anticipación.

f) Enviar cartas a instituciones deportivas para coordinar eventos y/o

presentaciones deportivas institucionales.

g) Archivar los documentos elaborados por el comité de deportes.

h) Elaborar y mantener actualizado el Manual deportivo de la institución. DEL ASESOR DE AREA

Art. 154°.- El Asesor es el nexo entre el personal docente y las coordinaciones IB y articula

funciones con las jefaturas de nivel. Su labor involucra encontrar los medios,

instrumentos y acciones más idóneos para asegurar la eficacia del proceso de

enseñanza-aprendizaje, el asesoramiento y supervisión de los docentes en el campo

técnico - pedagógico, la capacitación integral y continua de los mismos de manera

que asegure el óptimo desarrollo de la propuesta pedagógica del colegio.

Art. 155°.- Son funciones comunes a todas las asesorías académicas.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 41

En la Gestión Pedagógica:

a) Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo de la Institución,

b) Proyecto Educativo Institucional, Manual de Organización y Funciones, Plan de

Acompañamiento Pedagógico, Reglamento Interno, Normas de Convivencia u

otros documentos que le indique la Dirección.

c) Asesorar el plan anual de trabajo, objetivos u otros documentos relacionados

al área a su cargo.

d) Acompañar la estructura y las programaciones curriculares de su área en

coordinación con los docentes de su equipo: cartel de estándares, cartel de

contenidos, cartel de objetivos y habilidades, unidades de indagaciones,

expectativas , sílabos u otros documentos de acuerdo a los lineamientos de la

coordinación IB

e) Proponer el cuadro de horas del área a su cargo, docentes, carga horaria en los

programas PYP, MYP y DP

f) Supervisar la información, material académico y recursos preparados por los

docentes a su cargo, para impresiones, drive, y/o intranet del colegio

g) Aplicar evaluaciones estandarizadas para verificar el nivel de logro de los

estudiantes del grado.

h) Afianzar la aplicación del continuo curricular del área en los tres programas

i) Llevar a cabo el acompañamiento pedagógico a los docentes a su cargo

j) Liderar a su equipo en la ejecución de las actividades a su cargo.

k) Supervisar y orientar la adecuada utilización de los instrumentos de evaluación

l) Orientar la planificación curricular (planes de clase PYP/MYP, planificadores

MYP/DP, proyectos interdisciplinarios, expectativas PYP)

m) Participar en la revisión de documentos de autoevaluación de programas IB

n) Participar en el proceso de selección del personal docente propuestos para su área

o) Participar en la evaluación semestral y anual de los docentes.

p) Cumple y hace cumplir las directivas emanadas por Dirección.

q) Promover que en el equipo de trabajo exista un ambiente de colaboración

permanente, armonía y comprensión, basado en el cumplimiento de los valores

institucionales.

r) Monitorear uso adecuado de los recursos del área.

s) Supervisar que exista una adecuada comunicación entre los profesores del área

y los PPFF en relación a aspectos académicos del área a su cargo.

t) Coordinar con las Jefaturas la implementación de la Nivelación Académica, en el

nivel respectivo.

u) Verificar el ingreso de notas al SIANET y la evaluación permanente del alumno.

En relación a la Comunicación

a) Consolidar toda la información relacionada al área y enviar al Coordinador de

Bachillerato Internacional, según lo solicitado.

b) Realizar reuniones de coordinación con los profesores del área

c) Participar de reuniones con los coordinadores de los programas y con las

jefaturas del nivel

d) Participar en las reuniones de Junta Académica y aportar soluciones en la gestión

educativa del colegio

e) Mantener informado a la Coordinación y/o Jefatura correspondiente acerca

del desarrollo del área y de los docentes a su cargo

f) Redactar y publicar artículos relacionados a su área en el Lincoln News,

Lincoln Log y afines.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 42

g) Mantener comunicación con los padres de familia acerca de aspectos del

área si lo solicitarán.

En relación al desarrollo profesional:

a) Coordinar con la Dirección convenios o alianzas estratégicas para fortalecer el

aspecto académico de los alumnos y profesores.

b) Promover la capacitación en aspectos específicos que favorezcan una mejora en el

proceso de aprendizaje.

c) Proponer y difundir la capacitación para los docentes de su área y hacer la

designación correspondiente.

d) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo continuo

asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en organizaciones

profesionales, participando en cursos avanzados y suscribiéndose diversas

publicaciones profesionales.

e) Proponer proyectos de innovación para su área.

f) Promover el perfeccionamiento profesional de los docentes a su cargo.

En la relación a la documentación:

a) Conocer los documentos del IB (PYP/MYP/DP) relacionados con el área a

su cargo y fomenta el uso y la revisión de los mismos.

b) Establecer y mantener un archivo del currículo escrito: estándares, carteles

planificadores u afines de los cursos de su área.

c) Mantener un archivo con el registro de las visitas de acompañamiento pedagógico

e informes de desempeño docente de los profesores de los cursos del área a su

cargo.

d) Mantener el archivo de los registros relativos a los trabajos y proyectos de su área

en los programas IB (PYP/MYP/DP).

e) Entregar a las coordinaciones IB (PYP, MYP, DP) los exámenes

semestrales, registros de evaluación bimestral dentro de los cronogramas

establecidos.

f) Entregar a la jefatura de nivel los exámenes: aplazados, rezagados y

alumnos nuevos cuando sean estos requeridos.

JEFATURA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y ADMISIÓN

Art. 156°.- La Jefatura de Imagen Institucional y Admisión tiene la misión de coordinar, desarrollar, orientar y supervisar las actividades de marketing, promoción y

comunicación institucional, con el fin de determinar las necesidades reales de los

asociados respecto al servicio educativo y evaluar la calidad del mismo, que permitan

mejorar su satisfacción, el fortalecimiento de la imagen y el posicionamiento de la

institución dentro de la sociedad. Difundir e informar sobre las políticas y

procedimientos relacionados a la admisión al Colegio y la Cooperativa.

Art. 157°.- Son funciones del Jefe de Imagen Institucional y Admisión:

En la gestión:

a) Elaborar el Plan Anual de Trabajo del área, y participar en la formulación del

Plan Anual de Trabajo de la institución, tomando en cuenta la misión y la visión

de la institución.

b) Coordinar con el Comité de Admisión y Becas los temas correspondientes a

las evaluaciones de los socios (documentación, entrevistas etc.)

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 43

c) Encaminar acciones que permitan la fidelidad de nuestros socios.

d) Coordinar que las personas a su cargo (Recepción y Asistente de admisión)

realicen una labor de apoyo en el proceso de fidelización, mediante el desarrollo

de un servicio personalizado.

e) Creación y supervisión de la continuidad de una línea Grafica Institucional

(Web, Material POP, Carnets, Boletines Internos y Externos).

f) Realizar y supervisar las actividades internas (eventos) que involucran a

los miembros de la Cooperativa y del Colegio, con apoyo del Dpto. de

Logística y Recursos Humanos y en coordinación con la Dirección.

g) Recibir, filtrar y coordinar con la Gerencia las solicitudes de alquiler

de las instalaciones del Colegio.

h) Formular y proponer las políticas de marketing y promoción institucional, de tal

manera que coadyuven al mejor desarrollo de las actividades y a la consecución de

los objetivos institucionales.

i) Organizar, dirigir y ejecutar las actividades para la atención de comisiones y

delegaciones que visitan a la institución, así como las visitas guiadas a los nuevos o

potenciales socios.

j) Administrar y supervisar el proceso de Admisión de Alumnos y Socios,

verificando que este se realice eficientemente y que se enmarque dentro de las

disposiciones del Reglamento de Admisión y las políticas establecidas por la

institución.

k) Aplicar herramientas de marketing educativo, que nos permita evaluar las

necesidades reales y futuras del mercado, a fin de mejorar y diferenciar nuestra

oferta y lograr un mejor posicionamiento de la institución dentro de la

comunidad.

l) Realizar el seguimiento a las acciones preventivas y correctivas

implementadas para la mejora del servicio educativo, supervisar su

cumplimiento y evaluar su eficacia. m) Coordinar con la G e r e n c i a y Dirección el diseño y ejecución de

encuestas periódicas específicas que permitan medir la satisfacción del

cliente (PPFF o alumnos) respecto al servicio educativo, evaluar los

resultados a fin de proponer a l a G e r e n c i a y a l C o n s e j o d e

A d mi n i s t r a c i ó n acciones que permitan cumplir con las necesidades

actuales de los socios y tomar en cuenta sus necesidades futuras respecto al

servicio educativo.

n) Supervisar que las visitas guiadas a nuevos o potenciales socios cumplan con sus

objetivos, determinando y proporcionando la información y documentación

requerida a fin de que los visitantes conozcan la misión, la visión, los valores y

calidad del servicio educativo ofrecido y se lleven la mejor impresión de la

institución.

En relación a la comunicación:

a) Difundir e informar al personal administrativo de las actividades,

objetivos y avances del área académica con la finalidad de dar el mejor

servicio, mediante una correcta información.

b) Promover y difundir, tanto internamente (Lincoln News, Pagina Web,

Periódicos Murales) como externamente (Aviso de prensa, publicidad), las

actividades y logros académicos, culturales, artísticos, deportivos y sociales de

la institución.

c) Coordinar y supervisar la publicación del Lincoln Log / Anuario del Colegio

con los diferentes estamentos del proceso.

d) Participar de reuniones con los miembros del Comité de Admisión y Becas.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 44

e) Realizar reuniones de coordinación con la Coordinación Psicopedagógica,

las Jefaturas de Nivel, las Coordinaciones IB y la Coordinación de Actividades.

f) Promover y difundir, tanto internamente como externamente, las actividades y

logros de la institución, dentro de los campos académico, cultural, artístico,

deportivo y social, a través de acciones, medios y canales de comunicación

eficientes.

En relación al desarrollo profesional

a) Supervisar, elaborar y proponer plan de capacitación constante del personal que

labora a su cargo.

b) Convocar a reuniones individuales con los miembros de su equipo ofreciendo sugerencias constructivas para la mejora según corresponda.

c) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo

continuo asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en

organizaciones profesionales, participando en cursos avanzados y

suscribiéndose diversas publicaciones profesionales.

d) Supervisar, evaluar e informar sobre el desempeño del personal de su área

y colaborar en el logro de sus metas individuales.

e) Promover espacios de encuentro y camaradería del personal de la

institución con la finalidad de favorecer y fortalecer el adecuado clima

institucional.

En relación a la documentación:

a) Planificar la realización de Lincoln Log, coordinando, asignando y

revisando la elaboración de los artículos que formarán parte de dicho documento.

b) Revisar y editar los documentos remitidos por el personal docente para el

Lincoln News.

c) Preparar o supervisar la elaboración de todos los reportes, registros y

otros documentos requeridos o necesarios para la normal operación de su área.

d) Establecer y mantener un archivo de oficina en físico y electrónicamente.

e) Garantizar la correcta actualización del drive de Imagen Institucional y Admisión

con la finalidad de garantizar continuidad en la gestión.

COORDINADOR DE CAS

Art.158°.- El Coordinador de CAS tiene la misión de planificar, organizar, ejecutar, supervisar

y evaluar las actividades CAS establecidas en el Plan Anual de Trabajo dentro del

Programa del Diploma BI, de acuerdo a los objetivos y normas de la Institución y

del Programa, con la finalidad de satisfacer las necesidades de la comunidad

educativa y garantizando resultados de calidad.

Art. 159°.- Son funciones del Coordinador de CAS:

En la gestión pedagógica

a) Participar en la elaboración de las actividades del Plan Anual de Trabajo.

b) Elaborar y presentar a la Dirección el Plan Bimestral de las acciones a realizar

en su área.

c) Coordinar y elaborar con la Junta Académica el Calendario de Actividades CAS.

d) Organizar y supervisar las ceremonias y/o actividades CAS programadas en el

Plan Anual de Trabajo.

e) Supervisar y asesorar a los profesores líderes en los centros.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 45

f) Otorgar constancias en coordinación con la Dirección a los alumnos participantes

en las diferentes actividades CAS, así como a los líderes.

g) Coordinar con los profesores líderes sobre las actividades, avances y debilidades

observadas con los alumnos, los centros, la movilidad; entre otros.

h) Coordinar con las Jefaturas, Dirección y Gerencia, las colectas, donaciones y obras de bien social solicitadas por diversas instituciones o en beneficio de los trabajadores o alumnos de la Institución.

i) Coordinar con logística la compra de artículos necesarios para la Noche CA según

presupuesto aprobado.

En relación a la comunicación:

a) Promover una comunicación clara y trasparente entre el equipo CAS,

la Coordinación del Programa del Diploma IB y la Jefatura de Secondary School.

b) Comunicar oportunamente a las instituciones a las que se brinda apoyo

el cronograma de visitas y el plan de trabajo a realizar según el proyecto

que se trabajará.

c) Supervisar conjuntamente con la Coordinación del Programa del Diploma

IB y Jefatura de Secondary School el cumplimiento del plan de trabajo de cada

Proyecto.

d) Establecer comunicación clara y oportuna con algunos centros para la realización

de actividades de acción y servicio.

En relación al desarrollo profesional:

a) Supervisar, evaluar e informar sobre el desempeño de los líderes CAS y colaborar

en el logro de sus metas individuales en cumplimiento de las políticas de desarrollo

profesional y evaluación docente.

b) Apoyar y promover capacitaciones relacionadas a CAS.

c) Promover espacios de encuentro y camaradería del personal a su cargo con

la finalidad de favorecer y fortalecer el adecuado clima institucional.

d) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo continuo

asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en organizaciones

profesionales, participando en cursos avanzados y suscribiéndose diversas

publicaciones profesionales.

En relación a la documentación:

a) Establecer en coordinación con la Coordinación del Programa del Diploma

el Calendario Anual de Actividades CAS.

b) Elaborar informes sobre el avance progresivo de los alumnos dentro de CAS.

c) Elaborar el libreto para la Noche CAS.

d) Programar y Coordinar la movilidad de los centros CAS.

e) Solicitar a Dirección el envío de cartas a instituciones CAS para coordinar visitas y

eventos.

f) Organizar los diarios CAS y verificar que estos reflejen el avance de los

a lumnos: reflexiones, evidencias, entrevista.

g) Diseñar las constancias CAS emitidas por la Dirección del Colegio.

COORDINADOR DE EDS (EDUCACIÓN PARA DESARROLLO SOSTENIBLE)

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 46

Art.160°.- El Coordinador de EDS, tiene la misión de planificar, organizar, ejecutar, supervisar

y evaluar las actividades EDS establecidas en el Plan Anual de Trabajo dentro del

Programa del PYP y Elementary School con extensión al Nivel de Secondary

School, de acuerdo a los objetivos y normas de la institución y del Programa, con la

finalidad de promover la formación de una conciencia de responsabilidad hacia el

desarrollo sostenible en la comunidad educativa.

Art. 161°.- Son funciones del Coordinador de EDS:

En la gestión pedagógica:

a) Participar en la elaboración de las actividades del Plan Anual de Trabajo.

b) Elaborar y presentar a la Dirección el Plan Bimestral de las acciones a realizar

en su área.

c) Coordinar y elaborar con la Junta Académica el Calendario de Actividades de EDS.

d) Organizar y supervisar las ceremonias y/o actividades de EDS programadas en

el Plan Anual de Trabajo.

e) Asesorar y coordinar con las Jefaturas de Preschool y Elementary School,

así como la coordinación de PYP y profesores líderes el nivel PYP y el área

Administrativa sobre las actividades de EDS.

f) Consolidar un equipo de EDS que involucre alumnos, docentes,

administrativos, mantenimiento y padres de familia.

g) Dirigir las reuniones con los delegados ecológicos: alumnos, profesores y

administrativos.

h) Proponer acciones de ecoeficiencia a todo el sector institucional.

i) Otorgar constancias en coordinación con la Dirección a los alumnos participantes

en las diferentes actividades de EDS.

j) Coordinar con Dirección la compra de diplomas, medallas, premios y presentes

que serán entregados durante las actividades programadas de EDS.

k) Gestionar con el área de logística la ejecución de las actividades de EDS, previo

visto bueno de la Gerencia y Dirección.

l) Coordinar con la Coordinación CAS las actividades relacionadas a EDS.

m) Representar y acompañar a los alumnos en las actividades de EDS donde

la institución se encuentre invitada.

En relación a la comunicación

a) Promover una comunicación clara y oportuna sobre el Plan Anual de EDS con

la Coordinación PYP y las Jefaturas de Preschool y Elementary School.

b) Mantener una comunicación oportuna con la (s) empresas encargadas de la

gestión de manejo de residuos sólidos dentro del Programa de Reciclaje.

c) Mantener una comunicación continua con la Coordinación de CAS para

la coordinación de las actividades comunes.

d) Mantener una comunicación oportuna y eficaz con el departamento de

logística y mantenimiento respecto a las actividades en las que estén involucradas.

e) Proponer un espacio en la web del colegio exclusivamente para la difusión

de actividades de EDS.

f) Comunicar a toda la comunidad educativa y personal en general sobre las

actividades que se vienen emprendiendo relacionadas a EDS.

En relación al Desarrollo Profesional

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 47

a) Proponer y coordinar capacitaciones relacionadas a EDS al personal de la

institución.

b) Supervisar, evaluar e informar sobre el desempeño de los delegados ecológicos.

c) Promover espacios de camaradería dentro del equipo de EDS.

d) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo continuo

asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en organizaciones

profesionales, participando en cursos avanzados y suscribiéndose diversas

publicaciones profesionales.

En relación a la documentación:

a) Elaborar el Plan Anual de EDS dirigido a PYP y con extensión a Secondary School.

b) Elaborar el informe bimestral de los avances del Programa EDS.

c) Elaborar artículos que documenten las actividades permanentes de EDS.

d) Difundir a través del área de Imagen Institucional los logros de objetivos

obtenidos.

DEL COORDINADOR DE TALLERES ARTÍSTICOS

Art. 162°.- El Coordinador de Talleres Artísticos tiene la misión de planificar, organizar, ejecutar,

supervisar y evaluar los talleres artísticos establecidos en el Plan Anual de Trabajo del

año en curso, de acuerdo a los objetivos y normas de la Institución, con la finalidad de

satisfacer las necesidades de la comunidad educativa, incentivar la práctica artística y

garantizar resultados de calidad.

Art. 163°.- Son funciones y responsabilidades del coordinador de actividades electivas

Artístico – académicas:

En la gestión pedagógica:

a) Participar en la elaboración de las actividades del Plan Anual de Trabajo.

b) Elaborar y presentar a la Dirección el Plan Bimestral de las acciones a realizar

en su área.

c) Proponer, Organizar y supervisar las actividades artísticas propuestas en el

Plan Anual de Trabajo y en el calendario de Actividades en apoyo a la

Coordinación de Actividades.

d) Coordinar y organizar con el área de arte, las actividades que se planifiquen

durante el año.

e) Participar, conjuntamente con la Dirección, en el proceso de evaluación de

profesores propuestos para ocupar las plazas de los talleres artísticos.

f) Proponer y planificar las opciones de Talleres Artísticos a realizarse durante el

año escolar.

g) Supervisar y asesorar a los profesores de los Talleres Artísticos.

h) Organizar y ejecutar las presentaciones y muestras de los Talleres Artísticos.

i) Verificar el cumplimiento de los horarios de los Talleres Artísticos.

j) Establecer duties con los profesores de talleres y supervisar la salida de los

alumnos de los talleres extracurriculares

En relación a la comunicación:

a) Promover una comunicación clara y trasparente entre los profesores de

Talleres Artísticos y los demás estamentos de la institución.

b) Coordinar acciones con la Coordinación de Arte y las Coordinaciones de

Programas Internacionales.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 48

c) Revisar y corregir, en coordinación con la Coordinación de Actividades,

las comunicaciones que los profesores a su cargo envían a los padres de familia.

En relación al desarrollo profesional:

a) Proponer, Supervisar y estimular la capacitación constante del personal que

labora en los talleres artísticos.

b) Supervisar, evaluar e informar sobre el desempeño del personal docente que

labora en los talleres artísticos y colaborar en el logro de sus metas individuales en

cumplimiento de las políticas de desarrollo profesional y evaluación docente.

c) Apoyar y promover una cultura de investigación e innovación en el colegio.

d) Informar al personal de talleres a su cargo sobre las oportunidades de desarrollo

profesional disponibles.

e) Promover espacios de encuentro y camaradería del personal a su cargo con

la finalidad de favorecer y fortalecer el adecuado clima institucional.

f) Acompañar y/o capacitar al personal docente a su cargo en el manejo

y cumplimiento de Reglamento Interno, Manual de Convivencia, Políticas y

Procedimientos de Evaluación del alumno, Políticas y Procedimientos

sobre Desarrollo Profesional y Evaluación Docente.

En relación a la documentación:

a) Elaborar el modelo de evaluación de los talleres extracurriculares de Arte.

b) Diseñar el sílabo que será presentado por los profesores de talleres

extracurriculares de arte.

c) Llevar el control de inscripciones de los talleres extracurriculares artísticos.

d) Presentar memorándums solicitando los pedidos para el desarrollo de sus actividades

con una semana de anticipación.

e) Corregir, aprobar y archivar las circulares emitidas por su área a los padres de

familia

PROFESOR TUTOR

Art. 164°.- El Profesor Tutor tiene la misión de Brindar una educación integral bilingüe a niños y jóvenes promoviendo la adquisición de conocimientos, conceptos,

habilidades, actitudes y acciones, favoreciendo su desarrollo socio - afectivo para

desenvolverse de manera competente en un mundo globalizado. Brindar a los niños

y jóvenes un acompañamiento en su crecimiento social, académico, emocional y

afectivo, mediante el desarrollo de valores, cumplimiento de normas y el

mejoramiento de las relaciones interpersonales, logrando así desarrollar en ellos

actitudes y acciones que le permitirán desenvolverse de manera competente en un

mundo globalizado.

Art. 165°.- Son funciones del Profesor Tutor:

En la gestión pedagógica:

a) Diseñar un currículo que garantice objetivos de aprendizaje coherentes con la

propuesta pedagógica del colegio y los programas IB.

b) Elaborar planificadores y planes de clases de la asignatura a su cargo.

c) Dictar las clases de la(s) asignatura(s) bajo su responsabilidad usando

eficientemente la lengua de instrucción en la que se lleva la asignatura.

d) Evaluar el desempeño de los alumnos respecto al logro de su aprendizaje

brindando una retroalimentación oportuna.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 49

e) Registrar periódicamente las calificaciones de los alumnos en un registro auxiliar.

f) Digitar las calificaciones de los alumnos en el Sistema de Notas con

precisión y de manera oportuna.

g) Reportar el progreso de los alumnos y las calificaciones a los padres de

familia de manera permanente, oportuna y con precisión.

h) Diseñar herramientas de evaluación variadas y apropiadas que permitan la

evaluación formativa y sumativa y que promuevan la auto-evaluación y co-

evaluación.

i) Diseñar material didáctico adecuado y significativo que contribuya al logro

de los aprendizajes.

j) Participar activamente en la planificación colaborativa tanto en el equipo de área

como en el equipo de grado.

k) Participar activamente en las reuniones plenarias.

l) Acondicionar el ambiente de trabajo brindando a los alumnos un adecuado

entorno de aprendizaje.

m) Participar en el desarrollo del calendario de actividades del año lectivo.

n) Velar por la disciplina, seguridad y bienestar de los alumnos (Normas de

Convivencia)

o) Cumplir con los duties asignados por las Jefaturas de Nivel (ingreso, salida,

recreos, almuerzo)

p) Preparar y presentar trabajos y/o ejercicios para que sean desarrollados en

caso de ausencia.

q) Ejecutar los reemplazos designados diligentemente.

r) Asesorar a los alumnos en la elaboración del proyecto culminante según el

programa BI al que pertenece (Exposición, Proyecto personal y Monografía).

s) Brindar aportes para la elaboración del Plan Anual de Trabajo.

t) Fomentar el desarrollo de los atributos del perfil.

u) Participar en el proceso de evaluación del personal adjunto y/o asistente propuesto

para cubrir las plazas a su cargo.

v) Elaborar la lista de útiles escolares (textos, plan lector, materiales de talleres de

arte y laboratorio de ciencias) de acuerdo a las características y necesidades

propias del grado y área a su cargo.

En relación a la comunicación:

a) Establecer comunicación permanente con los padres de familia a través del

journal, correo electrónico o Intranet.

b) Responder la comunicación de los padres de familia dentro de las primeras

veinticuatro horas.

c) Convocar y/o asistir a entrevistas periódicas con padres de familia dentro del

horario asignado para ello.

d) Asignar y/o dosificar tareas a través del Journal y de Intranet previa coordinación con los maestros del grado, según sea necesario.

e) Publicar recursos online y materiales de consulta en Intranet.

f) Informar a los padres de familia sobre las actividades del grado a través del

Lincoln News.

g) Participar en entrevistas multidisciplinarias y/o con terapistas externos

previa coordinación con Psicólogo(a) del grado o equipo de Learning Support.

h) Informar a instancias correspondientes sobre el desempeño de sus alumnos y/o

grupos a su cargo.

i) Promover una comunicación asertiva con los miembros de la comunidad educativa.

En relación al desarrollo profesional

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 50

a) Participar activamente en las jornadas de capacitación profesional que se

organice dentro y fuera de las instalaciones de la institución.

b) Brindar una jornada de capacitación a sus pares luego de haber asistido a un curso

de capacitación auspiciado por la institución.

c) Hacer uso del material bibliográfico existente en las bibliotecas y en los

drives académicos para su auto-capacitación.

d) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo

continuo asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en

organizaciones profesionales, participando en cursos avanzados y

suscribiéndose a diversas publicaciones profesionales.

e) Hacer uso activo del CPEL, utilizando los recursos pedagógicos disponibles.

f) Es responsable de conocer y poner en práctica los lineamientos correspondientes a

las guías IB de su curso y programa.

En relación a la documentación:

a) Elaborar los documentos curriculares de acuerdo a las especificaciones

requeridas por los Asesores, Coordinaciones IB, Jefaturas de Nivel, y Dirección.

b) Entregar la documentación requerida dentro de los plazos establecidos.

c) Hacer uso permanente de los drives académicos para archivar los

documentos curriculares.

d) Velar por el cumplimiento de los conceptos de probidad académica en los

documentos que produce y/o reproduce.

PROFESOR

Art. 166°.- Tiene la misión de brindar una educación integral bilingüe a niños y

jóvenes promoviendo la adquisición de conocimientos, conceptos, habilidades,

actitudes y acciones que les permita desenvolverse de manera competente en un

mundo globalizado.

Art. 167°.- Las funciones en la gestión pedagógica son:

a) Diseñar un currículo que garantice objetivos de aprendizaje coherentes con la

propuesta pedagógica del colegio y programas IB.

b) Elaborar planificadores y planes de clases de la asignatura a su cargo.

c) Dictar las clases de la(s) asignatura(s) bajo su responsabilidad usando

eficientemente la lengua de instrucción en la que se lleva la asignatura.

d) Evaluar el desempeño de los alumnos respecto al logro de su aprendizaje

brindando una retroalimentación oportuna.

e) Registrar periódicamente las calificaciones de los alumnos en un registro auxiliar.

f) Digitar las calificaciones de los alumnos en el Sistema de Notas con

precisión y de manera oportuna.

g) Reportar el progreso de los alumnos y las calificaciones a los padres de

familia de manera permanente, oportuna y con precisión.

h) Diseñar herramientas de evaluación variadas y apropiadas que permitan la

evaluación formativa y sumativa y que promuevan la auto-evaluación y co-

evaluación.

i) Diseñar material didáctico adecuado y significativo que contribuya al logro

de los aprendizajes.

j) Participar activamente en la planificación colaborativa tanto en el equipo de área

como en el equipo de grado.

k) Participar activamente en las reuniones plenarias.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 51

l) Acondicionar el ambiente de trabajo brindando a los alumnos un adecuado

entorno de aprendizaje.

m) Participar en el desarrollo del calendario de actividades del año lectivo.

n) Velar por la disciplina, seguridad y bienestar de los alumnos (Normas de

Convivencia)

o) Cumplir con los duties asignados por las Jefaturas de Nivel (ingreso, salida,

recreos, almuerzo u otras actividades asignadas)

p) Preparar y presentar trabajos y/o ejercicios para que sean desarrollados en

caso de ausencias.

q) Ejecutar los reemplazos designados diligentemente.

r) Asesorar a los alumnos en la elaboración del proyecto culminante según el

programa BI al que pertenece (Exposición, Proyecto personal y Monografía).

s) Brindar aportes para la elaboración del Plan Anual de Trabajo.

t) Proponer y fomentar el desarrollo de los atributos del perfil.

u) Participar en el proceso de evaluación del personal adjunto y/o asistente propuesto

para cubrir las plazas docentes.

v) Elaborar la lista de útiles escolares (textos, plan lector, materiales de talleres

de arte y laboratorio de ciencias) de acuerdo a las características y necesidades

propias del grado y área a su cargo.

PROFESOR LEARNING SUPPORT

Art. 168°.- El Profesor de Learning Support tiene como misión brindar una educación integral

bilingüe a niños y jóvenes promoviendo el diseño, aplicación de técnicas y estrategias

de aprendizaje, documentando procedimientos y realizando un acompañamiento a

padres de familia y docentes, con la finalidad de mejorar el aprendizaje y contribuir en

la formación integral de los estudiantes.

Art. 169°.- Son funciones del Profesor de Learning Support:

a) Diseñar un currículo que garantice objetivos de aprendizaje coherentes con la

propuesta pedagógica del colegio y programas IB.

b) Elaborar planes semestrales y programas de intervención para los alumnos a su

cargo.

c) Dictar las sesiones de aprendizaje de la(s) asignatura(s) bajo su responsabilidad

usando eficientemente la lengua de instrucción en la que se lleva la asignatura.

d) Orientar a los alumnos respecto al logro de su aprendizaje

brindando una retroalimentación oportuna.

e) Registrar periódicamente el proceso de aprendizaje de los alumnos en un

registro auxiliar, lista de cotejo o anecdotario.

f) Reportar el progreso de los alumnos a los padres de familia de manera

permanente, oportuna y con precisión.

g) Diseñar herramientas de evaluación variadas y apropiadas que permitan la evaluación formativa y sumativa y que promuevan la auto-evaluación y co-evaluación.

h) Diseñar material didáctico adecuado y significativo que contribuya al logro

de los aprendizajes.

i) Participar activamente en la planificación colaborativa tanto en el equipo de área

como en el equipo de grado.

j) Participar activamente en las reuniones plenarias.

k) Acondicionar el ambiente de trabajo brindando a los alumnos un adecuado

entorno de aprendizaje.

l) Participar en el desarrollo del calendario de actividades del año lectivo.

m) Velar por la disciplina, seguridad y bienestar de los alumnos (Normas de

Convivencia)

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 52

n) Cumplir con los duties asignados por las Jefaturas de Nivel (ingreso, salida,

recreos, almuerzo)

o) Preparar y presentar trabajos y/o ejercicios para que sean desarrollados en

caso de ausencia.

p) Ejecutar los reemplazos designados diligentemente.

q) Asesorar a los alumnos en la elaboración del proyecto culminante según el

programa BI al que pertenece (Exposición, Proyecto personal y Monografía).

r) Brindar aportes para la elaboración del Plan Anual de Trabajo.

s) Fomentar el desarrollo de los atributos del perfil.

t) Administrar y procesar la encuesta anual a padres de familia en relación al área

de apoyo al aprendizaje y evaluar los resultados de las mismas para la toma de

decisiones que generen mejora continua.

u) Participar en el diseño y elaboración de los planes de intervención, u otros

documentos que la Dirección le indiquen en coordinación con los especialistas de

su equipo y profesores.

PROFESORA ADJUNTA

Art. 170°.- La Profesora Adjunta tiene la misión de apoyar la tarea pedagógica de la Tutora

de aula velando por la educación integral y bienestar de los alumnos a su cargo.

Art. 171°.- Son funciones de la Profesora Adjunta:

a) Participar en la planificación colaborativa de las Unidades de Indagación, Lengua

B y Math.

b) Apoyar y brindar alcances a la profesora unidocente en la preparación de

material didáctico impreso y audiovisual.

c) Coordinar, planificar y ejecutar dos sesiones de clase a la semana de las áreas

de Lengua B, Math y Unidad de Indagación.(LA – TEMAS DE REPASO)

d) Promover estrategias de trabajo diferenciado a la profesora unidocente con

los alumnos que así lo requieran en el aprendizaje.

e) Brindar apoyo al proceso de lecto-escritura de los alumnos a su cargo.

f) Llevar un registro del desarrollo de los atributos del perfil IB de los alumnos a

su cargo y los proporciona oportunamente a la tutora y/o profesora unidocente.

(USO CORRECTO DEL LÁPIZ Y POSTURA)

g) Promover el empleo de los centers en las aulas como una estrategia para

favorecer la educación diferenciada.

h) Controlar el orden y la disciplina dentro y fuera del aula aplicando

estrategias pertinentes a la edad y naturaleza de los alumnos.

i) Contribuir con el orden y adecuada ambientación del aula a su cargo.

j) Reemplazar al personal docente del nivel cuando la Jefatura lo solicite.

k) Apoyar en aulas de los especialistas que requieren su presencia.

l) Apoyar durante el proceso de Admisión de alumnos del nivel al que pertenece.

m) Realizar los turnos de cuidado de recreo, almuerzo y salida que se le asignen.

n) Colaborar con la supervisión de la asistencia y puntualidad de los alumnos a

su cargo.

o) Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y

estudio entre los educandos, así como el correcto y adecuado uso del uniforme

escolar.

p) Asistir puntualmente a las reuniones de coordinación convocadas por la Jefatura

de Nivel y/o Coordinación IB.

q) Participar activamente en las reuniones plenarias.

r) Cumplir con los lineamientos del Manual del Profesor del Programa de la

Escuela Primaria.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 53

s) Mostar una presentación personal acorde a sus funciones de docente respetando

el código de vestir de la institución.

PSICÓLOGO

Art. 172°.- El Psicólogo tiene la misión de promover el desarrollo cognitivo, emocional, social

y moral de los alumnos a través de la orientación psicopedagógica brindada a los

padres de familia y personal docente con la finalidad de contribuir a la formación

integral de los educandos.

Art. 173°.- Son funciones del Psicólogo

En la gestión pedagógica:

a) Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo del área u otros

documentos que le indique la Coordinación de Psicopedagogía.

b) Brindar apoyo a los tutores del grado en la aplicación del Plan Tutorial.

c) Participar en la elaboración y ejecución del Programa Antibullying de nuestro

colegio.

d) Apoyar en la coordinación y ejecución de charlas y/o talleres con los padres de familia, con la finalidad de brindarles orientación para favorecer la formación de

sus hijos y promover el bienestar familiar.

e) Apoyar en la coordinación y ejecución de charlas o talleres para el personal

docente, con la finalidad de promover un mejor clima organizacional,

favorecer la interacción positiva de los profesores con los alumnos y fortalecer

las estrategias de aprendizaje y el manejo conductual en el aula.

f) Preparar y ejecutar charlas, talleres, programas o planes de intervención de

carácter

g) preventivo y/o formativo para los alumnos, según sus

necesidades.

h) Participar en la elaboración y administración de las pruebas psicopedagógicas

aplicadas a alumnos y/o personal docente o administrativo postulante al colegio.

i) Elaborar y aplicar la Prueba Psicopedagógica a los alumnos de los grados a su

cargo, teniendo en cuenta los grados a evaluar y las fechas programadas para este

fin.

j) Planificar y ejecutar las actividades de Orientación Vocacional tales como

Feria

k) Vocacional, Pasantía, Taller de Entrevista, Encuentro de Profesionales,

Charlas y/o visitas a Universidades, etc., en coordinación con la Coordinadora del

área (Psicólogo de Diploma).

l) Seleccionar la batería de pruebas necesarias para evaluar el área de

Orientación Vocacional y aplicarla a los alumnos de los grados correspondientes,

en la fecha programada para este fin (Psicólogo de Diploma).

m) Atender oportunamente a los alumnos derivados al Dpto. Psicopedagógico,

de los grados asignados a su cargo, teniendo en cuenta si el caso requiere una

evaluación, una consejería o un seguimiento. n) Realizar observaciones de aula y acompañamiento del tutor durante el

período de Tutoría, según un horario establecido.

En relación a la comunicación:

a) Participar en entrevistas con padres de familia, de los grados asignados a su cargo

y/o según las necesidades del caso.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 54

b) Mantener comunicación con los especialistas externos con la finalidad de realizar

el seguimiento respectivo de los alumnos asignados a su cargo.

c) Participar en las reuniones de coordinación de grado con la Jefatura de Nivel,

Coordinadores de Programas y/o Tutores.

d) Participar en las reuniones de coordinación del área.

e) Mantener comunicación constante con los tutores y profesores del grado con la finalidad de apoyarlos en su labor y favorecer el desempeño de los alumnos.

f) Mantener comunicación constante con los especialistas de Learning Support con la

finalidad de realizar el seguimiento respectivo de los alumnos asignados a su cargo.

g) Actuar como un enlace entre el colegio, hogar y especialistas externos,

desarrollando estrategias que permitan mejoras en el aprendizaje y en el aspecto

socioemocional de los alumnos a su cargo.

h) Comunicar los resultados de la Prueba Psicopedagógica a los padres de familia y

profesores del grado, mediante un informe.

i) Comunicar, mediante un informe, los resultados de orientación vocacional, a los

padres de familia y profesores correspondientes (Psicólogo de Diploma).

j) Informar a los padres de familia los resultados de la evaluación psicológica realizada en el colegio (casos derivados), a través de una entrevista, brindándoles

recomendaciones, orientación y el soporte necesario según sea el caso.

k) Comunicar a los tutores y/o profesores, según las necesidades del caso, acerca

de los resultados de la evaluación psicológica realizada en el colegio.

l) Participar en el Concejo de Disciplina, según las necesidades del caso. m) Participar y brindar apoyo en las actividades del Nivel al que pertenece,

según se requiera.

En relación al desarrollo profesional:

a) Asistir a las reuniones de coordinación del área de Psicopedagogía,

aportando y ofreciendo sugerencias de mejora y brindando alternativas de

solución a los casos planteados.

b) Participar en las capacitaciones nacionales e internacionales del Bachillerato

Internacional. c) Participar en las capacitaciones del área propuestas por la Coordinación de

Psicopedagogía. d) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo

continuo asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en

organizaciones profesionales, participando en cursos avanzados y

suscribiéndose diversas publicaciones profesionales.

BIBLIOTECÓLOGO

Art. 174°.- El Bibliotecólogo tiene la misión de promover la lectura y contribuir al desarrollo

indagador de los alumnos, fortaleciendo el perfil de la IBO. Asimismo, brindar

atención y asesoramiento a las consultas bibliográficas realizadas por alumnos,

profesores y personal administrativo de la Institución, ofreciéndoles el material

educativo correspondiente, a fin de satisfacer las necesidades de información

académica.

Art. 175°.- Son funciones del Bibliotecólogo:

a) Asesorar a los interesados en la elección de libros y revistas que requieran.

b) Administrar y controlar el préstamo de alquiler de libros, verificando además el

buen uso y la devolución de los mismos.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 55

c) Entregar el reporte de la colección del banco de libros a los alumnos.

d) Coordinar horarios de atención, ferias de libros y otras actividades relacionadas a

su labor.

En relación a la comunicación:

a) Solicitar a docentes los libros, revistas, que deben adquirirse con el fin de ampliar

la variedad de material educativo en la Biblioteca.

b) Efectuar la clasificación de libros sobre las bases de necesidades técnico-

pedagógicas y administrativas de la Institución.

c) Describir, clasificar, catalogar y revestir los libros de la biblioteca.

d) Realizar el inventario físico de los libros, revistas, máquinas y demás enseres de

la biblioteca. e) Hacer cumplir el reglamento interno de la Biblioteca.

En relación al desarrollo profesional: a) Realizar acuerdos con otras bibliotecas para que los alumnos, profesores y

personal administrativo, puedan adquirir los libros que necesiten.

b) Apoyar a los alumnos en la gestión de citas para acudir a otras bibliotecas.

c) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo

continuo asistiendo a reuniones profesionales, manteniendo membrecía en

organizaciones profesionales, participando en cursos avanzados y suscribiéndose

diversas publicaciones profesionales.

COORDINADOR DE NORMAS EDUCATIVAS

Art. 176°.- El Coordinador de Normas Educativas tiene la misión de velar, instruir, mejorar el

comportamiento y disciplina, a través de acciones que permitan orientar a los

alumnos al cumplimiento de las normas de convivencia y desarrollo del autocontrol

a fin de contribuir con la formación de su conducta y personalidad.

Art. 177°.- Son funciones del Coordinador de Normas Educativas:

En la gestión pedagógica:

a) Revisar y actualizar el Manual de Normas de Convivencia de la institución

b) Controlar y supervisar la asistencia y puntualidad de los alumnos al plantel así

como a las sesiones de clase de acuerdo al horario escolar.

c) Supervisar el orden y buen comportamiento de los alumnos a lo largo de la jornada

escolar.

d) Participar y desarrollar sesiones de trabajo, tutorías e inducciones a los alumnos,

con la finalidad de difundir y concientizar sobre el conocimiento y reflexión de

las normas de convivencia, comportamiento y disciplina de la Institución.

e) Diseñar sesiones de inducción a los alumnos ingresantes al nivel a lo largo del

periodo escolar. f) Apoyar en el desarrollo de las actividades curriculares e institucionales,

acompañando a los alumnos en los viajes de estudio, visitas instructivas y/o

actividades en la que los alumnos representen a la institución.

g) Identificar a los alumnos que muestran dificultades en el comportamiento y

monitorear el progreso mediante entrevistas individuales así como coordinar con

los docentes tutores.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 56

h) Ejecutar los procedimientos que permitan mantener informados a los padres de

familia con respecto a los componentes conductuales que determinan el nivel

de logro del comportamiento de manera bimestral.

i) Recomendar a la Jefatura de Nivel la convocatoria al Consejo de Disciplina ante

acumulación de faltas y/o falta grave con la finalidad de tomar acuerdos en la

aplicación de las normas de disciplina del colegio.

j) Poner en conocimiento de la Jefatura sobre la inasistencia de algún docente en aula.

En relación a la comunicación:

a) Realizar y coordinar entrevistas con los profesores para informar y solucionar problemas de comportamiento de los alumnos.

b) Informar las normas y procedimientos disciplinarios de la Institución a los padres de familia, en las reuniones con ellos.

c) Sostener reuniones periódicas con padres de familia con la finalidad de reportar incidencias referidas a la asistencia, puntualidad y presentación personal.

d) Promover el cumplimiento del Manual de Normas Educativas, Sistema de Adenda

y Manual de Alumnos y Padres de Familia con todos los miembros de la

comunidad lincolina.

e) Promover una comunicación asertiva con los miembros de la comunidad educativa.

En relación al desarrollo profesional:

a) Participar activamente en las jornadas de capacitación profesional que se organice

dentro y fuera de las instalaciones del colegio. b) Hacer uso del material bibliográfico existente en las bibliotecas y en los drives

académicos para su auto-capacitación.

c) Hacer uso activo del CPeL, utilizando los recursos pedagógicos disponibles.

d) Asumir la responsabilidad de su crecimiento profesional y desarrollo continuo asistiendo a

e) reuniones profesionales, manteniendo membrecía en organizaciones profesionales, participando en cursos avanzados y suscribiéndose diversas publicaciones profesionales.

f) Ser responsable de conocer y poner en práctica los lineamientos

correspondientes al Plan Formativo y al manejo conductual del nivel a su cargo.

ASISTENTE DE LABORATORIO DE CIENCIAS

Art. 178°.- Tiene la misión de colaborar con los profesores que imparten los cursos de Ciencias

(Biología, Física y Química) del Nivel Secondary y de Science del Nivel

Elementary School, para favorecer que el educando adquiera las bases de una

formación científica a través de la investigación experimental en los laboratorios de

Ciencias del colegio.

Art. 179°.- Son funciones del Asistente de Laboratorio de Ciencias:

a) Solicitar con una semana de anticipación la relación de equipos, materiales y/o

sustancias a utilizar en las sesiones de laboratorio.

b) Coordinar con el profesor del curso a fin de probar los experimentos con

anticipación, de tal manera que se eviten las fallas técnicas y/o posibles

accidentes durante el desarrollo de la práctica con los alumnos.

c) Recoger, compaginar y entregar las guías de prácticas de laboratorio.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 57

d) Preparar, distribuir y verificar el correcto funcionamiento de los equipos,

herramientas, materiales y sustancias que se requieran para la realización de los

experimentos en cada mesa de trabajo según el diseño de la práctica que se va a

realizar.

e) Vigilar el uso adecuado de los aparatos, materiales, sustancias y mobiliarios

del laboratorio durante las sesiones.

f) Apoyar al profesor del curso en el desarrollo de las prácticas de

laboratorio, asesorando a los alumnos en las técnicas sobre el uso y limpieza de

los materiales, equipos y herramientas conforme a lo dispuesto por el

profesor, ayudando a mantener el orden y disciplina de los alumnos y verificando

que se observen las Normas de Seguridad e Higiene en el laboratorio.

g) Verificar que al final de cada sesión de laboratorio el material y equipos

utilizados queden limpios, ordenados y guardados en su respectivo lugar.

h) En coordinación con el profesor del curso y la Asesoría de Ciencias realizar

el requerimiento de los materiales y equipos de laboratorio necesarios para

el desempeño de las prácticas. Cuando el requerimiento sea de urgencia solicitarlo

con no menos 7 días de anticipación.

i) Elaborar una relación de los equipos que requieren mantenimiento preventivo e

informar al Asesor de Ciencias acerca de las reparaciones que requieran los

aparatos e instrumentos que se usen en la experimentación.

j) Realizar los inventarios de mobiliario, materiales, equipos, sustancias y otros, en

cada laboratorio del área de ciencias.

k) Informar a la instancia inmediata correspondiente sobre el consumo, desgaste,

deterioro o deficiencia de los equipos y/o materiales a fin de solicitar su reposición,

mantenimiento o reparación.

l) Participar en cursos de capacitación, seminarios o talleres promovidos por

diversas instituciones que estén relacionados con las funciones y/o el desarrollo de

proyectos con la autorización previa de la asesoría de Ciencias y las instancias

correspondientes.

m) Supervisar la limpieza continua y correcta de los laboratorios a cargo del personal

de mantenimiento de los Niveles Elementary School y Secondary School.

n) Elaborar el Manual de Seguridad de los laboratorios de Ciencias del Colegio.

o) Contribuir con la adecuada ambientación de los laboratorios.

p) Asistir puntualmente a las reuniones de coordinación convocadas por la Jefatura de

Nivel y/o Coordinación IB.

q) Realizar los turnos de cuidado de recreo, almuerzo y salida que se le asignen.

r) Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio

entre los educandos, así como el correcto y adecuado uso del uniforme escolar.

s) Participar activamente en las reuniones plenarias.

t) Mostar una presentación personal acorde a sus funciones de docente respetando

el código de vestir de la institución.

ASISTENTE DE LABORATORIO DE TECNOLOGÍA

Art. 180°.- El Asistente de Laboratorio de Tecnología tiene la misión de colaborar con los

docentes que imparten los cursos de Tecnología de los Niveles Elementary School

y High School, en la enseñanza de la asignatura con la finalidad de facilitar al educando el refuerzo de las actividades programadas mediante el desarrollo

práctico de las TICs y asistir como Help Desk en apoyo de los docentes del nivel.

Art. 181°.- Son funciones del Asistente de Laboratorio de Tecnología en la gestión pedagógica:

En el Laboratorio:

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 58

a) Colaborar con el docente de Tecnología en el desarrollo de las

actividades programadas con los alumnos en el laboratorio.

b) Apoyar a los alumnos en el uso adecuado de los dispositivos electrónicos,

velando que cumplan las normas de seguridad.

c) Ayudar en la elaboración de material didáctico necesario para el desarrollo de

las clases de TICs.

d) Recoger, compaginar y entregar las guías de prácticas de laboratorio.

e) Verificar que el espacio de trabajo y dispositivos utilizados queden

limpios, ordenados y apagados en su respectivo lugar al terminar cada sesión de

trabajo. f) Informar a la asesoría sobre el consumo, desgaste, deterioro o deficiencia de

los equipos y/o dispositivos electrónicos de los laboratorios a fin de solicitar su

reposición, mantenimiento o reparación.

g) Participar activamente en la orientación de los alumnos y en el mantenimiento de

la disciplina.

h) Coordinar con los docentes y la Asesoría de Tecnología para determinar el

requerimiento de Hardware y Software necesarios para los laboratorios.

i) Realizar el inventario de mobiliarios, equipos y dispositivos electrónicos de cada

laboratorio a cargo.

j) Supervisar la limpieza continua y adecuada de los laboratorios a cargo del

personal de mantenimiento de los Niveles Elementary y High. k) Elaborar el Manual de Seguridad de los laboratorios de TICs en colaboración con

la Asesoría de Tecnología.

En el Nivel

a) Brindar ayuda del tipo HELP DESK a los docentes en cuanto a operatividad

de equipos (PDIs, computadoras, conectividad, etc.) del nivel.

b) Velar por el cuidado y mantenimiento de los equipos y/o dispositivos

electrónicos del nivel, informando oportunamente a la asesoría en caso de mal

funcionamiento para la reparación oportuna.

c) Presentar un informe bimestral de las incidencias ocurridas con el

uso y manipulación de los dispositivos electrónicos (fallas comunes) para

establecer directivas de solución al personal docente y de mantenimiento.

d) Contribuir con la adecuada ambientación de los laboratorios.

e) Asistir puntualmente a las reuniones de coordinación convocadas por la Jefatura

de Nivel y/o Coordinación IB.

f) Realizar los turnos de cuidado de recreo, almuerzo y salida que se le asignen.

g) Participar activamente en las reuniones plenarias.

h) Mostrar una presentación personal acorde a sus funciones de docente respetando

el código de vestir de la institución.

PROFESOR DE TALLERES ARTISTICOS

Art. 182°.- El Profesor de Talleres Artísticos tiene la misión de Brindar una educación artística y cultural a niños y jóvenes promoviendo la adquisición de destrezas, conocimientos,

conceptos, habilidades, actitudes y acciones que les permita expresarse

creativamente y desenvolverse de manera competente en un mundo globalizado.

Art. 183°.- Son funciones del profesor de Talleres Artísticos:

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 59

a) Diseñar un currículo que garantice objetivos de aprendizaje coherentes con la

propuesta pedagógica del colegio y programas IB.

b) Elaborar planes de clases del taller a su cargo.

c) Dictar las clases del taller bajo su responsabilidad usando eficientemente la

lengua de instrucción en la que se lleva la asignatura.

d) Evaluar el desempeño de los alumnos respecto al logro de su aprendizaje brindando

una retroalimentación oportuna.

e) Registrar las calificaciones y asistencia de los alumnos en un registro auxiliar.

f) Reportar el progreso de los alumnos y las calificaciones a los padres de

familia de manera bimestral.

g) Diseñar material didáctico adecuado y significativo que contribuya al logro

de los aprendizajes.

h) Participar activamente en las reuniones convocadas por la Coordinación de

Talleres o la Dirección.

i) Acondicionar el ambiente de trabajo brindando a los alumnos un adecuado

entorno de aprendizaje. j) Velar por la disciplina, seguridad y bienestar de los alumnos durante las

clases, competencias y/o presentaciones internas y externas (Normas de

Convivencia)

k) Cumplir con los duties asignados por la Coordinación de Talleres al ingreso y

salida.

l) Preparar y presentar trabajos y/o ejercicios para que sean desarrollados

por su reemplazo en caso de ausencia.

m) Fomentar el desarrollo de los atributos del perfil de Bachillerato Internacional.

n) Programar y participar activamente en las muestras de los talleres artísticos.

ENTRENADOR

Art.184°.- El Entrenador tiene la misión de promover la práctica y el desarrollo de las destrezas

y habilidades de la disciplina deportiva de su especialidad, mediante el desarrollo

de sesiones de entrenamiento teóricas y/o prácticas, que permitan reforzar el

desarrollo físico y emocional de los educandos de todos los niveles.

Art. 185°.- Son funciones del Entrenador:

a) Elaborar el plan de entrenamiento de la disciplina deportiva de su especialidad

para taller y selección

b) Dictar las sesiones de entrenamiento del taller a su cargo.

c) Evaluar el desempeño de los alumnos en la práctica del deporte de su especialidad

seleccionando a los alumnos más competentes y disciplinados (Taller) a integrar la

selección del colegio.

d) Registrar las calificaciones de los alumnos del taller en un registro auxiliar.

e) Digitar las calificaciones de los alumnos de taller en el Sistema de Notas con

precisión y de manera oportuna.

f) Reportar el progreso de los alumnos y las calificaciones a los padres de

f amilia de manera oportuna y confiable.

g) Participar activamente en las reuniones plenarias.

h) Acondicionar el ambiente de trabajo brindando a los alumnos un adecuado entorno

de aprendizaje.

i) Participar en el desarrollo del calendario Deportivo de actividades del año lectivo.

j) Velar por la disciplina, el cuidado físico y emocional de los alumnos

durante los entrenamientos deportivos y participar activamente en la orientación

de los alumnos y mantenimiento de la disciplina (Normas de Convivencia)

k) Cumplir con los duties asignados por la Coordinación de Deportes (salida de

entrenamientos)

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 60

l) Preparar y presentar trabajos y/o ejercicios para que sean desarrollados en

caso de ausencia.

m) Fomentar el desarrollo de los atributos del perfil.

n) Elaborar la lista de material deportivo de acuerdo a las características y

necesidades propias del deporte a su cargo.

o) Programar y organizar la selección del colegio en la disciplina deportiva de

su especialidad para su participación en los campeonatos y competencias en

ADCA-ADECORE u otros torneos a los que sea invitado el colegio, previa

coordinación con el Coordinador de Deportes y la aprobación de la Dirección.

p) Registrar diariamente la asistencia de los alumnos de taller y selección en un

registro auxiliar

DE LA SECRETARÍA DE LA DIRECCIÓN

Art.186°.- La Secretaria de Dirección pertenece al área administrativa, y tiene la misión de

Proporcionar apoyo en asuntos y gestiones administrativas y documentarias

correspondientes a la Dirección, mediante la ejecución de labores de secretariado

con la finalidad de contribuir a lograr y mantener la eficacia y eficiencia

administrativa del nivel.

Art.187°.- Son funciones de la Secretaría de la Dirección:

a) Recepcionar, clasificar, registrar y distribuir oportunamente documentos y

correspondencia interna y externa en general a través de cargos y según

disposiciones establecidas.

b) Redactar documentos diversos para la comunicación interna y externa de la

Dirección

c) según directivas recibidas, así como por iniciativa propia, registrar y distribuir

oportunamente a las áreas o entes correspondientes; además de coordinar envío

electrónico según corresponda.

d) Dar lectura y trámite respectivo a los documentos recepcionados con las

indicaciones y autorización de la Dirección.

e) Manejar la agenda de la Dirección y concertar citas previa coordinación,

incluida la preparación previa de la documentación e información necesaria.

f) Digitar los horarios de alumnos, docentes, duties y uso de ambientes; incluida

disponibilidad de docentes y ambientes.

g) Apoyar en el proceso de Admisión y Traslado de alumnos consolidando y

remitiendo la información al Consejo de Administración y Gerencia previa

autorización de la Dirección.

h) Coordinar y gestionar los ambientes y requerimientos para las reuniones

programadas por la Dirección a lo largo del año.

i) Ingresar información al centro de costos según lo requiera la Dirección.

j) Procesar información de encuestas aplicadas a PPFF, alumnos y otros.

k) Actualizar los listados de textos y útiles escolares y requerimiento de materiales

para el siguiente año escolar en coordinación con las Jefaturas de Nivel y

Coordinaciones IB.

l) Recepcionar y consolidar los requerimientos de la Junta Académica en lo

referido a mantenimiento, equipamiento y materiales.

m) Mantener un sistema eficiente de oficina para apoyar las funciones administrativas

de la Dirección.

n) Asistir y apoyar las reuniones y/o actividades de la Dirección e institucionales

de acuerdo a la convocatoria de la Dirección tales como Reuniones de PPFF,

Reuniones Técnico Pedagógicas, Visita Guiada, Kermesse, etc.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 61

o) Mantener la confidencialidad y reserva de la información suministrada respecto

a alumnos, docentes y órganos de gestión.

p) Recibir y verificar la solicitud de salida del personal, para ser firmado por el

Director y remitir a Gerencia.

q) Digitar y mantener actualizados los documentos de gestión del Colegio.

r) Consolidar las fichas PAT y requerimiento de útiles de oficina y suministros de

la Junta Académica.

s) Coordinar con secretarías de nivel el registro de asistencia del Personal Docente

en plenarias y reuniones diversas convocadas por la Dirección.

t) Realizar otras funciones que sean asignadas por la Dirección que permitan

cumplir con la misión del cargo.

SECRETARIA ACADÉMICA

Art.188°.- La Secretaria Académica pertenece al área administrativa, y tiene la misión

Proporcionar apoyo en asuntos y gestiones administrativas y documentarias

correspondientes a la Dirección, mediante la ejecución de labores de secretariado

con la finalidad de contribuir a lograr y mantener la eficacia y eficiencia

administrativa del nivel.

Art.189°.- Son funciones de la Secretaría Académica:

a) Recepcionar, clasificar, registrar y distribuir oportunamente documentos y

correspondencia interna y externa en general a través de cargos y según

disposiciones establecidas.

b) Redactar documentos diversos para la comunicación interna y externa de la

Dirección según directivas recibidas, así como por iniciativa propia, registrar y

distribuir oportunamente a las áreas o entes correspondientes.

c) Dar lectura y trámite respectivo a los documentos recepcionados con las

indicaciones y autorización de la Dirección.

d) Mantener un sistema eficiente de oficina para apoyar las funciones administrativas

de la Dirección. e) Asistir y apoyar las reuniones y/o actividades del área e institucionales de acuerdo

a la convocatoria de la Dirección tales como Reuniones de PPFF, Reuniones

Técnico Pedagógicas, Visita Guiada, etc.

f) Mantener la confidencialidad y reserva de la información suministrada respecto a

alumnos, padres de familia, docentes y órganos de gestión de la Institución.

g) Mantener actualizada la base de datos de los alumnos para la elaboración de

documentación oficial y la expedición de constancias y certificados de estudios.

h) Ejecutar las acciones preventivas y correctivas de las actividades encomendadas.

i) Revisar, analizar y aplicar las normas legales emitidas por el Ministerio de

Educación a los asuntos de su competencia propios de la gestión educativa de la

institución.

j) Coordinar con la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL 06) para la

presentación oportuna de los documentos oficiales. k) Atender casos especiales administrativos de los alumnos por traslado del

extranjero o dentro del país.

l) Actualizar la base de datos en el Sistema de Notas, ingresando la información

concerniente a los alumnos, profesores, cursos, indicadores de logro, criterios

de evaluación y otros según normatividad vigente para efectos de emitir

libretas de notas, consolidados de evaluación y establecimiento de rankings por

promociones.

m) Controlar y supervisar el ingreso de notas para garantizar adecuada y oportuna

emisión de libretas de notas; incluidos cambios de notas previo VºBº de la

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 62

Dirección del colegio en base a informe emitido por la correspondiente Jefatura de

Nivel.

n) Elaborar las resoluciones de autorización para la elaboración de las actas finales,

de subsanación y de recuperación, ubicación; así como la correspondiente a las

nóminas de matrícula y nóminas complementarias en concordancia con las

normatividad vigente.

o) Elaborar documentos de consulta sobre asuntos competentes al

Ministerio de Educación y UGEL Nº06 y preparar la documentación solicitada

por éstas entidades.

p) Presentar oportunamente a la UGEL Nº06 los documentos oficiales de gestión:

Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, Proyecto Curricular y Proyecto

Educativo Institucional. Así mismo, hacer lo propio con lo relacionado a Plan

Lector, Plan de Supervisión, Plan de Educación Ambiental y otros que solicite la

referida entidad.

q) Completar y remitir los formatos del Censo Escolar Institucional a través

del intranet de la página web del Ministerio de Educación.

r) Informar a la UGEL sobre los avances del PAT realizadas durante los semestres

respectivos.

s) Elaborar los cuadros del ranking académico de las promociones, considerando el

histórico de los años estudiados de III, IV y V de secundaria para efecto de ubicar

al tercio superior, designación del alumno insignia, conformación de la escolta y

brindar información solicitada para el proceso de Admisión a Universidades.

t) Elaborar la documentación oficial tales como resoluciones, oficios y cartas.

u) Atender las solicitudes de los padres de familia sobre las exoneraciones de los

cursos de Religión y Educación Física, autorizadas de acuerdo a las normas

vigentes.

v) Preparar las actas de evaluación finales de los tres niveles educativos del

colegio, a través del sistema SIAGIE y presentarlas a la UGEL con la

documentación sustentatoria requerida.

w) Conservar los archivos de las actas, nóminas, documentos oficiales y currículo

escrito.

x) Realizar otras funciones que sean asignadas por la Dirección que permitan

cumplir con la misión del cargo.

SECRETARIA DE ADMISIÓN Y CERTIFICACIÓN

Art.190°.-La Secretaria de Admisión y Certificación pertenece al área administrativa, y tiene la

misión de proporcionar apoyo en asuntos y gestiones administrativas y documentarias

bajo la Jefatura de Imagen Institucional y Admisión y Dirección, mediante la

ejecución de labores de secretariado con la finalidad de contribuir a lograr y

mantener la eficacia y eficiencia administrativa del nivel.

Art.191°.- Son funciones de la Secretaría de Admisión y Certificación:

a) Recepcionar, clasificar, registrar y distribuir oportunamente documentos y

correspondencia interna y externa en general a través de cargos y según

disposiciones establecidas.

b) Redactar documentos diversos para la comunicación interna y externa de la

Jefatura según directivas recibidas, así como por iniciativa propia, registrar y

distribuir oportunamente a las áreas o entes correspondientes.

c) Dar lectura y trámite respectivo a los documentos recepcionados con las

indicaciones y autorización de la Jefatura.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 63

d) Apoyar el proceso de Admisión y Traslado de alumnos consolidando y remitiendo

la información a la Dirección.

e) Mantener un sistema eficiente de oficina para apoyar las funciones administrativas

de la Dirección.

f) Asistir y apoyar las reuniones y/o actividades del nivel e institucionales de acuerdo a

la convocatoria de la Dirección tales como Visita Guiada, Proceso de Admisión y

otros.

g) Mantener la confidencialidad y reserva de la información suministrada respecto a

alumnos, padres de familia, docentes y órganos de gestión.

h) Recepcionar las reservaciones para asistir a la visita guiada, organizarlas en

grupos, programarlas y preparar el material y documentación necesaria para ser

entregada a todos los interesados. i) Coordinar con la Coordinación de Psicopedagogía el cronograma de evaluaciones

de los postulantes y citar oportunamente a cada uno de los postulantes para su

evaluación, informando y coordinando con todas las áreas involucradas la ejecución

de este rol.

j) Velar por el cumplimiento del Reglamento de Admisión.

k) Mantener actualizada la base de datos de los socios de la Cooperativa en el

sistema informático.

l) Mantener actualizada la base de datos de los alumnos para la expedición de

constancias, certificados de estudios y Fichas Únicas de Matrícula, ésta última bajo

la nueva modalidad implantada por el Ministerio de Educación (sistema SIAGIE).

m) Ejecutar las acciones preventivas y correctivas de las actividades encomendadas.

n) Realizar otras funciones que sean asignadas por la Dirección que permitan

cumplir con la misión del cargo previa coordinación con la Gerencia.

SECRETARIA DE LA JEFATURA DE NIVEL

Art.192°.-la Secretaria de la Jefatura de Nivel pertenece al área administrativa, y Tiene la misión

de proporcionar apoyo en asuntos y gestiones administrativas y documentarias

correspondientes a la Jefatura de Nivel Preschool y Coordinación IB PYP,

mediante la ejecución de labores de secretariado con la finalidad de contribuir a

lograr y mantener la eficacia y eficiencia administrativa del nivel.

Art.193°.- Son funciones de la Secretaría de Nivel:

a) Recepcionar, clasificar, registrar y distribuir oportunamente documentos y

correspondencia interna y externa en general a través de cargos y según

disposiciones establecidas.

b) Redactar documentos diversos para la comunicación interna y externa de la

Jefatura de nivel según directivas recibidas, así como registrar y distribuir

oportunamente a las áreas o entes correspondientes.

c) Dar lectura y trámite respectivo a los documentos recepcionados con las

indicaciones y autorización de la Jefatura de Nivel.

d) Mantener la base de datos (alumnos-docentes) y archivos de la Jefatura

debidamente codificados, clasificados y actualizados, responsabilizándose del

cuidado, conservación e integridad de los mismos.

e) Manejar la agenda de la Jefatura y concertar citas previa coordinación, incluida la

preparación previa de la documentación e información necesaria.

f) Atender los requerimientos de los profesores tales como: útiles de oficina,

permisos, justificación de inasistencias, mensajes a PPFF, citas con PPFF, etc.

g) Digitar los horarios de alumnos, docentes, duties y uso de ambientes; incluida

disponibilidad de docentes y ambientes.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 64

h) Editar el cuadro de remplazos para profesores ausentes según lo establecido por

la Jefatura de Nivel y entregarlos para su visado y posterior entrega a los

docentes designados en físico y electrónicamente.

i) Apoyar el proceso de Admisión y Traslado de alumnos consolidando y remitiendo

la información a Dirección previa autorización de la Jefatura de Nivel.

j) Coordinar y gestionar los ambientes y requerimientos para las reuniones

programadas por la Jefatura de Nivel y/o Coordinación IB a lo largo del año.

k) Ingresar información al centro de costos según se requiera por la Jefaturas de Nivel

y la Coordinación IB.

l) Procesar información de encuestas aplicadas a PPFF, alumnos y otros.

m) Actualizar los listados de textos y útiles escolares y requerimiento de materiales

para el siguiente año escolar en coordinación con la Jefatura de Nivel y Coordinación

IB.

n) Recepcionar y consolidar los requerimientos del personal del nivel en lo referido a

mantenimiento, equipamiento y materiales.

o) Mantener un sistema eficiente de oficina para apoyar las funciones administrativas del nivel.

p) Llevar control del cuaderno de Informe de Incidentes de Acoso.

q) Asistir y apoyar las reuniones y/o actividades del nivel e institucionales de acuerdo a

la convocatoria de la Jefatura de Nivel y Coordinación IB tales como Reuniones

de PPFF, Reuniones Técnico Pedagógicas, Visita Guiada, Kermesse, etc.

r) Mantener la confidencialidad y reserva de la información suministrada respecto a

alumnos, docentes y órganos de gestión.

s) Realizar otras funciones que sean asignadas por la Jefatura del área asignada que

permitan cumplir con la misión del cargo.

t) Realizar otras funciones administrativas que sean asignadas por su Jefatura de

Imagen Institucional.

SECRETARIA DE COORDINACIONES IB MYP Y DP

Art. 194°.- La Secretaria de Coordinación IB pertenece al área administrativa, y tiene la misión

de proporcionar apoyo en asuntos y gestiones administrativas y documentarias

correspondientes a las Coordinaciones IB MYP y DP, mediante la ejecución de

labores de secretariado con la finalidad de contribuir a lograr y mantener la eficacia

y eficiencia administrativa del nivel.

Art. 195°.- Son funciones de la Secretaría de Coordinaciones IB – MYP – DP:

a) Recepcionar, clasificar, registrar y distribuir oportunamente documentos y

correspondencia interna y externa en general a través de cargos y según

disposiciones establecidas.

b) Dar lectura y trámite respectivo a los documentos recepcionados con

las indicaciones y autorización de las Coordinaciones MYP y DP.

c) Mantener la base de datos (alumnos-docentes) y archivos de los Programas

MYP y DP debidamente codificados, clasificados y actualizados,

responsabilizándose del cuidado, conservación e integridad de los mismos.

d) Manejar las agendas de las Coordinaciones MYP y DP y concertar citas previa

coordinación, incluida la preparación previa de la documentación e información

necesaria.

e) Apoyar el proceso de ubicación y reubicación de alumnos en grupos

instruccionales establecidos por grados de estudios.

f) Coordinar y gestionar los ambientes y requerimientos para las

reuniones programadas por las Coordinaciones MYP y DP a lo largo del año.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 65

g) Ingresar información al centro de costos según se requiera por las

Coordinaciones MYP y DP.

h) Procesar información de encuestas aplicadas a PPFF, alumnos y otros.

i) Actualizar los listados de textos y útiles escolares y requerimiento de materiales

para el siguiente año escolar según indicaciones de las Coordinaciones MYP y DP.

j) Mantener un sistema eficiente de oficina para apoyar las funciones

administrativas del nivel.

k) Asistir y apoyar las reuniones y/o actividades del nivel e institucionales de acuerdo

a la convocatoria de la Jefatura de Nivel tales como Reuniones de PPFF,

Reuniones Técnico Pedagógicas, Visita Guiada, Kermesse, etc.

l) Mantener la confidencialidad y reserva de la información suministrada respecto

a alumnos, docentes y órganos de gestión.

m) Brindar apoyo logístico durante la realización de actividades del Programa

MYP (Viajes de Estudio, Reuniones Informativas y Proyecto Personal) y del

Programa del Diploma (cronograma de evaluaciones internas, exámenes Mock,

exámenes internacionales, reuniones informativas) y talleres de capacitación

docente.

n) Elaborar las listas oficiales de alumnos, grupos, profesores y actividades para

los programas MYP y DP.

o) Actualizar información sobre capacitación docente y remitir a secretaría de

Dirección.

p) Preparar los informes estadísticos de rendimiento académico de los alumnos

MYP y DP.

q) Traducir constancias y documentos breves de gestión de las Coordinaciones IB.

r) Realizar otras funciones que sean asignadas por el Director y las Coordinaciones

MYP y DP que permitan cumplir con la misión del cargo.

s) Realizar otras funciones administrativas que sean asignadas por su Jefatura de

Imagen Institucional

SECRETARIA DE ACTIVIDADES Y TALLERES

Art.196°.- La Secretaria de Actividades y Talleres pertenece al área administrativa, y tiene la

misión de proporcionar apoyo en asuntos y gestiones administrativas y documentarias

correspondientes a las Coordinaciones de Actividades, Deportes y Talleres Artísticos,

mediante la ejecución de labores de secretariado con la finalidad de contribuir a lograr

y mantener la eficacia y eficiencia administrativa del nivel.

Art.197°.- Son funciones de la Secretaría de Actividades y Talleres:

a) Recepcionar, clasificar, registrar y distribuir oportunamente documentos y

correspondencia interna y externa en general a través de cargos y según

disposiciones establecidas.

b) Redactar documentos diversos para la comunicación interna y externa de las

Coordinaciones de Actividades, Deportes y Talleres Artísticos según directivas

recibidas, así como registrar y distribuir oportunamente a las áreas o entes

correspondientes.

c) Atender sugerencias, escuchar alcances y resolver reclamos de padres de familia,

entrenadores y profesores de talleres en coordinación con sus jefes directos.

d) Mantener la base de datos (alumnos-docentes) y archivos de las Coordinaciones a

su cargo debidamente codificado, clasificado y actualizado, responsabilizándose

del cuidado, conservación e integridad de los mismos.

e) Atender los requerimientos de los profesores de talleres y entrenadores tales

como: útiles de oficina, permisos, justificación de inasistencias, mensajes a PPFF,

citas con PPFF, etc.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 66

f) Llevar el control de pagos a entrenadores de los Talleres Deportivos y Artísticos,

verificando la asistencia y procesando la documentación requerida. g) Coordinar y gestionar los ambientes y requerimientos para las reuniones

programadas por las Coordinaciones a su cargo a lo largo del año.

h) Ingresar información al centro de costos según se requiera por las Coordinaciones.

i) Procesar información de encuestas aplicadas a PPFF, alumnos y otros.

j) Recepcionar y consolidar los requerimientos del personal del nivel en lo

referido a mantenimiento, equipamiento y materiales.

k) Mantener un sistema eficiente de oficina para apoyar las funciones administrativas

de las Coordinaciones a su cargo.

l) Asistir y apoyar las reuniones y/o actividades del nivel e institucionales de acuerdo

a la convocatoria de las Coordinaciones tales como Reuniones de PPFF,

Reuniones Técnico Pedagógicas, Visita Guiada, Kermesse, Semana de Artes,

Aniversario del colegio, etc.

m) Mantener la confidencialidad y reserva de la información suministrada respecto

a alumnos, docentes y órganos de gestión.

n) Procesar las inscripciones a Talleres y Summer School.

o) Mantener registro de asistencia de los entrenadores y profesores de Talleres.

p) Mantener registro de asistencia de los participantes en los talleres

deportivos y artísticos.

q) Coordinar con Logística las movilidades para las delegaciones que participan en

los diversos eventos y torneos programados.

r) Realizar otras funciones que sean asignadas por la Jefatura que permitan cumplir

con la misión del cargo.

s) Realizar otras funciones administrativas que sean asignadas por su Jefatura de

Imagen Institucional

RECEPCIONISTA

Art. 198°.- La Recepcionista pertenece al área administrativa bajo la jefatura de Imagen

Institucional y Admisión, y tiene la misión de recibir, atender de la manera más

cordial y respetuosa y brindar información exacta y dentro de los alcances

establecidos a cualquier persona que la solicite a través de diferentes medios, así

como recepcionar todos los documentos y correspondencia que llegan a la

institución y darle de una manera eficiente el trámite correspondiente.

Art. 199°.- Son funciones de la Recepcionista:

a) Recepcionar, clasificar, registrar y distribuir oportunamente documentos y

correspondencia interna y externa en general a través de cargos y según

disposiciones establecidas.

b) Mantener un sistema eficiente de oficina para apoyar las funciones administrativas de

la institución.

c) Asistir y apoyar las reuniones y/o actividades del nivel e institucionales de acuerdo a

la convocatoria de la Gerencia y/o jefatura.

d) Mantener la confidencialidad y reserva de la información suministrada respecto a

alumnos, docentes y órganos de gestión.

e) Recepcionar todas las llamadas que ingresa a la central telefónica ya sean

éstas internas o externas, y derivarlas a las áreas correspondientes.

f) Atender oportunamente los requerimientos de llamadas telefónicas hacia el

exterior de cualquier área de la institución, de acuerdo a las normas establecidas.

g) Absolver toda consulta de información solicitada por cualquier persona que se

acerca al counter o llama por teléfono, brindando información exacta y dentro

de sus alcances.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 67

h) Atender las solicitudes de entrevistas con profesores y psicólogos que realizan los

padres de familia y viceversa, a través del teléfono o de manera personal, y

registrarlas en el Sistema de Entrevistas coordinando con las secretarias de

Jefaturas de Nivel.

i) Realizar otras funciones que sean asignadas por la Gerencia y/o jefatura que

permitan cumplir con la misión del cargo.

j) Atender y/o efectuar llamadas telefónicas y/o correos electrónicos tomando nota de

los mensajes recibidos y/o proporcionando la información solicitada derivándolas a

las respectivas instancias.

k) Atender las solicitudes de cambio de datos de los socios, las cuales se realizan en la

Base de Datos de los Socios.

l) Brindar información precisa, pertinente y oportuna a los miembros de la comunidad

educativa.

m) Mantener informada a su Jefatura de las actividades, necesidades y requerimientos

de su área fortaleciendo la gestión de la institución.

n) Realizar otras funciones administrativas que sean asignadas por su Jefatura de

Imagen Institucional

CAPÍTULO II: DE LOS ORGANIGRAMAS

Art. 200°.- Los organigramas por Áreas y Dirección evidencias la estructura organizativa de la

Cooperativa y del Colegio de la Cooperativa.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 68

Cooperativa de Servicios Educacionales Abraham Lincoln Ltda.

Asamblea General

Consejo de Administración

Consejo de Vigilancia

Comité Electoral

Comités de Apoyo

Gerencia General

Dpto. de

Contabilidad

Dpto. de

Logística

Dpto. de Recursos Humanos

Dpto. de Márketing

Inst. y Admisión

Dpto. de Sistemas e Informática

Dirección

Asesorías

Nivel

Inicial

Nivel

Elementary

Nivel High

Comité de Educac.Coop.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 69

DIRECCIÓN

Director

Secretaria de

Dirección

Secretaria

Académica

Jefe de Imagen

Institucional y Admisión

Secretaria de Admisión

y Certificación

Recepcionista

Jefe de

Preschool Coordinador

PYP

Coordinador DP Coordinador

MYP Jefe de Elementary

School

Jefe Secondary

School

Coordinador de

Actividades

Secretaria de

Preschool

Secretaria de

Elementary School

Secretaria de

Coordinaciones MYP y

DP

Secretaria de

Secondary School

Secretaria de

Actividades y Talleres

Coordinador de

Psicopedagogía Asesores de Áreas

Coordinador de Learning

Support Coordinador de

Deportes

Coordinadores 02, docentes, profesoras adjuntas, asistentes de laboratorio, psicólogos, bibliotecólogos, profesores de talleres artísticos y entrenadores.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 70

CAPÍTULO III: DE LA MATRÍCULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN

Art.201°.- La matrícula se realizara por única vez al ingresar el estudiante a Preschool

considerando lo siguiente:

a) El acto de matrícula se realiza teniendo en cuenta la edad cronológica y con la

presencia del padre y/o madre o tutor.

b) Los datos personales del niño o la niña, para su matrícula, se acreditan con la copia

de la partida de nacimiento, Documento Nacional de identidad- DNI o pasaporte.

c) En el caso de los niños y niñas de 3 a 5 años, se realiza de acuerdo a la edad

cronológica cumplida al 31 de marzo del 2013. Los niños que cumplan 06 años al

31 de marzo son promovidos de manera automática a la educación primaria.

d) La matrícula para el primer grado de educación primaria de Educación Básica

Regular ser realizará al cumplir los 06 años al 31 de marzo.

e) Aplicación de la R.M. N°0516-2007-ED que aprueba los lineamientos para el

proceso de matrícula escolar en las instituciones educativas de educación básica.

Art. 202°.- En el proceso de Admisión-Traslados y Reingreso de alumnos, son responsabilidades

del Comité de Admisión y Becas:

a) Evaluar a los postulantes a nuevos socios, en concordancia con el Artículo

pertinente del Estatuto (Artículo 10º) vigente de la Cooperativa y en función a los

criterios (económicos, sociales, institucionales, de seguros, cooperativos y de

participación cooperativa, etc.) propuestos por el mismo comité, aprobados por el

Consejo de Administración o contenidos en la Ley General de Cooperativas y en

los Estatutos y Reglamentos de la Cooperativa y el Colegio.

b) Informar sobre el rol de padre de familia en el colegio y de socio en la cooperativa,

principalmente, haciendo hincapié que la Cooperativa sustituye a la APAFA del

Colegio, por lo que el socio asume un doble rol, y por ende, los derechos y deberes

de ambos.

CAPÍTULO IV: DE LOS PROCEDIMIENTOS Y REGISTROS ADMINISTRATIVOS

DEL PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Art.203°.- Al culminar el tercer bimestre del año académico, el personal directivo, jerárquico,

docente y especializado del Colegio, realizan el planeamiento y organización de las

actividades del próximo año escolar.

Art. 204°.- El Plan Anual de Trabajo, es elaborado, ejecutado y evaluado por:

a) Directivos representantes de la Cooperativa de Servicios Educacionales “Abraham

Lincoln”: Comités de Pedagogía, Disciplina y Deportes.

b) Personal directivo, jerárquico, docente y especializado del Colegio.

Art. 205°.- El Plan Anual de Trabajo del Colegio Peruano Norteamericano “Abraham Lincoln”,

será elaborado en jornada de trabajo especial en base a:

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 71

a) Los informes a la culminación del tercer bimestre del año académico en curso, que

presentan a la Dirección las Jefaturas de Nivel, las Coordinaciones IB, lo Asesores

de Área y el Personal Docente por áreas y niveles.

b) Proyectos y/o orientaciones de las autoridades de la Cooperativa de Servicios

Educacionales “Abraham Lincoln”.

c) Plan de Desarrollo Institucional vigente.

Art. 206°.-En la elaboración del Plan Anual de Trabajo se tendrá en cuenta:

a) Bases legales del Ministerio de Educación.

b) La autorización especial que tiene el Colegio para desarrollar programas en

Ciencias e Inglés.

c) Diagnóstico y alternativas de solución

d) Objetivos generales y específicos

e) Aspectos académicos.

f) Capacitación, actualización y/o implementación del personal.

g) Supervisión Educativa.

h) Desarrollo personal.

i) Calendario cívico.

j) Actividades curriculares y extracurriculares.

Art. 207°.- El Plan Anual de Trabajo, elaborado, es puesto a consideración de las autoridades del

Consejo de Administración y de los Comités Pedagógico, Disciplina y Deportes, la

primera semana del mes de noviembre y del personal jerárquico, docente y

especializado de la organización del plantel, cuyas observaciones y modificaciones

son tratados en el Consejo Directivo del Colegio. Es aprobado mediante Decreto, por

el Director en la tercera semana del mes de noviembre en coordinación con el Consejo

de Administración.

Art.208°.- La entidad promotora, presupuestará el Plan Anual de Trabajo, inmediatamente después

de sus observaciones y modificaciones planteadas.

Art.209°.- La evaluación del Plan Anual de Trabajo, es de responsabilidad de los integrantes de

cada uno de los estamentos de la comunidad lincolina.

Art.210°.- El Consejo Directivo del Plantel ejercerá un seguimiento del avance del Plan Anual de

Trabajo, haciendo reajustes necesarios e informando al Consejo de Administración.

DEL AÑO LECTIVO

Art.211°.-En el Colegio Peruano Norteamericano “Abraham Lincoln”, el año lectivo que

corresponde al trabajo educativo con los estudiantes, se iniciará de conformidad al

marco normativa y/o a la demanda de la Institución Educativa.

Art.212°.-Las horas efectivas mínimas de clase establecidas en el diseño curricular nacional son:

900 horas en Educación Inicial, 1,100 horas en Educación Primaria y 1,200 horas en

Educación Secundaria.

Art.213°.-En el Colegio Peruano Norteamericano “Abraham Lincoln”, los estudios se desarrollan

en ocho (8) horas pedagógicas diarias de 45 minutos cada una en Elementary School,

nueves (9) en MYP y diez (10) en DP.

Art.214°.-Los 15 primeros minutos diarios, son considerados para orientación y/o labor tutorial;

además del periodo semanal destinado para dicha labor.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 72

PLAN DE ESTUDIOS - ESTRUCTURA Y PROGRAMACIÓN CURRICULAR

Art.215°.- El Colegio Peruano Norteamericano “Abraham Lincoln” elabora el Plan de Estudios

que responde a su realidad en los niveles: Inicial, Primaria y Secundaria

Art.215°.- El Colegio Peruano Norteamericano “Abraham Lincoln” asume la diversificación

curricular con responsabilidad acorde al Diseño Curricular Nacional de la Educación

Básica Regular y la propuesta pedagógica fundamentada en los tres programas de la

Organización del Bachillerato Internacional.

Art.216°.-La estructura y programaciones curriculares de cada Área son planificadas y elaboradas

por equipos de docentes por especialidad, bajo las orientaciones de los Asesores de

Área y Coordinadores IB.

Art.217°.- Se elaborará el Cartel de Alcance y Secuencias desde el Nivel Inicial hasta el Nivel

Secundaria por equipos y áreas especializadas, procurando la articulación vertical y

horizontal.

CAPÍTULO V: DE LA SUPERVISIÓN INTERNA Y EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO

LABORAL DEL DOCENTE

Art. 218°.- El objetivo del sistema de desarrollo y evaluación profesional del Colegio Peruano

Norteamericano Abraham Lincoln es asegurar una enseñanza de calidad que

promueva la mejora continua; asegurar una enseñanza de calidad y salvaguardar y

mejorar la calidad de la enseñanza.

Se inicia con la presunción de que:

a) Todo educador puede crecer profesionalmente.

b) Nuestra población estudiantil transitoria impone desafíos singulares a cada

profesor.

c) El proceso de evaluación funciona mejor en un ambiente de colaboración entre

todos los participantes, en el cual la meta es el mejoramiento de los procesos de

aprendizaje y enseñanza.

d) La evaluación del profesor trasciende el salón de clase e incluye otras áreas de

responsabilidad profesional, tales como su participación en actividades

profesionales y extracurriculares, saber trabajar en equipo, tener una actitud

positiva hacia el colegio y alumnos, y cumplir con las normas institucionales,

entre otras.

e) Los procedimientos de evaluación por lo general implican visitas formales e

informales del Director y/o los integrantes de la Junta Académica.

Art. 219°.- Los procesos de evaluación educativa se realizará a través de:

a) Walkthroughs: visitas breves a cargo de los integrantes de la Junta Académica

con la finalidad de monitorear el trabajo de alumnos y docentes.

b) Niveles de práctica profesional: el acompañamiento y la evaluación docente a

cargo de los Asesores de Área y Coordinadores de Programa se enfocará en el

modelo de Charlotte Danielson sobre “Estructura de la Enseñanza” que

agrupa las habilidades y responsabilidades del profesor en cuatro principales

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 73

áreas, cada una de las cuales está claramente definida y dividida en

componentes.

Estas áreas son:

- Planificación y preparación.

- Ambiente del salón de clase.

- Enseñanza.

- Responsabilidades profesionales.

Los niveles de desempeño para estas áreas son: básico, competente y

sobresaliente. Los integrantes de la Junta Académica serán evaluados por su jefe

inmediato directo.

Art. 220°.- La Evaluación de desempeño docente: estará a cargo de los Jefes de Área y

Coordinadores de Programa se enfocará en aspectos técnico – pedagógicos y

cumplimiento de labores administrativas tomando como referente el perfil de puesto.

Art. 221°.- Los integrantes de la Junta Académica serán evaluados por el Director del colegio en

base al perfil de puesto vigente.

Art. 222°.- Cada miembro del personal docente será evaluado anualmente, sin que medie

cuestionamiento u oposición al respecto. En caso de una evaluación con resultado

“básico” en alguno de los indicadores, el docente preparará un plan de desarrollo

profesional para mejorar los niveles de desempeño en dichos indicadores, el mismo

que será monitoreado por el Asesor de Área, Coordinador de Programa y Jefe de

Nivel correspondientes.

Art.223°.- Una vez que se haya aplicado el modelo Danielson (supervisión educativa), los

profesores podrán elegir la opción de evaluación que desarrollarán durante los

siguientes bimestres.

Art. 224°.- Las opciones de evaluación docente son:

a. Supervisión educativa. La Jefatura de Nivel y/o la Dirección del colegio acuerda

con el profesor revisar la planificación y aclarar los objetivos de la lección. Se

visita el aula de clase en un momento determinado, se observa el período de

enseñanza y luego se acuerda con el profesor examinar la información obtenida

durante la observación. Esto se realiza por lo menos dos veces durante el año

escolar, y continúa con una visita no programada. Luego la Jefatura de Nivel y/o

la Dirección prepara un informe. Se le pide al profesor que firme este reporte y él

es libre de añadir cualquier comentario que desee.

b. Desarrollo profesional cooperativo. El profesor, con apoyo de la Jefatura de

Nivel y/o la Dirección, selecciona dos colegas con los que formará un equipo.

Posteriormente, el profesor se reúne con el equipo para tratar sobre las metas

profesionales que desee reforzar. El equipo acuerda realizar dos visitas por

bimestre, de manera independiente a la clase durante el año y luego presentar un

informe al profesor incluyendo sus observaciones, sugerencias y felicitaciones.

Una vez que las visitas a la clase han terminado, los miembros del equipo

elaborarán un informe detallando sus observaciones personales. El profesor

discutirá los informes con la Jefatura de Nivel, Coordinación BI y/o Dirección.

Luego se preparará un informe resumido, el cual deberá estar firmado por el

profesor. El/Ella es libre de añadir cualquier comentario que desee.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 74

c. Supervisión administrativa. Este es un proceso por el cual el Jefe de Nivel, el

Coordinador BI y/o el Director prepara una serie de breves, pero frecuentes, visitas

al salón de clase para informarse sobre el método de enseñanza y el ambiente del

aula manejados por el profesor. Se toman notas durante cada visita, pero a

menos que el evaluador lo solicite, no se llevará a cabo ninguna reunión formal

después de cada visita. Al término del año, se lleva a cabo una conferencia para

ofrecer retroalimentación y revisar las impresiones del evaluador. Luego el

evaluador elabora un resumen, el cual deberá estar firmado por el profesor quien es

libre de añadir cualquier comentario si así lo desea.

d. Portafolio del profesor. El profesor prepara un portafolio, el mismo que deberá

incluir documentos y artículos que respalden el desempeño del profesor en las

cuatro estructuras de la enseñanza: planificación y preparación, ambiente del aula

de clase, enseñanza y desarrollo profesional. Este portafolio será compartido y

comentado con el Jefe de Nivel, Coordinador BI y/o Director a medio año y a fines

de año. Un informe resumen incluyendo las observaciones del evaluador serán

entregados al profesor. El profesor lo firmará y podrá añadir comentarios al

mismo.

Art. 225°.- Se administrarán cuestionarios / encuestas a los alumnos de MYP y DP en relación a la

labor realizada por el personal docente en todas las áreas curriculares. Estos

cuestionarios / encuestas serán revisados por las Asesorías, las Coordinaciones BI y/o

las Jefaturas de Nivel con la finalidad de brindar a los profesores retroalimentación

adecuada y útil para su desarrollo profesional.

Art. 226°.- Todos los profesores participarán en entrevistas anuales con la Dirección y/o sus jefes

directos para el establecimiento de metas individuales con la finalidad de:

a) Apoyar en el mejoramiento continuo del colegio.

b) Fomentar niveles óptimos de aprendizaje de los alumnos.

c) Promover un diálogo y desarrollo profesional.

d) Integrar los diferentes niveles y áreas de la organización del colegio.

e) Generar la comunicación asertiva.

Art. 227°.- Para fines del mes de abril todo el personal docente habrá fijado sus metas individuales

y se habrá reunido con el Director y/o Jefe de cada nivel para conversar sobre sus

metas, cuyo avance se evaluará al término del primer semestre.

A fines del mes de octubre o antes de ser necesario, todos los docentes se reunirán con

el Director y/o Jefe de cada nivel para revisar el cumplimiento de sus metas.

Art. 228°.- Las metas deberán ser establecidas para que cumplan con las exigencias del modelo

SMART, es decir deben ser:

a) Specific (específicas).

b) Measurable (medibles).

c) Attainable (alcanzables).

d) Realistic (realistas).

e) Timebound (indicar tiempo).

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 75

TITULO VI

RECURSOS MATERIALES

CAPITULO I: INVENTARIO, ADQUISICIONES, USO

Art.229°.- La Oficina de Logística es el responsable de llevar a cabo el levantamiento del

inventario de los bienes muebles del colegio Abraham Lincoln, tan luego tenga

conocimiento de la asignación o adquisición directa de las mismas.

Art.230°.- Los responsables de áreas, harán la asignación de los bienes muebles recibidos al

personal adscrito a su área, elaborando por cada uno de ellos el resguardo interno

respectivo de los muebles recibidos.

Art.231°.- Los bienes muebles, serán destinados y puestos al servicio única y exclusivamente para

el desempeño de actividades propia del colegio Abrahan Lincoln.

Art.232°.- Todos los integrantes de la comunidad lincolina le darán un uso adecuado a los

bienes, evitando causar daños o deterioro a los mismos.

Art.233°.- Cuando por reparación, mantenimiento o cualquier otro motivo, algún bien mueble

salga de la Dependencia o Entidad, el servidor público que lo tenga asignado, deberá

justificar los documentos probatorios de la salida.

Art.234°.- Ningún personal del colegio está facultado para dar a particulares en usufructo,

comodato o donación, los bienes muebles que se le asignen para el desarrollo de sus

actividades, a excepción de ordenamiento expreso y por escrito de la administración

de gerencia.

Art.235°.- Ningún bien mueble podrá ser dado de baja del inventario, si no es mediante

Autorización de la Oficina de Logística.

Art.236º.- Los bienes dados de baja se pondrán a disposición del Almacén para su

reparación o remate, según proceda

TITULO VII DE LOS ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES

CAPÍTULO I: DE LOS ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL,

DOCENTE Y ADMINISTRATIVO

Art. 237°.- Se suspende la relación laboral de manera perfecta cuando cesa temporalmente la

obligación del trabajador de prestar el servicio y la del empleador de abonar la

remuneración respectiva, salvo disposición legal expresa en contrario que determine el

pago de la remuneración en cuyo caso la suspensión tendrá la calidad de imperfecta.

Art. 238°.- Son causas de suspensión perfecta de la relación laboral:

a) La sanción disciplinaria de suspensión de labores sin goce de haber.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 76

b) El permiso y licencia sin goce de haber

c) Las demás que determine la Ley.

Art. 239°.- De conformidad con su facultad directriz la Cooperativa podrá imponer sanciones a sus

trabajadores de acuerdo a la gravedad de los hechos que configuren la infracción

laboral.

Art. 240°.- Con el fin de mantener el orden y la disciplina en el trabajo, y evitar en lo posible los

daños y perjuicios que se deriven de la inobservancia de las normas legales y

reglamentarias, en atención a la naturaleza de la falta y su gravedad, se aplicarán las

siguientes sanciones disciplinarias, respetándose los principios de proporcionalidad y

razonabilidad.

a) Amonestación Verbal.

b) Amonestación Escrita.

c) Suspensión de Labores sin goce de haber entre 1 a 10 días.

d) Despido del Trabajador conforme a las causales establecidas por la legislación

laboral vigente, quedando expresamente proscrito y/o prohibido el despido de los

trabajadores por motivos de ser portador de VIH o suponerse el padecimiento de

dicha enfermedad, en cuyo caso el despido es nulo.

Art. 241°.- Las sanciones disciplinarias que se apliquen al trabajador por el incumplimiento de lo

dispuesto por el presente Reglamento, por las demás normas de la Cooperativa o de

las establecidas por el ordenamiento laboral vigente constarán en su legajo personal,

siendo potestad de la Cooperativa ponerlas en conocimiento de la Autoridad

Administrativa de Trabajo.

Art. 242°.- Durante las horas de trabajo, ordinarias o extras, el trabajador debe permanecer

exclusivamente en su puesto de trabajo quedando terminantemente prohibido que se

encuentre en un lugar distinto a su zona de trabajo, salvo que la naturaleza de la

labor lo requiera, tenga una necesidad personal impostergable o cuente con la

autorización expresa del jefe respectivo. Durante su permanencia en el puesto de

trabajo el trabajador debe desarrollar exclusivamente la labor para la que se

encuentra contratado, quedando prohibido el desarrollo de actividades que

signifiquen dejar de trabajar o desatender la labor, cualquiera que ellas fueran, tales

como la venta de productos, rifas, jugar con juegos electrónicos, hablar por teléfono,

etc. Siendo pasible de sanción aquel trabajador que incurra en estos actos.

Art. 243°.- La obligación de cumplir el horario de trabajo también es exigible cuando la

Cooperativa haya organizado en sus locales o fuera de ellos, eventos sociales,

culturales, recreacionales o similares a favor de sus trabajadores en un día hábil de

trabajo, aun cuando no vayan a efectuarse actividades estrictamente laborales, por

tanto se considerará ausente a quien no se presente, procediéndose al descuento

respectivo y se sancionará a quienes se retiren antes del término de la jornada sin

contar con la autorización correspondiente.

Art. 244°.- Se denomina permiso a la autorización que otorga la Cooperativa para que el

trabajador se ausente de su puesto de trabajo y deje de prestar servicios por un

tiempo limitado comprendido dentro de la jornada de trabajo diaria. Por su parte, se

denomina licencia a la autorización otorgada por una o más jornadas completas de

trabajo.

Art. 245°.- Tanto el permiso como la licencia implican una suspensión de la relación laboral que se

rige por el presente Reglamento y que supone siempre los criterios de buena fe,

justificación suficiente y limitación a los asuntos y al tiempo para el que han sido

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 77

concedidas.

Art. 246°.- La utilización de las licencias y permisos concedidos por la Cooperativa para fines

distintos para los cuales han sido concedidas constituirán incumplimiento de labores

que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral y podrán, según cada caso, ser

sancionadas.

Art. 247°.- El otorgamiento de permisos y licencias deberá ser solicitado por el trabajador

interesado a la Dirección en caso de tratarse de personal docente o a la Gerencia en

caso de tratarse de personal administrativo, con una razonable anticipación y con el

consentimiento de su jefe directo.

Art. 248°.- La Dirección o la Gerencia, según el ámbito de sus competencias calificarán los

permisos y licencias concedidos de acuerdo a las normas vigentes a efectos de

determinar si éstos se otorgan con o sin goce de remuneraciones.

Art. 249°.- La Cooperativa otorga licencia con goce de remuneración por fallecimiento de

parientes, conforme a lo siguiente:

a) En el caso de cónyuge, hijos, padres o hermanos, hasta dos días.

Excepcionalmente y por decisión de la Gerencia, se podrá ampliar el plazo si el

fallecimiento tuviera lugar fuera de Lima, estando esta ampliación en razón

directa a la distancia y de los medios de transporte.

b) En el caso de suegros, cuñados, sobrios, abuelos del cónyuge, abuelos y nietos

hasta por un día.

c) En el caso de fallecimiento de otros parientes sólo se otorgan permisos para

asistir a la ceremonia fúnebre.

Art. 250°.- La Cooperativa otorga a sus trabajadores varones licencia por paternidad por 4 días

hábiles consecutivos de acuerdo a la Ley de la materia.

Art. 251°.- La Cooperativa otorga permiso con goce de remuneración, por atención en los locales

de ESSALUD -Seguro Social – hasta por un medio día cada vez, debiéndose contar

con la autorización del jefe respectivo y de la Dirección y/o Gerencia, según el ámbito

de sus competencias.

Art. 252°.- La enfermedad y accidentes personales debidamente comprobados constituyen causas

de suspensión de la relación laboral, siendo obligación de la Cooperativa continuar

con el pago de la remuneración por los primeros 20 días, luego de lo cual

corresponderá al trabajador el subsidio correspondiente. A efectos de no incurrir en

abandono de trabajo o falta injustificada, el trabajador deberá hacer llegar el

Certificado de Descanso Médico correspondiente dentro de los 03 días hábiles de

producida la inasistencia o tardanza a la Dirección en caso de tratarse de personal

docente o Gerencia en caso de tratarse de personal administrativo. El Certificado

Médico deberá precisar la incapacidad del trabajador y los días de descanso otorgados.

Se aceptará constancia médica en receta simple o boleta o factura de compra de

medicinas producto de la enfermedad siempre y cuando la ausencia no sea mayor a 24

horas.

Art. 253°.- La Cooperativa se reserva el derecho de la verificación y confirmación del estado de

salud del trabajador, para determinar el plan de contingencia a aplicar y no perjudicar

el servicio educativo y administrativo que ofrece.

Art. 254°.- En caso de maternidad la relación laboral se suspende por 45 días antes de la fecha

probable del parto (descanso prenatal) y por 45 días después del mismo (descanso

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 78

post-natal). El goce del descanso prenatal podrá ser diferido, parcial o totalmente, y

acumulado con el post-natal por decisión de la trabajadora gestante siempre y cuando

no vaya en perjuicio de la salud de la trabajadora o del concebido. Tal decisión

deberá ser comunicada a la Oficina de Personal con una antelación no menor de dos

meses a la fecha probable del parto, adjuntando un informé médico que certifique que

la postergación no afectará en modo alguno a la trabajadora gestante o al concebido.

Art. 255°.- La trabajadora gestante tiene derecho a que el período de descanso vacacional por

récord ya cumplido y aún pendiente de goce, se inicie a partir del día siguiente de

vencido el descanso post natal. Tal voluntad deberá ser comunicada a la Cooperativa

con una anticipación no menor de 15 días calendario al inicio del goce vacacional.

TITULO VIII

DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES

CAPÍTULO I: CON LOS PADRES DE FAMILIA

Art.256.-La Institución Educativa Abraham Lincoln, mantiene relaciones y coordinaciones con

los padres de familia, orientadas a unir esfuerzos e integrar acciones con el propósito de

brindar una mejor educación a sus hijos

.

Art. 257°.-Las relaciones y coordinaciones entre la Institución Educativa y los padres de familia

estan enmarcadas dentro del estatuto de la cooperativa de servicios del colegio

peruano norteamericano “Abraham Lincoln y otros dispositivos legales vigentes.

Art.258°.- Los padres de familia de la institución Educativa podrán organizarse en Asociación

cooperativa escolar de la cooperativa y comités de aula para su efectiva participación

en la gestión educativa.

Art.259°.-La asociación cooperativa escolar de padres de familia de la Institución Educativa

Abraham Lincoln se rige por su Estatuto y sus reglamentos.

CAPÍTULO II: CON LOS EX-ALUMNOS

Art.260°.- Para los fines del presente Reglamento se considera Ex-alumno del Colegio, a quienes

habiendo sido alumnos regulares del Plantel durante uno o más años lectivos han dejado

de formar parte del alumnado.

Art.261°.- Es derecho de los ex-alumnos:

a) Inscribirse en la Asociación de los Ex-alumnos, que constituye la única entidad

representativa del Colegio.

b) Elegir y ser elegido para conformar la directiva de la Asociación.

c) Tener participación activa, con voz y voto en la Asociación.

d) Participar con toda amplitud en las actividades organizadas por la Asociación,

Colegio y/o Cooperativa.

Art.262°.- Son deberes de los Ex-alumnos:

a) Colaborar a la medida de sus posibilidades, en la obra educadora que realiza el

Plantel.

b) Ser un ejemplo permanente para los alumnos del Plantel.

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 79

c) Participar en la orientación de los alumnos a solicitud de las autoridades del

Plantel, en coordinación con la Jefatura de Desarrollo Personal.

Art.263°.- El Colegio Peruano Norteamericano “Abraham Lincoln”, promueve la Asociación de

Ex- alumnos, como una entidad autónoma, que propenda a:

a) El mantenimiento de sólidos vínculos que una permanentemente a los ex-alumnos

de diversas generaciones o promociones.

b) A la participación de los beneficios que el Colegio puede brindarles, a través de su

personal o de su infraestructura.

c) A la planificación, organización, ejecución y evaluación de diversos proyectos

educativos y/o planes anuales de trabajo.

CAPÍTULO III: DE LA RELACIÓN Y COORDINACIÓN CON LA COMUNIDAD

Art.264°.- La Dirección del Colegio coordina con el Consejo de Administración y con la Gerencia

a fin de unir esfuerzos en la mejora del servicio educativo que brinda al Plantel.

Art.265°.- La Dirección del Plantel, coordina con los Comités de Aula, de Pedagogía, Disciplina y

de Deportes, las actividades a realizar y en las que tienen participación tanto los

alumnos como los padres de familia.

Art.266°.- La Dirección del Colegio, mantiene estrecha relación con las autoridades educativas a

nivel de Unidad de Gestión Educativa local (UGEL) - Ministerio de Educación, de

Colegios, Cooperativas y otros.

TÍTULO IX

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art.267°.- El Reglamento Interno, entrará en vigencia a partir de la fecha del Decreto Directoral,

previa aprobación del Consejo Directivo del Plantel, y el Consejo de Administración

de la Cooperativa de Servicios Educacionales “Abraham Lincoln” Ltda.

Art. 268°.- El Director decidirá, en última instancia, sobre todo asunto no previsto en este

Reglamento y su interpretación y las decisiones que adoptará serán inapelables

Art. 269°.- El Reglamento Interno, será difundido entre todos los estamentos de la Institución.

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Anexo 01 - 1 Infracciones y Consecuencias del Manual de convivencia 2013

A. ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

INFRACCION CONSECUENCIAS

Siguiente falta Segunda falta Tercera falta

Tardanza al colegio 1ra. tardanza

Aviso preventivo

verbal

2da. tardanza

Notificación vía

e-mail al PPFF

3ra. tardanza

Entrevista con el padre de

familia

4ta. tardanza

Lunch Detention

Tardanza a clase Aviso preventivo

verbal

Notificación de falta

reiterada vía e-mail al

padre de familia

Entrevista con el padre de

familia

Lunch Detention

No devolver documentos que requieren

la firma de los padres en la fecha

indicada.

Aviso preventivo

verbal del tutor

Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre de

familia

Lunch Detention

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 81

B. PRESENTACION PERSONAL

INFRACCION CONSECUENCIAS

Primera falta Segunda falta Tercera falta Cuarta falta

Uso inadecuado de falda (basta a más de

7 cm. de la corva)

Aviso preventivo

verbal

Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Lunch Detention

Uso inadecuado de pantalón del uniforme

y/o buzo a la cadera y/ o con basta

maltratada

Aviso preventivo

verbal

Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Lunch Detention

Uso inadecuado de prendas debajo del

polo de uniforme del colegio

Prendas de color y/o con estampados

Aviso preventivo

verbal

Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Retención de la prenda en uso

inadecuado

Uso de prendas / aditamentos que no

corresponden al uniforme

Aviso preventivo

verbal

Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Retención de la prenda Entrevista con el padre de

familia

Uso de uniforme de Educación Física

cuando no corresponde

Aviso preventivo

verbal

Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Lunch Detention

Uso inadecuado del cabello

Damas: cabello suelto y/o desalineado

Varones: cabello largo (por debajo del

cuello de polo de colegio) y/o

desalineado, patillas largas.

Aviso preventivo

verbal

Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Lunch Detention

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 82

Damas: Uso de maquillaje/Uñas pintadas

Varones: sin afeitarse

Aviso preventivo

verbal

Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Lunch Detention

Modas discordantes

Uso de pulseras, tobilleras, piercing,

tatuajes entre otros

Aviso preventivo

verbal

Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Retención de la prenda Entrevista con el padre de

familia

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 83

C. ACTITUD

INFRACCION CONSECUENCIAS

Primera falta Segunda falta Tercera falta Cuarta falta

Interrumpir o impedir el normal

desarrollo de la sesión de aprendizaje

(conversar, salir de su lugar, hacer

ruidos molestos)

Aviso preventivo verbal Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Lunch Detention

Hace uso de posturas inadecuadas en el

aula de clase

Aviso preventivo verbal Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Lunch Detention

Uso inadecuado del locker: (maltrato:

pegar figuras, pintarlo locker sin

candado, etc.

Aviso preventivo verbal Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Lunch Detention

No seguir indicaciones

Aviso preventivo verbal Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Lunch Detention

Comer en clases Aviso preventivo verbal. Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Lunch Detention

Utilizar vocabulario inapropiado /

soez/obsceno/ (verbal o no verbal)

Aviso preventivo verbal Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Lunch Detention

Provocar desorden en las áreas de

recreo y/o actividades dentro y fuera del

colegio.

Aviso preventivo verbal. Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Lunch Detention

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 84

Muestras públicas de enamoramiento o

inapropiadas de afecto dentro o

inmediaciones del colegio.

Aviso preventivo verbal Notificación de falta vía

e-mail al padre de

familia

Entrevista con el padre

de familia

Suspensión de 1 día

Ingreso a áreas restringidas Notificación de falta vía

e-mail al PPFF

Entrevista con el padre

de familia

Suspensión de hasta 2

días interna entrevista

con el padre de familia

Suspensión de hasta cinco

días externa entrevista con

el padre de familia

Falta de respeto o desafío al principio de

autoridad

Entrevista con el padre

de familia

Notificación al padre de

familia

Lunch Detention

Suspensión de hasta 2

días

Falta de respeto a un compañero con

algún calificativo ofensivo (uso de

términos obscenos o hacer comentarios

racistas, sexistas y/o étnicos) verbal o

escrito Y/o con amenazas que dañen la

estabilidad del alumno.

Entrevista con el padre

de familia

Notificación al padre de

familia.

Lunch Detention

Suspensión de hasta 3

días entrevista con el

padre de familia

Posesión, elaboración, uso o acceso a

material pornográfico u obsceno

Entrevista con el padre

de familia

Suspensión de hasta 2

días entrevista con el

padre de familia

Suspensión de hasta

cinco días entrevista con

el padre de familia

Manipulación de objetos privados sin

autorización

Entrevista con el padre

de familia. Suspensión

de 1 día

Suspensión de hasta 2

días interna entrevista

con el padre de familia

Suspensión de hasta

cinco días externa

entrevista con el padre

de familia

Falta de respeto a personal del colegio

(ataque verbal, desafío, insolencia,

insubordinación)

Suspensión de hasta 2

días y entrevista con el

padre de familia

Suspensión de hasta 5

días entrevista con el

padre de familia

Entrevista con el padre

de familia a considerar

la separación definitiva

del alumno

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 85

Falsificación de documentos:

Utilizar documentos fraguados,

incluyendo falsificación de firmas y/o

cambiar información

Entrevista con el padre

de familia. Suspensión

de 1 día externa

Suspensión de hasta 2

días externa

Suspensión de hasta

cinco días externa

Agredir físicamente y/o pelear con otro

alumno en el colegio Y/o inmediaciones

del mismo.

Suspensión de hasta 2

días externa y entrevista

con el padre de familia

Suspensión de hasta

cinco días externa y

entrevista con el padre

de familia

Reunión con el Consejo

de disciplina a

considerar la separación

definitiva del alumno

Amenaza física a un miembro del

personal del colegio

Suspensión de hasta 2

días externa y entrevista

con el padre de familia

Suspensión de hasta

cinco días externa y

entrevista con el padre

de familia

Reunión con el Consejo

de disciplina a

considerar la separación

definitiva del alumno

Suplantación de identidad Suspensión de hasta 2

días externa y entrevista

con el padre de familia

Suspensión de hasta

cinco días externa y

entrevista con el padre

de familia

Reunión con el Consejo

de disciplina a

considerar la separación

definitiva del alumno

Posesión de armas u objetos que puedan

dañar la integridad de sí mismo y/o de

los demás

Requisamiento y

suspensión externa de

hasta cinco días y

entrevista con el padre

de familia

Reunión con el Consejo

de disciplina a

considerar la separación

definitiva del alumno

Hurto:

Tomar, entregar o recibir objetos ajenos

Suspensión de hasta

cinco días externa y

entrevista con el padre

de familia

Reunión con el Consejo

de disciplina a

considerar la separación

definitiva del alumno

Realizar tocamiento indebido / obsceno Suspensión de hasta 5

días y entrevista con el

padre de familia

Reunión con el Consejo

de disciplina a

considerar la separación

definitiva del alumno

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 86

Posesión , uso, distribución, venta de

cigarrillos dentro del colegio,

inmediaciones del mismo o en

actividades organizadas por el colegio

Suspensión externa de

hasta cinco días y

entrevista con el padre

de familia

Reunión con el

Consejo de disciplina a

considerar la separación

definitiva del alumno

Bullying en sus diferentes

manifestaciones.

Suspensión externa de

hasta cinco días y

entrevista con el padre

de familia

Reunión con el Consejo

de disciplina a

considerar la separación

definitiva del alumno

Agredir físicamente a un miembro del

personal del colegio

Reunión con el Consejo

de disciplina a

considerar la separación

definitiva del alumno

Consumo o venta de drogas, alcohol, u

otras sustancias dañinas dentro del

colegio o en actividades organizadas por

el colegio

Reunión con el Consejo

de disciplina a

considerar la separación

definitiva del alumno

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 87

D. RESPONSABILIDAD

INFRACCION CONSECUENCIAS

Primera falta Segunda falta Tercera falta

No tener el journal cuando se le solicita Notificación de falta vía e-

mail al padre de familia

2da. Notificación de falta vía e-

mail al padre de familia

Entrevista con el padre de familia.

No tener útiles completos para el curso Notificación de falta vía e-

mail al padre de familia

2da. Notificación de falta vía e-

mail al padre de familia

Entrevista con el padre de familia y lunch

detention

Dejar pertenencias fuera de casillero o

carpeta asignada

Notificación de falta Entrevista con el padre de familia Lunch detention

Incumplimiento en presentación de tareas Notificación de falta y

presentación de la tarea

Entrevista con el padre de familia Lunch detention

Uso de celulares, cámaras y otros

aparatos electrónicos de música y video

Requisamiento y notificación

al padre de familia

Requisamiento por una semana y

notificación por escrito al padre

de familia

Requisamiento y lunch detention.

Entrevista con el padre de familia

Brindar información falsa. Mentir Notificación de falta vía e-

mail al padre de familia

Entrevista con el padre de familia

y lunch detention

Suspensión de 1 día externa y entrevista con

el padre de familia

Activar o desactivar alarmas de

emergencia, extintores y/o cámaras de

seguridad

Entrevista con el padre de

familia

Suspensión de hasta 2 días

interna y entrevista con el padre

de familia

Suspensión de hasta 5 días externa y

entrevista con el padre de familia

Evasión de Detention Amonestación y

cumplimiento de la sanción

Suspensión de 1 día y entrevista

con el padre de familia

Suspensión de hasta 2 días y entrevista con

el padre de familia

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 88

Evasión de clases Suspensión de 1 día y

entrevista con el padre de

familia

Suspensión de hasta dos días

externas y entrevista con el padre

de familia

Suspensión de hasta cinco días y entrevista

con el padre de familia

Evasión del colegio Suspensión de hasta 3 días

externas y entrevista con el

padre de familia

Suspensión de hasta cinco días y

entrevista con el padre de familia

Probidad Académica: Intento de Plagio,

Colusión, Doble uso de un trabajo,

Invención de datos. Traducción sin citar,

Material ofensivo. Cualquier otra acción

que permita a un alumno salir

beneficiado injustamente, o que tenga

consecuencias sobre los resultados de

otro alumno (por ejemplo, introducir

material no autorizado en la sala de

examen, conducta indebida durante un

examen, falsificar documentación

relacionada con las actividades de

comunidad y servicio).

Nota cero, suspensión de 1

día y entrevista con el padre

de familia

Nota cero y suspensión de hasta

2 días interna

Nota cero y suspensión de hasta tres días

externa

Probidad Académica: Plagio, Colusión,

Doble uso de un trabajo, Invención de

datos. Traducción sin citar, Material

ofensivo. Cualquier otra acción que

permita a un alumno salir beneficiado

injustamente, o que tenga consecuencias

sobre los resultados de otro alumno (por

ejemplo, introducir material no

autorizado en la sala de examen,

conducta indebida durante un examen,

falsificar documentación relacionada con

las actividades de comunidad y servicio).

Nota cero, suspensión 2 días

y entrevista con el padre de

familia

Nota cero y suspensión de hasta

3 días interna

Nota cero y suspensión de hasta cinco días

externa

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Reglamento Interno 2013 Colegio Peruano Norteamericano Abraham Lincoln Página 89

Glosario de las Infracciones y Consecuencias

Aviso preventivo verbal: Es el primer aviso que hace el profesor de curso ante una

conducta inadecuada.

Notificación de falta: Es la segunda llamada de atención al alumno con comunicación a

los padres de familia ante una infracción cometida por su hijo y le sirve para tener

conocimiento de lo sucedido, busca que haya una reflexión y que la inconducta se supere lo

más pronto posible.

Lunch Detention: Es la permanencia del alumno ante una inconducta reiterativa, su

permanencia en el aula de detention es en Elementary todo el recreo y en High los primeros

15 minutos del refrigerio (luego puede hacer uso de su refrigerio).

Detention: Es la permanencia en el colegio luego de sus labores académicas (después de la

salida) hasta las 5 p.m. Previo aviso al PP.FF los días de detention son miércoles y viernes,

donde el alumno realizará labores comunitarias.

Suspensión: Es la no asistencia a clases, cuando el alumno es suspendido interna o

externamente, será evaluado con una nota de 10 en High School y con C en Elementary en

el promedio del mes en curso. Y se tendrá una entrevista con los PPFF firmando los

acuerdos que esto implica.

Los días de suspensión del alumno, interna o externa, se aplicará según lo determine el

consejo de disciplina. Durante la suspensión interna, el alumno cumplirá un rol establecido

por la institución. También es posible proceder a una suspensión por acumulación de faltas.

Matrícula Condicional: Es el acuerdo formal que se hace entre los PP.FF. el alumno y el

colegio ante la inconducta.

Se firmará una carta de Matrícula Condicional en los siguientes casos:

Haber desaprobado dos bimestres en conducta en el año.

Salir suspendido por segunda oportunidad.

Haber cometido alguna infracción grave a criterio del Consejo de Disciplina.

El alumno que estando con matrícula condicional cometiese alguna falta grave, su caso

será evaluado por el Consejo de Disciplina pudiendo ser separado del plantel.

El alumno que esté con matrícula condicional, deberá obtener como mínimo 14 en

conducta en los bimestres restantes del año, en caso contrario, su permanencia en el colegio

será evaluado por el Consejo de Disciplina.

Expulsión: Esta sanción queda a criterio del consejo de disciplina, se evaluará el caso y se

tendrá una reunión con los PP.FF.

Observaciones:

Cualquier falta, sanción o estímulo no contemplado en el Manual de Normas de

Convivencia estará sujeto a evaluación del Consejo de Disciplina.