Reglamento Evaluación 2014 actualizado 31.07.14

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLARCENTRO DE EDUCACIÓN INTEGRADA DE ADULTOSSAN JAVIERJUSTIFICACIÓN

El Decreto Exento de Evaluación N° 2169/07, que regula la Educación deAdultos, concibe la evaluación como un proceso reflexivo, sistemático y riguroso,de indagación que permite tomar decisiones acerca del conjunto de variables queintervienen en las distintas etapas del proceso pedagógico, que es además unproceso integral, comprehensivo, relacional, formativo, continuo y planificado quefacilita la retroalimentación, para mejorar las acciones emprendidas. Forma partede una planificación racionalmente elaborada que otorga sentido a la acción deldocente, ya que posibilita establecer los momentos en que se recogeráinformación, los propósitos, los instrumentos que se utilizarán y el uso que se daráa los resultados obtenidos.

La normativa vigente establece que los establecimientos educacionaleselaborarán un Reglamento Interno de Evaluación y Promoción Escolar que debegarantizar el respeto de los deberes y derechos de los alumnos establecidos en laLey N° 20370, General de Educación y en el Decreto Exento de EvaluaciónN° 2169/07.

El Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar debe guardar estrechacoherencia con el Proyecto Educativo Institucional. A fin de apoyar el aprendizajede los alumnos, se establece este Reglamento de Evaluación y PromociónEscolar.

TITULO I

NORMA GENERALES

Artículo Nº 1

El Reglamento de Evaluación se aplicará desde el Segundo Nivel deEducación Básica (5° y 6° E.B.), al Segundo Nivel de Educación Media (3° y 4°E.M.), de acuerdo a normativa vigente, al Proyecto Educativo Institucional y alReglamento de Evaluación y Promoción N° 2169 del 2007.

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Artículo Nº 2

El año lectivo 2014 se organizará en períodos semestrales de acuerdo alCalendario Escolar Regional (36 semanas como mínimo).

La fecha de inicio y término del año escolar será debidamente informado alos Participantes.

Inicio del año escolar: Miércoles 05 de marzo.Fin del Año Escolar: Viernes 21 de noviembre.Vacaciones de Invierno: del 14 al 25 de julio, ambas fechas inclusive.Inicio Segundo Semestre: lunes 28 de julio.

Artículo Nº 3

El Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar será difundido a toda lacomunidad educativa: docentes y alumnos, por medio escrito y digital (Blog delEstablecimiento y SIGE). Se analizará junto a los alumnos en el subsector deFormación Diferenciada por el Profesor Jefe, y a Nivel de Docentes en consejo deprofesores y en jornada de reflexión de los mismos, al inicio y al término del añoescolar o cuando sea pertinente realizarlo.

Artículo Nº 4

Semestralmente se hará la revisión y actualización de este reglamento en lacual intervendrá toda la comunidad educativa de acuerdo a las dificultades quepresenten o las necesidades detectadas.

Artículo Nº 5

La programación, coordinación y desarrollo de las actividades pedagógicasy de evaluación son de responsabilidad del Director del Establecimiento enconjunto con el Jefe Técnico. Es responsabilidad de los docentes planificar,aplicar y reformular el proceso evaluativo si es pertinente, de acuerdo a lasdirectrices impartidas por la Agencia de Calidad, La Superintendencia deEducación Escolar, la legislación vigente y las necesidades detectadas.

Artículo Nº 6

La gestión pedagógica se desarrolla sobre la base de los cuatros dominiosdel Marco de la Buena Enseñanza y la interpretación que el docente hace de lacurrícula de su subsector y de las necesidades de los alumnos del cursocorrespondiente, acción pedagógica que se plasma en la planificación semestral yde aula.

El contexto de trabajo es predecible, sin embargo, durante los actos deenseñanza se presentan situaciones inesperadas o cambiantes, que exigen deldocente sabiduría práctica, por lo cual la planificación ha de ser flexible.

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El docente debe presentar un plan semestral con las unidades y ocontenidos que tratará, este plan debe indicar además, los tipos de evaluación queel docente utilizará para evaluar los saberes que imparte y una relacióncronológica de éstos.

El plan debe ser entregado a la Unidad Técnica Pedagógica a más tardarel tercer viernes del mes de Marzo del año lectivo correspondiente.

Las planificaciones de aula deben ser entregadas a la Unidad Técnica elprimer viernes de cada mes del año lectivo en cuestión.

Si el docente no cumple con la entrega oportuna de las planificaciones, seregistrará esta falta y se informará por escrito a la dirección y al afectado.

Artículo Nº 7

El diagnóstico pedagógico es una herramienta evaluativa poderosa quepermite al docente conocer la realidad educativa de un curso o de un estudianteen particular, con el objetivo primordial de pronosticar y potenciar el cambioeducativo a través de un accionar que abarque como un todo diferentes aristas delobjeto a modificar, atendiendo a la búsqueda de la información acerca dela personalidad y saberes del participante. Diagnosticar es un arma valiosa, queen manos de un profesor perspicaz contribuye a una adecuada direccióndel proceso de enseñanza - aprendizaje a partir del conocimiento de la realidadeducativa y de un pronóstico certero de los cambios que se puedan lograr.

El diagnóstico ha de ser aplicado al inicio del año escolar, sin embargotambién puede hacerse al iniciarse una nueva unidad o red de contenidos si eldocente lo estima pertinente. Los resultados del diagnóstico deben consignarse enel leccionario, siendo el primer registro de evaluación mediante los conceptos deLogrado (L) y No Logrado (NL), durante la primera quincena de clases.

TÍTULO II PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN

Artículo Nº 8 De la Evaluación

La evaluación es un proceso que procura determinar de la manera mássistemática y objetiva posible, la pertinencia, eficacia y eficiencia e impacto de lasactividades formativas a la luz de los objetivos específicos. Constituye unaherramienta administrativa de aprendizaje y un proceso organizativo orientado a laacción para mejorar tanto las actividades en marcha, como la planificación,programación y toma de decisiones. Es la medición del proceso de enseñanza –aprendizaje que contribuye a su mejora, que se aplica en todo momento y a todoel proceso educativo en su conjunto.

El fin de la evaluación es siempre la toma de decisiones. No es suficienterecoger información sobre resultados del proceso educativo y emitir únicamenteun informe cuyo fin es calificar, si no se toma alguna decisión posterior.

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Tipos de Evaluación

En función de los momentos del acto de enseñar, se distingue la siguienteclasificación:

Evaluación Diagnóstica:

Su finalidad es explorar, verificar el estado de los alumnos en relación a:conocimientos previos, actitudes y expectativas, para identificar a aquellosparticipantes que no posean las competencias que le permitan comenzar un nuevoaprendizaje, a fin de nivelarlos y permitir que su experiencia de aprendizaje seaexitosa.

Evaluación Formativa:

Se realiza al finalizar cada tarea de aprendizaje y tiene por objetivoinformar de los logros obtenidos, además de advertir dónde y en qué nivel existendificultades de aprendizaje, permitiendo la búsqueda de nuevas estrategiaseducativas más exitosas. Así obtenemos información para retroalimentarpermanentemente y con esto reforzar, ajustar y dirigir el proceso del aprenderpara la obtención de mejores logros.

Evaluación Sumativa:

La evaluación Sumativa se aplica a productos; busca determinar el valor deéstos, especialmente como resultados en determinados momentos, siendo uno deestos el término de la experiencia de aprendizaje o de una etapa significativa deésta. La evaluación sumativa permite comprobar la eficacia de los procesos deenseñanza y aprendizaje y orienta en la planificación de futuras intervenciones.

Sus objetivos son calificar en función de un rendimiento, otorgar unacertificación, determinar e informar sobre el nivel de logro alcanzado a todos losniveles (alumnos, institución, docentes, etc.).

La Evaluación Sumativa pone el acento en la recogida de datos y en laelaboración de instrumentos que permitan medidas fiables de los conocimientos aevaluar.

Evaluación diferenciada:

Recurso curricular que implica diversificar los instrumentos y los procesosevaluativos para atender a la diversidad, elevar autoestima y evitar el fracasoescolar de los participantes en la Educación de Jóvenes y Adultos.

Acciones llevadas a cabo en el ámbito de la evaluación para satisfacernecesidades educativas especiales.

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Artículo Nº 9

Todo procedimiento evaluativo, incluyendo aquellos que incorporen el usode las tecnologías de la información debe ser: válido, fiable, flexible, imparcial,transparente e informado. Para ello, el docente debe tener claro lo que debeevaluar y utilizar criterios apropiados. Es necesario que dé a conocer a losalumnos las normas, las pautas, criterios y/o aspectos que serán considerados alaplicar el instrumento de evaluación, indicando en forma clara, breve y precisa lasinstrucciones o indicadores relacionados con los instrumentos para respondercada exigencia, el tiempo del que dispone para ello y el puntaje pertinenteasignado para su calificación.

Una vez aplicado el instrumento evaluativo y conocidos los resultados, elprofesor o la profesora debe realizar en conjunto con sus alumnos un análisis ycorrección de la prueba, dentro del horario normal de clases, con el propósito queel alumno pueda identificar y superar sus falencias.

Artículo Nº 10

Los alumnos y alumnas deberán ser evaluados en todos los ámbitos deformación y subsectores de aprendizaje del plan de estudios, en períodossemestrales de acuerdo a las fechas establecidas en el Calendario Escolarcorrespondiente:

Primer Semestre: De Segundo Nivel de Educación Básica (5° y 6° año) aSegundo Nivel de Educación Media (3° y 4° año).

Segundo Semestre: De Segundo Nivel de Educación Básica (5° y 6° año)a Segundo Nivel de Educación Media (3° y 4° año)

Los alumnos extranjeros serán evaluados de acuerdo a planes y programasoficiales y/o del establecimiento, y sugerencias técnicas de UTP.

Artículo Nº 11

Fechas relevantes del calendario Escolar:

Inicio del Año Escolar: Lunes 03 de Marzo

Inicio del Año Escolar: Miércoles 05 de Marzo

Primer semestre: Del 05 de marzo al 11 de julio 2014, ambas fechas inclusive.

Segundo Semestre: Del 28 de julio al 21 de noviembre 2014, ambas fechasinclusive.

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Vacaciones de Invierno: del 14 al 25 de julio 2014, ambas fechas inclusive.

Evaluación Primer Semestre: jueves 10 y viernes 11 de Julio.

Jornada de Evaluación 2014 y Planificación 2015: Lunes 29 y Martes 30 dediciembre.

PSU: Fijada por Demre.

Finalización Año Escolar: 31de Noviembre 2014.

Artículo Nº 12

Durante el año lectivo los alumnos tendrán las siguientes evaluaciones ypromedios:

NOTAS PARCIALES: corresponde a las calificaciones de coeficiente UNO y decoeficiente DOS.

SEMESTRALES: corresponde al promedio de las notas parciales, aproximando lacentésima a la décima.

PROMEDIO FINAL: corresponde al promedio aritmético de los promedios delprimer y segundo semestre, aproximando la centésima a la décima.

PROMEDIO GENERAL: corresponde al promedio aritmético de las calificacionesfinales obtenidas por el alumno en cada sector de aprendizaje, aproximando lacentésima a la décima.

Artículo Nº 13

Los alumnos deben ser calificados en todos los subsectores de aprendizajedel plan de estudio correspondiente, utilizando una escala numérica de 1.0 a 7.0hasta con un decimal.

La nota mínima de aprobación es 4.0 (cuatro, cero).

Artículo Nº 14

La calificación obtenida por los alumnos en el subsector de FormaciónDiferenciada no incide en la promoción y será expresada en escala numérica de 1a 7.

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Artículo Nº 15 Procedimientos de Evaluación

Los procedimientos e instrumentos que utilizarán los docentes delestablecimiento:

Observación Sistemática: Escalas de observación, listas de control,registro anecdótico, bitácora.

Análisis de las producciones de los alumnos: Trabajos escritos(monografía), resúmenes, cuadernos de clases, resolución de ejercicios yproblemas, textos escritos, producciones orales, investigaciones, juegos desimulación y dramáticos.

Intercambios Orales con los alumnos: diálogo, entrevista, asamblea,puesta en común.

Pruebas Específicas: Objetivas y abiertas.

Interpretación de datos: exposición de un tema, resolución de ejercicios yproblemas, cuestionarios.

Y otros instrumentos pertinentes.

TÍTULO III, EVALUACIÓN DE OBJETIVOS FUNDAMENTALES:

Artículo Nº 16

El logro de los Objetivos Fundamentales Verticales debe ser evaluado encada subsector de aprendizaje del plan de estudios, mediante los procedimientose instrumentos que correspondan.

Artículo Nº 17

La elaboración de los instrumentos del rendimiento escolar y losprocedimientos evaluativos implícitos, exigen un riguroso diseño y elaboración quepermita dar validez y fiabilidad a los resultados.

Los sistemas o escalas de calificaciones deben ser lo más precisos posiblesacerca del significado de las notas, es decir, representar objetivamente los logrosde aprendizaje: actitudinal, procedimental y conceptual.

La elaboración de un procedimiento evaluativo significa cumplir con lassiguientes etapas y acciones: planificación, construcción, administración, análisis,certificación y retroalimentación (autoevaluación).

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Artículo Nº 18

Los alumnos tendrán como mínimo el siguiente número de calificacionesdurante cada semestre en relación a la cantidad de horas del subsector, de lascuales una debe ser coeficiente dos, sólo en el caso de las asignaturas de 4 horasen el Plan de Estudios.

Subsectores con 2 horas de clases semanales: 3 evaluaciones mínimas (3notas). Educación Diferenciada

Sectores con 4 horas de clases semanales: 4 evaluaciones mínimas (5notas). Una de las notas es coeficiente dos.

El instrumento de COEFICIENTE DOS se aplicará para evaluar a dos omás Unidades Temáticas tratadas durante el respectivo semestre.

La elaboración y estructura técnica de la prueba coeficiente dos es deresponsabilidad del profesor/a del subsector de aprendizaje respectivo y requiereser presentada para ser visada por el Jefe de la UTP .

El profesor o la profesora debe entregar, con antelación a la aplicación delinstrumento evaluativo, un ejemplar de cada prueba junto a la tabla deespecificaciones respectiva al Jefe de UTP.

Antes de aplicar un instrumento de COEFICIENTE DOS, el profesor o laprofesora debe efectuar una síntesis de los contenidos fundamentales a evaluar.El tiempo que destine no debe sobrepasar el número de horas semanales delsector de aprendizaje correspondiente.

Artículo Nº 19

Durante la aplicación de un instrumento evaluativo, se prohíbeterminantemente el uso de artefactos electrónicos como: celulares, dispositivos dealmacenamiento o comunicación (mp3, cámaras… etc.). Por tal razón todos estosdeberán ser desactivados. De no acatar el alumno esta disposición y de sersorprendido haciendo uso de estos medios, se le retirará la prueba y serácalificado con la nota mínima. Se hará registro de este hecho en la hoja de vidadel alumno, informándose a la inspectora general y a la UTP.

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Artículo Nº 20

El docente tiene como plazo máximo, dos semanas para entregar losresultados de la evaluación a los alumnos de su subsector.

Artículo Nº 21

El sistema de registro de los logros obtenidos por los alumnos seráconsignado en el leccionario de clases.

La información al alumno de los resultados de la evaluación realizada por eldocente en cada subsector será responsabilidad del profesor de asignatura o delprofesor jefe en tiempo asignado a los alumnos.

Si la información es requerida por algún familiar o tutor, esta puede serentregada por el Jefe Técnico, la Inspectora General, el Profesor Jefe o elProfesor de Asignatura en jornada alterna.

Artículo Nº 22 Evaluación Diferenciada

Para lograr que el alumno se evalúe en forma diferenciada, el tutor o elmismo participante debe solicitarlo por escrito al Profesor Jefe, presentando el olos informes del especialista que sugieren la Evaluación Diferenciada,dependiendo del área que presenta dificultades: Neurólogo, Sicólogo,Sicopedagogo. Además del documento entregado por el apoderado, seconsiderarán los informes del Profesor Jefe y del Profesor del sector deaprendizaje involucrado. El plazo que tendrá el tutor o el alumno para presentar lasolicitud de Evaluación Diferenciada será el 30 de Abril de cada año lectivo.

Esta solicitud no rige para la asignatura de Formación Instrumental yFormación Diferenciada. El Informe del o los especialistas deberá especificar yargumentar claramente el trastorno que origina dicha solicitud, como la opinióntécnica del tratamiento o acciones a emprender con el alumno.

Artículo Nº 23

AUSENCIA A PRUEBAS

a.- El alumno que no se presente a rendir una evaluación o que no entreguesu trabajo en el plazo establecido calendarizado por el docente, deberá justificaren forma oportuna su inasistencia, mediante un certificado médico u otrodocumento pertinente, en forma personal o por medio de un representante ante elInspector General, el Jefe de UTP o el profesor del subsector, en un plazo nomayor a 48 horas después de aplicada la medición o vencido el plazo del trabajo.El profesor dejará registro en la hoja de vida del alumno la inasistencia.

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b.- En el caso de que el alumno no asista a una evaluación calendarizadapor el docente del subsector correspondiente y su inasistencia sea por causajustificada, avalada por un documento válido, el docente le fijará una nueva fechaen horario alterno considerando los mismos contenidos evaluados. Si la causa dela inasistencia a la evaluación no es por causa justificada, ésta se llevará a caboinmediatamente en la clase siguiente del subsector evaluado. La prueba seráadministrada por el docente que esté disponible en ese momento en jornada decompletación o por otro funcionario docente con el fin de no interrumpir eldesarrollo normal de esa clase. Si el alumno en cuestión se niega a rendir dichaprueba se le calificará con nota mínima.

c.- El alumno que no asista a la segunda citación para rendir el instrumentode evaluación, comunicado con antelación y registrado en el libro de clases, debepresentar la justificación correspondiente en un plazo no mayor a 48 horas de lafecha de citación en la Inspectoría General, de no hacerlo se evaluará con la notamínima (1.0)

d.- Para el alumno que no presente su trabajo por causa justificada,avalada por un documento válido, el docente le fijará un nuevo plazo no superior auna semana y le respetará el puntaje total. En el caso del alumno que no presentesu trabajo en el plazo fijado por el docente y sea por causa injustificada se lerestará 1 punto por cada clase que demore en presentarlo.

e.- Los alumnos que representan al establecimiento en eventos culturales ydeportivos, deben informar anticipadamente a los profesores correspondientesmediante un documento que certifique su participación. Los docentes debenbrindar todas las facilidades para cumplir con sus evaluaciones dentro de plazosconsensuados.

Artículo Nº 24

Los resultados de las evaluaciones expresadas como calificaciones de losalumnos en cada uno de los subsectores y actividades de aprendizaje, seanotarán en una escala numérica del 1 a 7, hasta con un decimal como máximo.

La calificación mínima de aprobación será 4.0 (cuatro punto cero).

La nota 3.9 se subirá automáticamente a 4 solo al final de año.

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TÍTULO IV, DE LA PROMOCIÓN

Artículo Nº 25

Para la promoción al curso o nivel inmediatamente superior se consideraránconjuntamente: la asistencia y el rendimiento de los alumnos.

De la Asistencia

En el caso de la Educación Básica y la Educación Media, la asistenciamínima para ser promovido es de un 80% de las clases establecidas en elcalendario anual.

Del Rendimiento

Para ser promovidos los alumnos y alumnas, tanto de Educación Básicacomo de Educación Media, deberán reunir los requisitos de asistencia yrendimiento en cuanto a asistencia, deberán registrar a lo menos el 80% en cadauno de los subsectores de aprendizaje. El director a recomendación del respectivoprofesor podrá eximir del porcentaje indicado a quienes acrediten razones desalud u otras debidamente justificadas.

Respecto al logro de los Objetivos fundamentales y Contenidos MínimosObligatorios, serán promovidos:

a) Los alumnos y alumnas que hubieren aprobado todos los subsectores deaprendizajes considerados en los respectivos planes y programas de estudio.

b) Los alumnos y alumnas de 2º y 3º Nivel Básico de Adultos quereprueben el oficio escogido o un subsector de aprendizaje que no sea LenguaCastellana y Comunicación o Educación Matemática, siempre que su promedio,incluido el subsector reprobado, sea igual o superior a 4.5. Si el sector reprobadocorresponde a Lengua Castellana y Comunicación o Educación Matemática, elpromedio exigido será igual o superior a 5.5, incluido el subsector reprobado.

c) Los alumnos y alumnas de Educación Media H-C que hubierenreprobado un subsector de aprendizaje que no sea Lengua Castellana yComunicación o Educación Matemática y su nivel de logro corresponda a unpromedio igual o superior a 4.5 incluido el subsector reprobado. Si el subsectorreprobado es Lengua Castellana y Comunicación o Educación Matemática elpromedio mínimo requerido será 5.0, incluido el subsector reprobado.

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d) Los alumnos que presenten al final del año, hasta dos subsectores deaprendizaje reprobados tendrán solo una oportunidad para rendir una pruebaespecial en esos subsectores. La nota de aprobación será 4.0.

Tendrán derecho a rendir esta prueba especial solo aquellos alumnos quepromedian un 3,0 en el subsector en cuestión, y tengan un 80% de asistencia. Esrequisito que asistan a un repaso de 4 horas pedagógicas por asignaturareprobada con un 100% de asistencia.

Equipo directivo y docentes del establecimiento.

SAN JAVIER, Julio 31 del 2014.-