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ÍNDICE

Página

REGLAMENTO

DE EVALUACIÓN

Y PROMOCIÓN

ESCOLAR

2019

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-Introducción______________________________________ 3

-TítuloI:DelasDisposicionesGenerales__________________________________________

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-TítuloII:DelasCalificaciones__________________________________________________

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-Título III:De laEximicióndeAsignaturasyde laEvaluaciónDiferenciada________________________________________

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-TítuloIV:DelaPromociónyRepitencia__________________________________________________

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-TítuloV:DelosTraslados__________________________________________________

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-TítuloVI:DelasSituacionesEspeciales__________________________________________________

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IDENTIFICACIÓNDELCOLEGIO

ElColegio“ÁGUILAMAYOR“ubicadoenAvenidaCuatroEsquinas,ParcelaNº343enlaciudaddeLa Serena R. B. D. N° 13527-5 Decreto Cooperador de la función docente, es reconocido como“CooperadordelaFunciónEducacionaldelEstado”medianteresoluciónexentaNº3906/2003.

OBJETIVOSDELREGLAMENTO

Las consideraciones pedagógicas y evaluativas consideradas en el presente Reglamento deEvaluacióntienencomofinlossiguientesobjetivos:

1.Reglamentarydaraconoceralosalumnos,apoderadosydocentesdelColegio“ÁguilaMayor”loselementosqueregulanelprocesodeevaluacióndelcolegio.

2. Enfatizar losObjetivos Transversales propuestos en los Planes y Programas delMinisterio deEducaciónparalaEnseñanzaParvularia,BásicayMedia,ampliándoseparaelPlanGeneralyPlanDiferenciado,paradesarrollarlaautonomíanecesariaatravésdelosconocimientos,habilidades,actitudes,valoresycomportamientosqueseesperandecadaunodelosestudiantesdelColegio“ÁguilaMayor”enelplanopersonal,intelectual,moralysocial.

3. Optimizar el Rendimiento Académico a través del trabajo mancomunado de padres,apoderados,estudiantesyprofesores,queconformanlaUnidadEducativa.

4.Apoyareincentivarasuperarsealestudiantequepresentedificultadesdeaprendizaje.

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CONCEPTODEEVALUACIÓNESCOLAR

La Evaluación es un proceso permanente que nos otorga la información necesaria ypertinente para apoyar a los estudiantes en su proceso de aprendizaje, permitiendo que el/laprofesor(a)conozcalasaptitudesycapacidadesdecadaunoydetodoslosintegrantesdelgrupo-curso, planificar el proceso educativo sobre bases concretas, aplicando herramientas deintervencióntécnicaparaalcanzarlosobjetivospreestablecidos,conindicadoresdeéxitoviables.

PRINCIPIOSORIENTADORES

- Toda instancia de Evaluación debe tener como referente necesario losobjetivosquesepretendenlograr.

- En los objetivos y aprendizajes esperados hay que incluir el desarrollo dehabilidades, destrezas y actitudes, poniendo especial énfasis en el desarrollodelpensamientoylaespiritualidaddelosestudiantes.

- ElpresenteReglamentoconsideraprocedimientosdeevaluaciónflexiblesparacasos específicos, atendiendo las aptitudes, capacidades y ritmos deaprendizajesdeladiversidadenlosestudiantes.

Los instrumentos y procedimientos de Medición y Evaluación pueden ser: pruebasescritas, de selección múltiple o de desarrollo; elaboración de proyectos, informes,entrevistas, investigaciones, mapas conceptuales, u otros criterios o indicadores deevaluación enfocados al logro de aprendizajes esperados. El carácter de la evaluaciónpodráserentreotrasautoevaluación,coevaluaciónindividualogrupal.

Todoprocesoseráevaluadoconuninstrumentoqueserávisadoporeldepartamentodeevaluación.

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TÍTULOI.-DELASDISPOSICIONESGENERALES.

El presente Reglamento tiene como finalidad establecer normas y procedimientos deevaluaciónypromociónescolar,deconformidada lasdisposicionesyfacultadesqueotorganlossiguientesDecretos:

-Decreto Exento N° 511/97 y sus modificaciones (D.E. 158/99 y 107/03) del Ministerio deEducaciónqueregulanlaEvaluaciónyPromocióndelosalumnosdeEducaciónGeneralBásica.

-DecretosN°439/12yN°433/12queapruebanlasbasescurricularesde1°a6°año.

-DecretoN°2960/12queapruebalosplanesyprogramasdeestudiode1°a6°año.

-DecretoN°256/09queestablecelasbasescurricularesde7°y8°básico.

-Decretos N°1363/2011, 7° básico: Decreto N°481/2000 7. 8° básico: Decreto N°92/2002 queapruebalosplanesyprogramasdeestudiode7°y8°básico.

-Decreto N° 83/2015 que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular paraestudiantesconnecesidadeseducativasespecialesdeeducaciónparvulariayeducaciónbásica.

Segúnsedetallanenelsiguienteartículo.

ARTÍCULONº1

Nivel PlanesyProgramasdeEstudio

ReglamentodeEvaluaciónyPromoción

PrimerAñoBásico Nº2.960de2012 Nº511de1997

SegundoAñoBásico Nº2.960de2012 Nº511de1997

TercerAñoBásico Nº2.960de2012 Nº511de1997

CuartoAñoBásico Nº2.960de2012 Nº511de1997

QuintoAñoBásico Nº2.960de2012 Nº511de1997

SextoAñoBásico Nº2.960de2012 Nº511de1997

SéptimoAñoBásico Nº1.363de2011 Nº511de1997

OctavoAñoBásico Nº1.363de2011 Nº511de1997

PrimerAñoMedio Nº1.358de2011 Nº112de1999

SegundoAñoMedio Nº1.358de2011 Nº112de1999

TercerAñoMedio Nº27de2001 Nº83de2001

CuartoAñoMedio Nº27de2001 Nº83de2001

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ARTÍCULONº2

Este Reglamento complementa y, en ningún caso contradice, los Decretos Exentosmencionadosenelartículoanteriorysupletodasaquellassituacionesnoexpresamenteprevistasenellos.

ARTÍCULONº3

Elrégimendeevaluacióndelcolegioessemestral.

TÍTULOII.-DELASCALIFICACIONES

ARTÍCULONº4Los y las estudiantes, serán calificados en todas los Asignaturas del Plan de Estudio,medianteunaescalanuméricade1,0(unocomacero)a7,0(sietecomacero)expresadaconundecimal. Lanotamínimadeaprobación será4,0 (cuatro coma cero). El nivel deexigenciaparalacalificaciónmínimadeaprobacióncorresponderáal60%entodoslosnivelesdeenseñanza.ARTÍCULONº5Delosresultadosdelasevaluaciones.

Todoprofesordeberádaraconocerelresultadodelasevaluaciones,conunplazonosuperiora 5 (cinco)díashábilesdesdeelmomentoqueseaplicóel instrumentodeevaluación.

Losolasestudiantesconocerántantolaspautas,rubricasyotrosprocedimientoseinstrumentosdeevaluación,asícomotambiénsusaprendizajeslogrados,nologradosylaretroalimentaciónrespectivaantesdeenfrentarlassiguientesevaluaciones.

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El o la estudiante debe revisar el resultado de su evaluación y hacer las

observacionesquecorrespondanelmismodíaymomentodelaentregadelinstrumento.El profesor deberá registrar en el libro de clases la fecha de entrega de los trabajosprácticos,de investigaciónuotrosenel sectorde loscontenidos. Laspruebas, rúbricas,trabajos, informes y otros serán devueltos a los estudiantes y padres, madres yapoderados,parasufirmaquerespaldalatomadeconocimiento.

El profesor, al registrar las calificaciones en el libro de clases deberá además

consignarfechaycontenidosevaluados,enlascolumnascorrespondientes.ARTÍCULONº6 DelnúmerodecalificacionesEn cada asignatura del Plan de Estudio el profesor(a) deberá colocar por Semestre unnúmeromínimodecalificaciones*,desglosándosedelasiguientemanera:Nºdehorassemanalesporasignatura Nºdecalificacionesmínimas

(procesosyproductos)1a2horas 2a3evaluaciones3a4horas 4a5evaluaciones5a6horas 6a7evaluaciones7a8horas 8a9evaluaciones

*Todaslascalificacionestendránigualponderaciónaexcepcióndeexamenaltérminodelsegundosemestre. DELASCALIFICACIONES a.-CALIFICACIONESSEMESTRALES: Lacalificaciónsemestraldecadaasignatura, seráenunaescalanuméricade1,0(unocomacero)a7,0(sietecomacero)conundecimal,elquese aproximará a la décima siguiente si la centésima es igual o superior a 5 (cinco),obtenidaalpromediarlasdistintascalificacionesdelSemestre.b- PROMEDIO SEMESTRAL: Corresponde al promedio aritmético de todas lascalificacionesdelasasignaturas,seexpresaráconundecimalyconaproximación.c.-SITUACIÓNFINAL:LaCalificaciónanualdecadaasignaturadeaprendizajeobligatorio,seráelpromedioaritmético,conundecimalysinaproximación.d.- PROMEDIOGENERAL: Corresponde al promedio aritmético de todos los promediosanualesdelasAsignaturas.Seexpresaránconundecimalsinaproximación.

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ARTÍCULONº7 Delasinasistenciasaevaluaciones

Losolasestudiantesquepordistintosmotivosnoasistanarendirsuevaluacióneldíaprogramado,seránregistradosenellibrodeobservacionesporeldocenteacargodelacátedra.

Losolasestudiantesqueporrazonesdesaludypresentencertificadodeatenciónpor especialista, y no puedan asistir a una evaluación programada; la evaluacióncorrespondiente se le aplicará en elmomento que el o la estudiante se reincorpore alColegio con una exigencia del 60%; si su ausencia excede a una semana o más, serecalendarizarán las evaluaciones; esto estará a cargo de la Coordinación Académica,manteniendolaexigenciadel60%paralanotamínima.

El instrumentodeevaluación serádiferenteal aplicadoen la fechaestablecidaypodráserenformaoral,utilizandounarúbricaopautadeevaluación.Losestudiantesquefalten a una evaluación calendarizada, tales como trabajos escritos u orales, pruebas,trabajos de investigación, disertaciones, entre otros, sin presentar certificado dejustificaciónmédica,seleevaluaránenelmomentoquesereincorpore,conunaexigenciadeun80%paralanota4,0(cuatrocomacero).

El o la estudiante que no asista a rendir una evaluación recalendarizada, serácalificadoconnotamínima1,0(unocomacero).

Eldocenteque sorprendaaunounaestudiante, realizandounactoquevicieelproceso evaluativo (copiar, ayudarse consultando subrepticiamente el ejercicio de otro,examinandolibrosoapuntes,entregaryrecibir información,entregarpruebaenblanco,conversar, usar el celular) procederá a retirar instrumento de evaluación, registrar lasituaciónenlahojadevidadelolaestudianteycalificarconnotamínimacorrespondientea 1,0 (uno coma cero), informando a Evaluadora Académica, Coordinación Académica,Rectoríayapoderados(as)sobreloocurrido.

Sin perjuicio de lo anterior, se aplicarán las sanciones contempladas en elReglamentodeConvivenciaEscolar.

Quedaclaramenteestablecidoquebajoestascircunstanciasel(la)estudianteNOtienederechoaunanuevaoportunidaddeevaluación.

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ARTÍCULONº8 Delaevaluaciónfinal

EnelPrimerSemestre,seaplicaránPruebasIntegradorasde1ºañodeEducaciónBásica a 4º año de Educación Media, para verificar el logro de los aprendizajes delProgramadeEstudioyseránevaluadascomounanotamásdelSemestre.

Deigualmanera,enelSegundoSemestre,de1°a4°añodeEducaciónBásica,se

aplicarán Pruebas Integradoras. De 5° año de Enseñanza Básica a 3° año de EnseñanzaMedia,sólodeberánrendirexámenesdecierredeaño,mientrasque4°añodeEnseñanzaMedia,finalizarásinrendirestasevaluaciones.

Porlotanto:Los(las)estudiantesde5ºañodeEducaciónBásicaa3ºañodeEducaciónMedia

cuyopromedioanualseainferiora6,1(seiscomauno)rendiránunexamenaltérminodelSegundo Semestre. El examen es obligatorio, y corresponderá a un 30% del promediofinal. Esteexamen seráoral, rendidoanteuna comisióndesignadapor laCoordinaciónAcadémica. Los profesores deberán entregar al o la estudiante un temario con loscontenidos que serán evaluados en el examen, con 15 días hábiles de anticipación a lafecha de su aplicación. En el momento de rendir examen, deberá considerarsepresentaciónpersonalcomohasidoestipulado.Lanopresentaciónalexamenporpartedelolaestudianteobtendrácomonotamínima1,0(unocomacero).

Cabedestacar,queelprocesodeexamenesevaluadoconunarúbrica,lacual,es

sociabilizadapreviamentealaevaluacióncontodalaComunidadEducativa.

Conelexamenconcluyetodoelprocesodeevaluación,esteentregalasituaciónfinaldeaprobación o desaprobación de la asignatura, en consecuencia promoción del (la)estudiante. Concluido proceso de examen NO hay opción de recalificar para mejorarresultados.

Los cursos, no tendránmás de un examen por día, sin perjuicio de lo anterior,

podrán seguir aplicándose otras evaluaciones en aquellas asignaturas en las que no serindanexámenes.

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ARTÍCULONº9DelainformaciónalosPadresyApoderados

Las madres, padres y/o apoderados, serán informados en forma mensual delrendimiento académico de los estudiantes en la reunión de apoderados, medianteInformedeCalificacionesParcialesy/oentrevistaspersonales;alfinaldecadaSemestreseentregaráunInformedeCalificacionesSemestrales.

En caso que el o la estudiante, obtenga calificaciones deficientes en cualquierasignatura,elprofesordeberáinformaroportunamentealospadresyapoderados,enunaentrevistaformal,paratomarlasaccionesremedialescorrespondientes.

TÍTULOIII.-DELAEXIMICIÓNDEASIGNATURASYEVALUACIÓNDIFERENCIADA

Losylasestudiantesqueacreditentenerdificultadesdeaprendizaje,problemasdesalud u otro motivo debidamente fundamentado, deberán presentar a la Rectoría delColegio los antecedentes respectivos y ésta podrá facultarlos para eximirse de unaasignatura del Plan de Estudios; sin embargo, en ningún caso la asignatura podrá serLenguajeyComunicación;MatemáticayReligión.

Todasolicituddeberáserpresentadaporelapoderadoantesdel31deMarzodelañoencurso,adjuntandoladocumentaciónpertinente.

ARTÍCULONº10 ProcedimientosdeEvaluaciónDiferenciada.

ParaaquellosestudiantesquepresentenunaNecesidadEducativaEspecial,yaseatransitoria o permanente, y cuente con el debido diagnóstico externo (informeneurológico,psicopedagógico,psicológicoy/opsiquiátrico), se realizaránentrevistasconlasfamiliasydocentespararecabarinformación.Contalesantecedentes,yenvirtuddelaevaluacióndelasespecialistasdelestablecimiento,sedeterminaráeltipodeevaluaciónaaplicar,porlomismo,encasosnecesarios,sepodránsolicitarestudioscomplementariosaespecialistasexternos.

En consecuencia, para la adaptación de medidas educativas pertinentes, toda

documentaciónoinforme,emanadoporunespecialistadebeserentregadahastaeldía31demarzodelañoescolarencurso.

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En cuanto a la evaluación diferenciada en el establecimiento; el tipo de

instrumento de evaluación, se acomodará de acuerdo a los lineamientos internos quepromuevennuestroProyectoEducativoInstitucionalyaloqueesestipuladoenelDecretoN°83/2015.

Encasoderequerirevaluacióndiferenciadasepuedenrealizarlassiguientesaccionesdependiendodelanecesidadeducativaespecialqueelestudiantepresente:

- Otorgarmediación(segmentaryexplicarinstruccionesdeformaconcretayconunvocabulariomássimpleparaelalumno)duranteelprocesodeevaluación,yaseaporeldocentedelaasignaturaopsicopedagogasegúnserequiera,dentrodelaularegularenunaprimerainstancia.

- Dar más tiempo para rendir la evaluación (de 15 a 20 minutos extra)inmediatamente después de que todo el curso concluyó la aplicación delinstrumento.

- Finalizar,enloscasosjustificadamentenecesarios,elinstrumentodeevaluaciónenauladerecursos(saladepsicopedagogía)encompañíadelapsicopedagoga,quienpuede mediar el proceso, explicando las instrucciones de la evaluación con unlenguajemássimpleyconcretoparaelestudiante.

De forma excepcional, el establecimiento puede atender a estudiantes con

necesidades educativas especiales permanentes; estos casos serán atendidos por elEquipoPsicoeducativo,quienesestarána cargodemonitoreare intervenir losprocesoseducativos de los alumnos que presenten N.E.E. transitorias o permanentes. Para darrespuesta a los requerimientos de los estudiantes, se pueden realizar las siguientesaccionesdependiendodecadacaso:

• Mediar(segmentaryexplicar instrucciones)duranteelprocesodeevaluación(yaseapordocentedelaasignaturaoapoyodeláreapsicopedagógica,dependiendodecadacaso).

• Darmástiempopararendirlaevaluación,segmentandoetapasdelamisma.• Finalizar, en los casos necesarios, la evaluación en aula de recursos (sala de

psicopedagogía) en compañía de la psicopedagoga, quien puede mediar en loscasos necesarios, explicando las instrucciones de la evaluación con un lenguajemássimple.

• Incorporar modificaciones en cuanto a contenidos y nivel de dificultad,ajustándosealasnecesidadesdelestudianteenparticular.

• Realizarseenfuncióndelaadaptacióncurricularpreviamenteestablecidaconlosdocentesdelasasignaturasenqueserequiera.

• Se puede apoyar de material concreto para potenciar la comprensión de lasinstruccionesyelprocedimientoparadarrespuestaaésta.

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ARTÍCULONº11Delaasistenciaaclases.

Paraserpromovidoslosylasestudiantesdeberánasistir,alomenos,al85%delasclasesestablecidasenelCalendarioEscolarAnual.

No obstante, por razones debidamente justificadas, el o la apoderado deberáenviar una Carta - Solicitud a Rectoría del Establecimiento, quien podrá autorizar lapromoción con porcentajes menores de asistencia, considerando las causales de lasausenciasreiteradas.TÍTULOIV.-DELAPROMOCIÓNYREPITENCIAARTÍCULONº12DelaPromociónEscolarparaEducaciónBásica,1ºañoy2ºañodeEducaciónMedia.

Serán promovidos los y las estudiantes que hubieren aprobado todos lasAsignaturasdeAprendizaje,desusrespectivosPlanesdeEstudio.

Seránpromovidoslosylasestudiantesquenohubierenaprobadounaasignaturasiempreque sunivel general de logro correspondaaunpromediode4,5 (cuatro comacinco)osuperior.Paraefectosdelcálculodeestepromedioseconsiderarálacalificacióndelaasignaturanoaprobada.

Igualmente,seránpromovidoslosolasestudiantesquenohubierenaprobadodosAsignaturas de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a unpromediogeneral5,0(cincocomacero)osuperior.Paracalcularelpromediogeneral,seconsidera lacalificaciónanualdetodas lasasignaturasqueincidenen lapromoción,portantoseincluyenlasasignaturasnoaprobadas.

ARTÍCULONº13De laPromociónEscolarpara3º y 4º añode EducaciónMedia.

No obstante, lo establecido en el párrafo anterior, si entre las dos asignaturas noaprobadasseencuentran losasignaturasdeLenguajeyComunicacióny/oMatemática, losy lasestudiantes de 3º y 4º de EducaciónMedia, serán promovidos siempre que su nivel de logrocorresponda a un promedio 5,5 (cinco coma cinco) o superior. Para efecto del cálculo de estepromedioseconsiderarálacalificacióndelasdosasignaturasnoaprobadas.

Lassituacionesexcepcionalesquenosoncontempladasenlosartículosanteriores,seránresueltasporelEquipodeGestión.

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TÍTULOV.-DELOSTRASLADOS

ARTICULONº14DelosTrasladosyCierresanticipados.

14.1.-Losylasestudiantesqueprovienendeunrégimendeevaluacióntrimestralysutrasladoseefectúaantesdeltérminodelprimerosegundosemestre,deberánrendirlasevaluacionesquefijeelprofesordecadaasignatura,hastacompletarelnúmerodeevaluacionessemestralesfijadasporCoordinaciónAcadémicayEvaluaciónAcadémica.

14.2.- Los y las estudiantes que provienen de un régimen de evaluaciones semestrales y sutrasladoseefectúaeneltranscursodelprimersemestre,lascalificacionesobtenidashastalafechadel traslado serán consideradas en el cálculo de las calificaciones correspondientes al primersemestre.

14.3.- Si ingresa en el transcurso del segundo semestre, las calificaciones parciales obtenidashastalafechadeltraslado,seránconsideradasenelcálculodelascalificacionescorrespondientesalsegundosemestre.

14.4.- Desde el momento de ingreso, el (la) estudiante será evaluado según las disposicionesdetalladas en el presente Reglamento de Evaluación y Promoción, resueltos por CoordinaciónAcadémicayEvaluaciónAcadémica.

14.5.-Losylasestudiantesextranjerosprevioaseringresadoscomoalumnosregulares,debenoficializarsusituaciónenlaSecretaríaMinisterialdeEducacióncorrespondiente,quieninstruiráalColegiorespectoalcursoalcualingresan.

14.6.- Los y las apoderados que requieran cierre anticipado de año o semestre escolar uhomologación de un semestre ya realizado de su pupilo (a), deberán elevar por escrito unasolicitud al establecimiento. Si la solicitud obedece a razones de salud que interfieren elrendimiento escolar del o la estudiante, deberán adjuntarse los certificados médicoscorrespondientes.EstasolicitudlaresuelvelaRectoradelColegioenconcordanciaconEquipodeGestión.Enestaresolución,primaráelgradodeadquisicióndelosconocimientosdelProgramadeEstudioysuresponsabilidad,estomedidoatravésdelrendimientoacadémicoycomportamientodelolaestudiante.

14.7.-Plazodelassolicitudes:Noseaceptaránsolicitudesdecierredeañoescolarantesdel15deNoviembre,salvotrasladosfueradelpaísoenfermedades.

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ARTÍCULONº15DELASNORMASCOMPLEMENTARIAS

Loso lasestudiantesque integren losPlanesElectivosya seanHumanistasoCientíficos;solopodránoptarporelcambiodeelectividadhastaelúltimodíahábildelmesdemarzodelañolectivoencurso,nosiendoposibleenotraépocadelañoescolar.

TÍTULOVI.-DELASITUACIONESESPECIALES

ARTÍCULO Nº 16 La Rectora junto a la Evaluadora Académica, resolverán las situaciones

especialesdeevaluaciónypromocióndelosylasestudiantes.

Entre otros, resolverá los casos de los y las estudiantes que por motivos justificadosrequieraningresartardíamenteaclases,ausentarseporunperíododeterminado,finalizarelañoescolaranticipadamenteyotrossemejantes.

Todas las situacionesdeevaluaciónde los y lasestudiantes,deberánquedar resueltasdentrodelperíodoescolarcorrespondiente.

ARTÍCULO Nº 17 Las situaciones de evaluación y promoción no previstas por el Decreto

Supremo112/99yDecretoExento83/01,seránresueltasporlaSecretaríaRegionalMinisterialdeEducaciónrespectivadentrodelaesferadesucompetencia.

ARTÍCULONº18LasActasDeRegistrodeCalificacionesyPromociónEscolar,consignaránen

cadacurso, lascalificacionesfinalesdecadasector,asignaturasoactividadesdeaprendizajes, lasituaciónfinallosylasestudiantesycéduladenacionaldeidentificacióndecadaunodeellos.

ARTÍCULONº 19 LaEvaluadoraAcadémicayRectora,velaránporlaaplicaciónyelestrictocumplimientodetodaslasdisposicionesestablecidasporelpresenteReglamentodeEvaluaciónyPromociónEscolar.

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IvonnePavezHerrera

Rectora

ColegioÁguilaMayor

LaSerena,enerode2019.