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Artículo 5º : Funciones de la Secretaría Técnica Artículo 4º : Funciones específicas Artículo 3º : Objetivos CAPÍTULO II : Del Ente Rector Artículo 2º : Ámbito Artículo 1º : Objeto CAPÍTULO I: Del Objeto, Ámbito y Objetivos TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES CALIDAD EDUCATIVA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28740, LEY DEL SISTEMA DE Ministro de Educación JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente Constitucional de la República ALAN GARCÍA PÉREZ año dos mil siete. ías del mes de julio del Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve d Ministro de Educación. El presente Decreto Supremo será refrendado por el Artículo 2º.- Refrendo Supremo. rante del presente Decreto Complementarias Transitorias, que forma parte integ isposiciones Disposiciones Complementarias Finales y cinco (5) D ete (77) artículos, seis (6) tres (3) Títulos, once (11) Capítulos, setenta y si dad Educativa, que consta de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Cali istema Nacional de Aprobar el Reglamento de la Ley Nº 28740, Ley del S Artículo 1º.- Aprobación DECRETA: Perú; e la Constitución Política del De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º d Ejecutivo; tada por el Poder 28740 establece que la mencionada Ley será reglamen ria y Final de la Ley Nº Que, la Décima Disposición Complementaria, Transito 28044, Ley General de Educación; s 14º y 16º de la Ley Nº Educativa (SINEACE), a que se refieren los artículo ificación de la Calidad Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Cert y el funcionamiento del Estado en ellos y regula el ámbito, la organización a, define la participación del acreditación y certificación de la calidad educativ ocesos de evaluación, Certificación de la Calidad Educativa, norma los pr valuación, Acreditación y Que, la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de E especificidades de cada región del país; idad a las características y todo el territorio nacional y responde con flexibil dad Educativa que abarca Evaluación, Acreditación y Certificación de la Cali un Sistema Nacional de Educación, el Estado garantiza el funcionamiento de 044, Ley General de Que, de acuerdo con el artículo 14º de la Ley Nº 28 CONSIDERANDO: EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Nº 018-2007-ED DECRETO SUPREMO de la Calidad Educativa n Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificació Reglamento de la Ley Nº 28740, Ley del Sistema

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Artículo 5º : Funciones de la Secretaría TécnicaArtículo 4º : Funciones específicasArtículo 3º : ObjetivosCAPÍTULO II : Del Ente RectorArtículo 2º : ÁmbitoArtículo 1º : ObjetoCAPÍTULO I: Del Objeto, Ámbito y ObjetivosTÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

CALIDAD EDUCATIVAEVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA

REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28740, LEY DEL SISTEMA DE

Ministro de EducaciónJOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente Constitucional de la RepúblicaALAN GARCÍA PÉREZaño dos mil siete.

ías del mes de julio delDado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve dMinistro de Educación.El presente Decreto Supremo será refrendado por el

Artículo 2º.- RefrendoSupremo.

rante del presente DecretoComplementarias Transitorias, que forma parte integisposicionesDisposiciones Complementarias Finales y cinco (5) D

ete (77) artículos, seis (6)tres (3) Títulos, once (11) Capítulos, setenta y sidad Educativa, que consta deEvaluación, Acreditación y Certificación de la Cali

istema Nacional deAprobar el Reglamento de la Ley Nº 28740, Ley del SArtículo 1º.- AprobaciónDECRETA:Perú;

e la Constitución Política delDe conformidad con el inciso 8) del artículo 118º dEjecutivo;

tada por el Poder28740 establece que la mencionada Ley será reglamenria y Final de la Ley NºQue, la Décima Disposición Complementaria, Transito

28044, Ley General de Educación;s 14º y 16º de la Ley NºEducativa (SINEACE), a que se refieren los artículo

ificación de la CalidadSistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Cert y el funcionamiento delEstado en ellos y regula el ámbito, la organización

a, define la participación delacreditación y certificación de la calidad educativocesos de evaluación,Certificación de la Calidad Educativa, norma los pr

valuación, Acreditación yQue, la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Eespecificidades de cada región del país;

idad a las características ytodo el territorio nacional y responde con flexibildad Educativa que abarcaEvaluación, Acreditación y Certificación de la Cali

un Sistema Nacional deEducación, el Estado garantiza el funcionamiento de044, Ley General deQue, de acuerdo con el artículo 14º de la Ley Nº 28

CONSIDERANDO:EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Nº 018-2007-EDDECRETO SUPREMO

de la Calidad EducativanNacional de Evaluación, Acreditación y Certificació

Reglamento de la Ley Nº 28740, Ley del Sistema

ión y CertificaciónArtículo 49º : Funciones de la Dirección de Evaluación y CertificaciónArtículo 48º : Objetivos de la Dirección de Evaluación y AcreditaciónArtículo 47º : Funciones de la Dirección de Evaluac

ión y AcreditaciónArtículo 46º : Objetivos de la Dirección de EvaluacArtículo 45º : Órganos de LíneaArtículo 44º : Causales de remoción

grantesArtículo 43º : Mecanismo de proposición de los inteorio del CONEACESArtículo 42º : Conformación y renovación del Direct

Artículo 41º : FuncionesArtículo 40º : ObjetivosArtículo 39º : Órgano de Dirección: DirectorioCONEACES

ior No Universitaria -y Certificación de la Calidad de la Educación Superluación, AcreditaciónCAPÍTULO II : De la Organización del Consejo de Eva

Artículo 38º : Funciones del Consejo ConsultivoArtículo 37º : Objetivos del Consejo ConsultivoArtículo 36º : Órgano Consultivo

uación y CertificaciónArtículo 35º : Funciones de la Dirección de la Evaluación y CertificaciónArtículo 34º : Objetivos de la Dirección de la Eval

ión y AcreditaciónArtículo 33º : Funciones de la Dirección de Evaluación y AcreditaciónArtículo 32º : Objetivos de la Dirección de Evaluac

Artículo 31º : Órganos de LíneaArtículo 30º : Causales de remoción

grantesArtículo 29º : Mecanismo de proposición de los inteorio.Artículo 28º : Conformación y renovación del Direct

Artículo 26º : Objetivos Artículo 27º : FuncionesArtículo 25º : Órgano de Dirección: Directorio

ucación Básica – IPEBAAcreditación y Certificación de la Calidad de la Edno de Evaluación,CAPÍTULO I : De la Organización del Instituto Perua

Artículo 24º : De los Órganos OperadoresTÍTULO II : DE LOS ÓRGANOS OPERADORES DEL SISTEMA

icación profesionalArtículo 23º : Casos de obligatoriedad de la certifalesArtículo 22º : Certificación por Colegios ProfesionrasArtículo 21º : Autorización a entidades certificado

ionalesArtículo 20º : Certificación de competencias profesofesionalesCAPÍTULO V : De la Certificación de Competencias Pr

des evaluadorasArtículo 19º : Revocación de autorización de entidaevaluadoras

ción de entidadesArtículo 18º : Supervisión y renovación de autoriza evaluadoras.Artículo 17º : Autorización y registro de entidades

ra con fines de acreditaciónArtículo 16º : Requisitos de las entidades evaluadoy acreditación

procedimientos de evaluaciónArtículo 15º : Estándares, criterios, indicadores yArtículo 14º : AcreditaciónArtículo 13º : Evaluación externaArtículo 12º : Auto evaluación

iónArtículo 11º : Etapa previa al proceso de acreditacArtículo 10º : Proceso de acreditaciónacreditación

ucativa con fines deArtículo 9º : Etapas de evaluación de la calidad edfines de Acreditación

ad Educativa conCAPÍTULO IV : Del Proceso de Evaluación de la CalidArtículo 8º : Vigencia de la acreditación

ines de acreditaciónArtículo 7º : Obligatoriedad de la evaluación con f calidad educativaArtículo 6º : Lineamientos para la evaluación de la

tivaCAPÍTULO III : Del Mejoramiento de la Calidad Educa

Artículo 2º.- Ámbitoma Educativo Peruano.tengan vinculación directa o indirecta con el Siste

urales y jurídicas queacciones globales que involucren a las personas naten el país, a través definalidad es la de garantizar la calidad educativa

la Ley Nº 28740, cuyaEducativa (SINEACE), de acuerdo a lo estipulado porificación de la CalidadSistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Cert

funcionamiento delEl presente reglamento tiene como objeto regular elArtículo 1º.- Objeto

DEL OBJETO Y ÁMBITOCAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALESTÍTULO I

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIASDISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Artículo 77º : SancionesArtículo 76º : InfraccionesEducativas y Personas Evaluadas

s InstitucionesCAPÍTULO III : De las Infracciones y Sanciones a laArtículo 75º : SancionesArtículo 74º : Infracciones

ertificadorasEvaluadoras con Fines de Acreditación y Entidades C EntidadesCAPÍTULO II : De las Infracciones y Sanciones a las

Artículo 73º : EstímulosCAPÍTULO I : De los Estímulos

ONESTÍTULO III : DE LOS ESTÍMULOS, INFRACCIONES Y SANCIArtículo 72º : Funciones de las Comisiones Técnicas

casArtículo 71º : Organización de las Comisiones TécniArtículo 70º : Comisiones TécnicasArtículo 69º : Funciones del Consejo ConsultivoArtículo 68º : Objetivos del Consejo ConsultivoArtículo 67º : Órgano Consultivo

ión y CertificaciónArtículo 66º : Funciones de la Dirección de Evaluación y CertificaciónArtículo 65º : Objetivos de la Dirección de Evaluación y AcreditaciónArtículo 64º : Funciones de la Dirección de Evaluac

ión y AcreditaciónArtículo 63º : Objetivos de la Dirección de EvaluacArtículo 62º : Órganos de LíneaArtículo 61º : Causales de remoción

grantesArtículo 60º : Mecanismo de proposición de los inteorioArtículo 59º : Conformación y renovación del Direct

Artículo 58º : FuncionesArtículo 57º : ObjetivosArtículo 56º : Órgano de Dirección: DirectorioCONEAU

ucación Universitaria -Acreditación y Certificación de la Calidad de la Edaluación,CAPÍTULO III : De la Organización del Consejo de Ev

Artículo 55º : Funciones de las Comisiones TécnicascasArtículo 54º : Organización de las Comisiones Técni

Artículo 53º : Comisiones TécnicasArtículo 52º : Funciones del Consejo ConsultivoArtículo 51º : Objetivos del Consejo ConsultivoArtículo 50º : Órgano Consultivo

es:Secretario Técnico cuyas funciones son las siguientca a cargo de unEl Consejo Superior cuenta con una Secretaría Técni

Artículo 5º.- Funciones de la Secretaría Técnica28044, Ley General de Educación.

rtículo 16º de la Ley Nºi) Cumplir las demás funciones establecidas en el ade la Ley.

ales a) al d) del artículo 7ºoperadores, además de las establecidas en los litery de los órganosh) Establecer otras fuentes de ingreso del SINEACE

s.información proporcionada por los órganos operadorediferenciada, a partir de laAcreditación y Entidades Certificadoras, de manera

luadoras con fines deg) Llevar el Registro Nacional de las Entidades Evapropuestas elaboradas por los órganos operadores.

el SINEACE, a partir de lasf) Aprobar y publicar los instrumentos de gestión dropio ente rector.pública por parte de los órganos operadores y del p

n la ética de la funcióne) Velar por el cumplimiento de las normas que rigelocales, regionales y nacionales.

nación con instanciasuso de los medios de comunicación masiva, en coordiión y certificación, haciendoresultados de las acciones de evaluación, acreditac

nos operadores y de losobjetivos del SINEACE, de las funciones de los órgatividades de difusión de losd) Realizar, a través de los órganos operadores, acacuerdo a Ley.operador y las atribuciones que les corresponde de

nica de cada órganooperadores del SINEACE, respetando la autonomía técación de los órganosc) Ejecutar las acciones necesarias para la articul

peruano en su conjunto.alidad del sistema educativode los órganos operadores, a fin de garantizar la ccionamiento del SINEACE yb) Aprobar los lineamientos de política para el funos y programas.diversas etapas, niveles, modalidades, formas, cicl

ma educativo, en susoperadores, respetando las peculiaridades del sistes a cabo por los órganosa) Propiciar la integración de los procesos llevado

SINEACE:específicas del ente rector o Consejo Superior del Ley Nº 28740, son funcionesAdemás de las establecidas en el artículo 6º de la

Artículo 4º.- Funciones específicasncias profesionalesf) Desarrollar procesos de certificación de compete órganos operadores.e) Garantizar el funcionamiento transparente de los

competencias laborales y profesionales.así como certificard) Acreditar instituciones y programas educativos,

y objetivos.calidad y realizan su misiónforman parte del sistema cumplen los requisitos de

ciones educativas queeducativo c) Asegurar a la sociedad que las instituendizajes en el sistemab) Contribuir a la medición y evaluación de los apr

país.ramas e instituciones deletapas, niveles, modalidades, formas, ciclos y prog educativos en todas lasa) Contribuir a mejorar la calidad de los servicios

Son objetivos del SINEACE los siguientes:Artículo 3º.- Objetivos del SINEACE

SUPERIOR DEL SINEACEDEL ENTE RECTOR O CONSEJO

CAPÍTULO II

ser objeto de certificación laboral y profesional. a las personas que debanniveles, modalidades, formas, ciclos y programas, yo peruano, en sus etapas,educativas públicas y privadas del sistema educativ

alizadas, a las institucionesacreditación, a las entidades certificadoras especi fines de evaluación,órganos operadores, a las entidades evaluadoras conr del SINEACE, a losEl presente Reglamento se aplica al Consejo Superio

ines de acreditaciónArtículo 7º.- Obligatoriedad de la evaluación con f

EDUCATIVA CON FINES DE ACREDITACIÓNDEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

CAPÍTULO IV

vos y de desarrollo.Estatuto, reglamentos, planes curriculares, operatiión puede definir en sunormativa que, en el marco de la Ley, cada instituc

ón reflejan la diversidadcriterios, indicadores y procedimientos de evaluacicuencia, los estándares,constitución reconoce a las universidades. En conse

ministrativa que lag) Respeto a la autonomía académica, económica y ad educación.los resultados y el impacto social y personal de la

los procesos, el contexto,refleja en el hecho de que se evalúan las entradas,itación y la certificación, que sef) El carácter holístico de la evaluación, la acred

el mercado de trabajo y el ejercicio profesional.particulares de la población,como su debida vinculación con las características

l sistema educativo, asíniveles; modalidades, formas, ciclos y programas deados en las diversas etapas,e) La integración de los procesos educativos realizas.entidades evaluadoras, acreditadoras y certificador

do de credibilidad de lasde evaluación, así como la imparcialidad y alto gransparencia de los procesosd) La provisión de mecanismos que garanticen la traales.necesidades nacionales y los referentes internacion

ente vinculado con laseducativas en un contexto local y regional, debidamndan en las institucionesc) La pertinencia del servicio educativo que se bri

cuentas.políticas de desarrolló educativo y de rendición dentinua, así como lasteniendo en cuenta la autorregulación, la mejora co

ersonas y las instituciones,b) La generación de una cultura de calidad de las p28740.

artículo 4º de la Ley NºLey General de Educación, y los establecidos en el ulos 8º y 9º de la Ley Nº 28044a) Los principios y fines establecidos en los artíc

siguientes:alidad educativa son losLos lineamientos que orientan la evaluación de la c

calidad educativaArtículo 6º.- Lineamientos para la evaluación de la

CALIDAD EDUCATIVADEL MEJORAMIENTO DE LA

CAPÍTULO III

SINEACE, de acuerdo a Ley.as por el Presidente delj. Cumplir otras actividades que le sean encomendad

presidentes de los órganos operadores. coordinación con losi. Mantener la unidad administrativa del SINEACE en

proporcionada por los órganos operadores.o a la informaciónAcreditación, y Entidades Certificadoras, de acuerd

aluadoras con fines deh. Mantener actualizado el registro de Entidades EvSINEACE, y distribuirla a los órganos operadores.

tivos y funciones delg. Integrar la información relacionada con los objeaprobadas por el Consejo Superior.

olítica y propuestasf. Efectuar seguimiento de las recomendaciones de pcon los órganos operadores.

SINEACE, en coordinacióne. Proponer el plan de acción y el presupuesto del de decisiones.

tor necesita para la tomad. Proponer los documentos técnicos que el ente recjo Superior.c. Coordinar la ejecución de los acuerdos del Conseerior.b. Llevar las actas de las sesiones del Consejo Sup solicitud del Presidente.a. Convocar a las reuniones del Consejo Superior, a

evaluación, por parte de la institución o programa.do de la solicitud dea) Recepción del informe de autoevaluación acompaña

actividades:13.3 La evaluación externa consta de las siguienteslidad del proceso.miembros, que pudiera afectar la necesaria imparcianterés con algunos de susde evaluación si considera que tiene conflicto de i

mposición de la comisión13.2 La institución o programa puede impugnar la coeducativa o programa.

a por la propia instituciónveracidad de la autoevaluación que ha sido realizadmite constatar laoperador correspondiente. La evaluación externa per

nte emitida por el órganoentidad evaluadora que cuente con autorización vigeucativa, a cargo de unaque se realiza a un programa o a una institución ed

ación, análisis y valoración13.1 La evaluación externa es el proceso de verificArtículo 13º.- Evaluación Externa

.de respaldo son establecidas por el órgano operadoración y la documentacióncorresponda. La estructura del informe de autoevalu

umentación de respaldo quea la entidad evaluadora para su estudio, con la docen un informe que es remitido12.4 El resultado de la autoevaluación se registra

aprobados por el órgano operador correspondiente.iterios y procedimientosinstitución o programa utilizará los estándares, cr

de acreditación, la12.3 Cuando la autoevaluación se realiza con fines proceso de autorregulación.

mo, como componente delproceso de acreditación o ser independiente del mispuede formar parte del12.2. La autoevaluación que realiza la institución

amilia, y grupos de interés.docentes, administrativos, autoridades, padres de fcir, estudiantes, egresados,con la participación de sus actores sociales, es de

ones o programas educativoscalidad, y llevado a cabo por las propias instituci orientado a la mejora de la12.1. La autoevaluación es el proceso de evaluación

Artículo 12º.- Autoevaluaciónd) Inicio de la autoevaluaciónautoevaluación aprobada por el órgano operador.

todología dec) Capacitación de los miembros del comité en la mesus integrantes al órgano operador

roceso y comunicación deb) Designación del comité interno responsable del pcalidad educativa

oceso de evaluación de laa) Información al órgano operador del inicio del prComprende las siguientes actividades:

iónArtículo 11º.- Etapa previa al proceso de acreditacd) Acreditaciónc) Evaluación externab) Autoevaluacióna) Etapa previa al proceso de acreditación

etapas:El proceso de acreditación consta de las siguientesArtículo 10º.- Proceso de acreditación

de cada etapa.operador establece las especificidades y requisitosun solo proceso. El órgano9.2. Las etapas constituyen partes secuenciales de

acreditación.son: la autoevaluación, la evaluación externa y la de la calidad educativa9.1. Las etapas de evaluación para el mejoramiento

acreditaciónucativa con fines deArtículo 9º.- Etapas de evaluación de la calidad ed

programas, y la duración de los estudios.as instituciones educativas yacreditación, de conformidad con la naturaleza de l

lazo de vigencia de laEl órgano operador correspondiente determinará el pArtículo 8º.- Vigencia de la acreditación

o caso es obligatoria.profesionales de la salud o de la educación, en cuya formación deeducativo impartido está directamente vinculado a l

ia, salvo cuando el servicioLa evaluación con fines de acreditación es voluntar

nes o programas quecomo evaluadores para el tipo y nivel de institucioapacitados y certificadosdesarrollará su acción evaluadora, que hayan sido c

to sobre las querepresentativo de las diversas áreas del conocimienones o programas yespecializado en materia de evaluación de institucis estables, y de otrob) Disponer de un grupo de profesionales competente

damente registrada.a) Ser una institución con personería jurídica debirequisitos:

cumplir con los siguienteseducativos, con fines de acreditación, es necesarioones o programasPara funcionar como entidad evaluadora de instituci

acreditaciónras con fines deArtículo 16º.- Requisitos de las entidades evaluado

de evaluación, en forma objetiva.ares, criterios e indicadoresceñirse estrictamente al cumplimiento de los estánd

misión evaluadora debe15.3. La actividad evaluadora y el informe de la coestándares, criterios e indicadores de evaluación.

cumplimiento de loscuantitativa y cualitativa que permita verificar elrictamente a la información15.2. El informe de autoevaluación debe ceñirse est

contenido del informe de autoevaluación.e verificación delevidencia documentaria que deben servir de fuente d

o los requerimientos deindicadores y procedimientos de evaluación, así comándares, criterios,de las instituciones y programas educativos los est

lica y pone a disposición15.1. El órgano operador del SINEACE establece, pubevaluación y acreditación

procedimientos deArtículo 15º.- Estándares, criterios, indicadores yproceso de autoevaluación y evaluación externa.

necesariamente un nuevoLa acreditación es temporal y su renovación implicavigentes.

acuerdo con las normasuna entidad evaluadora, debidamente autorizada, de ación externa emitido poroperador correspondiente, según el informe de evalu

stado, a través del órganoinstitución o programa educativo, otorgado por el Ealidad demostrada por unaLa acreditación es el reconocimiento formal de la c

Artículo 14º.- Acreditaciónla etapa previa al proceso de acreditación.

acreditación se retrotrae ainstitución o programa. En este caso, el proceso decesos y resultados de ladetectadas afectan seriamente la calidad de los proe cuando las debilidadesb) Institución o programa no acreditado. Correspond

los estándares y criterios de evaluación.ndo se cumple con todosa) Institución o programa acreditado. Se otorga cua

alternativas:e las siguientes13.4 La entidad evaluadora deberá proponer alguna d

la decisión.rograma evaluador acerca del) Informe del órgano operador a la institución o p

programa.tación de la institución ok) Decisión del órgano operador acerca de la acredi

j) Informe sobre la propuesta al órgano operador.ad evaluadora.la acreditación por el órgano directivo de la entid

aluadora i) Propuesta sobreh) Elaboración del informe final por la comisión evución o programa.g) Levantamiento de las observaciones por la instit

observaciones correspondientes, si las hubiera.ción o programa, con lasf) Presentación del informe preliminar a la institu

a.e) Elaboración del informe de la comisión evaluadordel objeto de evaluación.

pendencia de la complejidadprograma. La visita dura de tres a cinco días en de a la sede de la institución od) Visita de verificación de la comisión evaluadora

c) Revisión del informe de autoevaluación.b) Designación de la comisión evaluadora.

s y/o profesionalesevaluación y certificación de competencias laboralermitan realizar la21.1 Disponer de un conjunto de instrumentos que pe

son requisitos los siguientes:ompetencias profesionalesPara ser autorizado como entidad certificadora de crasArtículo 21º.- Autorización a entidades certificado

registro de las entidades certificadoras.imientos de autorización yprofesionales, así como los requisitos y los proced

tificación de las competenciascriterios, indicadores y procedimientos para la cerpublican los estándares,20.4 Los órganos operadores respectivos aprueban y

eradores respectivos.entidad certificadora autorizada por los órganos opales es otorgada por la20.3 La certificación de las competencias profesion

corresponde a los Órganos Operadores respectivos.cha certificación lede Educación Técnico Productiva y Universidades. Di

ores Tecnológicos, CentrosPedagógicos, Escuelas Superiores, Institutos SuperiInstitutos Superioresprofesionales quienes tengan Títulos otorgados por

ficación de competencias20.2 Se encuentran comprendidos también en la certiitución educativa.profesionales adquiridas dentro o fuera de una inst

s laborales ynaturales que demuestren un conjunto de competencia se realiza a las personas20.1 La certificación de competencias profesionales

les y profesionalesArtículo 20º.- Certificación de competencias labora

LABORALES Y PROFESIONALESDE LA CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS

CAPÍTULO V

procedimiento.cual establece los mecanismos necesarios para este or el órgano operador, elde evaluación, la autorización puede ser revocada p

neamientos y procedimientosentidad evaluadora no cumple con los principios, lin se demostrara que laSi durante el período de vigencia de la autorizaciódes evaluadorasArtículo 19º.- Revocación de autorización de entida

iodicidad de cinco años.base renueva su autorización y registro con una per registradas y sobre estaevaluadoras con fines de acreditación autorizadas y

ño de las entidadesEl órgano operador supervisa la calidad del desempeevaluadoras

ción de entidadesArtículo 18º.- Supervisión y renovación de autorizaestas acreditaciones.

a el reconocimiento deCada órgano operador establecerá los requisitos parnecen.países o por el organismo internacional a que perte

ial en sus respectivosnaturaleza del SINEACE y tengan reconocimiento oficcompatibles con laacreditadoras del extranjero, cuyas funciones sean

n realizados por agenciasoperadores podrán reconocer procesos de acreditacióeducativos, los órganos17.3. A solicitud de las instituciones y programas

superior del SINEACE. publicado por el órganoacreditación que haya autorizado. Dicho registro esvaluadoras con fines de17.2. Cada órgano operador registra las entidades e

omo entidad evaluadora.otorgamiento de la autorización de funcionamiento cel procedimiento para elrequisitos a que se refiere el artículo anterior y

e verificación de los17.1. El órgano operador establece los mecanismos d evaluadorasArtículo 17º.- Autorización y registro de entidades

desarrollo de las funciones a que se compromete.ásico que le permita eld) Disponer de una infraestructura y equipamiento b

operador correspondiente.terminado por el órganoc) Demostrar poseer el respaldo económico mínimo de

para ejercer su función.n duda su idoneidad moralsanciones administrativas o judiciales que pongan e

ente. No deben tenerdeberán evaluar, por el órgano operador correspondi

Son objetivos del Directorio del IPEBA:Artículo 26º.- Objetivosordinaria, por lo menos, dos veces al mes.

se reúnen en formaaños. Los miembros del Directorio perciben dietas ye por un período de tresEl Directorio elige entre sus miembros al President

24º de la Ley del SINEACE.carácter interdisciplinario, de acuerdo al artículor un Directorio deEl Órgano de Dirección del IPEBA está conformado po

Artículo 25º.- Órgano de Dirección: Directorio

DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN BÁSICA – IPEBADE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN

DE LA ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO PERUANOCAPÍTULO I

como programas de dicho Sistema.almente se constituyenCertificación de la Calidad Educativa; y presupuest

Acreditación ydesconcentrados del Sistema Nacional de Evaluación,nanciera. Son órganosy autonomía normativa, administrativa, técnica y fi

e derecho público internoLos Órganos Operadores tienen personería jurídica dArtículo 24º.- Los Órganos Operadores

DISPOSICIÓN GENERALDE LOS ÓRGANOS OPERADORES DEL SISTEMA.

TÍTULO II

a.profesionales de salud y de educación es obligatoril es voluntaria. Para losLa evaluación con fines de certificación profesiona

icación profesionalArtículo 23º.- Casos de obligatoriedad de la certifdifusión de resultados.así como, la aplicación de las normas éticas en la

con fines de certificación;para la elaboración de instrumentos y la evaluaciónca de los procesos seguidosEl CONEAU supervisa la legitimidad política y técni

.respectivos estándares e instrumentos de evaluaciónprobación de suscomo entidad certificadora son responsables de la a

ización para funcionarLos Colegios Profesionales que cuenten con la autorpresente Reglamento para entidades certificadoras.

itos indicados en elautorizado por el CONEAU y se cumpla con los requisegio, siempre que haya sidocertificados profesionalmente por su respectivo Col

al sólo pueden serLos profesionales que cuenten con Colegio ProfesionalesArtículo 22º.- Certificación por Colegios Profesion

las necesidades a las que hubiere que responder. adicionales de acuerdo a21.6 El órgano operador puede establecer requisitos

creación.correspondiente y el respaldo legal de su norma de ditar la personería jurídica21.5 En el caso de los Colegios Profesionales, acre

miras a la certificación de competencias. naturales evaluadas conrealizar la evaluación de desempeño de las personas

convenio, que permita21.4 Disponer de una infraestructura propia, o por operador.

lecido por el órgano21.3 Disponer de un respaldo económico mínimo estabejercer su función.

idoneidad moral paraadministrativas o judiciales que pongan en duda su e no tengan sancionescertificados como tales por el órgano operador y qu

sido previamenteevaluación por competencias cuyos integrantes hayan de especialistas en21.2 Tener un equipo estable y un equipo disponible

mpetencias.internacionales de evaluación y certificación de co parámetros nacionales eacuerdo a los análisis funcionales elaborados según

eleccionado, elaborados deactualizados de la profesión o del perfil laboral s

ional con opiniónNacional de Promoción del Empleo y Formación Profesta la realiza la Direcciónb) Tratándose del Ministerio de Trabajo, la propues

ión Pedagógica.con la opinión favorable del Viceministerio de Gestión de la Calidad EducativaSuperior y Técnico Profesional y la Unidad de Medic

Nacional de EducaciónNacional de Educación Básica Regular, la Dirección esta la realiza la Direccióna) En el caso del Ministerio de Educación, la propu

artículo 24º de la Ley del SINEACE Nº 28740.procesos de acuerdo alLa conformación del Directorio se realiza mediante grantesArtículo 29º.- Mecanismo de proposición de los inte

ento.IPEBA, el cual lo reconocerá con el mismo procedimi miembro del Directorio delal Ministro de Educación la designación de un nuevo

s hábiles para proponerpropusieron cuentan con un plazo no mayor de 30 dían o instituciones que loartículo 27º del presente Reglamento, la instituciórme a lo establecido en elEn caso de remoción de uno de los directores, confo

signación.propuestas ante el Ministro de Educación para su desalientes presentarán susLas entidades que hayan propuesto a los Directores

período de tres (3) años.te que es elegido para undirectores más antiguos, con excepción del Presiden

r sorteo, a dos de loscorrespondiendo renovar en dichas oportunidades, pote su vigencia,El Directorio se renueva por tercios cada año duran

Pueden ser reelegidos.r un período de tres años.mecanismos establecidos por la entidad de origen po

s de acuerdo a losLos miembros del Directorio del IPEBA son designadoorioArtículo 28º.- Conformación y renovación del Direct

.i) Cumplir las demás funciones establecidas por leya las entidades certificadoras.

s con fines de acreditación yh) Autorizar y registrar a las entidades evaluadoralaboral y productivo.

iones educativas con el sectorEducación, propiciar la vinculación de las instituc26º de la Ley General demedios de articulación comprendidos en el artículo es educativas sobre losg) Establecer los lineamientos para las institucion

General de Educación.participación y vigilancia establecidos por la Ley és de los órganos def) Fomentar la participación de la comunidad a trav

jo pedagógico.con el fin de mejorar la gestión escolar y el trabaativas públicas y privadase) Promover la evaluación de las instituciones educ

ación y acreditación.d) Publicar los resultados de las acciones de evaluResolución Suprema Nº 001-2007-ED.

tivo Nacional aprobado porartículo 18º de la Ley Nº 28740 y el Proyecto Educaivas, en concordancia con elasí como de la acreditación de instituciones educat

el Ministerio de Educación,evaluación de los aprendizajes en coordinación con itos nacional y regional dec) Establecer los estándares y criterios en los ámb

públicas encargadas de autorizar su funcionamiento.plicación a las instanciasBásica y Técnico Productiva remitiéndolos para su a

instituciones de Educaciónb) Determinar los estándares que deben cumplir las certificadoras.

e las entidadesentidades evaluadoras con fines de acreditación y d funcionamiento de lasa) Aprobar las normas que regulan la autorización y

Son funciones del Directorio del IPEBA:Artículo 27º.- Funciones

pedagógica.c) Facilitar mejoras de la gestión institucional y resultados educativos y pedagógicos.

los procesos, servicios yb) Apoyar a alcanzar niveles óptimos de calidad en los procesos de acreditación y certificación.

nal; así como, desarrollarde los aprendizajes en los ámbitos Nacional y Regiosos de evaluación de la calidada) Contribuir al desarrollo y difusión de los proce

ión y CertificaciónArtículo 34º.- Objetivos de la Dirección de Evaluac.g) Cumplir las demás funciones establecidas por leyracción.de acreditación y proponer sanciones en caso de inf

dades evaluadoras con finesf) Supervisar y evaluar las actividades de las entientre las instituciones educativas.

periencias de autoevaluacióne) Propiciar el intercambio y sistematización de exevaluadoras en el ámbito del IPEBA.

amiento de entidadesd) Emitir opinión técnica para autorizar el funciontidades evaluadoras.c) Coordinar las relaciones entre el IPEBA y las en

evaluadoras con fines de acreditación.cionamiento de las entidadesb) Sugerir al Directorio los requisitos para el fun

instituciones educativas.n para la acreditación de lasa) Proponer los estándares y criterios de evaluació

itación del IPEBA:Son funciones de la Dirección de Evaluación y Acredión y AcreditaciónArtículo 33º.- Funciones de la Dirección de Evaluac

Educación Básica y Técnico Productiva.ones y programas deb) Fomentar una cultura evaluativa en las instituci

.desarrollo de procesos de evaluación y acreditaciónProductiva, mediante elEducación Básica, así como de la Educación Técnico

modalidades y niveles de laa) Contribuir al mejoramiento de la calidad en las itación del IPEBA:Son objetivos de la Dirección de Evaluación y Acred

ión y AcreditaciónArtículo 32º.- Objetivos de la Dirección de Evaluacel cargo de Director.El IPEBA establece los requisitos adicionales para

la materia.sionales especializados enLas Direcciones de Línea están integradas por profe

b) Dirección de Evaluación y Certificacióna) Dirección de Evaluación y AcreditaciónLos Órganos de Línea del IPEBA son:Artículo 31º.- Órganos de LíneaIPEBA.

del Directorio delLa remoción será por acuerdo de los demás miembros Organización y Funciones.

l Reglamento degrave de acuerdo a las disposiciones previstas en ención pública o incurrir en faltad) Infracción a la Ley del Código de Ética de la fu

culo 10º de la Ley Nº 28740.c) Incurrir en incompatibilidad prevista en el artí funciones.b) Incapacidad legal que impida el ejercicio de sus sus actividades.a) Incapacidad física que impida la continuación de

uce por:La remoción del cargo de Director del IPEBA se prodArtículo 30º.- Causales de remociónimperativo de las instituciones que los proponen.

no están sujetos a mandatoUna vez designados los integrantes del Directorio, del Directorio.

nación sea por decisiónEducación Básica y Técnico Productiva, y cuya desigonal con dominio enf) El SENATI debe estar representado por un profesi

Estratégico Nacional. Centro de Planeamientoe) Un representante designado por el Directorio del

Empresariales Privadas. Nacional de InstitucionesTécnico Productiva y designado por la Confederación

la Educación Básica yprofesional que tenga experiencia o conocimiento desentante debe ser und) En relación a los gremios empresariales el repre

Ministerio de Educación).ocidos por elEducativas Privadas, CEOS y CETPROS Privados, recon

es de Institucioneslas organizaciones más representantivas (Asociacionopuesta debe realizarse porc) Para las instituciones educativas privadas la pr

Empresa.o de la Micro y Pequeñafavorable del Viceministerio de Promoción del Emple

UNIVERSITARIA - CONEACESDE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR NOEVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN

DE LA ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO DECAPÍTULO II

sean solicitados por el Directorio del IPEBA.eniente y en aquellos quec) Emitir opinión en aquellos asuntos que crea conv

por los órganos de línea del IPEBA.alidad educativa desarrolladasla evaluación, acreditación y certificación de la c

l control y mejoramiento deb) Recoger, aportar y producir conocimientos para ea.modalidades de Educación Básica y Técnico Productivdad en los niveles yevaluación, acreditación y certificación de la calintizar los procesos dea) Proponer recomendaciones al Directorio para gara

Son funciones del Consejo Consultivo del IPEBA:Artículo 38º.- Funciones del Consejo Consultivocertificación.

ación, acreditación yb) Asesorar al órgano de línea sobre temas de evalua) Asesorar al Directorio del IPEBA.Son objetivos del Consejo Consultivo del IPEBA:Artículo 37º.- Objetivos del Consejo Consultivo

irectorio del IPEBA.es de carácter honorífico y será efectuada por el Dmitado y su designaciónEl número de miembros del Consejo Consultivo es ili

a las funciones del IPEBA.ción en materias vinculadasprofesionales de reconocido prestigio y especializao Consultivo, integrado porEl órgano consultivo está constituido por un Consej

Artículo 36º.- Órgano Consultivo.i) Cumplir las demás funciones establecidas por ley

por el IPEBA.s autorizadas y registradasCertificadoras de competencias técnico profesionale

ionamiento de las Entidadesh) Formular los criterios y requisitos para el funcLey General de Educación.de articulación señalados en el artículo 26º de la

educativas sobre los mediosg) Proponer los lineamientos para las institucionesevaluación de las Entidades Certificadoras.

cias de los especialistas enf) Evaluar y certificar periódicamente las competendades Certificadoras.e) Supervisar y evaluar las actividades de las Enti

Entidades Certificadoras.eriencias entre lasd) Fomentar el intercambio y sistematización de exp

laborales.icación de competenciasc) Promover e implementar la normalización y certif

especializados en evaluación de competencias.s profesionales y técnicosb) Propiciar el desarrollo de las capacidades de lo

con el propósito de conocer sus niveles de logro.ares nacionales vigentes,estudiantes teniendo en cuenta los diseños curricul

sos de evaluación de losa) Contribuir al desarrollo y difusión de los proceficación del IPEBA:Son funciones de la Dirección de Evaluación y Certi

ión y CertificaciónArtículo 35º.- Funciones de la Dirección de Evaluacespecialistas de las entidades evaluadoras.

certificación de losd) Capacitar y proponer al Directorio del IPEBA, laeducativas.

os de las institucionesc) Fomentar una cultura evaluativa entre los miembrencias profesionales.de procesos de evaluación y certificación de compet

es, así como el desarrollob) Promover procesos de evaluación de los estudiantas.desarrollar procesos de certificación de competenciluación de los estudiantes ya) Contribuir con la calidad de los procesos de eva

ficación:Son objetivos de la Dirección de Evaluación y Certi

del Viceministerio de Gestión Pedagógica.l con la opinión favorableNacional de Educación Superior y Técnico Profesiona

esta proviene de la Direccióna) En el caso del Ministerio de Educación, la propu 28740:de acuerdo al artículo 27º de la Ley del SINEACE Nº

za mediante procesosLa conformación del Directorio de CONEACES se realigrantesArtículo 43º.- Mecanismo de proposición de los inte

CONEACES. un nuevo miembro delproponer al Ministro de Educación la designación de

días hábiles paralo propusieron cuentan con un plazo no mayor de 30 stitución o instituciones queEn caso de remoción de uno de los directores, la inesignación.propuestas ante el Ministro de Educación, para su d

salientes presentarán susLas entidades que hayan propuesto a los directores período de tres (3) años.

te que es elegido para undirectores más antiguos, con excepción del Presidenr sorteo, a dos de loscorrespondiendo renovar en dichas oportunidades, po

te su vigencia,El Directorio se renueva por tercios cada año duranPueden ser reelegidos.

r un período de tres años.mecanismos establecidos por la entidad de origen poados de acuerdo a losLos miembros del Directorio del CONEACES son design

orio del CONEACESArtículo 42º.- Conformación y renovación del Direct.j) Cumplir las demás funciones establecidas por ley

las certificadoras.s con fines de acreditación y ai) Autorizar y registrar a las entidades evaluadora

universitaria con el sector laboral y productivo. educación superior noh) Propiciar la vinculación de las instituciones de

proponer sanciones en caso de infracción.uadoras y certificadoras yg) Supervisar las actividades de las entidades eval

ación y acreditación.f) Publicar los resultados de las acciones de evaluCONEACES.

rizadas y registradas por eluniversitaria a cargo de entidades evaluadoras autoducación superior noe) Promover la evaluación de las instituciones de e

0º del presente reglamento.correspondencia con lo establecido en el artículo 2ificación laboral, end) Proponer los estándares y criterios para la cert

educación superior no universitaria.a de las instituciones deacreditación en la gestión institucional y académic

ón para el proceso dec) Definir los estándares e indicadores de evaluacicertificadoras.

de las entidadesentidades evaluadoras con fines de acreditación, y funcionamiento de lasb) Aprobar las normas que regulan la autorización y

la educación superior no universitaria.eterogénea atendida entomando en cuenta las necesidades de la población h

los procesos educativosa) Proponer políticas, programas y estrategias paraSon funciones del Directorio del CONEACES:Artículo 41º.- Funciones

niversitaria.resultados educativos de la educación superior no u en los procesos, servicios yb) Contribuir a alcanzar niveles óptimos de calidad

r no universitaria.certificación de la calidad de la educación superio, acreditación ya) Promover el desarrollo de procesos de evaluación

Son objetivos del Directorio del CONEACES:Artículo 40º.- Objetivosordinaria dos veces al mes.

se reúnen en formaaños. Los miembros del Directorio perciben dietas ye por un período de tresEl Directorio elige entre sus miembros al President

27º de la Ley Nº 28740.carácter interdisciplinario, de acuerdo al artículo por un Directorio deEl Órgano de Dirección del CONEACES está conformado

Artículo 39º.- Órgano de Dirección: Directorio

ficación:Son objetivos de la Dirección de Evaluación y Certiión y CertificaciónArtículo 48º.- Objetivos de la Dirección de Evaluac

racción.de acreditación y proponer sanciones en caso de infdades evaluadoras con finesf) Supervisar y evaluar las actividades de las enti

especialistas de las entidades evaluadoras.la certificación de lose) Capacitar y proponer al directorio del CONEACES

evaluadoras en el ámbito del CONEACES.amiento de entidadesd) Emitir opinión técnica para autorizar el funcion

entidades evaluadoras.c) Coordinar las relaciones entre el CONEACES y lasevaluadoras con fines de acreditación.

cionamiento de las entidadesb) Sugerir al Directorio los requisitos para el funa.instituciones de educación superior no universitari

n y acreditación de lasa) Proponer los estándares y criterios de evaluacióitación del CONEACES:Son funciones de la Dirección de Evaluación y Acred

ión y AcreditaciónArtículo 47º.- Funciones de la Dirección de Evaluacno universitaria.

ones de educación superiorc) Fomentar una cultura evaluativa en las institucicalidad de los procesos pedagógicos y de gestión.

ontrol y evaluación de lab) Garantizar el establecimiento de mecanismos de cacreditación.

e procesos de evaluación ysuperior no universitaria, mediante el desarrollo dinstituciones de la educacióna) Contribuir al mejoramiento de la calidad de las

itación:Son objetivos de la Dirección de Evaluación y Acredión y AcreditaciónArtículo 46º.- Objetivos de la Dirección de Evaluac

especialización en la materia.sionales de altaLas direcciones de línea están integradas por profe

b) Dirección de Evaluación y Certificación.a) Dirección de Evaluación y Acreditación.Los Órganos de Línea del CONEACES son:Artículo 45º.- Órganos de LíneaCONEACES.

del Directorio delLa remoción será por acuerdo de los demás miembros Organización y Funciones.

s en el Reglamento defalta grave de acuerdo a las disposiciones previstanción Pública o incurrir end) Infracción a la Ley del Código de Ética de la Fu

la Ley Nº 28740.c) Incompatibilidad prevista en el artículo 10º de funciones.b) Incapacidad legal que impida el ejercicio de sus sus actividades.a) Incapacidad física que impida la continuación de

roduce por:La remoción del cargo de Director del CONEACES se pArtículo 44º.- Causales de remoción

ue los proponen.sujetos a mandato imperativo de las instituciones qtes del Directorio, no estáneducación superior. Una vez designados los integran

r experiencia enLos representantes del SENATI y CONCYTEC deben teneEstratégico Nacional, CEPLAN.

Centro de Planeamientof) Un representante designado por el Directorio deldirectivo.

r acuerdo de su enteNacional de Instituciones Empresariales Privadas poaliza la Confederacióne) Por los gremios empresariales la propuesta la re

Industrial, SENATI elegido por su Directorio.estramiento en Trabajod) Un representante por el Servicio Nacional de Adi

calificaciones académicas y profesionales.ivados con altasc) Un representante de los Institutos Superiores pr

Ciencia y Tecnología, CONCYTEC. Consejo Nacional deb) Un representante designado por el Directorio del

no universitaria.dad de la educación superiorevaluación, acreditación y certificación de la cali

a los procesos dea) Elaborar productos o prestar servicios relativosES:Son funciones de las comisiones técnicas del CONEAC

Artículo 55º.- Funciones de las Comisiones Técnicasersitaria.sectores y actores de la educación superior no univenta la experiencia de losprestación de servicios solicitados, teniendo en cuacionada con el producto oLa organización de las comisiones técnicas está rel

casArtículo 54º.- Organización de las Comisiones Técniespecíficos.elaboración de productos o prestación de servicios

las necesidades, para laconvocando a especialistas y expertos, de acuerdo ad de las direcciones,El CONEACES conforma comisiones técnicas a solicitu

Artículo 53º.- Comisiones TécnicasCONEACES.

solicitados por elc) Emitir opinión en todos los asuntos que le sean universitaria.

ucación superior noacreditación y certificación de la calidad en la edcesos de evaluación,b) Proponer recomendaciones para garantizar los pro

por los órganos de línea del CONEACES.dad educativa desarrolladasevaluación, acreditación y certificación de la cali

y mejoramiento de laa) Recoger y aportar conocimientos para el control Son funciones del Consejo Consultivo:Artículo 52º.- Funciones del Consejo Consultivo

erior no universitaria.certificación de las instituciones de educación supvaluación, acreditación yb) Asesorar a los órganos de línea sobre temas de e

a) Asesorar al Directorio.El Consejo Consultivo tiene como objetivos:Artículo 51º.- Objetivos del Consejo Consultivo

irectorio del CONEACES.es de carácter honorífico y será efectuada por el Dmitado y su designaciónEl número de miembros del Consejo Consultivo es ili

a las funciones del CONEACES.ción en materias vinculadasprofesionales de reconocido prestigio y especializao Consultivo, integrado porEl órgano consultivo está constituido por un Consej

Artículo 50º.- Órgano Consultivolos resultados.competencias y el respeto a la confidencialidad de

ión y certificación def) Garantizar la calidad de los procesos de evaluacsanciones en caso de infracción.

ificadoras y proponere) Supervisar las actividades de las entidades certentidades certificadoras.

periencias entre lasd) Propiciar el intercambio y sistematización de exles.especializados en evaluación de competencias labora

s profesionalesc) Propiciar el desarrollo de las capacidades de lode la educación superior no universitaria.

las entidades certificadorasb) Sugerir los requisitos para el funcionamiento decertificación de competencias laborales.

os de evaluación, para laa) Aprobar los estándares, criterios y procedimientficación del CONEACES:Son funciones de la Dirección de Evaluación y Certi

ión y CertificaciónArtículo 49º.- Funciones de la Dirección de Evaluaceducación superior no universitaria.

os de las instituciones dec) Fomentar una cultura evaluativa entre los miembrcompetencias laborales y profesionales.

y certificación deb) Promover el desarrollo de procesos de evaluaciónsuperior no universitaria.

sados de la educacióncertificación de competencias laborales de los egresos de evaluación ya) Contribuir a desarrollar la calidad de los proce

iembro del CONEAU.Ministro de Educación, la designación de un nuevo ms para proponer, alpropusieron cuentan con un plazo no mayor de 30 día

n o instituciones que loartículo 61º del presente Reglamento, la instituciórme a lo establecido en elEn caso de remoción de uno de los directores, confo

signación.propuestas ante el Ministro de Educación para su desalientes presentarán susLas entidades que hayan propuesto a los Directores

período de tres (3) años.te que es elegido para undirectores más antiguos, con excepción del Presiden

r sorteo, a dos de loscorrespondiendo renovar en dichas oportunidades, pote su vigencia,El Directorio se renueva por tercios cada año duran

Pueden ser reelegidos.r un período de tres años.mecanismos establecidos por la entidad de origen po

os de acuerdo a losLos miembros del Directorio del CONEAU son designadorioArtículo 59º.- Conformación y renovación del Direct

.h) Cumplir las demás funciones establecidas por leya las certificadoras.

s con fines de acreditación yg) Autorizar y registrar a las entidades evaluadoraproponer sanciones en caso de infracción.

uadoras y certificadoras yf) Supervisar las actividades de las entidades evalación y acreditación.e) Publicar los resultados de las acciones de evalu

registradas por el CONEAU.s evaluadoras autorizadas yuniversitaria y de sus filiales a cargo de entidade

ducación superiord) Promover la evaluación de las instituciones de etes.Rectores y los colegios profesionales correspondien

amblea Nacional deprofesionales, elaborados en concordancia con la Asión de competenciasc) Aprobar los estándares y criterios de certificac

universitaria.ucación superioracreditación de las instituciones y programas de ed

ón para el proceso deb) Definir los estándares e indicadores de evaluacicertificadoras.

de las entidadesentidades evaluadoras con fines de acreditación, y funcionamiento de lasa) Aprobar las normas que regulan la autorización y

Son funciones del Directorio del CONEAU:Artículo 58º.- Funciones

versitario.c) Garantizar la calidad del servicio educativo uniresultados de la educación superior universitaria.

en los procesos, servicios yb) Contribuir a alcanzar niveles óptimos de calidadr universitaria.certificación de la calidad de la educación superio

, acreditación ya) Promover el desarrollo de procesos de evaluaciónSon objetivos del Directorio del CONEAU:Artículo 57º.- Objetivosordinaria, por lo menos, dos veces al mes.

se reúnen en formaaños. Los miembros del Directorio perciben dietas ye por un período de tresEl Directorio elige entre sus miembros al President

32º de la Ley Nº 28740.carácter interdisciplinario, de acuerdo al artículoor un Directorio deEl Órgano de Dirección del CONEAU está conformado p

Artículo 56º.- Órgano de Dirección: Directorio

CONEAU- LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

EVALUACIÓN ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DEDE LA ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO DE

CAPÍTULO III

superior no universitaria.evaluación de la calidad educativa de la educación ltados concernientes a lab) Estudiar y analizar los insumos, procesos y resu

especialistas de las entidades evaluadoras. certificación de lose) Capacitar y proponer al directorio del CONEAU la

evaluadoras en el ámbito del CONEAU.amiento de entidadesd) Emitir opinión técnica para autorizar el funcion

ntidades evaluadoras.c) Coordinar las relaciones entre el CONEAU y las eevaluadoras con fines de acreditación.

cionamiento de las entidadesb) Sugerir al Directorio los requisitos para el funinstituciones de educación superior universitaria.

n y acreditación de lasa) Proponer los estándares y criterios de evaluacióitación del CONEAU:Son funciones de la Dirección de Evaluación y Acred

ión y AcreditaciónArtículo 64º.- Funciones de la Dirección de Evaluacuniversitaria.

ones de la educación superiorc) Fomentar una cultura evaluativa en las instituciacadémicos.calidad de los procesos de gestión institucional y

ontrol y evaluación de lab) Contribuir al establecimiento de mecanismos de cacreditación.

procesos de evaluación yprogramas universitarios, mediante el desarrollo deva de instituciones ya) Contribuir al mejoramiento de la calidad educati

itación:Son objetivos de la Dirección de Evaluación y Acredión y AcreditaciónArtículo 63º.- Objetivos de la Dirección de Evaluac

especialización en la materia.sionales de altaLas direcciones de línea están integradas por profe

b) Dirección de Evaluación y Certificación.a) Dirección de Evaluación y Acreditación.Los Órganos de Línea del CONEAU:Artículo 62º.- Órganos de LíneaCONEAU.

del Directorio delLa remoción será por acuerdo de los demás miembros Organización Y Funciones.

s en el Reglamento defalta grave de acuerdo a las disposiciones previstanción Pública o incurrir end) Infracción a la Ley del Código de Ética de la Fu

culo 10º de la Ley Nº 28740.c) Incurrir en incompatibilidad prevista en el artí funciones.b) Incapacidad legal que impida el ejercicio de sus sus actividades.a) Incapacidad física que impida la continuación de

duce por:La remoción del cargo de Director del CONEAU se proArtículo 61º.- Causales de remoción

ue los proponen.sujetos a mandato imperativo de las instituciones qel CONEAU no estánUna vez designados los integrantes del Directorio d

Estratégico Nacional, CEPLAN. Centro de Planeamientof) Un representante designado por el Directorio del

Profesionales del Perú, debidamente reconocidos.nos de los Colegiose) Un representante elegido por la Asamblea de Deca

Nacional de Instituciones Empresariales Privadas.ectuará la Confederaciónd) Por los gremios empresariales la propuesta la ef

ANR.ea Nacional de Rectores-Rectores de las Universidades Privadas de la Asambl

eben ser elegidos por losc) El representante de las universidades privadas dANR.

ea Nacional de Rectores-Rectores de las Universidades Públicas de la Asambleberán ser elegidos por losb) El representante de las universidades públicas d

Ciencia y Tecnología. Consejo Nacional dea) Un representante designado por el Directorio del

740:acuerdo al artículo 32º de la Ley del SINEACE Nº 28a mediante procesos deLa conformación del Directorio del CONEAU se realizgrantesArtículo 60º.- Mecanismo de proposición de los inte

dad educativa.evaluación, acreditación y certificación de la cali a los procesos dea) Elaborar productos o prestar servicios relativos

:Son funciones de las comisiones técnicas del CONEAUArtículo 72º.- Funciones de las Comisiones Técnicas

itaria.sectores y actores de la educación superior universenta la experiencia de losprestación de servicios solicitados, teniendo en cuacionada con el producto oLa organización de las comisiones técnicas está rel

casArtículo 71º.- Organización de las Comisiones Técni servicios específicos.las necesidades, para la elaboración de productos o

expertos, de acuerdo aaquéllas se establecen convocando a profesionales yde las direcciones,El CONEAU conforma comisiones técnicas a solicitud

Artículo 70º.- Comisiones Técnicastados por el CONEAU.c) Emitir opinión en los asuntos que le sean solici

ucación superior universitaria.acreditación y certificación de la calidad en la edcesos de evaluación,b) Proponer recomendaciones para garantizar los pro

por los órganos de línea del CONEAU.alidad educativa desarrolladasla evaluación, acreditación y certificación de la c

l control y mejoramiento dea) Recoger, aportar y producir conocimientos para eSon funciones del Consejo Consultivo:Artículo 69º.- Funciones del Consejo Consultivocertificación.

uación, acreditación yb) Asesorar a los órganos de línea en temas de evala) Asesorar al Directorio.El Consejo Consultivo tiene como objetivos:Artículo 68º.- Objetivos del Consejo Consultivo

irectorio del CONEAU.es de carácter honorífico y será efectuada por el Dmitado y su designaciónEl número de miembros del Consejo Consultivo es ili

a las funciones del CONEAU.ción en materias vinculadasprofesionales de reconocido prestigio y especializao Consultivo, integrado porEl órgano consultivo está constituido por un Consej

Artículo 67º.- Órgano Consultivoresultados.

fidencialidad de loscertificación de competencias y el respeto a la conos de evaluación yd) Contribuir a garantizar la calidad de los proces

proponer sanciones en caso de infracción.dades certificadoras yc) Supervisar y evaluar las actividades de las enti

entidades certificadoras.eriencias entre lasb) Fomentar el intercambio y sistematización de exp

en el artículo 21º del presente Reglamento.pondencia con lo establecidode los institutos superiores pedagógicos, en corres instituciones universitarias ycertificación de los profesionales egresados de las

tos de evaluación ya) Proponer los estándares, criterios y procedimienficación del CONEAU:Son funciones de la Dirección de Evaluación y Certi

ión y CertificaciónArtículo 66º.- Funciones de la Dirección de Evaluaceducación superior universitaria.

os de las instituciones dec) Fomentar una cultura evaluativa entre los miembrcompetencias profesionales.

y certificación deb) Promover el desarrollo de procesos de evaluacióngicos.universidades y de los institutos superiores pedagó

egresados de lascertificación de competencias profesionales de los sos de evaluación ya) Contribuir a desarrollar la calidad de los proce

ficación del CONEAU:Son objetivos de la Dirección de Evaluación y Certiión y CertificaciónArtículo 65º.- Objetivos de la Dirección de Evaluac

racción.de acreditación y proponer sanciones en caso de infdades evaluadoras con finesf) Supervisar y evaluar las actividades de las enti

Ministerio Público.uestos en conocimiento delLos hechos que constituyan ilícitos penales serán p

d) Cancelación de la autorización de funcionamientoc) Suspensión de actividadesb) Multa.a) Amonestación.sujetas a las sanciones siguientes:

ertificadoras, estaránevaluadoras con fines de acreditación y entidades cinentes, las entidadesperjuicio de las acciones legales que resulten pert órgano operador, sinincumplimiento de las disposiciones emitidas por el

del presente Reglamento o elAnte las infracciones indicadas en el artículo 74º Artículo 75º.- Sancionesf) Operar sin contar con la autorización vigente.operador para las acciones de supervisión.

pondiente del órganoe) No brindar las facilidades a la Dirección corres evaluadas.favorecer a las instituciones, programas o personasoperador con el propósito ded) Incumplir las normas establecidas por el órgano te Reglamento.condiciones señaladas en el artículo 16º del presen

rdida de alguna de lasc) No informar a la Dirección correspondiente la pécon fines de acreditación.

mes de auto evaluaciónb) Falsear la documentación presentada en los inforeglamento.acreditación establecidos en la Ley y el presente R

ntos de evaluación ya) No cumplir con las normas, principios y lineamieentidades certificadoras:

ines de acreditación ySon infracciones de las entidades evaluadoras con fArtículo 74º.- Infracciones

ACREDITACIÓN Y ENTIDADES CERTIFICADORASENTIDADES EVALUADORAS CON FINES DE

DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES A LASCAPÍTULO II

n su acreditación.estímulos a las instituciones y programas que logreara la aplicación deCientífico y Tecnológico –FONDECYT– las políticas p

de DesarrolloEducación Peruana –FONDEP– y con el Fondo Nacional l de Desarrollo de laEl Consejo Superior coordinará con el Fondo Naciona

nacionales donantes.c) Respaldo del Estado ante las instituciones intercompetencia, convocados por las entidades públicas.

ción de servicios de sub) Preferencia en los procesos públicos de contratapedagógicos y becas a alumnos y docentes.

perfeccionamientoprogramas de investigación, innovación tecnológica,ejecución y desarrollo dea) Priorización en la asignación de fondos para la

n lo siguiente:Las instituciones acreditadas serán beneficiadas coArtículo 73º.- Estímulos

DE LOS ESTÍMULOSCAPÍTULO I

Y SANCIONESDE LOS ESTÍMULOS, INFRACCIONES

TÍTULO III

superior universitaria.evaluación de la calidad educativa de la educación os concernientes a lab) Estudiar y analizar insumos, procesos y resultad

d) Presupuesto Analítico de Personal.c) Cuadro de Asignación de Personal.b) Manual de Organización y Funciones.a) Reglamento de Organización y Funciones

ión:días hábiles, se aprobarán sus instrumentos de gesten un plazo de sesentaUna vez instalado el Consejo Superior del SINEACE,

CUARTA: Elaboración de Instrumentos de Gestiónección de su Presidente.Consejo Superior del SINEACE y se procederá a la el

ientes, se constituirá elde los mismos, dentro de los diez días hábiles sigus y elegidos los PresidentesInstalados los Directorios de los órganos operadore

TERCERA: Constitución del Consejo Superiorartículo 4º del presente Reglamento.

dispuesto en inciso f) delSINEACE, para su aprobación, de conformidad con lo nsejo Superior delsesenta días y lo presentarán al Ente Rector, el Co

de gestión en un plazo deInstalado el Directorio elaborarán sus instrumentosidentes.respectivos Directorios y a la elección de sus Pres

stalación de losSuprema, los miembros designados procederán a la innación mediante ResoluciónDentro de los 15 días hábiles de efectuada la desig

OperadoresSEGUNDA: Instalación del Directorio de los Órganos es.los miembros del Directorio de los órganos operador

ecibida la convocatoria, apropongan, dentro del plazo de 20 días hábiles de rLey 28740, para quecomprendidas en los artículos 23º, 27º y 32º de la

s institucionesla entrada en vigencia del presente Reglamento a la0 días hábiles siguientes aEl Ministro de Educación convocará, dentro de los 1

PRIMERA: CONVOCATORIA A ENTIDADES

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Ministerio Público.uestos en conocimiento delLos hechos que constituyan ilícitos penales serán p

c) Pérdida de la acreditación o certificación.b) Multaa) Amonestaciónpueden ser:

correspondan, las cualespresente Reglamento, se aplicarán las sanciones ques en el artículo 76 º delo se incurra en alguna de las infracciones señalada

tivas o personas evaluadas,implique responsabilidad de las instituciones educalaridad en el proceso queSi durante la evaluación se detectara alguna irregu

Artículo 77º.- Sancionesen la Ley Nº 28740 y el presente Reglamento.

operador y las establecidase) Incumplir las normas establecidas por el órgano visión.operador que corresponda para las acciones de super

pondiente del órganod) No brindar las facilidades a la Dirección corres personas naturales.o entidades certificadoras u otras instituciones, o

as con fines de acreditaciónc) Incurrir en colusión con las entidades evaluadordad certificadora.entidad evaluadora con fines de acreditación o enti

ades cometidas por lab) No informar al órgano operador sobre irregularidla obtención de la acreditación o certificación.

umentación presentada paraa) Falsear los resultados de la evaluación o la docpersonas evaluadas:Son infracciones de las instituciones educativas y

Artículo 76º.- Infracciones

EVALUADASINSTITUCIONES EDUCATIVAS Y PERSONAS

DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES A LASCAPÍTULO III

incorporarse al Directorio.esignación puedendos tercios de sus miembros. Una vez realizada la d

éste puede instalarse conrepresentante en el directorio del órgano operador,vado no ha propuesto suSi alguna de las entidades del sector público o pri

CUARTA: Quórum para la instalaciónUniversitaria CONEAU.

dad de la Educación SuperiorEvaluación, Acreditación y Certificación de la Caliades, al Consejo de(CONAFU) de evaluar a las filiales de las universid

amiento de Universidadesel Consejo Nacional para la Autorización de Funcionre la competencia que tieneA partir de la instalación del SINEACE, se transfie

de Universidadese FuncionamientoTERCERA: El Consejo Nacional para la Autorización d

robado por el CONEAU.procedimientos de acreditación se adecuarán a lo apizadas. Al reiniciarse estosevaluación y registre a entidades evaluadoras autors y procedimientos para laaprobación de los estándares, criterios, indicadore

AU culmine lavigencia del presente Reglamento, hasta que el CONEenderán a la entrada enque se encuentren en trámite ante la CAFME, se susp

s o Escuelas de MedicinaLos procedimientos de acreditación de las Facultadecorrespondiente informe.

la, acompañado delprocedimientos que se encuentren en trámite ante elel relativo a losacervo documentario que obre en su poder, incluido

sferirá, al CONEAU, elComplementaria, Transitoria y Final de la Ley, trantava DisposiciónReglamento. De acuerdo con lo establecido por la Oc

gencia del presenteLa CAFME cesará en sus funciones a la entrada en viMedicina

s o Escuelas deSEGUNDA: Comisión para la Acreditación de FacultadeSuperiores Tecnológicos.

rreras de los Institutosy del proceso de revalidación institucional y de can superior no universitariaprocesos de evaluación de instituciones de educació

irá a cargo de losórganos operadores, el Ministerio de Educación segumplementen mediante losEn tanto los procedimientos de acreditación no se i

adecuarse a los mismos.CES y el CONEAU, paraevaluación y acreditación establecidos por el CONEA

os estándares y criterios dedisponen de un año, a partir de la publicación de l salud y la educación,Las instituciones formadoras de profesionales de la

con fines de acreditación.n y evaluación externa,educativas y programas, a procesos de autoevaluació

a de institucionesEstos órganos promoverán la incorporación voluntaricomunidad educativa y la sociedad en general.

miento público entre lay funciones del SINEACE para fortalecer su reconocios difundirán los objetivosLos órganos operadores durante los primeros tres añ

PRIMERA: Aplicación progresiva de los procesos

TRANSITORIASDISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

con el SINEACEde Educación en coordinaciónotros actores educativos las realiza el Ministerio

es, docentes, directivos yLas evaluaciones muéstrales y censales de estudiantSEXTA: Evaluaciones Muéstrales y Censales

al Sistema.normativa, con las funciones y objetivos asignados l ejercicio de su funcióncon el Ministerio de Educación a fin de armonizar e

estrecha coordinaciónEl SINEACE y sus órganos operadores mantendrán una QUINTA: Coordinación con el Ministerio de Educaciónf) Presupuesto Anual.e) Plan Operativo de Actividades.

ntean demandas a la calidadindirectos del servicio educativo y, por tanto, plaSon las instituciones que reciben los beneficiosGrupos de interés.- m)

establecidos y atendiendo a su contexto.stándares previamentepersona, institución o programa, por referencia a e

l desempeño de unao servicio, de una situación o fenómeno, así como eun productoProceso que permite valorar las características de Evaluación.- l)

programas. educativas o susSINEACE, la evaluación externa de las instituciones

ro del órgano operador delencargada de realizar, previa autorización y registInstitución especializadaEntidad Evaluadora con fines de Acreditación.- k)

evaluación de desempeño de las personas naturales.o operador del SINEACE, lalaborales, previa autorización y registro del órgan

as profesionales oevaluación con fines de certificación de competenciInstitución especializada encargada de realizar laEntidad Certificadora.- j)

a su mejoramiento.alentar la aplicación de las medidas requeridas parables de calidad, así comolas universidades públicas y privadas niveles acept

de medición para garantizar ende definir los criterios, indicadores y estándares Órgano operador encargadoEducación Superior Universitaria - CONEAU.-

de la Calidad de laConsejo de Evaluación, Acreditación y Certificacióni) medidas requeridas para su mejoramiento.

lentar la aplicación de lasprivadas, niveles aceptables de calidad, así como aor no universitaria públicas ygarantizar en las instituciones de educación superistándares de medición paraencargado de definir los criterios, indicadores y e

Órgano operadorEducación Superior no Universitaria - CONEACES.- de la Calidad de laConsejo de Evaluación, Acreditación y Certificaciónh)

universitaria.r no universitaria yla educación técnico productiva y educación superio

son aquellas que adquieren las personas enCompetencias profesionales.- g) pacional.del as instituciones educativas en su desempeño ocu

son aquellas que adquieren las personas fueraCompetencias laborales.- f) ctor del SINEACE.acuerdo a los criterios establecidos por el ente re

n de desempeño, dedemostradas por una persona natural en la evaluació profesionales o laboralescertificadora reconoce formalmente las competencias

Proceso mediante el cual la entidadCertificación de Competencias.- e) de personas.

a competencias profesionalesel cumplimiento de requisitos de calidad referidas cumentaResultado de un proceso por el que se verifica y doCertificación.- d)

idades preestablecidas.que cumple los requisitos para satisfacer las neceso o servicioConjunto de características inherentes a un productCalidad.- c)

aplicación de los ajustes necesarios.luación de la calidad y laasuman internamente la responsabilidad sobre la eva

ropias instituciones las quemejoramiento de la calidad, haciendo que sean las pEs la expresión del compromiso institucional con elAutorregulación.- b)

perador del SINEACE.evaluadora, debidamente verificado, por el órgano oo presentado por la entidadconsecuencia del informe de evaluación satisfactori

tablecidos comocumple con los estándares de calidad previamente esgramas o carrera profesionalformalmente que la institución educativa, área, pro

Procedimiento mediante el cual el órgano reconoceAcreditación.- a) cuenta las siguientes definiciones:

to se tendrán enPara efectos de la aplicación del presente Reglamenmediante Resolución Ministerial.

referido procesocomo, designar una comisión encargada de apoyar el ón del SINEACE; asíque sean necesarias para el proceso de implementaci

normas complementariasSe autoriza al Ministerio de Educación expedir las complementarias

r normasQUINTA: Autorizar al Ministerio de Educación aproba

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la Calidad.ificación deSistema Nacional de Evaluación, Acreditación y CertSINEACE.- s)

cumplimiento.ciones y evaluar suestablece ciertas normas de operación a las institu

Suele entenderse la acción de un órgano externo queRegulación.- r) ditación.etapas de autoevaluación, evaluación externa y acrerador, compuesto por lascriterios de calidad establecidos por el órgano opecativo, de los estándares ydel cumplimiento por una institución o programa edu

Proceso conducente al reconocimiento formalProceso de acreditación.- q) itaria.No Universitaria y en la Educación Superior Univers

en la Educación Superiorámbito de la Educación Básica, Técnico Productiva; Encargado de garantizar la calidad educativa en elÓrgano Operador.- p)

La Ley del SINEACE Ley Nº 28740.Ley.- o) requeridas para su mejoramiento.

aplicación de las medidasniveles aceptables de calidad, así como alentar la uctiva públicas y privadasinstituciones de la Educación Básica y Técnico Prod

medición para garantizar en lasdefinir los criterios, indicadores y estándares de Órgano operador encargado deCalidad de la Educación Básica - IPEBA.-

tificación de laInstituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Cern) asociaciones profesionales entre otras.

les y gobiernos locales,de los mismos, como: empleadores; gobiernos regiona