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GRUPO SCOUT “Inmaculado Corazón de María” –Nº90-
ÍNDICE
NATURALEZA DE GRUPO.....................................................................3
ASAMBLEA GENERAL...........................................................................3
CONSEJO DE GRUPO..............................................................................6
CONSEJO DE SCOUTERS.......................................................................7
COORDINACIÓN DE GRUPO..............................................................10
SCOUTERS DE GRUPO……….………………………………………12
COMITÉ DE GRUPO..............................................................................13
ASOCIADOS.............................................................................................19
SANCIONES..............................................................................................21
DISOLUCIONES......................................................................................21
DISPOSICIONES FINALES...................................................................22
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REGLAMENTO INTERNO
NATURALEZA DE LA ASOCIACIÓN
I.- La Asociación Grupo Scout Nº 90 “Inmaculado Corazón de María” pertenece a
A.S.D.E. – Exploradores de Murcia, cuya denominación y régimen jurídico quedan
establecidos en los estatutos de dicha Asociación. Así mismo el Grupo Scout pertenece
a ASDE- Scouts de España, la cual es miembro de la Organización Mundial del
Movimiento Scout (OMMS)
II.- La Asociación Grupo Scout Nº 90 “Inmaculado Corazón de María” asume los estatutos
de A.S.D.E. – Exploradores de Murcia como propios, ateniéndose a los mismos y
desarrollándolos a través del presente reglamento interno. La interpretación de los
preceptos contenidos en dichos estatutos será realizada por el Consejo de Grupo.
III.- La Asociación Grupo Scout Nº 90 “Inmaculado Corazón de María” tiene como
domicilio social la calle doctor Serrano, nº 3 de Barrio Peral, Cartagena.
IV.- Se establece como distintivo del Grupo la pañoleta triangular dividida en dos partes,
siendo una el fondo el cual será de color naranja, y la otra parte es el borde del
triangulo que será de color amarillo.
V.- Además se establece como apocope de la Asociación el nombre de “Grupo Scout Nº90
Barrio Peral”.
VI.- El grupo Scout estará compuesto por las siguientes secciones: Colonia de Castores,
Manada de Lobatos, Tropa Scout, Unidad Esculta, Clan Rover, Comité de Padres y
Kraal de Scouters. La composición numérica de cada seción se fijara al comienzo de
cada ronda solar según las necesidades educativas y disponibilidad de recursos. Por
necesidades de recursos se podrá prescindir de alguna de las secciones por tiempo
indeterminado, pasando a ser prioridad urgente del grupo la reincorporación de esa
sección suprimida.
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ASAMBLEA GENERAL
I.- La Asamblea general es el máximo órgano de decisión de la Asociación, residiendo en
ella todas las facultades de gobierno.
II.- La asamblea estará presidida y moderada por el Coordinador de Grupo o en su defecto
por alguien del Consejo de Grupo en quien él delegue.
III.- Son miembros de pleno derecho de la Asamblea de Grupo con voz y voto, no pudiendo
delegar este último, las siguientes personas:
A.- Todos los pertenecientes al Consejo de Grupo.
B.- Todos los padres y tutores de los educandos teniendo un voto por asociado
menor de edad a su cargo.
C.- Todos los asociados mayores de 18 años.
D.- Todos los miembros del Grupo que no estén encuadrados dentro de una de las
categorías anteriores y que estén dados de alta.
IV.- Así mismo podrán asistir a la Asamblea de Grupo, con voz pero sin voto:
A.- Todos los Rovers menores de 18 años.
B.- Los padres de los Rovers mayores de 18 años.
C.- Todos aquellos invitados por el Consejo de Grupo.
V.- Será convocada por el Coordinador o Consejo de Grupo, cuando así lo estime oportuno
o a instancia de algún miembro del mismo, con previo conocimiento del Consejo de
Scouters.
VI.- Será convocada vía postal por el Secretario de grupo con al menos quince días de
antelación, haciendo constar el orden del día.
VII.- Son funciones de la Asamblea ordinaria:
A.- Aprobar el balance de cuentas de la ronda solar anterior y el presupuesto para
la siguiente por mayoría de 2/3 de los presentes, si procede, decidiendo en caso
de empate el voto de calidad del Coordinador de Grupo, o de quien haga las
veces.
B.- Aprobar las modificaciones de carácter extraordinario del presupuesto por 2/3
de los presentes, decidiendo en caso de empate el voto de calidad del
Coordinador de Grupo, o de quien haga las veces.
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REGLAMENTO INTERNO
C.- Aprobar las modificaciones del reglamento interno hechas por el Consejo de
Grupo por 2/3 de los presentes, decidiendo en caso de empate el voto de
calidad del Coordinador de Grupo, o de quien haga las veces.
D.- Informarse de la marcha general del Grupo y proyectos para el próximo
periodo.
E.- Decidir la disposición o enajenación de bienes por 2/3 de los presentes,
decidiendo en caso de empate el voto de calidad del Coordinador de Grupo, o
de quien haga las veces
F.- Aprobar sanciones o expulsión de socios a propuesta del Consejo de Grupo.
G.- En general, resolver cualquier asunto no pedagógico que le sea expuesto para
la buena marcha de la Asociación.
VIII.- Los acuerdos de la Asamblea serán tomados por mayoría simple de los presentes siendo
la votación nominal, si procede.
IX.- Todos los miembros de la Asamblea podrán presentar propuestas al Secretario del
Grupo hasta tres días antes de la celebración de la Asamblea.
X.- La Asamblea ordinaria se reunirá al menos dos veces durante la ronda: principio de
ronda y fin de ronda (antes de la realización del campamento de verano).
XI.- El acta de la Asamblea, tanto ordinaria como extraordinaria, será levantada por el
Secretario del Grupo.
XII.- La Asamblea extraordinaria se reunirá, en los supuestos previstos por la ley, previa
convocatoria por el Consejo de Grupo o cuando lo solicite algún miembro de la misma.
XIII.- Son funciones de la Asamblea extraordinaria:
A.- Disolver la Asociación a propuesta del Consejo de Grupo y previo informe del
Consejo de Grupo, por mayoría de 2/3 de los presentes, decidiendo en caso de
empate el voto de calidad del Coordinador de Grupo, o de quien haga las veces.
B.- Aprobar las modificaciones de los Estatutos hechas por el Consejo de Grupo
por 2/3 de los presentes, decidiendo en caso de empate el voto de calidad del
Coordinador de Grupo, o de quien haga las veces.
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CONSEJO DE GRUPO
El consejo de grupo estará formado por el consejo de scouters y el comité de grupo.
Estará presidido el coordinador de grupo, el cual convocará y estimara el orden del día.
El secretario del Consejo de Grupo será el secretario de grupo cuyas funciones serán las
mismas que el secretario de comite de padres y estará asistido por el secretario del
consejo de Scouters.
En caso de no haber coordinador de grupo, el consejo de grupo será convocado por el
2/3 del comité de grupo o por 1/3 del consejo de scouters. O bien por 3/5partes de
ambos.
Son funciones del consejo de grupo:
A.- Convocar una Asamblea de Grupo para aprobar las modificaciones de carácter
urgente o las modificaciones de carácter extraordinario, no contempladas en el
proyecto.
B.- Presentar el balance anual y estado de cuentas a la Asamblea para su
aprobación, si procede.
C.- Presentar un proyecto de presupuesto a la Asamblea de Grupo, previa consulta
al Comité de Grupo.
D.- Nombrar al Coordinador de Grupo en funciones.
E.- Revisar y modificar el presente reglamento por 2/3 del total y presentar en
Asamblea los cambios acordados para su aprobación por 2/3 de votos de las
personas presentes, decidiendo en caso de empate el voto de calidad del
Coordinador de Grupo, o de quien haga las veces.
F.- Revisar y modificar los Estatutos por 2/3 del total y presentar en Asamblea los
cambios acordados para su aprobación por 2/3 de votos de las personas
presentes, decidiendo en caso de empate el voto de calidad del Coordinador de
Grupo, o de quien haga las veces.
G.- Proponer a la Asamblea de Grupo la disolución de la Asociación.
H.- Suspender temporalmente el funcionamiento de una sección por mayoría
absoluta del total.
I.- Volver a poner en marcha el funcionamiento de una Sección por mayoría
absoluta del total.
J.- Desarrollar los acuerdos tomados por la Asamblea General.
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REGLAMENTO INTERNO
K.- Proponer líneas de actuación a la Asamblea General.
L.- Supervisar los presupuestos y cuentas anuales para su posterior aprobación en
la Asamblea General.
M.- Aprobar moratorias y exenciones.
CONSEJO DE SCOUTERS
I.- El Consejo de Scouters es el órgano de representación, gestión, asesoramiento, apoyo y
control de la actividad y línea educativa diaria de la Asociación.
II.- Forman parte del Consejo de Scouters con voz y voto, sin poder delegar este último en
nadie:
A.- El Coordinador de Grupo.
B.- Coordinadores de Secciones.
C.- Todos los Scouters del grupo.
D.- Representantes del Comité (Secretario de grupo)
E.- Todas aquellas personas que así lo considere oportuno el Consejo de Scouters,
por una mayoría absoluta de los existentes.
III.- Podrán asistir al Consejo de Scouters con voz pero sin voto:
A.- Un representante de la sección rover, distinto a los Scouters de rovers.
B.- Aquellos asociados que estime oportuno el Consejo de Scouters, reservándose
este último la asistencia parcial o total de éstos a la duración del Consejo de
Scouters. La decisión de dicha asistencia se tomará por 2/3 de los asistentes.
IV.- Todas las decisiones se tomarán por consenso y si éste no es posible, a petición de
cualquier integrante del Consejo se procederá a la votación, a mano alzada,
decidiéndose por la mayoría absoluta (la mitad mas uno) de los asistentes, excepto en
aquellos casos que se contemplen en el Reglamento. En caso de empate se repetirá la
votación, siendo el voto del Coordinador de Grupo, en esta ocasión, de calidad.
V.- Existirá quórum cuando estén el Coordinador de Grupo y el Secretario del Consejo, o
aquellas personas delegadas por ellos, un scouter por sección o más de la mitad de los
pertenecientes al Consejo de Scouters.
VI.- El Consejo de Scouters se convocará por el Coordinador de Grupo o cualquier miembro
que así se lo comunique a éste y a los Coordinadores de Sección, informando del orden
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del día o por lo menos los temas principales a tratar. También se podrá decidir el lugar,
fecha y hora en el anterior Consejo de Scouters.
VII.- El Consejo de Scouters delegará en sus miembros el encargarse de las secciones
durante una ronda solar, según las necesidades de cada sección y pensando la idoneidad
de los Scouters, procurando que haya Scouters de ambos sexos, que la permanencia sea
suficiente pero no excesiva y deberá tener en cuenta las preferencias de cada uno.
VIII.- La elección del Coordinador de Sección se delegará en el equipo de Scouters de cada
una pensando en la idoneidad del Scouter aunque se deberá contar con las preferencias
de cada uno y se ratificará por el Consejo de Scouters.
IX.- En caso de discrepancia en la composición de las secciones y/o en la elección del
Coordinador de sección se deberá aceptar las indicaciones del Coordinador de Grupo
hasta poder resolver el problema en el siguiente Consejo de Scouters.
X.- Son competencias del Consejo de Scouters:
A.- Elaborar, desarrollar, revisar periódicamente y exponer en Asamblea:
1.- El Proyecto Educativo de Grupo.
2.- El Programa Educativo de Grupo.
3.- El Plan Anual de Grupo.
B.- Evaluar y modificar, si fuera necesario, el Sistema de Progresión que aplique
cada Sección.
C.- Decidir la admisión de nuevos educadores y educandos.
D.- Proponer al consejo de grupo la sanción de educadores y educandos previo
informe del Coordinador de Grupo y de los Scouters de su Sección, y previa
audiencia del interesado con éstos. La decisión se tomará por 2/3 del total.
E.- Revisar y supervisar los proyectos y programas de las Secciones.
F.- Hacer un seguimiento de los equipos de las Secciones y reservarse el derecho a
modificarlos por causas mayores por 2/3 de los asistentes.
G.- Ser el máximo responsable de la correcta aplicación del método scout y de la
metodología concreta que se lleve en cada momento.
H.- El Consejo velará por la implantación de las líneas educativas y se encargará
de dotar, desarrollar y administrar los recursos pedagógicos de la Asociación.
I.- Profundizar en la metodología y línea educativa.
J.- Proponer al Consejo de grupo cuestiones organizativas que afecten al Grupo.
K.- Procurar formación continua a los Scouters.
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REGLAMENTO INTERNO
L.- Comunicar al Consejo de Grupo el candidato a Coordinador de Grupo, siendo
aprobado por 2/3 del total de Consejo de Scouters.
M.- Supervisar que todos los asociados cumplan el presente Reglamento Interno.
N.- En general resolver cualquier otro asunto que afecte a la marcha de la
Asociación.
XI.- El Consejo de Scouters, para su buen funcionamiento, podrá poner comisiones y cargos
especiales de trabajo, delimitando su contenido y duración, y revisando su
funcionamiento.
XII.- Los cargos esenciales que deberá haber serán:
A.- Moderador
1.- Será el Coordinador de grupo o aquella persona en la que delegue.
2.- Sus funciones serán:
a.- Comenzar con puntualidad.
b.- Exponer con claridad los puntos a tratar en el Consejo,
indicando su orden de prioridad o exigencias de la reunión.
c.- Mantener el orden y exigir que todos los que deseen intervenir
pidan la palabra.
d.- Mantener la conversación en el tema, evitando las
disgregaciones y el estancamiento de la discusión.
e.- Al finalizar cada punto pedir al Secretario que resuma lo tratado
y exponga las decisiones tomadas.
f.- Dar la misma oportunidad a todos para intervenir, evitar que
haya acaparamiento de la discusión por parte de pocos y evitar
enfrentamientos directos reduciendo las tensiones.
g.- Al finalizar: concretar un plan de acción, distribuyendo las
responsabilidades entre los distintos miembros del Grupo.
B.- Secretario.
1.- Deberán ser una persona que asistan con frecuencia al Consejo de
Scouters.
2.- Sus funciones serán:
a.- Levantar acta de todas las reuniones del Consejo de Scouters.
b.- Saber el orden del día y llevar los acuerdos o decisiones ya
tomadas sobre los temas a tratar en dicho orden.
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c.- Ayudar al moderador resumiendo y leyendo las decisiones
tomadas a petición de cualquiera.
d.- En caso de duda consultar al Consejo sobre el sentido de una
propuesta o intervención, ya que no deberá adivinar ni
interpretar lo que se dice.
e.- Estar enterado de los demás cargos y comisiones del Consejo de
Scouters.
f.- Mantener una comunicación abierta con el Secretario del Grupo.
g.- Es aconsejable que asista a las Asambleas de la Asociación, o
pedir que alguien tome nota de lo dicho.
C.- Coordinadores de Sección:
1. Habrá un coordinador por sección de educandos (colonia, manada, tropa,
unidad y clan) en activo.
2. Será requisito indispensable para poder ser coordinador de sección tener
titulación al menos de monitor de Tiempo libre o equivalente oficial.
3. las Funciones del Coordinador de Sección son las siguientes:
a. Ser el representante y portavoz de la sección en la que es
coordinador.
b. Velar por el buen funcionamiento de la sección en la que
desempeña su función.
c. Supervisar la operatividad de los Scouters de su sección.
d. Fomentar entre los scouters de su sección un espiritu de
participación, animación y formación.
COORDINACIÓN DE GRUPO
I.- Estará formado por el Coordinador y si es preciso 1 ó 2 ayudantes.
II.- Deberá tener una edad mínima de 21 años y un conocimiento de todas y cada una de las
estructuras del Grupo y de la vida asociativa.
III.- Son funciones del Coordinador de Grupo:
A.- Servir de puente entre todos los órganos del Grupo.
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REGLAMENTO INTERNO
B.- Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos
y privados.
C.- Ejercer una supervisión general sobre las secciones.
D.- Informar al Consejo de Scouters, al Consejo de Grupo y al Comité, si procede,
sobre el contenido y acuerdos de cualquier reunión o gestión realizada por
razón de su cargo.
E.- Coordinar el trabajo y opinión de todos con flexibilidad.
F.- Proponer el orden del día de los distintos órganos.
G.- Encargarse de la gestión de las actividades de la Asociación con la Federación.
H.- Promover las relaciones del Grupo con Asociaciones Juveniles del barrio y a
ser posible con el Ayuntamiento o Administración de Juventud.
I.- Además de éstas también aquellas que estime oportuno por 2/3 del Consejo de
Grupo de los presentes.
J.- Será una de las tres personas que tiene firma autorizada para hacer efectivos los
reintegros de la cuenta bancaria del Grupo.
K.- Supervisar el funcionamiento del Comité de Grupo así como sus cargos.
L.- Supervisar el funcionamiento del Consejo de Scouters, así como sus cargos y
comisiones.
M.- Representar al Consejo de Scouters ante el Comité y la Asamblea.
N.- Ser responsable de la imagen de la Asociación ante la ASDE –Exploradores de
Murcia..
O.- Velar por que el presente Reglamento Interno no contradiga a los Estatutos de
la Asociación ni a los de ASDE –Exploradores de Murcia.
P.- En caso de que el Consejo no pueda tomar una decisión por ausencia de los
mismos, deberá asumir la toma de la decisión y asumir cualquier medida que la
buena marcha de la Asociación aconseje.
IV.- Son competencias de los ayudantes del Coordinador ayudar al Coordinador en todas sus
competencias.
V.- El Coordinador será presentado por el Consejo de Grupo y elegido en Asamblea.
VI.- El Coordinador presidirá y moderará la Asamblea, Consejo de Grupo y el consejo de
Scouters, delegando en alguien del equipo educativo para esta función si no puede
asistir.
VII.- El Coordinador de Grupo debe asumir y comprometerse al cumplimiento de este
Reglamento y de los Estatutos de la Asociación.
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VIII.- El Coordinador presentará al Consejo de Grupo la memoria de la Asociación, así como
línea educativa y las líneas generales de actuación.
SCOUTERS DE GRUPO
I. Es Scouter de Grupo toda aquella persona, mayor de edad, que habiendo asumido de
forma libre el Compromiso de Voluntariado del Grupo, desarrolla una labor educativa
dentro del Grupo.
II. Se distinguen varios tipos de Scouters de Grupo, siendo las básicas Scouters de Sección
y Scouter de apoyo.
A.- Scouter de Sección: Es aquel scouter que presta su labor educativa de
forma continuada en una de las secciones del Grupo.
B.- Scouter de Apoyo: Es aquel scouter que no estando actualmente en
servicio dentro de una sección, realizan o están disponibles para realizar
las tareas y/o responsabilidades educativas que les designe el
Coordinador de Grupo. Las tareas de los Scouters de Apoyo son tales
como apoyo coyuntural a una sección, tareas de formación de Scouter,
planificación y realización de actividades y/o programas especiales
III. Los derechos de los Scouters serán:
a. Exponer su opinión libremente siendo ésta contemplada por el organismo
de la Asociación pertinente.
b. No tener ningún gasto por formar parte del grupo, siempre que el grupo
pueda afrontar dicho gasto.
c. Recibir cualquier tipo de ayuda material o económica para el buen
disfrute de las actividades.
d. Cubrir los gastos de cualquier eventualidad que ocurra durante el
transcurso de las actividades ya sean médicas, humanitarias o judiciales
siempre que se demuestre que no ha sido por negligencia de los
asociados.
e. Ser respetados por los demás Scouters, educandos y sus padres o tutores.
IV. Los deberes de los Scouters serán:
a. Velar por el buen funcionamiento de las Secciones y de la Asociación.
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REGLAMENTO INTERNO
b. Conocer, aceptar, cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento
Interno y los Estatutos.
c. Comprometerse responsablemente con la formación de los educandos.
d. Responsabilizarse de los Asociados a su cargo.
e. Participar en todas las actividades y compromisos del Grupo.
f. Participar en todas las actividades y compromisos del Consejo de Grupo
y Consejo de Scouters, así como guardar toda discreción que estos
Consejos estimen.
g. Exponer lo desarrollado y programado en la Asamblea a petición de
cualquiera.
V. Aceptar las indicaciones del Coordinador de Grupo en todo aquello que no pueda ser
acordado en el Consejo de Grupo y/o en el Consejo de Scouters.
COMITÉ DE GRUPO
I. El Comité de Grupo constituye un órgano de apoyo al consejo de scouters, en lo
referente a cualquier materia excepto a la aplicación y metodología educativa que se
marca en el consejo de scouters.
II.- El comité de Grupo está integrado al menos por el Presidente de comité, el Secretario
de grupo y el Tesorero de Grupo.
IX.- Pueden ser miembros del Comité todos aquellos padres o tutores legales de los socios
menores de edad, además de todas las personas mayores de edad que quieran estar
vinculados al grupo de forma altruista y voluntaria sin desarrollar actividades
educativas.
X.- Son competencias del Comité de Grupo las siguientes:
A.- Promover las relaciones con los padres y educadores de los muchachos.
B.- Apoyar al Consejo de Scouters colaborando en cuestiones tales como
relaciones públicas, permisos, lugares de acampadas, obtención de material
para infraestructura y actividades,…
C.- Buscar y gestionar medios de financiación, bienes muebles e inmuebles y
fondos del Grupo.
D.- Controlar los ingresos, pagos y gastos del Grupo.
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E.- Proponer a la Asamblea compraventas o inversiones de carácter urgente no
contempladas en el proyecto.
F.- Estimular el buen funcionamiento del Grupo, de tal manera que quede
asegurada su continuidad.
G.- Asegurarse de que todos los miembros del Grupo puedan participar en las
actividades y campamentos, sin que sea óbice su situación económica.
H.- Estimular y dar facilidades, incluidas las económicas, a los educadores para
que participen en los cursos de formación.
I.- Elegir a la persona que poseerá la tercera firma autorizada para hacer efectivos
los reintegros de la cuenta bancaria del Grupo.
J.- Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea
General y el Consejo de Grupo.
XI.- Dentro del Comité de Grupo se establecerán, como mínimo, los siguientes cargos.
A.- Presidente.
1.- Sus funciones serán:
a.- Asumir la función de moderador.
b.- Representar al Comité ante la Asamblea y exponer lo acontecido
en las reuniones del Comité.
c.- Exponer con claridad los puntos a tratar en la reunión del
Comité, indicando su orden por prioridad o exigencias de la
reunión.
d.- Estar al día del funcionamiento de los demás cargos del Comité.
e.- Informar al Comité de Grupo sobre el contenido y acuerdos de
cualquier reunión o gestión realizada por razón de su cargo.
f.- Además de estas también aquellas que estime oportuno el
Comité por 2/3 de los asistentes.
B.- Secretario.
1.- Sus funciones serán:
a.- Además de ser el Secretario del Comité de grupo será el
Secretario de Grupo.
b.- Levantar acta de todas las reuniones del Comité de Grupo,
Consejo de Grupo y Asambleas.
c.- Saber el orden del día y llevar los acuerdos o decisiones ya
tomadas sobre los temas a tratar en dicho orden.
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d.- Ayudar al moderador resumiendo y leyendo las decisiones
tomadas a petición de cualquiera.
e.- En caso de duda consultar al Comité sobre el sentido de una
propuesta o intervención, ya que no deberá adivinar ni
interpretar lo que se dice.
f.- Saber lo acordado en las anteriores reuniones del Comité y
Asambleas.
g.- Comunicar vía postal a todas las familias asociadas la
convocatoria de Asambleas con, al menos, una semana de
antelación, incluyendo el acta de la anterior Asamblea y si es
posible, el orden del día de éstas.
h.- Comunicar vía postal todos aquellos actos extraordinarios y
actividades comunes que estime oportuno el Consejo o el
Comité de Grupo.
i.- Mantener una comunicación abierta con el Secretario del
Consejo.
j.- Saber lo acordado en las anteriores reuniones de Consejo,
Comité y Asambleas.
k.- Llevar al día la lista de los asociados.
l.- Estar enterado de los demás cargos y comisiones del Consejo de
Grupo.
m.- Archivar toda la información recibida y emitida por el Consejo
de Grupo.
n.- Expedir certificaciones, llevar ficheros y custodiar la
documentación de la entidad, remitiendo en su caso, las
comunicaciones a la Administración, con los requisitos
pertinentes.
o.- Además de estas también aquellas que estime oportuno el
Comité por 2/3 de los asistentes.
C.- Tesorero.
1.- Sus funciones serán:
a.- Llevar la contabilidad general del Grupo.
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b.- Confeccionar el balance económico del curso anterior para
presentarlo en la primera Asamblea de la ronda y entregarlo al
Secretario del Comité.
c.- Promover y animar, campañas financieras para la obtención de
fondos.
d.- Ocuparse del cobro de cuotas o buscar una persona en quien
delegar estas funciones.
e.- Ocuparse de que los pagos correspondientes de la Asociación
sean hechos dentro del plazo correspondiente.
f.- Hacer efectivos aquellos gastos contemplados en el presupuesto
e imprevistos, solicitando las facturas de los mismos.
g.- Liquidar trimestralmente con el tesorero de la sección el dinero
asignado a dicha sección.
h.- Informar, cuando se le solicite, del estado de las cuentas del
Grupo.
i.- Será una de las tres personas que tiene firma autorizada para
hacer efectivos los reintegros de la cuenta bancaria del Grupo.
j.- Además de estas también aquellas que estime oportuno el
Comité por 2/3 de los asistentes.
D.- Encargado de material.
1.- La formará más de una persona, elegida por el Consejo de Grupo.
2.- Sus funciones serán:
a.- Llevar una lista, al día, del material de Grupo y solicitar a las
secciones una lista; también al día, de su material.
b.- Buscar tiendas y proponer dónde comprar y arreglar material y,
si es posible, llegar a un acuerdo sobre el precio con ellas.
c.- Proponer y supervisar la compra del material más adecuado para
el Grupo.
d.- Ayudar, si es posible, y aconsejar en la compra del material de
las secciones.
e.- Estar en comunicación continua con los Scouters encargados del
material de las secciones.
f.- Mantener el orden del material del Grupo.
g.- Estar enterado de los préstamos de material de Grupo hechos.
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REGLAMENTO INTERNO
h.- Además de éstas, también aquellas que estime oportuno el
Consejo por 2/3 de los asistentes.
E.- Además también pueden existir diversos cargos no contemplados a modo
ejemplo se presentan los siguientes:
i) Comisión de campamentos
La formará más de una persona, elegida por el Comité de Grupo.
Sus funciones serán:
Llevar un fichero con todos los campamentos y albergues,
permisos, teléfonos y direcciones, en los que haya estado el
grupo.
Manejar una lista o fichas con zonas de campamentos y
albergues con todos los datos posibles.
Buscar y, si es posible, visitar zonas de campamento y pasar un
informe al Consejo de Grupo para que éste estime si son
adecuados o no.
Además de éstas, también aquellas que estime oportuno el
Consejo por 2/3 de los asistentes.
ii) Comisión de biblioteca.
La formarán más de una persona, elegida por el Comité de Grupo.
Sus funciones serán:
Llevar un fichero con todos los libros y mapas existentes en el
Grupo.
Llevar una lista con las personas a las que se les presta el material a
su cargo.
Buscar y pasar un presupuesto al Consejo de Grupo con aquellos
libros o mapas que tengan un sentido educativo o relacionados con el
escultismo.
Supervisar de la compra de dicho material una vez aceptado el
presupuesto por el Consejo de Grupo.
Buscar tiendas y aconsejar a las secciones dónde comprar el material
educativo.
Mantener el orden y buen estado del material a su cargo.
Además de éstas, también aquellas que estime oportuno el Consejo
por 2/3 de los asistentes.
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iii) Comisión de Relaciones públicas.
La formará más de una persona, elegida por el Consejo de Grupo.
Sus funciones serán:
Ayudar al Coordinador de Grupo con sus relaciones con la
Asociación.
Encargarse de la recogida de la información del buzón y pasársela a
sus respectivos destinatarios y al secretario para que la archive.
Ayudar en la gestión de actividades a desarrollar con la Asociación.
Servir como punto de unión entre la Asociación y el Consejo de
Grupo.
Ayudar al Coordinador de Grupo en las relaciones de éste con las
Asociaciones Juveniles del barrio, y a ser posible con el
Ayuntamiento o Administración de Juventud.
Es aconsejable que asista a las Asambleas de la Asociación.
Además de éstas, también aquellas que estime oportuno el Consejo
por 2/3 de los asistentes.
XII.- El Comité de Grupo tendrá su primera reunión de la ronda solar en menos de un mes
después de haber sido realizada la primera asamblea ordinaria de la ronda solar.
XIII.- El Comité de grupo será convocado por cualquier integrante de éste a través del
secretario avisando al Coordinador de Grupo y al Presidente del mismo.
XIV.- Todos los miembros del Comité tienen derecho a voz y voto. No existe delegación de
voto. Los acuerdos serán válidos cuando así lo estimen la mitad más uno de los
presentes, decidiendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente de Comité, o
de quien haga las veces. Las reuniones serán convocadas con al menos tres días de
antelación y elaborado el orden del día.
XV.- Podrá asistir al Comité de Grupo, con voz pero sin voto, todas aquellas personas que así
estime oportuno dicho organismo, al igual que podrán asistir cualquier miembro del
consejo de scouters, siempre que se le conceda a autorización por parte del presidente
del Comité.
XVI.- El Comité no interviene en el proceso educativo de las secciones, pues esta labor
corresponde al Consejo de Scouters.
XVII.- Si se tuviese alguna duda sobre si compete o no al Comité tomar cierta decisión no
contemplada en el presente Reglamento, dicha cuestión será resuelta por el Consejo de
Scouters.
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ASOCIADOS
I.- Serán Asociados:
A.- Todos los educandos de las distintas secciones.
B.- Todos los educadores de las distintas secciones.
C.- El Coordinador de Grupo.
D.- Todos aquellos que estén dados de alta en la Asociación y no estén
encuadrados en los puntos anteriores.
II.- La Asociación se reserva el derecho de rechazar cualquier solicitud de ingreso, la cual
nunca podrá obedecer a razones discriminatorias por raza, religión, sexo, u otras que
atenten contra la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
III.- Se podrá rechazar a un nuevo asociado por entender el Consejo de Grupo que no se le
puede brindar una formación satisfactoria, no obstante se buscará asesoramiento para
evitar estos casos. También se podrá rechazar a un nuevo asociado si éste no está
predispuesto a cumplir los Estatutos de la Asociación y el presente Reglamento Interno.
IV.- Se perderá la condición de asociado por alguna de las causas siguientes:
A.- Por renuncia voluntaria, comunicada al Consejo de Scouters y tesorero.
B.- Por incumplimiento de sus obligaciones económicas, si dejara de satisfacer
cuotas periódicas.
C.- Por conducta incorrecta, o perturbar gravemente los actos organizados por el
grupo y la normal convivencia entre los asociados.
D.- Por comprometer los principios e incumplir con gravedad los Estatutos de la
Asociación y el presente Reglamento Interno.
V.- Los derechos de los asociados no Scouters serán:
A.- Participar en todas las actividades de la Asociación según la sección a la que
pertenezca.
B.- Tres actividades de prueba antes de formalizar su admisión, dentro del periodo
de admisión marcado. Fuera de este periodo podrá tener una sola actividad de
prueba antes de formalizar su admisión.
C.- Exponer su opinión libremente siendo ésta contemplada por el organismo del
Grupo pertinente.
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D.- Recibir cualquier tipo de ayuda material o económica para el buen disfrute de
las actividades.
E.- Cubrir los gastos de cualquier eventualidad que ocurra durante el transcurso de
las actividades ya sean médicas, humanitarias o judiciales siempre que se
demuestre que no ha sido por negligencia de los asociados.
F.- Pedir explicación de las normas dictadas por el Consejo a su Scouter de
Sección y en caso de quedar disconforme al Coordinador de Grupo que lo
notificara al Consejo de Grupo.
G.- Participar en los órganos de gobierno y representación de la Asociación, de la
forma que se establece en los Estatutos y en este Reglamento que los
desarrolla.
H.- Ser informado de la composición de los órganos de gobierno y representación
de la Asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
I.- Ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él.
J.- Impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime contrarios a
la ley o a los estatutos.
K.- Hacer sugerencias a los miembros del Comité de Grupo en orden al mejor
cumplimiento de los fines de la Asociación.
VI.- Los deberes de los asociados no Scouters serán:
A.- Todo nuevo asociado deberá pagar el alta de la Federación pasado el número
de actividades de prueba y entregar la autorización de ronda debidamente
cumplimentada. Pero el mismo día de su ingreso por cuestiones del seguro de
accidentes de responsabilidad civil y daños que la Federación tiene
contratados, será entregada una autorización de participación de las actividades
en la que se exime al grupo y sus componente de cualquier tipo de
responsabilidad ya sea por daño o responsabilidad civil
B.- Tras el periodo de prueba formalizar su admisión y comenzar a pagar las
cuotas estimadas por la Asociación.
C.- Conocer, aceptar y cumplir el presente Reglamento Interno.
D.- Conocer, aceptar y cumplir los Estatutos.
E.- Todo asociado esta obligado a asistir a las actividades de forma periódica y
continuada, y estará obligado a notificar a sus scouters cuando no asistirá a una
actividad.
F.- Participar y respetar las actividades de la Asociación.
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REGLAMENTO INTERNO
G.- Respetar a los demás miembros de la Asociación.
SANCIONES
I.- La sanción es el medio que tiene el Consejo de Grupo para llamar la atención a un
socio o suspenderle en caso de falta grave. Las sanciones las establecerá el consejo de
grupo, previo informe del consejo de scouters, y serán ratificadas estas sanciones en
asamblea ordinaria o extraordinaria dependiendo de la índole y gravedad de la sanción.
II.- Para llevar a cabo una sanción es necesario que un socio:
A.- Incumpla el Reglamento del Grupo o las normas de Grupo.
B.- Ponga en peligro a los componentes del Grupo.
C.- Cometa un delito contra los derechos humanos o del niño o se tengan motivos
para creer que lo ha cometido.
DISOLUCIONES
I.- Secciones:
A.- Una sección no puede llegar a desaparecer, sólo se puede suspender las
funciones temporalmente:
1.- Cuando no haya scouters suficientes para la buena dirección de ésta.
2.- Cuando no tenga educandos suficientes para la buena marcha de esta.
B.- La suspensión del funcionamiento temporal de una sección se realizará en
Consejo de Grupo por consenso y se ratificará en la Asamblea de Grupo.
II.- Grupo:
A.- El grupo se disolverá por las siguientes causas:
1.- Cuando no haya scouters suficientes para la buena formación de los
educandos.
2.- Cuando la Asociación no pueda pagar las cuotas de la Federación no
habiendo llegado a un acuerdo con ésta.
3.- Cuando no tenga al menos dos secciones funcionando con al menos 10
educandos en cada una.
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4.- A propuesta del Consejo de Grupo expresada mediante acuerdo de la
Asamblea General.
5.- Por imposibilidad de cumplir los fines previstos en los Estatutos y el
Reglamento Interno apreciada por acuerdo de la Asamblea General.
6.- Por sentencia judicial.
B.- El Grupo se disuelve en Asamblea extraordinaria a propuesta del Consejo de
Grupo, siendo aprobada por 2/3 del total de ésta.
C.- En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora, la cual, una vez
extinguidas las deudas y si existiese sobrante líquido lo destinará a quien
decida la comisión liquidadora, previamente designada por la Asamblea
General al adoptar el acuerdo de disolución, para la aplicación a su actividad
educativa. Todo el fondo documental y material scout será entregado en
custodia a ASDE-Exploradores de Murcia, para su cuidado. En caso de que
sucesores de esta asociación volvieran a crear una asociación con los mismos
fines que esta, tendrán derecho a reclamar dicho material scout y al fondo
documental original de esta asociación.
D.- Los liquidadores tendrán las funciones que establecen los apartados 3 y 4 del
artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de Marzo.
E.- Será notificado cuanto antes a la Federación y otros organismos.
F.- Los asociados que queden serán orientados sobre distintos grupos.
DISPOSICIONES FINALES
I.- Este Reglamento Interno entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por los
organismos componentes (Consejo de Grupo, Asamblea General y ASDE-Exploradores
de Murcia.).
II.- Respecto a la modificación de este Reglamento Interno podrá hacerse por petición de
cualquier miembro de la Asociación al Consejo de Grupo, para su posterior aprobación
en Asamblea General por mayoría de 2/3.
III.- El presente Reglamento Interno se complementa con unos Estatutos, cuya aprobación
corresponde a la Asamblea General Extraordinaria y que en ningún caso pueden
contravenir ni alterar el sentido del presente Reglamento Interno.
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REGLAMENTO INTERNO
IV.- La interpretación del presente Reglamento Interno y los Estatutos corresponde al
Consejo de Grupo, pudiendo el Consejo de Scouters y el Comité de Grupo adoptar
interpretaciones provisionales, cuando se considere imprescindible, hasta la primera
reunión del Consejo de grupo o de la Asamblea.
V.- En lo no previsto en el presente Reglamento ni en los Estatutos se estará a lo dispuesto
en la vigente Ley de Asociaciones y demás normativa general aplicable.
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