Reglamento a La Ley Organica Sistema Nacional Contratacion Publica(1)

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REGLAMENTO A LA LEY ORGANICA SISTEMA

NACIONAL CONTRATACION PUBLICA

Decreto Ejecutivo 1700

Registro Oficial Suplemento 588 de 12-ma!-200"#ltima modificaci$n% 12-jun!-2015

Estado% &igente

 'O() *E'ER)+%

Sustit,ase la denominaci$n del nstituto 'acional de .ontrataci$n /,lica por la de

Servicio 'acional de .ontrataci$n /,lica ue se contengan en la +e Orgnica del

Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica3 otras lees3 reglamentos3 normas o

regulaciones4 cualuier referencia al Servicio 'acional de .ontrataci$n /,lica comoinstituto3 './ o '.O/3 deer ser sustituida por la nueva denominaci$n las

siglas SER.O/3 respectivamente!

Dado por Disposici$n transitoria tercera de +e 'o! 03 pulicada en Registro Oficial

Suplemento 100 de 16 de Octure del 201 !

Rafael .orrea Delgado

/RESDE'(E .O'S((#.O')+ DE +) RE/#+.)

.onsiderando%

9ue la )samlea 'acional .onstituente e:pidi$ la +e Orgnica del Sistema 'acionalde .ontrataci$n /,lica3 pulicada en el Registro Oficial Suplemento 'o! "5 de 6 de

agosto de 2008 4

9ue el Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica articula todas las instancias3

organismos e instituciones en los mitos de planificaci$n3 programaci$n3 presupuesto3

control3 administraci$n ejecuci$n de las aduisiciones de ienes servicios as; como enla ejecuci$n de oras p,licas ue se realicen con recursos p,licos4

9ue es parte esencial del Sistema la innovaci$n de la contrataci$n mediante

 procedimientos giles3 transparentes3 eficientes tecnol$gicamente actuali<ados3 ueimpliuen a=orro de recursos faciliten las laores de control tanto de las Entidades

.ontratantes como de los proveedores de oras3 ienes servicios de la ciudadan;a en

general4

9ue el Sistema pretende ue los recursos p,licos ue se emplean en la ejecuci$n de

oras en la aduisici$n de ienes servicios3 sirvan como elemento dinami<ador de laeconom;a local nacional3 identificando la capacidad ecuatoriana promoviendo la

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generaci$n de ofertas competitivas4

9ue el Sistema usca3 a trav>s de la promoci$n de la producci$n nacional3 ue losrecursos estatales destinados a la contrataci$n p,lica fomenten la generaci$n de empleo3

la industria3 la asociatividad la redistriuci$n de la riue<a4

9ue con fec=a 8 de agosto de 2008 se e:pidi$ el Reglamento *eneral a la +e Orgnica

del Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica3 el mismo ue fue pulicado en el Registro

Oficial Suplemento "" de la misma fec=a4

9ue se reuieren incluir en el Reglamento *eneral aspectos normativos necesarios para

el correcto funcionamiento del sistema4 3

En ejercicio de las atriuciones ue le confiere el n,mero 1 del art;culo 167 de la

.onstituci$n de la Rep,lica!

Decreta%

E?/EDR E+ S*#E'(E RE*+)@E'(O *E'ER)+ DE +) +EA OR*)'.)DE+ SS(E@) ').O')+ DE .O'(R)().O' /#+.)

((#+O *E'ER)+D)DES

Art. 1!- Ojeto mito!- El presente Reglamento *eneral tiene por ojeto el desarrollo

aplicaci$n de la +e Orgnica del Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica3 enadelante la +e3 ue crea el Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica3 S'./3 de

aplicaci$n oligatoria por las entidades previstas en el )rt! 1 de la +e!

Art. 2!- .ontratos financiados con pr>stamos cooperaci$n internacional!- En la

suscripci$n de los convenios de cr>dito o de cooperaci$n internacional se procurar

medidas para la participaci$n directa o asociada de proveedores nacionales!

El r>gimen especial previsto en el art;culo de la +e se oservar independientemente

ue el financiamiento internacional sea total o parcial3 siempre ue se oserven las

condiciones previstas en el .onvenio!

Art. 3!- )plicaci$n territorial!- +as normas contenidas en la +e en el presente

Reglamento *eneral se aplicarn dentro del territorio nacional!

 'o se regirn por dic=as normas las contrataciones de ienes ue se aduieran en el

e:tranjero cua importaci$n la realicen las entidades contratantes o los servicios ue se provean en otros pa;ses3 procesos ue se sometern a las normas legales del pa;s en ue

se contraten o a las prcticas comerciales o modelos de negocios de aplicaci$n

internacional!

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/ara la aduisici$n de ienes en el e:tranjero se reuerir3 previamente la verificaci$n de

no e:istencia de producci$n u oferta nacional3 de conformidad con el instructivo ue

emita el Servicio 'acional de .ontrataci$n /,lica BSER.O/C!

.uando la ora se ejecute en el pa;s3 el ien se aduiera dentro del territorio nacional o el

servicio se preste en el Ecuador3 siempre ue dic=as contrataciones no se encuentrendentro de lo previsto en el art;culo de la +e 2 de este Reglamento *eneral3 se

aplicar la legislaci$n nacional!

(oda convocatoria para la aduisici$n de ienes o la prestaci$n de servicios referidos en

el inciso segundo de este art;culo3 a ms de las pulicaciones en medios internacionales3

deer pulicarse en el /ortal% !compraspulicas!gov!ec!

/ara optar por la contrataci$n de ienes servicios en sujeci$n a lo previsto en este

art;culo3 la m:ima autoridad de la entidad o su delegado3 emitirn resoluci$n motivada

ue justifiue el proceso de contrataci$n en el e:terior3 sin ue este pueda constituirse en

mecanismo de elusi$n de los procedimientos previstos en la +e en este Reglamento*eneral!

Salvo el caso de proveedor ,nico3 en el caso de aduisici$n de ienes se propender a

reali<ar procesos internacionales de selecci$n competitivos para tales aduisiciones3 de

conformidad con los pliegos ue determine el SER.O/3 aplicando los principios decalidad3 vigencia tecnol$gica3 oportunidad3 concurrencia3 transparencia pulicidad!

 'ota% +as palaras entre comillas Servicio 'acional de .ontrataci$n /,lica

SER.O/ sustitueron a nstituto 'acional de .ontrataci$n /,lica '.O/3 porDisposici$n transitoria tercera de la +e 'o! 03 pulicada en Registro Oficial Suplemento

100 de 16 de Octure del 201 !

Art. 4!- Delegaci$n!- En aplicaci$n de los principios de Derec=o )dministrativo son

delegales todas las facultades previstas para la m:ima autoridad tanto en la +e como

en este Reglamento *eneral3 a,n cuando no conste en dic=a normativa la facultad dedelegaci$n e:presa! +a Resoluci$n ue la m:ima autoridad emita para el efecto3

determinar el contenido alcance de la delegaci$n! +as m:imas autoridades de las

 personas jur;dicas de derec=o privado ue act,en como entidades contratantes3 otorgarn

 poderes o emitirn delegaciones3 seg,n corresponda3 conforme a la normativa de derec=o privado ue les sea aplicale!

En el mito de responsailidades derivadas de las actuaciones3 producto de lasdelegaciones o poderes emitidos3 se estar al r>gimen aplicale a la materia!

((#+O SS(E@) ').O')+ DE .O'(R)().O' /#+.)

.)/(#+O

DE+ SS(E@) A S#S OR*)'OS

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Art. 5!- Del Servicio 'acional de .ontrataci$n /,lica BSER.O/C!- Es la entidad

rectora del Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica BS'./C3 responsale de las pol;ticas3 gesti$n administraci$n desconcentrada! /ara el cumplimiento de sus fines

tiene autonom;a administrativa3 t>cnica3 operativa3 financiera presupuestaria!

/ara el ejercicio de la administraci$n desconcentrada3 el SER.O/ estalecer las oficinas

ue fueren necesarias a nivel territorial3 a cargo de directores con atriuciones

e:presamente delegadas por el Director Ejecutivo!

 'ota% +as palaras entre comillas Servicio 'acional de .ontrataci$n /,lica

SER.O/ sustitueron a nstituto 'acional de .ontrataci$n /,lica '.O/3 por

Disposici$n transitoria tercera de la +e 'o! 03 pulicada en Registro Oficial Suplemento100 de 16 de Octure del 201 !

Art. 6!- )triuciones del SER.O/!- ) ms de las estalecidas en la +e3 sern

atriuciones del SER.O/%

1! Ejercer el monitoreo constante de los procedimientos efectuados en el marco delSistema 'acional de .ontrataci$n /,lica4

2! Emitir de oficio o a petici$n de parte3 oservaciones de orden t>cnico legal en la fase

 precontractual3 las ue sern de cumplimiento oligatorio para las entidades contratantes4! Supervisar de oficio o pedido de parte3 conductas elusivas de los principios ojetivos

del Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica3 tales como% pla<os insuficientes3

especificaciones t>cnicas sujetivas o direccionadas3 presupuestos fuera de la realidad del

mercado3 parmetros de evaluaci$n discrecionales3 entre otros46! Reali<ar evaluaciones reportes peri$dicos sore la gesti$n ue en materia de

contrataci$n p,lica efect,en las entidades contratantes4 de ser el caso3 generar alertas o

recomendaciones de cumplimiento oligatorio3 sin perjuicio de ue sean puestas enconocimiento de los organismos de control pertinentes!

Art. 7!- Del Director Ejecutivo!- El Director Ejecutivo es la m:ima autoridad delServicio 'acional de .ontrataci$n /,lica3 ser designado por el /residente de la

Rep,lica! Sus atriuciones son las siguientes%

1! Ejercer la representaci$n legal3 judicial e:trajudicial del SER.O/42! Ejecutar las pol;ticas acciones aproadas por el Directorio4

! )dministrar el SER.O/ reali<ar las contrataciones ue se reuieran4

6! Emitir la normativa ue se reuiera para el funcionamiento del S'./ del SER.O/3ue no sea competencia del Directorio4

5! ijar los derec=os de nscripci$n en el R#/4 3

F! +as dems previstas en la +e este Reglamento *eneral!

 'ota% +as palaras entre comillas Servicio 'acional de .ontrataci$n /,lica

SER.O/ sustitueron a nstituto 'acional de .ontrataci$n /,lica '.O/3 por

Disposici$n transitoria tercera de la +e 'o! 03 pulicada en Registro Oficial Suplemento

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100 de 16 de Octure del 201 !

.)/(#+O DE +)S GERR)@E'()S DE+ SS(E@)

SE..O' DE+ RE*S(RO #'.O DE /RO&EEDORES

Art. 8!- /rocedimiento para el Registro!- El proveedor ue desee registrarse en el R#/oservar el procedimiento ue para el efecto dicte el SER.O/!

Sin perjuicio de lo anterior3 si e:isten intercone:iones de sistemas o ases de datos3 el

SER.O/ podr estalecer los mecanismos complementarios en cuanto a inscripci$n3=ailitaci$n actuali<aci$n de informaci$n!

El proveedor =ailitado en el R#/3 ue accede al /ortal !compraspulicas!gov!ec3 se

someter de manera e:presa sin reservas3 al contenido del acuerdo de responsailidadue le solicitar aceptar el sistema3 de manera previa a acceder al mismo!

SE..O'

RE*S(RO DE E'(D)DES

Art. 9!- nscripci$n valide< del registro!- +as entidades contratantes se registrarn en el

/ortal !compraspulicas!gov!ec! para acceder al uso de las =erramientas del S'./!

/ara tal prop$sito ingresarn en el /ortal !compraspulicas!gov!ec la informaci$n

reuerida!

#na ve< ue el SER.O/ =aa constatado la valide< de la autori<aci$n del representante

de la entidad contratante3 le entregar el permiso de accesiilidad para operar en el /ortal!compraspulicas!gov!ec3 ajo los mecanismos de accesiilidad controlada mediante

la entrega de usuarios contraseHas! +a responsailidad por el uso de las =erramientas

contraseHas ser solidaria entre la m:ima autoridad las personas autori<adas por >sta!

El /ortal !compraspulicas!gov!ec no aceptar ms de un Registro por entidad

contratante3 =ec=o ue ser validado con el n,mero de Registro #nico de .ontriuentes!

Sin perjuicio de lo indicado en el inciso anterior3 la entidad contratante ue cuente con

estalecimientos desconcentrados administrativa financieramente3 tales como%

sucursales3 regionales3 agencias3 unidades de negocios territorialmente delimitadas3 entreotras3 podr inscriir a cada uno de dic=os estalecimientos como unidad de contrataci$n

individual3 para lo ue ser condici$n indispensale ue >stos posean un R#.

independiente! En este caso3 el responsale del estalecimiento desconcentrado serconsiderado como m:ima autoridad3 para los efectos previstos en la +e el presente

Reglamento *eneral!

Art. 10!- Entidad contratante como proveedor!- Si una entidad contratante3 a su ve<3 es

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 proveedor de oras3 ienes o servicios3 se registrar en el R#/3 cumpliendo todos los

reuisitos previstos para las personas jur;dicas!

SE..O'

DE+ /OR()+ !compraspulicas!gov!ec

Art. 11!- /ol;tica de .onfidencialidad!- El SER.O/ aplicar una pol;tica de

confidencialidad protecci$n de datos con el ojeto de salvaguardar la informaci$n

otenida a trav>s del /ortal !compraspulicas!gov!ec4 esta informaci$n se empleare:clusivamente para los fines para los cuales es proporcionada por el proveedor o por la

entidad contratante!

Art. 12!- Gora Oficial!- /ara todos los actos ue se generen desarrollen a trav>s del/ortal !compraspulicas!gov!ec3 la =ora oficial ser la ue marue el /ortal!

Art. 13!- nformaci$n relevante!- /ara efectos de pulicidad de los procedimientos de

contrataci$n en el /ortal !compraspulicas!gov!ec se entender como informaci$nrelevante la siguiente%

1! .onvocatoria4

2! /liegos4

! /roveedores invitados46! /reguntas respuestas de los procedimientos de contrataci$n4

5! Ofertas presentadas por los oferentes3 con e:cepci$n de la informaci$n calificada como

confidencial por la entidad contratante conforme a los pliegos4

F! Resoluci$n de adjudicaci$n47! .ontrato suscrito3 con e:cepci$n de la informaci$n calificada como confidencial por la

entidad contratante conforme a los pliegos4

8! .ontratos complementarios3 de =aerse suscrito4"! Ordenes de camio3 de =aerse emitido4

10! .ronograma de ejecuci$n de actividades contractuales4

11! .ronograma de pagos4 312! )ctas de entrega recepci$n3 o actos administrativos relacionados con la terminaci$n

del contrato!

12-)!- En general3 cualuier otro documento de las fases preparatoria3 pre contractual3

contractual3 de ejecuci$n o de evaluaci$n ue defina el SER.O/ mediante resoluci$n para la pulicidad del ciclo transaccional de la contrataci$n p,lica!

 'ota% 'umeral agregado por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en Registro Oficial512 de 15 de )gosto del 2011 !

Art. 14!- @edios electr$nicos!- El SER.O/ emitir sus certificaciones preferentemente por medios electr$nicos siempre ue dic=a informaci$n no est> disponile en el /ortal

!compraspulicas!gov!ec!

Art. 15!- Suspensi$n del servicio!- Si por causas de fuer<a maor o caso fortuito se

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 produjera una ca;da del sistema o suspensi$n del servicio ue impida o limite la

accesiilidad al /ortal !compraspulicas!gov!ec! los procesos ue se encuentren en

ejecuci$n se suspendern se reiniciarn despu>s de =ailitado el servicio3 previanotificaci$n a todos los involucrados! El SER.O/ deer conferir una certificaci$n o

notificaci$n para acreditar los =ec=os indicados!

((#+O

DE +OS /RO.ED@E'(OS

.)/(#+O

 'OR@)S .O@#'ES ) (ODOS +OS /RO.ED@E'(OS DE .O'(R)().O'

/#+.)

SE..O'

DS/OS.O'ES *E'ER)+ES

Art. 16!- @icro3 peueHas medianas empresas!- /ara incentivar la maor participaci$nde proveedores de los sectores de micro3 peueHas medianas empresas -@/A@ES-3 se

entendern por tales3 auellas ue cumplan los parmetros estalecidos de conformidadcon el art;culo 5 del .$digo Orgnico de la /roducci$n3 .omercio e nversiones!

)l momento de inscriir =ailitar a un proveedor en el R#/3 el registro deer e:presarla categor;a a la ue pertenece el proveedor!

E+ SER.O/ estalecer criterios de preferencia a favor de las @/A@ES3 a trav>s de

alguno de los siguientes mecanismos%

1! @rgenes de preferencia sore las ofertas de otros proveedores4

2! .riterios para contrataci$n preferente estalecidos en el art;culo 52 de la +e4! Siempre ue3 luego de las evaluaciones de ofertas3 e:ista la posiilidad de adjudicar a

una @/A@E a otro proveedor ue no tenga esta calidad3 se preferir a auella4

6! /osiilidad de ue las @/A@ES mejoren su propuesta para ue puedan igualar osuperar la oferta de otros proveedores3 luego de la evaluaci$n de ofertas!

5! nclusi$n3 en el catlogo electr$nico3 de ienes o servicios provenientes de @/A@ES3

artesanos o actores de la econom;a popular solidaria para ue sean aduiridos

 preferentemente por las entidades contratantes! El procedimiento de selecci$n aemplearse por parte del SER.O/ para esta catalogaci$n ser la feria inclusiva!

+as preferencias para las micro3 peueHas medianas empresas se aplicarn en funci$nde ue su oferta se catalogue como de origen nacional3 por el componente nacional ue

empleen3 de tal manera ue no se otorgarn estos eneficios a meros intermediarios!

+os eneficios3 a favor de las @/A@ES se =arn e:tensivos a actores de la econom;a

 popular solidaria3 de conformidad con la le!

 'ota% )rt;culo sustituido por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en Registro Oficial

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512 de 15 de )gosto del 2011 !

Art. 17!- 'otificaciones!- (odas las notificaciones ue dean efectuarse en virtud de lasdisposiciones de la +e del presente Reglamento *eneral3 incluso respecto de la

resoluci$n de adjudicaci$n3 se entendern reali<adas3 desde ue la entidad puliue en el

/ortal !compraspulicas!gov!ec el documento3 acto o resoluci$n ojeto de lanotificaci$n3 para lo cual dee e:istir los registros informticos correspondientes3 salvo

ue fuese imposile notificar electr$nicamente3 en cuo caso3 >sta se reali<ar por medios

f;sicos!

Art. 18!- .omisi$n (>cnica!- /ara cada proceso de contrataci$n de% 1! .onsultor;a por

lista corta o por concurso p,lico4 2! Suasta inversa3 cuo presupuesto referencial sea

superior al valor ue resulte de multiplicar el coeficiente 0!000002 por el monto del/resupuesto nicial del Estado4 ! +icitaci$n4 3 6! .oti<aci$n3 se conformar la

correspondiente .omisi$n (>cnica integrada de la siguiente manera%

1! #n profesional designado por la m:ima autoridad3 uien la presidir42! El titular del rea reuirente o su delegado4 3

! #n profesional af;n al ojeto de la contrataci$n designado por la m:ima autoridad osu delegado!

+os miemros de la .omisi$n (>cnica sern funcionarios o servidores de la entidadcontratante!

Si la entidad no cuenta en su n$mina con un profesional af;n al ojeto de la contrataci$n3

 podr contratar uno para ue integre de manera puntual espec;fica la respectiva.omisi$n (>cnica4 sin perjuicio de ue3 de ser el caso3 pueda contar tami>n con la

 participaci$n de asesor;a e:terna especiali<ada!

En la .omisi$n (>cnica de +icitaci$n intervendr con vo< pero sin voto3 el Director

inanciero el Director Iur;dico3 o uienes =agan sus veces3 o sus respectivos delegados!

+a .omisi$n (>cnica designar al secretario de la misma de fuera de su seno!

+a .omisi$n (>cnica se reunir con la presencia de al menos dos de sus miemros3 uno

de los cuales ser oligatoriamente el /residente3 uien tendr voto dirimente! )doptardecisiones vlidas por maor;a simple!

+os miemros de la .omisi$n (>cnica no podrn tener conflictos de intereses con losoferentes4 de =aerlos3 ser causa de e:cusa!

+os informes de la .omisi$n (>cnica ue sern dirigidos a la m:ima autoridad o sudelegado incluirn el anlisis correspondiente del proceso la recomendaci$n e:presa de

adjudicaci$n o declaratoria del proceso!

En los procesos de suasta inversa cuo presupuesto referencial sea igual o inferior al

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valor ue resulte de multiplicar el coeficiente 0!000002 por el monto del /resupuesto

nicial del Estado3 no se reuiera la conformaci$n de la .omisi$n (>cnica referida en este

art;culo!

Art. 19!- Sucomisiones de apoo!- De reuerirlo el proceso3 la respectiva .omisi$n

(>cnica integrar sucomisiones de anlisis de las ofertas t>cnicas presentadas!

+os informes de la sucomisi$n3 ue incluirn las recomendaciones ue se consideren

necesarias3 sern utili<ados por la .omisi$n (>cnica como audas en el proceso decalificaci$n selecci$n por ning,n concepto sern asumidos como decisorios! +a

.omisi$n (>cnica oligatoriamente deer anali<ar dic=os informes avalar o rectificar

la totalidad de los mismos asumiendo de esta manera la responsailidad por los

resultados de esta etapa de calificaci$n4 sin perjuicio de las responsailidades ue asumanlos miemros de las sucomisiones sore el traajo reali<ado!

Art. 20!- /liegos!- +a entidad contratante elaorar los pliegos para cada contrataci$n3

 para lo cual deer oservar los modelos elaorados por el SER.O/ ue sean aplicales!+os /liegos sern aproados por la m:ima autoridad de la entidad contratante o su

delegado!

+os /liegos estalecern las condiciones ue permitan alcan<ar la cominaci$n ms

ventajosa entre todos los eneficios de la ora a ejecutar3 el ien por aduirir o el servicio por contratar todos sus costos asociados3 presentes futuros!

En la determinaci$n de las condiciones de los /liegos3 la Entidad contratante deer

 propender a la eficacia3 eficiencia3 calidad de la ora3 ienes servicios ue se pretendecontratar a=orro en sus contrataciones!

+os /liegos no podrn afectar el trato igualitario ue las entidades deen dar a todos losoferentes ni estalecer diferencias aritrarias entre >stos3 ni e:igir especificaciones3

condicionamientos o reuerimientos t>cnicos ue no pueda cumplir la industria nacional3

salvo justificaci$n funcional!

Art. 21!- /reguntas respuestas!- +os proveedores una ve< reciida la invitaci$n o

efectuada la pulicaci$n de la convocatoria en el /ortal !compraspulicas!gov!ec3

 podrn formular preguntas sore el contenido de los pliegos4 la m:ima autoridad de laEntidad .ontratante su delegado o la .omisi$n (>cnica seg,n el caso3 respondern las

 preguntas en el t>rmino ue para el efecto se estale<ca en los pliegos!

Art. 22!- )claraciones!- +a m:ima autoridad de la entidad contratante3 su delegado o la

comisi$n t>cnica3 seg,n el caso3 por propia iniciativa o a pedido de los participantes3 a

trav>s de aclaraciones podr modificar los pliegos3 siempre ue no alteren el ojeto delcontrato el presupuesto referencial de los mismos!

+as aclaraciones se pulicarn en el /ortal !compraspulicas!gov!ec!

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Art. 23!- .onvalidaci$n de errores de forma!- +as ofertas3 una ve< presentadas no podrn

modificarse! 'o ostante3 si se presentaren errores de forma3 podrn ser convalidados por 

el oferente a pedido de la entidad contratante3 dentro del t>rmino m;nimo de 2 d;as om:imo de 5 d;as3 contado a partir de la fec=a de notificaci$n! Dic=o t>rmino se fijar a

criterio de la Entidad .ontratante3 en relaci$n al procedimiento de contrataci$n al nivel

de complejidad magnitud de la informaci$n reuerida! El pedido de convalidaci$n sernotificado a todos los oferentes3 a trav>s del /ortal !compraspulicas!gov!ec!

Se entendern por errores de forma auellos ue no implican modificaci$n alguna alcontenido sustancial de la oferta3 tales como errores tipogrficos3 de foliado3 sumilla o

certificaci$n de documentos!

)s; mismo3 dentro del per;odo de convalidaci$n los oferentes podrn integrar a su ofertadocumentos adicionales ue no impliuen modificaci$n del ojeto de la oferta3 por lo

tanto podrn susanar las omisiones sore su capacidad legal3 t>cnica o econ$mica!

Art. 24!- )djudicaci$n!- +a m:ima autoridad de la Entidad .ontratante o su delegado3adjudicar el contrato mediante resoluci$n motivada3 oservando para el efecto lo

definido en los n,meros 173 18 1" del art;culo F de la +e4 3 los parmetros ojetivosde evaluaci$n previstos en los /liegos!

SE..O' /+)' )'#)+ DE .O'(R)().O' B/).C

Art. 25!- Del /lan )nual de .ontrataci$n!- Gasta el 15 de enero de cada aHo3 la m:ima

autoridad de cada entidad contratante o su delegado3 aproar pulicar el /lan )nualde .ontrataci$n B/).C3 el mismo ue contendr las oras3 ienes o servicios incluidos los

de consultor;a ue se contratarn durante ese aHo3 en funci$n de sus respectivas metas

institucionales de conformidad a lo dispuesto en el art;culo 22 de la +e!

El /lan )nual de .ontrataci$n podr ser reformado por la m:ima autoridad o su

delegado3 mediante resoluci$n deidamente motivada3 la misma ue junto con el planreformado sern pulicados en el portal !compraspulicas!gov!ec! Salvo las

contrataciones de ;nfima cuant;a o auellas ue respondan a situaciones de emergencia3

todas las dems deern estar incluidas en el /). inicial o reformulado!

+os procesos de contrataciones deern ejecutarse de conformidad en la oportunidad

determinada en el /lan )nual de .ontrataci$n elaorado por cada entidad contratante3

 previa consulta de la disponiilidad presupuestaria3 a menos ue circunstancias no previstas al momento de la elaoraci$n del /). =agan necesario su modificaci$n! +os

formatos del /). sern elaorados por el SER.O/ pulicados en el /ortal

!compraspulicas!gov!ec!

Art. 26!- .ontenido del /).!- El /lan )nual de .ontrataci$n estar vinculado con los

ojetivos del /lan 'acional de Desarrollo o de los planes regionales3 provinciales3 locales

o institucionales contendr3 por lo menos3 la siguiente informaci$n%

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1! +os procesos de contrataci$n ue se reali<arn en el aHo fiscal4

2! #na descripci$n del ojeto de las contrataciones contenidas en el /lan3 suficiente paraue los proveedores puedan identificar las oras3 ienes3 servicios o consultor;a a

contratarse4

! El presupuesto estimativo de los ienes3 servicios u oras a aduirir o contratar4 36! El cronograma de implementaci$n del /lan!

Sin perjuicio de lo anterior3 en el caso de entidades contratantes ue realicen actividadesempresariales o de carcter estrat>gico3 en coordinaci$n con el SER.O/3 estalecern el

contenido del /). ue ser pulicado en el /ortal3 con la finalidad de ue dic=a

informaci$n no afecte el sigilo comercial de estrategia necesario para el cumplimiento

de los fines ojetivos de dic=as entidades!

SE..O'

DS/O'+D)D DE O'DOS

Art. 27!- .ertificaci$n de disponiilidad de fondos!- De conformidad con lo dispuesto en

el art;culo 26 de la +e3 para iniciar un proceso de contrataci$n se reuiere certificar ladisponiilidad presupuestaria la e:istencia presente o futura de recursos suficientes para

curir las oligaciones derivadas de la contrataci$n!

/ara curir la totalidad del proecto o para complementar una parte del mismo3 se admite

la posiilidad de ue se presenten propuestas de financiamiento otorgado por los propios

oferentes3 o por inversionistas3 organi<aciones estatales3 u organismos e instituciones

financieras o crediticias4 situaci$n ue deer constar de forma e:presa en los pliegos! Endic=o caso3 el financiamiento ofrecido ser uno de los aspectos a evaluar calificar

dentro de la determinaci$n del mejor costo previsto en la +e3 de acuerdo a los

 parmetros ue se seHalen en los pliegos!

En cualuiera de los casos previstos3 se deer emitir la certificaci$n sore la

disponiilidad presupuestaria la e:istencia presente o futura de los recursos suficientes para curir las oligaciones derivadas de las contrataciones ue constan en el /lan )nual

de .ontrataciones3 cua responsailidad le corresponde al Director inanciero de la

entidad contratante o a uien =aga sus veces!

+a certificaci$n incluir la informaci$n relacionada con las partidas presupuestarias o los

fondos a los ue se aplicar el gasto4 3 se conferir por medios electr$nicos de manera

 preferente3 de no ser esto posile3 se emitir por medios f;sicos!

SE..O' &

@ODE+OS O+*)(OROS

Art. 28!- @odelos formatos oligatorios!- +os modelos formatos oligatorios3 sern

e:pedidos por el Director Ejecutivo del SER.O/ mediante resoluci$n sern pulicados

en el /ortal !compraspulicas!gov!ec!

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.ada entidad contratante deer completar los modelos oligatorios! +a entidad

contratante ajo su responsailidad3 podr modificar ajustarlos a las necesidades particulares de cada proceso de contrataci$n3 siempre ue se cumpla con la +e el

 presente Reglamento *eneral!

Art. 29!- Declaratoria de procedimiento desierto parcial!- .ar la declaratoria de

 procedimiento desierto parcial cuando se =uiere convocado a un proceso de contrataci$n

con la posiilidad de adjudicaciones parciales o por ;tems!

Art. 30!- Declaratoria de desierto por oferta fallida!- #na ve< adjudicado un contrato3 el

 procedimiento ser declarado desierto si el contrato no puede celerarse por causas

imputales al adjudicatario3 siempre ue no sea posile adjudicar el contrato al oferenteue se encuentra en segundo lugar en el orden de prelaci$n!

Art. 31!- E:pediente de contrataci$n!- El e:pediente de contrataci$n contendr la

informaci$n relevante prevista en el art;culo 1 de este Reglamento *eneral!

En el caso de compras por catlogo electr$nico3 el e:pediente de la entidad contratante serespaldar con los pliegos antecedentes de la aduisici$n3 la orden de compra las

actas de entrega recepci$n respectivas!

(oda la informaci$n ser pulicada en el /ortal !compraspulicas!gov!ec!

.)/(#+O

.O'(R)().O' DE .O'S#+(OR)

SE..O'

 'OR@)S .O@#'ES ) (ODOS +OS /RO.ED@E'(OS DE.O'(R)().O' DE .O'S#+(OR)

Art. 32!- Ejercicio de la consultor;a!- En los procesos de selecci$n de consultor;a3 laEntidad .ontratante determinar la naturale<a de los participantes% sean consultores

individuales3 firmas consultoras u organismos ue est>n facultados para ofrecer

consultor;a! +os procesos de contrataci$n se =arn entre consultores de igual naturale<a!

/ara el caso de personas naturales3 el t;tulo de tercer nivel conferido por una instituci$n

de educaci$n superior3 deer adems estar registrado en el .O'ES#/4 e:cepto la

salvedad prevista para consultor;as cuo pla<o sea de =asta seis meses ue vaan a serreali<adas por consultores individuales e:tranjeros o por consultores individuales

nacionales cuos t;tulos =aan sido otenidos en el e:tranjero3 en cuo caso astar la

 presentaci$n del t;tulo conferido por la correspondiente instituci$n de educaci$n superioren el e:tranjero!

Art. 33!- /articipaci$n de consultor;a e:tranjera!- +a determinaci$n inicial de falta de

capacidad t>cnica o e:periencia de la consultor;a nacional3 ser responsailidad de la

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entidad contratante3 para cuo efecto deer remitir los pliegos al SER.O/ para ue >ste

emita la certificaci$n correspondiente en forma previa al procedimiento de manera

electr$nica!

El SER.O/ sore la ase de los pliegos remitidos por la entidad contratante pulicar en

el portal !compraspulicas!gov!ec los reuerimientos para reciir manifestaciones deinter>s de los proveedores nacionales3 las mismas ue sern anali<adas a efectos de

autori<ar o no la participaci$n de proveedores e:tranjeros! Sin emargo en la

convocatoria no se restringir la participaci$n nacional!

En la certificaci$n de participaci$n e:tranjera3 el SER.O/ podr recomendar porcentajes

m;nimos de participaci$n nacional ue deern contemplar oligatoriamente los pliegos!

Art. 34!- En todo proceso de contrataci$n3 la determinaci$n de los costos de consultor;a

tomar en cuenta en su composici$n los costos directos e indirectos reueridos para la

ejecuci$n del proecto3 conforme se detalla a continuaci$n%

1! .ostos directos% definidos como auellos ue se generan directa e:clusivamente en

funci$n de cada traajo de consultor;a cuos componentes sicos son3 entre otros3 lasremuneraciones3 los eneficios o cargas sociales del euipo de traajo3 los viajes

viticos4 los sucontratos servicios varios3 arrendamientos aluileres de ve=;culos3

euipos e instalaciones4 suministros materiales4 reproducciones3 ediciones  pulicaciones4

2! .ostos indirectos o gastos generales% son auellos ue se reconocen a las firmas

consultoras otros organismos ue est>n autori<ados para reali<ar consultar;as3 para

atender sus gastos de carcter permanente relacionados con su organi<aci$n profesional3 afin de posiilitar la oferta oportuna eficiente de sus servicios profesionales ue no

 pueden imputarse a un estudio o proecto en particular! El costo indirecto contemplar

,nicamente los =onorarios o utilidad empresarial reconocidos a las personas jur;dicasconsultoras3 por el esfuer<o empresarial3 as; como por el riesgo responsailidad ue

asumen en la prestaci$n del servicio de consultor;a ue se contrata!

 'ota% 'umeral 2 reformado por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en Registro Oficial

512 de 15 de )gosto del 2011 !

Art. 35!- Sucontrataci$n en consultor;a!- En los contratos de consultor;a ue prevean laejecuci$n de servicios de apoo ue no puedan ser provistos de manera directa por el

consultor3 >stos podrn ser sucontratados en los porcentajes previstos en la negociaci$n3

sin ue =aa l;mite para ello!

SE..O'

.O'(R)().O' DRE.()

Art. 36!- .ontrataci$n directa!- .uando el presupuesto referencial del contrato sea

inferior o igual al valor ue resultare de multiplicar el coeficiente 03000002 por el monto

del /resupuesto nicial del Estado del correspondiente ejercicio econ$mico3 la entidad

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contratante proceder a contratar de manera directa3 para lo cual3 la m:ima autoridad de

la entidad o su delegado3 seleccionar e invitar a un consultor =ailitado en el R#/ ue

re,na los reuisitos previstos en los pliegos!

+a entidad contratante remitir al consultor invitado3 los pliegos de la consultor;a a

reali<ar3 ue incluirn los formatos de informaci$n sica necesaria ue permitan laconfirmaci$n de las calificaciones claves reueridas para cumplir con el ojeto del

contrato!

Si la m:ima autoridad3 o su delegado lo consideran necesario arirn una etapa de

 preguntas aclaraciones ue se podrn reali<ar mediante comunicaciones directas con el

consultor invitado o a trav>s del portal !compraspulicas!gov!ec!

El consultor invitado entregar su oferta t>cnico-econ$mica en un t>rmino no maor a F

d;as contado a partir de la fec=a en ue recii$ la invitaci$n! +a m:ima autoridad3 o su

delegado3 reali<arn la evaluaci$n3 negociaci$n adjudicaci$n3 sore la ase de los

 pliegos en un t>rmino no maor a d;as!

En el caso de ue el consultor invitado no aceptare la invitaci$n o no llegare a un acuerdoen la negociaci$n3 la m:ima autoridad o su delegado declarar terminado el

 procedimiento4 de as; estimarlo pertinente3 resolver el inicio de un nuevo proceso de

contrataci$n directa con un nuevo consultor3 o en su defecto optar por otro procedimientode contrataci$n!

SE..O'

.O'(R)().O' @ED)'(E +S() .OR()

Art. 37!- .ontrataci$n mediante lista corta!- .uando el presupuesto referencial del

contrato supere el valor ue resultare de multiplicar el coeficiente 03000002 por el montodel /resupuesto nicial del Estado sea inferior al valor ue resulte de multiplicar el

coeficiente 03000015 por el monto del /resupuesto nicial del Estado del correspondiente

ejercicio econ$mico3 la entidad contratante escoger e invitar3 a trav>s del /ortal!compraspulicas!gov!ec3 a un m:imo de F un m;nimo de consultores

registrados en el R#/ ue re,nan los reuisitos previstos en los pliegos3 para ue

 presenten sus ofertas t>cnicas econ$micas!

Si no se presentaren ofertas o si las presentadas =uieren sido rec=a<adas3 la entidad

contratante podr reali<ar un nuevo proceso de contrataci$n conformando una nueva lista

corta o en su defecto iniciar un proceso de concurso p,lico!

En este tipo de contrataci$n se oservarn3 en lo ue sea aplicale3 las disposiciones

contenidas en los art;culos 8 siguientes referidos a la contrataci$n por concurso p,lico! El t>rmino entre la fec=a de la convocatoria la fec=a de presentaci$n de las

ofertas ser m;nimo de die< d;as m:imo de veinte d;as!

SE..O' &

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.O'(R)().O' @ED)'(E .O'.#RSO /#+.O

Art. 38!- .ontrataci$n mediante concurso p,lico!- .uando el presupuesto referencial delcontrato sea igual o superior al valor ue resulte de multiplicar el coeficiente 03000015

 por el monto del /resupuesto nicial del Estado del correspondiente ejercicio econ$mico3

la entidad contratante reali<ar la convocatoria p,lica a trav>s del /ortal!compraspulicas!gov!ec! para ue los interesados3 =ailitados en el R#/3 presenten

sus ofertas!

Si en este proceso se presenta un solo proponente3 la oferta ser calificada evaluada 3 si

>sta cumple los reuisitos criterios estalecidos podr ser ojeto de adjudicaci$n3 de

llegar a un acuerdo en la negociaci$n!

+a entidad contratante podr reali<ar una invitaci$n internacional a participar en el

concurso p,lico3 previo la autori<aci$n del SER.O/3 de acuerdo a lo dispuesto en el

)rt! 7 de la +e! En este caso3 se podr reali<ar invitaciones mediante pulicaciones por

la prensa internacional especiali<ada3 por una sola ve< en cada medio escrito!

Art. 39!- /resentaci$n de ofertas!- +as ofertas t>cnica econ$mica deern serentregadas simultneamente3 en dos sores separados3 =asta el d;a =ora seHalados en la

convocatoria3 ue no ser menor a 15 d;as =iles ni superior a 0 d;as =iles contados

desde la pulicaci$n3 a trav>s del /ortal !compraspulicas!gov!ec! &encido elt>rmino para la presentaci$n de ofertas3 el sistema cerrar3 de manera automtica la

recepci$n de las mismas!

/ara la presentaci$n de ofertas el portal =ailitar dos opciones% una para la oferta t>cnica otra para la oferta econ$mica! El portal permitir ue la apertura procesamiento de

amas ofertas se ejecuten en d;as distintos3 con una diferencia entre amos actos de =asta

10 d;as t>rmino% en el sore 13 la oferta t>cnica en el sore 2 la oferta econ$mica!

El SER.O/ estalecer el contenido de los sores 1 23 as; como los parmetros a ser

oservados para la evaluaci$n4 considerando para este ,ltimo efecto lo previsto en elart;culo F n,mero 1" de la +e!

Art. 40!- 'egociaci$n!- .on los resultados finales de la evaluaci$n3 la .omisi$n (>cnica

negociar con el oferente calificado en primer lugar los aspectos t>cnicos3 contractuales los ajustes de la oferta t>cnica econ$mica en comparaci$n con lo reuerido en los

 pliegos! De llegarse a un acuerdo3 se proceder a la suscripci$n del acta de negociaci$n

en la ue constarn los t>rminos convenidos3 la misma ue deer ser pulicada en el portal!

Si en un t>rmino m:imo de =asta cinco d;as no se llegare a un acuerdo en la negociaci$nesta se dar por terminada se iniciar una nueva negociaci$n con el oferente calificado

en el siguiente lugar as; sucesivamente =asta llegar a un acuerdo final de negociaci$n o3

en su defecto declarar desierto el procedimiento3 seg,n corresponda!

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Suscrita el acta de negociaci$n3 la m:ima autoridad o su delegado3 procedern a la

adjudicaci$n al oferente con el cual se =aa llegado a un acuerdo final de negociaci$n en

los aspectos t>cnicos3 econ$micos contractuales!

 'ota% nciso segundo reformado por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en Registro

Oficial 512 de 15 de )gosto del 2011 !

Art. 41!- /recalificaci$n!- Si la Entidad contratante lo reuiere3 podr reali<ar un proceso

de precalificaci$n ue tendr por ojeto solicitar la presentaci$n de informaci$n antecedentes relacionados con la e:periencia de los consultores o asociaciones

constituidas o por constituirse3 relacionada con los traajos de consultor;a reueridos por

la entidad contratante! En tal virtud la convocatoria deer prever e:clusivamente los

 procedimientos para evaluar calificar las e:periencias en la prestaci$n de servicios deconsultor;a en general en servicios similares a los del ojeto del concurso!

Si como resultado de la convocatoria p,lica a precalificaci$n3 no =uiere interesados3 o

se presentare solamente un consultor interesado3 la .omisi$n (>cnica ampliar por unasola ve< =asta por la mitad del inicialmente previsto3 el t>rmino para la entrega de la

informaci$n solicitada! Si cumplido el nuevo t>rmino persistiere la ausencia deinteresados3 o se presentare la informaci$n de un solo interesado3 la comisi$n declarar

desierto el proceso de precalificaci$n!

En los casos en ue los consultores ue entregaron la informaci$n para la precalificaci$n

son dos o ms3 la comisi$n3 el d;a =ora seHalados para el cierre del proceso3 levantar la

respectiva acta seg,n el orden de presentaci$n arir los sores ue contengan la

informaci$n solicitada3 dentro del t>rmino de tres d;as iniciar su evaluaci$n  ponderaci$n en forma ininterrumpida =asta concluir el proceso de precalificaci$n

estaleciendo la n$mina de consultores a los cuales se invitar a presentar sus propuestas

t>cnicas econ$micas para la fase de calificaci$n! Esta n$mina ser de un m;nimo de dos un m:imo de seis consultores! Si como resultado de la evaluaci$n resultare un solo

consultor precalificado3 se declarar desierto el proceso4 igual procedimiento se oservar

si ning,n consultor es precalificado!

+os aspectos evaluados ponderados en la precalificaci$n as; como los resultados

 puntajes de la misma3 no sern considerados para la fase de calificaci$n de propuestas

t>cnicas! En consecuencia3 todos los consultores precalificados estarn en igualescondiciones de participaci$n para la fase de calificaci$n!

Dentro del t>rmino de tres d;as de concluida la precalificaci$n3 el /residente de la.omisi$n (>cnica3 mediante comunicaci$n escrita3 dar a conocer a todos los consultores

 participantes los resultados de la precalificaci$n!

.)/(#+O

/RO.ED@E'(OS D')@.OS

Art. 42!- ienes servicios normali<ados!- +os ienes servicios normali<ados son

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auellos cuas caracter;sticas o especificaciones t>cnicas =an sido estandari<adas u

=omologadas por la entidad contratante4 en consecuencia3 dic=as caracter;sticas o

especificaciones son =omog>neas comparales en igualdad de condiciones!

+a +e este Reglamento *eneral utili<an de forma indistinta las palaras

=omologados3 estandari<ados3 normali<ados3 categori<ados o catalogados3 parareferirse a auellos ienes o servicios cuas caracter;sticas o especificaciones t>cnicas

=an sido estandari<adas por la entidad contratante4 3 en el caso de los ienes o servicios

incluidos en el .atlogo Electr$nico3 para referirse a auellos ienes o servicios3 sorelos cuales el SER.O/ celer$ los correspondientes convenios marco!

+a responsailidad de la estandari<aci$n de los ienes servicios le corresponde a la

entidad contratante3 la ue para el efecto3 oservar3 de e:istir3 la reglamentaci$n t>cnicao normativa t>cnica nacional o internacional aplicale al ien o servicio ojeto del

 procedimiento!

+os ienes servicios normali<ados se aduieren3 en su orden3 por procedimientos de.atlogo Electr$nico de Suasta nversa4 solo en el caso de ue no se puedan aplicar

dic=os procedimientos o ue >stos =aan sido declarados desiertos se optarn por losdems procedimientos de contrataci$n previstos en la +e en este Reglamento *eneral!

SE..O' .O@/R)S /OR .)()+O*O

Art. 43!- /rocedimiento para contratar por catlogo electr$nico!- /ara la inclusi$n en el

catlogo electr$nico de los ienes servicios normali<ados3 el SER.O/ reali<ar procesos de selecci$n ue permitan celerar convenios marcos3 oservando el

 procedimiento ue se estale<ca en los pliegos!

+as contrataciones por catlogo electr$nico de ienes servicios normali<ados3 ue

realicen las Entidades .ontratantes3 oservarn el procedimiento seHalado por el

SER.O/%

+a orden de aduisici$n electr$nica emitida por la Entidad .ontratante se sujetar a las

condiciones contractuales previstas en el .onvenio @arco4 3 de ser el caso a las mejoras

otenidas por la entidad contratante!

De conformidad con lo previsto en el inciso segundo del art;culo F" de la +e3 la Orden

de .ompra emitida a trav>s del .atlogo Electr$nico formali<a la contrataci$n de los ienes o servicios reueridos genera los derec=os oligaciones correspondientes para

las partes!

#na ve< reciidos los ienes o servicios contratados3 se suscriir el acta de entrega

recepci$n correspondiente con la verificaci$n de correspondencia con las

especificaciones previstas en el catlogo!

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deern ser menores al presupuesto referencial! +a notificaci$n a los proveedores

calificados para la presentaci$n de las ofertas econ$micas iniciales se la reali<ar a trav>s

del portal !compraspulicas!gov!ec3 sin ue se d> a conocer el nomre ni el n,merode oferentes calificados ni el monto de la oferta econ$mica inicial!

+as ofertas econ$micas iniciales presentadas a trav>s del portal!compraspulicas!gov!ec3 oligan al oferente a cumplir las condiciones t>cnicas

econ$micas ofertadas en el caso de resultar adjudicado3 aun cuando no participare en el

acto de la puja! De no cumplir con las oligaciones ue le corresponden en su calidad deadjudicatario3 se aplicarn las sanciones previstas en el art;culo 1" numeral 1 de la le!

9uienes intervengan en el proceso de calificaci$n guardarn asoluta confidencialidad

asumirn las responsailidades ue se generen en el caso de ue violaren dic=o principio!

 'ota% )rt;culo sustituido por Decreto Ejecutivo 'o! 163 pulicado en Registro Oficial

Suplemento 71 de 20 de 'oviemre del 200" !

Art. 46!- /uja!- En el d;a =ora seHalados en la .onvocatoria3 se reali<ar la puja =acia

la aja a trav>s del portal !compraspulicas!gov!ec!

+a duraci$n de la puja ser estalecida en los pliegos no podr ser menor a uince B15C

minutos ni maor a sesenta BF0C minutos3 contados a partir de la =ora estalecida en laconvocatoria3 en atenci$n a la complejidad del ojeto del contrato al presupuesto

referencial del procedimiento!

De la puja se dejar constancia en un nforme de Resultados3 elaorado por la .omisi$n(>cnica ue ser pulicado en el formato estalecido para el efecto en el portal

!compraspulicas!gov!ec!

Art. 47!- .asos de negociaci$n ,nica!- 'o se reali<ar la puja3 en su lugar se reali<ar

una ,nica sesi$n de negociaci$n3 entre la entidad contratante el oferente3 en los

siguientes casos%

1!- Si e:iste una sola oferta t>cnica calificada!

2!- Si3 luego de la calificaci$n t>cnica un solo proveedor =ailitado presenta la oferta

econ$mica inicial en el portal !compraspulicas!gov!ec!

+a sesi$n de negociaci$n se reali<ar entre la entidad contratante el ,nico proveedor

=ailitado para presentar su oferta econ$mica3 en el d;a =ora ue se seHale para elefecto3 dentro de un t>rmino no maor a tres d;as contados desde la fec=a estalecida para

la reali<aci$n de la puja! El ojeto de la negociaci$n ser mejorar la oferta econ$mica del

,nico oferente calificado!

En el proceso de negociaci$n3 la entidad contratante deer disponer de informaci$n

respecto de las condiciones de mercado del ien o servicio a aduirir3 para lo cual tomar

en cuenta3 sin ue sean e:clusivos3 los siguientes elementos%

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1! /recios de adjudicaci$n de ienes o servicios similares reali<ados a trav>s del portal

!compraspulicas!gov!ec!2! /roformas de otros proveedores del ien o servicio a contratar!

! nformaci$n sore el precio del ien o servicio ue se pueda otener de otras fuentes

como cmaras o olsas de productos3 internet3 entre otras!6! En todo caso el oferente deer reajar su oferta econ$mica en al menos el cinco por

ciento B5JC del presupuesto referencial de la suasta inversa convocada!

Este procedimiento de verificaci$n de las condiciones de mercado del ien a contratar es

de asoluta responsailidad de la entidad contratante3 la ue en caso de omitir el mismo

estar sujeta a las responsailidades ue estale<can las entidades de control!

De la negociaci$n se dejar constancia en un acta ue se pulicar en el portal

!compraspulicas!gov!ec!

+a negociaci$n alcan<ada no significa adjudicaci$n de contrato!

 'ota% )rt;culo sustituido por Decreto Ejecutivo 'o! 163 pulicado en Registro OficialSuplemento 71 de 20 de 'oviemre del 200" !

Art. 48!- )djudicaci$n!- +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado3una ve< concluido el per;odo de puja o de la negociaci$n reali<ada3 de ser el caso3

adjudicar o declarar desierto el procedimiento3 mediante resoluci$n3 de conformidad

con la le!

 'ota% )rt;culo sustituido por Decreto Ejecutivo 'o! 163 pulicado en Registro Oficial

Suplemento 71 de 20 de 'oviemre del 200" !

.)/(#+O &

+.().O'

Art. 49!- .onvocatoria!- +a convocatoria deer pulicarse en el /ortal

!compraspulicas!gov!ec contendr la informaci$n ue determine el SER.O/!

Art. 50!- Recepci$n de las ofertas!- +as ofertas t>cnica econ$mica deern serentregadas por los oferentes3 =asta el d;a =ora seHalados en la convocatoria3 a trav>s del

/ortal !compraspulicas!gov!ec!

De manera e:cepcional considerando el nivel de complejidad magnitud de la

informaci$n a presentarse3 previo conocimiento del SER.O/3 las ofertas podrn ser

entregadas f;sicamente en el lugar3 d;a =ora seHalados en la convocatoria por la entidadcontratante!

Art. 51!- .ontenido de las ofertas!- +as ofertas deern cumplir todos los reuerimientos

e:igidos en los /liegos se adjuntar todos cada uno de los documentos solicitados!

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Art. 52!- (>rmino entre convocatoria apertura de ofertas!- El t>rmino entre la

convocatoria cierre de recepci$n de ofertas los fijar la entidad contratante atendiendoal monto complejidad de la contrataci$n3 en consideraci$n al tiempo reuerido para ue

los proveedores preparen sus ofertas! En ning,n caso el t>rmino ser menor a die< d;as ni

maor a treinta d;as3 salvo el caso de contrataciones de oras en ue el t>rmino m:imo podr ser de =asta cuarenta cinco d;as!

Art. 53!- )pertura de las ofertas!- El acto de apertura de sores se =ar a trav>s del /ortal4o3 en el lugar seHalado en la convocatoria3 si las ofertas =an sido entregadas de manera

f;sica en los casos permitidos!

#na ve< aiertas las ofertas3 se pulicar en el /ortal !compraspulicas!gov!ec almenos la siguiente informaci$n%

1! dentificaci$n del Oferente!

2! Descripci$n sica de la ora3 ien o servicio ofertado4 3! /recio unitario de ser el caso valor total de la oferta!

Art. 54!- @>todo de evaluaci$n de las ofertas!- +a .omisi$n (>cnica revisar ue las

ofertas cumplan los reuisitos m;nimos estalecidos en los pliegos rec=a<ar auellas

ue no den cumplimiento a los mismos!

+a evaluaci$n de las ofertas se efectuar aplicando los parmetros de calificaci$n

 previstos en los pliegos!

+a evaluaci$n de una oferta comprende tanto la referida a la propuesta t>cnica como a la

 propuesta econ$mica!

+a oferta evaluada como la mejor ser auella ue otenga el mejor costo de

conformidad con el numeral 18 del art;culo F de la +e!

Art. 55!- (>rmino para la evaluaci$n de las ofertas!- +a evaluaci$n ser reali<ada por la

.omisi$n (>cnica luego del cierre de la apertura de ofertas en un t>rmino no maor a

die< B10C d;as! Si la complejidad de la contrataci$n lo e:ige3 la entidad contratante podr

estalecer en los pliegos un t>rmino adicional de cinco B5C d;as!

.)/(#+O &

.O(K).O'3 @E'OR .#)'() E '@) .#)'()

SE..O'

.O(K).O'

Art. 56!- .onvocatoria!- En este procedimiento la invitaci$n a presentar ofertas a cinco

B5C proveedores elegidos mediante sorteo p,lico se lo reali<ar de forma aleatoria a

trav>s del /ortal !compraspulicas!gov!ec de entre los proveedores ue cumplan los

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 parmetros de contrataci$n preferente e inclusi$n Btipo de proveedor localidadC3 de

acuerdo a lo ue estalece los )rts! 50 52 de la +e!

En los pliegos se determinar un sistema de calificaci$n en virtud del cual auellos

 proveedores invitados por sorteo otengan una puntuaci$n adicional por el =ec=o de

=aer salido favorecidos4 sin perjuicio del margen de preferencia ue se deer estalecer en los pliegos para los dems proveedores locales ue participen sin ser invitados por

sorteo!

Sin perjuicio de las invitaciones a los proveedores sorteados3 podrn participar los

 proveedores =ailitados en la correspondiente categor;a en el R#/3 para lo cual se

 pulicar la convocatoria en el /ortal !compraspulicas!gov!ec!

) este tipo de contrataci$n se aplicarn las normas previstas para el procedimiento

+icitaci$n en lo ue sea pertinente!

Art. 57!- (>rmino entre convocatoria apertura de ofertas!- El t>rmino entre laconvocatoria cierre de recepci$n de ofertas los fijar la entidad contratante atendiendo

al monto complejidad de la contrataci$n3 en consideraci$n al tiempo reuerido para uelos proveedores preparen sus ofertas! En ning,n caso el t>rmino ser menor a siete d;as ni

maor a veinte d;as!

SE..O'

@E'OR .#)'()

Art. 58!- ienes servicios!- /ara las contrataciones previstas en los numerales 1 del)rt! 51 de la +e3 cua cuant;a no e:ceda el monto euivalente al 03000002 del

/resupuesto nicial del Estado3 la m:ima autoridad o su delegado podr seleccionar

directamente adjudicar al contratista ue cumpla con los reuerimientos de lacontrataci$n previstos en los pliegos elaorados por la entidad contratante sore la ase

de los formatos elaorados por el SER.O/!

Art. 59!- Oras!- En los procesos de contrataci$n de oras de menor cuant;a3 se verificar

lo siguiente%

1! #nicamente los proveedores ue cumplan las condiciones estalecidas en el art;culo 52de la +e sern invitados a trav>s del /ortal a manifestar su inter>s de participar en el

sorteo4

2! +os proveedores invitados3 en un t>rmino no menor a tres BC ni maor a cinco B5C d;ascontados a partir de la fec=a de la invitaci$n3 manifestarn su inter>s mediante la

 presentaci$n de sus ofertas t>cnicas de la carta de aceptaci$n e:presa del presupuesto

referencial determinado por la entidad contratante4! +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado verificarn el

cumplimiento de los reuisitos t>cnicos previstos en los pliegos la aceptaci$n del

 presupuesto referencial4

6! De entre los proveedores calificados se adjudicar la ora al proveedor escogido por

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selecci$n automtica aleatoria del portal !compraspulicas!go!ec!

)uellos proveedores ue a la fec=a de la pulicaci$n del procedimiento mantuvieranvigentes contratos de construcci$n de ora p,lica cuas cuant;as individuales o

acumuladas igualaren o superaren el coeficiente estalecido en el numeral 2 del art;culo

51 de la +e Orgnica del Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica3 no podrn participar en ning,n procedimiento de menor cuant;a de oras =asta la entrega recepci$n

definitiva de el o los contratos vigentes! Si por efectos de la entrega recepci$n de uno o

varios contratos el monto por ejecutar fuere inferior al coeficiente antes indicado3 deerser invitado podr participar en los siguientes procedimientos de menor cuant;a de

oras!

Si no e:istieran proveedores ue sean profesionales3 miera o peueHas empresas3 dentrodel cant$n3 se reali<ar el sorteo contando con los proveedores de la provincia o del pa;s3

en ese orden!

 'o podrn participar en el sorteo auellos proveedores ue =uieren efectuado un camiode domicilio e:clusivamente para efectos de participar en una contrataci$n espec;fica de

menor cuant;a de oras! De no =acerla la entidad contratante3 el SER.O/ solicitar ladescalificaci$n del proveedor ue =uiere incurrido en esta conducta!

 'ota% )rt;culo sustituido por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en Registro Oficial512 de 15 de )gosto del 2011 !

SE..O'

.O'(R)().O'ES DE '@) .#)'()

Art. 60!- .ontrataciones de ;nfima cuant;a% +as contrataciones para la ejecuci$n de oras3

aduisici$n de ienes o prestaci$n de servicios3 cua cuant;a sea igual o menor amultiplicar el coeficiente 030000002 del /resupuesto nicial del Estado se las reali<ar de

forma directa con un proveedor seleccionado por la entidad contratante sin ue sea

necesario ue >ste conste inscrito en el R#/! Dic=as contrataciones se formali<arn con laentrega de la correspondiente factura sern autori<adas por el responsale del rea

encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante3 uien ajo su

responsailidad verificar ue el proveedor no se encuentre incurso en ninguna

in=ailidad o pro=iici$n para celerar contratos con el Estado!

Estas contrataciones no podrn emplearse como medio de elusi$n de los procedimientos!

El SER.O/3 mediante las correspondientes resoluciones3 determinar la casu;stica de uso

de la ;nfima cuant;a!

El SER.O/ podr reuerir3 en cualuier tiempo3 informaci$n sore contratos de ;nfima

cuant;a3 la misma ue ser remitida en un t>rmino m:imo de die< d;as de producida la

solicitud! Si se llegara a detectar una infracci$n a lo dispuesto en el inciso precedente o

un mal uso de esta contrataci$n3 el SER.O/ remitir un informe a los organismos de

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control para ue inicien las actuaciones pertinentes!

.)/(#+O &/RO.ED@E'(OS ES/E.)+ES

SE..O' )D9#S.O' DE E'ES '@#E+ES

Art. 61!- (ransferencia de dominio entre entidades del sector p,lico!- /ara latransferencia de dominio de ienes inmueles entre entidades del sector p,lico ue

lleguen a un acuerdo para el efecto3 se reuerir resoluci$n motivada de las m:imas

autoridades!

Se aplicar lo referente al r>gimen de traspaso de activos!

Art. 62!- Declaratoria de utilidad p,lica!- Salvo disposici$n legal en contrario3 la

declaratoria de utilidad p,lica o de inter>s social sore ienes de propiedad privada serresuelta por la m:ima autoridad de la entidad p,lica3 con facultad legal para =acerlo3

mediante acto motivado en el ue constar en forma oligatoria la individuali<aci$n del ien o ienes reueridos los fines a los ue se destinar! Se acompaHar a la

declaratoria el correspondiente certificado del registrador de la propiedad!

+as personas jur;dicas de derec=o privado sujetas a la +e a este Reglamento *eneral

como entes contratantes podrn negociar directamente la aduisici$n de inmueles dentro

de los parmetros estalecidos en la le! Si se reuiriera una e:propiaci$n3 deern

solicitarla a la autoridad p,lica del ramo correspondiente al ue pertene<can!

+a resoluci$n ser inscrita en el Registro de la /ropiedad del cant$n en el ue se

encuentre uicado el ien se notificar al propietario! +a inscripci$n de la declaratoriatraer como consecuencia ue el registrador de la propiedad se astenga de inscriir

cualuier acto traslaticio de dominio o gravamen3 salvo el ue sea a favor de la entidad

ue declare la utilidad p,lica!

Art. 63!- )val,o!- El valor del inmuele se estalecer en funci$n del ue constare en la

respectiva unidad de aval,os catastros del municipio en el ue se encuentre uicado el

inmuele antes del inicio del trmite de e:propiaci$n3 el cual servir a efectos dedeterminar el valor a pagar para uscar un acuerdo en los t>rminos previstos en la le!

En las municipalidades ue no se cuente con la Direcci$n de )val,os .atastros3 o a petici$n de esa entidad3 el aval,o lo podr efectuar la Direcci$n 'acional de )val,os

.atastros3 para el efecto se podr suscriir un convenio de cooperaci$n interinstitucional!

)simismo3 la Direcci$n 'acional de )val,os .atastros reali<ar el aval,o si es ue=aiendo sido reuerido el @unicipio no efectuare entregare el aval,o en el pla<o de

treinta d;as de presentada la petici$n!

Si judicialmente se llegare a determinar3 mediante sentencia ejecutoriada3 un valor maor

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al del aval,o catastral3 deern reliuidarse los impuestos municipales por los ,ltimos

cinco aHos3 conforme estalece el art;culo 66" del .$digo Orgnico de Organi<aci$n

(erritorial3 )utonom;a Descentrali<aci$n! (al valor se descontar del precio a pagar!

 'ota% )rt;culo sustituido por Decreto Ejecutivo 'o! 166"3 pulicado en Registro Oficial

"1F de 20 de @ar<o del 201 !

SE..O'

DE+ )RRE'D)@E'(O DE E'ES '@#E+ES

)partado

+as entidades contratantes como arrendatarias

Art. 64!- /rocedimiento!- /ara el arrendamiento de ienes inmueles3 las entidades

contratantes pulicarn en el /ortal !compraspulicas!gov!ec! los pliegos en los ue

constarn las condiciones m;nimas del inmuele reuerido3 con la referencia al sector

lugar de uicaci$n del mismo!

/ara la suscripci$n del contrato3 el adjudicatario no reuiere estar inscrito =ailitado enel R#/!

El SER.O/ determinar el procedimiento los reuisitos ue se deern cumplir enestas contrataciones!

)partado

+as entidades contratantes como arrendadoras

Art. 65!- /rocedimiento!- +as entidades previstas en el art;culo 1 de la +e podr dar en

arrendamiento ienes inmueles de su propiedad3 para lo cual3 pulicar en el /ortal!compraspulicas!gov!ec los pliegos en los ue se estalecer las condiciones en las

ue se dar el arrendamiento3 con la indicaci$n de la uicaci$n caracter;sticas del ien!

En los pliegos se prever la posiilidad de ue el interesado realice un reconocimiento previo del ien ofrecido en arrendamiento!

/ara la suscripci$n del contrato3 el adjudicatario no reuiere estar inscrito =ailitado en

el R#/!

El SER.O/ determinar el procedimiento los reuisitos ue se deern cumplir en

estas contrataciones!

Art. 66!- 'ormas supletorias!- En todo lo no previsto en esta Secci$n3 se aplicarn de

manera supletoria3 en lo ue sea pertinente3 las normas de la +e de nuilinato del.$digo .ivil!

SE..O'

ER)S '.+#S&)S

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Art. 67!- erias inclusivas!- +as ferias inclusivas previstas en el art;culo F numeral 1 de

la +e son procedimientos ue desarrollarn las entidades contratantes3 sin consideraci$nde montos de contrataci$n3 para fomentar la participaci$n de artesanos3 micro peueHos

 productores prestadores de servicios!

+as invitaciones para las ferias inclusivas a ms de pulicarse en el portal

!compraspulicas!gov!ec se pulicarn por un medio impreso3 radial o televisivo del

lugar donde se reali<ar la feria!

+as ferias inclusivas oservarn el procedimiento de contrataci$n ue para el efecto dicte

el SER.O/!

.)/(#+O &

RE*@E' ES/E.)+

SE..O' DS/OS.O'ES *E'ER)+ES ) +OS /RO.ED@E'(OS

SO@E(DOS ) RE*@E' ES/E.)+

Art. 68!- 'ormativa aplicale!- +os procedimientos precontractuales de las

contrataciones previstas en el art;culo 2 de la +e Orgnica del Sistema 'acional de.ontrataci$n /,lica3 oservarn la normativa prevista en este cap;tulo!

En el caso ue en el presente r>gimen especial no se descria o detalle alg,n

 procedimiento o acci$n concreta ue sean indispensales reali<ar para la contrataci$n de ienes3 oras o servicios3 se oservar de forma supletoria los procedimientos o

disposiciones estalecidos en el r>gimen general de la +e3 de este Reglamento *eneral o

de la reglamentaci$n espec;fica ue para el efecto dicte el /residente de la Rep,lica!

Dentro de las contrataciones de r>gimen especial3 si el proveedor no estuviera

domiciliado o no tuviera un representante en el pa;s3 astar para contrataci$n con lainscripci$n electr$nica en el R#/3 sin ue sea necesaria su =ailitaci$n! +a entidad

contratante ser corresponsale por la veracidad de la informaci$n registrada!

 'ota% nciso final agregado por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en Registro Oficial512 de 15 de )gosto del 2011 !

Art. 69!- Estudios!- De acuerdo a la naturale<a de la contrataci$n3 ser necesario disponer de todos los documentos t>cnicos ue justifiuen dic=a contrataci$n! En el caso de

contratacio

 sujetas al r>gimen especial previsto en este cap;tulo3 ser necesario contar con estudioscompletos3 incluidas especificaciones t>cnicas presupuestos actuali<ados3 salvo casos

en los ue por la complejidad o nivel de especificidad de los proectos3 dic=os estudios

 puedan ser mejorados por los oferentes al presentar sus propuestas t>cnicas! .uando se

trate de contrataci$n de estudios3 ser necesario contar con el nivel previo de estudios!

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Art. 70!- /ulicaci$n /osterior!- De no =aerse reali<ado los procedimientos de r>gimen

especial a trav>s del portal !compraspulicas!gov!ec3 la m:ima autoridad o sudelegado tiene la oligaci$n de una ve< reali<ada la contrataci$n3 pulicar en el portal

!compraspulicas!gov!ec la informaci$n relevante de cada proceso3 seg,n lo

dispuesto en el )rt! 1 de este Reglamento *eneral3 en lo ue fuera aplicale!

Art. 71!- Declaratoria de emergencia para contrataciones r>gimen especial!- +as

contrataciones previstas en el R>gimen Especial3 tami>n podrn ser declaradas deemergencia3 en cuo caso se estar a lo dispuesto en el art;culo 57 de la +e!

SE..O'

)D9#S.O' DE )R@).OS

)/)R()DO

DS/OS.O'ES *E'ER)+ES

Art. 72!- rmacos!- Se entiende por frmacos a las preparaciones o formas

farmac>uticas contempladas en las definiciones de medicamentos del art;culo 25" de la+e Orgnica de Salud!

Art. 73!- Sujeci$n al .uadro 'acional de @edicamentos sicos al /).!-/rocedimiento!- +as entidades ue presten servicios de salud ue se =allen

comprendidas en el mito de la +e3 deern aduirir los frmacos del .uadro 'acional

de @edicamentos sicos as; como auellos contemplados en los casos previstos en el

art;culo F de la +e de /roducci$n3 mportaci$n3 .omerciali<aci$n E:pendio de@edicamentos *en>ricos de #so Gumano3 los cuales3 salvo las situaciones de

emergencia estalecidas en dic=a disposici$n3 deern estar previstos en los respectivos

 planes anuales de contrataciones!

(odos los frmacos ue se aduieran deen cumplir con los reuisitos sanitarios

estalecidos en la +e Orgnica de Salud ue permitan garanti<ar su calidad3 seguridad eficacia!

 'ota% /rimer inciso reformado por Decreto Ejecutivo 'o! 6013 pulicado en Registro

Oficial 20 de 7 de Iulio del 2010 !

Art. 74!- /rovisi$n de medicamentos!- +a selecci$n de las ofertas de provisi$n de

frmacos se =ar solo entre los proveedores =ailitados en el Registro #nico de/roveedores BR#/C!

 'ota% )rt;culo sustituido por Decreto Ejecutivo 'o! 5603 pulicado en Registro OficialSuplemento 622 de 22 de Enero del 2015 !

Art. 75!- Selecci$n!- Entre las ofertas de los frmacos3 presentadas por los proveedores

=ailitados conforme al art;culo precedente3 se seleccionarn auellas ue cumplan con

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los reuisitos e:igidos de acondicionamiento3 presentaciones autori<adas para su

comerciali<aci$n las estalecidas en la fic=a t>cnica del producto!

Art. 76!- .ontroles!- (odas las aduisiciones de frmacos3 ue se realicen al amparo de la

+e de este Reglamento *eneral3 sea cual fuere el procedimiento de contrataci$n

adoptado3 estarn sujetas a controles de calidad post registro aleatorios3 sea en los lugaresde faricaci$n3 almacenamiento3 transporte3 distriuci$n o e:pendio3 control ue lo

efectuar la autoridad sanitaria nacional!

)/)R()DO

S#)S() '&ERS)

Art. 77!- .lases!- /ara la aduisici$n de frmacos ajo R>gimen Especial se deerreali<ar Suastas nversas .orporativas Lo Suastas nversas nstitucionales3 de

conformidad a los procedimientos ue se detallan a continuaci$n!

Art. 78!- /rocedimiento Especial para Suasta nversa .orporativa!- El SER.O/conjuntamente con las Entidades .ontratantes3 consolidar la demanda potencial de las

entidades contratantes3 para poder reali<ar suastas inversas corporativas3 en las cualeslos proveedores de frmacos3 deidamente =ailitados3 conforme a lo dispuesto en el

 presente Reglamento *eneral3 pujan =acia la aja el precio ofertado3 ue siempre deer

ser inferior a su oferta econ$mica inicial3 por medios electr$nicos a trav>s del /ortal!compraspulicas!gov!ec3 con la finalidad de suscriir convenios ue permitan a las

Entidades .ontratantes la aduisici$n directa de frmacos a trav>s del Repertorio de

@edicamentos3 entendido >ste como el catlogo de medicamentos normali<ados

 pulicados en el /ortal !compraspulicas!gov!ec!

El SER.O/ elaorar conjuntamente con las entidades contratantes los pliegos

reueridos para reali<ar las suastas inversas corporativas! +os pliegos3 a ms de losreuisitos de carcter legal3 econ$mico financiero3 deern contener fic=as t>cnicas

espec;ficas sore los frmacos a contratar!

El SER.O/ conjuntamente con las Entidades .ontratantes3 conformarn una .omisi$n

(>cnica responsale de las fases de aclaraciones calificaci$n de los proveedores sus

ofertas3 ue estar integrada de la siguiente manera%

1! #n delegado del Director Ejecutivo del SER.O/3 uien la presidir tendr voto

dirimente4

2! #n delegado t>cnico del @inistro de Salud /,lica3 en su calidad de m:ima autoridaddel Sistema 'acional de Salud4

! #n delegado t>cnico del Director *eneral del ESS4

6! #n delegado t>cnico del Director *eneral del SS)4 35! #n delegado t>cnico del Director *eneral del SS/O+!

)ctuar como Secretario de la .omisi$n (>cnica el Director Iur;dico del SER.O/ o su

delegado!

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Art. 79!- /rocedimiento Especial para Suasta nversa nstitucional!- +a contrataci$n de

frmacos3 en los ue e:ista ms de un proveedor o faricante siempre ue el frmaco ofrmacos reueridos no est>n disponiles en el Repertorio de @edicamentos3 se

contratarn siguiendo el siguiente procedimiento%

+a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado aproarn los pliegos en los

t>rminos condiciones previstos en este Reglamento *eneral3 el cronograma del proceso

dispondrn el inicio del procedimiento especial!

+os pliegos3 a ms de los reuisitos de carcter legal3 econ$mico financiero3 deern

contener fic=as t>cnicas espec;ficas sore los frmacos a contratar!

+a .omisi$n (>cnica para la suasta inversa institucional estar integrada por%

1! El delegado de la m:ima autoridad de la entidad contratante4

2! El titular del rea reuirente o su delegado4 3! #n funcionario o servidor nomrado por la m:ima autoridad ue tenga conocimiento

de la aduisici$n ue se vaa a reali<ar!

)ctuar como secretario un funcionario o servidor designado por la .omisi$n (>cnica de

fuera de su seno!

Art. 80!- /rocedimiento .om,n para Suastas nversas!- /ara el caso de reali<arse una

Suasta nversa .orporativa o una Suasta nversa nstitucional3 previo el cumplimiento

de los procedimientos especiales estalecidos para cada una de ellas3 se deer seguir elsiguiente procedimiento com,n%

+a .omisi$n (>cnica podr designar sucomisiones de apoo3 seg,n la complejidad del proceso de contrataci$n3 las mismas ue actuarn de conformidad a lo previsto en el

art;culo 1" de este Reglamento *eneral!

+a .omisi$n (>cnica podr sesionar vlidamente con la presencia de tres de sus

miemros3 de los cuales3 el /residente deer estar presente en forma oligatoria! +as

decisiones se adoptarn por maor;a simple!

+os miemros de la .omisi$n (>cnica no podrn tener conflictos de intereses con los

oferentes4 de =aerlos3 ser causa de e:cusa!

+a .omisi$n (>cnica elaorar su informe ue deer ser dirigido a la m:ima autoridad

de la entidad contratante o a su delegado ue inclua la recomendaci$n e:presa de

adjudicaci$n del contrato o de declaratoria de desierto del proceso!

+as Sucomisiones de apoo3 designadas por la .omisi$n (>cnica3 presentarn los

criterios t>cnicos ue se reuieran para la toma de decisiones de la .omisi$n (>cnica!

+os informes de la sucomisi$n3 ue incluirn las recomendaciones ue se consideren

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necesarias3 sern utili<ados por la .omisi$n (>cnica como audas en el proceso de

calificaci$n selecci$n por ning,n concepto sern asumidos como decisorios! +a

.omisi$n (>cnica oligatoriamente deer anali<ar dic=os informes avalar o rectificarla totalidad de los mismos4 sin perjuicio de las responsailidades ue asuman los

miemros de las sucomisiones sore el traajo reali<ado!

Reuisitos Sanitarios!-

 'ota% (e:to de Reuisitos Sanitarios derogado por Decreto Ejecutivo 'o! 5603 pulicadoen Registro Oficial Suplemento 622 de 22 de Enero del 2015 !

1!'ota% 'umeral derogado por Decreto Ejecutivo 'o! 6013 pulicado en Registro Oficial

20 de 7 de Iulio del 2010 !

2!'ota% 'umeral derogado por Decreto Ejecutivo 'o! 5603 pulicado en Registro Oficial

Suplemento 622 de 22 de Enero del 2015 !

!'ota% 'umeral derogado por Decreto Ejecutivo 'o! 6013 pulicado en Registro Oficial

20 de 7 de Iulio del 2010 !

(R)@().O'!- El SER.O/ o la Entidad .ontratante pulicar la convocatoria a

trav>s del portal !compraspulicas!gov!ec3 ue como m;nimo contendr%

1! El .ronograma del proceso4

2! +a fec=a m:ima para formular preguntas4

! +a ec=a =ora para ingresar al portal !compraspulicas!gov!ec la oferta t>cnica documentaci$n =ailitante4

6! +os reuerimientos m;nimos ue deer tener la documentaci$n t>cnica sanitaria de

la oferta45! +a fec=a =ora en ue los oferentes calificados ingresarn al portal

!compraspulicas!gov!ec la oferta econ$mica inicial4

F! +a fec=a =ora en la ue se iniciarn las pujas a la aja a trav>s del referido portal eltiempo de duraci$n de las mismas4 3

7! +a fec=a estimada de adjudicaci$n!

Gasta dentro de un t>rmino de 5 d;as contados a partir de la fec=a tope fijada para laformulaci$n de preguntas3 la .omisi$n (>cnica3 responder las preguntas formular las

aclaraciones o modificaciones ue considere pertinentes a los pliegos por propia

iniciativa o en respuesta a las preguntas de los participantes3 a trav>s del portal!compraspulicas!gov!ec siempre ue estas modificaciones no alteren el ojeto del

contrato4

El t>rmino entre la convocatoria la presentaci$n de la oferta t>cnica no ser menor a

die< B10C d;as ni maor a treinta B0C d;as! En la fec=a =ora seHaladas para el efecto3 a

trav>s del /ortal !compraspulicas!gov!ec3 se proceder a la recepci$n de las ofertas

t>cnicas de los oferentes4

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Gasta dentro de un t>rmino de 15 d;as contados a partir de la recepci$n de las ofertas

t>cnicas3 la .omisi$n (>cnica proceder a calificar a los participantes ue =uierencumplido con las condiciones definidas en los pliegos conforme al proceso antes

seHalado!

/ara el procedimiento de la suasta se oservarn las disposiciones de los art;culos 66 a

68 de este Reglamento *eneral!

+os procesos de Suastas nversas podrn reali<arse por ;tems3 individuales o agrupados3

siguiendo para el efecto lo previsto en los respectivos /liegos4

El SER.O/ o la m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado3 una ve<concluido el per;odo de puja o de negociaci$n3 de ser el caso adjudicar3 mediante

Resoluci$n3 a la oferta de menor precio o declarar desierto el procedimiento de

conformidad con la +e4 El SER.O/ o la Entidad .ontratante3 seg,n el caso3 celerar el

convenio respectivo con el o los oferentes uicados en el primer lugar de prelaci$n! /arael caso de tratarse de suasta inversa corporativa los frmacos adjudicados se pulicarn

en el Repertorio de @edicamentos4

El SER.O/ o +a Entidad .ontratante pulicar en el portal

!compraspulicas!gov!ec3 la informaci$n relevante del proceso3 de acuerdo alart;culo 1 del presente Reglamento *eneral!

En los respectivos convenios3 se incluir la oligatoriedad de los adjudicados de presentar 

a las Entidades .ontratantes3 previo a la entrega recepci$n de los frmacos aduiridosmediante la orden de compra respectiva3 el certificado de control de calidad del lote o

lotes a entregar4 3 el compromiso de cancelar el costo del anlisis de control de calidad

 post registro cuando la )utoridad Sanitaria 'acional lo realice3 sea en los lugares defaricaci$n3 almacenamiento3 transporte3 distriuci$n o e:pendio!

.ualuier irregularidad en las condiciones de calidad ue se detectare3 implicar lasuspensi$n inmediata del respectivo convenio la aplicaci$n de las sanciones previstas

en el te:to del convenio la +e!

En los casos en ue el proceso precontractual para la aduisici$n de frmacos =uieresido desarrollado mediante suasta inversa institucional se =uiere declarado desierto el

mismo3 la m:ima autoridad de la entidad contratante podr3 mediante resoluci$n

deidamente motivada respecto de la inconveniencia de efectuar otro proceso similar3disponer el inicio de un proceso precontractual de contrataci$n directa oservando el

mecanismo previsto en el art;culo 81 de este reglamento o de considerarlo pertinente

seg,n su monto iniciar otro mecanismo previsto en la +e Orgnica del Sistema 'acionalde .ontrataci$n /,lica3 pudiendo utili<ar en amos casos documentaci$n o parte de los

 pliegos iniciales elaorados por la instituci$n o formular nuevos pliegos!

 'ota% )rt;culo reformado por Decreto Ejecutivo 'o! 6013 pulicado en Registro Oficial

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20 de 7 de Iulio del 2010 !

)/)R()DO .O'(R)().O' DRE.()

Art. 81!- /rocedencia!- Se aplicar este procedimiento para la contrataci$n de frmacos3cuando el faricante o proveedor sea e:clusivo para un tipo de frmaco3 siempre ue no

est> disponile en el Repertorio de @edicamentos3 conforme el siguiente procedimiento%

1! +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado aproarn los pliegos el

cronograma del proceso dispondrn el inicio del procedimiento especial! Se pulicar

en el /ortal !compraspulicas!gov!ec la resoluci$n motivada de la m:ima autoridad

de la entidad contratante o de su delegado ue acredita la procedencia de la contrataci$ndirecta3 especificando el frmaco ue se vaa a contratar3 la identificaci$n del indicado

faricante o proveedor e:clusivo3 la documentaci$n de soporte los pliegos del proceso3

seHalando el d;a la =ora en ue fenece el per;odo para la recepci$n de la oferta4

2! #na ve< pulicada la resoluci$n3 la entidad contratante enviar invitaci$n directa alfaricante o proveedor e:clusivo con toda la informaci$n pulicada en el /ortal

!compraspulicas!gov!ec!! El faricante o proveedor invitado deer remitir su oferta acompaHada del certificado

de e:clusividad vigente a la fec=a de presentaci$n de la oferta3 emitido por la )utoridad

Sanitaria 'acional!6! Gasta dentro de un t>rmino de d;as contados a partir de la pulicaci$n en el /ortal

!compraspulicas!gov!ec3 de la informaci$n contemplada en el numeral 1 de este

art;culo3 cualuier otro proveedor ue considere estar en capacidad de suministrar el

frmaco materia del contrato podr ojetar la condici$n de faricante o proveedore:clusivo3 ue deer ser resuelta por la m:ima autoridad de la entidad contratante o su

delegado dentro de las 26 =oras siguientes de la recepci$n de la ojeci$n! De estalecerse

la no e:clusividad del faricante o proveedor3 se dar por cancelado el proceso decontrataci$n directa3 deiendo aplicarse la modalidad de aduisici$n ue corresponda!

5! En los casos ue no e:istan ojeciones de otro u otros oferentes o ue >stas no sean

aceptadas3 el d;a siguiente al vencimiento del t>rmino para ojetar3 o de la resoluci$nrec=a<ando la ojeci$n3 se llevar a cao una audiencia de preguntas aclaraciones3 de la

cual se levantar un acta ue ser pulicada en el /ortal !compraspulicas!gov!ec!

F! Reciida la oferta3 a trav>s del /ortal !compraspulicas!gov!ec3 en la fec=a

 prevista en la invitaci$n3 la m:ima )utoridad de la entidad contratante o su delegado3mediante resoluci$n motivada adjudicar la oferta o declarar desierto el proceso!

)/)R()DO )D9#S.O' ) (R)&ES DE OR*)'S@OS '(ER').O')+ES

Art. 82!- /rocedimiento!- /ara el caso de contrataci$n a trav>s de organismos oconvenios internacionales3 se seguir el procedimiento estalecido en los respectivos

convenios o a trav>s de procedimientos estalecidos por organismos internacionales! /ara

el caso ue no e:istan procedimientos estalecidos3 se proceder de conformidad a los

 procedimientos especiales estalecidos en la presente secci$n!

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Art. 83!- .ondiciones de calidad3 seguridad eficacia!- +as aduisiciones de frmacos en

los casos seHalados en el art;culo precedente se sujetarn al cumplimiento de condicionesde calidad3 seguridad eficacia3 estalecidas por la )utoridad Sanitaria 'acional3

deiendo ajustarse a las fic=as t>cnicas estalecidas para cada frmaco!

)/)R()DO &

)D9#S.O' DE @ED.)@E'(OS ES/E.)+ES

Art. 84!- mportaci$n directa!- En el caso de ue se reuiera medicamentos especiales3

 para tratamientos especiali<ados3 ue no consten en el Repertorio de @edicamentos no

est>n disponiles en el pa;s3 la m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado3

solicitarn autori<aci$n para importaci$n directa3 a la )utoridad Sanitaria 'acional3 uienla conceder previa evaluaci$n de los justificativos cl;nico - terap>uticos!

Art. 85!- .umplimiento de reuisitos!- +os medicamentos especiales a los ue se refiere

este apartado3 deern cumplir con los reuisitos de seguridad3 calidad eficaciadeterminados por la )utoridad Sanitaria 'acional!

)partado &

)D9#S.O' DE @ED.)@E'(OS DE .O'S#+() E?(ER') ) (R)&ES DE

)R@).)S.)+.)D)S /OR +) )#(ORD)D S)'()R) ').O')+

 'ota% )partado art;culo agregados por art;culo 1 de Decreto Ejecutivo 'o! F873

 pulicado en Registro Oficial 521 de 12 de Iunio del 2015 !

Art. ..!- /rocedencia!- Se aplicar el procedimiento previsto en el )partado anterior para

la aduisici$n de medicamentos para consulta e:terna de los estalecimientos de salud dela Red /,lica ntegral de Salud3 priori<ados por la autoridad sanitaria nacional! )l

efecto3 deer oservarse lo siguiente%

1!- +as entidades ue conforman la Red /,lica ntegral de Salud resolvern3

motivadamente3 ajo criterios t>cnicos3 auellos estalecimientos de salud ajo su

dependencia ue dean ser priori<ados por la autoridad sanitaria nacional3 para la

aplicaci$n de lo estalecido en el presente art;culo!2!- Reali<ada la priori<aci$n por parte de la autoridad sanitaria nacional de los

estalecimientos3 los facultativos podrn prescriir medicamentos ue sern dispensados

 por las farmacias privadas previamente calificadas por la autoridad sanitaria nacional!!- (anto los precios de los medicamentos dispensados por las farmacias calificadas as;

como auellos correspondientes al servicio de dispensaci$n3 se fijarn en el (arifario para

el )rsenal de @edicamentos definido por la autoridad sanitaria nacional3 vigente a lafec=a de dispensaci$n!

6!- El precio de los medicamentos ser asumido por cada una de las entidades ue

conforman la Red /,lica ntegral de Salud3 en cumplimiento de lo dispuesto en los

art;culos F2 2 de la .onstituci$n de la Rep,lica del Ecuador3 ue garanti<an la

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gratuidad de los medicamentos en los servicios p,licos estatales de salud ajo el

 principio de solidaridad!

5!- El costo por el servicio de dispensaci$n3 ue ser definido por la autoridad sanitarianacional en el (arifario para el )rsenal de @edicamentos3 ser asumido por los pacientes

al momento de acudir a las farmacias calificadas con su respectiva prescripci$n3 en el

 porcentaje o monto fijo ue determine la autoridad sanitaria nacional3 pudiendoestalecerse segmentos e:entos!

/ara el cumplimiento de lo anterior3 la autoridad sanitaria nacional3 en su calidad de enterector del Sistema 'acional de Salud3 definir el formato de convenio de ad=esi$n a ser

suscrito por las farmacias calificadas3 el mismo ue =ailitar a dic=as farmacias la

 provisi$n de medicamentos a los pacientes de la Red /,lica ntegral de Salud!

SE..O'

SE*#RD)D '(ER') A E?(ER')

Art. 86!- /rocedimiento!- +as contrataciones de ienes3 oras servicios incluidos los deconsultor;a3 calificados por el /residente de la Rep,lica como necesarias para la

seguridad interna e:terna del Estado3 cua ejecuci$n est> a cargo de las uer<as)rmadas o de la /olic;a 'acional3 deern llevarse a cao siguiendo el siguiente

 procedimiento%

1! +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado emitir una resoluci$n

fundamentada3 demostrando la e:istencia de la necesidad especifica ue le faculta

acogerse al R>gimen Especial aproar los pliegos ue deern regirse3 en lo ue fuere

 posile3 a los principios procedimientos estalecidos en la +e42! +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado solicitar la calificaci$n

 por parte del /residente de la Rep,lica para acogerse al R>gimen Especial3 de

conformidad con la +e este Reglamento *eneral3 adjuntando un resumen ejecutivoue justifiue su solicitud3 ue deer ser igualmente reservada4

! .on la calificaci$n favorale del /residente de la Rep,lica3 la m:ima autoridad de la

entidad contratante o su delegado dispondr el inicio del proceso especial3 siguiendo el procedimiento estalecido en los pliegos previamente aproados!

Art. 87!- .onfidencialidad!- )l tratarse de un procedimiento precontractual de ienes3

oras servicios destinados para la Seguridad nterna E:terna3 su trmite dee serllevado con asoluta confidencialidad reserva3 por tanto no ser pulicado en el /ortal

!compraspulicas!gov!ec!

SE..O' &

.O@#'.).O' SO.)+

Art. 88!- +a contrataci$n de estudios para la determinaci$n de estrategias

comunicacionales e informaci$n orientada a generar criterios de comunicaci$n3

informaci$n3 imagen pulicidad comunicacional4 3 la contrataci$n de productos

comunicacionales3 servicios actividades comunicacionales de los medios para la

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difusi$n de los mismos3 destinadas a la informaci$n de las acciones del *oierno

 'acional o de las Entidades .ontratantes3 se efectuar de conformidad con los

 procedimientos previstos en esta secci$n!

)/)R()DO

.O'(R)().O' DRE.()

Art. 89!- Se encuentran sujetos al r>gimen de contrataci$n directa%

1! +os estudios para la formulaci$n de estrategias comunicacionales de informaci$n

orientada a generar criterios de comunicaci$n3 informaci$n3 imagen pulicidad

comunicacional3 comprendiendo estos estudios3 sondeos de opini$n3 determinaci$n de

 productos comunicacionales3 medios3 servicios3 actividades para su difusi$n similares!2! +os medios espacios comunicacionales a trav>s de los cuales se proceder a la

difusi$n de la pulicidad comunicacional!

! /or e:cepci$n3 en casos considerados como urgentes3 si la unidad responsale de la

comunicaci$n3 imagen pulicidad institucional considerare ue la contrataci$n de los productos o servicios deen efectuarse por contrataci$n directa as; se autori<are por

 parte de la m:ima autoridad de la instituci$n3 particular ue deer constar de larespectiva resoluci$n!

En el caso de contrataci$n directa se oservar el siguiente procedimiento%

+a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado revisar la petici$n de la

unidad reuirente e invitaci$n la oferta efectuadas previamente ue se adjuntarn a la

misma3 3 solicitar3 de estimar pertinente ue prosiga el proceso3 la respectivadisponiilidad de fondos para atender el reuerimiento3 =ec=o lo cual emitir una

resoluci$n fundamentada3 seHalando los motivos ue le facultan para acogerse al r>gimen

especial adjudicar el contrato a la oferta presentada o declarar desierto el proceso3 sinlugar a reclamo por parte del oferente invitado!

En caso de ue se declarare desierto el procedimiento3 la m:ima autoridad podr iniciarun nuevo proceso de contrataci$n directa con otro oferente3 siguiendo el procedimiento

estalecido en este art;culo!

 'ota% )rt;culo reformado por Decreto Ejecutivo 'o! 166"3 pulicado en Registro Oficial"1F de 20 de @ar<o del 201 !

)/)R()DO 2/RO.ESO DE SE+E..O'

Art. 90!- En el caso de ue la entidad contratante optare por contratar productoscomunicacionales servicios comunicacionales a trav>s de un proceso de selecci$n3 se

oservar el siguiente procedimiento%

1! +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado3 emitir una resoluci$n

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fundamentada3 seHalando los motivos ue le facultan para acogerse al r>gimen especial

aproar los pliegos dispondr el inicio del procedimiento especial3 estaleciendo el

cronograma para el proceso!2! #na ve< pulicada la resoluci$n3 la entidad contratante proceder a invitar

directamente al menos a proveedores m:imo 5 inscritos en el Registro #nico de

/roveedores3 adjuntando la documentaci$n pertinente!! +as ofertas se presentarn en el lugar ue se determine en los pliegos =asta el d;a

=ora previstos en los mismos3 el cual no podr e:ceder de d;as contados a partir de la

 pulicaci$n de la resoluci$n!6! Reciida la oferta3 la m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado3

aplicando los criterios de valoraci$n previstos en los pliegos3 seleccionar a la oferta ue

ms convenga a los intereses institucionales3 pudiendo al efecto apoarse en una

comisi$n t>cnica!5! +a adjudicaci$n se efectuar al oferente ue cumpla con todos los reuisitos previstos

en los pliegos3 de conformidad con los parmetros de evaluaci$n tomando en cuenta el

mejor costo3 sin ue el precio ms ajo sea el ,nico parmetro de selecci$n3 de

conformidad con el numeral 18 del art;culo F de la +e Orgnica del Sistema 'acional de.ontrataci$n /,lica!

F! +a adjudicaci$n podr efectuarse por la totalidad de los productos o serviciosreueridos o parte de ellos3 de as; convenir a los intereses institucionales!

7! +a m:ima autoridad o su delegado3 mediante resoluci$n motivada3 adjudicar la

oferta3 a,n cuando reciiere una sola3 si >sta es conveniente a los intereses institucionales3o3 declarar desierto el procedimiento3 sin lugar a reclamo por parte de los oferentes!

8! En caso de ue se declarare desierto el procedimiento3 la m:ima autoridad podr

iniciar un nuevo proceso de contrataci$n directa con otro oferente3 siguiendo el

 procedimiento estalecido en el art;culo 8"!

Art. 91!- En el caso de los procesos de contrataci$n directa previstos en el )partado de

esta Secci$n3 el pago podr efectuarse una ve< difundidos los productoscomunicacionales o ejecutadas las actividades o servicios comunicacionales3 de

conformidad con las normas aplicales al caso!

SE..O' &

)SESOR) A /)(RO.'O I#RD.O

Art. 92!- /rocedimiento!- +as contrataciones de )sesor;a Iur;dica Lo las de /atrocinioIur;dico reueridas por las entidades consideradas en el mito de la +e3 se reali<arn

conforme el siguiente procedimiento%

1! +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado emitir una resoluci$n

fundamentada3 demostrando la e:istencia de la circunstancia material Lo necesidad

concreta ue le faculta acogerse al R>gimen Especial para la contrataci$n de )sesor;aIur;dica Lo /atrocinio Iur;dico3 aproar los pliegos3 el cronograma del proceso

dispondr el inicio del procedimiento especial4

2! En los pliegos se deer descriir detalladamente las caracter;sticas del perfil

 profesional reuerido3 formaci$n3 competencias capacidades generales espec;ficas3 as;

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como la formaci$n o e:periencia en las materias o reas del derec=o sore las cuales

versar la materia del contrato!

! +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado enviar la invitaci$n al proveedor previamente seleccionado3 e:plicando en t>rminos generales el ojeto de la

invitaci$n seHalando el d;a la =ora en ue deer concurrir para celerar una

audiencia en la ue se le proporcionar toda la informaci$n ue sea pertinente3 seasolvern las consultas se reali<arn las aclaraciones reueridas3 previa la suscripci$n

de un convenio de estricta confidencialidad3 de todo lo ue cual se dejar constancia en

un acta!6! En la fec=a =ora seHaladas para el efecto3 se proceder a la recepci$n de la oferta del

 proveedor invitado!

5! Reciida la oferta3 en la fec=a prevista en la invitaci$n3 la m:ima autoridad3 mediante

resoluci$n motivada adjudicar la oferta o declarar desierto el proceso3 sin lugar areclamo por parte del oferente invitado!

.O'S#+()S /#'(#)+ES A ES/E..)S!- ajo esta figura se podr otener la

 prestaci$n de servicios de asesor;a jur;dica para la asoluci$n de consultas puntuales espec;ficas3 siempre ue >stas tengan como valor total un presupuesto estimado ue no

supere en el aHo por cada proveedor el valor ue resulte de multiplicar el coeficiente0!0000005 por el /E4 en cuo caso3 se oservar el siguiente procedimiento%

1! +a m:ima autoridad de la entidad contratante determinar la necesidad de reali<arconsultas jur;dicas de carcter puntual espec;fico de carcter especiali<ado ue dean

ser asueltas por el aogado o estudios jur;dico seleccionado4 seHalando el perfil del

 profesional o estudio jur;dico4 el valor previsto a ser pagado Bpor =oraC3 el n,mero

estimado de =oras de consulta4 as; como la certificaci$n presupuestaria correspondiente!2! #na ve< reali<ada la consulta3 el aogado o estudio jur;dico remitir la factura

correspondiente3 en la ue se especifiue el n,mero de =oras atendidas3 el valor total

facturado3 as; como un informe sucinto del servicio rindado4 el ue ser aproado por lam:ima autoridad3 disponiendo su pago!

SE..O' &OR) )R(S(.)3 +(ER)R) O .E'(.)

Art. 93!- /rocedimiento!- +as contrataciones de oras o actividades art;sticas3 literarias o

cient;ficas3 reueridas por las entidades consideradas en el mito de la +e3 se reali<arnconforme el siguiente procedimiento%

1! +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado emitir la resoluci$n en laue se justifiue la necesidad de la contrataci$n de la ora art;stica3 literaria o cient;fica3

aproar los pliegos3 el cronograma del proceso dispondr el inicio del procedimiento

especial42! Se pulicar en el /ortal !compraspulicas!gov!ec3 la resoluci$n de la m:ima

autoridad de la entidad contratante o su delegado3 adjuntando la documentaci$n descrita

en el n,mero anterior la identificaci$n del proveedor invitado3 seHalando d;a =ora en

ue fenece el per;odo para la recepci$n de la oferta4

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! #na ve< pulicada la resoluci$n3 la entidad contratante enviar invitaci$n directa al

 proveedor seleccionado con toda la informaci$n pulicada en el /ortal

!compraspulicas!gov!ec!6! En el d;a =ora seHalados para el efecto en la invitaci$n3 ue no podr e:ceder el

t>rmino de d;as contados desde su pulicaci$n3 se llevar a cao una audiencia de

 preguntas aclaraciones3 de la cual se levantar un acta ue ser pulicada en el /ortal!compraspulicas!gov!ec!

5! En la fec=a =ora seHaladas para el efecto3 se reciir la oferta del proveedor invitado!

F! +a m:ima autoridad o su delegado3 mediante resoluci$n motivada adjudicar la ofertao declarar desierto el proceso3 sin lugar a reclamo por parte del oferente invitado4

resultado ue ser pulicado en el portal !compraspulicas!gov!ec!

Art. 93-A!- En las contrataciones de esta secci$n3 las garant;as contractuales podrn serotorgadas de forma personal3 mediante pagar>s o letras de camio3 endosados por valor

en garant;a o fian<as personales del contratista!

 'ota% )rt;culo agregado por Decreto Ejecutivo 'o! 18F"3 pulicado en Registro OficialSuplemento F68 de 6 de )gosto del 200" !

SE..O' &

RE/#ES(OS O )..ESOROS

Art. 94!- /rocedencia!- +as contrataciones de repuestos o accesorios reueridos por las

entidades consideradas en el mito de la +e3 para el mantenimiento3 reparaci$n Lo re

 potenciamiento de euipos mauinarias de su propiedad3 entendiendo como tales a

dispositivos3 aparatos3 naves3 mecanismos3 muinas3 componentes3 unidades3 conjuntos3m$dulos3 sistemas3 entre otros3 ue puede incluir el servicio de instalaci$n3 soporte

t>cnico mantenimiento post venta3 siempre ue los mismos no se encuentren incluidos

en el .atlogo Electr$nico del /ortal !comprasp,licas!gov!ec3 se reali<arnconforme el siguiente procedimiento%

1! +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado emitir la resoluci$n en laue se justifiue la necesidad de aduirir los repuestos accesorios directamente por

ra<ones de funcionalidad o necesidad tecnol$gica u otra justificaci$n ue le faculta

acogerse al R>gimen Especial3 aproar los pliegos3 el cronograma del proceso

dispondr el inicio del procedimiento especial42! +a m:ima autoridad propender a ue esta aduisici$n de repuestos accesorios se la

realice con el faricante o distriuidores autori<ados3 evitando ue e:istan intermediarios4

! Se pulicar en el /ortal !compraspulicas!gov!ec3 la resoluci$n de la m:imaautoridad de la entidad contratante o su delegado3 adjuntando la documentaci$n seHalada

en el numeral 1 anterior la identificaci$n del faricante o proveedor autori<ado3

seHalando el d;a la =ora en ue fenece el per;odo para recepci$n de las ofertas46! #na ve< pulicada la resoluci$n3 la entidad contratante enviar invitaci$n directa al

faricante o proveedor autori<ado seleccionado con toda la informaci$n ue se pulic$ en

el /ortal !compraspulicas!gov!ec4

5! En el d;a =ora seHalados para el efecto en la invitaci$n3 ue no podr e:ceder el

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t>rmino de d;as contados desde su pulicaci$n3 se llevar a cao una audiencia de

 preguntas aclaraciones3 de la cual se levantar un acta ue ser pulicada en el /ortal

!compraspulicas!gov!ec4F! En la fec=a =ora seHaladas para el efecto3 se proceder a la recepci$n de la oferta del

 proveedor invitado a trav>s del /ortal !compraspulicas!gov!ec4

7! +a m:ima autoridad o su delegado3 mediante resoluci$n motivada adjudicar la ofertao declarar desierto el proceso3 sin lugar a reclamo por parte del oferente invitado!

SE..O' &E'ES A SER&.OS #'.OS E' E+ @ER.)DO O /RO&EEDOR #'.O

Art. 95!- /rocedencia!- Se oservar el mismo procedimiento previsto en la secci$n

anterior para los procesos de aduisici$n de ienes o servicios ,nicos en el mercado3 uetienen un solo proveedor3 o3 ue implican la contrataci$n del desarrollo o mejora de

tecnolog;as a e:istentes en la entidad contratante3 o la utili<aci$n de patentes o marcas

e:clusivas o tecnolog;as ue no admitan otras alternativas t>cnicas!

SE..O' ?

(R)'S/OR(E DE .ORREO '(ER'O E '(ER').O')+

Art. 96!- .ontratos de .orreos del Ecuador!- +os contratos de correo internacional los

de transporte interno de correo ue celere la empresa .orreos del Ecuador3 se regirn por las normas contenidas en las )ctas de la #ni$n /ostal #niversal3 de la #ni$n /ostal

de las )m>ricas EspaHa dems convenios internacionales3 ratificados por el Ecuador!

Art. 97!- .orreos Rpidos o .ourier!- +as contrataciones de transporte de correo internoe internacional3 reueridas por las entidades consideradas en el mito de la +e3 con

empresas de .orreos Rpidos o .ourier3 distintos a la empresa .orreos del Ecuador3

deern llevarse a cao siguiendo el siguiente procedimiento%

1! +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado emitir una resoluci$n en

la ue se justifiue la e:istencia de la circunstancia o necesidad ue le faculta acogerse alR>gimen Especial3 aproar los pliegos3 el cronograma del proceso dispondr el inicio

del procedimiento especial4

2! Se pulicar en el /ortal !compraspulicas!gov!ec3 la resoluci$n de la m:ima

autoridad de la entidad contratante3 adjuntando la documentaci$n referida en el n,mero 1anterior la identificaci$n de los proveedores invitados3 seHalando d;a =ora en ue

fenece el per;odo para recepci$n de las ofertas4

! #na ve< pulicada la resoluci$n3 la entidad contratante enviar invitaci$n directa a los proveedores seleccionados3 ue sern m;nimo dos B2C m:imo cinco B5C3 con toda la

informaci$n ue se pulic$ en el /ortal !compraspulicas!gov!ec4

6! En el d;a =ora seHalados para el efecto en la invitaci$n3 ue no podr e:ceder elt>rmino de d;as contados desde su pulicaci$n3 se llevar a cao una audiencia de

 preguntas aclaraciones3 de la cual se levantar un acta ue ser pulicada en el /ortal

!compraspulicas!gov!ec4

5! En la fec=a =ora seHaladas para el efecto3 a trav>s del /ortal

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!compraspulicas!gov!ec3 se proceder a la recepci$n de las ofertas de los

 proveedores invitados4

F! +a m:ima autoridad o su delegado3 mediante resoluci$n motivada adjudicar laoferta3 a,n cuando se reciiere una sola si conviene a los intereses institucionales3 caso

contrario declarar desierto el proceso3 sin lugar a reclamo por parte del o los oferentes!

SE..O' ?

.O'(R)(OS E'(RE E'(D)DES /#+.)S O S#S S#SD)R)S

Art. 98!- /rocedencia!- Se sujetarn al procedimiento estalecido en esta secci$n las

contrataciones ue celeren%

1! El Estado con entidades del sector p,lico3 o >stas entre s;4

2! El Estado o las entidades del sector p,lico con%

2!1 +as empresas p,licas o las empresas cuo capital suscrito pertene<ca3 por lo menos

en cincuenta por ciento B50JC a entidades de derec=o p,lico42!2 +as empresas susidiarias de auellas seHaladas en el numeral 2!1!o las susidiarias

de >stas4 32! +as personas jur;dicas3 las empresas o las susidiarias de >stas3 creadas o constituidas

 ajo cualuier forma jur;dica3 cuo capital3 rentas o recursos asignados pertene<can al

Estado en una proporci$n superior al cincuenta por ciento4

! Entre s;3 las empresas p,licas3 las susidiarias de estas3 o las empresas creadas o

constituidas ajo cualuier forma jur;dica cuo capital3 rentas o recursos asignados

 pertene<can al Estado en una proporci$n superior al cincuenta por ciento!

 'ota% 'umerales 2!1 sustituidos por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en

Registro Oficial 512 de 15 de )gosto del 2011 !

Art. 99!- /rocedimiento!- /ara las contrataciones de las entidades contratantes previstas

en el art;culo anterior3 se oservar el siguiente procedimiento%

1! +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado emitir una resoluci$n en

la ue conste la conveniencia viailidad t>cnica econ$mica de la contrataci$n4

aproar los pliegos3 el cronograma del proceso4 3 dispondr el inicio del procedimientoespecial4

2! Se pulicar en el /ortal !compraspulicas!gov!ec la resoluci$n de la m:ima

autoridad de la entidad contratante3 adjuntando la documentaci$n descrita en el numeralanterior la identificaci$n de la entidad o empresa invitada3 seHalando el d;a la =ora en

ue fenece el per;odo para la recepci$n de la oferta4

! #na ve< pulicada la resoluci$n3 la entidad contratante enviar invitaci$n directa a laentidad o empresa seleccionada con toda la informaci$n ue se pulic$ en el /ortal

!compraspulicas!gov!ec4

6! En el d;a =ora seHalados para el efecto en la invitaci$n3 ue no podr e:ceder el

t>rmino de d;as contados desde su pulicaci$n3 se llevar a cao una audiencia de

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 preguntas aclaraciones3 de la cual se levantar un acta ue ser pulicada en el /ortal

!compraspulicas!gov!ec4

5! En la fec=a =ora seHaladas para el efecto3 a trav>s del /ortal!compraspulicas!gov!ec3 se proceder a la recepci$n de la oferta de la entidad o

empresa invitada4

F! +a m:ima autoridad o su delegado3 mediante resoluci$n motivada adjudicar la ofertao declarar desierto el proceso3 sin lugar a reclamo por parte del oferente invitado!

Art. 100!- .ontrataciones con empresas p,licas internacionales!- +as contrataciones ueceleren el Estado o las entidades empresas consideradas en el numeral 8 del art;culo 2

de la +e3 con empresas p,licas de los Estados de la .omunidad nternacional3 se

reali<arn de conformidad con los t>rminos condiciones constantes en los tratados3

convenios3 protocolos dems instrumentos internacionales3 de =aerlos4 as; como3 enacuerdos3 cartas de intenci$n dems formas asociativas4 en el caso de no =aerse

 previsto un r>gimen de contrataci$n espec;fico3 se seguir el procedimiento previsto en el

art;culo precedente!

/ara el prop$sito de este art;culo3 como empresas p,licas de los Estados de la

.omunidad nternacional se entienden a las personas jur;dicas3 las empresas o lassusidiarias de >stas3 creadas o constituidas ajo cualuier forma jur;dica3 cuo capital3

rentas o recursos asignados pertene<can al Estado de la .omunidad nternacional3 en una

 proporci$n superior al cincuenta por ciento!

SE..O' ?

'S((#.O'ES ')'.ER)S A DE SE*#ROS DE+ ES()DO

Art. 101!- .ontrataciones del giro espec;fico de su negocio!- +as contrataciones

relacionadas con el giro espec;fico de sus negocios ue celeren las nstituciones

inancieras de Seguros en las ue el Estado o sus nstituciones son accionistas ,nicos omaoritarios estn reguladas por la +e *eneral de nstituciones del Sistema inanciero3

+e *eneral de Seguros dems disposiciones legales pertinentes autori<adas por la

Superintendencia de ancos Seguros3 sin ue les sea aplicales las normas contenidasen la +e Orgnica del Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica en este Reglamento

*eneral!

Art. 102!- .ontrataciones distintas al giro espec;fico del negocio!- +as contrataciones de ienes3 oras servicios3 incluidos los de consultor;a3 diferentes a auellas relacionadas

con el giro espec;fico de sus negocios ue celeren las instituciones financieras de

seguros en las ue el Estado o sus nstituciones son accionistas ,nicos o maoritarios3 sedeern llevar a cao siguiendo los procedimientos generales o especiales contemplados

en su normativa propia espec;fica!

SE..O' ?

E@/RES)S @ER.)'(+ES DE+ ES()DO A S#SD)R)S

Art. 103!- /rocedencia!- Se sujetarn a las disposiciones contenidas en el art;culo

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siguiente3 las contrataciones relacionadas con el giro espec;fico de sus negocios3 ue

celeren%

1! +as empresas p,licas o las empresas cuo capital suscrito pertene<ca3 por lo menos en

el cincuenta por ciento a entidades de derec=o p,lico3 de conformidad con el prrafo

final del art;culo 1 el numeral 8 del art;culo 2 de la +e4 32! +as susidiarias definidas como tales en el numeral 11 del art;culo F de la +e

conforme lo dispuesto en el numeral " del art;culo 2 de la +e!

 'ota% 'umeral 1 sustituido por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en Registro Oficial

512 de 15 de )gosto del 2011 !

Art. 104!- *iro espec;fico del negocio!- +as contrataciones a cargo de las empresasreferidas en el art;culo anterior3 relacionadas con el giro espec;fico de sus negocios3 ue

est>n reguladas por las lees especificas ue rigen sus actividades o por prcticas

comerciales o modelos de negocios de aplicaci$n internacional3 los contratos de orden

societario3 no estarn sujetas a las normas contenidas en la +e Orgnica del Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica en este Reglamento *eneral!

/ara el efecto3 la m:ima autoridad de las empresas o sus delegados3 remitirn al

SER.O/ la solicitud para ue este determine las contrataciones ue correspondan al giro

espec;fico al giro com,n del respectivo negocio3 cumpliendo con los reuisitos previstos por el Director Ejecutivo de la mencionada instituci$n! +a definici$n de

contrataciones sometidas a r>gimen especial por giro espec;fico del negocio se pulicar

en una ventana especial del /ortal !compraspulicas!go!ec

Esta disposici$n no podr ser utili<ada como mecanismo de elusi$n de los

 procedimientos de contrataci$n previstos en el (;tulo de la +e! Si a juicio del

SER.O/ se presumiera ue alguna de las empresas =uiese incurrido en la prctica antesseHalada3 notificar a la .ontralor;a *eneral del Estado3 de conformidad con lo previsto

en el art;culo 15 de la +e!

 'ota% nciso segundo sustituido por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en Registro

Oficial 512 de 15 de )gosto del 2011 !

Art. 105!- )ctividades diferentes al giro espec;fico del negocio!- +as contrataciones de ienes3 oras servicios3 incluidos los de consultor;a3 a cargo de las empresas antes

referidas3 diferentes a las seHaladas en el art;culo precedente3 se deern llevar a cao

siguiendo los procedimientos generales o especiales contemplados en la +e en esteReglamento *eneral!

SE..O' ?SE.(ORES ES(R)(E*.OS

Art. 106!- /rocedimiento!- +as contrataciones de ienes3 oras servicios incluidos los

de consultar;a3 reueridas por las empresas seHaladas en la segunda parte del numeral "

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del art;culo 2 de la +e3 para las actividades dentro de los sectores estrat>gicos3 podrn

llevarse a cao siguiendo el siguiente procedimiento%

1! +a m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado emitir una resoluci$n

fundamentada3 demostrando la e:istencia de la necesidad espec;fica ue le faculta

acogerse al R>gimen Especial solicitar la calificaci$n por parte del /residente de laRep,lica4

2! El /residente de la Rep,lica3 de acoger la solicitud planteada por la m:ima autoridad

de la entidad contratante3 dictar la reglamentaci$n espec;fica ue regir el procedimientoa seguir en cada caso!

 'ota% nciso primero sustituido por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en Registro

Oficial 512 de 15 de )gosto del 2011 !

.)/(#+O &

.O'(R)().O' DE SE*#ROS

Art. 107!- .ontrataci$n de seguros!- /ara la contrataci$n de seguros3 las entidades

contratantes previstas en el art;culo 1 de la +e oservarn cualuiera de los siguientes procedimientos%

1! El de r>gimen especial de contrataci$n directa prevista en los art;culos "8 siguientesde este Reglamento3 en el caso de ue las proveedoras sean empresas cuo capital est

integrado en el cincuenta por ciento o ms con recursos p,licos4

2! El procedimiento de licitaci$n3 para los casos no incluidos en el n,mero anterior!

El SER.O/ podr regular los reuisitos3 t>rminos dems condiciones ue se

oservarn en estos procedimientos!

 'ota% 'umeral 1 reformado por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en Registro Oficial

512 de 15 de )gosto del 2011 !

.)/(#+O &

)RRE'D)@E'(O DE E'ES @#E+ES

Art. 108!- /rocedimiento!- /ara el arrendamiento de ienes mueles ue reuiera laentidad contratante se oservarn las normas contenidas en el .$digo .ivil3 +e sore

arrendamiento mercantil dems pertinentes3 oservando el procedimiento ue para el

efecto determine3 mediante resoluci$n motivada3 la m:ima autoridad de la entidadcontratante o su delegado3 siempre ue no e:ista normativa emitida para el efecto por el

SER.O/!

((#+O &

DE +OS .O'(R)(OS

.)/(#+O

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DE +)S .)/).D)DES3 'G)+D)DES O '#+D)DES

Art. 109!- .apacidad para contratar!- /ara los efectos de la +e3 tienen capacidad paracontratar los ministros m:imas autoridades administrativas de las entidades

contratantes3 as; como los representantes legales de las entidades de derec=o privado

sometidas a la +e!

/ara la suscripci$n de un contrato adjudicado mediante los procedimientos previstos en la

+e3 no se reuerir3 de ninguna autori<aci$n previa de funcionario3 organismo o cuerpocolegiado del ministerio o entidad p,lica!

+os ministros de Estado los representantes legales de las entidades del sector p,lico

 podrn delegar la celeraci$n de los contratos a funcionarios o servidores de la entidad odependencia a su cargo de entidades u organismos a ella adscritos4 o3 de otras entidades

del sector p,lico si los contratos deen celerarse en un lugar en el ue la entidad

contratante no tenga oficinas permanentes!

Art. 110!- n=ailidades!- .onforme el te:to del primer inciso del art;culo F2 de la +e3 la

in=ailidad prevista en el n,mero 2 de dic=a norma legal3 en tratndose de los c$nuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad se

circunscrie a la entidad contratante en la ue intervienen los dignatarios3 funcionarios

servidores con los cuales e:iste el grado de consanguinidad o parentesco!

Art. 111!- n=ailidades especiales! ) ms de las in=ailidades previstas en el art;culo F

de la +e3 no podrn celerar contratos con la entidad contratante%

1! +os c$nuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad segundo de

afinidad de los consejeros provinciales3 concejales municipales vocales de las juntas

 parrouiales en su respectiva jurisdicci$n!2! +as personas jur;dicas con respecto de forma espec;fica a la entidad contratante3 en las

ue sean socios3 accionistas o directivos% los funcionarios3 servidores o dignatarios ue

estn in=ailitados de forma general o especial3 o sus c$nuges!

.)/(#+O

DE +OS RE9#S(OS A OR@) DE +OS .O'(R)(OS

Art. 112!- Documentos integrantes del contrato normativa aplicale! El contrato est

conformado por el documento ue lo contiene3 los pliegos la oferta ganadora! +os

documentos derivados del proceso de selecci$n ue estale<can oligaciones para las partes ue =aan sido e:presamente seHalados en el contrato3 tami>n forman parte de

>ste!

El contrato se regula por las normas de la +e3 las disposiciones de este Reglamento

*eneral3 por la normativa ue emita el SER.O/4 3 supletoriamente3 por las

disposiciones del .$digo .ivil en lo ue sean aplicales!

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Art. 113!- orma suscripci$n del contrato!- En todos los casos en ue la le e:ija la

suscripci$n de contrato3 >ste se otorgar por escrito4 3 en los contratos de tracto sucesivo3

en caso de pr$rroga3 para ue sea vlida3 deer convenirse3 tami>n de manera e:presa  por escrito!

+a entidad contratante verificar la aptitud legal del contratista en el momento de lasuscripci$n del contrato3 sin ue ello signifiue un trmite adicional para el contratista!

+uego de la suscripci$n cumplidas las formalidades del caso3 la Entidad entregar un

ejemplar del contrato al contratista!

)djudicado el contrato3 el adjudicatario o su representante deidamente autori<ado3

deer suscriir el contrato dentro del t>rmino previsto en los pliegos o en la +e3 para lo

cual la entidad contratante le notificar seHalando la fec=a para =acerlo3 ue no podre:ceder de uince B15C d;as t>rmino siguientes a la fec=a de adjudicaci$n3 e:cepci$n

=ec=a para el caso de ue el adjudicatario sea un consorcio o asociaci$n3 en cuo caso

tendr uince d;as adicionales para la formali<aci$n de dic=a asociaci$n!

El contratista no estar oligado a presentar documentos ue ratifiuen su idoneidad legal

si es ue la informaci$n necesaria para esa certe<a consta en registros p,licos3 ser laentidad contratante ue verificar esta situaci$n!

Art. 114!- )djudicatario fallido!- En caso de ue el adjudicatario no se presente dentrodel t>rmino previsto3 sin perjuicio de la sanci$n administrativa aplicale3 la entidad

contratante lo declarar adjudicatario fallido llamar al oferente ue ocup$ el segundo

lugar en el orden de prelaci$n para ue suscria el contrato3 el cual deer cumplir con

los reuisitos estalecidos para el oferente adjudicatario3 incluendo la oligaci$n demantener su oferta =asta la suscripci$n del contrato! Si el oferente llamado como segunda

opci$n no suscrie el contrato3 la entidad declarar desierto el proceso de selecci$n3 sin

 perjuicio de la sanci$n administrativa aplicale al segundo adjudicatario fallido!

Art. 115!- alta de suscripci$n por la entidad contratante!- En caso de ue la Entidad

contratante no cumpla con la suscripci$n del contrato despu>s de vencido el t>rmino de15 d;as3 el oferente la reuerir mediante comunicaci$n escrita para ue lo =aga en un

nuevo t>rmino ue no deer e:ceder de los die< B10C d;as! &encido el t>rmino sin ue la

entidad =aa suscrito el contrato3 el oferente tendr la opci$n de solicitar se deje sin

efecto la adjudicaci$n reali<ada a su favor3 deiendo la entidad reconocer los costos de preparaci$n de la propuesta los gastos financieros ue acredite el oferente adjudicatario!

+a entidad podr repetir contra el o los responsales del retardo por los perjuicios ue

sufra!

Art. 116!- .$mputo del pla<o de duraci$n del contrato3 pr$rrogas multas!- En los pla<os

de vigencia de los contratos se cuentan todos los d;as3 desde el d;a siguiente de sususcripci$n o desde el d;a siguiente de cumplirse las condiciones estalecidas en los

 pliegos3 en el presente Reglamento *eneral o en el propio contrato!

/ara la determinaci$n de multas ue se podr;an imponer al contratista se considerar el

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valor total del contrato incluendo el reajuste de precios ue corresponda sin considerar 

los impuestos!

.)/(#+O

DE +)S *)R)'()S

Art. 117!- .ominaci$n de garant;as!- +as garant;as a ue se refiere el )rt;culo 7 de la

+e3 podrn constituirse por cominaci$n de ellas! +a elecci$n de la forma de garant;a

ueda a opci$n de la entidad contratante3 conforme se lo determine en los pliegos!

(odas las garant;as3 asegurarn el total cumplimiento de las oligaciones pertinentes3

deiendo constituirse en forma independiente para cada contrataci$n!

En todo proceso de contrataci$n3 las garant;as se emitirn en d$lares de los Estados

#nidos de )m>rica3 moneda de curso legal en el pa;s!

Art. 118!- Devoluci$n de *arant;as!- +as garant;as sern devueltas cuando se =ancumplido todas las oligaciones ue avalan!

+a garant;a de fiel cumplimiento del contrato se devolver cuando se =aa suscrito el acta

de entrega recepci$n definitiva o ,nica!

+a garant;a de uen uso del anticipo se devolver cuando >ste =aa sido devengado en su

totalidad!

+a garant;a t>cnica oservar las condiciones en las ue se emite!

Art. 119!- *arant;a adicional!- Si en un contrato ue por disposici$n del art;culo 76

inciso uinto de la +e no se contempl$ inicialmente la entrega de la garant;a de fielcumplimiento3 pero cuo valor se incrementare por la celeraci$n de contratos

complementarios3 $rdenes de traajo o similares3 deer previo a la celeraci$n del

contrato complementario o de la orden de traajo3 otener la garant;a de fielcumplimiento del contrato3 considerando el monto total del contrato desde su celeraci$n!

.)/(#+O &

DE +) S#.O'(R)().O'

Art. 120!- Sucontrataci$n!- .onforme al )rt;culo 7" de la +e3 el contratista podr

sucontratar con terceros3 registrados =ailitados en el R#/3 parte de sus prestaciones3siempre cuando la entidad contratante apruee por escrito previamente la

sucontrataci$n! +a aproaci$n ser efectuada por la m:ima autoridad3 su delegado o

 por el funcionario ue cuente con facultades suficientes para ello! En el caso decontratistas e:tranjeros3 >stos se comprometern a rindar capacitaci$n transferencia de

tecnolog;a a los sucontratistas nacionales!

+as sucontrataciones se efectuarn de preferencia con las peueHas micro empresas!

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.)/(#+O &

DE +) )D@'S(R).O' DE+ .O'(R)(O

Art. 121!- )dministrador del contrato!- En todo contrato3 la entidad contratante designar

de manera e:presa un administrador del mismo3 uien velar por el caal oportunocumplimiento de todas cada una de las oligaciones derivadas del contrato! )doptar

las acciones ue sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondr las multas

sanciones a ue =uiere lugar!

Si el contrato es de ejecuci$n de oras3 prev> reuiere de los servicios de fiscali<aci$n3

el administrador del contrato velar porue >sta act,e de acuerdo a las especificaciones

constantes en los pliegos o en el propio contrato!

.)/(#+O &

DE +)S RE.E/.O'ES A +) +9#D).O'

Art. 122!- 'egativa a reciir!- +a entidad contratante podr3 dentro del t>rmino de 10 d;as

contados a partir de la solicitud de recepci$n del contratista3 negarse a reciir la ora3 ien o servicio3 por ra<ones justificadas3 relacionadas con el cumplimiento de las

oligaciones contractuales asumidas por el contratista! +a negativa se notificar por

escrito al contratista se dejar constancia de ue la misma fue practicada!

&encido el t>rmino previsto en el inciso primero de este art;culo sin ue la entidad

contratante ojetare la solicitud de recepci$n ni formulare oservaciones al cumplimiento

del contrato3 operar3 sin ms trmite3 la recepci$n de pleno derec=o3 para lo cual elcontratista notificar por intermedio de un Iue< de lo .ivil o un 'otario /,lico!

Art. 123!- Recepci$n definitiva!- En los contratos de ora3 la recepci$n definitiva proceder una ve< transcurrido el t>rmino previsto en el contrato3 ue no podr ser menor 

a seis meses3 a contarse desde la suscripci$n del acta de recepci$n provisional total o de

la ,ltima recepci$n provisional parcial3 si se =uiere previsto reali<ar varias de >stas!

Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior3 para la recepci$n definitiva de oras3 la

entidad contratante3 podr estalecer un t>rmino menor al indicado3 situaci$n ue

constar en los pliegos en el contrato3 seg,n la naturale<a de la ora as; lo permita!

En el caso de consultor;a3 una ve< ue se =aan terminado todos los traajos previstos en

el contrato3 el consultor entregar a la entidad contratante el informe final provisional4cua fec=a de entrega servir para el c$mputo control del pla<o contractual! Salvo ue

en el contrato se seHale un tiempo menor3 la entidad contratante dispondr de 15 d;as

t>rmino para la emisi$n de oservaciones el consultor de 15 d;as t>rmino3 adicionales para asolver dic=as oservaciones presentar el informe final definitivo! Dependiendo

de la magnitud del contrato3 estos t>rminos podrn ser maores3 pero deen constar

oligatoriamente en el te:to del contrato!

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El acta de recepci$n definitiva ser suscrita por las partes3 en el pla<o previsto en el

contrato3 siempre ue no e:istan oservaciones pendientes en relaci$n con los traajos de

consultor;a el informe final definitivo del estudio o proecto!

 'ota% nciso segundo agregado por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en Registro

Oficial 512 de 15 de )gosto del 2011 !

Art. 124!- .ontenido de las actas!- +as actas de recepci$n provisional3 parcial3 total

definitivas sern suscritas por el contratista los integrantes de la .omisi$n designada por la m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado conformada por el

administrador del contrato un t>cnico ue no =aa intervenido en el proceso de

ejecuci$n del contrato!

+as actas contendrn los antecedentes3 condiciones generales de ejecuci$n3 condiciones

operativas3 liuidaci$n econ$mica3 liuidaci$n de pla<os3 constancia de la recepci$n3

cumplimiento de las oligaciones contractuales3 reajustes de precios pagados3 o

 pendientes de pago cualuier otra circunstancia ue se estime necesaria!

En las recepciones provisionales parciales3 se =ar constar como antecedente los datosrelacionados con la recepci$n precedente! +a ,ltima recepci$n provisional incluir la

informaci$n sumaria de todas las anteriores!

Art. 125!- +iuidaci$n del contrato!- En la liuidaci$n econ$mico contale del contrato

se dejar constancia de lo ejecutado3 se determinarn los valores reciidos por el

contratista3 los pendientes de pago o los ue dean deduc;rsele o dea devolver por

cualuier concepto3 aplicando los reajustes correspondientes! /odr tami>n procederse alas compensaciones a ue =uiere lugar! +a liuidaci$n final ser parte del acta de

recepci$n definitiva!

+os valores liuidados deern pagarse dentro de los die< d;as siguientes a la liuidaci$n4

vencido el t>rmino causarn intereses legales los daHos perjuicios ue justificare la

 parte afectada!

.)/(#+O &

RE)I#S(E DE /RE.OS

Art. 126!- Sistema de reajuste!- +os contratos de ejecuci$n de oras3 aduisici$n de

 ienes o de prestaci$n de servicios a ue se refiere la +e3 cua forma de pago

corresponda al sistema de precios unitarios3 se sujetarn al sistema de reajuste de precios previsto en este cap;tulo! En consecuencia3 auellos contratos3 cua forma de pago no

corresponda al sistema de precios unitarios no se sujetar al sistema de reajuste previsto

en este cap;tulo!

SE..O'

RE)I#S(E DE /RE.OS E' OR)S

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Art. 127!- Reajuste en el caso de ejecuci$n de oras!- En el caso de producirse

variaciones en los costos de los componentes de los precios unitarios estipulados en los

contratos de ejecuci$n de oras ue celeren las entidades contratantes3 los costos sereajustarn3 para efectos de pago del anticipo de las planillas de ejecuci$n de ora3

desde la fec=a de variaci$n3 mediante la aplicaci$n de f$rmulas matemticas ue

constarn oligatoriamente en el contrato3 en ase a la siguiente f$rmula general%

/r M /oBp11LoNp2.1L.oNpD1LDoNp6E1LEo!!! pn<1LKo N p:?1L?oC!

+os s;molos anteriores tienen el siguiente significado%

/r M &alor reajustado del anticipo o de la planilla!

/o M &alor del anticipo o de la planilla calculada con las cantidades de ora ejecutada a

los precios unitarios contractuales descontada la parte proporcional del anticipo3 de

=aerlo pagado!

 p1 M .oeficiente del componente mano de ora!

 p23 p3 p6!!! pn M .oeficiente de los dems componentes principales!

 p: M .oeficiente de los otros componentes3 considerados como no principales3 cuovalor no e:ceder de 03200!

+os coeficientes de la f$rmula se e:presarn aplicarn al mil>simo la suma de

auellos dee ser igual a la unidad!

o M Sueldos salarios m;nimos de una cuadrilla tipo3 fijados por le o acuerdo

ministerial para las correspondientes ramas de actividad3 ms remuneraciones adicionales oligaciones patronales de aplicaci$n general ue dean pagarse a todos los

traajadores en el pa;s3 e:ceptuando el porcentaje de la participaci$n de los traajadores

en las utilidades de empresa3 los viticos3 susidios eneficios de orden social4 estacuadrilla tipo estar conformada en ase a los anlisis de precios unitarios de la oferta

adjudicada3 vigentes treinta d;as antes de la fec=a de cierre para la presentaci$n de las

ofertas ue constar en el contrato!

1 M Sueldos salarios m;nimos de una cuadrilla tipo3 e:pedidos por la le o acuerdo

ministerial para las correspondientes ramas de actividad3 ms remuneraciones adicionales

oligaciones patronales de aplicaci$n general ue dean pagarse a todos lostraajadores en el pa;s3 e:ceptuando el porcentaje de participaci$n de los traajadores en

las utilidades de la empresa3 los viticos3 susidios eneficios de orden social4 esta

cuadrilla tipo estar conformada sore la ase de los anlisis de precios unitarios de laoferta adjudicada3 vigente a la fec=a de pago del anticipo o de las planillas de ejecuci$n

de ora!

.o3 Do3 Eo3!!!Ko M +os precios o ;ndices de precios de los componentes principales

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vigentes treinta d;as antes de la fec=a de cierre para la presentaci$n de las ofertas3 fec=a

ue constar en el contrato!

.3 D3 E3!!!K M +os precios o los ;ndices de precios de los componentes principales a la

fec=a de pago del anticipo o de las planillas de ejecuci$n de oras!

?o M ndice de componentes no principales correspondiente al tipo de ora a la falta de

>ste3 el ;ndice de precios al consumidor treinta d;as antes de la fec=a de cierre de la

 presentaci$n de las ofertas3 ue constar en el contrato!

?1 M ndice de componentes no principales correspondiente al tipo de ora a falta de

>ste3 el ;ndice de precios al consumidor a la fec=a de pago del anticipo o de las planillas

de ejecuci$n de oras!

Art. 128!- $rmulas contractuales!- +as entidades contratantes deern =acer constar en

los contratos la o las f$rmulas aplicales al caso con sus respectivas cuadrillas tipo3 ue

se elaorarn sore la ase de los anlisis de precios unitarios de la oferta adjudicada3definiendo el n,mero de t>rminos de acuerdo con los componentes considerados como

 principales el valor de sus coeficientes!

.onstarn como componentes principales auellos ue3 independientemente o agrupados

seg,n lo previsto en los pliegos3 tengan maor incidencia en el costo total de la ora3 sun,mero no e:ceder de die<! Sin emargo3 si la totalidad de componentes no alcan<ara a

esta cifra3 se podr considerar como principales a todos!

En el caso de faricaci$n de euipos accesorios ue se contraten para ser elaoradosfuera del Ecuador se incorporen definitivamente en el proecto3 cuo precio se pague

en moneda del pa;s faricante3 se podrn elaorar f$rmulas para reajustar los pagos3

aplicando los precios o ;ndices de precios de dic=o pa;s3 calificados por el 'E.!

+as condiciones de aplicaci$n de la f$rmula de reajuste de precios3 sern estalecidas de

acuerdo con sus componentes la locali<aci$n de la ora!

Art. 129!- )plicaci$n de la f$rmula de reajuste de precios!- El reajuste de precios se

reali<ar mensualmente o de acuerdo con los per;odos de pago estalecidos en el contrato

ser efectuado provisionalmente sore la ase de los precios o ;ndices de precios a lafec=a de presentaci$n de las planillas por la fiscali<aci$n o unidad de control de cada

ora tramitndolo conjuntamente con la planilla!

Art. 130!- @ora del contratista!- En caso de mora o retardo parcial o total3 imputale al

contratista3 se le reconocer ,nicamente el reajuste de precios calculado con los precios e

;ndice de precios en el per;odo ue dei$ cumplir el contrato3 con sujeci$n al cronogramavigente!

Art. 131!- +iuidaci$n del reajuste!- (an pronto se disponga de los ;ndices definitivos de

 precios3 se reali<ar la liuidaci$n pago final del reajuste3 considerando las fec=as de

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 pago de las planillas aplicando las f$rmulas contractuales!

.omo el derec=o a perciir el reajuste es de auellos ue se pueden renunciar3 talsituaci$n podr estalecerse en los documentos correspondientes!

Art. 132!- 'ormas comunes a contratos complementarios!- En los contratoscomplementarios a los ue se refiere el art;culo 85 de la +e constarn las

correspondientes f$rmula o f$rmulas de reajuste de precios!

+a suma total de los valores de los contratos complementarios no podr e:

er del 5J del valor actuali<ado o reajustado del contrato principal a la fec=a en ue la

instituci$n contratante resuelva la reali<aci$n del contrato complementario! Esta

actuali<aci$n se =ar aplicando la f$rmula de reajuste de precios ue consten en losrespectivos contratos principales!

El contratista deer rendir garant;as adicionales de conformidad con esta le!

Art. 133!- .oncepto de valor de reajuste de precios!- Se entender como valor de

reajuste de precios la diferencia entre el monto de /r Bvalor reajustado del anticipo o dela planillaC menos el valor /o Bvalor del anticipo o de la planilla calculada con las

cantidades de ora ejecutada a los precios unitarios contractuales3 descontada la parte

 proporcional del anticipo3 de =aerlo pagadoC!

Art. 134!- /rocedimiento para el clculo del reajuste!- El valor del anticipo de las

 planillas calculadas a los precios contractuales de la oferta descontada la parte

 proporcional del anticipo3 de =aerlo pagado3 ser reajustado multiplicndolo por elcoeficiente de reajuste ue resulte de aplicar3 en la f$rmula o f$rmulas de reajuste3 los

 precios o ;ndices de precios correspondientes al mes de pago del anticipo o de la planilla!

Art. 135!- Reajuste de precios grado de cumplimiento!- .on el ojeto de determinar el

cumplimiento del cronograma de traajos para efectos de reajuste de precios3 se

considerarn los valores de los traajos ejecutados en cada per;odo previsto3 en relaci$ncon los valores parciales programados en el ,ltimo cronograma aproado! +a diferencia

no ejecutada por causas no imputales al contratista ser reajustada una ve< ejecutada con

los ;ndices correspondientes al mes en ue se efect,e la liuidaci$n pago de esa parte

de ora!

En caso de mora o retardo total o parcial imputale al contratista3 una ve< ue se =aan

ejecutado los traajos3 su reajuste se calcular con los ;ndices correspondientes al mesue dei$ ejecutarlos conforme al cronograma vigente!

En caso de mora de la entidad en el pago de planillas3 >stas se reajustarn =asta la fec=aen ue se las cura3 por lo cual no causarn intereses!

Art. 136!- $rmulas de reajuste cuando se crean ruros!- +a entidad contratante elaorar

la f$rmula o f$rmulas sus respectivas cuadrillas tipo3 sore la ase del presupuesto del

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contrato complementario estalecer los precios o ;ndices de precios a la fec=a de

aceptaci$n de los precios unitarios3 para los denominadores de los t>rminos

correspondientes!

Art. 137!- $rmulas de reajuste cuando se incrementan las cantidades de los ruros del

contrato original ue vaan a ser pagados a precios reajustados!- .uando los ruros delcontrato original vaan a ser pagados a precios unitarios reajustados3 en el contrato

complementario se incluirn la o las f$rmulas sus respectivas cuadrillas tipo sore la

 ase de los anlisis de precios unitarios reajustados componente por componente lascantidades a ejecutar mediante este contrato complementario! Se estalecern como

denominadores los precios o ;ndices de precios a la fec=a a la ue fueron reajustados

dic=os precios!

Art. 138!- $rmulas de reajuste para el contrato complementario cuando var;en las

cantidades o se supriman ruros del contrato original!- En este caso se modificarn las

condiciones del contrato original3 por lo cual3 la entidad u organismo elaorar la f$rmula

o f$rmulas sus respectivas cuadrillas tipo3 para el reajuste de precios de las oras delcontrato original ms el complementario3 las cuales deen constar en el contrato

complementario servirn3 adems para reliuidar los valores pagados por reajuste de precios del contrato original! +as f$rmulas deern tener como denominadores los

 precios e ;ndices de precios del contrato original!

Art. 139!- )nticipo devengado!- En el caso de los contratos de ejecuci$n de oras

 prestaci$n de servicios3 con modalidad de tracto sucesivo3 la amorti<aci$n del anticipo se

reali<ar en cada planilla de avance3 descontando de ellas3 el porcentaje de anticipo

contractual ue =aa sido entregado! /ara efectos de la aplicaci$n de lo dispuesto en losincisos tercero cuarto del )rt! "5 de la +e3 el contratista podr demostrar mediante la

 presentaci$n de todos los medios proatorios jur;dicos procesales3 ue el anticipo

contractual ue le =a sido entregado =a sido devengado en la ejecuci$n de las oras oservicios3 teniendo esta figura3 las mismas consecuencias efectos de la amorti<aci$n del

anticipo!

SE..O'

RE)I#S(E DE /RE.OS E' E'ES A E' SER&.OS

9#E 'O SE)' DE .O'S#+(OR)

Art. 140!- Reajuste en contratos de prestaci$n de servicios ue no sean de consultor;a!-

En los contratos de prestaci$n de servicios ue no sean de consultor;a sujetos a la +e

cua forma de pago corresponda al sistema de precios unitarios3 se estipularn la f$rmulao f$rmulas de reajuste de precios3 sore la ase de los componentes del servicio3 las

mismas ue sern elaoradas por la propia entidad3 siguiendo igual procedimiento ue

 para el contrato de ejecuci$n de ora!

Art. 141!- .asos de contratos de aduisici$n de ienes!- En los contratos de aduisici$n

de ienes se estipularn la f$rmula o f$rmula de reajustes de precios3 sore la ase de los

componentes del ien3 las mismas ue sern elaoradas por la propia entidad3 siguiendo

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igual procedimiento ue para el contrato de ejecuci$n de ora3 en lo ue fuera aplicale!

+os contratos de aduisici$n de ienes con entrega pagos inmediatos no se sujetarn a

reajuste de precios!

SE..O'

RE)I#S(E DE /RE.OS E' .O'S#+(OR)

Art. 142!- Reajuste de precios!- En los contratos de consultor;a3 se podr =acer constar la

f$rmula o f$rmulas matemticas de reajuste3 ue contendrn los componentes porreajustarse3 el valor de los coeficientes3 la periodicidad las condiciones de su aplicaci$n3

de acuerdo a la naturale<a del servicio contratado!

Art. 143!- $rmula de reajuste!- En los contratos de consultor;a3 el valor del anticipo delas planillas de ejecuci$n de servicios3 se reajustaran si se produjeren variaciones en los

componente en los precios unitarios estipulados en los contratos de consultor;a3 desde la

fec=a de variaci$n3 mediante la aplicaci$n de la o las f$rmulas de reajuste ue se incluan

en el contrato!

 'o se reconocer reajuste de precios a los salarios negociados contratados para el personal e:tranjero no residente en el Ecuador! (ampoco se reconocer reajuste de

 precios en los contratos o auellas partes de los mismos ue no fueren elaorados en el

Ecuador!

En caso de mora o retardo en la presentaci$n de cada planilla3 imputale al consultor3 se

reconocer el reajuste de precios a la fec=a en ue dei$ presentarla3 de conformidad con

el cronograma vigente!

En caso de mora de la entidad contratante en el pago de planillas3 >stas se reajustarn

=asta la fec=a en ue se las cura3 por lo cual no causarn intereses!

+as instituciones contratantes de consultor;a deern prever el financiamiento necesario

 para curir los reajustes de precios!

El consultor presentar la planilla con los precios contractuales la planilla de reajuste3

esta ,ltima calculada de acuerdo con la f$rmula estipulada en el contrato3 valores ue

sern pagados =asta en el t>rmino m:imo de 20 d;as de su presentaci$n!

.)/(#+O &

DE +OS .O'(R)(OS .O@/+E@E'()ROS

Art. 144!- .alificaci$n de causas!- +as causas imprevistas o t>cnicas para celerar

contratos complementarios podrn ser invocadas por la entidad contratante o por elcontratista sern calificadas por la entidad previo informe de la fiscali<aci$n de la ora!

Art. 145!- @odalidad de costo ms porcentaje!- /ara la ejecuci$n de traajos a trav>s de

la modalidad de costo ms porcentaje3 con el l;mite de =asta el 10J del valor reajustado

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o actuali<ado del contrato principal en las situaciones previstas en el art;culo 8" de la

+e3 se oservar el siguiente procedimiento%

1! +a cantidad calidad del euipo3 mano de ora materiales a ser empleados deern

ser aproados de manera previa por el fiscali<ador!

2! Se pagar al contratista el costo total de la mano de ora efectivamente empleada3 uese calcular sore la ase de los salarios ue constan en el contrato3 reajustados a la fec=a

de ejecuci$n!

! Se pagar al contratista el costo comproado de todos los materiales suministrados por>l utili<ados en los traajos3 incluendo transporte de =aerlo!

6! Se pagar el uso del euipo ue el fiscali<ador considere necesario para la ejecuci$n de

los traajos3 sore la ase de los costos =orarios constantes en el contrato3 reajustados a la

fec=a de ejecuci$n! De no e:istir salarios o costos =onorarios en el contrato3 >stos seacordarn de mutuo acuerdo entre las partes!

5! Se aHadir a los costos antes seHalados el porcentaje ue3 por costos indirectos3 se

=aan estalecido en los precios unitarios del contrato principal! Este porcentaje

constituir toda la compensaci$n adicional ue reciir el contratista por estos traajos!F! El uso de las =erramientas menores no ser pagado3 pues se considera incluido en los

costos de mano de ora!7! +os pagos por estos conceptos sern cancelados dentro de los uince d;as t>rmino3

contados desde la fec=a de aproaci$n4 3

8! El contratista el fiscali<ador deern mantener registros completos de todos loscostos relacionados con los traajos reali<ados por esta modalidad3 los cuales se

ingresarn al /ortal !compraspulicas!gov!ec!

.)/(#+O ?DE +) (ER@').O' DE +OS .O'(R)(OS

Art. 146!- 'otificaci$n de terminaci$n unilateral del contrato!- +a notificaci$n previstaen el art;culo "5 de la +e se reali<ar tami>n3 dentro del t>rmino legal seHalado3 a los

 ancos o instituciones financieras aseguradoras ue =uieren otorgado las garant;as

estalecidas en el art;culo 7 de la +e4 para cuo efecto3 junto con la notificaci$n3 seremitirn copias certificadas de los informes t>cnico econ$mico3 referentes al

cumplimiento de las oligaciones de la entidad contratante del contratista!

+a declaraci$n de terminaci$n unilateral del contrato se reali<ar mediante resoluci$nmotivada emitida por la m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado3 la ue

se comunicar por escrito al SER.O/3 al contratista4 3 al garante en el caso de los ancos

o instituciones financieras aseguradoras ue =uieren otorgado las garant;asestalecidas en el art;culo 7 de la +e!

+a resoluci$n de terminaci$n unilateral del contrato ser pulicada en el portal!compraspulicas!gov!ec en la pgina e de la entidad contratante e in=ailitar

de forma automtica al contratista registrado en el R#/!

En la resoluci$n de terminaci$n unilateral del contrato se estalecer el avance f;sico de

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las oras3 ienes o servicios la liuidaci$n financiera contale del contrato4

reuiri>ndose ue dentro del t>rmino de die< d;as contados a partir de la fec=a de

notificaci$n de la resoluci$n de terminaci$n unilateral3 el contratista pague a la entidadcontratante los valores adeudados =asta la fec=a de terminaci$n del contrato conforme a

la liuidaci$n practicada en la ue se inclua3 si fuera del caso3 el valor del anticipo no

devengado deidamente reajustado!

En el caso de ue el contratista no pagare el valor reuerido dentro del t>rmino indicado

en el inciso anterior3 la entidad contratante pedir por escrito al garante ue dentro delt>rmino de 68 =oras contado a partir del reuerimiento3 ejecute las garant;as otorgadas

dentro del mismo t>rmino pague a la entidad contratante los valores liuidados ue

incluan los intereses fijados por el Directorio del anco .entral del Ecuador3 ue se

calcularn =asta la fec=a efectiva del pago!

Art. ..!- innumerado /R@ERO!- +uego de la declaratoria de terminaci$n unilateral del

contrato3 la m:ima autoridad de la entidad contratante o su delegado3 iniciar un proceso

de contrataci$n directa de la siguiente manera%

1! RESO+#.O' DE '.O% +a m:ima autoridad de la entidad contratante o sudelegado emitir resoluci$n de inicio del procedimiento de contrataci$n directa

dispondr su pulicaci$n en el portal institucional en el t>rmino m:imo de 26 =oras

desde ue fue emitida! En dic=a resoluci$n se =ar constar el nomre del proveedor a serinvitado con la verificaci$n del cumplimiento de los reuisitos de patrimonio de ser el

caso3 valor agregado ecuatoriano3 entre otros3 dems reuisitos legales

reglamentarios!

) la resoluci$n de inicio se adjuntar el pliego del proceso precontractual el

reuerimiento de e:plicitar las condiciones de ejecuci$n del contrato!

En la invitaci$n pulicada3 la entidad contratante adjuntar el estado de ejecuci$n del

contrato terminado unilateralmente3 la magnitud pendiente de ejecuci$n3 as; como el

monto de la contrataci$n directa!

2! @)'ES().O' DE ).E/().O' A /RESE'().O' DE OER()% En el

t>rmino m:imo de =asta cinco d;as desde ue se pulic$ la Resoluci$n de inicio en el

 portal nstitucional del Servicio 'acional de .ontrataci$n /,lica3 el proveedor invitadomanifestar su aceptaci$n a concluir la ejecuci$n contractual o acompaHar su oferta3

 preparada de conformidad con los pliegos3 en la ue =ar constar informaci$n relacionada

a la ejecuci$n del contrato3 es decir al detalle de personal3 recursos3 euipos3infraestructura3 entre otros3 seg,n sea el caso3 ue sea necesaria para el correcto

cumplimiento del ojeto contractual3 incluendo su cronograma de ejecuci$n!

En el caso de ue el proveedor previamente escogido no presente su oferta3 la entidad

contratante iniciar otra ve< el procedimiento con un proveedor distinto!

! )DI#D.).O' 'O(.).O'%- +a m:ima autoridad de la entidad contratante

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o su delegado3 adjudicar3 de ser el caso3 el contrato3 mediante resoluci$n deidamente

motivada3 la misma ue deer ser notificada a trav>s del portal institucional3 en el

t>rmino m:imo de 26 =oras contados a partir de su e:pedici$n4 o en su defecto declarardesierto el proceso!

6! R@) DE+ .O'(R)(O% Se oservar lo previsto la +e Orgnica del Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica su reglamento!

 'ota% )rt;culo agregado por Decreto Ejecutivo 'o! 153 pulicado en Registro OficialSuplemento 16 de 2" de 'oviemre del 201 !

 'ota% Se pulica nuevamente el te:to del Decreto Ejecutivo 'o! 153 en el Registro

Oficial Suplemento 167 de 1" de Diciemre del 201 !

Art. ..!- innumerado SE*#'DO% (erminaci$n unilateral de contratos% Si como

consecuencia de la celeraci$n de un contrato luego de la terminaci$n unilateral de otro3

se produjera una nueva terminaci$n unilateral del contrato3 la m:ima autoridad de la

entidad contratante o su delegadoLa3 aplicar el art;culo precedente para una nuevacontrataci$n!

 'ota% )rt;culo agregado por Decreto Ejecutivo 'o! 153 pulicado en Registro Oficial

Suplemento 16 de 2" de 'oviemre del 201 !

 'ota% Se pulica nuevamente el te:to del Decreto Ejecutivo 'o! 153 en el RegistroOficial Suplemento 167 de 1" de Diciemre del 201 !

.)/(#+O ?

DE+ RE*S(RO DE +OS .O'(R)(OS A +OS /RO&EEDORES

Art. 147!- Oligaciones de entidad contratante!- +a entidad contratante ingresar al /ortal

!compraspulicas!gov!ec la informaci$n relacionada con los contratos suscritos losefectos derivados de los mismos3 como sanciones3 terminaciones anticipadas3

unilaterales3 coro de garant;as3 dentro de un t>rmino m:imo de cinco d;as luego de

 producido el =ec=o!

Art. 148!- .arcter de la informaci$n!- +a informaci$n ue conste en el /ortal

!compraspulicas!gov!ec relacionada con los contratos3 proveedores entidades

contratantes es p,lica gratuita3 a la ue podr acceder cualuier persona!

.)/(#+O ?

RES/O'S)+D)DES

Art. 149!- De las entidades contratantes!- +as entidades contratantes tienen la oligaci$n

de informar al SER.O/ de todos los actos actuaciones3 relacionados con los contratossuscritos vigentes3 as; como sus modificaciones! gual responsailidad tienen respecto

de las liuidaciones3 actas de entrega recepci$n provisionales definitivas!

((#+O &

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DE +)S RE.+)@).O'ES A .O'(RO&ERS)S

.)/(#+O DE +)S RE.+)@).O'ES

Art. 150!- Derec=o a reclamar!- +os oferentes ue se consideren afectados en susintereses por actos administrativos emitidos por las entidades previstas en el art;culo 1 de

la +e3 por asuntos relacionados con su oferta3 respecto al trmite precontractual o de la

adjudicaci$n3 tendrn derec=o a presentar las reclamaciones de conformidad al procedimiento previsto en el presente cap;tulo!

En las reclamaciones los oferentes podrn peticionar o pretender%

1! +a formulaci$n de oservaciones3 consideraciones reservas de derec=os3 cuando se

impugnaren los actos de simple administraci$n4 3

2! +a enmienda3 derogaci$n3 modificaci$n o sustituci$n total o parcial de actos

administrativos relacionados con los procedimientos de contrataci$n en los ueintervengan!

El reclamo se presentar por escrito ante el $rgano autor del =ec=o3 comportamiento u

omisi$n4 emisor del acto administrativo4 o ante auel al cual va dirigido el acto de simple

administraci$n3 en el t>rmino de cinco d;as contados a partir de la notificaci$n! El $rgano puede dictar medidas de mejor proveer3 otras para atender el reclamo!

El $rgano ante uien se presente el reclamo tendr un t>rmino de uince d;as para

resolverlo3 contado a partir de la fec=a de la providencia de calificaci$n del reclamo! Elreclamo su resoluci$n sern pulicados en el /ortal !compraspulicas!gov!ec!

Art. 151!- Recurso de reposici$n!- +as resoluciones ue atiendan los reclamos podrn ser recurridas en recurso de reposici$n ante el propio $rgano ue las e:pidi$!

Son susceptiles de este recurso los actos administrativos ue afecten derec=os sujetivosdirectos del oferente!

Art. 152!- (>rminos!

1! El t>rmino para la interposici$n del recurso de reposici$n ser de 5 d;as contados a

 partir del d;a siguiente al de su notificaci$n!

2! El t>rmino m:imo para dictar notificar la resoluci$n ser de 15 d;as! (ranscurridoeste t>rmino sin ue recaiga resoluci$n3 se entender favorale el recurso al peticionario!

! .ontra la resoluci$n de un recurso de reposici$n no car ning,n otro recurso en v;a

administrativa!

Art. 153!- Reuisitos!- +a interposici$n del reclamo o recurso deer e:presar%

1! El nomre apellidos del reclamante o recurrente3 as; como la identificaci$n personal

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del mismo4

2! El acto ue se impugna o recurre4

! irma del reclamante o recurrente3 identificaci$n del lugar o medio ue se seHale aefectos de notificaciones4

6! Organo de la entidad contratante al ue se dirige4

5! +a pretensi$n concreta ue se formula3 con los fundamentos de =ec=o de derec=o enue se ampare4

F! +a firma del compareciente3 de su representante o procurador la del aogado ue lo

 patrocina4 37! +as dems particularidades e:igidas3 en su caso3 por las disposiciones espec;ficas!

Art. 154!- )claraci$n complementaci$n!- Si el reclamo o recurso no estuviere claro o

no se cumplieran con los reuisitos seHalados en el art;culo anterior3 la autoridadcompetente ordenar ue se aclare o complete el reclamo en el t>rmino de cinco d;as 3 de

no =acerlo3 se tendr por no presentado el reclamo!

Art. 155!- mpulso!- El procedimiento se impulsar de oficio 3 de acuerdo al criterio deceleridad3 se dispondr en un solo acto todos los trmites ue3 por su naturale<a3 no

reuerirn de un cumplimiento sucesivo!

Art. 156!- nformes!- .uando se reuieran informes se los solicitar en forma directa a la

autoridad u $rgano ue dea proporcionarlo! Salvo disposici$n legal e:presa en contrario3los informes sern facultativos para la autoridad ue dea decidir no tendrn efectos

vinculantes para los reclamantes o recurrentes!

 'ing,n procedimiento administrativo podr suspenderse por la falta de informesdeiendo considerarse su omisi$n como un informe favorale3 ajo la responsailidad de

uienes de;an informar no lo =icieron oportunamente!

Art. 157!- Ratificaci$n!- En cualuier solicitud3 reclamo o recurso3 cuando se ofre<ca

ratificaci$n posterior por parte del representante se continuar el trmite se tendr por

leg;tima la representaci$n siempre ue se acredite >sta en el t>rmino de tres d;as uedeer conceder el $rgano administrativo!

Art. 158!- Suspensi$n de la ejecuci$n!- +a interposici$n de cualuier reclamo o recurso

no suspender la ejecuci$n del acto impugnado3 salvo decisi$n en contrario de laautoridad!

Art. 159!- Reclamos para entidades de derec=o privado!- Si los reclamos se dirigierencontra personas jur;dicas de derec=o privado sujetas a la +e3 corresponder a la m:ima

autoridad dar atenci$n respuesta en el t>rmino de uince d;as3 decisi$n de la cual no

=ar ning,n recurso3 por no tratarse de un acto administrativo3 sin perjuicio de la fasearitral o judicial correspondiente!

.)/(#+O

DE +) SO+#.O' DE .O'(RO&ERS)S

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Art. 160!- De la utili<aci$n de mecanismos de soluci$n directa de las controversias!- +as

entidades contratantes los contratistas uscarn solucionar en forma gil3 rpida directa las diferencias discrepancias surgidas de la actividad contractual! /ara tal efecto3

al surgir las diferencias acudirn al empleo de los mecanismos de soluci$n de

controversias contractuales previstos en la le a la conciliaci$n3 amigale composici$n transacci$n!

Art. 161!- De la clusula compromisoria!- En los contratos podr incluirse la clusulacompromisoria a fin de someter a la decisi$n de ritros las distintas diferencias ue

 puedan surgir por ra<$n de la celeraci$n del contrato de su ejecuci$n3 desarrollo3

terminaci$n o liuidaci$n! El aritraje ser en derec=o! +os ritros sern tres BC3 a

menos ue las partes decidan acudir a un ritro ,nico! En las controversias de menorcuant;a =ar un s$lo aritro!

+a designaci$n3 reuerimiento3 constituci$n funcionamiento del triunal de aritraje se

regir por las normas contractualmente estipuladas o las ue resulten aplicales!

/ara la suscripci$n de esta clusula se estar a lo dispuesto en la +e de @ediaci$n )ritraje!

Art. 162!- Del compromiso o convenio aritral!- .uando en el contrato no se =uiere pactado clusula compromisoria3 cualuiera de las partes podr solicitar a la otra la

suscripci$n de un compromiso o convenio aritral para ue un (riunal de )ritraje

resuelva las diferencias presentadas en ra<$n de la celeraci$n del contrato su

ejecuci$n3 desarrollo3 terminaci$n o liuidaci$n! En este caso3 se reuerir informefavorale previo de la /rocuradur;a *eneral del Estado!

En el documento de compromiso o convenio aritral ue se suscria se seHalar lamateria ojeto del aritraje3 la designaci$n de ritros3 el lugar de funcionamiento del

triunal la forma de curir los costos del mismo!

Art. 163!- .ontencioso )dministrativo!- De no pactarse clusula compromisoria o no

acordarse ventilar mediante soluci$n aritral3 las controversias se sustanciarn ante los

(riunales Distritales de lo .ontencioso )dministrativo3 con jurisdicci$n en el domicilio

del demandado3 oservando lo previsto en la le de la materia!

DS/OS.O'ES *E'ER)+ES

/R@ER)!- /ara el caso previsto en la Disposici$n *eneral .uarta de la +e3 en

tratndose de licitaci$n de oras3 en el /). se =ar constar de forma oligatoria una

secci$n en ue se estale<can los proectos ue prevern la alternativa de no =acer laora ante la iniciativa de promotores3 ue deern inscriirse en el portal

!compraspulicas!gov!ec3 uienes en el t>rmino ue seHale la entidad contratante

 podrn asegurar un mecanismo eficiente de compensaci$n ra<onale al Estado por la

rentailidad social econ$mica ue dejar;a de perciir!

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Si en 20 d;as t>rmino3 luego de la pulicaci$n del /).3 no se e:presara inter>s alguno de

 promover este mecanismo de compensaci$n3 se entender ue no e:iste inter>s por lotanto las oras a las ue se refiere la Disposici$n *eneral .uarta podrn ejecutarse

mediante los procedimientos estalecidos en la le!

En el caso de la e:istencia de alguna e:presi$n de inter>s3 los promotores presentarn un

 plan de promoci$n de la no reali<aci$n de la ora ante la entidad contratante3 la ue

calificar la viailidad del referido plan!

De ser viale se aplicar en un t>rmino ra<onale para ue se tenga oportunidad de

organi<ar3 promover e integrar el mecanismo de compensaci$n propuesto! Este t>rmino

ser dispuesto por la entidad contratante sore la ase del cronograma del plan! Si al finaldel t>rmino no se alcan<a la seguridad de un mecanismo de compensaci$n3 la ora podr

ejecutarse!

De no ser viale3 mediante acto administrativo motivado la m:ima autoridad desec=arel plan3 decisi$n ue ser notificada a los promotores pulicada mediante el portal

!compraspulicas!gov!ec!

Si es ue se estructura el mecanismo de compensaci$n se suscriir los instrumentos

necesarios para asegurar tal mecanismo en las condiciones previstas en la secci$nespecial sore la alternativa de no =acer la ora!

+a metodolog;a forma de clculo ser diseHada por cada entidad supervisada por la

.ontralor;a *eneral del Estado!

SE*#'D)!- /ara la determinaci$n de lo ue se entiende como participaci$n local3 en

tratndose de las personas jur;dicas3 se considerar el domicilio principal de >stas4 en elcaso de las personas naturales el domicilio considerar la definici$n prevista en el

art;culo 65 del .$digo .ivil!

(ER.ER)!- +os ienes de carcter estrat>gico necesarios para la defensa nacional3

e:cluen auellos relacionados con la gesti$n operaci$n =aitual de los organismos

responsales!

.#)R()!- +as normas complementarias del presente Reglamento *eneral sern

aproadas por el Director Ejecutivo del SER.O/ mediante resoluciones!

9#'()!- +os contratos ue se rijan por lees especiales o ue respondan a formatos

regulados3 tales como p$li<as de seguros3 servicios sicos3 servicios de

telecomunicaciones otros3 no oservarn los formatos de los modelos de pliegosoligatorios3 ni cumplirn con las clusulas oligatorias del Sistema 'acional de

.ontrataci$n /,lica!

SE?()!- El anticipo entregado con ocasi$n de un contrato de ora celerado al amparo

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de la le!

Orgnica del Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica ser devengado proporcionalmente en las planillas presentadas =asta la terminaci$n del pla<o contractual

inicialmente estipulado constar de un cronograma ue ser parte del contrato!

 'ota% Disposici$n agregada por Decreto Ejecutivo 'o! 18F"3 pulicado en Registro

Oficial Suplemento F68 de 6 de )gosto del 200" !

 'ota% Disposici$n sustituida por Decreto Ejecutivo 'o! 7"13 pulicado en RegistroOficial 6F" de 16 de Iunio del 2011 !

DS/OS.O'ES (R)'S(OR)S

/R@ER)!- @ODE+OS!- Gasta tanto el SER.O/ puliue los modelos de documentos

 precontractuales3 contractuales dems documentaci$n m;nima reuerida para la

reali<aci$n de un procedimiento precontractual contractual3 las entidades contratantes

elaorarn determinarn3 ajo su responsailidad3 sus propios modelos!

SE*#'D)!- RE.E/.O' DE OER()S S.)S!- Gasta tanto el SER.O/ cuentecon todas las =erramientas ue le permitan un funcionamiento completo del portal

!compraspulicas!gov!ec3 se reciirn de forma f;sica directamente en la entidad

contratante las ofertas t>cnicas previstas en los diferentes procedimientos precontractuales3 incluidos dentro de ellos los de consultor;a3 licitaci$n3 coti<aci$n3

suasta inversa3 menor cuant;a3 procedimientos de r>gimen especial3 entre otros! En el

caso de la contrataci$n de consultor;a3 =asta tanto el SER.O/ cuente con las

=erramientas ue le permitan ingresar los sores de las ofertas t>cnicas econ$micas atrav>s del portal !compraspulicas!gov!ec3 las ofertas se reciirn de manera f;sica!

(ER.ER)!- E&)+#).O'ES A SOR(EOS!- Gasta tanto el SER.O/ cuente con todaslas =erramientas ue le permitan un funcionamiento completo del portal

!compraspulicas!gov!ec3 las evaluaciones de carcter t>cnico o econ$mico ue este

Reglamento *eneral dispone ue se realicen a trav>s del referido portal3 as; como elsorteo de los proveedores en los procesos de coti<aci$n3 o menor cuant;a en oras3 se

 podrn reali<ar directamente por la entidad contratante sin utili<ar el portal

garanti<ando la transparencia de dic=o sistema!

.#)R()!- /#+.).O' /OR +) /RE'S)!- Gasta tanto el SER.O/ disponga lo

contrario3 =asta m:imo el 6 de agosto de 200"3 las convocatorias en procesos de

licitaci$n3 a ms de pulicarse por el portal% !compraspulicas!gov!ec podrnreali<arse por una sola ve< por un peri$dico de maor circulaci$n nacional!

En el caso de ue en procesos distintos a la licitaci$n3 dentro del per;odo indicado en elinciso anterior3 las entidades contratantes a ms de pulicar las convocatorias por el portal

!compraspulicas!gov!ec!3 decidieran utili<ar la prensa nacional o local3 deern

comunicarlo al SER.O/ con la justificaci$n de los motivos ue determinaren para el

efecto!

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9#'()!- S#)S() '&ERS) /RESE'.)+!- Si por causas t>cnicas deidamente

 justificadas acreditadas por el SER.O/ no fuera posile reali<ar la aduisici$n de ienes servicios normali<ados a trav>s de catlogo electr$nico o de suasta inversa

electr$nica3 se reali<ar un proceso de aduisici$n a trav>s de una oferta p,lica

 presencial directa3 sin utili<ar el portal !compraspulicas!gov!ec!4 oservando parael efecto el siguiente procedimiento%

1! En lo ue sea aplicale3 se oservar lo dispuesto en el art;culo 66 siguientes de esteReglamento *eneral ue regulan la Suasta nversa Electr$nica!

2! Oferta econ$mica inicial!- +os oferentes calificados presentarn su propuesta

econ$mica inicial por escrito en el lugar estalecido en la convocatoria3 en un sore

deidamente cerrado3 =asta las 15=00 del d;a fijado en la convocatoria! El t>rmino entrela convocatoria la presentaci$n de la oferta econ$mica inicial no ser menor a cinco

d;as! #na =ora ms tarde de la fijada para la presentaci$n de la propuesta econ$mica

inicial3 se reali<ar de forma p,lica la suasta inversa presencial!

! )creditaci$n!- En la puja podrn intervenir e:clusivamente los oferentes previamenteacreditados! 'o se admitir la intervenci$n en la puja de oferentes no acreditados!

Si los oferentes fueren personas naturales deern intervenir directamente o a trav>s de

un apoderado especial! En el primer caso el oferente presentar su c>dula de identidad4 3

en el caso del apoderado especial presentar copia del poder otorgado junto con su c>dulade identidad!

Si los oferentes fueren personas jur;dicas deern intervenir a trav>s del correspondiente

representante legal o de un apoderado especial! En el primer caso3 el oferente presentarsu c>dula de identidad junto con la copia de su nomramiento vigente3 deidamente

inscrito en el Registro @ercantil del cant$n correspondiente! Si el oferente interviniera a

trav>s de un apoderado especial3 presentar la copia del poder otorgado junto con suc>dula de ciudadan;a!

6! /uja!- El per;odo durante el cual se efect,e la puja ser de m;nimo de uince B15Cminutos m:imo de sesenta BF0C minutos contados a partir de la =ora estalecida en la

convocatoria4 en atenci$n a la complejidad del ojeto del contrato al presupuesto

referencial del procedimiento!

(odos los oferentes acreditados pueden reali<ar durante el per;odo de puja3 las ofertas

sucesivas a la aja ue consideren necesarias3 las mismas ue se presentarn por escrito

en las =ojas entregadas por la entidad contratante para el efecto3 las mismas ue sernle;das en alta vo< por la m:ima autoridad de la Entidad3 o su delegado3 al momento de

reciirlas!

SE?()!- +os procesos de contrataci$n iniciados =asta antes del 0 de aril del 200"3 se

concluirn aplicando los pliegos las normas ue estuvieron vigentes al momento de su

convocatoria!

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SE/(@)!- Se entender ue no e:isten estudios completos para la construcci$n de v;as

si es ue no se cuentan con los estudios para el o los puentes4 3 v;a o v;as de

apro:imaci$n a estos3 alcantarillas ordillos3 si fuere del caso!

)simismo los estudios deern contener la identificaci$n de los ienes a e:propiarse para

la ejecuci$n de la ora3 con su valor3 si la e:propiaci$n fuere necesaria!

 'ota% Disposici$n agregada por Decreto Ejecutivo 'o! "63 pulicado en Registro Oficial

51 de 21 de Octure del 200" !

DS/OS.O' (R)'S(OR) #'.)!- (oda empresa ue =aa definido el giro

espec;fico de su negocio en virtud de lo dispuesto por el )rt! 106 ue se reforma por este

decreto3 solicitar al SER.O/ la ratificaci$n de esa definici$n en un t>rmino de sesentad;as3 contados a partir de la vigencia de este decreto!

 'ota% Disposici$n agregada por Decreto Ejecutivo 'o! 8613 pulicado en Registro Oficial

512 de 15 de )gosto del 2011 !

DS/OS.O'ES (R)'S(OR)S

/R@ER)% +os procedimientos de contrataci$n directa previstos en este Reglamento se

oservarn en todos los casos en ue se =aa producido una terminaci$n unilateral3incluidas auellas reali<adas antes de la promulgaci$n de la +e Orgnica Reformatoria

de la +e Orgnica del Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica!

 'ota% Disposici$n dada por Decreto Ejecutivo 'o! 153 pulicado en Registro OficialSuplemento 16 de 2" de 'oviemre del 201 !

 'ota% Se pulica nuevamente el te:to del Decreto Ejecutivo 'o! 153 en el Registro

Oficial Suplemento 167 de 1" de Diciemre del 201 !

SE*#'D)% +os procedimientos de coti<aci$n ue como consecuencia de una

terminaci$n unilateral se estuvieren oservando en aplicaci$n de la normativa ue estuvovigente antes de la e:pedici$n de la +e Orgnica Reformatoria de la +e Orgnica del

Sistema 'acional de .ontrataci$n /,lica3 sern declarados cancelados Lo desiertos3

seg,n corresponda al estado de su trmite3 dei>ndose iniciar un nuevo procedimiento de

contrataci$n en oservancia de las disposiciones contenidas en el presente decretoejecutivo!

 'ota% Disposici$n dada por Decreto Ejecutivo 'o! 153 pulicado en Registro OficialSuplemento 16 de 2" de 'oviemre del 201 !

 'ota% Se pulica nuevamente el te:to del Decreto Ejecutivo 'o! 153 en el Registro

Oficial Suplemento 167 de 1" de Diciemre del 201 !

(ER.ER)% En el pla<o m:imo de 0 d;as contados a partir de la fec=a de e:pedici$n de

este Decreto Ejecutivo3 el Servicio 'acional de .ontrataci$n /,lica desarrollar las

=erramientas electr$nicas del portal institucional ue permitan cumplir los trmites

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 procedimientos previstos en este Reglamento!

Gasta tanto las entidades contratantes reali<arn el proceso de manera documentale:clusivamente!

 'ota% Disposici$n dada por Decreto Ejecutivo 'o! 153 pulicado en Registro OficialSuplemento 16 de 2" de 'oviemre del 201 !

 'ota% Se pulica nuevamente el te:to del Decreto Ejecutivo 'o! 153 en Registro Oficial

Suplemento 167 de 1" de Diciemre del 201 !

DERO*)(OR)S!- Se derogan e:presamente los siguientes reglamentos reformas%

1! El Reglamento *eneral a la +e Orgnica del Sistema 'acional de .ontrataci$n/,lica e:pedido mediante Decreto Ejecutivo 'o! 1268 pulicado en el Registro

Oficial Suplemento 'o! "" de 8 de agosto de 2008 !

2! +as reformas al Reglamento *eneral a la +e Orgnica del Sistema 'acional de

.ontrataci$n /,lica e:pedidas mediante Decreto Ejecutivo 11 pulicado en elRegistro Oficial Suplemento 'o! 627 de 17 de septiemre de 2008 !

! +as reformas al Reglamento *eneral a la +e Orgnica del Sistema 'acional de.ontrataci$n /,lica e:pedidas mediante Decreto Ejecutivo 151F pulicado en el

(ercer Registro Oficial Suplemento 'o! 6"8 de 1 de diciemre de 2008 !

Art. !"#$!- El presente decreto entrar en vigencia a partir de su pulicaci$n en el

Registro Oficial!

Dado en el /alacio 'acional3 en San rancisco de 9uito3 Distrito @etropolitano3 el d;a de=o 0 de aril de 200"!

f!C Rafael .orrea Delgado3 /residente .onstitucional de la Rep,lica!

Es fiel copia del original!- +o certifico!- 9uito3 0 de aril del 200"!

f!C )! Oscar /ico Sol$r<ano3 Susecretario *eneral de la )dministraci$n /,lica!