REGLAMENTACION DE LA LEY 6.409

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REGLAMENTACION DE LA LEY 6.409 DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LOS BOSQUES NATIVOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO

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REGLAMENTACION DE LA LEY 6.409 DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LOS BOSQUES NATIVOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO. COBERTURA DE BOSQUE NATIVO (Ley 6.409) En el área roja se deberá conservar el cien por ciento (100%) del bosque nativo. - PowerPoint PPT Presentation

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REGLAMENTACION DE LA LEY 6.409

DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LOS

BOSQUES NATIVOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO

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DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LOS

BOSQUES NATIVOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO

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CATEGORÍAS de CONSERVACIÓN

ACTIVIDADES AUTORIZADAS

Categoría Conservación I (rojo) Obras de infraestructura de interés público y de prevención contra los incendios, con presentación de EIA

Categoría Conservación II (amarillo)

Los mismos que en CCI, más:1-planes de Manejo Sostenibles: 1.1- variante Aprovechamiento Forestal 1.2- variante Silvopastoril ( hasta un 50%de la superfice boscosa)2-20% inclusión CCIII, dejando 80% de bosque nativo, incluyendo como mínimo 30% de clausura.

Categoría Conservación III (verde)

Los mismos que en CCI y CCII, más:1- planes de Aprovechamiento de Cambio del Uso del Suelo con fines agropecuarios.En Ley 6.409, Artículo 6º, inciso c) figuran los % de conservación de acuerdo a la superficie catastral.

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COBERTURA DE BOSQUE NATIVO (Ley 6.409)a) En el área roja se deberá conservar el cien por ciento (100%) del

bosque nativo.b) En el área amarilla se deberá conservar el ochenta por ciento (80%)) del

bosque nativo, incluyendo como mínimo un treinta por ciento (30%) de los bosques bajo clausura.

c) En el área verde los porcentajes de conservación del bosque nativo serán los siguientes:

c1. En inmuebles de hasta cien (100) hectáreas serán clausurados o

reservados el diez por ciento (10%). c.2. En inmuebles de ciento una (101) a doscientas (200)

hectáreas serán clausurados ó reservados el veinte por ciento (20%). c.3. En inmuebles de doscientas una (201) a un mil (1.000) hectáreas (30%) de clausuras ó el cuarenta por ciento (40%) de reservas. c.4. En inmuebles de más de un mil (1.000) hectáreas el treinta por ciento (30%) de clausuras o el cincuenta por ciento (50%) de reservas.

En caso de subdivisiones de inmuebles de un mismo titular, se respetará el Porcentual de conservación de bosque nativo previsto, teniendo en consideración la dimensión que tenía el predio antes de la subdivisión.

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a) Clausura de bosque nativo son los bosques conservados a los fines de ejecutar las actividades previstas en la Categoría I y la variante aprovechamiento de bosques de la Categoría II.

b) Reserva de bosque nativo son los bosques conservados a los fines de ejecutar las actividades previstas en los bosques de clausura, más los que correspondan a la variante Aprovechamiento Silvopastoril de la Categoría II.

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DECRETO Nº 932/10 REGLAMENTARIO

de la LEY 6.409

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-FONDO PARA EL MONITOREO DE LOS PLANES

Los planes de Manejo Sostenible variante Silvopastoril y de Cambio del uso del suelo, tendrán que abonar una tasa (porcentaje por hectárea), cuyo monto será destinado a un servicio de monitoreo para todos los planes vigentes en la Dirección de Bosques

RESOLUCION Nº 243/10ARTÍCULO 1º: FIJAR el porcentaje (%) que se aplicará por la cantidad de hectáreas autorizadas en los planes teniendo en cuenta el valor actual del apoyo económico de la especie Prosopis sp. para la provincia del Chaco, en el caso de plantaciones hasta 300 has. y 600 plantas por hectáreas, establecido por la Ley 25080 o ley equivalente, de Inversiones para Bosques cultivados y Reglamentaciones que de ella emanen.

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a) Aprovechamiento del Cambio del Uso de Suelos

Desde 0 – 50 hectáreas: 8 % Desde 0 – 300 hectáreas: 16 % Desde 0 – 1000 hectáreas: 20 % Más de 1000 hectáreas: 24 % Limpieza de Invasoras: 4 %

b) Manejo Sostenible variante Silvopastoril

Desde 0 – 50 hectáreas: 4 % Desde 0 – 300 hectáreas: 8 % Desde 0 – 1000 hectáreas: 10 % Más de 1000 hectáreas: 12 %

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DEFÍNESE por Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) al documento técnico que tiene como objeto predecir las consecuencias de la ejecución de un plan sobre el ambiente, establecer medidas de prevención, mitigación, corrección y/o compensación y que contendrá datos e información.

-EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL- (E.I.A.)

Es obligación la realización de EsIA en todo Plan de Aprovechamiento del Cambio de Uso del Suelo y en los Planes de Manejo Sostenible variante Aprovechamiento -mayor a 500has- y en la variante Silvopastoril y en limpieza de Áreas Quemadas e Invasoras - mayores a 300has-.

La Autoridad de Aplicación es la Subsecretaria de Medio Ambiente

del Ministerio de Producción y Ambiente

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1000 has. Superficie predial

1000 has. boscosas

800 has. (80%reserva boscosa)

300 has. De clausura (30%)

200 has. (20% predial-inclusión categoría III)

EJEMPLO DE UN PREDIO EN CATEGORIA CONSERVACIÓN II (amarillo)

ESC. 1:5000

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LISTADO de los PLANES FORESTALES vigentes :

1-Plan de Manejo Sostenible variante Aprovechamiento Forestal y Otros

2-Plan de Manejo Sostenible variante Silvopastoril

3- Plan de Aprovechamiento del Cambio del Uso del Suelo

4- Plan de Manejo Sostenible de Aprovechamiento de limpieza de Áreas Quemadas y/o Eliminación de Especies Invasoras

5-Plan de Manejo Sostenible variante Palo Santo

6-Plan de Deslinde Perimetral y Transversales para Mejoras

7- Plan de Manejo Sostenible variante fuste Palmeras nativas

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Temas en común para todas las PLANES FORESTALES:

A-Requisitos administrativos y Legales:

1.- Formulario de solicitud para Plan de Manejo que correspondiera (certificado ante Juez de Paz ó Escribano Público).2.- Comprobante de titularidad del predio.3.- Representantes legales: autorización o poder y alcances del mismo, debidamente conformado y certificado ante Juez de Paz ó Escribano Público.4.- Constancia de inscripción en A.F.I.P. y A.T.P.5 - En caso de que el titular del predio no sea productor forestal, deberá presentar un contrato con Productor Forestal, teniendo responsabilidad compartida en el aprovechamiento de los productos forestales.

B- Requisitos técnicos1-Todo Plan de Manejo Sostenible se ejecutará sobre la base de una formulación técnica que tomará como referencia los lineamientos dados en el Manual para el Manejo Forestal Sustentable de los Bosques Nativos de la Provincia del Chaco.

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C- Requisitos para los topados-Los titulares de predios, Productor forestal si lo hubiera, la Empresa de Servicios de Topado y el profesional actuante serán los responsables de la correcta ejecución del Manejo Silvopastoril.La Empresa de Servicios de topado debe estar inscripta en el Registro de Empresas de Topado, que lleva la Dirección de Bosques.Es responsable solidario, por errores, omisión ó mala praxis. De no cumplir será sujeta a régimen de multas y/o suspensión temporaria y/o eliminación del Registro de Empresas.El operario de la topadora deberá acreditar carnet de habilitación.

-No se autorizaran solicitudes de Plan de Manejo Sostenible que impliquen uso de topadoras en áreas lindantes a categorías de conservación I (rojo) hasta una distancia de quinientos (500) metros de las áreas protegidas y a cien (100) metros de las márgenes de los ríos principales y treinta (30) metros de los ríos secundarios.

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DISPOSICION Nº 37/10 Plan de Manejo Sostenible

variante Aprovechamiento Forestal

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EL Plan contendrá un Plan de Aprovechamiento Forestal y un Plan Silvícola SUPERFICIE AUTORIZADA:-Hasta 500 hectáreas-Tramos de hasta 100 hectáreas- se autoriza el pase al alcanzar el 80% de la superficie, adjuntando certificación técnica. -Se autoriza a trabajar un tramo de corta a la vez y se podrá regresar a los tramos anteriores a extraer los productos remanentes no aprovechados. OTROS PLANES Plan de Mejora Propias: la superficie a autorizar y cupo de extracción estará acorde a los detalles del plan de tareas. El plan de tareas abarcara las obras de infraestructura a realizar.Plan de Extracción de Maderas Muertas Se autorizará hasta una superficie de cien (100) hectáreas boscosa por vez. Plan de Extracción de Bosque Implantado es el destinado a la extracción de lo producido por la aplicación del raleo y/o poda y corta final de la masa

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DISPOSICION Nº 43/10Plan de Manejo Sostenible

variante Silvopastoril

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Todo plan de Manejo Sostenible variante Silvopastoril estará acompañado del Proyecto de Ordenamiento predial para su evaluación: determinación previa de las áreas de clausura y/o reserva

-Podrá ser ejecutado hasta un porcentaje del cincuenta (50%) por ciento de la superficie boscosa del inmueble.

-Se realizará un monitoreo anual del plan de trabajo propuesto durante 5 años, con certificaciones anuales.

-Los planes mayores a trescientas (300) hectáreas se someterán al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

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Plan de Manejo Sostenible variante SilvopastorilPUEDE ESTAR DIAGRAMADO DE DIFERENTES FORMAS

Sivopastoril con Árboles dispersos Sivopastoril con Árboles en bosquetes

1000 m

500m

120 Árboles > 0,10 mtr. O / ha de silvopastoril para el Centro- Este provincial

100Árboles > 0,10 mtr.O / ha de silvopastoril para el Centro- Oeste provincial

1000 m

500m

100 m100 m

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DISPOSICION Nº 39/10Plan de Aprovechamiento del

Cambio del Uso del Suelo

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-El Plan Deberá estar acompañado del Proyecto de Ordenamiento Predial para su evaluación.

-Será obligatorio el Mantenimiento o realización de barreras forestales principales y transversales.Las barreras forestales deberán ser preferentemente fajas de monte nativo, de un ancho de cincuenta (50) metros para predios de hasta cien (100) hectáreas; de setenta (70) metros para predios de hasta doscientas (200) hectáreas; de cien (100)metros para predios de hasta mil (1.000) hectáreas y de ciento cincuenta (150 m) metros en predios de más de mil (1.000) hectáreas, con un distanciamiento para las barreras forestales principales de setecientos (700) metros y las transversales a las principales con un distanciamiento de mil quinientos (1500) metros.

-Se realizará un monitoreo anual del plan de trabajo propuesto durante 5 años, con certificaciones anuales.

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DISPOSICION Nº41/10 Plan de Manejo Sostenible de

Aprovechamiento de Limpieza de Áreas Quemadas y/o Eliminación de Especies

Invasoras

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Quedan sometidos al presente todos los Bosques Nativos, que se encuadren en la categoría de conservación II ( amarillo) y III (verde).

Se pone en vigencia un plan de restauración, que tendrá lugar en el caso de que el proyecto de habilitación de quemados y/o invasoras se circunscriba a bosquetes residuales de bosques bajos que puedan obstruir en la ejecución de un programa productivo. En tal situación se considerará aquellos casos que dichos bosquetes no superen unitariamente una superficie de tres (3) hectáreas y en su conjunto no superen el cinco por ciento (5%) de la superficie de habilitación proyectada.

Establécese como actividad compensatoria para la ejecución de un plan de restauración, la realización de las siguientes tareas:El diez (10) por ciento de la superficie solicitada por trabajos de forestación en macizos y/o cortinas.

El veinte (20) por ciento de la superficie solicitada por trabajos de enriquecimiento del bosque o de manejo forestal.

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Ejemplos del Plan de Eliminación de Especies Invasoras

Especies Invasoras dispersas

SIN PLAN DE RESTAURACIÓN

Especies Invasoras agrupadas

CON PLAN DE RESTAURACIÓN

100 HAS

100 HAS

2 HAS

3 HAS

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DISPOSICION Nº 40/10Plan de Manejo Sostenible

variante Palo Santo

-Los Planes se autorizan hasta 150 has boscosas por plan.

-Se utilizará el método técnico de marcación del árbol en pié(entresaca selectiva).

Las certificaciones técnicas se deben presentar cuando se cumplael cincuenta por ciento (50 %) del volumen autorizado de corta y alfinalizar el Plan.

La Dirección de Bosques llevará un control técnico y administrativodesde el inicio del plan y hasta finalizar el mismo.

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DISPOSICION Nº 42/10 Plan de Deslinde Perimetral y Transversales para Mejoras

-En el caso de Deslinde perimetral lindante con categoría de conservación I (rojo), se autoriza la apertura de picada (utilizando herramientas manuales) no mayor a 4 metros de ancho, para el extendido de alambre perimetral.

-Se autoriza la realización de deslindes perimetrales y transversales de quince (15) metros de ancho si son utilizados para extendido de alambrados y de hasta un ancho máximo de veinte (20) metros si son utilizados también como caminos. En caso de zonas con peligro de incendios forestales, se permitirá realizar deslindes cortafuegos en sentido Este – Oeste con un ancho de hasta cincuenta (50m) metros

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DISPOSICION Nº 38/10 Plan de Plan de Manejo Sostenible variante de fuste Palmeras nativas

-El plan contendrá un Plan de Aprovechamiento y un Plan Silvícola, rigiéndose por las mismas planillas que las del Plan de Manejo Sostenible variante Aprovechamiento Forestal.

-se autoriza hasta un máximo de trescientas (300) hectáreas en tramos de cien (100) hectáreas.

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