Registro Denma Faster Service

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CIUDADANA REGISTRADORA MERCANTIL PRIMERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. SU DESPACHO. Yo, DENMARLYN DEL VALLE PÁEZ BOTTA venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°V-19.418.201 civilmente hábil y de este domicilio, procediendo en este acto en mi carácter de PRESIDENTA de la Sociedad Mercantil FASTER SERVICE C.A. debidamente autorizada por los Estatutos Sociales de mi representada, ante usted respetuosamente ocurro a fin de consignar El Acta Constitutiva de la mencionada empresa para su debido registro por ante esta Oficina. Pido a Usted se sirva ordenar la fijación, registro y publicación de Ley, y ordene devolverme Copia Certificada de las actuaciones y de los autos que la provean, a los fines ulteriores de Ley. En Maracay, Estado Aragua, a la fecha cierta de su presentación.

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REGISTRO DE UNA COMPAÑIA ANONIMA DE DOS SOCIOS

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CIUDADANA REGISTRADORA MERCANTIL PRIMERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. SU DESPACHO.

Yo,DENMARLYN DEL VALLE PEZ BOTTA venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad NV-19.418.201 civilmente hbil y de este domicilio, procediendo en este acto en mi carcter de PRESIDENTA de la Sociedad Mercantil FASTER SERVICE C.A. debidamente autorizada por los Estatutos Sociales de mi representada, ante usted respetuosamente ocurro a fin de consignar El Acta Constitutiva de la mencionada empresa para su debido registro por ante esta Oficina. Pido a Usted se sirva ordenar la fijacin, registro y publicacin de Ley, y ordene devolverme Copia Certificada de las actuaciones y de los autos que la provean, a los fines ulteriores de Ley.

En Maracay, Estado Aragua, a la fecha cierta de su presentacin.

Nosotros: DENMARLYN DEL VALLE PEZ BOTTA, venezolana, titular de la Cedula de Identidad No. V-19.418.201, mayor de edad, soltera, de este domicilio y DENNY JOSE PEZ, venezolano, titular de la Cdula de Identidad No. V-8.820.072, mayor de edad, soltero, de este domicilio, y con nmeros de Registro de Informacin Fiscal (RIF) N 19418201-1 y V- 088200728, respectivamente por medio del presente documento declaramos: Hemos convenido en constituir, como en efecto constituimos una Compaa Annima denominada FASTER SERVICE C.A., habindose redactado el Acta Constitutiva con suficiente amplitud para que a la vez sirva de Estatutos Sociales. La compaa se regir por las clusulas que se determinan a continuacin: -------------------------------------------CAPITULO IDENOMINACION, DOMICILIO, OBJETO DE LA SOCIEDAD.PRIMERA: La compaa se denominara FASTER SERVICE C.A. -------------------------------SEGUNDA: El domicilio de la Compaa estar ubicado en la siguiente direccin: Las Mercedes, Calle 2, Casa S/N, Villa de Cura, Estado Aragua. Podr establecer sucursales y agencias en cualquier lugar de la Repblica Bolivariana de Venezuela o en el exterior, cuando as lo considere conveniente la Junta Directiva y previa aprobacin de la Asamblea General de Accionistas. TERCERA: El objeto principal de la compaa es: el ejercicio de empresa de servicios generales, con especialidad en el ramo de aseo y limpieza industrial y comercial, mantenimiento de reas verdes y jardinera, obras civiles, pintura y demarcacin de reas, suministro de personal para servicios u obras a tiempo determinado, sean estos de cualquier nivel profesional, transporte, compra y distribucin de productos e implementos de limpieza, uniformes y calzados. As como la importacin y exportacin de materia prima para la industria de cualquier ramo, productos terminados, repuestos, partes y piezas para la industria manufacturera y de distribucin al detal, fabricacin y distribucin de sealizacin en pvc, vinil, aluminio y rotulaciones, Y cualquier otra actividad de lcito comercio con carcter legal.------------------------------------------------------CAPITULO IICAPITAL SOCIAL Y ACCIONES.CUARTA: El Capital Social de la compaa es la cantidad de Un Milln de Bolvares (Bs. 1.000.000,00) divididos en diez (10) acciones normativas con un valor de cien Mil Bolivares

(Bs.100.000,00), cada una, dicho capital ha sido suscrito y totalmente pagado por los accionistas, segn se evidencia del inventario de bienes que se acompaa. QUINTA: El capital ha sido suscrito y pagado en su totalidad como se demuestra de Inventario de Bienes de la siguiente forma: La Accionista DENMARLYN DEL VALLE PEZ BOTTA, ya identificada, ha suscrito y pagado cinco (05) acciones por un valor cien Mil Bolvares (Bs. 100.000,00) cada una, es decir para un total de Quinientos Mil Bolvares (Bs. 500.000,00) que representa el cincuenta por ciento (50%) del Capital Social y el socio DENNY JOSE PEZ, ya identificado, ha suscrito y pagado cinco (05) acciones por un valor Cien Mil Bolvares (Bs.100.000,00) cada una, es decir para un total de Quinientos Mil Bolvares (Bs. 500.000,00) que representa el cincuenta por ciento (50%) del Capital Social. SEXTA: Las Acciones confieren iguales derechos deberes a sus titulares, cada accin da derecho a su tenedor a un voto a las Asambleas y sern indivisibles con respecto a la sociedad, la cual no reconocer sino a un solo propietario por cada accin. La cesin de acciones sern efectuada mediante el traspaso, que se haga en el libro de accionistas y que debern suscribir el cedente y el cesionario. Las acciones de la compaa no podrn ser traspasadas o cedidas, ni darse en propiedad o garanta sin la previa autorizacin da la Asamblea de Accionistas. Los dems accionistas tienen preferencia para adquirir las acciones que se ofrezcan en venta, en igualdad de precio y condicin. Para el ejercicio de esta preferencia el accionista que proyecte traspasar acciones deber participarlo por escrito a la Asamblea de Accionistas, indicando el nmero de acciones objeto de la operacin, nombre del cesionario, precio y condiciones del traspaso.------------------------------CAPITULO IIIDE LA ADMINISTRACION-DIRECCION Y DURACION.SEPTIMA: La Administracin Direccin y representacin de la Sociedad estar a cargo de una Junta Directiva formado por un (1) Presidente y un (1) Vicepresidente, quienes podrn ser socios o no, duraran diez (10) aos en el ejercicio de sus funciones pudiendo ser reelegidos y permanecern a sus cargos hasta ser reemplazados, quienes podrn actuar Conjunta o separadamente. Los miembros de la Junta Directiva sern nombrados por la Asamblea General de Accionistas. Las faltas temporales o definitivas del Presidente sern suplidas por el Vicepresidente quien a su vez designara a la persona que ocupara su cargo Mientras se ausente el mismo. Al entrar en ejercicio de sus funciones los Directores debern depositar en la Caja Social de la Compaa, Cinco (5) Acciones cada uno, a los fines previstos en el Articulo 244 del Cdigo de Comercio.- OCTAVA: La ejecucin de las decisiones de la Junta Directiva la realizara el Presidente y el Vicepresidente, quienes

obligaran a la sociedad firmando conjunta o separadamente y tendrn entre otras las siguientes facultades: 1.-) Organizar y dirigir los negocios de la empresa. 2.-) Convocar la Asamblea de Socios y cumplir los acuerdos que en las mismas se tomen. 3.-) Nombrar factores mercantiles, apoderados especiales y generales. 4.-) Representar a la sociedad ante toda clase de autoridad ya sean estas polticas, civiles, judiciales, administrativas, sindicales y del trabajo. 5.-) Elaborar los balances, cuentas de ganancias y perdidas, as como tambin determinar los dividendos a repartir. 6.-) Ejecutar todas las operaciones de la sociedad, firmar por ella y obligarla en todos sus asuntos, negocios y contratos de toda ndole, pudiendo emitir toda clase de documentos cambiarios, efectuar cobros y pagos inherentes a la sociedad. 7.-) Abrir y movilizar cuentas corrientes, movilizar cuentas de depsitos, solicitar crditos. 8.-) Comprar, vender y arrendar bienes muebles e inmuebles, cobrar y recibir sumas de dinero. NOVENA: El Presidente y Vicepresidente actuando conjuntamente podrn emitir y cobrar cheques y a tales efectos registraran sus firmas en las entidades bancarias donde la sociedad tenga cuentas abiertas. DECIMA: La compaa tendr una duracin de treinta (30) aos, contados a partir de su inscripcin en el Registro Mercantil plazo que puede ser aumentado o disminuido por periodos iguales, mayores o menores, cuando as lo considere la Asamblea General de Accionistas.--------------------------CAPITULO IVDECIMA PRIMERA: La suprema Direccin de la compaa corresponde a la Asamblea General de Accionistas legalmente constituidas, todas sus decisiones, acuerdos y resoluciones, dentro de las facultades que la Ley le permite, sern obligatorias para todos los accionistas aunque no hubieren asistido a la Asamblea que las determino. Las Asambleas Generales de Accionistas de la compaa, sern ordinarias y extraordinarias y Para la convocatoria reunin, validez de sus deliberaciones y determinacin de las Atribuciones y facultades de los Asamblestas, se seguirn las reglas establecidas al efecto, en el Cdigo de Comercio vigente. Sin embargo, para toda clase de Asambleas podrn prescindirse de la convocatoria por la prensa, de los lapsos para reunirse y podr tratarse en ella cualquier punto o materia sin limitacin alguna cuando este representado en la Asamblea la totalidad del Capital Social. DECIMA SEGUNDA: Las Asambleas Generales Extraordinarias se convocaran cumpliendo los mismos requisitos que para las

Asambleas Ordinarias. DECIMA TERCERA: La Asamblea Ordinaria se reunir dentro de los tres (3) meses inmediatos siguientes a la fecha de finalizacin de cada ejercicio econmico. De todas las Asambleas se levantara un Acta, la cual ser firmada por los concurrentes. DECIMA CUARTA: En caso de disolucin de la compaa, aumento de capital, cambio de objeto social o de cualquier reforma a este documento constitutivo, se requiere la presencia o representacin y voto favorable de no menos del ochenta por ciento (80%) del capital social. DECIMA QUINTA: Las Asambleas Extraordinarias de Accionistas tendrn lugar cada vez que lo juzgue necesario la Junta Directiva o cuando lo solicite un numero de socios que representen no menos del cincuenta por ciento (50%) del Capital Social, o en los casos establecidos en los Artculos 290 y 291 del Cdigo de Comercio vigente.------------------------------------------------------------------------------------------------- CAPITULO VDE LAS CUENTAS Y BALANCES.DECIMA SEXTA: El ejercicio econmico de la compaa se iniciara el primero (01) de enero de cada ao y terminara el treinta y uno (31) de diciembre del mismo ao. El primer ejercicio comienza el da de la Inscripcin del Documento Constitutivo y terminara el treinta y uno (31) de diciembre de ese ao, en esta fecha se elaboraran el Balance General y el Estado de Ganancias y Perdidas, procurando evidenciar con toda la documentacin, la situacin real de la compaa de acuerdo con las normas establecidas en el Cdigo de Comercio y dems Disposiciones legales aplicables. DECIMA SEPTIMA: Los beneficios lquidos obtenidos sern distribuidos as: a.-) Un cinco por ciento (5%) para formar el fondo de reserva legal hasta tanto alcance el cincuenta por ciento (50%) del Capital Social. B.-) Un apartado suficiente para cubrir las obligaciones provenientes de la legislacin laboral. C.-) Las cantidades necesarias para constituir las otras reservas que la Asamblea de Accionistas haya creado. D.-) El remanente ser Llevado a la cuenta utilidades por distribuir, que se destinara a cubrir los dividendos que decretare la Asamblea de Accionistas. DECIMA OCTAVA: En todo lo no previsto por este documento constitutivo y Estatutos, incluso el modo de liquidacin de la compaa, si llegare el caso, se regir por las disposiciones contenidas en el Cdigo de Comercio vigente y las Leyes aplicables al caso------------------------------------------------------------------------------------------------------------------. DISPOSICIONES TRANSITORIASPRIMERA: Para el primer periodo de cinco (05) aos, se ha designado como Presidenta a la ciudadana: DENMARLYN DEL VALLE PAEZ BOTTA y como Vicepresidente al Ciudadano : DENNY JOSE PEZ ambos ya identificados. SEGUNDA: Para el lapso de 5aos se nombro Comisario a la ciudadana: MARCHAND SANTANA, NATHALIE KATIUSKA venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. V-17.788.813, e Inscrita en el C.P.C, bajo la matricula N.99690. TERCERA: Se autoriza a la ciudadana, DENMARLYN DEL VALLE PEZ BOTTA venezolana, mayor de edad, de este mismo domicilio, soltera, titular de la Cdula de Identidad No. V-19.418.201, en su carcter de presidenta, para que ejecute todos los actos y cumplir con todas las formalidades necesarias para la constitucin e inscripcin legal de la compaa, quedando plenamente facultada para firmar documentos y protocolos y para hacer, sin limitacin alguna, cuanto fuere necesario para el logro de este objetivo. CUARTA: Aprobado como ha sido este documento constitutivo y estatutos, se hacen dos (2) ejemplares de un mismo tenor, firmados ambos por todos sus otorgantes. Uno de dichos ejemplares ser archivado en el expediente de la compaa en el Registro Mercantil de esta circunscripcin judicial, junto con los recaudos a que hubiere lugar despus de su inscripcin en el mencionado registro y su publicacin en conformidad con la ley; el otro ejemplar ser archivado en las oficinas de la compaa, despus de ser copiado textualmente en el libro de Actas de Asambleas Generales de la misma.

Maracay, en la fecha de su presentacin ante el Registro Mercantil.

Denmarlyn Del Valle Pez Botta:Denny Jos Pez: