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RE-EPP-TCTR-S-01-13 RÉGIMEN ESPECIAL GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO 2013 Elaborados y Revisado por Comisión Técnica: _______________ _______________ _________________ Aprobados por: Gerente de Transporte y Almacenamiento. Página 1 RÈGIMEN ESPECIAL GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO EMPRESA PÚBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR, EP PETROECUADOR UNIDAD DE NEGOCIO: GERENCIA DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO CÓDIGO DEL PROCESO No. RE-EPP-TCTR-S-01-13 Objeto de Contratación: TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI. Guayaquil, Febrero de 2013

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RÈGIMEN ESPECIAL GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO

EMPRESA PÚBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR, EP PETROECUADOR

UNIDAD DE NEGOCIO:

GERENCIA DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

CÓDIGO DEL PROCESO No. RE-EPP-TCTR-S-01-13

Objeto de Contratación: TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI.

Guayaquil, Febrero de 2013

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RÉGIMEN ESPECIAL

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INDICE SECCIÓN I INVITACIÓN SECCIÓN II OBJETO DE CONTRATACIÓN SECCIÓN III CONDICIONES GENERALES 3.1 Ámbito de aplicación 3.2 Responsable de la Contratación 3.3 Participante 3.4 Inhabilidades 3.5 Comisión Técnica 3.6 Obligaciones del (os) Oferente(s) invitados 3.7 Causas de Rechazo 3.8 Garantías y Seguros 3.9 Cancelación del Procedimiento 3.10 Declaratoria de Procedimiento Desierto 3.11 Adjudicatario Fallido 3.12 Modificación de los Pliegos 3.13 Proyecto del Contrato 3.14 Moneda de Cotización y Pago 3.15 Preguntas y Aclaraciones 3.16 Presentación de ofertas 3.17 Apertura de ofertas 3.18 Evaluación de ofertas 3.19 Adjudicación 3.20 Administración y Supervisión del Contrato SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECÍFICAS 4.1 Vigencia de la oferta 4.2 Plazo de Ejecución 4.3 Precio del Servicio 4.4 Forma de Pago 4.5 Método de evaluación 4.6 Forma de presentar la Oferta 4.7 Obligaciones de los Contratantes 4.7.1 Obligaciones de la Contratista 4.7.2 Obligaciones de la Contratante

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4.8 Descripción de las Especificaciones Técnicas del Servicio SECCIÓN V PROEYECTO DE CONTRATO SECCIÓN VI FORMULARIOS, FORMATOS Y ANEXOS Formulario No. 1 Carta de Presentación y Compromiso Formulario No. 2 Datos Generales del Oferente invitado Formulario No. 3 Oferta Económica Formulario No. 4 Detalle de la experiencia en la prestación de servicios similares

relacionados con el objeto de la contratación. Formulario No. 5 Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP

No.37-09, Registro Oficial 93 del 22 de diciembre de 2009 Formato No. 1 Lista Mínima de Auto tanques. Formato No. 2 Lista de los Conductores Anexo 1 Cuadro Evaluación de Requisitos Mínimos Anexo 2 Cuadro para evaluar la capacitación de los conductores

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SECCIÓN I

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INVITACIÓN

De acuerdo con los Pliegos de Régimen Especial- Giro Especifico del Negocio, aprobados por RAMIRO CARRILLO C., en su calidad de Gerente de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, debidamente facultado mediante poder especial otorgado por el Ing. Marco Calvopiña Vega, Gerente General (E) de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador “EP PETROECUAOR”, ante el Notario Vigésimo Sexto del Cantón Quito, Dr. Homero López Obando, el 3 de agosto del 2012 y de conformidad con la delegación emitida a su favor por el señor Gerente General de la EP PETROECUADOR, mediante el Procedimiento de Desconcentración Empresarial para la Adquisición de Bienes, Contratación de Obras, Servicios y Consultoría, se invita a las Compañías: TRANSPORTE DE CARGA PESADA TRANS CORTIALVA S.A.; PETROLCENTRO PETRÓLEOS DEL CENTRO C.A.; TRANSPORTE Y SERVICIOS PETROLEROS COMSEROIL S.A.; BEACONTRANSA-BEATERIO COMPAÑÍA DE TANQUEROS Y TRAILERS S.A.; COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO TRANSVISIÓN S.A.; COMPAÑÍA DE TRANSPORTES DE COMBUSTIBLES LOJA S.A. COTRANSCOLSA y CETSO CIA LTDA., a que presenten su oferta técnico-económica para la “TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI”.

El Presupuesto Referencial para la prestación del servicio para la contratación de la TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI, es de $ 6’954.841,40 USD (SEIS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 40/100 DÓLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Este servicio no graba IVA. El plazo estimado para la prestación del servicio del contrato es de DOS AÑOS (2) calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. El cronograma del desarrollo del proceso es el siguiente:

Concepto Día Hora

Fecha de Invitación JUEVES 21-FEB-2013 08h30

Fecha Límite de Preguntas SÁBADO 23-FEB-2013 10H00

Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones MARTES 26-FEB-2013 10H00

Fecha Límite de Recepción de Oferta

LUNES 04-MAR-2013 10H00

Fecha de Apertura de Oferta LUNES 04-MAR-2013 11H00

Fecha Estimada de Adjudicación MIÉRCOLES 06-MAR-2013 16H30

Las condiciones generales de esta invitación son las siguientes: 1. Si el interesado, luego del análisis de los Pliegos detecta un error u omisión o inconsistencia, o

necesita una aclaración sobre una parte de los pliegos, deberá solicitarla a la entidad contratante al correo electrónico [email protected] hasta la fecha y hora señalada en el cronograma del proceso que antecede.

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2. Las ofertas técnico-económica se presentarán de forma física en la Secretaría de la Comisión Técnica, ubicada en la Coordinación General de Contratos Nacional, en Malecón No. 100 entre Nueve de Octubre y P. Icaza, Edificio La Previsora, Piso 18 de la ciudad de Guayaquil-Ecuador, de acuerdo con lo establecido en el calendario del proceso y la invitación.

3. La apertura de las Ofertas se realizará en la misma fecha de presentación, una hora

más tarde en acto público.

4. La evaluación de las ofertas técnico-económica será pública y se realizará estableciendo si ésta cumple con los requisitos mínimos solicitados y con la evaluación por parámetros, establecidos en los pliegos.

5. Los pagos del contrato se realizarán con cargo a la partida presupuestaria

No. 05.7.23.200.250.40, emitida mediante documento Nº 006-TDEO-FIN-PRE-SUR-2013 de fecha 08 de enero de 2013, la Coordinadora Sénior de Gestión Financiera, certifica que existe la disponibilidad de recursos propios para el servicio de “TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL EL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI”, por un valor de $2`562.433,96. Cabe indicar que para el año 2014, el área usuaria deberá incluir en las proforma presupuestaria respectiva el valor correspondiente para las obligaciones contraídas.

El pago del servicio efectivamente ejecutado se lo realizará, previo un informe favorable del Administrador y Supervisor (es) del contrato, y la entrega de la factura legalizada. El pago se efectuará a los 30 días, a partir de la aceptación de la factura por parte de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR y sus documentos habilitantes.

Guayaquil, febrero de 2013

RAMIRO CARRILLO C. GERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

EP PETROECUADOR

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SECCIÓN II

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OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

2.1 Este procedimiento precontractual tiene como propósito contratar el servicio para la “TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI”, bajo el Régimen Especial-Giro Específico del Negocio.

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SECCIÓN III

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CONDICIONES GENERALES

3.1 Ámbito de aplicación: El procedimiento optado por la Empresa es el de Régimen

Especial- Giro Específico del Negocio, de acuerdo a lo autorizado por el Director Ejecutivo del INCOP, mediante oficio INCOP-DE-2013-0034-OF del 11 de enero de 2013.

3.2 Responsable de la Contratación: De conformidad con lo dispuesto en el Procedimiento de Desconcentración Empresarial, para la Adquisición de Bienes, contratación de Obras, Servicios y Consultoría y pagos Varios, será responsable de la Contratación el Gerente de Transporte y Almacenamiento, quien emitirá una resolución en la que se justifique la necesidad de la contratación o la justificación que le faculta acogerse al Régimen Especial-Giro Específico del Negocio, para lo cual aprobará los pliegos, el cronograma del proceso y dispondrá el inicio del procedimiento especial.

3.3 Participantes: Personas Jurídicas invitadas a participar y que cumplan con los

requisitos, se encuentren habilitados en el Registro Único de Proveedores, RUP, que cuenten con el Registro de Operación de los auto tanques emitido por la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) y Permiso de Operación de la Agencia Nacional de Regulación y Control de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial (ANT), siendo este último a nombre de la persona jurídica. En la oferta, los participantes deberán presentar solo un auto tanque por socio, y que la propiedad del mismo sea mínimo de tres meses, a excepción de las unidades del año 2013 adquiridas en los últimos tres meses, lo que se comprobará con las facturas a nombre del socio.

3.4 Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí

mismas o por interpuesta persona, las personas que incurran en las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los artículos 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y 111 del Reglamento General de la LOSNCP.

3.5 Comisión técnica: La Comisión Técnica, designada por el Gerente de Transporte y

Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, será la encargada del trámite del proceso preparatorio y precontractual. Es decir elaborará los pliegos, absolverá las preguntas, evaluará las ofertas y recomendará al Gerente de Transporte y Almacenamiento la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto.

3.6 Obligaciones del (os) oferente (s) Invitado (s): El oferente deberá revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.

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3.7 Causas de Rechazo: Luego de evaluada la oferta técnico-económica, la entidad contratante podrá rechazarla por las siguientes causas:

3.7.1 Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y

específicas, especificaciones técnicas, formularios y formatos de estos pliegos.

3.7.2 Si se hubiera entregado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora

establecida para ello. 3.7.3 Si el contenido de los formularios y formatos presentados difiere del solicitado

en los pliegos, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que se alteren las condiciones de la contratación.

La oferta será descalificada en cualquier momento del proceso, si se comprobare falsedad o adulteración de la información presentada.

3.8 Garantías y Seguros: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la

LOSNCP, el Contratista está obligado a rendir la siguiente garantía:

3.8.1 Garantía.- Fiel Cumplimiento. El contratista, antes de firmar el contrato, para seguridad del cumplimiento de éste y para responder de las obligaciones que contrajera frente a terceros, relacionadas con el contrato, rendirá a favor de la EP PETROECUADOR una garantía de las señaladas en los numerales 1, 2 y 5 del artículo 73 de la LOSNCP, por un monto equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total del contrato.

3.8.2 Seguros.- Póliza de Responsabilidad Civil. La Contratista previo a la

suscripción del contrato entregará a la EP PETROECUADOR, copia de la póliza de responsabilidad civil vigente por cada uno de los auto tanques que brindarán el servicio. Cada póliza deberá cubrir los posibles daños y perjuicios a terceros provenientes de averías, daño o destrucción de bienes, equipos, muebles, herramientas, materiales y ambientales, que el Contratista pudiera causar durante la ejecución de los trabajos, por un monto de USD. 120.000.00 (CIENTO VEINTE MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), de conformidad a lo dispuesto en el Acuerdo Ministerial No. 18, publicado en el Registro Oficial No. 53 de 2 de abril de 2003, o el que lo sustituya.

La Contratista obtendrá bajo su responsabilidad la póliza de Responsabilidad Civil.

3.8.1.1 Ejecución de la garantía: La garantía contractual podrá ser ejecutada

por la CONTRATANTE en los siguientes casos: La de fiel cumplimiento del contrato:

a) Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente

terminado el contrato por causas imputables al CONTRATISTA;

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b) Si la CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento 3.9 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la

invitación y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 34 de la LOSNCP.

3.10 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La Gerencia de Transporte y

Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los casos previstos en los numerales 1, 2 y 4 el artículo 33 de la LOSNCP.

Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada del Gerente de

Transporte y Almacenamiento. Una vez declarado desierto el procedimiento, la máxima autoridad podrá disponer su archivo o su reapertura.

3.11 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro

del término previsto, por causas que le sean imputables al oferente invitado, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, lo declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al INCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP.

3.12 Modificaciones a los Pliegos La Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la

EP PETROECUADOR podrá modificar los Pliegos, siempre y cuando estas modificaciones no alteren el precio referencial y el objeto del contrato.

3.13 Proyecto del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de cinco (5)

días contado a partir de la misma, la GERENCIA DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE EP PETROECUADOR, formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General.

3.14 Moneda de Cotización y Pago: La oferta deberá presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

3.15 Preguntas y Aclaraciones: Si el interesado, luego del análisis de los Pliegos

detecta un error u omisión o inconsistencia, o necesita una aclaración sobre una parte de los pliegos, deberá solicitarla a la entidad contratante al correo electrónico [email protected] hasta la fecha y hora señalada en el cronograma del proceso.

3.16 Presentación de ofertas: Las ofertas técnico-económica se presentarán de forma

física en la Secretaría de la Comisión Técnica, ubicada en la Coordinación General de Contratos Nacional, en Malecón No. 100 entre Nueve de Octubre y P. Icaza, Edificio La Previsora, Piso 18 de la ciudad de Guayaquil-Ecuador, de acuerdo con lo establecido en el calendario del proceso y la invitación.

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3.17 Apertura de ofertas: La apertura de las Ofertas se realizará en la misma fecha de presentación, una hora más tarde en acto público.

3.18 Evaluación de Ofertas: La evaluación de las ofertas técnico-económica será

pública y se realizará estableciendo si ésta cumple con los requisitos mínimos solicitados y con la evaluación por parámetros, establecidos en los pliegos.

3.19 Adjudicación: La Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP

PETROECUADOR, con base a los resultados de la evaluación, adjudicará el contrato a la oferta u ofertas más convenientes conforme a los términos establecidos en el numeral 18 del artículo 6 de la LOSNCP.

La adjudicación será total o parcial, de acuerdo al interés institucional y con base en los méritos del proceso.

3.20 Administración y Supervisión del Contrato: La Gerencia de Transporte y

Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, de conformidad con lo que establece el Artículo 70 de la LOSNCP y Artículo 121 del Reglamento General, designará de manera expresa un administrador y el o los supervisor (es) del contrato, quienes velarán por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptarán las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.

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SECCIÓN IV

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CONDICIONES ESPECÍFICAS 4.1 Vigencia de la oferta: La vigencia de la oferta es de noventa (90) días, sin embargo

la entidad contratante, podrá prorrogar el plazo previsto hasta la fecha de celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP.

4.2 Plazo de Ejecución: El plazo de la prestación del servicio será de DOS AÑOS,

(entendiéndose 365 días por cada año), contado a partir de la suscripción del contrato. 4.3 Precio del Servicio: La EP PETROECUADOR pagará por el servicio las tarifas de los

fletes determinadas por la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero vigentes a la fecha de la prestación de los servicios de transporte para las rutas establecidas, valores que se tomarán de las publicaciones de las tarifas realizadas en los Acuerdos Ministeriales respectivos vigentes. Para la fecha de presentación de la oferta se tomará el Acuerdo Ministerial No. 025, publicado en el Registro Oficial No. 69, del viernes 25 de abril de 2003.

4.4 Forma de Pago: Los pagos del contrato se realizarán con cargo a la partida

presupuestaria No. 05.7.23.200.250.40, constante en el documento Nº 006-TDEO-FIN-PRE-SUR-2013 de fecha 08 de enero de 2013, la Coordinadora Sénior de Gestión Financiera, certifica que existe la disponibilidad de recursos propios para el servicio de “TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL EL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI”, por un valor de $2`562.433,96. Cabe indicar que para el año 2014, el área usuaria deberá incluir en la proforma presupuestaria respectiva el valor correspondiente para las obligaciones contraídas.

El pago del servicio efectivamente ejecutado se lo realizará, previo un informe favorable del Administrador y Supervisor (es) del contrato, y la entrega de la factura legalizada.

El pago se efectuará a los 30 días, a partir de la aceptación de la factura por parte de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR y sus documentos habilitantes.

4.5 Método de evaluación: La evaluación de las ofertas será pública y con presencia de dos

representantes de cada oferente legalmente acreditados. Se establece para ello el siguiente procedimiento de evaluación pública: Requisitos Mínimos

Constituyen requisitos mínimos de esta Contratación bajo Régimen Especial-Giro Especifico del Negocio, lo siguiente; cuyos resultados se harán constar en el Cuadro de Evaluación de Requisitos Mínimos (Anexo No. 1)

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1. La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1). 2. Datos Generales del Oferente (Formulario No.2). 3. Oferta Económica (Formulario 3). 4. Detalle de la experiencia en la prestación de servicios similares relacionados con

el objeto de la contratación (Formulario No. 4). 5. Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09

(Formulario No.5). 6. Presentar el listado de auto tanques, con capacidad de 10.000 galones cada uno

de conformidad con el Formato No. 1 que se anexa a los pliegos. 7. Nómina de los conductores, incluida la copia de la licencia profesional de cada uno

de ellos que debe ser categoría “E”. Formato No. 2. 8. Copia del Permiso de Operación de la Agencia Regulación y Control

Hidrocarburífero vigente para cada auto tanque. 9. Copia de la Matrícula y SOAT de los cabezales que está ofertando, para la

prestación del servicio. 10. Copia del Permiso de Operación de la Comisión Nacional de Tránsito y Transporte

Terrestre vigente, a nombre del ente jurídico ofertante. 11. Copia de la nómina de socios y/ o accionistas del oferente, registrada y certificada a

la fecha por la Superintendencia de Compañías. 12. Copia de la Declaración Juramentada de exclusividad ante notario público o Juez

de lo Civil de uso exclusivo de los auto tanques para el objeto de la contratación incluido el listado de los mismos, a favor de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR.

13. Certificado de estar al día con sus obligaciones tributarias otorgado por el SRI. 14. Certificado de cumplimiento de obligaciones patronales otorgado por el IESS; y, 15. Certificado otorgado por un buró de crédito que refleje el comportamiento de las

obligaciones crediticias del oferente en los últimos cinco años. 16. Certificado emitido por la Superintendencia de Compañías en el que certifique que

la compañía se encuentra al día con sus obligaciones.

NOTA: AQUELLAS OFERTAS QUE NO CUMPLAN, CON LOS REQUISITOS MÍNIMOS SERÁN RECHAZADAS.

Parámetros de Evaluación por puntaje. Se analizarán los parámetros de evaluación, mediante puntuaciones individuales cuya suma alcanza un puntaje total de 100 puntos.

No. PARÁMETROS DE EVALUACIÓN PUNTAJE

1

CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

- Estándar de Renovación de Flota (60 puntos) - Capacitación de Conductores (10 puntos) - Relación de Dependencia de Conductores (10 puntos)

80

2

EXPERIENCIA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO - Volumen Transportado (10 puntos) - Años de Experiencia ( 10 puntos)

20

TOTAL

100

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4.5.1 CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (80 PUNTOS).

4.5.1.1 Estándar de Renovación de Flota (60 PUNTOS)

Se aceptarán cabezales menores a 10 años de fabricación de acuerdo a la Norma de Seguridad e Higiene de la EP PETROECUADOR, SH-013 “Disposiciones de Seguridad Industrial para Transporte de Carga y Descarga de Combustibles”, y a la depreciación de los estados financieros (Ley de Régimen Tributario Interno); para lo que se requerirá copia de la matrícula de los cabezales.

Se evaluará el cabezal de conformidad con la siguiente tabla:

AÑO DE

FABRICACIÓN CABEZAL PUNTAJE

2013 60 2012 54 2011 48 2010 42 2009 36 2008 30 2007 24 2006 18 2005 12 2004 6

En el caso de cumplimiento del límite de fabricación de los cabezales durante la vigencia del contrato, estos deberán ser reemplazados por otro de iguales o mejores características de las solicitadas, con la aprobación del Administrador del Contrato.

Se presentará el listado de las unidades ofertadas, en el FORMATO No.1 DE APOYO PARA EVALUACIÓN DE CABEZALES.

NOTA: Se otorga 60 puntos a los cabezales del año 2013, porque su fabricación garantiza seguridad en el desempeño mecánico en el transporte del producto. A los restantes se les reduce el 10% por su depreciación económica y desgaste mecánico.

4.5.1.2 Capacitación de Conductores (10 PUNTOS)

Para evaluar este parámetro, se analizará las capacitaciones recibidas hasta diciembre del año 2012 de los conductores con licencia tipo E, que se asignarán para la prestación del servicio de acuerdo al desglose indicado en el cuadro de abajo.

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Para evaluar la capacitación de los conductores, el oferente debe presentar una copia del certificado emitido a nombre del conductor. El tema del certificado emitido a nombre del conductor, debe ser similar a las capacitaciones requeridas. Estos requerimientos se los hace debido a que se transporta líquidos inflamables que pueden originar daños irreparables tanto a la naturaleza como a las personas y sus bienes, por esta razón las empresas que presten este servicio deberán tener estándares de calidad que garanticen el cumplimiento del objeto de la presente contratación.

4.5.1.3 Relación de Dependencia de Conductores (10 PUNTOS)

Se considerará 1 conductor por cada auto tanque, quienes deberán cumplir con una relación mínima de un año (12 meses) con la compañía oferente o el propietario del auto tanque, misma que se evaluará con la presentación del certificado de aporte del IESS. El puntaje se asignará de la siguiente manera:

TIEMPO DE RELACIÓN DE DEPENDENCIA PUNTAJEDE 12 MESES EN ADELANTE 10

DE 9 MESES A 11 MESES 8 DE 6 MESES A 8 MESES 6 DE 3 MESES A 5 MESES 4

DE 1 MESES A 2 MES 2

4.5.2 EXPERIENCIA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO (20 PUNTOS)

4.5.2.1 VOLUMEN TRANSPORTADO (VT) (10 PUNTOS): Para evaluar este parámetro, se empleará los contratos o los certificados de cumplimiento entregados por empresas contratantes al oferente, en donde se incluya los volúmenes transportados durante la prestación del servicio. Se aplicará la siguiente fórmula:

Capacitación Recibida por Conductores 1.- Leyes, disposiciones, normas, regulaciones sobre el transporte de materiales peligrosos (Cap 1)

1,5 ptos max

2.- Principales tipos de riesgos, para la salud, seguridad y ambiente (Cap 2)

1 ptos max

3.- Procedimientos de carga y descarga (Cap 3) 1,5 ptos max 4.- Planes de respuesta a emergencias (Cap 4) 1 ptos max 5.- Conocimiento y manejo del kit de derrames (Cap 5)

1 ptos max

6.- Mantenimiento de la unidad de transporte (Cap 6) 1 ptos max 7.- Manejo defensivo (Cap 7) 1 ptos max 8.- Aplicación de señalización preventiva (Cap 8) 1 ptos max 9.- Primeros auxilios (Cap 9) 1 ptos max

10 PUNTOS

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Donde Vx, es el volumen en galones transportado por el oferente en los últimos tres años.

Vmax, es el volumen más alto representativo transportado en galones en los últimos tres años entre todas las ofertas que han cumplido los requisitos mínimos.

4.5.2.2 Años de Experiencia (10 PUNTOS)

Se entenderá como experiencia en la prestación del servicio, el que tenga características y exigencias equivalentes al objeto de la contratación (Productos Limpios). Se otorgará la calificación de 10 puntos a los oferentes que acrediten tener experiencia en transporte de combustibles en los tres últimos años.

AÑOS DE EXPERIENCIA DEL OFERENTE

PRESTANDO EL SERVICIO PUNTOS

ASIGNADOS

Hasta dos años 11 meses 8 Tres años en adelante 10

Para la evaluación de este parámetro, se requiere que las empresas oferentes presenten copia de contratos o actas de entrega recepción del servicio relacionados con el transporte de productos limpios, sea en el ámbito público o privado. NOTA: EN CASO DE EXISTIR EMPATE EN EL RESULTADO TOTAL, LA EP PETROECUADOR SE RESERVA EL DERECHO DE ADJUDICAR.

4.6 Forma de Presentar la Oferta La oferta técnico-económica se presentará

debidamente numerada y rubricada en un sobre único en la Secretaría de la Comisión Técnica, en la Coordinación General de Contratos Nacional de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, ubicada en Malecón No. 100 entre Nueve de Octubre y Francisco de P. Icaza, Edificio La Previsora, Piso 18 de la ciudad de Guayaquil-Ecuador, hasta la fecha y hora máxima de acuerdo con lo establecido en el calendario del proceso.

La carátula de la oferta técnico-económica será la siguiente:

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SOBRE ÚNICO SEÑOR GERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE LA EP PETROECUADOR PRESENTE PRESENTADO POR:

4.7 Obligaciones de los Contratantes

4.7.1 Obligaciones de la Contratista.- A más de las obligaciones que constan en la descripción de las especificaciones técnicas, son obligaciones de la Contratista las siguientes:

1. Pagar los sueldos y salarios los cuales se estipularán libremente, pero no

serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador.

2. Asumir, a su cuenta y costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social, las que deberá presentar legalizadas para el pago de la factura mensual.

3. Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, con la Norma

Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 266:2010 en lo pertinente y, las normas EP PETROECUADOR SHI-013 y SHI-014.

4. Proporcionar, de acuerdo a la normativa de la EP PETROECUADOR, el

transporte y entrega del combustible, auto tanques en perfecto estado de funcionamiento, de vida útil menor a diez años, con el objeto de asegurar un transporte eficiente, seguro, oportuno y manteniendo la calidad de los combustibles, tal como se encuentra estipulado en la Disposiciones de Seguridad industrial para transporte, carga y descarga de combustibles en tanqueros y cumplir con lo dispuesto en el numeral 4.1.2 del acápite 4 disposiciones generales contenida en la Norma SHI-013.

5. Cambiar, cuando el auto tanque ha cumplido su vida útil, la unidad en un

tiempo no mayor a 90 días, a partir del cumplimiento de dicho plazo, para lo cual deberá presentar los siguientes documentos:

DOCUMENTOS:

• Solicitud de la Contratista dirigida al Administrador del Contrato,

indicando el número de contrato vigente con EP PETROECUADOR, la marca, año, capacidad matricula de la unidad (reemplazada y reemplazante).

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• Copia de cédula de identidad del representante legal de la Contratista.

• Registro de operación otorgado por la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero.

• Tablas de calibración aprobadas por la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero.

• Registro Único de Contribuyentes de la Contratista. • Certificado de control anual otorgado por la Agencia de Regulación y

Control Hidrocarburífero. PROCEDIMIENTO:

• El Administrador del Contrato revisará la documentación presentada,

emitirá el visto bueno, de ser el caso, y comunicará al área de Comercialización para el ingreso en el sistema de Teleproceso PCO 8.

6. Proveer el servicio de transporte con vehículos de sus asociados de

acuerdo a la oferta presentada, siendo prohibido la subcontratación de vehículos para este servicio.

7. Sustituir, en caso de fuerza mayor, previa notificación y autorización del Administrador, inmediatamente el auto tanque con otro de iguales o superiores características que el requerido en este contrato. Por ningún concepto la Gerencia de Transporte y Almacenamiento aceptará que la Contratista no suministre los auto tanques de las características ofertadas para cumplimiento del objeto del contrato.

8. Los auto tanques contratados no podrán habilitarse para Reparto

Urbano en el Sistema de teleprocesos de EP PETROECUADOR, ni tampoco realizar actividades de Reparto Rural.

9. Presentar, en caso de pérdida parcial o total del combustible, todos los documentos necesarios para el inicio del reclamo al seguro, ya que EP PETROECUADOR procederá a descontar del valor del flete, el volumen perdido; hasta que la Compañía de Seguros reconozca en su totalidad la pérdida.

10. Asumir la responsabilidad, en caso de accidentes, e implementar las

acciones técnicas necesarios, para mitigar sus efectos o daños materiales y al medio ambiente.

11. Presentar al Administrador, previo a la ejecución del contrato, copia del

contrato de los equipos de rastreo satelital instalados en cada unidad, mismo que deberán estar vigentes durante el plazo de la prestación del servicio. De igual forma proporcionar a la EP PETROECUADOR las calves de acceso para el monitoreo de ubicación de los auto tanques.

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12. Presentar al Administrador, previo a la ejecución del contrato, copia del certificado de afiliación del Seguro Social (IESS) de cada uno de los conductores propuestos en su oferta para la prestación del servicio.

13. Cumplir con el Procedimiento de Liquidación de Transferencias Terrestres de la EP PETROECUADOR. En el caso de detectarse cualquier anormalidad que afecte la calidad del combustible, será rechazado todo el contenido del tanquero y el costo de la reposición correrá a cargo de la Contratista.

14. Aceptar las condiciones de medida de combustibles vigentes durante la

ejecución del contrato en los sitios de carga y descarga. Se reconocerá el flete por la cantidad recibida en los tanques de almacenamiento ubicados en los Terminales, de existir diferencias negativas estas serán descontadas en la liquidación de los fletes de acuerdo al Procedimiento de Liquidación de Transferencias Terrestres de la EP PETROECUADOR, más todos los cargos y costos legales imputables al efecto, para el pago.

15. Realizar, en caso de que no exista disponibilidad de combustibles

(productos limpios) en el Terminal El Beaterio, la carga y transporte de combustibles desde cualquier otra instalación operativa del Sistema EP PETROECUADOR aplicando las tarifas vigentes de la ARCH en dichas rutas.

16. Presentar al Administrador, antes del inicio del contrato, los auto tanques para el transporte terrestre, los que serán inspeccionados en el Terminal Beaterio de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento a fin de comprobar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el contrato. El Administrador del Contrato informará por escrito a la Contratista su conformidad o inconformidad, y los correctivos que se deberán tomar a fin de optimizar el servicio, dentro de los tres días siguientes a la inspección. La Contratista dispondrá de 24 horas para ofrecer su justificación o cumplir con lo requerido por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento.

Además, deberá cumplir con las inspecciones periódicas y permanentes realizadas por el área de Seguridad y Salud Industrial.

17. Cumplir con las normas y procedimientos establecidos por la EP

PETROECUADOR para la carga y descarga en los sitios de carga (Terminal El Beaterio) y descarga (Terminal Shushufindi). La Contratista está obligada a retirar con anticipación las “Solicitudes de Transferencias”, conforme a la programación y requerimiento que emita el Coordinador del Terminal Shushufindi.

18. Proporcionar un Supervisor que realice la Coordinación con el Administrador y Supervisor (es) del Contrato en los Terminales de la EP PETROECUADOR en el desarrollo operativo y en relación con el objeto del contrato.

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4.7.2 Obligaciones de la Contratante.- A más de las establecidas en el contrato, las siguientes:

1. Solucionar, de ser el caso, las peticiones y problemas que se presenten

en la ejecución del Contrato, en un término de 5 días contados a partir de la petición escrita formulada por el CONTRATISTA.

2. Designar al Administrador y Supervisor (es) del contrato.

3. Disponer del espacio físico para la carga y descarga de combustibles (productos limpios) a ser transportados y permitir el ingreso de sus conductores a efectos del manejo de los autos tanques en el proceso de carga y descarga, dentro de los horarios normales o extendidos de los Terminales.

4. Vigilar que la contratista cumpla con las disposiciones legales vigentes contempladas en la norma NTE INEN 2266:2010, en la Legislación Ecuatoriana aplicable al presente servicio y el compendio de Normas de Seguridad Industrial de EP PETROECUADOR.

4.8 Descripción de las Especificaciones Técnicas del Servicio:

Para la ejecución del servicio de “TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI”, se considerará las especificaciones constantes en la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 266:2010 y la Norma SHI-013 y 014 de EP PETROECUADOR, además las siguientes:

a) EP PETROECUADOR contratará el número de vehículos que estime conveniente.

Se estima se requerirán 18 vehículos auto tanques de 10.000 galones de capacidad, debidamente calificados y autorizados por la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, pertenecientes a una empresa o cooperativa de transportes que tengan permiso de operación otorgado por la autoridad de tránsito.

b) Prestar el servicio con conductores de nacionalidad ecuatoriana debido a que son áreas estratégica de seguridad nacional, que deberán acreditar su calidad con la presentación del Titulo de Conductor Licencia tipo E (Especial).

c) La contratista se obliga a reemplazar de forma inmediata el auto tanque que haya

sufrido algún desperfecto mecánico o por caso fortuito o fuerza mayor en un tiempo no mayor de 48 horas, con características iguales o superiores al ofertado, a fin de garantizar la transportación de los volúmenes programados.

d) La contratista para la operación de los procesos de carga y descarga de

combustible, se sujetará a los horarios de trabajo establecidos en los Terminales y Depósitos.

e) En caso de que no exista disponibilidad de combustibles (productos limpios) en el

Terminal El Beaterio, el contratista está obligado a realizar la carga y transporte de

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combustibles desde cualquier otra instalación operativa del Sistema EP PETROECUADOR aplicando las tarifas vigentes de la ARCH.

f) El volumen referencial de combustibles a transportarse durante el periodo de vigencia

del contrato, es de aproximadamente de 47.450.000 galones de acuerdo con el objeto del contrato, se estima que el promedio diario de volúmenes a transportar será de 90.000 galones, de acuerdo a los programas de operación de los Terminales de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento.

g) Deberá el manifold de descarga contar con la suficiente inclinación que garantice la descarga total del combustible, para lo cual se deberá a condicionar de acuerdo a las exigencias de EP PETROECUADOR.

h) La calibración del tanque y la varilla será obligatoria, y se lo hará cada año o cuando el tanque sea reparado, cuando vaya a ser utilizado por otro cabezal o se presenten abolladura y/o hundimiento por colisión; y, cuando se detecte una alteración de la calibración inicial. La ARCH certificará la nueva calibración del tanque emitida por una Compañía Inspectora calificada.

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SECCION V

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PROYECTO DE CONTRATO COMPARECIENTES Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte, la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, representada por el Señor Ramiro Carrillo C., Gerente de Transporte y Almacenamiento, debidamente facultado mediante poder especial otorgado por el Ing. Marco Calvopiña Vega, Gerente General (E) de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador “EP PETROECUADOR”, ante el Notario Vigésimo Sexto del Cantón Quito, Dr. Homero López Obando, el 3 de agosto del 2012, y en la reforma del Procedimiento de Desconcentración Empresarial para la Adquisición de Bienes, Contratación de Obras, Servicios y Consultoría, contenida en la Resolución Nº 2011124 de fecha 12 de mayo de 2011, dictado por el Gerente General de EP PETROECUADOR, parte a la que en adelante se la podrá denominar también como CONTRATANTE ; y por otra (Nombre del contratista y del representante legal), a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA . Las partes convienen en suscribir el presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas: Cláusula Primera.- ANTECEDENTES 1. La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 226 establece que “Las

instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”.

2. De conformidad con el artículo 315 de la Constitución de la República, “El Estado

constituirá empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas. Las empresas públicas estarán bajo la regulación y el control específico de los organismos pertinentes, de acuerdo con la ley; funcionarán como sociedades de derecho público, con personalidad jurídica, autonomía financiera, económica, administrativa y de gestión, con altos parámetros de calidad y criterios empresariales, económicos, sociales y ambientales…”.

3. Mediante Registro Oficial Suplemento No. 395 de 04 de agosto de 2008, se publicó

la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, expedida por la Asamblea Nacional Constituyente, la misma que determina los principios y normas para regular los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamientos de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, que celebren entre otros, los organismos y dependencias de las funciones del Estado, así como los regímenes especiales a aplicarse de determinados casos.

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4. En el Registro Oficial Suplemento No. 588 de 12 de mayo de 2009, se publicó el

Decreto Ejecutivo No. 1700 de 30 de abril de 2009, mediante el cual se expidió el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

5. Mediante Decreto Ejecutivo No. 315 del 06 de abril de 2010, publicado en el

Suplemento del Registro Oficial No. 141 del 14 de abril de 2010, el señor Presidente Constitucional de la República creó la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, como una persona de derecho público con personalidad jurídica, patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión, con domicilio principal en el cantón Quito, provincia de Pichincha.

6. El artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 315 del 6 de Abril del 2010, señala que el

objeto principal de EP PETROECUADOR es la gestión del sector estratégico de los recursos naturales no renovables, para su aprovechamiento sustentable, conforme la Ley Orgánica de Empresa Públicas y la Ley de Hidrocarburos, para lo cual intervendrá en todas las fases de la actividad hidrocarburífera, bajo condiciones de preservación ambiental y de respeto de los derechos de los pueblos.

7. Como parte de la estructura organizacional de la EP PETROECUADOR, se incluyen

a las siguientes Unidades de Negocio: Gerencia de Refinación, Gerencia de Comercialización, Gerencia de Transporte y Almacenamiento, Gerencia de Seguridad, Salud y Ambiente y Gerencia de Desarrollo Organizacional.

8. La función básica de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, es gestionar el

transporte y almacenamiento de hidrocarburos, con alcance nacional y preservando el ambiente, que garantice el cumplimiento de metas fijadas de transporte y almacenamiento en la política empresarial, con estándares de calidad, cantidad, seguridad, oportunidad y rentabilidad.

9. Mediante Resolución Nº 2011124 de fecha 12 de mayo de 2011, el Gerente General

(Enc.) de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, reformó el Procedimiento de Desconcentración Empresarial para la Adquisición de Bienes, Contratación de Obras, Servicios y Consultoría, el cual sustituyó a las versiones anteriores de dicho procedimiento y fue incluido en la Normativa de Procesos “Abastecimientos”, que en su Anexo No. 1 “Delegación de Ordenadores de Gasto” (Compras Públicas), constan las Delegaciones / Ordenadores de Gasto, para las distintas modalidades de contratación.

10. Mediante memorando No. 00042-DCTR-2012 de fecha 11 de enero de 2012, el

Coordinador General de Contratos, Enc., dependiente de la Gerencia de Desarrollo Organizacional de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, puso en conocimiento de todas las Unidades de Negocio de la EP PETROECUADOR, el Instructivo de Desconcentración Empresarial para la Adquisición de Bienes, Contratación de Obras, Servicios y Consultoría actualizado de acuerdo al Presupuesto Inicial del Estado para el presente año 2012.

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11. Mediante oficio No. 00425-PGER-DGER-DABS-2013 del 5 de enero de 2013, el Gerente General de la Empresa Publica de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR solicitó al Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Contratación Pública, INCOP, expedir la calificación del Giro Especifico del Negocio para las siguientes actividades a ser ejecutadas por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR: “Transporte de líquidos a granel, combustibles, biocombustibles, aceites, lubricantes, productos químicos, petroquímicos y gases”.

12. El Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Contratación Pública, INCOP,

mediante oficio No. INCOP-DE-2013-0034-OF del 11 de enero de 2013, una vez analizada la solicitud de ampliación del Giro Especifico del Negocio de la EP PETROECUADOR, aprobó la solicitud planteada en oficio No. 00425-PGER-DGER-DABS-2013 del 5 de enero de 2013.

13. De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de

Contratación Pública LOSNCP-, 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual de Contrataciones de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, contempla lo siguiente: RÉGIMEN ESPECIAL POR GIRO ESPECIFICO DEL NEGOCIO SERVICIO DE : TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI.

14. Con cargo a la partida presupuestaria No. 05.7.23.200.250.40, emitida mediante

documento Nº 006-TDEO-FIN-PRE-SUR-2013 de fecha 08 de enero de 2013, la Coordinadora Sénior de Gestión Financiera, certifica que existe la disponibilidad de recursos propios para el servicio de “TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETROLEO DESDE EL TERMINAL EL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI”, por un valor de $2`562.433,96. Cabe indicar que para el año 2014, el área usuaria deberá incluir en la proforma presupuestaria respectiva el valor correspondiente para las obligaciones contraídas.

15. Mediante nota inserta en memorando No. 00030-TCTR-SUR-2013 de fecha 16 de

enero de 2013, el señor Gerente de Transporte y Almacenamiento dispone al Coordinador General de Contratos Nacional, Enc., los siguiente: “Verificar si esta bajo el proceso del Giro del Negocio, realizar modificaciones”.

16. Mediante memorando No. 0107-PGER-DGER-DABS-2013 de fecha 23 de enero

de 2013, el señor Gerente General, Enc de la EP PETROECUADOR., pone a conocimiento del Gerente de Refinación, Gerente de Comercialización, Gerente de Transporte y Almacenamiento, Gerente de Desarrollo Organizacional y Gerente de Seguridad Salud y Ambiente, que el Instituto Nacional de Compras Públicas mediante oficio No. INCOP-DE-2013-0034-OF del 11 de enero de 2013, responde aprobando la calificación del Giro Específico del Negocio de: “las contrataciones para la prestación del servicio de transporte de: a) líquidos a granel; b) combustibles; c) biocombustibles; d) aceites; e) lubricantes; f) productos químicos y petroquímicos; y g) gases”., para su correcta aplicación en los procesos que correspondan realizarlos. Hace hincapié en las observaciones realizadas por el INCOP en el oficio mencionado y que hacen referencia al cumplimiento de las

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disposiciones que respecto de la actividad de transporte de carga constan en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.

17. Mediante memorando No.00064-TGER-TCTR-SUR-2013 de fecha 28 de enero de

2013, el señor Gerente de Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, designo la Comisión Técnica, que se encargará de la fase preparatoria y precontractual del proceso de Régimen Especial-Giro Específico del Negocio para contratar el servicio para la “TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI”.

18. Se publicó la respectiva convocatoria en el portal www.compraspublicas.gob.ec., el

(día) (mes) (año). 19. Mediante Resolución TGER Nº xxxxxx del xxx de xxxxxx del 2013 el Gerente de

Transporte y Almacenamiento de EP PETROECUADOR, aprobó los pliegos, autorizó el inicio del procedimiento e invito a la (s) Compañía xxxxxx; xxxxxxx y xxxxxx, para que presenten su oferta técnica y económica respecto a la prestación del servicio, por un valor referencial de SEIS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO, 40/100 DÓLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (6’954.841,40 USD), Este servicio no graba IVA, para la prestación del servicio para la TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI”,

20. Luego del proceso correspondiente, el Gerente de Transporte y Almacenamiento,

mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó para la prestación del servicio para TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI, al oferente (nombre del adjudicatario y de ser el caso la representación legal y el nombre).

Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO Forman parte integrante del Contrato los siguientes documentos: a) Los Pliegos incluyendo las especificaciones técnicas del servicio a contratarse. b) La oferta presentada por el CONTRATISTA. c) Los demás documentos de la oferta del adjudicatario. d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA. e) La Resolución de Adjudicación. f) La certificación presupuestaria emitida mediante documento Nº 006-TDEO-FIN-

PRE-SUR-2013 de fecha 08 de enero de 2013, la Coordinadora Sénior de Gestión Financiera.

g) Certificado emitido por la Superintendencia de Compañías en el que certifique que la compañía se encuentra al día con sus obligaciones.

h) Certificado de estar al día con sus obligaciones tributarias otorgado por el SRI. i) Certificado de cumplimiento de obligaciones patronales otorgado por el IESS; y, j) Certificado otorgado por un buró de crédito que refleje el comportamiento de las

obligaciones crediticias del oferente en los últimos 5 años.

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Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con el contrato. Cláusula Tercera.- INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 3.1 Los términos del Contrato deben interpretarse en su sentido literal, a fin de revelar

claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:

1) Cuando los términos estén definidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de

Contratación Pública, LOSNCP, o en este contrato, se atenderá su tenor literal. 2) Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural

y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato,

3) El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera

que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía. 4) En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del

Libro IV de la codificación del Código Civil, de la Interpretación de los Contratos. 3.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados

de la manera que se indica a continuación:

a. "Adjudicatario", es el oferente a quien la máxima autoridad de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR le adjudica el contrato.

b. "Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el proceso de Régimen

Especial-Giro Específico del Negocio, a la que le corresponde actuar de conformidad con la Ley su Reglamento General, los pliegos aprobados, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.

c. “INCOP”, Instituto Nacional de Contratación Pública. d. “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. e. "Oferente", es la persona jurídica que presenta una "oferta", en atención al

llamado de este procedimiento de Régimen Especial-Giro Específico del Negocio.

f. "Oferta", es la propuesta para contratar, ceñida a los pliegos, presentada por el

oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato de servicios TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI.

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g. “Diesel Premium-Código DP”, Destilado de hidrocarburos mejorado con contenido hasta 500 ppm de azufre.

h. “Liquidación de Transporte de Transferencia Terrestres”, procedimiento de

valoración de volúmenes transportados, bajo la modalidad de transferencias terrestres.

i. “Derivados de Petróleo”, producto procesado en refinerías usando como materia

prima el petróleo. j. “Manifold”, parte del sistema de tuberías de carga, descarga o manejo de

productos, en el cual confluyen varios tubos y válvulas, por lo que también se le conoce como "múltiple de carga”.

k. “Conductor”. Persona que conduce o guía un automotor. l. “Desechos peligrosos”, Son aquellos desechos sólidos, pastosos, líquidos o

gaseosos resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y que contengan algún compuesto que tenga características reactivas, inflamables, corrosivas, infecciosas, o tóxicas, que represente un riesgo para la salud humana, los recursos naturales y el ambiente de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

m. “Documentos de transporte (Guía de Remisión)”, Son aquellos documentos

obligatorios requeridos como requisitos para el transporte de mercancías peligrosas y que pueden ser solicitados en cualquier momento y lugar por la autoridad competente.

n. “Envasado” (llenado), Acción de introducir un material peligroso en un

recipiente, para evitar su dispersión o propagación, así como facilitar su manejo. o. “Etiqueta”, Es un conjunto de elementos de información escritos, impresos o

gráficos relativos a un producto peligroso, elegidos en razón de su pertinencia para el sector o los sectores de que se trate, que se adhieren o se imprimen en el recipiente que contiene el material peligroso o en su embalaje / envase exterior, o que se fijan en ellos.

p. “Gestión de materiales peligrosos”, Es la actividad o conjuntos de actividades

realizadas por las distintas personas naturales o jurídicas, que comprenden todas las fases del ciclo de vida de las substancias químicas peligrosas y/o desechos peligrosos.

q. “Manejo de materiales peligrosos”, Son las operaciones de recolección,

envasado, etiquetado, almacenamiento, rehúso y/o reciclaje, transporte, tratamiento y su disposición final.

r. “Materiales peligrosos”, Es todo aquel producto químico peligroso y/o

desecho peligroso que por sus características físico-químicas, corrosivas, tóxicas, reactivas, explosivas, inflamables, biológico infecciosas, representa un riesgo de afectación a la salud humana, los recursos naturales y el ambiente o destrucción de bienes, lo cual obliga a controlar su uso y limitar la exposición al mismo, de acuerdo a las disposiciones legales.

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s. “Producto químico peligroso”, Todo producto químico que por sus características físico-químicas presenta o puede presentar riesgo de afectación a la salud, al ambiente o destrucción de bienes, lo cual obliga a controlar su uso y limitar la exposición al producto.

t. “Punto de inflamación”, Es la temperatura mínima (corregida a la que la

presión de referencia de 101, 3 KPa), en la que los vapores de un líquido se inflaman cuando se exponen a una fuente de ignición en unas condiciones determinadas de ensayo.

u. “Remanente”, Producto químico peligroso o desechos peligrosos que persisten

en los contenedores, envases o embalajes después de su vaciado o desembalaje.

v. “Transportista”, Cualquier persona jurídica, debidamente autorizada por la

autoridad competente, que se dedica al transporte de mercancías peligrosas por cualquier medio.

w. “Líquidos inflamables”, Son los líquidos, mezclas de líquidos o líquidos que

contienen sustancias sólidas en solución o suspensión (pinturas, barnices, lacas, etc., siempre que no se trate de sustancias incluidas en otras clases por sus características peligrosas) que desprenden vapores inflamables a una temperatura no superior a 60 0C en ensayos en crisol/vaso cerrado o no superior a 65,6 0C en ensayos en crisol/vaso abierto, comúnmente conocida como su punto de inflamación. Ejemplo: Gasolina, tolueno.

x. “Arrestallamas”, Dispositivo que evita la propagación de la llama o chispa del

tubo de escape hacia el exterior. y. “Auto tanque”, Unidad automotriz con tanque, tipo semi - remolque; puede ser

utilizada para el transporte de combustibles.

z. “Registros”, documentos, formularios diligenciados, certificados; en la que consten fecha de elaboración y firma de responsabilidad.

Cláusula Cuarta.- OBJETO DEL CONTRATO 4.1 El CONTRATISTA se obliga con la EP PETROECUADOR a proveer el servicio para

la TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI, y en caso necesario desde las terminales que la Contratante lo disponga, servicio que se otorgará a entera satisfacción de la CONTRATANTE, según las características y especificaciones técnicas constantes en la oferta, que se agrega y forma parte integrante de este contrato.

Cláusula Quinta.- PRECIO DEL CONTRATO

5.1 El precio del Contrato, que la CONTRATANTE pagará a la CONTRATISTA es de 6’954.841,40 USD (SEIS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO, 40/100 DÓLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Este servicio no graba IVA.

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5.2 La determinación del volumen aproximado de combustible a transportarse, en ningún momento constituye una obligación de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, para que la CONTRATISTA transporte dicha cantidad, sino la que realmente se requiera. Por lo tanto el pago a la CONTRATISTA se realizará sobre galones transportados y efectivamente recibidos en los Terminales.

5.3 Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la

única compensación a la CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar.

5.4 La CONTRATISTA, acepta las condiciones de medida de combustibles actualmente

implementadas en los sitios de carga y descarga. Se reconocerá el flete por la cantidad recibida en los tanques de almacenamiento ubicados en Los Terminales de acuerdo al Procedimiento de Liquidación de Transferencias Terrestres de la EP Petroecuador, más todos los cargos y costos legales imputables al efecto, para el pago.

5.5 La CONTRATISTA declara conocer y aceptar el sistema de medición en el Despacho

y Recepción de combustibles desde los Terminales de la EP PETROECUADOR; de implementarse un nuevo método de despacho por parte del CONTRATANTE, las partes aceptarán de mutuo acuerdo el nuevo método de entrega.

Cláusula Sexta.- FORMA DE PAGO 6.1 El pago del servicio efectivamente ejecutado se lo realizará, previo un informe

favorable del Administrador y Supervisor (es) del contrato, y la entrega de la factura legalizada.

El pago se efectuará a los 30 días, a partir de la aceptación de la factura por parte de

la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR y sus documentos habilitantes.

Cláusula Séptima.- Garantías y Seguros: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la LOSNCP, el Contratista está obligado a rendir la siguiente garantía: 7.1 Garantía.- Fiel Cumplimiento. El contratista, antes de firmar el contrato, para seguridad

del cumplimiento de éste y para responder de las obligaciones que contrajera frente a terceros, relacionadas con el contrato, rendirá a favor de la EP PETROECUADOR una garantía de las señaladas en los numerales 1, 2 y 5 del artículo 73 de la LOSNCP, por un monto equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total del contrato.

7.2 Seguros.- Póliza de Responsabilidad Civil. La Contratista previo a la suscripción del

contrato entregará a la EP PETROECUADOR, copia de la póliza de responsabilidad civil vigente por cada uno de los auto tanque que brindaran el servicio. Cada póliza deberá cubrir los posibles daños y perjuicios a terceros provenientes de averías, daño o destrucción de bienes, equipos, muebles, herramientas, materiales y ambientales que el Contratista pudiera causar durante la ejecución de los trabajos, por un monto de USD. 120.000.00 (CIENTO VEINTE MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

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AMÉRICA), de conformidad a lo dispuesto en el Acuerdo Ministerial No. 18, publicado en el Registro Oficial No. 53 de 2 de abril de 2003, o el que lo sustituya.

La Contratista obtendrá bajo su responsabilidad la póliza de Responsabilidad Civil.

7.3 Ejecución de la garantía: La garantía contractual podrá ser ejecutada por la

CONTRATANTE en los siguientes casos:

a) Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al CONTRATISTA.

b) Si la CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento.

Cláusula Octava.- PLAZO 8.1 El plazo de prestación del servicio será de DOS AÑOS, (entendiéndose 365 días por

cada año) contado a partir de la suscripción del contrato. Cláusula Novena.- PRÓRROGAS DE PLAZO 9.1 Se prorrogará el plazo total, sólo por suspensiones ordenadas por la CONTRATANTE

de así convenirlo o por situaciones operativas. 9.2 Cuando las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización

del Gerente de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR. Cláusula Décima.- MULTAS El valor de las multas por incumplimiento del servicio objeto del contrato será de aplicación inmediata a partir del primer día del incumplimiento, de acuerdo al siguiente detalle: 10.1 En caso de incumplimiento de la programación diaria de transporte de transferencia

terrestre hasta el Terminal Shushufindi, en la que consta los volúmenes o galones a transportarse, se cobrará a la CONTRATISTA una multa equivalente al uno por diez mil (1 x 10.000) del monto total del contrato por cada día de retraso, por el incumplimiento incurrido en la entrega de productos de parte de la CONTRATISTA. Este valor será descontado de las cantidades pendientes de pago a favor de la CONTRATISTA o de la garantía de Fiel Cumplimiento.

10.2 La CONTRATISTA de no cumplir con lo establecido en la Norma Técnica Ecuatoriana

NTE INEN 2 266:2010 y la Norma de EP PETROECUADOR SHI-013 y SHI-014, será sancionada con una multa equivalente al uno por diez mil (1 por 10.000) diarios del monto total del contrato, la cual se aplicará producido el incumplimiento establecido en la Norma, la referida multa será determinada por el Supervisor y ejecutada por el Administrador.

10.3 No se aplicarán estas multas cuando el incumplimiento sea consecuencia de

circunstancias de fuerza mayor, o caso fortuito debidamente comprobado y aceptado

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por el Administrador del Contrato, previo la presentación del informe elaborado por el Supervisor(es) del Contrato.

10.4 Si el valor de las multas impuestas llegare a superar el monto total de la garantía de

Fiel Cumplimiento, la CONTRATANTE podrá declarar, anticipada y unilateralmente, la terminación del contrato, conforme lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 94 de la LOSNCP.

Las multas causadas no serán revisadas ni devueltas por ningún concepto al contratista. Cláusula Décima Primera.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS 11.1 La CONTRATANTE no reconocerá reajuste de precios, debido a que los mismos

están regulados por la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, en las tablas de fletes asignados para este tipo de servicio en el Acuerdo Ministerial Nº 25 publicado en el Registro Oficial Nº 69, del viernes 25 de abril de 2003, o el que lo sustituya.

Cláusula Décima Segunda.- CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN 12.1 El CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte

de este Contrato. 12.2 El CONTRATISTA será el único responsable ante la CONTRATANTE por los actos u

omisiones de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos. Cláusula Décima Tercera.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA A más de las obligaciones que constan en la descripción de las especificaciones técnicas, son obligaciones de la Contratista las siguientes: 1. Pagar los sueldos y salarios los cuales se estipularán libremente, pero no serán

inferiores a los mínimos legales vigentes en el país. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador.

2. Asumir, a su cuenta y costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las

leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social, las que deberá presentar legalizadas para el pago de la factura mensual.

3. Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, con la Norma Técnica

Ecuatoriana NTE INEN 2 266:2010 en lo pertinente y, las normas EP PETROECUADOR SHI-013 y SHI-014.

4. Proporcionar, de acuerdo a la normativa de la EP PETROECUADOR, el transporte y

entrega del combustible, auto tanques en perfecto estado de funcionamiento, de vida útil menor a diez años, con el objeto de asegurar un transporte eficiente, seguro, oportuno y manteniendo la calidad de los combustibles, tal como se encuentra estipulado en la Disposiciones de Seguridad industrial para transporte, carga y

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descarga de combustibles en tanqueros y cumplir con lo dispuesto en el numeral 4.1.2 del acápite 4 disposiciones generales contenida en la Norma SHI-013.

5. Cambiar, cuando el auto tanque ha cumplido su vida útil, la unidad en un tiempo no

mayor a 90 días, a partir del cumplimiento de dicho plazo, para lo cual deberá presentar los siguientes documentos:

DOCUMENTOS: • Solicitud de la Contratista dirigida al Administrador del Contrato, indicando el

número de contrato vigente con EP PETROECUADOR, la marca, año, capacidad matricula de la unidad (reemplazada y reemplazante).

• Copia de cédula de identidad del representante legal de la Contratista. • Registro de operación otorgado por la Agencia de Regulación y Control

Hidrocarburífero. • Tablas de calibración aprobadas por la Agencia de Regulación y Control

Hidrocarburífero. • Registro Único de Contribuyentes de la Contratista. • Certificado de control anual otorgado por la Agencia de Regulación y Control

Hidrocarburífero. PROCEDIMIENTO: • El Administrador del Contrato revisará la documentación presentada, emitirá el

visto bueno, de ser el caso, y comunicará al área de Comercialización para el ingreso en el sistema de Teleproceso PCO 8.

6. Proveer el servicio de transporte con vehículos de sus asociados de acuerdo a la

oferta presentada, siendo prohibido la subcontratación de vehículos para este servicio.

7. Sustituir, en caso de fuerza mayor, previa notificación y autorización del

Administrador, inmediatamente el auto tanque con otro de iguales o superiores características que el requerido en este contrato. Por ningún concepto la Gerencia de Transporte y Almacenamiento aceptará que la Contratista no suministre los auto tanques de las características ofertadas para cumplimiento del objeto del contrato.

8. Los auto tanques contratados no podrán habilitarse para Reparto Urbano en el

Sistema de teleprocesos de EP PETROECUADOR, ni tampoco realizar actividades de Reparto Rural.

9. Presentar, en caso de pérdida parcial o total del combustible, todos los

documentos necesarios para el inicio del reclamo al seguro, ya que EP PETROECUADOR procederá a descontar del valor del flete, el volumen perdido; hasta que la Compañía de Seguros reconozca en su totalidad la pérdida.

10. Asumir la responsabilidad, en caso de accidentes, e implementar las acciones

técnicas necesarios, para mitigar sus efectos o daños materiales y al medio ambiente.

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11. Presentar al Administrador, previo a la ejecución del contrato, copia del contrato de los equipos de rastreo satelital instalados en cada unidad, mismo que deberán estar vigentes durante el plazo de la prestación del servicio. De igual forma proporcionar a la EP PETROECUADOR las calves de acceso para el monitoreo de ubicación de los auto tanques.

12. Presentar al Administrador, previo a la ejecución del contrato, copia del certificado de

afiliación del Seguro Social (IESS) de cada uno de los conductores propuestos en su oferta para la prestación del servicio.

13. Cumplir con el Procedimiento de Liquidación de Transferencias Terrestres de la EP

PETROECUADOR. En el caso de detectarse cualquier anormalidad que afecte la calidad del combustible, será rechazado todo el contenido del tanquero y el costo de la reposición correrá a cargo de la Contratista.

14. Aceptar las condiciones de medida de combustibles vigentes durante la ejecución

del contrato en los sitios de carga y descarga. Se reconocerá el flete por la cantidad recibida en los tanques de almacenamiento ubicados en los Terminales, de existir diferencias negativas estas serán descontadas en la liquidación de los fletes de acuerdo al Procedimiento de Liquidación de Transferencias Terrestres de la EP PETROECUADOR, más todos los cargos y costos legales imputables al efecto, para el pago.

15. Realizar, en caso de que no exista disponibilidad de combustibles (productos

limpios) en el Terminal El Beaterio, la carga y transporte de combustibles desde cualquier otra instalación operativa del Sistema EP PETROECUADOR aplicando las tarifas vigentes de la ARCH en dichas rutas.

16. Presentar al Administrador, antes del inicio del contrato, los auto tanques para el

transporte terrestre, los que serán inspeccionados en el Terminal Beaterio de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento a fin de comprobar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el contrato. El Administrador del Contrato informará por escrito a la Contratista su conformidad o inconformidad, y los correctivos que se deberán tomar a fin de optimizar el servicio, dentro de los tres días siguientes a la inspección. La Contratista dispondrá de 24 horas para ofrecer su justificación o cumplir con lo requerido por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento.

Además, deberá cumplir con las inspecciones periódicas y permanentes realizadas

por el área de Seguridad y Salud Industrial. 17. Cumplir con las normas y procedimientos establecidos por la EP PETROECUADOR

para la carga y descarga en los sitios de carga (Terminal El Beaterio) y descarga (Terminal Shushufindi). La Contratista está obligada a retirar con anticipación las “Solicitudes de Transferencias”, conforme a la programación y requerimiento que emita el Coordinador del Terminal Shushufindi.

18. Proporcionar un Supervisor que realice la Coordinación con el Administrador y

Supervisor (es) del Contrato en los Terminales de la EP PETROECUADOR en el desarrollo operativo y en relación con el objeto del contrato.

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Cláusula Décima Cuarta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE A más de las establecidas en el contrato y sus anexos, las siguientes:

1. De ser el caso, dar solución a las peticiones y problemas que se presenten en la ejecución del Contrato, en un término de cinco (5) días contados a partir de la petición escrita formulada por el CONTRATISTA.

2. Designar al Administrador y Supervisor (es) del contrato.

3. Disponer del espacio físico para la carga y descarga de los derivados del petróleo

a ser transportados y permitir el ingreso de sus conductores a efectos del manejo de los autos tanques en el proceso de carga y descarga, dentro de los horarios normales o extendidos de los Terminales.

4. Vigilar que la contratista cumpla con las disposiciones legales vigentes

contempladas en la norma NTE INEN 2266:2010, en la Legislación Ecuatoriana aplicable al presente servicio y el compendio de Normas de Seguridad Industrial de EP PETROECUADOR.

Cláusula Décima Quinta.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS.- 15.1 Por causas justificadas las partes podrán firmar contratos complementarios, de

conformidad con lo establecido en los artículos 85, 86 y 87 de la LOSNCP, y artículo 144 de su Reglamento General.

Cláusula Décima Sexta.- RECEPCIÓN DEFINITIVA. 16.1 La recepción definitiva de la prestación del servicio para la “TRANSPORTACIÓN DE

DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI”, y será necesaria la suscripción de la respectiva Acta suscrita por el CONTRATISTA y los integrantes de la comisión designada por la CONTRATANTE, en los términos del artículo 124 del Reglamento General de la LOSNCP. La liquidación final del contrato se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del Reglamento mencionado, y formará parte del acta.

Cláusula Décima Séptima.- DE LA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO: 17.1 ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: La CONTRATANTE, designa al xxxxxx en

calidad de Administrador del Contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman parte del presente contrato.

Adicionalmente son deberes y atribuciones del Administrador del contrato las

siguientes:

a) Velar por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente contrato, adoptando las acciones y medidas que sean necesarias para controlar, identificar u observar incumplimientos por

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parte del Contratista e imponer las multas y demás sanciones a que hubieren lugar, conforme los procesos determinados en el presente contrato.

b) Receptar, revisar y aprobar u observar la factura y sus documentos

acompañantes presentadas por el Contratista para el pago del servicio contratado, conforme lo estipulado en el presente contrato. En el caso de que la factura o cualquier documentación obligatoria que se debe acompañar a ésta, sean observadas total o parcialmente, las deberá devolver al Contratista de forma inmediata con indicación de las observaciones a las mismas para que este último las subsane. El pago de la factura procederá únicamente cuando ésta y sus documentos acompañantes se encuentren totalmente aprobados por el Administrador del Contrato. Si el Administrador no aprueba o no expresa las razones fundadas de su objeción, se entenderá que la factura se halla aprobada y debe ser pagada por la CONTRATANTE.

c) El Administrador del Contrato, realizará en cualquier momento y sin previo aviso

a la Contratista, inspecciones para verificar solo o conjuntamente con el Supervisor del Contrato, el cumplimiento de la prestación del servicio y si éste se ejecuta conforme a lo establecido en el presente contrato, en los Pliegos, las respectivas Normas y demás documentos integrantes del mismo.

d) Verificar el cumplimiento de lo establecido en la Norma Técnica Ecuatoriana NTE

INEN 2 266:2010“Transporte, Almacenamiento y Manejo de Materiales Peligrosos” y además la norma PETROECUADOR SHI-013 y 014, así como el Acuerdo Ministerial No. 184, Registro Oficial 135 de 24 febrero 1999, última modificación 25 mayo de 2004.

e) Deberá cumplir con el procedimiento: Administración, Fiscalización de Obras y

Supervisión de bienes y Servicios Contratados por EP PETROECUADOR. 17.2 SUPERVISORES DEL CONTRATO:

La CONTRATANTE, designa a los XXXXXXXX en calidad de Supervisores del Contrato, quienes deberán atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman parte del presente contrato. Adicionalmente son deberes y atribuciones de los Supervisores del contrato las siguientes:

a) La toma de las medidas necesarias para la correcta ejecución del contrato y al

estricto cumplimiento de sus cláusulas. b) Control del cumplimiento de horarios y cronogramas durante la prestación del

servicio. c) Constantemente en cualquier momento de la ejecución del presente contrato

inspeccionará la ejecución del mismo e informará al Administrador en caso de encontrar alguna novedad con relación a la Normativa que rige el objeto del contrato.

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d) Velar por el cabal y oportuno cumplimiento de las obligaciones de las partes señaladas en la cláusula Décima Tercera y Décima Cuarta de este contrato.

e) Presentar informes del seguimiento a la ejecución de la prestación del servicio de

manera mensual, o cuando lo requiera el Administrador.

f) Deberá cumplir con el procedimiento: Administración, Fiscalización de Obras y Supervisión de bienes y Servicios Contratados por EP PETROECUADOR.

Cláusula Décima Octava.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO 18.1 El Contrato termina:

1) Por cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales. 2) Por mutuo acuerdo de las partes, en los términos del artículo 93 de la LOSNCP. 3) Por sentencia ejecutoriada que declare la nulidad del contrato o la resolución del

mismo a pedido del CONTRATISTA. 4) Por declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos

establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se incluirán las siguientes causales:

4.1 Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la

transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación.

4.2 Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de

la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA.

5) Por disolución de la persona jurídica contratista, que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica.

6) Por causas imputables a la CONTRATANTE, de acuerdo a las causales

constantes en el artículo 96 de la LOSNCP.

7) Si, el CONTRATISTA subcontratare este contrato, y se comprueba el incumplimiento del servicio con las unidades registradas en el contrato, serán causales suficientes para dar por terminado el presente contrato, con el consiguiente cobro de daños y perjuicios a que hubiere lugar.

El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.

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Cláusula Décima Novena.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 19.1 Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución

del presente contrato, las partes tratarán de llegar a un acuerdo que solucione el problema en un plazo de tres (3) días.

19.2 De no llegar a un acuerdo amigable entre las partes, las divergencias o

controversias podrán ser sometidas al procedimiento alternativo de solución de conflictos mediante la mediación, en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado.

19.3 De no mediar acuerdo alguno, las partes en cumplimiento de lo establecido en

el Art. 105 de la LOSNCP, aplicarán el procedimiento prescrito en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo No. 2 de Guayaquil.

Cláusula Vigésima: CONOCIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN

20.1 La CONTRATISTA declara conocer y expresa su sometimiento a la Ley Orgánica de Empresa Públicas LOEP, LOSNCP, el Reglamento General de LOSNCP, y más disposiciones vigentes en el Ecuador.

Cláusula Vigésima Primera.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 21.1 La CONTRATANTE efectuará al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las

leyes tributarias: actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta, de acuerdo al Artículo 45 de la Ley de Régimen Tributario Interno; con relación al Impuesto al Valor Agregado, procederá conforme a la legislación tributaria vigente.

La CONTRATANTE retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenase y que corresponda a mora patronal, por obligaciones con el Seguro Social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo al Arts. 86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el Registro Oficial, Suplemento No. 465, de 30 de noviembre de 2001.

21.2 El número de ejemplares que debe entregar el CONTRATISTA a la CONTRATANTE

es de cuatro copias; Los testimonios correspondientes y sus costos notariales serán asumidos por la Contratista. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA.

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Cláusula Vigésima Segunda.- DOMICILIO 22.1 Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio

en la ciudad de Guayaquil-Ecuador, Malecón No. 100 entre Av. 9 de Octubre y P. Icaza. Teléfono 3803000.

22.2 Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección,

las siguientes: EP PETROECUADOR: Guayaquil-Ecuador, Malecón No. 100 entre Av. 9 de Octubre y P. Icaza. Teléfono 3803000. Contratista: (Dirección)………………. Cláusula Vigésima Tercera.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES 23.1 Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo

convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones. Suscrito en Guayaquil,

p, EP PETROECUADOR

------------------------------------------------------------------

GERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO.

P, CONTRATISTA

-------------------------------------

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SECCIÓN VI

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MODELO DE FORMULARIOS Y FORMATOS

Formulario No. 1

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………..

CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO Fecha: .................. Señor GERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO EP PETROECUADOR Presente.- Señor Gerente: El que suscribe, en calidad de Gerente y Representante Legal de …… y en atención a la invitación efectuada por la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR dentro de proceso de Régimen Especial-Giro Especifico del Negocio, para el servicio para la “TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI”, luego de examinar los pliegos, al presentar esta Oferta por (representante legal jurídica), declara que: 1. Prestará los servicios, de acuerdo con los Pliegos, especificaciones técnicas e

instrucciones en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de Oferta. 2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en

ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.

3. Declara, también, que la oferta la hace en forma independiente y sin conexión oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Régimen Especial-Giro Especifico del Negocio y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable.

4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio.

5. Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.

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6. Se allana, en caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4 y 5 que anteceden, a que la Gerencia de Transporte y Almacenamiento le descalifique como oferente, o proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso.

7. Conoce las condiciones del servicio y ha estudiado las especificaciones técnicas y demás Pliegos, inclusive sus alcances en caso de haberlos, como consta por escrito en el texto de esta carta, y se halla satisfecho del conocimiento adquirido. Por consiguiente, renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de características y especificaciones del servicio para la TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI.

8. Conoce y acepta que la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR se reserva el derecho de adjudicar el contrato o de declarar desierto el procedimiento convocado si conviniere a los intereses nacionales e institucionales. En ningún caso, los participantes tendrán derecho a reparación o indemnización alguna en caso de declaratoria de procedimiento desierto o de cancelación de procedimiento.

9. Se somete a las exigencias y demás condiciones establecidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del INCOP y los Pliegos respectivos, en caso de ser adjudicatario.

10. Se responsabiliza de la veracidad, exactitud de la información y de las declaraciones incluidas en los documentos de la Oferta, formularios y otros anexos, considerando que esta contratación se enmarca en el principio de la buena fe; sin perjuicio de lo cual autoriza a la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR, a obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas y económicas del Oferente.

11. Bajo juramento se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago, préstamo o servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador de la EP PETROECUADOR, y acepta que en caso de violar este compromiso, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR dé por terminado en forma inmediata el contrato observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

12. Bajo juramento, no estar incurso en las inhabilidades generales y especiales e incapacidades para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y 111 de su Reglamento General.

13. En caso de que se le adjudique el contrato, se obliga a:

• Firmar el contrato dentro del término establecido en los pliegos. Como requisito indispensable, antes de la suscripción del contrato, presentará la garantía de fiel cumplimiento a la que se refieren las condiciones del contrato, por el cinco por ciento (5%) del monto total del mismo y la Póliza de Responsabilidad Civil de cada vehículo.

• A entregar el servicio para la TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI, de conformidad con los pliegos y documentos del contrato.

Atentamente, ------------------------------------------------------- FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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Formulario No. 2

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

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DATOS GENERALES DEL OFERENTE NOMBRE DEL OFERENTE: (persona jurídica). DIRECCIÓN PARA CORRESPONDENCIA: Ciudad: Calle: Teléfono(s): Correo electrónico: CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL R.U.C: SERVICIOS QUE OFRECE: LUGAR Y FECHA

------------------------------------------------------- FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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Formulario No. 3

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

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OFERTA ECONÓMICA El oferente deberá llenar una tabla de los componentes del servicio, en la cual se deben incluir todos y cada uno de los rubros ofertados, que respondan a los requerimientos de Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR.

NOTA: Los oferentes, deberán llenar la columna A con el total de número de auto tanques ofertados que transportarán los productos La determinación del volumen aproximado de combustibles a transportarse, en ningún momento constituye una obligación de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, para que la contratista transporte dicha cantidad, sino la que realmente se requiera. Por lo tanto el pago a la contratista se realizará sobre galones transportados y efectivamente recibidos en el terminal. LUGAR Y FECHA ------------------------------------------------------- FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

PRODUCTO SERVICIO

No. De Auto

tanques

ofertados

(A).

Volumen

aproximados

a transportar

mensuales

(Galones)

(B)

Total de

galones a

transportar

mensual

(C=AxB)

Precio por

galón (D)

Total

mensual

(E=CxD)

TOTAL

24 meses

(F=Ex24)

GASOLINA

TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI.

90.000 0,135945

DIESEL

TRANSPORTACIÓN DE DERIVADOS DE PETRÓLEO DESDE EL TERMINAL BEATERIO HACIA EL TERMINAL SHUSHUFINDI.

90.000 0,146572

TOTAL USD

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Formulario No. 4

NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………...

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DETALLE DE LA EXPERIENCIA Se indicarán los siguientes datos: Nombre y Dirección del contratante: Identificación del proceso de compra: Objeto y fecha del Contrato: Volumen transportado en galones: Valor del contrato: Fecha inicial y final de los servicios: Plazo Contractual: Hubo ampliación de Plazo..... (Causas) Hubo Terminación Anticipada..... (Causas) Actas de entrega – recepción definitiva

(LUGAR Y FECHA)

------------------------------------------------------- FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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Formulario No. 5

NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………...

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ANEXO DE LA RESOLUCIÓN INCOP No.037-09 (sustitutiva de la Resolución INCOP No. 028-09)

1. FORMULARIO PARA IDENTIFICACION DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE (en el caso de que ésta no cotice sus acciones y participaciones en bolsas de valores nacionales o extranjeras).

(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la Oferta Técnica)

NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………... OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:…………………………………………………… CÓDIGO DEL PROCESO: ……………………………………………………………… (Fecha) Señor GERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO EP PETROECUADOR Presente.- De mi consideración: El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que: 1.- Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines

única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación; 2.- Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Gerencia de

Transporte y Almacenamiento, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.

3.- Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento:

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a) Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-;

b) Descalifique a mi representada como oferente; o, c) Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del

artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.

Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

4.- Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi

representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento descalifique a mi representada inmediatamente

5.- Me comprometo a notificar a la Gerencia de Transporte y Almacenamiento la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Gerencia de Transporte y Almacenamiento declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.

Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP.

TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima Compañía de Responsabilidad Limitada Compañía Mixta Compañía en Nombre Colectivo Compañía en Comandita Simple Sociedad Civil Corporación Fundación Asociación o consorcio Otra

NOMBRES COMPLETOS DEL

SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S)

MAYORITARIO(S)

NÚMERO DE CÉDULA DE

IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA

POR PAÍS EXTRANJERO, DE

SER EL CASO

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN

EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE

LA PERSONA JURIDICA

DOMICILIO

FISCAL

NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma y utilizando el mismo formato, se deberá identificar los nombres completos del socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s).

Atentamente, ------------------------------------------------------- FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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2. DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE CUYAS ACCIONES SE NEGOCIAN EN BOLSAS DE VALORES NACIONALES O EXTRANJERAS

(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la oferta técnica)

NOMBRE DEL OFERENTE: .......................................................................... OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: ............................................................ CÓDIGO DEL PROCESO: ….......………………………............................. Fecha Señor GERENTE DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO EP PETROECUADOR Presente.- De mi consideración: El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que mi representada está registrada en la (BOLSA DE VALORES NACIONAL O EXTRANJERA), desde (FECHA DE REGISTRO) hasta la actualidad, y en tal virtud sus (acciones) se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores: 1. Garantizo la veracidad y exactitud de la información proporcionada en esta

declaración, y autorizo a la Gerencia de Transporte y Almacenamiento, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a cualquier órgano de control competente, a efectuar las investigaciones pertinentes para comprobar tal información.

2. Además, acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Gerencia de Transporte y Almacenamiento: a. Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso

del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;

b. Descalifique a mi representada como oferente; o, c. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del

artículo 64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.

d. Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

Atentamente, ------------------------------------------------------- FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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Formato No. 1

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

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DETALLE DE LOS CABEZALES QUE PRESTARÁN EL SERVICIO

No. PLACA

AÑO DE FABRICACIÓN CABEZAL (matrícula)

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17

18

Atentamente, FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL.

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Formato No. 2

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

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LISTA DE LOS CONDUCTORES

No. Nombres

y Apellidos

Número de Cédula de Identidad

Licencia Tipo Experiencia en

servicios similares

(años) 1 2 3 4 5 6 7 8 9

10 11 12 13 14 15 16 17 18

Atentamente, ------------------------------------------------------- FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

NOTA: EL OFERENTE, A MÁS DE LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS EN LOS REQUISITOS MÍNIMOS, DEBERÁ PRESENTAR POR CADA CONDUCTOR, CERTIFICADOS DE EXPERIENCIAS, QUE AVALEN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, AFINES AL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.

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ANEXO 1

CUADRO EVALUACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS

No. Requisitos solicitados Oferente 1 Oferente 2 Oferente 3 Oferente 4..

cumple No Cumple Cumple No Cumple Cumple No Cumple Cumple No Cumple

1 La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1).

2 Datos Generales del Oferente (Formulario No.2).

3 Oferta Económica (Formulario 3).

4 Detalle de la experiencia en la prestación de servicios similares relacionados con el objeto de la contratación (Formulario No. 4)

5 Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09 (Formulario No.5).

6 Presentar el listado de auto tanques, con capacidad de 10.000 galones cada uno de conformidad con el Formato No. 1 que se anexa a los pliegos.

7 Nómina de los conductores, incluida la copia de la licencia profesional de cada uno de ellos que debe ser categoría “E”. Formato No. 2.

8 Copia del Permiso de Operación de la Agencia Regulación y Control Hidrocarburífero vigente para cada auto tanque

9 Copia de la Matrícula y SOAT de los cabezales que está ofertando, para la prestación del servicio

10 Copia del Permiso de Operación de la Comisión Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre vigente, a nombre del ente jurídico ofertante

11 Copia de la nómina de socios y/ o accionistas del oferente, registrada y certificada a la fecha por la Superintendencia de Compañías

12 Certificado emitido por la Superintendencia de Compañías en el que certifique que la compañía se encuentra al día con sus obligaciones

13

Copia de la Declaración Juramentada de exclusividad ante notario público o Juez de lo Civil de uso exclusivo de los auto tanques para el objeto de la contratación incluido el listado de los mismos, a favor de la Gerencia de Transporte y Almacenamiento de la EP PETROECUADOR

14 Certificado de estar al día con sus obligacionestributarias otorgado por el SRI.

15 Certificado de cumplimiento de obligaciones patronales otorgado por el IESS

16 Certificado otorgado por un buró de crédito que refleje el comportamiento

NOTA: Uso exclusivo de la Comisión Técnica

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ANEXO 2

CUADRO PARA EVALUAR LA CAPACITACIÓN DE LOS CONDUCTORES

No Nombre del Conductor

Cédula de

Ciudadanía

CURSOS RECIBIDOS

1 2 3 4 5 6 7 8 9

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

NOTA: Uso exclusivo de la Comisión Técnica