Ref laboraldefinitivo

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... Reforma Laboral ... Reforma Laboral

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...Reforma Laboral ...Reforma Laboral

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La 6º Reforma Laboral se compone La 6º Reforma Laboral se compone de:de:

1. REDUCCION DE LA 1. REDUCCION DE LA TEMPORALIDADTEMPORALIDAD

2. DESPIDO2. DESPIDO 3. FLEXIBILIDAD INTERNA3. FLEXIBILIDAD INTERNA 4. AGENCIAS DE EMPLEO Y ETT’S4. AGENCIAS DE EMPLEO Y ETT’S

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I. Intento de reducir LA TEMPORALIDAD EN EL I. Intento de reducir LA TEMPORALIDAD EN EL MERCADO DE TRABAJO.MERCADO DE TRABAJO.

2.2. El Contrato de El Contrato de Fomento de la Fomento de la Contratación Contratación IndefinidaIndefinida

3.3. Contratos Contratos temporalestemporales

4.4. Empleo JuvenilEmpleo Juvenil

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El Contrato de Fomento de la El Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida:Contratación Indefinida:

ANTESANTES- Colectivos afectados:Colectivos afectados:Jóvenes de 16-30Jóvenes de 16-30Mujeres con mayores Mujeres con mayores

dificultades para dificultades para empleabilidadempleabilidad

Mayores de 45 añosMayores de 45 añosDesempleados con antigüedad Desempleados con antigüedad

de 6 meses o másde 6 meses o más

DESPUESDESPUESColectivos afectados:Colectivos afectados:Jóvenes de 16-30Jóvenes de 16-30Mujeres con mayores Mujeres con mayores

dificultades para dificultades para empleabilidadempleabilidad

Mayores de 45 añosMayores de 45 añosDesempleados con antigüedad Desempleados con antigüedad

de 3 meses o másde 3 meses o másPersonas con DiscapacidadPersonas con DiscapacidadTrabajadores/as sólo con Trabajadores/as sólo con

contratos temporales en los contratos temporales en los últimos 24 meses.últimos 24 meses.

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El Contrato de Fomento de la El Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida:Contratación Indefinida:

ANTESANTESNo existíaNo existía

DESPUES DESPUES (Colectivos 2)(Colectivos 2)- Posibilidad de - Posibilidad de

conversión de contratos conversión de contratos temporales existentes temporales existentes antes de la entrada en antes de la entrada en vigor del RD para vigor del RD para hacerlos indefinidos.hacerlos indefinidos.

-Hacerlo antes del 31 de -Hacerlo antes del 31 de dic. Del 2010dic. Del 2010

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El Contrato de Fomento de la El Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida:Contratación Indefinida:

ANTESANTES

No existiaNo existia

ANTES Colectivos 3ANTES Colectivos 3

Que se hagan indefinidos Que se hagan indefinidos (antes del 31 de dic. De (antes del 31 de dic. De 2011) Los contratos 2011) Los contratos temporales posteriores a temporales posteriores a la reforma que no la reforma que no tengan una duración tengan una duración superior a 6 meses.superior a 6 meses.

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CONTRATOS TEMPORALESCONTRATOS TEMPORALES

1. El CONTRATO DE 1. El CONTRATO DE OBRA:OBRA:

Duración máxima 2 Duración máxima 2 años( Prorrogable 1 años( Prorrogable 1 más por CC). Antes más por CC). Antes no había límite de no había límite de duración. duración.

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CONTRATOS TEMPORALESCONTRATOS TEMPORALES

2. ENCADENAMIENTO DE CONTRATOS.2. ENCADENAMIENTO DE CONTRATOS.Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 de este artículo, Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 de este artículo,

los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o o diferentediferente puesto de trabajo con la misma empresa puesto de trabajo con la misma empresa o o grupo de grupo de empresasempresas,, mediante dos o más contratos temporales, sea mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos.de trabajadores fijos.

Lo establecido en el párrafo anterior también será de Lo establecido en el párrafo anterior también será de aplicación cuando se produzcan supuestos de sucesión o aplicación cuando se produzcan supuestos de sucesión o subrogación empresarialsubrogación empresarial

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CONTRATOS TEMPORALESCONTRATOS TEMPORALES

3. INDEMNIZACIÓN3. INDEMNIZACIÓN 12 Días de Salario (antes 12 Días de Salario (antes

8) aplicación gradual. Se 8) aplicación gradual. Se pagaran a partir de enero pagaran a partir de enero del 2015 del 2015

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El Empleo JuvenilEl Empleo Juvenil A. Contrato para la Formación:A. Contrato para la Formación:

Bonificación al 100% de las cuotas Bonificación al 100% de las cuotas empresariales (Ahora los empresarios no empresariales (Ahora los empresarios no pagaran nada!, aumento del límite de edad pagaran nada!, aumento del límite de edad hasta 25 años (antes del 31 de dic. De hasta 25 años (antes del 31 de dic. De 2011), Reconocimiento del derecho a las 2011), Reconocimiento del derecho a las prestaciones por desempleo (antes no prestaciones por desempleo (antes no tenían) tenían)

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El Empleo JuvenilEl Empleo Juvenil B. Contrato en PrácticasB. Contrato en Prácticas

Adecuación de la titulación al nuevo sistema Adecuación de la titulación al nuevo sistema educativo, duración máxima de 2 años educativo, duración máxima de 2 años aunque se trate de distinta titulación aunque se trate de distinta titulación

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EL DESPIDOEL DESPIDO … …

1. El despido 1. El despido ColectivoColectivo

Se redefinen las Se redefinen las causas no hay causas no hay cambios cambios significativos.significativos.

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2. Despido Objetivo2. Despido Objetivo Se reduce el preaviso a 15 días (antes 30)Se reduce el preaviso a 15 días (antes 30) Los defectos de forma ya no son causa de nulidad (menos Los defectos de forma ya no son causa de nulidad (menos

garantista)garantista) Indemnización del despido objetivo procedente 20 Días por año de Indemnización del despido objetivo procedente 20 Días por año de

trabajo 8 días de los cuales paga FOGASA en caso de contratos trabajo 8 días de los cuales paga FOGASA en caso de contratos ordinarios o de fomento del empleo suscritos después de la ordinarios o de fomento del empleo suscritos después de la aprobación del RD siempre que el contrato tenga una duración de aprobación del RD siempre que el contrato tenga una duración de un año.un año.

Indemnización del despido objetivo improcedente 45 Días por año Indemnización del despido objetivo improcedente 45 Días por año de trabajo excepto en los casos de contratos de fomento donde la de trabajo excepto en los casos de contratos de fomento donde la indemnización será de 33 días pudiendo ser reconocido como indemnización será de 33 días pudiendo ser reconocido como improcedente por el empresario, antes la improcedencia solo se improcedente por el empresario, antes la improcedencia solo se podía declarar judicialmente 8 días de los cuales paga FOGASA en podía declarar judicialmente 8 días de los cuales paga FOGASA en caso de contratos ordinarios o de fomento del empleo suscritos caso de contratos ordinarios o de fomento del empleo suscritos después de la aprobación del RD siempre que el contrato tenga una después de la aprobación del RD siempre que el contrato tenga una duración de un año.duración de un año.

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3. Flexibilidad Interna.3. Flexibilidad Interna.

1. Movilidad Geográfica.1. Movilidad Geográfica.- El período de consultas no podrá El período de consultas no podrá

superar los 15 días.superar los 15 días.- Posibilidad de sustituir el período de Posibilidad de sustituir el período de

consultas por procedimientos de consultas por procedimientos de mediación o arbitrajemediación o arbitraje

- Posibilidad de atribuir la Posibilidad de atribuir la representación de los trabajadores a representación de los trabajadores a los sindicatos más representativos.los sindicatos más representativos.

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Flexibilidad Interna: 2. Modificación sustancial de las Flexibilidad Interna: 2. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.condiciones de trabajo.

- El período de El período de consultas no podrá consultas no podrá superar los 15 días.superar los 15 días.

- Posibilidad de sustituir Posibilidad de sustituir el período de el período de consultas por consultas por procedimientos de procedimientos de mediación o arbitrajemediación o arbitraje

- Posibilidad de atribuir Posibilidad de atribuir la representación de la representación de los trabajadores a los los trabajadores a los sindicatos más sindicatos más representativos.representativos.

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Flexibilidad Interna: 2. Modificación sustancial Flexibilidad Interna: 2. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.de las condiciones de trabajo.

Carácter Carácter temporal de la temporal de la modificación modificación (máx. hasta la (máx. hasta la vigencia del vigencia del convenio)convenio)

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Flexibilidad Interna: 3. Cláusula de Flexibilidad Interna: 3. Cláusula de Descuelgue.Descuelgue.

Se permite la no Se permite la no aplicación de lo aplicación de lo recogido en convenio recogido en convenio colectivo respecto de colectivo respecto de salario (antes no).salario (antes no).

Posibilidad de período Posibilidad de período de consultas por de consultas por acuerdo entre acuerdo entre trabajadores y trabajadores y empresa.empresa.

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Flexibilidad Interna: 3. Cláusula de Flexibilidad Interna: 3. Cláusula de Descuelgue.Descuelgue.

Carácter temporal de Carácter temporal de la inaplicación máximo la inaplicación máximo hasta vigencia del hasta vigencia del convenio o tres años.convenio o tres años.

Si falta representación Si falta representación de la plantilla se de la plantilla se puede atribuir a los puede atribuir a los sindicatos más sindicatos más representativos. representativos.

En caso de En caso de desacuerdo se acude a desacuerdo se acude a procedimiento arbitral.procedimiento arbitral.

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Flexibilidad Interna: 4. ERE’s

• Posibilidad de reducir la jornada dejando el contrato suspendido por lo que la persona trabajadora estaría en situación de desempleo parcial.

• Aumenta la bonificación en las cuotas por contingencias comunes, del empresario del 50% al 80%.

• Se podrán recuperar hasta 180 días de desempleo consumido en ERE en caso de despido.

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Agencias de Colocación Agencias de Colocación

Agencias de Colocación: Agencias de Colocación:

- Pueden tener ánimo de Lucro (antes no). - Pueden tener ánimo de Lucro (antes no). - No pueden cobrar a las/os trabajadores/as - No pueden cobrar a las/os trabajadores/as

la intermediación.la intermediación.- Deber de colaboración con los ss Públicos Deber de colaboración con los ss Públicos

de Empleo. de Empleo.

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Empresas de Trabajo Temporal Empresas de Trabajo Temporal (E.T.T.’s)(E.T.T.’s)

►Por negociación Colectiva se puede Por negociación Colectiva se puede permitir la contratación a través de permitir la contratación a través de ETT’s para cubrir trabajos en ETT’s para cubrir trabajos en sectores de riesgo (antes no se sectores de riesgo (antes no se podía).podía).

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Eskerrik asko!!!