RECURSOS QUE SE REINTEGREN SERÁN...

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19A EL NUEVO SIGLO jueves 12 De OCTuBRe De 2017 BOGOTÁ DIRECCION DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTA - DIB NOTIFICACIÓN POR AVISO Que dentro de los procesos coactivos Nos. 2012EE263312 y 2014EE139091, la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes ordenó el embargo y secuestro de los predios ubicados en la CL 140 12 B 26 LC 207, CL 140 12 B 26 LC 208 y CL 140 12 B 26 LC 211 matrículas inmobiliarias N° 50N-20230893, 050N-20230894 y 050N20230897 y CHIP AAA0111PEAF, AAA0111PEBR y AAA0111PEEA, sobre el cual mediante Auto No. 2017EE16385 de 13 de febrero de 2017 se decretó el avalúo. Que el oficio de traslado del avalúo fue devuelto respecto de los siguientes contribuyentes: N° CORDIS NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE IDENTIFICACION DEL CONTRIBUYENTE TIPO DE IMPUESTO MATRICULA INMO. TIPO DE ACTUACION VALOR AVALUO COMERCIAL FECHA DEL OFICIO DIRECCION DE NOTIFICACION FECHA DE DEVOLUCION CAUSAL DE DEVOLUCION 2017EE126635 GUILLERMO LEON GOMEZ MARIN 10.227.973 PREDIAL 50N-20230893 50N-20230894 50N-20230897 OFICIO NOTIFICACION AVALUO $36.534.500 $39.961.000 $43.222.850 17/07/2017 CL 140 12B 26 LC 211 09/07/2017 NO RESIDE Que la Jefe de la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, avisa al contribuyente antes citado que le corre traslado del citado avalúo, de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 838 del Estatuto Tributario Nacional y en el artículo 444 del Código General del Proceso (C.G.P.), y con lo dispuesto en los artículos 12 y 13 del Acuerdo No. 469 de 2011 del Concejo de Bogotá, D. C., respecto del cual los contribuyentes podrán presentar sus objeciones en el término de diez (10) días contados a partir de la notificación del mismo. JANIS MOLINA RIOS Jefe Oficina de Cobro Coactivo SECRETARÍA DE HACIENDA El fallo de responsabilidad fiscal por $47.425 millones en contra de cuatro concesionarios del servicio público de aseo en el Distrito Capital, una entidad fiduciaria y nueve ex funcionarios directivos de la Unidad Admi- nistrativa Especial de Servicios Públicos de Bogotá (Uaesp), por contratos celebrados entre los años 2008 y 2011, fue confir- mado por el contralor Edgardo Maya. “Estos contratos se financiaron de manera irregular con recursos provenientes de las tarifas de aseo cobradas a los usuarios de Bogotá”, indicó el órgano de control en un comunicado. Los recursos públicos menosca- bados se manejaron a través del es- quema de fideicomiso constituido por los concesionarios Consorcio Aseo Capital, Aseo Técnico de la Sabana, Atesa; Ciudad Limpia Bogotá y Limpieza Metropolitana, con la Fiduciaria Bancolombia, el cual se denominó Bolsa General del Esquema de Aseo. El fallo de la Contraloría decla- ró responsables fiscales a estas empresas por su contribución a la gestión fiscal irregular de las tarifas de aseo por parte de los funcionarios de la Uaesp implica- dos en el proceso. Es así como se declararon res- ponsables fiscales a los siguientes directivos de la Uaesp que cele- braron los contratos cuestionados: Fabiola Ramos, Miriam Margoth Martínez, Victoria Eugenia Virvies- cas, Juan Carlos Junca, Gerardo Cuenca, Rigoberto Morales, Bertha Cruz, Julia Esther Prieto y Catalina Franco Gómez. Basado en la ley y los ante- cedentes jurisprudenciales, el contralor Maya confirmó que la celebración de contratos para financiar actividades propias de las funciones de la Uaesp y de actividades que ya se encontra- ban concesionadas constituía una irregularidad. Esto porque las tarifas de aseo sólo pueden destinarse a financiar las actividades propias de la pres- tación directa del servicio público de aseo y, por lo tanto, no pueden duplicarse los gastos y costos asociados a la estructura tarifa- ria, como lo prevén los criterios legales del régimen tarifario de los servicios públicos domiciliarios consagrados en la Ley 142 de 1994 y las instrucciones imparti- das por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico -CRA. De acuerdo con la investiga- ción adelantada por la Contraloría General de la República, se evi- denció que las tarifas de aseo que pagaron los usuarios del servicio de aseo de Bogotá se desviaron en el pago de más de 300 contratis- tas vinculados a la Uaesp durante la Alcaldía de Samuel Moreno, por un valor total indexado de $47.425 millones. Contratos irregulares Algunos contratos irregulares tuvieron como propósito realizar actividades como cerramiento y compra de predios, que eran gas- tos propios que debía asumir el operador del relleno Doña Juana. Otros contratos financiaron gastos de cafetería, equipos de computación, transporte y arrien- do de oficinas para los contratistas de la Uaesp, lo cual claramente no guarda ninguna relación con la prestación directa del servicio de aseo que pagan los usuarios de Bogotá con las tarifas. Un contrato estaba relacionado con las actividades de cementerio a cargo de la Uaesp, que tampoco guarda relación con el servicio de aseo. Y varios de los contratos investigados financiaron gastos de asesoría legal para preparar las licitaciones públicas siguientes, que la Corte Constitucional ordenó suspender en el año 2011 debido a que no incorporaban de manera apropiada a la población reciclado- ra en el esquema de prestación del servicio de aseo. RECURSOS QUE SE REINTEGREN SERÁN TRASLADADOS A LOS USUARIOS En firme fallo por $47.425 millones contra 9 ex directivos de la Uaesp EL CONTRALOR Edgardo Maya confirmó el fallo de responsabilidad fiscal contra ex directivos de la Uaesp./ENS O Algunos contratos tuvieron como propósito realizar cerramientos y compra de predios El alCaldE Enrique Peñalo- sa fue escogido como uno de los 100 urbanistas más influyentes en el mundo, según la presti- giosa publicación electrónica Planetizen, especializada en temas urbanos a nivel mundial. El mandatario de la ciudad se encuentra en el lugar 25 de esta lista de destacados urbanistas de todos los tiempos, que fue seleccionada por los lectores del portal en todo el mundo. Del alcalde Peñalosa enun- cian su primer periodo como mandatario de los bogotanos, su énfasis en el transporte público y los proyectos de es- pacio público para las ciudades; además, el trabajo que realizó como miembro de la mesa directiva del Instituto para el Desarrollo de la Política del Transporte (ITDP, por sus siglas en inglés). En el listado, publicado este 9 de octubre por el portal, el alcalde de Bogotá acompaña importantes nombres del ur- banismo en el mundo como la estadounidense Jane Jacobs, quien aparece en primer lugar por el fomento de la planifica- ción dirigida a la comunidad. Además destacan a Janette Sadik-Kahn, excomisionada del Departamento de Transporte de Nueva York y Le Corbusier, pio- nero de la arquitectura moderna y la planeación urbana. Alcalde, uno de los 100 urbanistas más influyentes

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DIRECCION DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTA - DIBNOTIFICACIÓN POR AVISO

Que dentro de los procesos coactivos Nos. 2012EE263312 y 2014EE139091, la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes ordenó el embargo y secuestro de los predios ubicados en la CL 140 12 B 26 LC 207, CL 140 12 B 26 LC 208 y CL 140 12 B 26 LC 211 matrículas inmobiliarias N° 50N-20230893, 050N-20230894 y 050N20230897 y CHIP AAA0111PEAF,

AAA0111PEBR y AAA0111PEEA, sobre el cual mediante Auto No. 2017EE16385 de 13 de febrero de 2017 se decretó el avalúo.

Que el oficio de traslado del avalúo fue devuelto respecto de los siguientes contribuyentes:

N° CORDISNOMBRE DEL

CONTRIBUYENTEIDENTIFICACION DEL CONTRIBUYENTE TIPO DE IMPUESTO MATRICULA INMO. TIPO DE ACTUACION VALOR AVALUO COMERCIAL FECHA DEL OFICIO DIRECCION DE NOTIFICACION FECHA DE DEVOLUCION CAUSAL DE DEVOLUCION

2017EE126635 GUILLERMO LEON GOMEZ MARIN 10.227.973 PREDIAL

50N-2023089350N-2023089450N-20230897

OFICIO NOTIFICACION

AVALUO

$36.534.500 $39.961.000$43.222.850

17/07/2017 CL 140 12B 26 LC 211 09/07/2017 NO RESIDE

Que la Jefe de la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, avisa al contribuyente antes citado que le corre traslado del citado avalúo, de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 838 del Estatuto Tributario Nacional y en el artículo 444 del Código General del Proceso (C.G.P.), y con lo dispuesto en los artículos 12 y 13 del Acuerdo No. 469 de 2011 del Concejo de Bogotá, D. C., respecto del cual los contribuyentes podrán

presentar sus objeciones en el término de diez (10) días contados a partir de la notificación del mismo.

JANIS MOLINA RIOS Jefe Oficina de Cobro Coactivo

SECRETARÍA DE HACIENDA

El fallo de responsabilidad fiscal por $47.425 millones en contra de cuatro concesionarios del servicio público de aseo en el Distrito Capital, una entidad fiduciaria y nueve ex funcionarios directivos de la Unidad Admi-nistrativa Especial de Servicios Públicos de Bogotá (Uaesp), por contratos celebrados entre los años 2008 y 2011, fue confir-mado por el contralor Edgardo Maya.

“Estos contratos se financiaron de manera irregular con recursos provenientes de las tarifas de aseo cobradas a los usuarios de Bogotá”, indicó el órgano de control en un comunicado.

Los recursos públicos menosca-bados se manejaron a través del es-quema de fideicomiso constituido por los concesionarios Consorcio Aseo Capital, Aseo Técnico de la Sabana, Atesa; Ciudad Limpia Bogotá y Limpieza Metropolitana, con la Fiduciaria Bancolombia, el cual se denominó Bolsa General del Esquema de Aseo.

El fallo de la Contraloría decla-ró responsables fiscales a estas empresas por su contribución a la gestión fiscal irregular de las tarifas de aseo por parte de los funcionarios de la Uaesp implica-dos en el proceso.

Es así como se declararon res-

ponsables fiscales a los siguientes directivos de la Uaesp que cele-braron los contratos cuestionados: Fabiola Ramos, Miriam Margoth Martínez, Victoria Eugenia Virvies-cas, Juan Carlos Junca, Gerardo Cuenca, Rigoberto Morales, Bertha Cruz, Julia Esther Prieto y Catalina Franco Gómez.

Basado en la ley y los ante-cedentes jurisprudenciales, el contralor Maya confirmó que la celebración de contratos para financiar actividades propias de las funciones de la Uaesp y de actividades que ya se encontra-ban concesionadas constituía una irregularidad.

Esto porque las tarifas de aseo

sólo pueden destinarse a financiar las actividades propias de la pres-tación directa del servicio público de aseo y, por lo tanto, no pueden duplicarse los gastos y costos asociados a la estructura tarifa-ria, como lo prevén los criterios legales del régimen tarifario de los servicios públicos domiciliarios consagrados en la Ley 142 de 1994 y las instrucciones imparti-das por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico -CRA.

De acuerdo con la investiga-ción adelantada por la Contraloría General de la República, se evi-denció que las tarifas de aseo que pagaron los usuarios del servicio

de aseo de Bogotá se desviaron en el pago de más de 300 contratis-tas vinculados a la Uaesp durante la Alcaldía de Samuel Moreno, por un valor total indexado de $47.425 millones.

Contratos irregulares

Algunos contratos irregulares tuvieron como propósito realizar actividades como cerramiento y compra de predios, que eran gas-tos propios que debía asumir el operador del relleno Doña Juana.

Otros contratos financiaron gastos de cafetería, equipos de computación, transporte y arrien-do de oficinas para los contratistas de la Uaesp, lo cual claramente no guarda ninguna relación con la prestación directa del servicio de aseo que pagan los usuarios de Bogotá con las tarifas.

Un contrato estaba relacionado con las actividades de cementerio a cargo de la Uaesp, que tampoco guarda relación con el servicio de aseo. Y varios de los contratos investigados financiaron gastos de asesoría legal para preparar las licitaciones públicas siguientes, que la Corte Constitucional ordenó suspender en el año 2011 debido a que no incorporaban de manera apropiada a la población reciclado-ra en el esquema de prestación del servicio de aseo.

RECURSOS QUE SE REINTEGREN SERÁN TRASLADADOS A LOS USUARIOS

En firme fallo por $47.425 millones contra 9 ex directivos de la Uaesp

EL CONTRALOR Edgardo Maya confirmó el fallo de responsabilidad fiscal contra ex directivos de la Uaesp./ENS

O Algunos contratos tuvieron como propósito realizar cerramientos y compra de prediosEl alCaldE Enrique Peñalo-

sa fue escogido como uno de los 100 urbanistas más influyentes en el mundo, según la presti-giosa publicación electrónica Planetizen, especializada en temas urbanos a nivel mundial.

El mandatario de la ciudad se encuentra en el lugar 25 de esta lista de destacados urbanistas de todos los tiempos, que fue seleccionada por los lectores del portal en todo el mundo.

Del alcalde Peñalosa enun-cian su primer periodo como mandatario de los bogotanos, su énfasis en el transporte público y los proyectos de es-pacio público para las ciudades; además, el trabajo que realizó como miembro de la mesa directiva del Instituto para el Desarrollo de la Política del Transporte (ITDP, por sus siglas en inglés).

En el listado, publicado este 9 de octubre por el portal, el alcalde de Bogotá acompaña importantes nombres del ur-banismo en el mundo como la estadounidense Jane Jacobs, quien aparece en primer lugar por el fomento de la planifica-ción dirigida a la comunidad. Además destacan a Janette Sadik-Kahn, excomisionada del Departamento de Transporte de Nueva York y Le Corbusier, pio-nero de la arquitectura moderna y la planeación urbana.

Alcalde, uno de los 100 urbanistas más influyentes