Recurso de Apelación Indecopi Piura Diciembre 2015
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8/18/2019 Recurso de Apelación Indecopi Piura Diciembre 2015
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EXPEDIENTE Nº : 52–2015-LCC/PS–INDECOPI-PIUESCRITO Nº : TRES (03).SUMILLA : FORMULA ALEGACIONES.
SE!ORES INTEGRANTES DEL ORGANO RESOLUTI"O DE
PROCEDIMIENTOS SUMAR#SIMOS DE PROTECCI$N DEL
CONSUMIDOR – SEDE REGIONAL DE PIURA – TUM%ES.
&ARINA LLATANCE MENDO'A
abogado patrocinante de ROSA LU'
MENDO'A TRIGUERO "DA. DE
LLATANCE en los seguidos contra
SCOTIA%AN& PERU S.A.A.
SER"ICIOS CO%RAN'AS E
IN"ERSIONES S.A.C. sobre PAGO
DE COSTOS COSTAS, ante ustedes
me presentó y digo:
I. PETITORIO:
De conformidad con lo que dispone el artículo 2°,
ordinal 23; y, lo que disponen los ordinales 3, 5 y 20 del
artículo 139, de nuestra Magna e! 1; lo que puntuali"a
el artículo #$, del %ítulo &reliminar del '(digo 'i)il2; en
concordancia con lo dispuesto en el artículo $ del %ítulo
&reliminar del '(digo &rocesal 'i)il3; y, lo que
esta*lecen los artículos 212, +10, +11 y +12 del
1 Constitución Política del Perú – Artículo 2°.- Toda persona tienederecho: ordinal 23) - la legitima defensa. .Artículo 13°.- Son principios yderechos de la función jurisdiccional: ordinal 3! a o*ser)ancia del de*ido proceso y la tutela /urisdiccional.; ordinal "! a moti)aci(n escrita de las resoluciones /udiciales en todas las instancias, e!cepto los decretos de mero trmite, con menci(ne!presa de la ley aplica*le y de los fundamentos de eco en que se sustentan.; y
ordinal 2#! !l principio del dereco de toda persona de formular anlisis y críticasde las resoluciones y sentencias /udiciales, con las limitaciones de ley !
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enunciado dispositi)o legal+; asimismo de conformidad
con lo que disponen los ordinales 1411 y 1412, del
artículo 141, de la ey ° 26+++ ey del &rocedimiento
-dministrati)o 7eneral5; y dems normas cone!as y
a8nes so*re los de la materia; nos apersonamos ante
su $nstancia con la 8nalidad de FORMULAR
ALEGACIONES; que recae so*re los seguidos en contra
de SCOTIA%AN& PER* S.A.A. SER"ICIOS
2 Códi$o Ci%il: TIT&'O PRE'I(I)AR * "rt#culo $%: %nter&s para obrar: &arae/ercitar o contestar una acci(n es necesario tener legítimo inters econ(mico omoral l inters moral autori"a la acci(n s(lo cuando se re8ere directamente alagente o a su familia, sal)o disposici(n e!presa de la ley. "rt#culo %: 'erecho a latutela (urisdiccional efectia: %oda persona tiene dereco a la tutela :urisdiccionalefecti)a para el e/ercicio o defensa de sus derecos o intereses, con su/eci(n a unde*ido proceso
3 Códi$o Procesal Ci%il: TIT&'O PRE'I(I)AR * "rt#culo %: 'erecho a latutela jurisdiccional efectia: %oda persona tiene dereco a la tutela
:urisdiccional efecti)a para el e/ercicio o defensa de sus derecos o intereses,con su/eci(n a un de*ido proceso.
* Códi$o Procesal Ci%il: "rt#culo 212: Ale$atos: Dentro de un pla"o comn, queno e!ceder de cinco días, desde concluida la audiencia, los a*ogados pueden presentar alegato escrito ."rt#culo *1+: Costas: as costas estn constituidas por las tasas /udiciales ."rt#culo *11: Costos: ?on costos del proceso el onorario del -*ogado de la parte)encedora, ms un cinco por ciento destinado al 'olegio de -*ogados ."rt#culo *12: Princi+ios de la condena en costas , costos: a imposici(n de lacondena de costas y costos, no requiere ser demandada y es de cargo de la parte
)encida, sal)o declaraci(n /udicial e!presa y moti)ada de la e!oneraci(n a condenade costos y costas se esta*lece por cada instancia, pero si la resoluci(n de segundainstancia re)oca la de la primera, la parte )encida es condenada a reem*olsar loscostos y costas de am*as instancias .
, -ey 2***: -ey de /rocedimientos "dministratios 0eneral: "rt#culo 11.Ale$aciones: Ordinal 11.1: os administrados pueden en cualquier momento del procedimiento, formular alegaciones, aportar los documentos u otros elementos de /uicio, los que sern anali"ados por la autoridad, al resol)er.Ordinal 11.2: + n los procedimientos administrati)os sancionadores, o en caso de actos de gra)amen parael administrado, se dicta resoluci(n s(lo a*indole otorgado un pla"o perentorio no
menor de cinco días para presentar sus alegatos o las correspondientes prue*as dedescargo.
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CO%RAN'AS E IN"ERSIONES S.A.C. so*re
liquidaci(n de costos y costas
II. FUNDAMENTO CIRCUNSTANCIADO DE LAS ALEGACIONES:
21 l 1" de ulio de 2#13 mi patrocinada la se4ora
5osa -u6 7endo6a Triguero denunció a
Scotiaban8 /er9 S.".". S;?) Sericios
;obran6as e %nersiones S.".;. S;%) y ha
"sesores ;onsultores can @ "sociados S.5.-.
can @ "sociados) por infracción de la -ey
2A,1 ;ódigo de /rotección y 'efensa del
;onsumidor deberB tenerse en consideración el
momento del inicio del procedimiento
administratio sancionador el cual se promoió
en m&rito a una denuncia.
2.2. 7ediante Resolución 1#-2#1/0I)ECOPI-PI&
de eca del 4 de enero de 2#1/ la ;omisión
de la
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docu6entos corres+ondientes a la
reno%ación de la +óli=a de su 7e$uro de
arantía9 en la 6edida >ue a la eca de
inter+osición de la denuncia la acultadsancionadora de la Ad6inistración a;ía
+rescrito?5iii! eclaró inundada la denuncia contra
7cotia;an@ +or inracción de los artículos
18 , 28 literal !9 de;ido a >ue la
denunciante no a;ía acreditado >ue la
denunciada u;iese e6+leado 6Btodos
a;usi%os de co;ran=a en su contrareali=ando un +rotesto en un do6icilio
>ue no corres+ondía?5i%! eclaró undada la denuncia contra
7cotia;an@ +or inracción de los artículos
148 , 18 del Códi$o9 en tanto re+ortó
ne$ati%a6ente a la denunciante ante la
Central de Ries$os de la 779 +ese a >ue
su deuda a;ía sido cancelada 6ediantela a+licación de la co;ertura del se$uro
de des$ra%a6en contratado +or su
allecido es+oso9 sancionDndolo con una
6ulta de 11 &IT?5%! eclaró i6+rocedente la denuncia contra
7cotia;an@ , Ecan Asociados +or
inracción de los artículos 18.1 literal ;!9
28.1 , 28.2 del Códi$o9 en el etre6oreerido a la alta de atención o+ortuna
del re>ueri6iento de inor6ación
or6ulado +or la denunciante el 2/ de
a$osto de 2#129 al no eistir relación de
causalidad entre dicos ad6inistrados ,
el eco denunciado?5%i! eclaró undada la denuncia contra 7CI
+or inracción de los artículos 18.1 literal
;!9 28.1 , 28.2 del Códi$o9 en tanto no
cu6+lió con atender el re>ueri6iento de
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inor6ación del 2/ de a$osto de 2#129
or6ulado +or la denunciante9
sancionDndolo con una 6ulta de 2 &IT?5%ii! Ordenó a 7cotia;an@ >ue9 en calidad de
6edida correcti%a9 cu6+la con entre$ar
a la seFora (endo=a los docu6entos >ue
acrediten la cancelación de su deuda al
acerse eecti%a la co;ertura del se$uro
de des$ra%a6en contratado +or su
allecido es+oso? así co6o reali=ar el
trD6ite corres+ondiente +ara la
rectiGcación de su istorial crediticioante la Central de Ries$os de la 77?
5%iii! Ordenó a 7CI >ue9 en calidad de 6edida
correcti%a9 cu6+la con atender el
re>ueri6iento de inor6ación del 2/ de
a$osto de 2#12 or6ulado +or la
denunciante? ,9iD) Condenó a 7cotia;an@ , 7CI al +a$o
solidario de las costas , costos del
+rocedi6iento.
-a ;omisión de la ota: l subrayado y resaltado es nuestra autor#a.
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2+ l 1 de unio de 2#1/ mi escudada 'o4a 5osa
-u6 7endo6a Triguero $da. 'e -latance a+eló el
+ronuncia6iento de la Co6isiónF alegaciones
formuladas en el punto 2., y ss.25 ;omo podrBn adertir mi patrocinada entre la
fecha de presentación del recurso de apelación
reali6ada por 7CI , 7COTIAA)H &ase 2 de
enero de 2#1/F y la presentación del recurso de
apelación actiado por mi defendida &ase 1 de
unio de 2#1/9 transcurrieron cerca de cinco
+,) meses ello en m&rito a Eue )O 7E AJA
)OTIKICAO LA'IA(E)TE 'A RE7O'&CIM)
)° #1#-2#1/0I)ECOPI-PI& de fecha del G de
enero de 2+1*F esta irregular acción originó la
presentación de una serie de recursos ante
%>';';
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Tri$uero contra 7er%icios9 Co;ran=as e
In%ersiones 7.A.C. +or inracción de los
artículos 148 , 18 del Códi$o de Protección
, eensa del Consu6idor9 +or eectuar elco;ro inde;ido de un saldo deudor
ascendente a &7< "43./#9 +ese a >ue las
cuotas de su crBdito eran en 6oneda
nacional? ,9 reor6Dndola9 declarar
+rocedente la 6is6a9 toda %e= >ue el
dereco de la consu6idora a solicitar tutela
ante la Autoridad Ad6inistrati%a no a
+rescrito.7E&)O: Re%ocar la Resolución 1#-2#1/0
I)ECOPI-PI&9 en el etre6o >ue declaró
i6+rocedente la denuncia inter+uesta +or la
seFora Rosa 'u= (endo=a Tri$uero contra
7cotia;an@ Perú 7.A.A.9 +or inracción de los
artículos 148 , 18 del Códi$o de Protección
, eensa del Consu6idor9 +or no entre$ar a
la denunciante los docu6entos reeridos a lareno%ación de su se$uro de $arantía? ,9
reor6Dndola9 declarar +rocedente la 6is6a9
toda %e= >ue el dereco de la consu6idora a
solicitar tutela ante la Autoridad
Ad6inistrati%a no a +rescrito.TERCERO: ConGr6ar la Resolución 1#-
2#1/0I)ECOPI-PI&9 en el etre6o >ue
declaró inundada la denuncia inter+uesta+or la seFora Rosa 'u= (endo=a Tri$uero
contra 7cotia;an@ Perú 7.A.A.9 +or inracción
de los artículos 18 , 28 literal ! del Códi$o
de Protección , eensa del Consu6idor9 en
tanto la consu6idora no a;ía acreditado
>ue la denunciada u;iese e6+leado
6Btodos a;usi%os de co;ran=a en su contra
reali=ando un +rotesto en un do6icilio >ue
no corres+ondía.
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C&ARTO: ConGr6ar la Resolución 1#-
2#1/0I)ECOPI-PI&9 en el etre6o >ue
declaró undada la denuncia inter+uesta +or
la seFora Rosa 'u= (endo=a Tri$uero contra7cotia;an@ Perú 7.A.A.9 +or inracción de los
artículos 148 , 18 del Códi$o de Protección
, eensa del Consu6idor9 en tanto >uedó
acreditado >ue re+ortó ne$ati%a6ente a la
denunciante ante la Central de Ries$os de la
779 +ese a >ue su deuda a;ía sido
cancelada 6ediante la a+licación de la
co;ertura del se$uro de des$ra%a6en
contratado +or su allecido es+oso.N&I)TO: ConGr6ar la Resolución 1#-
2#1/0I)ECOPI-PI&9 en el etre6o >ue
declaró undada la denuncia inter+uesta +or
la seFora Rosa 'u= (endo=a Tri$uero contra
7er%icios9 Co;ran=as e In%ersiones 7.A.C. +or
inracción de los artículos 18.1 literal ;!9 28.1
, 28.2 del Códi$o de Protección , eensadel Consu6idor9 toda %e= >ue no cu6+lió con
atender el re>ueri6iento de inor6ación del
2/ de a$osto de 2#12 or6ulado +or la
consu6idora.7ETO: ConGr6ar la Resolución 1#-
2#1/0I)ECOPI-PI&9 en el etre6o >ue
declaró i6+rocedente la denuncia
inter+uesta +or la seFora Rosa 'u= (endo=aTri$uero contra 7cotia;an@ Perú 7.A.A. +or
inracción de los artículos 18.1 literal ;!9 28.1
, 28.2 del Códi$o9 +or la alta de atención
o+ortuna del re>ueri6iento de inor6ación
or6ulado +or la denunciante el 2/ de
a$osto de 2#129 al no eistir relación de
causalidad entre dico ad6inistrado , el
eco denunciado.
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7PTI(O: ConGr6ar la Resolución 1#-
2#1/0I)ECOPI-PI&9 en el etre6o >ue
declaró i6+rocedente la denuncia
inter+uesta +or la seFora Rosa 'u= (endo=aTri$uero contra Asesores Consultores Ecan
Asociados 7.R.'. +or inracción de los
artículos 18.1 literal ;!9 28.1 , 28.2 del
Códi$o9 +or la alta de atención o+ortuna del
re>ueri6iento de inor6ación or6ulado +or
la denunciante el 2/ de a$osto de 2#129 al
no eistir relación de causalidad entre dico
ad6inistrado , el eco denunciado.OCTALO: ConGr6ar la Resolución 1#-
2#1/0I)ECOPI-PI&9 en el etre6o >ue
ordenó a 7cotia;an@ Perú 7.A.A. >ue9 en
calidad de 6edida correcti%a9 cu6+la con
entre$ar a la seFora Rosa 'u= (endo=a
Tri$uero los docu6entos >ue acrediten la
cancelación de su deuda al acerse eecti%a
la co;ertura del 7e$uro de es$ra%a6encontratado +or su allecido es+oso? así co6o
reali=ar el trD6ite corres+ondiente +ara la
rectiGcación de su istorial crediticio ante la
Central de Ries$os de la 77.)OLE)O: ConGr6ar la Resolución 1#-
2#1/0I)ECOPI-PI&9 en el etre6o >ue
ordenó a 7er%icios9 Co;ran=as e In%ersiones
7.A.C. >ue9 en calidad de 6edida correcti%a9cu6+la con atender el re>ueri6iento de
inor6ación del 2/ de a$osto de 2#12
or6ulado +or la denunciante.CI(O: ConGr6ar la Resolución 1#-
2#1/0I)ECOPI-PI&9 en el etre6o >ue
sancionó a 7cotia;an@ Perú 7.A.A. con una
6ulta de 11 &IT +or re+ortar inde;ida6ente
a la consu6idora ante la Central de Ries$osde la 779 +or una deuda cancelada.
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CI(O PRI(ERO: ConGr6ar la Resolución
1#-2#1/0I)ECOPI-PI&9 en el etre6o >ue
sancionó a 7er%icios9 Co;ran=as e
In%ersiones 7.A.C. con una 6ulta de 2 &IT+or no atender o+ortuna6ente el
re>ueri6iento de inor6ación or6ulado +or
la denunciante.CI(O 7E&)O: ConGr6ar la Resolución
1#-2#1/0I)ECOPI-PI& en el etre6o >ue
condenó a 7cotia;an@ Perú 7.A.A. , a
7er%icios9 Co;ran=as e In%ersiones 7.A.C. al
+a$o solidario de las costas , costos del+rocedi6iento.CI(O TERCERO: is+oner >ue la
7ecretaría TBcnica de la 7ala inor6e a la
7u+erintendencia de anca9 7e$uros , AKP9
la sanción i6+uesta a 7cotia;an@ Perú
7.A.A.9 en %irtud del +resente +rocedi6iento9
+ara >ue dica entidad ado+te las 6edidas
>ue considere +ertinentes9 en el 6arco desus co6+etencias.
'on ello, queda acreditado, que se nos concedi(
el dereco del pago de costas y costos
26 ?in em*argo el procedimiento administrati)o
iniciado de parte nuestra el pasado 11 de mar"o
de 2015, ante el @rgano Aesoluti)o de&rocedimientos ?umarísimos de &rotecci(n al
'onsumidor de $D'B&$ de &iura, 8nalmente
concluy( con una errtica decisi(nC,,D 4 647847 74969847
4 74 R47 L;< M4>.
Decisi(n adoptada, en contra)enci(n y clarodesafío a lo resuelto por el ?upremo %ri*unalC
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QS ConGr6ar la Resolución 1#-
2#1/0I)ECOPI-PI& en el etre6o >ue
condenó a 7cotia;an@ Perú 7.A.A. , a
7er%icios9 Co;ran=as e In%ersiones 7.A.C.al +a$o solidario de las costas , costos del
+rocedi6ientoU.
2 -as alegaciones formuladas por 7COTIAA)H
en su contestación a la solicitud de costas y
costos las contradecimos de manera Crme y
enfBticaF toda e6 Eue en sus alegacionespuntuali6an Eue deberB ajustarse a lo preisto en
el art#culo *1G del ;ódigo ;iil."demBs inocan lo resuelto por %>';H 1,12++MT';%>';
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o;eti%os , Gnes enco6endados al
I)ECOPIU.
-8rma tam*in ?'B%$-E-F, en el punto 29,
que en ningn momento se an reali"ado
actuaciones de conciliaci(n o audiencias con
informe oral, en las cuales aya )eri8cado la
participaci(n del a*ogado una Aosillo,
a8rmaci(n fala", toda )e", que lo emos
rea8rmado en la sede administrati)a, el a*ogado
una Aosillo, /ams a *rindado sus ser)icios de
asesoría en *ene8cio de la ?ra AB?- GH
MDBH- %A$7GAB #D- D -%-'
Iinalmente, concluyen, seJalando que no se an
presentado los sustentos de pago de impuestos,
connotando que el mismo es un requisitoindispensa*le
29 Nemos dejado eDpresa constancia dos de
nuestros integrantes cuentan con una segunda
carrera profesional la de contador p9blico
colegiado desatacando el A;o$. ERICH ROERT
LARA7 A)TM) y el A;o$. (I&E' V)E'OR N&I7PEW en tal sentido al tener la condición
de asesores tributaristas sabemos
perfectamente Eue debemos declarar nuestros
ingresos por conceptos profesionales y cumplir
con las disposiciones establecidas por la
7&PERI)TE)E)CIA )ACIO)A' E A&A)A7 X E A(I)I7TRACIM) TRI&TARIA * 7&)AT.
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210;omo puede adertirse la denuncia impulsada
por 'o4a 5; se inició en el a4o 2+13F
obteniendo una resolución faorable en la
primera instanciaF la misma Eue luego fue
apelada al Superior (erBrEuico en dicha sede
SK/5%H +1+2+1*M%>';H **312+1*MS/;%>';
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tal sentido, la disponi*ilidad de arri*ar a un
acuerdo conciliatorio, siempre emos mantenido
como, una forma de soluci(n pací8ca a cualquier
contro)ersia generada
L ?;6949 @; %ARRAN'UELA
%64 SCOTIA%AN& 47 ?;694947
SCI 79B an manifestado de manera
)er*al a mi patrocinada DoJa ROSA LU'
MENDO'A TRIGUERO "DA. DE LLATANCEque la deuda comunicada a la ?uperintendencia
de Eanca y ?eguros, es por concepto de PAGO
DE GASTOS @UDICIALES; es decir que la deuda
reportada a la central de riesgos, es una deuda,
*asado en supuestos onorarios de
asesoramiento /urídico, que reali"( el -*og'-; es decir ?'B%$-E- &AK ?--, impuls(
una DM-D- D BE$7-'$@ D D-A ?GM- D
D$AB; que luego comunic( al (rgano
/urisdiccional el cumplimiento de tal o*ligaci(n
212?omos un equipo de profesionales del dereco,
quienes *rindamos los ser)icios deasesoramiento especiali"ado; a lo largo del
proceso administrati)o ante $D'B&$, por
encargo de nuestra patrocinada, emos tenido
que despla"arnos, desde la ciudad de ima, para
cumplir con el cometido encargado, e inclusi)e
en momento que pretendi( sesgarse el derecode apelaci(n, recurrimos a la instancia
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administrati)a, para lograr la nulidad de la
resoluci(n que denega*a, nuestro recurso de
nulidad al acto de noti8caci(n, sin em*argo, con
la *squeda de las prue*as id(neas y
pertinentes, logramos que $D'B&$, resuel)e
declarar la nulidad del acto procesal de
noti8caci(n y ordena, se realice el nue)o acto de
noti8caci(n en nuestro domicilio real; con ello,
recin accedimos a una real /usticia en sede
administrati)a, pues logramos interponer nuestro
recurso de apelaci(n
213os escritos formulados en fa)or de la ?eJora
ROSA LU' MENDO'A TRIGUERO "DA. DE
LLATANCE, an sido suscritos por los letradosCaL -*og Ili! eonel -rrieta Aamíre" *L -*og ric Ao*ert #argas -nt(ncL -*og 'arlos nrique oriega 'erdndL -*og Aosa Marit"a latance Mendo"aeL -*og Miguel Nngel Br OuispefL -*og Farina latance Mendo"a
2.1*.n nuestro recurso de apelación hemos insertado
los medios probatorios relacionados con la
declaración ante SK>"TF y otros relacionados conlas declaraciones profesionales los cuales
insertamos al presente.
2.1,.7ediante ;edula de >otiCcación de fecha 1 de
noiembre de 2+1, recepcionada el pasado 2
de noiembre de 2+1,F se nos notiCca la
5S >H +G en la cual se nos comunica
Eue mediante la 5S J%>"- >H ,2G
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2+1,M%>';
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con lo que disponen los ordinales 1411 y 1412, del
artículo 141, de la ey ° 26+++ ey del &rocedimiento
-dministrati)o 7eneral; y dems normas cone!as y
a8nes so*re los de la materia
-simismo, es importante precisar, los alcances de la
DIRECTI"A N 001-2015/TRI-INDECOPI, los cuales
son de aplicaci(n para el presente caso, en lo que les
resulte fa)ora*le
. MEDIOS PRO%ATORIOS
?on medios pro*atorios de til pro*an"aC E 99694 98 969 H;
4 INDECOPI 6; =47
B 98
EN CONSECUENCIA:
- Gsted, ?eJores del @rgano Aesoluti)o de
&rocedimientos ?umarísimos de &rotecci(n del 'onsumidor P
?ede Aegional de &iura P %um*es, tengan por formulado las
presentes alegaciones y en concordancia a lo resuelto por la
'omisi(n de la B8cina Aegional de $D'B&$ de &iura
%um*es, diciem*re 03 de 2015
QQQQQQQQQQQQQQQQQQQQQQQQQQQQ
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AB?- MDBH- %A$7GAB#D- D -%-'D$ ° 00361494