RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles...

177
Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 1 de 32 Recomendación 1 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles oficiales en todos los ámbitos de control de alimentos y piensos, en función del riesgo conforme al artículo 3 del Reglamento (CE) nº 882/2004 En materia de Control Oficial, se encuentran implicados a nivel central los Ministerios de Sanidad y Política Social (MSPS) y el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM) que de forma coordinada han elaborado el “Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria ” con el objetivo de proporcionar a nuestro país un marco para la realización del control oficial sobre alimentos y piensos. En el Plan se describen, bajo el principio de transparencia de las administraciones públicas, las actividades de control oficial a realizar a lo largo de toda la cadena alimentaria, desde la producción primaria hasta los puntos de venta al consumidor final. El primer Plan de control 2007-2010 fue elaborado y presentado a los servicios de la OAV en el año 2007. Actualmente se está elaborando un nuevo Plan de control de acuerdo con los resultados del informe de Auditoría General, incorporando las recomendaciones propuestas en dicho informe. El nuevo Plan entrará en vigor en enero de 2011 y tendrá una vigencia de 5 años. Dentro de los objetivos estratégicos del Plan se incluyen entre otros: mantener un elevado nivel de protección de la salud humana, la sanidad animal y la seguridad alimentaria, y prevenir la exposición de las personas a los agentes capaces de causar enfermedades por vía alimentaria y reducir dicha exposición a niveles razonablemente posibles y aceptables. Con la finalidad de cumplir los objetivos citados se incluye un capítulo dedicado a la Organización y gestión de los controles oficiales, en este capítulo se presta especial atención a la categorización de los riesgos orientada desde el Plan Nacional como base común para la elaboración de los Programas de Control Oficial, y se plantea de la siguiente forma: - Los programas y sistemas de control oficial deberán definir documentalmente en cada fase de la cadena alimentaria las prioridades e intensidad de los controles. *For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

Transcript of RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles...

Page 1: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 1 de 32 Recomendación 1

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles oficiales en todos los ámbitos de control de alimentos y piensos, en función del riesgo conforme al artículo 3 del Reglamento (CE) nº 882/2004

En materia de Control Oficial, se encuentran implicados a nivel central los Ministerios de Sanidad y Política Social (MSPS) y el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM) que de forma coordinada han elaborado el “Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria” con el objetivo de proporcionar a nuestro país un marco para la realización del control oficial sobre alimentos y piensos.

En el Plan se describen, bajo el principio de transparencia de las administraciones públicas, las actividades de control oficial a realizar a lo largo de toda la cadena alimentaria, desde la producción primaria hasta los puntos de venta al consumidor final.

El primer Plan de control 2007-2010 fue elaborado y presentado a los servicios de la OAV en el año 2007. Actualmente se está elaborando un nuevo Plan de control de acuerdo con los resultados del informe de Auditoría General, incorporando las recomendaciones propuestas en dicho informe. El nuevo Plan entrará en vigor en enero de 2011 y tendrá una vigencia de 5 años.

Dentro de los objetivos estratégicos del Plan se incluyen entre otros: mantener un elevado nivel de protección de la salud humana, la sanidad animal y la seguridad alimentaria, y prevenir la exposición de las personas a los agentes capaces de causar enfermedades por vía alimentaria y reducir dicha exposición a niveles razonablemente posibles y aceptables.

Con la finalidad de cumplir los objetivos citados se incluye un capítulo dedicado a la Organización y gestión de los controles oficiales, en este capítulo se presta especial atención a la categorización de los riesgos orientada desde el Plan Nacional como base común para la elaboración de los Programas de Control Oficial, y se plantea de la siguiente forma:

- Los programas y sistemas de control oficial deberán definir documentalmente en cada fase de la cadena alimentaria las prioridades e intensidad de los controles.

*For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

Page 2: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

- Serán las autoridades competentes de control oficial en el ámbito de sus competencias las que deberán aplicar en la práctica estos criterios de categorización.

- Los elementos de categorización del riesgo, considerados desde el inicio de la cadena alimentaria hasta la comercialización y consumo son, a título orientativo, uno o varios de los siguientes:

A. CRITERIOS COMUNES

Incidencia sobre la salud de la población y gravedad de los efectos

Incidencia sobre la sanidad animal y vegetal y el bienestar animal, así como la gravedad de los efectos

Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o reducción del factor de peligro

Percepción social

Influencia sobre la lealtad de las transacciones comerciales y el funcionamiento de los mercados

Aparición de nuevas pruebas científicas que modifiquen la evaluación del riesgo preexistente

Exigencias de nuevas normativas, nacionales o comunitarias

Recomendaciones derivadas como consecuencia de hallazgos en misiones y auditorías de la OAV y de otras actuaciones de control

Dependientes de resultados de actuaciones de control: historial de la explotación, establecimiento o industria y datos de resultados del control oficial de los años precedentes y datos de la red de alerta alimentaria y de piensos.

B. CRITERIOS ESPECÍFICOS

Los criterios siguientes son aplicables con carácter general. No obstante en determinados programas de control podrán establecerse otros criterios más específicos.

Dependientes del proceso productivo. Se considerará la incidencia o impacto potencial de agentes zoonósicos sobre la salud pública así como la situación epizootiológica en relación a dichos agentes.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 2 de 32 Recomendación 1

Page 3: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Dependientes del procesado industrial, transformación o elaboración. En este punto se tendrán en cuenta el tipo de establecimiento según la actividad que realice y la categoría del producto alimenticio sobre cuya cadena de producción, elaboración o transformación se va a aplicar el sistema de control.

Dependientes del producto alimenticio. El alimento podrá estar listo para el consumo sin necesidad de tratamiento previo o no y se considerará además el riesgo en función del colectivo consumidor de destino (población infantil, adultos mayores de 65 años, embarazadas, otras poblaciones de riesgo / colectivos vulnerables).

Además con carácter anual, las autoridades competentes trabajan coordinadamente para la elaboración de un Informe de resultados de control oficial que incluye entre otros una declaración sobre el funcionamiento general de los planes nacionales de control y una evaluación final de los datos mediante indicadores y que permite incorporar mejoras para próximos años y replantearse en caso necesario los sistemas establecidos de caracterización del riesgo en cada uno de los programas.

En el ámbito de actuación del MARM y Consejerías de Agricultura (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

Los programas de control en el ámbito de la producción primaria contienen en su metodología criterios de selección y procedimientos de trabajo basados en la evaluación previa de los factores de riesgo propios de la actividad que se pretende controlar.

Las CC.AA. que han desarrollado sus propios programas de control lo han hecho en plena concordancia con los criterios de los programas nacionales, de forma que puede asegurarse que, al menos, los criterios comunes de valoración de riesgos y la priorización de las acciones en función de los mismos se aplican homogéneamente en todo el territorio.

En el ámbito del control de la calidad sanitaria de la leche cruda, el “Programa Nacional de Control Oficial de las condiciones higiénico-sanitarias de la producción de Leche Cruda” de 2008-2010 establece el tipo de muestreo o método para selección de la muestra a controlar oficialmente a partir de la población: aleatorio y dirigido. Además, este Programa Nacional se elabora sobre la base de un análisis de riesgo para la selección final de la muestra y el establecimiento de la frecuencia de los controles oficiales, en función de diversos elementos o peligros potenciales en cada uno de los lugares donde tiene lugar el control oficial: explotación, transporte, descarga de cisterna y laboratorio.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 3 de 32 Recomendación 1

Page 4: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

El análisis de riesgo se realiza de manera independiente, objetiva y transparente. Y se puede complementar con otro tipo de información relacionada como: viabilidad de controlar un riesgo, acciones más eficaces de reducir un riesgo. Para el establecimiento de la priorización de la muestra seleccionada para los controles oficiales incluidos en el presente Programa Nacional, se listan los riesgos implicados en cada fase de la producción de leche cruda (explotación y cisterna); cada autoridad competente los cuantifica para obtener la muestra general, y seleccionar el grupo (de mayor a menor riesgo) al que se controla oficialmente en explotaciones, cisternas y laboratorios.

En el aleatorio todos los elementos de la población que se incluyan tendrán la misma probabilidad de ser extraídos tras la mencionada priorización. En el caso del dirigido, se centran en determinados integrantes de la población que tienen la característica común del incumplimiento.

A lo largo del año en curso está en desarrollo la ejecución objetiva vía Letra Q del análisis de riesgos para selección de la muestra de explotaciones a controlar oficialmente. El sistema seleccionará de manera priorizada todo el universo objetivo de controles oficiales aleatorios, del que se extraerá la muestra sobre la que se ejecuta “in situ” el 2%.

En materia de controles sobre la Alimentación animal, se han tomado las medidas oportunas recogidas en el Plan de acción sectorial, como consecuencia de la auditoría especifica llevada a cabo en España durante el 10-19 de junio de 2008 con el fin de evaluar la aplicación de las medidas relativas a los controles oficiales de los piensos y el cumplimiento de los requisitos en materia de higiene de los piensos, enviado el 16 de enero de 2009 mediante oficio LC/ afD (2008)651061.

En relación con la producción primaria de los productos pesqueros, a lo largo del año 2009, han aumentado y mejorado sensiblemente la cantidad y la calidad de los controles efectuados en las diferentes CCAA, de la misma forma que son numerosas las expectativas para su realización en el presente año 2010.

En cuanto a la organización de los controles en función de los riesgos, se está reforzando esta premisa en base a priorizar los controles, por ejemplo a una explotación piscícola, según el historial de incidencias o incumplimientos de la misma, además de tener en cuenta las valoraciones hechas por el personal veterinario encargado del control.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 4 de 32 Recomendación 1

Page 5: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Los incumplimientos observados conducen a una tipificación de los riesgos en bajos, medios y altos los cuales condicionan el número de visitas anuales.

En otros casos, por ejemplo controles de la higiene en los buques pesqueros, la priorización de los mismos, va aparejada a la categorización de los riesgos según aspectos tales como: modalidad de pesca, duración de la marea, control de la temperatura, etc.

La puntuación de los criterios seleccionados, dentro de cada aspecto, de acuerdo con el riesgo que supuestamente lleva cada uno, marca la frecuencia de los controles.

El control oficial en materia de comercio intracomunitario de esperma y embriones de bovino ha sido reforzado en el último año. Se ha incluido en los protocolos y planes de control elaborados por las distintas Comunidades Autónomas, la supervisión de los traslados de personas, animales, semen y embriones en los CRS y CAS, así como la supervisión de los requisitos de precuarentena y cuarentena y de las condiciones sanitarias de los animales donantes en los CRS.

En el ámbito de actuación de AESAN y Consejerías de Salud Pública (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

Siguiendo las directrices marcadas por el Plan en materia de Control Oficial cada Comunidad Autónoma establece su composición, organización y sus normas de funcionamiento, es por ello que teniendo como base lo expuesto anteriormente, de acuerdo con el artículo 3 del Reglamento 882/2004 y con el fin de asegurar el nivel adecuado de seguridad e inocuidad de los alimentos, cada CCAA incluye en sus Programas de Control Oficial un sistema de categorización de los riesgos que garantizan que los controles oficiales se llevan a cabo en función de un análisis de riesgo.

Las diferentes comunidades autónomas tienen establecido un sistema de categorización del riesgo utilizando para ello criterios contrastados de uso a nivel internacional. Esta categorización incluye la valoración de muchos factores, información acerca del sector al que pertenecen los establecimientos, tipo de alimento y uso esperado, volumen de la empresa, complejidad del proceso, población de destino, evaluación de sus sistemas de autocontrol, condiciones higiénico sanitarias, cumplimiento y colaboración previo, implantación de sistemas de calidad certificados, etc para finalmente determinar la frecuencia y priorización de los controles.

De forma general, esta categorización del riesgo incluye una baremación de los establecimientos basada en la puntuación de una serie de factores, que cada CCAA ha establecido de forma diferente. Con la puntuación obtenida

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 5 de 32 Recomendación 1

Page 6: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

se clasifica el establecimiento en base al riesgo y se asignan las frecuencias tanto de inspección así como de supervisión de los sistemas APPCC.

Algunas CCAA como Asturias, Cantabria, Castilla y León, y Valencia coinciden en estimar el riesgo atribuido a los diferentes establecimientos alimentarios sujetos a control oficial, diferenciando entre riesgos genéricos que se van a atribuir, de forma general, a las actividades alimentarias que ejerce un establecimiento, y riesgos específicos que serán propios y exclusivos de cada establecimiento alimentario, ambos se van a ponderar en función de diferentes criterios.

Otras CCAA, como Andalucía establecen su sistema de categorización de riesgos diferenciando entre (1) riesgo potencial que incluye el tipo de alimento y método de manipulación, el método de procesado y el riesgo para los consumidores, (2)nivel de cumplimiento que incluye una valoración de la higiene y de la seguridad y una valoración de la estructura y por último (3) confianza en la gestión con el que se obtiene un juicio sobre la probabilidad de que el cumplimiento satisfactorio sea mantenido en el futuro. Todos estos factores puntuados dan una puntuación global que determina la valoración final del establecimiento.

En Cataluña la planificación del control oficial se basa en evaluar una serie de factores agrupados en distintos módulos: 4 módulos fijos que son tipo de alimento y uso previsto, actividades de la industria/establecimiento, método de procesado y tamaño de la empresa y 4 módulos variables que son antecedentes del establecimiento, higiene, instalaciones y autocontroles. En función de la puntuación final obtenida en la valoración de los módulos, clasifica los establecimientos en categorías: de riesgo muy alto, riesgo alto, riesgo medio, riesgo bajo y riesgo muy bajo.

Otras CCAA como Extremadura establecen otras herramientas para la catalogación del riesgo. Esta comunidad autónoma diferencia tres herramientas para la catalogación del riesgo, que combinadas de diferente manera en función del sector les permite obtener la frecuencia de visitas. La primera de las herramientas la denomina “peligrosidad asociada al establecimiento”, donde se ponderan el tipo de alimento y uso esperado, actividad del establecimiento, procesos del establecimiento, distribución y consumidor, características higienico-sanitarias/tecnico-sanitarias, confianza en la gestión de seguridad alimentaria. La segunda es el “riesgo percibido”,y por último el “riesgo valorado por el sistema”.

En la CCAA de Murcia su sistema de caracterización del riesgo, tiene en cuenta tres elementos, cada uno de los cuales se mide en una escala de 1 a 10: (1) Riesgo de los establecimientos en función de su actividad, (2) riesgo en función del historial del establecimiento y (3) valoración de los servicios de inspección sobre el grado de cumplimiento de los autocontroles, del estado de las instalaciones, locales y equipos por parte del establecimiento.

El resto de CCAA (Aragón, Baleares, Castilla la Mancha, Galicia, Navarra, la Rioja) tienen igualmente establecido un sistemas de categorización del riesgo y llevan a cabo una valoración de todos los factores cada uno de forma diferente y razonada, estos factores son el tipo y alcance de la

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 6 de 32 Recomendación 1

Page 7: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

actividad, tipo de alimento y uso esperado, tamaño de la empresa, complejidad del proceso, clientes, implantación de sistemas de autocontrol basados en el APPCC, condiciones higiénico sanitarias, cumplimientos y colaboración previos (histórico del establecimiento), implantación de sistemas de calidad certificados, entre otros.

Las CCAA disponen de aplicaciones informáticas para poder gestionar esta categorización del riesgo y poder establecer, las frecuencias de inspección, auditoría y muestreos de los diferentes establecimientos alimentarios atendiendo al riesgo evaluado. Estos sistemas permiten programar las actuaciones que los Servicios de Control Oficial realizan en los establecimientos alimentarios, posibilitando consultas posteriores y obtención de datos adicionales en caso necesario.

A continuación se expone la respuesta de forma individualizada por parte de cada una de las Comunidades Autónomas.

ANDALUCÍA

Desde el año 2001, en Andalucía todas las empresas alimentarias se clasifican según riesgo utilizando para ello criterios contrastados de amplio uso a nivel internacional que quedan dispuestos en forma de tabla de puntuación.

Con la puntuación obtenida se clasifica el establecimiento en base al riesgo y se asignan las frecuencia tanto de Inspección (a partir de 01.01.2010) como de Supervisión de los sistemas APPCC (desde 2001)

Los criterios de caracterización del riesgo, así como las instrucciones para su seguimiento y cumplimentación se realizan según:

Clasificación de los establecimientos alimentarios para la supervisión

Principios básicos

La clasificación de los establecimientos alimentarios tiene una doble finalidad:

• por una parte, gestionar el riesgo de los distintos establecimientos alimentarios.

• y de otra, planificar las actividades de supervisión de los Agentes de Control Sanitarios Oficial (ACSO), priorizando los establecimientos a supervisar y fijando la frecuencia de supervisión de los mismos.

Para ello, se tendrá en cuenta lo siguiente:

1. Todos los establecimientos alimentarios, deben ser objeto de una clasificación siguiendo los criterios de este Anexo.

2. El modelo adjunto a este Anexo es el que se debe utilizar para hacer la clasificación. El ACSO deberá cumplimentar este modelo y mantenerlo actualizado convenientemente tras las posteriores visitas de supervisión. La clasificación inicial se realizará con los datos que se disponga, con los que se obtengan tras una inspección

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 7 de 32 Recomendación 1

Page 8: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

convencional o bien con los obtenidos tras la visita a realizar en los establecimientos que necesiten una autorización sanitaria de funcionamiento o que hayan solicitado alguna licencia administrativa.

3. Los ACSO deberán cumplimentar cada uno de los apartados que figuran en este sistema de clasificación. Para ello se realizará una valoración lo mas adecuada posible procurando no caer en ser demasiado cauteloso ni muy negativo. La carencia de información sobre un factor determinará la asignación inicial de la puntuación máxima.

4. El uso de este sistema de puntuación debe ser mantenido y revisado por el grupo referente de supervisión del Distrito para asegurarse que se esta llevando a cabo de forma correcta por los inspectores. Posteriormente, y de acuerdo con las visitas de supervisión que se vayan realizando, se deberán corregir de forma razonada los errores encontrados, y en su caso reclasificarlos.

5. En aquellos casos en los que los establecimientos realicen varias actividades o que manipulen varios tipos de alimentos, la clasificación del mismo se hará en función de la actividad y/o del alimento de mayor riesgo.

SISTEMA DE CLASIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS

Parte 1: El riesgo potencial

Tres factores determinan el riesgo potencial:

A. El tipo de alimento y el método de manipulación Guía del Sistema de Puntuación

40 Fabricación de alimentos de alto riesgo,

30 Manipulación de alimentos de alto riesgo

10 Fabricación de alimentos no de alto riesgo

5 Manipulación de alimentos no de alto riesgo

Puntuación

Para cumplimentar este apartado se tendrá en cuenta lo siguiente

• Alimentos de alto riesgo: aquellos que necesitan ser conservados a temperatura regulada para inhibir el crecimiento microbiano y/o pueden ser consumidos directamente sin otro tratamiento que destruya microorganismos y sus toxinas

• Fabricación: Elaboración, cocinado, envasado o reenvasado y demás actividades en las que se transforme el alimento

• Manipulación: Almacenado, distribución, transporte, venta y demás actividades en las que no se transforme el alimento.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 8 de 32 Recomendación 1

Page 9: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

B. El método de procesado

Ciertos procesos en la elaboración llevan aparejado una puntuación adicional. Se adicionará esta puntuación si el alimento es elaborado mediante alguno de los procesos de la tabla siguiente. En caso de asignarse esta puntuación se realizará una sola vez. El máximo de puntuación en esta sección es 20. Guía del Sistema de Puntuación

20

1. Tratamiento térmico y/o envasado aséptico de productos alimenticios de baja acidez (pH > 4,6 y Aw > 0,85) 2. Envasado al vacío y en atmósfera protectora como proceso necesario para la conservación del alimento. 3. Elaboración, enfriamiento y conservación de comidas preparadas para consumo en frío, o tras recalentamiento; 4. Depuración de moluscos

0 Cualquier otro método de procesado no incluido anteriormente

Puntuación

C. Riesgo para los consumidores

Realiza una evaluación sobre el número probable de consumidores en riesgo, si se produjera un fallo en la higiene y/o en los procedimientos para la seguridad alimentaria.

Guía del Sistema de Puntuación

15 Importante – fabricantes de productos alimenticios cuya distribución es a escala nacional o internacional (fuera del Distrito Sanitario)

10 Intermedio – establecimientos cuyo comercio se extienden fuera del área local (dentro del Distrito sanitario)

5 Bajo – establecimientos que suministran el área local (municipio)

0 Muy Bajo – establecimientos que suministran a menos de 20 consumidores cada día.

Puntuación

ADICIONALMENTE:

En aquéllos establecimientos como hospitales, asilos de ancianos, guarderías y centros infantiles, en los que se lleva a cabo la producción y/o servicio de alimentos de riesgo elevado, y en los que se contabilizan más de 20 personas de un grupo vulnerable expuestos a estos riesgos, se le añadirá una puntuación adicional de 20 (además de la puntuación anterior).

En este contexto, grupos vulnerables son las personas por debajo de 5 años o de más de 65 años, enfermos, y los immunodeprimidos.

Guía del Sistema de Puntuación

20 Elaboración y/o servicio de alimentos de alto riesgo en establecimientos en los que haya más de 20 personas pertenecientes a grupos vulnerables de riesgo

0 Cualquier otro caso no incluido anteriormente

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 9 de 32 Recomendación 1

Page 10: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Puntuación

Parte 2: Nivel de cumplimiento (actual)

La higiene de alimentos y procedimientos de seguridad alimentaria (incluyendo prácticas de manipulación de alimentos y de procedimientos, y control de temperaturas) y la estructura del establecimiento (incluyendo limpieza, disposición, estructura, iluminación, ventilación, instalaciones etc.) deben ser evaluados separadamente usando el sistema de puntuación siguiente.

La puntuación para la valoración de la higiene deberá reflejar la observación durante la inspección, de la implantación de los PGHs, de la adopción de Guías de Prácticas Correctas de Fabricación nacionales o de la Unión Europea, evaluando su cumplimiento.

Para ser catalogada como 'Excepcional' será necesaria la conformidad del cumplimiento de guías de prácticas correctas de higiene nacionales o de la U.E.

A) Valoración de la Higiene y de la Seguridad Guía del Sistema de Puntuación

25 Inaceptable –Prácticas de higiene inaceptables y/o incumplimiento de los Planes Generales de Higiene (PGHs) o Requisitos Simplificados de Higiene (RSHs) obligatorios.

15 Pasable – Prácticas de higiene aceptable y documenta PGHs / RSHs viables, pero falta desarrollar su implantación.

5 Normal – Prácticas de higiene aceptable y documenta e implanta los PGHs/RSHs

0 Excepcional – Prácticas de higiene aceptable y documenta e implanta PGHs/RSHs sin no conformidades.

Puntuación – Higiene:

B) Valoración de la Estructura

Guía del Sistema de Puntuación

25 Inaceptable – Incumplimiento de los requisitos técnicos obligatorios de su normativa especifica que pueden afectar a la seguridad de los productos

15 Pasable – Incumplimientos de requisitos técnicos obligatorios de su normativa especifica sin que se afecte la seguridad de los productos;

5 Normal – Cumple los requisitos técnicos obligatorios de su normativa especifica, aunque algunos son susceptibles de mejora.

0 Excepcional – Cumplimiento de todos los requisitos de los técnicos obligatorios de su normativa especifica .

Puntuación – Estructura:

Parte 3: Confianza en la gestión/sistemas de control

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 10 de 32 Recomendación 1

Page 11: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

El resultado real de la gestión de la seguridad es puntuado en la parte 2 sobre la base de los resultados conseguidos y observados. Una gestión que consigue un resultado de higiene de alimentos bueno, debería haber conseguido un estándar bueno en la parte 2, y por consiguiente una puntuación baja para aquel factor.

La Confianza en la Gestión no pretende reconsiderar este aspecto. Debe obtener un juicio sobre la probabilidad de que el cumplimiento satisfactorio sea mantenido en el futuro.

Los factores que influirán en el juicio del inspector incluyen:

- "el historial" de la empresa: voluntad y consentimiento de actuación sobre recomendaciones y consejos anteriores, e historial de denuncias, alertas, brotes de toxiinfección alimentaria, etc.;

- la actitud de la gestión en la higiene y en la seguridad de los alimentos

- higiene y conocimiento técnico sobre seguridad de alimentos disponible en la empresa (interna o externa), incluyendo el análisis de peligros y, en su caso, el control de puntos críticos (APPCC/HACCP)

- procedimientos documentados satisfactorios (PGHs, RSHs, Guias de buenas prácticas,) y sistema APPCC/HACCP basados en la gestión de seguridad de alimentos

Guía del Sistema de Puntuación

30

Ninguna confianza – Historial con problemas sanitarios no solucionados y/o sin conocimiento de los procesos, sus peligros y su control y/o no documenta el sistema de autocontrol (RSHs, PGHs, Plan APPCC, Guías de Buenas Prácticas, según establecimientos y programa)

10

Cierta confianza – Historial con problemas sanitarios en situación de solución. Con conocimiento de los procesos, sus peligros y su control. Documenta Sistema de Autocontrol (RSHs, PGHs, Plan APPCC) o Guías de Buenas Prácticas, pero falta desarrollar implantación.

5 Confianza Moderada – Historial con problemas sanitarios solucionados. Con conocimiento de los procesos, sus peligros y su control. Documenta e implanta Sistema de Autocontrol (RSHs, PGH , Plan APPCC) o Guías de Buenas Prácticas

0 Confianza Elevada – Historial sin problemas sanitarios. Con conocimiento de los procesos, sus peligros y su control. Documenta e implanta Sistema de Autocontrol (RSHs, PGHs, Plan APPCC), o Guías de Buenas Prácticas, sin no conformidades.

Puntuación

ADICIONALMENTE:

Se asignará una puntuación adicional de 20 (además de la puntuación anterior), cuando haya un riesgo significativo por:

- Alimento contaminado por E. coli O157 u otro VTEC; o

- Alimento contaminado por Clostridium botulinum y otros microorganismos que se multiplican y sobreviven a cualquier tratamiento; o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 11 de 32 Recomendación 1

Page 12: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

- Alimento listo para comer, contaminado por microorganismos o sus toxinas que son patógenos para los humanos.

- Contaminantes de riesgo elevado

En este contexto, “riesgo significativo” quiere decir que puede ocurrir con una probabilidad más alta que un incidente. Cuando se evalúa este factor deberían ser considerados las siguientes materias:

- El potencial de contaminación o contaminación cruzada por los microorganismos referenciados;

- La probabilidad de supervivencia y crecimiento de dichos microorganismos;

- La existencia de sistemas de análisis de peligros y la confianza en su puesta en práctica, incluyendo la documentación y los registros de los controles de la monitorización;

- El alcance y aplicabilidad de formación emprendida por los gerentes, supervisores y manipuladores de alimentos;

- Si es necesaria la intervención de la autoridad sanitaria para reducir la probabilidad de que ocurra un incidente.

La puntuación adicional sólo debe ser aplicada caso-por-caso, no debiendo ser aplicada genéricamente a categorías completas de establecimientos alimentarios, y debe ser eliminada una vez que el riesgo significativo ya no existe.

La puntuación adicional también debe ser compatible con la evaluación de línea de base de la Confianza en la Gestión / Sistemas de Control. Si la confianza en la gestión es evaluada como "Alta" "o Moderada", y también se ha evaluado con un riesgo significativo de contaminación de alimento con uno de los microorganismos citados o contaminantes de elevado riesgo, una de las evaluaciones no ha sido correcta debiendo ser revisadas cada una de ellas. El establecimiento no debería plantear un riesgo significativo si hay una Confianza alta o moderada en la Gestión /Sistemas de Control.

Guía del Sistema de Puntuación

20 Control insuficiente sobre peligros significativos de riesgo elevado que produjeran cuadros clínicos graves (toxinas, patógenos, contaminantes u otros)

0 Cualquier otro caso no incluido anteriormente

Puntuación

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 12 de 32 Recomendación 1

Page 13: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

TOTAL PUNTUACIÓN

En 2010, está previsto revisar los criterios y puntuación actuales para su adecuación mas precisa en base a la experiencia obtenida y los nuevos conocimientos al respecto, para adaptarlos a las nuevas necesidades de Planificación, programación y logro de los Objetivos de la organización

En cuanto a la supuesta falta de evaluación exhaustiva de los Sistemas APPCC, indicar que en Andalucía la promoción de adopción de Sistemas de APPCC por las empresas alimentarias así como de la evaluación de estos sistemas por parte del control oficial se remonta al 1997 cuando se inicia el actual Plan.

En la actualidad se lleva a cabo la cuarta revisión del “Plan para la supervisión de los sistemas de autocontrol de las empresas alimentarias de Andalucía”, que ha supuesto la elaboración y ejecución de un plan específico de formación dirigido a la totalidad de agentes de control oficial, que una vez formados y autorizados individualmente en las técnicas de auditoría, pasan a realizar la supervisión (auditoría) de los sistemas APPCC. En la actualidad más del 80% de los inspectores se encuentran capacitados realizándose una media de 2 auditorías de sistemas APPCC de empresas alimentarias cada dos meses por cada inspector capacitado.

Ni sobre este Plan ni sobre su ejecución se han obtenido observaciones negativas o no conformidades en ninguna de las Misiones recibidas en ningún sector o ámbito.

En la actualidad se ha iniciado la revisión del actual Plan de cara a implantar a principios del 2010 la siguiente edición actualizando tanto los criterios de planificación como las herramientas.

Por último y como elemento de verificación de la correcta aplicación del Plan de Supervisiones, éste se incluye dentro del Plan de Auditorías Internas que se inicia en el primer trimestre de 2010

ARAGÓN

En el año 2006 se categorizaron los establecimientos alimentarios en función del riesgo. Esta categorización junto con la consideración del sector al que pertenecen los establecimientos (cárnico, productos de la pesca, frutas y derivados, …), su actividad (fabricación, almacenamiento,…) y los objetivos estratégicos del Plan Autonómico de Control de la Cadena Alimentaria (PACCA), determinan la frecuencia y priorización de los controles. Esta categorización se actualiza en función de los resultados de los controles oficiales.

En el caso de los establecimientos sujetos a inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos (R.G.S.A.), se determina el riesgo individual de cada establecimiento en función de una serie de factores, obteniéndose

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 13 de 32 Recomendación 1

Page 14: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

cuatro categorías de empresas alimentarias de menor a mayor riesgo. Los factores valorados son:

- Tipo y características de los productos,

- Tamaño de la empresa,

- Complejidad del proceso,

- Implantación de sistemas de autocontrol basados en el APPCC,

- Cumplimiento y colaboración previos

- Implantación de sistemas de calidad certificados

Los establecimientos de comidas preparadas se clasifican en el Decreto 130/2006 de 23 de mayo del Gobierno de Aragón en función del riesgo, actividad y estructura, estableciendo cinco tipos y diez grupos que implican distintos requisitos para su autorización y funcionamiento y determinan diferentes frecuencias de inspección. Además, para determinar el nivel de flexibilidad aplicable a sus sistemas de autocontrol se clasifican en distintas categorías con arreglo al riesgo asociado a su actividad, volumen y población de destino, de forma que a unos se les exige el autocontrol basado en APPCC completo, a otros el uso de guías de Buenas Prácticas de Higiene y APPCC y a otros sólo prerrequisitos.

Los establecimientos minoristas de carne se categorizan en función de su actividad en cuatro grupos que determinan distintas frecuencias de control.

Los establecimientos minoristas se categorizan en función de su tamaño y actividad en tres categorías de menor a mayor riesgo; junto con el sector a que pertenecen dan lugar a distintas frecuencias de control.

ASTURIAS

Existe un “Procedimiento Normalizado en Materia de Control Alimentario y Sanidad Ambiental” (en el que se detalla la sistemática a seguir en una inspección/auditoría, se describe la realización de informes de inspección como consecuencia de la utilización de check-list, se califican las anomalías en función del riesgo sanitario y se señalan los plazos para su subsanación) y un “Documento sobre frecuencias de inspección para los programas de control oficial de alimentos”, que dependerán del tipo de establecimiento (riesgo) y de la catalogación sanitaria del mismo.

PROCEDIMIENTO NORMALIZADO EN MA

FRECUENCIAS DE INSPECCIÓN.pdf

Como complemento al “Procedimiento Normalizado en Materia de Control Alimentario y Sanidad Ambiental” y del “Documento sobre frecuencias de

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 14 de 32 Recomendación 1

Page 15: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

inspección para los programas de control oficial de alimentos”, existen programas sectoriales (mataderos, industrias cárnicas, industrias de la pesca, industrias lácteas, panaderías pastelerías, comidas preparadas) para la realización del control oficial.

BALEARES

Los criterios utilizados para la categorización del riesgo en establecimientos alimentarios son los siguientes:

Industrias:

• Actividad autorizada: clave, categoría y actividad

• Nº trabajadores

• Antecedentes

• Cumplimiento de prerequisitos

• Implantación de un sistema de autocontrol

Hoteles:

• Nº trabajadores

• Categoría del establecimiento

• Nº de plazas

• Modalidad de servicio

• Población de destino

• Antecedentes

• Cumplimiento de prerequisitos

Para establecimientos minoristas está prevista su categorización durante el año 2010.

CANARIAS

En el año 2003 se empezó a incluir en los programas sectoriales de control de industrias alimentarias elaborados por esta Dirección General, una frecuencia de inspección diferente según la actividad que realizara la empresa.

Posteriormente y con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 882/2004, se ha elaborado un procedimiento normalizado de trabajo denominado “Instrucción para la cumplimentación del formulario de determinación del perfil de los establecimientos alimentarios y de la frecuencia del control oficial” (SEGA-PNT-INS-03).

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 15 de 32 Recomendación 1

Page 16: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

En dicho formulario se puntúan una serie de parámetros considerados claves para la valoración del riesgo de cada establecimiento (entendiendo por establecimiento cualquier domicilio industrial en que se lleve a cabo una actividad alimentaria). En base a la puntuación total obtenida se le asigna un perfil que determina la frecuencia del control oficial.

Se han clasificado los establecimientos en cinco perfiles, en base a la tabla adjunta:

Perfil Puntuación (0/100) Nº Visitas anuales

I <20 1 cada tres años

II 20-34 1 cada dos años

III 35-44 1 al año

IV 45-69 2 al año

V >69 3 al año

Establecimientos de perfil V sin autocontroles adecuados: más de tres visitas anuales

Los parámetros que hemos cuantificado para determinar el RIESGO son:

Tamaño del establecimiento: en base al número de manipuladores la puntuación variará de 0 a 15.

Tipo de alimento/ producto: se valora el riesgo relacionado con el tipo de alimento y la forma de consumo prevista. Para facilitar la labor de los agentes encargados del control oficial, se ha incluido una tabla de consulta en la que se han clasificado los alimentos en riesgo bajo, medio o alto, asignándoles una puntuación que oscila entre 0-25. A todos aquellos alimentos que contienen ingredientes de origen animal y están listos para su consumo se les suma 5 puntos más.

Población de destino: siempre que el destino del producto sea un colectivo de riesgo se suman 10 puntos.

Actividad desarrollada: según el tipo de actividad realizada (fabricación, almacenamiento, distribución, etc.) y dependiendo de que el origen del producto sea animal o no, la puntuación variará desde 0 a 30.

Aquellos establecimientos de restauración que no están incluidos en el RGSA, se valoran en base al número de menús que sirven, oscilando la puntuación entre 0 y 20.

Control oficial: en caso de que se detectasen incumplimientos durante el control oficial, incluidos los de parámetros microbiológicos o físico-químicos, se añadirá una puntuación que varía entre 10 y 15 puntos.

Por último se valora el sistema de autocontrol y en el caso de que éste no se considere adecuado, el perfil aumenta automáticamente al nivel superior, lo cual se traduce en una mayor frecuencia inspectora.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 16 de 32 Recomendación 1

Page 17: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Contamos en esta Comunidad Autónoma desde el año 2000, con una aplicación informática en la que se introduce la información de todas las empresas alimentarias así como los controles oficiales que se llevan a cabo sobre ellas.

Desde su creación se han ido ampliando y actualizando sus módulos y utilidades con el fin de adaptarlos a las necesidades del control oficial. Por ejemplo en un principio los establecimientos estaban clasificados exclusivamente por sectores industriales, basándonos en las claves del RGSA, y posteriormente y tras la elaboración del PNT antes citado, se introdujo un nuevo campo de clasificación denominado PERFIL.

CANTABRIA

Los criterios de caracterización del riesgo que sirven de base para la programación del control oficial aparecen descritos en el documento adjunto:

F:\BEATRIZ_restore\AESAN\CRITERIOS D

CASTILLA-LA MANCHA

En Castilla La Mancha se dispone de una aplicación informática que permite incorporar todas las actuaciones que los Servicios Oficiales de Salud Pública (S.O.S.P.) realizan en los establecimientos alimentarios, posibilitando consultas posteriores y obtención de datos cuando ello es necesario.

Desde finales de 2008, la mencionada aplicación dispone de una herramienta (denominada “programador”) que permitirá a los S.O.S.P. programar sus actuaciones (diariamente, semanalmente, mensualmente, etc…según sus preferencias).

Dicha programación, que realiza automáticamente la aplicación, se encuentra sometida a una valoración del riesgo dirigida por unos factores que se han atribuido a cada tipo de establecimiento, dependiendo del sector alimentario en el que se ubique y en función del riesgo considerado para ese sector.

Asimismo, los factores que determinen el riesgo en un establecimiento se verán afectados por el histórico del mismo y por las incidencias que pudiesen acontecer. (tanto para disminuir el riesgo por corrección de deficiencias, como para aumentarlo en caso de que aquellas no fuesen subsanadas).

CASTILLA Y LEÓN

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 17 de 32 Recomendación 1

Page 18: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

El Plan Nacional de la Cadena Alimentaria, contempla una categorización de los riesgos que van a ser incorporados al Programa de Vigilancia y Control en Industrias y Establecimientos de Castilla y León (PVC) así como a los programas desarrollados en nuestra Comunidad, no incluidos en el PVC.

Se valorarán los riesgos genéricos referidos a:

a. la actividad de acuerdo con las fases de la cadena alimentaria.

b. tipo de producto, necesidad o no de procesamiento posterior

c. población sensible o no, a la que va dirigido

d. la amplitud de la distribución

Los riesgos específicos referidos a:

a. El estado sanitario: condiciones higiénico sanitarias y sistema de autocontrol

b. El historial del establecimiento ligado a posibles alertas, ETAS, historial de incumplimientos y sanciones.

Respecto a la obtención de la información para realizar una categorización de las industrias y establecimientos alimentarios, para los puntos a-e, ambos inclusive, se encuentra ya en explotación un aplicativo informático que permite la gestión de las respuestas dadas por los inspectores o auditores a cada uno de los “ítem” de las listas de comprobación o cuestionarios. Una de las funcionalidades a desarrollar en 2010 será para obtener una calificación basada en la ponderación de los diferentes apartados en los que se agrupan los “item”.

La información correspondiente al punto f se obtendrá de otras bases de datos existentes en nuestra Comunidad.

Para la implementación de diferentes procedimientos de control específicos, como es el caso de los controles en B.A. o MER durante el primer trimestre de 2010 se incluirán igualmente en dichos procedimientos criterios de riesgo.

CATALUÑA

En Cataluña, consideramos que ya se da la situación de cumplimiento.

La planificación del control oficial (tipos de controles, frecuencia, etc.) se lleva a cabo teniendo en cuenta los riesgos atribuidos a las empresas alimentarias, sin perjuicio de otro tipo de controles que puedan derivar de alertas, denuncias o situaciones extraordinarias que impliquen un riesgo adicional. Dichos riesgos se evalúan en función de una serie de factores que se organizan en distintos módulos (4 módulos fijos y 4 variables).

Los módulos fijos incluyen la valoración de los siguientes parámetros:

1. Tipo de alimento y uso previsto

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 18 de 32 Recomendación 1

Page 19: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

2. Actividades de la industria/ establecimiento

3. Método de procesado

4. Tamaño de la empresa

En los módulos variables se consideran:

1. Antecedentes del establecimiento

2. Higiene

3. Instalaciones

4. Autocontroles

En función de la puntuación final obtenida en la valoración de los 8 módulos, los establecimientos se clasifican en 5 categorías: de riesgo muy alto, riesgo alto, riesgo medio, riesgo bajo y riesgo muy bajo.

Se adjuntan un archivo donde aparecen la “Ficha de evaluación” y “PROCER explicación” (Procedimiento de clasificación de los establecimientos según el riesgo), ambos utilizados en la valoración de las empresas alimentarias y el “Informe PROCER” (clasificación de los establecimientos según el riesgo en Catalunya) que muestra los resultados de la clasificación correspondiente al trienio 2006/2007/2008.

Fitxa_avaluació.pdf Procer explicación.pdf

EXTREMADURA

Por parte de esta Dirección General, en el ámbito del control de los establecimientos alimentarios, se dispone de tres herramientas para la catalogación del riesgo, estas tres herramientas son combinadas de diferente manera en función del sector, para obtener la frecuencia de visitas.

La primera de las herramientas es la denominada “peligrosidad asociada al establecimiento”, en ella se ponderan los aspectos siguientes:

1.- Tipo de alimento y uso esperado

2.- Actividad del establecimiento

3.- Procesos del establecimiento

4.- Distribución y consumidor

5.- Características higienico-sanitarias/tecnico-sanitarias

5.1 Resultado del establecimiento

5.2 Resultado de materias primas

5.3 Resultado de procesos

5.4 Resultado de producto final

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 19 de 32 Recomendación 1

Page 20: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

5.5 Resultado de personal

6.- Confianza en la gestión de seguridad alimentaria

6.1 Auditorías del sistema appcc

6.2 Confianza en el operador económico

6.3 Historial sancionador

La segunda de las herramientas es el “riesgo percibido”, esta es una herramienta que pretende utilizar el valor añadido que aportan los servicios oficiales de control, es un valor meramente subjetivo

La tercera de las herramientas es el “riesgo valorado por el sistema”. Es un valor objetivo, se calcula de un modo estadístico en función de los incumplimientos detectados respecto a los requisitos generales y específicos de higiene establecidos en el Reglamento 852/2004.

Esos valores con combinados en diferente forma según el programa de que se trate para obtener una frecuencia de controles determinada. Así por ejemplo, para el programa de control de la producción láctea o del bienestar animal se utilizan 2 de esas herramientas, sirva como ejemplo el siguiente cuadro del plan de bienestar animal:

Peligrosidad

Riesgo

percibido

Baja Media Alta Muy alta

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 20 de 32 Recomendación 1

Page 21: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Bajo 1 2 3 4

Medio 2 3 4 5

Alto 3 4 5 6

Muy alto 4 5 6 7

Esta sistemática se ha ido introduciendo en los nuevos programas diseñados durante el año 2008 y 2009 con la intención incorporarlos en todos los programas de los recogidos en el Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria a medida que se vayan adaptando.

En ese sentido, como primer paso, se estableció el objetivo prioritario de que los establecimientos alimentarios (industrias y establecimientos menores) fueran valorados por los servicios de control, para el año 2009 se fijó un objetivo mínimo del 35%, este objetivo será reforzado para el año 2010 con el fin de alcanzar un mínimo de 70 % de valoraciones y permitir así su utilización generalizada para la caracterización del riesgo.

GALICIA

En el programa de control de industrias de la Dirección General de Salud Pública y Planificación se ajusta en su planificación a los criterios establecidos en el art. 3 del Reglamento 882/2004. Se establecen los criterios de evaluación de riesgos de los establecimientos, en base a los cuales se fijará el control oficial. Ciertos criterios se sustentan en información pormenorizada, estructurada y completa de cada uno de los establecimientos, para cuya gestión y operatividad se requiere la implantación de una herramienta informática que se encuentra en fase de implantación. Dichos criterios de riesgo están en línea con los establecidos en el Plan Nacional Plurianual.

Así mismo, establece cómo, cuándo y dónde deben llevarse a cabo los controles oficiales, estableciendo, atendiendo al riesgo, las frecuencias de inspección, auditoría y muestreo (en caso de que así se establezca para ese sector).

MADRID

El control oficial en materia de seguridad alimentaria se aborda en cuatro Programas que son objeto de aplicación a todos los sectores y tipo de establecimiento, de revisión y de programación anual. En los mismos se establece la frecuencia mínima de control oficial:

1) Programa de Inspección y Apoyo al Control Oficial.: organización de controles de establecimientos alimentarios (excepto mataderos) a través de la inspección.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 21 de 32 Recomendación 1

Page 22: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

2) Programa de Implantación de Sistemas de Autocontrol: organización de los controles de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC de establecimientos alimentarios mediante técnicas de auditoría.

3) Programa de Prevención y Control de Riesgos en Establecimientos de Obtención de Carne Fresca: organización de controles oficiales en mataderos, establecimientos de obtención de carne de caza, y establecimientos de obtención de carne de lidia

4) Programa de Vigilancia y Control de Contaminantes y Residuos en Alimentos: organización de los controles basados en el muestreo físico-químico y microbiológico de alimentos.

5) Programa de mejora de los sistemas de control en seguridad alimentaria: garantizar la equivalencia progresiva del control oficial en materia de seguridad alimentaria contribuyendo a la libre circulación de alimentos comercializados desde la Comunidad.

La frecuencia de controles:

La situación respecto a la determinación de la frecuencia de inspección es triple:

1) Todos los establecimientos alimentarios, excepto los mataderos o establecimientos cuyo sistema de autocontrol(basado en los principios de APPCC) es favorable o favorable condicionado: Son establecimientos sujetos a inspección tradicional y la frecuencia de inspección se establece en el Programa de Inspección y Apoyo al Control Oficial en establecimientos alimentarios en base a dos criterios:

- Categoría del establecimiento

- Perfil del establecimiento alimentario

- Categoría del establecimiento: se asigna una categoría entre 4 posibles (siendo A la óptima y D la peor) en función de las condiciones higiénico-sanitarias de sus instalaciones. Está procedimentado en la Instrucción Técnica de Categorización (I-POC-HS-EG-01-03). El protocolo es aplicable a todos los establecimientos alimentarios independientemente de la actividad desarrollada y los resultados de la inspección requerida se procesan en el Protocolo de Riesgos incorporado a la aplicación informática (SAHAWEB). Consta de 9 apartados asimilables a las Prácticas Correctas de Higiene:

- Materias primas - Agua de abastecimiento - Diseño de locales y equipos - Mantenimiento de locales y equipos - Almacenamiento y conservación de alimentos y materiales - Prácticas de manipulación/fabricación - Limpieza y desinfección - Control antivectorial - Documentación

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 22 de 32 Recomendación 1

Page 23: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

- Perfil del establecimiento alimentario: desde el año 2006, se dispone de una Instrucción técnica de “Recogida de datos de perfil de establecimiento alimentario” (I-POC-HS-EG-01-04), en el que se recogen aquellos aspectos que, unidos a la categorización, van a permitir establecer las frecuencias de inspección acorde a los riesgos identificados, y consta de cuatro apartados:

- El número de trabajadores, como indicador indirecto del volumen de producción de la empresa. - La población de destino de los alimentos producidos. - El tipo de alimento producido (riesgos vinculados al tipo de materias primas y al tipo de proceso tecnológico) - El historial del establecimiento.

Los perfiles obtenidos son 4, siendo I el de mayor riesgo asociado y el IV el de menor riesgo. La frecuencia de los controles oficiales se efectuará con la regularidad establecida por la confluencia de la situación higiénico-sanitaria del establecimiento y el perfil de establecimiento, para optimizar los recursos disponibles. Por lo que se podrá calcular el número de establecimientos en cada combinación Categoría/Perfil y en conjugación con los recursos disponibles, se podrá asignar las frecuencias de inspección mínimas por establecimiento.

Perfil I Perfil II Perfil III Perfil IV Categoría A Categoría B Categoría C Categoría D

2) Establecimientos con sistema de autocontrol basado en los principios de APPCC favorable o favorable condicionado: en cuyo caso la frecuencia mínima de control de los establecimientos que disponen de sistema implantado no puede ser nunca superior a la establecida para establecimientos que no disponen de sistema de autocontrol y que, en consecuencia son objeto de la inspección tradicional. La frecuencia vinculada a los mismos se encuentra en el documento del Programa de Implantación de sistemas de autocontrol basados en los principios de APPCC, desagregándose de la siguiente forma:

Establecimientos sujetos a auditorías oficiales iniciales Sujetos a RGSA priorizados (Industrias elaboradoras y envasadoras de productos de origen animal (carne y derivados, productos de la pesca y derivados, huevos y derivados, leche y derivados), mataderos y salas de despiece, comidas para colectividades diversas y suministro en medios de transporte)

Anual

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 23 de 32 Recomendación 1

Page 24: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Sujetos a autorización sanitaria (comercio minorista de carnes frescas y derivados)

Anual

Establecimientos con resultados de auditorías oficiales favorables

Tipo de establecimiento Frecuencia de auditoría programada

Sujetos a RGSA elaboradores y envasadores Cada 2 años

Sujetos a RGSA almacenes Cada 4 años

RGSA distribuidores e importadores Cada solicitud en RGSA

Restauración social Cada 2 años

Restauración comercial Cada 4 años

Comercio al por menor Cada 4 años

3) Determinación de frecuencia de control oficial se corresponde con los establecimientos dedicados a la carnización (mataderos, salas de recepción de animales procedentes de cacerías y de espectáculos taurinos): se rigen por el Programa de Prevención y Control de Riesgos en Establecimientos de Obtención de Carne Fresca. La situación de determinación de frecuencia mínima de control oficial en los establecimientos dedicados a la carnización (mataderos) es semestral.

(I) Inspección de la situación de instalaciones e higiene del establecimiento. CATEGORIZACIÓN DE MATADEROS En este apartado, se mantiene la aplicación del documento sobre “Sistema de Evaluación de Higiene”(SEH) y se ha actualizado con la instrucción técnica de categorización de mataderos (en fase de borrador), la cual en base a las condiciones higiénico sanitarias se asigna una categoría al establecimiento.

(II) Tareas de control oficial en materia de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC del establecimiento.

4) Programa de Vigilancia y Control de Contaminantes y Residuos en Alimentos. Este programa desarrolla los controles oficiales a través de actividades de toma de muestras y análisis de las mismas al objeto de comprobar si se han cumplido los requisitos específicos de la legislación.

La información correspondiente a los muestreos específicos con sus procedimientos correspondientes se recoge en las llamadas “Fichas de muestreo” del año en curso. En estas fichas se desarrolla el procedimiento específico que permite realizar los muestreos oficiales, así como la información necesaria correspondiente a los requisitos técnicos laboratoriales recogidos en formato de informe técnico.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 24 de 32 Recomendación 1

Page 25: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

En dichos procedimientos además, se establece el número de muestras a realizar en determinados productos alimenticios. Este número viene ya preestablecido de forma normalizada sólo para aquellos muestreos dirigidos a realizar el control del Plan Nacional de Investigación de Residuos.

Las frecuencias de muestreo se programan actualmente de forma anual. Siempre que el censo de establecimientos lo permita, para cada muestreo específico se prioriza la toma de una muestra por establecimientos elaboradores censados en la Comunidad de Madrid. La distribución de las muestras entre las Áreas de Salud Pública se realiza en base a los censos existentes de establecimientos elaboradores y establecimientos de venta directa al consumidor final.

La información necesaria que permite identificar los peligros biológicos y químicos en los alimentos de la Comunidad de Madrid, y por tanto, en base a la cual se realiza la programación actualmente son: las demandas externas, las demandas internas, y además otras fuentes de información:

Resultados de la evaluación del programa del año precedente.

Evaluar, de forma preliminar, los resultados de muestreos específicos relativos al control oficial del año en curso, para proponer o no su prórroga, teniendo en cuenta las imposiciones reglamentarias

Revisión diaria de la normativa vigente relativa a los peligros químicos y biológicos (nuevos peligros, peligros anteriores nunca determinados).

Aparición de nuevas enfermedades u otros riesgos para la salud

Descubrimientos científicos

Seguir las Recomendaciones anuales comunitarias

Revisión diaria de otras fuentes de información: Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información, brotes de Toxiinfecciones Alimentarias, con especial incidencia en los brotes declarados en la restauración comercial, y denuncias de otras administraciones (Ayuntamientos, Comunidades Autónomas) y de consumidores.

Solicitar propuestas a las Áreas de Salud Pública y a los referentes de los otros Programas.

Determinación de la Capacidad analítica del Laboratorio Regional de Salud Pública

Presupuesto económico anual (Determinaciones analíticas, Recursos humanos de las Áreas de Salud Pública, Distribución de cargas de trabajo)

MURCIA

En cuanto a la programación de los controles oficiales a las normas comunitarias, y, en concreto, al Reglamento (CE) nº 882/2004, el control oficial de los establecimientos alimentarios de la Región de Murcia está contemplado en el “PROGRAMA PLURIANUAL DE CONTROL OFICIAL SANITARIO DE ALIMENTOS Y ZOONOSIS”, actualmente en revisión, en el

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 25 de 32 Recomendación 1

Page 26: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

cual, por objetivos correspondientes a los distintos tipos de actividades, están especificados los establecimientos a inspeccionar, los procedimientos, los criterios a seguir, así como la frecuencia de las inspecciones en función de los riesgos.

Dicho programa se ajusta cada año a los resultados del año anterior, de tal modo que se intenta conseguir una mayor optimización de recursos y de resultados obtenidos para la mejora en general del nivel de garantía.

La supervisión de que los procedimientos APPCC se ajusten al Reglamento (CE) nº 852/2004, mediante la realización de las correspondientes auditorías, está incluida en dicho programa plurianual de control oficial.

Sin embargo, como se ha dicho más arriba, el mencionado Programa Plurianual de Control está siendo actualmente revisado para un nuevo periodo, en concreto hasta 2015. En él se ha introducido un sistema de análisis de riesgo utilizado para planificar los controles oficiales, mediante la caracterización del riesgo de cada uno de los establecimientos.

En concreto, en aplicación del artículo 3.1 del Reglamento (CE) nº 882/2004, tanto los establecimientos a visitar como la frecuencia de inspecciones se determinan conforme al siguiente sistema de caracterización del riesgo, en el que se tienen en cuenta tres elementos:

1. Riesgo atribuido a los establecimientos en función de su actividad (conforme a riesgos previamente identificados en anteriores inspecciones, notificaciones, brotes, literatura científica, etc.). Se mide en una escala de 1 a 10.

2. Riesgo atribuido en función del historial del establecimiento en el último año (inspecciones favorables o desfavorables, incumplimientos, sanciones, etc.). Se mide en una escala de 1 a 5.

3. Valoración que hacen los servicios de inspección sobre el grado de cumplimiento actual y de los últimos años de la legislación sanitaria por parte del establecimiento, en concreto el estado de las instalaciones, locales y equipos, así como la fiabilidad y el grado de cumplimiento de los autocontroles. Se mide en una escala de 1 a 5.

En el mencionado programa plurianual de control oficial está incluida, dentro de cada objetivo, (según la actividad de los operadores), la supervisión de que los procedimientos APPCC se ajusten al Reglamento (CE) nº 852/2004, mediante la realización de las correspondientes auditorías. En cuanto a los procedimientos documentados sobre estas auditorías de supervisión de los sistemas APPCC, se ha elaborado en el Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis un protocolo-guía para uso en las mismas (“Protocolo de auditoría de los autocontroles basados en APPCC”), a disposición de los inspectores responsables de realizarlas.

NAVARRA

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 26 de 32 Recomendación 1

Page 27: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Los controles oficiales que se programan y desarrollan por la autoridad competente de nuestra Comunidad tienen en cuenta el análisis del riesgo, concretamente, se basan en la información existente respecto a las sustancias empleadas en el tratamiento de las enfermedades de los animales destinados a producir alimentos, en la frecuencia con la que se detectan sustancias prohibidas o en concentraciones superiores a las admitidas, el historial de las empresas, se controlan durante periodos establecidos con carácter general los animales que llegan a matadero procedentes de explotaciones con historial de incumplimientos, mal identificados o sospechosos y se prioriza la implantación de las técnicas analíticas de aquellos agentes cuyos riesgos son de mayor magnitud o se ha comprobado que pueden estar presentes con mayor frecuencia o podrían afectar a mas consumidores.

La Comunidad dispone de planes de acción, por ejemplo en el sector lácteo que tienen en cuenta todas las etapas de la cadena alimentaria, basado en los principios y sistemas de APPCC y que priorizan las acciones a realizar y su frecuencia en razón de la evaluación del riesgo. La autoridad competente ha elaborado un protocolo general de higiene aplicable a la totalidad de acciones de control oficial de alimentos y 10 protocolos específicos para diferentes sectores y 6 protocolos mas de carácter horizontal que se detallan en el tema 5.

La Autoridad competente de la Comunidad utiliza una aplicación informática que permite realizar la programación y el seguimiento del control oficial bajo su responsabilidad. Esta aplicación incluye la totalidad de los establecimientos alimentarios, su historial en relación con los controles realizados, los agentes de control oficial y permite gestionar y programar las actuaciones de control oficial, inspecciones, auditorías, muestreos y los resultados analíticos.

Se ha elaborado un documento denominado “Programa de riesgos. Categorización de las industrias y establecimientos de Navarra”. Los criterios de valoración y ponderación del riesgo que se aplican en dicho documento son los siguientes:

• Clave/s del Registro General Sanitario (RGSA) según la/s actividad/es de la empresa. En caso de varias actividades, se asigna la de riesgo más alto.

• Actividades de elaboración, transformación, envasado, almacenamiento y distribución.

• Código/s de actividades no sujetas a RGSA.

• Historial de los resultados de los controles realizados en la empresa alimentaria. Incluye las deficiencias encontradas en las inspecciones ponderadas como muy graves, graves, leves o sin deficiencias, la valoración de los autocontroles realizados aplicando las guías de buenas prácticas y/o los sistemas de APPCC y prerrequisitos y los resultados de los controles analíticos.

• Sistemas de procesado y de conservación de los alimentos.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 27 de 32 Recomendación 1

Page 28: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

• Modo de empleo del alimento y tipología del consumidor del mismo.

• Volumen de producción.

La aplicación de estos criterios con factores de ponderación y tratamiento informático en la aplicación existente, permitirá a partir del año 2010, la programación, seguimiento y evaluación del control oficial bajo la responsabilidad de la autoridad competente de la Comunidad.

LA RIOJA

Esta comunidad autónoma tiene previsto continuar con el establecimiento del mapa de riesgos de las empresas alimentarias.

Descripción de los criterios de caracterización del riesgo que sirven de base para la programación del control oficial.

Los criterios que están establecidos, mediante un programa al efecto son:

• Tipo de alimento y uso esperado. Según sean los alimentos que son objeto de la actividad el establecimiento recibe una puntuación. Los tipos de alimentos a estos efectos son riesgo bajo, riesgo medio, riesgo alto, listos para su consumo y no listos para su consumo. Existiendo además factores de corrección en función de grupos de riesgo

• Actividad. Según su actividad los establecimientos se clasifican en riesgo alto, medio y bajo, existiendo factores de corrección en función de que se trate de establecimientos que preparan y sirvan comidas a colectivos y en establecimientos con presencia de materiales específicos de riesgo (MER)

• Procesado. En función del procesado hay dos grupos de alimentos, alimento sometidos a tratamientos que procuran su seguridad microbiológica y los que no lo están.

• Cliente. Bajo esta denominación se recogen dos aspectos: El número de consumidores potenciales y la pertenencia a grupos de riesgo.

• Histórico. Se tienen en cuenta si la empresa ha sido objeto de cierre o suspensión de actividad por temas de salud, o ha sido objeto de expediente sancionador por temas de salud o si ha causado alertas o toxiinfecciones alimentarias (en los que se haya constatado responsabilidad).

• Condiciones higiénico sanitarias. Se controlan las condiciones generales higiénico sanitarias de las empresas alimentarias y su adecuación a los establecido en el Reglamento (CE) N° 852/2004. Según sean sus condiciones higiénico sanitarias se clasifican en uno de los siguientes grupos: Condiciones muy buenas, condiciones buenas, condiciones regulares, condiciones muy deficientes.

• Disposición de sistema de autocontrol. En este criterio se tiene en

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 28 de 32 Recomendación 1

Page 29: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

cuenta la existencia de plan de proveedores, formación del personal, buena prácticas de manipulación, limpieza y desinfección, lucha contra plagas, trazabilidad, agua, residuos, mantenimiento y plan de autocontrol basado en el APPCC.

• Juicio técnico del agente de control oficial. Se clasifica cada establecimiento en una de las cuatro categorías siguientes: Condiciones muy buenas, condiciones buenas, condiciones regulares o condiciones malas.

VALENCIA

En el marco del Plan de Seguridad Alimentaria de la Comunidad valenciana, anualmente se lleva a cabo la planificación de los programas de Vigilancia y Control de los establecimientos alimentarios y de Vigilancia Sanitaria de Productos Alimenticios y/o Alimentarios.

1) Vigilancia y control de establecimientos alimentarios.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3º del reglamento 882/2004 sobre control oficial, la planificación de la vigilancia y control de los establecimientos alimentarios en la Comunidad Valenciana se organiza a partir de una categorización de los establecimientos en base al riesgo.

En cada establecimiento se consideran dos tipos de riesgo, que interaccionan entre sí:

- el riesgo genérico, asociado a la actividad que desarrolla el establecimiento, que es común a todos los que realizan la misma actividad.

-el riesgo específico de cada establecimiento que se determina para cada caso y momento concreto, en función de las condiciones sanitarias y el grado de cumplimiento de la normativa sanitaria.

El riesgo genérico atribuido a un establecimiento es constante mientras no cambie su actividad o el tipo de productos que manipula. Por el contrario, el riesgo específico varía en función del comportamiento de sus componentes a lo largo del tiempo. Se describe a continuación los factores que se tienen en cuenta en la determinación de ambos tipos de riesgo

a.- Riesgo genérico

En su cálculo intervienen los siguientes componentes:

- La fase de la cadena: distinguiendo cuatro niveles, de mayor a menor riesgo, Elaboración → Envasado → Almacenamiento → Venta minorista

- El producto, en función de que:

las características intrínsecas del producto favorezcan o no la presencia o crecimiento de microorganismos patógenos y/o sus toxinas, y/o contener otros contaminantes.

Se trate de alimentos listos para el consumo o requieran un tratamiento adicional antes de su consumo.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 29 de 32 Recomendación 1

Page 30: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

- La población a la que va destinado el alimento. Circunstancias personales tales como la edad, el estado inmunológico, o determinadas necesidades nutricionales hacen que la sensibilidad de ciertos grupos sea mayor que la de otros. Se consideran aquí determinadas actividades alimentarias cuyos productos son consumidos de manera exclusiva por grupos de población sensible, entendiendo como tales a niños, ancianos y enfermos. En estos casos, se aplicará un factor que incrementa el riesgo.

- El ámbito de distribución de los productos. Se consideran dos niveles: establecimientos con un ámbito de distribución local o general.

Como consecuencia de la combinación de estos criterios, se clasifican las actividades de los establecimientos en 5 niveles de riesgo genérico.

b.- Riesgo específico

Cada uno de estos niveles de riesgo genérico puede, a su vez, presentar tres niveles de riesgo específico en función de las condiciones sanitarias y el cumplimiento de la normativa (denominado estado sanitario del establecimiento) y el historial de sanciones del establecimiento. Se calcula por tanto para cada establecimiento concreto y al estar relacionado con determinadas características o situaciones del establecimiento variables a lo largo del tiempo, es necesario evaluarlo periódicamente para tener una medida real y ajustada del riesgo específico en periodos concretos.

La evaluación del estado sanitario de los establecimientos alimentarios se lleva a cabo mediante la utilización, en las visitas de control oficial, de formularios que recogen los requisitos que deben cumplir los establecimientos en base al Reglamento (CE) 852/2004 en los que cada ítem ha sido valorado, asignándosele un valor determinado en relación con su incidencia en la seguridad del producto. Del mismo modo, los incumplimientos son clasificados en tres niveles de gravedad que influyen en la valoración del estado sanitario.

Mediante la aplicación de estos criterios se categoriza cada establecimiento en un nivel final de riesgo que es determinante para la asignación de frecuencias y de los recursos de control oficial.

2) Vigilancia y control de productos alimentarios y/o alimenticios.

El Programa de vigilancia sanitaria de alimentos aborda el control oficial a través de las actividades de toma de muestras y análisis de alimentos, con objeto de verificar el cumplimiento de la normativa encaminada a prevenir, eliminar o reducir los riesgos a niveles aceptables.

Los criterios tenidos en cuenta en la priorización y selección de sectores, actividades, alimentos a investigar y parámetros analíticos son los siguientes:

a) Criterios normativos y científicos: se tiene en cuenta los productos y parámetros para los que se han desarrollado límites y

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 30 de 32 Recomendación 1

Page 31: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

criterios en la Legislación Alimentaria, Recomendaciones de la Comisión y opiniones científicas sobre determinados peligros.

b) Composición del censo de establecimientos alimentarios atendiendo al peso específico de los diferentes sectores y actividades en el ámbito de a Comunidad Valenciana y a la categorización del riesgo.

c) Población de destino: teniendo en cuenta poblaciones de riesgo como ancianos, niños, enfermos hospitalizados, etc.

d) Datos de consumo de alimentos (Fuente: Modelo de dieta española para la determinación de la exposición del consumidor a sustancias químicas. AESAN 2006y Encuesta de Nutrición y salud de la Comunidad Valenciana 2003).

En el ámbito de actuación de la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR que coordina los Controles a la importación de productos de consumo humano y los Puestos de Inspección Fronterizos (PIF), con respecto al Punto 4.1 de Organización y aplicación de controles oficiales:

Análisis de laboratorio: La Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior, en el ámbito de los productos destinados a consumo humano y sometidos a controles en frontera en España, regulados por la Orden Ministerial de 20.01.94, desarrolla el Programa de Controles de Sanidad Exterior en función del análisis de riesgos. Se adjunta el Programa de Controles de Sanidad Exterior 2010 donde se incluyen los diferentes productos a analizar.

DOCUMENTO 1.pdf

Asimismo durante el año 2009 se han remitido a todos los PIF tres nuevos PROTOCOLOS que han venido a sustituir y anular todas las instrucciones anteriores relacionadas con la aplicación de los artículos 12 y 13 de la Directiva 97/78/CE:

1) Protocolo de control de movimientos de Zona Franca, Depósito

Franco y Depósito Aduanero

DOCUMENTO 2.pdf

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 31 de 32 Recomendación 1

Page 32: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 32 de 32

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

2) Protocolo de control de movimientos de aprovisionamiento de

medios de transporte marítimo

DOCUMENTO 3.pdf

3) Protocolo de control de instalaciones fronterizas de almacenamiento

sanitario de mercancías. Establecimientos 12.4 y 13.

DOCUMENTO 4.pdf

Recomendación 1

Page 33: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 1 de 23 Recomendación 2

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

RECOMENDACIÓN 2. Emprender las acciones oportunas para garantizar una coordinación eficiente y eficaz entre las autoridades competentes que participan en los controles oficiales, como exige el artículo 4 del Reglamento (CE) nº 882/2004.

Tal y como aparece descrito en el Plan Nacional en el capítulo dedicado a Autoridades competentes: estructura, organización e instrumentos de coordinación y en el informe final de la misión DG (SANCO)/7697/2008 sobre el Perfil de España en relación con la seguridad alimentaria y de los piensos, la sanidad animal y la sanidad vegetal las autoridades competentes implicadas en el control oficial a nivel central son: el Ministerio de Sanidad y Política Social (MSPS) y el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM). A nivel Autonómico las competencias se reparten en Consejerías que reciben diferentes nombres según la Comunidad Autónoma de que se trate, como norma general son un espejo de lo que sucede a nivel central. Con carácter general se denominan Consejerías de Sanidad y de Agricultura y Ganadería y estos aspectos son abordados por las Direcciones Generales de Salud Pública (DGSP) y de Agricultura, Ganadería y/o Pesca (DGAG).

La nueva versión del Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria (2011-2015) que se está elaborando incorpora, entre otras modificaciones, las recomendaciones propuestas en el informe de Auditoría General, es por eso que se incorpora un capítulo dedicado a los órganos de coordinación donde se describe de forma general que estos pueden tener carácter específico o general y a su vez, éstos pueden ser interterritoriales, es decir, integrados por Ministerios y organismos de CCAA dentro del mismo ámbito competencial, o bien interterritoriales e intersectoriales, que además incluyen todas las competencias en materia de seguridad alimentaria.

Los acuerdos adoptados en estos órganos de coordinación no tienen un carácter vinculante desde el punto de vista legal, aunque todas las partes cumplen dichos acuerdos ya que se adoptan de manera consensuada. En caso de considerarse necesario, para establecer de manera obligatoria algún acuerdo adoptado, se eleva al órgano superior correspondiente (como por ejemplo el Consejo de Ministros) para dar trámite al acuerdo y posterior publicación en el BOE como norma jurídica.

*For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

*For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

Page 34: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Los diferentes mecanismos e instrumentos de coordinación y cooperación también quedan definidos en un anexo del citado plan que incluye por una parte la legislación de referencia que ampara la estructura y organización de los organismos competentes tanto a nivel central como autonómico y los instrumentos de coordinación y cooperación de la siguiente forma:

Coordinación estatal (interterritorial e intersectorial): En las autoridades españolas centrales recae la responsabilidad general de la coordinación, los más altos foros de coordinación los siguientes:

1. Interterritoriales:

Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural (CSADR) en temas exclusivos de la Agricultura y Ganadería, constituida el 28 de julio de 1983. Integrado por el/la Ministro/a de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino y los Consejeros de Agricultura, Ganadería y Alimentación de las Comunidades Autónomas, de Ceuta y Melilla.

Conferencia Sectorial de Pesca (CSP), constituida el 28 de julio de 1983. Integrado por el/la Ministro/a de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino y los Consejeros de Pesca de las Comunidades Autónomas, de Ceuta y Melilla.

Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) para temas exclusivos de Salud Pública, creado por la Ley 16/2003 de 28 de mayo de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud como el órgano permanente de coordinación, cooperación, comunicación e información de los servicios de salud entre ellos y con la Administración del Estado, que tiene como finalidad promover la cohesión del Sistema Nacional de Salud a través de la garantía efectiva y equitativa de los derechos de los ciudadanos en todo el territorio del Estado. Está integrado por la Ministra de Sanidad y Política Social y los Consejeros de Sanidad de las Comunidades Autónomas, de Ceuta y Melilla.

2. Interterritoriales e intersectoriales:

Como organismo de coordinación entre AESAN, MARM, MSPS y las CCAA se encuentra la Comisión Institucional (CI-AESAN), es el órgano de la AESAN encargado de establecer mecanismos eficaces de coordinación y cooperación entre las Administraciones Públicas con competencias en materia de seguridad alimentaria. Ejercerá, por tanto, funciones de coordinación interterritorial e interdepartamental, en los ámbitos de actuación de la AESAN. Está en comunicación con el CISNS y otros consejos interterritoriales, como la CSADR y la CSP. Brinda su apoyo a la CI-AESAN el grupo de Consenso Técnico, que se encarga de la coordinación técnica de la seguridad alimentaria y la salud pública. Con carácter más específico, y siguiendo el mandato de la CI-AESAN, se pueden crear grupos de trabajo concretos.

El Consejo de Dirección de AESAN (CD-AESAN), es el órgano rector de la Agencia. Su misión es velar por la consecución de los objetivos asignados a la Agencia y ejercer la superior dirección de la misma. Está compuesto por personas de reconocida competencia profesional en

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 2 de 23 Recomendación 2

Page 35: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

cualesquiera de los ámbitos relevantes para el funcionamiento de la Agencia, entre los que están el Presidente del Consejo de Dirección de la Agencia que ostenta la presidencia del Organismo, el o los Vicepresidentes, además de otros miembros nombrados por el Gobierno de la Nación, los designados por las Comunidades Autónomas, por las entidades locales y a propuesta del Consejo de Consumidores y Usuarios y las organizaciones económicas más representativas de los sectores de producción, transformación, distribución y restauración en los términos que se determinen reglamentariamente. El Consejo de Dirección se reúne, al menos, una vez al mes, así como cuantas veces le convoque su Presidente o a petición de un tercio de sus miembros.

Otros órganos de coordinación específicos:

Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria

Comité Nacional de Identificación del Ganado y Registro de Explotación de las Especies de Interés Ganadero (CNIGRE) Real Decreto 479/2004.

Comité Español de Identificación Electrónica Animal (CEIEA) Orden APA/2405/2002

Comisión Nacional del Programa Integral Coordinado de Vigilancia y Control de las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles.

Comisión Nacional de Coordinación en Alimentación Animal(CNCAA) Real decreto 1144/2006

Comisión Nacional de Subproductos de Origen Animal No Destinados a Consumo Humano (CNSANDACH)

Comité Español de Bienestar y Protección de los Animales de Producción (CEBPAP) Real Decreto 751/2006

Mesa de Coordinación de Trazabilidad de Productos de Origen Animal (MTPOA) Real Decreto 1698/2003

Mesa de Coordinación de la calidad de la leche cruda

Comité de Coordinación de Controles sobre Medios de Defensa Fitosanitarios,

Comité de Coordinación de Controles Oficiales (CCCO) El CCCO podrá funcionar en formación de Pleno, o en Emergencia, Bilateral o Grupos de Trabajo, y podrá estar asistido por especialistas diversos.

Comisión Nacional de Bioseguridad

Consejo Interministerial de OGMs

Comisión Nacional de Coordinación de la Investigación y Control de residuos o sustancias en animales vivos y sus productos

Grupo de trabajo de laboratorios de control oficial

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 3 de 23 Recomendación 2

Page 36: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Mesa de coordinación de la calidad alimentaria

Grupos de trabajo sectoriales

De producción ecológica

De DOP/IGP/ETG

La coordinación municipal se lleva a cabo mediante una Asociación de Entidades Locales que agrupa Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares que se llama Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) La FEMP es la Sección Española del Consejo de Municipios y Regiones de Europa (CMRE), y sede oficial de la Organización Iberoamericana de Cooperación Intermunicipal (OICI).

A nivel autonómico las autoridades competentes para el control de la cadena alimentaria en España son, en el caso de la producción primaria y operaciones conexas dependientes de las Consejerías o Departamentos de Agricultura y Ganadería (Dirección General de Ganadería y Pesca) de cada comunidad autónoma y en las fases post-primarias de verificación del cumplimiento de la legislación en materia de alimentos dependientes de las Consejerías o Departamentos de Sanidad, Salud, Alimentación o Consumo (Dirección General de Salud Pública) de cada Comunidad Autónoma.

En el ámbito de actuación del MARM y Consejerías de Agricultura (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

Se avanza en la coordinación entre Autoridades competentes responsables del control oficial. Además de mantener una frecuencia alta de reuniones de los órganos de coordinación técnicos en cada ámbito de control, tanto de las Comunidades Autónomas como de la Administración General del Estado, se ha extendido a todos los programas el protocolo de aprobación formal en la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural (Ministra de MARM y consejeros de las CC.AA.), previo debate y aprobación en mesas de coordinación de alto nivel (Director General del MARM en cada ámbito de responsabilidad, y DD.GG. de todas las CC.AA.).

De esta forma se asegura la coordinación de todas las autoridades responsables de los controles en la producción primaria desde el nivel técnico hasta el más alto nivel dentro de la estructura de la Administración competente en esta fase de la cadena alimentaria.

En la siguiente etapa tiene lugar la coordinación entre todos los estamentos responsables de los controles a lo largo de todas las fases de la cadena alimentaria.

En el ámbito específico del control de la distribución, dispensación y uso de los medicamentos veterinarios, se reitera lo ya dicho a propósito de la Misión FVO 7781/2008 (véase la parte B del informe de la Auditoría General):

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 4 de 23 Recomendación 2

Page 37: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

“La Subdirección General de Sanidad de la Producción Primaria esta elaborando un Programa Nacional de control oficial de distribución, prescripción, dispensación y uso racional de medicamentos veterinarios siguiendo las recomendaciones 10, 11 y 13 del informe final de la parte B de la Auditoría especifica para evaluar el control de los residuos y contaminantes en animales vivos y productos de origen animal, incluidos los controles de los medicamentos veterinarios.”

Este programa de control deberá ser acordado y consensuado por todas las autoridades competentes de las CCAA y se ha previsto su implantación a nivel nacional para el siguiente periodo de funcionamiento del MANCP, es decir, en el periodo 2011-2015.

Formarán parte de este programa de control oficial, la actualización del registro de mayoristas de medicamentos veterinarios, los controles sobre la distribución de medicamentos veterinarios, así como de la prescripción y uso de los mismos, con especial insistencia en el control de la correcta cumplimentación de los registros de tratamientos veterinarios en la explotación ganadera.

En este momento se debate, junto con los sectores implicados, el texto de un nuevo Real Decreto que, además de regular las fases de distribución, prescripción y dispensación de medicamentos veterinarios, proporcionará base jurídica a estos controles.

Por lo que respecta al control de la calidad higiénico-sanitaria de la leche cruda, existe todo un conjunto de mecanismos de coordinación que se ha mostrado eficiente. Estos sistemas están sostenidos por cuatro pilares fundamentales:

I. Reuniones: se celebran con periodicidad establecida y tienen

distintos participantes (CC.AA., laboratorios interprofesionales, sector productor e industria láctea, laboratorios nacionales de referencia y Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición)

II. Vía telemática III. Vía telefónica IV. Vía web de la base de datos Letra Q

La aplicación “Letra Q”, dispone de varias herramientas que permiten garantizar una adecuada coordinación de los técnicos y de las instituciones implicadas en el programa de control, como por ejemplo el módulo de alarmas, o el módulo de gestión de explotaciones con comercialización restringida.

En lo que se refiere al control sanitario en frontera, se han celebrado a lo largo del año 2009 un total de 12 reuniones de coordinación con todos los estamentos implicados (Aduanas, Subd. Gral de Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad y Política Social, Puertos del Estado, AENA –Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea-, Ministerio de la Presidencia,

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 5 de 23 Recomendación 2

Page 38: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

CLASA –Centros Logísticos Aeroportuarios-, Policía Fiscal), en las que se ha coordinado todo el dispositivo español de control en frontera de animales vivos y productos alimenticios. Además se ha consensuado un acuerdo interministerial que establece quién es la autoridad responsable de los controles oficiales en frontera para la introducción de alimentos de origen animal para consumo personal y de animales de compañía sin ánimo comercial (se adjunta documento):

Documento de Microsoft Word

La coordinación de las autoridades responsables de la Sanidad Vegetal se articula mediante el Comité Fitosanitario Nacional (RD 1190/1998), este Comité recibe el apoyo de distintos Grupos de Trabajo específicos que, a su vez, constituyen otro instrumento de coordinación. Además, en los casos de establecimiento y desarrollo de planes de contingencia, en éstos se establecen las obligaciones mínimas respecto, entre otros aspectos, a medidas de coordinación y cooperación entre las distintas administraciones, así como entre todos los agentes implicados.

En el ámbito de la Alimentación animal (higiene de los piensos), se han tomado las medidas oportunas recogidas en el Plan de acción sectorial, como consecuencia de la visita auditoría especifica llevada a cabo en España durante el 10-19 de junio de 2008 con el fin de evaluar la aplicación de las medidas relativas a los controles oficiales de los piensos y el cumplimiento de los requisitos en materia de higiene de los piensos.

Por lo que respecta al comercio intracomunitario de esperma y embriones de bovino, importa resaltar que la antigua Subdirección General de Sanidad Animal (actualmente denominada Subdirección General de Sanidad de la Producción Primaria) y la Subdirección General de Medios de Producción Ganaderos son Unidades estrechamente relacionadas y dependientes del mismo centro directivo, la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos, manteniéndose frecuentes reuniones internas entre ambas Subdirecciones Generales.

Las responsabilidades en materia de comercio intracomunitario de semen y embriones de bovino están aclaradas en el articulo 2.i del Real Decreto 2256/1994, de 25 de noviembre, en el que se establece que la Autoridad competente es el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (actualmente Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino - MARM) para las importaciones procedentes de terceros países y los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas en relación con los intercambios intracomunitarios. En este ámbito concreto se esta reforzando la frecuencia de las reuniones de coordinación.

En lo relativo a bienestar animal, en referencia a la coordinación para la aplicación del Reglamento (CE) nº 1/2005 la situación actual es:

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 6 de 23 Recomendación 2

Page 39: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

En las CCAA se disponen de instrucciones específicas sobre las medidas a tomar para evitar el transporte de animales no aptos.

Las distintas consejerías implicadas realizan reuniones de coordinación y poseen protocolos específicos para gestionar estos casos.

Acción propuesta por el MARM: Consideramos que evitar el transporte animales no aptos es complejo y requiere tomar medidas en dos puntos fundamentales: mejorar la formación de todos los implicados (ver las acciones previstas en el punto 5), y mejorar los controles para garantizar el cumplimiento de la legislación, para ello se están elaborando distintos protocolos a partir de los ya existentes en las CCAA, y por otra parte hay que señalar que el sector transportista está elaborando una guía sobre aptitud para el transporte de bovino que, una vez finalizada, será utilizada de base para la elaboración de las de otras especies.

En cuanto al intercambio de información eficaz entre la ACC y las CC.AA. y con otros Estados miembros en relación con Reglamento (CE) nº 1/2005 la situación actual es:

Las CCAA utilizan el punto de contacto nacional para intercambiar la información con el resto de los EEMM. El MARM gestiona dicha información.

Acción propuesta por el MARM:

a. Se está elaborando un procedimiento documentado al respecto.

b .Se solicitará a las CCAA que, junto con el informe de las inspecciones realizadas en 2009, se incluya información sobre las comunicaciones a otras comunidades autónomas.

c. Se incluirá sistemáticamente, en la primera reunión anual de la mesa de coordinación, un punto sobre este asunto para mejorar el intercambio de información.

En el ámbito de actuación de AESAN y Consejerías de Salud Pública (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

La AGE y las diferentes CCAA promueven desde hace tiempo el continuo acercamiento de sus administraciones con competencias en materia de Seguridad Alimentaria en sus planteamientos y acciones fruto de la necesidad reconocida de coordinar sus actuaciones de una manera eficiente.

Por otra parte esta coordinación y acercamiento se lleva a cabo de diferente forma en cada comunidad autónoma, es decir se han desarrollado acuerdos, planes o protocolos de actuación, mesas, procedimientos o comisiones de coordinación, todo ello con el objetivo común de establecer mecanismos que garantizan la coordinación entre las diferentes unidades y una comunicación eficaz entre las autoridades de control oficial de las Comunidades Autónomas y organismos centrales.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 7 de 23 Recomendación 2

Page 40: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Actualmente se ha constituido un Grupo de Trabajo formado por la Subdirección General de Coordinación de Alertas Alimentarias y Programación del Control Oficial de AESAN y representantes de las diferentes CCAA, organizado en subgrupos que mantiene reuniones periódicas para desarrollar los programas de control oficial.

Las actuaciones particulares desarrolladas en cada Comunidad Autónoma para garantizar una coordinación y comunicación eficaz se muestran a continuación.

ANDALUCÍA

Las diferentes administraciones con competencias en materia de seguridad Alimentaria en Andalucía iniciaron hace años un continuo acercamiento en sus planteamientos y acciones fruto de la necesidad reconocida de coordinar sus actuaciones de una manera eficiente.

En el caso de la administración competente en materia de agricultura, ganadería y pesca, la necesidad de coordinación y el acuerdo absoluto de ambas administraciones ha hecho que con fecha 10 de octubre de 2008 se firme un acuerdo especifico en forma de “Protocolo de cooperación entre las Consejerías de Agricultura y Pesca y de Salud” que ampara y promueve dicha colaboración y coordinación de actuaciones en cuatro bloques de temas a saber:

1. Planes de control específicos con competencias complementarias

2. Intercambio de información entre ambas Consejerías

3. Procedimiento para alcanzar posiciones comunes relativas a Seguridad Alimentaria como Comunidad Autónoma

4. Pesca y Moluscos Bivalvos

Para cada uno de estos Bloques se han establecido uno o varios grupos de trabajo estables o ad-hoc, que han permitido elaborar trabajos coordinados desde el inicio y que han dado lugar a la elaboración de Planes coordinados (Salmonelosis; Leche; SANDACH; EET; etc.).

El Comité de Dirección del Protocolo se reúne una vez al año (si no fuera convocado extraordinariamente) y permite que desde el mas alto nivel político se amparen los acuerdos adoptados y en sus caso, faciliten los mismos.

ARAGÓN

Instrumentos de coordinación intraautonómica. Para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales, se considera imprescindible una coordinación y cooperación eficaz entre el Departamento de Agricultura y Alimentación (Dirección General de

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 8 de 23 Recomendación 2

Page 41: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Alimentación) y al Departamento de Salud y Consumo (Dirección General de Salud Pública).

El Decreto 187/2004, de 7 de septiembre, del Gobierno de Aragón, estableció principios y mecanismos para garantizar la coordinación entre las actuaciones de ambos Departamentos en materia de ganadería, seguridad alimentaria y salud pública. Por otro lado, las actuaciones relativas a los controles de productos fitosanitarios están coordinadas mediante la distribución de competencias al respecto y la creación de una Comisión de Control establecida en el Decreto 131/1998, de 23 de junio del Gobierno de Aragón.

La coordinación entre las Direcciones Generales de Alimentación y de Salud Pública se desarrolló mediante un Acuerdo de 4 de marzo de 2008 para la aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón del Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria. El acuerdo se concreta en una serie de medidas específicas:

1. Clasificación de los Programas de control. Los Programas de control del Plan Autonómico de Control de la Cadena Alimentaria (PACCA), se han clasificado en función del grado de coordinación y cooperación que requiere su organización y ejecución, en Programas comunes (elaboración, aprobación y ejecución compartidas), Programas coordinados (en los que cada Dirección General interviene como autoridad competente en la fase de la cadena alimentaria en la que ejerce su responsabilidad y que son desarrollados con los adecuados mecanismos de coordinación y cooperación) y Programas específicos (por su ámbito de aplicación su gestión corresponde de forma específica a cada una de las Direcciones Generales y su desarrollo requiere un menor nivel de coordinación).

2. Comisión mixta de coordinación: la organización, ejecución y evaluación del PACCA, en particular de los Programas de control común y coordinados, se realiza a través de una Comisión mixta integrada, a partes iguales, por seis miembros designados por los respectivos Directores Generales quienes ostentarán la presidencia compartida de dicha Comisión. La Comisión se reunirá al menos tres veces al año, procediendo a la aprobación de los Programas de control comunes y coordinados y a la evaluación de su cumplimiento y aprobación de su informe anual.

3. Designación de Responsables de los Programas de control, para los comunes y coordinados.

4. Intercambio de información entre las autoridades competentes, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

- La información relativa a la gestión del programa se canalizará, por todas las unidades intervinientes en el mismo, a través del responsable regional.

- Sin perjuicio de lo establecido en los planes de emergencia, los incumplimientos que se produzcan en la ejecución de los controles que pudieran tener implicaciones, en particular aquellos que puedan suponer un riesgo grave para las personas o animales, así

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 9 de 23 Recomendación 2

Page 42: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

como de las medidas adoptadas en su caso, serán comunicados sin demora entre las autoridades competentes, preferentemente a través del responsable del Programa, y difundidas, en su caso, a todas las partes interesadas.

- De todas las informaciones comunicadas se dejará constancia de ello y se mantendrá debidamente informado de las mismas al superior jerárquico.

- Gestión y uso de bases de datos compartidas: se compartirá la gestión y uso de las bases de datos en las cuales tienen competencias ambos departamentos, entre ellas: REMO, Letra Q P.N.I.R., SANDACH.

5. Acceso compartido a laboratorios y equipos de diagnóstico: aquellos Programas que contemplen el acceso compartido a laboratorios, recogen en el mismo los mecanismos, establecidos de común acuerdo, para la entrega y condiciones de las muestras, diagnósticos y transmisión de resultados entre las unidades responsables, de forma que se garantice un proceso rápido, seguro y de calidad en las determinaciones analíticas.

6. Iniciativas compartidas en la formación del personal dedicado a controles oficiales: en los Programas de control comunes y coordinados, la Comisión mixta determinará las necesidades y prioridades de formación del personal de control a desarrollar cada año, en base a las propuestas de los Jefes de Servicio, una vez analizadas por éstos las de los responsables de los Programas y las del personal de control.

7. Auditorías: dado que cada autoridad competente ha establecido su propio Programa de auditoría para sus respectivos Programas, se han establecido medidas de coordinación con el fin de que el proceso de auditoría se lleve a cabo de forma homogénea y coherente en los Programas comunes y coordinados, entre las que destacan que en los Programas de control comunes se llevará a cabo una sola auditoría por un único equipo auditor, designado de forma conjunta por las autoridades competentes en el seno de la Comisión mixta; en los Programas coordinados, los coordinadores de los respectivos Programas de auditoría, siguiendo las directrices de la Comisión mixta, determinarán la coordinación efectiva en la planificación, realización y seguimiento de las auditorías, la supervisión de los informes de auditoría y el seguimiento de los resultados de las auditorías y de su aplicación por el órgano auditado; e intercambios de informes definitivos de auditoría de cada Programa entre las autoridades competentes, analizando conjuntamente sus resultados, para adoptar las modificaciones oportunas en los Programas de control o en el Plan autonómico. Así mismo, se procederá al intercambio y análisis conjunto de los informes derivados del examen independiente de los Programas de auditoría y de misiones comunitarias con la misma finalidad.

8. Modificación del Acuerdo, a propuesta de la Comisión mixta para adaptarlos a los cambios y resultados producidos en el PACCA.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 10 de 23 Recomendación 2

Page 43: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

9. Mesas sectoriales: se constituirán mesas sectoriales para una mejor coordinación. En la actualidad existen mesas sectoriales para el sector lácteo y el bienestar animal, estando prevista próximamente la creación de nuevas mesas.

ASTURIAS

La estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios está aprobada mediante el DECRETO 125/2008, de 27 de noviembre.

A continuación se describe la estructura, organización y funciones de la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo.

Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo

Esquema de coordinación de las autoridades competentes implicadas en los controles oficiales.

Esquema coordinación PA.doc

En febrero del 2005 se creó la Mesa de Coordinación de la Seguridad Alimentaria, que se reúne periódicamente, y que está formado por representantes de la Consejería de Medio Rural y Pesca y la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo, con las siguientes funciones:

- Alcanzar acuerdos sobre aquellos aspectos que constan en los reglamentos de Higiene y que afectan a ambas Consejerías.

- Tomar las acciones que correspondan para ejecutar las recomendaciones de las Misiones de la FVO, cuando se vean afectadas ambas Consejerías.

- Desarrollar acciones formativas con Veterinarios y Técnicos de las Consejerías implicadas.

BALEARES

En la C.A. de las Islas Baleares existen diversos organismos encargados de la coordinación de actuaciones en materia de seguridad alimentaria entre las autoridades competentes:

• Comisión de coordinación de la vigilancia y control de determinadas sustancias, de los residuos en los animales y de sus productos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Este organismo tiene como finalidad coordinar y hacer un seguimiento, en el marco del

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 11 de 23 Recomendación 2

Page 44: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Plan Nacional de Investigación de Residuos en los Animales y Carnes Frescas, de las actuaciones de vigilancia y control realizadas en las Illes Balears para la detección de residuos o sustancias en animales, en sus excrementos y líquidos biológicos, así como en cualquier órgano o tejido animal, productos de origen animal, piensos, agua para beber y otros componentes utilizados en la alimentación de los animales, realizados por los órganos competentes en la materia de la Administración autonómica de las Illes Balears o su Administración institucional. Se adjunta copia del decreto de constitución.

decreto 5_2005 comisión pnir.pdf

• El Consejo de Seguridad Alimentaria de las Illes Balears y el Comité Técnico Científico de Seguridad Alimentaria de las Illes Balears, como órgano administrativo de asesoramiento y coordinación en materia de seguridad alimentaria, de carácter colegiado, creado para garantizar la colaboración y coordinación de las administraciones públicas competentes en la materia y actuar como centro de referencia en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears en la evaluación de riesgos alimentarios, así como su gestión y comunicación, especialmente en situaciones de crisis o emergencia. Se adjunta copia del decreto de constitución.

decreto 6_2005 comisión SA.pdf

• Comisión de coordinación en materia de control y seguridad alimentaria, cuyas funciones fundamentales se indican a continuación:

1. Coordinar las actuaciones de las instituciones encargadas de aplicar la nueva normativa europea en materia de seguridad alimentaria.

2. Contribuir a unificar los criterios de interpretación y aplicación de esta normativa.

3. Informar sobre los temas que se aborden a nivel de la Comisión Institucional y del Consenso Técnico de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), con carácter previo y posterior a la realización de sus reuniones.

4. Proponer la adopción de acuerdos sobre aquellos aspectos que constan en los Reglamentos de Higiene y que afectan a la Consejería de Salud y Consumo y a la Consejería de Agricultura y Pesca, así como medidas de actuación.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 12 de 23 Recomendación 2

Page 45: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

5. Sugerir las acciones correspondientes para ejecutar las recomendaciones de las Misiones de la Oficina Alimentaria y Veterinaria, de la Comisión de la Unión Europea, cuando se vean afectadas ambas Consejerías.

6. Proponer la adopción de procedimientos y de formas de información con otras Administraciones, organismos y partes interesadas en la materia.

Se adjunta copia de la orden de constitución de la Comisión.

Adobe Acrobat Document

CANARIAS

Existe buena coordinación entre las diferentes Direcciones Generales de la Consejería de Agricultura, Ganadería Pesca y Alimentación y la Dirección General de Salud Pública, manteniendo reuniones periódicas entre ambos departamentos desde el año 2000, fecha en la que responsables de la sanidad animal empezaron a asistir a las reuniones que efectúa esta Dirección General con los servicios veterinarios responsables del control oficial en los mataderos.

A partir del año 2002, se empezaron a mantener reuniones de coordinación con la Viceconsejería de Pesca, y en los siguientes años a celebrar reuniones específicas para otros temas como: control de la salmonelosis en el sector de la carne de aves, actuaciones en las explotaciones ganaderas que suministran leche a las industrias alimentarias, bienestar animal en los mataderos, actuaciones coordinadas del programa nacional de investigación de residuos en animales y sus productos, plaguicidas en productos de origen vegetal, así como el control de la salmonelosis en el sector de huevos y ovoproductos.

En el año 2005 se planteó la creación de una Comisión Interdepartamental entre la Dirección General de Ganadería y esta Dirección General, y posteriormente con motivo de la aplicación en esta Comunidad Autónoma del Plan Plurianual del Control Integral de la Cadena Alimentaria y del Sistema de Auditorías previstos en el Reglamento (CE) nº 882/2004, se constituyó en 2008, la Comisión de Coordinación entre las Direcciones Generales de Salud Pública y de Ganadería del Gobierno de Canarias, con el fin de coordinar distintas tareas que competen a ambos centros directivos y garantizar la seguridad alimentaria de la cadena alimentaria en la producción ganadera de las islas.

Posteriormente se ha creado, asimismo, una Comisión para el seguimiento del acuerdo de colaboración entre la Inspección Fitosanitaria del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 13 de 23 Recomendación 2

Page 46: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

CANTABRIA

No se dispone de un órgano de coordinación específico, no obstante se realizan actividades de coordinación con otras autoridades competentes, como la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería Pesca y Biodiversidad (reuniones, mesas de coordinación, etc.).

CASTILLA-LA MANCHA

El Estatuto de Autonomía de Castilla La Mancha, atribuye a la Junta de Comunidades competencias exclusivas en materia de Agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias, así como en desarrollo legislativo y ejecución en materia de sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud y en materia de la defensa del consumidor.

Para conseguir la efectividad en las actuaciones públicas relacionadas con tales competencias se hace necesario crear (mediante el Decreto 97/2001) una Comisión Regional de Calidad y Seguridad Alimentaria que coordine la actuación de los diversos órganos de la Administración Pública Regional con competencias en esta materia.

El objeto de tal Comisión será establecer en el ámbito de la Comunidad de Castilla La Mancha, los criterios básicos de actuación en materia de calidad y seguridad alimentaria.

La Comisión estará compuesta por representantes de la Consejería de Salud y Bienestar Social, Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural y del Instituto Regional de Consumo y estará dotada de un comité técnico de expertos para asesorarle cuando se a pertinente, pudiendo crear además grupos de trabajo.

CASTILLA Y LEÓN

En Castilla y León las autoridades competentes para el control de la cadena alimentaria son por una parte la Dirección General de la Producción Agropecuaria de la Consejería de Agricultura y Ganadería en el caso de la producción primaria y operaciones conexas y la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria (APSSA) de la Consejería de Sanidad en cuanto a las fases post-primarias.

Independientemente de que se mantienen reuniones de coordinación en todos los casos en que la necesidad de actividades conjuntas hace preciso el consenso de las actuaciones, se levanta acta de la reunión y se establecen procedimientos escritos que describen las actividades de control realizadas desde ambas Consejerías, en diciembre de 2007 se firmó el “Protocolo de Coordinación Regional para el Control Oficial Integral de la Cadena Alimentaria”

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 14 de 23 Recomendación 2

Page 47: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

En él se contempla un cronograma de reuniones y la creación de un grupo de trabajo para cada uno de los siguientes temas:

1. Plan nacional de investigación de residuos

2. Vigilancia sobre salmonelosis de importancia para la salud pública

3. Calidad higiénico-sanitaria de la leche cruda

4. Subproductos de origen animal no destinados a consumo humano

5. Bienestar animal

6. Actuaciones consecutivas a los controles en matadero

7. Información de la cadena alimentaria e identificación animal

CATALUÑA

La CCAA de Cataluña considera que ya se da la situación de cumplimiento en este aspecto. Para facilitar la coordinación a nivel intraautonómico, se han desarrollado una serie de comisiones técnicas. Estas comisiones tratan temas comunes que afectan a distintos departamentos y organismos. Actualmente están en funcionamiento las siguientes comisiones mixtas y grupos de trabajo:

1. Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria (ACSA):

Ámbito estratégico:

- Grupo de trabajo de coordinación interdepartamental

- Grupo de trabajo de coordinación interadministrativa

- Comisión de trabajo de los agentes económicos de la cadena alimentaria

- Comisión de trabajo de los consumidores y usuarios

Ámbito específico:

- Comisión de seguimiento de la seguridad de la carne de bovino

- Comisión de seguimiento de la seguridad de la leche

- Comisión de seguimiento de las EET

- Comisión directora del plan de residuos de Catalunya

- Grupo de trabajo de autocontroles en la cadena alimentaria

- Grupo de trabajo del Plan de seguridad alimentaria de Catalunya y memoria anual de actividades

- Grupo de trabajo de laboratorios de control oficial

- Grupo de trabajo de bienestar animal

- Grupo de trabajo de zoonosis de transmisión alimentaria

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 15 de 23 Recomendación 2

Page 48: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

- Grupo de trabajo de contaminantes químicos en la cadena alimentaria

- Grupo de trabajo de seguridad de la carne de ave

Las características y objetivos, así como los integrantes de cada uno de ellos se puede consultar en:

http://www.gencat.cat/salut/acsa/Du12/html/ca/dir1332/index.html

2. Agencia de Protección de la Salud:

Grupo de referencia en autocontroles en Cataluña: Existe un grupo interadministrativo que se reúne periódicamente para coordinar la aplicación de la legislación referente a los autocontroles a nivel regional y municipal.

Además, con carácter periódico se convocan reuniones entre miembros del Departament de Salut y de la ACSA y entre miembros del Departament de Salut y el de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, para tratar temas que implican a más de uno de estos organismos.

En ocasiones se crean equipos bilaterales entre el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural y el Departamento de Salud para abordar la coordinación de programas concretos, como por ejemplo el plan de control de bienestar en aves, porcino, rumiantes y équidos.

EXTREMADURA

A nivel de la Comunidad Autónoma de Extremadura, desde el año 2008 y fundamentalmente en el año 2009 se ha mantenido un esfuerzo importante en mantener mecanismos de coordinación eficaces. En este sentido, en los nuevos programas elaborados se han incluido ya mecanismos de coordinación y vías de comunicación.

Por otra parte, se ha elaborado un proyecto de norma, que está próxima a publicarse que recoge la creación de la Oficina Extremeña de Seguridad Alimentaria, que tendrá funciones de coordinación de actuaciones en materia de seguridad alimentaria a lo largo de toda la cadena.

Durante el año 2009 (hasta la fecha del presente informe) se han mantenido 5 reuniones presenciales de coordinación con las autoridades competentes del control de la producción primaria, además de las asiduas comunicaciones telefónicas. Además, dentro de la estructura del Servicio Extremeño de Salud se han mantenido en este año diversas reuniones de coordinación con la estructura, con el fin de armonizar criterios de actuación.

Entendemos que la Oficina Regional de Seguridad Alimentaria dará respuesta a las necesidades de coordinación detectadas.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 16 de 23 Recomendación 2

Page 49: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

GALICIA

Las acciones de coordinación ya se iniciaron en 2007 con motivo de la auditoría de leche y carne de ese año. Además, se mantiene una comunicación continua para el seguimiento de empresas que incumplen el protocolo de recogida de leche a ganaderos con test positivo a inhibidores así como de otros temas. También se han establecido canales estables de comunicación entre los distintos niveles de control oficial para, entre otras, las comunicaciones oficiales de explotaciones positivos a Brucelosis y tuberculosis o aquellas que han perdido el status sanitario en cuanto a células somáticas y bacteriología (a mayores de comunicaciones relativas a bienestar animal, identificación animal, etc).

MADRID

Dentro de la estructura de la dirección Gral. de Ordenación e Inspección (DGOI) este organismo la coordinación se establece en diferentes niveles, a través de los siguientes grupos de trabajo:

• Comisiones técnicas o grupos de trabajo de los programas/subprogramas: integrados por Técnicos Superiores de Salud Pública de las diferentes Áreas o bien por técnicos inspectores de mataderos, coordinados por un responsable adscrito normalmente a la Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria. Estas comisiones celebran reuniones periódicas en las que se tratan temas de carácter técnico y se proponen criterios de actuación, así como se efectúa el seguimiento de los programas, proponiendo nuevas actividades para incluir en la planificación. El contenido de las reuniones se plasma en actas que son distribuidas a todos los servicios implicados. Cuando los temas tratados afectan a otras administraciones competentes, también participan en las comisiones miembros procedentes de dichos organismos. Tal es el caso del grupo de trabajo del Programa de Implantación de Sistemas de Autocontrol en el que participa permanentemente el Ayuntamiento de Madrid.

• Grupo de Red: integrado por los Jefes de Sección de Higiene Alimentaria de las Áreas de Salud Pública y Jefes de Sección y de Servicio de la Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, coordinados por el Subdirector General. Se encarga de valorar y, en su caso, aprobar los criterios técnicos propuestos por las comisiones, tratar temas que hayan suscitado dudas no resueltas en ellas y cualquier otro asunto que implique decisiones al correspondiente nivel. En estas reuniones se informa también a los integrantes de los resultados del trabajo en los grupos de ámbito superior y de aquellas reuniones celebradas con otras administraciones en las que se participa. Desde el año 2005 participa también en este grupo el Ayuntamiento de Madrid con representación de los Departamentos de Seguridad Alimentaria y de Coordinación de Servicios de Sanidad y Consumo.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 17 de 23 Recomendación 2

Page 50: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

• Grupos de Trabajo de los Jefes de Servicio de la DGOI: se convocan tanto entre los Jefes de Servicio de Salud Pública de Áreas, a través de su coordinador específico, como entre los Jefes de Servicio de las distintas unidades de Servicios Centrales. Revisan y aprueban las propuestas técnicas del grupo de Red de Higiene Alimentaria, cuando éstas pueden afectan a la disponibilidad de recursos, o conllevan decisiones que exceden el carácter técnico.

• Mesa de Dirección: integrada por los Subdirectores Generales, Coordinadores de Servicios y el Director General de Ordenación e Inspección

En cuanto a la coordinación con otras Administraciones de ámbito nacional y autonómico, destacar que en los temas relacionados con el control oficial de mataderos se celebran reuniones con la Dirección General de Agricultura y Ganadería dependiente de la Consejería de Medio Ambiente y desde la SGHSA se participa en las reuniones que celebra la Comisión Nacional del PNIR así como en aquéllas convocadas por la Subdirección General de Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad y Consumo para los aspectos relativos al comercio exterior de productos alimenticios y de la AESAN

Respecto a las autoridades de ámbito local, la coordinación y comunicación entre otras administraciones, si bien es constante, se refuerza mediante reuniones periódicas o ante circunstancias puntuales entre la Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria con el Ayuntamiento de Madrid y los Servicios de Salud Pública de Áreas con sus respectivos municipios.

Por otra parte, el Laboratorio Regional de Salud Pública de la Comunidad de Madrid coordina la Red de Laboratorios de Salud Pública de la Administración Local de la Comunidad de Madrid creada por Decreto 87/1998 con el fin prioritario del control analítico de alimentos y se define como una organización de carácter técnico, constituida por laboratorios existentes en la Comunidad de Madrid, cuyas acciones coordinadas se proyectan al estudio, vigilancia y control analítico de los productos alimenticios.

La Red está constituida por un Consejo Directivo formado por el Director General de Salud Pública y Alimentación y el Director del Laboratorio Regional; y dos grupos técnicos, uno de Microbiología y otro de Fisicoquímica con sus funciones definidas en el Decreto de creación.

MURCIA

Hay establecidos procedimientos de coordinación entre las dos Unidades competentes en materia de control oficial en la Región de Murcia, a saber: La Dirección General de Salud Pública, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por un lado, y la Dirección General de Ganadería y Pesca, de la Consejería de Agricultura y Agua, por otro.

Por lo que respecta a documentos escritos que demuestran esa coordinación, hasta la fecha están los más relevantes son los siguientes

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 18 de 23 Recomendación 2

Page 51: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

1. Informe de delimitación de competencias sobre bienestar animal en el transporte y durante el sacrificio, entre el servicio de seguridad alimentaria y zoonosis y el servicio de producción y sanidad veterinaria (hoy servicio de sanidad animal). aprobado en septiembre de 2003.

2. Protocolo de acciones conjuntas entre la dirección general de ganadería y pesca y la dirección general de salud pública en el control de salmonelosis de importancia para la salud pública en el sector de avicultura de puesta de la región de Murcia (aprobado en septiembre de 2006).

3. Plan del sector lácteo de la región de Murcia, desarrollado por la dirección general de salud pública y la dirección general de ganadería y pesca, coordinado por el servicio de seguridad alimentaria y zoonosis (pendiente de aprobación).

4. Procedimiento de actuaciones para autorizaciones e inscripción en el registro de establecimientos relacionados con el medicamento veterinario en la región de Murcia (pendiente de aprobación).

Estos documentos, y otros que se encuentran en fase de borrador, obedecen al mandato de la “Comisión regional para la seguridad alimentaria”, creada por el Decreto de la Consejería de Presidencia 13/2001 de 2 de febrero, que en sesión de 5 de junio de 2008, estableció Unidades de Coordinación en la Administración Autonómica, responsables del desarrollo y ejecución de los Programas y Planes Nacionales de Control de la Cadena Alimentaria, y que precisan de actuaciones y programas coordinados a nivel regional. Éstos son los siguientes:

• Plan Regional de Investigación de Residuos en animales y Carnes. (Coordinado por el Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis).

• Plan Regional de SANDACH. (Coordinado por el Servicio de Sanidad Animal).

• Programa integrado de control de Salmonella en huevos y ovoproductos (Coordinado por el Servicio de Sanidad Animal).

• Plan Regional de Bienestar Animal (Coordinado por el Servicio de Sanidad Animal).

• Plan de contingencia del sector lácteo (actual Plan del sector lácteo), (Coordinado por el Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis).

En el desarrollo de estos programas y planes, se han establecido reuniones periódicas de coordinación entre personal técnico de ambas Unidades, a las que, en función de la trascendencia de las decisiones, a veces acuden, además de los Técnicos, ambos Jefes de Servicio, con la finalidad de establecer y planificar medidas conjuntas de actuación. Al final de estas reuniones, la Unidad responsable elabora un pequeño informe que sirve de acta. De estas reuniones, hasta la fecha se han instituido sobre las

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 19 de 23 Recomendación 2

Page 52: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

siguientes materias: Información de la Cadena Alimentaria, Bienestar Animal, SANDACH, Control lácteo, Investigación de Residuos, Medicamento Veterinario, etc.

NAVARRA

Recientemente el Gobierno de Navarra ha adoptado el Acuerdo de Gobierno de 28 de septiembre de 2009, que crea la Comisión para la Coordinación de la Seguridad y la Calidad Alimentarias, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 125, de 9 de octubre. La Comisión se ha constituido e iniciado su actividad.

La Comisión integra a los Departamentos del Gobierno de Navarra competentes en materia de seguridad alimentaria y calidad en la producción primaria, en la elaboración y comercialización de alimentos y en la protección del consumidor, así como a los Ayuntamientos con servicios propios para el control oficial de la seguridad alimentaria y la protección del consumidor.

Sus funciones son de coordinación integral del control oficial de la seguridad y calidad a lo largo de toda la cadena alimentaria y entre sus objetivos está la elaboración y propuesta al Gobierno de Navarra de un “Plan Foral Plurianual del control oficial de la cadena alimentaria” (PFCOCA) que deberá basarse en la evaluación de los riesgos priorizando las actividades en congruencia con el Plan Nacional y estableciendo mecanismos de coordinación sectoriales y horizontales para garantizar sus fines de manera integral. La Comisión incluye en sus responsabilidades el garantizar la realización y elaboración de las auditorías de los controles oficiales de cada autoridad competente y el examen independiente de las mismas

LA RIOJA

La coordinación con los departamentos de consumo y de calidad alimentaria está asegurada al pertenecer ambos a la Dirección General de Salud y Consumo, incluso al mismo servicio de inspección. Con el resto de departamentos, se continuará con la coordinación existente pero a través de mecanismos definidos y estables.

Como instrumentos de coordinación intraautonómicos, existe relación institucional y del personal técnico directa y continua mediante reuniones periódicas.

VALENCIA

En la Comunidad Valenciana el principal instrumento de coordinación intra-autonómico es el Plan de seguridad alimentaria, basado en un planteamiento global e integrado a lo largo de toda la cadena alimentaria, desde la producción primaria hasta la puesta a disposición del consumidor del producto alimenticio.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 20 de 23 Recomendación 2

Page 53: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

El Plan se enmarca en el ámbito de la política de seguridad alimentaria impulsada por la Unión Europea y contempla el enfoque, las iniciativas y las medidas definidas en el libro blanco sobre seguridad alimentaria elaborado por la Comisión (Bruselas, 12.1.2000; COM (1999) 719 final).

Mediante el Decreto 101/2000, de 27 de junio se delimitaron las Estructuras y Organismos soporte de las actuaciones, en concreto, la Comisión de Seguridad Alimentaria, su Secretaría y el Comité Técnico.

La Comisión de Seguridad Alimentaria además de la aprobación del Plan, ejerce la alta Dirección y Coordinación de su ejecución, vela por su exacto cumplimiento, al tiempo que propone, en su caso, la adopción de las medidas reglamentarias precisas para garantizar su desarrollo y aplicación. Es también la Comisión de Seguridad Alimentaria, el órgano encargado de la evaluación y seguimiento de la puesta en práctica del Plan de Seguridad Alimentaria.

Forman parte de la Comisión, además de los Consellers de Sanidad y de Agricultura, Pesca y Alimentación, los Secretarios Generales de las Consellerías de Medio Ambiente y de Industria y Comercio, así como un representante de los consumidores, designado por las asociaciones de consumidores y usuarios con mayor implantación en el ámbito de la Comunidad Valenciana, un representante de los empresarios del sector agroalimentario designado por el Presidente de la Comisión, un representante de los productores agrícolas o ganaderos, designado por el presidente de la Comisión entre las organizaciones de mayor implantación en el ámbito de la Comunidad Valenciana y un representante de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

Anualmente se concretan las acciones y objetivos de los distintos programas que comprende el Plan de Seguridad Alimentaria, constituyendo el conjunto de programas anuales el Plan de Acción Anual. Los Planes de Acción Anual son elaborados por el Comité técnico, que los eleva para su aprobación a la Comisión.

Los Planes de Acción Anual se refieren necesariamente al menos a los siguientes extremos:

- los objetivos anuales que se pretenden alcanzar

- las actuaciones que se pretenden desarrollar

- la descripción de los programas

- el detalle de recursos personales y financieros necesarios

- la relación de disposiciones administrativas cuya adopción deviene necesaria

La Comisión, a los efectos de cumplir sus funciones de coordinación, seguimiento y evaluación, se reúne en sesión ordinaria una vez al año con el objeto de aprobar el informe de gestión y el Plan de acción anual, pudiéndose reunir en sesiones extraordinarias, en cuantas ocasiones lo exijan las circunstancias.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 21 de 23 Recomendación 2

Page 54: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Entre Consejería de Agricultura, Pesca y alimentación y Consejería de Sanidad, existe un acuerdo de coordinación, manteniendo reuniones periódicas para tratar diferentes aspectos, habiéndose establecido entre otros:

o Comisión mixta del Programa de Vigilancia de Residuos de Plaguicidas.

o Procedimiento de control oficial del sector lácteo.

En el ámbito de actuación de la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR que coordina los Controles a la importación de productos de consumo humano y los Puestos de Inspección Fronterizos (PIF), con respecto al Punto 4.2 Designación de las autoridades competentes y criterios operativos del Informe:

a) Sobre la cooperación entre las distintas autoridades competentes:

Durante los dos últimos años se han llevado a cabo una serie de reuniones periódicas entre los Servicios que intervienen en la tramitación de las operaciones sujetas a controles veterinarios. Se adjunta un resumen de las diferentes reuniones de coordinación celebradas durante el año 2009 entre las diferentes autoridades y organismos competentes en materia de controles en frontera.

DOCUMENTO 5.pdf

Asimismo se adjunta un resumen de las reuniones de coordinación programadas para el año 2010.

DOCUMENTO 6.pdf

Y un escrito dirigido a los responsables de las Áreas Funcionales de Sanidad y Agricultura y Pesca, señalando la necesidad de realizar una programación anual de reuniones para supervisar el cumplimiento de la normativa de instalaciones y las condiciones higiénico-sanitarias de las mismas.

DOCUMENTO 8.pdf

b) Intercambio informático de datos entre las distintas autoridades:

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 22 de 23 Recomendación 2

Page 55: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 23 de 23 Recomendación 2

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

El Sistema Informático de Sanidad Exterior (SISAEX), y el de Aduanas, BUDANET, son completamente independientes uno de otro, ya que afectan a criterios, tramitaciones y servicios diferentes y utilizan herramientas informáticas completamente distintas.

Si bien los dos sistemas informáticos son independientes, se está trabajando en el desarrollo de un Servicio Web que permitirá interconectar ambos sistemas. Asimismo, se esta buscando una solución que permita el acceso a los datos de los Manifiestos de Carga por parte de otros servicios distintos de Aduanas y que sea compatible con la obligación de confidencialidad de las informaciones y datos de índole fiscal establecida por la Ley General Tributaria.

Page 56: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 1 de 6 Recomendación 3

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Recomendación 3. Disponer de los laboratorios adecuados y de suficiente personal convenientemente cualificado y experimentado para realizar los controles oficiales, como exige el artículo 4 y en cumplimiento del artículo 12 del Reglamento (CE) nº 882/2004.

En cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento (CE) nº 882/2004 del parlamento europeo y del consejo de 29 de abril de 2004 acerca de los métodos de muestreo y análisis (capítulo III, artículo 11) laboratorios oficiales (artículo 12) y laboratorios comunitarios y nacionales de referencia (título III, artículos 32 y 33), el soporte analítico de los diferentes planes de control en nuestro país se estructura en laboratorios oficiales de control, laboratorios nacionales de referencia y laboratorios comunitarios de referencia.

Estos laboratorios han sido designados por la autoridad competente para realizar el análisis de las muestras tomadas en los controles oficiales y funcionan, están evaluados y acreditados en su mayoría, conforme a las normas europeas: EN ISO/IEC 17025, EN 45002 y EN 45003. En España la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC- www.enac.es) es responsable de la acreditación. Las autoridades competentes podrán anular la designación cuando dejen de cumplirse las condiciones previstas y descritas anteriormente.

Tal y como aparece descrito en el Plan Nacional en el capítulo dedicado a Recursos laboratoriales del control oficial los laboratorios de control oficial en nuestro país se agrupan de la siguiente forma:

1. Laboratorios oficiales de control de rutina

Son los laboratorios que participan en el análisis de muestras oficiales, son designados por la Autoridad competente responsable de la aplicación del programa de control oficial y realiza el trabajo analítico rutinario normalmente en su ámbito geográfico. En su mayoría son de carácter público, aunque también pueden ser privados designados o autorizados expresamente para participar en determinadas tareas analíticas del control oficial.

Estos laboratorios aplican procedimientos autorizados internacionalmente o normas de funcionamiento basadas en criterios y métodos de análisis que, en la medida de lo posible, han sido validados, es decir las condiciones de toma de muestras, remisión a laboratorio, métodos de análisis,

*For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

Page 57: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

confidencialidad y demás requisitos estarán establecidos en los correspondientes programas de control oficial o en la legislación vigente

2. Laboratorios Nacionales de Referencia

Las actividades de los laboratorios nacionales de referencia abarcan todos los ámbitos de la legislación sobre piensos y alimentos y de la salud animal, y en particular aquellos en los que se requieren resultados precisos de análisis y diagnósticos.

Son laboratorios oficiales designados por la AGE tienen entre sus cometidos:

Coordinar las actividades de los laboratorios oficiales, organizar ensayos de intercomparación con los laboratorios de control y realizar el seguimiento de ensayos comparativos entre los laboratorios oficiales nacionales con el fin de asegurar la uniformidad en los procedimientos analíticos

Distribuir materiales de referencia y la estandarizar reactivos y patrones.

Evaluar la incorporación de nuevos métodos y de avances técnicos y científicos pertinentes

Proponer métodos alternativos o equivalentes cuando no existan métodos oficialmente reconocidos.

Colaborar con los Laboratorios Comunitarios de Referencia en la evaluación de nuevos métodos y tecnologías.

Difundir a la autoridad competente y a los laboratorios oficiales nacionales la información suministrada por el laboratorio comunitario de referencia.

Facilitar a la autoridad competente asistencia científica y técnica para la puesta en práctica de los planes de control coordinados.

Cuando el LNR no pueda, transitoriamente, cumplir sus cometidos, podría acordarse la realización de alguna tarea por un tercero que reúna las debidas garantías, mediante la formalización de un convenio o contrato expreso de delegación de tareas.

La designación de los LNR para un determinado ensayo o grupo de ensayos puede derivarse de normativa comunitaria o ser iniciativa nacional dada la relevancia sanitaria o económica de la materia. En determinados programas de control oficial, serán estos laboratorios los que confirmen los resultados de los análisis realizados en laboratorios oficiales o los que sean dirimentes en el caso de que se produzcan discrepancias en los resultados.

3. Laboratorios Comunitarios de Referencia

Los laboratorios comunitarios de referencia cuentan con equipos, infraestructura administrativa y personal cualificado y formado para realizar las tareas asignadas. Tienen conocimiento suficiente de las normas y prácticas internacionales, disponen de lista actualizada de las sustancias de

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 2 de 6 Recomendación 3

Page 58: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

referencia y los reactivos disponibles y de una lista actualizada de los fabricantes y proveedores de esas sustancias y reactivos. Los laboratorios comunitarios de referencia tienen en cuenta las actividades de investigación desarrolladas a nivel nacional y comunitario y disponen de personal formado para situaciones de emergencia que se produzcan dentro de la Comunidad.

Los laboratorios comunitarios de referencia para piensos y alimentos son responsables de:

a) proporcionar a los laboratorios nacionales de referencia los detalles de los métodos analíticos, en especial de los métodos de referencia

b) coordinar la aplicación de los métodos analíticos por parte de los laboratorios nacionales de referencia, en particular organizando la realización de ensayos comparativos y realizando su adecuado seguimiento de acuerdo con protocolos internacionalmente aceptados

c) coordinar, en su ámbito de competencias, la organización práctica necesaria para aplicar nuevos métodos de análisis e informar a los laboratorios nacionales de referencia de los avances en este campo;

d) organizar cursos de formación inicial y continua dirigidos al personal de los laboratorios nacionales de referencia y a expertos de países en desarrollo;

e) proporcionar a la Comisión asistencia científica y técnica, sobre todo en los casos en que un Estado miembro cuestione los resultados de los análisis;

f) colaborar con los laboratorios encargados de analizar los piensos y los alimentos en terceros países.

Los laboratorios comunitarios de referencia en el sector de la salud animal son responsables de:

a) coordinar los métodos de diagnóstico de enfermedades empleados en los Estados miembros;

b) contribuir activamente al diagnóstico de los brotes de enfermedades en los Estados miembros mediante la recepción de muestras de agentes patógenos para su diagnóstico de confirmación, caracterización y realización de estudios epizoóticos;

c) facilitar la formación inicial o continua de expertos en diagnóstico de laboratorio, con miras a la armonización de las técnicas de diagnóstico en toda la Comunidad;

d) colaborar, en lo relativo a los métodos de diagnóstico de enfermedades animales incluidas en su ámbito de competencia, con los laboratorios competentes de terceros países en que haya prevalencia de dichas enfermedades;

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 3 de 6 Recomendación 3

Page 59: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

e) organizar cursos de formación inicial y continua dirigidos al personal de los laboratorios nacionales de referencia y a expertos de países en desarrollo.

Hay que indicar además que se han tomado distintas iniciativas para la mejorar la coordinación y facilitar que los laboratorios de control oficial se encuentren acreditados:

Desde el año 2006 se han venido celebrando reuniones de los Laboratorios Nacionales de Referencia con los Laboratorios de Control Oficial con el objetivo de apoyar y dar un impulso a la acreditación de los mismos. Las reuniones se han celebrado periódicamente.

En febrero de 2009 se celebraron las primeras reuniones del año 2009 con los laboratorios del territorio nacional que realizan control oficial con los objetivos de:

⋅ Puesta en común de métodos de análisis

⋅ Estudio de la problemática que se plantea en determinados métodos de análisis

⋅ Problemática de la acreditación

⋅ Estudio de la posibilidad de creación de una red de laboratorios de control oficial en todo el territorio nacional

Se formaron los siguientes grupos de trabajo:

⋅ Microbiología

⋅ Contaminantes

⋅ Residuos de medicamentos

⋅ Materiales en contacto con alimentos

⋅ Análisis físico-químico

⋅ Sistemas de calidad, acreditación

Como consecuencia de estas reuniones se formó un grupo de trabajo permanente de laboratorios en el que están representadas todas las Comunidades Autónomas

En el mes de junio se celebraron unas Jornadas de Trabajo para técnicos y analistas de laboratorio por parte del Centro Nacional de Alimentación (CNA) como Laboratorio Nacional de Referencia en las que participaron los laboratorios del territorio nacional que realizan control oficial. En estas jornadas se expusieron las novedades en materia de análisis y control y las actividades que se realizan para dar cumplimiento a las exigencias de los Reglamentos Comunitarios que regulan el control oficial.

En el mes de septiembre se celebró una reunión en la que se ha avanzado en la configuración de la Red Española de Laboratorios de

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 4 de 6 Recomendación 3

Page 60: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Seguridad Alimentaria que realizan control oficial (RELSA). Desde AESAN se está coordinando el proyecto en desarrollo de lo que se plantea como un sistema de cooperación y coordinación, cuyo objeto es la integración funcional de laboratorios que realizan control oficial en seguridad alimentaria tanto comunitarios (laboratorios nacionales designados como laboratorios comunitarios de referencia) y nacionales de referencia gestionados por España, como laboratorios de la Administración General del Estado, laboratorios de las Comunidades Autónomas, laboratorios de Administraciones Locales, otros laboratorios públicos y privados, además de servicios de toma de muestras, para el desarrollo de actividades de vigilancia en seguridad alimentaria, prestación de servicios y gestión de la calidad y de investigación. El objetivo principal de esta red es que se dé cumplimiento a la exigencia de que los análisis de control oficial se realicen por laboratorios acreditados.

En general, en todas las CCAA se están realizando grandes esfuerzos para acreditar sus laboratorios de salud pública. No obstante, muchos laboratorios tienen validados métodos analíticos para realizar los análisis. También se prevé con carácter general que en caso de no disponer de una técnica acreditada se pueda efectuar el acuerdo con otros Laboratorios que tengan acreditadas las técnicas objeto. Muchas CCAA ya derivan muestras a otros laboratorios que cumplen los requisitos de acreditación por técnica y matriz.

De acuerdo con las recomendaciones realizadas por la OAV en cada una de las auditorías específicas, ya se expusieron acciones concretas desarrolladas en materia de laboratorios en diferentes áreas de control oficial.

En el ámbito de actuación del MARM y Consejerías de Agricultura (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas España cuenta con una amplia red de laboratorios oficiales que cubren holgadamente todas las necesidades analíticas de los programas de control oficial.

Además de los Laboratorios Nacionales de Referencia, existen 52 laboratorios que integran la red que da cobertura a los programas de control de Sanidad animal del MARM, actuando por lo tanto en los ámbitos de la sanidad animal y la alimentación animal. Existen también otros laboratorios privados, autorizados para participar en los programas de control oficial: 13 laboratorios interprofesionales lecheros y 3 en controles de residuos de medicamentos veterinarios.

Se trabaja en la mejora continua y puesta a punto de nuevas técnicas con objeto de dar un mejor servicio a los programas a los que prestan apoyo analítico.

En un ANEXO del Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria (2011-2015) se incluye un capítulo dedicado a describir todos y cada uno de los laboratorios de control oficial de nuestro país.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 5 de 6 Recomendación 3

Page 61: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 6 de 6 Recomendación 3

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento (CE) 882/2004, la autoridad competente garantizará que todo el personal encargado de efectuar los controles oficiales recibe la formación adecuada que le capacite para cumplir su función de manera competente y efectuar los controles oficiales de manera coherente. Esta formación abarca según proceda, los ámbitos considerados en el capítulo I del anexo II, del Reglamento (CE) 882/2004, sobre controles oficiales en materia de piensos y alimentos incluyendo la formación del personal de los laboratorios encargados de las analíticas en relación con los de controles oficiales.

Es por ello que se han planteado sistemas a diferentes niveles (autonómico, local y nacional) para determinar las necesidades de formación del personal que realiza los controles oficiales, impartir y evaluar la formación y documentar la formación a efectos de auditoría y que se encuentran descritos de forma detallada en la Recomendación nº5 del Plan de Acción así como en capítulo de Formación del Personal del Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria 2010-2015.

Page 62: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 1 de 21 Recomendación 4

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Recomendación 4. Garantizar que se llevan a cabo auditorías internas o externas, como exige el artículo 4 del Reglamento (CE) nº 882/2004.

En el ámbito de actuación del MARM y Consejerías de Agricultura (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

Teniendo en cuenta la recomendación y las observaciones que aparecen a lo largo del texto dentro del capitulo 4.2. (Designación de las autoridades competentes y criterios operativos) se ha elaborado el plan de acción que se describe a continuación:

La SG de Explotaciones y Trazabilidad de los Recursos Agrícolas y Ganaderos (DG de Recursos Agrícolas y Ganaderos) es, en la actualidad, la unidad coordinadora para el MARM y CCAA, en los ámbitos de actuación de este Ministerio, para el Plan Nacional de Control Oficial y Auditorías, ambos según lo establecido en el Reglamento 882/04. Esta función quedó así establecida en el Real Decreto 1130/2008 de 4 de julio por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Estas funciones se hicieron efectivas durante el cuarto trimestre del 2008 debido a los complicados cambios estructurales y organizativos.

Desde esta unidad se está trabajando en el ámbito de las auditorías del reglamento 882/04 en los siguientes aspectos:

Años 2009/2010

- Petición de información a las autoridades competentes de control en las CCAA acerca de los organismos auditores que están desarrollando estas auditorías en el ámbito de su competencia. Actualmente todas las CCAA tienen organismo auditor menos una. La mayoría de ellos son unidades internas de auditoría.

- Organización de la programación anual de auditorías 2007/2010. En la actualidad esta programación esta cerrada hasta 2010, teniendo constancia de todas las auditorías realizadas en años previos y a realizar durante este año, menos en dos CCAA. Todos los programas de control oficial quedan representativamente auditados.

*For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

Page 63: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

- El MARM en su competencia de sanidad exterior está preparando la auditoría para este año 2010.

- Se ha trabajado con un grupo de auditores de las CCAA acordando un modelo de informe para la obtención de resultados de los informes de auditoría. De esta manera se espera poder hacer una evaluación del periodo de vigencia del plan al final del mismo (año 2010.)

- Se va a realizar una jornada de formación de auditores en abril de 2010 con la ayuda de inspectores de la FVO, en la que el tema fundamental a tratar será la coordinación y colaboración para la creación de un sistema nacional integrado de auditoría

Años 2011/2015

Para el siguiente periodo de vigencia del plan nacional de control, se pretende elaborar un documento consensuado que describa con detalle el Sistema Nacional Integrado de Auditoría, en los ámbitos de competencia del MARM y CCAA.

Este documento está siendo preparado en la actualidad y seguirá su desarrollo a lo largo del 2010 para que sea efectivo ya en 2011 y pueda formar parte del Plan Nacional de Control Oficial (2011/2015)

El objetivo fundamental de este documento es que, mediante el acuerdo y consenso de su contenido, poder lograr la coordinación y cooperación de todos los distintos sistemas de auditorías que existen en nuestro ámbito de competencias, para poder trabajar con elementos comunes que integren el proceso de auditoría y hagan comparables los resultados del mismo a nivel nacional.

En el ámbito de actuación de AESAN y Consejerías de Salud Pública (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

En general, todas las Comunidades Autónomas incluyen una planificación de auditorías dentro de sus Planes Autonomicos de Control de la Cadena Alimentaria. Esta planificación ha implicado, en la mayoría de los casos, la creación de unidades o secciones dentro de la estructura de cada CCAA encargadas de planificar y orientar las auditorías a realizar en su CCAA. En otras CCAA las auditorías son efectuadas por una Organización Externa acreditada, cumpliendo los requisitos establecidos en la Decisión de la Comisión de 29 de septiembre de 2006.

En todos los casos el equipo de auditores está formado por personal acreditado, cualificado y con experiencia suficiente, expertos en seguridad alimentaria, que desarrollan las auditorías de acuerdo a las líneas estratégicas definidas por la autoridad competente. El objetivo común es auditar la totalidad del control oficial de seguridad alimentaria y la priorización de los servicios y/o sectores auditados tendrá en cuenta la

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 2 de 21 Recomendación 4

Page 64: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

importancia en el sistema de control oficial en su conjunto y el riesgo de cada uno de ellos.

Algunas CCAA habían iniciado tareas de auditorías hace años, otras han llevado a cabo la elaboración de procedimientos documentados, tareas de diagnostico de situación, identificación de necesidades y supervisión todo ello orientado a estructurar un Plan de auditorías que en la mayoría de las comunidades autónomas se ha iniciado diseñado como tal, durante los años 2009 o 2010.

Todas las CCAA han planificado la realización de auditorías internas y en la mayoría de ellas incluyen en su planificación la realización de auditorías externas. El ámbito de las auditorías incluye por una parte la evaluación general del plan de control oficial, es decir los procedimientos generales del sistema, programas de control etc. y por otra la realización de auditorías específicas sobre programas específicos del Plan de control o bien a unidades de control específicas dentro de los diferentes niveles de los Departamentos de Salud y Consumo.

De forma general para la realización de las auditorías se tiene en cuentan los siguientes aspectos:

- La estructura funcional: funciones y responsabilidades en el ámbito de la seguridad alimentaria desarrolladas por las diferentes Unidades responsables del control oficial.

- Estructura de la documentación existente y la evaluación de su grado de cumplimiento con respecto a los requisitos de la legislación aplicable, fundamentalmente los Reglamentos 882/2004 y 854/2004.

- Actividades y procesos que se desarrollan en las distintas unidades encargadas de la seguridad alimentaria dependientes del Instituto de Salud Pública.

- Los requisitos de la Norma UNE 19.011/02 “Directrices para la auditoría de los sistemas de Gestión de Calidad y/o ambiental” y de la Decisión 2006/677/CE”, utilizados como guías para la realización de las auditorías.

- La metodología de auditoría mediante búsqueda de evidencias para comprobar la sistemática del proceso que incluye revisión de registros de trabajos anteriores, entrevistas con profesionales de Salud Pública, realización de visitas de acompañamiento a empresas alimentarias y comprobación de la sistemática de Inspección en las mismas.

El ciclo de planificación de las auditorías varía también de unas CCAA a otras, algunas lo hacen de forma anual y otras planifican sus programas de auditorías a más largo plazo, para 3, 4 o 5 años, pero estructurado en todo caso de forma justificada y valorada.

Por regla general los hallazgos de las auditorías se categorizarán por tipo (documental, de personal, de formación…) y por gravedad (no conformidades mayores y menores) Además de las no conformidades los informes contienen información sobre puntos débiles y se plantean recomendaciones para la mejora

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 3 de 21 Recomendación 4

Page 65: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

En todos los casos, una vez generado el informe de auditoría, se realiza el seguimiento de las auditorías realizadas y de las acciones correctoras que deben adoptarse ante las no conformidades mediante reuniones periódicas con asignación de responsabilidades en la corrección de las deficiencias y evaluación frecuente del cumplimiento de las mismas.

Algunas CCAA ya han programado la realización de un examen independiente llevado a cabo bien por un organismo certificador independiente o a cargo de otra oficina u organismo externo, este examen consistirá en una revisión de los informes de las diferentes auditorías y de la adopción de las medidas que permitan corregir las deficiencias detectadas en las mismas.

Los informes de auditoría se difunden entre las autoridades implicadas en el control oficial. El informe de auditoría lo envía el organismo auditor al Director General de Salud Pública de su CCAA además de enviarlo a los Servicios, Secciones y Unidades auditadas y a todas las Unidades de Control Oficial. Algunas CCAA publican los informes de auditoría en una Memoria anual del Plan de Seguridad alimentaria o en su página Web.

Se tiene previsto constituir un Grupo de trabajo de Auditorías entre AESAN y las CCAA con el fin de estructurar, crear procedimientos y poner en común los trabajos de planificación de auditoría desarrollados por las diferentes CCAA para asegurar que se llevan a cabo auditorías internas o externas tal y como requiere el artículo 4 del Reglamento (CE) nº882/2004.

A continuación se expone la respuesta a esta recomendación elaborada de manera particular por cada CCAA

ANDALUCÍA

Como consecuencia de la necesidad de implementar un sistema de calidad en Seguridad Alimentaria, así como dar respuesta las demandas normativas, en Andalucía se puso en marcha en 2006 el Plan de Calidad en Protección de la Salud en el marco del II Plan de Calidad de la Consejería de Salud.

Dentro de este Plan de calidad, además de elaborar los Procesos necesarios para Inspección, tomas de muestras, Supervisiones de APPCC, adopción de medidas cautelares etc., se ha previsto la implementación de un sistema de auditorías internas y externas.

Durante 2008 y 2009 se ha trabajado en el diagnostico de situación, identificación de necesidades y elaboración de un plan de auditorías que diese respuesta a las mismas.

En la actualidad, se ha completado el plan de formación en técnicas de auditoría que han recibido un cierto número de funcionarios de todos los niveles de la organización, se han realizado auditorías de pilotaje sobre procedimientos bien documentados, y se han establecido los criterios para el establecimiento de cada Plan de Auditorías que tendrá carácter cuatrienal (con programaciones anuales) y que se iniciará el próximo 2010.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 4 de 21 Recomendación 4

Page 66: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

A efectos de auditorías externas se contará con auditores ajenos a la organización contratados expresamente.

ARAGÓN

El Plan Autonómico de Control de la cadena Alimentaria incluye un apartado correspondiente a la organización de las Auditorías internas del control oficial que se transcribe en documento adjunto. El Departamento de Salud y Consumo ha contratado a una Organización externa, Lloyd’s Register Quality Assurance, Ltd (LRQA) para efectuar las auditorías. La primera auditoría se efectuara los días 15, 16 y 17 de diciembre de 2009, consistente en una Auditoría Fase I, auditoría del sistema.

Las auditorías las realizará Lloyd’s Register Quality Assurance, Ltd (LRQA), organización acreditada para la certificación de Sistemas de gestión por 18 organismos de diversos países, entre las que se incluyen ENAC (España), UKAS (Reino Unido), COFRAC (Francia), ANSI-RAB (EEUU). El equipo de auditores asignado esta formado por auditores de Sistemas de gestión acreditados y cualificados por LRQA, Ltd, expertos en seguridad alimentaria, auditores de sistemas y esquemas de gestión de seguridad alimentaria BRC, IFS e ISO 22000 y registrados y reconocidos por el Registro Internacional de Auditores Certificados del Reino Unido (IRCA) para la realización de auditorías de Sistemas de gestión, además de cumplir con los requisitos específicos por la norma ISO 19011.

En este primer año de auditoría (año 2009) se va a efectuar una auditoría de la documentación del sistema (Auditoría Fase I): Plan, programas y los procedimientos documentados existentes. Esta auditoría se efectuará en el Servicio de salud Alimentaria y Ambiental como responsable de la elaboración y gestión general del Plan, de los Programas y Procedimientos.

Los siguiente años se elaborará un Programa de auditoría anual que esta previsto se componga de auditorías a las diversas Unidades de control en los diversos niveles del Departamento de Salud y Consumo (Auditorías de Fase II, de implantación del sistema), Servicio de salud Alimentaria y Ambiental, Subdirecciones Provinciales de Salud Pública (Secciones de Higiene Alimentaria y Coordinación de los Servicios Veterinarios Oficiales), Zonas Veterinarias y Zonas Farmacéuticas y Servicios veterinarios oficiales de Mataderos.

En el año 2010, esta previsto que en el primer semestre se realice una auditoría de implantación del sistema en las Secciones de Higiene Alimentaria y Coordinación de los Servicios Veterinarios Oficiales) de las tres Subdirecciones Provinciales de Salud Pública (Huesca, Teruel y Zaragoza) y en determinadas Zonas Veterinarias y Zonas Farmacéuticas y Servicios veterinario Las auditorías del primer semestre de 2010 consistirán en verificación documental para comprobar que se están aplicando de forma correcta los programas de control y los procedimientos establecidos. En esta auditoría también se comprobara la corrección de las no conformidades que puedan haberse detectado en la auditoría del sistema efectuada en 2009 y

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 5 de 21 Recomendación 4

Page 67: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

los nuevos procedimientos que puedan haberse incorporado a los programas y las modificaciones de los mismos, en su caso.

En función de los hallazgos encontrados y los plazos necesarios para su corrección se valorará la programación de una nueva auditoría en el segundo semestre de 2010 en la que además de comprobar la corrección de las no conformidades se programe un mayor número de visitas de auditoría a Zonas Veterinarias y Zonas Farmacéuticas y Servicios veterinarios oficiales de Mataderos.

Cuando para la realización de la auditoría sea necesaria la visita a instalaciones particulares de productores u operadores comerciales, dicha visita se realizará acompañado del funcionario encargado del control habitual y, a ser posible, dentro del plan de visitas normalmente programado por éste. La visita se realizará previo aviso, tal y como dispone la legislación vigente.

La unidad auditora verificará que los controles oficiales relativos a la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales, se aplican de forma efectiva y que son adecuados para alcanzar los objetivos fijados por la legislación pertinente.

En las auditorías a las diversas Unidades de Control oficial se verificara la aplicación efectiva de todos los programas de control que sean de aplicación y los sistemas de gestión que les afecten.

Para la determinación de las Unidades de control a auditar se tomará en consideración el riesgo de los establecimientos alimentarios que se controlan desde las mismas.

Sistema de clasificación de las no conformidades detectadas: por tipo (documental, de personal, de formación…), por gravedad (mayores, menores)…

Los hallazgos de las auditorías se categorizarán como No conformidad Mayor, No conformidad Menor, requiere corrección y recomendación o Ámbito de Mejora.

Se adjunta archivo con documento explicativo relativo a categorización de los hallazgos.

LRQA_categorizacion_hallazgos.pdf

Seguimiento de las auditorías realizadas. Posibles acciones ante las no conformidades detectadas. Se elaborarán planes de acción para corregir las no conformidades detectadas ya los ámbitos de mejora que se aplicaran en el tiempo previsto.

En todas las auditorías posteriores a la inicial del Sistema, se comprobara la corrección de las no conformidades por parte del organismo Auditor.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 6 de 21 Recomendación 4

Page 68: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Examen independiente. Organismo responsable. Frecuencia de realización del mismo y fecha previsible de comienzo. Se esta pendiente de los acuerdos que puedan adoptarse en el seno de la Comisión Institucional de AESAN

Difusión de los informes de auditoría. A quién se distribuye qué información. El informe de auditoría lo envía el organismo auditor al Director General de Salud Pública. Además de su remisión a los Servicios, Secciones y Unidades auditadas, esta prevista su difusión a todas las Unidades de Control Oficial. Un resumen del mismo se hará público.

ASTURIAS

Desde el año 2006 se ha comenzado a realizar la supervisión desde servicios centrales de los controles oficiales de diversos sectores alimentarios (mataderos, sector lácteo, sector pesquero y sector de comidas preparadas).

Se adjunta a modo de ejemplo el “Procedimiento de supervisión del control oficial de establecimientos de producción de carnes frescas” empleado en esta comunidad autónoma

Programa supervisión matadero

BALEARES

Se ha previsto para el primer semestre del año 2010 la creación de un “grupo de trabajo auditor”, el cual se encargará de elaborar el plan de auditorías. Durante el segundo semestre se iniciarán las primeras auditorías internas, de manera que a partir del año 2011 se puedan abordar las auditorías de control oficial como se describen a continuación:

• Departamentos encargados de la realización de las auditorías: Secciones de los Servicios Centrales para las auditorías internas mediante "Grupo de trabajo auditor". Entidad/Organismo independiente ajeno a la DGSP para las auditorías externas.

• Planificación de auditorías:

o Periodo de planificación: Anual. Se elaborará un plan de auditoría por año que fijará los objetivos: dos tipos. 1.- Anual: procedimientos generales, 2.- Semestrales: procedimientos específicos.

o Metodología: Análisis de las desviaciones previas por procedimientos, secciones y sectores.

• Tipos de auditorías:

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 7 de 21 Recomendación 4

Page 69: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

o Internas / Externas.

o Global (sobre procedimientos generales) / Parciales (sobre procedimientos específicos)

• Clasificación de las desviaciones:

o Observaciones.

o No conformidades menores.

o No conformidades mayores.

• Seguimiento de las auditorías:

o Seguimiento de las desviaciones por plazos por el "GTA" y en la siguiente auditoría .

Observaciones: no requeriran acciones correctoras.

N.C. menores: modificación del procedimiento mediante medidas correctoras.

N.C. mayores: modificación del procedimiento con presentación de evidencias objetivas de las medidas correctoras en plazo.

• Examen independiente: a cargo de organismo externo y con carácter anual.

• Difusión de los informes: todos los miembros de la organización.

CANARIAS

Tenemos previsto abordar a finales de este año, o principios del siguiente, la verificación de la eficacia de las actividades realizadas de control oficial y de los resultados obtenidos en función de los objetivos marcados, mediante auditorías internas. Para ello estamos trabajando actualmente en la finalización de determinados procedimientos documentados que nos han de servir de base para la realización de las auditorías. Al mismo tiempo, se está formando a dos técnicos veterinarios del Servicio de Seguridad Alimentaria como auditores.

La planificación de las auditorías se realizará con carácter anual, incluyendo la evaluación general del plan de control oficial, así como auditorías específicas por sectores, con el objetivo de determinar si el control oficial es efectivo y se alcanzan los objetivos del Reglamento (CE) nº 882/2004, realizándose, en todo caso, el seguimiento de todas las auditorías realizadas.

En el caso de existencia de desviaciones en los procedimientos, se realizarán observaciones o modificaciones de los mismos con establecimiento de medidas correctoras. Todos los informes generados se darán a conocer a todas las autoridades que participan en el control oficial, tanto por medio impreso como digital.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 8 de 21 Recomendación 4

Page 70: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

No obstante lo anterior y aunque no se haya empezado a realizar auditorías propiamente dichas, nos remitimos a lo expuesto en la respuesta a la recomendación nº 7, respecto a la supervisión que se está realizando de las actividades de control oficial.

CANTABRIA

a. Descripción del organigrama de los Departamentos encargados de la realización de auditorías. En la aplicación del Plan Nacional de Control de la cadena alimentaria en Cantabria, intervienen la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad y la Consejería de Sanidad, esta última a través del Servicio de Seguridad Alimentaria de la DG de Salud Pública.

Para la realización de las auditorías de los programas de control competencia de la DG de Salud Pública, se ha designado a un Técnico de la Dirección General. (a continuación se muestra el organigrama del servicio de seguridad alimentaria dependiente de la dg de salud pública. no incluye al personal administrativo)

CONSEJERÍA DE SANIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA

SERVICIO DE SEGURIDAD ALIMENTARIA

Sección de GESTIÓN DE HIGIENE ALIMENTARIA

Sección de INSPECCIÓN ALIMENTARIA

TÉCNICOS DE HIGIENE ALIMENTARIA (4)∗

TÉCNICO JURÍDICO (1)

TÉCNICOS DE INSPECCIÓN ALIMENTARIA (3)

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA

RESPONSABLES DE ÁREA (4) INSPECTORES DE SALUD PÚBLICA (27) DIRECTORES TÉCNICO SANITARIOS de MATADERO (5) INSPECTORES TÉCNICO SANITARIOS de MATADERO (8)

b. Planificación de las auditorías:

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 9 de 21 Recomendación 4

Page 71: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

ii. Período de planificación: Se establece un período de planificación del Programa de auditoría coincidente con el del Plan Nacional de Control; en esta primera etapa se ha establecido un alcance temporal de cuatro años: 2007-2010.

iii. Metodología empleada. En la planificación de las auditorías se ha considerado abarcar todos los sistemas de control oficial y a todo el personal del Servicio, y se ha establecido dicha planificación teniendo en cuenta dos prioridades: la de la aplicación de los programas de control (determinada según el Método HANLON), y la de la realización de las auditorías, fijando programas prioritarios o no, atendiendo a cuestiones tales como: resultado de las misiones FVO, alertas alimentarias u otras consideraciones del Servicio.

c. Descripción del tipo de auditorías.

Se realizan auditorías internas del sistema de control oficial. Se ha desarrollado una auditoría inicial o primera auditoría, en la que se ha evaluado de forma global el sistema de control oficial; posteriormente se realizan auditorías específicas de cada programa.

d. Sistema de clasificación de las No conformidades detectadas. Las No conformidades detectadas se clasifican en mayores o menores:

• NC MAYOR:

- Incumplimiento de un requisito legal o reglamentario

- Falta del sistema de tomar en cuenta un requisito específico de la norma

- Falta frecuente o deliberada de cumplimiento de un requisito documentado del sistema

- Falta de lograr el propósito fundamental de un requisito del sistema

- Múltiples NC menores dentro del mismo requisito de la norma o del sistema de organización

- Falta deliberada de la organización de no corregir NC

• NC MENOR:

- Un hallazgo indicativo de una debilidad del sistema que no impacta de forma fundamental, pero que hace surgir dudas importantes acerca de la capacidad del sistema para cumplir los requisitos

- Una instancia aislada de incumplimiento de un requisito

- Si no es una NC mayor, entonces es una NC menor

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 10 de 21 Recomendación 4

Page 72: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

e. Seguimiento de las auditorías realizadas. Una vez que se han llevado a cabo las acciones correctivas decididas para cada NC, el auditado debe aportar las evidencias de su implantación al auditor, para proceder al cierre de las NC. Si fuera necesario, se puede programar una visita extraordinaria de seguimiento para verificar que la implantación de la acción correctiva es eficaz.

f. Examen independiente. Organismo responsable. Frecuencia de realización del mismo y fecha previsible de comienzo. No se ha determinado la realización del examen independiente por esta Dirección General.

g. Difusión de los informes de auditoría. A quién se distribuye la información. El informe final de auditoría se remite al Director General de Salud Pública quién determinará su distribución.

CASTILLA-LA MANCHA En el Servicio de Sanidad Alimentaria de la Consejería de Salud y Bienestar Social se creó una Sección dirigida a la supervisión y auditoría tanto de operadores como de los propios Servicios Oficiales de Salud y Bienestar Social encargados del Control Oficial. Existe la misma estructura en cada una de las Delegaciones Provinciales de Salud y Bienestar Social.

Desde la Consejería de Salud y Bienestar Social, a través de la sección de supervisión y auditoría se ha planificado la realización de auditorías internas para el periodo 2009-2013, para lo que se ha tenido en cuenta la que el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino estableció, priorizando cada uno de los programas de la Consejería de Salud y Bienestar Social implicados en las áreas a auditar en función de aspectos de salud pública, importancia económica y social, complejidad, repercusión sobre la opinión pública, interrelación con otros programas, competencia desleal y fraude.

Las auditorías realizadas son siempre internas y tanto de tipo general como específicas de determinados programas o sectores y su objetivo comprende la verificación de que el sistema de control oficial aplicado por los S.O.S.P. es efectivo y adecuado para la comprobación del cumplimiento de la legislación vigente, así como determinar si existe actividad de control oficial planificada con arreglo al Reglamento, si estos planes se aplican de manera efectiva y si son adecuados para alcanzar los objetivos de la legislación en materia de seguridad alimentaria.

No se contempla la categorización de las No Conformidades, trasladando en los informes tanto No Conformidades como Recomendaciones. Una vez detectada una No conformidad, esta se trasladará a la autoridad competente para que se establezcan las medidas correctoras pertinentes, que serán objeto de seguimiento incluso con la posibilidad de realizar nuevas auditorías.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 11 de 21 Recomendación 4

Page 73: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Los informes de auditoría se difunden entre las autoridades implicadas en el control oficial y se encuentran a disposición de las autoridades centrales con el objeto de servir para la coordinación a nivel nacional.

En cuanto al examen independiente el mismo es realizado por la Inspección General de Servicios de la Oficina de Calidad de la Administración Regional de la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia de Castilla La Mancha.

CASTILLA Y LEÓN

La Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentarios (APSSA), de la Junta de Castilla y León, inició en 2009 el desarrollo de auditorías del control oficial, para lo cual incorporó un técnico responsable de dichas materia y realizó, con apoyo externo, auditorías del control oficial del bienestar animal en mataderos. Todo ello con el objetivo, a medio plazo, de contar con un Plan de auditorías del control oficial

Las auditorías dependen directamente del Director General de la APSSA y es independiente de los Servicios competentes en control oficial

Director General de la

Agencia de Protección de la

Salud y Seguridad Alimentarios

Servicio de Vigilancia y Control Oficial

Servicio de Ordenación y

Autorizaciones Sanitarias

Auditorías

En 2010, de acuerdo con el Plan anual, se auditarán las industrias lácteas y se elaborará, en el segundo semestre, un Plan trienal de auditorías del Control Oficial 2011 a 2013.

Los principales criterios considerados en la planificación de las auditorías han sido: los informes derivados de las visitas de la FVO y la relevancia del sector.

Se realizarán visitas de seguimiento y, en su caso, ante las no conformidades se actuará de acuerdo con lo previsto de forma ordinario en el control oficial.

El informe final de las auditorías será difundido siguiendo la estructura del control oficial, en soporte impreso y digital.

CATALUÑA

En Catalunya, actualmente el Departament de Salut está elaborando un modelo de auditorías del control oficial en el ámbito alimentario. La

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 12 de 21 Recomendación 4

Page 74: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

definición de este modelo se ha incluido como objetivo prioritario a implantar en el 2010.

Asimismo, se están estandarizando también las actuaciones de supervisión: el Servicio Regional de Girona del Departament de Salut ha elaborado el Procedimiento de supervisión de control oficial en los mataderos, que tiene como finalidad evaluar la eficacia y la adecuación normativa a los controles oficiales en los establecimientos de sacrificio de animales, así como garantizar la imparcialidad y la coherencia de los controles en los distintos establecimientos. También ha redactado el “Informe de la aplicación del procedimiento de supervisión de control oficial en los mataderos”

avaluacióEsc.pdf ProEscorxador.pdf supervisióEsc.pdf

Además, conjuntamente con el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, el Departament de Salut dispone de un plan de supervisión del bienestar animal en los mataderos

EXTREMADURA

Desde esta unidad se están impulsando medidas encaminadas a cumplir con el artículo 4 del reglamento 882/2004. Como primer paso se ha creído necesario disponer de procedimientos documentados adaptados al Reglamento (CE) 882/2004 que sean el estándar para orientar las auditorías. En ese sentido ya se dispone de procedimientos documentados de relativos a control de establecimientos de leche cruda de vaca, control del bienestar animal durante el sacrificio plenamente adaptados a los requisitos del Reglamento (CE) 882/2004 y se ha comenzado en octubre de 2009 (en el ámbito de la seguridad alimentaria) con la elaboración de procedimientos documentados sobre control del sacrificio de animales, control de trazabilidad y autorizaciones y registro de establecimientos alimentarios, con la intención de proseguir en 2010 con el diseño de nuevos procedimientos documentados, como serían los relativos a control de las condiciones generales de higiene, auditoría de los sistemas de APPCC etc.

Asimismo para el año 2010 se seguirá utilizando la herramienta denominada “Contrato de gestión” a modo de auditoría interna, aún teniendo en cuenta que no está completamente adaptado a los requisitos establecidos en la Decisión

En el año 2010 se pretende abordar el tema de las auditorías designando un Departamento exclusivo encargado de la realización de las auditorías, definiendo el método de planificación y la tipología de las auditorías, la clasificación de las no conformidades, el organismo encargado del examen independiente y por último el sistema de difusión de la información de las auditorías.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 13 de 21 Recomendación 4

Page 75: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

GALICIA

Teniendo en cuenta la experiencia y los conocimientos adquiridos en los años anteriores, se han establecido procedimientos para la realización de controles e instrumentos para verificar tanto la eficacia de esos controles como el cumplimiento de las medidas correctoras y preventivas, que si fuera el caso, se hayan establecido. Los controles oficiales serán realizados por empleados públicos, funcionarios, por lo que su independencia está asegurada de forma General por el Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007), y por el Decreto legislativo 1/2008, do 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Función Pública de Galicia.

Desde el año 2008 se están realizando auditorías internas del control oficial, para asegurar que se alcanzan los objetivos de la normativa alimentaria. Estas auditorías se realizan bajo la supervisión de un auditor externo cualificado. Se llevan a cabo a lo largo del año y alcanza a todas las actividades asociadas al Control Oficial de Industrias Alimentarias llevadas a cabo por las distintas unidades territoriales que conforman la estructura periférica de la Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia.

Está pendiente de determinar el calendario de las auditorías internas del año 2010.

MADRID A partir del año 2007, a efectos de la implantación del artículo 4.6 del Rto (CE) nº 882/2004 se optó por la auditoría externa mediante la prestación de servicios externos. El ámbito de dicha auditoría era el sistema de control oficial

A su vez, en ese mismo año se dotó a la Subdirección General de dos técnicos con el fin de que tras la formación y el adiestramiento correspondiente se pudiera, a medio plazo, llevar a cabo auditorías internas que abordaran de forma integrada todos los programas de control oficial de la Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.

Desde el año 2008 y utilizando como herramienta el sistema de calidad que había establecido la empresa auditora externa, los técnicos de la Unidad de Auditorías Internas vienen realizando de manera sistemática auditorías internas conforme al Programa de Auditorías Internas de esta Subdirección General, y para llevarlas a termino se ha elaborado el procedimiento de Auditoría del Sistema de Control Oficial en materia de Seguridad Alimentaría.

Este procedimiento se aplica a todos las actividades de control oficial en materia de seguridad de los alimentos desarrolladas por la Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria y llevadas a cabo por las Áreas de Salud Pública, los Servicios Oficiales de Veterinarios de Mataderos.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 14 de 21 Recomendación 4

Page 76: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Las auditorías internas se efectúan de manera planificada por la Unidad de Auditorías Internas de la Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaría, conforme al Programa anual/plurianual de auditorías, con el fin de determinar si el control oficial en materia de seguridad alimentaria responde a los mandatos del Reglamento (CE) nº 882/2004 y posibilita alcanzar los objetivos de la legislación alimentaria utilizando como referencia auxiliar los programas , los procedimientos y documentos implantados al efecto y que forman parte del los Programas y el Sistema de Gestión por Procesos en Seguridad Alimentaria.

Se dará prioridad, si se estima oportuno a los programas o procesos:

• Que en el periodo anterior hayan tenido mayor número de no conformidades o de mayor gravedad

• En los que se hayan introducido cambios significativos (legislativos, procedimentales, etc.)

• -Seguimiento de las recomendaciones establecidas tras las Misiones de la F.V.O.

MURCIA

AUDITORÍAS DEL CONTROL OFICIAL en el Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis

ORGANIGRAMA DEL DEPARTAMENTO encargado de la realización de auditorías.

En el organigrama tradicional del Servicio de Seguridad Alimentaria se incluye la unidad de calidad encargada de realizar las auditorías de control oficial, del que forman parte un inspector veterinario y un coordinador de área, dependientes jerárquicamente del Jefe de Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis.

PLANIFICACIÓN

Auditoría Interna (sobre la propia organización).

• De carácter general: sobre el plan de control, evaluando de forma global la ejecución de varios programas.

• De carácter específico: sobre uno o varios subprogramas concretos, definidos en el Plan Plurianual 2010-2015, (Programa de Control de Alimentos y Zoonosis).

Ámbito: Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis

Periodo de planificación: 2010-2015.

Objetivo: dar cumplimento al Reglamento (CE) nº 882/2004.

• Verificar que los controles oficiales se aplican de forma efectiva y dan cumplimiento a las disposiciones previstas.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 15 de 21 Recomendación 4

Page 77: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

• Verificar de forma documental, si son conformes a las instrucciones.

• Verificar in situ en qué medida se alcanzan los resultados.

Método de auditoría:

• Primera etapa: Contrastar el diseño y documentación del Sistema de Gestión del Servicio y verificar el Plan de Control 2010–2015 frente a la norma de auditoría, Reglamento (CE) Nº 882/2004

• Segunda etapa: Contrastar el programa según distintos subprogramas de control frente al Reglamento Nº 882/2004.

NAVARRA

Las autoridades competentes de Navarra, han iniciado las auditorías de carácter externo de los sistemas de control oficial bajo su responsabilidad. El Instituto de Salud Pública contrató el año 2008 a una empresa externa independiente y con experiencia suficiente en la realización de auditorías, cumpliendo los requisitos establecidos en la Decisión de la Comisión de 29 de septiembre de 2006 por la que se establecen las directrices que fijan criterios para la realización de auditorías con arreglo al Reglamento (CE) nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales.

La auditoría adjudicada tiene una duración plurianual, entre los años 2008 y 2011 y se desarrollan de acuerdo a planes anuales acordados entre la autoridad competente y la entidad auditora, debiendo auditarse la totalidad del control oficial de seguridad alimentaria responsabilidad del Instituto de Salud Pública a lo largo de los años de duración del contrato. La priorización de los servicios y/o sectores auditados cada año, tiene en cuenta la importancia en el sistema de control oficial en su conjunto y el riesgo de cada uno de ellos.

La entidad auditora presenta anualmente su informe de resultados, estando disponible el del año 2008 y próximamente el de los servicios auditados en el año 2009.

La realización de las auditorías tiene en cuenta lo siguiente:

• La estructura funcional: funciones y responsabilidades en el ámbito de la seguridad alimentaria desarrolladas por las diferentes Unidades responsables del control oficial.

• Estructura de la documentación existente y la evaluación de su grado de cumplimiento con respecto a los requisitos de la legislación aplicable, fundamentalmente los Reglamentos 882/2004 y 854/2004.

• Las actividades y procesos que se desarrollan en las distintas unidades encargadas de la seguridad alimentaria dependientes del

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 16 de 21 Recomendación 4

Page 78: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Instituto de Salud Pública.

• Los requisitos de la Norma UNE 19.011/02 “Directrices para la auditoría de los sistemas de Gestión de Calidad y/o ambiental” y de la Decisión 2006/677/CE”, utilizados como guías para la realización de las auditorías.

• Las auditorías se realizan de forma muestral.

• La metodología de auditoría incluye la búsqueda de evidencias para comprobar la sistemática del proceso mediante revisión de los registros generados de trabajos anteriores, entrevistas con los profesionales de Salud Pública, la realización de visitas de acompañamiento a empresas alimentarias y la comprobación de la sistemática de Inspección en las mismas. En el caso de mataderos, la revisión del proceso de Inspección in situ.

El informe del año 2008 se estructura en cuatro apartados, aspectos auditados, análisis de la situación, observaciones con y sin acciones correctoras, no conformidades y áreas de mejora y los resultados tienen en cuenta la gravedad de estas y los siguientes aspectos del control oficial:

• Obligaciones generales respecto al control oficial.

• Autoridades competentes y criterios operativos.

• Personal, asignación y formación del personal inspector.

• Requisitos de los controles oficiales: transparencia y, confidencialidad.

• Documentación del control oficial: procedimientos e informes.

• Ejecución del control oficial: actividades, métodos y técnicas.

• Actuación en caso de incumplimiento.

• Toma de muestras y análisis.

• Gestión de crisis.

• Registro y autorización de establecimientos.

• Planificación del control oficial: planes de control

• Evaluación del control oficial: informes anuales y controles comunitarios

• Cooperación administrativa.

Una vez disponible el informe de auditoría, la Dirección de Salud Pública y los responsables de las unidades dependientes de dicha Dirección, realizan el seguimiento de las auditorías realizadas y de las acciones correctoras que deben adoptarse ante las no conformidades mediante reuniones periódicas con asignación de responsabilidades en la corrección de las deficiencias y evaluación frecuente del cumplimiento de las mismas.

En cuanto al examen independiente de las auditorías, la Comunidad ha designado a la Comisión para la Coordinación de la Seguridad y la Calidad

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 17 de 21 Recomendación 4

Page 79: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Alimentarias como responsable del examen independiente, que consistirá en una revisión de los informes de las diferentes auditorías y de la adopción de las medidas que permitan corregir las deficiencias detectadas en las mismas.

Los Laboratorios de Salud Pública de la Administración Foral y el Laboratorio del Área de Desarrollo Sostenible del Ayuntamiento de Pamplona, ambos de control oficial, están acreditados conforma al norma EN ISO/IEC 17025.

Las Direcciones Generales de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural, están igualmente siendo auditadas por una entidad externa diferente a la que realiza la auditoría en los servicios de salud Pública y su duración, es igualmente plurianual, entre los años 2008 y 2011.

LA RIOJA

Esta comunidad tiene prevista poner en marcha la realización de auditorías internas, existe un programa de auditorías internas para 2010. Se ha aprobado un proceso de auditoría interna (PE-02) y se ha establecido un programa para su realización.

Teniendo como base el Proceso de Auditoría interna (PE-02) y el programa actualmente existente el periodo de planificación de las auditorías es anual y para la planificación se tiene en cuenta, por un lado, la existencia de procedimientos o instrucciones técnicas aprobadas e implantadas y por otro la realización de auditorías en sectores más sensibles (comedores escolares, industria láctea) Las auditorías son internas y específicas sobre los procedimientos existentes. Actualmente no existe clasificación de no conformidades ni está establecida la realización de un examen independiente.

Con respecto al seguimiento de las auditorías realizadas y las posibles acciones ante las no conformidades detectadas está previsto en el procedimiento de auditorías y en su instrucción técnica que a raíz de las no conformidades identificadas en la auditoría, el auditado analiza las causas y propone el plan de mejora, destinado a eliminar las desviaciones, asignando a su vez responsables y fechas para su ejecución. El equipo auditor comprueba que el plan de mejora se desarrolla conforme a lo en él establecido y verifica que la implantación de las acciones correctivas o preventivas son eficaces.

Si fuera necesario, especialmente en aquellos casos en que las no conformidades se entienda que comprometen la seguridad alimentaria o el control oficial, se realizará una auditoría de seguimiento.

El cierre de la auditoría se produce cuando se verifica que las acciones correctivas han sido implantadas y que son eficaces. En caso contrario se procede igualmente al cierre previa notificación de dicha circunstancia a la dirección.

La difusión de los informes de auditoría se lleva a cabo a través de los medios habituales (Memoria de la Consejería, página Web...etc.)

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 18 de 21 Recomendación 4

Page 80: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

VALENCIA

A continuación se muestra en el organigrama la dependencia orgánica y funcional del área de seguridad alimentaria

AREA DE SEGURIDAD ALIMENTARIAAREA DE SEGURIDAD ALIMENTARIAUNIDAD

GESTIÓNADMINISTRATIVA

UNIDADGESTIÓN

ADMINISTRATIVA

SECCIÓN LABORATORIOS SALUD PÚBLICA

SECCIÓN LABORATORIOS SALUD PÚBLICA

SERVICIO PLANIFICACIÓN Y ANÁLISIS ALIMENTARIOSERVICIO PLANIFICACIÓN Y ANÁLISIS ALIMENTARIO SERVICIO GESTIÓN

RIESGO ALIMENTARIOSERVICIO GESTIÓN

RIESGO ALIMENTARIO

SECCIÓN PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN

SECCIÓN PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN

SECCIÓN GESTIÓN yORDENACIÓN

SECCIÓN GESTIÓN yORDENACIÓN

SECCIÓN VIGILANCIA Y CONTROL

SECCIÓN VIGILANCIA Y CONTROL

AUDITORES SISTEMAS

DE CONTROL

AUDITORES SISTEMAS

DE CONTROLUNIDAD

REGISTROUNIDAD

REGISTRO

La unidad de calidad, está integrada por 4 auditores de sistemas de control

1. Planificación de auditorías:

a. El periodo de planificación es anual, no obstante está previsto establecer planes plurianuales coincidentes con el periodo de vigencia del Plan Nacional.

b. Para la programación de las auditorías se tiene en cuenta los siguientes criterios de riesgo:

i. El mapa de procesos del área de seguridad alimentaria: priorización de los procesos

ii. Los indicadores de resultados del año anterior, en particular, estado sanitario de los establecimientos y sectores alimentarios.

iii. Los objetivos de control planteados en los distintos programas del Plan de Acción de Seguridad Alimentaria y del Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria.

iv. El informe de evaluación de auditorías y verificación de la eficacia del control oficial del año anterior El seguimiento sistemático de no conformidades y recomendaciones de mejora para asegurar la implantación de acciones correctivas eficaces y garantizar que éstas se consoliden

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 19 de 21 Recomendación 4

Page 81: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Teniendo en cuenta, entre otros, los criterios mencionados, el Servicio de Planificación y Análisis propone el plan de acción anual de auditorías al Jefe del Área, quien, previa consulta a las partes interesadas aprueba el Plan

2. En la Comunidad Valenciana se llevan a cabo auditorías internas planificadas desde 2001.

3. Se dispone de un procedimiento de auditorías internas P26_ASA cuyo objeto es definir el método para su realización.

4. Las No conformidades se clasifican en Mayor o grave y Menor o leve. No conformidad Mayor es aquella que afecta críticamente a la eficacia del control o al funcionamiento del sistema de gestión de calidad, particularmente cuando el auditado no ha llevado a cabo las acciones correctivas previstas. Además de las no conformidades los informes contienen información sobre puntos débiles y se plantean recomendaciones para la mejora

5. Las no conformidades y las recomendaciones de mejora planteadas son objeto de seguimiento para verificar y evaluar la eficacia de las acciones correctivas. El seguimiento correspondiente al año anterior se realiza en el transcurso de la auditoría del año en curso. Con carácter general las auditorías se cierran mediante el examen de evidencias documentadas, no obstante, en algunos casos el cierre puede requerir una inspección in situ.

6. Esta previsto el examen independiente por un organismo certificador independiente para el año 2010 y siempre que se modifique la estructura del proceso de auditoría

7. En cada auditoría se entrega al auditado los registros de No Conformidad, en su caso. El informe de auditoría se remite al auditado en un plazo máximo de 15 días después de realizar la auditoría. Por otra parte el informe de resultados del Programa Anual de auditorías se publica en la Memoria del Plan de Seguridad Alimentaria de la Comunidad Valenciana

En el ámbito de actuación de la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR con respecto al Sistema de auditorías y supervisiones expone que el equipo de auditores esta formado por personal de las Áreas Funcionales de Sanidad integradas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y con dependencia orgánica del Ministerio de la Presidencia.

Los auditores no participan ni en la elaboración de los manuales de auditorías, ni el formulario de auditoría. Además en cada una de las auditorías sólo participa personal adscrito a otras Áreas Funcionales de Sanidad distintas de aquella de la que dependen el PIF y el personal auditado. De esta forma la independencia de los auditores queda plenamente garantizada.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 20 de 21 Recomendación 4

Page 82: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 21 de 21

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Se adjunta el listado de auditorías programadas para los años 2010 y 2011.

DOCUMENTO 7.pdf

Recomendación 4

Page 83: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 1 de 25

Recomendación 5. Garantizar que el personal encargado de los controles oficiales, o que los realiza, recibe una formación apropiada de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento (CE) nº 882/2004

En el ámbito de actuación del MARM y Consejerías de Agricultura (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

A lo largo del último año se ha intensificado y ordenado el proceso de formación de los participantes en la ejecución de todos los controles oficiales responsabilidad del MARM. Así, en el ámbito de la importación de animales y productos, se ha diseñado un calendario de cursos de formación complementado con una ficha personalizada para cada técnico y un escrito a los responsables de las CC.AA. con los criterios de formación mínima y para que se comprometan a desarrollar este sistema. (se adjuntan los citados documentos):

Documento de Microsoft Word

Paquete

Paquete

Por lo que respecta a la alimentación animal (higiene de los piensos), dentro de las acciones tomadas se siguen impartiendo cursos de formación para los inspectores de los Puestos de Inspección fronteriza y Puntos de entrada, que sirven, además de recibir la formación adecuada, para armonizar los procedimientos aplicados en los distintos puntos de entrada. Durante el año 2009 se han celebrado en concreto dos cursos de formación para los inspectores de los puestos de inspección. Además, cada autoridad competente, en su ámbito territorial, ha seguido impartiendo formación específica para los inspectores, que aparecerá reflejada de forma detallada en el programa de control de piensos. En cuanto a la producción primaria de los productos pesqueros, todas las CCAA incluyen entre sus actuaciones llevar a cabo actividades básicas de formación, debidamente evaluadas por las mismas en cuanto a su aprovechamiento y aplicación. De acuerdo con los resultados obtenidos en la aplicación del Programa de control se determinará la oportunidad o no de una formación adicional.

Recomendación 5

*For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

Page 84: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

En materia de Bienestar Animal la situación actual es que todas las CCAA tienen programas de formación y han impartido o van a impartir cursos de formación a su personal durante el presente periodo de aplicación de Plan de controles (2007-2011). Algunas han impartido formación a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado que realizan los controles del transporte en carretera.

El MARM ha realizado en este periodo 6 cursos de formación. Por otra parte, el personal del MARM ha participado en acciones formativas para personal de las CCAA, de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y en cursos organizados por colegios profesionales. Como acción propuesta por el MARM está previsto realizar un curso MARM sobre porcino, incluyendo toda la normativa, del 2 al 5 de noviembre de 2010. En la próxima reunión de coordinación, se distribuirá todo el material de todos los cursos organizados por el MARM, y se propondrá realizar un programa estándar de formación para los veterinarios de las CCAA. En el ámbito de actuación de AESAN y Consejerías de Salud Pública (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

De acuerdo con el artículo 6 del Reglamento (CE) 882/2004, la autoridad competente garantizará que todo el personal encargado de efectuar los controles oficiales recibe la formación adecuada que le capacite para cumplir su función de manera competente y efectuar los controles oficiales de manera coherente. Esta formación abarca según proceda, los ámbitos considerados en el capítulo I del anexo II, del Reglamento (CE) 882/2004, sobre controles oficiales en materia de piensos y alimentos incluyendo todo el personal que trabaja en laboratorios destinados a la realización de controles oficiales.

Es por ello que se han planteado sistemas para determinar las necesidades de formación del personal que realiza los controles oficiales, impartir y evaluar la formación y documentar la formación a efectos de auditoría.

El Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria (2010-2015), en su capítulo dedicado a Formación de personal muestra la planificación de dicha formación para el personal que realiza los controles oficiales en nuestro país estructurada en :

Formación autonómica y local. Las administraciones públicas autonómicas y locales (ayuntamientos, diputaciones provinciales, etc.) establecen sus propios programas de formación, diseñando los cursos a realizar, su duración y contenido, el número de asistentes, etc., con el fin de que el personal que realiza los controles oficiales tenga la formación, habilidades y competencia necesarias para llevarlos a cabo de manera efectiva. Además otros organismos públicos o privados como colegios oficiales profesionales (veterinarios, farmacéuticos, etc.), universidades, asociaciones profesionales agrarias, sindicatos agrarios organizan

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 2 de 25 Recomendación 5

Page 85: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

actividades formativas y divulgativas destinadas a funcionarios, ganaderos, profesionales, etc.

Anualmente se debe remitir a la AGE toda la información disponible de los cursos, jornadas, seminarios o similares que se han impartido por sus respectivas unidades en el marco de los planes anuales, así como todas las colaboraciones que desde esas Administraciones públicas se hayan tenido con otros organismos públicos o privados.

Formación estatal. La AGE aprueba anualmente una programación de cursos de formación, de tipo general y específico, que organiza cada Ministerio.

• Formación general. El Ministerio de Sanidad y Política Social elabora anualmente un plan de formación interna destinado al personal dependiente de su Departamento. Este plan entre otros, incluye cursos sobre temas de interés general, a los que tiene acceso todo el personal funcionario dependiente de cada Ministerio y especialmente el personal de nuevo ingreso, como los relativos a legislación nacional y comunitaria, cursos de idiomas, cursos de informática, desarrollo de habilidades profesionales, gestión administrativa y gestión técnico-sectorial,

• Formación especifica. Dentro del Plan de Formación de AESAN se celebran anualmente cursos destinados al personal que realiza o coordina los controles oficiales. Así, a lo largo de los últimos años se han llevado a cabo cursos de formación de auditores, de microbiología predictiva, etc. La información relativa a todos estos cursos se incluye cada año en el informe anual de resultados de control oficial.

También se realizan actividades formativas en los Laboratorios Nacionales de Referencia y ensayos intercomparativos sobre técnicas y estudios analíticos.

También se colabora con otros organismos públicos o privados como Colegios Oficiales Profesionales (Veterinarios, Farmacéuticos, etc.), Universidades, Asociaciones Profesionales Agrarias, Sindicatos Agrarios que organizan actividades formativas y divulgativas destinadas a funcionarios, ganaderos, profesionales, etc.

Así mismo, la Escuela Nacional de Sanidad (ENS), fundada en 1924 y perteneciente al Ministerio de Ciencia e Innovación, es la institución más antigua dedicada a la formación de profesionales de salud pública en España. Contribuye al desarrollo y mejora del Sistema Nacional de Salud por medio de programas de formación académica postuniversitaria en el campo de la Salud Pública y la Política y Administración de Servicios Sanitarios. Dependiendo del Departamento al que se pertenezca, los cursos impartidos por esta Escuela se encuentran subvencionados para las personas que lo solicitan.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 3 de 25 Recomendación 5

Page 86: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Formacion internacional. En el marco del programa de la Comisión Europea “Mejor formación para una alimentación más segura”, la AESAN y el MARM actúan como Punto de Contacto Nacional para la interlocución con la Comisión Europea.

Se han establecido y aprobado en Comisión Institucional de 24 de abril y 29 de mayo de 2007 las “Normas para el desarrollo de la iniciativa de la comisión Europea:“Mejor Formación para una alimentación más segura” y procedimiento para la asignación de plazas en el ámbito de la AESAN” con el fin de establecer un sistema transparente y organizado para la gestión de esta iniciativa.

Asimismo, los funcionarios españoles participan en cursos formativos para incrementar la capacitación en áreas muy determinadas en los que la especialización y la excelencia son necesarias, ejemplos de ello son la epidemiología avanzada, análisis laboratoriales de alta tecnología, etc. Estos cursos son impartidos tanto por parte de instituciones internacionales (OIE, FAO, OMS, etc.) como organizaciones de terceros países

En los ANEXOS del Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria (2011-2015) se incluye un capítulo dedicado a describir todos los planes de formación desarrollados en las diferentes CCAA incluyendo el sistema establecido para programar la formación, el departamento responsable, la selección de prioridades de cursos, selección de candidatos, etc.

Como se ha citado anteriomente, la mayoría de las Comunidades Autónomas disponen de un plan de formación, generalmente de carácter anual, en el que se incluyen las necesidades de formación en materia de Salud Pública con contenidos dentro del marco general de la Seguridad Alimentaria, con el que se prevé recoger, al menos, los ámbitos temáticos que figuran en el capítulo I del Anexo II del Reglamento (CE) 882/2004, dirigido a todo el personal que lleva a cabo el control oficial.

El sistema establecido para programar la formación viene descrito en cada uno de los planes de formación, siendo las propias Consejerías de cada Comunidad Autónoma o Escuelas pertenecientes a la Administración Pública las responsables de su gestión y desarrollo. Los cursos y los candidatos son seleccionados en base a una serie de prioridades descritas en dichos planes como la selección de aquellos agentes que desarrollan tareas relacionadas con los objetivos del curso, la aparición de nuevos peligros o nueva normativa, carencias advertidas en el ejercicio de las funciones de los agentes de control, etc.

Dentro de la oferta formativa también se imparten cursos por entidades externas incorporados en el plan de formación de los agentes de control.

Los ponentes en su gran mayoría son personal del Departamento, pero en ocasiones también se considera conveniente la participación de personal externo de entidades privadas con acreditados conocimientos, según las necesidades y contenidos de los programas formativos. Los asistentes a cursos de Better Training for Safer Food actúan como formadores en los

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 4 de 25 Recomendación 5

Page 87: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

cursos impartidos y participan en el desarrollo de documentos técnicos o instrucciones.

En las áreas formativas de bienestar animal, productos de la pesca y residuos y medicamentos veterinarios se han impartido cursos formativos como los llevados a cabo por las Comunidades Autónomas de Castilla La Mancha y Murcia sobre bienestar animal, formación sobre peligros y métodos para su control y vigilancia en diferentes sectores alimentarios como la pesca desarrollados en la Comunidad de Castilla La Mancha, y cursos de Medicamentos Veterinarios y sustancias incluidas en el Plan Nacional de investigación de residuos como los dispuestos por la Comunidad Autónoma de Navarra.

En los laboratorios de Salud Pública se planifican las actividades de formación con carácter anual en función de sus necesidades específicas en áreas tales como técnicas analíticas, métodos de análisis, seguridad e Higiene, entre otros, como lleva a cabo la Comunidad Valenciana. Cuenta con personal docente tanto externo como interno, entre los cuales se encuentra personal que ha asistido a los cursos de Better Training for Safer Food. Para comprobar el adecuado aprovechamiento de los cursos de formación se llevan a cabo evaluaciones de los alumnos, así como evaluaciones de la satisfacción del curso recibido y se emiten los correspondientes documentos que lo certifican.

De forma particular las actividades de formación desarrolladas por las diferentes CCAA son las siguientes:

En Andalucía se ha diseñado y elaborado un Plan de Formación, en el que se incluye las necesidades de formación de todos los niveles de la estructura responsable de Seguridad Alimentaria, así durante 2009, se han realizado cursos de carácter general en materias de Salud Pública y con posterioridad específicos de Protección de la Salud con contenidos generales sobre principios orientadores, doctrinales y marco general de seguridad Alimentaria, al que han asistido la totalidad de planificadores, programadores y gestores de riesgos en el ámbito de la inocuidad alimentaria, un total de 1000 personas.

Una vez que los conocimientos básicos han sido revisados, el Plan de Formación contempla dos ámbitos de formación: Cursos y Estancias

Los Cursos se desarrollan para los siguientes niveles de formación:

• Cursos de carácter general para cuadros directivos: para el 2010, está previsto que se impartan talleres y cursos sobre “Herramientas de Gestión”, en colaboración con la Escuela Andaluza de Salud Pública

• Cursos destinados a personal de los niveles Central y Provincial sobre Gestión y Evaluación: para 2010, están previstos dos cursos para 25 asistentes por curso. Estos cursos a su vez están reconocidos por el Instituto Andaluz de Administración Pública

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 5 de 25 Recomendación 5

Page 88: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

• Cursos de materias especificas destinados a personal inspector de Distritos/Áreas consensuados con toda la organización y relativos a materias en que se quiere impulsar la capacitación a nivel de toda Andalucía: para 2010, están previstos 3 cursos relativos a “Evaluación de Complementos Alimenticios” “Controles oficiales y certificación en exportación e importación” y “Evaluación de riesgos a nivel local”

• Cursos diseñados y ejecutados por los propios Distritos/Areas, a escoger entre un listado de materias consensuadas sobre aspectos que se entiende se ha de mejorar la capacitación y que deben responder a las especificidades y necesidades de cada ámbito geográfico, económico y social.

Por otro lado, por Estancias se entiende un sistema de formación basado en la detección, propuesta, validación y aprobación de inspectores que realizan algún trabajo relacionado con los controles oficiales con un grado de excelencia adecuado. Previa presentación voluntaria de un programa especifico, y una vez aprobado por una comisión ad-hoc, voluntariamente otros inspectores pueden solicitar una estancia temporal con los anteriores a efectos de su mejor formación en esas áreas contrastadas.

En Aragón para determinar las necesidades se tienen en cuenta los objetivos estratégicos del Plan Autonómico de control de la cadena alimentaria, novedades legislativas, nuevos criterios de actuación o cambios en los procedimientos de trabajo, indicadores de los programas, resultados de la verificación de la eficacia del control oficial y hallazgos de las auditorías internas y externas del sistema de control oficial.

Los cursos de formación se imparten siguiendo criterios de racionalización de medios, de modo que tienen preferencia de asistencia las personas que desarrollan labores relacionadas con el objeto del curso y que sea compatible con el trabajo diario, programado o urgente; por ello la asistencia a un curso debe validarse previamente por el responsable o superior jerárquico. Con el fin de que los controles oficiales se puedan realizar de manera coherente y uniforme, algunas de las actividades de formación que se programan tienen carácter obligatorio. Cuando la asistencia sea obligatoria, y teniendo en cuenta el número de técnicos y el número máximo de personas que pueden asistir a un curso de formación, se programan sucesivas ediciones del mismo

La evaluación de la formación recibida se lleva a cabo por los asistentes mediante la cumplimentación de un modelo de evaluación establecido.

La formación se realiza a través de cursos, jornadas, reuniones, seminarios o conferencias. Como metodología de formación, la tendencia es la realización de cursos teórico-prácticos. Se intenta que se realicen ediciones en las tres provincias, aunque en alguna ocasión los cursos se centralizan en Zaragoza.

En la gestión de las actividades de formación participan distintos órganos:

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 6 de 25 Recomendación 5

Page 89: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 7 de 25 Recomendación 5

1. Instituto Aragonés de Administración Pública (IAAP): Gestiona los cursos propuestos por el Departamento y los incluye cada año en un Plan de Formación Continua que se publica en el Boletín Oficial de Aragón, dentro del Programa de Formación Especializada.

2. Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud (IACS): Organismo público adscrito al Departamento de Salud y Consumo que colabora en la formación de los recursos humanos.

3. Dirección General de Salud Pública (Servicio de Salud Alimentaria y Ambiental): Cada año organiza y gestiona aquellas actividades de formación necesarias que no son cubiertas por los institutos mencionados. Se gestiona con el presupuesto de la Dirección General de Salud Pública.

4. Dirección General de Alimentación: Organiza y gestiona aquellas actividades de formación que se consideren necesarias y que no son cubiertas por el IAAP.

5. Formación externa: Se podrá asistir igualmente a cursos organizados por otras instituciones cuando sea de interés para el funcionamiento del sistema. Las conclusiones y aprendizajes de estos cursos tendrán que ser difundidos entre el personal relacionado con el contenido.

Los cursos que son impartidos por el Departamento de Salud y Consumo y el Instituto de Ciencias de la Salud se someten a acreditación por la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Aragón, órgano adscrito al Departamento de Salud y Consumo.

El sistema de información y registros está comprendido por la documentación relativa a cada curso (objetivos, profesorado, programa, metodología, relación de asistentes al mismo)

El Plan de Formación se difunde una vez aprobado. Los cursos serán publicados en el Boletín Oficial de Aragón cuando los gestione el IAAP, y el resto, convocados por escrito o correo electrónico.

Los asistentes a cursos Better Training actúan como formadores. En concreto en las cinco ediciones del curso teórico-práctico de auditorías de autocontrol dirigido a los técnicos que realizan el control oficial.

En Asturias el programa de formación continua los lleva a cabo el Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, organismo específico de la Administración del Principado de Asturias.

A continuación se muestran documentos relativos a la formación impartida en esta comunidad autónoma.

ficha de proceso formación.doc

Ficha propuesta ASAC.xls

Información complementaria Plan d

Page 90: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

En Baleares en la actualidad no existe un Plan de Formación establecido dirigido al personal que realiza funciones de control oficial. Sin embargo si se realizan actividades formativas y se han establecido procedimientos para poder llevarlas a cabo.

Las acciones formativas se llevan a cabo por dos vías:

1) Por la propia Dirección General de Salud Pública y Participación, que acredita los cursos por la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Estas actividades responden a las necesidades detectadas por el Departamento de Protección de la Salud, a petición de las secciones que conforman el Servicio de Seguridad Alimentaria.

2) Por la Escuela Balear de las Administración Pública (EBAP), en el marco de las convocatorias anuales que se programan en base a las peticiones de necesidades por los diferentes órganos de la administración autonómica, y entre ellos, por la Dirección General de Salud Pública y Participación.

Generalmente estos cursos y seminarios son, generalmente, de asistencia voluntaria, y sus contenidos son de carácter jurídico y técnico-sanitario relacionados con las actividades de control oficial. Para la obtención de certificados es necesario asistir presencialmente y cumplimentar un cuestionario de aprovechamiento, así como otro de satisfacción. Los ponentes son mayoritariamente personas ajenas a la organización, aunque los coordinadores / responsables son internos.

Además de los anteriores, el personal puede acudir a actividades formativas organizadas por entidades externas. Para ello, se ha elaborado un procedimiento formalizado que implica la realización de una charla formativa del asistente al resto del personal, con los contenidos cursados.

En ocasiones se ha acordado con otras entidades la realización de actividades, pero actualmente no es frecuente.

En relación con los cursos de BETTER TRAINING FOR SAFER FOOD, hasta la fecha han acudido dos personas de nuestro departamento (APPCC y Productos de la Pesca respectivamente). Los candidatos han de tener relación y desarrollar normalmente su actividad en el tema tratado, y su designación suele ser por sorteo. Está previsto que durante el año 2010 se impartan los conocimientos adquiridos al resto de personal.

En Canarias la formación de todo el personal relacionado con el control oficial en materia de seguridad alimentaria, ha sido siempre uno de los objetivos de esta Dirección General. En un principio esta formación se proporcionaba, generalmente, abonando los gastos de matrícula, viaje y estancia de los agentes de control oficial y del personal de los servicios centrales, a cursos organizados fuera de la Comunidad Autónoma, preferentemente en la Escuela de Sanidad, o en las universidades.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 8 de 25 Recomendación 5

Page 91: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Fue a partir del año 1997, cuando se empezó a realizar la planificación anual de los cursos de formación en esta Comunidad Autónoma, a través del Instituto Canario de la Administración Pública (ICAP).

Posteriormente se creó, mediante la Ley 1/1993, de 26 de marzo, la Escuela de Servicios Sociales y Sanitarios de Canarias (ESSSCAN), como órgano adscrito a la Consejería de Sanidad, correspondiéndole entre otras: la elaboración y ejecución de los planes y programas de formación, reciclaje y perfeccionamiento de los profesionales de la salud, de la gestión y administración sanitaria y de los servicios sanitarios y sociales directamente dependientes de las Administraciones Públicas Canarias o vinculados a ellas.

En esta Dirección General el Plan de formación continuada en materia de seguridad alimentaria y zoonosis, es organizado y coordinado por el Servicio de Seguridad Alimentaria.

A la hora de realizar la programación de los cursos que se van a celebrar el siguiente año, se tiene en cuenta principalmente, las novedades legislativas o técnicas, las lagunas de formación detectadas en las actividades de control oficial, los resultado de las misiones de la OAV, etc.

Para determinar las necesidades de formación, se solicita desde el Servicio de Seguridad Alimentaria a las diferentes Direcciones de la Áreas de Salud que faciliten información sobre las demandas que hace tanto el personal responsable de control oficial como el personal técnico de las mismas. Asimismo se toma en consideración las propuestas realizadas por el personal técnico del propio Servicio. Con todo ello, se planifica el Programa de Formación anual, en el que para cada actividad formativa se indica: nivel de prioridad, número de horas, número de plazas, número de ediciones y personal al que va dirigido.

Aunque los cursos están dirigidos a personal que trabaja en salud pública, si incluyen temas que son también de interés para agentes de control oficial de otras Consejerías, como por ejemplo: control de plaguicidas, control de industrias lácteas desde el origen hasta el consumidor final, mataderos, etc., se deja abierto para que puedan participar en los mismos.

Fijados los contenidos de formación y aprobada la propuesta, a comienzos de año se publica en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, la relación de cursos de perfeccionamiento dirigido al personal del Servicio Canario de la Salud de la Consejería de Sanidad.

Así, en el boletín oficial de Canarias de 4 de marzo de 2010, se ha publicado la relación de los cursos a realizar por la ESSSCAN, donde se incluyen cursos sobre: Alergenos en seguridad alimentaria, nuevos alimentos, OMG, alimentos e ingredientes funcionales; Biocidas en el ámbito de la seguridad alimentaria; Plaguicidas y desinfectantes; El control oficial en seguridad alimentaria, calidad de los servicios de inspección; Control sanitario y documental en mataderos; Tecnología y control oficial en las industrias cárnicas.

Existen criterios para la selección de los asistentes basados en: las funciones desempeñadas por los solicitantes relacionadas con la materia

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 9 de 25 Recomendación 5

Page 92: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

objeto del curso, el número de cursos realizados en la ESSSCAN y antigüedad en el puesto de trabajo.

Como metodología de formación, la tendencia es la realización de cursos teórico-prácticos, generalmente en las dos islas capitalinas (Tenerife y Gran Canaria), desplazándose a las mismas el personal de las islas menores, o bien utilizando, cuando el tipo de curso lo permite, el sistema de videoconferencia para evitar desplazamientos y que reciba la formación el mayor número de personas posible. En algunas ocasiones, los cursos se han realizado también en las islas menores (La Palma, Lanzarote, La Gomera o Fuerteventura)

Los ponentes son generalmente personas con amplia experiencia en los temas a tratar, generalmente ajenas a la organización (personal de la administración general del estado o de otras Comunidades Autónomas, de las industrias alimentarias, de las universidades, de empresas con experiencia en formación sanitaria, etc.) pero la elección del profesorado es realizada siempre desde el Servicio de seguridad alimentaria.

La formación se acredita por medio de un certificado de asistencia o aprovechamiento, fijándose requisitos para su expedición, tales como la asistencia con regularidad (80%). Los alumnos pueden optar por un certificado de aprovechamiento y en este caso la ESSSCAN, de acuerdo con los profesores, establecerá el régimen de pruebas o la presentación de los trabajos prácticos que consideren oportunos para acreditar el conocimiento de las materias objeto de los cursos.

Con el fin de optimizar la formación, existe una evaluación final del curso relacionada con los contenidos, consecución de objetivos, nivel de adaptación y utilidad en relación con el puesto de trabajo, grado de satisfacción del alumno. Asimismo se evalúa la actividad del profesorado.

Desde el año 2000, en la ESSSCAN se han celebrado cursos de Diplomado en Sanidad y con el fin de garantizar lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento (CE) nº 882/2004, de que todo el personal encargado de efectuar los controles oficiales recibe la formación adecuada a su ámbito de actuación, se ha impartido formación relacionada con las siguientes áreas: Legislación alimentaria: ámbito europeo, nacional y autonómico; Calidad de los servicios de inspección; Levantamiento del acta de inspección sanitaria, tramitación, archivo, propuesta de sanción y potestad sancionadora; La actividad inspectora, toma de muestra y control; Autocontrol y análisis de peligros y puntos de control críticos; Principios y aplicación del APPCC; Seguridad alimentaria. Análisis y valoración de peligros; Formación de auditores; Auditorías de sistemas de gestión de calidad en industrias agroalimentarias; Auditorías de los sistemas de autocontrol; Control y vigilancia de las encefalopatías espongiformes bovinas; Tecnología, higiene y control de la pesca y acuicultura y de sus productos; Etiquetado y materiales en contacto con los alimentos; Control de la salmonelosis desde el ámbito ganadero al consumidor final; Alimentos funcionales, alimentos dietéticos, complementos, organismos modificados genéticamente, aromas, especias y nuevos alimentos; Trazabilidad de los productos ganaderos;

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 10 de 25 Recomendación 5

Page 93: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Trazabilidad en la industria alimentaria y requisitos de calidad y seguridad en el sector agroalimentario; Agua en la industria alimentaria; Estudio de brotes epidémicos; etc.

Por otra parte, personal del Servicio de Seguridad Alimentaria está asistiendo asimismo, a cursos de formación organizados e impartidos periódicamente por la Administración del Estado, sobre asuntos de su responsabilidad, tales como: cursos para auditores oficiales, formación de formadores en bienestar animal, así como a cursos impartidos en otros países por la iniciativa “Better Training for Safer Food”.

En Cantabria, en la actualidad, la acción formativa se desarrolla a través del Centro de Estudios de la Administración Regional de Cantabria; la formación es voluntaria para el personal y se incluyen cursos específicos propuestos y/o organizados por los Servicios correspondientes.

Con motivo del resultado de la auditoría inicial del sistema de control oficial efectuada en el Servicio de Seguridad Alimentaria, se ha elaborado un plan de mejora que incluye como una de las tareas a desarrollar, establecer un procedimiento de formación que incluya procedimientos de detección de necesidades formativas, así como de aseguramiento de la eficacia de la formación; también de preparación de documentos e instrucciones para los nuevos funcionarios.

En la oferta formativa existen cursos unos impartidos por empresas externas y otros por personal de la misma o diferente Administración (Central o de otras Comunidades Autónomas).

En Castilla La Mancha el personal de los Servicios Oficiales de Salud Pública encargado del control oficial en establecimientos alimentarios recibirá formación mediante cursos impartidos por la Escuela de Administración Regional de Castilla La Mancha y por la propia Consejería de Salud y Bienestar Social (a través del Instituto de Ciencias de la Salud de Talavera de la Reina y de sus propias Delegaciones Provinciales).

Desde la Consejería se valoran las necesidades para el año siguiente (en atención a carencias advertidas, sugerencias de potenciales alumnos, recomendaciones de las autoridades competentes y la aparición de nuevos peligros) y se proponen para su aprobación.

La selección de los alumnos se realiza en función del perfil de cada solicitante (que deberá ajustarse al descrito en el curso ofertado) y a su historial de formación.

Los ponentes de los cursos podrán ser tanto empleados de la Administración como de fuera de ella, en función de las necesidades del curso y a criterio del coordinador del mismo que deberá identificar a aquellos más cualificados para cada ponencia.

En ocasiones los formadores que imparten los cursos han asistido como alumnos a cursos de Better Trainig for Safer Food.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 11 de 25 Recomendación 5

Page 94: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

En el plan de formación de la Consejería se incluye:

• Ciclo de 6 cursos de 40 horas cada uno dirigido al conocimiento de los requisitos previos y procedimiento APPCC de los sistemas de autocontrol, así como a las técnicas de auditoría.

• Formación en el manejo de la aplicación informática INEA (Inspecciones de Establecimientos Alimentarios).

• Formación en requisitos para la autorización de exportaciones.

• Formación en Bienestar animal.

• Formación sobre peligros y métodos para su control y vigilancia en diferentes sectores alimentarios: lácteo, cárnico, pesca, comedores colectivos, bodegas, etc..

• Formación en alimentos elaborados con OMG y Nuevos Alimentos.

La Consejería de Sanidad de Castilla y León cuenta con un Plan Estratégico de Formación Continuada 2008-2011. Dicho Plan establece los mecanismos para que anualmente los profesionales y los Centros Directivos soliciten la formación que consideren prioritaria. Anualmente, mediante convocatoria pública, se convocan las acciones formativas a desarrollar, en las que se definen los destinatarias de cada curso y los criterios de selección.

Además, la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentarios (APSSA) de acuerdo con sus prioridades de actuación, complementa la formación no incluida en dichas convocatorias públicas con la organización de acciones formativas específicas y colabora con los colegios profesionales y asociaciones científicas en materias de interés común.

Los programas de las acciones formativas, incluidos los temas, su duración y los ponentes que los desarrollarán, son realizados por la APSSA, que designa como ponente a los técnicos, del Departamento o externo, más idóneos para la materia a desarrollar, de acuerdo a su trayectoria profesional, experiencia docente y, si se encuentra disponible, la evaluación de su participación en acciones anteriores.

Entre dicho ponentes se incluyen a los tres profesionales actualmente en la APSSA que han asistido a los cursos de Better Training for Safer Food.

En Cataluña, consideramos que ya se da la situación de cumplimiento.

El departamento responsable de la formación es el Departament de Salut, que detecta las necesidades en función de los resultados de la encuesta formulada al personal inspector. La selección de prioridades responde a los objetivos estratégicos de la organización, necesidades de los inspectores y actividades básicas para personal recién incorporado.

Los candidatos son seleccionados desde los servicios regionales. La propuesta la realiza el jefe del equipo de protección de la salud. En la convocatoria de las actividades se detalla el perfil de los participantes.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 12 de 25 Recomendación 5

Page 95: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Los cursos, en su gran mayoría, se organizan internamente. Cuando se tiene conocimiento de alguna actividad externa susceptible de ser incorporada al programa anual, mediante el procedimiento de adopción de actividades externas, se incorpora o no.

Los ponentes pueden ser tanto personas del departamento como personal externo, dependiendo de las necesidades y los contenidos del programa de los cursos. Los asistentes a cursos de Better Training for S. F. actúan como formadores internos.

La Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública (DOGC núm. DOGC 5495 de 30.10.2009) establece como principio informador de la ordenación y la ejecución de las actuaciones, prestaciones y servicios de salud pública el fomento de la formación y la competencia de los profesionales, de la investigación y de la evaluación en el ámbito de la salud pública, y crea un Sistema de Formación e Investigación en Salud Pública, coordinado por la Agencia de Salud Pública de Catalunya del Departament de Salut.

Los ejes estratégicos de la formación continua para el control oficial se han desarrollado en el Plan de formación específica en salud pública, que se implantará en el período 2010-2012.

En la Comunidad Autónoma de Extremadura la formación de los profesionales es ejecutada por la escuela de Estudios de Ciencias de la Salud (E.E.C.S.) dependiente de la Consejería de Sanidad y Dependencia.

La E.E.C.S. elabora una propuesta formativa en la que se reflejan las necesidades de formación remitidas por los responsables de formación de cada una de las Áreas de Salud, ésta propuesta es remitida a esta Dirección General de Salud Pública, que la valora y junto a otras fuentes de información, como son las auditorías/Misiones de la FVO, nuevos procedimientos documentados publicados, etc. elabora la propuesta definitiva que es remitida a la EECS y publicada en el Diario Oficial de Extremadura sobre una base semestral.

Es la E.EC.S. la encargada de seleccionar a los participantes del curso, dentro de aquellos que cumplan con el perfil a que va destinado el mismo, esa selección se hace en función del Curriculum Vitae dado el caso de que hubiera más solicitantes que plazas.

Los cursos son ofertados todos por la E.E.C.S. ahora bien, pueden ser organizados por la propia escuela, o bien la EECS contrata la organización del curso con una entidad privada o pública (universidad de Extremadura).

El personal puede ser personal del departamento o de personal externo al departamento.

De esta Comunidad Autónoma solo han participado 2 personas en Cursos Better Training, de las cuales solo 1 se encuentra actualmente dentro del departamento. Esta persona ha participado como docente o como coordinador de diversos cursos de formación, aunque no necesariamente relacionados con la materia de los cursos a los que asistió.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 13 de 25 Recomendación 5

Page 96: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

En Galicia el plan de formación del personal inspector para el año 2010 ya ha sido aprobado y con él se pretende dar cumplimiento al artículo 6 del reglamento (CE) 882/2004.

Madrid

La formación del personal encargado de los controles oficiales en higiene y seguridad alimentaria, el cual pertenece en todo caso a funcionarios del cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública (TSSP) de las escalas de veterinaria y farmacia, es enmarcada dentro de un plan de formación continuada. Este plan de formación continuada es actualizado de forma anual y recoge las necesidades que en materia de controles oficiales son demandadas, entre otras las resultantes de las auditorías que la OAV efectúa en España y en esta Comunidad Autónoma. Estas necesidades, que tienen en consideración las indicaciones contempladas en la normativa vigente, entre otras el Reglamento (CE) nº 882/2004 (anexo II, capítulo I), son detectadas y contempladas en los programas anuales de salud pública de la Dirección General de Ordenación e Inspección (DGOI) de interés en seguridad alimentaria (prevención y control de riesgos en establecimientos alimentarios, implantación de sistemas de autocontrol, vigilancia y control de contaminantes y residuos en alimentos, y prevención y control de riesgo en establecimientos de carne fresca). Es importante también indicar que las actividades formativas gestionadas son acreditadas por la Agencia para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios Laín Entralgo (ALE), que forma parte de una red nacional para la acreditación de la formación continuada en el ámbito sanitario. No obstante, también existen actividades formativas que se salen de la estructura anteriormente mencionada, algunas de ellas de gran relevancia por ser organizadas por instituciones de gran prestigio internacional.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 14 de 25 Recomendación 5

Page 97: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Ámbitos temáticos

A manera introductoria, conviene destacar que dentro de las actividades formativas impartidas en la DGOI, existen actividades que por su contenido y trascendencia tienen como destinatarios todo el personal de control oficial, mientras que en otras no, por responder a necesidades concretas de un determinado perfil de puesto de trabajo, ámbito geográfico del área de salud pública o ser actividades muy especializadas. Entre las actividades formativas del periodo 2006-2009 se pueden destacar las siguientes:

1. Actividades formativas destinadas a todo el personal de control oficial. Recogen una parte muy importante de las áreas temáticas indicadas en el anexo II del reglamento (CE) nº 882/2004, en particular las técnicas de control (ej.: auditorías e inspecciones), procedimientos de control, legislación en materia de alimentos, evaluación de incumplimientos, peligros alimentarios, evaluación del sistema APPCC y planes de prácticas correctas de higiene, procedimientos e implicaciones legales de los controles oficiales y el examen de la documentación escrita. Dentro de este tipo de cursos se encuentran:

Talleres sobre la aplicación de los documentos de apoyo en las actuaciones de control oficial. Se dirigen a la revisión y análisis de la documentación del sistema de calidad preparada para los inspectores oficiales y que supone un compendio estructurado de una forma práctica y operativa sobre la legislación aplicable a los

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 15 de 25 Recomendación 5

Page 98: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

distintos sectores alimentarios y requisitos de higiene. Hasta el momento se han impartido 5 ediciones, (3 en 2007, 2 en 2008), 17,5 h., con una participación de 141 inspectores oficiales (75 % de la plantilla), y está previsto que en el año 2008 se alcance a todos los inspectores oficiales.

Taller de control oficial de nuevos alimentos y alimentos modificados genéticamente. 2 ediciones (2008), 10 h., 47 alumnos.

Taller de control oficial de valoración de notificación de complementos alimenticios. Primera edición (2009), 5 h., 31 alumnos.

Curso de aditivos. 4 ediciones (2005, 2006, 2007, 2009), 150 alumnos (79,8 % de la plantilla).

Curso sobre intolerancia y alérgenos en la industria alimentaria. Primera edición (2009), 10 h., 20 alumnos.

Taller de control oficial de alérgenos en productos alimenticios. Primera edición (2009), 8 h., 28 alumnos.

Taller de evaluación de riesgos alimentarios (2009). 4,5 h., 30 alumnos.

Taller de prevención y control de riesgos en establecimientos alimentarios (2009).

Taller de bienestar animal en mataderos. 1ª edición (2009), 5,5 h., 25 alumnos.

Cursos sobre técnicas de auditoría y control oficial del sistema APPCC y Prácticas Correctas de Higiene. Áreas de formación:

a. Formación básica de ámbito general. Se impartió entre 2002 y 2004, 20 h., con 10 actividades formativas y 203 alumnos (100 % de la plantilla).

b. Formación específica por sectores alimentarios. Se comenzó en 2006 y en la actualidad sigue vigente. Los sectores involucrados son:

Sector de comidas preparadas. 5 actividades formativas, 25 h., 154 alumnos (81,9 % de la plantilla).

Sector lácteo. Comenzó en el año 2008 la primera edición, 25 h., 31 alumnos.

c. Formación en planes específicos.

Taller de auditoría oficial de un plan de formación de trabajadores. 1ª edición (2009), 5,5 h., 25 alumnos.

Taller de auditoría oficial de un plan de control de plagas. 1ª edición (2009), 5,5 h., 31 alumnos.

2. Actividades formativas destinadas a perfiles concretos de personal de control oficial. Es un conjunto muy diverso de actividades docentes en distintas áreas temáticas y que en parte de ellas están dirigidas primordialmente a determinados perfiles del personal de control oficial. Entre ellas, se puede destacar:

Regional Workshops on hygiene and Food control meat and meat products. 1 edición (Francia, 2008), 1 alumno.

Monitoring and controls of zoonoses and applying microbiological criteria in foodstuffs.

Practical application of microbiological criteria in foodstuffs and investigation of Foodborne outbreaks. 1 edición (Dinamarca, 2008), 2 alumnos.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 16 de 25 Recomendación 5

Page 99: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Seminario internacional de inspección de carnes y aves para oficiales de gobierno. Varias ediciones (USA 2004, 2005, 2006, 2008), 6 alumnos.

Limpieza y desinfección. 1 edición (2005), 9 alumnos.

Envasado de alimentos: tecnología y control sanitario de riesgos.1 edición (2005), 15 alumnos.

Materiales poliméricos en contacto con alimentos. 1 edición (2005), 10 alumnos.

Estadística básica con SPSS. 1 edición, 7 alumnos.

Comunicación del riesgo en seguridad alimentaria. 1 edición (2007), 1 alumno.

Evaluación del riesgo en seguridad alimentaria. 1 edición (2007), 1 alumno.

Gestión del riesgo en seguridad alimentaria. 1 edición (2007), 1 alumno.

Microbiología predictiva. 1 edición (2007), 2 alumnos.

Supervisión y auditoría norma ISO 9000/2000. 1 edición (2007), 1 alumno.

Auditorías internas de los sistemas de calidad. 1 edición (2007), 2 alumnos.

Auditorías internas. 1 edición (2007), 2 alumnos (1,1 % de la plantilla).

Medios de comunicación y alertas en salud pública. 2 ediciones (2005, 2006), 6 alumnos.

Modelo EFQM y herramientas de gestión de la calidad. 3 cursos (2005, 2006), 10 alumnos.

Sistemas de gestión de la calidad: norma ISO 9000/2000. 4 cursos (2005, 2006, 2007), 10 alumnos.

Programación de actividades formativas del año 2010

En el marco del plan de formación continuada de la DGOI, la Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria ha programado un conjunto de actividades formativas, unas suponen una continuación de las actividades formativas ya iniciadas en años anteriores, mientras otras responden a necesidades detectadas en las evaluaciones anuales de los programas de la Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.

Por programas, en el contexto de las inspecciones y auditorías oficiales de los establecimientos alimentarios, vigilancia y control de contaminantes y residuos en alimentos, pueden ser destacadas las siguientes actividades formativas previstas:

1. Programa de inspección de establecimientos alimentarios y apoyo al control oficial.

Taller sobre Control Oficial de Alérgenos.

Taller sobre Control Oficial de importación y exportación de productos alimenticios.

Curso de Tecnología de la Pesca.

Taller sobre Tecnología de Envasado de Alimentos.

Taller de Red de Alerta Alimentaria.

Taller sobre Herramientas de Comunicación en Seguridad Alimentaria.

2. Programa de vigilancia y control de contaminantes y residuos en alimentos.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 17 de 25 Recomendación 5

Page 100: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Curso de verificación del cumplimiento de los criterios microbiológicos del Reglamento (CE) nº 2073/2005 en empresas alimentarias (1ª edición).

Curso de análisis de riesgos alimentarios (2ª edición).

Curso de residuos de plaguicidas en alimentos (1ª y 2ª edición).

3. Programa de implantación de sistemas de autocontrol en establecimientos alimentarios

Curso de auditoría oficial de los requisitos de higiene en el sector de comidas preparadas (6º edición).

Taller de auditoría oficial de un plan de control de plagas (2ª edición).

Taller de auditoría oficial de plan de formación de trabajadores (2ª edición).

Curso de tecnología y controles aplicables en complementos alimenticios.

4. Programa de prevención y control de riesgos en establecimientos de obtención de carne fresca

Taller de bienestar animal en mataderos.

Taller de información de la cadena alimentaria y control documental en inspección de carne de lidia.

Taller sobre trazabilidad en mataderos y salas de tratamiento de caza.

Taller sobre la aplicación de los procedimientos de actuación en el control oficial de mataderos (dos ediciones).

El Plan Anual de Formación para Empleados Públicos de la Región de Murcia está organizado en cuanto a planificación, desarrollo y medios técnicos (aulas, audiovisuales e incluso personal), por la Escuela de Administración Pública. Cada año, en diciembre, se publica la oferta de cursos, que son gratuitos y, en algunos casos obligatorios, a disposición de los funcionarios para el año siguiente; las acciones formativas se aprueban y presupuestan por la Escuela, a propuesta de las Unidades Administrativas de cada Consejería u Organismo.

En este marco, cada año se organizan y desarrollan, por parte del Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis, acciones formativas, destinadas al personal que participa en la planificación y/o ejecución de los controles oficiales en el ámbito alimentario.

En concreto, las últimas acciones formativas que se han desarrollado son:

• A finales de 2005 se desarrolló una destinada a inspectores veterinarios de matadero; se trataba de un curso de metodología teórico-práctica titulado: “BIENESTAR ANIMAL Y SEGURIDAD ALIMENTARIA. CONTROL EN MATADEROS”, con una duración de 20 horas.

• En 2006 se desarrolló un curso destinado a inspectores veterinarios, con metodología teórico-práctica titulado: “SISTEMÁTICA Y EJECUCIÓN DE LOS CONTROLES OFICIALES EN BASE A LA NUEVA NORMATIVA COMUNITARIA. APLICACIÓN DE SISTEMAS APPCC”, con

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 18 de 25 Recomendación 5

Page 101: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

una duración de 20 horas (organizado por el Servicio de Sanidad Animal).

• En 2007 se organizó un curso, con una duración de 40 horas, titulado: “LA INSPECCIÓN VETERINARIA EN EL MATADERO: NUEVO MARCO LEGAL Y CRITERIOS DIAGNÓSTICOS”, también destinado a inspectores veterinarios de matadero.

• En 2008, se ha hecho el curso: “ACTUALIZACIÓN EN APPCC, LOS NUEVOS REGLAMENTOS Y LA FLEXIBILIZACIÓN EN SU APLICACIÓN EN LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS, con una duración de 20 horas.

• En 2009, se organizó el curso: “ZOONOSIS Y AGENTES ZOONÓTICOS DE ETIOLOGÍA VÍRICA”, destinado a inspectores veterinarios, con una duración de 25 horas.

• Para 2010, se ha preparado el curso: “EL ANÁLISIS DE RIESGOS EN EL CONTROL OFICIAL SANITARIO DE ALIMENTOS. MICROBIOLGÍA PREDICTIVA”, con una duración de 25 horas, destinado a inspectores veterinarios y farmacéuticos, y con metodología teórico-práctica.

La programación de las acciones formativas a desarrollar cada año se realiza desde el Servicio, en base a las carencias formativas detectadas en años anteriores, así como por la publicación de nuevas normas relacionadas con el control oficial alimentario, avances científicos, etc., así como para, en general, actualizar los conocimientos.

Según las características y contenidos de cada curso, se establecen unos criterios de selección, utilizados para priorizar los candidatos, siempre entre el Coordinador del curso y el Jefe del Servicio (cuando ambos no son la misma persona). Previamente se aplican los criterios de aceptabilidad generales, impuestos por la Escuela para todos los funcionarios de la Región.

En cuanto a los ponentes que imparten las sesiones formativas, son, tanto de personal de la Consejerías correspondientes al tema como, sobre todo, personal externo experto en las materias del curso, tales como altos funcionarios de otras Administraciones, profesores de Universidad, investigadores, etc.

Por otra parte, personal del Servicio es enviado por el mismo a cursos de formación organizados e impartidos periódicamente por la Administración del Estado, sobre los asuntos de su responsabilidad, tales como: formación de formadores en bienestar animal, etiquetado y trazabilidad, curso para auditores oficiales, y en el caso de cursos en otros países, la iniciativa “Better training for safer food”. En estos últimos casos, hasta la fecha el personal que ha recibido la formación no ha participado como profesor directamente en otros cursos para agentes de control oficial de la Unidad, si bien sí han elaborado instrucciones y documentos técnicos para los mismos.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 19 de 25 Recomendación 5

Page 102: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

El plan de formación de la Comunidad de Navarra incluye acciones formativas de una duración de 225 horas y deberá ser cumplimentado en un plazo que dependerá de los recursos disponibles y que se estima de una duración de tres años. El Plan responde a lo requerido en el artículo 6 del Reglamento 882/2004 con los contenidos del capítulo I del anexo II y en el caso de los veterinarios oficiales en mataderos, su formación responderá a lo requerido en el apartado 7 del artículo 5 del Reglamento 854/2004, con los contenidos del capítulo IV de la Sección III de su Anexo I. Posteriormente, se actualizará la formación mediante acciones formativas continuadas.

Las áreas de conocimiento incluidas en el plan de formación son las siguientes:

1. El marco legal de la seguridad alimentaria. Reglamentos europeos. Control de triquinellas y Anisakis. Normas estatales y forales. Duración: 15 horas.

2. Evaluación del riesgo de los alimentos. Peligros biológicos, químicos y físicos. Metodología de la evaluación de riesgos. Criterios microbiológicos. Agentes emergentes. Establecimiento de valores límites. Casos prácticos. Duración: 15 horas.

3. Los prerrequisitos en las actividades alimentarias. El agua en las actividades alimentarias. Planes de control de vectores. Planes de limpieza y desinfección. Plan de mantenimiento. Plan de formación de manipuladores. Control oficial. Normativas y registros. Duración: 16 horas.

4. Metodología de APPCC. Guía del Codex alimentario. Casos prácticos en los diferentes sectores alimentarios. Duración: 30 horas.

5. La inspección de las actividades alimentarias. Auditorías de los sistemas APPCC. El control oficial. Verificación, supervisión. Duración: 14 horas.

6. La trazabilidad en las actividades alimentarías. Problemática sectorial. Lotes. Etiquetado. Etiquetado nutricional. Etiquetado de alergenos. Normativa. Control oficial. Duración 10 horas.

7. Los productos alimenticios de origen animal. Mataderos y salas de despiece. Carnicerías. Riesgos. Tecnologías. Inspección ante- mortem, sacrificio, inspección post-mortem. Bienestar animal en los mataderos. Duración: 26 horas.

8. Comedores colectivos. Comidas preparadas. Comercio minorista. Riesgos. Normativa. Control oficial. Duración: 8 horas.

9. Los aditivos alimentarios. Tecnología. Edulcorantes, aromas, enzimas. Riesgos. Autorización. Normativa. Control oficial. Duración: 12 horas.

10. Tecnología alimentaria. Conservación de alimentos. Frío, calor, radiaciones, deshidratación…Transporte de alimentos. Condiciones y riesgos. Normativa. Control oficial. Duración: 14 horas.

11. Medicamentos veterinarios. Sustancias incluidas en PNIR.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 20 de 25 Recomendación 5

Page 103: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Contaminantes. Toxinas. Residuos de plaguicidas. Alergenos. Toma de muestras, conservación y gestión. Normativa. Control oficial. Duración: 14 horas.

12. Complementos alimentarios. Alimentos para lactantes, dietéticos y para dietas especiales. Declaraciones nutricionales. Declaración de propiedades saludables. Infusiones. Setas. Normativa. Control oficial. Duración: 10 horas.

13. Las encefalopatías espongiformes transmisibles. Los Subproductos animales no destinados a consumo humano. Procedimientos de gestión. Normativa. El control oficial. Duración: 8 horas.

14. Las alertas alimentarias. Gestión de alertas. Casos prácticos. Protocolo de actuación. Brotes de origen alimentario. Protocolo de actuación. Toma de muestras, conservación y gestión. Duración: 14 horas.

15. Nuevos alimentos. Alimentos que consisten o derivados de OMGs. Riesgos. Equivalencia nutricional. Autorización. Etiquetado. Normativa. Duración: 5 horas.

16. Materiales en contacto con alimentos. Tipos de materiales. Migración. Riesgos. Normativa. Control oficial. Duración: 6 horas.

17. Autorización de actividades alimentarias. El Registro General Sanitario de Alimentos. Autorización sanitaria de funcionamiento. Censo de establecimientos. Procedimientos. Protocolos. Normativa. Duración: 8 horas.

La responsabilidad de la formación del personal es del Instituto de Salud Pública que ha constituido una Comisión de coordinación docente que planifica anualmente las acciones formativas globales de dicho Instituto. La selección de prioridades se realiza por el Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental teniendo en cuenta las necesidades de formación que comunica el personal de seguridad alimentaria.

Los cursos generalmente se imparten por personal docente externo, contratándose cada curso con entidades o profesionales que de acuerdo con la experiencia en cursos anteriores, han demostrado su aptitud docente. Alguno de los cursos, se imparten por personal dependiente del propio Instituto, siendo esta modalidad de formación la que será más frecuente en el futuro. Igualmente, se aprovechan las reuniones del personal para la programación y ejecución de los planes de acción para facilitar información e impartir formación en los temas concretos del Plan.

Los cursos que se han impartido al personal inspector durante los últimos años incluyen las siguientes áreas del control oficial:

• Trazabilidad y etiquetado.

• Legislación de seguridad alimentaria. El paquete de higiene.

• PNIR.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 21 de 25 Recomendación 5

Page 104: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

• Encefalopatías espongiformes transmisibles.

• Auditorías e inspección. Casos prácticos de auditorías de sistemas de APPCC.

• Metodología de la inspección. Levantamiento de actas.

En La Rioja, dentro del plan de acción con motivo del resultado de la auditoría general se procede a incrementar las acciones formativas, especialmente las sesiones técnicas específicas por sectores. Además cada año se programan las actividades formativas del personal encargado del control oficial.

Existe un programa de formación externo para la participación en los distintos cursos que organiza por un lado la Escuela Riojana de Administración Pública y por otro la Fundación Riojasalud, que comprenden cursos específicos en materia de seguridad alimentaria y sanidad ambiental, y cursos de informática, legislación, idiomas y cursos sobre temas de interés general.

Internamente se organizan cursos específicos y se realizan sesiones técnicas con los Agentes de Control Oficial y con el resto de personal de servicios centrales con relación a aquellos procedimientos e instrucciones técnicas que necesiten para su efectivo desarrollo una formación previa o continuada.

Además, es necesario que las personas que se suman a la organización reciban una formación básica sobre la misma que les aporte un conocimiento previo del marco de las actuaciones y competencias de salud pública y de las tareas que van a desarrollar por lo que existe un programa de acogida.

Todas las actuaciones referidas se contemplan en un programa de formación de personal propio.

Los cursos se imparten indistintamente por personal interno o externo e igualmente se organizan internamente o se imparten por entidades de formación externas.

Si bien en el último año no se ha asistido a cursos de Better Training for Safer Food, los asistentes a ediciones anteriores sí realizaron una sesión técnica con personal del departamento de seguridad alimentaria.

La Comunidad Valenciana dispone de un Plan de Formación para los Agentes de Control Oficial de los Productos Alimenticios del Área de Seguridad Alimentaria de carácter plurianual (5 años) que tiene por objeto dar soporte a las actuaciones de los agentes de control oficial del Área de Seguridad Alimentaría a través de actividades formativas, para asegurar la eficacia y equidad en el desempeño de los controles. El Plan de formación contempla también, la capacitación de los agentes de control oficial de reciente incorporación al puesto de trabajo y de los que realizan

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 22 de 25 Recomendación 5

Page 105: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

sustituciones temporales. La coordinación del plan corresponde al Jefe del Área de Seguridad Alimentaria de la Dirección General de Salud Pública (DGSP).

La programación de actividades es anual, a través del Programa de Formación del Área de Seguridad Alimentaria.

La gestión que conlleva la realización de las actividades de formación queda descrita en el Procedimiento de Gestión de la Formación (P15-ASA).

El proceso de formación del personal tiene las siguientes fases:

• Identificar las necesidades de formación.

• Planificar las actividades de formación adecuadas para satisfacer dichas necesidades (cursos, sesiones técnicas o cualquier otra modalidad).

• Gestionar la realización de las actividades planificadas.

• Evaluar las actividades formativas realizadas.

Para definir las necesidades de formación se tiene en cuenta:

• Los objetivos planteados en el Plan de Formación.

• Las áreas de conocimiento descritas en el Plan de Formación que contemplan los Reglamentos relacionados con la seguridad alimentaria así como aquellas que sean necesarias para poder desarrollar las competencias establecidas en la Ley 4/2005 y en particular:

- Normativa sobre seguridad alimentaria y control oficial de alimentos.

- Métodos y técnicas de producción, transformación y comercialización de alimentos.

- Contaminantes presentes a lo largo de la cadena alimentaria.

- Sistemas de calidad y auditorías.

- Sistemas de autocontrol aplicados en la industria agroalimentaria.

- Nutrición y salud pública.

• La formación técnica necesaria para adecuar el perfil profesional al puesto de trabajo que se desempeñe.

• Las necesidades de formación identificadas.

• El personal implicado en el control oficial, incluido el de nueva incorporación a la organización.

Existe un responsable de Formación de la DGSP así como un responsable de formación en cada Centro de Salud Pública.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 23 de 25 Recomendación 5

Page 106: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

El responsable de la DGSP obtiene anualmente, a través de los Jefes de Servicio de la DGSP, y de los responsables de Formación de los Centros de Salud Pública, las necesidades de formación identificadas y planifica las actividades de formación adecuadas para satisfacer dichas necesidades creando el Programa de Formación que es aprobado por el Jefe del Área de Seguridad Alimentaria. Para cada actividad formativa se indica, con mayor o menor grado de detalle: personal a quien va dirigida, responsable de la actividad; formador; fechas de realización; duración, número de ediciones y observaciones.

El responsable de Formación coordina el desarrollo de la actividad incluyendo aspectos tales como la selección del profesorado, la preparación del presupuesto para contratación de la actividad, preparación del material, gestión de locales para la docencia y recursos materiales necesarios, la notificación al personal seleccionado, la remisión de certificados, las evaluaciones relacionadas con la actividad y su remisión al personal docente etc.

El responsable de Formación realiza el seguimiento de las distintas actividades del Programa de Formación colaborando en la resolución de las dificultades y supervisando su grado de cumplimiento.

La evaluación del alumno la lleva a cabo el formador a través del control de la asistencia y en su caso, control del aprovechamiento de la actividad.

El Director General de Salud Pública o el Director del Centro de Salud Pública, en función del ámbito de la actividad, emite los certificados generados en el desarrollo de la actividad formativa.

La evaluación de la satisfacción del curso se lleva a cabo a través de la cumplimentación por parte del alumno del cuestionario al efecto.

El Área cuenta con personal interno para la docencia en cada departamento (Técnicos Especialistas en APPCC). En su caso, si la materia lo requiere, se acude a la participación de personas o entidades de naturaleza pública o privada con un acreditado conocimiento del sistema. En el caso de asistentes a cursos Better Training for Safer Food u otros cursos promovidos desde la AESAN, en ocasiones se ha considerado la oportunidad de incorporarlos a Sesiones formativas. Por ejemplo, Sesión técnica sobre materiales en contacto con alimentos, celebrada en la Dirección General de Salud Pública, el 26 de septiembre de 2007, con la participación de Mar Canós. Jornada sobre microbiología predictiva y evaluación de sistemas APPCC 15 de abril de 2008 (Microbiología predictiva. Nuevas estrategias de Gestión de la Seguridad Alimentaria y herramientas para su ejecución. Dña. Etelvina Cebrián Monteagudo. Técnico Especialista en APPCC. CSP de Gandía; The Assessment of HACCP Systems. (Better Training for Safer Food. Training in Hazard Analysis and Critical Control Points) D. Plinio Simón Soriano. Técnico Especialista en APPCC. CSP de Orihuela)

Finalizadas las actividades programadas se evalúa el cumplimiento.

Con respecto a los laboratorios de Salud Pública (LSP) cuentan, como el resto del Área de Seguridad Alimentaria, con:

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 24 de 25 Recomendación 5

Page 107: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 25 de 25

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

1- Plan de formación: Planificación plurianual del conjunto de acciones encaminadas a conseguir que el personal que trabaja en los LSP alcance el nivel de conocimientos que les permita desempeñar satisfactoriamente sus funciones.

2- Programa de formación: Conjunto de actividades que con carácter anual se planifican con objeto de dar cumplimiento al Plan de Formación.

Siguiendo este esquema y teniendo en cuenta además que los laboratorios para su acreditación deben contar con un “Plan de formación”, anualmente desde la Sección de Laboratorios, adscrita al Área de Seguridad Alimentaria, se planifican las actividades de formación adecuadas para satisfacer las necesidades genéricas detectadas y que son complementadas por cada LSP, en función de sus necesidades específicas, que cada laboratorio recoge en su “Plan de Formación”, creando así el Programa de Formación para los Laboratorios de Salud Pública que se desarrolla en áreas tales como: Técnicas analíticas, métodos de análisis para distintas sustancias, control de calidad, Técnicas de preparación de muestras, Sistemas de calidad, seguridad e Higiene, etc.

En lo referente al personal docente, dependiendo de la materia a impartir, se recurre indistintamente a personal externo o bien a personal interno adscrito a los Laboratorios de Salud Pública o al Área de Seguridad Alimentaria, entre los cuales se encuentra personal que ha asistido a cursos de Better Training for Safer Food.

En cuanto a la gestión de las actividades formativas, evaluación del alumno, evaluación de la satisfacción del curso y emisión de certificados se sigue la misma dinámica que para el resto de cursos impartidos en el Área de Seguridad Alimentaria.

En el ámbito de actuación la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR que coordina los Controles a la importación de productos de consumo humano y los Puestos de Inspección Fronterizos (PIF), con respecto al Punto 4.4 acerca del Personal que realiza los controles ha creado un Registro con los cursos de formación del personal de los PIF y se han dado instrucciones concretas a todos los responsables de los PIF recordando la obligación de mantener un registro de la formación recibida por el personal del puesto de inspección fronterizo en materia de controles veterinarios

DOCUMENTO 9.pdf

Recomendación 5

Page 108: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 1 de 2 Recomendación 6

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

RECOMENDACIÓN 6. Seguir mejorando la transparencia informando al público de la efectividad de las actividades de control, de acuerdo con el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 882/2004

En el ámbito de actuación del MARM y Consejerías de Agricultura (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

Actualmente se trabaja en todos los ámbitos de control que son responsabilidad de este Departamento para definir un modelo de comunicación pública de actividades y resultados que dote de la necesaria transparencia al modelo sin menoscabo de la protección de los datos, personales y de otra naturaleza, que protege la legislación comunitaria y nacional. Se van dando pasos en los diferentes programas y se confía en tener todos los sistemas de publicación de información operativos en el medio plazo.

Se publican resultados de los controles de forma general y con periodicidad anual en la Memoria de Actividades de la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos. Asimismo se puede obtener información de diversos programas en la página web del MARM y algunas páginas específicas relacionadas con los programas de control, como SILUM (higiene de los piensos), fitosanidad, controles de la importación y PIF, control de la higiene de la leche cruda, PNIR, etc.

En el ámbito de actuación de AESAN y Consejerías de Salud Pública (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

La transparencia y la participación de los ciudadanos en cuanto a las actividades relacionadas con la seguridad alimentaría es una de las preocupaciones de las AC. En cumplimiento al Art. 6 del Reglamento (CE) 882/2004, la difusión de los datos sobre control oficial se lleva a cabo por diferentes medios.

Con el desarrollo de las nuevas tecnologías en la mayoría de las CCAA se han creado portales o páginas web, donde se alojan contenidos relacionados con la seguridad alimentaria. La información que se traslada a los consumidores es variada dependiendo de cada AC. En ciertos casos se

*For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

Page 109: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 2 de 2 Recomendación 6

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

ofrece información sobre el Plan autonómico de Seguridad Alimentaria de que se trate. En otras ocasiones se publican las Memorias anuales de actividades, que generalmente incluyen datos como cifras y estadísticas en relación a las actividades realizadas de control oficial.

También se da la circunstancia de que existen Organismos relacionados con los de consumidores y usuarios, que dan traslado a éstos de la información oportuna en relación con el Plan autonómico de Seguridad Alimentaria en concreto.

Para completar la difusión de las actividades de control, se editan ejemplares, que pueden distribuirse entre instituciones y asociaciones.

A continuación se listan los vínculos a las distintas web de las CCAA:

CCAA PAGINA WEB ANDALUCIA www.juntadeandalucia.es ARAGON www.aragon.es ASTURIAS www.asturias.es BALEARES www.caib.es CANARIAS www.gobcan.es CANTABRIA www.gobcantabria.es CASTILLA-LEON www.salud.jcyl.es/sanidad/cm/ciudadanos CASTILLA-LA MANCHA www.jccm.es CATALUÑA www.gencat.cat PAIS VASCO www.ejgv.euskadi.net EXTREMADURA www.juntaex.es GALICIA www.xunta.es LA RIOJA www.larioja.org MADRID www.madrid.org MURCIA www.murciasalud.es NAVARRA www.navarra.es VALENCIA www.sp.san.gva.es/ CEUTA www.ceuta.es MELILLA www.melilla.es

Page 110: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 1 de 50 Recomendación 7

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Recomendación 7. Tomar medidas para mejorar los sistemas de verificación de la efectividad de los controles oficiales y de aseguramiento de las acciones correctoras necesarias, como exige el artículo 8 del Reglamento (CE) nº 882/2004

En el ámbito de actuación del MARM y Consejerías de Agricultura (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

Se han adoptado una serie de iniciativas tendentes a lograr una mejora sustancial de los sistemas de verificación de la efectividad de los controles oficiales y de aseguramiento de las acciones correctoras necesarias, se han reforzado estos requerimientos en todos los programas y se han puesto en marcha protocolos y documentos a través de los cuales se pretende alcanzar la sistematización de estas verificaciones. Por lo que respecta al control oficial en frontera, en los programas de control de 2009 y 2010 se incluye la elaboración y revisión de Manuales Generales de Procedimientos e Instrucciones Técnicas Operativas. En cuanto a bienestar animal, en lo que respecta a la normativa de protección de los animales en las explotaciones ganaderas y durante su transporte, se incluirá, en el Programa marco de controles oficiales para bienestar animal 2011-2015 un epígrafe relativo a la eficacia de los controles, y se propondrá a las CCAA desarrollarlo por medio de un procedimiento documentado. En el apartado de la Alimentación Animal (higiene de los piensos), se han realizado distintos procedimientos documentados, así como instrucciones para el personal que realiza los controles oficiales en los puestos de inspección fronteriza, tal y como se recogía en el plan de acción especifico realizado tras la auditoría especifica de referencia DG (SANCO)/ 2008-7723 MR, como consecuencia de la auditoría especifica llevada a cabo en España durante el 10-19 de junio de 2008 con el fin de evaluar la aplicación de las medidas relativas a los controles oficiales de los piensos y el cumplimiento de los requisitos en materia de higiene de los piensos. Por lo que respecta al programa de calidad higiénica de leche cruda, el sistema “Letra Q” permite el seguimiento de todos los procedimientos y la

*For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

*For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

Page 111: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

gestión de todas las notificaciones al ganadero y al centro de tratamiento lácteo, tanto en caso de cumplimiento como de incumplimiento.

En el ámbito de actuación de AESAN y Consejerías de Salud Pública (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 b) del Reglamento (CE) 882/2004 sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales, los procedimientos de control que se aplican por parte de los servicios de control oficial garantizan que se tomarán acciones correctoras, en caso que sea necesario, dado que vinculan siempre los resultados no conformes a medidas tendentes a la adopción de medidas correctoras por parte de los operadores de las empresas alimentarias implicados. De forma general en caso de detectarse incumplimientos se procede al levantamiento de acta y al requerimiento y posterior verificación de la adopción de las medidas correctoras establecidas.

Las medidas son proporcionales a las deficiencias existentes, desde una advertencia o requerimiento con un plazo para su corrección, a la apertura de un procedimiento sancionador que puede tener como resultado la imposición de una sanción económica, la revocación de la autorización de la empresa o el cierre temporal o definitivo de la misma.

En los casos donde se detecte que algún alimento no es apto para consumo humano, se procede a su inmovilización inmediata, retirada de la comercialización y en su caso reexpedición y destrucción, y se informa de ello a la red de alerta SCIRI. Igualmente se comunican a la red de alerta las explotaciones de origen de animales destinados a abasto que han resultado positivas a sustancias.

Con objeto de verificar la eficacia de los controles oficiales en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento (CE) 882/2004, se valora el cumplimiento de los objetivos previstos en los programas mediante indicadores.

De forma general la pauta de actuación es la siguiente: los técnicos superiores coordinadores revisan la documentación y registros de control generados por los inspectores y establecen las visitas de supervisión a las unidades locales de control para efectuar controles oficiales conjuntamente. Con estas visitas se comprueba el grado de adecuación de la actividad del inspector a los documentos generados, la conformidad de los procedimientos e instrucciones y los requisitos reglamentarios de control y el grado de cumplimiento de los objetivos, como resultado de estas supervisiones en todos los casos se comprueba una mejora en la efectividad y eficacia de los controles. En algunas CCAA la supervisión se realiza mediante técnicas de auditoría.

Las Comunidades Autónomas disponen en la mayoría de los casos de procedimientos documentados de carácter horizontal sobre no

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 2 de 50 Recomendación 7

Page 112: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

conformidades y acciones correctivas. En estos procedimientos se dan los criterios a seguir por los inspectores en casos de detección de deficiencias en los establecimientos, se relacionan los plazos para su subsanación y la apertura de procedimientos sancionadores que se aplican, en su caso, así como el seguimiento a realizar de dichas no conformidades.

Algunas CCAA disponen de documentos específicos sobre medidas para asegurar la eficacia y calidad de los controles oficiales de seguridad alimentaria y de verificación de la eficacia del control oficial “in situ”. Y además han elaborado procedimientos, programas documentados o planes de supervisión específicos por ejemplo en materia de investigación de residuos de medicamentos, de industrias del sector cárnico, pescados, huevos, harinas, aguas envasadas, etc

A continuación se expone la respuesta de cada comunidad autónoma a esta recomendación y en un ANEXO al final del documento se recogen los procedimientos documentados que cada CCAA ha dispuesto para garantizar y verificar el cumplimiento de sus programas de control oficial.

ANDALUCÍA

En el ANEXO de este documento se muestran los procedimientos documentados sobre los controles oficiales de esta CCAA para garantizar y mejorar los sistemas de verificación de los controles oficiales en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales.

ARAGÓN

A los efectos de verificar la eficacia de los controles oficiales, además de valorar el cumplimiento de los objetivos previstos en los programas mediante Indicadores, se establece un sistema basado en:

• Visitas por los técnicos de los Servicios Provinciales y/o Servicios Centrales a las oficinas de las Unidades locales de control oficial para verificar documentación y registros Documentos y registros de las unidades locales de control oficial.

• Visitas por los técnicos de los Servicios Centrales y/o Servicios Centrales a las oficinas de las Unidades locales de control oficial para efectuar controles oficiales conjuntamente con los técnicos locales de control oficial

Los criterios generales y específicos del sistema se recogen en los siguientes documentos: Circular 4/2009 de la dirección general de salud pública sobre medidas para asegurar la eficacia y calidad de los controles oficiales de seguridad alimentaria (GEN-DIR-00X); Procedimiento de verificación de la eficacia del control oficial “in situ” (GEN-INS-008)

La eficacia de los controles se garantiza por la aplicación de procedimientos documentados.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 3 de 50 Recomendación 7

Page 113: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

La instrucción “Procedimiento de control oficial de los establecimientos alimentarios” (GEN-INS-006) describe la sistemática que se debe seguir en los controles oficiales de establecimientos en el ámbito de la seguridad alimentaria, que se realiza por parte de las zonas farmacéuticas y veterinarias.

Para garantizar que se aplican medidas correctoras cuando se detectan deficiencias en los establecimientos, en la “Instrucción sobre actuaciones en caso de incumplimientos” (GEN-INS-004) se dan los criterios que deben seguir los inspectores.

Los Procedimientos de los programas de control alimentario del Departamento de Salud y Consumo del Plan Autonómico de Control de la cadena alimentaria aparecen en anexo.

ASTURIAS

Existe un “Procedimiento Normalizado en Materia de Control Alimentario y Sanidad Ambiental” en el que se detalla la sistemática a seguir en una inspección/auditoría, se describe la realización de informes de inspección como consecuencia de la utilización de check-list, se califican las anomalías en función del riesgo sanitario, se señalan los plazos para su subsanación y la apertura de procedimientos sancionadores, en caso de incumplimiento.

Desde el año 2006 se ha comenzado a realizar la supervisión del control oficial.

BALEARES

Los procedimientos documentados existentes en esta CCAA aparecen en el ANEXO de este documento. Además de los que aparecen descritos están en un avanzado grado de elaboración (previsto aprobación finales 2009) la Instrucción técnica de control de MER en mataderos y la Instrucción técnica para la inspección post mortem en los mataderos de abasto de las Illes Balears

CANARIAS

Los controles oficiales se llevan a cabo de acuerdo a procedimientos documentados que incluyen a todas las autoridades que participan en el control oficial, y sus respectivas responsabilidades, incluyendo las instrucciones precisas para su aplicación, formularios para la correcta cumplimentación y las correspondientes referencias legislativas.

Las actuaciones del control oficial están respaldadas por diferentes disposiciones de ámbito autonómico, estatal y comunitario, mediante las que se garantiza el acceso a los locales, a la documentación de las industrias alimentarias y la intervención administrativa, tal como la incautación o inmovilización de productos, la suspensión del ejercicio de

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 4 de 50 Recomendación 7

Page 114: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

actividades y la retirada de la autorización. Asimismo contempla las infracciones y sanciones atendiendo a criterios de grado de intencionalidad y reincidencia, gravedad y riesgo para la salud y por último la cuantía del beneficio obtenido. A nivel autonómico la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias y el Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, recogen los aspectos indicados.

La aplicación de los procedimientos y los controles oficiales se realiza por inspectores (empleados públicos funcionarios), dependientes de la autoridad competente de la Comunidad Autónoma de Canarias y su independencia queda garantizada mediante la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, entre otras disposiciones.

La detección de los incumplimientos en las inspecciones queda recogida en actas de inspección sanitaria, promoviendo, en función del alcance de la deficiencia, un requerimiento para su corrección o la apertura de un procedimiento sancionador, que puede concluir en una sanción económica, la retirada de la autorización, etc. En el caso de tratarse de alimentos no aptos para el consumo, se procede a su retirada del mercado, inmovilización y en su caso destrucción, reexpedición, etc... Si procede, se informa a la red de alerta (SCIRI) de los alimentos en cuestión.

Mediante visitas de comprobación se realiza el seguimiento de los incumplimientos y órdenes dadas, verificando si las empresas alimentarias han aplicado las medidas correctoras o de policía sanitaria establecidas para subsanar las deficiencias detectadas, retirar los productos del mercado, etc.

En el caso de los análisis de alimentos, quedan garantizados los métodos de ensayo y de detección mediante la acreditación de los laboratorios de la Comunidad Autónoma Canaria conforme a la norma EN UNE ISO/IEC 17025. Para los parámetros que no alcanza la acreditación, se remite a laboratorios tanto públicos como privados, que estén acreditados.

En cuanto a la efectividad de los controles oficiales, todas las actuaciones realizadas por los inspectores, son supervisadas por sus superiores jerárquicos inmediatos de las Direcciones de las Áreas de Salud (7 en la Comunidad Autónoma Canaria), encontrándose recogida esta responsabilidad en los procedimientos de trabajo. De esta forma se asegura que la actuación se ajusta a las disposiciones que la regulan y a los procedimientos establecidos. Simultáneamente se revisan las actuaciones emprendidas para comprobar que las mismas han sido las adecuadas y que han quedado concluidas. En ocasiones la supervisión es completada con una visita realizada por el superior jerárquico inmediato del inspector a los establecimientos inspeccionados, mediante la que se comprueba la adecuación de la actuación realizada.

Asimismo y en el caso de los mataderos, contamos con dos veterinarios adscritos al Servicio de Seguridad Alimentaria de esta Dirección General, encargados de la coordinación y supervisión in situ, de las actuaciones realizadas por los servicios veterinarios oficiales responsables el control

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 5 de 50 Recomendación 7

Page 115: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

oficial de estos establecimientos. Estas visitas a los mataderos incluyen un informe de la inspección que se remite a los directores de las Áreas de Salud, de las que dependen los servicios de inspección.

Se adjunta un anexo en el que se recogen la relación de los procedimientos que ya están aprobados o pendientes de su aprobación, así como instrucciones relacionadas con el control oficial.

CANTABRIA

Dispone del Plan de Seguridad Alimentaria de Cantabria (PLANSAC), que incluye los programas de control documentados que se muestran en el ANEXO de este documento. Existen otros procedimientos documentados, que van a formar parte del manual de procedimientos, pendientes de aprobación.

CASTILLA-LA MANCHA

Los procedimientos de los que dispone la Consejería de Salud y Bienestar Social de Castilla La Mancha en relación con el control oficial aparecen descritos en el ANEXO de este documento.

CASTILLA Y LEÓN

El Programa de Vigilancia y Control en Industrias y Establecimientos Alimentarios de Castilla y León (PVC) contempla en su apartado 4.2 como responsabilidad a nivel provincial la organización, supervisión, seguimiento y evaluación de las diversas actividades del PVyC; en el apartado 13.1 concreta de forma esquemática las bases de la supervisión a este nivel.

En la Comunidad de Castilla y León, desde enero de 2008, fecha en la que se implantó el Procedimiento General de Inspección Veterinaria en Matadero y se iniciaron las actividades de supervisión, desde los servicios centrales, para verificar la eficacia en la implantación de los procedimientos documentados, en el marco del art. 8, 3a) y b), creemos que se ha producido una mejora en la efectividad y eficacia de los controles; estos avances han sido reconocidos por la FVO en la misión 8284/2009 y 7766/2008 respecto de los mataderos de carnes rojas. En el marco del alcance de las citadas misiones ya se han realizado en 2008 y 2009 actividades de supervisión desde el nivel provincial.

En 2008 se han iniciado las actividades de supervisión, con carácter general, desde el nivel provincial.

Con el fin de que las actividades de supervisión permitan una verificación más precisa sobre la eficacia de las actividades de control, se realizarán dos subprogramas de supervisión:

SUBPROGRAMA A sobre aspectos relativos a la organización y gestión del control oficial y,

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 6 de 50 Recomendación 7

Page 116: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

SUBPROGRAMA B sobre las actividades de auditoría realizadas por los SVO en el marco de los planes de control prioritarios de 2009 y 2010.

El Plan de supervisión 2009 tuvo como alcance las industrias del sector, Carnes y derivados en las fases de elaboración y envasado y en 2010 el alcance será: Carnes y derivados, Pescados y derivados, Huevos y derivados, Harinas y derivados y Aguas envasadas; para todos ellos en las fases de elaboración y envasado, y de forma específica en mataderos.

El Plan de supervisión es independiente del programa de auditorías implantado para dar cumplimiento al art 4. 6 del Reglamento (CE) 882/2004 y se adaptará al Plan plurianual del control oficial en castilla Y León 2011-2015.

CATALUÑA

Se considera que ya se da la situación de cumplimiento. Actualmente se dispone de 22 procedimientos relacionados con el control oficial de alimentos y establecimientos, autorizados y disponibles en la página Web. Estos procedimientos se han agrupado en las siguientes categorías: redacción y gestión de procedimientos; vigilancia y control sanitario de los establecimientos que se abastecen de la producción primaria; investigación y control de alertas y otras incidencias sanitarias; gestión de denuncias, quejas y consultas producidas por incumplimientos o no adecuaciones; autorizaciones sanitarias; actuaciones administrativas derivadas del control oficial; informes sanitarios en el ámbito de protección de la salud e informes para la homologación y autorización de agentes formadores de cursos. Otros 36 procedimientos están en proceso de elaboración.

En cuanto a la aplicación de medidas correctoras, en caso de detectarse incumplimientos se procede al levantamiento de acta y al requerimiento y posterior verificación de la adopción de las medidas correctoras establecidas.

Los procedimientos documentados aprobados relacionados con la realización de actuaciones frente a incumplimientos y aplicación de medidas correctoras son los siguientes:

• Actuaciones administrativas derivadas del control oficial: requerimientos

-Investigación y control de irregularidades detectadas en alimentos como resultado de actuaciones de vigilancia y control oficial

-Procedimiento incidencias alimentarias: notificaciones informativas

-Procedimiento incidencias alimentarias: alertas

-Procedimiento incidencias alimentarias: rechazos

-Procedimiento incidencias alimentarias: notificaciones informativas

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 7 de 50 Recomendación 7

Page 117: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

• Actuaciones para evitar la comercialización de los productos alimentarios y de las aguas envasadas: reimportación

• Gestión de denuncias, quejas y consultas producidas por incumplimientos o no adecuación

Se están elaborando también una serie de documentos relacionados con las actuaciones administrativas derivadas del control oficial: establecimiento de medidas cautelares, actuaciones para evitar la comercialización de alimentos y aguas envasadas, gestión de la instrucción de los procedimientos sancionadores y expediente sancionador.

Se adjunta el listado de procedimientos (aprobados y en proceso de elaboración) en el ANEXO de este documento.

EXTREMADURA

Por parte de esta Dirección General se ha impulsado una estrategia de elaboración de nuevos procedimientos documentados que den cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos del reglamento 882/2004. No obstante existen ya en aplicación procedimientos de control que responden a gran parte de esas necesidades. Así pues se dispone de los procedimientos que aparecen en ANEXO.

GALICIA

Teniendo en cuenta la experiencia y los conocimientos adquiridos en los años anteriores, se han establecido procedimientos para la realización de controles e instrumentos para verificar tanto la eficacia de esos controles como el cumplimiento de las medidas correctoras y preventivas, que si fuera el caso, se hayan establecido. Los controles oficiales serán realizados por empleados públicos, funcionarios, por lo que su independencia está asegurada de forma General por el Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007), y por el Decreto legislativo 1/2008, do 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley da Función Pública de Galicia.

MADRID

El personal que realiza los controles oficiales dispone de los procedimientos documentados que se relacionan para llevarlos a cabo; esta documentación de apoyo se agrupa dentro de cada uno de los programas en los que se articulan las actuaciones de control oficial mediante técnicas de inspección, auditoría y muestreo y análisis; la documentación se actualiza cada vez que resulta necesario y se difunde al personal encargado de ejecutar los controles través de la Intranet.

Los programas cuentan con una serie de indicadores, a través de los cuales se valora el grado de cumplimiento de las actividades de control oficial previstas para cada año. Para verificar la eficacia de los controles que se

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 8 de 50 Recomendación 7

Page 118: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

realizan y asegurar que se adoptan las medidas correctoras pertinentes, se programan actuaciones de seguimiento a emprender cuando se evidencian no conformidades en el curso de las inspecciones, las auditorías y los muestreos y análisis.

La relación de procedimientos documentados en vigor (actualizado a 10/03/2010) aparece a continuación y en Anexo en forma de tabla donde aparecen las guías específicas de apoyo a la inspección:

I. PROGRAMA DE INSPECCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS Y APOYO AL CONTROL OFICIAL

1. Procedimiento de Inspección en Higiene Alimentaria. Tiene por objeto establecer y unificar la actuación durante las inspecciones realizadas en materia de seguridad alimentaria. Está disponible la edición 02 que será aplicable a partir de 15/marzo/2010. El procedimiento tiene las siguientes Instrucciones Técnicas:

• IT Apoyo a la Inspección: Especifica y concreta la documentación precisa para la realización de los controles oficiales de alimentos y establecimientos alimentarios.

• IT Levantamiento de Actas de Inspección: Define el procedimiento para cumplimentar el Acta con el fin de facilitar las actuaciones de control oficial y evitar la invalidez de los procedimientos administrativos. Se aplicará a todos las actuaciones de inspección que se lleven a cabo en los establecimientos alimentarios.

• IT Categorización de establecimientos alimentarios: Permite valorar la gravedad de los incumplimientos legislativos detectados en las inspecciones realizadas a los establecimientos alimentarios, para posteriormente y en función de ello asignar la categoría de riesgo que le corresponde al establecimiento.

• IT Recogida de Datos de Perfil: Permite recoger y registrar en la base de datos SAHAWEB datos característicos de cada establecimiento alimentario, para asignarle un tipo de perfil, el cual puede ser utilizado entre otros, para fines estadísticos o como uno de los elementos para establecer frecuencias de controles oficiales en función del riesgo. Está disponible la edición 01 que será aplicable a partir de 15/marzo/2010.

2. Procedimiento de Gestión del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (S.C.I.R.I.) en la Comunidad de Madrid: Tiene el propósito de establecer la gestión de las notificaciones del Sistema que tengan como destino u origen la Comunidad de Madrid, desde el momento en que dichas notificaciones se reciben en la Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria. Con este procedimiento se pretende que la actuación de los distintos puntos de contacto en la Comunidad de Madrid implicados ante situaciones de vulneración de la seguridad alimentaria, sea acorde a los riesgos detectados, coordinada y homogénea en todo el territorio de la

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 9 de 50 Recomendación 7

Page 119: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Comunidad, pudiendo de este modo, dar una respuesta adecuada a los requerimientos de la red de alerta.

3. Procedimiento de Medidas de Policía Sanitaria en Higiene Alimentaria: Tiene por objeto establecer y unificar las intervenciones de policía sanitaria dentro del control oficial ejercido por la Dirección General de Ordenación e Inspección en las industrias y establecimientos alimentarios. Se describen la inmovilización cautelar de productos, y la suspensión de actividad/cierre de establecimientos.

4. Procedimiento de Valoración de Notificación de Complementos Alimenticios: Tiene por objeto establecer la sistemática a seguir en la valoración oficial de la información facilitada en la notificación de los complementos alimenticios. El procedimiento cuenta con la Instrucción Técnica de Elaboración de Informes de Valoración de Notificaciones de Complementos Alimenticios, en la que se identifican y describen los aspectos técnicos y administrativos que deben comprobarse en la valoración de las notificaciones de puesta en el mercado nacional de complementos alimenticios.

Además se dispone de abundante documentación de apoyo:

1. Las GUÍAS constituyen un compendio de los requisitos higiénico-sanitarios que deben cumplir los alimentos y/o los establecimientos alimentarios. A continuación se muestran los cuatro tipos de guías disponibles:

La Guía General de Apoyo a la Inspección se basa principalmente en el Reglamento (CE) Nº 852/2004, así como otra legislación relacionada con las prácticas correctas de higiene, y en los requisitos de trazabilidad fijados en el Reglamento (CE) nº 178/2002.

Las Guías específicas de Apoyo a la Inspección complementan a la Guía general, según el tipo de alimento objeto de inspección, y se han agrupado por sectores, siguiendo la clasificación establecida por el Registro General Sanitario de Alimentos (ver tabla en ANEXO)

La Guía de Apoyo a la Inspección de Transporte recopila las condiciones que deben cumplir los vehículos de transporte de alimentos, tanto generales como específicas según los productos transportados.

Las Guías de Etiquetado y Trazabilidad recogen los requerimientos de etiquetado, relacionados con la higiene y seguridad alimentaria, así como los requisitos adicionales de trazabilidad existentes para algunos sectores. Estas Guías son útiles para cumplimentar el apartado de “Documentación” de la IT de Categorización de Establecimientos Alimentarios (ver tabla en ANEXO)

2. Los INFORMES son documentos que reúnen información de distinta naturaleza como puede ser respuestas a consultas planteadas ante situaciones particulares, conclusiones sobre actuaciones concretas o la valoración de criterios existentes o formulados por otras administraciones (ver ANEXO).

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 10 de 50 Recomendación 7

Page 120: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

II. PROGRAMA DE IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS APPCC EN ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS

1. Procedimiento de control oficial de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC (POC-HS-VC-01). Tiene por objeto describir la sistemática general en el control oficial de sistemas de autocontrol APPCC que son aplicados por los establecimientos alimentarios en conformidad con la normativa legal vigente.

2. Procedimiento de auditoría oficial de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC (POC-HS-VC-02). Tiene por objeto determinar los requisitos específicos en el control oficial, mediante el desarrollo de técnicas de auditoría, sobre los sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC. Cuenta con las siguientes Instrucciones técnicas:

• IT auditoría oficial de los requisitos de higiene de los establecimientos alimentarios (I-POC-HS-VC-02-01). Desarrolla el procedimiento POC-HS-VC-02 en lo que se refiere a la identificación y descripción de todos aquellos requisitos que tienen que verificarse en la auditoría oficial de los establecimientos alimentarios.

• IT auditoría oficial de los requisitos específicos de higiene de los establecimientos lácteos (I-POC-HS-VC-02-02). Complementa la anterior IT-POC-HS-VC-02-01 con aquellos requisitos que afectan a los establecimientos alimentarios que comercializan leche y productos lácteos.

III. PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE CONTAMINANTES Y RESIDUOS EN ALIMENTOS

Procedimiento de Toma de muestras en Higiene Alimentaria: Tiene como objeto establecer y unificar el proceso de toma de muestras de alimentos dentro del control Oficial ejercido por la Dirección General de Ordenación e Inspección en los establecimientos alimentarios. El procedimiento cuenta con las siguientes Instrucciones Técnicas:

• IT Levantamiento de Actas de Inspección: Define el procedimiento para cumplimentar el Acta de Inspección y el Acta de Toma de Muestras con el fin de facilitar las actuaciones de control oficial y evitar la invalidez de los procedimientos administrativos.

• IT Muestreo Reglamentario para Análisis Microbiológico: Establece las actividades a realizar para la toma de muestras reglamentaria de productos alimenticios o de cualquier otra sustancia sobre los que se vaya a realizar un análisis microbiológico. Cuenta con una serie de Guías de apoyo para cada uno de los grupos de productos que cuentan con criterio microbiológico en el Reglamento 2073/2005 (y en su caso en el Reglamento 853/2004) agrupados por categorías (ver ANEXO)

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 11 de 50 Recomendación 7

Page 121: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

• IT Actuación ante Incumplimientos en Muestras de Higiene Alimentaria: Describe las actuaciones ante aquellos resultados laboratoriales de muestras que incumplan la normativa. Se aplican a las muestras de alimentos o cualquier otra sustancia.

Además se ha desarrollado una Guía de verificación de los muestreos microbiológicos en explotadores alimentarios de carnes (canales, carnes picadas, preparados de carne, carne separada mecánicamente y productos cárnicos): Recoge los criterios microbiológicos que deberán verificarse en las actuaciones de control oficial en los explotadores de las empresas alimentarias.

MURCIA

Como se dijo en anteriores informes, en el año 2006 se inició el “Programa de Normalización y Estandarización de los procedimientos de trabajo”, un conjunto de normas procedimentales aprobadas por el Director General de Salud Pública, para el personal que participa en los controles oficiales del Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis, con instrucciones y procedimientos detallados y normalizados, para cada posible supuesto que pueda darse en el transcurso de las tareas de control oficial.

En este programa, que se ha implementado con la ayuda de la correspondiente herramienta informática, SISAZ (Sistema Informático de Seguridad Alimentaria y Zoonosis), existen unos “Procedimientos Normalizados de Trabajo” (PNTs).

Por lo que respecta al seguimiento en caso de detección de incumplimientos de la legislación por parte de los operadores de industrias alimentarias, tal seguimiento, así como, en su caso, los correspondientes expedientes administrativos y procedimientos sancionadores iniciados, todo ello está recogido en el PNT-PROCEDIMIENTO GENERAL DE VERIFICACIÓN Y MEDIDAS ESPECIALES DE CONTROL OFICIAL DE ALIMENTOS. El sistema informático está dispuesto de tal forma que, hasta tanto no se ha constatado la subsanación de las no conformidades y deficiencias detectadas, no se puede cerrar el expediente, de lo cual queda constancia en dicho sistema.

En cuanto a la efectividad de los controles, todas las citadas actuaciones realizadas por inspectores son supervisadas por parte de los Coordinadores de Inspección de Salud Pública del Área de Salud correspondiente, asegurándose que la actuación se ajusta a la normativa y a los procedimientos establecidos.

De este modo se garantiza el seguimiento por parte de la inspección oficial en cuanto al control de las irregularidades detectadas, así como la iniciación y finalización de acciones administrativas emprendidas contra incumplimientos de la legislación nacional o comunitaria, ajustándose, así, al artículo 54 del Reglamento (CE) nº 882/2004.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 12 de 50 Recomendación 7

Page 122: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

A día de hoy, los procedimientos documentados que ya están elaborados son aparecen en ANEXO

NAVARRA

Los procedimientos que se aplican por parte de los servicios de control oficial dependientes de la autoridad competente de la Comunidad de Navarra, vinculan siempre los resultados no conformes a medidas tendentes a la adopción de medidas correctoras por parte de los operadores de las empresas implicados. Las medidas son proporcionales a las deficiencias existentes, desde una advertencia o requerimiento con un plazo para corregirlas a la apertura de un procedimiento sancionador que puede tener como resultado la imposición de una sanción económica, la revocación de la autorización de la empresa o el cierre temporal o definitivo de la misma. La Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (BON de 15 de diciembre), es la norma básica reguladora de potestad sancionadora específica de la Administración Foral, determinando las competencias y las condiciones generales del procedimiento sancionador y el Decreto Foral 48/1996, de 22 de enero, aprueba el procedimiento sancionador de las infracciones en materia de sanidad (BON de 2 de febrero). Por otra parte, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, (BOE de 25 de abril) en el ámbito estatal y la Ley 10/1990, de 23 de noviembre, Foral de Salud, (BON de 3 de diciembre), son las normas que establecen y califican las infracciones en materia de salud, incluida la seguridad alimentaria. Estos procedimientos obligan y garantizan la adopción de acciones correctoras y la imposición de sanciones como resultado de los procedimientos sancionadores. En el caso de presencia de determinadas sustancias prohibidas o en condiciones diferentes a las autorizadas, la autoridad administrativa informa de los resultados a la autoridad judicial por ser acciones incluidas en el código penal.

En los casos de que de los controles se concluya que algún alimento no es apto para consumo humano, se procede a su inmovilización inmediata, retirada de la comercialización y en su caso reexpedición y destrucción y se informa de ello a la red de alerta SCIRI. Igualmente se comunican a la red de alerta las explotaciones de origen de animales destinados a abasto que han resultado positivas a sustancias.

En cuanto a la supervisión del control oficial, el Ayuntamiento de Pamplona, autoridad competente en su territorio realiza la supervisión de su personal mediante la realización de actividades rotatorias en las que participan dos inspectores, uno de los cuales es el que habitualmente controla el establecimiento alimentario y posteriormente se contrastan los resultados.

En el caso de los servicios de control de seguridad alimentaria de la Comunidad, se han designado dos inspectores para realizar la supervisión de la actividad inspectora en las zonas periféricas, excluidos los mataderos, en los que la supervisión se realiza por los dos coordinadores de mataderos designados en la estructura del Instituto.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 13 de 50 Recomendación 7

Page 123: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

En cuanto al área de residuos de medicamentos veterinarios, anualmente se programa y desarrolla un Plan de Control de Residuos en Navarra que coordina a las diferentes autoridades competentes del control oficial en los piensos, en la producción primaria y en los alimentos de origen animal y aplica el Plan Nacional de Residuos en Navarra. Como instrumento del Plan, se sigue un procedimiento específico de desarrollo del Plan, aprobado por las autoridades competentes y que incluye los muestreos aleatorios y dirigidos y los criterios de programación, el muestreo en caso de sospecha, la ejecución de los muestreos y de los análisis, la comunicación de resultados, las actuaciones en caso de positivos, las actuaciones en el caso de resultados sospechosos y la supervisión del Plan. Este Plan se facilitó a los inspectores de la FVO en la auditoría que realizaron al Programa PNIR en Navarra en el mes de marzo de 2008.

El número de controles analíticos incluidos en el muestreo dirigido y su distribución a lo largo del año garantiza que se realizan de forma homogénea e incluyen un número de muestras superior al que el PNIR nacional atribuye a Navarra.

En la realización de las determinaciones analíticas de las muestras recogidas en el marco de dicho Programa participan de forma el Laboratorio de Salud Pública de la Administración Foral y el Laboratorio del Área de Desarrollo Sostenible del Ayuntamiento de Pamplona. Para completar las necesidades analíticas en relación con el PNIR, se ha organizado una red de laboratorios de control oficial que integra las Comunidades Autónomas de Aragón, Asturias, Cantabria, la Rioja, País Vasco y Navarra.

En cuanto a los procedimientos documentados, se ha elaborado un documento denominado “Programa de riesgos. Categorización de las industrias y establecimientos de Navarra”. La autoridad competente ha elaborado un protocolo general de higiene aplicable a la totalidad de acciones de control oficial de alimentos, 10 protocolos específicos para diferentes sectores siguientes sectores y protocolos de carácter horizontal que se utilizan en el control oficial y que aparecen descritos en ANEXO.

Se están preparando y se implantarán en el futuro otros protocolos destinados a sectores no disponibles hasta ahora como trazabilidad, huevos y ovoproductos, aditivos, materiales en contacto con alimentos, sector para el que se ha publicado una guía promovida por la autoridad competente que utiliza tanto el sector alimentario como el personal de control oficial.

Cada protocolo tiene un documento denominado procedimiento de aplicación del protocolo en el que se dan las instrucciones necesarias para su utilización y las referencias de la legislación aplicable.

LA RIOJA

La Rioja continuará con la elaboración de procedimientos e instrucciones técnicas dentro del plan de acción a la recomendación de la QAV. Los procedimientos existentes aparecen descritos en ANEXO

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 14 de 50 Recomendación 7

Page 124: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

VALENCIA

1.- El plan de Acción Anual de Seguridad alimentaria incluye en el contexto del plan de auditorías un plan para la verificación de la eficacia de los controles oficiales.

El Plan contiene el alcance de las actuaciones y los objetivos. Estas verificaciones siempre están relacionadas con la actividad propia del control oficial en los establecimientos alimentarios.

Las verificaciones son realizadas por los coordinadores veterinarios y técnicos de higiene de departamento sobre la actividad de control de los inspectores, se realizan mediante técnicas de auditoría.

La verificación incluye la revisión sistemática de los documentos de control generados por los inspectores y visitas regulares a los establecimientos para comprobar el grado de adecuación de la actividad del inspector a los documentos generados, la conformidad con los procedimientos e instrucciones y los requisitos reglamentarios de control y el grado de cumplimiento de los objetivos.

El proceso de verificación de la eficacia de los controles se incluye regularmente en el alcance de los planes de auditorías internas.

2.- El Laboratorio de Salud Pública de Valencia, ha establecido indicadores de tiempos de respuesta como herramienta de detección de retrasos en la realización de análisis, planteándose objetivos anuales de mejora de los mismos a través del análisis de sus causas e implantación de medidas correctoras de las no conformidades detectadas.

Asimismo, el Laboratorio tiene implantada la acreditación por categoría de ensayos - NT-18,- en el área de residuos veterinarios, lo que permite, a través de un procedimiento relativamente ágil, la incorporación de nuevos ensayos a la LEBA y por lo tanto, al alcance de la acreditación.

El procedimiento existente para la verificación de la eficacia de los controles oficiales es el “Procedimiento P26-ASA de verificación de la eficacia del control oficial. Además existen procedimientos establecidos al efecto que aparecen en el ANEXO de este documento. También se dispone de un Manual de apoyo para la aplicación de los procedimientos de control oficial en los establecimientos alimentarios.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 15 de 50 Recomendación 7

Page 125: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 16 de 50 Recomendación 7

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

En el ámbito de actuación de la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR con respecto al Punto 4.6 de Procedimientos de control y verificación, e informes expone que durante el año 2009 se ha llevado a cabo una profunda revisión y actualización de todas las instrucciones elaboradas hasta el momento con el fin de adaptarlas a la normativa vigente. Para ello se han elaborado un número importante de PROTOCOLOS, INSTRUCCIONES y PROCEDIMIENTOS NORMALIZADOS DE TRABAJO, que han venido a recopilar y actualizar la información que hasta ese momento se encontraba dispersa en múltiples instrucciones y circulares.

(Ver Protocolo de control de movimientos de Zona Franca, Depósito Franco y Depósito Aduanero, Protocolo de control de movimientos de aprovisionamiento de medios de transporte marítimo y Protocolo de control de instalaciones fronterizas de almacenamiento sanitario de mercancías. Establecimientos 12.4 y 13 que aparecen adjuntos en la respuesta a la Recomendación 1)

Page 126: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

ANEXO

ANDALUCÍA.

Nº PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN

1 PLAN DE SUPERVISIÓN DE LOS SISTEMAS DE AUTOCONTROL DE LOS ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS DE ANDALUCÍA

2 PLAN DE INSPECCIÓN BASADO EN EL RIESGO DE LOS ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS DE ANDALUCÍA PLAN DE CONTROL DE PELIGROS QUÍMICOS EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS

• PROGRAMA DE CONTROL DE MICOTOXINAS

• PROGRAMA DE CONTROL DE NITRATOS

• PROGRAMA DE CONTROL DE METALES PESADOS

• PROGRAMA DE CONTROL DE DIOXINAS Y PCBs

• PROGRAMA DE CONTROL DE HIDROCARBUROS AROMÁTICOS POLICÍCLICOS

3

• PROGRAMA DE CONTROL DE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS

4 PLAN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN DE RESIDUOS

5 PLAN DE ACCION DEL SECTOR LÁCTEO

6 PLAN DE ACCIÓN DE PRODUCTOS DE LA PESCA Y MOLUSCOS

PLAN DE CONTROL DE PELIGROS BIOLÓGICOS EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS

• PROGRAMA DE CONTROL DE LISTERIA MONOCYTOGENES EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS.

• PROGRAMA DE CONTROL DE SALMONELLA: - SUBPROGRAMA DE CONTROL SALMONELLA: CRITERIOS MICROBIOLÓGICOS DE SEGURIDAD.

- SUBPROGRAMA DE CONTROL DE SALMONELLA: CRITERIOS DE HIGIENE DE PROCESOS.

- SUBPROGRAMA DE RESISTENCIA ANTIMICROBIANA DE SALMONELLA. • PROGRAMA DE CONTROL DE CAMPYLOBACTER.

• PROGRAMA DE CONTROL DE HISTAMINA EN PRODUCTOS DE LA PESCA.

7

• PROGRAMA DE CONTROL DE BIOTOXINAS MARINAS.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 17 de 50 Recomendación 7

Page 127: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

• PROGRAMA DE CONTROL DE E.COLI EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS.

• PROGRAMA DE CONTROL DE E.COLI O157: H7.

• PROGRAMA DE CONTROL DE ESTAFILOCOCOS COAGULASA POSITIVO.

• PROGRAMA DE CONTROL DE ENTEROBACTERIAS.

8 PROGRAMA DE CONTROL DE ALIMENTOS PARA PERSONAS INTOLERANTES AL GLUTEN

9 PROGRAMA DE CONTROL DE ALÉRGENOS EN LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS

PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL: INSTRUCCIONES

- Instrucciones sobre el marcado sanitario de carnes frescas en matadero y establecimientos de manipulación de caza.

- Instrucciones para el control oficial de la marca de identificación en los productos de origen animal.

- Instrucciones sobre el control oficial de la marca de identificación en los productos de origen animal.

- Instrucciones sobre el control oficial de la presencia de triquinas en carne en mataderos y establecimientos de manipulación de caza.

- Instrucciones sobre el control oficial sobre bienestar animal en mataderos.

- Instrucciones para la identificación y comunicación de sospechosos clínicos de scrapie.

- Instrucciones para el muestreo de tuberculosis en bovino y porcino del tronco ibérico en mataderos de Andalucía.

- Instrucciones para el muestreo de encefalopatías espongiformes transmisibles en pequeños rumiantes en mataderos de Andalucía.

- Instrucciones para la aplicación de la información sobre la cadena alimentaria en mataderos y salas de tratamiento de carne de reses de lidia de Andalucía.

- Instrucciones para la exportación de productos de origen animal.

- Unificación del procedimiento de emisión de certificados de productos de origen animal.

10

- Instrucciones de actuación ante casos positivos de Salmonella confirmados en producción primaria.

11 AUTORIZACION Y REGISTRO DE EMPRESAS ALIMENTARIAS

12 ALERTAS ALIMENTARIAS

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 18 de 50 Recomendación 7

Page 128: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

ARAGÓN

Nº TIPO DE PROCEDIMIENTO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN CÓDIGO VERSIÓN

Sistema de procedimientos generales

1 Directriz Instrucción sobre vigilancia y control del agua de consumo en la industria alimentaria y otras actividades relacionadas con los alimentos. GEN-DIR-002 1

2 Directriz Directriz de frecuencias de inspección GEN-DIR-001 4 3 Instrucción Documento técnico nº 2 “El control de los productos alimenticios y sus materias primas”. GEN-INS-002 1 4 Circular 2/2007 Organización de los controles oficiales de los establecimientos alimentarios 1

5 Instrucción Instrucción para la categorización de establecimientos sujetos a inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos GEN-INS-001 2

6 Anexo Ficha de los establecimientos alimentarios. GEN-ANE-002 2

7 Instrucción Procedimiento de inhibición ante deficiencias en productos o establecimientos de fuera del ámbito de la Comunidad Autónoma GEN-INS-003 1

8 Anexo Modelo de ficha de registro de reuniones GEN-ANE-003 1 9 Anexo Acta de inspección GEN-ANE-001 1

10 Instrucción Procedimiento de actuación en brotes de toxiinfecciones alimentarias. GEN-INS-004 1 11 Instrucción Actualización de normativa en materia de seguridad alimentaria y aspectos científico-técnicos GEN-INS-005 1 12 Instrucción Procedimiento de control oficial de los establecimientos alimentarios GEN-INS-006 1 13 Instrucción Actuaciones en caso de deficiencias GEN-INS-007 1

14 Directriz Circular 4/2009 de la Dirección General de Salud Pública sobre medidas para asegurar la eficacia y la calidad de los controles oficiales de seguridad alimentaria GEN-DIR-00X 1

15 Instrucción Verificación de la eficacia GEN-INS-008 1 Sistema de información

16 Anexo Criterios para definir incumplimientos INF-ANEX-001 Sistema de gestión documental

17 Sistema Sistema de gestión documental DOC-SIS-001 2 18 Anexo Lista de documentos vigentes DOC-ANE-001 2 19 Anexo Plantilla modelo de documento "escrito" DOC-ANE-002 1

Programa residuos

20 Programa Programa de Investigación y control de residuos de determinadas sustancias en animales y alimentos PIR/PRO/001

21 Directriz Procedimientos de Actuación ante la aparición de Casos Positivos en el PNIR.Documento de la Comisión Nacional del PNIR. Acuerdos de Santiago, PIR/DIR/001

22 Instrucción Metodología de toma de muestras, conservación y traslado PIR/INS/001

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 19 de 50 Recomendación 7

Page 129: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

23 Instrucción Sistema de detección de animales sospechosos de residuos en carnes en mataderos PIR/INS/002 24 Instrucción Pautas de actuación en la inmovilización de animales sospechosos PIR/INS/003 25 Instrucción Autocontrol de residuos en mataderos PIR/INS/004 26 Instrucción Archivo y registro de actas e introducción de datos en aplicación MARM PIR/INS/005 27 Instrucción Obtención de plasma para AINES PIR/INS/007 28 Instrucción Procedimiento de detección de beta-agonistas mediante kit PIR/INS/008 29 Anexo Lista de documentos vigentes PIR/ANE/000 30 Anexo Relación anual de Laboratorios Oficiales de Control del PIR PIR/ANEX/001 31 Anexo Modelo de escrito anual de fechas de envío y número de muestras PIR/ANEX/002 32 Formulario Modelo de acta de toma de muestras del PIR PIR/FOR/001

33 Formulario Modelo de parte mensual de toma de muestras del programa dirigido , sospechosas de mataderos y subdirecciones y de las muestras analizadas laboratorio de Salud Dirigidas y sospechosas

PIR/FOR/002

34 Formulario Modelo de parte mensual de las muestras analizadas Laboratorio de Salud de otras CCAA PIR/FOR/003

35 Formulario Modelo de registro de muestras tomadas para investigación de beta-agonistas terbutilicos en muestra de ojo PIR/FOR/004

36 Formulario Modelo de registro de muestras enviadas para su analisis en otras CCAA PIR/FOR/005 Programa Condiciones Higiene E.

37 Programa Programa de control de las condiciones de higiene de los establecimientos HIG-PRO-001 1

38 Formulario Formulario para el control de las condiciones de higiene de los establecimientos inscritos en el RGSA HIG-FOR-001 1

39 Formulario Formulario abreviado de inspección de establecimientos inscritos en el RGSA HIG-FOR-002 1

40 Formulario Formulario para el control de las condiciones de higiene de establecimientos de productos de la pesca HIG-FOR-003 1

41 Formulario Formulario abreviado de inspección de establecimientos inscritos en el RGSA del sector de productos de la pesca HIG-FOR-004 1

42 Formulario Formulario para el control de las condiciones de higiene de elaboradores y envasadores de vino HIG-FOR-007 1

43 Formulario Formulario complementario para el control de las condiciones de higiene de elaboradores y envasadores de aceite HIG-FOR-005 1

44 Formulario Formulario complementario para el control de las condicones de higiene de establecimientos envasadores de agua de bebida HIG-FOR-006 1

SubPrograma. C. E. huevos 45 Subprograma Subprograma de control de establecimientos de huevos HVS-SUB-001 2 46 Formulario Formulario de requisitos especificos para establecimientos de huevos HVS-FOR-001 1

47 Anexo Guía práctica para la inspección y control de centros de envasado y almacenamiento de huevos (Documento técnico nº 6) HVS-ANE-001 1

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 20 de 50 Recomendación 7

Page 130: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

48 Formulario Hoja de resultados del Subprograma HVS-FOR-002 2 49 Instrucción Procedimiento de actuación en centros de embalaje ante la detección de salmonella en huevos HVS-INS-001 2 50 Instrucción Procedimiento para la investigación de Salmonella en huevos HVS-INS-002 2

SubPrograma. C.Sector lácteo 51 Subprograma Subprograma de control del sector lácteo LAC-SUB-001 1 52 Directriz Directriz de aplicación de la normativa básica de control para los operadores del sector lácteo LAC-DIR-001 2

53 Anexo Protocolo de actuación en coordinación con el Dpto. de Agricultura en caso de incumplimientos en el recuento de celulas somaticas y germenes a 30ºC en leche cruda de vaca

LAC-ANEX-001 3

54 Anexo Modelos de notificaciones de destino de leche sometida a restricciones LAC-ANE-002 1 Programa C.Autorizacion y Registro EA

55 Anexo Requisitos de autorización y registro de los centros de operación lácteos REG-ANE-011 1 Programa. Minoristas

56 Programa de control del comercio minorista de alimentación

57 Instrucción Instrucción para la supervisión de planes APPCC en establecimientos de comercio al pormenor de carnes MIN-INS-001

58 Formulario general de inspección de comercio minorista 59 Formulario abreviado de inspección de comercio minorista

60 Formulario para el control de las condiciones higiénicas en los establecimientos de comercio al por menor de carnes frescas y sus derivados

61 Formulario para el control de las condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos no permanentes que elaboren y/o manipulen comidas

62 Formulario Formulario abreviado de inspección de pescaderías MIN-FOR-001pes

63 Formulario Formulario abreviado de inspección de panaderías y pastelerías MIN-FOR-002pan

64 Formulario Libro de visitas de panaderías y pastelerías 65

Programa SANDACH 66 Programa Programa de control de SANDACH SAN-PRO-001 1

67 Anexo Requisitos de gestión SANDACH en almacenes, cadenas de distribución, supermercados e hipermercados

SAN-ANEX-001 1

68 Anexo Criterios para el control SANDACH en el sector huevos SAN-ANEX-002 1

69 Anexo Criterios para el control SANDACH en el sector lácteo SAN-ANEX-003 1

70 Directriz Instrucciones para la aplicación del Reglamento (CE) 1774/2002 en el ámbito de los mataderos SAN-DIR-001 1

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 21 de 50 Recomendación 7

Page 131: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

71 Anexo Guía para la aplicación del Reglamento (CE) Nº 1774/2002 en establecimientos mayoristas y minoristas de la alimentación (Comisión Nacional SANDACH) SAN-ANE-004

Programa C. Autocontroles en EA 72 Programa Programa de control de los autocontroles en las empresas alimentarias AUD-PRO-001 1 73 Instrucción Instrucción para la realización de auditorías de sistemas de autocontrol AUD-INS-001 2

74 Directriz Manual de implantación y supervisión del Autocontrol basado en el APPCC. Documento técnico nº 5 AUD-DIR-002 1

75 Directriz Directriz 2009 relativa al programa de control de los autocontroles AUD-DIR-001 1 76 Formulario Formulario para la realización de auditorías de sistemas de autocontrol AUD-FOR-001 2

77 Formulario Formulario para la realización de auditorías de sistemas de autocontrol en el sector hortofrutícola AUD-FOR-002 1

78 Formulario Formulario de seguimiento del plan de acción reforzado lácteo AUD-FOR-003 1 79 Anexo Requisitos para la verificación del autocontrol en industrias lácteas: recepción de materia prima AUD-ANE-002 2 80 Anexo Criterios para elaborar informes de auditoría AUD-ANE-001 3

Programa C.E. comidas preparadas 81 Programa Programa de control de los establecimientos de comidas preparadas COM-PRO_001 1 82 Instrucción Instrucción para colonias y acampadas juveniles COM-INS-001 1 83 Formulario Formulario para la clasificación y autorización de zonas acondicionadas para campamentos COM-FOR-001 2 84 Formulario Formulario de funcionamiento de actividades juveniles COM-FOR-002 1

85 Anexo Requisitos de las zonas acondicionadas para campamentos. Tipo 5: otros establecimientos del Decreto 131/2006

COM-ANEX-001 1

86 Anexo Modelo de acta número 1 Colonias y acampadas juveniles COM-ANEX-002 1

87 Anexo Modelo de acta número 2 Colonias y acampadas juveniles COM-ANEX-003 1

88 Anexo Criterios para la aplicación de la instrucción 001 colonias y acampadas juveniles COM-ANEX-004 1

89 Instrucción Criterios de aplicación relativos a las actividades de venta de productos alimenticios en ferias y mercadillo de 17 de abril 2007 COM-INS-004 1

90 formulario Formulario para el control de las condiciones higiénicas de los establecimientos no permanentes (ferias y mercadillos) que elaboren y/o manipulen comidas. COM-FOR-004 0

91 directriz Requisitos generales para los establecimientos no permanentes (Instrucción del Director General de Salud Pública del 5 de julio del 2007 COM-DIR-001 1

92 Instrucción CIRCULAR Primera de la Dirección General Salud Pública por la que se especifican determinados criterios de aplicación relativos a Bares, Restaurantes y establecimientos similares, del Decreto 131/2006 de Comidas Preparadas y

COM-INS-002 1

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 22 de 50 Recomendación 7

Page 132: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

93 Instrucción Actas de inspección de comidas preparadas Modelos 1 COM-INS-002-ANEX 001 1

94 Instrucción Instrucción relativa a los establecimientos de comidas preparadas tipo 1 y 3 COM-INS-003 0 95 Instrucción Ficha de establecimientos de actividades juveniles COM-FOR-003 1 96 Anexo Lista de documentos vigentes COM-ANE-000

97 Instrucción Instrucción de actuación en los servicios de catering en festivos y fines de semana COM-IINS - 005 1

98 Programa Programa de control de materiales en contacto con alimentos MCA-PRO-001 Pr. C. Materiales Contacto A

99 Formulario Formulario de inspección de industrias de MCA (general) MCA-FOR-001 100 Formulario Formulario específico: materiales plásticos MCA-FOR-002 101 Formulario Formulario específico: película de celulosa regenerada MCA-FOR-003 102 Formulario Formulario específico: objetos de cerámica MCA-FOR-004 103 Formulario Formulario de inspección de empresas almacenistas, distribuidores e importadores de MCA. MCA-FOR-005 104 Formulario Formulario de inspección para industrias alimentarias MCA-FOR-006

Pr. C. Bienestar Animal en Mat. 105 Programa Programa de control del bienestar animal en mataderos BAM-PRO-001 1 106 Anexo Lista de documentos vigentes BAN-ANE-000 1 107 Formulario Actas de evaluación sobre la protección de los animales en el matadero antes de su sacrificio BAM-FOR-001 3 108 Formulario Parte anual de actividad realizada en bienestar animal BAM-FOR-002 1 109 Instrucción Instrucción sobre realización de controles de bienestar animal en mataderos BAM-INS-001 1

Pr.C. Cond. G. Higiene mataderos

110 Programa Programa de control de las condiciones higiénicas en mataderos, salas de despiece, almacenes e industrias cárnicas MAT-PRO-001 1

111 Instrucción

Circular 1/2002 conjunta del Servicio Aragonés de Salud y de la Dirección General de la Producción Agraria sobre movimientos de ganado vacuno, faenado, retirada de MER comercialización de la carne de lidia en los festejos taurinos en territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón (19/04/2002).

MAT-INS-001 1

112 Directriz Requisitos para el envío desde mataderos y otros establecimientos cárnicos de materias primas para la fabricación de gelatinas y colágeno (30/04/2007). MAT-DIR-002 1

113 Directriz Criterios de autorización de programas de muestreo de frecuencia reducida para mataderos que sacrifican pequeñas cantidades y establecimientos que producen carne picada y preparados de carne en pequeñas cantidades (27/07/2007).

MAT-DIR-003 1

114 Instrucción Control Oficial de los establecimientos de la Comunidad Autónoma de Aragón autorizados para la exportación de carnes frescas y/o productos cárnicos a determinados países terceros que requieren autorización expresa (4/10/2007).

MAT-INS-002 1

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 23 de 50 Recomendación 7

Page 133: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

115 Formulario Libro de registro de deficiencias de mataderos MAT-FOR-001 1 116 Directriz Aditivos autorizados y su uso en productos cárnicos (09/03/2009). MAT-DIR-003 1 117 Instrucción Instrucción de controles antemortem MAT-INS-010 118 Instrucción Instrucción de controles postmortem. MER. Pruebas de laboratorio MAT-INS-011 119 Directriz Directriz sobre requisitos de autocontrol en mataderos MAT-DIR-010 120 Instrucción Instrucción sobre auditoría y supervisión de autocontrol en mataderos MAT-INS-012 121 Anexo Anexo Modelos MAT-ANE-002 122 Instrucción Instrucción sobre verificación de la eficacia del control oficial MAT-INS-003 123 Anexo Contenido básico de organización y funcionamiento SVO en matadero MAT-ANE-003

SubPrograma.C. Listeria P. cárnicos riesgo 124 Subprograma Subprograma de control de Listeria en determinados productos cárnicos de especial riesgo LIS-SUB-001 1

Programa. Etiq carne vacuno 125 Programa Programa de control del etiquetado de la carne de vacuno ECV-PRO-001 2 126 Instrucción Instrucción sobre la realización de controles ECV-INS-001 1 127 Formulario Formulario para la realización de controles ECV-FOR-001 1 128 Formulario Formularios de sistema de información ECV-FOR-002 1 129 Anexo Anexo listado de documentos vigentes ECV-ANE-001 1

Programa Control EET

130 Programa Programa de control sanitario de las encefalopatías espongiformes transmisibles en fase posterior a la producción primaria EET-PRO-001 1

131 Anexo Lista de documentos vigentes EET-ANE-000 1 132 Anexo Lista de normativa en vigor EET-ANE-001 1 133 Directriz Directriz para la aplicación de la Decisión 2000/418/CE de 2000 y siguientes EET-DIR-001 1

134 Anexo Manual para la remisión de muestras al laboratorio nacional de referencia para las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles. LCV Algete EET-ANE-002 1

135 Anexo Programa Nacional de vigilancia, control y erradicación de las encefalopatía espongiforme bovina (año 2009) EET-ANE-003 1

136 Anexo Programa Nacional de vigilancia, control y erradicación de EET en los pequeños rumiantes (Tembladera, Prurigo lumbar) EET-ANE-004 1

137 Formulario Formulario para la recogida y remisión de datos de muestras de EET EET-FOR-001 1 Programa Residuos

138 Documento técnico nº 4 El control oficial en los mataderos, salas de despiece y almacenes frigoríficos de carnes frescas

DOC. TEC nº 4

Programa control de riesgos biológicos distintos de ETT 139 Programa Programa de control de riesgos biológicos distintos de ETT PRB-PRO-001 1

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 24 de 50 Recomendación 7

Page 134: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

140 Anexo Lista de Documentos vigentes PRB-ANE-000 1 141 Anexo Fichas del plan de monitorización PRB-ANE-001 1 142 Formulario Fichas de envío de muestras al laboratorio PRB-FOR-001 1

Programa de control de contaminantes en alimentos 143 Programa Programa de control de contaminantes en alimentos PCT-PRO-001 1 144 Anexo Lista de Documentos vigentes PCT-ANE-000 1

Programa de control de residuos de plaguicidas en alimentos en el mercado 145 Programa Programa de control de residuos de plaguicidas en el mercado PRP-PRO-001 1 146 Anexo Lista de Documentos vigentes PRP-ANE-000 1

Programa de control de ingredientes tecnológicos(aditivos, aromas, enzimas y coadyuvantes tecnológicos)

147 Programa Programa de control de ingredientes tecnológicos(aditivos, aromas, enzimas y coadyuvantes tecnológicos) ADT-PRO-001 1

148 Anexo Lista de Documentos vigentes ADT-ANE-000 1 Programa C.Autorizacion y Registro EA

Anexo Solicitud de inicio de trámite administrativo en el Registro General Sanitario de Alimentos (IND 1 e IND 2-3) REG-ANE-001 1

Anexo Solicitud de inscripción y registro de aguas minerales REG-ANE-002 1

Anexo Solicitud y documentos anexos para inicio de trámite administrativo en el registro de establecimientos y actividades de comidas preparadas REG-ANE-003 1

Anexo Solicitud y documentos anexos para inicio de trámite administrativo en el registro de comercio al por menor de carnes frescas y sus derivados REG-ANE-004 1

Anexo Relación de documentos que las Subdirecciones remiten a los Servicios Centrales para finalizar el trámite administrativo en el Registro General Sanitario de Alimentos REG-ANE-005 1

Anexo Relación de documentos para solicitudes de autorización e inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos para las actividades de distribución o importación sin depósito. REG-ANE-006 1

Anexo Modelos documentales para trámites en el Registro General Sanitario de Alimentos REG-ANE-007 1

Anexo Modelos documentales para trámites en el registro de establecimientos y actividades de comidas preparadas. REG-ANE-008 1

Anexo Modelos documentales para trámites en el registro de comercio al por menor de carnes frescas y sus derivados REG-ANE-009 1

Anexo Claves, categorías y actividades para identificación y clasificación de las empresas alimentarias inscritas en el Registro General Sanitario de Alimentos REG-ANE-010 1

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 25 de 50 Recomendación 7

Page 135: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

ASTURIAS

Nº/CÓDIGO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN

1 Procedimiento normalizado en materia de control alimentario y sanidad ambiental

2 Procedimiento de gestión de alertas alimentarias

3 Procedimiento sobre autorización sanitaria de alimentos y registro general sanitario de alimentos.

4 Procedimiento de supervisión del control oficial

5 Procedimiento de supervisión del control oficial de establecimientos de carne fresca.

6 Procedimiento de control oficial en mataderos, industrias cárnicas, lácteas, de la pesca, de huevos y ovoproductos, de establecimientos de comidas preparadas y de panaderías /pastelerías

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 26 de 50 Recomendación 7

Page 136: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

BALEARES

Nº/CÓDIGO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN

1 Instrucción de control de bienestar animal en el sacrificio de las Illes Balears. (IT-COP-03.05/01-EIC-control bienestar animal en los mataderos

2 Manual técnico normativo de bienestar animal en el sacrificio de las Illes Balears.

3 Instrucción de control del sistema de trazabilidad y etiquetado de la carne de vacuno de las Illes Balears (IT-PG-07/01-EIC-trazabilidad carne de vacuno REV 1).

4 Instrucción para la toma de muestras de superficies de canales en mataderos de abasto de las Illes Balears (IT-COP-02/01-EIC-control superficies canales abasto REV1).

5 Instrucciones para la toma de muestras de superficies de canales en mataderos de aves de las Illes Balears (IT-COP-02/07-EIC-control superficies canales aves REV0).

6 Procedimiento normalizado de toma de muestras para la investigación de tuberculosis en los mataderos de reses de abasto de la CAIB.

7 Instrucción técnica de la toma de muestras para la investigación de EET’s de bovinos en los mataderos de reses de abasto de las Illes Balears (IT-COP-04.03.01/01-EIC.toma de muestras EEB REV4).

8 Instrucción técnica de la toma de muestras para la investigación de EET’s en pequeños rumiantes en los mataderos de reses de abasto de las Illes Balears (IT-COP-04.03.01/02-EIC.toma de muestras EET REV4).

9 Instrucción técnica de inspección ante mortem. 10 Instrucción de marcados de productos de origen animal. 11 Instrucción técnica toma de muestras PNIR (IT-COP-05/01-EIC-TMPNIR REV 2). 12 Circular: procedimiento autorización comidas preparadas 13 Circular: modelos de escritos para comunicar resultados analíticos 14 Requisitos sanitarios exigibles a vehículos o remolques de comidas de venta ambulante 15 Protocol: visita previa autorització menjars preparats 16 Establecimientos que elaboran comidas preparadas para servir a otros establecimientos o colectividades 17 Establecimientos que elaboran comidas que precisan estar inscritos en RGSA 18 Clasificación actividades de elaboración y/o servicio comidas preparadas 19 Condiciones higiénico-sanitarias de establecimientos que elaboran comidas para servir en otros establecimientos o colectividades 20 Documento desarrollo criterios inspección establecimientos comidas preparadas 21 Normas higiene elaboración comidas preparadas a base de vegetales en comercios minoristas 22 Procedimiento: toxiinfecciones e intoxicaciones alimentarias 23 Circular: instrucciones control oficial restauración colectiva año 2007 24 Trazabilidad establecimientos hoteleros

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 27 de 50 Recomendación 7

Page 137: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

25 Propuesta de periodicidad de visitas de control oficial a los establecimientos hoteleros 26 Requisitos mínimos a tener en cuenta en locales ambulantes (ferias) en los que se manipulen alimentos 27 Condicions sanitàries per a la vanda de productes alimentaris fora d’establiments comercials permanents 28 Circular: conveniencia de recoger ciertos datos en los procedimientos de autorización y de auditorías en hoteles

29 Circular: autorizaciones de empresas que elaboran comidas en colectividades (continuación de las circulares 4/2006/cp y 5/2006/cp)

30 Circular: caso particular de modalidad de servicio de comidas al cliente (restaurantes japoneses) 31 Circular: autorización de empresas que elaboran comidas en colectividades 32 Circular: autorización de empresas que elaboran comidas en colectividades (continuación de la 4/2006/cp) 33 DI-01-MC Traçabilitat hotels 34 Auditories de conformitat Plan L+D hotels 35 IT-COP-02.01-MP 36 Circular: instrucciones almacenamiento e importadores en el RGSA 37 Circular: documentación propuesta resolución comidas preparadas 38 Circular: detección errores

39 Sistematització dels processos del departament d’autoritzacions d’empreses i establiments que elaboren i/o serveixen menjars preparats

40 Circular informativa: ley 16/2006 41 Procediment d’actuació en els procediments d’autorització tramitats pel servei de seguretat alimentària 42 Consideraciones normativas respecto de los expedientes de RGSA 43 Procedimientos de bajas, cambio de titular, dup libro

44 Circular: cese de la entrega del libro de visitas de establecimientos de comidas preparadas y otros cambios en tasas.

45 Circular: instrucciones relativas a las actuaciones a llevar a cabo en la tramitación de un expediente de autorización inicial en el que se produce un cambio de titularidad antes de resolverlo.

46 Circular: resumen de los temas tratados con el representante de dimensión informática sobre determinados aspectos del programa issa en visita de fecha 19-07-2007.

47 Circular: resumen de los temas tratados con el representante de dimensión informática sobre determinados aspectos del programa issa en visita de fecha 02-11-2007.

48 Agua envasada cafeteras 49 Requisitos higiénico-sanitarios establecimientos cocción y venta de pan 50 Protocol inspecció forns i pastisseries

51 Establecimientos productores de frutas y hortalizas, y establecimientos de venta al por menor. RGSA.

52 Actividad venta prod. Pesca y moluscos bivalvos vivos de pescaderías a otros establecimientos

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 28 de 50 Recomendación 7

Page 138: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

53 Venta prod. Dietéticos y/o complementos alimenticios 54 Criterios interpretativos Decreto 3/2003 55 Aplicación RD 140/2003 en la empresa alimentaria 56 Inspecciones requeridas, a petición de parte, para inventariar y certificar la no aptitud de alimentos 57 Consideraciones sobre anisakis 58 Proceso actuaciones muestreo plaguicidas en hortofrutícolas 59 Instrucción: control de prerequisitos establecimientos clave 40 y mayoristas de frutas y hortalizas 60 IT-COP-02-01-HA Ocratoxina A en cafè 61 IT-COP-02-03-HA E.coli en fruites i hortalisses trossejades 62 IT-COP-clau40 63 nri.rec.mis.comunitaria.huevos oct.06 64 IT-COP-02-06 LISTERIA FORMATGE 65 IT-COP-02-04 PLOM OLI 66 IT-COP-02-05 METALLS PESATS PEIX 67 Instrucción: duración jornada laboral 68 Normas funcionamiento interno sector Palma 69 Instrucción: compensación actuaciones fuera del horario laboral 70 Criterios de funcionamiento reunión coordinadores, día 25 septiembre 71 Instrucción: inspecciones/auditorías inscripción inicial o convalidación RGSA 72 Instrucción: cumplimentación actas inicio expediente sancionador 73 Procediment immobilització i decomisos 74 Procediment suspensió activitats 75 Procedimiento denuncias 76 Criterio inspección exigencia aseos y vestuarios 77 Nota règim interior: instrucció assistència activitats formatives 78 Criterios para determinar propuestas de inicio de expedientes sancionadores a empresas objeto de auditorías de prerrequisitos

79 Criterios para determinar propuestas de inicio de expedientes sancionadores a establecimientos hoteleros objeto de auditorías de prerrequisitos

80 Instrucciones complementarias al proceso de flujo de transmisión de boletines analíticos

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 29 de 50 Recomendación 7

Page 139: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

CANARIAS

Nº DE CÓDIGO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN

SEGA-PO-01 Procedimiento operativo para elaboración de procedimientos normalizados de trabajo y procedimientos operativos de control

SEGA-PO-02 Procedimiento operativo de control y distribución documental SEGA-PNT-GEN-01 Procedimiento de actuación en la inspección de establecimientos alimentarios SEGA-PNT-GEN-02 Procedimiento de actuación en la aplicación de medidas de policía sanitaria en establecimientos alimentarios SEGA-PNT-GEN-03 Procedimiento para la verificación del autocontrol en establecimientos alimentarios SEGA-PNT-GEN-04 Procedimiento de actuación en la toma de muestras reglamentaria en establecimientos alimentarios SEGA-PNT-GEN-05 Procedimiento de actuación inmediata en la gestión del SCIRI SEGA-PNT-GEN-06 Procedimiento de actuación en brotes de origen alimentario (TIA) SEGA-PNT-INS-01 Procedimiento para la cumplimentación del acta de inspección sanitaria y toma de muestras

SEGA PNT-INS-01-01-01 Modelo de acta de inspección sanitaria SEGA PNT-INS-01-02-01 Modelo de acta de continuación SEGA PNT-INS-01-03-01 Modelo de acta de toma de muestras

SEGA-PNT-INS-02 Procedimiento para cumplimentar el cuestionario general de inspección en establecimientos alimentarios SEGA-PNT-INS-02-01-01 Modelo de cuestionario general de inspección en establecimientos alimentarios

SEGA-PNT-INS-03 Determinación del perfil de los establecimientos alimentarios y de la frecuencia del control oficila SEGA-PNT–INS-03-01-01 Formulario para la determinación del perfil de los establecimientos

SEGA-PNT-ESP-01 Procedimiento para el control del bienestar de los animales en mataderos SEGA-PNT-ESP-02 Procedimiento para el control de la inspección ante-mortem en aves y lagomorfos SEGA-PNT-ESP-03 Procedimiento para el control de la inspección ante-mortem en ungulados domésticos SEGA-PNT-ESP-04 Procedimiento para el control de la inspección post-mortem en aves y lagomorfos SEGA-PNT-ESP-05 Procedimiento para el control de la inspección post-mortem en ungulados domésticos SEGA-PNT-ESP-06 Procedimiento de actuación en el control oficial de la parasitosis por anisakis

PCORB 2010 Programa de toma de muestras de alimentos para evaluar riesgos biológicos 2010 PCORQ 2010 Programa de toma de muestras de alimentos para evaluar riesgos químicos 2010

Instrucción para la solicitud de trámites relacionados con la inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos • Modelo normalizado de solicitud y requisitos • Modelo de aviso de solicitud de convalidación en el RGSA pendiente • Modelo de subsanación documental de solicitudes en trámite

Instrucción para la solicitud de la autorización sanitaria de establecimientos de Comidas Preparadas

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 30 de 50 Recomendación 7

Page 140: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

• Modelo normalizado de solicitud y requisitos • Modelo de subsanación documental de solicitudes en trámite

Instrucción para la solicitud de la autorización sanitaria de establecimientos de comercio al por menor de carnes frescas y sus derivados • Modelo normalizado de solicitud y requisitos • Modelo de subsanación documental de solicitudes en trámite

Instrucción Plan de Acción Reforzado del Sector Lácteo Instrucción y modelo de documento de Trámite de audiencia Protocolo de actuación frente a la ciguatoxina Modelo normalizado de parte de Mataderos – Zoonosis Modelo normalizado de parte de Mataderos – EEBs Circular marcado e identificación de los productos de origen animal

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 31 de 50 Recomendación 7

Page 141: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

CANTABRIA

Nº/CÓDIGO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN

1 Programa de control general de establecimientos alimentarios: 1.1 programa de control de las condiciones de autorización y registro 1.2. Programa de control de las condiciones de higiene en establecimientos alimentarios 1.3. Programa de control de la trazabilidad en el ámbito de la seguridad alimentaria 1.4. Programa de control de la gestión de subproductos en establecimietnos alimentarios 1.5. Programa de control de la formación de los profesionales de la cadena alimentaria 1.6. Programa de control del etiquetado de los productos alimenticios

1.7. Programa de control del etiquetado obligatorio de la carne de vacuno 2 Programa de control de los autocontroles en establecimeitnos alimentarios. 3 Programa de control de agente etiológico de encefalopatías espongiformes trasmisibles (eet). 4 Programa de control de peligros biológicos distintos de eet:

4.1. Programa de control de anisakis spp 4.2. Programa de control de salmonellas de interés para la salud pública

4.3. Programa de control de peligros de etiología biológica distintas de salmonella, eet y anisakis. 5 Programa de control de biotoxinas marinas. 6 Programa de control de contaminantes en los alimentos. 7 Programa de control de residuos de plaguicidas en los alimentos. 8 Programa de control de ingredientes tecnológicos. 9 Programa de control de materiales en contacto con los alimentos. 10 Programa de investigación de residuos (PNIR): 11 Programa de control de alimentos e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes. 12 Programa de control de alergenos y sustancias que provocan intolerancia, en los alimentos 13 Programa de control de alimentos biotecnológicos (OGM). 14 Programa de control del bienestar animal.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 32 de 50 Recomendación 7

Page 142: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

CASTILLA-LA MANCHA

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 33 de 50 Recomendación 7

Nº/CÓDIGO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN 1 Procedimiento de esquema y definiciones del control oficial y de los procedimientos de trabajo oficial. 2 Procedimiento de modelo de reglamento interno de los distritos de salud pública. 3 Procedimiento de realización de inspecciones. 4 Procedimiento de levantamiento de actas de inspección. 5 Procedimiento para las unidades administrativas de sanidad alimentaria ante brotes de toxiinfecciones alimentarias. 6 Procedimiento del plan nacional de investigación de residuos (PNIR) en castilla-la mancha. 7 Procedimiento de toma de muestras del PNIR en castilla-la mancha. 8 Procedimiento de actuación ante casos positivos del PNIR en castilla-la mancha. 9 Procedimiento de actuación ante casos positivos del PNIR en castilla-la mancha. 10 Procedimiento en industrias lácteas ante notificación de casos de animales positivos a pruebas diagnósticas de

tuberculosis y brucelosis en explotaciones ganaderas de aptitud láctea. 11 Instrucciones para la supervisión de los criterios microbiológicos en carnes frescas (control regular de la higiene). 12 Normas específicas para los controles oficiales de la presencia de triquinas en la carne en mataderos. 13 Normas específicas para los controles oficiales de la carne de caza. 14 Conservación de productos de la pesca inmersos en agua. Criterio en lonjas y mercados mayoristas. 15 Autorización sanitaria de funcionamiento y registro de centros de recogida y tenerías destinados a suministrar materias

primas para la producción de gelatina y colágeno para consumo humano. 16 Autorización sanitaria de funcionamiento de establecimientos de comidas preparadas. Situación y actuaciones tras el

cumplimiento de la disposición transitoria primera del decreto 22/2006. 17 Manual de requisitos previos en establecimientos alimentarios de castilla-la mancha. 18 Manual de supervisión del plan appcc en establecimientos alimentarios de castilla-la mancha. 19 Manual de supervisión de sistemas de autocontrol: appcc sectorial de mataderos. 20 Manual de supervisión de sistemas de autocontrol: appcc sectorial de productos cárnicos. 21 Programa para la implantación de un método de registro de las actividades de control y correctivas realizadas por el

nivel local sobre establecimientos alimentarios (ficha historia) 22 Programa de a.s.f. De establecimientos minoristas de carnes frescas y productos derivados. 23 Programa de supervisión del bienestar animal en mataderos de castilla-la mancha. 24 Programa de vigilancia sanitaria del agua de consumo humano en la empresa alimentaria de castilla-la mancha. 25 Programa de supervisión de la trazabilidad y el etiquetado de la carne de vacuno. 26 Programa de supervisión de requisitos previos al sistema de análisis de peligros y puntos de control crítico en los

establecimientos alimentarios y de su control oficial. 27 Programa anual de toma de muestras del plan nacional de investigación de residuos (PNIR).

Page 143: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

CATALUÑA

Nº/CÓDIGO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN

PS_01 Redacció i gestió deis Procediments

PS_01 De l’Agència de Protecció de la Salut

PS_01 Redacció i gestió dels procediments de Treball de l’Agència de Protecció de la Salut

P01 Vigilància i control sanitari dels establiments que s'abasteixen de la producció primaria

P01_01Escorxadors P01_01_01 Ungulats doméstlcs.

P01_01_01_01 Ante mortem

P01_01_01_01 Inspecció antemortem ais escorxadors d' l tP12 Investigació de brots

epidèmics d'origen ambiental i alimentari

P12_01 Toxiinfeccions alimentàries (investigació alimentària)

P12_01_01 Actuacions de control en front a un brot de toxiinfecció alimentària

P13_01 D’origen alimentan P13_01_01 Procedlment ¡ncidencies alimentar¡es_alertes P13_01_02 Procediment ¡ncidencies al¡mentar¡es_ notificacions ¡nformatives P13_01_03 Procediment ¡ncidencies alimentaries_rebutjos

P13 Investigació i control d'alertes i altres incidències sanitàries P13_01_04 Investigació i control d'irregularitats detectades a aliments com

a resultat d'actuacions de vigilància oi control oficial

P13_03 Per altres productes que poden P13_03_01 Procediment incidències tint de tatuatges

P15 Gestió de les denúncies, queixes i consultes produïdes per incompliments o no adequació

P15_01 De les condicions higièniques i sanitàries dels establiments, les activitats, els serveis i els productes

P15_01_01 Gestió de les denúncies, queixes i consultes produïdes per incompliment o no adequació

P16_01_01_01 Autorització de funcionament i inscripció al RSIPAC de les indústries alimentàries de Catalunya

P16_01_04 Autorització establiments supramunicipals carn fresca

P16_01_05 Autorització de sales d’escorxament de bovins de lídia

P16_01 D’lndústrles, establlments I instal-lacions

P16_01_06 Autorització de centres proveïdors de matèries 1es per a producció de col·lagen i gelatina

P16 Autoritzacions sanitàries P16 02 De servéis P16_02_01 Autorització de transport de carns a temperatura superior a la

de refrigeració

P16_02_02 Autorització anual de cisternes mòbils per al transport d’aigua de consum humà

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 34 de 50 Recomendación 7

Page 144: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

P16_02_03 Autorització com a entitat de formació de manipuladors d’aliments

P16_02_05 Autorització d’escorxadors per a sacrificar bovins majors de 24

P16 03 De productes P16_03_01 Autorització d’excepció als valors dels paràmetres d’aptitud de l’aigua de consum humà

P16_03_02 Acreditació sanitària de models d’envasos de recollida de residus sanitaris

P17 Actuacions administratives derivades del control oficial

P17_02 Actuacions per evitar la comercialització dels productes alimentaris i les agües

P_17_02_04 Reimportació

P17_04 Requeriment P_17_04_01 Requeriment P30 Informes sanitaris en l’àmbit de la protecció de la salut

P30_02 Previs al permís municipal d’activitats

P30_02_01 Elaboració dels informes de protecció de la Salut previs al permís municipal d’activitats subjectes a la normativa sanitària de la LIIAA

P32_01 Legionel-la P32_01_01Informes per a l’homologació i autorització dels agents formadors dels cursos sobre legionel•la

P32 Informes per a l'homologació i autorització dels agents formadors dels cursos sobre: P32_04 Plagulcldes

P32_01_04 Informes per a l'homologació i autorització dels cursos de capacitació per a aplicadors de plaguicides d'ús ambiental i d'ús en la indústria alimentària i l'expedició dels carnets corresponents

P37 Dades i sistemes d’informació sanitària

P37_03 Gestió i ús del Sistema d'Informació Nacional d'Aigua de Consum (SINAC)

P37_03_01 Gestió i ús del Sistema d'Informació Nacional d'Aigua de Consum (SINAC)

Procediments en procés

P01 Vigilància i control sanitari dels establiments que s'abasteixen de la producció primaria

P01_01 Escorxadors P01_01_01 Ungulats doméstics

P01_01_01_02 Post mortem

P01_01_01_02 Inspecció post mortem

P13 Investigació i control d'alertes i altres incidències sanitàries

P13_02 Per productes químics perillosos i biocides

P13_02_01 Investigació i control d’alertes i altres incidències sanitàries urgents d’origen químic

P13_04 Aigua de consum humà

P13_04_01 Investigació i control d'incompliments i altres incidències sanitàries detectades a l'aigua de consum humà com a resultat d'actuacions de vigilància i control oficial: incidències en la desinfecció.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 35 de 50 Recomendación 7

Page 145: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

P13_04_02 Investigació i control d'incompliments i altres incidències sanitàries detectades a l'aigua de consum humà com a resultat d'actuacions de vigilància i control oficial: incompliments dels paràmetres que determinen l'aptitud de l'aigua.

P13_04_03 Investigació i control d'incompliments i altres incidències sanitàries detectades a l'aigua de consum humà com a resultat d'actuacions de vigilància i control oficial: anomalies en els paràmetres que no determinen l'aptitud de l'aigua.

P14 Supervisió, verificació i auditoría dels sistemes d’ t t l

P14_01 Per als establiments, indústries i serveis alimentaris

P14_01_01 Procediment per a les auditories dels procediments basats en el sistema APPCC

P16 Autoritzacions sanitàries

P16_01 D’indústries, establiments i instal-lacions

P16_01_01_02 Autorització de funcionament i inscripció al RSIPAC de les indústries alimentàries de Catalunya. Revalidacions

P16_01_01_03 Autorització de funcionament i inscripció al RSIPAC de les indústries alimentàries de Catalunya. Baixes

P16_01_02_01 Suport tècnic als ens locals per a l’autorització sanitària dels establiments de restauració col·lectiva

P16_01_02_02 Autorització sanitària dels establiments de restauració col·lectiva institucional

P16_01_07 Autorització d’establiments que comercialitzen, emmagatzemen o distribueixen plaguicides o desinfectants d’ús ambiental o a la indústria alimentària

P16_01_08 Autorització de les indústries alimentàries de Catalunya per exportar productes a països tercers

P16_02 De servéis P16_02_07 Autorització d’empreses o serveis d’aplicació a tercers de plaguicides o desinfectants d’ús ambiental o a la indústria alimentària i de tractaments a tercers per a la prevenció i el control de la legionel•losi.

P17 Actuacions administratives derivades del control oficial

P17_01 Establiment de mesures cautelars P17_01_01 Immobilització i/o comís

P17_01_02 Tancament preventiu i cessament d'activitat

P17_01_03 Suspensió de l'autorització sanitària de funcionament

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 36 de 50 Recomendación 7

Page 146: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

P_17_01_05 Determinació de condicions prèvies P17_02 Actuacions per

it l i lit ió P 17 02 01 Declaració de productes no comercialitzables P_17_02_02 Declaració d'ús distint

P_17_02_03 Reexpedido

P17 Actuacions administratives derivades del control oficia

P17_03 Gestió de la instrucció dels procediments sancionadors

P_17_03_01 Expedient sancionador

P30 Informes sanitaris en l’àmbit de la protecció de la salut

P30_02 Previs al permís municipal d’activitats

P30_02_03Projectes de noves captacions d'aigües de consum humà i inici del seu funcionament

P36 Censos d’instal-lacions, establiments i servéis

P36_04 Centres, serveis i establiments sanitaris en matèria de gestió de residus sanitaris

P36_04_01 Concessió del llibre de registre de residus sanitaris

PS_02 Presa de mostres PS_02_01 aliments PS_02_01 Procediment per la recollida de mostres:aliments

PS_02_02 aigües PS_02_02 Procediment per la recollida de mostres: aigües

PS_02_03 legioneNa PS_02_03 Presa de mostres ambientals (aigua) en instal.lacions en què la legionel.la és capaç de proliferar i disseminar-se

PS_02_04 escorxadors PS_02_04 Procediment per la recollida de mostres:escorxadors

PS_03 Circuits de comunicació

PS_03_01 gestió i comunicació d’alertes

PS_03_01 Procediment general de gestió i comunicació d’alertes

PS_03_02 Brots PS_03_02 Circuit de comunicacions de brots PS_03_03 PIRAC PS_03_03 Circuit de comunicacions en el PIRAC

PS.04 Inspecció PS_04_01 Inspecció PS_04_01 Procediment d'inspecció: eina d'inspecció

PS.05 Material PS_05_01 Equips de Protecció Individual i roba de treball

PS_05_01 Procediment d'elecció, adquisició i lliurament d'equips de protecció individual i roba de treball dels professionals de protecció de la salut de l'Agència de Protecció de la Salut

PS_05_02 Procediment de gestió d'instrumenl PS_05_02 Procediment de gestió d'instruments

Àrea de Planificació i Seguiment Barcelona, 26 de novembre de 2009

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 37 de 50 Recomendación 7

Page 147: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

EXTREMADURA

Nº/CODIGO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN

Procedimientos en vigor no completamente adaptados a los requisitos del reglamento 882/2004

1 Programa de control de las condiciones de higiene de la carne fresca

2 Programa de control de comidas preparadas

3 Programa de control de nitratos en hortalizas y verduras

4 Programa de control de trazabilidad

5 Programa de control de nitratos en productos cárnicos

6 Programa de control y supervisión de la gestión de MER y SANDACH

7 Plan Nacional de Investigación de Residuos en Extremadura

8 Programa de control de plaguicidas en productos de origen animal

9 Programa de control de plaguicidas en productos de origen vegetal

10 Programa de control de aflatoxinas

11 Programa de control de salmonella en huevos

Procedimientos en vigor ajustados a los requerimientos del reglamento 882/2004.

12 Plan y programa de control del bienestar animal en matadero

13 Plan de control de los centros de leche cruda de vaca en Extremadura

Procedimientos en fase de elaboración iniciada en 2009

14 Procedimiento de control del sacrificio de animales en matadero.

15 Procedimiento de control oficial de los sistemas de trazabilidad Procedimientos prevista su elaboración para 2010

16 Procedimiento de control de las condiciones generales de higiene de los establecimientos alimentarios

17 Procedimiento de auditoría de los sistemas APPCC en empresas alimentarias

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 38 de 50 Recomendación 7

Page 148: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

MADRID

Nº/CODIGO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN

I. PROGRAMA DE INSPECCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS Y APOYO AL CONTROL OFICIAL

Procedimiento-1 Procedimiento de Inspección en Higiene Alimentaria.

Instrucción-1 IT Apoyo a la Inspección:

Instrucción-2 IT Levantamiento de Actas de Inspección:

Instrucción-3 IT Categorización de establecimientos alimentarios:

Instrucción-4 IT Recogida de Datos de Perfil:

Procedimiento-2 Procedimiento de Gestión del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (S.C.I.R.I.) en la Comunidad de Madrid

Procedimiento-3 Procedimiento de Medidas de Policía Sanitaria en Higiene Alimentaria

Procedimiento-4 Procedimiento de Valoración de Notificación de Complementos Alimenticios

GUIAS

Guías-1 Guía General de Apoyo a la Inspección

Guías-2 Guías específicas de Apoyo a la Inspección

1 • Aditivos: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen y/o distribuyan aditivos, aromas y disolventes de extracción.

2 • Almacén frigorífico: Empresas que realicen actividades de almacenamiento frigorífico en almacenes frigoríficos terrestres.

3 • Almacén no frigorífico: Instalaciones de almacenamiento no frigorífico.

4 • Sidra: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen sidra.

5 • Bebidas espirituosas: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen bebidas espirituosas.

6 • Cerveza: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen cervezas y maltas.

7 • Vinos aromatizados: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen vinos aromatizados, bebidas aromatizadas a base de vino y cócteles aromatizados de productos vitivinícolas.

8 • Horchata: Establecimientos que elaboren y/o manipulen horchata.

9 • Aguas envasadas: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen (extractores) y/o distribuyan aguas de bebida envasadas

10 • Refrescos: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen bebidas refrescantes.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 39 de 50 Recomendación 7

Page 149: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

11 • Hielo: Establecimientos que elaboren y/o manipulen hielo alimentario.

12 • Despiece de ungulados: Establecimientos que despiezan carne de ungulados domésticos, en fase posterior a obtención en mataderos o establecimientos de carne de lidia.

13 • Despiece de aves y lagomorfos: Establecimientos que despiezan carne de aves de corral y lagomorfos, en la fase posterior a la obtención en mataderos.

14 • Despiece de caza de cría: Establecimientos que despiezan carne de caza de cría, en la fase posterior a la obtención en mataderos.

15 • Despiece de caza silvestre: Establecimientos que despiezan, manipulan o distribuyen carne de caza silvestre, en la fase posterior a su obtención en los establecimientos de manipulación de caza silvestre.

16 • Carne picada: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan carne picada.

17 • Preparados de carne: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan preparados de carne.

18 • Carne separada mecánicamente: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan carne separada mecánicamente.

19 • Productos cárnicos: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan productos cárnicos.

20 • Estómagos y vejigas: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan estómagos, vejigas e intestinos.

21 • Colágeno: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan colágeno para consumo humano.

22 • Gelatina: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan gelatina para consumo humano.

23 • Retirada de MER: Establecimientos expresamente autorizados para la retirada de MER-Material Especificado de Riesgo: salas de despiece; salas de tratamiento, desolladeros o locales de faenado de lidia; y minoristas de carne.

24 • Vinagres: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen vinagre.

25 • Condimentos y especias: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen condimentos y especias.

26 • Sal: Establecimientos que elaboren y/o manipulen sal y salmueras.

27 • Ultracongelados: Alimentos ultracongelados, incluyendo los suministrados al consumidor, restaurantes, hospitales, comedores y colectividades, y los sometidos a transformaciones posteriores.

28 • Dietéticos: Empresas que elaboren y/o manipulen productos dietéticos y de alimentación especial.

29 • Caramelos: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen caramelos, chicles, confites y golosinas.

30 • Jarabes: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen jarabes y azúcares.

31 • Miel: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen (extractores) miel.

32 • Turrones y mazapanes: Establecimientos que elaboren y/o manipulen turrones y mazapanes.

33 • Cacao: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen cacao, derivados del cacao, chocolate y sucedáneos de chocolate.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 40 de 50 Recomendación 7

Page 150: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

34 • Café: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen café y sucedáneos del café.

35 • Te e infusiones: Establecimientos que elaboren y/o manipulen té e infusiones de uso alimentario.

36 • Harinas: Establecimientos que elaboren y/o manipulen harinas.

37 • Pastelería: Establecimientos que elaboren y/o manipulen productos de pastelería, confitería, bollería y repostería.

38 • Pastas: Empresas que elaboren pastas alimenticias.

39 • Pan: Establecimientos que elaboren y/o manipulen pan y panes especiales.

40 • Masas fritas: Establecimientos con instalaciones permanentes donde elaboren y/o manipulen masas fritas.

41 • Galletas: Establecimientos que elaboren y/o manipulen galletas.

42 • Cereales en copos: Establecimientos que elaboren y/o manipulen cereales en copos y/o expandidos.

43 • Huevos: Establecimientos alimentarios que clasifiquen, envasen y reenvasen huevos de gallina y de otras especies.

44 • Ovoproductos: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan ovoproductos.

45 • Lácteos: Establecimientos que manipulen calostro, leche cruda, productos a base de calostro y/o productos lácteos, incluidos helados de leche.

46 • Minorista: Establecimientos de venta al por menor, incluidas instalaciones en comercios mayoristas o fábricas. Recoge además sectores específicos.

47 • Minorista de la carne: Establecimientos de comercio al por menor de carne y derivados cárnicos, incluyendo secciones y dependencias de polivalentes no especializados.

48 • Pesca: Establecimientos que elaboren y/o manipulen productos de la pesca.

49 • Moluscos: Establecimientos industriales que manipulen moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos marinos vivos

50 • Caracoles y ancas de rana: Establecimientos que elaboren y/o manipulen caracoles y ancas de rana.

51 • Comidas preparadas: Establecimientos que elaboren y/o manipulen comidas preparadas.

52 • Caldos: Establecimientos que elaboren consomés, caldos, sopas o cremas.

53 • Salsas: Empresas que elaboren salsas.

54 • Aperitivos: Establecimientos que dispongan de instalaciones permanentes donde elaboren y/o manipulen patatas fritas y productos de aperitivo.

55 • Vegetales no transformados: Establecimientos que elaboren y/o manipulen productos agrícolas que no hayan sufrido procesos de transformación diferentes a desecación.

56 • Conservas vegetales: Establecimientos que elaboren y/o manipulen conservas vegetales.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 41 de 50 Recomendación 7

Page 151: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

57 • Zumos de frutas: Establecimientos que manipulan y/o fabrican zumos de frutas

58 • Almacén frigorífico: Empresas que realicen actividades de almacenamiento frigorífico en almacenes frigoríficos terrestres.

59 • Almacén no frigorífico: Instalaciones de almacenamiento no frigorífico.

60 • Sidra: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen sidra.

61 • Bebidas espirituosas: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen bebidas espirituosas.

62 • Cerveza: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen cervezas y maltas.

63 • Vinos aromatizados: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen vinos aromatizados, bebidas aromatizadas a base de vino y cócteles aromatizados de productos vitivinícolas.

64 • Horchata: Establecimientos que elaboren y/o manipulen horchata.

65 • Aguas envasadas: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen (extractores) y/o distribuyan aguas de bebida envasadas.

66 • Refrescos: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen bebidas refrescantes.

67 • Hielo: Establecimientos que elaboren y/o manipulen hielo alimentario.

68 • Despiece de ungulados: Establecimientos que despiezan carne de ungulados domésticos, en fase posterior a obtención en mataderos o establecimientos de carne de lidia.

69 • Despiece de aves y lagomorfos: Establecimientos que despiezan carne de aves de corral y lagomorfos, en la fase posterior a la obtención en mataderos.

70 • Despiece de caza de cría: Establecimientos que despiezan carne de caza de cría, en la fase posterior a la obtención en mataderos.

71 • Despiece de caza silvestre: Establecimientos que despiezan, manipulan o distribuyen carne de caza silvestre, en la fase posterior a su obtención en los establecimientos de manipulación de caza silvestre.

72 • Carne picada: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan carne picada.

73 • Preparados de carne: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan preparados de carne.

74 • Carne separada mecánicamente: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan carne separada mecánicamente.

75 • Productos cárnicos: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan productos cárnicos.

76 • Estómagos y vejigas: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan estómagos, vejigas e intestinos.

77 • Colágeno: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan colágeno para consumo humano.

78 • Gelatina: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan gelatina para consumo humano.

79 • Retirada de MER: Establecimientos expresamente autorizados para la retirada de MER-Material Especificado de Riesgo: salas de despiece; salas de tratamiento, desolladeros o locales de faenado de lidia; y minoristas de carne.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 42 de 50 Recomendación 7

Page 152: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

80 • Vinagres: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen vinagre.

81 • Condimentos y especias: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen condimentos y especias.

82 • Sal: Establecimientos que elaboren y/o manipulen sal y salmueras.

83 • Ultracongelados: Alimentos ultracongelados, incluyendo los suministrados al consumidor, restaurantes, hospitales, comedores y colectividades, y los sometidos a transformaciones posteriores.

84 • Dietéticos: Empresas que elaboren y/o manipulen productos dietéticos y de alimentación especial.

85 • Caramelos: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen caramelos, chicles, confites y golosinas.

86 • Jarabes: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen jarabes y azúcares.

87 • Miel: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen (extractores) miel.

88 • Turrones y mazapanes: Establecimientos que elaboren y/o manipulen turrones y mazapanes.

89 • Cacao: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen cacao, derivados del cacao, chocolate y sucedáneos de chocolate.

90 • Café: Establecimientos que manipulen y/o fabriquen café y sucedáneos del café.

91 • Te e infusiones: Establecimientos que elaboren y/o manipulen té e infusiones de uso alimentario.

92 • Harinas: Establecimientos que elaboren y/o manipulen harinas.

93 • Pastelería: Establecimientos que elaboren y/o manipulen productos de pastelería, confitería, bollería y repostería. •

94 • Pastas: Empresas que elaboren pastas alimenticias.

95 • Pan: Establecimientos que elaboren y/o manipulen pan y panes especiales.

96 • Masas fritas: Establecimientos con instalaciones permanentes donde elaboren y/o manipulen masas fritas.

97 • Galletas: Establecimientos que elaboren y/o manipulen galletas.

98 • Cereales en copos: Establecimientos que elaboren y/o manipulen cereales en copos y/o expandidos.

99 • Huevos: Establecimientos alimentarios que clasifiquen, envasen y reenvasen huevos de gallina y de otras especies.

100 • Ovoproductos: Establecimientos que elaboren y/o manipulen y/o distribuyan ovoproductos.

101 • Lácteos: Establecimientos que manipulen calostro, leche cruda, productos a base de calostro y/o productos lácteos, incluidos helados de leche.

102 • Minorista: Establecimientos de venta al por menor, incluidas instalaciones en comercios mayoristas o fábricas. Recoge además sectores específicos.

103 • Minorista de la carne: Establecimientos de comercio al por menor de carne y derivados cárnicos, incluyendo secciones y

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 43 de 50 Recomendación 7

Page 153: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

dependencias de polivantes no especializados.

104 • Pesca: Establecimientos que elaboren y/o manipulen productos de la pesca.

105 • Moluscos: Establecimientos industriales que manipulen moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos marinos vivos.

106 • Caracoles y ancas de rana: Establecimientos que elaboren y/o manipulen caracoles y ancas de rana.

107 • Comidas preparadas: Establecimientos que elaboren y/o manipulen comidas preparadas.

108 • Caldos: Establecimientos que elaboren consomés, caldos, sopas o cremas.

109 • Salsas: Empresas que elaboren salsas.

110 • Aperitivos: Establecimientos que dispongan de instalaciones permanentes donde elaboren y/o manipulen patatas fritas y productos de aperitivo.

111 • Vegetales no transformados: Establecimientos que elaboren y/o manipulen productos agrícolas que no hayan sufrido procesos de transformación diferentes a desecación.

112 • Conservas vegetales: Establecimientos que elaboren y/o manipulen conservas vegetales.

113 • Zumos de frutas: Establecimientos que manipulan y/o fabrican zumos de frutas Guías-3 Guía de Apoyo a la Inspección de Transporte Guías-4 Guías de Etiquetado y Trazabilidad

114 • Aditivos para el consumidor: Etiquetado y composición de aditivos y aromas destinados a venta al consumidor final

115 • Aditivos industriales: Etiquetado y composición de aditivos, aromas y disolventes de extracción no destinados al consumidor final

116 • Carne de vacuno: Etiquetado obligatorio y trazabilidad de carne de vacuno y carne picada de vacuno en cualquier fase de la cadena alimentaria.

117 • Alimentación especial y dietéticos: Etiquetado y composición de alimentos para regímenes dietéticos y especiales

118 • Dietas de reducción de peso: Etiquetado de alimentos para dietas de bajo valor energético para reducción de peso, destinados al consumidor final

119 • Alimentos infantiles: Etiquetado y composición de alimentos infantiles para lactantes y niños de corta edad destinados al consumidor final

120 • Usos médicos especiales: Etiquetado y composición de alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales destinados al consumidor

121 • Desgaste muscular (deportistas): Etiquetado y composición de productos alimenticios adaptados a un intenso desgaste muscular, sobre todo para deportistas.

122 • Golosinas: Presentación, etiquetado e identificación de caramelos, chicles, confites y golosinas destinados al consumidor final

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 44 de 50 Recomendación 7

Page 154: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

123 • Alimentos para el consumidor: Requisitos de etiquetado, presentación y publicidad de productos alimenticios para consumidor final y colectividades; etiquetado nutricional; requisitos específicos

124 • Marcado sanitario y de identificación: Marcado sanitario y marcado de identificación de los productos de origen animal

125 • Huevos de gallina: Marcado, etiquetado y trazabilidad de huevos de gallina

126 • Pesca: Etiquetado y trazabilidad de pescados, crustáceos, moluscos e invertebrados acuáticos a lo largo de toda la cadena alimentaria

INFORMES

Informe-1 Misiones OAV de carnes: Misiones comunitarias de la Oficina Alimentaria y Veterinaria en España en el sector cárnico.

Informe-2 Misiones OAV de leche: Misiones comunitarias de la Oficina Alimentaria y Veterinaria en España en el sector lácteo.

Informe-3 Misiones OAV de leche: Misiones comunitarias de la Oficina Alimentaria y Veterinaria en España en el sector lácteo.

Informe-4 Alérgenos: Características, diagnóstico y tratamiento de las reacciones de hipersensibilidad a los

alimentos, los principales alérgenos alimentarios, y aspectos legislativos relativos al etiquetado de productos alimenticios

Informe-5 Gempylidae: Identificación y etiquetado de productos de la pesca de la familia Gempylidae (escolar). II. PROGRAMA DE IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS APPCC EN ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS

POC-HS-VC-01 (Procedimiento-5) Procedimiento de control oficial de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC

POC-HS-VC-02 (Procedimiento-6)

Procedimiento de auditoría oficial de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC

I-POC-HS-VC-02-01

(Instrucción-5) IT auditoría oficial de los requisitos de higiene de los establecimientos alimentarios

I-POC-HS-VC-02-02

(Instrucción-6) IT auditoría oficial de los requisitos específicos de higiene de los establecimientos lácteos

III. PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE CONTAMINANTES Y RESIDUOS EN ALIMENTOS

Procedimiento-7 Procedimiento de Toma de muestras en Higiene Alimentaria:

Instrucción-7 IT Levantamiento de Actas de Inspección:

Instrucción-8 IT Muestreo Reglamentario para Análisis Microbiológico

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 45 de 50 Recomendación 7

Page 155: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

127 • Guía para verificar Listeria en alimentos listos para el consumo destinados a lactantes y a usos médicos especiales.

128 • Guía para verificar Listeria en alimentos listos para el consumo.

129 • Guía para verificar criterios microbiológicos del Reglamento 2073/2005 en carne y derivados.

130 • Guía para verificar criterios microbiológicos de frutas y hortalizas troceada, semillas germinadas y zumos de frutas y hortalizas (todos listos para consumo).

131 • Guía para verificar criterios microbiológicos de leche y productos lácteos.

132 • Guía para verificar criterios microbiológicos de ovoproductos y alimentos listos para consumo que contengan huevo crudo.

134 • Guía para verificar criterios microbiológicos de productos de la pesca.

Instrucción-9 IT Actuación ante Incumplimientos en Muestras de Higiene Alimentaria

135 Guía de verificación de los muestreos microbiológicos en explotadores alimentarios de carnes

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 46 de 50 Recomendación 7

Page 156: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

MURCIA

Nº/CÓDIGO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN ESTADO

1 Procedimiento general para la elaboración de procedimientos de control oficial de alimentos en vigor desde

08-05-08

2 Procedimiento para el control oficial en vigor desde

08-05-08

3 Procedimiento general de verificación y medidas especiales de control oficial de alimentos en vigor desde

08-09-08

4 Procedimiento de actuaciones para autorizaciones sanitarias en vigor desde

08-05-08

5 Procedimiento de SCIRIS, denuncias y otras notificaciones pendiente de

aprobación

6 Procedimiento de actuación en inspección y toma de muestras de P.N.I.R. pendiente de

aprobación

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 47 de 50 Recomendación 7

Page 157: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

NAVARRA

Nº/CÓDIGO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN

Programa de riesgos. Categorización de las industrias y establecimientos de Navarra

1 Protocolo general de higiene

Protocolos específicos 2 Leche y lácteos de origen bovino. 3 Leche y lácteos de origen ovino. 4 Comercio minorista. 5 Condiciones generales de locales e instalaciones. 6 Inspecciones de cocinas, platos preparados. 7 Mataderos. 8 Bienestar animal y Protección de animales en el sacrificio. 9 Comercios de carnes frescas. 10 Conservas vegetales. 11 Aguas minerales.

Protocolos de carácter horizontal 12 Actuación en caso de brotes de origen alimentario. 13 Procedimientos de inspección. 14 Gestión de alertas alimentarias. 15 No conformidades y acciones correctivas. 16 Plan Nacional de Investigación de Residuos 17 Gestión de muestras de alimentos (*)

(*) incluye anexos con instrucciones específicas para la obtención de muestras para determinar sustancias específicas como PCBs, Nitratos y Nitritos en carnes, Nitratos en vegetales, Micotoxinas, Alergenos, Sorbatos y Benzoatos, BADGE, Rojo Sudán, Histamina, Sulfitos, Control Microbiológico

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 48 de 50 Recomendación 7

Page 158: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

LA RIOJA

Nº/CÓDIGO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN Fechas aprobación-revisión

PE 01 Planificación estratégica 15/09/2009 Rev. 1:05/11/08

PE 02 Auditoría interna 21/01/2009

PE 03 Gestión de la Documentación y Registros 30/11/2007 Rev. 1 12/11/09

PG 02 Levantamiento de actas 10/01/2008

PG 03 Toma de muestras 26/01/2008

PG 04 Inspección 13/05/2008

PG 05 Autorización sanitaria de funcionamiento 02/12/2008

PSAL 01 Clasificación de establecimientos en función del riesgo 16/04/2008 Rev1:105/11/08

PSAL 02 Actuación ante brotes de enfermedades de transmisión alimentaria 31/07/2008

ITSAL 01-01 Clasificación de establecimientos en función del riesgo 16/04/08 Rev. 1: 05/11/08 Rev. 2: 23/02/09

ITSAL PG04-01 Emisión certificados sanitarios para la exportación de productos alimenticios 30/07/2008

ITG 03-01 Toma de muestras del PNIR 23/02/2009

ITG 03-02 Instrucción técnica sobre encefalopatías espongiformes transmisibles 20/04/2009 Rev. 1: 21/07/09

ITG 04-02 Etiquetado general del productos alimenticios 04/05/2009

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 49 de 50 Recomendación 7

Page 159: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 50 de 50 Recomendación 7

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y SANIDAD EXTERIOR

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD EXTERIOR

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

VALENCIA

Nº/CÓDIGO PLAN DE CONTROL/PROGRAMA/PROCEDIMIENTO/INSTRUCCIÓN

1 Procedimiento P26-ASA de verificación de la eficacia del control oficial.

2 Procedimiento de Inspección en establecimientos alimentarios*

3 Procedimiento de Evaluación de sistemas de autocontrol basados en RPHT*

4 Procedimiento de Evaluación de sistemas de autocontrol basados en APPCC*

5 Procedimiento de Evaluación de sistemas de autocontrol basados en PCH*

6 Procedimiento de Control y cumplimentación de los documentos de control oficial

7 Procedimiento de Adopción de medidas especiales

8 Procedimiento de Actuación ante brotes de TIA

9 Procedimiento de Toma de muestras y

10 Procedimiento de Actuación en Notificaciones del Sistema coordinado de Intercambio Rápido de Información.

11 Procedimiento de Auditorías internas

12 Procedimiento de Verificación de la eficacia del control oficial

13 Procedimiento de Evaluación del bienestar animal

14 Procedimiento de Control de la documentación del sistema de calidad

15 Procedimiento de Autorización de establecimientos menores e industrias y/o establecimientos alimentarios.

16 Procedimiento de Gestión de denuncias

17 Procedimiento de Gestión de la formación

18 Procedimiento de Difusión y acceso a la legislación

19 Procedimiento de Elaboración, aprobación y difusión de guías de sistemas de autocontrol

Page 160: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 1 de 7

Recomendación 8. Garantizar que se toman las medidas coercitivas apropiadas en relación con los incumplimientos, de conformidad con el artículo 54 del Reglamento (CE) nº 882/2004

En el ámbito de actuación del MARM y Consejerías de Agricultura (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

En materia de comercio intracomunitario de esperma y embriones de bovino, las medidas coercitivas a adoptar están definidas en el artículo 92 de la Ley 8/2003, de Sanidad Animal. Por lo que respecta al control de importaciones y en puestos de inspección fronterizos, los programas de 2009 y 2010 incluyen la elaboración y aplicación de procedimientos técnicos e instrucciones operativas que garantizan las acciones correctoras necesarias en casos de incumplimiento.

D:\Mis documentos\PROGRAMA DE CONT

D:\Mis documentos\PROGRAMA DE CONT

En la producción primaria de productos pesqueros, además de la aplicabilidad por parte de las CCAA de la legislación nacional vigente referente a los incumplimientos en la aplicación del Programa de control, las CC.AA., dentro de sus competencias, están llevando a cabo las medidas coercitivas necesarias para abordar los casos de incumplimiento al objeto de que su aplicación sea efectiva.

En el ámbito de actuación de AESAN y Consejerías de Salud Pública (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

Las pautas de actuación de los servicios de inspección en cumplimiento del artículo 54 del Reglamento (CE) nº 882/2004 para garantizar el seguimiento y la aplicación de las medidas adecuadas y suficientes, en caso de incumplimiento de la legislación aplicable son las siguientes:

Recomendación 8

*For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

Page 161: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Cuando los inspectores oficiales detectan deficiencias en la industria o en su sistema de autocontrol, son notificadas por escrito al operador económico para su subsanación

Si los incumplimientos detectados son de carácter leve, se remite un requerimiento en el que se otorga un plazo para su corrección, transcurrido el cual se programa una inspección de seguimiento para comprobar que se han ejecutado las medidas correctoras ordenadas por los inspectores.

Cuando las deficiencias son graves o no se han adoptado las medidas correctoras ordenadas por la autoridad sanitaria en los plazos otorgados, se toman las medidas administrativas oportunas, en aplicación del Real decreto 1945/1983, sobre infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y la producción agroalimentaria. Se puede dar inicio a un expediente sancionador que podría llevar implícitas diferentes medidas: cese provisional de actividad, la retirada de la autorización sanitaria, inmovilización cautelar de la mercancía, retirada del mercado de los productos implicados, red de alerta, etc.

Algunas CCAA han elaborado Programas y Procedimientos de actuación de los inspectores oficiales a aplicar en el caso que detecten incumplimientos en la inspección de establecimientos alimentarios. Estos procedimientos describen actuaciones comunes de aplicación para todos los establecimientos alimentarios. Los procedimientos contienen instrucciones para llevar a cabo el seguimiento de incumplimientos, con objeto de evaluar si se han tomado acciones correctivas por el operador, evaluar la eficacia de éstas y, en caso necesario, llevar a cabo medidas para garantizar que el operador cumpla con los requisitos de la legislación alimentaria.

Otras CCAA, como es el caso de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Galicia y Madrid, han dispuesto “Planes o programas establecidos de supervisión” o “Auditorías de seguimiento" que contemplan actuaciones en las que se evalúa la valoración, tratamiento y tramitación que los inspectores dan a los incumplimientos detectados o que debían haberse detectado.

Se ha formado un Grupo de trabajo de Incumplimientos constituido por AESAN y representantes de las CCAA con el objetivo de coordinar y diseñar un documento común donde se definan los incumplimientos sobre todo a efectos de notificación en Informe anual de los resultados de control oficial y para facilitar la coordinación entre las diferentes CCAA en el cumplimiento de los objetivos de los Programas de Control Oficial. Este grupo de trabajo ha mantenido ya varias reuniones, los acuerdos alcanzados por este grupo de trabajo serán consensuados en el Grupo de Trabajo del Plan de Control de la Cadena Alimentaria con todas las CCAA.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 2 de 7 Recomendación 8

Page 162: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

A continuación se describen las actuaciones desarrolladas por cada CCAA para cumplir esta recomendación y que ya fueron reflejadas como respuesta a recomendaciones propuestas por OAV a las auditorías específicas:

Andalucía. Existe un marco jurídico suficiente para intervenir ante los incumplimientos de cualquier operador económico, y llevar a cabo medidas correctivas. Asimismo existe desde 2004 un procedimiento escrito que ha sido actualizado en 2008, destinado a las Delegaciones Provinciales de Salud (responsables de la realización de los expedientes administrativos) para la actuación ante un incumplimiento y adopción de medidas cautelares (cese temporal de actividad, cierre establecimientos) de cualquier naturaleza entre las que se incluyen las relacionadas en el artículo 54 del reglamento 882/2004 y sanciones.

Aragón. Se garantiza la toma de medidas coercitivas ante incumplimientos por la aplicación, de la normativa nacional y de la autonómica siguiente: Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón, Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón

Además dentro del Plan Autonómico de Control de la cadena Alimentaria, se dispone de un procedimiento que indica las actuaciones que se deben desarrollar cuando en el control oficial se detectan deficiencias y se ha establecido un procedimiento de verificación de la eficacia del control oficial que permite comprobar la eficacia de las medidas coercitivas.

Asturias De acuerdo con el “Procedimiento normalizado en materia de control alimentario y sanidad ambiental”, cuando los inspectores oficiales detectan incumplimientos, éstos son comunicados al operador económico para su subsanación. Una vez transcurridos los plazos otorgados, si no han sido corregidos, se toman las medidas administrativas oportunas, en aplicación del Real decreto 1945/1983, sobre infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y la producción agroalimentaria.

Baleares. Todas las instrucciones que se elaboran se ajustan a la Instrucción de Elaboración de Documentos del Servicio de Seguridad Alimentaria. En esta instrucción, se especifica en el punto 7 (desarrollo) que se deberán incluir las actuaciones que se deben llevar a cabo como consecuencia de los resultados de control oficial.

Canarias. Esta Dirección General ha elaborado un Procedimiento Normalizado de Trabajo de Inspección de Establecimientos Alimentarios (SEGA-PNT–GEN-01) donde incluye en su apartado 5.5., las actuaciones de seguimiento y comprobación, para el caso de aquellos establecimientos donde se han detectado incumplimientos y se les ha concedido plazo de subsanación de deficiencias. En el caso de que haya que hacer seguimiento de las medidas de subsanación de los incumplimientos detectados en la visita anterior, el Técnico Inspector de Salud Pública (TISP) deberá verificar:

Si se han subsanado: se dará por finalizada la actuación.

Si no se han subsanado: se valorará la posibilidad de una nueva visita de comprobación, siempre que se constate un claro avance en la corrección de

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 3 de 7 Recomendación 8

Page 163: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

dichos incumplimientos. En caso contrario o si el establecimiento presentara nuevas deficiencias, se inicia una propuesta de sanción, independientemente de las medidas de policía sanitaria que pudiesen aplicarse si estas nuevas deficiencias comprometieran la seguridad alimentaria.

No obstante lo anterior, para la frecuencia de las visitas de inspección tenemos instaurado un PNT de Determinación del Perfil de los Establecimientos Alimentarios y de la Frecuencia del Control Oficial (SEGA-PNT–INS-03), donde en función del riesgo se establece, a través del programa informático, la frecuencia de las inspecciones, y que penaliza con una puntuación adicional a aquellos establecimientos que presentan incumplimientos, oscilando entre 10 (para aquellos incumplimientos con propuesta de sanción, o presencia de patógenos que superen los límites establecidos en la normativa) y 15 puntos (para aquellos incumplimientos que producen cese de actividad o cierre del establecimiento). Asimismo, y como indicábamos en la respuesta a la recomendación 1, también se valora el sistema de autocontrol y en el caso de que no se considere adecuado, el perfil aumenta automáticamente al nivel superior, lo que se traduce en una mayor frecuencia inspectora.

Castilla-La Mancha. Se hace el seguimiento de los incumplimientos mediante "auditorías de seguimiento" del cumplimiento del Plan de Acción del establecimiento y se ha implementado una herramienta informática para la programación de inspecciones en función del riesgo que tiene en cuenta diferentes parámetros entre los que se encuentran de forma priorizada los incumplimientos.

Castilla y León tiene un Programa de Vigilancia y Control en Industria y Establecimientos Alimentarios (PVC) que contiene instrucciones para el levantamiento y tramitación de actas oficiales. La Comunidad de Castilla y León dispone en su estructura orgánica de 9 unidades de normativa y procedimiento, ubicadas en cada uno de los Servicios Territoriales de Sanidad y Bienestar Social de las nueve provincias, dotadas de personal especializado en la instrucción de expedientes sancionadores.

Para la tramitación de expedientes sobre infracciones tipificadas como muy graves existe un Servicio de Evaluación Normativa y Procedimiento en servicios centrales.

De forma detallada el Programa de supervisión diseñado por Castilla y León contempla para el presente año 2009 las siguientes actuaciones de supervisión, Durante las cuales uno de los aspectos que va a seguirse es la valoración, tratamiento y tramitación que los inspectores dan a los incumplimientos detectados o que debían haberse detectado:

1. Control oficial en 45 mataderos desde la Agencia de Protección de la Salud y seguridad Alimentaria

2. Supervisión de 79 equipos de Servicios Oficiales de Salud Pública (SOSP) locales así como 88 industrias cárnicas, desde el nivel provincial, se valorará la auditoría de los procedimientos APPCC

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 4 de 7 Recomendación 8

Page 164: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

llevada a cabo por los SOSP durante el primer semestre de 2009 en el marco de un Programa de Control Prioritario en este sector para 2009. El programa prioritario de control recoge un sistema de valoración de los procedimientos APPCC y las medidas cautelares que han de aplicarse en aquellos casos en los que dichos procedimientos no alcancen los niveles pertinentes de implantación.

Cataluña ha desarrollado y aplica los siguientes procedimientos de actuación: "Investigación y control de irregularidades detectadas en alimentos como resultado de actuaciones de vigilancia o control oficial", "Investigación y control de alertas y otras incidencias sanitarias urgentes de origen alimentario: notificaciones relacionadas con rechazos”, “Investigación y control de alertas y otras incidencias sanitarias urgentes de origen alimentario: alertas" y “Gestión de denuncias, quejas y consultas producidas por incumplimientos o falta de adecuación”.

Galicia. El programa de Control Oficial de Industrias de la Dirección General de Salud Pública y Planificación establece, atendiendo a los hallazgos de las inspecciones, muestreo y auditoría, los pasos a seguir por el inspector. A fin de verificar el cumplimiento de estos criterios de actuación, se lleva a cabo la auditoría del Control Oficial para verificar que se cumple con lo establecido

Extremadura. Ha iniciado una estrategia para la elaboración de nuevos procedimientos documentados de trabajo tomando como base la estructura del Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria, en los cuales se incluirán las actuaciones ante incumplimientos como uno de los apartados de esos procedimientos.

Madrid ha desarrollado un “Programa de Inspección en establecimientos alimentarios y Apoyo al Control Oficial”. A raíz de los hallazgos detectados durante la misión de pesca de la Comunidad de Madrid y con el fin de destacar de forma expresa el seguimiento de los incumplimientos detectados en las inspecciones a establecimientos han modificado los siguientes Procedimientos de Control Oficial:

Procedimiento de Inspección de Higiene Alimentaria (POC-HS-EG-01. Eición01, de 19/01/09)) aunque en la edición inicial de este procedimiento ya figuraba un apartado sobre “seguimiento de expediente”, en la nueva versión se han resaltado los aspectos de:

- Valoración de evidencias recogidas y adopción de medidas (5.4.3),

- Concesión de plazos (5.4.4) y

- Levantamiento de acta (5.4.5)

Instrucción de Levantamiento de Acta (I-POC-HS-EG-01-02, Edición 01, de 19/01/09): en ella se indican los contenidos a considerar, como reflejar incumplimientos detectados, plazos

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 5 de 7 Recomendación 8

Page 165: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

concedidos, etc. según los cambios introducidos en la elaboración de informes de inspección (actas de inspección).

Asimismo como acciones futuras en este sentido la Comunidad de Madrid tiene previstas una serie de actuaciones programadas que son:

Programa de Inspección en establecimientos alimentarios y Apoyo al Control Oficial. Aunque en los procedimientos vigentes desde 2006 ya figuraba la necesidad de realizar nueva inspección para comprobar la adopción de medidas correctoras ante incumplimientos, en el Programa del Año 2009 se incluyen como actividad específica la realización de una inspección de seguimiento, una vez finalizados los plazos concedidos, para verificar la subsanación de los incumplimientos detectados. De modo paralelo están trabajando en una modificación de la aplicación informática donde se graban los controles oficiales con el objetivo de facilitar a los Inspectores Oficiales el seguimiento de los plazos concedidos y obtener evidencias de la realización de inspecciones que responden a seguimiento de medidas correctoras.

Programa de Implantación de Sistemas de Autocontrol: Las actividades a desarrollar en el plan de acción se dirigirán a:

1. Seguimiento riguroso de lo indicado en los procedimientos normalizados de control oficial ante los incumplimientos detectados en los operadores económicos en materia de requisitos de higiene de los alimentos (plazo de ejecución: 2009).

2. Identificar y corregir aquellas situaciones que dificulten un seguimiento efectivo de los incumplimientos detectados y su subsanación (plazo de ejecución: 2009).

3. Recabar el apoyo de los Servicios Jurídicos de forma que las medidas sancionadoras o de policía sanitaria que en su caso sean necesarias adoptar sean idóneas y eficaces (plazo de ejecución sin determinar).

Por otra parte, el Ayuntamiento de Madrid ha establecido los criterios de actuación ante incumplimientos en un Procedimiento Documentado de Adopción de Medidas Cautelares, aprobado en fecha 18.07.2008.

Murcia. Tiene un procedimiento en vigor desde el 08-09-08 sobre seguimiento en caso de incumplimientos y los correspondientes expedientes administrativos y procedimientos sancionadores iniciados llamado “PNT-procedimiento general de verificación y medidas especiales de control oficial de alimentos”.

Navarra. Los protocolos normalizados de actuación en las inspecciones incluyen normas de actuación e instrucciones dirigidas a los inspectores para actuar en caso de incumplimientos y medidas y plazos de ejecución para corregir los incumplimientos. Existen normas legales que permiten el

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 6 de 7 Recomendación 8

Page 166: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 7 de 7 Recomendación 8

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

acceso de los inspectores a los establecimientos alimentarios, la autoridad tiene la facultad de intervenir productos alimenticios y se han aprobado procedimientos administrativos que permiten sancionar los incumplimientos. Todo ello con suficientes garantías para los responsables de las empresas alimentarias.

País vasco. Los seguimientos están recogidos en el “Procedimiento normalizado de control oficial de establecimientos alimentarios”.

La Rioja. Contemplan las distintas irregularidades detectadas en el control oficial y sus acciones: notificación de infracción, expediente sancionador y/o suspensión de actividad, inmovilización de producto, retirada del mercado de productos, red de alerta, etc en su Procedimiento documentado de inspección.

Valencia. Los procedimientos para el Control Oficial de establecimientos alimentarios diseñados en la Comunidad Valenciana, contienen instrucciones y criterios para el seguimiento de incumplimientos, con objeto de evaluar si se han tomado acciones correctivas por el operador, evaluar la eficacia de éstas y, en caso necesario, llevar a cabo medidas para garantizar que el operador cumpla con los requisitos de la legislación alimentaria.

Page 167: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 1 de 7 Recomendación 9

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

9. Garantizar que las sanciones impuestas por las infracciones relacionadas con el bienestar animal son disuasorias, como exige el artículo 55 del Reglamento (CE) nº 882/2004

En el ámbito de actuación del MARM y Consejerías de Agricultura (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

De manera general, se considera que la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio incluye unas sanciones bastante disuasorias si se aplica el tipo infracción correspondiente (leves, graves o muy graves). Corresponde a la Autoridad competente tanto la calificación jurídica como su incardinación en los tipos correspondientes de acuerdo con la conducta infractora, y la imposición de sanciones dentro del marco jurídico de la ley. Además, la misma ley posibilita graduar las sanciones, entre otras cuestiones, en relación con el beneficio obtenido.

Art. 18. Graduación de las sanciones. 1. Las sanciones pecuniarias se graduarán en función de los siguientes criterios: (…) el beneficio obtenido o que se esperase obtener (…).

No obstante, dado que la información recabada durante la auditoría general corresponde a sólo dos Comunidades Autónomas de las 17 existentes, se ha solicitado a todas ellas un resumen de la situación, con información de las sanciones impuestas en materia de bienestar animal desde la aprobación de dicha ley. Una vez recibida toda la información se analizará para, en su caso, emprender las acciones correspondientes. En el ámbito de actuación de AESAN y Consejerías de Salud Pública (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

Las CCAA tienen dispuestos procedimientos genéricos para la gestión de los incumplimientos en control oficial y además disponen de procedimientos específicos de evaluación del bienestar animal en los que se establecen las actuaciones a realizar por los servicios de control oficial de matadero, la adopción de medidas, así como la comunicación y los registros.

*For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

Page 168: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

De manera general cuando los inspectores oficiales detectan incumplimientos con relación al bienestar animal reflejan los hechos en un acta oficial o en otro documento y son notificadas por escrito al operador económico para su subsanación

Si los incumplimientos detectados son de carácter leve, se remite un requerimiento en el que se otorga un plazo para su corrección, transcurrido el cual se programa una inspección de seguimiento para comprobar que se han ejecutado las medidas correctoras ordenadas por los inspectores.

Cuando las deficiencias son graves o no se han adoptado las medidas correctoras ordenadas por la autoridad sanitaria en los plazos otorgados, se toman las medidas administrativas oportunas, en aplicación del Real decreto 1945/1983, sobre infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y la producción agroalimentaria. Si se considera que son susceptibles de sanción son tramitados para la correspondiente apertura del expediente sancionador, bien por parte del Departamento de Sanidad y Consumo, o bien, al Departamento de Agricultura y Alimentación, según el ámbito en que se detecta el incumplimiento.

Se puede dar inicio a un expediente sancionador que podría llevar implícitas diferentes medidas: cese provisional de actividad, la retirada de la autorización sanitaria, inmovilización cautelar de la mercancía, retirada del mercado de los productos implicados, red de alerta, etc. A partir de aquí los Servicios Jurídicos realizan la valoración de la cuantía en función de la legislación vigente. Para la tramitación y ejecución de sanciones relacionadas con el control oficial alimentario, existen unidades administrativas que conforme a la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común garantizan que las sanciones se ajustan al principio de proporcionalidad y transparencia, pero a su vez se determinan y aplican de manera que sean disuasorias, conforme al artículo 55 del Reglamento (CE) nº 882/2004.

Existe normativa específica que garantiza la aplicación de la correspondiente sanción en caso de detectar incumplimientos en materia de bienestar animal: a nivel nacional está la Ley 32/2007 para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, y a nivel autonómico algunas CCAA disponen de normativa específica de aplicación como es el caso de Baleares con la Ley 1/1992 de 8 de abril, de protección de los animales que viven en el entorno humano, la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, y Ley 4/2005 de Salud Pública en la Comunidad Valenciana

Adjunto se inserta el Plan de acción de la Misión DG(SANCO) 2009/8284 realizada a España del 23 de marzo al 3 de abril de 2009 con el fin de evaluar la aplicación de las normas sobre protección de los animales durante el transporte y en el momento de su sacrificio o matanza en el cual se muestran actuaciones desarrolladas para dar cumplimiento a las recomendaciones propuestas en dicha misión y que da respuesta en algún aspecto a esta recomendación nº9 de la Auditoría General.

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 2 de 7 Recomendación 9

Page 169: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Plan acción 8284 2009 febrero 2010 11

A continuación se exponen las acciones llevadas a cabo de manera particular por cada CCAA

Andalucía

En Andalucía la administración responsable de la aplicación de sanciones es la Consejería de Agricultura y Pesca, y las cuantías de las sanciones aplicadas son aquellas previstas en las normas correspondientes (básicamente de nivel nacional) en base a la catalogación del tipo de infracción.

Aragón

Cuando los Servicios Veterinarios Oficiales detectan incumplimientos o infracciones de suficiente entidad y se considera que son susceptibles de sanción son tramitados para la correspondiente apertura del expediente sancionador, bien por parte del Departamento de Sanidad y Consumo, o bien, al Departamento de Agricultura y Alimentación, dependiente del ámbito en que se ha detectado el incumplimiento. A partir de ese punto, la valoración de la cuantía se realiza por los Servicios Jurídicos, y en función de la legislación vigente, Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, y más recientemente, la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.

Baleares

En caso de detectar incumplimientos en materia de bienestar animal, en la CA de las Islas Baleares existe suficiente normativa que garantiza la aplicación de la correspondiente sanción. A nivel nacional está la Ley 32/2007 para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, además a nivel autonómico también tenemos la Ley 1/1992 de 8 de abril, de protección de los animales que viven en el entorno humano.

Canarias

Los incumplimientos percibidos por los servicios veterinarios oficiales de los mataderos son recogidos en actas de inspección y trasladados a la Dirección General de Salud Pública, que a su vez los remite a la Dirección General de Ganadería (DGG) de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 3 de 7 Recomendación 9

Page 170: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Alimentación, como autoridad sanitaria en materia de sanidad animal de esta Comunidad Autónoma, para la incoación del oportuno expediente sancionador.

Se han hecho las gestiones pertinentes con la Dirección General de Ganadería para que la cuantía de las sanciones sea más elevada y, de esta forma, resulten más disuasorias a los infractores en esta materia.

Asimismo en la reunión mantenida a finales del año 2009 con los titulares de los mataderos, se puso en su conocimiento los resultados de la Misión y se les advirtió e informó de las gestiones realizadas con los responsables en materia de sanidad animal, para elevar las cuantías de las sanciones.

Castilla-La Mancha

El Servicio de Sanidad Alimentaria creó en 2005 un programa de Supervisión de Bienestar Animal en mataderos que deberá cumplirse cada año de acuerdo a un plan anual. Al finalizar el año técnicos responsables de la supervisión del mismo llevarán a cabo su evaluación, analizando los resultados al objeto de aplicar las medidas pertinentes.

Castilla y León

En la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria de Castilla y León se ha realizado un seguimiento de los incumplimientos en bienestar animal a lo largo de 2008 y 2009, que se actualizará en el primer trimestre de 2010. Se va a realizar un puntual seguimiento, por cada incumplimiento, de las acciones tomadas, expedientes iniciados, resueltos y sanciones impuestas.

De la existencia de los incumplimientos se ha informado al público general y a los operadores implicados en particular mediante comunicación escrita y en reunión mantenida el 17 de noviembre. Por otra parte, en reunión mantenida con las autoridades provinciales el pasado día 10 de diciembre se ha hecho hincapié en la necesidad de hacer un seguimiento especial sobre los incumplimientos en bienestar animal y se han enviado instrucciones para que las unidades de procedimiento apliquen, en su caso, sanciones efectivas y proporcionadas que puedan tener efecto como disuasorias.

Cataluña

En Cataluña, consideramos que ya se da la situación de cumplimiento. En 2007 se diseñó un nuevo Plan de controles de bienestar animal en matadero, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la normativa de bienestar animal, que incluye instrucciones específicas para los veterinarios oficiales para denunciar deficiencias sobre protección de los animales en el momento del sacrificio. Todas las deficiencias detectadas por los servicios veterinarios oficiales se hacen constar en las actas de inspección de bienestar animal en matadero. Los operadores de la empresa alimentaria

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 4 de 7 Recomendación 9

Page 171: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

tienen conocimiento de estas deficiencias por escrito a través de estas actas, en las que se les solicita que aplique las medidas correctoras oportunas, de acuerdo con lo establecido en el apartado 3b del artículo 8 del Reglamento (CE) 882/2004.

Estas deficiencias reflejadas en las actas elaboradas por los servicios veterinarios oficiales, se comunican a los servicios regionales del Departamento de Salud, quien a su vez lo comunican al Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, que es el organismo competente en materia de infracciones y sanciones en bienestar animal. El Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural realiza las actuaciones oportunas y si procede propone la incoación de un expediente sancionador. Se adjunta un cuadro resumen de todos los expedientes abiertos entre 2006 y octubre de 2009 a los mataderos de Cataluña por infracciones de bienestar animal.

relación denuncias 2006 a 2009.doc

Extremadura

Durante el mes de enero de 2010, se van a dictar instrucciones para que los Servicios Jurídicos, del Servicio Extremeño de Salud, adecuen las propuestas de sanción a lo establecido en la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.

Murcia

Para la tramitación y ejecución de sanciones relacionadas con el control oficial alimentario, en el Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis existe una Unidad Administrativa de Sanciones; conforme a la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las sanciones se ajustan al principio de proporcionalidad y transparencia, pero a su vez se determinan y aplican de manera que sean disuasorias, conforme al artículo 55 del Reglamento (CE) nº 882/2004.

Para regular la apertura de expedientes sancionadores existe el mencionado en otros informes “PROCEDIMIENTO GENERAL DE VERIFICACIÓN Y MEDIDAS ESPECIALES DE CONTROL OFICIAL DE ALIMENTOS”, (en vigor desde el 08-09-08), en el que se detallan los casos y el procedimiento en los que se proponen y ejecutan sanciones a operadores alimentarios, así como los criterios para su tipificación y determinación de gravedad, todo ello conforme a la mencionada Ley y las disposiciones que la desarrollan.

Por lo que respecta al Bienestar Animal existe un “Informe de delimitación de competencias sobre bienestar animal en el transporte y durante el

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 5 de 7 Recomendación 9

Page 172: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

sacrificio, entre el Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis y el Servicio de Producción y Sanidad Veterinaria (hoy Servicio de Sanidad Animal)”, aprobado en septiembre de 2003. En él quedan fijadas las competencias del Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis en materia de Bienestar Animal únicamente en el ámbito físico del matadero, es decir, en las operaciones de: descarga de los animales, estabulación, conducción, insensibilización y sacrificio.

El marco normativo de aplicación de sanciones en materia de Bienestar Animal es, desde su entrada en vigor, la Ley 32/2007, que regula las sanciones en su Título II Capítulo II, ya que sólo existe en la Región de Murcia una ley de bienestar animal, la Ley 10/1990, pero no tiene en su ámbito de aplicación los animales de abasto, sino sólo los animales de compañía. Consideramos que esta ley permite la aplicación de sanciones disuasorias ante los incumplimientos en materia de bienestar animal en mataderos.

Navarra

El personal dependiente del Instituto de Salud Pública ejerce las funciones de control oficial del bienestar animal en el momento de la recepción de los animales en los mataderos y se controla igualmente la protección animal en el momento del sacrificio o matanza. Los procedimientos que sigue el personal inspector de los mataderos incluyen el control de estas actividades y la obligación de documentar las posibles infracciones a la normativa de bienestar animal iniciando un procedimiento sancionador. Las sanciones económicas establecidas en la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, pueden llegar a los 100.000€ pudiendo aplicarse sanciones accesorias o medidas provisionales que pueden incluir el decomiso de los animales, el cese o interrupción de la actividad o la suspensión, clausura o cierre de establecimientos y medios de transporte. Como ya se ha indicado anteriormente, se ha elaborado el protocolo de inspección de mataderos y el de bienestar y protección animal en el momento del sacrificio o matanza que permiten aplicar criterios armonizados por el personal inspector.

La Rioja

En la Rioja hay 9 establecimientos en los que el bienestar animal es, en parte, competencia de la autoridad sanitaria. Durante el año 2009 ha sido sancionado un establecimiento con 6000 euros y en la actualidad existe otro expediente sancionador en tramitación.

Las actuaciones que se realizan son como se indican a continuación:

Cuando los agentes de control oficial detectan incumplimientos con relación al bienestar animal, reflejan los hechos en un acta oficial o en otro documento “ad hoc”. Posteriormente se evalúa la situación y se hace una notificación de infracción (con seguimiento posterior) o en función de la

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 6 de 7 Recomendación 9

Page 173: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 7 de 7 Recomendación 9

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

reincidencia, importancia o gravedad de los hechos, se incoa un expediente sancionador.

Valencia

Se dispone del Procedimiento P28-ASA de evaluación del bienestar animal en el que se establece con carácter genérico las actuaciones a realizar por los servicios de control oficial de matadero. En el mencionado procedimiento se incluye la adopción de medidas, así como la comunicación y los registros. Si la gravedad o características de la incidencia así lo requiere, se indica el levantamiento de acta general de inspección, que es el registro a utilizar, entre otros casos, cuando se detecten no conformidades que se consideren constitutivas de incoación de expediente sancionador.

Los expedientes sancionadores se tramitan en el marco de la ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio y de los art. 82, 83 y 84 de la Ley 4/2005 de Salud Pública de la Comunidad Valenciana

Page 174: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 1 de 4 Recomendación 10

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Recomendación 10. Ampliar el ámbito del PNCP para que cubra todos los sistemas de control pertinentes, designe a las autoridades competentes a nivel regional y local y describa sus tareas, la organización y gestión de los controles oficiales en consonancia con los criterios operativos del artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 882/2004, y sus sistemas de coordinación

En el ámbito de actuación del MARM y Consejerías de Agricultura (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

Teniendo en cuenta esta recomendación y las observaciones que aparecen a lo largo del texto dentro de los capítulos 3 y 4.3 (Plan Nacional de Control Plurianual) las acciones previstas son: Las lagunas y deficiencias que se señalan del Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria 2007-2010, se han tenido en cuenta para su subsanación, en la elaboración del siguiente Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2011-2015, que se encuentra en fase final para su aprobación durante 2010, y su entrada en vigor el 1 de enero de 2011. La falta de detalles a nivel autonómico en el Plan Nacional, van a ser resueltas pues en la elaboración del nuevo Plan 2011-2015 se incluye en los anexos toda la información pertinente de las CCAA de manera que se cubran todos los territorios y todos los sectores, toda la legislación y todos los procedimientos documentados de todas las administraciones públicas involucradas, todos los laboratorios que trabajan al servicio de los controles oficiales, todas las estructuras administrativas y los mecanismos de coordinación, de manera que conste en el Plan toda la información completa. Este nuevo Plan amplía su ámbito de manera que se cubran todos los controles oficiales pertinentes, incluyendo las autoridades competentes locales, autonómicas y estatales designadas, con la descripción de sus tareas, funciones y competencias conforme al ordenamiento jurídico español, y en consonancia con los criterios operativos descritos, así como una información detallada de todos los órganos e instrumentos de coordinación existentes locales, autonómicos y estatales. En el ámbito de actuación de AESAN y Consejerías de Salud Pública (y equivalentes) de las Comunidades Autónomas

En estos momentos se está desarrollando el nuevo Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria 2011-2015. Entre las modificaciones que se han

*For technical reasons embedded files provided by the Spanish authorities are not included

Page 175: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

llevado a cabo con respecto al plan anterior se han incluido las recomendaciones formuladas a raíz de la Auditoría General de 2008.

Este nuevo Plan consta de dos cuerpos:

• Parte A: ASPECTOS GENERALES DEL PLAN. Contempla los aspectos de carácter común para la aplicación del plan.

• Parte B: ASPECTOS ESPECÍFICOS DEL PLAN. Se incluyen los Programas de control oficial, detallándose de manera más específica cómo se llevan a cabo las actividades de control oficial.

En cada una de las partes se disponen apartados y anexos que desarrollan esta estructura, ya que a pesar de la temporalidad del plan, éste constituye un documento dinámico e interactivo que podrá sufrir modificaciones durante su vigencia. De esta manera, al no constituirse como un documento rígido, su aplicación será más efectiva. Tendrá revisiones anuales, con el objetivo de adaptarse a las modificaciones en la legislación, recomendaciones de la OAV, atendiendo a los resultados obtenidos tras el Informe Anual o la aparición de nuevos problemas sanitarios, entre otros.

Con la elaboración del nuevo Plan, entre otros asuntos, se pretende que exista una colaboración entre las Autoridades Competentes (AC) y unificación de criterios para que de manera conjunta se abarquen todos los sectores y fases de la cadena alimentaria.

Se ha incluido un apartado 4 y Anexo II sobre AC, donde de manera detallada se describen la estructura, organización e instrumentos de coordinación y cooperación entre las distintas AC, con los distintos niveles de organización y gestión del Estado.

Por otro lado, para el desarrollo de este Plan se han creado grupos de trabajo con el fin de consensuar todo el documento. De un lado se mantienen grupos de trabajo dentro de la Administración General de Estado (AGE) entre el MARM, AESAN y la Subdirección General de Sanidad Exterior perteneciente al Ministerio de Sanidad y Política Social. De otro, la AESAN mantiene grupos de trabajo con las CCAA.

Entre las cuestiones que la OAV planteaba como deficiencias en el Plan figuran las siguientes:

1. Ausencia de controles oficiales en determinadas áreas de control como en materiales en contacto con alimentos

Los materiales y objetos en contacto con los alimentos están referenciados dentro de la parte B del nuevo Plan. A través de distintos programas de control oficial se ha incluido el sector de “Materiales en contacto con los alimentos”, para ejercer un control de manera vertical. Además se ha elaborado un Programa específico con el fin de garantizar que todos los materiales que entren en contacto con los alimentos no transfieran sus componentes a los alimentos ni modifiquen su composición o características

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 2 de 4 Recomendación 10

Page 176: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

organolépticas. El control oficial se ejercerá mediante revisiones documentales, controles físicos y toma de muestras para verificar el cumplimiento en los límites de migración establecidos en la normativa. Este control se efectúa en toda la cadena alimentaria, desde los establecimientos elaboradores de materiales hasta el minorista, estableciendo de esta manera un control horizontal.

2. En términos geográficos el plan es incompleto y no incluye todos los sectores en todas las Comunidades Autónomas

A nivel de fases de la cadena alimentaria posteriores a la producción primaria, con el nuevo Plan se tienen en cuenta todos los sectores, divididos en 18 grupos:

1. Carne y derivados 2. Pescados y derivados 3. Moluscos bivalvos 4. Huevos y derivados 5. Leche y derivados 6. Harinas y derivados 7. Vegetales y derivados 8. Grasas vegetales comestibles 9. Comidas preparadas y cocinas centrales 10. Dietéticos y complementos alimenticios 11. Aguas de bebida envasadas 12. Bebidas 13. Condimentos, edulcorantes y alimentos estimulantes 14. Aditivos, aromas y coadyuvantes 15. Helados 16. Materiales en contacto con alimentos 17. Establecimiento polivalente 18. Establecimientos que irradian alimentos

Conjuntamente se tienen en cuenta todas las fases de que consta la cadena alimentaria, es decir:

- Elaborador y/o envasador

- Almacenista distribuidor

- Distribuidor sin depósito

- Minorista

- Otros (Mataderos, lonjas y establecimientos mayoristas)

Además, se ha puesto en marcha una herramienta informática para gestionar todos los datos del control oficial, de manera que todas las CCAA, dentro del marco de sus competencias, van a llevar a cabo el control de toda la cadena alimentaria, y transferir tus datos a nivel central.

El Plan constituye un documento marco, que será desarrollado por cada Comunidad Autónoma atendiendo a diversos criterios según las competencias que tenga atribuidas. Cada CA prioriza los controles en función de los sectores que implican mayor peso o mayor riesgo dentro de

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 3 de 4 Recomendación 10

Page 177: RECOMENDACIÓN 1. Garantizar que se llevan a cabo controles ...ec.europa.eu/food/fvo/ap/apA_es_2008-8347.pdf · Potencial de difusión/transmisión y dificultad de eliminación o

Plan de acción. Auditoría general 2008. DG (SANCO)/2008-8347 Página 4 de 4 Recomendación 10

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

su región, aunque de manera global, dentro de todo el territorio del Estado se lleva a cabo un control oficial que abarca a todos los sectores y CCAA.

3. En algunos sectores los planes de control oficial no están siendo realizados de acuerdo con la estructura del Plan o bien no aparecen descritos en él.

Con la puesta en marcha del nuevo Plan para el 2011 se tienen en cuenta todos los sectores de la cadena alimentaria. Como se ha mencionado antes se ha desarrollado una herramienta informática que pretende armonizar la recopilación, gestión y procesado de los datos de control oficial, de esta manera no podrá existir la posibilidad de desviaciones con respecto a la estructura del plan.