REAL 'CEDULA - ddd.uab.cat · REAL 'CEDULA DE S.M..r SEÑORES DEL CONSEJO. EN QU~ POR VIA DE...

4
REAL 'CEDULA DE S.M . .r SEÑORES DEL CONSEJO. EN QU~ POR VIA DE ADICION A LA REAL PR,AGMATICA de dos de Junio de mil setecientos ochenta y dos se declara el modo de repetir contra los endosantes y Iibrador de letras de cambio en caso de ' protesto, en la forma que se expresa. . , AÑO 1'802. MADRID EN LA IMPRENTA REAL.

Transcript of REAL 'CEDULA - ddd.uab.cat · REAL 'CEDULA DE S.M..r SEÑORES DEL CONSEJO. EN QU~ POR VIA DE...

REAL 'CEDULA

DE S.M .

.r SEÑORES DEL CONSEJO.

EN QU~ POR VIA DE ADICION A LA REAL PR,AGMATICA

de dos de Junio de mil setecientos ochenta y dosse declara el modo de repetir contra los endosantes

y Iibrador de letras de cambio en caso de 'protesto, en la forma que se expresa.

. ,

AÑO 1'802.

MADRID

EN LA IMPRENTA REAL.

,

-

.DON CARLOS POR LA GRACIA DE DIOS,Rey de Castilla; de Lean, de Aragon ; de, las dosSicílias , de jerusalen , de Navarra; de Granada,~e Toledo,' ,de Valencia; de GaUcía;' de Mallorca;de' Menorca; de Sevilla; de Cerdeña , de Córdo-ba, de Córcega , de Murcia; de jaen , de las Al ..garbes , de AIgeci ra ; de Gibraltar; de 'las Islas de

, Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales,Islas' y Tierra-firme del '1l!ar Océano; Archiduquede Austria; Duque de Borgoña; de .Brabante y deMilan ; ~onde de Abspurg , de Flandes ,; Tirol yBarcelona; Señor de Vizcaya y de Melina &c.A' los del mi Consejo'; Presidentes , Regentes yOidores de' mis Audiencias y Chancillerías; Al ....caldes , Alguaciles. de mi" Casa y Corte; y á todoslos Corregidores, Asistente; Intendentes, Cober-nadores, Alcaldes mayores y ordinarios, y otros,qualesquiera Jueces y Justicias , aS1de Realengo,COnl<? de, Señorío , Abadengo y de Ordenes , tanto

.,á los 'que .ahora son; corno á los que serán deaquí adelante; Y'dernas personas de qualquier es...tado , dignidad 6 preeminencia que sean de to...das -las Ciudades Villas y Lugares de estas misReynos y Señoríos á quienes lo contenido en es...ta mi Cédula toque ,6 tocar pueda en l' qualquíermanera, SABED:. Que para evitar las .dificultades

\ é inconvenientes que habían representado el Ban-\ I

. ca de San Carlos y 'e! Tribunal de Alzadas de

I ,,1

(

\ r

-'

Valenci a con motivo de cierto recurso que se-, (

guia aquel establ~cimiento, Y deseando dar la, ' ~

mayor facilidad y expedicion al comercio en lacob ranza del importe de las letras' de cambio en,r

> todas sus ,resultas, con arreglo á 10 que me, pro-puso la Junta general de Comercio , Moneda yMinas ;' he venido en declarar que las letras decambio han d~ tener la fuerza executiva que, pre-

, vino la Pragmática-Sancion de dos de Junio demil setecientos ochenta y dos, en tendiéndose quepara repetir contra 'los\ endosantes y librador ,,"-bastará el protesto deb~damente formalizado ypresentado por' falta de pago-del aceptante, yque esta repeticion podrá hacerla el portador óte.nedor.- de la letra mercantil , Ó judicialmentecontra' q ualquiera I dé los anreríormcnre obliga- /dos en' ella , qual "mas le convenga, segun lo pre-viene la Ordenanza de, Bilbao ,; y con' arreglo' áello, y á 10 que prescriben los articulas 2 O, 21

Y 22 , capirulo 13 de la misma, quiero que seentienda y observe lo dispuesto en la Pragmática,decidiéndose asimismo al tenor de 'esta declaraciónlos pleytos y causas que hubiere sobre los .puntosque comprehénde. De esta mi Real resolucion sehan remitido exem piares al ~i Consejo ,por DonMiguel Cayetano Soler, mi Secretario de Estadoy del ,Despacho universal de I-Iacienda, con Realórden ~de veinte de Setiembre próxirno ; y publi-cada en é~;, Y teniendo pres,ente lo ex puesto por'mis tres Fisc~les, acordó su cumplimiento, y pa-ra' que le tenga e}xpedir esta mi Cédula: por laqua! os mando á todos y cada uno de vos ~n vues-tros lugares, distritos y jurisdicciones, veais la

I

, "V'

J'

-'

I

expresada mi Real resolucion , y la guardeis, cum ..plais. y executeis , y hagais guardar, cumplir y exe-cutar , como adición á la Pragmática de 'dos de Ju-nio de mil setecientos ochenta y dos , procediendoca? arreglo á su, tenor en los casos que ocurran,sin permitir ni dar lugar á que se contravenga. enmanera, alguna: que así es mi voluntad; y queal traslado impreso de esta mi Cédula, firmado deDon Bartblomé Muñoz de Torres., mi Secretario,

, . ~, Escribano de Cámara mas antiguo y de Gobiernodel_ mi Consejo, se le dé la misma fe y crédito queá su original. Dada en Barcelona á seis de Noviem-bre de mil ochocientos y dos. =YO EL REY.= Yo ' .Don'Sebastian Piñuela, Secretario del Rey nuestro

I

Señor, 10 hice escribir pqr su mandado.::: Don jo-I .. { ....-

seph Eustaquio Moreno. = Don Domingo Fernan-dez de Campomanes. = Don Juan Antonio Pas-tor.::;:Don Pedro Carrasco. =D0.n Sebastian de Tor-,

res. ::: Registrada" Don Joseph Alegre. = Tenientede Canciller mayor ,. Don Joseph Alegre .

. Es copia de su original, de que certifico.

/' .

, '

D. Bartolomé Muñoz. -

.1 I "

i (/¡.

J