Punto 4 Estados Financieros Primera Entrega

download Punto 4 Estados Financieros Primera Entrega

of 3

Transcript of Punto 4 Estados Financieros Primera Entrega

  • 8/18/2019 Punto 4 Estados Financieros Primera Entrega

    1/3

    ARTÍCULO 6o. AUTORIDADES DE REGULACIÓN Y NORMALIZACIÓNTÉCNICA. Bajo la dirección del Presidente de la República y con respeto de lasfacultades regulatorias en materia de contabilidad pública a cargo de laContaduría General de la Nación, los Ministerios de acienda y Cr!dito Públicoy de Comercio, "ndustria y #urismo, obrando conjuntamente, e$pedir%nprincipios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información&nanciera y de aseguramiento de información, con el fundamento en laspropuestas 'ue deber% presentarles el Consejo #!cnico de la ContaduríaPública, como organismo de normali(ación t!cnica de normas contables, deinformación &nanciera y de aseguramiento de la información)

    PARÁGRAFO. *n adelante las entidades estatales 'ue ejer(an funciones desuper+isión, ejercer%n sus facultades en los t!rminos sealados en elartículo -. de la presente ley)

    Se argue!"a e! #a rea#$%a&$'! (e argue!"o) * gu+a)(e &o!"a,$#$(a( * #a $!-ora&$'! !a!&$era /ue a)egura# -u!(ae!"o a 0ro0ue)"a) (o!(e )er1! 0re)e!"a(a)a!"e e# &o!)e2o "3&!$&o (e #a &o!"a(ur+a 04,#$&a &oou! &o#e&"$5$(a( (e regu#a&$'! e $!5e)"$ga&$'! !a!&$era* (e -or"a#e&$$e!"o (e #a $!(aga&$'! (a(a a!"e &a(ae!"e.

    ARTÍCULO 7o. AUTORIDAD DISCIPLINARIA. /a 0unta Central de Contadores,1nidad 2dministrati+a *special con personería jurídica, creada por el 3ecreto/egislati+o 4565 de -789, actualmente adscrita al Ministerio de Comercio,"ndustria y #urismo, en desarrollo de las facultades asignadas en el artículo 4.de la /ey :5 de -77., continuar% actuando como tribunal disciplinario y órganode registro de la profesión contable, incluyendo dentro del %mbito de sucompetencia a los Contadores Públicos y a las dem%s entidades 'ue prestenser+icios al público en general propios de la ciencia contable como profesiónliberal) Para el cumplimiento de sus funciones podr% solicitar documentos,practicar inspecciones, obtener declaraciones y testimonios, así como aplicarsanciones personales o institucionales a 'uienes ;ayan +iolado las normasaplicables)

    Seg4! #a au"or$(a( ($)&$0#$!ar$a #a 2u!a &e!"ra# (e&o!"a(ore) #a u!$(a( a($!$)"ra"$5a e)0e&$a# &oo #a0er)o!er+a 2ur+($&a &o!"$!uara )u #a,or &oo "r$,u!a#(o!(e )e e5a#4a #a ($)&$0#$!a (e &a(a e!"$(a( e! )uorga!$%a&$'! &o!"a,#e (e!"ro (e )u &o0e"e!&$a )e"ra"a (e #a 0ro-e)$'! #$,era# e! (o!(e )e $(e e#&u0#$$e!"o (e -u!&$o!e) * 0o(r1 0e($r ($&"ae! *

    http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1314_2009.html#10http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1314_2009.html#10

  • 8/18/2019 Punto 4 Estados Financieros Primera Entrega

    2/3

    o,"e!er a!$-e)"a&$o!e) * &o!ra&$o!e) a!"e e#0ro*e&"o (e)arro##a(o a)+ &oo "a,$3! 0or e($o (e#a au"or$(a( ($)&$0#$!ar$a )e 0o(r1! a0#$&ar )a!&$o!e)0er)o!a#e) o $!)"$"u&$o!a#e) a /u$e!e) !o &u0#a! &o!#a) !ora) a0#$&a,#e) * o,#$ga"or$a).

    ARTÍCULO 89. AUTORIDADES DE SUPER:ISIÓN. igilar 'ue los entes económicos bajo inspección, +igilancia o control, así como sus administradores, funcionarios y profesionales de aseguramiento deinformación, cumplan con las normas en materia de contabilidad y deinformación &nanciera y aseguramiento de información, y aplicar las sancionesa 'ue ;aya lugar por infracciones a las mismas)

    4) *$pedir normas t!cnicas especiales, interpretaciones y guías en materia decontabilidad y de información &nanciera y de aseguramiento de información)*stas actuaciones administrati+as, deber%n producirse dentro de los límites&jados en la Constitución, en la presente ley y en las normas 'ue lareglamenten y desarrollen)

    PARÁGRAFO. /as facultades sealadas en el presente artículo no podr%n serejercidas por la

  • 8/18/2019 Punto 4 Estados Financieros Primera Entrega

    3/3

    Forar #a) e($(a) "3&!$&a) e)0e&+&a) e$!"er0re"ar#a) a!"e #a a"er$a (e &o!"a,$#$(a( * (e$!-ora&$'! !a!&$era * e# a)egura$e!"o (e$!-ora&$'! (o!(e a !$5e# (e #a a($!$)"ra&$'!

    ge!era# e)"3! )oe"$(o) a #o) 0ar1e"ro) e)"a,#e&$(o)a!"e #a &o!)"$"u&$'! a!"e #a 0re)e!"e #e* (o!(e )ereg#ae!"e! * e2e&u"e!.